Ruta de navegación

Publicaciones

DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 25, de 08/03/2005
PDF




DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2005 VIII Legislatura Núm. 25

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS

Sesión núm. 7

celebrada el martes, 8 de marzo de 2005,

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Debate y votación de las propuestas de resolución:


- Informe de fiscalización del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, ejercicio 1998 (corresponde al número de expediente 251/000117 de la VII Legislatura). (Número de expediente Congreso 251/000002 y número
de expediente Senado 771/000002.) ... (Página 3)


Página 2



- Informe de fiscalización selectiva de determinadas áreas de la actividad de la 'Sociedad Española de Estudios para la Comunicación Fija a través del Estrecho de Gibraltar, S. A. (SEGEGSA)' durante el período 1997-2001 (corresponde al
número de expediente 251/000124 de la VII Legislatura).
(Número de expediente Congreso 251/000008 y número de expediente Senado 771/000007.) ... (Página 3)


- Informe de fiscalización de las incidencias producidas hasta el día 31 de diciembre de 2001 en relación al cumplimiento de las incidencias de ejecución pactado en los contratos de obras formalizados por el Ente Gestor de Infraestructuras
Ferroviarias (GIF) para la construcción de la línea de alta velocidad Madrid­-Barcelona-frontera francesa (corresponde al número de expediente 251/000129 de la VII Legislatura). (Número de expediente Congreso 251/000013 y número de expediente
Senado 771/000011.) ... (Página 4)


- Informe de fiscalización del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz (corresponde al número de expediente 251/000138 de la VII Legislatura).
(Número de expediente Congreso 251/000021 y número de expediente Senado 771/000020.) ... href='#(Página7)'>(Página 7)


- Informe de fiscalización de la entidad pública empresarial Red.es, ejercicio 2002 (corresponde al número de expediente 251/000142 de la VII Legislatura). (Número de expediente Congreso 251/000025 y número de expediente Senado 771/000025.)
... (Página 12)


Comparecencia del señor presidente del Tribunal de Cuentas (Nieto de Alba) para informar sobre los siguientes extremos:


- Informe de fiscalización sobre la contratación celebrada o en vigor en 1999 y 2000, de las adquisiciones de medicamentos y productos farmacéuticos en una muestra de hospitales de titularidad pública del Sistema Nacional de Salud. (Número
de expediente Congreso 251/000004 y número de expediente Senado 771/000003.) ... (Página 16)


- Informe de fiscalización de la atención sanitaria especializada en el Sistema Nacional de Salud de las enfermedades del aparato circulatorio, con especial referencia al infarto agudo de miocardio. (Número de expediente Congreso 251/000005
y número de expediente Senado 771/000004.) ... (Página 22)


- Informe de fiscalización sobre la contratación celebrada o en vigor en 1999 y 2000, para el archivo, depósito, custodio o gestión de historias clínicas en una muestra de hospitales de titularidad pública del Sistema Nacional de Salud
(corresponde al número de expediente 251/000121 de la VII Legislatura). (Número de expediente Congreso 251/000006 y número de expediente Senado 771/000005.) ... (Página 25)


- Informe de fiscalización sobre la contratación celebrada o en vigor en 1999 y 2000, de las actividades y servicios susceptibles de generar ingresos en una muestra de hospitales de titularidad pública del Sistema Nacional de Salud, con
especial referencia a los contratos que tienen por objeto la realización de ensayos clínicos. (Número de expediente Congreso 251/000022 y número de expediente Senado 771/000021.) ... (Página 29)


- Informe de fiscalización sobre la contratación celebrada por las fundaciones constituidas al amparo de la Ley 15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud, 1999, 2000 y 2001
(corresponde al número de expediente 251/000141 de la VII Legislatura). (Número de expediente Congreso 251/000024 y número de expediente Senado 771/000022.) ... (Página 32)


Página 3



Se abre la sesión a las diez horas y treinta y cinco minutos.



DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES ENERGÉTICAS, MEDIOAMBIENTALES Y TECNOLÓGICAS, EJERCICIO 1998 (CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE 251/000117 DE LA VII LEGISLATURA). (Número de expediente del Congreso 251/000002 y
número de expediente del Senado 771/000002.)


El señor PRESIDENTE: Señorías, se abre la sesión.



En primer lugar quiero señalar que la votación será a las once y media, si no dicen nada en contra los portavoces. También debo anunciarles que, después de terminar esta sesión tendremos una reunión de Mesa y portavoces, para fijar próximas
reuniones.



Dicho esto, vamos a empezar la primera parte del orden del día, debate y votación de las propuestas de resolución. El primer punto es el Informe de fiscalización del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas del
ejercicio 1998.



Tiene la palabra para defender las propuestas de resolución por el Grupo Popular la señora Rodríguez.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Como señalamos en la sesión anterior, nos encontramos una vez más, en este caso en marzo de 2005, ante el análisis de un informe de fiscalización del año 1998 y sin saber, porque tampoco el presidente del
Tribunal nos lo pudo aclarar, si las cosas puestas de manifiesto y que correspondían principalmente a tratamientos contables de los convenios suscritos por el organismo se habían corregido. Como se deduce del informe, los sistemas de control
interno del Ciemat eran razonablemente correctos; los estados financieros rendidos representaban la imagen fiel de la situación financiera patrimonial del organismo a 31 de diciembre de 1998 y el resultado de sus operaciones en el ejercicio
fiscalizado, con las salvedades que se derivaban de la contabilización de los convenios y alguna de índole menor. La ejecución presupuestaria del ejercicio había sido correcta y había algunas cuestiones, en su mayor parte formales, respecto a su
sistema de contratación de personal, tesorería y pagos a justificar. Como consecuencia de eso, principalmente porque el Tribunal recoge que los problemas que había encontrado el Ciemat en la contabilización de los convenios han de valorarse
teniendo en cuenta que no existe una normativa contable que establezca los criterios a seguir en estos casos de gestión de programas de investigación y desarrollo, acordados con asociaciones de empresas u otras organizaciones de carácter privado,
las propuestas de resolución que había presentado nuestro grupo eran dos. La primera decía que instábamos al Gobierno a que adoptara las medidas oportunas para que todas las operaciones derivadas de la gestión económico-financiera del organismo
tengan el oportuno reflejo en las cuentas que este rinde al Tribunal. Y la segunda, que tenía un defecto de forma, decía que entendíamos que el Ciemat adopte las medidas necesarias en relación con Enresa.



Analizadas las propuestas de resolución del Grupo Socialista, nos parece que son iguales que las nuestras y, quizá por aquello de la economía y la eficiencia que vamos pidiendo en todos los informes, nos adheriríamos a ellas, porque ya
decimos que son similares a las que hemos presentado nosotros; así sólo haríamos una votación. Retiraríamos nuestras propuestas, si se puede hacer, y votaríamos a favor de las propuestas de resolución del Grupo Socialista.



El señor PRESIDENTE: Para defender las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Ortiz.



La señora ORTIZ RIVAS: Después del informe de fiscalización que presentó el Tribunal de Cuentas en la pasada sesión, y siguiendo las recomendaciones que ese informe establecía, el Grupo Socialista presentó dos propuestas de resolución,
teniendo en cuenta el informe hacía referencia al ejercicio de 1998 y, como ha dicho la portavoz del Grupo Popular, estamos en 2005. Nos hemos puesto en contacto con el Ciemat y nos consta que algunas de esas recomendaciones ya se están llevando a
cabo, pero hemos presentado las dos propuestas de resolución en la línea que establecía el informe, solicitando, en la primera, al Ciemat que adopte las medidas oportunas para que todas las operaciones derivadas de su gestión económica y financiera
tengan el adecuado reflejo en las cuentas que rinde al Tribunal de Cuentas, sin excepción de ningún tipo.
En la segunda solicitamos al Ciemat que adopte las medidas necesarias para que el contenido del convenio que mantiene con Enresa y el
funcionamiento de la asociación Ciemat-Enresa sean acordes entre sí y también con los fines por los que se formaliza. Como digo están en la línea de las propuestas del propio informe y tienen en cuenta que el Ciemat desde el año 1998, al que se
refiere el informe de fiscalización, ha adoptado algunas medidas correctoras.



INFORME DE FISCALIZACIÓN SELECTIVA DE DETERMINADAS ÁREAS DE LA ACTIVIDAD DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ESTUDIOS PARA LA COMUNICACIÓN FIJA A TRAVÉS DEL ESTRECHO DE GIBRALTAR, S.A. (SECEGSA), DURANTE EL PERÍODO 1997-2001 (CORRESPONDE AL NÚMERO


Página 4



DE EXPEDIENTE 251/000124 DE LA VII LEGISLATURA). (Número de expediente del Congreso 251/000008 y número de expediente del Senado 771/000007.)


El señor PRESIDENTE: Terminado el debate del punto número 1 del orden del día, vamos a pasar al número 2, informe de fiscalización selectiva de determinadas áreas de la actividad de la Sociedad Española de Estudios para la Comunicación Fija
a través del Estrecho de Gibraltar, S.A.
(Secegsa), durante el período 1997-2001. Para defender las propuestas de resolución tiene la palabra la señora Rodríguez, del Grupo Popular.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Como señala el título del informe estamos frente a una fiscalización selectiva de determinadas áreas de la actividad de una sociedad que se llama de Estudios para la Comunicación Fija a través del Estrecho de
Gibraltar, durante el período 1997-2001.
Esta es una sociedad que, como dice su nombre, es para estudiar cómo se pueden unir Europa y África y tiene más de 20 años de vida. Después del análisis de las cuestiones que pone de manifiesto el Tribunal,
el Grupo Popular presentó una propuesta de resolución en la que se les pedía que Secegsa actuara de la manera más eficiente posible, teniendo en cuenta esos objetivos que tiene encomendados y los fines para los que fue creada, porque parece que
después de 20 años se deberían tener resueltas más cuestiones que las que la están en este momento y, si no se pueden resolver, tendría que ponerlo de manifiesto.



Analizadas las resoluciones presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista, vemos que las que tienen los números 1 y 2, que yo veo que me han numerado como 2 y 3, porque la primera era la de nuestro grupo, se limitan a hacer unas
observaciones concretas que hace el Tribunal en materia de contratación, que se sigan los criterios generales y se respete la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y que se mantenga el equilibrio entre la parte marroquí y la parte
española. Son las resoluciones del Tribunal. En el caso de la 3, la que está con el número 4, es muy similar a la nuestra. Se dice que se continúen los trabajos y que se avancen a buen ritmo.



Nosotros retiramos nuestra propuesta, votaríamos a favor de la 1 y la 2 del Grupo Socialista y le pediríamos que en la 3 incorporara una transaccional, que diría: instar al Gobierno para que continúe los trabajos que la sociedad tiene
encomendados con la máxima eficiencia y que avancen al ritmo que fijen las directrices que establezca el Comité mixto hispano-marroquí del enlace fijo. Si se acepta esta transaccional, retiraríamos la nuestra y votaríamos a favor de las otras dos.



El señor PRESIDENTE: Para defender las propuestas de resolución del Grupo Socialista tiene la palabra la señora Castro


La señora CASTRO MATEOS: Después de la comparecencia del presidente del Tribunal de Cuentas, y como exponía el informe, concluimos que el grado de eficacia para la realización del proyecto de enlace fijo entre Europa y África no depende
tanto de las medidas o resoluciones que hoy propongamos en esta Comisión como de la relación y de la voluntad política entre dos países. De ahí, decía el señor presidente del Tribunal de Cuentas, la falta de recomendaciones del informe, ya que
estas podrían rebasar el ámbito de su competencia, marcando direcciones, tarea que, según la opinión del presidente del Tribunal, era competencia del Gobierno de la nación. El Grupo Parlamentario Socialista no cuestiona la continuidad de Secegsa,
aún habiendo en esta entidad períodos de letargo y de paralización, ya que existe la voluntad de relanzar un proyecto de tanta importancia no sólo para nuestro país sino para Europa y para África.



Como senadora por la provincia de Cádiz, me gustaría decir también en esta Comisión que para nuestra provincia tiene un valor añadido, ya que este túnel nos favorecería y lograríamos la construcción de la línea ferroviaria Algeciras-San
Fernando; es decir, la provincia de Cádiz tendría en esta ocasión la oportunidad de comunicar por ferrocarril las dos bahías gaditanas. Ahora bien, nuestras propuestas tienen como objetivo lograr mejorar el funcionamiento de Secegsa en varios
aspectos.
La portavoz del Grupo Popular ha hecho alusión a ellos. Serían, respecto a las contrataciones que deben adecuarse a la ley, que el comité mixto marque un ritmo para corregir la eficacia de la empresa y nivelar los equilibrios de las
cargas entre los dos Estados. Para ello, traíamos tres propuestas de resolución y leeré la primera y la segunda. Respecto a la tercera, vamos a asumir la que ha planteado la portavoz del Grupo Popular, que hemos acordado; ellos han retirado el
resto. La primera sería: instar al Gobierno para que la sociedad Secegsa en la contratación de los estudios y proyectos con terceros respete los principios de publicidad y concurrencia, tal como establece la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas. Y la segunda instar al Gobierno para que se respete lo establecido en el acuerdo de 24 de octubre de 1980, de modo que se distribuyan los trabajos de Secegsa, según el principio de equilibrio entre los dos Estados. La
tercera es la que hemos transaccionado y que se recogería también.



El señor PRESIDENTE: Entiendo que habrá una transaccional en la propuesta número 3 y que se hará llegar a esta Mesa.



INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS INCIDENCIAS PRODUCIDAS HASTA EL DÍA 31/12/2001 EN RELACIÓN AL CUMPLIMIENTO DE LAS INCIDENCIAS DE EJECUCIÓN PACTADO EN LOS CONTRATOS DE OBRAS FORMALIZADOS POR EL ENTE


Página 5



GESTOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (GIF) PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA LÍNEA DE ALTA VELOCIDAD MADRID-BARCELONA-FRONTERA FRANCESA. (CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE 251/000129 DE LA VII LEGISLATURA.) (Número de expediente del Congreso
251/000013 y número de expediente del Senado 771/000011.)


El señor PRESIDENTE: Una vez concluido el debate del punto número 2, pasamos al punto número 3: informe de fiscalización de las incidencias producidas hasta el día 31/12/2001, en relación al cumplimiento de las incidencias de ejecución
pactado en los contratos de obras formalizados por el Ente Gestor de Infraestructuras Ferroviarias para la construcción de la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona-frontera francesa.



En primer lugar, para defender las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Ayala.



El señor AYALA SÁNCHEZ: El Grupo Popular, tras no haber obtenido respuesta a las preguntas que se formularon en la comparecencia del presidente del Tribunal de Cuentas, y que nos parecían fundamentales para el mejor conocimiento e
interpretación del dictamen, ha presentado unas propuestas que en realidad son la confirmación y acreditación de los extremos del dictamen del Tribunal de Cuentas, que entendíamos nosotros que no se habían quedado acreditados en una contratación tan
compleja y con la intervención y concurrencia de las competencias de las tres administraciones territoriales, la estatal, la autonómica y la local. Esa dificultad y complejidad en la actuación y en la intervención da lugar a justificar nuestras
propuestas. Es evidente que no hay ningún incumplimiento en precepto legal y reglamentario, tal y como se reconoce y, además, parece que se reconoce que las suspensiones no afectan a los plazos de ejecución y sí a las fechas previstas por las
distintas partidas presupuestarias. Hay circunstancias que entendemos que deben ser claramente matizadas, al margen de entender que hay cuestiones que se escapan directamente de la responsabilidad de hoy ADIF, antes Gestor de Infraestructuras
Ferroviarias, porque hasta cuándo puede ser responsabilidad del GIF, hoy ADIF, que los ayuntamientos se nieguen a firmar las actas de ocupación de los terrenos o hasta qué punto puede el GIF ser responsable de los cambios de opinión de alguna
administración territorial que incidan directamente en el cumplimiento de unos plazos o de unas fechas previsibles. Por esa razón hemos hecho la propuesta de confirmación de circunstancias que se contienen en nuestro escrito.



Con respecto a las propuestas de resolución de otros grupos parlamentarios hemos presentado, y se lo hemos entregado anteriormente al representante del Grupo Parlamentario Socialista, dos enmiendas a sus propuestas de resolución números 7 y
8, cuya única finalidad, para que todos los grupos tengan conocimiento de ella, es que entendemos que el Tribunal de Cuentas hace referencia a la variación en el cumplimiento de las fechas previstas de finalización de los correspondientes contratos
de ejecución de obra, no así del incumplimiento de los plazos contractuales, una vez que la previsión presupuestaria se ha visto reflejada y concretada en una adjudicación de obras. Las enmiendas tienen como finalidad variar la definición de
cumplimiento de plazos con el cumplimiento de la previsión de fechas inicialmente realizada, porque entendemos que es lo que se ajusta a la realidad del dictamen del Tribunal de Cuentas y, por otra parte, cumple la misma finalidad pretendida por el
Grupo Socialista en cuanto a analizar y ser capaces de concretar cuál es la incidencia presupuestaria y económica que esa digamos desviación en la fecha prevista va a tener en los fondos públicos y que pueda tener incidencia en las subsiguientes
actuaciones del ADIF, antes GIF, como he dicho.



A las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió también le hemos entregado una enmienda a la número 9, primera de su escrito, incidiendo en la colaboración e información entre las distintas
administraciones en un sentido que entendemos que se ajusta de forma más clara y más nítida al dictamen del Tribunal de Cuentas.



Quiero señalar asimismo que el Grupo Parlamentario Popular votará favorablemente a las propuestas números 10, 12, 13 y 14. No así a la número 11, por entender que no tiene, primero, encaje en los términos literales del informe del Tribunal
de Cuentas y, además, porque es una cuestión que parece que, tanto por informe del Tribunal de Cuentas como por las explicaciones que ha dado el GIF, se cumplió hasta el año 2001 por parte de los responsables de la gestión del Gestor de
Infraestructuras Ferroviarias.



El señor PRESIDENTE: Para defender las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor López.



El señor LÓPEZ VILLENA: Desde el Grupo Socialista, a la vista del informe de fiscalización relativo a la incidencia de los incumplimientos en los contratos de obras formalizados por el GIF para la construcción de la línea de alta velocidad
Madrid-Barcelona-frontera francesa, que ya se pusieron de manifiesto en la exposición que hizo el presidente del Tribunal ante esta Comisión, queremos incidir en la gran cantidad de incidencias, retrasos y prórrogas que de alguna manera se imputan
fundamentalmente a problemas presupuestarios, en el cien por cien de los casos no imputable a los contratistas y sí al GIF, sobre todo en lo referente a las prórrogas.
Todo ello nos lleva a concluir que ha podido haber desviaciones y traslados
presupuestarios entre los distintos ejercicios económicos.



Página 6



Las propuestas presentadas por el Grupo Popular consideramos que son unas conclusiones propias. No entendemos que sea una instancia a ningún organismo ni al Gobierno, no se insiste en nada en concreto. Si entramos a valorar estas
propuestas de resolución, vemos que son desmontables una por una. Dice la primera que se ha acreditado que no existe ningún incumplimiento legal o reglamentario. El informe está lleno de citas sobre a distintos incumplimientos legales; hace
referencia a la Ley de Contratos de Administraciones Públicas, a incumplimientos en el reglamento general de contratación, etcétera. Que se ha acreditado que la actuación del GIF es muy compleja, con intervención y concurrencia de competencia de
varias administraciones territoriales, se entiende, pero también forma parte de la gestión hacer concurrir y consensuar con todas las administraciones las actuaciones objeto de su gestión. Que se han acreditado o que las prórrogas han sido causa
objetiva y ajenas a la responsabilidad de los contratistas. Que han sido ajenas a la responsabilidad de los contratistas, sí, pero todas objetivas, no. Hay muchos apartados del informe donde se cita expresamente la, entre comillas 'culpabilidad
del GIF' en cuanto a su gestión, que es lo que ha motivado esas prórrogas. Que se ha acreditado que ha primado el interés general y público es una conclusión propia. Que el informe se ha extendido a cuestiones distintas de la fiscalización
limitada y encomendada también es una conclusión propia. Consideramos que son una serie de conclusiones propias y no las entendemos como propuestas de resolución. Ya que el objeto del informe de fiscalización no era cuantificar, desde nuestras
propuestas de resolución pretendemos obtener una cuantificación para saber qué cantidades pudieron afectar a los presupuestos del ejercicio en cuestión y a ejercicios futuros.



El señor PRESIDENTE: Para defender las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) tiene la palabra el señor Vilajoana.



El señor VILAJOANA I ROVIRA: Las seis resoluciones del Grupo Parlamentario Catalán tienen como objetivo subsanar los problemas de este informe de fiscalización presentado por el Tribunal de Cuentas. ¿En qué línea? Fundamentalmente en
cumplimiento de plazos y en evitar modificaciones de proyecto que llevan a presupuestos más complejos, a más costes, a paralización de obras y por tanto a la pérdida de los plazos previstos.
También pretende agilizar trámites y procesos
administrativos que el propio ADIF debe realizar en su trabajo normal. Es muy importante esta resolución, porque muchas veces los errores o las pérdidas de tiempo y de dinero pasan por la colaboración con entidades, con administraciones autonómicas
y ayuntamientos donde un mayor diálogo y una mayor colaboración en la fase de proyecto ayudaría a evitar problemas con los que se encuentra ADIF al ejecutar las obras. Insistimos en la necesidad de que todas las modificaciones que se hacen en los
proyectos estén adecuadamente documentadas, justificadas y explicadas y que la contratación de estas modificaciones se haga de acuerdo con la ley, tal como recomienda el Tribunal de Cuentas. Hacemos especial hincapié en instar a ADIF a que cumpla
el programa y calendario de las obras del AVE Madrid-Barcelona-frontera francesa, con sus tramos Lleida-Tarragona y también Barcelona-frontera francesa, y que se cumpla la moción aprobada en el Pleno del Congreso de los Diputados donde se fijaban
las fechas concretas. Estas serían nuestras resoluciones.



En cuanto a la enmienda que nos propone el Grupo Parlamentario Popular respecto a nuestra propuesta número 9, dado que es otra forma de decir el mismo concepto que nosotros solicitábamos, que es la necesidad de colaboración con las entidades
territoriales, autonómicas y ayuntamientos, para subsanar deficiencias y para prever posibles problemas en los proyectos planteados, entendemos que esto resolvería muchos de los problemas con los que nos encontramos al ejecutar los proyectos.



El señor PRESIDENTE: ¿Hay algún otro grupo parlamentario que quiera fijar posición? (Pausa.) Señor Ayala.



El señor AYALA SÁNCHEZ: No sé si es oportuno hacer ahora una pequeña aclaración.



El señor PRESIDENTE: Podemos abrir un segundo turno. Tiene la palabra el señor Ayala.



El señor AYALA SÁNCHEZ: Muy brevemente voy a matizar y aclarar una de las intervenciones del representante del Grupo Parlamentario Socialista, en el sentido de que el informe del Tribunal de Cuentas debe ser analizado en su globalidad.
Cuando se habla de retrasos presupuestarios, el informe del propio GIF, ante la propuesta de dictamen del Tribunal de Cuentas, aclara que esos retrasos presupuestarios son de la gestión anterior al nacimiento del GIF, son de cuando estas obras las
llevaba la Dirección General de Ferrocarriles. Justificar su propuesta de resolución por un retraso presupuestario, que en ningún caso ha sido del GIF, que no podría haberlo sido por su sistema económico, por su sistema presupuestario, no me parece
conveniente. Hablar de incumplimientos de la Ley de contratos del Estado tampoco, cuando queda claro que es legal la adjudicación si la disponibilidad de los terrenos es legal. Insisto en que el hecho de que una fecha prevista, no un plazo de
ejecución, que no tiene nada que ver, no se haya visto satisfecho por una aplicación legal de la ley, la posibilidad de que la disponibilidad de los terrenos no esté en el mismo momento de la adjudicación, no me parece que lo justifique. La ley
también dice que la fecha de inicio de la obra no puede coincidir necesariamente con


Página 7



el replanteo, porque el replanteo está para ver la adecuación de la realidad al proyecto y pueden surgir incidencias que hagan que eso se demore. Cuando el Tribunal de Cuentas hace una aplicación automática de la fecha de replanteo con el
inicio de las obras, es el Tribunal de Cuentas el que no está haciendo una aplicación de las previsiones legales y es que esa no sea la fecha de comienzo.



Vuelvo a insistir en la bondad de nuestras enmiendas al señalar que no es tanto el cumplimiento de los plazos como la previsión de las fechas iniciales de puesta en funcionamiento, señalando, además, que la gestión del Gestor de
Infraestructuras Ferroviarias hasta diciembre de 2001 es de las mejores que hemos visto en cuanto a los organismos administrativos fiscalizados por el Tribunal de Cuentas. Entiendo que hay que medir y matizar las propuestas que se hagan respecto a
su propio dictamen, teniendo en cuenta, como dice el informe, que todos los modificados han sido tramitados conforme a ley y que se ha dado cuenta de todos los modificados. Y cuando hablo de modificados y hablo de complementarios, no quiero sacar a
colación, porque no parece el momento oportuno, obras en las que el Tribunal de Cuentas no puede fiscalizar lo modificado porque se hacen y no se reflejan administrativamente. Pido la reflexión del Grupo Parlamentario Socialista a la hora de
valorar las enmiendas que hemos presentado a las propuestas números 7 y 8.



El señor PRESIDENTE: ¿Algún otro grupo parlamentario quiere hacer uso del turno adicional? Por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra el señor López.



El señor LÓPEZ VILLENA: No queremos entrar a cuestionar las conclusiones del informe del Tribunal de Cuentas. Las damos por válidas, como no podía ser de otra manera. Las conclusiones que anteriormente hemos expuesto vienen deducidas de
este informe y son literales. Respecto a las enmiendas, planteamos una transaccional a las enmiendas que nos proponen y la propuesta de resolución que hacemos es incluir los dos conceptos. El objeto de esta propuesta de resolución, habida cuenta
de que el informe de fiscalización no tiene un objeto de cuantificación económica sino solo de incidencias y retrasos, es que se cuantifique, pero no ya solo en relación a la gestión del GIF, que por supuesto que sí, sino que se evalúe cuál ha sido
el impacto económico-presupuestario, incluso financiero que ha supuesto esta cantidad de incidencias. La propuesta de transacción sería incluir los dos conceptos; es decir, la incidencia económica derivada de la evaluación en las fechas previstas
y además el concepto que nosotros exponemos en nuestra propuesta de resolución, que hace referencia al cumplimiento de los plazos de ejecución. Por tanto, se trata de incluir los dos conceptos; de tal manera que esta Cámara, en aras a la
transparencia, tendrá información más amplia relativa a los temas económicos que son objeto de la propuesta de resolución.



Por último, admitimos las recomendaciones, lo que ha significado la propuesta de resolución de Convergència i Unió, que persiguen un mejor funcionamiento de los organismos gestores de la obra ferroviaria.



El señor PRESIDENTE: Reitero que, si se acuerda alguna transacción, se haga llegar el texto a la Mesa.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CONSORCIO DE LA ZONA FRANCA DE CÁDIZ (CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE 251/000138 DE LA VII LEGISLATURA).
(Número de expediente Congreso 251/000021 y número de expediente Senado 771/000020.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto número 4, informe de fiscalización del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz.



Para defender las propuestas del Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra la señora Rodríguez.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Señorías, hoy, como en el resto de los casos anteriores, vamos a discutir cuáles son las resoluciones que le merece a este grupo este informe del Tribunal de Cuentas, en el que parece que en su contenido nos
movemos en dos planos que no sé si llamar paralelos o mejor divergentes, respecto a lo que tenemos encima de la mesa y su reflejo por fuera.



Como ya puse de manifiesto en la comparecencia del presidente del Tribunal en la sesión anterior, nos encontramos ante el caso atípico de una fiscalización solicitada por esta Comisión que el Tribunal ha restringido de forma notable, no solo
en su ámbito temporal sino también en su propio objeto, y es precisamente esa falta la que, junto con lo que se deduce del contenido del propio informe, nos lleva a solicitar que se cumpla el mandato inicial de esta Cámara. La verdad es que no nos
explicamos o preferimos no explicarnos cuáles son las razones por las que el Grupo Socialista en sus propuestas de resolución no está interesado en que la petición inicial que se aprobó por unanimidad -les recuerdo que si no no se habría aprobado-
se cumpla. El presidente del Tribunal de Cuentas dijo que es que no les venía bien, que tenían otras cosas que hacer, pero el interés de la Comisión era el que era y realmente no se cumplió. El Consorcio de la Zona Franca de Cádiz también tiene
una historia anterior a 1996, que curiosamente es la que elige el Tribunal, y para que se puedan adoptar medidas o proponer soluciones para un organismo que yo considero indispensable para el desarrollo de Cádiz, debe conocerse cómo se ha gestionado
o qué es lo que se ha hecho en todos esos años y en qué situación se encuentra ahora. La gestión, por cierto


Página 8



socialista, de la zona franca de Cádiz hasta 1996 tuvo sus problemas y, por ejemplo, mereció el rechazo y la intervención directa del Ministerio de Economía y Hacienda y la Comisión Europea, que ordenó en aquel tiempo la devolución de 256
millones de pesetas de fondos Feder para obras públicas, una cantidad que en la actualidad hubiera alcanzado 700 u 800 millones. Y hubo más cosas de las que entonces no se enteró la opinión pública. Y ahora este informe no va a servirles para
darnos lecciones de ¿honestidad, quizás? Les recuerdo, señorías, que si hoy en esta Comisión y en esta Cámara se está hablando de la zona franca de Cádiz es gracias al Partido Popular, que votó la petición de que se hiciera; a que un delegado
nombrado también por nosotros, Miguel Osuna, activó los mecanismos administrativos y legales necesarios para depurar responsabilidades en la gestión del anterior delegado, Manuel Rodríguez de Castro. Si se confirman, Rodríguez de Castro tendrá que
asumirlas en todos los planos, con todas sus consecuencias. Si se confirman tal y como se deduce del informe -que nos hubiera gustado completo- del Tribunal de Cuentas sobre la zona franca, habrá que reforzar los sistemas de control interno para
garantizar más la transparencia. En este sentido les recuerdo, porque parece que se olvida en esa vida paralela divergente de este asunto, que fue la propia presidenta del consorcio y alcaldesa de Cádiz, Teófila Martínez, la que condenó
enérgicamente la gestión de Rodríguez de Castro e impulsó la investigación posterior. Fue el Partido Popular el que, teniendo mayoría absoluta en el Congreso, aceptó la investigación del Tribunal de Cuentas y el que, una vez conocidas las
irregularidades de su gestión, le pidió al delegado que dimitiera y asumiera sus responsabilidades. Eso es actuar con ética y responsabilidad, la que usted, señor Román, nos pedía el otro día y que, como me acaban de entregar ahora las actas, no he
podido comprobar la literalidad de la expresión, si no la hubiera utilizado. Impulsamos que se investigara la etapa de Rodríguez de Castro y queremos que se examine también la de Miguel Osuna, pero también la de los tres delegados socialistas
Maeztu, Vázquez y el actual De Mier. Hay razones para ello y todas por Cádiz, señor Román.



Señor Román, usted, como dije el otro día, es el responsable políticamente. Era miembro de pleno derecho de la junta del Consorcio en la zona franca de Cádiz y su obligación era la de asistir a las reuniones y llevar cuenta de la gestión,
pero no lo hizo en la mayoría de las ocasiones, tal y como reflejan las actas del consorcio, y ahora no debe de decir lo que dice. Entre todos debemos ponernos a trabajar y no obsesionarnos solo en algunas cosas. Por ejemplo, usted también podría
haber echado una mano cuando se han ido a la calle 4.000 trabajadores de los astilleros y el Gobierno no ha aplicado ni una sola medida compensatoria para los municipios afectados, fíjese lo que le digo, para los municipios afectados, curiosamente
municipios en los que en su mayoría no gobierna el Partido Socialista, como son Fene, Ferrol, Manises, Cartagena, San Fernando, Puerto Real o Cádiz. La zona franca de Cádiz ha tenido desde las elecciones de 1982 un total de cinco delegados del
Estado. Como decía, los primeros fueron Maeztu y Vázquez, éste ultimo hoy es delegado provincial de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía. Luego, bajo el Gobierno del PP, Rodríguez de Castro y Osuna, y ahora José de Mier,
que era un alcalde socialista de Chiclana y que fue delegado provincial de Obras Públicas. ¿Por qué no quieren que se investigue la etapa de 1982 a 1996? ¿Porque se pueden poner de manifiesto problemas en la gestión de sus delegados, tal y como
reflejan las actas y los testimonios de muchos empleados, de cómo un socialista, hoy alto cargo de la Junta de Andalucía, trató de tapar la dudosa gestión de otro, hoy desgraciadamente fallecido? Todo lo contrario de lo que por responsabilidad
Miguel Osuna hizo con Rodríguez de Castro. No se deben de tapar entre sí, deben hacer como nosotros, que denunciamos la irregularidad porque esa es nuestra ética y nuestra disciplina política.
Nos parece indispensable -también lo han recogido
ustedes- que se analice con detalle también el primer año del cambio porque creemos que puede haber razones para ello y porque en el fondo lo que nos interesa -y en la forma también- es que el consorcio de la zona franca de Cádiz funcione, porque es
por el bien de Cádiz. Por eso solicitamos al Tribunal de Cuentas en nuestra resolución que amplíe la fiscalización efectuada desde 1982 hasta el año en curso, por razones de eficacia y para que se vea qué es lo que ha pasado y no se haga lo mismo,
y por eso recogíamos que se ampliara con los siguientes efectos: para -y volvíamos a poner de manifiesto-, de acuerdo con lo solicitado por unanimidad en esta Comisión en su sesión de 5 de abril de 2001, emitir opinión sobre la eficacia del
consorcio -eficacia- en la consecución de los objetivos que tenía encomendados en todo el periodo; para emitir opinión sobre la legalidad de la actividad del consorcio en ese periodo que faltaba y desde la fecha de terminación del informe hasta la
actualidad -lo estamos pidiendo-, y para comprobar si el consorcio en general y los delegados del Estado en particular, en su actividad y desde 1982, han utilizado los mismos procedimientos puestos de manifiesto en el informe de fiscalización objeto
de estas resoluciones. Nos parece muy importante que se determine -y eso es algo que el Tribunal de Cuentas no determina- si los procedimientos que en muchos casos critica y que se han cambiado eran los que tenía el consorcio o son innovaciones del
señor Rodríguez de Castro, porque habría diferencias a la ahora de delimitar responsabilidades. Por último, instamos al consorcio a que refuerce, en el caso de que no lo haya hecho, sus sistemas de control interno en los términos indicados por el
Tribunal de Cuentas -en este caso coincidimos con ustedes, son las recomendaciones del Tribunal- e instamos a que revise la estructura de competencias para contratar en el pleno, en el comité ejecutivo y el


Página 9



delegado especial del Estado -y ahí añadimos- teniendo en cuenta la de otros consorcios de zonas francas -porque hay dos consorcios más que tienen el mismo sistema de delegación de competencias, si no estamos equivocados- e incluyendo, como
hace el propio Tribunal, sin demérito para la oportuna eficacia en la consecución de los objetivos.



Si el Partido Socialista no acepta hoy una investigación desde 1982 hasta nuestros días, estamos otra vez ante la utilización de una doble vara de medir con claros objetivos políticos. Nosotros creemos que es necesario auditar la gestión de
la zona franca de Cádiz desde 1982 para que se sepa cómo funcionaba, para que se asuman todas las responsabilidades y para que se refuercen los sistemas en el sentido que se tengan que reforzar.
Espero, por tanto, señorías, su voto afirmativo a
nuestras propuestas que, vuelvo a repetir, solo persiguen la máxima transparencia.



El señor PRESIDENTE: A continuación, para defender las propuestas del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra don Rafael Román.



El señor ROMÁN GUERRERO: Señor presidente, estimados colegas, la sesión pasada tuvimos la oportunidad de conocer el informe de fiscalización del consorcio de la zona franca por boca del propio presidente del Tribunal de Cuentas, hoy tenemos
que analizar las conclusiones políticas que se derivan del estudio de ese informe. Desde mi punto de vista dicho informe es tan insólito, tan inusual, tan infrecuente en la Administración pública española como escandaloso, alarmante e inaceptable
el comportamiento y las prácticas que pone de manifiesto en los responsables públicos afectados. Por tanto, el Tribunal de Cuentas pide que se adopten algunas medidas. Las medidas que solicita el Tribunal de Cuentas son en concreto tres: que se
refuercen los sistemas de control interno que permitan subsanar los defectos de control y de justificación; que se vuelva a establecer la estructura de competencias que figura en la normativa reguladora del pleno y del comité ejecutivo del
consorcio para que las decisiones de contratación tengan una intervención efectiva de los organismos e instituciones, que a partir del año 1997 se suspenden y se otorgan casi en exclusiva al delegado especial del Estado en la zona franca; y,
finalmente, la tercera recomendación, que aquellas contrataciones que sean de verdadera relación laboral sencillamente se conviertan en relación laboral. Hasta ahí las recomendaciones del Tribunal de Cuentas. Nuestra propuesta de resolución, por
tanto, señor presidente, es -y es lo primero que solicitamos- que, con carácter inmediato, la zona franca de Cádiz incorpore estas recomendaciones y las asuma de manera inmediata, creo que es absolutamente obligado. Por eso, nuestra postura es que
se solicite por parte de esta Comisión el cumplimiento de esas recomendaciones. En segundo lugar, ¿qué hacemos, nos introducimos en el túnel del tiempo y solicitamos la investigación o fiscalización desde el año 1982, como pretende el Partido
Popular (Rumores.), o continuamos el meritorio e importante trabajo realizado por el Tribunal sin maniobras de distracción, sin dilaciones injustificadas e innecesarias, sin adentrarnos en la tierra del nunca jamás, porque el trabajo que se encarga
al Tribunal llevaría años? Ustedes saben exactamente igual que yo que el Tribunal de Cuentas no se dedica a hacer tesis doctorales, que el Tribunal de Cuentas no es el Archivo Histórico Nacional ni el Archivo General de la Administración (Un señor
diputado: De Salamanca.), ni es el Consejo de Estado al que se le encargan dictámenes ni es la Abogacía del Estado para dar informes de legalidad.
El Tribunal fiscaliza y prepara cuando debe el enjuiciamiento contable, como es el caso del informe
anteriormente presentado. (Rumores.) Me llama la atención lo que ustedes solicitan. Nosotros ya hemos votado en su momento, en el año 2001, mi grupo, no yo, porque no era diputado ni senador en ese tiempo, la resolución que ustedes solicitan, y
así fue pedido al Tribunal de Cuentas, y es el propio Tribunal de Cuentas, por dos ocasiones seguidas, el que decide que lo relevante es lo que incorpora en este informe de fiscalización que trae. Nosotros no tenemos ninguna crítica que hacer al
Tribunal de Cuentas. (Rumores.)


El señor PRESIDENTE: Un momento, señor Román.



Rogaría a SS.SS. que escuchen con atención a la persona que habla, como se ha hecho en todas las intervenciones, y que tengamos la fiesta en paz.
(Un señor diputado: Depende de lo que se diga.)


Puede seguir, señor Román.



El señor ROMÁN GUERRERO: Fue el propio presidente del Tribunal de Cuentas precisamente el que justificó en el Senado esta acción por parte del pleno del Tribunal de Cuentas en dos ocasiones, en dos reuniones seguidas, que decide incorporar
el programa de fiscalización en el consorcio, señalando el pleno su acuerdo de fiscalización, se refiera principalmente a los últimos ejercicios solicitados, hasta 2000, sin perjuicio de atender cualquier otra cuestión de los ejercicios precedentes
que se estime de interés. Y es el Tribunal de Cuentas el que no estima de interés porque no entiende que haya materia relevante en los ejercicios anteriores. Reitera este acuerdo y dice que el periodo a analizar de una manera particular será el
comprendido en los ejercicios anuales de 1997, 1998, 1999 y 2000. Por tanto, nuestro grupo ya lo ha solicitado, lo solicitó en su momento, y es el Tribunal de Cuentas el que en dos ocasiones en su pleno decide investigar de una manera especial lo
que naturalmente es, como he dicho anteriormente, un informe absolutamente insólito en la Administración pública española, afortunadamente, porque no se encuentran informes de esta naturaleza todos los días en nuestra Administración pública. Digo
afortunadamente por el bien de los innumerables gestores


Página 10



públicos que son honrados, aunque nos encontremos aquí con el que presuntamente no lo es. Hace el estudio del periodo correspondiente que ustedes solicitan en las 11 ó 12 primeras hojas del informe, pero no se adentra, por la propia
voluntad del Tribunal de Cuentas. Desde luego, el Partido Socialista no gobernaba en aquel momento, por tanto, nos declaramos absolutamente ajenos a esta decisión, que es autónoma, del Tribunal de Cuentas, y no creo que aquí nadie pueda poner en
duda la autonomía del Tribunal de Cuentas. Nosotros expresamente queremos decir que no la ponemos en duda.



El Tribunal de Cuentas se centra en un período en el que llama poderosamente la atención el modus operandi de ese delegado especial de la zona franca. Y llama poderosamente la atención y lo detalla de una manera muy exacta por su forma de
contratar, por su forma de gastar, por su forma de despilfarrar, por su forma de dilapidar dinero público y por la forma -así lo expresa- de sustraer, que es lo mismo que retirar sin justificar dinero de todos. El trabajo, a nuestro juicio, ha
quedado a medias, porque en la zona franca de Cádiz se crean en muy poco tiempo en este período varias sociedades nuevas, la Inmobiliaria de zona franca, la Red Iberoramericana de Logística y Comercio, Aparcamiento zona franca, Servicios
documentales de la zona franca, Sociedad General de la Bahía de Cádiz y Algeciras, Sogebac, Parque Comercial Las Salinas, y otras de menor importancia y algunas participadas. Rilco, la red iberoamericana, es especialmente activa como empresa en la
que se canalizan los gastos generales del consorcio y muchos gastos irregulares del anterior delegado. Actualmente se está analizando esta distracción de gastos ordinarios e irregulares hacia Rilco por la sección de enjuiciamiento del Tribunal de
Cuentas. Rilco realiza dos contratos por valor de 7 millones de euros con Free Zone Miami Management Service Corporation y Telvent Interactiva, con inumerables irregularidades administrativas, en el pliego de condiciones, en todo el proceso de
adjudicación y en la ejecución de los contratos, que se alargan en el tiempo, en los años 2001 y 2002. Los desarrollos tecnológicos contratados no han generado ingreso alguno a la empresa Rilco , a pesar de ese fortísimo desembolso que se puede
estimar en casi 7 millones de euros, por ello solicitamos la fiscalización rigurosa de estos años, porque hay fundados indicios y posibilidades de que este asunto tenga un conglomerado de intereses, de irregularidades y anomalías infrecuentes y de
todo punto inaceptables.



En el informe del Tribunal de Cuentas se expresa con claridad que la política de avales y créditos de la zona franca era imprudente y arriesgada. Efectivamente, en la conclusión undécima, además de en el texto, se dice que el consorcio
realizó operaciones de financiación de proyectos de inversión de terceros mediante la concesión de préstamos participativos, que en el año 2000 ascendieron a 337 millones de pesetas, a empresas de reciente creación, asumiendo un riesgo poco
proporcionado con los márgenes con los que el consorcio ha venido operando en los últimos ejercicios e insiste en que la mayoría de estas actuaciones tienen difícil encuadre en la actividad del consorcio y alteran los resultados generados en el
curso normal de sus operaciones, aplicando a operaciones de terceros una parte importante de sus recursos. Este riesgo poco proporcionado al que se refiere la conclusión undécima, desde mi punto de vista y no tengo absolutamente ninguna duda, se
refiere justamente a Quality Food, otra empresa que nosotros solicitamos que entre en la investigación. Este holding, la Corporación Alimentaria Grupo Quality Food, compuesta por la propia Corporación Alimentaria Quality Fish, Quality Service y
Quality Food, se ha financiado fundamentalmente a través de consorcio por medio de ayudas oficiales y de avales -como los que refiere el propio Tribunal en su informe- del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz y se usan artificios financieros e
ingeniería contable en este grupo que en todo momento está en conexión con el Consorcio de la Zona Franca, sin ningún género de dudas. Las relaciones se extienden hasta el año 2004 y continúan en el día de hoy, es decir, años 2000, 2001, 2002, 2003
y 2004, con innumerables operaciones irregulares conocidas, consentidas y avaladas por los gestores de la zona franca y las empresas participadas al cien por cien. Por tanto, desde mi punto de vista, hay que centrarse de una manera especial en
estos años, porque la actuación de la zona franca, en una de las operaciones de Quality Food para adquirir una parcela en el parque de Las Salinas, en el Puerto de Santa María, donde el consorcio facilita la capitalización y la apropiación del
anterior propietario, vía Quality Fish, de las aportaciones de un grupo de pescadores que participaban en esa empresa.
La operación está plagada de irregularidades y su fiscalización es urgente, dado que el propietario no aporta financiación, o
bien, que es lo mismo, retira las aportaciones de los demás. Tanto lo uno como lo otro quiere decir que ni aporta la financiación que dice nominalmente que aporta, y retira, por otro lado, los avales de la zona franca o de terceros, presuntamente
en su beneficio personal. Por tanto, nos parece que este tema también debe ser fiscalizado de manera clara e importante.



La situación financiera del Grupo Quality Food es tal que lleva a que el 23 de diciembre de 2003 se decida que el Consorcio de la Zona Franca tenga la participación mayoritaria en Quality Food, lo que ocasiona al consorcio un conflicto
jurídico complicadísimo y largo, así como unas pérdidas muy notables que cada dos o tres meses se pueden estimar en un millón de euros, aproximadamente. Estas operaciones nos hacen pedir la fiscalización hasta poner una fecha, 31 de diciembre de
2004, independientemente del color político del delegado especial que esté en la zona franca; sea del Partido Popular, sea del Partido Socialista, son responsables políticos que tienen un cargo público que tienen que tener la transparencia que
necesitamos.



Página 11



Señor presidente, nosotros queremos la transparencia, la verdad y la honorabilidad de la Administración pública española. ¿Que el Ministerio de Hacienda esté en esta etapa? Yo no sé por qué hace acusaciones personales a un miembro que es
vocal de un pleno al que ustedes precisamente le quitan todas las competencias. Precisamente en el año 1997 quedan retiradas todas las competencias al pleno y allí se sentaban cinco concejales del Ayuntamiento de Cádiz, un representante de Renfe,
un representante de Hacienda, de la autoridad portuaria y una veintena de cargos públicos que no tenían competencias, justamente porque se cambia la manera de actuar de la zona franca de Cádiz. Yo no le diré que el Ministerio de Hacienda, del que
usted era un alto cargo, tendría que haber alertado, vigilado e inspeccionado con mayor celo lo que estaba pasando en la zona franca de Cádiz, no se lo devolveré. El Ministerio de Hacienda tenía que haber ayudado y colaborado, el Tribunal de
Cuentas tiene que fiscalizar y el Parlamento tiene que controlar, en definitiva, que funcione el Estado de derecho y que funcionen los organismos constitucionales tal y como están regulados y que lleguen hasta el final y que lleguen hasta las
últimas consecuencia. Lo dije el otro día y lo digo hoy: corrupción y política son incompatibles o las tenemos que hacer incompatibles y, donde haya habido concomitancia, que desaparezca es nuestra obligación. Así nos lo exigen los ciudadanos, la
opinión pública y naturalmente nuestra conciencia. Por tanto, nosotros vamos a votar a favor de las propuestas números 2 y 3 que presenta el Partido Popular, porque nos parecen adecuadas y votaremos que no a la primera, porque hemos dicho
anteriormente que no debemos admitir ningún tipo de maniobra de distracción en una materia que es absolutamente importante y relevante. Desde nuestro punto de vista, ha sido el propio Tribunal de Cuentas el que ha tomado esa decisión y lo ha hecho
en virtud de su autonomía. No debemos por tanto distraer el trabajo, que debe continuar, del Tribunal de Cuentas, aclarando una gestión que desde nuestro punto de vista necesita ser investigada. Nosotros proponemos, en primer lugar, que se acate
lo que ha dicho el Tribunal de Cuentas y se lleve a efecto de una manera inmediata y, en segundo lugar, que se investigue desde el año 2000, en que termina el anterior período de fiscalización, hasta el 31 de diciembre de 2004, con especial atención
a los contratos que ya he detallado a favor de Miami Free Zone Services Corporation y Telvent Interactiva y al proceso de participación y adquisición de una manera clara de todo el grupo de Quality Food. Esa es la eficacia que nos interesa. La
eficacia no puede ser separada de los procedimientos e indudablemente tenemos que llegar hasta el final en este feo asunto.



El señor PRESIDENTE: Les voy a conceder un turno adicional, pero les rogaría brevedad, ya que las primeras intervenciones han sido bastante amplias.



Tiene la palabra la señora Rodríguez por el Grupo Parlamentario Popular.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Solamente voy a emplear dos minutos para matizar.



En primer lugar -yo no tenía el acta, me la han facilitado en este momento-, el presidente del Tribunal dice que los ponentes de las fiscalizaciones valoraron la posibilidad y los medios que tenían para hacer períodos tan extensos y, como
tenían que hacer otras cosas, en aquel momento toman la decisión que toman. Se la comunican a la Comisión mixta y yo no estaba.



La segunda cuestión se refiere a que, cuando le preguntamos por qué no se incluyó la eficacia, que a nosotros nos parece muy importante, es decir, que el Consorcio de la Zona Franca sirva para algo, con independencia de las actitudes, que ya
he dicho que no vamos a defender de ninguna manera, de sus responsables en un momento determinado, como organismo para Cádiz, que al final es lo que importa, él dice que la resolución de la Comisión Mixta apuntaba fundamentalmente a la actividad
contractual, a los gastos de publicidad y profesionales, a las relaciones exteriores y a los desplazamientos. Nuestro acuerdo hablaba de eficacia, eficiencia y legalidad y para nada de las cosas que dice el presidente del Tribunal.
La verdad es
que no sé qué pasó ahí. Y manifiesta que por eso es el ámbito objetivo de la fiscalización, pero que siempre se está a tiempo de pedir otra que abarque más ámbito. A mí no me parece que pedir la eficacia del consorcio -para eso hay que coger un
período más largo- sea un dislate, pues no se trata de ver todos y cada uno de los expedientes, sino de saber cuál era la actividad del consorcio, cuál era su presupuesto, qué hacía, que objetivos cumplía y hasta dónde llegaba.



Tercera cuestión. Obviamente, nosotros hemos pedido también, solo que dentro de unas resoluciones que ustedes no van a votar, que la fiscalización se amplíe en eficacia, en legalidad, donde se encuadran los contratos con Rilco y con Quality
Food, y asimismo en procedimientos, que no es lo mismo que la legalidad y la eficacia. En esos tres ámbitos nosotros estamos pidiendo que la fiscalización llegue hasta la actualidad. El portavoz socialista ha puesto de manifiesto muchas cuestiones
que determina como irregularidades, habiendo utilizado en algún caso la palabra presuntas. Debe tener más información, y completamente avalada, que la que tenemos nosotros, lo cual resulta curioso. Nosotros estamos poniendo de manifiesto que
queremos que se amplíe la fiscalización del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz, pero pedimos que se vean los procedimientos y se analicen. Queremos que se vea la eficacia y la consecución de los objetivos, porque un organismo público que no sirve
para nada, si se divide por cero, nos cuesta infinito, e indudablemente que se mire la legalidad, en donde entran todos esos expedientes. No tenemos ningún inconveniente en transaccionar la conclusión número dos, incluyendo la eficacia y los
procedimientos


Página 12



desde 2000 en adelante y haciendo mención expresa a Miami Free Zone, a Telvent Interactiva y supongo que a Rilco, porque son los contratos de Rilco y no del Consorcio de la Zona Franca en su conjunto, y seguimos manteniendo que queremos que
la fiscalización de la eficacia y de los procedimientos vaya, como pidió esta Cámara, desde 1982 hasta 1996, una fiscalización que por otra parte no debe ser muy complicada. No hay tantos problemas porque no hay que ver cada papel y creo que es
importante para conocer la evolución del Consorcio de la Zona Franca y hasta dónde llegamos.



El señor PRESIDENTE: Para el siguiente turno adicional, tiene la palabra el señor Román por el Grupo Parlamentario Socialista.



El señor ROMÁN GUERRERO: Quiero reiterar la posición del Grupo Socialista.
Nos interesa muchísimo la eficacia y la legalidad, pero no nos interesa que esta fiscalización no acabe nunca. Yo he puesto sobre la mesa problemas muy urgentes y,
si se dice que se haga un análisis desde el año 1982, en que tuvo lugar nuestro mandato, realmente no se llegaría nunca a estos casos concretos extraordinariamente graves, los cuales están originando pérdidas muy cuantiosas en la Zona Franca de
Cádiz. Por tanto, hay una cuestión de eficacia en la fiscalización. La eficacia en la fiscalización exige -es el criterio del presidente y del pleno del Tribunal de Cuentas- que se investiguen de una manera especial los últimos años y nosotros nos
acomodamos a ese criterio del Tribunal de Cuentas, pues pueden existir especiales dificultades para la fiscalización desde el año 1982 para tener acceso a los documentos más antiguos y puede suponer también una obstaculización injustificada de la
labor del propio Tribunal de Cuentas, ya que se le cargaría con unos años de fiscalizaciones que ya no tienen sentido en detrimento de las que tienen que hacerse, que son las de los años en curso. Y finalmente, en el caso de que existieran
responsabilidades, cosa que ignoro, estas perfectamente podrían haber prescrito, por lo que desde nuestro punto de vista la ampliación solicitada carece totalmente de sentido. Vuelvo a decir que el Tribunal de Cuentas hizo un repaso general de
todos esos años y no encontró ningún dato relevante y por eso se centra en lo que entendió importante, esto es, en la gestión de don Manuel Rodríguez de Castro. Naturalmente, nos centramos en que se vuelva al reparto de competencias que don Manuel
Rodríguez de Castro, con la colaboración del Partido Popular, hizo en el año 1997 y que trastocó totalmente el funcionamiento dentro del Consorcio de la Zona Franca, cambiando los papeles del pleno, del comité ejecutivo y del propio delegado,
asumiendo el delegado el control absoluto de esta organización, y asimismo que se aumenten los mecanismos de control y que se amplíe la investigación hasta el 31 de diciembre de 2004.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES, EJERCICIO 2002 (CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE 251/000138 DE LA VII LEGISLATURA). (Número de expediente del Congreso 251/000025 y número de expediente del Senado
771/000025.)


El señor PRESIDENTE: Concluido el debate del punto número 4, pasamos al número 5: Informe de fiscalización de la entidad pública empresarial Red.es, ejercicio 2002.



Para defender las propuestas de resolución, tiene la palabra la representante del Grupo Parlamentario Popular, la señora Rodríguez.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Nos encontramos ante un informe de fiscalización en el que el Tribunal de Cuentas dice que las cuentas anuales del organismo Red.es correspondientes al año 2002 expresan en todos... (Rumores.)


El señor PRESIDENTE: Un momento, señora Rodríguez.



Por favor, ruego silencio, ya que si no la persona que tiene que hablar no se puede concentrar.



La señora RODRÍGUEZ HERRER: ...expresan en todos sus aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los resultados de sus operaciones y de los recursos obtenidos y aplicados durante el ejercicio.
Ellos analizan cuál ha sido la gestión de Red.es con la gestión del registro de nombres y direcciones, qué ha pasado con una serie de derechos que deberían recaudar y que son de dudoso cobro y qué pasa con unas reclamaciones que tienen pendientes.
El Tribunal termina su informe con recomendaciones en el sentido de que se documenten las resoluciones sobre otorgamiento y mantenimiento de nombres y direcciones, que se realicen actuaciones para impedir la prescripción de derechos y que se adecuen
las provisiones sobre las reclamaciones.



Del análisis de la actividad posterior a la fecha de fiscalización de la entidad, que es nueva, se ha puesto de manifiesto que muchas de las cuestiones de las que hablaba el Tribunal se han ido resolviendo con el paso del tiempo. Incluso el
último consejo de administración de Red.es, como sabrá bien el Grupo Parlamentario Socialista, en junio de 2004 dio de baja esas cuentas de dudoso cobro con informe favorable de la Intervención General y de la Abogacía del Estado.



Por eso, la resolución que presentamos insta al Gobierno para que esta entidad continúe mejorando su gestión y atienda, en el caso de que no lo haya hecho, las recomendaciones que recoge el Tribunal de Cuentas en su informe. Analizando la
resolución del Grupo Parlamentario Socialista, creemos que lo que recoge en sus propuestas de resolución números 1 y 2 es algo que ya


Página 13



está resuelto. Por lo que respecta a las resoluciones del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), quedamos a la espera de sus explicaciones, no compartiendo en principio la número 1 y creyendo que la número 2 está ya resuelta en
el propio organismo.



El señor PRESIDENTE: En representación del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Salvador.



El señor SALVADOR GARCÍA: Cuando se debatió este informe sobre la fiscalización de la Entidad Pública Red.es ya manifestamos nuestra posición frente al informe y de entrada ya dijimos que bienvenidos nuevamente a la política normal, después
de dejar lo de la zona franca de Cádiz, que eso forma parte del surrealismo político en el que a veces nos movemos. De las propuestas de resolución realizadas por los distintos grupos sobre el informe, en el que se dice que lo que se pretendía era
comprobar si la imagen del patrimonio y la situación financiera era la adecuada, y se manifiesta que así es, hemos analizado las peticiones que se realizan como propuestas de resolución y lo que voy a hacer es manifestar nuestra opinión sobre cada
una de ellas.



En relación con la propuesta que presenta el Grupo Parlamentario Popular, nos parece que está redactada de una manera genérica y que se enmarca dentro de la filosofía de la mejora continua. Por lo tanto, creemos que no afecta negativamente,
por lo que la vamos a apoyar.



Las dos propuestas que nosotros hemos hecho, que pasaré a leer posteriormente, tienen que ver con el sentido de las realizadas por el Tribunal de Cuentas, intentando eliminar aquéllas que considerásemos que ya habían sido adecuadamente
cumplidas y redactando en unos términos que dejasen el margen al propio organismo Red.es para su culminación, dado que sí sabemos que ha evolucionado bastante desde que se plantearon hasta ahora y que prácticamente todas están resueltas.



Nuestra primera propuesta es la de instar al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para que encomiende a su vez a la Entidad Pública Empresarial Red.es a que acometa el control del proceso de otorgamiento y mantenimiento de nombres y
direcciones de internet, mediante la elaboración de un expediente individualizado para cada uno de ellos. Lo que recalcamos expresamente es mediante la elaboración de un expediente individualizado que dé formalismo a estos dominios.



La siguiente sería instar al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para que encomiende a su vez a la Entidad Pública Empresarial Red.es que estudie si las dotaciones previstas para acometer las provisiones de eventuales
responsabilidades por reclamaciones son suficientes y en caso contrario adopte las medidas oportunas para garantizarlas, porque era algo que el Tribunal resaltaba que no tenía claro que eso fuese así. Como nosotros tampoco tenemos claro que sea lo
contrario, lo que pedimos a Red.es es que analice y que estudie adecuadamente ese punto y que, si tiene que tomar alguna medida, la adopte oportunamente.



Con respecto a las enmiendas planteadas en este caso por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), nos ha chocado la redacción de algunas, aunque esperamos que en la explicación de cada una de ellas podamos encontrar algo más de
luz. La primera de ellas, tal y como está redactada, no podemos apoyarla porque lo que dice es: Instar a la entidad pública a implantar un procedimiento por escrito. Estamos hablando de una entidad que se dedica precisamente a todo lo contrario;
estamos con el proyecto del DNI electrónico, de la firma electrónica, no parece lógico que a una de las entidades pioneras en este tema se le encargue que empiece a aplicar procedimientos por escrito, como si eso fuera una carencia. Nos parece más
bien una vuelta atrás. Además, está garantizado que, si un ciudadano quiere utilizar los medios escritos para plantear propuestas de cara a Red.es o utilizar sus servicios, va a ser debidamente atendido y respondido en los mismos términos. Por
tanto, estando garantizando, creemos que es una vuelta atrás instar a Red.es a que vaya a este terreno.



Con respecto a la siguiente, en la que se pide un plan para la mejora de los sistemas y procedimientos para el cobro de ingresos, el Tribunal de Cuentas, cuando hacía mención a esto, se refería a un tipo de servicios prestados que nada
tienen que ver con los servicios que presta en la actualidad, ya que entonces se refería a los servicios de difusión de señales de televisión prestados en los años 1992 a 1997. Al haber desaparecido el carácter de estos servicios y teniendo una
orientación actual totalmente distinta, tampoco creemos que tenga ningún sentido la propuesta porque no se ajusta directamente a la realidad.



En la siguiente propuesta, se insta a la Entidad Pública Empresarial Red.es a realizar las modificaciones que sean necesarias, con objeto de hacer accesibles en las diferentes lenguas del Estado toda la información y documentos, así como los
formularios de solicitud e inscripción de nombres de dominio de su página. Tenemos que decir que estamos absolutamente de acuerdo con la filosofía, por lo que pediríamos una transaccional que continuase diciendo, a partir de 'en las diferentes
lenguas del Estado', los formularios de solicitud de inscripción de nombres de dominio de su página web, así como la documentación en la medida en que sea presupuestariamente asumible. Mantenemos la filosofía con la que estamos plenísimamente de
acuerdo.



En la última, donde se dice que se insta a la Entidad Pública Empresarial Red.es a realizar un estudio sobre la repercusión en el impulso e incentivo del uso de la utilización de las tecnologías de la información y comunicación y en la
mejora de la accesibilidad de la red, con la creación del dominio de primer nivel cat, también estamos de acuerdo con el espíritu, pero creemos que se encuentra fuera del objetivo que planteaba


Página 14



el Tribunal de cara al informe. Esta propuesta forma parte más del trabajo del Observatorio para el desarrollo de la sociedad de la información y del conocimiento, que forma parte ya de Red.es, que se encarga periódica y anualmente de hacer
este tipo de informes, y nos consta que los está realizando.



Sobre la parte final, donde dice: ver la mejora de la accesibilidad, debido a la creación del dominio cat, la accesibilidad más bien tiene que ver con garantizar la utilización de las autopistas de la información, por tanto, el acceso que
tengan los ciudadanos a bajo costo de la banda ancha y también con facilitarles ordenadores o el harward necesario para ello. Nada tiene que ver con el tema del dominio, filosofía con la que, repito, también estamos totalmente de acuerdo.



El señor PRESIDENTE: A continuación, para defender sus propuestas, tiene la palabra el señor Vilajoana, en representación del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



El señor VILAJOANA ROVIRA: Señoras y señores diputados, empezaré por las dos últimas resoluciones, en las que de alguna forma hay líneas de acuerdo con la redacción de su propuesta, pues el aspecto económico me parece positivo. De todas
maneras, una de las ventajas que tiene la sociedad de la información es la facilidad y el bajo coste de hacer este esfuerzo. Por tanto, sería importante que remarcáramos este tema.



Respecto al punto 4, donde hablamos del dominio cat, entendemos que facilitar este nuevo dominio podría provocar que más ciudadanos, que más empresas, que más entidades entraran de una forma más clara. Por tanto, lo que pedimos es que Red
encargue a quien corresponda que analice las ventajas que tendría para la implementación de la sociedad de la información en el conjunto de la sociedad que el dominio cat fuera un elemento más de estímulo a esta práctica. Este es el elemento y esta
sería una forma de recoger indirectamente, pero entendemos que era un buen momento para expresarlo, nuestra voluntad y nuestro deseo de que este dominio cat esté vigente en el sistema del país. Este era el objetivo de esta resolución.



Respecto a la primera, cuando hablamos de procedimiento por escrito, evidentemente no estamos hablando de papel pues también se escribe en el sistema informático. Nosotros tenemos la impresión de que Red informa negativamente cuando un
dominio ya está registrado, pero en cambio cuando no hay esta dificultad, Red no informa de nada. Lo que pedimos cuando decimos información escrita es que sea comunicada al solicitante ya sea positivo o negativo. Es decir, Red responde que no se
puede utilizar este dominio porque ya está registrado; en cambio, si puedo utilizarlo, no me responde nada y no tengo ningún documento. Pedimos que, por el mecanismo que sea -electrónico, informático, etcétera-, me diga que sí que tengo esta
utilidad y que estoy registrado. El objetivo de este primer punto es confirmar este hecho. Repito, Red me dice que no puedo utilizar este dominio, pero no me dice que sí que estoy registrado, que este dominio es mío. Esta es al menos nuestra
interpretación. Entendemos que sería positivo establecer este procedimiento. Cuando decimos por escrito, no nos estamos refiriendo a papel sino una información con firma electrónica, etcétera, para que yo sepa que este dominio es mío, lo puedo
utilizar y está registrado como mío.



Respecto al tema de poner en marcha sistemas de plan de mejoras de sistema de cobro, nos parecía que en el informe del Tribunal de Cuentas había unos ciertos problemas en cuanto al cobro de estos servicios que actualmente están vigentes como
derechos, etcétera. Este era el objetivo de este punto y por eso presentamos esta resolución en este segundo aspecto.



El señor PRESIDENTE: Concluido el debate del punto número 5 del orden del día, pasamos a la votación. Previamente, quisiera decir a los señores portavoces que esta Presidencia ha entendido que había una serie de transaccionales que no han
llegado a esta mesa y sería conveniente que las hicieran llegar. Si quieren SS.SS., suspendemos por cinco minutos y ordenamos un poco la votación. (Pausa.)


Señorías, reanudamos la sesión.



Vamos a empezar la votación de estos cinco primeros puntos del orden del día, que ya hemos visto en la Comisión. Comenzamos por el punto primero: Informe de fiscalización del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y
Tecnológicas, ejercicio 1998. A este punto, el Grupo Parlamentario Popular ha retirado sus propuestas. Por tanto, procede votar las propuestas de resolución del Partido Socialista.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.



Con relación al punto número 2 del orden del día, informe de fiscalización selectiva de determinadas áreas de la actividad de la Sociedad Española de estudios para la comunicación fija a través del Estrecho de Gibraltar, el Grupo Popular ha
retirado las propuestas 1 y 2 y se ha llegado a un acuerdo de transacción en relación con la propuesta número 3 del Grupo Socialista. Entiendo que tenemos que votar las propuestas del Grupo Socialista con la transaccional que queda de la siguiente
forma: Instar al Gobierno para que continúe los trabajos que la sociedad tiene encomendados, con la máxima eficiencia y que avancen al ritmo que fijen las directrices, etcétera. Pasamos a la votación.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.



Página 15



Pasamos al punto número 3, informe de fiscalización de las incidencias producidas hasta el día 31 de diciembre de 2001, con relación al cumplimiento de las incidencias de ejecución pactado en los contratos de obras formalizados por el Ente
Gestor de Infraestructuras Ferroviarias para la construcción de la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona-frontera francesa. En primer lugar, votamos las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 19; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votamos las propuestas presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 18.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.



En relación con las propuestas presentadas por el Grupo Parlamentario Catalán, hay una transacción en relación con la propuesta de resolución número 9.



El señor VILAJOANA ROVIRA: Admitiríamos la propuesta que hace el Grupo Popular de enmienda transaccional y pediría al señor presidente que votáramos la resolución número 11 por separado. Votaríamos la 9 transaccionada, la 10, 12, 13 y 14
en un bloque y la 11 separadamente.



El señor PRESIDENTE: Votaríamos la 9 transaccionada, la 10, la 12, la 13 y la 14. Procedemos a votar estas resoluciones en este momento.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.



Pasamos ahora a la votación de la propuesta número 11.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 18.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



A continuación pasamos al punto número 4 del orden del día, relativo a la fiscalización del Consorcio de la Zona Franca de Cádiz. En primer lugar, votamos las propuestas presentadas por el Grupo Popular.



Señor Vallès.



El señor VALLÈS VIVES: Pedimos votación separada de la 1, 2 y 3 del Grupo Popular. Es decir, votaríamos conjuntamente la 1, 2 y 3, y por separado la 4 y la 5.



El señor PRESIDENTE: Votamos, en primer lugar, las propuestas 1, la 2 y la 3, presentadas por el Grupo Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18; en contra, 19; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



Votación de las propuestas 4 y 5.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados por unanimidad.



A continuación pasamos a las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Socialista. Si no hay petición de votación...



La señora RODRÍGUEZ HERRER: Por favor, por separado.



El señor PRESIDENTE: Las votamos por separado. En primer lugar, votamos la propuesta número 6, que es la número 1 presentada por el Grupo Socialista.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.



Pasamos a la propuesta número 7, que es la 2 presentada por el Grupo Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19; abstenciones, 19.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.



Pasamos al último punto objeto de votación, que es el informe de fiscalización de la Entidad Pública Empresarial Red.es, ejercicio 2002.
Antes de empezar la votación voy a dar la palabra al representante del Grupo Catalán para que explique
el resultado de las transacciones.



El señor VILAJOANA ROVIRA: Señoras y señores diputados, retiramos la resolución 4 porque entendemos que la 2 presentada por el Grupo Socialista incorpora la filosofía que había en esta resolución. Retiramos también la número 5 y proponemos
una enmienda transaccional respecto a la 6, que quedaría de la siguiente forma. Luego, señor letrado, le daré el texto concreto, pero la leo para que lo conozcan todas sus señorías.
Insta a la Entidad Pública Empresarial Red.es a realizar las
modificaciones que sean necesarias, con objeto de hacer accesible, en las diferentes lenguas del Estado, los formularios de solicitud de inscripción de nombres de dominio de su página web, así como la documentación en la medida que sea
presupuestariamente posible. Por otra parte, retiramos nuestra resolución


Página 16



número 7 porque entendemos que la Comisión sobre la Sociedad de la Información es donde se debe realizar este planteamiento que reivindicamos.



El señor PRESIDENTE: Pasamos ya a las votaciones. Empezamos votando la propuesta de resolución presentada por el Grupo Popular.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.



El señor PRESIDENTE: Pasamos a votar las propuestas de resolución presentadas por el Grupo Socialista.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.



A continuación votamos la propuesta número 6, transaccional de las que ha presentado el Grupo Catalán porque, tal y como se ha dicho, las demás se han retirado.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.



Una vez terminadas las votaciones de esta primera parte de la Comisión, suspendemos por cinco minutos mientras llega el presidente del Tribunal de Cuentas. (Pausa.)


COMPARECENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (NIETO DE ALBA) PARA INFORMAR SOBRE LOS SIGUIENTES EXTREMOS:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA CONTRATACIÓN CELEBRADA O EN VIGOR EN 1999 Y 2000, DE LAS ADQUISICIONES DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACÉTICOS EN UNA MUESTRA DE HOSPITALES DE TITULARIDAD PÚBLICA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD. (Número
de expediente Congreso 251/000004 y número de expediente Senado 771/000003.)


El señor PRESIDENTE: Reanudados la comisión. En primer lugar, quiero dar la bienvenida al presidente del Tribunal de Cuentas. Empezamos con el punto número 6 del orden del día, dentro del apartado comparecencia del presidente del Tribunal
de Cuentas, para informar sobre distintos expedientes. Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para explicar el informe de fiscalización sobre la contratación celebrada o en vigor en 1999 y 2000, de las adquisiciones de medicamentos
y productos farmacéuticos en una muestra de hospitales de titularidad pública del Sistema Nacional de Salud.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): El informe al que se acaba de hacer referencia fue elaborado a iniciativa del propio Tribunal y aprobado por éste en su sesión plenaria del 30 de abril de 2003. Su objetivo ha
sido el análisis comparativo de los contratos celebrados y en vigor en los ejercicios 1999 y 2000 relativos a la adquisición de medicamentos y productos farmacéuticos para una muestra de hospitales del Sistema Nacional de Salud. La citada muestra
abarcaba 16 hospitales de distinta tipología, aunque todos ellos de titularidad pública y dependientes de las diferentes administraciones públicas. De ellos, únicamente el Hospital de Navarra no pudo ser fiscalizado por no haber sido atendidos los
requerimientos efectuados al respecto por el Tribunal.



Los resultados obtenidos se reflejan en las conclusiones del informe, que abarcan fundamentalmente los siguientes aspectos. Aspectos de carácter general. El informe señala que no ha existido una política de compras de medicamentos común a
los hospitales objeto de la muestra y que han realizado sus adquisiciones de medicamentos sin atender a criterios de gestión comunes ni buscar las mejores condiciones de compra ofrecidas por los proveedores a otros hospitales del sistema. Por su
parte, ni el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, ni las distintas administraciones públicas han ejercido sus competencias de coordinación, planificación conjunta y establecimiento de condiciones generales de contratación en el
primer caso y de coordinación voluntaria en el segundo.



En cuanto al procedimiento de adquisición de medicamentos, en este punto el informe concluye que la adquisición de medicamentos, en su mayor parte, se ha llevado a cabo al margen de los procedimientos previstos en la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas, recurriendo a procedimientos propios para compras menores que, no obstante, están regulados por la citada ley. Asimismo, se ha detectado el recurso al fraccionamiento de los contratos y se aprecia la realización de
frecuentes pedidos de cantidades pequeñas en medicamentos que evidencia una política de adquisición a corto plazo y una ausencia de planificación anual. La utilización del concurso público como forma de adjudicación ha sido residual, apreciándose
debilidades en la fase preparatoria. Algunos hospitales no contaban con normas de régimen interior para la tramitación de adquisiciones de medicamentos y en lo casos en que existían estas normas, no siempre se han aplicado.



Respecto a precios y condiciones de compra de los medicamentos, con independencia de la existencia de medicamentos sujetos a derechos exclusivos, en los que, por tanto, los precios son uniformes, el Tribunal ha


Página 17



comprobado que en las adquisiciones del resto de medicamentos de diferentes precios obtenidas por los hospitales han llegado en algún caso al 236 por ciento. Estas diferencias se han debido, fundamentalmente, a la capacidad de negociación
de los hospitales y al procedimiento de adquisición utilizado. Cuando se ha acudido al concurso, promoviendo la publicidad y concurrencia, se han obtenido ahorros de costes y disminuciones de precios. A esta disminución ha contribuido también la
introducción en el mercado de medicamentos genéricos. Asimismo, las diferencias reseñadas se explican por una política de compensaciones seguidas por los laboratorios respecto de la globalidad de las compras de cada hospital y por la falta de
coordinación de las administraciones sanitarias para obtener las mejores condiciones de suministro y precio.



Sobre el funcionamiento del servicio de farmacia de los hospitales, el informe aprecia una falta de homogeneidad en la organización y modelo de gestión de estos servicios, un diferente aprovechamiento de los medios informáticos y un distinto
grado de implantación de los sistemas de contabilidad analítica, todo lo cual ha propiciado la existencia de grandes diferencias en cuanto al funcionamiento y eficacia de los mismos.



En cuanto a la gestión del gasto en medicamentos, el Tribunal ha comprobado que el gasto en medicamentos creció un 15,4 por ciento en los hospitales fiscalizados en el ejercicio 2000 respecto a 1999, que este gasto se realizó mediante
pedidos directos sin la cobertura de contratos debidamente formalizados y que el pago, en muchos casos, se ha trasladado a ejercicios posteriores a los citados, lo que pone de manifiesto una deficiente gestión presupuestaria, derivada de una falta
de previsión que ha conducido a determinados hospitales fiscalizados a una situación de endeudamiento elevado. El informe concluye con una serie de recomendaciones, unas de carácter general dirigidas al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional
de Salud, para que valoren la oportunidad de acordar las condiciones generales de planificación, coordinación, contratación, adquisición y suministro de medicamentos en el ámbito del sistema. En las recomendaciones relativas a los aspectos
concretos analizados destaca la necesidad de contratar la adquisición de medicamentos con arreglo a las normas de contratación aplicables, la utilización preferente del concurso público, la adopción de medidas que promuevan la competencia y permitan
obtener disminuciones en los precios, la mejora de la organización y gestión de los servicios de farmacia y la planificación adecuada de la adquisición de medicamentos que permita su correcta presupuestación y la suficiencia de los créditos
correspondientes.



El señor PRESIDENTE: A continuación, abrimos el turno de aclaraciones y preguntas. En primer lugar, tiene la palabra el representante del Grupo Parlamentario Popular, don Jaime Ignacio del Burgo.



El señor DEL BURGO TAJADURA: Quiero hacer una precisión de carácter previo, y es que mi intervención solo se va a referir, no a los aspectos sustantivos del informe del señor presidente del Tribunal de Cuentas, que acaba de hacer, sino a un
incidente que figura en el informe remitido, que además se repite en otros informes de la misma naturaleza, respecto a Navarra y la presunta desobediencia, llamésmola así, del Hospital de Navarra y de otros órganos dependientes de la Comunidad
Foral, en relación con la labor fiscalizadora del Tribunal de Cuentas. No quiero dejar pasar la ocasión sin que quede constancia en acta, en primer lugar, de que se trata de un asunto absolutamente superado por el tiempo.
Estamos hablando de algo
que ocurrió en el año 2001. Estamos en 2005 y puedo asegurar, y el presidente del Tribunal de Cuentas seguramente ratificará mis palabras, que las relaciones que existen actualmente entre el Tribunal de Cuentas y la Cámara de Comptos son
absolutamente cordiales y guiadas por el espíritu de la máxima cooperación entre las dos instituciones.



Si el Hospital de Navarra en aquel momento no atendió los requerimientos del Tribunal de Cuentas fue porque, en opinión del Gobierno de Navarra, se hicieron de manera, no digo irregular, en el sentido peyorativo del término, sino al margen
del procedimiento que está establecido en la Ley orgánica de reintegración y amejoramiento del régimen foral de Navarra, donde se especifica con toda claridad cómo se fiscalizan las cuentas de la comunidad foral propias del Gobierno, como de todo el
sector público dependiente de la comunidad, y cómo es la Cámara de Comptos la única que realmente tiene la competencia para realizar, en ese trámite de fiscalización, el examen y censura de tales cuentas. Otra cosa es la intervención, que también
está prevista en el amejoramiento del Tribunal de Cuentas, que lo hace recibiendo el dictamen que emita la Cámara de Comptos y que luego el Tribunal de Cuentas puede pronunciarse sobre el mismo. Pero no se cumplió el procedimiento y en la
documentación que se ha repartido en el informe del Tribunal ya figura -por cierto, incompleto, porque solamente figura una hoja, pero sería conveniente que hubiera estado todo completo- el acuerdo que adoptó el Gobierno de Navarra el día 11 de
junio de 2001, del que sólo figura una página, porque el resto no aparece, pero que es suficientemente expresiva a la hora de decir por qué el Gobierno de Navarra ordenó al Hospital de Navarra que no cumpliera esos requerimientos. El presidente del
Tribunal sabe muy bien que hubo una serie de conversaciones como consecuencia de este incidente y que al final en estos momentos, insisto, no existe absolutamente ningún problema para que el Tribunal de Cuentas cumpla con la función que
constitucionalmente tiene establecida y al mismo tiempo se respete lo que establece este amejoramiento. Esto es lo que yo quería dejar constancia aquí, sin perjuicio de que mi compañera en la Comisión se referirá a todos los


Página 18



aspectos que, insisto, son sustantivos en relación con esta fiscalización horizontal de la sanidad.



El señor PRESIDENTE: Para completar el turno, tiene la palabra la señora Font.



La señora FONT BONMATÍ: Me gustaría presentar algunos aspectos que son comunes a los cinco informes que hoy vamos a escuchar por boca del señor presidente. En primer lugar, se fiscaliza a determinados hospitales en periodos comprendidos en
algunos de ellos desde el año 1997 -por tanto es una fiscalización que se ha quedado un poco antigua- hasta el año 2001, mucho antes de haberse producido las transferencias sanitarias, pero a la hora de fiscalizar se ha hecho con criterios y con
leyes algunas de ellas del año 2002. Por tanto, esos hospitales en el año 1997 no se adaptaban evidentemente a una normativa que se produce una serie de años más tarde, en el año 2002. Como digo, a partir de la publicación de las leyes es evidente
que todos tienen obligación de cumplirlas y en eso estamos de acuerdo con las recomendaciones del informe del Tribunal de Cuentas, que las leyes hay que cumplirlas, como no podía ser de otra manera.



En segunda lugar, hace muchas referencias a la Ley General de Sanidad y a la Ley del Medicamento en algunos aspectos que ya se han quedado bastante obsoletos. Hay que recordar que la Ley General de Sanidad se hizo en el año 1986 y
actualmente las cosas han cambiado muchísimo, han cambiado muchas de las cuestiones que aquí estaban planteadas y por eso uno de los asuntos que en algunos de los informes aparece, que es la falta de normativa aplicable o la aplicación de
determinados artículos que en ese momento, estaban vigentes en la Ley del año 1986, y ya se han realizado o están realizándose en este momento por parte de las distintas comunidades autónomas, porque a partir del año 2001 se transfirió la gestión en
materia sanitaria a todas aquellas comunidades autónomas que en ese momento no la tenían transferida. Voy a citar algunas por poner un simple ejemplo, como puede ser la Ley del estatuto marco, la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
Salud o la Ley reguladora de autonomía del paciente, etcétera. Después de las transferencias sanitarias se realizaron una serie de leyes, en algunos casos básicas, y algunos reales decretos que son de aplicación a las comunidades autónomas, y éstas
tendrán que desarrollar -algunas ya están desarrolladas, otras se seguirán desarrollando a lo largo del tiempo- muchas de las recomendaciones que vienen apareciendo en los distintos informes.



Con respecto al informe que en este momento se nos ha presentado, que es la adquisición de medicamentos y productos farmacéuticos, como he dicho antes la Ley del Medicamento establecía la necesidad de asegurar una prestación farmacéutica que
estuviera financiada por el Sistema Nacional de Salud, a unos precios razonables y con un gasto público ajustado. Todo el mundo sabe que el gasto en farmacia aumenta y usted ha hablado de un crecimiento de un 15 por ciento en el año 2000 con
respecto al año 1999.
Hay que tener en cuenta que los gastos farmacéuticos aumentan por muchas causas, una de ellas que los últimos medicamentos, los de última generación, los medicamentos dedicados a tratamientos de cáncer y de sida son muy caros,
muchos de ellos son de uso exclusivamente hospitalario y esto hace que aumente mucho el gasto farmacéutico. Otro de los aspectos que también incrementa el gasto farmacéutico es el aumento de la población, la cual accede cada vez más y con mayor
facilidad a ese tipo de medicamentos. Al mismo tiempo también hay que tener en cuenta los medicamentos que el propio Sistema Nacional de Salud pone a disposición de todos los pacientes. Una de las recomendaciones que usted hace a lo largo del
informe es el uso de las unidosis y también ha reflejado que los medicamentos genéricos en alguna medida ha contribuido a disminuir el gasto farmacéutico. Igualmente, aunque no lo ha nombrado, hay que recordar los precios de referencia, porque al
caducar la patente en los medicamentos de diez años, se puede rebajar considerablemente, hasta un 60 por ciento, el gasto de ese medicamento. En ese momento se han suprimido de un plumazo los medicamentos de referencia y entonces veremos cómo la
factura farmacéutica no se va a comportar como sería deseable.



Yo no voy a entrar en muchos detalles de política farmacéutica, no es el momento tampoco en esta Comisión, pero sí me quería centrar en algunos aspectos de su informe. Por ejemplo, en su informe menciona que las variaciones de los precios
han resultado más relevantes entre hospitales que entre medicamentos y que el ahorro ha dependido más de la capacidad de negociación y del proceso de adquisición utilizado por cada hospital que del medicamento en sí adquirido. Me gustaría que usted
nos explicara, si es posible, por qué considera negativo este Tribunal que la diferencia de capacidad de negociación de los gerentes hospitalarios se manifieste a través de los precios de medicamentos adquiridos; si por el contrario habría que
quitar esa capacidad de gestión a los gerentes hospitalarios y se abogaría por un sistema centralizado de compras directamente de los medicamentos y de sus productos; de ser así, ¿tendría que ser un centro por cada comunidad autónoma? Puesto que
vamos a remitirnos a la realidad en la que en este momento estamos, ¿tendría cada comunidad autónoma que hacer un centro de compras para todos los hospitales que están bajo su competencia o bien tendrían que depender del Ministerio de Sanidad y
Consumo, según las fórmulas que se adoptasen, a través del Consejo Interterritorial?


En otra parte del informe en algunos casos veo un poco de incongruencia de unas matizaciones a otra. Dice que se pone de manifiesto que los hospitales han llevado a cabo la adquisición de medicamentos principalmente mediante la realización
de frecuentes pedidos de cantidades pequeñas, lo que evidencia una política


Página 19



de adquisición más bien a corto plazo más que a largo plazo. En esta cuestión habría que explicar también por qué se realiza así en los hospitales. Hay que tener en cuenta que los medicamentos tienen unas fechas de caducidad, que no todos
los medicamentos se utilizan siempre, sino que hay cambios en la política de tratamientos porque se recomiendan otros fármacos, por tanto no pueden almacenar muchos medicamentos en sus propios hospitales, pero usted ha hecho mención a ello y por eso
lo digo.
Pero entraría en clara contradicción, como he dicho antes, con otro apartado en donde se refleja que las diferencias de precios se han producido independientemente del volumen de compras efectuado.
Paradójicamente, hospitales que tienen
un gran volumen de compra de estos medicamentos han obtenido peores precios y condiciones de compra que otros hospitales con menos volumen de compra. Como entra en clara contradicción un apartado con el otro, me gustaría que nos aclarara cuál es la
opción más adecuada, si la de compras en pequeña escala, como han realizado hasta hora muchos hospitales, o una compra a gran escala, aun a sabiendas de que no son las mejores condiciones las que se puedan obtener para abaratar costes en los
hospitales. Esto es bastante importante porque va a influir, evidentemente, en la política de compras de medicamentos. Por eso, si es posible, le ruego nos lo aclare.



Los servicios de farmacia de los hospitales, con respecto a su funcionamiento, tienen que estar adaptados al hospital en el cual están ubicados. No es lo mismo el servicio de farmacia de un hospital tan grande como el Hospital Ramón y Cajal
o como el Hospital Doce de Octubre que el de un hospital pequeño como el de Guadalajara, provincia a la que yo represento. Por tanto, los servicios de farmacia tienen que estar adaptados a las necesidades de los hospitales y no podría ser una
organización homogénea para todo el Sistema Nacional de Salud. Me gustaría saber su opinión sobre si la gestión y la organización serían más eficaces si fueran homogéneas para todo el Sistema Nacional de Salud o si, por el contrario, cada servicio
de farmacia tendría que adaptarse, evidentemente, a las necesidades y condiciones de cada hospital, porque no es lo mismo un hospital de atención secundaria que un hospital de atención terciaria.



Con respecto a la contratación, evidentemente, todos los hospitales de todas las administraciones públicas se tienen que ajustar a la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, vigente en cada momento.
Estamos de acuerdo en que
tendrán que adaptarse y en que aquellos que no lo han cumplido, deben hacerlo antes, durante y después de estas comparecencias.



El señor PRESIDENTE: Para el turno de preguntas y aclaraciones, tiene la palabra la señora Martel por parte del Grupo Parlamentario Socialista.



La señora MARTEL GÓMEZ: Gracias por su presencia, señor presidente del Tribunal de Cuentas.Quiero empezar mi intervención dándole las gracias por su exposición muy clarificadora del contenido de este magnífico informe fiscalizador que nos
ha presentado. Me parece un análisis muy objetivo y con una metodología muy precisa por la intervención que hemos oído, que nos ha dado una clara referencia a cómo funcionan los servicios de farmacia dentro de los distintos hospitales de los que se
ha hecho un muestreo en este informe. Además quiero reseñar la oportunidad en el momento, ya que tenemos el plan estratégico de política farmacéutica presentado por el Gobierno y, seguramente, las conclusiones que emanen de este informe y a las que
lleguemos darán mayor soporte a este plan estratégico.



Considero muy acertado el informe fiscalizador realizado por el Tribunal de Cuentas, en el que se ha hecho un muestreo de 16 hospitales de diferentes tipologías, en el sentido de que se han elegido hospitales con diferentes tipos de gestión,
de diferentes tamaños y con diferentes servicios aportados a la sociedad. En el análisis comparativo de cada uno de los procedimientos se ha verificado el grado de cumplimiento de los criterios de eficacia y de economía, el grado de implantación de
la planificación adecuada para un funcionamiento en los hospitales. De esta forma, vemos en el informe cómo se ha fiscalizado la totalidad de los contratos celebrados por los hospitales, y en el caso de la no existencia de estos contratos, se ha
podido fiscalizar toda la documentación generada como pedidos, albaranes, en base a llegar a unas conclusiones sobre cómo se estaba realizando el gasto en los periodos fiscalizados -1999 y 2000- por estos hospitales de referencia.



Me gustaría resaltar, tras la fiscalización de toda la documentación aportada por las muestras de hospitales y por las conclusiones a las que el Tribunal llega, que se ha podido comprobar que, en muchas ocasiones, las adquisiciones de
medicamentos y productos farmacéuticos no han sido formalizadas por documentos contractuales ni tramitadas con arreglo a los procedimientos legales establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y en el texto refundido de la
ley. En este caso podemos ver que del total de los gastos realizados en 1999 por los hospitales de la muestra, por un importe total de 31.542 millones -que sería el cien por cien del gasto realizado-, solamente el 7,1 por ciento de los mismos -y me
ha llamado la atención- se realizaba conforme a los procedimientos contemplados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En el año 2000, que hay un incremento del gasto del 15 por ciento -ascendía a 36.411 millones-, solamente el
9,5 por ciento del total del gasto se realizaba conforme a los procedimientos contemplados en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La mayor parte de las adquisiciones de medicinas y productos farmacéuticos -el 92,9 por ciento en el
año 1999 y el 90,5 por ciento en el


Página 20



año 2000- habían sido articuladas al margen de los procedimientos de contrataciones previstos en esa ley. De igual forma la presente fiscalización ha permitido realizar un análisis también comparativo de la manera de gestionar las
adquisiciones de medicamentos y productos farmacéuticos en los distintos hospitales. Haciendo un análisis de los factores que podían determinar el gasto de los medicamentos, en el informe también se contempla el número de camas, la tipología de los
servicios prestados y la atención ambulatoria en determinados casos.
También se llega a la conclusión de que no existe un paralelismo entre el gasto y el número de camas que dan servicio dentro de estos centros hospitalarios.



Los procedimientos de compra que se estaban haciendo en estos centros -directa a proveedores o compra menor-, como ya hemos referido, en ningún caso se estaban ajustando a lo previsto en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Hay hospitales muy significativos, como es el caso del Hospital Universitario de Vall d'Hebron, en Barcelona, con un gasto de 5.991 millones de pesetas en 1999 y 7.362 millones de pesetas en el año 2000, que hacía compras al margen de la Ley de
Contratos de las Administraciones Públicas. Otra de las situaciones que hemos comprobado tras la lectura de este magnífico informe, como les decía y que me gustaría resaltar, es que en la mayoría de los hospitales se habían iniciado convocatorias
de concursos y procedimientos de negociación en el año 1999 con arreglo a la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y, sin embargo, en el año 2000 se habían abandonado. La conclusión del Tribunal es que parece ser que se debía a que
había una escasa o nula experiencia en la tramitación de los concursos públicos para la adquisición de medicamentos.



Por otro lado, con relación a los servicios de farmacia se ha comprobado también que no existe uniformidad en cuanto a la gestión, organización y funcionamiento. Todo esto redunda, en definitiva, en los precios y en las condiciones de
compra, observándose que los medicamentos de carácter exclusivo aparecían con unos precios uniformes, ajustados a los precios de venta autorizados, y sin embargo el 30 por ciento del gasto se producía en medicamentos sobre los cuales se podría haber
hecho una competencia real entre proveedores generando un ahorro al sistema. Estas diferencias han dado lugar, y como usted mismo ha reflejado en el informe, a que en determinados casos se haya llegado a un incremento del 236 por ciento; es el
caso del suero Ringer, del laboratorio Baxter. Las diferencias de precios se han producido independientemente del volumen de compra efectuado, dándose la paradoja de que hospitales con mayor volumen de compra han obtenido peores precios que otros
con un volumen de compra menor. Por tanto, la variación de precios ha sido muy significativa entre hospitales y entre medicamentos, dependiendo más de la capacidad negociadora que del procedimiento de adquisición.



Quiero dejar constancia de que el informe es magnífico, sin duda saldrán muchas conclusiones de él, pero quisiera hacer referencia a que una gestión adecuada de las adquisiciones de medicamentos en hospitales de titularidad pública debe
estar inspirada por los principios de legalidad, eficiencia y economía. Sin embargo, tras la lectura de este informe se ha podido comprobar que la gestión ordinaria de adquisición de los medicamentos y productos farmacéuticos que se ha venido
practicando en los hospitales públicos se enfrenta a problemas de índole diversa y que ha comprometido en muchas ocasiones el cumplimiento efectivo de los principios de eficiencia, de economía y de legalidad.



Por todo ello, señor Nieto, nos gustaría conocer si la totalidad de los hospitales muestreados hubiesen realizado sus compras en base a los procedimientos previstos en la Ley de Contratos de las administraciones públicas, ¿se hubiese
conseguido un incremento de gasto inferior a la media del 16,5 por ciento? Por otro lado, ¿una uniformidad, en lo referente a la organización interna de los servicios de farmacia, contribuiría a una racionalización del gasto de medicamentos? ¿De
qué forma considera que las políticas de los laboratorios al ofertar incluso productos con precios cero, incide en el conjunto del gasto por medicamento en el Sistema Nacional de Salud? Y, por último, señor Nieto, me gustaría que me dijera, a la
vista de los resultados obtenidos y dada la solicitud de que sean transferidas las competencias a las distintas comunidades autónomas de estos hospitales muestreados, ¿tienen previsto seguir con este tipo de fiscalización?


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para contestar.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): En primer lugar y respecto a las manifestaciones del señor Del Burgo, en efecto, el Hospital de Navarra fue seleccionado dentro de la muestra en tres fiscalizaciones y es un
hospital adscrito al Servicio Navarro de Salud.
Al comienzo de la fiscalización el Tribunal informó al presidente de la Cámara de Cuentas de Navarra, al consejero autonómico de Salud y al director del Servicio de Salud, pero el Tribunal no recibió
esta información. Se han hecho unas gestiones, que corresponden a la etapa previa a la renovación del Tribunal, que tampoco dieron fruto para suministrar dicha información. Tengo que aclarar también que cuando se dice que no se ha atendido al
requerimiento, no se refiere a un requerimiento de aplicación del artículo 30 de la Ley de funcionamiento, sino a una petición de datos. Como el señor diputado ha señalado, estas situaciones ya están superadas, pero a este presidente le gustaría
dejar constancia en el 'Diario de Sesiones' del ámbito en el que se desenvuelve nuestra institución. A nadie se le escapa que estamos asistiendo a un mundo que se integra, se globaliza, tenemos competencias que van hacia arriba, competencias que
van


Página 21



hacia abajo y, naturalmente, surgen tensiones y problemas. Si no surgieran estas tensiones y problemas significaría que no habría autoorganización, no habría creación.



El Tribunal de Cuentas está siguiendo unas fiscalizaciones horizontales que rebasan el ámbito puramente técnico, de comprobaciones, lo que denominamos interfronteras, que supone comparar y que enlazan con el ámbito institucional o
constitucional. Entendemos que disponemos de un marco constitucional que señala unos principios: principio de solidaridad y principio de eficacia. El Estado tiene que garantizar estos principios y tiene competencias para garantizarlos y el
Tribunal de Cuentas, constitucionalmente y por su Ley Orgánica, también los tiene. En este marco institucional se diseñan unas fiscalizaciones horizontales encaminadas al cumplimiento de estas leyes de calidad, de armonización, de vertebración, de
cohesión, que garanticen estos principios. La Ley de Contratos de la Administración Pública, la Ley General de Sanidad, la Ley General de la Seguridad Social, la Ley de Medicamentos y también la actuación de estos órganos interterritoriales, como
es el Consejo Interterritorial de Sanidad. Hay unas competencias que son perfectamente compatibles con las competencias de los órganos de control externo de las comunidades autónomas en el ámbito vertical. Naturalmente, el Tribunal entiende que
siendo compatibles las competencias necesitan llevar a cabo estas fiscalizaciones horizontales porque es el órgano externo de control técnico al servicio de su Parlamento nacional. Por ello, observarán -y aprovecho la ocasión para contestar a
alguno de los intervinientes- que las recomendaciones en estos informes son recomendaciones de horizontalidad, recomendaciones que van al Sistema Nacional de Salud, al Ministerio de Sanidad y Consumo, a las administraciones públicas sanitarias, a
las consejerías y al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional.



Después de dejar constancia de que en este caso concreto la situación está superada, la Cámara de Cuentas de Navarra, cumpliendo los preceptos de tipo general, suministra los datos para el informe anual. Pero es más, en otras
fiscalizaciones horizontales que se están realizando en este momento, por ejemplo, la fiscalización horizontal en materia de universidades públicas que nos ha solicitado este Parlamento, incluso alguna fiscalización que ha tenido su origen en el
acuerdo del Pleno del Tribunal, como es la gestión de la tasa para la utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local, también la colaboración está siendo buena y al mismo nivel que la realizada por otros órganos de
control externo. Existe también un mecanismo de coordinación, se realizan reuniones a distintos niveles, comisiones técnicas y grupos de trabajo que están respondiendo y, como ha dicho el señor diputado, es una situación superada. No podemos
ocultar que en estos procesos surgen problemas, surgen tensiones, pero no hay que olvidar que estamos en un ámbito de control y esa defensa de las competencias exclusivas de unos y otros puede hacer reflexionar a nuestra propia institución, en el
sentido de perder parte de dichas competencias, por tanto, a veces surgen tensiones. Estas tensiones tienen que superarse por un afán de cooperación, donde el principio de eficacia -en el que pone mucho énfasis nuestra ley de funcionamiento- tiene
que coordinarse.



Entendemos desde nuestra institución que ese principio tiene que ser compatible con el principio de legitimidad porque los parlamentos autonómicos, en su ámbito, tienen el mismo grado de legitimidad que puede tener el Parlamento nacional en
el suyo, por ello yo repito mucho la frase eficacia con legitimidad. En el ámbito del control, estas competencias hay que verlas dentro del principio de cooperación porque los fines y objetivos de nuestras instituciones no son como en la gestión,
aquí enlazo también con una pregunta que se me ha fomulado, en el sentido de cómo se organiza o cómo se gestiona mejor. Debo decir que todo ello pertenece al ámbito de cada organización. Lo que el Tribunal pone de manifiesto son situaciones y
hechos que permiten tomar decisiones en ese ámbito de organización y gestión. Ahí puede haber diferencias, pero no en el ámbito del control, pues todos perseguimos lo mismo, la transparencia. Si observan la historia de nuestra institución y de mis
comparecencias aquí, se darán cuenta de que procuramos que todo esto se vaya resolviendo, que se va resolviendo, pero no estaría mal que algún día se celebrase una sesión extraordinaria, a la que este presidente acudiría con muchísimo gusto,
desvinculada de presentaciones de informes concretos para que no parezca que a lo contenido en un informe concreto se le da una dimensión que no tiene. Este ofrecimiento queda reflejado en el 'Diario de Sesiones', señor presidente.



En cuanto a las observaciones que se hacen sobre las diferencias de capacidad de gestión, el informe lo que hace es poner de manifiesto una falta de coordinación de las administraciones sanitarias para obtener las mejores condiciones de
precios y suministros, recomendando coordinación en la contratación de medicamentos. Precisamente esa falta de planificación adecuada es la que da lugar a las aparentes contradicciones que alguna de SS.SS. ha señalado.



Respecto a que si se hubieran seguido los procedimientos administrativos o los procedimientos de contratación se podrían haber obtenido mejores o peores resultados, lo que hay que hacer es reconocer que hay que seguir los procedimientos
porque se encuadran en el ámbito de lo que se llama el control de la legalidad. El principio de garantía y de legalidad tiene que preceder al principio de eficacia.



No he aclarado muchas cosas, pero repito que se trata de informes destinados a una horizontalidad, a todo el sistema en sus observaciones y recomendaciones.



Página 22



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA ATENCIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD DE LAS ENFERMEDADES DEL APARATO CIRCULATORIO, CON ESPECIAL REFERENCIA AL INFARTO AGUDO DE MIOCARDIO. (Número de expediente del Congreso
251/000005 y número de expediente del Senado 771/000004.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto número 7 del orden del día, que corresponde al informe de fiscalización de la atención sanitaria especializada en el Sistema Nacional de Salud de las enfermedades del aparato circulatorio, con especial
referencia al infarto agudo de miocardio. Para explicar el informe tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto Alba): El informe de fiscalización de la atención sanitaria especializada en el Sistema Nacional de Salud de las enfermedades del aparato circulatorio, con especial referencia al infarto
agudo de miocardio, fue aprobado por el pleno del Tribunal de Cuentas en mayo de 2003.



Con respecto a las competencias y actuaciones de las administraciones públicas en materia de planificación sanitaria, se pone de manifiesto en el informe que el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud no había establecido
criterios para la planificación y coordinación de la atención sanitaria de las enfermedades del aparato circulatorio, con la excepción de la determinación de la lucha contra el tabaquismo como uno de los criterios de reparto de programas de salud
pública entre las comunidades autónomas. El Ministerio de Sanidad y Consumo no había desarrollado las medidas específicas de intervención sobre las enfermedades del aparato circulatorio previstas en el Plan de Salud de 1995, último plan de que se
disponía en el momento de redacción del informe. Ni el Ministerio de Sanidad y Consumo ni el Insalud ni las consejerías competentes en materia sanitaria de tres de las cinco comunidades autónomas seleccionadas para la realización de la
fiscalización disponían de instrucciones, directrices, normas y criterios de actuación para la atención sanitaria de estas enfermedades, complementarios y sustitutivos de los programas y proyectos de los planes de salud que deberían cumplir los
centros de gestión dependientes de ellos. Tampoco se habían determinado los criterios que debían reunir los hospitales de las cinco comunidades de la muestra seleccionada para disponer en su cartera de servicios de las especialidades de cardiología
y cirugía cardiovascular, lo que propicia la existencia de desigualdades en las ofertas asistenciales a la población de referencia.



Por lo que respecta a las actividades de prevención sanitaria de este tipo de enfermedades, se ha observado en los hospitales en los que se realizaron las pruebas de fiscalización que eran muy escasas, sobre todo en relación con la
prevención secundaria y terciaria y, además, su responsabilidad se encontraba asignada a otras especialidades médicas distintas de la cardiología. La concurrencia de actuaciones sanitarias entre las especialidades médicas y quirúrgicas que atienden
estas enfermedades, unida al ingreso de pacientes en unidades asistenciales distintas a las que habitualmente atienden estas enfermedades y a la ausencia de protocolos de actuación comunes y a la utilización ineficiente de recursos humanos y
materiales adscritos a esas unidades asistenciales, puede afectar a la calidad de la atención sanitaria porque favorece desigualdades entre hospitales y en un mismo hospital en la atención sanitaria que se presta a la población de referencia.



Respecto a la asignación de médicos especialistas de cardiología a los distintos hospitales seleccionados, se ha podido constatar que se efectúa sin tener en cuenta ni la presión asistencial que soportan los especialistas de cada hospital ni
la patología que presenta la población.
También se ha comprobado que el número de médicos especialistas de cardiolgía asignados a las unidades funcionales de cuidados intensivos cardiológicos y de hemodinámica en relación con su población de
referencia era insuficiente y presentaban diferencias importantes, según hospital, lo que afecta desfavorablemente a la equidad de su distribución. Resultan relevantes los porcentajes de interinidad de los médicos especialistas que atienden las
enfermedades del aparato circulatorio que presentan algunos de los hospitales seleccionados, con cifras de hasta el 41,67 por ciento en la especialidad de cardiología y el 50 por ciento en la especialidad de cirugía cardiovascular. Por otra parte,
respecto a los recursos materiales disponibles, las administraciones públicas competentes en materia sanitaria de las comunidades autónomas seleccionadas no disponen apenas de documentación ni de información detallada, actualizada y completa sobre
los recursos materiales para este tipo de atención sanitaria especializada existente en los hospitales dependientes de ellos, lo que ha ocasionado que el Tribunal solo haya podido realizar la evaluación de los equipos de hemodinámica y de los
ecocardiógrafos, constatándose principalmente la existencia de desigualdades territoriales en la distribución de estos equipos que no responden a criterios objetivos de planificación establecidos por las respectivas administraciones sanitarias
competentes en la demarcación territorial donde están ubicados.



Por último, el informe recoge una serie de recomendaciones dirigidas al Ministerio de Sanidad y Consumo, gerencias de los hospitales y consejerías competentes en materia sanitaria de las comunidades autónomas en relación con las deficiencias
que se deducen del análisis efectuado y en correspondencia con las conclusiones recogidas en el texto.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra la señora Font.



Página 23



La señora FONT BONMATÍ: Estamos casi completamente de acuerdo con lo reflejado en este informe, entre otras cosas porque ese es el panorama con el que se encontró el Partido Popular cuando llegó al Gobierno hace aproximadamente nueve años.
A partir de ahí, puesto que el infarto agudo de miocardio, junto con el cáncer y la carretera, es el causante del mayor número de muertes en España, en el momento en que el Partido Popular accedió al poder una de sus cuestiones prioritarias fue
intentar por todos los medios que disminuyese la muerte por esta causa, sobre todo porque es una enfermedad que se puede prevenir con una buena planificación. Lo primero que tuvimos que hacer fue reducir las listas de espera. En aquel momento
había una huelga de médicos que las incrementó notablemente, llegando a producirse en algunos casos hasta 300 días de demora, y mediante acuerdos y negociaciones con ellos y con los sindicatos se logró pactar una serie de peonadas para atajar el
problema más candente en ese momento, que -como digo- era reducir las listas de espera, sobre todo en el caso del infarto agudo de miocardio. Se tuvo que empezar por elaborar unos criterios comunes para todos los hospitales sobre qué se consideraba
una lista de espera y cómo incluir a un paciente en esta lista de espera, que hasta ese momento no era homologable ni homogéneo en todos los hospitales que en aquel momento dirigía el Insalud, y mucho menos en las comunidades autónomas en las que
estaba transferida la sanidad; algunas de ellas, como la de Galicia, sí que la tenía, pero otras no. También se tuvo que construir más hospitales para dotar de más camas a la población -algunos se habrán terminado o se terminarán en esta
legislatura y otros se terminaron en las anteriores-, así como la remodelación de otros 70 hospitales, y la dotación de alta tecnología para evitar que una persona no tuviera el efecto discriminador entre unas comunidades autónomas y otras y entre
distintos hospitales de la misma comunidad autónoma. También se pusieron en funcionamiento planes integrales de salud, no solamente en atención especializada sino en atención primaria, en coordinación con la atención secundaria y especializada.
Como digo, se pusieron en marcha planes integrales y se intentaba reducir los factores de riesgo que desencadenan un infarto de miocardio, como puede ser la hipertensión, la hipercolesterolemia, etcétera. Lo último que se hizo, que coincidió con la
última etapa del Gobierno del Partido Popular, fue la creación de un centro nacional de investigaciones cardiovasculares cuya finalidad era promover la investigación epidemiológica de las enfermedades cardiovasculares. Como digo, hay una parte que
el Partido Popular se encontró cuando llegó al Gobierno -esta fiscalización es del año 1997- y esto es lo que se ha hecho en estos años para seguir las recomendaciones del Tribunal. Algunas de ellas ya están cumplidas, como por ejemplo la
elaboración de un estatuto/marco para la carrera profesional o cubrir las plazas de interinidades -que también aparece en un alto grado, como refleja el informe, y que esperemos que algún día no sufra más retrasos y acabe definitivamente- para dotar
a todos los profesionales médicos de su plaza, dándoles estabilidad en su trabajo. También se aprobó la Ley de cohesión de sanidad del Sistema Nacional de Salud para coordinar a todas las administraciones públicas, una vez efectuadas las
transferencias, así como la realización de coste por proceso, que también recomendaba el Tribunal de Cuentas y que es algo que ya se ha puesto en funcionamiento.



Aunque ya digo que asumimos prácticamente todo el informe, me gustaría que me contestase, si es posible, a algunas de las cuestiones sobre las que tengo dudas. Visto el resto de los informes, he comprobado que había hospitales de todas las
comunidades autónomas, como por ejemplo de Navarra con el problema que ya hemos visto que se había suscitado, de Cataluña, de Andalucía, etcétera; pero en este informe, curiosamente, no aparece ninguno de los hospitales (hubiese sido muy
esclarecedor porque también tenían transferidas las competencias en materia sanitaria con una forma de gestionarla distinta a lo que correspondía al Insalud y a otras comunidades autónomas como las del País Vasco, Cataluña o Andalucía) de la muestra
que se ha hecho de comunidades con otros modelos de gestión, por lo que me gustaría saber cuál ha sido el procedimiento que se ha seguido para seleccionar la muestra, si es que ha habido algún problema con estas comunidades autónomas y se ha
intentado llegar, como ha ocurrido con Navarra, a fiscalizar alguno de los hospitales y se ha negado, o si no ha habido ningún problema, y por qué no se ha incluido ninguno de estos hospitales en la muestra.



Hay otra cuestión que me choca bastante y es que las palabras equidad y homogeneidad se repiten muchísimo a lo largo de todo el informe, el cual dice que se rompe la equidad del sistema, etcétera. Me gustaría que el Tribunal nos dijera qué
entiende por equidad, por qué se ha tomado ese parámetro como equidad. Habla de que se rompe la equidad del sistema y resulta que la tasa de mortalidad por infarto agudo de miocardio ha disminuido en las comunidades autónomas con respecto a la
media nacional.
Entraríamos en la paradoja de que si las comunidades autónomas que más aportan para disminuir la lista de espera, en vez de desarrollar otras actuaciones en otras consejerías se dedican a invertir en sanidad y hay otras que no lo
hacen, porque entre sus prioridades no está ésta, evidentemente rompería con lo que usted llama el principio de equidad; se rompería porque habría ciudadanos que dispondrían de unos recursos asistenciales que otros no disponen.



Para finalizar, me gustaría saber qué opina el Tribunal de incrementar el número de plazas MIR, que sabe que no depende de las comunidades autónomas sino del Ministerio de Educación y Ciencia, para la formación de los especialistas tanto en
cardiología como en cirugía cardiovascular, y si para disminuir todavía más las listas de espera con referencia al infarto agudo de miocardio,


Página 24



pero que se podría extender a otras muchas patologías, sería necesario el aumento de camas en los hospitales.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra don Julián Elola.



El señor ELOLA RAMÓN: En primer lugar, deseo felicitar al Tribunal por el informe presentado, pues me parece suficientemente independiente e imparcial como para convertirse en un gran instrumento de trabajo, que al fin y al cabo es el
objetivo final, tanto por la elección del muestreo de comunidades y de hospitales, aunque se haya puesto en duda, que viene desarrollado y explicado por qué se hace esta elección y por qué se eligen estos hospitales y estas comunidades, que creo que
es suficientemente representativo del conjunto de la sanidad española, como por el desarrollo posterior de todo el informe, que llega a unas conclusiones objetivas y que ninguno podemos poner en duda. Nos ofrece una foto fija, un estudio
transversal bastante completo de la sanidad en el área cardiovascular que, aunque data de hace cuatro años, es suficiente como para podernos poner a trabajar sobre ella. Da importancia sobre todo como ya se ha dicho y como viene reflejado en el
informe, a que las enfermedades del aparato cardiovascular son sin duda la primera causa de muerte en nuestro país; por tanto, es significativo el estudio de ésta para poder trasladarlo incluso al resto de la sanidad española.
El desarrollo del
informe avanza de parte a parte. Va primero planteándonos las situaciones en las que puede haber una falta de equidad, no ya entre las distintas comunidades autónomas sino incluso entre distintos hospitales dentro de la misma comunidad autónoma,
para luego demostrarlo sobre todo por el tema de las listas de espera, y cómo las listas de espera son distintas en los diferentes términos. Digo las listas de espera porque también se menciona en el informe que la mayor cantidad de quejas o de
reclamaciones de los pacientes sobre el Sistema Nacional de Salud se deben a las listas de espera; el mayor porcentaje de quejas se refiere a esto. Destaca sobre todo el informe la falta de organización y de normalización en las actividades y la
gestión. De eso dice -y me parece manifiestamente demostrado- que se deriva una dificultad y una diferencia en la equidad del sistema (lo que antes se ha comentado sobre la equidad del sistema) que no todos tengan acceso a la misma cantidad de
recursos. Y destaca también la falta de planificación, tanto en recursos humanos como en material, por parte de las autoridades competentes, bien sea el Ministerio de Sanidad y Consumo, bien sean las comunidades autónomas. Se ha dicho antes que se
había hecho mucho camino en este aspecto, pero nosotros nos vamos a referir única y exclusivamente al informe. El informe data de 2000 y la mayoría de los datos son de 1998, 1999 y 2000. El informe menciona el análisis del Plan de salud del
Ministerio de Sanidad y Consumo del año 1995. Las conclusiones son exactamente: heterogeneidad de la información adquirida, necesidad de establecer indicadores de salud similares para todos los valores, escasa priorización de los objetivos
demostrables, necesidad de mejorar el sistema de información sanitario, necesidad de plantear acciones comunes, falta de asignación de responsables y responsabilidades concretas y falta de la evaluación económica del plan. Estas son las
conclusiones que se presentan en 1995. La conclusión principal que podemos sacar, en contra de lo que ha dicho hasta ahora quien me ha antecedido, es que de 1995 a 2000 el avance había sido escaso, por no decir que no había existido.



Me gustaría sólo manifestar una pequeña queja respecto al informe. En algún momento se habla de que no hay prevención primaria hospitalaria.
Como bien dicen el plan del Ministerio de Sanidad y Consumo y el programa de atención primaria
para promoción y prevención de la salud que se firma en 1998 por el propio ministerio, la prevención primaria se deriva a los centros de atención primaria, con lo cual los hospitales poco tienen que hacer en el plan de prevención primaria porque es
asunto del Ministerio de Sanidad y Consumo que asuma las competencias o de las comunidades autónomas que tengan competencias en salud en este momento. Ahora la tienen todas, pero nosotros nos estamos refiriendo siempre a los años 2000-2001, que es
cuando se establecen las conclusiones del informe.



Quería hacerle algunas preguntas. Hay diferencias en costes, no solo diferencias en costes en los procesos globales sino en las partidas que tiene cada proceso en cada hospital, incluso dentro del mismo hospital para distintas cosas.
Sabemos -y lo dice claramente el informe- que la contabilidad analítica no se ha incluido en todos los hospitales y que en el año 2000 estaba prácticamente comenzando a instalarse, pero el Tribunal ha trabajado para intentar desconcentrarla y
desmantelarla. ¿Se ha conseguido o se puede todavía decir que parte de la diferencia en costes de los productos son diferencias en la contabilidad que se establecen en los hospitales? Me ha quedado la duda porque no queda claramente reflejado si
finalmente se ha despejado por completo la diferente contabilidad de los hospitales o si sigue habiendo algunos reflejos que pueden condicionar las diferencias de los costes en los resultados finales. En varias partes del informe se menciona que
había médicos del área del corazón del Hospital Juan Canalejo que trabajaban en uno de los centros concertados; se menciona en varios sitios, pero no se llega a ninguna conclusión al respecto. No sé si se está mencionando alguna irregularidad, si
hay algún tipo de irregularidad en ese concierto o si hay alguna forma de trabajo que debería corregirse. También se dice que no existen criterios para casi ninguna de las actividades programadas, pero sobre todo para la derivación de un hospital a
otro.
Parece que las derivaciones son un poco aleatorias o dependientes de la disponibilidad. Me gustaría saber si existe algún tipo de criterio que diga cuándo hay que


Página 25



derivar a un paciente a un concierto o cuándo hay que derivar a un paciente a otro tipo de hospital de la red pública.



Finalmente, me gustaría hacerle dos preguntas que hacen referencia a otros documentos, uno se ha discutido antes y otro se discutirá a continuación.
Hay variaciones en el precio, incluso para los medicamentos con el mismo nombre y
comercializados por la misma marca, hay diferencias importantes en el precio de un hospital a otro. ¿Eso entra dentro de lo previsible según lo que hemos visto antes en el análisis de precios del medicamento, en el área de corazón, o se sale de lo
normal o de lo que hemos visto en otros sitios? Además, la Fundación Hospital de Alcorcón estuvo varios meses funcionando sin un contrato marco, al que estaba en teoría obligado. ¿Eso corresponde a una irregularidad o es algo asumible porque es la
norma en el funcionamiento del resto de hospitales, aunque incluso se salte la norma? Me gustaría que me comentase simplemente si en el año 2000 se puede decir al menos -respecto a la contabilidad analítica ya ha dicho antes que no- que el conjunto
mínimo básico de datos de registro de las enfermedades estaba en mayor o menor medida implantado en toda España, extrapolando los datos que hemos obtenido en este informe, y si estas diferencias en los sistemas de registro -se está haciendo
prácticamente una por cada comunidad autónoma- afectan a la generalidad del sistema en cuanto a la operatividad y en cuanto al funcionamiento.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para contestar a las preguntas que se le han formulado.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): En primer lugar se ha planteado el tema de la muestra. No tiene por qué. Las muestras en los diferentes informes están respondiendo a distintas fiscalizaciones y son distintos
procedimientos. La muestra no está condicionada a que se den o no se den los datos, se selecciona y esto después surge la dificultad, como ha surgido en el caso de Navarra, de darlos o no darlos. Naturalmente, las conclusiones proceden de una
muestra. No se puede dimensionar más. Entraríamos entonces en un estudio que rebasa lo que pretende el Tribunal poner de manifiesto, una falta de coordinación, de planificación, pero no más allá.



En cuanto a la observación que se ha hecho sobre la equidad, el informe dice lo que afecta desfavorablemente a la equidad, pero en el sentido de aclarar que es la igualdad de los derechos del acceso a los servicios sanitarios en la
población.



En cuanto a la contabilidad analítica, el informe refleja los hospitales que la tenían y la falta de una contabilidad analítica homogeneizada.



Hay otra serie de preguntas que rebasan el ámbito de lo que es un informe de fiscalización porque exigirían un estudio específico, que además tampoco es misión del Tribunal hacerlo. Los costes de cada hospital se ponen de manifiesto, pero
ponerlos de manifiesto en todo el sistema y ver qué incidencias tienen una u otras cosas no es el objetivo de la fiscalización. El objetivo de la fiscalización es realizar unas comprobaciones y sacar unas conclusiones, unas observaciones y unas
recomendaciones que van al conjunto del sistema. Es la virtualidad que tiene precisamente que después cada órgano de control de cada comunidad autónoma haga su fiscalización vertical y diga a sus respectivos parlamentos los fallos de esa
fiscalización.



En cuanto a otro tipo de información este presidente no la tiene aquí.
Tendría que pedirla por escrito -no es la primera vez- y el Tribunal se la facilitará con mucho gusto.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA CONTRATACIÓN CELEBRADA O EN VIGOR EN 1999 Y 2000, PARA EL ARCHIVO, DEPÓSITO, CUSTODIA O GESTIÓN DE HISTORIAS CLÍNICAS EN UNA MUESTRA DE HOSPITALES DE TITULARIDAD PÚBLICA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
(CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE 251/000121 DE LA VII LEGISLATURA.) (Número de expediente del Congreso 251/000006 y número de expediente del Senado 771/000005.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto 8 del orden del día relativo al informe de fiscalización sobre la contratación celebrada o en vigor en 1999 y 2000 para el archivo, depósito, custodia o gestión de historias clínicas en una muestra de
hospitales de titularidad pública del Sistema Nacional de Salud. Para explicar el informe tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto Alba): El informe de referencia fue realizado a iniciativa del Tribunal y aprobado en mayo de 2003. Para la realización de la fiscalización se ha seleccionado una muestra de 28 hospitales
de titularidad pública pertenecientes al Sistema Nacional de Salud, dependientes de diferentes administraciones públicas, abarcando distintas tipologías, forma de gestión, extensión de la prestación de servicios y tamaño. De ellos sólo el Hospital
de Navarra no atendió los requerimientos del Tribunal y no remitió documentación ni información alguna para su examen y fiscalización. Las conclusiones obtenidas se agrupan en tres grandes áreas. (El señor Vicepresidente, Aja Mariño, ocupa la
Presidencia.) En la gestión de historias clínicas, el Tribunal ha comprobado que el carácter genérico con el que la Ley General de Sanidad abordó la cuestión ha propiciado que cada hospital haya dictado una normativa interna que al ser de escaso
rango, dispersa y de diferente contenido en cada uno determina notables


Página 26



diferencias y asimetría entre los centros fiscalizados. Se han detectado diferencias en cuanto al acceso a las historias clínicas por parte de los interesados, no solo en cuanto a la tramitación sino también respecto del alcance de ese
acceso y de las personas legitimadas. El principio de historia clínica única por paciente, establecido por la ley antes citada que data de 1986, no había sido implantado en 2001 en la totalidad de los hospitales de la muestra. Los archivos físicos
que albergan las historias clínicas se encuentran dispersos en distintos locales y no se llevan a la práctica auditorías de control en los hospitales de la muestra.



Respecto a la gestión de los ficheros informáticos comprensivos de datos de carácter personal utilizados en la gestión de historias clínicas, el Tribunal concluye que está sometida a la legislación reguladora de la protección de datos de
carácter personal, habiéndose comprobado que los correspondientes ficheros han sido correctamente inscritos y autorizados, si bien la inscripción se llevó a cabo centralizadamente por el Ministerio de Sanidad y Consumo o por las consejerías
autonómicas con desconocimiento de los hospitales. Estos tampoco están suficientemente informados de las obligaciones que dicha legislación establece, por lo que no han realizado controles de los accesos a las bases de datos ni habían implantado en
2001 las medidas de seguridad de nivel alto exigibles; además de que en algunos casos han acudido a la contratación externa para la gestión de los ficheros, sin verificar si se cumplen las exigencias de la normativa de protección de datos.



En la contratación por parte de los hospitales de la gestión de sus archivos de historias clínicas con empresas privadas se ha apreciado la existencia de tres grandes modelos o sistemas de gestión: gestión integral con medios propios del
hospital, gestión integral con medios ajenos, a través de la contratación con empresas especializadas; y gestión mixta. De los tres modelos, el segundo se ha revelado como el más eficiente, constatándose en este sentido una tendencia creciente a
la externalización total o parcial de la gestión.



La contratación de los servicios relativos a la gestión y custodia de los archivos de historias clínicas ha presentado deficiencias e irregularidades, como el recurso a la contratación menor mediante el fraccionamiento del objeto de los
contratos, la celebración de contratos de corta duración prorrogados durante años, la utilización del procedimiento negociado sin publicidad en lugar del concurso público y el establecimiento de requisitos de valoración no objetivos. El alto grado
de dependencia de los hospitales respecto de las empresas contratistas ha propiciado el establecimiento de criterios de valoración que primaban a las que venían prestando el servicio.



En los pliegos de cláusulas administrativas particulares la inclusión de un sobre de apertura previa al acto público de licitación con aspectos distintos a la oferta económica no respeta, a juicio del Tribunal, el carácter secreto de las
proposiciones que establece la ley. El Tribunal considera esencial la incorporación de cláusulas expresas de confidencialidad, que no siempre figuran.



En el capítulo de recomendaciones se recaba de las autoridades estatales y autonómicas competentes la vigilancia de que la gestión de las historias clínicas respete el derecho a la intimidad de los pacientes, la garantía de que el acceso a
dichas historias se cumpla de forma homogénea y la puesta en práctica del principio de historia clínica única por paciente.
A los responsables directos de los hospitales se les recomienda evitar la dispersión de archivos físicos y realizar
auditorías sobre los accesos a las historias de los pacientes, entre otras. En cuanto a los ficheros informáticos, además de requerir una mayor coordinación entre autoridades y hospitales y de instar el riguroso cumplimiento de la normativa de
protección de datos, se recomienda la realización periódica de auditorías sobre acceso a las bases de datos y la implantación de medidas de seguridad de nivel alto. También se recomienda extremar las medidas que garanticen la transparencia,
igualdad, libre competencia y no discriminación en la contratación y efectuar un control y seguimiento de la ejecución de los contratos, a fin de que se respeten los derechos de los ciudadanos y se cumplan las garantías de confidencialidad.



El señor VICEPRESIDENTE (Aja Mariño): Tiene la palabra doña Ángeles Font, del Grupo Popular.



La señora FONT BONMATÍ: Estamos de acuerdo en casi todas las observaciones y las conclusiones de este informe a las cuales ha llegado el Tribunal de Cuentas. Bien es cierto, como también ha dicho el señor presidente, que al amparo de la
Ley 86, General de Sanidad, se creó y cada hospital gestionó su propio archivo de historias clínicas. Por tanto, sobre la base de una legislación que en ese momento estaba vigente se adoptaron las medidas que consideraron oportunas para cada
hospital y, de hecho, la forma de gestionarlo también la ha explicado usted, ha sido por tres modelos completamente distintos: uno con recursos propios, otros externalizando la gestión e incluso algunos con acciones mixtas. Cada gerente
hospitalario ha hecho lo que ha considerado mejor para la gestión, como digo, de estas historias clínicas y es verdad que eso ha favorecido que cada hospital lo haga de una manera distinta, como ha observado muy bien el presidente del Tribunal.
Quiero decir que eso también está ya recogido en la ley, todo lo que conforma la historia clínica, desde la definición hasta quién es el que debe custodiarla está recogido en la Ley básica reguladora de la Autonomía del Paciente y de derechos y
obligaciones en materia de información y documentación clínica, que se realizó en el año 2002. Por consiguiente, supongo que las comunidades autónomas estarán desarrollando esta ley y estos principios básicos.



Página 27



Tengo que hacerle alguna observación solamente. Usted ha hecho hace un momento un pequeño comentario sobre que los hospitales no habían implantado en el año 2001 las medidas de seguridad de nivel alto previstas. Bien es cierto que debería
haber añadido usted que tenían de plazo hasta finales de junio de 2002 para poder hacerlo, es decir, estaban dentro de la legalidad y la normativa que en ese momento estaba vigente. Ha hablado usted de los tres sistemas de gestión. Ha dicho que el
de contratación externa es el más eficaz, o por lo menos así lo he entendido. Entonces, me gustaría, si es posible, que me contestara si usted recomendaría que los contratos de gestión de las historias clínicas se realicen a través de una serie de
empresas con servicios especializados en esta materia, pero eso también conlleva que haya una dependencia, sobre todo si la empresa es eficiente, de la empresa adjudicataria mediante el concurso de ese sistema. Le pregunto también si se podría
establecer algún mecanismo para evitar la dependencia de estos hospitales que pretenden externalizar la gestión de las historias clínicas, que se ha demostrado que puede ser eficiente.



El señor VICEPRESIDENTE (Aja Mariño): Tiene la palabra don Alberto Fidalgo, por el Grupo Socialista.



El señor FIDALGO FRANCISCO: Muchas gracias, señor presidente del Tribunal de Cuentas, por esta comparecencia y, sobre todo, por el informe que creemos absolutamente objetivo. No hay duda ninguna en cuanto a que se ha hecho de un período en
la que este Gobierno no tenía la responsabilidad, sino el anterior. No se puede dudar de esa cuestión. Digo que consideramos que es objetivo y, en cuanto a los criterios que se siguieron en la selección de muestras, ha quedado perfectamente
explicado, como también la referencia a Navarra. No vamos a fiscalizar aquí al Tribunal de Cuentas. Lo damos por sentado.



Nuestro grupo celebra que el Tribunal de Cuentas se ocupe de algo tan importante como es el derecho fundamental a la intimidad personal y a la propia imagen, que es un derecho constitucional, el artículo 18.1 de la Constitución así lo
refleja, y que tiene después la concreción legal a través de la Ley General de Sanidad en los artículos 10 y 61, si bien el 10 fue a su vez reformado por la Ley 41/2002, a la que usted ha hecho también referencia. Es muy importante la puesta en
valor de la Ley orgánica de Protección de Datos a la que se alude una y otra vez. Quiero resaltar que de la muestra de los 28 hospitales, en 27 se hizo una fiscalización efectiva y que 22 de ellos eran del Insalud, es decir, ante la transferencia
de responsabilidad directa de la gestión de los gobiernos que en aquel momento tenían la responsabilidad en el Estado, concretamente el Gobierno del Partido Popular. Digo esto simplemente por constatar un hecho real. Este informe, que ya he dicho
que es exhaustivo, tiene a su vez un antecedente en otro informe de 1998, lo cual demuestra una continuidad y un interés del Tribunal por esta cuestión que, insisto, celebramos. Además, nos alegramos de que no sólo se fije en los aspectos formales
de la regulación contractual, etcétera, que se hace en este tipo de cuestiones, sino también en el grado de eficacia y eficiencia, como antes señalaba también. Lógicamente, no se entra en el contenido de la historia clínica, que es una cuestión
diferente, mucho más profesional y ajena a la competencia directa de las administraciones públicas, que es lo que fiscaliza el Tribunal de Cuentas.



Hay cuestiones que se ponen de relevancia con respecto al derecho fundamental a la protección de la intimidad. Por ejemplo, en el control y garantía del funcionamiento de las comisiones de historias clínicas, que se señala que es un
elemento importantísimo dentro de los hospitales.
Evidentemente aquí estamos ante una situación de burocratización en el sentido de que están muy bien las normas, están reguladas las historias clínicas, está regulado el funcionamiento de las
comisiones de historias clínicas, pero luego la aplicación efectiva de esa regulación deja mucho que desear. (El señor presidente ocupa la Presidencia.) Quiero dar un dato. Por ejemplo, se da por normal en un informe de un hospital el hecho de que
existan 15.000 historias clínicas perdidas. Creo que este es un dato relevante. En cuanto a los ficheros y los archivos, se da como normal que en una remodelación de archivos, de cuatro archivos en un hospital se pase a 16 locales. Esto da idea
de lo que estamos hablando y denota una falta de priorización por parte de las administraciones, pero también por parte de los gerentes, de los gestores directos de este tipo de cuestiones en la gestión diaria. También nos preocupa la desidia si se
puede llamar así, que después de microfilmarse 300.000 historias clínicas de repente se dejen de microfilmar. Parece que no es compatible con la gestión pública algo a lo que el propio Tribunal hace referencia y tiene su valor político cuando dice
que se trata de ver cómo los fondos públicos se ponen adecuadamente al servicio de los ciudadanos.



En cuanto a las comisiones y al funcionamiento de las historias clínicas, se ponen de relieve déficits como los manuales internos y no solo porque, a veces, no los hay, sino porque incluso los manuales, cuando existen, no contemplan todos
los circuitos, todo el funcionamiento y curiosamente alguno de ellos habla del funcionamiento y el acceso a historias clínicas, pero ignora el derecho de acceso a la historia clínica por parte del paciente. Son cuestiones que hay que mejorar. Se
ha dicho que la Ley 41/2002 está contribuyendo a mejorarlas, pero me queda la duda, aunque ha sido en cierto modo aclarada por el propio presidente, de la continuidad de esta fiscalización después de las transferencias, que creo que en la
metodología y el régimen adecuado va a ser absolutamente necesaria.



Quedaron expuestos claramente los déficits físicos de los propios archivos y, sobre todo, los déficits de protección a la seguridad. Se cita, y eso lo sabemos todos los que trabajamos en los hospitales, cómo, a


Página 28



veces, se garantiza la seguridad del archivo en un lugar cerrado e inaccesible, pero los carros de distribución de historias clínicas circulan libremente en el hospital sin control en la mayoría de las ocasiones o sin una persona que se
responsabilice de la protección de ese carro. Los problemas de espacio han quedado también reflejados y también la falta de homogeneidad y de criterios comunes en muchas actuaciones, por ejemplo, en los registros informáticos y en la gestión
informatizada de las historias clínicas. Incluso hay una variada tipología en los contratos que se hacen para la informatización y tampoco hay un sistema único de contratación. En cuanto al deber de control y garantía de esas contrataciones, me
gustaría formular algunas preguntas: ¿qué grado de responsabilidad cree que siguen teniendo los hospitales sobre esas contrataciones que se hacen de servicios externos? Recuerda aquí que de una manera u otra el 65 por ciento de los hospitales de
la muestra tienen algún tipo de contratación de gestión externa de las historias clínicas y de los archivos. Nos preocupa también la presencia de las subcontratas -y no sé si estará de acuerdo el Tribunal de Cuentas-, con lo cual se va perdiendo, a
su vez, la garantía de la confidencialidad y del control efectivo de la gestión. ¿Cree el presidente del Tribunal de Cuentas que se garantiza y está asegurado el control en materia de protección de datos? ¿Se han hecho análisis previos de costes
propios y efectivos y la imputación de costes por servicios dentro del propio hospital, antes de optar por la contratación de servicios? Aquí cabe la pregunta, con respecto a la eficiencia, de si es compatible, a su vez, con una salvaguarda
garantizada del derecho a la intimidad, sobre todo teniendo en cuenta que no cotidianamente, pero sí con demasiada frecuencia aparecen historias clínicas fuera de control, incluidos basureros o contenedores en plena calle, etcétera. Además, en
cuanto a los deberes de control, salvaguarda y garantía en la gestión informática de los archivos de historias clínicas, la inscripción centralizada generó una evidente descoordinación. ¿Cree que se cumple estrictamente, en ese caso, la Ley
Orgánica de Protección de Datos? Y, si se cumple, ¿debería cumplirse mejor? ¿Qué impresión tiene de la atención o prioridad que han dado los gerentes a este tipo de cuestiones? ¿Conocen realmente todos los gerentes las obligaciones en algo tan
importante como es el derecho constitucional a la intimidad del que estamos hablando? ¿Cómo valora la información contradictoria que antes comentaba entre la eficiencia, la salvaguarda y la protección del derecho a la intimidad? Una cosa para
nosotros muy relevante es si cree que las fundaciones de Alcorcón y Manacor, en general todas las fundaciones que están sujetas a derecho privado, garantizan de igual manera que las públicas los derechos de los que estamos hablando y si han cumplido
o no esas obligaciones de salvaguarda y garantía.



Para finalizar, quiero simplemente felicitar al Tribunal de Cuentas por este informe exhaustivo y decir que me gustaría que las resoluciones contribuyeran a pasar de alguna manera de ese espacio físico que es el archivo como algo recóndito,
en donde se confunde la intimidad con el arrinconamiento, a algo más transparente pero que al mismo tiempo salvaguarde esa intimidad. En ese objetivo está el ministerio. Así lo ha anunciado la ministra y el propio grupo parlamentario se ha
comprometido a desarrollar la Ley 41/2002 que, como otras muchas leyes de la legislatura anterior, pueden transformarse o han quedado solamente en papel si no se le da ahora el desarrollo adecuado. Nosotros en ese sentido formularemos las
correspondientes propuestas de resolución que espero que en su día progresen adecuadamente.



El señor PRESIDENTE: Para contestar a las preguntas que se han contestado tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto Alba): En cuanto a la primera observación de las medidas de alto nivel, se ha constatado que no estaban planteadas al cierre de la fiscalización. Eso no quiere decir que después habría que
hacer otra fiscalización para saberlo, pero al cierre de esta fiscalización es lo que constata el informe. En cuanto a si el presidente recomienda, el presidente no puede recomendar. El informe ha constatado una mayor eficacia del sistema allí
donde se hace esta referencia. Sobre la dependencia de las empresas de los hospitales, el informe lo que contempla es la necesidad del adecuado establecimiento de condiciones y cláusulas de contratación, y de aquí no se puede pasar. En cuanto a
las observaciones que se han hecho aquí al grado de responsabilidades, si se refiere, por ejemplo, a responsabilidades de tipo contable, aprovecho para decir que en un principio se habían apreciado por el ministerio fiscal y el abogado del Estado
que el departamento remitió todos los antecedentes a la sección de enjuiciamiento, pero la información que tengo en este momento es que estos expedientes están ya archivados.



En cuanto al tema del análisis de costes, lo que ha constatado el Tribunal son los distintos sistemas de gestión y las diferencias de eficacia de estos sistemas. No dispongo aquí de más datos sobre costes y sobre sus repercusiones. Pueden
pedirse por escrito. Pregunta por la eficacia y el resguardo de la seguridad. El valor que prima es la salvaguarda de los derechos. La eficacia siempre tiene que estar condicionada al cumplimiento de estos valores. Lo que dice el informe es que
esta protección de datos se lleva a cabo de forma centralizada por el Ministerio de Sanidad y Consumo y por las conserjerías. En el momento en que hay un desconocimiento de los hospitales, ese desconocimiento trasciende a la actuación de los
hospitales. Este cumplimiento debe calar a todos los niveles.



Página 29



- INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA CONTRATACIÓN CELEBRADA O EN VIGOR EN 1999 Y 2000, DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS SUSCEPTIBLES DE GENERAR INGRESOS EN UNA MUESTRA DE HOSPITALES DE TITULARIDAD PÚBLICA DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD, CON
ESPECIAL REFERENCIA A LOS CONTRATOS QUE TIENEN POR OBJETO LA REALIZACIÓN DE ENSAYOS CLÍNICOS. (Número de expediente Congreso, 251/000022 y número de expediente Senado, 771/000021.)


El señor PRESIDENTE: Concluído el punto número 8, pasamos al punto 9, informe de fiscalización sobre la contratación celebrada o en vigor en 1999 y 2000, de las actividades y servicios susceptibles de generar ingresos en una muestra de
hospitales de titularidad pública del Sistema Nacional de Salud, con especial referencia a los contratos que tienen por objeto la realización de ensayos clínicos. Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas para presentar el informe.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto Alba): El pleno del Tribunal de cuentas, en su sesión del 28 de enero de 2004, aprobó el informe de fiscalización sobre la contratación celebrada o en vigor en 1999 y 2000 de las
actividades y servicios susceptibles de generar ingresos en una muestra de hospitales de titularidad pública del Sistema Nacional de Salud, con especial referencia a los contratos que tiene por objeto la realización de ensayos clínicos.



La presente fiscalización se ha realizado sobre 16 hospitales pertenecientes a distintas administraciones públicas y con diferente personificación política, lo que ha permitido ofrecer, desde un análisis horizontal, una visión global de la
gestión contractual de estas actividades desarrolladas por el conjunto de hospitales que integran el Sistema Nacional de Salud. Entre los resultados obtenidos destaca, en primer lugar, que no consta en los expedientes de contratación de los
distintos servicios y explotaciones (cafetería, comedor, máquinas expendedoras, cajeros automáticos, aparcamiento, tiendas y quioscos) la correspondiente autorización que habilitara a los hospitales a disponer de los locales de acuerdo con las
disposiciones estatales y autonómicas reguladoras del patrimonio de las administraciones públicas. Las actividades y servicios objeto de los contratos que han generado ingresos a los hospitales se han caracterizado por la falta de homogeneidad en
el tratamiento dado por cada uno de los hospitales y por la falta de coordinación entre las distintas administraciones responsables de los hospitales. Los hospitales han negociado condiciones dispares en contratos con un mismo objeto, obteniendo
rendimientos igualmente dispares.



Con carácter general, los hospitales han celebrado contratos para el servicio de cafetería y restauración del personal propio a través de los cuales han satisfecho, a su cargo, los gastos derivados de la manutención del mismo, principalmente
de su personal al servicio de guardia, práctica que constituye una retribución en especie, no prevista legalmente.



Otra incidencia habitual en los contratos examinados ha sido su vigencia continuada, prolongada por medio de prórrogas sucesivas, en ocasiones de forma tácita, cuya duración total ha excedido de los plazos máximos fijados en la Ley de
contratos de las Administraciones Públicas. Por otra parte, la confusión en la calificación, tramitación y contenido de los contratos ha ocasionado que se hayan observado deficiencias y falta de transparencia en el procedimiento de adjudicación,
así como irregularidades en su fase de ejecución.



En los contratos celebrados para la realización de ensayos clínicos, cada hospital ha adoptado un modelo diferente de contrato con los promotores, apreciándose una absoluta falta de homogeneidad en el tratamiento dado por cada uno de los
hospitales y una falta de coordinación en la definición de los aspectos jurídicos, administrativos, económicos y financieros de los contratos. Esta situación está en contradicción con el hecho de que la Ley del Medicamento y el Real Decreto
561/1993, de 16 de abril, por el que se regulan los requisitos para la realización de ensayos clínicos, disponen que las administraciones sanitarias competentes para cada servicio de salud especificarán los requisitos comunes y condiciones de
financiación de los ensayos y que el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud podrá acordar los principios generales de coordinación, preceptos que no han sido cumplidos por las administraciones sanitarias autonómicas y estatal.
Además, en ninguno de los 16 hospitales fiscalizados han quedado acreditados la totalidad de los requisitos preceptivos previos a la contratación y a la realización de un ensayo clínico en los que han sido comprobados. En cuanto a la gestión
económica de los ensayos clínicos, han sido igualmente apreciadas importantes omisiones por parte de los hospitales en la ejecutoria de los procedimientos de facturación e ingreso, lo que revela una gestión poco diligente también en este aspecto.



La mayoría de los hospitales objeto de la fiscalización han incluido entre los conceptos que han facturado a los promotores unas cantidades fijas iguales en todos los ensayos, con distintas denominaciones (gastos diversos, coste indirecto
total estimado) que, dado el carácter fijo y ligado al desempeño por parte del hospital de una actividad administrativa, se asemeja a una exacción de carácter público (tasa o precio público), sin que en ningún caso haya quedado acreditada su
creación por el ministerio de la ley. El informe del Tribunal contiene, además, distintas recomendaciones sobre la homogeneización de este tipo de procedimientos de contratación, sobre su más ajustada tramitación con arreglo a la legalidad vigente,
así como sobre su gestión administrativa y presupuestaria.



Página 30



Por último, debe hacerse referencia también a la limitación de la fiscalización del Hospital de Navarra, que no ha podido ser fiscalizado por el Tribunal, pese a haberse seleccionado la muestra, ya que los requerimientos a esta información,
como ya se ha constatado en otros informes anteriores, no fueron atendidos.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Font.



La señora FONT BONMATÍ: Voy a empezar por el final. Respecto al informe del Hospital de Navarra, ha quedado suficientemente claro en el primer informe que hemos visto cuáles eran las causas y las consecuencias.
Querría dejar reproducido
en este informe, junto con el anterior, que ese problema, como ya ha constatado el señor presidente, ya está solucionado y hemos avanzado. Es verdad que en aquel momento tuvieron ese problema, pero ahora ya no existe.



Respecto al informe de fiscalización de los hospitales sobre la contratación celebrada en los años 1999 y 2000, teniendo en cuenta que todos los contratos fiscalizados por el Tribunal de Cuentas generan ingresos en los hospitales, también es
verdad que este informe se presenta como un totum revolutum, hablando de los contratos de las cafeterías, de los ensayos clínicos, pasando por los quioscos de prensa, etcétera. Es una mezcolanza un poco rara, sobre todo cuando nos vamos a referir
fundamentalmente a los ensayos clínicos.



Ha dicho el presidente que se achaca una falta de homogeneidad en el tratamiento en cada hospital y una falta de coordinación entre las distintas administraciones. Puesto que cada hospital ha negociado condiciones dispares en los contratos,
me gustaría saber si este hecho no sería un indicador sobre la capacidad y la eficacia de la gestión de cada gerente, puesto que cada gerente podía hacerlo y no necesariamente tenía que ser la Administración en su conjunto la que tuviera que sacar a
concurso las cafeterías, papelerías, quiosco de prensa, oficina bancaria, cajeros, etcétera, sino los propios hospitales, que gestionan directamente y tienen capacidad para ello. Por eso pregunto si esto no sería más un indicador de si un gerente
gestiona bien o gestiona mal o, por el contrario, tiene que ser todo homogéneo, todo igual, si no admiten diferencias entre los distintos hospitales, independientemente del tamaño del hospital al que se fiscaliza. Me gustaría saber si no cree que
con esta medida de todo homogéneo, todo por igual, o café para todos, como se diría vulgarmente, se coarta de alguna manera la capacidad de negociación que tienen los gerentes de los hospitales para buscar las mejores ofertas para el hospital y
sacar los mejores rendimientos, ser lo más eficaces posible en los contratos a los cuales se hace referencia.



En su informe también se habla de los ensayos clínicos, y es en la parte en la que más me voy a centrar. Parte del sector médico que estamos aquí presentes sabemos que muchas veces los ensayos clínicos son la única manera que tenemos los
médicos para poder optar, trabajar e investigar dentro de nuestra labor hospitalaria y nuestra labor asistencial, porque no todos somos grandes investigadores ni podemos dedicarnos única y exclusivamente a la investigación, por desgracia. Además,
la parte final de los fármacos -obligatoria, por otro lado- que se lanzan al mercado tiene que pasar precisamente por estos ensayos clínicos, que no tienen por qué ser iguales en todos los hospitales, pues cada hospital decide qué ensayos clínicos
puede hacer con los medios que tiene y hasta dónde puede llegar con la patología y el número de pacientes que tiene de determinada enfermedad. Hay que tener en cuenta también que los ensayos clínicos se hacen sobre pacientes con determinadas
enfermedades, y todo eso no se puede ubicar en muchas ocasiones en poblaciones pequeñas o donde la muestra es pequeña y la patología se da en menor proporción. Por eso, esta es una de las patas más importantes o más voluminosas que hay en
investigación, desarrollo e innovación y que, por supuesto, no le cuesta ni un euro al Ministerio de Sanidad y Consumo y se beneficia un gran número de población si estos ensayos tienen éxito. En el informe se dice que los pacientes que se someten
a este tipo de ensayos clínicos deberían tener compensaciones económicas, y yo le pregunto por qué tienen que recibir compensaciones económicas puesto que lo que se investiga es para mejorar la salud precisamente a los aquejados de una determinada
patología. Además, hay que tener en cuenta que si se aumentan los costes de los ensayos clínicos, evidentemente se reduce el número de ensayos clínicos, puesto que, como dice el informe, el 99 por ciento son costeados por laboratorios farmacéuticos
que quieren lanzar un producto que salga a la calle tras muchos años de investigación y como parte final de ese proceso investigador.



Ha dicho usted también que a los médicos que están de guardia en los hospitales se les considera como pago en especie la manutención que se les da en esos hospitales en su período de guardia. Tengo algunas preguntas que no sé si usted podrá
contestar o queden simplemente como una reflexión mía. Si realmente se considera como pago en especie la comida en las horas de guardia y no como un derecho que tienen los trabajadores por estar trabajando 24 o equis horas de guardia, me gustaría
saber si podría renunciar el médico a que se le pagara en especie y, por tanto, podría renunciar a la comida que le da el hospital.
Si eso es así, si puede renunciar a ese pago en especie, podría decir que la hora o las dos horas o el tiempo que
esté convenido con los sindicatos pueden marcharse del hospital, salir de la guardia de ese hospital, ir a comer al restaurante o a su casa o a donde le pareciera más oportuno, teniendo la obligación el hospital de suplir ese médico en las horas de
su comida por otro profesional. Yo no sé si esto tiene solución o simplemente queda como una reflexión sobre lo que se ha dicho aquí acerca del pago en especie a los médicos. También me gustaría aclarar, porque queda


Página 31



recogido en el informe y me lo han preguntado algunos compañeros, si los ensayos clínicos deberían hacerse fuera del horario laboral, con el consiguiente trastorno que eso supone puesto que, como ha dicho, se hace a través de pacientes. En
segundo lugar, me gustaría saber si se pueden controlar de alguna manera -evidentemente, además de su declaración en el impuesto sobre la renta de las personas físicas- los ingresos percibidos por los médicos o si los contratos con los que se accede
como investigador deberían hacerse públicos en algún medio oficial, a través de la prensa o en los medios que estén establecidos para esto. Espero que si es posible me conteste a algunas de estas cuestiones, y si no, en el momento de las
resoluciones intentaremos llegar a un acuerdo con los otros grupos, lo que me imagino que será factible.



El señor PRESIDENTE: En representación del Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra la señora Carcedo.



La señora CARCEDO ROCES: En primer lugar agradezco, como han hecho los portavoces que me han precedido en el uso de la palabra, la presencia del presidente del Tribunal de Cuentas así como el informe que nos han presentado por la
minuciosidad y el rigor con que fueron abordados los distintos asuntos, entre ellos el que nos ocupa en estos momentos. A este calificativo quisiera añadir también el de la oportunidad de este informe, toda vez que estamos inmersos en un debate
sobre la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, sobre la mejora de la eficiencia y sobre el sistema de financiación que mejor garantice la suficiencia financiera dinámica de nuestro Sistema Nacional de Salud.
Toda vez que esta suficiencia
financiera debe estar basada, por una parte, en acertar con el modelo de financiación más adecuado, pero también en introducir los mecanismos de mejora en la eficiencia en la gestión de los recursos disponibles, es en este segundo pilar en el que se
basa la suficiencia financiera del Sistema Nacional de Salud y en el que incide uno de los aspectos que nos ocupa en estos momentos, que es la mejora o la optimización de los ingresos de uno de los aspectos que es competencia y gestión de las
instituciones sanitarias, en este caso de los hospitales públicos. Por tanto, es oportuno en el sentido de que nos brinda un diagnóstico sobre la actual situación de la eficiencia en la gestión y de la optimización de los recursos disponibles desde
los hospitales públicos en cuanto a posibilidades de ingresos públicos.



El informe pone de manifiesto la diversidad de modelos de gestión en los distintos hospitales incluidos en el muestreo, y la primera conclusión que me atrevo a extraer de este documento, de esta diversidad de gestión que va desde Insalud
gestión directa a fundaciones de Insalud creadas por ley y gestiones de hospitales de distintas comunidades autónomas, de los servicios de salud o de consorcios o empresas públicas, es la de los apriorismos no suficientemente justificados -por
utilizar un eufemismo que en este caso encuentro más adecuado- en que se basó la supuesta mejora de la gestión de la introducción del derecho privado, en este caso a través de las fundaciones del Insalud. Precisamente este informe pone de
manifiesto que los hospitales gestionados mediante fundaciones carecen de los principios de objetividad y transparencia y presentan una de las mayores deficiencias en la gestión de los ingresos procedentes de la contratación con terceros de
infraestructuras del propio hospital. Por tanto, parece demostrar este informe que no se garantiza una mayor transparencia ni una mayor objetividad en este tipo de fórmulas de gestión, sin que ello quiera decir que otras fórmulas tengan también
pegas, como es el caso del Hospital Universitario La Fe, de Valencia, gestionado mediante la Agencia Valenciana de Salud, e incluso los propios hospitales de gestión directa, como es el caso del Hospital Ramón y Cajal y abre alguna puerta por la que
se detectan menos problemas o irregularidades como en el caso del consorcio hospitalario de Burgos o como en el caso de la empresa pública de la Consejería de la Junta de Andalucía. En todo caso, el dictamen pone de manifiesto en su conjunto la
escasa observancia de la legislación de aplicación tanto en la calificación de los servicios a alquilar a terceros como en el procedimiento de contratación según los requisitos de la Ley de Contratos del Estado. La falta de homogeneidad en el
conjunto de hospitales no se refiere a que tengan que tener una plantilla a la que ajustarse cada día los gerentes de los hospitales, sino a la falta de homogeneidad en la calificación del servicio que se va a contratar, pero sobre todo la escasa
observancia a los procedimientos administrativos establecidos en la Ley de Contratos del Estado.



Especial atención merece en este informe lo referido a los ensayos clínicos, además del resto de observaciones que se hacen como contratación del propio hospital o como fuente de ingresos para el propio hospital. Los mecanismos sobre cómo
se realizan estas contrataciones tienen que ver con los procedimientos de los ensayos clínicos, que tienen otras derivas y tienen una importancia decisiva en el Sistema Nacional de Salud, como son la buena práctica clínica y los asuntos relacionados
con la ética de la práctica clínica. El informe pone de manifiesto también severos incumplimientos de la legislación de aplicación en lo que se refiere tanto a la buena práctica clínica como a los asuntos que tienen que ver con la ética de la
práctica clínica. Estamos hablando fundamentalmente de los requisitos de la Ley del Medicamento y del real decreto que la desarrolla. Se pone de manifiesto la inexistencia de las autorizaciones preceptivas de la Agencia Española del Medicamento y
de los comités de ética clínica de los hospitales.



Señor presidente, quisiera hacerle algunas preguntas -que a la vez son mis propias conclusiones del documento- para que me las aclarase. Cuando se habla de la homogeneidad en el tratamiento de los procedimientos, de la forma de contratación
y de la manera en que


Página 32



los hospitales generan esos ingresos -alquiler de las infraestructuras existentes en los hospitales-, se refiere a la falta de observancia de la legislación de aplicación y no a que tenga que haber una plantilla para los gerentes,
impidiéndoles la buena gestión y la eficiencia en la misma.
¿Se puede deducir que, además del análisis de observancia legal, no aparecen en el documento los aspectos de la eficiencia en la gestión? Es decir, si la diversidad de la calificación de
los servicios, si las fórmulas tan singulares o peculiares de contratación impiden que dispongamos de indicadores o de parámetros que nos permitan comparar la eficiencia con el resultado final en los ingresos. La segunda pregunta que le quisiera
formular tiene que ver con los ensayos clínicos. ¿Me puede informar sobre si la observancia de los procedimientos regulados tanto en la Ley del Medicamento como en el real decreto, y los trámites que se requieren para asegurar tanto la buena
práctica clínica como la ética, son los que persigue el documento o si, por el contrario, por lo que pude oír a lo largo de la intervención anterior, tiene que ver con el tipo de ensayos clínicos? Por lo que pude extraer de la lectura del
documento, para nada entra en el tipo ni en el volumen de ensayos clínicos que realiza cada centro hospitalario, sino que tiene más que ver con la observancia de los procedimientos legales vigentes.



Para terminar, quisiera poner de manifiesto, tal como expuso el señor presidente del Tribunal de Cuentas y también se refleja en distintas partes del documento, el papel fundamental que en esta homogeneidad en cuanto a los procedimientos
legales y en cuanto a la eficiencia que debe perseguir la gestión pública debe jugar el Consejo Interterritorial como pieza clave del desarrollo del Sistema Nacional de Salud una vez transferidas las competencias en materia de asistencia sanitaria
de la Seguridad Social.



El señor PRESIDENTE: Para contestar a las preguntas que se han planteado tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto Alba): En primer lugar, sobre la homogeneidad de los procedimientos el informe es claro respecto a que falta homogeneidad y coordinación y hay condiciones dispares y falta de criterios
generales. Hay que tener en cuenta que se trata, como se ha dicho ya, de una diversidad de contratos, aunque esto no es óbice para que se hayan diferenciado perfectamente unos de otros, como lo de los ensayos clínicos. Hay que tener en cuenta la
diferente naturaleza de los contratos de asistencia técnica, de servicios, de concesiones, de arrendamientos, y debería atenerse a su verdadera naturaleza jurídica a fin de establecer también los procedimientos concretos y del régimen jurídico
administrativo aplicable en cada caso. De ahí, en efecto, que la contratación tenga relación en cuanto a la homogeneidad con la regulación de cada contrato y de cada situación.



En cuanto a los ensayos y las retribuciones, el informe dice que hay una falta de control en relación con las retribuciones, en relación con las incompatibilidades y en relación con las retribuciones en especie. En cuanto a los pagos en
especie, el informe no entra a valorar si proceden o no, lo que dice es que no están previstos en la legalidad vigente. No se trata de que yo opine sobre si es o no adecuado. Tengan en cuenta que el presidente presenta aquí un informe que ha hecho
el Tribunal. A veces en el debate se deslizan valoraciones por las que parece que el presidente es el gerente. Quizá -se ha hablado muchas veces de esto- debían comparecer también aquí los gerentes porque también es importante conocer la realidad
a través de ellos. Sobre la pregunta relativa a los ensayos fuera de horario, este presidente no puede hacer valoraciones ya que no tiene más datos que los que figuran en el informe. Por supuesto, quiero resaltar una vez más que tienen prioridad
el cumplimiento y las observaciones de los preceptos legales. El primer análisis que hace siempre el Tribunal es sobre la legalidad, precisamente la razón de estos informes es que a veces aconsejan cambiar esa legalidad, pero en todo caso lo
primero que examina el Tribunal es la legalidad.



- INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA CONTRATACIÓN CELEBRADA POR LAS FUNDACIONES CONSTITUIDAS AL AMPARO DE LA LEY 15/1997, DE 25 DE ABRIL, SOBRE HABILITACIÓN DE NUEVAS FORMAS DE GESTIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD, 1999, 2000 Y 2001.
(CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE 251/000141 DE LA VII LEGISLATURA.) (Número de expediente Congreso 251/000024 y número de expediente Senado 771/000022.)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto número 10 del orden del día: Informe de fiscalización sobre la contratación celebrada por las fundaciones constituidas al amparo de la Ley 15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas
de gestión del Sistema Nacional de Salud, 1999, 2000 y 2001.



Para explicar el informe tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto Alba): El Pleno del Tribunal, en su sesión del 27 de enero de 2004, aprobó el informe de fiscalización sobre la contratación celebrada por las fundaciones constituidas al amparo de la Ley
15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud, ejercicios 1999, 2000 y 2001. En desarrollo de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 10/1996, de 17 de junio, sobre habilitación


Página 33



de nuevas formas de gestión del Insalud, este constituyó, a finales de 1996, la Fundación del Hospital Alcorcón y la Fundación Hospital Manacor.
Posteriormente, el Real Decreto-ley 10/1996 fue sustituido por la Ley 15/1997, de 25 de abril,
sobre la habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud, constituyéndose al amparo de esta dos nuevas fundaciones hospitalarias, la Fundación Hospital Calahorra y la Fundación Hospital Son Llàtzer. Estas cuatro fundaciones
se han regido fundamentalmente durante el período fiscalizado por la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de fundaciones y de incentivos fiscales a la participación de actividades de interés general, así como por el Real Decreto 316/1996, de 23 de
febrero, por el que se aprueba el reglamento de fundaciones, de competencia estatal, y por el Real Decreto 394/1996, del 1 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de registros de fundaciones de competencia estatal. No ha sido hasta el 1 de
enero de 2003 cuando ha entrado en vigor la vigente Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones. Actualmente, y como consecuencia del traspaso a las comunidades autónomas de las fundaciones y servicios del propio Insalud, producido con efecto
del 1 de enero de 2002, todas ellas tienen naturaleza de fundaciones de competencia autonómica y dependen, por tanto, de los respectivos servicios de salud autonómicos.



En el procedimiento fiscalizador ha sido objeto de análisis la actividad contractual desarrollada por estas cuatro fundaciones en los ejercicios 1999, 2000 y 2001, período durante el cual todas ellas dependían todavía del antiguo Insalud.
Las fundaciones hospitales están sujetas, con carácter general, en su actividad contractual al derecho civil y mercantil, si bien para garantizar el respeto a los principios constitucionales de eficiencia y economía, su contratación está obligada a
respetar los principios de publicidad y concurrencia e incluso, a juicio del Tribunal, deberían observan igualmente los de objetividad y transparencia. Entre las conclusiones del informe cabe destacar que el grado de cumplimiento por parte de las
fundaciones hospitales de los requisitos de publicidad y concurrencia en su contratación ha sido bastante diferente y desigual. El respeto a los principios de objetividad y transparencia presenta deficiencias, como la falta de fijación de baremos
para las adjudicaciones, de pautas de actuación objetivas o de mecanismos de control de las valoraciones. Por último, el empleo por parte de estas entidades de pautas administrativas de actuación en materia contractual resulta positivo siempre que
se realice de forma uniforme y homogénea para cada tipo de contrato, sin acudir para su utilización a criterios arbitrarios o aleatorios. El informe concluye con varias recomendaciones, entre las que destacan las dirigidas a cada uno de los
patronatos de las fundaciones fiscalizadas, encaminadas todas ellas a mejorar la gestión económico financiera de estas entidades en el ámbito de la contratación.



El señor PRESIDENTE: Abrimos el turno para preguntas y aclaraciones. Tiene la palabra la señora Font en representación del Grupo Parlamentario Popular.



La señora FONT BONMATÍ: En primer lugar, si en algún momento el señor presidente ha sentido que le he faltado al respeto o he querido personalizar en su persona -valga la redundancia- alguna de mis aseveraciones, quiero aclarar que eso no
es así. Simplemente hago referencia a conclusiones y recomendaciones que aparecen en el informe de fiscalización que se ha presentado a esta Cámara. Por tanto, ruego disculpas si en algún momento ha pensado que quería centralizar en su persona
alguna de mis aseveraciones.



En segundo lugar, y en relación con la habilitación de las nuevas fórmulas de gestión, como usted muy bien ha dicho, estas surgen al amparo de la Ley 15/1997, de nuevas fórmulas de gestión. La creación de nuevos hospitales con estas
fórmulas de gestión se pensó precisamente para evitar el sistema centralista, rígido y excesivamente burocratizado que hasta ese momento funcionaba en el Sistema Nacional de Salud, incluso se pensó extrapolarlo al resto de hospitales.
Posteriormente hemos visto que no ha sido posible o no ha sido así, pero se quería dar más agilidad, atutodeterminación y autosuficiencia a los hospitales para que se gestionaran a sí mismos.



Usted ha hecho referencia a una falta de coordinación y de uniformidad en la contratación. Evidentemente, si le estamos dando a los hospitales autonomía de gestión, ésta es difícil de casar con una uniformidad en la contratación entre las
distintas administraciones, porque ello podría ir en contra de la filosofía con que se crearon en aquel momento estas nuevas fórmulas de gestión. Si entonces la coordinación fue difícil, ahora, con las transferencias a las comunidades autónomas,
posiblemente sea más difícil que en aquel momento. Se llega a indicar en su informe como si se tratase de un problema -quizá lo sea, pero yo no lo considero así- que se han utilizado diferentes criterios y procedimientos para contratar actividades
o servicios similares. Ya he dicho que en eso consiste la autonomía de la gestión. Quiero recalcar que el informe menciona que la fiscalización de los años 1999 a 2001 se fija en el Decreto 29/2000. Quiero dejar patente que muchas de las
contrataciones ya se habían realizado con anterioridad a la fijación de este real decreto.
Por lo tanto, no tendría mucho sentido.



Ha hablado de una inadecuada publicidad en los procedimientos de contratación, sobre todo teniendo en cuenta la publicidad que se da en determinados medios locales o no locales. Como bien recoge el informe, hay algunos hospitales que sí lo
hacen y otros que lo publican en los boletines oficiales del Estado o de la comunidad autónoma. En la parte relativa a las alegaciones que presentan las distintas fundaciones, por lo menos las que yo he visitado, dicen que lo van a tener en cuenta


Página 34



y que aceptan de antemano la recomendación que hizo el Tribunal de Cuentas en su momento.



He encontrado algunas contradicciones, por ejemplo, que la conclusión resultante es que ha existido una excesiva discrecionalidad en la contratación, sin que se hayan aplicado las suficientes garantías de transparencia y de medidas de
salvaguarda. Más adelante se dice que en el análisis de las contrataciones se ha puesto de manifiesto que todas ellas han utilizado, en mayor o menor medida, técnicas, procedimientos, categorías e incluso cláusulas propias de la contratación
administrativa, y dos párrafos después reconoce que estas prácticas resultan positivas.
Parece una incongruencia entre la primera conclusión, que dice que ha existido demasiada discrecionalidad, y la segunda, que dice que la mayoría de los
contratos se han realizado sobre la base de los contratos de la Administración pública, como si los contratos de la Administración publica pudieran o no ser discrecionales.



Ha hablado usted también de que no hay suficiente transparencia en los contratos y yo me pregunto cómo es posible que los contratos se puedan realizar sin la suficiente garantía de transparencia y al mismo tiempo manifestar que este tipo de
contratación permite mejorar la transparencia.



Por último y para terminar, si usted en calidad de presidente me pudiera contestar, me gustaría saber si el Gobierno debería modificar la actividad de los estatutos por los que se rigen las fundaciones, así como la actividad contractual de
derecho civil y mercantil por la que se rige el resto de las administraciones públicas.



El señor PRESIDENTE: A continuación, en representación del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la señora Velasco.



La señora VELASCO GARCÍA: Bienvenido, señor presidente del Tribunal de Cuentas, como siempre a esta Comisión.



Al igual que la señora Carcedo ha hecho referencia a lo oportuno de su informe, yo también tengo que decir lo mismo, puesto que a fin de cuentas en el debate sobre el modelo de financiación del sector sanitario público, sobre la suficiencia
financiera del sector sanitario público y la búsqueda de modelos que garanticen esa suficiencia financiera esta reflexión nos parece importante junto con las conclusiones y recomendaciones del análisis que ustedes hacen de los hospitales-fundación.
Permítanme que diga que se trata de un análisis hecho en cuatro hospitales-fundación de muy diverso tamaño y consideración, pues vamos de un hospital de 566 camas a otro de 65, por lo que la metodología de trabajo o las comparaciones a veces no se
pueden establecer en todos los parámetros. Lo que se ha fiscalizado es una contratación de 25 millones de euros, cantidad suficiente como para poder evaluar si los mecanismos de contratación son los adecuados o no. En este sentido, refiriéndome a
las conclusiones a las que hacen referencia, nos parece muy importante el hecho de que parece ser que el cumplimiento de los requisitos de publicidad y libre concurrencia no se está dando en los sistemas de contratación de las fundaciones-hospital,
así como los principios de objetividad y transparencia tampoco se cumplen de forma adecuada y las pautas administrativas a la hora de elaborar los contratos sufren criterios arbitrarios que, como decía la portavoz del Grupo Popular, pueden ir en
contra de la eficiencia del sistema. Ella decía que no podía ser así, pero nosotros entendemos que la arbitrariedad o los criterios no sometidos a normas de regulación, a protocolos previamente establecidos, pueden generar un problema de distorsión
en cuanto a la eficiencia y a la economía aplicado a todo el ámbito del sector público.
También nos parece importante que la uniformidad y la coordinación de la contratación en las fundaciones-hospital a las que el Tribunal hace referencia no se
dan. Entiendo que se refiere a los métodos de trabajo y no a otros mecanismos, que -como digo- no podrían ser extrapolables a hospitales de tan diverso tamaño y tan diferente configuración.



En síntesis, cuando elaboran las conclusiones, hacen una reflexión que desde el punto de vista del Grupo Socialista es muy importante, y es analizar por qué se crean estos modelos de gestión y qué objetivos tienen. El objetivo era impulsar
la autonomía en la gestión sanitaria, configurando los centros asistenciales como organizaciones autónomas. Eso conlleva la discrecionalidad de la que hablábamos al utilizar los mecanismos de gestión. Cuando el Grupo Parlamentario Socialista en la
pasada legislatura era muy crítico con esta ley que finalmente se aprobó, la 15/1997, dos de los razonamientos que se hacían eran, en primer lugar, que se estaba en un proceso de transferencia a las comunidades autónomas del servicio nacional de la
asistencia sanitaria y eso iba a afectar a los cuatro hospitales que se mencionan en este informe y, en segundo lugar, nos parecía que este sistema de gestión podría dejar mucho que desear toda vez que, aunque esté sujeto por estatuto a derecho
civil y mercantil, como se trata de objetivos que tienen carácter más general, probablemente no fuera oportuno que este tipo de fundaciones se rigieran únicamente por el derecho civil y mercantil. Nos parecía más oportuno que se siguieran los
modelos de gestión, profundizando en la autonomía de gestión en los hospitales del Insalud sin llegar a confusiones a través de este tipo de sistemas de gestión, como son las fundaciones-hospital.
Esa duda que nosotros teníamos ustedes también la
reflejan en el informe, hasta tal punto que, si no he entendido mal, plantean la modificación de la legislación vigente, que no de los estatutos, y también indican la necesidad de que la Ley de contratos de las administraciones públicas afecte a
estas fundaciones, ya que tienen como objetivo la atención sanitaria, que es una prestación, siendo su patrono fundamental en cuanto a la dotación de estas fundaciones de titularidad estatal en el momento en que hizo la revisión de


Página 35



estos hospitales el informe del Tribunal de Cuentas y ahora es de titularidad autonómica. Por tanto, podemos concluir que las mismas dudas que en aquel momento tenía el Grupo Socialista se reflejan en este informe que ustedes hacen referido
a estas cuatro fundaciones.



Mis preguntas concretas son las siguientes. Cuando solicita modificaciones de la ley, me gustaría que precisara con qué objetivos, qué pretende y las modificaciones concretas que le parece oportuno establecer. Y también -es una opinión
personal- si realmente cree que los nuevos mecanismos o las nuevas fórmulas de gestión sanitaria ofrecen alguna ventaja al Sistema Nacional de Salud, es decir, si mejoran la eficiencia, si mejoran la prestación sanitaria pública o qué ventajas
tienen con respecto al modelo tradicional de gestión de los hospitales públicos. Por otra parte, quisiera saber si considera oportuno que, una vez transferida la asistencia sanitaria y estas fundaciones a las comunidades autónomas, se haga una
revisión continuada de los efectos como consecuencia de este informe o de las conclusiones que plantean para hacer un seguimiento posterior a través de los tribunales de las propias comunidades autónomas.



El señor PRESIDENTE: Para contestar a las preguntas que se han planteado, tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas.



El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto Alba): En cuanto a la observación que se ha hecho aquí relativa a una falta de respeto a este presidente, no creo que se haya faltado al respeto a este presidente ni mucho menos. Por otra
parte, este presidente tiene un cierto hábito a estar en foros de debate tanto por mi formación universitaria como por mi etapa de parlamentario. Esta es una duda que quiero despejar, lo que pasa es que cada uno tenemos nuestro ámbito y yo,
representando a la institución, tengo más limitaciones. Lo que se ha hecho ha sido poner de manifiesto que hay ciertos aspectos que los gerentes de los hospitales conocen mucho mejor que este presidente.



Respecto a las observaciones sobre la discrecionalidad, lo que el informe pone de manifiesto es si son más o menos objetivos los sistemas de adjudicación. Aquí parece que no son muy objetivos. Con respecto a la normativa dice que se
respete la Ley de contratos y que todo esto se aplique también en las fundaciones. Me pregunta si creo que el Gobierno debe cambiar la normativa. Esto enlaza con qué modificaciones legislativas se desprenden. El Tribunal de Cuentas lo que hace en
sus informes es poner de manifiesto a esta Comisión y a este Parlamento aquello que le puede ser útil para el debate político en el cambio de las normas. Por otra parte, estos informes tienen limitaciones. Por ejemplo, muchas veces esta Comisión
Mixta le dice al Tribunal en sus resoluciones que presente una moción. ¿Y con qué ámbito y con qué profundidad queremos que nos lo haga el Tribunal? Quizás en eso se avance un poco más, pero no se le puede pedir a este presidente que diga si es
conveniente o no cambiar la normativa.



En cuanto a si es más o menos eficaz, lo que hace el Tribunal es poner de manifiesto una falta de coordinación o uniformidad entre las diferentes fundaciones e incluso entre los contratos celebrados por la misma fundación, y sobre todo esa
falta de coordinación superior que le correspondía al Insalud y ahora corresponde a las comunidades autónomas.



También tengo que señalar que en este informe no se ha detectado ningún tipo de responsabilidades. En el debate político, y sobre la base de estos informes y de estas recomendaciones e incluso con una posible moción, a lo mejor se suscita
si haría falta modificar o adaptar mejor la Ley de Contratos a estas situaciones, pero eso pertenece al debate político, porque en estas modificaciones legislativas no sólo intervienen principios de eficacia en la gestión sino también otros valores
en cuanto a la filosofía que entraña cada concepción política, y ahí el Tribunal no puede ni creo que debe entrar.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente del Tribunal de Cuentas.



No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión.



Eran las dos y cincuenta y cinco minutos de la tarde.