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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 17, de 08/11/2000
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DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES



COMISIONES MIXTAS



Año 2000 VII Legislatura Núm. 17



PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNALDE CUENTAS



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. GABINO PUCHE RODRÍGUEZ-ACOSTA



Sesión núm. 4



celebrada el miércoles, 8 de noviembre de 2000, en el Palacio del
Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:



Propuestas de resolución.




- Informe anual del ejercicio 1995, relativo a los sectores públicos
autonómico y local (corresponde al número de expediente 250/000009 de
la VI Legislatura). (Número de expediente del Congreso 250/000001 y
número de expediente del Senado 770/000004) ... (Página 302)



- Informe anual del ejercicio 1996, relativo a los sectores públicos
autonómico y local, e informes territoriales relativos a las
comunidades y ciudades autónomas que carecen de órgano externo de
control, así como los informes sobre el Fondo de Compensación
Interterritorial (ejercicio 1996) de las comunidades autónomas de
Cantabria, Asturias, Extremadura, Castlla y León y Murcia. (Número de
expediente del Congreso 250/000005 y número de expediente del Senado
770/000002) ... (Página 302)



Página 302




- Informe de fiscalización de la Diputación Provincial de Soria,
ejercicios 1992 a 1994 (corresponde al número de expediente 251/
000078 de la VI Legislatura). (Número de expediente del Congreso 251/
000006 y número de expediente del Senado 771/000047) ... (Página 309)



- Informe de fiscalización de los conceptos que integran el remanente
de Tesorería de la Diputación Provincial de Guadalajara a 31 de
diciembre de los ejercicios 1995 y 1996 (corresponde al número de
expediente 251/000092 de la VI Legislatura). (Número de expediente
del Congreso 251/000020 y número de expediente del Senado 771/000050)
... (Página 311)



- Informe de fiscalización del ayuntamiento de Oviedo (Asturias),
ejercicios 1994 y 1995 (corresponde al número de expediente 251/
000097 de la VI Legislatura). (Número de expediente del Congreso 251/
000025 y número de expediente del Senado 771/000008) ... (Página 312)



- Informe de fiscalización del ayuntamiento de Langreo (Asturias),
ejercicios 1992 1993 y 1994 (corresponde al número de expediente 251/
000105 de la VI Legislatura). (Número de expediente del Congreso 251/
000033 y número de expediente del Senado 771/000015) ... (Página 316)



Comparecencia del señor presidente del Tribunal de Cuentas (Nieto de
Alba) para informar sobre los siguientes extremos:



- Declaración definitiva sobre la Cuenta General del Estado del
ejercicio 1997 (corresponde al número de expediente 250/000011 de la
VI Legislatura). (Número de expediente del Congreso 250/000003 y
número de expediente del Senado 770/000001) ... (Página 320)



Se abre la sesión a las once y cinco minutos de la mañana.




PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN.




- INFORME ANUAL DEL EJERCICIO 1995, RELATIVO A LOS SECTORES PÚBLICOS
AUTONÓMICO Y LOCAL (CORRESPONDE ALNÚMERO DE EXPEDIENTE 250/000009 DE
LA VI LEGISLATURA). (Número de expediente Congreso 250/000001 y
número de expediente Senado 770/000004)



- INFORME ANUAL DEL EJERCICIO 1996, RELATIVO A LOS SECTORES PÚBLICOS
AUTONÓMICO Y LOCAL, E INFORMES TERRITORIALES RELATIVOS A LAS
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS QUE CARECEN DE ÓRGANO EXTERNO DE
CONTROL, ASÍ COMO LOS INFORMES SOBRE EL FONDO DE COMPENSACIÓN
INTERTERRITORIAL (EJERCICIO 1996) DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE
CANTABRIA, ASTURIAS, EXTREMADURA, CASTILLA Y LEÓN Y MURCIA. (Número
de expediente Congreso 250/000005 y número expediente Senado 770/
000002)



El señor PRESIDENTE: Señorías, muy buenos días y sean bienvenidos.

Comenzamos una nueva sesión de la Comisión Mixta para las Relaciones
con el Tribunal de Cuentas. Antes he de anunciar a SS.SS., a efectos
de su agenda, que celebraremos las votaciones a partir de las doce y
media.

Comenzamos con el primer punto del orden del día: debate y votación
de las propuestas de resolución. La primera es la correspondiente al
informe anual del ejercicio 1995, relativo a los sectores autonómico
y local. Han presentado propuestas el Grupo Socialista, el Grupo
Popular y el Grupo de Convergència i Unió. Por el orden de
presentación, tiene la palabra el portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista.




El señor LÓPEZ CARVAJAL: El Grupo Parlamentario Socialista ha
presentado tres propuestas de resolución que básicamente inciden en
los informes anuales relativos al sector local.

Conforme expuse en mi intervención de la pasada reunión, nuestro
grupo entiende que sería deseable, en primer lugar, que el informe
relativo al sector local se presentase ante esta Comisión de forma
separada del relativo al sector autonómico, lo cual redundaría en
beneficio de una mayor celeridad en la tramitación de dicho
expediente y, evidentemente, en una exposición mucho más concreta y
específica de los temas que afectan al sector local.




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Enlazando con esta preocupación, la segunda y tercera propuestas de
resolución pretenden ofrecer al Tribunal de Cuentas la posibilidad de
que la sistemática del informe relativo al sector local cambie de
manera sustancial con respecto a la que en este momento se viene
presentando ante esta Comisión. Para ello, creemos que es
conveniente, en primer lugar, que exista una separación de las dos
ciudades autónomas, Ceuta y Melilla; en segundo lugar, que los
ayuntamientos, diputaciones, cabildos y mancomunidades, es decir,
todas las formas de asociación que ofrece la Administración local,
tengan un tratamiento específico dentro de ese mismo informe, porque
la problemática agrupada desde este punto de vista evidentemente
ofrecería una información mucho más clara y eficaz a la hora de
analizar cuáles pueden ser los problemas que aquejan a la
Administración local.

Finalmente, sería también deseable que, al margen de las diferentes
formas de asociación que tienen las entidades locales, esta
sistemática se presentase teniendo en cuenta los tramos de población
que tienen tanto los ayuntamientos como las diputaciones. Parece poco
complejo razonar que la problemática de los ayuntamientos de menos de
5.000 habitantes y de aquellos que tienen por encima de los 25.000, e
incluso las grandes capitales, tienen problemas contables y
presupuestarios distintos a los que tienen las entidades locales de
menos de 5.000 habitantes.

Estas son las tres propuestas de resolución, en consonancia con el
informe que en su día razonó el Grupo Socialista y que hoy creemos
que pueden ser aprobadas, toda vez que en su momento la propuesta que
hicimos contó también con el asentimiento del resto de los grupos de
la Cámara.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra su
portavoz.




El señor CÁMARA RODRÍGUEZ-VALENZUELA: Nuestro grupo parlamentario ha
presentado seis propuestas de resolución a cada uno de los informes
de los años 1995 y 1996 que son exactas y que dicen, por lo tanto, lo
mismo.

La primera de ellas hace referencia a una de las cuestiones que se
plantearon durante la presentación de los dos informes por parte del
presidente del Tribunal. Él llamaba la atención sobre la existencia
de criterios diferentes en la normativa de las asambleas legislativas
o de los gobiernos de las comunidades autónomas que impedía
establecer criterios de comparación entre algunas de las variables
contenidas en el informe anual, lo que hacía difícil la lectura
homogénea de algunos datos del informe. También hacía referencia a
que España se presenta de forma global ante organismos de todo tipo
-sobre todo internacionales- y que muchas de las variables que
aparecen en los informes de las comunidades autónomas no se pueden
agregar por la circunstancia
que decía anteriormente, lo que dificulta la visión homogénea
de algunos parámetros que son referencia fuera de nuestras fronteras.

Se trataría, pues, de hacer un elenco de normativa legal y
reglamentaria por la que el Tribunal pudiera establecer de qué forma
inciden en las cuentas que se le rinden cada una de las comunidades
autónomas y el sector público local.

Sin ánimo de ser exhaustivos, hacemos una enumeración de las
variables que consideramos más importantes porque nos gustaría que el
Tribunal hiciera hincapié en ellas: en primer lugar, procedimientos
de contabilidad, criterios de contabilización. El informe anual ponía
de manifiesto que había diferencia de tratamiento contable en algunas
comunidades autónomas por razones normativas y no del plan de
contabilidad, que en unos casos se utilizaba en su integridad y en
otros no. Esas diferencias comportaban deficiencias en el informe
anual como consecuencia de la normativa y no del incumplimiento de
las comunidades autónomas.

Contabilidad analítica y niveles de ejecución presupuestaria. Decía
el Tribunal que en algunas comunidades autónomas la normativa interna
sobre contratación facilitaba la existencia de deficiencias en la
ejecución presupuestaria de las inversiones reales. El presidente
hizo mucho hincapié en las diferencias entre las comunidades
autónomas en el tratamiento contable por normativa de carácter
reglamentario y en cuanto al entendimiento de los remanentes de
tesorería en las distribuciones contables, que llegaban a convertir
una cifra de carácter acreedor en deudora; lo mismo ocurría en el
endeudamiento. Nuestra idea es la de presentar una especie de
vademecum -si me permiten llamarlo así- de normativa de carácter
presupuestario y financiero de las comunidades autónomas que afecta a
la presentación del informe anual del sector público autonómico
y local, de modo que el Tribunal pueda decir de qué modo incide la
presentación.

La segunda propuesta tiene que ver con la primera y nuestro grupo
parlamentario la considera muy importante de cara a la preparación de
los trabajos de la ley de estabilidad presupuestaria, que espero se
presentará en un plazo de tiempo breve ante estas Cortes Generales.

España, cuando presenta las cifras de endeudamiento o de déficit de
la contabilidad presupuestaria nacional, lo hace teniendo en cuenta
el endeudamiento de las comunidades autónomas y de las corporaciones
locales. Pues bien, consideramos que nadie mejor que el Tribunal de
Cuentas para examinar qué variables son las que, presentándose de
forma agregada, debe considerar especialmente el Gobierno cuando
presente el proyecto de ley de estabilidad presupuestaria; además,
que sea el propio Tribunal de Cuentas, supremo órgano fiscalizador de
la actividad económica-financiera del sector público español, el que
determine qué tratamiento deben recibir estas variables que se
presentan de forma agregada para el conjunto de las administraciones
públicas españolas.




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Las otras cuatro propuestas, y especialmente las tres últimas, tienen
que ver con tres puntos concretos del informe del Tribunal de
Cuentas, en los que éste echa de menos información de los órganos de
control externo de las comunidades autónomas -allá donde existen- tan
relevante para el informe anual como el análisis de déficit y
endeudamiento, análisis sobre gastos de personal y contratación
administrativa. Nuestro empeño es que el Tribunal de Cuentas pueda
manejar esta información que elaboran los órganos de control externo
de las comunidades autónomas y que éstos se la pongan de manifiesto.

Sexta propuesta. No sé si el Tribunal está haciendo uso del
procedimiento que establece la Ley de funcionamiento del Tribunal de
Cuentas sobre exigencia de colaboración a los órganos que algunos
denominamos en su día insumisos, aquéllos que no presentan sus
cuentas. La precisión normativa de la citada ley no parece
suficientemente eficaz para conseguir que todas las administraciones
públicas presenten las cuentas, especialmente ese 9 por ciento de
ayuntamientos que no las han presentado. Pedimos que el Tribunal
examine qué tipo de soluciones legales y/o administrativas se pueden
adoptar para que todo el mundo rinda sus cuentas. Obviamente, es
imposible calificar las cuentas de un Ayuntamiento cuando no son
presentadas, pero también es obvio que se suelen enjuiciar
actividades de corporaciones locales que, teniendo mal sus cuentas,
merecen mejor crítica que aquéllas que no las presentan, por la
opacidad de éstas últimas. Se trata de que el Tribunal considere qué
soluciones se pueden adoptar para atajar la falta de presentación de
las cuentas públicas.

En cuanto a las propuestas de resolución del Grupo Socialista, a
nuestro grupo parlamentario le produce cierto pudor decirle al
Tribunal de Cuentas cómo tiene que trabajar, lo saben ustedes porque
ya se lo han oído decir a este portavoz. Nos parece correcto orientar
al Tribunal sobre las necesidades de interés general que esta
Comisión Mixta entiende que debe conocer el Tribunal, pero no
consideramos adecuado decirle cómo debe producir y presentar sus
informes.

No estoy de acuerdo con su primera propuesta porque, aunque coincido
con el portavoz socialista en que quizá sería bueno que se
departamentalizara la información suministrada por el Tribunal de
Cuentas, podría dar la impresión de que la causa por la que llegan
tarde las cuentas es no presentar la información sobre el sector
público autonómico y local de forma desagregada, y eso no es verdad.

En todo caso, nadie puede hacerle esa imputación al Tribunal de
Cuentas, y la redacción induce a pensar que la falta de celeridad
podría solucionarse presentando las dos cuentas de forma desagregada;
además, en el informe anual del Tribunal ya aparecen suficientemente
distinguidas las conclusiones referidas a las corporaciones locales y
al sector público autonómico. Sinceramente, creo que esto no
significaría
mayor celeridad en la remisión a la Comisión; en todo caso,
recibiríamos bloques diferentes de información, que sería tanto como
separar físicamente lo que entrega el Tribunal de Cuentas. Creo que
no aportaría grandes soluciones en cuanto a celeridad; de hecho,
otros pueden ser los problemas que tiene el Tribunal para presentar
el informe a tiempo. En el comienzo de esta legislatura, por ejemplo,
el Parlamento no ha estado abierto durante tres mes y no ha habido
producción por su parte; coincidirá conmigo en que eso es atribuible
tan solo al Congreso de los Diputados y al Senado y nunca al Tribunal
de Cuentas.

En cuanto a la segunda y a la tercera, insisto en que me produce
cierto pudor intelectual decirle al Tribunal de Cuentas de qué forma
tiene que presentar sus trabajos. De todos modos, quiero decir a
efectos del 'Diario de Sesiones' que nuestro grupo no ve mal, de
ninguna de las maneras -y así se lo transmitimos el otro día al
presidente del Tribunal de Cuentas-, que se plantee la posibilidad de
distribuir, según el criterio técnico que ellos consideren -al final,
tiene que ser un criterio técnico-, el volumen de población referido
a los ayuntamientos y entidades locales. Ahora mismo, con la lectura
de los informes del sector público, autonómico y local, tampoco vemos
dificultad en diferenciar las resoluciones referentes a diputaciones
y ayuntamientos. Creo que está perfectamente claro en los informes.

En relación a las propuestas de resolución de Convergència i Unió,
vamos a votar favorablemente todas, porque lo que hacen
fundamentalmente es instar al cumplimiento de la ley y nuestro grupo
cómo no va a votar favorablemente a esto. Es cierto que los
beneficios del Fondo de Compensación Interterritorial modifican -y
eso lo dice el informe anual del Tribunal de Cuentas- los proyectos
tal y como estaban inicialmente previstos en dicho Fondo, y creo que
el Tribunal de Cuentas debe seguir insistiendo en que esta
posibilidad no es la establecida en la ley. Insiste en algo a lo que
nosotros hemos hecho referencia, que todas las corporaciones locales
deben presentar las cuentas públicas. El principio general de
rendición de cuentas no es ningún capricho, es una necesidad propia
del Estado de derecho. En definitiva, las corporaciones locales
tienen que someter a una institución de carácter constitucional, como
es el Tribunal de Cuentas, todas las cuentas de su corporación y el
que no lo hayan hecho es suficientemente grave como para que
insistamos ésta y tantas veces como haga falta.

Lo mismo sucede en relación con las mancomunidades y áreas
metropolitanas -ciertamente el Tribunal hacía referencia a ello en
varias ocasiones-. La exigencia legal de contabilizar analíticamente
los costes de los proyectos que puedan ser ejecutados directamente
por la Administración autonómica, es una exigencia, más que de
carácter legal, de pura auditoría, de eficiencia. Va a resultar
tremendamente difícil examinar nosólo si se cumple la ley en las
cuentas públicas presentadas



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por la Administración Autonómica, sino si se cumple en los términos
de eficiencia y eficacia a los que también hace referencia la Ley
Orgánica del Tribunal de Cuentas. Por tanto, nos parece perfectamente
ajustado no solamente a derecho sino a lo que de verdad debieran ser
los criterios de presentación de las cuentas y la evaluación de las
mismas.

Por tanto, insisto, votaremos favorablemente todas las propuestas de
Convergencia i Unió y, obviamente, las nuestras, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Para la exposición de sus propuestas de
resolución, tiene la palabra el portavoz de Convergencia i Unió,
señor Martí.




El señor MARTÍ I GALBIS: Mi grupo parlamentario ha presentado cinco
propuestas de resolución a este informe anual del ejercicio 1995. Las
dos primeras, numeradas como la 10 y la 11, hacen referencia al Fondo
de Compensación Interterritorial; las tres restantes, las números 12,
13 y 14, hacen referencia a la rendición de cuentas de las
corporaciones locales.

En concreto, creemos que la primera, que insta al cumplimiento de la
exigencia legal de contabilizar analíticamente los costes de los
proyectos que pueden ser ejecutados directamente por la
Administración autonómica, se trata simplemente -como decía hace unos
instantes el portavoz del Grupo Parlamentario Popular- de una
exigencia legal establecida en la Ley del Fondo de Compensación
Interterritorial, en concreto en su artículo 9, que, a tenor del
mismo informe del Tribunal de Cuentas, se incumple de manera
generalizada. Por tanto, teniendo en cuenta que de las diecisiete
autonomías son diez las beneficiarias de ese tipo de fondos, creemos
que es una situación que no debería producirse por más tiempo.

Por lo que se refiere a la segunda, la misma Ley del Fondo de
Compensación Interterritorial prevé la modificación o sustitución de
los proyectos inicialmente acordados, siempre que el origen de estas
modificaciones esté en motivos imprevistos. En el caso que nos ocupa
hay alguna comunidad autónoma en la que la modificación es
sistemática y no se sustenta en motivos intrínsecos al proyecto o
proyectos modificados.

En tercer lugar, la número 12, es una reiteración de carácter formal
en relación a informes anteriores. Creemos que determinados niveles
de incumplimiento son difíciles de justificar a estas alturas.

Respecto a la número 13, también se trata, igual que en las
propuestas 10 y 11, de una propuesta referida a una exigencia legal
que no se cumple en muchos casos y creemos que debe corregirse sin
más dilación. Lo mismo sucede con la número 14. Siguiendo la
recomendación del Tribunal de Cuentas, creemos que este tipo de
entidades locales deberían cumplir esta exigencia legal de rendición
de cuentas ante el Tribunal, tratándose
también de una irregularidad que viene reiterándose de forma
injustificada estos últimos años.

Por nuestra parte, nada más. En todo caso, no vamos a adoptar ninguna
posición respecto al sentido de voto sobre las demás proposiciones de
resolución y esperaremos a la votación.




El señor PRESIDENTE: Señor portavoz del Grupo Socialista, ¿he de
entender que, al ser idénticas las propuestas de resolución tanto de
1995 como de 1996, se da por subsumida la intervención en el caso de
la segunda? (Asentimiento.)



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN (MADRID),
EJERCICIOS 1992, 1993 Y 1994 (CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE
251/000076 DE LA VI LEGISLATURA). (Número de expediente Congreso 251/
000004 y número de expediente Senado 771/000046)



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES
(MADRID), EJERCICIOS DE 1992 A 1994 (CORRESPONDE AL NÚMERO DE
EXPEDIENTE 251/000079 DE LA VI LEGISLATURA). (Número de expediente
Congreso 251/000007 y número de expediente Senado 771/000048)



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DEL
JARAMA, EJERCICIOS 1994 Y 1995 (CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE
251/000089 DE LA VI LEGISLATURA). (Número de expediente Congreso 251/
000017 y número de expediente Senado 771/000049)



El señor PRESIDENTE: Pasamos, en consecuencia, al punto tercero del
orden del día: informe de fiscalización del Ayuntamiento de Alcorcón,
que agruparemos con los que el portavoz del Grupo Popular indique
a la Mesa en el momento procesal oportuno en el que tome la palabra.

En nombre del Grupo Popular, tiene la palabra el señor Bardisa.




El señor BARDISA JORDA: ¿Estamos en el informe del Ayuntamiento de
Alcorcón, señor presidente?



El señor PRESIDENTE: Estamos en el informe del Ayuntamiento de
Alcorcón, pero en este caso me gustaría saber, igual que en el caso
del portavoz socialista, si va usted a agrupar el de otros
ayuntamientos.




El señor BARDISA JORDA: Son tres resolucionesdiferentes. Por mi parte
no hay inconveniente, pero en



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ese caso, lógicamente, tendríamos que disfrutar de un poco más de
tiempo para defenderlas.




El señor PRESIDENTE: No estoy hablando de la limitación del tiempo,
simplemente estoy preguntando si el portavoz del Grupo Popular
hablará en este turno de las propuestas de resolución de los tres
ayuntamientos.




El señor BARDISA JORDA: Señor presidente, por mi parte no hay ningún
inconveniente en defender conjuntamente las tres propuestas.




El señor PRESIDENTE: En ese caso, puede usted hacer uso del tiempo
que necesite.




El señor BARDISA JORDA: En primer lugar, me voy a referir a la
propuesta de resolución presentada en relación con el informe de
fiscalización del Ayuntamiento de Alcorcón (Madrid), correspondiente
a los ejercicios de 1992, 1993 y 1994.

Nuestra propuesta de resolución tiene cuatro puntos. En el primero,
lo que queremos es que esta Comisión se pronuncie sobre dos aspectos
fundamentales. En primer lugar, en que se remita al Ayuntamiento de
Alcorcón la totalidad de las conclusiones y recomendaciones del
Tribunal de Cuentas de los ejercicios fiscalizados de los años 1992,
1993 y 1994. Aunque siempre todos los informes del Tribunal de
Cuentas son remitidos a los ayuntamientos, queremos -y así se ha
hecho en otras ocasiones- que de una forma institucional sea
reconocido por la propia Comisión y que de esa forma el Ayuntamiento
de Alcorcón reciba la notificación de que la propia Comisión es la
que indica al Tribunal que debe hacerse y que deben notificarse esas
conclusiones y esas recomendaciones. El segundo aspecto lógicamente
es para que se subsanen esas deficiencias y esas irregularidades
porque, como ya indiqué el día que se presentó el informe, han sido
múltiples las deficiencias detectadas en los informes de
fiscalización de este Ayuntamiento en esos ejercicios.

El segundo punto de la resolución que proponemos es que se recoja una
constatación por parte de la Comisión de las numerosas
irregularidades enumeradas en el informe del Alto Tribunal relativas
tanto al sistema contable, como al control interno, como a las
cuentas generales, como a todos los presupuestos de los ejercicios
fiscalizados. Está en el informe, se constata en el informe, existe
en el informe una clara falta total de transparencia de la actuación
administrativa de los entonces gestores del Ayuntamiento de Alcorcón.

Además, se ha constatado, y así consta en el informe, que ha existido
una total falta de transparencia en la actuación administrativa
relativa a la contratación en el período fiscalizado, realizándose de
una forma anómala e incumpliéndose en la tramitación de los
expedientes los principios legalmente establecidos, así como una
absoluta falta de control interno en la gestión de la contratación.

Además, y consta en el expediente, hay cantidades que
todavía no han sido justificadas.

De ahí, señorías, la propuesta que hacemos en el tercer punto de la
resolución, y es que la Comisión Mixta para las relaciones con el
Tribunal de Cuentas inste al propio Tribunal de Cuentas a que por la
Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas se estudien las
posibles responsabilidades que puedan generarse por los hechos
contenidos en el informe de fiscalización. Ello lo hacemos porque
estimamos que, además de la responsabilidad política de los entonces
gestores del Ayuntamiento de Alcorcón, se ha demostrado que existe
una gestión ineficaz y contraria a los intereses de los ciudadanos y
una falta de organización en la actuación pública. Los propios
ciudadanos han pedido explicaciones, y lo han hecho en las últimas
elecciones generales precisamente no dando la confianza al partido
político que entonces gobernaba el Ayuntamiento de Alcorcón y dando
la confianza a un partido en el que ellos confían porque consideran
que puede hacer una gestión más eficaz de los intereses públicos, de
ahí la mayoría absoluta obtenida por el Partido Popular. En este
punto, aparte de esta responsabilidad política, queremos que se
establezca la posible responsabilidad civil de los entonces
gobernantes de ese Ayuntamiento e incluso, si así lo establece la
Sección de Enjuiciamiento del Tribuna, en su caso, y el propio fiscal
del Tribunal, la responsabilidad penal por los desfalcos producidos
en los caudales públicos, como está demostrado en el informe de
fiscalización. Lo que está claro es que a lo mejor hay una
posibilidad de iniciar un procedimiento de reintegro para los
anteriores responsables del Ayuntamiento de Alcorcón para lograr
recuperar las cantidades concedidas que no han sido justificadas.

En el cuarto punto de la resolución insistimos e instamos al Tribunal
a que siga investigando y profundice en lo que manifiesta en su
propio informe de fiscalización, páginas 45 y 46. Expone que durante
el período auditado, años 1992, 1993 y 1994, el Ayuntamiento registró
un total de 367 órdenes de pago a justificar, por un importe de 180
millones de pesetas, de las que no consta su posterior justificación
o reintegro, instando igualmente al Ayuntamiento de Alcorcón a que
acometa las actuaciones necesarias para la comprobación de los
mandamientos a justificar y de las subvenciones que están
injustificadas. En ese sentido va nuestra propuesta de resolución
relativa al informe de fiscalización del Ayuntamiento de Alcorcón,
para la cual pedimos a SS.SS. el voto favorable.

En segundo lugar, señor presidente, y como ha sido recomendado por S.

S., me referiré a la propuesta de resolución que presentamos en
relación con el informe de fiscalización del Ayuntamiento de Alcalá
de Henares, de Madrid, de los ejercicios 1992, 1993 y 1994. El primer
punto de dicha propuesta de resolución va en el mismo sentido que el
resto de las proposiciones quepresentamos, es decir, que se inste al
Tribunal de Cuentas



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a que remita al Pleno de dicho Ayuntamiento las conclusiones y
recomendaciones contenidas en el informe de fiscalización. Como he
dicho anteriormente, creo que el que se pronuncie en este sentido la
Comisión es importante, dado el carácter institucional del Pleno del
Ayuntamiento de Alcalá de Henares y de todos los grupos políticos,
para que contribuyan en el estricto cumplimiento de las
recomendaciones realizadas.




En el segundo punto de la propuesta de resolución relativa a este
Ayuntamiento se propone que la Comisión Mixta para la Relaciones con
el Tribunal de Cuentas haga constar las múltiples irregularidades,
como consta claramente en el informe, existentes en el sistema
contable de los ejercicios fiscalizados, existiendo una falta
absoluta de control interno -como dice el propio Tribunal de Cuentas-
y un incumplimiento sistemático del ordenamiento jurídico vigente, es
decir, de las normas legales aplicables. En este sentido, y así lo
queremos hacer constar, es especialmente grave la constante
vulneración del principio de transparencia administrativa,
especialmente en tres expedientes, uno de ellos, la ejecución de las
obras relativas al Centro Integral de la Juventud de Alcalá de
Henares, la expedición de tres certificaciones de la segunda fase de
la Casa de la Cultura cuando la obra todavía no se había ejecutado,
así como las innumerables irregularidades detectadas en la creación
de la empresa mixta Cementerio- Jardín, S.A.

Y en el tercer punto de la resolución solicitamos que se inste al
Tribunal de Cuentas a que por la Sección de Enjuiciamiento del
Tribunal de Cuentas se estudien las posibles responsabilidades que
puedan generarse por los hechos contenidos en el informe de
fiscalización, en especial en todo lo relativo al expediente de
creación de la empresa mixta Cementerio-Jardín, S.A. y al expediente
de tres certificaciones de la Casa de Cultura. Como he dicho
anteriormente, esto debe ser visto por la Sección de Enjuiciamiento
del Tribunal de Cuentas porque, aparte de la responsabilidad política
que puedan tener los dirigentes que gobernaron el Ayuntamiento de
Alcalá de Henares durante esos años, también hay que pronunciarse
sobre la posible responsabilidad civil en que estos responsables
políticos hayan podido incurrir, en cuyo caso serán los tribunales
los que tendrán que decidir incluso sobre una posible responsabilidad
penal, si así lo estima conveniente la Sección de Enjuiciamiento del
propio Tribunal, sobre todo por el desfalco que se ha producido en
los caudales públicos administrados por esos gobernantes. Por ello,
señorías, pedimos igualmente el voto afirmativo de la Comisión en
relación con esta propuesta de resolución.

Por último, presentamos una propuesta de resolución en relación al
informe de fiscalización del Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama,
de Madrid, en cuyo primer punto proponemos que se remita al Pleno del
Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama la totalidad de
las conclusiones y recomendaciones del Tribunal de los ejercicios
fiscalizados, con el objeto de que de una forma institucional le sea
notificado al Ayuntamiento para que así se pueda poner el remedio y
sobre todo se puedan llegar a subsanar las deficiencias y las
irregularidades detectadas en el informe de fiscalización de este
Ayuntamiento.

En segundo lugar, proponemos que en todos los niveles de la
Administración y en todos sus organismos se observen los principios
de transparencia, que lógicamente aquí se han conculcado mucho menos
que en los dos anteriores ayuntamientos; este informe no tiene nada
que ver con los otros, lo aviso de antemano porque me temo que el
Grupo Socialista dirá que los otros dos ayuntamientos están
gobernados por el Partido Socialista y este ayuntamiento, que ahora
está gobernado por el Partido Popular lo mismo que el de Alcorcón,
cuando se produce este informe, estaba gobernado por un alcalde
independiente y unos concejales independientes, con lo cuales
nosotros no tuvimos absolutamente nada que ver. Quiero recalcar que
este ayuntamiento es mucho más pequeño; Alcorcón y Alcalá de Henares
son dos poblaciones grandes de la Comunidad de Madrid, alrededor de
200.000 habitantes, mientras que Paracuellos no llega a los 10.000 y,
lógicamente, no tiene los mismos medios, las irregularidades son
menores y la responsabilidad de los gestores muchomenor que la de los
gestores de los Ayuntamientos de Alcorcón y Alcalá de Henares, pues
parece mentira que con el presupuesto y la población que tienen hayan
llevado una gestión que yo califiqué en la anterior sesión de
tercermundista.

En ese sentido, queremos resaltar la necesidad de que en todos los
niveles de la Administración, en todos sus organismos se observen los
principios de transparencia en la gestión y respeto a la legalidad
que deben existir en una sociedad democrática. Por eso presentamos
esta propuesta de resolución en relación con el informe de
fiscalización del Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama, ejercicios
1994 y 1995, para la que pedimos a SS.SS. el voto favorable.




El señor PRESIDENTE: Para exponer la propuestas de resolución sobre
los Ayuntamientos de Alcorcón, Alcalá de Henares y Paracuellos del
Jarama, en nombre del Grupo Socialista tiene la palabra el señor
Acosta.




El señor ACOSTA CUBERO: Voy a exponer las propuestas de resolución
del Grupo Parlamentario Socialista y también voy a fijar la posición
de mi grupo en torno a las propuestas de resolución presentadas por
el Grupo Parlamentario Popular.

En relación con el Ayuntamiento de Alcorcón, hemos presentado una
propuesta de resolución en la que hemos querido resaltar los aspectos
más importantes



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de las conclusiones del Tribunal de Cuentas sobre ese ayuntamiento.

Observamos que los presupuestos de ese municipio no estaban
presentados en los plazos marcados por la normativa y, en el punto
1.1 de la propuesta de resolución instamos al Ayuntamiento de
Alcorcón a que presente en el plazo marcado los presupuestos
correspondientes a cada ejercicio. (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: ¿Qué pasa?



El señor CÁMARA RODRÍGUEZ-VALENZUELA: No se oye.




El señor PRESIDENTE: Es un problema precisamente de esta sala de la
casa.

Continúe, señor Acosta.




El señor ACOSTA CUBERO: Trataré de poner mejor voz.

Decía que en la primera propuesta de resolución en su punto 1,
resaltamos e instamos al ayuntamiento a que la presentación de los
presupuestos correspondientes a cada ejercicio sean presentados en
plazo oportuno puesto que a la vista del informe prácticamente en
ninguno de los ejercicios habían sido presentados en dicho plazo.

El punto 1.2 de la propuesta de resolución se refiere a las cuentas
generales del ayuntamiento que no han sido cerradas en esos tres
ejercicios, y por lo que tengo entendido no lo han sido todavía por
el anterior equipo de Gobierno ni por el actual. Pedimos que se
cumpla lo que marca la Ley de haciendas locales respecto a las
cuentas generales del ayuntamiento.

En el punto 1.3 de la propuesta de resolución indicamos al
ayuntamiento que debe dar estricto cumplimiento a las recomendaciones
contenidas en el informe del Tribunal de Cuentas, recordatorio que no
viene mal a este ayuntamiento ni a ninguno.

El punto número 2 de la propuesta de resolución coincide con lo
expuesto en la propuesta de resolución número 1 del Grupo
Parlamentario Popular: enviar el informe de fiscalización a que se
refiere esta resolución para que se conozca oficialmente en el pleno
de la entidad local, si bien es verdad que esto es reiterativo,
porque resulta evidente que el ayuntamiento ya lo conoce, porque ha
sido enviado por el Tribunal de Cuentas.

En el punto número 3 de la propuesta de resolución instamos al
ayuntamiento a comunicar al Tribunal de Cuentas la puesta en práctica
de las actuaciones que ha llevado sobre las recomendaciones y las
conclusiones establecidas, para que el Tribunal pueda realizar el
oportuno seguimiento, si bien es verdad que en las alegaciones
presentadas por el alcalde en ese tiempo se resaltan muchos aspectos
ya corregidos de estas irregularidades que el Tribunal de Cuentas
detectó en su fiscalización.

Ahora, si me permite, señor presidente, voy a fijar la posición sobre
la propuesta de resolución del Grupo Parlamentario Popular en torno
al Ayuntamiento de Alcorcón.

Vamos a votar favorablemente al punto número 1 de la propuesta de
resolución del Grupo Parlamentario Popular: la reiteración de que se
remita al Ayuntamiento de Alcorcón la totalidad de las conclusiones y
recomendaciones del Tribunal de Cuentas. Es una resolución pareja a
la nuestra, pero lo que abunda no daña y la consideramos oportuna.

Vamos a votar en contra del punto número 2 de la propuesta de
resolución del Grupo Parlamentario Popular. Nos parece desmesurada y
desproporcionada, llena de adjetivos como total, anómala, absoluta,
que no se deducen de la lectura del informe del Tribunal de Cuentas.

Es más una propuesta propagandística que basada en el informe del
Tribunal de Cuentas. No podemos asumirla por su desproporción y
porque los adjetivos globales que encierra no son reflejo cierto del
informe del Tribunal.

Vamos a votar no al punto número 3 de la propuesta de resolución del
Grupo Parlamentario Popular. En esta propuesta se indica que se envía
a la sección de enjuiciamiento, para que se estudien las posibles
responsabilidades que puedan generarse por los hechos contenidos. Hay
que resaltar que el Tribunal de Cuentas en su informe no ha hecho
pieza separada; es decir no ha visto posibilidad de que haya efecto
penal, ni siquiera responsabilidad civil al hacer la revisión de las
cuentas de ese ayuntamiento. Por tanto, esta resolución está de más,
incluso es falta de respeto al propio Tribunal de Cuentas, que si
hubiera visto algo habría actuado de oficio.

Vamos a votar que no al punto número 4 de la propuesta de resolución
del Grupo Parlamentario Popular, que corresponde a la tan traída y
llevada partida de 180 millones de pesetas sin justificar. Quiero
aclarar a esta Comisión que me he puesto en contacto con al alcalde
anterior sobre tan traída partida y su inclusión por parte del Grupo
Parlamentario Popular sigue encerrando más efecto propagandístico que
riguroso respecto al informe. El Tribunal de Cuentas trasladó a la
sección de enjuiciamiento la partida correspondiente y se procedió
a la apertura de los correspondientes procedimientos. El último
procedimiento sobre justificación de dicha cuenta fue del propio
alcalde, que acabó justificando la última partida que quedaba
pendiente, de 200.000 pesetas, por lo que el delegado instructor de
la sección de enjuiciamiento le indicó que iba a proponer el archivo
de las actuaciones correspondientes; pero es más, la providencia de
archivo de esta cuestión está publicada en los correspondientes
tablones del Tribunal de Cuentas y creo que el día 17 se cumple el
plazo para que se archive. Señor presidente, el diputado del Grupo
Parlamentario Popular ha pronunciado la palabra desfalco respecto de
los gestores municipales. Esto encierra una



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calificación penal que no se deduce en ningún momento del informe del
Tribunal; por tanto, ruego que retire dicha calificación que es
ofensiva e intolerable.

Paso a continuación al Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Señor
presidente, presentamos una propuesta de resolución de tres puntos.

El primer punto está dividido en los apartados 1.1, 1.2 y 1.3.

Reiteramos de nuevo en este ayuntamiento, como ya hice constar enmi
intervención en la comparecencia del señor presidente, que las
deficiencias o males municipales prácticamente son parejos en todos
los municipios, con lo cual tendríamos que pensar por qué se produce
esa pandemia. También hacemos constar acerca de los presupuestos
generales de dicho ayuntamiento para que sean presentados en forma en
los ejercicios correspondientes. Insistimos en el punto 1.2 sobre las
cuentas generales que no se cierran en los ejercicios
correspondientes y tardan años en realizarse. El tercer punto es que
se adopten las medidas pertinentes sobre la contratación en dicho
ayuntamiento aplicando el máximo rigor en las formas y normas de
contratación para evitar perjuicios que se derivan de algunas
situaciones contractuales, por ejemplo el incumplimiento de los
contratistas.

El punto segundo es la remisión oficial al ayuntamiento de las
recomendaciones y conclusiones del Tribunal de Cuentas para que sea
conocida de nuevo o reconocida. La resolución número tres es instar
al Ayuntamiento de Alcalá, como no podía ser menos, a poner en
práctica las actuaciones a que se refiere el punto 1.3 de esta
resolución para que el Tribunal pueda realizar el seguimiento
oportuno, es decir las medidas correspondientes a la contratación.

En cuanto a las propuestas del Grupo Parlamentario Popular, vamos a
votar favorablemente la propuesta número 1, que dice lo que he
relatado en la propuesta número dos del Grupo Parlamentario
Socialista respecto del Ayuntamiento de Alcalá. Vamos a votar no a la
propuesta número 2, pareja y gemela a la que se ha hecho sobre el
Ayuntamiento de Alcorcón: falta absoluta, incumplimiento sistemático,
constante vulneración, innumerables irregularidades. Cargar esta
serie de adjetivos no guarda ninguna realidad con el informe, es de
nuevo la creación de imagen propagandística en torno a la gestión de
un ayuntamiento y no sentarse rigurosamente a ver cuáles son las
deficiencias y tratar de arreglarlas.




En el tercer punto se sigue pidiendo a la sección de enjuiciamiento
del Tribunal que continúe investigando o abra pieza separada sobre
diferentes asuntos. El Tribunal de Cuentas, en su análisis de
fiscalización del Ayuntamiento de Alcalá no ha encontrado ningún
motivo para abrir pieza separada, y yo me fío del Tribunal de
Cuentas. Por tanto, me sigue pareciendo impertinente decirle que abra
pieza separada o investigaciones cuando él mismo no ha encontrado
nada ilegal o penalizable.

En cuanto al Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama, más pequeño, más
grande -ya estamos en la casuística de la magnitud- hemos presentado,
señor presidente, tres propuestas de resolución que tratan de
recoger, sobre todo en la propuesta número 1, lo que consideramos
aspectos más relevantes de las conclusiones del Tribunal de Cuentas,
que también indicaba deficiencias en este ayuntamiento sobre la
gestión económico- financiera y sobre su control por parte del
municipio. Pedimos a dicho ayuntamiento que a la mayor brevedad
realice las actuaciones pertinentes y acepte las indicaciones para la
mejora de la gestión económico-financiera que indica el Tribunal de
Cuentas en su informe. También indicaba el Tribunal que ante la falta
de elementos técnicos del ayuntamiento, sobre todo respecto a la
contratación, se asesorara por la Comunidad de Madrid a dicho
ayuntamiento a fin de evitar los perjuicios derivados de esa falta de
medios, sobre todo y como he dicho en la contratación. Asimismo,
indicamos también a la Comunidad de Madrid el asesoramiento jurídico
y técnico en relación con los contratos sobre dicho ayuntamiento en
las carencias ya señaladas por el Tribunal de Cuentas en la
recomendación número 7.

La resolución segunda indica de nuevo reiterar el informe al
ayuntamiento con las conclusiones, recomendaciones y resoluciones que
va a aprobar esta Comisión. Y en la tercera resolución, como no podía
ser menos, se insta al ayuntamiento de Paracuellos del Jarama a
comunicar al Tribunal de Cuentas la puesta en práctica más inmediata
de las actuaciones a que me he referido en el punto número 1 de la
resolución.

Respecto de las propuestas del Grupo Parlamentario Popular, vamos a
votar que sí, como no podía ser menos, la primera para que se envíe
al ayuntamiento el informe con las conclusiones y resoluciones, y la
segunda, que se observen los principios de transparencia y el respeto
a la legalidad. ¡Estaríamos buenos si aprobáramos el respeto a la
ilegalidad o la opacidad! Así que como lo obvio es obvio, desde la
obviedad vamos a votar a favor de estas dos resoluciones del Grupo
Parlamentario Popular.




- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SORIA,
EJERCICIOS 1992 A 1994 (CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE 251/
000078 DE LA VI LEGISLATURA.) (Número de expediente Congreso 251/
000006 y número de expediente Senado 771/000047)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación al punto número 4 del
orden del día: informe de fiscalización de la Diputación provincial
de Soria, para lo cual sólo se ha presentado propuesta de resolución
por el Grupo Parlamentario Socialista.

Para su exposición, tiene la palabra su portavoz.




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El señor ALEGRE ESCUDER: Señor presidente, respecto del informe de
fiscalización de la Diputación provincial de Soria, el Grupo
Parlamentario Socialista presenta cinco propuestas de resolución con
las que pretendemos destacar las deficiencias más importantes que
señalaba el propio informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas,
instando lógicamente a la Diputación provincial de Soria, de acuerdo
con las recomendaciones del Tribunal y en una primera propuesta, a
que establezca el oportuno control interno, ya que no lo tiene, y
solicitamos que lo haga en un plazo máximo de seis meses y que
informe de ello al Tribunal de Cuentas. La segunda propuesta es para
que la Diputación provincial de Soria rectifique los criterios
contables establecidos hasta el momento, de forma que los recursos de
otros entes públicos se contabilicen de forma distinta a como lo
viene haciendo. La tercera va en el sentido de que agilice los
trámites, tanto del presupuesto propio como de los planes de
inversión provinciales, porque es lo que repercute fundamentalmente
en el funcionamiento de los ayuntamientos de esa provincia y el
retraso se transmite a todos ellos. La cuarta para que informe a los
ayuntamientos como mínimo cada tres meses de cómo van las gestiones
de la recaudación de los tributos municipales, cosa que no venía
haciendo hasta el momento. Y la quinta y última, que en materia de
contratación se ajuste a la legislación vigente, olvidándose de
aquella práctica inconcebible de que sea la empresa contratista
adjudicataria la que llevaba a cabo todos los trámites y pagos
referentes a las expropiaciones forzosas.

En definitiva, creemos que la Diputación provincial de Soria debe
olvidarse de su conclusión única, aquella que decía que el Tribunal
de Cuentas debía rectificar su informe anulando las diferentes
conclusiones o adecuando su redacción a los términos que en las
alegaciones establecía la propia Diputación de Soria. Estas
propuestas de resolución se podrían resumir en una sola y es que la
Diputación provincial de Soria cumpla escrupulosamente todas las
recomendaciones del Tribunal de Cuentas. Siendo así, no habrá ningún
inconveniente en que estas propuestas sean votadas por unanimidad por
todos los grupos.




El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto siguiente del orden del día.

(El señor Cámara Rodríguez- Valenzuela pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Cámara.




El señor CÁMARA RODRÍGUEZ VALENZUELA: Señor presidente, nuestro grupo
desea intervenir para fijar posición en relación con las propuestas
de resolución presentadas por otros grupos.




El señor PRESIDENTE: Desconocía la intención del Grupo Popular. Tiene
la palabra su portavoz.




La señora RUIZ RUIZ: Quería hacer algunas precisiones. Este informe
de fiscalización se refiere a los ejercicios 1992, 1993 y 1994, por
tanto el tiempo ha hecho que gran parte de estos aspectos estén ya
corregidos.




Refiriéndome a cada una de las resoluciones que hace el portavoz del
Grupo Parlamentario Socialista, primero diré que este informe de
fiscalización fue visto por el pleno de la corporación provincial el
10 de marzo de 1999. El acuerdo que se adoptó literalmente dice que
se aprueba el informe, que se sigan todas y cada una de las
recomendaciones del Tribunal y que se corrijan las anomalías
detectadas en un tiempo prudencial. Por tanto, la propia corporación
asumió íntegramente el total de las recomendaciones, las relativas al
control interno, las relativas al control financiero incluidas
también las relativas a contratación.

En las propuestas de resolución que plantea el Grupo Parlamentario
Socialista hay algunos aspectos que en realidad no tienen importancia
porque son intrascendentes, como puede ser que se informe
trimestralmente a los ayuntamientos de la recaudación de los tributos
locales. Los dos períodos de cobranza que están establecidos hace que
se informe y se pase al estado de cada uno de los tributos y de las
cuentas una vez que acaban los períodos de cobranza; de manera que se
realizan en dos períodos y cada seis meses se traslada a cada uno de
los ayuntamientos que tienen cedida esa gestión. Además diré que en
la recaudación ejecutiva se hace incluso no ya trimestralmente sino
cada dos meses en el momento que las cuentas de la recaudación
ejecutiva permiten liquidar a cada ayuntamiento las cantidades
percibidas en cada uno de los períodos que no están sujetos ya a dos
meses, sino que a medida que se va recaudando, se va liquidando. Es
una cuestión que además no recogía el informe de fiscalización.




En relación con otros puntos como puede ser la agilización del
trámite del presupuesto propio, como muy bien explica el Tribunal
estamos hablando de nueve días de diferencia. Ahora mismo ya ha
habido cinco ejercicio presupuestarios. Es algo que no tiene ninguna
trascendencia y que ya se ha corregido. En cuanto a los planes de
inversión, ya en la anterior intervención enesta Comisión expliqué
las divergencias que se producen por la propia regulación de los
decretos de cooperación, donde permite que la ejecución del plan que
se aprueba en una anualidad se difiera hasta la finalización de la
anualidad siguiente, lo que hace que a veces sea muy difícil poder
llevarlo de forma contable. Eso era lo que creaba una disfunción
entre el criterio del Tribunal respecto a la aplicación de los
remanentes de tesorería que ralizaba la Diputación al año siguiente
para poder hacer frente a los pagos de las certificaciones de obras
contratatas en la anualidad correspondiente al plan.




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Teniendo en cuenta que la propia corporación asumió íntegramente el
total de las recomendaciones, que estas propuestas de resolución en
realidad son aspectos concretos de esas recomendaciones íntegras que
se asumen totalmente por la corporación y por este grupo, creemos que
estas propuestas de resolución limitan más de lo que son las propias
recomendaciones del Tribunal. Por tanto, asumimos todas las
recomendaciones del Tribunal y todas ellas serían las propuestas de
resolución que presentaría este grupo. Por eso mismo en este trámite
no ha hecho precisión alguna, sino que remitiéndonos a esa intención
de que se asumen todas y que en el menor tiempo posible se vayan
corrigiendo, entendemos que no sería necesario votar estas propuestas
de resolución del Grupo Parlamentario Socialista y nosotros no las
vamos a votar. Asumimos todas las recomendaciones hechas en el
informe por el Tribunal de Cuentas. Ese criterio se va a sostener por
nuestro grupo a la hora de la votación, es decir, no sólo recogemos
estas cinco propuestas, sino el total de las que ha realizado el
Tribunal como así hizo la corporación. En el sentido de lo dicho
actuaremos a la hora de la votación de estas propuestas de
resolución.




- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS CONCEPTOS QUE INTEGRAN EL REMANENTE
DE TESORERÍA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARAA31 DE
DICIEMBRE DE LOS EJERCICIOS 1995 Y 1996 (CORRESPONDE AL NÚMERO DE
EXPEDIENTE 251/000092 DE LA VI LEGISLATURA). (Número de expediente
Congreso 251/000020 y número de expediente Senado 771/000050.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto 7 del orden del día: propuesta
de resolución correspondiente a la Diputación provincial de
Guadalajara, para la cual sólo presenta propuestas de resolución el
Grupo Parlamentario Socialista. Para su exposición, tiene la palabra
el señor Camacho.




El señor CAMACHO SÁNCHEZ: Entendía que las tareas de esta comisión
deberían ir ceñidas a la presentación de propuestas de resolución
para paliar aquellas posibles deficiencias detectadas por el Tribunal
de Cuentas en sus informes; pero a la vista de lo que ha ocurrido en
el punto anterior con los ayuntamientos de Alcorcón y Alcalá de
Henares, tengo la sensación de que a veces -y hablo en general-
utilizamos los informes del Tribunal de Cuentas para tirárnoslos a la
cabeza para saldar viejas batallas políticas, en función del partido
que en aquel momento ostentara la responsabilidad de gobierno en la
entidad que sea, bien en un ayuntamiento, en una diputación o incluso
en una comunidad autónoma. En la línea contraria desde el Grupo
Parlamentario Socialista planteamos dos propuestas
de resolución al informe de fiscalización del Tribunal de
Cuentas sobre la Diputación de Guadalajara, en una línea constructiva
para que las irregularidades -entre comillas-, detectadas por el
Tribunal de Cuentas en esta Diputación provincial se puedan paliar
y no se vuelvan a repetir, no sólo en la Diputación de Guadalajara,
sino en todas aquellas entidades locales.

Aprovechando la intervención del diputado que ha intervenido por
parte del Partido Popular en el tema de los ayuntamientos de Alcorcón
y de Alcalá de Henares, si me permite el señor presidente, quisiera
aclarar una cuestión que quedó en el aire en la anterior Comisión,
cuando el portavoz del Partido Popular denominó como ejercicio de
cinismo político la intervención que este portavoz había realizado en
aquel momento. Tengo que aclarar, y quiero que así se refleje, que
por mi parte en ningún momento quise poner en duda la resolución del
Tribunal Supremo en cuanto a la intervención del Presidente de la
Diputación de Guadalajara, el señor Tomé en este caso. Ahora bien,
tengo que decir a los miembros de esta Comisión que en el mes de
noviembre de 1998 el Tribunal Supremo solicitó al Tribunal de Cuentas
el informe de fiscalización de la Diputación de Guadalajara. En el
mes de mayo de 1999, es decir un mes antes de las elecciones
municipales, el juez instructor de este caso lo archivó sin tener
conocimiento del informe del Tribunal de Cuentas, puesto que ese
informe no estaba todavía aprobado. Eso es lo que quería manifestar
en esa Comisión y eso es una realidad. El archivo del caso se hizo
basándose el juez instructor en las declaraciones del perito que se
nombró al efecto, que no era otro que el director general de
coordinación con las haciendas territoriales, señor Hernani Lacasa,
que, por cierto, dijo en el Tribunal Supremo lo contrario de lo que
aparece en el informe del Tribunal de Cuentas, y lo que quise
manifestar en ese momento es que si ese informe del Tribunal de
Cuentas hubiese sido conocido por el Tribunal Supremo, probablemente
la resolución del caso no hubiese sido la misma. Eso es lo que quise
manifestar en ese momento.

Entrando a comentar las propuestas de resolución, desde el Grupo
Parlamentario Socialista solicitamos que se ejecute algo que aparecía
en la Ley de acompañamiento de los presupuestos del año 1999 y que en
estos momentos no se ha llevado a efecto, que es la elaboración del
reglamento de actuaciones presupuestarias y contables. Creemos que es
conveniente que se lleve a cabo precisamente para paliar estas
situaciones. Además, queremos que en dicho reglamento se incluya la
obligatoriedad para las entidades locales de justificar y fundamentar
documentalmente, dentro del presupuesto -recalco esta parte-, la
partida correspondiente al capítulo de ingresos. Hasta ahora,
habitualmente los justificantes de ingresos, sobre todo en los
ayuntamientos y también en las diputaciones aparecen, dentro del
expediente, pero una cosa es estar dentro delexpediente y otra es
estar dentro de lo que es el documento



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presupuestario. Nosotros solicitamos que esa documentación aparezca
dentro del documento presupuestario.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la
palabra el señor Cámara.




El señor CÁMARA RODRÍGUEZ-VALENZUELA: Señor presidente, muy
brevemente para agradecer las aclaraciones del portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista. No voy a insistir más en lo que ocurrió en
la Comisión. Yo creo muy favorable que en el día de hoy el Grupo
Socialista entone su mea culpa, si se me permite la expresión, en
relación a manifestaciones que quizá fueron mal entendidas, pero no
está de más que los diputados intervengamos en esta Comisión y en
otras con la máxima lealtad a las instituciones del Estado, sobre
todo en un Estado democrático como es el nuestro. Por tanto, creo que
no es labor de los diputados enjuiciar la acción de las instituciones
cuando están garantizadas por las leyes, es el caso de nuestra
Administración de justicia, y por ello creo muy pertinente la
aclaración que ha hecho el portavoz del Grupo Socialista, que por
otra parte agradezco porque no quedaba claro si lo que se estaba
enjuiciando era la actividad de la Diputación de Guadalajara, que
había quedado fuera de toda duda en cuanto a la legalidad de sus
actuaciones y sí parecía que se estaban enjuiciando otras actividades
de la Administración del Estado, de la Administración de justicia.

Por tanto, yo creo que la aclaración es pertinente y es de agradecer.

En cuanto a las propuestas de resolución tengo que decirle que no
hacen referencia a la Diputación de Guadalajara, ciertamente, pero
quizá no sea el lugar para presentar las propuestas de resolución a
la Diputación de Guadalajara. No las vamos a aceptar no porque no
estemos de acuerdo, sino porque no van referidas a la Diputación de
Guadalajara y sería tanto como entender que se está provocando una
actuación del Gobierno como consecuencia de una diputación que a
ustedes, al menos por la ausencia de presentación de propuestas de
resolución referidas a su gestión, les merecería. Por tanto, si usted
se lee con detenimiento la propuesta de resolución que nuestro grupo
hace en relación al informe anual del sector local de los años 1995 y
1996, verá que la propuesta queda prácticamente reflejada en el
fondo, no digo exactamente, pero sí prácticamente. Digo esto para no
inducir a confusión sobre qué pretende su propuesta de resolución,
que no va referida a la Diputación de Guadalajara, sino a todo el
ámbito del sector local. Quizá hubiera sido mejor que su propuesta
hubiera aparecido en el informe anual, porque además se da la
circunstancia de que se producía en la misma sesión de hoy. Esa es la
única razón, no hay ninguna otra, por la que no votaremos a favor de
las dos propuestas.

- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO (ASTURIAS),
EJERCICIOS DE 1994 Y 1995 (CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE 251/
000097 DE LAVI LEGISLATURA). (Número de expediente Congreso 251/
000025 y número de expediente Senado 771/000008)



El señor PRESIDENTE: Señorías, pasamos al punto 8 del orden del día:
informe de fiscalización del Ayuntamiento de Oviedo. Propuestas de
resolución que presenta el Grupo Socialista, para lo cual tiene la
palabra el señor Suárez.




El señor SUÁREZ GONZÁLEZ: Señor presidente, señorías, intervengo para
defender las propuestas de resolución del Grupo Parlamentario
Socialista al informe de fiscalización del Ayuntamiento de Oviedo
relativo a los ejercicios 1994 y 1995.

Decíamos en la anterior reunión de esta Comisión, cuando analizábamos
el informe, que estábamos ante un informe extenso, riguroso, ante un
buen trabajo de los inspectores que lo habían realizado y por tanto
desde esa premisa y desde ese reconocimiento empezábamos a analizar
el informe. El informe -y no lo decimos nosotros, lo dice el propio
informe riguroso y extenso- constata muchas deficiencias e
importantes irregularidades en la gestión del Ayuntamiento de Oviedo
a lo largo de los años 1994 y 1995. Dice el informe textualmente que
los principios de publicidad y concurrencia resultaron conculcados en
la selección de los contratistas. El informe dice textualmente que se
ha observado predeterminación del adjudicatario en ciertos
expedientes. Dice por tanto el Tribunal de Cuentas en este informe
que se vulneró el principio de transparencia administrativa. Sigue
hablando el Tribunal de Cuentas -y son palabras textuales- de la
realización de obras y prestación de servicios, asistencia y
suministros, prescindiendo de la tramitación contractual legalmente
procedente y careciendo de la oportuna consignación presupuestaria,
por lo que tuvieron que ser objeto de reconocimiento extrajudicial de
créditos. El Tribunal hace referencia -y lo dice textualmente- al
reducido número de profesionales invitados a los contratos de
redacción de proyectos y dirección de obras. El Tribunal añade que
junto a estas irregularidades ha habido también otras relativas a la
falta de control interno en la gestión de contratación. El Tribunal
habla de irregularidades en las certificaciones de obras. El Tribunal
dice en el informe -y son palabras textuales- que se infringieron
normas presupuestarias básicas en la tramitación de los expedientes,
dando lugar a irregularidades. El Tribunal usa varias veces la
palabra irregularidades. El informe del Tribunal de Cuentas habla de
que en la concesión del servicio de cementerios, por ejemplo, se
observa una insuficiente justificación -se entiende del beneficio que
ello conllevaría



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para el interés público- de la privatización del cementerio. El
Tribunal habla en su informe de la restricción de la concurrencia en
relación con las asistencias técnicas para la redacción de proyectos
de dirección y obra. El Tribunal dice en su informe que el
presupuesto general de 1995 no incluye los estados de previsión de
gastos e ingresos de la Sociedad mercantil Gestión del Suelo de
Oviedo, Sociedad Anónima, Gesuosa, exigidos por el artículo 145 c) de
la Ley de Haciendas Locales. El Tribunal, en definitiva, nos presenta
una situación preocupante de lo que ha sido la gestión del
Ayuntamiento de Oviedo a lo largo de los años 1994 y 1995.

Los inspectores en su informe nos dicen, por ejemplo -y esto es
textual-, que revisaron 872 contratos por importe de 10.730 millones
de pesetas, extrayendo de esa revisión conclusiones muy preocupantes.

Por ejemplo, en 1994 todas las obras adjudicadas, salvo tres, lo
fueron directamente, mientras que en 1995 el 86 por ciento de las
obras adjudicadas lo fueron por ese procedimiento, directamente. Es
más, cinco empresas fueron adjudicatarias del 54 por ciento del
importe de la obra licitada, siendo un 20 por ciento de dicha obra
adjudicado a una sola empresa. El 80 por ciento de los contratos
-dice el informe- fueron objeto de reformas al alza.

Todo esto no lo dice el Grupo Parlamentario Socialista ni responde a
una campaña de ninguna formación política contra el ayuntamiento de
Oviedo y su alcalde, Gabino de Lorenzo. Todo esto lo dice el Tribunal
de Cuentas en el informe que se nos presentó hace unas semanas y con
respecto al cual estamos presentando en el día de hoy propuestas de
resolución. Hasta el momento he señalado textualmente lo que dice el
Tribunal de Cuentas. Son palabras del Tribunal de Cuentas y de los
inspectores, no del Grupo Parlamentario Socialista.

Es preocupante -y esta ya es reflexión del Grupo Parlamentario
Socialista- que estas actuaciones consideradas como irregularidades
por el Tribunal de Cuentas se hayan seguido realizando en el
ayuntamiento de Oviedo en los años siguientes. El Tribunal dice en el
informe que alguna se corrigió durante la realización o la
finalización del informe, pero en los años siguientes las prácticas
consideradas irregulares por el Tribunal continuaron siendo moneda
común en el ayuntamiento de Oviedo.

A lo largo -y estas son palabras del Grupo Parlamentario Socialista-
de 1996, 1997 y 1998 la contratación pública en el ayuntamiento de
Oviedo se ha caracterizado por un deficiente cumplimiento de la
legislación de contratos del Estado y la inexistencia de concurrencia
en muchos casos. Se abusó -son datos objetivos- del sistema de
contratación del concurso de proyecto y obra, sistema contemplado en
la ley para casos excepcionales. En la medida en que se abusó de
él y algo excepcional se convirtió en norma, se ha incurrido en
fraude de ley. Este abuso es fraude de ley.

En 1998 -por continuar-, más de 4.000 millones de inversión se
adjudicaron al ayuntamiento de Oviedo por este sistema, y la
resultante fue que cuatro empresas se llevaron el 91 por ciento de
las obras licitadas. No voy a hablar de las irregularidades sonoras
que de los años 1996 a 1999 caracterizaron al ayuntamiento de Oviedo,
desde el campo hípico, al parking de Ventanielles, a la operación
urbanística de la Majolla o a otro tipo de irregularidades.

Los inspectores que elaboraron este informe se atuvieron expresamente
al mandato que les dio el Tribunal de Cuentas. Si analizamos el
informe del Tribunal de Cuentas, cuando habla de los objetivos y
alcance de la fiscalización, vemos cuáles eran los objetivos que se
les marcaron a los inspectores: el primero, analizar la gestión
económico-financiera del ayuntamiento; el segundo, verificar los
procedimientos internos, y el tercero, comprobar la exactitud de los
registros contables. Este es el mandato del Tribunal de Cuentas a los
inspectores.




La Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas, en su artículo 12, apartado
segundo, dice textualmente que el Tribunal de Cuentas hará constar
cuantas infracciones, abusos o prácticas irregulares haya observado
-se entiende que en los informes-, con indicación de la
responsabilidad en que, a su juicio, se hubiere incurrido y de las
medidas para exigirla. Está claro que esta orientación, la de señalar
responsabilidades y las medidas para exigirlas, no se dio a los
inspectores que hicieron el informe del ayuntamiento de Oviedo.

Nosotros entendemos que es un informe inacabado, pese a que el
abogado del Estado pidió, al conocerse el informe, que se abriera
expediente de enjuiciamiento a los responsables del ayuntamiento de
Oviedo. Estamos ante un informe inacabado, al habérseles encargado a
los inspectores unos objetivos muy reducidos, que en ningún momento
conllevaban la señalización de responsabilidades y las medidas para
exigirlas.

Nuestras resoluciones van a ir, por tanto, en la dirección -la
primera- de delimitar las responsabilidades. Por eso, en la primera
resolución pedimos que la Comisión Mixta inste al Tribunal de Cuentas
a que remita a la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal
de Cuentas relación circunstanciada de las eventuales
responsabilidades contables que, a la vista de las infracciones,
abusos y prácticas irregulares en que, según el informe del Tribunal
de Cuentas sobre el ayuntamiento de Oviedo, ha incurrido dicha
entidad local, hayan dado lugar a la remisión de actuaciones
fiscalizadoras a la sección de enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas
a los efectos de incoación de los oportunos procedimientos de
responsabilidad contable. Esta es la primera propuesta de resolución,
que el Tribunal de Cuentas señale las responsabilidades que puede
haber y las medidas para exigirlas.




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La segunda propuesta de resolución que presentamos se refiere a la
necesidad de realizar una fiscalización del Ayuntamiento de Oviedo de
los años 1996 a 1999, incluyendo en el informe de fiscalización
resultante, en primer lugar, las infracciones, abusos y prácticas
irregulares que en su caso se hubieran cometido; en segundo lugar,
las responsabilidades que de ellas pudieran derivarse y, en tercer
lugar, las actuaciones fiscalizadoras que en su caso se remitan a los
órganos de la jurisdicción contable del propio Tribunal de Cuentas a
los efectos de exigir dichas responsabilidades. Entendemos -y esa es
la razón de esta segunda propuesta de resolución- que, a lo largo de
los años siguientes a los de la realización del informe -es decir, de
1996 hasta 1999-, en el Ayuntamiento de Oviedo ha continuado con las
irregularidades que se señalan en el informe; se ha ido, a nuestro
entender, a más. Prácticas que son señaladas en el informe como
claras irregularidades se han venido cometiendo en los años
siguientes, por lo que es necesario que el Tribunal de Cuentas
acometa una nueva fiscalización de la gestión del Ayuntamiento de
Oviedo de la anterior legislatura, que va de 1996 a1999.

Y la tercera propuesta de resolución es el buque insignia de la
gestión del ayuntamiento de Oviedo en estos años: la sociedad
mercantil Gestión del Suelo de Oviedo, S.A., Gesuosa, empresa pública
hoy disuelta, sobre la que se ciernen muchas dudas y que tiene casos
pendientes en los tribunales. Estas son las tres propuestas de
resolución que el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado en el
día de hoy al informe del Tribunal de Cuentas. Y voy acabando,
señorías.

Estamos ante un sistema de gestión puesto en práctica en el
Ayuntamiento de Oviedo por el Partido Popular y por su alcalde,
Gabino de Lorenzo, que el Partido Popular calificó durante muchos
años de modélico. Más de un alcalde del Partido Popular se paseó por
la ciudad de Oviedo para contemplar el modélico sistema de gestión
puesto en práctica por los populares en Oviedo. Incluso ustedes lo
presentaron como el espejo de lo que iba a ser la gestión del Partido
Popular en las corporaciones locales. Nos presentaron este sistema de
gestión como paradigma de la eficacia, como el capaz de profundizar,
desde su óptica política, en la modernización de los municipios. Hoy
este modelo de gestión, paradigma de la eficacia, nos es desvelado
por el Tribunal de Cuentas como un cúmulo de irregularidades, como un
sistema de gestión sustentado en las irregularidades, las
deficiencias y el escaso cumplimiento y respeto de la ley.

Siempre hemos dicho que en política no vale todo. No hay ninguna
eficacia justificable a costa del incumplimiento de la ley y del
desarrollo de todo tipo de irregularidades. Es más, cuando esto
ocurre la eficacia pasa a ser otra cosa, que yo no quiero calificar
hoy aquí, aunque sólo sea por respeto a esta Comisión. Hay razones de
salud de las instituciones, a nuestro entender
-y ustedes lo saben perfectamente señores del Partido Popular-,
que aconsejan presentar las resoluciones que nosotros hemos
presentado en el día de hoy. Cometerían un enorme error si acaban
haciendo lo que todos nos suponemos que van a hacer: correr un tupido
velo sobre lo que fue la gestión del Ayuntamiento de Oviedo en los
últimos años, echando mano para ello de su mayoría en este Parlamento
y, por lo tanto, en esta Comisión.

La transparencia y la claridad en política, la higiene en la gestión
pública son hoy en día el principal soporte de esta resolución. Hay
una fuerte demanda política, desde la demanda de la transparencia
política, para impulsar esta resolución y pedirles a todos ustedes
que la apoyen y no cometan el error de tapar una gestión que se ha
mostrado como poco correcta, la del Ayuntamiento de Oviedo, que nos
conduce a situaciones poco deseables como las que se han venido dando
en los últimos años en este Ayuntamiento.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra su
portavoz señora Castro.




La señora CASTRO MASAVEU: Yo quisiera comenzar diciendo que hay
ocasiones en las que esta diputada no comprende nada, como es el día
de hoy. El portavoz del Grupo Socialista comenzaba su intervención
diciendo que el informe de fiscalización del Ayuntamiento de Oviedo
era riguroso y extenso, y cito palabras textuales. Sin embargo, los
representantes del Partido Socialista en el Ayuntamiento de Oviedo y
el portavoz en el día de hoy, señor Suárez, hacen una rueda de prensa
en Oviedo en la que califican de poco serio el informe del Tribunal,
por lo que no creo que esto sea un ejercicio de responsabilidad
política. De ahí vienen mis dudas sobre qué esta pasando. ¿Por qué
ante los medios de comunicación y ante la opinión pública algunos se
dirigen irresponsablemente juzgando la labor del Tribunal de Cuentas
de una forma que pudiera quedar en entredicho cuál es la tarea de
este alto Tribunal y después vienen aquí a decir que es un informe
riguroso y extenso? Después, avanzando en la intervención del
portavoz del Grupo Socialista, añade que es inacabado. Si es riguroso
y extenso, ¿por qué lo califica después de inacabado? Parece ser que
es lo que opina el portavoz socialista. Como digo, o tiene poca
claridad en sus expresiones o puede dejar la duda de qué es lo que
aquí pasaba ante quienes nos pueda leer el día de mañana a través del
«Diario de Sesiones» de esta Cámara.

El portavoz socialista señala repetidamente en su intervención lo que
dice el Tribunal. Efectivamente, el Tribunal lo dice porque ha
detectado una serie de anomalías y de deficiencias en la gestión
municipal de Oviedo. Yo reconocía hace 15 días en esta misma Comisión
que efectivamente se habían cometido errores.¿Quién no comete
errores? Que se me diga una sola



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institución fiscalizada por el Tribunal que no haya cometido ni un
solo error. Entonces habrá que aplaudirla. Que se cometen errores en
la gestión, que se cometen irregularidades lo hemos podido comprobar.

Lo que no dice el Tribunal en ningún punto de su extenso informe es
lo que pretende el Grupo Socialista que diga: que existen
responsabilidades o lo que inicialmente decía el abogado del Estado.

Por cierto, ese famoso informe al que yo hacía alusión en la pasada
intervención fue filtrado, con grandes críticas en la intervención
del presidente, por el Grupo Socialista en el Ayuntamiento de Oviedo.

El abogado del Estado, amigo personal del portavoz socialista en el
Ayuntamiento de Oviedo, hizo un informe crítico respecto a la gestión
del Ayuntamiento. Cuando el Tribunal, como también dije en aquella
intervención, examina el informe de fiscalización del Ayuntamiento de
Oviedo lo aprueba por unanimidad. Por lo tanto, no viene a cuento que
se siga mencionado, como se está haciendo repetidamente, y como se ha
utilizado ante los medios de comunicación, ese informe del abogado
del Estado, con unas filtraciones que, vuelvo a repetir, en la pasada
intervención del presidente dijo que ese tipo de usos eran
peligrosos.

Quisiera añadir algo que es importante. Yo quisiera saber quién
prepara las propuestas de resolución del Partido Socialista, esas
propuestas que quedan recogidas en tres puntos. Es evidente que quien
las prepara no se ha leído ni el informe de fiscalización ni conoce
la intervención del presidente del Tribunal de Cuentas en la Comisión
de hace 15 días en esta sede parlamentaria. Ustedes hablan en el
punto primero de abusos, infracciones y prácticas irregulares, según
el informe. Esto no es cierto. De lo que se habla en el informe,
efectivamente, es de deficiencias y de irregularidades, pero no de
que sea una práctica habitual, como ustedes pretenden, ni de que haya
habido abusos ni infracciones. Añaden, además, que esas infracciones,
abusos y prácticas irregulares han dado lugar a la remisión de
actuaciones fiscalizadoras a la sección de enjuiciamiento del
Tribunal de Cuentas. ¿Ustedes no se han enterado de que el Tribunal
no ha exigido ninguna responsabilidad porque no existen? ¿No se han
enterado o siguen queriendo decir en sede parlamentaria que existen
responsabilidades? Eso no figura en ningún sitio. Hay que pensar que
ustedes conocen el procedimiento, hay que pensar que ustedes han
escuchado al presidente del Tribunal en su pasada intervención, por
lo que deben saber que no existen esas responsabilidades.

En el punto segundo se empeñan en seguir fiscalizando al Ayuntamiento
de Oviedo, porque como el Tribunal, en los años fiscalizados, no ha
encontrado ninguna responsabilidad, no ha inculpado a ningún miembro
del equipo de gobierno del Ayuntamiento de Oviedo, que es lo que
ustedes hubiesen querido y lo que les hubiese gustado, se empeñan en
que hay que seguir fiscalizando al Ayuntamiento de Oviedo en los
años 1996, 1997, 1998 y 1999, años en los que el Tribunal
precisamente recoge en el informe que se han ido corrigiendo las
irregularidades detectadas por el Tribunal. Ustedes siguen dando por
hecho que va a aparecer algo y se empeñan en seguir manifestando a la
opinión pública y dando a conocer una serie de hechos que solamente
existen en la imaginación de quienes quieren llegar a gobernar en
Oviedo por las descalificaciones y por la mala política, pero nunca
por sus ideas, por sus proyectos y por lo que quieren para esa
ciudad, porque no se les ha oído nunca, no se sabe lo que quieren
ustedes para Oviedo.

Finalmente, piden la fiscalización de Gesuosa. Quizá no sepa el
portavoz del Grupo Socialista, porque no era diputado en la pasada
legislatura, que es un tema recurrente porque, el 11 de noviembre de
1999, quedó rechazada la propuesta de fiscalización de Gesuosa
presentada por Izquierda Unida. Ustedes dicen que existen dudas sobre
la empresa Gesuosa y repiten, que hay cuestiones pendientes en los
tribunales. Efectivamente, pero ya he dicho quién protagoniza las
cuestiones pendientes en los tribunales: un destacado miembro del
Partido Socialista cuando ingresó en Gesuosa, y a petición de
ustedes. Mírense ustedes a su propio ombligo y véanse; sólo ven la
paja en el ojo ajeno. Creo que es muy poco serio venir a exponer aquí
las críticas que ha realizado el portavoz socialista porque el
ayuntamiento ha asumido todas y cada una de las recomendaciones del
Tribunal. Al día de hoy, están prácticamente subsanadas todas las
anomalías que había detectado el Tribunal.

La situación no es preocupante, señorías, no existe ningún tipo de
alarma social en Oviedo, los resultados electorales son prueba de
ello; no voy a volver a repetirlos, pero son la mejor prueba de que
no existe ninguna situación preocupante. La situación preocupante
existe entre ustedes, en el Partido Socialista, que no sabe ser
alternativa de Gobierno. Lo único que consiguen con esa política de
descalificación permanente, injuriosa y calumniosa, es que los
ovetenses no les hagan caso. Llevan más de veinte querellas contra el
equipo de Gobierno ovetense, ayer presentaban la última,
precisamente; todas esas querellas han sido archivadas o, cuando se
han llevado adelante siguiendo el procedimiento judicial oportuno,
han llevado a la absolución de las personas imputadas. Eso les
descalifica a ustedes y pierden credibilidad ante los ciudadanos, que
ya están hartos de tanta crítica estéril, de tanta descalificación
y de tanta falta de ideas y proyectos. Nosotros, por nuestra parte,
vamos a seguir con lo que ya estamos haciendo: cumplir las
recomendaciones del Tribunal.




Ahora, en este acto, yo pediría el voto en contra de las propuestas
del Grupo Socialista porque lo único que pretenden es hacer una
política de tierra quemada. El Ayuntamiento de Oviedo ha sido juzgado
por el Tribunal de Cuentas y ustedes lo que pretenden es ejecutarlos



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al amanecer; y ejecutarlos con un juicio previo de inocencia, pero
eso a ustedes no les gusta. La única forma que conocen de hacer
política es la de la tierra quemada y la de ejecutar al amanecer, sin
hacer caso del juicio previo que les declara inocentes. (Varios
señores diputados: ¡Muy bien!- La señora Costa Campi pide la
palabra.)



El señor PRESIDENTE: Sí, señora Costa.




La señora COSTA CAMPI: Intervengo por una cuestión de orden que
supongo es compartida por todos los miembros de la Comisión. Quisiera
que constara en el 'Diario de Sesiones' la dignidad y el buen trabajo
profesional de este abogado del Estado, que no tiene nada que ver con
lo que aquí nos ocupa y que ha sido implicado por la señora diputada.

(La señora Castro Masaveu pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señora Castro.




La señora CASTRO MASAVEU: Señor presidente, quiero manifestar que, no
sé por qué, cada vez que intervengo en esta Comisión, la portavoz del
Grupo Socialista se siente muy dolida. (Rumores.- Protestas.) Lo que
deberían hacer es corregir su actitud, la del Grupo Socialista, y, a
partir de ahí, no le dolerían mis intervenciones. (La señora Costa
Campi pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, por favor cada uno está en su perfecto
derecho de opinar y decir lo que quiera.

Señora portavoz.




La señora COSTA CAMPI: Insisto: la señora diputada tiene la costumbre
de implicar a funcionarios del Estado, que no tienen nada que ver con
el caso que nos ocupa, poniendo en cuestión su dignidad profesional.

Todos debemos velar por que no ocurra esto, se trate de quien se
trate. (El señor Cámara Rodríguez-Valenzuela pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Cámara.




El señor CÁMARA RODRÍGUEZ-VALENZUELA: Intervengo para cerrar la
polémica, espero.

Señora portavoz del Grupo Socialista, usted lleva poco tiempo en
política y, con todo el cariño del mundo, le voy a hacer una
recomendación. Tenga la piel un poquito más dura. Cuando se acude a
una sesión parlamentaria como ésta, en la que hay cruce de
acusaciones, como en este caso, hay que tener la piel un poquito más
dura para no entender que cada una de las actuaciones del grupo
parlamentario al que usted no pertenece implican enjuiciamientos de
carácter casi personal. Acaba usted convirtiendo en consideraciones
de carácter personal lo que es simplemente debate político.

Me gustaría que esto quedara en simple anécdota. (Protestas.) No
insista, señora Costa. En esta Comisión Mixta de Relaciones con el
Tribunal de Cuentas y en muchas otras se dicen cosas más serias o
menos serias, pero hay que aprender a respetar la opinión política
del resto sin verse permanentemente agredido. (Varios señores
diputados: ¡Ahí, ahí¡- La señora Costa Campi pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señora Costa, es la última vez, y el Grupo
Popular tendrá derecho a réplica.




La señora COSTA CAMPI: Sí, sí, que lo tenga; es decisión de la Mesa,
señor presidente. (Un señor diputado: Es el Reglamento.)
Insisto en que una cosa es el debate político y, otra, cuestionar la
dignidad y el buen trabajo profesional de los responsables de algunas
materias. En segundo lugar, en cuanto al consejo que me ha dado el
señor Cámara... (El señor Cámara Rodríguez-Valenzuela: Amistosísimo.)
Creo que estar en la política no implica aceptar determinadas formas
de actuar. Yo prefiero una forma menos agresiva, y el señor Cámara lo
sabe, y dar la batalla política en los contenidos. (El señor Cámara
Rodríguez-Valenzuela pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Cámara, y cerramos el
debate.




El señor CÁMARA RODRÍGUEZ-VALENZUELA: Ni la intervención de la señora
portavoz del Grupo Socialista ni ninguna otra va a impedir que
nuestro grupo parlamentario dé plena libertad a sus diputados para
que intervengan en política del modo que consideren conveniente. Eso,
al fin y al cabo, es enjuiciado sólo por los ciudadanos, señora
Costa, no por usted ni por mí.




- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LANGREO (ASTURIAS),
EJERCICIOS 1992, 1993 Y 1994 (CORRESPONDE AL NÚMERO DE EXPEDIENTE
251/000105 DE LA VI LEGISLATURA) (Número de expediente del Congreso
251/000033 y número de expediente del Senado 771/000015)



El señor PRESIDENTE: Entramos en el punto número nueve: Propuesta de
resolución que presenta el Grupo Popular sobre el Ayuntamiento de
Langreo.

Tiene la palabra su portavoz, la señora Castro.




La señora CASTRO MASAVEU: Presentamos una propuesta de resolución que
se atiene única y exclusivamente al texto del informe de
fiscalización del Tribunal de Cuentas al Ayuntamiento de Langreo. No
hacemos ninguna valoración de este informe de fiscalización, puesto
que consideramos que la propuesta



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debe ser rigurosa, seria y fiel al texto del Tribunal. Así se hace,
recogiendo textualmente, palabra por palabra, sin quitar ni añadir
una coma, los hechos que recoge el Tribunal.

Nuestra propuesta de resolución tiene dos partes: la primera,
relativa a las actuaciones de especial relevancia económico-
financiera. Cuando el Ayuntamiento adjudica incorrectamente la
explotación de un aparcamiento público, es importante que se analice
por qué se hizo de esa forma, puesto que significó una pérdida en la
contraprestación correspondiente y, además, hubo que indemnizar con
un millón de pesetas al adjudicatario. Se recoge, asimismo, la
adquisición de unos terrenos de la empresa Ensidesa, que se llevó a
cabo a través de precio aplazado, lo que estaba expresamente
prohibido. También recoge nuestra propuesta de resolución
determinados tributos que se cobraron con retraso y a los que no se
aplicaron intereses de demora. Creemos que el Tribunal debe seguir
profundizando en estas cuestiones.

Cosas más graves suceden cuando hablamos de contratación y
adjudicación de obras, así como del seguimiento de las obras que se
realizaron en el Ayuntamiento de Langreo en los años fiscalizados. En
el informe queda recogido textualmente que hay dejación del principio
de transparencia que debe presidir toda contratación, y también
existe una falta de control interno en la gestión de la misma. Se
destaca la forma anómala en la que se realizaba, incumpliéndose en la
tramitación de los expedientes la normativa reguladora, así como una
serie de deficiencias entre las que yo, por no alargarme, quisiera
destacar que existe un incumplimiento que señala el Tribunal de las
funciones del secretario y del interventor; no se deduce de las
modificaciones del contrato el porcentaje correspondiente a la baja
de licitación, que supuso un pago indebido de casi ocho millones de
pesetas, con el consiguiente perjuicio a los fondos públicos; se
conculcan los principios de publicidad y concurrencia en la
contratación, algo que recoge fielmente y de forma textual el informe
de fiscalización; falta la tramitación del expediente contractual en
algunos suministros y se utilizan pliegos de condiciones que no se
ajustaban al objeto del contrato. Existe también, y queda recogida en
el informe, la deficiente actuación de los servicios técnicos
municipales que motivó, entre otros hechos, que no había ningún
control sobre las obras. Los modificados que se producían en las
obras se llevaban a cabo sin ninguna autorización por el órgano de
contratación correspondiente; había irregularidades en las
certificaciones de obras que implicaban pagos superiores o inferiores
a los que realmente correspondían, es decir, un absoluto descontrol
de las finanzas municipales. En ocasiones se elaboraban relaciones
valoradas que servían para la expedición de certificaciones de obra
por el propio contratista, lo cual consideramos que es muy grave.

Quisiéramos seguir profundizando en
esas adjudicaciones, a quién se realizaron y de qué forma, por si
pudieran derivarse responsabilidades.

Después, en la novena certificación se ha incluido un exceso de 1,7
millones de pesetas. Efectivamente, estas cantidades no son muy
grandes, pero hay que tener en cuenta la magnitud del presupuesto del
Ayuntamiento de Langreo. Se incrementa injustificadamente un precio
unitario en la red de agua de la Pomar, que supuso un exceso de pago
de más de medio millón de pesetas; en el expediente de limpieza de un
colector se predeterminó al adjudicatario, es decir, se dio a quien
mejor caía y no a quien presentaba una propuesta mejor; el deficiente
control de la ejecución de ese contrato del Ayuntamiento originó que
las facturas incluyeran más días de trabajo que los establecidos en
el presupuesto, que se abonaron, por otra parte, sin justificación
del exceso producido. En el contrato del servicio de limpiezas de
edificios municipales y de dependencias municipales se procedió a un
pago indebido de un millón de pesetas. En el contrato del servicio de
mantenimiento de calefacción de la casa consistorial también fue
objeto de una revisión de precios expresamente prohibida en el pliego
de condiciones, que también incrementó el gasto sustancialmente.

Por todo ello, es por lo que el Grupo Parlamentario Popular solicita
que el Tribunal de Cuentas profundice en lo que se manifiesta en el
informe de fiscalización y que ha quedado, como digo, íntegra y
fielmente recogido, sin ninguna apreciación personal o política que
pudiera dar lugar a que el rigor y la seriedad de nuestra propuesta
quedase empañada.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el
señor Suárez.




El señor SUÁREZ GONZÁLEZ: Voy a ser muy rápido, señor presidente,
porque no creo que dé para mucho el debate sobre el informe del
Ayuntamiento de Langreo. Ya dije en la anterior intervención que
fundamentalmente los problemas que el informe suscita en cuanto al
Ayuntamiento de Oviedo son las deficiencias o las debilidades en la
gestión de un Ayuntamiento como el de Langreo, que tiene pocos medios
y son problemas que se derivan de lo que fue la adaptación del
Ayuntamiento a la nueva normativa contable que se introdujo en 1992.

En el propio informe se dice con absoluta claridad -lo dicen los
inspectores y el Tribunal de Cuentas- que las cuentas generales del
Ayuntamiento en esos años son fiel imagen de la situación financiera
del Ayuntamiento.

Es una resolución innecesaria. Si es innecesaria, ¿por qué se nos ha
presentado? Está claro que cuando mi compañera de circunscripción, la
diputada doña Alicia Castro Masaveu, presenta esta resolución lo hace
-siendo como somos los dos vecinos del Ayuntamiento de Oviedo y
siendo como ha sido ella concejal del Ayuntamiento de Oviedo y
presidenta de la empresa



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Gesuosa-, para ver si hay forma -por la vía de decir que los
socialistas en el Ayuntamiento de Langreo en los años 1992, 1993 y
1994 hicieron mala gestión- de tapar la gestión del Ayuntamiento de
Oviedo desde entonces.

Los calificativos en este informe nada tienen que ver con los del
informe sobre el Ayuntamiento de Oviedo. Téngase claro que esta
propuesta de resolución sólo responde a eso, al intento de ver cómo
se presenta una resolución sobre el Ayuntamiento de Langreo en la que
se diga: vosotros en el Ayuntamiento de Langreo estábais haciendo lo
mismo. Se trata de tapar un poco el debate sobre el Ayuntamiento de
Oviedo, que sí es de dominio público en el conjunto de la región y
del país, que es un Ayuntamiento en cuya gestión hay importantes
irregularidades, Ayuntamiento que se nos presentó como espejo de la
gestión del Partido Popular y que lo que subyace en el fondo son
irregularidades e incumplimientos de la ley. Eso es lo que se trata
de tapar con esta resolución.




El señor PRESIDENTE: Señorías, agotada la primera parte del orden del
día y antes de la comparecencia del presidente del Tribunal de
Cuentas, vamos a proceder a la votación punto por punto.

Vamos a votar el primer punto del orden del día, informe anual del
ejercicio de 1995.




El señor CÁMARA RODRÍGUEZ-VALENZUELA: Señor presidente, nuestro grupo
quisiera ofrecer una redacción transaccional a las propuestas de
resolución números 2 y 3, presentadas por el Grupo Parlamentario
Socialista. Paso a leerla.

A la número 2, nuestra propuesta diría: La Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas considera que la estructura y
presentación de los informes anuales relativos al sector local
mejoraría si se distinguiera... El resto de la propuesta de resolución,
igual: Las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, los ayuntamientos,
las diputaciones, los cabildos insulares y consejos insulares, las
comunidades interinsulares y las demás entidades locales.

La transaccional a la propuesta número 3 diría: La Comisión Mixta
para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas considera que los
informes anuales del sector local, en la parte relativa a
ayuntamientos y diputaciones, podrían mejorar si su análisis se
hiciera diferenciando dichas entidades por tramos de población.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Costa.




La señora COSTA CAMPI: El Grupo Socialista acepta la propuesta del
Grupo Popular.




El señor PRESIDENTE: Señoría, haga el favor de facilitar el texto a
la Mesa.

En consecuencia, votaríamos las propuestas de resolución del Grupo
Socialista, con la transaccional del Grupo Popular.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.

Propuestas de resolución del Grupo Popular.




La señora COSTA CAMPI: La transacción que proponía el diputado Cámara
era respecto a las propuestas números 2 y 3, no respecto a la número
1. Queda por votar la número 1.




El señor PRESIDENTE: Exactamente, es así.

Procedemos a la votación de la propuesta de resolución número 1 del
Grupo Socialista, al informe anual del ejercicio de 1995.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13;
en contra, 24.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Repito que quedan aprobadas por unanimidad las propuestas números 2 y
3, con las transaccionales que ha propuesto el Grupo Popular y que
ahora hará llegar a esta Mesa.

A continuación, pasamos a votar las propuestas de resolución números
4, 5, 6, 7, 8 y 9, del Grupo Popular. ¿Las votamos
individualizadamente?



La señora COSTACAMPI: No sé los otros grupos, pero nosotros haríamos
la propuesta, para facilitar el trabajo de esta Comisión, de votar la
1 separada y el resto juntas.




El señor PRESIDENTE: Votamos la propuesta de resolución número 1, que
sería la 4, del Grupo Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24;
en contra, 13.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Resto de propuestas de resolución del Grupo Popular.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.

Propuestas de resolución del Grupo de Convergència i Unió.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.




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Propuestas de resolución al informe del ejercicio de 1996. Se
entiende que las transaccionales también lo son a la 2 y a la 3,
igual que en 1995. Votamos la propuesta número 1, del Grupo
Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13;
en contra, 24.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Propuestas de resolución del Grupo Socialista 2 y 3, con la
transaccional del Grupo Popular.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.

La número 1 del Grupo Popular, que sería la cuarta propuesta de
resolución presentada.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24;
en contra, 13.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Resto de propuestas de resolución al informe anual de 1996, del Grupo
Popular.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.

Propuesta de resolución, al ejercicio de 1996, de Convergència i
Unió.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.




Pasamos a las propuestas de resolución presentadas al informe de
fiscalización del Ayuntamiento de Alcorcón.




El señor CÁMARA RODRÍGUEZ-VALENZUELA: Mi grupo solicita votación
separada de la número 1 del Grupo Socialista, que haría la número 5.




La señora COSTA CAMPI: Votación separada de la primera del Grupo
Popular.




El señor PRESIDENTE: En este caso, vamos a votar una por una, ya que
es más cómodo.

Propuesta de resolución número 1, del Grupo Popular.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.




Propuesta número 2, del Grupo Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24;
en contra, 13.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Propuesta número 3, del Grupo Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25;
en contra, 12.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Propuesta número 4, del Grupo Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25;
en contra, 12.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Propuesta de resolución número 5, del Grupo Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24;
en contra, 13.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Propuesta de resolución número 6, del Grupo Socialista.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.




Propuesta de resolución número 7, del Grupo Socialista.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.




Propuestas de resolución presentada al informe de fiscalización de la
Diputación Provincial de Soria, que presenta el Grupo Socialista. ¿Se
pueden votar en su conjunto? (Asentimiento.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13;
en contra, 24.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Propuestas de resolución presentadas al informe del Ayuntamiento de
Alcalá de Henares. Propuesta número 1, del Grupo Popular.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.




Propuesta número 2, del Grupo Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25;
en contra 12.




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El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Propuesta número 3, del Grupo Popular.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25;
en contra, 12.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Propuestas del Grupo Socialista. Votamos la número 1.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12;
en contra, 24; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Propuesta número 2.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.




Propuesta número 3, del Grupo Socialista.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.




Propuestas de resolución presentadas al informe del Ayuntamiento de
Paracuellos del Jarama. Primero las propuestas números 1 y 2, del
Grupo Popular.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.

Propuesta número 1, del Grupo Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12;
en contra, 24; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Propuesta número 2, del Grupo Socialista.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.




Propuesta número 3, del Grupo Socialista.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.




Propuesta de resolución del informe de la Diputación Provincial de
Guadalajara. Propuestas 1 y 2, del Grupo Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13;
en contra, 24.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Propuestas de resolución presentadas al informe del Ayuntamiento de
Oviedo, que presenta el Grupo Socialista. Propuesta número 1.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12;
en contra, 24; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Propuesta número 2, del Grupo Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12;
en contra, 24; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Propuesta número 3, del Grupo Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13;
en contra, 24.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Popular al
Ayuntamiento de Langreo. Votamos todas las propuestas.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25;
en contra, 12.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Señorías, voy a proceder a suspender la sesión dos minutos para
recibir al presidente del Tribunal de Cuentas, anunciando a los
portavoces de los distintos grupos parlamentarios que al final de la
sesión tendremos una reunión de Mesa de portavoces. Se suspende la
sesión por dos minutos.




Se reanuda la sesión.




COMPARECENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (NIETO DE
ALBA) PARAINFORMAR DE LOS SIGUIENTES EXTREMOS:



- DECLARACIÓN DEFINITIVA SOBRE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO DEL
EJERCICIO 1997 (CORRESPONDE AL NUMERO DE EXPEDIENTE 250/000011 DE LA
VI LEGISLATURA) (Número de expediente Congreso 250/000003 y número
expediente Senado 770/000001)



El señor PRESIDENTE: Señorías, reanudamos los trabajos de la Comisión
con la comparecencia del presidente del Tribunal de Cuentas para
informar sobre la declaración definitiva de la cuenta general del
Estado del ejercicio 1997.




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Le damos la bienvenida; siempre es grata la presencia en esta
Comisión del presidente del Tribunal de Cuentas.

Tiene la palabra.




El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): Muchas
gracias, señor presidente. Comparezco aquí, una vez más, para
presentar el informe sobre la declaración definitiva de la cuenta del
Estado del ejercicio 1997.

El pleno del Tribunal de Cuentas ha realizado el examen y
comprobación de la cuenta general del Estado correspondiente al
ejercicio de 1997, función que ejerce por delegación de las Cortes
Generales, de acuerdo con el artículo 136 de la Constitución. El 24
de noviembre de 1999, el pleno, oído el fiscal y consideradas las
alegaciones del Gobierno, ha dictado la siguiente declaración
definitiva.

La cuenta general del Estado correspondiente al ejercicio 1997, con
las excepciones que se indican posteriormente, presenta la estructura
y contenido establecidos en las disposiciones que le son de
aplicación y es coherente internamente y con la documentación
complementaria que le sirve de fundamento. Las salvedades
e infracciones de las normas presupuestarias y contables que se
expresan en los siguientes apartados limitan el reflejo en la cuenta
de la actividad económico financiera llevada a cabo en el ejercicio
por el Estado y sus organismos autónomos, así como de su situación
patrimonial.

Estas salvedades e infracciones, como en declaraciones de ejercicios
precedentes, aparecen recogidas en diferentes apartados referidos a
los aspectos generales de la cuenta, a la cuenta de la Administración
general del Estado y a las cuentas de los organismos autónomos, tanto
de carácter administrativo como de carácter comercial, industrial,
financiero o análogo.

La cuenta general del Estado se ha presentado dentro del plazo
legalmente establecido, aunque algunas cuentas parciales, tanto del
ámbito de la Administración general como de los organismos autónomos,
han sido remitidas con posterioridad al plazo fijado. Por otra parte,
la cuenta no está completa debido a que la Intervención General de la
Administración del Estado, haciendo uso de la facultad que le
confiere la normativa vigente, no ha incluido en los estados anuales
agregados las cuentas de dos organismos autónomos, que no había
recibido en el momento de elaborar los citados estados. Los créditos
iniciales de estos organismos representan el 1 por ciento respecto
del total de los del subsector correspondiente.

En relación con la cuenta de la Administración general del Estado, el
resultado presupuestario del ejercicio, obtenido como diferencia
entre derechos y obligaciones reconocidos en él por operaciones
corrientes, operaciones de capital y operaciones con activos
financieros, representa un déficit de 1.882.999 millones de
pesetas, cifra que supone una reducción del 44 por ciento respecto a
la del ejercicio anterior, y que ha tenido su origen,
fundamentalmente, en la mejora del resultado por operaciones
corrientes, que de un déficit de más de 1,4 billones en 1996 pasó a
reflejar un superávit de 200.000 millones de pesetas, debido a que
los ingresos superaron en un 7 por ciento a las estimaciones
realizadas. El incremento neto de los pasivos financieros fue de 1,8
billones de pesetas, descendiendo un 63 por ciento respecto al
ejercicio anterior. El saldo presupuestario, que resulta de la
diferencia entre el incremento neto de pasivos financieros y el
resultado presupuestario indicado, según cuentas rendidas, ha sido
negativo por 54.268 millones de pesetas.

El Tribunal de Cuentas estima, con relación a estas magnitudes, que
en su determinación no se han aplicado al presupuesto de gastos
obligaciones generadas en el ejercicio, que ascienden, en conjunto, a
231.857 millones de pesetas y, por el contrario, se han imputado a él
obligaciones, generadas en años anteriores, por 154.857 millones de
pesetas. Además, no se han aplicado al presupuesto de ingresos
derechos del ejercicio por 6.846 millones de pesetas y, por el
contrario, se han aplicado incorrectamente 19.138 millones. Por otra
parte, se han imputado derechos de ejercicios anteriores por 6.812
millones de pesetas.

Como efecto neto de estas deficiencias, y considerando exclusivamente
las operaciones de gastos e ingresos que debieron ser imputadas al
presupuesto de 1997, el resultado antes citado se incrementaría en
94.739 millones de pesetas y el saldo en 96.104 millones, resultando
ambos negativos por 1.977.738 millones y 150.372 millones,
respectivamente. Sin embargo, considerando como resultado del
ejercicio 1997 tanto las operaciones de ejercicios anteriores
imputadas a él -al no haberlo sido en los años que procedía- como las
pendientes de imputar del propio ejercicio, el resultado y el saldo
presupuestario presentados en la cuenta general del Estado se verían
incrementados en 244.149 millones de pesetas, por lo que serían
negativos por 2.127.148 y 298.417 millones de pesetas
respectivamente.




Del cálculo realizado por el Tribunal se deduce que se ha superado el
límite global de compromisos de gastos establecidos en la ley de
presupuestos para 1997 en un mínimo de 131.845 millones de pesetas,
al que habría que añadir la mayor parte de los 231.857 millones de
gastos generados en el ejercicio, antes citados, y que no han sido
objeto de compromiso de gasto. El Tribunal considera que no sería
adecuado comparar la superación del límite de este ejercicio con la
de otros ya que está motivada por el canje de deuda pública realizada
durante 1997 para sustituir deudas emitidas en ejercicios anteriores
con tipos de interés superiores.

Al finalizar 1997, la carga neta presupuestaria pendiente de
regularizar, según estimaciones del Tribunal, ascendía a 442.066
millones de pesetas. Del importe



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total de obligaciones, 20.905 millones corresponden a gastos ya
pagados mediante anticipos de fondos; 52.776 millones no estaban
pagados pero sí registrados, y el resto, 392.531 millones de pesetas,
no estaban pagados ni contabilizados. La totalidad de los 24.146
millones de derechos pendientes de aplicar, por su parte, estaban
pendientes de cobrar y de contabilizar.

En el ámbito patrimonial, el balance del Estado del ejercicio 1997
presenta deficiencias significativas en la aplicación de las normas
sobre el inmovilizado no financiero, en relación con la elaboración
de inventarios y registros y con la información que debe suministrar
la memoria. Estas debilidades tienen su origen en la instrucción de
contabilidad para la Administración general del Estado, aprobada por
Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996,
que limita la información a suministrar en la memoria. El Tribunal
considera que una vez diseñado el marco teórico de contabilidad del
inmovilizado no financiero del Estado debe procederse a la
elaboración de inventarios detallados y rigurosos de todas y cada una
de las rúbricas que lo integran, que permitirían mejorar el control
de estos bienes y la representatividad de los actuales saldos
contables y la información que suministra la memoria.

Como en ejercicios anteriores, se observa la ausencia total de
amortizaciones para los elementos que forman parte del inmovilizado
material. Existen también tratamientos contables inadecuados, que ya
han sido puestos de manifiesto en declaraciones de ejercicios
precedentes, en el registro de los préstamos concedidos al Consorcio
de Compensación de Seguros, por 410.180 millones, por la financiación
de las operaciones derivadas de la gestión del seguro de crédito a la
exportación por cuenta del Estado y en la que el Consorcio es un mero
intermediario, así como en las dotaciones al Fondo de Ayuda Oficial
al Desarrollo, 596.935 millones de pesetas y en los préstamos de
Gobierno a Gobierno, 17.047 millones, en donde el Instituto de
Crédito Oficial es un gestor por cuenta del Tesoro público. Por otra
parte, los préstamos a Rumasa, 677.500 millones, vinculados a la
cobertura de su déficit financiero, y a la Seguridad Social, 2,3
billones en el período 1992-1997, se consideran de difícil reembolso,
no habiéndose dotado, sin embargo, las oportunas provisiones.

Dentro de los préstamos a la Seguridad Social se encuentran 561.122
millones de pesetas concedidos para la cancelación de obligaciones
del Insalud pendientes de pago al finalizar 1991. En el documento que
desarrolla la declaración definitiva se indican las posibles
alternativas de solución que contempla el Tribunal, que ya fueron
recogidas en el análisis de la cuenta general correspondiente a 1996,
y la manifestación de que se proceda con la mayor brevedad a su
definitiva resolución, promoviendo, de esta forma, la necesaria
coherencia en las cuentas representativas de las relaciones
financieras entre el Estado y la Seguridad Social.

Al finalizar el ejercicio 1997 los deudores ascendían a 4,2 billones
una vez deducida la provisión para insolvencias, dotada por 395.222
millones de pesetas, cuantía esta última que el Tribunal no ha podido
valorar ante la ausencia de explicaciones suficientes que justifiquen
los criterios y los métodos de cálculo utilizados en su
determinación.

Existe en la cuenta de la Administración general del Estado una
tradicional laguna informativa referente al importe estimado para
hacer frente a las responsabilidades, probables o ciertas,
procedentes de los numerosos litigios en curso o finalizados, de los
que se pudieran derivar obligaciones económicas para la
Administración. Tampoco se incluyen las deudas derivada del contrato-
programa Estado-Renfe y de los convenios por los que el Estado se
comprometió a realizar las aportaciones necesarias para atender las
deudas contraídas por el grupo Barcelona Holding Olímpico, S.A. y por
la sociedad Infraestructuras y Equipamientos Hispalenses.

Las pérdidas económico-patrimoniales del ejercicio, según las cuentas
rendidas, ascienden a 867.455 millones de pesetas, cifra que
representa un descenso del 65,8 por ciento respecto a las pérdidas de
2,5 billones de 1996, motivado fundamentalmente por el incremento en
1,2 billones de los ingresos tributarios y en 300.000 millones de los
ingresos de participación en capital. Considera el Tribunal que en la
determinación del resultado existen operaciones mal contabilizadas,
indebidamente periodificadas o sin contabilizar, por lo que éste se
encuentra indebidamente minorado en 216.401 millones de pesetas y se
situaría en 1.083.856 millones, al margen de la falta de dotaciones
para amortizaciones y provisión, que antes he mencionado. Por otra
parte, el resultado realmente imputable al ejercicio, dentro de un
tratamiento de homogeneidad interanual, pasaría a ser de 930.219
millones de pérdidas, frente a 2,7 billones de pérdidas en 1996.

Antes de finalizar con la cuenta de la Administración del Estado,
quisiera hacer una referencia al remanente de tesorería y señalar que
el documento que desarrolla esta declaración definitiva contiene las
observaciones generales que sobre su configuración actual formula el
Tribunal y que aconsejan su revisión.

Pasemos ahora a las cuentas de los organismos autónomos
administrativos, que se ajustan en lo sustancial a la correspondiente
instrucción de contabilidad y las deficiencias formales detectadas no
pueden considerarse individualmente relevantes. El resultado
presupuestario del ejercicio presenta un superávit de 126.484
millones de pesetas, lo que representa una mejora del 144 por ciento
respecto al ejercicio precedente, debida al incremento de los
derechos reconocidos por impuestos directos. El incremento neto de
pasivos financierosfue de 25 millones, con lo que el saldo
presupuestario



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se sitúa en 126.509 millones de pesetas. Como en la cuenta de la
Administración del Estado, no se han aplicado al presupuesto
obligaciones generadas en el ejercicio y, por el contrario, se han
imputado obligaciones de ejercicios anteriores, fundamentalmente por
una incorrecta periodificación de las prestaciones por desempleo del
Inem, y no se han aplicado determinados derechos del ejercicio,
mientras que se han aplicado derechos generados en ejercicios
anteriores. El efecto neto de estas deficiencias, si se consideran
exclusivamente las operaciones de ingresos y gastos que debieran ser
imputados al ejercicio de 1997, es que tanto el resultado como el
saldo presupuestario se verían incrementados en 6.276 millones de
pesetas. Sin embargo, considerando el resultado de 1997, tanto las
operaciones de ejercicios anteriores como las pendientes de imputar,
al no haberlo sido en los años que procedía, el resultado y el saldo
que deberían figurar en cuentas serían inferiores en 121.830 millones
de pesetas, situándose en 4.654 y 4.679 millones, respectivamente,
frente a las pérdidas de 27.527 millones de pesetas de 1996 en ambos
casos. Quisiera señalar también que, al finalizar 1997, permanecían
sin aplicar al presupuesto derechos y obligaciones por un importe
neto de 124.560 millones, cuantía ésta muy superior a los 14.819
millones de pesetas del ejercicio anterior.

En relación con el balance agregado de los organismos autónomos
administrativos, que al finalizar el ejercicio superaba el billón de
pesetas, las anomalías contables detectadas son similares a las de
los ejercicios precedentes, como son, entre otras, la incorrecta
imputación como inversiones de partidas que en realidad son gastos
corrientes y, al contrario, a la falta de dotación de amortizaciones
del inmovilizado. La Jefatura de Tráfico continúa sin dar de baja de
su balance bienes entregados al uso general por 11.298 millones de
pesetas, y el Inem presenta saldos discrepantes en 12.893 millones de
pesetas, con los recíprocos saldos de la Tesorería general de la
Seguridad Social, por liquidaciones por la recaudación de cuotas de
desempleo y formación profesional y el pago de prestaciones. Los
resultados económico-patrimoniales del ejercicio de los organismos
autónomos administrativos presentan, en conjunto, un ahorro de 33.268
millones de pesetas. Sin embargo, el Tribunal considera que como
consecuencia de las operaciones mal contabilizadas, indebidamente
periodificadas, o sin contabilizar, dicho resultado se encuentra
incorrectamente incrementado en 84.209 millones de pesetas, por lo
que una vez ajustado mostraría un desahorro de 50.941 millones. No
obstante, dentro de un tratamiento de homogeneidad interanual, habida
cuenta de que se han incluido como ajustes 116.273 millones
correspondientes a ejercicios anteriores, el resultado del ejercicio
pasaría a ser positivo por 65.332 millones de pesetas.

En cuanto a las cuentas de los organismos de carácter comercial,
industrial, financiero o análogo, en sus
aspectos formales presentan deficiencias similares a las señaladas
para las de carácter administrativo. Como en ejercicios anteriores,
no se aplican criterios uniformes en la distinción entre las
operaciones comerciales y presupuestarias, debido en parte a la
insuficiente definición normativa existente, que ha dado lugar a
tratamientos contables diferentes de un mismo tipo de operaciones
y ha hecho posible la elusión de las limitaciones propias de los
créditos presupuestarios en al menos 7.621 millones, que corresponden
fundamentalmente al Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

El resultado presupuestario agregado presenta un superávit de 41.247
millones de pesetas, frente a las pérdidas de 8.938 millones de
pesetas de 1996, consecuencia del resultado de las operaciones
comerciales. La disminución neta de pasivos financieros fue de 3.437
millones de pesetas, con lo que el saldo presupuestario se situó en
37.810 millones. El Tribunal considera que estas cifras están
sobrevoladas en 2.504 millones de pesetas, por lo que una vez
ajustadas se situarían en 38.743 y 35.306 millones, respectivamente.

Si se consideran como resultados de 1997 tanto las operaciones de
ejercicios anteriores imputadas a él como las pendientes de imputar
del propio ejercicio, el resultado y el saldo presupuestario serían
inferiores en 7.923 millones de pesetas, alcanzando los 33.324 y
29.887 millones. Los balances de situación de los organismos
autónomos comerciales presentan deficiencias similares a ejercicios
anteriores que aparecen detalladas en la fundamentación de esta
declaración.

En relación con el remanente de tesorería, pese a que la nueva
normativa contable lo generaliza para estos organismos con la
finalidad de sustituir al fondo de maniobra, tal hecho no se ha
materializado en la normativa presupuestaria de 1997, ni tampoco en
la de los ejercicios posteriores y, en consecuencia, los organismos
han tenido que seguir operando con el fondo de maniobra. El Tribunal
considera al respecto que la inadecuada presupuestación y utilización
del fondo de maniobra origina situaciones de exceso o defecto de
capital circulante, dificulta la instrumentación de una política
coherente de transferencias entre el Estado y los organismos y, en
definitiva, perjudica la debida aplicación del principio de unidad de
caja. Los resultados económico-patrimoniales del ejercicio de estos
organismos presentan un ahorro de 68.517 millones de pesetas, cifra
similar a la del ejercicio precedente y que el Tribunal considera
que, como consecuencia de operaciones mal contabilizadas, está
incorrectamente incrementada en 27.776 millones de pesetas, por lo
que una vez ajustada se situaría en 40.741 millones.

Para finalizar, quisiera destacar a SS.SS. que en la fundamentación y
desarrollo de la declaración, como apartado independiente, se
contiene, como es habitual, la información relativa a la resolución
tercera de los plenos del Congreso y del Senado en sus sesiones de 30
de junio y 14 de septiembre de 1994, respectivamente,



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y a la resolución de los plenos del Congreso y del Senado de 27 de
mayo y 16 de junio de 1999, respectivamente.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència
i Unió), tiene la palabra su portavoz señor Martí.




El señor MARTÍ I GALBIS: En nombre propio y en el de mi grupo
parlamentario quiero dar la bienvenida de nuevo a esta Comisión al
presidente del Tribunal de Cuentas, agradecerle su extensa
intervención y felicitarle por su trabajo riguroso y profesional con
motivo de su informe sobre la cuenta general del Estado del ejercicio
de 1997. En nombre de mi grupo parlamentario voy a hacer unos muy
breves comentarios al respecto.

En primer lugar, tal como se deduce del exhaustivo informe de la
declaración definitiva sobre la cuenta general del Estado de 1997 y
de las valoraciones que acaba de realizar el presidente del Tribunal
de Cuentas, se constata un conjunto de defectos y de desajustes en la
elaboración de la cuenta general del Estado y de las entidades que la
conforman. Esta constatación lleva al Tribunal de Cuentas a proclamar
la necesidad de que el Gobierno adopte las medidas que sean
necesarias para que la cuenta general se ajuste plenamente a la
legislación aplicable a los principios que deben informar su
elaboración y rendición.

En segundo lugar, retomando las últimas palabras del presidente del
Tribunal de Cuentas, debe resaltarse que el apartado sobre
información relativa a determinados acuerdos de los plenos del
Congreso y del Senado, de 30 de junio y 14 de septiembre de 1994, en
concreto la que hace referencia a las medidas adoptadas por el
Tribunal para exigir responsabilidades, establece que del examen y
comprobación de la cuenta general del Estado del ejercicio 1997, no
se deduce la existencia de responsabilidades contables, sin perjuicio
de lo que a este respecto pueda resultar de los singulares
procedimientos fiscalizadores que el Tribunal acuerde realizar y que
estén relacionados con las partidas referidas, es decir, las partidas
que incrementan o disminuyen indebidamente los resultados del
ejercicio.

Un tercer aspecto que creemos destacable, más allá de las cuestiones
relacionadas con los criterios del Tribunal de Cuentas no siempre
compartidas por el Gobierno y la Administración general del Estado,
tal y como se deduce del conjunto de alegaciones presentadas por el
Gobierno y que forman parte de la misma declaración definitiva sobre
la cuenta general del Estado, es el hecho de la corrección de
determinadas deficiencias puestas de manifiesto en la cuenta general
del Estado del ejercicio de 1997 en relación con la cuenta general
del ejercicio de 1998, al menos en los trabajos ordinarios de examen
y comprobación de esta cuenta que se han realizado por el Tribunal
desde el cierre del
ejercicio de 1997. Por tanto, podemos constatar, en principio, una
cierta rectificación del Gobierno respecto a los criterios que el
mismo Tribunal pide en relación a la mejora de la presentación de las
cuentas. Este aspecto es importante, pues el análisis de las cuentas
del Estado examinadas en perspectiva y en su correspondiente
secuencia histórica ofrece información precisa y clara sobre la
bondad o no de la tendencia que marcan sus resultados.

Otro aspecto que queremos destacar es que la ampliación del ámbito de
la cuenta general del Estado en el sentido de su coincidencia con el
de los Presupuestos Generales del Estado, fruto de una moción del
pleno del Tribunal y de la posterior modificación del artículo 132
del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, tendrá sus
efectos en la declaración definitiva de la cuenta general del Estado
del ejercicio de 1999, ya que la nueva situación viene definida por
la Ley 50/1998, de 30 de diciembre. Esta circunstancia hace que la
cuenta general del Estado no incluya el análisis de los presupuestos
de la Seguridad Social, de las sociedades estatales y el resto de
entes del sector público estatal y, por tanto, no dispondremos de una
foto panorámica del conjunto del sector público hasta la declaración
definitiva sobre la cuenta general del año 1999, según nuestro
entender.

En otro orden de cosas, quiero destacar también la falta de
consistencia interna de los datos contenidos en la cuenta general del
Estado, tal y como constata el mismo Tribunal de Cuentas. Creemos que
esta circunstancia, al desvirtuar la información de las distintas
cuentas integrantes de ella y, en consecuencia, perturbar la
exactitud de los estados contables que configuran la cuenta general,
debería ser motivo de reflexión -y supongo que también de enmienda-
por parte del Gobierno de cara a la admisión de las cuentas de los
próximos ejercicios presupuestarios. Asimismo debe recordarse que,
aunque no constituya incumplimiento normativo, el Tribunal echa en
falta en la memoria un estado de operaciones no presupuestarias
análogo al establecido para la Administración institucional.

Por lo que se refiere a las cuentas de los organismos autónomos
administrativos, hay que destacar que la totalidad de las cuentas
fueron remitidas al Tribunal fuera de plazo y con un retraso medio de
tres meses; situación que debería subsanarse de inmediato al objeto
de cumplir con la legalidad vigente y facilitar la labor del mismo
Tribunal de Cuentas. También hay que señalar que son numerosos los
organismos que continúan adoleciendo de falta de rigor en la
presentación de la información que debe contener la memoria y la
documentación complementaria.

Por lo que respecta a los remanentes de tesorería de los organismos
autónomos administrativos, y teniendo en cuenta las observaciones del
Tribunal en el sentido de la existencia de disparidad de criterios
por parte de los mismos respecto de las partidas que se deben incluir



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en el cálculo de sus remanentes, pediríamos al señor presidente del
Tribunal de Cuentas su opinión respecto de las posibles soluciones
que cabría adoptar para dar respuesta a la insuficiente concreción de
la propia normativa que regula el cálculo de los remanentes.

Por lo que se refiere a los organismos autónomos comerciales,
independientemente de su evolución en próximas declaraciones
defintivas, quiero poner de relieve la recomendación del Tribunal al
Gobierno en el sentido de que éste realice un análisis de la
situación financiera de estos organismos al objeto de una adecuada
presupuestación y para evitar situaciones de exceso o defecto de
financiación.

Para finalizar, quiero expresar nuestra confianza en que el Gobierno
y la Administración general del Estado atenderán en sucesivas
rendiciones de cuentas del Tribunal las recomendaciones realizadas
por éste y llevarán a cabo las correcciones necesarias expresadas en
la fundamentación y desarrollo de la declaración definitiva que nos
ocupa.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Socialista tiene la palabra la
señora Costa.




La señora COSTA CAMPI: Bienvenido de nuevo, señor presidente del
Tribunal de Cuentas, en nombre propio y en el de mi grupo. Le
agradecemos el detalle con que ha abordado los diferentes puntos en
su intervención. La nuestra va a girar en torno a cinco aspectos que
nos parecen especialmente importantes. Previamente a la exposición de
cada uno de ellos, para facilitar el trabajo de la Comisión y en
especial del presidente, enumeraré cuáles son esos cinco aspectos. En
primer lugar haré referencia a la falta de correlación entre la
cuenta general de la Seguridad Social y la cuenta general del Estado
del ejercicio que nos concierne. En segundo lugar trataré del
desigual trato dado en el ajuste a ciertas operaciones que detallaré.

En tercer lugar me referiré al silencio del Tribunal sobre la
suficiencia o insuficiencia de la provisión para insolvencias de
deudores dotadas por la Administración general del Estado. En cuarto
lugar hablaré de la necesidad de contar con un censo de fundaciones
públicas y de consorcios. Y a continuación, como último punto, pasaré
a justificar esta necesidad.

Respecto a la primera cuestión, queremos constatar una vez más la
falta de correlación entre las cuentas de la Seguridad Social y las
del Estado. Esto se produce, a nuestro entender, porque la Tesorería
general de la Seguridad Social tiene registrado en su balance un
derecho frente a la Administración general del Estado por un importe
neto de 589.277 millones, mientras que en la contabilidad de ésta
-como saben- no aparece la correspondiente partida. Esto se señala en
la declaración definitiva del 1997, páginas 53 y 54. Esta
discrepancia debe ser corregida por el Gobierno sin más dilación,
adoptando una de las medidas que propone el
Tribunal en el texto de la declaración definitiva de 1977. Y le
pregunto, señor presidente del Tribunal, qué es lo que piensa
respecto a esta cuestión que a nosotros nos preocupa.

En segundo lugar y en relación al siguiente punto, cabe señalar que
en el texto de la declaración definitiva elaborado por el Tribunal de
Cuentas se examinan determinadas operaciones que no están tratadas de
forma correcta en la cuenta general del Estado, pero de las que el
Tribunal no propone -o al menos así lo hemos creído- los ajustes
correspondientes. Esta situación contrasta, en cambio, con el examen
de otras operaciones de las que ha hecho mención el señor presidente
del Tribunal de Cuentas en su exposición sobre las que sí se proponen
los ajustes correspondientes, sin que sepamos cuáles son las razones
que explican este diferente tratamiento. Por ejemplo, entre las
operaciones no ajustadas destacan las siguientes, algunas de ellas
-repito- ya citadas hace un momento por el presidente. Una de ellas
es la relativa a los préstamos concedidos por el Estado a Rumasa, por
importe de 692.057 millones de pesetas, que no son provisionados
a pesar de que se reconoce en el propio texto la escasa solvencia de
Rumasa. Se puede ver esto en la declaración definitiva en las páginas
52 y 53. Otra es el endeudamiento de Renfe por cuenta del Estado y
las deudas contraídas por el Grupo Barcelona Holding Olímpico, Holsa,
por importe de 88.246 millones y 112.399 millones de pesetas
respectivamente, que el Estado no tiene recogidos en su contabilidad
y para los que el Tribunal no vemos que proponga los ajustes
correspondientes. En relación con estas operaciones entendemos que el
Gobierno debería adoptar las medidas necesarias para solucionar esta
falta de representatividad de su balance. Por su parte, el Tribunal
debería proponer en sus declaraciones definitivas las correcciones
contables que considere oportunas, ya que sólo se señalan las
deficiencias detectadas, y en cambio nuestra sugerencia evitaría el
diferente tratamiento de situaciones análogas en el texto de la
declaración definitiva. Ello le daría coherencia interna a las
declaraciones definitivas, coherencia de la que hoy por hoy carecen.

Por ello pregunto al señor presidente si tiene previsto el Tribunal
resolver el asimétrico trato que da a estas operaciones señaladas.

En tercer lugar, respecto a las cuestiones sobre la suficiencia o
insuficiencia de la provisión para insolvencias de deudores dotadas
por la Administración general del Estado, consideramos que sería
oportuno que el Tribunal se pronunciara sobre la suficiencia o
insuficiencia de la provisión dotada por la Administración general
del Estado. Dado que el Estado no ha aportado al tribunal la
información necesaria sobre los criterios y métodos sugeridos para el
cálculo de esta provisión, entendemos que el trabajo de la Comisión
mejoraría si se dispusiera de ella. La actual situación limita la
información que se facilita a los destinatarios del informe y supone
mantener



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un año más el desigual tratamiento que da a esta provisión el
Tribunal, frente al más completo y exhaustivo que el mismo realiza de
la provisión para insolvencias dotada por la Tesorería general de la
Seguridad Social del Estado, tal y como señala la propia declaración
definitiva en las páginas 61 y 62. En consecuencia, entendemos que el
Gobierno debería facilitar al Tribunal la información necesaria sobre
los criterios y métodos de cálculo seguidos para el cálculo de la
provisión para insolvencias de deudores para con la Administración
general del Estado, a los efectos de que éste pueda valorar esta
insuficiencia o suficiencia de la provisión dotada e informar de ello
a las Cortes. Señor presidente, le pregunto por qué el Tribunal,
viendo que año tras año el Gobierno no le facilita esta información,
no toma una decisión al respecto. O bien, si la ha tomado, si nos la
puede explicar. En cuanto a los puntos cuarto y quinto, relativos a
las fundaciones públicas y consorcios, defendemos la necesidad de
disponer de dos censos, respectivamente. Señor presidente del
Tribunal de Cuentas, como usted sabe muy bien, en diciembre de 1996
fueron creadas las primeras fundaciones públicas sanitarias (la
fundación Hospital Alcorcón y la fundación Hospital Manacor) mediante
la formalización el 18 de diciembre de 1996 de sus escrituras
públicas. Como usted sabe, ambas empezaron a funcionar en 1997 y sus
cuentas están ya formando parte de la cuenta general de la Seguridad
Social de 1997. Las cuentas agregadas o consolidadas de las
fundaciones de titularidad pública estatal, según el artículo 132 de
la Ley General Presupuestaria, forman parte de la cuenta general del
Estado y es público y notorio que en la actualidad existen más
fundaciones públicas de las que he citado, por lo que parece
indudable que el interés de las fundaciones públicas va a ir en
aumento. De hecho, el proyecto de ley 121/07, de medidas fiscales,
administrativas y de orden social, actualmente en trámite
parlamentario, en su título cuarto (normas de gestión y organización
administrativa) se ocupa de nuevo muy extensamente de las fundaciones
estatales. En el mismo contexto de las fundaciones se plantea la
necesidad de disponer de un censo de los consorcios en los que
participan la Administración general del Estado, las comunidades
autónomas o las entidades locales. Ustedes saben que se trata de una
figura de creciente implantación en todos estos ámbitos, que tuvo su
origen en el ámbito local, y actualmente el artículo 66.5 de la Ley
30/1992, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de
la Ley 30/1992, se refiere a ellos. Las cuentas de los consorcios,
constituidos mayoritariamente, como sabemos, por entidades estatales,
cuando forman sus cuentas de acuerdo con los principios y normas de
contabilidad recogidos en el plan de contabilidad pública y normas de
desarrollo (artículo 132 de la Ley General Presupuestaria en su
actual redacción), forman parte de la cuenta general de las
administraciones públicas. Por todo ello nos parece razonable, para
el trabajo del Tribunal de Cuentas y para esta Comisión, que se
elaboren censos de las fundaciones públicas y de los consorcios,
incluyendo los estatales y los de origen autonómico y local. Le
pregunto, señor presidente del Tribunal, si están elaborando estos
censos o disponen de ellos para poder acceder nosotros también a los
mismos, porque consideramos que la cuestión es importante. Si una
fundación pública -y esto lo vemos en la lectura de los documentos- o
un consorcio no rinden al Tribunal sus cuentas anuales, ¿cómo podemos
saber y cómo puede saber el Tribunal que están incumpliendo si no
sabemos ni sabe tampoco el Tribunal si existe o no tal fundación o
consorcio?
No tengo nada más que plantear, sino agradecer de nuevo su presencia
en esta comisión.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la
palabra el señor Cámara.




El señor CÁMARA RODRÍGUEZ-VALENZUELA: Cómo no, quiero dar de nuevo la
bienvenida al presidente del Tribunal de Cuentas en la presentación
de la declaración definitiva de la cuenta general del año 1997.

Yo quisiera comenzar, si me lo permiten, con una intervención de tipo
didáctico en relación a lo que se ha venido escuchando en la Comisión
de Relaciones con el Tribunal de Cuentas desde el comienzo de la
legislatura. A mí me parece que, de seguir así, puede acabar
desvirtuándose el verdadero objeto de esta Comisión para parecerse
más a una comisión mixta de control del Tribunal de Cuentas, dejando
de ser la Comisión Mixta Congreso-Senado de Relaciones con el
Tribunal de Cuentas. Esto es esencialmente diferente al planteamiento
que en esta mañana y en alguna otra yo he escuchado por parte de
algún portavoz, en concreto del Grupo Parlamentario Socialista.

Nuestro grupo parlamentario entiende perfectamente lo que dice el
artículo 10º de la Ley 2/1982, Orgánica del Tribunal de Cuentas del
Estado, que dice que el Tribunal de Cuentas -leo, con su permiso,
señor presidente, de forma literal-, por delegación de las Cortes
Generales, procederá al examen y comprobación de la cuenta general
del Estado. Eso es lo que estamos haciendo en el día de hoy. Por
tanto, no es un ejercicio de control de la actividad fiscalizadora
del Tribunal de Cuentas, sino que es el cierre del procedimiento de
rendición ante la Cámara legislativa, ante el órgano legislativo, de
los Presupuestos Generales del Estado, que comienza en una sesión de
una comisión, como la que ayer se celebró en esta Cámara en la
Comisión de Presupuestos, para debatir y aprobar las enmiendas
presentadas a los Presupuestos Generales del Estado cada año y que se
cierra unos años más tarde -en este caso cuatro años más tarde, en
ningún caso imputable al Tribunal- con la declaración definitiva de
la cuenta general de la Administración del Estado. Este es un proceso
que comienza con el debate del proyecto de ley que aprueba la Cámara,



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que tiene un segundo momento que es la ejecución de los Presupuestos
Generales del Estado por parte del Gobierno y que tiene un tercer
momento que es la aprobación de la cuenta general por parte del
Tribunal de Cuentas, y el Tribunal de Cuentas actúa por delegación,
presentando la cuenta general, que en definitiva lo hace para
soportar y para dar la posibilidad de que haya un debate político
entre opciones políticas. Por tanto, yo quiero decirles que a partir
de este momento voy a hacer la intervención que creo que es el objeto
de la Comisión de Relaciones con el Tribunal de Cuentas, y no de una
comisión de control del Tribunal de Cuentas, que creo que es algo
esencialmente distinto y que desde luego no constituye la misión de
esta Comisión. Parece sorprendente, desde el punto de vista político,
que mi intervención, la de ahora de nuestro grupo parlamentario, sea
la primera en la que se diga que son las primeras cuentas de un
Gobierno del Partido Popular, y esta es una Cámara política,
señorías. Yo quiero además utilizar este momento para felicitarme y
felicitar al Gobierno de mi país, al Gobierno de España, por
presentar unas cuentas tal y como se presentan en el ejercicio del
año 1997.

Las cuentas del Estado eran propias de un enfermo en fase terminal y
el Gobierno del Partido Popular, en el año 1997 -y permítanme el
símil médico-, las sometió a cirugía invasiva para hacerlas parecer
algo completamente distinto a lo que iban siendo. Teníamos un enfermo
en fase terminal y tenemos ahora mismo un sujeto que ciertamente
tiene dolencias, algunas más graves y otras menos graves, tiene
achaques, pero no es ningún enfermo terminal. Por tanto, lo que
quiero decir es que, como consecuencia de la cirugía invasiva de la
política implementada por el Gobierno del Partido Popular a partir
del año 1997, la cuenta general de la Administración del Estado es
una bien distinta a la que venía siendo en años anteriores. El señor
presidente del Tribunal de Cuentas ha hecho referencia a mejorías. Es
cierto que hay mejorías, pero yo no sé si llamaría mejorías
a porcentajes tan altos como el 66 por ciento en la presentación de las
cuentas del pasivo financiero o el 44 por ciento en la reducción de
las cuentas del déficit. Eso ciertamente es una mejoría, pero es algo
más que una mejoría; es cambiar el sujeto pasivo de las
investigaciones o de la fiscalización del Tribunal de Cuentas.

Estamos hablando de un sujeto esencialmente distinto y es lo que
quiero poner de manifiesto para comenzar. El Gobierno del Partido
Popular ha convertido la cuenta general de la Administración del
Estado en algo distinto como consecuencia de su gestión respecto a lo
que era en épocas anteriores. Son las primeras cuentas presentadas
por el Partido Popular. Se siguen observando deficiencias, algunas
graves que hay que corregir, y cuya corrección se hará en ejercicios
posteriores.

Voy a mencionar los puntos más relevantes relacionados con las
deficiencias que aparecen en la declaración definitiva de la cuenta
general. Respecto al resultado
presupuestario, se habla de una reducción del 44 por ciento en
el año 1997 respecto a 1996. No es una reducción sin más, sino una
importante reducción. En cuanto al saldo presupuestario que resulta
de la diferencia entre el incremento neto y los pasivos financieros,
hay -lo ha dicho el señor presidente del Tribunal de Cuentas- una
reducción del 66 por ciento, que tampoco considero sea una mejoría,
sino una gestión que pasa de ser mala a buena, aun con los achaques a
los que voy a hacer referencia a continuación.

Se dice en el punto 6 de la declaración definitiva que no se han
aplicado al presupuesto de gastos determinadas obligaciones por
importe de 231.000 millones de pesetas y es cierto, pero quiero
mencionar la evolución de estas variables. En el año 1990 esta
variable era de 802.000 millones de pesetas; en 1991 era de un billón
200 millones de pesetas; en el año 1992 era de un billón 185.000
millones; en el año 1993 era de un billón 291.000 millones; en el año
1994 era de 800.000 millones de pesetas. Esto es mejorar.

Efectivamente, en los años 1993 y 1994 hubo una mejoría, se pasó de
un billón 200.000 millones de pesetas a 800.000 millones de pesetas.

En el año 1995 también se mejoró y lo puso de manifiesto el señor
Moreno en su intervención en la declaración definitiva de ese año, se
pasó de 800.000 millones de pesetas, pendientes de aplicación a 1.o
de enero, a 672.000 millones; pero es que en el año 1997 estamos
hablando de 200.000 millones de pesetas y esto ya no es mejorar, es
hacer las cosas de otra manera. Hay otro tono y otra forma de hacer
las cosas en la Administración en relación con las cuentas del
Estado. Esto no ocurre porque sí, ocurre porque la primera ley que se
aprobó en el Congreso de los Diputados en el año 1996, que fue
criticada en su momento por el Grupo Socialista porque significaba
aflorar la existencia de 720.000 millones de pesetas de cuentas
perdidas en los ministerios que no tenían consignación presupuestaria
y la necesidad de aprobar un proyecto de ley completo, fue la Ley de
disciplina presupuestaria, de cuya ponencia tuve el honor de formar
parte. Quiero decir que afortunadamente esta ley, en el primer
ejercicio presupuestario, como consecuencia de la modificación del
artículo 63 de la Ley general presupuestaria, pone coto a estas y a
otras inercias que venían sucediéndose en ejercicios presupuestarios
anteriores y que traían como consecuencia que aquel enfermo lo
estuviera en fase terminal.

También se hace referencia en la declaración definitiva a que en el
año 1997 se superó el límite global de compromisos de gastos
establecido en el artículo 10 de la Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 1997 por importe de 131.000 millones. Pero fíjese
que también dice el Tribunal en la propia declaración definitiva que
no sería adecuado -leo textualmente- comparar la superación de límite
de este ejercicio con la de otras, y hace referencia a una operación
de canjede deuda que fue posible en el año 1997 porque los



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tipos de interés empezaban a tener una consideración completamente
distinta a la de ejercicios anteriores. La economía española estaba
reportando a todos los españoles, y también a sus cuentas públicas,
otro tipo de gastos en relación con sus cuentas financieras que
suponían importantes ahorros y lo que hizo la Administración del
Estado ya en el primer ejercicio fue canjear deuda cara por deuda
barata. Esto ha traído como consecuencia algunas mejoras más que
ostensibles y que este año se han puesto de manifiesto. En los días
anteriores tuvimos ocasión de escucharlo en el debate de los
presupuestos de este ejercicio presupuestario de forma muy acusada.

Por tanto, en todas más que ostensibles mejorías de las condiciones
de la cuenta general del año 1997 no hay inercias, sino que hay una
actividad -insisto- de cirugía sobre las cuentas del Estado a través
de la Ley de disciplina presupuestaria; a través de lo que en
ejercicios posteriores fue el real decreto 339/1998, que obligaba a
determinados entes, centros gestores de la Administración del Estado
a comunicar la adopción de medidas para corregir diferencias y que
fueron teniendo resultados más que positivos; a través de la Ley de
acompañamiento referente al año 1999 sobre control interno de gestión
económico-financiera de organismos autónomos; a la circular 1/1999,
de 26 de marzo, de control financiero; al acuerdo del Consejo de
Ministros de 8 de enero de 1999 sobre régimen de control económico-
financiero aplicable por la Intervención General de la Administración
del Estado, a determinados organismos públicos; a la recientísima
orden de 13 de enero de 2000 de constitución de bases de datos para
el registro de subvenciones en la IGAE.Es decir, que se han hecho
cosas, y se han hecho cosas que al final han traído como consecuencia
que no sólo en la primera cuenta rendida por el Gobierno del Partido
Popular, que fue la del año 1997, hay mejoras más que apreciables,
sino que en relación con el punto 6, al que hacía referencia, el
propio Real decreto 12/1996 permitió que se haya agilizado de forma
definitiva la promulgación de leyes y reales decretos de imputación
de gastos a ejercicios anteriores, de modo que el desfase de la
imputación a presupuestos de los mismos es cada vez menor. Y no es
que sea menor en el año 1997, ya verán como en el año 1998 vamos a
poderlo comprobar. No quisiera que SS.SS. entendiera que hay una
intervención triunfalista por parte del Gobierno Popular, porque no
la hay de ninguna de las maneras. Sigo siendo plenamente consciente,
y sigue siendo plenamente consciente nuestro grupo parlamentario, de
que existen dolencias en la cuenta general de la Administración del
Estado, pero no quiero dejar de mantener que estamos ante un sujeto
completamente distinto al que nos solíamos encontrar.

En relación con la declaración definitiva, en el punto 10 se sigue
haciendo referencia, en cuantías muy distintas eso sí, a que
permanecieran al final del ejercicio sin aplicar al presupuesto
obligaciones originadas
en el año 1997. Pues bien, el importe de gastos no aplicables es
inferior en 1996 y 1997 a lo que ocurría en años anteriores, y esto
lo pueden comprobar todos ustedes en el anexo 1 que el Tribunal de
Cuentas presenta, junto con la declaración definitiva, que además
incluye las cifras desde el año 1990.

Los gastos pendientes de aplicar a 31 de diciembre correspondientes
al propio ejercicio fueron de 248.000 y 231.000 millones en 1997,
frente a los 618.000 del año 1995; y en buena medida los gastos
pendientes de aplicar a 31 de diciembre son consecuencia de desfases
temporales que se producen en algunas ocasiones de forma inevitable,
subsanándose, como saben o debieran saber todas SS.SS., su falta de
imputación en el presupuesto del ejercicio corriente. Pero aquí, y en
relación con el año 1997, todos los gastos que aparecen en la
declaración definitiva del Tribunal, si hubiera un apartado de hechos
posteriores podrían comprobar que todos los gastos estaban ya
aplicados al presupuesto en el ejercicio siguiente, con excepción de
1.395 millones de pesetas de deudas con el Banco Hipotecario, hoy
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, 75.396 millones con Renfe y 1.698
con Minas de Almadén. Y en relación con los 55.379 millones con el
Instituto de Crédito Oficial saben, o se lo digo yo, que está
prevista una regularización de esta situación por medio de la
Intervención general de la Administración del Estado; yo creo que lo
veremos antes de que finalice este período de sesiones.

Quedan pendientes de aplicar, y esto sigue subsistiendo desde años
anteriores, gastos con distintas procedencias en buena medida de
ejercicios anteriores a 1997 en los que siguen existiendo
discrepancias técnico- contables sobre si se deben o no imputar a
presupuesto y cómo aplicarse. Son, por ejemplo, los créditos a países
en vías de desarrollo, en concreto créditos antiguos concedidos en
los años setenta a distintos países como República Dominicana, Guinea
Ecuatorial, Cuba, Nicaragua, etcétera, por importe de 20.000 millones
de pesetas. El Tribunal de Cuentas considera, con criterio diferente
al de la Intervención general de la Administración del Estado, que
deben imputarse al presupuesto por estar otorgados por el Gobierno o
por el Banco de España. También hay una diferencia de criterio
contable en relación con los créditos referidos a Rumasa, pero
definitivamente esto es aceptado por la Intervención general de la
Administración del Estado y según nuestros datos esta diferencia
desaparece y muchas otras desaparecerán ya en la cuenta general que
rendirá la Administración del Estado en el año 2000. Tenga usted la
seguridad de que cuando la Administración del Estado, la Intervención
general de la Administración del Estado, la Secretaría de Estado de
Presupuestos, el Ministerio de Economía y Hacienda, toma esta
declaración definitiva en el año 1997 en todas sus recomendaciones lo
hace no sólo para hacer propósito de enmienda, sino para hacer
-permítanme también el símil- un verdadero acto de contrición y poner
en



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marcha medidas que modifiquen aquellas pegas, aquellas dolencias que
siguen apareciendo en la cuenta general de la Administración del
Estado.

Finalizo ya, señor presidente, diciendo que no es una formidable
presentación de la cuenta general de la Administración del Estado, no
es la mejor forma de presentarla. Siguen existiendo deficiencias que
hay que seguir subsanando, pero nuestro grupo parlamentario está
convencido de que es simplemente un ejercicio presupuestario con
relación a los anteriores que va a dar otro tono completamente
distinto a la presentación de las cuentas y van a ver cómo además el
Gobierno actual, el Gobierno del Partido Popular va a seguir
implementando medidas. No se va a dormir, no va a vivir de la inercia
ni va a morir de éxito por la presentación de las cuentas, sino todo
lo contrario; va a seguir poniendo en marcha todas medidas necesarias
para facilitar que las deficiencias e irregularidades encontradas por
el Tribunal de Cuentas sean todos los años las menos posibles y que
se pueda ofrecer una sensación muy diferente a la que otros gobiernos
proporcionaban a la opinión pública española sobre las cuentas
públicas. No es gratuito además traer a colación en esta ocasión que,
junto con la presentación de esta cuenta general del año 1997, los
primeros presupuestos ejecutados íntegramente por el Partido Popular,
coincide en el tiempo con el debate del primer presupuesto de
equilibrio presupuestario de la historia de nuestra democracia. Son
dos hitos suficientemente importantes como para que sean valorados en
su justa medida y con justicia por la opinión pública española. Esto
no ocurre porque sí ni porque los ciclos de la economía permitan que
hoy España esté en una situación mejor de la que estaba en el año
1997, que es cierto, sino porque ha habido mucha política puesta al
servicio de la cuenta general de la Administración del Estado, mucha
política al servicio de las cuentas públicas y mucha política que ha
puesto coto a algunas formas de intervenir y de gestionar las cuentas
públicas que hoy son un lejano recuerdo de lo que fue en otros años
la presentación y la rendición de nuestras cuentas. En definitiva, lo
que debe hacer cualquier Gobierno es acreditar ante la opinión
pública, ante los ciudadanos que nos han puesto aquí, que los dineros
que ellos pagan en forma de tributos son gestionados de forma
correcta y son gestionados tan solo para ofrecer bienestar y mejorar
los servicios de todos los españoles.

Soy consciente de que no he formulado preguntas al presidente del
Tribunal de Cuentas. También soy consciente de la multitud de ellas
que han sido presentadas por otros grupos especialmente el Grupo
Parlamentario Socialista. (La señora Costa Campi pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: ¿A título de qué solicita S.S. la palabra?
La señora COSTA CAMPI: Por una cuestión de metodología.




El señor PRESIDENTE: De metodología no; ¿de orden?



La señora COSTA CAMPI: Entiendo que esta Comisión no tiene que
debatir la política económica del Gobierno, porque esto concierne a
la Comisión de Presupuestos o a la de Economía.




El señor PRESIDENTE: Eso no es una cuestión de orden, señoría.




La señora COSTA CAMPI: Es una cuestión que concierne al contenido de
lo que aquí se debate.




El señor PRESIDENTE: Para contestar a los distintos grupos
parlamentarios, tiene la palabra el señor presidente del Tribunal.




El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Nieto de Alba): A título
más bien de aclaración, porque este presidente no presenta otra cosa
que lo que aprueba un pleno, y por tanto no puede extralimitarse
demasiado en sus valoraciones.

Empezando por el señor Martí, de Convergència i Unió, que pide mi
opinión sobre la insuficiencia de la normativa en materia de
remanentes, el presidente tiene que reiterar lo expuesto ya en la
página 76 y siguientes de la fundamentación, que contienen la
necesidad de normar esta cuestión. El remanente de la Administración
general del Estado debe reflejarse en la configuración y en las
liquidaciones de los presupuestos, como fuente de financiación de los
mismos, con una adecuada presupuestación que posibilite -incluso en
la aplicación del fondo de maniobra- esa transferencia coherente
entre el Estado y los organismos autónomos que evite situaciones de
exceso y defecto de financiación y permita aplicar el principio de
caja. Esto es lo que viene reiterando el Tribunal y a la
Administración corresponde hacerlo.

En cuanto a la intervención de la señora Costa, que ha hecho una
serie de preguntas y de consideraciones, quiero remarcar en primer
lugar que lo que se está presentando hoy aquí es la declaración
definitiva, que es examen y comprobación, porque el análisis viene
contenido en el informa anual pendiente de ver por esta Comisión.

En cuanto a la discrepancia entre el Estado y la Seguridad Social,
este presidente reitera la necesidad de que las administraciones se
coordinen y se superen estas discrepancias que merman coherencia
interna a la cuenta; el Tribunal lo está reiterando de nuevo.

Sobre los endeudamientos de Renfe y Rumasa, el Tribunal reitera lo
que ha dicho ya otras veces y pone de manifiesto importes no
registrados. Al configurar el balance del Estado, hay activos
sobrevalorados y pasivos



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infravalorados, lo que no representa una imagen fiel del balance del
Estado, pero esto se arrastra desde hace mucho años, y nosotros
reiteramos esta situación.

En cuanto a la provisión del trato asimétrico de los ajustes, debo
aclarar que el ajuste y observación o defecto apreciados permiten
decir que el Tribunal ya puntualiza todos estos ajustes, que
corresponde a la Administración determinar los importes y señalar los
criterios que utiliza para hacer estos ajustes y provisiones; y al
Tribunal le corresponde valorarlos. Hay que tener en cuenta que
estamos haciendo un control externo, que no puede incidir en las
obligaciones y responsabilidades que tienen los controles internos.

Podemos decir que el Tribunal puede hacer un control del control,
pero no sustituir a los controles internos. Yo soy inspector de un
control interno, hay inspectores de seguros, inspectores de finanzas
o inspectores del Banco de España, y no se les puede decir lo que es
su responsabilidad; lo que se les puede decir es que ese control no
funciona, y aquí se señalan precisamente las deficiencias.

Sobre las fundaciones estatales hay que reiterar, y ya se ha dicho
aquí, que esto formará parte de la cuenta de 1999. Por tanto, será en
ese momento cuando se estudiará y analizará.

En materia de censos, el Tribunal está intentando elaborar y tener
estos censos, pero una vez más la obligación de tenerlos es de los
controles internos y de la propia Administración.

Un tema interesante es sobre las provisiones, empezando por las
provisiones de deudores. El Tribunal ha pedido la información, como
consta en la fundamentación, y se valorará en la declaración de 1998
que ya está finalizándose y pendiente de la sección de fiscalización
y del Pleno.

Respecto a esa provisión y ajustes de la Seguridad Social hay que
decir que el Tribunal viene diciendo a la Seguridad Social y poniendo
de manifiesto una insuficiencia de las provisiones y reiterando qué
criterios está utilizando la Administración para calcularlas. Aquí no
sería honesto por mi parte si no añadiera algo que quizá no esté
suficientemente reflejado en los documentos
que está presentando el Tribunal, porque es una labor del pleno y si
las discrepancias con el presidente o con un consejero son muy
grandes, para eso están los votos particulares, pero no son tan
grandes y sin embargo sí creo que deben puntualizarse.

Creo que la función del Tribunal no es entretenerse en meros cálculos
de provisiones y ajustes para poner de manifiesto que los balances no
reflejan una realidad, sino más bien su función es hacer auténtica
fiscalización para ver si en la Seguridad Social se gestiona bien, si
cuando hay morosos se hacen bien los procedimientos, es decir, una
auténtica fiscalización de gestión, una auténtica fiscalización de si
la gestión es buena, poner de manifiesto a este parlamento si la
gestión es o no buena y como consecuencia de eso sacar que las
provisiones no son suficientes y que si se hiciera un balance no
reflejaría la realidad, pero no enzarzarse en tanto cálculo y en base
de hipótesis de cobros y pagos que después incluso no se admiten, no
hay unanimidad y puede elaborarse algún juicio de valor de que el
balance, por falta de esa cuantificación rigurosa, no es exacto. Por
eso quiero puntualizar que en materia de Seguridad Social cuando se
dice: Con todos los datos que tiene el Tribunal, con todas estas
comprobaciones parece que las provisiones son insuficientes, incluso
algunas veces podían ser insuficientes como mínimo de tanto, pero no
hay que ver en esto esa gran asimetría que se ha querido poner aquí
de manifiesto.

Voy a reiterar una vez más que lo que se está viendo hoy aquí es el
examen y comprobación y que el análisis viene en el informe anual;
estos temas naturalmente son reiterativos y sin embargo también se
aprecia que gracias a que son reiterativos se van tomando ya medidas
para corregirlos.




El señor PRESIDENTE: Señorías, agotado el orden del día, sin más
asuntos que tratar, y dándole las gracias una vez más al presidente
del Tribunal por su gentileza, por su amabilidad y por su
profesionalidad, levantamos la sesión.




Eran las dos y veinticinco minutos de la tarde.