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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 161, de 30/11/2022
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DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2022 XIV LEGISLATURA Núm. 161

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. SANTOS CERDÁN LEÓN

Sesión núm. 18

celebrada el miércoles,

30 de noviembre de 2022

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencia de la señora presidenta de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (Araújo Chamorro), para presentar los informes anuales de actuaciones de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de
la Contratación correspondientes a los años 2020 y 2021, como continuación de su comparecencia celebrada el 28 de junio de 2022. Por acuerdo de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas. (Número de expediente del Congreso de
los Diputados 212/002854 y número de expediente del Senado 713/001415) ... (Página2)



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Se abre la sesión a las cinco de la tarde.


El señor PRESIDENTE: Buenas tardes. Se abre la sesión.


Damos la bienvenida a la señora presidenta. Como sabéis, esta Comisión es continuación de la que no pudimos terminar, que cortamos después de la exposición de la señora presidenta, a falta de las preguntas y valoraciones de los grupos
políticos. Para retomar lo que se dijo en aquella Comisión sus señorías recibieron ayer el correo con la intervención de la presidenta. Le vamos a ceder la palabra a la señora presidenta para que haga una breve exposición de lo que comentó en la
última sesión. A continuación, ampliaremos el tiempo de intervención de sus señorías de cinco a siete minutos.


Tiene la palabra la señora presidenta.


La señora PRESIDENTA DE LA OFICINA INDEPENDIENTE DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN (Araújo Chamorro): Muchas gracias, presidente. Señoras y señores diputados, muy buenas tardes.


Continuamos, como señalaba el presidente de esta Comisión, con la sesión que celebrábamos en junio pasado para dar cumplimiento, en ese caso, a lo requerido por el artículo 332.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, presentando los informes anuales de actuaciones correspondientes a los años 2020 y 2021. Sin volver a reiterar lo que expusimos en el curso de esa sesión, quisiera, de forma breve, recordar las líneas generales de lo que comenté a fin de
facilitar el debate. Siguiendo el esquema utilizado entonces, les esbozo la actividad que desarrollamos en nuestra oficina en ambos ejercicios. Comienzo con los recursos y, en concreto, con los recursos humanos. En la anterior comparecencia les
informé de las líneas de trabajo que veníamos manteniendo en este ámbito y que pasan, en primer lugar, por hacer crecer nuestra plantilla. El 1 de enero de 2020 la oficina contaba con doce puestos de trabajo cubiertos. A 31 de diciembre de 2021,
el final del periodo del que les informábamos, el número de puestos cubiertos era de diecinueve. Hoy somos ya veinticinco en nuestra oficina. En segundo lugar, procuramos favorecer la promoción y el desarrollo de la carrera profesional de los
empleados que prestan servicio en la OIReScon para aprovechar su cualificación y experiencia y dar así, además, estabilidad a la oficina. En 2021, dentro del periodo del que informábamos, promocionamos a dos funcionarios. En este año hemos hecho
ya la promoción de cinco más. Además, como cuestiones a reseñar, en el periodo del que informamos se produjo la renuncia de la primera presidenta de la oficina, en junio de 2020, y mi nombramiento, con fecha 3 de noviembre de ese mismo año.
También se produjo, esta vez en el año 2021, la renuncia de la vocal de la División de Asuntos Generales, que fue sustituida el 21 de diciembre de 2021. En cuanto al personal de la oficina, quiero volver a aprovechar para destacar su
profesionalidad, entrega y compromiso. Estas actitudes han permitido que el pasado 13 de septiembre todos los que prestamos servicios en la OIReScon hayamos suscrito voluntariamente el código ético que les anuncié con ocasión de mi comparecencia
anterior. Este código no es sino un compromiso adicional de autoexigencia en nuestra conducta. El Comité de Ética, encargado de realizar el seguimiento de su aplicación, se ha constituido ya el día 25 de este mismo mes.


Pasando a los recursos materiales, el ejercicio de las funciones que nos atribuye la ley nos obliga a supervisar y analizar un elevado volumen de información procedente de distintas fuentes de datos, la principal, la plataforma de
contratación del sector público y las plataformas autonómicas. A esto se suma la necesidad de estructurar la información y documentación que se recaba del resto de entidades que tienen competencias de control o que se relacionan de alguna manera
con la contratación. Para dar respuesta a esta necesidad, en 2021 se adjudicó y ejecutó el contrato que permitió el desarrollo de una herramienta ETL de extracción, transformación y carga y modelo de datos y se adquirieron licencias para ampliar
las funcionalidades de la aplicación utilizada para el análisis y explotación. También en 2021 se adquirieron dos ordenadores de altas prestaciones necesarios para que la herramienta aborde el procesado de datos en tiempos razonables.


Pasando ya a la transparencia, nuestra naturaleza nos obliga a mantener un compromiso permanente con la misma, autoimponiéndonos el máximo nivel de exigencia en este ámbito. Durante 2020 y 2021 se publicaron en nuestro espacio web todos los
informes, guías y documentos que elaboró la oficina, siendo además todos ellos accesibles, en consonancia con lo requerido por la disposición adicional decimoctava de la ley de contratos. Con esta misma intención de favorecer la transparencia y, en
este caso, también la participación, en 2019 ya se puso en marcha el buzón de la OIReScon como una vía de comunicación abierta. Progresivamente va incrementando su actividad. De diez comunicaciones recibidas en 2020 se pasó a cincuenta y seis en
2021.



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Entrando ya en lo que es la actividad y comenzando por la regulación, el año 2020 se caracterizó, obviamente, por la situación de emergencia sanitaria, que impactó también y significativamente a la contratación pública, provocando la
aparición de numerosa normativa. Por ello, por parte de esta oficina se entendió oportuno elaborar y publicar un primer documento de impacto en la contratación pública de las medidas derivadas de la declaración del estado de alarma como
consecuencia del COVID-19. Además, posteriormente, una guía para la reactivación de la contratación pública tras el levantamiento de la suspensión de los plazos. Durante 2021, también al hilo de la actualidad, se elaboró y publicó un primer
documento de análisis de la sentencia 68/2021, de 18 de marzo, del Tribunal Constitucional, consecuencia del recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la ley de contratos que interpuso el Gobierno de Aragón y una guía básica
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que contiene información de las actuaciones de los diferentes niveles de Administración que mantenemos, además, actualizada en 2022. La última actualización la publicamos el 15 de junio. En
cuanto a supervisión, durante 2020 y 2021 hemos dado cumplimiento a las exigencias legales, habiéndose elaborado, presentado y publicado los dos informes anuales de supervisión que requiere el artículo 332.9 de la ley y el informe trienal en 2021
que requiere el artículo 332 en su apartado 8.


Junto a ellos, se han elaborado informes especiales, tanto en 2020 como en 2021, en ambos ejercicios relativos a la publicidad de la contratación de emergencia. Comenzaré comentando los informes anuales de supervisión 2020 y 2021, que
siguen un esquema similar. Sin ánimo de extenderme, les recuerdo que su contenido, de acuerdo con la ley, gira en torno a tres bloques de cuestiones. El primero es una relación de los incumplimientos; el segundo, información sobre las fuentes más
frecuentes de aplicación incorrecta de la legislación o de inseguridad jurídica, y el tercer bloque viene constituido por la información sobre la prevención, detección y notificación de casos de fraude, corrupción, conflicto de intereses y otras
irregularidades, así como problemas de colusión que se pudieran detectar. El resultado de estos análisis debe ser remitido a la Comisión Europea a través de la Junta Consultiva de Contratación Pública, y de su resultado también se da publicidad en
la plataforma de contratación, además de en la web de la propia oficina.


Para elaborar estos informes debemos recabar información de muy distintos puntos. Solo para que se hagan una idea, pongo como ejemplo que en el informe anual de supervisión de 2021 tuvimos que recabar información de más de ciento cincuenta
y cinco puntos. La metodología que se emplea además es diversa y se basa, en primer lugar, en la consulta directa, tratamiento y análisis de datos abiertos de las plataformas del Estado y autonómicas. Ello hace que sea necesario contar con la
herramienta que nos permite explotar esta información y a la que he aludido con anterioridad. Además, formularios de solicitud de información, páginas web de organismos y entidades y memorias de actividad. En ese caso la información contenida debe
ser consolidada. Y, finalmente, hay informes de los órganos de control, a los que hace referencia el apartado 11 del artículo 332, que se deben homogeneizar para que la información que contienen pueda ser comparable.


En el informe de supervisión de 2020 analizamos la contratación pública del ejercicio 2019. En ese año -excluyendo la contratación menor y a la fecha de elaboración del informe- se produjeron 129 594 licitaciones por importe de 72 527
millones de euros. En el informe de supervisión de 2021 analizamos la contratación del año 2020; en ese año -excluyendo la contratación menor y también a fecha de elaboración del informe- se produjeron 132 327 licitaciones por un importe de 63 948
millones de euros. A simple vista verán que, comparando estas cifras, también se acusa el impacto de la pandemia en la contratación pública, en este caso porque disminuye de manera notable el volumen licitado, registrando un descenso acusado de en
torno al 10 %.


El resultado más interesante del trabajo que hace la oficina en los informes anuales de supervisión es la información agregada que nos proporciona, que sintetizamos en un documento al que llamamos Líneas, que permite definir un mapa de
riesgos en materia de contratación. Después de haber elaborado tres informes anuales de supervisión, vamos cada vez afinando más lo que son esas líneas de riesgo, ese mapa de riesgos de la contratación pública. En la fase de preparación del
contrato, tanto de la actividad de supervisión directa que realiza la propia oficina como de la que realizan otros órganos, detectamos un importante incumplimiento en materia de publicidad de la programación de la actividad contractual, así como un
uso escaso -y a menudo no correcto- de las consultas preliminares de mercado. Los órganos de control, tanto externos como internos, y también los tribunales de recursos contractuales coinciden en señalar como cuestiones críticas en relación con
esta fase de preparación del contrato la correcta



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motivación y definición de los criterios de adjudicación y la adecuada justificación del procedimiento de adjudicación empleado.


Por su parte, el Tribunal de Cuentas y los OCEX identifican también en esta fase preparatoria aquella en la que se concentra el grueso de las irregularidades que detectan. En la fase de licitación y adjudicación del contrato los riesgos se
concentran en la motivación de la adjudicación y las exclusiones del procedimiento. Es una de las causas de estimación del recurso contractual más frecuente y también es señalada como un punto crítico por las oficinas o agencias antifraude y por
los órganos de transparencia. También es mejorable la publicidad en las plataformas, de acuerdo con las resoluciones que ofrecen en ese sentido los consejos de transparencia, si bien hay que señalar que se ha producido un importante avance en esta
materia y en positivo.


En cuanto a la fase de ejecución del contrato, tanto de la actividad de los órganos consultivos como mediante actuaciones de supervisión directa que realizamos nosotros mismos, coincidimos en la falta de información sobre el pago y la
recepción de la prestación y, de manera muy relevante, en la falta de información sobre la subcontratación. Además, se produce confusión entre las figuras de la modificación y la prórroga contractual.


Entrando ya en los informes especiales -como les decía- durante ambos años decidimos realizar informes sobre la publicidad de los contratos de emergencia, dada la relevancia que adquirieron con ocasión de la pandemia. Los informes
supervisaron el cumplimiento de la obligación formal de dar cuenta al Consejo de Ministros o consejos de Gobierno autonómicos, así como del cumplimiento del requisito de publicidad, tanto de la resolución de adjudicación como del anuncio de
formalización de los contratos adjudicados, supervisando los datos que estaban publicados en las distintas plataformas. En 2020 se revisaron por la oficina 11 177 contratos, todos ellos de emergencia por causa de la pandemia del COVID y que se
tramitaron durante el primer estado de alarma. En 2021 volvimos a programar la supervisión especial de contratos tramitados por vía de emergencia, pero en este caso lo extendimos a 2018, 2019 y todo el ejercicio 2020; en el caso de 2020,
limitándonos a aquellos tramitados con ocasión de la pandemia. En total revisamos 22 379 contratos. De la supervisión realizada se pueden extraer las siguientes conclusiones. En primer lugar, se identificó que una parte de los contratos que
figuraban publicados en las plataformas autonómicas no constaban entre los contratos publicados en la plataforma de contratación del sector público. También identificamos publicaciones con anomalías o con confusión de conceptos, lo que dificultaba
la identificación de la publicación individualizada de cada contrato. Y, en tercer lugar, partiendo de un cumplimiento muy general de la obligación de dar cuenta a los distintos consejos de Gobierno, lo cierto es que los datos derivados del número
de tomas de razón y anuncios de emergencia publicados nos llevan a pensar que en algunos casos se incumplió este requisito o que se produjeron retrasos en su cumplimiento. Adicionalmente, en los contratos tramitados en 2018 y 2019 no siempre pudo
deducirse o comprobarse claramente la causa y justificación para su tramitación; esto sucedió en un 19 % de los casos. También fue destacable la falta de uniformidad en las plataformas a la hora de dar publicidad a las emergencias, ya que algunas
las identifican como tipo de procedimiento, mientras que otras la consideran un tipo de tramitación. En los contratos tramitados por vía de emergencia de 2018 y 2019 abundaron sobre todo los contratos de obras -más del 40 %-, fundamentados
mayoritariamente en situaciones de grave peligro. En cambio, en los tramitados durante el ejercicio 2020 como consecuencia del COVID predominaron los contratos de suministros, más del 72 %.


Pasando ya a las relaciones institucionales, en ejecución de medidas de comunicación, colaboración y cooperación, durante 2020 y 2021 hemos desarrollado las siguientes actuaciones. En primer lugar, en el conjunto de ambos años se ofrecieron
veinticinco ponencias y participamos en cinco encuentros de la red de oficinas antifraude, de las que nuestra oficina forma parte. En 2020 también asistimos a la reunión de trabajo del pleno del Comité de Cooperación en materia de Contratación
Pública, que regula el artículo 329 de la ley de contratos. Y en 2021 asistimos a nueve reuniones de sus diferentes secciones. Recordarán que les comenté que durante 2021 participamos en dos comparecencias parlamentarias: la primera, en el
Parlamento vasco, con ocasión de la tramitación de la propuesta de ley de modificación de la Ley 1/1988, de 5 de febrero, del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, y la segunda, aquí, en el Congreso de los Diputados, en el marco de la Comisión para la
auditoría de la calidad democrática, la lucha contra la corrupción y las reformas institucionales y legales.


En un epígrafe que incorporamos como anexo a nuestros informes de actuaciones, y que les remitimos a ustedes, informamos de la actividad que desarrolla la Oficina Nacional de Evaluación, órgano colegiado integrado en la OIReScon y que tiene
como función analizar la sostenibilidad financiera de los contratos



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de concesión en los términos requeridos por el artículo 333 de la ley de contratos. Durante 2020 y 2021 se realizaron distintas actividades preparatorias que han permitido su puesta efectiva en funcionamiento este año 2022. Así,
participamos en un proyecto promovido por la Comisión Europea denominado Guía para las decisiones estratégicas sobre la colaboración público-privada; también hemos desarrollado diversas actividades con el centro de expertos en colaboración
público-privada, EPEC, del Banco Europeo de Inversiones, y durante el año 2021 tramitamos la orden ministerial que regula la organización y funcionamiento de la ONE, que se publicó en el Boletín Oficial del Estado el día 11 de diciembre de 2021,
entrando en vigor el 31 de diciembre de ese año. El 19 de enero de 2022 hemos constituido ya formalmente el Pleno de la ONE y hoy en día ya se han evacuado veinte informes; están todos disponibles en la web de la propia oficina y en la Central de
Información Económico-Financiera de las administraciones públicas.


Para concluir, quiero volver a alguna de las cuestiones que ya manifesté en mi comparecencia anterior. Aunque esta oficina es aún joven en términos administrativos y su actividad afecta a un ámbito en el que intervienen muchos y muy
prestigiosos actores ya consolidados, procuramos aportar una nueva perspectiva para cumplir con las demandas y expectativas de la Comisión Europea y de la propia sociedad. En este sentido, quiero destacar que somos el único órgano que asume
competencias en materia de supervisión. Además de la actividad de supervisión directa, extraemos de forma agregada las conclusiones más relevantes del trabajo de diferentes órganos de control o consultivos, de tribunales, de organismos de lucha
contra el fraude, y con ello conseguimos una mirada global que no se detiene en un expediente concreto o en un órgano de contratación determinado o en un supuesto particular, sino que busca ofrecer una perspectiva amplia para deducir puntos débiles
o problemas sistémicos de la contratación pública en nuestro país. Esta perspectiva global nos permite ofrecer una foto anual de la situación del conjunto de la contratación desde un punto de vista cuantitativo.


Sin embargo, la información es una realidad viva y, además, puede ser observada con distintos intereses. Por ello, y a partir de la herramienta que les he comentado con anterioridad y que usamos para nuestro análisis, este mismo mes de
noviembre hemos puesto a disposición de los ciudadanos en nuestra página web un visor de cifras de la contratación pública que les invito a consultar y utilizar desde ya. A partir de la información disponible en las plataformas, el visor es una
herramienta que permite visualizaciones interactivas de la información, que se puede personalizar seleccionando licitaciones o adjudicaciones y utilizando diversos filtros: por sector público -estatal, autonómico o local-, por tipología de
contrato, por tramitación, por procedimiento, año e, incluso, trimestre. La información arranca con el año 2019 y se actualiza trimestralmente. El visor permite obtener un retrato de la contratación pública conforme a los parámetros concretos que
resulten de interés para el que consulta.


Por su parte, y con una visión más cualitativa, la utilidad de nuestro trabajo de supervisión se plasma, como ya he comentado, en el esbozo de las líneas del mapa de riesgos de la contratación pública, que año tras año vamos consiguiendo
afinar en mayor medida. Dentro de poco contaremos ya con nuestro cuarto informe anual de supervisión, en este caso el de 2022, y, por ello, con nuestro cuarto avance sobre el mapa de riesgos.


La contratación pública sigue teniendo puntos de incertidumbre y margen para la mejora, pero de manera muy humilde, y reconociendo que el éxito es fruto del trabajo del equipo, me permito reconocer que con nuestros informes sentimos que
estamos contribuyendo a mejorar algunas cosas. En ocasiones esto se traslada a cuestiones muy concretas, por ejemplo, en la introducción de algunos filtros de interés en plataformas que permiten contar con información más ajustada. En otras
ocasiones esperamos que sea el inicio del camino del cambio de inercias; por poner un ejemplo, la reiteración al señalar la confusión entre modificación y prórroga contractual se ha traducido en un porcentaje decreciente de este tipo de error. En
todo caso, como también dije en junio, no nos gusta la autocomplacencia, más bien somos conscientes de que nos quedan muchos proyectos y muchos retos para, en el futuro, dar un salto en nuestra tarea, y a ello, justo en esta sede parlamentaria, nos
comprometemos a dedicarnos.


Muchas gracias por su atención y quedo a su disposición.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora presidenta.


A continuación, por un tiempo de siete minutos, tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario Plural, el señor Bel.


El señor BEL ACCENSI: Muchas gracias, presidente.


Quiero agradecer a la presidenta de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación su doble comparecencia y, sobre todo, su trabajo y el trabajo de toda la oficina y, en nombre



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de mi grupo parlamentario, el Partit Demòcrata, le pido que traslade nuestro reconocimiento a toda la plantilla que compone la oficina. De hecho, hoy seguramente no vamos a tener muchos periodistas que sigan esta comparecencia, pero creemos
que el trabajo de la oficina es muy relevante. Lo creíamos ya cuando se incluyó en la Ley de Contratos del Sector Público. Algunos de los que fuimos ponentes teníamos muchas esperanzas depositadas en ella. De hecho, yo creo que el trabajo es
bueno, el problema es que después el resto de la Administración haga suyas estas conclusiones y estas recomendaciones.


Podría ser muy extenso, pero hoy me quiero concentrar en un aspecto específico de la contratación pública, al que ustedes también le dedican trece páginas del informe de supervisión de la contratación correspondiente al año 2021, que es el
de la subcontratación. Como ustedes saben, la subcontratación está regulada en los artículos 215, 216 y 217 de la Ley de Contratos del Sector Público. Quiero centrar mi atención en este aspecto, porque muchas de las empresas, especialmente las
pequeñas y medianas empresas, que no tienen capacidad de acceder a la contratación, sí que trabajan indirectamente para la Administración pública mediante la subcontratación y padecen un problema endémico que no acabamos de resolver, que es la
demora en el cobro de sus trabajos. La mayoría de ellas, obviamente, no hace falta que les diga que tienen una gran dependencia respecto a la contratista principal y, por tanto, no pueden ir denunciando constantemente a la contratista; bueno,
poder sí pueden hacerlo, pero no constantemente porque dejan de trabajar para la contratista. Claro, las empresas subcontratistas habían depositado muchas esperanzas en la Ley de Contratos del Sector Público y la verdad es que, de momento, les
estamos fallando de forma sustancial.


En su informe usted nos da unos datos que yo creo que son muy relevantes y que tenemos que tener en cuenta, más que nada porque cuando después nosotros decimos que se debe modificar la legislación para acotarla más quizá estos datos nos dan
la razón. De toda la contratación pública analizada, el 95,9 % no especifica si se puede subcontratar y en qué límite se puede subcontratar. Ustedes saben que el artículo 217 prevé un sistema de control y comprobación de pagos para los
subcontratistas en aquellos contratos superiores a 5 millones de euros y en los que la subcontratación supere el 30 %. ¿Saben lo que nos dice el informe que estamos analizando -página 312- Pues que de las 1 259 licitaciones de 2020 superiores a 5
millones de euros, solo 27 -solo 27-, que no llegan al 2 %, han indicado expresamente en el anuncio de licitación que se permite una subcontratación del 30 %. Y cuando la oficina ha analizado estas 27, ¿qué se ha encontrado? Que de estas 27, que
se transforman en 33 contratos, solo en 7 se ha publicado un documento del contrato y, de estas 7, solo en 2 se ha indicado que el porcentaje de subcontratación es uno concreto. Con lo cual, todo el esfuerzo legislativo que estamos haciendo
nosotros en algún ámbito es ridículo, porque eso no resuelve nada a los subcontratistas. Yo he asistido a una reunión de la Plataforma de Lucha contra la Morosidad hoy mismo a mediodía en la que los subcontratistas me han enseñado los contratos, y
en los contratos del contratista principal respecto al subcontratista se establecen periodos de pago de 180 a 210 días, cosa que teóricamente es ilegal. ¿Qué hemos hecho? Nosotros, cargados de buena voluntad, para intentar mejorar esto, en la ley
crea y crece hemos puesto que en estos contratos de más de 5 millones y en los que la subcontratación sea igual o superior al 30 %, en cada certificación de obra se debe aportar estar al corriente con los subcontratistas. Pero es evidente que si en
2020 solo ha habido dos contratos que se pueden controlar directamente por la oficina, pues tampoco nos va a servir de mucho. También se ha modificado la ley crea y crece incluyendo un apartado tercero al artículo 217 en este sentido para
mejorarlo, pero creo que va a servir de poco. Por tanto, a mí me gustaría preguntar qué acciones deberían realizarse -no sé si coercitivas, incluso- con las propias administraciones, y aquí hablo de la Administración local, de la Administración
autonómica o de la Administración central, para que en la elaboración de los pliegos de licitación se establezca como obligatorio señalar si se puede hacer y en qué porcentaje se puede hacer la subcontratación, y en los casos en que no figure en el
pliego, tampoco figurará en la oferta. Nadie se cree que en el 97 % de los contratos públicos que se hacen en el conjunto del Estado español no hay subcontratación. Nadie se lo cree. Eso es una falacia. Todos los que han estado en una
Administración, ya sea Administración local, autonómica o estatal, saben que esto no es así. La realidad de los contratos no es esta. Tendremos que forzar de alguna forma una solución -no sé si ustedes nos la pueden aportar con su experiencia-
para que nosotros podamos trasladarla en el ámbito estrictamente legislativo, para que estas administraciones tengan estos datos y que, después, la tarea de supervisión que pueda hacer la oficina también tenga unas consecuencias, porque, al final, a
mí como legislador -y supongo que a ustedes como supervisores-, esto te causa cierta impotencia y la sensación de que no estamos resolviendo el problema que hoy por hoy resta mucha competitividad a nuestras empresas, que es la demora en los pagos de
los trabajos que



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realizan las empresas. Por lo tanto, quiero agradecerle el trabajo y pedirle si nos puede hacer alguna sugerencia para mejorar en este sentido.


Muchísimas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Bel.


A continuación, por el Grupo Parlamentario VOX, tiene la palabra el señor Aizcorbe.


El señor AIZCORBE TORRA: Muchas gracias, señor presidente.


Muchas gracias, señora Araújo, por su presencia aquí en el día de hoy gracias a la insistencia machacona y cierta de mi compatriota de la patria chica, señor Bel. (El señor Bel Accensi: ¡Chica o grande!-Risas). Nuestra patria chica común,
también de la grande común.


Se nos ha quedado corto el tiempo porque, realmente, señor Bel, más allá de nuestras importantes diferencias en algunos criterios esenciales, quiero reconocer su conocimiento en cuanto a la práctica de la Ley de Contratos del Sector Público,
concretamente. Efectivamente ahí, sobre la base de los números que tenemos, quisiera preguntar, siguiendo la estela que ha dejado el señor Bel, por la problemática en toda la contratación de los contratos menores y hasta qué punto ha afectado en
positivo o en negativo la modificación del famoso artículo 118 de la Ley de Contratos del Sector Público. Quizás es una pequeña modificación de un párrafo, pero es sustancial a efectos prácticos, diría yo, de poder hacer las cosas.


Como dice el señor Bel, afortunadamente pocos periodistas estarán siguiendo esta comparecencia. Parto de una presunción in dubio pro reo, no porque exista un reo, sino de la presunción de inocencia en todas las actuaciones de las
administraciones públicas municipales, autonómicas y estatales, salvo que haya indicios suficientes para poder iniciar actuaciones. Parto de este principio porque creo que es importante. A pesar de las calificaciones que tenemos y de la percepción
de la corrupción que existe en España, parece ser que hay ciertos indicadores europeos que señalan que estamos un poco estancados. Vaya por delante eso, que creo que es importante.


Sobre esa base, hay varias preguntas en relación con lo que sucedió en 2020, que forma parte del informe de 2021, sobre la contratación de emergencia. Claro, la contratación de emergencia es de emergencia, obviamente. Era necesaria, sobre
todo en un momento de incertidumbre sobre la legalidad de alguna norma, sobre dicha legalidad después de la norma que se llevó ante el Tribunal Constitucional sobre los estados de alarma, y fui comisionado por mi grupo para la suscripción de dichos
recursos. El tema es si esta oficina, más allá de lo que percibió, constató si se fue mucho más allá de dicha contratación de emergencia y si hubo excesivas adjudicaciones directas reiteradas. Sin duda, es de admirar el trabajo que están haciendo
ustedes con doce personas en 2020, con diecinueve en 2021 y con veinticinco en 2022, porque, en realidad, ponen foco y ponen luz a toda la maraña de contratación, que es mucha y muy grande. Por eso, quizás es difícil la contestación a una pregunta
tan genérica como la que le hago. Sí que es cierto que en esas sentencias del Tribunal Constitucional en las que se decretaba la ilegalidad, aunque fuere formal, no entró el Tribunal Constitucional en el tema de compensar los daños y perjuicios que
se ocasionaron, sin duda alguna, en muchos contratos que estaban en vigor. Ese cese de actividad absoluto causó perjuicios, sin duda, indubitados a distintas empresas. Después, dentro de la maraña en aquel momento -también lo conocerá usted-,
nosotros decimos como consecuencia del galimatías del Estado autonómico, en Cataluña concretamente, en la región a la que me refería anteriormente, se aprobaron una serie de normas de régimen jurídico que afectaban al sector público que estaban en
contraposición con normas posteriores decretadas por esta Cámara y por el Gobierno mediante reales decretos leyes.


Finalizo, señor presidente. Simplemente, partiendo de esa relación de in dubio pro reo, de presunción de inocencia, siempre en caso de duda a favor de que ha existido la buena fe, quiero saber la sensación que tienen en la OIReScon con
relación a los denunciantes de posibles actuaciones de corrupción. Creo que en 2020 se recibieron ciento treinta notificaciones -si no estoy errado; no sé si recibieron más- y que existe -creo-, al menos ha aparecido alguna noticia, cierto temor
por parte de dicha oficina a posibles represalias a estos denunciantes. Quiero que me diga si eso es así y también si han podido percibir que hay denunciantes gratuitos, o sea, que hay denunciantes que posiblemente tengan otros intereses distintos
a la denuncia objetiva a dichos contratos. Como dice mi querido amigo el señor Bel, tendríamos para mucho rato, pero el tiempo es limitado y en democracia más, me temo.


Muchas gracias de nuevo. (Aplausos).



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El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Aizcorbe, pero no tema a la democracia. (Risas).


A continuación, tiene la palabra el señor Paniagua, del Grupo Popular.


El señor PANIAGUA NÚÑEZ: Gracias, presidente.


Gracias, presidenta, y bienvenida de nuevo a esta Comisión. Por sus explicaciones en la anterior Comisión y en la tarde de hoy, quiero reiterarle, como otros grupos, la felicitación a toda su organización y deseo que les traslade nuestro
apoyo y consideración.


Algunos de los fines que tiene la OIReScon, aunque viene recogido en los informes, me gustaría que nos los trasladara aquí para que conste en el Diario de Sesiones, tres objetivos fundamentales y los resultados principales. En primer lugar,
una de sus funciones es detectar incumplimientos específicos, y me gustaría que nos trasladara cuáles han sido los incumplimientos específicos más importantes. Otra de sus funciones es detectar problemas sistémicos, por lo que también querría que
nos los explicara para que consten cuáles son aquellos problemas sistémicos en la contratación. Una última función es verificar la transparencia, y en particular los conflictos de intereses, por lo que también me gustaría que nos informase sobre
cuáles han sido los principales resultados.


Nos ha hablado del tema de los recursos humanos, de la escasez de personal durante estos años y cambios en la dirección, y me gustaría saber cuál ha sido la razón por la que ha habido tanto cambio y tantos problemas para dotar de personal a
la oficina. Teniendo en cuenta el escaso número de personal que tienen en plantilla, me parece muy adecuado lo que nos ha trasladado de toda la inversión que están haciendo en sistemas de gestión de base de datos que les permite manejar mucha
información con menos trabajadores.


El otro día nos habló del Servicio de Notificación de Novedades, y me gustaría preguntarle cuántas personas hay suscritas a este servicio porque, en el caso de las comunicaciones, usted nos habló de que habían recibido cincuenta y seis
comunicaciones en el buzón, veintidós denuncias, veinte consultas y catorce peticiones y comunicaciones, y a mí me parecen muy pocas, me parece un resultado muy escaso. No sé si en el caso del Servicio de Notificación de Novedades ocurre, como
diría un amigo mío experto en comunicación, que lo que parece que no existe es que de verdad no existe, por lo que quizás haya que hacer un esfuerzo en estos temas.


También quiero felicitarle por todas las guías que han desarrollado durante los años 2020 y 2021, y que supongo que habrán seguido en el año 2022, porque me parece que es una labor importante que ayuda de forma previa a la contratación, y no
solo el control de los resultados o de los contratos que se han formalizado. El análisis de la contratación está muy bien, pero quería preguntarle si en algún momento la oficina o alguien en alguna parte de la Administración se ha planteado hacer
un análisis poscontratación, no de la legalidad de la contratación, sino de los objetivos y de los resultados de la contratación. Es decir, si la contratación tiene unos objetivos, si se han cumplido esos objetivos o no, si los resultados han sido
adecuados, porque yo creo que a veces estamos demasiado obsesionados con que las cosas se hagan de forma muy legal, pero, a lo mejor, en muchos casos las contrataciones no tienen ningún sentido, no aportan nada a las administraciones o a los
ciudadanos o a las entidades en las que se hacen, y creo que esto merece un análisis en algún momento.


Asimismo, quería preguntarle sobre cuáles son las diferencias que ha visto en la contratación en la era COVID entre la contratación COVID y el resto de la contratación. Sobre la subcontratación quería hacerle también alguna pregunta, pero
como ya lo ha expresado de forma muy amplia el señor Bel, es suficiente. Asimismo, querría saber hasta quién llega la supervisión dentro de la Administración pública. ¿A todas las administraciones públicas, ayuntamientos de todos los tamaños,
organismos autónomos, sociedades privadas de capital público? ¿Hasta qué entidades llega? Yo soy más optimista que el señor Bel en cuanto a las consecuencias de la oficina y del trabajo de la OIReScon, y creo que en muchos casos en las
administraciones públicas por falta de tiempo, de información y de formación en algunos casos se cometen todos esos errores. Por eso yo creo que la mejora de los resultados, como nos ha comentado la presidenta, ya se está produciendo, y por eso
creo que toda la supervisión y regulación ayudará a mejorar de forma clara la contratación pública, de lo que nos alegramos.


Muchísimas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Paniagua.


A continuación, por el Grupo Parlamento Socialista, tiene la palabra el señor Ruiz.



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El señor RUIZ DE DIEGO: Gracias, señor presidente.


Buenas tardes a todos. Señora presidenta, mi agradecimiento en nombre del Grupo Parlamentario Socialista por la comparecencia del mes de junio y por las aclaraciones efectuadas en la tarde de hoy.


Yo no querría repetir algunos de los acertados argumentos de mis compañeros, pero, como tenía algunas anotaciones derivadas de ese informe, en virtud de la situación del personal y de los medios técnicos que tiene la oficina, querría saber
cuáles son las necesidades tanto de personal como de medios y qué calendario temporal sería el establecido por la oficina para cumplimentar ambas necesidades.


Respecto del cumplimiento por las administraciones, detectamos en el informe que algunas administraciones son un poco renuentes a contestar, y quisiéramos saber si la oficina ha detectado si las administraciones, tanto las locales como las
autonómicas, ven bien la acción de supervisión que se realiza por parte de la oficina, y si sería preciso o no algún tipo de acción coercitiva a esas administraciones que pudieran ser renuentes a la acción de la oficina.


Los compañeros han hablado con acierto del tema de la subcontratación, y a mí me gustaría incidir en una práctica -no voy a poner el adjetivo-, que es la prórroga de los contratos; a veces prórrogas no siempre justificadas y algunas
prórrogas, evidentemente, en fraude de ley en virtud del tamaño de pequeñas administraciones locales, que en España están tan extendidas.


Quisiera agradecer, en primer lugar, la página web de la de la oficina, que me parece acertada, dinámica y accesible para las personas que no son del sector o que no tienen conocimientos jurídicos. También quisiera agradecer un gesto que
les alaba, que es el código ético. No sé si todas las administraciones lo hacen, pero que una oficina independiente, aparte de la propia independencia que viene en el nombre del organismo, sus componentes suscriban un documento de esta categoría,
dice mucho también de cuál es la filosofía de trabajo con la que se pretende trabajar. En ese tema y, sobre todo en el de cómo las administraciones, especialmente las de menor tamaño, están cumplimentando la publicidad de los contratos, como han
dicho los compañeros, incluso en el tema del pago y en el del cumplimiento del objetivo del contrato, hay mucho que avanzar, pero realmente se ha avanzado mucho. En ese sentido, si cualquiera de las recomendaciones que se hagan en los informes
pueden servir de base para modificaciones legislativas o reglamentarias en su momento, creo que estarían haciendo un gran trabajo, un trabajo realmente colosal a la vista de los elementos técnicos y humanos con los que cuentan. Así pues, nuestra
felicitación, y me gustaría que pudiera darme las respuestas.


Gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ruiz.


A continuación, tiene la palabra la señora presidenta para responder a los portavoces.


La señora PRESIDENTA DE LA OFICINA INDEPENDIENTE DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN (Araújo Chamorro): Muchísimas gracias a todos por sus intervenciones y, sobre todo, muchísimas gracias por reconocer el trabajo que hace la
gente de la oficina, en la que no me incluyo, pero de verdad que el equipo es magnífico. Los cuatro vocales que me acompañan hoy en esta comparecencia hacen un trabajo extraordinario pero, además, el personal que se ha ido incorporando a la oficina
-muchos de ellos de nuevo ingreso, siendo este su primer destino en la Administración- está haciendo un esfuerzo extraordinario, así pues, mañana les trasladaré su reconocimiento, y creo que estarán justamente satisfechos.


En cuanto a los recursos, como ha sido una tónica general de todas las intervenciones, sí que quisiera hacer una aclaración, y es que a mí me gusta decir tanto en el ámbito privado como en el ámbito profesional que yo soy poco de quejarme y
más de intentar resolver. Por tanto, no quiero que los datos que he dado acerca del personal consten como una queja. La oficina tiene los recursos que tiene en un contexto en el que no siempre es fácil contar con todo el personal que uno desearía,
sobre todo porque tenemos en cartera muchísimos proyectos y se nos ocurren muchísimas iniciativas. No somos muchos, pero somos valientes. Tengo la esperanza de que en el próximo año podamos incorporar algún funcionario más, en concreto en la otra
oficina que está integrada dentro de OIReScon, que es la Oficina Nacional de Evaluación. Está comenzando a funcionar, lleva solo un año, tiene muchísima actividad y creo que es un ámbito en el que tenemos que reforzar la plantilla. En el resto van
a ser muy bienvenidos todos los que lleguen, pero los que somos vamos a ser capaces de seguir haciendo mucho.


Respecto a los medios materiales, yo creo que hemos orientado bien hacia dónde debíamos caminar. Efectivamente, ya no solo porque seamos pocos y necesitemos herramientas que nos permitan hacer mucho, sino porque también el tipo de trabajo
que hacemos requiere este tipo de instrumentos para poder



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trabajar globalmente. Les decía, tanto en junio como en mi intervención de hoy, que nosotros no vamos a mirar un expediente ni un problema concreto, vamos a mirar un poquito desde arriba y para eso manejamos muchísima información. He dado
los datos de los informes especiales de supervisión relativos a las emergencias. En un caso eran más de 11 000 expedientes; en otro eran más de 22 000. O tienes herramientas de business intelligence, que te permitan tratar de forma masiva todos
estos datos, o no puedes extraer ningún tipo de conclusión. Dicho esto con carácter previo, estamos satisfechos con el trabajo desarrollado, muy contentos hoy de que nos lo reconozcan, y yo creo que vamos en la buena dirección tanto para dotarnos
de recursos humanos como de medios materiales.


Empiezo ya a contestar alguna cuestión, y quiero hacerlo con el tema de la subcontratación, que efectivamente es una cuestión que nos ocupa y nos preocupa. En general, en el mapa de riesgos, ese que estamos intentando esbozar a partir de
unas líneas de conclusiones, la fase de ejecución del contrato -y eso enlaza también con alguna de las intervenciones que han hecho sobre los problemas de la ejecución de los contratos y qué pasa después de la propia ejecución del contrato- es
aquella fase de la que se tiene menos información, siendo muy relevante. El foco se pone en: adjudiquemos bien, respetando la ley, pero ¿y qué pasa cuando se adjudica el contrato? La subcontratación forma parte de ese bloque. Es verdad, son
absolutamente correctos los datos que nos ofrecía el señor diputado, y me temo -y parezco un mayordomo inglés- que le voy a dar malas noticias, porque en el informe anual de supervisión, que tenemos ya casi listo y que aprobaremos en este mismo mes,
esa misma tónica se repite también. En el 96 % de los casos de contratación del ejercicio 2021 no se indica el porcentaje de subcontratación y, además, también siguen esa misma línea los contratos tanto de servicios como de obras mayores de 5
millones de euros, que serían 1 509. Solo han especificado el porcentaje en los anuncios de cuarenta y dos licitaciones; de estas, solo quince han incorporado el documento formalizado en su publicación, y de ellos solo en dos casos se ha
incorporado el porcentaje de la subcontratación, así que con este tema tenemos un problema.


Nosotros hemos hecho ya algunas propuestas, como mejorar el contenido de la ley, que es muy potestativo, y que a lo mejor tiene que ser algo más imperativo. Eso debería trasladarse también a la información de plataforma. Quizá este debería
ser un campo a cumplimentar con carácter obligatorio. Hemos sugerido, y yo creo que esa es una buena línea, la bondad de incorporar al expediente el justificante del pago a proveedores y, finalmente, hemos apuntado en el sentido de que no nos
constaba que ningún órgano de control estuviese controlando la subcontratación. Nos hemos llevado la alegría en el informe de 2022 de que hemos encontrado un informe del Tribunal de Cuentas en el que sí que dedican un apartado a controlar el pago a
los subcontratistas. Esta va a ser la misma línea en la que va a ir el informe de 2022, pero es un balance pobre, porque lo que hace es constatar que, efectivamente, seguimos teniendo un problema y que hay algunas soluciones que parece que no se
acaban de poner en marcha. El compromiso que podemos adquirir aquí es intentar ofrecer o dedicar más tiempo y una mirada más enfocada a estas cuestiones.


La subcontratación, efectivamente, está muy relacionada con las pequeñas y medianas empresas. Uno de los grandes objetivos de la ley de contratos era apostar por la contratación estratégica y, dentro de esas líneas estratégicas, favorecer
la incorporación de las pymes a la contratación pública. Quizá, igual que hemos hecho en la oficina con la contratación estratégica -sacamos su análisis del informe anual de supervisión y hemos hecho un informe especial de supervisión en 2022-,
cuando vengamos a dar cuenta de nuestra actividad contaremos que no solo hemos mirado a las emergencias sino también a la contratación estratégica. Pues a lo mejor una línea de análisis específica en un informe especial de supervisión sobre la
subcontratación y sobre la presencia de pymes, y cómo pueden afectar distintos factores a su incorporación o no al ámbito de la contratación pública, desde adaptar o no la solvencia hasta la utilización en mayor o menor medida del criterio precio
-pongo esas dos cuestiones como ejemplo-, a lo mejor 2023 debe ser el año de las pymes y, ya que está aquí la vocal de supervisión, nos comprometemos a trabajar en esa dirección.


En cuanto a los contratos menores, todo el análisis que hacíamos y todos los datos que daba excluían la contratación menor, porque la información que tienen las plataformas es información agregada y, por tanto, nosotros no podemos analizar
lo que sucede con la contratación menor con el mismo nivel de detalle que podemos hacer con el resto de la contratación. En ese sentido y consciente de ello, la única instrucción que esta oficina ha aprobado en el año 2019 ha tenido que ver con la
contratación menor, intentando establecer algunos criterios interpretativos y también ofrecer un marco en el que la contratación menor se ajustase a unos parámetros razonables dentro de lo que es el marco de la ley de contratos. La



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instrucción, que al principio despertó dudas, de hecho fue objeto de una aclaración, yo creo que ya se ha consolidado y, como señalaba el señor diputado, nosotros también tenemos la confianza de que la voluntad de los órganos de contratación
es hacer las cosas bien, y en esa línea su voluntad ha sido ajustar la contratación menor también a esos parámetros interpretativos que recogíamos en nuestra única instrucción aprobada.


En cuanto a la contratación de 2020, la contratación de emergencia, ha apuntado algunas de las principales conclusiones a las que habíamos llegado en los informes especiales de supervisión que hicimos tanto en el año 2020 como en 2021, y
también lo hemos hecho en 2022. Del mismo modo que comentaba a la hora de hablar de la subcontratación, cuando vengamos el año que viene contaremos que hemos continuado poniendo el foco sobre la contratación de emergencias. Enlazo también con
alguna consideración en este sentido de qué pasó en el año 2020. En 2020 pasaron cosas tremendas y también en el ámbito de la contratación pública: descendió el volumen de contratación, descendió el porcentaje de contratación que se adjudicó por
procedimiento abierto, porque una parte de los recursos se fueron hacia la contratación de emergencias. Como conclusiones del análisis que hicimos, sobre todo en 2021, que es más completo y que, además, incorpora dos años normales como 2018 y 2019,
les comentaba que en algunos casos del análisis de la publicidad de las tomas de razón que hacían los distintos órganos de gobierno parecía deducirse que se habían producido, cuanto menos, demoras en el traslado de esa información. Además, en el
caso de los años 2018 y 2019 es frecuente que estas tomas de razón no informen ni siquiera de los datos económicos. Creo que comenzar a utilizar las emergencias de forma más intensiva en el ejercicio 2020 sirvió para ir corrigiendo estas malas
praxis, si se pueden calificar así. En el caso de la publicación de los contratos, también en 2018 y 2019 se detectaban omisiones de información y era más difícil comprobar las causas que motivaban la utilización de esta vía, y ambas cuestiones se
mejoran notablemente en el ejercicio 2020. En todo caso, en 2020 y como problemas propios, nos encontramos con que contratos que sí se han publicitado en plataformas de comunidades autónomas, plataformas agregadas, luego no se han publicitado en la
plataforma de contratación del sector público. Aun así, el porcentaje es bastante inferior al de los años 2018 y 2019, cuando fue del 65 %, mientras que en 2020 se baja hasta el 27 o 28 %.


Finalmente, como otra conclusión del análisis que hicimos de la contratación de emergencia, a veces se utilizan procedimientos de adjudicación o se adjudican contratos cuya duración no parece casar con la filosofía de lo que es una
contratación de emergencia. Si es emergencia, no podemos seguir la tramitación de un procedimiento abierto o de un acuerdo marco porque los plazos no se corresponden con la necesidad de actuar inmediatamente, o no podemos estar adjudicando un
contrato que luego tendrá prevista su ejecución durante 365 días. Como reflexión, desde nuestra oficina hemos entendido que las circunstancias excepcionales que vivimos en 2020 parecía que eran un marco que invitaba a utilizar esta figura, que es
propia de nuestra legislación. No hay otra similar en el contexto europeo, viene de un decreto de Bravo Murillo, del siglo XIX, y se ha ido manteniendo en la distinta normativa de la contratación pública. Aun así, aunque está presente en nuestra
ley, creemos que la praxis debe adaptarse a los estándares que establece la Comisión Europea, centrándose en que se trate de sucesos imprevisibles para el poder adjudicador, que sea una situación de extrema urgencia que impida que se cumplan los
plazos generales, que haya un nexo causal entre el suceso imprevisto y la urgencia y que se utilice estrictamente para cubrir el vacío hasta que se encuentre otro tipo de solución, y, por supuesto, todo ello debe darse simultáneamente. Entendemos
que estos mismos criterios que se utilizan en el contexto europeo y se recogen en una comunicación de la Comisión Europea de abril de 2020 los tenemos que aplicar en nuestro país. Creemos que en ese contexto, durante 2020 la tramitación de
emergencia se utilizó razonablemente con todos estos aspectos, que serían susceptibles de mejorar. El ejercicio 2021 caminó también en esa dirección y en él se comenzó a percibir que algunas cosas que habíamos señalado ya se iban incorporando. La
acreditación de la causa que justificaba la emergencia ya no sucedía como en los ejercicios 2018 y 2019 y era menor el porcentaje de contratos publicados en plataformas que no se publicaban en la plataforma de contratación del sector público.
También había un mejor indicador por lo que se refiere a las tomas de razón por parte de los distintos órganos de gobierno, una figura extraña que se tuvo que utilizar por circunstancias muy excepcionales y que creemos que se ha orientado en un
camino razonable.


En su intervención, el diputado del Grupo Parlamentario VOX ha hablado de los denunciantes y de su preocupación sobre la necesidad de protegerlos, y, efectivamente, esa es una de las recomendaciones que hemos incorporado en alguno de
nuestros informes. De hecho, una de las cuestiones que hay que



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abordar, y además con carácter inmediato, es la trasposición de la directiva que obliga a la protección de estos denunciantes. Y nos consta que ya hay un proyecto de ley en tramitación que va en esta dirección.


El diputado del Grupo Parlamentario Popular nos invitaba a que hiciéramos un breve resumen, que voy a intentar que sea breve, de los tres grandes ejes en los que se centra nuestra supervisión. Empezando por el tema de los incumplimientos,
recabamos la información de los tribunales de recursos contractuales y de los órganos de control interno y externo. En el caso de los tribunales de recursos contractuales, aquella cuestión en la que han puesto más énfasis es en la que tiene que ver
con la necesidad de justificar adecuadamente tanto la adjudicación como las causas de exclusión. En cuanto a los pliegos, cuestionan la justificación de los criterios de adjudicación que se incorporan. Estos son los principales incumplimientos que
dan lugar a que los recursos que se interponen ante estos tribunales sean estimados. En cuanto a los órganos de control, tanto interno como externo, señalan en primer lugar como una fase crítica la de preparación del contrato. Fundamentalmente los
órganos de control externo, el Tribunal de Cuentas y los OCEX, indican que es en esa fase en la que ellos detectan más irregularidades. Los órganos de control interno, las intervenciones generales de los tres niveles -estatal, autonómica y local-,
tanto en la función de fiscalización previa como en los informes de auditoría que realizan posteriormente, coinciden en señalar como fase en la que se producen más irregularidades la de autorización, es decir, la de preparación del contrato, de
manera que más de la mitad de los reparos que señalan las intervenciones afectan a esta fase, y luego la fase de ejecución del contrato, el reconocimiento de la obligación, a la que se refiere el 30 % de sus reparos. O sea, en cuanto a
incumplimientos, parece que apuntamos a la fase preparatoria, y ahí coincide también con las actuaciones que realizamos nosotros, las actuaciones de supervisión directa, y en menor medida pero también de manera importante en la fase de ejecución del
contrato.


En cuanto al segundo bloque, los problemas sistémicos, causas de inseguridad jurídica, recabamos información, fundamentalmente de los órganos consultivos, la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado y los correspondientes creados
en el ámbito de las comunidades autónomas, y nos encontramos con que el objeto más consultado en el ejercicio 2020 afectó a la ejecución y el cumplimiento de los contratos, si bien ha ido ido variando desde la entrada en vigor de la ley. Así, en
2018 las principales consultas se centraban precisamente en la contratación menor -en buena medida también por eso la oficina decidió sacar la instrucción que sacó-, en 2019 sobre el tipo de contrato y en 2020 sobre la ejecución y el cumplimiento de
los contratos. Y esta misma conclusión se reitera en el informe que presentaremos a final de año, que afecta a la contratación del ejercicio 2021. En cuanto a problemas sistémicos y en materia de cumplimiento del principio de transparencia,
recabamos información de los consejos de transparencia, tanto a nivel estatal como autonómico, y señalan la dificultad de acceder tanto a la documentación contractual como al propio expediente; en esa fase -en este caso afectaría a la licitación-
es donde se concentran en mayor medida los problemas, según estos organismos.


Finalmente, en cuanto al tercer bloque, relativo a prevención del fraude, corrupción, conflicto de intereses y prácticas colusorias, en este último caso, en materia de prácticas colusorias, recabamos información de los organismos de defensa
de la competencia, CNMC y autonómicos, y la principal debilidad que señalan se refiere a contratos de servicios, localizados fundamentalmente en el sector de transporte y movilidad. Y en cuanto a la lucha, prevención y notificación de fraude, el
trabajo que hacemos es relativo a recabar la actividad que han desarrollado las agencias y oficinas antifraude. En torno al 12 % de las quejas y denuncias que reciben afectan a contratación pública y, sobre todo, a contratos de servicios. De
manera muy sintética, estas son las tres áreas en las que trabajamos, que se resumen en nuestros informes anuales de supervisión.


En cuanto a las personas que tenemos suscritas a notificaciones, lo siento pero no le puedo dar el dato. Es verdad que, como señalaba al principio, la oficina es joven, en términos administrativos, y tenemos que trabajar en dotarla de una
mayor visibilidad. Recientemente, hemos intentado invertir en nuestra página web, que es verdad que hemos intentado que sea amigable, tratándose de una materia que no siempre lo es o que parece requerir un alto grado de especialización, y creo que
el visor que les he invitado a utilizar también va en esa línea. No obstante, además de la página web, puesto que tenemos que estar presentes, hace apenas unos días que hemos abierto un perfil en Linkedin, y, como anécdota, en este tiempo ya
tenemos más de cien seguidores. Es mi primera experiencia en redes sociales -soy de otra generación a la de mis hijos, obviamente-, pero hay vocales más jóvenes que yo, que se desempeñan muy bien en esta materia.


En cuanto a las comunicaciones que recibimos, van siguiendo una senda creciente. Efectivamente, no son muchas, pero debemos considerar que en buena parte están centradas en tener el carácter de



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denuncias, con lo que parece que, afortunadamente, no hay tantas cuestiones que denunciar. Hasta ahora hemos venido examinando la documentación que nos aportaban estas personas que se dirigían a nosotras a fin de determinar si la
información que nos trasladaban tenía un grado de verosimilitud suficiente como para dar traslado -que es lo que nos dice la ley que tenemos que hacer- al organismo competente, ya sea un órgano de control externo, Tribunal de Cuentas u OCEX, o la
Fiscalía o alguna agencia antifraude. Sin embargo, nos hemos encontrado con que en el 90 % de los casos no era aconsejable, fundamentalmente por dos razones: en primer lugar, porque el procedimiento aún estaba en curso y era susceptible de
interponer algún tipo de recurso de otro carácter y, por tanto, de cambiar la dinámica, y, en segundo lugar, porque la información que nos llegaba no tenía el grado de verosimilitud suficiente como para trasladarlo a ningún otro ámbito.
Efectivamente, cuando lo hemos detectado, lo hemos trasladado al Tribunal de Cuentas o a alguna agencia antifraude, y en un caso concreto al organismo de la Intervención General de la Administración del Estado, que vigila por el fraude a los
intereses financieros de la Unión Europea. En este sentido, hemos querido trabajar y aportar un plus de rigor, y hemos aprobado internamente un procedimiento para actuar ante las denuncias que nos llegan no solo a través del buzón, sino también a
través del correo electrónico o incluso el registro a fin de dotar de mayor rigor al procedimiento interno que desarrollamos para determinar si es verosímil o no la denuncia o la situación que nos trasladan.


En cuanto al examen que hacemos, que, efectivamente, se extiende a todo el ámbito de aplicación subjetivo de la Ley de Contratos del Sector Público, y sobre si encontramos algún tipo de administración que sea más renuente a contestar, la
verdad es que buena parte de nuestro trabajo lo hacemos directamente y no necesitamos solicitar la información. La principal fuente de información para nosotros son las plataformas y la información que aparece en ellas publicada. Por tanto,
coloquialmente, las administraciones están perdidas, hay ahí está todo, y con esta herramienta que hemos desarrollado somos capaces de tratar toda esta información. No obstante, hay ocasiones en las que sí que nos tenemos que dirigir, a título de
ejemplo, a los órganos de control interno, a las distintas intervenciones, aportando un formulario en el que resuman lo que ha sido su actividad de control de la contratación pública. En el caso de la Administración autonómica, nunca se produce
ningún problema, y es más difícil llegar a todo el entramado de la Administración local, diputaciones provinciales y ayuntamientos. Aunque, por muestreo, elijamos aquellos que superen un determinado nivel de población, quizá en este ámbito falta
que se nos conozca más y se vea la utilidad del trabajo que hacemos, que no pretende cuestionar el que ellos realizan, sino agregar los resultados de su trabajo para tener una visión global más completa.


Por último, efectivamente, hemos suscrito un código ético, queriendo dar un plus de compromiso. Nos parece que la gente que se dedica a controlar y supervisar tiene que empezar predicando con el ejemplo. En el caso de los vocales y de mí
misma, aunque no somos altos cargos, estamos sometidos al régimen de incompatibilidades de altos cargos, pero el personal de la oficina -la verdad es que generosamente- participó en la redacción del texto y ha querido firmar el código ético, cada
uno con su nombre, un gesto al que doy un valor tremendo porque habla muy bien del tipo de gente que tenemos en la oficina. Ellos han querido participar en este comité ético, del que no formamos parte los directivos de la oficina, y estoy muy
confiada en que, siendo un proyecto que les anunciaba en junio y ya se ha hecho realidad, será uno más de los que se habrán hecho realidad cuando comparezcamos dentro de un año.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


No teníamos previsto un segundo turno, pero, a petición del señor Bel, voy a dar un segundo turno de tres minutos, que no es de obligado cumplimiento.


El señor BEL ACCENSI: Muchas gracias, presidente. Seré breve.


Sin duda, quiero agradecer las matizaciones a la presidenta.


Efectivamente, los tres artículos de la subcontratación creo que abusan mucho de fórmulas como se podrá prever o podrán comprobar. Quizá habría que ser más más imperativo en relación con las obligaciones de las administraciones, porque, si
no, los grandes perjudicados acaban siendo las pequeñas y medianas empresas. Con la subcontratación conseguimos que puedan acceder a trabajar para la Administración pública, aunque sea de forma indirecta. Lo relevante también es que el 217 acabe
aplicándose y se pueda comprobar que los pagos a los subcontratistas se hacen en tiempo y en forma.


Acojo con satisfacción la sugerencia realizada en directo sobre la posibilidad de poder hacer casi un monográfico sobre la supervisión en el ámbito de la subcontratación. Doy por seguro que muchas



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empresas que son subcontratistas se lo van a agradecer. Aquí todos tenemos un reto común, y es que se avance en este sentido, porque, al final, que se pueda pagar en tiempo y forma, que las pequeñas y medianas empresas puedan cobrar en
tiempo y forma lo que hace es mejorar su competitividad y su viabilidad. Por tanto, agradezco muchísimo la respuesta. Cuando venga a presentar el informe de 2022, del que ya hemos conocido las novedades, volveremos a insistir, y esperamos que en
2023 podamos tener ese monográfico.


Muchísimas gracias, presidenta.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Bel.


Señor Aizcorbe.


El señor AIZCORBE TORRA: Muchas gracias. Muy brevemente sobre tres cuestiones.


En referencia a la subcontratación, ojalá que, insistiendo y a efectos prácticos, podamos evitar la famosa acción directa del 1597 del Código Civil, que de manera reiterada viene sucediendo y tanto daño causa en el funcionamiento normal de
las pymes, de modo que puedan acceder de esta forma indirecta a las contrataciones públicas.


No me ha quedado claro -ya sé que es una pregunta muy técnica, y quizá no sea el momento- si se han notado los efectos prácticos de la modificación del 118 de la Ley de Contratos del Sector Público.


Respecto a la modificación recientemente aprobada de algunos artículos de la Ley de Contratos del Sector Público mediante la ley de presupuestos que se aprobó la semana pasada, ¿nos podría dar alguna visión a vuelapluma? ¿Qué opinión tiene
de su acierto o no, de forma genérica?


Agradezco al señor presidente su consejo, pero no es temor a la democracia, sino a su deterioro.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Señor Ruiz.


El señor RUIZ DE DIEGO: Gracias.


Quisiera saber si, en cuanto a las prórrogas de los contratos, se ha detectado alguna práctica indebida.


El señor PRESIDENTE: Gracias.


Tiene la palabra la señora presidenta.


La señora PRESIDENTA DE LA OFICINA INDEPENDIENTE DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA CONTRATACIÓN (Araújo Chamorro): Gracias.


Sobre la subcontratación, creo que ya poco queda que decir y mucho por hacer.


En cuanto a la modificación del 118, lo que pretendía decirle, torpemente, es que sobre contratación menor no realizamos ningún tipo de supervisión. No le puedo dar una valoración. Solo señalar la preocupación que se detectó en 2019 sobre
la nueva regulación de la contratación menor, que dio lugar a una instrucción, incluso antes de que yo llegase a la oficina.


En cuanto a los artículos que han sido modificados, tengo una información no demasiado completa. En cualquier caso, si no estoy mal informada, hay una modificación del artículo 150 que guarda relación con prácticas colusorias que hemos
venido demandando en alguno de nuestros informes. Por tanto, si hay una regulación en ese sentido, lo saludaremos. Y también hay alguna modificación en cuanto a la Oficina Nacional de Evaluación, si tampoco estoy mal informada, que, una vez que
hemos arrancado, lo que busca es ahormar cómo tiene que ser el desarrollo del trabajo.


En cuanto al plazo para la emisión de los informes, estos son muy complejos; analizar en treinta días un proyecto que a veces ha tardado años en configurarse resulta complejo. Por otra parte, el hecho de que se analicen todos los proyectos
de concesión, incluso aquellos de muy escasa cuantía, hace que no puedas dedicar tantos recursos y tiempo a analizar los más relevantes en términos económicos, de modo que en este sentido también se ha introducido una limitación para la actuación de
la Oficina Nacional de Evaluación.


No sé si ha habido alguna modificación adicional. En todo caso, en lo que afecta a estas, fundamentalmente la relativa al 150, las saludaremos.


En cuanto a las prórrogas, efectivamente, veníamos detectando de manera importante que había una confusión en la parte que nosotros vemos -que es lo que se publica en plataforma- entre prórroga y modificación del contrato, pero la tendencia
que venimos observando es que esta confusión se está



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reduciendo, lo que quiere decir que cada vez se utiliza de forma más ajustada la modificación cuando es modificación y la prórroga cuando es prorroga. No sé si con eso respondo a su pregunta, pero lo que hemos detectado es que el concepto
de prórroga parece que se va afinando cada vez más, y se va a notar sobre todo en la información que incorpora el informe anual de supervisión de 2022, que espero aprobar en el mes de diciembre.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora presidenta.


Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión.


Eran las seis y veinticinco minutos de la tarde.