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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 87, de 16/02/2024
cve: BOCG-15-D-87 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


16 de febrero de 2024


Núm. 87



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


DIPUTADOS


Declaración de bienes y rentas de los señores Diputados ... (Página3)


Declaración de intereses económicos ... (Página24)


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000004 Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Igualdad, relativa a la lucha contra los discursos de odio, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista ... (Página29)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000122 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre los problemas del sector primario español ... (Página32)


162/000123 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, de medidas contra la sequía ... (Página34)


162/000124 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, para la reprobación de la Ministra de Juventud e Infancia ... (Página35)


162/000125 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX, para la denuncia del Pacto Verde Europeo y la defensa de los intereses nacionales ... (Página37)


162/000126 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, relativa a la consecución de avances reales en la consecución plena de la cobertura sanitaria universal, así como su monitorización y cumplimiento en
las diferentes Comunidades Autónomas ... (Página40)


162/000127 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre medidas urgentes para dar respuesta a las demandas del sector primario ... (Página44)


162/000128 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, de medidas en apoyo al sector de la agricultura y la ganadería en España ... (Página48)



Página 2





162/000129 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, relativa a la reducción de la jornada máxima legal de trabajo ordinario ... (Página49)


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


232/000029 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 6309/2022, promovido por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, contra el artículo 29 del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de
medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural ... href='#(Página52)'>(Página52)


232/000030 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 3101/2021, promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, contra la Ley
Orgánica 4/2021, de 29 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial en funciones ... href='#(Página53)'>(Página53)


232/000031 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 1937/2022, promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario VOX en el Congreso de los Diputados, contra la disposición
adicional quinta de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, y la disposición final trigésima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, que da una nueva
redacción al primer párrafo de la disposición adicional quinta de la Ley 19/2021 ... (Página55)


233/000008 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 2800/2023, planteada por la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en relación con el artículo
3. Primero, apartados uno y dos, del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, por posible
vulneración de los artículos 86.1 y 31.1 de la Constitución española... (Página56)


234/000005 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de amparo número 843/2021-C, sobre las actuaciones relativas al acuerdo de la Presidenta del Congreso de los Diputados de 4 de febrero de 2021 ... href='#(Página57)'>(Página57)


234/000006 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en el recurso de amparo número 74/2022, sobre las actuaciones relativas al acuerdo de la Presidenta del Congreso de los Diputados de 22 de octubre de 2021 ... href='#(Página58)'>(Página58)



Página 3





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


DIPUTADOS


De conformidad con lo dispuesto en la Norma 5 del Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, de 21 de diciembre de 2009, por el que se aprueban las Normas en materia de registro de intereses, en los términos de la
redacción dada por la modificación acordada por las Mesas de ambas Cámaras, en su reunión del día 19 de julio de 2011, para dar cumplimiento a lo establecido en la reforma del artículo 160.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, se
ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las siguientes declaraciones de bienes y rentas presentadas, una vez calificadas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de febrero de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


ÍNDICE


LAGO PEÑAS, Manuel (GSUMAR) (núm. expte. 005/000374/0000)0 ... (Página9)


PIN FERRANDO, Gala (GSUMAR) (núm. expte. 005/000326/0001)1 ... (Página4)


URIARTE BENGOECHEA, Edurne (GP) (núm. expte. 005/000375/0000)0 ... (Página19)


VÁZQUEZ VEGA, Pablo (GP) (núm. expte. 005/000170/0001)2 ... (Página14)


0 Declaración inicial.


1 Modificación de la declaración.


2 Declaración final.



Página 4





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Página 5





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Página 6





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Página 20





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Página 23





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Página 24





De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.4 del Código de Conducta de las Cortes Generales, aprobado por Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado de 1 de octubre de 2020, se ordena la publicación en el Boletín
Oficial de las Cortes Generales de las siguientes declaraciones de intereses económicos presentadas, una vez calificadas.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de febrero de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


ÍNDICE


LAGO PEÑAS, Manuel (GSUMAR) (núm. expte. 007/000375/0000)1 ... (Página27)


PIN FERRANDO, Gala (GSUMAR) (núm. expte. 007/000328/0001)2 ... (Página25)


1 Declaración inicial.


2 Modificación de la declaración de intereses económicos.



Página 25





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Página 29





COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


158/000004


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(158) Solicitud de creación de Subcomisiones y Ponencias.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Solicitud de creación de una Subcomisión, en el seno de la Comisión de Igualdad, relativa a la lucha contra los discursos de odio.


Acuerdo:


Admitir a trámite y trasladar a la Comisión de Igualdad, a los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia de 26 de junio de 1996, y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de febrero de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo dispuesto en la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996, sobre procedimiento de creación y reglas de funcionamiento de las Subcomisiones en el seno
de las Comisiones de la Cámara, solicita la constitución de una Subcomisión relativa a la lucha contra los discursos de odio, en el seno de la Comisión de Igualdad.


Exposición de motivos


La Estrategia y Plan de Acción de la ONU para la lucha contra el discurso de odio, con el fin de ofrecer un marco unificado que aborde este problema a nivel mundial, define este discurso como 'cualquier tipo de comunicación ya sea oral o
escrita, o también comportamiento, que ataca o utiliza un lenguaje peyorativo o discriminatorio en referencia a una persona o grupo en función de lo que son, en otras palabras, basándose en su religión, etnia, nacionalidad, raza, color, ascendencia,
género u otras formas de identidad'.


Los efectos que generan los discursos de odio recaen, de manera directa, sobre las personas a las que van dirigidos, su familia y su entorno, a quienes pueden producir daños emocionales o psicológicos. Pero van mucho más allá. Los
discursos de odio dividen y segregan a la sociedad, contribuyendo a la perpetuación de estereotipos discriminatorios y a la estigmatización de determinados colectivos. Por ello, constituyen un caldo de cultivo que, en muchas ocasiones, impulsa
conductas discriminatorias, abusos y puede incitar a la violencia, poniendo en riesgo la convivencia y la paz social.


Según datos del 'Informe sobre la evolución de los delitos de odio en España 2022', presentado en julio de 2023 por el Ministerio del Interior, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado investigaron en 2022 un total de 1.869 infracciones
penales e incidentes de odio en España, lo que supone un incremento del 3,7 por ciento respecto a 2021. Los más numerosos son los delitos de odio por racismo y xenofobia, con 755 hechos, que representan el 43,5 por ciento de total de las denuncias.
Le siguen los delitos de odio cometidos en los ámbitos de la orientación sexual e identidad de género (459 hechos), y en tercer lugar se sitúan los delitos de ideología (245 hechos).



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En cuanto a la variación interanual, los que sufren un mayor incremento son los delitos de odio por discriminación por razón de sexo y género, un 76,6 por ciento más que en 2021. También destaca el ascenso de los delitos por aporofobia, que
crecen un 70 por ciento, y por antigitanismo, que se incrementan en un 22,2 por ciento.


Respecto de la tipología delictiva de estos hechos de odio, destacan las lesiones (423) y las amenazas (338), seguidas por las injurias (116) y los daños (106).


Ante esta situación, las organizaciones de la sociedad civil que trabajan por los derechos humanos y los sindicatos más representativos suscribieron, en mayo de 2023, un texto consensuado que define un Pacto Social contra los discursos de
odio. Este Pacto Social fue firmado por la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y más (FELGTBI+); Fundación Triángulo; Asociación Chrysallis; Fundación ONCE; CERMI; Cesida; el Consejo de la Juventud de
España; Red Acoge; CEAR; HOGAR SÍ; Fundación Secretariado Gitano; CCOO y UGT.


Estas organizaciones defienden que 'los discursos de señalamiento y odio contra grupos en situación de vulnerabilidad, y sus consecuencias, construyen una sociedad española con más violencia, más agresiones y más discriminación'. Por ello,
han pedido a las fuerzas políticas que impulsen un acuerdo institucional para blindar los derechos humanos y en contra de los discursos de odio.


El motivo principal que nos lleva a solicitar la creación de esta subcomisión es la preocupación por el incremento de los discursos de odio y por las consecuencias que éstos tienen sobre las personas, sobre determinados colectivos y sobre
toda la sociedad.


El objeto de la misma es avanzar en el conocimiento de los discursos de odio en España y abordar las herramientas para combatirlos de manera eficaz, así como las vías de defensa y atención a los grupos que se encuentran en situación de
vulnerabilidad.


A) Entre otras cuestiones, el objeto de la Subcomisión es analizar los siguientes temas:


- Evolución cuantitativa y cualitativa de los discursos de odio en nuestro país.


- Ámbitos en los que se originan y se emiten, personas o colectivos contra los que se dirigen y personas o colectivos entre los que se difunden.


- Medios que se utilizan para expresarlos y propagarlos.


- Posibles mejoras de las estadísticas y la medición de los discursos de odio y sus efectos.


- Factores que inciden en el incremento de los discursos de odio.


- Repercusiones y efectos de los discursos de odio.


- Cauces para seguir avanzando en el cumplimiento de la normativa europea e internacional de derechos humanos.


- Medidas de respuesta social y política frente a los discursos de odio.


- Herramientas jurídicas para proteger a los grupos en situación de vulnerabilidad.


- Medidas de protección en el ámbito laboral.


- Sensibilización de la sociedad en general.


- Formación y sensibilización en las distintas profesiones que trabajan con grupos en situación de vulnerabilidad.


- Mecanismos para promover una justicia restaurativa, con participación de los colectivos en situación de vulnerabilidad.


- Información a las víctimas de sus derechos y de las herramientas que tienen para ejercerlos y defenderlos.


- Mecanismos de coordinación, en todos los ámbitos, para evitar cualquier retroceso.


B) Composición


La Subcomisión se compondrá de quince miembros, de los que tres pertenecerán al Grupo Parlamentario Popular, tres al Grupo Parlamentario Socialista, dos al Grupo Parlamentario Vox, dos al Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar y uno a cada
uno de los restantes grupos parlamentarios.



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Todos los parlamentarios designados deberán ser miembros de la Comisión de Igualdad.


Los grupos podrán designar a un suplente por cada uno de sus representantes. Los suplentes deberán ser miembros o estar adscritos a la Comisión de Igualdad.


C) Adopción de acuerdos


Para adoptar acuerdos, la Subcomisión deberá estar reunida reglamentariamente y contar con la representación de grupos parlamentarios que integren a la mayoría de los miembros de la Cámara.


En los acuerdos que adopte la Subcomisión se aplicará el criterio de voto ponderado. A los efectos de la ponderación del voto, cuando dos o más integrantes de un mismo Grupo Parlamentario votaran en sentido discordante, únicamente se tendrá
en cuenta el criterio expresado por el portavoz del citado grupo en la Comisión. En ausencia del portavoz, se tendrá en cuenta el criterio expresado por el portavoz adjunto. En todo caso, se reflejará en el acta de la sesión el sentido del voto
indicado por cada Diputado.


D) Funcionamiento


La Subcomisión podrá solicitar que las comparecencias que se celebren en relación con su objeto de trabajo se sustancien ante la Comisión. Se aplicará en ese caso lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento de la Cámara.


Los grupos parlamentarios podrán solicitar la documentación necesaria para la realización de los trabajos de la Subcomisión desde el momento de su constitución.


E) Plazo para la realización de los trabajos de la Subcomisión


La Subcomisión deberá realizar el estudio correspondiente y aprobar el correspondiente Informe en un plazo máximo de 6 meses desde su constitución.


El Informe será sometido para su aprobación por la Comisión de Igualdad.


El plazo para la realización de los trabajos podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el punto tercero de la Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados de 26 de junio de 1996.


El acuerdo del Pleno en virtud del cual se concede la prórroga deberá tener lugar antes de la finalización del plazo de 6 meses establecido en el párrafo anterior.


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de febrero 2024.-Montse Mínguez García, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de febrero de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.



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162/000122


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre los problemas del sector
primario español, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El sector productor primario ha convocado movilizaciones a lo largo de toda Europa. El descontento es generalizado, por múltiples factores, desde la asfixia por la implantación de requisitos ambientales y burocráticos que dificultan su
actividad, hasta la inseguridad jurídica, incremento de los costes y la indefensión ante la competencia desleal ejercida por producciones procedentes de terceros países.


Antes de declararse el estado de alerta por el COVID 19, el sector agrario se encontraba en una situación crítica por la caída de las rentas y de desequilibrio de en la cadena agroalimentaria. Entonces, en España, las movilizaciones
agrarias se aplazaron para prestar a la sociedad española un servicio esencial de abastecimiento alimentario y desinfección de pueblos y ciudades por causa de la pandemia y el confinamiento.


En tan solo unos meses, los agricultores, ganaderos y en general toda la cadena agroalimentaria, han pasado de ser el escudo protector que nos permitía garantizar el abastecimiento de alimentos en nuestros hogares a ser marcados como
responsabilizados del incremento de los precios de los alimentos.


Desde la crisis originada por el conflicto bélico en Ucrania, las explotaciones y actividades del sector agroalimentario, empezando por los productores primarios, han tenido que asumir un incremento de los costes de producción que han
terminado repercutiendo en el balance de las explotaciones y los precios.


En este debate se ponía en valor la seguridad alimentaria de las producciones de la UE y la apuesta por incrementar la producción local sostenible de alimentos, a fin de reducir las dependencias estructurales del exterior.


A todo ello, en España, se ha sufrido unos años de sequía que han provocado un descenso en la producción de determinados productos alimentarios, esenciales para nuestra dieta y balanza comercial.


Mientras tanto, los problemas estructurales del sector no se solucionaban. La puesta en marcha de la nueva Política Agraria Común (PAC), quizás en el momento más inoportuno, aunque tuvo un retraso de 2 años, ha obstaculizado el proceso de
recuperación y la estabilidad que necesitaba el sector primario para realizar una transición productiva que exigía la UE.


El nuevo modelo de PAC permitía a los Estados miembros una mayor flexibilidad en el diseño del marco del Plan Estratégico (PEPAC). En el caso español, pese al llamamiento de algunas organizaciones, el Gobierno procedió con falta de diálogo
y consenso. El PP ha manifestado, en repetidas ocasiones, las críticas sobre la forma de actuar del Gobierno y las complicaciones que suponía el modelo planteado, además de los recortes presupuestarios, y la necesidad dotar al sistema alimentario
de seguridad, estabilidad y rentabilidad.


Durante el primer año han quedado de manifiesto las dificultades de aplicación, más compleja y menos atractiva. Los productores son los primeros interesados en impulsar la sostenibilidad, de las medidas ambientales y de la legalidad
laboral, pero éstas deberían plantearse, no como una carga y sí con una oportunidad, y sobre todo con apoyos adicionales y no condicionando la aportación de la PAC.


Es evidente que los productores no están percibiendo una mejor situación económica, pese a que el Gobierno se esmere en sobre ponderar algunos datos macroeconómicos. Las ayudas realizadas no han servido para paliar el aumento de la crisis
inflacionista y de costes de producción. Los beneficios que podría producir una transición ordenada y gradual a otro modelo de producción se han convertido en amenazas que ponen en peligro la viabilidad de las producciones.



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La situación es tan tensa y desde otro Estado miembro se ha llegado incluso a criticar el modelo de control de los alimentos ecológicos, mientras una vez más el Gobierno ha tardado en salir a defender estas producciones.


En marzo del año 2021 el mundo rural, en general, ya manifestaba su malestar y el sector vuelve a las movilizaciones, porque ha entendido que sólo de esta manera parece ser atendido por el Gobierno.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados considera al sistema agroalimentario español, por su importante aportación a la economía, a la vida y al futuro en el ámbito rural, como un sector de carácter estratégico.


En consecuencia, el Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Reforzar la imagen de los productos alimentarios españoles en los mercados, poniendo en valor la calidad, la seguridad y el alto valor de nuestros alimentos y gastronomía.


2. Garantizar la producción de alimentos en España y en Europa, en general, y no incrementar nuestra dependencia de terceros países, manteniendo el tejido agrario y la rentabilidad de nuestras explotaciones, impidiendo la aprobación de
ninguna norma que suponga restricciones a la producción o la disponibilidad de alimentos en Europa, sin antes haber regulado las alternativas que permitan mantener la competitividad a los productos españoles y europeos y realizando una revisión de
los acuerdos comerciales con terceros países a fin de incorporar avances ambientales y deben flexibilizarse con carácter urgente las restricciones aplicadas a los agricultores y ganaderos en Europa.


3. Implantar el informe de impacto en la economía rural y en la producción de alimentos, o impacto de ruralidad, en cualquier norma que se apruebe.


4. Exigir, con carácter inmediato, la flexibilización de la Política Agraria Común, a efectos de consensuar criterios impuestos unilateralmente por el Gobierno de España, con medidas como la reducción de trámites, la revisión de los
ecorregímenes y el aplazamiento del cuaderno digital hasta el plazo establecido en el resto de los países de la Unión Europea.


5. Alcanzar un Pacto Nacional del Agua que asegure el abastecimiento de recursos hídricos en la producción agrarias y ganaderas y pueda dar futuro a toda España, asegurando la disponibilidad de agua para los cultivos y las industrias como
garantía de seguridad alimentaria. El Pacto incluirá el compromiso de las inversiones en infraestructuras que garanticen la disponibilidad de agua para hacer frente a sequías, altas temperaturas y el control de inundaciones, así como modernizar
regadíos.


6. Realizar una revisión de la Ley de la cadena alimentaria a fin de garantizar el equilibrio entre los agentes de la cadena y evitar la inseguridad jurídica.


7. Revisar el Plan de seguros agrarios combinados para actualizar rendimientos por hectárea y ampliar coberturas ante problemas de mercados.


8. Reformar el PERTE agroalimentario, revisando los criterios y fondos asignados a fin de que se ajusten a las características del tejido agroindustrial de nuestro país.


9. Revise las actuales políticas de sanidad animal, con la creación de un grupo de expertos que analice la situación de la cabaña ganadera y establezca criterios técnicos de prevención y atención ante enfermedades y realizar el adecuado
control de la fauna salvaje y las especies invasoras para garantizar la conservar la biodiversidad y mantener protegida la actividad agrícola.


10. Revisar todos aquellos elementos que lastran nuestra competitividad en la normativa nacional y no son consecuencia de ninguna exigencia europea, evitando crear nuevos impuestos, ni aplicar más cargas adicionales a ninguno de los agentes
de la cadena alimentaria, suspender el impuesto al plástico, dado que España ha sido de los primeros países en aplicarlo, con recaudación récord por encima de las propias estimaciones del Gobierno en su primer año de aplicación y rebajar el IVA de
los productos esenciales, incluidos carne, pescado, conservas y todos los productos lácteos y sus derivados.



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11. Exigir el pago inmediato de las indemnizaciones correspondientes a los productos que han sufrido ataques en territorio francés.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2024.-Pedro Ignacio Gallardo Barrena, Milagros Marcos Ortega, María de las Mercedes Cantalapiedra Álvarez, Asier Antona Gómez, María del Socorro Cuesta Rodríguez, Javier José Folch
Blanc, Manuel García Félix, Alfonso Carlos Macías Gata, Antonio Martínez Gómez, Joaquín Melgarejo Moreno, Javier Merino Martínez, Rosa Quintana Carballo, Óscar Ramajo Prada, Juan Diego Requena Ruiz, Sergio Sayas López y Macarena Montesinos de
Miguel, Diputados.-Miguel Tellado Filgueira, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/000123


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto y, en su representación, su Portavoz Adjunta doña lone Belarra Urteaga, al amparo de los artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley de medidas contra la
sequía, para su debate en el Pleno del Congreso de los Diputados.


Exposición de motivos


Nuestras sociedades y nuestros sistemas políticos se enfrentan a una emergencia climática sin precedentes que tiene que ser abordada con una movilización histórica de recursos, una batería de reformas verdaderamente sistémicas y voluntad
política firme para llevarlo a cabo.


La necesidad de poner en marcha ya una transición ecológica y energética socialmente justa supone una tarea de primer orden para prepararnos aquí y ahora para los efectos, que ya son notorios y significativos, del calentamiento global en
nuestras vidas y nuestra cotidianidad.


En España estamos viviendo una de las peores sequías de los últimos años, que ha llevado a tomar decisiones sin precedentes como la declaración de emergencia por sequía en Barcelona y su área metropolitana y en Girona y su entorno, ante la
situación de los embalses que abastecen estas zonas por la falta de lluvias. Se verán afectados 202 municipios que estaban en preemergencia, y que suman 5,9 millones de habitantes.


Esta falta de lluvias tiene consecuencias para todo el mundo pero especialmente para el sector primario. La sequía supone una reducción de las cosechas y lleva las indemnizaciones por daños a un récord histórico, que sumado a los altos
costes y la tendencia a la baja de algunos precios internacionales lastran al sector agrario.


En este escenario, es necesario señalar que el modelo predominante de ganadería industrial en España es insostenible. Según Greenpeace, la ganadería consume 48.000 millones de metros cúbicos de agua en un año, lo equivalente al consumo de
todos los hogares españoles durante más de 21 años y según la FAO, la agricultura representa el 70 % de la extracción mundial de agua dulce.


La situación de emergencia por sequía en Cataluña, coincide con ser uno de los territorios del Estado que asume una carga de ganadería intensiva y macrogranjas mucho mayor.


Necesitamos un Escudo Climático ante la crisis ecológica que proteja a la ciudadanía, al igual que se planteó el Escudo Social con la emergencia derivada de la pandemia de la COVID-19 y las consecuencias económicas y sociales de la guerra en
Ucrania.


Apostar por una agricultura familiar y social y menos intensiva e industrial es clave para evitar la uberízación en el campo, proteger a las familias frente a los fondos buitre y grandes multinacionales extractivistas en el campo, garantizar
empleos fijados al territorio y apostar verdaderamente por la soberanía alimentaria y una transición ecológica justa.



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Por todo lo anterior, se propone la siguiente


Proposición no de Ley


'1. Aplicar una moratoria a los regadíos hiperintensivos en manos de fondos buitre y macrogranjas. Una moratoria que debería extenderse a la apertura de nuevos regadíos ordinarios en cuencas afectadas habitualmente por la sequía, así como
el control del suministro a aquellos ya existentes en cuencas que se encuentren en situación de sequía, exceptuando a la ganadería familiar y profesional.


2. En las CCAA con situaciones de emergencia aplicar un recorte del consumo de agua del regadío hiperintensivo y de la ganadería hiperintensiva de un 80 %.


3. Un plan de estudio para el refuerzo de la eficiencia y la sostenibilidad de nuestros recursos hídricos en las zonas que pueden potencialmente estar afectadas por la sequía.


4. No dejar caer a ninguna pequeña o mediana explotación agrícola o ganadera, que se ven afectadas por las consecuencias de la crisis climática. Se promoverá a través del Gobierno, un aumento de las partidas de ayudas directas y de líneas
de crédito y la garantía de la adaptación de las reglas de la PAC.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 6 de febrero de 2024.- lone Belarra Urteaga, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000124


A la Mesa del Congreso de los Diputados


María José Rodríguez de Millán Parro, Carlos Flores Juberías, Alberto Teófilo Asarta Cuevas y José María Sánchez García, en sus respectivas condiciones de Portavoz y Diputados del Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en
los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley para la reprobación de la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, para su discusión en Pleno.


Exposición de motivos


Primero. La Política Exterior del actual Gobierno Español.


Desde su toma de posesión, la política exterior del Ejecutivo presidido por Pedro Sánchez se ha caracterizado por minar el prestigio internacional de nuestro país.


Un buen ejemplo de ello es el cambio de postura en relación con el Sáhara Occidental. Durante más de medio siglo, los distintos gobiernos españoles han mantenido una misma postura en relación con esta cuestión. Dicha posición consistía en
el respaldo a la propuesta de resolución del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, esto es, la elaboración de un censo y un posterior referéndum en la zona que determinase si ésta quería pasar a formar parte del Reino de Marruecos, o ser
independiente.


No obstante, el Gobierno de Pedro Sánchez decidió que la tesis marroquí era 'la base más seria, creíble y realista' 1 para zanjar el conflicto. Con esta declaración, el Ejecutivo español realizaba un giro total que ponía en evidencia su
falta de estrategia -y previsibilidad- en política exterior. Así, esta actuación unilateral del Gobierno tuvo grandes repercusiones para la sociedad española, pues Argelia, uno de los principales suministradores de hidrocarburos de España, llamó a
consultas a su embajador en Madrid y suspendió el Tratado de Amistad, Buena Vecindad y Cooperación con España, que


1 Nueva etapa del Partenariado entre España y Marruecos: Declaración Conjunta. 07.04.22. Disponible [en línea]: https://www.lamoncloa.gob.es/presidente/actividades/Documents/2022/070422-declaracion-conjunta-Espana-Marruecos.pdf



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databa de 2002. De esta forma, nuestro país ha perdido su posición como socio preferente con el país norteafricano en favor de Italia.


El giro diplomático en el Sáhara no es un caso aislado de actuación heterodoxa, sino que se incardina y se explica en la errática política exterior del Ejecutivo. Así las cosas, mientras se celebraba la Cumbre de la OTAN en nuestro país,
parte del Gobierno se manifestaba en contra de la existencia misma de la Organización del Tratado del Atlántico Norte. De hecho, miembros del Ejecutivo en aquel momento la calificaron como 'organización terrorista' 2.


La última muestra de esta serie de actuaciones rupturistas, las cuales van en detrimento del interés nacional y el prestigio internacional de nuestro país, es la posición que está manteniendo el Ejecutivo en relación con el conflicto entre
el Estado de Israel y la organización terrorista Hamás.


El Gobierno español es el único en todo Occidente que ha calificado la respuesta del Estado israelí de 'genocidio' 3 y que ha pedido al Fiscal del Tribunal Penal Internacional la detención del primer ministro israelí, Benjamín Netanyahu,
para que sea juzgado por crímenes de guerra, lesa humanidad y genocidio contra el pueblo palestino 4.


Esta disonancia entre lo que expresa la inmensa mayoría de países occidentales -esto es, apoyo a la legítima de defensa de Israel- alcanzó su mayor cota cuando el propio presidente del Gobierno puso en duda que Israel estuviese cumpliendo
con el Derecho Internacional Humanitario 5.


Las reacciones no se hicieron esperar y el gobierno israelí llamó a consultas a su embajadora en España, y convocó a la embajadora de España en Israel, Ana Salomón, para manifestar el malestar del ejecutivo israelí por las palabras del
presidente Sánchez.


En el lado opuesto, el grupo terrorista Hamás agradeció las declaraciones del presidente español y solicitando la posibilidad de que España reconociese unilateralmente al Estado Palestino 6.


Segundo. La participación de la Ministra de Juventud e Infancia en un acto organizado por una entidad terrorista.


En esta espiral de confrontación con el Estado de Israel, de alejamiento de las posturas mantenidas por los países de nuestro entorno y de blanqueamiento de grupos terroristas -tanto dentro como fuera de España-, el Gobierno parece no tener
límite a la hora de perjudicar la imagen internacional de España como país serio y fiable.


La última manifestación de ello es la participación de la actual ministra de Juventud e Infancia, Sira Regó, en la manifestación en favor de Palestina celebrada el pasado 27 de enero en Madrid. Más allá del objeto del evento, lo más
relevante es que fue organizado por el Frente Popular para la Liberación de Palestina ('FPLP'), que está considerado tanto por España como por la Unión Europea como una organización terrorista 7.


2 MARTÍNEZ, Marta: 'El ministro Garzón calificó la OTAN como una organización terrorista en 2013', ABC, 31.05.22. Disponible [en línea]:
https://www.abc.es/espana/abci-ministro-garzon-califico-otan-como-organizacion-terrorista-2013-202205311501_noticia.html


3 'Belarra vuelve a acusar a Israel de perpetrar un genocidio contra el pueblo de Palestina', La Gaceta de la Iberosfera, 31.12.23. Disponible [en línea]:
https://gaceta.es/espana/belarra-vuelve-a-acusar-a-israel-de-perpetrar-un-genocidio-contra-el-pueblo-de-palestina-20231231-1230/


4 'Belarra, Montero y Rufián piden en un escrito al Tribunal Penal Internacional juzgar a Netanyahu por crímenes de guerra', Europapress, 14.11.23. Disponible [en línea]:
https://www.europapress.es/nacional/noticia-belarra-montero-rufian-piden-escrito-tribunal-penal-internacional-iuzgar-netanyahu-crimenes-guerra-20231114094740.html


5 PERALTA, Patricio: 'Crece la tensión diplomática: Israel llama a consultas a su embajadora en España por declaraciones de Sánchez', France 24, 30.11.23. Disponible [en línea]:
https://www.france24.com/es/medio-oriente/20231130-crece-la-tensi%C3%B3n-diplom%C3%A1tica-israel-llama-a-consultas-a-su-embajadora-en-espa%C3%B1a-por-declaraciones-de-s%C3%A1nchez


6 EMERGUI, Sal: 'Hamas agradece la postura clara y audaz de Sánchez sobre la guerra de Gaza', El Mundo, 25.11.23. Disponible [en línea]: https://www.elmundo.es/internacional/2023/11/25/6561f026fdddff5a898b4572.html


7 'La ministra de Juventud, en primera fila de la protesta propalestina organizada por terroristas', El Debate, 28.01.24. Disponible [en línea]:
https://www.eldebate.com/espana/20240128/ministra-juventudmarcha-protesta-propalestina-organizada-terroristas_170386.html



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Es imperativo que el actual Gobierno se replantee seriamente su postura internacional para no perjudicar los intereses de España.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados:


1. Acuerda la reprobación de la ministra de Juventud e Infancia por su participación en un acto organizado por el Frente Popular para la Liberación de Palestina ('FPLP'), una organización catalogada como terrorista tanto por el Reino de
España, como por la Unión Europea.


2. Insta al presidente del Gobierno a que cese de inmediato a la ministra de Juventud e Infancia, Sira Abed Rego, por el serio perjuicio causado a los intereses de España.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de febrero de 2024.-Carlos Flores Juberías, Alberto Teófilo Asarta Cuevas y José María Sánchez García, Diputados.- María José Rodríguez de Millán Parro, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


162/000125


A la Mesa del Congreso de los Diputados


María José Rodríguez de Millán Parro, Ricardo Chamorro Delmo, José Ramírez del Río, Tomás Fernández Ríos, Ignacio Hoces Íñiguez y Francisco José Alcaraz Martos, en su condición respectiva de Portavoz y Diputados del Grupo Parlamentario VOX
(GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan la siguiente Proposición no de Ley para la denuncia del Pacto Verde Europeo y la defensa de los intereses nacionales, para su discusión en
Pleno.


Exposición de motivos


Primero. El Pacto Verde Europeo.


El Pacto Verde Europeo es el conjunto de medidas legales, políticas, económicas y financieras mediante las que, desde las instituciones de la Unión Europea, se está imponiendo una agenda de transformación de las economías de los estados
miembros con el fin de adaptarlas a una serie de objetivos climáticos. El más importante de ellos, piedra de toque de todo el Pacto, alcanzar cero emisiones netas de gases de efecto invernadero para 2050.


Esta estrategia, de marcado carácter globalista, ha sido elaborada e implementada a espaldas de los intereses sociales y económicos de los españoles, que sin embargo son los que están soportando las peores consecuencias de las restricciones,
normas y acciones del Pacto Verde Europeo. Entre estos sectores, el sector primario nacional es sin duda uno de los más perjudicados por la agenda verde impuesta desde Bruselas y asumida por el gobierno de España.


Este Pacto fue presentado por la Comisión Europea el 11 de diciembre de 2019 con el objetivo de dar cumplimiento a los Acuerdos de París y, según se estableció, 'un tercio de los 1,8 billones de euros de inversiones del plan de recuperación
NextGenerationEU y el presupuesto de siete años de la UE financiarán el Pacto Verde Europeo' 8.


Para su desarrollo, se han elaborado multitud de normas que recogen exigencias e imposiciones para nuestros productores que han lastrado la economía y la viabilidad de nuestro sector primario. Entre estas destacan la Estrategia de la Granja
a la Mesa 9 y la


8 Ibidem.


9 https://www.consilium.europa.eu/es/policies/from-farm-to-fork/



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Estrategia de Biodiversidad 2030 10. Ambas iniciativas pretenden objetivos climáticos y medioambientales de imposible consecución en los plazos establecidos. La Estrategia de la Granja a la Mesa, impulsada por la Comisión Europea, otorga
prioridad al fomento de los cultivos ecológicos dentro de la UE, con el objetivo para el año 2030 de que el 25 % de la superficie agrícola sea ecológica. Además, establece metas específicas para el mismo año, incluyendo una reducción del 50% en el
uso de plaguicidas, del 20 % en el uso de fertilizantes y del 50% en pérdidas de nutrientes.


En paralelo, la Estrategia de Biodiversidad 2030 tiene como objetivo principal una supuesta 'restauración' del campo de la UE para el año 2030 que obliga a España a restaurar, al menos, el 20 % de las zonas terrestres y marítimas para 2030 y
que fija 2050 como el límite para la protección, valoración y restauración de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos en la UE. Sin embargo, estos objetivos omiten su impacto real en la tierra, que se traduce en la reducción de las hectáreas
de cultivo, en menos cosechas y, en consecuencia, en una subida exponencial de los precios de los alimentos.


Segundo. Medidas perjudiciales para el campo español sobre la base del Pacto Verde Europeo.


Un reciente informe publicado por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos alerta sobre el impacto que tendrán sobre el sector agrícola europeo las restricciones propuestas por la Comisión. En concreto establece que 'las medidas
de sostenibilidad alimentaria y agrícola propuestas por la [Comisión Europea] en su plan decenal para reducir el uso de insumos agrícolas tradicionales, fertilizantes, antimicrobianos y pesticidas en la UE provocarían una reducción tanto de la
producción agrícola de la UE como de su competitividad en los mercados de exportación. Además, la restricción del suministro de alimentos de la UE probablemente provocaría subidas de precios que afectarían a los presupuestos de los consumidores,
reducirían la seguridad alimentaria y disminuirían el PIB en todo el mundo' 11.


Estas estrategias han tenido repercusión directa sobre otros mecanismos, hasta ahora de apoyo, al sector primario europeo. El principal de ellos, la Política Agraria Común ('PAC'), cuya función de sustento a las actividades agrícolas e
impulso a la competitividád está quedando progresivamente desplazada por la vinculación de las ayudas a criterios ideológicos ecologistas o, como en el caso de la última actualización de la PAC, la reversión del 10% de la superficie productiva
agraria.


La nueva PAC establece objetivos gravosos para los agricultores y ganaderos españoles. Una PAC con un 40 % de su presupuesto destinado a objetivos ambientales no es la más propicia para respaldar al sector en un contexto de emergencia
económica como el actual. Esta medida ya ha generado efectos adversos en el periodo octubre-diciembre de 2023, con una disminución de 580 millones de euros en las ayudas directas de la PAC para el campo español, en comparación con el mismo periodo
del año anterior 12. Según el Fondo Español de Garantía Agraria, los beneficiarios de estas ayudas han percibido 3.475 millones de euros, en contraposición a los 4.055 millones de euros recibidos en el mismo periodo de 2022.


Esta reducción del apoyo económico al sector primario se ha combinado con la imposición progresiva de nuevos impuestos, trabas legales y laberintos burocráticos que han llevado a las actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras al borde de
la desaparición por el aumento de costes y el abandono institucional. Del mismo modo, la resolución del Pacto Verde Europeo aprobada en 2020 impulsó el endurecimiento de las normas sobre bienestar animal, que también recaen sobre la industria
agroalimentaria.


Por si fuera poco, esta situación se está combinando con la permisividad a la importación descontrolada de productos de terceros países que no cumplen con las normativas a las que están sometidos nuestros productores, ya sea en términos
ambientales, de calidad o en lo referente a la regulación laboral. Resulta incoherente exigir


10 https://spain.representation.ec.europa.eu/noticias-eventos/noticias-0/estrategia-de-la-ue-sobre-biodiversidad-2030-proteccion-de-la-fauna-y-la-flora-2023-03-03_es


11 https://www.ers.usda.gov/publications/pub-details/?pubid=99740


12 https://coag.org/post/cerealistas-los-grandes-perdedores-del-ano-en-el-campo-espanol-455597



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medidas coercitivas para el sector primario europeo al mismo tiempo que se autoriza la entrada de productos procedentes de países que no cumplen con esas mismas exigencias, generando una competencia desleal con los propios productos
comunitarios 13.


Tercero. Desprotección del sector primario español.


En relación con lo expuesto, se debe destacar cómo los distintos Gobiernos de España han cedido a las exigencias de los burócratas de Bruselas, aplicando gravosos impuestos y permitiendo una excesiva regulación que ha tenido consecuencias
desastrosas para los productores y distribuidores españoles, hasta el punto de llevar a muchos productores al desánimo por mantener y legar la actividad familiar a sus hijos.


El principal ejemplo fue el acontecido el 15 de enero de 2020, cuando se sometió a votación en Estrasburgo la hoja de ruta del Pacto Verde Europeo 14 y en la que VOX fue el único partido español que se opuso. Contrariamente, el Partido
Popular y el Partido Socialista votaron a favor del texto que establecía un 'mayor nivel de ambición climática de la UE para 2030 y 2050'.


Este no es un hecho aislado, ya que el 87,8 % de las medidas abordadas en el Parlamento Europeo durante la presente legislatura han obtenido el consenso entre el Partido Socialista y el Partido Popular 15.


Cuarto. Conclusión.


En definitiva, es indudable que existe un consenso político que lleva décadas desarticulando nuestro sector primario, hoy concretado en la asunción de los postulados de la Agenda 2030 y el Pacto Verde Europeo 16. Precisamente frente a ese
acuerdo se han rebelado los agricultores europeos y españoles. La sostenibilidad del campo y la transición hacia fuentes de energía menos contaminantes no puede, en ningún caso, llevarse a cabo al margen de los intereses de España y de nuestro
sector primario. De ello depende el sustento de muchísimas familias. Las agendas ideológicas, en ningún caso, pueden estar por encima del bienestar de los españoles.


En virtud de lo expuesto, resulta necesario promover políticas que faciliten la libertad y la viabilidad económica de las unidades de producción e industrias vinculadas al sector primario.


Al amparo de lo expuesto, el Grupo Parlamentario VOX presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Denunciar ante las instituciones europeas el Pacto Verde Europeo y las graves consecuencias que ha tenido para la economía española, en especial el sector primario.


2. Promover la derogación de todas las políticas inspiradas en el Pacto Verde Europeo y en la Agenda 2030, especialmente la Estrategia de la Granja a la Mesa y la Estrategia por la Biodiversidad.


3. Favorecer una verdadera conservación del medio natural que conviva con el apoyo y el respeto a la actividad de nuestro sector primario.


4. Tomar las medidas necesarias para garantizar nuestra soberanía alimentaria, la eliminación de la competencia desleal y el fortalecimiento del principio de preferencia comunitaria.


13 https://cadenaser.com/murcia/2024/02/04/padilla-coag-la-politica-de-la-ue-con-respecto-a-las-importaciones-de-terceros-paises-es-una-hipocresia-radio-murcia/


14 Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de enero de 2020, sobre el Pacto Verde Europeo (2019/2956(RSP). https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2020-0005_ES.html


15 https://gaceta.es/europa/coalicion-bipartidista-en-bruselas-pp-y-psoe-votaron-lo-mismo-casi-el-90-de-las-veces-en-los-ultimos-cinco-anos-20240202-0005/?scroll-event=true


16


https://www.psoe.es/actualidad/entrevistas-actualidad/la-agenda-2030-nuestra-apuesta-por-un-progreso-justo-duradero-y-global/https://gaceta.es/espana/el-partido-popular-defiende-en-su-programa-electoral-el-cumplimiento-de-la-agenda-2030-20230
719-1652/



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5. Defender en el seno de las instituciones europeas los intereses de España y en particular de nuestro sector primario.


6. Instar a la revisión de los acuerdos comerciales con terceros países para suspender inmediatamente aquellos que permitan la importación de productos que no cumplan las exigencias fitosanitarias impuestas a nuestros productores. Del
mismo modo, no ratificar ningún acuerdo comercial que desproteja a nuestro sector primario.


7. Expresar el apoyo y el respeto a las legítimas protestas y reivindicaciones populares que desde el mundo rural exigen el fin inmediato de las políticas ecologistas que amenazan gravemente su viabilidad.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de febrero de 2024.-Ricardo Chamorro Delmo, José Ramírez del Río, Francisco José Alcaraz Martos, Tomás Fernández Ríos e Ignacio Hoces Íñiguez, Diputados.-María José Rodríguez de Millán Parro, Portavoz
del Grupo Parlamentario VOX.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la consecución de avances
reales en la consecución plena de la cobertura sanitaria universal, así como su monitorización y cumplimiento en las diferentes comunidades autónomas, para su debate en el Pleno de la Cámara.


Exposición de motivos


La cobertura sanitaria universal se considera un objetivo fundamental para poder mejorar la salud de todas las personas. En el año 2011 una investigación comisionada por 'Results for Development Institute for the Transitions in Health
Financing' 17, que forma parte de la Rockefeller Foundation, aporta pruebas contundentes respecto a los significativos beneficios que la inversión en una cobertura sanitaria universal comporta tanto para la salud poblacional (disminución de
mortalidad), como para las economías nacionales. Dicho informe apunta, además, que la reducción de la mortalidad es más efectiva en aquellos sistemas sanitarios de financiación y gestión pública. En este sentido, diferentes agendas, instituciones
y organismos de prestigio mundial han intensificado el llamamiento a una cobertura de salud universal en los últimos años.


1. Este objetivo ha sido incluido en la meta 3.8 de los Objetivos del Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas 18.


2. La Organización Mundial de la Salud, en su informe de 2007 'Challenging Inequity through Health Systems. Final Report, Knowledge NetWork on Health Systems' define la cobertura universal como aquella 'situación en la que toda la
población de un país tiene acceso a servicios de buena calidad según sus necesidades y preferencias, independientemente del nivel de ingresos, estatus social o residencia' 19. La Organización Mundial de la Salud considera la cobertura universal,
reorientando los sistemas sanitarios


17 Moreno-Serra R, Smlth, P. The Effects of Health Coverage on Population Outcomes. Working paper. December 2011. https://r4d.org/resources/effects-health-coverage-population-outcomes/


18 United Nations; 2015. Transforming our world: the 2030 Agenda for Sustainable Development. https://sustainabledevelopment.un.org/post2015/transformingourworld/publication


19 Gilson, L, J Doherty, R Loewenson, y V Francis. 2007. 'Challenging inequity through health Systems. Final report, Knowledge Network on Health Systems'. Ginebra: Organización Mundial de la Salud. Disponible en:
https://cdn.who.int/media/docs/default-source/documents/social-determinants-of-health/health-systems-knowledge-network-final-report-2007.pdf?sfvrsn=b019e789_3



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en torno a la Atención Primaria, como una prioridad estratégica que alcance a 1 billón de personas más en el 2025.


3. En la Resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas del 5 de octubre de 2023 se aprueba la Declaración política de la reunión de alto nivel sobre la cobertura universal. En el anexo de dicha resolución, entre los puntos
acordados, se menciona lo siguiente:


'Reconocemos que la cobertura sanitaria universal es fundamental para alcanzar no solo los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados con la salud y el bienestar, sino también los de erradicar la pobreza en todas sus formas y
dimensiones, incluida la pobreza extrema, poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición, garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente, lograr la
igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas, promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible y el trabajo decente para todos, reducir las desigualdades en los países y entre ellos, crear sociedades justas,
pacíficas e inclusivas, y establecer y fomentar alianzas, y que el logro de todos los objetivos y metas de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible es esencial para garantizar la vida sana y el bienestar de todos, centrándose en los resultados
de salud durante toda la vida (punto 8 de la Resolución).


Reconocemos que la cobertura sanitaria universal implica que todas las personas tengan acceso, sin discriminación alguna, a un conjunto de servicios de salud esenciales de promoción, prevención, curación, rehabilitación y atención paliativa
que se ajusten a las necesidades y se determinen a nivel nacional, así como a medicamentos, vacunas, medios de diagnóstico y tecnologías de la salud, incluidas tecnologías de apoyo, esenciales, inocuos, asequibles, eficaces y de calidad, evitando al
mismo tiempo que la utilización de esos servicios cree dificultades económicas para los usuarios, en particular los de los sectores pobres, vulnerables y marginados de la población (punto 11 de la Resolución).' 20


La situación actual de la cobertura sanitaria universal en España y sus limitaciones ha sido estudiada por diferentes organizaciones civiles (entre otras la Red de Denuncia y Resistencia al RDL 6/2012, Yo Sí Sanidad Universal y Amnistía
Internacional) 21 22 23. Desde la creación del Sistema Nacional de Salud, en 1986, diferentes normativas ampliaron de forma sucesiva el acceso a la atención sanitaria a toda la población. El Real Decreto-Ley 16/2012, en cambio, supuso un retroceso
significativo y un cambio profundo en la configuración del sistema sanitario y su cobertura poblacional, en tanto que vinculaba el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria a la contribución a la Seguridad Social, y se limitaba, por
tanto, el acceso de personas extranjeras, tanto de aquellas sin permiso de residencia, como de algunas que sí lo tienen.


Aunque el Real Decreto-Ley 7/2018 proclamó la restitución de la universalidad, aun así, esta reforma no recuperó la lógica previa a 2012, que vinculaba el derecho a la atención sanitaria al hecho de vivir en España, y pese a que mejoró la
situación de algunas personas sin permiso de residencia, también presenta importantes carencias y lagunas


20 Declaración política de la reunión de alto nivel sobre la cobertura sanitaria universal. Resolución aprobada por la Asamblea General el 5 de octubre de 2023. Disponible en:
https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/N23/306/87/PDF/N2330687.pdf?OpenElement


21 Yo Sí Sanidad Universal. El derecho a la asistencia sanitaria en las comunidades autónomas: Un derecho hecho pedazos Informe acerca de la trasposición y aplicación del RDL 7/2018 a nivel autonómico entre 2018 y 2022. Noviembre 2022.
https://yosisanidaduniversal.net/media/pages/materiales/informes/informe-derecho-asistencia-sanitaria-comunidades-autonomas/1837562004-1669587030/informe_derecho-a-la-asistencia-sanitaria-en-ccaa-un-derecho-hecho-pedazos.pdf


22 Cimas M, Gullón P, Aguilera E, Meyer S, Freire JM, Pérez-Gómez B. Healthcare Coverage for Undocumented Migrants in Spain: Regional Differences after Royal Decree Law 16/2012. Health Policy. 2016;120(4):384- 95.
doi:10.1016/j.healthpol.2016.02.005.


23 REDER, Yo Sí Sanidad Universal, Amnistía Internacional. Recomendaciones para el Anteproyecto de Ley de medidas para la equidad, universalidad y cohesión del Sistema Nacional de Salud.


/yosisanidaduniversal.net/media/pages/materiales/informes/recomendaciones-para-el-anteproyecto-de-ley-de-medidas-para-la-equidad-universalidad-y-cohesion-del-sistema-nacional-de-salud/649298311-1607427350/recomendaciones-al-anteproyecto-de-le
y-reder-yo-s i-sanidad-universal-y-amnistia-internacional.pdf



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que siguen provocando múltiples situaciones de exclusión, entre las cuales destacan las siguientes:


1. La distinción entre 'ser titular de derecho' y 'tener acceso a asistencia' según sea la situación administrativa.


2. La consolidación de la exclusión de las personas ascendientes que llegan a España a través de un proceso de reagrupación familiar.


3. La exigencia de acreditar la imposibilidad de exportación del derecho a la asistencia sanitaria del país de origen.


4. La falta de contundencia en la defensa del derecho, que ha facilitado casos de exclusión entre situaciones que gozaban de una especial protección, como la de personas menores, mujeres embarazadas y la atención de urgencia.


Un año después de publicar este Real Decreto Ley, la Dirección General de Cartera Básica de Servicios, dependiente del Ministerio de Sanidad, presentó Recomendaciones para su desarrollo reglamentario, que, sin tener naturaleza de ley,
incluía requisitos contrarios a esta. Estas regulaciones se han materializado de diferentes maneras en las Comunidades Autónomas (CC. AA.) introduciendo grandes desigualdades entre ellas y generando una importante inseguridad jurídica. Al
respecto, en el Informe acerca de la trasposición y aplicación del RDL 7/2018 a nivel autonómico entre 2018 y 2022 presentado por la plataforma 'Yo Sí Sanidad Universal' se señalan los siguientes puntos críticos:


- Transposición heterogénea entre diferentes comunidades autónomas, lo que genera inequidad en el acceso.


- Negación del acceso a la asistencia sanitaria de las personas sin permiso de residencia durante los primeros 90 días en el país.


- Negación o facturación de la atención de urgencia.


- Negación de atención a menores o embarazadas a pesar de tratarse de grupos especialmente vulnerables.


- Negación de atención a miembros de familias reagrupadas.


Estas diferencias territoriales en el acceso sanitario pueden observarse en el siguiente mapa recogido en el informe arriba mencionado:



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[**********página con cuadro**********]


A. Dificultad para el padrón y alternativa: Verde=se acepta alternativa, fácil; amarillease acepta alternativa, difícil; naranja=acceso muy difícil o temporal; rojo=no acceso/facturación


B. Acceso los primeros 90 días en situación irregular: Verde=cobertura desde el primer día; amarillo=informe social regulado; naranja=informe social excepcional/atención puntual; rojo=no acceso/facturación


C. Acceso en situación de estancia: Verde=cobertura desde el primer día; amarillo=informe social regulado; naranja=informe social excepcional/atención puntual; rojo=no acceso/facturación


D. Atención a menores y embarazadas: Verde=cobertura desde el primer día tanto en situación irregular como estancia; amarillo=informe social regulado o alta específica en alguna de las dos situaciones; naranja=atención puntual en alguna
de las dos situaciones; rojo=no acceso/ facturación en alguna de las dos situaciones


E. Atención sin documento certificativo y facturación: Verde=cobertura sin facturación; amarillo=aviso de facturación/posibilidad de cobertura; naranja=posibilidad de facturación; rojo=- facturación sistemática


F. Atención a ascendientes reagrupadas: Verde=cobertura desde el primer día; amarillo=cobertura mediante informe social o similar; naranja=cobertura parcial o excepcional; rojo=ninguna alternativa al convenio especial


* Cantabria se ha completado con la situación actual/futura orden. C. Valenciana se ha completado con la situación en Alicante / Valencia. El criterio D en Castilla y León muestra situación diferente para mujeres embarazadas / menores.


Por otra parte, y en contra de ciertas aseveraciones falsas y con un tono claramente xenófobo, la plena incorporación de todos los grupos de población en la cobertura sanitaria universal - volviendo al modelo sanitario que teníamos antes de
la modificación legislativa del año 201- no genera un incremento del gasto sanitario.


La cobertura sanitaria universal ha demostrado mejorar la salud de la población, ser un factor de crecimiento y redistribución económica y fomentar la cohesión social. Ni el envejecimiento poblacional ni el incremento de la población
cubierta se han descrito como los factores fundamentales del gasto sanitario 24.


La población inmigrante no consume más recursos sanitarios. Este es un tema estudiado en profundidad por grupos de investigación de nuestro país y presentado en dos estudios publicados en el año 2016 25 (con población inmigrante global y
población


24 Padilla, J. Nadie está salvo hasta que todo el mundo esté a salvo. REDER, 2021.


25 Gimeno-Feliu, L. A., Calderón-Larrañaga, A., Diaz, E., Poblador-Plou, B., Macipe-Costa, R., & Prados- Torres, A. (2016). Global healthcare use by ¡mmigrants in Spain according to morbidity burden, area of orígin, and length of stay. BMC
Public Health, 16(1), 450. https://doi.org/10.1186/s12889-016-3127-5



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inmigrante en situación irregular) y en el 2021 26 (con población inmigrante irregular). Se verifica que bajo las mismas condiciones sanitarias el uso de del sistema sanitario de población inmigrante en situación irregular es mucho menor
que población autóctona o que la población migrante en situación regular. El estudio del 2021 es además de máxima relevancia porque se realiza con datos previos al 2012 y de la modificación legislativa, es decir, en un sistema sanitario con pleno
acceso para toda la población. En estos estudios también se señala que el gasto farmacéutico anual en población autóctona es de 317 €, frente al de 69 € en población inmigrante regular y de 8 € en población inmigrante irregular.


Por otra parte, estudios realizados en Alemania 27 y en Luxemburgo 28 señalan que una atención diferenciada a grupos de población inmigrante (por ejemplo solamente a través de dispositivos de urgencia) no son eficientes y sí que generarían
más sobrecarga al sistema sanitario que su inclusión plena en un sistema de salud con pleno acceso, máxima calidad y acceso a todas las prestaciones sanitaria como población autóctona.


Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Revisar y mejorar la legislación vigente, a la mayor brevedad posible y por el procedimiento de trámite de urgencia, para garantizar el pleno acceso a la Cobertura Sanitaria Universal en nuestro Sistema Nacional de Salud.


2. Esta modificación legislativa ha de tener en cuenta aquellas situaciones de mayor vulnerabilidad y la situación de las personas ascendientes reagrupadas.


3. Garantizar adecuada información a las unidades administrativas de los diferentes dispositivos asistenciales sanitarios y sociales para garantizar un adecuado acceso al sistema sanitario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de febrero de 2024.-Rafael Cofiño Fernández, Diputado.-Txema Guijarro García, Portavoz del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR.


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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia de la Diputada Teresa Jordà i Roura, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre medidas urgentes
para dar respuesta a las demandas del sector primario, para su debate en instancia en Pleno.


Exposición de motivos


Las movilizaciones y las protestas de los agricultores las últimas semanas son una expuesta desesperada a todas las demandas que gran parte del sector primario viene reclamando los últimos años, pero que han sido en su mayoría ignoradas por
el gobierno español.


26 Gimeno-Feliu, L. A., Pastor-Sanz, M., Poblador-Plou, 8., Calderón-Larrañaga, A., Díaz, E., & Prados- Torres, A. (2021). Overuse or underuse Use of healthcare Services among irregular migrants in a north- eastern Spanish región.
International Journal for Equity in Health, 20(1), 41. https://doi.org/10.1186/sl2939-020-01373-3


27 Bozorgmehr, K., & Razum, O. (2015). Effect of Restricting Access to Health Care on Health Expenditures among Asylum-Seekers and Refugees: A Quasi-Experimental Study in Germany, 1994- 2013. PLOS ONE, 10(7), e0131483.
https://doi.org/10.1371/journal.pone.0131483


28 Europáische Union (Ed.). (2015). Cost of exclusion from healthcare: The case of migrants in an irregular situation. Publications Office of the European Union.



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La situación ha llegado a un punto límite y no únicamente en España, sino que también los agricultores y ganaderos de Francia, Alemania, Bélgica, Italia, Polonia y Rumanía han parado su actividad y la de las ciudades en las que se han
manifestado para exponer su hartazgo ante la falta de acción por parte de las administraciones competentes frente a la crisis económica que vive el sector.


Las principales reivindicaciones de los ganaderos y agricultores de la Unión Europea (UE) están consensuadas y son muy similares en todo el territorio: el exceso de burocracia asociado a la Política Agraria Común (PAC), el incremento de los
costes de producción, la falta de control en las importaciones y las dificultades derivadas del cambio climático. En el caso del Estado español, a estas problemáticas, se le suma el incumplimiento de la vigente Ley 16/2021, de 14 de diciembre, por
la que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria (en adelante Ley de la Cadena Alimentaria).


En primer lugar, las quejas por la PAC, que cabe recordar se aplica de manera homogénea en toda la UE, se centran en el exceso de burocracia sobrevenido por la última modificación de la norma en el año 2023. Esto es, una de las grandes
modificaciones fue la instauración de los 'eco-esquemas', un sistema de incentivos para que las explotaciones agrícolas realicen prácticas medioambientales alineadas con los objetivos de la UE. Sin embargo, en la práctica, el cumplimiento de dichos
'eco-esquemas', de la manera en la que están diseñados en la actualidad, condicionan la concesión de parte de las ayudas de la PAC, que en el Estado español suponen una inyección de 4.875 millones de euros en ayudas directas, lo que se traduce en
enorme carga burocrática y una reducción de la productividad que afecta principalmente a los pequeños y medianos productores.


No cabe duda de que el sector primario, así como las normas que lo regulan, debe adaptarse a los nuevos tiempos y a los retos derivados del cambio climático. De la misma manera, para alcanzar los objetivos climáticos y medioambientales de
la propia UE, es imprescindible tener presente las realidades de las zonas agrícolas y ganaderas, así como las necesidades de las pequeñas y medianas empresas del sector, para quienes cumplir con requisitos como la reducción de pesticidas o el
aumento de la superficie ecológica obligatoria, en los parámetros previstos actuales, es inasumible.


En segundo lugar, las protestas señalan la asfixia económica que sufre el sector primario, que se empobrece incesantemente, en lo que a producir alimentos se refiere. Las derivadas económicas del cambio climático y la guerra en Ucrania han
impactado de lleno sobre el sector primario, tanto por la sequía y su impacto en las cosechas, como por la crisis energética y la inflación desbocada. De esta forma, el sector se enfrenta, por una parte, al aumento del precio de las materias que
utilizan para producir y, por otra parte, al recorte de sus márgenes de beneficios con la finalidad de proteger la demanda, amortiguar el encarecimiento y soportar los requisitos, en muchas ocasiones traducidos en chantajes, de los grandes
supermercados, quienes imponen unos precios irrisorios a los productores mientras no tienen topado el precio de venta al consumidor final.


En tercer lugar, la competencia desleal derivada de la falta de control en las importaciones y los múltiples convenios de libre comercio firmados por el gobierno español. Esto es, la introducción en los mercados locales de productos
importados de terceros países que no cumplen con las mismas normas y estándares que se les exige a los productores autóctonos, quienes al asumir el aumento de costes más las normas y estándares, no pueden competir con los precios, mucho más bajos,
de los productos originarios de los mercados internacionales. De la misma manera, el sector se suma a la crítica, también latente en otros Estados europeos, a ciertos acuerdos comerciales, como el Acuerdo con Mercosur, que perjudican a su ganadería
y su comercio agrícola.


Por último, los agricultores critican que la Ley de la Cadena Alimentaria que, entre otras cuestiones, ha intentado evitar ventas por debajo de precio de mercado, no se está cumpliendo. Dicha norma fue modificada en febrero de 2020, después
de una oleada de protestas alrededor de todo el Estado español, y buscaba prohibir las prácticas desleales para que los precios que los agricultores cobran por sus productos cubran los costes de



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producción, así como un mayor control por parte de la Agencia de Información y Control Alimentario. La ineficacia de esta norma para solventar esta problemática ya se viene probando desde su entrada en vigor y, en consecuencia, los
agricultores venden a pérdidas desde hace cuatro años. Por lo cual, el sector reclama una aplicación firme de la Ley de la Cadena Alimentaria de manera que se obligue a pagar unos precios en origen que al menos cubran los costes de producción, y
ven fundamental que lo cumpla la gran distribución, el final de la cadena.


Por todo ello, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta el gobierno español a:


1. Desarrollar las modificaciones legislativas necesarias, en el plazo máximo de tres meses desde la aprobación de la presente iniciativa, para flexibilizar las exigencias comunitarias de la Unión Europea, desde el punto de vista
burocrático y de acceso a las ayudas de la PAC, para el pequeño y mediano agricultor, siendo estos actores clave para la preservación de la soberanía alimentaria de nuestros territorios.


2. Desarrollar las modificaciones legislativas necesarias, en el plazo máximo de tres meses desde la aprobación de la presente iniciativa, para modificar los criterios de reparto y distribución estatal de los recursos económicos procedentes
de la PAC para que se destinen en su mayoría a los pequeños y medianos agricultores.


3. Paralizar la negociación de acuerdos de libre comercio con terceros países, aplicar un mayor control de las importaciones y establecer las cláusulas espejo en el comercio con países de fuera de la Unión Europea.


4. Presentar, en el plazo máximo de tres meses desde la aprobación de la presente iniciativa, un Proyecto de Ley por el cual de modifique la vigente Ley de la Cadena Alimentaria para que dicha norma pueda ser corregida y contemple de forma
eficaz las demandas del sector primario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2024.-Teresa Jordà i Roura, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Republicano.


A la Mesa del Congrés dels Diputats


El Grup Parlamentari Republicà, a instàncies de la Diputada Teresa Jordà i Roura, a l'empara del que s'estableix en l'article 193 i següents, del vigent Reglament de la Cambra, presenta la següent Proposició no de Llei sobre mesures urgents
per a donar resposta a les demandes del sector primari per al seu debat a Ple.


Exposició de motius


Les mobilitzacions i les protestes dels agricultors les últimes setmanes són una resposta desesperada a totes les demandes que gran part del sector primari ve reclamant els últims anys, però que han estat en la seva majoria ignorades pel
govern espanyol.


La situació ha arribat a un punt límit i no únicament a Espanya, sinó que també els agricultors i ramaders de França, Alemanya, Bèlgica, Itàlia, Polònia i Romania han parat la seva activitat i la de les ciutats en les quals s'han manifestat
per a exposar el seu cansament davant la falta d'acció per part de les administracions competents davant la crisi econòmica que viu el sector.


Les principals reivindicacions dels ramaders i agricultors de la Unió Europea (UE) estan consensuades i són molt similars en tot el territori: l'excés de burocràcia associat a la Política Agrària Comuna (PAC), l'increment dels costos de
producció, la falta de control en les importacions i les dificultats derivades del canvi climàtic. En el cas de l'Estat espanyol, a aquestes problemàtiques, se li suma l'incompliment de la vigent Llei 16/2021, de 14 de



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desembre, per la qual es modifica la Llei 12/2013, de 2 d'agost, de mesures per a millorar el funcionament de la cadena alimentària (d'ara endavant Llei de la Cadena Alimentària).


En primer lloc, les queixes per la PAC, que cal recordar s'aplica de manera homogènia en tota la UE, se centren en l'excés de burocràcia sobrevingut per l'última modificació de la norma l'any 2023. Això és, una de les grans modificacions va
ser la instauració dels 'eco-esquemes', un sistema d'incentius perquè les explotacions agrícoles realitzin pràctiques mediambientals alineades amb els objectius de la UE. No obstant això, en la pràctica, el compliment d'aquests 'eco-esquemes', de
la manera en la qual estan dissenyats en l'actualitat, condicionen la concessió de part de les ajudes de la PAC, que en l'Estat espanyol suposen una injecció de 4.875 milions d'euros en ajudes directes, la qual cosa es tradueix en enorme càrrega
burocràtica i una reducció de la productivitat que afecta principalment els petits i mitjans productors.


No hi ha dubte que el sector primari, així com les normes que el regulen, ha d'adaptar- se als nous temps i als reptes derivats del canvi climàtic. De la mateixa manera, per a aconseguir els objectius climàtics i mediambientals de la
mateixa UE, és imprescindible tenir present les realitats de les zones agrícoles i ramaderes, així com les necessitats de les petites i mitjanes empreses del sector, per als qui complir amb requisits com la reducció de pesticides o l'augment de la
superfície ecològica obligatòria, en els paràmetres previstos actuals, és inassolible.


En segon lloc, les protestes assenyalen l'asfíxia econòmica que sofreix el sector primari, que s'empobreix incessantment, en el que a produir aliments es refereix. Les derivades econòmiques del canvi climàtic i la guerra a Ucraïna han
impactat de ple sobre el sector primari, tant per la sequera i el seu impacte en les collites, com per la crisi energètica i la inflació desbocada. D'aquesta manera, el sector s'enfronta, d'una banda, a l'augment del preu de les matèries que
utilitzen per a produir i, d'altra banda, a la retallada dels seus marges de beneficis amb la finalitat de protegir la demanda, amainar l'encariment i suportar els requisits, en moltes ocasions traduïts en xantatges, dels grans supermercats, els qui
imposen uns preus irrisoris als productors mentre no tenen topat el preu de venda al consumidor final.


En tercer lloc, la competència deslleial derivada de la falta de control en les importacions i els múltiples convenis de lliure comerç signats pel govern espanyol. Això és, la introducció en els mercats locals de productes importats de
tercers països que no compleixen amb les mateixes normes i estàndards que se'ls exigeix als productors autòctons, els qui en assumir l'augment de costos més les normes i estàndards, no poden competir amb els preus, molt més baixos, dels productes
originaris dels mercats internacionals. De la mateixa manera, el sector se suma a la crítica, també latent en altres Estats europeus, a uns certs acords comercials, com l'acord amb Mercosur, que perjudiquen la seva ramaderia i el seu comerç
agrícola.


Finalment, els agricultors critiquen que la Llei de la Cadena Alimentària que, entre altres qüestions, ha intentat evitar vendes per sota de preu de mercat, no s'està complint. Aquesta norma va ser modificada al febrer de 2020, després
d'una onada de protestes al voltant de tot l'Estat espanyol, i buscava prohibir les pràctiques deslleials perquè els preus que els agricultors cobren pels seus productes cobreixin els costos


de producció, així com un major control per part de l'Agència d'Informació i Control Alimentari. La ineficàcia d'aquesta norma per a solucionar aquesta problemàtica ja es ve provant des de la seva entrada en vigor i, en conseqüència, els
agricultors venen a pèrdues des de fa quatre anys. Per la qual cosa, el sector reclama una aplicació ferma de la Llei de la Cadena Alimentària de manera que s'obligui a pagar uns preus en origen que almenys cobreixin els costos de producció, i
veuen fonamental que ho compleixi la gran distribució, el final de la cadena.


Per tot això es presenta la següent


Proposició no de Llei


'El Congrés dels Diputats insta al govern espanyol a:


1. Desenvolupar les modificacions legislatives necessàries, en el termini màxim de tres mesos des de l'aprovació de la present iniciativa, per a flexibilitzar les exigències



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comunitàries de la Unió Europea, des del punt de vista burocràtic i d'accés a les ajudes de la PAC, per al petit i mitjà agricultor, sent aquests actors clau per a la preservació de la sobirania alimentària dels nostres territoris.


2. Desenvolupar les modificacions legislatives necessàries, en el termini màxim de tres mesos des de l'aprovació de la present iniciativa, per a modificar els criteris de repartiment i distribució estatal dels recursos econòmics procedents
de la PAC perquè es destinin en la seva majoria als petits i mitjans agricultors.


3. Paralitzar la negociació d'acords de lliure comerç amb tercers països, aplicar un major control de les importacions i establir les clàusules mirall en el comerç amb països de fora de la Unió Europea.


4. Presentar, en el termini màxim de tres mesos des de l'aprovació de la present iniciativa, un Projecte de Llei pel qual es modifiqui la vigent Llei de la Cadena Alimentària perquè aquesta norma pugui ser corregida i contempli de manera
eficaç les demandes del sector primari.


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2024.-Teresa Jordà i Roura, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Republicano.


162/000128


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto presenta, con la firma de su Portavoz adjunta, lone Belarra Urteaga, y de su Diputada Martina Velarde Gómez, integrantes de Podemos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente
Reglamento del Congreso de los Diputados, la siguiente Proposición no de Ley, para su debate ante el Pleno del Congreso, de medidas en apoyo al sector de la agricultura y la ganadería en España.


Exposición de motivos


El sector agrario de España se unió la semana pasada a la oleada de protestas y movilizaciones que se están llevando a cabo en varios países europeos como Francia, Alemania o Bélgica, en la que los agricultores han salido a las carreteras
para pedir soluciones para el sector.


Los agricultores reclaman un plan de choque que mejore sus condiciones ante la situación que sufren debido a los bajos precios, las cargas burocráticas cada vez más altas a los profesionales y las consecuencias de la emergencia climática.
Para ello, reivindican también la paralización de los tratados de libre comercio impuestos por la Unión Europea, el cumplimiento de la ley de cadena alimentaria aprobada la pasada legislatura y soluciones inmediatas frente a las consecuencias de la
sequía y la guerra en Ucrania.


La situación del sector agrario y ganadero en nuestro país se ha visto agravada por las consecuencias de la crisis climática y de los tratados de libre comercio que permiten una competencia desleal hacia nuestras producciones siendo siempre
la actividad agroganadera moneda de cambio frente a otros sectores más industrializados.


La agricultura y la ganadería es un sector estratégico que no podemos dejar exclusivamente en manos de fondos de inversión y del agronegocio que se rigen exclusivamente por la maximización del beneficio económico. La agricultura y ganadería
familiar es indispensable no sólo para producir alimentos de calidad sino también para mantener nuestro medio rural vivo, nuestros paisajes y nuestra biodiversidad adecuadamente conservados y gestionados. Por ello nuestra política agraria debe
priorizar el modelo de agricultura familiar y social que hasta ahora ha sido la columna vertebral de los sistemas agroalimentarios europeos.


La soberanía alimentaria y la agricultura social y sostenible como sector estratégico debe tener un peso fundamental en las futuras políticas públicas, tanto por las



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consecuencias del cambio climático que ya estamos viviendo con la emergencia por sequía, como por la pauperización de la mayoría social del sector agroganadera a favor de los beneficios de la ganadería y la agricultura industrial
extractivista en manos de fondos de inversión y agronegocio.


Por todo lo anterior, se propone la siguiente


Proposición no de Ley


'1. Acelerar y profundizar la modernización de regadíos y priorizar las concesiones de riego a la agricultura y ganadería familiar, social y sostenible. En las CC. AA. con situaciones de emergencia hídrica, aplicar recortes en las
dotaciones de agua de explotaciones agroganaderas en manos de fondos de inversión, concretamente un recorte del consumo de agua del regadío hiperintensivo y de la ganadería hiperintensiva de un 80 %.


2. Instar a las CC. AA. a cumplir la Ley de Cadena Alimentaria aprobada la pasada legislatura, que incluye medidas como la prohibición de venta a pérdidas, y tener en cuenta los costes de producción a la hora de estipular los precios a
los productores.


3. Reforzar la Ley de Cadena Alimentaria poniendo en marcha los observatorios de precios publicando los índices de costes de cada una de las producciones de su comunidad y reforzando las inspecciones y sanciones contra las prácticas
desleales.


4. Elaborar una ley estatal de agricultura y ganadería familiar priorizando políticas para este modelo de producción de alimentos y medidas para eliminar la carga burocrática de manera que la agricultura y ganadería familiar y social no se
vea asfixiada por ella.


5. Instar a la Comisión Europea a implementar las cláusulas espejo y el principio de reciprocidad para evitar competencia desleal con otras producciones exigiendo que los productos importados cumplan con los mismos estándares de seguridad y
salud que las producciones europeas.


6. Elaborar un Plan Estratégico Integral para el sector primario para considerar el problema del relevo generacional en la actividad agroganadera, así como las condiciones de vida en el rural, una cuestión de estado y abriendo la
posibilidad de incorporación de personas sin tradición ganadera.


7. Poner en marcha un 'Fondo de ayuda ante la crisis climática' junto con las CC. AA. para paliar los efectos derivados de la sequía.


8. Modificar el sistema de seguros agrarios adaptándolo a la nueva realidad climática.


9. Planificar la instalación de energías renovables para impedir que se ocupen tierras fértiles.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2024.-Martina Velarde Gómez, Diputada.-Ione Belarra Urteaga, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Mixto.


162/000129


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en el pleno
del Congreso de los Diputados, relativa a la reducción de la jornada máxima legal de trabajo ordinario


Exposición de motivos


El artículo 24 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece:


'Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.'



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No es casual que este precepto sea precisamente el que sigue al derecho al trabajo, enunciado en el artículo 23 de la Declaración, puesto que supone el cierre necesario para una lectura contextual de la norma: el derecho a no trabajar en
exceso.


En España, el 4 de abril de 1919 se publicó en la Gaceta de Madrid el real decreto que fijaba en ocho horas al día, o cuarenta y ocho semanales, la jornada máxima legal en todos los trabajos. La norma fue una de las consecuencias a la
intensa huelga llevada a cabo entre el 5 de febrero y el 19 de marzo en la empresa eléctrica Riegos y Fuerza del Ebro, perteneciente a la Barcelona Traction, Light and Power Company, Limited, popularmente conocida como La Canadiense, en catalán La
Canadenca de Camarasa. En ese momento España se posicionó a la vanguardia europea reduciendo una jornada laboral que alcanzaba las doce horas al día durante seis días a la semana, jornada que seguía la tónica de aumento en duraciones que,
internacionalmente, fue acompañando al desigual despliegue de la Revolución Industrial.


Con posterioridad, la Ley de Jornada Máxima de 1931 y la Ley de Relaciones Laborales de 1976 fijaron jornadas máximas legales de 48 y 44 horas semanales, respectivamente. No fue hasta el año 1980, cuando fruto del diálogo social, se
estableció un programa de reducción de la jornada, que preveía una jornada máxima anual de 1.880 horas para el año 1982. Finalmente, la Ley de 29 de junio de 1983 estableció la jornada máxima semanal en 40 horas.


De este modo, hace más de 104 años que no se acomete una reducción de la jornada laboral máxima por debajo de las ocho horas diarias o más de 40 años que no se altera el umbral de las 40 horas semanales, a pesar de las muy distintas
condiciones económicas, laborales y sociales que, sin duda, caracterizan a la sociedad actual frente a la de los años 80 o, peor aún, respecto de la de principios del siglo pasado. Esta congelación de la duración de la jornada máxima durante más de
un siglo nos sitúa muy lejos de una aplicación correcta del artículo 24 de Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuanto menos desde una perspectiva histórica en la interpretación de las normas.


En este contexto, no debemos obviar que ha sido la acción sindical la que ha permitido recortar la jornada máxima en los convenios colectivos de trabajo. Así, y según la información que proporciona el Registro de Convenios y Acuerdos
Colectivos, cerca del 12 % del total de personas cubiertas por la negociación colectiva tiene una jornada convencional semanal de menos de 37 horas y media. No obstante, el 88 % de las personas sujetas a convenio tienen pactadas jornadas superiores
a esta cifra, lo que, atendiendo a los microdatos que proporciona la EPA, se traduce en que, en el segundo trimestre de 2023, aún más de 10,5 millones de personas asalariadas del sector privado tienen una jornada habitual por encima de las 37 horas
y media a la semana.


Los argumentos favorables a la reducción de la jornada laboral son muy diversos, si bien preside la certeza histórica de que las mejoras en las condiciones laborales que se han ido conquistando -especialmente durante el siglo XX- han ido,
progresivamente, generando sociedades más justas, estables, saludables y desarrolladas socioeconómicamente.


En esta línea, siendo la productividad global un parámetro difícil de cuantificar objetivamente en términos cuantitativos, es aún más complicado defender que esta sea igual o menor que la de los últimos 100 años. Asimismo, gracias a la
modernización de las técnicas de trabajo y la abrupta irrupción de nuevas tecnologías, tales como la robotización y la inteligencia artificial, la capacidad de generación de valor de las personas trabajadoras ya no se encuentra exclusivamente ligada
a la mera cantidad de horas trabajadas, quedando diluido el rígido vínculo horario-productividad que justificaba, al menos en la teoría, el mantenimiento de jornadas laborales extenuantes propias del comienzo de la Revolución Industrial.


A pesar de la dificultad para calcular la productividad del trabajo, ésta se puede aproximar de manera aparente con la Contabilidad Nacional del INE y estimarse en términos reales, al igual que la remuneración media por asalariado. Así,
mientras que la productividad aparente del trabajo aumentó un 15,3 % real entre 1995 y 2022, la remuneración real por asalariado creció muy por debajo, un magro 1,2 %. Como resultado, la remuneración por asalariados ha perdido 4,2 puntos
porcentuales en el reparto de la



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productividad, pasando de tener un peso del 59,9 % sobre el valor añadido generado por trabajador en 1995, a un 55,7 % en 2022. Esto proporciona un margen considerable para reducir la jornada sin recortar salarios, redistribuyendo mejor la
mejora de la productividad entre capital y trabajo.


Por otro lado, es indudable que la evolución del trabajo pasa por el despliegue de condiciones laborales que fomenten la igualdad de género y la asunción corresponsable de las cargas familiares. El Estatuto de los Trabajadores y los
convenios colectivos regulan un conjunto de medidas y derechos destinados a garantizar que las personas trabajadoras, hombres y mujeres, dispongan de tiempo para cuidar. No obstante, en relación con todos los tipos de permiso, el porcentaje de uso
es muy superior entre las mujeres que, además, utilizan permisos significativamente más largos. La distancia con los hombres es especialmente intensa en las excedencias y reducciones de jornada, es decir, cuando no existe remuneración; en esos
casos, las mujeres multiplican por 10 las tasas de uso de los hombres.


Estos datos permiten afirmar que una disponibilidad de tiempo libre que lo sea con carácter universal, colectivo y transversal, se traducirá de forma más directa en un reparto igualitario de las tareas de cuidado.


Pero, más allá del derecho a cuidar, la reducción de la jornada laboral resulta imprescindible para la existencia de un verdadero derecho a la conciliación de la vida laboral con la vida estrictamente personal. Se debe salvaguardar el
derecho de las personas trabajadoras a cuidar, por supuesto, pero también su derecho a vivir.


Precisamente es la Constitución Española la que habla del derecho a la vida y lo hace junto con el derecho a la integridad física y moral, en su artículo 15, que se completa en el artículo 40.2 con un mandato a los poderes públicos: el de
velar por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizar el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral.


En efecto, la reducción de la jornada laboral máxima se traducirá de manera directa en una disminución de la exposición a los riesgos a los que cualquier persona pueda verse sometida en el puesto de trabajo. Todos los métodos de evaluación
de riesgos laborales regulados por el ordenamiento español -ya deriven de normas preventivas para riesgos concretos, normas industriales, guías técnicas, incluso cuando exigen métodos específicos- incorporan, como fase preliminar, la elaboración de
una lista de actividades de trabajo, encabezada por una definición de cada una de las tareas a realizar, su duración y su frecuencia. La duración de la jornada laboral en la valoración final del riesgo resulta de tal importancia que conocerla es el
paso previo para la aplicación de todo método científico que pretenda eliminar o reducir la exposición a agentes o condiciones de trabajo peligrosas o insalubres.


Más aún, la reducción de la jornada tiene una potencialidad que trasciende el ámbito estrictamente laboral. Trabajar menos horas se traducirá en una disminución de los propios efectos directos de las jornadas largas, esto es, la fatiga
física y mental. Esta ventaja encuentra conexión directa con la mejora de las condiciones generales de salud física y mental de los individuos, no ya considerados como trabajadores o trabajadoras, sino como personas.


Los estudios más recientes sobre el particular señalan el impacto de la reducción de horas de trabajo en términos de bienestar individual -sobre todo por la disminución del agotamiento laboral y la mayor oportunidad de disfrutar de tiempo de
ocio y cuidados- pero también en términos de impacto ambiental, algo nada desdeñable dada la prioridad medioambiental con la que tenemos que configurar nuestras políticas. Así, parece razonable esperar que una reducción de la jornada laboral
determinará también la de los desplazamientos o una mejora de los horarios que permita escalonarlos; o el fomento del ejercicio de otros derechos y actividades que -por ser exigentes en tiempo- se llevan a cabo especialmente en momentos distintos
del trabajo, tales como el cuidado de la propia salud, el consumo responsable, el disfrute de la cultura o la participación ciudadana.


Son muchos los países que, con base precisamente en todos estos motivos, se encuentran debatiendo acerca de la implantación de medidas laborales pioneras como la



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reducción de la jornada, que contribuirá a mejorar la compatibilidad del tiempo de trabajo con el resto de los usos del tiempo, desde un reparto equilibrado de las tareas de cuidados y autocuidado, y del tiempo destinado a la formación, al
ocio o a la participación social.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a abrir con carácter urgente un proceso de diálogo social que culmine con la modificación del artículo 34 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como de todas aquellas disposiciones pertinentes, para incorporar una reducción de la jornada laboral de aplicación progresiva, empezando por la fijación, para este año 2024, de una jornada
máxima ordinaria de trabajo efectivo de 38 horas y media.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2024.-Aina Vidal Sáez, Portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR.


COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


232/000029


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 6309/2022, promovido por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, contra el artículo 29 del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de
sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural, así como voto particular formulado a la
misma.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de febrero de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.



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El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido Conde- Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer
Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, don Juan Carlos Campo Moreno y doña Laura Díez Bueso, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 6309-2022, promovido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid contra el art. 29 del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del
transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural. Han comparecido el Senado, el Congreso de los Diputados y el Gobierno de la
Nación, habiendo formulado alegaciones este último. Ha sido ponente el magistrado don Ramón Sáez Valcárcel.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido:


1.º Declarar la pérdida sobrevenida de objeto del presente recurso de inconstitucionalidad en lo que hace a los motivos de impugnación relativos a los apartados 1, 2, 4 y 5 del art 29 del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas
de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural.


2.º Desestimar el recurso de inconstitucionalidad en todo lo demás.


Publíquese esta sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 31 de enero de 2024.


232/000030


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 3101/2021, promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, contra la Ley Orgánica 4/2021, de 29
de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el



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establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial en funciones, así como votos particulares formulados a la misma.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de febrero de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido Conde- Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer
Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, don Juan Carlos Campo Moreno y doña Laura Díez Bueso, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 3101-2021, interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados contra la Ley Orgánica 4/2021, de 29 de marzo, por la que se modifica la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial en funciones. Han comparecido y formulado alegaciones el abogado del Estado y la letrada de las Cortes
Generales. Ha sido ponente la magistrada María Luisa Balaguer.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido desestimar el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de cincuenta diputados del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, contra la Ley Orgánica 4/2021, de 29 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo
General del Poder Judicial en funciones.


Publíquese esta sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 30 de enero de 2024.



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232/000031


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(232) Recurso de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de inconstitucionalidad número 1937/2022, promovido por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario VOX en el Congreso de los Diputados, contra la disposición adicional quinta de
la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, y la disposición final trigésima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, que da una nueva redacción al primer
párrafo de la disposición adicional quinta de la Ley 19/2021.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de febrero de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido Conde- Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer
Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño y doña Laura Díez Bueso, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de inconstitucionalidad núm. 1937-2022 interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Vox en el Congreso de los Diputados contra la disposición adicional quinta de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la
que se establece el ingreso mínimo vital, y la disposición final trigésima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022, que da una nueva redacción al primer párrafo de la citada disposición. Ha comparecido
el Congreso de los Diputados, el Senado, el Gobierno de la Nación, la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra. Han formulado alegaciones los tres últimos. Ha sido ponente el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón.


[...]



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FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido desestimar íntegramente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de cincuenta
diputados del Grupo Parlamentario Vox en el Congreso de los Diputados, contra la disposición adicional quinta de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, en la redacción dada por la disposición final
trigésima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022.


Publíquese esta sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 31 de enero de 2024.


233/000008


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(233) Cuestión de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 2800/2023, planteada por la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en relación con el artículo 3. Primero,
apartados uno y dos, del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, por posible vulneración de
los artículos 86.1 y 31.1 de la Constitución española.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de febrero de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido Conde- Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer
Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño y doña Laura Díez Bueso, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 2800-2023, promovida por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en relación



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con el Artículo 3.Primero, apartados Uno y Dos, del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia
social. Han comparecido y presentado alegaciones el abogado del Estado, en la representación que ostenta, y la entidad Lamigraf, S.A., representada por el procurador de los tribunales don Jacobo de Gandarillas Martos y asistida de la letrada doña
Laia Colomés Barbará. Ha intervenido el fiscal general del Estado. Ha sido ponente la magistrada doña María Luisa Segoviano Astaburuaga.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido declarar extinguida, por desaparición sobrevenida de su objeto, la cuestión de
inconstitucionalidad promovida por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en relación con el Artículo 3.Primero, apartados Uno y Dos, del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se
adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social.


Publíquese esta sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 30 de enero de 2024.


234/000005


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(234) Recurso de amparo.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de amparo número 843/2021-C, sobre las actuaciones relativas al acuerdo de la Presidenta del Congreso de los Diputados de 4 de febrero de 2021, así como voto particular formulado a la
misma.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de febrero de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido Conde- Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer
Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña



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María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, y doña Laura Díez Bueso, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de amparo núm. 843-2021, interpuesto por doña Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo y doña Isabel Borrego Cortés, portavoz y secretaria general adjunta del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados, representadas
por el procurador de los Tribunales don Manuel Sánchez-Puelles González-Carvajal, contra (i) el acuerdo de la presidenta del Congreso de los Diputados, de 4 de febrero de 2021, por el que se deniega la convocatoria de reunión extraordinaria de la
Mesa y se informa de que para la convalidación de los decretos-leyes es requisito suficiente que hayan sido publicados en el Boletín Oficial del Estado, no siendo preceptiva ni condición de validez del procedimiento la remisión por el Gobierno de
los informes recabados con ocasión de su aprobación, sin perjuicio de la facultad de los diputados de recabar de las Administraciones Públicas los informes o documentos que obren en poder de éstas y (ii) el acuerdo de la Mesa del Congreso de los
Diputados, de 9 de febrero de 2021, por el que se comunica al Grupo Parlamentario Popular que para la convalidación de los decretos-leyes es requisito suficiente que hayan sido publicados en el Boletín Oficial del Estado, no siendo preceptiva ni
condición de validez del procedimiento la remisión por el Gobierno de otros documentos o informes recabados con ocasión de su aprobación, sin perjuicio de la facultad de los diputados de recabar de las Administraciones Públicas los informes o
documentos que obren en poder de éstas, así como ejercer las iniciativas de control de la acción del Gobierno que estimen oportunas. Ha comparecido el Congreso de los Diputados, representado por la letrada de las Cortes Generales doña Paloma
Martínez Santa María, y ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente la magistrada doña Laura Díez Bueso.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido desestimar el recurso de amparo interpuesto por doña Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo y doña
Isabel Borrego Cortés.


Publíquese esta sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 18 de enero de 2024.


234/000006


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(234) Recurso de amparo.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en el recurso de amparo número 74/2022, sobre las actuaciones relativas al acuerdo de la Presidenta del Congreso de los Diputados de 22 de octubre de 2021, así como voto particular formulado a la
misma.



Página 59





Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de febrero de 2024.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Fernando Galindo Elola-Olaso.


El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido Conde- Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer
Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño y doña Laura Díez Bueso, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En el recurso de amparo núm. 74-2022, promovido por don Alberto Rodríguez Rodríguez, representado por el procurador de los tribunales don Carlos Ricardo Estévez Sanz y bajo la asistencia letrada de don Gonzalo Boye y doña María Isabel Elba
Sánchez, contra el acuerdo de la presidenta del Congreso de los Diputados de 22 de octubre de 2021 por el que se da traslado al recurrente en amparo de la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo 750/2021, de 6 de octubre, dictada en la
causa especial núm. 21019/2019, así como del auto de 8 de octubre de 2021, que acuerda proceder a la ejecución de la citada sentencia. Ha sido parte en el procedimiento de amparo el Congreso de los Diputados. Ha intervenido el Ministerio Fiscal.
Ha sido ponente la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón.


[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido estimar el recurso de amparo interpuesto por don Alberto Rodríguez Rodríguez y, en su virtud:


1.º Declarar que ha sido vulnerado su derecho fundamental a ejercer las funciones representativas con los requisitos que señalan las leyes (art. 23.2 CE).


2.º Restablecer al demandante de amparo en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad del acuerdo de la presidenta del Congreso de los Diputados de 22 de octubre de 2021 sobre comunicación de que se había dispuesto la sustitución del
demandante como miembro de la cámara, en ejecución de la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo núm. 750/2021, de 6 de octubre, dictada en la causa especial núm. 21019-2019, así como del auto de 8 de octubre de 2021, que acuerda
proceder a la ejecución de la citada sentencia.


Publíquese esta sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 31 de enero de 2024.