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BOCG. Senado, apartado I, núm. 269-2542, de 13/12/2021
cve: BOCG_D_14_269_2542 PDF



I. Iniciativas legislativas


Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Enmiendas (números 1501 a 2000)
621/000036
(Congreso de los Diputados, Serie A, Num.70, Núm.exp. 121/000070)



ENMIENDA NÚM. 1501

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.




ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto: Ejecución de obras de la Estrategia de Protección del Litoral Sur de
Castellón y Norte de Valencia.
Importe: Incrementar en 20.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa 45ED C05.I04 Adaptación de la costa al cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes
de ordenación del espacio marítimo
Capítulo 7
Artículo 74
Concepto Aportación al FRER para adaptación de la costa al cambio climático, estrategias marinas y
ordenación del espacio marino
Subconcepto Actuaciones adaptación al cambio climático
Importe: Incrementar en 20.000,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1502

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTAS
Sección: 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes
destinados al uso general.
Concepto: Reparación/reposición del pantalán (también llamado pasarela) que se adentra en el mar desde la plaza de la Armada Española en la costa de Chilches/Xilxes (Castellón).
Importe: Incrementar en 258,00 miles €
BAJAS
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06
DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto: Obras de reposición y conservación del litoral
Importe: Reducir 258,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1503

Del GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.









ALTA Entidad: ACUAMED.
Comunidad Autónoma: 09.- COMUNIDAD VALENCIANA
Provincia: Alicante
Proyecto: Ramal de la Vega Baja y margen izquierda.
Importe: 300,00 miles €.
Alta:Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”. 6. Pago por inversiones: e) Otros activos financieros.
BAJA
Entidad: ACUAMED
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del ejercicio.
Importe: 300,00 miles € Así mismo se adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN
Dotar la actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1504

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


ENMIENDA

De modificación.




Entidad: ACUAMED.
Comunidad Autónoma: 09.- COMUNIDAD VALENCIANA
Provincia: Alicante
Proyecto: Reparación de la balsa de San Diego Villena (Júcar-Vinalopó).
Importe: 10.000,00 miles €.
Alta: Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”. 6. Pago por inversiones: e) Otros activos financieros.
BAJA
Entidad: ACUAMED
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”.


Efectivo o equivalente al final del ejercicio.
Importe: 10.000,00 miles € Así mismo se adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las
variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN
Dotar la actuación de referencia. La Junta Central de Usuarios del Júcar ya presentó alegaciones durante el
ejercicio 2020, por la eliminación de la previsión de gasto para esta importante infraestructura.

ENMIENDA NÚM. 1505

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De
modificación.



ALTAS
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y
DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso
general.
Concepto: Refuerzo diques de contención en el frente litoral de la costa de Altea.
Importe: Incrementar en 258,00 miles €
BAJAS
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto: Obras de reposición y conservación del litoral
Importe: Reducir 258,00 miles

ENMIENDA NÚM. 1506




Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.




ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar
Programa: 452 – A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Encauzamiento del Rio Barxell.
Subconcepto Finalización de la primera fase entre los puentes de Cadiseño y Valencia y construcción de la segunda fase
Importe: Incrementar en 1.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación
Hidrográfica del Júcar
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: 2001 23 230 0030
Adecuación Cauces Naturales.
Importe: Reducir en 1.000,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia para evitar inundaciones.

ENMIENDA NÚM.
1507

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico
06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
6 Inversiones Reales
61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general.
2 Fase del Paseo Marítimo de Poniente en Benidorm entre Avd. Vicente Llorca Alós y el Paseo Tamarindos
Incrementar en 16.000.00 miles de euros
23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
45ED C05.I04 Adaptación de la costa al
cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo
7
74
Aportación al FRER para adaptación de la costa al cambio climático, estrategias marinas y ordenación del espacio marino
Actuaciones adaptación al cambio climático
Reducir 16.000.00 miles de euros
JUSTIFICACIÓN C La 2 Fase del Paseo Marítimo de Poniente en Benidorm entre Avd. Vicente L’orca /Más y el Paseo Tamarindos contribuye a alcanzar los
objetivos del componente: II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes 4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad 5. Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos V. Modernización y digitalización del tejido
industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora 14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico


del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. umplir con el compromiso del gobierno de España con la ciudad de Benidorm para la construcción de la segunda fase del Paseo de Poniente

ENMIENDA NÚM.
1508

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección 23Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico
Servicio 06 Dirección General de la Costa y del Mar
Programa 456D Actuación en la Costa
Capítulo6
Artículo 61
Concepto Playa Babilonia (Guardamar del Segura)
Subconcepto Estudio para infraestructuras para prevenir y paliar los daños ocasionados por
temporales.
Importe Incrementar 100,00 miles de euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 64
Concepto: 2006 23 06 0500 Estudios técnicos del litoral
Importe Reducir en 100,00 miles de euros

ENMIENDA NÚM. 1509

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto ACTUACIONES DE REGADIOS
Subconcepto Estudio para la modernización de la CR de “Bacarot”, partiendo de la bajante de la basa Torrellano. 850 hectáreas
Importe Incrementar 100,00 mil €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN
GENERAL DEL AGUA
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
ConceptoACTUACIONES DE REGADIOS
Subconcepto 2021 23 05 0013 MODERNIZACION REGADIOS
Importe Reducir 100,00 mil €

ENMIENDA
NÚM. 1510

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto ACTUACIONES DE REGADIOS
Subconcepto Estudio para la modernización de la CR “Cuarto de Poniente”- Orihuela. 5.567 hectáreas
Importe Incrementar 100,00 mil €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto ACTUACIONES DE REGADIOS
Subconcepto2021 23 05 0013 MODERNIZACION REGADIOS
Importe Reducir 100,00 mil €
JUSTIFICACIÓN:


Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1511

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452A Gestión e
infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto ACTUACIONES DE REGADIOS
Subconcepto Estudio para la
modernización de la CR “Crevillente”. 1964 hectáreas
Importe Incrementar 100,00 mil €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto ACTUACIONES DE REGADIOS
Subconcepto 2021 23 05 0013 MODERNIZACION REGADIOS
Importe Reducir 100,00 mil €
JUSTIFICACIÓN:


Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1512

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.





ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452A Gestión e
infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto ACTUACIONES DE REGADIOS
Subconcepto Estudio para la
modernización de la CR “Huerta de Alicante”. 1.830 hectáreas
Importe Incrementar 100,00 mil €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones
Reales
Artículo: 61
Concepto ACTUACIONES DE REGADIOS
Subconcepto 2021 23 05 0013 MODERNIZACION REGADIOS
Importe Reducir 100,00 mil €
JUSTIFICACIÓN:


Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1513

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS

Sección:
23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua

Capítulo: 6

Artículo: 61

Concepto:
(nuevo) Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los Riesgos derivados por Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja .

Subconcepto Encauzamiento de La Rambla de Abanilla y Canalizacion
al Hondo de Elche

Importe: incremento 10.000,00 miles €

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL
SEGURA

Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

Artículo: 70 De la Administración del Estado

Concepto: 700 Del departamento al que está adscrito

Importe: incremento 10.000,00 miles €

REPERCUSIÓN EN EL
PRESUPUESTO DEL ESTADO ALTA

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa: 000X Transferencias internas

Capítulo: 7

Artículo: 71 A
Organismos Autónomos

Concepto: 71006 Confederación Hidrográfica del Segura

Importe: incremento 10.000,00 miles €

BAJA

Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo 50
MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA

Programa 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación

Capítulo 7

Artículo 74

Concepto 740
Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos

Subconcepto 74020 Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación
del riesgo de inundación

Importe reducir en 10.000,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN

Las Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los Riesgos derivados por Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el
Ámbito de Orihuela y la Vega Baja contribuyen a alcanzar los objetivos del componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

3. Transformación ambiental y digital del sistema
agroalimentario y pesquero

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas,
siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Según los Estudios de la
Universidad de Alicante, de la Revisión y Actualización del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Confederación Hidrográfica del Segura y de la información de los ayuntamientos afectados, es necesario realizar una serie de actuaciones para
afrontar las inundaciones en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja. El total, de las actuaciones mínimas necesarias, asciende a 327 millones de euros.

ENMIENDA NÚM. 1514

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA


De modificación.

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Programa: 452A Gestión e
infraestructuras del agua

Capítulo: 6

Artículo: 61

Concepto: (nuevo) Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los Riesgos derivados por Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el Ámbito de Orihuela y la
Vega Baja .

Subconcepto Canal-Aliviadero del Rio Segura al Regueron de Hurchillo (By-Pass Rio Segura).

Importe: incremento 5.000,00 miles €

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

Artículo: 70 De la Administración del Estado

Concepto: 700 Del departamento al que
está adscrito

Importe: incremento 5.000,00 miles €

REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO ALTA

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL
AGUA

Programa: 000X Transferencias internas

Capítulo: 7

Artículo: 71 A Organismos Autónomos

Concepto: 71006 Confederación Hidrográfica del Segura

Importe: incremento 10.000,00 miles €

BAJA


Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA

Programa 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y
mitigación del riesgo de inundación

Capítulo 7




Artículo 74

Concepto 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos

Subconcepto 74020 Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecosistemas
fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación

Importe reducir en 5.000,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN

Las Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los Riesgos derivados por
Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja contribuyen a alcanzar los objetivos del componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

3.
Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

del Plan de Recuperación y Resiliencia
aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2022.

Según los Estudios de la Universidad de Alicante, de la Revisión y Actualización del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Confederación Hidrográfica del Segura y de la información de los ayuntamientos afectados, es necesario
realizar una serie de actuaciones para afrontar las inundaciones en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja. El total, de las actuaciones mínimas necesarias, asciende a 327 millones de euros.

ENMIENDA NÚM. 1515

Del GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ENMIENDA AL PRESUPUESTO DEL ORGANISMOS AUTÓNOMO, 23. 109 Confederación Hidrográfica del Segura DE MODIFICACION


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO


Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua Capítulo: 6 Artículo: 61 Concepto: (nuevo) Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los Riesgos derivados por
Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja . Subconcepto Ensanchamiento cauce del Regueron-Corredor Verde. Importe: incremento 7.000,00 miles €


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO


Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Artículo: 70 De la Administración del Estado Concepto: 700 Del departamento al que está adscrito Importe: incremento 7.000,00 miles €


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO ALTA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO


Organismo: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA Programa: 000X Transferencias internas Capítulo: 7

ENMIENDA NÚM. 1516

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Programa: 452A Gestión e infraestructuras
del agua

Capítulo: 6

Artículo: 61

Concepto: (nuevo) Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los Riesgos derivados por Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja .


Subconcepto Ensanchamiento cauce del Rio Segura, Tramo Orihuela-Guardamar..

Importe: incremento 11.000,00 miles €

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
DEMOGRÁFICO

Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

Artículo: 70 De la Administración del Estado

Concepto: 700 Del departamento al que está adscrito

Importe:
incremento 11.000,00 miles €

REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO ALTA

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa: 000X
Transferencias internas

Capítulo: 7

Artículo: 71 A Organismos Autónomos

Concepto: 71006 Confederación Hidrográfica del Segura

Importe: incremento 11.000,00 miles €

BAJA

Sección 23 MINISTERIO PARA
LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA

Programa 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de
inundación

Capítulo 7

Artículo 74

Concepto 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos

Subconcepto 74020 Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y
restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación

Importe reducir en 11.000,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN

Las Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los
Riesgos derivados por Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja contribuyen a alcanzar los objetivos del componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la
agricultura

3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

del Plan de
Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2022.

Según los Estudios de la Universidad de Alicante, de la Revisión y Actualización del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Confederación Hidrográfica del Segura y de la información de los
ayuntamientos afectados, es necesario realizar una serie de actuaciones para afrontar las inundaciones en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja. El total, de las actuaciones mínimas necesarias, asciende a 327 millones de euros.

ENMIENDA NÚM.
1517

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)




El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Programa: 452A Gestión
e infraestructuras del agua

Capítulo: 6

Artículo: 61

Concepto: (nuevo) Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los Riesgos derivados por Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el Ámbito de Orihuela y
la Vega Baja .

Subconcepto Canal Aliviadero del Rio Segura por Rojales (By-Pass Rio Segura).

Importe: incremento 5.000,00 miles €

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN
ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

Artículo: 70 De la Administración del Estado

Concepto: 700 Del departamento al que está
adscrito

Importe: incremento 5.000,00 miles €

REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO ALTA

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA


Programa: 000X Transferencias internas

Capítulo: 7

Artículo: 71 A Organismos Autónomos

Concepto: 71006 Confederación Hidrográfica del Segura

Importe: incremento 5.000,00 miles €

BAJA

Sección
23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA

Programa 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del
riesgo de inundación

Capítulo 7

Artículo 74

Concepto 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos

Subconcepto 74020 Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y
restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación

Importe reducir en 5.000,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN

Las Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los
Riesgos derivados por Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja contribuyen a alcanzar los objetivos del componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la
agricultura

3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

del Plan de
Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2022.

Según los Estudios de la Universidad de Alicante, de la Revisión y Actualización del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Confederación Hidrográfica del Segura y de la información de los
ayuntamientos afectados, es necesario realizar una serie de actuaciones para afrontar las inundaciones en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja. El total, de las actuaciones mínimas necesarias, asciende a 327 millones de euros.

ENMIENDA NÚM.
1518

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 109
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua

Capítulo: 6

Artículo: 61

Concepto: (nuevo) Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los Riesgos derivados por
Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja .

Subconcepto Actuaciones de canalización de escorrentías y otras en la desembocadura Del Rio Segura.

Importe: incremento 5.000,00 miles

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL


Artículo: 70 De la Administración del Estado

Concepto: 700 Del departamento al que está adscrito

Importe: incremento 5.000,00 miles €

REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO ALTA

Sección: 23 MINISTERIO PARA
LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa: 000X Transferencias internas

Capítulo: 7

Artículo: 71 A Organismos Autónomos

Concepto: 71006 Confederación
Hidrográfica del Segura

Importe: incremento 5.000,00 miles €

BAJA

Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA

Programa 45EB
C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación

Capítulo 7

Artículo 74

Concepto 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación
de los recursos hídricos

Subconcepto 74020 Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación

Importe reducir en 5.000,00 miles de

JUSTIFICACIÓN

Las Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los Riesgos derivados por Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja contribuyen a alcanzar los objetivos del
componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes


4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los
términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Según los Estudios de la Universidad de Alicante, de la Revisión y Actualización del Plan de Gestión del Riesgo de
Inundación de la Confederación Hidrográfica del Segura y de la información de los ayuntamientos afectados, es necesario realizar una serie de actuaciones para afrontar las inundaciones en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja. El total, de las
actuaciones mínimas necesarias, asciende a 327 millones de euros.

ENMIENDA NÚM. 1519

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS

Sección: 23
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua

Capítulo: 6




Artículo: 61

Concepto: (nuevo) Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los Riesgos derivados por Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja .

Subconcepto
Actuaciones sobre Rambla de Tabala, Arroyo Grande, Torregorda Y Secosaladaca.

Importe: incremento 6.000,00 miles €

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
DEMOGRÁFICO

Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

Artículo: 70 De la Administración del Estado

Concepto: 700 Del departamento al que está adscrito

Importe:
incremento 6.000,00 miles €

REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO ALTA

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa: 000X
Transferencias internas

Capítulo: 7

Artículo: 71 A Organismos Autónomos

Concepto: 71006 Confederación Hidrográfica del Segura

Importe: incremento 6.000,00 miles €

BAJA

Sección 23 MINISTERIO PARA
LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA

Programa 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de
inundación

Capítulo 7

Artículo 74

Concepto 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos

Subconcepto 74020 Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y
restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación

Importe reducir en 6.000,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN

Las Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los
Riesgos derivados por Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja contribuyen a alcanzar los objetivos del componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la
agricultura

3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

del Plan de
Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2022.

Según los Estudios de la Universidad de Alicante, de la Revisión y Actualización del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Confederación Hidrográfica del Segura y de la información de los
ayuntamientos afectados, es necesario realizar una serie de actuaciones para afrontar las inundaciones en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja. El total, de las actuaciones mínimas necesarias, asciende a 327 millones de euros.

ENMIENDA NÚM.
1520

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 109
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua

Capítulo: 6

Artículo: 61

Concepto: (nuevo) Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los Riesgos derivados por
Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja .

Subconcepto Laminación de barrancos y ramblas en el Término Municipal De Orihuela.

Importe: incremento 2.000,00 miles €

ALTA EN EL
PRESUPUESTO DE INGRESOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA

Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

Artículo: 70 De la
Administración del Estado

Concepto: 700 Del departamento al que está adscrito

Importe: incremento 2.000,00 miles €

REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO ALTA

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN
ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa: 000X Transferencias internas

Capítulo: 7

Artículo: 71 A Organismos Autónomos

Concepto: 71006 Confederación Hidrográfica del
Segura

Importe: incremento 2.000,00 miles €

BAJA

Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA

Programa 45EB C05.I02
Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación

Capítulo 7

Artículo 74

Concepto 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los
recursos hídricos

Subconcepto 74020 Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación

Importe reducir en 2.000,00 miles de

JUSTIFICACIÓN

Las Actuaciones necesarias para paliar, mitigar y atenuar los Riesgos derivados por Inundaciones intensas producidas por las DANAS en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja contribuyen a alcanzar los objetivos del
componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes


4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los
términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Según los Estudios de la Universidad de Alicante, de la Revisión y Actualización del Plan de Gestión del Riesgo de
Inundación de la Confederación Hidrográfica del Segura y de la información de los ayuntamientos afectados, es necesario realizar una serie de actuaciones para afrontar las inundaciones en el Ámbito de Orihuela y la Vega Baja. El total, de las
actuaciones mínimas necesarias, asciende a 327 millones de euros.

ENMIENDA NÚM. 1521

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.









ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio:06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto: Actuaciones de regeneración de las playas de la ciudad de Valencia.
Importe: Incrementar en 20.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa 45ED C05.I04 Adaptación de la
costa al cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo
Capítulo 7
Artículo 74
ConceptoAportación al FRER para adaptación de la costa al cambio climático, estrategias marinas y ordenación del espacio marino
Subconcepto Actuaciones adaptación al cambio climático
Importe: Incrementar en 20.000,00 miles €

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

V.
Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

del Plan de Recuperación y
Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia para recuperar el litoral y poner fin a la continua regresión de la costa de la provincia de Valencia, en especial a las zonas costeras de Sagunto, Sueca, Tavernes de la Valldigna y sur de
Gandía

ENMIENDA NÚM. 1522

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 456A Calidad del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: 74304 Finalización de las obras de reutilización de aguas residuales en Pinedo (Valencia)
Importe: Incrementar 1.000,00 miles de euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa: 45EA C05.I01 Materialización de actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras
(DSEAR)
Capítulo: 7
Artículo: 74
Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de
infraestructuras
Importe: Reducir en 1.000,00 miles de euros

ENMIENDA NÚM. 1523

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)


El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


ENMIENDA

De modificación.




Entidad: ACUAMED.
Comunidad Autónoma: 09.- COMUNIDAD VALENCIANA
Provincia: Valencia
Proyecto: Nuevo colector oeste de La Albufera (Valencia).
Importe: 1.000,00 miles €.
Alta: Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”.


6. Pago por inversiones: e) Otros activos financieros.
BAJA
Entidad: ACUAMED
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del ejercicio.
Importe: 1.000,00 miles € Así mismo se adecuarán las cifras del Balance
y el resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN
Dotar la actuación de
referencia para recuperar el entorno del lago de La Albufera.

ENMIENDA NÚM. 1524

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTAS
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general.
Concepto: Estabilización, restauración y
puesta en valor del pantalán del Puerto de Sagunto (Valencia).
Importe: Incrementar en 1.000,00 miles €
BAJAS
Sección: 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones
Reales
Artículo: 61
Concepto: Obras de reposición y conservación del litoral
Importe: Reducir 1.000,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1525

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
DEMOGRÁFICO

Organismo: 107 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua

Capítulo: 6

Artículo: 61

Concepto: (nuevo) Mantenimiento, limpieza y encauzamiento donde
corresponda de los cauces de barrancos y ríos dependientes de la Confederación Hidrográfica del Júcar.

Subconcepto

Importe: incremento 30.000,00 miles €

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS

Sección: 23 MINISTERIO
PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 107 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JUCAR

Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

Artículo: 70 De la Administración del Estado

Concepto: 700 Del departamento
al que está adscrito

Importe: incremento 30.000,00 miles €

REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO ALTA

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 05 DIRECCIÓN GENERAL
DEL AGUA

Programa: 000X Transferencias internas

Capítulo: 7

Artículo: 71 A Organismos Autónomos

Concepto: 71004 Confederación Hidrográfica del Jucar

Importe: incremento 30.000,00 miles €

BAJA


Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA

Programa 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y
mitigación del riesgo de inundación

Capítulo 7

Artículo 74

Concepto 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos

Subconcepto 74020 Aportación al FRER para actuaciones de
seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación

Importe reducir en 30.000,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN

El Mantenimiento, limpieza y encauzamiento donde
corresponda de los cauces de barrancos y ríos dependientes de la Confederación Hidrográfica del Júcar contribuyen a alcanzar los objetivos del componente:

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración
de ecosistemas y su biodiversidad

5. Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia para evitar inundaciones en la zona de influencia de la
Confederación Hidrográfica del Júcar

ENMIENDA NÚM. 1526

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar
Programa: 452 – A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Obras de canalización de los barrancos del Rubio y de la Font en Paterna (Valencia).
Subconcepto
Importe: Incrementar en 2.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: 2001 23 230 0040 Encauzamiento Cauces Naturales.
Importe: Reducir en 2.000,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de
referencia para evitar inundaciones.

ENMIENDA NÚM. 1527

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
6 Inversiones Reales
61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general.
Estabilización, recuperación y restauración de la línea de la costa de la
provincia de Valencia, así como la instalación de espigones en las zonas que lo requieran.
Incrementar en 25.000.00 miles de euros
23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
45ED C05.I04
Adaptación de la costa al cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo
7
74
Aportación al FRER para adaptación de la costa al cambio climático, estrategias marinas y ordenación del espacio marino
Actuaciones adaptación al cambio
climático
Reducir 25.000.00 miles de euros
JUSTIFICACIÓN La Estabilización, recuperación y restauración de la línea de la costa de la provincia de Valencia, así como la
instalación de espigones en las zonas que lo requieran contribuyen a alcanzar los objetivos del componente: II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes 4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad 5. Preservación del
espacio litoral y los recursos hídricos V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora 14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico


del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Dotar la actuación de referencia para recuperar el litoral y poner fin a la continua regresión de la costa de la provincia de Valencia, en especial a las zonas costeras de Sagunto, Sueca, Tavernes
de la Valldigna y sur de Gandía.

ENMIENDA NÚM. 1528

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del
agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto Finalización de las obras de canalización, tanques de tormenta y desagüe de ACUAMED en los términos
municipales de Alfafar y Sedaví (Valencia).
Subconcepto
Importe Incrementar 1.000,00 mil €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 64
Concepto: 2006 23
05 0087 ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS
Importe Reducir 1.000,00 mil €

ENMIENDA NÚM. 1529

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


ENMIENDA

De modificación.







ALTAS
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION
GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Artículo: 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general.
Concepto: Adecuación del Paseo Marítimo de El Puig de Santamaría (Valencia).
Importe: Incrementar en 100,00 miles €
BAJAS
Sección: 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto: Obras de reposición y conservación del litoral
Importe: Reducir 100,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1530

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
DEMOGRÁFICO

Organismo: 107 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua

Capítulo: 6

Artículo: 61

Concepto: Rehabilitación y conservación del paseo fluvial del Turia
en la provincia de Valencia.

Subconcepto

Importe: incremento 7.210,00 miles €

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 107
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR

Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

Artículo: 70 De la Administración del Estado

Concepto: 700 Del departamento al que está adscrito

Importe: incremento 7.210,00 miles

REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO ALTA

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Organismo: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa: 000X Transferencias internas


Capítulo: 7

Artículo: 71 A Organismos Autónomos

Concepto: 71004 Confederación Hidrográfica del Júcar

Importe: incremento 7.210,00 miles €

BAJA

Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL
RETO DEMOGRÁFICO

Organismo 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA

Programa 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación

Capítulo 7


Artículo 74

Concepto 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos

Subconcepto 74020 Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales,
recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación

Importe reducir en 7.210,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN

La Rehabilitación y conservación del paseo fluvial del Turia en la provincia de Valencia contribuyen a
alcanzar los objetivos del componente:

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

5. Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos

V.
Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

del Plan de Recuperación y
Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia para evitar inundaciones en la zona de influencia de la Confederación Hidrográfica del Júcar

ENMIENDA NÚM. 1531

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA


De modificación.







ALTA
Sección: 23 Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico
Servicio: 5 Dirección General del Agua
Programa: 452 A Gestión e infraestructura del agua.
Capítulo: 6
Artículo: 62
Concepto: Finalización de las infraestructuras destinadas a la
reutilización de aguas residuales y eliminación de vertidos en el ámbito de La Albufera de Valencia.
Importe: Incrementar 1.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 Ministerio de Transición Ecológica y Reto demográfico
Servicio: 5 Dirección General del Agua
Programa: 452 A Gestión e infraestructura del agua.
Capítulo: 6 Inversiones.
Artículo: 64
Concepto: CONSERVACION Y MEJORA DEL D.P.H.
Importe: Reducir 1.000,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1532

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del
Júcar
Programa: 452 – A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Mantenimiento y limpieza
del cauce del rio Serpis en la provincia de Valencia.
Subconcepto
Importe: Incrementar en 1.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: 2001 23 230 0030 Adecuación Cauces Naturales.
Importe: Reducir en 1.000,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia para evitar inundaciones.

ENMIENDA NÚM. 1533

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar
Programa: 452 – A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Reparación del lecho del rio Vaca a la altura del Camino del ‘Tancat’ de Tavernes de la Valldigna.
Subconcepto
Importe: Incrementar en 1.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: 2001 23 230 0030 Adecuación Cauces Naturales.
Importe: Reducir en 1.000,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencias para reparar el
cauce del rio que esta dañando a los caminos.

ENMIENDA NÚM. 1534

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar
Programa: 452 – A Gestión e
infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Laminación del Río Vaca a su paso por el término municipal de Tavernes de la Valldigna.
Subconcepto
Importe: Incrementar en 100,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN
ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: 2001 23 230 0030 Adecuación Cauces Naturales.
Importe: Reducir en 100,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de
referencias para reparar el cauce del rio que esta dañando a los caminos.

ENMIENDA NÚM. 1535

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.




ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar
Programa: 452 – A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Obras de mejora de la capacidad de almacenamiento del embalse de Bellús.
Subconcepto
Importe: Incrementar en 1.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107
Confederación Hidrográfica del Júcar
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: 2001
23 230 0030 Adecuación Cauces Naturales.
Importe: Reducir en 1.000,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencias para reparar el cauce del rio que esta dañando a los caminos.

ENMIENDA NÚM. 1536

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.












ALTA
Sección: 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa: 42GA C07.I01 Desarrollo de
energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos productivos
Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
Artículo: 77 A Empresas privadas
Concepto: (Nuevo) Plan de Transición y soporte energético 2022-2024 para la industria cerámica
Importe: 125.000,00 miles euros
BAJA
Sección: 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa: 42IA. C09.I01 HIDRÓGENO
RENOVABLE: UN PROYECTO PAIS
Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
Artículo: 74 A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entidades del Sector Público
Estatal
Concepto:


Subconcepto:
748. Al IDAE. Para la promoción de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia 74810 Al IDAE para hidrógeno renovable: un proyecto país
Importe: 75.000,00 miles de euros
BAJA
Sección: 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa: 42 HA C08.I01 Despliegue del almacenamiento energético
Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
Artículo: 74 A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal
Concepto:


Subconcepto:
748 Al IDAE. Para la promoción de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia 74808 Al IDAE para el despliegue del almacenamiento energético
Importe: 50.000,00 miles de euros
JUSTIFICACIÓN El Plan de Transición y soporte energético 2022-2024 para la industria cerámica contribuyen a alcanzar los objetivos
del componente: V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora 12. Política Industrial España 2030 13. Impulso a la pyme del Plan de Recuperación y
Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2022. Del fondo global destinado, a través del IDAE y con el Fondo de Recuperación y Resiliencia, a facilitar la transición energética se propone extraer un plan para facilitar la resiliencia del sector cerámico a la crisis energética,
a través de un Plan plurianual 2022-2024 dotado con 375 millones de euros y 125 millones de euros anuales, diseñado al efecto para la transición energética de la industria del sector.

ENMIENDA NÚM. 1537


Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR
Programa 456D Actuación en la costa
Capítulo 6 Inversiones Reales
Artículo 60 Inversión
nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general
Concepto Control de la regresión de la costa en Girona
Subconcepto
Importe Incrementar 75,00 miles
de €
BAJA
Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa 45ED C05.I04 Adaptación de la costa al cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo
Capítulo 7
Artículo74
Concepto 747 Aportación al FRER para adaptación de la costa al cambio climático, estrategias marinas y ordenación del espacio marino
Subconcepto 74710 Actuaciones adaptación al cambio
climático
Importe Reducir en 75,00 miles de €

ENMIENDA NÚM. 1538

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR
Programa 456D Actuación en la costa
Capítulo 6 Inversiones Reales
Artículo 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general
Concepto Proyecto de estabilización de las playas de
Sant Antonio y Palamós
Subconcepto
Importe Incrementar 2.831,07 miles de €
BAJA
Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN
ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa 45ED C05.I04 Adaptación de la costa al cambio climático e implementación de las Estrategias
Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo
Capítulo 7
Artículo 74
Concepto 747 Aportación al FRER para adaptación de la costa al cambio climático,
estrategias marinas y ordenación del espacio marino
Subconcepto 74710 Actuaciones adaptación al cambio climático
Importe Reducir en 2.831,07 miles de €
JUSTIFICACIÓN:


El Proyecto de estabilización de las playas de Sant Antonio y Palamós contribuye a alcanzar los objetivos del componente: II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes 4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad 5.
Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora 14. Plan de modernización y competitividad del sector
turístico del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Ejecutar el proyecto de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1539

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.





ALTA
Sección: 23.
Ministerio de Transición Ecológica
Servicio: 5 Dirección General de Agua
Programa: 452A
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Redacción proyecto de recuperación de la sedimentación del Delta del Ebro
Importe: Incrementar 500,00 miles €
BAJA
Sección: 23. Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico
Servicio: 12 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
Programa: 451O
Capítulo: 2
Artículo: 22
Concepto: Material, suministro y otros
Importe: Reducir 500,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1540

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR
Programa 456D Actuación en la costa
Capítulo 6 Inversiones Reales
Artículo 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general
Concepto Regeneración sostenible de las tres Playas de
Calafell
Subconcepto
Importe Incrementar 250,00 miles de €
BAJA
Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
DEMOGRÁFICO
Servicio 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa 45ED C05.I04 Adaptación de la costa al cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de
ordenación del espacio marítimo
Capítulo 7
Artículo 74
Concepto 747 Aportación al FRER para adaptación de la costa al cambio climático, estrategias marinas y
ordenación del espacio marino
Subconcepto 74710 Actuaciones adaptación al cambio climático
Importe Reducir en 250,00 miles de €

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
DEMOGRÁFICO
Servicio 11 DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD, BOSQUES Y DESERTIFICACIÓN
Programa 456C Protección y mejora del medio natural
Capítulo 6 Inversiones
Reales
Artículo 61
Concepto Estudio de proyecto del parque subacuático de Altafulla .
Subconcepto
Importe Incrementar 100,00 miles de
BAJA
Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa 45ED C05.I04 Adaptación de la costa al cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo
Capítulo 7
Artículo74
Concepto 747 Aportación al FRER para adaptación de la costa al cambio climático, estrategias marinas y ordenación del espacio marino
Subconcepto 74710 Actuaciones adaptación al cambio
climático
Importe Reducir en 100,00 miles de €
JUSTIFICACIÓN:


El Estudio de proyecto del parque subacuático de Altafulla contribuye a alcanzar los objetivos del componente: II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes 4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad 5.
Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos
establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Estudio de proyecto y de impacto medioambiental de un parque subacuático que sirva como foco de atracción turística para el sector del
buceo y que se aproveche para recuperar, proteger y mejorar el ecosistema marino de la playa de Altafulla

ENMIENDA NÚM. 1542

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De
modificación.





ALTA
Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL
MAR
Programa 456D Actuación en la costa
Capítulo 6 Inversiones Reales
Artículo 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general
Concepto Ejecución del proyecto de la pasarela de la desembocadura de la Riera de Alforja y urbanización del entorno
Subconcepto
Importe Incrementar 800,00 miles de €
BAJA
Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
DEMOGRÁFICO
Servicio 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa 45ED C05.I04 Adaptación de la costa al cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de
ordenación del espacio marítimo
Capítulo 7
Artículo 74
Concepto 747 Aportación al FRER para adaptación de la costa al cambio climático, estrategias marinas y
ordenación del espacio marino
Subconcepto 74710 Actuaciones adaptación al cambio climático
Importe Reducir en 800,00 miles de €
JUSTIFICACIÓN: La pasarela de la
desembocadura de la Riera de Alforja y urbanización del entorno contribuye a alcanzar los objetivos del componente: II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes 4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad 5. Preservación
del espacio litoral y los recursos hídricos del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los
artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Cambrils es un municipio turístico, con cerca de 10 km. de costa y cinco grandes rieras; dispone a su vez de un paseo marítimo que recorre la costa. En
reiteradas ocasiones se ha planteado la necesidad de finalizar el trazado con una pasarela, ya acordada con los servicios del Ministerio y de la cual existe un proyecto ejecutado en el propio Ayuntamiento de Cambrils, al objeto de mejorar la imagen
de la fachada marítima y finalizar el gran corredor del Paseo Marítimo. Esta petición lleva varios años en cartera.

ENMIENDA NÚM. 1543

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA


De modificación.







ALTA
Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y
DEL MAR
Programa 456D Actuación en la costa
Capítulo 6 Inversiones Reales
Artículo 60 Inversión nueva en infraestructuras y bienes destinados al uso general
Concepto Redacción del proyecto para la construcción del Paseo Marítimo de Vandellós-Hospitalet de l’Infant
Subconcepto
Importe Incrementar 100,00 miles de
BAJA
Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa 45ED C05.I04 Adaptación de la costa al cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo
Capítulo 7
Artículo74
Concepto 747 Aportación al FRER para adaptación de la costa al cambio climático, estrategias marinas y ordenación del espacio marino
Subconcepto 74710 Actuaciones adaptación al cambio
climático
Importe Reducir en 100,00 miles de €
JUSTIFICACIÓN:


La Redacción del proyecto para la construcción del Paseo Marítimo de Vandellós-Hospitalet de l’Infant contribuye a alcanzar los objetivos del componente: II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes 4. Conservación y restauración
de ecosistemas y su biodiversidad 5. Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora 14. Plan de
modernización y competitividad del sector turístico del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos
en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Vandellos-Hospitalet de l’Infant, situado en la costa, tiene la vocación de promover su atractivo turístico que es ya una de sus principales
actividades económicas. Disfruta recientemente de diversos hoteles y zonas de segunda residencia además de uno de los puertos deportivos más importantes de la Costa Dorada y de cuatro largas playas de arena fina y aguas transparentes. La
construcción de un paseo marítimo permitiría mejorar la percepción de los visitantes para promover el turismo de calidad. .

ENMIENDA NÚM. 1544

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)


El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 12 DIRECCIÓN GENERAL DE
SERVICIOS
Programa: 451 O Dirección y Servicios Generales para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Capítulo: 4
Artículo: 45
Concepto: PAQUETE ECONÓMICO DE AYUDAS DIRECTAS A LOS AFECTADOS POR LOS INCENDIOS FORESTALES OCURRIDOS EN LA PROVINCIA DE ÁVILA (25.000 HECTAREAS). Para cubrir los SIGUIENTES DAÑOS: Captación (cisternas), caminos acceso a depósitos y
captación; limpieza captación; limpieza depósitos; limpieza presas, reposición redes de abastecimiento, sondeos emergencia , caminos municipales, vallados perimetrales, señalización turística, daños en equipamientos municipales, conexión red
eléctrica sondeo extraordinario, limpieza depósito y ETAP, caminos municipales, vallado perimetral municipal, daños en inmuebles y equipamientos municipales, infraestructuras agrícolas, daños agrícolas, arbolado denso, disperso, ralo, pastizal,
matorral, artificial, daños en carreteras etc)
Importe: Incrementar en 29.703,13 miles de euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa: 45DC C04.I03 Restauración de ecosistemas e infraestructura verde
Capítulo: 7
Artículo: 75
Concepto: 75402 A Comunidades Autónomas para actuaciones de restauración de ecosistemas e infraestructura verde
Importe: Reducir 29.703,13 miles de euros
JUSTIFICACIÓN Las AYUDAS DIRECTAS A LOS AFECTADOS POR LOS INCENDIOS FORESTALES OCURRIDOS EN LA PROVINCIA DE ÁVILA (25.000 HECTAREAS) contribuyen a alcanzar los objetivos del componente: I Agenda urbana y rural, lucha contra la
despoblación y desarrollo de la agricultura 3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes 4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad del Plan de
Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2022. Dotar la actuación de referencia. 29.703.135,24 € se corresponde a la Valoración de los daños

ENMIENDA NÚM. 1545

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 12
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
Programa: 451 O Dirección y Servicios Generales para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Capítulo: 4
Artículo: 45
Concepto: Centro de Investigación y Prevención de Grandes Incendios Forestales en España con sede en Ávila
Importe: Incrementar en 500,00 miles de euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 12 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
Programa: 451 O
Dirección y Servicios Generales para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Capítulo: 2
Artículo: 22
Concepto: 22706 Estudios y trabajos técnicos
Importe: Reducir en 500,00 miles de euros
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de
referencia.

ENMIENDA NÚM. 1546

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.


ENMIENDA NÚM. 1547

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN
ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 103 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
Programa: 452 – A Gestión e infraestructuras y bienes destinados al uso general.
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: ACTUACIONES DE MEJORA EN CAUCES Y MÁRGENES DE RIOS DE LA CH DEL DUERO EN LA PROVINCIA DE ÁVILA. Con especial atención a los cauces y
márgenes de los ríos, gargantas y arroyos de la provincia de Ávila afectados por el incendio forestal de Navalacruz-La Paramera.
Importe: Incrementar en 2.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 23 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
Programa: 452A Gestión
e infraestructuras de agua
Capítulo: 2
Artículo:22
Concepto: 22706 Estudios y trabajos técnicos
Importe: Reducir en 2.000,00 miles €

ENMIENDA
NÚM. 1548

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.





ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico
Servicio: 12 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
Programa: 451 O Dirección y Servicios Generales para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Capítulo: 4
Artículo: 45
Concepto: Creación de un Observatorio Nacional, en Ávila, sobre la prestación. de servicios públicos en zonas periféricas y limítrofes entre comunidades autónomas
Importe: Incrementar en 300,00 miles de euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 12 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
Programa: 451 O Dirección y Servicios Generales para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Capítulo: 2
Artículo: 22
Concepto: 22706 Estudios y trabajos técnicos
Importe: Reducir en 300,00 miles de euros
JUSTIFICACIÓN La prestación diferencial de
servicios públicos básicos, como la sanidad, la educación, las emergencias o el transporte en zonas periféricas de comunidades autónomas generan ineficiencias para el ciudadano que acaban dando lugar a movimientos demográficos de hecho y de derecho
y un sobrecoste a las administraciones públicas cuyo análisis y cuantificación deben ser llevados a cabo por un ente independiente del Estado que, además , proponga medidas para la superación.

ENMIENDA NÚM.
1549




Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.





ALTA
Sección 23.MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
DEMOGRÁFICO
Servicio 11 DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD, BOSQUES Y DESERTIFICACIÓN
Programa 456C Protección y mejora del medio natural
Capítulo 6
Artículo 61
Concepto OBRAS DE AMPLIACIÓN DE LA BASE BRIF PUERTO DEL PICO (ÁVILA)
Subconcepto
Importe Incrementar 2.000,00 miles de euros
BAJA
Servicio 11 DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD, BOSQUES Y DESERTIFICACIÓN
Programa 456C Protección y mejora del medio natural
Capítulo6
Artículo 64
Concepto 2012 23 08 0002 Inversiones inmateriales para la conservación y gestión del medio natural
Subconcepto
ImporteReducir 2.000,00 miles de euros

ENMIENDA NÚM. 1550

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección 23 Ministerio PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio103. CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO
Programa 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA
Capítulo 6
Artículo 61 INVERSIONES DE REPOSICIÓN EN
INFRAESTRUCTURAS Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL
Concepto. proyecto del embalse del Ciguiñuela en la provincia de Segovia Contratación consultora técnica para el inicio de la tramitación
Subconcepto
Importe Incrementar 1.000,00 miles de €
BAJA
Sección 23 Ministerio PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 103 CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO
Programa 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA
Capítulo 2
Artículo 22 Material, suministros
y otros
Concepto 22706 Estudios y trabajos técnicos
Subconcepto
Importe Reducir en 1.000,00 miles de €

ENMIENDA NÚM. 1551

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23 Ministerio de Transición
Ecológica y Reto Demográfico
Servicio: 14 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS CONTRA LA DESPOBLACIÓN
Programa: 456E Reto demográfico y lucha contra la despoblación
Capítulo: 4
Artículo: 47
Concepto: (nuevo) PLAN SORIA 2021.
Importe: Incrementar en 4.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 12 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
Programa: 451 O Dirección y Servicios Generales para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico
Capítulo: 2
Artículo: 22
Concepto: 22706 Estudios y trabajos técnicos
Importe: Reducir en
4.000,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1552

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección
23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Organismo 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo 6
Artículo 60
Sección PRESA DEL RIO MAYOR
Importe: Incrementar en 1.500,00 miles €
BAJA
Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Organismo 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo 6
Artículo 60
Concepto ENRR Y ACTUACIONES AMBIENTALES.
Importe: Reducir en 1.500,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1553

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Organismo: 103. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 63 Inversión de
reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general
Concepto: REHABILITACIÓN INMUEBLES DEL PANTANO DE LA CUERDA DEL POZO
Importe: Incrementar en 500,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Organismo: 103. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL
DUERO
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 2
Artículo: 22 Material, suministros y otros
Concepto: 22706 Estudios y trabajos técnicos
Importe: reducir 500,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Dotar la partida presupuestaria de la actuación de referencia.


ENMIENDA NÚM. 1554

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL
RETO DEMOGRÁFICO
Organismo: 103. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 63 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general
Concepto: OBRAS DE CONSERVACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DEL PUENTE ROMANO DE VINUESA
Importe: Incrementar en 700,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Organismo: 103. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 2
Artículo: 22 Material, suministros y otros
Concepto: 22706 Estudios y trabajos técnicos
Importe: reducir 700,00 miles
JUSTIFICACIÓN Dotar la partida presupuestaria de la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1555

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.





ENMIENDA AL PRESUPUESTO DEL ORGANISMOS AUTÓNOMO, 23.101. Parques Nacionales DE MODIFICACION


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO


Organismo: 101. Parques Nacionales Programa: 456C Protección y mejora del medio natural Capítulo: 6 Artículo: 64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial Concepto: NUEVAS INSTALACIONES DE LA BASE DE LA BRIF EN LUBIA Importe:
incremento 3.000,00 miles €


ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO


Organismo: 101. Parques Nacionales Capítulo: 4 Artículo: 40 Concepto: 400 Del departamento al que está adscrito Importe: incremento 3.000,00 miles €


REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO ALTA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO


Organismo: 11 DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD, BOSQUES Y DESERTIFICACIÓN Programa: 000X Transferencias internas Capítulo: 4 Artículo: 40 A Organismos Autónomos Concepto: 410 Parques Nacionales Importe: incremento 3.000,00 miles



BAJA Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO


Organismo: 11 DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD, BOSQUES Y DESERTIFICACIÓN Programa: 456C Protección y mejora del medio natural
JUSTIFICACIÓN Dotar la partida presupuestaria de la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1556

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección
Organismo
Programa
Capítulo
Artículo
Concepto:
Importe:
BAJA
Sección:
Servicio
Programa
Capítulo
Artículo
Concepto
Importe:

ENMIENDA NÚM. 1557

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección
Organismo
Programa
Capítulo
Artículo
Concepto
Importe
BAJA
Sección
Organismo
Programa
Capítulo
Artículo
Concepto
Importe

ENMIENDA NÚM. 1558

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección 23 Ministerio para
la Transición Ecológica y Reto Demográfico
Organismo 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo 6 Inversiones
Reales
Artículo 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general
Concepto Presa de La Rial. Regulación del río Órbigo.
Subconcepto
Importe Incrementar en 10.000,00 miles de €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa: 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación
Capítulo: 7
Artículo: 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos
Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de
seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación
Importe: Reducir en 10.000,00 miles de euros

ENMIENDA NÚM. 1559

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De
modificación.






ALTA
Sección 23 Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico
Organismo 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo 6 Inversiones Reales
Artículo 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso
general
Concepto Presa de Los Morales. Regulación del río Órbigo.
Subconcepto
Importe Incrementar 10.000,00 miles de €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa: 45EB C05.I02
Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación
Capítulo: 7
Artículo: 740 Aportación al FRER para infraestructuras
hidráulicas y preservación de los recursos hídricos
Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de
inundación
Importe: Reducir en 10.000,00 miles de euros
JUSTIFICACIÓN:


La Presa de los Morales, para la Regulación del río Órbigo contribuye a alcanzar los objetivos del componente: II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes 4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad 5.
Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos
establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Obra pendiente de ejecutar para la regulación del sistema del Órbigo, necesarias para el abastecimiento de regadíos. Total del proyecto
de regulación del Órbigo (La Rial y Los Morales) se estima en 63 millones.

ENMIENDA NÚM. 1560

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.




ALTA
Sección 23 Ministerio para la
Transición Ecológica y Reto Demográfico
Organismo 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo 6 Inversiones
Reales
Artículo 61 Inversión de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general
Concepto Balsas de las Cuezas. Regulación adicional de la cuenca del Carrión.
Subconcepto
Importe Incrementar 2.000,00 miles de €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa: 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del
riesgo de inundación
Capítulo: 7
Artículo: 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos
Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación
Importe Reducir en 2.000,00 miles de €
JUSTIFICACIÓN:


Las Balsas de las Cuezas. Regulación adicional de la cuenca del Carrión contribuye a alcanzar los objetivos del componente: II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes 4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad
5. Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos
establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Obra pendiente de ejecutar proyecto de regulación adicional de la cuenca del río Carrión para garantizar el riego en 58.600 hectáreas de
regadío en el sur de Palencia y en la vecina provincia de Valladolid, mediante dos balsas en las Cuezas. El total de la obra son 126 millones.

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA


De modificación.






ALTA
Sección: 23 Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico
Servicio: 14 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS CONTRA LA DESPOBLACIÓN
Programa: 456E Reto
demográfico y lucha contra la despoblación
Capítulo: 4
Artículo: 47
Concepto Plan Especial de restauración y construcción de viviendas y construcciones
singulares tradicionales en las zonas de provincias que hayan perdido población en los últimos 10 años. Palencia
Importe Incrementar en 3.000,00 miles de €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 12 DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
Programa: 451 O
Dirección y Servicios Generales para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Capítulo: 2
Artículo: 22
Concepto: 22706 Estudios y trabajos técnicos
Importe: Reducir en 3.000,00 miles €
JUSTIFICACIÓN:


Nueva. Las zonas que han perdido población necesitan un esfuerzo de restauración y construcción de viviendas y especialmente las singulares y los métodos de construcción tradicionales. Esto ayudará a fijar población, a desarrollar nuevos
negocios y a mantener las tradiciones.

ENMIENDA NÚM. 1562

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección: 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 112 INSTITUTO PARA LA TRANSICIÓN JUSTA
Programa: 423O
Desarrollo económico de las comarcas mineras del carbón
Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
Artículo: 75 A Comunidades Autónomas
Concepto: 752 (Nuevo) Transición justa del entorno de la central nuclear de Santa María
de Garoña
Importe: 5.000,00 miles euros
BAJA
Sección: 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 112 INSTITUTO PARA LA TRANSICIÓN JUSTA
Programa: 423O Desarrollo económico de las comarcas mineras del carbón
Capítulo: 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
Artículo: 44 A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal
Concepto: 444 Plan de cierre de explotaciones de empresas públicas
Importe: 5.000,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Revitalizar la zona de influencia de la central nuclear deprimida a causa del cierre.

ENMIENDA NÚM. 1563

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico
Servicio: 112 INSTITUTO PARA LA TRANSICIÓN JUSTA
Programa: 423O Desarrollo económico de las comarcas mineras del carbón
Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS
DE CAPITAL
Artículo: 75 A Comunidades Autónomas
Concepto: 752 (Nuevo) Plan Turismo en antiguas zonas mineras. Palencia
Importe:1.500,00 miles euros
BAJA
Sección: 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 112
INSTITUTO PARA LA TRANSICIÓN JUSTA
Programa: 423O Desarrollo económico de las comarcas mineras del carbón
Capítulo: 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
Artículo: 44 A
Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entidades del Sector Público Estatal
Concepto: 444 Plan de cierre de explotaciones de empresas públicas
Importe: 1.500,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Uno de los desarrollos económicos que pueden realizarse en las antiguas zonas mineras es el turístico. Se solicita un Plan para las zonas de la provincia de Palencia.

ENMIENDA NÚM. 1564

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar
Programa: 452 – A
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: Azud de Valverde del Júcar (embalse de Alarcón).
Importe: Incrementar en 2.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO..
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar
Programa: 452A Gestión e infraestructuras de agua
Capítulo: 6
Artículo: 64
Concepto: ESTUDIOS Y PROYECTOS DE COLABORACION
TECNICA
Importe: Reducir en 2.000,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia para evitar inundaciones

ENMIENDA NÚM. 1565

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 23.110 Confederación Hidrográfica del Tajo
Programa: 452 – A Gestión e infraestructuras de agua
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Azud de Castejón-Villar del Infantado (embalse de Buendía).
Importe: Incrementar en 2.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 110 Confederación Hidrográfica del Tajo
Programa: 452A Gestión e infraestructuras de agua
Capítulo: 2
Artículo: 22
Concepto: Estudios y trabajos técnicos
Importe:Reducir en 2.000,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1566

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.



ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar
Programa: 452
– A
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: Regadíos de la Manchuela conquense.
Importe: Incrementar en 1.000,00 miles
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del
Júcar
Programa: 452A Gestión e infraestructuras de agua
Capítulo: 2
Artículo: 22
Concepto: Estudios y trabajos técnicos
Importe: Reducir en 1.000,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1567

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.




ENMIENDA NÚM. 1568

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del Júcar
Programa: 452 – A Gestión e infraestructuras del
agua
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Acceso embalse de Alarcón desde Olivares del Júcar.
Importe: Incrementar en 150,00 miles
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO.
Servicio: 107 Confederación Hidrográfica del
Júcar
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 2
Artículo: 22
Concepto: 22706 Estudios y trabajos
técnicos.
Importe: Reducir en 150,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia para evitar inundaciones.

ENMIENDA NÚM. 1569

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
ORGANISMO 110 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO
Programa: 452-A GESTIÓN DE
INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo: 2
Artículo: 210
Concepto: Recrecimiento y Ampliación Pantano del Torcón 2 para abastecimiento de los municipios de
Menasalbas, Galvez, y resto de municipios Mancomunidad Del Torcon 2
Importe: Incrementar 200,00 miles €
BAJA
Sección: 23
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
ORGANISMO 110 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO
Programa: 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo: 2
Artículo: 22706-
Concepto: 22799 Otros
Importe: Reducir en 200,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1570

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
ORGANISMO 106 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA
Programa: 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo: 2
Artículo: 210
Concepto: Mejoras del Complejo Medio Ambiental- Los Charcones De Miguel Esteban-
Importe: Incrementar en 500,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
ORGANISMO 106 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA
Programa: 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo: 2
Concepto: 22706 ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS
Importe: Reducir en 250,00
miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
ORGANISMO 106 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL
GUADIANA
Programa: 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo: 2
Concepto: 22799 Otros
Importe: Reducir en 250,00 miles

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: MODERNIZACION ZONAS REGABLES DEL ALBERCHE
Importe: Incrementar en 4.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA
LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: CONSERVACION Y MEJORA DEL D.P.H.
Importe: Reducir en 4.000,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1572

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: MODERNIZACION ZONAS REGABLES MORA Y MASCARAQUE (TOLEDO)
Importe: 1.500,00 miles
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: CONSERVACION Y MEJORA DEL D.P.H.
Importe: Reducir en 1.500,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1573

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio: 5 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo: 4
Artículo: 41
Concepto: Transferencias A La Confederación Hidrográfica del Guadiana, para el
Acondicionamiento de cauces de ríos para la lucha contra la plaga de conejos en La Mancha Toledana
Importe: Incrementar en 1.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio: 5 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE
AGUA
Capítulo: 6
Artículo: 64
Concepto: 2006 23 05 0087 ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS
Importe: Reducir en 1.000,00 miles de €

ENMIENDA NÚM. 1574

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.





ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio: 110 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO
Programa: 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE
AGUA
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: Recuperación Integral Lagunas de Villafranca de Los Caballeros (Toledo)
Importe: Incrementar en 1.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio: 110 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO
Programa: 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo: 2
Artículo: 22
Concepto: 22799 -OTROS
Importe: Reducir en 1.000,00 miles €
JUSTIFICACIÓN


Dotar la actuación de referencia. Rehabilitación de un espacio natural reserva de la biosfera.

ENMIENDA NÚM. 1575

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO

DEMOGRÁFICO

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa: 452-A A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA

Capítulo: 6


Artículo: 61

Concepto: Recuperación riberas del Tajo a su paso por la ciudad de Toledo en especial la senda ecológica

Importe: Incrementar en 1.000,00 miles €

BAJA

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN
ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Servicio: 5 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA

Programa: 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA

Capítulo: 6

Artículo: 64

Concepto: 2006 23 05 0087 ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS


Importe: Reducir en 1.000,00 miles €

JUSTIFICACIÓN-

Dotar la actuación de referencia, para rehabilitar los daños causados por Filomena y prevenir futuras catástrofes.

ENMIENDA NÚM. 1576

Del GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452-A A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: CANALIZACION PARA REGADIOS DEL RIO GUADARRAMA-EN LOMINCHAR (TOLEDO)
Importe: Incrementar en 100,00 miles €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452-A A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: 2006 23 05 0075 MODERNIZACION ZONAS REGABLES DEL TAJO
Importe: Reducir en 100,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia. Mejorar los regadíos y reducir consumo de agua.

ENMIENDA NÚM.
1577

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO
DEMOGRÁFICO
Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo 6
Artículo 61
Concepto Conexión Ramal tubería Llanura Manchega Campo de Calatrava para abastecimiento de agua potable.
Subconcepto
Importe Incremento 8.000,00 miles de euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa: 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación
Capítulo: 7
Artículo: 740
Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos
Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de
acuíferos y mitigación del riesgo de inundación
Importe Reducir en 8.000,00 miles de euros
JUSTIFICACIÓN:


La Conexión Ramal tubería Llanura Manchega Campo de Calatrava para abastecimiento de agua potable contribuye a alcanzar los objetivos del componente: II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes 4. Conservación y restauración de
ecosistemas y su biodiversidad 5. Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1578

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.




ALTA
Sección 23. MINISTERIO PARA LA
TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 106 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA
Programa 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo 6
Artículo 60
Concepto Limpieza integral de Arroyo Quinterías, en el término municipal de Villamayor de Calatrava (Ciudad Real), y reforestación de la zona y soterramiento de tubería de saneamiento
que cruza dicho cauce.
Subconcepto
Importe Incremento en 300,00 miles de euros
BAJA
Sección 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN
ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 106 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA
Programa 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo 6
Artículo 64
Concepto 2014 23 229 0016 TRABAJOS TÉCNICOS DE COMISARIA DE AGUAS
Subconcepto
Importe Reducir en 300,00 miles de euros

ENMIENDA NÚM. 1579

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 106 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA
Programa 452-A GESTIÓN DE
INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo 6
Artículo 60
Concepto Recuperación y mejora de los márgenes del río Ojailén a su paso por el término municipal de Brazatortas
(Ciudad Real)
Subconcepto
Importe Incrementar en 200,00 miles de euros
BAJA
Sección 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y
EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 106 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA
Programa 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo 6
Artículo 64
Concepto 2014 23 229 0016 TRABAJOS TÉCNICOS DE COMISARIA DE AGUAS
Subconcepto
Importe Reducir en 200,00 miles de euros
JUSTIFICACIÓN: Recuperación de la vegetación con especies autóctonas como taraje, sauce, tamujo, zarza, majuelo, álamo, chopo, fresno, retama, coscoja y lentisco, y su mantenimiento durante varios años para conseguir un agarre de las especies
aceptable.

ENMIENDA NÚM. 1580

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.





ALTA
Sección23.MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 11 DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD, BOSQUES Y DESERTIFICACIÓN
Programa 456C Protección y mejora del medio
natural
Capítulo 6
Artículo 61
Concepto (nuevo) Creación del Centro de Interpretacion Volcánica del Campo de Calatrava en la zona del Volcán del Morrón (Villamayor de Calatrava)
y recuperación de su entorno.
Importe Incrementar 300,00 miles de euros
BAJA
Servicio 11 DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD,
BOSQUES Y DESERTIFICACIÓN
Programa 456C Protección y mejora del medio natural
Capítulo 6
Artículo 64
Concepto 2012 23 08 0002
Inversiones inmateriales para la conservación y gestión del medio natural
Importe Reducir 300,00 miles de euros

ENMIENDA NÚM. 1581

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.





ALTA
Sección 23 Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto demográfico
Organismo 05 Dirección General del Agua
Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo 6
Artículo61
Concepto Construcción de un dique que permita una lámina estable de agua en el pantano de Entrepeñas Sacedón (Guadalajara).
Subconcepto
Importeincremento 1.000,00 miles de €
BAJA
Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio: 5 DIRECCIÓN GENERAL
DEL AGUA
Programa: 452-A GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE AGUA
Capítulo: 6
Artículo: 64
Concepto: 2006 23 05 0087 ESTUDIOS Y
TRABAJOS TECNICOS
Subconcepto
Importe Reducir 1.000,00 miles de €

ENMIENDA NÚM. 1582

Del GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.





ALTA
Sección 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto demográfico
Organismo05 Dirección General del Agua
Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo 6
Artículo 61
Concepto Abastecimiento de
municipios ribereños y suministro eléctrico. Guadalajara
Subconcepto
Importe incremento 1.000,00 miles de €
BAJA
Sección 23
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto demográfico
Organismo 05 Dirección General del Agua
Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 64
Concepto: 2006 23 05 0087 ESTUDIOS Y TRABAJOS
TECNICOS
Subconcepto
Importe incremento 1.000,00 miles de €
JUSTIFICACIÓN:


Dotar la actuación de referencia convenientemente.

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






Entidad: ACUAES.
Comunidad Autónoma: CASTILLA MANCHA
Provincia: Ciudad Real
Proyecto: Nuevo. Presa de Montizón-Abastecimiento agua
Campo de Montiel.
Importe: 2.000,00 miles €.
Alta: Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”.
6. Pago por inversiones: e) Otros activos financieros.
BAJA
Entidad: ACUAES
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del ejercicio.
Importe: 2.000,00 miles € Así mismo se adecuarán las cifras del Balance y el
resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN
Ampliar la partida presupuestaria para la actuación de referencia

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)


El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


ENMIENDA

De modificación.






Entidad: ACUAES.
Comunidad Autónoma: CASTILLA MANCHA
Provincia: Ciudad Real
Proyecto: Nuevo. Abastecimiento y saneamiento de agua en Las Virtudes, Sta Cruz de Mudela.
Importe: 300,00 miles €.
Alta: Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”. 6. Pago por inversiones: e) Otros activos financieros.
BAJA
Entidad: ACUAES
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del ejercicio.
Importe: 300,00 miles € Así mismo se adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN
Ampliar la partida presupuestaria para la actuación de referencia

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De
modificación.






Entidad: ACUAES.
Comunidad Autónoma: CASTILLA MANCHA
Provincia: Ciudad Real
Proyecto: Limpieza Pantano Vega Jabalón.
Importe: 250,00 miles €.
Alta: Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”. 6. Pago por inversiones: e) Otros activos
financieros.
BAJA
Entidad: ACUAES
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos
de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del ejercicio.
Importe: 250,00 miles € Así mismo se adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como
consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN
Ampliar la partida presupuestaria para la actuación de referencia

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.









Entidad: ACUAES.
Comunidad Autónoma: CASTILLA MANCHA
Provincia: Ciudad Real
Proyecto: Saneamiento y depuración de las Lagunas de Ruidera.
Importe: 300,00 miles €.
Alta:Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”. 6. Pago por inversiones: e) Otros activos financieros.
BAJA
Entidad: ACUAES
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del ejercicio.
Importe: 300,00 miles € Así mismo se adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN
Ampliar la partida presupuestaria para la actuación de referencia

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De
modificación.




Entidad: ACUAES.
Comunidad Autónoma: CASTILLA MANCHA
Provincia: Ciudad Real
Proyecto: Construcción de la Estación Depuradora de Aguas residuales en la pedanía de Venta de Cárdenas en el término municipal de Almuradiel (Ciudad Real)
Importe: 233,00 miles €.
Alta: Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”. 6. Pago por inversiones: e) Otros activos financieros.
BAJA
Entidad: ACUAES
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”.


Efectivo o equivalente al final del ejercicio.
Importe: 233,00 miles € Así mismo se adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las
variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN
Ampliar la partida presupuestaria para la actuación de referencia

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección: 23 Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 456A Calidad del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: EDAR Gijón Oeste, Aboño
Importe: Incrementar en 2.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 Ministerio para
la transición ecológica y el reto demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 456A Calidad del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: Saneamiento y Depuración en la C.A. de Asturias. Plan Crece
Importe: Reducir en 2.000,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1589

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.




ALTA
Sección: 23 Ministerio
para la transición ecológica y el reto demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 456A Calidad del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: EDAR de Maqua
Importe: Incrementar en 2.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 456A Calidad del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: Saneamiento y Depuración en la C.A. de Asturias. Plan Crece
Importe: Reducir en 2.000,00
miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1590

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección: 23 Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 456A Calidad del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: EDAR de Tapia de Casariego
Importe: Incrementar en 2.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 Ministerio para la transición
ecológica y el reto demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 456A Calidad del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: Saneamiento y Depuración en la C.A. de Asturias. Plan Crece
Importe: Reducir en 2.000,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1591

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección: 23 Ministerio
para la transición ecológica y el reto demográfico
Servicio: 102 102 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL CANTÁBRICO
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: Limpieza de cauces en los ríos del Concejo de Ribera de Arriba
Importe: Incrementar en 500,00 miles €
BAJA
Sección: 23 Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico
Servicio: 102 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL CANTÁBRICO
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: Actuaciones de mantenimiento y conservación de cauces en la Cuenca Cantábrica
Importe: Reducir en 500,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1592

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección: 23 Ministerio para la transición
ecológica y el reto demográfico
Servicio: 102 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL CANTÁBRICO
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: Limpieza de cauces en los ríos del Concejo de Mieres
Importe: Incrementar en 500,00 miles €
BAJA
Sección: 23 Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico
Servicio: 102 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL CANTÁBRICO
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: Actuaciones de mantenimiento y conservación de cauces en la Cuenca Cantábrica
Importe: Reducir en 500,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de
referencia.

ENMIENDA NÚM. 1593

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23 Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico
Servicio: 06 Dirección General de la Costa y el Mar
Programa: 456D Actuación en la costa
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Acceso y aparcamiento de la playa de Xivares en Carreño, Asturias
Importe: Incrementar en 300,00 miles
BAJA
Sección: 23 Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico
Servicio: 06 Dirección General de la
Costa y el Mar
Programa: 456D Actuación en la costa
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto:Trabajos previos inversión en costas
Importe: Reducir en 300,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM.
1594

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.




ALTA
Sección: 23 Ministerio para la transición ecológica y el reto
demográfico
Servicio: 06 Dirección General de la Costa y el Mar
Programa: 456D Actuación en la costa
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Segunda fase de la remodelación integral del paseo marítimo entre Candás y Perlora, Asturias
Importe: Incrementar en 3.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico
Servicio: 06 Dirección General de la Costa y el Mar
Programa: 456D Actuación en
la costa
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Trabajos previos inversión en costas
Importe: Reducir en 3.000,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1595

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23 Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico
Servicio: 06 Dirección General de la Costa y el Mar
Programa: 456D Actuación en la costa
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Control de la regresión de la costa en el Concejo de Castrillón,
Asturias
Importe: Incrementar en 1.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23 Ministerio para la transición ecológica y el reto
demográfico
Servicio: 06 Dirección General de la Costa y el Mar
Programa: 456D Actuación en la costa
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Trabajos previos inversión en costas
Importe: Reducir en 1.000,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1596


Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección: 23 Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico
Servicio: 06 Dirección General de la Costa y el Mar
Programa: 456D Actuación en la costa
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Acceso y estabilización de la ladera de la playa de Rebolleres en el Concejo de Carreño, Asturias
Importe: Incrementar en 18,00 miles €
BAJA
Sección: 23 Ministerio para la transición ecológica y el reto demográfico
Servicio: 06 Dirección General de la Costa y el Mar
Programa: 456D Actuación en la costa
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Trabajos
previos inversión en costas
Importe: Reducir en 18,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1597

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Organismo: 105 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
Programa: 452A Gestión e Infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones reales
Artículo: 61
Concepto: Soterramiento del canal del Guadalmellato a su paso por el casco urbano de Córdoba
Importe: Incrementar 3.000,00 miles euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Organismo: 105 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: ACTUACIONES DE REPOSICION EN INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA EN
LA CUENCA DEL GUADALQUIVIR
Importe: Reducir 3.000,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1598

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Organismo: 105 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
Programa: 452A Gestión e Infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones reales
Artículo: 61
Concepto: Gestión de Riesgo de Inundaciones en la provincia de Córdoba y actuaciones en cauces
Importe: Incrementar 3.000,00 miles euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Organismo: 105 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: ACTUACIONES DE REPOSICION EN INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA EN LA CUENCA DEL GUADALQUIVIR
Importe: Reducir
3.000,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1599

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.




ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Organismo: 105 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
Programa: 452A Gestión e Infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones reales
Artículo: 61
Concepto: Reparación y mejora de la red de caminos
titularidad de la CHG en la provincia de Córdoba
Importe: Incrementar 1.000,00 miles euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Organismo: 105 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 2
Artículo: 22
Concepto: 22706 Estudios y trabajos técnicos
Importe: Reducir 1.000,00 miles €



JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1600

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 104 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR.

Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.

Capítulo: 6

Artículo: 61

Concepto: Proyecto de restauración
ambiental e integración urbana y paisajística del tramo alto del río Cabra (T.M. de Cabra, Córdoba).

Importe: Incremento 2.500,00 miles de euros

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS

Sección: 23. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.

Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA.

Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

Artículo: 70 De la Administración del Estado

Concepto: 700 Del departamento al que está
adscrito.

Importe: Incremento 2.500,00 miles de euros

REPERCUSIÓN EN EL PRESUPUESTO DEL ESTADO ALTA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Organismo: 05 Dirección General del
Agua.

Programa: 000X Transferencias Internas.

Capítulo: 7

Artículo: 71 A Organismos Autónomos

Concepto: 71002 Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Importe: Incremento 2.500,00 miles de euros


BAJA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA.

Programa: 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales,
recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación.

Capítulo: 7

Artículo: 74

Concepto: 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos.

Subconcepto: 74020
Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación.

Importe: Reducir 2.500,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La restauración
ambiental e integración urbana y paisajística del tramo alto del río Cabra (TM de Cabra, Córdoba) contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura


3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

5. Preservación del espacio
litoral y los recursos hídricos

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los
artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1601

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De
modificación.






ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Organismo: 105 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL
GUADALQUIVIR
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones reales
Artículo: 61
Concepto: Instalación
de compuertas en el arroyo del Churre. Proyecto de navegabilidad
Importe: Incrementar 800,00 miles euros
BAJA
Sección: 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Organismo: 105 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 2
Artículo: 22706
Concepto: ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS
Importe: Reducir 800,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1602

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.




ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico
Organismo: CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
Programa: 452A Gestión e Infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones
reales
Artículo: 61
Concepto: Plan de arreglo de cauces y arroyos que discurren por el término municipal de Carmona (Sevilla)
Importe: Incrementar 1.100,00
miles euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Organismo: 105 CONFEDERACIÓN
HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 2
Artículo: 22706
Concepto: ESTUDIOS Y
TRABAJOS TECNICOS
Importe: Reducir 1.100,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia.

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA


De modificación.


ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Organismo: CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL
GUADALQUIVIR
Programa: 452A Gestión e Infraestructuras del agua
Capítulo: 6 Inversiones reales
Artículo: 61
Concepto: Actuaciones
correspondiente para la mejora del cauce del Rio Yeguas en el término municipal de Las Roda (Sevilla), evitando el desbordamiento y los daños graves que esto causa.
Importe: Incrementar 1.050,00 miles de euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Organismo: 105 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL
GUADALQUIVIR
Programa: 452A Gestión e infraestructuras del agua
Capítulo: 2
Artículo: 22706
Concepto: ESTUDIOS Y TRABAJOS
TECNICOS
Importe: Reducir 1.050,00 miles de euros
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia. El rio ya se ha desbordado en ocasiones causando daños a infraestructuras y es necesaria una
inmediata actuación para evitarlo.

ENMIENDA NÚM. 1604

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.




Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.

Servicio: 104 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR.

Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.

Capítulo: 6

Artículo: 61

Concepto: Modernización del Sector arrocero en la provincia
de Sevilla

Importe: Incremento 10.000,00 miles de euros

ALTA EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Organismo: 109 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL
SEGURA.

Capítulo: 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

Artículo: 70 De la Administración del Estado

Concepto: 700 Del departamento al que está adscrito.

Importe: Incremento 10.000,00 miles de euros

REPERCUSIÓN EN EL
PRESUPUESTO DEL ESTADO ALTA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Organismo: 05 Dirección General del Agua.

Programa: 000X Transferencias Internas.

Capítulo: 7

Artículo:
71 A Organismos Autónomos

Concepto: 71002 Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Importe: Incremento 10.000,00 miles de euros

BAJA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA.

Programa: 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación.

Capítulo: 7

Artículo:
74

Concepto: 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos.

Subconcepto: 74020 Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales,
recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación.

Importe: Reducir 10.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La Modernización del Sector arrocero en la provincia de Sevilla contribuye a alcanzar los objetivos del
componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes


4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

5. Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso
a una España nación emprendedora

12. Política Industrial España 2030

13. Impulso a la pyme

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1606

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: CONSTRUCCIÓN DE UN PUENTE PEATONAL SOBRE EL RÍO CONILETE ENTRE VEJER Y CONIL (CADIZ)
Importe: Incrementar 300,00 miles euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: Trabajos previos inversión en costas
Importe: Reducir en 300,00 miles euros

ENMIENDA NÚM. 1607

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: ESTABILIZACIÓN DE LOS ACANTILADOS DE LA PLAYA FUENTE DEL GALLO EN CONIL
(CADIZ)
Importe: Incrementar 2.000,00 miles euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo:6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto: Obras de reposición y conservación del litoral
Importe: Reducir en 2.000,00 miles euros
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia. Necesidad de proteger nuestro litoral

ENMIENDA NÚM. 1608

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.



Entidad: ACUAMED.
Comunidad Autónoma: ANDALUCÍA
Provincia: Cádiz
Proyecto: DIVERSAS
OBRAS DE MEJORA DE INFRAESTRUCTURAS. SANEAMIENTO DE ALGECIRAS (CÁDIZ).
Importe: 2.200,00 miles €.
Alta: Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de
capital “estado de flujos de efectivo”. 6. Pago por inversiones: e) Otros activos financieros.
BAJA
Entidad: ACUAMED
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del ejercicio.
Importe: 2.200,00 miles € Así mismo se adecuarán las cifras del
Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN
La obra de saneamiento en Algeciras o
segunda fase de colectores consiste en la construcción de dos grandes colectores de pluviales para prevenir inundaciones con un presupuesto estimado de 9 millones de euros

ENMIENDA NÚM.
1609

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA




De modificación.



ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL
DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: RECUPERACIÓN DE
LAS MURALLAS DE SANTA CATALINA EN EL PUERTO DE SANTA MARÍA (CADIZ)
Importe: Incrementar 3.000,00 miles euros
BAJA
Sección: 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto: Obras de reposición y conservación del litoral
Importe: Reducir en 3.000,00 miles euros

ENMIENDA NÚM. 1610

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: RECUPERACIÓN DEL FRENTE AMURALLADO DE LA
CIUDAD DE CADIZ
Importe: Incrementar 3.000,00 miles euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto: Obras de reposición y conservación del litoral
Importe: Reducir en 3.000,00 miles euros
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de
referencia. Necesidad de proteger nuestro patrimonio

ENMIENDA NÚM. 1611

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: FASE II PASEO PEATONAL BLAS DE LEZO EN EL PUERTO DE SANTA MARÍA
(CÁDIZ)
Importe:Incrementar 1.500,00 miles euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 61
Concepto: Obras de reposición y conservación del litoral
Importe: Reducir en 1.500,00 miles euros
JUSTIFICACIÓN Necesidad de finalización del proyecto por su importancia turística
y medio ambiental.

ENMIENDA NÚM. 1612

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 456A Calidad del agua
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: NUEVA EDAR EN SANLÚCAR DE BARRAMEDA (CÁDIZ)
Importe: Incrementar 2.000,00 miles de
euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa: 45EA C05.I01 Materialización de actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras (DSEAR)
Capítulo: 7
Artículo: 74
Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de
infraestructuras
Importe: Reducir en 2.000,00 miles de euros

ENMIENDA NÚM. 1613

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)


El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


ENMIENDA

De modificación.





ALTA
Sección 23. Ministerio de transición ecológica y el reto demográfico
Servicio 06 Dirección General de
la Costa y el Mar
Programa 456D Actuación en la costa
Capítulo 6 inversión real
Artículo 61
Concepto Plan de actuación para las
playas de la Costa y construcción de los espigones (Granada)
Subconcepto
Importe Incrementar en 5.000,00 miles de euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa 45ED C05.I04 Adaptación de la costa al cambio climático e
implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo
Capítulo 7
Artículo 74
Concepto Aportación al FRER para adaptación de
la costa al cambio climático, estrategias marinas y ordenación del espacio marino
Subconcepto Actuaciones adaptación al cambio climático
Importe Reducir 5.000,00 miles de euros

ENMIENDA NÚM. 1614

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De
modificación.




ALTA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: Construcción de las
conducciones de la Presa de Rules
Importe: Incrementar 10.000,00 miles de euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa: 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y
mitigación del riesgo de inundación
Capítulo: 7
Artículo: 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos
Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación
Importe: Reducir en 10.000,00 miles de euros

ENMIENDA NÚM. 1615

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






Entidad: ACUAMED.
Comunidad Autónoma: ANDALUCÍA
Provincia: Almería
Proyecto: Desalobradora de Adra (Almería).
Importe: 500,00 miles €.
Alta: Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”. 6. Pago por inversiones: e) Otros activos
financieros.
BAJA
Entidad: ACUAMED
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del
ejercicio.
Importe: 500,00 miles € Así mismo se adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN

ENMIENDA NÚM. 1616

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







Entidad: ACUAMED.
Comunidad Autónoma: ANDALUCÍA
Provincia: Almería
Proyecto: Conducción de la Venta del Pobre al Campo de Tabernas (Almería).
Importe: 5.000,00 miles €.
Alta: Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”. 6. Pago por inversiones: e) Otros activos
financieros.
BAJA
Entidad: ACUAMED
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del
ejercicio.
Importe: 5.000,00 miles € Así mismo se adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN

ENMIENDA NÚM. 1617

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.





ALTA
Sección:
Servicio:
Programa:
Capítulo:
Artículo:
Concepto
Subconcepto
Importe
BAJA
Sección:
Servicio:
Programa:
Capítulo
Artículo
Concepto
Subconcepto
Importe

ENMIENDA NÚM. 1618




Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.



ALTA
Sección 23. Ministerio de transición ecológica y el reto
demográfico
Servicio 06 Dirección General de la Costa y el Mar
Programa 456D Actuación en la costa
Capítulo 6 inversión real
Artículo61
Concepto Paseo Marítimo en Vera
Subconcepto
Importe Incrementar en 1.000,00 miles de euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa 45ED C05.I04 Adaptación de la costa al
cambio climático e implementación de las Estrategias Marinas y de los planes de ordenación del espacio marítimo
Capítulo 7
Artículo 74
Concepto Aportación al FRER
para adaptación de la costa al cambio climático, estrategias marinas y ordenación del espacio marino
Subconcepto Actuaciones adaptación al cambio climático
Importe Reducir 1.000,00 miles de
euros

ENMIENDA NÚM. 1619

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección:
Servicio:
Programa:
Capítulo:
Artículo:
Concepto
Subconcepto
Importe
BAJA
Sección:
Servicio:
Programa:
Capítulo
Artículo
Concepto
Subconcepto
Importe

ENMIENDA NÚM. 1620

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







Entidad: ACUAMED.
Comunidad Autónoma: ANDALUCÍA
Provincia: Almería
Proyecto: Desalobradora de la Balsa del Sapo. Redacción de proyecto
Importe: 500,00 miles €.
Alta: Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”. 6. Pago por inversiones: e) Otros activos financieros.
BAJA
Entidad: ACUAMED
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del ejercicio.
Importe: 500,00 miles
€ Así mismo se adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN

ENMIENDA NÚM. 1621

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.




Entidad: ACUAMED.
Comunidad Autónoma: ANDALUCÍA
Provincia: Almería
Proyecto: Ampliación Desaladora de Campo de Dalías (Almería).
Importe: 5.000,00 miles €.
Alta: Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”. 6. Pago por inversiones: e) Otros activos financieros.
BAJA
Entidad: ACUAMED
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del ejercicio.
Importe: 5.000,00 miles € Así mismo se
adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN

ENMIENDA NÚM.
1622

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección
Servicio
Programa
Capítulo
Artículo
Concepto
Importe
BAJA
Sección:
Servicio:
Programa:
Capítulo:
Artículo:
Concepto:
Importe

ENMIENDA
NÚM. 1623

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección
Servicio
Programa
Capítulo
Artículo
Concepto
Subconcepto
Importe
BAJA
Sección
Servicio
Programa
Capítulo
Artículo
Concepto
Subconcepto
Importe

ENMIENDA NÚM. 1624

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección
Servicio
Programa
Capítulo
Artículo
Concepto
Subconcepto
Importe
BAJA
Sección:
Servicio:
Programa:
Capítulo:
Artículo:
Concepto:
Importe

ENMIENDA NÚM. 1625

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.





Entidad: ACUAMED.
Comunidad Autónoma: ANDALUCÍA
Provincia: Almería
Proyecto: Ampliación instalaciones EDAR de El Ejido.
Importe: 5.000,00 miles €.
Alta: Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de
flujos de efectivo”. 6. Pago por inversiones: e) Otros activos financieros.
BAJA
Entidad: ACUAMED
Baja: Presupuestos de capital “estado de
flujos de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del ejercicio.
Importe: 5.000,00 miles € Así mismo se adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como
consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN

ENMIENDA NÚM. 1626

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.



Entidad: ACUAMED.
Comunidad
Autónoma:
ANDALUCÍA
Provincia: Almería
Proyecto: Ampliación Desaladora de Carboneras.
Importe: 5.000,00 miles €.
Alta: Presupuestos de explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”. 6. Pago por inversiones: e) Otros activos financieros.
BAJA
Entidad: ACUAMED
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del ejercicio.
Importe: 5.000,00 miles €
Así mismo se adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN

ENMIENDA NÚM. 1627

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






Entidad: ACUAMED.
Comunidad Autónoma: ANDALUCÍA
Provincia: Almería
Proyecto: Ampliación instalaciones EDAR de Roquetas .
Importe: 5.000,00 miles €.
Alta: Presupuestos de
explotación y de capital Presupuesto de capital “estado de flujos de efectivo”. 6. Pago por inversiones: e) Otros activos financieros.
BAJA
Entidad: ACUAMED
Baja: Presupuestos de capital “estado de flujos de efectivo”. Efectivo o equivalente al final del ejercicio.
Importe: 5.000,00
miles € Así mismo se adecuarán las cifras del Balance y el resto de partidas afectadas que correspondan como consecuencia de las variaciones en el Presupuesto de Capital.
JUSTIFICACIÓN

ENMIENDA NÚM. 1628

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección
Servicio
Programa
Capítulo
Artículo
Concepto
Subconcepto
Importe
BAJA
Sección:
Servicio:
Programa:
Capítulo:
Artículo:
Concepto:
Importe

ENMIENDA NÚM. 1629

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.




ALTA
Sección
Servicio
Programa
Capítulo
Artículo
Concepto
Subconcepto
Importe
BAJA
Sección
Servicio
Programa
Capítulo
Artículo
Concepto
Subconcepto
Importe

ENMIENDA NÚM. 1630

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección
Servicio:
Programa:
Capítulo:
Artículo:
Concepto
Subconcepto
Importe
BAJA
Sección:
Servicio:
Programa:
Capítulo:
Artículo:
Concepto:
Importe

ENMIENDA NÚM. 1631

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección: 23 Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 Dirección General de la Costa y del Mar
Programa: 456-D Actuación en Costa
Capítulo:6
Artículo: 61
Concepto: Actuaciones de estabilización y mejora de las playas de la provincia de Málaga con instalación de espigones semisumergidos (Marbella, San Pedro, La
Carihuela (Torremolinos), Benalmádena, Ferrara (Torrox), La Cala Del Moral (Rincón de la Victoria), Los Rubios).
Importe: Incrementar en 5.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: Trabajos previos inversión en costas
Importe: Reducir 5.000,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1632

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.









ALTA
Sección: 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 Dirección General de la Costa y del Mar
Programa: 456-D Actuación en Costa
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: Regeneración de la playa de Los Baños del Carmen de Málaga Capital
Importe: Incrementar en 1.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: Trabajos previos inversión en costas
Importe: Reducir en 1.000,00 miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1633

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)


El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


ENMIENDA

De modificación.




ALTA
Sección: 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 Dirección
General de la Costa y del Mar
Programa: 456-D Actuación en Costa
Capítulo: 6
Artículo: 61
Concepto: Mejora y construcción del
Paseo Marítimo de Benagalbón (Rincón de la Victoria), apertura del Paseo de Los Carabineros (Nerja), Proyecto de El Playazo (Nerja) y prolongación del Paseo Marítimo de Poniente (Málaga).
Importe: Incrementar en
4.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION
GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo 61
Concepto: Obras de reposición y conservación del litoral
Importe: Reducir en 4.000,00
miles €
JUSTIFICACIÓN Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1634

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.










ALTA
Sección: 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 Dirección General del Agua
Programa: 456-A Calidad del Agua
Capítulo: 6
Artículo: 60
Concepto: Saneamiento Integral de la Costa del Sol (2ª Fase) (Málaga)
Importe: Incrementar en 2.000,00 miles €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa: 45EA C05.I01 Materialización de actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras (DSEAR)
Capítulo: 7
Artículo: 74
Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras
Importe: Reducir en 2.000,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1635

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.




ALTA
Sección: 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa 452A Gestión e infraestructuras
del agua.
Capítulo 6
Artículo 61
Concepto: Redacción del Proyecto de Recrecimiento de la Presa de la Concepción
Importe: Incrementar en 1.000,00 miles €
BAJA
Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL
AGUA
Programa 452A Gestión e infraestructuras del agua.
Capítulo 6
Artículo 64
Concepto ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS.
Importe: Reducir en 1.000,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1636

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN
EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.








ALTA
Sección 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Servicio 06 DIRECCIÓN GENERAL DE LA COSTA Y DEL MAR
Programa 456D Actuación en la
Costa.
Capítulo 6. Inversión real
Artículo 61
Concepto Protección y recuperación de sistemas litorales en Huelva .
ImporteIncrementar en 3.000,00 miles de €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: Trabajos previos inversión en costas
Importe: Reducir en 3.000,00 miles euros

ENMIENDA NÚM.
1637

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el reto
Demográfico
Servicio 06 Dirección General de la Costa y del Mar
Programa 456 D
Capítulo 6
Artículo 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinado al uso general
Concepto DOTACIONES PARA EL ACCESO Y USO PÚBLICO DE LA COSTA DE HUELVA
Subconcepto
Importe Incrementar en 500,00 Miles de €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico
Servicio: 06 DIRECCION GENERAL DE COSTAS Y DEL MAR
Programa: 456D ACTUACIÓN EN LA COSTA
Capítulo: 6 Inversiones Reales
Artículo: 60
Concepto: Trabajos previos inversión en costas
Importe: Reducir en 500,00 miles euros

ENMIENDA NÚM. 1638

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección 23 Ministerio para la Transición Ecológica
y el reto Demográfico
Servicio Dirección General de la Costa y del Mar
Programa 452 A
Capítulo 6
Artículo 60
Concepto Inversión nueva en infraestructura y bienes destinado al uso general
Subconcepto DESDOBLE DEL TUNEL DE SAN SILVESTRE (HUELVA)
ImporteIncrementar en 10.000,00 Miles de €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO
DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa: 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación
Capítulo: 7
Artículo: 74
Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación
Importe: Reducir en 10.000,00 miles euros
JUSTIFICACIÓN:


El DESDOBLE DEL TUNEL DE SAN SILVESTRE (HUELVA) contribuye a alcanzar los objetivos del componente: II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes 4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad 5. Preservación del
espacio litoral y los recursos hídricos del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los
artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Esta es quizás la obra más importante y urgente en materia de agua en la provincia de Huelva. De este desdoble depende la seguridad en el abastecimiento de
agua a la mitad de la provincia y a sectores claves como el turismo, la industria, la agricultura y para poder beber la mitad de la población de la provincia. Es una obra que está recogida en la Ley de Trasvase del Condado, aprobada en el Congreso
hace varios años. El actual túnel ya está colapsado. Si hubiese algún problema en el mismo no se podría dar agua (ni para beber) a la población.

ENMIENDA NÚM. 1639

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el reto Demográfico
Servicio 05
Dirección General del Agua
Programa 452 A Gestión e infraestructura del Agua
Capítulo 6
Artículo 60
Concepto Inversión nueva en
infraestructura y bienes destinado al uso general
PRESA DE ALCOLEA
Importe Incrementar en 4.000,00 Miles de €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
Programa: 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación
Capítulo: 7
Artículo: 74
Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y
mitigación del riesgo de inundación
Importe: Reducir en 4.000,00 miles euros
JUSTIFICACIÓN:


La PRESA DE ALCOLEA contribuye a alcanzar los objetivos del componente: II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes 4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad 5. Preservación del espacio litoral y los recursos
hídricos del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. Para poder continuar con la obra que en su día se comenzó y se encuentra paralizada.

ENMIENDA NÚM. 1640

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el reto Demográfico
Servicio 05
Dirección General del Agua
Programa 452 A Gestión e infraestructura del Agua
Capítulo 6
Artículo 60
Concepto Inversión nueva en
infraestructura y bienes destinado al uso general
Subconcepto CANAL DE TRIGUEROS
Importe Incrementar en 2.000,00 Miles de €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA
Capítulo 6
Artículo 64
Concepto 2006 23 05 0087 ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS
Subconcepto
Importe Reducir 2.000,00 miles de €

ENMIENDA NÚM. 1641

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el reto Demográfico
Servicio Dirección General del Agua
Programa 452 A Gestión e infraestructura del Agua
Capítulo 6
Artículo 60
Concepto Inversión nueva en infraestructura y bienes destinado al uso general
Subconcepto PRESA DE PEDRO ARCO (HUELVA) –
Redacción del proyecto
Importe Incrementar en 1.000,00 Miles de €
BAJA
Sección Ministerio
Sección: 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA
Capítulo 6
Artículo 64
Concepto 2006 23 05 0087 ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS
Subconcepto
Importe Reducir 1.000,00 miles de €

ENMIENDA NÚM. 1642

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


ENMIENDA

De modificación.






ALTA
Sección 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el reto Demográfico
Servicio Dirección General
del Agua
Programa 452 A Gestión e infraestructura del Agua
Capítulo 6
Artículo 60
Concepto Inversión nueva en infraestructura y
bienes destinado al uso general
Subconcepto AMPLIACIÓN DE BOMBEO BOCACHANZA II (HUELVA) – Redacción del Proyecto
Importe Incrementar 500,00 Miles de €
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA
Programa: 452A GESTIÓN E
INFRAESTRUCTURA DEL AGUA
Capítulo 6
Artículo 61
Concepto 2016 23 05 0020 Otras actuac. Infra. Hidraul. Varias provincias
Subconcepto
Importe Reducir 500,00 Miles de €

ENMIENDA NÚM. 1643

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.


Sección: 23 Ministerio para la Transición Ecológica y el reto
Demográfico
Servicio Dirección General del Agua
Programa 452 A Gestión e infraestructura del Agua
Capítulo 6
Artículo 60
Concepto: “Actuaciones para la mejora ambiental y de usos sociales y económicos del embalse de Cordobilla, término municipal de Puente Genil (Córdoba)”.
Importe: Incrementar en 500,00
miles euros
BAJA
Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL
AGUA
Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA
Capítulo 6
Artículo 64
Concepto 2006 23 05 0087 ESTUDIOS Y TRABAJOS
TECNICOS
Importe: Reducir en 500,00 miles €

ENMIENDA NÚM. 1644

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA.

Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.

Capítulo: 6
Inversiones Reales

Artículo: 60

Concepto: 2008 23 05 0036 BALSAS DE REGULACIÓN CUENCA EBRO- ALMUDEVAR

Importe: Incrementar 5.000,00 miles de euros

BAJA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico.

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA.

Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.

Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo: 64

Concepto: ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS.




Importe: Reducir 5.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Impulso definitivo de una obra hidrográfica fundamental para la provincia de Huesca y anticipación del final de las obras.

ENMIENDA NÚM. 1645

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA.

Programa: 452A GESTIÓN
E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.

Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo: 60

Concepto: Traída de agua a Zaragoza y poblaciones aledañas desde Yesa

Importe: Incrementar 5.000,00 miles de euros

BAJA

Sección:
23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA.

Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.

Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo: 64


Concepto: ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS.

Importe: Reducir 5.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Por ser necesario.

ENMIENDA NÚM. 1646

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 104 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO.

Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.

Capítulo:
7

Artículo: 76

Concepto: 763 Limpieza y adecuación ribera Río Huerva en el tramo urbano Ciudad de Zaragoza

Importe: Incrementar 2.000,00 miles de euros

BAJA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico.

Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA.

Programa: 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación.


Capítulo: 7

Artículo: 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos.

Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecoistemas fluviales,
recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación.

Importe: Reducir 2.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La Limpieza y adecuación ribera Rio Huerva en el tramo urbano Ciudad de Zaragoza contribuye a alcanzar los
objetivos del componente:

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

5. Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos

del Plan de
Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2022.

Por necesidad.

ENMIENDA NÚM. 1647

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 08 DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN AMBIENTAL

Programa: 456B PROTECCIÓN Y MEJORA DEL MEDIO AMBIENTE

Capítulo: 7

Artículo: 76

Concepto: 763 Provincia de
Zaragoza. Cabeceras de Comarcas. Plan de Residuos

Importe: Incrementar 6.000,00 miles de euros

BAJA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN
Y RESILIENCIA.

Programa: 45LC C12.I03A Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular.

Capítulo: 7

Artículo: 75.

Concepto: 755 Para Estrategia de Economía
Circular.

Suconcepto: A Comunidades Autónomas para Estrategia de Economía Circular

Importe: Reducir 6.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Provincia de Zaragoza. Cabeceras de Comarcas. El Plan de Residuos contribuye a
alcanzar los objetivos del componente:

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España
y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Por necesidad.


ENMIENDA NÚM. 1648

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 05 DIRECCIÓN
GENERAL DEL AGUA.

Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.

Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo: 61

Concepto: AT obras de recrecimiento embalse de Yesa

Importe: Incrementar 2.000,00 miles de
euros

BAJA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA.

Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.

Capítulo: 6 Inversiones
Reales




Artículo: 64

Concepto: ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS.

Importe: Reducir 2.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Por ser necesario.

ENMIENDA NÚM. 1649

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA.

Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.


Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo: 61

Concepto: 611. Restitución proyectos Hidrológicos Provincia de Zaragoza.

Importe: Incrementar 2.000,00 miles de euros

BAJA

Sección: 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA.

Programa: 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de
inundación.

Capítulo: 7

Artículo: 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos.

Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecoistemas
fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación.

Importe: Reducir 2.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La Restitución proyectos Hidrológicos Provincia de Zaragoza contribuye a alcanzar los objetivos
del componente:

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo
susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Por ser necesario.

ENMIENDA NÚM.
1650

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL
AGUA.

Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.

Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo: 60

Concepto: 603. Limpieza cauce río Ebro.

Importe: Incrementar 20.000,00 miles de euros

BAJA


Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA.

Programa: 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de
acuíferos y mitigación del riesgo de inundación.

Capítulo: 7

Artículo: 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos.

Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de
seguimiento y restauración de ecoistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación.

Importe: Reducir 20.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La limpieza cauce río Ebro contribuye a alcanzar los
objetivos del componente:

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas,
siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Para evitar riadas y los
consiguientes daños que se producen en las viviendas y tierras agrícolas.

ENMIENDA NÚM. 1651

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 11 DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD,BOSQUES Y DESERTIFICACIÓN.

Programa: 456C PROTECCIÓN Y MEJORA DEL MEDIO NATURAL

Capítulo: 7

Artículo: 75

Concepto:
752 A la Comunidad Autónoma de Aragón. Limpieza y erradicación plaga de la procesionaria en el Pirineo Aragonés.

Importe: Incrementar 2.000,00 miles de euros

BAJA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico.

Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA.

Programa: 45DD C04.I04 Gestión forestal sostenible.

Capítulo: 7

Artículo: 74

Concepto: 74303 Aportación al FRER para actuaciones en
materia de gestión forestal sostenible.

Importe: Reducir 2.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La limpieza y erradicación plaga de la procesionaria en el Pirineo Aragonés contribuye a alcanzar los objetivos del componente:


II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir
fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Por necesidad.

ENMIENDA NÚM. 1652

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA.

Programa: 452A GESTIÓN
E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.

Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo: 60

Concepto: 762. Limpieza y adecuación ribera Canal imperial de Aragón en el tramo urbano de la Ciudad de Zaragoza.

Importe: Incrementar 2.000,00
miles de euros

BAJA




Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA.

Programa: 45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación
de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación.

Capítulo: 7

Artículo: 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los recursos hídricos.

Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de
seguimiento y restauración de ecoistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación.

Importe: Reducir 2.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La Limpieza y adecuación ribera Canal Imperial de
Aragón en el tramo urbano de la Ciudad de Zaragoza contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

del Plan
de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2022.

Por necesidad.

ENMIENDA NÚM. 1653

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA.

Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.

Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo: 60

Concepto: 602. Limpieza integral
Embalse Mequinenza.

Importe: Incrementar 1.000,00 miles de euros

BAJA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA.

Programa:
45EB C05.I02 Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación.

Capítulo: 7

Artículo: 740 Aportación al FRER para infraestructuras hidráulicas y preservación de los
recursos hídricos.

Concepto: Aportación al FRER para actuaciones de seguimiento y restauración de ecoistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación.

Importe: Reducir 1.000,00 miles de euros


JUSTIFICACIÓN

La Limpieza integral Embalse Mequinenza contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad


del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la citada actuación.

ENMIENDA NÚM. 1654

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA.

Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.

Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo: 60

Concepto:
602 Canal de Caspe. Mejora Infraestructura

Importe: Incrementar 1.000,00 miles de euros

BAJA

Sección: 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DEL AGUA.


Programa: 452A GESTIÓN E INFRAESTRUCTURA DEL AGUA.

Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo: 64

Concepto: ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS.

Importe: Reducir 1.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la
citada actuación.

ENMIENDA NÚM. 1655

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

SECCION 23 Ministerio para la Transición Ecológica y para el Reto Demográfico.


Servicio: 05 Dirección General del Agua

Programa. 453A Gestión e Infraestructuras del agua.

Capitulo. 7

Articulo. 74

Concepto. APORTACIÓN AL CAPITAL PÚBLICO DE CANAL DE NAVARRA S.A. (CANASA) PARA ADJUDICAR LA 2ª
FASE DEL CANAL DE NAVARRA.

Importe. 60.000.000€

BAJA

SECCION 23 Ministerio para la Transición Ecológica y para el Reto Demográfico.

Servicio 05 Dirección General del Agua

Programa 453A Gestión e
Infraestructuras del agua.

Capitulo. 6

Articulo. 60

Concepto. INVERSIONES REALES

Importe. 60.000.000€

JUSTIFICACIÓN:

Dotar la actuación de referencia convenientemente.

ENMIENDA NÚM.
1656

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y RETO DEMOGRÁFICO

Servicio 20

Programa 452-A


Capítulo 6

Artículo 60

Concepto APROVECHAMIENTO DEL EMBALSE DE LAS COGOTAS PARA EL

ABASTECIMIENTO DE AGUA A LA CIUDAD DE ÁVILA.

Subconcepto




Importe 2.700, 00 miles de euros.

BAJA

Sección 23. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y RETO DEMOGRÁFICO

Servicio 12

Programa 451 O

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto MATERIAL,
SUMINISTROS Y OTROS

Subconcepto

Importe 2.700,00 miles de euros.

JUSTIFICACIÓN:

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1657

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 23. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 23 Ministerio de Transición Ecológica y Reto demográfico

Servicio: 5 Dirección General del Agua

Programa: 452 A Gestión e infraestructura del agua.

Capítulo: 6 Inversiones.


Artículo: 64

Concepto: Ejecución de los proyectos de restitución territorial comprometidos con el Ayuntamiento de Soto en Cameros (La Rioja) derivados de la construcción de la Presa de Soto-Terroba

Importe: 500,00 miles

BAJA

Sección: 23 Ministerio de Transición Ecológica y Reto demográfico

Servicio: 11 DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD, BOSQUES Y DESERTIFICACIÓN

Programa: 456 C

Capítulo: 7

Artículo: 740


Concepto: A Fundación Biodiversidad. FSP para financiar actuaciones propias de la fundación.

Importe: 500,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Necesidad de la actuación.

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 165 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Palacio del Senado, 1 de diciembre de 2021.-El Portavoz, Javier Ignacio
Maroto Aranzábal.

ENMIENDA NÚM. 1658

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.04

Programa 334 Promoción y cooperación
cultural

Capítulo 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

Artículo 77 A empresas privadas

Concepto Nuevo. Plan Nacional Cultura Segura, para desarrollar mecanismos que propicien un consumo seguro de la cultura.

Importe 2.000,00
miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.04

Programa 334A

Capítulo 7

Artículo 768

Importe 2.000,00 miles euros

JUSTIFICACION

El objetivo de este programa
es devolver la confianza al público, que tuvo que abandonar la participación en actividades culturales de todo tipo durante la pandemia de la COVID-19 y se vio obligado a un retorno por fases debido a las restricciones parciales que se dieron en
salas de conciertos, museos, teatros, cines y demás espacios culturales, para que ahora que se han eliminado las restricciones, vuelva con toda seguridad a esos espacios, y participar plenamente de la programación cultural de cada una de las
ciudades y villas. Con este presupuesto se pretende realizar una campaña para la reactivación de la programación cultural y la participación de todos los públicos, con una atención especial a las personas mayores que han sufrido con más intensidad
la pandemia y el confinamiento, impidiéndoles la socialización y el disfrute que la actividad cultural permite. Este programa ayudará a mejorar la crítica situación del sector de los espectáculos, que tienen como actividad principal las fiestas
locales.

ENMIENDA NÚM. 1659

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 24.04

Programa 334A Promoción y cooperación cultural


Capítulo 4 Transferencias corrientes

Artículo 48

Concepto 48913 A la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para el impulso de nuevas políticas culturales, creación cultural, fortalecimiento del ecosistema local
cultural y evaluación de su impacto,

Subconcepto Nuevo. Fondo de Rescate cultural para entes locales

Importe 8.000 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33SC
C19 I03

Capítulo 4

Artículo 45

Concepto 454

Importe 8.000 miles euros

JUSTIFICACION

El impulso de nuevas políticas culturales, creación cultural, fortalecimiento del ecosistema local cultural y evaluación de
su impacto, contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el
Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Con
esta partida, destinada a la FEMP, se pretende financiar una serie de actividades culturales itinerantes, con especial atención al teatro, la música, la danza y las exposiciones, que permitan a los municipios de menor densidad de población recuperar
actividad cultural que se ha perdido irreparablemente desde la pandemia, cuando han cerrado muchos espacios culturales de gestión privada que colaboraban en el mantenimiento de la actividad cultural en capitales de provincia de menos de 100.000
habitantes y villas de características similares. Esa actividad ha quedado reducida al mínimo en la recuperación de la actividad post pandemia y ahora son solo los ayuntamientos los que tiran del carro de la programación cultural, siempre escasa.
La recuperación del sector cultural pasa por incentivar la capacidad de los entes locales en desarrollar proyectos culturales, ya que de ellos depende el 75% del gasto cultural de nuestro país. Con la gestión centralizada de una serie de
actuaciones y su itinerancia durante el año por las localidades preestablecidas en el calendario, se permite una economía de escala que multiplicará el resultado de este programa.

ENMIENDA NÚM. 1660

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN
EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA


De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 24.50

Programa 33X B C24 I02 Dinamización de la cultura a lo largo del territorio.

Capítulo 4 Transferencias corrientes

Artículo
45

Concepto Nuevo Mejora energética e inversión tecnológica de las infraestructuras culturales

Importe 10.000 miles euros




BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33SC C19 I03

Capítulo 4

Artículo 46

Concepto 460

Importe 10.000 miles euros

JUSTIFICACION

La Mejora
energética e inversión tecnológica de las infraestructuras culturales contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del
Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Prácticamente en todos los sectores productivos del país, se ha introducido en el ámbito de los fondos de resiliencia propuestas que mejoren la eficiencia energética y la incorporación de
nuevas tecnologías. Aplicarlo a las infraestructuras culturales es una línea de actuación que cumple con los objetivos marcados en el componente 24.

ENMIENDA NÚM. 1661

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 24.04

Programa 334A Promoción y cooperación cultural

Capítulo 4 Transferencias corrientes

Artículo 48 A familias e instituciones sin ánimo de lucro


Concepto 486 Para desplazamientos culturales a/y desde la península

Importe 350 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 50

Programa 33XA C24 I01

Capítulo 6

Artículo
60

Concepto Inversiones reales

Importe 350 miles euros

JUSTIFICACION

Se trata de financiar ayudas para las actividades culturales que se desarrollan fuera de la península -islas y ciudades de Ceuta y Melilla – cuyo
coste es siempre mayor por el incremento de los gastos de desplazamiento y precisan de un apoyo extraordinario.

ENMIENDA NÚM. 1662

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de
Cultura y Deporte

Servicio 24.04

Programa 334A Promoción y cooperación cultural

Capítulo 4 Transferencias corrientes

Artículo 45 A Comunidades Autónomas

Concepto Plan Nacional XACOBEO 2022. Promoción del año
Xacobeo en las comunidades autónomas.

Importe 10.000 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33SC C19 I03

Capítulo 4

Artículo 45

Concepto 454


Importe 10.000 miles euros

JUSTIFICACION

La Promoción del año Xacobeo en las comunidades autónomas contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme,
recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria
cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto
de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Los años santos jacobeos, que se celebran cuando el día 25 de julio del año en curso coincide en un domingo, son una tradición establecida por la Iglesia desde al menos el siglo
XIV, cuando se celebró el primer año santo. Son años en los que los caminos de peregrinación a Santiago se llenan de peregrinos, caminantes y turistas, que, con diferentes objetivos -religiosos, espirituales, culturales, turísticos- emprenden viaje
hacia el Finisterre gallego a través de diferentes medios, a pie, en bicicleta, en barco. La recuperación de esta secular práctica, auspiciada por la Xunta de Galicia desde los años noventa del siglo XX, ha supuesto un verdadero revulsivo para la
dinamización económica, social, turística y cultural no solo de Santiago de Compostela y de Galicia, sino de todas las localidades por las que discurren los diferentes caminos de peregrinación. Esta dinamización es fundamental para la fijación de
población en lugares que, si no fuese por su inclusión en alguno de los caminos, no contarían prácticamente con actividad cultural o turística alguna.

La dimensión internacional de los caminos se redujo en los últimos meses con la pandemia,
pero en cambio, la participación española se ha incrementado muy considerablemente. El Ministerio de Cultura y Deporte tiene que participar en la financiación de la promoción del Xacobeo 2022, puesto que Santiago en esta fecha es la verdadera
capital cultural de Europa y merece una promoción que incorpore a todas las Comunidades Autónomas por las cuales discurren los diferentes caminos de peregrinación, con el objetivo de que todas ellas dispongan de promoción y actuaciones culturales
adecuadas a la importancia del acontecimiento que, por primera vez en la historia y por causa de la pandemia del COVID-19, transcurre en dos años consecutivos. El gobierno del estado no aportó ni un euro en los PGEs de 2021, y tiene la ocasión de
solucionar esta situación en los presupuestos de 2022.

ENMIENDA NÚM. 1663

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 24.05

Programa:
337C Protección del Patrimonio Histórico

Capítulo 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

Artículo 46 A Entidades Locales

Concepto Plan Nacional de la Cultura Española y el español

Importe 10.000 miles de euros

BAJA


Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XA C24 I01

Capítulo 7

Artículo 77

Concepto 774

Importe 10.000 miles euros

JUSTIFICACION

El Plan Nacional de la Cultura
Española y el español contribuyen a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de
modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y
Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Frente a los gobiernos
de las Comunidades Autónomas con lengua cooficial, que en todos los casos tienen como una de sus prioridades la promoción de la lengua y cultura en esas lenguas cooficiales, el español, a pesar de su papel predominante en el ámbito internacional, en
el que es la tercera lengua más hablada del mundo, por detrás del inglés y el chino, se encuentra privada del mismo apoyo por parte del gobierno del Estado, que en ocasiones parece competir con los gobiernos autonómicos en el apoyo a las lenguas
cooficiales.

Según el estudio “El español, una lengua viva”, del profesor de la universidad de Alcalá Daniel Fernández Vítores, el desarrollo de la lengua española en internet dependerá de la elaboración de contenidos atractivos
que puedan competir con otras lenguas pujantes en la red y que atraigan a potenciales hablantes de español. El inglés sigue siendo la lengua franca y no habrá crecimiento del español si no hay un apoyo decidido a la digitalización y la producción
de contenidos digitales específicos con una inversión decidida del gobierno y en concreto del Ministerio de Cultura y Deporte. La importancia de los contenidos digitales en español se ha visto reforzada por las consecuencias de la pandemia y del
confinamiento, cuando nuestra relación laboral, social y cultural con el mundo y el resto de nuestros congéneres ha tenido como espacio único la red. El consumo de productos culturales online se ha disparado y es necesario competir con todas las
armas por ocupar el lugar que corresponde al español y a la cultura española.

ENMIENDA NÚM. 1664

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.




ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 05

Programa 337B Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo 7 Transferencias
de capital

Artículo 76 A Entidades Locales

Concepto. Nuevo Plan Nacional de Arte y Arquitectura en el ámbito rural

Importe 8.000 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio
24.50

Programa 33XB C24 I02

Capítulo 7

Artículo 75

Concepto 750

Importe 8.000 miles euros

JUSTIFICACION

El Plan Nacional de Arte y Arquitectura en el ámbito rural contribuyen a alcanzar los objetivos
del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX.
Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

España es uno de los países con más patrimonio cultural, reconocido mundialmente. Es el
segundo país más visitado del planeta por ese patrimonio y el tercer país con más designaciones de patrimonio mundial de la UNESCO, con 48 bienes y sitios reconocidos, entre patrimonio cultural, natural e inmaterial. Hay cerca de 30.400 bienes
culturales, de los cuales más de la mitad son de carácter inmueble -monumentos o zonas arqueológicas- y se encuentran dispersos por todo el territorio, en función de acontecimientos y circunstancias históricas que tienen poco que ver con la
organización administrativa contemporánea.

Mucho de este patrimonio mueble o inmueble se encuentra en áreas rurales con escasa población, tratándose generalmente de arte sacro. Su conservación y puesta en valor plantea graves problemas, por
las dificultades de acceso, su lejanía con respecto a puntos neurálgicos de transporte o comunicaciones, el abandono poblacional de la comarca correspondiente, o los inconvenientes a sortear para su apertura, visita o rehabilitación. Las
Comunidades Autónomas no cuentan con recursos suficientes para atender adecuadamente a todos estos aspectos sin el concurso del estado. Por otro lado, la puesta en valor de este patrimonio es crucial para el mantenimiento de la escasa población
rural en muchas provincias españolas. Cuando se invierte en la proyección de este patrimonio se evidencia un retorno importante en términos sociales, económicos y demográficos, además, evidentemente, de la preservación de los propios bienes
culturales.

Por ello se insta al gobierno, a través de esta partida, a identificar, junto con las Comunidades Autónomas y entidades locales, una serie de bienes culturales en zonas rurales cuyas características de preservación y valorización
merezcan la elección para su rehabilitación y puesta en valor.

ENMIENDA NÚM. 1665

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio:

Programa
337B Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo 7 Transferencias de Capital

Artículo 76 A Entidades Locales

Concepto Plan Nacional Arte Sacro. Protección al patrimonio, sus artistas y artesanos


Importe 5.000 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XB C24 I02

Capítulo 7

Artículo 75

Concepto 750

Importe 5.000 miles euros


JUSTIFICACION

El Plan Nacional Arte Sacro. Protección al patrimonio, sus artistas Y artesanos contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación
del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural


del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Los artesanos y artistas de arte sacro, además de proteger un patrimonio de incalculable valor, promueven la producción de obra nueva e impulsan una actividad artesanal con identidad propia,
permitiendo que se mantengan vivos estos antiguos oficios, que sin ellos se habrían perdido. La pandemia ha causado verdaderos estragos en este sector. En la Comisión de Cultura y Deporte fue aprobada en este mes de octubre una Proposición no de
Ley para el desarrollo de un Plan Nacional de protección de Arte Sacro, con tan solo una abstención -del grupo PdeCAT- y el apoyo del resto de los grupos de la cámara, para el cual se solicita esta partida presupuestaria, para el desarrollo de las
medidas acordadas.

ENMIENDA NÚM. 1666

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 24.04

Programa: 334A Promoción y cooperación
cultural

Capítulo 7 TRANSFERENCIAS CAPITAL

Artículo 76 A ENTIDADES LOCALES

Concepto Nuevo Plan Nacional de Protección “Tablaos Flamencos”

Importe 5.000 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de
Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XB C24 I02

Capítulo 7

Artículo 75

Concepto 750

Importe 5.000 miles euros

JUSTIFICACIÓN

El Plan Nacional de Protección “Tablaos
Flamencos” contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización
y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas,
siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

El flamenco es uno de los
principales reclamos de la Marca España. Desde hace más de cincuenta años, los tablaos ofrecen al sector turístico espectáculos de gran calidad que atraen a casi 8 millones de espectadores al año, en su mayoría extranjeros. El número de turistas
que reciben los tablaos flamencos en España es de cuatro millones de personas anuales. Son un potente atractivo turístico, y es por esta razón, su dependencia del turismo internacional, pasan por una delicada situación tras la crisis de la
COVID-19, durante la cual ya han cerrado un tercio de ellos en nuestro país, según la asociación Nacional de Tablaos Flamencos ANTFES. Teniendo en cuenta que el sector da empleo de forma continuada o intermitente al 90% de los artistas flamencos,
estos cierres ponen en riesgo la cultura flamenca en España. Por esta razón necesitan de medidas específicas, concretas e innovadoras que permitan su supervivencia hasta que se reactive el Turismo Internacional.

En la Ley 17/2020 aprobada en
el Congreso de los Diputados y publicada en el BOE del 13 de octubre, se recoge la enmienda aprobada para el desarrollo de un Plan Nacional para los Tablaos Flamencos, para el que se solicita la inclusión de esta partida presupuestaria.


ENMIENDA NÚM. 1667

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 24.04

Programa: 334A Promoción y cooperación cultural

Capítulo 4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES

Artículo 46 A Entidades Locales

Concepto Nuevo Ayudas directas a las empresas circenses para paliar el efecto de la Pandemia del COVID-19

Importe 500 miles euros




BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 332B Bibliotecas

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto 22706

Importe 500 miles euros

JUSTIFICACIÓN

El circo
tradicional vive años muy difíciles, agravados por la reciente pandemia y el abandono del ministerio en las ayudas puestas en marcha para apoyar a las empresas después del confinamiento. Las políticas llevadas desde el Inaem, que no apoya al circo
de carpa, han derivado en un total enfrentamiento de los empresarios circenses con el ministerio, que debe recapacitar sobre algunas tomas de posición, claramente ideológicas como esta. Para apoyar al circo de carpa se plantea esta enmienda de
ayudas directas a los empresarios circenses abandonados por el ministerio.

ENMIENDA NÚM. 1668

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.04


Programa: 334A Promoción y cooperación cultural

Capítulo 4 Transferencias corrientes

Artículo 45 A Comunidades Autónomas

Concepto Nuevo Apoyo a la celebración del al 10 aniversario de la inclusión del Flamenco como
Patrimonio Inmaterial de la Humanidad

Importe 140 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 332B Bibliotecas

Capítulo 2

Artículo 22706

Importe 140
miles euros

Justificación

La pandemia no ha permitido desarrollar esta efeméride con la importancia que se merece. Se propone esta partida para continuar con el reconocimiento de unas de las expresiones culturales con las que se
reconoce nuestro país en el ámbito internacional.

ENMIENDA NÚM. 1669

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

Sección 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 24.04

Programa
334A Promoción y cooperación cultural

Capitulo 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

Articulo 45 A Comunidades Autónomas

Concepto. Nuevo Congreso Iberoamericano “El Español como puente de unión entre España e Iberoamérica, desde
Elio Antonio hasta nuestros días”: V Centenario del fallecimiento de Elio Antonio de Nebrija.

Importe 100 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 333A Museos


Capítulo 2

Artículo 22

Concepto 22706

Importe 100 miles euros

Justificación

En 2022 se cumplen quinientos años del fallecimiento de Elio Antonio de Nebrija, humanista español autor de la Gramática castellana de
1492 y del Vocabularium latino, así como de la revisión de los textos griegos y latinos de la Biblia Políglota Complutense. El ayuntamiento de Lebrija lleva preparando este congreso para la recuperación de la figura del primer filólogo hispano y
precisa de la colaboración del ministerio con medios materiales y humanos.

ENMIENDA NÚM. 1670

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05


Programa 333B Exposiciones

Capítulo 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

Artículo 46 A Entidades Locales

Concepto Nuevo. Plan Nacional de Protección y Promoción del Patrimonio Prehistórico

Importe 8.000 miles euros


BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XB C24 I02

Capítulo 7

Artículo 75

Concepto 750

Importe 8.000 miles euros

JUSTIFICACIÓN

El Plan Nacional de
Protección y Promoción del Patrimonio Prehistórico contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación
emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia
aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2022.

España es uno de los países con más patrimonio cultural, reconocido mundialmente. Es el segundo país más visitado del planeta por ese patrimonio y el tercer país con más designaciones de patrimonio mundial de la UNESCO, con 48 bienes y
sitios reconocidos, entre patrimonio cultural, natural e inmaterial. Hay cerca de 30.400 bienes culturales, de los cuales más de la mitad son de carácter inmueble -monumentos o zonas arqueológicas- y se encuentran dispersos por todo el territorio,
en función de acontecimientos y circunstancias históricas que tienen poco que ver con la organización administrativa contemporánea.

Mucho de este patrimonio mueble o inmueble se encuentra en áreas rurales con escasa población, tratándose en
muchos casos de arte prehistórico. Su conservación y puesta en valor plantea graves problemas, por las dificultades de acceso, su lejanía con respecto a puntos neurálgicos de transporte o comunicaciones, el abandono poblacional de la comarca
correspondiente, o los inconvenientes a sortear para su visita, rehabilitación y conservación, al encontrarse en muchas ocasiones sobre rocas, a la intemperie, en lugares de difícil acceso y cuya protección debe realizarse con mucho cuidado. Las
Comunidades Autónomas no cuentan con recursos suficientes para atender adecuadamente todos estos aspectos sin el concurso del estado. Por otro lado, la puesta en valor de este patrimonio es crucial para el mantenimiento de la escasa población rural
en muchas provincias españolas. Cuando se invierte en la proyección de este patrimonio se evidencia un retorno importante en términos sociales, económicos y demográficos, además, evidentemente, de la preservación de los propios bienes
culturales.

Por ello se insta al gobierno, a través de esta partida, a identificar, junto con las Comunidades Autónomas y entidades locales, una serie de bienes culturales de patrimonio prehistórico en zonas rurales cuyas características de
preservación y valorización merezcan la elección para su rehabilitación y puesta en valor.

ENMIENDA NÚM. 1671

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte


Servicio 24.05

Programa 333B Exposiciones

Capítulo 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

Artículo 47 A Empresas Privadas

Concepto Nuevo Plan de Rescate a las empresas del sector Expositivo y de Muestras

Importe 5.000
miles euros

BAJA




Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XB C24 I02

Capítulo 7

Artículo 75

Concepto 750

Importe 5.000 miles euros

JUSTIFICACION

El Plan de Rescate a las
empresas del sector Expositivo y de Muestras contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora


14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el
Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

El
sector empresarial relacionado con las ferias de exposiciones y muestras está formado por miles de empresas y autónomos que consiguen que una feria o exposición se pueda celebrar, transformando espacios vacíos en lugares para el
marketing, los negocios, la visita a exposiciones o el desarrollo de actividades artísticas y culturales.

La Asociación de Ferias Españolas (AFE) destaca que la presencia de empresas de otros países en las ferias desarrolladas en España
creció un 8,4% respecto a 2018 y representó un 24,7% del total. En paralelo, los visitantes internacionales aumentaron un 29,2%, hasta situarse en 675.000. Ambas cifras acreditan el elevado grado de internacionalidad de las ferias españolas, que
en conjunto recibieron la visita de 9,7 millones de personas, un 10,3% más que en 2018. En un año, de promedio, tienen lugar en España más de 450 ferias nacionales e internacionales, y otras tantas locales, y un número de
congresos que supera el millar, generando 13.000 millones de euros en actividad económica.

Una gran variedad de empresas diseñan, construyen, organizan la logística, proporcionan los suministros y generan 123.000 puestos
de trabajo. En los últimos catorce meses prácticamente todos los eventos y ferias han sido cancelados, llevando a este sector vital de la economía a una situación demoledora, con caídas del 95% al 100% de la
facturación. Para el 20% de estas pymes la actividad desgraciadamente ya terminó para siempre. Las ferias comerciales son clave para la reconstrucción económica, y tan solo un 1% de las empresas de este sector han podido acogerse a algún
tipo de ayuda directa, según la Asociación de Producción de Stands y Eventos de España.

Ante esta situación, se demanda la creación de esta partida de rescate al sector, para articular ayudas que impidan que sigan desapareciendo empresas en
este ámbito.

ENMIENDA NÚM. 1672

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.107

Programa 333 A Música y Danza

Capítulo 4
TRANSFERENCIAS CORRIENTES

Artículo 48 A familias e instituciones sin fines de lucro

Concepto Nuevo

Subconcepto Asociación AMCE para la implantación Carta de Igualdad Europea en las Artes, en especial en la música y artes
escénicas.

Importe 100 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 333A Museos

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto 22706

Importe 100 miles
euros

JUSTIFICACION

Uno de los objetivos del Componente 24 es el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito cultural. Se propone incluir a más entidades especializadas como CIMA, para el desarrollo de propuestas
concretas, como la implantación de la Carta de Igualdad Europea en las Artes.

ENMIENDA NÚM. 1673

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio
24.302

Programa 333A Museos

Capítulo 48 A familias e instituciones sin fines de lucro

Artículo 481 Premios nacionales

Concepto Nuevo. Concurso de ideas para jóvenes creadores en memoria de las víctimas de la Covid 19 y
Homenaje a los profesionales de primera línea en la Pandemia

Importe 100 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 333A Museos

Capítulo 2

Artículo 22


Concepto 22706

Importe 100 miles euros

JUSTIFICACIÓN

La trayectoria profesional de un joven artista en cualquier ámbito suele ir jalonada de la presentación a diferentes certámenes, premios, concursos, etc., con los que se va
construyendo un curriculum vitae en el que las menciones funcionan a modo de títulos académicos o experiencias profesionales. Por ello, la función que las instituciones desarrollan al instituir este tipo de iniciativas es muy destacada, ya que
participan en la construcción del cursus honorum de los creadores.

El COVID-19 ha segado la vida de 90.000 españoles en una de las epidemias más virulentas y mortíferas que han tenido lugar en los últimos cien años. Esta es razón más que
suficiente para recordar, a través de la realización de obras artísticas conmemorativas, a todas aquellas personas que nos dejaron antes de tiempo, fundamentalmente las personas de mayor edad, con las que el virus se cebó muy especialmente. De la
misma manera, el personal sanitario, en primera línea de la lucha contra la pandemia, merece el reconocimiento institucional por su dedicación, entrega, fortaleza y valentía, trabajando sin descanso, sin equipamiento adecuado, sin el conocimiento
sobre el virus y sus consecuencias, para salvar cientos de miles de vidas de españoles que sobrevivieron al virus gracias a su cuidado.

Por ello se pide al gobierno que dote una partida para el establecimiento de un concurso de ideas en el
que se trabaje sobre la proyección de un monumento que sirva para el recuerdo de las víctimas y del esfuerzo incansable del personal sanitario.

ENMIENDA NÚM. 1674

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 337C Protección del Patrimonio Histórico

Capítulo 4 Transferencias corrientes

Artículo 45 A Comunidades Autónomas

Concepto Nuevo.
Programa de promoción e impulso de la Tauromaquia tras el COVID19

Importe 2.000 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XB C24 I02

Capítulo 7

Artículo
75

Concepto 750

Importe 2.000 miles euros

JUSTIFICACION

El Programa de promoción e impulso de la Tauromaquia tras el COVIDI9 contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización
del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24.
Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los
artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

La crítica situación por la que pasa el sector de la tauromaquia a causa de las restricciones y limitaciones de aforo, hace más necesario que nunca un
apoyo decidido por parte del Ministerio a esta faceta cultural que nos identifica como país, segundo espectáculo de masas de España

ENMIENDA NÚM. 1675

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA




De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.107

Programa 335A. Música y danza

Capítulo 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

Artículo 45 A Comunidades Autónomas


Concepto Nuevo Programa Cultura en las Aulas.

Importe 800 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 333A Museos

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto
22706

Importe 800 miles euros

JUSTIFICACION

Promover el acceso a la cultura de nuestros niños y jovenes ha de ser una prioridad. El hábito de consumo cultural, como el de la lectura ha de desarrollarse en edades tempranas, por
esta razón, se propone una partida que permita a los centros educativos promover tanto actividades culturales en los propios centros, como la asistencia a actividades culturales que serán financiadas con esta partida a través de su propia
convocatoria.

ENMIENDA NÚM. 1676

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 335XB C24 I02 Dinamización de la cultura a lo
largo del territorio

Capítulo 7 Transferencias de capital

Artículo 76 A entidades locales

Concepto Nuevo. Programa Apoyo de la cultura Amateur. Teatro, danza y música.

Importe 1.000 miles de euros

BAJA


Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XB C24 I02

Capítulo 7

Artículo 75

Concepto 750

Importe 1.000 miles euros

JUSTIFICACION

El Programa Apoyo de la cultura
Amateur. Teatro, danza y música contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan
de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de
España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

España es un
país en el que la cultura amateur en todas sus manifestaciones -música, danza, teatro, música vocal- goza de buena salud. Multitud de agrupaciones de todo tipo han sufrido tensiones durante la pandemia de la COVID-19 y dependen para su
supervivencia de pequeñas subvenciones procedentes fundamentalmente de ayuntamientos y diputaciones provinciales. Su labor es mucho más grande que su exigua financiación, pues a través de su actividad permiten que se mantenga la afición a las artes
y a la cultura en muchos lugares pequeños. Por ello se pide la dotación de esta partida, para que el ministerio de Cultura y Deporte se implique en el mantenimiento y salud de cara al futuro de la cultura amateur en España.

ENMIENDA NÚM.
1677

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24.
Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 335XB C24 I02 Dinamización de la cultura a lo largo del territorio


Capítulo 7 Transferencias de capital

Artículo 76 A entidades locales

Concepto Nuevo. Programa Apoyo a las asociaciones musicales y bandas de música.

Importe 1.000 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de
Cultura y Deporte

Servicio 2 4.50

Programa 33XB C24 I02

Capítulo 7

Artículo 75

Concepto 750

Importe 1.000 miles euros

JUSTIFICACION

El Programa Apoyo a las asociaciones musicales y bandas de
música contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y
competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas,
siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Las asociaciones musicales,
también llamadas bandas en buena parte del territorio español, son una expresión cultural del amor por la música en nuestro país. Se trata de agrupaciones que estudian, ensayan y promocionan la música clásica y popular en muchos municipios, estando
en muchos casos también en el origen de la creación y mantenimiento de muchas escuelas municipales de música donde los jóvenes aprenden lenguaje musical, canto coral y la práctica de diferentes instrumentos. Las asociaciones y bandas viven
importantes carencias económicas habitualmente y han sufrido también la crisis del COVID-19. Se solicita la creación de esta partida con el objeto de creer ayudas a la actividad de estas asociaciones, generalmente vinculadas a las administraciones
locales, que merecen ser preservadas con el apoyo económico del ministerio.

ENMIENDA NÚM. 1678

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.104


Programa 332B. Bibliotecas

Capítulo 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

Artículo 45 A Comunidades Autónomas

Concepto Programa Bibliotecas Escolares

Importe 1.000 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura
y Deporte

Servicio 24.05

Programa 333A Museos

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto 22706

Importe 1.000 miles euros

JUSTIFICACION

La digitalización como proceso imparable que vivimos desde el
nacimiento de internet y el surgimiento en nuestras vidas de todo tipo de herramientas informáticas se ha acelerado de manera importante con el confinamiento al que dio lugar la pandemia del COVID-19, y continuará avanzando a través del apoyo que la
Unión Europea da a los procesos de digitalización financiados desde los fondos de recuperación y resiliencia y Next Generation EU. La utilización de pantallas para casi todos los procesos requeridos en la actividad intelectual tiene una incidencia
innegable en la educación y la cultura, muy especialmente en las generaciones de nativos digitales, es decir, aquellos niños y jóvenes que ya no han tenido que recurrir al libro como herramienta principal de aprendizaje, sino que han podido utilizar
otros soportes para acceder a los contenidos formativos.




El uso continuado de los formatos digitales por parte de las generaciones más jóvenes supondría el abandono del libro tal y como fue concebido, si no ponemos en marcha mecanismos de apoyo que permitan que se siga utilizando, sea en
formato papel, sea en formato digital. El ministerio de Cultura y Deporte tiene que ser responsable conjuntamente con el ministerio de Educación en el fomento de la lectura entre los más jóvenes. Por ello las bibliotecas escolares deben ser
nutridas con libros que ayuden a que niños y adolescentes mantengan hábitos lectores por el mero placer de la lectura, consiguiendo que los libros sean herramientas imprescindibles como lo son los videojuegos.

ENMIENDA NÚM. 1679

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y
Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.04

Programa 334A Promoción y cooperación cultural

Capítulo 6

Artículo 68 Inversiones reales


Concepto Nuevo. Plan Nacional de Exportación Cultural y Captación de inversiones Culturales

Importe 1.500 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XB C24 I02


Capítulo 7

Artículo 75

Concepto 750

Importe 1.500 miles euros

JUSTIFICACION

El Plan Nacional de Exportación Cultural y Captación de inversiones Culturales contribuye a alcanzar los objetivos del componente:


V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria
de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

En el momento actual conseguir un buen posicionamiento de nuestras empresas y profesionales culturales
es un factor clave para ser competitivos, en un mercado cada vez más globalizado, también en las industrias culturales.

Por otro lado, la deslocalización de industrias culturales creativas, permite desarrollar los trabajos desde cualquier
territorio, por lo que es necesario poder ser país de referencia para atraer inversiones culturales en el ámbito audiovisual, del videojuego, expositivo o formativo.

ENMIENDA NÚM. 1680

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.04

Programa 331M Dirección y servicios generales de Cultura y Deporte

Capítulo 1

Artículo 16

Concepto Nuevo. Refuerzo de la
protección de los derechos de propiedad intelectual.

Importe 220,29 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 333A Museos

Capítulo 2

Artículo 22


Concepto 22706

Importe 220,29 miles euros

JUSTIFICACION

Dotación para refuerzo de personal para el procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad Intelectual en Internet y la plena operatividad del plan en marcha,
que requiere de los operativos adecuados.

ENMIENDA NÚM. 1681

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES


Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas

Capítulo: 4 Transferencias corrientes

Artículo: 46 A Entidades Locales

Concepto NUEVO. A los Ayuntamientos capitales de Provincias para el sostenimiento del
Deporte.

Importe: 1.500,00 millones de euros.

BAJA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas


Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto 22706

Importe: 1.500,00 millones de euros

JUSTIFICACIÓN:

Mejorar su dotación.

ENMIENDA NÚM. 1682

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas

Capítulo: 4

Artículo: 47 A Empresas Privadas


Concepto Nuevo. CAMPAÑA DE SENSIBILIZACIÓN PARA LA PRÁCTICA HABITUAL DE EJERCICIO FÍSICO

Importe: 700,00 miles de euros.

BAJA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES


Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto 630

Importe: 700,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

Dotación necesaria para la concienciación para la
práctica habitual de ejercicio físico con el objetivo de tener una mejor salud.




ENMIENDA NÚM. 1683

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 336A Fomento y apoyo de las
actividades deportivas

Capítulo: 4

Artículo: 45 A Comunidades Autónomas

Concepto Nuevo. A las Comunidades Autónomas para el sostenimiento del Deporte.

Importe: 1.500 miles de euros.

BAJA

Sección: 24
Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto 22706

Importe: 1.500 miles de
euros

JUSTIFICACIÓN:

Mejorar su dotación.

ENMIENDA NÚM. 1684

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE
DEPORTES

Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas

Capítulo: 7

Artículo: 76 A Entidades Locales

Concepto Al Ayuntamiento de Logroño para las obras de mejora de la Pista de Hielo del CDM Lobete y
convertirla en un nuevo CTD

Importe: 500,00 miles de euros.

BAJA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades
deportivas

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto 22706

Importe: 500,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

Crear una nueva dotación.

ENMIENDA NÚM. 1685

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas

Capítulo: 4

Artículo: 48 A Familias e
instituciones sin fines de lucro

Concepto Ayudas a Deportistas Profesionales

Importe: 2.000 miles de euros.

BAJA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES


Programa: 33ZC C26.I03

Capítulo: 6

Artículo: 69

Importe 2.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

Mejorar su dotación.

ENMIENDA NÚM. 1686

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas

Capítulo: 4

Artículo: 48 A Familias e instituciones sin
fines de lucro

Concepto Plan de rescate deportivo para eventos deportivos de carácter nacional e internacional.

Subconcepto

Importe: 1.500 miles de euros.

BAJA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE


Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 33ZC C26.I03

Capítulo: 6

Artículo: 69

¡Importe 1.500 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

Mejorar su dotación.

ENMIENDA NÚM. 1687

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y
Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas




Capítulo: 4

Artículo: 47 A Empresas Privadas

Concepto Ayudas a Gimnasios y Centros de Fitness

Subconcepto

Importe: 1.500,00 miles de euros.

BAJA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE


Servicio: 06 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa 33ZC C26.I03

Capítulo: 7

Artículo: 77

Concepto 779

Importe: 1.500,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

Mejorar su dotación.

ENMIENDA NÚM.
1688

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24.
Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades
deportivas

Capítulo: 7

Artículo: 78

Concepto. Nuevo. Dotación Para la implementación de las reformas de la Ley del Deporte

Importe: 5.000 miles de euros

BAJA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y
DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 33ZC C26.I03

Capítulo: 7

Artículo: 77

Concepto 779

Importe: 5.000 miles de euros

Justificación

Los importantes cambios
normativos que se están produciendo o figuran en la agenda normativa del Ministerio de Cultura y Deporte generan un para las que no hay consignación alguna para la implementación de estas reformas y consideramos que no pueden ejecutarse a coste
cero.

ENMIENDA NÚM. 1689

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 336A Fomento y apoyo de las
actividades deportivas

Capítulo: 4

Artículo: 481

Concepto. Nuevo. A Ligas deportivas profesionales femeninas

Importe: 5.000 miles de euros

BAJA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio:
106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 33ZC C26.I03

Capítulo: 7

Artículo: 77

Concepto 779

Importe: 5.000 miles de euros

Justificación

Dotación adecuada de otras ligas profesionales diferentes
al fútbol.

ENMIENDA NÚM. 1690

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 336A Fomento y
apoyo de las actividades deportivas

Capítulo: 4

Artículo : 483

Concepto. Nuevo. Juegos Olímpicos Deportivos de Invierno 2030

Importe: 2.000 miles de euros

BAJA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y
DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 33ZC C26.I03

Capítulo: 7

Artículo: 77

Concepto 779

Importe: 2.000 miles de euros

Justificación

Dotación necesaria para iniciar
la preparación a estos Juegos.

ENMIENDA NÚM. 1691

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa:
336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas

Capítulo: 4

Artículo: 45

Concepto. 454 A comunidades autónomas y ciudades autónomas para desplazamientos de deportistas

Importe: Incrementar 1.500 miles de euros


BAJA

Sección: 24 Ministerio CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES




Programa: 33ZC C26.I03

Capítulo: 7

Artículo: 77

Concepto 779

Importe: 1.500 miles de euros

Justificación

Por imperativo legal del artículo 4.3 de la Ley del Deporte, que obliga a poner los
medios necesarios para que los deportistas de territorios de Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, puedan competir en competiciones nacionales no profesionales.

ENMIENDA NÚM. 1692

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)


El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

Sección 24 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Servicio 24.03

Programa 332B

Capítulo 4 Transferencias Corrientes

Artículo 45 Comunidades Autónomas

Concepto BIBLIOTECA DE SEVILLA EFICIENCIA
ENERGETICA Y PATOLOGIAS

Importe 35 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Programa 332B Biblioteca

Capítulo 2 GASTOS CORRIENTES

Artículo º 22706

Concepto Estudios y
programas

Importe 35 miles de euros

JUSTIFICACION

Para financiar la partida

ENMIENDA NÚM. 1693

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Educación, Cultura y
Deporte

Servicio 24.05

Programa 333A. Museos.

Capítulo 4 Transferencias Corrientes

Artículo 45 Comunidades Autónomas

Concepto MUSEO DE BELLAS ARTES DE SEVILLA Proyecto de ampliación del Museo de Bellas Artes de
Sevilla

Importe 500 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Programa 333A Museo

Capítulo 2

Artículo 22706

Concepto Estudios y programas

Importe 500 miles de
euros

JUSTIFICACION

Para financiar la partida

ENMIENDA NÚM. 1694

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa
332A Archivos

Capítulo 4 Transferencias Corrientes

Artículo 45 Comunidades Autónomas

Concepto Archivos de Andalucía

Mejora en el sistema de detección de incendios e intrusismo de los 9 archivos de titularidad estatal y
gestión autonómica.

Importe 300 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Capítulo 2

Artículo 22706

Concepto Estudios y programas

Importe 300 miles de euros

JUSTIFICACION


Para financiar la partida

ENMIENDA NÚM. 1695

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.106

Programa 33ZB Plan de Transición
Ecológica de Instalaciones Deportivas

Capítulo 4 Transferencias Corrientes

Artículo 45 Comunidades Autónomas

Concepto MEJORAS Y ACONDICIONAMIENTO DEL CENTRO DE ALTO RENDIMIENTO EN SEVILLA

Importe 500 miles euros


BAJA

Sección 24 Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Programa 334A Promoción y Cooperación cultural

Capítulo 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

Artículo 46 ENTES LOCALES

Concepto 468 Al Ayuntamiento de
Barcelona para el convenio de la capitalidad

cultural y científica de Barcelona

Importe 500 miles euros

JUSTIFICACION

Para financiar la partida

ENMIENDA NÚM. 1696

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA




De modificación.

ALTA

Sección 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 05 DIRECCION GENERAL DE BELLAS ARTES

Programa 337B CONSERVACIÓN Y RESTAURACION DE BIENES CULTURALES

Capítulo 6 INVERSION
REAL

Artículo 62

Concepto ACTUACIONES EN EL CASTILLO DE SAN SEBASTIÁN (CÁDIZ)

Subconcepto

Importe 150 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05

Programa 333 A
Museos

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto 22706 Estudios y programas

Importe 150 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

NECESIDAD DE RECUPERAR NUESTRO PATRIMONIO HISTORICO

ENMIENDA NÚM. 1697

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y
Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 105 GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS DE CULTURA

Programa 332B BIBLIOTECA

Capítulo 4


Artículo 45

Concepto ELABORACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL ESTUDIO DE CLIMATIZACIÓN DE SALAS Y DESPACHOS DE TRABAJO DE LA BIBLIOTECA DE CÁDIZ

Subconcepto

Importe 50 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de
Cultura y Deporte

Servicio 105

Programa 332B

Capítulo 2

Concepto 22706 Estudios y Programas

Importe 50 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

NECESIDAD DE MODERNIZACIÓN

ENMIENDA NÚM. 1698

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y
Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 105 GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS DE CULTURA

Programa 332A Museos

Capítulo 6

Artículo
63

Concepto PROYECTO PLURIANUAL DE AMPLIACIÓN DEL MUSEO DE CÁDIZ

Importe 100 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y deporte

Servicio 105

Programa 332A Museos

Capítulo 2

Concepto
22706 Estudios y Programas

Importe 100 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Necesidad de modernización

ENMIENDA NÚM. 1699

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 MINISTERIO DE
CULTURA Y DEPORTE

Servicio 105 GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS DE CULTURA

Programa 332A ARCHIVOS

Capítulo 4

Artículo 45

Concepto MEJORA EN LA INSTALACIÓN DE AIRE ACONDICIONADO DEL ARCHIVO HISTÓRICO
PROVINCIAL DE CÁDIZ

Importe 70 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 105

Programa 332A Archivos

Capítulo 6

Concepto 620

Importe 70 miles de euros


JUSTIFICACIÓN

NECESIDAD DE MODERNIZACIÓN

ENMIENDA NÚM. 1700

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 24.05

Programa 333A
Museos

Capítulo 4

Artículo 46

Concepto Impulso al nuevo Centro de Interpretación Paco de Lucía (Cádiz)

Importe 200 miles de euros




BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 332A Archivos

Capítulo 2

Concepto 22706 Estudios y Programas

Importe 200 miles de euros

JUSTIFICACIÓN


NECESIDAD DE MODERNIZACIÓN

ENMIENDA NÚM. 1701

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 24.05

Programa 333A Museos

Capítulo
4

Artículo 46

Concepto Encuentro Internacional de Guitarra Paco de Lucía

Importe 70 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.107

Programa 33XB C24. 102


Capítulo 2

Concepto 290

Importe 70 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

NECESIDAD DE MODERNIZACIÓN

ENMIENDA NÚM. 1702

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN
EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 MINISTERIO
DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 24.107

Programa 335A Música y Danza

Capítulo 4

Artículo 46

Concepto Al concurso internacional de Peteneras en Paterna (Cádiz) en su XLV edición

Importe 70 miles de euros


BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.107

Programa 33XB C24. 102

Capítulo 2

Concepto 290

Importe 70 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Para financiar la partida


ENMIENDA NÚM. 1703

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 24.107

Programa 337 B Conservación y Restauración de Bienes Culturales


Capítulo 6

Artículo 62

Concepto Rehabilitación de las murallas del Puerto de Santa María en Cádiz

Importe 200 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.107

Programa
33XC C24. 103D

Capítulo 6

Concepto 692

Importe 200 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Para financiar la partida

ENMIENDA NÚM. 1704

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección 24 ministerio de cultura

Servicio 05

Programa 333A Museos

Capítulo 4 transferencias corrientes

Artículo 45 Comunidades Autónomas

Concepto Museo de los Tiros en Granada

Importe 1.000 miles de
euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 333 Museo

Capítulo 2

Artículo 22706

Importe 1.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

Para financiar la
partida

ENMIENDA NÚM. 1705

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.




ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 03

Programa 332B Bibliotecas

Capítulo 4 transferencias corrientes

Artículo 45 comunidades autónomas


Concepto Biblioteca de Granada. Acondicionamiento

Importe 70 miles euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.03

Programa 332B

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto
22706

Importe 70 miles de euros

JUSTIFICACIÓN: Para financiar la partida por importe de 70.000 euros. Acondicionamiento interior, accesibilidad y jardines.

ENMIENDA NÚM. 1706

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de cultura y deporte

Servicio 05 Programa 333A museo

Capítulo 4 transferencias corrientes

Artículo 45 CCAA

Concepto restauración y recuperación de las Murallas de
Granada

Importe 3.000 miles de euros

BAJA

Sección 24

Servicio 24.50

Programa 33SC C19 103

Capítulo 4

Artículo 45

Importe 3.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

La Restauración y
recuperación de las Murallas de Granada contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14.
Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de
España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Para financiar
la partida por importe de 3 millones de euros. Actualmente aparece sin partida y la necesidad de rehabilitación y mantenimiento es imperativa.

ENMIENDA NÚM. 1707

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección 24 Ministerio de cultura y deporte

Servicio 105 Gerencia de infraestructuras y equipamientos de cultura

Programa 333A museo

Capítulo 4 transferencias corrientes

Artículo 45 CCAA

Concepto Para la
conmemoración del 125 aniversario del nacimiento de Federico García Lorca

Importe 250 miles €

BAJA

Sección 24

Servicio 05

Programa 333A

Capítulo 4

Artículo 45

Importe 250 miles

JUSTIFICACIÓN:

Para financiar con importe de 250.000 euros los actos de conmemoración del nacimiento del genial y universal poeta granadino.

ENMIENDA NÚM. 1708

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección 24 ministerio de cultura y deporte

Servicio 05

Programa 333A museo

Capítulo 4 transferencias corrientes

Artículo 45 comunidades autónomas

Concepto aniversario de los 530
años de la Toma de Granada

Importe 250 miles de euros

BAJA

Sección 24

Servicio 05

Programa 332A

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto 22706

Importe 250 miles euros

JUSTIFICACIÓN:


Para financiar con importe de 250.000 euros los actos de conmemoración del magno acontecimiento llevado a cabo por los Reyes Católicos, que cambió la historia de España y del Mundo.

ENMIENDA NÚM. 1709

Del GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 ministerio de cultura y deporte

Servicio 105 gerencia de infraestructuras y equipamientos de cultura

Programa 333A museo




Capítulo 4 transferencias corrientes

Artículo 45 Comunidades autónomas

Concepto Rehabilitación del Museo Arqueológico de Granada

Importe 1.500 miles €

BAJA

Sección 24

Programa 333A


Capítulo 2

Artículo 22

Concepto Material, suministros y otros

Importe 1.500 miles €

JUSTIFICACIÓN: Para financiar con un importe de 1,5 millones de euros las obras de rehabilitación y puesta en valor de este
importante Museo

ENMIENDA NÚM. 1710

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de cultura y deporte

Servicio 107

Programa 335A Música y Danza

Capítulo 4
transferencias corrientes

Artículo 45

Concepto Festival de Cante Jondo

Importe 150 mil euros

BAJA

Sección 24 Ministerio

Servicio 107

Programa 335A

Capítulo 2

Artículo 28

Concepto
280

Importe 150 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

Para este impulso se destinarán 150.000 euros

ENMIENDA NÚM. 1711

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 ministerio de
cultura y deporte

Servicio 105 gerencia de infraestructuras y equipamientos de cultura

Programa 333A Museo

Capítulo 4 transferencias corrientes

Artículo 45 comunidades autónomas

Concepto Enmienda para poner en
valor el 25 aniversario del MADOC (Mando de Adiestramiento y Doctrina, con sede en Granada)

Importe 250 miles €

BAJA

Sección 24

Programa 333A

Capítulo 4

Artículo 44

Importe 250 miles

JUSTIFICACIÓN:

Esta institución del ámbito del Ejército de Tierra está muy arraigada en Granada, goza de gran prestigio y la celebración de su 25 aniversario sería muy importante para divulgar su extraordinaria labor y
entrega de servicio a España

ENMIENDA NÚM. 1712

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B

Capítulo:
7

Artículo: 76

Concepto: 760.06. Al Ayuntamiento de Zaragoza, Memorial de los Sitios Arboleda de Macanaz

Importe: 300 mil €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 01


Programa: 331-M

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: 227.06

Importe: 300 mil €

JUSTIFICACIÓN

Por ser necesario

ENMIENDA NÚM. 1713

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B

Capítulo: 7

Artículo: 76

Concepto: 760.04. Al Ayuntamiento de Zaragoza para rehabilitación de
Patrimonio histórico artístico municipal.

Subconcepto: 04

Importe: 1.000 miles €

BAJA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 04

Programa: 333A

Capítulo: 4


Artículo: 45

Concepto: 455




Importe: 1.000 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1714

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y
Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B

Capítulo: 2

Artículo: 76

Concepto: 760.04. Al Ayuntamiento de Zaragoza para musealización de la Semana Santa Zaragozana.

Subconcepto: 04

Importe: 2.000
miles €

BAJA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 04

Programa: 334A

Capítulo: 4

Artículo: 46

Concepto: 468

Importe: 2.000 miles €


JUSTIFICACIÓN

Por necesidad

ENMIENDA NÚM. 1715

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 03

Programa: 334B


Capítulo: 4

Artículo: 46

Concepto: 469. Al Ayuntamiento de Zaragoza o las instituciones culturales para desarrollo de actividades culturales.

Subconcepto:

Importe: 1.000 miles €

BAJA

Sección:
24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 04

Programa: 334B

Capítulo: 7

Artículo: 76

Concepto: 768

Importe: 1.000 miles €

JUSTIFICACIÓN

Para financiar la partida.


ENMIENDA NÚM. 1716

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 04

Programa: 334

Capítulo: 4

Artículo: 46


Concepto: 469. A la Diputación Provincial de Zaragoza para actividades culturales de los municipios.

Importe: 1.500 miles €

BAJA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 04

Programa:
334A

Capítulo: 7

Artículo: 76

Concepto: 768

Importe: 1.500 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1717

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 03

Programa: 334-B

Capítulo: 4

Artículo: 46

Concepto: 461.2. Al Ayuntamiento de Zaragoza para proyectos relacionados con
el fomento de la lectura.

Subconcepto: 2

Importe: 100 mil €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 03

Programa: 334-B

Capítulo: 4

Artículo: 46

Concepto:
468

Importe: 100 mil €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1718

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)




El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 04

Programa: 334A

Capítulo: 4

Artículo: 46

Concepto: 468. A la Asociación los Sitios de Zaragoza para gastos de
funcionamiento.

Importe: 100 miles de €

BAJA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 03

Programa: 334B

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: 22606

Importe:
100 miles de €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1719

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte


Servicio: 03

Programa: 334B

Capítulo: 7

Artículo: 760

Concepto: 760.05. Al Ayuntamiento de Calatayud. Rehabilitación de Ciudad Roma Bilbilis.

Subconcepto: 05

Importe: 1.000 miles €


BAJA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 03

Programa: 334B

Capítulo: 4

Artículo: 46

Concepto: 468

Subconcepto:

Importe: 1.000 miles €


JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1720

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 04

Programa:
333A

Capítulo: 6

Artículo: 60

Concepto: 602. Al Museo provincial de Zaragoza. Obras de rehabilitación.

Importe: 2.000 miles €

BAJA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio:
03

Programa: 334A

Capítulo: 4

Artículo: 46

Concepto: 468

Importe: 2.000 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1721

Del GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B

Capítulo: 7

Artículo: 76

Concepto: 760

Al Ayuntamiento de Monreal de
Ariza, restauraciones de la Muralla y acceso al Castillo.

Importe: 500,00 miles de €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 50

Programa: 33XB

Capítulo: 7

Artículo:
75

Concepto: 750

Importe: 500,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN

El Ayuntamiento de Monreal de Ariza, restauraciones de la Muralla y acceso al Castillo contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V.
Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la
cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en
los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

ENMIENDA NÚM. 1722

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)




El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B

Capítulo: 7

Artículo: 76

Concepto: 760 Al Ayuntamiento de Calatayud. Obras Conjunto Fortificado
Islámico.

Importe: 500,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 50

Programa: 33XB

Capítulo: 7

Artículo: 75

Concepto: 750

Importe: 500,00 miles
de €

JUSTIFICACIÓN

El Ayuntamiento de Calatayud. Obras Conjunto Fortificado Islámico contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación
del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural


del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotación necesaria

ENMIENDA NÚM. 1723

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deportes

Organismo
106

Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas

Capítulo: 7

Artículo: 76

Concepto: Centro Deportivo Municipal con piscina climatizada en Alcañiz (Teruel)

Importe: 2.000,00 miles €


BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Organismo : 106

Programa: 336A

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: 22706

Importe: 2.000,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Ante la
fuerte demanda de la práctica de actividades deportiva y la exigua instalación deportiva existente, se pretende construir una nueva instalación deportiva con piscina olímpica (25 mts) (proyecto técnico ya realizado) para suplir la demanda y mejorar
la actividad y práctica deportiva.

ENMIENDA NÚM. 1724

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 04

Programa: 334A

Capítulo:
4

Artículo: 46

Concepto: Al Ayuntamiento de Oviedo para el Teatro Campoamor para gastos de funcionamiento, programación y actividades

Importe: 100,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y
Deporte

Servicio: 04

Programa: 334A

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: 22706 Material, suministro y otros

Importe: 100,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de
referencia.

ENMIENDA NÚM. 1725

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 04

Programa: 334A

Capítulo: 4

Artículo:
45

Concepto: 455 A la Fundación Centro Cultural Niemeyer, Principado de Asturias, para gastos de funcionamiento, programación y actividades

Importe: Incrementar 100,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de
Cultura y Deporte

Servicio: 04

Programa: 334A

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: 22706 Material, suministro y otros

Importe: 100,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Incrementar la actuación
de referencia hasta dotarla de un total de 200.000 euros.

ENMIENDA NÚM. 1726

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA




De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 04

Programa: 334A

Capítulo: 4

Artículo: 46

Concepto: Al Ayuntamiento de Gijón para el Teatro Jovellanos
para gastos de funcionamiento, programación y actividades

Importe: 100,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 04

Programa: 334A

Capítulo: 2

Artículo: 22


Concepto: 22706 Material, suministro y otros

Importe: 100,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1727

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 332A

Capítulo: 6

Artículo: 62

Concepto: Adquisición del Archivo del Conde de Revillagigedo, archivo de excepcional interés
para España y América

Importe: 500,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 333A

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: 22706 Material,
suministros y otros

Importe: 500,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia para la adquisición de un archivo único en su contenido, de acuerdo con lo evaluado por la Junta de Valoración y Calificación del
Ministerio de Cultura.

ENMIENDA NÚM. 1728

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 107

Programa: 335A

Capítulo: 4


Artículo: 48

Concepto: A la fundación del Festival de Ópera de Oviedo para el desarrollo de su temporada lírica.

Importe: Incremento de 408,75 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte


Servicio: 107

Programa: 335A

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: 22706 Estudios y trabajos técnicos

Importe: 408,75 miles €

JUSTIFICACIÓN

Ampliar la actuación citada, al menos,
igualándola a las de otras temporadas de ópera de similar referencia hasta un total de 817,50 miles de euros

ENMIENDA NÚM. 1729

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de
Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: Restauración Catedral Oviedo

Importe: 300,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y
Deporte

Servicio: 05

Programa: 333A

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: 22706 Material, suministros y otros

Importe: 300,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de
referencia.

ENMIENDA NÚM. 1730

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B

Capítulo: 6

Artículo:
63

Concepto: Convenio con el Principado de Asturias para la conservación y restauración del Prerrománico




Importe: Incrementar 100,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: Material, suministros y
otros

Importe: 100,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Ampliar la actuación de referencia hasta los 700 miles de euros

ENMIENDA NÚM. 1731

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: Rehabilitación basílica de Cangas de Narcea

Importe: 120,00 miles €

BAJA


Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: 630

Importe: 120,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de
referencia.

ENMIENDA NÚM. 1732

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B

Capítulo: 6

Artículo:
63

Concepto: Rehabilitación Monasterio de Obona, Asturias

Importe: 120,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B

Capítulo: 6

Artículo:
63

Concepto: 630

Importe: 120,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1733

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24
Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 105

Programa: 333- A

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: Museo de Altamira. Proyectos Singulares para el Mantenimiento y Conservación de la Cueva de Altamira.


Importe: 200 miles de €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 105

Programa: 332A

Capítulo: 6

Artículo: 62

Concepto: 620

Importe: 200 miles de €


JUSTIFICACIÓN

Dotación necesaria

ENMIENDA NÚM. 1734

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 105

Programa: 333- A


Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: Museo de Altamira. Renovación de la museografía.

Importe: 300 miles de €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 105

Programa:
332A

Capítulo: 6

Artículo: 62

Concepto: 620




Importe: 300 miles de €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1735

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de cultura y
deporte.

Servicio: 105 Gerencia de infraestructuras y equipamientos de cultura

Programa: 333 A

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: Museo arqueológico de Cuenca. Ampliación y reforma.

Importe: 1.000,00
miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de cultura y deporte.

Servicio: 105 Gerencia de infraestructuras y equipamientos de cultura

Programa: 333A Museos

Capítulo: 6 Inversiones reales

Artículo:
63

Importe: 1.000,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1736

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y
Deporte.

Servicio: 24.05 Dirección general de Bellas Artes)

Programa: 337 B

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto:

Proyecto: Restauración de la catedral de Cuenca. Plurianual

202124050006


Importe: 3.000,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de cultura y deporte.

Servicio: 50

Programa: 33SC C19 I03

Capítulo: 4

Artículo: 454

Importe: 3.000,00 miles €


JUSTIFICACIÓN

La Restauración de la catedral de Cuenca contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación
emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia
aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2022.

Dotar la actuación de referencia, presupuestada en el ejercicio anterior y que ha desaparecido del ejercicio 2022.

ENMIENDA NÚM. 1737

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección:
24 Ministerio de Cultura y Deporte.

Servicio: 105 (Gerencia de infraestructuras y equipamientos de cultura)

Programa: 333 – A Museos

Capítulo: 6

Artículo: 62

Concepto: Creación del museo nacional de
fotografía en el antiguo convento de Jesús y María en Huete (Cuenca). Edificio BIC.

Importe: 500,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte.

Servicio: 105 GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y
EQUIPAMIENTOS DE CULTURA

Programa: 333A Museos

Capítulo: 6 Inversiones reales

Artículo: 63

Importe: 500,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1738


Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de
Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte.

Servicio: 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa: 337 B

Capítulo: 6

Artículo: 63


Concepto: Rehabilitación del Castillo de Santiaguillo de la Torre ( San Clemente)

Importe: 500,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte.

Servicio: 05

Programa: 333A Museos


Capítulo: 6 Inversiones reales

Artículo: 63

Importe: 500,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1739




Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24.
Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte.

Servicio: 24.05 Dirección General de Bellas Artes

Programa: 337 B Conservación y restauración
de bienes culturales

Capítulo: 6 Inversiones reales

Artículo: 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios.

Concepto: Estudio proyecto rehabilitación Capilla “La Asunción”
(Villaescusa de Haro).

Importe: 20,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte.

Servicio: 05

Programa: 333A. Museos

Capítulo: 2

Artículo: 22

Importe: 20,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1740

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte.

Servicio: 24.05
Dirección General de Bellas Artes

Programa: 337 B

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: Rehabilitación muralla castillo de Moya.

Importe: 50,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura
y Deporte.

Servicio: 05

Programa: 333A Museos

Capítulo: 6 inversiones reales

Artículo: 63

Importe: 50,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM.
1741

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24.
Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte.

Servicio: 05 Dirección general de Bellas Artes

Programa: 337 B Conservación y restauración de
bienes culturales

Capítulo: 6 Inversiones reales

Artículo: 63 Inversión d reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Concepto: Mejoras en el entorno del yacimiento arqueológico mosaico de Noheda.


Importe: 300,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 24.05

Programa: 331M Dirección y Servicios Generales de Cultura y Deporte

Capítulo: Ministerio, Subsecretaría y
Servicios Generales

Artículo: 2 Gastos Corrientes en Bienes y Servicios

Concepto: 22706 Estudios y trabajos técnicos

Importe: 300 miles de €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA
NÚM. 1742

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24.
Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 04 DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIAS CULTURALES, PROPIEDAD INTELECTUAL Y COOPERACIÓN


Programa: 334A

Capítulo: 6

Artículo: 62

Concepto: MEJORAS Y REAHABILITACIÓN COMPLEJO PATRIMONIAL CERRO CALDERICO DE CONSUEGRA

Importe: 500,00 miles

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte


Servicio 24.50

Programa 33SC C19 I03

Capítulo 4

Artículo 45

Importe 500 miles euros

JUSTIFICACIÓN

Las MEJORAS Y REAHABILITACIÓN COMPLEJO PATRIMONIAL CERRO CALDERICO DE CONSUEGRA contribuye a alcanzar los
objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico


IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia, para rehabilitar el patrimonio cultural y
paisajístico uno de los emblemas turísticos de la Mancha.

ENMIENDA NÚM. 1743

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA




Sección: 24.Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05. DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES

Programa: 337B

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: PLAN NACIONAL CATEDRALES- RESTAURACIÓN CATEDRAL DE
TOLEDO

Importe: 1.000,00 miles €

BAJA

Sección: 24. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES

Programa: 337B

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto:
Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Importe: 1.000,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia. Rehabilitación de patrimonio histórico cultural de un total de
3.000 miles de euros.

ENMIENDA NÚM. 1744

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 04 DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIAS CULTURALES, PROPIEDAD
INTELECTUAL Y COOPERACIÓN

Programa: 334-A

Capítulo: 6

Artículo: 62

Concepto: PLAN ESTRATEGICO CAMINOS DE GUADALUPE Y APOYO AL AÑO JUBILAR 2020-2022

Importe: 100,00 miles €

BAJA

Sección 24
Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 332B Bibliotecas

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto 22706

Importe 100 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.
Necesidad de promocionar una efeméride de dimensión internacional.

ENMIENDA NÚM. 1745

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 04 DIRECCION
GENERAL DE INDUSTRIAS CULTURALES, PROPIEDAD INTELECTUAL Y COOPERACIÓN

Programa: 334A

Capítulo: 6

Artículo: 62

Concepto: PROMOCIÓN DE LA EFEMÉRIDE DE ALFONSO X EL SABIO- ESCUELA DE TRADUCTORES DE TOLEDO

Importe:
100,00 miles€

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 332B Bibliotecas

Capítulo 2

Artículo 22706

Importe 100 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la
actuación de referencia. Necesidad de promocionar una efeméride de dimensión internacional.

ENMIENDA NÚM. 1746

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE


Servicio 05

Programa 337B

Capítulo 6

Artículo 63

Concepto Restauración Castillo de Caracuel

Importe 300,00 miles €

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05


Programa 332B Bibliotecas

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto 22706

Importe 300 miles €

JUSTIFICACIÓN:

Evitar el expolio y la degradación del Castillo de Caracuel (Ciudad Real).

ENMIENDA NÚM.
1747

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24.
Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 05

Programa 337B

Capítulo 6

Artículo 63

Concepto Restauración e
investigación en la Villa Romana de Villamayor de Calatrava (Ciudad Real)

Subconcepto

Importe 300,00 miles €

BAJA




Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 333A Museos

Capítulo 2

Artículo 22706

Importe 300 miles €

JUSTIFICACIÓN:

Evitar el expolio y la degradación, así
como promocionar el estudio del yacimiento arqueológico de la Villa Romana de Villamayor de Calatrava (Ciudad Real).

ENMIENDA NÚM. 1748

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 MINISTERIO
DE CULTURA Y DEPORTE

Organismo: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas

Capítulo: 7 Transferencias de Capital

Articulo: 76 Entidades Locales

Concepto: 766
A entidades locales para instalaciones deportivas

Subconcepto: 76635 (Nueva creación): Al Ayuntamiento de Albacete para proyecto y obras de construcción de pabellón deportivo multiusos con piscina olímpica cubierta en la ciudad de
Albacete.

Dotación: 7.000 miles €

BAJA

Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Organismo: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 33ZC

Capítulo: 7

Concepto: 77

Dotación:
4.000 miles €

BAJA

Sección 24

Organismo 106

Programa 33ZC

Capítulo 4

Concepto 484

Importe: 3.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

Dotación necesaria.

ENMIENDA NÚM. 1749


Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de
Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa 337 B. Conservación y restauración de bienes culturales


Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Concepto Conservación y restauración Castillo de D. Juan Manuel, Puerta Salinera y Torre Nevera de las Murallas
de Cifuentes (Guadalajara)

Importe 300,00 miles €

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa 333A. Museos

Capítulo 2 Gastos corrientes en
bienes y servicios

Artículo 22706 Estudios y trabajos técnicos

Importe 300,00 miles €

JUSTIFICACIÓN:

Dotar la actuación de referencia convenientemente.

ENMIENDA NÚM. 1750

Del GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa 337 B. Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo 6
Inversiones reales

Artículo 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Concepto Reparación del pósito y Murallas de Sigüenza (Guadalajara)

Importe 1.000,00 miles de euros

BAJA


Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa 333A. Museos

Capítulo 2 Gastos corrientes en bienes y servicios

Artículo 22706 Estudios y trabajos técnicos


Importe 1.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

Dotar la actuación de referencia convenientemente.

ENMIENDA NÚM. 1751

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de
Cultura y Deporte

Servicio 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa 337 B. Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento
operativo de los servicios

Concepto Castillo y Muralla de Brihuega (Guadalajara)

Importe 1.000,00 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05 Dirección General de Bellas Artes


Programa 333A. Museos

Capítulo 2 Gastos corrientes en bienes y servicios




Artículo 22706 Estudios y trabajos técnicos

Importe 1.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

Dotar la actuación de referencia convenientemente.

ENMIENDA NÚM. 1752

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa 337 B. Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo 6 Inversiones reales


Artículo 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Concepto Restauración y rehabilitación del edificio anexo al Convento de San Francisco en Pastrana (Guadalajara)

Subconcepto

Importe
500,00 miles€

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa 333A. Museos

Capítulo 2 Gastos corrientes en bienes y servicios

Artículo 22706
Estudios y trabajos técnicos

Importe 500,00 miles€

JUSTIFICACIÓN:

Dotar la actuación de referencia convenientemente.

ENMIENDA NÚM. 1753

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa 337 B. Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 63 Inversión de
reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Concepto 1999 18 13 0127 Restauración Catedral de Sigüenza (Guadalajara)

Importe 800 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte


Servicio 24.50

Programa 33XB C24 I02

Capítulo 7

Artículo 75

Importe 800 miles euros

JUSTIFICACIÓN:

La Restauración Catedral de Sigüenza (Guadalajara) contribuye a alcanzar los objetivos del
componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso
de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia convenientemente.

ENMIENDA NÚM. 1754

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y
Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura

Programa 337 B. Conservación y restauración de bienes
culturales

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 63

Concepto Obras de restauración y rehabilitación Palacio del Infantado (Guadalajara)

Importe 1.000,00 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura
y Deporte

Servicio 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura

Programa 333A Museos

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 63

Importe 1.000,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

Dotar la
actuación plurianual de referencia convenientemente.

ENMIENDA NÚM. 1755

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05 Dirección General de
Bellas Artes

Programa: 337 B

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: Actuaciones de musealización, conservación, y puesta en valor de los bienes culturales y lugares arqueológicos de la provincia de Ávila: Villa romana El
Vergel en San Pedro del Arroyo; Castros Celtas y Vettones de la Mesa de Miranda en Chamartin, Ulaca en Solosancho; El Raso en Candeleda, Las Cogotas en Cardeñosa; y el desarrollo e impulso del Plan Mudéjar en municipios de La Moraña.


Importe: 2.000,00 miles de euros

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 50

Programa: 33XB

Capítulo: 7

Artículo: 75

Concepto: 750

Importe: 2.000 miles euros


JUSTIFICACIÓN

Las Actuaciones de musealización, conservación, y puesta en valor de los bienes culturales y lugares arqueológicos de la provincia de Ávila: Villa romana El Vergel en San Pedro del Arroyo; Castros Celtas y Vettones de la
Mesa de Miranda en Chamartin, [Maca en Solosancho; El Raso en Candeleda, Las Cogotas en Cardeñosa; y el desarrollo e impulso del Plan Mudéjar en municipios de La Moraña contribuyen a alcanzar los objetivos del componente:




V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la
industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Poner en valor estos yacimientos y recursos arqueológicos en la zona rural abulense como motor para
reforzar el atractivo turístico y económico de la provincia de Ávila, como factor determinante para la fijación de población en zonas con retos demográficos

ENMIENDA NÚM. 1756

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)


El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES

Programa: 337 B

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: MURALLA DE ÁVILA.

Importe: 500,00 miles de
euros

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 50

Programa: 33XB

Capítulo: 7

Artículo: 75

Concepto: 750

Importe: 500 miles euros

JUSTIFICACIÓN

La MURALLA
DE ÁVILA contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y
competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas,
siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de
referencia.

ENMIENDA NÚM. 1757

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05 DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Y PATRIMONIO CULTURAL


Programa: 337 B

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: CREACIÓN DEL CENTRO NACIONAL DE LA FOTOGRAFÍA Y LA IMAGEN, con sede en la ciudad de Ávila.

Importe: 500,00 miles de euros

BAJA

Sección: 24
Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: Ministerio de Cultura y Deporte

Programa: 33SC

Capítulo: 2

Artículo: 29

Concepto: 290

Importe: 500 miles euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación
de referencia. Solicitud de 17 premios Nacionales de Fotografía, de establecer un Centro de la Fotografía y la Imagen, de titularidad y gestión públicas, con una sede física en la ciudad de Ávila, cuyo objetivo será el de proteger nuestro
patrimonio, expandir la cultura visual y alentar la nueva creación contemporánea.

ENMIENDA NÚM. 1758

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio:
105

Programa: 333A

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: Rehabilitación y creación de nuevo recorrido museístico del Museo de Valladolid (Palacio de Fabio Nelli)

Importe: 4.000 miles €

BAJA


Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XB C24 I02

Capítulo 7

Artículo 75

Importe 4.000 miles euros

JUSTIFICACIÓN

La Rehabilitación y creación de nuevo recorrido
museístico del Museo de Valladolid (Palacio de Fabio Nelli) contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación
emprendedora 14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado
por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.


El Museo de Valladolid, situado en el Palacio renacentista de Fabio Nelli, es propiedad del Museo de Cultura y Deporte y alberga una importante colección artística y arqueológica. Desde su ubicación en su actual sede en 1968, prácticamente no ha
sido objeto de ninguna obra de rehabilitación, lo que provoca un enorme deterioro tanto del edificio como de los elementos expositivos. Además, carece de las mínimas condiciones de espacio que requiere un museo moderno, como lugares para la
investigación o de reunión, o adaptación a la normativa de accesibilidad para personas de movilidad reducida.

A finales de los años 90 el Ministerio de Cultura adquirió el compromiso de rehabilitar y ampliar el Museo, utilizando el espacio
del solar colindante al palacio, propiedad del Estado. Tras iniciarse los trámites para la realización de las obras (concurso, solicitud de licencia de obras, etc.), una serie de problemas administrativos y judiciales retrasaron durante años la
puesta en marcha de las obras, hasta la modificación necesaria en el año 2015 del PGOU por el Ayuntamiento de Valladolid que vino a resolver esos problemas.

Esto permitió que los Presupuestos Generales del Estado de 2016 recogieran de nuevo
una partida para el Museo, que sin embargo no se recoge ni siquiera en los de 2022, como ya ocurrió en los de 2021. Por tanto, consideramos imprescindible recoger una partida que permita retomar las obras de este Museo, que tiene una situación de
deterioro cada vez mayor que le dificulta su propia existencia. Esta sería además una actuación elegible para fondos de NextGenerationEU, y permitiría acercarse más al 2% de gasto cultural recomendado por la UE.

ENMIENDA NÚM. 1759


Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de
Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 333A

Capítulo: 4

Artículo: 46

Concepto: Transferencia a
entidades locales para la creación de una red de museos municipales al aire libre, coordinados por el Ayuntamiento de Serrada (Valladolid)

Importe: 50 miles €

BAJA




Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 333A Museos

Capítulo 2

Artículo 22706

Importe 50 miles €

JUSTIFICACIÓN

La pandemia del Covid 19 ha reforzado el
interés por los espacios culturales al aire libre. Se propone la creación de una red de museos municipales al aire libre ya existentes, con la adhesión a la misma de alrededor de 30 municipios de toda España que han mostrado su interés, de forma
que se puedan crear recursos comunes como un logo de la Red, mapas o una página web. Esta iniciativa estaría coordinada por el Ayuntamiento del municipio de Serrada (Valladolid).

ENMIENDA NÚM. 1760

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN
EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA


De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337 B

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: CASTILLO DE MAGAÑA

Importe: 500 miles €


BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 50

Programa: 33SC

Capítulo: 4

Artículo: 46

Concepto: 460

Importe: 500 miles euros

JUSTIFICACIÓN

El CASTILLO DE MAGAÑA
contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad
del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible
de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar partida presupuestaria para la actuación de
referencia.

ENMIENDA NÚM. 1761

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 105

Programa: 332 – A

Capítulo: 6


Artículo: 62

Concepto: CENTRO CULTURAL PARA LA DIFUSIÓN DE LAS FORMAS DE VIDA CELTÍBERA Y ROMANA. YACIMIENTO DE NUMANCIA

Importe: 1.000 miles €

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio
105

Programa 322L

Capítulo 6

Artículo 620

Importe 1.000 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar partida presupuestaria para la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1762

Del GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura

Programa: 337B Conservación y restauración de bienes
culturales

Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios.

Concepto: Estudio-proyecto rehabilitación Monasterio de Rioseco en el Valle de Manzanedo
(Burgos)

Importe: 50 miles €

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 105

Programa 332L

Capítulo 6

Artículo 62

Concepto 620

Importe 50 miles €


JUSTIFICACIÓN

Dotar el estudio-proyecto de la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1763

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 105
Gerencia de Infraestructuras y equipamientos de Cultura

Programa 337B Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo 6 INVERSIONES REALES

Artículo 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los
servicios

Concepto Proyecto REHABILITACIÓN TEATRO EMPERADOR.LEÓN

Subconcepto Estudio proyecto

Importe 50,00 miles de euros

BAJA

Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 105

Programa
332L




Capítulo 6

Artículo 620

Importe 50 miles euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar el estudio del proyecto de referencia

ENMIENDA NÚM. 1764

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa 337B Conservación y Restauración de Bienes Culturales

Capítulo 6

Artículo 63

Concepto Catedral de León


Importe 100 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 332B Archivos

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto 22706 Estudios y trabajos técnicos

Importe
100 miles euros

JUSTIFICACIÓN:

Necesaria inversión en restauración y conservación, especialmente dado que de la nula ejecución del presupuesto 2021

ENMIENDA NÚM. 1765

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura

Programa: 332 Archivos

Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo: 62
Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Concepto: Archivo histórico provincial de Burgos

Importe: 2.000,00 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio
105

Programa 322L

Capítulo 6

Artículo 62

Concepto. 620

Importe 2.000 miles euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia con mayor cantidad para ejecución de proyectos y estudios
pertinentes.

ENMIENDA NÚM. 1766

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24-Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XB

Capítulo 7

Artículo 75


Concepto Apoyo al proyecto Campos del Renacimiento. Palencia

Importe 300 miles de €

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 332B Bibliotecas

Capítulo 2


Artículo 22706

Concepto Estudios y proyectos técnicos

Importe 300 miles €

JUSTIFICACIÓN:

Necesidad actuación

ENMIENDA NÚM. 1767

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección 24. Ministerio de Cultura y Deportes

Servicio 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura

Programa 332A

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento
operativo de los servicios

Concepto Centro de Memoria Histórica Salamanca. Adaptación de los Tejares para Depósito y Taller de Restauración.

Importe Incrementar en 2.500 miles de €

BAJA

Sección 24. Ministerio de
Cultura y Deporte

Servicio 105

Programa 322L

Capítulo 6

Artículo 62

Concepto 620

Importe 2.500 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Financiar la partida

ENMIENDA NÚM. 1768

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y
Deporte.




ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: Rehabilitación urgente del castillo
de Mota del Marqués

Importe: 100,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B

Capítulo: 2

Artículo: 227

Importe: 100 miles €


JUSTIFICACIÓN

Los restos castillo de Mota del Marqués, en la provincia de Valladolid, cuyo origen se remonta al siglo XIII, han vuelto a ingresar en la denominada “lista roja” real patrimonio que elabora la asociación
Hispania Nostra, que recopila elementos arquitectónicos en estado crítico. La torre del homenaje tiene la particularidad de ser de planta circular, frente a las plantas cuadradas o rectangulares propias de los castillos castellanos.

Esta
construcción había abandonado dicha lista tras las obras de conservación llevadas a cabo en 2010 por la Junta de Castilla y León. Sin embargo, el deterioro desde esa última intervención ha provocado un riesgo de derrumbe de la misma. Se hace por
ello necesario una intervención desde la Dirección General de Bellas Artes que con carácter urgente preserve este importante patrimonio histórico.

ENMIENDA NÚM. 1769

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección 24. Ministerio de Cultura y Deportes

Servicio 24.107

Programa 335 A MUSICA Y DANZA

Capítulo 4

Artículo 47

Concepto Potenciación de los Festivales de Música en la provincia de Girona, en especial a
aquellos que atraen a público diverso e internacional. Estos festivales proporcionan un retorno económico muy importante en las zonas donde se llevan a cabo y es una apuesta por el turismo cultural.

Festival de Torroella de Montgrí, Festival
de Perelada, Festival de Cap Roig de Calella de Palafrugell y Festival de Porta Ferrada de Sant Feliu de Guíxols.

Importe 2.500 miles de €

BAJA

Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 107


Programa 33XA

Capítulo 7

Artículo 77

Concepto 772

Importe 2.500 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Dotar la partida

ENMIENDA NÚM. 1770

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)


El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura

Programa 337 B

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 62 Inversión nueva asociada al
funcionamiento operativo de los servicios

Concepto mantenimiento y mejora de la Catedral de Girona.

Importe 300 miles de €

BAJA

Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 105

Programa
322L

Capítulo 6

Artículo 62

Concepto 620

Importe 300 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Financiar la partida

ENMIENDA NÚM. 1771

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

Sección 24. Ministerio de Cultura y Deportes

Servicio 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura

Programa 337 B

Capítulo 6 Inversiones reales

Artículo 62 Inversión nueva asociada al
funcionamiento operativo de los servicios

Concepto Subvención para mejora y mantenimiento de la Ciudadela de Roses.

Importe 100 miles de €

BAJA

Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 105


Programa 322L

Capítulo 6

Artículo 62

Concepto 620

Importe 100 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Financiar la partida

ENMIENDA NÚM. 1772

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección 24. Ministerio de Cultura y Deportes

Servicio 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura

Programa 337 B

Capítulo 6 Inversiones reales




Artículo 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Concepto Subvención para mejora y mantenimiento de Necrópolis Paleocristiana de Tarragona

Importe 1.000 miles de €

BAJA


Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 105

Programa 322L

Capítulo 6

Artículo 62

Concepto 620

Importe 1.000 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Financiar la partida


ENMIENDA NÚM. 1773

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte.

Servicio: 24.105

Programa: 322L

Capítulo: 6 Inversiones reales


Artículo: 62

Importe: 2.000,00 miles de €.

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte.

Servicio: 24.105

Programa: 331M

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: Inversiones
reales

Importe: 2.000,00 miles de €.

JUSTIFICACIÓN

Dotar suficientemente las acciones propuestas, para la construcción de un Centro de Educación Infantil en la zona de El Hipódromo en Melilla para impulsar ya u
construcción, habida cuenta del retraso que llevamos acumulado como consecuencia de su eliminación de los PGE de los últimos años dada la necesidad de plazas escolares que sigue existiendo en Melilla.

ENMIENDA NÚM. 1774

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y
Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura

Programa: 333A Museos

Capítulo: 6


Artículo: 63

Concepto: Museo San Pío V. Mejoras en el acceso y entorno

Importe: 3.000,00 miles de Euros.

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Organismo 105

Programa 332A

Capítulo
6

Concepto 62

Importe 3.000,00 miles de Euros.

JUSTIFICACIÓN

Dotar a la actuación de referencia convenientemente.

ENMIENDA NÚM. 1775

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 105 Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura

Programa: 333A Museos

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: Museo San Pío V. Nueva instalación
museográfica.

Importe: 250,00 miles de Euros.

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Organismo 105

Programa 332A

Capítulo 6

Concepto 62

Importe 250,00 miles de Euros.


JUSTIFICACIÓN

Dotar a la actuación de referencia convenientemente.

ENMIENDA NÚM. 1776

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura

Servicio: 24.04


Programa: 334A Promoción y cooperación cultural

Capítulo: 7 Transferencia capital

Artículo: 46 A Entidades Locales

Concepto: Convenio Ayuntamiento de Elche Promoción del Misteri d’Elx como Patrimonio Mundial de la
Humanidad.

Importe: 50,00 miles de €

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 332B Bibliotecas

Capítulo 2

Artículo 22706

Concepto Estudios y proyectos
técnicos

Importe 50 miles euros




JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1777

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 24.05


Programa: 33A Museos

Capítulo: 4

Artículo: 46A Entidades Locales

Concepto: Proyecto museístico Fábrica Payá en Ibi

Importe: 3.000 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte.


Servicio: 24.01

Programa: 331M

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: Inversiones reales

Importe: 3.000,00 miles €.

JUSTIFICACIÓN

Construcción de un centro de referencia a nivel mundial
sobre los usos de la industria a principios de siglo y muestre a los visitantes los inicios de la fabricación de los juguetes.

ENMIENDA NÚM. 1778

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24
Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 24.05

Programa: 337C Protección de Patrimonio histórico

Capítulo: 6

Artículo: 621

Concepto: Rehabilitación “Torre San José” en la Isla de Tabarca
(Alicante)

Subconcepto: Redacción del proyecto

Importe: 500 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Programa 333A Museos

Capítulo 2

Artículo 22706

Concepto Estudios y
Trabajos técnicos

Importe 500 miles euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1779

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de
Cultura y Deporte

Servicio 04 Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación

Programa 334A Promoción y Cooperación Cultural

Capítulo 4 Transferencias corrientes

Artículo 46A Sociedades,
Entidades Locales

Concepto Puesta en valor de los baños de la Reina

Subconcepto Promoción y puesta en valor de los Baños de la reina de Calp en particular del Molí del Morelló de acuerdo a las directrices del Plan Director realizado
por la Diputación de Alicante

Importe 100 miles de euros

BAJA

Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 50

Programa 33XB Dinamización de la cultura a lo largo del territorio

Capítulo 7


Artículo 75

Concepto 750

Importe 100 miles de €

JUSTIFICACIÓN

La Promoción y puesta en valor de los Baños de la reina de Calp en particular del Molí del Morelló de acuerdo a las directrices del Plan Director
realizado por la Diputación de Alicante contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14.
Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de
España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la
actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1780

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura.

Servicio: 05

Programa: 333A Museos

Capítulo: 4.
Transferencias corrientes.

Articulo: 45A. A comunidades autónomas.

Concepto: 4540 Al Instituto Valenciano de Arte Moderno de la Generalitat Valenciana

Importe: 600,00 miles de Euros

BAJA

Sección 24. Ministerio
de Cultura y Deportes

Servicio 50

Programa 33XB Dinamización de la cultura a lo largo del territorio

Capítulo 7

Artículo 75

Concepto 750

Importe 600 miles de €

JUSTIFICACIÓN




El Instituto Valenciano de Arte Moderno de la Generalitat Valenciana contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a
una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación
y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2022.

Dotar a la actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1781

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Organismo: 107


Programa: 335A Música y Danza.

Capítulo: 4. Transferencias corrientes.

Artículo: 45A. A comunidades autónomas.

Concepto: 4540 A la Fundació del Palau de Les Arts de la Comunitat Valenciana

Importe: 2.000,00
miles de Euros

BAJA

Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Organismo 107

Programa 335A

Capítulo 2

Artículo 28

Concepto 280

Importe 2.000 miles de €

JUSTIFICACIÓN


Dotar a la actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1782

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 335A
Museos.

Capítulo: 4. Transferencias corrientes.

Articulo: 45A. A comunidades Autónomas.

Concepto: Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias González Martí. Proyecto plurianual de protección

Importe: 360,00
miles de Euros.

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05

Programa 333A Museos

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto 22706

Importe 360 miles euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar
a la actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1783

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 24.05 Dirección General de Bellas Artes.


Programa: 337B Conservación y restauración de bienes culturales.

Capítulo.6

Articulo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios.

Concepto: Restauración Castillo de Sagunto


Importe: 1.037,22 miles de Euros

BAJA

Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 50

Programa 33XB Dinamización de la cultura a lo largo del territorio

Capítulo 7

Artículo 75

Concepto
750

Importe 1.037,22 miles de €

JUSTIFICACIÓN

La Restauración Castillo de Sagunto contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme,
recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria
cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto
de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar a la actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1784

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y
Deporte

Servicio: 04 Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación.

Programa: 334A Promoción y cooperación cultural.

Capítulo: 4. Transferencias corrientes.

Articulo: 46A. A
entidades locales.

Concepto: Promoción y puesta en valor del monumento de La Torre de Paterna (Valencia).

Importe: 100 miles de Euros.

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05


Programa 333A Museos

Capítulo 2




Artículo 22

Concepto 22706

Importe 100 miles euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1785

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 04 Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación.

Programa: 334A Promoción y cooperación cultural.

Capítulo: 4. Transferencias
corrientes.

Articulo: 46A. A entidades locales.

Concepto: Promoción y puesta en valor del monumento de La Torre de

Aledua en el municipio de Llombai (Valencia).

Importe: 100,00 miles de Euros.

BAJA


Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 333A Museos

Capítulo 2

Artículo 22706

Concepto Estudios y Trabajos técnicos

Importe 100 miles euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la
actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1786

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura.

Servicio: 04 Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad
Intelectual y Cooperación.

Programa: 334A Promoción y cooperación cultural.

Capítulo: 4. Transferencias corrientes.

Articulo: 46A. A entidades locales (Ayuntamiento de Corbera).

Concepto: Intervención de urgencia
para la restauración y puesta en valor la ermita del Santísimo Cristo de Corbera (Valencia).

Importe: 400 miles de Euros.

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.05

Programa 333A Museos


Capítulo 2

Artículo 22706

Concepto Estudios y Trabajos técnicos

Importe 400 miles euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia para finalizar la restauración y la puesta en valor de la ermita del
Santísimo Cristo de Corbera (Valencia).

ENMIENDA NÚM. 1787

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura.

Servicio: 04 Dirección General de Industrias
Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación.

Programa: 334A Promoción y cooperación cultural.

Capítulo: 4. Transferencias corrientes.

Articulo: 46A. A entidades locales (Ayuntamiento de Corbera).

Concepto:
Intervención de urgencia para la restauración y puesta en valor del Bien de Interés Cultural “ermita de San Miguel” de Corbera (Valencia).

Importe: 400,00 miles de Euros.

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y
Deporte

Servicio 24.05

Programa 333A Museos

Capítulo 2

Artículo 22706

Concepto Estudios y Trabajos técnicos

Importe 400 miles euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia para finalizar
la restauración y la puesta en valor del Bien de Interés Cultural “Ermita de San Miguel de Corbera” (Valencia).

ENMIENDA NÚM. 1788

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24.
Ministerio de Cultura.

Servicio: 04 Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación.

Programa: 334A Promoción y cooperación cultural.

Capítulo: 4. Transferencias corrientes.

Articulo:
46A. A entidades locales.

Concepto: Promoción y puesta en valor del Monumento de la Guaita y su entorno en el municipio del El Puig (Valencia).

Importe: 100,00 miles de Euros.

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y
Deporte

Servicio 24.05

Programa 333A Museo

Capítulo 2

Artículo 22706

Concepto Estudios y Trabajos técnicos

Importe 100 miles euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar a la actuación de referencia.


ENMIENDA NÚM. 1789

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)




El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio Cultura y Deporte

Organismo 107 INAEM

Programa 335A Música y danza

Capítulo 6

Artículo 62

Concepto Nuevo proyecto. Zona celebración conciertos Festival
Internacional de Benicàssim.

Subconcepto Nuevo. Al Festival Internacional de Benicàssim

Importe 5.000 miles €

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Organismo 107

Programa 335B


Capítulo 2

Artículo 280

Importe 5.000 miles €

JUSTIFICACIÓN:

El municipio de Benicàssim (Castellón) se ha convertido en un referente de festivales musicales en el período estival, especialmente reconocido a
nivel internacional es el FIB. Con el objetivo de continuar incrementando estos eventos musicales, que reúnen a miles de jóvenes de todo el mundo, son necesarias unas instalaciones seguras para su buen desarrollo. Por ello, el ayuntamiento de
Benicàssim necesita adecuar unos terrenos de titularidad municipal donde ubicar todas las actuaciones

ENMIENDA NÚM. 1790

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y
Deporte

Organismo 107. INAEM

Programa 335A. Música y danza.

Capítulo 4

Artículo 46

Concepto 464. Apoyo a festivales

Subconcepto Nuevo. Festivales Burriana.

Importe 1.000 miles €


BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Organismo 107

Programa 335B

Capítulo 2

Artículo 280

Importe 1.000 miles €

JUSTIFICACIÓN:

La localidad de Burriana (Castellón) se ha
convertido en un referente de festivales musicales, siendo uno de los más reconocidos internacionalmente el Arenal Sound. Para seguir promocionando estos eventos culturales que congregan a miles de personas en esta ciudad en verano es necesario
destinar mayor aportación económica para su divulgación.

ENMIENDA NÚM. 1791

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa:
333A

Capítulo: 6

Artículo: 62

Concepto: MUSEO VISIGODO (Mérida). Nueva sede.

Importe: 1.000,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 332
A

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: Material, suministro y otros

Importe: 1.000,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

En el diario de sesiones del Congreso de los Diputados del 5 de marzo de 2002 los Grupos
Parlamentarios Popular y Socialista presentan, ante la Comisión de Educación, Cultura y Deporte, sendas “Proposiciones no

de ley” con números de expediente 161/000835 y 161/000623 en apoyo a la
creación de la Nueva Sede del Museo Visigodo de Mérida.

En los PGE 2006 aparecen por primera vez partidas presupuestarias destinadas para este proyecto, que en su inicio tenía una valoración por un importe de
11.500.000 euros.

Tras las obras de derribo del antiguo acuartelamiento de la Guardia Civil, las catas arqueológicas y la redacción del proyecto, la licitación de las obras quedaron paralizadas por las alegaciones al
proyecto presentadas por el Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida.

Hasta la fecha no se ha llevado a cabo la modificación del Proyecto Arquitectónico para la construcción de la nueva sede del Museo Visigodo y
lleva paralizado más de 11 años, algo inexplicable cuando, dicho proyecto, ha contado siempre con el apoyo de los dos partidos políticos que han estado en el Gobierno de España.

La puntilla final para que quede en
el olvido ha sido la eliminación de las partidas presupuestarias destinadas a tal fin en el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

ENMIENDA NÚM. 1792

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 333-A

Capítulo: 6

Artículo: 62

Concepto: MUSEO NACIONAL DE ARTE ROMANO (Mérida) . ampliación.


Importe: 2.000,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 332A

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: 22706

Importe: 2.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia convenientemente para la ampliación.

ENMIENDA NÚM. 1793

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP),
al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.




ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 333-A

Capítulo: 4

Artículo: 461

Concepto: CONSORCIO CIUDADA MONUMENTAL DE MERIDA

Importe: 40,00 miles

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 332-A

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: Material, suministro y otros

Importe: 40,00 miles €


JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia convenientemente para la ampliación desde los 80.000 euros actuales

ENMIENDA NÚM. 1794

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24
Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 333 – A

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: MUSEO DE CÁCERES. REHABILITACIÓN

Importe: 2.950,00 miles €

BAJA

Sección:
24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 01

Programa: 331M

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto:

Importe: 2.950,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia
convenientemente tal y como se reflejaba en los PGE anteriores para garantizar la finalización de la obra en una fecha no muy lejana a la fecha prevista inicialmente.

ENMIENDA NÚM. 1795

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106

Programa: 336-A

Capítulo: 7

Artículo: 76

Concepto: CAMPO DE FUTBOL MUNICIPAL DE MADRIGAL DE LA VERA ( CACERES)


Importe: 200,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106

Programa: 336A

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: 22706

Importe: 200,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Dotar la NUEVA actuación de referencia convenientemente

ENMIENDA NÚM. 1796

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de CULTURA Y DEPORTE


Organismo: 106

Programa: 336-A

Capítulo: 7

Artículo: 76

Concepto: CONSTRUCCION C.A.R PIRAGÜISMO EN MERIDA

Importe: 1.000,00 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de CULTURA Y
DEPORTE

Organismo: 106

Programa: 336A

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: 22706

Importe: 1.000,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

La ciudad de Mérida, por su singularidad al
transcurrir el Río Guadiana por ella, es un enclave privilegiado para la realización de actividades acuáticas. Han sido multitudinarias las competiciones de ámbito nacional e internacional que se han llevado a cabo por
las excelentes condiciones del entorno y de la “dureza” del elemento acuático.

Teniendo en cuenta esta consideración y la limitación de espacios que tiene el CAR de Sevilla, ya desde el año 2008 se
había proyectado la construcción de un CAR de Piragüismo en Mérida.

Debido a cambios de gobierno, el proyecto del CAR de piragüismo que, inicialmente estaba proyectado en la ciudad de Mérida, se traslada a
la localidad de Alange. En dicha localidad se finalizó el proyecto de construcción, en un enclave poco idóneo para los deportistas, alejado unos 500 metros de la costa y con las dificultades que provoca las constantes
fluctuaciones del nivel del agua, dicho centro ha perdido el objeto por el que se construyó y ha pasado de un CAR de Piragüismo a un simple gimnasio para los vecinos de la localidad de Alange.

Por las condiciones favorables de
la ciudad de Mérida como capital de xtremadura, por su trayectoria en el deporte acuático, principalmente piragüismo, con varios clubs de renombre mundial como son el Iuxtanam o el Emeritae, sede de la Federación
Extremeña de Piragüismo, cuna y residencia de los dos entrenadores nacionales de la Selección Española, tanto femenina como masculina, entendemos que es prioritaria la construcción del primer Centro de Alto
Rendimiento asentado en Extremadura.

ENMIENDA NÚM. 1797

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de CULTURA Y DEPORTE

Organismo: 107

Programa: 335B


Capítulo: 4




Artículo: 45407

Concepto: Consorcio festival internacional de teatro clásico de Mérida

Importe: 237,50 miles €

BAJA

Sección: 24 Ministerio de CULTURA Y DEPORTE

Organismo: 107


Programa: 335B

Capítulo: 2

Artículo: 28

Concepto: Material, suministro y otros

Importe: 237,50 miles €

JUSTIFICACIÓN

El Festival Internacional de Teatro Clásico de Mérida se
financia principalmente con los ingresos generados por la venta de entradas a las diferentes representaciones y por las aportaciones de las administraciones consorciadas.

Las restricciones de aforo y de reducción de la temporalidad en
el año 2020 y 2021 provocadas por la pandemia de la COVID 19 ha supuesto una merma considerable de estos ingresos poniendo gravemente en peligro el sostenimiento económico.

Otros festivales nacionales reciben unas cuantías
muy sustanciales en comparación con el Festival Internacional de Teatro Clásico de Mérida.

Proponemos por tanto que se incremente esta partida al menos en la misma cantidad que hemos solicitado en la enmienda del
Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida, sumando al importe inicial 50.000 euros.

ENMIENDA NÚM. 1798

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte


Servicio 04

Programa 334A Promoción y Cooperación Cultural

Capítulo 4

Artículo 45 a CCAA

Concepto: XACOBEO 21-22. Promoción del año Xacobeo en la Comunidad Autónoma de Galicia

Importe 10.000,00 miles de

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 50

Programa 33SC

Capítulo 4

Concepto 454

Importe 10.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

La Promoción del año Xacobeo en
la Comunidad Autónoma de Galicia contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan
de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de
España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

promoción
cultural de los caminos a Santiago de Compostela en este doble año santo jacobeo 2021-2022, verdadero motor de dinamización social y económica de los lugares por los que atraviesan los caminos de peregrinación. El gobierno tiene que comprometerse
con la promoción cultural de un evento histórico y cultural único, el de la ampliación de los beneficios espirituales para contemplar también el año 2022, a causa de la COVID-19, algo nunca acaecido anteriormente.

ENMIENDA NÚM. 1799


Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de
Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Organismo 105 Gerencia de infraestructuras y equipamientos de cultura

Programa: 332 B

Capítulo: 6.
Inversión real

Artículo: 62

Proyecto: Biblioteca Pública del Estado en Vigo

Importe: 2.003,48 miles de €

BAJA

Sección 24. Ministerio de Cultura y Deportes

Organismo 105

Programa 332B


Capítulo 6

Artículo 62

Concepto 620

Importe 2.003,48 miles de €

Justificación:

Vigo demanda desde hace años contar con una infraestructura cultural básica de la que carece como es la construcción de una
biblioteca pública del Estado en la ciudad. La proyección actual de presupuesto recoge para el año 22, una partida de tan solo 50.000 euros. Es necesario darle un impulso definitivo que acometa la primera parte de las obras.

ENMIENDA NÚM.
1800

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24.
Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa: 333A

Capítulo: 4. Transferencias
corrientes

Artículo: 46

Concepto: A entidades locales

Proyecto: 46103 A la Fundación MARCO de Vigo, para gastos de funcionamiento

Importe: 1.000,00 miles de €

BAJA

Sección 24. Ministerio de
Cultura y Deporte

Servicio 50

Programa 33XB Dinamización de la cultura a lo largo del territorio

Capítulo 7

Artículo 75

Concepto 750

Importe 1.000 miles de €

Justificación

La Fundación
MARCO de Vigo contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y
competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas,
siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Incrementar la exigua aportación
que viene realizando el Ministerio para gastos de funcionamiento de la Fundación Museo de Arte Contemporáneo de Vigo como patrono de la Fundación. Se trata del primer museo en número de visitantes de la ciudad de Vigo.

ENMIENDA NÚM.
1801

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24.
Ministerio de Cultura y Deporte.




ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Organismo: 105 Gerencia de infraestructuras y equipamientos de cultura

Programa: 332 B

Capítulo: 6. Inversión
real

Artículo: 62

Concepto

Subconcepto:

Proyecto: 2021 24 105 0004 Archivo Histórico Provincial de Pontevedra

Importe: 3.000,00 miles de €

BAJA

Sección 24. Ministerio de Cultura y
Deporte

Organismo 105

Programa 333A

Capítulo 6

Artículo 62

Concepto 620

Importe 3.000 miles de €

Justificación

Inversión de gran significado para la ciudad de Pontevedra que acumula un
gran retraso en ejecución y las previsiones recogidas en el PGE para el año 2022, tampoco recoge una partida significativa para impulsar esta actuación.

Se propone incrementar esta partida para impulsar que se realice a la mayor brevedad
posible y compensar las demoras sufridas durante estos últimos años.

ENMIENDA NÚM. 1802

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Organismo: 105
Gerencia de infraestructuras y equipamientos de cultura

Programa: 332B

Capítulo: 6. Inversión real

Artículo: 62

Concepto: Biblioteca pública de Tomiño

Subconcepto:

Importe: 500,00 miles de €


BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Organismo 105

Programa 333A

Capítulo 6

Artículo 62

Importe 500 miles euros

Justificación:

Se solicita la inclusión de una partida por cuantía
de 500.000 euros para recuperar un proyecto que ha desaparecido de los presupuestos con el gobierno socialista.

Se trata de una biblioteca pública adaptada al antiguo edificio de los juzgados de paz, en el centro de la villa.

ENMIENDA
NÚM. 1803

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24.
Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05

Programa: 332B Bibliotecas

Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo:
66 Nuevas infraestructuras en Bibliotecas

Concepto: 661 Nueva Biblioteca Nacional en la ciudad de Ibiza

Subconcepto 66100 Nueva Biblioteca Nacional en la ciudad de Ibiza

Importe: 800,00 miles de euros

BAJAS


Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05

Programa: 331M Dirección y Servicios generales Cultura y deporte.

Capítulo: 6 Inversiones Reales

Artículo:

Concepto:

Importe: 800,00 miles de
euros

Justificación

Dotación de la construcción de una Biblioteca de titularidad estatal en la ciudad de Ibiza.

ENMIENDA NÚM. 1804

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24
Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05

Programa: 333A Museos

Capítulo: 7 Trasnferencias de capital

Artículo: 70 A Entidades Locales

Concepto: 700 Convenio Ayuntamiento de Muro (Mallorca) Museo
etnológico

Subconcepto 70000 Convenio Ayuntamiento de Muro (Mallorca) Museo etnológico

Importe: 1.000,00 miles de euros

BAJA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 05

Programa: 333A
Museos

Capítulo: 2 Gastos corrientes en Bienes y Servicios

Artículo: 22 Material, suministros y otros

Concepto: 227 Estudios y trabajos técnicos

Subconcepto: 22706 estudios y trabajos técnicos

Importe:
1.000,00 miles de euros

Justificación

Dotación convenio de colaboración con el municipio de Muro (Mallorca) para la rehabilitación del Museo Etnológico de la ciudad que es el Proyecto 2021 24 105 0020

ENMIENDA NÚM. 1805


Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de
Cultura y Deporte.

ENMIENDA




De modificación.

ALTA

Sección Ministerio 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa 334 A Museos

Capítulo 4

Artículo 48 A familias e instituciones
sin fines de lucro

Concepto 485 Otras transferencias

Subconcepto A la Fundación Arte y Pensamiento Martín Chirino para gastos de funcionamiento y actividades

Importe Incrementar 50 miles de euros

BAJA

Sección
Ministerio 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa 334 A Museos

Capítulo 2 Gastos Corrientes en Bienes y servicios

Artículo 22

Concepto 227

Subconcepto
22706

Importe 50 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

Dotar adecuadamente a la Fundación Martin Chirino, que en unos años se ha convertido en una referencia mundial de su estudio, exposición, documentación y legado del escultor.
Cuenta con un programa permanente de acciones para el estudio y la difusión del patrimonio artístico, la figura y magisterio creador de Martin Chirino, así como la completa catalogación de su obra.

ENMIENDA NÚM. 1806

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y
Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección Ministerio 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Organismo 106

Programa 336A Fomento y Apoyo de las Actividades Deportivas

Capítulo 7

Artículo
75

Concepto pista cubierta 200M NAVARRA

Importe 6000 miles de euros

BAJA

Sección Ministerio 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Organismo 106

Programa 33ZC C 26103

Capítulo 6

Artículo 69


Importe: 6000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

Dotación necesaria

ENMIENDA NÚM. 1807

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Organismo:
106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas

Capítulo: 4

Artículo: 45

Concepto (nuevo): CTD Infanta Cristina. Los Alcáceres (Murcia)

Importe: 200 miles de
euros

BAJA

Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Organismo: 106 CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES

Programa: 336A Fomento y apoyo de las actividades deportivas

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto:
227

Importe: 200 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Dotación necesaria

ENMIENDA NÚM. 1808

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE


Servicio: 05

Programa: 337B. Conservación y restauración de bienes culturales Conservación y restauración de bienes culturales

Capitulo: 6 Inversiones reales

Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al
funcionamiento operativo de los servicios

Proyecto: Superproyecto 2018 18 11 0005

Concepto: Recuperación de las antiguas baterías de costa de Cartagena

Importe: 800,00 miles de euros

BAJA

Sección 24. Ministerio
de Cultura y Deportes

Servicio 50

Programa 33XB Dinamización de la cultura a lo largo del territorio

Capítulo 7

Artículo 75

Concepto 750

Importe 800 miles de €

JUSTIFICACIÓN

La
Recuperación de las antiguas baterías de costa de Cartagena contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación
emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia
aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2022.

Es imprescindible ejecutar obra en este ejercicio.

ENMIENDA NÚM. 1809

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA




De modificación.

ALTA

Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05

Programa: 337B. Conservación y restauración de bienes culturales Conservación y restauración de bienes culturales


Capitulo: 6 Inversiones reales

Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Concepto: Actuaciones de restauración de los túneles y embarcadero del Hornillo e Isla del Fraile.


Importe: 3.000, 00 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XB C24 I02

Capítulo 7

Artículo 75

Importe 3.000 miles euros

JUSTIFICACIÓN


La restauración de los túneles y embarcadero del Hornillo e Isla del Fraile contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una
España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y
Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2022

Restauración del patrimonio industrial y arqueológico

ENMIENDA NÚM. 1810

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio:
05 Dirección General de Bellas Artes

Programa: 337B. Conservación y restauración de bienes culturales Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo: 6 Inversiones reales

Artículo: 63 Inversión de reposición
asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Concepto: Sitio histórico de Monteagudo

Importe: 1.500,00 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XB
C24 I02

Capítulo 7

Artículo 75

Importe 1.500 miles euros

Artículo: 68 Inversiones Reales

Importe: 1.500,00 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La restauración del Sitio histórico de Monteagudo contribuye a
alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector
turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir
fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Avanzar en la recuperación integral del Castillo de Cabezo de
Torres, Larache y Castillejo.

ENMIENDA NÚM. 1811

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05 Dirección General de Bellas Artes


Programa: 337B. Conservación y restauración de bienes culturales Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo: 6 Inversiones reales

Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los
servicios

Concepto: Yacimiento La Bastida. Totana

Importe: 1.000 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XB C24 I02

Capítulo 7

Artículo
75

Importe 1.000 miles euros

JUSTIFICACIÓN

El Yacimiento La Bastida, en Totana contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del
turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del
Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Es imprescindible el mantenimiento y puesta en valor del yacimiento

ENMIENDA NÚM. 1812

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24.
Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa: 337B. Conservación y restauración de bienes culturales Conservación y restauración de bienes culturales

Capítulo: 6 Inversiones
reales

Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Concepto: Termas romanas Museo Oiasso Irun

Importe: 500 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y
Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XB C24 I02

Capítulo 7




Artículo 75

Importe 500 miles euros

JUSTIFICACIÓN

Las Termas romanas Museo Oiasso Irun contribuyen a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la
pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la
industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del
Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Es imprescindible el mantenimiento y puesta en valor de las termas

ENMIENDA NÚM. 1813

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: 05 Dirección General de Bellas Artes

Programa: 333A Museos

Capítulo: 4 Transferencias corrientes

Artículo: 46 A Entidades Locales

Concepto: Museo
Hermitage

Importe: 5.000,00 miles €

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio 24.50

Programa 33XB C24 I02

Capítulo 7

Artículo 75

Importe 5.000 miles euros


JUSTIFICACIÓN

El Museo Hermitage contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora


14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el
Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.


Dotar la actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1814

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: Dirección General de Bellas Artes


Programa: 335A Música y danza

Capítulo: 4 Transferencias corrientes

Artículo: 46 A Entidades Locales

Concepto: Al Instituto Municipal de Artes Escénicas de Córdoba (IMAE) para el Festival de la Guitarra de Córdoba


Importe: 75,00 miles €

BAJA

Sección: 24

Servicio: DG Bellas Artes

Programa: 335A

Capítulo: 4

Artículo: 45

Importe: 75,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

La ayuda al
Instituto Municipal de Artes Escénicas de Córdoba (IMAE) para el Festival de la Guitarra de Córdoba contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del
turismo e impulso a una España nación emprendedora

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del
Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1815

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte


Servicio: Dirección General de Bellas Artes

Programa: 333A Museos

Capítulo: 4 Transferencias corrientes

Artículo: 46 A Entidades Locales

Concepto: A la Fundación Provincial de Artes Plásticas “Rafael
Botí” para gastos de funcionamiento

Importe: 50,00 miles €

BAJA

Sección: 24

Servicio: DG Bellas Artes

Programa: 33A

Capítulo: 4

Artículo: 45

Importe: 50,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1816

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio:
Dirección General de Bellas Artes

Programa: 333A Museos

Capítulo: 6 inversiones reales

Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios.

Concepto: Mejoras en el Museo
Arqueológico de Córdoba




Importe: 500,00 miles €

BAJA

Sección: 24

Servicio: DG Bellas ARtes

Programa: 333A

Capítulo: 4

Artículo: 45

Importe: 500,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la
actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1817

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y Deporte

Servicio: Dirección General de Bellas Artes

Programa:
333A Museos

Capítulo: 6 Inversiones reales

Artículo: 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Concepto: Mejoras en el museo de Bellas Artes de Córdoba

Importe: 500,00 miles

BAJA

Sección: 24

Servicio: DG Bellas Artes

Programa: 333A

Capítulo: 4

Artículo: 45

Importe: 500,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.


ENMIENDA NÚM. 1818

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 24. Ministerio de Cultura y deporte

Servicio: 106. Consejo Superior de Deportes

Programa: 336 A. Fomento y apoyo de
las actividades deportivas

Capítulo 4. Transferencias corrientes

Concepto 766. A entidades Locales para instalaciones deportivas

Importe: incremento de 6.797,21 miles de euros

BAJA

Sección 24. Ministerio de
Cultura y Deporte

Servicio: 48

Programa 336A. Fomento y apoyo de las actividades deportivas

Capítulo 4

Concepto. A la Liga Nacional de Fútbol Profesional

Importe: 6.797,21 miles de euros


JUSTIFICACIÓN

La inversión en instalaciones deportivas en los municipios españoles contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e
impulso a una España emprendedora.

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

Del Plan de
Recuperación y Resiliencia, aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2022.

ENMIENDA NÚM. 1819

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio 105 GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y
EQUIPAMIENTOS DE CULTURA

Programa 332A ARCHIVOS

Capítulo 4

Artículo 45

Concepto Archivo Histórico Provincial de Huelva. NUEVA SEDE.

Importe 5.000 miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio de Cultura
y Deporte

Servicio 105

Programa 332A Archivos

Capítulo 6

Concepto 601

Importe 5.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN

La nueva sede del Archivo Histórico Provincial de Huelva es un proyecto de 2011. De
los 3 millones de euros presupuestados en los PGE de 2021, no se ha ejecutado nada aún.

ENMIENDA NÚM. 1820

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 24 Ministerio de cultura y deporte


Servicio 103

Programa 335 C INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES

Capítulo 4 transferencias corrientes

Artículo 464 Nuevo

Concepto Festival de Cine Iberoamericano de HUELVA

Importe 100
miles de euros

BAJA

Sección 24 Ministerio

Servicio 103

Programa 335 C

Capítulo 2

Concepto Gastos Corrientes en Bienes y Servicios

Importe 100 miles de euros




JUSTIFICACIÓN:

El Festival de Cine en 2022 celebrará su 48 Edición. El Ministerio de Cultura es miembro fundador de su Patronato a través del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

En Presupuesto de
2021 ya venía recogida la partida de 80.000 € que es la cantidad con la que se compromete anualmente a su financiación.

ENMIENDA NÚM. 1821

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

Servicio: 05

Programa: 33-75

Capitulo: 6

Artículo: 63

Concepto: Construcción de un módulo cubierto de atletismo en Segovia
capital.

Importe: 1.000 miles €

BAJA

Sección: 24, MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Servicio: 106

Programa: 33ZC C26.103

Capitulo: 7

Artículo: 77

Concepto: 779

Importe:
1.000 miles €

JUSTIFICACION

Es necesaria la construcción de un módulo cubierto de atletismo en las instalaciones deportivas de Segovia “Antonio Prieto”, dado que es de las pocas capitales de provincia de España,
que carece del mismo y la necesidad de los deportistas segovianos y nacionales que entrenan en Segovia, es de vital importancia.

ENMIENDA NÚM. 1822

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 24. Ministerio de Cultura y Deporte.

ENMIENDA

De modificación.

Alta






Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deportes
Servicio: 107 INAEM
Programa: 335A. Música y danza.
Capítulo: 4
transferencias corrientes
Artículo: 48 A familias sin ánimo de lucro
Concepto: 48504 A la Asociación de Amigos de la Ópera de A Coruña para la temporada lírica de A Coruña
Importe: Incrementar 75,00 miles de euros
BAJA
Sección: 24 Ministerio de Cultura y Deporte
Servicio: 107
INAEM
Programa: 335A. Música y danza.
Capítulo: 2 Gastos Corrientes
Concepto: 22706 Estudios y trabajos técnicos
Importe: 75,00 miles de euros

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 19 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Palacio del Senado, 1 de diciembre de 2021.-El Portavoz, Javier
Ignacio Maroto Aranzábal.

ENMIENDA NÚM. 1823

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula
la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

En concordancia con la ENMIENDA A DISPOSICIÓN FINAL NUEVA DE ADICIÓN
“Reestructuración del Gobierno y aumento del programa de “Protección a la Familia y atención a la pobreza infantil”, estos recursos liberados incrementarán automáticamente la partida 05.231F.45.307 destinada a las Comunidades
Autónomas para financiar el programa “Protección a la familia y atención a la pobreza infantil. Prestaciones básicas de servicios sociales” del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.”

Importe: 496,38 miles de

BAJA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 01

Programa 912M Presidencia del Gobierno.

Capítulo 1

Artículo 10

Concepto Altos
cargos

Subconcepto

Importe 496,38 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

El Alta va con cargo a una nueva Disposición Final. Con la crisis económica y social, el Presidente del Gobierno debería ser especialmente ejemplar y
austero en sus desproporcionados gastos, que pueden ajustarse a los de 2018, por lo que esta enmienda servirá para paliar en lo posible la precaria situación de las familias y la pobreza infantil.

ENMIENDA NÚM. 1824

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia,
Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

En concordancia con la ENMIENDA A DISPOSICIÓN FINAL NUEVA DE ADICIÓN “Reestructuración del Gobierno y aumento del programa de
“Protección a la Familia y atención a la pobreza infantil”, estos recursos liberados incrementarán automáticamente la partida 05.231F.45.307 destinada a las Comunidades Autónomas para financiar el programa “Protección a la
familia y atención a la pobreza infantil. Prestaciones básicas de servicios sociales” del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.”

Importe 8.320,85 miles de €

BAJA

Sección 25 Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 01

Programa 912M Presidencia del Gobierno.

Capítulo 1

Artículo 11

Concepto Personal eventual

Subconcepto

Importe 8.320,85 miles
de €

JUSTIFICACIÓN:

El Alta va con cargo a una nueva Disposición Final. Con la crisis económica y social, el Presidente del Gobierno debería ser especialmente ejemplar y austero en sus desproporcionados gastos, que pueden
ajustarse a los de 2018, por lo que esta enmienda servirá para paliar en lo posible la precaria situación de las familias y la pobreza infantil.

ENMIENDA NÚM. 1825

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

En concordancia con la ENMIENDA A DISPOSICIÓN FINAL NUEVA DE ADICIÓN “Reestructuración del Gobierno y aumento del programa de “Protección a la Familia y atención a la pobreza
infantil”, estos recursos liberados incrementarán automáticamente la partida 05.231F.45.307 destinada a las Comunidades Autónomas para financiar el programa “Protección a la familia y atención a la pobreza infantil. Prestaciones
básicas de servicios sociales” del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.”

Importe 1.066,73 miles de €

BAJA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria
Democrática.

Servicio 01

Programa 912M Presidencia del Gobierno.

Capítulo 1

Artículo 15

Concepto Incentivos al rendimiento.

Subconcepto

Importe 1.066,73 miles de €

JUSTIFICACIÓN:


Con la crisis económica y social, el Presidente del Gobierno debería ser especialmente ejemplar y austero en sus desproporcionados gastos, que pueden ajustarse a los de 2018, por lo que esta enmienda servirá para paliar en lo posible la precaria
situación de las familias y la pobreza infantil.

ENMIENDA NÚM. 1826

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

En concordancia con la ENMIENDA A
DISPOSICIÓN FINAL NUEVA DE ADICIÓN “Reestructuración del Gobierno y aumento del programa de “Protección a la Familia y atención a la pobreza infantil”, estos recursos liberados incrementarán automáticamente la partida
05.231F.45.307 destinada a las Comunidades Autónomas para financiar el programa “Protección a la familia y atención a la pobreza infantil. Prestaciones básicas de servicios sociales” del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda
2030.”

Importe 959,78 miles de €

BAJA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 01

Programa 912M Presidencia del Gobierno.

Capítulo
2

Artículo 22

Concepto 22706 Estudios y trabajos técnicos.

Subconcepto

Importe 959,78 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Con la crisis económica y social, el Presidente del Gobierno debería ser especialmente
ejemplar y austero en sus desproporcionados gastos, que pueden ajustarse a los de 2018, por lo que esta enmienda servirá para paliar en lo posible la precaria situación de las familias y la pobreza infantil.

ENMIENDA NÚM. 1827

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

En concordancia con la ENMIENDA A DISPOSICIÓN FINAL NUEVA DE ADICIÓN “Reestructuración del Gobierno y aumento del
programa de “Protección a la Familia y atención a la pobreza infantil”, estos recursos liberados incrementarán automáticamente la partida 05.231F.45.307 destinada a las Comunidades Autónomas para financiar el programa “Protección
a la familia y atención a la pobreza infantil. Prestaciones básicas de servicios sociales” del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.”

Importe 1.180,87 miles de €




BAJA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 01

Programa 912M Presidencia del Gobierno.

Capítulo 6

Artículo 64

Concepto Gastos de
inversiones de carácter inmaterial.

Subconcepto

Importe 1.180,87 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Con la crisis económica y social, el Presidente del Gobierno debería ser especialmente ejemplar y austero en sus
desproporcionados gastos, que pueden ajustarse a los de 2018, por lo que esta enmienda servirá para paliar en lo posible la precaria situación de las familias y la pobreza infantil.

ENMIENDA NÚM. 1828

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las
Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

En concordancia con la ENMIENDA A DISPOSICIÓN FINAL NUEVA DE ADICIÓN “Reestructuración del Gobierno y aumento del programa de “Protección a la
Familia y atención a la pobreza infantil”, estos recursos liberados incrementarán automáticamente la partida 05.231F.45.307 destinada a las Comunidades Autónomas para financiar el programa “Protección a la familia y atención a la
pobreza infantil. Prestaciones básicas de servicios sociales” del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.”

Importe 327,79 miles de €

BAJA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las
Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 01

Programa 912M Presidencia del Gobierno.

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto 22606 Reuniones, conferencias y cursos.

Subconcepto

Importe 327,79 miles de

JUSTIFICACIÓN:

Con la crisis económica y social, el Presidente del Gobierno debería ser especialmente ejemplar y austero en sus desproporcionados gastos, que pueden ajustarse a los de 2018, por lo que esta enmienda servirá
para paliar en lo posible la precaria situación de las familias y la pobreza infantil.

ENMIENDA NÚM. 1829

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

En
concordancia con la ENMIENDA A DISPOSICIÓN FINAL NUEVA DE ADICIÓN “Reestructuración del Gobierno y aumento del programa de “Protección a la Familia y atención a la pobreza infantil”, estos recursos liberados incrementarán
automáticamente la partida 05.231F.45.307 destinada a las Comunidades Autónomas para financiar el programa “Protección a la familia y atención a la pobreza infantil. Prestaciones básicas de servicios sociales” del Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030.”

Importe 193,27 miles de €

BAJA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 01

Programa 921Q Cobertura
Informativa.

Capítulo 1

Artículo 10

Concepto Altos cargos.

Subconcepto

Importe 193,27 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Con la crisis económica y social, el Presidente del Gobierno debería ser
especialmente ejemplar y austero en sus desproporcionados gastos, que pueden ajustarse a los de 2018, por lo que esta enmienda servirá para paliar en lo posible la precaria situación de las familias y la pobreza infantil.

ENMIENDA NÚM.
1830

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25.
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

En concordancia con la ENMIENDA A DISPOSICIÓN FINAL NUEVA DE ADICIÓN “Reestructuración del Gobierno y
aumento del programa de “Protección a la Familia y atención a la pobreza infantil”, estos recursos liberados incrementarán automáticamente la partida 05.231F.45.307 destinada a las Comunidades Autónomas para financiar el programa
“Protección a la familia y atención a la pobreza infantil. Prestaciones básicas de servicios sociales” del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.”

Importe 1.305,7 miles de €

BAJA

Sección 25
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 01

Programa 921Q Cobertura Informativa.

Capítulo 1

Artículo 11

Concepto Personal eventual.

Subconcepto

Importe
1.305,7 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Con la crisis económica y social, el Presidente del Gobierno debería ser especialmente ejemplar y austero en sus desproporcionados gastos, que pueden ajustarse a los de 2018, por lo que esta
enmienda servirá para paliar en lo posible la precaria situación de las familias y la pobreza infantil.

ENMIENDA NÚM. 1831

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

En concordancia con la ENMIENDA A DISPOSICIÓN FINAL NUEVA DE ADICIÓN “Reestructuración del Gobierno y aumento del programa de “Protección a la Familia y atención a la pobreza infantil”, estos recursos liberados
incrementarán automáticamente la partida 05.231F.45.307 destinada a las Comunidades Autónomas para financiar el programa “Protección a la familia y atención a la pobreza infantil. Prestaciones básicas de servicios sociales” del
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.”

Importe 142,36 miles de €

BAJA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 01

Programa 921Q
Cobertura Informativa.

Capítulo 1

Artículo 15

Concepto Incentivos al rendimiento.

Subconcepto

Importe 142,36 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Con la crisis económica y social, el Presidente del
Gobierno debería ser especialmente ejemplar y austero en sus desproporcionados gastos, que pueden ajustarse a los de 2018, por lo que esta enmienda servirá para paliar en lo posible la precaria situación de las familias y la pobreza infantil.


ENMIENDA NÚM. 1832

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 25. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

En concordancia con la ENMIENDA A DISPOSICIÓN FINAL NUEVA DE ADICIÓN “Reestructuración del
Gobierno y aumento del programa de “Protección a la Familia y atención a la pobreza infantil”, estos recursos liberados incrementarán automáticamente la partida 05.231F.45.307 destinada a las Comunidades Autónomas para financiar el
programa “Protección a la familia y atención a la pobreza infantil. Prestaciones básicas de servicios sociales” del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.”

Importe 560,24 miles de €

BAJA


Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 01

Programa 921Q Cobertura Informativa.

Capítulo 2




Artículo 22

Concepto 22706 Estudios y trabajos técnicos.

Subconcepto

Importe 560,24 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Con la crisis económica y social, el Presidente del Gobierno debería ser
especialmente ejemplar y austero en sus desproporcionados gastos, que pueden ajustarse a los de 2018, por lo que esta enmienda servirá para paliar en lo posible la precaria situación de las familias y la pobreza infantil.

ENMIENDA NÚM.
1833

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25.
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

En concordancia con la ENMIENDA A DISPOSICIÓN FINAL NUEVA DE ADICIÓN “Reestructuración del Gobierno y
aumento del programa de “Protección a la Familia y atención a la pobreza infantil”, estos recursos liberados incrementarán automáticamente la partida 05.231F.45.307 destinada a las Comunidades Autónomas para financiar el programa
“Protección a la familia y atención a la pobreza infantil. Prestaciones básicas de servicios sociales” del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.”

Importe 12.000,00 miles de €

BAJA

Sección 25
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 01

Programa 921Q Cobertura Informativa.

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto 22707 Para la contratación del servicio de cobertura
informativa nacional e internacional de interés público.

Subconcepto

Importe 12.000,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Con la crisis económica y social, el Presidente del Gobierno debería ser especialmente ejemplar y
austero en sus desproporcionados gastos, que pueden ajustarse a los de 2018, por lo que esta enmienda servirá para paliar en lo posible la precaria situación de las familias y la pobreza infantil.

ENMIENDA NÚM. 1834

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia,
Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

En concordancia con la ENMIENDA A DISPOSICIÓN FINAL NUEVA DE ADICIÓN “Reestructuración del Gobierno y aumento del programa de
“Protección a la Familia y atención a la pobreza infantil”, estos recursos liberados incrementarán automáticamente la partida 05.231F.45.307 destinada a las Comunidades Autónomas para financiar el programa “Protección a la
familia y atención a la pobreza infantil. Prestaciones básicas de servicios sociales” del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.”

Importe 470,37 miles de €

BAJA

Sección 25 Ministerio de la
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 01

Programa 912O Relaciones con las Cortes, Secretariado del Gobierno y apoyo a la Alta Dirección.

Capítulo 1

Artículo 11

Concepto Personal
eventual.

Subconcepto

Importe 470,37 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Con la crisis económica y social, el Presidente del Gobierno debería ser especialmente ejemplar y austero en sus desproporcionados gastos, que pueden
ajustarse a los de 2018, por lo que esta enmienda servirá para paliar en lo posible la precaria situación de las familias y la pobreza infantil.

ENMIENDA NÚM. 1835

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

En concordancia con la ENMIENDA A DISPOSICIÓN FINAL NUEVA DE ADICIÓN “Reestructuración del Gobierno y aumento del programa de “Protección a la Familia y atención a la pobreza
infantil”, estos recursos liberados incrementarán automáticamente la partida 05.231F.45.307 destinada a las Comunidades Autónomas para financiar el programa “Protección a la familia y atención a la pobreza infantil. Prestaciones
básicas de servicios sociales” del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.”

Importe 637,24 miles de €

BAJA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.


Servicio 01

Programa 912O Relaciones con las Cortes, Secretariado del Gobierno y apoyo a la Alta Dirección.

Capítulo 2

Artículo 22

Concepto 22706 Estudios y trabajos técnicos.

Subconcepto

Importe 637,24
miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Con la crisis económica y social, el Presidente del Gobierno debería ser especialmente ejemplar y austero en sus desproporcionados gastos, que pueden ajustarse a los de 2018, por lo que esta enmienda
servirá para paliar en lo posible la precaria situación de las familias y la pobreza infantil.

ENMIENDA NÚM. 1836

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 02

Programa 925M Memoria Democrática.

Capítulo 4

Artículo 45

Concepto 450 Plan de exhumación de víctimas.


Subconcepto

Importe 141,36 miles de €

BAJA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 02

Programa 925M Memoria Democrática

Capítulo 1


Artículo 10

Concepto Altos Cargos

Subconcepto

Importe 141,36 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Dotación del Plan de exhumación de víctimas, eliminando gastos en propaganda partidista no asociados a la
localización, recuperación y entrega a sus familias.

ENMIENDA NÚM. 1837

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia,
Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 02

Programa 925M Memoria Democrática.

Capítulo 4

Artículo 45

Concepto 450 Plan de exhumación de víctimas.




Subconcepto

Importe 245,12 miles de €

BAJA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 02

Programa 925M Memoria Democrática

Capítulo
1

Artículo 11

Concepto Personal eventual

Subconcepto

Importe 245,12 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Dotación del Plan de exhumación de víctimas, eliminando gastos en propaganda partidista no asociados a la
localización, recuperación y entrega a sus familias.

ENMIENDA NÚM. 1838

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia,
Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 02

Programa 925M Memoria Democrática.

Capítulo 4

Artículo 45

Concepto 450 Plan de exhumación de víctimas.

Subconcepto

Importe 224,00 miles de

BAJA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 02

Programa 925M Memoria Democrática

Capítulo 4

Artículo 44

Concepto A Sociedades,
Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entidades del Sector Público.

Subconcepto

Importe 224,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Dotación del Plan de exhumación de víctimas, eliminando gastos en
propaganda partidista no asociados a la localización, recuperación y entrega a sus familias.

ENMIENDA NÚM. 1839

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

Sección 25
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 02

Programa 925M Memoria Democrática.

Capítulo 4

Artículo 45

Concepto 450 Plan de exhumación de víctimas.


Subconcepto

Importe 263,50 miles de €

BAJA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 02

Programa 925M Memoria Democrática

Capítulo 4


Artículo 45

Concepto 452 Para gastos derivados de la aplicación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, Subvenciones a Universidades de CCAA.

Subconcepto

Importe 263,50 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Dotación
del Plan de exhumación de víctimas, eliminando gastos en propaganda partidista no asociados a la localización, recuperación y entrega a sus familias.

ENMIENDA NÚM. 1840

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 02

Programa 925M Memoria Democrática.

Capítulo 4

Artículo 45


Concepto 450 Plan de exhumación de víctimas.

Subconcepto

Importe 600,00 miles de €

BAJA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 02


Programa 925M Memoria Democrática

Capítulo 4

Artículo 48

Concepto 480 Para gastos derivados de la aplicación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre. Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro.

Subconcepto


Importe 600,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Dotación del Plan de exhumación de víctimas, eliminando gastos en propaganda partidista no asociados a la localización, recuperación y entrega a sus familias.

ENMIENDA NÚM.
1841

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 25.
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio
02

Programa 925M Memoria Democrática.

Capítulo 4

Artículo 45

Concepto 450 Plan de exhumación de víctimas.

Subconcepto




Importe 1.200,00 miles de €

BAJA

Sección 25 Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Servicio 02

Programa 925M Memoria Democrática

Capítulo 6

Artículo
62

Concepto Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios

Subconcepto

Importe 1.200,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN:

Dotación del Plan de exhumación de víctimas, eliminando gastos en
propaganda partidista no asociados a la localización, recuperación y entrega a sus familias.

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 29 enmiendas al
Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Palacio del Senado, 1 de diciembre de 2021.-El Portavoz, Javier Ignacio Maroto Aranzábal.

ENMIENDA NÚM. 1842

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27. MINISTERIO ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Servicio 3

Programa 460A

Capítulo 4

Artículo 4711

Concepto Programa de Fomento de Acceso de
Pymes a la Contratación Pública electrónica

Subconcepto

Importe 1.000.000 euros

BAJA

Sección 27. MINISTERIO ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Servicio 50

Programa 46MA Emprendimiento.
I+D+i+Digitalización MRR

Capítulo 6

Artículo 69

Concepto 694 Gastos de inversiones de carácter inmaterial. MRR

Subconcepto

Importe 1.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

El Programa de Fomento de Acceso de
Pymes a la Contratación Pública electrónica contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora


13. Impulso a la pyme

14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el
Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en lo. s artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.


Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1843

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital


Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46LA C12.I01. Espacios de datos sectoriales

Capítulo 6

Artículo 60

Concepto Nuevo Programa de Digitalización de contenidos educativos

Subconcepto


Importe 15.000.000 euros

BAJA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46LA C12.I01. Espacios de datos sectoriales


Capítulo 7

Artículo 77020

Concepto Programa de espacios de datos sectoriales en sectores productivos

Subconcepto

Importe 15.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

El Programa de Digitalización de contenidos
educativos contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

15.
Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

VII. Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades

19. Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills)

21.
Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación de 0 a 3 años

VIII. Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo

23. Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e
inclusivo

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto
de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1844

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46MC C13.I03 Digitalización e Innovación I+D+i+Digitalización

Capítulo 6

Artículo 60

Concepto
En PYMES para certificación de software para cumplimiento de

Ley 11/2021, de 9 de julio

Subconcepto

Importe 20.000.000 euros

BAJA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio
50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46MC C13.I03 Digitalización e Innovación I+D+i+Digitalización

Capítulo 7




Artículo 77010

Concepto Impulso a la Pyme

Subconcepto

Importe 20.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

Las Ayudas a PYMES para certificación de software para cumplimiento de Ley 11/2021, de 9 de julio
contribuyen a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

14. Plan de
modernización y competitividad del sector turístico

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de
recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

La reciente Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de
prevención y lucha contra el fraude fiscal, obliga a las empresas a certificar sus SW de gestión de manera que puedan acreditar que disponen de un mecanismo de “doble uso”, por lo que se incorpora el presupuesto necesario para atender
las necesidades impuestas por esta Ley.

ENMIENDA NÚM. 1845

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27. MINISTERIO ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL


Servicio 3

Programa 931M

Capítulo 4

Artículo 4832

Concepto Programa de Ayudas para trabajos de investigación sobre la gestión de la Deuda y el Déficit Público en España

Subconcepto

Importe 150.000
euros

BAJA

Sección 27. MINISTERIO ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Servicio 50

Programa 46KA

Capítulo 6

Artículo 69

Concepto 694 Gastos de inversiones de carácter inmaterial. MRR


Subconcepto

Importe 150.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

Dotar la actuación de referencia.

AE

ENMIENDA NÚM. 1846

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA


Sección 27. MINISTERIO ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Servicio 3

Programa 931M

Capítulo 4

Artículo 4511

Concepto Programa de Fomento de educación financiera en colegios.

Subconcepto


Importe 7.000.000 euros

BAJA

Sección 27. MINISTERIO ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Servicio 50

Programa 46MA Emprendimiento. I+D+i+Digitalización MRR

Capítulo 6

Artículo 69

Concepto
694 Gastos de inversiones de carácter inmaterial. MRR

Subconcepto

Importe 7.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

El Programa de Fomento de educación financiera en colegios contribuye a alcanzar los objetivos del componente:


VII. Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades

19. Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills)

20. Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional

21. Modernización y
digitalización del sistema educativo, incluida la educación de 0 a 3 años

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1847

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27. MINISTERIO ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Servicio 3

Programa 460A

Capítulo 4

Artículo 4712

Concepto Programa de Fomento de Acceso de
Pymes a los Smart Contract.

Subconcepto

Importe 1.000.000 euros

BAJA

Sección 27. MINISTERIO ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Servicio 50

Programa 46MA Emprendimiento. I+D+i+Digitalización
MRR

Capítulo 6

Artículo 69

Concepto 694 Gastos de inversiones de carácter inmaterial. MRR

Subconcepto

Importe 1.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

El Programa de Fomento de Acceso de Pymes a los Smart
Contract contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

14.
Plan de modernización y competitividad del sector turístico

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo
susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022

Dotar la actuación de referencia.




ENMIENDA NÚM. 1848

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia

Programa 46UE C21.I05. Mejora de Infraestructuras Digitales

Capítulo 7

Artículo Nuevo

Concepto Retirada de red aérea de cobre de telefonía

Subconcepto

Importe 20.000.000 euros

BAJA


Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 49OF C15.I06. Despliegue del 5G: redes, cambio tecnológico e

innovación

Capítulo 7


Artículo 77019

Concepto A empresas privadas

Subconcepto

Importe 20.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

La Retirada de red aérea de cobre de telefonía contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V.
Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

del Plan de Recuperación
y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1849

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46MC C13.103 Digitalización e Innovación I+D+i+Digitalización

Capítulo 6

Artículo 611

Concepto Programa de ayudas a PYMEs para
dotación de dispositivos para posibilitar el teletrabajo de sus empleados

Subconcepto

Importe 100.000.000 euros

BAJA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia

Programa 46MC C13.103 Digitalización e Innovación I+D+i+Digitalización

Capítulo 7

Artículo 77010

Concepto Impulso a la PYME

Subconcepto

Importe 100.000.000 euros


JUSTIFICACIÓN:

El Programa de ayudas a PYMEs para dotación de dispositivos para posibilitar el teletrabajo de sus empleados contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido
industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

VIII. Nueva economía de los
cuidados y políticas de empleo

23. Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de
recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

MEJORA TÉCNICA

ENMIENDA NÚM. 1850

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27. MINISTERIO ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Servicio 3

Programa 931M

Capítulo 4

Artículo 4851


Concepto Programa de Becas: Jóvenes economistas menores de 35 años

Subconcepto

Importe 150.000 euros

BAJA

Sección 27. MINISTERIO ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Servicio 50

Programa 46KA


Capítulo 6

Artículo 69

Concepto 694 Gastos de inversiones de carácter inmaterial. MRR

Subconcepto

Importe 150.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

El Programa de Becas: Jóvenes economistas menores de 35 años
contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

X. Modernización del sistema fiscal para un crecimiento inclusivo y sostenible

27. Medidas y actuaciones de prevención y lucha contra el fraude fiscal

28. Adaptación del
sistema impositivo a la realidad del siglo XXI

29. Mejora de la eficacia del gasto público

30. Sostenibilidad a largo plazo del sistema público de pensiones en el marco del Pacto de Toledo del Plan de Recuperación y Resiliencia
aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2022.

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1851

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento
del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27. MINISTERIO ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL




Servicio 3

Programa 931M

Capítulo 4

Artículo 485

Concepto Programa de Fomento del Emprendimiento en parados.

Subconcepto

Importe 5.000.000 euros

BAJA

Sección 27. MINISTERIO ASUNTOS
ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Servicio 50

Programa 46MA Emprendimiento. I+D+i+Digitalización MRR

Capítulo 6

Artículo 69

Concepto 694 Gastos de inversiones de carácter inmaterial. MRR

Subconcepto


Importe 5.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

El Programa de Fomento del Emprendimiento en parados contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

VII. Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de
capacidades

19. Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills)

20. Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional

VIII. Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo

22. Plan de choque para
la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión

23. Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y
Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de
referencia.

ENMIENDA NÚM. 1852

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia

Programa 46OB C15.I02. Refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial

Capítulo 6

Artículo 690

Concepto Impulso
Industrial para aplicaciones de Gestión de Drones

Subconcepto

Importe 20.000.000 euros

BAJA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia

Programa 46OB C15.I02. Refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial

Capítulo 7

Artículo 77016

Concepto 46OB C15.I02. Refuerzo
de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos tractores de digitalización sectorial

Subconcepto

Importe 20.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

El impulso Industrial para aplicaciones de Gestión
de Drones contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

15.
Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

VII. Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades

21. Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación de 0
a 3 años

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto
de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1853

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 08 Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial

Programa 467I Innovación tecnológica de las telecomunicaciones

Capítulo 7

Artículo
Nuevo

Concepto Programas de Formación en desarrollo de contenidos audiovisuales

Subconcepto

Importe 50.000.000 euros

BAJA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 08
Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial

Programa 467I

Capítulo 8

Artículo 87

Concepto Aportaciones patrimoniales

Subconcepto

Importe 50.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN: Los
Programas de Formación en desarrollo de contenidos audiovisuales contribuyen a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España
nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

VII. Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades

19. Plan Nacional de
Competencias Digitales (digital skills)

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas,
siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Necesidad de mejora de
competencias digitales. El Programa España Hub Audiovisual de Europa, compartido por los Ministerios de Educación y de Asuntos Económicos, presenta un programa deficiente para este tipo de formación (15M€ de 2021 a 2025) y es necesario
potenciar las actuaciones para la formación en creación de contenidos audiovisuales.

ENMIENDA NÚM. 1854

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 27 Ministerio de
Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa: 46MA Emprendimiento I+D+i+Digitalización

Capítulo 7




Artículo: 753

Concepto Programas de Formación en desarrollo de contenidos audiovisuales

Importe: 120.000 miles de euros

BAJA

Sección 27: Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital


Servicio 50: Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46MC Digitalización e Innovación I+D+i+Digitalización

Capítulo: 7

Artículo: 77010

Concepto: Impulso a la PYME-Digitalización. MRR.

Importe:
120.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

Los Programas de Formación en desarrollo de contenidos audiovisuales contribuyen a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la
pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

VII. Educación y conocimiento, formación continua y
desarrollo de capacidades

19. Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills)

IX. Impulso de la industria de la cultura y el deporte

24. Revalorización de la industria cultural

del Plan de Recuperación y
Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2022.

Necesidad de la actuación

ENMIENDA NÚM. 1855

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital

Servicio: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa: 46MA Emprendimiento I+D+i+Digitalización

Capítulo 7

Artículo: 753

Concepto Programas de Formación en desarrollo de contenidos
audiovisuales

Importe: 350.000 miles de euros

BAJA

Sección 27: Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50: Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46MC Digitalización e
Innovación I+D+i+Digitalización

Capítulo: 7

Artículo: 77010

Concepto: Impulso a la PYME-Digitalización. MRR.

Importe: 350.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN: MEJORA TÉCNICA

ENMIENDA NÚM. 1856

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46OC
C15.I03 Bonos de conectividad para PYMEs y colectivos

vulnerables

Capítulo 7

Artículo Nuevo

Concepto Dotación Centros escolares para piloto de Sistemas de ayuda al

Seguimiento educativo presencial para personas de
baja visión

Subconcepto

Importe 10.000.000 euros

BAJA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46KA C11.I01.
Modernización de la AGE. I+D+i+Digitalización

Capítulo 6

Artículo 694

Concepto Gastos de inversiones de carácter inmaterial

Subconcepto

Importe 10.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

La Dotación Centros
escolares para piloto de Sistemas de ayuda al Seguimiento educativo presencial para personas de baja visión contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme,
recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

VII. Educación y conocimiento, formación continua y
desarrollo de capacidades

21. Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación de 0 a 3 años del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir
fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Es España existe un amplio colectivo de personas con visión
reducida, como estudiantes de Centros de enseñanza, que precisan sistemas tecnológicos basado en IA para poder acercar la docencia a sus dispositivos, de manera que puedan hacer un

seguimiento normal de las clases. Se incorpora el
presupuesto para establecer los sistemas pilotos en las aulas.

ENMIENDA NÚM. 1857

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107
del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46OA C15.I01. Favorecer la vertebración territorial mediante despliegue de redes

Capítulo 7

Artículo Nuevo

Concepto Dotación de
infraestructuras de enlaces troncales de fibra óptica a municipios españoles con zonas blancas necesitadas de conectividad.

Subconcepto

Importe 30.000.000 euros

BAJA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46OA C15.I01. Favorecer la vertebración territorial mediante despliegue de redes

Capítulo 7

Artículo 77015

Concepto Extensión de
la banda ancha ultrarrápida y cobertura de movilidad de 30Mbps

Subconcepto




Importe 30.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

La Dotación de infraestructuras de enlaces troncales de fibra óptica a municipios españoles con zonas blancas necesitadas de conectividad contribuye a alcanzar los objetivos del
componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

V. Modernización y digitalización del tejido
industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

VII. Educación y conocimiento,
formación continua y desarrollo de capacidades

21. Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación de 0 a 3 años del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo
susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia.


ENMIENDA NÚM. 1858

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 08 Secretaría de Estado de
Digitalización e Inteligencia Artificial

Programa 467I Innovación tecnológica de las telecomunicaciones

Capítulo 8

Artículo Nuevo

Concepto Creación de Consejo Nacional de Criptoactivos

Subconcepto

Importe
100.000 euros

BAJA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 08 Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial

Programa 467I Innovación tecnológica de las
telecomunicaciones

Capítulo 8

Artículo 876

Concepto Aportación a Red.es

Subconcepto

Importe 100.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

La nueva regulación de criptomonedas en España, precisa la creación de un
Organismo, con fines consultivos, que tenga las funciones de analizar las implicaciones derivadas del uso de criptoactivos, velar por el establecimiento de mecanismo para detectar fraude y elaborar los informes con las recomendaciones que garanticen
el buen uso de las criptomonedas.

ENMIENDA NÚM. 1859

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital


Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46OG C15.I07 Ciberseguridad

Capítulo 7

Artículo 74005 A INCIBE para fortalecimiento de la ciberseguridad de ciudadanos,

PYMEs y profesionales.


Concepto A INCIBE para Programa de Formación para en materia de Ciberseguridad

Subconcepto

Importe 20.000.000 euros

BAJA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo
de Recuperación y Resiliencia

Programa 56OG

Capítulo 7

Artículo 74006

Concepto A INCIBE para impulso del ecosistema empresarial del

Sector e Ciberseguridad

Subconcepto

Importe 20.000.000 euros


JUSTIFICACIÓN:

El Programa de Formación en materia de Ciberseguridad contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a
una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo
susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

La formación en Ciberseguridad se va a
convertir en un factor fundamental en la Transformación Digital del país, no existiendo un programa de formación temprana en materia de Ciberseguridad.

ENMIENDA NÚM. 1860

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA


De modificación.

ALTA

Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio: 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa: 46RF Data Lake Sanitario

Capítulo 6

Artículo:
69

Concepto: Inversiones Reales. MRR CCAA.

Importe: 250.000 miles de euros

BAJA

Sección 27: Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50: Mecanismo de Recuperación y Resiliencia


Programa 46KA Modernización de la AGE. I+D+i+Digitalización

Capítulo: 6

Artículo: 694

Concepto: Gastos de Inversiones de carácter inmaterial. MRR

Importe: 250.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN: Dotar la
actuación requerida

ENMIENDA NÚM. 1861

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46OA C15.I01. Favorecer la vertebración territorial mediante despliegue de redes

Capítulo 7




Artículo Nuevo

Concepto Dotación de infraestructuras de enlaces troncales de fibra óptica a todos los municipios de las provincias de Avila, Burgos, León, Salamanca, Segovia, Soria, Palencia, Valladolid y Zamora con zonas blancas
necesitadas de conectividad, a fin de que los ciudadanos del medio rural de CyL puedan tener las mismas condiciones de accesibilidad a teléfono e internet que los que viven en el medio urbano

Importe 6.000.000 euros

BAJA

Sección
27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46OA C15.I01. Favorecer la vertebración territorial mediante despliegue de redes

Capítulo 7


Artículo 77015

Concepto Extensión de la banda ancha ultrarrápida y cobertura de movilidad de 30Mbps

Subconcepto

Importe 6.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

La Dotación de infraestructuras de enlaces troncales de
fibra óptica a todos los municipios de las provincias de Avila, Burgos, León, Salamanca, Segovia, Soria, Palencia, Valladolid y Zamora con zonas blancas necesitadas de conectividad, a fin de que los ciudadanos del medio rural de CyL puedan tener las
mismas condiciones de accesibilidad a teléfono e internet que los que viven en el medio urbano contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

3.
Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la
pyme

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

VII. Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades

19. Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills)


del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1862

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 27 Ministerio
de Asuntos económicos y transformación digital

Servicio: 12

Programa: 491 M

Capítulo: 6

Artículo: 62

Concepto: CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO IBÉRICO DE ENERGÍAS RENOVABLES (CIERE)

Importe: 10.000,00 miles

BAJA

Sección: 27 Ministerio de Asuntos económicos y transformación digital

Servicio: 50

Programa: 46MA

Capítulo: 6

Artículo: 69

Concepto: 694

Importe: 10.000,00 miles

JUSTIFICACIÓN La CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO IBÉRICO DE ENERGÍAS RENOVABLES (CIFRE} contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura


3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

III. Transición energética justa e inclusiva

7. Despliegue e integración de energías renovables

8. Infraestructuras eléctricas, promoción de
redes inteligentes y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento

10. Estrategia de Transición Justa

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia convenientemente, consecuencia de los
acuerdos de la cumbre Hispano Portuguesa de 2009.

ENMIENDA NÚM. 1863

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital.

Servicio: 1

Programa: 923-Q

Capítulo: 6

Artículo: 60

Concepto: REHABILITACIÓN DE EDIFICIO DE SEMENTALES EN TUDELA (NAVARRA) COMO CENTRO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DESARROLLO DE
INDUSTRIAS DIGITALES.

Importe: 8.000.000 €

BAJA

Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Servicio: 50

Programa: 46MA Emprendimiento. I+D+i+Digitalización

Capítulo:
6

Artículo: 69

Concepto: 694

Importe: 8.000.000 €

JUSTIFICACIÓN

La REHABILITACIÓN DE EDIFICIO DE SEMENTALES EN TUDELA (NAVARRA) COMO CENTRO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DESARROLLO DE INDUSTRIAS DIGITALES
contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

V.
Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del
5G

VII. Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades

19. Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills)

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y
Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Mejora Técnica.


ENMIENDA NÚM. 1864

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27. Ministerio de Asuntos económicos y Transformación Digital

Organismo 12. Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales

Programa : 467 I Innovación tecnológica de las telecomunicaciones

Capítulo : 7 Transferencias de capital

Artículo: 77 A empresas privadas.

Concepto: 775. Nuevo


Subconcepto: Programa de Extensión de los Servicios de Banda Ancha en canarias

Importe: 5.000.000 euros

BAJA




Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46 OA C15.I01. Favorecer la vertebración territorial mediante despliegue de redes.


Capítulo 7

Artículo 77015

Concepto Extensión de la banda ancha ultrarrápida y cobertura de movilidad de 30Mbps

Importe: 5.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

El Programa de Extensión de los Servicios de Banda Ancha en
canarias contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

V.
Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del
5G

VII. Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades

19. Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills)

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y
Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Cumplimiento de lo
establecido en el apartado 3 del artículo 10 de la Ley 19/1994, de 6 de Julio, de Modificación del Régimen económico y fiscal de Canarias.

ENMIENDA NÚM. 1865

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio: 50

Programa: 46OA. Favorecer la vertebración territorial mediante despliegue de redes: extensión de la banda ancha
ultrarápida. MRR

Capítulo: 6

Artículo: 69 Nuevo

Concepto: Cobertura telefonía en puntos negros de carreteras en la Región de Murcia

Importe: 5.000,00 miles €

BAJA

Sección: 27 Ministerio de
Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio: 50

Programa: 46OA. Favorecer la vertebración territorial mediante despliegue de redes: extensión de la banda ancha ultrarápida. MRR

Capítulo: 7

Artículo: 77


Concepto: A empresas privadas. MRR

Importe: 5.000,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

La Cobertura telefonía en puntos negros de carreteras en la Región de Murcia contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

I
Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme,
recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el
Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.


Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1866

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital


Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46OA C15.I01. Favorecer la vertebración territorial mediante despliegue de redes

Capítulo 7

Artículo 76 Nuevo

Concepto A los ayuntamientos y otras entidades
locales de la provincia de Girona para la instalación de fibra óptica y red digital para la conectividad de sus vecinos.

Importe 8.000.000 euros

BAJA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital


Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Programa 46OA C15.I01. Favorecer la vertebración territorial mediante despliegue de redes

Capítulo 7

Artículo 77015

Concepto Extensión de la banda ancha ultrarrápida
y cobertura de movilidad de 30Mbps

Subconcepto

Importe 8.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

La instalación de fibra óptica y red digital para la conectividad de los vecinos de Girona contribuye a alcanzar los objetivos del
componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

V. Modernización y digitalización del tejido
industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

VII. Educación y conocimiento,
formación continua y desarrollo de capacidades

19. Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills)

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1867

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Servicio: 1

Programa: 923-Q

Capítulo: 6

Artículo:
62

Concepto: FIBRA OPTICA PARA MUNICIPIOS DE NAVARRA.

Importe: 1.000.000 euros

BAJA

Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia


Programa 46OA C15.I01. Favorecer la vertebración territorial mediante despliegue de redes

Capítulo 7

Artículo 77015




Concepto Extensión de la banda ancha ultrarrápida y cobertura de movilidad de 30Mbps

Importe: 1.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

La FIBRA OPTICA PARA MUNICIPIOS DE NAVARRA contribuye a alcanzar los objetivos del
componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

3. Transformación ambiental y digital del sistema agroalimentario y pesquero

V. Modernización y digitalización del tejido
industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

VII. Educación y conocimiento,
formación continua y desarrollo de capacidades

19. Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills)

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Mejora Técnica.

ENMIENDA NÚM. 1868

Del GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Servicio: 6

Programa: 467-G

Capítulo: 6

Artículo: 64


Concepto: PROYECTO DE INVESTIGACIÓN NAVARRA BIOMED Y CIMA NAVARRA.

Importe: 3.000.000 €

BAJA

Sección: 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Servicio: 50

Programa: 46RF Data
lake sanitario

Capítulo: 6

Artículo: 69

Concepto: 694

Importe: 3.000.000 €

JUSTIFICACIÓN

El PROYECTO DE INVESTIGACIÓN NAVARRA BIOMED Y CIMA NAVARRA. contribuye a alcanzar los objetivos del
componente:

VI. Pacto por la ciencia y la innovación. Refuerzo a las capacidades del Sistema Nacional de Salud

17. Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e
innovación

18. Renovación y ampliación de las capacidades del Sistema Nacional de Salud

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Mejora técnica

ENMIENDA NÚM. 1869

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación
Digital.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 27. MINISTERIO ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Servicio 3

Programa 931M

Capítulo 4

Artículo 46

Concepto NUEVO. Programa de
acceso a productos y servicios financieros en el mundo rural como objetivo de una política de inclusión financiera llevando cajeros automáticos móviles a los municipios que carecen de oficinas bancarias.

Importe 5.000 miles de euros


BAJA

Sección 27

Servicio 06

Programa 467 I

Capítulo 6

Artículo 60

Concepto Inversiones reales

Importe 5.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

La inclusión financiera garantiza el acceso
por parte de la población a un nivel apropiado de servicios financieros. La reducción significativa de oficinas bancarias en España en los últimos años ha acrecentado el riesgo de exclusión financiera para algunos clientes de las zonas
rurales. Esta enmienda pretende dar solución a todo ello.

Uno de los principales objetivos de la Agenda 2030 o de cualquier estrategia que busque reducir la desigualdad y la cohesión entre territorios tiene que poner también el acento en el
acceso en condiciones de igualdad de la población rural a los productos y servicios financieros.

ENMIENDA NÚM. 1870

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo
de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 27. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

ENMIENDA

De modificación.







ALTA
Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
Programa 46LA C12.I01.
Espacios de datos sectoriales
Capítulo 6
Artículo 60
Concepto Nuevo Programa. Digitalización de los estudios sobre el peso geopolítico de España a lo largo de la
historia, papel económico de la escuela de Salamanca y actualización de wikipedia en español.
Subconcepto
Importe 1.000 miles de euros
BAJA
Sección 27 Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Servicio 50 Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
Programa 46LA C12.I01. Espacios de datos sectoriales
Capítulo 7
Artículo 77020
Concepto Programa de espacios de datos sectoriales en sectores productivos
Subconcepto
Importe 1.000miles de euros

El Programa de
Digitalización de contenidos educativos contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13.
Impulso a la pyme

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

VII. Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades

19. Plan Nacional de Competencias Digitales (digital
skills)

21. Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación de 0 a 3 años

VIII. Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo

23. Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo
dinámico, resiliente e inclusivo

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los
artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

La importancia de esta enmienda reside en el poco conocimiento que hay en España sobre la importancia de la Escuela de Salamanca, que supuso el paso de
la economía medieval a la moderna, y su influencia en el sistema económico tal y como hoy lo conocemos.

La reflexión de Hayek (Economista austriaco y premio Nobel de economía) es exponente de su importancia: “Los principios teóricos
de la economía de mercado y los elementos básicos del liberalismo económico no fueron diseñados, como se creía, por calvinistas y protestantes escoceses, sino por los jesuitas y miembros de la Escuela de Salamanca durante el Siglo de Oro
español”.

Otra reflexión corresponde a Florence Gauthier. Historiadora francesa. Profesora de Historia Moderna en la Universidad de Paris VII. Especializada en el estudio de la Revolución Francesa que expuso:

«La humanidad
pasó a ser entendida de una forma “moderna”: la conforman todos los seres humanos que habitan cualquier parte de la tierra. Este derecho natural a nacer libres pasaba a convertirse en algo consubstancial al ser humano»


«Marianne, la denominación dada en Francia a la República, procede del nombre del jesuita español Juan de Mariana, ilustre miembro de la Escuela de Salamanca”.

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 28 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Palacio del Senado, 1 de diciembre de 2021.-El Portavoz, Javier Ignacio Maroto
Aranzábal.

ENMIENDA NÚM. 1871

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 06

Programa: 467C Investigación y desarrollo
tecnológico-industrial

Capítulo: 7

Artículo: 74 nuevo

Concepto: Promoción y defensa de la Propiedad Industrial vinculada a la Innovación.

Importe: 20.000.000 euros

BAJA

Sección 28 Ministerio de Ciencia e
Innovación

Servicio 50

Programa 000X

Capítulo 7

Artículo 73

Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación MRR

Subconcepto

Importe 20.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación
de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1872

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 50

Programa: 467C Investigación y desarrollo
tecnológico-industrial

Capítulo: 7

Artículo: 74 Nuevo




Concepto: Al CDTI para el Fomento y desarrollo de Parques Tecnológicos y Científicos

Importe: 30.000.000 euros

BAJA

Sección 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 50

Programa 000X


Capítulo 7

Artículo 73

Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación MRR

Subconcepto

Importe 30.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1873

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e
Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 06

Programa: 000X Transferencias y libramientos internos

Capítulo: 4

Artículo: 13


Concepto: Promoción e impulso de la Innovación en el ámbito agroalimentario y forestal

Importe: 10.000.000 euros

BAJA

Sección 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 50

Programa 000X

Capítulo
7

Artículo 73

Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación MRR

Subconcepto

Importe 10.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1874

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e
Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 06

Programa: 000X Transferencias y libramientos internos

Capítulo: 4

Artículo: 12


Concepto: Instituto de Productos Naturales y Agrobiología. Investigación volcanológica

Importe: 10.000.000 euros

BAJA

Sección 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 50

Programa 000X

Capítulo
7

Artículo 73

Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación MRR

Subconcepto

Importe 10.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1875

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e
Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 06

Programa: 000X Transferencias y libramientos internos

Capítulo: 4

Artículo: Nuevo


Concepto: Integración de sistemas de información del Centro Nacional de Microbiología con sistemas de información de ámbito autonómico

Importe: 1.000.000 euros

BAJA

Sección 28 Ministerio de Ciencia e Innovación


Servicio 50

Programa 000X

Capítulo 7

Artículo 73

Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación MRR

Subconcepto

Importe 1.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de
referencia.

ENMIENDA NÚM. 1876

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio:

Programa: 46QC C17.I03 Nuevos proyectos I+D+I Público
Privados, Interdisciplinaries, Pruebas de concepto y concesión de ayudas consecuencia de convocatorias competitivas Internacionales. I+D de vanguardia orientada a retos de la sociedad. Compra pública precomercial

Capítulo: 7


Artículo: NUEVO

Concepto: Creación de espacios de pruebas para proyectos de innovación ampliando al conjunto de la economía española lo planteado por el Proyecto de Ley para la transformación digital del sistema financiero, dotando a
nuestro país de un Sistema Sandbox unificado.

Importe: 5.000.000 euros

BAJA

Sección 28 Ministerio de Ciencia e Innovación




Servicio 50

Programa 000X

Capítulo 7

Artículo 73

Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación MRR

Subconcepto

Importe 5.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de
referencia.

ENMIENDA NÚM. 1877

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 02

Programa: 461M Dirección y Servicios Generales de
Ciencia e Innovación

Capítulo: 2

Artículo: 22706

Concepto: Desarrollo y fomento de la Innovación Abierta en empresas

Importe: 10.000.000 euros

BAJA

Sección 28 Ministerio de Ciencia e Innovación


Servicio 50

Programa 000X

Capítulo 7

Artículo 73

Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación MRR

Subconcepto

Importe 10.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de
referencia.

ENMIENDA NÚM. 1878

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 07

Programa: 463B Fomento y coordinación de la
investigación científica y técnica

Capítulo: 4

Artículo: NUEVO

Concepto: Proyectos y grupos de Investigación conjunta Universidad de Zaragoza-Universidad San Jorge

Importe: 1.000.000 euros

BAJA

Sección
28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 50

Programa 000X

Capítulo 7

Artículo 73

Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación MRR

Subconcepto

Importe 1.000.000 euros


JUSTIFICACIÓN

Los Proyectos y grupos de Investigación conjunta Universidad de Zaragoza Universidad San Jorge contribuyen a alcanzar los objetivos del componente:

VI. Pacto por la ciencia y la innovación. Refuerzo a las
capacidades del Sistema Nacional de Salud

17. Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de
España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Dotar la
actuación de referencia

ENMIENDA NÚM. 1879

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 08

Programa: 460E

Capítulo: 7


Artículo: NUEVO

Concepto: Al CDTI para el desarrollo de proyectos de Investigación Universidad-Empresa.

Importe: 20.000.000 euros

BAJA

Sección 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 50

Programa
000X

Capítulo 7

Artículo 73

Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación MRR

Subconcepto

Importe 20.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1880


Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de
Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ENMIENDA

DE MODIFICACIÓN

ALTA

Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 07

Programa 463B fomento y coordinación de la
investigación científica y técnica

Capítulo 7

Artículo 74918

Concepto #Enmienda para aumentar la inversión en el Acelerador de partículas IFMIF DONES en Granada

Subconcepto




Importe Incremento de 1.000 miles de euros

BAJA

Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 50

Programa 46QA Planes Complementarios con CCAA

Capítulo 7

Artículo 75903

Concepto
Planes complementarios Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Subconcepto

Importe 1.000 miles de euros

JUSTIFICACIÓN:

La inversión en el Acelerador de partículas IFMIF DONES en Granada contribuye a alcanzar los
objetivos del componente:

VI. Pacto por la ciencia y la innovación. Refuerzo a las capacidades del Sistema Nacional de Salud

17. Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología
e innovación

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del
Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

El acelerador de partículas IFMIF DONES puede tener un retorno económico estimado en 1.000 millones de euros en la provincia de Granada, donde tendrá su sede. Las
administraciones, todas, están obligadas a apoyar este gran proyecto, y a hacerlo con mayor intensidad. La Junta de Andalucía ya ha mostrado su compromiso en su proyecto de presupuestos, no así el Gobierno de la nación en el proyecto que nos ocupa,
ya que los 45.000 euros actuales, es una partida irrisoria para un proyecto de esta envergadura. Esta propuesta europea en ciencia e investigación, es una auténtica oportunidad para España, y el Gobierno ha de mostrar su compromiso de forma
decidida. La importancia y el impacto científico que va a tener este proyecto en Granada y en España va a ser de tal calibre que se puede producir un auténtico cambio en el modelo productivo en la provincia de Granada.

ENMIENDA NÚM.
1881

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28.
Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28. Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: Secretaría General de Investigación

Programa: 463B Fomento y coordinación de
la investigación científica y técnica

Capítulo: 4 Transferencias corrientes

Artículo: 45 A Comunidades Autónomas

Concepto: Al Parque Científico Tecnológico de Córdoba “Rabanales 21”

Importe: 500,00 miles
euros

BAJA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 91

Programa: 461M Dirección y Servicios Generales de Ciencia e Innovación

Capítulo: 2

Artículo: 22

Concepto: Material
suministro y otros

Importe: 500,00 miles euros

Justificación:

Mejora técnica

ENMIENDA NÚM. 1882

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e
Innovación

Servicio: 08

Programa: 467C Investigación y desarrollo tecnológico-industrial

Capítulo: 4

Artículo: Nuevo

Concepto: Fomento de la Internacionalización de la I+D+i empresarial

Importe:
5.000.000 euros

BAJA

Sección 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 50

Programa 000X

Capítulo 7

Artículo 73

Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación MRR

Subconcepto


Importe 5.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1883

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación


Servicio: 08

Programa: 467C Investigación y desarrollo tecnológico-industrial

Capítulo: 7

Artículo: Nuevo

Concepto: Fomento empresarial de sistemas basados en Inteligencia Artificial, algoritmos y tecnología
robótica

Importe: 10.000.000 euros

BAJA

Sección 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 50

Programa 000X

Capítulo 7

Artículo 73

Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación
MRR

Subconcepto

Importe 10.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1884

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28
Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 06

Programa: 000X Transferencias y libramientos internos

Capítulo: 4

Artículo: Nuevo

Concepto: Integración de sistemas de información digitalizada del Sistema de
vigilancia de la mortalidad diaria -MoMo- con el certificado de defunción digital del INE.

Importe: 1.000.000 euros




BAJA

Sección 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 50

Programa 000X

Capítulo 7

Artículo 73

Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación MRR

Subconcepto

Importe
1.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1885

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación


Servicio: 06

Programa: 000-X

Capítulo: 4

Artículo: Nuevo

Concepto: Agencia Estatal de Investigación

Importe: 20.000.000 euros

BAJA

Sección 28 Ministerio de Ciencia e Innovación


Servicio 50

Programa 000X

Capítulo 7

Artículo 73

Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación MRR

Subconcepto

Importe 20.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica

ENMIENDA NÚM.
1886

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28.
Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28. Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 06

Programa:

Capítulo:

Artículo: 463 B

4


Nuevo

Concepto: Fundación Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón para el observatorio astrofísico de Javalambre. CEFCA

Importe: 2.000,00 miles €

BAJA

Sección: 28. Ministerio de Ciencia e
Innovación

Servicio: 50 MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA

Programa: 46 QA

Capítulo:

Artículo: 7

75903

Concepto: Planes complementarios MRR

Importe: 2.000,00 miles €


JUSTIFICACIÓN

La Fundación Centro de Estudios de Física del Cosmos de Aragón para el observatorio astrofísico de Javalambre, CEFCA contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

VI. Pacto por la ciencia y la innovación.
Refuerzo a las capacidades del Sistema Nacional de Salud

17. Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el
Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.


Ampliación participación del Estado en el CEFCA para su desarrollo científico

ENMIENDA NÚM. 1887

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto
en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación


Servicio: 06

Programa: 000X

Capítulo: 4

Artículo: Nuevo

Concepto: Estrategia Española de Biotecnología

Importe: 5.000.000 euros

BAJA

Sección 28 Ministerio de Ciencia e Innovación


Servicio 50

Programa 000X

Capítulo 7

Artículo 73

Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación MRR

Subconcepto

Importe 5.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de
referencia.

ENMIENDA NÚM. 1888

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 01

Programa: 463A Investigación Científica


Capítulo: 4

Artículo: 48119




Concepto: Real Academia de Ciencias Veterinarias

Importe: 110.000 euros

BAJA

Sección 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 50

Programa 000X

Capítulo 7

Artículo 73


Concepto 731 A la Agencia Estatal de Investigación MRR

Subconcepto

Importe 110.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1889

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 301

Programa: 463 – A

Capítulo: 6

Artículo: 62

Concepto: EDIFICIO DEL CENTRO DE ESTUDIOS DE DERECHO
AMBIENTAL

Importe: 1.000,00 miles €

BAJA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 50

Programa: 46QA Planes Complementarios con CCAA

Capítulo: 7

Artículo: 75903


Concepto: Planes Complementarios Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Importe: 1.000,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

Dotar la partida presupuestaria de la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1890

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e
Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

Servicio: 50

Programa: 465A Investigación sanitaria

Capitulo: 7

Artículo: NUEVO

Concepto:
Centro de Investigación y Desarrollo en Nutrición y Salud. Reus

Importe: 300.000 euros

BAJA

Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 50

Programa 46QA Planes Complementarios con CCAA


Capítulo 7

Artículo 75903

Concepto Planes complementarios Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Subconcepto

Importe 300.000 euros

JUSTIFICACIÓN

El Centro de Investigación y Desarrollo en Nutrición y
Salud. Reus contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

VI. Pacto por la ciencia y la innovación. Refuerzo a las capacidades del Sistema Nacional de Salud

17. Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del
sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación

18. Renovación y ampliación de las capacidades del Sistema Nacional de Salud

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible
de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Colaboración del Gobierno de España con la
Investigación y la Ciencia de la provincia de Tarragona en un sector tan importante como es el de la Salud.

ENMIENDA NÚM. 1891

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 MINISTERIO DE
CIENCIA E INNOVACIÓN

Servicio: 06

Programa: 463 B Fomento y coordinación de la investigación científica y técnica

Capitulo: 7

Artículo: NUEVO

Concepto: Creación Observatorio del Mar Menor

Importe:
3.000,00 miles €

BAJA

Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 50

Programa 46QA Planes Complementarios con CCAA

Capítulo 7

Artículo 75903

Concepto Planes complementarios
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Subconcepto

Importe 3.000,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN

La Creación Observatorio del Mar Menor contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

II.
Infraestructuras y ecosistemas resilientes

4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

5. Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el
Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.


Dotar la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1892

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA




Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 06

Programa: 463 B

Capítulo: 4

Artículo: 48

Concepto: Al Centro de Cirugía de Mínima invasión de Cáceres

Importe: 1.000,00 miles

BAJA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 07

Programa: 463 B

Capítulo: 4

Artículo: 49

Concepto: 490 Al Exterior

Importe: 1.000,00 miles €


JUSTIFICACIÓN

Dotar la actuación de referencia convenientemente para la realización de las actividades de este centro de excelencia.

ENMIENDA NÚM. 1893

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.


ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 104

Programa: 467 – D

Capítulo: 6

Artículo: 62

Concepto: INFRAESTRUCTURA GENERAL DEL CENTRO DE SORIA

Importe: 100,00
miles €

BAJA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 50

Programa: 46QA Planes Complementarios con CCAA

Capítulo: 7

Artículo: 75903

Concepto: Planes Complementarios
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Importe: 100,00 miles €

JUSTIFICACIÓN

La INFRAESTRUCTURA GENERAL DEL CENTRO DE SORIA contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

VI. Pacto por la ciencia y la
innovación. Refuerzo a las capacidades del Sistema Nacional de Salud

17. Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación

del Plan de Recuperación y Resiliencia
aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2022.

Ampliar la partida presupuestaria de la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1894

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e innovación


Servicio: 07

Programa: 465 A investigación Sanitaria

Capítulo: 7

Artículo: 75

Concepto: Plan de investigación del IVO sobre la enfermedad del Cáncer

Importe: 5.000,00 miles de €

BAJA


Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 50

Programa 46QA Planes Complementarios con CCAA

Capítulo 7

Artículo 75903

Concepto Planes Complementarios Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.


Subconcepto

Importe 5.000,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN

El Plan de investigación del IVO sobre la enfermedad del Cáncer contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

VI. Pacto por la ciencia y la
innovación. Refuerzo a las capacidades del Sistema Nacional de Salud

17. Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación

18. Renovación y ampliación de las
capacidades del Sistema Nacional de Salud

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en
los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

EL Cáncer afectará en España a más de 279.000 en el año 2021 según datos de SEOM (sociedad Española de Oncología Clínica). La enfermedad afecta a
persona de cualquier edad y tiene diversas manifestaciones todas ellas de carácter grave.

El IVO ( instituto Valenciano de Oncología) es una institución que está a la vanguardia europea en el estudio, prevención, investigación y tratamiento
de la enfermedad y que cuenta con varias acreditaciones europeas que le sitúan como una institución de referencia en relación con el tratamiento e investigación del cáncer

ENMIENDA NÚM. 1895

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA


De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e innovación

Servicio: 07

Programa: 463 B Fomento y coordinación de la investigación científica y técnica

Dirección general de planificación de la
investigación.

Capítulo: 4

Artículo: 44 A sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entidades del sector público estatal

Concepto: Plan de investigación del IVIA sobre la Xylella fastidiosa y el
Delottococcus aberiae

Importe: 5.000,00 miles de €

BAJA

Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio 50

Programa 46QA Planes Complementarios con CCAA

Capítulo 7

Artículo 75903


Concepto Planes Complementarios Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Subconcepto

Importe 5.000,00 miles de €

JUSTIFICACIÓN

El Plan de investigación del IVIA sobre la Xylella fastidiosa y el Delottococcus
aberiae contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

II. Infraestructuras y ecosistemas resilientes




4. Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad

VI. Pacto por la ciencia y la innovación. Refuerzo a las capacidades del Sistema Nacional de Salud

17. Reforma institucional y fortalecimiento de las
capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los
términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

El Delottococcus aberiae, más conocido como “el Cotonet” es una plaga que está arruinando el sector
citrícola español. La ausencia una de plaguicidas eficaces y no perjudiciales para la salud hace que el sector esté teniendo pérdidas importantes que ocasionan pérdidas gravísimas y que puede acabar con el sector citrícola.

La Xylella
fastidiosa es una bacteria que afecta al sector del olivar en España y que está causando graves daños en el mismo

El IVIA ( instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias) es una institución dependiente de la Generalitat Valenciana y que se
dedica a la investigación en sector agrícola. Colabora de manera continua con el CSIC y con el INIA.

ENMIENDA NÚM. 1896

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e
Innovación

Servicio: 104

Programa: 467 C

Capítulo: 6

Artículo: 63

Concepto: REPOSICIÓN DE MEDIOS MATERIALES SORIA

Importe: 100,00 miles €

BAJA

Sección: 28 Ministerio de Ciencia e
Innovación

Servicio: 50

Programa: 46QA Planes Complementarios con CCAA

Capítulo: 7

Artículo: 75903

Concepto: Planes Complementarios Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Importe: 100,00 miles

JUSTIFICACIÓN

Necesidad de la actuación de referencia.

ENMIENDA NÚM. 1897

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección: 28. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN


Servicio: 50

Programa: 46QB

Capítulo: 6

Artículo: 69

Concepto: CREACIÓN DE UN CENTRO NACIONAL DE INNOVACIÓN EN LA AGROINDUSTRIA EN APOYO A LA UNIÓN DE LAS CIUDADES DE Don BENITO Y VILLANUEVA DE LA SERENA
(BADAJOZ)

Importe: 25.000,00 miles €

BAJA

Sección: 28. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

Servicio: 50

Programa: 000X

Capítulo: 7

Artículo: 73

Concepto: 731 AEI (MRR)


Importe: 25.000,00 miles €

Justificación: Mejora Técnica

ENMIENDA NÚM. 1898

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Sección 28. Ministerio de Ciencia e Innovación.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA

Sección 28 MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

Capítulo
08

Programa 467C INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO-INDUSTRIAL

Capítulo 7

Artículo 75 A COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Concepto APORTACIÓN AL PROYECTO CIUDAD DE LAS TIC

Importe 4.000,00 miles de €

BAJA


Sección: 28 Ministerio de Ciencia e Innovación

Servicio: 50

Programa: 46QA Planes Complementarios con CCAA

Capítulo: 7

Artículo: 75903

Concepto: Planes Complementarios Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia.

Importe: 4.000,00 miles €

JUSTIFICACIÓN:

La Ciudad de las TIC es un proyecto decisivo para la ciudad de A Coruña, en el que colaboran tanto el ayuntamiento como la Xunta de Galicia y la Universidad de A
Coruña, que contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

V. Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora

13. Impulso a la pyme


14. Plan de modernización y competitividad del sector turístico

15. Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G

VII. Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades

19.
Plan Nacional de Competencias Digitales (digital skills)

21. Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación de 0 a 3 años del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas,
siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

La Ciudad de las TIC es un
proyecto decisivo para la ciudad de A Coruña, en el que colaboran tanto el ayuntamiento como la Xunta de Galicia y la Universidad de A Coruña. La Xunta ha comprometido 5 millones de euros en su puesta en marcha. El Estado ha cedido los terrenos,
aunque en alquiler, lo que hace necesario un mayor compromiso, financiación económica para poder hacer del proyecto una realidad y rematar la construcción de las instalaciones adecuadas.

El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el
Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan 2 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Palacio del Senado, 2 de
diciembre de 2021.-Josep Lluís Cleries i Gonzàlez y Josep Maria Matamala Alsina.

ENMIENDA NÚM. 1899

De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don Josep Maria Matamala Alsina (GPN)

El Senador Josep Lluís Cleries i
Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda al Artículo 106.

ENMIENDA

De adición.

Se añade un nuevo
apartado 19 bis al artículo 106 (del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2022.

Diecinueve bis: Especialidades en materia de cotización en relación con el anticipo de la edad de jubilación de los miembros del cuerpo
penitenciario de la Generalitat de Catalunya.

En relación con los miembros del Cuerpo penitenciario de la Generalitat de Cataluña a los que se refiere la disposición adicional vigésima bis II del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, procederá aplicar un tipo de cotización adicional sobre la base de cotización por contingencias comunes, tanto para la empresa como para el trabajador.

A partir del 1 de enero de 2022, el tipo de cotización adicional a que
se refiere el párrafo anterior será del 10,60 por ciento, del que el 8,84 por ciento será a cargo de la empresa, y el 1,76 por ciento a cargo del trabajador.

ENMIENDA NÚM. 1900

De don Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y de don
Josep Maria Matamala Alsina (GPN)

El Senador Josep Lluís Cleries i Gonzàlez (GPN) y el Senador Josep Maria Matamala Alsina (GPN), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formulan la siguiente enmienda a la
Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Disposición final nueva (XXX). Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.




Se añade una nueva Disposición adicional 20ª bis II, con la siguiente redacción:

“Disposición adicional 20ª bis II. Coeficientes reductores de la edad de jubilación de los miembros del cuerpo penitenciario de la
Generalitat de Catalunya.

La edad mínima exigida para el acceso a la pensión de jubilación conforme al artículo 205.1.a), se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar el coeficiente reductor del 0,20 a los años completos
efectivamente trabajados como miembros del Cuerpo Penitenciario de la Generalitat de Catalunya.

La aplicación de la reducción de la edad de jubilación prevista en el párrafo anterior en ningún caso dará ocasión a que el interesado pueda
acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior a los sesenta años, o a la de cincuenta y nueve años en los supuestos en que se acrediten treinta y cinco o más años de actividad efectiva y cotización en el Cuerpo penitenciario sin cómputo
de la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias, por el ejercicio de la actividad a que se refiere el párrafo anterior.

El periodo de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación del trabajador, de acuerdo con lo
establecido en el apartado anterior, se computará como cotizado al exclusivo efecto de determinar el porcentaje aplicable a la correspondiente base reguladora para calcular el importe de la pensión de jubilación.

Tanto la reducción de edad
como el computo, a efectos de cotización, del tiempo en que resulte reducida aquella, que se establecen en el apartado anterior, serán de aplicación a los miembros del Cuerpo Penitenciario que hayan permanecido en situación de alta por dicha
actividad hasta la fecha en que se produzca el hecho causante de la pensión de jubilación.

Asimismo, mantendrán el derecho a estos mismos beneficios quienes, habiendo alcanzado la edad de acceso a la jubilación que en cada caso resulte de la
aplicación de lo establecido en el apartado 1 de esta disposición adicional cesen en su actividad como miembro de dicho cuerpo, pero permanezcan en alta por razón del desempeño de una actividad laboral diferente, cualquiera que sea el régimen de la
Seguridad Social en el que por razón de ésta queden encuadrados.

En relación con el colectivo al que se refiere esta disposición, procederá aplicar un tipo de cotización adicional sobre la base de cotización por contingencias comunes, tanto
para la empresa como para el trabajador.

El sistema establecido en la presente Disposición adicional será de aplicación a partir de la aprobación de la presente ley y, en ejercicios posteriores, en el marco de la Comisión Bilateral
Generalitat-Estado se ajustaran los tipos de cotización y se actualizará el cálculo de la transferencia nominativa con la que la Administración General del Estado financiará a la Generalitat de Catalunya el coste de la jubilación anticipada de los
funcionarios de los cuerpos penitenciarios de la Generalitat de Catalunya.

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 11 enmiendas al Proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Palacio del Senado, 2 de noviembre de 2021.-El Portavoz, Javier Ignacio Maroto Aranzábal.

ENMIENDA NÚM. 1901

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 61.

ENMIENDA

De modificación.


«Artículo 30 bis. Tributación mínima […]  2. A efectos de lo previsto en el apartado anterior, se tendrán en cuenta las siguientes reglas:    En primer lugar, se minorará la cuota íntegra en el importe de las bonificaciones que sean de
aplicación y en el importe de la deducción prevista en el artículo 38 bis de esta Ley. 


En segundo lugar, se aplicarán las deducciones por doble imposición reguladas en los artículos 31, 32, 100 y disposición transitoria vigésima tercera de esta Ley, respetando los límites que resulten de aplicación en cada caso.  En caso de
que, como resultado de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, resulte una cuantía inferior a la cuota líquida mínima calculada según lo regulado en el apartado 1 de este artículo, esa cuantía tendrá, como excepción a lo dispuesto en ese
apartado, la consideración de cuota líquida mínima.  b) En caso de que tras la minoración de las bonificaciones y deducciones a que se refieren la letra a) anterior resultara una cuantía superior al importe de la cuota líquida mínima calculada según
lo regulado en el apartado 1 de este artículo, se aplicarán las restantes deducciones que resulten procedentes, con los límites aplicables en cada caso, hasta el importe de dicha cuota líquida. Las deducciones cuyo importe se determine con arreglo
a lo dispuesto en la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, y en la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, se aplicarán,
respetando sus propios límites, en todo caso.   Quedarán excluidas del límite de la cuota líquida mínima, las deducciones reguladas en el artículo 35 de esta Ley.   3. Las cantidades no deducidas por aplicación de lo dispuesto en el apartado
anterior podrán deducirse en los períodos impositivos siguientes de acuerdo con la normativa aplicable en cada caso.»

ENMIENDA NÚM. 1902

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De
adición.

Se añade una nueva disposición adicional XXX. Fondo Local de Impulso y Recuperación Económica y Social, cuya redacción es la siguiente:

La Administración General del Estado destinará a las entidades locales con cargo a los
Presupuestos Generales del Estado para 2022 para la recuperación económica y social, 4.000 millones de euros. Las transferencias se destinarán a que las entidades locales, en el ámbito de su autonomía para la gestión de sus respectivos intereses,
financien actuaciones relacionadas con la elaboración y puesta en marcha de los planes o estrategias de acción locales de para el impulso y la reactivación económica.

2. En el primer trimestre del ejercicio 2022 el Gobierno, de acuerdo con
la Federación Española de Municipios y Provincias, fijará los criterios de reparto de este fondo entre las entidades locales, siendo el principal criterio el de población.

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.

Garantizar el cumplimiento
de los acuerdos de la FEMP para la reconstrucción económica y social y las reclamaciones de las entidades locales españolas para y garantizar los servicios a sus vecinos tras la crisis derivada de la pandemia provocada por el COVID-19.


ENMIENDA NÚM. 1903

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva disposición adicional XXX. Participación de las Entidades Locales en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El Gobierno se compromete a
transferir a las Entidades Locales, en el período 2022-2023, la parte proporcional del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que le corresponden por su peso relativo respecto al resto de administraciones públicas y que, en ningún caso
será inferior al 14,5% para la media de ese período.

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.

Para que las Entidades Locales puedan compensar el impacto del COVID 19 en sus ingresos y gastos presupuestarios, las mismas deben poder
participar en la gestión del gasto financiado mediante los recursos que el Estado español pueda obtener por parte de las instituciones europeas y sus líneas de ayuda y en concreto del Plan de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para
la recuperación de la pandemia Covid-19.

El criterio de participación de las EELL en dichos Fondos no deberá ser inferior al porcentaje que representa el gasto público local con respecto al gasto público local de las tres administraciones
territoriales: Estado, CCAA, EELL. Este porcentaje en el año 2019 ascendió al 14,9% de dicho gasto.

ENMIENDA NÚM. 1904

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Disposición adicional XXX. Régimen de endeudamiento aplicable a las
entidades locales y a las entidades dependientes o vinculadas a las mismas.

Uno. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se derogan las restricciones a la concertación de operaciones de endeudamiento por
parte de las Entidades locales, introducidas a partir del 25 de mayo de 2010, con carácter temporal, a través del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, y
posteriormente prorrogadas a través de sucesivas modificaciones normativas, siendo la última regulación la contenida en la disposición final trigésima primera de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año
2013.

A partir de la entrada en vigor de la presente Ley el régimen del endeudamiento de las entidades locales será el contenido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales a excepción del régimen aplicable a las entidades dependientes o vinculadas a entidades locales, que será el previsto en el apartado Dos de esta disposición.

Dos. En cuanto al régimen de endeudamiento de
las entidades dependientes o vinculadas a entidades locales será aplicable, en 2022 y vigencia indefinida, la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y
de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación.

JUSTIFICACIÓN

Suprimir de las restricciones a la concertación de operaciones de endeudamiento por parte de las Entidades locales y que a partir de la entrada en vigor de la
Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, el régimen del endeudamiento de las entidades locales vuelva a ser el contenido en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales derivado del acuerdo de financiación del
año 2002.

ENMIENDA NÚM. 1905

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Disposición adicional XXX. Revisión de las condiciones de los préstamos formalizados con el Fondo de Financiación a las Entidades Locales por los ayuntamientos de
municipios con problemas de liquidez o que se encuentren en riesgo financiero.

Antes de la finalización del año 2021 y durante el año 2022, se estudiará por el Ministerio de Hacienda y Función Pública la conveniencia de revisar las
condiciones financieras de los préstamos formalizados con el Fondo de Financiación a Entidades Locales por los ayuntamientos que se encuentren en situación de riesgo financiero, o con elevado nivel de deuda financiera, o que hayan presentado
remanente de tesorería negativo ajustado por los saldos de acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto y por devoluciones de ingresos indebidos. Como consecuencia de ese estudio, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos
Económicos podrá acordar la modificación de aquellas operaciones financieras y la condicionalidad fiscal aplicable, al objeto de paliar los efectos derivados de la crisis y de posibilitar el saneamiento financiero de aquellas entidades locales.


JUSTIFICACIÓN

Establecer medidas, extraordinarias y urgentes, de apoyo a municipios con problemas de liquidez o que se encuentren en riesgo financiero para atender, por ejemplo, necesidades de carácter social que han surgido de manera
extraordinaria como consecuencia de la pandemia.

ENMIENDA NÚM. 1906

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Disposición adicional XXX. Ampliación del ámbito objetivo del Fondo de Financiación a Entidades Locales.

Se
modifica el ámbito objetivo del Fondo de Ordenación contenido en el Fondo de financiación a Entidades Locales para que los Ayuntamientos que se hayan adherido o se adhieran en 2022 al compartimento Fondo de Ordenación, del Fondo de Financiación a
Entidades Locales, puedan solicitar antes del 30 de abril de 2022, la formalización de préstamos con cargo a aquel compartimento, para la cancelación de la deuda pendiente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Tesorería
General de la Seguridad Social, y que esté siendo objeto de cancelación mediante acuerdos de fraccionamiento o de aplazamiento, suscritos con aquellos acreedores antes de la fecha de publicación de la presente Ley, o que se estén compensando
mediante la aplicación de retenciones de la participación en tributos del Estado.

JUSTIFICACIÓN

Incluir en el Fondo tanto las cuantías que están pendientes de amortizar de operaciones crédito para la cancelación de dudas de las
Entidades locales con empresas y autónomos, como la cancelación de deudas pendientes con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social.

ENMIENDA NÚM. 1907

Del GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De
adición.

Se incorpora una nueva Disposición Adicional.




Disposición Adicional (nueva). Cumplimiento de los plazos concesionales de los títulos de ocupación del Dominio Público Marítimo Terrestre (DPMT).

Se mantendrán las condiciones de los plazos de vigencia de las concesiones de los
títulos de ocupación del Dominio Público Marítimo Terrestre (DPMT) según la actual redacción de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas, incluidas todas las modificaciones incluidas por la Ley de Costas Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y
uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley de 1988.

JUSTIFICACIÓN

Dotar de seguridad jurídica a los propietarios y al sector mar-industria que ocupa espacios del DPMT.

ENMIENDA NÚM. 1908

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.


ENMIENDA

De adición.

Se añade una Disposición adicional nueva. Beneficios fiscales aplicables a “IV Centenario de la Canonización de Santa Teresa de Jesús en Alba de Tormes y I Centenario como Doctora Honoris Causa por la
Universidad de Salamanca” que queda con la siguiente redacción:

Disposición adicional (NUEVA). Beneficios fiscales aplicables a “IV Centenario de la Canonización de Santa Teresa de Jesús en Alba de Tormes y I Centenario como
Doctora Honoris Causa por la Universidad de Salamanca”

Uno. El Programa “IV Centenario de la Canonización de Santa Teresa de Jesús en Alba de Tormes y I Centenario como Doctora Honoris Causa por la Universidad de
Salamanca” tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo.

Dos. La duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará desde la fecha de entrada en vigor de esta ley hasta el 31 de diciembre de 2025.

Tres. La certificación de la adecuación de los gastos
realizados a los objetivos y planes del programa se efectuará en conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002.

Cuatro. Las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y
concreción en planes y programas de actividades específicas se realizará por el órgano competente de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002.

Cinco. Los beneficios fiscales de este programa serán los máximos establecidos en el
artículo 27.3 de la Ley 49/2002.

JUSTIFICACIÓN

En el año 2022 se celebrarán dos importantísimos acontecimientos relacionados con Santa Teresa de Jesús, estrechamente ligada a Alba de Tormes y Salamanca.

IV centenario de
Canonización de Santa Teresa, el 12/3/1622,

I centenario del doctorado “honoris causa” que le concede la Universidad de Salamanca (6/10/1922)

Se trata de impulsar las iniciativas y trabajar en la proyección exterior del
municipio coincidiendo con la celebración de ambos eventos, y aunar la colaboración de diferentes administraciones en torno a las celebraciones que se organicen con motivo de ambos aniversarios.

En 2022, se celebrará el IV Centenario de la
Canonización de Santa Teresa, un acontecimiento que tuvo lugar el 12 de marzo de 1622 siendo Papa Gregorio XV.

Por otro lado, el 4 de marzo de 1922, en una sesión presidida por Miguel de Unamuno, la Universidad de Salamanca acordó la
concesión a Santa Teresa del doctorado Honoris Causa, lo que la convierte en la primera mujer de la historia con esta distinción. Posteriormente, el 6 de octubre de 1922, el Paraninfo de la institución académica acogió el acto de la declaración del
Doctorado, una ceremonia que fue presidida por Alfonso XIII y la reina Victoria Eugenia, quienes visitaron el sepulcro de la Santa y entregaron como regalo el birrete doctoral y la pluma de oro con la que procesiona en las fiestas de Alba de
Tormes.

ENMIENDA NÚM. 1909

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Homologación Retributiva.

El Gobierno, previo acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación, fijará las normas y el correspondiente calendario con el fin
de que los funcionarios de los Cuerpos Nacionales de Educación a los que se refiere la presente Ley perciban en todo el territorio nacional las mismas retribuciones establecidas para cada cuerpo docente.

JUSTIFICACIÓN

Conseguir la
homologación retributiva de todos los funcionarios de los Cuerpos Nacionales de Educación.

ENMIENDA NÚM. 1910

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se modifica el artículo 44.5.c Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen
Económico y Fiscal de Canarias que queda redactado de la siguiente forma:

“c) Las aplicaciones informáticas y los derechos de propiedad industrial, que no sean meros signos distintivos del contribuyente o de sus productos, y que vayan
a aplicarse exclusivamente a procesos productivos o actividades comerciales que se desarrollen en el ámbito territorial canario.”

Justificación

Mejora técnica derivada de la modificación en el mismo sentido y con el mismo tenor
del artículo 27.5.d) de la misma ley.

ENMIENDA NÚM. 1911

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición final nueva.

ENMIENDA

De adición.

Disposición final XXX. Afectación a fines locales de la Participación en Tributos del Estado que las Comunidades Autónomas Uniprovinciales
perciben como Diputaciones Provinciales.

Durante 2022 se promoverán por parte del Estado en colaboración con las Comunidades Autónomas Uniprovinciales y la Federación Española de Municipios y Provincias las modificaciones normativas que sean
preceptivas para dotar de carácter afectado a estos recursos locales, así como de la necesaria transparencia.

Anualmente se someterá a informe de la Comisión Nacional de la Administración local las actuaciones realizas por las Comunidades
Autónomas Uniprovinciales con cargo a dichos recursos.

JUSTIFICACIÓN

Establecer que los recursos locales que perciben las Comunidades Autónomas Uniprovinciales tengan la consideración de recursos afectados para el cumplimiento de las
obligaciones que la Ley establece para las Diputaciones Provinciales puesto que, por su naturaleza, se trata de recursos de carácter local, y no de recursos de financiación autonómica.

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula 179 enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Palacio del Senado, 2 de noviembre de 2021.-El Portavoz, Javier Ignacio Maroto
Aranzábal.

ENMIENDA NÚM. 1912

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda al Artículo 8.

ENMIENDA

De modificación.

Se modifica el apartado Uno del Artículo 8. Créditos vinculantes, que queda con la siguiente redacción:

“Uno. Durante la vigencia de estos presupuestos se
considerarán vinculantes los siguientes créditos de los presupuestos del Estado, Organismos Autónomos y resto de entidades del sector público administrativo estatal con presupuesto limitativo, a excepción de la AIReF en virtud de su normativa
especial:

(…)

JUSTIFICACIÓN

Contraviene lo establecido por el art. 12.2 Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal en relación con el art. 44.2 del Real
Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la institución.

Según esta regulación, el presupuesto de la AIReF tendrá carácter limitativo por su importe global y carácter estimativo para la distribución de
los créditos por categorías económicas, con excepción de los correspondientes a gastos de personal que, en todo caso, tendrán carácter limitativo y vinculante por su cuantía total, y de las subvenciones nominativas y las atenciones protocolarias y
representativas, que tendrán carácter limitativo y vinculante cualquiera que sea el nivel de la clasificación económica al que se establezcan.

ENMIENDA NÚM. 1913

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 13.

ENMIENDA

De modificación.

Se propone la siguiente modificación al
artículo 13

“Artículo 13. Módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados.

Uno. De acuerdo con lo establecido en los apartados segundo y tercero del artículo 117 y de la
disposición adicional vigesimoséptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el importe del módulo económico por unidad escolar, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los
centros concertados para el año 2022 es el fijado en el anexo IV de esta Ley.

A fin de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 116.1 en relación con el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación las unidades que
se concierten en las enseñanzas de Educación Infantil, primero y segundo ciclo, se financiarán conforme a los módulos económicos establecidos en el anexo IV.”

DE ADICIÓN

Al Anexo IV

Se propone la adición a los Módulos
económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados por unidad escolar correspondientes al primer ciclo de educación infantil.

JUSTIFICACIÓN

En coherencia con la modificación propuesta del artículo
15 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. De la misma manera se propone la modificación del Anexo IV con la finalidad de establecer los módulos de los conciertos del primer ciclo de educación infantil.

ENMIENDA NÚM. 1914


Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20.

ENMIENDA


De modificación.

ENMIENDA A

Artículo 20. Uno.1.

DE MODIFICACIÓN

Se modifica el párrafo del Artículo 20. Uno. 1, que queda como sigue:

“Artículo 20. Oferta de Empleo Público, contratos y nombramientos
temporales del personal del sector público.

Uno. 1.

La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del artículo anterior,
se regulará por los criterios señalados en este artículo, sujetándose a las siguientes tasas de reposición de efectivos:

a) En los sectores prioritarios la tasa será del 120 por cien y en los demás sectores del 110 por cien.

b) Las
entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior tendrán un 120 por cien de tasa en todos los sectores.”

JUSTIFICACIÓN

El proceso de reducción del déficit de las AA.PP.
provocó una reducción de las plantillas de la Administración Local y se pretende que estás puedan adecuar dichas plantillas a las necesidades actuales.

ENMIENDA NÚM. 1915

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20.

ENMIENDA

De modificación.

ENMIENDA A




Artículo 20. Uno.

DE MODIFICACIÓN

Se suprimirán todas las referencias al personal y efectivos de la Administración Local en cualesquiera los puntos del Artículo 20. Uno.

JUSTIFICACIÓN

Mantener la coherencia
con la enmienda anterior

ENMIENDA NÚM. 1916

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo 20.

ENMIENDA

De modificación.

ENMIENDA A

Artículo 20. Tres.1.

DE MODIFICACIÓN

Se modifica el párrafo segundo del Artículo 20. Tres. 1, cuya redacción queda como sigue:


“Tres. 1. La tasa de reposición de uno o varios sectores o colectivos prioritarios se podrá acumular en otros sectores o colectivos prioritarios. Igualmente, la tasa de reposición de los sectores no prioritarios podrá acumularse en los
sectores prioritarios. (texto suprimido “Las entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior podrán acumular su tasa de reposición indistintamente en cualquier sector”) (…)
(Resto igual)

JUSTIFICACIÓN

Mantener la coherencia con las enmiendas anteriores

ENMIENDA NÚM. 1917

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA :

ENMIENDA A

Artículo 20.1.3 párrafo H).

DE MODIFICACIÓN


Enmienda de modificación en el artículo 20.Uno.3; se modifica el apartado H), que queda con la siguiente redacción:

“3. Se consideran sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición:

(…)

“H)
Personal de los organismos de investigación del sector público”

(…)”

JUSTIFICACIÓN

Se propone simplificar la redacción de este apartado, en consonancia con el resto de los apartados que recogen sectores
completos, y no solo determinados tipos de personal. La actual redacción, que se ha mantenido durante varios años, excluye de la tasa de reposición a distintos tipos de personal de investigación de los organismos públicos de investigación (OPI), no
solo de la AGE, sino también del resto de AA.PP., así como el personal de gestión de dichos organismos. Esto ha provocado una seria carencia de dotación de estas plazas en los OPI, que son necesarias para el funcionamiento de los OPI en todas las
AA.PP.

La nueva redacción permitiría reponer plazas de todo tipo de personal, tanto en los OPI de la AGE como en los de las CC.AA., incluidos los organismos de investigación sanitaria de Hospitales. Además, se elimina la convocatoria añadida
de plazas de “personal laboral fijo en su modalidad de investigador distinguido”, ya que la regulación de esa modalidad de contratación tiene dos informes muy negativos de la Abogacía del Estado, debido a que no encaja en la
legislación laboral vigente.

ENMIENDA NÚM. 1918

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda al Artículo 20.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

ENMIENDA A

Artículo 20

DE MODIFICACIÓN

Se modifica el artículo 20. Uno.6 añadiendo un nuevo ‘apartado
H’:

“6. No computarán para la tasa de reposición y, por tanto, no se tendrán en cuenta para su cálculo:

(…)

h) Las plazas correspondientes a personal de investigación que se creen en centros del Sistema
Nacional de Salud de acuerdo con el artículo 85.1 de la Ley 14/2011, de Investigación Biomédica, así como las que se creen en entidades gestoras de los Institutos de Investigación Sanitaria.”

BAJA:

ENMIENDA A

NUEVA
DISPOSICIÓN ADICIONAL

DE ADICIÓN

Se añade una DA nueva, con la siguiente redacción:

“Se suprime el Ministerio de Consumo, cuyas funciones y competencias vuelven a integrarse en una Dirección General dependiente del
Ministerio de Sanidad.”

JUSTIFICACIÓN

La pandemia de COVID-19 ha evidenciado la necesidad de potenciar la investigación básica, traslacional y clínica en los hospitales y centros del Sistema Nacional de Salud (SNS). Además,
durante muchos años no se ha desarrollado el artículo 85.1 de la Ley 14/2007, de Investigación Biomédica, y no se han creado en los centros del SNS las plazas adecuadas para estabilizar al personal de investigación necesario para llevarla a cabo, a
pesar del éxito de los programas para atraer talento investigador al SNS, que en muchos casos acumula contratos temporales en fundaciones de investigación biomédica.

Las fundaciones de investigación biomédica son instituciones jóvenes con
poco personal estable, por lo que no pueden hacer uso de la tasa de reposición establecida para el resto del sector público, ya que no tienen apenas bajas. Por eso, es necesario un mecanismo que corrija esta limitación que presenta la tasa de
reposición, eximiendo de ella a los puestos que se creen para dotar puestos estables al personal de investigación biosanitaria.

Esta incorporación estable es preferible hacerla mediante el desarrollo del artículo 85.1 de la Ley 14/2007, si
bien en algunos centros del SNS puede mantenerse la adscripción a entidades gestoras de los Institutos de Investigación Sanitaria, nucleados en torno a centros del SNS, en tanto en cuanto las Administraciones Públicas competentes de los servicios de
salud no desarrollen el citado artículo 85.1.

Los recursos se obtienen de volver a integrar consumo como una dirección general dentro del ministerio de sanidad.

ENMIENDA NÚM. 1919

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20.

ENMIENDA

De modificación.

Se propone la
modificación del art.20. Uno 6 e), que queda con la siguiente redacción:

“Artículo 20. Oferta de Empleo Público, contratos y nombramientos temporales del personal del sector público.

Uno.

6. No computarán para la tasa
de reposición y, por tanto, no se tendrán en cuenta para su cálculo:(…)

e) Las convocatorias de plazas de personal fijo que se dirijan de forma exclusiva a militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los últimos
diez años de su compromiso de larga duración y a los reservistas de especial disponibilidad que se encuentren percibiendo, hasta el momento de la publicación de las convocatorias, la asignación por disponibilidad prevista en el artículo 19.1 de la
Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería. Para ello será necesario que exista un turno de acceso libre a las categorías profesionales, cuerpos o escalas convocados. Esta posibilidad será de aplicación en todo el sector público.”


JUSTIFICACIÓN

El artículo objeto de enmienda persigue dar salida en otras Administraciones Públicas a los militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los últimos diez años de su compromiso de larga duración y a los
reservistas de especial disponibilidad, para lo que establece el incentivo de que no computen a efectos de tasa de reposición para la Administración que los recibe, bajo determinadas condiciones.

Sin embargo, la aplicación de este precepto
viene encontrando en los últimos años la dificultad práctica de tener que justificar que las convocatorias que incorporen estas plazas se realicen en ámbitos que presenten especiales dificultades de cobertura, concepto jurídico indeterminado sujeto
a múltiples interpretaciones que frena considerablemente la operatividad del precepto.

Se propone eliminar esta condición, de manera que se favorezca la salida de este personal que, por sus perfiles profesionales, puede resultar enormemente
beneficioso para distintas áreas de las Administraciones Públicas, con la ventaja de que no computa en tasa de reposición.

ENMIENDA NÚM. 1920

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN
EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 20.

ENMIENDA

De modificación.

Se propone la modificación del art.20. DOS .b) último párrafo. La
redacción definitiva quedaría de la siguiente manera:

“Las plazas no cubiertas tras la ejecución de una convocatoria podrán convocarse nuevamente. La nueva convocatoria deberá identificar las plazas que proceden de convocatorias
anteriores y la oferta a la que corresponden. Esta previsión será aplicable a las convocatorias de procesos selectivos derivadas de ofertas de ejercicios anteriores a 2022, incluidas las que ya han sido publicadas”

JUSTIFICACIÓN.


Todas las plazas convocadas estuvieron dentro de la tasa de reposición en el momento de su aprobación por la oferta de empleo correspondiente, por lo que debe permitirse que vuelvan a convocarse sin ningún límite temporal en el caso de que
quedaran vacantes.

ENMIENDA NÚM. 1921

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo 20.

ENMIENDA

De modificación.

Se propone la modificación del art.20. Uno 4, que queda con la siguiente redacción:

“Artículo 20. Oferta de Empleo Público, contratos y nombramientos
temporales del personal del sector público.

Uno

4. La tasa será del 130 por ciento para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuerpos de Policía Autonómica y Policías Locales, que se considerarán también sectores
prioritarios.”

JUSTIFICACIÓN

Incrementar la tasa de reposición para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad es una necesidad para recuperar las vacantes generadas por la crisis económica de 2008.

ENMIENDA NÚM. 1922

Del
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda alternativa al Artículo 20.


ENMIENDA

De adición.

ENMIENDA A

Artículo 20

DE ADICIÓN




Se propone la adición de un párrafo final al Artículo 20 uno 7, con el siguiente texto:

“Las plazas de profesor asociado que queden vacantes como consecuencia del acceso de dichos profesores a un Cuerpo docente
universitario o a una plaza de profesor contratado doctor, excepcionalmente podrán computarse a efectos del cálculo de la tasa de reposición del ejercicio siguiente.”

JUSTIFICACIÓN

Facilitar que se disminuya lo antes posible la
situación de precariedad de los profesores asociados doctores acreditados

ENMIENDA NÚM. 1923

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 21.

ENMIENDA

DE MODIFICACIÓN

Se modifican los apartados Uno y Dos del Artículo 21, que quedan redactados de la siguiente forma:


“Uno. En el año 2022 las retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno de la Nación y sus Órganos consultivos quedan establecidas en las siguientes cuantías, referidas a doce mensualidades, sin derecho a pagas extraordinarias, y sin
perjuicio de la retribución por antigüedad que pudiera corresponderles de acuerdo con la normativa vigente:

Dos. En el año 2022 las retribuciones de los Secretarios de Estado, Subsecretarios, Directores
Generales y asimilados quedan establecidas en las siguientes cuantías de sueldo y complemento de destino, referidas a doce mensualidades, y complemento específico anual que se devengará de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.Dos de la Ley
51/2007, de 26 de diciembre, de 51 Presupuestos Generales del Estado para 2008.

Las pagas extraordinarias de los meses de junio y de diciembre incluirán, cada una de ellas, además de la cuantía del
complemento de destino mensual que se perciba de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo y cuadro anterior, el importe en concepto de sueldo que se recoge en el cuadro siguiente:

Dichos Altos Cargos
percibirán el complemento de productividad que, en su caso, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 23.Uno.E) de la presente Ley, les asigne el titular del Departamento, dentro de los créditos previstos para tal fin. La 52 cuantía destinada a
los Altos Cargos experimentará el incremento previsto en el artículo 19.Dos en términos anuales y homogéneos de número y tipo de cargos, en relación con la asignada a 31 de diciembre de 2021, sin perjuicio de que las cantidades individuales que se
abonen puedan ser diferentes de acuerdo con la normativa reguladora de este complemento.”

JUSTIFICACIÓN

Es inaceptable que el sueldo del Gobierno suba cuando una mayoría de españoles ha visto rebajados sus ingresos familiares
como consecuencia de la crisis económica. Además, supone exigirle al Gobierno lo mismo que éste exige a la Jefatura del Estado (Casa Real).

ENMIENDA NÚM. 1924

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 25.

ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA A

ARTÍCULO 25


DE ADICIÓN

Se añade un nuevo apartado Cinco al Artículo 25 “Retribuciones del Personal de las Fuerzas Armadas” con la siguiente redacción:

“En todo caso, las retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas
incorporarán una subida lineal de 160 euros mensuales a todos los funcionarios militares del Ministerio de Defensa”.

BAJA:

Sección 14 MINISTERIO DE DEFENSA

Programa: 122B Programas especiales de modernización


Capítulo: 6 Inversiones reales

Artículo: 65 Inversiones militares en infraestructura y otros bienes

Importe: minorar en 152.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

En coherencia con lo acordado por la Comisión de Defensa en la
sesión de 29 de septiembre de 2020, en la que se aprobó la adopción de medidas para alcanzarla adecuación salarial del personal de las Fuerzas Armadas (número de expediente 161/000285) instando al Gobierno a la asignación de una subida lineal de 100
euros mensuales a todos los funcionarios militares del Ministerio de Defensa, subida que no fue adoptada en los PGE de 2021, por cuya razón, habida cuenta del incremento del desequilibrio salarial acumulado, se propone la subida de 160 euros en los
PGE de 2022. La partida de la baja es consecuencia de la incapacidad de ejecutar los importes presupuestados en ese programa, tal y como se ha visto en 2021.

ENMIENDA NÚM. 1925

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)


El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 28.

ENMIENDA

De modificación.

Artículo 28. Retribuciones de
los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.

Tres. En el año 2022, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19. Dos
de esta Ley, las retribuciones de los miembros del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia serán las siguientes: 1. El sueldo, de acuerdo con el detalle que a continuación
se refleja, y la retribución por antigüedad o trienios que, en su caso, les corresponda:

a) El sueldo de los miembros del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia queda establecido para el año 2022 en las siguientes cuantías,
referidas a doce mensualidades:

Euros

Letrados de la Administración de Justicia de primera categoría. 27.171,36

Letrados de la Administración de Justicia de segunda categoría. 24.774,96

Letrados de la Administración de
Justicia de tercera categoría. 24.140,28

JUSTIFICACIÓN

La Ley de Presupuestos para 2021 dispuso dar cumplimiento a una histórica y justa reclamación del Cuerpo Superior Jurídico de Letrados de la Administración de Justicia.

En
concreto la Disposición Adicional centésima quincuagésima séptima que en sus párrafos segundo y tercero su tenor literal dispone lo siguiente:

“… Se procederá a la negociación en el ámbito de la Mesa de Retribuciones y Empleo de
la Administración de Justicia de un incremento de los complementos específicos del personas de los Cuerpos de Auxilio Judicial, de Tramitación Procesal y Administrativa, de Gestión Procesal y Administrativa, de Médicos Forenses y de los cuerpos
especiales del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, para adecuar los mismo al volumen y responsabilidad en el trabajo y aproximarlas a las que se perciben en puestos equivalentes en otros ámbitos.

Igualmente se procederá al
a adecuación salarial del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en relación con las nuevas funciones asumidas por este Cuerpo en las últimas reformas procesales y organizativas.

Para ello el Gobierno adoptara los acuerdos que
correspondan en orden a la dotación presupuestaria adecuada a la presente disposición…”

El salario actual que percibe un Letrado de la Administración de Justicia dista mucho de ser la retribución que le corresponde como Cuerpo
Superior Jurídico integrado en el Grupo A1 de la Administración General del Estado, arrastrando de esta forma una discriminación retributiva que roza la marginación colectiva y que lamentablemente se ha transformado en una situación crónica y
secular.

Durante la última década, y fruto de las reformas organizativas y procesales, los Letrados de la Administración de Justicia han venido asumiendo un incesante goteo de funciones cuasi jurisdiccionales en descarga de los Jueces y
Magistrados por la que no han recibido contraprestación alguna. Esta situación, además de injusta, es contraria a la jurisprudencia del Tribunal Supremo que establece que un incremento de funciones de tal calibre no puede no verse compensada
salarialmente. Además, los Letrados de la Administración de Justicia asumido recientemente a la atribución competencial como nuevos encargados del registro civil que anteriormente era una atribución asumida por los Jueces y Magistrados.

En
definitiva, los 195 euros brutos ofrecidos a los Letrados de la Administración de Justicia en modo alguno palían la discriminación retributiva que padecen, hasta el punto de que los cuerpos inferiores dependientes de los Letrados rebasan en
numerosas ocasiones el salario de su superior jerárquico lo cual se traduce en una notable y vergonzante disfunción del equilibrio retributivo dentro la de la función pública.

ENMIENDA NÚM. 1926

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 53.

ENMIENDA

De modificación.

Se modifica el
apartado Cinco del Artículo 52. Información sobre avales públicos otorgados, que queda redactado de la siguiente forma:

“El Gobierno comunicará trimestralmente a las Cortes Generales, a través de su Oficina Presupuestaria, el saldo
vivo y características principales de los avales públicos otorgados. La Oficina pondrá dicha documentación a disposición de los Diputados, Senadores y las Comisiones parlamentarias.

El Gobierno comparecerá en la correspondiente Comisión del
Congreso para informar sobre la evolución de los avales concedidos en 2020 y 2021 a través de las diferentes líneas ICO Covid cada vez que se ejecute un 5% de los mismos.”

JUSTIFICACIÓN

Exigir transparencia por el impacto en
déficit y deuda que puede tener la activación de los avales garantizados por el ICO.

ENMIENDA NÚM. 1927

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 59.

ENMIENDA

De modificación.

Se modifica el artículo 59 que queda redactado como sigue:

“Artículo 59. Límites de
reducción en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.

Con efectos desde 1 de enero de 2022 y vigencia indefinida, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre,
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio:

Uno. Se modifica el apartado 5 del artículo 51, que queda
redactado de la siguiente forma:

Se modifican los artículos 51, 52 y la disposición adicional decimosexta de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de
los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio y el apartado 3 del artículo 5 del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2002, de 29
de noviembre, en los términos siguientes:

Uno. Se modifica el apartado 5 del artículo 51 de la Ley 35/2006, que queda redactado como sigue:

Artículo 51. Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión
social.

[…]

5. Las primas satisfechas a los seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia conforme a lo dispuesto en la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a
las personas en situación de dependencia.

Igualmente, las personas que tengan con el contribuyente una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, o por su cónyuge, o por aquellas personas que tuviesen
al contribuyente a su cargo en régimen de tutela o acogimiento, podrán reducir en su base imponible las primas satisfechas a estos seguros privados, teniendo en cuenta el límite de reducción previsto en el artículo 52 de esta Ley.

El conjunto
de las reducciones practicadas por todas las personas que satisfagan primas a favor de un mismo contribuyente, incluidas las del propio contribuyente, no podrán exceder de 5.000 euros anuales.

[el resto igual]”.

Dos. Se
modifica el artículo 52 de la Ley 35/2006, que queda redactado como sigue:

“Artículo 52. Límite de reducción.

1. Como límite máximo conjunto para las reducciones previstas en los apartados 1, 2, 3, 4 y 5 del artículo 51 de
esta Ley, se aplicará la menor de las cantidades siguientes:

a) El 30 por 100 de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.

b) 5.000 euros anuales.




Este límite se incrementará en 8.000 euros, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales y/o aportaciones del propio partícipe, asegurado, o mutualista, a planes de pensiones de empleo, a planes de previsión social
empresarial y a mutualidades de previsión social que actúen como instrumento de previsión social empresarial.

Las aportaciones propias que el empresario individual o el profesional realice a planes de pensiones de empleo, de los que,
a su vez, sea promotor y partícipe, a mutualidades de previsión social donde tenga la condición de mutualista, así como las que realice a planes de previsión social empresarial o seguros colectivos de dependencia de los que, a su vez, sea tomador y
asegurado, se considerarán como contribuciones empresariales, a efectos del cómputo de este límite.”

[el resto igual]”

Tres. (igual)

Cuatro. Se modifica la disposición adicional decimosexta, que queda redactada
como sigue:

“Disposición adicional decimosexta. Límite financiero de aportaciones y contribuciones a los sistemas de previsión social.

El importe anual máximo conjunto de aportaciones y contribuciones empresariales a los
sistemas de previsión social previstos en los apartados 1, 2, 3, 4 y 5 del artículo 51, de la disposición adicional novena y del apartado dos de la disposición adicional undécima de esta Ley será de 5.000 euros anuales.

Este límite se
incrementará en 8.000 euros, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales y/o aportaciones del propio partícipe, asegurado, o mutualista, a planes de pensiones de empleo, a planes de previsión social empresarial y a
mutualidades de previsión social que actúen como instrumento de previsión social empresarial.

Las aportaciones propias que el empresario individual o el profesional realice a planes de pensiones de empleo, de los que, a su vez, sea promotor y
partícipe, a mutualidades de previsión social donde tenga la condición de mutualista, así como las que realice a planes de previsión social empresarial o seguros colectivos de dependencia de los que, a su vez, sea tomador y asegurado, se
considerarán como contribuciones empresariales, a efectos del cómputo de este límite.

[el resto igual]”.

Cinco. Se modifica el apartado 3 del artículo 5 del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de
Pensiones, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, que queda redactado como sigue:

“Artículo 5. Principios básicos de los planes de pensiones.

(…)

3. Las aportaciones anuales máximas a
los planes de pensiones regulados en la presente Ley se adecuarán a lo siguiente:

a) El total de las aportaciones y contribuciones empresariales anuales máximas a los planes de pensiones regulados en la presente Ley no podrá exceder de


partícipe, se considerarán como contribuciones empresariales, a efectos del cómputo de este límite.

[el resto igual]”

JUSTIFICACIÓN

Permitir que dentro del límite incrementado de aportación anual de 8.000 € se
computen las aportaciones del propio trabajador a sus sistemas de empleo.

La modificación tiene como finalidad (i) impulsar los sistemas sustentados en el marco de la negociación colectiva, de empleo, que integran el denominado segundo pilar
de las pensiones, de acuerdo con lo establecido en la Recomendación 16ª del Informe de Evaluación y Reforma del Pacto de Toledo aprobado el 27 de octubre de 2020 y (ii) aclarar numerosas dudas interpretativas que la redacción actual del artículo ha
generado en las empresas en cuanto al límite financiero y fiscal de las aportaciones de los trabajadores a los planes de empleo/planes de previsión social empresarial que obstaculizan un desarrollo eficaz del sistema de empleo.

Teniendo en
cuenta la citada finalidad de potenciar el sistema de empleo, se considera que el límite adicional de aportación de 8.000 euros anuales a sistemas de previsión social empresarial no sólo debería aplicar a las contribuciones del promotor o tomador
del plan de pensiones de empleo, del plan de previsión social empresarial o de la mutualidad de previsión social que actúe como instrumento de previsión social empresarial, sino también a las aportaciones del propio partícipe, asegurado o mutualista
a estos mismos instrumentos.

La Recomendación 16ª de la Comisión del Pacto de Toledo propone impulsar el sistema de empleo, con independencia de si las aportaciones provienen del propio trabajador o del promotor del plan de pensiones de
empleo o del tomador del plan de previsión social empresarial.

Equiparación del profesional al empresario individual a efectos de los límites de aportación a sistemas de previsión social

Aclarar el concepto de empresario individual
incluyendo dentro del mismo al “profesional”, al igual que ocurre en el artículo 51.2, de la propia Ley del IRPF que menciona a los profesionales.

Aumento del límite de aportación anual a sistemas de previsión social individuales
a 5.000 €, en línea con lo que hay establecido en los territorios forales

La promoción del segundo pilar es una medida fundamental para dar cumplimiento a las recomendaciones de la Comisión del Pacto de Toledo, aunque no se puede
perder de vista que en el momento actual el sistema de empleo está muy poco extendido en España, dando cobertura a un número reducido de trabajadores. El desarrollo efectivo del sistema empleo como una alternativa real para la canalización del
ahorro para la jubilación vendrá fundamentalmente dado por la puesta en marcha de los Fondos de Pensiones de empleo de Promoción Pública previstos en la Disposición Adicional Cuadragésima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2021, cuyo desarrollo efectivo se producirá en los próximos años.

Por ello, para evitar perjudicar el ahorro a largo plazo para la jubilación de un gran número de españoles durante los próximos ejercicios, es
necesario permitir que el límite máximo de reducción para los sistemas de previsión social individual se eleve a 5.000 euros anuales, en línea con los límites que tienen establecidos los territorios forales.

Teniendo en cuenta el horizonte
temporal fijado en la Disposición Adicional Cuadragésima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, y el actual nivel de desarrollo en España de los sistemas de empleo, resulta imprescindible para
asegurar a los ciudadanos la posibilidad de seguir ahorrando durante los próximos ejercicios para acceder a una pensión complementaria a la pensión pública, que el límite máximo de reducción por aportaciones a sistemas de previsión social individual
se eleve. De lo contrario, y hasta que se desarrollen plenamente los sistemas de previsión social de empleo, durante varios ejercicios económicos los ciudadanos perderán la posibilidad de canalizar sus ahorros para la jubilación a través de un
instrumento de previsión social adecuado.

Esta cuestión es además crucial para ciertos colectivos como los autónomos, o aquellos trabajadores por cuenta ajena que por su tipo de contrato o por la empresa en la que trabajan, actualmente no
tienen acceso al sistema de empleo, siendo el tercer pilar su única opción disponible de ahorro para la jubilación.

Finalmente, esta modificación también es absolutamente necesaria para que pueda desarrollarse con éxito el producto paneuropeo
de pensiones personales (PEPP) creado en la Unión Europea a través del Reglamento (UE) 2019/1238. En la exposición de motivos de la normativa del PEPP se recogen las razones por las que se considera necesaria la creación de este producto privado de
pensiones individual con pasaporte europeo. Entre otras, la importancia de que los ciudadanos europeos cuenten con una pensión de jubilación adecuada para disfrutar de una vida digna tras el retiro, el desafío demográfico provocado por el
envejecimiento para la sostenibilidad de los sistemas de pensiones públicos y facilitar a los ciudadanos ejercer sus derechos fundamentales como aceptar un puesto de trabajo o jubilarse en otro estado miembro.

Por su parte, la Comisión
Europea, en su recomendación de 29 de junio de 2017, vino a poner de manifiesto que los planes de pensiones individuales pueden desempeñar un papel importante a la hora de conectar a los ahorradores a largo plazo con las oportunidades de inversión a
largo plazo y que los incentivos fiscales desempeñan un papel importante en el fomento de la asimilación de los productos de pensiones individuales. Por ese motivo, instaba a los estados miembros, que son los que tienen competencia en materia de
fiscalidad, a conceder a los PEPP el mismo tratamiento fiscal que otorguen a los productos de pensiones individuales nacionales. Difícilmente podrá desarrollarse el PEPP en España, y por ende la Unión de los Mercados de Capitales perseguida por la
Unión Europea, si este producto tiene que compartir un límite máximo de aportación, conjuntamente con el resto de sistemas de previsión social individuales, de 2.000 euros anuales que establece la normativa vigente.

ENMIENDA NÚM. 1928


Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 61.

ENMIENDA


De supresión.

Se suprime el Artículo 61.

BAJA:

Sección: 27 MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Programa: 46KA MRR

Capítulo: 6 Inversiones reales

Concepto: 694 Gastos de
Inversiones de carácter inmaterial. MRR

Importe: minorar en 300.000.000

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica. Aunque el impacto del tipo mínimo del 15% de la base imponible en el Impuesto de Sociedades sea mínimo, no es el momento de
subir impuestos a las empresas.

ENMIENDA NÚM. 1929

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda al Artículo 63.

ENMIENDA

De adición.

Se añade un nuevo Artículo 63 bis con la siguiente redacción:

“Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor
Añadido.

Con efectos a partir del 1 de enero de 2022 y vigencia indefinida, se modifica el Apartado Uno. punto 2 del artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido añadiendo un numero 14º, con el
siguiente contenido.

14º Los servicios de peluquería, barbería y estética”

BAJA:

Sección: 15 MINISTERIO DE HACIENDA

Programa: 94 KC

Capítulo: 7

Concepto: 751 MRR

Importe: minorar en
18.000.000

JUSTIFICACIÓN

Recuperar una enmienda que, habiendo sido aprobada por amplia mayoría en el Senado, en una decisión insólita en nuestra democracia fue vetada y suprimida por la presidenta del Senado quien, poco después, fue
premiada y nombrada ministra de justicia. El coste de esta medida se carga al ministerio de igualdad, al programa de igualdad entre hombres y mujeres, ya que es un sector que da empleo mayoritariamente a mujeres y contribuiría a cumplir el objetivo
del citado programa.

ENMIENDA NÚM. 1930

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda al Artículo 63.

ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA A NUEVO ARTÍCULO 63 tris

DE ADICIÓN

Se añade un nuevo Artículo 63 tris con la siguiente redacción:

“Modificación de la
Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Con efectos a partir del 1 de enero de 2022 y vigencia indefinida, se modifica el Apartado Uno. punto 2 del artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto
sobre el Valor Añadido añadiendo un numero 14º, con el siguiente contenido.

15º Las prótesis de cabello, pelucas y postizos, cuando sean prescritos por facultativos médicos.”

BAJA:

Sección: 26 MINISTERIO DE SANIDAD


Programa: 31RE MRR Plan de racionalización del consumo de productos farmacéuticos y fomento de la sostenibilidad.

29. Gastos corrientes en bienes y servicios MRR: -2.000.000

JUSTIFICACIÓN

La caída del cabello, la alopecia,
es uno de los efectos secundarios más frecuentes de los tratamientos oncológicos, tanto de quimioterapia como de radioterapia. A los miles de personas que vienen esta situación se les plantean serios problemas emocionales y psicológicos que afectan
a su autoestima, cayendo muchas de ellas en problemas depresivos. Para paliarlos acuden con frecuencia a la compra de prótesis de cabello, pelucas y postizos que les ayudan a llevar mejor la penosidad de su enfermedad cancerígena.

Estas
prótesis capilares tienen un coste importante que además está gravado con un tipo del IVA del 21 %. Con esta enmienda pretendemos que el IVA de estas compras se rebaje hasta el 10% haciendo así más asequible su adquisición. No se pretende aplicar
esta reducción con una finalidad simplemente estética, por lo que se condiciona a la prescripción por los facultativos médicos. En virtud del art. 9.2 de este PL, se pueden reasignar los fondos del MRR entre secciones.

ENMIENDA NÚM.
1931

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 63.


ENMIENDA

De adición.

ENMIENDA A NUEVO ARTÍCULO 63 quarter

DE ADICIÓN

Se añade un nuevo Artículo 63 quarter con la siguiente redacción:

“Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto
sobre el Valor Añadido.

Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley, se adiciona el número 7º al apartado dos.1 del artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactado como
sigue:

7º Los pañales”.

BAJA:

Sección: 15 MINISTERIO DE HACIENDA

Programa: 94 KC

Capítulo: 7

Concepto: 751 MRR

Importe: minorar en 64.000.000

JUSTIFICACIÓN

La actual crisis
económica y social necesita de medidas que contribuyan a mejorar la economía de las familias españolas




ENMIENDA NÚM. 1932

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
al Artículo 63.

ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA A

NUEVO ARTÍCULO 63 bis

DE ADICIÓN

Se añade un nuevo Artículo 63 bis, que queda redactado de la siguiente forma:

“Artículo 63 bis.
Tipos impositivos reducidos.

Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, las prestaciones de servicios recogidos en el punto 2, 2º del artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del
Impuesto sobre el Valor Añadido -2.º Los servicios de hostelería, acampamento y balneario, los de restaurantes y, en general, el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto, incluso si se confeccionan previo encargo del destinatario-,
las agencias de viajes y el resto de empresas prestadoras de servicios turísticos, tributarán al tipo superreducido del 4%.”

JUSTIFICACIÓN

Ayudar al sector que más ha sufrido con la pandemia y más lejos está de la
recuperación.

ENMIENDA NÚM. 1933

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda al Artículo 69.

ENMIENDA

De adición.

Se añade un nuevo artículo 69. Tipos impositivos reducidos, que queda con la siguiente redacción:

“Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia
indefinida se modifica el Apartado Dos. 1, del artículo 91 de la Ley 37/1992 de 28 de diciembre, del impuesto sobre el Valor Añadido, añadiendo un número 7º nuevo con la siguiente redacción:

7º Los productos del mar.

BAJA:


Sección: 15 MINISTERIO DE HACIENDA

Programa: 94 KC

Capítulo: 7

Concepto: 751 MRR

Importe: minorar en 120.000miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Desde las administraciones públicas se deben impulsar
actuaciones que fomenten hábitos saludables. Los productos del mar de acuerdo con el consenso de los expertos previenen numerosas enfermedades por lo que recomiendan su utilización.

Además, en la mayoría de los países europeos los productos
del mar tienen un tipo muy reducido de IVA.

ENMIENDA NÚM. 1934

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 69.

ENMIENDA

De adición.

Se añade un nuevo artículo 69. Tipos impositivos reducidos, que queda con la siguiente redacción:

“Con efectos desde la entrada en vigor
de esta Ley y vigencia indefinida se modifica el Apartado Uno.2 del artículo 91 de la Ley 37/1992 de 28 de diciembre, del impuesto sobre el Valor Añadido, añadiendo un número 15º con la siguiente redacción:

15º La Asistencia Sanitaria
Veterinaria

BAJA:

Sección: 15 MINISTERIO DE HACIENDA

Programa: 94 KC

Capítulo: 7

Concepto: 751 MRR

Importe: minorar en 60.000miles de euros

JUSTIFICACIÓN

Es un sector que contribuye a la
salud pública a través de la garantía del bienestar y salud animal. Asimismo, esta bajada contribuiría a facilitar el acceso a los servicios sanitarios de los animales.

Esta reforma fiscal, por tanto, además de repercutir en el bienestar
animal, es una medida imprescindible de salud pública si se pretenden controlar las enfermedades zoonóticas trasmisibles al ser humano.

ENMIENDA NÚM. 1935

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 105.

ENMIENDA

De modificación.

Se modifica el artículo 105, que queda con
la siguiente redacción:

“Artículo 105. Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2022.

Las bases y tipos
de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, a partir del 1 de enero de 2022, serán los siguientes:

Uno. Topes máximo y mínimo de las bases de
cotización a la Seguridad Social. 1. El tope máximo de la base de cotización en cada uno de los Regímenes de la Seguridad Social que lo tengan establecido, queda fijado, a partir del 1 de enero de 2022, en la cuantía de 4.070,10 euros
mensuales.

(…)

Dos. Bases y tipos de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social.

(...)

b) Las bases máximas, cualquiera que sea la categoría profesional y grupo de cotización, serán a partir del 1 de
enero de 2022, de 4.070,10 euros mensuales o de 135,67 euros diarios.

(...)

5. A efectos de determinar, a partir del 1 de enero de 2022, la base máxima de cotización por contingencias comunes de los artistas, así como la base y el
tipo de cotización durante los períodos de inactividad, se aplicará lo siguiente:

a) La base máxima de cotización para todos los grupos correspondientes a las distintas categorías profesionales será de 4.070,10 euros mensuales. No obstante,
el límite máximo de las bases de cotización en razón de las actividades realizadas por un artista, para una o varias empresas, tendrá carácter anual y se determinará por la elevación a cómputo anual de la base mensual máxima señalada.


(...)

6. A efectos de determinar, a partir del día primero del 1 de enero de 2022, la base máxima de cotización por contingencias comunes de los profesionales taurinos, se aplicará lo siguiente:

a) La base máxima de cotización
para todos los grupos correspondientes a las distintas categorías profesionales será de 4.070,10 euros mensuales. No obstante, el límite máximo de las bases de cotización para los profesionales taurinos tendrá carácter anual y se determinará por la
elevación a cómputo anual de la base mensual máxima señalada.

(...)

Tres. Cotización en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios establecido en el Régimen General de la Seguridad Social.

(...)

b)
Las bases máximas, cualquiera que sea la categoría profesional y grupo de cotización, a partir del 1 de enero de 2022, serán de 4.070,10 euros mensuales.

(...)”

BAJA:

ENMIENDA A

NUEVA DISPOSICIÓN ADICIONAL


DE ADICIÓN

Se añade una DA nueva, con la siguiente redacción:

“Se suprime el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social e Inmigración, cuyas funciones y competencias vuelven a integrarse en una Secretaría de Estado
dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía social.

JUSTIFICACIÓN

Con una tasa de paro efectiva que más que duplica la media europea no es el momento de subir los impuestos al trabajo. Por eso suprimimos el aumento del 1,70 en
las cotizaciones máximas que pagan tanto empresas como trabajadores y que ha sido impuesta fuera del diálogo social. El coste de esta medida, así como el de la congelación de cuotas de los trabajadores autónomos que incluimos en la enmienda
siguiente se compensa con los ahorros derivados de volver a integrar empleo y seguridad social en un único ministerio, tal y como estaba en 2018.

ENMIENDA NÚM. 1936

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 105.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA: (10)

ENMIENDA A


ARTÍCULO 105

DE MODIFICACIÓN

Se modifica el Apartado 6 del artículo 105, que queda con la siguiente redacción:

“Seis. Cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o
Autónomos.

En el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, se mantienen inalteradas las bases máximas y mínimas y los tipos de cotización respecto de las vigentes hasta el 31 de diciembre de
2021”

BAJA:

ENMIENDA A

NUEVA DISPOSICIÓN ADICIONAL

DE ADICIÓN

Se añade una DA nueva, con la siguiente redacción:

“Se suprime el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social e Inmigración, cuyas
funciones y competencias vuelven a integrarse en una Secretaría de Estado dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía social.

JUSTIFICACIÓN

La mayoría de los autónomos siguen con unos niveles de ingresos muy inferiores a los que
tenía antes de la pandemia y tienen que hacer frente a costes mucho mayores (tanto laborales como energéticos), por lo que no es el momento de subir las cuotas entre 96 y 225 euros al año, sobre todo al margen del diálogo social. El coste de esta
medida se compensa con los ahorros derivados de volver a integrar empleo y seguridad social en un único ministerio, tal y como estaba en 2018.




ENMIENDA NÚM. 1937

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda
al Artículo 105.

ENMIENDA

De modificación.

Se modifica el apartado 4 del artículo 105 cuatro, que queda redactado como sigue:

“Cuatro. Cotización en el Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el
Régimen General de la Seguridad Social.

“Los empleadores persona física que contraten a un trabajador o trabajadora doméstica dándole de alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, podrán desgravarse en el IRPF las
cotizaciones sociales (tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales) que le corresponda asumir por esta contratación, reduciéndose el importe de dichas aportaciones de la base imponible general del impuesto.

La cuantía
máxima con derecho a desgravación en cada ejercicio será el equivalente al importe de las cotizaciones sociales anuales (tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales) a cargo del empleador por la contratación de un único
empleado doméstico cuya retribución sea el salario mínimo interprofesional (actualmente 13.510 euros/año).

Estas cantidades se actualizarán de conformidad con la subida del salario mínimo interprofesional establecido para cada
periodo”

JUSTIFICACION:

El salario ha subido más de un 30% en tres años. El año 2019 se incrementó un 22,3% para fijarlo en 900 euros, en 2020 subió un 5,5% hasta alcanzar los 950 euros mensuales y en septiembre de 2021 se ha
incrementado hasta los 965 euros en 14 pagas.

Desde el Partido Popular apoyamos esta subida, como no puede ser de otra manera, pero queremos hacer una reflexión en lo que respecta a cómo ha afectado este incremento del salario mínimo
interprofesional a las empleadas del hogar (en su gran mayoría son mujeres) y a las familias.

Muchas familias para poder trabajar y conciliar necesitan contratar a una tercera persona que les ayude con la casa o con el cuidado de niños,
mayores o personas dependientes, de lo contrario, no podrían trabajar por no poder compaginarlo con sus responsabilidades familiares.

No se puede pasar por alto, que la relación laboral que une a las empleadas domésticas y a las familias es
una relación especial, con muchas peculiaridades. Una de las características más relevantes y diferenciadoras radica en que en este caso, quien contrata no es una empresa, sino la familia, el padre, la madre o una persona física adulta que es quien
requiere de los servicios de la trabajadora del hogar. Es decir, quien paga a este colectivo son las familias, personas físicas, a quienes ni mucho menos les han subido el sueldo más de un 30% en los tres últimos años.

Nos encontramos ante
una medida necesaria para incentivar la contratación de los trabajadores domésticos ayudando a las familias a hacer frente a los costes laborales que supone la contratación de un empleado del hogar, para que trabajen con derechos y con garantías,
así como para aflorar la economía sumergida existente en este colectivo.

ENMIENDA NÚM. 1938

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda al Artículo 105.

ENMIENDA

De adición.

Se añade un nuevo apartado 11 al artículo 105. Seis, quedando su redacción del siguiente tenor literal:


Artículo 105. Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2022.

Seis. Cotización en el Régimen Especial de la Seguridad
Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

En el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, las bases máximas y mínimas y los tipos de cotización serán, a partir del 1 de enero de
2022, los siguientes:

(…)

11. Durante el año 2022, a fin de fomentar la recuperación del colectivo de los trabajadores autónomos gravemente afectado por las consecuencias económicas derivadas de la pandemia de la
Covid-19, se exonerará del pago de la cuota a la Seguridad Social a todos aquellos autónomos que carezcan de ingresos, sin excepción, sean o no beneficiarios de la prestación extraordinaria por cese de actividad.

JUSTIFICACIÓN

Mejora
técnica. A ingresos cero, cuota cero. En estos términos se presentó una PNL en la Comisión de Trabajo que fue aprobada, sin que haya sido implementada la medida.

ENMIENDA NÚM. 1939

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional décima quinta.

ENMIENDA

De
modificación.

ALTA:

ENMIENDA A

DISPOSICIÓN ADICIONAL DÉCIMA QUINTA

DE MODIFICACIÓN

Se modifica la Disposición Adicional Décimo Quinta, Oferta de Empleo Público para el acceso a las carreras judicial y fiscal, que
queda con la siguiente redacción:

“En 2022, la Oferta de Empleo Público para el acceso a las carreras judicial y fiscal no podrá superar el límite máximo de 300 plazas que se destinarán a la mejora del servicio público de la justicia
y a la cobertura de las necesidades de la Administración de Justicia. Estas plazas suponen la concreción de las disponibilidades presupuestarias a las que se refiere el artículo 306.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial.”

BAJA:

Sección: 15 MINISTERIO DE HACIENDA

Programa: 94 KC

Capítulo: 7

Concepto: 751 MRR

Importe: minorar en 7.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Reducir las nuevas plazas de
jueces y fiscales hasta 200 efectivos (40 menos que el año anterior, 100 menos que en 2018) choca con la pretensión de bajar la alta litigiosidad y los retrasos en la Justicia, especialmente en un momento como el actual, con el previsible aluvión de
quiebras y concursos de acreedores que puede producirse en 2022.

ENMIENDA NÚM. 1940

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional décima octava.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

ENMIENDA A

Disposición Adicional Decimoctava

DE MODIFICACIÓN

Se
modifica la Disposición Adicional Decimoctava añadiendo un nuevo aportado Uno.5:

Añadir el siguiente apartado Uno.5. a la disposición adicional décimo octava:

“Uno. 1. Las fundaciones del sector público podrán proceder a
contratar nuevo personal con las limitaciones y requisitos establecidos en la presente disposición.

(…)

5. Además de lo previsto en los números anteriores, las fundaciones podrán disponer de una tasa adicional para la
estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas, dotadas presupuestariamente, que hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2021.

Los procesos de
estabilización deberán aprobarse y publicarse antes del 31 de diciembre de 2022. La articulación de estos procesos selectivos que, en todo caso, garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y
publicidad, podrá ser objeto de negociación colectiva.

De la resolución de estos procesos no podrá derivarse, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos, debiendo ofertarse en ellos, necesariamente, plazas que se encuentren
desempeñadas por personal con vinculación temporal.

Corresponderá una compensación económica, equivalente a veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un
máximo de doce mensualidades, para el personal laboral temporal que, estando en activo como tal, viera finalizada su relación con la Administración por la no superación del proceso selectivo de estabilización.

En el caso del personal laboral
temporal, dicha compensación consistirá en la diferencia entre el máximo de veinte días de su salario fijo por año de servicio, con un máximo de doce mensualidades, y la indemnización que le correspondiera percibir por la extinción de su contrato,
prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año. En caso de que la citada indemnización fuere reconocida en vía judicial, se procederá a la compensación de cantidades.

La no participación del candidato o candidata en el
proceso selectivo de estabilización no dará derecho a compensación económica en ningún caso.”

JUSTIFICACIÓN

El Real Decreto-Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público ha establecido legalmente un proceso de estabilización del empleo público, adicional a los que se incluyeron en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 2017 y 2018.

Sin embargo, el citado Real Decreto-Ley se
refiere únicamente a las Administraciones Públicas, dejando fuera de su ámbito de aplicación al resto del sector público, especialmente las fundaciones de investigación del sector público, que vienen sufriendo tasas de temporalidad muy superiores a
las de las administraciones públicas, en muchos casos por encima del 80% (son entidades jóvenes y en crecimiento, donde no hay apenas bajas, y por lo tanto no es efectiva la tasa de reposición).

En consecuencia, es necesario incluir en la Ley
un proceso de estabilización similar al descrito en el artículo 2 del Real Decreto-Ley y al del apartado Uno.6. de la disposición adicional trigésima de la Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, para permitir aliviar
esta enorme temporalidad que se ha seguido acumulando.

ENMIENDA NÚM. 1941

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional vigésima segunda.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

ENMIENDA A

DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGÉSIMA SEGUNDA

DE MODIFICACIÓN

Se
modifica la Disposición Adicional Vigésima Segunda, Personal directivo del Sector Público Estatal, que queda con la siguiente redacción:

“El número de puestos de personal directivo existentes en el ámbito del sector público estatal,
relativos a departamentos ministeriales, organismos autónomos, agencias estatales, entes públicos, entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles estatales, fundaciones y consorcios participados mayoritariamente por las Administraciones y
Organismos que integran el sector público estatal, no podrá incrementarse, en ningún caso, respecto al año anterior.”

JUSTIFICACIÓN

No aumentar el personal directivo del Sector Público estatal en ningún caso. Si se crean
centros nuevos, o se reclasifican los existentes, tendrán que utilizar los recursos ya existentes. El objetivo es que no sigan creciendo las estructuras y costes del estado.

ENMIENDA NÚM. 1942

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional trigésima séptima.

ENMIENDA

De
supresión.

ALTA:

ENMIENDA A

DISPOSICIÓN ADICIONAL TRIGÉSIMA SÉPTIMA

DE SUPRESIÓN

Se suprime el punto Uno de la Disposición Adicional Trigésima Séptima, Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).


JUSTIFICACIÓN

Este Gobierno se ha convertido en una agencia de colocación de personal, en muchos casos, sin la formación ni capacidad necesarios. Por eso, se suprime la contratación de 2 nuevos directivos para SEPI.

ENMIENDA NÚM.
1943

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
trigésima octava.

ENMIENDA




De modificación.

Se modifica la Disposición Adicional Trigésima octava, que queda redactada de la siguiente manera:

“Disposición adicional trigésima octava. Tasa adicional para la Policía Local y los servicios de
prevención y extinción de incendios.

Además de lo establecido en el artículo 20 y en las disposiciones adicionales décima séptima, décima octava y décima novena de la presente Ley, se autoriza una tasa adicional para las plazas de policía
local y de personal de los servicios de prevención y extinción de incendios que, estando dotadas presupuestariamente, sean necesarias para dar cumplimiento a las previsiones legales o reglamentarias sobre la prestación de dichos servicios, su
creación, organización y estructura.”

JUSTIFICACIÓN

El servicio encomendado a la Policía Local resulta absolutamente imprescindible para la vida de los municipios y, sin embargo, arrastra un déficit de personal que no es posible
colmar dentro de los límites establecidos por las distintas leyes de presupuestos generales del Estado sobre la tasa de reposición. Dado que el proyecto de ley de presupuestos generales del estado para 2022 ha incorporado la disposición adicional
trigésima octava, que da solución a los problemas de personal del servicio de extinción de incendios, esta enmienda introduciría en el proyecto de ley una solución igual para las policías locales.

ENMIENDA NÚM. 1944

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional cuadragésima
primera.

ENMIENDA

De modificación.

Se modifica el apartado tercero de la Disposición adicional cuadragésima primera. Prestaciones familiares de la Seguridad Social, que queda con la siguiente redacción:

“Tres. La
cuantía de la prestación por nacimiento o adopción de hijo establecida en el artículo 358.1, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres o padres con discapacidad, será de 2.000,00 euros.

Los límites de
ingresos para tener derecho a esta prestación de conformidad con lo previsto en el artículo 357.3, quedan fijados en 12.536,00 euros anuales y, si se trata de familias numerosas, en 18.867,00 euros anuales, incrementándose en 4.056,00 euros anuales
por cada hijo a cargo a partir del cuarto, éste incluido.

No se reconocerá la prestación en los supuestos en que la diferencia a que se refiere el primer párrafo del artículo 358.2 sea inferior a 10 euros.”

JUSTIFICACIÓN


Mejora técnica. Medida de apoyo a las familias.

ENMIENDA NÚM. 1945

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional cuadragésima sexta.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

ENMIENDA A

DISPOSICIÓN ADICIONAL CUADRAGÉSIMA SEXTA

DE MODIFICACIÓN


Se modifica la Disposición Adicional Cuadragésima Sexta, Interés legal del dinero, que queda con la siguiente redacción:

“Uno. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación
del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 2,00 por ciento hasta el 31 de diciembre del año 2022

Dos. Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere al artículo 26.6 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, será el 2,00 por ciento.

Tres. Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere el artículo 38.2 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, será el 2,00 por ciento.”


JUSTIFICACIÓN

Bajar tanto el interés legal del dinero como el tributario al 2%.

ENMIENDA NÚM. 1946

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional quincuagésima octava.

ENMIENDA

De modificación.

Se añade un epígrafe 26ª al apartado Uno de la Disposición Adicional
quincuagésima octava que queda redactada de la siguiente forma;

“Disposición adicional quincuagésima octava. Actividades prioritarias de mecenazgo.

Uno. De acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 49/2002, de 23
de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo, durante la vigencia de estos presupuestos se considerarán actividades prioritarias de mecenazgo las siguientes:

(…)

26ª.
Los programas dirigidos a la investigación, fomento o divulgación de la movilidad eléctrica, con hidrógeno u otros combustibles alternativos, las energías renovables, la generación distribuida, la digitalización de redes eléctricas, los sistemas de
almacenamiento, la economía circular o la eficiencia energética, que hayan sido objeto de subvención por parte de las Administraciones Públicas y/o se realicen en colaboración con éstas.”

JUSTIFICACIÓN

Inducir la mayor
dinamización posible de recursos privados que puedan acompañar a la inversión de recursos públicos procedentes del Mecanismo de Recuperación Y Resiliencia de la Unión Europea en las referidas actividades para la transformación de nuestra economía
hacia la descarbonización.

ENMIENDA NÚM. 1947

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula
la siguiente enmienda a la Disposición adicional octogésima séptima.

ENMIENDA

De modificación.

Se modifica la Disposición adicional octogésima séptima. Asignación de cantidades a actividades de interés general consideradas de
interés social que queda con la siguiente redacción:

“Disposición adicional septuagésima tercera. Asignación de cantidades a actividades de interés general consideradas de interés social.

Uno. El Estado destinará a
subvencionar actividades de interés general consideradas de interés social, en la forma que reglamentariamente se establezca, el 1 por ciento de la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2021 correspondiente
a los contribuyentes que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido.

A estos efectos, se entenderá por cuota íntegra del impuesto la formada por la suma de la cuota íntegra estatal y de la cuota íntegra autonómica en los términos
previstos en la Ley reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La liquidación definitiva de la asignación correspondiente al ejercicio de 2022 se llevará a cabo antes del 30 de abril de 2024, efectuándose una liquidación
provisional el 30 de noviembre de 2023 que posibilite la iniciación anticipada del procedimiento para la concesión de las subvenciones.

La cuantía total asignada en los presupuestos de 2022 para actividades de interés general consideradas de
interés general consideradas de interés social se distribuirá aplicando los siguientes porcentajes:

La cantidad correspondiente al 0,7% se repartirá un 77,72 por 100 al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, el 19,43 por 100 al
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y el 2,85 por 100 al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

La cantidad correspondiente al 0,3% adicional corresponderá íntegramente al Ministerio de
Derechos Sociales y Agenda 2030, para hacer frente al incremento de desigualdad y pobreza consecuencia de la covid.

Estos porcentajes serán de aplicación sobre la liquidación definitiva practicada en el propio ejercicio 2022. Las cuantías
destinadas a estas subvenciones se gestionarán y se otorgarán por las Administraciones que resulten competentes, de acuerdo con el procedimiento que reglamentariamente se establezca.

Dos. El Estado destinará a subvencionar actividades de
interés general consideradas de interés social, en la forma que reglamentariamente se establezca, el 0,7 por ciento de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los contribuyentes cuyo período impositivo hubiese finalizado a
partir de la entrada en vigor de esta Ley, que manifiesten expresamente su voluntad en tal sentido.

A estos efectos, se entenderá por cuota íntegra del impuesto la cuota íntegra total declarada, determinada en los términos previstos en la Ley
reguladora del Impuesto sobre Sociedades.

La liquidación definitiva de la asignación correspondiente al ejercicio 2022 se llevará a cabo antes del 30 de abril de 2024, efectuándose una liquidación provisional el 30 de septiembre de 2023 que
posibilite la iniciación anticipada del procedimiento para la concesión de las subvenciones.

Las cuantías destinadas a estas subvenciones –que en todo caso se destinarán a financiar proyectos de entidades de carácter social de ámbito
estatal-, de las definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social- se gestionarán en todo caso por el régimen de concurrencia competitiva y se otorgarán de acuerdo con el procedimiento que
reglamentariamente se establezca.

La cuantía total asignada en los presupuestos de 2022 para actividades de interés general consideradas de interés social se destinará en su integridad al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda
2030.”

JUSTIFICACIÓN

Dos son los objetivos de esta enmienda, por un lado, incrementar en 0,3% la cuota íntegra del IRPF destinada a actividades de carácter general de acción social, y que el destino íntegro de lo recaudado a
través del 0,7% de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades sea en exclusividad para las entidades del Tercer Sector de Acción Social.

ENMIENDA NÚM. 1948

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional octogésima octava.

ENMIENDA

ENMIENDA

Disposición adicional
octogésima octava.

DE MODIFICACIÓN

Se modifica el punto Uno de la disposición adicional octogésima octava “Subvenciones a las entidades locales por servicios de transporte colectivo urbano”, que queda con la siguiente
redacción:

Uno. Para dar cumplimiento a lo previsto en la disposición adicional quinta del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, con cargo a los créditos
de la Sección 17 «Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana», Servicio 39 «Dirección General de Transporte Terrestre», Programa 441M «Subvenciones y apoyo al transporte terrestre», concepto 462 figura un crédito por importe de 470.789,27
miles de euros ampliables hasta 1.000 millones de euros destinado a subvencionar el servicio de transporte colectivo urbano prestado por las Entidades locales que reúnan los requisitos que se especifican en el siguiente apartado.


JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.

Se pretende conseguir dos efectos con esta enmienda:

1- Que la dotación de la partida recupere niveles de 2011: por lo que se incrementa desde los 51 millones de euros con los que aparece en el
proyecto de PGE 2022 hasta os 70.789,27 millones de euros.

2- Compensar el déficit generado por este servicio público durante la crisis del Covid-19 para lo que se aumenta la partida en 400 millones ampliables hasta 1.000 millones de
euros.

ENMIENDA NÚM. 1949

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Disposición adicional nonagésima segunda.

ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA

Nueva Disposición adicional nonagésima segunda bis

DE ADICIÓN

Se añade una nueva Disposición adicional
nonagésima segunda bis con la siguiente redacción:

“Plan de Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

Durante el año 2022, el Servicio Público de Empleo Estatal aportará la cantidad de 5 millones de euros para la para la
financiación de un Plan de Empleo de Ceuta, para la realización de medidas que incrementen el empleo. Esta aportación financiera tiene el carácter de subvención nominativa, habida cuenta de su consignación en el estado de gastos del presupuesto del
SEPE.

Las medidas concretas a desarrollar y el periodo de ejecución del Plan, que podrá extenderse durante 2023, así como la aportación en 2022 citada para el Plan de Empleo de Ceuta, se instrumentarán mediante un Convenio a celebrar entre la
Administración General del Estado, el Servicio Público de Empleo Estatal y la Ciudad Autónoma de Ceuta.

BAJA:

Sección: 19 MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

Programa: 241A Fomento de la inserción y estabilidad
laboral

454 Gestión por Comunidades Autónomas de servicios y programas de políticas activas de empleo: empleo y formación, - 5.000.000 euros

Que se asignan a la partida 45514 Plan integral de empleo de Ceuta

JUSTIFICACIÓN


Mejora técnica. Ceuta tiene una tasa de desempleo del 27,07%, muy superior a la media nacional que es de 14,57% según la EPA del tercer trimestre del año, es por ello que necesita un Plan de Empleo específico para reactivar el mercado
laboral.

ENMIENDA NÚM. 1950




Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nonagésima segunda.

ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA

Nueva Disposición adicional nonagésima segunda tris

DE ADICIÓN

Se añade una nueva Disposición Adicional nonagésima segunda tris con la
siguiente redacción:

“Plan de Empleo de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Durante el año 2022, el Servicio Público de Empleo Estatal aportará la cantidad de 5 millones de euros para la para la financiación de un Plan de Empleo de
Melilla, para la realización de medidas que incrementen el empleo. Esta aportación financiera tiene el carácter de subvención nominativa, habida cuenta de su consignación en el estado de gastos del presupuesto del SEPE.

Las medidas concretas
a desarrollar y el periodo de ejecución del Plan, que podrá extenderse durante 2023, así como la aportación en 2022 citada para el Plan de Empleo de Melilla, se instrumentarán mediante un Convenio a celebrar entre la Administración General del
Estado, el Servicio Público de Empleo Estatal y la Ciudad Autónoma de Melilla.”

BAJA:

Sección: 19 MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

Programa: 241A Fomento de la inserción y estabilidad laboral

454 Gestión
por Comunidades Autónomas de servicios y programas de políticas activas de empleo: empleo y formación, - 5.000.000 euros

Que se asignan a la partida 45515 Plan integral de empleo de Melilla

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.
Melilla tiene una tasa de desempleo del 19,44%, superior a la media nacional que es de 14,57% según la EPA del tercer trimestre del año, es por ello que necesita un Plan de Empleo específico para reactivar el mercado laboral.

ENMIENDA NÚM.
1951

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nonagésima segunda.

ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA

Nueva Disposición adicional nonagésima segunda quater

DE ADICIÓN

Se añade una nueva Disposición Adicional nonagésima segunda quater con la
siguiente redacción:

“Plan de Empleo de la Comunidad Valenciana.

Durante el año 2021, el Servicio Público de Empleo Estatal aportará la cantidad de 25 millones de euros para la para la financiación de un Plan de Empleo de la
Comunidad Valenciana, para la realización de medidas que incrementen el empleo. Esta aportación financiera tiene el carácter de subvención nominativa, habida cuenta de su consignación en el estado de gastos del presupuesto del SEPE

Las
medidas concretas a desarrollar y el periodo de ejecución del Plan, que podrá extenderse durante 2022, así como la aportación en 2021 citada para el Plan de Empleo de la Comunidad Valenciana, se instrumentarán mediante un Convenio a celebrar entre
la Administración General del Estado, el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma la Comunidad Valenciana.”

BAJA:

Sección: 19 MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

Programa: 241A Fomento de la
inserción y estabilidad laboral

454 Gestión por Comunidades Autónomas de servicios y programas de políticas activas de empleo: empleo y formación, - 25.000.000 euros

Que se asignan a la partida 45515 Plan integral de empleo de C.
valenciana

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica. La Comunidad Valenciana tiene una tasa de desempleo del 16,12%, superior a la media nacional que es de 14,57% según la EPA del tercer trimestre del año, es por ello que necesita un Plan de
Empleo específico para reactivar el mercado laboral.

ENMIENDA NÚM. 1952

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nonagésima segunda.

ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA

Nueva Disposición adicional nonagésima segunda quinquies

DE
ADICIÓN

Se añade una nueva Disposición Adicional nonagésima segunda quinquies con la siguiente redacción

“Plan de Empleo de Castilla La Mancha.

Durante el año 2022, el Servicio Público de Empleo Estatal aportará la
cantidad de 25 millones de euros para la para la financiación de un Plan de Empleo de Castilla La Mancha, para la realización de medidas que incrementen el empleo. Esta aportación financiera tiene el carácter de subvención nominativa, habida cuenta
de su consignación en el estado de gastos del presupuesto del SEPE.

Las medidas concretas a desarrollar y el periodo de ejecución del Plan, que podrá extenderse durante 2023, así como la aportación en 2022 citada para el Plan de Empleo de
Castilla La Mancha, se instrumentarán mediante un Convenio a celebrar entre la Administración General del Estado, el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha.

BAJA:

Sección: 19 MINISTERIO DE
TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

Programa: 241A Fomento de la inserción y estabilidad laboral

454 Gestión por Comunidades Autónomas de servicios y programas de políticas activas de empleo: empleo y formación, - 25.000.000 euros

Que
se asignan a la partida 45515 Plan integral de empleo de C. Castilla La Mancha

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica. Castilla la Mancha tiene una tasa de desempleo del 15,29%, superior a la media nacional que es de 14,57% según la EPA del
tercer trimestre del año, es por ello que necesita un Plan de Empleo específico para reactivar el mercado laboral.

ENMIENDA NÚM. 1953

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nonagésima segunda.

ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA

Nueva
Disposición adicional nonagésima segunda sexies

DE ADICIÓN

Se añade una nueva Disposición Adicional nonagésima segunda sexies con la siguiente redacción

“Plan de Empleo de Islas Baleares.

Durante el año 2022, el
Servicio Público de Empleo Estatal aportará la cantidad de 20 millones de euros para la para la financiación de un Plan de Empleo de Islas Baleares (Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera), para la realización de medidas que incrementen el empleo.
Esta aportación financiera tiene el carácter de subvención nominativa, habida cuenta de su consignación en el estado de gastos del presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal.

Las medidas concretas a desarrollar y el periodo de
ejecución del Plan, que podrá extenderse durante 2023, así como la aportación en 2022 citada para el Plan de Empleo de Islas Baleares, se instrumentarán mediante un Convenio a celebrar entre la Administración General del Estado, el Servicio Público
de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma de Islas Baleares.

BAJA:

Sección: 19 MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

Programa: 241A Fomento de la inserción y estabilidad laboral

454 Gestión por Comunidades Autónomas
de servicios y programas de políticas activas de empleo: empleo y formación, - 20.000.000 euros

Que se asignan a la partida 45515 Plan integral de empleo de Islas Baleares

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica. La crisis está azotando
con fuerza al sector turístico y las Islas Baleares se han visto gravemente afectadas en términos laborales; esta circunstancia, unida a sus condiciones excepcionales de insularidad, hacen necesario un Plan de Empleo para las Islas Baleares.


ENMIENDA NÚM. 1954

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Disposición adicional nonagésima segunda.

ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA

Nueva Disposición adicional nonagésima segunda septies

DE ADICIÓN

Se añade una nueva Disposición Adicional nonagésima
segunda septies con la siguiente redacción

“Plan de Empleo de la Región de Murcia.

Durante el año 2022, el Servicio Público de Empleo Estatal aportará la cantidad de 20 millones de euros para la para la financiación de un Plan
de Empleo de la Región de Murcia, para la realización de medidas que incrementen el empleo. Esta aportación financiera tiene el carácter de subvención nominativa, habida cuenta de su consignación en el estado de gastos del presupuesto del Servicio
Público de Empleo Estatal.

Las medidas concretas a desarrollar y el periodo de ejecución del Plan, que podrá extenderse durante 2023, así como la aportación en 2022 citada para el Plan de Empleo de la Región de Murcia, se instrumentarán
mediante un Convenio a celebrar entre la Administración General del Estado, el Servicio Público de Empleo Estatal y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

BAJA:

Sección: 19 MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL


Programa: 241A Fomento de la inserción y estabilidad laboral

454 Gestión por Comunidades Autónomas de servicios y programas de políticas activas de empleo: empleo y formación, - 20.000.000 euros

Que se asignan a la partida 45515
Plan integral de empleo de la Región de Murcia

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica. En la Región de Murcia tienen un peso importante las actividades asociadas al turismo, y una tasa de paro superior a la media nacional, por lo que necesita
un Plan de Empleo específico para reactivar el mercado laboral.

ENMIENDA NÚM. 1955




Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nonagésima octava.

ENMIENDA

De supresión.

ALTA:

ENMIENDA

Disposición adicional nonagésima octava

DE SUPRESIÓN

Se suprime la Disposición Adicional nonagésima octava, Suspensión del sistema de
reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales por disminución de la siniestralidad laboral.

BAJA:

Sección: 19 MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

Programa: 494M Administración de las relaciones laborales y
condiciones de trabajo

22706 Estudios y trabajos técnicos, se minora en - 10.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

El objetivo del Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción
de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral era incentivar la prevención de riesgos y reducir la siniestrabilidad laboral. En 2021 se suprimió hasta que
“el Gobierno proceda a la reforma del citado real decreto, que deberá producirse a lo largo del año 2021”. No se produjo y ahora vuelve a suspenderlo “hasta que el Gobierno proceda a la reforma del citado real
decreto.”

ENMIENDA NÚM. 1956

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional centésima cuarta.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA :

ENMIENDA A

Disposición adicional centésima quinta.

DE MODIFICACIÓN

Se modifica la Disposición
adicional centésima quinta. Ingresos procedentes de las subastas de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, que queda con la siguiente redacción: ”Uno. Con vigencia exclusiva para el ejercicio 2022 y en relación con lo previsto
en el artículo 30.4 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, los ingresos procedentes de las subastas de derechos de emisión de gases de efecto invernadero destinados a financiar los costes del sistema eléctrico
previstos en la Ley del Sector Eléctrico, referidos a fomento de energías renovables, tendrán un importe de 2.000 millones de euros

Dos. La disposición del crédito 23.03.000X.737 “A la CNMC para financiar costes del sector eléctrico.
Financiado según el artículo 30.4 de la Ley 7/2021”, del presupuesto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en que se concreta la aportación a que se refiere el apartado anterior, se realizará mediante libramientos
mensuales por un importe máximo de la cifra de recaudación efectiva de los ingresos por subastas de derechos de emisión en el mes inmediato anterior, según certificación de los órganos competentes del Ministerio de Hacienda y Función Pública. La
aportación que haya de realizarse en función de la recaudación del mes de diciembre se efectuará en el ejercicio siguiente.

Tres. Cuando los ingresos efectivamente recaudados por subastas de derechos de emisión superen la previsión inicial,
se podrá generar crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, hasta la cifra límite de los ingresos recaudados.

La autorización de la generación de
crédito a la que se refiere el párrafo anterior y de los correspondientes suplementos de crédito en el Presupuesto de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, se realizará por Orden de la persona titular del Ministerio de Hacienda y
Función Pública.

Cuatro. La disposición de los demás créditos del presupuesto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y, en su caso, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, financiados de acuerdo con el
artículo 30.4 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, se ajustará a las normas generales contenidas en esta Ley y en la Ley General Presupuestaria. En todo caso, si finalmente los ingresos procedentes de los
ingresos procedentes de las subastas de derechos de emisión no alcanzarán a cubrir las dotaciones presupuestarias referidas en el presente apartado, deberán ser cubiertas con equivalentes reducciones del Capítulo II Gastos Corrientes y IV
Transferencias Corrientes de dichas Secciones por Orden de la persona titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Cinco. Así mismo, en relación con lo previsto en el artículo 30.4 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio
Climático y Transición Energética, los ingresos procedentes de las subastas de derechos de emisión de gases de efecto invernadero destinados a paliar situaciones provocadas por la transición hacia una economía descarbonizada, tendrán un importe de
600 millones de euros anuales para atender obligaciones de un Fondo plurianual 2022-2026 de nueva creación dotado con 3.000 millones de euros para compensar a los consumidores hiperintensivos eléctricos y/o gasistas, por el incremento de sus costes
energéticos, adicionalmente a lo que pueda corresponderles en ejecución de los previsto en el Estatuto de Consumidores Electrointensivos.

Seis. Cuando los ingresos efectivamente recaudados por subastas de derechos de emisión superen los
2.600 millones de euros, se destinará el exceso no contemplado en el apartado tres para el resto de actuaciones de la política de lucha contra el cambio climático y de transición justa, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado cuarto in fine de
la presente Disposición Adicional.”

BAJA:

El coste total de la dotación se obtiene de los ingresos procedentes de las subastas de derechos de emisión, art. 30.4 de la Ley de Cambio Climático. La disposición de los demás
créditos del presupuesto del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y, en su caso, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, financiados de acuerdo con el artículo 30.4 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio
climático y transición energética, se ajustará a las normas generales contenidas en esta Ley y en la Ley General Presupuestaria. En todo caso, si finalmente los ingresos procedentes de los ingresos procedentes de las subastas de derechos de emisión
no alcanzarán a cubrir las dotaciones presupuestarias referidas en el presente apartado, deberán ser cubiertas con equivalentes reducciones del Capítulo II Gastos Corrientes y IV Transferencias Corrientes de dichas Secciones por Orden de la persona
titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

JUSTIFICACIÓN

Se considera que el extraordinario aumento de los ingresos procedentes de las subastas de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, debe repercutir en el
propio sistema eléctrico muy por encima de lo que el propio Proyecto de Ley de Presupuestos 2022 establece (1.100 millones), ya que en el propio Proyecto de Ley se reconoce que hasta 31 de agosto de 2021 se había recaudado por este concepto más de
1.500 millones de euros (más del doble de lo presupuestado). Así, según dicha proyección, para el presente ejercicio 2021 las estimaciones de ingresos por derechos de emisión se eleva al entorno de los 2.800 millones de euros y podría llegar a
superar los 3.000 millones de euros, por lo que destinar para la rebaja de la factura eléctrica y para financiar el sistema eléctrico 1.100 millones de euros es insuficiente, por lo que procede aumentar esa cantidad destinada al sistema eléctrico
hasta 2.000 millones, de manera coherente con lo dispuesto en el RDL 17/2021 de 14 de setiembre, en su Disposición Final Primera.

La “COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ
ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES. Un conjunto de medidas de actuación y apoyo para hacer frente al aumento de los precios de la energía”, de 13 de Octubre pasado, señala que “estas medidas inmediatas podrían
financiarse en parte con ingresos generados por las subastas de derechos de emisión del RCDE UE, impuestos y gravámenes sobre los precios de la energía, así como mediante impuestos medioambientales. En el contexto actual, los ingresos del RCDE
superiores a lo previsto pueden utilizarse para financiar las necesidades imprevistas de apoyo social específico. Entre el 1 de septiembre de 2020 y el 30 de agosto de 2021, los ingresos generados por las subastas procedentes de los derechos de
emisión del RCDE UE16 ascendieron a 26 300 millones EUR.”

Por otro lado, la Directiva de Comercio de Emisiones (UE) 2018/410, considera la posibilidad de utilizar hasta un 25% de la cantidad recaudada por las subastas de gases de
efecto invernadero para ser empleada como una fuente presupuestaria (elegible) para compensar a los consumidores expuestos a deslocalización por el coste de CO2 ya trasladado al precio eléctrico como es la industria electrointensiva. El incremento
record de los costes energéticos que se está generando, entre otros factores, por los altos precios del gas y del CO2, está generando un paralelo incremento de recaudación fiscal y de ingresos por las subastas de derechos de emisión de CO2. Por
este último concepto se espera una recaudación cercana a los 3.000 millones de euros, casi 2.000 millones más que las previsiones iniciales.

La industria electro intensiva, es responsable del 10% de la demanda energética en España, supone
entre el 10% y el 50% de su facturación. Sus costos por este suministro son muy superiores a sus competidores en países vecinos, como Francia, Italia o Alemania, ya que en esos países reciben compensaciones o tienen mecanismos de ajuste de precios,
que no tienen los consumidores electrointensivos españoles. Son industrias dedicadas a la Metalurgia, Gases Industriales, Siderurgia, Química. La industria electro intensiva tiene un mercado laboral estable y especializado, con 66.000 empleos
directos, 186.000 empleos totales, genera 20.000M€ de facturación anual y dedican el 60% a exportación.

El Estatuto de Consumidor Electrointensivo aprobado con fecha 15 de diciembre de 2020, aunque mitiga parte de los efectos adversos
que experimentan dichos consumidores, no resuelve la problemática de los consumidores hiperintensivos. Los mayores ingresos del Estado por las subastas de los derechos de emisión deben direccionarse hacia un mayor apoyo público a nuestra industria
hiperintensiva por su carácter estratégico. Además, la industria hiperintensiva, como la industria extractiva, la siderúrgica o la química, resulta imprescindible para la descarbonización de la economía, por su aportación de materiales y
componentes a la cadena de valor de la industria de energías limpias o de la movilidad sostenible, entre otras. Por ello, adicionalmente, se considera que deben reservarse presupuestariamente para dicha industria hiperelectrointensiva las
correspondientes dotaciones presupuestarias.

Adicionalmente, se desarrolla en una Enmienda específica que propone una nueva Disposición Adicional, un Plan de Choque para la rebaja de la factura eléctrica, dotado con 7.000 millones de euros,
por lo que la propuesta de actuaciones del GPP enfocadas a la rebaja de la factura de la electricidad, alcanzan en conjunto los 9.600 millones de euros.

Por otro lado, los ingresos procedentes de los derechos de emisión, debe servir también
para políticas de lucha contra el cambio climático, no contemplando esta Disposición Adicional cantidad alguna para estas políticas, al dejar a criterio de la persona titular del Ministerio de Hacienda la distribución de los posibles excedentes.


Finalmente, la enmienda garantiza que, en todo caso, para el supuesto de que los ingresos procedentes de los derechos de emisión no alcancen a cubrir todas las partidas presupuestarias dotados con esa fuente de ingreso, deberá respetarse la
dotación inicialmente prevista en las Secciones 23 y 20, con una fuente de ingresos que proceda de bajas en los Capítulos de Gastos Corrientes y Transferencias Corrientes en el resto de partidas presupuestarias de dichas Secciones.

ENMIENDA
NÚM. 1957

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición
adicional centésima octava.

ENMIENDA

De modificación.

ENMIENDA A

Disposición adicional centésima octava.

DE MODIFICACIÓN

Se propone la modificación del apartado cuarto de la Disposición adicional centésima
octava. Creación del organismo autónomo Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, con el siguiente contenido.

Cuatro. Se adscribirá a la Universidad de Salamanca, mediante convenio suscrito por el Rector o Rectora de dicha
Universidad y por la persona titular de la Presidencia del Consejo Rector del Centro Universitario, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación,
para el cumplimiento de sus fines. reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios.

Finalizado el proceso de adscripción, el Centro Universitario adquirirá la
condición de centro universitario adscrito, pudiendo impartir estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios oficiales.

JUSTIFICACIÓN

Dar cumplimiento a los compromisos asumidos con la Universidad de Salamanca y con las
instituciones locales, provinciales y autonómicas; Es ésta la universidad pública que ha puesto innumerables recursos ha especializado a su profesor y asumido la formación académica universitaria en la Escuela de Policía Nacional ubicada en Ávila
durante más de treinta años.

ENMIENDA NÚM. 1958

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional centésima octava.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA :

ENMIENDA A

Disposición Adicional centésima octava

DE MODIFICACIÓN

Se modifica el punto
Cinco de la Disposición adicional centésima octava. Creación del organismo autónomo Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, que queda con la siguiente redacción:

“Cinco. Tiene su sede principal y única en la Escuela
Nacional de Policía, sita en la ciudad de Ávila.

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.

ENMIENDA NÚM. 1959

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de
lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional centésima novena.

ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

ENMIENDA A

Disposición adicional centésima
novena

DE MODIFICACIÓN

Se modifica el punto Dos de la Disposición adicional centésima novena. Creación de la Agencia Estatal de Administración Digital, que queda con la siguiente redacción:

“Dos. La actuación de la
Agencia responderá a los siguientes fines:

a) La digitalización del sector público estatal, mediante el ejercicio de las funciones de dirección, coordinación y ejecución del proceso de transformación digital e innovación de la Administración
General del Estado a través de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

b) La prestación eficiente de los servicios públicos, a través de la adopción de soluciones digitales, en el marco de los Esquemas Nacionales de
Seguridad e Interoperabilidad.

c) La transformación digital de las Administraciones Públicas a través de la definición y coordinación de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados
o dependientes, y la cooperación con las administraciones públicas para la implantación de las estrategias nacionales e internacionales en materia de administración digital se articulará a través del órgano técnico de cooperación definido en la
disposición adicional novena de la Ley 40/2015.

d) La coordinación funcional de la actuación de las unidades TIC de la Administración General del Estado y el apoyo informático a aquellos departamentos ministeriales que lo precisen.


JUSTIFICACIÓN

Las funciones de dirección, coordinación y ejecución del proceso de transformación digital e innovación de la futura Agencia deben circunscribirse a la Administración General del Estado

La cooperación con las
administraciones públicas no debería circunscribirse únicamente a la implantación de las estrategias en materia de administración digital, sino también a su definición, lo cual debería reflejarse expresamente en el texto.

La cooperación se
articulará a través del órgano técnico de cooperación, tal y como define la disposición adicional novena de la Ley 40/2015.

ENMIENDA NÚM. 1960

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional centésima décima cuarta.

ENMIENDA

De modificación.

Se modifica la Disposición
adicional centésima décima cuarta. Creación del bono cultural joven, en los siguientes términos:

“Disposición adicional centésima décima cuarta. Ayudas a empresas y microempresas del sector cultural.

Se crea una línea de
ayudas a empresas y microempresas destinado a facilitar el acceso del público joven a la cultura a todas las actividades y productos culturales sin excepción, tanto públicos como privados, en los términos que se fijen en la correspondiente normativa
reglamentaria. El Gobierno adoptará las disposiciones y actos necesarios para la implementación de estas ayudas.”

JUSTIFICACIÓN

El compromiso de la empresa y microempresa será hacer más asequible el producto cultural a la
población joven, para lo cual se recibirá la correspondiente ayuda estatal. El gobierno adoptará las decisiones y actos necesarios para la implementación de estas ayudas.

ENMIENDA NÚM. 1961

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional centésima décima quinta.




ENMIENDA

De modificación.

ALTA:

ENMIENDA

Disposición adicional centésima décima quinta

DE MODIFICACIÓN

Se modifica la Disposición adicional centésima décima quinta, que queda con la siguiente
redacción:

Disposición adicional centésima décima quinta. Ayudas estatales de finalidad regional para las provincias de Soria, Cuenca y Teruel.

En el marco establecido a nivel europeo para las ayudas estatales de finalidad regional,
el Gobierno pondrá en marcha las vías para el máximo aprovechamiento de las ayudas existentes para las provincias de Soria, Cuenca y Teruel en atención a su baja densidad de población.

Estas ayudas tienen que servir para corregir los
desequilibrios que sufren estas provincias, a través de una reducción de los costes de gastos corrientes de las empresas. En especial las destinadas a bonificar los costes de las cotizaciones a la Seguridad Social.

Igualmente, velará por el
desarrollo de planes de acción concretos que permita contrarrestar en dichas provincias las dificultades demográficas.

El Gobierno adoptará las disposiciones y actos necesarios para la implementación de estas ayudas de funcionamiento para su
efectiva puesta en marcha en enero de 2022.

JUSTIFICACIÓN

Para dotar de contenido la DA original.

ENMIENDA NÚM. 1962

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

ALTA :

ENMIENDA A

DISPOSICIÓN ADICIONAL NUEVA


DE ADICIÓN

Se añade una Disposición Adicional Nueva, con la siguiente redacción:

“Disposición Adicional (nueva). Plan de Reactivación Fiscal de la economía y la creación de empleo.

El Gobierno realizará todos los
cambios normativos que sean necesarios para que, en los dos primeros meses del año 2022, entre en vigor un Plan de Reactivación Fiscal de la economía y la creación de empleo que, entre otras medidas, incluirá las siguientes medidas:

1. Una
rebaja del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 4.000 millones de euros, que permita a las familias recuperar el poder adquisitivo perdido este año, especialmente concentrada en los tramos medios y bajos.

2. La supresión del
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para la compra de vivienda habitual (600 millones de euros), para ayudar al acceso a la primera vivienda a la población en general y a los jóvenes en particular.

3. La
revisión y supresión de todas aquellas tasas y otros ingresos tributarios que suponen trabas administrativas, pero cuyo poder recaudatorio es mínimo, con un coste estimado de 600 millones de euros.

4. Reducción de las cotizaciones sociales
para jóvenes y parados de larga duración, con un coste estimado de 1.400 millones de euros, para incentivar la contratación de dos colectivos cuya tasa de paro es realmente inaceptable.

5. Una bonificación del 50% en el Impuesto de
Sociedades a aquellas empresas que se establezcan en municipios de menos de 5.000 habitantes.

6. La supresión definitiva tanto del Impuesto sobre Patrimonio (1.200 millones de euros) como del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (2.700
millones de euros).”

BAJA:

ENMIENDA

DE ADICIÓN

Se añade una nueva Disposición adicional XX. Plan de Racionalización del gasto público, que queda con la siguiente redacción:

“El Gobierno, en el
plazo de 2 meses, aprobará un Plan de Racionalización del gasto público con cargo exclusivamente a capítulo 2, Gastos corrientes, y capítulo 4, Transferencias corrientes, y excepcionalmente a capítulo 1, Gastos de personal, en aquellos casos de
estructuras redundantes e injustificadas, puestos de confianza vacíos de contenido o sueldos injustificados al margen del propio estatuto del empleado público.

El objetivo de este Plan será revisar todo el gasto público político, quedando
fuera de esta revisión -por tanto- partidas como pensiones, masa salarial de los funcionarios o el coste de la deuda.

El objetivo es reducir a la mitad la brecha de eficiencia en el sector público entre España y la media de la OCDE,
actualmente en torno al 14% según el Instituto de Estudios Económicos, y conseguir ahorros superiores a 10.000 millones de euros manteniendo la misma calidad en la prestación de los bienes y servicios públicos, así como en el resto de actuaciones de
carácter económico (recordemos que la dotación presupuestaria asciende a 5.470 M€ en cap.2 y 142.634 M€ en cap. 4).

Este Plan de Racionalización del gasto público se encuadrará dentro del marco del Plan de Reequilibrio que
exige el artículo 11.3 de la LOEPSF, se apoyará en los trabajos elaborados por la AIReF en los diferentes “spending reviews” y, la devolución del ahorro generado a las familias y autónomos a través del Plan de Reactivación Fiscal de la
economía y la creación de empleo, tendrá un efecto arrastre muy positivo para nuestra economía en términos de crecimiento y empleo, volviendo a reactivar el ciclo virtuoso de la economía que vimos a partir de 2015 en nuestro país.”


JUSTIFICACIÓN

Mientras el Gobierno social-comunista hace recaer todo el esfuerzo de la recuperación económica en las familias, autónomos y empresas, los países de nuestro entorno (Alemania, Francia o Italia) están haciendo justo lo
contrario: están bajando impuestos a las familias, autónomos y pymes para consolidar la recuperación económica y la creación de empleo.

No tiene sentido mantener el nivel de gasto en máximos históricos, sustituyendo gasto coyuntural asociado
a la pandemia (sanitario, educativo y de protección del empleo) por gasto que amenaza con ser estructural y que se tiene que financiar con una nueva subida de impuestos en 2022, como ya hizo este gobierno en 2021, y un aumento desorbitado de deuda
pública (en términos de PIB, el doble que la media europea), factores ambos que lastran la recuperación y nos sitúan a la cola de Europa.

Esta enmienda devuelve más de 10.000 millones de euros al bolsillo de los españoles a costa de reducir
el gasto del Estado, empezando por todo el gasto político.

ENMIENDA NÚM. 1963

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

ALTA :

ENMIENDA

Disposición adicional nueva

DE ADICIÓN

Se incorpora una nueva Disposición
Adicional XXX, con la siguiente redacción:

“Disposición Adicional (nueva). Elevación de categoría profesional de los órganos judiciales pertenecientes a los Partidos Judiciales de El Ejido y Roquetas de Mar (Almería).

Con
fecha 1 de enero de 2022 se eleva de categoría profesional a Magistrado/a, de los órganos judiciales pertenecientes a los Partidos Judiciales de El Ejido y Roquetas de Mar (Almería).

BAJA:

Sección: 13 MINISTERIO DE JUSTICIA


Programa: 11KB MRR Proyectos tractores de digitalización de la AGE. Justicia

69 Inversiones Reales MRR, minorar en 100.000 euros

JUSTIFICACIÓN

Adecuar la categoría de ambos juzgados a la situación real y operativa de los
mismos.

ENMIENDA NÚM. 1964

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una Disposición Adicional Nueva, con la siguiente redacción:

“Disposición adicional (nueva). Sobre la Planificación Hidrológica
Nacional.

Durante el año 2022, una vez finalizado y aprobado el tercer ciclo de planificación hidrológica, se procederá a la elaboración de un nuevo Plan Hidrológico Nacional, que incluya: Las medidas necesarias para la coordinación de los
diferentes planes hidrológicos de cuenca; la solución para las posibles alternativas que aquéllos ofrezcan; la previsión y las condiciones de las transferencias de recursos hidráulicos entre ámbitos territoriales de distintos planes hidrológicos
de cuenca; y las modificaciones que se prevean en la planificación del uso del recurso y que afecten a aprovechamientos existentes para abastecimiento de poblaciones o regadíos.

JUSTIFICACIÓN

Transcurrido más de 20 años desde la
aprobación de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, se considera necesario una actualización que condiciones técnicas y administrativas que den seguridad jurídica a la actividad económica, con el contenido que exige el Real
Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. El proceso de planificación debe generarse desde el consenso social, económico y político.

ENMIENDA NÚM. 1965

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.


ENMIENDA

De adición.

Se añade una Disposición Adicional Nueva, con la siguiente redacción:

“Disposición adicional (nueva). Sobre la gestión de las transferencias hídricas entre cuencas.

Durante el año 2022,
quedará sin vigencia los cambios introducidos por el Real Decreto 638/2021, de 27 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto
Tajo-Segura, con el fin de que se adapten sus disposiciones a los Planes Hidrológicos de Cuenca de Tercer Ciclo o, en su caso, la Planificación Hidrológica de carácter nacional.

JUSTIFICACIÓN

El agua es un recurso natural que genera
riqueza y estructura económica. Su gestión debe ser evaluada incluyendo factores ambientales, sociales y económicos. La política de agua debe servir como palanca fundamental para avanzar en la cohesión social y territorial, y luchar contra el reto
demográfico.

ENMIENDA NÚM. 1966

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una Disposición Adicional Nueva, con la siguiente redacción:

“Disposición adicional (nueva). Creación del Fondo para la Innovación en
Economía Circular y residuos plásticos.

Se crea el Fondo para la Innovación en Economía Circular y residuos plásticos, que se dotará con los ingresos procedentes del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, cuyos
fondos se destinarán, de manera preferente, a fomentar la circularidad de los envases, el restaurar los impactos sobre la naturaleza y de la basura marina en general y avanzar en la consecución de los objetivos recogidos en la Estrategia Nacional y
de las normas sectoriales.

JUSTIFICACIÓN

Para que el gravamen sea finalista y esté orientado a la consecución de los objetivos promovidos en la ley, fomentando la circularidad del modelo económico e industrial.

ENMIENDA NÚM.
1967

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional
nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una Disposición Adicional Nueva, con la siguiente redacción:

Disposición adicional (nueva). Exclusión del lobo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial.

El Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico iniciara de oficio, con la información técnica o científica aportada por las Comunidades Autónomas donde se asientan la mayor parte de las poblaciones, la exclusión del lobo
(Canis lupus) del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, iniciando un nuevo proceso de evaluación de medidas con las poblaciones que sean susceptibles de protección, y con posterioridad a la aprobación de la
“Estrategia Estatal para la Convivencia de las Actividades del medio Rural con el Lobo y su Conservación” que incluya las de medidas para la coexistencia entre la especie y la ganadería extensiva, y la dotación presupuestaria necesaria
para su desarrollo.




JUSTIFICACIÓN

La inclusión de toda la población del lobo en el Listado LESPRES, y por tanto, la prohibición del control cinegético que venía practicándose al norte del Duero, supone el fin de un modelo de cohabitación del lobo con
la ganadería extensiva que ha dado muy buenos resultados, y por tanto, una amenaza importante para la conservación de la especie, y para la supervivencia de la ganadería extensiva, actividad fundamental para la fijación de población sobre el
territorio, para la protección de la biodiversidad, y para la supervivencia del medio rural.

Es una decisión de carácter ideológico, sin base científica, que ha generado un gran rechazo social en las Comunidades afectadas, y que debe
revertirse cuanto antes, teniendo en cuenta, además, que no se ha aprobado todavía la Estrategia Nacional para la Conservación y la Gestión del Lobo.

ENMIENDA NÚM. 1968

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una Disposición
Adicional Nueva, con la siguiente redacción:

Disposición Adicional (nueva). Para la creación del Fondo Forestal Nacional.

Se crea el Fondo Forestal Nacional, con objeto de incentivar las externalidades positivas de los montes
ordenados, con los siguientes objetivos:

a) La compensación a los titulares de montes que con una gestión sostenible generan servicios ambientales que disfruta la sociedad.

b) La ampliación de la superficie forestal que genera dichos
servicios, bien por reforestación o bien por implantación de gestión forestal sostenible sobre masas preexistentes.

c) La protección de las masas forestales generadoras de servicios ambientales frente a los factores que las amenazan
singularmente la adaptación al cambio climático.

d) Potenciar el efecto sumidero de nuestros montes.

JUSTIFICACIÓN

Pese a que los montes españoles no son rentables, transfieren a la totalidad de los ciudadanos unos servicios que
permiten a menudo la propia supervivencia, cuando no mejoran, la calidad de vida de la población.

ENMIENDA NÚM. 1969

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al
amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una Disposición Adicional Nueva, con la siguiente redacción:


Disposición Adicional (nueva). Plan de investigación científica y de innovación aplicado a la actividad cinegética

Se crea un Plan de investigación científica y de innovación aplicado a la actividad cinegética que contemple líneas
estratégicas relacionadas con la sostenibilidad económica, social y medioambiental de esta actividad.

Dicho Plan se integrará en el Plan Nacional de I+D+i, y estará dotado económicamente con los recursos destinados a dicho Plan


JUSTIFICACIÓN

La actividad cinegética es fundamental para el desarrollo del medio rural, para la conservación de los ecosistemas y el equilibrio de los mismos, y para la fijación de población en el territorio y el desarrollo económico y
social de muchas comarcas españolas.

Consideramos necesario avanzar en el conocimiento científico que pueda servir de base y apoyo de las decisiones que en materia cinegética deben adoptar las administraciones públicas, y que permita huir de
apriorismos ideológicos en esta materia.

ENMIENDA NÚM. 1970

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del
Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

ENMIENDA A

Nueva Disposición Adicional

DE ADICIÓN

Disposición adicional XXX. Análisis de la Evolución del Modelo
de Participación en los Tributos del Estado de las Entidades locales.

Durante el año 2022 el Gobierno, en colaboración con la Federación Española de Municipios y Provincias, procederá al análisis de la evolución del actual modelo de
Participación en los Tributos del Estado de las Entidades Locales a efectos de comparación en eficiencia y eficacia para la financiación de estas entidades.

JUSTIFICACIÓN

El actual sistema de financiación de las entidades locales de
Participación en los Ingresos del Estado está vigente desde el año 2004, y debido al tiempo transcurrido y la nueva situación de las entidades locales debe analizarse el actual modelo y promover las modificaciones que sean necesarias para su
mejora.

ENMIENDA NÚM. 1971

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente
enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

ENMIENDA A

Nueva Disposición Adicional

DE ADICIÓN

Disposición adicional XXX. Retenciones a practicar en las transferencias del Estado a las
Comunidades Autónomas, de deudas con las Entidades Locales y cumplimiento de obligaciones tributarias respecto de bienes inmuebles de la seguridad social transferidos a otras administraciones públicas

Durante 2022 se promoverá por parte del
Estado en colaboración con las Comunidades Autónomas y la Federación Española de Municipios y Provincias la modificación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, el procedimiento para hacer
efectivo el pago de las deudas que las Comunidades Autónomas tienen con las Entidades Locales, así como el cumplimiento de obligaciones tributarias respecto de bienes inmuebles de la Seguridad Social transferidos a otras Administraciones
Públicas

JUSTIFICACIÓN

Establecer mecanismos y procedimientos que hagan efectivo el pago de las deudas que las Comunidades Autónomas tienen con las Entidades Locales, así como el cumplimiento de obligaciones tributarias respecto de
bienes inmuebles de la Seguridad Social transferidos a otras Administraciones Públicas

ENMIENDA NÚM. 1972

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo
previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se incorpora una nueva Disposición Adicional, con el siguiente texto:


Disposición Adicional (nueva) Condiciones particulares de aplicación a contratos de acceso a las redes asociadas a los costes del sistema eléctrico para el sector agrícola y agroindustria.

Se establecen condiciones particulares de
aplicación a contratos de acceso para el sector agrícola y agroindustria que serán las siguientes:

Las empresas agroindustriales y las actividades agrícolas podrán hacer uso del derecho al contrato de acceso eléctrico con posibilidad de
disponer de dos potencias diferentes a lo largo de 12 meses. Los precios del término de potencia no surtirán incremento alguno respecto de las tarifas de aplicación.

JUSTIFICACIÓN

La posibilidad de firmar dos contratos al año para
reducir los costes fijos (regulados), -que representan más del 60% de la factura eléctrica para los agricultores-, debe hacerse viable de manera urgente en la actual situación económica actual.

ENMIENDA NÚM. 1973

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.


ENMIENDA

De adición.

ENMIENDA A

Nueva Disposición Adicional

DE ADICIÓN

Disposición adicional XXX. Consolidación de la deuda a corto plazo en deuda a largo plazo por parte de las entidades locales

Como
excepción a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se autoriza en 2022 la formalización de operaciones de conversión de deuda a corto plazo que
estén vigentes en operaciones de crédito a largo plazo por parte de aquellas entidades locales que en 2020 o en 2021 presenten remanente de tesorería para gastos generales negativo.

JUSTIFICACIÓN

Permitir a los ayuntamientos con graves
problemas de liquidez o solvencia, sanear su situación económica y financiera

ENMIENDA NÚM. 1974

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una Disposición Adicional nueva. Incentivos fiscales a la gestión forestal sostenible.


Se añade un nuevo artículo 35 bis en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, que quedará redactado de la siguiente forma:

“Artículo 35 bis. Deducciones por inversiones en gestión forestal sostenible.


La realización de actividades que conlleven una inversión en gestión forestal sostenible dará derecho a practicar una deducción de la cuota íntegra, en las condiciones establecidas en este apartado.

Concepto de Gestión Forestal
Sostenible.

Se considerará gestión forestal sostenible la organización, administración y uso de los montes de forma e intensidad que permita mantener su biodiversidad, productividad, vitalidad, potencialidad y capacidad de regeneración, para
atender, ahora y en el futuro, las funciones ecológicas, económicas y sociales relevantes en el ámbito local, nacional y global, y sin producir daños a otros ecosistemas, y la justificación de su ejecución debe estar amparada en los preceptivos
proyectos de ordenación, planes dasocráticos u otros instrumentos de gestión equivalentes, acorde a lo establecido en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

Asimismo, se considerará como parte de la Gestión Forestal Sostenible las
labores que se lleven a cabo en desarrollo de las medidas de prevención de incendios forestales previstas en el artículo 44 de la citada Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.

Base de la deducción.

La base de la deducción estará
constituida por el importe de los gastos de inversión realizados en gestión forestal sostenible y en medidas de prevención de incendios forestales y, en su caso, por las inversiones en elementos de inmovilizado material e intangible incluidos
edificios necesarios para la guarda del material de apero de la actividad y excluida la adquisición de terrenos.

Porcentaje de la deducción. El 20 por ciento de las inversiones que los propietarios realicen se minore de sus cuotas integras
tanto en el Impuesto de Sociedades como en el IRPF.

BAJA:

Sección: 23 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Programa: 45DC Restauración de ecosistemas e infraestructura verde

Transferencias a
CCAA. MRR para actuaciones de conservación y restauración de ecosistemas y de su biodiversidad;

Importe: se minora en 10.000.000 euros.

JUSTIFICACIÓN

Se trata de promover la inversión de propietarios forestales en el monte
que, en estos momentos, tiene, en la mayor parte de los casos, rentabilidad negativa; a la vez se impulsará la actividad económica en las zonas rurales desfavorecidas, se creará empleo y se asentará su población. La desgravación fiscal propuesta
conseguiría:

Que montes abandonados hasta ahora, por falta de rentabilidad se pusieran en producción, generando actividad económica.

Que personas que en el medio rural estaban percibiendo subsidios por desempleo pasen a ocupar los
puestos de empleo generados.




El papel del sector forestal en la generación de empleo rural es muy relevante debido a que las actividades forestales son muy intensivas en mano de obra. Esta circunstancia, junto al hecho de que las áreas forestales suelen estar en
las zonas de montaña menos favorecidas, contribuirá asimismo a fijar la población en el medio rural y evitar el despoblamiento que se está produciendo.

Una decidida actuación en selvicultura preventiva no sólo generará empleo de forma
inmediata, si no que evitará que muchos incendios se produzcan, con la disminución de los costes de extinción que ello conlleva, los daños ambientales y los costes de reparación.

ENMIENDA NÚM. 1975

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN
EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.


Se añade una nueva Disposición Adicional con la siguiente redacción:

Disposición adicional nueva. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de
octubre.

Se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en los términos siguientes:

Se añade una nueva disposición adicional, la vigésima bis,
con la siguiente redacción:

Disposición adicional vigésima bis. Coeficientes reductores de la edad de jubilación de los miembros del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, del Cuerpo de Mossos d?Esquadra y del Cuerpo General de Policía
Canaria.

1. La edad ordinaria exigida para el acceso a la pensión de jubilación conforme al artículo 205.1.a), se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar el coeficiente reductor del 0,20 a los años completos
efectivamente trabajados como miembros de los Cuerpos de la Policía Foral de Navarra, Mossos d?Esquadra y del Cuerpo General de Policía Canaria, una vez atendidos, en su caso, los trámites previos necesarios recogidos en el Real Decreto 1698/2011,
de 18 de noviembre, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.

La aplicación de la reducción de la edad
de jubilación prevista en el párrafo anterior en ningún caso dará ocasión a que el interesado pueda acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior a los sesenta años, o a la de cincuenta y nueve años en los supuestos en que se acrediten
treinta y cinco o más años de actividad efectiva y cotización en el Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, del Cuerpo de Mossos d?Esquadra y del Cuerpo General de Policía Canaria o en algún otro cuerpo policial y de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad, sin cómputo de la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias, por el ejercicio de la actividad a que se refiere el párrafo anterior. A estos efectos, se tendrán en cuenta los años en que hubiesen prestado servicios en
algún otro cuerpo policial y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

2. El período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación del trabajador, de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior, se computará como cotizado al
exclusivo efecto de determinar el porcentaje aplicable a la correspondiente base reguladora para calcular el importe de la pensión de jubilación.

Tanto la reducción de la edad como el cómputo, a efectos de cotización, del tiempo en que
resulte reducida aquella, que se establecen en el apartado anterior, serán de aplicación a los miembros del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, del Cuerpo de Mossos d?Esquadra y del Cuerpo General de Policía Canaria que hayan permanecido en
situación de alta por dicha actividad hasta la fecha en que se produzca el hecho causante de la pensión de jubilación.

Asimismo, mantendrán el derecho a estos mismos beneficios quienes habiendo alcanzado la edad de acceso a la jubilación que
en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el apartado 1 de esta disposición adicional cesen en su actividad como miembro de dicho cuerpo pero permanezcan en alta por razón del desempeño de una actividad laboral diferente, cualquiera
que sea el régimen de la Seguridad Social en el que por razón de esta queden encuadrados.

3. En relación con los colectivos a los que se refiere esta disposición procederá aplicar un tipo de cotización adicional sobre la base de cotización
por contingencias comunes, tanto para la empresa como para el trabajador. Estos tipos de cotización se ajustarán a la situación del colectivo de activos y pasivos.

4. El sistema establecido en la presente disposición adicional será de
aplicación después de que en la Comisión u órgano competente se haga efectivo un acuerdo de financiación por parte del Estado de la cuantía anual correspondiente a las cotizaciones recargadas que se deban implantar como consecuencia de la pérdida de
cotizaciones por el adelanto de la edad de jubilación y por el incremento en las prestaciones en los años en que se anticipe la edad de jubilación, en cuantía equiparable a la que la Administración del Estado abona en los casos de jubilación
anticipada de los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en el Régimen de Clases Pasivas.

5. El periodo de tiempo en que pueda resultar efectivamente rebajada la edad de jubilación a los trabajadores contemplados en el
artículo 206, se computará como cotizado a todos los efectos, obedeciendo dicho cómputo al ajuste en la cotización adicional que soportan para garantizar el equilibrio financiero del sistema.”

JUSTIFICACIÓN

La incorporación de
este nuevo apartado se fundamenta en los diferentes compromisos adquiridos por el Congreso de los Diputados y otras asambleas legislativas.

Por ejemplo, en el mes de junio de este año todos los grupos del Parlamento Navarro respaldaron su
compromiso con la petición de aplicar coeficientes reductores a la edad ordinaria de jubilación de estos servidores, cuya función primordial es la de mantener la seguridad y de garantizar el ejercicio de los derechos de todos los ciudadanos en el
territorio foral.

También se asumió este acuerdo respecto del cuerpo de los Mossos d?Esquadra, en el año 2018, que nuevamente por el cambio de gobierno que se produjo ese mismo ejercicio no pudo llevarse a cabo. Desde entonces, el Gobierno
de la Nación no ha dado los pasos necesarios para su aprobación.

Carece de sentido la exclusión de estos cuerpos de extensión autonómica, cuando otros de idéntica (o muy similar) naturaleza sí lo tienen reconocido como ocurre con el caso de
la Ertzaintza o de los Policías Locales al servicio de las entidades que integran la Administración Local (recogido en el para este último supuesto en el Real Decreto 1449/2018, de 14 de diciembre).

La posibilidad reconocida en esta enmienda
de anticipar la edad ordinaria de jubilación se aplicará a los miembros de estos cuerpos, computándose también como tiempo cotizado a estos efectos (y para los años de ejercicio sobre los que se aplicará el coeficiente reductor) los servicios que se
hayan prestado anteriormente en otros cuerpos policiales y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

La adición que se pretende representa la expresión de una obligación moral y política que el grupo parlamentario popular respalda y ha defendido
en reiteradas ocasiones. Pero esta obligación no es exclusiva del grupo solicitante, sino de todos los que componen el arco parlamentario. Por ello, en el caso de no ser incorporada a este proyecto de ley, se habría de incorporar en el proyecto de
Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2022.

ENMIENDA NÚM. 1976

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del
Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

ENMIENDA A

Nueva Disposición Adicional

DE ADICIÓN

Disposición adicional XXX. Consolidación de la
deuda a corto plazo en deuda a largo plazo por parte de las entidades locales

Como excepción a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se
autoriza en 2022 la formalización de operaciones de conversión de deuda a corto plazo que estén vigentes en operaciones de crédito a largo plazo por parte de aquellas entidades locales que en 2020 o en 2021 presenten remanente de tesorería para
gastos generales negativo.

JUSTIFICACIÓN

Permitir a los ayuntamientos con graves problemas de liquidez o solvencia, sanear su situación económica y financiera

ENMIENDA NÚM. 1977

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.


Se añade una nueva Disposición Adicional con la siguiente redacción:

Disposición adicional xxx. Modificación del artículo 206, del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de
30 de octubre.

Se añade un nuevo párrafo al artículo 206, con el número cuatro, que queda redactado como sigue:

“4. El periodo de tiempo en que resulta reducida la edad de jubilación del trabajador, de acuerdo con lo
establecido en el apartado anterior, se computará como cotizado a todos los efectos.”

JUSTIFICACIÓN

El Real Decreto Legislativo, 8/2015, texto refundido de la Ley General de Seguridad Social, en su artículo 206 faculta la
posibilidad de rebajar la edad mínima de jubilación por razón de la actividad en aquellos grupos o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y acusen elevados índices de
morbilidad o mortalidad, lo cual conllevará los ajustes necesarios en la cotización para garantizar el equilibrio financiero.

Esta posibilidad de anticipar la edad de jubilación a través de coeficientes reductores, ocasiona durante el periodo
bonificado un coste económico para el sistema  al tener que abonar la pensión durante más tiempo y al mermar los ingresos por las cuotas de cotización que dejen de ingresarse durante dicho periodo, por ello, se establecen cotizaciones adicionales,
tanto para el empleador como para el trabajador, que garanticen el equilibrio financiero del sistema, cumpliendo el precepto legal exigido.

Durante muchos años, por parte del INSS, se han resuelto esto expedientes sin ningún tipo de problema,
aplicando un criterio homogéneo para todos ellos, que ha consistido en considerar el alcance del periodo de bonificación de la edad de jubilación como cotizado a todos los efectos.

Desde 2019, el INSS ha cambiado de criterio, lo cual está
originando una seria problemática que perjudica a todos los colectivos en cuestión, por cuanto que ha dejado de reconocérseles como parte de su vida laboral total el periodo de bonificación, lo cual conlleva retrasar el hecho causante de la
jubilación.

Resulta necesario seguir manteniendo, tal y como se ha venido haciendo, el criterio de considerar el alcance del periodo de bonificación a todos los efectos, dado que como ya hemos citado anteriormente, durante la vida laboral
activa han estado soportando, empleadores y trabajadores, una cotización adicional o recargo de cuotas que financia con creces y por adelantado todo el periodo de bonificación en cada caso concreto.

El contenido de esta enmienda se adapta a
lo previsto en la recomendación décima segunda del Pacto de Toledo.

ENMIENDA NÚM. 1978

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva Disposición Adicional con la siguiente redacción:

Disposición adicional xx.
Modificación de la disposición adicional vigésima del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

Se añade un nuevo párrafo a la disposición adicional vigésima, el
número quinto, que queda redactada como sigue:

Disposición adicional vigésima. Coeficientes reductores de la edad de jubilación de los miembros del Cuerpo de la Ertzaintza.

“(…)

5. El periodo de tiempo en que
pueda resultar efectivamente rebajada la edad de jubilación a los trabajadores contemplados en el artículo 206, se computará como cotizado a todos los efectos, obedeciendo dicho cómputo al ajuste en la cotización adicional que soportan para
garantizar el equilibrio financiero del sistema.”

JUSTIFICACIÓN

El Real Decreto Legislativo, 8/2015, texto refundido de la Ley General de Seguridad Social, en su artículo 206 faculta la posibilidad de rebajar la edad mínima de
jubilación por razón de la actividad en aquellos grupos o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, lo cual conllevará los
ajustes necesarios en la cotización para garantizar el equilibrio financiero.

Esta posibilidad de anticipar la edad de jubilación a través de coeficientes reductores, ocasiona durante el periodo bonificado un coste económico para el sistema 
al tener que abonar la pensión durante más tiempo y al mermar los ingresos por las cuotas de cotización que dejen de ingresarse durante dicho periodo, por ello, se establecen cotizaciones adicionales, tanto para el empleador como para el trabajador,
que garanticen el equilibrio financiero del sistema, cumpliendo el precepto legal exigido.

Durante muchos años, por parte del INSS, se han resuelto esto expedientes sin ningún tipo de problema, aplicando un criterio homogéneo para todos
ellos, que ha consistido en considerar el alcance del periodo de bonificación de la edad de jubilación como cotizado a todos los efectos.

Desde 2019, el INSS ha cambiado de criterio, lo cual está originando una seria problemática que
perjudica a todos los colectivos en cuestión, por cuanto que ha dejado de reconocérseles como parte de su vida laboral total el periodo de bonificación, lo cual conlleva retrasar el hecho causante de la jubilación.

Resulta necesario seguir
manteniendo, tal y como se ha venido haciendo, el criterio de considerar el alcance del periodo de bonificación a todos los efectos, dado que como ya hemos citado anteriormente, durante la vida laboral activa han estado soportando, empleadores y
trabajadores, una cotización adicional o recargo de cuotas que financia con creces y por adelantado todo el periodo de bonificación en cada caso concreto.

El contenido de esta enmienda se adapta a lo previsto en la recomendación décima
segunda del Pacto de Toledo.

ENMIENDA NÚM. 1979

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva disposición adicional, siendo su redacción del tenor literal siguiente:

Disposición adicional xx. Sobre el
cumplimento del requerimiento efectuado en la recomendación 12ª del Pacto de Toledo.

“En cumplimiento de la recomendación 12ª del Pacto de Toledo, el Gobierno deberá comparecer, en el plazo de tres meses, ante la Comisión de
Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo para el análisis y debate, en el seno de la misma, del «Informe sobre el acceso a la pensión de jubilación anticipada para trabajadores con carreras de cotización largas», remitido el 30
de julio de 2021, de manera que puedan formularse conclusiones y propuestas ante los posibles efectos adversos que, en su caso, se deriven de jubilaciones anticipadas en las que la aplicación de coeficientes reductores pueda producir un efecto
inequitativo ”.

JUSTIFICACIÓN

La Recomendación 12ª del Pacto de Toledo obligaba al Gobierno a proponer una respuesta a “la situación de aquellas jubilaciones anticipadas en las que la aplicación de coeficientes reductores
pueda producir un efecto inequitativo”.

El ejecutivo se limitó a presentar un informe, el último día hábil del mes de julio, sin debate ni posibilidad de alegaciones por los diferentes grupos parlamentarios, ni tampoco por los
representantes de la sociedad civil interesados en este diálogo. De hecho, son diversas las asociaciones y grupos de representantes que se han manifestado en contra de las conclusiones del informe remitido por el Ministerio de Inclusión, Seguridad
Social y Migraciones.

Por ello, y para cumplir de manera real la finalidad propia del Pacto de Toledo, debe favorecerse el análisis y debate, de tal forma que se alcancen conclusiones y propuestas constructivas en una materia tan fundamental
como es el respeto y garantía de los principios de contributividad, solidaridad y solvencia de nuestro sistema de pensiones.

Es obligación de todo gobierno, como se desprende de la Constitución Española de 1978, la de garantizar un régimen
público de Seguridad Social para todos los ciudadanos ante situaciones de necesidad. Ello se adiciona a la necesidad de perseguir un sistema que sea suficiente y también sostenible.

Desgraciadamente, las políticas de este Gobierno han
motivado que, los últimos años, el desempleo entre la denominada “generación sénior” (los mayores de 55 años) se haya incrementado, aumentando también su posibilidad de convertirse en desempleados de larga duración.

De hecho, en
el porcentaje de trabajadores de más edad, España tiene la mitad de personas trabajando que el resto de la Unión. Esto no sólo es un fracaso como sociedad, sino que además nos hará retrasar más aún la recuperación económica, ya que se ha demostrado
que aumentar la tasa de actividad entre la población adulta es una fuente de crecimiento del PIB nacional y además fomenta el empleo joven, en el que, desgraciadamente, las políticas que se adoptan nos hacen ser líderes de paro juvenil en la Unión
Europea. Es, además, un enorme detrimento a la sostenibilidad del sistema, en tanto impide un aumento que sería significativo en el ingreso por cotizaciones sociales, tanto de los trabajadores más mayores, como de los nuevos jóvenes que accederían
al mercado de trabajo.

Deben analizarse las políticas activas de empleo que fomenten el mantenimiento del talento sénior en nuestro mercado laboral. Es este, precisamente, uno de los intereses perseguidos por la recomendación 12ª del Pacto
de Toledo: “fomentarse la permanencia de los trabajadores en activo a través de la adaptación y mejora de los incentivos sociales, fiscales y laborales existentes.”

ENMIENDA NÚM. 1980

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN
EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.


Se añade una nueva disposición adicional, siendo su redacción del tenor literal siguiente:

Disposición adicional xx. Modificación del artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Uno. Se da nueva redacción al artículo 60, en los siguientes términos,

«Artículo 60. Complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social
para la reducción de la brecha de género.

Se reconocerá un complemento por maternidad en las pensiones contributivas de la Seguridad Social para la reducción de la brecha de género, a las mujeres que hayan tenido hijos biológicos o adoptados
y sean beneficiaras en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social de pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.

El derecho a percibir el complemento por maternidad en las pensiones se reconocerá a la
mujer siempre que no medie solicitud y reconocimiento del complemento en favor del otro progenitor. Si ambos progenitores fueran mujeres, se reconocerá a aquella que perciba pensiones públicas cuya sume sea de menor cuantía.




Los progenitores varones tendrán derecho al reconocimiento de este complemento cuando concurran alguno de los siguientes requisitos:

a) Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en
común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad.

b) Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del
nacimiento o adopción, con arreglo a las siguientes condiciones:

1.ª En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, tener más de ciento veinte días sin cotización entre los nueve meses anteriores al
nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha o, en caso de adopción, entre la fecha de la resolución judicial por la que se constituya y los tres años siguientes, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior
a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.

2.ª En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, que la suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento o al
de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15 por ciento, a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores, siempre que la cuantía de las sumas de las pensiones reconocidas sea inferior a la
suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.

3.ª Si los dos progenitores son hombres y se dan las condiciones anteriores en ambos, se reconocerá a aquel que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía.

4.ª El
requisito, para causar derecho al complemento, de que la suma de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda al otro progenitor, se exigirá en el momento en que ambos progenitores causen derecho a una
prestación contributiva en los términos previstos en la norma.

Este complemento, que tendrá a todos los efectos naturaleza jurídica de pensión pública contributiva, consistirá en un importe equivalente al resultado de aplicar a la cuantía
inicial de las referidas pensiones un porcentaje determinado, que estará en función del número de hijos según la siguiente escala:

a) En el caso de 1 ó 2 hijos: 5 por ciento.

b) En el caso de 3 hijos: 10 por ciento.

c) En el
caso de 4 o más hijos: 15 por ciento.

Únicamente uno de los dos progenitores podrá ser beneficiario del complemento por maternidad. El reconocimiento del complemento al segundo progenitor supondrá la extinción del complemento ya reconocido
al primer progenitor y producirá efectos económicos el primer día del mes siguiente al de la resolución, siempre que la misma se dicte dentro de los seis meses siguientes a la solicitud o, en su caso, al reconocimiento de la pensión que la cause;
pasado este plazo, los efectos se producirán desde el primer día del séptimo mes.

Antes de dictar la resolución reconociendo el derecho al segundo progenitor se dará audiencia al que viniera percibiendo el complemento.

A efectos de
determinar el derecho al complemento, así como su cuantía, únicamente se computarán los hijos nacidos o adoptados con anterioridad al hecho causante de la pensión correspondiente.

En el supuesto de que la cuantía de la pensión reconocida
inicialmente supere el límite establecido en el artículo 57 sin aplicar el complemento, la suma de la pensión y del complemento no podrá superar dicho límite incrementado en un 50 por ciento del complemento asignado.

Asimismo, si la cuantía
de la pensión reconocida alcanza el límite establecido en el artículo 57 aplicando solo parcialmente el complemento, la interesada o el interesado tendrán derecho además a percibir el 50 por ciento de la parte del complemento que exceda del límite
máximo vigente en cada momento.

En los casos en que legal o reglamentariamente esté permitida por otras causas la superación del límite máximo, el complemento se calculará en los términos indicados en este apartado, estimando como cuantía
inicial de la pensión el importe del límite máximo vigente en cada momento.

Si la pensión a complementar se causa por totalización de periodos de seguro a prorrata temporis, en aplicación de normativa internacional, el complemento se
calculará sobre la pensión teórica causada y al resultado obtenido se le aplicará la prorrata que corresponda.

En aquellos supuestos en que la pensión inicialmente causada no alcance la cuantía mínima de pensiones que anualmente establezca
la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, se reconocerá dicha cuantía, teniendo en cuenta las previsiones establecidas en el artículo 59. A este importe se sumará el complemento por hijo, que será el resultado de aplicar el
porcentaje que corresponda a la pensión inicialmente calculada.

El complemento a la pensión por maternidad para la reducción de la brecha de género no será de aplicación en los casos de jubilación parcial a la que se refiere el artículo
215.

No obstante, se asignará el complemento de pensión que proceda cuando desde la jubilación parcial se acceda a la jubilación plena, una vez cumplida la edad que en cada caso corresponda.

En el caso de concurrencia de pensiones del
sistema de la Seguridad Social, se reconocerá el complemento por hijo solamente a una de las pensiones de la beneficiaria o del beneficiario, de acuerdo con el siguiente orden de preferencia:

1º. A la pensión que resulte más favorable.


2º. Si concurre una pensión de jubilación con una pensión de viudedad, el complemento se aplicará a la de jubilación.

En el supuesto de que la suma de las pensiones reconocidas supere el límite establecido en el artículo 57 sin aplicar el
complemento, la suma de las pensiones y del complemento no podrá superar dicho límite incrementado en un 50 por ciento del complemento asignado.

Asimismo, si la cuantía de las pensiones reconocidas alcanza el límite establecido en el artículo
57 aplicando solo parcialmente el complemento, la interesada o el interesado tendrán derecho además a percibir el 50 por ciento de la parte del complemento que exceda del límite máximo vigente en cada momento.

En los casos en que legal o
reglamentariamente esté permitida por otras causas la superación del límite máximo, el complemento se calculará en los términos indicado en este apartado, estimando como cuantía inicial de la suma de las pensiones concurrentes el importe del límite
máximo vigente en cada momento.

10. La percepción del complemento estará sujeta además a las siguientes reglas:

a) Cada hijo o hija dará derecho únicamente al reconocimiento de un complemento.

b) No se reconocerá el derecho al
complemento al padre o a la madre que haya sido privado de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.

Tampoco se reconocerá el derecho al
complemento al padre que haya sido condenado por violencia contra la mujer, en los términos que se defina por la ley o por los instrumentos internacionales ratificados por España, ejercida sobre la madre, ni al padre o a la madre que haya sido
condenado o condenada por ejercer violencia contra los hijos o hijas.

c) El complemento será satisfecho en catorce pagas, junto con la pensión que determine el derecho al mismo.

Los complementos que pudieran ser reconocidos en
cualquiera de los regímenes de Seguridad Social serán incompatibles entre sí, siendo abonado en el régimen en el que el causante de la pensión tenga más periodos de alta.

El derecho al complemento estará sujeto al régimen jurídico de la
pensión en lo referente a nacimiento, duración, suspensión, extinción y, en su caso, actualización”.

JUSTIFICACIÓN

Mejorar complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social para la
reducción de la brecha de género.

ENMIENDA NÚM. 1981

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado,
formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva disposición adicional, siendo su redacción del tenor literal siguiente:

“Disposición adicional xxx.
Modificación del texto refundido de la Ley de Clases pasivas del Estado aprobado por el Real Decreto legislativo 670/ 1987, de 30 de abril.

Uno. Se modifica la disposición adicional decimoctava, que queda redactada como sigue:


«Disposición adicional decimoctava. Complemento por maternidad en las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado para la reducción de la brecha de género.

Se reconocerá un complemento de pensión a las mujeres que hayan tenido
hijos naturales o adoptados y sean beneficiarias de pensiones de jubilación o retiro de carácter forzoso o por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad o viudedad en el Régimen de Clases Pasivas del Estado.

El derecho a percibir
el complemento por maternidad en las pensiones se reconocerá a la mujer siempre que no medie solicitud y reconocimiento del complemento en favor del otro progenitor. Si ambos progenitores fueran mujeres, se reconocerá a aquella que perciba
pensiones públicas cuya sume sea de menor cuantía.

Los progenitores varones tendrán derecho al reconocimiento de este complemento cuando concurran alguno de los siguientes requisitos:

Causar una pensión de viudedad por fallecimiento
del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad.

Causar una pensión de jubilación o de retiro de carácter forzoso o por incapacidad permanente para el servicio o
inutilidad y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con arreglo a las siguientes condiciones:

1.º En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre
de 1994, tener más de ciento veinte días sin servicios efectivos al Estado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 de este texto refundido, entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha o, en caso de
ad opción, entre la fecha de la resolución judicial por la que se constituya y los tres años siguientes, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.


2.º En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, que el funcionario haya cesado en el servicio activo o haya tenido una reducción de jornada en los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento o al de la
resolución judicial por la que se constituya la adopción, en más de un 15 por ciento, respecto a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las
pensiones que le corresponda a la mujer.

3.º Si los dos progenitores son hombres y se dan las condiciones anteriores en ambos, se reconocerá a aquel que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía.

4.º El requisito, para
causar derecho al complemento, de que la suma de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda al otro progenitor se exigirá en el momento en que ambos progenitores causen derecho a una prestación contributiva
en los términos previstos en la norma.

Dicho complemento, que tendrá a todos los efectos naturaleza jurídica de pensión pública, consistirá en un importe equivalente al resultado de aplicar a la pensión que corresponda reconocer, un
porcentaje determinado en función del número de hijos nacidos o adoptados con anterioridad al hecho causante de la pensión, según la siguiente escala:

a) En el caso de 1 ó 2 hijos: 5 por 100.

b) En el caso de 3 hijos: 10 por
100.

c) En el caso de 4 o más hijos: 15 por 100.

Si en la pensión a complementar se totalizan períodos de seguro prorrata temporis, en aplicación de normativa internacional, el complemento se calculará sobre la pensión teórica, y al
resultado obtenido se le aplicará la proporción que corresponda al tiempo cotizado en España.

La pensión que corresponda reconocer o la pensión teórica sobre la que se calcula el complemento por maternidad en ningún caso podrá superar el
límite máximo de las pensiones públicas establecido en el artículo 27.3 de este texto refundido.

En los casos en que legal o reglamentariamente esté permitida por otras causas la superación del límite máximo, el complemento se calculará en
los términos indicados en este apartado, estimando como cuantía inicial de la pensión el importe del límite máximo vigente en cada momento.

El complemento por maternidad se reconocerá por la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones
Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y por la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa en el ámbito de sus respectivas competencias. No obstante, la competencia para el abono corresponderá en todo caso a la
Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

El complemento por maternidad en ningún caso formará parte de la pensión de jubilación o retiro a efectos de la determinación
de la base reguladora en el reconocimiento de pensiones en favor de los familiares del personal comprendido en el ámbito de aplicación de este texto refundido.

En el supuesto de que la cuantía de la pensión que corresponda reconocer sea igual
o superior al límite de pensión máxima regulado en el artículo 27.3 de este texto refundido, solo se abonará el 50 por 100 del complemento.

Asimismo, si la cuantía de dicha pensión alcanza el límite establecido en el citado artículo 27.3
aplicando sólo parcialmente el complemento, la interesada tendrá derecho además a percibir el 50 por 100 de la parte del complemento que exceda del límite máximo vigente en cada momento.

Lo establecido en este apartado se aplicará igualmente
en el supuesto de que exista concurrencia de pensiones públicas.

En aquellos supuestos en que la pensión que corresponda reconocer no alcance la cuantía de pensión mínima anualmente establecida en la correspondiente Ley de Presupuestos
Generales del Estado, la interesada tendrá derecho, en caso de reunir los requisitos y previa solicitud, a percibir el complemento a mínimos regulado en el artículo 27.2 de este texto refundido. A este importe se sumará el complemento por
maternidad, que será el resultado de aplicar el porcentaje que corresponda a la pensión inicialmente calculada.

Únicamente uno de los dos progenitores podrá ser beneficiario del complemento por maternidad. El reconocimiento del complemento
al segundo progenitor supondrá la extinción del complemento ya reconocido al primer progenitor y producirá efectos económicos el primer día del mes siguiente al de la resolución, siempre que la misma se dicte dentro de los seis meses siguientes a la
solicitud o, en su caso, al reconocimiento de la pensión que la cause; pasado este plazo, los efectos se producirán desde el primer día del séptimo mes.

Antes de dictar la resolución reconociendo el derecho al segundo progenitor se dará
audiencia al que viniera percibiendo el complemento.

No se tendrá derecho a este complemento en los casos de jubilación parcial, a la que se refiere el artículo 215 y el apartado sexto de la disposición transitoria cuarta.

No obstante,
se reconocerá el complemento que proceda cuando desde la jubilación parcial se acceda a la jubilación plena, una vez cumplida la edad que en cada caso corresponda.

En el caso de concurrencia de pensiones públicas, con independencia del
Régimen en el que se causen, se abonará un solo complemento por maternidad de acuerdo con las siguientes reglas:

En caso de concurrencia de más de una pensión de jubilación, se abonará el complemento de mayor cuantía.

En caso de
concurrencia de pensión de jubilación y viudedad, se abonará el complemento correspondiente a la pensión de jubilación.

En todo caso el abono del complemento se ajustará a lo dispuesto en el apartado 5 de esta disposición.

La
percepción del complemento estará sujeta además a las siguientes reglas:

a) Cada hijo o hija dará derecho únicamente al reconocimiento de un complemento.

b) No se reconocerá el derecho al complemento al padre o a la madre que haya
sido privado de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.

Tampoco se reconocerá el derecho al complemento al padre que haya sido condenado por
violencia contra la mujer, en los términos que se defina por la ley o por los instrumentos internacionales ratificados por España, ejercida sobre la madre, ni al padre o a la madre que haya sido condenado o condenada por ejercer violencia contra los
hijos o hijas.

c) El complemento será satisfecho en catorce pagas, junto con la pensión que determine el derecho al mismo.

El complemento por maternidad estará sujeto al régimen jurídico de la pensión sobre la que se haya
calculado.

El derecho al reconocimiento del complemento para la reducción de la brecha de género se mantendrá en tanto se mantenga la brecha de género de las pensiones de jubilación en los términos previstos en la disposición adicional
trigésima séptima del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre”.

JUSTIFICACIÓN

Mejorar complemento por maternidad en las pensiones contributivas
del sistema de la Seguridad Social para la reducción de la brecha de género.

ENMIENDA NÚM. 1982

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en
el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva disposición adicional, siendo su redacción del tenor literal siguiente:


Disposición adicional xxx. De modificación del artículo 49, letra c, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Artículo 49.
Permisos por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, por razón de violencia de género y para las víctimas de terrorismo y sus familiares directos.

(…)

c) Permiso del progenitor diferente de la madre
biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija: tendrá una duración de dieciséis semanas de las cuales las seis semanas inmediatas posteriores al hecho causante serán en todo caso de descanso
obligatorio. Este permiso se ampliará en dos semanas más, una para cada uno de los progenitores, en el supuesto de discapacidad del hijo o hija, y por cada hijo o hija a partir del segundo en los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines
de adopción o acogimiento múltiples, a disfrutar a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o acogimiento, o de la resolución judicial por la que se constituya la adopción.

No obstante,
en caso de fallecimiento del progenitor diferente a la madre biológica, ésta podrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de la parte que reste de permiso.

Este permiso podrá distribuirse por el progenitor que vaya a disfrutar del mismo
siempre que las seis primeras semanas sean ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha del nacimiento, de la decisión judicial de guarda con fines de adopción o acogimiento o decisión judicial por la que se constituya la adopción.


En el caso de que ambos progenitores trabajen y transcurridas las seis primeras semanas, el período de disfrute de este permiso podrá llevarse a cabo de manera interrumpida dentro de los doce meses a contar o bien desde el nacimiento del hijo o
hija, o bien desde la resolución judicial por la que se constituye la adopción o bien de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento. En el caso del disfrute interrumpido se requerirá, para cada período de disfrute,
un preaviso de al menos quince días y se realizará por semanas completas.

En el caso de que se optará por el disfrute del presente permiso con posterioridad a la semana dieciséis del permiso por nacimiento, si el progenitor que disfruta de
este último permiso hubiere solicitado la acumulación del tiempo de lactancia de un hijo menor de doce meses en jornadas completas del apartado f) del artículo 48, será a la finalización de ese período cuando se dará inicio al cómputo de las diez
semanas restantes del permiso del progenitor diferente de la madre biológica.

Este permiso podrá disfrutarse a jornada completa o a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan, y en los términos que reglamentariamente se
determinen, conforme a las reglas establecidas en el presente artículo.

En los casos de parto prematuro y en aquellos en que, por cualquier otra causa, el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, este permiso se
ampliará en tantos días como el neonato se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales.




En el supuesto de fallecimiento del hijo o hija, el periodo de duración del permiso no se verá reducido, salvo que, una vez finalizadas las seis semanas de descanso obligatorio se solicite la reincorporación al puesto de trabajo.


Durante el disfrute de este permiso, transcurridas las seis primeras semanas ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha del nacimiento, se podrá participar en los cursos de formación que convoque la Administración.

En los
casos previstos en los apartados a), b), y c) el tiempo transcurrido durante el disfrute de estos permisos se computará como de servicio efectivo a todos los efectos, garantizándose la plenitud de derechos económicos de la funcionaria y, en su caso,
del otro progenitor funcionario, durante todo el periodo de duración del permiso, y, en su caso, durante los periodos posteriores al disfrute de este, si de acuerdo con la normativa aplicable, el derecho a percibir algún concepto retributivo se
determina en función del periodo de disfrute del permiso.

Los funcionarios que hayan hecho uso del permiso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, tanto temporal como permanente, tendrán derecho, una vez
finalizado el periodo de permiso, a reintegrarse a su puesto de trabajo en términos y condiciones que no les resulten menos favorables al disfrute del permiso, así como a beneficiarse de cualquier mejora en las condiciones de trabajo a las que
hubieran podido tener derecho durante su ausencia.

JUSTIFICACIÓN

Deben implementarse las medidas necesarias para que, en caso de fallecimiento de uno de los progenitores, el otro que sobrevive, pueda disponer de las mayores
herramientas posibles para afrontar la paternidad o la maternidad.

Solo incorporando las palancas adecuadas podremos impulsar de manera real la natalidad en nuestro país. Este debe ser un objetivo prioritario, que no puede verse
obstaculizado por barreras administrativas o por la falta de los instrumentos necesarios.

El desarrollo efectivo de las posibles medidas a adoptar para el fomento de la natalidad en nuestro país ha de ir siempre de la mano de políticas que
impulsen la conciliación de la vida familiar y laboral, de manera que el sistema prevea las mayores facilidades posibles para ello.

ENMIENDA NÚM. 1983

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva disposición adicional
XXX, siendo su redacción del tenor literal siguiente:

Disposición adicional xxx. De modificación del artículo 48, apartado cuarto, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores.

Artículo 48. Suspensión con reserva de puesto de trabajo.

(…)

4. El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor de doce meses, suspenderá el contrato de trabajo de la madre
biológica durante 16 semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que habrán de disfrutarse a jornada completa, para asegurar la protección de la salud de la madre.

El
nacimiento suspenderá el contrato de trabajo del progenitor distinto de la madre biológica durante 16 semanas, de las cuales serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que habrán de disfrutarse a jornada
completa, para el cumplimiento de los deberes de cuidado previstos en el artículo 68 del Código Civil.

En los casos de parto prematuro y en aquellos en que, por cualquier otra causa, el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del
parto, el periodo de suspensión podrá computarse, a instancia de la madre biológica o del otro progenitor, a partir de la fecha del alta hospitalaria. Se excluyen de dicho cómputo las seis semanas posteriores al parto, de suspensión obligatoria del
contrato de la madre biológica.

En los casos de parto prematuro con falta de peso y en aquellos otros en que el neonato precise, por alguna condición clínica, hospitalización a continuación del parto, por un periodo superior a siete días, el
periodo de suspensión se ampliará en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales, y en los términos en que reglamentariamente se desarrolle.

En el supuesto de fallecimiento del hijo o
hija, el periodo de suspensión no se verá reducido, salvo que, una vez finalizadas las seis semanas de descanso obligatorio, se solicite la reincorporación al puesto de trabajo.

La suspensión del contrato de cada uno de los progenitores por
el cuidado de menor, una vez transcurridas las primeras seis semanas inmediatamente posteriores al parto, podrá distribuirse a voluntad de aquellos, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la
finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla doce meses. No obstante, la madre biológica podrá anticipar su ejercicio hasta cuatro semanas antes de la fecha previsible del parto. El disfrute de
cada período semanal o, en su caso, de la acumulación de dichos períodos, deberá comunicarse a la empresa con una antelación mínima de quince días.

Este derecho es individual de la persona trabajadora sin que pueda transferirse su ejercicio
al otro progenitor.

En el supuesto de fallecimiento de cualquiera de los progenitores durante el ejercicio de este derecho, la parte de permiso que reste al fallecido podrá ser disfrutado, en su totalidad o parcialmente, por el progenitor
superviviente.

La suspensión del contrato de trabajo, transcurridas las primeras seis semanas inmediatamente posteriores al parto, podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o de jornada parcial, previo acuerdo entre la empresa y la
persona trabajadora, y conforme se determine reglamentariamente.

La persona trabajadora deberá comunicar a la empresa, con una antelación mínima de quince días, el ejercicio de este derecho en los términos establecidos, en su caso, en los
convenios colectivos. Cuando los dos progenitores que ejerzan este derecho trabajen para la misma empresa, la dirección empresarial podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas por escrito.


JUSTIFICACIÓN

Deben implementarse las medidas necesarias para que, en caso de fallecimiento de uno de los progenitores, el otro que sobrevive, pueda disponer de las mayores herramientas posibles para afrontar la paternidad o la
maternidad.

Solo incorporando las palancas adecuadas podremos impulsar de manera real la natalidad en nuestro país. Este debe ser un objetivo prioritario, que no puede verse obstaculizado por barreras administrativas o por la falta de los
instrumentos necesarios.

El desarrollo efectivo de las posibles medidas a adoptar para el fomento de la natalidad en nuestro país ha de ir siempre de la mano de políticas que impulsen la conciliación de la vida familiar y laboral, de manera
que el sistema prevea las mayores facilidades posibles para ello.

ENMIENDA NÚM. 1984

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo
107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva disposición adicional, con el número XXX, que quedará redactada de la manera siguiente:


“Disposición adicional xxx. Modificación del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el Sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra
enfermedad grave.

“Uno. Modificación del artículo 7 del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el Sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por
cáncer u otra enfermedad grave

“Artículo 7. Nacimiento, duración, suspensión y extinción del derecho.

1. Se tendrá derecho al subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave a partir del mismo día
en que dé comienzo la reducción de jornada correspondiente, siempre que la solicitud se formule en el plazo de tres meses desde la fecha en que se produjo dicha reducción. Transcurrido dicho plazo, los efectos económicos del subsidio tendrán una
retroactividad máxima de tres meses.

El subsidio se reconocerá por un periodo inicial de un mes, prorrogable por periodos de dos meses cuando subsista la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor, que se acreditará
mediante declaración del facultativo del Servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma correspondiente, responsable de la asistencia médica del menor, y, como máximo, hasta que éste cumpla los 18 años,
ampliándose el derecho a percibir el subsidio más allá de dicha edad, si se acredita la necesidad de cuidar del hijo a cargo, de manera directa, continua y permanente.

Cuando la necesidad de cuidado directo, continuo y permanente del menor,
según se acredite en la declaración médica emitida al efecto, sea inferior a dos meses, el subsidio se reconocerá por el periodo concreto que conste en el informe.

2. La percepción del subsidio quedará en suspenso:

a) En las
situaciones de incapacidad temporal, durante los periodos de descanso por maternidad y paternidad y en los supuestos de riesgo durante el embarazo y de riesgo durante la lactancia natural y, en general, cuando la reducción de la jornada de trabajo
por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave concurra con cualquier causa de suspensión de la relación laboral.

No obstante cuando, por motivos de salud, la persona que se hacía cargo del menor no pueda atenderle y se
encuentre en situación de incapacidad temporal o en periodo de descanso obligatorio de maternidad por nacimiento de un nuevo hijo podrá reconocerse un nuevo subsidio por cuidado de menores a la otra persona progenitora, adoptante o acogedora,
siempre que la misma reúna los requisitos para tener derecho al subsidio.

b) En el supuesto de alternancia en el percibo del subsidio entre las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras, a que se refiere el artículo 4.5. En este caso el
percibo del subsidio quedará en suspenso para la persona progenitora, adoptante o acogedora que lo tuviera reconocido cuando se efectúe el reconocimiento de un nuevo subsidio a la otra persona progenitora, adoptante o acogedora.

3. El
subsidio se extinguirá:

a) Por la reincorporación plena al trabajo o reanudación total de la actividad laboral de la persona beneficiaria, cesando la reducción de jornada por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave,
cualquiera que sea la causa que determine dicho cese.

b) Por no existir la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor, debido a la mejoría de su estado o a alta médica por curación, según el informe del facultativo del
Servicio Público de Salud u órgano administrativo sanitario de la Comunidad Autónoma correspondiente, responsable de la asistencia sanitaria del menor.

c) Cuando una de las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras del menor cese en su
actividad laboral, sin perjuicio de que cuando ésta se reanude se pueda reconocer un nuevo subsidio si se acredita por la persona beneficiaria el cumplimiento de los requisitos exigidos y siempre que el menor continúe requiriendo el cuidado directo,
continuo y permanente.

d) Por cumplir el menor 18 años, ampliándose el derecho a percibir el subsidio más allá de dicha edad, si se acredita la necesidad de cuidar del hijo a cargo, de manera directa, continua y permanente.

e) Por
fallecimiento del menor

f) Por fallecimiento de la persona beneficiaria de la prestación.

4. Las personas beneficiarias estarán obligadas a comunicar a la correspondiente entidad gestora o a la mutua cualquier circunstancia que
implique la suspensión o extinción del derecho al subsidio.

5. En cualquier momento, la correspondiente entidad gestora o la mutua podrá llevar a cabo las actuaciones necesarias para comprobar que las personas perceptoras del subsidio
mantienen el cumplimiento de los requisitos exigidos para su reconocimiento.

Dos. Disposición final (nueva). Sobre la regulación del permiso para el cuidado de hijos e hijas mayores de edad afectados por cáncer o enfermedad grave y/o con
discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

En el plazo máximo de seis meses el Gobierno, junto con las entidades implicadas procederá a regular el permiso a fin de que la unidad familiar, guardadores con fines de adopción, acogentes, o
tutores legales que necesiten reducir su jornada laboral para cuidar de hijos e hijas mayores de edad afectados por cáncer o enfermedad grave y/o con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, que requiera el cuidado directo, continuo y
permanente de los mismos, puedan efectuarlo con todas las garantías”.

JUSTIFICACIÓN

Dar cumplimiento a la PNL presentada por el PP en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y migraciones que fue aprobada por amplia
mayoría de la Cámara.

ENMIENDA NÚM. 1985

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la
siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva disposición XXX, siendo su redacción del tenor literal siguiente:

“Disposición adicional xxx: Sobre la constitución de
un Plan de capitalización individual para los trabajadores. Sistema de mochila austriaca.

Se creará un Plan plurianual 2022-2025 para la implementación gradual de un mecanismo de acumulación de derechos en fondos individuales de los
trabajadores.

A tal efecto, se constituirá, de forma inmediata, un grupo de trabajo compuesto por agentes sociales, económicos, políticos y técnicos expertos en la materia para que elabore y presente antes del 30 de junio de 2022 un proyecto
completo que contemple todas las pautas y pasos a seguir para la total implementación del nuevo sistema de capitalización individual de los trabajadores o sistema de mochila austriaca.

El proyecto a elaborar por el citado grupo de trabajo
deberá contemplar, entre otros aspectos:

Un análisis pormenorizado del impacto que tendrá en el mercado laboral español la puesta en marcha del sistema de mochila austriaca.

El diseño detallado de un sistema mixto de transición
gradual desde el sistema actual hacia el nuevo mecanismo de capitalización individual o mochila austriaca, con todas las garantías para el trabajador.

El calendario de desarrollo del proyecto desde su comienzo el 1 de julio de 2022 hasta su
efectiva y plena puesta en marcha, como máximo el 31 de diciembre de 2025.

Coste total de la implementación del mecanismo así como su desglose por tramos y años.

La financiación de la instauración del mecanismo de acumulación de
derechos en fondos individuales de los trabajadores será, al menos parcialmente, a cargo de los fondos europeos (programa ‘Next Generation EU’).

La dotación para el ejercicio 2022 será de 2.500 millones de euros a cargo de los
fondos europeos, que se destinará a la elaboración y diseño del proyecto y su arranque y puesta en marcha a partir del 1 de julio de 2022.

BAJA:

ENMIENDA A

Nueva Disposición Adicional

DE ADICIÓN

Se añade una nueva
Disposición Adicional. Reasignación de los Fondos Europeos.

“Dada la incapacidad de este Gobierno de ejecutar los fondos europeos y la posibilidad definida en el art. 9 de este proyecto de ley de movilizar fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia entre secciones, el Gobierno realizará, antes del 1 de enero de 2022, una reasignación de los mismos con el fin de liberar 2.500 millones de euros para la puesta en marcha de la mochila austríaca, ya que la sostenibilidad
del sistema de pensiones es una de las prioridades exigidas por Europa.”

JUSTIFICACIÓN

La implementación de la mochila austriaca es una medida que el Partido Popular viene defendiendo desde tiempo atrás, y así queda reflejado en
sus diferentes programas electorales.

Recientemente, el Banco de España ha elaborado un informe donde propone un mecanismo para la introducción gradual del sistema de mochila austriaca en nuestro país, que sería financiado con parte de los
fondos de recuperación europeos. El coste de la transición del actual sistema a un nuevo sistema de acumulación de derechos de los trabajadores en fondos individuales ha sido uno de los principales escollos para que esta medida no haya sido
planteada formalmente hasta el momento.

Si bien, en la actualidad y teniendo en cuenta la percepción de los fondos europeos, vemos la oportunidad para poder poner en marcha una medida óptima para erradicar la dualidad que existe en nuestro
mercado laboral en términos indemnizatorios, donde los trabajadores con contratos temporales perciben unas indemnizaciones muy inferiores a las que puede percibir un trabajador con contrato indefinido que lleve mucho tiempo trabajando en una misma
empresa.

Así, el informe del Banco de España recuerda que esta reforma, la mochila austriaca, encaja con los requisitos exigidos por la Comisión Europea para percibir los fondos. Literalmente expone:

“Estos costes podrían
financiarse, al menos parcialmente, mediante el recurso a los fondos del programa NGEU. En efecto, el Reglamento de la Comisión indica que las reformas susceptibles de ser financiadas con estos fondos deben ayudar a potenciar el crecimiento o a
mejorar la sostenibilidad económica o medioambiental y cita como ejemplos concretos, entre otros, las reformas del sistema de pensiones y del mercado laboral”.

Lo que se pretende con este nuevo mecanismo es terminar con la dualidad del
mercado de trabajo en el que hay trabajadores muy protegidos, por tener un contrato indefinido con gran antigüedad en la empresa y otros trabajadores más expuestos, básicamente por la temporalidad de sus contratos. Esta circunstancia influye
también en las decisiones de las empresas cuando no les queda más opción que ajustar la plantilla y prescindir de algún trabajador, ya que generalmente, por cuestiones económicas prescinden de quien menos derechos adquiridos tiene, es decir, aquel a
quien le corresponde una menor indemnización.

La mochila austriaca consiste en la constitución de un fondo individual para cada trabajador que le acompañará a lo largo de toda su vida laboral. Serán las empresas las que todos los meses
aportarán a este fondo una cantidad de dinero que el trabajador irá acumulando. Cuando el trabajador pierda de forma involuntaria su trabajo, bien por despido o por finalización del contrato, podrá recuperar el dinero que tiene acumulado en su
fondo individual. En el supuesto de que el trabajador decida de forma voluntaria marcharse de su empleo, se llevará su fondo consigo y seguirá ampliándolo con aportaciones de otros empleadores. Si algún trabajador no necesitase el importe
acumulado en su fondo individual durante su vida laboral, podrá recuperarlo en el momento de su jubilación.

Las ventajas de la implementación de este sistema en nuestro mercado laboral son incuestionables: (i) terminaría con la dualidad de
nuestro mercado de trabajo. Se eliminan discriminaciones por el coste del despido y se trata a todos los trabajadores por igual, (ii) Se favorece la movilidad laboral, ya que los trabajadores se marchan con su mochila de fondos acumulados. Sin
embargo, en la actualidad si se marchan de la empresa pierden los derechos adquiridos (antigüedad…) y se arriesgan a ser los primeros en ser despedidos en su nueva empresa. (iii) Desde el punto de vista de las empresas, en el supuesto de no
quedarles otra opción que reajustar plantilla, lo harían siguiendo un criterio de eficiencia y no económicos.

Es cierto, que la implementación de este nuevo mecanismo no es sencilla, fundamentalmente debido a la transición del sistema actual
hacia el nuevo sistema de acumulación de derechos en fondos individuales de los trabajadores, además de por su coste económico. El Banco de España, ha calculado que la puesta en marcha de la mochila austriaca supondría un coste de aproximadamente
8.000 millones de euros (Plan plurianual de 4 años) y es aquí donde tenemos la oportunidad de que sean los fondos europeos los que financien, al menos parcialmente, estos costes.

Lo que se propone con esta enmienda es que se cree un grupo de
trabajo compuesto por agentes sociales, económicos, políticos y técnicos expertos en la materia a fin de que antes del 30 de junio de 2022 presenten un informe con las pautas necesarias para la implementación de la mochila austriaca de forma
gradual, aunque inmediata en nuestro país.

Diseñarán un Plan Plurianual de cuatro años, que comenzará el año en 2022 y que finalizará el año 2025. Este Plan contemplará un sistema de transición gradual para los trabajadores actuales con
todas las garantías, de tal manera que para el año 2025 la implementación de este nuevo mecanismo sea real y efectivo a todos los efectos.

La puesta en marcha de este nuevo mecanismo corregirá los defectos estructurales de nuestro mercado de
trabajo, como la dualidad, fomentará la contratación indefinida, la movilidad de los trabajadores, las subidas salariales (al incentivar al trabajador para que no se marche a otra empresa) así como la flexibilidad. Se trata de un modelo en el que
todos ganan, nuestro mercado laboral, los trabajadores y las empresas.

ENMIENDA NÚM. 1986

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.




ALTA :

ENMIENDA

Disposición adicional nueva

DE ADICIÓN

Se incorpora una nueva Disposición Adicional XXX, con la siguiente redacción:

“Disposición Adicional (nueva). Ciudad Deportiva de
Aldehuela.

El Gobierno cumplirá, en el plazo máximo de 3 meses, el Convenio firmado entre el Consejo Superior de Deportes y el Ayuntamiento de Salamanca para la remodelación de la Ciudad Deportiva de la Aldehuela, concediendo al Ayuntamiento
una nueva subvención, por importe de 1.037.072 euros, para contribuir a la financiación de las obras de la pista cubierta de atletismo.

BAJA:

Sección: 24 MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Programa: 000X MRR Transferencias y
libramientos internos

4 Transferencias corrientes

41 A Organismos Autónomos

41910 Al CSD, gastos de funcionamiento. MRR minorar en 1.037.072 euros

JUSTIFICACIÓN

Cumplimiento de los convenios firmados.


ENMIENDA NÚM. 1987

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la
Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva Disposición adicional con la siguiente redacción:

Disposición adicional

A efectos de calcular las cuantías máxima y mínima de la prestación por
desempleo de nivel contributivo, se tendrán en cuenta todos y cada uno de los hijos/as a cargo del beneficiario, de tal manera que por cada hijo o hija a cargo a partir del segundo hijo se incrementará un 15% del IPREM incrementado en una sexta
parte. Con el límite del 100% del sueldo previo.

JUSTIFICACIÓN

En la actualidad, para calcular la cuantía de la prestación por desempleo únicamente se tienen en cuenta hasta dos hijos del beneficiario, no se valora si éste tiene más
hijos. Eso es injusto para las familias numerosas cuando se encuentran en situación de desempleo, ya que tienen que afrontar más gastos que las familias que tienen dos hijos.

ENMIENDA NÚM. 1988

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL
SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.


Se añade una nueva Disposición Adicional con la siguiente redacción:

Disposición adicional Nueva. Plan de Empleo para La Palma

Durante el año 2022, el Servicio Público de Empleo Estatal aportará la cantidad de 5 millones de euros
para la financiación de un Plan de Empleo para la Isla de La Palma, a fin de adoptar medidas que reactiven el mercado laboral de la isla y crear nuevas oportunidades de empleo. Esta aportación financiera tiene el carácter de subvención nominativa,
habida cuenta de su consignación en el estado de gastos del presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal.

Las medidas concretas a desarrollar y el periodo de ejecución del Plan, que podrá extenderse durante 2023, así como la citada
aportación en 2022 para el Plan de Empleo de La Palma, se instrumentarán mediante un Convenio a celebrar entre la Administración General del Estado, el Servicio Público de Empleo Estatal, la Comunidad Autónoma de Canarias y Cabildo Insular de La
Palma.

BAJA:

Sección: 19 MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

Programa: 241A Fomento de la inserción y estabilidad laboral

454 Gestión por Comunidades Autónomas de servicios y programas de políticas activas de
empleo: empleo y formación, - 5.000.000 euros

Que se asignan a la partida 45515 Plan integral de empleo para La Palma

JUSTIFICACIÓN

La erupción del volcán Cumbre Vieja en la isla de La Palma, está asolando la isla y generando
numerosos daños materiales: la destrucción de miles de edificios y numerosas explotaciones agrícolas y ganaderas, el corte e inutilización de importantes infraestructuras de comunicación, carreteras y caminos. Los daños económicos más que duplican
las ayudas concedidas hasta ahora por el Gobierno de España e inevitablemente continuarán en aumento en función de la duración del fenómeno volcánico.

La magnitud de esta catástrofe, excepcional en todos los sentidos y con una capacidad
destructiva imposible de limitar temporalmente, exige, desde el principio constitucional de solidaridad, una acción inmediata y permanente de los poderes públicos. Es por ello, que es necesario crear un Plan de empleo específico, para impulsar la
recuperación del territorio, crear nuevas oportunidades de empleo y fomentar la empleabilidad entre los palmeros. No hay mejor política social que el empleo.

ENMIENDA NÚM. 1989

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)


El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva
disposición adicional, siendo su redacción del siguiente tenor literal:

“Los trabajadores por cuenta propia también podrán acogerse al Plan MECUIDA con iguales garantías que los trabajadores por cuenta ajena, de tal manera que puedan
acceder en similares condiciones al cuidado de la familia, si por causa de la Covid-19, así fuera necesario”.

JUSTIFICACIÓN

Mejora técnica.

ENMIENDA NÚM. 1990

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)


El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva
Disposición adicional con la siguiente redacción:

“Disposición adicional XX. Ayuda económica de acompañamiento a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que suscriban un contrato para la formación y el
aprendizaje.

Uno. Disposiciones generales.

1. Se regula en la presente disposición adicional la siguiente medida de activación e inserción laboral de jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, consistente en una
ayuda económica de acompañamiento para jóvenes con baja formación que cumplan las condiciones establecidas en el apartado Dos.

2. La ayuda económica, prevista en la presente disposición adicional, no será de aplicación en los contratos para
la formación y el aprendizaje enmarcados en proyectos de Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo que se suscriban en el marco de los programas públicos de empleo y formación contemplados en el artículo 10.4.b) del Texto Refundido de
la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.

3. La implementación de esta medida será financiada por los fondos europeos con una dotación de 500 millones de euros.

4. La medida prevista en esta
disposición será compatible con las medidas de fomento de empleo que puedan establecer las comunidades autónomas en su ámbito de gestión.

Dos. Beneficiarios.

1. Podrán ser beneficiarios de la ayuda económica de acompañamiento
aquellos jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, regulado en la Sección 2.ª del Capítulo I del Título IV de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, que, presentando la solicitud de la ayuda económica dentro del plazo previsto en el
apartado cinco punto 1, reúnan los siguientes requisitos a la fecha de dicha solicitud:

a) Ser beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el momento de suscribir el contrato para la formación y el aprendizaje previsto en el
apartado c).

b) No estar en posesión de ninguno de los siguientes títulos, en el momento de suscribir el contrato para la formación y el aprendizaje previsto en el apartado c):

1.º Título de Bachiller,

2.º Título de Técnico de
grado medio,

3.º Título oficial de nivel superior al Bachiller o

4.º Títulos oficialmente reconocidos como equivalentes a las titulaciones anteriormente citadas de acuerdo a las leyes reguladoras del sistema educativo vigente.


5.º Certificado de Profesionalidad de nivel 2 o 3.

c) Comprometerse a iniciar y realizar una actividad formativa y, a tal efecto, comenzar una prestación de servicios mediante un contrato para la formación y el aprendizaje que tendrá una
duración mínima de un año.

Tres. Requisitos, desarrollo y seguimiento del contrato para la formación y el aprendizaje.

1. Los contratos para la formación y el aprendizaje se celebrarán conforme a lo previsto en esta disposición y, en
lo no contemplado en la misma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y demás normativa de aplicación y se
formalizarán en el modelo que se establezca por el Servicio Público de Empleo Estatal.

2. La empresa, o en su caso el centro de formación, deberá indicar en la solicitud de autorización de la actividad formativa que el contrato se acoge a
los beneficios previstos en esta disposición.

3. La celebración del contrato para la formación y el aprendizaje prevista en esta disposición queda condicionada a que la actividad formativa inherente al mismo, que tiene como objetivo la
cualificación profesional de los jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en un régimen de alternancia con la actividad laboral retribuida en una empresa, sea la necesaria para la obtención de certificados de profesionalidad
completos y/u otros itinerarios formativos que se pudieran establecer como contenido formativo de los contratos para la formación y el aprendizaje en su normativa específica.

En el supuesto de certificados de nivel 2 o nivel 3 de
cualificación profesional, el joven beneficiario de la ayuda económica de acompañamiento deberá cumplir los requisitos de acceso establecidos en el artículo 20.2 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de
profesionalidad. Cuando el joven beneficiario de la ayuda económica de acompañamiento no cumpla estos requisitos de acceso, la formación inherente al contrato deberá incluir acciones formativas de competencias clave, cuya superación permita acceder
a dichos certificados de profesionalidad completos.

4. El desarrollo de las acciones formativas inherentes al contrato para la formación y el aprendizaje se realizará según lo estipulado en el acuerdo para la actividad formativa que se
regula en el artículo 21 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual.

A estos efectos, el joven beneficiario
deberá desarrollar la formación en un centro o entidad de formación acreditado para la impartición de la formación vinculada a los certificados de profesionalidad, todo ello conforme a la normativa reguladora del sistema de formación profesional
para el empleo y la de los certificados de profesionalidad.

5. El seguimiento y control de la formación para la obtención de los certificados de profesionalidad completos vinculados a los contratos de formación y aprendizaje celebrados al
amparo de esta disposición se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.3 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre.

Cuatro. Ayuda económica de acompañamiento.

1. Los jóvenes beneficiarios podrán percibir una ayuda
económica de acuerdo con lo establecido en los siguientes apartados.

2. La cuantía de la ayuda económica será igual al 70 por ciento del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual vigente en cada momento.

3. La
percepción de la ayuda económica se mantendrá durante la vigencia del contrato para la formación y aprendizaje y tendrá una duración máxima de 18 meses. En el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por cien, la ayuda
podrá tener una duración máxima de 36 meses en función del plan formativo individualizado que se haya adaptado a las necesidades de la persona.

4. El derecho a la ayuda económica nacerá a partir del momento en que se cumplan los requisitos
previstos en el apartado dos. Los efectos económicos del reconocimiento de dicha ayuda se producirán en la fecha de alta en Seguridad Social, siempre que se solicite en el plazo señalado en el apartado Cinco punto 1.

De no solicitarse en
dicho plazo, los efectos económicos se producirán a partir del día siguiente al de la solicitud y la duración de la ayuda económica de acompañamiento se reducirá en tantos días como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar la percepción de
la ayuda de haberse efectuado la solicitud en tiempo y forma y aquella en que efectivamente se hubiera realizado, ambos inclusive.

5. La ayuda económica podrá solicitarse con ocasión de la realización de diferentes contratos para la
formación y el aprendizaje, hasta un máximo de tres, siempre que estos contratos reúnan los requisitos establecidos en el apartado Tres y que el conjunto de las ayudas percibidas no supere la duración máxima establecida en el párrafo 3 de este
apartado.

6. El pago periódico de la ayuda económica se realizará por el Servicio Público de Empleo Estatal por mensualidades de treinta días dentro del mes siguiente al que corresponda el devengo, mediante el abono en la cuenta de la
entidad financiera colaboradora indicada por el solicitante o perceptor, de la que este sea titular.

7. Ni el joven beneficiario ni el Servicio Público de Empleo Estatal cotizarán a la Seguridad Social por esta ayuda económica de
acompañamiento.

Cinco. Solicitud.

1. Los jóvenes beneficiarios deberán presentar la solicitud de la ayuda económica de acompañamiento prevista en el apartado Cuatro en la Oficina de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal
que le corresponda por su domicilio, incluyendo los datos necesarios para la notificación y, en su caso, el pago de la ayuda económica, en el plazo máximo de los quince días hábiles siguientes al del inicio del contrato para la formación y el
aprendizaje suscrito.

2. El impreso para la solicitud de dicha ayuda económica de acompañamiento se obtendrá de la página web del Servicio Público de Empleo Estatal, www.sepe.es.

3. La solicitud incluirá una declaración responsable
de no estar en posesión de ninguna de las titulaciones o certificados recogidos en el apartado Dos letra b).

4. La solicitud no requerirá presentar documentación adicional, sin perjuicio de la necesidad de identificarse con el documento
nacional de identidad o tarjeta de identidad de extranjeros que residan legalmente en España y acreditar, en su caso, una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento.

Seis. Gestión y resolución.

1. Corresponde a los
Directores Provinciales del Servicio Público de Empleo Estatal dictar la resolución que reconozca o deniegue el derecho a la admisión a la ayuda económica de acompañamiento.

2. Para el reconocimiento de la ayuda económica de acompañamiento
se comprobará que el trabajador figura de alta en Seguridad Social con un contrato para la formación y el aprendizaje y que el Servicio Público de Empleo competente ha autorizado la actividad formativa en los términos establecidos en el apartado
Tres.

3. Las resoluciones dictadas serán recurribles ante los órganos jurisdiccionales del orden social, previa reclamación ante el Servicio Público de Empleo Estatal, en la forma prevista en el artículo 71 de Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la jurisdicción social.

Siete. Baja en la ayuda económica de acompañamiento.




1. La finalización del contrato para la formación y aprendizaje dará lugar a la baja definitiva en la ayuda.

2. Los jóvenes beneficiarios que hayan percibido indebidamente la ayuda económica de acompañamiento vendrán obligados a
reintegrar su importe. La exigencia de la devolución se realizará conforme a lo establecido para las prestaciones por desempleo en el artículo 295 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, y en su normativa de desarrollo.

3. La exigencia de la devolución de las cantidades indebidamente percibidas, así como las compensaciones en las prestaciones por desempleo de las cantidades indebidamente
percibidas por cualquiera de dichas percepciones, corresponderá al Servicio Público de Empleo Estatal.

Ocho. Compatibilidades.

1. La ayuda económica de acompañamiento será compatible con los incentivos a la contratación a los que
diera lugar el contrato para la formación y el aprendizaje celebrado.

2. La ayuda económica de acompañamiento será incompatible con el cobro de prestaciones por desempleo.

Nueve. Evaluación.

Con el fin de analizar los
resultados alcanzados con la medida que la presente disposición recoge, se procederá a una evaluación de la misma a los 18 meses a contar desde la fecha de inicio de su aplicación en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil a afectos de
determinar la eficacia de dicha medida”.

BAJA:

Sección: 19 MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

Programa: 000X Transferencias y libramientos internos

413 Al SEPE. MRR, - 500.000.000 euros


JUSTIFICACIÓN

Recuperamos el bono formación aprobado en los PGE2018 y derogado por el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de
empleo.

El Bono de Formación lo aprobó el Gobierno del Partido Popular en los Presupuestos generales del Estado de 2018, y en virtud de la presente enmienda lo recuperamos para promover la inserción laboral de los jóvenes más
vulnerables inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Nos encontramos ante una medida real y eficaz que da oportunidades de empleo a los jóvenes de menos de 30 años para trabajar y, a su vez, formarse de manera simultánea,
apoyándolos económicamente con la bonificación económica del Bono de Formación. Además, es una herramienta de impulso a la Formación Profesional Dual.

España encabeza el desempleo juvenil en Europa con una tasa que alcanza el 35,1%, más que
duplicando la registrada en la Eurozona, es por ello que resulta imprescindible aprobar medidas eficaces que ayuden a los jóvenes en su transición hacia el empleo. Los principales beneficiarios del bono joven serán los jóvenes desempleados con
menor nivel de formación, quienes más dificultades ven para encontrar un trabajo. Los interesados deberán de firmar un contrato para la formación y el aprendizaje que les permita la adquisición de competencias profesionales.

El importe de
esta ayuda seré del 70% del IPREM. Sólo será posible acceder una sola vez a este bono de formación, durante el tiempo de vigencia del contrato del beneficiario, y con una duración máxima de 18 meses.

Esta medida, que tendrá una dotación de
500 millones de euros, será financiada por los fondos europeos.

Defendemos esta enmienda como una medida real y eficaz para el fomento del empleo juvenil y la profesionalización laboral de los jóvenes beneficiados, para acompañarles en su
integración laboral. Para que tengan un trabajo y un sueldo.

El Gobierno socialista derogó una medida similar a la propuesta, de gran relevancia para la integración de los jóvenes en el mercado laboral en el Real Decreto-ley 28/2018, de 28
de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.

Paradójicamente nos brinda con medidas electoralistas como un bono de 400 euros para el ocio de los jóvenes que
vayan a cumplir 18 años en 2022 (potenciales nuevos votantes).

La prioridad de los jóvenes es tener un trabajo y un sueldo, y la prioridad del Grupo Parlamentario Popular es crear las oportunidades necesarias para que lo tengan, no hay mejor
política social que el empleo. Son los jóvenes quienes decidirán en qué gastarse el sueldo que se ganen con su trabajo, sin necesidad de que el Gobierno les imponga en qué deben de invertirlo.

ENMIENDA NÚM. 1991

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.


ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA A

DISPOSICIÓN ADICIONAL NUEVA

DE ADICIÓN

Se incorpora una nueva Disposición Adicional, con la siguiente redacción:

“Disposición Adicional (nueva). Plan
Prioritario y Urgente de acceso a la vivienda en el medio rural afectado por problemas de despoblación.

Se desarrollará un Plan Prioritario y Urgente de acceso a la vivienda en el medio rural afectado por problemas de despoblación con efectos
y aplicación en 2022 para los municipios más afectados por problemas de despoblación y que tengan que hacer frente al reto demográfico.

El Plan, dotado con 200 millones de euros, priorizará las actuaciones en aquellos municipios con menor
densidad de habitantes por kilómetro cuadrado, se desarrollará mediante Convenios con los municipios afectados y se financiará con cargo a la partida del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana definida a continuación.

ALTA:


Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Organismo: 09. Dirección General de Vivienda y Suelo

Programa: 261N.

Capítulo: 7. Transferencias de capital

Artículo: 75. A Comunidades
Autónomas

Concepto: Nuevo. Subvención a las Comunidades Autónomas para desarrollo de un Plan de acceso a la vivienda en el medio rural afectado por problemas de despoblación

Importe: 200.000.000 euros

BAJA:

Sección
17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Servicio: 50

Programa: 26BA.

Capítulo: 7. Transferencias de capital

Artículo: 75. A Comunidades Autónomas

Concepto: 750 Programas de rehabilitación
para la recuperación económica y social. MRR

Importe: 200.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN

El Plan Prioritario y Urgente de acceso a la vivienda en el medio rural afectado por problemas de despoblación contribuye a alcanzar los
objetivos del componente:

I Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

2. Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana

3. Transformación ambiental y digital del sistema
agroalimentario y pesquero

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7
y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

La pandemia Covid-19 ha puesto aún más en evidencia que la falta de vivienda genera serios problemas para aquellas personas pueden querer ir a vivir al medio
rural, y la posibilidad de repuntar la población en estas zonas. Por ello es extremadamente urgente que en el Marco presupuestario en el que la UE tiene expresamente la lucha contra la despoblación entre sus objetivos, se prioricen esta medida
permita disponer de mano de obra y con ello facilite el desarrollo empresarial en las zonas menos pobladas y haga realista la igualdad de oportunidades para quienes puedan optar por vivir en los pueblos.

ENMIENDA NÚM. 1992

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.


ENMIENDA

De adición.

Se añade una nueva Disposición adicional con la siguiente redacción:

Disposición adicional xx. Implementación de un nuevo programa informático

El Servicio Público de Empleo Español implementará,
en el plazo máximo de dos meses, un programa informático análogo al existente en la AEAT para el “programa Padre” para el cálculo y reconocimiento de las prestaciones por desempleo.

BAJA:

Sección: 19 MINISTERIO DE
TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

Servicio: 50

Programa: 24KB Digitalización de la AGE. Fomento del empleo

Capítulo: 2

29 gastos corrientes MRR, minorar en - 500.000 euros

JUSTIFICACIÓN

La Implementación de un
nuevo programa informático para SEPE, contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

IV. Una Administración para el siglo XXI

11. Modernización de las Administraciones públicas

X. Modernización del sistema fiscal para un
crecimiento inclusivo y sostenible

29. Mejora de la eficacia del gasto público

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

El reconocimiento de las prestaciones del SEPE se hace actualmente de manera manual, siendo
absolutamente residual las tramitaciones de reconocimiento realizadas on-line.

Durante la pandemia se puso en marcha un modelo de solicitud informática de prestaciones a través del mal llamado formulario de «pre-solicitud», cuya utilización
ha aumentado debido, en gran parte, a la dificultad de los ciudadanos para obtener cita previa o para poder acudir presencialmente a una oficina del SEPE.

Este formulario sólo sirve para la iniciación del trámite mediante la presentación de
la solicitud ya que posteriormente es necesario que un funcionario reconozca la prestación.

En la actualidad, debido a la gran información que existe en la base de datos de los distintos organismos públicos, no hay ninguna información que el
ciudadano tenga que facilitar al SEPE, ya que el propio organismo tiene acceso directo a ésta. Esto significa, que no hay ningún dato que sea necesario para el reconocimiento de las prestaciones que el SEPE no pueda obtener de forma automatizada,
por ejemplo:

La situación legal de desempleo: el SEPE la tiene desde que se graba en «la vida laboral».

El periodo cotizado para el cálculo de prestaciones: el SEPE ya lo tiene y, a estas alturas, ya ni se pide a los usuarios.


El gestor de la Tesorería General de la Seguridad Social grabara una baja laboral que diera lugar al cobro de la prestación de desempleo, el propio sistema hiciera un cálculo y una propuesta de reconocimiento de la prestación y lo pusiera a
disposición del trabajador para que éste diera posteriormente su conformidad al SEPE por vía de SMS, previa alta como demandante de empleo.

Por medio de esta enmienda, se propone que el SEPE implante su propio programa de cálculo y
reconocimiento de prestaciones semejante al «programa Padre» instaurado por la AEAT, en el que se envía al ciudadano un borrador de la declaración del IRPF y éste muestra su conformidad con un SMS. La implementación de un programa informático en el
que, una vez el gestor de la Tesorería General de la Seguridad Social grabara una baja laboral que diera lugar al cobro de la prestación de desempleo, el propio sistema hiciera un cálculo y una propuesta de reconocimiento de la prestación y lo
pusiera a disposición del trabajador para que éste diera posteriormente su conformidad al SEPE por vía de SMS, previa alta como demandante de empleo.

ENMIENDA NÚM. 1993

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El
GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA
A

Disposición Adicional (nueva).

DE ADICIÓN

Se añade una Disposición Adicional Nueva. Plan Estratégico de Vivienda para jóvenes, con la siguiente redacción:

Se desarrollará un Plan Estratégico de Vivienda para jóvenes
con efectos y aplicación en 2022-2026 para propiciar el acceso a la vivienda de los jóvenes entre 18 y 35 años. El Plan habrá de desarrollar medidas para garantizar el acceso a la compra, la rehabilitación y la seguridad en el alquiler, los
incentivos al ahorro y la flexibilización de condiciones urbanísticas y administrativas para la producción de vivienda para jóvenes.

Las Medidas del Plan se desarrollarán de acuerdo con los siguientes objetivos:




● Crear un entorno de colaboración público-privada.

● Estimular de forma combinada la demanda y la oferta.

● Fomentar ayudas e incentivos accesibles para cubrir las cantidades iniciales a la compra de
primera vivienda.

● Flexibilizar las condiciones urbanísticas para la producción de vivienda joven en todo el territorio nacional.

Asimismo, el Plan Estratégico de Vivienda para jóvenes desarrollará inicialmente 11 Programas, de
acuerdo con el siguiente enunciado:

Establecimiento de garantías estatales para la compra, la rehabilitación y la seguridad en el alquiler de viviendas:

1. Establecer avales de la Administración que cubran hasta el 100% de la
cuantía de compra, en créditos hipotecarios a la primera vivienda para jóvenes entre 18 y 35 años.

2. Creación de un Fondo específico que otorgue garantías estatales a arrendatarios y arrendadores sobre préstamos para reestructuración o
rehabilitación energética que tengan como destino la primera vivienda.

3. Mejora la seguridad jurídica de los arrendatarios ante situaciones de impagos o incorrectos usos de las viviendas mediante un seguro de impago del alquiler, que
incluya la asistencia jurídica necesaria, para así atraer al mercado de alquiler pisos de propietarios privados cuyos arrendadores suscriban contratos de alquiler con menores de 35 años.

B. Incentivos al ahorro para la compra de la primera
vivienda:

4. Establecer convenios con las entidades bancarias, préstamos blandos, específicos para Hipoteca Joven, con la garantía del Estado.

5. Potenciar el ahorro con bonificaciones fiscales en ciertas cuentas bancarias
destinadas a jóvenes entre 18 y 35 años, siempre que exista compromisos temporales sobre la inversión en la compra de un inmueble que se constituya como primera vivienda.

C. Flexibilizar las condiciones urbanísticas y administrativas para la
producción de vivienda joven:

6. Establecer un procedimiento específico para propiciar que las CCAA y las EELL promuevan cesiones de suelo o derechos de superficie con condiciones diferenciadas para vivienda asequible para jóvenes.


7. Promover la Calificación Vivienda Joven en nuevos desarrollos urbanísticos, estableciendo un porcentaje determinado para vivienda destinada a primera residencia para jóvenes.

8. Establecer procedimientos administrativos ágiles en la
puesta a disposición de suelo finalista calificado como residencial para jóvenes, a efectos de que la demora en la tramitación no repercuta en el precio.

D. Impulsar el Plan Estratégico de Vivienda para jóvenes a través de su vinculación con
las estrategias de movilidad, revitalización rural y de impulso industrial.

9. Desarrollo de proyectos de interés estratégico socio-económico en ámbitos rurales, que tengan como eje la creación de empleo y vivienda para jóvenes.

10.
Incentivos a la industrialización MMC (Métodos modernos de construcción) con el fin de aumentar la oferta gracias a una reducción de los plazos de construcción.

11. Planificar y financiar el desarrollo de una red de transporte público,
rápido económico y eficiente que conecte el centro de las ciudades con los nuevos desarrollos urbanos, así como con las zonas en las que se concentren las principales actividades laborales y de ocio del lugar.

La progresiva implantación de
estas medidas y su impacto exitoso en el fomento de acceso a la vivienda de los jóvenes determinará la conveniencia de compatibilizar varias de ellas; se buscará de esta forma la creación de “paquetes” de ayudas realistas y adaptados a
las diferentes realidades de las CCAA garantizando así la eficiencia y eficacia del proceso para alcanzar el fin buscado y minimizando el riesgo de que se produzca cualquier distorsión del mercado de la vivienda por un exceso de incentivos.


ALTA:

Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Organismo: 09. Dirección General de Vivienda y Suelo

Programa: 261N.

Capítulo: 7. Transferencias de capital

Artículo: 75. A
Comunidades Autónomas

Concepto: Nuevo. Subvención a las Comunidades Autónomas para desarrollo de un “Plan Estratégico de Vivienda para Jóvenes”.

Importe: 555.000.000 euros

BAJA:

Sección 17. Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Organismo: 09. Dirección General de Vivienda y Suelo

Programa: 261N.

Capítulo: 7. Transferencias de capital

Artículo: 75. A Comunidades Autónomas

Concepto: 753
Subvenciones Estatales Planes de Vivienda

Importe: 355.000.000 euros

BAJA:

Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Organismo: 09. Dirección General de Vivienda y Suelo

Programa:
261N.

Capítulo: 7. Transferencias de capital

Artículo: 75. A Comunidades Autónomas

Concepto: 754 Bono alquiler joven

Importe: 200.000.000 euros

JUSTIFICACIÓN:

Garantizar el acceso de los jóvenes a la
primera vivienda, su emancipación y creación de un proyecto de futuro.

ENMIENDA NÚM. 1994

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el
artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA A

Disposición Adicional (nueva).

DE ADICIÓN

Se incorpora
una nueva Disposición Adicional, con la siguiente redacción:

“Disposición Adicional (nueva). Menores no emancipados vinculados a residentes extrapeninsulares.

Se extenderá el beneficio de la bonificación al transporte aéreo
y/o marítimo del 75% de la tarifa del servicio regular por cada trayecto de ida y vuelta, o de ida, en los viajes a la península y entre islas, de aplicación a los residentes, a los menores de edad no emancipados y no residentes en los territorios
de las Islas Canarias, Islas Baleares, Ceuta o Melilla, cuando uno de los progenitores o tutor legal figure empadronado en los territorios indicados.

La bonificación se extenderá al progenitor o tutor legal que, en su caso, deba acompañar al
menor por razón de edad o circunstancias especiales.

ALTA:

Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Organismo: Dirección General de Aviación Civil

Programa: 441O Subvenciones y apoyo al
transporte aéreo

Capítulo: 4. Transferencias corrientes

Artículo: 48 A familias e instituciones sin fines de lucro

Concepto: Nuevo. Para satisfacer bonificaciones en billetes de transporte aéreo expedidos a menores no
emancipados vinculados a residentes extrapeninsulares.

Importe: 2.000.000 euros

BAJA:

Sección 17. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Organismo: Dirección General de Aviación Civil

Programa:
441O Subvenciones y apoyo al transporte aéreo

Capítulo: 4. Transferencias corrientes

Artículo: 48 A familias e instituciones sin fines de lucro

Concepto: 483 Subvención al tráfico aéreo regular

Importe: 2.000.000
euros

JUSTIFICACIÓN:

Garantizar la igualdad de derechos a menores no emancipados hijos de residentes extrapeninsulares, y progenitores en su caso.

ENMIENDA NÚM. 1995

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.


ALTA:

ENMIENDA A

Disposición adicional nueva

DE ADICIÓN

Se añade una Nueva Disposición Adicional XXX para materializar el reconocimiento a los profesionales sanitarios expuestos a la pandemia de COVID-19 como
‘profesión de riesgo’, que queda con la siguiente redacción:

Se reconoce a los profesionales sanitarios expuestos a la pandemia de COVID-19 como ‘profesión de riesgo’ a partir de lo dispuesto al respecto en la
Disposición Adicional Undécima el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.


JUSTIFICACIÓN

La exposición de los profesionales sanitarios a la pandemia de COVID-19, con más de 149.000 contagiados en el momento en el que se elaboraba la presente enmienda, ha evidenciado la necesidad de que se les reconozca la
condición de ‘profesión de riesgo’ para mejorar su protección en el desempeño de sus funciones.

ENMIENDA NÚM. 1996

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA A

Disposición adicional nueva


DE ADICIÓN




Se añade una Nueva Disposición Adicional XXX para materializar la participación activa de los pacientes en el Comité Consultivo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que queda con la siguiente redacción:

Se
integra a las organizaciones de pacientes entre las entidades con acceso a la participación institucional en el Sistema Nacional de Salud mediante el Comité Consultivo del Consejo Interterritorial del propio Sistema Nacional de Salud, a partir de
los dispuesto en el artículo 67 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud

JUSTIFICACIÓN

Los pacientes son ya la razón de ser del sistema sanitario, pero su papel ha de ser cada vez más
proactivo, copartícipe y corresponsable en el Sistema Nacional de Salud, de ahí la relevancia de posibilitar una integración real y efectiva en los órganos de participación en el órgano permanente de coordinación, cooperación, comunicación e
información de los servicios de salud entre ellos y con la Administración del Estado, es decir, el Consejo Interterritorial.

ENMIENDA NÚM. 1997

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR
EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA A

Disposición
Adicional Nueva

DE ADICIÓN

Se propone la adición de nueva Disposición Adicional, sobre la Modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, con el siguiente texto:

Con efectos desde 1 de enero
de 2022 y vigencia indefinida, se modifica el artículo 36 sobre Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales, quedando redactado como sigue:

Artículo
36. Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales, espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales y producción de videojuegos

1. Las inversiones en producciones españolas de largometrajes y
cortometrajes cinematográficos, de series audiovisuales de ficción, animación o documental y videojuegos que permitan la confección de un soporte físico previo a su producción industrial seriada, darán derecho al productor o a los contribuyentes que
participen en la financiación a una deducción:

(…)”

JUSTIFICACIÓN

El Congreso de los Diputados en Comisión de Industria aprobó por unanimidad el estudio de la asimilación del sector de los videojuegos al sector de
las producciones cinematográficas con sus consecuentes ventajas fiscales. Dicha asimilación se da de facto en los planes y medidas recogidas en la Agenda España Digital 25 del propio Gobierno de España.

ENMIENDA NÚM. 1998

Del GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.


ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA

Disposición adicional nueva

DE ADICIÓN

Se propone la adición de nueva Disposición adicional xxxx, con el siguiente texto:

“Entrada en vigor de la
Disposición Final Primera relativa a la Modificación de la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española” prevista en el Anteproyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual.

1. La
Disposición Final Primera relativa a la Modificación de la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española entrará en vigor el día siguiente a la publicación en el BOE si la misma tiene lugar antes del
31 de diciembre de 2021 o, en su defecto, el 1 de enero de 2022.

2. Los operadores de telecomunicaciones que hasta la fecha venían financiando la Corporación de Radio y Televisión Española dejarán de contribuir como muy tarde con los
ingresos obtenidos hasta el 31 de diciembre de 2021.”.

JUSTIFICACIÓN

La Ley General de Presupuestos del Estado 2022 debe incorporar una Disposición Adicional que establezca que la Disposición final primera del Anteproyecto de
Ley General de Comunicación Audiovisual, en lo que respecta a la eliminación del artículo 5 de la Ley 8/2009, de 28 de agosto, de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española, entre en vigor tan pronto como sea posible, bien el día
siguiente a la publicación en el BOE – si la misma tiene lugar antes del 30 de diciembre de 2021- o bien con efectos para el año 2022.

ENMIENDA NÚM. 1999

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP)

El GRUPO
PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

ALTA:

ENMIENDA


Disposición adicional nueva

DE ADICIÓN

Se crea una Disposición Final nueva que quedaría redactada de la siguiente forma:

Disposición Final (nueva). Modificación del Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, por el que se
regula la emisión por el Ministerio de Ciencia y Tecnología de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos, a la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por actividades de investigación y
desarrollo e innovación tecnológica.

Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se modifica el apartado 2 y apartado 3 del artículo 5 del Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre, por el que se regula la
emisión por el Ministerio de Ciencia y Tecnología de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos, a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por actividades de investigación
tecnológica, con la siguiente redacción:

<<“2. Adicionalmente se presentarán dos ejemplares del proyecto individualizado, que describa las actividades que lo integran y el presupuesto de gasto e inversión asociados a ellas. El
solicitante diferenciará en su presentación, que deberá́ entenderse como una propuesta, las actividades, que constituyen, a su juicio, investigación y desarrollo, y las actividades que constituyen innovación tecnológica, atendiendo siempre a
los conceptos dados en el artículo 33 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, y según los formatos recogidos en el anexo II, y fundamentará su propuesta.

(...)

3. Igualmente, salvo en los supuestos y en
los términos que se establezcan por orden del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, el solicitante deberá presentar un informe técnico de calificación de las actividades e identificación del presupuesto de gasto e inversión asociadas a
investigación y desarrollo o innovación, de acuerdo con las definiciones de estos conceptos y los requisitos científicos y tecnológicos contemplados en el artículo 35 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, emitido por una entidad debidamente acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).>>

JUSTIFICACIÓN

Tal y como se establece en el propio RD 1432/2003 en su Artículo 9.
Efectos de los informes.

“1. En los informes a que se refiere el artículo 2.a) evacuados por el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el importe de los gastos e inversiones efectivamente incurridos en actividades de investigación y
desarrollo o innovación, que pudieran constituir la base de la deducción, deberá, en todo caso, estar debidamente documentado y ajustado a la normativa fiscal vigente, y corresponderá a los órganos competentes de la Administración tributaria la
inspección y control de estos extremos. “

Es decir, el contenido del informe motivado en materia económica no vincula a la Administración Tributaria.

Y, sin embargo, supone una carga económica extra muy importante para las
empresas, ya que el sobrecoste por auditoría económica del proyecto en el procedimiento de certificación con entidad acreditada por ENAC necesario para la tramitación de dicho informe, es superior a 1.000€ por cada uno de los proyectos y
anualidad.

Asimismo, también conlleva que el tiempo de certificación de los proyectos por parte de una entidad acreditada por ENAC se alargue en exceso, siendo además el tiempo dedicado a la auditoría económica muy superior al requerido para
la evaluación técnica de los proyectos, dificultando en gran medida disponer de los informes motivados vinculantes en la fecha de presentación del impuesto sobre sociedades.

También cabe destacar que el informe motivado vinculante que recoge
únicamente la calificación técnica del proyecto y su presupuesto asociado ya está en marcha con gran éxito de funcionamiento a través de CDTI, y esta iniciativa que aquí se propone contribuiría a asimilar ambos formatos de informe, tanto para los
informes motivados vinculantes emitidos por la Subdirección General de Fomento de la Innovación como por CDTI.

En resumen, se mantendría el mismo nivel de seguridad jurídica para las empresas ya que tal y como recoge el RD 1432/2003
“Los informes motivados emitidos en contestación a solicitudes que cumplan los requisitos de este real decreto vincularan a la Administración tributaria.“ y de independencia de la Administración Tributaria en tanto en cuanto se reserva
el derecho de comprobación del importe de los gastos e inversiones efectivamente incurridos en actividades de investigación y desarrollo o innovación.

Y adicionalmente, se consigue un importante ahorro económico y de tiempo para cada una de
las empresas a la hora de aplicar este mecanismo de aseguramiento de la deducción fiscal por I+D+i, lo que además podría conllevar que más empresas se acogieran al mismo

ENMIENDA NÚM. 2000

Del GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO
(GPP)

El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO (GPP), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición adicional nueva.

ENMIENDA

De adición.

Se añade
una Disposición adicional nueva, con la siguiente redacción:

Disposición final nueva. Modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Se modifica el artículo 15 en los siguientes términos:

Artículo 15 -
Oferta de plazas y gratuidad.

1- La Educación Infantil tiene carácter voluntario y gratuito.

2.- En el primer ciclo de la Educación Infantil, las Administraciones competentes garantizarán la progresiva gratuidad en todos los centros
educativos, atenderán las necesidades que concurran en las familias, específicamente aquellas derivadas de su situación socioeconómica y sus necesidades de conciliación de la vida familiar y laboral, promoverán y coordinarán la oferta de plazas
suficientes y los diferentes modelos de financiación, para satisfacer la demanda de las familias y facilitar la libre elección de los padres. Asimismo, garantizarán que ningún niño por razones socioeconómicas vea impedido su acceso a esta etapa
educativa.

3.- Para la escolarización en el segundo ciclo de la Educación Infantil escolar las Administraciones educativas garantizarán la existencia de puestos escolares gratuitos en centros públicos y en centros privados concertados para
atender la demanda de las familias y su libertad de elección de centro docente.

4.- Las Administraciones educativas promoverán en esta etapa medidas de carácter compensatorio para aquellos alumnos en situación de desventaja social, económica
y cultural.

5- Las Administraciones promoverán la escolarización y el apoyo educativo de los alumnos con necesidades educativas específicas.”

ALTA

A LA SECCION 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL


Servicio 50

Programa 32UA C21.I01 Programa C21.I01 Creación de plazas del Primer Ciclo de Educación Infantil de (prioritariamente de 1 y 2 años): Reforma/rehabilitación y equipamiento para nuevas unidades; nueva construcción y
equipamiento; y, gastos de personal y otros gastos.

Capítulo 4 Transferencias corrientes

Artículo 45 A Comunidades Autónomas

Concepto 450

Subconcepto NUEVO. Gratuidad del primer ciclo de la educación infantil.
Gratuidad de plazas del primer ciclo de educación infantil de titularidad pública y privada. MRR

Importe: 331.026 miles de euros

BAJA

A LA SECCION 18 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Servicio 50


Programa 32UA C21.I01

Capítulo 4 Transferencias corrientes

Artículo 45 A Comunidades Autónomas

Concepto 450

Subconcepto 45040 Creación de plazas del primer ciclo de Educación Infantil de titularidad pública,
prioritariamente para niñas y niños de 1 y 2 años. MRR

Importe: 331.026 miles de euros

Justificación

La Educación Infantil tenga carácter voluntario y gratuito, contribuye a alcanzar los objetivos del componente:

VII.
Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades

21. Modernización y digitalización del sistema educativo, incluida la educación de 0 a 3 años

VIII. Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo


22. Plan de choque para la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión

del Plan de Recuperación y Resiliencia aprobado por el Gobierno de España y Bruselas, siendo susceptible de recibir fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia en los términos establecidos en los artículos 7 y 9 del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Garantizar la gratuidad del primer ciclo de educación infantil