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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 219, de 29/09/2017
cve: BOCG-12-D-219 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


29 de septiembre de 2017


Núm. 219



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


153/000007 Creación de la Comisión para la evaluación y la modernización del Estado autonómico... (Página3)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


162/000466 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la colaboración del Gobierno con las entidades locales en materia de fiscalización de pagos de tasas
públicas por parte de distribuidoras y comercializadoras eléctricas... (Página3)


Comisión de Justicia


161/002289 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, sobre la memoria de las víctimas del crimen de la carretera de Málaga a Almería en su 80 aniversario... href='#(Página6)'>(Página6)


Comisión de Hacienda y Función Pública


161/002294 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la eliminación o incremento de la tasa de reposición de Policías Locales... (Página8)


Comisión de Fomento


161/002288 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre exención de peaje en la AP-7, a usuarios de la N-340 en el tramo Punta de la Mora-Pobla de Montornés, durante las obras de desdoblamiento de la A-7 en
dicha zona de la provincia de Tarragona... (Página9)


161/002297 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa al II Plan de Igualdad de Renfe Operadora... (Página10)



Página 2





Comisión de Educación y Deporte


161/002301 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a poner en marcha de cara al próximo curso un Plan específico donde se incida con una adecuada orientación educativa desde la ESO y el Bachillerato
para acabar con la brecha de género en estudios superiores... (Página11)


Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/002287 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre la adopción de medidas legislativas a los efectos de garantizar la permanencia del trabajador en la empresa en caso de discapacidad sobrevenida... href='#(Página13)'>(Página13)


161/002293 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre dotación de un Plan Integral de Empleo para Andalucía... (Página16)


Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital


161/002299 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, relativa a la colaboración del Gobierno con las entidades locales en materia de fiscalización de pagos de tasas
públicas por parte de distribuidoras y comercializadoras eléctricas... (Página17)


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/002290 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, de apoyo a la gestión forestal sostenible... (Página20)


161/002295 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la pesca del bonito en el Cantábrico... (Página21)


161/002296 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el regadío en la provincia de Córdoba... (Página22)


Comisión de Cultura


161/002291 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre el reinicio de las obras del Archivo Histórico Provincial, en Huelva... (Página23)


161/002292 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, sobre la participación en el Patronato de la Fundación Centro Cultural Oscar Niemeyer... (Página24)


Comisión de Igualdad


161/002300 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa al II Plan de Igualdad de Renfe Operadora... (Página25)


161/002302 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a poner en marcha de cara al próximo curso un Plan específico donde se incida con una adecuada orientación educativa desde la ESO y el Bachillerato
para acabar con la brecha de género en estudios superiores... (Página26)


Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad


161/002298 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre accesibilidad de áreas de servicio y descanso de la Red de Carreteras del Estado... (Página28)



Página 3





COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


153/000007


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día , de hoy, previa audiencia de la Junta de Portavoces, en relación con la solicitud formulada por doña Margarita Robles Fernández y 77 Diputados más, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo
53 del Reglamento de la Cámara, ha acordado la creación de una Comisión no permanente para la evaluación y la modernización del Estado autonómico.


Se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


Pleno


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas ante el Pleno de la
Cámara, disponer su conocimiento por este, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


162/000466


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa del Diputado don Josep Vendrell Gardeñes, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los
Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate en el Pleno, relativa a la colaboración del Gobierno con las entidades locales en materia de fiscalización de pagos de tasas públicas por parte de distribuidoras y comercializadoras
eléctricas.


Exposición de motivos


La red de distribución eléctrica española es actualmente propiedad en más de un 90 % de cinco empresas. Un porcentaje que en los últimos años se ha ido ampliando, puesto que algunas de las principales distribuidoras han comprado pequeñas
distribuidoras de zona. Del mismo modo, han acometido reestructuraciones que han desembocado en despidos de personal, a pesar de obtener beneficios de su actividad regulada. Esas mismas empresas, disponen a través de otras sociedades, de actividad
en generación y en comercialización eléctrica, tanto en Mercado Libre como en el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor. Son por tanto, empresas verticalmente integradas, que suelen tener una posición dominante en su zona de distribución
eléctrica.



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Las redes de distribución eléctricas y gasistas, constituyen uno de los sectores estratégicos de mayor relevancia para la economía española. Por todo ello, la actividad de las mencionadas empresas distribuidoras, tiene un impacto muy
relevante en todo el sistema energético, y por ende, es necesario disponer de una red de distribución que garantice la calidad del servicio. El propio Gobierno ha señalado los riesgos que podría comportar la deficiente inversión para la política
energética, en una actividad que debe suponer un pilar hacia la transición energética comprometida internacionalmente por España, y para garantizar la neutralidad de la red de distribución en un mercado de comercialización libre y competitivo, que
vele por evitar conductas de posición de dominio.


Del mismo modo, la potestad de gestión que le otorga el artículo 85 y del artículo 86 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, a determinadas empresas distribuidoras, según el cual pueden suspender el suministro a tarifa por impago, y
el de suministros a los consumidores y sujetos cualificados, ha generado en determinados casos alarma social, puesto que podrían haber incumplido los protocolos de precaución establecidos en la Ley catalana 24/2015, de 29 de julio. Por todo ello,
dichas empresas son las encargadas de garantizar el acceso a la energía.


En este contexto, el Ayuntamiento de Barcelona abrió una auditoría en 2016 con el fin de auditar los pagos de las facturas y de las tasas de distribución eléctrica, con la finalidad de garantizar el correcto proceder por parte de la empresa
distribuidora titular de la redes de distribución en el municipio de Barcelona, concretamente Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. Del resultado de dicha auditoría, se desprendió un impago de más de 800.000 euros en facturas que no constaban,
derivadas de las redes instaladas en el espacio público municipal. Del mismo modo, el resultado de la auditoría arrojó que otros 1,8 millones de euros no habrían sido declarados por la propia distribuidora, derivados de la facturación de Endesa en
la ciudad. Como resultado de todo ello, se abrió un procedimiento sancionador que contempló una multa por valor de 300.000 euros. La referida auditoría iniciada por parte del Ayuntamiento de Barcelona, ha abarcado el análisis exhaustivo de todas
las empresas que proporcionan y comercializan servicios energéticos en la ciudad, estando aún pendientes de publicación, los datos referidos a otros suministradores al margen de la red de distribución eléctrica, como entre otras, las distribuidoras
de agua, gas y telefonía.


La empresa distribuidora, ha reconocido un error en lo concerniente a pagos de facturas y ha satisfecho la deuda correspondiente. En cuanto a los importes no declarados, una vez realizado un estudio pormenorizado, el Ayuntamiento de
Barcelona habría comprobado tras cruzar los importes declarados por parte de las comercializadoras y las distribuidoras, que lo declarado por la empresa distribuidora no cuadraría con los pagos realizados al consistorio. Dado que su volumen de
facturación, es superior a los importes abonados por dichos conceptos. En este sentido la empresa distribuidora habría interpuesto recurso, al no estar de acuerdo con la procedencia de dichos pagos, por su calidad de intermediario en el cobro de
cuotas de destinos específicos. A pesar de que entre otras, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia 306/2013, de 17 de abril, ya desestimaron en su momento esta argumentación, citando incluso pronunciamientos del Tribunal Supremo
que permitirían concluir que en ningún momento se otorgó a las cuotas con destinos específicos la condición de cantidades cobradas por cuenta de terceros ni es posible atribuirles tal condición.


En tanto en cuanto, la diferencia de criterios entre el Ayuntamiento y Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., es interpretativo y afecta directamente a la capacidad de financiación de las entidades locales, el Gobierno debe introducir todos
los mecanismos a su alcance para garantizar y hacer extensiva en todas las corporaciones locales, una defensa de la argumentación esgrimida por el Ayuntamiento de Barcelona. Dado que, la amplia mayoría de administraciones públicas, no tienen
recursos suficientes para poder acometer una auditoría precisa de los pagos y facturaciones realizadas por las empresas distribuidoras y comercializadoras. Defensa justificada en las sentencias precitadas, y en todo caso en que la legislación
vigente permite que se contabilice como obligación, el 1,5 % de todos los ingresos percibidos por parte de la empresa distribuidora.


En el mismo sentido y con la misma preocupación, el Ayuntamiento de Madrid decidió hace más de un año reforzar el cuerpo de inspección del área de Hacienda. El motivo de la misma, comprobar incidencias que indicaban que podría haber
liquidaciones de los comercializadores y distribuidores eléctricos que no casaran. Conforme a ello, se realizaron requerimientos de información a las empresas, con el fin de comprobar los registros de pago y cerciorarse del cumplimiento de las
obligaciones en este sentido. De ello se observa, la existencia de indicios suficientes para pensar que el proceder mantenido por Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., en Barcelona, podría ser el habitual entre el resto de empresas distribuidoras,
e inclusive por las comercializadoras eléctricas, a lo largo y ancho del territorio.



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Cabe reseñar, que ya existen precedentes de cobros indebidos por parte de las empresas distribuidoras. Entre otros, destacar el expediente de la Junta de Andalucía que obligó en el año 2015 a Endesa a devolver a los ciudadanos andaluces una
cifra cercana a los 20 millones de euros, facturados indebidamente en concepto de término de potencia. También traemos a colación, el dictamen de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que puso de manifiesto que las distribuidoras
habían realizado cobros superiores a los estipulados a los contadores de telegestión, que en muchos casos no prestaban efectivamente dichos servicios, al no estar conectados debidamente a la red.


Por todo ello, la vía abierta por el Ayuntamiento de Barcelona debe ser continuada por el resto de Ayuntamientos, puesto que podría acabar haciendo aflorar una ingente deuda por parte de las diferentes distribuidoras para con el erario
público. El impulso de las auditorías públicas desde el municipalismo, es una obligación ineludible para con los ciudadanos y ciudadanas, cuanto menos con la misma intensidad que se persiguen los fraudes y las irregularidades que pudieran cometer
los ciudadanos de a pie. Cabe destacar que en el caso particular detectado, existe una colisión entre la ausencia de control de la actividad privada y los intereses públicos, así como de los ciudadanos españoles con los de los ciudadanos italianos,
puesto que Endesa, antaño empresa de referencia española, es hoy propiedad de la eléctrica italiana Enel, que a su vez es propiedad del Estado Italiano. Del mismo modo, estos hechos ponen sobre la mesa la necesidad de dotar de realizar reformas
tendentes a dotar de transparencia a la remuneración del sector eléctrico.


En atención a lo precedente, el ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, ha declarado públicamente que en el caso de Endesa, esta compañía tiene una falta de inversión en el conjunto de España, especificando que esa ausencia de
inversión se daba en todas las zonas del territorio donde habría problemas de suministro. Manifestando en este sentido, su preocupación al respecto de estas decisiones privadas, que podrían estar afectando a la política energética. Conviene
resaltar, que la actividad de distribución y su distribución está regulada en nuestro país, representando un alto porcentaje de los costes regulados. En este sentido, el Tribunal Supremo ha avalado en numerosas sentencias, inclusive la capacidad de
que los Ayuntamientos graven a las empresas eléctricas y de gas por utilizar el dominio público en el despliegue de sus instalaciones de transporte de energía.


Por ello, resulta necesario que desde el Gobierno se analicen todos los datos disponibles de los distintos distribuidores y comercializadores que proveen a los entes públicos, no solo dotando de recursos a los Ayuntamientos, sino facilitando
los datos e importes que pudieran corroborar descuadres en los pagos. Está en juego garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, y garantizar que el erario público no sufra desfalcos que atentan contra la ulterior prestación de
servicios sociales públicos en todos los municipios del Estado. Con todos los medios a su disposición, deberán ser los municipios quienes trabajen desde la base la fiscalización de la distribución eléctrica en su conjunto. A la vista de los datos
obtenidos por la auditoría barcelonesa, es ineludible la necesidad de auditar la distribución eléctrica en todo el territorio español.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Poner a disposición de las autoridades municipales los recursos necesarios para acometer auditorías que acrediten que todas las empresas distribuidoras hayan cumplido efectivamente con sus obligaciones tributarias municipales.


2. Facilitar a las autoridades municipales todos los datos tributarios disponibles y detallados, en relación a las tasas públicas abonadas por parte de distribuidoras y comercializadoras eléctricas.


3. Promover bajo su ámbito de competencia las investigaciones que procedan, para detectar eventuales comportamientos de impagos recurrentes que pudieran suponer un lastre para el erario público.


4. Impulsar una auditoría que certifique la inversión necesaria en las redes de distribución, para garantizar la calidad y seguridad del suministro.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de septiembre de 2017.-Josep Vendrell Gardeñes, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión, disponer
su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


Comisión de Justicia


161/002289


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre la memoria de las víctimas del crimen de la carretera de
Málaga a Almería en su 80 aniversario, para su debate en la Comisión de Justicia.


Exposición de motivos


El domingo 7 de febrero de 1937 el ejército rebelde a la República entró en la capital malagueña con el apoyo militar del fascismo italiano. Esto provocó el pánico entre la población civil y la masiva huida de unas 300.000 personas hacia la
retaguardia republicana. Estamos ante uno de los primeros episodios de lo que iba a ser la atroz catástrofe humanitaria de la guerra de España, preludio de las brutales evacuaciones de población civil que los ejércitos nazis llevaron a cabo en los
países ocupados durante la Segunda Guerra Mundial.


Frente a los mitos creados por la propaganda franquista, la huida de Málaga no se trató de una acción colectiva irracional ni tampoco fue inducida por las autoridades republicanas. Por el contrario, esta fue la lógica respuesta de una
población que conocía sobradamente el régimen de terror y de represión indiscriminada que las tropas rebeldes estaban imponiendo en los pueblos que iban ocupando en su avance. El forzado éxodo hacia la zona republicana revela un acertado
conocimiento de la esencia militarista y violenta del ejército fascista que llegaba. Dicho de otro modo, huyeron porque sabían lo que les esperaba y, por tanto, fue un acto de resistencia colectiva, de rebelión ante el destino indigno que les
ofrecía el bando sublevado.


A lo largo de cinco días unas largas e inermes columnas de hombres, mujeres, ancianos y niños fueron bombardeadas y ametralladas por mar y aire, ocasionando miles de víctimas civiles hasta su llegada a la ciudad de Almería. Allí se perpetró
el terrible crimen de guerra que narraba de esta manera Norman Bethune:


'como si no fuese bastante haber bombardeado y cañoneado a esa procesión de campesinos inermes a lo largo de su caminata interminable, el día 12 de febrero, cuando el pequeño puerto de Almería estaba atestado de gente refugiada, cuando la
población se había duplicado, cuando aquellas cincuenta mil personas exangües habían llegado al sitio que creían un abrigo seguro, los aeroplanos fascistas, alemanes e italianos, desataron sobre la población nutrido bombardeo... Deliberadamente
arrojaron diez bombas en el centro mismo de la ciudad, donde, amontonados en el pavimento, dormían exhaustos los refugiados.'


Estamos así inequívocamente ante crímenes de lesa humanidad. Estos se comprenden en el Estatuto de Roma, por el que se crea la Corte Penal Internacional, como un ataque generalizado o sistemático contra una población civil que supone el
asesinato, la deportación o el traslado forzoso de la población, las desapariciones forzadas y la persecución de un grupo o colectividad por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales o religiosos. Asimismo, según esta norma legal
internacional, cuando los hechos que se producen en la huida son constitutivos de ejecuciones extrajudiciales, deportaciones,



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desapariciones forzadas y exterminio, enmarcados en un ataque sistemático contra la población civil (artículo 7 del Estatuto), también hablamos de crímenes de lesa humanidad. Son imprescriptibles precisamente por la impunidad de la que se
dotan los autores de los delitos más graves, por lo que sus consecuencias penales han de permanecer (artículo 29 del Estatuto).


Es preciso así cumplir los tres mandatos fundamentales del cuerpo de doctrina internacional contra la impunidad de los delitos de lesa humanidad: derecho a saber la verdad, derecho a la justicia y reparación suficiente a las víctimas.
Estas tres obligaciones de los Estados constituyen la esencia y el compromiso con el derecho internacional de los derechos humanos. La impunidad constituye una infracción flagrante de las obligaciones de los Estados según el derecho internacional.


El régimen franquista, responsable de esta masiva violación de los derechos humanos, ocultó este bárbaro episodio a la opinión pública internacional y al propio pueblo español. Décadas después, el pacto de la Transición se construyó sobre
la impunidad de los perpetradores y la indefensión de las víctimas, manteniendo en la desmemoria y el olvido colectivo el crimen de la carretera Málaga-Almería. Ante la falta de compromiso del Estado tuvieron que ser las víctimas, las asociaciones
memorialistas y la sociedad civil quienes asumieran la tarea de recuperar la memoria de lo ocurrido, para que de esta manera la ciudadanía andaluza y española pudiera conocer las dimensiones de esta tragedia humanitaria, homenajear a sus víctimas y
condenar a los causantes.


Fruto de este esfuerzo colectivo fue la construcción en 2005 del primer memorial como homenaje a las víctimas y la celebración en 2007 de la primera marcha como recuerdo del trágico camino emprendido por los huidos. A partir de aquí, se ha
ido consolidando y ampliando un movimiento cívico y memorialista basado en la pluralidad ideológica y la convergencia para acciones y propuestas concretas, fruto del cual es la presente iniciativa parlamentaria.


Por todo lo expuesto, porque a día de hoy, transcurridos cuarenta años del fin del franquismo, sigue sin responderse plenamente desde las instituciones políticas españolas a las demandas de verdad, justicia y reparación de las víctimas del
ataque a la población civil refugiada o residente en Málaga en febrero de 1937, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las medidas oportunas para:


1. Reivindicar la memoria de las víctimas de la carretera de Málaga a Almería por los valores que salvaguardan la dignidad inherente a todo ser humano: Igualdad, Justicia, Libertad. En este sentido, se insta a la creación de un censo
oficial de víctimas y desaparecidos del crimen de la carretera de Málaga-Almería que sea de acceso público.


2. Reconocer oficialmente que la persecución y los múltiples asesinatos ejecutados durante la huida de la población civil desde Málaga a Almería, entre el 7 y el 12 de febrero de 1937, son constitutivos de delitos de lesa humanidad.


3. Cooperar con la justicia argentina, donde se trata la única causa abierta en estos momentos sobre estos crímenes contra la humanidad en España.


4. La creación de un Centro Memorial de la Huida de Málaga a Almería, con proyección social y educativa -tal y como se ha hecho en otros territorios europeos en los que la población civil ha sufrido violaciones masivas de derechos- como
toma de conciencia de las nuevas generaciones de lo que supuso la violencia y el militarismo antidemocrático. Es el deber de memoria para evitar la repetición de hechos similares.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de septiembre de 2017.-Eva García Sempere, Diputada.-Alberto Garzón Espinosa, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.



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Comisión de Hacienda y Función Pública


161/002294


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(161) Proposición no de Ley en Comisión.


Autor: Grupo Parlamentario Socialista.


Proposición no de Ley relativa a la eliminación o incremento de la tasa de reposición de Policías Locales.


Acuerdo:


Teniendo en cuenta la corrección de error contenida en el escrito registrado con el número 47959, y considerando que solicita el debate de la iniciativa en Comisión, admitirla a trámite como Proposición no de Ley, conforme al artículo 194
del Reglamento, y disponer su conocimiento por la Comisión de Hacienda y Función Pública. Asimismo, dar traslado del acuerdo al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, comunicando este acuerdo al Grupo proponente.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de septiembre de 2017.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley relativa
a la eliminación o incremento de la tasa de reposición de Policías Locales, para su debate en la Comisión de Hacienda y Función Pública.


Exposición de motivos


El GPS destaca la encomiable labor llevada a cabo por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, así como de las Policías Locales. La coordinación entre los efectivos policiales de todos los ámbitos territoriales tiene como objetivo
maximizar la seguridad de los ciudadanos y ciudadanas.


Las administraciones locales están demandando al Gobierno de Rajoy la eliminación de la tasa de reposición para los Cuerpos de la Policía Local o, en su caso, el aumento necesario de dicha tasa para la recuperación del nivel de efectivos que
tenían los Ayuntamientos antes de la crisis.


El pasado mes de julio el PSOE denunció, en relación a la Oferta de Empleo Público anunciada por el Consejo de Ministros, que era insuficiente y que, de ningún modo, cubría las necesidades para la prestación de servicios públicos de calidad
y dignos para la ciudadanía.


Las políticas austericidas llevadas a cabo por el Gobierno del PP unidas a las limitaciones en las tasas de reposición de empleo público, han llevado a que los socialistas hayamos presentado propuestas en el sentido de aumentar las tasas de
reposición por encima del 100 %, con el doble objetivo de, por un lado, recuperar parte del empleo público destruido por las políticas de Rajoy, y por otro, reforzar y mejorar servicios públicos esenciales.


Como dato objetivo en relación a la pérdida de empleo público en la Administración Local ha pasado de 646.627 empleados de junio de 2011 a 547.825 empleados, lo que supone una reducción del 15,26 % de las plantillas en tan solo 5 años.


En el caso de la Policía Local la situación se puede ver agravada debido a la previsión de prejubilaciones y jubilaciones en los próximos años, máxime si se aprobara la nueva normativa prevista para adelantar la edad de jubilación de este
colectivo.



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Desde la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) se está instando al Gobierno Central a que refuerce la Policía Local.


El presidente de la FEMP ha insistido, asimismo, en la necesidad de situar a las Juntas Locales de Seguridad en el centro de la colaboración entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y las propias Policías Locales.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, insta al Gobierno a:


1. Activar los mecanismos legales necesarios para la eliminación o, en su caso, el incremento de la tasa de reposición por encima del 100 % de Policías Locales para recuperar los niveles de efectivos previos a la crisis.


2. Solicitar al Gobierno de España la puesta en marcha de un plan de choque que permita a los Ayuntamientos de nuestro país tener una plantilla adecuada, para las funciones que tienen encomendadas, según la normativa vigente.


3. Situar a las Juntas Locales de Seguridad en el centro de la colaboración entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y las propias Policías Locales.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 13 de septiembre de 2017.-María Jesús Serrano Jiménez y Antonio Hurtado Zurera, Diputados.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Fomento


161/002288


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre exención de peaje en la AP-7, a usuarios de la N-340 en el tramo Punta de la Mora-Pobla de Montornés, durante las obras de desdoblamiento de la A-7 en dicha zona de la provincia de Tarragona, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


La carretera nacional 340, a su paso por la provincia de Tarragona sufre un elevado tránsito de vehículos que llega en ocasiones a colapsarla. Una de las zonas donde el hecho es más palpable es en el 'Tarragonés', comarca densamente
urbanizada, con gran número de núcleos de población, zonas de segunda residencia, turísticas o polígonos industriales, con un tránsito denso de vehículos de pasajeros y de vehículos pesados, que se multiplica, como lo hace su población, los fines de
semana y los períodos de vacaciones, en especial en verano, dando lugar a largas y lentas colas, con la consiguiente repercusión en la seguridad de quienes la utilizan.


Según datos del Real Automóvil Club de Catalunya, en 2016 fueron más de 25.000 los vehículos que transitaron, en días álgidos, por la 340 en la provincia de Tarragona, de los cuales el 30 % de ellos fueron camiones.


Para solucionar dicha situación, el Ministerio de Fomento, ha ido construyendo, la autovía A-7, desdoblando tramos de la N-340 o construyendo nuevos trazados. Y, como en el caso del área metropolitana de la ciudad de Tarragona, con la
exención de peajes para los residentes que la utilizan como cinturón urbano.


En estos momentos la A-7, llega de Hospitalet de l'Infant, a la Punta de la Mora (ambos en la provincia de Tarragona) donde sus usuarios se encuentran, tras 50,6 km de autovía A-7, circulando por un tramo de la N-340. Tramo de un solo
carril en cada sentido, que se utiliza, también, para cortos trayectos que



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comunican numerosas poblaciones y urbanizaciones de la comarca, algunas de las cuales atraviesa, y que está considerado como 'tramo de concentración de accidentes (TCA)' lo que popularmente se conoce como punto negro por la cantidad de
accidentes de tráfico que tienen lugar.


Recientemente los medios de comunicación han recogido la noticia de un probable acuerdo entre los Ayuntamientos atravesados por la N-340, la Generalitat y el Ministerio de Fomento para que a partir del 1 de enero se desvié el tránsito pesado
por la autopista AP-7 y ampliar la exención de peaje, para residentes, que actualmente existe entre Vila-seca y Torredembarra (ambos en la provincia de Tarragona).


Ahora bien, teniendo en cuenta que se ha de licitar, antes de terminar el 2017, un nuevo tramo de la A-7, entre la Punta de la Mora y la Pobla de Montornés (mas allá de Torredembarra) que en buena parte será el desdoblamiento del tramo
actual de la 340, y que las obras comportaran, como es lógico, retenciones y dificultades de todo tipo en la circulación y teniendo también en cuenta que ya han habido varios anuncios sobre acuerdos de contenido similar que no se han materializado.


Es por todo ello que el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a, iniciar los trámites necesarios para ampliar la exención de peaje que actualmente existe en el tramo de la autopista AP-7 entre Vila-seca y Torredembarra, hasta el Vendrell, todo ello en la
provincia de Tarragona, mientras se lleven a cabo las obras para desdoblar el tramo de la N-340 entre la Punta de la Mora y la Pobla de Montornés.


Todo ello en el caso que Ministerio de Fomento, Generalitat y Ayuntamientos afectados por el paso de la N-340, no lleguen al acuerdo de desviar el tránsito pesado por la autopista AP-7 y de ampliar la exención de peaje para residentes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de septiembre de 2017.-Joan Ruiz i Carbonell, Diputado.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/002297


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley relativa al II Plan de Igualdad de Renfe Operadora, para su debate en la Comisión de Fomento.


Exposición de motivos


La igualdad entre mujeres y hombres es un principio universal reconocido en diversos textos internacionales sobre los derechos humanos, entre los que destaca la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la
mujer aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de 1979 y ratificada por el Estado español en 1983.


Con la entrada en vigor del Tratado de Ámsterdam el 1 de mayo de 1999, y el Tratado de Lisboa, el 1 de diciembre de 2009, la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de las desigualdades entre ambos, constituyen un objetivo de
carácter transversal que debe integrarse en todas las políticas y acciones de la Unión Europea y de sus Estados miembros.


Los artículos 9.2 y 14 de la Constitución Española, proclaman el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo, y consagra la obligación de los poderes públicos a promover las condiciones para que la igualdad del individuo
y de los grupos en que se integran, sean reales y efectivas.


La Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, más concretamente en su artículo 45, establece que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito
laboral, y con esta finalidad, se deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que a través de la negociación, se acuerdan con los representantes legales de los trabajadores en
la forma que se determine en este Plan de igualdad.



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En el artículo 46 de la citada Ley, define los Planes de Igualdad de las empresas como un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de
oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.


En este marco, el 27 de enero de 2014 se publicó en el 'Boletín Oficial del Estado' la Resolución por la que se registra y publica el I Plan de igualdad de Renfe Operadora con el fin de 'garantizar la igualdad de trato y de oportunidades
entre mujeres y hombres'.


La intención era buena, pero la realidad es diferente. Según los datos que aparecen en la propia página web de Renfe el porcentaje de mujeres en la plantilla es mínimo.


En 2015 según los citados datos oficiales de Renfe, había 14.229 empleados en la compañía, de los cuáles 1.481 eran mujeres, esto representa el 10,4 %. O dicho de otra forma, prácticamente el 90 % de los trabajadores son hombres.


Además, cabe señalar que el personal presenta un 'alto envejecimiento' con una edad media de que supera los 50 años, y donde los hombres tienen una antigüedad de casi 31 años en la empresa y las mujeres 24.


La vigencia de este Plan de Igualdad de Renfe era de cuatro años, por tanto de cara al nuevo Plan que debería estar listo a comienzos de 2018, sería importante incorporar elementos que favorezcan la incorporación de un mayor número de
mujeres a la plantilla, con el objetivo de llegar al 15 % en el plazo de cuatro años.


Si tenemos en cuenta que habrá un importante número de jubilaciones en los próximos años, sería importante que en las nuevas convocatorias se incluyese una discriminación positiva para las mujeres, que favoreciera la incorporación de un
número significativo de mujeres a la plantilla de Renfe.


Se hace difícil entender un Plan de Igualdad en una empresa pública como Renfe cuando el 90 % de los trabajadores son hombres y solo el 10 % son mujeres.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que en el primer trimestre de 2018 esté elaborado y aprobado el II Plan de Igualdad de Renfe Operadora.


2. Que haya discriminación positiva para la mujer en las ofertas de empleo público que se convoquen en Renfe Operadora, con el objetivo de alcanzar el 15 % de la plantilla en el horizonte 2022.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de septiembre de 2017.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Educación y Deporte


161/002301


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley relativa a poner en marcha de cara al próximo curso un Plan específico donde se incida con una adecuada orientación educativa desde la ESO y el Bachillerato para acabar con la brecha de género en estudios superiores, para su debate en la
Comisión de Educación y Deporte.



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Exposición de motivos


Las carreras que más futuro laboral tienen son las relacionadas con las Ciencias, la Tecnología, la Ingeniería y las Matemáticas. En inglés se engloban bajo el acrónimo STEM y las mujeres jóvenes se resisten a cursarlas.


Una enraizada combinación de estereotipos, expectativas de los padres, falta de referentes femeninos, desconfianza hacia las Matemáticas y una utilidad social poco visible, llevan a las universitarias a apuntarse mayoritariamente a las
disciplinas sanitarias, a las Humanidades o a las Ciencias Sociales y Jurídicas.


Según los últimos datos del Ministerio de Educación, las mujeres son mayoría en las universidades españolas (el 54 %), pero solo representan el 25 % de los estudiantes de la rama de Ingeniería y Arquitectura.


Los colegios profesionales contabilizan que, por cada dos ingenieras, hay ocho ingenieros en España.


Hay datos especialmente llamativos, las alumnas matriculadas en grado y en 1.º y 2.º ciclo en las universidades públicas españolas en el curso 2014-2015 en Ingeniería y Arquitectura solo representan el 25,8 % del total; mientras que en
Ciencias de Salud las alumnas representan el 71,1 %, en Artes y Humanidades el 61,3 % y en Ciencias Sociales y Jurídicas el 60,4 %.


Otro dato llamativo es que el número de alumnas que se matriculan en Ingeniería está bajando progresivamente desde el curso 2011-2012 hasta la fecha. Han pasado de 79.692 alumnas matriculadas ese curso a solo 66.017 en el curso 2014-2015.
Un descenso de más de 13.000 alumnas en solo 3 cursos.


ES necesario también, como apunta la OCDE, reducir la brecha de género en Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) donde la proporción de mujeres fue tan solo del 12 % en 2015 (19 % media de la OCDE). Siete puntos de
diferencia.


La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico en su último informe Panorama de la Educación 2017: indicadores de la OCDE, recuerda que los estudios superiores -enseñanza universitaria y Formación Profesional de grado
superior- sobre Ciencias, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas (STEM) se consideran clave para el crecimiento económico y la innovación.


'Los estudios de educación superior relacionados con las ciencias se ven recompensados en el mercado laboral, aunque las áreas de estudio se hallan condicionadas en gran medida por las diferencias de género en España y en los países de la
OCDE', concluye este organismo internacional.


Al igual que en la mayoría de países de la OCDE, las españolas tienen poca presencia en los estudios de STEM y, en cambio, una presencia 'desproporcionada' en carreras relacionadas con el sector educativo (España, 79 %; OCDE, 78 %) así como
en salud y bienestar (España, 72 %; OCDE, 75 %).


Las mujeres jóvenes que terminan estudiando estas carreras obtienen de media mejores resultados que los chicos. No es por que tengan notas peores, sino porque optan por otras líneas de estudio, que por cierto, tienen menos demanda en el
mercado laboral.


Sería fundamental que el Gobierno pusiera con la mayor brevedad un Plan Específico donde se incida con una adecuada orientación educativa desde la ESO y el Bachillerato para acabar con esta brecha de género en materia educativa, que se está
agrandando progresivamente en nuestro país.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a poner en marcha de cara al próximo curso un Plan específico donde se incida con una adecuada orientación educativa desde la ESO y el Bachillerato para acabar con la brecha de género en
estudios superiores (enseñanza universitaria y Formación Profesional de grado superior) sobre todo en Ciencias, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas (STEM).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de septiembre de 2017.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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Comisión de Empleo y Seguridad Social


161/002287


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley para la adopción de medidas legislativas a los efectos de garantizar la permanencia del trabajador en la empresa en caso de discapacidad sobrevenida, para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


Exposición de motivos


Los poderes públicos deben garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones respecto del resto de
ciudadanos y ciudadanas, a través de la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso al empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente y de la erradicación de toda forma de discriminación, conforme a
los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución Española y a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y los tratados y acuerdos internacionales ratificados por España.


La realidad del mercado laboral de las personas con discapacidad viene marcada por el hecho de que su tasa de actividad es cuarenta y cuatro puntos inferior a la de las personas trabajadoras sin discapacidad, la tasa de paro es nueve puntos
superior, los empleos suelen estar centrados en el sector servicios y en las ocupaciones más elementales y, en cuanto al tipo de empleo, los Centros Especiales de Empleo han sido refugio durante la crisis de los trabajadores con discapacidad, frente
a la empresa ordinaria donde la mayoría no cubre la cuota del 2 %.


El objeto de esta Proposición no de Ley es abordar un aspecto concreto del trabajo de las personas con discapacidad, cual es, su mantenimiento cuando la incapacidad es sobrevenida.


Las características laborales de la discapacidad sobrevenida, según un estudio del CERMI, son:


- Un 44 % de las personas encuestadas no volvieron a trabajar tras la discapacidad, lo que muestra en qué medida la discapacidad sobrevenida supone una ruptura sociolaboral.


- Además, en la gran mayoría de los casos (77 %) de aquellas que trabajaron tras sobrevenir la discapacidad, la reincorporación al mundo laboral supuso un cambio de puesto y de empresa, lo que demuestra la incapacidad actual del mundo
empresarial para asimilar la reincorporación al trabajo del grupo que nos ocupa.


- Los tiempos de reincorporación al mundo laboral no son demasiado significativos: uno de cada cuatro se reincorporó en menos de seis meses, pero en gran parte de los casos esta supuso una disminución de la calidad y condiciones del empleo:
peores contratos (más cortos, a menudo no acordes con la formación completada, etc.).


- Entre las vías de acceso al empleo tras la discapacidad, predominan claramente los contactos personales (36 %). En todo caso, si nos centramos en la precariedad laboral que se asocia claramente a la discapacidad sobrevenida, podemos
concluir que tanto desde instituciones públicas como privadas es necesaria una mayor inversión en recursos, formación, concienciación y adaptación a las necesidades de este grupo.


Es cierto que sobre el mantenimiento del empleo en este supuesto de discapacidad sobrevenida nos encontramos con un amplio elenco de normas laborales, verbigracia, las relativas a la extinción y suspensión de la relación laboral, a la
prevención de riesgos sobre la protección de personas trabajadoras con discapacidad y de vigilancia de la salud, relacionadas con la declaración de aptitud, y, también, normas de Seguridad Social como las determinantes del grado de incapacidad. No
obstante, el concurso de todas esas normas no asegura el mantenimiento del empleo de las personas con discapacidad sobrevenida, ni garantizan el cumplimiento de la obligación de adaptar el puesto de trabajo a la persona que ve alterada su capacidad
para desarrollar el mismo. Más bien, sucede todo lo contrario, pues, la normativa actual pivota sobre un principio general basado en la extinción del contrato laboral cuando un trabajador es declarado en situación de incapacidad permanente.
Además, la regulación vigente protege



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al trabajador con discapacidad sobrevenida 'solo en el caso en que se produzca una mejoría y recupere su capacidad para desempeñar un puesto de trabajo similar al que ocupaba con anterioridad', sin que se contemple la obligación de adaptar o
cambiar de puesto de trabajo como paso previo a la extinción.


En la legislación preventiva actual no existe una protección clara de los trabajadores con discapacidad sobrevenida en relación a la necesidad de adaptar el puesto de trabajo, ni mucho menos a la necesidad de mantener el empleo. Así, el
artículo 25, apartado 1, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establece que 'el empresario garantizará de manera específica la protección de los trabajadores que por sus propias características personales o
estado biológico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica y sensorial debidamente reconocida, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo, a tal fin se adoptarán las
medidas preventivas y de protección necesarias y que no se emplearán en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus especiales características, puedan ponerse en riesgo a sí mismos o a otras personas'. No obstante, a pesar de que no lo
exige la norma, la práctica judicial ha venido reconociendo la obligación de intentar la adaptación de las condiciones de trabajo.


Y no se pronuncia esta Ley de Prevención de Riesgos sobre, si ante la imposibilidad de adaptación o la persistencia del riesgo, aun cuando aquélla se haya llevado a cabo, procede el cambio a otro puesto de trabajo exento de riesgo para el
trabajador. También en este caso los tribunales han venido aceptando su aplicación de manera muy similar a lo establecido por el apartado segundo del artículo 26 del mismo cuerpo legal en relación a la maternidad.


Es preciso que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se implique en la protección de las personas con discapacidad sobrevenida, regulando la necesidad de adaptar el puesto, no solo desde el punto de vista preventivo sino desde la
adaptación de las condiciones de trabajo y la obligación de proporcionar, si lo anterior no es posible, un puesto de trabajo compatible que exista en la empresa. La obligación de no adscribir a trabajadores a puestos de trabajo incompatibles con su
estado de salud debe, pues, reinterpretarse con la finalidad de garantizar la conservación del empleo y de propiciar un empleo seguro y saludable a través de la adaptación del puesto de trabajo en supuestos de discapacidad sobrevenida, pues, de lo
contrario, puede verse utilizada como pretexto para acabar con un despido del trabajador con discapacidad.


En cuanto a las disposiciones laborales sobre extinción y suspensión de la relación laboral dada la incapacidad sobrevenida, nos encontramos que el artículo 52, letra a), de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, contempla como despido por causas objetivas la ineptitud sobrevenida de la persona trabajadora. De la existencia de este artículo no cabe, pues, inferirse la obligación de adaptación o el
cambio a otro puesto de trabajo, más bien todo lo contrario, la empresa puede acudir al despido objetivo cuando el trabajador o trabajadora, de forma sobrevenida o conocida con posterioridad a la contratación, no puede, por un menoscabo de su salud
que conlleve o no una discapacidad sobrevenida, desempeñar su actividad laboral en la forma en que la venía desarrollando.


Es en el momento en el que el despido acaba en el Juzgado de lo Social, cuando este valorará la posibilidad empresarial de adaptar el puesto o reasignar tareas compatibles con la salud del trabajador, declarando entonces su procedencia o
improcedencia.


La jurisprudencia exige cada vez una mayor actitud probatoria a la empresa, en el sentido de no bastar la mera exhibición del 'no apto' por una incapacidad sobrevenida para fundamentar la extinción, y exigirse que se demuestre la
incompatibilidad con el puesto de trabajo y la imposibilidad de su adaptación. Aunque no esté previsto en las normas laborales como obligación, ni siquiera como opción, por lo que serían necesarios cambios normativos que transpongan esta
orientación jurisprudencial, por ser la única que garantiza el mantenimiento del puesto de trabajo.


Por otra parte, si atendemos al procedimiento para la declaración de incapacidad sobrevenida, observamos como la calificación de la incapacidad y el eventual despido del trabajador pueden coincidir en el tiempo, cuando se trate de un examen
de salud por reincorporación tras un periodo de incapacidad temporal, con la valoración de secuelas por parte de Mutuas o del propio Instituto Nacional de la Seguridad Social, y con el consiguiente reconocimiento o denegación de la situación de
incapacidad.


Si bien la casuística es innumerable, la normativa en materia de declaración de incapacidad permanente hace que se produzcan discordancias en perjuicio de la persona trabajadora con discapacidad sobrevenida, que a veces se queda sin empleo y
sin protección de la Seguridad Social.



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De este modo, nos encontramos con que la denegación de una incapacidad permanente total para la profesión habitual no garantiza la permanencia en el puesto de trabajo, por cuanto hay sentencias que admiten la procedencia del despido basado
en la imposibilidad de adaptar el puesto en la empresa. Y sin embargo, esta declaración de incapacidad no obstaría al desempeño su profesión en otra empresa, donde concurran circunstancias, por ejemplo, organizativas, ambientales o técnicas
distintas.


Asimismo, la calificación de 'no apto' y, en su caso, el despido por causas objetivas del empleado, no garantizan el posterior reconocimiento de una incapacidad permanente total, lo que puede dar lugar a la pérdida del empleo por
discapacidad sobrevenida sin obtención de una pensión de la Seguridad Social.


La declaración de incapacidad permanente total o absoluta da lugar a la extinción automática del contrato de trabajo, sin derecho a indemnización, según los términos del artículo 49.1.e) del Estatuto de los Trabajadores y solo el artículo
48, apartado 2, de dicho texto legal prevé un supuesto de suspensión, al regular que, cuando el órgano de calificación considere que la situación de incapacidad del trabajador vaya a ser previsiblemente objeto de revisión por mejoría que permita su
reincorporación al puesto de trabajo, el contrato no se extingue sino que solo se suspende. El trabajador, en este supuesto, y solo en este supuesto, tiene derecho de reserva de puesto de trabajo, siempre que no transcurran más de dos años desde la
resolución. Transcurrido este plazo sin que se produzca mejoría la relación laboral queda definitivamente extinguida.


Así pues la declaración de incapacidad permanente total o absoluta, que tiene, en general, efectos extintivos sobre el contrato de trabajo, protege al trabajador que pasa a estas situaciones desde la discapacidad sobrevenida solo en el caso
de que se prevea y produzca una mejoría y recupere su capacidad para desempeñar su puesto o un puesto similar al que ocupaba con anterioridad, pero no lo ampara en el resto de los casos, ni favorece la situación de un trabajador que puede
desarrollar un trabajo distinto en la misma empresa con o sin las adaptaciones necesarias.


Es necesario impulsar decididamente la conservación del empleo de las personas con discapacidad sobrevenida que, por tal hecho, no son incapaces para desarrollar otras tareas compatibles con su estado de salud y capacidad en la empresa, y
garantizar la adaptación de la regulación vigente a la Directiva de la Comisión Europea sobre Igualdad de Trato en el Empleo y la Ocupación, y a la Convención de la ONU, desarrollando una serie de medidas con el objetivo de mejorar la situación de
las personas con discapacidad sobrevenida y favorecer su mantenimiento en el empleo.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, de acuerdo con los agentes sociales, en el marco del Diálogo Social, y con el movimiento asociativo del sector de la discapacidad, adopte las siguientes medidas:


1. Presentar un Proyecto de Ley que, con el fin de garantizar el mantenimiento en el empleo de las personas con discapacidad sobrevenida, contemple, al menos, los siguientes aspectos:


a) La modificación del artículo 52, letra a), de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, recogiendo la actual doctrina judicial para que los supuestos en que
la ineptitud sobrevenida tenga su causa en el deterioro de la salud y la incapacidad sobrevenida no constituyan una causa de despido, con el fin de obligar a las empresas a adaptar el puesto o a cambiar de puesto de trabajo, como paso previo y
necesario para que esa discapacidad o incapacidad constituya una causa de extinción de su contrato de trabajo.


b) La modificación de los artículos 49, apartado 1, letra e), y 48, apartado 2, del mismo texto legal, en relación a los supuestos de extinción y suspensión del contrato en el momento de la declaración de los grados de invalidez, a los
efectos de que la suspensión por un tiempo adecuado y la reserva de puesto de trabajo no se produzca solo cuando se prevea una posible mejoría, sino en todos los supuestos en que se declare la invalidez permanente en los grados de incapacidad
permanente total o absoluta, mientras no haya un puesto adecuado, con las adaptaciones y ajustes razonables que sean precisos, con la obligación de la empresa, cuando exista alguna vacante o puesto de trabajo adaptado a su capacidad, una vez
realizados los ajustes o adaptaciones que sean necesarios. Dando un plazo razonable si la empresa carece de puesto de trabajo adecuado o este no ha sido adaptado, similar al que existe hoy para el supuesto de pronóstico de mejoría.



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c) La modificación del artículo 25, apartado 1, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, incluyendo la necesidad de adaptación de las condiciones de trabajo y la previsión de que si, en los supuestos de
personas trabajadoras que tengan reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, la adaptación de las condiciones de trabajo no fuera posible para garantizar su seguridad, se cambie a estas personas a un puesto de
trabajo distinto y compatible con su estado.


2. Impulsar políticas activas de empleo con el fin de incentivar el mantenimiento del empleo de las personas con discapacidad sobrevenida.


3. Promover el papel de las Mutuas en materia de rehabilitación y recuperación profesional, así como los planes de apoyo a las empresas en materia de adaptación de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.


A tal efecto, se articularán ayudas para las empresas que permitan compensar los gastos derivados de la adaptación adecuada de los puestos de trabajo y la accesibilidad de los centros.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de septiembre de 2017.-María del Rocío de Frutos Madrazo, Diputada.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/002293


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley para, entre otras medidas, dotar de un Plan Integral de Empleo para Andalucía, para su debate en la Comisión de Empleo y Seguridad Social.


Exposición de motivos


El gran reto al que se mide España en los últimos años, es sin duda la reducción del desempleo y acabar con la precariedad laboral. Los niveles de paro alcanzados son extraordinarios y superan con creces a la media europea.


La crisis económica y las medidas adoptadas por el Partido Popular no solo no han contribuido a paliar el problema, sino que lo han empeorado con su política de recortes y mostrando una clara insensibilidad social. Prueba de ello es la
drástica disminución que ha aplicado el Gobierno en políticas activas de empleo.


Desde 2011 hasta la fecha se ha pasado de 30.474,1 millones de euros a 18.318,3 en el presente año 2017, esto supone una reducción de casi un 40 % desde que Rajoy llegase al Gobierno.


Este recorte se lleva a cabo en un momento en el que el desempleado necesita mayor protección y más garantías para su inserción en el mercado laboral.


Diferentes organismos internacionales (OCDE, FMI, OIT) recomiendan el fortalecimiento de estas políticas activas en tres vías específicas: impulso a la orientación y cualificación de los parados, fortalecimiento de los servicios públicos de
empleo y mayor y mejor coordinación con las comunidades autónomas. El Gobierno una vez más ha desoído las recomendaciones prefiriendo destinar los recursos existentes hacía bonificaciones y subvenciones ineficaces.


En el escenario actual el 14 % de nuestra población activa lleva más de un año en situación de desempleo, de los que el 70 % está buscando empleo desde hace al menos dos años, mermando sus perspectivas laborales.


A esta realidad habría que sumarle la alta concentración de colectivos vulnerables, como los trabajadores de sectores que han sido especialmente sensibles con la crisis, las personas con menor cualificación y los mayores de cincuenta, entre
aquellos que llevan más tiempo desempleados.


La evidencia pone de manifiesto que las políticas activas pueden ayudar tanto a reducir como a prevenir el paro de larga duración.



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Pero si el descenso del Gobierno en políticas activas de empleo ha sido enorme, ha sido aún más brutal en el caso de Andalucía, donde todo este tiempo se ha recortado de forma drástica los fondos de políticas activas de empleo, a pesar de
que esta Comunidad es la segunda con mayor tasa de paro en España.


La disminución que se ha registrado durante el presente año 2017, se suma al fuerte recorte que en los últimos seis años se le está aplicando a Andalucía en materia de empleo.


Comparado con el año 2011, el último reparto antes de que el PP entrase en el Gobierno de la nación, supone una disminución del 53 % en los fondos, 368 millones menos.


En estos cinco años se acumulan casi 2.200 millones menos en fondos para el empleo en Andalucía.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Incrementar de forma progresiva los fondos destinados a las políticas activas de empleo, de tal manera que en el marco de vigencia de la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020 se recuperen al menos los niveles
financieros y presupuestarios del año 2011.


2. Dotar de un Plan Integral de Empleo para Andalucía, tal y como se ha venido aprobando en años anteriores en las correspondientes Leyes de Presupuesto Generales del Estado para otras Comunidades Autónomas, Este Plan Específico de Empleo
ha de servir para garantizar que a ninguna persona desempleada andaluza se destina menos recursos que en el resto de Comunidades Autónomas. Con ello, no se trata de aplicar un sistema diferencial a Andalucía al margen del establecido para todas las
Comunidades Autónomas, sino de reconocer y abordar las diferencias, y corregir el sesgo negativo para Andalucía.


3. Establecer un proceso realmente transparente y participado con las Comunidades Autónomas de evaluación y reflexión sobre los elementos de planificación y evaluación de las Política Activas de empleo, que se ajuste e incorpore la gestión
y el esfuerzo que realizan los servicios públicos. De ello debe surgir una evaluación y unas líneas guías de la Estrategia de Activación para el Empleo, del PAPE y de su sistema de valoración, y del sistema de reparto de fondos.


4. Asegurar que los fondos que financian estas Políticas Activas de Empleo se reciben en el primer semestre del año, con el objetivo de mejorar la gestión de los servicios y programas de empleo, y que las personas desempleadas andaluzas
reciban los servicios adecuados a sus necesidades.


5. Respetar los marcos competenciales constitucionalmente establecidos en materia de gestión de Políticas Activas de Empleo, de tal manera que las decisiones del Gobierno de España no supongan un imperativo y penalicen a Andalucía por su
decisión de optar por otros modos de gestionar las políticas activas de empleo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de septiembre de 2017.-Miguel Ángel Heredia Díaz y Antonio Pradas Torres, Diputados.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital


161/002299


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podernos-En Comú Podem-En Marea, a iniciativa del Diputado don Josep Vendrell Gardeñes, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de
los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate en la Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital, relativa a la colaboración del Gobierno con las entidades locales en materia de fiscalización de pagos de tasas públicas por parte
de distribuidoras y comercializadoras eléctricas.



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Exposición de motivos


La red de distribución eléctrica española es actualmente propiedad en más de un 90 % de cinco empresas. Un porcentaje que en los últimos años se ha ido ampliando, puesto que algunas de las principales distribuidoras han comprado pequeñas
distribuidoras de zona. Del mismo modo, han acometido reestructuraciones que han desembocado en despidos de personal, a pesar de obtener beneficios de su actividad regulada. Esas mismas empresas, disponen a través de otras sociedades, de actividad
en generación y en comercialización eléctrica, tanto en Mercado Libre como en el Precio Voluntario al Pequeño Consumidor. Son por tanto, empresas verticalmente integradas, que suelen tener una posición dominante en su zona de distribución
eléctrica.


Las redes de distribución eléctricas y gasistas, constituyen uno de los sectores estratégicos de mayor relevancia para la economía española. Por todo ello, la actividad de las mencionadas empresas distribuidoras, tiene un impacto muy
relevante en todo el sistema energético, y por ende, es necesario disponer de una red de distribución que garantice la calidad del servicio. El propio Gobierno ha señalado los riesgos que podría comportar la deficiente inversión para la política
energética, en una actividad que debe suponer un pilar hacia la transición energética comprometida internacionalmente por España, y para garantizar la neutralidad de la red de distribución en un mercado de comercialización libre y competitivo, que
vele por evitar conductas de posición de dominio.


Del mismo modo, la potestad de gestión que le otorga el artículo 85 y del artículo 86 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, a determinadas empresas distribuidoras, según el cual pueden suspender el suministro a tarifa por impago, y
el de suministros a los consumidores y sujetos cualificados, ha generado en determinados casos alarma social, puesto que podrían haber incumplido los protocolos de precaución establecidos en la Ley catalana 24/2015, de 29 de julio. Por todo ello,
dichas empresas son las encargadas de garantizar el acceso a la energía.


En este contexto, el Ayuntamiento de Barcelona abrió una auditoría en 2016 con el fin de auditar los pagos de las facturas y de las tasas de distribución eléctrica, con la finalidad de garantizar el correcto proceder por parte de la empresa
distribuidora titular de la redes de distribución en el municipio de Barcelona, concretamente Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U. Del resultado de dicha auditoría, se desprendió un impago de más de 800.000 euros en facturas que no constaban,
derivadas de las redes instaladas en el espacio público municipal. Del mismo modo, el resultado de la auditoría arrojó que otros 1,8 millones de euros no habrían sido declarados por la propia distribuidora, derivados de la facturación de Endesa en
la ciudad. Como resultado de todo ello, se abrió un procedimiento sancionador que contempló una multa por valor de 300.000 euros. La referida auditoría iniciada por parte del Ayuntamiento de Barcelona, ha abarcado el análisis exhaustivo de todas
las empresas que proporcionan y comercializan servicios energéticos en la ciudad, estando aún pendientes de publicación, los datos referidos a otros suministradores al margen de la red de distribución eléctrica, como entre otras, las distribuidoras
de agua, gas y telefonía.


La empresa distribuidora, ha reconocido un error en lo concerniente a pagos de facturas y ha satisfecho la deuda correspondiente. En cuanto a los importes no declarados, una vez realizado un estudio pormenorizado, el Ayuntamiento de
Barcelona habría comprobado tras cruzar los importes declarados por parte de las comercializadoras y las distribuidoras, que lo declarado por la empresa distribuidora no cuadraría con los pagos realizados al consistorio. Dado que su volumen de
facturación, es superior a los importes abonados por dichos conceptos. En este sentido la empresa distribuidora habría interpuesto recurso, al no estar de acuerdo con la procedencia de dichos pagos, por su calidad de intermediario en el cobro de
cuotas de destinos específicos. A pesar de que entre otras, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia 306/2013, de 17 de abril, ya desestimaron en su momento esta argumentación, citando incluso pronunciamientos del Tribunal Supremo
que permitirían concluir que en ningún momento se otorgó a las cuotas con destinos específicos la condición de cantidades cobradas por cuenta de terceros ni es posible atribuirles tal condición.


En tanto en cuanto, la diferencia de criterios entre el Ayuntamiento y Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., es interpretativo y afecta directamente a la capacidad de financiación de las entidades locales, el Gobierno debe introducir todos
los mecanismos a su alcance para garantizar y hacer extensiva en todas las corporaciones locales, una defensa de la argumentación esgrimida por el Ayuntamiento de Barcelona. Dado que, la amplia mayoría de administraciones públicas, no tienen
recursos suficientes para poder acometer una auditoría precisa de los pagos y facturaciones realizadas por las empresas distribuidoras y



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comercializadoras. Defensa justificada en las sentencias precitadas, y en todo caso en que la legislación vigente permite que se contabilice como obligación, el 1,5 % de todos los ingresos percibidos por parte de la empresa distribuidora.


En el mismo sentido y con la misma preocupación, el Ayuntamiento de Madrid decidió hace más de un año reforzar el cuerpo de inspección del área de Hacienda. El motivo de la misma, comprobar incidencias que indicaban que podría haber
liquidaciones de los comercializadores y distribuidores eléctricos que no casaran. Conforme a ello, se realizaron requerimientos de información a las empresas, con el fin de comprobar los registros de pago y cerciorarse del cumplimiento de las
obligaciones en este sentido. De ello se observa, la existencia de indicios suficientes para pensar que el proceder mantenido por Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., en Barcelona, podría ser el habitual entre el resto de empresas distribuidoras,
e inclusive por las comercializadoras eléctricas, a lo largo y ancho del territorio.


Cabe reseñar, que ya existen precedentes de cobros indebidos por parte de las empresas distribuidoras. Entre otros, destacar el expediente de la Junta de Andalucía que obligó en el año 2015 a Endesa a devolver a los ciudadanos andaluces una
cifra cercana a los 20 millones de euros, facturados indebidamente en concepto de término de potencia. También traemos a colación, el dictamen de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que puso de manifiesto que las distribuidoras
habían realizado cobros superiores a los estipulados a los contadores de telegestión, que en muchos casos no prestaban efectivamente dichos servicios, al no estar conectados debidamente a la red.


Por todo ello, la vía abierta por el Ayuntamiento de Barcelona debe ser continuada por el resto de Ayuntamientos, puesto que podría acabar haciendo aflorar una ingente deuda por parte de las diferentes distribuidoras para con el erario
público. El impulso de las auditorías públicas desde el municipalismo, es una obligación ineludible para con los ciudadanos y ciudadanas, cuanto menos con la misma intensidad que se persiguen los fraudes y las irregularidades que pudieran cometer
los ciudadanos de a pie. Cabe destacar que en el caso particular detectado, existe una colisión entre la ausencia de control de la actividad privada y los intereses públicos, así como de los ciudadanos españoles con los de los ciudadanos italianos,
puesto que Endesa, antaño empresa de referencia española, es hoy propiedad de la eléctrica italiana Enel, que a su vez es propiedad del Estado Italiano. Del mismo modo, estos hechos ponen sobre la mesa la necesidad de dotar de realizar reformas
tendentes a dotar de transparencia a la remuneración del sector eléctrico.


En atención a lo precedente, el ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital, ha declarado públicamente que en el caso de Endesa, esta compañía tiene una falta de inversión en el conjunto de España, especificando que esa ausencia de
inversión se daba en todas las zonas del territorio donde habría problemas de suministro. Manifestando en este sentido, su preocupación al respecto de estas decisiones privadas, que podrían estar afectando a la política energética. Conviene
resaltar, que la actividad de distribución y su distribución está regulada en nuestro país, representando un alto porcentaje de los costes regulados. En este sentido, el Tribunal Supremo ha avalado en numerosas sentencias, inclusive la capacidad de
que los Ayuntamientos graven a las empresas eléctricas y de gas por utilizar el dominio público en el despliegue de sus instalaciones de transporte de energía.


Por ello, resulta necesario que desde el Gobierno se analicen todos los datos disponibles de los distintos distribuidores y comercializadores que proveen a los entes públicos, no solo dotando de recursos a los Ayuntamientos, sino facilitando
los datos e importes que pudieran corroborar descuadres en los pagos. Está en juego garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, y garantizar que el erario público no sufra desfalcos que atentan contra la ulterior prestación de
servicios sociales públicos en todos los municipios del Estado. Con todos los medios a su disposición, deberán ser los municipios quienes trabajen desde la base la fiscalización de la distribución eléctrica en su conjunto. A la vista de los datos
obtenidos por la auditoría barcelonesa, es ineludible la necesidad de auditar la distribución eléctrica en todo el territorio español.


Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Poner a disposición de las autoridades municipales los recursos necesarios para acometer auditorías que acrediten que todas las empresas distribuidoras hayan cumplido efectivamente con sus obligaciones tributarias municipales.



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2. Facilitar a las autoridades municipales todos los datos tributarios disponibles y detallados, en relación a las tasas públicas abonadas por parte de distribuidoras y comercializadoras eléctricas.


3. Promover bajo su ámbito de competencia las investigaciones que procedan, para detectar eventuales comportamientos de impagos recurrentes que pudieran suponer un lastre para el erario público.


4. Impulsar una auditoría que certifique la inversión necesaria en las redes de distribución, para garantizar la calidad y seguridad del suministro.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de septiembre de 2017.-Josep Vendrell Gardeñes, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.


Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente


161/002290


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley de apoyo a la gestión forestal
sostenible, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


Los proyectos de ordenación de montes, los planes dasocráticos y especialmente los modelos tipo de gestión forestal recientemente introducidos en la Ley de Montes de 2003 (para montes que por sus singularidad precisas una regulación más
sencilla de la gestión de sus recursos) son elementos esenciales para la gestión forestal sostenible.


En este sentido, el impulso de la gestión forestal sostenible permitirá un mejor aprovechamiento de los montes y la producción y comercialización de productos forestales, e incentivará las industrias derivadas y el uso de la biomasa
forestal, en el marco de la generación de energía de fuentes de origen renovable.


El Plan Forestal Español propone, además, la elaboración y desarrollo de los planes de ordenación de recursos forestales como instrumentos de planificación forestal a escala comarcal, que se recogen también en el artículo 31 de la citada Ley
43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.


En la actualidad, se cifra en un 16,3 % la superficie forestal que dispone de un plan de gestión (Estadística Forestal 2014), repartida de forma muy desigual entre las diferentes comunidades autónomas. Este dato pone de manifiesto la baja
implantación de estos importantes instrumentos de gestión. Por ello, es necesario impulsar su elaboración, lo que supondrá asegurar una correcta y sostenible gestión de nuestros montes, e indirectamente, luchar contra la lacra más significativa que
les afecta: los incendios forestales, pues las medidas de prevención de incendios forestales forman parte de la gestión forestal sostenible del monte y tienen como objetivo reducir el riesgo de inicio del fuego y, en su caso, la intensidad y
velocidad de su propagación, incidiendo en la protección de los montes mediante actuaciones de selvicultura preventiva que actúen sobre la acumulación, estructura y distribución espacial del combustible forestal influyendo, decisivamente, en la
facilidad de ignición y de propagación y, en definitiva, en la superficie final quemada.


Las modificaciones realizadas en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, a través de la Ley 21/2015, de 20 de julio, dan un importante impulso a la ordenación forestal con diferentes incentivos administrativos y económicos.


Esos incentivos económicos y los incentivos fiscales deben ser concretados para impulsar definitivamente la ordenación de los montes que beneficiará a toda la sociedad.


Las Sociedades Forestales, creadas al amparo de la modificación de la ley de Montes de 2015, tienen como objetivo promover la agrupación de los montes a efectos de gestión, permitiendo el aprovechamiento de superficies forestales
fragmentadas y abandonadas, y conseguir su integración en el circuito productivo del mundo rural.



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El Plan de Activación Socioeconómica del Sector Forestal (PASSFOR 2014) elaborado por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en colaboración con las Comunidades Autónomas y con las organizaciones responsables del sector,
pretende aprovechar las oportunidades económicas y de generación de empleo que el sector ofrece, y responder a las necesidades de incrementar, preservar, mejorar y asegurar nuestro patrimonio forestal.


La gestión forestal sostenible es una herramienta imprescindible como sumidero de CO2 que debería ser tenida en cuenta tras la ratificación de los Acuerdos de París.


Por estos motivos, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Constituir el Consejo Forestal Nacional, como órgano consultivo en materia de montes y política forestal.


- Establecer un esquema de coordinación específico para la política forestal con las Comunidades Autónomas, a varios niveles, que prepare las decisiones de la Conferencia sectorial competente, integrando en él los Comités técnicos
relacionados con la política forestal.


- Impulsar las acciones contempladas en el Plan de Activación Socioeconómica del Sector Forestal, como marco de referencia para aprovechar la capacidad del sector forestal para promover la actividad socioeconómica y crear empleo en el mundo
rural.


- Incluir la gestión forestal entre las herramientas para alcanzar los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero a los que se ha comprometido España.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de septiembre de 2017.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.


161/002295


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley relativa a la pesca del bonito en el Cantábrico, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


Los pescadores del Cantábrico aseguran que si los barcos franceses e irlandeses continúan utilizando el arrastre pelágico para pescar bonito, este terminará desapareciendo. No es la primera vez que lanzan esta alerta, pero la amenaza
continua.


En el norte de España el bonito se pesca uno a uno, con anzuelo y por tanto con mucho menos impacto; pero el método de los franceses y los irlandeses está haciendo que el bonito grande desaparezca porque lo espantan los arrastreros al
faenar. Y nuestros pescadores temen que las capturas en los próximos años vayan reduciéndose hasta desaparecer.


La política pesquera comunitaria presenta entre sus objetivos la reducción de los descartes -capturas accidentales- que provoca la actividad pesquera de la flota europea. Durante este año 2017, la reglamentación comunitaria permite un
descarte del 6 % del total capturado.


El volumen de descartes que provoca la actividad de la flota pelágica francesa e irlandesa en la campaña de bonito es muy superior al permitido por Bruselas. Y eso sin entrar en otras especies como los delfines que mueren atrapados en sus
redes.


Es cierto, que se ha reformado el operativo de inspección de la pesquería de bonito del norte para supervisar la actividad de los arrastreros de Francia e Irlanda, pero hay que ir más allá.


En este marco, el Gobierno de España debe exigir a la Unión Europea la elaboración de una 'reglamentación más rigurosa' de las artes de arrastre pelágicas que evite la captura no selectiva del bonito.



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A esto se añade, que la flota del Cantábrico ha denunciado que los arrastreros pelágicos de Francia e Irlanda comercializan el bonito que capturan en lonjas gallegas y vascas 'sin impedimento' de los inspectores pesqueros.


Los marineros indican que los productos que venden estas embarcaciones son de 'peor calidad' que los que pescan con artes tradicionales los barcos españoles ya que la red daña el pescado.


En este sentido, sería necesario lanzar una campaña publicitaria dirigida al consumo de bonito pescado con anzuelo, que tiene mucho menor impacto medioambiental que con redes de arrastre pelágicas.


Y además que en el etiquetado de nuestras conserveras para el bonito se indique la procedencia, zona de pesca y modalidad de pesca.


Es fundamental gestionar la actividad pesquera de forma sostenible y luchar contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Exigir a la Unión Europea la elaboración de una reglamentación más rigurosa de las artes de arrastre pelágicas que evite la captura no selectiva del bonito.


2. Poner en marcha en el plazo máximo de seis meses una campaña publicitaria para el consumo del bonito pescado con anzuelo, que tiene mucho menor impacto medioambiental que con redes de arrastre pelágicas.


3. Negociar con la flota pesquera y la industria conservera del bonito para que en el etiquetado se indique la procedencia, zona de pesca y modalidad de pesca.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de septiembre de 2017.-Miguel Ángel Heredia Díaz y Margarita Pérez Herráiz, Diputados.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/002296


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre
regadío en la provincia de Córdoba, para su debate en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


Exposición de motivos


La agricultura es un sector estratégico, con gran potencial para la economía de nuestro país y de la provincia de Córdoba.


El agua es elemento vital, para nuestra producción agraria, para el empleo en el mundo rural, para la articulación y la cohesión territorial.


Se ha hecho un gran esfuerzo a nivel público y privado de modernización de infraestructuras y de mejora en la gestión de recurso.


Las inversiones en los últimos años en Córdoba asciende a 113 millones para gastos de modernización de regadío. Y sin embargo, Córdoba pese a ser la provincia que aporta más agua en sus embalses a la cuenca del Guadalquivir se encuentra en
clara desventaja respecto al resto de provincias andaluzas en cuanto a zonas de riego. Mientras que en Córdoba se riegan alrededor de 120.000 hectáreas, y esto supone el 14 % de su superficie en cultivo, Jaén tiene 292.218 hectáreas (37 % de su
superficie). Sevilla es la provincia con más riego en el Guadalquivir, con 306.952 hectáreas y un 32 %. Por su parte, Córdoba ocupa el último lugar, siendo superada también por Huelva, cuyo regadío representa el 17 % de su superficie y Cádiz, con
el 16 %.



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La Mesa del Regadío de Córdoba, integrada por las organizaciones agrarias, las cooperativas y la Junta de Andalucía, tiene muy claro que hay que plantear estas peticiones para corregir el déficit histórico de Córdoba respecto a otras
provincias como Sevilla o Jaén.


Todas las organizaciones agrarias plantean una ampliación de regadíos ante la desventaja que tiene la provincia de Córdoba en cultivos como el olivar, que sería uno de los que necesitarían menos recursos hídricos, pero que más verían
incrementar su producción con el regadío.


Se trata de optimizar los recursos disponibles, redistribuir las dotaciones que no se cubren y que ya están siendo asumidas por otras provincias, pero también aprovechando el ahorro que se está produciendo con la modernización de los
regadíos, con cultivos menos demandantes de agua o las posibilidades que se abren con la reutilización del agua de las estaciones depuradoras.


Tampoco se puede obviar la búsqueda de un mayor aprovechamiento de las aguas de escorrentías.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados, insta al Gobierno a:


1. Corregir el déficit histórico que tiene la provincia de Córdoba en cuanto a superficie de regadío, ampliando, o al menos, manteniendo tanto las dotaciones hídricas históricas que tiene esta provincia para regadíos como las superficies
que pueden utilizar este recurso.


2. Agilizar la burocracia de las administraciones hidráulicas (Organismo de Cuenca) para conseguir menos lentitud en la tramitación y finalización de los expedientes.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de septiembre de 2017.-María Jesús Serrano Jiménez y Antonio Hurtado Zurera, Diputados.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


Comisión de Cultura


161/002291


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista, me dirijo a esta Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre el
reinicio de las obras del Archivo Histórico Provincial, en Huelva, para su debate en Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


Hace unas semanas las obras del Archivo Histórico Provincial que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte lleva a cabo en la ciudad de Huelva se vieron paralizadas. Ya en abril de este mismo año, y ante la lentitud de los trabajos que
la adjudicataria Acciona realizaba en la Avenida de Andalucía, el Grupo Parlamentario Socialista preguntó al Gobierno, quien en respuesta de 30 de mayo manifestaba que 'ante el incumplimiento del plan de trabajo por el contratista, que ha producido
un retraso importante en la obra ejecutada en 2016, y solicitada la nulidad del contrato, la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos del MECD ha acordado que no procede la paralización.' Y más abajo se nos afirmaba que 'la finalización de la
obra estaba prevista para finales de 2018, si bien habrán de tenerse en cuenta las circunstancias anteriormente descritas'.


A día de hoy la obra del Archivo no solo está paralizada, sino que su aspecto es el de haber sido abandonada, pues no se observa guardería sobre la construcción ya iniciada ni sobre los materiales allí almacenados.


La construcción de un Archivo Histórico Provincial en Huelva (una de las pocas provincias de nuestro país que carece de un edificio propio, singular y exento para tal efecto) se remonta a 1981, cuando se ofrece por parte de la Junta de
Andalucía al Ministerio la posibilidad de construir el citado edifico en la



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nueva zona de expansión de la capital y en la actualidad un lugar céntrico y de inmejorable accesibilidad para investigadores y público en general. Desde entonces hasta hoy, los fondos del Archivo (a cuya custodia, conservación y difusión
obligan nuestras leyes a las administraciones públicas y singularmente al Gobierno de España en cuanto titular de la futura instalación) se han conservado en distintos edificios, siempre bajo la circunstancias de provisionalidad hasta la
construcción del Archivo definitivo.


Tras haber sido conservado en lugares como el Museo Provincial y ante el nuevo escenario de competencias administrativas y disposiciones legales que velaran por nuestro patrimonio documental, la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía
habilita en locales de su propiedad, con el mismo carácter provisional, el Archivo Provincial, sito en la misma avenida de Andalucía y con las condiciones y servicios exigidos por la ley. Previsto para cuatro o cinco años, entretanto se ejecutaban
las obras de nuevo edificio, han transcurrido más de dos décadas y dado el volumen de la documentación archivada ha sido necesario habilitar otros espacios, también propiedad de la Junta de Andalucía.


No será hasta 2008 cuando por parte del Ayuntamiento se concediera finalmente (y tras un larguísimo proceso urbanístico sobre las características del solar) la licencia de obras y se anunciara por parte de responsables del Ministerio de
Cultura y de la Consejería el inicio de las mismas para su conclusión en el año de 2012. El presupuesto total del proyecto ascendía a 12,5 millones de euros, incluidos las partidas destinadas al equipamiento adecuado de la instalación.


Nuevamente el proyecto del Archivo de Huelva no se lleva a cabo y habrá que esperar, tras no pocas reivindicaciones y enmiendas presupuestarias por parte del grupo proponente de esta iniciativa, hasta finales de 2014 para la adjudicación de
la obra actual y hasta abril de 2015 para el inicio de la misma. Aunque en este caso el precio final de la misma se redujera a 719 millones, incluido el 1,1 destinado a equipamiento.


A tenor de lo expresado anteriormente, y tras una demora tan exagerada para disponer de una instalación apropiada para albergar un vastísimo y valioso patrimonio documental, desde el Grupo Parlamentario Socialista se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que, a la mayor brevedad, proceda al reinicio de las obras del Archivo Histórico Provincial de Huelva.


2. Mantener en los Presupuestos Generales las cantidades asignadas desde 2008 para su adecuado equipamiento.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de septiembre de 2017.-José Juan Díaz Trillo y Josefa Inmaculada González Bayo, Diputados.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/002292


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Don Antonio Roldán Monés, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Ciudadanos, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley
sobre la participación en el Patronato de la Fundación Centro Cultural Oscar Niemeyer, para su debate en la Comisión de Cultura.


Exposición de motivos


La Fundación Centro Cultural Internacional Oscar Niemeyer fue constituida con el objetivo, tal como recogen sus Estatutos fundacionales, de convertir el Centro Cultural Niemeyer de Avilés en uno de los principales motores dinamizadores de la
vida cultural, social y económica del Principado Asturias, contribuir a la promoción de la cultura, luchar contra la pobreza, fortalecer los derechos humanos, reducir las desigualdades y reforzar la cohesión social.



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El Centro Cultural Internacional Oscar Niemeyer fue inaugurado en Avilés en marzo de 2011. Dicho proyecto supuso un impulso tanto para la ciudad de Avilés así como para la región. Proyecto en el que era determinante el apoyo de las
administraciones locales, autonómicas y centrales, para hacer crecer al Centro Oscar Niemeyer con la voluntad clara de afirmarse en el mapa cultural asturiano, nacional e internacional.


Está claro que las expectativas de dicho proyecto quedaron seriamente dañadas al verse envueltas en irregularidades que judicializaron su gestión. Ello motivó en su momento la retirada tanto de representantes en el Consejo de la Fundación
como de las aportaciones económicas que venía realizando la administración central. Sin embargo, toda vez que durante los últimos años la gestión se ha rehecho queda por delante una ardua labor, dar estabilidad al proyecto cultural del Centro
Niemeyer y lanzarlo como referente cultural.


Es por ello que consideramos que la actual etapa de estabilidad y transparencia en el Centro Niemeyer debe ser reconocida de manera plena por el Ministerio de Cultura, toda vez que dicha administración ha nombrado representante otra vez en
el Consejo de la Fundación.


Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Parlamentario Ciudadanos presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a valorar retomar la plena cooperación con las administraciones autonómica y local, en el desarrollo pleno de las capacidades del Centro Oscar Niemeyer de
Avilés, colaborando tanto en el Consejo de la Fundación como en el sostenimiento presupuestario del mismo.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de septiembre de 2017.-José Ignacio Prendes Prendes, Diputado.-Antonio Roldán Monés, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.


Comisión de Igualdad


161/002300


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a, esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición
no de Ley relativa al II Plan de Igualdad de Renfe Operadora, para su debate en la Comisión de Igualdad.


Exposición de motivos


La igualdad entre mujeres y hombres es un principio universal reconocido en diversos textos internacionales sobre los derechos humanos, entre los que destaca la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la
mujer aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas en diciembre de 1979 y ratificada por el Estado español en 1983.


Con la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam el 1 de mayo de 1999, y el Tratado de Lisboa, el 1 de diciembre de 2009, la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de las desigualdades entre ambos, constituyen un objetivo de
carácter transversal que debe integrarse en todas las políticas y acciones de la Unión Europea y de sus Estados miembros.


Los artículos 9.2 y 14 de la Constitución Española, proclaman el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo, y consagra la obligación de los poderes públicos a promover las condiciones para que la igualdad del individuo
y de los grupos en que se integran, sean reales y efectivas.


La Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, más concretamente en su artículo 45, establece que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de



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trato y de oportunidades en el ámbito laboral, y con esta finalidad, se deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que a través de la negociación, se acuerdan con los
representantes legales de los trabajadores en la forma que se determine en este Plan de Igualdad.


En el artículo 46 de la citada Ley, define los Planes de Igualdad de las empresas como un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de
oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.


En este marco, el 27 de enero de 2014 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución por la que se registra y publica el I Plan de igualdad de Renfe Operadora con el fin de 'garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre
mujeres y hombres'.


La intención era buena, pero la realidad es diferente. Según los datos que aparecen en la propia página web de Renfe el porcentaje de mujeres en la plantilla es mínimo.


En 2015 según los citados datos oficiales de Renfe, había 14.229 empleados en la compañía, de los cuales 1.481 eran mujeres, esto representa el 10,4 %. O dicho de otra forma, prácticamente el 90 % de los trabajadores son hombres.


Además, cabe señalar que el personal presenta un 'alto envejecimiento' con una edad media de que supera los 50 años, y donde los hombres tienen una antigüedad de casi 31 años en la empresa y las mujeres 24.


La vigencia de este Plan de Igualdad de Renfe era de cuatro años, por tanto de cara al nuevo Plan que debería estar listo a comienzos de 2018, sería importante incorporar elementos que favorezcan la incorporación de un mayor número de
mujeres a la plantilla, con el objetivo de llegar al 15 % en el plazo de cuatro años.


Si tenemos en cuenta que habrá un importante número de jubilaciones en los próximos años, sería importante que en las nuevas convocatorias se incluyese una discriminación positiva para las mujeres, que favoreciera la incorporación de un
número significativo de mujeres a la plantilla de Renfe.


Se hace difícil entender un Plan de Igualdad en una empresa pública como Renfe cuando el 90 % de los trabajadores son hombres y solo el 10 % son mujeres.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Que en el primer trimestre de 2018 esté elaborado y aprobado el II Plan de Igualdad de Renfe Operadora.


2. Que haya discriminación positiva para la mujer en las ofertas de empleo público que se convoquen en Renfe Operadora, con el objetivo de alcanzar el 15 % de la plantilla en el horizonte 2022.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de septiembre de 2017.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.


161/002302


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley relativa a poner en marcha de cara al próximo curso un Plan específico donde se incida con una adecuada orientación educativa desde la ESO y el Bachillerato para acabar con la brecha de género en estudios superiores, para su debate en la
Comisión de Igualdad.



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Exposición de motivos


Las carreras que más futuro laboral tienen, son las relacionadas con las Ciencias, la Tecnología, la Ingeniería y las Matemáticas. En inglés se engloban bajo el acrónimo STEM y las mujeres jóvenes se resisten a cursarlas.


Una enraizada combinación de estereotipos, expectativas de los padres, falta de referentes femeninos, desconfianza hacia las Matemáticas y una utilidad social poco visible, llevan a las universitarias a apuntarse mayoritariamente a las
disciplinas sanitarias, a las Humanidades o a las Ciencias Sociales y Jurídicas.


Según los últimos datos del Ministerio de Educación, las mujeres son mayoría en las universidades españolas (el 54 %), pero solo representan el 25 % de los estudiantes de la rama de Ingeniería y Arquitectura.


Los colegios profesionales contabilizan que, por cada dos ingenieras, hay ocho ingenieros en España.


Hay datos especialmente llamativos, las alumnas matriculadas en grado y en 1.º y 2.° ciclo en las universidades públicas españolas en el curso 2014-2015 en Ingeniería y Arquitectura solo representan el 25,8 % del total; mientras que en
Ciencias de Salud las alumnas representan el 71,1 %, en Artes y Humanidades el 61,3 % y en Ciencias Sociales y Jurídicas el 60,4 %.


Otro dato llamativo es que el número de alumnas que se matriculan en Ingeniería está bajando progresivamente desde el curso 2011-2012 hasta la fecha. Han pasado de 79.692 alumnas matriculadas ese curso a solo 66.017 en el curso 2014-2015.
Un descenso de más de 13.000 alumnas en solo 3 cursos.


ES necesario también, como apunta la OCDE, reducir la brecha de género en Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) donde la proporción de mujeres fue tan solo del 12 % en 2015 (19 % media de la OCDE). Siete puntos de
diferencia.


La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico en su último informe Panorama de la Educación 2017: indicadores de la OCDE, recuerda que los estudios superiores -enseñanza universitaria y Formación Profesional de grado
superior- sobre Ciencias, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas (STEM) se consideran clave para el crecimiento económico y la innovación.


'Los estudios de educación superior relacionados con las ciencias se ven recompensados en el mercado laboral, aunque las áreas de estudio se hallan condicionadas en gran medida por las diferencias de género en España y en los países de la
OCDE', concluye este organismo internacional.


Al igual que en la mayoría de países de la OCDE, las españolas tienen poca presencia en los estudios de STEM y, en cambio, una presencia 'desproporcionada' en carreras relacionadas con el sector educativo (España, 79 %; OCDE, 78 %) así como
en salud y bienestar (España, 72 %; OCDE, 75 %).


Las mujeres jóvenes que terminan estudiando estas carreras obtienen de media mejores resultados que los chicos. No es por que tengan notas peores, sino porque optan por otras líneas de estudio, que por cierto, tienen menos demanda en el
mercado laboral.


Sería fundamental que el Gobierno pusiera con la mayor brevedad un Plan Específico donde se incida con una adecuada orientación educativa desde la ESO y el Bachillerato para acabar con esta brecha de género en materia educativa, que se está
agrandando progresivamente en nuestro país.


Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a poner en marcha de cara al próximo curso un Plan específico donde se incida con una adecuada orientación educativa desde la ESO y el Bachillerato para acabar con la brecha de género en
estudios superiores (enseñanza universitaria y Formación Profesional de grado superior) sobre todo en Ciencias, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas (STEM).'


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de septiembre de 2017.-Miguel Ángel Heredia Díaz, Diputado.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.



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Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad


161/002298


A la Mesa del Congreso de los Diputados


En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a esa Mesa para, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente Proposición no
de Ley sobre accesibilidad de áreas de servicio y descanso de la Red de Carreteras del Estado, para su debate en la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad.


Exposición de motivos


El Estado tiene la obligación, a través de las diferentes administraciones, de regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los ciudadanos y ciudadanas en el ejercicio de nuestros derechos y nuestros deberes, como
establecen la Constitución y la Convención de las Naciones Unidas sobre derechos de las personas con discapacidades que ratificamos en su día.


Nuestro país tiene el compromiso de garantizar las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para espacios, productos y servicios, con fecha límite el 4 de diciembre de 2017. Para ello deben eliminarse las barreras
preexistentes de todo tipo que impiden acceder a calles, plazas, instalaciones o servicios a una parte de la ciudadanía, la que cuenta con algún tipo de discapacidad.


Para hacer efectivos los derechos de las personas con discapacidad es necesario garantizar las condiciones que hacen posible el tránsito por carretera de las personas con movilidad reducida. Por ello, las organizaciones que velan por los
derechos de las personas con discapacidad vienen reclamando la accesibilidad universal de las áreas de servicio y de descanso, así como de los aparcamientos seguros de la Red de Carreteras del Estado.


La Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, en su artículo 26, apartado 8 establece que 'las áreas de servicio, las áreas de descanso y los aparcamientos seguros deberán reunir necesariamente condiciones de accesibilidad universal
para personas con discapacidad, con arreglo a lo establecido en la normativa específica aplicable'.


Sin embargo, muchas de estas instalaciones todavía carecen de las condiciones de accesibilidad universal para personas con movilidad reducida, lo cual dificulta las posibilidades que tienen de viajar. Además, tiene efectos negativos en el
crecimiento del turismo, industria que se ha convertido en una de las herramientas fundamentales para que nuestro país salga de la crisis económica. Uno de los sectores turísticos en el que todavía nuestro país puede crecer, gracias a la calidad de
nuestros servicios, es el dirigido a las personas con discapacidad.


Es por todo ello que el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a realizar, de manera urgente, un estudio sobre el grado de cumplimiento de las condiciones de accesibilidad universal de las áreas de servicio, las áreas de descanso y los aparcamientos
seguros de la Red de Carreteras del Estado, que determine si con fecha 4 de diciembre de 2017 estarán adaptadas al mandato legal. En el caso contrario, elaborará un calendario para llevar a cabo las inversiones necesarias para adaptarlas.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 5 de septiembre de 2017.-Joan Ruiz i Carbonell, Diputado.-Rafael Simancas Simancas, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.