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Exposición permanente Parlamento, Democracia y Constitución. 29 de octubre 2022- 

 

La exposición permanente del Congreso de los Diputados se desarrolla en torno a tres grandes temas: Democracia, Parlamento y Constitución

La democracia es un sistema político que ha estado vigente en periodos muy breves de la historia. Unos cientos de años en la antigua Atenas y dos siglos en el mundo contemporáneo. 

En la actualidad, solo unos pocos países se consideran democracias plenas. España es uno de ellos. 

No ha sido siempre así. Hubo dos dictaduras en el siglo XX que duraron casi cincuenta años. La dictadura de Primo de Rivera (1923-1931) y la de Francisco Franco (1939-1975). Muchos españoles y españolas lucharon por alcanzar el sistema democrático en esos años. 

En las democracias representativas, las elecciones son el medio por el que se expresa la voluntad popular. 

Los parlamentos, resultado de las elecciones, ejercen su mandato aprobando las leyes, controlando al gobierno y estableciendo los gastos y los ingresos públicos. 

Las constituciones, fundamento jurídico de la democracia, garantizan los derechos de los ciudadanos y establecen las reglas de funcionamiento del Estado. 
 

La exposición permanente ocupa el espacio previsto para ello en el sótano del Palacio del Congreso de los Diputados. Se trata del situado bajo el salón de sesiones, formado por tres anillos, una bóveda y tres salas 

El tema DEMOCRACIA ocupa el anillo exterior, el tema PARLAMENTO el intermedio y el tema CONSTITUCIÓN el interior Esto permite que puedan realizarse visitas parciales o que puedan organizarse visitas simultáneas de varios grupos a los distintos temas. 

 

DEMOCRACIA

 

¿Qué es una democracia?

Democracia es el sistema político en el que los ciudadanos participan en la toma de decisiones y en el que existe un Gobierno basado en su voluntad.

¿Cuáles fueron los primeros sistemas políticos democráticos? ¿Dónde y cómo nacieron?

La democracia se creó en la antigua Grecia en el siglo V antes de Cristo. Allí, por primera vez, los ciudadanos, reunidos en Asamblea, debatían y votaban. Era una democracia directa, en la asamblea participaban todos los ciudadanos de Atenas y los cargos de gobierno eran ocupados sucesivamente también por todos los ciudadanos. Los esclavos, las mujeres y los extranjeros no tenían derecho a participar en la Asamblea. Tres cuartas partes de la población quedaban así fuera del sistema.

La democracia directa es posible en comunidades pequeñas. En comunidades muy grandes, como son los estados modernos, la democracia es representativa: las ciudadanas y los ciudadanos eligen a otros para que les representen en una o varias asambleas a las que llamamos Parlamento.
Los primeros sistemas representativos modernos nacieron a finales del siglo XVIII. En 1792 tuvo lugar en Francia la elección por sufragio universal masculino de la Convención Nacional. El artículo 1 de la Constitución de los Estados Unidos de 1787 establece que "la Cámara de representantes estará formada por miembros elegidos cada dos años por los habitantes de los diversos estados".


¿Qué requisitos debe cumplir una democracia?

El requisito esencial para que se pueda calificar de democracia a un régimen político es que haya elecciones. Sin elecciones, no hay democracia.

Evolución del censo electoral: sufragio censitario, sufragio universal masculino, voto femenino

Alcanzar el sufragio universal -esto es, que todas las mujeres y los hombres tengan el derecho a voto a partir de una cierta edad- fue un proceso largo. En el siglo XIX se aplicó en la mayor parte de los países el llamado sufragio censitario. El derecho a voto estaba limitado bien por razones económicas -había que tener propiedades o rentas para poder votar-, el nivel de estudios o pertenecer a un determinado grupo social. Los aborígenes australianos, por ejemplo, no tuvieron derecho a voto hasta 1962.

En España, la Junta Central Suprema decidió por Decreto de 22 de mayo de 1809 convocar Cortes y crear una Comisión para ello. Esta Comisión acepta el principio de representación proporcional a razón de un diputado por cada "cincuenta mil almas".

La Junta Central convocó elecciones para diputados el 1 de enero de 1810 mediante un sistema de sufragio universal masculino indirecto en tres grados: los electores designan a los electores de partido y estos componen las "Juntas de Provincia" que eligen a los diputados.

En 1836 se usa en España por primera vez el sufragio censitario directo. Las condiciones económicas y las llamadas "capacidades" -por educación o profesión- determinan la condición de elector.

Otro factor clave es la circunscripción. La ley electoral de 1846 introduce por primera vez los distritos, que eligen un solo diputado, frente a las provincias, modelo que defendían los partidos progresistas, cuyos electores se encontraban sobre todo en los medios urbanos. Los distritos permitían un mayor control del voto a través de los caciques locales. Se elegía un diputado por cada 35.000 habitantes.

En 1868 se establece por primera vez el sufragio universal masculino directo con derecho a voto para todos los varones mayores de veinticinco años. Se aplicará de forma definitiva a partir de 1890.

La Constitución de 1931 reconoce por primera vez en España el derecho de sufragio femenino, que se ejerció por primera vez en las elecciones de 1933.

Nueva Zelanda fue el primer país en aprobar el voto femenino en 1893. En la mayoría de los países europeos el voto femenino se reconoció durante el primer tercio del siglo XX. En Gran Bretaña, a partir de 1918 y de forma plena desde 1928, en Francia en 1944 y en Italia en 1945.

¿Cuándo se establecieron las democracias actuales?

Los regímenes democráticos actuales se fueron estableciendo con el desarrollo de los sistemas constitucionales a lo largo del siglo XIX. La Constitución española de 1812 fue una de las primeras en Europa e influyó sobre todo en las de Portugal, Italia e Hispanoamérica.

Desde entonces ha habido algunos periodos con sistemas políticos no democráticos, como el reinado de Fernando VII (1814-1833, con la excepción de los años 1820-1823) y las dictaduras de Primo de Rivera (1923-1931) y Franco (1939-1975).

En cualquier caso, en el conjunto de la historia contemporánea de España ha habido más periodos de democracia que de falta de libertades.

¿Cuántos países democráticos hay en el mundo?

Según la última edición del Democracy Index, de los 167 estados que hay en la actualidad, sólo 22 son democracias plenas. 34 son democracias "imperfectas", 37 estados "híbridos" y 54 regímenes autoritarios. Aproximadamente la mitad de la población mundial vive bajo regímenes democráticos, pero sólo algo menos del 6 por ciento vive en democracias plenas. Más de un tercio de la población mundial vive bajo regímenes autoritarios.

Las democracias plenas se encuentran sobre todo en Europa, en América y en Australia. En África y Asia vive la mayor parte de la población bajo regímenes autoritarios.

España ha formado siempre parte del grupo de países plenamente democráticos en los índices de calidad democrática. Los primeros lugares los ocupan habitualmente los países nórdicos (Noruega, Islandia, Suecia, Finlandia, Dinamarca), Australia, Nueva Zelanda, otros países europeos (Alemania, Gran Bretaña, Francia, Austria, Portugal) y algunos americanos (Canadá, Uruguay, Costa Rica, Chile).

 

PARLAMENTO

 

Orígenes del Parlamento español (Cádiz)

La denominación tradicional del Parlamento en España es Cortes. El primer Parlamento elegido en España fueron las Cortes Generales y Extraordinarias de Cádiz (1810-1814). Estas Cortes fueron las que aprobaron la Constitución de 1812, que establecía de forma detallada el sistema electoral futuro. Desde entonces se han producido en España más de 60 procesos electorales para la elección del Congreso de los Diputados.

Funciones del Parlamento

Los Parlamentos tienen tres funciones esenciales:
-la función legislativa. Aprueban las leyes
-la función presupuestaria. Aprueban cada año el presupuesto del Estado
-la función de control. Esta función la ejercen mediante las interpelaciones, mociones, proposiciones no de ley, preguntas orales y escritas, solicitud de comparecencia de miembros del Gobierno, comisiones de investigación, debate del estado de la nación y moción de censura.

Establecimiento del sistema bicameral

Las Cortes de Cádiz estaban formadas por una sola cámara. El Estatuto Real estableció por primera vez un Parlamento bicameral: el Estamento de Procuradores era electivo mediante sufragio censitario y el Estamento de Próceres estaba formado por miembros de pleno derecho y miembros de nombramiento real.

La Constitución de 1837 emplea por primera vez los términos Congreso de los Diputados y Senado para referirse a las dos cámaras, denominación que se mantiene hasta la actualidad.

El Congreso de los Diputados es la cámara electiva en la tradición española, mientras que el Senado ha estado compuesto históricamente de una parte designada y otra electiva.

La Constitución republicana de 1931 estableció de nuevo un Parlamento unicameral.

Los diarios de sesiones

La actividad del Parlamento está presidida por el principio de publicidad. Todas las intervenciones de los diputados se recogen en los Diarios de Sesiones, que se publican desde 1810.

En el Boletín Oficial de las Cortes Generales se publican las iniciativas parlamentarias y los documentos sobre los que se producen los debates, así como las respuestas a las preguntas escritas y solicitudes de informe al Gobierno.

Diputados y oradores

Como resultado de los más de sesenta procesos electorales que ha habido desde 1810, en España han sido elegidos más de treinta y cuatro mil diputados. En muchos casos, las mismas personas han sido elegidas en varias ocasiones por lo que el número de individuos que han sido diputados -una o varias veces- es de unos catorce mil.

En las Cortes de Cádiz hubo más de cincuenta diputados de Ultramar -once de ellos llegaron a ser presidentes- y numerosos religiosos.

Desde el siglo XIX abundan los abogados: Pascual Madoz, Salustiano Olózaga, Bravo Murillo, Cánovas del Castillo, Eduardo Dato, José Canalejas, Raimundo Fernández Villaverde, el Conde Romanones, Segismundo Moret… También los periodistas, como Santiago Alba o Diego Martínez Barrio, y los militares: Rafael del Riego, Evaristo San Miguel, Baldomero Espartero, O'Donnell y Prim.

También hay ingenieros como Práxedes Mateo Sagasta, médicos como Nicolás María del Rivero o Gregorio Marañón y numerosos escritores: Martínez de la Rosa, el Duque de Rivas, Adelardo López de Ayala, Benito Pérez Galdós, Blasco Ibáñez, Azorín, José Echegaray (premio Nóbel en1904). Y algunos filósofos: Nicolás Salmerón, José Ortega y Gasset, Miguel de Unamuno o Julián Besteiro.

Entre las mujeres que fueron diputadas durante la II República se cuentan Clara Campoamor, Dolores Ibárruri, Victoria Kent, María Lejárraga y Margarita Nelken.

Evolución desde 1978

Tras la aprobación de la Ley para la Reforma Política en 1976, el 15 de abril de 1977 se convocaron elecciones generales para las Cortes, compuestas por el Congreso de los Diputados, con 350 miembros, y Senado. En junio tienen lugar las elecciones y se reúnen las Cortes que elaborarán la Constitución de 1978. Se sometió a referéndum el 6 de diciembre, la primera vez que se hacía en España con un texto constitucional.

Desde entonces ha habido catorce elecciones generales. Sólo en dos ocasiones, en 1982 el Partido Socialista Obrero Español (177 escaños) y el Partido Popular en 2000 (183 escaños), una formación política ha obtenido en solitario la mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados. En las elecciones de 1986, 1989 y 1993 el Partit dels Socialistes de Catalunya (PSC-PSOE) se presentó como fuerza política distinta del PSOE y sumó sus escaños a los del Grupo Parlamentario Socialista, lo que le permitió alcanzar de nuevo la mayoría absoluta en 1986.

Por tanto, sólo en tres ocasiones (1982, 1986 y 2000) ha habido mayoría absoluta de un grupo parlamentario. En otra, una formación política obtuvo la mitad exacta (1989) y en el resto de elecciones se han alcanzado mayorías relativas, que obligan a pactos con otras fuerzas políticas.

Los edificios parlamentarios

En los inicios del régimen constitucional no existían edificios adecuados para la celebración de Cortes. Hubo que acondicionar teatros e iglesias, como ocurrió en Cádiz con el Teatro Cómico de San Fernando (1810) y el Oratorio de San Felipe Neri (1811-1813).

En Madrid, las Cortes ocuparon el Teatro de los Caños del Peral y el Convento de doña María de Aragón, sede actual del Senado.

Cuando en 1834 se crea un Parlamento bicameral, el Estamento de Próceres se reúne en el Convento de doña María de Aragón y el de Procuradores en el Convento e Iglesia del Espíritu Santo de la Carrera de San Jerónimo, en el mismo lugar que hoy ocupa el Palacio del Congreso de los Diputados.

El Palacio del Congreso de los Diputados 

En 1841 la Iglesia del Espíritu Santo amenaza ruina y se propone la construcción de un edificio para sede del Congreso en el solar. En 1842 se convoca un concurso público que gana el proyecto presentado por el arquitecto Narciso Pascual y Colomer.

La obra comenzó en 1843 y concluyó en 1850. El 31 de octubre se celebró en el nuevo edificio la Sesión Regia de apertura.

El Palacio del Congreso de los Diputados es uno de los edificios parlamentarios más antiguos de Europa, anterior a los de Berlín, Londres, Viena o Budapest.

En la actualidad se han incorporado diversos edificios al complejo parlamentario para las Comisiones y los grupos.

Organización del Parlamento

La Presidencia del Congreso de los Diputados se elige al comienzo de la Legislatura en la sesión constitutiva. Tiene todos los poderes administrativos y facultades de policía en el interior de la cámara. Convoca la sesión de investidura en la que el candidato a la Presidencia del Gobierno pide la confianza y refrenda su nombramiento por el Rey. Debe asegurar la buena marcha de los trabajos, dirigir y mantener el orden en los debates y cumplir y hacer cumplir el Reglamento.

La Mesa está formada por el Presidente, cuatro vicepresidentes y cuatro secretarios. Se reúne todas las semanas. Elabora el presupuesto de la cámara y controla su ejecución y tiene las competencias en materia de personal.

La Junta de Portavoces está formada por los portavoces designados por los grupos parlamentarios. Se reúne todas las semanas. Fija el orden del día de las sesiones plenarias junto al Presidente y el número de preguntas que puede formular cada grupo al Gobierno en la sesión de control.

Además de estos órganos, los diputados pueden pertenecer a las Comisiones, subcomisiones y ponencias que son órganos especializados en distintas materias.

Todos los diputados perciben una asignación constitucional de 3.050,62 euros mensuales y un complemento de 1.959,62 euros si son diputados de fuera de Madrid y de 935,37 euros si son diputados por Madrid. Además, pueden percibir distintos complementos en función de los cargos que pueden ocupar en la Mesa o las Comisiones.

Hacia un Parlamento abierto

Un parlamento abierto es aquel que comunica toda la actividad parlamentaria y la información sobre la institución y sus miembros de forma transparente y en formatos abiertos y entendibles por la ciudadanía; que abre espacios de participación y colaboración con los ciudadanos; que, en forma de conversación permanente, tiene cauces que incluyen a las redes sociales, para escuchar activamente lo que la ciudadanía necesita al abrir foros deliberativos y otros instrumentos de participación con capacidad de influir en la agenda política.

 

CONSTITUCIÓN

 

Constitución de 1812

La Constitución Política de la Monarquía Española fue aprobada por los diputados el 19 de marzo de 1812. Es conocida como la Pepa. Establece que la soberanía pertenece a la nación, que adopta como forma política la Monarquía. La Constitución asume la división de poderes y consagra a lo largo del articulado algunos derechos y libertades. Tuvo una vigencia corta en el tiempo (1812-1814, 1820-1823, 1836-1837)

Constitución de 1837

Inspirada en la de 1812, incorpora por primera vez una declaración sistemática de derechos: libertad personal, inviolabilidad del domicilio, libertad de expresión, garantías penales y procesales, derecho de petición, igualdad de acceso a los cargos públicos y derecho de propiedad, entre otros.

El Congreso se elegía mediante sufragio censitario. El Senado tenía una composición mixta: había senadores de base electiva designados por el Rey y senadores a título propio.

Constitución de 1845

Establece una soberanía compartida entre las Cortes y el Rey, que tiene la facultad de disolver las Cortes, designar al Presidente del Gobierno y nombrar senadores vitalicios en número ilimitado.
La Constitución de 1845 suprimió los juicios por jurado, la participación ciudadana en los ayuntamientos y la Milicia Nacional, tres instituciones políticas de tradición progresista.

Constitución de 1869

La Constitución de 1869 consagra los principios que animaron la revolución de 1868: soberanía nacional, sufragio universal, concepción de la Corona como poder constituido y una amplia declaración derechos.

Se reconocen el juicio por jurado, la acción popular, el derecho de asociación, la libertad de enseñanza y, por primera vez, la libertad de cultos.

Tuvo una vigencia corta en el tiempo en un periodo de gran inestabilidad política: monarquía de Amadeo de Saboya, Primera República y revolución cantonal.

Constitución de 1876

La Constitución de 1876 vuelve a la fórmula de soberanía compartida entre el Rey y las Cortes. Contiene una declaración de derechos extensa, tomada en parte de la Constitución de 1869: ejercicio privado de la libertad religiosa sobre la base del catolicismo del Estado, derecho de asociación y libertad de enseñanza, entre otros. Es la Constitución que ha tenido un periodo mayor de vigencia, entre 1876 y 1923.

Constitución de 1931

La Constitución de 1931 cambia la forma de Estado de Monarquía a República. Define a España como "una República democrática de trabajadores de toda clase que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia", añadiendo que "los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo" y que "la República constituye un estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y de las Regiones".

En ella se reconocen por primera vez los derechos sociales y económicos: seguros de enfermedad, accidente, paro, invalidez y vejez, trabajo femenino, jornada laboral y salario mínimo.
El Parlamento es unicameral y se reconoce por primera vez el derecho de voto a las mujeres. Se crea un Tribunal de Garantías Constitucionales. Se establece un estado laico y se suprime el apoyo económico a la Iglesia Católica y las órdenes religiosas.

Constitución de 1978

La Constitución de 1978 proclama la soberanía del pueblo español, constituido en un Estado social y democrático de derecho. Contiene una amplia declaración de derechos y libertades. Establece la Monarquía parlamentaria y un Parlamento bicameral.

Se mencionan por primera vez en un texto constitucional los partidos políticos. Se reconocen las Comunidades Autónomas y se configura el Senado como cámara de representación territorial.
Está vigente desde 1978, cerca de alcanzar la vigencia máxima de la Constitución de 1876 (47 años).

 

Archivo fotográfico