Ruta de navegación

Publicaciones

BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 18, de 21/09/2016
cve: BOCG-12-D-18 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


21 de septiembre de 2016


Núm. 18



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000109 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al nuevo contrato firmado en septiembre de 2016 entre Navantia e Iberdrola, S.A. ... href='#(Página4)'>(Página4)


162/000114 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la necesidad de mejorar las precarias condiciones laborales del colectivo de brigadistas de las BRIF ...
(Página5)


162/000116 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la paralización de la subasta y devolución de los terrenos sitos en Campo da Estrada, Avenida de Metrosidero,
en A Coruña ... (Página8)


162/000131 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la garantía y respeto a la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional en
las interceptaciones en las fronteras de Ceuta y Melilla ... (Página9)


162/000135 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a mejorar y actualizar la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género ...
(Página12)


162/000136 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a reducir la tasa de abandono escolar temprano ... (Página14)


162/000137 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a alcanzar un gran pacto nacional para fortalecer y garantizar nuestro sistema público de pensiones dentro del marco del Pacto de Toledo
... (Página15)


162/000138 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la necesidad de adoptar, antes del 15 de octubre, todas las medidas exigidas por Europa para cumplir los nuevos objetivos de déficit y
evitar las posibles sanciones ... (Página17)


162/000139 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a proponer un Pacto de Estado entre todas las fuerzas políticas en defensa de la unidad de España ... href='#(Página18)'>(Página18)


162/000140 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a mejorar la eficacia de las políticas activas de empleo ... (Página19)



Página 2





Dirigidas, en el caso de su aprobación, al Gobierno que se constituya


162/000110 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la modificación de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales ... (Página21)


162/000112 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a los accesos ferroviarios al puerto exterior de Ferrol ... (Página22)


162/000113 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre medidas para paralizar la aplicación y desarrollo de la LOMCE (Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa), con el fin de
derogarla y de derogar el Real Decreto 310/2016, por el que se regulan las evaluaciones finales de ESO y Bachillerato ... (Página23)


162/000115 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) de Santiago de Compostela ... href='#(Página25)'>(Página25)


162/000117 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil de la zona urbana de la villa
de Sada afectada por la inundación producida el día 30/03/2016 como consecuencia del desbordamiento del río Mayor ... (Página25)


162/000118 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre medidas para ampliar e igualar los permisos de maternidad y paternidad ... (Página27)


162/000119 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre el reconocimiento expreso de la figura de Derecho Civil de Galicia de la Apartación como una transmisión
lucrativa mortis causa a efectos tributarios ... (Página28)


162/000120 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) de Placeres en Pontevedra ... href='#(Página29)'>(Página29)


162/000121 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre el proyecto de autovía A-57 a su paso por Pontevedra ... (Página31)


162/000122 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la modificación de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de concatenación de contratos temporales en el personal sanitario ... href='#(Página32)'>(Página32)


162/000123 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la creación de un pacto social, político e institucional contra la violencia de género ... (Página32)


162/000124 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la lucha contra la obesidad infantil ... (Página34)


162/000125 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa al futuro de la empresa de titularidad estatal Agencia Efe S.A. ... (Página36)


162/000126 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la derogación de las Reformas Laborales de 2010 y 2012 que afectan y modifican el Texto Refundido del
Estatuto de los Trabajadores ... (Página38)



Página 3





162/000127 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a eliminación de las Puertas Giratorias ... (Página40)


162/000128 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la firma de un Pacto de Estado por la inversión en Infancia ... (Página42)


162/000129 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a garantizar medidas efectivas y de amplia cobertura de reducción de los umbrales de pobreza infantil ...
(Página44)


162/000130 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la garantía del Derecho de Asilo en España y la Unión Europea ... (Página47)


162/000132 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre medidas para frenar la expansión del eucalipto en Galicia ... (Página50)


162/000133 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la aprobación de un Plan nacional específico para el Alzheimer ... (Página51)


162/000134 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), sobre la derogación de la pena de prisión permanente revisable ... (Página52)



Página 4





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de septiembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000109


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de su Diputada Yolanda Díaz Pérez y a través de su Portavoz Alexandra Fernández Gómez, conforme recoge el artículo 193 del Reglamento del Congreso,
presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en Pleno, relativa al nuevo contrato firmado en septiembre de 2016 entre Navantia e Iberdrola, S.A.


Exposición de motivos


La empresa pública Navantia está sufriendo la pésima gestión política de un gobierno y de un partido (el PP) que rechaza el carácter público del astillero Navantia y que, por lo tanto, renuncia a intervenir para salvaguardar un sector
estratégico con potencialidades extraordinarias para el desarrollo social, económico e industrial de nuestro país.


La centralización de la gestión y la imposición de una estructura organizativa y funcional equivocada, sumada a la incapacidad del área comercial para conseguir nuevas contrataciones y a la negativa del gobierno a avanzar inversiones
productivas y programas de construcción que dependen de él, configuran una intervención política errática causante de la evidente falta de rumbo vigente en una empresa y sector fundamentales para la industria gallega.


Además, la actual dirección de Navantia está negociando una serie de contratos que el comité de empresa desconoce, y que presuponen el uso de las instalaciones públicas para el uso privado y comercial de diferentes empresas.


El 7 de septiembre la empresa pública Navantia suscribió un nuevo contrato de eólica marina con lberdrola S.A., para la construcción de 34 «jackets» (estructuras que sustentan los aerogenedores en el mar), valorados en 120 millones de euros
y que, previsiblemente, generarán quince meses de carga de trabajo, para una media de entre 600 y 700 empleados.


Para poder acceder a esta adjudicación, Navantia ha tenido que crear una UTE con la empresa Windar Renovables y poner a disposición las instalaciones que el astillero público posee en Fene (A Coruña), donde se construirán las cimentaciones
proyectadas en el acuerdo.


Este nuevo encargo hecho por lberdrola, S.A., a la UTE Navantia-Windar Renovables ha sido posible gracias a la calidad del trabajo desarrollado por los empleados del astillero público, cumpliendo con anteriores encargos de fabricación de
«jackets» para la empresa eléctrica, y que ahora dirigentes políticos autonómicos, como el presidente de la Xunta de Galicia, Alberto Núñez Feijóo utilizan en beneficio propio para hacer campaña electoral.


Sin embargo, aunque el contrato ya está firmado, el Comité de Empresa desconoce el contenido del mismo, e incluso se denuncia el ocultismo que existe, ya que no se conoce la relación comercial que existe entre Navantia e lberdrola, S.A. La
dirección del astillero público no facilita información a los representantes de los trabajadores y define este acuerdo como «confidencial».



Página 5





Además de esta desinformación, los trabajadores de la empresa pública Navantia están padeciendo otros desplantes por parte de la dirección del astillero. De hecho, en varias ocasiones, a lo largo de las últimas semanas, se le negó la
entrada a los responsables de prevención de riesgos laborales a varias zonas de las instalaciones de Navantia Fene (en concreto a la zona de Imenosa y a la zona de bloques planos y volteo), con lo cual no se pudo examinar en qué condiciones está
trabajado la industria auxiliar en la construcción de los «jackets» contratados con anterioridad.


Por lo expuesto, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Explicar la relación comercial y mercantil que existe entre las empresas que conforman la UTE Navantia-Windar Renovables.


2. Explicar cuáles son las prestaciones pactadas entre las partes.


3. Explicar la relación comercial y mercantil que existe entre la UTE Navantia-Windar Renovables e lberdrola, S.A.


4. Explicar cuáles son las prestaciones pactadas entre las partes.


5. Explicar la función que desempeña el astillero público Navantia en el nuevo contrato firmado con lberdrola, S.A.


6. Explicar si lberdrola, S.A. abona algún tipo de canon o pago similar por la ocupación del espacio de las instalaciones de la empresa pública Navantia en Fene, y en qué cuantía y periodicidad.


7. Informar a esta cámara del contenido completo del contrato entre la UTE Navantia-Windar Renovables e lberdrola, S.A.


8. Informar a los representantes de los trabajadores del contenido completo del contrato entre la UTE Navantia-Windar Renovables e lberdrola, S.A.


9. Informar a esta Cámara sobre que parte del personal perteneciente a Navantia se va a destinar a la construcción de los nuevos “jackets”.


10. Permitir la entrada de los responsables de riesgos laborales de Navantia a las zonas del astillero público donde se le impedía su acceso, para poder examinar en qué condiciones está trabajando la industria auxiliar en la construcción de
los ‘‘jackets’’ contratados con anterioridad.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de septiembre de 2016.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000114


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a instancias de la Diputada Alexandra Fernández Gómez y del Diputado Antón Gómez-Reyno, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate en Pleno, relativa a la necesidad de mejorar las precarias condiciones laborales del colectivo de brigadistas de las BRIF.


Las Brigadas de Refuerzo contra Incendios Forestales, las BRIF, son unidades helitransportadas entrenadas y formadas especialmente para luchar contra los grandes incendios forestales, sobre todo incendios de nivel 2. Fueron creadas en 1992,
pertenecen al Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente, y cuentan con 10 bases actualmente en todo el Estado y a disposición de las CC.AA. Obligados a la movilidad, pueden ser desplazados a cualquier punto del territorio estatal.


Sin embargo, a pesar de su alta especialización y profesionalización, además del riesgo que conlleva su tarea, adolecen de unas condiciones laborales muy precarias que no se corresponden con su peligrosa actividad.


Aunque dependen del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente, están contratados a través de la empresa pública Tragsa. En teoría se les aplica el Convenio Colectivo de dicha empresa pública, pero



Página 6





bajo un anexo discriminatorio. Los brigadistas denuncian que se les excluye de numerosos artículos de dicho Convenio que se aplica a todo el personal de Tragsa, menos a ellos. Se trata de artículos centrados en cuestiones retributivas o de
compensación de descansos, pluses por peligrosidad y otras.


Razón que ha obligado al colectivo de brigadistas a movilizaciones, manifestaciones, huelgas y actos de protesta en demanda de unas condiciones justas a la altura del trabajo que desempeñan. Reivindicaciones que llevan dos años explicitando
públicamente.


Este verano Galiza ha sufrido una destructiva ola de incendios, algunos de ellos de gran riesgo para las poblaciones cercanas. El territorio gallego ha resultado especialmente castigado por sucesivos incendios en todos los puntos de la
geografía gallega. En tan solo una semana del mes de agosto ardieron más de 7.000 hectáreas tras declararse casi 200 incendios forestales, según datos de la propia Xunta. En el mes de septiembre destacó por su virulencia y efecto destructor el
incendio declarado en Entrimo (Ourense) que quemó más de 2.800 hectáreas.


A lo largo del mes de agosto, destacaron por su virulencia, incendios que alcanzaron radios muy próximos a las viviendas de vecinos y vecinas. Los incendios de As Neves, Redondela, Caldas de Reis, Vilagarcía, Cotobade, Soutomaior, Arbo,
Crecente, Mondariz alcanzaron el nivel 2 debido a su cercanía a las casas de sus habitantes. O el citado incendio de Entrimo en Ourense.


Además de la importante pérdida de masa forestal, del peligro de las llamas para las viviendas de muchas personas, son desoladoras las imágenes del daño causado por el fuego en destacadas áreas naturales de gran valor como el Parque Natural
de Corrubedo, el Castro de Baroña (A Coruña) o el Parque Natural do Xurés (Ourense). Ninguna de las cuatro provincias gallegas se ha librado del efecto destructivo de las llamas.


El rastro de un paisaje calcinado, la negrura en grandes áreas de los montes de Galicia, debería ser suficiente motivo para concienciar a las Administraciones competentes sobre la necesidad de contar con más medios, invertir en políticas de
prevención, aprobar legislaciones cuya prioridad sea la de alcanzar las más altas cotas de protección medioambiental para nuestros montes, poner en valor los montes e impulsar políticas de protección y dignificar las condiciones laborales de
brigadistas, bomberos y agentes forestales dado el tipo de labor que llevan a cabo.


En el caso concreto que nos ocupa, la precaria situación laboral de los BRIF debería ser objeto de máxima atención por parte del Ministerio de Agricultura, abandonando esa postura de indiferencia por considerar que no es de su competencia.
El Ministerio es el máximo responsable de la situación de los brigadistas que pertenecen a este departamento ministerial aunque su contratación se haga a través de una subcontrata por medio de Tragsa, empresa asimismo pública. En conclusión, son
trabajadores del ámbito público que deberían contar con unos derechos laborales dignos.


La ola de incendios en Galicia y el trabajo desarrollado por los BRIF, así como el de otros trabajadores forestales que han participado en las duras labores de extinción, debería servir al Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente para
reflexionar sobre las condiciones laborales precarias en las que realizan su actividad los BRIF, entre ellos los BRIF de Laza (Ourense), la única base existente en Galicia. Sus demandas laborales resultan totalmente justas, equilibradas y conforme
la tarea que desarrollan.


Se trata de las siguientes reivindicaciones laborales:


Los brigadistas reclaman que se les reconozca la categoría de Bomberos Forestales a fin de reconocerles primeramente el trabajo que desempeñan con veracidad.


Demandan que se les reconozcan una serie de enfermedades profesionales relacionadas con la toxicidad y penosidad que se asocian a este trabajo.


Y también el estudio y posterior aplicación de ese modo de los correspondientes coeficientes reductores al igual que sucede con los colectivos de bomberos, pilotos…


Hay que tener en cuenta que el colectivo BRIF, además de desenvolver tareas propias de un bombero en lo que atañe a la extinción de incendios, se desplazan en helicóptero y por lo tanto una parte de su trabajo se desarrolla con medios
aéreos.


Otra de sus demandas es la de poder pasar a una segunda actividad dentro del mismo ámbito profesional. Su actividad exige una altísima preparación física, pero el avance de la edad y la merma de las condiciones físicas debido a enfermedades
de diversa consideración relacionadas con su labor les dificulta la superación de las pruebas físicas anuales que son excluyentes y obligatorias para mantener el trabajo. Es una cuestión de justicia laboral. Son trabajadores y trabajadoras que han
dedicado su vida profesional a esta actividad, con lo cual deben tener derecho a una salida laboral dentro de la



Página 7





profesión. Razón por la que demandan una serie de plazas en el ámbito de ocupación y servicio (como auxiliar de apoyo logístico), a fin de mantener su trabajo.


Aunque parezca mentira, el colectivo de brigadistas está realizando su exigente actividad en condiciones salariales de miseria. Ni siquiera son mileuristas, cobran una media de 900 euros mensuales. La contratación a través de la
adjudicataria Tragsa los adscribe a su convenio empresarial que procede de la construcción y los contempla como peones especialistas. Es decir, una categoría que nada tiene que ver con su función. Sin olvidar que Tragsa les aplica las partes del
convenio que le interesa ya que los excluye de más de 40 artículos que podrían resultarles beneficiosos.


Cobran el salario más bajo de la tabla salarial del convenio de Tragsa, y hay meses en lo que no llegan ni a los 900 euros en plena campaña de extinción. Además, en periodo de labores preventivas ganan 112 euros menos, que es la
compensación que se percibe por peligrosidad, turnicidad y disponibilidad, complemento que, desglosado en días, se queda en 3,70 euros.


Dado que las sucesivas negociaciones con Tragsa están en un estado de estancamiento, y puesto que las BRIF pertenecen al Ministerio de Agricultura, consideramos de suma importancia que el Ministerio asuma un papel activo en esta cuestión.
Creemos que la Administración pública debe dar ejemplo en el reconocimiento de los derechos laborales de trabajadores que están para prestar un servicio público. No resulta admisible que un Ministerio permita a los brigadistas trabajar en estas
condiciones.


De permanecer contratados por Tragsa, lo lógico es que contasen con un convenio propio supervisado por el Ministerio de Agricultura.


Lo cierto es que desde En Marea no entendemos por qué los BRIF están contratados a través de la adjudicataria Tragsa, dado el tipo de labor pública que realizan. A nuestro juicio, la función de extinción de grandes incendios en unidades
helitransportadas que deben moverse por todo el territorio del Estado es un servicio público de primer orden que debe estar íntegramente en manos públicas y bajo la directa supervisión ministerial, que debería ser la institución directamente
responsable.


Dado lo expuesto,


«El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a:


- Adoptar un papel activo y resolutivo ante Tragsa (empresa pública) a fin de dignificar y mejorar las condiciones laborales de los brigadistas (BRIF), unidades helitransportadas pertenecientes al Ministerio.


- En concreto, realizar las gestiones pertinentes ante Tragsa para que el colectivo de brigadistas realice su peligrosa, especializada y profesional actividad en función de unas condiciones laborales a la altura de su trabajo, de modo que se
contemplen las siguientes demandas:


A) El reconocimiento de la categoría de Bomberos Forestales en correspondencia con la función que desarrollan.


B) El reconocimiento de una serie de enfermedades profesionales relacionadas con la toxicidad y penosidad asociadas a su trabajo.


C) Estudio y aplicación de los correspondientes coeficientes reductores por desempeñar una labor de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre.


D) Establecer que puedan pasar a una segunda actividad dentro del mismo ámbito profesional (plazas de ocupación y servicio como auxiliares de apoyo logístico) cuando por edad y enfermedades relacionadas con su labor no superen las pruebas
obligatorias y excluyentes que se realizan anualmente.


E) Mejorar las condiciones salariales del colectivo de brigadistas, definidos actualmente como 'peones especialistas', categoría inadecuada a su función, de modo que se aumente su retribución salarial actual situada muy por debajo de su
tarea.


F) Estudiar e impulsar la posibilidad de que el colectivo de brigadistas cuente con un Convenio propio e independiente y que su contratación dependa directamente del Ministerio de Agricultura, organismo al que pertenecen.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de septiembre de 2016.-Antonio Gómez-Reino Varela, Diputado.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



Página 8





162/000116


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa del Diputado Antonio Gómez-Reino Varela, y a través de su Portavoz, Alexandra Fernández Gómez, al amparo del artículo 193 y siguientes del Reglamento
del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la paralización de la subasta y devolución de los terrenos sitos en Campo da Estrada, avenida de Metrosidero, en A Coruña, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Ministerio de Defensa de un Gobierno en funciones anunciaba en el «Boletín Oficial del Estado» de 24 de febrero de 2016 la subasta de tres parcelas en el Campo da Estrada, en la zona de A Maestranza, en A Coruña, que suman 29.262 metros
cuadrados y por los que el Ministerio de Defensa decía querer ingresar 24,8 millones de euros. El Ministerio pretendía celebrar esa subasta en virtud de un convenio firmado con el Concello de A Coruña el 30 de junio de 1984, actuando lejos de los
criterios económicos y sociales que se presumen, en lo que tiene que ver con la gestión del suelo por parte de una institución pública, buscando la venta en el mercado inmobiliario y posterior construcción de edificios residenciales.


Al respecto de la subasta de estas parcelas, el Ayuntamiento de A Coruña, en sesión plenaria celebrada el pasado 7 de marzo, aprobó a iniciativa del grupo municipal de la Marea Atlántica, una Moción con la siguiente parte resolutiva:


«Primero. Instar al Ministerio de Defensa a la renuncia y archivo del expediente de licitación en curso.


Segundo. Demandar del Ministerio y del gobierno municipal la negociación bilateral con el objetivo de la adquisición/cesión por parte del Ayuntamiento de las parcelas para su puesta en valor como espacio de titularidad y uso público
municipal asociado al patrimonio histórico de la ciudad de A Coruña.


Tercero. Se faculta al Alcalde-Presidente a la ejecución del presente acuerdo, del cual se dará traslado al Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, del Ministerio de Defensa.»


Desde el gobierno municipal de A Coruña se dio traslado al Ministerio de Defensa del «Informe de Potencialidad Arqueológica», redactado por los servicios técnicos municipales, en el que se ponía de manifiesto la afectación e interés
patrimonial de las parcelas en cuestión, así como su nivel de protección atribuido por los vigentes instrumentos de planeamiento, declaración BIC y normativa estatal y autonómica en la materia. Asimismo, se dio traslado al Ministerio de Defensa del
posicionamiento contrario, por parte de la corporación municipal de A Coruña, a la subasta de los terrenos y de su interés en que puedan pasar a formar parte del dominio público municipal, con destino a un uso público ajustado a su valor
patrimonial.


A pesar de todo ello se celebró la subasta de los terrenos, si bien, finalmente, esta quedó desierta.


Como recuerdan tanto las entidades vecinales de la zona (AA.VV. Cidade Vella), como la plataforma ciudadana ‘‘Comisión Aberta en Defensa do Común’’ y el Ayuntamiento de A Coruña, los terrenos del Campo da Estrada que Defensa ha sacado a
subasta pública tienen un enorme valor patrimonial. Estos terrenos, donde se construyó el primer sistema defensivo de murallas de la ciudad, eran y son terrenos con carácter de bien común, es decir, de valor colectivo para la ciudad, que fueron
ocupados para instalaciones militares defensivas y en usufructo por el Ministerio de la Guerra (hoy Ministerio de Defensa). Se sitúan entremurallas, en el ámbito de protección de bienes de interés cultural (BIC), de altísimo valor patrimonial: el
sistema defensivo medieval y el sistema defensivo barroco. Ambos sistemas están definidos como BIC por el Catálogo Municipal de Edificios e Conxuntos do Plan Especial de Reforma Interior da Cidade Vella e Pescadería (PEPRI), lo que obliga a su
conservación, mantenimiento y restauración. Por otro lado, las murallas de la ciudad de A Coruña fueron declaradas Ben de Interese Cultural do Conxunto Histórico Artístico mediante Decreto 29/1984, de 9 de marzo, de la Consellería de Educación e
Cultura.


Estos terrenos forman parte del bien común de la ciudad, del sistema defensivo de la Plaza Fuerte, de A Coruña, y en tanto que terrenos de bien común son bienes pertenecientes al conjunto de la ciudad desde su fundación. Además, la
existencia de restos arqueológicos de todo el sistema defensivo, requerirían de la correspondiente autorización tanto de la Dirección Xeral de Patrimonio de la Xunta como del Ayuntamiento de A Coruña para cualquier tipo de actuación.



Página 9





Tanto la legislación vigente en materia de patrimonio arqueológico como la documentación arqueológica recogida en los últimos treinta años, sumado a la cartografía militar de los siglos XVII y XVIII, además de la clasificación en el PEPRI
del área dentro de zona arqueológica A, cautela de grado I, muestran la importancia patrimonial de este espacio y por tanto las cargas a las que puede estar sometida cualquier obra de edificación que se proyecte realizar en el mismo, cuestión esta
que ya fue advertida en diferentes ocasiones por el Ayuntamiento de A Coruña al Ministerio de Defensa.


Por todos estos motivos, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, recogiendo y reconociendo la propuesta tanto del pleno del Ayuntamiento de A Coruña como de la iniciativa de la «Comisión Aberta en Defensa
do Común», formula la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Facilitar desde el Ministerio de Defensa la devolución gratuita al Ayuntamiento de A Coruña de los terrenos y parcelas referidas -sitas en el Campo da Estrada-, para su uso público, ya que son espacios comunales, bienes propios
pertenecientes a la ciudad desde su fundación.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de septiembre de 2016.-Antonio Gómez-Reino Varela, Diputado.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000131


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea a iniciativa de la Diputada Ione Belarra, presenta al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados,
la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en Pleno, relativa a la garantía y respeto a la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional en las interceptaciones en las fronteras de Ceuta y Melilla.


Exposición de motivos


El pasado 1 de abril de 2015 entró en vigor la nueva disposición adicional décima de la LO 4/2000, sobre los Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social (LOEX), introducida por el número 1 de la disposición
final primera de la LO 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana («BOE» de 31 de marzo).


Dicha disposición, establece un «régimen especial» para el control fronterizo en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla con el siguiente tenor literal: «1. Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación
territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España. 2. En todo caso, el rechazo se realizará
respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte. 3. Las solicitudes de protección internacional se formalizarán en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos y se
tramitarán conforme a lo establecido en la normativa en materia de protección internacional.» La tramitación de la LO 4/2015 incluyó una fuerte contestación social, el rechazo prácticamente unánime de la oposición parlamentaria e informes muy
críticos de órganos consultivos en materia legislativa como el Consejo de Estado o el Consejo General del Poder Judicial, y la nueva disposición adicional décima, junto a otras disposiciones de la LO 4/2015, fueron objeto incluso un recurso de
inconstitucionalidad y que está pendiente de resolución por el Tribunal Constitucional. El legislador, al aprobar la disposición adicional décima de la LOEX tenía la intención expresa de legalizar la práctica de las «devoluciones en caliente».
Esta práctica, que vienen desarrollando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado al menos desde 2005, consiste en la entrega directa y sin ningún procedimiento previo por parte de miembros de la Guardia Civil a agentes de la guardia auxiliar de
fronteras del Reino de Marruecos de las personas interceptadas intentando acceder a Ceuta y Melilla por zonas que no son los puestos fronterizos habilitados al efecto.



Página 10





Esta práctica, como ha sido señalado por instancias nacionales e internacionales, carecía entonces de cualquier cobertura legal y constituía no sólo una arbitraria vía de hecho sino una flagrante vulneración de garantías y derechos
fundamentales. La nueva regulación establecida en la disposición adicional décima de la LOEX, tal como se ha expuesto, se ha limitado a establecer la posibilidad de desarrollar un procedimiento de rechazo en frontera en estos específicos supuestos
de interceptación en las vallas de Ceuta y Melilla.


Dicho procedimiento debe respetar los estándares del derecho internacional de los derechos humanos y de protección internacional. Era innecesario que eso fuera afirmado por el legislador orgánico, pero es muy significativo que lo hiciera
constar expresamente. Confirma una absoluta desconfianza del Poder Legislativo tanto respecto de la constitucionalidad de estas prácticas del Ministerio del Interior antes de la reforma corno respecto de la voluntad del Poder ejecutivo para
establecer un procedimiento respetuoso con la legalidad nacional e internacional. Obviamente, y con independencia la más que probable inconstitucionalidad de esta nueva regulación, su contenido y rango normativo solo alcanza a establecer una
cobertura legal para este procedimiento excepcional de rechazo en frontera en las vallas de Ceuta y Melilla.


Es después de su aprobación al Poder Ejecutivo al que correspondía desarrollar y concretar, dentro de esos estándares internacionales y con respeto al resto del ordenamiento constitucional y legal un procedimiento para su ejecución. En
ausencia de este desarrollo reglamentario, la continuación con este tipo de prácticas sigue representando un supuesto de vía de hecho, que implica actuaciones administrativas llevadas a efecto prescindiendo de manera plena del procedimiento
establecido o por órgano manifiestamente incompetente y, por lo tanto, contrarias al art. 105 CE.


También es incuestionable que continuar con estas prácticas sin que se haya desarrollado reglamentariamente un procedimiento que determine y concrete las garantías de las que necesariamente debe estar revestido, supone una vulneración de los
principios de seguridad jurídica y de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos consagrados por el art. 9.3 CE, en tanto que la habilitación ex lege que se establece para el desarrollo reglamentario de este procedimiento no ampara
una actuación arbitraria de la Administración.


Igualmente conlleva la vulneración de la tutela judicial efectiva y de las garantías procesales reconocidas en el artículo 24 de la CE, así como la negación de la potestad revisora de los tribunales de justicia otorgada por el artículo 106
CE. La vía de hecho que supone continuar con estas prácticas, al exclusivo amparo de esta disposición adicional, también impide que pueda garantizarse la aplicación del principio de no devolución. Sobre este principio se ha configurado una
jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de la que se ha hecho aplicación no sólo a los supuestos de expulsión o deportación de solicitantes de asilo, sino a cualquier supuesto de expulsión, recordando que los Estados tienen
obligación de:


1. Obligación de asegurarse no sólo el trato al que se exponen los migrantes que devuelven a sus países de origen o de procedencia... EI Tribunal Constitucional también ha establecido esta misma limitación en relación con la posibilidad de
entrega de ciudadanos a otros países al amparo del art. 15 CE


2. Obligación de garantizar el derecho al recurso efectivo previsto en el artículo 13 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales (CEDH).


3. Prohibición expresa de las expulsiones colectivas de extranjeros de acuerdo al artículo 4 del Protocolo número 4 al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.


En el caso de las zonas fronterizas de Ceuta y Melilla, por tanto, un adecuado respeto del principio de devolución (establecido, entre otros, por el artículo 33 Convención de Ginebra, art. 3 de la Convención contra la Tortura y otros Tratos
o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, arts. 2 y 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos según la interpretación de los mismos basada en la citada jurisprudencia consolidada del TEDH...) emerge como una cuestión clave. La situación de las
personas migrantes en tránsito en Marruecos debería justificar la prevalencia del «principio de no devolución» en los supuestos que el Estado español se plantee la expulsión, devolución o rechazo a Marruecos de una persona migraste que haya entrado
por vías irregulares a España transitando por el territorio de este país. Esta prevalencia del principio de no devolución debería mantenerse al menos hasta que desde el Estado marroquí se ofrezcan garantías claras y sometidas al control de
organismos internacionales competentes en la materia de que los derechos fundamentales de las personas extranjeras en situación irregular que se hallen o



Página 11





sean devueltas a su territorio son respetados de acuerdo a los estándares mínimos internacionales en materia de Derechos Humanos. La situación de falta de respeto de derechos fundamentales de las personas migrantes subsaharianas en
Marruecos es puesta de manifiesto por informes de organismos nacionales e internacionales como los elaborados por el Comité contra la tortura de Naciones Unidas (21 de diciembre de 2011 - CAT/C/MAR/C0/4 §26 y 28 de febrero de 2013 A/HRC/22/52/Add3
§24 y 25;); los informes del Departamento de Estado del Gobierno de Estados Unidos (Country reporton Human Rights Practices for 2011 -pág. 18- Country reportan Human Rights Practices for 2012 -págs, 17 y 18-); el Résume du rapport annuel de 2011
(Association Marocaine des droits Humains -pág. 26-), el informe Human Rights Watch (año 2013 -pág. 590-); el informe «Violencia, vulnerabilidad y migración: atrapados a las puertas de Europa» (Médicos sin Fronteras, marzo 2013(6]); documental
«n.2 9» (-realizado en el marco de la campaña «Basta de violencia en la fronteras» impulsada por las asociaciones marroquíes AMDH, GADEM y otrosj7]-); Rapport sur l’application au Maroc de la Convention internationale sur la protection des droits
de tous les travailleurs migrants et des membres de leurfamille [8], (GADEM, ALECMA y otros; agosto de 2013), que denuncian las torturas y malos tratos sistemáticos a que son sometidas las personas migrantes expulsadas por parte de las fuerzas de
seguridad marroquíes.


A esos efectos, debe hacerse especial incidencia en la recomendación realizada a España por el Comité Europeo para la prevención de la tortura de que «teniendo en cuenta el riesgo de malos tratos infligidos por los miembros de las fuerzas
auxiliares marroquíes a los migrantes irregulares, devueltos a Marruecos, la CPT recomienda que las autoridades españolas aseguren que ninguna persona es entregada a ellos» (informe al Gobierno español sobre la visita a España del Comité Europeo
para la prevención de la tortura del 14 al 18 de julio de 2014 (CPT/inf (2015) 19], apartado 54). Por ello, la continuación con estas prácticas de «devoluciones en caliente» supone dar vía libre a la vulneración indiscriminada de dicho principio,
al permitir la entrega por vías de hecho sin ningún tipo de garantías jurídicas de personas a un país donde corren un riesgo fundado de sufrir graves violaciones de sus derechos fundamentales. La afectación de derechos, además, se incrementa y
agrava en los supuestos que conciernen a colectivos o personas especialmente vulnerables, que precisamente por esta condición, deben ser especialmente protegidos, de acuerdo con la legislación española e internacional.


Así, la continuación de estas prácticas impide el acceso al derecho de asilo contemplado en el artículo 13.4 CE que establece que «la Ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apátridas podrán gozar del derecho
de asilo en España» así como a las garantías y al procedimiento establecido en la Ley 2/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, al impedir la identificación de personas necesitadas de protección internacional y el
análisis individualizado de sus circunstancias. Igualmente, impide la identificación de menores, fundamentalmente de menores en edad adolescente, colectivo especialmente vulnerable. Tampoco se contemplan mecanismos para la detección,
identificación y protección de las víctimas de trata que accedan a territorio español por puesto no habilitado.


Es necesario insistir en que la mención a la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional que se refleja en los apartados 2 y 3 de la disposición adicional no incorpora ningún procedimiento administrativo ni, por
tanto, garantías para hacer efectivo el cumplimiento de esta normativa, sino que son un llamamiento a que en el necesario desarrollo normativo de esta institución del rechazo en frontera se garanticen estos principios.


Todas estas cuestiones, trascienden nuestro Estado, en la medida que han sido planteadas y admitidas a trámite ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en al menos tres casos -denunciados por personas que han sufrido estas
denominadas «devoluciones en caliente»- como supuestos en que se han vulnerado garantías establecidas en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Dicte instrucciones de manera inmediata y con suficiente publicidad (dada la ausencia de desarrollo normativo) para que en los casos de interceptación de personas intentando acceder a España por las vallas de Ceuta y Melilla, la Guardia
Civil se abstenga de la entrega directa de estas personas a las autoridades del Reino de Marruecos, procediendo en tales casos a aplicar bien los procedimientos de expulsión o de devolución actualmente desarrollados en la normativa de extranjería y,
en todo caso, con respeto escrupuloso a la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional



Página 12





garantizando la posibilidad de acceder a los procedimientos de protección internacional y el principio de no devolución.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2016.-Ione Belarra Urteaga, Diputada.-Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000135


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a mejorar y actualizar la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Durante los más de diez años transcurridos desde la entrada en vigor de la Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género (LOMPIVG), la labor de desarrollo y aplicación de la ley en nuestro
país ha sido intensa.


El alcance normativo de esta tarea se pone de manifiesto en la inclusión de disposiciones para abordar la violencia de género en desarrollo de la Ley Orgánica 1/2004 en once Leyes Orgánicas, diez Leyes de Presupuestos Generales del Estado,
numerosas normas con rango de Ley y más de cien disposiciones de carácter reglamentario.


Además, se han adoptado medidas de puesta en marcha de la norma en numerosas reuniones del Consejo de Ministros a lo largo del período 20052015. Entre ellas destaca la aprobación de sucesivos planes específicos orientados a la prevención,
asistencia y protección de la violencia de género. En la actualidad se encuentran vigentes la Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia contra la Mujer, por el que se da cumplimiento a lo previsto en el artículo 3 de la LOMPIVG,
aprobado en Consejo de Ministros de 26 de julio de 2013 y el II Plan Integral de Lucha contra la Trata de Mujeres y Niñas con fines de explotación sexual, aprobado en Consejo de Ministros de 18 de septiembre de 2015.


Las Comunidades Autónomas y Entidades Locales también han abordado, en su ámbito competencial, esta tarea. España ha continuado siendo pionera en el cumplimiento de las distintas directrices sobre la materia emanadas de las Organizaciones
Internacionales, como se aprecia en la inmediata ratificación del Convenio de Estambul por nuestro país o en que España sea el único Estado que ha cumplido con la adaptación de los criterios de la ONU y la Unión Europea en la última Macroencuesta de
violencia sobre la mujer difundida en el año 2015.


Por su parte, la sociedad española ha ido aumentando su rechazo unánime hacia esta lacra. Así lo ponen de manifiesto los estudios elaborados por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno
para la Violencia de Género. El 92% de la sociedad española considera inaceptable la violencia de género, porcentaje que asciende hasta el 98% en el caso del maltrato físico y sexual y el 86% de la población está satisfecha con que haya una
legislación específica para luchar contra la violencia de género.


Las distintas fuerzas políticas, reflejando este sentir social, coinciden en considerar la erradicación de la violencia contra las mujeres como una verdadera cuestión de Estado. Y cada vez, con más frecuencia, se está planteando la
oportunidad de representar esta madurez y esta unidad de posicionamiento en un gran Pacto de Estado que se una al que ya existe desde la aprobación por unanimidad de la Ley Orgánica 1/2004.


Al cumplirse, en 2015, los diez años de entrada en vigor tras la aprobación por unanimidad de la Ley Orgánica 1/2004, el Gobierno recogió en un Informe de reflexión que trasladó a la Cámara, propuestas de reforma transcurrida una década de
vigencia. Entre ellas, destacan las relativas a la regulación del título habilitante de la condición de víctima de violencia de género, la regulación del derecho a la asistencia social integral, y en particular, de los derechos laborales y de
Seguridad Social, así como la modificación



Página 13





de normas procesales, que aunque no están contenidas directamente en la LOMPIVG tienen una relevancia especial en la respuesta judicial.


Asimismo, existe un amplio acuerdo en la necesidad de ampliar el concepto de violencia de género (entendida, según la LO 1/2004, como malos tratos en el seno de la pareja) a otras manifestaciones de violencia sobre la mujer, basadas todas
ellas en una situación de partida de desigualdad entre hombres y mujeres que propicia la existencia de este problema e incluso su justificación y aceptación cultural.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de:


1. Promover un Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, que involucre a todas las instituciones y administraciones (Comunidades Autónomas, Ciudades con Estatuto de Autonomía y Federación Española de Municipios y Provincias), que
considere la erradicación de la violencia sobre la mujer como una verdadera política de Estado.


2. Impulsar, desde la unidad y el consenso con el que se aprobó la LO 1/2004 de 28 de diciembre de medidas de protección integral frente a la violencia de género, las reformas normativas precisas con el fin de considerar otras formas de
violencia contra la mujer, tal como prevé la Recomendación General n° 19 de la CEDAW y el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul), que España ha
ratificado.


3. En concreto, incluir en la LOMPIVG, al menos, las siguientes modificaciones:


- Un nuevo Título que visibilice otras formas de violencia sobre la mujer por razón de género, más allá de los malos tratos en el seno de la pareja o ex pareja, recogiendo preceptos relativos a la sensibilización, formación de agentes,
educación, protocolos y planes de colaboración y recogida y difusión de datos, entre otros.


- Un nuevo Título que se refiera a la exigencia y términos de recogida de datos y promoción de su difusión, realización de estudios, impulso de investigaciones y realización de encuestas basadas en la población con el fin de estudiar las
causas y efectos, evaluar la incidencia y percepción social y conocer las medidas para la erradicación de la violencia sobre la mujer así como la eficacia de las mismas.


- Un precepto específico, dentro del Título I de la Lo 1/2004, relativo a las Medidas de sensibilización, prevención y detección que visibilice la colaboración de la sociedad civil en las acciones de concienciación pública, orientadas a la
prevención y detección temprana, así como a la creación de una conciencia social de rechazo a la violencia de género.


4. Continuar perfeccionando el funcionamiento de las Unidades de Coordinación y de Violencia sobre la Mujer dependientes de las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas y de las Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones
Insulares, con el fin de procurar un seguimiento personalizado de las víctimas de violencia de género en el territorio, impulsando la coordinación con órganos autonómicos y locales encargados de la seguridad protección y atención a las mujeres
víctimas y a sus hijos e hijas.


5. Seguir mejorando la especialización y los recursos materiales y humanos a disposición de los Juzgados Especializados en Violencia sobre la mujer, así como el funcionamiento de las Oficina de Atención a la Víctima, dependientes del
Ministerio de Justicia, en el acompañamiento judicial personalizado para hacer accesible la información a las mujeres víctimas de violencia de género sobre el itinerario y procedimiento más seguro, en su recorrido judicial desde el momento en el que
ponen la denuncia hasta el final del proceso, de acuerdo con lo previsto en la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito en tanto suponer un avance en el tratamiento personalizado y no revictimizatorio para las mujeres y sus
hijos a lo largo del proceso penal.


6. Incrementar las actuaciones de sensibilización para intensificar el compromiso conjunto por una sociedad libre de violencia contra la mujer, apoyando a las víctimas y rechazando a quienes provocan el maltrato. Asimismo, avanzar en
colaboración con las Comunidades Autónomas en la Incorporación de la formación específica en Igualdad, educación afectivo-sexual y de prevención de la violencia de género al currículo de todas las etapas educativas.


7. Acometer un Plan integral y las modificaciones normativas necesarias para prevenir, proteger y reparar el daño a menores víctimas de violencia de género.



Página 14





8. Llevar a cabo las modificaciones legales pertinentes para prohibir la concesión de indulto en cualquier delito vinculado a violencia de género.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de septiembre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000136


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a reducir la tasa de abandono
escolar temprano, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Entendemos por abandono educativo temprano el porcentaje de población de 18 a 24 años que no ha completado la Educación Secundaria de segunda etapa y no sigue ningún tipo de educación o formación. Dicha definición es el indicador de la
Unión Europea utilizado como punto de referencia para el seguimiento de los Objetivos 2010 y 2020 de los sistemas educativos y formativos.


Al comienzo de la X legislatura el abandono escolar temprano se situaba en el 26,3% según los datos extraídos de la Encuesta de Población Activa (EPA IV trimestre 2011), lo que significaba que uno de cada cuatro jóvenes no había seguido
estudiando más allá de la enseñanza obligatoria (los 16 años), y muchos de ellos, incluso, sin haberse llegado titular en ESO. Además, El Informe Español de la OCDE 2012 añadía unas conclusiones que hacían difícilmente explicables estos resultados
ya que según dicho informe el gasto público por cada alumno en la educación pública en España era un 21% superior a los países de la OCDE y de la UE.


Ante esta grave situación, el gobierno del Partido Popular puso en marcha un importante paquete de medidas metodológicas y pedagógicas que han permitido reducir las tasas de abandono educativo temprano de la educación y la formación,
llegando a descender del 20% por primera vez en la historia, al situarse en el segundo trimestre del año 2016 en el 19,7%, la cifra más baja jamás contabilizada en nuestro país. Esta tendencia decreciente se puso de manifiesto al finalizar el
pasado año con una tasa de abandono educativo del 19,97%.


Este importante descenso de 6,33 puntos de la tasa de abandono escolar temprano en los últimos cuatro años debe servirnos para reforzar nuestro compromiso con la educación, y seguir trabajando para lograr cumplir los objetivos del Programa
de la UE en el ámbito de la educación y formación («ET 2020), con el objetivo de asegurar la realización profesional,, social y personal de todos los ciudadanos, la empleabilidad y la prosperidad económica sostenible, a la vez que la promoción de
los valores democráticos, la cohesión social, la ciudadanía activa y el diálogo intercultural. El Marco establece objetivos estratégicos, que se acompañan de indicadores y puntos de referencia para controlar el progreso hacia su consecución en
2020. Los Estados miembros, por su parte, se comprometieron a establecer sus objetivos nacionales, teniendo en cuenta sus posiciones de partida relativas y las circunstancias del propio país.


A pesar de los avances alcanzados en los últimos años, las tasas de abandono educativo temprano en España continúan siendo elevadas. Hemos comenzado el 2016 con un porcentaje del 19,7%. Sin embargo, todavía estamos muy alejados del punto
de referencia del 10% establecido con carácter general en la estrategia europea ET 2020, y por encima del nivel específicamente asignado a España (15%) para el año 2020.


El objetivo de seguir avanzando en acciones educativas, que contribuyan a continuar con la disminución de la tasa de abandono educativo temprano, ya fue contemplado en febrero de 2016, cuando el presidente del Gobierno en funciones ofreció
un documento con cinco grandes Pactos de Estado, para conformar un Gobierno estable para cuatro años. Entre ellos, un Pacto Nacional por la Educación, que asentara la educación como motor del crecimiento económico, la cohesión social y la igualdad
de oportunidades.


Considerando que una eficiente coordinación de políticas y planes de reducción del abandono escolar temprano, es la base hacia la consecución de un Pacto Nacional por la Educación, como el alcanzado en el acuerdo con Ciudadanos y ofrecido al
resto de las fuerzas políticas.



Página 15





Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados manifiesta la conveniencia de continuar impulsando la coordinación de políticas y planes de reducción del abandono escolar temprano, con el objetivo de llevar la tasa de abandono escolar temprano por debajo del
nivel específicamente asignado a España en la Estrategia Europea ET2020 situada en el 15% para el año 2020, objetivo que se incorporará al Pacto Nacional por la Educación que cuente con el consenso de las fuerzas políticas, de la comunidad educativa
y de los colectivos sociales.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de septiembre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000137


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a alcanzar un gran pacto
nacional para fortalecer y garantizar nuestro sistema público de pensiones dentro del marco del Pacto de Toledo, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El sistema de pensiones de la Seguridad Social española ha venido demostrando fortaleza desde los inicios de la crisis en 2008. Sin embargo, la demográfica del país está poniendo cada vez más en tensión a un sistema de pensiones que ya ha
superado en la actualidad las 9.300.000 pensiones, el número más alto alcanzado en la historia del sistema, y que sigue creciendo. Además el sistema ha permitido que las pensiones hayan ganado poder adquisitivo de modo que la pensión media ya se
encuentre, también por primera vez, por encima de los 1.000 euros.


Como se acaba de mencionar, el principal reto al que se enfrenta el sistema español de pensiones públicas emana de cuestiones demográficas, aspectos que a pesar de tener un efecto negativo en el sistema parte de dos excelentes noticias para
los españoles. La primera es que las personas jubiladas viven cada vez más, como consecuencia del aumento de la esperanza de vida, y la segunda que la numerosa generación del baby boom después de muchos años aportando riqueza a la sociedad
española, se retirará a principios de la próxima década.


La esperanza de vida ha crecido sustancialmente en los últimos años y se prevé que en 2022 por cada diez personas en edad de trabajar haya seis personas potencialmente inactivas, y en 2040, lo mayores de 65 años representarán el 37% de la
población. Esta situación puede llevar a que los recursos que puede obtener el sistema no sean capaces de cubrir las necesidades de gasto generadas por una población muy envejecida, sobre todo teniendo en cuenta que la tasa de natalidad es
actualmente muy baja.


Estas premisas requieren analizar cómo funciona el sistema de pensiones de la Seguridad Social y buscar aquellas soluciones para que que sea capaz de hacer frente al futuro teniendo en cuenta cuales son la realidad social y el escenario
demográfico al que se enfrenta. Hay que tener en cuenta que esta situación ya se ha producido en algunos países de la UE que tienen una población más envejecida que la española y, por tanto, sus experiencias pueden ser de utilidad para resolver la
situación a la que ha de hacer frente el sistema de pensiones español.


Ante esta situación, y ante la evidente necesidad de reestructurar nuestro sistema de pensiones, el Gobierno del PP desarrollo, mejoró y complementó la reforma incorporada en la ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y
modernización del sistema de Seguridad Social, tanto por el lado de incrementar los ingresos como por el de racionalizar los gastos, así como con la incorporación de incentivos al envejecimiento activo. Todas estas medidas pretenden únicamente dar
al sostenibilidad a medio y largo plazo al sistema de pensiones manteniendo los niveles de suficiencia de las pensiones. Así podemos señalar desde el lado del ingreso, entre otras medidas, el Real Decreto 637/2014, de 25 de julio,



Página 16





por el que se modifica el artículo 23 del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se determina la composición y las
reglas de cómputo de la base de cotización, de manera se cotice por el salario salario que realmente recibe el trabajador. En la línea de aumentar los ingresos y de mejorar la gestión de la recaudación se desarrolló la Ley 34/2014, de 26 de
diciembre, de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social.


El búsqueda de la racionalización del gasto se han acometido reformas de importante calado cuyo efecto ya se nota en el sistema aunque éste aún sea limitado puesto que su aplicación completa requiere un tiempo, como sucede con casi todas las
reformas que se aplican a un sistema de pensiones. Nótese que en las altas de jubilación entre enero y julio de 2016 el 43% de las mismas todavía se realizaron siguiendo la normativa anterior a la ley 27/2011.


Entre las reformas destinadas a racionalizar el lado de los gastos, entre otras, se encuentran el Real decreto-Ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y
promover el envejecimiento activo y la Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social. Mientras el Real Decreto-Ley 5/2013 ajusta la jubilación
anticipada y parcial y establece la compatibilidad entre la vida activa y la pensión, la Ley 23/2013 tiene como finalidad mantener la proporcionalidad entre las contribuciones al sistema y las prestaciones esperadas, garantizando a las generaciones
presentes y futuras la percepción de pensiones adecuadas y suficientes, conforme al mandato del artículo 50 de la Constitución Española. En consecuencia, como ya se ha mencionado, son reformas que buscan dar tranquilidad al ciudadano y mantener su
confianza en el sistema al dotarle de mayores niveles de sostenibilidad sin reducir la suficiencia y adecuación de las pensiones. A todos nos preocupa el sistema de pensiones porque todos formamos parte de él.


Las pensiones son la principal fuente de renta de una parte muy importante de la población. Desde el gobierno del Partido Popular somos conscientes de la responsabilidad que ello implica y hemos apostado y apoyado a nuestros pensionistas.
España destina el 12.5% del PIB al pago de pensiones, siendo el noveno porcentaje más alto a nivel mundial, 4.6 puntos más que la media de la OCDE. El 38.5% del gasto de los PGE se destina a pensiones; más de uno de cada 3 euros se dedica a pagar
pensiones. Hoy en España se pagan más pensiones que nunca, a más pensionistas que nunca y con unas pensiones más altas que nunca.


Cuando el PP llegó al gobierno en diciembre de 2011, € se pagaban 8.749.054 pensiones y la pensión media de jubilación era de 915,24, hoy se pagan 9.427.785 pensiones y la pensión media de jubilación es de 1.044,92 €. Es decir, la pensión
media de jubilación se ha incrementado un 14,16% con el Gobierno del PP. Además, la subida de pensiones ha permitido ganancias de poder adquisitivo. Desde diciembre de 2011, los pensionistas españoles han ganado 1.106 millones de euros de poder
adquisitivo. Y ya están ganando 565 millones en lo que llevamos de 2016.


Desde el Grupo Popular, defendemos que la mejor medida para garantizar las pensiones es la creación de empleo. Ya hemos recuperado uno de cada dos empleos que se perdieron con la crisis; desde el peor momento (febrero de 2013), el paro se
ha reducido en 1.342.726 personas y se han creado 1.549.248 puestos de trabajo. La garantía del sistema de pensiones va unida al empleo, y hoy el crecimiento de empleo en España es tres veces superior al crecimiento de las pensiones.


Nuestro sistema de pensiones se caracteriza por ser público, de reparto y solidario, se basa en el pacto intergeneracional. La idea de un pacto intergeneracional implica la necesidad de atender a las generaciones futuras que heredan el
legado que las anteriores les transmiten, y a las que hay que garantizar un horizonte realista y viable para su propio desarrollo a largo plazo.


Al sistema, para que sea viable a medio, pero también a largo plazo, hay que dotarlo de mecanismos que lo sostengan, por ello, no se puede negar la realidad social que existe hoy y se debe continuar en la senda de las reformas iniciadas para
que el sistema de pensiones sea sólido y quede garantizado también para generaciones venideras.


Es por ello, que desde el Partido Popular queremos proponer a todos los grupos parlamentarios sin excepción, un pacto nacional que avale el futuro de las pensiones mediante la revitalización del Pacto de Toledo para que en su seno se
analicen las circunstancias económico-financieras y demográficas en las que se encuentra actualmente el sistema y a las que se enfrentará en los próximos años de manera que se pueda garantizar la sostenibilidad de nuestro sistema público de
pensiones de manera que los



Página 17





trabajadores puedan percibir en el momento de su jubilación una pensión adecuada y acorde con la contribución realizada al sistema durante su vida laboral.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, formula la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de impulsar, en el ámbito de la Comisión parlamentaria del Pacto de Toledo y el dialogo social, un nuevo acuerdo que contenga nuevas recomendaciones y orientaciones para seguir
garantizando el futuro del sistema público de pensiones y prestaciones de la Seguridad Social. Este acuerdo deberá reforzar los principios en los que se sustenta nuestro sistema de Seguridad Social, como son la equidad, la contributividad y la
solidaridad. Y atenderá de forma prioritaria a la sostenibilidad económica del sistema y a la adecuación de sus prestaciones contributivas y no contributivas.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de septiembre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000138


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la necesidad de adoptar, antes
del 15 de octubre, todas las medidas exigidas por Europa para cumplir los nuevos objetivos de déficit y evitar las posibles sanciones, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En el año 2009, la Unión Europea abrió a España un procedimiento de déficit excesivo que, tras tres extensiones de plazo, exigía situar el déficit público por debajo del 3% en 2016.


El año 2015 cerró con un déficit del 5% para el conjunto de las administraciones públicas frente a un objetivo del 4.2%. El buen comportamiento tanto de la Administración Central como de los Entes Locales (con un déficit inferior al
objetivo del 0,38% y 0,44% respectivamente) no permitió compensar la desviación de –0,96% de las CCAA y del –0,66% por parte de la Seguridad Social. Este punto de partida, un 0,8% por encima del objetivo de 2015, imposibilita el cumplimiento del
2,8% de déficit fijado para 2016.


La actual situación política de nuestro país, bloqueada a pesar de haber presentado un Acuerdo de Gobierno respaldado por 170 diputados (el 48.57% de la Cámara), ha provocado que llevemos más de un año sin aprobar ninguna ley y, por tanto,
sin capacidad efectiva para adoptar las medidas necesarias con el fin de corregir el déficit excesivo en 2016.


Como consecuencia de ello, la Comisión Europea nos dirigió el 9 de marzo una recomendación autónoma instándonos a intensificar los esfuerzos fiscales con especial referencia al control de las desviaciones del déficit de las comunidades
autónomas. A pesar de que, en cumplimiento de esa recomendación autónoma, adoptamos las acciones de control de gasto impuestas a las comunidades autónomas incumplidoras y un acuerdo de no disponibilidad de 2.000 millones de euros para la
Administración Central, la Comisión consideró que no habíamos tornado suficientes medidas en 2015 y activó nuevos pasos en el procedimiento de déficit excesivo. En concreto inició tres procesos simultáneos: la posible imposición de una multa del
0,2% del PIB; una advertencia del Ecofin que retrasa el cumplimiento del objetivo de déficit al 2018 pero exige nuevas medidas que -de incumplirse- pueden llevar a sanciones mayores; y la posible suspensión de los fondos estructurales.


En relación al primero, las alegaciones presentadas por España en julio de este año fueron tenidas en cuenta por el Ecofin, que canceló la multa a primeros de agosto siguiendo la recomendación de la Comisión. A cambio, nos comprometimos a
dos nuevas medidas para reducir el déficit público: adelantar el cierre del presupuesto 2016 a julio -tal y como hicimos- y a reformar el pago fraccionado del impuesto sobre sociedades, medida que es imprescindible y urgente aprobar antes del 15 de
octubre.



Página 18





En relación al segundo, el 8 de agosto Bruselas nos dirigió una advertencia que establecía una nueva senda de déficit más relajada (4,6% este año, 3,1% en 2017 y 2,2% en 2018) pero de obligado cumplimiento que iba acompañada de tres
exigencias: reducir el déficit estructural un 0,5% del PIB en 2017 y 2018; mejorar los automatismos de los mecanismos preventivos y correctivos de la Ley de Estabilidad Presupuestaria; y fortalecer el marco de contratación pública. Nos exigen
que informemos de todas las medidas adoptadas para poder cumplir con las exigencias de esta advertencia antes del 15 de octubre. Si al evaluar estas medidas, la Comisión considera que no son suficientes, antes del 8 de diciembre nos enfrentaríamos
a una multa de hasta el 0,5% del PIB, más de 5.000 M€, sin posibilidad de recurrir ni alegar para su reducción o cancelación.


En relación al tercero, la suspensión de los fondos estructurales por un importe que el Ministerio de Economía ha estimado en 1.325 millones de euros, también depende de que las medidas fiscales presentadas por nuestro país antes del 15 de
octubre convenzan a la Comisión de que son suficientes para poder cumplir con los objetivos de déficit marcados.


Tenemos, por tanto, una fecha límite muy cercana -el 15 de octubre- para enviar a Europa todas las medidas exigidas para garantizar el cumplimiento de la nueva senda de consolidación fiscal (incluyendo el plan presupuestario basado en la
prórroga de los presupuestos de 2016) en un contexto de especial incertidumbre provocada por la irresponsabilidad de quien ha antepuesto sus intereses personales a los intereses generales de todos los españoles bloqueando un gobierno respaldado por
170 escaños, y en el que estamos en riesgo de ser sancionados con casi 6.500 millones de euros, el equivalente al gasto conjunto de Sanidad y Educación en los Presupuestos Generales del Estado de todo este año.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de adoptar, antes del 15 de octubre, las medidas necesarias que permitan cumplir con la nueva senda de consolidación fiscal y evitar las sanciones asociadas al procedimiento de déficit
excesivo.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de septiembre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000139


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para proponer un Pacto de Estado a
todas las fuerzas políticas en defensa de la unidad de España, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La Constitución Española (CE), según expone textualmente en su artículo segundo, «se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la
autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas».


Esa unidad, y ese reconocimiento a nuestra propia diversidad, han sido, sin duda, las piedras angulares del éxito de nuestra Carta Magna, que desde 1978 ha garantizado nuestro periodo de mejor convivencia y ha generado también la mayor etapa
de desarrollo y prosperidad de nuestra historia, sustentado todo ello en pilares básicos como la soberanía nacional, la igualdad de los españoles, la solidaridad entre personas y pueblos, la convivencia democrática y el cumplimiento de la Ley.


Pilares que algunos cuestionan ahora, desde el incumplimiento de la Ley, la ruptura con nuestro modelo constitucional y la negación de la incuestionable realidad de España como nación de ciudadanos libres e iguales.



Página 19





Frente a ello, el Gobierno de la Nación ha venido reiterando su compromiso y su convicción en la defensa del orden constitucional y la legalidad vigente, como fundamento de los derechos y libertades de todos los españoles.


Un compromiso y una convicción, que deberían ser plenamente compartidos por el conjunto de las fuerzas políticas que defienden el Estado de Derecho y el marco de convivencia que ha permitido el progreso de nuestro país y que corresponde
preservar, por encima de las distancias ideológicas, pensando en el interés general de todos los españoles.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados manifiesta su compromiso y determinación para:


1. Defender la unidad de España como Nación de ciudadanos libres e iguales.


2. Defender la soberanía nacional y respetar su integridad frente a cualquier intento de referéndum de secesión de una parte del territorio nacional.


3. Que las fuerzas políticas que lo integran, representadas en los Grupos Parlamentarios que lo conforman, alcancen un Pacto por la Unidad de España y la defensa de la Constitución.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de septiembre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000140


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a mejorar la eficacia de las
políticas activas de empleo en España, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Consolidar la recuperación económica, promover la creación de empleo estable y de calidad y reducir la precariedad laboral, apostando por el capital humano y la innovación como ejes de un nuevo modelo de crecimiento son algunas de las
preocupaciones fundamentales de los hogares españoles, a las que queremos dar respuesta.


Desde el primer momento de la legislatura, el Gobierno del Partido Popular adoptó un ambicioso programa de reformas y actuaciones en materia de empleo. En particular, la reforma del mercado de trabajo constituye la renovación más profunda
de las instituciones del mercado laboral de los últimos 30 años.


Junto a esta reforma de calado, se han llevado a cabo otras reformas complementarias entre las que destacan las relativas a las políticas activas de empleo. Su objetivo ha sido incrementar la eficacia y eficiencia de los servicios públicos
de empleo y transformar el modelo de formación profesional para el empleo, situando en el epicentro del mismo una formación de calidad orientada a las necesidades del mercado de trabajo.


La Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, supuso, en este sentido, el nacimiento de un nuevo marco plurianual de diseño de estas políticas orientado a resultados y caracterizado, entre otros elementos, por un nuevo
modelo de distribución de fondos, la concreción anual de objetivos con las CCAA en los Planes Anuales de Empleo y el diseño de nuevas herramientas de políticas de activación: racionalización del sistema de bonificaciones a la contratación, medidas
de intermediación laboral, puesta en marcha del Portal Único de Empleo y Autoempleo para canalizar todas las ofertas.


Sin embargo, es necesario seguir trabajando para que las políticas activas de empleo sean las herramientas más eficaces al servicio de las oportunidades de los desempleados de nuestro país.



Página 20





Para ello será necesario seguir sumando esfuerzos que aseguren que todas las medidas adoptadas hasta ahora despliegan todo su potencial, sin renunciar a seguir avanzando hasta construir entre todos unas políticas activas de empleo a la
altura de los grandes retos que aún tenemos por delante.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de:


a) Impulsar las políticas activas de empleo para garantizar que sean una herramienta verdaderamente eficaz, potenciando los servicios de orientación. Los orientadores dispondrán de un programa de perfilado estadístico, basado en los datos
personales y competencias profesionales de cada desempleado y con el que podrán formular una propuesta personalizada de itinerarios formativos y laborales.


b) Evaluar en el marco del diálogo social y el debate parlamentario, y ampliar el Programa de Activación Para el Empleo* (PAE Plus) para aumentar el grado de cobertura de los desempleados de larga duración y sus posibilidades de inserción en
el mercado de trabajo.


c) Dar un nuevo impulso a los planes y actuaciones específicas para combatir el desempleo juvenil en el marco de la Estrategia de emprendimiento y empleo joven y de la Garantía Juvenil Europea.


d) En concreto, y de manera urgente mejorar el procedimiento de inscripción de los jóvenes menores de 30 años en el Registro telemático de Garantía Juvenil, la integración de los datos del registro con todos aquellos necesarios para la
evaluación de la eficacia de los planes y acciones de empleo y formación dirigidos a los más jóvenes, y establecer nuevos incentivos para una mayor implicación de la CCAA en la aplicación del Sistema de Garantía Juvenil.


e) Crear el organismo independiente Instituto Estatal para el Talento en el Empleo, con competencias suficientes para evaluar de forma continua las políticas activas de empleo implementadas por todas las administraciones públicas, mejorando
su coordinación y promoviendo un aumento de su eficacia y eficiencia.


f) Aprobar de manera urgente el Desarrollo reglamentario de la Ley 30/2015 que regula el sistema de formación profesional para el empleo, agilizando la Implantación de los Cheques de Formación para los desempleados de larga duración, con el
fin de que ellos mismos puedan elegir directamente los cursos de formación que más se adapten a sus necesidades.


g) Reforzar la cartera común de los servicios públicos de empleo para garantizar, en todo el Estado, el acceso en condiciones de igualdad a los a los servicios prestados por los mismos.


h) Dar un impulso al portal único de empleo a través de una mayor vinculación con otras redes sociales y portales de empleo privados para que se convierta en el portal de referencia y fuente de información necesaria para la creación del mapa
de competencias demandas y ofrecidas en el mercado de trabajo.


i) Orientar las acciones en materia de políticas activas de empleo a resultados en términos de inserción de los desempleados, continuando con la vinculación de la financiación a los resultados obtenidos e informando públicamente del impacto
de las acciones de políticas activas para favorecer la fiscalización de los programas por la opinión pública.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de septiembre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, entendiendo que en el caso de su eventual aprobación, estarían dirigidas al Gobierno que se constituya, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de septiembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



Página 21





162/000110


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Marta Sorlí Fresquet, Diputada de Compromís, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para la modificación de la Ley 1/2004, de 21 de
diciembre, de Horarios Comerciales, para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


La Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de horarios comerciales, regula en su artículo 5 los establecimientos con régimen especial de horarios, otorgando plena libertad para determinar los días y horas en que permanecerán abiertos al público en
todo el territorio nacional a aquellos establecimientos que se ubiquen en zonas de gran afluencia turística.


El apartado 4 del citado artículo 5 establece una competencia compartida entre los municipios y las comunidades autónomas para la determinación de las zonas de gran afluencia turística, ya que las comunidades autónomas, a propuesta de los
ayuntamientos correspondientes, determinarán las zonas de gran afluencia turística para su respectivo ámbito territorial, en base a una de las siete circunstancias establecidas en el mismo apartado, que, en concreto, son las siguientes:


a) Existencia de una concentración suficiente, cuantitativa o cualitativamente, de plazas en alojamientos y establecimientos turísticos o bien en el número de segundas residencias respecto a las que constituyen residencia habitual.


b) Que haya sido declarado Patrimonio de la Humanidad o en el que se localice un bien inmueble de interés cultural integrado en el patrimonio histórico artístico.


c) Que limiten o constituyan áreas de influencia de zonas fronterizas.


d) Celebración de grandes eventos deportivos o culturales de carácter nacional o internacional.


e) Proximidad a áreas portuarias en las que operen cruceros turísticos y registren una afluencia significativa de visitantes.


f) Que constituyan áreas cuyo principal atractivo sea el turismo de compras.


g) Cuando concurran circunstancias especiales que así lo justifiquen.


Sentada esta regulación y reparto de competencias entre las administraciones locales y autonómicas, en las que se respeta la discrecionalidad en el ejercicio de dicha competencia en el ámbito municipal; sin embargo, el apartado 5 del
artículo 5 de la Ley 1/2004, de horarios comerciales, tanto en la redacción dada por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, como la última operada por
el artículo 7 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, ha establecido un ejercicio imperativo de dicha competencia municipal, al establecer que en todo caso en los
municipios con más de 100.000 habitantes que hayan registrado más de 600.000 pernoctaciones en el año inmediatamente anterior o que cuenten con puertos en los que operen cruceros turísticos que hayan recibido en el año inmediato anterior más de
400.000 pasajeros, se declarará, al menos, una zona de gran afluencia turística aplicando los criterios previstos en el apartado anterior. Para la obtención de estos datos estadísticos se considerarán fuentes las publicaciones del Instituto
Nacional de Estadística y de Puertos del Estado.


Si en el plazo de seis meses, a partir de la publicación de estos datos, las comunidades autónomas competentes no hubieran declarado alguna zona de gran afluencia turística en el municipio en el que concurran las circunstancias señaladas en
el párrafo anterior se entenderá declarada como tal la totalidad del municipio y los comerciantes dispondrán de plena libertad para la apertura de sus establecimientos durante todo el año.


La citada redacción establece con carácter imperativo una regulación especial de las zonas de gran afluencia turística, centrada en la circunstancia e) del apartado 4 del artículo 5 de la Ley 1/2004, en principio atribuida a la libre
discrecionalidad de los municipios para elegir de entre las siete circunstancias establecidas en el apartado 4 del artículo 5, para proponer qué zonas de su municipio, o la totalidad del mismo, deben ser declaradas zonas de gran afluencia turística
por la Comunidad Autónoma respectiva.


La primera redacción dada por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, incluía un anexo de ciudades de más de



Página 22





200.000 habitantes a las que les era de aplicación dicha redacción, pero la actual redacción dada por la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, ha reducido la
población a ciudades de 100.000 habitantes.


Teniendo en cuenta que en los grandes municipios se concentran la mayor parte de los trabajadores en activo, la citada regulación especial de las zonas de gran afluencia turística implica que un mayor número de trabajadores y trabajadoras se
verán afectados por dicha medida en su jornada de trabajo, ya que se verán compulsados a realizar su jornada de trabajo en un mayor número de días festivos que los previstos inicialmente con las consiguientes incompatibilidades en el desarrollo de
la conciliación de su vida familiar y laboral. Pero, es más cada vez que el Estado rebaja la cuantía de habitantes de las poblaciones a las que se dirige la medida, en el año 2012 las de más de 200.000 habitantes y en el año 2014 las de 100.000, se
están aumentando los trabajadores afectados y por tanto el número de familias en las que se producen incompatibilidades entre su vida familiar y laboral.


Es por ello que presentamos la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso insta al Gobierno a:


- Que derogue el apartado 5 del artículo 5 de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de horarios comerciales, así como, en su caso, los artículos, disposiciones adicionales, transitorias o finales y anexos correspondientes del Real Decreto-ley
20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, y de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, de
los que trae causa la redacción del apartado 5 del artículo 5 de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de horarios comerciales.


- Que incluya una nueva disposición transitoria en la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de horarios comerciales, por la cual los ayuntamientos que obligatoriamente solicitaron la declaración de una zona de gran afluencia turística por tener la
consideración de municipios de más de 200.000 habitantes, incluidos en el anexo del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, o de municipios de más de
100.000 habitantes, incluidos en el anexo de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, para que en el plazo de seis meses estos ayuntamientos afectados por dicha
obligatoriedad puedan solicitar ante el órgano competente de su comunidad autónoma la revocación de la declaración de zona de gran afluencia turística otorgada en base a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para
garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, o en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de septiembre de 2016.-Marta Sorlí Fresquet, Diputada.-Ignasi Candela Serna, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000112


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a través de la diputada Yolanda Díaz Pérez y la Portavoz, Alexandra Fernández Gómez, de conformidad con lo establecido en el artículo 193 del Reglamento, presentamos la
siguiente Proposición no de Ley, para ser debatida en Pleno, relativa a los accesos ferroviarios al puerto exterior de Ferrol.


Exposición de motivos


El acceso ferroviario al puerto exterior de Ferrol es una infraestructura fundamental para el desarrollo económico de la comarca de Ferrolterra, una comarca asolada por el desempleo como consecuencia de las fallidas reconversiones
industriales en el sector naval de los gobiernos de turno.


La planificación y posterior ejecución de esta infraestructura portuaria conllevó multitudes irregularidades, entre ellas, el propio hecho de que se hubiera ejecutado la dársena exterior antes y



Página 23





careciendo de los preceptivos accesos ferroviarios y tras el transcurso de muchos años comenzó la licitación de las conexiones ferroviarias.


No podemos desconocer que los accesos ferroviarios son imprescindibles para el completo funcionamiento de este puerto y, de este modo, poder comunicar las mercancías con las distintas instalaciones y empresas relacionadas con la explotación.


El Ministerio de Fomento, en su día, planteó tres alternativas para la construcción de esa vía ferroviaria, denominadas opción norte, centro y sur, inclinándose por la última de estas alternativas en atención a uno sólo de los condicionantes
cuál es el precio de ejecución de la obra, desatendiendo los realmente relevantes, cuáles son los ambientales y sociales.


Esta opción sur conllevará la construcción de un viaducto de 580 metros en la ensenada de La Malata, irrogando un nuevo relleno de más de 1,3 M metros cuadros, impidiendo de facto la navegabilidad en dicha ensenada y alterando los flujos
mareales.


Por estas razones, este proyecto cuenta con la oposición de diversos colectivos vecinales y ambientales que reclaman la ejecución de una de las opciones que no cause el impacto ambiental y social de la opción elegida por el Ministerio de
Fomento.


El pasado 1 de abril del año en curso, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ferrol aprobaba la licitación de las obras para el acceso ferroviario al puerto exterior por un importe de 135.437.506,94 euros, IVA incluido.


En fecha 28 de abril del 2016 dicha licitación se publicaba en el «Boletín Oficial del Estado».


Este proyecto consiste en un ramal que conectará con doble ancho (ibérico y métrico) las dos dársenas del puerto de Ferrol, interior y exterior.


El importe global de la actuación asciende a 140 millones de euros y la financiación corre a cargo del Fondo de Accesibilidad Terrestre Portuaria.


Se espera que dichos accesos estén listos en el horizonte del año 2020.


El Ministerio en todo este proceso cometió irregularidades, tales como no resolver las alegaciones presentadas por diversos colectivos vecinales y ambientales, a pesar de instar el carácter expreso de la resolución, así como obviar los
Informes negativos expedidos por el Ayuntamiento de Ferrol en relación a las alternativas de realización al proyecto.


Por lo expuesto el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los y las Diputadas insta al Gobierno a:


1. Paralizar la ejecución del Proyecto “trazado sur” de la obra de acceso ferroviario al puerto exterior de Ferrol.


2. Proceder a la modificación del proyecto de trazado del acceso ferroviario al puerto exterior de Ferrol, realizando un nuevo proceso transparente, abierto y participativo con la ciudadanía.


3. Evaluar la idoneidad de un nuevo trazado en función de criterios ambientales y sociales.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de septiembre de 2016.-Yolanda Díaz Pérez, Diputada.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000113


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancias del Diputado del Partit Demòcrata Català don Francesc Homs i Molist, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta, para su discusión ante el
Pleno, una Proposición no de Ley para paralizar la aplicación y desarrollo de la LOMCE (Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa), con el fin de derogarla y de derogar el Real Decreto 310/2016, por el que se
regulan las evaluaciones finales de ESO y Bachillerato.



Página 24





Antecedentes


El Consejo de Ministros aprobó el pasado 29 de julio el Real Decreto 310/2016, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.


De esta manera, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en aplicación y desarrollo de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece nuevas pruebas finales de etapa individualizadas,
determinando las características, el diseño, los contenidos o, incluso, los tipos de pregunta de las mismas. Los alumnos de acuerdo con lo establecido se examinarán de las materias troncales y a elección de los estudiantes dos materias opcionales y
una materia de las específicas. El Real Decreto también regula el acceso desde la FP y situaciones transitorias para los estudiantes del actual sistema.


A pesar de que el Gobierno argumente que la finalidad de las citadas pruebas es, entre otras: ayudar a definir metas y objetivos a superar al final de cada etapa, aportar información sobre el progreso de los estudiantes y sobre deficiencias
de aprendizaje, o garantizar que las titulaciones del sistema educativo responden a unas exigencias mínimas; todo indica que su único objetivo es, como el mismo Real Decreto expresa, garantizar la homogeneidad y la estandarización de la educación.
No es la mejora de la calidad de la educación y la reducción del fracaso escolar lo que motiva las pruebas, sino la obsesión política por la centralización y la estandarización en un ámbito tan sensible y relevante para cualquier sociedad como es la
educación.


Si bien en la Unión Europea y en otros países de la OCDE se utilizan sistemas de evaluación por competencia, estos distan mucho del planteamiento establecido por el Ministerio. Entre otras cuestiones, el sistema de evaluación propuesto no
tiene en cuenta la situación de partida del alumno, ni su evolución individual, básica en cualquier proceso de evaluación, ni el aprendizaje competencial. Establece un sistema de reválidas con efectos punitivos y sancionadores en vez de formativos.


Comunidades Autónomas, como por ejemplo Catalunya, cuentan ya con sistemas de evaluación de competencias básicas que cumplen con los objetivos o finalidades europeas e internacionales; sin embargo, ello no se tiene en cuenta en las
regulaciones ministeriales.


No debe olvidarse que la tramitación parlamentaria y aprobación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, contó únicamente con los votos del Grupo Parlamentario Popular, que en aquel momento
gobernaba por mayoría absoluta, ajena al diálogo y al consenso. La nueva ley fue rechazada y sigue siendo rechazada por toda la oposición parlamentaria y por una gran parte de la comunidad educativa. Se elaboró y promulgó sin consenso
parlamentario ni social y por lo tanto carece de capacidad para su implementación y perdurabilidad urge paralizar su aplicación.


El Gobierno impuso su voluntad sin contar con el resto de fuerzas políticas, ni con la comunidad educativa, ni con los interlocutores sociales, y aprobó una reforma educativa segregadora e intervencionista, que supone un ataque a la igualdad
de oportunidades y un retroceso en la equidad y en la mejora de la calidad de la educación, una reforma que invade las competencias de las CC.AA. y que menosprecia la realidad de aquellas que tienen lengua y cultura propias. Una reforma que nos
aleja tanto de los objetivos internacionales en educación como de los más cercanos.


Por todo ello, los Diputados y Diputadas del Partit Demòcrata Català presentan la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Paralizar de forma inmediata el calendario de aplicación y desarrollo de la LOMCE y todas las disposiciones normativas que se han aprobado recientemente para su desarrollo y aplicación y, en concreto, el Real Decreto 310/2016, por el que
se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.


2. Impulsar urgentemente las iniciativas necesarias para derogar la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de septiembre de 2016.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Página 25





162/000115


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa del Diputado Antonio Gómez-Reino Varela y a través de su Portavoz, Alexandra Fernández Gómez, al amparo del artículo 193 y siguientes del Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) de Santiago de Compostela, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El término municipal de Santiago de Compostela cuenta con una estación depuradora de aguas residuales construida en el año 1982. En la actualidad, esta estación, de treinta y cuatro años de antigüedad, depura aproximadamente la mitad de las
aguas residuales que recibe.


Tras repetidas propuestas y demandas relativas a la necesidad de construcción de una nueva EDAR, en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha martes 29 de septiembre de 2009, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino formula la
declaración de impacto ambiental favorable a la construcción de la nueva estación depuradora de aguas residuales (EDAR) de Santiago de Compostela.


Tras hacer una valoración de las alternativas posibles para la ubicación de la nueva EDAR y atendiendo a criterios técnicos, económicos y ambientales, se escoge como alternativa construir la nueva EDAR en la parcela más próxima a la EDAR
actual, en terrenos considerados por el PXOM (Plan General de Ordenación Municipal) como suelo rústico reservado para infraestructuras.


En el año 2011, al acceder el Partido Popular a la Alcaldía de Santiago de Compostela, aprueba como una de sus primeras medidas la paralización del proyecto de nueva EDAR con el objetivo de cambiar la ubicación propuesta, decantándose por
situarla en la zona de O Souto, en una parcela que linda con el municipio de Ames y a algo más de un kilómetro aguas abajo de la actual depuradora.


Con fecha 18 de junio de 2014 se formula declaración de impacto ambiental favorable a este nuevo emplazamiento, publicándose en el «Boletín Oficial del Estado» número 156, del 27 de junio de 2014.


Desde ese momento no consta información ni se conocen más medidas ni actuaciones referidas a este asunto que de forma clara es de gran trascendencia para el buen funcionamiento ambiental y social de Santiago de Compostela, capital de
Galicia.


Por todo lo expuesto, se formula la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Ejecutar y poner en funcionamiento la estación depuradora (EDAR) de Santiago de Compostela.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de septiembre de 2016.-Antonio Gómez-Reino Varela, Diputado.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000117


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa del Diputado Antonio Gómez-Reino Varela, a través de su portavoz, Alexandra Fernández Gómez, al amparo del artículo 193 y siguientes del Reglamento del
Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil de la zona urbana de la villa de Sada afectada por la inundación producida el día 30 de
marzo de 2016 como consecuencia del desbordamiento del río Mayor, para su debate en Pleno.



Página 26





Exposición de motivos


El pasado día 30 de marzo de 2016, como consecuencia de las intensas lluvias registradas esos días, se produjeron inundaciones en diversos municipios del área metropolitana de A Coruña, siendo los más afectados la villa de Sada, Cambre,
Oleiros y Carballo, municipios en los que, como consecuencia de dichas inundaciones, se produjeron cuantiosos daños materiales y fue necesario el despliegue dispositivos especiales de protección civil para atender a las personas más afectadas.


En la villa de Sada las lluvias más intensas coincidieron con la pleamar, lo que provocó el desbordamiento del río Mayor a su paso por la localidad, anegando numerosas viviendas, garajes y locales de negocio, lo que provocó que 37 familias
hubiesen de ser realojadas y numerosos daños materiales en los inmuebles, con pérdida de muebles y maquinaria y alteración grave de los servicios públicos de la localidad.


Ante esta situación, el Pleno del Ayuntamiento de Sada, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2016, aprobó por unanimidad solicitar del Gobierno de la Nación la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de
protección civil para la zona urbana de la villa de Sada afectada por la inundación producida el día 30 de marzo de 2016 como consecuencia del desbordamiento del río Mayor, con adopción de la totalidad de las medidas que procedan de las establecidas
en el artículo 24 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, así como, en su caso, la concesión de las subvenciones contempladas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, y demás disposiciones de aplicación.


El artículo 2.5 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, define la «emergencia de protección civil» como la «situación de riesgo colectivo sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas
o bienes y exige una gestión rápida por parte de los poderes públicos para atenderlas y mitigar los daños y tratar de evitar que se convierta en una catástrofe», y el artículo 5 de la misma Ley reconoce el derecho de todos los residentes en el
territorio español a ser atendidos por las Administraciones públicas en caso de catástrofe.


Concurren, pues, todos los requisitos legales para la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil para la zona urbana de la villa de Sada afectada por la inundación producida el día 30 de marzo de 2016 como
consecuencia del desbordamiento del río Mayor y la adopción de la totalidad de las medidas que procedan de las establecidas en el artículo 24 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, así como, en su caso, la
concesión de las subvenciones contempladas en Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, y demás disposiciones de aplicación, con carácter urgente, al objeto de restablecer la normalidad en el área afectada y paliar los daños producidos a la mayor
brevedad.


Además, el Ayuntamiento de Sada creó un punto de información, que contaba con una asesora jurídica y personal de servicios sociales, para ayudar a los vecinos a tramitar las solicitudes de las ayudas que se pueden otorgar en régimen de
concesión directa. Al cumplirse un mes desde la fecha de las inundaciones, fecha límite para solicitar las ayudas, se habían gestionado un total de 102 solicitudes.


A día de hoy han transcurrido ya más de cinco meses desde que se produjeron las inundaciones sin que todavía se haya realizado la declaración de zona afectada, ni el Ayuntamiento de Sada haya recibido ningún tipo de comunicación por parte
del Ministerio al respecto.


Por todo ello, recogiendo y reconociendo la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Sada, formula la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, con carácter urgente:


- Declare zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil la zona urbana de la villa de Sada afectada por la inundación producida el día 30 de marzo de 2016 como consecuencia del desbordamiento del río Mayor.


- Adopte la totalidad de las medidas que procedan de las establecidas en el artículo 24 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, y


- Conceda las subvenciones contempladas en Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, y demás disposiciones de aplicación que se han solicitado.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de septiembre de 2016.-Antonio Gómez-Reino Varela, Diputado.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



Página 27





162/000118


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Antonio Roldán Monés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley
para ampliar e igualar los permisos de maternidad y paternidad, para su debate en el Pleno del Congreso.


Exposición de motivos


Durante las últimas décadas, gran parte de las economías desarrolladas han visto un importante incremento de la participación de la mujer en el mercado laboral. En España esta ha pasado del 50 % en 1990 al 80 % en 2012, niveles similares a
los que se observan en Reino Unido, Alemania y Francia. Esto supone un gran avance hacia la igualdad entre hombres y mujeres en el mercado laboral y plantea la necesidad de abordar el desafío de la conciliación entre la vida personal, familiar y
laboral. Lamentablemente, los datos parecen indicar que conciliar vida profesional y vida personal y familiar sigue siendo un reto importante en España, y que diversos factores (institucionales, sociales y de acceso a servicios) penalizan a las
mujeres con hijos en el mercado laboral.


Según los datos de la última EPA, la tasa de participación activa en el mercado laboral para la población entre 30 y 44 con hijos menores de 15 años es 14,6 puntos más alta en el caso de los hombres que en el de las mujeres; en cambio entre
hombres y mujeres sin hijos son bastante similares, del 93 % y del 91 %, respectivamente. Además, las mujeres con hijos sufren tasas de paro muy superiores a la de los hombres con hijos (23,5 % vs 13,6 %), mientras que en la población sin hijos la
tasa de desempleo de las mujeres es ligeramente inferior a la de los hombres. Así, la tasa de empleo es del 64 % para las mujeres con hijos menores a 16 años frente al 85 % en el caso de los hombres. Poniendo los porcentajes en contexto y según
los datos de la EPA, de las 3,4 millones de mujeres entre 30 y 44 años con hijos, solo 2,1 millones trabajan, 660.000 están desempleadas y 570.000 son inactivas. De las 2,1 millones que trabajan, 620.000 lo hacen a tiempo parcial, con una media de
horas semanales habituales de 20,5 horas, cuando por promedio desearían trabajar 37 horas. A pesar de que estos simples estadísticos no implican una relación de causa-efecto, los datos de la EPA parecen indicar de manera alarmante que el mercado
laboral español penaliza a las madres de una forma desproporcionada.


Dentro del marco institucional tienen una importancia capital por un lado la organización de la empresa y los horarios laborales y, por otro lado, la regulación de la baja por maternidad y paternidad en nuestro país.


A continuación analizamos cuál es la situación de la regulación de la baja por maternidad y paternidad en nuestro país. La medida más importante en materia de derechos y protecciones laborales de las madres y padres en España es el permiso
por maternidad, que consta actualmente de dieciséis semanas ininterrumpidas. Las primeras seis semanas tienen que disfrutarle directamente después del parto y no se pueden compartir. Las últimas diez semanas se pueden compartir o ceder en su
totalidad al padre. El permiso de paternidad es de quince días consecutivos, los cuales se pueden coger en modalidad de jornada a tiempo parcial de un mínimo del 50 %. Aparte de los permisos de maternidad y paternidad, existen otras prestaciones
relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral. Por ejemplo, el permiso de lactancia permite al padre o a la madre reducir su jornada una hora cada día hasta que el menor cumpla nueve meses.


Con un total de solo 18 semanas entre padre y madre, la duración de las bajas maternal y paternal en España es corta, especialmente en comparación con otros países de la Unión Europea. Los países más generosos son Suecia, Dinamarca y
Alemania. Las madres en Dinamarca, por ejemplo, disponen de cuatro semanas antes del parto, 14 semanas después del parto, más 32 semanas que pueden ser compartidas entre los dos padres. Los padres disponen de dos semanas que pueden utilizar entre
las 14 semanas después del parto. En Alemania las madres disponen de seis semanas con anterioridad al parto, y de dos meses con posterioridad al parto, más 12 meses que se pueden compartir entre los padres. Estos 12 meses pueden aumentar hasta los
14 meses si los dos padres utilizan parte de sus respectivas bajas.


Un estudio sobre la introducción de una baja de cuatro semanas reservado para el padre en Noruega (Kotsadam & Fenseraas, 2011) encontró efectos positivos sobre las actitudes de los padres hacia la



Página 28





igualdad de género, una reducción en los conflictos entre las parejas y una distribución de tareas del hogar más igualitaria.


En España ya existe la posibilidad de compartir hasta 10 semanas la baja de maternidad. Según datos de la Seguridad Social, de todos los procesos de baja de maternidad contributivas (de madres trabajadoras) que empezaron en el año 2014 -un
total de 265.869- solo 3.436 fueron compartidos con el otro progenitor, equivalente al 1,29 % de todos los casos. Hay una cierta variabilidad entre Comunidades Autónomas, con el País Vasco mostrando la tasa compartida más alta (3,5 %) y la más baja
registrada en Murcia (0,53 %). En cambio, en países como Suecia los hombres tomaban el 20 % del total de la baja parental en 2012.


No es sorprendente que pocas parejas en España compartan la baja parental, porque probablemente es demasiado corta. Por ejemplo, la OMS recomienda la lactancia hasta por lo menos los seis meses de edad, y en este momento la duración de la
totalidad de la baja solo llega a algo menos de cuatro meses. Acercarnos al modelo nórdico, con una baja parental más igualitaria de 26 semanas, de las cuales ocho estarían reservadas para cada progenitor, y las 10 restantes podrían ser compartidas
costaría al INSS en torno a 800 millones de euros. Esto aumentaría la corresponsabilidad entre los padres, ayudaría a reducir la discriminación de la mujer en el mercado laboral y facilita una mejor conciliación laboral mediante el aumento de la
duración de la baja total de unas 8 semanas.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario de Ciudadanos presenta la siguiente:


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que promueva los cambios legales necesarios para ampliar e igualar los permisos de maternidad y paternidad hasta un total de veintiséis semanas: ocho semanas iguales e intransferibles
reservadas para cada progenitor y las diez semanas restantes compartidas entre ambos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de septiembre de 2016.-Sergio del Campo Estaún, Diputado.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/000119


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de la Diputada Ángela Rodríguez Martínez y el Diputado Antonio Gómez-Reino Varela, a través de su portavoz, Alexandra Fernández Gómez, al amparo del
artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presentan la siguiente Proposición no de Ley sobre el reconocimiento expreso de la figura de Derecho Civil de Galicia de la apartación como una transmisión lucrativa mortis
causa a efectos tributarios, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El artículo 224 de la vigente Ley 2/2006, de 14 de junio, de Derecho civil de Galicia, dispone que «por la apartación quien tenga la condición de legitimario si se abriera la sucesión en el momento en que se formaliza el pacto queda excluido
de modo irrevocable, por sí y su linaje, de la condición de heredero forzoso en la herencia del apartante, a cambio de los bienes concretos que le sean adjudicados». Por tanto, la apartación se configura como un pacto sucesorio enmarcado dentro de
una transmisión lucrativa mortis causa.


La administración tributaria mantiene el criterio de considerar que al producirse la entrega de bienes antes del fallecimiento esta debe considerarse una transmisión lucrativa ínter vivos y que debía estar sujeta al Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas (IRPF) y por tanto tributar como ganancia patrimonial.


No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en sus pronunciamientos más recientes, entiende que las características propias de este pacto sucesorio solo permiten concluir que nos



Página 29





encontramos ante una adquisición mortis causa y que, por tanto, no procede su tributación como ganancia patrimonial a efectos de IRPF.


Asimismo, el Tribunal Supremo, en una sentencia de fecha 9 de febrero de 2016, apoya a un contribuyente gallego que se había acogido a la modalidad de la apartación. Dicha sentencia establece que la apartación gallega es un pacto sucesorio
y que su tratamiento fiscal es el que se deriva de esta condición «cualquiera que sea el impuesto del que se trate, cuando, como es el caso, no existe un tratamiento tributario específico en la regulación de uno u otro impuesto».


Dichas sentencias contradicen claramente el criterio seguido por la administración tributaria, fundamentándolo ampliamente, y concluyen su no tributación por IRPF.


Esta divergencia entre el criterio seguido por la administración tributaria y por los Tribunales, ya sean el Tribunal Superior de Justicia de Galicia o el Tribunal Supremo, trae como consecuencia una importante inseguridad jurídica en los
contribuyentes que además se ven abocados a acudir a los tribunales para el restablecimiento de sus derechos.


Por todo lo expuesto, formulan la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que inicie todos los trámites legislativos necesarios para incluir expresamente la apartación entre los supuestos que no dan lugar a ganancia patrimonial a efectos de tributación por el IRPF
contenidos en el artículo 33.3 de la Ley 35/2006, del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de septiembre de 2016.-Ángela Rodríguez Martínez y Antonio Gómez-Reino Varela, Diputados.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En
Marea.


162/000120


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de Ángela Rodríguez Martínez y a través de su Portavoz, Alexandra Fernández Gómez, al amparo del artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso
de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) de Placeres, en Pontevedra, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ratificó el 10 de marzo de este año el incumplimiento reiterado del tratamiento de las aguas residuales de, entre otras, la ría de Pontevedra. Lo hizo a raíz de una denuncia formulada por la
Comisión Europea al Estado español en noviembre de 2014, señalando el «indudable riesgo para la salud pública» originado por un deficiente saneamiento de esas aguas.


Desde Europa, el primer llamamiento para la búsqueda de soluciones data de 2003, y en la reciente resolución se establece que España incumplió la obligación de garantizar un tratamiento secundario o un proceso equivalente de las aguas
residuales que entran en los sistemas colectores de la aglomeración Pontevedra-Marín-Poio-Bueu.


De momento no se ha fijado una multa, como la de 20 millones de euros, impuesta en su día por la contaminación de la ría de Vigo y archivada tras la presentación de un nuevo plan de saneamiento, pero la justicia europea ya señaló que nuestro
saneamiento incumple los requisitos de los artículos 4 y 5 (apartados 2 y 3) de la Directiva Europea sobre Aguas Residuales, que señalan que estas aglomeraciones urbanas deberían disponer, a más tardar en 1998, de un sistema de tratamiento más
riguroso para sus aguas.


En agosto de 2015 las autoridades españolas le trasladaron a la Comisión Europea la fecha de septiembre de 2020 como horizonte para resolver los problemas de depuración. Incluso la Xunta de Galicia avanzó que gran parte de las ayudas
comunitarias para saneamientos en Galicia se destinarán a



Página 30





Pontevedra, singularmente para ampliar la capacidad de la desbordada depuradora de Placeres, que da servicio a las poblaciones de Pontevedra, Marín, parte de Poio, Vilaboa y Ponte Caldelas.


Pues bien, esa depuradora -que lleva funcionando dos décadas, con el resultado de que disponemos de las aguas de peor calidad de toda la costa española-, no respeta la distancia legal mínima de las viviendas habitadas (200 metros) y ocupa
terrenos en dominio público marítimo-terrestre (cuando la ley solo autoriza a hacerlo con instalaciones que no puedan estar en otro lugar), por lo que carece de lógica apostar por la ampliación de una macro depuradora que, además de ser claramente
insostenible, constituye un despropósito medioambiental.


En este contexto, el 20 de noviembre de 2015, el TS dictó sentencia, firme a día de hoy, en virtud de la cual confirmaba la dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en fecha 29 de
enero de 2014, la cual estimó en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Asociación «Salvemos Pontevedra», que denunciaba que la construcción de la EDAR y del emisario submarino en este misma zona carecían de concesión de
ocupación del dominio público marítimo-terrestre y condenó a la administración demandada a la incoación del expediente de caducidad de la concesión y a la adopción de todas las medidas legalmente contempladas para la paralización de las actividades
y suspensión del uso y explotación de las instalaciones que no cuenten con concesión administrativa y demás autorizaciones legalmente exigibles.


La solución a los problemas ambientales, urbanísticos y judiciales del actual (mal) modelo no puede seguir insistiendo en el error, trasladando las aguas residuales por kilómetros y kilómetros de colectores hasta desembocar en una
instalación que a cada paso hay que ampliar porque cada poco se queda pequeña.


Se hace necesario ir a un modelo alternativo eficaz, ecológico y racional que permita solucionar el grave problema de las aguas residuales con un menor impacto ambiental y urbanístico y con un menor coste a largo plazo. Es preciso que ese
modelo quede plasmado en un proyecto que tenga encaje en el planeamiento urbanístico y posibilite, además, que no se vea comprometido el acceso, para el saneamiento integral de la ría, al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (para Galicia, entre
2014-2020, son 883 millones de euros, de los que el 30 por ciento debería destinarse al saneamiento de las rías y el fomento del turismo).


Por todo lo expuesto, formula la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2015:


1. Incoe el expediente de declaración de caducidad de la concesión otorgada a la empresa Electroquímica del Noroeste, S.A. sobre la EDAR de Placeres.


2. Adopte todas las medidas legalmente contempladas para la paralización de las actividades y suspensión del uso y explotación de las instalaciones de la EDAR de Placeres que no cuenten con concesión administrativa y demás autorizaciones
legalmente exigibles.


3. Contribuya, dentro del marco de sus competencias y de acuerdo con los principios generales de cooperación y colaboración mutua que han de regir las relaciones entre las distintas Administraciones públicas, a la adopción de todas las
medidas necesarias para la elaboración de un plan para el cierre de la EDAR de Placeres y de un proyecto de solución del problema de depuración de las aguas residuales de los ayuntamientos que actualmente las envían a Placeres, alternativo a esa
EDAR, que apueste por estaciones depuradoras de escala sostenible, distribuidas territorialmente por los emplazamientos más adecuados y respetando, en todo caso, las distancias mínimas a las viviendas legalmente establecidas, así como acometer la
separación de las aguas pluviales de las fecales en los puntos en los que la red actual las mezcla.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de septiembre de 2016.-Ángela Rodríguez Martínez, Diputada.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



Página 31





162/000121


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de la Diputada Ángela Rodríguez Martínez y a través de su portavoz, Alexandra Fernández Gómez, al amparo del artículo 193 y siguientes del Reglamento
del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el proyecto de autovía A-57 a su paso por Pontevedra, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La propuesta de trazado e incluso la existencia del proyecto de la autovía A-57 Pontevedra-Arcade-Vigo es un ejemplo más de la apuesta ciega por las grandes infraestructuras para el transporte a motor, un gran negocio para las grandes
constructoras y una ruina para el conjunto de la sociedad.


El proyecto de trazado de la A-57 pretende unir Pontevedra y Vigo con una autovía sin peaje. Su primer tramo, de 6 km, entre Vilaboa y Ermita (en fase de alegatos al estudio de impacto ambiental), es un ejemplo paradigmático en este
sentido: con un coste de 84 millones de euros, sin contar las expropiaciones, una tramitación absolutamente irregular con el comienzo de las expropiaciones antes de haber aprobado el estudio de impacto ambiental, un impacto ambiental inaceptable,
destruyendo el monte Fracha, afectando hábitats de especies protegidas y amenazadas y numerosas minas de agua que dan servicio a las cuatro parroquias que afecta: Marcón, Tomeza, Bértola y Figueirido.


Tal como denuncia la Plataforma de Vecinos Salvemos a Fracha, este trazado denominado «la circunvalación de Pontevedra», en realidad no es tal, porque para emplearla, el vecindario de la ciudad deberá recorrer 7 km por la N-550 para llegar
al enlace de Vilaboa, además de no dar ningún servicio las personas residentes en la zona afectada.


Es decir, que, además de un gasto de dinero inaceptable en un contexto de recortes de todo tipo de servicios básicos para la ciudadanía y un impacto ambiental realmente destructivo, es una infraestructura inútil y redundante.


Porque Pontevedra ya tiene una circunvalación: la autopista A-9. Esa autopista que cuando estaba a punto de amortizarse en el año 2000 y podía ser revertida al patrimonio público, Manuel Fraga y Francisco Álvarez Cascos acordaron prorrogar
su concesión por veinticinco años más (hasta 2048).


Son actualidad los casos de autopistas explotadas en régimen de concesión que no tienen el tráfico que se proyectaba, lo que obliga las administraciones a inyectar dinero en las empresas concesionarias, como es en el caso gallego la
autopista Santiago de Compostela-Ourense. En el caso de que se construyera la A-57, sería previsible que restase gran cantidad de tráfico a la A-9 por lo que nos podríamos ver en la situación de haber invertido cientos de millones de euros en la
A-57 y tener que inyectar otros tantos en la concesionaria de la A-9 por el poco uso de la misma.


Galicia cuenta actualmente con más 1.000 km de vías de alta capacidad según datos de la propia Consellería de Política Territorial, dato que la sitúa, con 34 km/1.000 km2, muy por encima del promedio europeo.


El conjunto de la humanidad enfrenta en un futuro más o menos próximo dos enormes retos que van a afectar directamente a nuestro modo de entender el mundo: el cambio climático y la superación del pico del petróleo con el consecuente fin de
la era del petróleo barato. Ambos afectan directamente al transporte y a la movilidad. El primer paso para enfrentar estos retos es optimizar el uso del que ya tenemos y no mantener esta huida hacia delante sin criterio y sin sentido.


Desde el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea queremos manifestar nuestra radical oposición a la construcción de la A-57, y por ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo todos los trámites necesarios para la paralización definitiva del proyecto de la A-57 a su paso por Pontevedra.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de septiembre de 2016.-Ángela Rodríguez Martínez, Diputada.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



Página 32





162/000122


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Joan Baldoví Roda, don Enric Bataller i Ruiz, don Ignasi Candela Serna y doña Marta Sorlí Fresquet, Diputados de Compromís, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presentan la
siguiente Proposición no de Ley, para la modificación de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de concatenación de contratos temporales en el personal sanitario, para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


Según el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores, «los trabajadores que en un periodo de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o
diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades
contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos, excepto para las relaciones laborales de interinidad y relevo».


Sin embargo, el pasado miércoles 14 de septiembre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenciaba que la norma española que permite la utilización de contratos temporales de manera sucesiva para atender a necesidades
permanentes en el sector de los servicios de salud es contraria al Derecho de la Unión Europea.


La sentencia ha partido del caso denunciado ante el Tribunal sobre una enfermera madrileña María Elena Pérez López, que trabajó en el Hospital Universitario de Madrid entre febrero de 2009 y junio de 2013, con un nombramiento de naturaleza
temporal que fue renovado en siete ocasiones.


El TJUE entiende que la enfermera trabajó en consecuencia de manera ininterrumpida durante todo este periodo, y que los sucesivos nombramientos de la afectada no parecen responder a meras necesidades temporales del empleador.


Este tribunal ha sentenciado que la norma española, al permitir la renovación de nombramientos de duración determinada para cubrir necesidades permanentes y estables, a pesar de que existe un déficit estructural de puestos de personal fijo,
infringe el acuerdo marco sobre trabajos de duración temporal. Y ha argumentado que el uso de tales nombramientos solo puede estar justificado para atender a necesidades temporales.


Es por ello que presentamos la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso insta al Gobierno a:


- Garantizar el correcto cumplimiento del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores y que no permita la concatenación de contratos temporales.


- Esclarecer la situación laboral del personal sanitario contratado de manera temporal, tanto en centros públicos como privados.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de septiembre de 2016.-Joan Baldoví Roda, Enric Bataller i Ruiz y Marta Sorlí Fresquet, Diputados.-lgnasi Candela Serna, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000123


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la creación de un pacto social, político e
institucional contra la violencia de género, para su debate en Pleno.



Página 33





Exposición de motivos


La violencia de género no es un problema que afecte al ámbito privado. Al contrario, se manifiesta como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. Con este convencimiento nació la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas
de Protección contra la Violencia de Género, una ley que establece un completo marco legal para la prevención, protección, persecución y castigo de la violencia por parte del compañero o excompañero sentimental. Como quiera que alrededor de 800
mujeres han sido asesinadas en España por sus parejas o exparejas desde el año 2003, es necesario actualizar y completar la Ley Orgánica y sus disposiciones de desarrollo.


Con el objetivo de construir una sociedad libre de violencia contra las mujeres, el nuevo Gobierno promoverá un pacto social, político e institucional contra la violencia de género en el que se comprometan las Administraciones públicas y se
dé participación a las organizaciones sociales y en el que se contemple.


Por todo ello, el grupo parlamentario arriba firmante presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«1. El Congreso de los Diputados declara su firme voluntad de acabar con la lacra de la violencia de género en la sociedad española reafirmando el compromiso de sus grupos parlamentarios en esta lucha.


2. El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a la creación de un pacto social, político e institucional contra la violencia de género que contenga, al menos, las siguientes medidas:


a) Ampliar las disposiciones preventivas, procesales, punitivas y protectoras de la Ley de 2004 para abarcar, con las adaptaciones necesarias, todas las formas de violencia contra la mujer, tal como exige la Recomendación General n.º 19 de
la CEDAW y el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul), que España ha ratificado. En aplicación de este Convenio, ampliar las disposiciones a la
trata de personas que tiene especial incidencia en mujeres y niñas, a la mutilación genital femenina y a los llamados crímenes de honor.


b) Dotar suficientemente las partidas presupuestarias destinadas a la prevención y a la asistencia social de las víctimas de violencia de género por parte de las comunidades autónomas y de los servicios de proximidad de los ayuntamientos.


c) Crear la Unidad de Coordinación contra la Violencia de Género en cada CC.AA.


d) Aumentar los recursos para poner en marcha en los Juzgados Especializados en Violencia de Género el Acompañamiento Judicial Personalizado para hacer accesible la información a las mujeres víctimas de violencia de género sobre el
itinerario y procedimiento más seguro desde el momento en el que ponen la denuncia hasta el final del proceso.


e) Establecer protocolos de intervención específicos para la atención integral a las mujeres que han retirado la denuncia por violencia de género. En los casos que no exista denuncia y ante la detección de riesgo real por parte de los
servicios públicos, sociales o sanitarios, poner en marcha protocolos de atención social integral, especialmente proporcionando una garantía habitacional.


f) Activar de forma permanente el Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género, con especial atención a jóvenes y adolescentes. Involucrar específicamente en este plan a todas las instituciones educativas y medios
de comunicación.


g) Poner en marcha un plan integral para prevenir, proteger y reparar el daño a menores víctimas de violencia de género. Además, debe incorporar las medidas necesarias para garantizar la educación afectivo-sexual y de prevención de la
violencia de género en todas las etapas educativas.


h) Llevar a cabo las modificaciones legales pertinentes para prohibir la concesión de indulto en cualquier delito vinculado a violencia de género.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de septiembre de 2016.-Marta Martín Llaguno, Diputada.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



Página 34





162/000124


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Antonio Roldán Monés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley
relativa a la lucha contra la obesidad infantil, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La obesidad se ha convertido en una epidemia endémica de los países desarrollados. Las muertes derivadas del sobrepeso y la obesidad son la principal causa de muerte en todos ellos. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la
obesidad mundial se ha duplicado desde 1980. De hecho, para el año 2014 calculaban que más de 1.900 millones de adultos poseían sobrepeso, de los cuales 600 millones eran obesas, es decir, casi el 40 % de la población adulta mundial. A estas
cifras deben añadirse las relativas a la obesidad infantil. Según la OMS para esa fecha los menores de cinco años que poseían sobrepeso u obesidad ascendían a 42 millones. Incrementándose esta cifra año a año no solo en los países desarrollados,
sino también en los países en vías de desarrollo y subdesarrollados.


Como bien son conocidas, las causas del sobrepeso y la obesidad son fundamentalmente dos:


- Un incremento de la densidad energética de los alimentos, aumentando la cantidad de grasas que contienen.


- Un descenso de la actividad física y aumento del sedentarismo debido al ritmo de vida impuesto por las principales profesiones y el incremento de las redes de transportes.


En España, para el año 2014, nada menos que el 24,1 % de las mujeres y el 23,3 % de los varones presentaban sobrepeso u obesidad. Unas cifras que aumentan año a año según confirman los estudios del estudio sobre la obesidad publicado por la
OCDE en junio de 2014. En la evolución histórica que muestra este estudio, nuestro país pasa de tener cerca del 10 % de la población obesa en 1995, a superar el 15 % para el año 2012. El Instituto Nacional de Estadística avala esta tendencia al
señalar que en España el 18,67 % de los menores sufren sobrepeso y el 8,94 % son obesos. Uno de cuatro menores en nuestro país tiene problemas de peso.


Es indudable que el incremento de la obesidad, y, sobre todo, la obesidad infantil, deben preocupar no solo a las autoridades sanitarias, sino al conjunto de las Administraciones públicas por el impacto directo que estas patologías suponen
en el medio y largo plazo para el conjunto de la población.


La Fundación Española del Corazón publicó en la primera mitad de 2015 una serie de estudios, enmarcados en el proyecto europeo «Children In The City», promovido por la «World Heart Federation», que señalaban que el 85 % de los menores
residentes en barrios humildes no realizaban el mínimo de la actividad física recomendada. Estos estudios muestran cómo la falta de tiempo para practicar deporte, la alta competitividad entre los menores y la falta de apoyo de los progenitores son
las principales barreras a la hora de que los menores hicieran un mayor número de horas de deporte. Esos estudios recalcan que los buenos hábitos en la infancia pueden mejorar hasta un 35 % la salud cardiovascular de los menores en la edad adulta.
De hecho, concluyen que una mayor exposición a factores positivos, como deporte y alimentación adecuada, se asocia con un 14 % más de probabilidades de mantener un índice de masa corporal normal, un 12 % de probabilidades de no ser fumador y un 11 %
más de probabilidades de no desarrollar alteraciones metabólicas tipo diabetes.


Este estudio es solo una imagen del panorama completo. A día de hoy las condiciones para que un menor desarrolle sobrepeso u obesidad son mayores que hace años:


- Los menores cada vez realizan menos horas de deporte semanales y reciben un mayor número de estímulos para consumir «comida basura», teniendo incluso cada vez mayores facilidades para acceder a este tipo de alimentos, ya sea por la rebaja
de su precio debido a la competencia.


- La información disponible sobre la composición nutricional de los alimentos no siempre es clara para los menores y sus progenitores. Sin una información clara sobre el contenido de los azúcares y las grasas los progenitores en muchas
ocasiones no tienen información suficiente para saber qué tipo de alimento están dando a sus hijos. Es preciso un nuevo sistema de etiquetado simple, sencillo y comprensible



Página 35





que traslade información sobre las características del alimento en un primer vistazo. La nueva Ley de modernización de la sanidad francesa aprobada a finales del año 2015 ya ha establecido la implantación de códigos para mejorar la
comprensión de los consumidores sobre la composición de los alimentos. A esta medida se unen las recomendaciones del Alto Consejo Francés para la Salud Pública (HCSP). El cual hizo pública su opinión positiva sobre la relevancia del código de
cinco colores para el etiquetado nutricional de los alimentos por encima de otros sistemas.


Este etiquetado recomendado por el Alto Consejo se basa en la utilización de cinco colores para determinar la calidad nutricional del producto. De mejor a peor calidad serían los siguientes: el verde, amarillo, naranja, rosa fucsia y rojo.
Su utilización vendría determinada en base al cálculo del índice de calidad nutricional del alimento en función de la cantidad de calorías, azúcares simples, ácidos grasos saturados, sodio, fibra, proteínas y porcentaje de frutas y verduras por cada
100 gramos de producto final. Este índice, además, ha sido validado por diversos estudios independientes que lo han relacionado con la calidad de la dieta global y con riesgo de padecer enfermedades metabólicas y cardiovasculares.


- A esa falta de información se une el encontrarnos situaciones en las que productos de bollería industrial con alto contenido en grasas están avalados por sociedades científicas de nutrición, pediatría, etc., llevando a confusión a los
progenitores al arrojar una imagen saludable de un producto que no lo es tanto.


El mejorar la educación de los menores y sus progenitores sobre la importancia de la nutrición y su influencia en la salud, mejorar los sistemas de información sobre las cualidades de los alimentos, aumentar el número de horas de deporte que
practican los menores e implicar a la industria alimentaria en la prevención del sobrepeso y la obesidad son medidas que no pueden esperar. La salud de los ciudadanos del futuro debe empezar a garantizarse desde su infancia. La prevención debe
pasar a ser el centro de la estrategia de la lucha contra la obesidad infantil en nuestro país.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Elaborar campañas de publicidad institucional sobre hábitos saludables, colaborando en todo momento con los departamentos de responsabilidad social y relaciones institucionales de las empresas de la industria alimentaria.


2. Evaluar y actualizar, en colaboración con las comunidades autónomas, los programas de prevención y tratamiento del sobrepeso y la obesidad infantil aplicados por las mismas, haciendo especial incidencia en la formación de los
progenitores al respecto.


3. Revisar de currículo escolar en lo relativo a educación física en todas las etapas educativas a la luz de que el número de horas de gimnasia y la información sobre la obesidad infantil son insuficientes en este momento.


4. Colaborar de forma activa con las diferentes federaciones deportivas de nuestro país con el fin de desarrollar programas nacionales de actividades deportivas en los centros escolares como medio para fomentar el deporte entre los menores.


5. Seguir implantando las medidas destinadas a restringir la oferta de alimentos y bebidas azucaradas en centros escolares.


6. Llevar a cabo las medidas oportunas para limitar de la publicidad televisiva en horario infantil de alimentos y bebidas con un alto contenido en ácidos grasos saturados, ácidos grasos trans, sal y azúcares.


7. Acreditar de la calidad de los menús escolares como “saludables”, en colaboración con las comunidades autónomas, en base a unos criterios específicos.


8. Implementar un etiquetado informativo simple, sencillo y comprensible que facilite información a los menores y progenitores sobre la idoneidad del alimento.


9. Llevar a cabo las medidas oportunas para evitar que los alimentos con un alto contenido en ácidos grasos saturados, ácidos grasos trans, sal y azúcares tengan el aval de sociedades científicas.


10. Colaborar con la industria alimentaria para que reduzcan la cantidad de azúcares y grasas utilizados en sus alimentos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de septiembre de 2016.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



Página 36





162/000125


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea a iniciativa de la Diputada Noelia Vera, presenta al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la
presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en Pleno, relativa al futuro de la empresa de titularidad estatal Agencia Efe, S.A.


Exposición de motivos


El artículo 20.3 de la Constitución, al igual que la doctrina europea, determinan la necesidad de que la Ley regule la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente
público, así como que garantice el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.


Sin embargo, transcurridos casi 40 años desde la aprobación de la Carta Magna de 1978 y 76 años después de la creación de la Agencia Efe, este medio de comunicación de titularidad pública carece de un marco jurídico congruente con esta
exigencia constitucional.


Tan prolongada carencia ha contribuido a que Efe padezca una situación crónica de conflicto e incertidumbre de dimensiones orgánicas, económicas y laborales, lo que impide su buen funcionamiento y facilita su control partidista, limitando
así su posibilidad de competir con otras agencias internacionales. Los sucesivos equipos gestores no siempre han actuado de acuerdo con los intereses generales del Estado y de la ciudadanía, con criterios de servicio público independiente, ni
conscientes de la importancia de preservar la implantación e influencia de la Agencia dentro y fuera de España.


La Agencia Efe, cuyo propietario único es el Estado español a través de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), constituye una excelente herramienta para ayudar a hacer realidad el derecho ciudadano a la información y el
derecho de acceso a medios -recogidos ambos como fundamentales en la Constitución-, así como para favorecer una opinión pública informada y plural, la atención a las minorías y la diversidad cultural, la vertebración del territorio y la proyección
de dicha diversidad cultural en el exterior. En este sentido, su carácter público debe ser preservado para impedir que le afecten de forma irremediable políticas partidistas y modelos de gestión puramente mercantilistas guiados por intereses
particulares y al margen de cualquier supervisión independiente, como vienen denunciando sus trabajadores que ocurre desde hace años.


Desde hace más de una década, diferentes gestores de Efe han aplicado políticas de recorte en diversos aspectos, como las dotaciones de profesionales, que han erosionado las posibilidades de fortalecimiento de la empresa, e incluso la
posición que tenía ganada, tanto en el plano interno del Estado español como en la competencia por la proyección internacional. La pérdida de prestigio como primera agencia de noticias internacional de habla hispana, que afecta a las delegaciones
de todo el mundo, no solo es una amenaza para la viabilidad de la agencia, sino para la imagen de España en el mundo, lo que puede tener graves consecuencias sobre el conjunto de la economía española.


Estos principios se empiezan a aplicar con rigor bajo la presidencia de Alejandro Grijelmo García. Su consecuencia más perniciosa ha sido la aplicación -durante el mandato del presidente José Antonio Vera Gil- de un Expediente de Regulación
de Empleo (ERE núm. 328/2012) que ha supuesto la salida de unos 200 trabajadores y la aplicación de recortes salariales de hasta el 50%. Además, los trabajadores denuncian un recurso descontrolado a la figura de los becarios.


Es urgente abordar la elaboración de una norma adecuada para la agencia de noticias de titularidad estatal, que potencie el carácter público de Efe, su función de servicio a la ciudadanía, poder fijar su estabilidad económica, garantizar la
permanencia de los puestos de trabajo y evitar la precarización laboral. En este sentido, muchas de las conclusiones del Informe para la Reforma de los Medios de Comunicación de Titularidad del Estado de 2005 continúan plenamente vigentes: la
Agencia Efe debe volver a ejercer como base y garantía del pluralismo informativo del conjunto del sistema mediático español, proporcionando una información veraz, diversa, emanación del conjunto de la sociedad española, de sus preocupaciones e
intereses. Para ello, es imprescindible dotarla por fin de un Consejo de Redacción y un Estatuto de la Información propios que abarquen además a sus diversas filiales, especialmente en el caso de Efeagro.



Página 37





Como servicio público, debe atender a demandas de medios y públicos minoritarios y locales, generalmente ligados a mercados no rentables económicamente, así como dar acceso a los grupos sociales y políticos significativos. Es necesario
incorporar un Consejo Social Asesor dotado de competencias suficientes, en el que la participación directa de la sociedad civil, especialmente de las instituciones culturales y educativas y las organizaciones profesionales de periodistas, sirva para
velar por el cumplimiento de estos principios, como ocurre en los mejores referentes de medios públicos europeos.


Para dotar a la agencia de independencia informativa, el Consejo de Administración no puede seguir consistiendo en una representación del Gobierno, sino que debería componerse de profesionales independientes cualificados con una amplia
trayectoria, can un estricto régimen de incompatibilidades y con transparencia total en la gestión. El director tampoco debería ser nombrado desde el SEPI sino elegirse con criterios objetivos a través de un concurso público en el que candidatos
independientes presenten su proyecto de futuro para la Agencia.


La vía para fijar estos principios de servicio público independiente, transparente, democráticamente fiscalizado y sostenible es la elaboración del Estatuto largamente postergado durante los años de bipartidismo. El establecimiento de esta
norma legal ya fue exigido por el Congreso de los Diputados el 2 de octubre de 1985, por decisión unánime de todas las fuerzas políticas con representación en el Parlamento. En 2005 y 2009, se vuelven a presentar proyectos para dotar a Efe de un
Estatuto, pero la iniciativa nunca llegó a sustanciarse.


Sigue siendo una necesidad dotar a la Agencia Efe de independencia y financiación estable y suficiente para cumplir con su misión de servicio público, y de motor de la diversidad cultural y la lengua española a nivel internacional.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Impulsar conversaciones con las fuerzas políticas representadas en el Congreso de los Diputados al objeto de elaborar, en el próximo periodo de sesiones, un Estatuto Público para la Agencia Efe, que dé cumplimiento a las exigencias del
artículo 20.3 de la Constitución Española.


2. Alcanzar un acuerdo parlamentario con todas las fuerzas políticas representadas que garantice la titularidad pública de la Agencia Efe como una empresa informativa, esencial para contribuir a hacer realidad el derecho ciudadano a la
información recogido en la Constitución, así como para la conformación de una opinión pública informada y plural, la protección de las minorías y la diversidad cultural, la vertebración del territorio y la proyección de dicha diversidad cultural en
el exterior.


3. Activar los mecanismos necesarios para garantizar que la actividad de la Agencia Efe se guíe por el ejercicio de la libertad de expresión, el derecho constitucional de acceso a medios y el pluralismo cultural, fundamentando su misión de
servicio público en valores como el pluralismo, el interés general, la independencia, la veracidad y la accesibilidad.


4. Habilitar un concurso público transparente en base a méritos profesionales objetivos para la formación del Consejo de Administración y la elección del Director General para dotar de independencia a la Agencia y poner fin a su control
gubernamental y opacidad.


5. Impulsar las medidas necesarias para dotar a la Agencia de un Estatuto de la Información y un Consejo de Redacción propios, como exige el Código Deontológico Europeo del periodismo, que ampare a los periodistas que trabajan en sus
empresas filiales.


6. Habilitar un Consejo Social Asesor dotado de competencias reales, que vele por el cumplimiento de las funciones de servicio público de la Agencia y en especial del Derecho de Acceso, la atención a minorías y la proyección de la
diversidad cultural española hacia el exterior.


7. Garantizar que la Agencia Efe esté sujeta a control parlamentario como ocurre con el resto de medios públicos, para que el Parlamento fije democráticamente su modelo societario y los aspectos fundamentales de su gestión empresarial, como
son los presupuestos, los contenidos de servicio público o las funciones de su consejo de administración, que deberá contar con representación de los trabajadores.


8. Suscribir, para el cumplimiento del servicio público que le corresponde contratos-programa plurianuales con la Agencia Efe que permitan la planificación prolongada y la evaluación independiente y democrática de la gestión, que deberán
ser ratificados en el Parlamento y cuyo coste deberá servir para garantizar la pervivencia y relevancia de este servicio público imprescindible.



Página 38





9. Aplicar criterios e indicadores de servicio público, además de los estrictamente contables y empresariales, que permitan evaluar el cumplimiento de las misiones de la Agencia, así como la proporcionalidad de la financiación pública, en
un entorno de total transparencia.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2016.-Noelia Vera Ruiz-Herrera, Sofía Fernández Castañón y Antón Gómez-Reino Varela, Diputados.-Iñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En
Comú Podem-En Marea.


162/000126


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea a iniciativa de Alberto Rodríguez presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la
presente Proposición no de Ley, para su debate y aprobación en el pleno de la Cámara, para la derogación de las Reformas Laborales de 2010 y 2012 que afectan y modifican el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.


Exposición de motivos


Desde el inicio de la crisis económica, los gobiernos del Partido Socialista Obrero Español y del Partido Popular acometieron sucesivamente una serie de reformas del marco normativo laboral a través de procedimientos normativos
extraordinarios para casos de urgencia que eran posteriormente convalidados mediante la correspondiente Ley o reforma legal en su caso.


Han pasado algo más de cinco años desde la primera de esas reformas y la situación del mercado laboral sigue en situación de excepcionalidad si se atiende al nivel de la tasa de desempleo y su diferencial con respecto a la media europea.
Además, la evolución de muchos de los indicadores de dicho mercado desde la entrada en vigor de dichas reformas muestran el impacto destructivo que las mismas han tenido sobre el mismo. Basten algunos pocos datos para confirmarlo a partir de la
comparación de su nivel en el último trimestre antes de la aplicación de la reforma laboral del 2010 en relación con el último dato disponible:


- Actualmente, hay 528.000 personas menos en activo, es decir, las reformas han facilitado un efecto expulsión en mercado de trabajo español.


- También hay 518.000 personas ocupadas menos, es decir, se han destruido de forma paralela puestos de trabajo.


- La tasa de temporalidad ha permanecido intacta (actualmente 26,2%), alrededor del 25%, manteniéndose España como uno de los países con una tasa más alta de toda la OCDE.


- El desempleo se ha convertido en una situación crónica para más de dos millones de personas que llevan más de un año en dicha situación, de las cuales más de un millón es mayor de 45 años y ve imposible su vuelta al mercado de trabajo.


Por lo tanto, no solo no se han conseguido los objetivos perseguidos con esta reforma (reducción del desempleo, incremento en la calidad del empleo, reducción de la temporalidad, etc.), sino que los males que pretendían solventar se han
agravado.


Y ello en el marco de una regulación del trabajo justificada exclusivamente sobre la base de su presunta contribución al crecimiento económico y a la productividad empresarial y obviando que, como valor jurídico, el empleo sustenta el
derecho al trabajo, reconocido en la Constitución Española y renunciando a la tutela del trabajo dependiente para ir la sustituyendo paulatinamente por el de «empleabilidad».


Tanto el gobierno del Partido Socialista Obrero Español como el del Partido Popular decidieron enfrentar el problema del desempleo mediante la reforma del marco normativo laboral a través de la «flexibilización» de las modalidades de
contratación y despido, el incremento de las facultades del empresario para modificar unilateralmente las condiciones de trabajo fijadas en convenio colectivo y la



Página 39





modificación de las políticas activas y pasivas de empleo recortando derechos de los más desfavorecidos y sustituyéndolos por caridad institucionalizada,


A pesar de que la atención ha quedado centrada sobre la derogación de la reforma laboral del Partido Popular de 2012, por cuanto en la misma se articulan los ataques más agresivos contra los derechos de trabajadoras y trabajadores, esto
sería claramente insuficiente por cuanto hay que tener en cuenta que la base para la erosión de muchos derechos, especialmente los que afectan a la negociación colectiva, estaban presentes y marcaban el rumbo ya en la reforma del Partido Socialista
Obrero Español de 2010.


De esta forma, derogar la reforma laboral de 2012 y mantener la de 2010 mantendría vigentes muchos de sus aspectos lesivos en términos de merma de derechos laborales con sus consiguientes repercusiones tanto sobre el mercado de trabajo como
sobre la estructura y la dinámica económica en general.


Algunos de los efectos más lesivos que quedarían en vigor derogando tan solo la reforma RDL 3/2012 serían los siguientes:


- Se ampliaron las causas para despedir.


- Se limitó la tutela administrativa y judicial de los despidos.


- Se facilitó el llamado «despido express» por causas objetivas con el objetivo de reducir los salarios de tramitación.


- Se abría la puerta a la financiación de los despidos con recursos públicos.


- Se permitía la posibilidad de que la empresas suprimiera derechos establecidos en los convenidos colectivos sectoriales.


- Se permitía el llamado descuelgue salarial.


- Se permitía al empresario incumplir los derechos establecidos en los pactos y acuerdos de empresa.


Los efectos que tuvo esta reforma laboral no pueden ser tampoco ignorados y refuerzan la argumentación a favor de su derogación, más allá de la de 2012. Así, entre el segundo trimestre del 2010 (trimestre previo a la entrada en vigor de la
reforma) y el cuarto trimestre del 2011 (trimestre previo a la reforma de febrero 2012) el número de ocupados se redujo en casi 600 mil personas; el número de desempleados aumentó en 632 mil personas y la tasa de temporalidad se mantuvo intacta.


Por tanto, esta Proposición No de Ley no puede limitarse a plantear la derogación de la reforma aprobada por RDL 3/2012 sino que también es necesario hacerla extensiva al Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la
reforma del mercado laboral, y a la Ley 35/2010, de 17 de septiembre y abrir un diálogo social que permita una reforma profunda del marco normativo de las relaciones laborales en este país.


Y ello porque es necesario un nuevo marco normativo que sea funcional al cambio de modelo productivo que este país necesita y que deje de hacer recaer la carga del ajuste en el ámbito productivo sobre los derechos de los trabajadores y
trabajadoras y, en última instancia, sobre sus condiciones de vida.


Se necesita un marco normativo en materia laboral que reconozca la dualidad del salario, no solo como un coste para la empresa, sino como la mayor y más importante fuente de ingresos de la población española. La elevación del nivel de renta
de la población no sólo tiene incidencia sobre sus condiciones de vida sino también es la base para el mantenimiento de los servicios públicos, con su consiguiente efecto positivo sobre el conjunto de la sociedad y la economía.


Centrar el problema del mercado de trabajo en su flexibilidad de entrada y salida y en los niveles salariales es un enfoque absolutamente erróneo. La restricción fundamental para reducir el desempleo España no es el coste laboral. Basta
con consultar la Encuesta de Costes Laborales para saber que un 93% de los empresarios señala que en su empresa no se crean vacantes de empleo porque «no se necesita ningún trabajador» más y que tan sólo un 5% de los empresarios señala que no crea
más empleo en plantilla por «el elevado coste de la contratación».


Ningún mercado de trabajo, por más flexible que sea su regulación, crea empleo sin crecimiento económico y éste, en una economía como la española, proviene fundamentalmente del consumo interno. Un consumo interno que, a su vez, depende de
la renta disponible y, por ende, de los niveles salariales o, en su defecto, del endeudamiento. Los niveles actuales de endeudamiento excluyen la posibilidad de esa fuente espuria de reactivación de la demanda y exigen, a su vez, de la mejora de
las condiciones salariales, no sólo como mecanismo de estímulo de la demanda sino también como forma de reducción del endeudamiento de los hogares. Por lo tanto, es necesario romper el círculo vicioso que nos ha traído



Página 40





hasta esta situación devolviendo estabilidad y certidumbre a las relaciones laborales y capacidad de mantener vidas emancipadas a la relación salarial.


Es necesario poner en el centro del mercado de trabajo el incremento de productividad. Reduciendo la inestabilidad en el empleo, su rotación y volatilidad, todo lo contrario a lo que han hecho las sucesivas reformas laborales. Hay que
impedir los contratos temporales injustificados y el despido solo debe ser la última opción de ajuste. Por eso hay que centrar las líneas de incidencia sobre la flexibilidad y la productividad en la formación y el incremento de cualificaciones y
conocimientos, lo que permitiría que los salarios crecieran.


Sin embargo, las nuevas reglas de inaplicación de las condiciones de trabajo establecidas en convenio colectivo y la nueva regulación de la vigencia de estos han contribuido a reducir de manera notable los salarios pactados en convenio
agudizándose esta tendencia desde el año 2012, fecha de aprobación de la reforma laboral del Partido Popular. Además, la tasa de cobertura de estos convenios se ha reducido entre 2013 y enero de 2016 en un 40%. Es evidente que dichas reformas han
debilitado la negociación colectiva al aumentar los motivos que permiten el descuelgue salarial y al eliminar la ultraactividad de los Convenios Colectivos.


En definitiva, la situación actual es la de una normativa laboral que ha sustituido la negociación colectiva por el empresario como fuente de determinación de las regias sobre el trabajo y su prestación; la utilización del despido barato y
difícilmente revertible como elemento de disciplinamiento de los trabajadores; el empobrecimiento de los trabajadores por la vía de mermar sus salarios; el sometimiento y funcionalización de los acuerdos sociales a la eliminación de los riesgos
sobre el excedente empresarial y, como expresión concentrada de todo lo anterior, la reducción del contenido laboral del derecho al trabajo.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«Instar al Gobierno a adoptar de forma inmediata las medidas necesarias para:


1.º Derogar la Ley 3/2012 de 6 de julio de medidas urgentes para la reforma laboral.


2.º Derogar el Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral y la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.


3.º Abrir un proceso de diálogo social para concluya con un nuevo marco de relaciones laborales funcionales al cambio .de modelo productivo y garante de los derechos de los trabajadores y trabajadoras.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de septiembre de 2016.-Alberto Rodríguez Rodríguez, Diputado.-Iñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000127


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea a iniciativa de la Diputada Auxiliadora Honorato, presenta al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los
Diputados la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en Pleno, relativa a eliminación de las Puertas Giratorias.


Exposición de motivos


La comunidad internacional ha tomado conciencia del grave problema que supone la corrupción. Cuando ésta .afecta a la res publica; quebranta derechos humanos y es incompatible con los fundamentos más básicos de la democracia. Además,
conlleva una pérdida de confianza de las personas en las instituciones y en quien las lidera, y como hemos sufrido en los últimos años en nuestro país, el desánimo y la fuga de jóvenes talentos. La destrucción causada por la corrupción perjudica el
interés general y pone trabas, e incluso impide, el desarrollo económico.



Página 41





Se necesita una voluntad política fuerte y constante para combatir la corrupción, tanto en el ámbito nacional e internacional, no sólo por la adopción de los convenios internacionales y la legislación nacional de la represión, sino también
mediante la creación de mecanismos de intervención real.


El derecho internacional avala la línea de trabajo de la lucha contra la corrupción. Son numerosos los instrumentos jurídicos adoptados por el Consejo de Europa, y normativa suscrita por el Estado Español comprometiéndose a adoptar medidas
para prevenir la corrupción y mejorar las normas contables y de auditoría en el sector privado como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción-UNCAC); la Decisión marco
2003/568/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el sector privado; el Reglamento del Consejo de 22 de julio de 2003 sobre la lucha contra la corrupción en el sector privado, el cual establece que la
corrupción activa y pasiva en el sector privado es un delito en todos los Estados miembros; el Convenio de Derecho Penal sobre la Corrupción (ETS No. 173) de 27 de enero de 1999, efectiva desde el 1 de julio de 2002; Convenio civil sobre la
corrupción, de 4 de noviembre de 1999 (STE n.º 174)


El dispositivo legislativo español se ha visto reforzado en esta línea por la publicación de normas tales como la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo; Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado;
el Real Decreto 432/2009, de 27 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrolla la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la
Administración General del Estado; el Acuerdo de Consejo de Ministros de 18 de febrero de 2005 por el que se aprueba el Código de Buen Gobierno de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado; estas tres
últimas derogadas por la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.


Por esta ley se regulan los requisitos previos para el nombramiento de los titulares de determinados órganos y para el nombramiento de los altos cargos en determinados organismos reguladores y de supervisión, así como las medidas básicas
para evitar situaciones de conflicto de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado y de las entidades del sector público estatal. A su vez, dota de nuevas funciones a la Oficina de
Conflictos de Intereses, fiscaliza la situación patrimonial y profesional de los altos cargos y las obligaciones y cautelas se inician con anterioridad al nombramiento y se extienden hasta los dos años siguientes.


Introduce asimismo una previsión que hasta ahora la legislación española había obviado: que los altos cargos tienen además de la responsabilidad política -que es evidente- una responsabilidad pública que, hasta ahora, muchas veces se ha
ignorado o no se ha tenido en cuenta por parte del responsable. Así, el artículo 9 reza: «Quienes ejerzan un alto cargo tendrán la consideración de personas con responsabilidad pública a los efectos del artículo 14 de la Ley 10/2010, de 28 de
abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo». Esto implica la superación de la creencia de que el cumplimiento de la legalidad exonera de cualquier responsabilidad política. La realidad nos ha mostrado cómo
un responsable público puede cumplir escrupulosamente la legalidad e incurrir a la vez en conductas moralmente reprobables, de las que se deberían derivar consecuencias políticas. No se puede ignorar que la dignidad de la institución y del
ejercicio del cargo está directamente vinculada con cumplir con las funciones asignadas de forma íntegra, ejemplar, honesta y responsable.


El cargo público suele ser un cargo de gran responsabilidad, que incluye la capacidad de crear leyes, asignar presupuestos, o modificar modelos de gestión. No obstante, cuando un cargo público deja su responsabilidad y pasa a incorporarse a
la empresa privada, muchas veces con cargos de gran remuneración, que se basan casi exclusivamente en el lobbying, las relaciones exteriores o el asesoramiento. Estas relaciones entre política y grandes empresas es un fenómeno al que se denomina
puertas giratorias y repercute directamente a la hora de tomar decisiones sobre sectores estratégicos.


El fenómeno de la puerta giratoria, especialmente cuando no se da en una situación de transparencia, conlleva una problemática ética y deontológica por la intromisión de las esferas de interés de las grandes empresas con las del interés
general público, a pesar de estar legalmente aceptada si se cumplen una serie de condiciones. La necesidad de regular estas situaciones y extender una incompatibilidad, que fije con toda claridad un sistema de incompatibilidades adecuado a la
realidad social y política de hoy en día, que sirva de base preventiva a la corrupción y renueve la confianza de la ciudadanía en la política.



Página 42





Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Promover una normativa que establezca la prohibición absoluta y permanente para ocupar puestos en Consejos de Administración y/o de alta dirección en empresas que operen en sectores estratégicos del Estado a las personas que hayan
ocupado los altos cargos contemplados en el artículo 1.2. a), b) y c) de la Ley 3/2015 de 30 de marzo, reguladora del ejercicio de alto cargo de la administración general del Estado.


2. Reforzar las incompatibilidades y aumentar a 10 años el periodo de carencia para que los altos cargos contemplados en el artículo 1.2. de la Ley 3/2015 de 30 de marzo, puedan prestar servicios para entidades privadas que hayan resultado
afectadas por decisiones en las que hayan participado durante el ejercicio de su cargo y/o relacionadas con su gestión.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2016.-María Auxiliadora Honorato Chulián, Diputada.-Iñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000128


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea a iniciativa de la Diputada lone Belarra, presenta al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados,
la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en Pleno relativa a la firma de un Pacto de Estado por la inversión en Infancia.


Exposición de motivos


Los niños y niñas (casi el 20% de la población española) siguen sin ocupar el lugar que se merecen en las políticas públicas; habitualmente no son una cuestión prioritaria en ellas. Sin embargo, el bienestar de la población infantil debe
ser un asunto de Estado: de las familias y de la sociedad en su conjunto, porque su valor social va mucho más allá del ámbito familiar, porque sin ellos no hay presente ni futuro. También debe serlo para la acción parlamentaria. Uno de cada tres
niños en España vive en riesgo de pobreza o exclusión social y los niveles de fracaso y abandono escolar están por encima del 20%, entre los más altos de Europa. Además, los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) ponen de relieve el
invierno demográfico en el que nos encontramos y prevén que, dentro de una década, nuestro país habrá perdido 2,6 millones de habitantes y tendrá casi un millón menos de niños menores de 10 años.


En el año 2014 UNICEF y otras organizaciones sociales que trabajan en derechos de la infancia, realizan un llamamiento al conjunto de la sociedad para promover un Pacto de Estado por la Infancia. En la actualidad, la iniciativa del Pacto de
Estado por la Infancia está liderada por la Plataforma de Organizaciones de Infancia (P01) una alianza de entidades sin ánimo de lucro, que agrupa a más de 60 entidades a nivel estatal de reconocido prestigio.


Desde su lanzamiento (2014) se han producido algunos avances:


1. Se ha aprobado una nueva Ley Orgánica de Protección a la Infancia y a la Adolescencia, que tiene pendientes tanto la dotación presupuestaria como el desarrollo del reglamento para su efectiva implementación.


2. Se han consignado nuevas partidas en los Presupuestos Generales del Estado para luchar contra la pobreza infantil severa, aunque todavía son muy insuficientes. De hecho, el CRC (Comité de los Derechos del Niño de NN.UU.) ya ha aprobado
una nueva Observación General (OG) n.º 19 relativa a la realización de Presupuestos Públicos con Enfoque de Derechos de la Infancia 1. Esta OG «identifica las


1 http://tbinternet ohchnorgi_layouts/treatybodyexternal/TBSearch-aspx?Lanuen&TreatylD=5&DocTypelD=11



Página 43





obligaciones de los Estados de garantizar gasto público suficiente, eficaz, eficiente y equitativo para respetar, promover, proteger y cumplir la Convención y los Protocolos Facultativos. Más específicamente, la garantía del gasto público
para hacer realidad los derechos de niños y niñas, especialmente de aquellos en situación de vulnerabilidad».


3. La mayoría de los principales partidos políticos, en diferentes documentos, han expresado su apoyo a un Pacto por la Infancia.


4. A iniciativa de nuestro grupo parlamentario, Unidos Podernos-En Comú Podem-En Marea, se han constituido comisiones permanentes sobre infancia y adolescencia por primera vez tanto en el Congreso como en el Senado (marzo de 2016) tal y
como se recoge en el artículo 50 del Reglamento del Congreso de los Diputados.


5. El apoyo de organizaciones sociales, instituciones, empresas y ciudadanos ha sido muy amplio, dando cuenta de la sensibilidad social al respecto. A la fecha el Pacto de Estado por la Inversión en Infancia ha recogido cerca de 150.000
firmas de la ciudadanía en su conjunto así como más de 240 entre Asociaciones, Universidades, entidades empresariales y Municipios, de todo el territorio español.


Es obvio, no obstante, que queda mucho por hacer. Desde UNICEF Comité Español, junto a otras muchas entidades, y especialmente con el liderazgo actual de la Plataforma de Organizaciones de Infancia, solicitan llegar mucho más lejos y
alcanzar efectivamente un Pacto de Estado por la Inversión en Infancia. Además, la Convención sobre los Derechos del Niño (NN.UU. 1989) incorpora a todos los actores de la sociedad civil al cumplimiento de los derechos de la infancia, y muy
especialmente al Estado en tanto que titular de obligaciones.


En febrero del 2013, la Comisión Europea aprobó la Recomendación Invertir en la infancia: romper el ciclo de las desventajas que supone un marco europeo de referencia ineludible para el desarrollo de políticas nacionales de lucha contra la
pobreza infantil y promoción del bienestar de los niños, en un momento en que las cifras de pobreza y exclusión infantil están creciendo en la mayoría de los países europeos, muchas veces por encima de las de otros grupos de edad del resto de la
población. La propia Comisión Europea reconoce en este texto que «evitar que se transmitan fas desventajas entre generaciones es una inversión crucial para el futuro de Europa» o que para luchar contra la pobreza infantil es necesario «mantener una
inversión en los niños y las familias que permita la continuidad de las políticas y la planificación a largo plazo”. La Recomendación establece tres pilares estratégicos para el desarrollo de políticas:


- El acceso de las familias y los niños a recursos adecuados: apoyando el acceso al trabajo a los padres y madres, y garantizando un nivel de vida adecuado a los niños mediante ayudas económicas, desgravación de impuestos y ayudas a la
vivienda.


- El acceso a servicios de calidad: promoviendo la atención desde la primera infancia, garantizando la igualdad de oportunidades en el sistema educativo, el acceso en condiciones de igualdad a los sistemas de salud, a una vivienda y un
entorno adecuado, y mejorando los sistemas de protección de la infancia.


- El derecho de los niños y niñas a participar: mediante el apoyo de su participación en la vida cultural, deportiva y el derecho al juego; y estableciendo mecanismos de participación en las decisiones que afectan a sus vidas.


Por todo lo expuesto anteriormente, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


• 1. La firma de un Pacto de Estado por la Inversión en la Infancia que se fundamente en el siguiente marco normativo:


- El artículo 39.1 y 39.4 de la Constitución Española:


• Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.


• Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.


- Los Objetivos de la Estrategia 2020 de la Unión Europea y el Programa Nacional de Reformas de nuestro país.



Página 44





- Los planes nacionales de infancia y adolescencia y de inclusión social.


- La Recomendación de la Comisión Europea de 2013: “Invertir en la infancia: romper el círculo de las desventajas”.


- La nueva Agenda Universal de Desarrollo Sostenible.


- Las Recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de NN.UU.


2. La firma de un Pacto de Estado por la Inversión en la Infancia que desarrolle las demandas recogidas por las organizaciones de la sociedad civil que, en base a las propias demandas de la Plataforma de Organizaciones de Infancia, se
basaría en los siguientes pilares fundamentales:


- La identificación de la inversión real que las administraciones públicas realizan / en infancia (una demanda solicitada al Estado español por el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas).


- La determinación de los distintos ámbitos a los que va destinada esta inversión con el fin de valorar y mejorar su eficacia y conseguir combatir la desigualdad existente en las Comunidades Autónomas; ser niño o ser niña en una u otra
CC.AA. no puede ser motivo de desigualdad.


- La asunción de un compromiso sobre el aumento progresivo de la inversión en infancia hasta alcanzar los niveles de los países de nuestro entorno.


- Este Pacto debe incorporar un Paquete específico de medidas urgentes contra la pobreza infantil y la exclusión social, desarrollando una estrategia estatal de reducción de la pobreza infantil que incorpore un presupuesto desglosado,
etiquetado y transparente en los PGE y que iguale la inversión en infancia a la media europea (actual 1,4% vs. 2,3%).


3. Además, dicho Pacto de Estado por la Inversión en la Infancia debe lograr definitivamente un firme, amplio y sostenible compromiso de toda la sociedad por defender el respeto de sus derechos, especialmente asumido por los responsables de
impulsar sus políticas. En este sentido, el pacto instará a las administraciones autonómicas y municipales a implementar las propuestas más urgentes en políticas de infancia, que ya les trasladó la Plataforma de Infancia en su día. En concreto:


- Garantizar las rentas mínimas como derecho subjetivo, con una ponderación suficiente y adecuada de la presencia de niños y niñas en las familias (mín. 20% por niño o niña). Esta ponderación debe tenerse en cuenta en los criterios de
acceso de la renta mínima y en su dotación económica.


- Asegurar que las becas de comedor sean suficientes en cuantía y cobertura, garantizando una comida saludable y un espacio educativo en dicho horario. Establecer la gratuidad en el transporte público municipal para menores de 14 años.


- Desgravación del IRPF por hijo o hija a cargo reembolsable como subsidio para las familias con menos ingresos que no hacen la declaración de la renta.


- Proteger especialmente a las familias con niños y niñas frente a los desahucios dentro del marco general de protección del derecho a la vivienda.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2016.-lone Belarra Urteaga, Diputada.-Iñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000129


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea a iniciativa de la Diputada lone Belarra presenta al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados la
presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en el Pleno del Congreso, relativa a garantizar medidas efectivas y de amplia cobertura de reducción de los umbrales de pobreza infantil.



Página 45





Exposición de motivos


«Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en lo presente Convención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales,
los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional.»


Convención sobre los Derechos del Niño (art. 4)


Las prestaciones monetarias en general, y por hijo/a menor de 18 años a cargo en particular, están demostrando en muchos países su eficacia a la hora de reducir los índices de riesgo de pobreza infantil, de inequidad y de intensidad o brecha
de la pobreza (cuánto de pobres son los pobres). Esto ocurre tanto en países desarrollados como en países en desarrollo 2 y no parece tener consecuencias claras en la desincentivación del empleo (incluso algunos estudios sugieren todo lo
contrario).


España es un país con muy altos niveles de pobreza infantil 29,6% de riesgo de pobreza infantil y un 34,4% de AROPE para los menores de 18 años, 6 puntos porcentuales por encima de las tasas AROPE para el conjunto de la población y 22 por
encima de la de mayores de 65 años (según datos de UNICEF). Se trata de un problema estructural, que se ha ido agravando con la crisis, especialmente por el desempleo de las familias con hijos/as, y con la respuesta política y económica ante ella
(fuerte reducción del gasto en políticas sociales de familia y niños, educativas, sanidad…).


En este proceso hay varios fenómenos llamativos en cuanto a las tendencias de los últimos años: se está ampliando rápidamente la distancia y la inequidad en el ingreso entre los hogares con niños/as y los hogares sin niños, entre los
adultos y los niños/as, y especialmente entre los mayores de 65 años y los menores de 18, así como la inequidad en el ingreso entre los propios niños y niñas como grupo 3.


Es decir, se ha puesto de relieve que durante la crisis las políticas públicas de transferencias (especialmente las pensiones) han sido capaces de proteger, al menos en términos generales, de manera eficaz a las personas mayores mientras se
ha desmantelado a nivel nacional y autonómico los pocos elementos de protección social hacia los niños o las familias con niños, con las consecuencias que ahora se aprecian.


En relación muy directa con lo anterior España es un país con altos niveles estructurales de desempleo y con una baja inversión en infancia: es de los países del entorno que menos capacidad tiene la actuación pública para reducir la pobreza
y el último de Europa en porcentaje de PIB (0,5%) dedicado a prestaciones monetarias para la familia y la infancia, frente al 1,6%, más del triple, de media de la UE (ESSPROS, Eurostat, 2012). Las prestaciones monetarias nacionales (la prestación
por hijo a cargo de la Seguridad Social) son muy bajas (291 € anuales por niño), con un umbral de ingresos para acceder a ella muy bajo (unos 12.000 € anuales de ingresos) y, en consecuencia, con una baja cobertura. Y en las CCAA prácticamente han
desaparecido durante la crisis.


Esta medida debería ser complementaria con una mejora sustancial en el sistema de Rentas Mínimas de la CCAA y se podría contemplar la posibilidad de estar financiada por impuestos y no por la Seguridad Social (donde en su formato actual
entra dentro del grupo de prestaciones con contributivas).


La estimación realizada del coste de la medida que proponemos (2.965 M) es como si se tratase una nueva política, por lo tanto el coste sería menor (en 351 millones de euros, con los datos más recientes, dando un total de 2.614 M) si
compensamos la anterior asignación por hijo cargo, pero mantenemos las de hijo (mayor o menor de edad) con discapacidad, que no están sujetas a un umbral de ingresos y que sería complementaria si se cumplen las condiciones de ingreso. A la vez se
puede plantear una reducción del dinero «no ingresado» de la reciente medida de deducción fiscal para familias numerosas, monoparentales y con discapacidad, en la medida en que esta nueva política cumpliría parecidos requisitos pero estaría más
orientada a las familias con muy pocos ingresos que una medida de deducción en el IRPF. Deducción a la que en muchos hogares no pueden acceder, por no hacer la declaración o haber cotizado por debajo de 1.200 € (exigencia para muchos de los casos
en la medida mencionada en la que la devolución/deducción vendría condicionada a haber aportado esos impuestos) 4.


2 Recientemente: ODI. Understanding the impact af cash transfers: the evidence. July 2016 https://www.odLorgisites/adLorg.ukifiles/resource-documents/10748.pdf


3 Olga Cantó y Luis Ayala (2014): http://www.unicetesiactualidad-documentacion/aublicacianes/paliticas-publicas-para-reducir-la-pobrezct-infantil-en-espana


4 Comprobar la normativa de la «Deducción de familia numerosa, por ascendiente con dos hijos o por personas con discapacidad a cargo». Real Decreto-ley 9/2015.



Página 46





Una aproximación al efecto de esta medida en la reducción de la pobreza en los hogares se puede hacer extrapolando la investigación de 2015 realizada por la Fundación Tomillo para UNICEF 5: los resultados serían un 17,8% menos de pobreza
infantil moderada (usando el umbral del 60% de la mediana, la medida habitual). Eso supone unos 438.000 6 niños menos bajo el umbral de la pobreza (y también 540.000 adultos que vivan en esos hogares, un 7%). Además reduciría un 14,5% en la
intensidad de la pobreza en los hogares con niños/as. El impacto sobre el AROPE (por ejemplo de cara la Estrategia 2020 de la UE) no está estimado pero sería importante dado el peso predominante que tiene el componente de pobreza monetaria respecto
al de empleo y privación material.


Para una mayor intensidad de la pobreza la medida es más eficaz. Este análisis indicaría que el resultado de esta política sería una reducción de un 30% en la pobreza infantil severa (por debajo del umbral del 40% de la mediana) y casi un
40% en la pobreza extrema (umbral del 20%). El «coste» de sacar a un niño/niña de la pobreza (umbral del 60%) sería de unos 6.700 € anuales, pero si contamos el efecto en la población adulta que la medida sacaría de la pobreza el coste sería de
3.100 € por persona (niños y adultos).


UNICEF Comité Español defiende la necesidad a medio plazo de una prestación universal, aun siendo conscientes de que tiene un coste elevado (unos 10.048 millones anuales). Sólo 6 países de la UE (incluida España) no tienen una prestación
universal por hijo, y esos 6 están entre los 10 que más altas tasas de riesgo de pobreza infantil tienen. Así mismo las prestaciones universales (como lo son en cierta manera las pensiones, con la inclusión de las no contributivas) además de la
reducción de la pobreza actúan con efectos preventivos sobre la pobreza y la exclusión social y proporcionan seguridad a los hogares. En los países en las que están implantadas se han mostrado sólidas ante los recortes presupuestarios (debido a que
están legitimadas por una amplia base social). Evitan gastos de gestión, y no plantean obstáculos ni burocráticos ni territoriales para acceder a ellas. Otras opciones a tener en cuenta son las de medidas universales y progresivas (una prestación
universal pero de mayor importe para los niños/as en hogares en situación de riesgo de pobreza), o con límite de renta pero progresivas dependiendo de la intensidad de la pobreza.


Además, esta proposición está en sintonía de coherencia de políticas con la Recomendación de la CE de Invertir en Infancia 7 y, en concreto, con el objetivo 5 de reducción de la pobreza de la Estrategia Europa 2020 que establece una serie de
iniciativas emblemáticas que llaman a articular la acción de los Estados en diferentes ámbitos vitales para el crecimiento, siendo la lucha contra la pobreza uno de ellos. Asimismo se trata de una demanda expresada por las principales
organizaciones de la sociedad civil que trabajan en materia de infancia.


Proposición no de Ley


Por todo lo expuesto anteriormente.


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno:


Incrementar las cuantías y la cobertura de la asignación económica por hijo a cargo de la Seguridad Social de las actuales 291 hasta 1.200 euros al año para los niños y las niñas con menos recursos, teniendo en cuenta para la determinación
de los niveles de renta que dan acceso a la prestación las medidas oficiales de riesgo de pobreza. Esta medida de 1.200 € por niño/a tendría un impacto en 2.465.000 beneficiarios (frente a los 1.263.000 actuales) y un coste total anual estimado de
2.958 millones de euros (calculado con datos de 2015 de ECV).»


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de septiembre de 2016.-Ione Belarra Urteaga, Diputada.-Íñigo Erregón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


5 Y coherente con el estudio previo de Olga Cantó y Luis Ayala de 2014.


6 Dato actualizado con los datos de pobreza infantil de 2015, ECV INE.


7 Coherencia con políticas europeas. Invertir en la infancia: romper el ciclo de las desventajas Un informe de políticas nacionales. •
htlps://www.google.es/search?q=invertir+en+la+infancia+riomper-el+ciclo+de+las+desventajas&ie=utf-8&oe=utf-8&gws_rd=cr&ei=l_bGV5aFCcPkaKGK17AE ?



Página 47





162/000130


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea a iniciativa del Diputado lone Belarra, presenta al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Congreso de los Diputados, la
presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en Pleno, relativa a la garantía del Derecho de Asilo en España y la Unión Europea.


Exposición de motivos


La tercera semana de abril de 2015 más de 1.000 personas murieron en aguas del Mediterráneo mientras trataban de alcanzar territorio europeo en endebles embarcaciones. En ese momento la opinión pública despertó, alertada por la tragedia, y
descubrió un drama que lleva produciéndose durante décadas en las fronteras europeas. Sin embargo, las organizaciones de los Derechos Humanos como Amnistía Internacional ya habían alertado de que las muertes se sucederían en el Mediterráneo en
primavera, con la llegada del buen tiempo, tras la desaparición de la operación italiana de salvamento Mare Nostrum. Esta fue sustituida por la operación Tritón, peor dotada económicamente, con un mandato único de control de fronteras, no de
salvamento; y con un perímetro de acción mucho más restringido.


Desde ese momento muchas otras personas han muerto tratando de llegar a Europa huyendo de distintas persecuciones y conflictos, convirtiendo al Mediterráneo en la mayor fosa común del mundo. Según la OIM (Organización Mundial para las
Migraciones) 3.165 personas han muerto en el Mediterráneo hasta agosto de 2016, superando así la cifra de personas fallecidas en la misma fecha del año anterior. Estas muertes son consecuencia directa de las políticas migratorias puestas en marcha
por la Unión Europea y de las vulneraciones en el derecho de asilo de las personas que tratan de buscar refugio en Europa. Mientras no existan vías legales y seguras de acceso a territorio europeo, las personas seguirán muriendo y las mafias que
trafican con personas continuarán operando, ofreciendo rutas cada vez más peligrosas a las personas refugiadas y migrantes.


Esta crisis, además, ha impactado especialmente en los niños y las niñas. Según Naciones Unidas, 1 de cada 3 personas que llegan a Europa es un menor de edad. Actualmente en Europa, uno de cada cuatro solicitantes de asilo es un menor de
18 años (800 al día). A finales de 2015, 90.000 menores no acompañados habrían pedido asilo. Según datos de Europol, en mayo de 2016, alrededor de 10.000 niños y niñas habrían desaparecido dentro de la Unión Europea. Los niños y las niñas son los
más vulnerables entre los que intentan acceder a Europa huyendo de la violencia, el conflicto y la persecución. Están en riesgo de sufrir violencia y abusos, de ser separados de sus familiares durante su viaje a través de Europa, y son
especialmente vulnerables a padecer enfermedades como la hipotermia y la neumonía, especialmente con las actuales bajas temperaturas y la falta de estructuras adecuadas para hacer frente al invierno. No podemos olvidar que los niños y las niñas
tienen derecho a ser protegidos ante todo por el hecho de ser niños y niñas, independientemente de su estatus migratorio o del de sus familias.


Entre 2007 y 2013 la Unión Europea ha gastado 2.000 millones de euros en blindar las fronteras y sólo 700 en políticas de asilo. Sin embargo, menos del 10% de los refugiados en el mundo llegan a la UE, la mayor parte se quedan en países
limítrofes a los países de los que huyen. Como ejemplo, de los 11.695.806 millones de personas desplazadas por el conflicto en Siria, 6.600.000 son desplazados internos dentro de Siria, 4.597.436 refugiados en Turquía, Líbano, Jordania, Irak y
Egipto y tan sólo 498.370 han cruzado a Europa, según ACNUR. Es hora de que la Unión Europea asuma sus compromisos internacionales y aplique su propia legislación en materia de asilo y adquiera un compromiso serio con los derechos de las personas
refugiadas y migrantes.


La voluntad política de la Unión Europea para abordar esta crisis humanitaria sin precedentes quedó en serio entredicho al tardar varios meses en adoptar un acuerdo sobre el número de personas refugiados que podía reasentar cada Estado
miembro. No fue hasta el pasado septiembre cuando la UE decidió poner en marcha un programa de reasentamiento para 120.000 personas que ya se encontraban en Grecia e Italia. Distintas organizaciones y fuerzas políticas valoraron ese compromiso
como claramente insuficiente dado que Europa cuenta con una población de más de 500 millones de personas. A pesar de ello, y poniendo el foco en el caso español, sólo 201 han sido reubicadas en el marco de dicho acuerdo



Página 48





(de las 15.888 a las que España se comprometió). El pasado año una delegación de Podemos viajó a Atenas y Lesvos y pudo comprobar por si misma que los programas de reasentamiento, tal y como están planteados, no están funcionando. Cuando
se ofrece información sobre estos programas a las personas refugiadas no se les explica a qué país de la Unión Europea pueden ser llevados y eso puede significar cualquier lugar desde Hungría hasta Portugal. Las profundas diferencias en los
sistemas de protección entre los distintos países y estos altos niveles de incertidumbre están provocando que las personas refugiadas prefieran seguir su camino e intentar solicitar asilo en aquellos países donde cuentan con un cierto soporte social
y/o familiar.


Por su parte el Reglamento (UE) N2 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de 2013 por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de
protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida, conocido como Protocolo Dublín II, ha dificultado que exista un verdadero Sistema Común de Asilo ya que las personas deben solicitar
asilo en el primer país de la Unión Europea al que accedan. Dado que no existen vías legales y seguras de entrada de acceso a los Estados Miembro, esto supone que los países con frontera exterior de la Unión Europea asumen una responsabilidad mucho
mayor que el resto. Este es el caso de Grecia. Sólo en julio de 2015 recibió más personas refugiadas y migrantes que en todo el año 2014.


Es fundamental que España asuma, de una vez por todas, un compromiso firme con el derecho de asilo. España sólo recibe alrededor del 1% de las solicitudes de asilo de la UE. Según Eurostat únicamente 14.780 personas pidieron protección
internacional en 2015 en España. En 2014, por su parte, de las 5.947 solicitudes presentadas sólo 4.768 fueron admitidas a trámite (a valoración). Finalmente sólo a 384 personas se les concedió el estatuto de refugiado y a 1.199 la protección
subsidiaria. En el 2015 el Gobierno del Partido Popular se comprometió a reasentar sólo 724 personas sirias, más otras 130 personas (pendientes de reasentar del año 2014), en el marco de un conflicto que, como se señalaba más arriba, ha desplazado
ya a más de 11 millones.


El compromiso del Gobierno de España con esta crisis y con el derecho de asilo es, como muestran estos datos, inexistente; y puede resumirse en la siguiente frase de Ban Ki-Moon, Secretario General de Naciones Unidas, «es una crisis de
solidaridad, no una crisis de cifras». Actualmente las personas que tratan de solicitar asilo en Ceuta y Melilla siguen teniendo dificultades extremas para acceder a territorio español y se produce una segregación por origen que impide, en la
práctica, solicitar asilo a las personas subsaharianas. Asimismo, las condiciones de acogida de los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes de Ceuta y Melilla siguen siendo muy deficitarias, los traslados a la Península sufren retrasos
injustificados y las personas que solicitan asilo en las Ciudades Autónomas ven restringida su libertad de movimiento.


Por otra parte, el sistema de examen y admisión a trámite de las solicitudes de asilo en España es deficitario. Es necesario revisar dicho sistema a fin de ampliar el número de concesiones de asilo y protección internacional que otorga
España cada año, para terminar así con un racismo institucional manifiesto que ha situado tradicionalmente a España durante muchos años como uno de los países de la UE con menor número de concesiones de asilo. Es fundamental agilizar el
procedimiento y la resolución de todas las solicitudes sin incurrir en retrasos injustificados, como ha ocurrido hasta ahora, con el fin de esperar a que la situación en el país de origen evolucione. Por último, son preocupantes los recortes en
materia de acogida de personas refugiadas llevadas a cabo por el Gobierno de Partido Popular que están Impidiendo en la práctica cubrir adecuadamente las necesidades de las personas solicitantes de asilo.


Finalmente, es importante reseñar que esta crisis ha de enmarcarse en su propio contexto y que la política exterior española aplicada por el Gobierno no puede meramente traducirse en perpetuos parches ante problemas que se perciben aislados.
Es urgente proceder al análisis estratégico de porqué perviven los conflictos internacionales como el sirio, donde múltiples actores están implicados, y ofrecer alternativas que logren constituirse en iniciativas multilaterales que demuestren altura
de Estado. Crisis como esta no son sino el fruto de décadas de políticas erradas tanto en Oriente Medio y Próximo como en África, y una política responsable de asilo, migración y refugio debe ir acompañadas de profundas y urgentes transformaciones
en nuestra política exterior.



Página 49





Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados, dada la gravedad de la situación, insta al Gobierno a que ponga en marcha de forma urgente las siguientes medidas concretas sobre las que tiene plena capacidad de decisión:


1. Articular vías legales y seguras de entrada en España para favorecer la lucha efectiva contra redes de tráfico de personas y poner fin al drama humano al que estamos asistiendo en nuestras fronteras. En concreto, restablecer la
posibilidad de solicitar protección internacional en todas las embajadas y consulados españolas, tal y como recogía la legislación anterior y se mantiene en el artículo 38 de la Ley 12/2009, y habilitar la concesión de visados humanitarios.


2. Y para ello, reglamentar de forma urgente la Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria que lo prevé, facilitar las instrucciones necesarias para poder aplicar esta medida con carácter inmediato en tanto
se desarrolla el mismo.


3. Eliminar la exigencia del visado de tránsito por parte de España para aquellas personas que proceden de países en conflicto, especialmente Siria.


4. Agilizar la tramitación de tos procedimientos de reunificación familiar y concesión de extensiones de asilo o autorizaciones de residencia por esta vía que garanticen los derechos básicos de las personas reagrupadas, incluido el derecho
a la salud. En la misma línea, flexibilizar los criterios para la reunificación familiar y la extensión de asilo.


5. Trabajar en la adopción de una política común de asilo y, mientras se desarrolla esta normativa, presionar a la UE para que derogue inmediatamente el Reglamento (UE) N° 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de 2013
por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida.
Este reglamento, conocido como Reglamento Dublín II, prevé el regreso de una persona refugiada al país al que accedió por primera vez a la Unión Europea desde otro país miembro de la UE e impide la libre circulación de estas personas.


6. Elaborar instrucciones cara a ampliar la aplicación de las disposiciones discrecionales recogidas en los artículos 16 y 17 del Reglamento de Dublín III, que permite a los Estados asumir la responsabilidad de estudiar cualquier solicitud
de protección, al margen de los criterios de reparto establecidos en el artículo 3, en especial por razones vinculadas al principio de unidad familiar y parentesco, o razones humanitarias.


7. Acordar un paquete de medidas en el seno de la Unión Europea para dar respuesta a las necesidades específicas de protección de la infancia migrante y refugiada, con objetivos concretos y medibles, y con los recursos adecuados para tal
fin. El interés superior del menor deberá ser la consideración primordial en la toma de todas las decisiones que puedan afectar a la infancia.


8. Crear un sistema permanente de reasentamiento y reubicación de personas refugiadas provenientes de otros países en España, y agilizar el proceso de reubicación ya aprobado por la Comisión Europea y con el que nuestro país se ha
comprometido.


9. Desplazar personal de los Ministerios competentes (Interior y Empleo y Seguridad Social) con formación específica en asilo y refugio a Grecia e Italia con el fin de explicar detalladamente en los centros de acogida a las personas
refugiadas cómo es el proceso de acogida en España y realizar procesos de acompañamiento a aquellas personas que deseen solicitar asilo en nuestro país.


10. En la misma línea, instar a la Unión Europea a modificar los criterios aplicados en la oferta de los programas de reubicación, permitiendo a las personas refugiadas elegir, al menos, el país de la Unión Europea en el que van a ser
reubicados, siempre que existan plazas disponibles.


11. Mejorar sustancialmente las condiciones de acogida de los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) situados en Ceuta y Melilla y establecer por norma en 15 días el tiempo máximo de estancia en dichos centros, agilizando los
traslados a la Península.


12. Retirar el apoyo de España al Acuerdo de la Unión Europa y Turquía y trabajar activamente para la suspensión inmediata de su aplicación por vulnerar el derecho internacional humanitario y



Página 50





violar el principio de no devolución consagrado en la Convención de Ginebra ratificada por el Estado Español.


13. Mejorar sustancialmente el sistema de examen de las solicitudes de asilo estableciendo criterios más flexibles y reduciendo los tiempos de tramitación. En concreto, modificar la actual política de la Oficina de Asilo y Refugio por la
que se inadmiten las solicitudes de asilo de las mujeres víctimas de trata derivando sus casos a la aplicación del artículo 59 bis de la Ley de Extranjería, que condiciona la protección internacional a la colaboración de la víctima con las
autoridades en la desarticulación de la red de trata, lo que supone una clara vulneración de su derecho a la protección internacional y una puesta en peligro de su vida y su integridad física. Asimismo, acabar con paralización del estudio de las
solicitudes de determinadas nacionalidades, que, en principio, parecerían estar en necesidad de protección, en ocasiones apoyadas por posiciones y llamamientos del ACNUR, como son los casos de Ucrania, Norte de Mali o Irak.


14. Modificar la Ley de Asilo 12/2009, que recoge diferentes procedimientos y causas de inadmisión/denegación para las solicitudes presentadas en CIE y frontera (Art. 21) frente a las de territorio (art. 20) y asegurar que en ningún caso
la admisión a trámite se vea condicionada por el lugar en el que se presente la solicitud. Esto actualmente conlleva una considerable y menor admisión a trámite de las solicitudes presentadas en puestos fronterizos y CIE.


15. Promover una política exterior española y de la UE que, en un marco de coherencia de políticas, contribuya a atajar las distintas causas internas, regionales e internacionales que generan violaciones de derechos humanos en los países de
origen o tránsito. Una política exterior que no priorice los intereses geopolíticos, defensivos o económicos (comercio de armas, recursos naturales como el petróleo, el gas, los minerales, la pesca, etc.) sobre otros asuntos, y que ponga en el
centro la promoción de los derechos humanos, la equidad de género, la democracia, el desarrollo inclusivo y sostenible en esos países y la solidaridad entre los pueblos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de septiembre de 2016.-Ione Belarra Urteaga, Diputada.-Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000132


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa de Ángela Rodríguez Martínez y a través de su Portavoz Alexandra Fernández Gómez, al amparo del artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de
los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas para frenar la expansión del eucalipto en Galicia, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En las últimas décadas se ha registrado una gran expansión del eucalipto en Galicia, la Comunidad con mayor superficie de eucaliptales del Estado. En el primer Inventario Forestal Nacional (IFN I) de 1972/73, el eucalipto estaba presente en
un total de 131.181 ha. Para el segundo, realizado en Galicia en los años 1997 y 1998, el eucalipto se había extendido ya por 396.344 ha., el 28°/0 de la superficie arbolada gallega. En vista de los datos provisionales disponibles, a finales de
2015 la superficie de eucaliptales en Galicia podría acercarse a las 500.000 ha. Parte de esta área es ocupada por eucaliptos fuera de plantación, es decir, silvestres, que crecen muchas veces después de incendios, como ocurre con otras especies
pirófilas.


Las plantaciones de eucaliptos en Galicia suponen más de la mitad (52°/0) de las existentes en el Estado y, sólo por especie, en la Península Ibérica se localiza el 53°/0 de la superficie mundial de Eucalyptus globulus, más que en toda
Australia. Además, en los últimos tiempos, una nueva especie de eucalipto, el Eucalyptus nitens, viene a sumarse a las plantaciones, llegando a espacios antes vetados para el E. globulus, dada su mayor resistencia al frío.



Página 51





El aumento imparable del eucalipto se relaciona con el abandono agrario e con el declive del medio rural gallego, caldo de cultivo para el negocio de la pasta de eucaiipto. La falta de un modelo productivo sostenible, multifuncional y
socialmente inclusivo, hace que el destino de montes y tierras agrícolas sea el monocultivo, singularmente de eucalipto, sustituyendo a las frondosas autóctonas. Esto sucede ante la pasividad, cuando non complicidad de la Xunta de Galicia,
permisiva con el incumplimiento de las normas y que con la reforma del Plan Forestal de 1993 pretende fortalecer las plantaciones de E globulus, consolidar el E nitens, promover la biomasa y extender los cultivos energéticos.


Conscientes de la gravedad del problema y de la necesidad de pararle los pies al avance eucalipto en Galicia para garantizar la biodiversidad y la persistencia de un mundo rural vivo, formulan la siguiente


Proposición no de Ley


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Iniciar el procedimiento legalmente previsto para la inclusión del Eucalyptus nítens en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, aprobado por el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, con ámbito de aplicación en Galicia, en tanto
que especie exótica e invasora, peligrosa para el mantenimiento de la biodiversiclad y la funcionalidad de los ecosistemas gallegos.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de septiembre de 2016.-Ángela Rodríguez Martínez, Diputada.-Alexandra Fernández Gómez, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


162/000133


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia de don Íñigo Alli Martínez y don Carlos Salvador Armendáriz, Diputados de Unión del Pueblo Navarro (UPN), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento presentan la
siguiente Proposición no de Ley sobre la aprobación de un Plan nacional específico para el Alzheimer, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


«La demencia es un síndrome -generalmente de naturaleza crónica o progresiva- caracterizado por el deterioro de la función cognitiva (es decir, la capacidad para procesar el pensamiento) más allá de lo que podría considerarse una
consecuencia del envejecimiento normal. La demencia afecta a la memoria, el pensamiento, la orientación, la comprensión, el cálculo, la capacidad de aprendizaje, el lenguaje y el juicio. La conciencia no se ve afectada. El deterioro de la función
cognitiva suele ir acompañado, y en ocasiones precedido, por el deterioro del control emocional, el comportamiento social o la motivación». En estos términos, define la Organización Mundial de la Salud (OMS) la demencia, una de las principales
causas de discapacidad y dependencia de personas mayores de la sociedad actual.


De todas las causas que provocan la demencia, la más habitual es la enfermedad de Alzheimer, que representa alrededor del 60% ó 70% de los casos.


La enfermedad de Alzheimer, como ya alertara la propia OMS en 2012, es un problema de primera magnitud. La especial dureza de la enfermedad viene determinada por la falta de tratamiento curativo, esto es, el carácter irreversible de la
misma. Las consecuencias derivadas de ello causan un importantísimo impacto en las familias de los enfermos y, en el conjunto de la sociedad.


Se calcula que el coste medio de una familia con un miembro afectado por la enfermedad de Alzheimer está alrededor de 31.000 € (incluyendo gastos directos e indirectos) al año, las cuales también se ven



Página 52





obligadas a alterar sus hábitos cotidianos para atender a su familiares. Así, se estima en un 14% el porcentaje de personas que abandonan sus trabajos para atender a sus familiares enfermos y en un 31% quienes se ven obligados a reducir sus
horarios laborales.


También la demencia y, en concreto, la enfermedad de Alzheimer causan un fuerte impacto socioeconórnico en todos los países, especialmente en los sistemas nacionales de salud. Este impacto, si las previsiones se cumplen, será severamente
superior en los próximos arios. Los estudios realizados estiman que para 2050 se pueden duplicar, incluso triplicar, el número de pacientes afectados por esta devastadora enfermedad.


En España, se calcula que la enfermedad de Alzheimer afecta al 7% de las personas mayores de 65 años y a más de la mitad de la población con edades superiores a los 85 años. En total, se estima que en tomo a 1,2 millones de personas en.
España se encuentran afectadas por la misma, además de las previsiones citadas de incremento en el número de pacientes afectados por esta enfermedad, con las consecuencias que se derivarán de la misma.


A pesar de la realidad expuesta, en España todavía no contamos con un plan específico para el Alzheimer, como ya cuentan otros países europeos. Al igual que se aprobara el pasado mes de abril la Estrategia Nacional de Enfermedades
Neurodegenerativas, resulta imprescindible sistematizar una estrategia para abordar este gran problema del siglo XXI. La prevención y la mejora en el diagnóstico, el tratamiento, la asistencia a los cuidadores,… coordinado con todas las
Administraciones públicas competentes nos permitirá encontrarnos en una mejor posición para abordar este reto al que nos enfrentamos como sociedad.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley sobre la aprobación de un Plan nacional específico para el Alzheimer


«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Elaborar un censo estatal de prevalencia del Alzheimer para conocer la magnitud de personas y familias afectadas de modo coordinado con todas las Comunidades.


2. Desarrollar un Plan Nacional Específico para mejorar la prevención, el diagnóstico y la intervención en las personas afectadas por el Alzheimer, y la asistencia a sus cuidadores y/o familias. Definir los objetivos, acciones y recursos
interministeriales para el desarrollo de dicho Plan.


3. Desarrollar planes de sensibilización a la sociedad española del problema de primera magnitud que supone la prevalencia del Alzheimer, tal como anticipó la Organización Mundial de la Salud [OMS] en 2012 y la preocupante tendencia a
incrementarse debido al aumento de la longevidad de la población española.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de septiembre de 2016.-Íñigo Jesús Alli Martínez y Carlos Casimiro Salvador Armendáriz, Diputados.-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000134


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EN-PNV), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley, para la derogación de la pena de prisión permanente revisable, para su
debate en el Pleno del Congreso.


Exposición de motivos


Como advierte la doctrina, la incorporación al Código Penal de la cadena perpetua revisable es una de las decisiones político-criminales más importantes desde el restablecimiento de un sistema jurídico político de libertades en el ario 1978,
que persigue únicamente una función retributiva y vengativa de la



Página 53





pena, ya superada por las teorías de la humanización de la pena, más propias de los sistemas democráticos maduros y asentados.


Las posturas que pregonan una mayor seguridad ciudadana y el consiguiente agravamiento de las penas se han puesto en marcha en el Estado español, con irresponsables medidas como la denominada cadena perpetua revisable que pueden llegar a
imponerse durante décadas, de forma, a veces, ciertamente indeterminada.


Estamos ante un Derecho, el Penal, sumamente maleable en manos de los operadores que lo manejan. Pero, ante todo, debiera primar la responsabilidad. Responsabilidad a la hora de proponer innovar en el contenido del Código Penal.
Responsabilidad política, pero sobre todo jurídica. Responsabilidad para con el modelo garantista que antaño nos dimos; para asumir como propia la idea de que la seguridad no lo es todo, de que hay otros Derechos y principios que deben inspirar
nuestro sistema. Sólo así podremos evitar un día hallarnos inmersos en un Derecho Penal totalitario, desigualitario, desproporcionado e injusto.


El principio de humanización de la pena conduce necesariamente a manifestar el componente de peligrosidad respecto del procesado y sentenciado y procura su reducción y rehabilitación social. El principio también reposa en la «Mínima
Intervención del Estado», y en el Derecho Penal como «última ratio legis». Estos principios se concretan en la «Mínima culpabilidad», es decir, la necesidad de descriminalizar ciertos hechos punibles despenalizar los delitos de bagatela y
desprisionalizar los establecimientos carcelarios.


El Código Penal define los delitos y se erige en la máxima manifestación del poder coactivo del Estado: la pena criminal. Además, se considera al Código Penal la «Constitución negativa» en cuanto que tutela los valores y principios básicos
de la convivencia.


Sin embargo, la Ley Orgánica que se modifica se erige en la «Constitución negativa», pero no por el contenido de sus valores axiológicos, sino porque niega el sistema de derechos y valores de la Constitución y, específicamente, la
orientación a la reeducación y reinserción social de las penas, incompatible con la denominada pena de «Prisión Permanente Revisable» que siendo revisable nada impide que pueda erigirse en una privación de libertad perpetua (opción legislativa
preterida por el legislador constitucional en virtud de lo previsto en su art. 25). La propia Constitución de 1978 ha descartado por inhumana la pena de muerte, por lo que únicamente se dispone de la pena privativa de libertad y de las medidas de
seguridad. Asimismo, la Constitución exige que las penas no sean inciertas (art. 9.3), no atenten contra la dignidad humana (art. 10), no resulten inhumanas (art. 15) y proscribe la cadena perpetua, cuando incluye el mandato de reinserción de
las penas (art. 25.2).


La pena de prisión permanente revisable, que encubre la pena de prisión de por vida o prisión perpetua, vulnera claramente los elementos nucleares de los principios constitucionales referidos al ordenamiento penal: el principio de legalidad
y el mandato de resocialización, ambos contenidos en el artículo 25 CE.


En definitiva, se propone la supresión de la Prisión permanente revisable por no hallarse justificada desde razones de política criminal y por considerarla inconstitucional por varios motivos. Atenta contra la dignidad de los seres humanos
(art. 10 CE). Atenta contra la prohibición de penas inhumanas y tratos crueles y degradantes (art. 15 CE). Vulnera el mandato constitucional de que las penas estén orientadas a la reeducación y reinserción social (art. 25.2 CE) y rompe
peligrosamente con uno de los consensos constitucionales de 1978 de no establecer la cadena perpetua. Vulnera el principio constitucional de legalidad establecido en el artículo 25.1 CE. Y, finalmente, existen posibilidades de error judicial que
sería irreparable.


Por todo ello, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


«Derogar la pena de prisión permanente revisable, de la Ley Orgánica, 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.»


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de septiembre de 2016.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).