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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 348, de 22/10/2021
cve: BOCG-14-D-348 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XIV LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


22 de octubre de 2021


Núm. 348



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


DIPUTADOS


Declaración de bienes y rentas de los señores Diputados ... (Página2)


Declaración de intereses económicos ... (Página8)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000850 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la permanencia del mecanismo COVAX para el acceso equitativo a vacunas en todo el mundo ... (Página11)


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


233/000028 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 3492/2021, planteada por la Sección 5.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en
relación con la Disposición adicional trigésima, apartados 2, 3, 4 y 5, de la Ley del Parlamento de Cataluña 12/2009, redactado por el artículo 172.3 de la Ley del Parlamento de Cataluña 5/2020 ... (Página13)


Otros textos


INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR


120/000009 Proposición de Ley para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca.


Prórroga del plazo para la recogida de firmas ... (Página14)


120/000020 Acuerdo de la Mesa de la Cámara admitiendo el escrito presentado por don José Miguel Martín Rodríguez y otros, por el que se ejercita el trámite inicial de la iniciativa legislativa popular para la recuperación del Sistema
Nacional de Salud ... (Página14)



Página 2





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


DIPUTADOS


De conformidad con lo dispuesto en la Norma 5 del Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, de 21 de diciembre de 2009, por el que se aprueban las Normas en materia de registro de intereses, en los términos de la
redacción dada por la modificación acordada por las Mesas de ambas Cámaras, en su reunión del día 19 de julio de 2011, para dar cumplimiento a lo establecido en la reforma del artículo 160.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, se
ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la siguiente declaración de bienes y rentas presentada, una vez calificada.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


ÍNDICE


BOTRAN PAHISSA, Albert (GMx) (núm. expte. 005/000078/0001)1... (Página3)


0 Declaración inicial.


1 Modificación de la declaración.


2 Declaración final.



Página 3





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Página 4





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Página 5





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Página 6





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Página 7





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Página 8





De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.4 del Código de Conducta de las Cortes Generales, aprobado por Acuerdo de las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado de 1 de octubre de 2020, se ordena la publicación en el Boletín
Oficial de las Cortes Generales de la siguiente declaración de intereses económicos presentada, una vez calificada.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


ÍNDICE


BUSTAMANTE MARTÍN, Miguel Ángel (GCUP-EC-GC) (núm. expte. 007/000358/0000)1.... (Página9)


1 Declaración inicial.


2 Modificación de la declaración de intereses económicos.



Página 9





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Página 10





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Página 11





CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, la siguiente Proposición no de Ley y considerando que solicitan el debate de la iniciativa ante el Pleno de la Cámara,
disponer su conocimiento por éste, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000850


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley para la permanencia del mecanismo COVAX para el acceso equitativo
a vacunas en todo el mundo para su debate en el Pleno.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


El Fondo de Acceso Global para Vacunas COVID-19 (COVAX) está siendo uno de los pilares fundamentales del sistema de distribución de vacunas para prevenir la infección por SARS-CoV-2 y el desarrollo de cuadros clínicos graves de la enfermedad
COVID-19 en todo el mundo. En su origen, COVAX fue uno de los principales pilares del Acelerador de Vacunas ACT que se puso en marcha en abril de 2020 para responder a la pandemia global de COVID-19 y poder desarrollar vacunas contra esa enfermedad
de forma lo más rápida, segura y eficaz posible. En particular, el mecanismo COVAX tenía como objetivo asegurar un acceso equitativo a esas vacunas una vez estuvieran disponibles en el mercado gracias al impulso innovador de las empresas del sector
farmacéutico y al apoyo de las instituciones públicas.


COVAX está coordinado por varias entidades globales, principalmente la iniciativa Gavi, la Alianza de Vacunas, la Coalición para la Innovación en Preparación Epidémica (CEPI, por sus siglas en inglés) y la Organización Mundial de la Salud.
En la Unión Europea, la Comisión Europea ha tenido el cometido de organizar los esfuerzos de I+D destinados a apoyar el desarrollo de vacunas contra el COVID-19 y, además, de negociar precios de compra con las empresas desarrolladoras de las mismas
para proceder posteriormente a su distribución por todos los Estados miembros. COVAX nace con el cometido de replicar ese papel que la Comisión Europea ha jugado para todos los ciudadanos europeos a nivel global.


Teniendo en cuenta el valor que las acciones de la Comisión Europea han tenido para asegurar el acceso equitativo, asequible y seguro a vacunas para toda la Unión Europea, COVAX se erigió como la clave para hacer lo propio en países en
desarrollo. No en vano, los países más pobres se enfrentaban a una situación complicada a la hora de poder acceder a negociaciones de precios de las vacunas en un momento en el que los países industrializados, con un poder económico mucho mayor, se
encontraban a la caza de todas las dosis posibles para su propia población. De este modo, COVAX nace como la oportunidad para esos países en desarrollo de acceder a las vacunas contra el COVID-19 sin recurrir a medidas contraproducentes que se han
puesto sobre la mesa por quienes no tienen respeto alguno por los derechos y libertades fundamentales, como expropiaciones o suspensiones de derechos de propiedad intelectual.


COVAX es, por tanto, la mejor opción para combinar la libertad de las empresas para innovar y desarrollar nuevas soluciones que dan respuesta a los problemas que suponen las enfermedades infecciosas para la salud pública global al tiempo que
se asegura que toda la población mundial no se



Página 12





enfrenta a barreras infranqueables de carácter socioeconómico para acceder a dichas soluciones. En su funcionamiento, COVAX podría adquirir vacunas de dos formas: o bien mediante negociación de precios y adquisición de las dosis, o bien a
través de donaciones de dosis por parte de países industrializados que las hayan adquirido a través de sus propios mecanismos. Este sistema de donaciones se encuentra también en el interés de los propios países industrializados, puesto que la
inmunización de sus poblaciones no será suficiente mientras existan reservorios de población no protegida en los que el virus puede acabar mutando y, eventualmente, incluso cambiando su composición lo suficiente para escapar a las vacunas ya
desarrolladas. En definitiva, nadie estará completamente protegido contra el SARS-CoV-2 hasta que toda la población, también aquellos en países en desarrollo, estén inmunizados.


Según las cifras proporcionadas por la iniciativa Gavi a fecha de 8 de octubre de 2021, COVAX ha enviado más de 341 millones de vacunas contra el COVID-19 a 144 países participantes.


Como liberales, desde el GP Ciudadanos hemos apoyado en repetidas ocasiones al mecanismo COVAX en su objetivo de hacer llegar las vacunas contra el COVID-19 existentes a todos los rincones del mundo. En particular, hemos solicitado al
Gobierno desde el pasado mes de septiembre de 2020, cuando las primeras vacunas comenzaron a avanzar en las fases para su aprobación definitiva, que tuviera en cuenta la necesidad de garantizar un acceso equitativo a las dosis en todo el mundo
mediante mecanismos de colaboración con el sector privado y con instituciones sin ánimo de lucro, como COVAX. Así pues, la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de los Diputados aprobó el pasado 24 de septiembre de 2020 una proposición no de
ley del GP Ciudadanos en este sentido.


Pese al éxito de esta iniciativa, COVAX es, por ahora, un mecanismo creado ad hoc para la pandemia mundial de COVID-19, y por tanto no tiene aspiración de permanencia. Sin embargo, los problemas en el acceso equitativo a vacunas no son
característicos de la COVID-19, sino que afectan a todas las enfermedades infecciosas que se cobran la vida de millones de personas cada año en todo el mundo, especialmente en países en desarrollo. Por ejemplo, la malaria, la tuberculosis y el
VIH/SIDA siguen entre las 10 principales causas de muerte en el mundo en desarrollo. Precisamente, en los últimos días la Organización Mundial de la Salud ha aprobado la primera vacuna contra la malaria, que de hacerse accesible a toda la población
podría salvar la vida de medio millón de personas en todo el mundo, de las cuales más de la mitad serían menores de edad. Tanto la Organización Mundial de la Salud como expertos en salud pública, sin embargo, han alertado de que ahora el principal
reto es poder desarrollar esta vacuna de forma masiva y, especialmente, poder hacerla llegar allá donde es más necesaria. En definitiva, la problemática que COVAX vino a solventar está lejos de quedar atrás.


Teniendo esto en cuenta, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Defender, en el seno de las Naciones Unidas, la necesidad de que el mecanismo COVAX se mantenga más allá de la pandemia de COVID-19 para asegurar un acceso equitativo a las vacunas de todo tipo de enfermedades infecciosas por parte de la
población de los países menos desarrollados.


2. Impulsar, en el seno de las instituciones de la Unión Europea, una renovación del compromiso de los Estados miembros con la donación de dosis de las vacunas contra el COVID-19 al mecanismo COVAX, con el objetivo de aumentar la
contribución europea a esta iniciativa hasta los 750 millones de euros y los 500 millones de dosis.


3. Aumentar la contribución española al mecanismo COVAX, tanto en términos de financiación comprometida para que pueda desarrollar sus funciones de almacenamiento y distribución como en términos de dosis donadas por nuestro país.


4. Elaborar un informe de resultados que detalle el impacto generado por los recursos y vacunas donados por España al mecanismo COVAX durante los años 2020 y 2021, que se presentará ante las Cortes Generales en los primeros tres meses del
próximo año 2022.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de octubre de 2021.-Juan Ignacio López-Bas Valero, Diputado.-Edmundo Bal Francés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.



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COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


233/000028


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(233) Cuestión de inconstitucionalidad.


Autor: Tribunal Constitucional.


Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 3492/2021, planteada por la Sección 5.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en relación con la
Disposición adicional trigésima, apartados 2, 3, 4 y 5, de la Ley del Parlamento de Cataluña 12/2009, redactado por el artículo 172.3 de la Ley del Parlamento de Cataluña 5/2020.


Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Juan José González Rivas, presidente, los magistrados don Andrés Ollero Tassara, don Santiago Martínez-Vares García, don Cándido Conde-Pumpido Tourón; y la magistrada doña María
Luisa Balaguer Callejón, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 3492-2021, promovida por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en relación con los apartados 2, 3, 4 y 5 de la disposición
adicional trigésima (financiación de las guarderías municipales) de la Ley de educación del Parlamento de Cataluña 12/2009, redactados por el art. 172.3 de la Ley del Parlamento de Catalunya 5/2020. Han comparecido y formulado alegaciones la
Generalidad y el Parlamento de Cataluña y la fiscal general del Estado. Ha sido ponente el magistrado don Santiago Martínez-Vares García.


[...]



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FALLO


En atención a lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido desestimar la presente cuestión de inconstitucionalidad.


Publíquese esta sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.


Dada en Madrid, a 4 de octubre de 2021.


OTROS TEXTOS


INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR


120/000009


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(120) Iniciativa legislativa popular.


Autor: María Teresa Vicente Giménez.


Solicitud de nueva prórroga del plazo previsto para la recogida de firmas en relación con la Proposición de Ley para el reconocimiento de personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca.


Acuerdo:


Atendiendo a las especiales circunstancias concurrentes derivadas de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y en el marco de lo previsto en el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la
iniciativa legislativa popular, prorrogar por tres meses adicionales y, por lo tanto, hasta el día 28 de enero de 2022, el plazo para la finalización del procedimiento de recogida de firmas en relación con la referida Proposición de Ley de
iniciativa popular. Asimismo, comunicar este acuerdo a la Comisión Promotora y a la Junta Electoral Central y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


120/000020


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(120) Iniciativa Legislativa Popular.


Autor: José Miguel Martín Rodríguez y otros.


Proposición de Ley de recuperación del Sistema Nacional de Salud.


Acuerdo:


Admitir a trámite el escrito por el que se ejercita el trámite inicial de la iniciativa legislativa popular, comunicando este acuerdo a la Comisión Promotora, a la Junta Electoral Central y al Senado, publicándolo



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en el Boletín Oficial de la Cortes Generales, conforme a los artículos 5.3 y 7.1 de la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2021.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.