Cronología del proceso constitucional
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1 noviembre 1811: Sesión pública. Se presentan votos particulares a algunos artículos aprobados con anterioridad, y nuevas adiciones.
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5 noviembre 1811: Sesión de la comisión. Se lee y aprueba la parte del Discurso preliminar y del Título del proyecto de Constitución relativo a la potestad judicial. Queda entendido que el siguiente día se haría la pública lectura en las Cortes.
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6 noviembre 1811: Sesión pública. Se lee y se ordena imprimir la parte del Discurso preliminar y del Título del proyecto de Constitución relativo a la potestad judicial. Se aprueba el dictamen de la comisión de Constitución sobre varias proposiciones y adiciones hechas por varios diputados con respecto a la parte del proyecto ya aprobado.
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9 noviembre 1811: Sesión pública. El presidente comunica a las Cortes que ya está impresa la parte del proyecto de Constitución relativa al poder judicial y se cita para su discusión la sesión del día 15 de este mes.
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11 noviembre 1811: Sesión pública. Se discute acerca del artículo 222 del proyecto, relativo al número de ministros para los asuntos de Ultramar. Se decide devolverlo a la comisión.
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12 noviembre 1811: Sesión de la comisión. Se aprueba el artículo 307 del Capítulo 1.º De los ayuntamientos, del Título VI. Del Gobierno interior de las provincias y de los pueblos.
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13 noviembre 1811: Sesión de la comisión.Se aprueban los artículos 308 a 310 del Capítulo 1.º De los ayuntamientos, del Título VI. Del Gobierno interior de las provincias y de los pueblos.
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14 noviembre 1811: Sesión de la comisión. Se aprueban los artículos 311 a 318 del Capítulo 1.º De los ayuntamientos, del Título VI. Del Gobierno interior de las provincias y de los pueblos.
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15 noviembre 1811:
Sesión de la comisión. Se aprueba el artículo 319 (1 a 8) del Capítulo 1.º De los ayuntamientos, del Título VI. Del Gobierno interior de las provincias y de los pueblos.
Sesión pública. Título V. De los tribunales y de la administración de justicia en lo civil y criminal. Capítulo 1.º De los tribunales. Se aprueban los artículos 241 a 247 (242 a 248 del texto final).
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16 noviembre 1811:
Sesión de la comisión. Se aprueba el punto 9º del artículo 319 del Capítulo 1.º De los ayuntamientos, del Título VI. Del Gobierno interior de las provincias y de los pueblos.
Sesión pública. Título V. De los tribunales y de la administración de justicia en lo civil y criminal. Capítulo 1.º De los tribunales. Se debate el artículo 248 (249 del texto final). Queda pendiente.
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17 noviembre 1811: Sesión pública. Título V. De los tribunales y de la administración de justicia en lo civil y criminal. Capítulo 1.º De los tribunales. Se aprueba el artículo 248 y se debate el 249 (249 y 250 del texto final).
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18 noviembre 1811:
Sesión de la comisión. Se aprueban los artículos 320 y 321 del Capítulo 1.º De los ayuntamientos, del Título VI. Del Gobierno interior de las provincias y de los pueblos.
Sesión pública. Título V. De los tribunales y de la administración de justicia en lo civil y criminal. Capítulo 1.º De los tribunales. Se devuelve a la comisión el artículo 249 (250 del texto final).
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19 noviembre 1811:
Sesión de la comisión. Se aprueban el artículo 322 del Capítulo 2º. Del gobierno político de las provincias y de las diputaciones provinciales, del Título VI. Del Gobierno interior de las provincias y de los pueblos.
Sesión pública. Título V. De los tribunales y de la administración de justicia en lo civil y criminal. Capítulo 1.º De los tribunales. Se aprueban los artículos 249 a 251 (250 a 252 del texto final).
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20 noviembre 1811:
Sesión de la comisión. Se aprueba el artículo 323 del Capítulo 2º. Del gobierno político de las provincias y de las diputaciones provinciales, del Título VI. Del Gobierno interior de las provincias y de los pueblos.
Sesión pública. Título V. De los tribunales y de la administración de justicia en lo civil y criminal. Capítulo 1.º De los tribunales. Se aprueban los artículos 252 a 254 (253 a 255 en el texto final).
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21 noviembre 1811:
Sesión de la comisión. Se emplea toda la sesión en discutir el número de individuos que deberían componer las Diputaciones en la Península y en Ultramar.
Sesión pública. Título V. De los tribunales y de la administración de justicia en lo civil y criminal. Capítulo 1.º De los tribunales. Se aprueban los artículos 255 a 257 (254 a 256 en el texto final). Se debate el 258 (257), pero queda pendiente.
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22 noviembre 1811:
Sesión de la comisión. Se emplea toda la sesión en discutir el mismo punto sobre el número de individuos de las diputaciones.
Sesión pública. Título V. De los tribunales y de la administración de justicia en lo civil y criminal. Capítulo 1.º De los tribunales. Prosigue la discusión sobre las proposiciones presentadas el día anterior por el conde de Toreno en relación con el artículo 258 y siguientes que tratan del Supremo Tribunal de Justicia, su composición y funciones. Se acuerda devolver el artículo a la comisión.
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23 noviembre 1811: Sesión de la comisión. Se aprueban los artículos 324 y 325 del Capítulo 2º. Del gobierno político de las provincias y de las diputaciones provinciales, del Título VI. Del Gobierno interior de las provincias y de los pueblos.
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24 octubre 1811: Sesión pública. Título V. De los tribunales y de la administración de justicia en lo civil y criminal. Capítulo 1.º De los tribunales. Se aprueba el párrafo cuarto del artículo 260 (261 en el texto final).
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25 noviembre 1811:
Sesión de la comisión. Se aprueban los artículos 326 y 327 del Capítulo 2º. Del gobierno político de las provincias y de las diputaciones provinciales, del Título VI. Del Gobierno interior de las provincias y de los pueblos.
Sesión pública. Título V. De los tribunales y de la administración de justicia en lo civil y criminal. Capítulo 1.º De los tribunales. Se aprueban los apartados seis a octavo del artículo 260 (261 en el texto final). El apartado cuarto se devuelve a la comisión tras la presentación de una adición, y el quinto queda pendiente de lo que se resuelva respecto al anterior.
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26 noviembre 1811: Sesión pública. Título V. De los tribunales y de la administración de justicia en lo civil y criminal. Capítulo 1.º De los tribunales. Se aprueba el apartado noveno del artículo 260 (261 en el texto final).
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27 noviembre 1811: Sesión de la Comisión. Se aprueban los artículos 328 a 332 del Capítulo 2º. Del gobierno político de las provincias y de las diputaciones provinciales, del Título VI. Del Gobierno interior de las provincias y de los pueblos.
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28 noviembre 1811:
Sesión de la comisión. Se discute sobre el punto que se estaba discutiendo en las Cortes perteneciente al primer capítulo de la potestad judicial, a saber, el artículo que establece que toda causa civil o criminal haya de terminarse dentro del territorio de cada Audiencia.
Sesión pública. Título V. De los tribunales y de la administración de justicia en lo civil y criminal. Capítulo 1.º De los tribunales. Se aprueban los apartados décimo y undécimo, últimos del artículo 260 (261 en el texto final) y se empieza a discutir el 261 (262), que queda pendiente.
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29 noviembre 1811:
Sesión de la comisión. Se aprueban los apartados uno y dos del artículo 333 del Capítulo 2º. Del gobierno político de las provincias y de las diputaciones provinciales, del Título VI. Del Gobierno interior de las provincias y de los pueblos.
Sesión pública. Título V. De los tribunales y de la administración de justicia en lo civil y criminal. Capítulo 1.º De los tribunales. Se aprueba el artículo 261 (262 en el texto final).
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30 noviembre 1811:
Sesión de la comisión. Se aprueban los apartados tres y cuatro del artículo 333 del Capítulo 2º. Del gobierno político de las provincias y de las diputaciones provinciales, del Título VI. Del Gobierno interior de las provincias y de los pueblos.
Sesión pública. Título V. De los tribunales y de la administración de justicia en lo civil y criminal. Capítulo 1.º De los tribunales. Se discute la proposición de José Zorraquín sobre el artículo 261(262 en el texto final), que se rechaza.
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