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BOCG. Congreso de los Diputados, serie C, núm. 151-1, de 22/07/1997
BOLETIN OFICIAL
DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
VI LEGISLATURA
Serie C:
TRATADOS Y CONVENIOS 22 de julio de 1997 Núm. 151-1
INTERNACIONALES
PROTOCOLO
110/000118 Prohibiciones o restricciones del empleo de minas, armas
trampa y otros artefactos según fue enmendado el 3 de mayo de 1996
(Protocolo enmendado II), adoptado en Ginebra el 3 de mayo de 1996, de la
Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas
armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de
efectos indiscriminados de 1980. (Autorización: artículo 94.1 de la
Constitución.)
La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el
acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(110) Autorización de Convenios Internacionales.
110/000118.
AUTOR: Gobierno.
Protocolo sobre prohibiciones o restricciones del empleo de minas, armas
trampa y otros artefactos según fue enmendado el 3 de mayo de 1996
(Protocolo enmendado II), adoptado en Ginebra el 3 de mayo de 1996, de la
Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas
armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas de
efectos indiscriminados de 1980.
Acuerdo:
Encomendar Dictamen a la Comisión de Asuntos Exteriores y publicar en el
BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES, estableciendo plazo para
presentar propuestas, que tendrán la consideración de enmiendas a la
totalidad o de enmiendas al articulado conforme al artículo 156 del
Reglamento, por un período de quince días hábiles, que finaliza el 18 de
septiembre de 1997.
En ejecución de dicho acuerdo, se ordena su publicación de conformidad
con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara. En cumplimiento del
Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, reunidas
en sesión conjunta el 19 de diciembre de 1996, el texto aparece publicado
en el BOCG, Sección Cortes Generales, serie A, número 107, de 22 de julio
de 1997.
Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de julio de 1997.--El
Presidente del Congreso de los Diputados, Federico Trillo-Figueroa
Martínez-Conde.