Ruta de navegación

Publicaciones

BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 466, de 03/06/2022
cve: BOCG-14-D-466 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


3 de junio de 2022


Núm. 466



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


JUNTA DE PORTAVOCES


031/000013 Composición de la Junta de Portavoces. Altas y bajas ... (Página3)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/001033 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a una reforma que elimine la referencia a 'nacionalidades y regiones' en la Constitución española en su artículo 2 ... href='#(Página4)'>(Página4)


162/001034 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Plural, relativa a suprimir los turnos de 24 horas en la sanidad pública


5


162/001035 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre el mínimo del 15 por ciento del impuesto de sociedades aprobado por el Parlamento Europeo para que Canarias quede exenta dado su régimen económico y fiscal
... (Página7)


162/001036 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la ejecución de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña número 5201/2020, de 16 de diciembre, que obliga a que todos
los alumnos reciban de forma efectiva e inmediata la enseñanza en Cataluña mediante la utilización vehicular de las dos lenguas oficiales, en los porcentajes que se determinen, que no podrán ser inferiores al 25 % en uno y otro caso ... href='#(Página8)'>(Página8)


162/001037 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, relativa a la destitución de la Directora del CNI y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia del Gobierno ... href='#(Página10)'>(Página10)


162/001038 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el plan de medidas urgentes y extraordinarias en defensa de las familias y la economía de España ... (Página11)


162/001039 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, sobre la reforma del Código Penal para el aumento de las penas al delito de acusación o denuncia falsa recogido en el artículo 456 del vigente Código Penal ... href='#(Página15)'>(Página15)



Página 2





162/001040 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la modificación de los elementos valorativos de la epilepsia para la asignación de discapacidad ... (Página16)


162/001041 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre condiciones financieras de los préstamos formalizados con el Fondo de Financiación a Entidades Locales ... (Página18)


162/001042 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, para la reprobación de las palabras de defensa de la Ministra Irene Montero por el indulto a María Sevilla ... (Página19)


162/001043 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a garantizar la viabilidad de la ganadería en los territorios con mayor presencia del lobo ibérico ... (Página20)


162/001044 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la ejecución de las infraestructuras hidráulicas necesarias para Andalucía ... (Página22)



Página 3





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


JUNTA DE PORTAVOCES


031/000013


De conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de los cambios habidos en la composición de la Junta de Portavoces.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de mayo de 2022.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


(031/000004)


Portavoces adjuntos:


Bajas:


BORREGO CORTÉS, Isabel María 27-05-2022


ECHÁNIZ SALGADO, José Ignacio 27-05-2022


MONTESINOS DE MIGUEL, Macarena 27-05-2022


Altas:


ROJAS GARCÍA, Carlos 27-05-2022


OLANO VELA, Jaime Eduardo de 27-05-2022


BERMÚDEZ DE CASTRO FERNÁNDEZ, José Antonio 27-05-2022


Portavoces sustitutos:


Baja:


ROJAS GARCÍA, Carlos 27-05-2022


Altas:


BORREGO CORTÉS, Isabel María 27-05-2022


HISPÁN IGLESIAS DE USSELL, Pablo 27-05-2022


RODRÍGUEZ HERRER, María Elvira 27-05-2022


MONTESINOS DE MIGUEL, Macarena 27-05-2022



Página 4





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la Cámara, disponer su
conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 31 de mayo de 2022.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/001033


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para una reforma que elimine la referencia a 'nacionalidades y
regiones' en la Constitución española en su artículo 2, para su debate en el Pleno.


Exposición de motivos


La redacción del artículo segundo de la Constitución fue una solución de compromiso durante un tiempo de la Transición en el cual acechaban fuerzas de la reacción, aquellos que intentaban impedir el progreso democrático y los que esperaban
ver fracasar el proceso constituyente para poder introducir sus reivindicaciones particulares. Entre ellos estaban determinados grupos separatistas, cuyas demandas incluían la de poder fracturar la soberanía nacional en aras de formar sus propios
estados. Afortunadamente no fue el caso, habida cuenta de la solución de compromiso alcanzada, basada en la idea de la autonomía de 'nacionalidades y regiones', finalmente configuradas como Comunidades Autónomas.


Pese a que la redacción del precepto acepta la existencia inequívoca de la nación española, deja la puerta abierta a una torticera interpretación del concepto de nacionalidad, más allá del debido reconocimiento a la diversidad, para
justificar soberanías inexistentes y la ruptura de la unidad de España y el orden constitucional. Una vez constituidas todas las Comunidades Autónomas, no hay necesidad de referirse a ningún supuesto sujeto político que coexista con la nación
española. Por esta razón, todas las Comunidades deberían ser denominadas en la Constitución. Se elimina, de esta forma, un argumento utilizado por los separatistas que, en su locura, han llegado a plantear una suerte de igualación entre
nacionalidad y nación, como si aquella no fuese una creación de ésta, que ya, además, no se necesita. Cumplió su función, es hora de que desaparezcan.


Debe recordarse que se trata de una redacción dada en un momento de gran incertidumbre donde aún no se sabía cómo se articularía la organización territorial del Estado. La Constitución contempla la creación de las Comunidades Autónomas como
algo de carácter dispositivo, de manera que por aquel entonces no se podía saber con seguridad que el mapa autonómico se cerraría abarcando la totalidad del territorio nacional.


Es evidente que este modelo, operativo por entonces, se ha visto desbordado por los acontecimientos y la falta de lealtad de los actores nacionalistas. Numerosos han sido los desafíos al Estado y al principio de la indisoluble unidad de la
nación española. Barreras al estudio en castellano, barreras en materia administrativa, discriminaciones políticas o retos al Gobierno central para intentar realizar secesiones ilegales de parte del territorio español. Ante esta situación no
podemos permitir que se siga abusando de un instrumento ideado para alcanzar el consenso. En su lugar, es necesario redefinirlo y adaptarlo a la situación actual, para vindicar



Página 5





el hecho de que los derechos y libertades de los españoles provienen de la misma idea de unidad de la nación. España es la garantía de la continuidad de esos derechos, la garantía del mantenimiento de una democracia liberal, frente a los
intentos por imponer concepciones populistas o caudillistas, sin los adecuados frenos y contrapesos. En definitiva, unos términos, inicialmente inocuos, que cumplían una misión en un momento fundacional, pero que ya no se necesitan, e, incluso,
como se está comprobando, se están utilizando de forma desleal e ilegítima para justificar una desigualdad en los derechos de los ciudadanos españoles de los distintos territorios, así como hacer de menos unas Comunidades Autónomas frente a otras.
Es por ello por lo que proponemos eliminar las desafortunadas expresiones, que no se corresponden con la realidad nacional y territorial española, de forma que quede claro, no haya duda alguna, de que el único sujeto político que sirve de soporte a
nuestro Estado democrático de Derecho, organizado territorialmente en Comunidades Autónomas, es la nación española, patria común e indivisible de todos los españoles.


Las reformas constitucionales no deben ser un elemento extraño en nuestra vida política; el ejemplo está a la vuelta de la esquina: países como Portugal, Alemania o Francia han reformado sus constituciones con el fin de insuflarles aire
fresco, y adaptarla a la realidad de las circunstancias actuales. Es lo que deberíamos hacer con nuestra Carta Magna. Hay reformas pendientes, tal y como Ciudadanos lleva tiempo defendiendo, para adaptarla a los nuevos tiempos y blindar sus
valores y principios fundacionales. Una de esas reformas, que no la única, es esta que hoy registramos.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que presente un proyecto de reforma de la Constitución, conforme a sus artículos 166 y 87, que atienda, en particular, a los siguientes principios:


1. Eliminación de la distinción entre ''nacionalidades y regiones'' del artículo segundo de la Constitución española, que ha dado pie a considerar que hay territorios de primera y de segunda en nuestro país.


2. Cambiar su redacción por otra que blinde la igualdad entre españoles, con el siguiente tenor:


'La Constitución garantiza la indisoluble unidad de la Nación española, nación de ciudadanos libres e iguales, patria común e indivisible de todos los españoles integrada por 17 Comunidades Autónomas y dos ciudades autónomas, y garantiza,
igualmente, la solidaridad entre todas ellas''.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de mayo de 2022.-Inés Arrimadas García y Edmundo Bal Francés, Portavoces del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/001034


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Más País Verdes Equo, en el Grupo Parlamentario Plural, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de ley para su debate en Pleno para suprimir los turnos de 24 h en la
sanidad pública.


Exposición de motivos


Las condiciones de trabajo en las profesiones sanitarias tienen una importancia doble: por un lado, porque pueden influir en el desempeño de la práctica asistencial y por otro lado por el efecto de estas condiciones sobre la salud de los
trabajadores y trabajadoras sanitarios. Un aspecto importante de estas condiciones de trabajo es la duración de las jornadas y turnos desempeñados en el ámbito sanitario, especialmente en el asistencial.


En España, la realización de turnos prolongados de 24 horas continuadas es un fenómeno frecuente, existente en diferentes categorías profesionales, siendo especialmente prevalente en la categoría profesional de los médicos y médicas. Si
bien en las últimas décadas ha habido importantes avances en relación con los periodos continuados de descanso, así como con la libranza de los salientes de guardia, apenas se ha puesto el foco en caminar hacia un horizonte de supresión de los
turnos de 24 horas continuadas.



Página 6





La realización de turnos de 24 horas por parte de los médicos y médicas se ha visto asociada a un peor desempeño clínico, un incremento de los incidentes de seguridad del paciente y una peor salud en los profesionales que los realizan,
aunque la evidencia es de diferente solidez en cada uno de estos aspectos.


En el año 2008, la National Academy of Medicine, de los Estados Unidos de América, recomendaron que los médicos y médicas residentes no trabajaran más de 16 horas de forma continuada por los riesgos que podía suponer en la aparición de
errores e incidentes de seguridad del paciente; sin embargo, un ensayo clínico posterior (Landrigan, 2020) cuestionaba este hecho, no encontrando diferencias un menor número de errores en los residentes que trabajaban jornadas más reducidas. Un
factor que los autores y autoras del estudio consideraban para explicar este fenómeno es que habían observado que los residentes que trabajaban en turnos más cortos recibían una carga diaria de pacientes más elevada.


Mientras que los datos sobre los errores clínicos y los incidentes de seguridad del paciente relacionados con las jornadas prolongadas de trabajo son contradictorios y están sujetos a un continuo escrutinio, la solidez de los datos sobre el
efecto de las jornadas prolongadas sobre la salud de los profesionales que las desempeñan es mayor. Las jornadas laborales prolongadas se relacionan con trastornos del sueño, agotamiento físico, incremento del número de diagnósticos de ansiedad o
depresión, así como un aumento del consumo de psicofármacos, aumento de los eventos cardiovasculares, problemas en la consecución de embarazo y un mayor riesgo de aborto espontáneo o bajo peso al nacimiento. (Harrington, 2001; Borrell, 2010;
Smith, 2017).


Un aspecto fundamental desde la perspectiva de la seguridad de los pacientes se encuentra no solo en la duración de las jornadas de trabajo, sino también en los cambios de turno donde se producen los intercambios de información y tareas
entre profesionales. Parece existir evidencia suficiente como para afirmar que lo determinante a este respecto no es tanto el número de cambios de turno sino la calidad de los mismos, de modo que cualquier medida relacionada con los cambios
organizativos para reducir la duración de los turnos ha de ir acompañada de un refuerzo de la calidad de estas transiciones, para facilitar la continuidad de la asistencia y la coordinación de la misma.


La forma de organizar los diferentes centros, servicios y unidades dentro de los Servicios de Salud habrá de adecuarse a las características del trabajo realizado en ellos, el tipo de asistencia prestada y otros elementos relacionados con la
carga de trabajo y el tipo de profesionales que trabajen en ellos, pero los datos sobre salud de los profesionales y la posibilidad de que redunde en una peor calidad de la atención prestada y un mayor número de errores han de suponer un incentivo
suficiente para que los servicios de salud se planteen cómo minimizar la utilización de turnos de 24 horas en sus trabajadores y trabajadoras, avanzando hacia un futuro en el que no sean necesarios.


Por ello, Más País Verdes Equo, en el Grupo Parlamentario Plural presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Elaborar, dentro del seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y con la colaboración de las diferentes Comunidades Autónomas, un estudio que recoja las necesidades de profesionales, las mejoras necesarias de su
gestión y los cambios organizativos necesarios para planificar la supresión de los turnos continuados de 24 horas en los centros dependientes del Sistema Nacional de Salud, identificando las modificaciones necesarias en la Ley 55/2003, de 16 de
diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, con la finalidad de actualizarla e iniciar los trámites para eliminar en el medio plazo las guardias médicas de 24 h, así como las del resto de profesionales que
trabajen en turnos de 24 h; hasta su desaparición, dichas guardias pasarán a contabilizarse como horas de trabajo efectivo a todos los efectos. Dicho estudio deberá recoger las necesidades presupuestarias para llevar a cabo las medidas planteadas.


2. Este estudio deberá tener en cuenta la obligación de las instituciones públicas de garantizar el derecho a un tiempo determinado de descanso ininterrumpido de los trabajadores y trabajadoras del Sistema Nacional de Salud y los diferentes
servicios regionales de salud, como se refleja en la legislación y las resoluciones vigentes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de mayo de 2022.-Inés Sabanés Nadal, Diputada.-Iñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Plural.



Página 7





162/001035


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Doña Ana María Oramas González-Moro, Diputada de Coalición Canaria, integrada en el Grupo Parlamentario Mixto, de conformidad con lo previsto en el Reglamento del Congreso de los Diputados presenta, para su debate en Pleno, la siguiente
Proposición no de Ley sobre el mínimo del 15 por ciento del impuesto de sociedades aprobado por el Parlamento Europeo para que Canarias quede exenta dado su régimen económico y fiscal.


El pleno del Parlamento Europeo respaldó el pasado 19 de mayo la propuesta de la Comisión para convertir en ley el acuerdo internacional que fija un tipo mínimo del 15 % en el impuesto sobre sociedades para las grandes multinacionales que
facturen más de 750 millones de euros y emplazó a los Gobiernos para que comience a aplicarse el 31 de diciembre de 2022 como tarde.


Los eurodiputados respaldaron con 503 votos a favor, 46 votos en contra y 48 abstenciones este proyecto legislativo, aunque la resolución no es vinculante porque, al tratarse de una propuesta sobre fiscalidad, son los Estados miembros los
que deben aprobarla por unanimidad.


Canarias tiene una fiscalidad diferenciada que se recoge en su Régimen Económico y Fiscal y obtiene su blindaje en el Estatuto de Autonomía de Canarias y en la Constitución, así como en el artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la UE
y que se caracteriza por tener un diferencial fiscal que permite un trato diferenciado y singular dentro de la Unión Europea.


Tal y como hemos conocido primero por los medios de comunicación y confirmado por el Gobierno de Canarias, el Gobierno de España no defendió ni remitió ningún documento reclamando la exceptuación de Canarias. Así lo confirmaba el director
general de Fiscalidad de la Comisión Europea que aseguraba que ningún país planteó en el momento oportuno excepciones a la propuesta de Directiva.


Nuestra singularidad, consagrada en el Tratado de Funcionamiento de la UE y ratificada por la jurisprudencia de la Unión, junto con la renovada Estrategia RUP, ha de ser el marco en el que se defienda la exención de Canarias del tipo mínimo
del Impuesto de Sociedades, aun estando de acuerdo con la Directiva que impulsa la Comisión para que las grandes corporaciones no eludan sus obligaciones tributarias.


El mantenimiento de ese diferencial en el Impuesto de Sociedades es importante para Canarias, no en términos cuantitativos, pues el número de empresas afectadas por la medida sería escaso, sino por la preservación de su fuero económico y
fiscal. Se trata básicamente de que no se siente un precedente en la parte constitutiva de nuestras singularidades, estos incentivos están pensados para captar algo de capitalización empresarial, generar empleo y contribuir a la diversificación de
la economía para una Región Ultraperiférica que tiene dificultades y hándicaps añadidos para su desarrollo en el marco de la cohesión europea.


Sin embargo el impacto de la medida podría ser mucho mayor de aplicarse a las filiales establecidas en Canarias y en la Zona Especial Canaria que verían comprometidos las deducciones, reducciones y otras ventajas fiscales previstas en el
Régimen Económico y Fiscal y que permite que Canarias tenga un especial atractivo para el establecimiento de empresas, la diversificación de su economía y la creación de empleo de calidad.


Por todo lo expuesto, se formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Respaldar inequívocamente que Canarias quede exenta de la aplicación del 15 % de mínimo de tributación del impuesto de sociedades a las multinacionales aprobado el pasado 19 de mayo.


2. Instar a la Eurocámara la introducción de una cláusula que permita la exceptuación de Canarias de la aplicación del 15 % del Impuesto de Sociedades dentro del análisis del impacto de esta legislación en los países en desarrollo y en
concreto de Canarias y su singularidad fiscal.


3. Que las filiales de las multinacionales establecidas en Canarias y con domicilio fiscal en Canarias queden exentas del tipo impositivo mínimo de forma que se sigan aplicando las distintas rebajas fiscales previstas en el Régimen
Económico y Fiscal de Canarias'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 24 de mayo de 2022.-Ana María Oramas Gónzalez-Moro, Diputada.-Sergio Sayas López, Portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Mixto.



Página 8





162/001036


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la ejecución de la
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña núm. 5201/2020, de 16 de diciembre, que obliga a que todos los alumnos reciban de forma efectiva e inmediata la enseñanza en Cataluña mediante la utilización vehicular de las dos lenguas
oficiales, en los porcentajes que se determinen, que no podrán ser inferiores al 25 % en uno y otro caso, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sentencia número 5201/2020, de 16 de diciembre), que fue firme el 20 de enero de 2022, obliga a la Generalitat de Cataluña a adoptar las medidas necesarias para que todos los
alumnos reciban de manera efectiva e inmediata la utilización normal de las dos lenguas oficiales vehiculares en los porcentajes que se determinen que no podrán ser inferiores al 25 % en uno y otro, y reconoce que el carácter de lengua vehicular del
castellano en el modelo educativo catalán deriva directamente de la Constitución española.


El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Abogacía del Estado, presentó en 2015 la demanda con la finalidad de garantizar el respeto a lo que la Constitución y la jurisprudencia constitucional y las leyes mandan en cuanto
al derecho que asiste a los padres o tutores de que sus hijos o menores tutelados reciban una enseñanza en la que el castellano tenga carácter vehicular en una proporción razonable junto al catalán.


El Conseller de Educación, dentro del plazo dado de dos meses para su ejecución, dirigió un escrito al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña con fecha de 25 de marzo para informar de la aprobación de la tramitación de una Proposición de
Ley de modificación de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, con el acuerdo de ERC, PSOE, Junts per Cat, y Podemos, por el procedimiento de lectura única y por urgencia extraordinaria; del desarrollo normativo del régimen
lingüístico del sistema educativo para alcanzar el pleno dominio de ambas lenguas oficiales; y el encargo de una encuesta sobre la realidad sociolingüística en el Centro de Investigación en Sociolingüística y Comunicación de la Universidad de
Barcelona.


La interlocutoria del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de 4 de mayo da a la Generalitat un nuevo plazo de quince días para que ejecute la citada sentencia (número 5201/2020 de 16 de diciembre) y requiere a la Alta Inspección
Educativa para la verificación de su cumplimiento.


Advierte que la sentencia impone una obligación de resultado, una obligación que supone establecer la obligación jurídica de todos los afectados de respetar, cumplir y hacer cumplir una práctica de uso vehicular de las lenguas oficiales en
los términos señalados en su parte dispositiva. Y corresponde trasladar a la ejecución de la sentencia una previsión en el sentido de que la utilización vehicular de una y otra lengua debe incluir como mínimo la docencia de la misma lengua oficial
y la de otra asignatura o materia de carácter troncal, o análogo.


En particular, requiere a la Alta Inspección Educativa, a los efectos de verificar el cumplimiento de esta resolución judicial, las actuaciones impulsadas para el cumplimiento de la sentencia en el conjunto del sistema educativo, informando
al tribunal de las medidas desplegadas y de la situación constatada a la finalización del plazo de ejecución señalado, detallando el grado de cumplimiento de las mismas.


La Alta Inspección cuenta con únicamente dos funcionarios en esta comunidad y es la que deberá velar porque se cumpla la sentencia en los más de 4.500 centros educativos catalanes.


La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en su artículo 150 que corresponde a la Alta Inspección velar por el cumplimiento de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus
derechos y deberes en materia de educación, así como de sus derechos lingüísticos de acuerdo con las disposiciones aplicables.


La Alta Inspección el instrumento del que dispone el Estado para supervisar a las comunidades autónomas en materia de educación y quien elabora los informes técnicos de los que se sirve el Ministerio de Educación y Formación Profesional para
detectar posibles incumplimientos normativos, y, a la vista de esos informes, el Gobierno lleva a cabo actuaciones de muy diversa índole, dependiendo de la gravedad del asunto analizado, desde la emisión de cartas de colaboración o requerimientos
formales ante la



Página 9





normativa no ajustada al orden constitucional hasta el ejercicio de las diferentes acciones judiciales que prevé la Ley.


En la citada sentencia del TSJ de Cataluña se considera un hecho probado que en conjunto el uso vehicular de la lengua castellana en el sistema de enseñanza de Catalunya es residual, de forma que se constataba una infracción del marco
jurídico vigente.


La doctrina del Constitucional quedó fijada en las sentencias 337/1994 y 31/2010, al declarar que es constitucionalmente obligado que las dos lenguas cooficiales sean reconocidas por los poderes públicos competentes como vehiculares.


La Ley prevé el derecho de los alumnos a recibir enseñanzas en castellano como dispone el apartado 1 de la disposición adicional trigésima octava de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y además del deber que tienen los
alumnos de alcanzar al finalizar la educación básica el dominio pleno en la lengua castellana y, en su caso, en la lengua cooficial correspondiente conforme al apartado 2 de la citada disposición.


El artículo 103 de Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa establece que la potestad de hacer ejecutar las sentencias y demás resoluciones judiciales corresponde exclusivamente a los Juzgados y
Tribunales de este orden jurisdiccional, y que serán nulos de pleno derecho los actos y disposiciones contrarios a los pronunciamientos de las sentencias, que se dicten con la finalidad de eludir su cumplimiento.


De otro lado, el Estado tiene competencia exclusiva en la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27, y atribuye a los
poderes públicos las obligaciones para garantizar el derecho a la educación. En ese llamamiento a los 'poderes públicos', se apela tanto a la Administración del Estado como a la de las comunidades autónomas. Todas ellas componen el marco normativo
de la educación en nuestro país y asumen el reparto competencial que la Constitución reconoce de acuerdo con el artículo 149.130.ª de la Constitución española.


El Gobierno de Pedro Sánchez ya cedió en la tramitación de LOMLOE a las presiones nacionalistas de ERC, suprimiendo del texto el reconocimiento expreso de la lengua castellana como lengua vehicular del sistema educativo, que sí contenía el
texto inicial del proyecto de Ley, y que fue uno de los motivos por los que este Grupo Parlamentario recurrió ante el Tribunal Constitucional la LOMLOE, entendiendo que la eliminación del carácter vehicular del castellano en la educación supone un
incumplimiento de la obligación del Estado de garantizar tal carácter de la lengua oficial de España en el ámbito educativo.


Por todo ello, el Gobierno, parte de este procedimiento, debe velar para que se ejecute la sentencia en sus propios términos de manera efectiva e inmediata, teniendo en cuenta la responsabilidad que recae en los directores de los centros
educativos y dando amparo a unos ciudadanos que, abandonados por los poderes públicos, se han visto abocados a ejercitar por su cuenta el reconocimiento de sus derechos ante un Gobierno impasible y un Gobierno autonómico que les deniega sus derechos
e incumple la sentencia, un hecho que el TSJ de Cataluña reconoce cuando afirma que la Generalitat no está cumpliendo con la sentencia dictada por esta misma sala, y que se ha dado una situación de no ejecución de la sentencia.


Por todo ello, se propone para su debate y votación la siguiente


Proposición no de ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a garantizar el derecho de todos los alumnos a recibir de forma efectiva e inmediata la enseñanza mediante la utilización vehicular de las dos lenguas oficiales en Cataluña en los porcentajes
que se determinen, que no podrán ser inferiores al 25 % en uno y otro caso. A tal efecto:


1. El Gobierno requerirá a la Generalitat de Cataluña a dar cumplimiento en sus propios términos a la Sentencia número 5201/2020, del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 16 de diciembre, que fue firme el 20 de enero de 2022, y la
doctrina constitucional que dispone que es constitucionalmente obligado que las dos lenguas cooficiales sean reconocidas por los poderes públicos competentes como vehiculares.


2. El Gobierno recurrirá cada una de las disposiciones que se dicten con la finalidad de eludir el cumplimiento de la citada Sentencia número 5201/2020, de 16 de diciembre.


3. El Gobierno velará, a través de la Alta Inspección educativa, por el cumplimiento de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus derechos y deberes en



Página 10





materia de educación y sus derechos lingüísticos, en los términos de la sentencia de Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 16 diciembre de 2020, y de su ejecución. Con tal finalidad se incrementarán los recursos materiales y humanos
de la Alta Inspección.


4. El Gobierno creará un nuevo cuerpo de la Alta Inspección Educativa, sometido a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción a los de legalidad e imparcialidad, regulará sus competencias y facultades con
la finalidad de reforzar este órgano y garantizar un sistema educativo cohesionado y vertebrado que garantice la igualdad de todos los alumnos en el ejercicio de sus derechos.


5. El Gobierno se reservará el derecho que la Constitución española y las leyes le otorgan para adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones que le impone la Constitución y las leyes con la finalidad de preservar
el derecho a la utilización de la lengua vehicular en castellano en una proporción de al menos el 25 %.


6. El Gobierno modificará la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción dada por la Ley 3/2020, de 29 de diciembre (LOMLOE), en los términos que establece la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
número 5201/2020, de 16 de diciembre.


7. El Gobierno, a través del Instituto Nacional de Evaluación Educativa, realizará una evaluación sobre el aprendizaje y dominio del castellano de todos los alumnos'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2022.-Óscar Clavell López y María Sandra Moneo Díez, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/001037


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a la destitución de la
directora del CNI y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia del Gobierno, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


El ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, en su comparecencia del pasado 11 de mayo de 2022 ante la Comisión Constitucional afirmó que las prioridades del Gobierno son tres: 1. La transformación del sistema económico y productivo; 2.
El refuerzo del Estado del Bienestar, y 3. La ampliación de los derechos y libertades de los ciudadanos, con instituciones modernas y transparentes.


Sin embargo, el propio ministro de la Presidencia puso en cuestión el tercer objetivo en su comparecencia, al negarse a ofrecer transparencia sobre un asunto que tiene importantes consecuencias en la defensa de los derechos y libertades de
los españoles. Se trata de la llamada crisis del espionaje, un problema cuyo debate político comenzó hace unas semanas, tras la publicación en un medio extranjero del supuesto espionaje a líderes independentistas catalanes, crisis que se ha saldado
por el momento con la destitución de la directora del CNI, Paz Esteban. Esa gestión de la llamada crisis del espionaje ha sido contraria a la transparencia, puesto que todo Gobierno, desde el presidente hasta la ministra de Defensa, de la misma
manera que el ministro de la Presidencia en su comparecencia ante la Comisión Constitucional, se ha negado reiteradamente a explicar las razones de la destitución de esta directora. Y, en aparente contradicción con la propia destitución, el
Gobierno sí ha repetido varias veces, también el ministro Bolaños en su comparecencia, que todas las acciones del CNI se han producido de acuerdo al Estado de Derecho.


Las reiteradas preguntas de la oposición sobre los motivos de la destitución de la directora del CNI, entre otras, en la sesión de control al Gobierno del 18 de mayo de 2022, no han encontrado hasta ahora respuesta alguna del Gobierno.
Ahora bien, lo que sí ha hecho el Gobierno es deslizar la sugerencia, en ningún momento afirmación o confirmación, de que el cese podría estar relacionado con un fallo en la seguridad del presidente y varios ministros, por espionaje de 'agentes
externos' en sus móviles en 2021. Sin embargo, la destitución de la directora del CNI ha coincidido con la exigencia de los independentistas catalanes de esa destitución por lo que consideran responsabilidad del CNI en el supuesto espionaje a los



Página 11





líderes independentistas, y se ha producido ahora, en 2022, y no en 2021, cuando se produjo el fallo de seguridad en los móviles del Gobierno, por lo que cabe pensar que se ha debido a la exigencia independentista. Y la negativa reiterada
del Gobierno a explicar las razones de la destitución refuerza la interpretación de que ha respondido a la presión de los independentistas.


Pero, además, en esta crisis también nos encontramos ante una decisión que afecta a los derechos y libertades de los españoles. Y no solo porque el CNI actuó siempre de acuerdo a las leyes, tal como ha subrayado el Gobierno, sino porque el
CNI investigó a líderes independentistas por sospechas de que podrían estar actuando en contra de la seguridad del Estado y de las libertades y derechos de los españoles. De hecho, el propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, confirmó esa
razón, la investigación por parte de los servicios de inteligencia de acciones violentas del llamado Tsunami Democrátic y su posible vinculación con líderes políticos, en una entrevista en la cadena Telecinco el 28 de octubre de 2019.


El Defensor del Pueblo ha verificado que la actuación del CNI se ha realizado conforme a la Constitución y la Ley, y así concluye la investigación iniciada de oficio con la intención de esclarecer la actuación del CNI en relación a la
utilización de Pegasus.


Dado que el Gobierno confirmó esa investigación del CNI, dado también que ha reiterado su carácter plenamente legal, y dado que ha destituido al mismo tiempo a la persona responsable del CNI, a la obligación de transparencia del Gobierno se
une su obligación de velar por los derechos y libertades de los españoles que estaban siendo protegidos por las investigaciones del CNI.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a hacer públicas las razones por las que ha destituido a la directora del CNI, Paz Esteban, no solo en su obligación de transparencia, sino también en el cumplimiento de su obligación de
defensa de los derechos y libertades de los españoles'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 25 de mayo de 2022.-Edurne Uriarte Bengoechea, Isabel María Borrego Cortés, José Antonio Bermúdez de Castro Fernández, Jaime Miguel Mateu Istúriz, María Jesús Moro Almaraz, Ana María Beltrán Villalba,
Adolfo Súarez Illana, Carmen Navarro Lacoba y Vicente Tirado Ochoa, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/001038


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el Plan de medidas urgentes y
extraordinarias en defensa de las familias y la economía de España, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


Tanto la pandemia como la invasión de Ucrania son dos hechos excepcionales que afectan globalmente a todos los países. Pero siendo cierto esto, también lo es que la diferente respuesta de los gobiernos determina el impacto económico y
social de las mismas en las familias y en las empresas. Y, en términos comparativos, la gestión del gobierno ha sido un rotundo fracaso, como muestra el hecho de que fuimos el país que más cayó en 2020 y somos el país de la OCDE que más va a tardar
en recuperar los niveles previos a la pandemia.


El entorno ha sido complejo, pero el gobierno de Sánchez ha dispuesto en estos dos últimos años de la mayor cantidad de recursos públicos de nuestra historia, 200.000 millones de euros adicionales, gracias a la suspensión temporal de las
reglas fiscales acordada en Bruselas.


A pesar de ello, mientras el resto de los países europeos bajaba impuestos y ayudaba fiscalmente a las familias y empresas, en España el Gobierno ha subido prácticamente todas las figuras tributarias: IRPF, Ahorro, Sociedades, IVA,
Patrimonio, Primas de Seguros, Matriculación de Vehículos, Residuos, Plásticos de un solo uso, Transacciones Financieras, Determinados Servicios Digitales y Cotizaciones



Página 12





Sociales, lastrando la recuperación y situándonos en el vagón de cola no solo en Europa sino en el conjunto de los países desarrollados.


Todo para poder mantener la estructura burocrática más numerosa y cara de nuestra historia, con tres vicepresidencias y veintidós ministerios, además de miles de asesores, y el mayor gasto improductivo de nuestra democracia. En los
Presupuestos Generales del Estado para 2022 se incluyó un techo de gasto público máximo de 196.142 millones de euros, nivel récord a pesar de que ya se ha reducido el gasto coyuntural asociado a la pandemia. Para la izquierda, el éxito de la
gestión pública consiste en gastar mucho, cuanto más mejor; para el Partido Popular el éxito consiste en gestionar de forma eficaz y eficiente los recursos públicos, especialmente en coyunturas macroeconómicas complejas y llenas de incertidumbre
como la actual.


No se trata de gastar más, sino de gastar mejor, aplicando los recursos finitos en las actividades óptimas para cumplir los objetivos de las políticas públicas y maximizar su utilidad para lograr la calidad pretendida en la prestación de
bienes y servicios del estado. Un gasto público mayor no garantiza un mejor resultado. Ni más ministerios deviene en mejor gestión, en todo caso, sí que tiene como consecuencia un incremento de centros de gasto.


Por tanto, la racionalización del gasto público es la vía más adecuada para liberar recursos, destinarlos a las actividades más productivas y con mayor efecto multiplicador sobre la economía española, así como para ayudar a las familias y
empresas en lugar de cubrir las ineficiencias en el gasto público con nuevos incrementos en los impuestos.


En un reciente estudio, el Instituto de Estudios Económicos presentaba su índice de Eficiencia del Gasto Público, comparando la situación de España con respecto a otros países. España obtiene la posición 29 con 74,4 puntos en 2021,
perdiendo 10 puntos con respecto a los 84,6 puntos de 2019 y encontrándose por debajo de la media de la UE con 98,6 puntos y lejos de la media 100 de la OCDE. Es decir, hemos perdido eficiencia en la gestión del gasto público y nos hemos alejado de
nuestros socios europeos en los últimos años.


Actuar sobre el gasto público superfluo trasciende las cuestiones económico-financieras y supone actuar en el plano de la justicia social. España es uno de los países de la UE con mayor esfuerzo fiscal y donde las clases medias y
trabajadoras están sufriendo especialmente las consecuencias de la inflación mientras la recaudación del primer trimestre de 2022 supera en 9.200 millones al mismo periodo de 2021, más que el incremento previsto para todo el año (8.967 M€).


Las familias ven disminuidos tanto sus ingresos brutos -como les ha sucedido a todos los trabajadores que han estado en ERTE o que han perdido su empleo- como sus ingresos netos -al tener que hacer frente a mayores impuestos- y,
adicionalmente, como consecuencia de la inflación más alta en cuatro décadas, ven mermados su poder adquisitivo y el valor de sus ahorros.


Tenemos el mayor índice de miseria de toda la OCDE (índice de Okan), que también refleja la frustración de una sociedad que sufre una tasa de paro que duplica la media europea y una inflación que prácticamente duplica la de nuestros países
vecinos, Francia y Portugal. Una sociedad que reclama medidas urgentes y eficaces.


Mientras la propaganda gubernamental nos decía que 'salimos más fuertes' y 'no dejamos a nadie atrás', la realidad es que, según la última Encuesta de Condiciones de Vida (2020), que recoge solo parcialmente el impacto de la pandemia ya que
se elabora utilizando los ingresos de 2019, se produjo en nuestro país un importante aumento de la desigualdad y la pobreza, comparable al que se produjo en la anterior crisis financiera en 2008:


- El porcentaje de población en riesgo de pobreza o exclusión social (tasa AROPE) aumentó al 26,4 % desde el 25,3 % de 2019.


- El 7,0 % de la población se encontraba en situación de carencia material severa -frente al 4,7 % del año anterior-, esto es, un millón de personas cayeron en situación de pobreza.


Este deterioro económico y social que afecta a todas las familias, pero especialmente a las clases medias y a los colectivos más vulnerables, coincide -como hemos señalado- con una recaudación tributaria que sigue marcando récords históricos
exclusivamente por el efecto de la inflación: en el primer trimestre la recaudación tributaria ha subido un 20,2 % creciendo solo 3 décimas y perdiendo 100.000 empleos. Por eso, es de justicia exigir que la recaudación que generan los ciudadanos
pagando sus impuestos se gestionen de la manera más eficiente posible, incluyendo la devolución a las rentas medias y bajas, que son las que más lo necesitan.



Página 13





Pero no solo hay que ayudar a las familias, en España hemos perdido 61.000 empresas desde el inicio de la pandemia, según los registros de la Seguridad Social, y a finales de 2018 teníamos un 18 % de empresas vulnerables. El gobierno ha
fracasado en la mayoría de las medidas adoptadas. Así, el Fondo de Rescate de SEPI ha cubierto solo el 21 % de su importe, el Fondo de recapitalización de empresas de COFIDES el 33 %, la línea ICO inversión el 30 % y de los 7.000 millones de euros
de ayudas directas a autónomos se han devuelto 1.780 millones de euros a pesar de las enormes dificultades que atraviesa este colectivo, especialmente en sectores relacionados con el ocio y el turismo.


El último ejemplo de incompetencia del gobierno lo hemos vivido con la medida estrella del Real Decreto-ley 6/2022, Plan Nacional de Respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, la bonificación de 20 céntimos
a los combustibles que, al tener que anticiparlo las propias gasolineras, ha provocado el cierre de 350 de las 11.000 que hay operativas en nuestro país. Casi la mitad de ellas no ha recibido aún el pago de los importes anticipados y está en
dificultades económicas.


Llueve sobre mojado y nuestro tejido productivo ha quedado muy dañado. En el primer trimestre de 2022, con el aumento de costes empresariales, de las materias primas y de los costes laborales, se ha frenado la actividad empresarial y la
creación de empleo. El riesgo es que -si no se toman medidas eficaces- se puedan perder muchas empresas más, especialmente ahora que ha acabado la moratoria de los créditos ICO de liquidez, y está próxima a finalizar la moratoria concursal en junio
de este año.


Junto a las ayudas a los sectores más afectados son necesarias reformas estructurales que hagan nuestra economía más abierta y competitiva, que genere más crecimiento y más empleo con mejor calidad, garantizando el desarrollo individual y el
progreso del conjunto de los ciudadanos.


Según el 'World Justice Project' para 2021, España está distanciada de los países más avanzados de Europa en cuanto a la calidad del marco regulatorio, como Suiza, Noruega, Alemania, Holanda, Finlandia o Dinamarca. Los agentes económicos
desarrollan su actividad en nuestro país bajo un denso marco normativo, complejo, que continuamente sufre modificaciones por su baja calidad técnica o por las urgencias políticas por aprobar una determinada norma.


A esto se une la generación normativa en múltiples niveles: local, autonómico, nacional y europeo, que dificultan la unidad de mercado y la actividad de las empresas para desenvolverse en diferentes mercados, exigiéndoles una cantidad de
recursos materiales y económicos para poder cumplir con las normativas que disminuyen su capacidad competitiva y su rentabilidad. De hecho, en 2021 se han aprobado 851 nuevas normas de distinto rango a nivel estatal, un 7,3 % más que en 2020,
siendo el segundo año con más normas aprobadas en la última década.


Ante esta situación resulta urgente llevar a cabo reformas estructurales que vuelvan a poner el foco en la competitividad y que hagan nuestro sistema normativo más simple, con reglas más claras y que faciliten el desarrollo de la actividad
empresarial, la innovación y la competitividad.


Y, finalmente, es necesario rediseñar y reactivar los fondos europeos para que realmente tengan un efecto tractor sobre nuestra economía. Acabamos de cerrar el primer ejercicio de aplicación del Plan de Recuperación Transformación y
Resiliencia (PRTR), y su balance de ejecución no puede ser más decepcionante en base a su nulo impacto sobre el crecimiento de la economía española en 2021, cifrado en 0,3 puntos porcentuales por el Banco de España. Las razones de este fracaso son
varias.


En primer lugar, la opacidad y la falta de transparencia en la ejecución del plan, como refleja el hecho de que no dispongamos de datos de ejecución real en términos de contabilidad nacional del dinero que llega al tejido productivo desde el
pasado 31 de agosto de 2021.


En segundo término, no existe cogobernanza. No se ha contado con las CC. AA. en el diseño del plan, no se les permite flexibilidad, ni adaptabilidad de las inversiones a las particularidades de sus territorios y se les impide llevar a
cabo una planificación plurianual consistente, dado que cada Conferencia Sectorial cuenta con sus propios criterios de territorialización y horizonte temporal.


En tercer lugar, existen cada vez más dudas en torno a la eficacia y eficiencia de las inversiones, sobre la calidad de los proyectos o el diseño de convocatorias y licitaciones. Transcurrido un año, los PERTES no terminan de arrancar, se
están tramitando inversiones que ya estaban previstas o no son innovadoras, y el tejido productivo manifiesta su desánimo por la falta de información y accesibilidad para concurrir, lo que se traduce en que tan solo un 16,6 % de las empresas esté
interesado en acudir a las convocatorias según el Banco de España.


En cuarto lugar, el desarrollo del PRTR no contempla la posibilidad de aplicar recursos utilizando la vía de los incentivos fiscales, que movilizaría fondos a familias y empresas de manera ágil, sencilla y monitorizable, tal como han hecho
Italia, Francia, Portugal, Grecia o Suecia. Todas estas deficiencias en la gestión de los fondos europeos son las que corregimos con las propuestas incluidas en esta iniciativa.



Página 14





En definitiva, como hemos desgranado a lo largo de esta exposición de motivos, proponemos actuar en cuatro ejes:


- Racionalización del gasto burocrático del Gobierno.


- Bajada de impuestos selectiva e inmediata.


- Reformas estructurales a medio plazo para incentivar la actividad económica.


- Rediseño de los fondos europeos para hacerlos más útiles.


Hay recursos suficientes para ayudar tanto a las familias como a las empresas de los sectores más afectados; lo que falta es voluntad política de un gobierno que sigue asentado en el 'no es no', como refleja el hecho de que se hayan negado
a estudiar el documento que le entregó el Partido Popular con medidas urgentes y extraordinarias en defensa de las familias y la economía de España, o que veten la Proposición de Ley del GPP para ajustar el IRPF a la inflación, evitando un debate en
el Congreso que retrataría al PSOE votando en contra de los españoles y que mostraría una alternativa realista, factible y justa, la alternativa del Partido Popular.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Racionalizar el gasto público, lo que incluirá entre otras medidas:


- Potenciar la AIREF como órgano de evaluación del gasto público, dotando de recursos suficientes a la recién creada división de evaluación del gasto público.


- Presentar una estrategia creíble de consolidación fiscal, detallando con qué medidas y a qué ritmo va a cumplir estos objetivos, en coordinación con el resto de las administraciones públicas.


- Reducir los Ministerios, altos cargos y asesores, abordando una nueva configuración en la estructura del Gobierno con un coste similar al de 2018.


- Diseñar un Plan Nacional para la mejora de la efectividad y calidad del gasto público que permita establecer medidas para la modernización y reforma de todas las AAPP.


2. Bajar impuestos de forma selectiva e inmediata, incluyendo:


2.1 Medidas para devolver a las familias el incremento de la recaudación resultante de los tres primeros meses de 2022, como consecuencia de la inflación, incluyendo:


- La deflactación de la tarifa del IRPF en los tres primeros tramos para favorecer específicamente a las rentas más bajas y medias, con ajuste de las retenciones para que el efecto sea inmediato.


- Una nueva figura en el mínimo personal y familiar, especifico y con carácter temporal, que decrezca conforme aumente las rentas del ciudadano.


- Un Impuesto negativo articulado como pago anticipado para las personas con rentas más bajas sobre las que no hay obligación de retener, coordinado con el resto de las prestaciones sociales que reciban.


- Una rebaja de los tributos indirectos del IVA e Impuestos Especiales que gravan el consumo energético.


2.2 Medidas para apoyar a los sectores más afectados porta crisis económica:


- Analizar la reducción de los índices y módulos del régimen de estimación objetiva en IRPF y simplificado en IVA y de régimen especial de recargo de equivalencia de aquellos sectores más afectados por el encarecimiento de los costes, entre
otros: transporte, industria, agricultura, ganadería...


- Introducir un nuevo supuesto de libertad de amortización en el artículo 12.3 LIS para inversiones con elevada mejora de la eficiencia energética, cuando se cumplan los requisitos que se establezcan reglamentariamente.


- Aprobar un nuevo plan de ayudas directas a autónomos y pymes, aplicando sistemas más simplificados, que sustituyan el mecanismo de las ayudas y las subvenciones por incentivos fiscales e impuestos negativos y créditos fiscales
monetizables, que permitan un efecto inmediato y que se encuentren bajo el paraguas de los hitos y objetivos del MRR.


- Reutilizar los fondos que quedaron sin aplicar del Real Decreto-ley 5/2021 de solvencia empresarial.



Página 15





3. Retomar la agenda reformista que ponga el foco nuevamente en la competitividad.


- Simplificar el marco normativo para que se rija por los principios de necesidad y proporcionalidad, ajustándose a la capacidad real de gestión de cada administración y fomentando la declaración responsable.


- Realizar una evaluación continua de los procedimientos administrativos a fin de simplificarlos, sin eximir ningún centro administrativo de esta tarea.


- Propiciar la trazabilidad en las relaciones con la Administración a través de la transformación digital, de manera ordenada, y con lealtad institucional entre las diferentes administraciones, compartiendo estándares y protocolos comunes
europeos.


- Ofrecer la máxima velocidad de tramitación a cualquier operador económico, independientemente de su tamaño, priorizando, mientras se alcanza este objetivo, los grandes proyectos de inversión que por su carácter estratégico permitan
diversificar nuestra economía.


4. Rediseñar los fondos europeos para mejorar su eficiencia y su efecto tractor sobre el conjunto de la economía, incluyendo:


- Reprogramar las inversiones asociadas al PRTR español, facilitando el acceso de pymes y autónomos.


- Replantear el marco de gobernanza del PRTR, donde se tengan en cuenta las necesidades reales de las CCAA en la determinación de los criterios de reparto de los fondos asignados en las conferencias sectoriales, y se les permita realmente
tomar decisiones sobre las inversiones que mejor se ajusten a las necesidades de sus territorios.


- Implantar los medios necesarios que faciliten la transparencia y la rendición de cuentas al conjunto de la sociedad; comenzando por la propia Plataforma Común para los Fondos Europeos.


- Abrir un proceso de diálogo con el sector privado, con todas las fuerzas políticas y con el resto de las administraciones públicas, CC. AA. y EE. LL., para elaborar la adenda al plan de recuperación necesaria para solicitarlos 84.000
millones en créditos del MRR'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de mayo de 2022.-Carolina España Reina, Javier Bas Corugeira, Miguel Ángel Castellón Rubio, Pablo Hispán Iglesias de Ussel, Jaime Eduardo de Olano Vela y Mario Garcés Sanagustín,
Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


162/001039


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la reforma oportuna del Código Penal para el aumento de
las penas al delito de Acusación o denuncia falsa recogido en el artículo 456 del vigente Código Penal, para su posterior debate en el Pleno del Congreso de los Diputados.


Exposición de motivos


El artículo 14 de la Constitución española de 1978 establece: 'Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social'.


Con esta base jurídica se dan casos, demasiados por desgracia, en que las políticas pueden y de hecho influyen en el comportamiento de los ciudadanos, y para el caso que nos ocupa, se ha establecido un halo de impunidad en personas que
denuncian hechos que entran plenamente en el supuesto de hecho del artículo 456 del Código Penal sin que sufran las consecuencias que deberían derivarse de la comisión de este delito.


El artículo 456 sanciona a quien imputare a alguna persona hechos que de ser ciertos constituirían infracción penal si lo hiciere con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio por la verdad ante funcionario judicial o administrativo
que tenga el deber de proceder a su averiguación. Jurisprudencia y



Página 16





doctrina han señalado, generalmente, que el bien jurídico protegido en este delito es doble: de un lado el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia, y de otro el honor de la persona a la que se imputan los hechos falsos.


Las penas establecidas en este precepto son:


1. Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave.


2. Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave.


3. Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara un delito leve.


Lo cierto es que existen materias, influidas por políticas sectarias de este Gobierno, en las que una denuncia falsa demostrada, (con todo el daño que genera tanto al injustamente acusado como al sistema judicial y policial) es impune. Ello
debe hacernos reaccionar, pues no podemos quedar impasibles mientras el honor de personas que no han cometido ilícito alguno queda manchado de por vida y su acusador 'se va de rositas' El Código Penal, como última ratio, debe aplicarse sin excusa.


Además vemos las penas como ciertamente insuficientes y, cuando se aplican, no suponen además pérdida alguna de otros derechos concedidos como consecuencia de la acusación o denuncia ya demostrada falsa.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Mixto, a través de su Diputado Pablo Emérito Cambronero Piqueras presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Hacer un balance estadístico de las situaciones comprobadas como acusaciones o denuncias demostradas falsas y las consecuencias penales que han tenido para los infractores.


2. Que procedan a iniciar los trámites parlamentarios de una reforma del Código Penal para que se aumenten considerablemente las penas asociadas a la comisión del delito prescrito en el artículo 456 del Código Penal.


3. Que se incluya un inciso en el mismo artículo 456 por el que se suspendan de cualquier derecho, (prestación, o facilidades administrativas de cualquier tipo), concedido como consecuencia de el supuesto de hecho de la acusación o denuncia
falsa'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2022.-Pablo Cambronero Piqueras, Diputado.-Albert Botrán Pahissa, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.


162/001040


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la modificación de los elementos valorativos de la epilepsia para
la asignación de discapacidad, para su debate ante el Pleno.


Exposición de motivos


La Organización Mundial de la Salud (OMS) describe la epilepsia como 'una enfermedad cerebral crónica que afecta a personas de todo el mundo y se caracteriza por convulsiones recurrentes. Estas convulsiones son episodios breves de
movimientos involuntarios que pueden afectar a una parte del cuerpo (convulsiones parciales) o a su totalidad (convulsiones generalizadas) y a veces se acompañan de pérdida de la consciencia, que se debe a descargas eléctricas excesivas de grupos de
células cerebrales y cuya frecuencia también puede variar desde menos de una al año hasta varias al día'.


Se estima que en España pueden existir más de 400.000 ciudadanos que padecen esta patología en nuestro país, con diferentes manifestaciones clínicas y repercusiones en su vida diaria. La epilepsia se caracteriza por una alteración del
cerebro que predispone a este a generar crisis epilépticas, con consecuencias sustanciales en el ámbito cognitivo, psicológico, neurológico y social. La epilepsia es una



Página 17





de las causas de consulta más frecuentes en un servicio de Neurología, siendo, además, una de las enfermedades que más afectan a la calidad de vida del paciente de las tratadas en este tipo de servicios.


La afectación que esta patología supone, en numerosas ocasiones, a las actividades básicas de la vida diaria (ABVD) es significativa. La epilepsia no solo tiene como consecuencias directas las crisis convulsivas, también existen numerosos
casos en los que la epilepsia causa un deterioro cognitivo significativo de la persona que la padece, problemas de psicomotricidad y lenguaje, pérdida de habilidades motoras, etcétera.


El tratamiento para esta patología también posee consecuencias directas sobre el bienestar del paciente. Todas ellas, consecuencias que afectan directamente al desarrollo personal del afectado y a su bienestar físico, psíquico y social.


El Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía establece una serie de criterios concretos a la hora de conceder minusvalías a personas afectadas por
epilepsia. En concreto, el Real Decreto establece lo siguiente:


'Para considerar que un paciente se encuentra adecuadamente tratado se precisa la demostración de una correcta dosificación de fármacos antiepilépticos, mediante determinación de niveles plasmáticos de fármacos que deberán encontrarse en
rangos terapéuticos.


Será necesario que el paciente haya permanecido con crisis, a pesar del tratamiento correcto, durante más de un año antes de proceder a la valoración.


La discapacidad que produzca la epilepsia dependerá fundamentalmente del número y tipo de crisis. Las crisis generalizadas tipo ausencias y las parciales simples son menos discapacitantes que las restantes crisis generalizadas (mioclónicas,
tónicas, tónico-clónicas y atónicas) y que las crisis parciales complejas. Por este motivo, las ausencias y crisis parciales simples solo serán incluidas en clase I o clase II.


Dado que muchas epilepsias aparecidas en la infancia tienen tendencia a estabilizarse con la edad, en estos casos se realizarán revisiones cada cinco años'.


Es decir, es preciso que tenga crisis desde hace un año, y se valora 'fundamentalmente' el número y tipo de estas. No teniendo en cuenta, en ningún momento, sus consecuencias. Desde el Grupo Parlamentario Ciudadanos consideramos preciso
que se revisen los criterios para conceder la discapacidad en la patología de la epilepsia ya que tener en cuenta solo el número de crisis y no sus consecuencias, de las que existe suficiente evidencia para saber que pueden tener importantes
repercusiones para la salud física, psíquica y social del paciente.


En el año 2017, durante la XII Legislatura, el Congreso de los Diputados aprobó una iniciativa por la que se instaba al Gobierno de España a impulsar una serie de medidas relacionadas con la modificación de los elementos valorativos de la
epilepsia para la asignación de discapacidad, mejorar su atención sanitaria y prevenir las situaciones de discriminación. Sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido, el Ejecutivo no ha dado cumplimiento al mandato de esta Cámara.


Teniendo en cuenta todo lo anterior, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno de España a:


1. Cumplir su compromiso para la modificación del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía y presentar en el plazo de seis meses un nuevo
borrador en el seno del Consejo Interterritorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, para lograr un acuerdo con las Comunidades Autónomas.


2. Escuchar a las asociaciones de pacientes con epilepsia, por parte de la comisión creada para las modificaciones del citado Decreto, con el fin de que puedan ser valoradas sus propuestas en relación a la posible modificación de los
criterios de valoración y reconocimiento del grado de minusvalía. Todo ello, en cumplimiento del artículo quinto de la Orden de 12 de junio de 2001 sobre creación, composición y funcione.


3. Modificar el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, en concreto a lo relativo a los criterios para la asignación del grado de discapacidad
por epilepsia, a fin de que el grado dependa del número y tipo de crisis, pero también del grado de afectación y limitaciones de las Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD) como



Página 18





consecuencia de la enfermedad y de los factores neurobiológicos, psicosociales y farmacológicos, conforme al estudio que la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la valoración del Grado de Discapacidad está llevando a cabo para
llegar a la aprobación final del Documento técnico del Nuevo Baremo de Valoración de la Discapacidad para adaptarlo a la CIF-OMS/2001.


4. Ajustar y actualizar la nomenclatura utilizada en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía para la epilepsia en base al nuevo sistema de
clasificación establecido por la Liga Internacional Contra la Epilepsia (ILAE).


5. Desarrollar una Estrategia Nacional de Epilepsia, donde se recojan todas las acciones necesarias a desarrollar en el ámbito sanitario, social, educativo y laboral, con el objetivo de que la enfermedad sea correctamente asumida y se rompa
la estigmatización que existe sobre los afectados.


6. Trasladar al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, respetando las competencias de las Comunidades Autónomas en la materia, la necesidad de garantizar unos estándares de calidad comunes en los centros especializados de
atención a la epilepsia en todo el territorio estatal en relación a los documentos de valoración específicos, así como la necesidad de protocolizar en todos los territorios, los recursos humanos y materiales precisos a fin de que un centro
hospitalario pueda abrir una unidad especializada en epilepsia.


7. Realizar campañas de formación e información para que la epilepsia deje de suponer una discriminación para los pacientes'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2022.-Sara Giménez Giménez, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/001041


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre condiciones financieras de los préstamos formalizados con el Fondo de
Financiación a Entidades Locales, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La crisis financiera de 2008 supuso entre otros efectos un incremento en concepto de pagos pendientes, derivada de la fuerte caída de ingresos fiscales fruto de aquella recesión. Ante tal situación, el gobierno del PP optó entonces, a
partir de 2012, por cancelar las obligaciones pendientes de pago de Comunidades Autónomas y Entidades Locales, pero sustituyendo su deuda comercial por endeudamiento de la Administración central, triplicándose con ello la deuda de las entidades
territoriales con el Estado en apenas un año, entre 2012-2013.


En el caso de las Entidades Locales se aprobó el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los
proveedores de las entidades locales. Un plan que luego se extendería a las Comunidades Autónomas y financiado vía crédito sindicado suscrito por el Fondo para la Financiación de Pago a Proveedores (FFPP), creado por el Gobierno y veintiséis
entidades financieras. Este mecanismo para el pago a proveedores tuvo dos fases más, abonando hasta 2014 un total de 11,6 miles de millones de euros a las Entidades Locales y 30,2 miles de millones de euros a las Comunidades Autónomas. Estas
últimas vieron complementada su financiación de emergencia con el llamado Fondo de Liquidez Autonómica (FLA). Un instrumento, el FLA, que terminó por dedicar más de una cuarta parte de sus recursos a pagar facturas pendientes a proveedores, en
particular de contratos de obras, suministros y servicios, y de conciertos sanitarios y farmacias, según estimaciones del Banco de España. Una financiación a su vez sujeta a una dura condicionalidad en forma de ajustes fiscales.


La respuesta del actual Gobierno de coalición frente a la crisis derivada por la COVID-19 ha sido bien diferente, aportando la Administración central los recursos necesarios a Comunidades Autónomas y Entidades Locales vía transferencias y no
mediante créditos. Y sin contrapartidas en forma de duros planes de ajuste, garantizando la prestación de servicios públicos. Gracias a ello, las Comunidades Autónomas cerraron 2021 con un saldo presupuestario equilibrado entre ingresos y gastos,
mientras que las Entidades Locales presentaron en su conjunto un ligero superávit del 0,3 % del PIB.



Página 19





El Gobierno ha arbitrado medidas pertinentes para evitar que las circunstancias excepcionales implicarán un deterioro de la atención a la ciudadanía o un empeoramiento en los plazos de pago de las Administraciones Públicas, que se han ido
reduciendo hasta alcanzar mínimos al final del año 2021.


Se implementaron medidas antes de la pandemia por el gobierno socialista durante la XIII Legislatura, en marzo de 2019. Se modificaron las condiciones financieras, los períodos de amortización, de carencia y el tipo de interés de los
préstamos formalizados por municipios en riesgo financiero con el Fondo de Financiación de Entidades Locales. Estas medidas permitían la sustitución de retenciones en la participación en los tributos del Estado por préstamos, además, de la
agrupación de préstamos para facilitar la liquidez de las EE. LL.


Por su parte, la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021 posibilitó a las Entidades Locales incluir las deudas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social y ampliar el periodo de amortización por 5, 7 o 10 años de los préstamos
suscritos con el FFPP, mejorando con ello su liquidez y situación financiera, en especial de las entidades con una situación tesorería más delicada. Asimismo, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2022 se ha regulado un procedimiento de
pago a proveedores con cargo al Fondo de Financiación de Entidades Locales para aquéllas con un período medio de pago global a proveedores superior a 30 días, para cancelar las facturas pendientes más antiguas.


Con todo ello, un grupo limitado de Entidades Locales enfrenta aún dificultades con relación a su liquidez disponible y obligaciones pendientes a corto plazo, por lo que un período de carencia en la amortización de los créditos para el pago
a proveedores podría ser en estos casos necesario.


Por todo ello el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover modificaciones en las condiciones financieras de los préstamos formalizados con el Fondo de Financiación a Entidades Locales por Entidades Locales que deban asumir una elevada carga
financiera en los próximos meses para el pago de las amortizaciones de los mismos'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2022.-Patricia Blanquer Alcaraz, José Luis Ramos Rodríguez, María Dolores Narvaéz Bandera, José Luis Aceves Galindo, Montse Mínguez García, Juan Cuatrecasas Asua, Odón Elorza González,
Valentín García Gómez, Antonio Hurtado Zurera, Juan Bernardo Fuentes Curbelo, José Losada Fernández, Gema López Somoza y María Luisa Vilches Ruiz, Diputados.-José Zaragoza Alonso y Rafaela Crespín Rubio, Portavoces del Grupo Parlamentario
Socialista.


162/001042


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes, del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de ley para la reprobación de las palabras de defensa de la Ministra
Irene Montero por el indulto a María Sevilla.


Exposición de motivos


El Gobierno ha indultado en el 'Boletín Oficial del Estado' de este miércoles a María Sevilla, presidenta de la asociación Infancia Libre, condenada a dos años y medio de prisión y cuatro de pérdida de la patria potestad, tras haber apartado
a su hijo del padre por espacio de dos años, entre 2017 y 2019. Sevilla llegó a llevar varias iniciativas al Congreso de los Diputados, donde acudió, por iniciativa de Podemos, para hablar a los parlamentarios como autoridad en casos de abuso y
violencia intrafamiliar en 2017, lo que no le impidió darse cuenta a la fuga meses después con su hijo. Gracias al perdón con el que la pena pasa de dos años y medio a solo dos, la implicada no deberá volver a prisión y podrá seguir viendo a su
hijo. El argumento esgrimido por el Ejecutivo para conceder ahora el indulto parcial es que Sevilla ha entrado en prisión voluntariamente -comenzó a cumplir el marzo pasado-, y que ha abonado la multa de 4.000 euros impuesta, pero según indican las
publicaciones en medios el propio expediente de indulto resalta que la mujer ni siquiera se ha arrepentido.



Página 20





María Sevilla recibe este indulto sin haberse arrepentido -ha llegado a repetir públicamente que volvería a delinquir 'para defender a mi hijo'-, y aún hoy mantiene que secuestró al menor para defenderle de abusos de su padre, aunque todas
las denuncias que presentó contra este quedaron archivadas por ausencia de pruebas y pesan contra ella otros dos procedimientos por denuncia falsa y estafa procesal. Por tanto, la concesión del Ejecutivo del indulto para sustituir la pena accesoria
de privación de la patria potestad supone una grave lesión el interés del menor que es valor superior en todos los ordenamientos jurídicos propios de las democracias avanzadas además de imponerlo las convenciones internacionales ratificadas por
España. Ante esta situación el progenitor ya ha anunciado que recurrirá este indulto por poner en peligro la situación de su hijo que no desea volver con la madre.


La Ministra de Igualdad Irene Montero ha apoyado la medida, ya que según ella con la misma se salda una deuda con las 'madres protectoras' que lo único que han hecho es 'defender a sus hijos de sus padres', obviando completamente la
repercusión mediática de sus palabras, y sembrando la duda sobre el progenitor, que nunca ha sido condenado por ningún motivo, ni en relación con su exmujer, ni con su hijo. Asimismo, ha utilizado la violencia machista para justificar la concesión,
sin existir ninguna condena o investigación abiertas sobre estos extremos. Es inconcebible que estas palabras se hayan producido por parte de una representante del Gobierno, saltándose cualquier principio constitucional y poniendo en duda la
inocencia de una persona, para venderlo como una victoria del patrimonio feminista. Como ya hemos defendido en otras ocasiones, la finalidad de la institución del indulto es la que perdonar una pena que no es útil para la reinserción del penado en
la sociedad, según la interpretación de la Ley que establece las reglas para el ejercicio de la gracia de indulto a la luz del artículo 25 de la CE. El indulto no puede servir para realizar programas políticos de un Gobierno o de uno de los
partidos del Gobierno.


Por otra parte, estas manifestaciones de la máxima representante de igualdad, no solo demuestran su desconocimiento del asunto sobre el que se ha concedido el indulto, sino que también ha dejado patente su absoluta falta de consideración al
mayor interés del menor implicado, que tal y como han publicado diferentes medios de comunicación, sufrió daños personales y un severo retraso escolar derivado de su apartamento de la vida normal, algo que se ha atestiguado en los sucesivos
procedimientos. Siendo conscientes de la grave situación en torno a los casos de violencia machista y hacia los hijos que se han producido en nuestro país y el camino de lucha que nos queda para acabar con esta lacra, no podemos permitir la defensa
pública de este indulto como una medida que ha actuado en favor de las madres y los hijos que hayan sido víctimas de la violencia machista.


Por este motivo, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados acuerda la reprobación de la Ministra de Igualdad por sus inaceptables palabras de defensa que justifican el indulto concedido a María Sevilla como una victoria feminista'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2022.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/001043


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para garantizar la viabilidad de la ganadería en
los territorios con mayor presencia del lobo ibérico, para su debate en Pleno.


Exposición de motivos


La recuperación del lobo ibérico y su compatibilidad con una ganadería viable en los territorios con presencia de esta especie es fundamental para nuestros ganaderos; sin embargo, el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico
mantiene, también en este tema, su habitual imposición unilateral. Decisiones como la inclusión de la especie en el LESPRE también al norte del Duero se toman



Página 21





con la oposición de precisamente las cuatro Comunidades Autónomas (Asturias, Cantabria, Castilla y León y Galicia) más afectadas, al aglutinar el 95 % de la población del lobo ibérico, y con un fuerte rechazo de las principales asociaciones
ganaderas de esas regiones más afectadas. La toma unilateral de decisiones sin consulta ni coordinación con los afectados, por desgracia, parece haberse convertido en el modus operandi habitual en la política agrícola y ganadera del Gobierno.


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, como la amplia mayoría de los ciudadanos, comparte plenamente el objetivo de proteger la enorme biodiversidad animal y vegetal que tenemos la fortuna de disfrutar en España. La protección de especies
vulnerables como el lobo ibérico no es una excepción. Afortunadamente todo indica que la situación crítica en la que se encontraba el lobo ibérico en los últimos años ha ido mejorando, con un crecimiento considerable tanto del número de manadas
existentes y como de la población total, estimadas en unas 300 y 2.500, respectivamente. No se puede obviar, no obstante, que la persecución de objetivos medioambientales en un ámbito concreto, en muchas ocasiones, acarrea riesgos y costes
significativos en otros que deben ser adecuadamente abordados. En el caso que nos trae, el régimen de protección del lobo ibérico expone al mundo rural, y especialmente a las explotaciones ganaderas, a los daños que poblaciones de lobos sin control
pudieran ocasionarles. Asociaciones ganaderas estiman en más de 2.500 ataques y 3.500 reses muertas y 2 millones de euros en daños solo en Castilla y León en el año 2019. En tanto que la preservación de las especies que integran nuestro espacio
natural es una tarea que incumbe a toda la sociedad española en su conjunto, es lógico que sea la sociedad española también en su conjunto, y las Administraciones Públicas en su nombre, quien se haga cargo de los costes asociados a la conservación
animal en lugar de dejar a los ganaderos a su suerte. Se hace necesario, por lo tanto, establecer mecanismos que indemnicen al sector rural más afectado por esta decisión.


Ello no debe hacerse incurriendo en la inservible proliferación legislativa preelectoral acostumbrada por otros grupos, sino instando al Gobierno a tener en cuenta a los afectados y actuar ya, especialmente en los que a prevención y
compensaciones se refiere.


La conservación del lobo debe afrontarse priorizando la viabilidad de la ganadería, especialmente de la ganadería extensiva. Al fin y al cabo, no ha pasado ni un año desde que el Gobierno, a través del ministro de Consumo, justificara unas
declaraciones insostenibles sobre el sector cárnico español basándose en las bondades de la ganadería extensiva, y en una inexistente competición entre ésta y la ganadería intensiva. Esta postura es difícilmente compatible con la adopción de
decisiones sin diálogo ni consenso, como es el caso del lobo ibérico.


Por todo ello, el grupo parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Elaborar, a la mayor brevedad, a través de un organismo independiente e imparcial, un censo nacional del lobo ibérico que sustituya al anterior y se revise cada dos años, y que recoja con la máxima precisión posible el número de
ejemplares en cada territorio, su composición en grupos, y la movilidad de los mismos, para garantizar que la toma de decisiones refleje la situación real de la especie en cada territorio y su potencial dañino para la ganadería en el mismo.


2. Establecer, a la mayor brevedad, un Registro Nacional de Ataques del Lobo Ibérico (RENALI), fácilmente accesible y basado en los dos principios siguientes:


a) Los ganaderos tendrán la obligación de comunicar todas las muertes y/o lesiones producidas entre el ganado que puedan haber sido ocasionados por la presencia del lobo ibérico, inmediatamente después de tener conocimiento de las mismas.


b) El Estado, a través del Servicio de Protección de la Naturaleza que corresponda en cada territorio, tendrá la obligación de comprobar y verificar los ataques registrados con la máxima celeridad.


3. Establecer, en tanto en cuanto la normativa comunitaria no contemple otras soluciones, un sistema de compensaciones que, sufragado conjuntamente por el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, y fondos comunitarios
adicionales, atienda puntualmente todas las reclamaciones por los ataques registrados que se hayan verificado. Las compensaciones cubrirán el valor de las reses perdidas o del tratamiento requerido en su caso, incluyendo en su caso los perros de
guardia, lo invertido en su crianza y mantenimiento, así como el lucro cesante de la explotación, de manera íntegra.



Página 22





4. Poner a disposición de los ganaderos afectados, a la mayor brevedad posible, los 20 millones de euros anunciados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para acompañar a los ganaderos en la compatibilización
de su actividad profesional con la protección de grandes carnívoros.


5. Impulsar, en base a los datos del censo nacional y registro de ataques propuestos, las medidas de prevención necesarias para reducir el impacto del lobo ibérico sobre la ganadería, sufragado conjuntamente por el Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y fondos comunitarios adicionales.


6. Responder, de acuerdo a la legislación vigente, a las demandas de gestión autonómica por parte de las Comunidades Autónomas más afectadas y contestar, por parte del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y en un
plazo máximo de quince días, las medidas que, de acuerdo con esa legislación, dichas comunidades pueden tomar en tanto no llega el Plan de Conservación Nacional.


7. Establecer un sistema de coordinación permanente entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las Comunidades Autónomas en el que, en caso de que en base a
los datos del censo nacional y registro de ataques propuestos el lobo ibérico suponga un perjuicio para la actividad ganadera, se asegure que ninguna de las medidas a adoptar se tome unilateralmente'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2022.-María Carmen Martínez Granados, Diputada.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


162/001044


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la ejecución de las
infraestructuras hidráulicas necesarias para Andalucía, para su debate en el Pleno de Congreso de los Diputados.


Exposición de motivos


El agua es un elemento fundamental para la supervivencia humana, siendo esencial para muchas de nuestras actividades: para la agrícola, la industria y la producción de energía, para el abastecimiento humano en unas urbes cada vez más
pobladas, así como para el mantenimiento de ecosistemas naturales. Por este motivo, el artículo 40.2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), establece que 'la política
del agua está al servicio de las estrategias y planes sectoriales que sobre los distintos usos establezcan las Administraciones públicas, sin perjuicio de la gestión racional y sostenible del recurso que debe ser aplicada por el Ministerio de Medio
Ambiente, o por las Administraciones hidráulicas competentes, que condicionará toda autorización, concesión o infraestructura futura que se solicite'.


En una situación de escasez de recursos hídricos, cada vez más patente en algunas regiones, y con previsiones de reducciones e irregularidades en la disponibilidad del mismo en el futuro, se hace más evidente la necesidad de realizar una
planificación hidrológica que facilite una gestión eficaz y sostenible del agua, recurso escaso con el que debemos compatibilizar el desarrollo socioeconómico con los objetivos ambientales.


Así, volviendo a la ley de aguas, el artículo 40.1 del TRLA establece que la planificación hidrológica tiene como objetivos generales conseguir el buen estado y la adecuada protección del dominio público hidráulico y de las aguas objeto de
esta Ley de Aguas, la atención a su demanda, el equilibrio y armonización del desarrollo regional y sectorial, incrementando las disponibilidades del recurso, protegiendo su calidad, economizando su empleo y racionalizando sus usos, en armonía con
el medio ambiente y los demás recursos naturales.


Nuestro acervo regulador, cultural e histórico, pivota sobre la escasez e importancia que se le ha dado al agua en nuestro país, desde las primeras normas de mediados del siglo XIX o la creación de las Confederaciones Hidrográficas en 1926,
a las más recientes, con los requerimientos de la Directiva marco de Agua y los problemas cada vez más frecuentes de sequías e inundaciones. La experiencia acumulada de nuestro país en la gestión de los recursos hídricos, en el momento en el que
deberíamos tener finalizado el tercer ciclo de planificación



Página 23





hidrológica (2022-2027), siempre ha puesto de manifiesto la necesidad de ser eficientes en el uso y disponer de una serie de infraestructuras para poder garantizar agua en cantidad y calidad.


Algunas comunidades autónomas, conscientes de todas estas necesidades, han trabajado para alcanzar acuerdos con proyección en el futuro. Por ejemplo, durante esta legislatura, en Andalucía se impulsó un Pacto Andaluz del Agua con el máximo
consenso de las fuerzas políticas representadas en el Parlamento de Andalucía, los agentes económicos y sociales, las organizaciones ecologistas, las plataformas ciudadanas en defensa de la gestión pública del agua y el conjunto de la sociedad
andaluza.


Pero, independientemente del esfuerzo financiero y de planificación realizado por la Junta de Andalucía para sus cuencas internas, con una problemática que no existe en otras zonas de España, la región está pendiente de la ejecución de obras
de interés general del Estado que se necesitan de forma urgente.


La excepcional situación de sequía que azota gran parte de la comunidad andaluza ha puesto de manifiesto esa urgencia por ejecutar las obras pendientes, más necesarias que nunca. Por este motivo, la Junta de Andalucía ya ha solicitado la
coordinación con la Administración del Estado para abordar posibles actuaciones, tanto de emergencia frente a la sequía como sobre infraestructuras pendientes, y sobre el reparto de los fondos de Recuperación y Resiliencia Next Generation, que son
una oportunidad única e irrenunciable para poner a disposición de los andaluces las fuentes hídricas adicionales que necesitan y que tantos años llevan esperando.


Es el momento de que salgan adelante, entre otras actuaciones que son de interés general del Estado, las conducciones de Rules y Siles, el túnel de San Silvestre, la presa de Alcolea, el trasvase del Tinto-Odiel-Piedras, las obras pendientes
de las ampliaciones de las desaladoras de Dalias y Carboneras, y la puesta en marcha de la infraestructura del Almanzora en Almería, la presa de Gibralmedina, el saneamiento integral de la Costa del Sol, los regadíos del Genil-Cabra y las
infraestructuras para la mejora en la eficiencia del uso del agua en el cultivo del arroz (Sevilla).


Estas actuaciones, además de ser un compromiso con la región y poner la política del agua al servicio de las estrategias y planes sectoriales, como demanda el TRLA, permitirían un impulso al sector agrario, desarrollando todo su potencial,
si bien ésta exige otros compromisos por parte del Gobierno de la nación, como un correcto reparto de los fondos de la Política Agraria Común y un verdadero apoyo a la digitalización y la innovación del conjunto del sector agroalimentario, de modo
que se asegure la competitividad de la economía de la región.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Llevar a cabo las infraestructuras hidráulicas vitales para Andalucía, en su gran mayoría declaradas de interés general del Estado, que son fundamentales para el abastecimiento y para dar posibilidades al sector agrario y al regadío,
adoptando también el resto de actuaciones en materia de política de aguas que viene reclamando el Gobierno andaluz en los últimos años.


2. Incluir, entre las actuaciones a ejecutar de forma inmediata, las siguientes:


- Ampliación de la Desaladora de Carboneras (Almería).


- Ampliación de la Desaladora del Campo de Dalias (Almería).


- Reparación y ampliación de la Desaladora del Bajo Almanzora (Almería).


- Tubería de Conexión Venta del Pobre al Campo de Tabernas (Almería).


- Conducciones de Rules (todos los desglosados) (Granada).


- Desaladora de la Costa del Sol Oriental (Axarquia) (Málaga).


- Ampliación de la desaladora de la costa del sol occidental (Marbella-Málaga).


- Saneamiento integral de la Costa del Sol Occidental (Málaga).


- Recrecimiento de la presa de la Concepción (Málaga).


- Corrección de los vertidos salinos del embalse del Guadalhorce (Málaga).


- Presa de Gibralmedina (Cádiz).


- Conducciones derivadas de la presa de Siles (Jaén).


- Modernización del Genil-Cabra (Córdoba).


- Infraestructuras para la mejora en la eficiencia del uso del agua en el cultivo del arroz (Sevilla).


- Modernización del Genil-Cabra (zona de Écija, Sevilla).



Página 24





- Presa de Alcolea (Huelva).


- Canal de Trigueros (Huelva).


- Desdoblamiento del túnel de San Silvestre (Huelva).


- Ampliación del bombeo de Bocachanza (Huelva).


- Obras derivadas del trasvase al Condado (Ley 10/2018) (Huelva)'.


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de mayo de 2022.-Milagros Marcos Ortega, Marta González Vázquez, María José García-Pelayo Jurado, Javier Merino Martínez, Joaquín María García Díez, Belén Hoyo Juliá, Sebastián Jesús Ledesma Martín,
Juan Manuel Constenla Carbón, Juan José Matarí Sáez y Juan Diego Requena Ruiz, Diputados.-Concepción Gamarra Ruiz-Clavijo, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.