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BOCG. Congreso de los Diputados, serie A, núm. 5-3, de 04/06/2020
cve: BOCG-14-A-5-3 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie A: PROYECTOS DE LEY


4 de junio de 2020


Núm. 5-3



ENMIENDAS E ÍNDICE DE ENMIENDAS AL ARTICULADO


121/000005 Proyecto de Ley de medidas urgentes por la que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de
planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.


Corrección de error.


Advertido error en la publicación de las enmiendas al Proyecto de Ley de medidas urgentes por la que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en
determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales, 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie A, núm. 5-2, de 22 de mayo de 2020, se publica a continuación la corrección
oportuna:


En la página 31, enmienda núm. 46, en la Justificación, donde dice:


'Reproduce en su totalidad la letra a) del apartado 2 del artículo de la LCSP, incluyendo los fallos de esta.'


Debe decir:


'Reproduce en su totalidad la letra a) del apartado 2 del artículo 147 de la LCSP, incluyendo los fallos de esta.'


En la página 41, enmienda núm. 61, donde dice:


'Al artículo 132.4'


Debe decir:


'Al artículo 132.3'


En la página 76, enmienda núm. 105, donde dice:


''Artículo 42. Gastos de administración.


[...]


A estos efectos, se consideran gastos de administración los importes incluidos en los subgrupos 62, 64, y 68 según lo dispuesto en el Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras. No obstante, no tendrán la consideración de gastos de
administración los importes correspondientes a gastos en los que incurran las mutualidades de previsión social no autorizadas a operar por ramos cuando se ocasionen como consecuencia de aplicar las obligaciones contenidas en la Ley 20/2015, de 14 de
julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, así como en sus disposiciones de desarrollo, respecto de todo cuanto se refiera a



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sistema de gobierno e informes sobre la situación financiera, de solvencia y de revisión de dicha situación en relación con las citadas mutualidades.''


Debe decir:


''Artículo 42. Gastos de administración.


[...]


A estos efectos, se consideran gastos de administración los importes incluidos en los subgrupos 62, 64, y 68 según lo dispuesto en el Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras. No obstante, no tendrán la consideración de gastos de
administración los importes correspondientes a gastos en los que incurran las mutualidades de previsión social no autorizadas a operar por ramos cuando se ocasionen como consecuencia de aplicar las obligaciones contenidas en la Ley 20/2015, de 14 de
julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, así como en sus disposiciones de desarrollo, respecto de todo cuanto se refiera a sistema de gobierno e informes sobre la situación financiera, de
solvencia y de revisión de dicha situación en relación con las citadas mutualidades.''


En la página 99, enmienda 133, donde dice:


'5. Lo dispuesto en el apartado 2.2 de este artículo [...].'


Debe decir:


'5. Lo dispuesto en el apartado 2.º de este artículo [...].'


En la página 111, enmienda 148, donde dice:


'[...]


Las excepciones previstas en los números 2.0 y lo anteriores [...].'


Debe decir:


'[...]


Las excepciones previstas en los números 2.º y 3.º anteriores [...].'


En la página 134, enmienda núm. 180, donde dice:


'1. La cancelación de la inscripción de [os mediadores de seguros, [...]:'


Debe decir:


'1. La cancelación de la inscripción de los mediadores de seguros, [...]:'


En la página 215, enmienda núm. 270, donde dice:


'Mediante la presente De modificación., [...].'


Debe decir:


'Mediante la presente modificación, [...].'


En la página 241, cuarta línea, Índice de enmiendas, Disposición final primera, donde dice:


'- Enmienda núm. 33, del G.P. Popular en el Congreso, apartado nuevo (art.2 9.2).'


Debe decir:


'- Enmienda núm. 33, del G.P. Popular en el Congreso, apartado nuevo (art. 29.2).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de mayo de 2020.