Argitalpenak

BOCG. Sección Cortes Generales, serie A, núm. 515, de 17/12/2003
PDF




BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


SECCION CORTES GENERALES


VII LEGISLATURA


Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS


17 de diciembre de 2003


Núm. 515



ÍNDICE


Composición y organización de órganos mixtos y conjuntos


COMISIONES MIXTAS, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


041/000028 (CD) 571/000001 (S) Elección del Senador don Javier Sánchez-Simón Muñoz como Secretario Primero de la Comisión Mixta para la Unión Europea ... (Página 2)


041/000032 (CD) 570/000003 (S) Baja del Senador don Joan Sabaté Borràs como Portavoz del Grupo Parlamentario Entesa Catalana de Progrès en la Comisión Mixta para el Estudio del Problema de las Drogas ... (Página 2)


Control de la acción del Gobierno


PROPOSICIONES NO DE LEY/MOCIONES


Comisión Mixta para la Unión Europea


161/002159 (CD) 663/000113 (S) Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), para facilitar la libre circulación de trabajadores en el contexto de la ampliación de la Unión Europea. Desestimación
así como enmienda formulada ... (Página 2)


161/002180 (CD) 663/000115 (S) Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre la construcción y el futuro de Europa. Aprobación con modificaciones así como enmiendas formuladas ... href='#(Página3)'>(Página 3)


161/002296 (CD) 663/000120 (S) Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, sobre conocimiento y utilización de los simbolos de la Unión Europea. Desestimación ... (Página 6)


Página 2



COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE ÓRGANOS MIXTOS Y CONJUNTOS


COMISIONES MIXTAS, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


041/000028 (CD)


571/000001 (S)


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG de la elección de don Javier Sánchez-Simón Muñoz como Secretario Primero de la
Comisión Mixta para la Unión Europea.



Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de diciembre de 2003.-La Presidenta del Congreso de los Diputados, Luisa Fernanda Rudi Úbeda.



041/000032 (CD)


570/000003 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG de la baja del Senador don Joan Sabaté Borràs como Portavoz en la Comisión Mixta para el Estudio del Problema de las Drogas, notificada con fecha 4 de diciembre de 2003 por el
Grupo Parlamentario Entesa Catalana de Progrès del Senado.



Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2003.-La Presidenta del Congreso de los Diputados, Luisa Fernanda Rudi Úbeda.



CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY/MOCIONES


Comisión Mixta para la Unión Europea


161/002159 (CD)


663/000113 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG del acuerdo adoptado por la Comisión Mixta para la Unión Europea en su sesión del día 4 de diciembre de 2003, de desestimar la Proposición no de Ley para facilitar la libre
circulación de trabajadores en el contexto de la ampliación de la Unión Europea presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència y Unió) y publicada en el 'BOCG. Sección Cortes Generales', serie A, núm. 443, de 6 de junio de 2003.



A dicha Proposición no de Ley se formuló una enmienda, cuyo texto se inserta a continuación.



Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2003.-La Presidenta del Congreso de los Diputados, Luisa Fernanda Rudi Úbeda.



A la Mesa de la Comisión Mixta para la Unión Europea


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente enmienda a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario
Catalán (CiU), para facilitar la libre circulación de trabajadores en el contexto de la ampliación de la Unión Europea.



Página 3



Enmienda


De modificación.



El texto que se propone queda redactado de la siguiente manera:


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Facilitar el flujo de trabajadores de los nuevos Estados miembros hacia la demanda de trabajo en España, y a garantizar que los trabajadores de los nuevos Estados miembros gocen del mejor tratamiento en nuestro país dentro del régimen
preferencial que contempla el Tratado de Adhesión.



2. A no excluir la posibilidad de aplicación plena del acervo tras la conclusión del período transitorio inicial de dos años, esto es, a partir de 2006, en función de cómo evolucione la situación tras la adhesión de los Diez, de lo que
hagan los socios con mercados de trabajo similares al nuestro y, sobre todo, del tenor del informe que presentará la Comisión en ese momento.



3. A considerar que España se acoja, como también lo harán los Estados miembros con mercados de trabajo similares al nuestro, al arreglo transitorio negociado en el Tratado. Todo ello sin perjuicio de mejorar en lo posible el tratamiento
de los trabajadores procedentes de los nuevos Estados miembros y de las medidas que la Comisión podría proponer en 2006.'


Justificación


Mejora técnica.



Madrid, 3 de diciembre de 2003.- Luis de Grandes Pascual, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



161/002180 (CD)


663/000115 (S)


Se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES, Sección Cortes Generales, del acuerdo adoptado por la Comisión Mixta para la Unión Europea, en su sesión del día 4 de diciembre de 2003, de aprobar con modificaciones la
Proposición no de Ley sobre la construcción y el futuro de Europa, presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y publicada en el 'BOCG. Sección Cortes Generales', serie A, núm. 458, de 27 de junio de 2003, en los siguientes
términos:


'La Comisión Mixta para la Unión Europea insta al Gobierno a seguir contribuyendo al éxito de la próxima Conferencia Intergubernamental, para seguir generando confianza en el proyecto mediante el cual los europeos hemos decidido preservar
nuestros valores, solucionar nuestras discrepancias, articular un espacio de libertad y desarrollar una común realidad política, económica y social mediante el apoyo a los siguientes criterios y medidas en torno a cinco materias:


1. En materia de Criterios e Instrumentos políticos:


1.1 Proponer que el instrumento en que cristalice la reforma se someta a referéndum, que podría celebrarse al mismo tiempo que las próximas elecciones europeas.



1.2 Reafirmar la vigencia de los criterios fundacionales que han sustentado la construcción europea y que han permitido los decisivos avances de los últimos años hacia la unión política y el establecimiento de vías efectivas de cooperación
en los ámbitos de la política social, el empleo, el asilo, la migración, la policía y la justicia. De este modo se asegurará que las necesarias apuestas ante el futuro no menoscaben la consolidación del acervo laboriosamente acumulado ni modifiquen
esencialmente un método de integración progresiva, cuya eficacia está comprobada.



1.3 Preservar el sistema flexible, inherente a la concepción dinámica de la construcción europea, que, enfocada a la consecución de unos objetivos y unos fines comunes, ha hecho posible un progreso continuado.



1.4 Incorporar la Carta Europea de Derechos Fundamentales al futuro Tratado constitucional con pleno valor jurídico, habilitando, además, a la Unión para adherirse en el futuro al Convenio de Roma de protección de los derechos y libertades.



1.5 Primar, en el correspondiente procedimiento legislativo, la aplicación de la codecisión y del voto por mayoría cualificada, con una mayor implicación de los Parlamentos Nacionales, compartiendo en determinados casos el derecho de
iniciativa entre la Comisión y los Estados miembros.



2. En materia de Instrumentos Económicos:


2.1 Confirmar el objetivo principal del Sistema Europeo de Bancos Centrales de mantener la estabilidad de precios y de apoyar las políticas económicas generales de la Comunidad. Los Estados miembros deben esforzarse en considerar las
políticas económicas como asunto de interés común para contribuir a los objetivos de la Unión, con el fin de hacer frente a eventuales crisis asimétricas y de evitar, en lo posible, políticas unilaterales.



2.2 Reafirmar, además, la exigencia absoluta de mantener la estabilidad presupuestaria, y el objetivo de que el déficit público no supere el límite del 3 por 100 del PIB fijado en el Tratado Constitutivo de la Comunidad


Página 4



Europea y recogido en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, y alcanzar el equilibrio presupuestario en un corto plazo.



2.3 Mantener el carácter informal del Eurogrupo como foro exclusivo de diálogo entre los países Euro, la Comisión Europea y el BCE; y aumentar la visibilidad del Eurogrupo a través del nombramiento de un Presidente por un período de dos
años.



2.4 Ampliar el número de supuestos en los que el voto debe de estar restringido en el Consejo a los Estados miembros que participan en la moneda única.



2.5 Orientar la política económica y la política social coordinadamente hacia la consecución de los objetivos recogidos en el art. 1-3.3 del proyecto del Tratado Constitucional de la UE, tras el consenso alcanzado al respecto en el marco de
la Convención Europea, de promover la búsqueda del pleno empleo.



2.6 Reforzar la representación externa de la zona euro a través de la consecución de una voz única en los foros internacionales como Banco Mundial, Fondo Monetario Internacional y el G7. Cada país debería mantener un peso equivalente a su
peso relativo en la zona euro.



3. En materia de Acción Exterior y Defensa:


3.1 Proponer nuevas estructuras y procedimientos que alienten y permitan el desarrollo efectivo de la voluntad política para realizar cambios institucionales y para ello:


3.1.1 Definir mejor en el futuro Tratado los objetivos, intereses y principios de la acción exterior de la Unión.



3.1.2 Llevar hasta las últimas consecuencias la lógica de las decisiones adoptadas en el Consejo Europeo de Sevilla, separando en dos formaciones distintas el actual Consejo de Asuntos Generales y de Relaciones Exteriores.



3.1.3 Consolidar la mayoría cualificada como regla para la adopción de decisiones, atemperada por mecanismos, como el freno de emergencia o la abstención constructiva, para que ningún Estado miembro pueda quedar en minoría en aquellos
asuntos que afecten a sus intereses vitales ni se vea obligado a participar en operaciones contra su voluntad.



3.2 Lograr una mayor coordinación y coherencia en la acción exterior, para lo cual es preciso crear la figura de un Ministro de Asuntos Exteriores de la Unión que podría ser nombrado, mediante mayoría cualificada por el Consejo Europeo, de
acuerdo con el Presidente de la Comisión.



3.3 Con la perspectiva de una Unión dotada de personalidad jurídica internacional, convertir las delegaciones de la Comisión en delegaciones de la Unión, incluyendo funcionarios de la Unión y personal en Comisión de los servicios exteriores
nacionales.



3.4 Crear y reforzar aquellos mecanismos que permitan una adecuada coordinación y cooperación entre el servicio exterior de la Unión y los servicios diplomáticos de los Estados miembros, para llegar así al establecimiento de una Escuela
Diplomática Común, que puede contribuir al desarrollo de una formación complementaria que enfatice los valores y principios comunes para lograr una mentalidad estratégica y administrativa europea.



3.5 Ampliar el rango de misiones de gestión de crisis de la Unión Europea (misiones Petersberg), incluyendo expresamente como objetivo de la política de seguridad y defensa común la lucha contra el terrorismo y contra las amenazas planteadas
por las armas de destrucción masiva.



3.6 Extender al ámbito de la Defensa el mecanismo de cooperación reforzada, con el fin de que los Estados miembros que deseen progresar más decididamente en materia de seguridad y defensa puedan cooperar para potenciar y armonizar sus
capacidades militares a fin de responder más eficazmente a las necesidades operativas de la Unión. A esto contribuiría igualmente la creación de una Agencia Europea de Armamentos.



3.7 Incluir en el nuevo Tratado de la Unión una cláusula de defensa colectiva ante agresiones armadas dentro del territorio de los Estados miembros, que estaría abierta a aquellos países que deseen optar a ella y permitiría la adhesión
progresiva de otros que posteriormente deseen suscribirse a la misma.



4. En materia de Justicia:


4.1 La construcción de un auténtico espacio europeo de justicia, evitando que la delincuencia y, en particular, el terrorismo y el crimen organizado, encuentre la forma de aprovecharse de las diferencias existentes entre los sistemas
judiciales de los Estados miembros para eludir la acción de la justicia y que la incompatibilidad o la complejidad de los sistemas jurídicos y administrativos de los Estados miembros impidan a los ciudadanos ejercer sus derechos, abriendo asimismo
cauces a la cooperación necesaria para el desarrollo de las libertades y de los derechos reconocidos en el marco del Tratado.



4.2 Sobre la base del principio de confianza mutua entre los sistemas jurídicos y jurisdiccionales de los Estados miembros, consagrar en el futuro Tratado, como un principio constitucional, el reconocimiento mutuo de las decisiones
judiciales, teniendo como objetivo alcanzar la libre circulación de decisiones judiciales y extrajudiciales.



4.3 Avanzar en la armonización de las legislaciones nacionales tanto de carácter procesal como material, para alcanzar una mayor convergencia de los sistemas jurídicos y jurisdiccionales de los Estados miembros.



Página 5



4.4 En el ámbito operativo, hay que profundizar en el desarrollo de la cooperación judicial penal, a través del impulso a nuevos instrumentos de cooperación que incrementen su eficacia, y dotando de mayores competencias y responsabilidades a
Eurojust, cuya coordinación ha de reforzarse.



4.5 Dotar de mayores competencias y responsabilidades a Europol en el plano operativo, así como una mayor cooperación policial entre los servicios de los Estados miembros, incluyendo la lucha contra el terrorismo.



5. En materia de Instituciones y sus ámbitos:


5.1 Concentrar la actuación de la Unión en aquellos ámbitos en los que aporte un auténtico valor añadido respecto a la de los Estados miembros, donde éstos no puedan satisfacer eficazmente las demandas de sus ciudadanos.



5.2 Reforzar la participación del Comité de las Regiones, llamado a desempeñar para la vida diaria de la Unión un papel preponderante en la asociación de los poderes regionales y locales, en el procedimiento legislativo, y reconocer su
derecho a impugnar ante el Tribunal de Justicia los actos que vulneren sus prerrogativas o el principio de subsidiariedad.



5.3 Fundar el reparto de competencias entre la Unión y sus Estados miembros en criterios de eficacia, asegurando el cumplimiento de los objetivos de la Unión. La clasificación en categorías competenciales (exclusivas de la Unión,
compartidas y complementarias de las de los Estados miembros) no debe establecerse en compartimentos estancos, en catálogos rígidos que puedan paralizar la acción de la Unión e impedir su desarrollo.



5.4 Simplificar los instrumentos e integrar los llamados tres ''pilares'' de la Unión, sin perjuicio de que se puedan conservar algunas características, específicas en determinados ámbitos, como la política exterior y de seguridad. Es
preciso, además, utilizar denominaciones más comprensibles y fácilmente identificables, como leyes y reglamentos. Ello permitiría establecer igualmente un sistema de jerarquía entre las distintas normas, en beneficio de la seguridad jurídica y de
la comprensión del Derecho de la Unión por parte de los ciudadanos.



5.5 Respecto a los procedimientos legislativos, consideramos que el Tratado debe reconocer explícitamente que la codecisión será el procedimiento ordinario, con la excepción expresa para los temas de la Unión Económica y Monetaria (UEM), y
que las decisiones se adoptarán por mayoría cualificada y no por unanimidad, como regla general, compatible con determinadas excepciones, especialmente en ámbitos que requieren la ratificación por parte de los Estados miembros. La extensión de la
mayoría cualificada llevará implícita la necesidad de garantizar el principio de representatividad.



5.6 Ampliarse los poderes del Parlamento aplicando el procedimiento de codecisión a nuevos ámbitos y la participación en la planificación y ejecución del programa estratégico del Consejo Europeo.



5.7 Apoyar una Comisión, como Institución fuerte e independiente, que vea reforzado su derecho de iniciativa en todas las materias que sean competencia de la Unión y que continúe siendo el motor de la integración, la defensora del acervo, la
guardiana de los Tratados y la garante del interés general. Reforzar así mismo, las competencias de la Comisión, atribuyéndole la facultad de aprobar la legislación delegada y extendiendo el método comunitario al conjunto de las cuestiones de
Justicia e Interior (salvo la cooperación en materia policial). La Comisión habrá de ser un órgano ágil y dinámico, por lo que apoyamos los esfuerzos de la Convención en tal sentido.



5.8 Elegir al Presidente de la Comisión, con el objeto de obtener mayor respaldo político en la escena europea, proponemos que sea elegido por el Parlamento Europeo, a propuesta del Consejo Europeo. Éste decidirá por mayoría cualificada,
teniendo en cuenta los resultados de las elecciones europeas.



5.9 Sustituir el sistema de Presidencias rotatorias semestrales por otro de Presidencias en equipo, en el que cinco Estados desempeñarían una Presidencia colectiva durante un período de dos años coincidiendo con la duración de los programas
plurianuales estratégicos cuyo establecimiento se acordó en el Consejo Europeo de Sevilla de junio de 2002.



5.10 Reforzar el Tribunal de Justicia, para garantizar que la futura Unión siga siendo ''una comunidad de derecho'', en expresión feliz del Tribunal de Justicia de Luxemburgo.



5.11 Los Parlamentos nacionales, como representantes de la soberanía de cada una de nuestras naciones, constituyen la primera fuente de legitimidad y, por tanto, de control democrático. Las cámaras legislativas nacionales habrán de
participar activamente en los trabajos de la Unión Europea, sobre todo con un control eficaz de la actuación de los respectivos Gobiernos nacionales. Les correspondería, asimismo, un papel fundamental en la vigilancia del respeto al principio de
subsidiariedad, mediante un procedimiento de alerta temprana para garantizar dicho respeto por parte de la Comisión al formular ésta sus propuestas.



5.12 Diseñar el cometido de los Parlamentos nacionales, en el marco del procedimiento decisorio, por medio de un protocolo anejo al Tratado Constitucional que constituiría una auténtica Carta de las cámaras legislativas de cada nación.



La adopción de una 'Carta de los Parlamentos nacionales' podría reforzar y contribuir a la institucionalización del papel que éstos deban desempeñar en la Unión. Entre otras materias, podría regularse en ella la


Página 6



aprobación de las Cámaras de los Estados miembros, como requisito para que la Unión pudiera asumir competencias sin que los Tratados las hubieran reconocido previamente.'


A dicha Proposición no de Ley se formularon tres enmiendas cuyo texto, asimismo, se inserta.



Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2003.-La Presidenta del Congreso de los Diputados, Luisa Fernanda Rudi Úbeda.



A la Mesa de la Comisión Mixta para la Unión Europea


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar las siguientes enmiendas a la Proposición no de Ley, del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso, relativa a la construcción y futuro de Europa.



Enmienda al punto 2.5 de la Proposición no de Ley


De modificación.



El texto que se propone queda redactado de la siguiente manera:


'2.5 Orientar la política económica y la política social coordinadamente hacia la consecución de los objetivos recogidos en el art. 1-3.3 del proyecto del Tratado Constitucional de la UE, tras el consenso alcanzado al respecto en el marco
de la Convención Europea, de promover la búsqueda del pleno empleo.'


Justificación


Mejora técnica.



Enmienda al punto 4.4 de la Proposición no de Ley


De modificación.



El texto que se propone queda redactado de la siguiente manera:


'4.4 En al ámbito operativo, hay que profundizar en el desarrollo de la cooperación judicial penal, a través del impulso a nuevos instrumentos de cooperación que incrementen su eficacia, y dotando de mayores competencias y responsabilidades
a Eurojust, cuya coordinación ha de reforzarse.'


Justificación


Mejora técnica.



Enmienda al punto 4.5 (nuevo) de la Proposición no de Ley


De adición.



Se propone añadir un nuevo punto, el 4.5, que queda redactado de la siguiente manera:


'4.5 Dotar de mayores competencias y responsabilidades a Europol en el plano operativo, así como una mayor cooperación policial entre los servicios de los Estados miembros, incluyendo la lucha contra el terrorismo.'


Justificación


Mejora técnica.



Madrid, 3 de diciembre de 2003.- Luis de Grandes Pascual, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



161/002296 (CD)


663/000120 (S)


Se ordena la publicación en la Sección Cortes Generales del BOCG, del acuerdo adoptado por la Comisión Mixta para la Unión Europea, en su sesión del día 4 de diciembre de 2003, de desestimar la Proposición no de Ley sobre conocimiento y
utilización de los símbolos de la Unión Europea, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, y publicada en el 'BOCG. Sección Cortes Generales', serie A, núm. 487, de 6 de octubre de 2003.



Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de diciembre de 2003.-La Presidenta del Congreso de los Diputados, Luisa Fernanda Rudi Úbeda.