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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 866, de 27/06/2007
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2007 VIII Legislatura Núm. 866

MEDIO AMBIENTE

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª ROSA MARÍA BONÀS PAHISA

Sesión núm. 43

celebrada el miércoles, 27 de junio de 2007



ORDEN DEL DÍA:


Ratificación de la ponencia designada para informar las siguientes iniciativas legislativas:


- Proyecto de Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera.
(Número de expediente 121/000122.)... (Página 2)


- Proyecto de Ley de responsabilidad medioambiental. (Número de expediente 121/000130.)... (Página 2)


Aprobación, con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia, sobre:


- Proyecto de Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera.
(Número de expediente 121/000122.)... (Página 2)


- Proyecto de Ley de responsabilidad medioambiental. (Número de expediente 121/000130.)... (Página 9)


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Se abre la sesión a las nueve de la mañana.



RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR LAS SIGUIENTES INICIATIVAS LEGISLATIVAS:


- PROYECTO DE LEY DE CALIDAD DEL AIRE Y PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA.
(Número de expediente 121/000122.)


- PROYECTO DE LEY DE RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL. (Número de expediente 121/000130.)


El señor VICEPRESIDENTE (Merino Delgado): Vamos a dar comienzo a la Sesión de la Comisión de Medio Ambiente.



En primer lugar, debemos someter a ratificación las ponencias. Si no hay ningún grupo que se oponga las daremos por aprobadas. (Asentimiento.) Quedan ratificadas.



APROBACIÓN, CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA, SOBRE:


- PROYECTO DE LEY DE CALIDAD DEL AIRE Y PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA.
(Número de expediente 121/000122.)


El señor VICEPRESIDENTE (Merino Delgado): Iniciamos el debate del orden del día. Las votaciones no serán antes de las 13:00 horas y suspenderemos con anterioridad para poder ponernos de acuerdo sobre algunas cuestiones y poner en orden
las distintas votaciones. Comenzamos con el proyecto de ley de calidad del aire y protección de la atmósfera. Yendo de menor a mayor, tiene la palabra el representante de Izquierda Unida, señor Herrera.



El señor HERRERA TORRES: Estoy ordenando los papeles y por tanto es posible que se me quede alguna cosa en el tintero. Quiero empezar por decir que nuestras enmiendas tienen el objetivo de hacer más exigente la ley en un elemento
trascendental, la calidad del aire, algo que afecta mucho a la vida cotidiana de la gente y uno de los principales factores de muerte, y digo bien, que existe en el conjunto del país. Según un informe de la Unión Europea, hay más de 16.000 muertes
al año por la mala calidad del aire. Dicho de otra manera, hay más muertes por mala calidad del aire que por accidentes de coche y, en cambio, el debate razonable e intenso que existe en materia de siniestralidad en las carreteras no es el mismo
que hay en calidad del aire. En este contexto, hacemos una valoración positiva de la ley, que introduce nuevas exigencias y obligaciones, pero entendemos que debe ir más allá. Por eso presentamos muchas enmiendas, tanto desde una perspectiva de
fiscalidad ambiental como desde una perspectiva de mayor información y transparencia, así como otras medidas. Tengo que decir que finalmente, más allá de las enmiendas de nuestro grupo parlamentario que se incorporaron en ponencia y a las que no me
voy a referir porque ya están en el informe de la misma, o de las transacciones con otros grupos, entendemos que es positivo el acuerdo al que podamos llegar hoy y sobre el que ayer estuvimos discutiendo con el Grupo Socialista.



En primer lugar, hay enmiendas, ya no nuestras sino de otros grupos parlamentarios, que supongo que por exigencia y no por oportunismo introdujeron en su día, como la 94 o la 106 de Esquerra, que hemos apoyado y que pretenden hacer que los
municipios de 100.000 habitantes tengan la exigencia del cumplimiento de la ley, entendiendo que las comunidades autónomas van a tener un marco, que va a ser el de las aglomeraciones, que va a permitir que se cumpla esta ley. Nos hubiera gustado
más que se hubiesen incorporado las ciudades a partir de 50.000 habitantes, pero entendemos que en una ley de nueva implantación la doble combinación de las aglomeraciones de más de 250.000 habitantes, sumado a una exigencia para las ciudades de más
de 100.000, es una buena solución que nos permitirá que la ley se concrete.



Quería referirme a un segundo aspecto que nosotros planteábamos en la enmienda 64, que hacía referencia a la movilidad sostenible y a los planes de transporte en empresas. Continuamos manteniendo que sería muy positivo que existiese una
obligación clara para que en el marco del diálogo social se tuviese que solventar lo que es una obligación en muchos países de la Unión Europea y lo que es una obligación y una exigencia de sentido común que se solvente en nuestro país, que es la
movilidad y los planes de transporte de empresas en los polígonos industriales y en los centros de trabajo a partir de un volumen que nosotros cifrábamos en 200, aunque podríamos hablar de otra cantidad.
Para nosotros, la enmienda 64 era
importante, pero finalmente hemos llegado a un acuerdo que creo que es muy relevante. Una disposición adicional nueva plantea que el Gobierno, en desarrollo de las medidas urgentes a adoptar contra el cambio climático, elaborará una ley de
movilidad sostenible que incluirá, en el marco del diálogo social establecido, la obligación de la puesta en marcha de planes de transporte de empresa que reduzcan la utilización del automóvil en el transporte de sus trabajadores, fomenten otros
modos de transporte menos contaminantes y contribuyan a reducir el número y el impacto de estos desplazamientos.
Para nosotros es un elemento fundamental. Siendo realistas y sin hacernos trampas en el solitario, todos sabemos que la ley de
movilidad, por mucho que el Gobierno la presente en el próximo periodo de sesiones, difícilmente verá la luz en esta legislatura, por tanto, pretendíamos que esta fuera una exigencia ya a partir de esta ley. Si tuviésemos otro arco parlamentario
más exigente, si gozásemos de un Partido Popular que tuviese las miras que tiene el señor Cameron, por ponerles un ejemplo conservador en el Reino Unido,


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estas medidas podrían salir adelante, pero sabiendo cuál es la aritmética parlamentaria y la sensibilidad de los grupos parlamentarios entendemos que es una buena solución. También lo es por otro factor: el hecho de que se incorpore esto
en la disposición adicional nueva pone aún más de manifiesto que esta obligación la podrán implementar cuando quieran las comunidades autónomas. Por tanto, veremos si aprovechamos la oportunidad desde la perspectiva de las comunidades autónomas y
si esta exigencia en los planes de movilidad y de transporte de empresa se sitúa a nivel autonómico. Consideramos que las competencias para fijarlo son de las comunidades autónomas, pero constatamos una realidad, y es que en el momento en que no
existe una exigencia a nivel estatal es difícil que haya comunidades autónomas que impongan lo que no impone la comunidad autónoma de al lado, porque hay un argumento, yo creo que algo tramposo, que viene a decir que sin ser una cuestión homologable
al conjunto de las comunidades autónomas se pierde competitividad, cuando en realidad el factor de los planes de transporte de empresa y de movilidad mejora la competitividad, ya no solo desde una perspectiva medioambiental o de calidad del aire,
sino desde una perspectiva de los accidentes in itinere, que afectan mucho a la salud en este caso de quien los padece, pero también a la productividad.



Tercer elemento que quería destacar. Hemos llegado a un acuerdo en torno a una nueva disposición adicional para que, de una vez por todas, aquello de lo que venimos hablando desde el principio de la legislatura, que hemos ido
trasladándoselo al Gobierno y que ha sido una exigencia de la Comisión de Medio Ambiente, sea realidad. Lo digo porque hace apenas tres semanas aprobábamos una proposición no de ley en ese sentido, la reforma del impuesto de matriculación, en aquel
caso con el voto contrario del Partido Socialista, y ayer mismo en el Pleno lo planteábamos. Lo hemos hecho no ahora sino en tres mociones en Pleno y en multitud de ocasiones, lo hemos aprobado en el debate sobre el estado de la Nación en forma de
resolución de forma genérica, lo hemos aprobado en los Presupuestos Generales del Estado, en los que se establecía en una adicional que este año se abordaría la fiscalidad verde y, por fin, tenemos una medida concreta, y es que se va a modificar el
impuesto de matriculaciones y que con anterioridad al 1 de diciembre de este año el Gobierno va a introducir esas modificaciones legales necesarias para establecer un sistema en el impuesto especial sobre determinados medios de transporte, es decir,
el impuesto de matriculación para los vehículos con algunos elementos básicos. Los tipos de gravamen se establecerán en función de las emisiones de CO2 por kilómetro recorrido, el tipo para los vehículos menos emisores será cero y, por supuesto,
las motos acuáticas y los quads tendrán un tipo más alto de los considerados. Es un elemento positivo porque eso tiene que suponer que, a expensas de tener todos los estudios para ver cuál es la opción más razonable a la hora de reformar este
impuesto de matriculación con un criterio ambiental para que los vehículos paguen en función de las emisiones de CO2, tendremos el margen de incorporarlo en el Senado. El compromiso, en este caso por parte del Gobierno y del Grupo Socialista, es
que si este elemento no se pudiese incorporar en el Senado, habría un real decreto-ley que podía ser refrendado por el Congreso, con lo cual tendríamos este impuesto que, además, no supone ningún conflicto entre los sectores, las comunidades
autónomas, y los ayuntamientos, adaptándose a criterios medioambientales.
Esta es una noticia importante, y supone un avance muy relevante.



El señor VICEPRESIDENTE (Merino Delgado): Vaya terminando.



El señor HERRERA TORRES: Ya que somos tres o cuatro grupos los que estamos aquí, le pediría, señor presidente, un poco más de flexibilidad porque es una ley en la que venimos trabajando desde hace tiempo.



Hemos incorporado otras enmiendas en materia de fiscalidad ambiental que se refieren al impuesto de hidrocarburos -enmienda 66-, al impuesto de circulación, al impuesto de hidrocarburos para transporte aéreo y a la equiparación de
diesel-gasolina. Tengo que decirles que el mandato al Gobierno en el debate sobre el estado de la Nación anterior y sobre todo de los presupuestos era que abordásemos una fiscalidad verde. En un informe del RAC sobre propuestas de reforma de
fiscalidad del automóvil se dice que en España la fiscalidad en los vehículos es de las más laxas, de las menos exigentes con diferencia en Europa, y eso a nuestro grupo le choca mucho. ¿Cómo puede ser que en un país que incumple tanto con Kioto
tengamos la fiscalidad más laxa y menos exigente? Esto tendría que suponer una reflexión a todos los grupos. Digo esto porque para nosotros es un paso adelante. No obstante, lo vamos a asumir y obviamente vamos a renunciar al resto por una
cuestión de practicidad y para sacar adelante esta propuesta, pero a mí me gustaría que hubiese una reflexión incluso a partir del debate que tuvimos ayer en el Pleno del Congreso. Vamos a tirar cohetes, yo el primero, porque, ante un Gobierno que
en esta materia no ha avanzado nada, obviamente hay que hacerlo, pero vamos a tirar cohetes sobre un tema que ya está implementado en la mayoría de países de la Unión Europea. Lo digo para que lo sepamos, para que hagamos como mínimo ese discurso
realista, entendiendo que el informe del RAC, no de Greenpeace ni de Ecologistas en Acción, dice que somos el país menos exigente desde una perspectiva medioambiental con el vehículo. Creo que esto tiene que suponer, como mínimo, una reflexión
ligeramente autocrítica porque vamos muy atrasados en esta materia y porque sí es positivo, pero, a la vez con el mismo énfasis que digo que es positivo, digo que es insuficiente


Aparte de las enmiendas que he citado, y entiendo que aquí hay un acuerdo en materia de fiscalidad, doy por defendidas algunas otras, como la 73, que hace referencia a la información al público; la enmienda 62, que tiene


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como finalidad aplicar el principio de cautela en los procesos de evaluación ambiental, entendiendo que los promotores de instalación tendrán que demostrar que no se suponen determinados objetivos; la enmienda 65, que es muy parecida a las
enmiendas 103 y 104 de Esquerra y hemos encontrado una solución al respecto; la enmienda 66, que establece que todas las zonas en las que en el momento de la aprobación de esta ley se incumplan alguno de los valores límite legales o reglamentarios
en vigor para cualquier contaminante, estarán obligadas a redactar planes y programas antes de que se cumplan tres meses de la entrada en vigor de la ley; y la enmienda 74, en la que se establece una responsabilidad, en este caso de las
administraciones públicas, cuando, por omisión del incumplimiento de las determinaciones que establece esta ley, se puedan derivar daños para la salud humana.



Termino, señor presidente, diciendo que hacemos una valoración positiva de la ley tal y como queda porque hemos conseguido lo que pretendíamos, que es hacer una ley más exigente con instrumentos concretos. Nos hubiese gustado también que el
Grupo Socialista hubiese tenido la voluntad de ampliar esta exigencia. Entendemos que necesitamos muchas más medidas que las que vamos a aprobar para ser efectivos en la mejora de la calidad del aire, elementos que nosotros hemos incorporado
también en la ley del sector eléctrico para garantizar que haya elementos de planificación en el sector y ustedes saben, porque me lo han escuchado muchas veces, que hoy lamentablemente esto no puede ser porque continúan emitiendo más CO2 o más
dióxido de nitrógeno las centrales térmicas que las de ciclo combinado. Este es un ejemplo claro y diáfano que avala lo que hemos planteado.



El señor VICEPRESIDENTE (Merino Delgado): Tiene la palabra la señora Bonàs en representación de Esquerra Republicana de Catalunya.



La señora BONÀS PAHISA: Intervengo en nombre de mi grupo sobre el proyecto de ley de calidad del aire que, a nuestro entender, es uno de los proyectos más importantes de esta legislatura. La contaminación atmosférica incide en la salud de
las personas y la situación de la calidad del aire es crítica en bastantes ciudades en determinadas épocas del año. Por ello, este proyecto de ley presentado por el Gobierno ha sido objeto de atenta lectura por parte del Grupo de Esquerra
Republicana.



Esquerra Republicana ha presentado 69 enmiendas, de ellas, 25 fueron aceptadas íntegramente y gran parte de las otras han sido transaccionadas; es decir, más de un 50 por ciento de nuestras propuestas han sido ya introducidas en este texto
legal, lo que nos llena de satisfacción por haber contribuido de forma sustancial a este importante texto legal. De las propuestas aceptadas destacan, por ejemplo, que las obligaciones que prevé el proyecto de ley no solo serán de obligación para
municipios de más de 250.000 habitantes, sino que las extendemos a las aglomeraciones y a municipios de más de 100.000. Las comunidades autónomas podrán establecer objetivos de calidad del aire y valores límites de emisión más estrictos de los que
establezca la Administración General del Estado. Las entidades locales podrán adoptar medidas de restricción total o parcial de tráfico, incluyendo restricciones a los vehículos más contaminantes a ciertas matrículas, a ciertas horas o a ciertas
zonas, entre otras. Hasta ahora, señorías, las ciudades no estaban facultadas para ello. Las administraciones públicas harán públicos los estudios sobre calidad de aire y salud que encarguen en el ámbito de sus competencias. Hasta ahora podían
prescindir de ello. En estos planes de mejora de la calidad del aire se identificarán las fuentes de emisión responsables de los objetivos de calidad. Esto significa que identificar la fuente puede suponer, por ejemplo, identificar un polígono
industrial determinado o una central de mercancías. Deberán indicarse medidas y proyectos de mejora, calendarios de aplicación, estimación de la mejora de la calidad del aire que se espera conseguir y el plazo previsto para alcanzar esos objetivos.
Con esta ley estamos obligando indirectamente a planes de movilidad. Las administraciones públicas en el ámbito de sus competencias promoverán los sistemas de transporte público y privado menos contaminantes. La Administración General del Estado
llevará a cabo actuaciones para impulsar que los puertos de titularidad estatal se doten de los medios necesarios para suministrar electricidad desde tierra a todos los buques y embarcaciones que se encuentren atracados. Hasta ahora esto no es
posible, lo que supone una gran contaminación atmosférica. Otra aportación importante es que se incorporen las sustancias xenoestrógenas entre los contaminantes sujetos a la ley. A estas sustancias se atribuyen alteraciones como desarrollo anómalo
de órganos reproductores, trastornos malformativos en embriones y fetos y esterilidad masculina. Creemos que es una aportación importante. Aparte de estas aportaciones y otras muchas, somos conscientes de que una gran fuente de contaminación es la
movilidad y también una de las grandes causas de que nuestro país no llegue a lo establecido en el protocolo de Kioto es el parque móvil. Por tanto, aunque no correspondía a esta ley, hemos presentado muchas enmiendas encaminadas a avanzar en
regular el parque móvil para que sea menos contaminante.



Algunas de nuestras enmiendas entendíamos que eran de tipo fiscal y que no era en esta ley donde se podían introducir modificaciones de leyes de las haciendas locales, por ejemplo. A pesar de ello, ha habido un intenso contacto con el
ministerio, una voluntad de entendimiento de que debíamos avanzar, de ahí las transaccionales que tenemos que votar hoy en la Comisión. Una es al apartado 16 donde reducimos la población de 250.000 a 100.000; la transaccional a la enmienda 116, en
la que decimos que las administraciones públicas promoverán, en el ámbito de sus competencias, el uso de la fiscalidad ecológica y de otros instrumentos de política económica ambiental; y la enmienda 140, en la que proponíamos que se modificase el
impuesto de matriculación. Dicha modificación no suponía que se pudiera recaudar más, sino que se incentivara la transformación del parque móvil con la compra de


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vehículos menos contaminantes, como en otros países se está haciendo.
Creíamos que era el momento ya que estamos hablando de calidad del aire y de incentivar la compra de estos automóviles que ya existen en el mercado. La idea era que los
que contaminen menos, paguen menos, y los que contaminen más, paguen más; que el resultado sea neutro. No era el momento de concretar la propuesta, pero sí de definir las líneas, y como se ha hecho en la transaccional, que recoge que los que
contaminen menos pueden estar exentos del impuesto de matriculación. Había otras propuestas, como el impuesto de circulación. Esta propuesta debería modificar la Ley de las haciendas locales y hemos pensado que no era el momento, que deberíamos
dejarlo para más adelante. Otra propuesta es la voluntariedad de la ley de la etiqueta de eficiencia. Cuando los automóviles pasan la ITV hay una etiqueta voluntaria que deberá ser obligatoria. En un futuro pensamos llegar a la etiqueta verde
para que los coches salgan de la inspección de la ITV con una etiqueta que defina claramente la eficiencia del automóvil que se está conduciendo.



En resumen, creemos que esta ley es un paso importante que define el camino hacia dónde debemos ir, hacia la fiscalidad ambiental, hacia reducir la contaminación. Es un paso importante, pero no son decisiones fáciles para un Gobierno cuando
se incide en competencias autonómicas y en competencias municipales, lo cual es complicado para el Gobierno estatal. Por eso felicitamos al Grupo Parlamentario Socialista y al personal del ministerio, que ha estado atento y se ha esforzado en
entender la inquietud, no solo de Esquerra Republicana sino de la mayoría de la ciudadanía, porque estamos hablando de un bien común como es la calidad del aire. Si se examinan con atención las propuestas, se verá que son muy importantes. En
consecuencia, Esquerra Republicana retira todas las enmiendas que teníamos pendientes, porque creemos que lo más importante ya está en la ley. Lo que nos queda pendiente, por ejemplo, limitadores de velocidad, se podrá hacer en un futuro puesto que
ya están marcados los cauces de por dónde tenemos que ir. Otras enmiendas, como la relativa a ley de movilidad para establecer planes para las empresas, creemos que es un tema que se debe estudiar con profundidad ya que hablamos de empresas
grandes, pero la gran preocupación es la movilidad en los polígonos, donde hay muchas empresas pequeñas que tienen que conseguir convenios con las administraciones locales que ya están obligadas por ley a hacerlo. Creemos que el camino está abierto
para que en un futuro se regule y se reduzca la movilidad, se creen planes y, en definitiva, se reduzcan las emisiones de gases contaminantes, que es lo que todos queremos. Nos quedan estas enmiendas transaccionales por votar y el resto quedan
retiradas.



El señor VICEPRESIDENTE (Merino Delgado): En representación del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Guinart.



El señor GUINART SOLÁ: Nuestro grupo parlamentario quiere poner de manifesto la importancia de la elaboración de esta ley, una de las más importantes de la Comisión de Medio Ambiente en esta legislatura, porque es una ley de proyección de
futuro, es una ley de puesta al día de uno de los elementos que más afectan al medio ambiente y a la percepción humana en relación con la calidad del medio ambiente, que es la calidad del aire que todos respiramos, especialmente en las ciudades,
siendo la población urbanita la que predomina cada vez más en nuestro país. Nuestro grupo desde el principio vio con buenos ojos la tramitación de la ley y su contenido básico y formuló siete enmiendas de carácter autonómico y competencial, por
entender que es una ley que debería regular los aspectos de la emisión de gases contaminantes y que no debía entrar en otras materias colaterales, como finalmente parece que sí ha hecho y que a nuestro grupo le hubiera gustado introducir en el caso
de que hubiera interpretado que esta ley pudiera servir de elemento para inducir otras normativas. Hablo del caso de la fiscalidad llamada ecológica, que es una fiscalidad creciente, progresiva, no tanto en relación con la potencia de los
vehículos, sino con la emisión de gases de CO2, en este caso de gases contaminantes que también tienen efecto sobre el calentamiento del planeta y sobre el cambio climático, emisiones difusas que pueden ser abordadas a través de medidas fiscales.
Tener como baremo para fijar la progresividad de la fiscalidad, no la potencia de los vehículos sino la contaminación que producen en función de la modernidad de las tecnologías aplicadas en su puesta en funcionamiento, nos parece un criterio
adecuado, pero nosotros lo situábamos en el ámbito fiscal de las corporaciones locales, que son las que tienen la competencia para fijar la fiscalidad, dentro del marco global para la circulación de vehículos.
En este caso, manifestamos nuestra
satisfacción porque se ha llegado a un acuerdo en este ámbito, según hemos podido leer en la prensa.



En cuanto a nuestras enmiendas, aunque ninguna haya sido aceptada en su literalidad, entendemos que quedan incorporadas al haber transaccionado con otros grupos varias de ellas, lo cual nos hace retirar algunas y mantener otras. Retiramos
la 48, la 52 y la 53, y mantenemos el resto.



Esperemos que la tramitación de esta Ley realmente represente un avance en la legislación relativa al medio ambiente y que todos los grupos lleguemos finalmente a un acuerdo que sea aceptable para todos.



El señor VICEPRESIDENTE (Delgado Merino): Tiene la palabra la portavoz del Grupo Popular, señora De Lara.



La señora DE LARA CARBÓ: Creo que la Ley de la calidad del aire que estamos debatiendo hoy es de enorme importancia, ya que tiene una gran incidencia sobre la contaminación que está produciendo y que tanto nos preocupa para el cumplimiento
del Protocolo de Kioto.



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El Grupo Parlamentario Popular ha presentado 37 enmiendas, de las cuales 7 han sido aprobadas y se han incluido en el texto de la ponencia y 11 han sido transaccionadas y también se han incluido en el texto de la ponencia. Por consiguiente,
nos quedan 19 enmiendas pendientes, algunas de las cuales son simplemente mejoras técnicas que realmente no entendemos cómo no han sido aceptadas por el grupo proponente. La primera enmienda, la número 9, dentro de los instrumentos para fomentar la
protección de la atmósfera, añade la información pública. Que sepamos, esta enmienda no ha sido aceptada y, por tanto, la mantenemos. La enmienda número 10 se refiere a la exposición de motivos, que habla de ocho disposiciones finales; nosotros
decimos que son seis las disposiciones finales, porque hay dos que excluimos del texto, como voy a explicar a continuación. Con la enmienda número 11 proponemos que se excluyan del ámbito de aplicación de la ley las instalaciones que ya están
sometidas a la Ley de prevención y control integrado de la contaminación. Si tenemos en cuenta que el objeto de este anteproyecto de ley lo es asimismo de la Ley de control integrado de la contaminación, y que su artículo 1 dice que tiene por
objeto evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, nosotros proponemos salvar esa repetición, ya que entre dos normas del mismo rango prevalece la más reciente en el eventual caso de alguna discordia o
diferencia. Por consiguiente, propondríamos que esto fuera corregido en la parte correspondiente de la exposición de motivos.



La enmienda número 12, que no se ha aceptado, incluía simplemente una nueva definición de aire ambiente, según las directivas comunitarias. En la enmienda número 24 proponemos que el Gobierno, en los reales decretos que establezca, incluya
métodos de referencia para la determinación de los contaminantes. Creemos que es importante que existan métodos de referencia, porque sin ellos todo puede quedar al albur de determinados aspectos no demasiado claros. Con la enmienda número 25, que
ya dijimos en ponencia que era un error en la transcripción de la misma, proponemos suprimir que los planes de movilidad urbana incorporen planes de transporte de empresa, porque creemos que nos estamos metiendo en un terreno puramente laboral, y no
parece la Ley de calidad del aire el lugar adecuado para introducirnos en la negociación colectiva de una empresa. Por ello, repito, con esta enmienda número 25 proponemos suprimir el párrafo que se refiere a los planes de transporte de empresa,
que creemos que, obviamente, pertenecen a otro ámbito.



La enmienda número 26 introduce una modificación para que quede plasmada con más claridad la necesaria colaboración entre las distintas administraciones públicas. Fijémonos en que en esta ley hay ámbitos en los cuales, en cuanto a las
funciones de las entidades locales o de las comunidades autónomas, debe quedar plasmada la colaboración necesaria.
Con la enmienda número 27 proponemos simplemente una nueva redacción, ya que de la inicial podría deducirse que las entidades
municipales pueden excluir el contenido de los planes siempre justificándolo; sin concretar nada más. Con esta enmienda pretendemos aclarar este concepto. Con la enmienda número 29 añadimos que la Administración correspondiente, ya sea el
Ministerio de Medio Ambiente o las comunidades autónomas, establecerá los criterios para la orientación de las redes de vigilancia a la evaluación de la calidad del aire. Creemos que esto es importante para evitar la incidencia en la salud de la
población.



No entendemos cómo no ha sido aceptada la enmienda número 30 por el grupo proponente, ya que en ella proponemos que las administraciones públicas, en el marco de este instrumento que estamos elaborando, podrán incentivar el uso de
combustibles menos contaminantes o energías limpias. Creemos que se debería votar favorablemente esta enmienda. A la enmienda número 31 se ha presentado un texto transaccional y, por consiguiente, vamos a dejarla. La enmienda número 34 se refiere
simplemente a una mejora técnica. Nosotros hablamos de sensibilización de los ciudadanos; en lugar de poner público creemos que es más aclaratoria la palabra ciudadanos. En la enmienda número 35 proponemos un nuevo punto sobre el acceso de los
ciudadanos a la información, ya que creemos que no es lo mismo un spot publicitario, una publicidad, que el derecho que tienen los ciudadanos a un acceso directo.



En la enmienda número 36 establecemos limitaciones para los funcionarios que realicen tareas de inspección, porque no nos parece bien el texto que viene en el proyecto de ley. Proponemos que los funcionarios puedan solicitar de las Fuerzas
y Cuerpos de Seguridad del Estado competentes su auxilio y colaboración. Fíjense, señorías, que lo que nosotros solicitamos son las mismas limitaciones que se establecen para inspectores de Hacienda o de Trabajo, que pensamos que son las que deben
establecerse para los inspectores ambientales, que no pueden entrar simplemente en una instalación. La enmienda número 37 propone que las metodologías que se utilicen en las entidades locales y en las comunidades autónomas sean similares a las
utilizadas por los inventarios de ámbito estatal, ya que al contrastarlas será mucho más fácil poder analizar los resultados. La enmienda número 38 equivale a la número 11 que hemos defendido anteriormente, que trata de excluir del ámbito de
aplicación de esta ley las instalaciones ya sometidas a la Ley de prevención y control integrado de la contaminación, por ser algo repetitivo. La enmienda número 40 pretende la supresión de la disposición final primera, porque en ella se habla de
la Ley de residuos. Señorías, creemos que este aspecto es muy importante. Aquí se añaden una serie de disposiciones finales que atañen a otras leyes que creemos que no tienen que ver en este aspecto. Por ejemplo, si tenemos en cuenta la realidad
de muchas obras, la separación por tipo de materiales por parte del poseedor no siempre es viable, ya que esta depende de factores como el espacio, el volumen de residuos que se generen, el coste, etcétera. Debería considerarse la posibilidad de
que el poseedor pueda encomendar la separación a un gestor autorizado en una instalación de tratamiento autorizado ajeno a la


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obra. Fíjense en que el grueso de residuos de construcción y demolición de una obra es una mezcla de escayola, yeso, cemento, fragmentos de ladrillo, tejas y cerámicas en todas sus posibles combinaciones, que son imposibles de segregar, por
lo que debería plantearse de forma realista su gestión. En muchas comunidades autónomas no se dispone de la red de plantas de tratamiento y eliminación adecuadas para tratar este tipo de residuos por separado. Recordemos que el artículo 11 de la
Ley de residuos no establece obligaciones específicas para poseedores de residuos concretos, por lo que pensamos que no procede establecer una obligación más solo para los poseedores de residuos de construcción y demolición.



La enmienda número 41 va dirigida a la disposición final segunda, ya que creemos que en ella no procede hablar de ruidos y vibraciones ya que el artículo 2.2 de la ley que estamos analizando dice: Quedan excluidos del ámbito de aplicación
de esta Ley, y se regirán por su normativa específica, los ruidos y las vibraciones. Aquí nos ponemos a regular una serie de aspectos que quedan al margen de la ley, ya que la ley prescinde de ellos expresamente cuando habla de lo que queda
excluido del ámbito de aplicación de la misma. Habla de ruidos y vibraciones, y nosotros queremos modificar el aspecto concerniente a ruidos. Por tanto, solicitamos la supresión de la disposición final segunda.



La enmienda número 42 trata del silencio administrativo. Señorías, consideramos, y creo que estaremos todos de acuerdo, que es más procedente interpretar el silencio administrativo en sentido positivo por las siguientes razones. El derecho
español en materia de licencias, permisos y autorizaciones, tradicionalmente, ha interpretado el silencio administrativo en sentido positivo. La interpretación del silencio administrativo en sentido positivo contribuye a la seguridad jurídica y a
la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Consideramos una contradicción en sus propios términos que atenta contra el principio de justicia que el silencio administrativo se considere negativo.
Fíjense, señorías, que en el caso
de que una determinada Administración no tuviera capacidad para sacar papeles adelante, se consideraría denegado el permiso para determinadas actuaciones, lo que nosotros consideramos totalmente contrario a la ley.



Finalmente, la enmienda 45 trataba simplemente de incluir una nueva actividad en el anexo y tampoco entendemos por qué ha sido rechazada.



El señor VICEPRESIDENTE (Delgado Merino): Tiene la palabra la representante del Grupo Socialista, señora Marón.



La señora MARÓN BELTRÁN: Es un compromiso y un objetivo del Gobierno abordar de una manera enérgica y decisiva las consecuencias del cambio climático con un proyecto de ley como el que hoy traemos a Comisión, después de un fructífero camino
recorrido en lo que llevamos de legislatura. Es muestra de un compromiso serio.



Intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Socialista para defender esta Ley de calidad del aire y de protección de la atmósfera que hoy viene a Comisión y que marca una nueva etapa en la legislación básica española, sustituyendo a la
vigente Ley 38/1972, de protección del ambiente atmosférico. Es una ley ambiciosa que nace con proyección de futuro, una ley consensuada con los agentes sociales -con la sociedad, con las comunidades autónomas y con los ayuntamientos, a través de
la FEMP, ya que ellos van a ser una pieza importante en la aplicación de esta ley- y con los grupos parlamentarios de esta Cámara, que tienen que dar respuesta a una importante demanda social que mira con preocupación los temas relacionados con la
contaminación, muchas veces sin saber cómo actuar ni en qué medida puede colaborar. Vive, pues, el ciudadano con una preocupación por la contaminación de nuestro medio ambiente, fruto fundamentalmente del desarrollo y crecimiento de nuestras
ciudades, de la actividad industrial, del crecimiento de las infraestructuras, del aumento de los vehículos y del parque móvil en general, lo que genera un incremento de las fuentes de emisión contaminante, siendo un problema global que requiere
medidas concretas en el ámbito local.



Sabemos que los efectos adversos de la contaminación están teniendo consecuencias en la salud humana, especialmente en las aglomeraciones urbanas. Precisamente en esta ley se define de manera clara el concepto de aglomeración para
determinar, en su momento, medidas muy concretas sobre estos núcleos. En un estudio reciente de la Comisión Europea se dice que la contaminación atmosférica causa más de 350.000 muertes prematuras en Europa, de las que 16.000 corresponden a nuestro
país, y también se ven afectados ecosistemas y, por tanto, la cadena alimentaria, siendo la propia Organización Mundial de la Salud la que aconseja que los estándares de calidad del aire deben ser revisados para preservar la salud, por ello, cada
vez más, gozar de calidad del aire se asocia con calidad de vida, y a eso es a lo que aspiramos y por lo que impulsamos este proyecto de ley.



Los problemas de nuestro país son muy similares a los de otros países europeos, por lo que la protección de la atmósfera es una preocupación creciente y los gobiernos y las administraciones tienen que impulsar la legislación adecuada. Con
este proyecto damos un salto cuantitativo y cualitativo respecto al futuro. Este proyecto de ley se enmarca en los principios y directivas que orientan la política ambiental de protección de la atmósfera en el ámbito de la Unión Europea y que
permitirá el desarrollo reglamentario necesario en el futuro según se vayan registrando avances técnicos en la política de calidad del aire. Tal como se expresa en la exposición de motivos, esta ley otorga un papel trascendental a la
corresponsabilidad, involucrando en la conservación del ambiente atmosférico no solo a los poderes públicos sino a la sociedad en su conjunto. Los ciudadanos tenemos derecho a exigir pero también tenemos la obligación de preservar y respetar los
recursos naturales. Es importante destacar la corresponsabilidad entre administraciones ya que la contaminación


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atmosférica no tiene puertas ni fronteras y tendrá la obligación de promover, planificar y ejecutar las políticas sectoriales que permitan un desarrollo sostenible, evitando aquellas actuaciones que impidan esos objetivos. Quiero destacar
también el carácter integral de este proyecto de ley al ocuparse de las diferentes causas: fuentes de la contaminación, problemas derivados de la misma, problemas de la salud, ambientales, etcétera. Se pretende abordar las causas y efectos con una
visión global y sus consecuencias en las personas y en la naturaleza. Requiere por ello la mayor efectividad, incentivando las mejores políticas y los mejores recursos. Por todo ello, en este proyecto de ley se contemplan mecanismos para la
limitación de emisiones, evaluación continuada de la calidad del aire, ordenación del territorio, planeamiento urbanístico, y se presta especial atención a los ciudadanos con la participación público e información puntual sobre la situación de la
calidad del aire.



En una segunda parte de mi intervención quiero destacar de manera muy especial la voluntad de consenso que hubo en la tramitación de este proyecto de ley por parte de los grupos parlamentarios. Incluso podría decir que los grupos
parlamentarios han asumido su parte de responsabilidad, que es lo que nos demandan los ciudadanos. Se han aceptado e incorporado al texto un buen número de las enmiendas presentadas y también han sido aceptadas por los grupos buen número de las
enmiendas transaccionales que hemos propuesto, muchas de ellas incorporadas en ponencia y otras trabajadas en estos últimos días.



Las enmiendas del Grupo Popular, señora De Lara, han permitido mejorar muchísimo el texto de la ley con la aceptación de más de 16 enmiendas, entre ellas las transaccionales a las que usted ha hecho referencia y que nosotros le sugerimos en
este momento incrementar con dos transaccionales más relativas a la enmiendas números 19 y 31, que le hemos entregado; una de ellas relativa a incentivar la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica. Por tanto, tiene la palabra para
decir en su momento si acepta o no estas dos enmiendas propuestas. Respecto a las que quedan como flecos porque aún no se han podido consensuar, señora De Lara, todavía queda un camino en el Senado para verlas con mayor detalle y desde luego
existirá toda la voluntad para mejorar este texto y adaptarlo de la mejor forma posible.



Se han conseguido importantes acuerdos que se han ido incorporando a lo largo de la ponencia con nuevas transaccionales. A los municipios de 100.000 habitantes, se les exige disponer de datos para informar a la población y para que tengan
planes y programas de calidad del aire por sí mismos o con las comunidades autónomas, que queda fijado en el término de aglomeración. Hay otro bloque muy importante de transaccionales sobre la fiscalidad en el impuesto de matriculación de vehículos
y de determinados medios de transporte -enmiendas números 78, del Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, y 140 del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-, que permitirán una fiscalidad progresiva
según el tipo de vehículos, gravando más a los que tienen menos necesidad de utilización -motos acuáticas, quads, etcétera- y siendo neutral en los que menos emisiones generan, siempre en función de las emisiones de CO2 por kilómetro recorrido. En
este punto quiero resaltar el compromiso de mi grupo parlamentario para mejorar este ámbito en el trámite del Senado y, si esto no fuera posible -creo que sí lo será puesto que tenemos la voluntad y también la corresponsabilidad a la que antes me he
referido-, nos comprometemos a elaborar un real decreto-ley antes del 1 de diciembre de 2007 que recoja la voluntad expresada en estos términos.



Hay otro bloque de enmiendas referido a los planes de movilidad sostenible, planes de transportes; enmiendas números 64 de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds y 104 de Esquerra Republicana de Catalunya, con la inclusión de una
disposición adicional nueva y la presentación del compromiso de un proyecto de ley sobre movilidad integrada y regulación que fomente las medidas del transporte menos contaminante y permita reducir el impacto de los vehículos en las urbes y en las
aglomeraciones. Abre el camino a un tema tan sensible y de tanta repercusión como es la movilidad, pero se mantiene en el ámbito del diálogo social y de la negociación colectiva, como no podía ser de otra manera, puesto que no debemos injerir en
ámbitos que no son de nuestra competencia. Hay otra enmienda, la número 131 de Esquerra Republicana, referida al avance de la etiqueta de eficiencia energética que fomenta hábitos de consumo responsable, que visualizará el consumo de combustible y
emisiones de CO2 y se llevará a cabo también en el marco de las medidas urgentes que presentará el Gobierno sobre cambio climático próximamente y el deseo es avanzar en un futuro para revisar, desde luego, la ITV de vehículos. Todos desearíamos
llegar más lejos, como decía el señor Herrera, pero hay que ir abriendo caminos, sensibilizando a la sociedad, corresponsabilizando a las administraciones y también respetando sus ámbitos competenciales.



Hemos pactado entre todos una importante ley, incluso hemos avanzado en gestionar en un futuro el uso de los vehículos y utilizar sistemas menos contaminantes. Quiero reconocer una vez más el esfuerzo y la voluntad negociadora de todos los
grupos y destacar el esfuerzo en estas enmiendas más complejas de la señora Bonàs, del Grupo de Esquerra Republicana de Catalunya, del señor Herrera, de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds y, en general, de todos los grupos que han
enriquecido este proyecto de ley con sus aportaciones. Creo que es una magnífica ley que abre las puertas a un futuro con un aire más saludable para todos.



El señor VICEPRESIDENTE (Delgado Merino): El Grupo Socialista ha presentado una serie de enmiendas transacionales, por tanto, tenemos que dar la palabra a los portavoces de los grupos interesados para saber si las aceptan o no. En relación
con las enmiendas números 19


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y 31, la señora De Lara debe decir si acepta la transaccional en los términos que ha manifestado la señora Marón.



La señora DE LARA CARBÓ: Sí, señor presidente, acepto las dos enmiendas transaccionales que me ha propuesto a las números 19 y 31, pero, aparte de que las acepte o no, hay que votarlo y por tanto tampoco tiene mayor interés que los grupos
sepan si las aceptamos o no.



El señor VICEPRESIDENTE (Delgado Merino): Sí, lo votaremos al final, pero es más que nada por tomar nota y dejarlo resuelto.



La señora DE LARA CARBÓ: Bien, pero hay que votarlo porque en ponencia no votamos y lo hicimos mal.



El señor VICEPRESIDENTE (Delgado Merino): Se votarán después todas.



Señor Herrera, ¿acepta la transaccional a la número 78?


El señor HERRERA TORRES: Sí, señor presidente, la aceptamos y ahora le pasaré una lista de las que retiramos.



El señor VICEPRESIDENTE (Delgado Merino): Por otro lado, están las enmiendas 131 y 140 de Esquerra Republicana. Creo haber entendido que son las dos que ha citado usted, señora Marón.



La señora MARÓN BELTRÁN: Sí, pero la señora Bonàs, de Esquerra Republicana, dice que ha retirado todas.



El señor VICEPRESIDENTE (Delgado Merino): ¿Usted retiró todas?


La señora BONÀS PAHISA: Sí, pero pendiente de la votación de las transaccionales.



El señor VICEPRESIDENTE (Delgado Merino): Hay otra cuestión, y es que mantendríamos vivas para la votación las tres enmiendas de Coalición Canaria y las dos del Grupo Vasco si ningún grupo se opone.



- PROYECTO DE LEY DE RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL. (Número de expediente 121/000130.)


El señor VICEPRESIDENTE (Delgado Merino): Vamos a pasar al siguiente punto: proyecto de ley de responsabilidad medioambiental.



Tiene la palabra el señor Herrera.



El señor HERRERA TORRES: Nosotros consideramos que esta es una buena ley de responsabilidad ambiental, si bien con el conjunto de enmiendas que presentamos hemos intentado mejorarla, hacerla más exigente e incluso llenar algunos vacíos.



En primer lugar, quisiera destacar una enmienda -que no es solo nuestra sino también del Grupo Popular, de Esquerra Republicana y de Convergència i Unió- y una propuesta que viene del Observatori del Deute en la Globalització que, como
ustedes saben, va dirigida a garantizar que los operadores españoles que actúen en el exterior cuenten con la ayuda de mecanismos públicos de apoyo; como ya cuentan con mecanismos públicos de apoyo a la inversión privada, que se establezcan una
serie de garantías para cuando operen en el exterior. Saben ustedes que a esta enmienda ha presentado una transaccional conjunta el Grupo Socialista, en la que notamos -a expensas de hablar con la gente que ha propuesto la enmienda- que faltan
algunos elementos importantes. Nosotros valoramos positivamente la enmienda del Observatori, porque es bueno que los operadores tengan las mismas obligaciones de prevención, evitación, reparación de daños ambientales y garantías financieras que les
serían aplicables si realizaran las actividades en el territorio español; así nos lo decía el Observatori. Por tanto, los cuatro elementos expuestos en la enmienda son necesarios, desde nuestro punto de vista, y sería positivo que se
implementasen. Junto a esas obligaciones, entendemos que se deben establecer procesos de reclamación y el mismo nivel de sanción que se dispone en el caso de los operadores que actúan en el territorio español. Vamos a hablar con la gente del
Observatorio de la Deuda en la Globalización, con Miquel Ortega y con la gente que trabaja allí, para ver qué hacemos. El segundo elemento que les queríamos trasladar o situar en orden de importancia es que hay una enmienda transaccional a la
número 23 y a nuestra 49 que hace una definición amplia de público, y es fundamental que en una ley de exigencia ambiental se incorpore esa definición amplia de público como persona física o jurídica, así como sus asociaciones, organizaciones y
grupos constituidos con arreglo a la normativa que les sea de aplicación. Creemos que eso, combinado con nuestra enmienda 49, que versa sobre el 42.bis, el acceso a la información, no ofrece exactamente lo que nosotros planteábamos, que era ir un
poquito más allá, pero sí da una solución muy buena en el acceso a la información. Nosotros valoramos positivamente el acuerdo alcanzado porque se establece que el público podrá solicitar a la Administración pública la información de la que
disponga sobre los daños ambientales y sobre las medidas de prevención, de evitación y de reparación de daños.
Esta definición de público que se establece en la ley, combinada con la exposición del Convenio de Arus, la ley que aprobamos el año
pasado, supone un avance importante para el acceso a la información del público en general.



Hay otra transacción que también vamos a aceptar a la enmienda número 54, evaluación de la aplicación de la ley, por la que el Ministerio de Medio Ambiente elevará al Consejo Asesor de Medio Ambiente, con una periodicidad bianual en este
caso, un informe para evaluar la ejecución de la presente ley. Como ustedes saben, nosotros


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hablábamos de una revisión con más periodicidad y no solo evalúa enviándolo al Consejo Asesor de Medio Ambiente. En cualquier caso, entendemos que es positiva la transacción a la que hemos llegado finalmente en esta enmienda. Por tanto,
todas las enmiendas por las que nosotros exigíamos que la ley estableciera una mayor evaluación se verían subsumidas en este artículo 54.



Quiero destacar también la enmienda número 62, que no sé si es una décima parte de lo que nosotros planteábamos finalmente a la transacción, pero que en cualquier caso es una parte. Por tanto, entendemos que es positivo que en el cambio
adverso y mensurable queden incluidos en el concepto de daños aquellos daños medioambientales que hayan sido ocasionados por los elementos transportados por el aire. Esta es una cuestión muy importante, ya que, cuando hablamos de responsabilidad
ambiental, el hecho de que incorporemos aquellos daños que se transportan por el aire, es decir, por contaminación atmosférica, puede ser un dato positivo y va a suponer una mayor exigencia a aquellos agentes que operan y que pueden suponer una
contaminación por el aire. De la misma manera, el hecho de que el punto 9 se sustituya porque la explotación de las instalaciones que están sujetas a la Directiva relativa a la lucha contra la contaminación atmosférica requiera una autorización de
conformidad con la ley, es un punto claramente positivo también y un avance significativo. Por tanto, esta combinación en torno a la enmienda número 62 de nuestro grupo parlamentario también va a suponer un avance.



Quiero destacar por eso especialmente la transacción a la enmienda número 63. Como ustedes saben, nuestro grupo planteaba en sus enmiendas de ámbito natural, las enmiendas números 24, 25, 27 y 28, lo que suponía una ampliación del ámbito
natural en lo que se refiere a la responsabilidad ambiental. Por tanto, eran enmiendas de ampliación de la ley. Esa enmienda transaccional a la enmienda número 63, si bien nos supone exactamente lo que nosotros planteábamos en las enmiendas
números 24, 25, 27 y 28 e incluso no llega a cumplimentar la enmienda número 32, por la que nosotros restringíamos el ámbito temporal, sí que va a suponer un avance importantísimo. Es el acuerdo más importante al que hemos llegado y por eso quiero
destacarlo, ya que se va a añadir al punto 4 bis, al anexo III, que todos los vertidos en aguas interiores y mar territorial estén sujetos a autorización previa de conformidad con la Ley 22/1998, de Costas, y en la legislación autonómica aplicable.
Es una cuestión importante. Y, lo que es aún más importante, en el artículo 2, apartado 17, que se refiere a recurso natural, vamos a incorporar que esté precisamente sujeto a esta ley y tengan, por tanto, especial protección ya no solo las
especies silvestres y los hábitats o el agua, sino la ribera del mar y las rías. Este va a ser un elemento muy relevante porque va a suponer que determinados vertidos, en este caso a la ribera del mar y a las rías, que no tenían una definición tan
exacta o tan detallada, simplemente que no se incorporaban en la ley, se incorporen. Este es un elemento significativo que va a suponer que haya una mayor exigencia. Por tanto, entendemos que la transacción a la enmienda número 63 supone un paso
adelante no importante, sino, desde nuestro punto de vista, importantísimo, ya que expresa y representa el hecho de que los vertidos al mar y a las rías y la protección, sobre todo, del mar y las rías, se incorporen en la ley de una forma clara y
taxativa.



Esos son los puntos de acuerdo. Quiero destacar, pese a ello, algunas enmiendas que nuestro grupo va a plantear. En primer lugar, la enmienda número 29. Nosotros entendemos que, independientemente de que exista culpa, dolo o negligencia,
cuando se opera en una actividad de riesgo se necesita implementar las garantías, tener una garantía financiera y responder por esa actividad que se realiza en el caso de que haya un daño al medio ambiente. Por eso nosotros planteábamos la enmienda
número 29 como una enmienda para garantizar esa responsabilidad, independientemente de que haya dolo, culpa o negligencia. Es una postura minoritaria hoy en la Cámara, pero nosotros lo planteamos al igual que lo han planteado otras organizaciones,
sin ir más lejos Ecologistas en Acción, como ustedes ya saben.



Segundo elemento que quería destacar, nuestras enmiendas números 30, 31 y 51. Pese a que en el marco de la directiva no se incorpora la responsabilidad en caso de conflicto armado, entendemos que se debería incorporar la misma. Tiene que
haber una responsabilidad en caso de conflicto armado también por los daños medioambientales. Les pondré dos casos comparados y muy diferentes. En la primera Guerra del Golfo el Gobierno irakí empezó a contaminar, en caso de conflicto armado, como
instrumento de estrategia de defensa. Obviamente no tenía nada que ver con esta ley. En el caso de Líbano la ocupación israelí en el sur ha supuesto daños medioambientales. Nosotros entendemos que sería bueno que, de vez en cuando, el legislador
español no se limitase a trasponer la directiva desde una perspectiva cicatera, sino que en algunos aspectos liderásemos la trasposición de las directivas, incorporando lo que aún no manda la directiva. Por eso nosotros entendíamos y entendemos que
las enmiendas números 29, 31 y 51 sobre el conflicto armado y la reparación ambiental se deberían incorporar. También mantenemos las enmiendas competenciales números 35, 36 y 37, siendo estas enmiendas importantes que, en definitiva, se podrían y
se deberían incorporar. La enmienda número 41 va conectada a la enmienda número 29 en torno a la obligación del operador de reparar, independientemente de la culpa, negligencia o dolo, si existe actividad de riesgo.



Quiero decir también que para nuestro grupo parlamentario es relevante, y nos gustaría llegar a un acuerdo antes de que acabe la sesión de hoy, la enmienda número 43, que hace referencia al artículo 28. Nosotros entendemos que los sistemas
EMAS e ISO 14001 no ofrecen las mismas garantías, son sistemas diferentes. El sistema EMAS va más allá del ISO 14001, en temas relativos, por ejemplo, al cumplimiento de la legislación medioambiental, la obligatoriedad de realizar una declaración


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ambiental, la participación de los trabajadores y el establecimiento de un organismo competente que finalmente es quien registra la organización.
Por eso entendíamos que hay un beneficio diferencial entre los dos sistemas y como legislador
teníamos que optar por el sistema EMAS a la hora de incorporarlo en el artículo 28. A nosotros nos gustaría que esta enmienda se estudiase y, puesto que existen diferentes sistemas en España, sería conveniente que se incorporase la perspectiva más
exigente, ya que entendemos que la ISO no tiene que ser un elemento eximente en ningún aspecto.



Otra enmienda que es muy importante -creo que algún grupo tiene otra parecida a la nuestra- es la número 44, que también versa sobre el artículo 28. Nosotros planteamos que los productos fitosanitarios y biocidas no estén exentos de la
obligación de constituir la garantía financiera obligatoria, simplemente la garantía. ¿Por qué? Porque ustedes saben que el daño al medio ambiente se produce en muchos casos en productos fitosanitarios y biocidas. Es un elemento importante,
trascendente en la responsabilidad ambiental y, por tanto, no entendemos por qué no se tiene que incorporar. Es más, sabiendo que la ley va a ser de obligado cumplimiento a partir de 2010 y que pueden existir dificultades administrativas para
cumplir con lo que nosotros planteamos, nosotros estaríamos dispuestos a transaccionar, siempre y cuando existiese una fecha para que la ley fuera de obligado cumplimiento para aquellos que operan con estos productos. Estas son las enmiendas que
queríamos defender.



Nosotros hacemos una valoración globalmente positiva de la ley porque va a suponer mayores grados de exigencia. Por otro lado, hacemos una valoración también globalmente positiva de las transacciones a las que hemos llegado, especialmente
las que se refieren a información al público -y quiero destacarlo-, así como tiene una importancia singular el nuevo artículo 4 bis del anexo III, que supone una mayor exigencia medioambiental. Algunas de las enmiendas que nosotros planteamos las
seguimos manteniendo porque suponen una mayor exigencia y en caso de aprobarse serían muy positivas.



Finalmente, esperamos algún gesto respecto a estas dos últimas enmiendas que he citado, las números 43 y 44. Asimismo, en estos casos que también exigen una mayor exigencia mental y donde creemos que el Gobierno tiene recorrido, de aquí a
que acabe la mañana esperamos que, como mínimo, haya haber una propuesta que nos permita avanzar.



La señora PRESIDENTA: Pedimos a los ponentes que las transaccionales las pasen por escrito a la Mesa y a los demás grupos para que las puedan comprobar. Tenemos tiempo durante la mañana, pero es interesante que antes de la votación todos
podamos disponer de ellas.



Damos la palabra a la ponente de Esquerra Republicana, señora Oliva.



La señora OLIVA I PEÑA: Hoy discutimos en Comisión el proyecto de ley de responsabilidad ambiental, que supondrá la trasposición, aunque sea tardía, de la Directiva 2004/35. Se trata de una ley que posiblemente no vaya a ocupar muchos
titulares, pero que reviste gran importancia, puesto que supone un primer paso para terminar con la impunidad de la que tradicionalmente han gozado los daños sobre el medio ambiente. El proyecto de ley establece para ciertas actividades un régimen
de responsabilidad ambiental ilimitada que las obliga a la reparación de posibles daños medioambientales sobre espacios protegidos, hábitats, suelos, aguas superficiales y subterráneas, así como ribera del mar y las rías. Asimismo, busca evitar que
los daños medioambientales lleguen a producirse, obligando a los operadores de las actividades económicas a adoptar las medidas de prevención que resulten necesarias ante amenazas de daño al medio ambiente.



Aparte de lo establecido por la directiva, el principal punto positivo, a nuestro juicio, es que la ley establecerá sobre algunas actividades la constitución obligatoria de una garantía financiera que asegure la capacidad de responder a los
daños medioambientales que eventualmente se produzcan. Se trata este de un punto que la directiva permite, pero al que no obliga y, por tanto, valoramos positivamente la adopción del Gobierno en ese sentido, puesto que sin esta previsión
difícilmente la ley podía llegar a ser operativa.



Nuestras principales críticas al proyecto de ley son respecto a su limitado alcance, es decir, respecto a algunas de las actividades que continuarán eludiendo su responsabilidad ambiental. En primer lugar, nos preocupa que queden fuera de
la ley los riesgos derivados de la energía nuclear. Es injustificable que la energía nuclear quede al margen de un sistema de responsabilidad como el previsto en la ley, considerando que se trata de uno de los mayores riesgos ambientales a los que
hace frente nuestra sociedad. Otro aspecto que queda al margen de la ley es la liberación accidental de organismos modificados genéticamente. Estas dos excepciones fueron objeto de enmiendas por parte de nuestro grupo, concretamente las números
103 y 167. Otro aspecto con el que hemos sido críticos en nuestras enmiendas es con el alcance del sistema de garantía, la principal herramienta para llevar a cabo las obligaciones de la ley.
En este sentido, nuestra enmienda número 125 proponía
rebajar el límite a partir del cual va a ser obligatorio disponer de garantía. La enmienda 131 proponía aumentar los topes máximos de los que responde y la enmienda 127 sugería suprimir la extinción a la obligación de constitución de garantía
financiera para la utilización de productos fitosanitarios y biocidas. Otro aspecto sobre el que también incidíamos, por ejemplo en la enmienda 114, es en proponer una aplicación más estricta del sistema de precaución. También propusimos
diferentes enmiendas competenciales, que han sido solo parcialmente recogidas. Nos preocupa, además, que no se hayan previsto recursos para las nuevas obligaciones que la ley conllevará para las comunidades autónomas.



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Las 71 enmiendas presentadas por nuestro grupo, Esquerra Republicana, han permitido introducir en el debate de la ley diversos aspectos nuevos.
Diecisiete de estas enmiendas fueron introducidas en sus propios términos en el informe de la
ponencia. Algunas de ellas son importantes, como, por ejemplo, la aplicación de diversas obligaciones para actuaciones que se den en el supuesto de dolo; la necesidad de respaldarse en memorias económicas publicadas en caso de que la
Administración eluda reclamar sus obligaciones a las operadoras responsables, el hecho de que los acuerdos firmados entre la Administración y los operadores sea vinculante de acuerdo con los objetivos de la ley o el hecho, por ejemplo, de que el
Ministerio de Medio Ambiente deba hacer pública la información enviada a la Comisión Europea en cumplimiento de la directiva, entre muchas otras cuestiones.



Además, se han pactado diferentes enmiendas transaccionales con el Grupo Socialista de naturaleza eminentemente técnica, aunque también algunas con contenido de fondo, como, por ejemplo, el hecho de que anualmente las autoridades competentes
deberán dar a conocer las sanciones firmes impuestas por las infracciones de la ley, así como la identidad de las operadoras responsables, o bien la inclusión en el anexo III de la ley de las actividades y establecimientos sujetos al Real Decreto
1254/1999, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.



Por lo que respecta a la enmienda número 108, nosotros creemos que el contenido de nuestro texto original es muy importante, por tanto, a lo largo de esa sesión intentaremos que se mantenga, porque creemos que es positivo que el régimen de
responsabilidad ambiental que prevé esta ley se extienda a las empresas españolas que operan en el extranjero con el respaldo de recursos públicos del Estado. Si no es así, llegaremos a una transacción que creemos que rebaja su contenido, pero lo
veremos a lo largo de esta sesión.



En definitiva, nuestro grupo va a votar a favor de esta ley. Se trata de la trasposición de una directiva que va más allá de lo que exigía y, además, se han incorporado bastantes enmiendas presentadas por nuestro grupo. Sin embargo, como
hemos señalado, creemos que el campo para avanzar es aún importante y vamos a seguir insistiendo para que las sugerencias que hemos lanzado y no han prosperado sean incorporadas lo más pronto posible.



La señora PRESIDENTA: Damos ahora la palabra al portavoz de Convergència i Unió, señor Guinart.



El señor GUINART SOLÁ: Nuestro grupo también se congratula de llegar al final del trámite de este proyecto de Ley de responsabilidad ambiental.
Había un vacío que debía llenarse, que debía complementarse la normativa española en este tema
de tanta sensibilidad ciudadana y que partió de un texto relativamente interesante y correcto sobre el que hemos podido trabajar hasta conseguir una redacción que pueda asumir las sensibilidades de todos los grupos.



En nuestro caso hemos presentado doce enmiendas al texto original. Algunas de ellas han sido transaccionadas y otras han sido debatidas y las mantenemos para la votación. Las que han sido transaccionadas giran en torno a la sensibilidad
autonómica, competencial. Hemos llegado a una transacción en cuanto a contemplar las normativas medioambientales de las comunidades autónomas que tienen competencia exclusiva gracias a la incorporación del término adicional en lugar del de
complementario. Un repaso sucinto a las diversas enmiendas y a su estado actual merece comentar que la enmienda número 12, que es una enmienda común con los grupos de Izquierda Unida, Popular y Esquerra Republicana de Cataluña, hace referencia
precisamente a la internacionalización de las actuaciones de empresas españolas en el exterior. Nuestro grupo planteaba una exigencia de máximos, en cuanto a que esas empresas que reciben ayudas públicas deban someterse al nivel de responsabilidad
ambiental equivalente al del Estado español que se exige internamente. A este efecto se ha presentado una enmienda a los diversos grupos que, como se decía hace un momento, es más generalista y rebaja el nivel de exigencia.
Veremos finalmente cuál
es la opción conjunta en cuanto a aceptar esta enmienda o mantener los planteamientos iniciales, que son de mayor exigencia. La enmienda número 13, que para nuestro grupo es importante, hace referencia a quién debe costear, quién debe sufragar,
quién debe responsabilizarse de la reparación de los daños medioambientales cuando se dan una serie de circunstancias que hacen que la culpabilidad de esos daños ambientales no pueda atribuirse directamente al operador. El apartado 3 del artículo
14 dispone que lo haga el operador jurídico, aunque no sea directamente culpable y no se haya demostrado que sean por su causa estos daños, y que luego pueda recuperar los costes mediante los procedimientos establecidos, a lo que nuestro grupo sigue
oponiéndose, entendiendo que en este caso deberá ser el Estado quien se haga cargo de estos gastos y el que con mecanismos más potentes que los propios operadores pueda recuperar de quien sea realmente el causante de los daños los costes que su
reparación o su recuperación hayan provocado. Por tanto, mantenemos la enmienda número 13.



Respecto a las enmiendas 14, 15, 16 y 18 entendemos que se mantiene la propuesta de transacción que se nos presentó hace unos días, en donde siempre se repite en diversos puntos que se actúe sin perjuicio de los criterios adicionales que con
el mismo objetivo se establecieron en las comunidades autónomas. Esas cuatro enmiendas las entendemos transaccionadas, mientras que mantenemos la enmienda número 17, en la que se hace referencia a los interesados para actuar en el ámbito de esta
ley. Nuestra propuesta incluye a los que definan como interesados las normativas autonómicas, cosa que no se preveía en el texto original y que nosotros mantenemos por respeto al principio de autonomía del Estado integral. La enmienda número 19
hace referencia a la defensa nacional y a que los daños medioambientales quedan excluidos cuando está


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en peligro la convivencia internacional. Según nuestro criterio, es una redundancia que se establezca esto en la disposición adicional segunda, porque queda perfectamente clara su exclusión en la letra c) del aparado 4 del artículo 3. Por
tanto, mantenemos esta enmienda. Creo que se entendió que si se aprobaba se evitaría esta repetición en el texto de la norma. En cuanto a la enmienda número 20 hemos recibido ahora mismo una propuesta de transacción que satisface nuestras
exigencias o nuestra petición de contemplar la normativa autonómica. En este caso se refiere a complementarias y aunque pactamos que fuera la palabra adicionales no sería difícilmente cambiable y sobre esto se podría llegar a un acuerdo.
La
enmienda 21 plantea -creo que el Grupo de Izquierda Unida también- no excluir de la normativa general y de la aplicación de esta ley las llamadas obras públicas de interés general. Entendemos que no debe haber distinciones en cuanto a su
planteamiento, con lo cual la mantendríamos.
Respecto a la enmienda número 22, aceptamos la transacción que se nos propuso, junto con la 9 del Grupo Vasco y la 56 de Izquierda Unida, que también se hacen eco de la sensibilidad autonómica.
Finalmente -esta es reciente en cuanto a su formulación de hoy-, respecto a la que hace referencia a la definición o concepto de lo público, para mayor claridad y mayor entendimiento de la norma nos parece acertado que se incluya una definición de
lo público, tal como propone el artículo 2, de definiciones, diciendo que lo público es cualquier persona física o jurídica, así como sus asociaciones o grupos constituidos con arreglo a la normativa que le sea de aplicación. Es una definición que
ya existe en otras leyes pero que en esta no figuraba y nos parece mucho más comprensible que se incluya en el capítulo de definiciones esta normativa. Agradecemos la disposición del Grupo Socialista a compartir, discutir y debatir con nosotros el
contenido del articulado de la misma y también su filosofía en general y que se hayan aceptado vía transacción más o menos la mitad de nuestras enmiendas. Celebramos que el Estado español disponga de una normativa moderna y actual, que ayudará a un
nivel medioambiental más adecuado para todos los españoles.



La señora PRESIDENTA: Pido a los portavoces que media hora antes de la votación hagan llegar a la Mesa las enmiendas retiradas y las transaccionales para ordenar la votación.



Seguidamente damos la palabra por el Grupo Popular al diputado Héctor Esteve.



El señor ESTEVE FERRER: Voy a empezar por hacer caso a la presidenta y antes de la media hora le digo al señor letrado que retiramos las enmiendas 67, 71 y 92 y que aceptamos la transacción del texto que se ha hecho llegar a la Mesa por el
Grupo Socialista a las enmiendas 81, 82, 95 y 96, presentadas por este grupo.



Respecto a las que quedan vivas de las treinta y dos enmiendas presentadas por este grupo a este proyecto de ley, hay un primer grupo. A raíz de la incorporación del concepto de actividad profesional que se hace en la directiva, el proyecto
de ley lo amplía y habla de actividad profesional y/o económica. Nosotros creemos que no deja de suponer cierta indeterminación jurídica. Al fin y al cabo en España no hay nadie que pueda ejercer una actividad, sea empresarial, profesional,
económica o llamémosla como queramos, que no tenga necesariamente que estar encuadrada dentro del impuesto de actividades económicas. Si la Ley de Haciendas Locales define claramente qué debemos entender por actividad económica y todas las
actividades profesionales y empresariales están incluidas en la actividad económica, para dar una mayor seguridad jurídica lo mejor es acudir a la definición que da la Ley de Haciendas Locales de qué es una actividad económica y así tenerlas a todas
totalmente encuadradas y que no haya ninguna laguna jurídica ni ninguna fuga por la que una empresa en un determinado momento pueda decir que no entra dentro de la definición que de actividad profesional o económica establece la directiva de forma
indeterminada. Simplemente pretendíamos dar seguridad jurídica con este grupo de enmiendas, como también cuando se habla de emisiones y de las actividades humanas que las produzcan. El ser humano es al único que en razón de sus actividades le
puede ser de aplicación esta ley. Por tanto, sigamos hablando de actividades económicas, porque también con la definición del impuesto de actividades económicas están incluidas todas las actividades humanas a las que les pueda ser de aplicación
esta ley. El resto de actividades que no sean humanas no están en esa definición de actividad económica y, además, no les podemos aplicar esta ley.



Con nuestro segundo grupo de enmiendas, y con el fin de dar claridad al texto para aquellos que tengan que aplicar la ley, o para los operadores que en el desarrollo de la actividad tienen que conseguir que los objetivos de esta ley se
cumplan, buscamos facilitar que no se vuelvan locos. A un operador que a su alrededor ve una determinada especie de fauna o de flora le tendría que ser fácil identificarla, incluso mucho antes de que exista el mero riesgo de que se produzca un
accidente o un determinado daño, si la especie que ve revoloteando por ahí o floreciendo cerca de su casa es una especie protegida, es una especie silvestre o no, o si está cerca o en el ámbito de influencia de un hábitat que necesita especial
protección. Entiendo que por respeto a la legislación de la comunidad autónoma a la hora de redactar catálogos, por ejemplo, no podamos ser más concretos; también entiendo que tengamos que decir que se tienen que respetar los tratados
internacionales, pero, ante la remisión que hace el texto a los anexos de las directivas 1979/409/CEE y 1992/43/CEE, invito a cualquiera a que busque cuáles son las especies que están especialmente protegidas en esos anexos, que a su vez se remiten
a otros textos. Hay especies y subespecies y, como hay dos anexos, porque hay dos niveles distintos de protección, resulta que en uno está incluida o especialmente protegida la especie en su conjunto y en el otro anexo solo una subespecie. Luego
nos ponemos a buscar y hay algunas especies o hábitats que, por donde


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se encuentra España, que es en la Europa meridional, es imposible que existan. Con estas enmiendas confeccionamos un nuevo anexo del que directamente eliminamos las especies nórdicas y los hábitats glaciales del Antártico y cogemos las
especies protegidas para facilitar a la gente que lo busque. No hemos excluido ni una sola de las que puedan afectar a España y creemos que eso puede ayudar a que no se vuelva loco quien tenga que buscar lo que se tiene que aplicar. En definitiva,
un texto que remite a directivas que a su vez se remiten a otras directivas y que tiene los problemas que acabo de decir en cuanto a su definición es una maraña legislativa que no tiene sentido, llena de reiteraciones y de complicada interpretación.



Por otro lado, dentro del artículo 3, referido al ámbito de aplicación de esta ley, se establecen unas determinadas exclusiones. Nosotros, lejos de compartir la reflexión que hacía Izquierda Unida al defender sus enmiendas 29 y 30, creemos
que una cosa es que todos tengamos interés en que se repare y otra cosa es que obviemos la palabra responsabilidad, porque esta ley es de responsabilidad medioambiental. No se puede obviar el término responsabilidad y decir que hay que reparar
siempre, que, sea consecuencia de una guerra o de un conflicto armado, pague la empresa.
Nosotros también queremos que se repare aunque se derive de una guerra, pero que la empresa o el operador propietario de las instalaciones no tenga que pagar
si es una víctima más de ese conflicto armado. Creemos que en esas conclusiones ni el Parlamento Europeo ni el Consejo han sido sensibles con una realidad que a lo mejor no afecta al resto de Europa, pero sí a nosotros. Si me parece bien que un
operador económico que en sus instalaciones es víctima de un acto derivado de una guerra, de un conflicto armado o de una insurrección no tenga por qué ser el que sufrague los costes de reparar ese daño, tampoco vemos bien que cuando se produzca un
acto terrorista en las instalaciones de este operador sea el operador el que tiene que pagar. Por tanto, creo que el Parlamento Europeo y el Consejo tenían que haber tenido en cuenta una realidad que por desgracia afecta a España y seguramente a
ellos les pille muy lejos.
Por consiguiente, consideramos que una de las exclusiones tiene que ser cuando el daño se produce derivado de un acto terrorista, y no entendemos que deba haber mucha complicación para incluir esta exclusión cuando la
exclusión genérica establece términos tan indeterminados como que sea a consecuencia de hostilidades. Podemos entender un acto terrorista como una hostilidad, pero queremos que se especifique en mayor medida.



En cuanto a nuestra enmienda 81, que coincide con los números 12, de CiU, la 38, de Izquierda Unida y la 108, de Esquerra Republicana, como he oído que algún grupo va a contactar con quien nos ha hecho remitir a todos nosotros esta enmienda,
después de esas conversaciones nos manifestaremos en el momento de la votación.



En otro orden de cosas, el artículo 14 del proyecto de ley que estamos debatiendo establece determinadas circunstancias en que es inexigible la obligación de sufragar costes. Creo que este título es inapropiado o no justo, a lo mejor
tendríamos que hablar de recuperación de costes, porque lo que se establece aquí es que cuando una empresa, un operador económico, ha demostrado que no es responsable, que no tiene ninguna responsabilidad, que pague y luego recuperará los costes.
Esto es lo que nos viene a decir. Primero dice: se es responsable en estas circunstancias y no en estas otras. Y al final dice: pero aunque no sea responsable, que pague y luego recupere los costes. No lo entendemos justo, y menos cuando el
Estado da un primer paso y sirviendo de ejemplo crea un fondo -imaginamos que las comunidades autónomas seguirán ese ejemplo y crearán su propio fondo-, pero si luego si uno no es responsable, que pague el fondo. ¿Por qué tiene que pagar el
particular para después recuperar de ese fondo? Primera pregunta. Segunda, queda indeterminado, porque se establece de acuerdo con lo que digan las comunidades autónomas, lo que supone que unas comunidades autónomas dirán una cosa y otras dirán
otra. Es decir, que, no siendo responsables, unos pagarán y no podrán recuperar o recuperarán a muy largo plazo y otros recuperarán más rápido. En esta propuesta queremos que, si no es responsable, no pague y se pague con el fondo correspondiente
o con cargo a los presupuestos que luego le tienen que resarcir de esos costes. ¿Qué más le da a la Administración pagar primero o cuando quien ha sufragado recupere los costes? Pues nada, porque al final va a cargo de los presupuestos. ¿Qué
repercusión tiene en el particular que tiene que sufragar sin ser responsable para luego recuperar? Pues que la competitividad de ese operador puede quedar en riesgo porque al final tiene que desembolsar, sin ser responsable, unos costes que le
pueden perjudicar a corto o a medio plazo.



En cuanto a la garantía financiera obligatoria, hemos presentado dos enmiendas que afectan tanto al artículo 24.1 como a la disposición final cuarta. Consideramos que las garantías financieras no deben ser obligatorias de momento. No
entiendo por qué tenemos que ser más papistas que el Papa, pues solo Austria y España establecen ya directamente como obligatorias estas garantías, con lo cual imagino que tanto las empresas austriacas como las españolas van a tener un problema de
competitividad en cuanto a los costes que les va a suponer ofrecer este tipo de garantías, con independencia de que el mercado asegurador está muy verde al respecto, tanto que la propia directiva remite a un informe de la Comisión en el que se
estudie cómo se tiene que hacer todo esto. Aquí no solo no esperamos a que la Comisión informe de cómo se tiene que hacer, sino que además ponemos fecha para que se haga, sabiendo que las compañías aseguradoras ahora mismo no están en disposición
ni tienen claro lo que van a hacer. Al final no todo el mundo va a poder aportar esta garantía, solo la aportarán unos pocos, las compañías más grandes, y a un coste desorbitado. La obligación de reparar ya está. En cuanto a lo de la garantía,
creo que deberíamos esperar a ver qué dice el informe de la Comisión, que imagino que tendrá más fuerza que Estado por Estado independientemente con las aseguradoras o con los consorcios de seguros, porque dudo mucho que una asegura


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dora particular pueda asumir este tipo de garantías, y cuando sepamos lo que dice nos subimos a ese carro, pero creo que ir por delante sin esperar al informe de la Comisión va a perjudicar a nuestras empresas en relación con otras, cuando
al final la obligación de reparar la van a tener todas, las austriacas, las españolas, las francesas, las alemanas y las que sean.



Especial mención merece nuestra enmienda número 85, porque entendemos que este texto entra en una gran contradicción. En primer lugar, cuando se define el operador, se dice que puede ser una persona física o jurídica, pública o privada, es
decir, una persona jurídica pública puede ser operador. Sin embargo, en el artículo 87 se dice que en ningún caso puede ser sujeto responsable. ¿Para qué lo incluimos como operador si nunca puede ser sujeto público responsable? Y si no es sujeto
público responsable, ¿por qué luego lo excluimos de la obligación de presentar garantía? Esto no tiene ningún sentido, o no es un operador -no puede nunca una persona jurídica pública ser operador económico- o, si es operador, tendrá que poder ser
sujeto público responsable. Eso conceptualmente hablando. No hay por donde tomar las contradicciones de estos tres artículos.



En segundo lugar, y entrando en el fondo, entendemos que cuando la Administración pública actúa como operador económico y no estamos hablando de órganos de contratación -que nosotros en la estructura de la defensa de la posición que estoy
fijando en estos momentos hemos sido congruentes y hemos retirado dos enmiendas, la 71 y 92, porque entendíamos que íbamos demasiado allá- ni estamos hablando de Administración pública per se, sino de operadores económicos, generalmente personas
jurídicas públicas que ejercen como operadores en el mercado, con lo cual tienen una ventaja respecto a los privados y es que nunca quiebran, porque tienen siempre los presupuestos y, además, tienen menos requisitos que los demás. Pues bien, si es
un operador económico está compitiendo con otros operadores económicos, con independencia de que tenga al capital social. Si uno tiene la obligación de reparar, de ser sujeto responsable, que lo sea también la Administración. Como ven el
presupuesto no hace falta que presente garantía. De acuerdo, pero si está compitiendo en el mercado que sea, al menos, en similares condiciones porque en iguales condiciones nunca podrá ser, y que si tiene la obligación de reparar que repare, igual
que los demás con los que compite en el mercado.



Hemos presentado tres enmiendas tendentes a evitar la proliferación de denuncias irresponsables, infundadas o abusivas. Estamos hablando de algo que siempre alarma a la sociedad. Los daños medioambientales cada vez más tienen una
importante sensibilidad en la población, fundamentalmente la más cercana del lugar donde se produce el hecho o la amenaza inminente, y es muy fácil que determinados grupos, algunos incluso grupos con espurios intereses detrás, que no son
precisamente los medioambientales, hagan denuncias y una campaña mediática para paralizar un proyecto o perjudicar la instalación de una determinada empresa. Entendemos que si la denuncia y lo que persigue es una sanción muy grave al operador
económico de forma infundada y totalmente abusiva, se pueda incoar un expediente por el mismo grado de sanción a quien ha actuado de tan mala fe, con independencia de que ello sea compatible con que el que ha difundido a bombo y platillo de forma
infundada la amenaza de un daño, tenga que rectificar en los mismos medios y con la misma profusión para que se sepa que era infundada la denuncia.



Con relación a lo que acabo de exponer tiene que quedar más claro de lo que queda cuáles son los requisitos que tiene que cumplir la condición de interesado. No hace muchas veces aprobamos la ley por la que se regulan los derechos de acceso
a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Ahí, en la condición de interesado para tener derecho a información se establecían unos requisitos, y tenía que cumplir todos los requisitos. Y
ahora, que de lo que estamos hablando tiene mucha más trascendencia por la repercusión que significa un procedimiento sancionador -no de solicitar información, sino de que a alguien se le imponga una sanción o de que se le incoe un expediente
sancionador-, resulta relajamos los requisitos, de forma que no solicitamos que se cumplan todos, sino simplemente algunos. Eso no tiene ningún sentido. Nos parece muy bien que quien cumpla los requisitos pueda serlo, pero deberá cumplirlos todos
y no dejar abierto el que alguien pueda entender que con el incumplimiento de algunos se pueda tener la condición de interesado.



Con relación al estudio que proponemos en nuestra enmienda 94 a que se analicen las carencias que en los sistemas de gestión y de tratamiento tenemos respecto a determinados residuos, se nos rechaza por el grupo mayoritario, y no lo
entendemos. Todos sabemos que hay unas carencias para el tratamiento y gestión de determinados residuos, fundamentalmente los residuos peligrosos, en donde hay muchas comunidades autónomas que no tienen ni uno solo; es decir -entrecomillas-
exportan sus residuos a otras comunidades autónomas muchas veces a unos precios desorbitados. Si tenemos esas carencias, pedimos que se estudien, y hemos puesto un plazo de seis meses que podemos ampliar. Creemos que no es malo que se estudien
esas carencias. Es más, tenemos la fe y la esperanza de que ese estudio se esté redactando ya, porque hemos oído que se está haciendo un plan nacional de residuos. Muy malamente se estará haciendo ese plan nacional de residuos si no se están
estudiando las carencias que tenemos. Por lo cual, como me imagino que se estará estudiando, esta enmienda no la vamos a retirar y que ese estudio que deben estar haciendo, porque, si no, no entendemos cómo se está haciendo el plan nacional de
residuos, sirva para cumplir con esta disposición final que hemos presentado.



Termino, señora presidenta, no podemos decir, como otros grupos, que nos hayan aprobado la mitad de las enmiendas, ya que quedan demasiadas enmiendas vivas,


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pero reconocemos que el Grupo Socialista ha hecho un importante esfuerzo, que la voluntad de diálogo ha sido permanente y creemos que con nuestra aportación se han mejorado algunas definiciones. Hemos mejorado también conceptos difusos que
se han concretado más. Creemos que se ha mejorado el papel de las autoridades españolas en los daños transfronterizos, cuando el daño viene de fuera hacia adentro; del que produzcan nuestras empresas fuera ya he dicho que más tarde dejaremos
sentada nuestra posición. Creemos que se ha dotado de mayor seguridad jurídica en algún caso concreto, por ejemplo, al definir los métodos que han de servir para fijar la cuantía de las garantías financieras, pero creemos que muchas de nuestras
enmiendas que no eran simplemente mejoras técnicas, sino una garantía de una mayor seguridad jurídica, tanto para el que tiene que aplicar, como para al que le tienen que aplicar esta ley, no han sido recogidas. Esperamos que en el trámite del
Senado haya posibilidad de introducirlas porque, siendo importante que se cumpla el principio de quien contamina paga, que creo que esta ley lo lleva al punto en el que debe estar, creemos que eso no es incompatible con dotar de una mayor seguridad
a los operadores y a la Administración que tiene que aplicar y hacer aplicar esta ley.



La señora PRESIDENTA: Tiene la palabra la ponente del Grupo Socialista, señora Colldeforns.



La señora COLLDEFORNS I SOL: Agradezco las palabras del señor Esteve, sobre todo las de sus últimos minutos, y también el ánimo constructivo de las intervenciones del resto de los portavoces.



Ciertamente esta es una ley en la que el Grupo Socialista ha puesto mucho interés, el Gobierno ha consensuado y ha trabajado con todos los actores, especialmente con los operadores que van a participar en el desarrollo de la misma durante
bastante tiempo, y estamos convencidos de que ha llegado en un grado de consenso que es el que explica también que este trabajo, que de nuevo se lo agradezco a todos los portavoces, de mejora y de precisión- haya sido posible. Es verdad que todavía
tenemos puntos de desencuentro y me gustaría explicarlos y justificarlos un poco.



Esta ley, no se nos escapa, es, por encima de todo, una ley para la prevención del daño de los recursos naturales y se articula en un principio básico que es el que explica por qué nos oponemos a la enmienda del artículo 14 del Grupo Popular
que decía que por qué, si no se tiene la culpa, tenemos que adelantar la reparación. Pues bien, el principio básico -que es el principio básico de la Unión Europea- es que quien contamina paga; quien realiza una actividad económica tiene la
obligación intrínseca de hacer frente a las consecuencias de esta actividad. Por tanto, la obligación de reparar es siempre de quien inflige los daños, aunque posteriormente y en determinados casos, si se demuestra que no tiene culpa, ni ha habido
dolo, ni negligencia, pueda recuperarse este coste. Pero es en este sentido -y lamento que el señor Esteve no pueda escucharme- por el que no podemos aceptar la enmienda al artículo 14 porque para nosotros es la piedra angular de esta ley.



Alrededor de este principio básico se monta el entramado que es qué daños hay que reparar, son los recursos naturales. Agradezco las aportaciones hechas conjuntamente con el portavoz de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds para
precisar aún más el concepto de recursos naturales.
En segundo lugar, una vez que sabemos qué daños hay que reparar, hay que precisar quién tiene la obligación. En este sentido, la ley sigue la directiva y establece dos grupos de empresas. Todos
los operadores económicos, y esto quisiera resaltarlo, tienen obligación de reparar si el daño que produce es por dolo, culpa o negligencia, pero solo las empresas que están sujetas al anexo tres tendrán, además, la obligación de tener una garantía
financiera para asegurar que, en caso de producir este daño, podrán repararlo. Además, todos tienen la obligación de evitar y prevenir la aparición de nuevos daños, porque, repito, esta ley está orientada, sobre todo, a la prevención. En tercer
lugar, cómo hacer más eficiente que todas las empresas puedan repararlo. Mediante la obligación, a partir de ciertos umbrales, de constituir una garantía financiera. Respecto a esto, quisiera señalar que el enfoque que le ha dado esta ley, que es
un enfoque ligeramente avanzado respecto a la directiva, es totalmente respetuoso con las necesidades de nuestras empresas. La garantía financiera se empezará a constituir a partir de 2010, después de que se hayan producido una serie de decretos en
los que se estime y se valore con un método común cuánto puede costar reparar este daño. Quisiera hacer una pequeña precisión, señor Esteve, la directiva no dice que no se ponga una garantía financiera hasta que no se haya hecho el estudio. Lo que
dice la directiva -léasela bien- es que el estudio se referirá a la posibilidad de una garantía con las mismas características para todos los países de la Unión Europea, que es algo bastante diferente. Le pediría que, por favor, no propague errores
que no son ciertos, ya que pueden llevar a que esta directiva parezca que va más allá de lo que debería ir. Una de las preocupaciones de este Gobierno y uno de los grandes debates que ha habido durante los dos años de discusión es cómo preservar y
asegurar la competitividad de nuestras empresas, no tenga duda sobre ello. Voy a hacer una pequeña referencia a las enmiendas que han presentado algunos grupos. Las enmiendas han girado alrededor, bien de ampliar el ámbito de afectación y al
alcance de la empresa, o bien de restringirlo. El Grupo Parlamentario Socialista ha intentado mantener el equilibrio que de entrada ya llevaba el proyecto y creo sinceramente que lo hemos mejorado, pero creo también que no podemos ir más allá,
sobre todo en aquellas cuestiones que harían que la Unión Europea nos pusiera una demanda por mala trasposición. Por ejemplo, si accediéramos a la enmienda del Grupo Parlamentario Popular, que pide incluir las actividades terroristas, sabe el señor
Esteve, porque lo hemos comentado, que al día siguiente la Unión Europea nos abriría un procedimiento por mala trasposición. Por


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tanto, no vamos a hacerlo. Lo mismo se refiere a las enmiendas que pretenden incorporar los riesgos nucleares y por hidrocarburos, que si los incorporáramos, también estaríamos sujetos a este procedimiento de mala aplicación. Es una ley
que, por lo que hemos dicho, ha sido aceptada por todos los grupos. Me gustaría pedir al Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana si acepta o no, o hasta qué punto, las transaccionales que le hemos ofrecido. No sé si he sido yo la que no ha
estado suficientemente atenta, pero creo que no lo ha dejado claro.
Agradezco de nuevo la actitud de todos los grupos. Para terminar, quiero poner de relieve un pequeño aspecto y es que por primera vez la propuesta del Gobierno para la
trasposición de una directiva va un poco más allá de los mínimos básicos que nos establece la Unión Europea. Desde el Grupo Parlamentario Socialista estamos satisfechos y orgullosos de la nueva tendencia, por decirlo así, en la política ambiental
española que si antes consistía en que sufríamos las directivas y cuando venían las adaptábamos con pena y porque no había más remedio (permítanme esta expresión popular) en este momento estamos llevando por fin una política de liderazgo dentro de
lo que es el trabajo conjunto en la Unión Europea, que hace justicia al papel que España juega y puede jugar en Europa. No me queda más que asegurarles, señorías, que esta ley tiene el mayor respeto al marco competencial de gestión y de capacidad
de ampliar las condiciones que tienen las comunidades autónomas. Prueba de ello son muchas de las transaccionales que hemos aceptado tanto en ponencia como en Comisión. Espero que en la fase del Senado, si existe la oportunidad de mejorar, aún
más, esta ley, podamos ponernos de acuerdo del mismo modo que lo hemos hecho ahora.



La señora PRESIDENTA: Suspendemos la Comisión para que los grupos puedan aclarar las enmiendas transaccionales, las que se retiran y las que se ponen a votación. Les pedimos que media hora antes hagan llegar a la Mesa los grupos de
votación.



Tiene la palabra la señora Colldeforns.



La señora COLLDEFORNS I COL: ¿Sería posible saber si Esquerra Republicana está de acuerdo o no con las transaccionales? Lo digo por si hay que discutir alguna cosa.



La señora PRESIDENTA: Esto se transmitirá a la Mesa por escrito y todos los grupos tendrán la información. Ahora tienen tiempo los grupos para ponerse de acuerdo. Se suspende la sesión hasta la una en punto para votar. (Pausa.)


Se reanuda la sesión a la una y diez minutos de la tarde.



La señora PRESIDENTA: Señorías, vamos a dar comienzo a las votaciones.
Esta es una Comisión con competencia legislativa plena. Por tanto, vamos a votar primero el proyecto de Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera.



En primer lugar, votamos en bloque las enmiendas números 6, 7 y 8 de Coalición Canaria.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 20.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas números 57 y 62 del Grupo de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 33; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas


Votamos en bloque las enmiendas números 60, 61, 74 y 75 de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 19; abstenciones, 15.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas transaccionales a la 58, 63 y 72.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas por unanimidad.



Votamos las transaccionales a las enmiendas 64, 65, 67 y 70.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 14.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Votamos la transaccional número 78.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; abstenciones, 14.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV). Votamos la enmienda número 1.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 20; abstenciones, 14.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos las enmiendas 3 y 4.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 34.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas 2 y 5.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 20; abstenciones, 14.



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La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Enmiendas del Grupo de Esquerra Republicana. Votamos en un bloque las enmiendas: 82, 94 y 106.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; abstenciones, 14.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Votamos la enmienda 140.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; abstenciones, 14.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Votamos la enmienda 131.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; abstenciones, 14.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Votamos las enmiendas 104 y 116.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 14.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Votamos la enmienda 49.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 34; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos las enmiendas 50, 51 y 54.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 20.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas del Grupo Popular 9, 10, 11, 12, 24, 25, 26, 27, 29, 34, 35, 36, 37, 38, 40, 41, 42 y 45.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 19; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos las transaccionales a las enmiendas 19 y 31.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas por unanimidad.



Vamos a proceder a la votación del articulado.



La señora DE LARA CARBÓ: Señora presidenta, pido votación separada de las disposiciones finales.



La señora PRESIDENTA: Primero votaremos el informe de la ponencia con todas las enmiendas ya aceptadas y las ya incorporadas en ponencia.



La señora DE LARA CARBÓ: Un momento, señora presidenta, que tengo una duda. (Pausa.)


La señora PRESIDENTA: Lo sentimos pero tenemos que suspender la sesión porque se ha pedido votación separada por artículos y uno de los portavoces nos pide cinco minutos para comprobar qué artículos puede votar. (Pausa.)


Vamos a votar el articulado del proyecto de ley de acuerdo con el informe de la ponencia y las enmiendas incorporadas.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Queda aprobado por unanimidad.



Seguidamente votamos las disposiciones adicional segunda, final primera, final segunda y final tercera.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 14.



La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas.



Seguidamente pasamos a votar la disposición adicional nueva.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; abstenciones, 13.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Vamos a proceder a las votaciones del proyecto de ley de responsabilidad medioambiental. Votamos por la enmienda número 10 del Grupo Parlamentario Mixto.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 31.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos las enmiendas del Grupo de Izquierda Unida números 29, 30, 34, 35, 36, 37, 39, 40, 41, 44, 45, 47, 48, 57, 60, 62, 63, 64 y 65.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 32; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas 31, 33 y 51.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 31; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos la enmienda 49.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 19; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos la enmienda 52.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 18; abstenciones, 14.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos la enmienda 61.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 19; abstenciones, 14.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos las enmiendas transaccionales a las números 43, 38, 49, 54, 62 y 63.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas por unanimidad.



Enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco. Votamos las enmiendas 1, 3, 4 y 6.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 33.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos la enmienda número 5.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 20; abstenciones, 13.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos las enmiendas de Esquerra Republicana.



La señora COLLDEFORNS I SOL: La enmienda número 7 del Partido Nacionalista Vasco no la hemos votado.



La señora PRESIDENTA: Debe estar retirada.



La señora COLLDEFORNS I SOL: Nosotros habíamos ofrecido una transaccional, pero al no figurar se vota en sus términos.



La señora PRESIDENTA: Votamos la enmienda número 7 del Partido Nacionalista Vasco en sus propios términos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 19; abstenciones, 14.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Seguidamente votamos las enmiendas de Esquerra Republicana. Enmienda 111.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; abstenciones, 13.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Votamos la enmienda número 100.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 18; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Rechazada.



Votamos en bloque las enmiendas 102, 127, 131, 132, 136, 138, 155, 157, 158, 169.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 18; abstenciones, 15.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos en bloque las enmiendas números 103, 104, 105, 113, 114, 129, 130, 133, 134, 135, 140, 145, 146, 151, 152, 166 y 167.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, uno; en contra, 31; abstenciones, dos.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos las enmiendas transaccionales, números 99, 106, 108, 109...



El señor HERRERA TORRES: Quiero hacer una acotación. Una de las enmiendas transaccionales que vamos a votar ahora, que es la 108, se ha votado anteriormente con la 38 nuestra, es la misma enmienda. Entendemos que la enmienda número 38, la
108 de Esquerra, la 81 del PP y la 12 de Convergència i Unió quedarían subsumidas en la votación con la lectura que ha hecho.



La señora PRESIDENTA: Efectivamente, son enmiendas idénticas, no se repetirán.



El señor HERRERA TORRES: La pregunta es si se ha incorporado la enmienda in voce cuando votábamos la 38.



La señora PRESIDENTA: Es la misma.



La señora COLLDEFORNS I SOL: Por nuestro grupo de acuerdo.



El señor HERRERA TORRES: Que quede claro en el 'Diário de Sesiones' que se ha incorporado la enmienda in voce del portavoz de Convergència i Unió.



La señora PRESIDENTA: Repetimos, votamos las enmiendas números 99, 106,108, 109, 119, 125, 126, 139, 168.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas por unanimidad.



Votamos por separado las enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



El señor GUINART SOLÀ: Con la salvedad de que la número 12 es la que comentábamos cuyo texto está en la Mesa, y también la 20. Que quede constancia.



La señora PRESIDENTA: Votamos la enmienda número 13.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 20.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos la enmienda número 17.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 18; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos la enmienda número 19.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 31.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos la enmienda número 21.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en contra, 18.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Votamos las enmiendas transaccionales, que incluyen la número 12, que ha habido una enmienda de la que la Mesa tiene constancia. Votamos las transaccionales 12, 20 y 23.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas por unanimidad.



Seguidamente votamos las enmiendas del Grupo Popular en bloque.



La señora OLIVA I PEÑA: Pedimos votación separada en las enmiendas 66, 68, 69, 76, 94 y 96.



La señora PRESIDENTA: Votamos las enmiendas 68 y 66.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 18; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos el resto de las enmiendas.



La señora OLIVA I PEÑA: Perdón, presidenta. Hemos pedido votación separada de las enmiendas 66 y 68, que acabamos de votar. Pido que hagamos votación de las enmiendas 69, 76 y 94, y luego el resto.



La señora PRESIDENTA: Señora Oliva, hay un error porque estas están ya retiradas. Hemos votado aparte las que usted ha pedido que estaban vivas.
Las demás ya no están vivas. Hay un error. Repetimos, votamos las números 69, 76, 94, 70,
72, 73, 77, 79, 83, 85, 87, 88, 89, 90, 91, 93,97 y 98.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 20; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Quedan rechazadas.



Votamos ahora las enmiendas transaccionales 81, 82, 95 y 96.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Quedan aprobadas por unanimidad.



Seguidamente vamos a votar el texto del proyecto de ley según el informe de la ponencia con las enmiendas incorporadas. ¿Hay alguna petición de votación de los artículos por separado? (Pausa.) Votamos el artículo 24.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 14.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobado.



Votamos la disposición final cuarta.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21; en contra, 14.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



Votamos el resto del proyecto de ley.



Efectuada la votación, dijo


La señora PRESIDENTA: Queda aprobado por unanimidad.



Con esto damos por terminada la sesión. Muchas gracias, señorías, por su paciencia.



Era la una y cincuenta minutos de la tarde.