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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 583, de 02/03/2023
cve: BOCG-14-D-583 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


2 de marzo de 2023


Núm. 583



ÍNDICE


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/001141 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, sobre la concesión de permisos para la prevención del suicidio.


Enmiendas... (Página3)


Aprobación con modificaciones... (Página6)


162/001146 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a garantizar la igualdad en el acceso a los tratamientos de cáncer en todo el territorio nacional.


Enmiendas... (Página6)


Aprobación con modificaciones... (Página12)


INTERPELACIONES


Urgentes


172/000272 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre un nuevo sistema de financiación basal que redunde en el fortalecimiento de los centros de investigación y desarrollo... (Página13)


172/000274 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario VOX, a la Ministra de Industria, Comercio y Turismo sobre las medidas que va a adoptar el Gobierno para proteger a quienes no puedan adquirir un vehículo nuevo ante la prohibición
de la venta de coches de combustión a partir de 2035... (Página13)


172/000275 Interpelación formulada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, para que el Gobierno informe sobre los últimos acuerdos adoptados y compromisos adquiridos por España en el seno de la Unión Europea y de la Organización
del Tratado del Atlántico Norte en relación con el apoyo militar a Ucrania... (Página13)


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000194 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre la necesidad de adoptar las modificaciones legislativas oportunas para incrementar las indemnizaciones por despido improcedente
a fin de conseguir un resarcimiento real del trabajador afectado y un efecto disuasorio.


Texto de la moción, enmiendas formuladas y rechazo por el Pleno de la Cámara... (Página14)



Página 2





173/000195 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el desarrollo de la acción del Gobierno en el ámbito del Ministerio de Justicia, especialmente en lo referente a la
huelga de Letrados de la Administración de Justicia, así como sobre la propuesta y ejecución de la política del Gobierno para el desarrollo del ordenamiento jurídico en materia de derecho penal, civil, mercantil y procesal.


Texto de la moción así como enmienda formulada... (Página19)


Aprobación con modificaciones... (Página23)



Página 3





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/001141


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Plural, sobre la concesión de permisos para la prevención del suicidio, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 569, de 10 de febrero de 2023.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de febrero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Isidro Martínez Oblanca, Diputado de FORO, integrado en el Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo dispuesto en los artículos 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la
Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Plural, sobre la concesión de permisos para la prevención del suicidio.


Enmienda


De adición


Se propone la incorporación de un nuevo apartado con el siguiente texto:


'El Pleno del Congreso insta al Gobierno a:


- El Gobierno elaborará antes de finalizar la XIV Legislatura un 'Plan Nacional de Prevención del Suicidio' para coordinar y dotar de recursos las estrategias y protocolos autonómicos de prevención, detección y manejo de conductas suicidas.'


Justificación


Atender la recomendación de organizaciones internacionales y de especialistas al objeto de frenar el incesante aumento de suicidios y conductas suicidas en España.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de febrero de 2023.-Isidro Manuel Martínez Oblanca, Diputado.-Albert Botrán Pahissa, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo establecido en los artículos 183 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda de modificación a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario
Plural, sobre la concesión de permisos para la prevención del suicidio.



Página 4





Enmienda


Se propone la modificación de la parte dispositiva, quedando redactada con el siguiente texto:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las reformas necesarias para poner en marcha medidas de acompañamiento a personas en riesgo de suicidio, tanto en forma de permisos en el ámbito laboral, como de prestaciones
del sistema de Seguridad Social, a fin de que en las situaciones puntuales en las que dicho riesgo pueda ser inminente, dichas personas puedan ser acompañadas y cuidadas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de febrero de 2023.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de ley del Grupo Parlamentario Plural, sobre la concesión de permisos para la prevención del
suicidio.


Enmienda


De modificación


Texto que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a favorecer la desestigmatización y el entendimiento de los problemas de salud mental y los pensamientos suicidas en el ámbito laboral y a llevar a cabo las reformas legales necesarias para
poner en marcha un permiso de acompañamiento a personas en riesgo de suicidio:


1. Un permiso otorgado por el profesional que atiende la situación de alto riesgo de suicidio.


2. Que pueden solicitar las personas en situación de alto riesgo de suicidio para ser cuidados y acompañados.


3. Se concede a la persona acompañante/cuidadora designada por el paciente en situación de alto riesgo.


4. El permiso se renovará semanalmente con un máximo de 2 semanas.


5. Se financia con fondos públicos para que la persona acompañante no renuncie a su salario.'


Justificación


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de febrero de 2023.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en el artículo 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley sobre la concesión de permisos para la
prevención del suicidio (BOCG, serie D, número 569, de 10 de febrero de 2023), que se debatirá como punto sexto del orden del día en la sesión núm. 237 del Pleno del Congreso de los Diputados del día 21 de febrero de 2023.



Página 5





Enmienda


De modificación


Se propone la modificación de la parte dispositiva de la Proposición no de Ley, que quedará con la siguiente redacción:


Texto que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo promover las reformas legales necesarias para poner en marcha un permiso de acompañamiento a personas en riesgo de suicidio:


1. Un permiso otorgado por el profesional médico o psicólogo que atiende al paciente en la situación de alto riesgo de suicidio.


2. Que pueden solicitar tanto las personas en situación de alto riesgo de suicidio, para ser cuidadas y acompañadas como los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad que convivan con ellas.


3. Se concede a la persona acompañante/cuidadora designada por el paciente en situación de alto riesgo.


4. El permiso se renovará semanalmente con un máximo de 2 semanas renovaciones.


5. Se financia con fondos públicos para que la persona acompañante no renuncie a su salario.'


Justificación


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de febrero de 2023.-José María Figaredo Álvarez-Sala, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos Parlamentarios firmantes, se dirigen a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley
sobre la concesión de permisos para la prevención del suicidio.


Enmienda


De modificación


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. En el marco del diálogo social analizar y, en su caso, acordar la propuesta relativa a poner en marcha un permiso de acompañamiento a personas en riesgo de suicidio, con arreglo a los siguientes criterios de referencia:


El permiso será otorgado por el profesional colegiado que atiende la situación de alto riesgo de suicidio.


El permiso podrán solicitarlo las personas en situación de alto riesgo de suicidio para ser cuidados y acompañados.


La persona beneficiaria será el acompañante/cuidadora designada por el paciente en situación de alto riesgo.


El permiso tendrá una duración máxima de 15 días.


2. La financiación de este permiso no supondrá que la persona acompañante tenga que renunciar a su salario.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de febrero de 2023.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.



Página 6





162/001141


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Plural, sobre la concesión de permisos para la prevención del suicidio, publicada en
el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 569, de 10 de febrero de 2023, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a favorecer la desestigmatización y el entendimiento de los problemas de salud mental y los pensamientos suicidas:


1. En el marco del diálogo social analizar y, en su caso, acordar la propuesta relativa a poner en marcha un permiso de acompañamiento a personas en riesgo de suicidio como el estudio de prestaciones del sistema de la Seguridad Social a fin
de que, en situaciones puntuales de riesgo inminente, las personas en riesgo puedan ser acompañadas y cuidadas, con arreglo a los siguientes criterios de referencia:


- El permiso será otorgado por el profesional colegiado, médico o psicólogo que atiende al paciente en situación de alto riesgo de suicidio.


- El permiso podrán solicitarlo las personas en situación de alto riesgo de suicidio para ser cuidados y acompañados.


- La persona beneficiaria será el acompañante/cuidadora designada por el paciente en situación de alto riesgo.


- El permiso tendrá una duración máxima de 15 días.


2. La financiación de este permiso no supondrá que la persona acompañante tenga que renunciar a su salario.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de febrero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/001146


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de las enmiendas formuladas a la Proposición no de Ley del Grupo
Parlamentario Ciudadanos, relativa a garantizar la igualdad en el acceso a los tratamientos de cáncer en todo el territorio nacional, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 569, de 10 de febrero de 2023.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de febrero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Diputado don Tomás Guitarte Gimeno de la Agrupación de Electores Teruel Existe, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta las siguientes enmiendas a
la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos, para garantizar la igualdad en el acceso a los tratamientos del cáncer en todo el territorio nacional para su debate en el Pleno.



Página 7





Enmienda


De adición


Se añade un punto nuevo:


'7. Garantizar un trato equitativo entre los pacientes independientemente de su lugar de residencia o distancia al centro hospitalario, tanto en las provincias despobladas, del medio rural y de las comarcas despobladas atendidas por
hospitales comarcales, como los pacientes residentes en áreas limítrofes en comunidades autónomas, como los que residen en las ciudades atendidos por hospitales de referencia.


a) Incorporar de manera eficaz a los hospitales comarcales en los sistemas integrados para los tratamientos de cáncer que organizan los hospitales de referencia.


b) Mejorar las prestaciones de movilidad para los pacientes que residen a más de 30 minutos de distancia y para quienes no disponen de sistemas propios de desplazamiento.


c) Mejorar la coordinación entre los sistemas sanitarios de las Comunidades Autónomas para los pacientes procedentes de comunidades vecinas.


d) Compensar el coste de la estancia hospitalaria a los acompañantes de pacientes oncológicos ingresados o en paliativos, cuando el tratamiento suponga una duración prolongada.'


Enmienda


De modificación


Enmienda de sustitución.


Se sustituye el punto 2 por el siguiente punto:


'2. Fortalecer la red de centros públicos de atención primaria, mediante un plan conjunto del Estado y de las Comunidades Autónomas, que contará con los siguientes recursos humanos y técnicos.


a) Un incremento de la dotación de personal sanitario que permita cubrir todas las plazas y una mejora de las ratios que implique un 25 % más de tiempo medio para la atención de cada paciente.


b) Mejora del equipamiento de estos centros garantizando la modernización de equipos y programas informáticos y su conectividad a banda ancha, y el acceso a la información de pruebas diagnósticas.


c) Desarrollar un programa de prevención contra el cáncer, con la colaboración de los centros públicos de atención primaria, mediante las siguientes pruebas diagnósticas:


i) mamografías de cribado para las mujeres, mediante un equipo de mamógrafo móvil, con una frecuencia temporal adecuada,


ii) pruebas diagnósticas censales estratificadas a los grupos de población vulnerables que se implemente desde los centros de atención primaria.'


Enmienda


De adición


Se añade un nuevo punto 8:


'8. Mejorar la distribución de equipos en la red hospitalaria e implantar los sistemas de tratamientos móviles en los casos adecuados.


a) Dotar de los equipos adecuados para el tratamiento contra el cáncer a los hospitales públicos de ciudades pequeñas y de todas las capitales de provincia, incluyendo la radioterapia paliativa.


b) Implantar un sistema de tratamientos móviles que permita aproximar determinados tratamientos médicos y farmacológicos específicos para el cáncer, al centro sanitario más cercano a la residencia de los pacientes que lo precisan en:


i) unidad satélite de radioterapia paliativa,



Página 8





ii) asistencia farmacológica móvil en unidades del dolor,


iii) asistencia terapéutica domiciliaria de la unidad del dolor.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de febrero de 2023.-Tomás Guitarte Gimeno, Diputado.-Albert Botrán Pahissa, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo establecido en los artículos 183 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda de modificación a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario
Ciudadanos, relativa a garantizar la igualdad en el acceso a los tratamientos de cáncer en todo el territorio nacional.


Enmienda


Se propone la modificación de la parte dispositiva, quedando redactada con el siguiente texto:


'El Congreso valora positivamente el trabajo realizado por las autoridades sanitarias en la lucha contra el cáncer e insta al Gobierno español a que, desde su ámbito de actuación, potencie la investigación e innovación científica y mejore
los tiempos de homologación de nuevos medicamentos, facilitando la accesibilidad a estos fármacos a las y los pacientes al objeto de reducir la mortalidad por cáncer.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de febrero de 2023.-Aitor Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario VOX (GP VOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 194.2 y 110.4 del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley para garantizar la igualdad en el acceso
a los tratamientos de cáncer en todo el territorio nacional, presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, incluida en el punto núm. 7 del orden del día, correspondiente a la sesión núm. 237 del Pleno, que se celebra el 21 de febrero de 2023.


Enmienda


De modificación


Se propone la modificación del apartado 1 a la parte dispositiva, con el siguiente tenor literal:


'1. Promover la inmediata devolución al Estado de las competencias en materia de Sanidad y aAcabar con las desigualdades territoriales existentes actualmente en el diagnóstico y tratamiento del cáncer, trabajando
con las Comunidades Autónomas en una mayor
mejorando la coordinación de procesos y protocolos.'


Justificación


La existencia de 18 sistemas sanitarios diferentes se ha revelado, tras décadas de funcionamiento, como causante de enormes ineficiencias y desigualdades entre españoles. Es necesario impulsar el establecimiento de un sistema de atención
sanitaria único, sin distinciones entre españoles y que garantice la igualdad en el acceso a los servicios sanitarios en cualquier lugar del territorio nacional en el que se encuentre el enfermo.



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Enmienda


De modificación


Se propone la modificación del apartado 6 de la parte dispositiva, que quedará redactado como sigue:


'6. Impulsar la creación de Centros Oncológicos de referencia nacional, como centros de excelencia, a fin de garantizar la derivación de los pacientes para su mejor diagnóstico y tratamiento. A tales efectos, establecer, de la mano de las
Comunidades Autónomas Administraciones territoriales correspondientes y los gestores hospitalarios, equipos multidisciplinares, interdepartamentales, e interhospitalarios que permitan el seguimiento coordinado de los casos entre el
centro de referencia y el centro emisor, para el tratamiento de casos, asegurando así la mejor atención hospitalaria, ambulatoria y domiciliaria posible y un tratamiento más preciso del paciente y de su tipología de cáncer.'


Justificación


Los Centros, Servicios o Unidades de Referencia del Sistema Nacional de Salud son recursos sanitarios que proporcionan asistencia y realizan determinadas técnicas diagnósticas o terapéuticas a personas afectadas por una determinada patología
a nivel nacional. Tienen como objeto garantizar la equidad en el acceso a una atención sanitaria de calidad, segura y eficiente a las personas con patologías que, por sus características, precisan de cuidados de elevado nivel de especialización,
que requieren concentrar los casos a tratar en un número reducido de centros por tratarse de patologías de muy baja prevalencia 1.


Para la designación se deberán tener en consideración, al menos, los siguientes aspectos: demostrar conocimiento y experiencia suficientes en el manejo de la patología, técnica, tecnología o procedimiento de que se trate. Todo ello con el
fin de garantizar un nivel adecuado de calidad y seguridad a los pacientes en el tratamiento oncológico, a través de la creación de estos centros de excelencia para el manejo diferenciado de la patología, según técnica, tecnología o procedimientos
de que se trate.


Enmienda


De adición


Se propone la incorporación de un nuevo apartado 7, con el siguiente tenor literal:


'7. Promover en todas las regiones por igual la implantación de todos los screening (pruebas de cribado) comercializados hasta el momento y con incorporación inmediata de todos los que se incorporen al mercado, para el diagnóstico precoz
del cáncer.'


Justificación


Con base en el Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer, se propone una mejora de la detección precoz, a través del cribado, por cuanto se trata de la mejor oportunidad de vencer al cáncer y salvar vidas. Este Plan ayuda a los Estados
miembros a garantizar que el 90 % de la población de la Unión que cumple los requisitos para someterse a un cribado del cáncer de mama, de cuello del útero o colorrectal, tenga acceso a dicho cribado de aquí a 2025. El programa contará con
financiación europea y se centrará en la introducción de mejoras en tres ámbitos fundamentales: el acceso, la calidad y el diagnóstico.


El Consejo Europeo ha propuesto una nueva Recomendación sobre el cribado del cáncer 2 para reducir la mortalidad provocada por dicha enfermedad y reducir la incidencia de los cánceres invasivos. A la recomendación anterior sobre el cribado
del cáncer de 2003, que se limitaba al cáncer de mama, de cuello del útero y colorrectal, los Estados miembros acordaron ampliar el enfoque a:


- Cáncer de pulmón: los países deben explorar la viabilidad y eficacia del cribado mediante tomografía computarizada de baja dosis. Debe prestarse atención a la detección de perfiles de alto riesgo y dirigirse específicamente a ellos.


1 https://www.sanidad.gob.es/profesionales/CentrosDeReferencia/home.htm


2 https://www.consilium.europa.eu/es/press/press-releases/2022/12/09/council-updates-its-recommendation-to-screen-for-cancer/



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- Cáncer de próstata: teniendo en cuenta el estado actual de los conocimientos y la cantidad de cribados circunstanciales, los países deberían evaluar la viabilidad y eficacia de la implantación de programas organizados.


- Cáncer gástrico: aquellos países y regiones con casos de alta incidencia y mortalidad gástrica deberían considerar estrategias de cribado del cáncer.


En cuanto al cáncer de cuello uterino, la Recomendación establece que los Estados miembros deben considerar la posibilidad de adaptar las edades y los intervalos al riesgo individual sobre la base del historial de vacunación del virus del
papiloma humano (VPH).


Por lo que se refiere al cáncer de mama, la Recomendación del Consejo propone un límite de edad inferior de 45 años y un límite superior de 74 años (además del cribado recomendado para las mujeres de 50 a 69 años con mamografía).


La Estrategia en Cáncer del Sistema Nacional de Salud de España señala que 'la prueba de cribado se recoge en el 'Documento marco sobre cribado poblacional'', aprobado en 2010 por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del
Sistema Nacional de Salud. Este documento establece los criterios para la toma de decisiones sobre los programas de cribado poblacional (introducción, modificación, etc.), así como los requisitos clave para la implantación de estos programas en los
servicios de salud (Ponencia de Cribado Poblacional de la Comisión de Salud Pública, 2010).


Enmienda


De adición


Se propone la incorporación de un nuevo apartado 8, con el siguiente tenor literal:


'8. Promover campañas de información a la población, a nivel nacional, relativas a la importancia de la adhesión del paciente a la realización de estas pruebas de cribado, toda vez que el grado de aceptación actualmente no es el óptimo.'


Justificación


Los programas de cribado poblacional son gestionados por el sistema sanitario público, así que, como garantes en la protección de la salud, son los encargados de informar a los ciudadanos de la importancia de la realización de cribados.


La detección precoz, a través de los programas de cribado, es uno de los pilares fundamentales para el control del cáncer. Los programas de cribado en cáncer consisten en la realización de pruebas diagnósticas a personas en principio sanas,
pero que se encuentran en un grupo de riesgo, para detectar lesiones precancerosas, y así intentar mejorar su pronóstico. Han demostrado beneficios, tanto en la disminución del número de casos, como de la mortalidad.


Resulta fundamental adoptar un discurso coherente y unificado en los diferentes ámbitos sanitarios, que explique correcta y claramente los beneficios del cribado en términos de disminución del riesgo y no de garantía diagnóstica o de
protección. La sociedad debe tener expectativas realistas sobre el cribado, con el objetivo de reducir el impacto negativo que puede tener el desarrollar la enfermedad (o bien complicaciones de esta) a pesar de haber tenido un resultado negativo en
el cribado, o de que el sujeto no se llegue a curar a pesar de que la enfermedad se haya detectado a través del programa.


Se debe realizar una planificación operativa de los diferentes aspectos del programa: empezando por la 'gestión de la invitación a la población diana', siguiendo con la prueba inicial, posibles resultados, confirmación diagnóstica y
tratamiento; calidad y evaluación; recursos humanos y materiales, formación continuada, sistemas de información, etc. Estos procedimientos deben seguir unas guías de derivación y actuación, basadas en la mejor evidencia posible, para cada etapa
del proceso y que contemplen los diferentes resultados o situaciones, así como la necesaria coordinación entre las estructuras sanitarias implicadas. Todo ello recogido documentalmente por escrito.


Como venimos exponiendo, la adherencia de la población a los programas de cribado es crucial para optimizar la rentabilidad de la prueba. Las razones de no-adherencia son múltiples, entre ellas la falta de formación, la disposición en
contra de la población que no entiende la trascendencia de la detección precoz, las enfermedades concomitantes y el miedo a la posible colonoscopia. El contacto continuado del médico con los candidatos al cribado es esencial para mejorar la
adherencia, así como que los medios



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audiovisuales expliquen de forma sencilla los potenciales beneficios y riesgos de la prueba. Es fundamental concienciar a la población sobre los beneficios en salud de la prevención. Además, el impacto económico que tiene la detección
precoz y la prevención de hábitos saludables podría reducir los costes totales del cáncer, ahorrando así, una importante cantidad de recursos al SNS.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de febrero de 2023.-José María Figaredo Álvarez-Sala, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario Ciudadanos, para
garantizar la igualdad en el acceso a los tratamientos de cáncer en todo el territorio nacional.


Enmienda


De modificación


El texto que se propone quedará redactado como sigue:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a desarrollar cuantas acciones integrales, transversales y multidisciplinares sean necesarias para mejorar la prevención del cáncer, así como para progresar en términos de diagnóstico precoz;
de abordaje temprano y humanizado; de I+D+i, y de tratamiento personalizado y de precisión.


Para ello, es necesario garantizar un acceso ágil, equitativo y cohesionado de los pacientes al Sistema Nacional de Salud y poner a su disposición cuantas innovaciones diagnósticas y terapéuticas estén disponibles para asegurar una atención
de la máxima calidad.


El Gobierno destinará cuantos recursos humanos, materiales y económicos sean necesarios para desarrollar de forma tangible dichas acciones, que para ser efectivas deberán contar con el consenso real y continuado de las Comunidades Autónomas
y definirse en coordinación plena con las asociaciones de pacientes -a los que se garantizará información sencilla, accesible, honesta y veraz, dada su relevancia en términos de apoyo social y emocional para los propios pacientes-, los
representantes de los profesionales sanitarios -potenciando equipos multidisciplinares y un mayor protagonismo de Atención Primaria y el personal de enfermería-, la industria farmacéutica, y las empresas de biotecnología y tecnología sanitaria.'


Justificación


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de febrero de 2023.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Los Grupos Parlamentarios firmantes, se dirigen a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 194.2 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley
para garantizar la igualdad en el acceso a los tratamientos de cáncer en todo el territorio nacional.



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Enmienda


De modificación


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Continuar con la mejora del diagnóstico y tratamiento del cáncer, en coordinación y colaboración con las Comunidades Autónomas.


2. Igual.


3. En el marco de la Estrategia en Cáncer del SNS, promover un abordaje integral y una atención centrada en el paciente con cáncer, garantizando la continuidad asistencial y la coordinación de los recursos sanitarios y sociales, mediante el
desarrollo de una atención interdisciplinar y personalizada.


4. Igual.


5. Asegurar un flujo de información sencilla, que sea accesible para los pacientes con cáncer y sus familias, ampliando la disponibilidad de apoyo psicosocial en todo el territorio.


6. Igual.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de febrero de 2023.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.-El Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.


162/001146


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha acordado aprobar con modificaciones la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a garantizar la igualdad en el acceso a los tratamientos de
cáncer en todo el territorio nacional, publicada en el 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 569, de 10 de febrero de 2023, en los siguientes términos:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Continuar con la mejora del diagnóstico y tratamiento del cáncer, en coordinación y colaboración con las Comunidades Autónomas para acabar con las desigualdades territoriales en el acceso a diagnóstico y tratamiento de esta enfermedad.


2. Trabajar con los profesionales sanitarios de la Atención Primaria en materia de información y formación, de forma que tengan más y mejores herramientas para la identificación de posibles casos de cáncer y su derivación inmediata a
especialistas oncológicos. Así como, continuar reforzando la Atención Primaria y las capacidades profesionales del Sistema Nacional de Salud (SNS).


3. En el marco de la Estrategia de Cáncer del Sistema Nacional de Salud, promover un abordaje integral y una atención centrada en el paciente con cáncer, garantizando la continuidad asistencial y la coordinación de recursos sanitarios y
sociales mediante el desarrollo de una atención interdisciplinar y personalizada.


4. Poner en valor el papel del personal de enfermería en los procesos y protocolos de abordaje del cáncer, desde la sospecha hasta el tratamiento, como figura de gestión de casos y punto de referencia para pacientes, familiares y
facultativos.


5. Asegurar un flujo de información sencilla, que sea accesible para los pacientes de cáncer y sus familias, ampliando la disponibilidad de apoyo psicosocial en todo el territorio nacional.


6. Establecer, de la mano de las Comunidades Autónomas y los gestores hospitalarios, equipos multidisciplinares para el tratamiento de casos, asegurando así la mejor atención hospitalaria posible y un tratamiento más preciso del paciente y
de su tipología de cáncer.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de febrero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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INTERPELACIONES


Urgentes


172/000272


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Republicano, sobre un nuevo sistema de financiación basal que redunde en el fortalecimiento de los centros de
investigación y desarrollo, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de febrero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia del Diputado Joan Margall Sastre, al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente interpelación urgente al Gobierno sobre un nuevo
sistema de financiación basal que redunde en el fortalecimiento de los centros de investigación y desarrollo, para su debate en Pleno.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 2023.-Joan Margall Sastre, Diputado.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.


172/000274


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario VOX, a la Ministra de Industria, Comercio y Turismo sobre las medidas que va a adoptar el Gobierno para proteger a
quienes no puedan adquirir un vehículo nuevo ante la prohibición de la venta de coches de combustión a partir de 2035, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de febrero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 180 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, formula interpelación urgente a la Ministra de Industria, Comercio y Turismo sobre las medidas que
va a adoptar el Gobierno para proteger a quienes no puedan adquirir un vehículo nuevo ante la prohibición de la venta de coches de combustión a partir de 2035.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 2023.-José María Figaredo Álvarez-Sala, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


172/000275


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, debatió la interpelación urgente del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, para que el Gobierno informe sobre los últimos acuerdos adoptados y compromisos adquiridos
por España en el seno de la Unión Europea y de la Organización del



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Tratado del Atlántico Norte en relación con el apoyo militar a Ucrania, cuyo texto se inserta a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de febrero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Por medio del presente escrito, el Grupo Parlamentario Popular presenta reformulación de la interpelación urgente al Gobierno, presentada en el día de hoy, 16 de febrero de 2023, con número de registro 257792, que queda redactada en los
siguientes términos:


Exposición de motivos


El próximo 24 de febrero se cumplirá un año desde el comienzo de la injusta, injustificada y cruel invasión de Ucrania por parte de la Federación de Rusia, que tan graves consecuencias está teniendo para dicho país, especialmente para la
población civil.


Desde el comienzo de la invasión se han venido adoptando acuerdos y tomando decisiones por parte de los órganos de la Unión Europea y de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) en relación con el apoyo a Ucrania. Asimismo los
estados miembros de la Unión Europea y los estados parte del Tratado del Atlántico Norte, entre los que se encuentra España, han venido enviando diverso material militar a Ucrania y han ido adquiriendo nuevos compromisos.


Lo más reciente ha sido la reunión del Consejo del Atlántico Norte en sesión de ministros de Defensa, celebrada en Bruselas el 15 de febrero de 2023, a la que acudió en representación del Reino de España la titular del departamento doña
Margarita Robles.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente interpelación urgente para que el Gobierno informe sobre los últimos acuerdos adoptados y compromisos adquiridos por España en el seno de la Unión Europea y de la
Organización del Tratado del Atlántico Norte en relación con el apoyo militar a Ucrania.


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 2023.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000194


El Pleno de la Cámara, en su sesión del día de hoy, rechazó la moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Republicano, sobre la necesidad de adoptar las modificaciones legislativas oportunas para
incrementar las indemnizaciones por despido improcedente a fin de conseguir un resarcimiento real del trabajador afectado y un efecto disuasorio, cuyo texto se inserta a continuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento
de la Cámara. Asimismo se insertan las enmiendas formuladas a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de febrero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Republicano, a instancia del Diputado Jordi Salvador i Duch al amparo de lo dispuesto en el artículo 184 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente moción consecuencia de interpelación urgente
sobre la necesidad de adoptar las modificaciones legislativas oportunas para incrementar las indemnizaciones por despido improcedente a fin de conseguir un resarcimiento real del trabajador afectado y un efecto disuasorio, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


En el Estado Español, a día de hoy, según la legislación laboral, sólo existen dos tipos de despido individual: el disciplinario y el objetivo. Eso implica que, formalmente, queda establecido un requisito indisponible de causalidad en el
despido de tal forma que el empresario sólo puede extinguir unilateralmente la relación laboral alegando alguna de las causas legal, convencional o contractualmente estipuladas. El requisito de causalidad se desprende del principio de estabilidad
en el empleo que la doctrina mayoritaria entiende implícito e indisociable del derecho constitucional al trabajo. De igual forma, el reconocimiento de la causalidad referida se ha relacionado directamente en su vertiente contractual, con el
principio de buena fe en las relaciones laborales y, en su vertiente jurisdiccional, con el derecho a la tutela judicial efectiva y el principio de seguridad jurídica.


Ello no obstante, como resulta de sentido común y como articula Ferrajoli en doctrina constitucional, un derecho no garantizado no es un verdadero derecho. Es decir, un derecho que no cuente con una obligación o prohibición efectiva
(garantía primaria) o con una reparación judicial eficaz (garantía secundaria), sencillamente, no puede considerarse como tal. En esos términos, podemos afirmar que, pese a la mencionada articulación de la legislación laboral, no existe un derecho
a la causalidad en el despido. Ello por cuanto, la jurisprudencia constitucional tiene pacíficamente estipulado (STC 185/2014 et. al.) que los despidos sin causa o con causa ficticia tienen la consecuencia jurídica de una declaración de
improcedencia, no de nulidad. Por lo tanto, un despido sin causa, que será declarado como improcedente, si así lo decide el empresario -salvo en casos específicos y minoritarios de alteración de la capacidad de opción entre extinción indemnizada y
nulidad, como los de los representantes de los trabajadores-, tendrá la única consecuencia de la obligación de pago de una indemnización tasada, topada y cierta en función de unas variables concretas y previsibles: salario y antigüedad.


Hoy en día, de acuerdo con el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores, la extinción de una relación laboral por despido declarado improcedente, lleva aparejada la única obligación de abono de una indemnización de 33 días de salario por
año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. Así las cosas, a modo de ejemplo, a una persona trabajadora con dos años de antigüedad que perciba el salario más habitual según el Instituto Nacional de Estadística, en caso de despido injustificado
le correspondería una indemnización de 3.389,79 euros. Ello, con total independencia de la edad de la persona en cuestión, su situación social, cargas familiares, condición de empleabilidad o el impacto que tal pérdida no deseada ni justificada
pueda tener en su carrera de cotización. Resulta evidente pues el carácter no resarcitorio de este precepto.


Nos encontramos pues ante una situación efectiva de sistema de despido libre indemnizado o, para ser más específicos, descausalizado, desjudicializado y con coste económico cierto (y, por cierto, especialmente barato).


De acuerdo con los últimos datos disponibles, con la legislación en materia de extinción de los contratos de trabajo expuesta estando vigente, en el Estado Español se producen casi 475.000 despidos al año. O lo que es lo mismo, 1.300
despidos cada día. Estas cifras se dan con posterioridad y como consecuencia, entre otros factores, de las reformas laborales acaecidas en los años 2010 y 2012 que facilitaron y abarataron drásticamente los despidos en el Estado. Así, en primer
lugar, se produjo una rebaja del precio de las indemnizaciones por despido improcedente de los 45 días de salario por año trabajado con un tope de 42 mensualidades a los actuales 33 días con un máximo de 24 mensualidades. Esto supuso una
disminución drástica de los importes a percibir por parte de las personas trabajadoras víctimas de la extinción injusta y arbitraria de su relación laboral por decisión de su empleadora. Pero además, en las referidas reformas, se eliminó la
aplicación de los salarios de tramitación en la práctica totalidad de supuestos de despido, se ampliaron las causas del despido objetivo posibilitando una discrecionalidad casi total del empresario y se limitó la capacidad de control de los despidos
colectivos eliminando el requisito de autorización administrativa previa de la autoridad laboral. Consecuencia de todo



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ello, podemos afirmar que la actual legislación laboral española no resulta bajo ningún concepto disuasoria de la intención empresarial de aplicar despidos sin causa. De hecho, a la vista de la evolución legislativa en materia de extinción
de contratos y de la escasa diferencia entre las consecuencias de un despido objetivo válido y uno que sea declarado improcedente, prácticamente nos encontramos ante un incentivo a la no justificación de los despidos.


La situación legislativa expuesta contraviene en primer lugar el artículo 10 del Convenio sobre la terminación de la relación de trabajo, 1982 (núm. 158) de la Organización Internacional del Trabajo que estipula:


'Artículo 10.


Si los organismos mencionados en el artículo 8 del presente Convenio llegan a la conclusión de que la terminación de la relación de trabajo es injustificada y si en virtud de la legislación y la práctica nacionales no estuvieran facultados o
no consideraran posible, dadas las circunstancias, anular la terminación y eventualmente ordenar o proponer la readmisión del trabajador, tendrán la facultad de ordenar el pago de una indemnización adecuada u otra reparación que se considere
apropiada.'


Igualmente, la regulación del Estado Español incumple lo estipulado por el artículo 24 de la Carta Social Europea Revisada en relación con el artículo 30 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea:


'Artículo 24. Derecho a protección en caso de despido.


Para garantizar el ejercicio efectivo del derecho de los trabajadores a protección en caso de despido, las Partes se comprometen a reconocer:


a) el derecho de todos los trabajadores a no ser despedidos sin que existan razones válidas para ello relacionadas con sus aptitudes o su conducta, o basadas en las necesidades de funcionamiento de la empresa, del establecimiento o del
servicio;


b) el derecho de los trabajadores despedidos sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada.


A tal fin, las Partes se comprometen a garantizar que un trabajador que estime que se le ha despedido sin una razón válida tenga derecho a recurrir ante un organismo imparcial.'


En atención a lo antedicho, la Unión General de Trabajadores en primera instancia y la confederación Sindical de Comisiones Obreras después, presentaron reclamaciones colectivas por violación, por parte del Estado español del artículo 24 de
la Carta Social Europea Revisada. Sendas reclamaciones cuentan con doctrina jurisprudencial clara a su favor por parte del mismo organismo que deberá pronunciarse al respecto, el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa. En este
sentido se resolvió en el asunto relativo a la legislación de Finlandia en 2016; en la Decisión de Fondo de 11 de septiembre de 2019 (reclamación n.º 158/2017, presentada por la CGIL) contra el Estado italiano; y más recientemente, la decisión de
Fondo de 23 de marzo de 2022 (reclamaciones n.º 160/2018 y n.º 171/2018) contra el Estado francés.


Por todo ello se presenta la siguiente


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Derogar las modificaciones legislativas en materia de indemnización por despido improcedente introducidas por el Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, y ampliadas y consolidadas por el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, y
garantizar para estos supuestos una indemnización no inferior a 45 días de salario por año trabajado con un tope de 42 mensualidades.


2. Analizar en profundidad la doctrina del Comité Europeo de Derechos Sociales sobre el derecho de los trabajadores, reconocido en el artículo 24 de la Carta Social Europea, a no ser 'despedidos sin razón válida a una indemnización adecuada
o a otra reparación apropiada' y a adoptar, previo diálogo con los



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actores sociales y mediante la deliberación parlamentaria correspondiente, las modificaciones legislativas oportunas con el fin de establecer un nuevo régimen indemnizatorio para los despidos injustificados o con causa ficticia que sea
efectivamente restaurador en atención a las circunstancias personales y del daño causado a la víctima y que consiga un efecto realmente disuasorio para el empleador.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 2023.-Jordi Salvador i Duch, Diputado.-Gabriel Rufián Romero, Portavoz del Grupo Parlamentario Republicano.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 180 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la moción consecuencia de interpelación urgente, del Grupo Parlamentario
Republicano, sobre la necesidad de adoptar las modificaciones legislativas oportunas para incrementar las indemnizaciones por despido improcedente a fin de conseguir un resarcimiento real del trabajador afectado y un efecto disuasorio.


Enmienda


De modificación


Texto que se propone:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Presentar una reforma del Estatuto de los Trabajadores encaminada a:


a) Aclarar la causalidad del despido, con el fin de reducir la litigiosidad y la incertidumbre de trabajadores y empresas.


b) Reformar el sistema de indemnizaciones para que no incentive como hasta ahora el despido de los trabajadores más jóvenes y precarios.


2. Presentar una propuesta de fondo de capitalización para cada asalariado que financie una parte de la indemnización en caso de despido.'


Justificación


Mejora técnica.


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de febrero de 2023.-María Muñoz Vidal, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 110.4 y 184.2 del Reglamento del Congreso de los Diputados, formula la siguiente enmienda a la moción consecuencia de interpelación urgente al Gobierno sobre la
necesidad de adoptar las modificaciones legislativas oportunas para incrementar las indemnizaciones por despido improcedente a fin de conseguir un resarcimiento real del trabajador afectado y un efecto disuasorio, incluida en el punto 8 del orden
del día de la sesión núm. 237 del Pleno del Congreso de los Diputados que se celebrará el martes 21 de febrero de 2023.



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Enmienda


De modificación


Se propone la modificación del punto 2 de la parte dispositiva de la moción consecuencia de interpelación urgente, añadiendo el siguiente texto:


Texto que se propone:


'2. Analizar en profundidad la doctrina del Comité Europeo de Derechos Sociales sobre el derecho de los trabajadores, reconocido en el artículo 24 de la Carta Social Europea, a no ser 'despedidos sin razón válida a una indemnización
adecuada o a otra reparación apropiada' y a adoptar, previo diálogo con los actores sociales y mediante la deliberación parlamentaria correspondiente, las modificaciones legislativas oportunas con el fin de establecer un nuevo régimen indemnizatorio
para los despidos injustificados o con causa ficticia que sea efectivamente restaurador en atención a las circunstancias personales, con especial consideración del número de hijos a cargo del trabajador y otras cargas familiares, y al
del daño causado al empleado a la víctima. Asimismo, este despido debe conseguir que consiga un efecto realmente disuasorio de despido para el empleador.'


Justificación


El despido en el que no concurran razones válidas debe dar lugar a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada. En consecuencia, el resarcimiento ha de tener en consideración la situación de los hogares de los trabajadores
españoles, y muy particularmente, los hijos a cargo del empleado. Ello sitúa a las familias españolas en el centro de las políticas públicas.


Enmienda


De adición


Se propone la adición de un nuevo punto 3 a la parte dispositiva de la moción, añadiendo el siguiente texto:


Texto que se propone:


'3. Plantear una consulta pública al conjunto de los españoles respecto del mantenimiento o eliminación de las subvenciones públicas a los sindicatos y patronales, de forma que estas organizaciones sean financiadas únicamente mediante las
cuotas de sus afiliados.'


Justificación


Los importes en concepto de subvención pública recibidos por las principales organizaciones sindicales y patronales en España han aumentado exponencialmente en los últimos años. Al mismo tiempo, la percepción por parte de los españoles
respecto a la acción de los sindicatos y patronales es que estos han abandonado los intereses y demandas de aquellos a quienes deben servir. Ello pone de manifiesto la necesidad de que los españoles elijan si los sindicatos y patronales deben ser
financiados exclusivamente por sus propios afiliados.


Enmienda


De adición


Se propone la adición de un nuevo punto 4 a la parte dispositiva de la moción, añadiendo el siguiente texto:


Texto que se propone:


'4. Promocionar el empleo estable, duradero y de calidad mediante la reducción de las cotizaciones sociales a empresas que contraten a trabajadores de manera indefinida.'



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Justificación


La generación de empleo pasa especialmente por la reducción de las cotizaciones sociales a empresas y trabajadores.


Enmienda


De adición


Se propone la adición de un nuevo punto 5 a la parte dispositiva de la moción, añadiendo el siguiente texto:


Texto que se propone:


'5. Adoptar las medidas necesarias dirigidas a suprimir la figura del personal liberado sindical.'


Justificación


Los representantes de los trabajadores no pueden ostentar un conjunto de privilegios que no son compartidos por aquellos a quienes, presuntamente, han de representar.


Se debe terminar con las prebendas que la Ley y los sucesivos gobiernos han conferido a favor de los sindicatos de clase. No es posible que, ante la situación económica y laboral que atraviesa España, existan representantes de trabajadores
que no contribuyan en los mismos términos que lo hacen quienes supuestamente son representados por ellos.


Enmienda


De adición


Se propone la adición de un nuevo punto 6 a la parte dispositiva de la moción, añadiendo el siguiente texto:


Texto que se propone:


'6. Impulsar las modificaciones normativas para reducir el tipo y simplificar el Impuesto sobre Sociedades.'


Justificación


Con la reducción de la carga fiscal se favorece el crecimiento de las empresas y la creación de empleo en España, al mismo tiempo se atraen los beneficios generados por las empresas españolas en el exterior.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de febrero de 2023.-José María Figaredo Álvarez-Sala, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


173/000195


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, de la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso, sobre el desarrollo de la acción del Gobierno en el ámbito del Ministerio de Justicia, especialmente en lo referente a la huelga de Letrados de la Administración de Justicia, así como sobre la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno para el desarrollo del ordenamiento jurídico en materia de derecho penal, civil, mercantil y procesal, y de la enmienda presentada a la misma.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de febrero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.



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A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente moción, consecuencia de interpelación urgente, sobre el
desarrollo de la acción del Gobierno en el ámbito del Ministerio de Justicia, especialmente en lo referente a la huelga de Letrados de la Administración de Justicia, así como sobre la propuesta y ejecución de la política del Gobierno para el
desarrollo del ordenamiento jurídico en materia de derecho penal, civil, mercantil y procesal.


Exposición de motivos


Desde la creación del Consejo de Ministros hace más de dos siglos, siempre ha existido en los sucesivos gobiernos un departamento ministerial de Justicia, con distintas denominaciones pero similares cometidos. Siendo relevantes todas las
competencias que ejerce el Ejecutivo, la de Justicia ha sido siempre especialmente importante por las funciones específicas que tiene encomendadas.


La Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, establece en el artículo 2 apartado 1 que 'el Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y
responsabilidad directa de los Ministros en su gestión'.


Esta 'competencia y responsabilidad directa de los Ministros' se desarrolla, entre otros, en el Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia, y se modifica el
Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, que se encuentra plenamente vigente, habiendo sido actualizado por última vez por Real Decreto 1040/2022, de 27 de diciembre.


De manera concreta, y bajo el título de 'organización general del departamento' el artículo 1 apartado 2 dice lo siguiente: 'El Ministerio de Justicia, cuyo titular es el Notario Mayor del Reino, es el departamento de la Administración
General del Estado al que corresponde, dentro del ámbito de las competencias que le confieren las disposiciones legales vigentes, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno para el desarrollo del ordenamiento jurídico, especialmente en
materia de derecho penal, civil, mercantil y procesal; la política de organización y apoyo de la Administración de Justicia, así como la cooperación con las comunidades autónomas en coordinación con los demás departamentos competentes en la
materia; la cooperación jurídica internacional; los derechos de gracia y títulos nobiliarios y grandezas de España y la asistencia jurídica del Estado'. En el segundo párrafo se añade que 'igualmente, corresponden al Ministro de Justicia las
relaciones con la Agencia Española de Protección de Datos y con los Consejos Generales de la Abogacía, de los Procuradores de los Tribunales y de los Colegios de Graduados Sociales de España'.


Por lo tanto, destaca entre sus competencias la 'ejecución de la política del Gobierno para el desarrollo del ordenamiento jurídico, especialmente en materia de derecho penal, civil, mercantil y procesal'. No obstante, y a pesar de la
relevancia de esta función, las sucesivas polémicas por las reformas legales acometidas durante el mandato de don Pedro Sánchez Pérez-Castejón, difícilmente se puede entender que hayan sido regidas por alguna 'política del Gobierno para el
desarrollo del ordenamiento jurídico', sino más bien, todo lo contrario.


De todas estas materias, ha sido el desarrollo del derecho penal la competencia que más polémicas ha arrastrado a lo largo de la XIV Legislatura.


La Exposición de Motivos del vigente Código Penal de 1995 dice que esta norma 'ocupa un lugar preeminente en el conjunto del ordenamiento, hasta el punto de que, no sin razón, se ha considerado como una especie de 'Constitución negativa'.
El Código Penal ha de tutelar los valores y principios básicos de la convivencia social. Cuando esos valores y principios cambian, debe también cambiar'.


Y así ha sido durante los primeros veinticinco años de vigencia del Código, con reformas en ocasiones puntuales y en ocasiones más a fondo para adaptarla a los tiempos; pero, por desgracia, la vía de la modificación del Código ha sido
descubierta por el actual Gobierno como un instrumento útil para mantenerse en el poder dando satisfacción a sus socios.


Por tanto, no han cambiado los 'valores' ni los 'principios' a los que hace referencia el preámbulo de 1995: lo que ha cambiado es la forma de hacer política.


Una de las cuestiones que más llaman la atención es el cuantitativo.


El Código Penal fue promulgado mediante Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre. Con posterioridad ha sido reformado en cuarenta y cinco ocasiones, lo que supone más de novecientos



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cambios (incluyendo títulos, disposiciones etc.), lo que es un número importante teniendo en cuenta que el Código tenía en su redacción original 639 artículos y 23 disposiciones.


De estas cuarenta y cinco ocasiones en veintisiete años de vigencia, prácticamente un tercio se han realizado siendo presidente del Gobierno don Pedro Sánchez: o bien por proyecto de ley, o bien por proposición de ley de los Grupos
parlamentarios que forman la coalición de Gobierno.


Pero no sólo es sorprendente el número de reformas acometidas, sino también la polémica que ha acompañado a muchas de ellas. Baste señalar dos reformas recientes que ya están en vigor:


La Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, ha supuesto desde su entrada en vigor (en lo que respecta al grueso de la ley, a los treinta días de su publicación) la revisión de más de 500
sentencias por las que fueron condenados delincuentes sexuales que se han visto beneficiados de la reforma del Código Penal.


La Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral,
desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso, no sólo ha modificado la malversación y ha derogado el delito de sedición, sino que tal y como se desprende del reciente auto de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, la reforma deja
inerme al Estado pues 'la creación de un marco normativo de ruptura territorial que preparara la secesión de una parte del territorio del Estado, incluso acompañada de actos multitudinarios que condujeran a la inobservancia generalizada de las leyes
y al incumplimiento de las decisiones gubernativas o jurisdiccionales que intentaran ponerle término, serían ajenas a la intervención del derecho penal.'


A todo lo anterior se añade la tramitación seguida. Como es conocido, se ha recurrido a la vía de la proposición de ley de los grupos parlamentarios de la coalición de Gobierno en reformas de calado -como la referida de la sedición-
privando al Legislativo de los informes de órganos como el Consejo General del Poder Judicial o el Consejo de Estado, precisamente con el fin de esquivar su parecer, que hubiera sido seguramente contrario, a la vista de las consecuencias que han
tenido muchas de las reformas. Pero incluso en algunas iniciativas que sí han ido por la vía del proyecto de ley no se han pedido informes y dictámenes importantes, o no se ha esperado a obtenerlos para aprobar dichos proyectos en Consejo de
Ministros y enviarlos a la Cortes. En la reforma del Código Penal en materia de maltrato animal, los dictámenes fueron aportados a la tramitación tras el cierre del periodo de enmiendas en el Congreso, lo que impidió a los grupos de esta cámara
contar con esa información tan valiosa. Al hilo de esto, no es necesario reproducir las reiteradas quejas, nada disimuladas, de órganos como el Consejo de Estado no solo por la urgencia de algunas tramitaciones, sino también por el contenido de los
anteproyectos. En cualquier caso, por muy contundentes que sean las observaciones sometidas al Consejo de Ministros, a muchas de ellas se hace caso omiso con las consecuencias ya conocidas.


La mejor expresión de la ejecución de la política del Gobierno para el desarrollo del ordenamiento jurídico es el Plan Anual Normativo, aprobado recientemente por el Consejo de Ministros para el año 2023. En esta actualización desaparecen
iniciativas tan relevantes como el anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (algunos de cuyos preceptos están vigentes desde hace 140 años). Otras, se repiten Plan tras Plan, sin cambios significativos. Las leyes de eficiencia
no avanzan en su tramitación en las Cortes, y no parece que cuenten con consenso suficiente para salir adelante. Además, la política presupuestaria no se corresponde con la legislativa, no estando suficientemente dotadas las partidas del Ministerio
para hacer frente a los cambios. Todo lo anterior demuestra el fracaso de la política legislativa, en materia de Justicia, de la que son responsables quienes dirigen el Ministerio.


Tres han sido los Ministros de Justicia que ha nombrado el actual Presidente: doña Dolores Delgado, don Juan Carlos Campo y doña Pilar Llop. Los dos primeros fueron cesados para pasar de manera inmediata o casi inmediata a ocupar
responsabilidades que exigen independencia, lo que deteriora la imagen de las Instituciones a los ojos de la opinión pública.


La actual responsable del departamento, que ha tenido el honor de ser Presidenta del Senado previamente a ocupar su actual cargo, no atiende a las peticiones de comparecencia que ella misma -en su momento- trasladaba al Gobierno cuando
presidía la cámara Alta, siendo claramente esquiva a la hora de dar explicaciones ante los grupos parlamentarios. Esas peticiones amarillean en la Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes, hasta que decide acudir a petición propia cuando
las polémicas que suscitaron las peticiones de comparecencia ya han amainado, o quedan eclipsadas por otras mayores sin que puedan ser tratadas con el tiempo y el detalle que merecen en la Comisión de Justicia.



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Para finalizar, y volviendo a las competencias de la Ministra, tampoco la dirección y la gestión de los recursos personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia aparenta un normal funcionamiento. La huelga de Letrados
de la Administración de Justicia, sin entrar a desgranar los detalles, sí parece tener un denominador común: el descontento de estos funcionarios que forman un Cuerpo Superior Jurídico único y de carácter nacional; la incapacidad del Ministerio
para afrontar este problema; y la repercusión negativa que está teniendo para ciudadanos y profesionales que están sufriendo las consecuencias.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. La pronta resolución del conflicto laboral que mantiene con los Letrados de la Administración de Justicia recuperando al mismo tiempo el retraso en las actuaciones procesales que ha generado dicho conflicto colectivo, y sin que ello
implique un incremento de la carga de trabajo del resto de profesionales de la Justicia.


2. Poner en funcionamiento la plataforma prevista en la Ley concursal para la liquidación y venta de los activos de los concursos de acreedores.


3. A que el Ministerio de Hacienda habilite las dotaciones presupuestarias suficientes para la efectiva implementación de las Leyes de eficiencia organizativa y procesal a los efectos de poner en marcha las unidades de mediación, los
tribunales de instancia y las oficinas judiciales previstas en dichos textos.


4. A concluir los trabajos para iniciar la tramitación parlamentaria de la Ley del Derecho a la Defensa.


5. A que adopte las medidas necesarias para proteger a los abogados del turno de oficio de los riesgos inherentes al ejercicio de su labor.


6. A que establezca y mantenga una relación fluida con las asociaciones profesionales para la mejora de las condiciones de trabajo y retributivas del Ministerio Fiscal y de la Judicatura.


7. A alcanzar un acuerdo en el marco de la mesa de negociación abierta para negociar las condiciones de trabajo de los cuerpos de funcionarios afectados por la implantación de la organización prevista y que se negocien las compensaciones
económicas derivadas de la implantación del nuevo modelo de Justicia.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de febrero de 2023.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario VOX (GPVOX), al amparo de lo dispuesto en los artículos 110.4 y 184.2 del Reglamento del Congreso de los Diputados, formula la siguiente enmienda a la moción consecuencia de interpelación urgente al Gobierno sobre el
desarrollo de la acción del Gobierno en el ámbito del Ministerio de Justicia, especialmente en lo referente a la huelga de Letrados de la Administración de Justicia, así como sobre la propuesta y ejecución de la política del Gobierno para el
desarrollo del ordenamiento jurídico en materia de derecho penal, civil, mercantil y procesal, incluida en el punto IV.9 del orden del día de la sesión núm. 237 del Pleno del Congreso de los Diputados que se celebrará el martes 21 de febrero de
2023.


Enmienda


De modificación


Se propone la modificación del punto 1 de la parte dispositiva de la moción consecuencia de interpelación urgente, añadiendo el siguiente texto:


Texto que se propone:


'1. La pronta resolución del conflicto laboral que mantiene con los Letrados de la Administración de Justicia, adecuando sus retribuciones a las responsabilidades asumidas, recuperando al mismo tiempo el



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retraso en las actuaciones procesales que ha generado dicho conflicto colectivo, y sin procurando que ello no implique un incremento de la carga de trabajo del resto de profesionales de la Justicia.'


Justificación


Los Letrados de la Administración de Justicia ('LAJ') vienen reivindicando desde hace años una adecuación salarial acorde con la categoría que ostentan, así como una serie de mejoras en las condiciones laborales debido a, entre otras
circunstancias, la asunción de nuevas competencias y responsabilidades.


A pesar de que a finales del año pasado los LAJ alcanzaron diversos acuerdos con el Gobierno y de que este año han mantenido varias reuniones con el Ministerio de Justicia, la realidad es que las negociaciones llevan paralizadas desde mayo
del año pasado y a fecha de la presente enmienda no se ha materializado ninguna de sus reivindicaciones. Además, la huelga de trabajo continúa con los consiguientes efectos negativos para la Administración de Justicia y, en consecuencia, para todos
los administrados. En consecuencia, es prioritario alcanzar un acuerdo con los LAJ que ponga fin a la huelga.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de febrero de 2023.-José María Figaredo Álvarez-Sala, Portavoz del Grupo Parlamentario VOX.


173/000195


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, con motivo del debate de la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el desarrollo de la acción del Gobierno en el
ámbito del Ministerio de Justicia, especialmente en lo referente a la huelga de Letrados de la Administración de Justicia, así como sobre la propuesta y ejecución de la política del Gobierno para el desarrollo del ordenamiento jurídico en materia de
derecho penal, civil, mercantil y procesal, ha acordado lo siguiente:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. La pronta resolución del conflicto laboral que mantiene con los Letrados de la Administración de Justicia recuperando al mismo tiempo el retraso en las actuaciones procesales que ha generado dicho conflicto colectivo, y sin que ello
implique un incremento de la carga de trabajo del resto de profesionales de la Justicia.


2. Poner en funcionamiento la plataforma prevista en la Ley concursal para la liquidación y venta de los activos de los concursos de acreedores.


3. A concluir los trabajos para iniciar la tramitación parlamentaria de la Ley del Derecho a la Defensa.


4. A que adopte las medidas necesarias para proteger a los abogados del turno de oficio de los riesgos inherentes al ejercicio de su labor.


5. A que establezca y mantenga una relación fluida con las asociaciones profesionales para la mejora de las condiciones de trabajo y retributivas del Ministerio Fiscal y de la Judicatura.


6. A alcanzar un acuerdo en el marco de la mesa de negociación abierta para negociar las condiciones de trabajo de los cuerpos de funcionarios afectados por la implantación de la organización prevista y que se negocien las compensaciones
económicas derivadas de la implantación del nuevo modelo de Justicia.'


Se ordena la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de febrero de 2023.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.