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BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 109, de 17/02/2021
cve: BOCG-14-CG-A-109 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


SECCIÓN CORTES GENERALES


XIV LEGISLATURA


Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS


17 de febrero de 2021


Núm. 109



ÍNDICE


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL DE CUENTAS


250/000002 (CD) 770/000001 (S) ;Declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2017. Aprobación por los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado ... (Página3)


250/000003 (CD) 770/000002 (S) ;Declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2018. Aprobación por los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado ... (Página6)


251/000002 (CD) 771/000001 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, ejercicios 2016 y 2017, así
como dicho Informe ... (Página9)


251/000017 (CD) 771/000017 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización del Instituto del Patrimonio Cultural de España, ejercicio 2016, así como
dicho Informe. ... (Página10)


251/000026 (CD) 771/000026 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización del organismo autónomo Centro de Investigaciones Sociológicas, ejercicio
2016, así como dicho Informe ... (Página11)


251/000027 (CD) 771/000027 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de la Agencia Española de Protección de Datos, ejercicios 2016 y 2017, así
como dicho Informe ... (Página12)


251/000036 (CD) 771/000033 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de la ejecución de los gastos con financiación afectada en el Consejo
Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), ejercicios 2016 y 2017, así como dicho Informe ... (Página13)


251/000052 (CD) 771/000052 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización del Museo Nacional del Prado, ejercicio 2018, así como dicho Informe ...
(Página15)


251/000057 (CD) 771/000054 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de la actividad económico-financiera de MERCASA, ejercicios 2017 y 2018,
así como dicho Informe ... (Página16)



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251/000085 (CD) 771/000083 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe global del sector público autonómico, ejercicio 2017, así como dicho Informe ... href='#(Página17)'>(Página17)



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COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL DE CUENTAS


250/000002 (CD)


770/000001 (S)


Los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado, en sus sesiones de 19 de noviembre de 2020 y 3 de febrero de 2021, respectivamente, aprobaron el Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación
con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2017, así como los Acuerdos anejos, sin modificaciones con respecto al texto del Dictamen de la Comisión, publicado en el 'BOCG. Sección Cortes Generales', serie A, núm. 83, de 18
de noviembre de 2020.


Lo que se publica junto con la Declaración Definitiva elaborada por el Tribunal de Cuentas correspondiente al ejercicio 2017.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de febrero de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


Los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado, en sus sesiones de 19 de noviembre de 2020 y 3 de febrero de 2021, respectivamente, han aprobado el Dictamen de la Declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2017 (núm.
expte. Congreso: 250/2 y núm. expte. Senado: 770/1), adoptando los siguientes


ACUERDOS


Primero.


Aprobar la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2017, integrada por la consolidación de las cuentas anuales de las entidades que integran el sector público estatal, así como las cuentas anuales de las entidades controladas
directa o indirectamente por la Administración General del Estado que no forman parte del sector público estatal, las de las entidades multigrupo y las de las entidades asociadas.


Segundo.


Se aprueba la siguiente Resolución adoptada, en su día, por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con Declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2017, con el siguiente tenor:


1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas de la Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2017.


2. Aprobar la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2017, integrada por la consolidación de las cuentas anuales de las entidades que integran el sector público estatal, así como las cuentas anuales de las entidades
controladas directa o indirectamente por la Administración General del Estado que no forman parte del sector público estatal, las de las entidades multigrupo y las de las entidades asociadas, con las salvedades que se incluyen en la Declaración del
Tribunal de Cuentas, tomando nota de las deficiencias señaladas que limitan y afectan a su representatividad.


- Instar al Gobierno de España a:


3. Completar y continuar avanzando en la ampliación y mejora de los inventarios de la Administración General del Estado, del Inventario General de Bienes y Derechos de la Seguridad Social, asimismo de los inventarios de los Organismos
autónomos del Estado y otros organismos públicos, comprensivos de los elementos que integran su inmovilizado material, garantizando su



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integridad y su conciliación contable, con especial énfasis en culminar el proceso de inventario correspondiente a la Tesorería General de la Seguridad Social.


4. Enmendar la práctica habitual de elaborar inventarios incompletos de los bienes y derechos del inmovilizado material y evitar de paso las deficiencias en la cuenta de la Administración General del Estado por amortizaciones o deterioros
de valor incorrectos.


5. Adoptar las medidas necesarias para que figuren informadas en la memoria de la Cuenta General del Estado, al menos, las operaciones más significativas que pueden representar la existencia de avales y otras garantías concedidas y de
pasivos contingentes.


6. Ampliar la información contenida en la memoria de la Cuenta General del Estado que incluya un análisis detallado de las obligaciones por pasivos contingentes.


7. Adoptar las medidas precisas para que todos los órganos integrantes del sector público administrativo, todas las empresas del sector público empresarial y todas las entidades del sector público fundacional legalmente obligadas a ello,
rindan sus cuentas al Tribunal de Cuentas, y que esta se produzca en la forma y dentro del plazo legalmente establecido, impulsando, en su caso, los procedimientos sancionadores que correspondan.


8. Abordar la clarificación y separación de las fuentes de financiación del Sistema de Seguridad Social, incluyendo la amortización de los préstamos pendientes y la correcta contabilización de los inmuebles traspasados a las Comunidades
Autónomas, para evitar que el Sistema de la Seguridad Social asuma, de forma directa o indirecta, gastos que corresponderían a la Administración General del Estado, especialmente en un momento en el que se está debatiendo la viabilidad financiera
futura del actual Sistema de Seguridad Social.


9. Adoptar las medidas necesarias para ejecutar en su totalidad las partidas presupuestarias destinadas al 'fomento del empleo' recogidas en el Programa de Gasto 241A Fomento de la Inserción y Estabilidad Laboral, ya que en el ejercicio
2017 quedaron pendientes de ejecutar un 14,57 % de los créditos definitivos aprobados.


10. Establecer los mecanismos necesarios para aplicar las recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas.


11. Poner en práctica las Resoluciones de los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado que proceden de Declaraciones de ejercicios anteriores y se mantienen sin adoptar.


12. Aplicar sanciones a los gestores responsables de las entidades que han incumplido su obligación de rendición de cuentas para el ejercicio 2017.


13. Plantear con urgencia, en el marco de los Pactos de Toledo, el análisis de las consideraciones efectuadas reiteradamente por el Tribunal de Cuentas en relación a la insuficiencia de transferencias del Estado a la Seguridad Social para
la cobertura de los gastos que deben ser financiados por la Administración General del Estado, como pueden ser las prestaciones no contributivas y universales. Estos gastos deben financiarse con cargo a la imposición general y no con cargo a
cotizaciones, ya que ello contribuye a reducir el Fondo de Reserva.


14. Exigir a la Administración General del Estado que aporte las previsiones presupuestarias y las transferencias correspondientes para pagar las prestaciones no contributivas, con el fin de lograr el objetivo de separación de fuentes de
financiación en el sistema de Seguridad Social, recogido en la recomendación primera del pacto de Toledo; que a su vez permitirá evitar tensiones de liquidez en el ámbito del sistema de Seguridad Social.


15. Cancelar las deudas que tienen las instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro con la Seguridad Social, que fueron objeto de moratoria desde la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1995.


Según establece la disposición adicional quincuagésima de la Ley 27/2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, de 1 de agosto, en agosto de 2012 el Gobierno tendría que haber elaborado un informe
con propuestas concretas que resuelvan la situación de estas deudas. Han pasado más de ocho años y todavía no se ha emitido.


16. Aprobar una nueva orden para que la memoria de la Cuenta General del Estado recoja información justificativa del coste y rendimiento de los servicios, así como del grado de cumplimiento de los objetivos programados.


17. Adoptar las medidas necesarias para subsanar las salvedades y deficiencias que se incluyen en esta Declaración, de forma que la Cuenta General del Estado refleje adecuadamente la situación económico, financiera y patrimonial, los
cambios del patrimonio neto, los flujos de efectivo, los resultados



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del ejercicio y la ejecución y liquidación del presupuesto del grupo de entidades que la integran, de acuerdo con la legislación aplicable.


18. Aplicar las recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas en la presente Declaración y se corrijan las deficiencias puestas de manifiesto por el Tribunal de Cuentas en las Declaraciones de ejercicios precedentes que permanecen
en la Declaración del ejercicio 2017.


19. De conformidad con la Moción sobre la reducción del plazo legal de rendición de la Cuenta General del Estado, aprobada por el Pleno del Tribunal de Cuentas, en sesión celebrada el 21 de diciembre de 2017, y de la Resolución de la
Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en sesión celebrada el 24 de abril de 2018, promover las medidas de reforma legislativa señaladas en la Moción del Tribunal, así como a la constitución de un equipo de trabajo entre el
Tribunal de Cuentas y la Intervención General de la Administración del Estado, con el fin de reducir los plazos legales vigentes para que la elaboración y fiscalización de la Cuenta General del Estado se puedan finalizar dentro del ejercicio
siguiente al ejercicio fiscalizado, sin menoscabo del principio de imagen fiel.


20. Realizar un seguimiento de las entidades que han rendido sus cuentas anuales fuera del plazo legalmente establecido, así como de las que no han cumplido con su obligación de rendir cuentas.


21. Adoptar las medidas correctoras necesarias que permitan subsanar las deficiencias observadas en las Cuentas anuales de las entidades públicas que presentan informes de auditoría con opinión favorable con salvedades, con opinión
desfavorable y con opinión denegada.


22. Continuar impulsando las actuaciones que permitan mejorar la representatividad de los Inventarios de la Administración General del Estado, de la Seguridad Social y del resto de Organismos.


23. Avanzar en la correcta utilización de los remanentes de la tesorería de los organismos del sector público administrativo y de las entidades del sector público empresarial y fundacional, prosiguiendo en la línea de la rigurosa
elaboración del presupuesto y de una ajustada política de transferencias entre el Estado y aquellos, para evitar los actuales elevados excedentes de tesorería y la escasa rentabilidad obtenida de ellos.


24. Adecuar la financiación temporal del Estado a la Seguridad Social a la situación real de los gastos que deben ser financiados por transferencias estatales, al objeto de evitar que se generen tensiones de liquidez en el ámbito de la
Seguridad Social.


25. Abordar la clarificación y separación de las fuentes de financiación del Sistema de Seguridad Social, incluyendo la amortización de los préstamos pendientes y la correcta contabilización de los inmuebles traspasados a las comunidades
autónomas, para evitar que el Sistema de la Seguridad Social asuma, de forma directa o indirecta, gastos que corresponderían a la Administración General del Estado -especialmente en un momento en el que se está debatiendo la viabilidad financiera
futura del actual Sistema de Seguridad Social-.


26. Exigir la rendición de Cuentas en tiempo y forma de todas las Entidades para propiciar la integración total y absoluta de la Cuenta General.


- Instar a la Intervención General de la Administración del Estado a:


27. Potenciar la colaboración con el Tribunal de Cuentas para concretar las actuaciones que resulten necesarias, para corregir definitivamente las deficiencias que se vienen detectando año tras año y que, de forma reiterada, se vienen
señalando en las sucesivas Declaraciones de la Cuenta General del Estado.


28. Promover la modificación de la Orden de elaboración de la Cuenta General del Estado para efectuar la consolidación del impuesto sobre beneficios corriente entre las entidades que forman el perímetro de consolidación, asimismo proceder a
la consolidación de las cotizaciones sociales a cargo del empleador.


29. Ampliar el contenido de la información en términos de Contabilidad Nacional que se incluye en la memoria, incorporando datos de los subsectores Administración Central y Administraciones de Seguridad Social referidos al ejercicio al que
se refiere la Cuenta General del Estado y no solo los relativos al ejercicio anterior.


30. Periodificar el gasto correspondiente a la parte de la paga extraordinaria devengada en el mes de diciembre de los empleados públicos, así como a las pensiones de Clases Pasivas y del sistema de la Seguridad Social.


31. Remitir el seguimiento que realiza la Intervención General de la Administración del Estado del Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del
Estado, una vez haya sido este aprobado.



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- Instar al Tribunal de Cuentas a:


32. Potenciar la colaboración con la Intervención General de la Administración del Estado para concretar las actuaciones que resulten necesarias para corregir definitivamente las deficiencias que se vienen detectando año tras año y que, de
forma reiterada, se vienen señalando en la Declaración de la Cuenta General del Estado.


33. Proseguir en futuras Declaraciones sobre la Cuenta General del Estado con el seguimiento de las operaciones de ejercicios anteriores pendientes de regularizar, incluyendo propuestas para su definitiva subsanación.


34. Continuar efectuando en futuras Declaraciones sobre la Cuenta General del Estado el seguimiento sobre el grado de cumplimiento de las resoluciones de los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado y de la propia Comisión Mixta
para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas.


35. Adoptar las medidas necesarias para incrementar en futuras Declaraciones sobre la Cuenta General del Estado el contenido de la información relativa a la situación económica, financiera y patrimonial, de las entidades que, componiendo
los distintos subsectores (Administración General del Estado, Entidades del Sistema de la Seguridad Social y Organismos Públicos del Estado), cuentan con una mayor importancia cuantitativa en la participación de los presupuestos del Estado.


VER_DECLARACIÓN


250/000003 (CD)


770/000002 (S)


Los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado, en sus sesiones de 19 de noviembre de 2020 y 3 de febrero de 2021, respectivamente, aprobaron el Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación
con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2018, así como los Acuerdos anejos, sin modificaciones con respecto al texto del Dictamen de la Comisión, publicado en el 'BOCG. Sección Cortes Generales', serie A, núm. 84, de 18
de noviembre de 2020.


Lo que se publica junto con la Declaración Definitiva elaborada por el Tribunal de Cuentas correspondiente al ejercicio 2018.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de febrero de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


Los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado, en sus sesiones de 19 de noviembre de 2020 y 3 de febrero de 2021, respectivamente, han aprobado el Dictamen de la Declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2018 (núm.
expte. Congreso: 250/3 y núm. expte. Senado: 770/2), adoptando los siguientes


ACUERDOS


Primero.


Aprobar la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2018, integrada por la consolidación de las cuentas anuales de las entidades que integran el sector público estatal, así como las cuentas anuales de las entidades controladas
directa o indirectamente por la Administración General del Estado que no forman parte del sector público estatal, las de las entidades multigrupo y las de las entidades asociadas.


Segundo.


Se aprueba la siguiente Resolución adoptada, en su día, por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con Declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2018, con el siguiente tenor:


1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas de la Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2018.



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2. Aprobar la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2018, integrada por la consolidación de las cuentas anuales de las entidades que integran el sector público estatal, así como las cuentas anuales de las entidades
controladas directa o indirectamente por la Administración General del Estado que no forman parte del sector público estatal, las de las entidades multigrupo y las de las entidades asociadas, con las salvedades que se incluyen en la Declaración para
el ejercicio 2018 y tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas que limitan y afectan a su representatividad.


- Instar al Gobierno a:


3. Continuar avanzando en la ampliación y mejora de los inventarios de la Administración General del Estado, del Inventario General de Bienes y Derechos de la Seguridad Social y de los inventarios de los Organismos autónomos del Estado y
otros organismos públicos comprensivos de los elementos que integran su inmovilizado material, garantizando su integridad y su conciliación contable.


4. Adoptar las medidas necesarias para que figuren informadas en la memoria de la Cuenta General del Estado, al menos, las operaciones más significativas que pueden representar la existencia de avales y otras garantías concedidas y de
pasivos contingentes.


5. Enmendar la práctica habitual de elaborar inventarios incompletos de los bienes y derechos del inmovilizado material y evitar de paso las deficiencias en la cuenta de la Administración General del Estado por amortizaciones o deterioros
de valor incorrectos.


6. Continuar impulsando las actuaciones que permitan mejorar la representatividad de los Inventarios de la Administración General del Estado, de la Seguridad Social y del resto de Organismos.


7. Adoptar las medidas precisas para que todos los órganos integrantes del sector público administrativo, todas las empresas del sector público empresarial y todas las entidades del sector público fundacional legalmente obligadas a ello,
rindan sus cuentas al Tribunal de Cuentas, y que esta se produzca en la forma y dentro del plazo legalmente establecido, impulsando, en su caso, los procedimientos sancionadores que correspondan.


8. Abordar la clarificación y separación de las fuentes de financiación del Sistema de Seguridad Social, incluyendo la amortización de los préstamos pendientes y la correcta contabilización de los inmuebles traspasados a las Comunidades
Autónomas, para evitar que el Sistema de la Seguridad Social asuma, de forma directa o indirecta, gastos que corresponderían a la Administración General del Estado, especialmente en un momento en el que se está debatiendo la viabilidad financiera
futura del actual Sistema de Seguridad Social.


9. Poner en práctica las Resoluciones de los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado que proceden de Declaraciones de ejercicios anteriores y se mantienen sin adoptar.


10. Adoptar las medidas necesarias para subsanar las salvedades y deficiencias que se incluyen en esta Declaración, de forma que la Cuenta General del Estado refleje adecuadamente la situación económico, financiera y patrimonial, los
cambios del patrimonio neto, los flujos de efectivo, los resultados del ejercicio y la ejecución y liquidación del presupuesto del grupo de entidades que la integran, de acuerdo con la legislación aplicable.


11. Establecer los mecanismos y aplicar las recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas en la presente Declaración; asimismo corregir las deficiencias puestas de manifiesto en las Declaraciones precedentes que permanecen en la de
2018 y que aún no se han subsanado.


12. Concluir de manera definitiva con las actuaciones previstas en la Resolución de 14 de mayo de 2012, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se dictan las instrucciones para el registro contable del terreno de forma
independiente de la construcción.


13. Completar los inventarios de bienes que integran el inmovilizado de la Administración General del Estado, con especial énfasis en culminar el proceso de inventario correspondiente a la Tesorería General de la Seguridad Social.


14. Ampliar la información contenida en la memoria de la Cuenta General del Estado, que incluya un análisis detallado de las obligaciones por pasivos contingentes.


15. Ejecutar en su totalidad las partidas presupuestarias destinadas al 'fomento del empleo', que en 2018 se dejaron de ejecutar en un 25 % del total de las mismas. Situación que se viene repitiendo, como mínimo, desde 2014.



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16. Aplicar sanciones a los gestores responsables de las entidades que han incumplido su obligación de rendición de cuentas para el ejercicio 2018.


17. Plantear con urgencia, en el marco de los Pactos de Toledo, el análisis de las consideraciones efectuadas reiteradamente por el Tribunal de Cuentas en relación a la insuficiencia de transferencias del Estado a la Seguridad Social para
la cobertura de los gastos que deben ser financiados por la administración general del Estado, como pueden ser las prestaciones no contributivas y universales. Estos gastos deben financiarse con cargo a la imposición general y no con cargo a
cotizaciones, ya que ello contribuye a reducir el Fondo de Reserva.


18. Exigir a la Administración General del Estado que aporte las previsiones presupuestarias y las transferencias correspondientes para pagar las prestaciones no contributivas, con el fin de lograr el objetivo de separación de fuentes de
financiación en el sistema de Seguridad Social, recogido en la recomendación primera del Pacto de Toledo; a su vez permitirá evitar tensiones de liquidez en el ámbito del sistema de Seguridad Social.


19. Aprobar una nueva orden para que la memoria de la Cuenta General del Estado recoja información justificativa del coste y rendimiento de los servicios, así como del grado de cumplimiento de los objetivos programados.


20. De conformidad con la Moción sobre la reducción del plazo legal de rendición de la Cuenta General del Estado, aprobada por el Pleno del Tribunal de Cuentas, en sesión celebrada el 21 de diciembre de 2017, y de la Resolución de la
Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en sesión celebrada el 24 de abril de 2018, promover las medidas de reforma legislativa señaladas en la Moción del Tribunal, así como la constitución de un equipo de trabajo entre el
Tribunal de Cuentas y la Intervención General de la Administración del Estado, con el fin de reducir los plazos legales vigentes para que la elaboración y fiscalización de la Cuenta General del Estado se puedan finalizar dentro del ejercicio
siguiente al ejercicio fiscalizado, sin menoscabo del principio de imagen fiel.


21. Realizar un seguimiento de las entidades que han rendido sus cuentas anuales fuera del plazo legalmente establecido, así como de las que no han cumplido con su obligación de rendir cuentas.


22. Adoptar las medidas correctoras necesarias que permitan subsanar las deficiencias observadas en las Cuentas anuales de las entidades públicas que presentan informes de auditoría con opinión favorable con salvedades, con opinión
desfavorable y con opinión denegada.


23. Avanzar en la correcta utilización de los remanentes de la tesorería de los organismos del sector público administrativo y de las entidades del sector público empresarial y fundacional, prosiguiendo en la línea de la rigurosa
elaboración del presupuesto y de una ajustada política de transferencias entre el Estado y aquellos, para evitar los actuales elevados excedentes de tesorería y la escasa rentabilidad obtenida de ellos.


24. Adecuar la financiación temporal del Estado a la Seguridad Social a la situación real de los gastos que deben ser financiados por transferencias estatales, al objeto de evitar que se generen tensiones de liquidez en el ámbito de la
Seguridad Social.


25. Abordar la clarificación y separación de las fuentes de financiación del Sistema de Seguridad Social, incluyendo la amortización de los préstamos pendientes y la correcta contabilización de los inmuebles traspasados a las comunidades
autónomas, para evitar que el Sistema de la Seguridad Social asuma, de forma directa o indirecta, gastos que corresponderían a la Administración General del Estado -especialmente en un momento en el que se está debatiendo la viabilidad financiera
futura del actual Sistema de Seguridad Social-.


26. Exigir la rendición de Cuentas en tiempo y forma de todas las Entidades para propiciar la integración total y absoluta de la Cuenta General.


- Instar a la Intervención General de la Administración del Estado a:


27. Potenciar la colaboración con el Tribunal de Cuentas con el fin de concretar las actuaciones que resulten necesarias, para corregir definitivamente las deficiencias que se vienen detectando año tras año y que, de forma reiterada, se
vienen señalando en las sucesivas Declaraciones de la Cuenta General del Estado.


28. Actualizar la información recogida en la Cuenta de la Administración General del Estado relativa a los Fondos sin personalidad jurídica en el caso de que se produzcan diferencias significativas entre la citada información y las cuentas
anuales de los Fondos disponibles a la fecha de elaboración de la Cuenta General del Estado.



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29. Remitir el seguimiento que realiza la Intervención General de la Administración del Estado del Dictamen de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del
Estado, una vez haya sido este aprobado.


- Instar al Tribunal de Cuentas a:


30. Proseguir, en futuras Declaraciones sobre la Cuenta General del Estado, con el seguimiento de las operaciones de ejercicios anteriores pendientes de regularizar, incluyendo propuestas para su definitiva subsanación.


31. Continuar efectuando en futuras Declaraciones sobre la Cuenta General del Estado el seguimiento sobre el grado de cumplimiento de las resoluciones de los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado y de la propia Comisión Mixta
para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas.


32. Adoptar medidas necesarias para incrementar en futuras Declaraciones sobre la Cuenta General del Estado el contenido de la información relativa a la situación económica, financiera y patrimonial de las entidades que componiendo los
distintos subsectores (Administración General del Estado, Entidades del Sistema de la Seguridad Social y Organismos Públicos del Estado) cuenta con una mayor importancia cuantitativa en la participación de los presupuestos del Estado.


33. Potenciar la colaboración con la Intervención General de la Administración del Estado para concretar las actuaciones que resulten necesarias para corregir definitivamente las deficiencias que se vienen detectando año tras año y que, de
forma reiterada, se vienen señalando en la Declaración de la Cuenta General del Estado.


VER_DECLARACIÓN


251/000002 (CD)


771/000001 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno,
ejercicios 2016 y 2017. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de febrero de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO, EJERCICIOS 2016 Y 2017 EN SU SESIÓN DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DE
2020


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 10 de diciembre de 2020, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del Consejo de Transparencia y Buen
Gobierno, ejercicios 2016 y 2017:


ACUERDA


1. Instar al Gobierno a:


- Promover y completar el desarrollo reglamentario de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.


- Tomar las medidas necesarias para adecuar la plantilla de funcionarios encargados de las necesidades de la gestión administrativa del Consejo.



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- Promover un incremento en la plantilla de personal del Consejo, en la justa medida, y en coherencia con las necesidades generales del citado Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2020.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


VER_INFORME


251/000017 (CD)


771/000017 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización del Instituto del Patrimonio Cultural de
España, ejercicio 2016. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de febrero de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL INSTITUTO DEL PATRIMONIO CULTURAL DE ESPAÑA, EJERCICIO 2016 EN SU SESIÓN DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DE 2020


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 10 de diciembre de 2020, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del Instituto del Patrimonio Cultural
de España, ejercicio 2016:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


2. Instar al Gobierno a:


- Regular los Planes Nacionales de Patrimonio Cultural con el fin de determinar su naturaleza, finalidad y contenido.


- Adoptar una adecuada planificación estratégica de las subvenciones.


- Adoptar las medidas necesarias para que en las convocatorias de subvenciones, se establezcan las actuaciones tendentes a la promoción de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, en el ámbito de la creación y promoción artística e
intelectual previstas en el artículo 26.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.


3. Instar al Instituto del Patrimonio Cultural de España a:


- Regular los Planes Nacionales de Patrimonio Cultural al objeto de determinar su naturaleza, finalidad y contenido.


- Establecer, en el marco de los planes nacionales, una programación plurianual, con una metodología clara para la selección de los proyectos objeto de financiación, los procedimientos de conservación preventiva y de protección activa de los
bienes culturales, los mecanismos adecuados de coordinación y control de las actuaciones, la promoción del conocimiento a través de la investigación, así como el fomento del acceso de los ciudadanos y su difusión.


- Promover mecanismos ágiles de comunicación y colaboración entre todos los agentes implicados para que los planes nacionales puedan desplegar todos sus efectos.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2020.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


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251/000026 (CD)


771/000026 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización del organismo autónomo Centro de
Investigaciones Sociológicas, ejercicio 2016. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de febrero de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL ORGANISMO AUTÓNOMO CENTRO DE INVESTIGACIONES SOCIOLÓGICAS, EJERCICIO 2016 EN SU SESIÓN DEL DÍA 10 DE
DICIEMBRE DE 2020


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 10 de diciembre de 2020, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del organismo autónomo Centro de
Investigaciones Sociológicas, ejercicio 2016:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


2. Instar al Gobierno a:


- Seguir las recomendaciones del Informe emitido por el Tribunal de Cuentas.


- Adoptar las medidas necesarias para adecuar la capacidad operativa del Centro de Investigaciones Sociológicas, en cuanto medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado y de los organismos públicos dependientes de
ella, a los requerimientos establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.


- Adoptar las medidas necesarias para superar la situación de desequilibrio financiero que muestran las cuentas del organismo en el ejercicio fiscalizado y anteriores, que de mantenerse podría llevar al centro a incurrir en el supuesto de
disolución recogido en el apartado e) del artículo 96 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.


- Adecuar la capacidad operativa del Centro de Investigaciones Sociológicas en cuanto medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado con capacidad suficiente para actuar.


3. Instar a la Administración General del Estado a:


- Tomar las medidas regulatorias y organizativas necesarias para proceder a la laboralización de la red de campo del Centro de Investigaciones Sociológicas.


4. Instar al Centro de Investigaciones Sociológicas a:


- Seguir las recomendaciones del Informe emitido por el Tribunal de Cuentas.


- Efectuar las actuaciones oportunas a fin de reforzar su sistema de control interno, tales como la elaboración de manuales de procedimiento en materia de becas y ayudas, convocatoria y celebración de cursos, venta de publicaciones y gestión
de la red de campo; y la revisión del sistema de distribución de funciones en la tramitación de las becas y de otras transferencias.


- Adoptar, las medidas necesarias para superar la situación de desequilibrio financiero que muestran las cuentas del organismo en el ejercicio fiscalizado y anteriores, que de mantenerse podría llevar al centro a incurrir en el supuesto de
disolución recogido en el apartado e) del artículo 96 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.


- Garantizar la existencia de un procedimiento adecuado de selección de los adjudicatarios que formalice por escrito los contratos en los supuestos procedentes, definiendo adecuadamente el objeto, las obligaciones de las partes, el precio o
la duración del contrato, a fin de ajustar la gestión de los trabajos



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encargados al personal de la red de campo a su configuración legal de contratos de servicios sujetos a la legislación de contratos del Estado.


- Reforzar sus sistema de control interno y establecer procedimientos adecuados en la gestión de su red de campo mediante su laboralización.


5. Instar al Tribunal de Cuentas a:


- Realizar una fiscalización recurrente y sistemática del Centro de Estudios Sociológicos dentro de los planes anuales de fiscalización del Tribunal de Cuentas, así como el seguimiento de las recomendaciones planteadas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2020.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


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251/000027 (CD)


771/000027 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de la Agencia Española de Protección de Datos,
ejercicios 2016 y 2017. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de febrero de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS, EJERCICIOS 2016 Y 2017 EN SU SESIÓN DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE
DE 2020


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 10 de diciembre de 2020, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Agencia Española de Protección de
Datos, ejercicios 2016 y 2017:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


2. Instar al Gobierno a:


- Seguir las recomendaciones del Informe emitido por el Tribunal de Cuentas.


- Dar íntegro cumplimiento a la Recomendación número 1 contenida en el Informe de fiscalización sobre la actividad de la Agencia, correspondiente al ejercicio 2009, en lo concerniente al seguimiento de las recomendaciones del Tribunal y de
las resoluciones de la Comisión Mixta correspondiente al Informe relativo al ejercicio 2001, que establecía: 'Sería conveniente finalizar la integración de la gestión de los derechos por sanciones con las bases de datos contables, así como el
establecimiento por escrito de los procedimientos para la tramitación de expedientes por las distintas unidades del Registro General de Protección de Datos y de la Inspección de datos', en la parte que el Tribunal considera no íntegramente cumplida.


- Iniciar con carácter inmediato las gestiones tendentes al nombramiento de un nuevo Director de la Agencia, al haber expirado sobradamente el mandato de su actual Directora.


- Desarrollar los mecanismos necesarios a fin de mejorar el control interno en los plazos de prescripción de las infracciones que eviten sentencias judiciales estimatorias por parte de los sancionados.



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- Tomar las decisiones necesarias para la mejora de los sistemas y procesos informáticos para corregir las carencias y las deficiencias señaladas en el informe, así como mejorar la coherencia de la información y la comunicación entre las
distintas aplicaciones informáticas que utilizan para su gestión.


- Tomar las decisiones necesarias a fin de elaborar un presupuesto de tesorería para planificar y gestionar adecuadamente su tesorería y rentabilizar sus saldos.


- Realizar un estudio de viabilidad para el cambio en la presupuestación y financiación de la Agencia Española de Protección de Datos, que sin perder independencia, mejore y clarifique contabilidad presupuestaria.


3. Instar a la Agencia Española de Protección de Datos a:


- Elaborar un presupuesto de tesorería que permita planificar y gestionar adecuadamente la misma y rentabilizar sus saldos.


- Adoptar las medidas oportunas para mejorar el control interno de los plazos de prescripción de las infracciones a fin de evitar sentencias judiciales estimatorias para los sancionados con el correspondiente coste para esta.


- Mejorar el control interno de los plazos de prescripción de las infracciones para evitar sentencias judiciales estimatorias y el correspondiente coste para la Agencia Española de Protección de Datos.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2020.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


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251/000036 (CD)


771/000033 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de la ejecución de los gastos con financiación
afectada en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), ejercicios 2016 y 2017. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de febrero de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LOS GASTOS CON FINANCIACIÓN AFECTADA EN EL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES
CIENTÍFICAS (CSIC), EJERCICIOS 2016 Y 2017 EN SU SESIÓN DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DE 2020


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 10 de diciembre de 2020, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la ejecución de los gastos con
financiación afectada en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), ejercicios 2016 y 2017:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


2. Instar al Gobierno a:


- Evaluar, transcurrido un tiempo suficiente, la efectividad de los instrumentos introducidos con la nueva Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y, en su caso, valorar la posibilidad de incorporar a esta Ley,
teniendo en cuenta las directivas europeas sobre contratación pública, algún



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procedimiento adicional simplificado y garantista para la adquisición de suministros y servicios por los organismos públicos de investigación en la gestión de proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica o servicios
técnicos, no destinados a servicios generales o infraestructura del órgano de contratación, con el fin de conciliar el adecuado desarrollo de la investigación científica con los principios de la contratación pública.


Aunque ya existe un procedimiento suficientemente simplificado para la contratación de suministros y servicios en el marco de proyectos de investigación, cabe estudiar la excepcionalidad de la aplicación del contrato centralizado en los
proyectos de investigación.


- Seguir las recomendaciones del Informe emitido por el Tribunal de Cuentas, así como que, por parte del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y de la Agencia Estatal de Investigación, se dé cumplimiento a las
recomendaciones que el Tribunal les hace.


3. Instar al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) a:


- Elaborar un procedimiento reglado de las distintas fases por las que atraviesa la gestión de un proyecto de investigación, desde la solicitud de la ayuda hasta su justificación, que incluya también el registro en la base de datos
corporativa de proyectos de I+D+i.


- Elaborar, a través de la información obtenida de la Intervención General de la Administración del Estado, la Agencia Estatal de Investigación de la Dirección General de Fondos Europeos un estado sobre la composición de los saldos de las
cuentas de los subgrupos 16 'Otras deudas a largo plazo con entidades del grupo, multigrupo y asociadas' y 51 'Deudas a corto plazo con entidades del grupo, multigrupo y asociadas', del balance, que sea representativo de su situación real y se
efectuando las correcciones contables oportunas.


- Reducir la temporalidad de los contratos de trabajo y generar un entorno de trabajo de alto valor añadido cuyas retribuciones reflejen la preparación y sean acordes con los resultados obtenidos en cuanto a posicionamiento estratégico de la
aplicación real de las investigaciones realizadas. En definitiva, convertir al Consejo Superior de Investigaciones Científicas en un referente internacional de captación y demanda de talento con criterios de rentabilidad económica y social.


- Avanzar en el borrador de una Instrucción relativa a la Gestión Económica de Ayudas Públicas y Subvenciones en los Institutos, Centros y Unidades (ICU) del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) (Instrucción PIGEAS), en
elaboración durante los últimos doce meses y a la espera de la incorporación final de los aspectos científicos propios de este procedimiento de gestión que han de complementar necesariamente la redacción dada a los aspectos económicos.


4. Instar a la Agencia Estatal de Investigación a:


- Adoptar las medidas oportunas para que las convocatorias de ayudas a los proyectos de investigación se realicen con un calendario fijo y al principio del ejercicio, así como que las resoluciones de concesión y el pago de las ayudas se
produzcan con anterioridad a la fecha de inicio de los proyectos de investigación.


- Recabar la información sobre los ingresos que se efectúan por las instituciones europeas correspondientes al pago de subvenciones que hayan sido objeto de concesión de anticipos al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) e
informar puntualmente de ello, tanto al propio CSIC como a la Oficina de Contabilidad del Ministerio, para que ambos procedan a la oportuna cancelación de estos anticipos.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2020.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


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251/000052 (CD)


771/000052 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización del Museo Nacional del Prado, ejercicio 2018.
En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de febrero de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.


RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL MUSEO NACIONAL DEL PRADO, EJERCICIO 2018 EN SU SESIÓN DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DE 2020


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 10 de diciembre de 2020, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización del Museo Nacional del Prado, ejercicio
2018:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


2. Destacar el debido cumplimiento por los órganos rectores del Museo de las recomendaciones efectuadas por el Tribunal de Cuentas en anteriores informes, así como instarles a que lleven a cabo las actuaciones necesarias que permitan nuevas
adquisiciones de obras excepcionales, como las realizadas en los últimos años, con objeto de continuar mejorando la colección existente.


3. Instar al Gobierno a:


- Iniciar los pasos encaminados a modificar la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo Nacional del Prado, para adaptar la regulación jurídica de la Entidad a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.


- Regularizar la deuda que mantiene la Administración General del Estado con el Museo Nacional del Prado.


- Seguir las recomendaciones del Informe emitido por el Tribunal de Cuentas e impulsar que, por parte del Museo, se dé cumplimiento a las recomendaciones que el Tribunal le realiza.


- Fomentar la mejora de la página web del Museo en las materias relativas a transparencia, con subsanación de las deficiencias de la misma en materia de normativa aplicable, contratación, convenios, encomiendas de gestión, ejecución
presupuestaria y derechos reales sobre bienes inmuebles.


- Impulsar que, por parte del Museo, se realice anualmente un documento que concrete específicamente las acciones a llevar a cabo durante dicho período, con el fin de que se puedan relacionar metas a largo plazo con las actividades diseñadas
para su desarrollo en el horizonte anual.


- Impulsar que, por parte del Museo, se siga avanzando en el control de los bienes del inmovilizado material, sin olvidar aquellas obras de arte depositadas en otras Instituciones diferentes al propio Museo.


- Adoptar las medidas oportunas para una presencia equilibrada de hombres y mujeres en los vocales designados del Pleno del Real Patronato, requisito establecido en la propia Ley reguladora del Museo Nacional del Prado.


4. Instar al Museo Nacional del Prado a.


- Publicar en la Memoria de las cuentas anuales la información de las obras de arte que no se encuentran valoradas y conciliar el inventario de los elementos patrimoniales con la contabilidad, además de depurar, desafectar y retirar del
inventario los elementos obsoletos, así como identificar correctamente cada uno de los elementos que integran el inventario.



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- Establecer un marco de actuación basado en unos objetivos específicos vinculados con los recursos humanos con que cuenta, y así conseguir una asignación individualizada de los conceptos retributivos asociados a los mismos.


- Estimar el porcentaje de los recursos humanos con que cuenta el Museo por eje de actuación y su coherencia con la planificación estratégica de la Institución.


- Aprobar una instrucción que regule la actividad del Real Patronato, tanto en lo relativo a la elaboración y aprobación de las actas, como a los gastos a incurrir por los Patronos, incluida su justificación.


- Establecer un sistema de gestión de los convenios en el que se analice con rigor su necesidad y oportunidad, su impacto económico y el carácter no contractual de las actividades objeto del convenio.


- Actualizar el régimen jurídico de la encomienda de gestión celebrada con la Sociedad Mercantil Estatal Museo Nacional del Prado Difusión, SAU, para adaptarla a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.


- Adoptar las medidas oportunas para que los ingresos derivados de la tasa por cesión de espacios y los precios públicos de entradas a la pinacoteca y otros servicios cubran adecuadamente el coste económico atribuido a dichos conceptos,
siempre teniendo en cuenta que el artículo 25 de la Ley de Tasas y Precios Públicos admite que los precios públicos queden por debajo del nivel de cobertura cuando concurran razones culturales que lo aconsejen.


- Mejorar los sistemas y procesos de información para corregir las carencias y deficiencias señaladas en el Informe del Tribunal de Cuentas, así como mejorar la coherencia de la información y la comunicación entre las distintas aplicaciones
informáticas que utiliza para su gestión.


- Establecer un sistema de gestión adecuado y uniforme de las actividades programadas anualmente, así como las medidas de seguimiento y evaluación de las mismas.


- Continuar en el permanente esfuerzo de localizar las obras de antiguos inventarios, así como de controlar los depósitos de obras constituidos en otras instituciones.


5. Instar al Tribunal de Cuentas a:


- Evitar en la medida de lo posible, la realización de fiscalizaciones recurrentes sobre entidades cuya gestión de recursos económicos resulta de escasa relevancia y respecto a las que no se aprecian incidencias de cierta repercusión.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2020.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


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251/000057 (CD)


771/000054 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de la actividad económico-financiera de
MERCASA, ejercicios 2017 y 2018. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de febrero de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.



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RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA DE MERCASA, EJERCICIOS 2017 Y 2018 EN SU SESIÓN DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE
DE 2020


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 10 de diciembre de 2020, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la actividad económico-financiera de
MERCASA, ejercicios 2017 y 2018:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.


2. Instar al Gobierno a:


- Seguir las recomendaciones del Informe emitido por el Tribunal de Cuentas.


3. Instar a MERCASA a:


- Llevar a cabo las actuaciones necesarias en los centros comerciales que gestiona que permitan, en unos casos, mejorar y, en otros, mantener los niveles de ocupación de los locales comerciales arrendados al objeto de incrementar la
rentabilidad de su gestión.


- Acometer las actuaciones necesarias en los centros comerciales que gestiona que permitan, en unos casos, mejorar y, en otros, mantener los niveles de ocupación de los locales comerciales arrendados al objeto de incrementar la rentabilidad
obtenida de su gestión.


- Continuar con la adopción de las medidas necesarias para la efectiva y debida implementación de un sistema eficaz para la prevención de riesgos penales y para el fomento y la sistematización de la integridad en el ejercicio de su
actividad, tanto en el ámbito interno como el externo de la Entidad.


- Continuar con la efectiva implementación de un sistema eficaz para la prevención de riesgos penales y para el fomento y la sistematización de la integridad.


- Que los instrumentos de planificación garanticen la necesaria continuidad y consistencia en su estrategia empresarial, limitando el impacto en su actividad de los eventuales cambios que se puedan producir en el equipo directivo de la
Sociedad.


- Efectuar, a través del sistema de contabilidad analítica de MERCASA, un reparto de los gastos generales de los departamentos responsables de la ejecución de los proyectos de asistencia técnica de manera individualizada entre los diferentes
proyectos.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2020.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


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251/000085 (CD)


771/000083 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe global del sector público autonómico, ejercicio 2017. En dicha
Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de febrero de 2021.-P.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.



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RESOLUCIÓN ADOPTADA POR LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÓN CON EL INFORME GLOBAL DEL SECTOR PÚBLICO AUTONÓMICO, EJERCICIO 2017 EN SU SESIÓN DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DE 2020


La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 17 de diciembre de 2020, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe global del sector público autonómico, ejercicio 2017:


ACUERDA


1. Asumir el contenido del citado Informe.


2. Instar al Gobierno a:


- Asumir las conclusiones y seguir las recomendaciones del Informe emitido por el Tribunal de Cuentas.


- Promover, en colaboración con las comunidades autónomas, la homogeneización de la estructura y del contenido de las cuentas públicas.


- Instar a los organismos competentes para que se estandaricen los plazos para la rendición de cuentas, con el fin de evitar la desigualdad normativa habida sobre los mismos que tanto dificulta la labor del Tribunal de Cuentas.


3. Instar a los órganos del Estado y de las comunidades autónomas a:


- Efectuar las modificaciones normativas oportunas, en el ámbito de sus respectivas competencias, a efectos de homogeneizar y adelantar el plazo de rendición de las cuentas, de las comunidades autónomas y ciudades autónomas de Ceuta y
Melilla, a 31 de julio del ejercicio siguiente a que se refieran, a fin de facilitar el acercamiento en el tiempo del control a efectuar por el Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo autonómicos.


4. Instar a las comunidades autónomas a:


- Incluir a todas las entidades del sector público autonómico en sus Cuentas Generales al objeto de reflejar en ellas una imagen fiel de la actividad económico-financiera pública autonómica.


- Exigir a los responsables de las entidades que conforman su correspondiente sector público el cumplimiento de la obligación de rendir las cuentas individuales de cada ejercicio económico en plazo y forma, incluyendo todos los estados
contables y la documentación prevista en la normativa reguladora.


- Exigir a los organismos autónomos, sociedades mercantiles y demás entidades del sector público autonómico que presenten, en tiempo y forma, sus cuentas y establecer mecanismos sancionadores para quienes no cumplan con esta obligación
legal.


- Reducir el plazo de presentación de las cuentas por parte de las entidades pertenecientes al sector público autonómico en el ámbito de las comunidades autónomas.


- Rendir cuentas de forma sistemática por parte de las fundaciones creadas y gestionadas por las comunidades autónomas con arreglo a las obligaciones que se les atribuyen en las normativas autonómicas a la que están sujetas.


- Adaptar los planes de contabilidad empleados por las entidades autonómicas al nuevo marco contable del Plan General de Contabilidad Pública en vigor, introducido en 2010 mediante la Orden EHA/1037/2010, que sustituye al anterior Plan
General de Contabilidad Pública de 1994.


- Cumplir todas las fases de la puesta en marcha y ejecución de los expedientes de contratación pública, marcado en la normativa.


- Cumplir con los plazos máximos para efectuar la adjudicación. Asimismo, es necesario que las resoluciones estén lo suficientemente motivadas y no incurran en otros defectos u omisiones. Notificar correctamente la resolución de
adjudicación al adjudicatario o al resto de licitadores y publicar adecuadamente en los boletines oficiales o en el perfil de contratante.


- Corregir las deficiencias en la preparación para la tramitación de los expedientes contractuales, los cuales generan retrasos indebidos en la adjudicación y en la normal ejecución de las actividades contratadas.



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- Subsanar los defectos relacionados con la recepción de los contratos, como aquellos casos en los que no constan el acta de la misma o se haya producido con retraso, así como cuando se hayan producido deficiencias respecto a la
justificación del cumplimiento de sus obligaciones por los prestadores de servicios y/o la recepción se ha producido con retraso por encima del mes previsto en la normativa contractual.


- Implantar sistemas de contabilidad analítica; y elaborar memorias sobre el coste y rendimiento de los servicios públicos, así como sobre el cumplimiento de sus objetivos, que permitan fiscalizar el grado de eficiencia y economía en la
gestión de los fondos públicos.


- Especificar con un mínimo de concreción razonable la justificación de la necesidad de los contratos para los fines del Servicio Público.


- Poner en funcionamiento un sistema de gestión de inventario centralizado que permita su correcta contabilización y el de sus correcciones valorativas.


- Adoptar, en el ámbito de la contratación pública, las medidas necesarias para que todos los órganos de contratación efectúen una rigurosa planificación y justificación de la necesidad de los contratos a celebrar como exige la correcta
utilización de los recursos públicos; y proceder a concretar con precisión en los pliegos los métodos de puntuación o baremo de los criterios de adjudicación, en aras de asegurar el principio de igualdad de trato de los licitadores, así como dar
prioridad a la valoración de las bajas económicas, siempre que resulte compatible con las características particulares de los contratos, en aras del principio de economía en la gestión de fondos públicos.


- Establecer, en aquellas que no lo tuviesen contemplado, un presupuesto y contabilidad separada de aquellos organismos autónomos y entes públicos que cuentan con personalidad jurídica independiente.


- Elaborar los correspondientes presupuestos generales, atendiendo adecuadamente a la viabilidad de los ingresos y la realidad de los gastos que se prevén para el ejercicio, a fin de evitar, en lo posible, los elevados porcentajes de
modificaciones presupuestarias que se indican en el Informe del Tribunal de Cuentas; así como, incorporar a los mismos los objetivos e indicadores adecuados que permitan realizar un seguimiento de su grado de consecución y el grado de eficacia,
eficiencia y calidad en la gestión de los recursos públicos.


- Elaborar unos presupuestos coherentes y la consiguiente ejecución responsable por parte de las universidades, entendiendo que deben producirse a lo largo del ejercicio las mínimas alteraciones sobre el plan de gasto presentado, debiendo
estas -en caso de producirse- quedar debidamente justificadas y tener una mínima repercusión sobre el estado de las cuentas.


- Mantener el equilibrio presupuestario a lo largo del ciclo. En el caso de efectuar modificaciones presupuestarias, estas deben quedar registradas tanto en el estado de ingresos como en el correspondiente presupuesto de gastos que
financien.


- Especificar, para la clasificación funcional del presupuesto, los indicadores que permitan el seguimiento de los objetivos establecidos para cada programa.


- Dotar los créditos iniciales de su presupuesto destinados al gasto sanitario con la cuantía que permita dar cobertura a las obligaciones de cada ejercicio y reconocer los gastos de ejercicios pasados.


- Incluir en sus Cuentas Generales una Memoria demostrativa del nivel de cumplimiento de las metas fijadas en los planes económicos, señalando los objetivos previstos y el grado de consecución de los mismos; acompañando estos datos con el
coste proyectado y aquel en que finalmente se incurre para alcanzar los fines establecidos.


- Establecer una contabilidad adecuada y un seguimiento de los gastos con financiación afectada que permita conocer las desviaciones de financiación en el cálculo del superávit o déficit de financiación del ejercicio y del estado del
remanente de tesorería.


- Hacer avanzar el porcentaje de ingresos del sector público empresarial autonómico dependiente de su actividad propia.


- Continuar avanzando en el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.


- Presentar información detallada sobre la contratación por entidades dependientes de las comunidades autónomas en un plazo conforme a lo establecido para ello, justificando la contratación mediante criterios objetivos y aportando
documentación que sustancie la conveniencia del pago de los precios a que asciendan los contratos.



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- Respetar los criterios de vinculación directa con el objeto del contrato que debe observarse en la adjudicación, tal y como se recoge en el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como el control
sobre el cumplimiento efectivo del contrato por parte de las empresas adjudicatarias.


- Aclarar los criterios de valoración de los precios de las ofertas que, debido a que las fórmulas de valoración del criterio económico, pueden resultar confusas, ya que la utilización de una fórmula matemática en dos tramos, al puntuarse en
función de la baja media resultante de todas las ofertas presentadas y no en función de la baja mayor, puede afectar a la puntuación de las ofertas.


5. Instar a las comunidades y ciudades autónomas a:


- Promover las medidas oportunas para que implanten medidas de un mayor rigor en la gestión pública en aras de una contención del déficit en la determinación del resultado presupuestario, así como de una progresiva reducción del
endeudamiento tanto directo de la Administración General como indirecto a través de las sociedades y entidades del sector público autonómico.


6. Instar a los organismos de control externo de las comunidades autónomas que aún no lo hacen a:


- Establecer el objetivo de verificar el cumplimiento de la normativa para la igualdad efectiva de hombre y mujeres y de la normativa de transparencia.


7. Instar a las universidades públicas de las comunidades y ciudades autónomas a:


- Elaborar, en el futuro, con rigor sus presupuestos, incluyendo en ellos toda su actividad docente e investigadora para así evitar las relevantes modificaciones presupuestarias puestas de manifiesto en el Informe del Tribunal de Cuentas.


8. Instar a las fundaciones creadas y gestionadas por las comunidades autónomas a:


- Rendir cuentas de forma sistemática, con arreglo a las obligaciones que se les atribuyen en las normativas autonómicas a las que están sujetas.


9. Instar al Tribunal de Cuentas a:


- Continuar elaborando este Informe Global en los sucesivos ejercicios pues, si bien debe considerarse el esfuerzo que conlleva por la prolijidad de datos a manejar, resulta de especial utilidad ya que permite obtener una visión conjunta de
la actividad económico-financiera desarrollada en cada ejercicio por el sector público autonómico en su totalidad, analizando de forma homogénea los distintos aspectos constitutivos de dicha actividad, algunos de esencial relevancia como el gasto
sanitario, la actividad universitaria, el reparto y ejecución de los Fondos de Compensación o el cumplimiento de los objetivos de déficit. Además, este tipo de informe coadyuva y refuerza una mayor implantación de la transparencia en el ámbito de
la Administración Pública.


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2020.-El Presidente de la Comisión, Santos Cerdán León.-El Secretario Primero de la Comisión, Jesús Manuel Alonso Jiménez.


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