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BOCG. Senado, serie II, núm. 103-b, de 26/10/1998
BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
SENADO
VI LEGISLATURA
Serie II: 26 de octubre de 1998 Núm. 103 (b)
PROYECTOS DE LEY (Cong. Diputados, Serie A, núm. 117
621/000103 Orgánica por la que se autoriza la ratificación por España del
Tratado de Amsterdam por el que se modifican el Tratado de la Unión
Europea, los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas y
determinados actos conexos, firmado en Amsterdam el día 2 de octubre de
1997.
PROPUESTAS DE VETO
621/000103
PRESIDENCIA DEL SENADO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del
Senado, se ordena la publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES
GENERALES de las propuestas de veto presentadas al Proyecto de Ley
Orgánica por la que se autoriza la ratificación por España del Tratado de
Amsterdam por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea, los
Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas y determinados actos
conexos, firmado en Amsterdam el día 2 de octubre de 1997.
Palacio del Senado, 23 de octubre de 1998.--El Presidente del Senado,
Juan Ignacio Barrero Valverde.--La Secretaria primera del Senado, María
Cruz Rodríguez Saldaña.
El Senador José Fermín Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente propuesta de veto al Proyecto de Ley Orgánica por la que se
autoriza la ratificación por España del Tratado de Amsterdam por el que
se modifican el Tratado de la Unión Europea, los Tratados constitutivos
de las Comunidades Europeas y determinados actos conexos, firmado en
Amsterdam el día 2 de octubre de 1997.
Palacio del Senado, 14 de octubre de 1998.--José Fermín Román Clemente.
PROPUESTA DE VETO NUM. 1
De don José Fermín Román Clemente (GPMX).
El Senador José Fermín Román Clemente, IU (Mixto), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente propuesta de veto.
Las diferencias entre los Estados miembros de la Unión Europea, no han
creado un Tratado de mínimos sino un Tratado de negativos provocando una
profunda crisis de confianza en el modelo de la unidad Europea que
pretende llegar más allá del mercado único.
El Tratado no ha logrado siquiera modestos compromisos en materias tan
importantes como la reforma de las Instituciones, el número de
comisarios, las velocidades de integración o la ponderación del voto en
el Consejo.
Por otro lado, de no haber existido la presión del Gobierno francés el
debate sobre la Europa Social ni siquiera se habría considerado con
vistas a una futura discusión. La resolución sobre crecimiento y empleo
es sumamente incompleta, carece de recursos financieros y depende del
Pacto de Estabilidad, lo cual de ningún modo contribuye a solucionar el
paro en Europa.
El único resultado claro de toda la dinámica generada en torno al Tratado
ha sido la fijación de la fecha de entrada en vigor del Euro y la
sumisión por ende al modelo alemán, la Unión Monetaria tal y como se
contempla provoca un antagonismo entre moneda y empleo.
La pretendida voz única en política exterior ha quedado devaluada al
encomendarse a una personalidad política que no es de primer orden y que
sigue mediatizada por la «Troika Comunitaria».
Peor aún es la situación en materia de justicia e interior,
estableciéndose cláusulas de exclusión a la aplicación del Tratado de
Schengen por parte de tres países, y por el hecho de que el texto
aprobado amplía sus plazos de aplicación y ésta queda condicionada a la
unanimidad, a lo que se une el derecho de veto en los temas de visados,
inmigración y asilo.
Como especialmente negativo cabe reseñar que no se haya incluido la
imposición de sanciones automáticas a los países en los que no se
respeten la libre circulación de mercancías, aspecto éste especialmente
relevante para los intereses de nuestro país.