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Notas de prensa
Aprobada la Proposición de Ley para garantizar la accesibilidad cognitiva de las personas con dificultades de comprensión y comunicación, que continúa tramitándose en el Senado
La Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad ha aprobado, con competencia legislativa plena y por unanimidad, la Proposición de Ley de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación. El texto aprobado incluye el informe de la ponencia y las enmiendas acordadas en comisión.
Los miembros de la comisión, reunidos este martes, 21 de diciembre, han debatido tanto el informe de la ponencia como las enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios y no incorporadas en la fase de ponencia. De este modo, se han aprobado las enmiendas in voce del Grupo Parlamentario Socialista, de supresión del artículo 1.1, 1.6 y la disposición final primera.
El objetivo de esta iniciativa, procedente del Senado, es reformar la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social para garantizar la accesibilidad cognitiva de las personas con dificultades de comprensión y comunicación del entorno físico, el transporte, la información y la comunicación, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones a disposición o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales.
En la exposición de motivos del texto se destaca el déficit normativo sobre accesibilidad cognitiva, aspecto que no ha sido considerado a la hora de desarrollar e instaurar actuaciones relacionadas con la accesibilidad universal. Por ello, es necesario reparar esta situación, "efectuando modificaciones legales que otorguen un estatuto legislativo a esta dimensión irrenunciable de la accesibilidad universal".
Según el texto, los beneficios de esta modificación se entenderán "a otros segmentos de la comunidad", como las personas mayores y visitantes o residentes en el país que no conocen suficientemente las lenguas oficiales, entre otros.
Reglamento de condiciones y Centro de Referencia Estatal de accesibilidad cognitiva
Esta iniciativa modifica el artículo 5 de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad para aclarar de forma explícita que ¿la accesibilidad cognitiva se encuentra incluida dentro de cualquier referencia a la accesibilidad universal¿. También introduce un nuevo artículo 29 bis para establecer las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva y prever su posterior desarrollo normativo a través de un reglamento específico de ejecución.
Asimismo, la ley se completa con sendas disposiciones adicionales y finales. Las disposiciones adicionales primera, segunda y tercera establecen que en el plazo máximo de dos años, el Gobierno debe aprobar el Reglamento específico de condiciones de accesibilidad cognitiva y un Plan Nacional de Promoción de la Accesibilidad Cognitiva, y crear el Centro de Referencia Estatal de Accesibilidad Cognitiva, organismo dependiente del Real Patronato sobre Discapacidad, para realizar estudios, investigaciones, fomentar la transferencia de conocimiento, la formación y cualificación, el seguimiento y la evaluación y, en general, promover todo lo relativo a la accesibilidad cognitiva en España.