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BOCG. Senado, apartado I, núm. 127-945, de 29/11/2012
cve: BOCG_D_10_127_945 PDF











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892




I. INICIATIVAS LEGISLATIVAS


PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY


Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2013.


(621/000019)


(Cong. Diputados, Serie A, núm. 27



Núm. exp. 121/000027)


ENMIENDAS


(números 1008 a 1553)


ENMIENDA NÚM. 1008


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones
financieras con entes territoriales.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA (miles de euros)


Sección: 32 OTRAS RELACIONES FINANCIERAS CON ENTES
TERRITORIALES.


Servicio: 01. D.G. DE COORDINACIÓN FINANCIERA CON CC. AA. Y
EE.LL. COMUNIDADES AUTÓNOMAS.


Programa: 9410 Otras transferencias a Comunidades
Autónomas.


Artículo: 75. A Comunidades Autónomas.


Concepto: A la CC. AA. de Cataluña, en cumplimiento de lo
establecido en materia de inversiones en su Estatuto de Autonomía.


Dotación 2013 adicional: 719.000 miles de euros.


BAJA (miles de euros)


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 921M.









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893




Artículo: 51.


Concepto: 510.


Dotación 2013: -719.00 miles de euros.


MOTIVACIÓN


La desaparición en los presupuestos 2012 de la partida
presupuestaría prevista por diferentes Estatutos de Autonomía, como es el
caso de la Disposición Adicional Tercera del Estatuto de Autonomía de
Catalunya, continúa en los PGE 2013. Ello supone una grave deslealtad
institucional y la imposición de la visión centralista del Estado, además
de un flagrante e injustificable incumplimiento de las leyes en vigor.
Por ello, se propone incorporar los 719 millones de euros
correspondientes al diferencial de inversión en infraestructuras del año
2010.



ENMIENDA NÚM. 1009


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones
financieras con entes territoriales.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA (miles de euros)


Sección: 32 OTRAS RELACIONES FINANCIERAS CON ENTES
TERRITORIALES.


Servicio: 01. D.G. DE COORDINACIÓN FINANCIERA CON CC. AA. Y
EE.LL. COMUNIDADES AUTÓNOMAS.


Programa: 9410 Otras transferencias a Comunidades
Autónomas.


Artículo: 75. A Comunidades Autónomas.


Concepto: A la CC. AA. de Cataluña, en cumplimiento de lo
establecido en materia de inversiones en su Estatuto de Autonomía.


Dotación 2013 adicional: 719.000 miles de euros.


BAJA (miles de euros)


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Dotación 2013: -719.00 miles de euros.


MOTIVACIÓN


La desaparición en los presupuestos 2012 de la partida
presupuestaría prevista por diferentes Estatutos de Autonomía, como es el
caso de la Disposición Adicional Tercera del Estatuto de Autonomía de
Catalunya, continúa en los PGE 2013. Ello supone una grave deslealtad
institucional y la imposición de la visión centralista del Estado, además
de un flagrante e injustificable incumplimiento de las leyes en vigor.
Por ello, se propone incorporar los 719 millones de euros
correspondientes al diferencial de inversión en infraestructuras del año
2010.










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ENMIENDA NÚM. 1010


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 60. Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA (miles de euros)


Sección: 60, Seguridad Social.


Servicio: 01.


Programa: 219M.


Artículo: 47.


Concepto: 473. Para incentivos a la reducción de la
siniestralidad laboral y a actuaciones de prevención de riesgos
profesionales, incluido el ámbito del trabajo autónomo.


Dotación 2013 adicional: 1.000,00 miles de euros.


BAJA (miles de euros)


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Minorar la dotación de 2013 en: -1.000,00 miles de
euros.


MOTIVACIÓN


Se propone incorporar en la partida de referencia el ámbito
de actuación del trabajo autónomo aumentando la cantidad
presupuestada.



ENMIENDA NÚM. 1011


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF).


ENMIENDA


De modificación.


ALTA (miles de ¤)


Entidad: ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS
FERROVIARIAS (ADIF).


Proyecto: 0004.


Provincia: BARCELONA.


Denominación: Barcelona Sants.


Dotación 2013 adicional: 50.000 ¤.









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895




BAJA (miles de euros)


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Dotación 2013: -50.000.


MOTIVACIÓN


La dotación de 127.000 euros en los PGE 2013 de ADIF para
la estación de Sants es absolutamente insuficiente.



ENMIENDA NÚM. 1012


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a Sociedad Estatal de
Infraestructuras de Transporte Terrestre, S.A. (SEITTSA).


ENMIENDA


De modificación.


ALTA (miles ¤)


Entidad: SOCIEDAD ESTATAL DE INFRAESTRUCTURAS DE TRANSPORTE
TERRESTRE (SEITTSA).


Proyecto: 0092.


Provincia: BARCELONA.


Denominación: Acceso a la nueva terminal del aeropuerto de
Barcelona. Red Cercanías de Barcelona.


Dotación 2013 adicional: +280.000 miles de euros.


BAJA (miles de euros)


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Dotación 2013: -280.000 miles de euros.


MOTIVACIÓN


Actuación urgente incluida en el Plan de Cercanías
2008-2012. Este precio fue el declarado en el proceso de licitación del
acceso, ya realizado pero interrumpido por el Ministerio de Fomento.










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896




ENMIENDA NÚM. 1013


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a Sociedad Estatal de
Infraestructuras de Transporte Terrestre, S.A. (SEITTSA).


ENMIENDA


De modificación.


BAJA (miles de euros)


Entidad: SOCIEDAD ESTATAL DE INFRAESTRUCTURAS TRANSPORTE
TERRESTRE (SEITTSA).


Proyecto: 0052.


Provincia: BARCELONA.


Denominación: Autovía A-2 Barcelona-Frontera Francesa.
Tramo Medinyá-Orriols.


Baja 2013: -957 miles de euros.


MOTIVACIÓN


Infraestructura no prioritaria en el territorio (existencia
alternativas más eficientes), y destinada a reconvertir la AP7 en una
autopista libre de peajes financieros.



ENMIENDA NÚM. 1014


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a Sociedad Estatal de
Infraestructuras de Transporte Terrestre, S.A. (SEITTSA).


ENMIENDA


De modificación.


BAJA (miles de euros)


Entidad: SOCIEDAD ESTATAL DE INFRAESTRUCTURAS TRANSPORTE
TERRESTRE (SEITTSA).


Proyecto: 0002.


Provincia: BARCELONA.


Denominación: Autovía Orbital de Barcelona. Tramo:
Abrera-Olesa De Montserrat.


Baja 2013: -5.400 miles de euros.


MOTIVACIÓN


Retirar las inversiones para el cuarto cinturón.



El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula 32 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2013.


Palacio del Senado, 26 de noviembre de 2012.—El
Portavoz, José Montilla Aguilera.









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897




ENMIENDA NÚM. 1015


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 11. Uno. Apartado
nuevo.


ENMIENDA


De adición.


Se añade un nuevo apartado 7, en el artículo 11, punto Uno,
del Proyecto de Ley:


«7. Autorizar las transferencias que resulten necesarias
desde el crédito 32.01.941-0-755 “A las CC.AA. de Andalucía,
Aragón, Castilla y León, Cataluña, Extremadura e Illes Balears, en
cumplimiento de lo establecido en materia de inversiones en sus
respectivos Estatutos de Autonomía” a los correspondientes
Departamentos ministeriales.»


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en los
Estatutos de Autonomía sobre inversiones del Estado.



ENMIENDA NÚM. 1016


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 23. Uno. 1.


ENMIENDA


De modificación.


Al Artículo 23, apartado Uno. 1.


Se propone la modificación del apartado 1 del apartado Uno
del artículo 23, que tendrá la siguiente redacción:


«Uno. 1. Durante el año 2013 el número total de plazas de
nuevo ingreso del personal del sector público delimitado en el artículo
anterior será, como máximo, igual al diez por ciento de la tasa de
reposición de efectivos y se concentrará en los sectores, funciones y
categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al
funcionamiento de los servicios públicos esenciales. Dentro de este
límite, la oferta de empleo público incluirá los puestos y plazas
desempeñados por personal interino por vacante, contratado o nombrado con
anterioridad, excepto aquéllos sobre los que exista reserva de puesto,
estén incursos en procesos de provisión o se decida su amortización.


No se tomarán en consideración a efectos de dicha
limitación las plazas que estén incursas en los procesos de consolidación
de empleo previstos en la Disposición Transitoria Cuarta del Estatuto
Básico del Empleado Público.»


MOTIVACIÓN


Prever una oferta de empleo público que, aunque limitada de
acuerdo con criterios de austeridad, evite la descapitalización de la
Administración Pública.


Además la enmienda permite continuar con las procesos de
consolidación de empleo respecto de funcionarios interinos que llevan
prestando servicios en la Administración muchos años.










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898




ENMIENDA NÚM. 1017


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 23. Uno. 2.


ENMIENDA


De modificación.


Al Artículo 23, apartado Uno. 2.


Se propone la modificación del apartado 2 del apartado Uno
del artículo 23, que tendrá la siguiente redacción:


«Uno. 2. Respetando, en todo caso, las disponibilidades
presupuestarias del capítulo 1 de los correspondientes presupuestos de
gastos, la limitación contenida en el apartado anterior no será de
aplicación a los siguientes sectores y administraciones en los que la
tasa de reposición se fija en el 30 por ciento:


a) A las Administraciones Públicas con competencias
educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el
acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.


b) A las Administraciones Públicas con competencias
sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del
Sistema Nacional de Salud.


c) A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a
aquellas Comunidades Autónomas que cuenten con Cuerpos de Policía
Autónoma propios en su territorio, y en el ámbito de la Administración
Local a las correspondientes al personal de la Policía Local, en relación
con la cobertura de las correspondientes plazas.


d) A las Fuerzas Armadas en relación con las plazas de
militares de carrera y militares de complemento de acuerdo con lo
previsto en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de carrera militar.


e) A las Administraciones Públicas respecto del control y
lucha contra el fraude fiscal, laboral, de subvenciones públicas y en
materia de Seguridad Social.


f) A las Administraciones Públicas respecto del
asesoramiento jurídico, la gestión y el control de la asignación
eficiente de los recursos públicos.


g) A la Administración de Justicia y a la Acción Exterior
del Estado.


h) A las Administraciones Públicas respecto de la cobertura
de las plazas correspondientes al personal de los servicios de prevención
y extinción de incendios.


i) A las universidades públicas, los organismos públicos de
investigación y la Agencia Estatal CSIC respecto de las plazas de
personal docente e investigador.


j) A las Administraciones Públicas respecto al personal que
tenga encomendado el desarrollo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación
de dependencia.»


MOTIVACIÓN


Garantizar la prestación de los servicios públicos
esenciales fijados en la enmienda para lo que es necesario que al menos
las ofertas de empleo público incluyan el 30 por ciento de las
vacantes.



ENMIENDA NÚM. 1018


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 23. Uno. 2. I.









Página
899




ENMIENDA


De modificación.


Al artículo 23, Uno, 1, l).


Se propone una nueva redacción:


«A las Administraciones Públicas en relación con las plazas
de personal de investigación de [os organismos públicos de investigación
definidos en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología
y la Innovación.


Esta excepción será también de aplicación a las plazas de
personal de investigación de las Universidades.»


MOTIVACIÓN


Las restricciones a la contratación de personal en el
sector público van a afectar de manera muy singular a nuestro sistema de
Ciencia-Tecnología. La pérdida de capital humano en este sector no podría
recuperarse en el futuro por un mero aumento de recursos por lo que es
preciso evitar que esta pérdida se produzca.



ENMIENDA NÚM. 1019


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 23. Apartado nuevo.


ENMIENDA


De adición.


Al artículo 23. Nuevo apartado.


Se propone la adición de un nuevo apartado al artículo 23,
que tendrá la siguiente redacción:


«Nuevo. La limitación establecida en el apartado anterior
no será de aplicación a la contratación de personal docente y de
investigación con cargo a subvenciones finalistas en las universidades
públicas, los organismos públicos de investigación y la Agencia Estatal
CSIC.»


MOTIVACIÓN


En la actividad de I+D+i es frecuente la contratación de
personal temporal con cargo a subvenciones finalistas. Este tipo de
contratos son imprescindibles para el funcionamiento del sistema,
favorecen la movilidad y en ningún caso son comparables a otros contratos
temporales del sector público.



ENMIENDA NÚM. 1020


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 79.


ENMIENDA


De supresión.


Se suprime el artículo 79 del Proyecto de Presupuestos
Generales del Estado para 2013.









Página
900




MOTIVACIÓN


La suspensión indefinida del proceso establecido por la Ley
1/2011 de 4 de marzo, para la actualización o modificación de las
prestaciones patrimoniales públicas supone la eliminación del proceso de
consultas con las asociaciones y organizaciones aéreas previo a la
propuesta de modificación o actualización de las prestaciones
patrimoniales públicas por parte de AENA.



ENMIENDA NÚM. 1021


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo Nuevo a continuación
del Artículo 88.


ENMIENDA


De adición.


Se añade un nuevo artículo después del artículo 88 con la
siguiente redacción:


«Artículo (Nuevo). Financiación de instituciones del
municipio de Barcelona.


Uno. En el marco de la Ley 1/2006, de 13 de marzo, por la
que se regula el Régimen Especial del Municipio de Barcelona, con cargo
al Concepto 461, al Ayuntamiento de Barcelona para la financiación de
instituciones culturales del municipio, de acuerdo con el convenio que se
suscriba en el ámbito de la Comisión de Colaboración Interadministrativa,
del Programa 334A, Promoción y cooperación cultural, del Servicio 13,
Dirección General de Políticas e Industrias Culturales y del Libro, de la
Sección 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de los
Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, se podrán reconocer
obligaciones hasta un montante global de 10.000 miles de euros para la
financiación de instituciones con amplia proyección y relevancia del
Municipio de Barcelona.


Para la materialización de las transferencias destinadas a
financiar las instituciones citadas en el apartado anterior deberá
suscribirse previamente el correspondiente Convenio en el ámbito de la
Comisión de Colaboración Interadministrativa creada con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 5 de la Ley 1/2006, de 13 de marzo, por la que
se regula el Régimen Especial del Municipio de Barcelona.»


MOTIVACIÓN


Dotar de los recursos necesarios a las instituciones
culturales con amplia proyección y relevancia del municipio
Barcelona.



ENMIENDA NÚM. 1022


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo Nuevo a continuación
del Artículo 106.


ENMIENDA


De adición.


Se propone la adición de un nuevo artículo después del 106,
con la siguiente redacción:









Página
901




Nuevo artículo. Fondo especial de financiación a favor de
los municipios de población no superior a 20.000 habitantes.


«Uno. Como mecanismo especial de financiación de los
municipios con población no superior a 20.000 habitantes, se dota para el
año 2013, en la Sección 15, Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, Programa 942A, Cooperación Económica Local del Estado, un fondo
para atender transferencias corrientes a favor de los municipios que
pertenezcan a aquel grupo de población, asignándose por la Dirección
General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y
las Entidades Locales, del Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, con arreglo a los criterios contenidos en el apartado
siguiente.


Dos. El fondo se distribuirá entre [os municipios citados
en el apartado anterior que no alcancen una participación en tributos del
Estado de 154 euros por habitante en concepto de entregas a cuenta
correspondientes a 2012, y cuyo coeficiente de esfuerzo fiscal medio por
habitante, según datos de la última liquidación definitiva practicada,
sea superior a 1. La cuantía asignada por este crédito, sumada al importe
que les corresponda por la aplicación del modelo descrito en los
artículos 92 y 93, no superará la cuantía de 154 euros por habitante.


A los efectos anteriores, la Secretaría General de
Coordinación Autonómica y Local, del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, certificará la participación en tributos del
Estado por habitante correspondiente a las entregas a cuenta de dicho
ejercicio de los municipios con población no superior a 20.000
habitantes, así como los coeficientes de esfuerzo fiscal medio por
habitante citados en el párrafo anterior. El pago de las cuantías
resultantes de la distribución anterior se realizará por la Dirección
General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y
las Entidades Locales, del Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, en el primer semestre del ejercicio, no teniendo carácter de
entrega a cuenta, por lo que, en ningún caso, estará sujeto a liquidación
posterior.»


MOTIVACIÓN


Con origen en el «Acuerdo entre el Gobierno de la Nación y
la Federación Española de Municipios y Provincias de 21 de noviembre de
2002» y en el «Acuerdo Gobierno-FEMP de medidas urgentes de 18 de julio
de 2005», en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007
se estableció como mecanismo especial de financiación de los municipios
con población no superior a 20.000 habitantes, un fondo para atender
transferencias corrientes a favor de los municipios que pertenezcan a
este grupo, teniendo en cuenta la participación en tributos del Estado
por habitante y el coeficiente de esfuerzo fiscal medio por
habitante.


La justificación de este Fondo se encuentra en la necesidad
de establecer mecanismos de nivelación que impulsen la convergencia
progresiva entre municipios, pequeños y grandes, con relación a la
cantidad que les corresponde por habitante en la participación en los
tributos del Estado.


Considerando que desde el año 2002 no se ha procedido a
revisar ni el modelo competencial ni el modelo de financiación local la
supresión de este fondo agravará la situación financiera de aquellos
municipios con menos capacidad para acceder a recursos financieros.
Motivo por el cual se propone su mantenimiento en tanto no se revise el
modelo actual de financiación local.



ENMIENDA NÚM. 1023


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se añade una nueva disposición adicional con la siguiente
redacción:









Página
902




«Disposición adicional (Nueva). Modificación de la Ley
37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.


Se modifica el apartado segundo, del punto Uno, del
artículo 91 (Tipos impositivos reducidos), de la Ley 37/1992, de 28 de
diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, con la siguiente
redacción:


2. Las prestaciones de servicios siguientes:


1. (Igual).


2. Los servicios de hostelería, acampamento y balneario,
las actividades turísticas relacionadas con el esquí y los deportes de
montaña, así como los servicios de restaurantes y, en general, el
suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto, incluso si se
confeccionan previo encargo del destinatario.»


(Resto del apartado igual).


Puntos 3 al 12. (Igual).


MOTIVACIÓN


Aplicar el tipo reducido del 10% previsto en la Ley
37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, a las
actividades turísticas relacionadas con el esquí y los deportes de
montaña.



ENMIENDA NÚM. 1024


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se propone la adición de una disposición adicional (nueva)
con la siguiente redacción:


«Disposición adicional nueva xxx:


El Gobierno iniciará el procedimiento de consulta y
supervisión previsto en los artículos 97 y siguientes de la de la Ley
21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea con el objeto de proceder, en
su caso, a la modificación o actualización de las prestaciones
patrimoniales de carácter público previstas en el articulo 68.2 de la
citada ley.»


MOTIVACIÓN


La ley 21/2003, de Seguridad Aérea, tras la reforma operada
por la Ley 1/2011, de 4 de marzo, por la que se establece el Programa
Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil y se modifica la
Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, establece un
procedimiento de consulta previo a la aprobación de la propuesta de
modificación o actualización de prestaciones patrimoniales públicas que
debe percibir Aena Aeropuertos S.A.



ENMIENDA NÚM. 1025


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.









Página
903




ENMIENDA


De adición.


Se añade una nueva disposición adicional con el siguiente
texto:


«Disposición Adicional. Inversiones del Estado en la
Comunidad Autónoma de Cataluña.


El Crédito 32.01.941-O-755 dotado en la Sección 32
“Otras Relaciones Financieras con Entes Territoriales” se
destinará a actuaciones inversoras en la Comunidad Autónoma de Cataluña,
en cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera de su
Estatuto de Autonomía, atendiendo a las incluidas en el anexo XIX de la
presente Ley de manera que dicho inversión se equipare a la participación
relativa del PIB de Cataluña con relación al PIB del Estado.»


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en el
Estatuto de Autonomía de Cataluña.



ENMIENDA NÚM. 1026


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se propone la adición de una nueva disposición adicional
con la siguiente redacción:


Disposición adicional XXX.


Beneficios fiscales aplicables a la celebración deis Jocs
del Mediterrani Tarragona 2017.


Uno. La celebración deis Jocs del Mediterrani Tarragona
2017 tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés
público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley
49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines
lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.


Dos. La duración del programa de apoyo a este
acontecimiento abarcará desde 1 de enero de 2012 a 31 de diciembre de
2017.


Tres. La certificación de la adecuación de los gastos
realizados a los objetivos y planes del programa se efectuará en
conformidad a lo dispuesto en la citada Ley 49/2002.


Cuatro. Las actuaciones a realizar serán [as que aseguren
el adecuado desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en
planes y programas de actividades específicas se realizará por el órgano
competente en conformidad a lo dispuesto en la citada Ley 49/2002.


Cinco. Los beneficios fiscales de este programa serán los
máximos establecidos en el artículo 27.3 de la citada Ley 49/2002. No
obstante, no resultará de aplicación en ningún caso la limitación del 90%
recogida en el segundo párrafo del número Primero del artículo 27.3 de la
Ley 49/2002, antes mencionada.


MOTIVACIÓN


Aplicar los incentivos fiscales previstos en la Ley 49/2002
a la celebración dels Jocs del Mediterrani que tendrán lugar en Tarragona
en 2017.










Página
904




ENMIENDA NÚM. 1027


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se añade una nueva disposición adicional con el siguiente
texto:


«Disposición Adicional XXX. Creación del Fondo para la
homogeneización, el rescate selectivo y la subvención de peajes.


Con cargo a la sección 32 “Otras relaciones
financieras con Entes Territoriales”, se habilitaran los créditos
necesarios para la creación de un Fondo para la homogeneización, el
rescate selectivo y la subvención de peajes en los términos previstos en
la Resolución 599/IX del Parlament de Catalunya.


Este Fondo tendrá como objetivo limitar los costes sociales
de las infraestructuras viarias de peaje. Su dotación correrá a cargo del
Estado y de las comunidades autónomas, a través de los impuestos
estatales y autonómicos generados por las sociedades concesionarias de
las autopistas de peaje; de las dotaciones anuales previstas en los
Presupuestos Generales del Estado y de los recursos provenientes de las
sociedades concesionarias de autopistas.»


MOTIVACIÓN


Actualmente, Cataluña concentra el 18% de los peajes con
concesión estatal. Teniendo en cuenta, además, los peajes de concesión de
la Generalitat, esto implica que el 34% de las vías de pago de todo el
Estado se encuentran en esta comunidad. En cambio, el porcentaje de
autovías gratuitas que discurren por esta comunidad sólo representa el
5%, muy por debajo de otras comunidades.


Esto supone una costosa carga no sólo para los usuarios y
las economías domésticas, sino también un perjuicio para el conjunto de
la economía catalana y la competitividad de sus empresas, al encarecer el
coste del transporte.


Por esta razón, el Parlament de Catalunya aprobó el pasado
9 de mayo la Resolución 599/IX, por la cual se reitera la presentación a
la Mesa del Congreso de los Diputados de la Proposición de Ley del Fondo
para la homogeneización, el rescate selectivo y la subvención de
peajes.


Se trata de un nuevo mecanismo que tienen por objetivo
limitar los costes sociales de estas infraestructuras de utilidad pública
para el conjunto del Estado, mediante programas que homogeneicen los
peajes, incluyendo el rescate selectivo de los tramos más vinculados a la
movilidad obligada.



ENMIENDA NÚM. 1028


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se propone la adición de una nueva disposición adicional,
con la siguiente redacción:









Página
905




«Disposición adicional. Ampliación del periodo de vigencia
de la disposición adicional tercera del Estatuto de Autonomía de
Catalunya.


Con la finalidad de cumplir los objetivos para los que se
introdujo la disposición adicional tercera del Estatuto de Autonomía de
Catalunya y debido al incumplimiento de la misma en los Presupuestos
Generales del Estado de 2012 y 2013, se prorrogará la aplicación de dicha
disposición durante los dos próximos ejercicios presupuestarios (2014 y
2015).»


MOTIVACIÓN


La disposición adicional tercera del Estatuto de Autonomía
de Catalunya, aprobado en el año 2006, tenía como objetivo corregir el
déficit en inversiones del Estado en una de las comunidades más dinámicas
y con más población, y por tanto, con una necesidad evidente de
infraestructuras para dar respuesta a la movilidad de sus ciudadanos y a
sus empresas.


Para ello, esta disposición establece que «La inversión del
Estado en Cataluña en infraestructuras, excluido el Fondo de Compensación
Interterritorial, se equiparará a la participación relativa del producto
interior bruto de Cataluña con relación al producto interior bruto del
Estado para un periodo de siete años. Dichas inversiones podrán también
utilizarse para la liberación de peajes o construcción de autovías
alternativas.»


Desde la aprobación del Estatuto de Autonomía en el año
2006 los sucesivos presupuestos del Estado han dado cumplimiento a esta
previsión, de forma que la inversión del Estado en Catalunya ha sido
equivalente al peso de la economía catalana en el conjunto de España.
Ello ha sido así hasta el pasado año 2012. En el presupuesto para ese
año, el Gobierno sólo destinó a esta Catalunya el 11,1% de la inversión
prevista (7,6 puntos por debajo del peso de la economía catalana en el
conjunto del PIB español, que es del 18,7%). Esto supuso 986 millones
menos para las infraestructuras catalanas.


En el presente ejercicio, el Gobierno vuelve a incumplir
con esta previsión legal, ya que las inversiones previstas en Catalunya
vuelven a situarse en un 11,9% del total, es decir, 6,8 puntos por debajo
del nivel que le correspondería (lo que equivale a 728 millones de euros
menos).


Esto ha provocado que la inversión del Estado en Catalunya
haya caído más del 50% respecto al año 2011.


Dado que la vigencia de esta disposición finalizaría en
2013 y teniendo en cuenta el incumplimiento del Gobierno durante los años
2012 y 2013, se solicita que el Gobierno prorrogue la aplicación de la
disposición adicional tercera durante los dos próximos ejercicios (2014 y
2015).



ENMIENDA NÚM. 1029


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se añade una nueva disposición adicional con el siguiente
texto:


«Disposición adicional. Cumplimiento de la Disposición
Adicional tercera del Estatuto de Autonomía de Cataluña.


Con cargo a la Sección 32 «Otras relaciones financieras con
Entes Territoriales», se habilitarán los créditos necesarios para hacer
efectivas, en los términos previstos en el siguiente párrafo, las
transferencias de capital a favor de la Comunidad Autónoma de Cataluña,
en cumplimiento de la Disposición Adicional Tercera de su Estatuto de
Autonomía, correspondientes a las desviaciones definitivas en la
ejecución de las inversiones del Estado en Cataluña en los ejercicios
2008, 2009 y 2010.









Página
906




El procedimiento y plazos para hacer efectivas las
correspondientes transferencias de capital se acordarán en la Comisión
Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat.»


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en el
Estatuto de Cataluña sobre inversiones del Estado en lo relativo a las
desviaciones definitivas en la ejecución de las inversiones del Estado en
Cataluña. Estas desviaciones ascendieron, en los ejercicios 2008 y 2009 a
978.000.000 euros. A esta cantidad habría que añadir el importe
correspondiente a la desviación definitiva de las inversiones previstas
para el año 2010.



ENMIENDA NÚM. 1030


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se añade una nueva disposición adicional con la siguiente
redacción:


Disposición adicional. Mantenimiento de los centros
formativos del Talarn y CEFOT n.° 1.


El Gobierno dotará los créditos presupuestarios suficientes
para asegurar el completo funcionamiento y el mantenimiento de la plena
operatividad en capacidades formativas, de la Academia General Básica de
Suboficiales de Talam de Lleida así como del Centro de Formación de Tropa
n.° 1, ubicado en el Acuartelamiento Santa Ana, de Cáceres.


MOTIVACIÓN


La previsión presupuestaria del Gobierno contempla recortes
en las políticas de Defensa, pero esto no debe, necesariamente, llevar
aparejado el cese de funcionamiento de los centros formativos y la
adecuada cualificación de las personas.



ENMIENDA NÚM. 1031


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se propone la adición de una nueva disposición adicional
con la siguiente redacción:


«Disposición adicional XXX. Beneficios fiscales aplicables
a la celebración del 5.° aniversario del Festival de la Porta Ferrada
(Sant Feliu de Guíxols).


Uno. La celebración del 5.° aniversario del Festival de la
Porta Ferrada (Sant Feliu de Guíxols), tendrá la consideración de
acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo
dispuesto en









Página
907




el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de
régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo.


Dos. La duración del programa de apoyo a este
acontecimiento abarcará desde el 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de
2013.


Tres. La certificación de la adecuación de los gastos
realizados a los objetivos y planes del programa se efectuará en
conformidad a lo dispuesto en la citada Ley 49/2002.


Cuatro. Las actuaciones a realizar serán las que aseguren
el adecuado desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en
planes y programas de actividades específicas se realizarán por el órgano
competente, de conformidad a lo dispuesto en la citada Ley 49/2002.


Cinco. Los beneficios fiscales de este programa serán los
máximos establecidos en el artículo 27.3 de la citada Ley 49/2002.


MOTIVACIÓN


Necesidad de tal declaración.



ENMIENDA NÚM. 1032


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


A la Disposición adicional (nueva).


Se propone la adición de una nueva Disposición adicional,
la cual tendrá la siguiente redacción:


«Disposición adicional.. Criterios de reparto territorial
de los fondos destinados al desarrollo de políticas activas de empleo
mediante convenios de colaboración con Comunidades Autónomas.


La aportación financiera consignada en la aplicación
presupuestaria 19.101.241-A.459 por un importe de 1.000.000,00 miles de
euros, cuya finalidad es el desarrollo de políticas activas de empleo
mediante convenios de colaboración con Comunidades Autónomas y,
específicamente, con aquellas que presentan mayores tasas de desempleo,
se distribuirá de conformidad con los criterios de reparto establecidos
en la Orden TIN 887/2011, de 5 de abril, por la que se distribuyen
territorialmente para el ejercicio económico de 2011, para su gestión por
las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones del
ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del
Estado, teniendo en cuenta las acciones y medidas de fomento de empleo
que se contemplen en los Convenios de Colaboración que suscriban la
Administración General del Estado y la Administración de la Comunidad
Autónoma de que se trate.»


MOTIVACIÓN


Determinar con exactitud los criterios de repartos de los
fondos destinados al desarrollo de políticas activas mediante convenios
de colaboración con Comunidades Autónomas.










Página
908




ENMIENDA NÚM. 1033


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se propone la adición de una nueva disposición adicional,
con la siguiente redacción:


«Disposición adicional.. Impuesto sobre las Grandes
Fortunas.


1. Para su entrada en vigor en el ejercicio 2013, el
Gobierno presentará en el plazo máximo de 3 meses, un proyecto de Ley del
Impuesto sobre las Grandes Fortunas.


2. El citado impuesto, cuya capacidad normativa
corresponderá al Estado, gravará la capacidad económica derivada de la
riqueza independientemente de donde esté invertida, de acuerdo con los
siguientes criterios:


a) Se establecerán mínimos exentos en las cuantías
necesarias para excluir del gravamen a los contribuyentes con un
patrimonio medio así como para excluir la titularidad de la vivienda
habitual hasta el valor máximo que se determine.


b) El impuesto gravará de forma efectiva los grandes
patrimonios que se pongan de manifiesto como consecuencia de la
titularidad de acciones o participaciones en el capital social de todo
tipo de entidades, con independencia de que las mismas desarrollen o no
una actividad económica.


c) El impuesto incluirá cuantas medidas sean necesarias
para someter a tributación efectiva las rentas acumuladas de los grandes
patrimonios en Instituciones de Inversión Colectiva y, en especial, en
las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV). A tales efectos
podrán imputarse a los titulares los rendimientos que se produzcan en
cada periodo impositivo, aunque las acciones o participaciones en las
Instituciones de Inversión Colectiva no hayan sido objeto de enajenación
o transmisión.


d) El impuesto podrá contemplar tipos de gravamen
diferenciados según la naturaleza o valor unitario de los bienes, de tal
forma que se sometan a mayor tributación aquellos bienes de carácter
suntuario que pongan de manifiesto una elevada capacidad económica de los
contribuyentes. Se adoptarán igualmente cuantas previsiones sean
necesarias para evitar la elusión del impuesto mediante la utilización de
países que tengan la consideración de paraísos fiscales.


e) El 50% del rendimiento del tributo se cederá a las
Comunidades Autónomas y, de esta cantidad, el 75% irá al Fondo de
garantía de servicios públicos fundamentales para financiar la sanidad,
la educación y los servicios sociales.»


MOTIVACIÓN


Un crecimiento económico sostenible y una fiscalidad sólida
con una amplia base tributaria son los objetivos necesarios para
financiar el Estado del Bienestar y la inversión productiva. Por ello, el
sistema fiscal debe ordenarse conforme a los principios de eficiencia,
progresividad y suficiencia, otorgando los recursos necesarios para el
correcto funcionamiento de unos servicios públicos de calidad. Es
imprescindible revisar el modelo fiscal con el objetivo de diseñar un
entorno tributario que nos permita mantener unos niveles de gasto público
similares a la media de la eurozona sin generar déficit estructural a
medio plazo.


El actual contexto de dificultad económica y la necesidad
de reducir el déficit público de una manera gradual, exige tomar medidas
complementarias por el lado del ingreso, que contribuyan a un reparto más
equitativo de los esfuerzos ante la crisis.


Por ello, se considera necesario sustituir el actual diseño
del Impuesto sobre el Patrimonio para transformarlo en un Impuesto sobre
las Grandes Fortunas, en línea con lo que existe en Francia y se ha
anunciado recientemente en el Reino Unido, mejorando la justicia, equidad
y progresividad del sistema fiscal de acuerdo con el principio
constitucional de capacidad económica.









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909




En particular, la nueva imposición debe garantizar que se
sometan a tributación efectiva todos los grandes patrimonios, en especial
los que se pongan de manifiesto como consecuencia de la titularidad de
acciones o participaciones en el capital social de todo tipo de
entidades, con independencia de que las mismas desarrollen o no una
actividad económica, así como las rentas acumuladas por los grandes
patrimonios en la Instituciones de Inversión Colectiva y, más
concretamente, en las Sociedades de Inversión de Capital Variable
(SICAV).



ENMIENDA NÚM. 1034


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se propone la adición de una disposición adicional nueva
con la siguiente redacción:


«Disposición adicional Nueva. Impuesto sobre las
Transacciones Financieras.


Para su entrada en vigor en el ejercicio 2013, el Gobierno
presentará en el plazo máximo de 3 meses, un proyecto de ley del Impuesto
sobre Transacciones Financieras que gravará las operaciones sobre
acciones admitidas a negociación en mercados secundarios oficiales.


El impuesto podrá diferenciar, a efectos de la aplicación
de los correspondientes tipos impositivos, entre la adquisición a título
oneroso de acciones de sociedades cuyo valor de capitalización bursátil
sea superior a la cuantía que se determine, las operaciones de ALTA
frecuencia y la adquisición de un contrato de permuta de incumplimiento
crediticio referido a deuda soberana de un Estado miembro de la Unión
Europea (Credit default swap, CDS).


MOTIVACIÓN


Impulsar el establecimiento de un Impuesto sobre
transacciones Financieras.



ENMIENDA NÚM. 1035


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


A la disposición adicional (nueva).


Se propone la adición de una nueva disposición adicional,
con la siguiente redacción:


«Disposición adicional xxx. Colaboración internacional
contra el fraude.


Uno. El Gobierno promoverá de forma activa la ampliación de
la red de Convenios, así como la renegociación de aquellos que sean de
especial trascendencia, según el modelo de la Organización para









Página
910




la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para la
obtención de información de carácter mercantil o tributario.


De igual forma, el Gobierno promoverá en el seno del Foro
Global sobre Transparencia Fiscal e intercambio de información,
dependiente de la OCDE, cuantas acciones sean necesarias para controlar y
denunciar a los países que no hacen efectivo el intercambio de
información.


Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo anterior, el
Gobierno promoverá acuerdos con las entidades financieras y entidades
emisoras de tarjetas de crédito o débito que operan en España y mantienen
filiales en territorios de baja o nula tributación.


En línea con las iniciativas anteriores, el Gobierno
promoverá la negociación de acuerdos de contenido similar al negociado
con EEUU para la aplicación de la normativa FATCA, con otros países que
puedan resultar de especial interés.


Dos. El Gobierno promoverá y apoyará igualmente cuantas
iniciativas y actuaciones sean necesarias para que, en el marco de la
Directiva del Ahorro de la Unión Europea, se amplíen los productos del
ahorro sujetos a transmisión de información de forma automática,
suprimiendo el periodo transitorio, sin plazo concreto, por el que
algunos países no están obligados a suministrar la correspondiente
información.


Tres. El Gobierno no promoverá acuerdos bilaterales o
multilaterales que, a cambio de algún tipo de contraprestación,
garanticen la opacidad y protección de los grandes patrimonios situados
en jurisdicciones no cooperativas o paraísos fiscales.»


MOTIVACIÓN


Es necesaria la cooperación internacional al más alto nivel
político para luchar de forma eficaz contra los paraísos fiscales y
adoptar las medidas para hacer efectivo el intercambio de información que
se iniciarán cuando las citadas medidas estén implantadas. Desde el G-20
se han hecho declaraciones públicas para acabar con la opacidad de los
paraísos fiscales.


Se debería generalizar la firma de acuerdos similares al
firmado con Estados Unidos para la aplicación de la normativa FATCA, ya
que la información que se puede obtener a través de estos acuerdos
complementa la conseguida a través de los Convenios para evitar la doble
imposición, los Acuerdos de intercambio de Información y las Directivas
en vigor. Para España sería de especial trascendencia firmar este tipo de
acuerdos con países como Suiza, que ya lo han firmado con Estados
Unidos.


En el ámbito de la Unión Europea, resulta imprescindible
promover la ampliación de la Directiva del Ahorro, al objeto de
perfeccionar los mecanismos de información automática, así como para
acabar con el periodo transitorio indeterminado que permite a
determinados países, por ejemplo Luxemburgo, no suministrar la
correspondiente información.


Por último, debe contemplarse el compromiso del Gobierno de
no promover acuerdos bilaterales o multilaterales que supongan mantener
la ocultación y la protección de los grandes patrimonios en
jurisdicciones no cooperativas o paraísos fiscales a cambio de obtener
ciertos ingresos de estos últimos.



ENMIENDA NÚM. 1036


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


De una nueva disposición adicional.


«El Gobierno, durante el ejercicio 2013, aprobará un Plan
de Modernización de la Justicia para dar continuidad a las actuaciones
del Plan Estratégico de Modernización 2009-2012, que contemplará tanto
las inversiones materiales necesarias para la modernización que preveía
dicho Plan, así como la dotación









Página
911




de recursos imprescindibles para el funcionamiento del
servicio público de la Justicia. Dicho Plan se dotará, para el ejercicio
2013, con 200.000 miles de euros, previas las habilitaciones de créditos
presupuestarios necesarios para su ejecución.»


MOTIVACIÓN


Con el fin de finalizar las actuaciones previstas para este
año 2012 y que no se han llevado a cabo, así como para iniciar todas
aquellas que se considere necesario abordar para continuar con la
modernización emprendida en la pasada legislatura con la necesaria
colegiación de esfuerzos con el Consejo General del Poder Judicial y
resto de operadores y que no se agota con las medidas contempladas para
el período 2009-2012.



ENMIENDA NÚM. 1037


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


Añadir una nueva disposición adicional con el siguiente
texto:


«Disposición adicional. Actualización de pensiones de
2012.


Uno. Para la aplicación de lo dispuesto en el artículo 48.2
del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, sobre la
actualización correspondiente a 2012 de las pensiones de la Seguridad
Social, se utilizará la tasa de variación interanual del índice de
precios de consumo (IPC) elaborado y publicado por el Instituto Nacional
de Estadística y correspondiente al período comprendido entre noviembre
de 2011 y noviembre de 2012.


Dos. El mismo índice y la misma tasa se utilizarán para la
aplicación de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 27.1 del
Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, sobre la
actualización de las pensiones de clases pasivas correspondiente a
2012.»


MOTIVACIÓN


Asegurar la utilización del índice de Precios de Consumo en
la actualización de las pensiones de 2012, evitando la posibilidad de que
el Gobierno pretenda aplicar un índice distinto que perjudique a los
pensionistas.



ENMIENDA NÚM. 1038


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


A la disposición adicional (nueva).









Página
912




Se propone la adición de una nueva disposición adicional,
la cual tendrá la siguiente redacción:


«Disposición adicional. Plan de choque para el empleo
juvenil.


Uno. El Gobierno, previo acuerdo con los interlocutores
sociales y Comunidades Autónomas, y teniendo en cuenta las Conclusiones
del Consejo Europeo de 28 y 29 de junio, especialmente, la propuesta
específica que contiene la Estrategia para el Crecimiento y el Empleo en
relación con el empleo juvenil, aprobará urgentemente un Plan de choque
para el empleo juvenil que garantice un empleo de calidad o formación
para conseguir su inserción laboral.


Dos. El Plan de choque para el empleo juvenil, en atención
a la edad y el nivel de cualificación, contemplará como mínimo los
siguientes programas:


a) Programa de formación dual en empresas para jóvenes
desempleados que no dispongan de cualificación profesional por abandono
prematuro del sistema educativo, sin titulación o con titulación de
enseñanza secundaria obligatoria.


Esta formación dual se articularía a través del contrato
para la formación y el aprendizaje, que conjuga el trabajo remunerado en
una empresa con una formación que permita adquirir una cualificación
profesional reconocida, con protección social plena.


b) Programa de formación dual para jóvenes en formación a
los que se les ofrece una formación en empresas.


c) Programa de primera experiencia profesional para jóvenes
desempleados con titulación o próximos a obtenerla, entre 20 y 30 años,
sin empleo anterior o con empleo precario, fomentado su contratación y
favoreciendo su movilidad en un mercado abierto. A tal efecto, se
adoptarán medidas para la accesibilidad y búsqueda de empleo, agilizando,
entre otras cuestiones, el reconocimiento de las cualificaciones
obtenidas y otras medidas que apoyen la enseñanza y práctica de las
lenguas europeas.


Este Programa también deberá articular medidas dirigidas a
favorecer el intercambio de experiencias y buenas prácticas.


d) Programas para fomentar el autoempleo, la iniciativa
emprendedora, el asociacionismo y la creación de empresas,
fundamentalmente, mediante medidas dirigidas a apoyar el crecimiento de
jóvenes empresas innovadoras, desarrollando el Estatuto de Joven Empresa
Innovadora previsto en la Ley de Ciencia, la Tecnología y la
Innovación.


Los jóvenes desempleados que se acojan a este programa
podrán beneficiarse de los créditos del “Fondo para el empleo en
las pequeñas y medias empresas y para emprendedores”, creado en
esta Ley.


e) Programas para facilitar el empleo y la movilidad en el
medio rural, mediante convenios de colaboración con otras zonas rurales
de Europa, favoreciendo el intercambio de experiencia y buenas
prácticas.


Tres. Estos programas se desarrollarán siguiendo los
criterios de “Garantía Europea para la juventud”, como el
instrumento que asegura el derecho a obtener una oferta de empleo de
calidad o de formación en prácticas a toda persona joven que lleve más de
cuatro meses sin empleo, tras la obtención de su correspondiente
graduación escolar o académica, incorporando incentivos a empresas que
ofrezcan la correspondiente formación específica o complementaria al
respecto.


Cuatro. Las empresas y jóvenes que se acojan a estos
programas obtendrán una ayuda del 75 por 100 del Salario Mínimo
Interprofesional, bien por la contratación, la formación dual o para
facilitar la movilidad. Con tal finalidad, el Gobierno deberá dotar
partidas presupuestarias suficientes, sin perjuicio de que dichos jóvenes
puedan ser beneficiarios de los créditos que a tal efecto se establecen
en el “Fondo para el empleo para la pequeña y mediana empresa y
emprendedores”, previsto en esta Ley.


Asimismo, el Gobierno establecerá un sistema de
bonificaciones específico por la contratación indefinida de jóvenes
desempleados.»


MOTIVACIÓN


El Gobierno debe aprobar urgentemente un Plan de Empleo
juvenil que permita a nuestros jóvenes, según su formación académica y
cualificación profesional, continuar su formación, incluida la formación
dual, o la adquisición de una primera experiencia profesional, también
mediante el autoempleo, y facilitar su movilidad en un mercado
abierto.









Página
913




Con dicha finalidad, de se deberán dotar partidas
específicas que contemplan tanto la formación dual como el desarrollo de
una primera experiencia profesional, sin perjuicio de los créditos a que
puedan acceder los jóvenes que así lo soliciten del «Fondo para el empleo
para la pequeña y mediana empresa y emprendedores», previsto en esta
Ley.



ENMIENDA NÚM. 1039


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


A la disposición adicional (nueva).


Se propone la adición de una nueva disposición adicional,
la cual tendrá la siguiente redacción:


«Disposición adicional.. Fondo para el empleo en las
Pequeñas y Medianas Empresas y para Emprendedores.


1. Se crea el “Fondo para el empleo en las pequeñas y
medianas empresas y para emprendedores”, con la finalidad de
coadyuvar al mantenimiento del empleo o a la creación de empleo estable
mediante la facilitación de crédito.


2. El Fondo queda adscrito al Ministerio de Economía y
Competitividad.


3. El Fondo tendrá la condición de entidad pública de las
incluidas en el artículo 2.1.g) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria, con personalidad jurídica propia y plena
capacidad de obrar. Le resultará de aplicación lo dispuesto para el
sector público empresarial en el artículo 3.2 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre.


4. El régimen jurídico del Fondo se establecerá por el
Gobierno mediante Real Decreto que deberá aprobarse en el plazo de tres
meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, que respetará,
en todo caso, los siguientes criterios:


a) La administración, gestión y dirección del Fondo
corresponderá a un Consejo Rector en el que en todo caso habrá de
preverse la participación de representantes de las organizaciones
sindicales y empresariales más representativas.


La Presidencia del Fondo corresponderá alternativamente,
por períodos anuales, al titular del Ministerio de Economía y
Competitividad y al del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.


b) El Fondo se dota con una aportación inicial por un
importe de 5.000 millones de euros con cargo a la aplicación
presupuestaria 27.03.923-M.873.


Asimismo, el Fondo se dotará con las aportaciones
realizadas por las empresas de acuerdo con lo previsto en la disposición
adicional decimosexta de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre
actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad
Social,


c) Para el cumplimiento de sus fines, el Fondo podrá captar
financiación en los mercados de capitales nacionales y extranjeros
mediante, entre otros, la emisión de valores, la concertación de
préstamos y la apertura de créditos, así corno cualquier otra operación
de endeudamiento, pudiendo realizar operaciones de canje, compra y
conversión sobre las operaciones descritas, dentro de los límites que
para cada ejercicio se fijen en la ley de presupuestos generales del
Estado.


Con la misma finalidad, el Estado podrá concertar
operaciones de préstamo con el Fondo dentro del límite que se establezca
en la ley de presupuestos generales de cada ejercicio. Los préstamos
concertados con el Estado garantizarán con la suficiente antelación el
pago de las obligaciones contraídas.


El Fondo podrá, asimismo, realizar operaciones de gestión
activa de su tesorería.









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914




Las emisiones de valores que realice el Fondo se regirán
por lo dispuesto en esta Ley y sus normas de desarrollo.


Las deudas y obligaciones que el Fondo contraiga para la
captación de financiación gozarán frente a terceros de la garantía del
Estado. Dicha garantía tiene el carácter de explícita, irrevocable,
incondicional y directa.


d) Los créditos que otorgue el Fondo se concederán con un
interés equivalente al Euribor a doce meses más 50 puntos básicos.


e) Los créditos otorgados por el Fondo serán compatibles
con otros créditos que las empresas puedan obtener de otras entidades
públicas, con los límites que se determinen.


5. El Fondo facilitará crédito a las empresas, así como a
los emprendedores, parados de larga duración y jóvenes desempleados que
opten por fórmulas de autoempleo, economía social o creación de nuevas
empresas ligadas a la nueva economía y a los nuevos yacimientos de
empleo, para financiar proyectos de inversión, innovación,
internacionalización y expansión de la actividad empresarial.


Las actuaciones de este Fondo se extenderán, al menos, a
los siguientes ámbitos:


— Apoyo a la innovación y desarrollo de nuevos
proyectos empresariales, incluidos la modernización de las empresas y la
creación de jóvenes empresas.


— Apoyo al autoempleo y creación de empresas.


— Apoyo a la iniciativa emprendedora, especialmente
en el marco de la economía sostenible y a los nuevos yacimientos de
empleo, y a los jóvenes emprendedores en sus proyectos de asociacionismo
profesional.


— Apoyo a la mejora de la productividad y
competitividad de las empresas, incluida la orientación y
asesoramiento.


— Apoyo a la internacionalización de las pequeñas y
medianas empresas, incluida la orientación y el seguimiento del plan de
expansión.


— Apoyo destinado a la contratación, fundamentalmente
de aquellos colectivos con especiales dificultades.


— Financiación destinada a aumentar las oportunidades
de empleo y formación de los jóvenes, incluida la formación dual en
empresas, así como al desarrollo de su primera experiencia profesional,
favoreciendo su movilidad.


— Financiación destinada a mejorar la cualificación
profesional o competencia profesional de los trabajadores.»


MOTIVACIÓN


Una de las medidas fundamentales a arbitrar para crear
empleo es resolver la falta de crédito que están padeciendo nuestros
empresarios. Por ello, se crea este Fondo cuya finalidad fundamental es
la reactivación del empleo, otorgando crédito a las empresas para que
mantengan el empleo o para su creación mediante contrataciones estables,
a la par que se incentiva el autoempleo, la iniciativa emprendedora y el
asociacionismo, fundamentalmente, de aquellos colectivos más necesitados
de ayudas, como son los parados de larga duración, mujeres y jóvenes. Con
esta finalidad, se apoya el crecimiento de jóvenes empresas innovadoras,
desarrollando el Estatuto de Joven Empresa Innovadora previsto en la
nueva Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Y también se
apoya la mejora de la productividad y competitividad de nuestras
empresas, sin olvidarnos de su internacionalización, para coadyuvar al
cambio de nuestro modelo productivo.



ENMIENDA NÚM. 1040


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.









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915




ENMIENDA


De adición.


A la disposición adicional (nueva).


Se propone la adición de la disposición adicional (nueva),
que tendrá la siguiente redacción:


«Disposición adicional (nueva).


Durante 2013 podrán ampliar su plantilla aquellos entes de
derecho público que de acuerdo con los ingresos percibidos por la
realización de sus actividades o la prestación de sus servicios, cuenten
con recursos económicos necesarios para que dicha ampliación no suponga
un incremento de los gastos con cargo a los presentes Presupuestos
Generales del Estado.»


MOTIVACIÓN


Permitir la posibilidad de que determinados entes públicos,
que se autofinancian y que tienen necesidad de nuevo personal, puedan
ampliar la plantilla durante el año 2013.



ENMIENDA NÚM. 1041


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se añade una nueva disposición adicional.


Se propone la adición de una nueva disposición adicional
con la siguiente redacción:


«Disposición adicional (Nueva). Modificación Ley 37/1992,
de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.


Se establece una nueva redacción para el punto 2, del
apartado Uno, del artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del
Impuesto sobre el Valor Añadido:


“Artículo 91. Tipos impositivos reducidos.


Uno. Se aplicará el tipo del 10 por ciento a las
operaciones siguientes:


2. Las prestaciones de servicios siguientes:


1-5. Igual.


6. Las entrada a teatros, conciertos, exposiciones, salas
de cine, espectáculos, parques de atracciones y atracciones de feria,
bibliotecas, museos, parques zoológicos, así como las prestaciones de
servicios de carácter cultural que figuran en el artículo 20, apartado
uno, número 14, de esta ley cuando no estén exentas del impuesto.


7-12. Igual.”»


MOTIVACIÓN


La reforma del Impuesto del Valor Añadido introducida por
el Gobierno en el Real Decreto-Ley 20/2012 ha supuesto una subida del IVA
cultural de más de 13 puntos. Con esta modificación, se pretende paliar









Página
916




el impacto negativo que esta subida está teniendo en el
consumo de servicios culturales. Conviene señalar que la media del IVA en
los países de la UE para este tipo de bienes y servicios es del 10,1%
frente al 21% que ha establecido el Gobierno en España.



ENMIENDA NÚM. 1042


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se añade una nueva disposición adicional.


Se propone la adición de una nueva disposición adicional
con la siguiente redacción:


«Disposición adicional (Nueva). Modificación Ley 37/1992,
de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.


Se añade un nuevo epígrafe en el punto 1, del apartado Dos,
del artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre
el Valor Añadido.


Dos. Se aplicará el tipo del 4 por ciento a las operaciones
siguientes:


1. Las entregas, adquisiciones intracomunitarias o
importaciones de los bienes que se indican a continuación:


1.º-6.º Igual.


7.º Los cuadernos, blocs, agendas, mapas, partituras,
forros, plastilinas, así como el resto de objetos (excluyendo equipos
electrónicos) y materiales que, por su naturaleza, sólo puedan utilizarse
como material escolar.»


MOTIVACIÓN


La reforma del Impuesto del Valor Añadido introducida por
el Gobierno en el Real Decreto-Ley 20/2012 ha supuesto una subida del IVA
en buena parte del material escolar de más de 17 puntos. Esto supone una
enorme carga para las familias y los centros escolares, en un momento de
dificultades económicas y de restricciones presupuestarias para la
educación pública.



ENMIENDA NÚM. 1043


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición derogatoria
nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se propone la adición de una nueva Disposición derogatoria,
con la siguiente redacción:









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917




«Disposición derogatoria... Derogación del incremento de
los tipos impositivos del Impuesto sobre el Valor Añadido.


Con efectos 1 de enero de 2013 se deroga el artículo 23 del
Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la
estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.»


MOTIVACIÓN


Dejar sin efecto el incremento de los tipos impositivos del
IVA, decisión que va a deprimir aún más la actividad económica,
constituyendo además una medida injusta e inequitativa al hacer recaer
los efectos de la crisis sobre las clases medias y bajas que son las que
sufren con mayor intensidad las consecuencias prácticas de dicha subida
impositiva.



ENMIENDA NÚM. 1044


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se propone la adición de una nueva disposición final, con
la siguiente redacción:


«Disposición final xxx. Reducciones por arrendamiento de
bienes inmuebles destinados a vivienda.


Con efectos para los periodos impositivos que se inicien a
partir del 1 de enero de 2013, el apartado 2 del artículo 23 de la Ley
3512006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre
Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, queda
redactado de la siguiente forma:


“1. En los supuestos de arrendamiento de bienes
inmuebles destinados a vivienda, el rendimiento neto calculado con
arreglo a lo dispuesto en el apartado anterior, se reducirá en un 60 %.
Tratándose de rendimientos netos positivos, la reducción sólo resultará
aplicable respecto de los rendimientos declarados por el
contribuyente.


2. Dicha reducción será del 100 %, cuando el arrendatario
tenga una edad comprendida entre 18 y 30 años y unos rendimientos netos
del trabajo o de actividades económicas en el período impositivo
superiores al indicador público de renta de efectos múltiples.


El arrendatario deberá comunicar anualmente al arrendador,
en la forma que reglamentariamente se determine, el cumplimiento de estos
requisitos.


Las reducciones previstas en los anteriores números 1.° y
2.° sólo se aplicarán sobre una cuantía máxima de 12.000 euros de
rendimientos netos anuales. Los rendimientos netos que superen el citado
importe no serán objeto de reducción en la parte en que excedan de dicho
límite.


Cuando existan varios arrendatarios de una misma vivienda,
esta reducción se aplicará sobre la parte del rendimiento neto que
proporcionalmente corresponda a los arrendatarios que cumplan los
requisitos previstos en este número 2.°”»


MOTIVACIÓN


La Ley del IRPF contempla una reducción del 60 o del 100%,
según los casos, del importe de los rendimientos obtenidos por el
arrendamiento de viviendas, sin ningún límite por razón de la cuantía de
los ingresos obtenidos. En la actual situación parece conveniente
corregir la citada previsión, limitando el beneficio fiscal a una cuantía
razonable y compatible con la finalidad de estimular el alquiler de
viviendas, pero de aquellas que tienen un coste asequible para los
inquilinos.










Página
918




ENMIENDA NÚM. 1045


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Anexo II. Segundo. Doce.


ENMIENDA


De adición.


Al anexo II, Créditos ampliables, segundo, doce.


Añadir un nuevo epígrafe d) con el siguiente texto:


«d) El crédito 32.01.941-0-755 “A las CC.AA. de
Andalucía, Aragón, Castilla y León, Cataluña, Extremadura e Illes
Balears, en cumplimiento de lo establecido en materia de inversiones en
sus respectivos Estatutos de Autonomía”.»


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en los
Estatutos de Autonomía sobre inversiones del Estado.



ENMIENDA NÚM. 1046


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Anexo nuevo.


ENMIENDA


De adición.


Se añade un nuevo anexo al Proyecto de Ley con el siguiente
texto:


Nuevo Anexo. Inversiones del Estado en la Comunidad
Autónoma de Cataluña referidas en la disposición adicional.


Infraestructuras viarias:


B-40, Cuarto Cinturón.Tramo Olesa-Viladecavalls (6,2
km).


B-40, Cuarto Cinturón. Tramo Terrassa-Granollers
(P.C.).


Licitación e inicio nuevos accesos viarios al Puerto de
Barcelona.


Conexión A-2-AP-7 en el Baix Llobregat. Sant Andreu de la
Barca-El Papiol.


Cinturón Litoral. Tramo Zona Franca-Morrot.


Connexión Pallejà-Molins de Rei (AP-2, A-2, B-24).


Prolongación de la C-32 y conexión con la B-23. El
Prat-Sant Boi de Llobregat Autovía A-7. Tramo Vilafranca-Abrera.


Autovía A-7. Tramo Abrera-Barcelona.


Autovía A-7 entre Altafulla y Vilafranca del Penedés
(P.C.).


Autovía A-7 La Jana-El Perelló (P.C.).


Apantallamiento de la B-23 a su paso por Esplugues de
Llobregat.


Redacción proyecto integración ambiental B-23 a su paso por
Esplugues de Llobregat (E.l.).


Construcción carril bus VAO desde Molins de Rei a
Barcelona.


Cubrimiento de la B-20 a su paso por Santa Coloma de
Gramenet.


A-2 Mejora de la seguridad y tercer carril entre Igualada y
Martorell A-2 Pantallas acústicas en El Bruc.









Página
919




A-2 Tramo Tordera-Maçanet de La Selva (8,9 km).


A-2 Tramo Maçanet de La Selva-Sils (4,7 km).


A-26 Tramo Figueres-Besalú.


N-260 Eje pirenaico en Girona: tramo Figueres-Llança;
Olot-Ripoll; Ripoll-Puigcerdá.


Construcción rotonda de Vilafant (N-260).


N-II. Sant Julià de Ramis-Medinyà. Conversión vía
urbana.


Ejecución y finalización obras de la N-145 entre La Seu
d’Urgell-Andorra.


Traspaso de carreteras estatales a Ayuntamiento de Lleida
por obras ya ejecutadas y certificadas.


Ejecución de obras conveniadas con Ayuntamiento de Lleida
en LL-11, N-230 y N-240.


A-14 Tramo Lleida-Roselló (enlace A-2) (6,0km) (El/PC).


A-14 Tramo: Almenar- L.P, Huesca (7,3 km).


N-230 Boca Norte Túnel Vielha.


Adecuación del tramo urbano a su paso por Alfarrás.


N-240 construcción rotondas en los municipios de Juneda y
Puigvert (Lleida) A-27 Variante de Valls.


A-27 Tramo El Morell-Variante de Valls.


A-27 Tramo Variante de Valls-Montblanc.


Variante en la CN-420 en el municipio de Gandesa.


Variante en la CN-420 en el municipio de Corbera
d’Ebre.


Convenio traspaso N-II Maresme.


Infraestructuras ferroviarias:


Acceso ferroviario Cercanías terminal T-1 El Prat.


Ejecución conexión ferroviaria de mercancías de ancho mixto
(ibérico i UIC) en Puerto de Barcelona.


Soterramiento de vías a su paso por Sant Feliu de
Llobregat.


Remodelación y mejora estación de Sants (Barcelona).


Nueva línea ferroviaria Castelldefels, Cornellá, Zona
Universitaria (P.C.) Línea Férrea Barcelona-Puigcerdá: duplicación vía
Montcada-Vic (P.C.).


Soterramiento línea convencional Barcelona-Portbou en
Montcada i Reixach Enlace líneas R3-R8 en Montcada i Reixach y nuevas
estaciones.


Construcción nueva estación Ripoliet.


Construcción nueva estación Santa Perpétua de la
Mogoda.


Construcción de una nueva estación en Can Llong-Castellamau
en Sabadell (P.C.).


Rehabilitación y mejora estación RENFE Sabadell-Centre.


Intercambiadores de la línea Papiol-Mollet en Baricentro,
Hospital General y Volpelleres entre RENFE y FGC (E.l.).


Soterramiento del tren convencional en Girona (P.C.).


Renovación de la línea Reus-Mora d’Ebre.


Paso a Nivel en la Plaza de los Carros (II fase-tránsito
rodado) en el casco urbano de Tarragona.


Construcción de un paso subterráneo peatonal en la Vial
Férreas en el municipio de Calafell.


Cubrimiento de las vías entre Comtes d’Urgell y la
estación en Lleida.


Modernización de la infraestructura dentro Plan de
Infraestructuras de Cercanías de Barcelona (2008-2015).


Mantenimiento y mejora de la red y estaciones de Cercanías
en el Baix Llobregat.


Mejora de la accesibilidad y adecuación de las estaciones
(R4), dentro del Plan de Cercanías.


Licitación integración urbana de la línea R-2 en
L’Hospitalet e intercambiador de La Torrassa.


Adecuación y mejora estación Arc de Triomf (prolongación
andenes).


Obras para la de defensa de la línea ferroviaria de
Cercanías R1 en la comarca del Maresme.


Línea orbital ferroviaria (Vilanova i la Geltrú-Vilafranca
del Penedés-Martorell-Terrassa-Sabadell-Granollers-Mataró).


Integración urbana del ferrocarril en Sitges y en Vilanova
y la Geltrú (línea orbital ferroviària).


Aportación del Estado a la Generalitat para hacer frente al
Convenio de Cercanías en Barcelona y creación de los servicios de
Cercanías en Girona, Lleida y Tarragona.


Il.ª Fase adecuación estación urbana de Tarragona.


Finalización de las obras de soterramiento de las líneas
ferroviarias en Vilafranca del Penedés.









Página
920




Construcción de la nueva estación de trenes regionales en
Vilafranca del Penedés en los terrenos del PAET de la Línea de Alta
Velocidad Barcelona-Madrid.


Corredor Mediterráneo:


Finalización de los trabajos de la L.A.V para la conexión
con la frontera francesa y puesta en funcionamiento.


Construcción estación L.A.V La Sagrera.


Redacción del proyecto y licitación de la conexión
ferroviaria en ancho Ibérico y UIC con tercer carril entre la red
ferroviaria interna del Puerto de Tarragona y Martorell.


Redacción del proyecto y licitación variante de Martorell
con nuevo trazado hasta el nudo de Castellbisbal con ancho ibérico i
UIC.


Conexión del Corredor Mediterráneo con la LAV
Madrid-Barcelona. Duplicación de vía L’Hospitalet de
I’Infant-Tarragona.


Estación central del Corredor del Mediterráneo-Aeropuerto
de Reus.


Redacción de los proyectos de los nodos logísticos
intermodales de La Llagosta, Vilamalla y Penedés.


Integración urbana del ferrocarril en Montmeló.


Otras actuaciones:


Incremento de la aportación a la Autoridad Metropolitana
del Transporte (ATM) Puesta en marcha del Fondo de homogeneización y
rescate selectivo de peajes.


Mercado de Mayoristas de Tarragona.


Finalización de las obras del embalse de I’Albagés
(Canal Segarra-Garrigues) Monasterio Vallbona de les Monges.


Abastecimiento a Lleida de la Mancomunidad del Canal de
Pinyana (3.ª fase).»


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en el
Estatuto de Autonomía de Cataluña.




El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de
Catalunya (GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula 119 enmiendas al Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.


Palacio del Senado, 26 de noviembre de 2012.—El
Portavoz, José Montilla Aguilera.


ENMIENDA NÚM. 1047


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y
Cooperación.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 01.


Programa: 141-M.









Página
921




Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48110. Fundación CEI (Centro de Estudios
Internacionales).


Importe: 10 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 10 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1048


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y
Cooperación.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 04.


Programa: 142-A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48102. Fundación CIDOB.


Importe: 60 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 60 (miles de euros).









Página
922




MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1049


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y
Cooperación.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 04.


Programa: 142-A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48109. Instituto de Estudios del Mediterráneo
(IEMED).


Importe: 15 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 15 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1050


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de
Justicia.


ENMIENDA


De modificación.









Página
923




ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02.


Programa: 112-A.


Capítulo: 4.


Articulo: 46.


Concepto: 462. Subvención por gastos en Juzgados de Paz
(art. 52 Ley de Demarcación y de Planta Judicial).


Importe: 724,62 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 724,62 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1051


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 15. Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públcias


ALTA


Sección: 15.


Servicio: 27.


Programa: 942-A.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: (Nuevo). Fondo especial para la financiación a
favor de los municipios de población no superior a 20.000 habitantes.


Importe: 45.049,15 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.









Página
924




Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 45.049,15 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1052


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 15. Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas


ALTA


Sección: 15.


Servicio: 27.


Programa: 942-A.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 750. A la Generalitat de Catalunya como
aportación del Estado al Plan Único de Obras y Servicios de
Catalunya.


Importe: 2.592 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.592 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Con el fin de que la Federación Española de Municipios y
Provincias pueda continuar desarrollando sus funciones.










Página
925




ENMIENDA NÚM. 1053


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 15. Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas


ALTA


Sección: 15.


Servicio: 27.


Programa: 942-A.


Capítulo: 7.


Artículo: 76.


Concepto: 760. A las Diputaciones, Cabildos, Consejos
Insulares, Comunidades Autónomas uniprovinciales y Ayuntamientos de Ceuta
y Melilla como aportación a la financiación de las inversiones de las
entidades locales por Cooperación Económica Local del Estado.


Importe: 16.685,26 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 16.685,26 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1054


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.









Página
926




Sección 15. Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas.


ALTA


Sección: 15.


Organismo: 101.


Programa: 462-N. Investigación y estudios estadísticos y
económicos.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: (Nuevo). Ayuda pendiente al Congreso 2011 de ERSA
(European Regional Science Association), celebrado en Barcelona.


Importe: 100 (miles de euros).


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 100 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1055


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 15 MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS


ALTA


Sección: 15.


Servicio: 27.


Programa: 942-A. Cooperación económica local del
Estado.


Concepto: 750. A la Generalitat de Catalunya como
aportación del Estado al Plan Único de Obras y Servicios de Catalunya
(PUOSC).


Importe: 2.592 miles de euros.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: Otros imprevistos.









Página
927




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: Reducción en 2.592 miles de euros.


MOTIVACIÓN


Recuperar lo previsto en los Presupuestos Generales del
Estado de 2011 y suprimido tanto en los de 2012 como de 2013.



ENMIENDA NÚM. 1056


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 17. Ministerio de Fomento.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38. Dirección General de Carreteras.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 61.


Proyecto: 2003.17.38.3602. N-340. Variante de Vallirana
(2,2 km).


Importe: 30.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos ministeriales.


Importe: 30.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
928




ENMIENDA NÚM. 1057


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 17. Ministerio de Fomento.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 18.


Programa: 495-A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 483. Subvención al Observatorio del Ebro.


Importe: 80 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 80 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1058


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. FOMENTO


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 09. DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA Y POLÍTICA
DE VIVIENDA.









Página
929




Programa: 261 - N.


Capítulo: 75.


Artículo: 750.


Concepto: (Nuevo) Remodelación Barrios de
L’Hospitalet.


Importe: 3.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 3.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


El Ministerio de Vivienda y el Ayuntamiento de
L’Hospitalet de Llobregat suscribieron en el año 2008 un convenio
para la rehabilitación del parque de viviendas en los barrios de
Bellvitge, Gornal, Sant Josep, Santa Eulàlia y La Torrasa, todos ellos
afectados por las obras de la línea ferroviaria de Alta Velocidad a su
llegada a Barcelona.


Desde la firma del citado convenio, el Ayuntamiento ha
recibido las anualidades acordadas hasta el presente año, 2012, en el que
sólo se presupuestó un millón de euros, frente a los cuatro que deberían
haberse consignado para completar los 17 millones de euros
comprometidos.


Más de 12.000 vecinos de los barrios mencionados ya han
avanzado el importe de las obras realizadas en sus viviendas y, en otros
casos, las empresas que las han llevado a cabo —en su mayoría
pequeños promotores— todavía están pendientes de cobro.


Por esta razón, se solicita la inclusión de esta partida
para el pago de las actuaciones de rehabilitación ya realizadas en los
barrios de L’Hospitalet de Llobregat en función del compromiso
adquirido con el Gobierno del Estado.



ENMIENDA NÚM. 1059


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de
Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 09. DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA Y POLÍTICA
DE VIVIENDA.


Programa: 261 - N.


Capítulo: 75.


Artículo: 750.


Concepto: (Nuevo) Remodelación Barrios Sants-Badal.


Importe: 3.000 (miles de euros).









Página
930




BAJA


Sección: 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 3.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Hacer efectivo el abono de las cantidades pendientes en
virtud del convenio firmado entre el Ministerio de Vivienda y el
Ayuntamiento de Barcelona, en el año 2008, para la rehabilitación de
viviendas en los barrios de Sants-Badal.



ENMIENDA NÚM. 1060


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Organismo: 201. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y
de la Música (INAEM).


Programa: 335A.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: Nuevo. Al Consorcio del Auditori de Barcelona
para la financiación de obras en sus instalaciones.


Importe: 1.500 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.500 (miles de euros).









Página
931




MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1061


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Organismo: 201. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y
de la Música (INAEM).


Programa: 335A.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: 46445. Al Consorci Mercat de les Flors-Centre de
les Arts de Movimen para sus actividades.


Importe: 500 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1062


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.









Página
932




Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Organismo: 105.


Programa: 332B.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Concepto: 1998 18 14 0135. Nueva Sede Biblioteca Pública
del Estado en Barcelona.


Importe: 3.100 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 3.100 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1063


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 337B.


Capítulo: 6.


Artículo: 63.


Proyecto: Nuevo. Restauración del Castell Palau de Pinós de
Bagá-2.ª fase.


Importe: 120 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.









Página
933




Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 120 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1064


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Organismo: 201. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y
de la Música (INAEM).


Programa: 335A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48400. A la Fundación del Gran Teatre del Liceu.
Aportación ordinaria para sus actividades.


Importe: 1.500 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.500 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
934




ENMIENDA NÚM. 1065


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Organismo: 201.


Programa: 335B.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 45408. A la Fundación Teatre Lliure-Teatre Públic
para actividades teatrales.


Importe: 300 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 300 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1066


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 06.









Página
935




Programa: 322C.


Capítulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: Nuevo. Al Instituto de la Universidad de las
Naciones Unidas para la Alianza de Civilizaciones con sede en el Centre
Internacional de la Mediterrània a l’Hospital de Sant Pau
(Barcelona).


Importe: 1.800 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 1.800 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1067


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Organismo: 105.


Programa: 332B.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: Nuevo. Biblioteca del Fondo Sta. Coloma Coloma de
Gramenet.


Importe: 400 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.









Página
936




Importe: 400 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1068


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 333A.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: Nuevo. Centro Walter Benjamin de Portbou.


Importe: 60 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 60 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1069


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.









Página
937




ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 333A.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 45601. Al Consorcio del MACBA para gastos de
funcionamiento.


Importe: 2.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1070


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 334A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: Nuevo. Festival de Cap Roig.


Importe: 50 (miles de euros).









Página
938




BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 50 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1071


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 333A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: Nuevo. Festival de Perelada.


Importe: 50 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 50 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
939




ENMIENDA NÚM. 1072


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 334A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: Nuevo. Festival de Porta Ferrada.


Importe: 50 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 50 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1073


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.









Página
940




Programa: 333A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48501. A la Fundación Privada Antoni Tàpies para
gastos de funcionamiento.


Importe: 500 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1074


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 333A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48514. A la Fundación Joan Miró de Barcelona para
gastos de funcionamiento.


Importe: 500 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.









Página
941




Importe: 500 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1075


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 333A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 483. Al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC)
para gastos de funcionamiento.


Importe: 2.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1076


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.









Página
942




ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 334A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: Nuevo. Shubertiada a Vilabertran.


Importe: 30 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 30 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1077


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 332A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2007.24.103.0001. Archivo Histórico Provincial de
Gerona. Nueva Sede.


Importe: 500 (miles de euros).









Página
943




BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1078


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 13.


Programa: 334A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: Nuevo. Centre la Fraternal
(Palafrugell-Girona).


Importe: 150,00 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 150,00 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.










Página
944




ENMIENDA NÚM. 1079


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 333A.


Capítulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: Nuevo. Centro de Arte Carmen Thyssen de S. Feliu
de Guixols para gastos de funcionamiento (Girona).


Importe: 60 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 60 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1080


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.









Página
945




Servicio: 11.


Programa: 335B.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: 464 (Nuevo). Festival Temporada Alta
(Girona-Salt).


Importe: 100 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 100 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1081


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 333A.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: Nuevo. Museo del Joguet de Catalunya
(Figueres).


Importe: 25 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.









Página
946




Importe: 25 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1082


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 337B.


Capítulo: 6.


Artículo: 63.


Proyecto: Nuevo. Recuperación del Mercat del Plá
(Lleida).


Importe: 140 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 140 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la Partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1083


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.









Página
947




ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 333A.


Capítulo: 6.


Artículo: 63.


Proyecto: 2009 24 103 0028. Museo de la Necrópolis
Paleocristiana de Tarragona.


Importe: 1.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1084


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 333A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2009 24 103 0100. Nuevo Museo Nacional
Arqueológico de Tarragona.


Importe: 1.500 (miles de euros).









Página
948




BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.500 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1085


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 18. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE


ALTA


Sección: 18


Servicio: 11. DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Y BIENES
CULTURALES Y DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS.


Programa: 337 - C.


Capítulo: 7.


Artículo: 76.


Concepto: (NUEVO) CONSOLIDACIÓN Y RESTAURACIÓN DEL CASTELL
DE LES (VALL D’ARAN).


Importe: 150 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 150 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación referida.










Página
949




ENMIENDA NÚM. 1086


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 18. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11. DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Y BIENES
CULTURALES Y DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS.


Programa: 337 - C.


Capítulo: 7.


Artículo: 76.


Concepto: (NUEVO) CONSOLIDACIÓN Y TRABAJOS ARQUITECTÓNICOS
EN LOS RESTOS DEL CASTELL LLEÓ EN EL MUNICIPIO DE LES BORDES.


Importe: 75 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. GASTOS DE DIVERSOS MINISTERIOS.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 75 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación referida.



ENMIENDA NÚM. 1087


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 07.









Página
950




Programa: 231 -B.


Capítulo: 4.


Artículo: 49.


Concepto: 49001. Nuevo. Programa de atención a nuevos
emigrantes.


Importe: 500 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departarmentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Atender las necesidades de los nuevos emigrantes españoles
que recientemente, tanto desde los Centros e Instituciones que existan
como desde aquellos que puedan crearse para atender sus necesidades
específicas.



ENMIENDA NÚM. 1088


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 07.


Programa: 231 - B.


Capítulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: 440 (nuevo). Acciones en el ámbito
migratorio-ayudas a UNED.


Importe: 250 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departarmentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capitulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Articulo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.









Página
951




Importe: 250 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Reponer y dotar adecuadamente la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1089


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 07.


Programa: 231 - B.


Capítulo: 4.


Articulo: 48.


Concepto: 48303 (nuevo). Ayudas para emigrantes retornados,
sus familias y entidades que trabajen a favor de estos colectivos,
cofinanciados con el FSE.


Importe: 750 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departarmentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 750 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Reponer y dotar adecuadamente la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1090


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.









Página
952




ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 07.


Programa: 231 - B.


Capítulo: 7.


Artículo: 79.


Concepto: 790. Para centros e instituciones asociativas de
carácter social, benéfico cultural y educativo.


Importe: 530 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 530 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar adecuadamente la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1091


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 07.


Programa: 231 -H.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 45500 (nuevo). Fondo de apoyo a la acogidad e
integración de inmigrantes así como al refuerzo educativo de los
mismos.


Importe: 30.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31.









Página
953




Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 30.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Se recupera el Fondo Estatal de apoyo a la acogida e
integración de inmigrantes así como para el refuerzo educativo de los
mismos, por tratarse de un instrumento de cohesión social de
extraordinaria importancia.



ENMIENDA NÚM. 1092


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 07.


Programa: 231 - B.


Capítulo: 4.


Articulo: 49.


Concepto: 49201. Otras ayudas cofinanciadas y no
cofinanciadas con el FSE.


Importe: 1.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Articulo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar adecuadamente la partida de referencia










Página
954




ENMIENDA NÚM. 1093


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 07.


Programa: 231 -B.


Capitulo: 4.


Articulo: 49.


Concepto: 49200. Prestaciones por razón de necesidad.


Importe: 10.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 10.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar adecuadamente la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1094


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 45. A Comunidades Autónomas.









Página
955




Concepto: 459. Nuevo. Para políticas activas de empleo
mediante convenios de colaboración con Comunidades Autónomas y,
específicamente, con aquellas que presenten mayores tasas de
desempleo.


Importe: 1.000.000,00 (miles de euros).


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS


Sección: 19.


Organismo: 101.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 40. De la Administración del Estado.


Concepto: 400.02. Para financiar el presupuestos del
Servicio Público de Empleo Estatal.


Importe: 1.000.000, 00 (miles de euros).


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 03. Secretaría de Estado de Empleo.


Programa: 000-X. Transferencias internas.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 41. A organismos autónomos.


Concepto: 412. Para financiar el presupuesto del Servicio
Público de Empleo Estatal.


Importe: 1.000.000,00 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 M. Imprevistos y Funciones no
Clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales


Importe: 1.000.000, 00 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Se dota con 1.000 millones una partida presupuestaría
dirigida al desarrollo de políticas activas de empleo mediante convenios
de colaboración con Comunidades Autónomas, específicamente, con aquellas
que presentan mayores tasas de desempleo.


El reparto se realizará de conformidad con lo establecido
en la Orden TIN 887/2011, de 5 de abril. En la Comunidad Autónoma de
Andalucía dicho convenio contemplará un Plan Integral de empleo en el que
se incluirán los agentes locales de promoción de empleo (ALPES).



ENMIENDA NÚM. 1095


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.









Página
956




ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 47. A empresas privadas.


Concepto: 472.01. Autoempleo y creación de empresas.


Importe: 5.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 482.28. Fomento de agencias privadas de
colocación.


Importe: 5.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


El autoempleo y la creación de empresas constituyen un
mecanismo de creación de empleo de suma importancia, por lo que es
necesario dotar suficientemente esta partida presupuestaría. Por lo que
respecta a la baja, se detrae de un nuevo concepto cuya finalidad es el
fomento de las agencias privadas de colocación que, sin menosprecio de su
importancia, no necesitan de esta ayuda pública para desarrollar su
función.



ENMIENDA NÚM. 1096


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 45. A Comunidades Autónomas.


Concepto: 454.06. Autoempleo y creación de empresas.


Importe: 15.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 19.









Página
957




Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capitulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 482.28. Fomento de agencias privadas de
colocación.


Importe: 15.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


El autoempleo y la creación de empresas constituyen un
mecanismo de creación de empleo de suma importancia, por lo que es
necesario dotar suficientemente esta partida presupuestaría. Por lo que
respecta la baja, se detrae de un nuevo concepto cuya finalidad es el
fomento de las agencias privadas de colocación que, sin menosprecio de su
importancia, no necesitan de esta ayuda pública para desarrollar su
función.



ENMIENDA NÚM. 1097


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 03.


Programa: 241 N. Desarrollo del trabajo autónomo, de la
economía social y de la responsabilidad social de las empresas.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 484. Subvenciones para el desarrollo y acciones
de formación, difusión y fomento de la economía social, la
responsabilidad social de las empresas y el trabajo autónomo.


Importe: 1.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 19.


Servicio: 01.


Programa: 291 M. Dirección y Servicios Generales de
Segundad Social y Protección Social.


Capítulo: 2. Gastos corrientes en bienes y servicios.


Artículo: 22. Material, suministro y otros.


Concepto: 227.06. Estudios y trabajos técnicos.


Importe: 1.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


El desarrollo de la formación, la difusión y fomento de la
economía social, la responsabilidad social de las empresas y el trabajo
autónomo, constituyen mecanismos que ayudan a avanzar en una economía más
emprendedora, basada en el conocimiento y en el compromiso social. Por lo
que se refiere a la baja, la misma se propone de una partida
suficientemente dotada para desarrollar su función.










Página
958




ENMIENDA NÚM. 1098


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 03.


Programa: 241 N. Desarrollo del trabajo autónomo, de la
economía social y de la responsabilidad social de las empresas.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 485. Subvenciones para sufragar los gastos de
funcionamiento de las asociaciones de cooperativas, de sociedades
laborales, de trabajadores autónomos y otros entes representativos de la
economía social, de ámbito estatal.


Importe: 1.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 19.


Servicio: 01


Programa: 291 M. Dirección y Servicios Generales de
Seguridad Social y Protección Social.


Capítulo: 2. Gastos corrientes en bienes y servicios.


Artículo: 22. Material, suministro y otros.


Concepto: 227.06. Estudios y trabajos técnicos.


Importe: 1.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Apoyo a las asociaciones de cooperativas, sociedades
laborales, trabajadores autónomos y entes representativos de la economía
social en general, dado el papel que desarrollan en la economía y en la
generación de empleo. De otro lado, se propone la baja de una partida
suficientemente dotada para desarrollar su función.



ENMIENDA NÚM. 1099


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de
Empleo y Seguridad Social.


ENMIENDA


De modificación.









Página
959




ALTA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capitulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 45. A Comunidades Autónomas.


Concepto: 450.01. Nuevo: Medidas para el refuerzo de la
atención a la demanda y oferta de empleo en el sistema nacional de empleo
incluida la contratación de 1.500 orientadores de empleo y 1.500
promotores de empleo, prorroga del plan extraordinarios de medidas de
orientación, formación profesional e inserción laboral.


Importe: 60.000,00 (miles de euros).


BAJA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capitulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 487.03. Financiación de bonificaciones en las
cotizaciones de la Seguridad Social acogidas a medidas de fomento de
empleo por contratación laboral.


Importe: 60.000,00 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Reponer la partida destinada a la contratación de 1.500
orientadores de empleo y 1.500 promotores de empleo, personal
especializado incorporado a los servicios públicos de empleo, como
retuerzo en la atención de las personas desempleadas, y cuya desaparición
es especialmente grave para el sistema público de empleo, pues actúa en
detrimento del desarrollo de unas políticas activas de empleo que, al
primar la atención personalizada de las personas desempleadas, facilitan
la inserción laboral


Por lo que respecta a la baja, la misma se propone en la
partida que financia las bonificaciones en las cotizaciones a ia
Seguridad Social por contrataciones laborales acogidas a medidas de
fomento del empleo, pues dichas bonificaciones, en lugar de dirigirse a
la contratación de colectivos con especiales dificultades de inserción,
tales como jóvenes, mayores de 55 años o mujeres autónomas que remitían
su actividad transcurrido su permiso por maternidad —estas últimas
eliminadas por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de junio, de Medidas
para garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la
Competividad—, contemplan una bonificación genérica y, por tanto,
ineficaz para remover los obstáculos en la contratación y dinamizar el
empleo en el mercado laboral, actuando, además, en contra de las
Conclusiones del Congreso de los Diputados en materia de Bonificaciones,
de 24 de marzo de 2010.



ENMIENDA NÚM. 1100


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.


ENMIENDA


De modificación.


Sección: 20. Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio.









Página
960




ALTA


Sección: 20.


Servicio: 12.


Programa: 467I.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: (Nuevo). A la Fundación privada pel Foment de la
Societat del Coneixement (CITILAB), Cornellà de Llobregat.


Importe: 370 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 370 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1101


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.


ENMIENDA


De modificación.


Sección: 20. Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio.


ALTA


Sección: 20.


Servicio: 16.


Programa: 422M.


Capítulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: (Nuevo). Plan Industrialización de les Terres de
I’Ebre (2.ª fase).


Importe: 10.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.









Página
961




Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 10.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1102


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.


ENMIENDA


De modificación.


Sección: 20. Ministerio de Industria, Energía y
Turismo.


ALTA


Sección: 20.


Organismo: 101.


Programa: 457M.


Capítulo: 7.


Artículo: 76.


Concepto: 761. Para la financiación de proyectos de
infraestructura en Cataluña incluidos en el Plan del Carbón (2006-2012)
en los Municipios de: Aviá, Bagá, Berga, Cercs, Gósol, Guardiola,
Massalcoreig, d’Olvan, Pobla de Lillet, Saldes, Serós, Consell
Comarcal del Berguedá, Consorci de Formació d’lniciatives
CERCS-Berguedá y Consorci Ruta Minera.


Importe: 4.428 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 4.428 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.










Página
962




ENMIENDA NÚM. 1103


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 20. Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio.


ALTA


Sección: 20.


Organismo: 208.


Programa: 432A.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: (Nuevo). Plan de desarrollo turístico Alta
Anoia.


Importe: 500 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1104


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de
Industria, Energía y Turismo.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 20. Ministerio de Industria, Turismo y
Comercio.


ALTA


Sección: 20.


Organismo: 208.









Página
963




Programa: 432A.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: (Nuevo). Plan integral zona turística madura
Costa-Brava.


Importe: 500 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1105


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 18. Dirección General de Desarrollo rural y
política forestal.


Programa: 414C.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: (Nuevo). Convenio desarrollo Rural comarcas
Lleida.


Importe: 1.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 (miles de euros).









Página
964




MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1106


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 05. Dirección General del Agua.


Programa: 452A.


Capítulo: 6.


Artículo: 61.


Proyecto: 1997.23.05.0005. Encauzamiento y regeneración del
río Llobregat.


Importe: 1.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1107


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.









Página
965




ENMIENDA


De modificación.


Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 06. Dirección General de Sostenibilidad de la
Costa y el Mar.


Programa: 456D.


Capitulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: Nuevo. Estabilización playa de S’ Abanell
de Blanes.


Importe: 300 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 300 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1108


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 06. Dirección General de Sostenibilidad de la
Costa y el Mar.


Programa: 456D.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: Nuevo. Paseo Marítimo Platja d’Aro (Port
d’Aro-Ridaura).


Importe: 200 (miles de euros).









Página
966




BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 200 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1109


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medioambiente.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 18. Dirección General de Desarrollo Rural y
Política Forestal.


Programa: 414C.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: Nuevo. Adecuación de caminos naturales en
Lleida.


Importe: 470 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 470 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.










Página
967




ENMIENDA NÚM. 1110


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 18. Dirección General de Desarrollo Rural y
Política Forestal.


Programa: 414B.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: Nuevo. Dinamización económica municipios
Ribagorza «Ribagorça Romànica».


Importe: 1.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1111


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 06. Dirección General de Sostenibilidad de la
Costa y el Mar.









Página
968




Programa: 456D.


Capítulo: 6.


Articulo: 60.


Proyecto: Nuevo. Mejora del Paseo Marítimo de Cunit.


Importe: 3.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 3.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1112


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 18. Dirección General de Desarrollo Rural y
Política Forestal.


Programa: 414C.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: Nuevo. Mancomunitat de la Taula del Sènia.


Importe: 1.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 (miles de euros).









Página
969




MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1113


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 05. Dirección General del Agua.


Programa: 456A.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: Nuevo. Proyecto del canal de conexión de la Bahía
de los Alfacs con el Delta del Ebro y regeneración de aguas.


Importe: 350 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 350 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1114


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.









Página
970




Sección 23. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 06. Dirección General de Sostenibilidad de la
Costa y el Mar.


Programa: 456A.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: Nuevo. Mejora del Paseo Marítimo de Calafell.


Importe: 7.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 7.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1115


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 23. Ministerio de Agricultura Alimentación y Medio
Ambiente.


Organismo: 207. Entidad Estatal de Seguros Agrarios.


Programa: 416-A. Previsión de riesgos de las producciones
agrarias y pesqueras.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 47. A empresas privadas.


Concepto: 471. Plan anual de seguros agrarios y liquidación
de planes anteriores.


Importe: 50.000 (miles de euros).


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS


Sección: 23. Ministerio de Agricultura Alimentación y Medio
Ambiente.


Organismo: 207. Entidad Estatal de Seguros Agrarios.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 40. De la Administración del Estado.


Concepto: 400. Del departamento al que esta adscrito.









Página
971




Importe: 50.000 (miles de euros).


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO


ALTA


Sección: 23. Ministerio de Agricultura Alimentación y Medio
Ambiente.


Organismo: 01. Ministerio, Subsecretaría y Servicios
Generales.


Programa: 000X. Transferencias internas.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 41. A organismos autónomos.


Concepto: 414. Subvención a la entidad estatal de seguros
agrarios.


Importe: 50.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31.


Organismo: 02.


Programa: 929-M.


Capitulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 50.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Mantener los niveles de aseguramiento agrario alcanzado en
los últimos años.



ENMIENDA NÚM. 1116


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313B.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 483. Para financiar todo tipo de actividades
relativas a la promoción de la salud e investigación.


Importe: 10.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.









Página
972




Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 10.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1117


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07. Dirección General de Salud Pública, Calidad e
Innovación.


Programa: 313B.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 483. Nuevo. Centro de innovación para la
simulación en el ámbito de la salud en Igualada. Edificio «4D
Health».


Importe: 600 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929. Imprevistos y funciones no clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 600 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.










Página
973




ENMIENDA NÚM. 1118


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313B. Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 752. A Comunidades Autónomas. Plan de inversiones
para el desarrollo del sistema de información sanitaria.


Importe: 470 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 470 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1119


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.









Página
974




Servicio: 07.


Programa: 313B. Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: (Nuevo). Transferencias a CC.AA. Para toda clase
de gastos. Para el desarrollo de programas de prevención y promoción de
la salud, especialmente en el ámbito de enfermedades emergentes,
reemergentes y de especial relevancia.


Importe: 2.400 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.400 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1120


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313B. Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 454. A Comunidades Autónomas. Estrategias frente
a enfermedades raras así como prevención de otras enfermedades.


Importe: 3.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.









Página
975




Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 3.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1121


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 09.


Programa: 313A.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 453. Fondo de Cohesión Sanitaria.


Importe: 75.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 75.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
976




ENMIENDA NÚM. 1122


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 04.


Programa: 3110. Políticas de Salud y Ordenación
Profesional.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: (Nuevo). Fundación Catalana d’ELA.


Importe: 50 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 50 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1123


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 04.









Página
977




Programa: 3110. Políticas de Salud y Ordenación
Profesional.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: (Nuevo). Fundación García Cugat. Proyectos de
Investigación cartilaginosa, ligamentosa y tendinosa.


Importe: 400 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 400 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1124


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 04.


Programa: 3110. Políticas de Salud y Ordenación
Profesional.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: (Nuevo). A la Fundación Liga Catalana
d’ajuda Oncológica.


Importe: 100 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.









Página
978




Importe: 100 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1125


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 401. Agencia Española del Medicamento y Productos
Sanitarios.


Programa: 313A. Prestaciones y farmacia.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 484. Subvención a la Fundación ONCE.


Importe: 100 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 100 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1126


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.









Página
979




ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313B. Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: Nuevo. Para subvencionar instituciones de
cualquier titularidad sin ánimo de lucro con destino a financiar
Programas de Prevención y Control del SIDA.


Importe: 4.200 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 4.200 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1127


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 04.


Programa: 3110. Salud Pública y Ordenación Profesional.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: Nuevo. Observatorio de Salud de las Mujeres.


Importe: 1.000 (miles de euros).









Página
980




BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1128


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313B. Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: Nuevo. Para coordinar con otros agentes el
desarrollo del Plan Multisectorial de Lucha contra el SIDA.


Importe: 1.500 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.500 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
981




ENMIENDA NÚM. 1129


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313B. Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: Nuevo. Transferencia a Comunidades Autónomas para
toda clase de gastos que originen los programas autonómicos derivados del
Plan Nacional sobre el SIDA.


Importe: 4.800 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 4.800 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1130


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.









Página
982




ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313B. Políticas de Salud y Ordenación
Profesional.


Capítulo: 4.


Artículo: 5.


Concepto: (Nuevo). A Comunidades Autónomas para el
desarrollo del Plan de Salud Bucodental.


Importe: 12.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 12.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1131


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313B.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: (Nuevo). Transferencias a CC.AA. Para financiar
todo tipo de actividades relativas a promoción y prevención de la salud,
investigación y estrategias del SNS.


Importe: 30.117 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
983




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 30.117 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1132


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 16.


Programa: 231F. Otros servicios sociales del Estado.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 45300. Desarrollo de prestaciones básicas de
servicios sociales. Plan Concertado.


Importe: 57.039,42 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos Ministeriales.


Importe: 57.039,42 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1133


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.









Página
984




ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 16.


Programa: 231G. Atención a la infancia y a las
familias.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: Nuevo-Plan estratégico Nacional de Infancia y
Adolescencia.


Importe: 4.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos Ministeriales.


Importe: 4.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1134


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 15.


Programa: 000X. Transferencias internas.


Capítulo: 4.


Artículo: 42.


Concepto: 424. Al IMSERSO, para el cumplimiento de sus
fines.


Importe: 30.000 (miles de euros).









Página
985




BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros Imprevistos.


Artículo: 51. Otros Imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 30.000 (miles de euros).


Sección 60. Estado de ingresos.


ALTA


Sección: 60.


Capítulo: 4.


Artículo: 40.


Concepto: 401.7.0. Para el cumplimiento de sus fines.


Importe: 30.000 (miles de euros).


Presupuestos de gastos del IMSERSO.


Sección: 60.


Servicio: 903.


Programa: 3132. Envejecimiento activo y prevención de la
Dependencia.


Capítulo: 2.


Artículo: 26.


Concepto: 261.5. Concierto de Servicios Sociales con medios
ajenos.


Importe: 30.000 (miles de euros).


Repercusión en el Presupuesto de Gastos de la Sección 60 de
los PGE.


Crédito: Alta.


Orgánica: 60.02.


Programa: 231E.


Económica: 424.


Importe: 30.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1135


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad.









Página
986




ALTA


Sección: 26.


Servicio: 16.


Programa: 231F. Otros Servicios Sociales del Estado.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 459. (Nuevo). Fondo estatal de emergencia para
las familias en situación de pobreza y exclusión social.


Importe: 1.000.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1136


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 22.


Programa: 232C.


Capítulo: 6.


Artículo: 64.


Proyecto: Campaña de sensibilización sobre la violencia de
género, la discriminación y la igualdad en el empleo.


Importe: 1.500 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.









Página
987




Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender las necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.500 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1137


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 17.


Programa: 231F. Otros servicios sociales del Estado.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: (Nuevo). Plan de acción para las personas con
discapacidad.


Importe: 2.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
988




ENMIENDA NÚM. 1138


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 04.


Programa: 311O. Políticas de Salud y Ordenación
Profesional.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: (Nuevo). Fundación privada para la lucha contra
la esclerosis múltiple.


Importe: 100 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 100 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1139


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de
Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07. Dirección General de Salud Pública. Calidad e
Innovación.


Programa: 313-B.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.









Página
989




Concepto: 483. Nuevo. Centro de innovación para la
simulación en el ámbito de la salud en Igualada. Edificio «4D
Health».


Importe: 600 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 600 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1140


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 401.


Programa: 463A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2010214010034. Centro de Nanotecnología y
Nanociencias (Barcelona).


Importe: 2.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos ministeriales.


Importe: 2.000 (miles de euros).









Página
990




MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1141


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 401.


Programa: 463A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2010 21 401 0023. Instituto Ciencias de la Tierra
«Jaume Almera». Barcelona.


Importe: 2.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos ministeriales.


Importe: 2.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1142


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.









Página
991




Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11.


Programa: 463B.


Capitulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: (Nuevo). Instituto Catalán de Fotónicas
(ICFO).


Importe: 750 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos ministeriales.


Importe: 750 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1143


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 401.


Programa: 463A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2010 21 401 0024. Instituto de Investigaciones
Biomédicas. Barcelona.


Importe: 2.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos ministeriales.









Página
992




Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos ministeriales.


Importe: 2.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1144


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11.


Programa: 463B.


Capítulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: (Nuevo). Parque Científico Universidad de
Barcelona.


Importe: 1.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos ministeriales.


Importe: 1.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.










Página
993




ENMIENDA NÚM. 1145


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.


Programa: 463B.


Capítulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: 44906. Al Consorcio Barcelona Supercomputing
Center para sus gastos de funcionamiento.


Importe: 1.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos ministeriales.


Importe: 1.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1146


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.









Página
994




Programa: 463B.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 74901. Al consorcio para la creación,
construcción, equipamiento y explotación del Barcelona Supercomputing
Center-Centro Nacional de Super Computación (BSC-CNS).


Importe: 1.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos ministeriales.


Importe: 1.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1147


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 401.


Programa: 463A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2010214010071. Instituto de las Ciencias del
Espacio.


Importe: 2.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos ministeriales.









Página
995




Importe: 2.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1148


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 401.


Programa: 463A.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 453. Consorcio CSIC-IRTA.


Importe: 200 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos ministeriales.


Importe: 200 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1149


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.









Página
996




ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.


Programa: 463B.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 749. Transferencias para el mantenimiento de los
convenios y programas con las siguientes instituciones:


Plataforma Fenotipal Metabólica CBATEG-Mousse Clínic,
Institut de Investigación Biomèdiques August Pi i Sunyer (IDIBAPS),
Institut de Recerca (IRB), Institut Recerca de lÁigua (ICRA), Institut
Energía de Catalunya, Bioregió de Catalunya-Biocat, Universitad Autónoma
de Barcelona-Centre lnvestigació en Energía i Tecnoloíes i Ciències
Ambientals (CIETCA), Universitat de Girona-Centre dInvestigació
Multidisciplinar en L’ambit Ciència i Tecnologia Agroalimentària i
de les TIC, Universitat de Lleida-Plataforma Tecnológica Biòmica,
Univeritat Politécnica de Catalunya-Campus de la Ingenieria i de la
1nnovació Diagonal-Besòs, Universitat Pompeu Fabra-Campus Comunicaciò
Poblenou-Campus del Mar:Laboratoris i CRAI., Universitat Rovira i
Virgili-Centre de I+D+I en Nutriciò i Salut (Reus), Institut Català
dInvestigació Química Tarragona, Parque Científico y Tecnológico de
Lleida, Centro de Producción Audiovisual (Magical).


Importe: 8.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos ministeriales.


Importe: 8.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1150


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.









Página
997




ALTA


Sección: 27.


Organismo: 205.


Programa: 465A.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: Trasferencia a las siguientes entidades para el
mantenimiento de los convenios y programas de investigación:


— Institut Català de Ciències Cardiovasculars.


— Centre de Medecina Regenerativa.


— Institut Medecina Predictiva i Personalitzada del
Cáncer.


— Institut Recerca Vall Hebron


— IDIBELL-Bellvitge-UB.


— IDIBAPS-Clínic-UB.


— Germans Trias i Pujol-UAB.


— A los CIBERs.


— Centre de Medecina Regenerativa (CMRB).


— Fundació Privada Centre de Regulació Genòmica.


— Fundació Privada Institut de Recerca Biomèdica.


— Plan de Calidad Sistema de Salud.


— Agencia de Evaluación de Tecnología Médica.


Importe: 6.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos ministeriales.


Importe: 6.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1151


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.









Página
998




ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11.


Programa: 463B.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 749. Transferencia a las siguientes entidades
para el mantenimiento de los convenios y programas de investigación:


Fundación universitaria del Bages (Manresa).


Fundació ASCAMM Centre Tecnològic.


Fondo de Investigación Fundación Pasqual Maragall.


Canal de Investigación y Experimentación Marítima.


Centro de Computación y Comunicaciones de Cataluña.


Laboratorio de Resonancia Magnética Nuclear.


Importe: 2.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos ministeriales.


Importe: 2.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1152


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 03.


Programa: 923M. Dirección y Servicios Generales de Economía
y Hacienda.










Página
999




Capítulo: 8. Activos financieros.


Artículo: 87. Aportaciones patrimoniales. Concepto 873.
(Nuevo). Fondo para el empleo en las Pequeñas y Medianas Empresas y para
Emprendedores.


Importe: 5.000.000 (miles de euros).


FINANCIACIÓN


El importe se financiará con Deuda Pública.


MOTIVACIÓN


Dotar con 5.000 millones de euros el «Fondo para el Empleo
en las Pequeñas y Medianas Empresas y para Emprendedores», dotación que
permite movilizar un crédito de en torno a 40.000 millones de euros, por
lo que se erige en un mecanismo de especial importancia para la
activación de la economía real y la creación de empleo.



ENMIENDA NÚM. 1153


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 10.


Programa: 431O.


Capítulo: 8.


Artículo: 83.


Concepto: 832. Préstamos para apoyo al comercio
minorista.


Importe: 2.000,00 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000,00 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1000




ENMIENDA NÚM. 1154


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 740. Fondo Nacional para la Investigación
Científica y Técnica.


Importe: 6.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 6.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el fomento y
coordinación de la investigación científica y técnica, dando entrada a
nuevos proyectos de investigación y prestando especial atención y
prioridad a la incorporación y mantenimiento de personal de investigación
de excelencia investigadora o innovadora acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1155


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


Sección: 27.









Página
1001




Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 741. Fondo Internacional para la Investigación
Científica y Técnica.


Importe: 1.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el fomento y
coordinación de la investigación científica y técnica, dando entrada a
nuevos proyectos de investigación y prestando especial atención y
prioridad a la incorporación y mantenimiento de personal de investigación
de excelencia investigadora o innovadora acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1156


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 750. Fondo Nacional para la Investigación
Científica y Técnica.


Importe: 190.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.









Página
1002




Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 190.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el fomento y
coordinación de la investigación científica y técnica, dando entrada a
nuevos proyectos de investigación y prestando especial atención y
prioridad a la incorporación y mantenimiento de personal de investigación
de excelencia investigadora o innovadora acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1157


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 751. Fondo Internacional para la Investigación
Científica y Técnica.


Importe: 5.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 5.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el fomento y
coordinación de la investigación científica y técnica, dando entrada a
nuevos proyectos de investigación y prestando especial atención y
prioridad a la incorporación y mantenimiento de personal de investigación
de excelencia investigadora o innovadora acreditada.










Página
1003




ENMIENDA NÚM. 1158


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 77.


Concepto: 771. Fondo Internacional para la Investigación
Científica y Técnica.


Importe: 300 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 300 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el fomento y
coordinación de la investigación científica y técnica, dando entrada a
nuevos proyectos de investigación y prestando especial atención y
prioridad a la incorporación y mantenimiento de personal de investigación
de excelencia investigadora o innovadora acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1159


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1004




Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: 780. Fondo Nacional para la Investigación
Científica y Técnica.


Importe: 90.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 90.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el fomento y
coordinación de la investigación científica y técnica, dando entrada a
nuevos proyectos de investigación y prestando especial atención y
prioridad a la incorporación y mantenimiento de personal de investigación
de excelencia investigadora o innovadora acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1160


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 8.


Artículo: 82.


Concepto: 823.


Importe: 230.350,26 (miles de euros).


BAJA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.









Página
1005




Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 8.


Artículo: 83.


Concepto: 833.


Importe: 230.350,26 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dotar adecuadamente la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1161


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 12. Secretaría General de Ciencia, Tecnología e
Innovación.


Programa: 467C. Investigación y desarrollo
tecnológico-industrial.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 74904. Al CDTI para cobertura costes de sus
actividades de financiación.


Importe: 7.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 7.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Garantizar y promover la actividad del CDTI, básica para el
impulso de la competitividad empresarial, a través de la financiación de
proyectos de innovación y desarrollo tecnológico que permitan incorporar
y mantener recursos humanos de excelencia investigadora o innovadora
acreditada.










Página
1006




ENMIENDA NÚM. 1162


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 12. Secretaría General de Ciencia, Tecnología e
Innovación.


Programa: 467C. Investigación y desarrollo
tecnológico-industrial.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 74907. Al CDTI para proyectos de I+D+i
empresarial.


Importe: 120.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 120.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Garantizar y promover la actividad del CDTI, básica para el
impulso de la competitividad empresarial, a través de la financiación de
proyectos de innovación y desarrollo tecnológico que permitan incorporar
y mantener recursos humanos de excelencia investigadora o innovadora
acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1163


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de
Economía y Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.









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1007




Sección 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11. Secretaría de Estado de investigación,
Desarrollo e Innovación.


Programa: OOOX. Transferencias internas.


Capítulo: 7.


Artículo: 73.


Concepto: 730. Al Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (CSIC).


Importe: 10.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 10.000 (miles de euros).


Repercusión en el Presupuesto al CSIC.


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 401. Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (CSIC).


Concepto: 700.00. Para atenciones generales.


Importe: 10.000 (miles de euros).


Estado de gastos.


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 401. Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (CSIC).


Programa: 463A. Investigación científica.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: 780. Formación de personal investigador.


Importe: 10.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el adecuado,
eficaz y eficiente funcionamiento del Consejo Superior de investigaciones
Científicas (CSIC), prestando especial atención y prioridad a la
incorporación y mantenimiento de personal de investigación de excelencia
investigadora o innovadora acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1164


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones
financieras con entes territoriales.









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1008




ENMIENDA


De modificación.


Sección 32. Otras relaciones financieras con las EE.TT.


ALTA


Sección: 32.


Servicio: 01.


Programa: 941O.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 755. A las CC.AA. de Andalucía, Cataluña,
Castilla y León, Aragón, Illes Balears y Extremadura, en cumplimiento de
lo establecido en materia de inversiones en sus respectivos Estatutos de
Autonomía.


Importe: 1.250.000 (miles de euros).


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos ministeriales.


Importe: 1.250.000 (miles de euros).


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en materia
de inversiones en sus respectivos Estatutos de Autonomía.



ENMIENDA NÚM. 1165


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a Sociedad Estatal de
Infraestructuras de Transporte Terrestre, S.A. (SEITTSA).


ENMIENDA


De modificación.


Al anexo de inversiones y al presupuesto de explotación y
capital de la Sociedad Estatal de Infraestructuras de Transporte
Terrestre (SEITTSA)


Anexo de inversiones de SEITTSA.


ALTA


Código de Proyecto: 0050.


Comunidad Autónoma: Catalunya.


Provincia: Barcelona.









Página
1009




Proyecto: Convenio carreteras-V (0046). Clave: 49-B-4210.
Expediente: 20081030-C. Nombre Conexión del Litoral con la C-32.


Importe: 15.000 (miles de euros).


Presupuesto de Explotación y de Capital.


ALTA


Presupuesto de Capital «Estado de flujos de efectivo».


6. Pagos por Inversiones: e) Otros Activos Financieros.


Importe: 15.000 (miles de euros).


BAJA


Presupuesto de Capital «Estado de flujos de efectivo».


Efectivos o equivalentes al final del ejercicio.


Importe: 15.000 (miles de euros).


Asimismo, se adecuarán las cifras del Balance y el resto de
partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones
en el Presupuesto de Capital.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula una enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2013.


Palacio del Senado, 26 de noviembre de 2012.—El
Portavoz, José Manuel Barreiro Fernández.


ENMIENDA NÚM. 1166


Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP)


El Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Disposición final décima quinta.


ENMIENDA


De modificación.


Disposición Final Décima quinta. Modificación de la
disposición adicional octava de la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del
servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado
postal.


Con efectos de 1 de enero de 2013 y vigencia indefinida, se
modifica la disposición adicional octava de la Ley 43/2010, de 30 de
diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios
y del mercado postal, en los siguientes términos:


Uno. Se modifica el apartado 1.B) «Ámbito de aplicación»,
quedando incluidas en el mismo las tres sociedades concesionarias de las
siguientes autopistas de peaje dependientes de la Administración General
del Estado:


Autopista de peaje Alicante-Cartagena. Tramo: desde la
autopista A-7, Alicante-Murcia, hasta Cartagena. Adjudicada por Real
Decreto 1808/1998, de 31 de julio.


Autopista de peaje Santiago de Compostela-Ourense. Tramo:
Santiago de Compostela-Alto de Santo Domingo. Adjudicada por Real Decreto
1702/1999, de 29 de octubre.









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1010




Autopista de peaje León-Astorga. Adjudicada por Real
Decreto 309/2000, de 25 de febrero.


Dos. Se modifica el subapartado C.1) del apartado 1.C),
quedando con la siguiente redacción:


«C.1) Consignación y abono a favor de la sociedad
concesionaria.


Hasta el año 2018, inclusive, la sociedad concesionaria
consignará anualmente, en la cuenta de compensación, la diferencia entre
los ingresos de peaje que se hubieran producido de haberse alcanzado el
80 por 100 de los tráficos previstos en el plan económico financiero
presentado en la oferta de licitación por dicha sociedad y los ingresos
de peaje reales.


La cantidad a consignar anualmente en la cuenta no podrá
superar el 49 por 100 del importe resultante de sumar a los ingresos
anuales de peaje de la concesión la cantidad a consignar y por lo que
restare hasta alcanzar el 80 por 100 referido en el párrafo anterior,
cada sociedad concesionaria de las incluidas en el apartado 1.B de ésta
disposición octava podrá solicitar dentro de los cuatro primeros meses de
cada ejercicio, un préstamo participativo al Ministerio de Fomento. Estos
préstamos participativos tendrán las mismas características que los
definidos en el apartado Dos b. de la Disposición Adicional 41 de la Ley
26/2009 de Presupuestos Generales del Estado 2010 y se procederá al
reequilibrio de la concesión para el único fin de permitir la devolución
del importe del préstamo y sus intereses en las condiciones indicadas en
ese mismo apartado.


El Ministerio de Fomento, dentro del primer trimestre de
cada año otorgará los mencionados préstamos participativos a las
sociedades concesionarias que lo hubieran solicitado.


Dichas cantidades estarán sujetas al límite de
disponibilidades presupuestarias fijadas cada año en la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para estos conceptos. A estos efectos
los ingresos reales de peaje de cada año serán los que figuran en las
últimas cuentas auditadas.


En el mes de enero de cada año, la sociedad concesionaria
presentará a la Delegación del Gobierno en las Sociedades Concesionarias
de Autopistas Nacionales de Peaje el importe consignado en la cuenta de
compensación para su aprobación y posterior abono a la sociedad
concesionaria por la Administración en dicho año.»


Tres. Se modifica el apartado 1.D), quedando con la
siguiente redacción:


«1.D) Facultades normativas y de aplicación.


D.1) Autorización al Gobierno y devengo de intereses.


Se autoriza al Gobierno para que, si las circunstancias
económicas de las sociedades concesionarias así lo aconsejan, y mediante
real decreto a propuesta conjunta de los Ministerios de Hacienda y
Administraciones Públicas y de Fomento, pueda excluir a la sociedad
concesionaria en cuestión de las ayudas previstas en el subapartado CI
del apartado 1C. En todo caso, el saldo de la cuenta de compensación
devengará intereses a partir del 1 de enero de 2014, excepto en las
sociedades concesionarias de las autopistas de peaje Alicante-Cartagena,
Tramo: desde la autopista A-7, Alicante-Murcia, hasta Cartagena; Santiago
de Compostela-Ourense, Tramo: Santiago de Compostela-Alto de Santo
Domingo; y León-Astorga, en las que tal devengo se producirá a partir del
1 de enero de 2016.»


JUSTIFICACIÓN


Para que el Ministerio de Fomento otorgue préstamos
participativos a las sociedades concesionarias.



El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula 68 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2013.


Palacio del Senado, 26 de noviembre de 2012.—El
Portavoz, Joseba Zubia Atxaerandio.









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1011




ENMIENDA NÚM. 1167


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda al Preámbulo. X.


ENMIENDA


De modificación.


Modificar el apartado X, párrafo 4.º del Preámbulo.


Preámbulo, apartado X, párrafo 4.º:


Mediante la presente Ley se restablece el objetivo de
traspaso gradual de los extracostes de generación de los Sistemas
Eléctricos Insulares y Extrapeninsulares establecido en la Disposición
adicional primera del Real Decreto-Ley 6/2009 por el que se adoptan
determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social,
y se establecen las compensaciones de dichos extracostes correspondientes
al año 2012, por un importe máximo con cargo a los Presupuestos Generales
del Estado para 2013 de 1.892.823 miles de euros.


JUSTIFICACIÓN


El déficit tarifario del sector eléctrico se sitúa en
24.000 millones de euros, con un crecimiento anual de 5.000-6.000
millones de euros, conforme viene reconociendo reiteradamente el ministro
de Industria en declaraciones públicas.


Este déficit está afectando profundamente al sistema y pone
en riesgo, no sólo la situación financiera de las empresas del sector
eléctrico, sino la sostenibilidad misma del sistema.


En 2012 se han adoptado un conjunto de medidas para reducir
el déficit que no son trasladables, en su mayoría, a ejercicios futuros y
que, hasta la fecha, han resultado insuficientes.


Adicionalmente, se encuentra en trámite parlamentario el
Proyecto de Ley de medidas fiscales para la sostenibilidad energética
cuya entrada en vigor está prevista en enero de 2013. La finalidad de
esta Ley es «cumplir con los objetivos de déficit en general, y también
de déficit tarifario, y poder construir un sistema energético y eléctrico
que sea solvente y sostenible», según declaración de la vicepresidenta,
Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de
Ministros del 14 de septiembre.


El cumplimiento de los objetivos de este Proyecto de Ley
requiere el desarrollo de mecanismos legales que regulen, de una parte,
la financiación con cargo a Presupuestos Generales del Estado del
importe, o parte del mismo, de algunos de los costes del sistema
eléctrico y, de otra, que aquellas partidas fruto de decisiones de
política energética, tarifaria o socioeconómica sean asumidas
íntegramente por los propios Presupuestos Generales del Estado.


Entre las decisiones de política económica que adopta la
Administración General del Estado, se establece el principio de tarifa
eléctrica única a nivel nacional. Esto obviamente incluye los territorios
insulares y extrapeninsulares que, por sus especiales características,
deberían soportar un mayor coste por sus suministros eléctricos.



ENMIENDA NÚM. 1168


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda al Artículo 54. Dos.


ENMIENDA


De modificación.









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1012




Importe de los avales del Estado.


Añadir un apartado d) al artículo 54.Dos de importe de los
avales del Estado, de forma que su redacción sea la siguiente:


Artículo 54. Importe de los avales del Estado.


Uno. El importe máximo de los avales a otorgar por el
Estado durante el ejercicio del año 2013 no podrá exceder de [..] miles
de euros.


Dos. Dentro del total señalado en el apartado anterior, se
reservan los siguientes importes:


a) 92.543.560 miles de euros para garantizar las
obligaciones económicas exigibles a la sociedad denominada «Facilidad
Europea de Estabilización Financiera», derivadas de las emisiones de
instrumentos financieros, de la concertación de operaciones de préstamo y
crédito, así como de cualesquiera otras operaciones de financiación que
realice dicha sociedad de acuerdo con lo establecido en el Real
Decreto-ley 9/2010, de 28 de mayo, por el que se autoriza a la
Administración General del Estado al otorgamiento de avales a
determinadas operaciones de financiación en el marco del Mecanismo
Europeo de Estabilización Financiera de los Estados miembros de la Zona
del Euro.


b) 55.000.000 miles de euros para el otorgamiento de avales
a las obligaciones económicas derivadas de las emisiones de bonos y
obligaciones nuevas que realicen las entidades de crédito residentes en
España con una actividad significativa en el mercado de crédito nacional.
El aval garantizará el principal de la emisión y los intereses
ordinarios. De producirse la ejecución del aval, siempre que la misma se
inste dentro de los 5 días naturales siguientes a la fecha de vencimiento
de la obligación garantizada, el Estado satisfará una compensación a los
titulares legítimos de los valores garantizados, sin perjuicio de las
cantidades que deba abonar en virtud del aval. El importe de esta
compensación será el resultante de aplicar al pago en el que consista la
ejecución del aval el tipo de interés Euro OverNight Index Average
publicado por el Banco de España o el que, en su caso, determine el
Ministro de Economía y Competitividad, del día del vencimiento de la
obligación garantizada por el número de días que transcurran entre esta
fecha y la de pago efectivo por el avalista, sobre la base de un año de
360 días. El Ministro de Economía y Competitividad determinará los
requisitos que deberán concurrir para la concesión de los mismos, entre
los que podrán incluirse aquellas condiciones especiales de solvencia que
proponga el Banco de España, así como los trámites para el otorgamiento
de los avales y las comisiones a que den lugar el otorgamiento y la
utilización de los avales otorgados.


c) 3.000.000 miles de euros para los avales destinados a
garantizar valores de renta fija emitidos por fondos de titulización de
activos que se regulan en el artículo siguiente.


d) 3.500.000 miles de euros para garantizar, de acuerdo con
lo establecido en la disposición adicional vigésima primera, apartado 9,
de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, las
obligaciones económicas exigibles al Fondo de Titulización del Déficit
del Sistema Eléctrico, derivadas de las emisiones de instrumentos
financieros que realice dicho Fondo con cargo a los derechos de cobro que
constituyan el activo del mismo.


Incremento de coste de esta medida = 3.500.000 miles de
euros.


Contrapartida de esta medida = 3.500.000 miles de euros
provenientes de los nuevos ingresos de Ley de medidas fiscales para la
sostenibilidad energética.


JUSTIFICACIÓN


El artículo 1 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril,
por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se
aprueba el bono social establece:


8. Al amparo de lo establecido en el artículo 114 de la Ley
47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se autoriza a la
Administración General de Estado, desde la fecha de entrada en vigor del
presente Real Decreto-ley hasta el 31 de diciembre de 2013, y con
sujeción a los límites que se establecen en las letras a) y b) de este
apartado, a otorgar avales en garantía de las obligaciones económicas
exigibles al Fondo de Titulización del Déficit del Sistema Eléctrico,
derivadas de las emisiones de instrumentos financieros que realice dicho
Fondo con cargo a los derechos de cobro que constituyan el activo del
mismo:









Página
1013




a) Hasta el 31 de diciembre de 2009, la Administración
General del Estado podrá otorgar avales por un importe máximo de 10.000
millones de euros, considerándose incrementado en dicha cuantía, y
reservado para este fin, el límite establecido en el artículo 54 de la
Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2009.


b) Para los ejercicios posteriores, los importes máximos
para el otorgamiento de avales serán los que determinen las
correspondientes Leyes de Presupuestos Generales del Estado.


Por su parte, el artículo 2 del Real Decreto 14/2010
(modificación de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2011) modificó los apartados uno y dos
del artículo 49 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2011, relativo al importe de los avales del Estado, en los siguientes
términos:


Uno. El importe máximo de los avales a otorgar por el
Estado durante el ejercicio del año 2011 no podrá exceder de 76.900.000
miles de euros.


Dos. Dentro del total señalado en el apartado anterior, se
reservan los siguientes importes:


a) 22.000.000 miles de euros para garantizar, de acuerdo
con lo establecido en la disposición adicional vigésima primera, apartado
9, de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, las
obligaciones económicas exigibles al Fondo de Titulización del Déficit
del Sistema Eléctrico, derivadas de las emisiones de instrumentos
financieros que realice dicho Fondo con cargo a los derechos de cobro que
constituyan el activo del mismo.


b) 53.900.000 miles de euros para garantizar las
obligaciones económicas exigibles a la sociedad denominada Facilidad
Europea de Estabilización Financiera, derivadas de las emisiones de
instrumentos financieros, de la concertación de operaciones de préstamo y
crédito, así como de cualesquiera otras operaciones de financiación que
realice dicha sociedad de acuerdo con lo establecido en el Real
Decreto-ley 9/2010, de 28 de mayo, por el que se autoriza a la
Administración General del Estado al otorgamiento de avales a
determinadas operaciones de financiación en el marco del Mecanismo
Europeo de Estabilización Financiera de los Estados miembros de la Zona
del Euro.


e) 500.000 miles de euros para garantizar las obligaciones
derivadas de operaciones de financiación concertadas por empresas,
válidamente constituidas en España, que acometan inversiones en España
para el desarrollo e industrialización del vehículo eléctrico o baterías
para los mismos.


La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos
determinará el procedimiento de concesión de avales, los requisitos que
deberán concurrir para la concesión del mismo y las condiciones a que
quedará sujeta la efectividad de los avales otorgados.


Previéndose que las emisiones pendientes y realizables
durante 2013 excedan en 3.500 millones de euros la cuantía de aval
anteriormente aprobada, se estima necesario incluir esta nueva previsión
de aval de Estado.



ENMIENDA NÚM. 1169


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda al Artículo 68.


ENMIENDA


De modificación.


Se propone la modificación de los dos últimos párrafos del
artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto Sobre el
Valor Añadido que queda redactado de la siguiente forma:


«Las entidades o establecimientos de carácter social que
reúnan los requisitos anteriores podrán aplicar las exenciones
correspondientes a los servicios prestados con independencia de la
obtención de la calificación a que se refiere el párrafo anterior,
siempre que se cumplan las condiciones que resulten aplicables en su caso
y sin perjuicio de la comprobación del cumplimento de las mismas.»









Página
1014




JUSTIFICACIÓN


Esta modificación propuesta se basa en lo señalado en el
dictamen 2062/2008 del Consejo de Estado en relación con una propuesta
similar presentada en dicho año.


Así, se deduce del contenido de dicho dictamen (nota el
texto entrecomillado y en cursiva es trascripción literal del texto del
dictamen) que si bien la modificación del régimen del reconocimiento del
carácter social de estas entidades parece exigida por la necesaria
armonización de la normativa del impuesto en el ámbito europeo, según se
desprende de la siguiente afirmación contenida en el dictamen:


«en relación con la calificación de entidad o
establecimiento privado de carácter social, sustituyendo el sistema de
reconocimiento por un sistema de mera calificación, más conforme con la
jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo existente en este ámbito».


También se afirma en el mismo que:


«la contradicción aparente con la jurisprudencia
comunitaria no es tan simple de corregir como cabría entender en un
principio (desconociéndose si por la Comisión se han iniciado actuaciones
al respecto), pareciendo oportuna una reflexión de conjunto sobre el
régimen jurídico de estas exenciones».


Todo ello en aras a conseguir que se cumpla la finalidad
prevista con la exención, así, en el mencionado dictamen se parte de
que:


«(...) por lo que se refiere a la finalidad de este tipo de
exenciones, la misma Sentencia de 26 de mayo de 2005 precisa que
“dichas exenciones, al garantizar un trato más favorable en materia
de IVA a determinadas prestaciones de Servicios de interés general
realizadas en el sector social, tratan de reducir el coste de estos
Servicios y de hacerlos más accesibles a los particulares que puedan
beneficiarse de las referidas exenciones”.


Sin embargo, la eliminación sin más del carácter en cierta
medida voluntario de la exención podría impedir el cumplimiento de este
objetivo. A este respecto, se ha señalado en trámite de alegaciones que
el disfrute de estas exenciones no supone necesariamente un beneficio
para las entidades que las apliquen en tanto supondrá en la mayoría de
los casos una limitación a su derecho a la deducción del IVA soportado,
que pasaría a minorar los recursos de la entidad o se repercutiría en el
destinatario final...»


Por otra parte, de ser obligatoria la aplicación de la
exención, se produciría una distorsión de competencia pues si estos
Servicios son prestados por otro tipo de entidades, quedarían sujetos y
no exentos del IVA, con el consiguiente derecho a la deducción del
impuesto soportado por la entidad prestadora, en tanto que si los presta
una entidad que cumpla los requisitos para ser considerada como entidad
de carácter social, aunque no actúe como tal, no existiría derecho a la
deducción, con el consiguiente incremento del coste para la entidad
prestadora y su necesaria recuperación mediante el incremento del precio
del Servicio. Esta cuestión fue expresamente puesta de manifiesto en el
dictamen 2062/2008 del Consejo de Estado y refleja una contradicción con
el principio de neutralidad fiscal, que se opone, en particular, a que
prestaciones de Servicios similares que compiten entre sí sean tratadas
de forma distinta desde el punto de vista del IVA.


Sentado pues que la normativa comunitaria y la
jurisprudencia del TJCE determinan que el objetivo de las exenciones
aplicables aServicios de interés general, realizados en el sector social,
es el de reducir el coste de los mismos y hacerlos más accesibles a los
particulares que puedan beneficiarse de dichas exenciones y este objetivo
no se cumple necesariamente con la aplicación obligatoria de la exención,
ya que la limitación del derecho a deducir el IVA incide en la carga
fiscal que tienen que soportar estas entidades de carácter social,
repercutiendo en el precio de los servicios al consumidor final. Y, a los
efectos de salvaguardar esa finalidad, se solicita la modificación del
último párrafo del artículo 68 del Proyecto de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2013, en el sentido propuesto para evitar los
indeseados efectos que para alcanzar dicho objetivo se producirían por
«la eliminación sin más del carácter en cierta medida voluntario de la
exención» a que hace expresa referencia el Consejo de Estado en su
dictamen 2062/2008.










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1015




ENMIENDA NÚM. 1170


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional cuarta.


ENMIENDA


De modificación.


Disposición adicional cuarta. Extracoste de generación de
energía eléctrica insular y extrapeninsular.


Con efectos de uno de enero de 2013 y vigencia indefinida,
se reanuda la aplicación del mecanismo de compensación con cargo a los
Presupuestos Generales del Estado establecido en la disposición adicional
primera del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se
adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono
social. A estos efectos se establece la cuantía máxima que por la
compensación del extracoste correspondiente al año 2092 se asumirá con
cargo a los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2013 será la
consignada en la partida presupuestaria XX.XX.XXXX. «A la Comisión
Nacional de Energía (CNE) para atender el extracoste de generación al que
se refiere la Disposición Adicional 18 del Real Decreto-ley 6/2009» por
importe de 1.892.823,00 miles de euros.


Incremento de coste de esta medida = 1.892.823 miles de
euros.


Contrapartida de esta medida = 1.892.823 miles de euros
proveniente de los nuevos ingresos de Ley de medidas fiscales para la
sostenibilidad energética.


JUSTIFICACIÓN


En coherencia con la enmienda presentada al Apartado X,
párrafo 4.º del Preámbulo del Proyecto de Ley.



ENMIENDA NÚM. 1171


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se propone una nueva disposición adicional del siguiente
tenor:


«Disposición adicional.


En cumplimiento de la Propuesta de Resolución aprobada, por
unanimidad, en el Debate sobre el estado de la Nación del año 2010, el
Ministerio de Industria, Energía y Turismo habilitará en el Ejercicio
Presupuestario 2012 un crédito por importe de 50 millones de euros con el
que arbitrará las medidas dirigidas a la incentivación de la demanda de
máquina herramienta mediante ayudas directas a la compra de estos
equipamientos industriales, estableciéndose una subvención al comprador
del 25% del valor total.»


JUSTIFICACIÓN


Dar cumplimiento a la Propuesta de Resolución aprobada, por
unanimidad, en el Debate sobre el Estado de la Nación del año 2010.










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1016




ENMIENDA NÚM. 1172


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se propone la adición una nueva Disposición adicional.


«Disposición adicional (nueva).


Modificación del Artículo 91 “Tipos impositivos
reducidos”. Uno. 1, 8 de la Ley 37/1992, de 28 de Diciembre del
Impuesto sobre el Valor Añadido, que quedaría con la siguiente
redacción:


8. Las flores y plantas vivas de carácter ornamental, así
como las semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen
exclusivamente vegetal susceptibles de ser utilizados en su
obtención.»


JUSTIFICACIÓN DE MOTIVOS


La ausencia total de ayudas que destina la UE a las
explotaciones de este sector, junto con las importantes inversiones y la
intensidad en mano de obra que supone el cultivo de plantas, fueron las
principales razones por las que se incluyó expresamente en la Directiva
2006/112/CE del Consejo, relativa al sistema común del impuesto sobre el
valor añadido, que los Estados miembros podrían aplicar un tipo reducido
a las entregas de plantas vivas y otros productos de floricultura,
aplicándose actualmente en la gran mayoría de países de la UE.


La tributación diferenciada de la venta de plantas y flores
sin manipular, con un tipo impositivo de IVA reducido, y la venta de los
arreglos florales por parte de las floristerías o empresas de decoración,
con un tipo de IVA general, es aplicada actualmente en la mayoría de
países de la Unión Europea.


El sector productor de plantas ha sido el sector agrario
más afectado por la crisis económica, que ha sufrido una dramática
disminución del consumo privado y una fuerte reducción de la demanda de
las administraciones públicas para parques y para obras públicas, que
prácticamente ha desaparecido, lo que ha provocado una fuerte caída de la
actividad económica y del empleo en las explotaciones agrarias.


La drástica disminución de las ventas a los Ayuntamientos,
empresas de obra pública y de restauración del paisaje, se ha unido la
reducción total o parcial, a partir de la aprobación del cambio del tipo
de IVA, de programaciones de plantas ornamentales para cadenas de
bricolaje y de alimentación.



ENMIENDA NÚM. 1173


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Disposición final séptima. Uno.


ENMIENDA


De modificación.


Se propone la siguiente redacción:


«Se establece que el acceso a la titularidad de una
expendeduría se realizará previa convocatoria de un procedimiento de
subasta, sobre bases no discriminatorias, objetivas y transparentes, en
la que se adjudicará al mejor precio ofertado. Las condiciones de acceso
a la mencionada subasta deberán estar fundadas en criterios comerciales,
de salubridad, de rentabilidad, de Servicio público, de distancias entre
expendedurías y de población. Las condiciones del ejercicio de tal
actividad se configurarán en el Estatuto









Página
1017




Concesional que aprobará el Gobierno, en el cual se
potenciará el carácter comercial de las expendedurías para la mejor
atención del Servicio público en el tiempo y en el espacio.»


JUSTIFICACIÓN


El proyecto de Ley, mientras modifica de forma radical el
sistema de acceso a una concesión de expendeduría de tabaco y timbre
—pasando de un concurso público a una subasta al mejor
postor— prescinde en la exposición de motivos de la aplicación de
una serie de criterios hoy vigentes, que deberían preservarse para
favorecer a todos los estamentos implicados, es decir, el Estado, los
Usuarios, y los Expendedores.


Así, se pasa de la aplicación de criterios comerciales, de
salubridad, de rentabilidad, de servicio público, de distancias entre
expendedurías y de población que figuran en la vigente Ley para decidir
la adjudicación de expendedurías, a unos denominados «criterios de
selección mínimos» que el Proyecto no concreta, limitándose a señalar a
título enunciativo la solvencia técnica y económica, las características
del local, del entorno y de distancias entre expendedurías, «entre
otros».


Se dice además en el texto del proyecto de Ley que estos
criterios mínimos se determinarán reglamentariamente, por lo que se
produce una carencia legal en la fijación de los principios básicos a
partir de los que deberá regularse el sector de la venta de tabaco y
timbre.


Esos principios deben contenerse y especificarse claramente
en el texto de la Ley, para garantizar que el Reglamento los respete y
aplique plenamente, sin perjuicio de una sistematización
pormenorizada.


En el sistema proyectado, donde la adjudicación final
dependerá de la oferta económica más cuantiosa, no se puede renunciar a
aplicar unos criterios de previa selección para el acceso a la subasta
que, en vez de mínimos, sean rigurosos, manteniendo por tanto en la
redacción de la exposición de motivos de la Ley 13/1998 los criterios que
desde su nacimiento el legislador consideró fundamentales en lo referente
al funcionamiento de[ mercado minorista y al acceso a la titularidad de
una concesión.


De no ser así, la red de expendedurías vería afectados
principios fundamentales en los que asienta actualmente su razón de ser,
comenzando por el más importante de todos, el Servicio público que ofrece
la red de expendedurías de tabaco y timbre del Estado.


El criterio de Servicio público, junto con los criterios
comerciales, de rentabilidad y de población, debe seguir siendo el
primordial fundamento aplicable a la actividad de los expendedores de
tabaco y timbre desde el principio, es decir, desde que se proceda a los
trámites conducentes a seleccionar a los participantes a las
subastas.


Tratándose de un mercado de tan peculiares características,
debe mantenerse la especial regulación y el control del acceso a la venta
al por menor de labores de tabaco, sin alterar la igualdad, la
neutralidad y la profesionalidad de la actual red de expendedurías, y sin
correr el riesgo de ver disminuida la calidad de la prestación del
Servicio público para el que dicha red de expendedurías fue creada.


En conclusión, en el proceso de admisión a subasta no deben
obviarse los criterios referidos, con el fin de conseguir una mejor
atención del Servicio público en el tiempo y el espacio, lo que no se
garantizaría si en la adjudicación primara la oferta económica.



ENMIENDA NÚM. 1174


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Disposición final séptima. Dos.


ENMIENDA


De modificación.


Al artículo 4, apartado Cuatro, párrafos primero y
segundo.


Se propone la siguiente redacción:









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1018




«Cuatro. La concesión de expendedurías se adjudicará previa
convocatoria de un procedimiento de subasta, sobre bases no
discriminatorias, objetivas y transparentes, en la que se adjudicará al
mejor precio ofertado, por el Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas, al que corresponderá igualmente, en su caso, su revocación,
previo informe en ambos supuestos del Comisionado para el Mercado de
Tabacos.»


«La previa selección de los participantes a la subasta
deberá efectuarse por un procedimiento que se establecerá
reglamentariamente basado en todo caso en criterios comerciales, de
salubridad, de rentabilidad, de Servicio público, de distancias entre
expendedurías y de población.»


JUSTIFICACIÓN


El proyecto de Ley, mientras modifica de forma radical el
sistema de acceso a una concesión de expendeduría de tabaco y timbre
—pasando de un concurso público a una subasta al mejor
postor—prescinde en la regulación sustantiva de la aplicación de
una serie de criterios hoy vigentes, que deberían preservarse para
favorecer a todos los estamentos implicados, es decir, el Estado, los
Usuarios, y los Expendedores.


Así, se pasa de la aplicación de «criterios comerciales, de
salubridad, de rentabilidad, de servicio público, de distancias entre
expendedurías y de población» que figuran en la vigente Ley, para decidir
la adjudicación de expendedurías, a unos denominados «criterios de
selección mínimos» que el Proyecto no concreta, limitándose a señalar a
título enunciativo la solvencia técnica y económica, las características
del local, del entorno y de distancias entre expendedurías, «entre
otros».


Se dice además en el texto del proyecto de Ley que estos
criterios mínimos se determinarán reglamentariamente, por lo que se
produce una carencia legal en la fijación de los principios básicos a
partir de los que deberá regularse el sector de la venta de tabaco y
timbre.


Esos principios deben contenerse y especificarse claramente
en el texto de la Ley, para garantizar que el Reglamento los respete y
aplique plenamente, sin perjuicio de una sistematización
pormenorizada.


En el sistema proyectado, donde la adjudicación final
dependerá de la oferta económica más cuantiosa, no se puede renunciar a
aplicar unos criterios de previa selección para el acceso a la subasta
que, en vez de mínimos, sean rigurosos, manteniendo por tanto en la
redacción del artículo 4 de la Ley 13/1998 los criterios que desde su
nacimiento el legislador consideró fundamentales en lo referente al
funcionamiento del mercado minorista y al acceso a la titularidad de una
concesión.


De no ser así, la red de expendedurías vería afectados
principios fundamentales en los que asienta actualmente su razón de ser,
comenzando por el más importante de todos, el servicio público que ofrece
la red de expendedurías de tabaco y timbre del Estado.


El criterio de Servicio público, junto con los criterios
comerciales, de rentabilidad y de población, debe seguir siendo el
primordial fundamento aplicable a la actividad de los expendedores de
tabaco y timbre desde el principio, es decir, desde que se proceda a los
trámites conducentes a seleccionar a los participantes a las
subastas.


Tratándose de un mercado de tan peculiares características,
debe mantenerse la especial regulación y el control del acceso a la venta
al por menor de labores de tabaco, sin alterar la igualdad, la
neutralidad y la profesionalidad de la actual red de expendedurías, y sin
correr el riesgo de ver disminuida la calidad de la prestación del
servicio público para el que dicha red de expendedurías fue creada.


En conclusión, en el proceso de admisión a subasta no deben
obviarse los criterios referidos, con el fin de conseguir una mejor
atención del servicio público en el tiempo y el espacio, lo que no se
garantizaría si en la adjudicación primara la oferta económica.



ENMIENDA NÚM. 1175


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Disposición final séptima. Dos.









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1019




ENMIENDA


De modificación.


Al artículo 4, apartado Cuatro, párrafo tercero.


Se propone la siguiente redacción:


«La concesión tendrá una duración de veinticinco años.
Vencido el plazo de vigencia, se convocará subasta para la provisión de
una expendeduría en esa área. Hasta la nueva adjudicación, el anterior
concesionario podrá seguir prestando el servicio previa autorización del
Comisionado para el Mercado de Tabacos.»


JUSTIFICACIÓN


El proyecto de Ley modifica el criterio vigente hasta
ahora, según el cual las convocatorias para concesiones de expendedurías
se han realizado dentro de espacios delimitados territorialmente,
denominados reglamentariamente «polígonos».


La eliminación de esos marcos territoriales sería
perjudicial tanto para la eficaz prestación del servicio como para la
estabilidad del sector en sí.


En efecto, por un lado, las delimitaciones territoriales
han sido establecidas con el fin de conseguir que las expendedurías
alcancen una distribución racional y adecuada a las necesidades de cada
zona geográfica, y con las miras puestas en prestar el Servicio público
del modo más eficaz.


Por tanto el abandono de ese criterio puede provocar una
distribución inequitativa e ineficaz de las expendedurías, y podría
llegar a dejar desguarnecidas algunas zonas, con el consiguiente
perjuicio para los usuarios, o a favorecer la concentración excesiva de
expendedurías en otras zonas, con los consiguientes desequilibrios y
perjuicios para los concesionarios ya asentados en las mismas.


Como quiera que el consumo de tabaco de la población no
depende del número de expendedurías, sino que va variando de acuerdo con
criterios propios, si la Ley permitiera el asentamiento de expendedurías
en una misma zona sin limitación concreta, eso iría en detrimento de la
viabilidad económica del conjunto de dichas expendedurías —tanto
las ya existentes como fas nuevas—, sin que pueda reportar ventaja
económica o beneficio alguno al Estado.



ENMIENDA NÚM. 1176


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Disposición final séptima. Cuatro.


ENMIENDA


De modificación.


Se propone la siguiente redacción de la Disposición
transitoria quinta, párrafo tercero:


«Vencido el plazo de treinta años, en ambos casos referidos
en los dos, párrafos anteriores, las nuevas concesiones de expendeduría
se convocarán en su caso, mediante el procedimiento de subasta. El
concesionario cesante tendrá derecho de tanteo y de retracto, que deberá
ejercitar en el plazo de diez días desde la conclusión de la subasta,
igualando la mejor oferta, en cuyo caso se le adjudicará la concesión por
el plazo legal establecido, aunque podrá trasladar su explotación a otro
local de características similares en la misma área geográfica. Hasta la
nueva adjudicación, el anterior concesionario podrá seguir prestando el
Servicio previa autorización del Comisionado para el Mercado de
Tabacos.»









Página
1020




JUSTIFICACIÓN


El reconocimiento a los titulares de una expendeduría de
los derechos de tanteo y retracto reportaría sensibles ventajas al
titular de la expendeduría, que así podría garantizar la continuidad de
su negocio durante el tiempo de su vida profesional hábil, sin detrimento
alguno para las expectativas y derechos económicos del Estado, y sin
menoscabar los beneficios que pudiera reportar la adjudicación de las
expendedurías mediante el nuevo sistema de subasta.


Las ventajas para el Estado son evidentes:


1. El anterior concesionario garantiza con la continuidad y
diligencia demostrada en el ejercicio de su negocio, el mantenimiento de
los principios fundamentales de la red de expendedurías, que reviste el
carácter de Servicio público y constituye un instrumento fundamental e
irrenunciable del Estado para el control de un producto estancado como es
el tabaco, con notable repercusión aduanera y tributaria.


2. La Administración obtiene de entrada el mismo ingreso
que le ofrecía la subasta. Pero además puede disfrutar de una mayor
seguridad en cuanto a ingresos por canon anual, puesto que frente al
posible nuevo concesionario, que representa una incógnita, se asegura el
mismo nivel de ingresos que venía obteniendo hasta el momento de la
expiración de la concesión.


Por su parte, este sistema permitiría al concesionario
ampliar la vigencia de su concesión por el tiempo suficiente para
alcanzar un periodo de vida laboral medio. Si expira el plazo de la
concesión cuando el titular hubiera alcanzado una edad vital que no le
permita reciclarse cambiando de actividad de forma radical, su situación
se vería seriamente comprometida sin justificación suficiente.


Porque el sistema de subasta puro hace sumamente difícil e
incierta para un antiguo concesionario la posibilidad de volver a
conseguir la adjudicación de su expendeduría, y por lo tanto en muchos
casos personas que ya se dirigen hacia el último tramo de su edad
laboral, con experiencia acreditada únicamente en el sector de venta de
tabaco y timbre, y con conocimientos únicamente de ese tipo de negocio,
se verían en absoluto desamparo, imposibilitados de encontrar una nueva
colocación o el ejercicio de una actividad digna en el mundo laboral.


Además la Ley 13/1998 exige a los expendedores dedicación
exclusiva en la gestión de su negocio, al tiempo que obliga a que su
residencia se encuentre en lugares cercanos, que permitan en todo momento
la gestión directa de la expendeduría. Por tanto, la propia regulación
legal ha creado una figura profesional de expendedor de tabaco y timbre
poco versátil y difícilmente reciclable, dado que el cumplimiento de esas
condiciones hace prácticamente imposible la dedicación a otros negocios
que puedan garantizar la vida laboral una vez expirada la concesión.



ENMIENDA NÚM. 1177


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


Sección: 17.


Servicio: 09.


Programa: 261P.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: Proyecto Regeneración Urbana
(Vitoria-Gasteiz).


Importe: 1.000 (miles euros).


Modificación propuesta: Incremento.









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1021




BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 1.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1178


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 20.


Programa: 451 N.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: A AENA, para actuaciones en los aeropuertos de
Hondarribia-Bilbao y Vitoria.


Importe: 8.229 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 8.229 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.










Página
1022




ENMIENDA NÚM. 1179


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 20.


Programa: 451N.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: Al ADIF, para L.A.V. Valladolid-Burgos-Vitoria
incluido estaciones.


Importe: 5.500 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 5.500 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1180


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 20.


Programa: 451 N.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: Al ADIF, para L.A.V. Vitoria-Bilbao-San Sebastián
incluido estaciones.


Importe: 265.577 (miles de euros).









Página
1023




Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453C.


Capítulo: 6.


Artíiculo: 61.


Concepto: 611.


Importe: 265.577 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1181


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 20.


Programa: 451 N.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: Al ADIF, para la variante sur ferroviaria en
Bizkaia.


Importe: 4.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 4.000 (miles de euros).


Modificación propuesta Minoración.


Anualidad 2014. Cantidad: 5.000 (miles de euros).


Anualidad 2015. Cantidad: 15.000 (miles de euros).


Anualidad 2016. Cantidad: 20.000 (miles de euros).









Página
1024




JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1182


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 20.


Programa: 451 N.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: Al ADIF para financiación del acceso ferroviario
en ancho UIC al puerto de Pasaia.


Importe: 2.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 2.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


Anualidad 2014. Cantidad: 2.500 (miles de euros).


Anualidad 2015. Cantidad: 5.000 (miles de euros).


Anualidad 2016. Cantidad: 5.000 (miles de euros).


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1183


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1025




ALTA


Sección: 17.


Servicio: 20.


Programa: 451 N.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: Al ADIF, para la adquisición de suelos y
construcción de la plataforma intermodal prevista en el plan territorial
del País Vasco.


Importe: 2.800 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 2.800 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


Anualidad 2014. Cantidad: 3.500 (miles de euros).


Anualidad 2015. Cantidad: 10.000 (miles de euros).


Anualidad 2016. Cantidad: 20.000 (miles de euros).


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1184


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 40.


Programa: 453A.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Concepto: Plan de supresión de pasos a nivel en
Gipuzkoa.


Importe: 480 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.









Página
1026




Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 480 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


La peligrosidad latente que para el tráfico rodado y el
peatonal existe en los pasos a nivel en zonas urbanas y en carreteras de
las redes forales de Gipuzkoa aconsejan un aumento en el esfuerzo
económico dotado a este fin.



ENMIENDA NÚM. 1185


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 40.


Programa: 453A.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Concepto: Plan de supresión de pasos a nivel en
Bizkaia.


Importe: 480 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 480 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


La peligrosidad latente que para el tráfico rodado y el
peatonal existe en los pasos a nivel en zonas urbanas y en carreteras de
las redes forales del Bizkaia, como sucede, por ejemplo, en las
localidades de Zalla y Ortuella, entre otras, aconsejan un aumento en el
esfuerzo económico dotado a este fin.










Página
1027




ENMIENDA NÚM. 1186


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 40.


Programa: 453A.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Concepto: Plan de supresión de pasos a nivel en Araba.


Importe: 480 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 480 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


La peligrosidad latente que para el tráfico rodado y el
peatonal existe en los pasos a nivel en zonas urbanas y en carreteras de
las redes forales de Araba aconsejan un aumento en el esfuerzo económico
dotado a este fin.



ENMIENDA NÚM. 1187


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 40.


Programa: 453A.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.









Página
1028




Concepto: Obras destinadas a minimizar el impacto generado
por el tren a su paso por los centros urbanos de las localidades en la
Comunidad Autónoma del País Vasco.


Importe: 1.440 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 1.440 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Los inconvenientes generados por el paso de las líneas de
ferrocarril por los centros urbanos de distintas localidades, como
sucede, por ejemplo, en Ugao, Barakaldo, Zorroza y Basauri, entre otras,
así como el impacto visual y ambiental que ocasionan, aconsejan un
aumento económico en la partida destinada a paliar dicho impacto.



ENMIENDA NÚM. 1188


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 40.


Programa: 453A.


Capítulo: 6.


Artículo: 63.


Concepto: Obras de modernización y mejora en accesibilidad
de estaciones y de acceso a material móvil desde andenes en líneas de
Cercanías de Abando-Orduña, Irún-Brinkola y Abando-Santurtzi.


Importe: 24.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 24.000 (miles de euros).









Página
1029




Modificación propuesta: Minoración.


Anualidad 2014. Cantidad: 10.000 (miles de euros).


Anualidad 2015. Cantidad: 10.000 (miles de euros).


Anualidad 2016. Cantidad: 10.000 (miles de euros).


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1189


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 40.


Programa: 453A.


Capítulo: 6.


Artículo: 63.


Concepto: Renovación de material móvil que presta servicio
en las líneas de Cercanías de Abando-Orduña, Abando-Muskiz,
Abando-Santurtzi e Irún-Brinkola.


Importe: 16.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 16.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


Anualidad 2013. Cantidad: 20.000 (miles de euros).


Anualidad 2014. Cantidad: 20.000 (miles de euros).


Anualidad 2015. Cantidad: 20.000 (miles de euros).


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.










Página
1030




ENMIENDA NÚM. 1190


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 01.


Programa: 463A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48113. Academia de la Lengua Vasca
(Euskaltzaindia).


Importe: 125,702 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 125,702 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1191


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 01.


Programa: 463A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.









Página
1031




Concepto: 48117. A la Sociedad de estudios vacos-Eusko
Ikaskuntza.


Importe: 97,43 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 97,43 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1192


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 333A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48508. Museo Marítimo de Bilbao Ría de
Bilbao.


Importe: 30,6 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 30,6 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.









Página
1032




JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1193


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 333A


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48536. Fundación C. Balenciaga.


Importe: 138 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 138 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1194


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1033




ALTA


Sección: 18.


Servicio: 11.


Programa: 337B.


Capítulo: 7.


Artículo: 76.


Concepto: Rehabilitación Centro Cultural Olagibel.


Importe: 500 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 500 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia



ENMIENDA NÚM. 1195


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 13.


Programa: 334A.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 745. Al Centro Internacional de Cultura
Contemporánea, S.A., Tabakalera.


Importe: 5.600 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.









Página
1034




Concepto: 510.


Importe: 5.600 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1196


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 103.


Programa: 335C.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: Al Festival Internacional de Cine de San
Sebastián, S.A.


Importe: 120 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 120 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1197


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.









Página
1035




ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 201.


Programa: 335B.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: Convenio para el fomento del teatro infantil
(Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz).


Importe: 50 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 50 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1198


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 201.


Programa: 33513.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: Reforma del Teatro Principal
(Vitoria-Gasteiz).


Importe: 500 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.









Página
1036




BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 500 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1199


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 201.


Programa: 335A.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: Otros Convenios para el desarrollo de actividades
culturales en Vitoria-Gasteiz.


Importe: 300 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 300 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.










Página
1037




ENMIENDA NÚM. 1200


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 201.


Programa: 335A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48501. A la Asociación Bilbaina de Amigos de la
Ópera para el desarrollo de su temporada.


Importe: 903,328 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 903,328 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1201


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 201.


Programa: 335B.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.









Página
1038




Concepto: 48918. Al Centro de Iniciativas de Tolosa para el
TOPIC.


Importe: 75,2 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 75,2 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1202


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 201.


Programa: 335B.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: 46425. Al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para el
Festival Internacional de Teatro.


Importe: 22,80 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 22,80 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.









Página
1039




JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1203


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 201.


Programa: 335A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48607. Al Orfeón Pamplonés.


Importe: 81,256 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 81,256 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1204


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1040




ALTA


Sección: 18.


Servicio: 201.


Programa: 335A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48603. A la Sociedad Coral de Bilbao.


Importe: 81,256 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 81,256 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1205


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 201.


Programa: 335A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48602. Al Orfeón Donostiarra.


Importe: 81,256 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.









Página
1041




Concepto: 510.


Importe: 81,256 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1206


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 201.


Programa: 335A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48044. A la Federación de Coros de Navarra.


Importe: 45 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 45 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1207


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.









Página
1042




ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 201.


Programa: 335A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48020. A la Confederación de Coros del País
Vasco.


Importe: 27,088 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 27,088 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1208


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 201.


Programa: 335A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48018. A la Coral de Cámara de Pamplona.


Importe: 40,392 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.









Página
1043




BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 40,392 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1209


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 201.


Programa: 335A.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: 46444. A la Quincena Musical de Donostia-San
Sebastián.


Importe: 95,04 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 95,04 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.










Página
1044




ENMIENDA NÚM. 1210


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 01.


Programa: 451O.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 482. Transferencias de carácter general a
organizaciones profesionales agrarias y otras entidades asociativas.


Importe: 526 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 526 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1211


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 01.


Programa: 451O.


Capítulo: 4.









Página
1045




Artículo: 48.


Concepto: 483. Transferencias a organizaciones
profesionales agrarias y otras entidades asociativas para su
participación y presencia internacional.


Importe: 203 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 203 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1212


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 19.


Programa: 412D.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 752. Para la sanidad de la producción
agrícola.


Importe: 10.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 10.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.









Página
1046




JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1213


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 101.


Programa: 456C.


Capítulo: 7.


Artículo: 76.


Concepto: Centro de Interpretación y casa parque (Parketxe)
del Parque Natural de los Montes altos de Vitoria-Gasteiz.


Importe: 185 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 185 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1214


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1047




ALTA


Sección: 23.


Servicio: 207.


Programa: 416A.


Capítulo: 4.


Artículo: 47.


Concepto: 471. Plan Anual de Seguros Agrarios y liquidación
de planes anteriores.


Importe: 20.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 20.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1215


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 23.


Servicio: 211.


Programa: 414B.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 753. Actuaciones cofinanciadas con la UE-Planes
de Desarrollo Rural.


Importe: 25.760 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.









Página
1048




Artículo: 75.


Concepto: 510.


Importe: 25.760 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1216


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 23 (Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente).


Servicio: 06.


Programa: 456 D (Actuación en la costa).


Capítulo: 6 (Inversiones reales).


Artículo: 61 (Inversiones de reposición en infraestructuras
y bienes destinados al uso general).


Concepto: Reparación y rehabilitación del Malecón Lazunarri
de Lekeitio.


Importe: 963 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. (Gastos de diversos ministerios).


Servicio: 02.


Programa: 929 M (Imprevistos y funciones no
clasificadas).


Capítulo: 5. (Fondo de contingencia y otros
imprevistos).


Artículo: 51. (Otros imprevistos).


Concepto: 510. (Para atender necesidades que puedan
presentarse en los departamentos ministeriales).


Importe: 963 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


El Malecón Lazunarri es una infraestructura, cuyo origen se
remonta a la primera mitad del siglo XVIII, que sirve, desde entonces,
para evitar la acumulación de arena y sedimentos en la bahía de Lekeitio
y la bocana del puerto del mismo municipio.


El constante deterioro de dicha estructura, su rotura en
varios tramos y la enorme acumulación de arena subsiguiente, han derivado
en un impedimento para que la flota pesquera de bajura y artesanal puedan
acceder a su puerto base, con unas condiciones mínimas de seguridad para
barcos y tripulantes y sin peligro de embarrancamiento.










Página
1049




ENMIENDA NÚM. 1217


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 15.


Programa: 231F.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: Asociación Bizitza Berria (Vitoria-Gasteiz).


Importe: 200 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 200 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1218


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11.









Página
1050




Programa: 463B.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: A IK4 Research Alliance.


Importe: 20.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 20.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1219


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11.


Programa: 463B.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: A la corporación tecnológica TECNALIA.


Importe: 24.800 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 24.800 (miles de euros).









Página
1051




Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1220


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA.


Sección: 27.


Servicio: 11.


Programa: 463B.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: Al Basque Culinary Center.


Importe: 1.600 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 1.600 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1221


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.









Página
1052




ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11.


Programa: 463B.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: 78916. GAIA, Asociación de las Industrias
Electrónicas y de la Información del País Vasco.


Importe: 1.600 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 1.600 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1222


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11.


Programa: 463B.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: 78933. Azti Fundazioa. Proyecto de investigación
alimentaria.


Importe: 400 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.









Página
1053




BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 400 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1223


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11.


Programa: 463B.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: 78939. ENKARTUR. Asociación de Turismo de
Encartaciones. Creación de un centro de I+D+i en diseño mobiliario y moda
en la comarca de Las Encartaciones.


Importe: 2.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 2.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.










Página
1054




ENMIENDA NÚM. 1224


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11.


Programa: 463B.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: 78937. Al Centro de Excelencia P1D RD.


Importe: 1.600 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 1.600 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1225


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 03.


Programa: 463B.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.









Página
1055




Concepto: 78936. A la Universidad de Deusto. Proyectos CEl
2010-2015, DARC y Proyecto de infraestructuras y equipamiento de
investigación para el Campus de Donostia.


Importe: 3.900 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 3.900 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1226


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 12.


Programa: 467C.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 74907. Al CDTI para proyectos de I+D+i
empresarial.


Importe: 180.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 27.


Servicio: 12.


Programa: 467C.


Capítulo: 8.


Artículo: 87.


Concepto: 87000.


Importe: 180.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.









Página
1056




JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1227


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13.


Programa: 463B.


Concepto: 740. Fondo Nacional para la Investigación
Científica y Técnica.


Importe: 265.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 27.


Servicio: 13.


Programa: 463B.


Capítulo: 8.


Artículo: 83.


Concepto: 833.


Importe: 265.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1228


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13.









Página
1057




Programa: 463B.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 750. Fondo Nacional para la Investigación
Científica y Técnica.


Importe: 204.000 (miles de euros).


Modificación propuesta. Incremento.


BAJA


Sección: 27.


Servicio: 13.


Programa: 463B.


Capítulo: 8.


Artículo: 83.


Concepto: 833.


Importe: 204.000 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1229


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.


Programa: 463B.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 74913. Al Consorcio para la construcción,
equipamiento y explotación de la sede española de la Fuente Europea de
Neutrones por Espalación (ESS-Bilbao).


Importe: 1.600 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 1.600 (miles de euros).









Página
1058




Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1230


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.


Programa: 463B.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: Al Consorcio de Investigación e Innovación en
Envejecimiento (CNIE).


Importe: 2.400 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 2.400 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


Anualidad 2014. Cantidad: 10.000 (miles de euros).


Anualidad 2015. Cantidad: 10.000 (miles de euros).


Anualidad 2016. Cantidad: 10.000 (miles de euros).


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1231


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.









Página
1059




ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.


Programa: 467C.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: 78914. Denokinn. Proyecto de construcción de un
espacio de entidades de alto valor añadido.


Importe: 1.200 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 1.200 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1232


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.


Programa: 467C.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: 78903. A la Fundación Gohierri. Construcción de
una incubadora de empresas.


Importe: 800 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.









Página
1060




BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 800 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1233


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.


Programa: 467C.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: 78904. Loiola Berrikuntza Fundazioa (LBF).
Proyecto de equipamiento tecnológico de un centro de promoción de
empresas de nivel tecnológico.


Importe: 160 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 160 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.










Página
1061




ENMIENDA NÚM. 1234


Del Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV)
(GPV)


El Grupo Parlamentario Vasco en el Senado (EAJ-PNV) (GPV),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.


Programa: 467C.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: 78902. Orona EIC S. Coop. Proyecto G3A. Grupo de
aplicaciones avanzadas en mantenimiento eléctrico de energía.


Importe: 2.400 (miles de euros).


Modificación propuesta: Incremento.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 2.400 (miles de euros).


Modificación propuesta: Minoración.


JUSTIFICACIÓN


Dotar la partida de referencia.



El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 16
enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2013.


Palacio del Senado, 26 de noviembre de 2012.—El
Portavoz Adjunto, José Miguel Camacho Sánchez.


ENMIENDA NÚM. 1235


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional décima.


ENMIENDA


De supresión.









Página
1062




De supresión parcial en la


Disposición Adicional Décima. Subvenciones al transporte
terrestre marítimo y aéreo para residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y
Melilla.


Se propone la supresión del párrafo segundo del punto Dos y
de los párrafos tercero y cuarto del punto Tres.


MOTIVACIÓN


Sin perjuicio de nuestra posición en esta materia reflejada
en la enmienda genérica a la Disposición Adicional Décima, queremos
señalar mediante la presente enmienda que una parte de la modificación
introducida en el Congreso en esta Disposición Adicional tiene efectos
perniciosos para los residentes en los territorios extrapeninsulares, que
en todo caso consideramos oportuno atajar.



ENMIENDA NÚM. 1236


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional trigésima primera.


ENMIENDA


De supresión.


Disposición Adicional trigésima primera. Descuento en la
nómina de los empleados públicos por ausencia al trabajo por enfermedad o
accidente que no de lugar a una situación de incapacidad temporal.


Se propone la supresión de la Disposición Adicional
trigésima primera.


MOTIVACIÓN


El artículo 9 del Real Decreto-ley 20/2012, del 13 de
julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de
fomento de la competitividad redujo drásticamente la prestación económica
que percibe el personal al servicio de las Administraciones Publicas, de
los organismos y entidades dependientes de aquellas y de los órganos
constitucionales cuando se encuentra en la situación de incapacidad
temporal.


Hasta entonces los empleados públicos percibían en dicha
situación el 100% de sus retribuciones bien porque la ley así lo
establecía (caso de los funcionarios civiles del Estado, Fuerzas Armadas
o personal al servicio de la Administración de Justicia y desde 2010
todos los funcionarios de todas las administraciones) bien porque las
prestaciones económicas previstas en el régimen general de la Seguridad
Social se complementaban mediante pactos y acuerdos (caso de los
empleados públicos incluidos en el régimen general de la Seguridad
Social). El Decreto-ley redujo dichas prestaciones estableciendo límites
máximos, de tal manera que lo máximo a percibir consiste en el 50% de las
retribuciones durante los tres primeros días de incapacidad temporal y el
75% hasta el vigésimo día. Téngase en cuenta además que se trata de
límites máximos, esto es, las Administraciones pueden decidir no
complementar hasta dichos porcentajes las prestaciones obligatorias del
régimen en la Seguridad Social.


La justificación de dicha reducción ofrecida por el
Gobierno consistía en una pretendida homogenización del régimen de los
empleados públicos con el sector privado, sin tener en cuenta que en
éste, mediante convenio, dichas prestaciones pueden incrementarse hasta
cobrar el cien por cien de las retribuciones.


En coherencia con otra enmienda que proponemos, la que se
refiere a una Disposición Final nueva (Prestaciones económicas en la
situación de incapacidad temporal del personal al servicio de las
administraciones públicas, organismos y entidades dependientes y órganos
constitucionales), no consideramos oportuna la modificación introducida
en el tramite del Congreso que se refiere al citado artículo 9 del Real
Decreto-ley 20/2012, del 13 de julio.









Página
1063




ENMIENDA NÚM. 1237


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional sexagésima.


ENMIENDA


De supresión.


Disposición Adicional Sexagésima. Retenciones en las
centrales de compras u otros instrumentos de cooperación
interadministrativa.


MOTIVACIÓN


Es innecesaria la modificación introducida en el trámite
del Congreso de los Diputados.



ENMIENDA NÚM. 1238


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional septuagésima quinta.


ENMIENDA


De supresión.


De supresión parcial en la


Disposición Adicional Septuagésima Quinta. Régimen
aplicable a los servicios ferroviarios gestionados por FEVE que discurran
sobre red ferroviaria de interés general de ancho métrico, a partir de la
fecha de extinción.


Se propone la supresión del segundo párrafo, de la letra
e), de la Disposición Adicional Septuagésima quinta.


MOTIVACIÓN


Las continuas cautelas que se manifiestan en materia de los
derechos de los trabajadores provenientes de FEVE, ya que la introduce el
párrafo que se suprime se sobrepone a la regulación de los apartados 4, 5
y 6 del Real Decreto-ley 22/2012, de 20 de julio o suponen una
reiteración o la evidencia de las más que razonables dudas sobre la
regulación.



ENMIENDA NÚM. 1239


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.


ENMIENDA


De adición.









Página
1064




Se añade una nueva disposición adicional con el siguiente
texto:


«Disposición adicional. Compensación a la Universidad
Nacional de Educación a Distancia por la exención o bonificación de los
precios públicos por servicios académicos concedida a estudiantes con
discapacidad.


La compensación a la Universidad Nacional de Educación a
Distancia por la disminución de ingresos producida por la exención o
bonificaciones legales por precios públicos por servicios académicos
correspondientes a estudiantes con discapacidad prevista en el artículo
66 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los
Minusválidos, se efectuará con cargo a las mismas partidas que la de los
estudiantes becarios exentos de pago.»


MOTIVACIÓN


El incremento en la matriculación de alumnos con
discapacidad procedentes de todo el territorio nacional ha hecho que la
UNED sea la opción elegida por cerca del 50% del total de estos
estudiantes del sistema universitario español.


Esta modificación no supone incremento del gasto público,
sino sólo la remoción de obstáculos técnicos que han venido impidiendo de
facto el cumplimiento del artículo 30 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, y
la disposición adicional vigésimo cuarta de la Ley Orgánica 6/2001, de 21
de diciembre, de Universidades, permitiéndose con ella que el Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte pueda distribuir sus créditos sin
conculcarlas.



ENMIENDA NÚM. 1240


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.


ENMIENDA


De adición.


Se añade una nueva disposición adicional con el siguiente
texto:


«Disposición adicional. Apoyo del Gobierno a la UNED y a la
UIMP.


Corresponderá al Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte, en virtud de lo dispuesto en la Disposición adicional primera de
la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, ejercer las
acciones que, en su caso, correspondiera realizar a la respectiva
Comunidad Autónoma de que dependa cada universidad en las convocatorias
públicas cuyos destinatarios directos o indirectos sean las
universidades.


Al amparo de la citada Disposición adicional primera, el
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se considerará equiparado a
Comunidad Autónoma a los efectos de transferencias destinadas a
universidades, en lo que afecten a las que dependen directamente de la
Administración General del Estado.»


MOTIVACIÓN


Habilitar a la UNED y a la UIMP para participar en
cualquier programa o convocatoria públicos a los que puedan optar el
resto de universidades.










Página
1065




ENMIENDA NÚM. 1241


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición transitoria séptima.


ENMIENDA


De supresión.


Disposición Transitoria Séptima. Aplazamiento de entrada en
vigor.


MOTIVACIÓN


No se considera adecuada la modificación introducida en el
trámite del Congreso de los Diputados.



ENMIENDA NÚM. 1242


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición derogatoria nueva.


ENMIENDA


De adición.


Disposición Derogatoria Nueva. Derogación de la Ley
10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en
el ámbito de las Administraciones de Justicia y del Instituto Nacional de
Toxicología y Ciencias Forenses.


Se propone la derogación de la Ley 10/2012, de 20 de
noviembre.


MOTIVACIÓN


El carácter disuasorio del que se ha querido dotar a esta
Ley es contrario a los principios constitucionales básicos en materia de
acceso a la justicia en condiciones de igualdad.



ENMIENDA NÚM. 1243


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición final tercera.


ENMIENDA


De supresión.


De supresión parcial a la Disposición Final Tercera.


Modificación de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de
construcción, conservación y explotación de las autopistas en régimen de
concesión.


Se propone la supresión de la letra b), del punto Uno, de
la Disposición Final Tercera.









Página
1066




MOTIVACIÓN


Medida innecesaria y desproporcionada.



ENMIENDA NÚM. 1244


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Anexo VI.


ENMIENDA


De modificación.


Se modifica el anexo VI, sobre los «Costes de personal de
la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)» del siguiente
modo:


donde dice:















Personal no Docente (funcionario y
laboral fijo)
-
Miles de euros
26.909,36

deberá decir:















Personal no Docente (funcionario y
laboral fijo)
-
Miles de euros
31.674,36

MOTIVACIÓN


Autorizar a la UNED a mantener su plantilla real, lo cual
no supone incremento de partida alguna de los Presupuestos Generales del
Estado y tampoco habilita a incrementar sus efectivos ni su coste.



ENMIENDA NÚM. 1245


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 18. Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 18.


Servicio: 04.


Programa: 323 - M Becas y ayudas a estudiantes.


Capítulo: 4.


Artículo: 45 A Comunidades Autónomas.









Página
1067




Concepto: (nuevo) Programa para financiar becas para
comedor.


Importe: 30.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 30.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar de presupuesto un programa que facilite la
financiación de las becas de comedor para los escolares.



ENMIENDA NÚM. 1246


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 20. Ministerio de Industria, Energía y
Turismo.


ENMIENDA


De adición.


ALTA


Sección: 20. Ministerio de Industria, Energía y
Turismo.


Servicio: 15: Secretaría General de Industria y de la
pequeña y mediana empresa.


Programa: 467 - C Investigación y desarrollo
Tecnológico-industrial.


Capítulo: 7. Transferencias de Capital.


Artículo: 79. Al exterior.


Concepto: 790. Para la financiación de la participación en
Programas Espaciales.


Importe: 90.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.


Programa: 929 - M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros Imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Importe: 90.000 miles ¤.


JUSTIFICACIÓN


Mantener el apoyo firme y decidido a la política europea
espacial, que está actuando de palanca en nuestro país de un sector
industrial puntero y líder en exportación de tecnología aeroespacial,
incluso a países de más allá de la UE.










Página
1068




ENMIENDA NÚM. 1247


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 23 Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio
Ambiente.


Organismo: 101 Organismo Autónomo Parques Nacionales.


Programa: 456-C Protección y mejora del medio natural.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: 462 Corporaciones Locales. Indemnizaciones por
pérdida de renta.


Concepto: 463 Entidades Locales. Programas y Convenios de
Colaboración.


Importe: 200,51 miles ¤ (En el concepto 462).


Importe: 56,24 miles ¤ (En el concepto 463).


BAJA


Sección: 31. Gastos diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M Imprevistos y funciones no clasificadas.


Capítulo: Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 256,75 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Carece de toda lógica que en un momento en el que se está
tramitando la creación de nuevos parque nacionales, esta partida sufra un
recorte tan drástico. De la misma manera que en otras enmiendas referidas
al Organismo Autónomo Parques Nacionales, proponemos dejar la partida en
el entorno de lo previsto en el Presupuesto para el 2012.



ENMIENDA NÚM. 1248


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De adición.


ALTA


Sección: 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


Servicio. 14: Dirección General de Innovación y
Competitividad.


Programa: 467C. Investigación y desarrollo
tecnológico-industrial.









Página
1069




Capítulo: 7. Transferencias de Capital.


Artículo: 78. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 781. Programa para el Apoyo a Proyectos de
Investigación Aplicada y Desarrollo Experimental en Organismos de
Investigación con alta capacidad de transferencia.


Importe: 25.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros Imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Importe: 25.000 miles ¤.


JUSTIFICACIÓN


Es necesario apoyar mediante convocatorias públicas
competitivas el desarrollo de las líneas de investigación tecnológica
propia de los organismos de investigación, de modo que les permita, de
manera efectiva, explorar nuevas tecnologías, incrementar su capacitación
en tecnologías emergentes, abordar proyectos de mayor valor añadido para
sus empresas cliente y mejorar la eficacia de los recursos disponibles en
el conjunto de los organismos de investigación (incluyendo los Centros
Tecnológicos) españoles.


De este modo se podrán mantener las capacidades de
generación de conocimiento orientado a su aplicación en el mercado, así
como la cooperación entre Centros Tecnológicos y otros organismos de
investigación que les permita, de manera efectiva, abordar grandes
proyectos de investigación y desarrollo tecnológico.


Esta enmienda es coherente con los objetivos de la
Proposición no de Ley, aprobada de forma unánime en octubre de 2008 por
la Comisión de Ciencia e Innovación del Congreso de los Diputados, sobre
la mejora del apoyo a los Centros Tecnológicos en el marco de las
Políticas Estatales de I+D+I, en la que, entre otras disposiciones, se
instaba al Gobierno a potenciar los programas destinados a reforzar la
actividad de los Centros Tecnológicos y a fortalecer sus actuaciones en
consorcio y sus alianzas.



ENMIENDA NÚM. 1249


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De adición.


ALTA


Sección: 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


Servicio. 14: Dirección General de Innovación y
Competitividad.


Programa: 467C. Investigación y desarrollo
tecnológico-industrial.


Capítulo: 7. Transferencias de Capital.


Artículo: 78. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 782. Programa para la ampliación y mejora de
infraestructuras científicas y tecnológicas destinadas a la Investigación
Aplicada y Desarrollo Experimental en Organismos de Investigación con
alta capacidad de transferencia.


Importe: 5.000 miles ¤.









Página
1070




BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos ministerios.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros Imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Importe: 5.000 miles ¤.


JUSTIFICACIÓN


Esta enmienda persigue adecuar el apoyo, mediante
convocatorias públicas competitivas orientadas a los organismos de
investigación, tanto a la creación como a la ampliación y renovación de
infraestructuras científicas y tecnológicas ligadas a proyectos de
investigación aplicada y desarrollo experimental de los organismos de
investigación. De este modo, estos organismos (entre los que se incluyen
los Centros Tecnológicos) podrán abordar nuevas líneas de investigación y
ampliar las actuales con el fin de mejorar su capacidad de generación de
nuevo conocimiento tecnológico, así como aumentar su capacidad de atender
a las demandas de un número mayor de empresas españolas.


Además contribuirá al apalancamiento de fondos provenientes
del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), resolviendo en parte
los problemas de asignación de fondos actualmente existentes en el
Programa Operativo de I+D+I por y para el beneficio de las empresas
(Fondo Tecnológico). Con esta partida de 10 M¤ se podrán financiar
proyectos por importe de más de 30 M¤ (asumiendo un 70% de financiación
de fondos FEDER).


Esta enmienda es coherente con los objetivos de la
Proposición no de Ley, aprobada de forma unánime en octubre de 2008 por
la Comisión de Ciencia e Innovación del Congreso de los Diputados, sobre
la mejora del apoyo a los Centros Tecnológicos en el marco de las
Políticas Estatales de I+D+I, en la que, entre otras disposiciones, se
instaba al Gobierno a potenciar los programas destinados a actualizar y
fortalecer las infraestructuras de los Centros Tecnológicos.



ENMIENDA NÚM. 1250


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
(ADIF).


ENMIENDA


De modificación.


AL ANEXO DE INVERSIONES REALES Y PROGRAMACIÓN PLURIANUAL
DEL ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF).


ALTA


Entidad: ADIF.


Comunidad Autónoma: Castilla-La Mancha.


Provincia: Albacete.


(Nuevo) Estación de Ave en Almansa.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Entidad: ADIF.


Comunidad Autónoma: No regionalizable.


Proyecto: 0003 Estaciones de viajeros.









Página
1071




Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 4
enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2013.


Palacio del Senado, 26 de noviembre de 2012.—El
Portavoz Adjunto, José Miguel Camacho Sánchez.


ENMIENDA NÚM. 1251


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con
entes territoriales.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 32.


Servicio: 01.


Programa: 941 - O.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 755. A las CCAA de Andalucía, Cataluña, Castilla
y León, Aragón, Illes Balears y Extremadura, en cumplimiento de lo
establecido en materia de inversiones en sus respectivos Estatutos de
Autonomía.


Importe: 1.250.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.250.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en materia
de inversiones en sus respectivos Estatutos de Autonomía.










Página
1072




ENMIENDA NÚM. 1252


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con
entes territoriales.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 32.


Servicio: 01 Secretaría General de Coordinación Autonómica
y Local. Comunidades Autónomas.


Programa: 441 - M.


Capítulo: 4 Transferencias corrientes.


Artículo: 45 A Comunidades Autónomas.


Concepto: (Nuevo) Aportación al Consorcio de Transportes de
Asturias.


Importe: 7.000,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 7.000,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1253


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con
entes territoriales.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 32.


Servicio: 01.


Programa: 441 - M.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: (Nuevo) A la entidad pública de transporte
Metropolitano de Valencia.









Página
1073




Importe: 28.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 28.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1254


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 32. Otras relaciones financieras con
entes territoriales.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 32.


Servicio: 01.


Programa: 441 - M.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 453. A la Comunidad Autónoma de Canarias para la
financiación de las necesidades correspondientes al transporte regular de
viajeros de las distintas Islas Canarias, suscrito con el Estado.


Importe: 5.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 5.000 miles ¤


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1074




El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 48
enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2013.


Palacio del Senado, 26 de noviembre de 2012.—El
Portavoz Adjunto, José Miguel Camacho Sánchez.


ENMIENDA NÚM. 1256


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 16.


Programa: 231 - F.


Capítulo: 2.


Artículo: 22.


Concepto: Nuevo. Observatorio de la discapacidad.


Importe: 150 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 150 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1257


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1075




ALTA


Sección: 26.


Organismo: 106.


Programa: 231F - OTROS SERVICIOS SOCIALES DE ESTADO.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 482. A la Confederación Española de Personas
Sordas para Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos
Española.


Importe: 22 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos Ministeriales.


Importe: 22 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1258


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Organismo: 106.


Programa: 231F - OTROS SERVICIOS SOCIALES DEL ESTADO.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 481. A la Fundación CENTAC para Centro Nacional
de Tecnologías de la Accesibilidad.


Importe: 100 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
1076




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos Ministeriales.


Importe: 100 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1259


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 26. MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E
IGUALDAD.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 17.


Programa: 231F - OTROS SERVICIOS SOCIALES DEL ESTADO.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: Nuevo - Plan de acción para las personas con
discapacidad.


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1260


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.









Página
1077




ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Organismo: 106.


Programa: 231F - OTROS SERVICIOS SOCIALES DEL ESTADO.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 450. Universidad Carlos III para Centro Español
Subtitulado y Audiodescripción.


Importe: 150 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos Ministeriales.


Importe: 150 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1261


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 17.


Programa: 231F - OTROS SERVICIOS SOCIALES DEL ESTADO.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 481. Confederación Española de personas Sordas
para ejercicio de sus derechos básicos.


Importe: 250 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos.









Página
1078




Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos Ministeriales.


Importe: 250 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1262


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 26. MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E
IGUALDAD.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO
DE LA MUJER.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS.


Sección: 26.


Organismo: 107.


Programa: 232 B.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 481 - Transferencias a entidades y personas
físicas para realizar actividades que fomenten la no discriminación de la
mujer y su participación en la sociedad.


Importe: 500,00 miles ¤.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS.


Sección: 26.


Organismo: 107.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 400. Del Departamento al que está adscrito.


Importe: 500,00 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 21.


Programa: 000X Transferencias internas.


Capítulo: 4.









Página
1079




Artículo: 41.


Concepto: 416. Al Insituto de la Mujer para el cumplimiento
de sus fines.


Importe: 500,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1263


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 22.


Programa: 232 - C.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Importe: 450. Programas de asistencia social para mujeres
víctimas de violencia de género.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Importe: 510. Para atender las necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1080




ENMIENDA NÚM. 1264


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 22.


Programa: 232 - C.


Capítulo: 6.


Artículo: 64.


Proyecto: Campaña de sensibilización sobre la violencia de
género, la discriminación y la igualdad en el empleo.


Importe: 1.500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender las necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1265


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS.


Sección: 26.


Organismo: 107.


Programa: 232 B.









Página
1081




Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48101 - Programas para la aplicación de la
igualdad de oportunidades.


Importe: 500,00 miles ¤.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS.


Sección: 26.


Organismo: 107.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 400. Del departamento al que está adscrito.


Importe: 500,00 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 21.


Programa: 000X Transferencias internas.


Capítulo: 4.


Artículo: 41.


Concepto: 416. Al Instituto de la Mujer para el
cumplimineto de sus fines.


Importe: 500,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1266


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1082




ALTA


Sección: 26.


Servicio: 21.


Programa: 232 - B.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 452 - Programas de formación y fomento del empleo
femenino.


Importe: 300 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 300 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1267


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313 B - Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: Nuevo. Para subvencionar instituciones de
cualquier titularidad sin ánimo de lucro con destino a financiar
Programas de Prevención y Control del SIDA.


Importe: 4.200 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
1083




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 4.200 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1268


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 04.


Programa: 311 - O.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 751. A la Comunidad Autónoma de Cantabria para la
financiación del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla, de
Santander.


Importe: 10.000 miles ¤.


BAJA.


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 10.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1269


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.









Página
1084




ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313 - B.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 483. Para financiar todo tipo de actividades
relativas a la promoción de la salud e investigación.


Importe: 10.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 10.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1270


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Organismo: 104. Agencia Española de Seguridad Alimentaria y
Nutrición.


Programa: 313C - -Seguridad alimentaria y nutrición.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 480.- Para atender becas de investigación.


Importe: 215 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.









Página
1085




Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 215 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1271


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 02.


Programa: 311M - Dirección y Servicios Generales del
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdadl.


Capítulo: 4.


Artículo: 49.


Concepto: 491.- Para cuotas y demás gastos de organismos
internacionales.


Importe: 150 miles ¤.


BAJA.


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 150 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1086




ENMIENDA NÚM. 1272


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313 B - Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 752.- A Comunidades Autónomas. Plan de
inversiones para el desarrollo del sistema de información sanitaria.


Importe: 470 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 470 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1273


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313B - Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.









Página
1087




Concepto: (Nuevo).- Transferencias a CC.AA. Para toda clase
de gastos para el desarrollo de programas de prevención y promoción de la
salud, especialmente en el ámbito de enfermedades emergentes,
reemergentes y de especial relevancia.


Importe: 2.400 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.400 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1274


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313B - Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 454. A Comunidades Autónomas. Estrategias frente
a enfermedades raras así como prevención de otras enfermedades.


Importe: 3.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 3.000 miles ¤.









Página
1088




MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1275


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313 B - Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 753.- Plan de Inversión para el fomento de la
investigación y la calidad.


Importe: 50 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 50 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1276


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1089




ALTA


Sección: 26.


Servicio: 09.


Programa: 313 - A.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 453 Fondo de Cohesión Sanitaria.


Importe: 75.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 75.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1277


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 26. MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E
IGUALDAD.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 04.


Programa: 311O - Políticas de Salud y Ordenación
Profesional.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: (Nuevo).- Fundación Catalana d’ELA.


Importe: 50 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
1090




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 50 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1278


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 04.


Programa: 311O - Políticas de Salud y Ordenación
Profesional.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: (Nuevo).- Fundación García Cugat. Proyectos de
Investigación cartilaginosa, ligamentosa y tendinosa.


Importe: 400 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 400 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1279


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.









Página
1091




ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 465A - Investigación Sanitaria.


Capítulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: Nuevo. A la Fundación para el desarrollo de la
Investigación en Genómica y Proteómica.


Importe: 60 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 60 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1280


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 04.


Programa: 311O - Políticas de Salud y Ordenación
Profesional.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: (Nuevo).- A la Fundación Liga Catalana
d’ajuda Oncológica.


Importe: 100 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.









Página
1092




Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 100 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1281


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 401.- Agencia Española del Medicamento y
Productos Sanitarios.


Programa: 313A - Prestaciones y farmacia.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 484 Subvención a la Fundación ONCE.


Importe: 100 miles ¤.


BAJA.


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 100 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia










Página
1093




ENMIENDA NÚM. 1282


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 04.


Programa: 311O - Políticas de Salud y Ordenación
Profesional.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: (Nuevo).- Fundación privada para la lucha contra
la esclerosis múltiple.


Importe: 100 miles ¤.


BAJA.


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 100 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1283


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313 B - Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.









Página
1094




Concepto: Nuevo.- Para el pago de ayudas sociales a
personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas que hayan
desarrollado hepatitis C.


Importe: 200 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 200 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1284


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313 - B.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 482.- A Instituciones de cualquier titularidad
para financiar todo tipo de estrategias.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1095




ENMIENDA NÚM. 1285


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 04.


Programa: 311O - Salud Pública y Ordenación
Profesional.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: Nuevo.- Observatorio de Salud de las Mujeres.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1286


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313 B - Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 4.









Página
1096




Artículo: 48.


Concepto: Nuevo.- Para coordinar con otros agentes el
desarrollo del Plan Multisectorial de Lucha contra el SIDA.


Importe: 1.500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1287


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313B - Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: Nuevo.- Transferencia a Comunidades Autónomas
para toda clase de gastos que originen los programas autonómicos
derivados del Plan Nacional sobre el SIDA.


Importe: 4.800 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 4.800 miles ¤.









Página
1097




MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1288


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313B - Políticas de Salud y Ordenación
Profesional.


Capítulo: 4.


Artículo: 5.


Concepto: (Nuevo).- A Comunidades Autónomas para el
desarrollo del Plan de Salud Bucodental.


Importe: 12.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 12.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1289


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1098




ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313B -.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: (Nuevo).- Transferencias a CC.AA. Para financiar
todo tipo de actividades relativas a promoción y prevención de la salud,
investigación y estrategias del SNS.


Importe: 30.117 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 30.117 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1290


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 07.


Programa: 313 B - Salud Pública, sanidad exterior,
calidad.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: Nuevo.- A la Sociedad Española de Enfermedades
Infecciosas y Microbiología Clínica (GESIDA) para mediante convenio,
fomentar la investigación clínica sobre el SIDA.


Importe: 100 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
1099




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 100 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1291


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 401.- Agencia Española del Medicamento y
Productos Sanitarios.


Programa: 313A - Prestaciones y farmacia.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 482 Subvención Casa del Corazón.


Importe: 80 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 80 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia



ENMIENDA NÚM. 1292


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.









Página
1100




ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 02.


Programa: 311M - Dirección y Servicios Generales del
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


Capítulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: 443.- A la Fundación española para la Cooperación
Internacional, Salud y Política Social.


Importe: 120 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M - Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 120 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1293


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 16.


Programa: 231 - F.


Capítulo: 7.


Artículo: 76.


Concepto: Nuevo. Al Cabildo de Fuerteventura para
infraestructuras del Sistema de Autonomía y Atención a la
Dependencia.


Importe: 500 miles ¤.









Página
1101




BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1294


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 15.


Programa: 000X TRANSFERENCIAS INTERNAS.


Capítulo: 4.


Artículo: 42.


Concepto: 428 Al IMSERSO. Nivel convenido en dependencia
(SAAD) (Nuevo).


Importe: 283.200 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 283.200 miles ¤.


SECCIÓN 60. ESTADO DE INGRESOS.


ALTA


Sección: 60.


Capítulo: 4.


Artículo: 40.


Concepto: 401.7.2. Nivel convenido en dependencia (SAAD)
(Nuevo).









Página
1102




Importe: 283.200 miles ¤.


PRESUPUESTOS DE GASTOS DEL IMSERSO.


ALTA


Sección: 60.


Servicio: 903.


Programa: 3134.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 451.2. Nivel acordado de protección (Nuevo).


Importe: 283.200 miles ¤.


































REPERCUSIÓN EN
EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA SECCIÓN 60 DE LOS PGE
CréditoOrgánicaProgramaEconómicaImporte (miles de euros)
ALTA60.02231I428283.200

MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1295


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 15.


Programa: 000X- TRANSFERENCIAS INTERNAS.


Capítulo: 4.


Artículo: 42.


Concepto: 427. Al IMSERSO para mínimo garantizado
dependencia.


Importe: 200.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos.


Programa: 929M. M. Imprevistos y Funciones no
Clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros Imprevistos.









Página
1103




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos Ministeriales.


Importe: 200.000 miles ¤.


SECCIÓN 60. ESTADO DE INGRESOS.


ALTA


Sección: 60.


Capítulo: 4.


Artículo: 40.


Concepto: 401.7.1. Nivel mínimo garantizado
dependencia.


Importe: 200.000 miles ¤.


PRESUPUESTO DE GASTOS DEL IMSERSO.


ALTA


Sección: 60.


Servicio: 903.


Programa: 3134.


Capítulo: 4.


Concepto: 4511. Nivel mínimo garantizado dependencia.


Importe: 200.000 miles ¤.


Repercusión en el Presupuesto de Gastos de la Sección 60 de
los PGE.


ALTA


Orgánica: 60.02.


Programa: 231 I.


Económica: 427.


Importe: 200.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1296


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 16.


Programa: 231G - ATENCIÓN A LA INFANCIA Y A LAS
FAMILIAS.


Capítulo: 4.









Página
1104




Artículo: 45.


Concepto: Nuevo - Plan estratégico Nacional de Infancia y
Adolescencia.


Importe: 4.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos Ministeriales.


Importe: 4.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1297


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 16.


Programa: 231 - F. Otros Servicios Sociales del Estado.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 459. Nuevo. Fondo estatal de emergencia para las
familias en situación de pobreza y exclusión social.


Importe: 1.000.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1105




ENMIENDA NÚM. 1298


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 15.


Programa: 000X TRANSFERENCIAS INTERNAS.


Capítulo: 4.


Artículo: 42.


Concepto: 424 AL IMSERSO, para el cumplimiento de sus
fines.


Importe: 6.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 6.000 miles ¤.


SECCIÓN 60. ESTADO DE INGRESOS.


ALTA


Sección: 60.


Capítulo: 4.


Artículo: 40.


Concepto: 401.7.0. Para el cumplimiento de sus fines.


Importe: 6.000 miles ¤.


PRESUPUESTOS DE GASTOS DEL IMSERSO.


ALTA


Sección: 60.


Servicio: 903.


Programa: 3132 Envejecimiento activo y prevención de la
Dependencia.


Capítulo: 2.


Artículo: 26.


Concepto: 261.5. Concierto de Servicios Sociales con medios
ajenos.


Importe: 6.000 miles ¤.









Página
1106




































REPERCUSIÓN EN
EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA SECCIÓN 60 DE LOS PGE
CréditoOrgánicaProgramaEconómicaImporte
(miles de euros)
ALTA60.02231D4246.000

MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia para incrementar la
partida destinada a Termalismo Social.



ENMIENDA NÚM. 1299


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 15.


Programa: 000X. TRANSFERENCIAS INTERNAS.


Capítulo: 4.


Artículo: 42.


Concepto: 424 AL IMSERSO, para el cumplimiento de sus
fines.


Importe: 30.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 30.000 miles ¤.


SECCIÓN 60. ESTADO DE INGRESOS.


ALTA


Sección: 60.


Capítulo: 4.


Artículo: 40.


Concepto: 401.7.0. Para el cumplimiento de sus fines.


Importe: 30.000 miles ¤.









Página
1107




PRESUPUESTOS DE GASTOS DEL IMSERSO.


ALTA


Sección: 60.


Servicio: 903.


Programa: 3132. Envejecimiento activo y prevención de la
Dependencia.


Capítulo: 2.


Artículo: 26.


Concepto: 261.5. Concierto de Servicios Sociales con medios
ajenos.


Importe: 30.000 miles ¤.


































REPERCUSIÓN EN
EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA SECCIÓN 60 DE LOS PGE
CréditoOrgánicaProgramaEconómicaImporte (miles de euros)
ALTA60.02231D42430.000

MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia para incrementar la
partida destinada a Turismo Social.



ENMIENDA NÚM. 1300


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 15.


Programa: 000X. TRANSFERENCIAS INTERNAS.


Capítulo: 4.


Artículo: 42.


Concepto: 424 AL IMSERSO, para el cumplimiento de sus
fines.


Importe: 30.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros Imprevistos.


Artículo: 51. Otros Imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 30.000 miles ¤.









Página
1108




SECCIÓN 60. ESTADO DE INGRESOS.


ALTA


Sección: 60.


Capítulo: 4.


Artículo: 40.


Concepto: 401.7.0. Para el cumplimiento de sus fines.


Importe: 30.000 miles ¤.


PRESUPUESTOS DE GASTOS DEL IMSERSO.


ALTA


Sección: 60.


Servicio: 903.


Programa: 3132. Envejecimiento activo y prevención de la
Dependencia.


Capítulo: 2.


Artículo: 26.


Concepto: 261.5. Concierto de Servicios Sociales con medios
ajenos.


Importe: 30.000 miles ¤.


































REPERCUSIÓN EN
EL PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA SECCIÓN 60 DE LOS PGE
CréditoOrgánicaProgramaEconómicaImporte
(miles de euros)
ALTA60.02231E42430.000

MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia para reponer la partida
destinada a Teleasistencia.



ENMIENDA NÚM. 1301


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 16.


Programa: 231F. OTROS SERVICIOS SOCIALES DEL ESTADO.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 453. Plan de desarrollo gitano.


Importe: 687 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.









Página
1109




Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos Ministeriales.


Importe: 687 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1302


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 26. Ministerio de Sanidad, Servicios
Sociales e Igualdad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 26.


Servicio: 16.


Programa: 231F - OTROS SERVICIOS SOCIALES DEL ESTADO.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 45300. Desarrollo de prestaciones básicas de
servicios sociales. Plan Concertado.


Importe: 57.039,42 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos Ministeriales.


Importe: 57.039,42 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 58
enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2013.


Palacio del Senado, 21 de noviembre de 2013.—El
Portavoz Adjunto, José Miguel Camacho Sánchez.









Página
1110




ENMIENDA NÚM. 1304


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 10.


Programa: 431-O.


Capítulo: 8.


Artículo: 83.


Concepto: 832 Préstamos para apoyo al comercio
minorista.


Importe: 2.000,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1305


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 08.


Programa: 431-A.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 747.01. Al ICEX para su operación de capital.


Importe: 15.000 miles ¤.









Página
1111




BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 15.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1306


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14 Dirección General de Innovación y
Competitividad.


Programa: 463-B. Fomento y coordinación de la investigación
científica y técnica.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: A la Fundación European Virtual Engineering
(EUVE).


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar de recursos económicos para proyectos de
investigación, desarrollo y transferencia de tecnología en áreas de
realidad virtual, ingenieria virtual e hidrometorología.










Página
1112




ENMIENDA NÚM. 1307


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14 Dirección General de Innovación y
Competitividad.


Programa: 467-C. Investigación y desarrollo
tecnológico-industrial.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: A la Universidad de Mondragón, para el Centro de
Investigación e Innovación en Alimentación y Gastronomía del Basque
Culinary Center.


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar de presupuesto al Centro de Investigación e
Innovación en Alimentación y Gastronomía del Basque Culinary Center.



ENMIENDA NÚM. 1308


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13 Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463-B. Fomento y coordinación de la investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 75. A Comunidades Autónomas.


Concepto: A la construcción del Centro Internacional de
Investigación sobre el envejecimiento (CNIE) en el Parque tecnológico de
Miramón.









Página
1113




Importe: 5.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 5.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Se dota de partida presupuestaria al CNIE, según el
convenio firmado el pasado 11 de noviembre de 2011 entre Gobierno Vasco y
el anterior Ministerio de Ciencia e Innovación.



ENMIENDA NÚM. 1309


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11. Secretaría de estado de investigación,
desarrollo e innovación.


Programa: 463-B. Fomento y coordinación de investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: A la Fundación INBIOMED.


Importe: 1.500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar partida para desarrollo de estudios sobre
envejecimiento.










Página
1114




ENMIENDA NÚM. 1310


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14 Dirección general de Innovación y
Competitividad.


Programa: 467 - C. Investigación y desarrollo
tecnológico-industrial.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: A la UPV para la construcción del Parque
Tecnológico de Miramón, en sus terrenos de Irún.


Importe: 1.900 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.900 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar de presupuesto al Convenio firmado con el anterior
Ministerio de Ciencia e Innovación para construcción del Parque
Tecnológico.



ENMIENDA NÚM. 1311


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11 Secretaría de Estado de investigación,
desarrollo e innovación.


Programa: 463-B. Fomento y coordinación de investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: A la Corporación tecnológica TECNALIA.


Importe: 3.000 miles ¤.









Página
1115




BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 3.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar partida para desarrollo de I+D+i.



ENMIENDA NÚM. 1312


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11 Secretaría de Estado de investigación,
desarrollo e innovación.


Programa: 463-B. Fomento y coordinación investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: Al Basque Centre for Applied mathemathics.


Importe: 6.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que pueden
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 6.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar partida para investigación.










Página
1116




ENMIENDA NÚM. 1313


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11. Secretaría de Estado de investigación,
desarrollo e innovación.


Programa: 463-B. Fomento y coordinación investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: Construcción y explotación de la sede española de
la Fuente Europea de Neutrones por Espalación (ESS- Bilbao).


Importe: 15.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que pueden
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 15.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Fomento para la investigación de la sede española de la
Fuente de Espalación de Neutrones.



ENMIENDA NÚM. 1314


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11 Secretaría de Estado de investigación,
desarrollo e innovación.


Programa: 463 - B. Fomento y coordinación investigación
científica y técnica.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: A la Unidad de Biofísica de UPV-Universidad del
País Vasco.


Importe: 3.000 miles ¤.









Página
1117




BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que pueden
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 3.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar partida presupuestaria para I+D+i



ENMIENDA NÚM. 1315


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11. Secretaría de Estado de investigación,
desarrollo e innovación.


Programa: 463-B. Fomento y coordinación investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: A la Universidad de Deusto, para el proyecto
CEI-2010-15 de investigación.


Importe: 7.500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que pueden
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 7.500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar partida para investigación.










Página
1118




ENMIENDA NÚM. 1316


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 12. Secretaría General de ciencia, tecnología e
innovación.


Programa: 467-C. Investigación y desarrollo tecnológico e
industrial.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: A la Universidad del País Vasco, para el Centro
de Innovación Social.


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que pueden
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar partida para investigación.



ENMIENDA NÚM. 1317


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 401.


Programa: 463-A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Concepto: 2010214010034. Centro de Nanotecnología y
Nanociencias (Barcelona).


Importe: 2.000 miles ¤.









Página
1119




BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1318


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 401.


Programa: 463-A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Concepto: 2010 21 401 0023. Instituto Ciencias de la Tierra
«Jaume Almera». Barcelona.


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1319


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.









Página
1120




ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11.


Programa: 463-B.


Capítulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: Nuevo. Instituto Catalán de Fotónicas (ICFO).


Importe: 750 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 750 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1320


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS).


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 401.


Programa: 463 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2010 21 401 0024. Instituto de Investigaciones
Biomédicas. Barcelona.


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
1121




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1321


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11.


Programa: 463 - B.


Capítulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: Nuevo. Parque Científico Universidad de
Barcelona.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1322


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1122




ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.


Programa: 463 - B.


Capítulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: 44906. Al Consorcio Barcelona Supercomputing
Center para sus gastos de funcionamiento.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1323


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.


Programa: 463 - B.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 74901. Al consorcio para la creación,
construcción, equipamiento y explotación del Barcelona Supercomputing
Center - Centro Nacional de Super Computación (BSC-CNS).


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.









Página
1123




Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1324


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 401.


Programa: 463 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2010214010071. Instituto de las Ciencias del
Espacio.


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1325


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.









Página
1124




Organismo: 401.


Programa: 463 - A.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 453. Consorcio CSIC - IRTA.


Importe: 200 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 200 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1326


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.


Programa: 463 - B.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 749. Transferencias para el mantenimiento de los
convenios y programas con las siguientes instituciones:


Plataforma Fenotipal Metabólica CBATEG-Mousse Clínic,
Institut de Investigación Biomèdiques August Pi i Sunyer (IDIBAPS),
Institut de Recerca (IRB), Institut Recerca de lÁigua (ICRA), Institut
Energía de Catalunya, Bioregió de Catalunya-Biocat, Universitad Autònoma
de Barcelona-Centre Investigació en Energía i Tecnoloíes i Ciències
Ambientals (CIETCA), Universitat de Girona-Centre dÍnvestigació
Multidisciplinar en L`ambit Ciència i Tecnologia Agroalimentària i de les
TIC, Universitat de Lleida-Plataforma Tecnològica Biòmica, Univeritat
Politècnica de Catalunya-Campus de la Ingenieria i de la Innovaciò
Diagonal-Besòs, Universitat Pompeu Fabra-Campus Comunicaciò
Poblenou-Campus del Mar:Laboratoris i CRAI., Universitat Rovira i
Virgili-Centre de I+D+I en Nutriciò i Salut (Reus), Institut Català
dÍnvestigació Química Tarragona, Parque Científico y Tecnológico de
Lleida, Centro de Producción Audiovisual (Magical).


Importe: 8.000 miles ¤.









Página
1125




BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 8.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1327


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 205.


Programa: 465 - A.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: Tranferencia a las siguientes entidades para el
mantenimiento de los convenios y programas de investigación:


— Institut Català de Ciències Cardiovasculars.


— Centre de Medecina Regenerativa.


— Institut Medecina Predictiva i Personalitzada del
Càncer.


— Institut Recerca Vall Hebron.


— IDIBELL-Bellvitge-UB.


— IDIBAPS-Clínic-UB.


— Germans Trias i Pujol-UAB.


— A los CIBERs.


— Centre de Medecina Regenerativa (CMRB).


— Fundació Privada Centre de Regulació Genòmica.


— Fundació Privada Institut de Recerca Biomèdica.


— Plan de Calidad Sistema de Salud.


— Agencia de Evaluación de Tecnologia Médica.


Importe: 6.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.









Página
1126




Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 6.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1328


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11.


Programa: 463 - B.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 749. Transferencia a las siguientes entidades
para el mantenimiento de los convenios y programas de investigación:


Fundación universitaria del Bages (Manresa).


Fundació ASCAMM Centre Tecnològic.


Fondo de Investigación Fundación Pasqual Maragall.


Canal de Investigación y Experimentación Marítima.


Centro de Computación y Comunicaciones de Cataluña.


Laboratorio de Resonancia Magnética Nuclear.


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.










Página
1127




ENMIENDA NÚM. 1329


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 401.


Programa: 463 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: Centros CSIC en Granada (Consejo Superior de
Investigaciones Científicas).


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Para inversión nueva asociada al Instituto de Nutrición
Animal, Instituto Ciencias de la Tierra, Estación Experimental de Zaidin
y Escuela de Estudios Árabes.



ENMIENDA NÚM. 1330


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13.


Programa: 463 - B.


Capítulo: 6.


Artículo: 64.


Proyecto: Fomento y Coordinación Científica para el apoyo a
la investigación biomédica en el Parque Tecnológico de la Salud en
Granada.


Importe: 1.000 miles ¤.









Página
1128




BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1331


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13.


Programa: 463 - B.


Capítulo: 6. Inversiones.


Artículo: 62. Inversión asociada al funcionamiento de los
servicios.


Proyecto: Nuevo. Centro Mixto de Investigación y Desarrollo
en Nanotecnología y materiales nanoestructurados.


Importe: 500,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Adelanto de la inversión prevista para proyecto plurianual
(sin dotación en 2012) por la necesidad de impulso a la investigación y
la innovación en el sistema productivo asturiano de futuro.










Página
1129




ENMIENDA NÚM. 1332


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11.


Programa: 463 - B.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: (Nuevo) A la fundacion Observatorio Astrofísico
de Jabalanbre (Teruel).


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender necesidades que puedan
presentarse en los departamentos ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Para atender a las necesidades de funcionamiento de este
proyecto de investigación.



ENMIENDA NÚM. 1333


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.


Programa: 463 - B.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: Nuevo. Al consorcio CNET del Hidrógeno y Pilas de
combustible.


Importe: 2.000 miles ¤.









Página
1130




BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1334


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 12 Secretaría General de Ciencia, Tecnología e
Innovación.


Programa: 467 - C Investigación y desarrrollo
tecnológico-industrial.


Capítulo: 7 Transferencias de capital.


Artículo: 78 A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Proyecto: Nuevo. Parque Científico y tecnológico de
Guadalajara.


Importe: 3.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 3.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


El 8 de abril de 2012 se firmó un convenio de colaboración
entre el Ministerio de Ciencia e Innovación (hoy Ministerio de Economía y
Competitividad)y la Consejería de Educación y Ciencia de la CA de
Castilla La Mancha para desarrollar actuaciones de innovación en dicha CA
por importe de 22 millones de ¤.


Uno de los objetivos era apoyar la construcción de un
Parque Científico y Tecnológico en Guadalajara, también en colaboración
con la Universidad de Alcalá de Henares.


Objetivo: propiciar la I+D+I en la provincia de Guadalajara
apostando (junto con la construcción de un nuevo CAMPUS) por un cambio de
modelo productivo en el entrorno del CORREDOR DEL HENARES, con el
consiguiente efecto en la creación de empleo.










Página
1131




ENMIENDA NÚM. 1335.


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.


Programa: 463 - B.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 481 - A Grantecan S.A. para la explotación del
telescopio.


Importe: 1.500,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.500,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1336


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


Servicio: 11.


Programa: 000X.


Concepto: 714. Al Instituto de Astrofísica de Canarias
(IAC).









Página
1132




Importe: 3.000 miles.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no clasificadas


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 3.000 miles.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL INSTITUTO ASTROFÍSICO DE
CANARIAS


ESTADO DE INGRESOS


ALTA


Sección: 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


Organismo: 206.


Concepto: 700.


Importe: 3.000 miles.


ESTADO DE GASTOS


ALTA


Sección: 27. Ministerio de Economía y Competitividad.


Organismo: 206.


Programa: 467A.


Capítulo: 6.


Articulo: 62.


Concepto: 620.


Superproyecto 1987 18 203 8202. Observatorio Roque de los
Muchachos.


Proyecto de inversión. 1987 18 203 0002 Equipamiento del
Observatorio.


Importe: 200 miles.


Proyecto de inversión. 1987 18 203 0038. Centro de
Astrofísica de La Palma.


Importe: 300 miles.


Superproyecto 1988 18 203 8204. Servicios Centrales del
IAC.


Proyecto de inversión. 1991 18 203 0016. Equipamiento
centro de cálculo.


Importe: 600 miles.


Superproyecto 1987 18 203 8205. Instituto Astrofísico de
Canarias.


Proyecto de inversión. 1987 18 203 0013. Línea de
investigación.


Importe: 300 miles.


Proyecto de inversión. 1992 18 203 0019. Equipamiento
Astrofísico.


Importe: 400 miles.


Superproyecto 1987 18 203 8210. Centro de Tecnología.


Proyecto de inversión. 1994 18 203 0032. Equipamiento
tecnológico.









Página
1133




Importe: 100 miles.


Proyecto de inversión. 2000 18 203 0037. Proyectos de
desarrollo tecnológico.


Importe: 300 miles.


— Modificación propuesta artículo 62: incremento
2.200 miles.


Articulo: 63. Inversión de reposición asociada al
funcionamiento operativo de los servicios.


Concepto: 630.


Superproyecto 1992 18 203 8204. Servicios Centrales del
IAC.


Proyecto de inversión. 1992 18 203 0016. Equipamiento
centro de cálculo.


Importe: 300 miles.


Superproyecto 1992 18 203 8208. Centro de Tecnología.


Proyecto de inversión. 1997 18 203 0014. Equipamiento
tecnológico.


Importe: 200 miles.


Proyecto de inversión. 2000 18 203 0025. Proyectos de
desarrollo tecnológico.


Importe: 300 miles.


— Modificación propuesta artículo 63: incremento 800
miles.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1337


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14.


Programa: 463-B.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 75904 (Nuevo). A la Fundación Centro de Energías
Renovables (CENER) de Serriguren (Navarra).


Importe: 1.000,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
1134




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1338


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 202.


Programa: 467-D.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2005 18 204 0002. Centro Tecnológico porcino
ibérico en Zafra.


Importe: 150 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 150 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar adecuadamente la inversión destinada a este centro
para su pleno rendimiento.



ENMIENDA NÚM. 1339


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1135




ALTA


Sección: 27.


Organismo: 202.


Programa: 467-D.


Capítulo: 6.


Artículo: 62


Proyecto: 2005 18 204 0001. Centro de investigación en
agroecología hortofrutícula en Plasencia.


Importe: 150 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 150 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar adecuadamente la inversión destinada a este centro
para su pleno rendimiento.



ENMIENDA NÚM. 1340


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 201.


Programa: 467-H.


Capítulo: 6.


Artículo: 64.


Proyecto: 2006 18 203 0015. Centro tecnológico sobre la
sociedad de la información-Extremadura.


Importe: 215 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
1136




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 215 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Recuperar el compromiso presupuestario.



ENMIENDA NÚM. 1341


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 201.


Programa: 467-H.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2005 18 203 0002. Centro tecnológico sobre la
sociedad de la información.


Importe: 190 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 190 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Recuperar la inversión.



ENMIENDA NÚM. 1342


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1137




ALTA


Sección: 27.


Organismo: 401 Consejo superior de Investigación
Científica.


Programa: 463-A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2010 21 401 0080. Estación Agrícola experimental
de la montaña de León.


Importe: 100 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender necesidades que puedan
presentarse en los Departamento Ministeriales.


Importe: 100 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dar una dotación suficiente para la continuación y
agilización del proyecto, que consideramos prioritario.



ENMIENDA NÚM. 1343


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 201.


Programa: 467-H.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2006 18 203 0021 Centro Internacional de Estudios
de Derecho Ambiental, en Soria.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.









Página
1138




MOTIVACIÓN


Acometer inversión según acuerdo firmado con el
Ayuntamiento de Soria en la cesión que realizó del edificio en el que se
alberga el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental de Soria
(actuación incluida en el PAES, con objeto de finalizar las obras en
2015.



ENMIENDA NÚM. 1344


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11-Secretaría de Estado de Investigación,
Desarrollo e Innovación.


Programa: 000X-Transferencias Internas.


Capítulo: 7.


Artículo: 71.


Concepto: 716. Al Instituto de Salud Carlos III
(ISCIII).


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.-Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02.-Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO AL INSTITUTO DE SALUD CARLOS
III


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 205. Instituto de Salud Carlos III (ISCIII).


Concepto: 700.00. Para atenciones generales.


Importe: 2.000 miles ¤.


ESTADO DE GASTOS


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 205. Instituto de Salud Carlos III (ISCIII).


Programa: 465A. Investigación sanitaria.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.









Página
1139




Concepto: 781. Fondo de Investigación Sanitaria. Programa
de fomento de la investigación. Concesión de ayudas de investigación e
infraestructuras.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el adecuado,
eficaz y eficiente funcionamiento del Instituto de Salud Carlos III
(ISCIII), prestando especial atención y prioridad a la incorporación y
mantenimiento de personal de investigación de excelencia investigadora o
innovadora acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1345


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 740. Fondo Nacional para la Investigación
Científica y Técnica.


Importe: 6.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 6.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el fomento y
coordinación de la investigación científica y técnica, dando entrada a
nuevos proyectos de investigación y prestando especial atención y
prioridad a la incorporación y mantenimiento de personal de investigación
de excelencia investigadora o innovadora acreditada.










Página
1140




ENMIENDA NÚM. 1346


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 27. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD


ENMIENDA


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 741. Fondo Internacional para la Investigación
Científica y Técnica.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el fomento y
coordinación de la investigación científica y técnica, dando entrada a
nuevos proyectos de investigación y prestando especial atención y
prioridad a la incorporación y mantenimiento de personal de investigación
de excelencia investigadora o innovadora acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1347


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14. Dirección General de Innovación y
Competitividad.









Página
1141




Programa: 467C.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 745. Apoyo a la investigación, desarrollo
tecnológico e innovación en el sistema Ciencia-Tecnología-Empresa.


Importe: 10.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 10.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Garantizar y promover la actividad del CDTI, básica para el
impulso de la competitividad empresarial, a través de la financiación de
proyectos de innovación y desarrollo tecnológico que permitan incorporar
y mantener recursos humanos de excelencia investigadora o innovadora
acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1348


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 750. Fondo Nacional para la Investigación
Científica y Técnica.


Importe: 190.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 190.000 miles ¤.









Página
1142




MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el fomento y
coordinación de la investigación científica y técnica, dando entrada a
nuevos proyectos de investigación y prestando especial atención y
prioridad a la incorporación y mantenimiento de personal de investigación
de excelencia investigadora o innovadora acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1349


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 751. Fondo Internacional para la Investigación
Científica y Técnica.


Importe: 5.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929- M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 5.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el fomento y
coordinación de la investigación científica y técnica, dando entrada a
nuevos proyectos de investigación y prestando especial atención y
prioridad a la incorporación y mantenimiento de personal de investigación
de excelencia investigadora o innovadora acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1350


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.









Página
1143




ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14. Dirección General de Innovación y
Competitividad.


Programa: 467C.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 755. Apoyo a la investigación, desarrollo
tecnológico e innovación en el sistema Ciencia-Tecnología-Empresa.


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Garantizar y promover la actividad del CDTI, básica para el
impulso de la competitividad empresarial, a través de la financiación de
proyectos de innovación y desarrollo tecnológico que permitan incorporar
y mantener recursos humanos de excelencia investigadora o innovadora
acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1351


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 77.


Concepto: 771. Fondo Internacional para la Investigación
Científica y Técnica.


Importe: 300 miles ¤.









Página
1144




BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 300 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el fomento y
coordinación de la investigación científica y técnica, dando entrada a
nuevos proyectos de investigación y prestando especial atención y
prioridad a la incorporación y mantenimiento de personal de investigación
de excelencia investigadora o innovadora acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1352


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14. Dirección General de Innovación y
Competitividad.


Programa: 467C.


Capítulo: 7.


Artículo: 77.


Concepto: 775. Apoyo a la investigación, desarrollo
tecnológico e innovación en el sistema Ciencia-Tecnología-Empresa.


Importe: 12.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 12.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Garantizar y promover la actividad del CDTI, básica para el
impulso de la competitividad empresarial, a través de la financiación de
proyectos de innovación y desarrollo tecnológico que permitan incorporar
y mantener recursos humanos de excelencia investigadora o innovadora
acreditada.










Página
1145




ENMIENDA NÚM. 1353


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: 780. Fondo Nacional para la Investigación
Científica y Técnica.


Importe: 90.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 90.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el fomento y
coordinación de la investigación científica y técnica, dando entrada a
nuevos proyectos de investigación y prestando especial atención y
prioridad a la incorporación y mantenimiento de personal de investigación
de excelencia investigadora o innovadora acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1354


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14. Dirección General de Innovación y
Competitividad.


Programa: 467C.


Capítulo: 7.









Página
1146




Artículo: 78.


Concepto: 785. Apoyo a la investigación, desarrollo
tecnológico e innovación en el sistema Ciencia-Tecnología-Empresa.


Importe: 20.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 20.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Garantizar y promover la actividad del CDTI, básica para el
impulso de la competitividad empresarial, a través de la financiación de
proyectos de innovación y desarrollo tecnológico que permitan incorporar
y mantener recursos humanos de excelencia investigadora o innovadora
acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1355


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 14. Dirección General de innovación y
Competitividad.


Programa: 467C. Investigación y desarrollo
tecnológico-industrial.


Capítulo: 8.


Artículo: 82.


Concepto: 821.


Importe: 382.945,78 miles ¤.


BAJA


Sección: 27


Servicio: 14. Dirección General de Innovación y
Competitividad.


Programa: 467C. Investigación y desarrollo
tecnológico-industrial.


Capítulo: 8.


Artículo: 83.


Concepto: 831.


Importe: 382.945,78 miles ¤.









Página
1147




MOTIVACIÓN


Dotar adecuadamente la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1356


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 8.


Artículo: 82.


Concepto: 823.


Importe: 230.350,26 miles ¤.


BAJA


Sección: 27.


Servicio: 13. Dirección General de Investigación Científica
y Técnica.


Programa: 463B. Fomento y coordinación de la Investigación
científica y técnica.


Capítulo: 8.


Artículo: 83.


Concepto: 833.


Importe: 230.350,26 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar adecuadamente la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1357


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 12. Secretaría General de Ciencia, Tecnología e
Innovación.


Programa: 467C. Investigación y desarrollo
tecnológico-industrial.


Capítulo: 7.









Página
1148




Artículo: 74.


Concepto: 74904. Al CDTI para cobertura costes de sus
actividades de financiación.


Importe: 7.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 7.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Garantizar y promover la actividad del CDTI, básica para el
impulso de la competitividad empresarial, a través de la financiación de
proyectos de innovación y desarrollo tecnológico que permitan incorporar
y mantener recursos humanos de excelencia investigadora o innovadora
acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1358


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 12. Secretaría General de Ciencia, Tecnología e
Innovación.


Programa: 467C. Investigación y desarrollo
tecnológico-industrial.


Capítulo: 7.


Artículo: 74.


Concepto: 74907. Al CDTI para proyectos de I+D+i
empresarial.


Importe: 120.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 120.000 miles ¤.









Página
1149




MOTIVACIÓN


Garantizar y promover la actividad del CDTI, básica para el
impulso de la competitividad empresarial, a través de la financiación de
proyectos de innovación y desarrollo tecnológico que permitan incorporar
y mantener recursos humanos de excelencia investigadora o innovadora
acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1359


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11. Secretaría de Estado de Investigación,
Desarrollo e Innovación.


Programa: 000X. Transferencias Internas.


Capítulo: 4.


Artículo: 43.


Concepto: 430. Al Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (CSIC).


Importe: 9.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 9.000 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO AL CSIC


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 401. Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (CSIC).


Concepto: 400.00. Para atenciones generales.


Importe: 9.000 miles ¤.


ESTADO DE GASTOS


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 401. Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (CSIC).


Programa: 463A. Investigación científica.


Capítulo: 2.


Artículo: 22.









Página
1150




Concepto: 22199. Otros suministros.


Importe: 9.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el adecuado,
eficaz y eficiente funcionamiento del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (CSIC), prestando especial atención y prioridad a la
incorporación y mantenimiento de personal de investigación de excelencia
investigadora o innovadora acreditada.



ENMIENDA NÚM. 1360


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Economía y
Competitividad.


ENMIENDA


De modificación.


ALTA


Sección: 27.


Servicio: 11. Secretaría de Estado de Investigación,
Desarrollo e Innovación.


Programa: 000X. Transferencias Internas.


Capítulo: 7.


Artículo: 73.


Concepto: 730. Al Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (CSIC).


Importe: 10.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 10.000 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO AL CSIC.


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 401. Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (CSIC).


Concepto: 700.00. Para atenciones generales.


Importe: 10.000 miles ¤.


ESTADO DE GASTOS.


ALTA


Sección: 27.


Organismo: 401. Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (CSIC).









Página
1151




Programa: 463A. Investigación científica.


Capítulo: 7.


Artículo: 78.


Concepto: 780. Formación de personal investigador.


Importe: 10.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Garantizar los recursos suficientes para el adecuado,
eficaz y eficiente funcionamiento del Consejo Superior de Investigaciones
Científicas (CSIC), prestando especial atención y prioridad a la
incorporación y mantenimiento de personal de investigación de excelencia
investigadora o innovadora acreditada.



El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 23
enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2013.


Palacio del Senado, 26 de noviembre de 2012.—El
Portavoz Adjunto, José Miguel Camacho Sánchez.


ENMIENDA NÚM. 1362


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTOS DE ORGANISMO AUTÓNOMO 101.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.


ALTA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 45. A Comunidades Autónomas.


Concepto: 455.12 (nuevo). Planes integrales de Empleo y
otras actuaciones en materia de empleo, mediante convenios de
colaboración con Comunidades Autónomas. Andalucía.


Importe: 200.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 487.03. Financiación de bonificaciones en las
cotizaciones de la Seguridad Social acogidas a medidas de fomento de
empleo por contratación.


Importe: 200.000 miles ¤.









Página
1152




MOTIVACIÓN


Necesidad de dotar un Plan Especial de Empleo para
Andalucía, dadas sus altas tasas de paro, 33,9%, y por requerimientos
derivados del recorte en políticas activas de empleo.


Por lo que respecta a la baja, la misma se propone en la
partida que financia las bonificaciones en las cotizaciones a la
Seguridad Social por contrataciones laborales acogidas a medidas de
fomento del empleo, pues dichas bonificaciones, en lugar de dirigirse a
la contratación de colectivos con especiales dificultades de inserción,
tales como jóvenes, mayores de 55 años o mujeres autónomas que reinician
su actividad transcurrido su permiso por maternidad —estas últimas
eliminadas por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de junio, de Medidas
para garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la
Competitividad—, contemplan una bonificación genérica y, por tanto,
ineficaz para remover los obstáculos en la contratación y dinamizar el
empleo en el mercado laboral, actuando, además, en contra de las
Conclusiones del Congreso de los Diputados en materia de Bonificaciones,
de 24 de marzo de 2010.



ENMIENDA NÚM. 1363


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTOS DE ORGANISMO AUTÓNOMO 101.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.


ALTA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 46. A entidades locales.


Concepto: 462. Nuevo. Planes especiales de empleo para
municipios con dificultades específicas.


Subconcepto: 462.01. Nuevo. Planes especiales para
municipios afectados por recientes inundaciones. Murcia.


Importe: 20.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 487.03. Financiación de bonificaciones en las
cotizaciones de la Seguridad Social acogidas a medidas de fomento de
empleo por contratación.


Importe: 20.000 miles ¤.









Página
1153




MOTIVACIÓN


Las recientes inundaciones acaecidas en los múltiples
municipios de Murcia han tenido un efecto devastador también en el
empleo, por lo que es necesario dotar adecuadamente una partida
presupuestaria para la arbitrar un Plan especial de empleo local que
dinamice el empleo en las zonas afectas.


Por lo que respecta a la baja, la misma se propone en la
partida que financia las bonificaciones en las cotizaciones a la
Seguridad Social por contrataciones laborales acogidas a medidas de
fomento del empleo, pues dichas bonificaciones, en lugar de dirigirse a
la contratación de colectivos con especiales dificultades de inserción,
tales como jóvenes, mayores de 55 años o mujeres autónomas que reinician
su actividad transcurrido su permiso por maternidad —estas últimas
eliminadas por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de junio, de Medidas
para garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la
Competitividad—, contemplan una bonificación genérica y, por tanto,
ineficaz para remover los obstáculos en la contratación y dinamizar el
empleo en el mercado laboral, actuando, además, en contra de las
Conclusiones del Congreso de los Diputados en materia de Bonificaciones,
de 24 de marzo de 2010.



ENMIENDA NÚM. 1364


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTOS DE ORGANISMO AUTÓNOMO 101.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.


ALTA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 46. A entidades locales.


Concepto: 462. Nuevo. Planes especiales de empleo para
municipios con dificultades específicas.


Subconcepto: 462.02. Nuevo. Planes especiales para
municipios afectados por recientes inundaciones. Alicante y Valencia.


Importe: 25.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 487.03. Financiación de bonificaciones en las
cotizaciones de la Seguridad Social acogidas a medidas de fomento de
empleo por contratación laboral.


Importe: 25.000 miles ¤.









Página
1154




MOTIVACIÓN


Las recientes inundaciones acaecidas en los múltiples
municipios de Alicante y Valencia han tenido un efecto devastador también
en el empleo, por lo que es necesario dotar adecuadamente una partida
presupuestaria para la arbitrar un Plan especial de empleo local que
dinamice el empleo en las zonas afectas.


Por lo que respecta a la baja, la misma se propone en la
partida que financia las bonificaciones en las cotizaciones a la
Seguridad Social por contrataciones laborales acogidas a medidas de
fomento del empleo, pues dichas bonificaciones, en lugar de dirigirse a
la contratación de colectivos con especiales dificultades de inserción,
tales como jóvenes, mayores de 55 años o mujeres autónomas que reinician
su actividad transcurrido su permiso por maternidad —estas últimas
eliminadas por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de junio, de Medidas
para garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la
Competitividad—, contemplan una bonificación genérica y, por tanto,
ineficaz para remover los obstáculos en la contratación y dinamizar el
empleo en el mercado laboral, actuando, además, en contra de las
Conclusiones del Congreso de los Diputados en materia de Bonificaciones,
de 24 de marzo de 2010.



ENMIENDA NÚM. 1365


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 03.


Programa: 241 N. Desarrollo del trabajo autónomo, de la
economía social y de la responsabilidad social de las empresas.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 485. Subvenciones para sufragar los gastos de
funcionamiento de las asociaciones de cooperativas, de sociedades
laborales, de trabajadores autónomos y otros entes representativos de la
economía social, de ámbito estatal.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 19.


Servicio: 01.


Programa: 291 M. Dirección y Servicios Generales de
Seguridad Social y Protección Social.


Capítulo: 2. Gastos corrientes en bienes y servicios.


Artículo: 22. Material, suministro y otros.


Concepto: 227.06. Estudios y trabajos técnicos.


Importe: 1.000 miles ¤.









Página
1155




MOTIVACIÓN


Apoyo a las asociaciones de cooperativas, sociedades
laborales, trabajadores autónomos y entes representativos de la economía
social en general, dado el papel que desarrollan en la economía y en la
generación de empleo. De otro lado, se propone la baja de una partida
suficientemente dotada para desarrollar su función.



ENMIENDA NÚM. 1366


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTOS DE ORGANISMO AUTÓNOMO 101.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.


ALTA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 45. A Comunidades Autónomas.


Concepto: 455.11. Planes integrales de Empleo de y otras
actuaciones en materia de empleo, mediante convenios de colaboración con
Comunidades Autónomas. Extremadura.


Importe: 21.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 487.03. Financiación de bonificaciones en las
cotizaciones de la Seguridad Social acogidas a medidas de fomento de
empleo por contratación.


Importe: 21.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar adecuadamente la partida destinada al desarrollo de
una Plan Especial de Empleo en Extremadura.


Por lo que respecta a la baja, la misma se propone en la
partida que financia las bonificaciones en las cotizaciones a la
Seguridad Social por contrataciones laborales acogidas a medidas de
fomento del empleo, pues dichas bonificaciones, en lugar de dirigirse a
la contratación de colectivos con especiales dificultades de inserción,
tales como jóvenes, mayores de 55 años o mujeres autónomas que reinician
su actividad transcurrido su permiso por maternidad —estas últimas
eliminadas por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de junio, de Medidas
para garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la
Competitividad—, contemplan una bonificación genérica y, por tanto,
ineficaz para remover los obstáculos









Página
1156




en la contratación y dinamizar el empleo en el mercado
laboral, actuando, además, en contra de las Conclusiones del Congreso de
los Diputados en materia de Bonificaciones, de 24 de marzo de 2010.



ENMIENDA NÚM. 1367


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTOS DE ORGANISMO AUTÓNOMO 101.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.


ALTA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 46. A entidades locales.


Concepto: 462. Nuevo. Planes especiales de empleo para
municipios con dificultades específicas.


Subconcepto: 462.03. Nuevo. Plan especial de empleo para
Ceuta y Melilla.


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 487.03. Financiación de bonificaciones en las
cotizaciones de la Seguridad Social acogidas a medidas de fomento de
empleo por contratación.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Las ciudades de Ceuta y Melilla presentan unas especiales
dificultades en el acceso al empleo, por lo que es necesario dotar una
partida presupuestaria para desarrollar un Plan específico de empleo en
estas zonas.


Por lo que respecta a la baja, la misma se propone en la
partida que financia las bonificaciones en las cotizaciones a la
Seguridad Social por contrataciones laborales acogidas a medidas de
fomento del empleo, pues dichas bonificaciones, en lugar de dirigirse a
la contratación de colectivos con especiales dificultades de inserción,
tales como jóvenes, mayores de 55 años o mujeres autónomas que reinician
su actividad transcurrido su permiso por maternidad —estas últimas
eliminadas por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de junio, de Medidas
para garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la
Competitividad—, contemplan una bonificación genérica y, por tanto,
ineficaz para remover los obstáculos en la contratación y dinamizar el
empleo en el mercado laboral, actuando, además, en contra de las
Conclusiones del Congreso de los Diputados en materia de Bonificaciones,
de 24 de marzo de 2010.










Página
1157




ENMIENDA NÚM. 1368


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTOS DE ORGANISMO AUTÓNOMO 101.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.


ALTA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 45. A Comunidades Autónomas.


Concepto: 454.06. Autoempleo y creación de empresas.


Importe: 15.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 482.28. Fomento de agencias privadas de
colocación.


Importe: 15.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


El autoempleo y la creación de empresas constituyen un
mecanismo de creación de empleo de suma importancia, por lo que es
necesario dotar suficientemente esta partida presupuestaria. Por lo que
respecta la baja, se detrae de un nuevo concepto cuya finalidad es el
fomento de las agencias privadas de colocación que, sin menosprecio de su
importancia, no necesitan de esta ayuda pública para desarrollar su
función.



ENMIENDA NÚM. 1369


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.









Página
1158




ENMIENDA EN EL PRESUPUESTOS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO 101.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS.


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 45. A Comunidades Autónomas.


Concepto: 459. Nuevo. Para políticas activas de empleo
mediante convenios de colaboración con Comunidades Autónomas y,
específicamente, con aquellas que presenten mayores tasas de
desempleo.


Importe: 1.000.000,00 miles ¤.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS.


Sección: 19.


Organismo: 101.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 40. De la Administración del Estado.


Concepto: 400.02. Para financiar el presupuestos del
Servicio Público de Empleo Estatal.


Importe: 1.000.000, 00 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 03. Secretaría de Estado de Empleo.


Programa: 000-X. Transferencias internas.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 41. A organismos autónomos.


Concepto: 412. Para financiar el presupuesto del Servicio
Público de Empleo Estatal.


Importe: 1.000.000,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 M. Imprevistos y Funciones no
Clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000.000, 00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Se dota con 1.000 millones una partida presupuestaria
dirigida al desarrollo de políticas activas de empleo mediante convenios
de colaboración con Comunidades Autónomas, específicamente, con aquellas
que presentan mayores tasas de desempleo.


El reparto se realizará de conformidad con lo establecido
en la Orden TIN 887/2011, de 5 de abril. En la Comunidad Autónoma de
Andalucía dicho convenio contemplará un Plan Integral de empleo en el que
se incluirán los agentes locales de promoción de empleo (ALPES).










Página
1159




ENMIENDA NÚM. 1370


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTOS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO 101.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS.


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A Comunidades Autónomas.


Concepto: 481.03. Nuevo. Plan de Empleo Juvenil. Dotación
para formación dual de Jóvenes con escasa formación.


Importe: 1.120.000,00 miles ¤.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS.


Sección: 19.


Organismo: 101.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 40. De la Administración del Estado.


Concepto: 400.02. Para financiar el presupuestos del
Servicio Público de Empleo Estatal.


Importe: 1.120.000, 00 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 03. Secretaría de Estado de Empleo.


Programa: 000-X. Transferencias internas.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 41. A organismos autónomos.


Concepto: 412. Para financiar el presupuesto del Servicio
Público de Empleo Estatal.


Importe: 1.120.000,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 M. Imprevistos y Funciones no
Clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
1160




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.120.000, 00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Los Presupuestos Generales del Estado deben contemplar
partidas presupuestarias suficientes para financiar un Plan de Empleo
juvenil, que urgentemente debe aprobar el Gobierno, y que permita a
nuestros jóvenes, según su formación académica y cualificación
profesional, continuar su formación o la adquisición de una primera
experiencia profesional. Es necesario articular un sistema de formación
dual que permita a los jóvenes formarse profesionalmente al tiempo que
tienen una experiencia laboral retribuida, a cargo de las empresas. Con
esta finalidad, se financia a las empresas el coste de esta formación con
un 75% del SMI por cada joven contratado.



ENMIENDA NÚM. 1371


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTOS DEL ORGANISMO AUTÓNOMO 101.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS.


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A Comunidades Autónomas.


Concepto: 481.02. Nuevo. Plan de Empleo Juvenil. Dotación
para jóvenes con el ciclo formativo terminado: primera experiencia
profesional, favoreciendo su movilidad.


Importe: 560.000,00 miles ¤.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS.


Sección: 19.


Organismo: 101.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 40. De la Administración del Estado.


Concepto: 400.02. Para financiar el presupuestos del
Servicio Público de Empleo Estatal.


Importe: 560.000, 00 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 03. Secretaría de Estado de Empleo.









Página
1161




Programa: 000-X. Transferencias internas.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 41. A organismos autónomos.


Concepto: 412. Para financiar el presupuesto del Servicio
Público de Empleo Estatal.


Importe: 560.000,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 M. Imprevistos y Funciones no
Clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 560.000, 00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Los Presupuestos Generales del Estado deben contemplar
partidas presupuestarias suficientes para financiar un Plan de Empleo
juvenil, que urgentemente debe aprobar el Gobierno, y que permita a
nuestros jóvenes, según su formación académica y cualificación
profesional, continuar su formación o la adquisición de una primera
experiencia profesional. Esta primera experiencia profesional en las
empresas es fundamental para aquellos jóvenes que han terminado el ciclo
formativo, debiendo favorecer su movilidad en un mercado abierto. A tal
efecto, se dota esta partida que contempla una cuantía equivalente al 75%
del SMI para cada joven.



ENMIENDA NÚM. 1372


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ENMIENDA


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 03.


Programa: 241 N. Desarrollo del trabajo autónomo, de la
economía social y de la responsabilidad social de las empresas.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 484. Subvenciones para el desarrollo y acciones
de formación, difusión y fomento de la economía social, la
responsabilidad social de las empresas y el trabajo autónomo.


Importe: 1.000 miles ¤.









Página
1162




BAJA


Sección: 19.


Servicio: 01.


Programa: 291 M. Dirección y Servicios Generales de
Seguridad Social y Protección Social.


Capítulo: 2. Gastos corrientes en bienes y servicios.


Artículo: 22. Material, suministro y otros.


Concepto: 227.06. Estudios y trabajos técnicos.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


El desarrollo de la formación, la difusión y fomento de la
economía social, la responsabilidad social de las empresas y el trabajo
autónomo, constituyen mecanismos que ayudan a avanzar en una economía más
emprendedora, basada en el conocimiento y en el compromiso social. Por lo
que se refiere a la baja, la misma se propone de una partida
suficientemente dotada para desarrollar su función.



ENMIENDA NÚM. 1373


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTOS DE ORGANISMO AUTÓNOMO 101.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.


ALTA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 45. A Comunidades Autónomas.


Concepto: 450.01 Nuevo: Medidas para el refuerzo de la
atención a la demanda y oferta de empleo en el sistema nacional de empleo
incluida la contratación de 1.500 orientadores de empleo y 1.500
promotores de empleo, prórroga del plan extraordinarios de medidas de
orientación, formación profesional e inserción laboral.


Importe: 60.000,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 487.03. Financiación de bonificaciones en las
cotizaciones de la Seguridad Social acogidas a medidas de fomento de
empleo por contratación laboral.


Importe: 60.000,00 miles ¤.









Página
1163




MOTIVACIÓN


Reponer la partida destinada a la contratación de 1.500
orientadores de empleo y 1.500 promotores de empleo, personal
especializado incorporado a los servicios públicos de empleo, como
refuerzo en la atención de las personas desempleadas, y cuya desaparición
es especialmente grave para el sistema público de empleo, pues actúa en
detrimento del desarrollo de unas políticas activas de empleo que, al
primar la atención personalizada de las personas desempleadas, facilitan
la inserción laboral.


Por lo que respecta a la baja, la misma se propone en la
partida que financia las bonificaciones en las cotizaciones a la
Seguridad Social por contrataciones laborales acogidas a medidas de
fomento del empleo, pues dichas bonificaciones, en lugar de dirigirse a
la contratación de colectivos con especiales dificultades de inserción,
tales como jóvenes, mayores de 55 años o mujeres autónomas que reinician
su actividad transcurrido su permiso por maternidad —estas últimas
eliminadas por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de junio, de Medidas
para garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la
Competitividad—, contemplan una bonificación genérica y, por tanto,
ineficaz para remover los obstáculos en la contratación y dinamizar el
empleo en el mercado laboral, actuando, además, en contra de las
Conclusiones del Congreso de los Diputados en materia de Bonificaciones,
de 24 de marzo de 2010.



ENMIENDA NÚM. 1374


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTOS DE ORGANISMO AUTÓNOMO 101.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.


ALTA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 46. A entidades locales.


Concepto: 462. Nuevo. Planes especiales de empleo para
municipios con dificultades específicas.


Subconcepto: 462.00. Nuevo. Planes especiales para
municipios afectados por recientes inundaciones. Andalucía.


Importe: 30.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 487.03. Financiación de bonificaciones en las
cotizaciones de la Seguridad Social acogidas a medidas de fomento de
empleo por contratación.


Importe: 30.000 miles ¤.









Página
1164




MOTIVACIÓN


Las recientes inundaciones e incendios acaecidos en los
múltiples municipios de Almería, Málaga y Granada han tenido un efecto
devastador también en el empleo, por lo que es necesario dotar
adecuadamente una partida presupuestaria para arbitrar un Plan especial
de empleo local que dinamice el empleo en las zonas afectas y la
recuperación de la infraestructura local dañada.


Por lo que respecta a la baja, la misma se propone en la
partida que financia las bonificaciones en las cotizaciones a la
Seguridad Social por contrataciones laborales acogidas a medidas de
fomento del empleo, pues dichas bonificaciones, en lugar de dirigirse a
la contratación de colectivos con especiales dificultades de inserción,
tales como jóvenes, mayores de 55 años o mujeres autónomas que reinician
su actividad transcurrido su permiso por maternidad —estas últimas
eliminadas por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de junio, de Medidas
para garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la
Competitividad—, contemplan una bonificación genérica y, por tanto,
ineficaz para remover los obstáculos en la contratación y dinamizar el
empleo en el mercado laboral, actuando, además, en contra de las
Conclusiones del Congreso de los Diputados en materia de Bonificaciones,
de 24 de marzo de 2010.



ENMIENDA NÚM. 1375


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTOS DE ORGANISMO AUTÓNOMO 101.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.


ALTA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 45. A Comunidades Autónomas.


Concepto: 455.10. Planes integrales de Empleo de y otras
actuaciones en materia de empleo, mediante convenios de colaboración con
Comunidades Autónomas. Canarias.


Importe: 32.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 487.03. Financiación de bonificaciones en las
cotizaciones de la Seguridad Social acogidas a medidas de fomento de
empleo por contratación.


Importe: 32.000 miles ¤.









Página
1165




MOTIVACIÓN


Dotar adecuadamente el Plan Integral de Empleo de la
Comunidad Autónoma de Canarias, reducido en más de un 70% en el Proyecto
de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013, lo que dificulta
el cumplimiento de las previsiones contempladas en dicho Plan.


Por lo que respecta a la baja, la misma se propone en la
partida que financia las bonificaciones en las cotizaciones a la
Seguridad Social por contrataciones laborales acogidas a medidas de
fomento del empleo, pues dichas bonificaciones, en lugar de dirigirse a
la contratación de colectivos con especiales dificultades de inserción,
tales como jóvenes, mayores de 55 años o mujeres autónomas que reinician
su actividad transcurrido su permiso por maternidad —estas últimas
eliminadas por el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de junio, de Medidas
para garantizar la Estabilidad Presupuestaria y de Fomento de la
Competitividad—, contemplan una bonificación genérica y, por tanto,
ineficaz para remover los obstáculos en la contratación y dinamizar el
empleo en el mercado laboral, actuando, además, en contra de las
Conclusiones del Congreso de los Diputados en materia de Bonificaciones,
de 24 de marzo de 2010.



ENMIENDA NÚM. 1376


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTOS DE ORGANISMO AUTÓNOMO 101.
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL.


ALTA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 47. A empresas privadas.


Concepto: 472.01. Autoempleo y creación de empresas.


Importe: 5.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 19.


Organismo: 101.


Programa: 241 A. Fomento de la inserción y estabilidad
laboral.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 48. A familias e instituciones sin fines de
lucro.


Concepto: 482.28. Fomento de agencias privadas de
colocación.


Importe: 5.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


El autoempleo y la creación de empresas constituyen un
mecanismo de creación de empleo de suma importancia, por lo que es
necesario dotar suficientemente esta partida presupuestaria. Por lo que
respecta a la baja, se detrae de un nuevo concepto cuya finalidad es el
fomento de las agencias privadas de









Página
1166




colocación que, sin menosprecio de su importancia, no
necesitan de esta ayuda pública para desarrollar su función.



ENMIENDA NÚM. 1377


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 07.


Programa: 231-B.


Capítulo: 7.


Artículo: 79.


Concepto: 790 Para centros e instituciones asociativas de
carácter social, benéfico cultural y educativo.


Importe: 530 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 530 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar adecuadamente la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1378


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.









Página
1167




ALTA


Sección: 19.


Servicio: 07.


Programa: 231-H.


Capítulo: 4.


Artículo: 45.


Concepto: 45500 (nuevo) Fondo de apoyo a la acogida e
integración de inmigrantes así como al refuerzo educativo de los
mismos.


Importe: 30.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 30.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Se recupera el Fondo Estatal de apoyo a la acogida e
integración de inmigrantes así como para el refuerzo educativo de los
mismos, por tratarse de un instrumento de cohesión social de
extraordinaria importancia.



ENMIENDA NÚM. 1379


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 07.


Programa: 231-B.


Capítulo: 4.


Artículo: 49.


Concepto: 49001. Nuevo. Programa de atención a nuevos
emigrantes.


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.









Página
1168




Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Atender las necesidades de los nuevos emigrantes españoles
que recientemente, tanto desde los Centros e Instituciones que existan
como desde aquellos que puedan crearse para atender sus necesidades
específicas.



ENMIENDA NÚM. 1380


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 07.


Programa: 231-B.


Capítulo: 4.


Artículo: 49.


Concepto: 49200 Prestaciones por razón de necesidad.


Importe: 10.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 10.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar adecuadamente la partida de referencia.










Página
1169




ENMIENDA NÚM. 1381


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 07.


Programa: 231-B.


Capítulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: 440 (nuevo) Acciones en el ámbito
migratorio-ayudas a UNED.


Importe: 250 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 250 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Reponer y dotar adecuadamente la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1382


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 07.









Página
1170




Programa: 231-B.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48303 (nuevo) Ayudas para emigrantes retornados,
sus familias y entidades que trabajen a favor de estos colectivos,
cofinanciados con el FSE.


Importe: 750 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 750 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Reponer y dotar adecuadamente la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1383


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 19. Ministerio de Empleo y Seguridad
Social.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 19. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.


ALTA


Sección: 19.


Servicio: 07.


Programa: 231-B.


Capítulo: 4.


Artículo: 49.


Concepto: 49201 Otras ayudas cofinanciadas y no
cofinanciadas con el FSE.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.










Página
1171




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar adecuadamente la partida de referencia.



El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 12
enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2013.


Palacio del Senado, 26 de noviembre de 2012.—El
Portavoz Adjunto, José Miguel Camacho Sánchez.


ENMIENDA NÚM.1385


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 15. MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS.


ALTA


Sección: 15.


Servicio: 27.


Programa: 942-A. Cooperación económica local del
Estado.


Capítulo: 7.


Artículo: 76.


Concepto: 766. Al Cabildo Insular de Gran Canaria para
infraestructuras deportivas del Mundobasket 2014.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1172




ENMIENDA NÚM. 1386


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 15. MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS.


ALTA


Sección: 15.


Servicio: 01. Ministerio, Subsecretaría y Servicios
Generales.


Programa: 923 - M. Dirección y Servicios Generales de
Hacienda y Administraciones Públicas.


Capítulo: 4. Transferencias corrientes.


Artículo: 44 A. Sociedades, Entida. Pub., Empr. Funda. y
resto Entes Sect. Publ.


Concepto: Nuevo. A la Agencia Efe para gastos de
funcionamiento.


Importe: 4.200 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 4.200 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1387


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 15. MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS.









Página
1173




ALTA


Sección: 15.


Servicio: 01. Ministerio, Subsecretaría y Servicios
Generales.


Programa: 923 - M.


Capítulo: 8.


Artículo: 87.


Concepto: (Nuevo) Aportación a SEPI para construcción dique
flotante Navantia en la Ría de Ferrol. 1.ª fase.


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1388


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 15. MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS.


ALTA


Sección: 15.


Organismo: 101.


Programa: 462-N. Investigación y estudios estadísticos y
económicos.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: (Nuevo) Ayuda pendiente al Congreso 2011 de ERSA
(European Regional Science Association), celebrado en Barcelona.


Importe: 100 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.









Página
1174




Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 100 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1389


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 15. MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS.


ALTA


Sección: 15.


Servicio: 27.


Programa: 942 - A.


Capítulo: 7.


Artículo: 76.


Concepto: 760. A las Diputaciones, Cabildos, Consejos
Insulares, Comunidades Autónomas uniprovinciales y Ayuntamientos de Ceuta
y Melilla como aportación a la financiación de las inversiones de las
entidades locales por Cooperación Económica Local del Estado.


Importe: 16.685,26 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 16.685,26 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1175




ENMIENDA NÚM. 1390


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 15. MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS.


ALTA


Sección: 15.


Servicio: 01. Ministerio, Subsecretaría y Servicios
Generales.


Programa: 337 - B. Conservación y restauración de bienes
culturales.


Capítulo: 4. Transferencias Corrientes.


Artículo: 44.


Concepto: 445. Consorcio de la Ciudad de Cuenca.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1391


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 15. HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.


ALTA


Sección: 15.


Servicio: 27.









Página
1176




Programa: 942 - A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 480. A la Federación Española de Municipios y
Provincias.


Importe: 1.168,1 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.168,1 miles.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1392


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 15. HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.


ALTA


Sección: 15.


Organismo: 102.


Programa: 921 - O.


Capítulo: 2.


Artículo: 22.


Concepto: 226. Formación personal de las Administraciones
Públicas.


Subconcepto: 22604. Formación para el Empleo en las
Administraciones Públicas.


Importe: 10.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
1177




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 10.000 miles.


MOTIVACIÓN


Los créditos para la formación para el empleo del personal
al servicios para las Administraciones Públicas deben mantenerse en
niveles adecuados.



ENMIENDA NÚM. 1393


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 15. HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.


ALTA


Sección: 15.


Servicio: 27.


Programa: 942 - A.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: (Nuevo) Fondo especial para la financiación a
favor de los municipios de población no superior a 20.000 habitantes.


Importe: 45.049,15 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 45.049,15 miles.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1394


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.









Página
1178




ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 15. HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.


ALTA


Sección: 15.


Servicio: 27.


Programa: 942 - A.


Capítulo: 7.


Artículo: 75.


Concepto: 750. A la Generalitat de Catalunya como
aportación del Estado al Plan Único de Obras y Servicios de
Catalunya.


Importe: 2.592 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.592 miles.


MOTIVACIÓN


Con el fin de que la Federación Española de Municipios y
Provincias pueda continuar desarrollando sus funciones.



ENMIENDA NÚM. 1395


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 15. Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 15. MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS


ENMIENDA.


ALTA


Sección: 15.


Servicio: 01.









Página
1179




Programa: 337 - B.


Capítulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: 444. Consorcio ciudad de Toledo.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 20
enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2013.


Palacio del Senado, 26 de noviembre de 2012.—El
Portavoz Adjunto, José Miguel Camacho Sánchez.


ENMIENDA NÚM. 1398


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02. Secretaría General de la Administración de
Justicia.


Programa: 112. A Tribunales de Justicia y Ministerio
Fiscal.


Capítulo: 6. Inversiones reales.


Artículo: 62. Inversión nueva asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.


Proyecto: 2007 13 02 0002. Albacete N.E.J.


Importe: 500 miles ¤.









Página
1180




BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar a la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1399


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02. Secretaría General de la Administración de
Justicia.


Programa: 112 - A. Tribunales de Justicia y Ministerio
Fiscal.


Capítulo: 6. Inversiones reales.


Artículo: 62. Inversión nueva asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.


Proyecto: 2010 13 02 0003 Casas Ibáñez N.E.J.


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1181




ENMIENDA NÚM. 1400


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02. Secretaría General de la Administración de
Justicia.


Programa: 112 - A. Tribunales de Justicia y Ministerio
Fiscal.


Capítulo: 6. Inversiones reales.


Artículo: 62. Inversión nueva asociada al funcionamiento
operativo de los servicios.


Proyecto: Villarrobledo N.E.J.


Importe: 300 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 300 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1401


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02. Secretaria General de la Administración de
justicia.









Página
1182




Programa: 112 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: Tomelloso N.E.J.


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1402


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02. Secretaria General de la Adminiistración de
Justicia.


Programa: 112 - A. Tribunales de Justicia y Ministerio
Fiscal.


Capítulo: 6. Inversiones reales.


Artículo: 63. Inv. de reposición asociada al func.
operativo de los serv.


Proyecto: 2012 13 02 0003 NEJ Motilla del Palancar.


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.









Página
1183




MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1403


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02. Secretaría General de la Administración de
Justicia.


Programa: 112 - A. Tribunales de Justicia y Ministerio
Fiscal.


Capítulo: 6. Inversiones reales.


Artículo: 62. Inv. nueva asociada al funcionamiento
operativo de los serv.


Proyecto: 2007 13 02 0001. GUADALAJARA NEJ.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1404


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1184




SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02.


Programa: 112 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2009 13 02 0002 Toledo, nuevo Instituto de
Medicina Legal (Toledo).


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1405


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02.


Programa: 112 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2009 13 02 0001 Talavera de la Reina, N.E.J.
(Toledo).


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.









Página
1185




Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1406


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02.


Programa: 112 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2011 13 02 0001 Torrijos, N.E.J. (Toledo).


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1186




ENMIENDA NÚM. 1407


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02.


Programa: 112 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2008 13 02 0004. Badajoz N.E.J.


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1408


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.









Página
1187




Servicio: 02.


Programa: 112 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2011 13 02 0005. Navalmoral de la Mata,
N.E.J.


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1409


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02.


Programa: 112 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 63.


Proyecto: 2011 13 02 0004. Trujillo.


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
1188




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1410


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02.


Programa: 112 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 200713020019. Nueva sede judicial Ibiza.


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los departamentos ministeriales.


Programa: 929 - M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1411


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.









Página
1189




ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02.


Programa: 112 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 63.


Proyecto: Ampliación de la Audiencia Provincial de
Palencia.


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1412


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02.


Programa: 112 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: Nuevo. Segovia N.E.J.


Importe: 660 miles ¤.









Página
1190




BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 660 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1413


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 13.02.


Programa: 112 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2012 13 02 0006 - Palacio de Justicia de
Soria.


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.


.









Página
1191




ENMIENDA NÚM. 1414


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02.


Programa: 112 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 63.


Proyecto: (Nuevo) Obras de accesibilidad en los juzgados de
Medina del Campo.


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1415


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02.









Página
1192




Programa: 112 - A.


Capítulo: 6.


Artículo: 62.


Proyecto: 2010 13 02 0001. Valladolid. Campus de la
Justicia.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 - M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1416


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 13. Ministerio de Justicia.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 13. MINISTERIO DE JUSTICIA.


ALTA


Sección: 13.


Servicio: 02.


Programa: 112 - A.


Capítulo: 4.


Artículo: 46.


Concepto: 462. Subvención por gastos en Juzgados de Paz
(art. 52 Ley de Demarcación y de Planta Judicial).


Importe: 724,62 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
1193




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 724,62 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 15
enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2013.


Palacio del Senado, 26 de noviembre de 2012.—El
Portavoz Adjunto, José Miguel Camacho Sánchez.


ENMIENDA NÚM. 1418


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 12. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE
COOPERACIÓN.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 02.


Programa: 142B. Acción diplomática ante la UE.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48100 Al Consejo Federal del Movimiento
Europeo.


Importe: 100,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 100,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1194




ENMIENDA NÚM. 1419


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 12. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE
COOPERACIÓN.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 01.


Programa: 142-A Acción del Estado en el Exterior.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 482 Para Defensa y protección de los Derechos
Humanos.


Importe: 200,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 200,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1420


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 26. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y
COOPERACIÓN.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 01.









Página
1195




Programa: 141 - M.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48110. Fundación CEI (Centro de Estudios
Internacionales).


Importe: 10 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 10 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1421


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 26. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y
COOPERACIÓN.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 04.


Programa: 142 - A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48109. Instituto de Estudios del Mediterráneo
(IEMED).


Importe: 15 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.










Página
1196




Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 15 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1422


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 12. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE
COOPERACIÓN.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 01.


Programa: 142-A. Acción del Estado en el Exterior.


Capítulo: 4.


Artículo: 49.


Concepto: 493. Protección de Españoles en el extranjero:
asistencia social, evacuaciones, hospitalizaciones y repatriaciones.


Importe: 1.900,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.900,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1197




ENMIENDA NÚM. 1423


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 26. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y
COOPERACIÓN.


ENMIENDA.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 04.


Programa: 142 - A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48102. Fundación CIDOB.


Importe: 60 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 60 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1424


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 12. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE
COOPERACIÓN.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA
ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL.









Página
1198




ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS


Sección: 12.


Organismo: 401.


Programa: 143A.


Capítulo: 4.


Artículo: 49.


Concepto: 49602. Ayuda Humanitaria bilateral.


Importe: 8.300,00 miles ¤.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS


Sección: 12.


Organismo: 401.


Capítulo: 4.


Concepto: 404.


Importe: 8.300,00 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 03.


Programa: 000X. Transferencias Internas.


Capítulo: 4. Transferencias Corrientes.


Artículo: 43.


Concepto: 430. A la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, para atender los gastos derivados de
proyectos de Ayuda Oficial al Desarrollo, incluidos los propuestos o a
ejecutar por Organizaciones No Gubernamentales, con destino a países en
vía de desarrollo.


Importe: 8.300,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 8.300,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1425


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.









Página
1199




ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 12. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE
COOPERACIÓN.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA
ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS


Sección: 12.


Organismo: 401.


Programa: 143 A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48609. Ayuda Humanitaria (gestionada a través de
ONGD).


Importe: 1.561,00 miles ¤.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS


Sección: 12.


Organismo: 401.


Capítulo: 4.


Concepto: 404.


Importe: 1.561,00 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 03.


Programa: 000X. Transferencias Internas.


Capítulo: 4. Transferencias Corrientes.


Artículo: 43.


Concepto: 430. A la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, para atender los gastos derivados de
proyectos de Ayuda Oficial al Desarrollo, incluidos los propuestos o a
ejecutar por Organizaciones No Gubernamentales, con destino a países en
vía de desarrollo.


Importe: 1.561,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.561,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1200




ENMIENDA NÚM. 1426


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 12. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE
COOPERACIÓN.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA
ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS


Sección: 12.


Organismo: 401.


Programa: 143 A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48603. Ayudas a lectorados.


Importe: 1.640,00 miles ¤.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS


Sección: 12.


Organismo: 401.


Capítulo: 4.


Concepto: 404.


Importe: 1.640,00 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 03.


Programa: 000X. Transferencias Internas.


Capítulo: 4. Transferencias Corrientes.


Artículo: 43.


Concepto: 430. A la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, para atender los gastos derivados de
proyectos de Ayuda Oficial al Desarrollo, incluidos los propuestos o a
ejecutar por Organizaciones No Gubernamentales, con destino a países en
vía de desarrollo.


Importe: 1.640,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.









Página
1201




Importe: 1.640,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1427


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 12. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE
COOPERACIÓN.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA
ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS


Sección: 12.


Organismo: 401.


Programa: 143 A.


Capítulo: 4.


Artículo: 44.


Concepto: 44442. FIAPP.


Importe: 1.561,00 miles de ¤.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS


Sección: 12.


Organismo: 401.


Capítulo: 4.


Concepto: 404.


Importe: 1.561,00 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 03.


Programa: 000X. Transferencias Internas.


Capítulo: 4. Transferencias Corrientes.


Artículo: 44 A. Sociedades, entes públicos empresariales y
resto entes Sector Público.


Concepto: 440 A. Instituciones Adheridas en España.


Importe: 1.561,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.









Página
1202




Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.561,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1428


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 12. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE
COOPERACIÓN.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 03. Secretaría de Estado de Cooperación
Internacional y para Iberoamérica.


Programa: 143 - A.


Capítulo: 8.


Artículo: 87.


Concepto: 873. Fondo de Cooperación para Agua y
Saneamiento.


Importe: 10.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 10.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1203




ENMIENDA NÚM. 1429


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 12. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE
COOPERACIÓN.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA
ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS


Sección: 12.


Organismo: 401.


Programa: 143 A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: 48913 Fundación Carolina.


Importe: 1.053,00 miles ¤.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS


Sección: 12.


Organismo: 401.


Capítulo: 4.


Concepto: 404.


Importe: 1.053,00 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 03.


Programa: 000X. Transferencias Internas.


Capítulo: 4. Transferencias Corrientes.


Concepto: 430.


Importe: 1.053,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.053,00 miles ¤.









Página
1204




MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1430


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 12. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE
COOPERACIÓN.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA
ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS


Sección: 12.


Organismo: 401.


Programa: 143A.


Capítulo: 4.


Artículo: 48.


Concepto: NUEVO. Programas, proyectos y otras ayudas a
ONGD.


Importe: 12.000,00 miles ¤.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS


Sección: 12.


Organismo: 401.


Capítulo: 4.


Concepto: 404.


Importe: 12.000,00 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 03.


Programa: 000X. Transferencias Internas.


Capítulo: 4. Transferencias Corrientes.


Artículo: 43.


Concepto: 430. A la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, para atender los gastos derivados de
proyectos de Ayuda Oficial al Desarrollo, incluidos los propuestos o a
ejecutar por Organizaciones No Gubernamentales, con destino a países en
vía de desarrollo.


Importe: 12.000,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.









Página
1205




Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 12.000,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1431


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 12. Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 12. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE
COOPERACIÓN.


ENMIENDA EN EL PRESUPUESTO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA
ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS


Sección: 12.


Organismo: 401.


Programa: 143A.


Capítulo: 4.


Artículo: 49.


Concepto: 49601. Seguridad y Ayuda Alimentaria.


Importe: 4.834,00 miles ¤.


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS


Sección: 12.


Organismo: 401.


Capítulo: 4.


Concepto: 404.


Importe: 4.834,00 miles ¤.


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO.


ALTA


Sección: 12.


Servicio: 03.


Programa: 000X. Transferencias Internas.


Capítulo: 4. Transferencias Corrientes.


Artículo: 43.









Página
1206




Concepto: 430. A la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo, para atender los gastos derivados de
proyectos de Ayuda Oficial al Desarrollo, incluidos los propuestos o a
ejecutar por Organizaciones No Gubernamentales, con destino a países en
vía de desarrollo.


Importe: 4.834,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 4.834,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula 8 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2013.


Palacio del Senado, 26 de noviembre de 2012.—El
Portavoz, José Montilla Aguilera.


ENMIENDA NÚM. 1440


Del Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC)


El Grupo Parlamentario Entesa pel Progrés de Catalunya
(GPEPC), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a Corporación de Radio y Televisión
Española, S.A.


ENMIENDA


De modificación.


Enmienda de impugnación.


En la reducción de 200 millones en el pasado presupuesto
cabe añadir una disminución de 50 millones para el presupuesto de 2013.
Esta disminución presupuestaria pone en peligro la viabilidad del modelo
público de radiotelevisión española así como su pluralidad y control por
parte de su Consejo de Administración.


La asfixia presupuestaria afecta de manera notable a la
audiencia, pero también a la calidad y es por esto motivo que solicitamos
una financiación suficiente para salvaguardar el servicio público de
Radiotelevisión Española.



El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 43
enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2013.


Palacio del Senado, 26 de noviembre de 2012.—El
Portavoz Adjunto, José Miguel Camacho Sánchez.









Página
1207




ENMIENDA NÚM. 1441


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo 11. Uno.


ENMIENDA


De adición.


Se añade un nuevo apartado 7, en el artículo 11, punto Uno,
del Proyecto de Ley:


«7. Autorizar las transferencias que resulten necesarias
desde el crédito 32.01.941-O-755 ‘’A las CC.AA. de Andalucía,
Aragón, Castilla y León, Cataluña, Extremadura e liles Balears, en
cumplimiento de lo establecido en materia de inversiones en sus
respectivos Estatutos de Autonomía’’ a los correspondientes
Departamentos ministeriales.»


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en los
Estatutos de Autonomía sobre inversiones del Estado.



ENMIENDA NÚM. 1442


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo 17. Ocho.


ENMIENDA


De supresión.


Se propone la supresión del apartado Ocho del artículo
17.


MOTIVACIÓN


En cumplimiento de las sentencias del Tribunal Supremo
5492/2012, de 23 de Julio, y 5498/2012, de 24 de Julio, y en coherencia
con el artículo 14 de la Constitución Española y el 84.3 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.



ENMIENDA NÚM. 1443


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo 22. Tres.


ENMIENDA


De modificación.


Al artículo 22. Tres.


Se propone la modificación del apartado Tres del artículo
22, que tendrá la siguiente redacción:









Página
1208




«Tres. Las Administraciones, entidades y sociedades a que
se refiere el apartado Uno de este artículo no podrán realizar, tanto a
planes de pensiones de empleo como a contratos de seguro colectivos, las
aportaciones correspondientes al ejercicio 2013 destinadas a la cobertura
de la contingencia de jubilación, sin perjuicio de que puedan realizar
aportaciones destinadas a la cobertura de otras contingencias.»


MOTIVACIÓN


El Proyecto de Ley prohíbe que las administraciones,
entidades y sociedades del sector público puedan realizar aportaciones a
planes de pensiones de empleo que incluyan la cobertura de jubilación sin
hacer distinciones en relación a otras contingencias diferentes de la
jubilación que se pueden cubrir a través de estos instrumentos de
previsión social.


Como consecuencia de ello, los empleados y empleadas del
sector público que cuenten con un sistema de protección social
complementaria que dé cobertura a las contingencias de riesgos (invalidez
y fallecimiento) junto a la contingencia de jubilación a través de un
plan de pensiones o seguro colectivo han dejado de estar protegidos
frente a las citadas contingencias de invalidez y fallecimiento al
imposibilitarse de manera general la aportación a dichos instrumentos con
independencia de la cobertura que protejan.


Mediante esta enmienda se recupera la posibilidad de
realizar aportaciones a los planes de pensiones de empleo para la
cobertura de las contingencias; sólo quedan prohibidas las aportaciones
destinadas a la cobertura de contingencia de la jubilación.



ENMIENDA NÚM. 1444


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo 23. Uno. 1.


ENMIENDA


De modificación.


Al Artículo 23, apartado Uno. 1.


Se propone la modificación del apartado 1 del apartado Uno
del artículo 23, que tendrá la siguiente redacción:


«Uno. 1. Durante el año 2013 el número total de plazas de
nuevo ingreso del personal del sector público delimitado en el artículo
anterior será, como máximo, igual al diez por ciento de la tasa de
reposición de efectivos y se concentrará en los sectores, funciones y
categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al
funcionamiento de los servicios públicos esenciales. Dentro de este
límite, la oferta de empleo público incluirá los puestos y plazas
desempeñados por personal interino por vacante, contratado o nombrado con
anterioridad, excepto aquéllos sobre los que exista reserva de puesto,
estén incursos en procesos de provisión o se decida su amortización.


No se tomarán en consideración a efectos de dicha
limitación las plazas que estén incursas en los procesos de consolidación
de empleo previstos en la Disposición Transitoria Cuarta del Estatuto
Básico del Empleado Público.»


MOTIVACIÓN


Prever una oferta de empleo público que, aunque limitada de
acuerdo con criterios de austeridad, evite la descapitalización de la
Administración Pública.


Además la enmienda permite continuar con las procesos de
consolidación de empleo respecto de funcionarios interinos que llevan
prestando servicios en la Administración muchos años.










Página
1209




ENMIENDA NÚM. 1445


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo 23. Uno. 2.


ENMIENDA


De modificación.


Al Artículo 23, apartado Uno. 2.


Se propone la modificación del apartado 2 del apartado Uno
del artículo 23, que tendrá la siguiente redacción:


«Uno. 2. Respetando, en todo caso, las disponibilidades
presupuestarias del capítulo I de los correspondientes presupuestos de
gastos, la limitación contenida en el apartado anterior no será de
aplicación a los siguientes sectores y administraciones en los que la
tasa de reposición se fija en el 30 por ciento:


A) A las Administraciones Públicas con competencias
educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el
acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.


B) A las Administraciones Públicas con competencias
sanitarias respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del
Sistema Nacional de Salud.


C) A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a
aquellas Comunidades Autónomas que cuenten con Cuerpos de Policía
Autónoma propios en su territorio, y en el ámbito de la Administración
Local a las correspondientes al personal de la Policía Local, en relación
con la cobertura de las correspondientes plazas.


D) A las Fuerzas Armadas en relación con las plazas de
militares de carrera y militares de complemento de acuerdo con lo
previsto en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de carrera militar.


E) A las Administraciones Públicas respecto del control y
lucha contra el fraude fiscal, laboral, de subvenciones públicas y en
materia de Seguridad Social.


F) A las Administraciones Públicas respecto del
asesoramiento jurídico, la gestión y el control de la asignación
eficiente de los recursos públicos.


G) A la Administración de Justicia y a la Acción Exterior
del Estado.


H) A las Administraciones Públicas respecto de la cobertura
de las plazas correspondientes al personal de los servicios de prevención
y extinción de incendios.


I) A las universidades públicas, los organismos públicos de
investigación y la Agencia Estatal CSIC respecto de las plazas de
personal docente e investigador.


J) A las Administraciones Públicas respecto al personal que
tenga encomendado el desarrollo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación
de dependencia.»


MOTIVACIÓN


Garantizar la prestación de los servicios públicos
esenciales fijados en la enmienda para lo que es necesario que al menos
las ofertas de empleo público incluyan el 30 por ciento de las
vacantes.



ENMIENDA NÚM. 1446


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo 23. Uno. 2. I.









Página
1210




ENMIENDA


De modificación.


Al Artículo 23, apartado Uno. 1.


Se propone la modificación del apartado 1 del apartado Uno
del artículo 23, que tendrá la siguiente redacción:


«Uno. 1. Durante el año 2013 el número total de plazas de
nuevo ingreso del personal del sector público delimitado en el artículo
anterior será, como máximo, igual al diez por ciento de la tasa de
reposición de efectivos y se concentrará en los sectores, funciones y
categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al
funcionamiento de los servicios públicos esenciales. Dentro de este
límite, la oferta de empleo público incluirá los puestos y plazas
desempeñados por personal interino por vacante, contratado o nombrado con
anterioridad, excepto aquéllos sobre los que exista reserva de puesto,
estén incursos en procesos de provisión o se decida su amortización.


No se tomarán en consideración a efectos de dicha
limitación las plazas que estén incursas en los procesos de consolidación
de empleo previstos en la Disposición Transitoria Cuarta del Estatuto
Básico del Empleado Público.»


MOTIVACIÓN


Prever una oferta de empleo público que, aunque limitada de
acuerdo con criterios de austeridad, evite la descapitalización de la
Administración Pública.


Además la enmienda permite continuar con las procesos de
consolidación de empleo respecto de funcionarios interinos que llevan
prestando servicios en la Administración muchos años.



ENMIENDA NÚM. 1447


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo 23. Uno. 2. I.


ENMIENDA


De modificación.


Al artículo 23, Uno, 2, I).


Se propone una nueva redacción:


A las Administraciones Públicas en relación con las plazas
de personal de investigación de los organismos públicos de investigación
definidos en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología
y la Innovación.


Esta excepción será también de aplicación a las plazas de
personal de investigación de las Universidades.


MOTIVACIÓN


Las restricciones a la contratación de personal en el
sector público van a afectar de manera muy singular a nuestro sistema de
Ciencia-Tecnología. La pérdida de capital humano en este sector no podría
recuperarse en el futuro por un mero aumento de recursos por lo que es
preciso evitar que esta pérdida se produzca.










Página
1211




ENMIENDA NÚM. 1448


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo 23. Dos.


ENMIENDA


De adición.


Al artículo 23. Apartado 2.bis (nuevo).


Se propone la adición de un nuevo apartado 2.bis al
artículo 23, que tendrá la siguiente redacción:


«2.bis (nuevo). La limitación establecida en el apartado
anterior no será de aplicación a la contratación de personal docente y de
investigación con cargo a subvenciones finalistas en las universidades
públicas, los organismos públicos de investigación y la Agencia Estatal
CSIC.»


MOTIVACIÓN


En la actividad de I+D+i es frecuente la contratación de
personal temporal con cargo a subvenciones finalistas. Este tipo de
contratos son imprescindibles para el funcionamiento del sistema,
favorecen la movilidad y en ningún caso son comparables a otros contratos
temporales del sector público.



ENMIENDA NÚM. 1449


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo 59.


ENMIENDA


De sustitución.


Se propone la siguiente redacción.


«Artículo 59. Fondo de Cooperación para Agua y
Saneamiento.


La dotación al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento
a que se refiere la disposición adicional sexagésima primera de la Ley
51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para
2008, ascenderá en el año 2013 a 15.000 miles de euros, y se destinará
exclusivamente a las operaciones necesarias para hacer frente a los
gastos derivados de la gestión del fondo.


El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con
cargo al Fondo por un importe de hasta 15.000 miles de euros a lo largo
del año 2013.


El Gobierno informará al Congreso y al Senado durante el
primer semestre del año, de las operaciones autorizadas por el Consejo de
Ministros con cargo a este Fondo del año anterior.»


MOTIVACIÓN


Mejora técnica en relación a la enmienda presentada en la
Sección correspondiente.



ENMIENDA NÚM. 1450


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo 80.









Página
1212




ENMIENDA


De supresión.


Al artículo 80.


Se suprime el artículo 80 del Proyecto de Presupuestos
Generales del Estado para 2013.


MOTIVACIÓN


La suspensión indefinida del proceso establecido por la Ley
1/2011 de 4 de marzo, para la actualización o modificación de las
prestaciones patrimoniales públicas supone la eliminación del proceso de
consultas con las asociaciones y organizaciones aéreas previo a la
propuesta de modificación o actualización de las prestaciones
patrimoniales públicas por parte de AENA.


Adicionalmente, no podemos ignorar que recientemente la
Comisión ha abierto un expediente sancionador a España por una regulación
similar contemplada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para
2012.


Por fin, el Gobierno debería ponderar los efectos
potencialmente negativos de esta medida para la principal industria del
país, el turismo.



ENMIENDA NÚM. 1451


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo 107.


ENMIENDA


De adición.


Artículo 107.Bis


Se propone la adición de un nuevo artículo 107 Bis, con la
siguiente redacción:


«Artículo 107 bis. Fondo especial de financiación a favor
de los municipios de población no superior a 20.000 habitantes.


‘’Uno. Como mecanismo especial de financiación
de los municipios con población no superior a 20.000 habitantes, se dota
para el año 2013, en la Sección 15, Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, Programa 942A, Cooperación Económica Local del
Estado, un fondo para atender transferencias corrientes a favor de los
municipios que pertenezcan a aquel grupo de población, asignándose por la
Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades
Autónomas y las Entidades Locales, del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, con arreglo a los criterios contenidos en el
apartado siguiente.


Dos. El fondo se distribuirá entre los municipios citados
en el apartado anterior que no alcancen una participación en tributos del
Estado de 154 euros por habitante en concepto de entregas a cuenta
correspondientes a 2012, y cuyo coeficiente de esfuerzo fiscal medio por
habitante, según datos de la última liquidación definitiva practicada,
sea superior a 1. La cuantía asignada por este crédito, sumada al importe
que les corresponda por la aplicación del modelo descrito en los
artículos 92 y 93, no superará la cuantía de 154 euros por habitante.


A los efectos anteriores, la Secretaría General de
Coordinación Autonómica y Local, del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, certificará la participación en tributos del
Estado por habitante correspondiente a las entregas a cuenta de dicho
ejercicio de los municipios con población no superior a 20.000
habitantes, así como los coeficientes de esfuerzo fiscal medio por
habitante citados en el párrafo anterior. El pago de las cuantías
resultantes de la distribución anterior se realizará por la Dirección
General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y
las Entidades Locales, del Ministerio









Página
1213




de Hacienda y Administraciones Públicas, en el primer
semestre del ejercicio, no teniendo carácter de entrega a cuenta, por lo
que, en ningún caso, estará sujeto a liquidación
posterior’’.»


MOTIVACIÓN


Con origen en el «Acuerdo entre el Gobierno de la Nación y
la Federación Española de Municipios y Provincias de 21 de noviembre de
2002» y en el «Acuerdo Gobierno-FEMP de medidas urgentes de 18 de julio
de 2005», en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007
se estableció como mecanismo especial de financiación de los municipios
con población no superior a 20.000 habitantes, un fondo para atender
transferencias corrientes a favor de los municipios que pertenezcan a
este grupo, teniendo en cuenta la participación en tributos del Estado
por habitante y el coeficiente de esfuerzo fiscal medio por
habitante.


La justificación de este Fondo se encuentra en la necesidad
de establecer mecanismos de nivelación que impulsen la convergencia
progresiva entre municipios, pequeños y grandes, con relación a la
cantidad que les corresponde por habitante en la participación en los
tributos del Estado.


Considerando que desde el año 2002 no se ha procedido a
revisar ni el modelo competencial ni el modelo de financiación local la
supresión de este fondo agravará la situación financiera de aquellos
municipios con menos capacidad para acceder a recursos financieros.
Motivo por el cual se propone su mantenimiento en tanto no se revise el
modelo actual de financiación local.



ENMIENDA NÚM. 1452


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Título VII.


ENMIENDA


De adición.


Se añade un nuevo artículo en el Título VII con la
siguiente redacción:


Artículo (Nuevo). Financiación de instituciones del
municipio de Barcelona.


Uno. En el marco de la Ley 1/2006, de 13 de marzo, por la
que se regula el Régimen Especial del Municipio de Barcelona, con cargo
al Concepto 461, al Ayuntamiento de Barcelona para la financiación de
instituciones culturales del municipio, de acuerdo con el convenio que se
suscriba en el ámbito de la Comisión de Colaboración Interadministrativa,
del Programa 334A, Promoción y cooperación cultural, del Servicio 13,
Dirección General de Políticas e Industrias Culturales y del Libro, de la
Sección 18, Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de los
Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, se podrán reconocer
obligaciones hasta un montante global de 10.000 miles de euros para la
financiación de instituciones con amplia proyección y relevancia del
Municipio de Barcelona.


Para la materialización de las transferencias destinadas a
financiar las instituciones citadas en el apartado anterior deberá
suscribirse previamente el correspondiente Convenio en el ámbito de la
Comisión de Colaboración Interadministrativa creada con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 5 de la Ley 1/2006, de 13 de marzo, por la que
se regula el Régimen Especial del Municipio de Barcelona.


MOTIVACIÓN


Dotar de los recursos necesarios a las instituciones
culturales con amplia proyección y relevancia del municipio
Barcelona.










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1214




ENMIENDA NÚM. 1453


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional novena.


ENMIENDA


De modificación.


Se propone una nueva redacción a la Disposición adicional
novena:


Durante el ejercicio 2013 la concesión de préstamos y
anticipos al Sector Público con cargo a créditos de la política 46
«Investigación desarrollo e innovación» no requerirá de la autorización
prevista en la letra a) del apartado Uno de la disposición adicional
octava de esta Ley y podrá realizarse al tipo de interés cero.


Tampoco requerirá la citada autorización la concesión de
préstamos y anticipos fuera del Sector Público con cargo a créditos de la
política 46 cuando el tipo de interés aplicable a los préstamos y
anticipos sea igual o superior al tipo de interés Euribor a un año
publicado por el Banco de España correspondiente al mes anterior a la
aprobación de su convocatoria o, en su caso, al mes anterior a su
concesión.


MOTIVACIÓN


Para atender adecuada y eficazmente las necesidades del
sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación en la concesión de préstamos
y anticipos al Sector Público.



ENMIENDA NÚM. 1454


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional décima.


ENMIENDA


De modificación.


Disposición adicional décima.


Dos. El porcentaje de bonificación aplicable en los
billetes de transporte marítimo, con vigencia indefinida, será para los
trayectos directos, ya sean de ida o de ida y vuelta, entre las
Comunidades Autónomas de Canarias y las Illes Balears y las Ciudades de
Ceuta y Melilla, respectivamente, y el resto del territorio nacional será
del 50% y en los viajes interinsulares será del 25%.


Tres. El porcentaje de bonificación en las tarifas de los
servicios regulares de transporte aéreo de pasajeros, entre las
Comunidades Autónomas de Canarias e Illes Balears y las Ciudades de Ceuta
y Melilla, respectivamente, y el resto del territorio nacional, así como
en los viajes interinsulares será, con vigencia indefinida, del 50% de la
tarifa por cada trayecto directo de ida o de ida y vuelta.


Cuatro. La condición de residente en las Comunidades
Autónomas de Canarias y las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y
Melilla a los efectos de las bonificaciones reguladas en esta disposición
se acreditará mediante el documento nacional de identidad en vigor.


MOTIVACIÓN


Los apartados dos y tres de esta disposición adicional
introducen limitaciones a las subvenciones al transporte marítimo y aéreo
para residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, que resultan
contrarias a la Ley 19/1994, de 6 de junio, de Modificación del Régimen
Económico y Fiscal de Canarias, así como a la Ley 30/1998, de 29 de julio
del Régimen Especial de las Illes Balears.









Página
1215




En cuanto al apartado cuatro, deja de tener sentido la
exigencia de aportación del certificado de residente al haber introducido
la propia disposición en el apartado cinco siguiente un sistema de
control del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiarios de la
subvención, por lo que lo menos perjudicial para los ciudadanos sería que
pudieran acreditar su condición de residente mediante la aportación del
DNI, tal y como se venía haciendo hasta la aprobación de los PGE de
2012.



ENMIENDA NÚM. 1455


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional décima tercera.


ENMIENDA


De modificación.


DISPOSICIÓN ADICIONAL DÉCIMA TERCERA. Programa de
reestructuración de efectivos y estructuras de las Fuerzas Armadas


La Disposición Adicional Décima Tercera debe quedar
redactada de la siguiente manera:


Las plantillas máximas de militares de tropa y marinería a
alcanzar el 31 de diciembre del año 2013 no podrán superar los 80.000
efectivos.


Se autoriza al Ministerio de Defensa a iniciar los procesos
de selección y reclutamiento a partir de la aprobación de la presente
ley.


El Gobierno enviará a las Cortes Generales, antes del 30 de
junio de 2013, para su debate y aprobación, un plan de reestructuración
de nuestras Fuerzas Armadas, basándose en los objetivos de reducción de
efectivos y modernización, en el horizonte del año 2025. Este plan
contemplará las necesidades de cuadros de mando y tropa y marinería, así
como las previsiones para racionalizar las estructuras orgánicas de la
Defensa y las Fuerzas Armadas.


MOTIVACIÓN


Es necesaria una planificación, racionalización y
modernización de nuestras Fuerzas Armadas. Es conveniente que no se
retrasen de forma indefinida las decisiones que se han de adoptar en lo
que se refiere al número de efectivos, los cuadros de mando y las
estructuras orgánicas. El Parlamento debe debatir esa reforma, que tiene
importantes consecuencias para el modelo de Fuerzas Armadas y una
indudable repercusión presupuestaria.



ENMIENDA NÚM. 1456


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional décima cuarta.


ENMIENDA


De modificación.


A la disposición adicional décima cuarta.


Décima cuarta. Oferta de Empleo Público para el acceso a
las carreras judicial y fiscal. La Oferta de Empleo Público para el
acceso a las carreras judicial y fiscal que pueda derivarse de la
acumulación de









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1216




plazas prevista en el artículo 23.Tres de esta Ley, no
podrá superar, en el año 2013, el límite máximo de 150 plazas.


MOTIVACIÓN


Para paliar el nivel de interinidad y profesionalizar la
justicia dando el mejor servicio a los ciudadanos.



ENMIENDA NÚM. 1457


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional décima quinta.


ENMIENDA


De modificación.


Se propone la modificación de la Disposición Adicional
Décima Quinta que tendrá la siguiente redacción:


«Décima Quinta. Contratación de personal de las sociedades
mercantiles públicas en 2013.


Uno. En el año 2013, las sociedades mercantiles públicas a
que se refiere artículo 22, apartado Uno de esta ley, no podrán proceder
a la contratación de nuevo personal, salvo las contrataciones que
respondan a convocatorias iniciadas en ejercicios anteriores o que
resulten obligatorias en el marco de programas o planes plurianuales que
estén en ejecución a la entrada en vigor de esta Ley.


Sólo en casos excepcionales y para cubrir necesidades
urgentes e inaplazables, podrán llevar a cabo contrataciones.


Dos. En el caso de las sociedades mercantiles estatales, la
contratación teniendo en cuenta lo indicado en el apartado anterior, se
hará de conformidad con los criterios e instrucciones que, previo informe
favorable del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, se
dicten por el accionista mayoritario de las respectivas sociedades.»


MOTIVACIÓN


Impedir el aumento del personal temporal en el sector
público.



ENMIENDA NÚM. 1458


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional décima sexta.


ENMIENDA


De modificación.


A la Disposición adicional Décima Sexta.


Se propone la modificación de la Disposición adicional
Décimo Sexta que tendrá la siguiente redacción:









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1217




«Décima Sexta. Contratación de personal de las sociedades
mercantiles públicas en 2013.


Uno. En el año 2013, las sociedades mercantiles públicas a
que se refiere artículo 22, apartado Uno de esta ley, no podrán proceder
a la contratación de nuevo personal, salvo las contrataciones que
respondan a convocatorias iniciadas en ejercicios anteriores o que
resulten obligatorias en el marco de programas o planes plurianuales que
estén en ejecución a la entrada en vigor de esta Ley.


Sólo en casos excepcionales y para cubrir necesidades
urgentes e inaplazables, podrán llevar a cabo contrataciones.


Dos. En el caso de las sociedades mercantiles estatales, la
contratación teniendo en cuenta lo indicado en el apartado anterior, se
hará de conformidad con los criterios e instrucciones que, previo informe
favorable del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, se
dicten por el accionista mayoritario de las respectivas sociedades.»


MOTIVACIÓN


Impedir el aumento de personal temporal en el sector
público.



ENMIENDA NÚM. 1459


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional vigésima novena.


ENMIENDA


De supresión.


A la Disposición Adicional Vigésima novena.


MOTIVACIÓN


La Disposición impide nuevos reconocimientos de pensiones
de orfandad en favor de huérfanos mayores de veintiún años no
incapacitados, «cualquiera que sea su legislación reguladora. Modifica y
recorta el régimen jurídico actual de las pensiones de orfandad del
sistema de clases pasivas en el que, según lo previsto en el artículo
41.2 del Texto Refundido de la ley de Clases Pasivas del Estado, son
beneficiarios de la pensión de orfandad los menores de veintidós o de
veinticuatro años (orfandad absoluta) si el huérfano no trabaja o percibe
ingresos inferiores al 75% del salario mínimo interprofesional. Se ha de
considerar, además, que en el régimen de pensiones de la Seguridad
Social, en estos casos de ausencia o escasez de ingresos por trabajo, la
pensión de orfandad está prevista que se pueda reconocer y/o disfrutar
hasta los veinticinco años, con lo cual la brecha entre ambos regímenes
jurídicos aumenta.


Esta Disposición deja sin protección a un colectivo de
personas que se encuentra en una situación especialmente vulnerable.



ENMIENDA NÚM. 1460


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional cuadragésima octava.


ENMIENDA


De modificación.









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1218




DISPOSICIÓN ADICIONAL CUADRAGÉSIMO OCTAVA.


La previsión del Proyecto de Ley referida al porcentaje
sobre el rendimiento de la tasa de reserva de dominio público
radioeléctrico a percibir por la Corporación RTVE pasaría a ser el
apartado 1 de dicha Disposición Adicional con la redacción siguiente:


1. Porcentaje sobre el rendimiento de la tasa de reserva de
dominio público radioeléctrico a percibir por la Corporación RTVE. Con
efectos 1 de enero de 2013, el porcentaje sobre el rendimiento de la tasa
sobre reserva de dominio público radioeléctrico a percibir por la
Corporación RTVE, según el artículo 4.2 de la Ley 8/2009, de 28 de
agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española,
queda fijado en el 100 por cien.


MOTIVACIÓN


Con la nueva redacción propuesta, eliminando el tope de los
330 millones de euros, se pretende que el incremento de los ingresos de
la tasa sobre reserva de dominio público radioeléctrico derivado del
reparto del «dividendo digital y de otras actuaciones en materia de
espectro radioeléctrico para el desarrollo de la sociedad digital sea
destinado a la financiación de la Corporación RTVE. Esta decisión
permitiría compensar la reducción de las compensaciones por el
cumplimiento de las obligaciones de servicio público consignadas en los
Presupuestos Generales del Estado a que se refieren la Ley 17/2006, de 5
de junio, de la Radio y Televisión de Titularidad Estatal y la presente
Ley.



ENMIENDA NÚM. 1461


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional cuadragésima octava.


ENMIENDA


De modificación.


DISPOSICIÓN ADICIONAL CUADRAGESIMO OCTAVA.


El Título de la Disposición Adicional CUADRAGÉSIMO OCTAVA
debe quedar redactado del siguiente modo:


CORPORACIÓN RTVE


MOTIVACIÓN


Incluir en dicha disposición adicional todos los aspectos
del proyecto de Ley referidos a la Corporación RTVE y no solo los
referidos a porcentaje sobre el rendimiento de la tasa de reserva de
dominio público radioeléctrico a percibir por la Corporación RTVE.



ENMIENDA NÚM. 1462


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional cuadragésima octava.


ENMIENDA


De adición.









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1219




Se añade un apartado 2 a la Disposición Adicional
CUADRAGÉSIMA OCTAVA


DISPOSICIÓN ADICIONAL CUADRAGÉSIMA OCTAVA.


2. El escenario presupuestario y los esfuerzos de reducción
del gasto de la Corporación RTVE se integrarán en el Contrato Programa
2013-2015 y siguientes, a suscribir entre el Gobierno de España y la
Corporación RTVE antes del 30 de Junio de 2013.


3. Durante los Ejercicios 2013, 2014 y 2015, la Corporación
RTVE podrá recurrir al endeudamiento para atender desfases temporales de
tesorería que se deriven de las autoliquidaciones incorrectas y de los
recursos planteados por los sujetos pasivos afectados por las
aportaciones previstas en los artículos 5 y 6 de la Ley 8/2009.


4. Las cantidades provenientes de la revisión de las
autoliquidaciones de los sujetos pasivos afectados por las aportaciones
previstas en los artículos 5 y 6 de la Ley 8/2009 se contabilizarán en el
ejercicio correspondiente en vez de en el ejercicio que efectivamente se
perciben con el fin de evitar desajustes en el cierre de cuentas de los
diferentes ejercicios y que la Corporación RTVE supere el límite de
ingresos definido para cada ejercicio.


5. El tratamiento del IVA soportado por la Corporación RTVE
será idéntico al del resto de radio televisiones públicas españolas,
independientemente de su ámbito de actuación —estatal, autonómico o
local—.


6. La Corporación RTVE incrementará el porcentaje de
producción interna de primera emisión, en el que en ningún caso se
contabilizarán las redifusiones ni las emisiones simultáneas a través de
distintos canales como datos diferenciados, en su oferta de radio,
televisión y servicios de información en línea. El incremento lineal en
2013 no podrá ser inferior al 10 por ciento con respecto a la media
acumulada durante el ejercicio 2012.


MOTIVACIÓN


Partiendo del principio de que cualquier mecanismo de
corrección en CRTVE no es instantáneo -el mecanismo de corrección no es
automático se asemeja al del viraje de un barco- sería razonable
considerar la opción de los escenarios de ajuste se enmarcaran dentro de
la vigencia de un Contrato-Programa.


De esta forma podrían alinearse las medidas de adaptación
económicas con las vinculadas a la oferta de contenidos y al marco de
gestión derivado. En caso contrario, las decisiones adoptadas en materia
económica podrían ser incoherentes con el resto de escenarios de
actuación de CRTVE.


La principal tensión en el capítulo de ingresos de la
Corporación RTVE se deriva de las autoliquidaciones defectuosas de las
operadoras de televisión y telecomunicaciones, tal y como atestiguan las
revisiones que realiza de las mismas la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones, y de los recursos planteados por dichos operadores
ante las liquidaciones complementarias practicadas por la CMT. Ambas
circunstancias se han producido con las correspondientes a los ejercicios
2009, 2010 y 2011 por lo que la presunción de un escenario análogo para
los ejercicios 2012, 2013, 2014 y 2015 es plenamente coherente.


Como consecuencia directa de la tensión en el capítulo de
los ingresos se generan problemas en el flujo de caja -cash flow de la
Corporación RTVE-, que han empezado a percibirse con nitidez en las
previsiones de pagos de los ejercicios 2012 y 2013.


Como consecuencia directa de la tensión en el capítulo de
los ingresos se generan problemas en el flujo de caja -cash flow de la
Corporación RTVE-, que han empezado a percibirse con nitidez en las
previsiones de pagos de los ejercicios 2012 y 2013.


La principal tensión en el capítulo de Ingresos de la
Corporación RTVE se deriva de las autoliquidaciones defectuosas de las
operadoras de televisión y telecomunicaciones, tal y como atestiguan las
revisiones que realiza de las mismas la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones, y de los recursos planteados por dichos operadores
ante las liquidaciones complementarias practicadas por la CMT. Ambas
circunstancias se han producido con las correspondientes a los ejercicios
2009, 2010 y 2011 por lo que la presunción de un escenario análogo al
para los ejercicios 2012, 2013, 2014 y 2015 es plenamente coherente.


A modo de ejemplo gráfico, en 2010 la ejecución real del
Presupuesto se situó en 1.187 millones de euros y el resultado contable
fue de - 47,1 millones de euros. La revisión de la CMT sobre las
autoliquidaciones de las operadoras de tv y telecomunicaciones en el
ejercicio 2010 realizada, comunicada en noviembre de 2011, supondría unos
ingresos adicionales de 2010 de 56,6 millones de euros para la









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1220




Corporación RTVE. Con ello, el resultado del ejercicio 2010
pasaría a ser positivo en 9,5 millones de euros que podrían destinarse a
la creación del Fondo de Reserva contemplado en el artículo 8, de la Ley
8/2009 de Financiación de la Corporación RTVE para hacer frente a
contingencias especiales futuras, tanto en gastos corrientes como de
inversión, vinculadas con la prestación de los servicios públicos
encomendados.


Los ingresos realizados en 2011 por las autoliquidaciones
de los operadores de telecomunicaciones, por importe de 174.156 miles de
euros, y por las sociedades concesionarias y las prestadoras del servicio
de televisión, por importe de 65.616 miles de euros, fueron inferiores a
las estimaciones realizadas aplicando las disposiciones legales, por lo
que esta desviación fue la causa última del déficit contable registrado
en la cuenta de explotación del ejercicio 2011.


Si se hubieran calculado en base a los ingresos brutos que
figuran en la memoria de la CMT, de acuerdo con los criterios para ello
establecidos en la Ley 8/2009, de 28 de agosto, y en el Real Decreto
1004/2010, de 5 de agosto, que la desarrolla, habrían superado a los
contablemente registrados en la cuenta de pérdidas y ganancias de 2010 en
más de 45 millones de euros.


Ajustar la práctica de la Agencia Tributaria a la doctrina
establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de que los
operadores económicos que efectúan las mismas operaciones no pueden ser
tratados de forma distinta en relación al IVA.


El resto de resto de radio televisiones públicas españolas
pueden deducirse el IVA soportado, independientemente del volumen de sus
actividades mercantiles, en consecuencia ese mismo criterio debe ser
aplicado a la Corporación RTVE.


El IVA soportado por CRTVE, que como consecuencia de la Ley
8/2009 deja de tener la consideración de deducible por la práctica de la
Agencia Tributaria conlleva un aumento significativo (equivalente al Tipo
General del IVA vigente, hasta el 01-07-2010, el 16%; desde esa fecha
hasta el 01-09-2012, el 18%; en el momento actual, el 21%) del importe de
las partidas de aprovisionamientos-compras, servicios exteriores y
tributos principalmente.


Forzar la optimización del empleo de los recursos propios,
técnicos y humanos, de la Corporación RTVE en detrimento de la
contratación externa desarrollada a través de las distintas fórmulas
contractuales posibles en función de la normativa vigente.



ENMIENDA NÚM. 1463


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional quincuagésima quinta.


ENMIENDA


De supresión.


A la Disposición Adicional quincuagésima quinta.
Actualización de los límites máximos de la cuantía de aportación mensual
de los usuarios en la cartera común suplementaria del Sistema Nacional de
Salud.


MOTIVACIÓN


La actualización automática según IPC de las aportaciones
de los usuarios a las prestaciones de la cartera común suplementaria del
Sistema Nacional de Salud (prevista en el artículo 8 ter de la ley de
Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, artículo incluido en
dicha ley por el Real Decreto-Ley 16/2012) sólo tiene en cuenta criterios
de carácter economicista y no permite una valoración de otras
circunstancias para realizar, en su caso, dicha actualización. Esta
Disposición ahonda en el carácter inequitativo de la configuración de la
cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud.










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1221




ENMIENDA NÚM. 1464


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional quincuagésima séptima.


ENMIENDA


De modificación.


A la disposición adicional quincuagésima séptima.


Se modifica la disposición adicional quincuagésima séptima,
que queda redactada del siguiente modo:


«Quincuagésima séptima. Asignación de cantidades a fines
sociales.


El Estado destinará a subvencionar actividades de interés
social, en la forma que reglamentariamente se establezca, el 1 por ciento
de la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
del ejercicio 2013 correspondiente a los contribuyentes que manifiesten
expresamente su voluntad en tal sentido.


A estos efectos, se entenderá por cuota íntegra del
impuesto la formada por la suma de la cuota íntegra estatal y de la cuota
íntegra autonómica en los términos previstos en la Ley reguladora del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.


La liquidación definitiva de la asignación correspondiente
al ejercicio de 2013 se llevará a cabo antes del 30 de abril de 2015,
efectuándose una liquidación provisional el 30 de noviembre de 2014 que
posibilite la iniciación anticipada del procedimiento para la concesión
de las subvenciones».


MOTIVACIÓN


Es necesario intensificar los esfuerzos para abordar las
situaciones de riesgo de pobreza y exclusión social.



ENMIENDA NÚM. 1465


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional quincuagésima novena.


ENMIENDA


De supresión.


A la Disposición Adicional Quincuagésima novena. Fondo de
Cohesión Sanitaria.


MOTIVACIÓN


En virtud de esta Disposición el Fondo de Cohesión
Sanitaria, fondo de creación estatal y dotado en los presupuestos
generales del Estado, deja de cumplir las principales funciones para las
que fue creado: la compensación a las Comunidades Autónomas de la
asistencia sanitaria a pacientes derivados entre comunidades autónomas,
la asistencia sanitaria a pacientes derivados entre comunidades para su
atención en centros, servicios y unidades de referencia del Sistema
Nacional de Salud y la asistencia sanitaria a pacientes como consecuencia
de la aplicación de técnicas, tecnologías y procedimientos cuyo uso
tutelado sea autorizado. En consecuencia el Fondo de Cohesión sólo
compensará a las Comunidades Autónomas por la asistencia sanitaria a
asegurados desplazados a España en estancia temporal con derecho a
asistencia a cargo de otro Estado que tuviera acuerdos firmados con
España en esta materia.









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1222




El sistema de financiación de la asistencia sanitaria por
el Fondo se sustituye por un sistema de compensación entre comunidades,
donde el Estado no aporta nada, ya que el saldo positivo que puedan tener
algunas comunidades se satisfará una vez que el Estado haya deducido el
saldo negativo de otras Comunidades Autónomas de los recursos que les
correspondan del sistema de financiación autonómica.


En definitiva, por medio de esta disposición el Estado deja
de participar en las funciones de cohesión sanitaria que hasta ahora
tenía atribuidas.



ENMIENDA NÚM. 1466


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional sexagésima primera.


ENMIENDA


De sustitución.


A la Disposición Adicional sexagésima primera. Aportación
financiera del Servicio Público de Empleo Estatal a la financiación del
IV Plan Integral de Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias.


Uno. De conformidad con lo establecido en la disposición
adicional quinta de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo,
durante el año 2013, el Servicio Público de Empleo Estatal aportará a la
financiación del IV Plan Integral de Empleo de la Comunidad Autónoma de
Canarias la cantidad de 42.000 miles de euros. La mencionada aportación
financiera tiene el carácter de subvención nominativa, habida cuenta de
su consignación en el estado de gastos del presupuesto del Servicio
Público de Empleo Estatal con la correspondiente identificación
desagregada, expresada a nivel de subconcepto, de la clasificación
económica del gasto público estatal.


Dos. La mencionada cantidad se destinará, junto con la
aportación financiera que realice la Comunidad Autónoma de Canarias, a
financiar las acciones y las medidas de fomento de empleo que se
describen en el Convenio de Colaboración que le es de aplicación,
suscrito entre la Administración General del Estado y la Administración
de la citada Comunidad Autónoma el 1 de agosto de 2011.


La articulación de la aportación financiera, que se hará
efectiva en la forma indicada en el apartado tres, se instrumentará
mediante la suscripción de la pertinente adenda entre el Servicio Público
de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma de Canarias.


Tres. La aportación financiera se librará en el segundo mes
de cada cuatrimestre natural del año 2013 previa solicitud documentada de
la Comunidad Autónoma de Canarias al Servicio Público de Empleo Estatal
de la aplicación de los fondos. No obstante lo anterior, el Servicio
Público de Empleo Estatal no dará curso a la tramitación de los
libramientos hasta en tanto no haya sido justificada ante dicho
Organismo, con la correspondiente aportación documental, la ejecución de
los fondos librados en el ejercicio anterior.


Cuatro. La aplicación por la Comunidad Autónoma de la
aportación financiera, así como su seguimiento y evaluación se regirá por
lo estipulado, al efecto, en el citado Convenio de Colaboración.


Cinco. Finalizado el ejercicio 2013 y con anterioridad al 1
de abril de 2014, la Comunidad Autónoma de Canarias remitirá a la
Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal información de
los colectivos de desempleados atendidos con las aportaciones hechas
efectivas, las acciones realizadas, así como la documentación necesaria a
efectos de la cofinanciación del Fondo Social Europeo.


Seis. No obstante lo indicado en el apartado Cinco, el
remanente de la aportación financiera no comprometido por la Comunidad
Autónoma en el ejercicio 2013 será reintegrado al Servicio Público de
Empleo Estatal en la forma que se determine en la resolución de concesión
que adopte dicho Organismo para la efectividad de los libramientos a que
se refiere el apartado tres, con sujeción a las prescripciones que, en
materia de subvenciones, establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.Nueva Disposición Adicional.









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MOTIVACIÓN


El incremento de la aportación financiera del Servicio
Público de Empleo Estatal a la financiación del Plan Integral de Empleo
de la Comunidad Autónoma de Canarias es esencial.


Los representantes de las organizaciones empresariales y
sindicales ha coincidido en la necesidad de que el Estado cumpla con el
IV Plan Integral de Empleo para Canarias (PIEC) y mantenga la misma ficha
financiera del ejercicio 2012 —42 millones de euros— para
2013.


Es fundamental el mantenimiento de proyectos y programas
como los convenios con las corporaciones locales, los talleres escuela y
escuelas taller, que en una situación de crisis como la actual suponen un
auténtico balón de oxígeno para los que peor lo están pasando.


El PIEC ha contribuido a mejorar el bienestar de muchos
ciudadanos al tiempo que ha servido para poner en marcha políticas
específicas de empleo, que contribuyen a mejorar el actual escenario
económico y social.


No se justifica que con la actual tasa de desempleo en
Canarias, más del 33 por ciento, el Gobierno pretenda reducir en un 76
por ciento el importe de la subvención del pasado ejercicio de 2012.


Por todo ello y considerando la situación económica, social
y laboral de Canarias, se hace imprecindible que el importe de esta
partida en el Presupuesto General del Estado de 2013 mantenga la dotación
actual del Plan Integral de Empleo.



ENMIENDA NÚM. 1467


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional sexagésima segunda.


ENMIENDA


De modificación.


A la Disposición adicional sexagésima segunda, apartado
Uno.


Se propone la modificación del párrafo primero del apartado
Uno de la Disposición adicional sexagésima segunda, con la siguiente
redacción:


«Disposición adicional sexagésima segunda. Aportación
financiera del Servicio Público de Empleo Estatal a la financiación del
Plan Integral de Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.


Uno. Durante el 2013, el Servicio Público de Empleo Estatal
aportará para la financiación del Plan Integral de Empleo de la Comunidad
Autónoma de Extremadura la cantidad de 25.000 miles de euros.»


MOTIVACIÓN


La Comunidad Autónoma de Extremadura necesita un Plan
Integral de Empleo con una dotación financiera suficiente para afrontar y
responder a los requerimientos de un mercado de trabajo con altas tasas
de paro, 33,38%, lo que obliga a los Servicios Públicos de Empleo a
reforzar la atención en las personas desempleadas para facilitarles su
inserción, y cuya situación se ha visto agravada por los importantes
recortes en políticas activas de empleo llevados a cabo en el Presupuesto
General del Estado de 2012, en los que abunda en Proyecto de Ley de
Presupuestos para 2013.



ENMIENDA NÚM. 1468


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional sexagésima segunda.









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ENMIENDA


De adición.


A la Disposición adicional sexagésima segunda bis
(nueva).


Se propone la adición de una nueva Disposición adicional,
con la siguiente redacción:


«Disposición adicional sexagésima segunda bis. Aportación
financiera del Servicio Público de Empleo Estatal a la financiación del
Plan Especial de Empleo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.


Uno. Durante el año 2013, el Servicio Público de Empleo
Estatal aportará para la financiación del Plan Especial de Empleo de la
Comunidad Autónoma de Andalucía la cantidad de 200.000 miles de euros,
que tendrá el carácter de subvención nominativa.


Dos. La aplicación por la Comunidad Autónoma de Andalucía
de esta aportación financiera, así como su seguimiento y evaluación se
regirá por lo estipulado, al efecto, en el correspondiente convenio de
colaboración que suscriban la Administración General del Estado y la
Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.


Tres. La citada aportación se librará en el segundo mes de
cada cuatrimestre natural del año 2013, previa solicitud de la Comunidad
Autónoma al Servicio Público de Empleo Estatal, en los términos que
establezca el convenio de colaboración que suscriban ambas
administraciones.


Cuatro. Dicha aportación financiera tendrá como destino el
reforzamiento de las Políticas Activas de Empleo en Andalucía, y, en
particular, el impulso de las acciones desarrolladas por las unidades de
orientación, los promotores de empleo y, en el ámbito del desarrollo
local, aquellas llevadas a cabo por los Agentes Locales de Promoción de
Empleo.


Cinco. Finalizado el ejercicio 2013 y con anterioridad al 1
de abril de 2014, la Comunidad Autónoma de Andalucía remitirá a la
Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal información de
los colectivos de desempleados atendidos con las aportaciones hechas
efectivas y las acciones realizadas.


MOTIVACIÓN


La necesidad de un Plan Especial de Empleo para Andalucía
se fundamenta en el argumento financiero de los recortes y en los
indicadores básicos de su mercado de trabajo; en particular, en la grave
realidad que reflejan las cifras de desempleo en la Comunidad Autónoma de
Andalucía, en el contexto de crisis que se viene produciendo en estos
últimos cuatro años. Por ello, la Comunidad Autónoma de Andalucía
requiere un plan especial de empleo que cuente con una dotación
financiera especial para el desarrollo de sus Planes Integrales de Empleo
y contribuya a afrontar y responder a la excepcional situación
actual.


En este sentido, los datos del paro registrado en Andalucía
en septiembre de 2012 han recogido la cifra de 1.055.109 de personas
paradas, de las que 522.414 son hombres y 532.695 son mujeres; la
Encuesta de Población Activa para el segundo trimestre de 2012 registra
una población activa de 4.018.300, una población ocupada de 2.655.400, y
una población parada de 1.362.900, un 8% más que un año antes, lo que
sitúa la tasa de paro en el 33,9%, ocho puntos superior a la
correspondiente al conjunto nacional. La gravedad de estas cifras del
mercado de trabajo en Andalucía refleja una situación que no se prevé
vaya a mejorar, ante unos escenarios macroeconómicos para 2013 que
apuntan a un estancamiento de esta situación o incluso a posibles
subidas, acorde con lo que pueda ocurrir en el mercado nacional.


Las altas tasas de paro obligan a los Servicios Públicos de
Empleo a atender a todas las personas desempleadas, dando respuesta a las
necesidades surgidas y reforzando la atención a las mismas, teniendo en
cuenta la prolongación de los periodos de desempleo que están
sufriendo.


Esta situación se ha visto agravada en 2012 por la fuerte
reducción de recursos destinados a las Políticas Activas de Empleo que
gestionan las Comunidades Autónomas. En efecto, los recursos financieros
destinados a las Políticas Activas de Empleo han experimentado, en el año
2012, un recorte global para el conjunto de España del 56,9%, lo que
representa 1.742 M euros menos para gestión de unas políticas que
competen a las Comunidades Autónomas. Dicho recorte afecta de manera
determinante a la Comunidad Autónoma de Andalucía, que en las acciones y
medidas de fomento del empleo ha tenido un recorte que se eleva aún más,
hasta un 70%. En conjunto, ha habido una reducción de 396 M euros en lo
referido a las transferencias de financiación a recibir por la Comunidad
Autónoma de Andalucía respecto al año 2011.









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Esta situación de reducción drástica de recursos ha tenido
una repercusión directa sobre el mantenimiento de aquellas acciones y
medidas destinadas a las políticas activas de empleo en Andalucía.


De esta forma, el Plan Especial de Empleo en Andalucía debe
articularse reforzando las Políticas Activas de Empleo y, en particular,
los agentes de promoción de empleo, orientadores y promotores de empleo.
En efecto, la atención a las personas desempleadas ha de hacerse contando
con un número suficiente de profesionales cualificados que favorezcan y
garanticen los procesos de orientación profesional y de su inserción
laboral; esta función la vienen desarrollando en la Comunidad Autónoma de
Andalucía las unidades de orientación, que debido a los recortes
presupuestarios llevados a cabo por el Gobierno de España han visto
reducido el número de efectivos. Asimismo, es necesario contar con
profesionales cualificados que permitan reforzar la atención a las
personas demandantes de empleo y a las empresas que ofertan empleo, labor
que han venido desempeñando los promotores de empleo, colectivo que ha
sido afectado directamente por la disminución en las Políticas Activas de
Empleo. Igualmente, para impulsar actuaciones que contribuyan a generar y
fomentar el empleo a nivel local, en el territorio, hay que contar con
profesionales especializados que desarrollen sus funciones en el ámbito
del desarrollo local, como hasta ahora habían venido desarrollando los
Agentes Locales de Promoción de Empleo en Andalucía.


Por ello, es urgente e inaplazable que, al igual que se ha
previsto en la Ley General de Presupuestos Generales del Estado para 2013
para las Comunidades Autónomas de Canarias y Extremadura (Disposición
Adicional Quincuagésima Cuarta y Quincuagésima Quinta, respectivamente),
se dote de un Plan Especial de Empleo en la Comunidad Autónoma de
Andalucía con una aportación de 200.000 miles de euros, capaz de combatir
y atender el creciente número de personas desempleadas.



ENMIENDA NÚM. 1469


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional sexagésima novena.


ENMIENDA


De supresión.


Se propone la supresión de la Disposición adicional
Sexagésima novena.


MOTIVACIÓN


La Disposición adicional Sexagésima novena, reproducción de
la Disposición adicional novena del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de
diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y
financiera para la corrección del déficit público, suspende, sin
determinación de plazo, la aplicación de la Disposición adicional
trigésima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,
adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social.


La Disposición adicional trigésima de la Ley 27/2011
establece que, a partir del 1 de enero de 2012, se aumente progresiva y
paulatinamente la cuantía de la pensión de viudedad de las personas
beneficiarias que, con una edad igual o superior a 65 años, no tengan
derecho a otra pensión pública o ingresos del trabajo o de cualquier otra
naturaleza que superen el límite de ingresos establecido en cada momento
para la pensión mínima. Dicho aumento se efectuará en ocho años, por
aplicación cada año de un 1% de incremento a su base reguladora hasta
alcanzar el 60%.


Razones de equidad y justicia social —afecta a uno de
los colectivos más desfavorecidos, algunos de cuyos beneficiarios se
sitúan en el umbral de la pobreza—, razones de proporcionalidad
—la reducción del déficit público que pudiera conseguirse a través
de dicho aplazamiento no parece que sea lo suficientemente sustancial
como para justificarla, dado lo acotado del colectivo— y razones
que afectan al principio de seguridad jurídica —el aplazamiento de
la norma se efectúa sin límite temporal— justifican la supresión de
esta medida.










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ENMIENDA NÚM. 1470


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional septuagésima.


ENMIENDA


De supresión.


A la disposición adicional septuagésima.


MOTIVACIÓN


Esta disposición adicional suspende la aplicación, durante
2013, de los siguientes artículos de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre,
de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en
Situación de Dependencia: 7.2º,8.2.a), 10, 32.3, párrafo primero y
disposición transitoria primera. Con ello desaparece una de las vías de
financiación del Sistema, el nivel acordado.


Esta disposición debe ser suprimida para que el Sistema de
Autonomía y Atención a la Dependencia pueda seguir desarrollándose.



ENMIENDA NÚM. 1471


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional septuagésima tercera.


ENMIENDA


De modificación.


Se propone una nueva redacción a la Disposición adicional
septuagésima tercera.apartado Dos.


Nueva redacción:


Dos. Se exceptúa de lo dispuesto en el apartado anterior la
creación de la Agencia Estatal para la Investigación, según lo previsto
en la disposición adicional duodécima de la Ley 14/2011, de 1 de junio,
de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.


La creación de la Agencia se realizará sin aumento de gasto
público, y no se financiará con créditos del presupuesto financiero del
Estado, salvo en los casos y con los límites que se establezcan mediante
Ley de presupuestos generales del Estado.


MOTIVACIÓN


Para ajustarse a lo previsto en la disposición adicional
duodécima de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología
y la Innovación.



ENMIENDA NÚM. 1472


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición derogatoria segunda.









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ENMIENDA


De supresión.


Se propone la supresión de la Disposición Derogatoria
Segunda que deroga la Disposición adicional trigésimo octava de la Ley
27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización
del sistema de Seguridad Social.


MOTIVACIÓN


La culminación definitiva en el proceso de separación de
las fuentes de financiación del sistema de Seguridad Social, exige
también la resolución de las deudas patrimoniales entre el Estado y la
Seguridad Social, finalidad perseguida por la Disposición adicional
trigésima octava de la Ley 27/2011, de 1 de agosto.



ENMIENDA NÚM. 1473


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición final décima cuarta.


ENMIENDA


De modificación.


A la disposición final décima cuarta.


Se modifica la disposición final décima cuarta, que pasa a
tener el siguiente contenido:


«Disposición final décima cuarta.


Uno. Modificación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación
de dependencia.


Los preceptos de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación
de dependencia, que figuran a continuación, tendrán el siguiente
contenido:


Artículo 4, apartado 4:


4. Las personas en situación de dependencia y, en su caso,
familiares o quienes les representen, así como los centros de asistencia,
estarán obligados a suministrar toda la información y datos que les sean
requeridos por las Administraciones competentes, para la valoración de su
grado y nivel de dependencia; a comunicar todo tipo de ayudas
personalizadas que reciban, y a aplicar las prestaciones económicas a las
finalidades para las que fueron otorgadas; o a cualquier otra obligación
prevista en la legislación vigente.


Las personas en situación de dependencia y, en su caso, sus
familiares o quienes les representen, no estarán obligados a aportar
información, datos o documentación que obren ya en poder de la
Administración Pública que los solicite o que, de acuerdo con la
legislación vigente, pueda ésta obtener por sus propios medios.


Artículo 8. Consejo Territorial del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia.


1. Se crea el Consejo Territorial del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia como instrumento de cooperación
para la articulación del Sistema. El Consejo estará constituido por el
titular del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y por un
representante de cada una de la Comunidades Autónomas, recayendo dicha
representación en el miembro del Consejo de Gobierno respectivo que









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tenga a su cargo las competencias en la materia. Integrarán
igualmente el Consejo un número de representantes de los diferentes
Departamentos ministeriales. En la composición tendrán mayoría los
representantes de las Comunidades Autónomas.


2. Sin perjuicio de las competencias de cada una de las
Administraciones Públicas integrantes, corresponde al Consejo, además de
las funciones que expresamente le atribuye esta Ley, ejercer las
siguientes:


a) Acordar el Marco de cooperación interadministrativa para
el desarrollo de la Ley previsto en el artículo 10.


b) Establecer los criterios para determinar la intensidad
de protección de los servicios previstos de acuerdo con los artículos
10.3 y 15.


c) Acordar las condiciones y cuantía de las prestaciones
económicas previstas en el artículo 20 y en la disposición adicional
primera.


d) Adoptar los criterios de participación del beneficiario
en el coste de los servicios.


e) Acordar el baremo a que se refiere el artículo 27, con
los criterios básicos del procedimiento de valoración y de las
características de los órganos de valoración.


f) Acordar, en su caso, planes, proyectos y programas
conjuntos.


g) Adoptar criterios comunes de actuación y de evaluación
del Sistema.


h) Facilitar la puesta a disposición de documentos, datos y
estadísticas comunes.


i) Establecer los mecanismos de coordinación para el caso
de las personas desplazadas en situación de dependencia.


j) Informar la normativa estatal de desarrollo en materia
de dependencia y en especial las normas previstas en el artículo 9.1.


k) Servir de cauce de cooperación, comunicación e
información entre las Administraciones Públicas.


El Consejo Territorial del Sistema, una vez constituido,
acordará sus normas en cuanto a funcionamiento y Presidencia.


Artículo 9, apartado 1:


1. El Gobierno, oído el Consejo Territorial del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia, determinará el nivel
mínimo de protección garantizado para cada uno de los beneficiarios del
Sistema, según el grado y nivel de su dependencia, como condición básica
de garantía del derecho a la promoción de la autonomía personal y
atención a la situación de dependencia.


Artículo 14, apartado 6:


6. La prioridad en el acceso a los servicios vendrá
determinada por el grado y nivel de dependencia y, a igual grado y nivel,
por la capacidad económica del solicitante.


Hasta que la red de servicios esté totalmente implantada,
las personas en situación de dependencia que no puedan acceder a los
servicios por aplicación del régimen de prioridad señalado, tendrán
derecho a la prestación económica prevista en el artículo 17 de esta
Ley.


Artículo 17, apartado 1:


1. La prestación económica, que tendrá carácter periódico,
se reconocerá, en los términos que se establezca, únicamente cuando no
sea posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y
cuidado, en función del grado y nivel de dependencia y de la capacidad
económica del beneficiario, de acuerdo con lo previsto en el convenio
celebrado entre la Administración General del Estado y la correspondiente
Comunidad Autónoma.


Artículo 18, apartado 2:


2. Previo acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para
la Autonomía y Atención a la Dependencia, se establecerán las condiciones
de acceso a esta prestación, en función del grado y nivel reconocido a la
persona en situación de dependencia y de su capacidad económica.









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Artículo 19. Prestación económica de asistencia
personal.


La prestación económica de asistencia personal tiene como
finalidad la promoción de la autonomía de las personas con gran
dependencia. Su objetivo es contribuir a la contratación de una
asistencia personal, durante un número de horas, que facilite al
beneficiario el acceso a la educación y al trabajo, así como una vida más
autónoma en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria.
Previo acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia, se establecerán las condiciones específicas de
acceso a esta prestación.


Artículo 23. Servicio de Ayuda a Domicilio.


El servicio de ayuda a domicilio lo constituye el conjunto
de actuaciones llevadas a cabo en el domicilio de las personas en
situación de dependencia con el fin de atender sus necesidades de la vida
diaria, prestadas por entidades o empresas, acreditadas para esta
función:


a) Servicios relacionados con la atención de las
necesidades domésticas o del hogar: limpieza, lavado, cocina u otros.


b) Servicios relacionados con la atención personal, en la
realización de las actividades de la vida diaria.


Artículo 26. Grados de dependencia.


1. La situación de dependencia se clasificará en los
siguientes grados:


a) Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona
necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida
diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente
o limitado para su autonomía personal.


b) Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita
ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o
tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o
tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.


c) Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita
ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias
veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental,
intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de
otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía
personal.


2. Cada uno de los grados de dependencia establecidos en el
apartado anterior se clasificarán en dos niveles, en función de la
autonomía de las personas y de la intensidad del cuidado que
requiere.


3. Los intervalos para la determinación de los grados y
niveles se establecerán en el baremo al que se refiere el artículo
siguiente.


Artículo 27. Valoración de la situación de dependencia.


1. Las Comunidades Autónomas determinarán los órganos de
valoración de la situación de dependencia, que emitirán un dictamen sobre
el grado y nivel de dependencia, con especificación de los cuidados que
la persona pueda requerir. El Consejo Territorial deberá acordar unos
criterios comunes de composición y actuación de los órganos de valoración
de las Comunidades Autónomas que, en todo caso, tendrán carácter
público.


2. El grado y niveles de dependencia, a efectos de su
valoración, se determinarán mediante la aplicación del baremo que se
acuerde en el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia para su posterior aprobación por el Gobierno
mediante Real Decreto. Dicho baremo tendrá entre sus referentes la
Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la
Salud (CIF), adoptada por la Organización Mundial de la Salud.


3. El baremo establecerá los criterios objetivos de
valoración del grado de autonomía de la persona, de su capacidad para
realizar las distintas actividades de la vida diaria, los intervalos de
puntuación para cada uno de los grados y niveles de dependencia, y el
protocolo con los procedimientos y técnicas a seguir para la valoración
de las aptitudes observadas, en su caso.









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4. El baremo valorará la capacidad de la persona para
llevar a cabo por sí misma las actividades básicas de la vida diaria, así
como la necesidad de apoyo y supervisión para su realización por personas
con discapacidad intelectual o con enfermedad mental.


5. La valoración se realizará teniendo en cuenta los
correspondientes informes sobre la salud de la persona y sobre el entorno
en el que viva, y considerando, en su caso, las ayudas técnicas, órtesis
y prótesis que le hayan sido prescritas.


Artículo 28, apartado 3:


3. La resolución a la que se refiere el apartado anterior
determinará los servicios o prestaciones que corresponden al solicitante
según el grado y nivel de dependencia.


Artículo 29, apartado 1:


1. En el marco del procedimiento de reconocimiento de la
situación de dependencia y las prestaciones correspondientes, los
servicios sociales correspondientes del sistema público establecerán un
Programa Individual de Atención en el que se determinarán las modalidades
de intervención más adecuadas a sus necesidades de entre los servicios y
prestaciones económicas previstos en la resolución para su grado y nivel,
con la participación previa consulta y, en su caso, elección entre las
alternativas propuestas del beneficiario y, en su caso, de su familia o
entidades tutelares que le represente.


Artículo 30, apartado 1:


1. El grado o nivel de dependencia será revisable, a
instancia del interesado, de sus representantes o de oficio por las
Administraciones Públicas competentes, por alguna de las siguientes
causas:


a) Mejoría o empeoramiento de la situación de
dependencia.


b) Error de diagnóstico o en la aplicación del
correspondiente baremo.


Artículo 38, apartado 3:


3. A través de dicha red de comunicaciones se intercambiará
información sobre las infraestructuras del sistema, la situación, grado y
nivel de dependencia de los beneficiarios de las prestaciones, así como
cualquier otra derivada de las necesidades de información en el Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia.


Disposición adicional novena. Efectividad del
reconocimiento de las situaciones vigentes de gran invalidez y de
necesidad de ayuda de tercera persona.


Quienes tengan reconocida la pensión de gran invalidez o la
necesidad de asistencia de tercera persona según el Real Decreto
1971/1999, de 23 de diciembre, de Procedimiento para el reconocimiento,
declaración y calificación del grado de minusvalía, tendrán reconocido el
requisito de encontrarse en situación de dependencia, en el grado y nivel
que se disponga en el desarrollo reglamentario de esta Ley.


Disposición final primera. Aplicación progresiva de la
Ley.


1. La efectividad del derecho a las prestaciones de
dependencia incluidas en la presente Ley se ejercitará progresivamente,
de modo gradual y se realizará de acuerdo con el siguiente calendario a
partir del 1 de enero de 2007:


El primer año a quienes sean valorados en el Grado III de
Gran Dependencia, niveles 2 y 1.


En el segundo y tercer año a quienes sean valorados en el
Grado II de Dependencia Severa, nivel 2.


En el tercero y cuarto año a quienes sean valorados en el
Grado II de Dependencia Severa, nivel 1.


El quinto y sexto año a quienes sean valorados en el Grado
I de Dependencia Moderada, nivel 2.


El séptimo y octavo año a quienes sean valorados en el
Grado I de Dependencia Moderada, nivel 1.


2. El reconocimiento del derecho contenido en las
resoluciones de las administraciones públicas competentes generará el
derecho de acceso a los servicios y prestaciones correspondientes,
previstos en los artículos 17 a 25 de esta Ley, a partir del inicio de su
año de implantación de acuerdo con el calendario









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1231




del apartado 1 de esta disposición o desde el momento de su
solicitud de reconocimiento por el interesado, si ésta es posterior a esa
fecha.


3. Transcurridos los primeros tres años de aplicación
progresiva de la Ley, el Consejo Territorial del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia realizará una evaluación de los
resultados de la misma, proponiendo las modificaciones en la implantación
del Sistema que, en su caso, estime procedentes.


4. En la evaluación de los resultados a que se refiere el
apartado anterior se efectuará informe de impacto de género sobre el
desarrollo de la Ley.


En el Capítulo II del Titulo I, queda derogada la Sección
4ª y el artículo 25 bis.


Dos. Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas
para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la
competitividad.


Se derogan las siguientes disposiciones del Real
Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la
estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, recuperando
su vigencia las normas que hubieran sido derogadas por su aprobación:


Disposición adicional séptima.


Disposición adicional octava.


Disposición adicional novena.


Disposición adicional décima.


Disposición transitoria octava.


Disposición transitoria novena.


Disposición transitoria décima.


Disposición transitoria undécima.


Disposición transitoria duodécima.


Disposición transitoria décimo tercera.


Disposición final primera.»


MOTIVACIÓN


La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la
autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia
estaba desarrollándose según lo previsto en su calendario y generando
importantes retornos económicos hasta el año 2011.


Las medidas adoptadas por el Gobierno a partir de diciembre
de 2011, así como los recortes en los Presupuestos de 2012 y 2013,
paralizaron la implantación del Sistema, dejando sin atender a miles de
ciudadanos en situación de dependencia.


En la situación económica actual, los servicios sociales
que dan cobertura a los colectivos más desfavorecidos deben ser una
prioridad, por ello se debe retomar de manera inmediata la implantación
del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, tal y como
estaba prevista en la redacción original de la Ley 39/2006, de 14 de
diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las
personas en situación de dependencia.



ENMIENDA NÚM. 1474


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición final vigésima segunda.


ENMIENDA


De adición.


Se añade una nueva Disposición final.









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1232




DISPOSICIÓN FINAL VIGÉSIMO SEGUNDA.


Vigésimo Segunda. Modificación del apartado 2 del artículo
4 de la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de
Radio y Televisión Española.


Se modifica el apartado 2 del artículo 4 de la Ley 8/2009,
de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión
Española, en los siguientes términos:


Mientras las Leyes de Presupuestos Generales del Estado no
establezcan un porcentaje diferente sobre el rendimiento de la tasa sobre
reserva de dominio público radioeléctrico, el porcentaje queda fijado en
el 100 por cien.


MOTIVACIÓN


Con la nueva redacción propuesta, eliminando el tope de los
330 millones de euros y el porcentaje del 100%, se pretende que el
incremento de los ingresos de la tasa sobre reserva de dominio público
radioeléctrico derivado del reparto del «dividendo digital» y de otras
actuaciones en materia de espectro radioeléctrico para el desarrollo de
la sociedad digital sea destinado a la financiación de la Corporación
RTVE. Esta decisión permitiría compensar la reducción de las
compensaciones por el cumplimiento de las obligaciones de servicio
público consignadas en los Presupuestos Generales del Estado a que se
refieren la Ley 17/2006, de 5 de junio, de la Radio y Televisión de
Titularidad Estatal y la presente Ley.



ENMIENDA NÚM. 1475


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Anexo II. Segundo. Seis.


ENMIENDA


De adición.


Al Anexo II (Créditos ampliables), Segundo.


Se añade un nuevo apartado Seis bis, con el siguiente
texto:


«Seis. En la Sección 17, “Ministerio de
Fomento”:


a) El crédito 17.441O.34.484, “Subvención al tráfico
aéreo regular entre la Península y el Archipiélago Canario, así como
entre las Islas Canarias”.


b) El crédito 17.441O.34.485, “Subvención al tráfico
aéreo regular entre la Península y el Archipiélago Balear, así como entre
las Islas Baleares”.


c) El crédito 17.441O.34.486, “Subvención al tráfico
aéreo regular entre Ceuta, Melilla y el resto del territorio
nacional”.


d) El crédito 17.441O.34.487, “Para satisfacer
bonificaciones en billetes de transporte aéreo expedidos a familias
numerosas”.


e) El crédito 17.441P.20.478, “Subvención al
transporte marítimo y aéreo de mercancías entre la Península y las Islas
o entre éstas y la Península, así como entre las Islas y el de
exportación de las mismas a países extranjeros de acuerdo con la
legislación vigente”.»


MOTIVACIÓN


Necesidad de declarar ampliables estos créditos para
corregir la insuficiencia de la dotación presupuestaria.










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1233




ENMIENDA NÚM. 1476


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Anexo II. Segundo. Doce.


ENMIENDA


De adición.


Al Anexo II Créditos ampliables, Segundo, Doce.


Añadir un nuevo epígrafe d) con el siguiente texto:


«d) El crédito 32.01.941-O-755 “A las CC.AA. de
Andalucía, Aragón, Castilla y León, Cataluña, Extremadura e liles
Balears, en cumplimiento de lo establecido en materia de inversiones en
sus respectivos Estatutos de Autonomía”.»


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en los
Estatutos de Autonomía sobre inversiones del Estado.



ENMIENDA NÚM. 1477


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Anexo II.


ENMIENDA


De adición.


Al Anexo II, (Créditos ampliables).


En el apartado segundo, añadir un nuevo epígrafe c) con el
siguiente texto:


«c) El crédito 26.000X.15.427, “Al IMSERSO para
mínimo garantizado en dependencia”.»


En el apartado cuarto, añadir in fine:


«… y en el Instituto de Mayores y Servicios Socialis
para la cobertura del mínimo garantizado en dependencia.»


MOTIVACIÓN


Necesidad de declarar ampliable el crédito para la
cobertura del mínimo garantizado en dependencia



ENMIENDA NÚM. 1478


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Anexo nuevo.









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1234




ENMIENDA


De adición.


Se añade un nuevo Anexo (XXX) al Proyecto de Ley con el
siguiente texto:


INVERSIONES DEL ESTADO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ILLES
BALEARS REFERIDAS EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL.


Infraestructuras turísticas:


– Rehabilitación integral de la Playa de Palma, Sant
Antoni de Portmany y Playa d’en Bossa en Ibiza.


– Otras zonas de rehabilitación.


Mejoras relacionadas con el litoral:


— Proyectos de mejora de costas y playas en cada una
de las islas de Balears.


— Proyectos de mejora de puertos (Palma, Eivissa y
Ciutadella entre otros).


Mejoras del patrimonio paisajístico, arqueología y cultural
con proyección turística:


– Proyectos en Menorca: Camí de Cavalls,
S’enclusa y Pati de Sa Lluna.


– Proyectos en Mallorca: adquisición del Castillo de
Santueri, rehabilitación del edificio de La Misericordia y del Teatro
Principal de Inca, proyecto de Can Weyler, el de la finca de Raixa y el
de la proyección exterior de la Serra de Tramuntana como Patrimonio de la
Humanidad, en Mallorca.


– Proyectos en Ibiza: Parador Nacional de
Turismo.


Impulso a la innovación:


– Nuevos proyectos en los Parc Bit de Mallorca y
Menorca.


– Proyectos de innovación de fibra óptica.


Transportes:


– Ampliación y mejora de la red ferroviaria en
Mallorca. Incluye la supresión de los pasos a nivel de Can Foradí y Verge
de Lluc, en Palma (Mallorca).


– Desarrollo de transporte por carretera en Menorca,
Eivissa y Formentera.


Obras Hidráulicas:


– Instalaciones y redes de depuración de aguas, entre
otras la depuradoras de Ibiza y Menorca.


– Limpieza y canalización de torrentes.


Obras en la red viaria de Illes Balears.


Palacio de Congresos de Palma.


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en el
Estatuto de Autonomía de Illes Balears.



ENMIENDA NÚM. 1479


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Anexo nuevo.


ENMIENDA


De adición.









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1235




Se añade un nuevo Anexo (XXX) al Proyecto de Ley con el
siguiente texto:


«ANEXO xxx INVERSIONES DEL ESTADO EN LA COMUNIDAD DE
CASTILLA Y LEÓN REFERIDAS EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL.


A-11 Autovía Duero y variante de Aranda de Duero.


A-15 Tramo Medinaceli (A-2) Radona.


A-65 Tramo Ampudia-Palencia.


Variante San Rafael.


A-60 Villanubla-Santas Martas.


LAV Olmedo Lubian Orense.


Integración del Ferrocarril en Palencia.


Conservación edificios del Románico Palentino.


Conversión Antigua Cárcel de Palencia en Centro Cívico y
Cultural.


3.ª fase rehabilitación IES de titularidad municipal para
su transformación en Edificio Multicultural en Venta de Baños.


2.ª fase de Modernización de la línea ferroviaria
Soria-Torralba y Plataforma Logística.


Línea Alta Velocidad Segovia-Ávila.


Redacción Proyecto Saneamiento de Miranda de Ebro,
Ampliación de la EDAR.


Recrecido presa Tejo, El Espinar, Segovia.


Nueva presa Puente-Alta, Segovia.


Autovía León-Braganza.


LAV Venta de Baños-Palencia-León.


Actuaciones para garantizar la sostenibuilidad en la Sierra
de Guadarrama en Castilla y León.


LAV León-Ponferrada.


Museo de Arquitectura en Salamanca.


Actuaciones Seguridad Vial en las carreteras de la Red
Nacional en la provincia de Ávila (entre otras: N-110 La
Carrera).”


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en el
Estatuto de Autonomía de Castilla y León.



ENMIENDA NÚM. 1480


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Anexo nuevo.


ENMIENDA


De adición.


Se añade un nuevo Anexo (XXX) al Proyecto de Ley con el
siguiente texto:


«ANEXO xxx INVERSIONES DEL ESTADO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE EXTREMADURA REFERIDAS EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL»:


INFRAESTRUCTURAS EDUCATIVAS Y DEPORTIVAS.


Red de Centros Educativos, Red Centros Sectoriales de
Formación Profesional y demás actuaciones del Mapa Educativo de
Extremadura. Construcción de gimnasios.


Mejora de dotaciones de la Universidad de Extremadura.
Edificio Metálico del Campus de Badajoz.









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1236




INFRAESTRUCTURAS CULTURALES.


Restauración del Monasterio de Santa María de
Guadalupe.


Ampliación del Museo Nacional de Arte Romano.


Nueva sede del Museo Visigodo de Mérida.


Rehabilitación del Museo de Cáceres.


Rehabilitación del Cine-Teatro Mª Luisa de Mérida.


Recuperación de la Alcazaba Árabe de Badajoz.


Rehabilitación de edificio para Museo de los pueblos de
colonización en Valdelacalzada.


Recuperación de las pinturas-murales mudéjares en el
Palacio Episcopal de Llerena.


Restauración de la Catedral de Coria.


INFRAESTRUCTURAS MUNICIPALES.


Acondicionamiento y mantenimiento de viales, edificios
públicos, red eléctrica, saneamientos, etc. Previsión de cumplimiento del
Código Técnico de Edificación en edificios públicos.


COMUNICACIONES FERROVIARIAS.


Eje 16 Alta Velocidad Mercancías Badajoz-Puertollano.


Eliminación de pasos a nivel en tramos urbanos.


INFRAESTRUCTUCTURAS INDUSTRIALES, TECNOLÓGICAS Y DE
INVESTIGACIÓN.


Plataforma Logística del Suroeste.


Dotación para el pleno rendimiento y funcionamiento de los
Centros tecnológicos del Porcino Ibérico (Zafra), de la Sociedad de la
Información (Almendralejo y Trujillo), de la Agroecología Hortofrutícola
(Plasencia).


Ciudad de la Salud de Cáceres y Centro de Cirugía
Mínimamente Invasiva


Parador de Badajoz.


ABASTECIMIENTOS.


Mejora Abastecimiento de la ciudad de Cáceres y su
entorno.


Otros regadíos del Guadiana y Canal de las Dehesas.


Presa de Villalba de los Barros.


Encauzamiento del Arroyo Valdemedel en Ribera del
Fresno.


CONFEDERACIONES HIDROGRÁFICAS.


Conversión en carretera del camino de la CHT de Moraleja a
Moheda de Gata.


Conversión en carretera del camino general número 1, 2 y 3
del Canal de Orellana en la provincia de Badajoz.


Conversión en carretera del camino Helechosa de los
Montes-Bohonal-Villarta de los Montes de la CHG.


Actuaciones en el margen del Guadiana a su paso por
Badajoz.


Limpieza y actuaciones en el Alagón a su paso por
Coria.


INFRAESTRUCTURAS JUDICIALES.


Navalmoral de la Mata N.E.J.


Badajoz N.E.J.


Trujillo.


CARRETERAS.


N-432 Badajoz-Granada conversión autovía.


N-432 Acondicionamiento de accesos a Badajoz.


A-43 Badajoz-Levante.


Ronda Sur-Este de Cáceres. Conexión A-58 con A-66 y
N-521.









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1237




Acondicionamiento N-630 a su paso por Plasencia (Avda.
Martin Palomino).


Conversión en Autovía de la EX-100 Badajoz-Cáceres.


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en el
Estatuto de Autonomía de Extremadura.



ENMIENDA NÚM. 1481


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Anexo nuevo.


ENMIENDA


De adición.


Se añade un nuevo Anexo (XXX) al Proyecto de Ley con el
siguiente texto:


«ANEXO (XXX) INVERSIONES DEL ESTADO EN LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE ARAGÓN REFERIDAS EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL.


– A-II Alfajarín-Fraga.


– A-68 Figueruelas-Mallén y Burgo de
Ebro-Alcañiz.


– Gratuidad de los trayectos AP-68 y AP-2 entre
Zaragoza y Gallur y Alfajarín-Fraga.


– A-24-Daroca-Calatayud.


– N-232 Rafales-Límite provincia de Castellón.


– N-211-Monreal del Campo-Alcolea del Pinar.


– A-40-Cuenca-Teruel.


– Variantes de Población de la N-420, N-232, N-211 en
Teruel.


– Huesca-Canfranc y Reapertura del Canfranc.


– Aeropuerto de Zaragoza-Instalación ILS II-III.


– Autovías A-21 y A-23 - Huesca-Jaca-Límite
Navarra.


– Autovía A-22 Huesca-Siétamo.


– N-260-Congosto del Ventamillo-Campo y Fiscal Túnel
de Balupor.


– LAV Zaragoza-Teruel-Electrificación.


– LAV Teruel-Sagunto.


– LAV Zaragoza-Castejón.


– Travesía Central del Pirineo.


– Embalse de Biscarrués y alternativas.


– Embalse de Yesa.


– Plan Calidad de las Aguas y Ciclo Hídrico en
Aragón.


– Restitución Riberas del Ebro-Balcón de San
Lázaro.


– Obras integración diversas vías Aragón.


– Modernización Zonas Regables en Riegos en Bárdenas,
Riegos del Alto Aragón, Riegos de Aragón y Cataluña, Balsas Laterales del
Matarraña y Riegos de la Litera Alta.


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en el
Estatuto de Autonomía de Aragón.










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1238




ENMIENDA NÚM. 1482


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Anexo nuevo.


ENMIENDA


De adición.


Se añade un nuevo Anexo (XXX) al Proyecto de Ley con el
siguiente texto:


«ANEXO (XXX) INVERSIONES DEL ESTADO EN LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA REFERIDAS EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL.


MINISTERIO DE FOMENTO.


FERROCARRILES.


– Anillo ferroviario de Antequera.


– AVE Ronda.


– Estudio línea circular cercanías Valle Guadalhorce
(Málaga).


– Talleres de Renfe de Los Prados (Málaga).


– Estudio viabilidad muelle 10 del Puerto de
Málaga.


– L.A.V Sevilla-Huelva-Faro.


– Línea ferroviaria Huelva-Zafra.


– Estación AVE Huelva.


– AVE Almería- Murcia.


– Trazado ferrocarril Granada-Almería.


– AVE Antequera-Granada.


– Estación AVE Granada.


– Estación AVE Loja.


– Trazado ferrocarril Granada-Almería.


– Estudio Informativo Ramal ferroviario
Guadix-Baza-Lorca.


– Estudio Informativo ferrocarril Granada-Motril.


– Estudio Informativo ferrocarril
Almería-Motril-Málaga-Algeciras.


– L.A.V. Cádiz-Jerez-Sevilla.


– Soterramiento Puerto Real.


– Accesos Ferroviarios al Puerto de Cádiz (La
Cabezuela) y al Puerto de Algeciras.


– L.A.V Algeciras- Bobadilla.


– Metro Sevilla. línea 3 transporte metropolitano de
Sevilla.


– L.A.V. Madrid-Alcázar de San Juan-Jaén.


– Nueva estación intermodal de Jaén.


– Centro Logístico Intermodal de Córdoba.


CARRETERAS.


– Enlace N-432 Baena con carretera Cañete de las
Torres (Córdoba).


– Acceso Norte al Aeropuerto de Málaga.


– A-7, accesos a Benalmádena.


– Carretera A.83 Huelva-Badajoz.


– Prolongación carretera A92 a la ciudad de Almería
(A-7 enlace Viator).


– Tercer carril de la A-7 entre Viator y Vícar.


– Acceso al Puerto de Almería.


– Remodelación enlace 429 (Roquetas de Mar-El
Parador).


– Autovía del Mediterráneo, A-7.


– Segunda circunvalación A-44.


– GR-43 Pinos Puente-Atarfe-Granada.









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1239




— Autovía Granada-Córdoba-Badajoz.


– A-4 Jerez- Los Palacios.


– Enlace Tres Caminos.


– A-48 Vejer-Tarifa- Algeciras.


– A-7 Algeciras-San Roque.


– Duplicación N-350 Acceso Sur Algeciras.


– Acondicionamiento N-340 Norte Algeciras.


– Segundo Acceso a Cádiz.


– Túneles SE-40. Sevilla-Dos Hermanas A4-Coria del
Río (SE-660) tuneles sur.


– Túneles SE-40. Dos Hermanas A4-4-Coria del Río
(SE-660) tuneles norte.


– Autovía A-32 en los tramos Linares-Ibros;
Ibros-Úbeda y Úbeda-Torreperogil.


– Autovía A-81 Granada-Badajoz a su paso por la
provincia de Jaén (límite de la provincia-Alcalá la Real-Alcaudete-límite
de la provincia).


– Segunda Fase de Variante Oeste de Córdoba hasta
carretera de Palma del Río.


– Desdoblamiento de la Nacional Granada-Badajoz.


– Paso de Benabola en Puerto Marina Marbella.


PUERTOS.


– Puerto de Motril.


AEROPUERTOS.


– Aeropuerto Federico García Lorca.


– Aeropuerto de Jerez.


MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO
AMBIENTE.


– Desaladora Fuengirola.


– Regadíos. Plan Guadalhorce y Plan Guaro.


– Presa del Andévalo.


– AcuaSur y AcuaEbro:(Presa de Alcolea y Canal de
Trigueros).


– Planes Desarrollo Sostenible en el Medio rural de
Almería.


– Modernización de regadíos.


– Recuperación costas litoral de Almería.


– Conexión de la desaladora de Carboneras con la
comarca del Desierto de Tabernas.


– Conexión de la desaladora de Carboneras con Los
LLanos de Almería.


– Mejora y ampliación de las depuradoras de El Ejido,
Roquetas de Mar y Adra.


– Planes Desarrollo Sostenible en el Medio rural de
Granada.


– Transformación regadíos comarca Baza.


– Recuperación costas litoral Granada.


– Depuradora de Aguas Residuales en San Roque, los
Barrios, Barbate, Zahara de los Atunes, el Palmar, Caños de Meca.
Colectores de la Atunara, la Línea, Bahía de Algeciras.


– Actuaciones en el litoral y regeneración de playas
de la provincia de Cádiz.


– Paseo Marítimo de Bajo de Guía a Bonanza en
Sanlúcar.


– Renovación de las Infraestructuras Hidráulicas del
Sistema de El Condado.


– Obras de encauzamiento de los ríos Eliche,
Guadalbullón, Quiebrajano, Jaén y afluentes secundarios.


– Presa de Siles.


– Balsas de Regulación del Río Guadalbullón.


– Programa extraordinario PFOEA. Programa de Fomento
de Empleo Agrario.


MINISTERIO DEL INTERIOR.


– Mejora de cuartes de la Guardia Civil.


– Nuevo acuartelamiento de la Guardia Civil en Vícar
(Almería).


– Nueva comisaria de la Policía Nacional en Roquetas
de Mar.









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– Comisarias de Policias (Velez-Málaga,
Benalmádena…).


MINISTERIO DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTE.


– Andalucía Tech, campus de excelencia de las
Universidades de Málaga y Sevilla.


– Nueva Sede Biblioteca Pública del Estado
(Málaga).


– Campus de Excelencia Agroalimentaria Cei3
(Universidades de Córdoba, Cádiz, Huelva, Jaén y Almería).


– Museo de Bellas Artes de Córdoba.


– 2.ª Fase Museo Arqueológico de Córdoba.


MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO.


– Plan Qualifica y planes de dinamización
turística.


– Plan promoción turística de la Costa del Sol.»


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en el
Estatuto de autonomía de Andalucía.



ENMIENDA NÚM. 1483


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Anexo nuevo.


ENMIENDA


De adición.


Se añade un nuevo Anexo (XXX) al Proyecto de Ley con el
siguiente texto:


«ANEXO (XXX) INVERSIONES DEL ESTADO EN LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE CATALUÑA REFERIDAS EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL.


INFRAESTRUCTURAS VIARIAS.


B-40, Cuarto Cinturón.Tramo Olesa-Viladecavalls
(6,2km).


B-40, Cuarto Cinturón. Tramo Terrassa-Granollers (P.C).


Licitación e inicio nuevos accesos viarios al Puerto de
Barcelona.


Conexión A-2-AP-7 en el Baix Llobregat. Sant Andreu de la
Barca-El Papiol.


Cinturón Litoral. Tramo Zona Franca-Morrot.


Connexión Pallejà-Molins de Rei (AP-2, A-2, B-24).


Prolongación de la C-32 y conexión con la B-23. El
Prat-Sant Boi de Llobregat.


Autovía A-7. Tramo Vilafranca-Abrera.


Autovía A-7. Tramo Abrera-Barcelona.


Autovía A-7 entre Altafulla y Vilafranca del Penedés
(P.C.).


Autovía A-7 La Jana-EI Perelló (P.C.).


Apantallamiento de la B-23 a su paso por Esplugues de
Llobregat.


Redacción proyecto integración ambiental B-23 a su paso por
Esplugues de Llobregat (E.l.).


Construcción carril bus VAO desde Molins de Rei a
Barcelona.


Cubrimiento de la B-20 a su paso por Santa Coloma de
Gramenet.


A-2 Mejora de la seguridad y tercer carril entre Igualada y
Martorell.


A-2 Pantallas acústicas en El Bruc.


A-2 Tramo Tordera-Maçanet de La Selva (8,9km).


A-2 Tramo Maçanet de La Selva-Sils (4,7km).









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1241




A-26 Tramo Figueres-Besalú.


N-260 Eje pirenaico en Girona: tramo Figueres-Llança;
Olot-Ripoll; Ripoll-Puigcerdà.


Construcción rotonda de Vilafant (N-260).


N-II. Sant Julià de Ramis-Medinyà. Conversión vía
urbana.


Ejecución y finalización obras de la N-145 entre La Seu
d’Urgell-Andorra.


Traspaso de carreteras estatales a Ayuntamiento de Lleida
por obras ya ejecutadas y certificadas.


Ejecución de obras conveniadas con Ayuntamiento de Lleida
en LL-11, N-230 y N-240.


A-14 Tramo Lleida-Roselló (enlace A-2) (6,0km) (El/PC).


A-14 Tramo: Almenar-L.P. Huesca (7,3 KM.).


N-230 Boca Norte Túnel Vielha.


Adecuación del tramo urbano a su paso por Alfarràs.


N-240 construcción rotondas en los municipios de Juneda y
Puigvert (Lleida).


A-27 Variante de Valls.


A-27 Tramo El Morell-Variante de Valls.


A-27 Tramo Variante de Valls-Montblanc.


Variante en la CN-420 en el municipio de Gandesa.


Variante en la CN-420 en el municipio de Corbera
d’Ebre.


Convenio traspaso N-ll Maresme.


N-260 Xerallo-Malpàs. (20,6 Km).


N-260 Malpàs-Pont de Suert. (4,6 KM).


INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS.


Acceso ferroviario Cercanías terminal T-1 El Prat.


Ejecución conexión ferroviaria de mercancías de ancho mixto
(ibérico i UIC) en Puerto de Barcelona.


Soterramiento de vías a su paso por Sant Feliu de
Llobregat.


Remodelación y mejora estación de Sants (Barcelona).


Nueva línea ferroviaria Castelldefels, Cornellá, Zona
Universitaria (P.C.).


Línea Férrea Barcelona-Puigcerdá: duplicación vía
Montcada-Vic (P.C.).


Soterramiento línea convencional Barcelona-Portbou en
Montcada i Reixach.


Enlace líneas R3-R8 en Montcada i Reixach y nuevas
estaciones.


Construcción nueva estación Ripollet.


Construcción nueva estación Santa Perpètua de la
Mogoda.


Construcción de una nueva estación en Can Llong-Castellamau
en Sabadell (P.C).


Rehabilitación y mejora estación RENFE Sabadell-Centre.


Intercambiadores de la línea Papiol-Mollet en Baricentro,
Hospital General y Volpelleres entre RENFE y FGC (E.l.).


Soterramiento del tren convencional en Girona (P.C.).


Renovación de la línea Reus-Mora d’Ebre.


Paso a Nivel en la Plaza de los Carros (II Fase-tránsito
rodado) en el casco urbano de Tarragona.


Construcción de un paso subterráneo peatonal en la Vial
Férreas en el municipio de Calafell.


Cubrimiento de las vías entre Comtes d’Urgell y la
estación en Lleida.


Modernización de la infraestructura dentro Plan de
Infraestructuras de Cercanías de Barcelona (2008-2015).


Mantenimiento y mejora de la red y estaciones de Cercanías
en el Baix Llobregat.


Mejora de la accesibilidad y adecuación de las estaciones
(R4), dentro del Plan de Cercanías.


Licitación integración urbana de la línea R-2 en
L’Hospitalet e intercambiador de La Torrassa.


Adecuación y mejora estación Arc de Triomf (prolongación
andenes).


Obras para la de defensa de la línea ferroviaria de
Cercanías R1 en la comarca del Maresme.


Línea orbital ferroviaria (Vilanova i la Geltrú-Vilafranca
del Penedès-Martorell-Terrassa-Sabadell-Granollers-Mataró).


Integración urbana del ferrocarril en Sitges i en Vilanova
i la Geltrú (línea orbital ferroviària).


Aportación del Estado a la Generalitat para hacer frente al
Convenio de Cercanías en Barcelona y creación de los servicios de
Cercanías en Girona, Lleida y Tarragona.


IIa Fase adecuación estación urbana de Tarragona.


Finalización de las obras de soterramiento de las líneas
ferroviarias en Vilafranca del Penedès.









Página
1242




Construcción de la nueva estación de trenes regionales en
Vilafranca del Penedès en los terrenos del PAET de la Línea de Alta
Velocidad Barcelona-Madrid.


CORREDOR MEDITERRÁNEO.


Finalización de los trabajos de la L.A.V para la conexión
con la frontera francesa y puesta en funcionamiento.


Construcción estación L.A.V La Sagrera.


Redacción del proyecto y licitación de la conexión
ferroviaria en ancho Ibérico y UIC con tercer carril entre la red
ferroviaria interna del Puerto de Tarragona y Martorell.


Redacción del proyecto y licitación variante de Martorell
con nuevo trazado hasta el nudo de Castellbisbal con ancho ibérico i
UIC.


Conexión del Corredor Mediterráneo con la LAV
Madrid-Barcelona. Duplicación de vía L’Hospitalet de
I’lnfant-Tarragona.


Estación central del Corredor del Mediterráneo-Aeropuerto
de Reus.


Redacción de los proyectos de los nodos logísticos
intermodales de La Llagosta, Vilamalla y Penedès.


Integración urbana del ferrocarril en Montmeló.


OTRAS ACTUACIONES.


Incremento de la aportación a la Autoridad Metropolitana
del Transporte (ATM).


Puesta en marcha del Fondo de homogeneización y rescate
selectivo de peajes.


Remodelación barrios en l’Hospitalet de Llobregat
(Gornal, Bellvitge, Sant Josep, Santa Eulàlia y La Torrassa).


Remodelación barrios Barcelona (Sants-Badal).


Mercado de Mayoristas de Tarragona.


Finalización de las obras del embalse de l’Albagés
(Canal Segarra-Garrigues).


Monasterio Vallbona de les Monges.


Abastecimiento a Lleida de la Mancomunidad del Canal de
Pinyana (3ª. Fase).


MOTIVACIÓN


Dar cumplimiento a las previsiones establecidas en el
Estatuto de Autonomía de Cataluña.



El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 207
enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2013.


Palacio del Senado, 26 de noviembre de 2012.—El
Portavoz Adjunto, José Miguel Camacho Sánchez.


ENMIENDA NÚM. 1485


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38 Dirección General de Carreteras.









Página
1243




Programa: 453 - B Creación de infraestructuras de
carreteras.


Capítulo: 6 Inversiones Reales.


Artículo: 61 Inv. de reposición en infraes. y bienes dest.
al uso general.


Proyecto: 2005 17 38 3677 N-211. Duplicación: Alcolea del
Pinar-Monreal del Campo (112,0 KM.).


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Proyecto: 520 Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1486


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38. Dirección General de Carreteras.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 61.


Proyecto: 2003.17.38.3602. N-340. Variante de Vallirana
(2,2 km).


Importe: 30.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.









Página
1244




Importe: 30.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1487


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38 Dirección General de Carreteras.


Programa: 453-B. Creación de infraestructuras de
carreteras.


Capítulo: 6 Inversiones Reales.


Artículo: 60.


Proyecto: 2005 17 38 0589 AC-14 Tramo: As Lonzas-Zapateira
(4,0 KM).


Importe: 10.000,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 17.


Servicio: 38 Dirección General de Carreteras.


Programa: 453-B. CREACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE
CARRETERAS.


Capítulo: 6 Inversiones Reales.


Artículo: 60.


Proyecto: 1999 17 38 8100 Otras Actuaciones e incidencias
de obra nueva.


Importe: 10.000,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1488


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1245




SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38. DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS.


Programa: 456-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2012 17 38 4182 AMPLIACIÓN DE ALFONSO MOLINA
AC-11.


Importe: 150 miles ¤.


BAJA


Sección: 17.


Servicio: 38 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS.


Programa: 453-B. CREACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE
CARRETERAS.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 1999 17 38 8100.


Importe: 150 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1489


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2008 17 38 1063. A-57 Vilaboa-A Ermida (6,2
km).


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.









Página
1246




Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1490


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 1998 17 38 4460. A-54 Tramo: Arzúa-Melide.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1247




ENMIENDA NÚM. 1491


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2005 17 38 4206. A-54 Tramo: Guntin-Monte de Meda
(10,8 km).


Importe: 2.500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1492


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.









Página
1248




Proyecto: 2005 17 38 4203. A-54 Tramo: Lavacolla-Arzúa
(18,5 km).


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1493


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2009 17 38 0101 A-54 Tramo: Melide-Palas de
Rei.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.









Página
1249




MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1494


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2005 17 38 4208 A-54 Tramo: Vilamoure-Nadela y
conexión con Lugo (6,5 km).


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1495


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.









Página
1250




ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2008 17 38 1062. A-57 A Ermida-Pilateiros (5
km).


Importe: 1.050 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.050 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1496


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2007 17 38 4304 A-57 Conexión A-52 (O
Confurco)-Padrons (7,2 km).


Importe: 1.550 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
1251




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.550 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1497


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2007 17 38 4306 A-57 Padrons-Pazos de Borden (7,1
km).


Importe: 1.550 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1498


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.









Página
1252




ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2007 17 38 4307 Pazos de Borden-Soutomaior (6,1
km).


Importe: 1.550 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.550 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1499


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2009 17 38 1126 A-57 Pilateiros-Barro y conexión
con AP-9 en Curro (10 km).


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.









Página
1253




Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1500


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2007 17 38 4308 Soutomaior-Vilaboa (7,5 km).


Importe: 1.550 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.550 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1254




ENMIENDA NÚM. 1501


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2007 17 38 4322 Ampliación AP-9
(supervisión).


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1502


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.









Página
1255




Artículo: 61.


Proyecto: 2004 17 38 3622 N-640. Variante de Estrada (8,5
km).


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1503


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-C.


Capítulo: 6.


Artículo: 61.


Proyecto: Nuevo. Acondicionamiento N-541 Dacón.


Importe: 150 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 150 miles ¤.









Página
1256




MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1504


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 61.


Proyecto: Nuevo. Mejora N-120 paso por Ribadavia.


Importe: 400 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 400 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1505


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.









Página
1257




ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 7.


Artículo: 76.


Concepto: Nuevo. Al Ayuntamiento de Ourense por asunción de
competencias derivadas del cambio de titularidad del Tramo urbano N-120
pk 570+250 a pk 574+370 en términos recogidos convenio.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 7.


Artículo: 76.


Concepto: 763. A CCLL por asunción de competencias
derivadas del cambio de titularidad de determinados tramos de carreteras
estatales a vías urbanas.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1506


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 1998 17 38 4505 Variante de Ourense-120/N-525.
(5,8 km).


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.









Página
1258




Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1507


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: Nuevo. Construcción de aceras en Taboada pp.kk.
299 A 300.3.


Importe: 60 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.Dirección General de Presupuesto. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 60 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1508


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.









Página
1259




ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2009 17 38 1157 A-59. Conexión de la A-57 con la
AP-9.


Importe: 3.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.Dirección General de Presupuesto. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 3.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la partida de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1509


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2012 17 38 4188. Conexión de la AP-53 con la
N-525 en Lamela, ayuntamiento de Silleda (Pontevedra).


Importe: 500 miles ¤.









Página
1260




BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuesto. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1510


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453 B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: Nuevo. Construcción de dos rotondas en la N-550
en las parroquias de Cesantes y Saxamonde del ayuntamiento de Redondela
(Pontevedra).


Importe: 300 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuesto. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929. M IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales


Importe: 300 miles ¤


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1261




ENMIENDA NÚM. 1511


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453 B.


Capítulo: 6.


Artículo: 61.


Proyecto: 2010 17 38 3145. Estudio del Enlace de la AP-9
con la PO-531, el Ponte das Correntes y la Calle Domingo Fontán, en el
Nudo de A Barca. Pontevedra.


Importe: 300 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuesto. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 300 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1512


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453 B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.









Página
1262




Proyecto: Nuevo. Puente peatonal sobre el río Umia a su
paso por Ayuntamiento de Caldas de Reis (Pontevedra).


Importe: 20 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuesto. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 20 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1513


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453 B.


Capítulo: 6.


Artículo: 61.


Proyecto: Nuevo. Actuaciones de reforma y mejora de las
carreteras N-540 y N-640 a su paso por el Concello de Caldas de Reis
(Pontevedra).


Importe: 300 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuesto. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 300 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.










Página
1263




ENMIENDA NÚM. 1514


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453 B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: Nuevo. Construcción de sendas peatonales en el
Ayuntamiento de Silleda (Pontevedra) entre los núcleos de Bandeira-Chapa,
Bandeira-Lamela y Silleda-Taboada.


Importe: 100 miles ¤


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuesto. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 100 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1515


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38. Dirección General de Infraestructuras.


Programa: 453 B. Creación de infraestructuras de
carreteras.









Página
1264




Capítulo: 6. Inversiones reales.


Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y
bienes destinados al uso general.


Proyecto: 2009 17 38 1176. Tercer carril Huévar-Chucena
(12.9 KM).


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los departamentos ministeriales.


Programa: 929 M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Proyecto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos ministeriales


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación referenciada.



ENMIENDA NÚM. 1516


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38. Dirección General de Infraestructuras.


Programa: 453 B. Creación de infraestructuras de
carreteras.


Capítulo: 6. Inversiones reales.


Artículo: 61. Inversión de reposición en infraestructuras y
bienes destinados al uso general.


Proyecto: 2000 17 38 3315 N-435. Variante de Beas y
Trigueros (13,0 km).


Importe: 6.000,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los departamentos ministeriales.


Programa: 929 M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos ministeriales.


Importe: 6.000,00 miles ¤.









Página
1265




MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1517


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38. Dirección General de Carreteras.


Programa: 453 B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2006 17 38 4244. A4 DOS HERMANAS-LOS PALACIOS Y
VILLAFRANCA. (8,4 KM).


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los departamentos ministeriales.


Programa: 929-M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1518


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.









Página
1266




Servicio: 38. Dirección General de Carreteras.


Programa: 453 B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2004 17 38 0976. A4 LOS PALACIOS-JEREZ DE LA
FRONTERA (90 KM).


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los departamentos ministeriales.


Programa: 929 M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los departamentos ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1519


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38. Dirección General de Carreteras.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2500 17 38 0563. SE-40 CORIA DEL
RÍO-ALMENSILLA.


Importe: 1.600 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929 M. IMPREVISTOS Y FUNCIONES NO
CLASIFICADAS.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510.


Importe: 1.600 miles ¤.









Página
1267




MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1520


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2009 1738 1201. Remodelación accesos a Vícar
desde A-7. (2,0 km).


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51.


Concepto: 51. Otros imprevistos.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1521


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.









Página
1268




Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2004 17 38 0543. Accesos al Musel (3,9 km).


Importe: 2.577 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos MInisteriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.577 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1522


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2005 17 38 1009. A-63 Tramo: Cornellana-Salas
(7,3 km).


Importe: 310 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos MInisteriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 310 miles ¤.









Página
1269




MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1523


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2005 17 38 1011. A-63. Tramo: Dóriga-Cornellana
(2,4 km).


Importe: 390 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos MInisteriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 390 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1524


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.









Página
1270




ALTA


Sección: 17.


Servicio: 18.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2011 17 38 0100. Acondicionamiento estructura
sobre el río Sella en Ribadesella.


Importe: 50,00 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 50,00 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1525


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2006 17 38 0179. A-8 Tramo: Pendueles-Unquera
(11,6 km).


Importe: 25.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
1271




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 25.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1526


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2005 17 38 1017 A-63. Tramo: Salas-La Espina (2.ª
calzada) (11,7 km).


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos MInisteriales.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1527


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1272




SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2008 17 38 1088. A-8 TERCER CARRIL TRAMO:
SOLARES-L.P VIZCAYA.


Importe: 2.500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 2.500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1528


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2005 17 38 0158. A-8 LA ENCINA- TORRELAVEGA (14,5
km).


Importe: 7.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.









Página
1273




Concepto: 510.


Importe: 7.000 miles ¤


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1529


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2005 17 38 0159. A-8 TRAMO: SOLARES- LA ENCINA
(13,5 km).


Importe: 7.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929-M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 7.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1530


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1274




SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2008 17 38 1086. A-67 Ampliación de capacidad de
la calzada y ramales sentido Palencia en intercambiador A-67 y A-8 en
Torrelavega (2,4 km).


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1531


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2008 17 38 1091. Enlace Raos.


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.









Página
1275




Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1532


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 61.


Proyecto: 2002 17 38 3584. Variante de Potes. (3,2 km).


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1533


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1276




SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453C.


Capítulo: 6.


Artículo: 61.


Proyecto: 2009 17 38. 1177. N-621 Castro Cillórigo-Panes
(Desfiladero de la Hermida) (20 Km).


Importe: 2.500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 2.500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1534


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2006 17 38 4263. Conexión de la Autovía
Pamplona-Logroño con la Red de Carreteras del Estado. Tramo:
Recajo-Logroño (LO-20) y Conexión AP-68.


Importe: 5.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.









Página
1277




Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 5.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1535


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2012 17 38 4192. Variante Sur de Logroño.


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M.


Capítulo: 5. Fondo de contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1536


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.









Página
1278




SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2006 1738 4271. A-33 Tramo enlace N-344 a
Jumilla-Enlace con la C-3223 a Yecla.


Importe: 10.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 10.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1537


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2005 17 38 0597. Acceso al Aeropuerto de Alicante
Tramo N-338 a A-70. (4,5 km).


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.









Página
1279




Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1538


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 61.


Proyecto: 2000 17 38 3390. N-332 Duplicación de la Variante
de Benidorm.


Importe: 2.200 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.200 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1539


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.









Página
1280




ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2005 17 38 4184 N-232 Alcañiz-Vinaroz.


Importe: 100 miles ¤.


BAJA


Sección: 31.


Servicio: 02.


Programa: 929M.


Capítulo: 5.


Artículo: 51.


Concepto: 510.


Importe: 100 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1540


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2005 17 38 4181 A-22 Tramo Siétamo-Huesca.


Importe: 1.500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.









Página
1281




Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1541


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: Nuevo. Corredor A-23 Huesca-Jaca.


Importe: 3.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 3.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1542


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.









Página
1282




ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. FOMENTO


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 61.


Proyecto: 2005 17 38 3689. Acondicionamiento N-260 tramo
Congosto del Ventamillo-Campo. (18,2 km).


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1543


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. FOMENTO


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 61.


Proyecto: 2005 17 38 3674. Acondicionamiento N-260 tramo
Túnel de Balupor-Fiscal.


Importe: 2.000 miles ¤.









Página
1283




BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1544


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2004 17 38 9565. Corredor A-21 Jaca-Límite
Navarra.


Importe: 4.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 4.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1545


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.









Página
1284




ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. FOMENTO


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2004 17 38 0978. Desdoblamiento de la A-2
Alfajarín-Fraga.


Importe: 3.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 3.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1546


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2004 17 38 9535. A-68. Tramo fuentes de
Ebro-Alcañíz (Teruel).


Importe: 1.500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.









Página
1285




Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Estudios y proyecto de la obra de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1547


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: Nuevo. Autovía Monreal-Alcolea del Pinar.


Importe: 500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1548


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.









Página
1286




ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: Nuevo. N-232 Tramo Rafales-Teruel límite
provincia.


Importe: 3.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 3.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1549


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: Nuevo. Variantes en la 411 y
420-Teruel-Alcañíz.


Importe: 5.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.









Página
1287




Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 5.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1550


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: Nuevo. N-40 Cuenca-Teruel. Proyecto
constructivo.


Importe: 1.500 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.500 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1551


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.









Página
1288




ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: 2009 17 38 1137 A-68. Tramo: Burgo de
Ebro-Fuentes de Ebro PK 207,05 al 224,9 (17,4 KM).


Importe: 2.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 2.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1552


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. MINISTERIO DE FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-B.


Capítulo: 6.


Artículo: 60.


Proyecto: Nuevo. ESTUDIOS PARA LA CONEXIÓN DE LAS CINCO
VILLAS CON LA RED DE ALTA CAPACIDAD DEL ESTADO.


Importe: 300 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.









Página
1289




Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 300 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.



ENMIENDA NÚM. 1553


Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS)


El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 17. Ministerio de Fomento.


ENMIENDA


De modificación.


SECCIÓN 17. FOMENTO.


ALTA


Sección: 17.


Servicio: 38.


Programa: 453-C.


Capítulo: 7.


Artículo: 76.


Concepto: Nuevo. Cumplimiento del Convenio suscrito entre
el Ayuntamiento de Zaragoza y el Ministerio de Fomento. (Cesión e
integración en el entorno municipal de varias vías).


Importe: 1.000 miles ¤.


BAJA


Sección: 31. Gastos de Diversos Ministerios.


Servicio: 02. Dirección General de Presupuestos. Gastos de
los Departamentos Ministeriales.


Programa: 929-M. Imprevistos y funciones no
clasificadas.


Capítulo: 5. Fondo de Contingencia y otros imprevistos.


Artículo: 51. Otros imprevistos.


Concepto: 510. Para atender a necesidades que puedan
presentarse en los Departamentos Ministeriales.


Importe: 1.000 miles ¤.


MOTIVACIÓN


Dotar la actuación de referencia.