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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SECCIÓN CORTES GENERALES
XII LEGISLATURA
Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS
14 de febrero de 2017
Núm. 39
ÃNDICE
Competencias en relación con otros órganos e instituciones
TRIBUNAL DE CUENTAS
251/000006 (CD) 771/000004 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de la Fundación para el Desarrollo de la Formación en las Zonas
Mineras del Carbón, ejercicio 2010, asà como dicho Informe ⦠(Página 2)
251/000013 (CD) 771/000012 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de la Fundación Residencia de Estudiantes, ejercicios 2005 a 2009,
asà como dicho Informe ⦠(Página 3)
251/000016 (CD) 771/000015 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de la Gestión Económico-Financiera del Ayuntamiento de Teruel,
periodo 2006-2009, asà como dicho Informe ⦠(Página 4)
251/000019 (CD) 771/000016 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de la Fundación Escuela de Organización Industrial, ejercicio 2010,
asà como dicho Informe ⦠(Página 5)
251/000037 (CD) 771/000037 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización sobre los gastos ejecutados por las Entidades Locales sin crédito
presupuestario, asà como dicho Informe ⦠(Página 6)
251/000040 (CD) 771/000036 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de los Consorcios de ámbito local, asà como dicho Informe â¦
(Página 8)
251/000041 (CD) 771/000040 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de las incidencias producidas durante el año 2012 en la ejecución de
los contratos celebrados por las Entidades Locales de las Comunidades Autónomas sin órgano de control externo propio, asà como dicho Informe ⦠(Página 9)
251/000044 (CD) 771/000043 (S) ;Resolución aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con el Informe de fiscalización de las retribuciones y de la gestión de los sistemas de provisión y
promoción de los puestos de la intervención de las Entidades Locales, asà como dicho Informe ⦠(Página 10)
COMPETENCIAS EN RELACIÃN CON OTROS ÃRGANOS
E INSTITUCIONES
251/000006 (CD) 771/000004 (S)
Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de la Fundación para el Desarrollo de la
Formación en las Zonas Mineras del Carbón, ejercicio 2010. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.
Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de febrero de 2017.âP.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.
RESOLUCIÃN APROBADA POR LA COMISIÃN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÃN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÃN DE LA FUNDACIÃN PARA EL DESARROLLO DE LA FORMACIÃN EN LAS ZONAS MINERAS DEL CARBÃN, EJERCICIO 2010,
EN SU SESIÃN DEL DÃA 21 DE DICIEMBRE DE 2016
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del dÃa 21 de diciembre de 2016, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Fundación para el desarrollo
de la formación en las zonas mineras del carbón, ejercicio 2010:
ACUERDA
1. Asumir el contenido del citado Informe, asà como sus conclusiones y recomendaciones.
2. Aunque esta Fundación desapareció en 2013, fruto de la racionalización del sector público empresarial y de fundaciones del Estado llevada a cabo, se deja constancia de algunas irregularidades importantes detectadas por el Tribunal de
Cuentas, con el fin de evitar que vuelvan a producirse en eventuales situaciones similares.
Según el Tribunal de Cuentas, la irregularidad más grave en la que ha incurrido la llamada Fundación del Carbón âque gestiona las becas de formación de los fondos mineros y depende del propio Gobiernoâ es que, desde que se
constituyó en 2002, y al menos hasta 2010, adjudicó a dedo (sin «publicidad, concurrencia y objetividad») la gestión de la Fundación a la empresa Infoinvest. Esta adjudicación anual tuvo únicamente en 2010 un coste de 1.379.781 euros.
Por otra parte, de las ayudas concedidas para la realización de cursos de formación, valoradas en 144.725 euros, tres concretamente no cumplÃan «con las bases de admisibilidad a respetar» por la normativa vigente. Otras nueve ayudas de
este tipo, valoradas en 782.784 euros, fueron subcontratadas, algo que no se permite en las bases de las subvenciones, por lo que deberÃan haber sido reintegradas de forma total o parcial a la Fundación.
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de diciembre de 2016.âEl Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.âEl Secretario Primero de la Comisión, Saúl RamÃrez Freire.
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251/000013 (CD) 771/000012 (S)
Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de la Fundación Residencia de
Estudiantes, ejercicios 2005 a 2009. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.
Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de febrero de 2017.âP.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.
RESOLUCIÃN APROBADA POR LA COMISIÃN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÃN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÃN DE LA FUNDACIÃN RESIDENCIA DE ESTUDIANTES, EJERCICIOS 2005 A 2009, EN SU SESIÃN DEL DÃA 21 DE
DICIEMBRE DE 2016
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del dÃa 21 de diciembre de 2016, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Fundación Residencia de
Estudiantes, ejercicios 2005 a 2009:
ACUERDA
Asumir el contenido del citado Informe, asà como sus conclusiones y recomendaciones.
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de diciembre de 2016.âEl Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.âEl Secretario Primero de la Comisión, Saúl RamÃrez Freire.
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251/000016 (CD) 771/000015 (S)
Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de la Gestión Económico-Financiera del
Ayuntamiento de Teruel, periodo 2006-2009. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.
Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2017.âP.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.
RESOLUCIÃN APROBADA POR LA COMISIÃN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÃN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÃN DE LA GESTIÃN ECONÃMICO-FINANCIERA DEL AYUNTAMIENTO DE TERUEL, PERIODO 2006-2009, EN SU SESIÃN DEL
DÃA 21 DE DICIEMBRE DE 2016
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del dÃa 21 de diciembre de 2016, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Gestión
Económico-Financiera del Ayuntamiento de Teruel, periodo 2006-2009:
ACUERDA
1. Asumir el contenido del citado Informe, asà como sus conclusiones y recomendaciones.
2. Instar al Ayuntamiento de Teruel a:
â Adoptar cuantas medidas sean necesarias para mejorar su gestión, subsanando las deficiencias e irregularidades puestas de manifiesto en el presente Informe.
â Ajustar los planes de saneamiento a la realidad objetiva del momento, asegurando la capacidad de pago de la Entidad.
â Formular los presupuestos anuales en términos nivelados, de manera real y efectiva, para evitar la generación de obligaciones sin cobertura presupuestaria, debiendo ajustarse al desarrollo de los planes de saneamiento y
económico-financieros vigentes y, en caso necesario, modificar su contenido a fin de alcanzar los objetivos pretendidos.
â Establecer manuales o reglamentos permanentes rectores de los procedimientos administrativos y del control interno, financiero y de eficacia.
â Integrar los sistemas de información y registro de la gestión de los proyectos de gasto y del endeudamiento, para facilitar el adecuado seguimiento y control de los gastos con financiación afectada.
â Revisar, en su caso, los acuerdos de funcionarios y convenios colectivos con la finalidad de que sus disposiciones no vulneren el régimen general de la función pública, siendo este prevalente sobre aquellos.
â Mejorar el control para evitar que se realicen gastos sin dotación presupuestaria, utilizando el recurso a la tramitación de expedientes extrajudiciales de crédito exclusivamente para situaciones extraordinarias.
â Actualizar y completar el Inventario de los bienes municipales, cuya valoración debe servir de base fiable para determinar los saldos de las cuentas de inmovilizado.
â Reconsiderar la procedencia del mantenimiento de los entes dependientes al objeto, no solo de mejorar la eficiencia, la eficacia, la transparencia y control de la gestión municipal, sino también de reducir sus costes de funcionamiento.
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de diciembre de 2016.âEl Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.âEl Secretario Primero de la Comisión, Saúl RamÃrez Freire.
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251/000019 (CD) 771/000016 (S)
Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de la Fundación Escuela de Organización
Industrial, ejercicio 2010. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.
Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de febrero de 2017.âP.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.
RESOLUCIÃN APROBADA POR LA COMISIÃN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÃN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÃN DE LA FUNDACIÃN ESCUELA DE ORGANIZACIÃN INDUSTRIAL, EJERCICIO 2010, EN SU SESIÃN DEL DÃA 21 DE
DICIEMBRE DE 2016
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del dÃa 21 de diciembre de 2016, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Fundación Escuela de
Organización Industrial, ejercicio 2010:
ACUERDA
Asumir el contenido del citado Informe, asà como de sus conclusiones y recomendaciones.
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de diciembre de 2016.âEl Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.âEl Secretario Primero de la Comisión, Saúl RamÃrez Freire.
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251/000037 (CD) 771/000037 (S)
Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización sobre los gastos ejecutados por las
Entidades Locales sin crédito presupuestario. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.
Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2017.âP.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.
RESOLUCIÃN APROBADA POR LA COMISIÃN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÃN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÃN SOBRE LOS GASTOS EJECUTADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES SIN CRÃDITO PRESUPUESTARIO, EN SU SESIÃN DEL
DÃA 21 DE DICIEMBRE DE 2016
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del dÃa 21 de diciembre de 2016, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización sobre los gastos ejecutados por las
Entidades Locales sin crédito presupuestario:
ACUERDA
1. Asumir el contenido del citado Informe, asà como sus conclusiones y recomendaciones.
2. Instar al Gobierno a:
â Incorporar en la regulación de las medidas de financiación para el pago a proveedores de las entidades locales condicionantes para acceder a las mismas, vinculando este acceso al cumplimiento de la obligación de rendir cuentas por
parte de las entidades locales, para asà fomentar su práctica, promover una mayor transparencia en la gestión y facilitar un control más global, comprensivo y representativo.
â Prever y regular en las medidas de financiación y ayuda para el pago a los proveedores de las entidades locales, la exigencia de responsabilidades en los casos en los que dichas entidades elaboren y remitan para la obtención de estos
fondos información que no represente la imagen fiel relativa a su solvencia.
â Completar la regulación del expediente de reconocimiento extrajudicial de crédito, contenida en los artÃculos 26.2 y 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capÃtulo primero del tÃtulo sexto de la
Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, clarificando la atribución de la competencia para su aprobación y detallando el procedimiento para su tramitación.
â Por parte de las entidades locales, adoptar una instrucción que regule las operaciones a realizar a cierre de ejercicio, con el objetivo de normalizar y planificar la fecha lÃmite para proponer la iniciación de procedimientos de
gasto, para aplicar una factura al presupuesto en curso, asà como para aplicar gastos al ejercicio a cerrar, y el procedimiento a seguir con aquellas facturas expedidas en diciembre del ejercicio precedente pero con entrada en los registros en
enero del año siguiente, respetando el principio de devengo y la anualidad presupuestaria.
â Adoptar medidas que garanticen el reforzamiento de la viabilidad y cumplimiento de los planes de ajuste presentados por las entidades locales en el marco de los mecanismos de pago a proveedores para evitar futuras dificultades de
solvencia a corto a plazo como consecuencia de la amortización del crédito obtenido.
â Acordar y aplicar medidas de gestión del gasto público que fomenten e incentiven la imputación a presupuesto y contabilización de todas las obligaciones por parte de las entidades locales, para conseguir la máxima transparencia y
fiabilidad de la información que se proporciona para la elaboración de los datos sobre necesidad y capacidad de financiación.
3. Instar a las Entidades Locales a:
â Elaborar y aprobar una instrucción que regule las operaciones a realizar a cierre de ejercicio, con el objetivo de normalizar y planificar la fecha lÃmite para proponer la iniciación de procedimientos de gasto, para aplicar una
factura al presupuesto en curso, asà como para aplicar gastos al ejercicio a cerrar.
â Adoptar medidas que garanticen el reforzamiento de la viabilidad y cumplimiento de los planes de ajuste presentados por las entidades locales en el marco de los mecanismos de pago a proveedores para evitar futuras dificultades de
solvencia a corto a plazo como consecuencia de la amortización del crédito obtenido, asà como la generación y mantenimiento en el futuro de nuevas obligaciones pendientes de imputar a presupuesto que originen nuevos problemas de solvencia.
â Acordar medidas de gestión del gasto público que fomenten e incentiven la imputación a presupuesto y contabilización de todas las obligaciones por parte de las entidades locales, para conseguir la máxima transparencia y fiabilidad
de la información que se proporciona para la elaboración de los datos sobre necesidad y capacidad de financiación.
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de diciembre de 2016.âEl Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.âEl Secretario Primero de la Comisión, Saúl RamÃrez Freire.
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251/000040 (CD) 771/000036 (S)
Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de los Consorcios de ámbito local. En
dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.
Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2017.âP.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.
RESOLUCIÃN APROBADA POR LA COMISIÃN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÃN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÃN DE LOS CONSORCIOS DE ÃMBITO LOCAL, EN SU SESIÃN DEL DÃA 21 DE DICIEMBRE DE 2016
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del dÃa 21 de diciembre de 2016, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los Consorcios de ámbito local:
ACUERDA
1. Asumir el contenido del citado Informe, asà como sus conclusiones y recomendaciones.
2. Instar al Gobierno a:
â Revisar las disposiciones legales, con objeto de ofrecer una regulación completa, especÃfica y homogénea de la figura del consorcio y de las previsiones básicas que hayan de contener sus estatutos.
â Establecer la inscripción de los consorcios locales en un registro oficial público como requisito para su funcionamiento y operatividad, de modo que se dé mayor transparencia a su existencia y al régimen jurÃdico al que queden
sujetos, debiendo quedar incorporada en el registro copia de sus estatutos al objeto de que puedan ser, en su caso, consultados.
â Unificar en un registro o base de datos un inventario de todos los consorcios locales de modo que constituya un censo global e integral de los mismos, facilitándose asà su seguimiento. Dicho registro habrá de ser permanentemente
actualizado, garantizándose asà la integridad y certeza de su contenido.
â Promover las reformas legales oportunas para que la rendición de cuentas sea considerada como requisito necesario para el acceso por los consorcios a los procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones públicas.
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de diciembre de 2016.âEl Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.âEl Secretario Primero de la Comisión, Saúl RamÃrez Freire.
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251/000041 (CD) 771/000040 (S)
Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de las incidencias producidas durante el
año 2012 en la ejecución de los contratos celebrados por las Entidades Locales de las Comunidades Autónomas sin órgano de control externo propio. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.
Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2017.âP.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.
RESOLUCIÃN APROBADA POR LA COMISIÃN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÃN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÃN DE LAS INCIDENCIAS PRODUCIDAS DURANTE EL AÃO 2012 EN LA EJECUCIÃN DE LOS CONTRATOS CELEBRADOS POR LAS
ENTIDADES LOCALES DE LAS COMUNIDADES AUTÃNOMAS SIN ÃRGANO DE CONTROL EXTERNO PROPIO, EN SU SESIÃN DEL DÃA 21 DE DICIEMBRE DE 2016
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del dÃa 21 de diciembre de 2016, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las incidencias producidas
durante el año 2012 en la ejecución de los contratos celebrados por las Entidades Locales de las Comunidades Autónomas sin órgano de control externo propio:
ACUERDA
Asumir el contenido del citado Informe, asà como sus conclusiones y recomendaciones.
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de diciembre de 2016.âEl Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.âEl Secretario Primero de la Comisión, Saúl RamÃrez Freire.
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251/000044 (CD) 771/000043 (S)
Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, de la Resolución adoptada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el Informe de fiscalización de las retribuciones y de la gestión de
los sistemas de provisión y promoción de los puestos de la intervención de las Entidades Locales. En dicha Resolución figura el enlace que permite acceder al Informe correspondiente.
Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2017.âP.D. El Letrado Mayor de las Cortes Generales, Carlos Gutiérrez Vicén.
RESOLUCIÃN APROBADA POR LA COMISIÃN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN RELACIÃN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÃN DE LAS RETRIBUCIONES Y DE LA GESTIÃN DE LOS SISTEMAS DE PROVISIÃN Y PROMOCIÃN DE LOS PUESTOS DE LA
INTERVENCIÃN DE LAS ENTIDADES LOCALES, EN SU SESIÃN DEL DÃA 21 DE DICIEMBRE DE 2016
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del dÃa 21 de diciembre de 2016, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las retribuciones y de la
gestión de los sistemas de provisión y promoción de los puestos de la intervención de las Entidades Locales:
ACUERDA
1. Asumir el contenido del citado Informe, asà como sus conclusiones y recomendaciones.
2. Instar al Gobierno a:
â Fortalecer el ejercicio de las funciones de control y fiscalización interna necesarias en las entidades locales, para lo que el Registro de Habilitados Nacionales constituirÃa una herramienta clave.
â Establecer el concurso como norma general para el nombramiento de los secretarios, interventores y tesoreros de la Administración local con el objetivo de reforzar la objetividad, independencia e imparcialidad en el ejercicio de sus
funciones de control.
â Clarificar y unificar en un texto único la normativa vigente en relación con el personal que presta servicios de control y fiscalización interna en las entidades locales.
3. Cumplir las siguientes recomendaciones:
â Reforzar las medidas que se lleven a cabo por los órganos competentes, en cada caso, al objeto de fortalecer la tutela y la supervisión que garanticen el ejercicio de las funciones de control y fiscalización interna necesarias en las
entidades locales, para lo que el Registro de Habilitados Nacionales constituirÃa una herramienta clave.
â Que se adopten por el Ministerio de Hacienda y Función Pública y por las ConsejerÃas competentes de las Comunidades Autónomas, en el marco de sus respectivas competencias, las medidas necesarias para que el Registro de Habilitados
Nacionales constituya una fuente de información, completa, depurada y permanentemente actualizada, sobre los puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional. De este modo, el Registro de Habilitados Nacionales constituirÃa, no sólo
un sistema para el seguimiento de las situaciones administrativas de los funcionarios con habilitación nacional, sino también un mecanismo de control de los puestos reservados y de su provisión, asà como del cumplimiento de la normativa
aplicable en materia de convocatoria pública de puestos reservados a dichos funcionarios.
â Clarificar y unificar en un texto único la normativa vigente en relación con el personal que presta servicios de control y fiscalización interna en las entidades locales, al objeto de fortalecer la seguridad jurÃdica y de evitar la
confusión que pueda resultar de la pluralidad de textos normativos.
â Primar en la normativa criterios de gestión y de racionalidad en el diseño del mapa de puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional, asà como en su provisión, procurando atender la función pública de control y
fiscalización interna de las entidades locales minimizando el desequilibrio entre el número de puestos y funcionarios existente en la actualidad y contribuyendo a una distribución óptima de los recursos humanos disponibles en atención a las
necesidades reales que se deben atender.
â Determinar de forma expresa criterios concretos y procedimientos sistemáticos para revisar periódicamente la clasificación de los puestos en atención a las circunstancias reales de las entidades locales.
â Fomentar, con criterios objetivos concretos en los que primen aspectos de planificación y gestión, tanto las agrupaciones de entidades para el sostenimiento en común de los puestos de trabajos reservados a funcionarios habilitados,
como la exención de mantener este tipo de puestos, debiéndose establecer requisitos mÃnimos para poder optar al sostenimiento individualizado de un puesto reservado.
â Establecer los mecanismos necesarios para garantizar el ejercicio de las funciones reservadas en entidades agrupadas y eximidas. Las asistencias a municipios de las entidades locales supramunicipales habrÃan de ocupar un lugar
preponderante para satisfacer este objetivo, debiéndose potenciar su actividad.
â Limitar la posibilidad de creación discrecional por las entidades locales de puestos reservados con funciones de colaboración, en tanto no esté garantizado el ejercicio de las funciones de control y fiscalización interna por
funcionarios con habilitación nacional en la totalidad de las entidades locales.
â Habilitar por los órganos competentes del Estado y de las Comunidades Autónomas, en el marco de sus respectivas competencias, las medidas necesarias que garantizasen la periódica convocatoria de la oferta pública de los puestos
reservados a funcionarios con habilitación nacional a proveer por libre designación.
â Adoptar mecanismos que aseguraran la cobertura ordinaria y efectiva de los puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional, restringiendo los nombramientos accidentales, los puestos sin ocupante y la ocupación por
funcionarios interinos o por funcionarios con habilitación nacional con nombramiento por acumulación a los casos en los que, de manera debidamente justificada y atendiendo a los requisitos legalmente previstos, los puestos no hubieran podido
cubrirse de manera ordinaria.
â Regular de forma tasada las circunstancias en las que excepcionalmente podrán realizarse nombramientos provisionales sin haber permanecido en el puesto de trabajo, obtenido por concurso, el mÃnimo establecido por la norma. Igualmente
deberÃan tasarse los supuestos en los que es posible la provisión no definitiva de puestos reservados por funcionarios con habilitación nacional de una categorÃa o sub-escala inferior a la del puesto.
â Regular los supuestos, las funciones y las formas de provisión de los puestos no reservados a funcionarios con habilitación nacional a los que se les encomiendan por delegación funciones de fiscalización y control interno, al objeto
de que se ofrezcan las condiciones que garanticen un ejercicio adecuado e independiente de la función pública de control, no quedando al margen de los sistemas generales sobre su creación, clasificación y provisión.
â Determinar los objetivos generales a los que, respetando la autonomÃa local, hayan de adecuarse, en todo caso, los niveles de los puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación estatal y los complementos de destino y
especÃficos asociados que fijen las entidades locales, ofreciendo asà parámetros homogéneos que constituyan un marco básico que contribuya a asegurar las condiciones para un ejercicio solvente e independiente de la función pública de control
y fiscalización interna. Con este mismo fin deberÃan promoverse las reformas legislativas necesarias para que se establezcan lÃmites a la representatividad de los importes percibidos por complementos de productividad y gratificaciones, en
relación con el resto de las retribuciones básicas y complementarias relacionadas con el puesto.
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de diciembre de 2016.âEl Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.âEl Secretario Primero de la Comisión, Saúl RamÃrez Freire.
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