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Las Regencias y el Reinado de Isabel II (1833-1868)

 
Regencia de María
Cristina de Borbón
(1833-1840)
Regencia del general
Baldomero Espartero
(1840-1843)
Década moderada
(1844-1854)
Bienio progresista
(1854-1856)
Crisis del moderantismo
(1856-1868)

 

Regencia de María Cristina de Borbón (1833-1840)

María Cristina de Borbón, cuarta mujer de Fernando VII, ocupa la Regencia de 1833 a 1840, tras la muerte de su marido. El 4 de octubre de 1833, María Cristina presenta un manifiesto político. Se publican los Reales Decretos de 4 de enero y 16 de febrero de 1834 sobre libertad de imprenta y organización de la Milicia Nacional.

Durante este periodo se celebran seis procesos electorales: 1834, 1836 (febrero, julio y octubre), 1837 y 1839.

Elecciones 30 junio 1834
Elecciones 26 febrero 1836
Elecciones 13 julio 1836
Elecciones 2 octubre 1836
Elecciones 22 septiembre 1837
Elecciones 24 julio 1839

La Reina Gobernadora jura la Constitución de 1837 acompañada de su hija Isabel II, el 18 de junio de 1837.
(Antiguo Convento del Espíritu Santo, Madrid)

La aportación fundamental de Francisco Martínez de la Rosa al frente del gabinete, en la transición al nuevo liberalismo, es el Estatuto Real (16 de abril de 1834), que venía a sustituir a la Constitución gaditana. El Estatuto ha sido llamado Constitución Otorgada por algunos historiadores.

El Estatuto Real está estructurado en cinco títulos y cincuenta artículos: establece la reunión de las Cortes en dos Cámaras. El Estamento de Próceres (actual Senado) y el Estamento de Procuradores (actual Congreso de los Diputados). Los reales decretos de 20 de mayo de 1834 y de 24 de mayo de 1836 regulan la elección de procuradores a las Cortes Generales del Reino.

El Estatuto Real no convence a conservadores ni a liberales. Martínez de la Rosa se debe enfrentar además al problema de la guerra carlista.

José María Queipo de Llano, conde de Toreno, es otro de los liberales que desde la jefatura del gobierno colabora en la transición hacia el liberalismo, pero, impotente frente a los desórdenes públicos que se suceden, es sustituido por Mendizábal. Juan Álvarez Mendizábal pasará a la historia como presidente del Consejo de Ministros por la desamortización de los bienes eclesiásticos mediante los decretos de supresión de los conventos de menos de doce religiosos y disolución de  las órdenes religiosas, salvo las hospitalarias. (Poder del Procurador José María Queipo de Llano Ruiz de Saravia, conde de Toreno y busto en mármol de Juan Álvarez de Mendizábal por José Grágera y Herboso, 1868 en el Salón de Conferencias).

En el discurso que Mendizábal prepara a la Reina Gobernadora para la apertura de las Cortes el 16 de noviembre de 1835 se proponen a los procuradores tres proyectos de ley: la institucionalización de la prensa libre, la responsabilidad ministerial y la reforma electoral. En julio de 1837 se aprueba esta nueva ley electoral , que abre un gran debate entre los partidarios del sufragio indirecto y los que quieren introducir el sufragio directo.

Por Real Decreto de 24 de mayo de 1836 se convocan nuevas Cortes, que no se llegan a reunir por los sucesos ocurridos en La Granja (Segovia), el Pronunciamiento de los sargentos ante la Reina Regente que obliga  a restaurar la Constitución de 1812.

Las Cortes constituyentes de 1836-1837 aprueban una nueva Constitución el 18 de junio de 1837 y la Reina Gobernadora jura la misma acompañada de su hija Isabel en el Convento del Espíritu Santo, habilitado como sede de las Cortes. En la comisión designada para presentar el proyecto de Constitución estaban Argüelles, Ferrer y Olózaga. Esta Constitución ha sido considerada siempre un código transaccionista, con concesiones por parte de los progresistas y de los moderados. Establece dos Cámaras, que se denominan ya Senado y Congreso de los Diputados.

El 24 de febrero de 1837, la Comisión de Constitución presenta el proyecto de Reglamento para el Gobierno Interior de los cuerpos colegisladores, en la parte común a ambos. Aprobada la Constitución de 1837, la Reina Gobernadora disuelve las Cortes constituyentes. Las legislaturas 1837-1838, 1838 y 1839 cierran esta primera Regencia.

Durante las Cortes de la Regencia de María Cristina se aprueban dos reglamentos: el  15 de julio de 1834 el de Régimen y Gobierno del Estamento de procuradores a Cortes, y el 14 de febrero de 1838 el Reglamento del Congreso de los Diputados.

La Reina Regente pronuncia su último discurso el 1 de septiembre de 1839 en la sesión de apertura de estas Cortes. Finaliza la legislatura el 18 de noviembre de ese mismo año.