Ogi-apurra
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III. Autorizaciones
Convenio entre el Reino de España y la República de Uzbekistán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid
el 8 de julio de 2013. Texto remitido por el Congreso de los Diputados 610/000152 (Congreso de los Diputados, Serie C, Num.174, Núm.exp. 110/000152) (Cortes Generales, Serie A, Num.364)
Con fecha 23 de abril de 2015, ha tenido entrada en esta Cámara, a efectos de la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución, el Convenio entre el Reino de Se ordena la remisión de este Se comunica, por analogía con lo dispuesto en el artículo 107.1 del Reglamento del Senado, que el plazo para la presentación de las propuestas a las que se refiere el artículo 144 del Reglamento Por acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, reunidas en sesión conjunta el 19 de diciembre de 1996, el texto del citado Convenio aparece publicado en el BOCG, Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el Palacio del Senado, 23 de abril de 2015.—P.D., Manuel Cavero Gómez, Letrado Mayor del Senado.
España y la República de Uzbekistán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 8 de julio de 2013.
Convenio a la Comisión de Asuntos Exteriores.
del Senado terminará el próximo día 7 de mayo, jueves.
Cortes Generales, Serie A, número 364, de fecha 16 de enero de 2015, encontrándose la restante documentación a disposición de los señores Senadores en la Secretaría General de la Cámara.
artículo 191 del Reglamento del Senado.