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DS. Congreso de los Diputados, Pleno y Dip. Perm., núm. 156, de 23/04/2002
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE


Año 2002 VII Legislatura Núm. 156

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

Sesión plenaria núm. 150

celebrada el martes, 23 de abril de 2002



ORDEN DEL DÍA:


Toma en consideración de Proposiciones de Ley:


- Del Grupo Parlamentario Socialista, Orgánica de modificación del Código Penal. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie B, número 182-1, de 10 de diciembre de 2001. (Número de expediente 122/000162.) ... (Página
7914)



- Del Grupo Parlamentario Mixto, de modificación de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, sobre los maltratos y otras conductas que provoquen sufrimiento a los animales de compañía. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie
B, número 177-1, de 30 de noviembre de 2001. (Número de expediente 122/000159.) ... (Página 7914)


- Del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), Orgánica de modificación del Código Penal a los efectos de tipificar como delito el maltrato a los animales. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie B, número 188-1, de 25 de enero
de 2002. (Número de expediente 122/000166.) ... (Página 7914)


Página 7910



- Del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en relación a los delitos y las faltas aplicables a las conductas que provoquen sufrimiento a los animales
de compañía (Orgánica). 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie B, número 210-1, de 1 de marzo de 2002. (Número de expediente 122/000186.) ... (Página 7914)


- Del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional. 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie B, número 213-1, de 1 de marzo de 2002.
(Número de expediente 122/000189.) ... (Página 7927)


Proposiciones no de Ley:


- Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre modificación de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, modificada
por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, así como la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, modificada por Leyes Orgánicas 1/1987, de 2 de abril, 8/1991, de 15 de
marzo, 6/1992, de 2 de noviembre, 13/1994, de 30 de marzo, 3/1995, de 23 de marzo, 1/1997, de 30 de mayo, 3/1998, de 15 de junio y 8/1999, de 21 de abril. 'BOCG.
Congreso de los Diputados', serie D, número 339, de 19 de abril de 2002.
(Número de
expediente 162/000495.) ... (Página 7938)


- De los Grupos Parlamentarios Socialista, Federal de Izquierda Unida, Vasco (EAJ-PNV) y Mixto, sobre régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado. 'BOCG. Congreso
de los Diputados', serie D, número 335, de 12 de abril de 2002. (Número de expediente 162/000471.) ... (Página 7946)


Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes:


- Del Grupo Parlamentario Mixto, sobre medidas que el Gobierno y los correspondientes órganos supervisores han adoptado o tienen previsto adoptar respecto de las irregularidades financieras relacionadas con el BBVA, S.A. (Número de
expediente 173/000126.) ... (Página 7955)


- Del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, sobre el balance de las reformas fiscales realizadas, en especial la del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como sobre la próxima reforma impositiva anunciada. (Número
de expediente 173/000127.) ... (Página 7960)


- Del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a los criterios sobre los que el Ministerio de Sanidad y Consumo tiene previsto actualizar la normativa que regula la publicidad y promoción de los medicamentos de uso humano. (Número de
expediente 173/000128.) ... (Página 7964)


SUMARIO


Se abre la sesión a las cuatro de la tarde.



Toma en consideración de proposiciones de ley ... (Página 7914)


Del Grupo Parlamentario Socialista, Orgánica de modificación del Código Penal ... (Página 7914)


Del Grupo Parlamentario Mixto, de modificación de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, sobre los maltratos y otras conductas que provoquen sufrimiento a los animales de compañía ... (Página 7914)


Del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), Orgánica de modificación del Código Penal a los efectos de tipificar como delito el maltrato a los animales ... (Página 7914)


Página 7911



Del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en relación a los delitos y las faltas aplicables a las conductas que provoquen sufrimiento a los animales
de compañía (Orgánica) ... (Página 7914)


Defienden la toma en consideración de las cuatro proposiciones de ley que pretenden la modificación del Código Penal en relación con el maltrato a los animales domésticos los señores Barrero López, del Grupo Parlamentario Socialista;
Puigcercós i Boixassa, del Grupo Parlamentario Mixto; Martí i Galbis, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y Rejón Gieb, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.



En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Aymerich Cano, del Grupo Parlamentario Mixto; la señora Uría Etxebarría, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), y el señor De Luis Rodríguez, del Grupo Parlamentario Popular en el
Congreso.



Sometida a votación la toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Socialista, Orgánica de modificación del Código Penal, se rechaza por 119 votos a favor, 160 en contra y nueve abstenciones.



Sometida a votación la toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Mixto, de modificación de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, sobre los maltratos y otras conductas que provoquen sufrimiento a
los animales de compañía, se rechaza por 117 votos a favor, 164 en contra y 10 abstenciones.



Sometida a votación la toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), Orgánica de modificación del Código Penal a los efectos de tipificar como delito el maltrato a los animales, se
rechaza por 118 votos a favor, 160 en contra y 13 abstenciones.



Sometida a votación la toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en relación a los delitos y las faltas
aplicables a las conductas que provoquen sufrimiento a los animales de compañía, se rechaza por 117 votos a favor, 163 en contra y 11 abstenciones.



Del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional ... (Página 7927)


El señor Jané i Guasch, en nombre del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), presenta ante la Cámara una propuesta concreta de modificación de los artículos 71 y 72 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, aprobada en
1979. El artículo 71, explica, permite actualmente al Gobierno central plantear un conflicto negativo de competencias contra una comunidad autónoma si aquella no ejercitase de alguna forma las atribuciones que su estatuto le confiere, no existiendo
un procedimiento paralelo frente la omisión o inactividad del Estado, contraria al régimen de distribución de competencias, lo que coloca a las comunidades autónomas en una situación de evidente indefensión. Para solucionar este vacío legal de la
Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) pide el voto favorable de la Cámara a la toma en consideración de su proposición de ley.



En turno de fijación de posiciones intervienen el señor Aymerich Cano, la señora Lasagabaster Olazábal y el señor Puigcercós i Boixassa, del Grupo Parlamentario Mixto; y los señores Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición
Canaria; Erkoreka Gervasio, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Rejón Gieb, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; López Garrido, del Grupo Parlamentario Socialista, y la señora Matador de Matos, del Grupo Parlamentario Popular
en el Congreso.



Sometida a votación la toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 21/19979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, se rechaza por
125 votos a favor, 162 en contra y una abstención.



Proposiciones no de ley ... (Página 7938)


Página 7912



Del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre modificación de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la nación y de los altos cargos de la Administración General del Estado, modificada
por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, así como la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, modificada por leyes orgánicas 1/1987, de 2 de abril, 8/1991, de 15 de
marzo, 6/1992, de 2 de noviembre, 13/1994, de 30 de marzo, 3/1995, de 23 de marzo, 1/1997, de 30 de mayo, 3/1998, de 15 de junio y 8/1999, de 21 de abril ...
(Página 7938)


El señor De Juan i Casadevall, en nombre del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta una proposición no de ley en la que se pretende instar al Gobierno de la nación a que considere la posibilidad de remitir a la Cámara un
proyecto de ley que incorpore las mejoras y modificaciones que estime eventualmente pertinentes sobre el régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la nación, altos cargos de la Administración General del Estado y diputados y
senadores.
Con esta iniciativa su grupo quiere renovar su inequívoco compromiso con la transparencia en la gestión pública y, para ello, propone que los altos cargos, diputados y senadores, al tomar posesión declaren sus actividades desarrolladas
en los dos años inmediatamente anteriores a dicha toma de posesión y que los altos cargos comuniquen, con ocasión de su toma de posesión o cese, de la forma más exhaustiva y completa posible, las variaciones que eventualmente hubiere experimentado
su patrimonio respecto a la última declaración del impuesto sobre el patrimonio de las personas físicas. Se refiere a la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), a la que van a presentar una transaccional que
espera sea aceptada.



En defensa de la enmienda presentada a la proposición no de ley interviene el señor Silva Sánchez, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)


En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria; Erkoreka Gervasio, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); Rejón Gieb, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida, y Martínez Sanjuán, del Grupo Parlamentario Socialista.



A los efectos de aceptar o rechazar la enmienda presentada interviene el señor De Juan i Casadevall.



Sometida a votación la proposición no de ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre modificación de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la nación y de los altos cargos de la
Administración General del Estado, modificada por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, así como la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, modificada por las leyes
orgánicas 1/1987, de 2 de abril, 8/1991, de 15 de marzo, 6/1992, de 2 de noviembre, 13/1994, de 30 de marzo, 3/1995, de 23 de marzo, 1/1997, de 30 de mayo, 3/1998, de 15 de junio y 8/1999, de 21 de abril, en los términos derivados del propio debate
y de la enmienda transaccional pactada entre los grupos proponente y enmendante, se aprueba por 173 votos a favor, 112 en contra y dos abstenciones.



De los grupos parlamentarios Socialista, Federal de Izquierda Unida, Vasco (EAJ-PNV) y Mixto, sobre régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado ... href='#(Página7946)'>(Página 7946)


Defienden la proposición no de ley presentada por los grupos parlamentarios Socialista, Federal de Izquierda Unida, Vasco (EAJ-PNV) y Mixto, sobre régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la
Administración General del Estado los señores Martínez Sanjuán, del Grupo Parlamentario Socialista; Rejón Gieb, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida; Erkoreka Gervasio, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), y Puigcercós i
Boixassa, del Grupo Parlamentario Mixto.



En defensa de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), interviene el señor Silva Sánchez.



En turno de fijación de posiciones interviene el señor De Juan i Casadevall, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



A los efectos de indicar la aceptación o rechazo de la enmienda presentada interviene el señor Martínez Sanjuán.



Sometida a votación la proposición no de ley de los grupos parlamentarios Socialista, Federal de Izquierda Unida, Vasco (EAJ-PNV) y Mixto, sobre


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régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, en sus propios términos, se rechaza por 113 votos a favor y 174 en contra.



Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes ... (Página 7955)


Del Grupo Parlamentario Mixto, sobre medidas que el Gobierno y los correspondientes órganos supervisores han adoptado o tienen previsto adoptar respecto de las irregularidades financieras relacionadas con el BBVA, S.A. ... href='#(Página7955)'>(Página 7955)


Presenta la moción consecuencia de interpelación urgente el señor Saura Laporta, en nombre del Grupo Parlamentario Mixto. Aunque es consciente de que el tema va a dar mucho que hablar y que se tratará en numerosos debates, considera que hay
algunas cuestiones evidentes que requieren ya una toma de decisiones por parte del Gobierno. Explica la moción, que consta de cuatro puntos, incidiendo en el primero, que pide el cese inmediato del secretario de Estado de Hacienda y responsable de
la Agencia Tributaria.



En defensa de las enmiendas presentadas a la moción consecuencia de interpelación urgente intervienen los señores Sánchez i Llibre, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y Souvirón García, del Grupo Parlamentario Popular en
el Congreso.



En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Alcaraz Masats, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, y Cuevas Delgado, del Grupo Parlamentario Socialista.



A los efectos de indicar la aceptación o rechazo de las enmiendas presentadas interviene el señor Saura Laporta.



Del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, sobre el balance de las reformas fiscales realizadas, en especial la del impuesto sobre la renta de las personas físicas, así como sobre la próxima reforma impositiva anunciada ... href='#(Página7960)'>(Página 7960)


El señor Frutos Gras, en nombre del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, defiende la moción consecuencia de interpelación urgente, que es una simple reiteración -según sus palabras- de los argumentos expuestos en la interpelación,
con el fin de conocer los la lucha contra el fraude en lugar de hacer más deducciones en el sistema impositivo, que reduce la progresividad y justicia social del sistema impositivo, planteando a continuación una serie de alternativas.



En defensa de las enmiendas presentadas intervienen los García Breva, del Grupo Parlamentario Socialista, y Rodríguez Sánchez, del Grupo Parlamentario Mixto.



En turno de fijación de posiciones intervienen los señores Sánchez i Llibre, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), y Ortiz González, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



A los efectos de indicar la aceptación o rechazo de las enmiendas presentadas interviene el señor Frutos Gras.



Del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a los criterios sobre los que el Ministerio de Sanidad y Consumo tiene previsto actualizar la normativa que regula la publicidad y promoción de los medicamentos de uso humano ... href='#(Página7964)'>(Página 7964)


Presenta la moción consecuencia de interpelación urgente la señora Valentín Navarro, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista. Reitera las preguntas que hizo con ocasión de la interpelación urgente sobre la cifra actualizada de las
inversiones de la industria farmacéutica en promoción y publicidad de los medicamentos, sobre si el Gobierno tenía previsto limitar dicha cuantía, que luego repercute en el precio final del medicamento, y sobre la posición del Gobierno de España en
relación con la nueva directiva de la Unión Europea que prevé que los laboratorios puedan dar información directa a los ciudadanos de los medicamentos que consumen. Considera que estos interrogantes no fueron contestados por la señora ministra,
pero son problemas que existen y preocupan a los ciudadanos, por lo que su grupo presenta esta moción en la que proponen que el Gobierno de España, en coordinación y colaboración con las comunidades autónomas, actualice de una vez por todas la
normativa que regula la publicidad y la promoción de los medicamentos y ponga los recursos económicos necesarios para que se puedan adoptar aquellas medidas que eviten la interferencia de la industria farmacéutica en las políticas públicas de uso
racional del medicamento.



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En defensa de la enmienda presentada a la moción consecuencia de interpelación urgente interviene la señora Riera i Ben, del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



En turno de fijación de posiciones interviene el señor Mardones Sevilla, del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria: las señoras Uría Etxebarría, del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), y Castro Fonseca, del Grupo Parlamentario Federal
de Izquierda Unida, y el señor Castillo Jaén, del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



A los efectos de indicar la aceptación o el rechazo de las enmiendas presentadas interviene la señora Valentín Navarro.



Sometida a votación la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Mixto, sobre medidas que el Gobierno y los correspondientes órganos supervisores han adoptado o tienen previsto adoptar respecto de las
irregularidades financieras relacionadas con el BBVA, S.A., en sus propios términos, se rechaza por 94 votos a favor y 169 en contra.



Sometida a votación la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, sobre el balance de las reformas fiscales realizadas, en especial la del impuesto sobre la renta de las personas físicas,
así como sobre la próxima reforma impositiva anunciada, con la incorporación de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, que ha sido aceptada, se rechaza por 13 votos a favor, 170 en contra y 81 abstenciones.



Sometida a votación la moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a los criterios sobre los que el Ministerio de Sanidad y Consumo tiene previsto actualizar la normativa que regula la publicidad
y promoción de los medicamentos de uso humano, en sus propios términos, se rechaza por 94 votos a favor y 170 en contra.



Se suspende la sesión a las diez y media de la noche.



Se abre la sesión a las cuatro de la tarde.



TOMA EN CONSIDERACIÓN DE PROPOSICIONES DE LEY.



- DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA, ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL. (Número de expediente 122/000162.)


- DEL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 10/1995, DE 23 DE NOVIEMBRE, DEL CÓDIGO PENAL, SOBRE LOS MALTRATOS Y OTRAS CONDUCTAS QUE PROVOQUEN SUFRIMIENTO A LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA. (Número de expediente 122/000159.)


- DEL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ), ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL A LOS EFECTOS DE TIPIFICAR COMO DELITO EL MALTRATO A LOS ANIMALES. (Número de expediente 122/000166.)


- DEL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 10/1995, DE 23 DE NOVIEMBRE, DEL CÓDIGO PENAL EN RELACIÓN A LOS DELITOS Y LAS FALTAS APLICABLES A LAS CONDUCTAS QUE PROVOQUEN SUFRIMIENTO A LOS ANIMALES
DE COMPAÑÍA (ORGÁNICA). (Número de expediente 122/000186.)


La señora PRESIDENTA: Se abre la sesión.



Punto I del orden del día: Toma en consideración de proposiciones de ley.
La del Grupo Parlamentario Socialista, Orgánica de modificación del Código Penal, se debatirá conjuntamente con la del Grupo Parlamentario Mixto, de modificación de
la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal sobre los maltratos y otras conductas que provoquen sufrimiento a los animales de compañías; asimismo con la del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), Orgánica de modificación del
Código Penal a los efectos de tipificar como delito el maltrato a los animales, y finalmente también con la iniciativa del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código
Penal en relación a los delitos y las faltas aplicables a las conductas que provoquen sufrimiento a los animales de compañía. En primer lugar, para la defensa de la iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el
señor Barrero.



El señor BARRERO LÓPEZ: Señora presidenta, señorías, me cumple defender una iniciativa del Grupo Parlamentario Socialista que tiene como finalidad reprimir en términos penales determinadas conductas consecuencia del maltrato a animales
domésticos. Quiero advertir desde el principio que estamos en una discusión -al menos ese es el núcleo fundamental de


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nuestra iniciativa- de carácter penal y no administrativo. Lo que estamos pidiendo es que se abra un trámite parlamentario para que en esta sede iniciemos un debate y una reflexión que nos lleve a reprimir determinadas conductas de
ciudadanos en contra del maltrato a los animales domésticos.
Al defender esa iniciativa estamos haciéndonos eco de una necesidad de la sociedad que pide que haya una mayor represión penal para este tipo de conductas y de las reivindicaciones de
asociaciones de todo tipo, asociaciones de protección de animales que han tenido una función social reivindicativa muy sensible sobre este tema. A nuestro entender, este no es un tema menor. La iniciativa que planteamos a la Cámara para conseguir
su apoyo es contra la violencia y busca las actitudes pacíficas así como evitar la crueldad, el maltrato, el exterminio o, en su caso, la muerte de un ser vivo.



¿Qué es lo que queremos proteger desde el Grupo Parlamentario Socialista? No el derecho de un animal, que no tiene, a ser protegido en el sentido estricto, sino marcar la obligación de carácter bioético que tiene toda persona a la hora de
mantener unas determinadas obligaciones con los animales que le impiden el maltrato, el exterminio o la muerte. ¿Y qué está pasando ahora en nuestro país en relación con este asunto? No sólo hemos presenciado con indignación y con repulsa la
mutilación de perros producida hace meses en un albergue de la Sociedad Protectora de Animales de Tarragona, que llevó a la alarma social como consecuencia de la indignación y la repulsa de un acto tan bárbaro y tan salvaje; no sólo es esto que se
produce hoy normalmente en toda nuestra geografía española sin distinción, sino que también hoy, quizás ahora, en distintos territorios de nuestra geografía, en bosques de nuestras provincias hay galgos ahorcados. Hace poco apareció en una revista
nacional un reportaje que quiero presentar a la Cámara porque seguramente algunos diputados no lo conocen, en el que mediante fotografías que mostraban una actitud absolutamente de barbarie y de salvajismo se daba cuenta de cómo unos galgos eran
ahorcados y abandonados en un bosque de nuestra geografía. El reportaje daba cuenta, en primer lugar, de que son numerosos los bosques de España en los que aparecen cadáveres de galgos ahorcados por sus dueños y de que al parecer hay una tradición
galgera que entre comillas dice: Galgo que corre bien muere ahorcado, así tiene una muerte rápida y tranquila; galgo que no sirve se le ata a un árbol y muere de hambre y de sed. Pues bien, señorías, esta actitud tan despiadada existe todavía en
nuestro país, en innumerables sitios de nuestras provincias. Existen también peleas de perros a los que se les domestica para la muerte en actitud de barbarie y de salvajismo atroz, lo que significa sin duda millones de pesetas para quienes
apuestan y para quienes lo patrocinan, que por cierto suelen ser las mafias rusas. Esto ocurre en nuestro país y no tiene una sanción penal consecuente con la actitud de barbarie que demuestra. ¿Qué dicen los ciudadanos frente a esto? Muestran
indignación, repulsa y alarma. ¿Qué pedimos al Parlamento desde mi grupo? Que no haya pasividad frente a estas conductas de barbarie y de salvajismo. ¿Qué proponemos? Con nuestra iniciativa proponemos que exista un debate parlamentario que nos
permita escuchar a las personas, a las sociedades, a los colectivos que con enorme caudal de sensibilidad están luchando para que esto no sea así; traducir los intereses de tantos ciudadanos que creen que un animal puede tener una enorme función
social y enriquecer con ello la iniciativa que proponemos esta tarde. He hablado de la función social de muchos animales y merecería la pena recordar en este Parlamento que buscamos con esta represión penal, frente a actitudes de barbarie, marcar
la función social que tienen muchos animales. Algunos son de compañía y la otorgan para apoyar y ayudar a tantas personas mayores que tienen en la soledad una enfermedad de difícil solución.
Tienen una función social aquellos que prestan los ojos
a quien no los tiene y actúan de lazarillos, y tienen una función social aquellos animales que sirven para marcar nuestro territorio a efectos de seguridad y desde la seguridad que requerimos en un Estado de bienestar. ¿Qué proponemos penalmente?
¿Cómo queremos iniciar este trámite que merece la pena que tengamos en este Parlamento para hacernos eco correctamente de lo que nos pide la calle? Queremos plantear un tipo básico, sujeto al examen parlamentario que sin duda lo enriquecerá, que
lleve consigo una pena para aquellos supuestos de maltrato cruel a animales domésticos; un tipo básico cuya pena debe ser al menos de siete a 12 fines de semana de pena de prisión, con la inhabilitación correspondiente de hasta cuatro años; un
tipo agravado en esta conducta cuando por el trato cruel se causen padecimientos de tal calibre que signifiquen la muerte o un grave menoscabo físico, en cuyo caso la pena puede y debe llegar a un año de prisión, más la multa y la inhabilitación
correspondiente, hasta un máximo de seis años. Pretendemos regular también aquellas conductas más leves a las que damos la consideración de falta, para los supuestos de maltrato o abandono, con una pena de tres a seis fines de semana.



¿Qué ocurre en Europa, señora presidenta, señorías? No somos en esto, como en algunas otras cosas todavía, del todo europeos. En Europa hay mayor protección penal que en nuestro país en cuanto a la sanción reprobatoria de estas conductas
que nacen de la violencia y la barbarie, seguramente porque hay un grado mayor de sensibilidad, de progreso, de cultura y de cordura. En España la sanción -que es consecuencia de falta y nacida en el Código Penal de 1995 con un Gobierno socialista-
no es sólo menor que la que se


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produce en la mayor parte de los países europeos, sino menor también a las correspondientes a faltas de tráfico. Piensen SS.SS. que si fuera aprehendida aquella persona que mutiló de forma tan bárbara a los perros guardados o custodiados
en el albergue de la Sociedad Protectora de Animales de Tarragona tendría en este momento una sanción, de acuerdo con nuestra legislación, menos represiva que una pequeña o mediana multa de tráfico. ¿Qué hacen aquellos países a los que queremos
acercarnos y comparados con los cuales presumimos tener los mismos rasgos culturales o de ordenación de la convivencia? Imponer prisión, señoras y señores diputados. En Francia estos supuestos pueden ser sancionados con prisión que va de 15 días a
seis meses; en Italia, con prisión de hasta un año; en Austria, hasta un año de cárcel también; en Gran Bretaña, que por cierto tiene una de las legislaciones más completas en la materia, la pérdida de libertad puede llegar a seis meses en el
caso de actitudes como las que hemos descrito; en Suecia, un año; en Suiza hay prisión, si bien no tiene mínimos o máximos sino que los marca el juez en función de las circunstancias que concurren en el hecho; y en Estados Unidos, con el Código
Penal de California, la prisión llega a un año, pudiendo llegar hasta tres cuando existe una actitud de barbarie como la que hemos descrito.



Señora presidenta, confío en que este Parlamento dé a mi grupo y al resto de los grupos que van a defender sus iniciativas la oportunidad de abrir un trámite parlamentario que nos permita hacernos eco de lo que una enorme cantidad de
ciudadanos piensa. Parece ser que el Partido Popular -al que después tendremos ocasión de escuchar con atención- no quiere abrir este trámite parlamentario. Se nos ha dado como razón que existe una comisión de expertos en cuestiones penales que
quieren vertebrar con corrección esta sanción penal junto a otras que precisan también cambios.
A nuestro entender es una justificación escasa. ¿Por qué no ahora que han pasado meses desde que se produjeron los alarmantes sucesos de Tarragona?
Podría haber tenido lugar una reflexión y un debate sereno y tranquilo como requiere una transformación penal. ¿A qué se espera? A producir cambios penales de carácter general, no; ya se han producido cambios puntuales de tipología penal, con
penas distintas, en este mandato legislativo. Voy a poner dos ejemplos. Este Parlamento, desgajándolo del Código Penal en términos generales, ha perseguido la kale borroka y ha buscado la unanimidad y la mayoría de los parlamentarios a la hora de
definir una nueva tipología que sancionara penalmente estas atrocidades o esta barbarie de carácter terrorista también en determinadas zonas de nuestra geografía, y se ha hecho ahora en este mandato legislativo. Ha habido cambios en la legislación
de responsabilidad penal de los menores y se ha hecho en esta legislatura a instancias del Partido Popular, a instancias del Gobierno, con el apoyo del grupo mayoritario de la oposición en la Cámara, el Grupo Socialista, y de la mayoría de los
grupos parlamentarios. Por tanto, no puede ser que desgajar una iniciativa por la que claman y que piden los ciudadanos, como es esta de sanción penal a quien produce actos de tal barbarie, pueda ser la justificación real para decir no al trámite
por parte del Gobierno o del Partido Popular. Hay además en el trámite parlamentario, desde hace meses, determinados cambios penales de carácter puntual como la retención o secuestro de menores, que tienen un trabajo y un estudio parlamentario en
ponencia y que han visto el aplauso, el apoyo en su momento en el Pleno de la Cámara del Grupo Parlamentario Popular. ¿Qué es lo que hay, señores del Grupo Parlamentario Popular, tras su negativa, si se produce, como ha venido siendo habitual en
otras comisiones?


Esta es nuestra respuesta a un tema de actualidad. Deberán explicar con detalle la de ustedes, señores del Grupo Parlamentario Popular, señores del Gobierno, y explicársela sobre todo a miles de ciudadanos que en menos de dos meses
presentaron en esta Cámara, hace muy poco tiempo, alrededor de 600.000 firmas; ciudadanos sensibles ante esta cuestión que hoy debatimos y que pedían que el Parlamento se pronunciara en un debate sereno, tan sereno como sea necesario, que produjera
una tipificación penal que sancionara esas conductas descritas.



La señora PRESIDENTA: Señor Barrero, le ruego que concluya, por favor.



El señor BARRERO LÓPEZ: Concluyo, señora presidenta.



¿Por qué no también desde el Partido Popular una respuesta? El Parlamento, señora presidenta, tiene que ver normal lo que en la calle es normal, no tiene que estar de espaldas a la calle, y en este caso como en ningún otro no sólo son
asociaciones de protección de animales, sino en concreto otras que tienen objetivos más amplios pero que también defienden estos temas, las que se han pronunciado de manera reiterada. Hay constancia de ciudadanos y ciudadanas españoles que han
puesto su firma en un papel para que nos hagamos eco de esta cuestión desde el Parlamento, como representantes del pueblo, de ese pueblo que nos incita, nos estimula a tomar alguna decisión parlamentaria, y eso se ha producido hace poco tiempo. Mi
grupo los quiere escuchar, señora presidenta. Mi grupo quiere, desde la posibilidad que da la sanción penal y su efecto disuasorio, evitar actitudes de violencia, de salvajismo y de barbarie como las que se han producido y las que se producen en
nuestro país. Quiere por tanto mi grupo...



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La señora PRESIDENTA: Señor Barrero, le ruego dé por concluida su intervención.



El señor BARRERO LÓPEZ: Termino, señora presidenta.



Quiere salvar desde ya, lo más pronto posible, la vida de muchos animales, perros en espectáculos ilegales, galgos ahorcados, perros sometidos a la crueldad cuyos dueños están esperando que nos pronunciemos, no de espaldas a los ciudadanos
que nos han traído hasta este Parlamento y de los que somos su voz, sino al lado de los que se han expresado con 600.000 firmas hace un tiempo en esta Cámara. Ojalá, señores del Partido Popular, se nos permita abrir un trámite que haga que esas
personas no sólo sean escuchadas en la calle sino también en este Parlamento.



Muchas gracias, señora presidenta. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Barrero.



Para la defensa de la iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor Puigcercós.



El señor PUIGCERCÓS I BOIXASSA: Gracias, señora presidenta.



Señoras diputadas, señores diputados, quiero saludar en primer lugar a los representantes de diferentes entidades de protección, ayuda y respeto a los animales que hoy nos acompañan en este debate.



Desgraciadamente, en los últimos tiempos se han producido con cierta reiteración noticias relacionadas con maltratos a animales. Una de las más graves, de las más salvajes -que en cierto modo llevó a Esquerra Republicana de Catalunya a
acelerar la presentación de esta proposición de ley- se produjo el mes de noviembre del año pasado en Tarragona cuando 15 perros de la Sociedad Protectora de Animales fueron salvajemente mutilados por unos canallas que les cortaron las patas
delanteras; a consecuencia de este ataque la mayoría de los perros murieron desangrados y el resto tuvo que ser sacrificado. Hechos como los descritos no merecerían ningún comentario adicional y serían severamente castigados en cualquier Estado
con un mínimo de sensibilidad en esta materia; pero parece ser que aquí las cosas funcionan de otra manera y en el Estado español estas salvajadas acostumbran a quedar impunes o, en el mejor de los casos, se saldan con unas sanciones que no sirven
más que para evidenciar la ineficacia de la normativa vigente cuando se trata de castigar los maltratos a los animales. Fíjense, si no, en la única referencia jurídico-penal al maltrato de animales a nivel de Estado; la encontramos en el artículo
632 del Código Penal y se limita a sancionar con una falta -leo textualmente- a aquellos que maltraten cruelmente a los animales domésticos o a cualquier otro tipo de animales en espectáculos no autorizados legalmente. Se trata, como digo, de una
situación que sería inaudita en cualquier otro Estado avanzado, en países que como Holanda o Inglaterra -por citar sólo los ejemplos más ilustrativos- disponen de una legislación mucho más sensible en lo que se refiere a la protección de los
animales. Este es nuestro objetivo, que la normativa existente en el Estado español se adecue a los estándares comunes en Europa, unos estándares que, por supuesto, muestran mucho más respeto por los animales y castigan con mayor severidad a las
personas que los maltratan sin ningún motivo justificado. Se trata, en definitiva, de modificar la Ley orgánica 10/1995, del Código Penal, con el objetivo de que los abusos cometidos contra los animales sean considerados delitos graves. Sólo así
se podrán sancionar de forma adecuada estos comportamientos; sólo así superaremos una situación anómala y ajena a todos los ordenamientos jurídicos europeos.



En todas las naciones civilizadas -ustedes lo saben tan bien como yo- se manifiesta una tendencia a rechazar cualquier tipo de comportamiento agresivo o violento en las relaciones sociales, en las interacciones sociales, y obviamente la
protección de los animales no es un ámbito que quede excluido de este impulso, sino todo lo contrario. Por tanto, cualquier ordenamiento jurídico moderno, como debiera ser el nuestro, acostumbra a contemplar las normas de protección de los animales
con unas leyes penales que castigan y sancionan las acciones más crueles y perjudiciales, las más antisociales, las que van contra la vida o, a cualquier nivel, contra la integridad física o psíquica de los animales.
Esto es lo normal en Europa, lo
más lógico, lo más humano -si me permiten-, pero hasta ahora no se ha puesto en práctica en el Estado español, un Estado en el que, siendo realistas, las causas de sufrimiento de los animales no sólo no son reprimidas de forma contundente sino que
además son la base de todo tipo de diversiones y costumbres que la ley excepciona y permite. Que nadie piense que estoy exagerando, y si lo piensa que analice con detenimiento nuestro Código Penal porque se dará cuenta de que nuestra ley penal no
define el maltrato ni la crueldad, no contempla la causa de la muerte del animal como un hecho ilegal ni, por descontado, habla de mutilaciones o del sacrificio realizado sin control veterinario ni de la captura de especies protegidas ni
prácticamente de nada. Digamos claro de una vez que actualmente en el Estado español la protección de los animales que deriva del Código Penal es nula, y lo es especialmente en relación con otras legislaciones más avanzadas y modernas de nuestro
entorno cultural, geográfico y político más próximo, como las ya citadas de Holanda y el Reino Unido, la de Suiza o incluso la italiana con su vigente reforma


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del Código Penal. Esta situación anómala -impropia de un país que se define como moderno y civilizado- debe corregirse urgentemente o, por lo menos, esta es la intención de la proposición de ley presentada por Esquerra Republicana de
Catalunya.



En la proposición de ley que hoy sometemos a su consideración, proponemos perseguir a los que sin tener ningún motivo para ello maltraten, golpeen o abandonen los animales de compañía o realicen cualquier tipo de actos crueles que comporten
sufrimiento o los que sometan a condiciones de vida que sean impropias o incompatibles con su naturaleza.



Consideramos también como una circunstancia agravante la utilización de métodos particularmente dolorosos para causar la muerte del animal. La condena, ya sea una pena privativa de libertad, una pena de arresto o una multa de más cuantía de
la que en estos momentos se contempla en el Código Penal, debería comportar también, como pena accesoria, la confiscación de los animales e incluso la privación, temporal o definitiva según los casos, del ejercicio de la actividad profesional a que
se vincule en algunas ocasiones la comisión de este tipo de delitos.



Finalmente, también tipificamos la organización o la participación en combates de perros y además agravamos de forma importante la pena en el caso de que se realicen apuestas clandestinas. Se trata, repito, de acabar de una vez por todas
con una situación inadmisible que sin embargo presenta una clara ventaja desde el punto de vista práctico, me refiero al hecho de que la actual situación puede ser corregida sin provocar especiales problemas en el terreno de la ciencia jurídica. En
realidad no es necesario modificar ninguna norma preexistente, ni siquiera hace falta derogar ningún precepto, la laguna existente puede ser corregida sin crear conflictos de leyes, mediante la inserción de un nuevo artículo ad hoc en el
instrumental penal. Existen en el Código dos apartados que podrían incorporar esta nueva disciplina, se trata del libro II, título XVI, capítulo IV, dedicado a los delitos relativos a la protección de la flora y la fauna, y del libro III, título
III, que trata de las faltas contra los intereses generales. Como es obvio, la sistematización del nuevo artículo que propone Esquerra Republicana de Catalunya en uno u otro libro, depende de una decisión política.



Desde un punto de vista jurídico, pensamos que la protección animal, vista su trascendencia social, importancia económica y relevancia internacional, encontraría una mejor clasificación en el libro dedicado a los delitos, porque aunque el
capítulo cuarto hable de flora y fauna no cabe duda de que la protección de los animales, especialmente de los definidos como de compañía, de conductas gratuitas y deliberadamente crueles, se enmarca en una tendencia europea e internacional propia,
como decíamos al principio de esta intervención, de los Estados occidentales más avanzados.



En cualquier caso, la solución que se adopte pasa por la modificación de la Ley orgánica 10/1995, del Código Penal. Insisto, el Código Penal debe ser reformado para que los abusos y maltratos de animales puedan ser considerados delitos
graves y ser sancionados adecuadamente. Ignorar esta necesidad diría muy poco a favor del Gobierno y del Partido Popular; ignorar las tendencias más modernas y civilizadas equivaldría a ir contra corriente e instalarnos, casi acomodarnos en un
orden de cosas en que la crueldad con los animales nos deja indiferentes. A nosotros desde luego la situación actual no nos deja indiferentes, más bien nos hace sentir mal, nos horroriza por lo que comporta de indiferencia y crueldad, nos violenta
y nos empuja a reclamarles, casi a suplicarles que nos ayuden a cambiar la ley para combatir con toda la fuerza necesaria los maltratos a los animales, cualquier conducta que provoque sufrimiento a los animales.



Se refería ya el diputado y representante del Grupo Socialista, a las más de 600.000 firmas que se presentaron para tipificar penalmente y que se sancionaran estas conductas. No somos ajenos a ello. Creemos que en la sociedad hay una
reclamación, una voluntad clara de muchos ciudadanos que reclaman a este Gobierno, a este Parlamento que se legisle, que se tipifique como delito aquellas conductas que, en definitiva, atentan al mínimo de la voluntad humana.



Creemos que este Congreso está para solucionar problemas, que el Gobierno tiene que legislar para solucionar problemas, no para mantener situaciones indignas, incluso como decía anteriormente desde el punto de vista humano, aunque pueda
parecer una contradicción.



Por estas razones pedimos a los grupos de la Cámara que tomen en consideración esta propuesta y entiendan que es una reivindicación de la calle, es una reivindicación social, no sólo de aquellas entidades o asociaciones de protección de los
animales, no sólo de aquellas personas que pueden tener animales de compañía, es una reivindicación de la sociedad, y ya se sabe que el Estado, el Gobierno y este Parlamento tienen que seguir las consignas, las opiniones mayoritarias de una sociedad
democrática, adulta y civilizada.



Muchas gracias, señoras diputadas, señores diputados.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Puigcercós.



Para defensa de la proposición de ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Martí.



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El señor MARTÍ I GALBIS: Buenas tardes, señora presidenta, señorías. Se plantea hoy ante el Pleno de esta Cámara una cuestión, creemos nosotros, de gran trascendencia social y política. Quizás con demasiada frecuencia y muchas veces
injustamente, se vierten críticas hacia la llamada clase política, hacia los diputados, hacia los gobiernos, por abordar o plantear cuestiones que presuntamente no siempre coinciden con el interés ciudadano o con las prioridades de la mayoría de la
población, y creo sinceramente que éste hoy no es el caso.



Hoy se debaten cuatro proposiciones de ley con grandes similitudes entre ellas a nivel de su articulado y por las propuestas que se plantean.
Persiguen todas ellas, como han dicho los anteriores portavoces, una modificación puntual del
Código Penal, y creo que en una dirección que mi grupo parlamentario entiende que enlaza y coincide plenamente con un clamor social. A través de los textos que ahora debatimos, pedimos una cosa muy sencilla y muy justa: creemos que el Código Penal
debe tipificar como delito el maltrato a los animales.



Aprovecho la ocasión desde esta tribuna para dar la bienvenida y agradecer de todo corazón el apoyo, las muestras de estar al lado de la gente que estamos dando la cara en estas proposiciones de ley, a todas aquellas personas que vienen en
representación de muchas entidades, protectoras de animales, o simplemente personas comprometidas con el amor a los animales y con el trato justo que se merecen todos ellos, por tanto creemos que ustedes son, serán y seguirán siendo el principal
motor, el motor que guía en principio la acción política de los cuatro grupos que hemos presentado estas proposiciones de ley y de los otros grupos que eventualmente puedan dar apoyo a la toma en consideración de las mismas.



La cuestión, tal y como se ha planteado, que ha sido comentada y discutida anteriormente en la Comisión de Justicia e Interior, recuerdo que fue en el mes de diciembre pasado; también hace pocas fechas en la Comisión de Agricultura,
Ganadería y Pesca de esta Cámara, en concreto el día 10 de abril, con motivo de la tramitación de sendas proposiciones no de ley presentadas por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y por el Grupo Parlamentario Popular, a las que me
referiré posteriormente y -tengo que decirlo- de cuyos debates se deriva una situación que en absoluto puede ser satisfactoria desde nuestro punto de vista. Y esto es así, porque no podemos compartir el rechazo que con toda probabilidad se va a dar
hoy, esperemos que con los únicos votos del Grupo Parlamentario Popular, a la toma en consideración de estas cuatro proposiciones de ley.



Puede decirse en ese sentido que existe en esta Cámara una práctica unanimidad -esperemos- del resto de los grupos parlamentarios para que la actual regulación que incorpora el Código Penal en relación a la tipificación de los malos tratos a
los animales deje de tener la consideración de una simple falta y tenga la consideración de delito, con objeto de castigar adecuadamente este tipo de actos.



Por este motivo, por la exigencia social que se encuentra detrás de las proposiciones de ley que hoy se debaten, por una cuestión de sensibilidad social, creemos que por una cuestión de humanidad, así como también por una consideración de
homologación europea, por estas razones mi grupo parlamentario va a dar apoyo, no solamente por supuesto a la propia proposición de ley que presenta el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sino también a las otras tres proposiciones de
ley que se van a discutir. Permítanme que antes de referirme telegráficamente al contenido del articulado de esta proposición de ley, haga hincapié en los hechos que motivan la presentación de la misma.



Se ha comentado ya por anteriores portavoces los antecedentes más cercanos. El 3 de noviembre pasó lo que todas SS.SS. recuerdan, unos actos execrables, injustificables: unos salvajes mutilaron y dejaron morir a 15 perros.
Posteriormente, también hemos tenido conocimiento de otras acciones que han sido gráficamente presentadas por un anterior portavoz: unos galgos fueron las víctimas de esos actos. Sabemos que esos hechos no son aislados, es decir se producen
frecuentemente hechos de esta naturaleza en toda la geografía española y creemos que las cosas no pueden continuar así; simplemente, no pueden continuar.



El Grupo Parlamentario Popular nos dirá -y podemos comprenderlo, pero no lo compartimos- que con la estricta aplicación de los instrumentos de los que nos hemos dotado a nivel del Estado central, a nivel del Código Penal, a nivel de las
leyes autonómicas, a nivel de las leyes administrativas y a nivel de la Policía, podemos evitar la reproducción de ciertas prácticas o actos. Nosotros creemos que no es suficiente. La experiencia nos demuestra que no son suficientes los
instrumentos de que disponemos en la actualidad. Por tanto creemos que hay que abordar urgentemente las modificaciones legales que planteamos. Esa conmoción social que provocó y puso en marcha numerosas campañas e iniciativas de la sociedad civil
creemos que no puede ser defraudada ni silenciada. Hay un mensaje muy claro, muy contundente y unívoco dirigido desde la sociedad civil a las Cortes Generales y al Gobierno. Se nos pide, y creemos que tenemos que ayudar a que sea un hecho, que
tipifiquemos el delito del maltrato a los animales.



Quiero recordar aquí, como han hecho antes otros portavoces, la campaña inconmensurable -permítanme la expresión- llevada a cabo por muchas entidades de todo el Estado y por particulares, con un liderazgo


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que quiero subrayar de la fundación Altarriba. Fueron muchas las personas que estuvieron detrás. Más de 600.000 firmas avalaron esta campaña de concienciación ciudadana. También quiero hacer un recordatorio de las más de 3.000 personas
que el día 2 de diciembre nos concentramos -porque yo era una de esas personas y realmente lo pasé mal aquellos días- en las instalaciones de la protectora de animales de Tarragona dando testimonio del rechazo rotundo hacia aquellos actos. Por
tanto, desde aquí también queremos felicitar a todas aquellas personas que promocionaron, ayudaron e impulsaron estas movilizaciones.



Mi grupo parlamentario cree que hay que tener tolerancia cero hacia este tipo de actos. Tenemos legislaciones europeas -también citadas anteriormente por otros portavoces- que son suficiente referente como para poder aplicar nuestra propia
fórmula española; pero en todo caso tenemos unos modelos que podemos aplicar tranquilamente para homologarnos con el resto de países de la Unión Europea. ¿Qué pretendemos cambiar? Como decía mi buen amigo Joan Puigcercós, básicamente el artículo
632 del Código Penal. Otras cosas también, pero principalmente este artículo; un artículo que tipifica como falta el maltrato a los animales con sanciones ridículas, según nuestro criterio, y claramente insuficientes. Una multa de 10 a 60 días
creemos que es una multa irrelevante e impropia de un Estado de Derecho para castigar acciones como las que el 3 de noviembre del año pasado tuvieron lugar en la sociedad protectora de animales en Tarragona.



En este contexto creemos que debemos modificar el Código Penal. Como decía antes, mi grupo parlamentario ya presentó una proposición no de ley. Fue el primer grupo parlamentario que a raíz de los hechos de Tarragona presentó ante la Cámara
una proposición no de ley instando al Gobierno a modificar el Código Penal, entendiendo que debería ser en el marco de esa comisión técnica de revisión de las penas del Código Penal, pero en todo caso con un mandato muy claro que responda a lo que
la gente pide y lo que es de justicia. Esa proposición no de ley no tuvo suerte y fue rechazada, pero creemos que mantiene vivo su espíritu y creemos que debemos insistir en ello. También me he referido a la Comisión de Agricultura que tuvo lugar
el 10 de abril de los corrientes en la que el Grupo Parlamentario Popular presentó otra proposición no de ley que instaba al Gobierno a presentar ante esta Cámara un proyecto de ley de protección de los animales; un proyecto de ley que creemos
necesario, ya lo reclamamos hace mucho tiempo y hace años que seguramente duerme en un cajón de algún ministerio. Nosotros apoyamos esta iniciativa porque creemos que el Estado español no puede ser el único país de la Unión Europea que no disponga
de una ley general de protección de los animales, no podemos ser también el vagón de cola en estos temas. Creemos que aun con esta ausencia y con este vacío legal, tenemos la suerte -por decirlo de alguna manera- de que existan y estén aplicándose
-con distinta suerte, también hay que decirlo- hasta 14 leyes autonómicas de protección de los animales con sanciones administrativas. Quiero recordar que la Ley catalana de protección de los animales del año 1988 fue la pionera en todo el Estado
español y que en estos momentos se halla en trámite de modificación para adaptarse a las nuevas circunstancias.



Dicho esto, ¿cuáles son los principales aspectos y modificaciones que plantea la proposición de ley que presenta el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)? En primer lugar, la característica más relevante -y que es la diferencia
de dos de las tres proposiciones que hoy vamos a discutir- es la que establece en el artículo 337 bis punto dos, en el sentido de que el Código Penal plantee penas de prisión, a la que antes hacía referencia el portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista, con la que estamos totalmente de acuerdo porque somos conscientes de que jurídicamente esto crea cierta tensión, hay opiniones para todos los gustos como no puede ser de otra forma, pero aquí estamos haciendo política, por lo que
obviamente tenemos que sustentarnos en un corpus jurídico suficientemente consolidado, penas de prisión 6 meses a 2 años o multa de 8 meses a 24 meses para quien maltrate a un animal de compañía con resultado de muerte o lesiones invalidantes de
carácter permanente.
En otras legislaciones penales de países de la Unión Europea se prevé este tipo de penas, por lo que también podemos homologarnos sin que se rompan los fundamentos jurídicos de la Constitución ni de las leyes sectoriales
vigentes. También planteamos una pena de arresto de 7 a 10 fines de semana o multa de 4 a 12 meses en el caso de maltrato con ensañamiento a animales de compañía. Planteamos otras medidas sectoriales que no voy a citar para no alargarme, pero que
están planteadas en el texto articulado que hemos presentado. En todo caso, consideramos importante plantear que la ejecución de las penas, cuando puedan ser sustituidas por trabajos en beneficio de la comunidad, puedan cumplirse en entidades
protectoras de animales. Todo esto es un compendio de propuestas planteadas desde la reflexión, desde la complicidad con los diferentes agentes y operadores del sector, con vocación de proporcionalidad respecto a las penas aplicables a hechos
delictivos contra personas o propiedades. Aquí cada uno tendrá su teoría, pero nosotros consideramos que desde que se tuvo conocimiento de los hechos acaecidos el 3 de noviembre en Tarragona, hemos tenido tiempo suficiente para valorarlo, para
estudiarlo, para contrastar opiniones, y creemos que las medidas que planteamos son proporcionales a los hechos que queremos atacar. Por tanto entendemos -repito- las objeciones y los argumentos del Grupo


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Parlamentario Popular para oponerse a la toma en consideración de estas proposiciones de ley; lo entendemos porque es una posición adoptada desde el 11 de diciembre del año pasado, y cada uno tiene su propia coherencia.



En todo caso, quiero recordarles que mi grupo parlamentario aceptaba ya en esa proposición no de ley que fuese la comisión técnica de revisión de penas del Código Penal la que dictaminara al respecto, y me remito al texto literal de la
proposición no de ley presentada por mi grupo parlamentario en aquella fecha. En ningún caso consideramos que esa comisión compuesta por especialistas, por expertos y por catedráticos, y sus trabajos son incompatibles con la iniciativa
parlamentaria y con el debate político. Aquí coincido plenamente con el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista al considerar que son dos debates que pueden transcurrir en paralelo y que no son contrapuestos. No se puede sacar el debate
parlamentario de esta Cámara, aunque haya una comisión que puedan aportarnos en fecha breve sus conclusiones que son muy valiosas, pero que al fin y al cabo son conclusiones jurídicas, y será esta Cámara la que deberá aplicarlas y transformarlas en
una nueva norma que evitara en lo posible la reproducción de los hechos a los que me he referido con anterioridad.



Aunque la suerte esté echada -como se dice en lenguaje coloquial-, vale la pena recordar al Grupo Parlamentario Popular el valor político y electoral que a nuestro juicio tienen esas más de 600.000 firmas que hace algunas fechas se hicieron
llegar al portavoz que hoy defenderá la posición del Grupo Parlamentario Popular, porque en absoluto son desdeñables. Quizá este no deba ser el único criterio a seguir para incidir en una modificación parcial del Código Penal. Seguramente, no.

Insisto en que aquí estamos para hacer política, por lo que no se pueden dejar de tener en cuenta las opiniones de esas más de 600.000 personas y todas aquellas personas que aunque coinciden con los planteamientos de estas personas no firmaron y que
tengan que ver o no con las entidades protectoras de animales, tengan o no animales de compañía en su casa -como puede ser mi caso, que aunque soy un gran amante de los animales no tengo ningún animal de compañía- consideran que es absolutamente
necesario dar apoyo a esta petición popular. Por tanto, y salvando las consideraciones formales en relación al trabajo que se está planteado desde esa comisión técnica de revisión de penas del Código Penal a que me refería, el Grupo Parlamentario
Catalán (Convergència i Unió) quiere hacer un último esfuerzo para intentar convencer a aquellos grupos que todavía tengan alguna duda de que debemos dar apoyo a la toma en consideración de las cuatro proposiciones de ley, y a partir de aquí abrir
un debate político positivo en el que se llegase a cierto consenso; que de las cuatro proposiciones presentadas llegáramos a un consenso que posibilitara un texto único y que esa modificación parcial del Código Penal viese la luz con el máximo
consenso posible en beneficio de miles y miles de animales que anualmente sufren maltratos que no deberían sufrirlos bajo ningún concepto.



Nada más y muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Martí.



Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor Rejón.



El señor REJÓN GIEB: Señora presidenta, señorías, buenas tardes.



Entre los comunicados, mensajes y cartas que imagino han llegado a todos los grupos durante estos días con más asiduidad -indistintamente de que hayamos presentado iniciativas legislativas o no-, acerca de la temática del maltrato a los
animales, quiero leerle unos párrafos de un ciudadano de Madrid que decía: cientos y cientos de antiguas mascotas, antiguos compañeros fieles de personas hacinados en una fosa común en plena capital de España, en pleno siglo XXI, en el 2002 y con
España a la cabeza de la Unión Europea. (La señora vicepresidenta, Becerril Bustamante, ocupa la Presidencia.)


Señorías, cuando cuatro grupos parlamentarios bien distintos entre sí y partiendo de diferentes postulados sociopolíticos, concluyen que existe un problema entorno al maltrato de los animales de España, creo que es de sentido común reconocer
la existencia del citado problema. Cuando tenga lugar la votación -todavía no he oído al representante del Grupo de Coalición Canaria-, posiblemente se producirá una votación similar donde el grupo que soporta al Gobierno se queda sólo como ocurre
en otras votaciones de determinada importancia política, y esta también la tiene.



Señorías, son bien conocidos por todos los hechos recientes -no me voy a referir a ello, porque ya lo han hecho el resto de los portavoces- que ponen de relieve que determinados ciudadanos no saben conducirse de forma adecuada en su trato
con los animales, llegando a darse algunos comportamientos de sadismo y producción de violencia gratuita sobre los animales que rozan lo patológico. La matanza de un perro con tijeras en Madrid en plena calle podría haber llevado curiosamente a que
multaran al ciudadano por manchar la calle de sangre, pero no por haber masacrado al perro. No se trata de repasar aquí el listado de estos hechos, pues son bien conocidos por todos ustedes. De la misma manera tampoco es oportuno repasar otros
hechos, quizá menos espectaculares pero que todos los años coincidiendo con la temporada de fiestas patronales, llenan páginas de la prensa local y que en algún caso


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están incluso publicitados por las ONG en otros países de nuestro entorno.
No se trata de hacer un catálogo de horrores etológicos, pues partimos de la base de que todos reconocemos la existencia del problema; se trata de penetrar en el
campo de las posibles soluciones al mismo. En principio, el problema del maltrato de los animales parece un asunto que debe ser objeto de atención en la enseñanza obligatoria de los jóvenes españoles y que a lo sumo debe ser objeto de atención de
las corporaciones locales como una labor más de policía administrativa. Esto es así en principio, sin embargo hay que ser conscientes de que los esquemas de tutela administrativa y potestad sancionadora cuando sea menester, no están teniendo el
éxito deseado en la prevención del maltrato y trato cruel de los animales por parte -esperemos-de una muy reducida porción de nuestra población.



Todos conocemos legislación administrativa, autonómica y local dedicada a este asunto, que a pesar de su encomiable propósito no ha conseguido frenar las manifestaciones más patológicas de este fenómeno. Es el momento de pensar en medidas
alternativas a las tomadas hasta ahora. Sin duda el derecho penal, la última ratio punitiva estatal puede parecer en principio excesiva en este campo, sin embargo, señorías, debemos notar que estamos ante comportamientos patológicos de extremada
crueldad que deben ser evitados no solo por la alarma social que crean entre los ciudadanos amantes de los animales, sino también por poder llegar a ser fruto de agresión y violencia destinada no sólo a los animales. Se trata, por tanto, no de
reprimir penalmente comportamiento de extrema violencia gratuita hacia los animales que causan escándalo entre la ciudadanía, sino de señalar penalmente a ciudadanos que hoy causan daños a los animales pero que mañana causan daños o incitan a
hacerlo no solo a los animales. Los comportamientos violentos gratuitos, como demuestran cada día los medios de comunicación, desgraciadamente no recaen solo sobre animales sino también sobre las personas, los niños, las niñas, los jóvenes educados
en la permisividad respecto a la violencia con los animales, heredarán este desprecio por el mundo animal y serán susceptibles, al menos algunos, de repetir esas pautas violentas no solo con los animales. Por tanto, estamos ante la necesidad de
reformar nuestro Código Penal para introducir delitos y faltas, penas y medidas de seguridad relativa a los comportamientos de maltrato y violencia excesiva sobre los animales.



Los cuatro grupos parlamentarios proponentes hemos coincidido en la necesidad de reformar el Código Penal y aunque nuestras proposiciones de ley tienen alguna divergencia, todos hemos entendido que la solución a este problema implica una
reforma legal. No voy a entrar en las características de las diferencias que las cuatro proposiciones de ley tienen entre sí, no es este el momento oportuno. Entendemos, señorías, que si hoy se admiten las mismas a trámite ya habrá tiempo para
reflexionar sobre las diferencias y sobre la mejor manera de atajar penalmente los comportamientos patológicos a los que hoy, con esta iniciativa, pretendemos hacer frente.



Evidentemente, el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida votará a favor de las cuatro iniciativas, tres de los demás grupos y la suya propia, y espera el respaldo de los demás grupos parlamentarios, como así lo han dicho; pero
pediríamos a los grupos parlamentarios no proponentes el apoyo a esta proposición de ley con el objetivo de coadyuvar a la solución de este problema y entre todas y entre todos, buscar la mejor fórmula penal para ello.



Acabo mi intervención, señorías, con una reflexión que puede parecer contradictoria con todo lo anterior y que sin embargo es complementaria.
El derecho, también el penal, tiene una virtualidad evidente en la configuración de los hábitos
sociales, sin embargo el derecho, incluido el penal, también tiene evidentes limitaciones. Es necesario tener esto en cuenta. La solución al problema que hoy tratamos es en parte legal y penal, pero todos sabemos que para acabar con la violencia y
el maltrato a los animales es necesario invertir muchos esfuerzos educativos, pedagógicos y mediáticos por parte de las administraciones públicas, pero también de las entidades privadas. Seamos conscientes de la necesidad de esta reforma del Código
Penal, pero también de la necesidad de realizar esfuerzos en otros campos.



Quiero dirigirme al partido que soporta al Gobierno. Según algunos comunicados, algunos teletipos que han salido, parece ser que van a votar en contra por aquello de que hay una comisión de expertos que está trabajando en ello. Señorías,
yo les haría una propuesta e incluso me atrevería a extenderme a los restantes grupos parlamentarios. Si ustedes aquí desde la tribuna se comprometen a ir en la misma línea de las proposiciones de ley, es decir en traer de la mano de sus expertos
juristas una reforma del Código Penal para penalizar estas actuaciones en más o en menos que ya veríamos en el debate parlamentario posterior, si ese compromiso se realiza en tiempo determinado yo no tendría inconveniente en retirar la iniciativa de
Izquierda Unida. Ustedes que han tenido tanta prisa para que un grupo de expertos toque un tema tan importante como es el de los juicios rápidos, entiendo que también con esa premura pueden traer a esta Cámara ese documento. Vuelvo a insistir.
Si
ese documento va en la filosofía -y los juristas trabajan sobre propuestas políticas- de reformar el Código Penal para que la actuación -el castigo o el abandono- en relación con los animales sea delito, podríamos evitar esto. No me gustaría, pero
podrían hacerlo en el trámite de enmiendas. De todas


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formas, lo importante es la conclusión, no quien es el padre o la madre de la criatura.



Termino ya. Hace un momento me llamaba por teléfono mi perro, Tao, para decirme que estaba orgulloso, que llevaba ocho años sin darle un buen rato y me decía: Explícales a los del PP que la diferencia entre el voto si y el voto no a estas
leyes es la diferencia que hay entre quien tiene animales como compañía amiga y quien los tiene para que decoren y adornen.



Nada más. Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Gracias, señor Rejón.



¿Grupos que desean fijar posición? (El señor Aymerich Cano pide la palabra.)


Señor Aymerich, el Grupo Mixto ha intervenido. Puede usted manifestar de forma muy breve su posición, que entiendo que será de apoyo al resto de su grupo. Le ruego que lo haga de forma muy breve.



El señor AYMERICH CANO: Muy brevemente, señora presidenta.



Quiero manifestar que el Bloque Nacionalista Galego mantiene, como ya manifestó en la Comisión de Justicia e Interior, en la sesión habida el pasado 11 de diciembre del año 2001, reticencias importantes respecto a estas proposiciones de ley;
reticencias importantes, en primer lugar, por los problemas técnicos que plantean: ¿Qué se entiende por animal? ¿Vertebrados, invertebrados? Ahora se habla en algunas proposiciones de perros y gatos, en otras de animales domésticos, y esto, desde
un punto de vista técnico penal plantea problemas importantes. Pero, sobre todo, existe un problema político. Nosotros somos los primeros en indignarnos cuando se cometen salvajadas como las que se relataron desde la tribuna y somos los primeros
en reclamar, y así lo estamos haciendo en Galicia, una reforma de la legislación de protección de los animales domésticos.
Hay una ley de protección de los animales que prevé sanciones administrativas, multas, inhabilitación y pretendemos
endurecerla, pero no nos parece que la respuesta penal sea la más adecuada desde un punto de vista político ni la más eficaz desde un punto de vista jurídico.
Desde un punto de vista político porque creemos que también aquí hay que hacer pedagogía
y hacer entender a los ciudadanos que el derecho penal debe mantener ese carácter de última ratio y no utilizarse para sancionar o para reprender cualesquiera conductas, por moralmente reprobables, incluso jurídicamente reprobables, que estas puedan
ser. Nosotros somos contrarios a hinchar el Código Penal y así lo manifestamos cuando se debatió acerca de la reforma de la Ley del Menor o acerca del endurecimiento del Código Penal en ciertas materias. Por otra parte, desde un punto de vista
jurídico, dudamos, como ya sucede con otros delitos tipificados en el Código Penal, como pueden ser delitos contra el medio ambiente o delitos urbanísticos, que esta vaya a ser una fórmula positiva para proteger más eficazmente el bien jurídico de
que se trate.



En cualquier caso, y expuestas estas razones, el Bloque Nacionalista Galego se va a abstener para no dificultar la tramitación de estas proposiciones de ley. Esperamos que durante la tramitación en Comisión éstas puedan mejorarse, que
puedan solucionarse los problemas de proporcionalidad y los problemas técnicos que las mismas, desde nuestro punto de vista, siguen planteando.



Nada más. Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Muchas gracias.



Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra la señora Uría.



La señora URÍA ETXEBARRÍA: Muchas gracias, señora presidenta.



Señorías, también en la formación política a la que represento causaron honda conmoción los sucesos de los que traen causa estas iniciativas, dos de ellas de manera explícita, como figura en su exposición de motivos.
En las otras
iniciativas también es evidente que su espíritu está presente a la hora de plasmar las normas. Estos hechos de que derivan son, desde luego, sucesos de maltrato cruel, que denotan degradación humana en sus autores, creemos que son sucesos de
extrema violencia.
Además, estos sucesos denotan unas situaciones que creemos que deben hacerse desaparecer de las conductas humanas, pero dudamos mucho de que sea el Código Penal el instrumento adecuado para plasmarlas. Así lo manifestamos cuando
hubo debate al respecto en la Comisión de Justicia mediante iniciativas que entonces no eran legislativas sino simplemente de instancia al Gobierno y así también tenemos que decirlo en este trámite por razones que creemos estrictamente jurídicas;
qué duda cabe que la sensibilidad humana, cada vez mayor, en relación con el buen trato a los animales, con todo lo que es su entorno social, denota un avance en la sensibilidad y por lo tanto han de ser bienvenidas. Vemos que en esta ocasión, a
pesar de que en determinados ámbitos se habla de derechos de los animales, esto no es así desde nuestra perspectiva sino que estamos hablando de derechos de los humanos. Desde mi formación política se ha intentado y se ha sostenido una y otra vez
que sea reconocido como derecho humano al medio ambiente y esta es la misma perspectiva que debe adoptarse en relación con el trato que ha de darse a todos los seres vivos, pero desde luego no equiparando en modo alguno a los animales con los seres
humanos.



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Se nos ocurren varias preguntas, la primera de ellas cuál sería en este caso el bien jurídico protegido y por qué título entrarían. Nos parece desde luego que los derechos se predican de las personas y sólo éstas, su sensibilidad, es la que
resulta dañada por estos hechos. Estaríamos además en lo que en la dogmática se llama el derecho de sentimientos, que hasta ahora ha tenido escasísima aceptación en relación con los tratadistas, porque siempre se ha pensado que tiene que haber una
conexión con valores fundamentales para la convivencia para que una determinada conducta pueda considerarse digna de entrar o de formar parte del Código Penal, digna o, mejor dicho, indigna. Si lo que se pretende es castigar conductas, ¿es este el
instrumento idóneo? Nos parece que la Constitución en su artículo 25 equipara el ius puniendi del Estado, sea éste ejercitado por las administraciones públicas o ejercitado por los tribunales. Nos parece entonces que no en todo tienen por qué
entrar los tribunales y que a lo mejor la condición de eficacia se conseguía de una forma más rápida y más ejemplarizante, más fácil en la persecución si lo seguíamos residenciando en las autoridades administrativas. Hasta ahora, salvo las faltas
que se tipifican en los artículos 631 y 632 del Código Penal vigente se ha considerado sancionable como potestad autonómica. Nos sorprende que desde formaciones que son nacionalistas, y la nuestra también lo es, se quiera pasar ahora al ámbito
estatal la tipificación de estas conductas por el dato de introducirlas dentro del Código Penal.
Existen leyes de Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, Euskadi y Valencia,
normas propias que sancionan en muchos casos de forma extraordinariamente grave las conductas a las que ahora se refieren. El mayor mérito a mi juicio de la iniciativa, que repito tiene el de denotar la sensibilidad humana ante lo que son conductas
degradantes, está en que junto a las multas o los posibles arrestos se establecen además medidas sancionadoras que sean en beneficio de la comunidad o de entidades que participen con la protección de animales o medidas reeducadoras. Pero esto,
señorías, no es monopolio de las normas penales. Recientemente se han aprobado en esta Cámara modificaciones sobre la Ley de tráfico y seguridad vial y ahí hemos metido como sanciones administrativas la posibilidad de enervar las multas por medio
de aceptar las conductas reeducadoras.



Además, de aceptarse estas iniciativas los propios legisladores caeríamos en una prohibición constitucional cual es la del bis in idem. El bis in idem no aparece recogido como tal en el artículo 25 de la Constitución, pero sí dice el
Tribunal Constitucional que forma parte de la proporción en la respuesta sancionadora, por lo tanto integra la tipicidad a que se refiere este precepto. Existiendo normas idénticas a las que pretenden las cuatro iniciativas dentro de las normas
autonómicas, repito, no sería al operador jurídico sino nosotros mismos quienes incurriríamos en dobles tipicidades con idéntica respuesta punitiva. Se producía además otra circunstancia, ¿por qué íbamos a entender que estas Cortes Generales son
hábiles para obligar a las comunidades autónomas a modificar sus normas? El principio de autonomía lo impediría y estas Cortes son competentes para legislar aquello sobre lo que deben pero no para decir a las comunidades autónomas, salvo que medie
el Tribunal Constitucional, si deben o no derogar las normas que tienen ya asumidas. Para evitar este problema constitucional creemos que no cabría esta respuesta de intromisión de la soberanía de las Cortes en lo que es soberanía -también
soberanía- de los parlamentos autonómicos.



Se pena en general además la crueldad y el abandono pero con muy distintas tipicidades. Por ejemplo, en la iniciativa de Izquierda Unida el abandono aparece como delito y como falta y, perdónenme que lo diga, cuando se tipifica como
abandono aparece con idéntica pena que el abandono respecto de familiares, en el capítulo de los delitos referidos a la custodia a los familiares que de uno dependen. Desde nuestra perspectiva, siendo muy sensibles respecto al trato que los
animales merecen y a que nadie debe abandonar a un ser vivo respecto del cual se ha responsabilizado, no hay equiparación posible entre el abandono de una persona indefensa y el de una persona que depende de uno en relación con el posible abandono
de animales. Me dirán que esto podría ser corregido en el trámite parlamentario. Señorías, son tales los defectos que venimos señalando que creemos que debemos ponderar mucho más por qué camino ha de entrar en esta Cámara una iniciativa de este
estilo, si es que debe entrar, respecto de algunos de los aspectos, que no de todos.



Además hay en este momento en la Cámara iniciativas de reforma del Código Penal que están paralizadas sobre bienes jurídicos extraordinariamente importantes, como son la reforma del Código Penal en materia de delitos contra la libertad
sexual o de delitos de secuestro familiar de menores por parte de quienes son sus parientes. Ambas, por decisión de la comisión codificadora, están paralizadas a la espera de que no incurramos por excesivo parcheo, si se me permite la expresión, en
el texto del Código Penal, en desproporción en relación con los tipos punitivos, no vaya a ser que bienes que se consideran inferiores a la vida acabasen estando penados de una forma muy superior. Si tenemos paralizadas, repito, las iniciativas
referidas a la libertad sexual a la espera de libertad individual de las personas y referida al secuestro de menores por sus propios parientes, con mayor


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motivo debemos sosegar el ánimo y esperar para ver qué es lo que desde nuestra perspectiva, dejado el ámbito de las normas autonómicas, cabría incluir dentro del Código Penal.



En definitiva, señorías, creemos que, tal como tuvimos ocasión de manifestar en Comisión, es precipitado entrar a pensar que el instrumento sancionador en este caso tenga que ser el Código Penal. La eficacia tendrá que venir siempre
asociada a que sea efectivamente encontrado el culpable de tales conductas y pueda ser castigado, lo que en el caso de los sucesos de Tarragona tengo entendido que no ha ocurrido. No hubiese mejorado la situación el que tales conductas estuvieran
incursas en un ilícito penal. Por otra parte, estamos haciendo esfuerzos denodados para descargar a los tribunales en relación con los llamados juicios rápidos y conseguir la justicia en un tiempo que sea justicia tal porque sea justicia a tiempo.
Si vamos añadiendo nuevos tipos penales que hasta ahora eran infracciones administrativas y que, repito, la eficacia en su persecución venía garantizada por el principio sancionador, nos parece que no estaríamos haciendo ningún beneficio a lo que
desde el artículo 25 de la Constitución se pretende cuando se habla de la potestad de reprimir conductas desde los poderes públicos, sin especificar que éstos deban ser en todo caso los tribunales. Repito, nuestra idea es alabar lo que tiene de
avance en la sensibilidad humana o en la percepción de determinados bienes y valores que han de ser preservados pero sin incurrir ahora en la precipitación de dar ya por admitidas a trámite unas modificaciones del Código Penal que, como constitución
negativa que es, debe merecernos el respeto y el sosiego en un trámite tranquilo al que ya nos referimos en el paso de esta iniciativa por la Comisión. No podemos desde luego dar sin más el visto bueno a las iniciativas que se nos presentan, y en
tal sentido se manifestará el grupo parlamentario al que pertenezco.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Muchas gracias, señora Uría.



Por el Grupo Parlamentario Popular, para fijar la posición del grupo, tiene la palabra el señor De Luis.



El señor DE LUIS RODRÍGUEZ: Gracias, presidenta.



Señorías, la posición de mi grupo parlamentario en este debate, que es el tercero que realiza la Cámara, dos en Comisión y éste que ocupa hoy el Pleno, está condicionada por lo que han sido las posiciones ya manifestadas por el propio
Congreso a través de las votaciones celebradas en las comisiones de Justicia y Agricultura, la de Justicia en el mes de diciembre y la de Agricultura hace escasamente 15 días.



Mi grupo parlamentario, además, tiene una doble obligación con esas votaciones, por cuanto que en ambas ocasiones las proposiciones no de ley que han prosperado han sido iniciativas de nuestro grupo, lo que desde luego despeja
definitivamente cualquier duda de pasividad que se nos pueda achacar. En efecto, cuando tuvimos conocimiento de los hechos ocurridos en Tarragona a principios del mes de noviembre mi grupo procedió de forma inmediata a formular una proposición no
de ley que fue sometida, como no podía ser de otra forma, a la Comisión de Justicia e Interior. Para llegar al contenido de la proposición no de ley que fue aprobada mi grupo reflexionó en torno a los hechos que dieron lugar a la situación y a las
características que tiene el Código Penal como pieza del ordenamiento jurídico de nuestro país. En principio, consideramos que aquellos hechos, rotundamente condenables y que no tienen justificación alguna -nos comprometimos a luchar firmemente
para erradicar esos comportamientos antisociales entre nuestros ciudadanos, por considerar que eran hechos individuales-, no son hechos generalizados de nuestra sociedad. (Rumores.) Como tales hechos generalizados, con un componente tan siniestro,
podían responder a patrones de comportamiento casi patológicos, como ha señalado algún interviniente, y yo también tuve ocasión de señalar en la Comisión. (Rumores.) Por otra parte, entendemos que el Código Penal, por el peso que tiene en el
ordenamiento jurídico español, por su propia naturaleza y su contenido, porque existen determinados artículos del Código Penal que hoy se pueden aplicar sin necesidad de modificar apresuradamente su texto, y porque estamos absolutamente convencidos
de que es inconveniente, no es recomendable y puede ser hasta inoportuno reformar a impulsos de hechos que ocurren en la sociedad una norma jurídica de estas características, le propusimos a la Comisión de Justicia... (Rumores.)


La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Un momento, señor De Luis.
Señoras y señores diputados, les ruego guarden silencio para que podamos seguir la intervención del diputado que está en el uso de la palabra.



Continúe, señor De Luis.



El señor DE LUIS RODRÍGUEZ: Gracias, señora presidenta.



Quiero señalar de forma muy rápida que los hechos ocurrieron en noviembre; nuestra proposición no de ley fue presentada el mes de noviembre y se incluyó en el debate en la Comisión el 10 de diciembre junto con una iniciativa de Convergència
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Unió. Propusimos a la comisión técnica que se ha creado para revisar las reformas que deben producirse en el Código Penal de 1995, que evaluara si era necesario perfeccionar el citado Código en relación con estos supuestos, con la sana
intención de garantizar una mejora de la efectividad de la norma. Eso significa por parte de nuestro grupo, y ha habido algunas malas interpretaciones en la opinión pública, que nos sometemos al criterio de la comisión de expertos. Si la comisión
de expertos considerara que el Código Penal debe ser perfeccionado y, que más allá de lo que hoy contempla, debe ser modificado para mejorar su carácter coercitivo sobre estos supuestos, mi grupo parlamentario no tendría ningún inconveniente en
aceptar ese planteamiento. Pero nos sometemos al criterio de la comisión de expertos, porque creemos que es la mejor forma de administrar responsablemente la mayoría absoluta que tiene nuestro grupo en el Congreso y en el Senado, dicho sea de paso.



No conforme con esta aportación, que entendemos que es una real aportación al problema que hoy ocupa al Pleno, mi grupo parlamentario, tras entrar en contacto con distintas asociaciones protectoras de animales, tuvo conocimiento de que
muchísimos instrumentos del modelo que hoy tienen las administraciones públicas para luchar contra estos hechos no se estaban cumpliendo o eran perfectibles de ser mejorados. Las propias asociaciones protectoras de animales nos hacían ver que el
nivel de aplicación del Código Penal podía ser mejorado en su redacción actual, y que algo que es muy importante que conozca el Pleno, porque completa el modelo, como ha dicho alguno de los que me han precedido en el uso de la palabra, las leyes de
protección animal de las comunidades autónomas, que tantas como 13 tienen leyes específicas sobre la materia, deberían de tener un grado de cumplimiento mejor. A los efectos de perfeccionar ese modelo que existe e incrementarlo con determinadas
aportaciones, para poder conseguir mayores resultados en lo que es nuestro compromiso, que es la protección de los animales -y ahí están los antecedentes que mi grupo tiene en las dos últimas legislaturas en relación con todo lo que es protección
del reino animal, del reino vegetal y del medio ambiente-, presentamos una proposición no de ley que fue debatida en solitario en la Comisión de Agricultura. Fue el único grupo que presentó una proposición no de ley para perfeccionar y complementar
el modelo actual. El primer mandato de esa proposición no de ley instaba al Gobierno a que impulsara un mayor celo y un mayor rigor por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para mejorar el grado de ejecución y cumplimiento del
Código Penal de 1995 en su redacción actual y de las leyes de protección de los animales. Creo que perfeccionar los instrumentos que se tienen es algo positivo y recomendable. Por tanto, es una aportación y una demostración inequívoca de nuestro
compromiso con el objetivo que muchos grupos persiguen.



El segundo mandato de aquella proposición no de ley introducía una novedad, que ha sido apoyada por la Comisión de Agricultura, y era instar al Gobierno a que remitiera una ley de protección de los animales, de aplicación en todo el ámbito
del Estado. Es evidente que eso demuestra una vez más nuestra sensibilidad. Habrá que esperar a que la ley sea remitida a esta Cámara y creo que tendremos un nuevo instrumento para conseguir el objetivo que todos perseguimos que, como vuelvo a
decir y vuelvo a comprometerme, es mejorar la protección de nuestros animales.



El tercer mandato de esa proposición no de ley, que fue apoyada en la Comisión de Agricultura después de aceptar una enmienda de Convergència i Unió, pretendía introducir otro instrumento en el modelo -y es una novedad, y también se ha
comentado en la sesión de este Pleno-, que era instar al Gobierno a que incrementara los componentes de educación medioambiental de los jóvenes y niños. Estamos convencidos de que en los comportamientos antisociales, como es este comportamiento que
nos ocupa, si de alguna forma se hace una labor preventiva, incrementando los niveles de educación, incrementando los niveles de respeto a los animales, a las plantas y al medio ambiente en general, estaremos eliminando la posibilidad de potenciales
agresores, y creo que es un paso muy notable y muy positivo.



Por tanto, el Grupo Parlamentario Popular en este momento se encuentra con la conciencia muy tranquila de mantener su coherencia con su compromiso muy firme de protección de los animales, con el rigor que significa mantener la coherencia de
esta Cámara en la votación de la Comisión de Justicia e Interior. El rigor de los trabajos parlamentarios quedaría en cuestión si desde el mes de diciembre a aquí y desde hace 10 días escasamente, el Pleno de la Cámara revisara el sentido de voto
de la Comisión de Justicia y de la Comisión de Agricultura que, por cierto, son tan soberanas como es el propio Pleno.



Por tanto, en aras de la coherencia y muy satisfechos de las aportaciones que hemos hecho para incrementar y revitalizar los instrumentos de que dispone el modelo, y desde luego también muy satisfecho de la responsabilidad que manifestamos
en torno al Código Penal, mi grupo parlamentario, señora presidenta, no apoyará la toma en consideración de las iniciativas que se encuentran en trámite.



Muchas gracias. (Aplausos.)


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La señora VICEPRESIDENTA (Becerril Bustamante): Muchas gracias, señor De Luis. (La señora presidenta ocupa la presidencia.)


La señora PRESIDENTA: Señorías, les ruego ocupen sus escaños.



Vamos a iniciar la votación de la toma en consideración de las proposiciones de ley. En primer lugar, proposición de ley del Grupo Parlamentario Socialista, orgánica de modificación del Código Penal.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 288; a favor, 119; en contra, 160; abstenciones, nueve.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Mixto, de modificación de la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, sobre los maltratos y otras conductas que provoquen sufrimiento a los animales de
compañía.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 291; a favor, 117; en contra, 164; abstenciones, 10.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) orgánica de modificación del Código Penal a los efectos de tipificar como delito el maltrato a los animales.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 291; a favor, 118; en contra, 160; abstenciones, 13.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, de modificación de la Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en relación a los delitos y las faltas aplicables a las
conductas que provoquen sufrimiento a los animales de compañía.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 291; a favor, 117; en contra, 163; abstenciones, 11.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



- DEL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ), ORGÁNICA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 2/1979, DE 3 DE OCTUBRE, DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. (Número de expediente 122/000189.)


La señora PRESIDENTA: Toma en consideración de proposición de ley del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) orgánica de modificación de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.



Para la presentación y defensa de la iniciativa, tiene la palabra el señor Jané. (En la tribuna de invitados se despliega un cartel alusivo al debate anterior, que es retirado inmediatamente por los servicios de la Cámara.)


Ruego a los servicios de seguridad de la Cámara que desalojen las tribunas. (Rumores.)


Señorías, guarden silencio y ocupen sus escaños al objeto de que podamos continuar con el debate; hay un diputado esperando en la tribuna para hacer uso de la palabra. Señorías, les ruego que ocupen sus escaños o abandonen el hemiciclo en
silencio.



Adelante, señor Jané.



El señor JANÉ I GUASCH: Gracias, señora presidenta.



Señor ministro de Administraciones Públicas, señoras y señores diputados, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presenta hoy ante el Congreso de los Diputados... (Rumores.)


La señora PRESIDENTA: Un momento, señor Jané, por favor. (Pausa.)


Adelante, señor Jané.



El señor JANÉ I GUASCH: Nuestro grupo parlamentario presenta hoy ante el Congreso de los Diputados una propuesta concreta para modificar los artículos 71 y 72 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que fue aprobada en el año 1979.
Señora presidenta, el artículo 71 de esa ley orgánica permite actualmente que el Gobierno central pueda plantear un conflicto negativo de competencias cuando una comunidad autónoma no ejercita las atribuciones que su estatuto le confiere. Si la
comunidad no atiende ese requerimiento, a continuación el Estado puede plantear ese conflicto negativo, entendiendo que no ha atendido el requerimiento cuando la comunidad autónoma simplemente no actúa; cuando hay una simple inactividad de esa
comunidad autónoma se permite al Gobierno -a su Gobierno, señor ministro de Administraciones Públicas- plantear


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un conflicto negativo de competencias contra esa comunidad autónoma.



En cambio, señorías, no existe aquí un trato paralelo y ello coloca a las comunidades autónomas en una situación de evidente indefensión. Esto, señorías, no lo dice este portavoz que les habla, lo afirman diversos autores, catedráticos de
universidad y el propio Tribunal Constitucional, todos ellos vienen a poner de relieve ese desequilibrio. Por poner sólo algunos ejemplos, en una reciente monografía sobre comentarios a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional -monografía
dirigida por un letrado del Tribunal Constitucional, publicada por el mismo Tribunal Constitucional junto con el Boletín Oficial del Estado-, el catedrático de derecho administrativo Germán Fernández Farreres nos destaca cómo habría tenido que
reconocerse legitimación a las comunidades autónomas para instar el correspondiente conflicto de competencia negativo frente a la omisión o inactividad del Estado contraria al régimen de distribución de competencias. Eso lo reconoce Germán
Fernández Farreres. Una legitimación a la comunidad autónoma que no se ha reconocido y que les coloca -afirma el mencionado catedrático- en una posición de cierta debilidad o desprotección en la defensa de sus competencias, y ello es lo que hoy
quiere rectificar mi grupo parlamentario, quiere modificar la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.



El mismo Tribunal Constitucional, en cinco sentencias del año 1990, resolviendo conflictos positivos de competencias que planteaba la Comunidad Autónoma de Galicia porque no se producían las transferencias de medios materiales y personales a
competencias que eran de titularidad de Galicia, afirma expresamente que cuando existe una omisión del Estado no es posible el conflicto positivo de competencias, que es necesario el conflicto negativo, pero la ley orgánica no lo permite. Por
tanto, debemos solucionar este vacío de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, porque si no se soluciona, seguimos manteniendo una situación de desequilibrio que perjudica a las comunidades autónomas.
¿Por qué las perjudica? ¿Qué ocurre
cuando no se efectúa un traspaso al que estatutariamente una comunidad autónoma, la que sea, tiene derecho a recibir? ¿Qué pasa cuando ese traspaso no llega? El propio Tribunal Constitucional afirma que cuando el traspaso no se efectúa, aunque la
competencia sea autonómica, de manera provisional sigue ejerciendo la competencia el Estado. Afirma el Tribunal: Esto es anómalo, esto debe ser provisional. Pero eso ocurre y dejamos a las comunidades autónomas sin ese debido traspaso que le
reconocen las propias sentencias del Tribunal Constitucional pero que no se pueden atender resolviendo un conflicto positivo. Repito que el conflicto negativo no es posible aquí porque la ley no lo permite.



Por tanto, debemos plantearnos una reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, reforma como la que plantea hoy Convergència i Unió, para hacer posible, para hacer viable el planteamiento de un conflicto negativo de competencias
por parte de una comunidad autónoma cuando el Gobierno central no ejercita sus propias atribuciones por declararse incompetente o por impedir u obstaculizar con su inactividad el ejercicio por las comunidades autónomas de las competencias que tienen
asumidas en sus estatutos de autonomía. El mismo profesor García Roca lo califica como situación material de indefensión y de omisión. Afirma el profesor García Roca: Desprovista de justificación jurídica alguna la imposibilidad que actualmente
tienen las comunidades autónomas de reaccionar por la vía del conflicto frente a la inactividad u omisión del Estado que condiciona o impide el ejercicio de sus competencias.



No existe, por tanto, razón jurídica que avale esa desprotección. Además, señora presidenta, señorías, el Estado sí que tiene el mecanismo cuando es una comunidad la que no actúa, la que no ejercita una competencia: tiene el conflicto de
competencias negativo. Ese mismo conflicto no se lo reconoce la ley orgánica a las comunidades autónomas cuando es el Estado el que con su inactividad impide lo que debe ser el normal desarrollo del Estado autonómico, que es el adecuado traspaso de
servicios para hacer efectivas las competencias asumidas estatutariamente. (La señora vicepresidenta, Mariscal de Gante Mirón, ocupa la presidencia.)


Quizá podría plantearse que este es un debate doctrinal, que es un debate jurídico, pero no, señorías, tiene un alcance práctico importante. Les voy a poner un ejemplo. En Cataluña llevamos ya casi 23 años de ejercicio de nuestras
competencias estatutarias y todavía hoy debemos lamentar que existan traspasos pendientes, a veces reconocidos incluso por el propio Tribunal Constitucional, ya que cuando hemos impugnado una ley nos reconoce una competencia, pero después el
traspaso que correspondería a esa sentencia del Constitucional no se realiza. Les pondré algunos ejemplos: en materia de mercado de valores; en el cumplimiento de las competencias sobre inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas en la
Seguridad Social; en relación con las competencias de salvamento marítimo; o las relativas a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Aquí ya ha habido sentencia del Tribunal Constitucional y el traspaso aún no se ha
producido. La Generalitat de Cataluña no puede ejercitar ese conflicto negativo y que sea el Tribunal el que dirima, el que realmente obligue a realizar ese traspaso de servicios que dé la legitimidad que el propio marco constitucional y
estatutario nos reconocen.



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Tenemos también otros ejemplos de materias que están en el estatuto y que todavía no han sido objeto de traspaso y saben el señor ministro y algunos diputado de esta Cámara con seguridad que están siendo objeto de análisis en la Comisión
mixta de traspasos entre el Estado y la Generalitat de Cataluña. Pondré algunos ejemplos: los paradores de turismo, los servicios de cercanías y regionales de RENFE, la formación sanitaria especializada, la Inspección de Trabajo y de la Seguridad
Social, y la homologación y convalidación de títulos de estudios extranjeros en la enseñanza no universitaria. Estos son, señorías, unos cuantos ejemplos de competencias que están en el Estatuto de Autonomía de Cataluña y que todavía no han sido
objeto de traspasos. Mientras esos traspasos no se cumplen, el Estado puede continuar ejerciendo esas competencias que, de hecho, son de titularidad autonómica, aunque ese ejercicio, tal y como ha reconocido el Tribunal Constitucional, es anormal,
de carácter provisional y no se puede prolongar indefinidamente.
Esto lo dice el Tribunal Constitucional en sus sentencias pero, en cambio, no existe ese mecanismo del conflicto negativo de competencias que pueda instar el Gobierno de la
correspondiente comunidad autónoma.



De ahí que hoy mi grupo plantee esta proposición de ley, que pide a la Cámara que sea tomada en consideración; después se podrán presentar enmiendas, mejorar aspectos, contrastar la redacción que hoy ofrece mi grupo parlamentario, pero la
redacción que hoy ofrecemos está dentro del marco de la Constitución y, más aún, es de estricto cumplimiento de la misma. Cuando la Constitución reconoce la competencia del Tribunal Constitucional para resolver conflictos de competencia entre el
Estado y las comunidades autónomas, el espíritu, la finalidad de la Constitución es resolver situaciones conflictivas, y cuando no se realiza ese traspaso, cuando se produce esa inactividad, estamos, señorías, ante una situación de conflicto. Y ese
conflicto, ¿quién pedimos que lo dirima? El propio Tribunal Constitucional, con lo cual, nuestra adecuación al marco constitucional con esta proposición de ley es absoluta. Esperamos que sea tomada en consideración por esta Cámara y que, de
introducirse este mecanismo, sirva realmente para hacer disminuir el número de conflictos existente y para consolidar el pleno desarrollo del Estado autonómico.



Nada más y muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Jané.



¿Grupos que desean fijar posición? (Pausa.)


Por el Grupo Mixto, en primer lugar, tiene la palabra el señor Aymerich.



El señor AYMERICH CANO: Gracias, señora presidenta.



Brevemente, voy a fijar la posición del Bloque Nacionalista Galego favorable no sólo a la toma de consideración de esta proposición de ley sino incluso al fondo y al sentido de la misma.



Nosotros siempre hemos pensado y defendido que en un Estado como el español y en un sistema de descentralización cada vez menos política -pero debía ser una descentralización política- como el español, el árbitro, es decir, quien está
llamado a dirimir los conflictivos entre las partes que componen el sistema, entre el Estado y las comunidades autónomas, debería ser lo más imparcial y neutral posible y que, por tanto, todas las partes deberían participar en la designación de sus
miembros y, como se propone, todas las partes deberían estar igual de legitimadas para dirigirse a ese tribunal, para suspender las resoluciones y los actos que se impugnan ante ese tribunal, etcétera.
Otra cosa parece entender el actual presidente
de este órgano, pero nosotros insistiremos.



La proposición de ley que nos trae hoy el Grupo de Convergència i Unió nos paree muy oportuna cuando, frente a lo que afirman el Ministerio para las Administraciones Públicas y el Partido Popular, el Estado de las autonomías dista de haberse
consolidado. De hecho, un proceso como el autonómico es per se dialéctico, nunca se acaba, nadie habla de que se acabe el proceso europeo, por tanto, tampoco puede hablarse de que se acabe el proceso autonómico.



En el caso de Galicia hay muchas competencias y transferencias pendientes.
Nosotros reclamamos esas transferencias; parece que el Gobierno autonómico las reclama con menos fuerza, pero esas transferencias pendientes son otras tantas deudas
y obligaciones que el Estado tiene para con Galicia. Esta proposición de ley establece un mecanismo para poder exigir esas deudas, el cumplimiento de esas obligaciones y por esa razón vamos a dar nuestro voto positivo.



Nada más y muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Gracias, señor Aymerich.



Tiene la palabra la señora Lasagabaster.



La señora LASAGABASTER OLAZÁBAL: Gracias, señora presidenta.



También nosotros daremos nuestro voto favorable a esta proposición de ley presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Es evidente que las competencias del Tribunal Constitucional es una cuestión sobre la que bien
merecería la pena hacer una reflexión, no solamente en cuanto al ámbito que hoy se nos presenta en esta Cámara, sino en cuanto a otras cuestiones que ya han sido mencionadas también


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por el señor Aymerich, como la designación de sus miembros.



En todo caso, creemos que aquí se aborda un tema muy concreto, pero de suficiente calado, no solo político sino jurídico, y clave en la sociedad y en el Estado en el que vivimos, y modificar estos dos artículos para poder dotar a las
comunidades autónomas de una posición más activa, en términos de legislación procesal, en los casos de conflictos negativos, nos parece relevante. No voy a citar cuántos casos de competencias quedan pendientes en nuestra comunidad autónoma, como,
me imagino, ocurrirá en algunas otras comunidades autónomas, no lo sé; desde luego, en la nuestra son realmente de importancia desde el punto de vista cuantitativo y cualitativo.



Es evidente que hoy no se plantea, pero bien merecería la pena reflexionar sobre otra cuestión, respecto a la suspensión automática de las normas autonómicas impugnadas por el Estado con tan solo invocar el artículo 161.2 de la Constitución.
Es una cuestión difícil de modificar sólo en relación a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, porque tiene relación directa con la Constitución, pero es otra de las cuestiones que queda pendiente, dado que dota de una competencia de mucho más
calado, la suspensión cautelar, sólo a una de las partes, digámoslo así, en términos coloquiales.



En definitiva, en esta modificación que hoy se nos propone de los artículos 71 y 72 votaremos favorablemente y quedamos a la espera de una reflexión profunda respecto del árbitro, su papel, la composición, las funciones y su experiencia en
el pasado.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señora Lasagabaster.



El señor Puigcercós tiene la palabra.



El señor PUIGCERCÓS I BOIXASSA: Gracias, señora presidenta.



Tomo la palabra breve y rápidamente para dejar claro el voto a favor de Esquerra Republicana de Catalunya a la toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), que ha defendido mi
compatriota Jordi Jané, porque nos parecería lógico, de sentido común -incluso cuando algunos portavoces distinguidos del Partido Popular, como el caso del presidente de la Xunta de Galicia, se refieren a la Administración única, a la sensación de
que hay que profundizar en la voluntad de que las comunidades autónomas tengan capacidad política, no solo administrativa, cosa que no va en la dirección que lleva este Gobierno-, que la capacidad de recurrir al Tribunal Constitucional en aras de
sus competencias fuera también en términos de igualdad.



Desde Esquerra Republicana de Catalunya, que acata este ordenamiento constitucional que ya ha sido rebasado por las necesidades de la sociedad catalana, vasca o gallega, creemos que el concepto de igualdad, la capacidad que puedan tener las
comunidades autónomas de plantear conflicto negativo de competencias al Estado es, en definitiva, no solo un acto de justicia, sino de lo que tenía que ser, de mecánica constitucional.



Otra cosa es el debate, del que ya han hablado otros compañeros del Grupo Parlamentario Mixto que me han precedido en el uso de la palabra, sobre la independencia, la objetividad, el criterio del Tribunal Constitucional hoy y su composición;
es un debate que queremos afrontar cuando sea necesario y pertinente, pero consideramos que lo mínimo es la legitimidad de las comunidades autónomas para poder plantear el conflicto negativo de competencias al Estado. De otra forma, se trasluce
aquí un concepto jerárquico de los partidos de ámbito estatal, en este caso de los partidos nacionalistas españoles, que consideran que el Estado, el Gobierno central, establece una jerarquía que subordina a las comunidades autónomas. No es así.
Incluso podemos ver que países con poca tradición federalista, como el caso de Italia, en la última reforma constitucional pone al mismo nivel las regiones, las provincias y, en definitiva, el Estado. Creemos que esta subordinación, este criterio
jerárquico que establece el Gobierno, esta doctrina que ha determinado es negativa y dice poco de la voluntad de democratización y de descentralización política.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Puigcercós.



Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señora presidenta.



El Grupo Catalán (Convergència i Unió) nos trae hoy una iniciativa de mucha enjundia constitucional que mi Grupo va a votar en contra, y voy a decir las razones por las cuales fijamos esta posición. Se dan cuestiones no de fondo, porque
posiblemente en el contenido de la iniciativa hay necesidad de una clarificación del concepto de conflicto negativo entre la Administración general del Estado y la autonómica, sino de forma. Aquí tendría una buena materia el Senado, si fuera una
Cámara de las regiones, de las comunidades autónomas, para discutir en su seno una iniciativa de este talante. Si se trae a esta Cámara, se necesita una fase previa de consenso y de diálogo entre la Administración central del Estado y todas las
autonomías. Este no es un problema de una comunidad autónoma -si existiera- sino del Estado autonómico, del Título VIII de


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la Constitución, porque en la exposición de motivos de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), a juicio de este diputado, se deslizan unas incongruencias que sería necesario aclarar. Se dice que este
conflicto negativo de competencias se plantea cuando la Administración central del Estado impide, por una inactividad supuesta, el ejercicio de determinadas competencias de las comunidades autónomas. Aquí se dice que no se ha previsto una
legitimación activa de las comunidades autónomas para plantear este tipo de conflicto constitucional negativo frente al Estado cuando este impide con su inactividad que las comunidades autónomas puedan ejercer sus propias competencias. Y dice a
continuación la exposición de motivos de la iniciativa: Esa carencia es especialmente relevante en el caso de que el Estado no proceda a realizar las transferencias de servicios cuya competencia corresponde a las comunidades autónomas. Estamos
entrando en una confusión que es necesario aclarar y de ahí nuestra postura, nuestro voto en contra.



El conflicto negativo de competencias está en la sección segunda, artículo 68, capítulo II, de los conflictos entre el Estado y las comunidades autónomas o de estas entre sí, de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Ahí se deja
claramente dicho cuál es el bien jurídico a proteger en esta cuestión. El bien jurídico a proteger es cuando un ciudadano, bien persona física o jurídica, se dirige a un órgano de la Administración del Estado y éste le contesta que no es él el
competente para resolver esa materia sino la comunidad autónoma. Por tanto, estamos mezclando transferencias de competencias que están funcionando. Se ha puesto como ejemplo los paradores de turismo. Un ciudadano puede decir que está intentando
ir a un parador de turismo y está con las puertas cerradas porque nadie se hace cargo de su responsabilidad. Usted podrá discutir como comunidad autónoma que deseamos la transferencia de los paradores de turismo, pero el bien jurídico a proteger es
el derecho del ciudadano, persona física o jurídica, a utilizar un servicio de la Administración. A este ciudadano lo que le hace falta es el servicio, se lo dé el Estado central o se lo dé la comunidad autónoma. ¿Qué estamos discutiendo aquí como
conflicto negativo de competencia? ¿Que no se ha hecho la transferencia que pide una comunidad autónoma, la cual está perfectamente legitimada para reclamarlo y para eso están las mesas sectoriales correspondientes, o que no está funcionando el
servicio de cara al ciudadano, con personalidad física o jurídica, que tiene derecho a demandarlo a las administraciones públicas? Nosotros tenemos una serie de textos legales, la leyes competenciales de las administraciones públicas generales,
donde se dilucidan las competencias de las conferencias sectoriales entre Administración central y Administración autonómica para ver estos temas. Si aquí lo que se está discutiendo es una reclamación por una comunidad autónoma de una determinada
competencia que el Gobierno central por razones políticas no le da cuando debe hacerlo, que se discuta. Otra cosa es que se plantee un conflicto negativo de competencias, y en la Ley del Tribunal Constitucional, precisamente en el artículo que he
citado, se dice que el que está legitimado para interponer esta reclamación es la persona física o jurídica que reclama el servicio a unos y a otros.



Cuando nosotros tratamos de modificar -como se trata en esta iniciativa- los artículos 71 y 72 de la Ley orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional, debemos exponer las cosas claramente. Si lo que queremos es que se realice la
transferencia, entonces no estamos incursos en lo que está regulando -como les decía a SS.SS.- precisamente el artículo 68 de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional que hace referencia a los conflictos negativos, que en naturaleza jurídica deja
claro cuáles son los conflictos negativos entre ambas administraciones, la central y la autonómica. Sería necesario que, si así se entiende, se pusieran de acuerdo la Administración general del Estado y todas y cada una de las administraciones
autonómicas para discernir qué se debe establecer en una modificación, en su caso, de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional para clarificar el tema de los conflictos negativos de competencia.



Para terminar, señora presidenta, con esta explicación de nuestro voto en contra de esta iniciativa, por cuestiones formales y procedimentales de mucha enjundia, porque estamos hablando nada más y nada menos que de unas competencias
arbitrales del Tribunal Constitucional para dirimir lo que se le está pidiendo aquí, vuelvo a decir que no confundamos lo que le pidamos al Tribunal Constitucional. Si le pedimos una clarificación de la transferencia de competencias, el Tribunal
Constitucional no tiene por qué entrar en esto, porque los estatutos de autonomía señalan lo que es transferible y las conferencias sectoriales regulan esta materia. Otra cosa es entender que un servicio público no está funcionando y, por tanto, el
bien jurídico a proteger, que es el derecho de ese ciudadano, encuentra que no tiene satisfacción a su demanda ni en la ventanilla de la Administración general del Estado ni en la ventanilla de la Administración autonómica, pero no porque no se haya
hecho la transferencia, sino porque no funciona el servicio, porque cada uno de ellos interpreta que no le corresponde solucionarlo y este asunto no puede darse a través de la conferencias sectoriales.



Nosotros nos inclinaríamos a que esto viniera a través de un consenso general entre la Administración central y todas las administraciones autonómicas y que tuviera su escenario correspondiente para clarificarlo y no aprovechar el conflicto
negativo para solicitar de la Administración central transferencias de competencias


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y servicios que tienen otro escenario y otra vía para ser dilucidados.



Por estas razones, señora presidenta, anunciamos nuestro voto en contra.



Nada más y muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Mardones.



Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra el señor Erkoreka.



El señor ERKOREKA GERVASIO: Gracias, señora presidenta.



El Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) plantea hoy para su debate una curiosa e interesante iniciativa que propone modificar la Ley orgánica del Tribunal Constitucional.



A efectos de fijar la posición del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) en relación con esta proposición de ley, quisiera distinguir dos aspecto de su contenido que, aun cuando están estrechamente relacionados entre sí, son en puridad
distintos y, por supuesto, conceptualmente diferenciables, por lo que son susceptibles de análisis separado. En efecto, por un lado, la proposición de ley pretende ampliar o hacer extensiva a las comunidades autónomas -para ser más exactos- la
posibilidad de plantear el conflicto negativo de competencias ante el Tribunal Constitucional y, por otro lado, reconvertir un procedimiento -el conflicto negativo de competencias-, en principio previsto con carácter exclusivo, para resolver
conflictos competenciales, para además incluir, dentro de este tipo procedimental a tramitar ante el Alto Tribunal -el Tribunal Constitucional-, un medio de reclamación de transferencias de servicios pendientes de materialización que han de llevarse
a cabo por parte del Estado a favor de las comunidades autónomas.



Por lo que se refiere al primero de los aspectos, la proposición de ley, como señalaba, pretende reconducir la regulación del conflicto negativo de competencias a un esquema simétrico, suprimiendo de alguna manera el privilegio procesal del
que viene disfrutando el Estado, durante los últimos tiempos, a la hora de promover este tipo de procedimientos ante el Tribunal Constitucional. Hasta ahora, dejando al margen el supuesto al que se refiere el artículo 68 de la Ley orgánica del
Tribunal Constitucional (que, como se sabe, reconoce la facultad de plantear un conflicto negativo de competencias a cualquier persona física o jurídica que vea insatisfecha la pretensión que deduzca ante las administraciones públicas, bien porque
la general del Estado o la autonómica correspondiente se inhibe, porque se declara incompetente para su conocimiento y resolución), la posibilidad de promover este tipo de procedimientos queda, hoy por hoy, exclusivamente reconocida al Estado.
Un
Estado que, con arreglo al artículo 70 de la propia Ley orgánica, según su artículo primero, puede plantear este tipo procedimental cuando, habiendo requerido al órgano ejecutivo superior de una comunidad autónoma para que ejercite las atribuciones
competenciales que le han sido atribuidas, bien sea por el estatuto bien por una ley orgánica de transferencia o delegación, sea desatendido su requerimiento por declararse incompetente el órgano requerido.



Sin embargo, el supuesto contrario (esto es, el que se produciría cuando el requirente no fuera el Estado, sino una comunidad autónoma y el requerido que desatiende el requerimiento por declararse incompetente fuera el Estado y no una
comunidad autónoma) no está contemplado en la norma. La asimetría entre el estatus que la ley orgánica reconoce al Estado y la que, por el contrario, reconoce a la comunidad autónoma respecto a la posibilidad de plantear un conflicto negativo de
competencias ante el Tribunal Constitucional es evidente. Y yo añadiría más, es tan evidente como injustificada, porque, hoy por hoy, no existe razón alguna que justifique este diferente estatus que tienen el Estado y las comunidades autónomas en
torno al planteamiento del conflicto negativo de competencias.



Por otra parte, tampoco se trata de una exigencia constitucional, como sería el caso de la ventaja procesal que reconoce al Estado el artículo 161 de la Constitución en su apartado segundo. en lo que se refiere a la suspensión de los actos
y disposiciones recurridas de las comunidades autónomas. Por tanto, puesto que no existe razón que justifique esta diferencia de trato y no siendo una exigencia constitucional, consideramos que se trata de una asimetría que no es razonable, que es
infundada, caprichosa, que sería bueno corregir y que el Grupo Vasco quiere y aspira a ello. En este sentido no puede sino apoyar la toma en consideración de esta proposición de ley que viene a plantear una cuestión de justicia y una reconversión
de este procedimiento a esquemas de simetría que resulta imprescindible. A nuestro juicio sólo este dato justificaría el apoyo del Grupo Vasco a la toma en consideración de esta iniciativa.



Como antes indicaba, existe un segundo aspecto de esta proposición de ley del que quisiera hacer una breve referencia. La iniciativa encierra, además, el propósito de alterar, siquiera ligeramente, el sentido y finalidad del conflicto
negativo de competencias como tipo de procedimiento a tramitar ante el Tribunal Constitucional. Porque en la proposición de ley, sea ese o no el deseo de sus redactores, se viene a reconvertir y a ampliar un procedimiento judicial orientado a
determinar el ente público territorial al que corresponde una determinada competencia de la que ninguno de los entes en juego, ni el Estado ni las comunidades autónomas, se considera titular. Se trata de reconvertirlo en un tipo de procedimiento
que, además de para resolver


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cuestiones competenciales en sentido estricto, sirva también para desbloquear retrasos injustificados que puedan producirse eventualmente en el proceso de transferencias de servicios que el Estado ha de impulsar para culminar el desarrollo
autonómico. La proposición de ley no deja claro si en estos últimos casos la función del tribunal consistiría sólo en disponer u ordenar la efectiva materialización de las transferencias pendientes en materias en las que la delimitación de
competencias no es controvertida, sino clara, o si se extendería a determinar si la reclamación de transferencias en su caso es conforme o no con el orden constitucional de competencias. Todo parece indicar que los redactores de la proposición
pensaban y piensan en la primera de las hipótesis, porque si leemos atentamente el texto podremos comprobar que el presupuesto habilitante para el planteamiento negativo de competencias se configura en la iniciativa estableciendo que el Gobierno del
Estado, para que pueda plantearse el conflicto, ha de impedir u obstaculizar con su inactividad el ejercicio por las comunidades autónomas de competencias asumidas en sus propios estatutos o por leyes orgánicas de transferencia o delegación.



Para los redactores del texto no hay duda alguna en torno a la titularidad de las competencias con las cuales tienen relación las transferencias pendientes. Se trata de competencias que han sido claramente asumidas por las comunidades
autónomas, bien sea a través de sus estatutos o bien a través de una ley orgánica de transferencia y delegación. Por tanto, lo que hay que remover, de acuerdo con el espíritu de esta iniciativa, serían los obstáculos que impiden el ejercicio
efectivo por parte de los poderes autonómicos de estas competencias, que son clara e incuestionablemente de titularidad autonómica, y entre ellos en concreto, el obstáculo consistente en la ausencia de la transferencia de servicios cuando ésta
resulta indispensable para que la asunción competencial autonómica sea plena y produzca plenos efectos. En apoyo de esta interpretación, la exposición de motivos habla también de competencias propias de las comunidades autónomas establecidas en el
bloque de la constitucionalidad. Si esto es realmente así, la función del Tribunal Constitucional, cuando se planteara un conflicto negativo de competencias para desbloquear el proceso de transferencias de servicios, no sería propiamente una
función de carácter judicial, porque no habría conflicto jurídicamente relevante, no habría propiamente una controversia en torno a la titularidad de la competencia.



La iniciativa tiene su origen y el portavoz del grupo parlamentario proponente lo ha puesto de manifiesto en la doctrina que ha venido fijando el Tribunal Constitucional en relación con la inadecuación del conflicto positivo de competencias
para dar satisfacción a reclamaciones transferenciales de servicios procedentes de algunas comunidades autónomas. Por citar una sentencia particularmente relevante, en este sentido habría que hacer referencia a la sentencia 155/1990 del Tribunal
Constitucional, de 18 de octubre, cuyos fundamentos han sido después reiterados en numerosas ocasiones por el alto tribunal, donde se dice claramente que la inacción del Estado en el traspaso de servicios a una comunidad autónoma no encaja en el
conflicto positivo de competencia, que consiste en una acción positiva de invasión de la esfera competencial de un ente por otro ente. Queda descartada -insiste el Tribunal Constitucional-, por tanto, como objeto idóneo del conflicto positivo de
competencias, la omisión de traspasos de servicios. A falta de un cauce procedimental adecuado y específico para plantear esta reclamación (la reclamación de una comunidad autónoma titular de una competencia que no puede ejercerla porque el Estado
se niega a hacer efectiva la transferencia de servicios, absolutamente imprescindible para que la asunción competencial autonómica pueda desplegar plenos efectos), el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) pretende crearlo a través de
esta proposición de ley.



Es preciso reconocer que es una iniciativa interesante, habida cuenta de la existencia de clónicos bloqueos en los procesos de transferencias a muchas comunidades autónomas. Es conocido, en el caso de la comunidad autónoma a la que yo
pertenezco, que la comunidad autónoma vasca tiene abierto un contencioso con el Estado en relación con la práctica de transferencias de servicios necesarias para culminar el desarrollo del Estatuto de Guernica. El Grupo Parlamentario Vasco
(EAJ-PNV) no es partidario de situar la suerte de las transferencias en manos del Tribunal Constitucional, y menos de un Tribunal Constitucional designado por los mecanismos establecidos hasta el presente para el nombramiento de sus miembros, pero
la proposición de ley, tal y como está planteada, no obliga a ninguna comunidad autónoma a hacer uso de esta posibilidad. Y como -insisto- la recuperación de la simetría es necesaria en este terreno, vamos a votar a favor de la toma en
consideración de esta iniciativa, teniendo en cuenta que las cuestiones técnicas que pudieran ser depuradas en relación con este segundo aspecto podrían ser debatidos ampliamente durante la tramitación de la iniciativa en las Cortes Generales, en el
supuesto de que la proposición fuera tomada en consideración.



Nada más y muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Erkoreka.



Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor Rejón.



El señor REJÓN GIEB: Señora presidenta, señorías, como se ha repetido desde esta tribuna, los artículos 68 y


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siguientes de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional facultan a los ciudadanos y al Gobierno de la nación a plantear conflictos negativos ante el Tribunal Constitucional como consecuencia de la inactividad de una administración pública;
es decir, cuando ésta, facultada potencialmente para actuar, y constitucional, legal y/o reglamentariamente obligada a hacerlo, no lo hace. De esta manera, el Tribunal Constitucional es no sólo el guardián del bloque de constitucionalidad y del
reparto de las competencias entre la Administración general del Estado y las comunidades autónomas mediante los conflictos de competencias, sino que se convierte además en el garante de que las administraciones públicas con obligación
constitucional, legal y reglamentaria de actuar lo hagan y no realicen, a través de la inactividad, un ilícito que dañe el interés general y los intereses legítimos de los ciudadanos. En este contexto tenemos que enmarcar los artículos 68 y
siguientes de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional. Precisamente por haberse diseñado este procedimiento de los conflictos negativos como un remedio constitucional contra los fraudes a la Constitución a través de la inactividad, choca que el
Estado disponga de legitimación activa procesal frente al Tribunal Constitucional cuando las comunidades autónomas carecen de la misma. En el plano teórico es perfectamente concebible que sea la Administración general del Estado la que, mediante su
inactividad, bloquee el legítimo ejercicio de las competencias de las comunidades autónomas, al menos, esta situación será tan probable como la contraria; es decir, que sean las comunidades autónomas inactivas las que dificulten la acción legítima
de la Administración general del Estado. Si esto es cierto en el plano teórico, lo es más en el práctico no sólo por el ejemplo citado en la exposición de motivos de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), sino
por otros muchos ejemplos que a buen seguro todos ustedes han tenido ocasión de experimentar u observar en la vida pública.



La exclusión de las comunidades autónomas del procedimiento descrito en los artículos 68 y siguientes de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional es aún más sorprendente si tenemos en cuenta que nuestra legislación concede, como es
perfectamente lógico, democrático y recomendable, legitimación activa ante el Tribunal Constitucional a cualquier ciudadano frente a cualquier administración pública. Es lógico que una ley que concede tal capacidad a todos los ciudadanos españoles
e incluso a todos los administrados, aunque no sean españoles -nótese en este sentido que el artículo 68 de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional habla de interesados y no de ciudadanos-, conceda también dicha facultad a las comunidades
autónomas en defensa de su acervo competencial cuando éste puede estar siendo dañado por la inactividad de la Administración general del Estado. Concluyamos, pues, que el problema existe y que está en manos del legislador orgánico solucionarlo.



La solución planteada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) parece la correcta: conceder legitimación activa procesal a las comunidades autónomas ante el Tribunal Constitucional para defender su acervo competencial ante
agresiones de la Administración general del Estado, que consistan precisamente en no hacer cuando constitucional, legal o reglamentariamente se está obligado a actuar. No vamos a entrar en si esa legitimación procesal se le debe conceder sólo al
Gobierno de la comunidad autónoma, como hace la proposición de ley, o también al Parlamento de la comunidad autónoma, que sin duda es órgano con legitimidad suficiente para representar el interés y la voluntad de la comunidad autónoma en su
conjunto. Vamos a dejar de lado este reparo y vamos a centrarnos en lo propuesto por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Sin duda, este defecto de nuestra Ley orgánica del Tribunal Constitucional debe resolverse por medio de una
reforma legal, no siendo otros remedios suficientes para solucionar el problema descrito en la proposición de ley del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió). Después, podemos entrar, si queremos, en el detalle del texto, pero nosotros
entendemos que lo primero es sentar la existencia del problema y la necesidad de darle una solución legislativa.



La posición de mi grupo, como se puede deducir de lo anterior, es la de apoyar la toma en consideración de esta proposición de ley por considerarla ajustada al espíritu y a la letra del título VIII de nuestra Constitución, por entender que
la misma ayuda a perfeccionar nuestro Estado, el Estado de las comunidades autónomas, y por considerar que puede ayudar a España a caminar por la senda federal, que mi fuerza política y parlamentaria siempre ha defendido.



Concluyo con una reflexión general, señorías. La reforma que pretende introducir el Grupo Parlamentario Catalán en nuestra Ley orgánica del Tribunal Constitucional, como ya se ha dicho, es pertinente a juicio de este grupo parlamentario.
Sin embargo, el problema de fondo que pretende atajar, el parón de las transferencias a las comunidades autónomas como consecuencia de la gestión que de España está haciendo el Gobierno del PP, sólo podrá ser parcialmente resuelto por el Tribunal
Constitucional.
Un problema de esta magnitud puede tener un cierto remedio paliativo a través de la acción del Tribunal Constitucional, pero sólo será totalmente resuelto cuando el Gobierno de la nación, bajo la dirección del PP hoy o de quien
venga en el futuro, se afane en el desarrollo del Estado de las comunidades autónomas y no se empecine como está haciendo ahora el Partido Popular en la recentralización de un Estado


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que por definición constitucional está basado en la unidad y la solidaridad, pero también y muy sobresalientemente en el principio de autonomía y autogobierno.



El grupo parlamentario que ha presentado esta proposición tiene nuestro respaldo. Pero hace unas sesiones hubo aquí una reflexión muy interesante de uno de sus miembros que dijo, dirigiéndose al PP más o menos en un tono enojado: ¡Oiga, ya
está bien de que ustedes para los temas sociales se busquen a unos socios y para los temas del modelo de Estado se busquen a otros socios, aclárense! Bueno, pues ese aclárense tiene ida y vuelta.



Nada más y muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Rejón.



Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor López Garrido.



El señor LÓPEZ GARRIDO: Señora presidenta, señoras y señores diputados, esta proposición de ley que nos presenta el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) se podría resumir en algo así como una mala solución técnica para un
problema real, para un problema existente.
Convergència i Unió habla de un problema concreto, que es la ausencia de transferencias que están reconocidas en la Constitución como posibles y que están reconocidas en los estatutos de autonomía en
distintas comunidades autónomas -evidentemente la preocupación especial de Convergència es Cataluña- y la ausencia de transferencia de esas competencias a esas comunidades en la práctica. Están reconocidas en el texto estatutario, pero no están
transferidas en la práctica. ¿Qué se hace con eso? Este es un problema real, pero es la punta del iceberg. La verdad es que es simplemente un ejemplo más de una determinada concepción inmovilista del Estado de las autonomías que expresa en su
política el Partido Popular y de forma mucho más clamorosa en el momento en que tiene mayoría absoluta. Es decir, no es solamente el parón autonómico o la indefensión autonómica o la involución o el arbitrismo autonómico protagonizado políticamente
por el Partido Popular, se expresa en muchas más cosas. Por ejemplo, se expresa en una ley de estabilidad presupuestaria que limita extraordinariamente la autonomía presupuestaria de las comunidades autónomas; por ejemplo, en una transferencia de
competencias de sanidad donde el Partido Popular, el Gobierno, pone a las comunidades autónomas ante una especie de chantaje y les dice: O aceptas mi modelo o no puedes tener esta competencia. Se manifiesta, por ejemplo, en la negativa a que el
Senado se convierta en un auténtico foro donde las comunidades autónomas puedan participar en la voluntad del Estado o donde puedan discutirse cosas como estas. Es decir, que haya un foro de cooperación autonómica y no el mero bilateralismo, que es
el que en los últimos años predomina muy claramente en el desarrollo autonómico.
También se manifiesta en que en España no existe tal cooperación autonómica, las conferencias sectoriales se reúnen tarde, mal y nunca y además no se reconocen hechos
diferenciales; o en un debate fundamental en este momento que no se hace, como es la presencia de las comunidades autónomas en la Unión Europea. Se va a hacer en la convención que está trabajando en Bruselas, pero debía hacerse aquí; es decir,
cuál es la presencia que deben tener las comunidades autónomas en las delegaciones españolas ante la Unión Europea, especialmente en casos tan evidentes, tan necesarios de presencia autonómica como cuando se están discutiendo competencias exclusivas
de las comunidades autónomas, y en otros también.
También, qué duda cabe, en esto que nos plantea Convergència i Unió, en la ausencia de transferencias a las comunidades autónomas que, sin embargo, están reconocidas. Luego es un problema real.



El Partido Socialista, en un documento aprobado por su Comité Federal, que se llama: Una ciudadanía plena, ciudades, autonomías, España y Europa, fortalecimiento del Estado de las autonomías, impulso autonómico y local, señalamos algunas
transferencias importantes pendientes como, por ejemplo, las políticas de empleo, la justicia, algunos restos de servicios sanitarios; en el caso de las políticas de empleo, no por casualidad suele suceder con comunidades autónomas en que no
gobierna el PP, léase Cataluña, País Vasco, Andalucía. En Andalucía es especialmente sangrante el ejemplo de la ausencia de traspasos de políticas de empleo que, sin embargo, tienen otras comunidades autónomas. Por tanto, esta ausencia de
transferencias es algo que sufren todas las comunidades autónomas, y algunas otras que también señalábamos aquí, por ejemplo, comercio, turismo, agricultura, industria, cultura, medio ambiente, laboral, enseñanzas, servicios sociales. Hay muchas
competencias que deberían ser negociadas y transferidas a las comunidades autónomas si hubiera un impulso autonómico que ya no existe, que se ha agotado, que se ha frenado, y esa es la situación política de este momento,


Lo que plantea Convergència i Unió sin duda que es un problema real político, que forma parte de todo un gran problema que es la ausencia de política autonómica, o de creer en el Estado autonómico, que tiene el Partido Popular o el Gobierno
del Partido Popular, que tiene sus orígenes cuando se hizo la propia Constitución.



Ahora bien, lo que ocurre es que la solución que da Convergència i Unió es muy mala técnicamente. Hay una parte, como decía el señor Erkoreka (su intervención y la de otros oradores anteriores me ha ahorrado el


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que entremos más en aspectos técnicos), probablemente necesaria, de reforma de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional cuando se tiene que dar una legitimación activa a las comunidades autónomas en conflictos negativos de competencias
que no tienen, no se sabe bien por qué, pero no tienen esa legitimación. Ustedes nos plantean que se solucione la ausencia de transferencias a través del conflicto negativo de competencias, pero este no es un conflicto. Cuando un gobierno se niega
a dar unas transferencias, que debería hacer porque está en los estatutos, no es un conflicto de competencias, es un conflicto administrativo entre administraciones públicas; tampoco es un conflicto negativo. Esa no es una vía técnicamente
posible.



En el trabajo al que se ha referido el señor Jané repetidamente y que tengo aquí delante, que es el libro del conflicto de competencias escrito por Javier García Roca, se dice que los conflictos por omisión no tienen su encaje en los
conflictos de competencias positivos, pero lo que no ha dicho usted es lo que dice a continuación el Tribunal Constitucional en la sentencia 178/1990, y en otras, algunas citadas por el señor Erkoreka (155, 179, 193, 201); en muchas de estas
sentencias, especialmente en la 178, lo que se dice es que tampoco tiene encaje en el conflicto negativo; es decir, que esta no es una vía sino una solución técnica, yo creo que mala, que desde luego si se aceptase la toma en consideración, que nos
tememos que no se va a aceptar, tendría que rectificarse profundamente, aceptando esa primera parte de la legitimación. Esta segunda parte tendría que rectificarse profundamente, porque desde luego esta no es para nada una fórmula técnica aceptable
para resolver ese problema de fondo que sí es verdad que existe. (La señora presidenta ocupa la presidencia.)


La pregunta es por qué Convergència i Unió, que suele ser rigurosa en sus propuestas, nos trae aquí una propuesta tan técnicamente deficiente. ¿Por qué es? Algunos compañeros y compañeras del Grupo Socialista decían: lo que pasa es que en
la Generalitat ya no quedan juristas avezados que hagan papeles adecuados para esto, porque parece que hay una cierta desbandada, a la vista de que se adivina un cierto fin de régimen. Yo creo que, con independencia de esas interpretaciones, la
verdad es que no han tenido mucho interés en hacer una propuesta técnicamente solvente. Lo que han hecho ha sido plantear una propuesta, fundada políticamente en una necesidad, pero como manifestación de una impotencia de Convergencia i Unió para
haber aprovechado su asociación con el Partido Popular, la asociación política en el Parlamento de Cataluña y en este Parlamento -vemos todos los días que Convergencia i Unió apoya sistemáticamente las propuestas del Partido Popular, aunque no las
necesite aquí porque tiene mayoría absoluta-; sin embargo, de esa asociación Convergencia i Unió no ha obtenido un avance en el proceso autonómico, en todos estos elementos de fondo que existen, como esas transferencias que tampoco ha obtenido.

Una forma de compensarlo es traer una proposición de ley que obedece a un problema real con una propuesta técnica que no es de recibo en su mayor parte, porque el objetivo fundamental es el tema de las transferencias.
Se lo pone fácil al Grupo
Popular para decir que técnicamente esto no es aceptable. No hace falta ser adivino para imaginar que alguno de los argumentos que va a dar el Grupo Popular a continuación van a ser técnicos. Es decir, no ha habido una preocupación a este
respecto. Lo que hay es una manifiesta expresión de un fracaso político, de una política de alianzas que no ha servido para avanzar en el proceso autonómico. Se intenta compensar por la vía de una propuesta técnica hacia el Tribunal Constitucional
que políticamente tampoco puede ser la mejor; el representante del Grupo Vasco decía que ellos no eran partidarios de ir por esa vía.



Lo que dice la proposición de Convergencia i Unió en su preámbulo no es cierto. Dice que no se han producido las transferencias porque no hay una vía ante el Tribunal Constitucional; no es así. No se han producido porque no hay voluntad
política. Esto es un problema político. Si las transferencias no se producen no es porque no haya una vía procesal, es porque no se quiere que se produzcan. La Constitución no da plazos para que se produzcan esas transferencias porque no hay una
solución política.
La vía es política. Cuando gobierne el Partido Socialista, la izquierda en este país, que será pronto, y cuando gobierne la izquierda y el Partido Socialista en Cataluña, que también será pronto, más pronto todavía, no serán
necesarias este tipo de proposiciones de ley ante el Tribunal Constitucional. Esa transferencia y ese desarrollo autonómico, que hoy está frenado porque tenemos un Gobierno de un signo determinado que no tiene una sensibilidad autonómica o que no
ha creído nunca en el Estado autonómico, se producirá de forma natural y política. Por tanto, esto no se soluciona con una propuesta de carácter técnico. Cuando sea así, la negociación entre el Gobierno español y el Gobierno catalán u otros
gobiernos, será una negociación realista, autonomista, progresista y se producirán esas transferencias de competencias.



Termino, señora presidenta. Nosotros creemos en el fortalecimiento del Estado autonómico, no creemos en el cierre del Estado autonómico decretado por el Gobierno del Partido Popular. Ese compromiso con el desarrollo del Estado autonómico
es lo que explica nuestro voto positivo a esta proposición de ley; encierra ese compromiso de fondo un problema que es verdad, que lo manifiesta esa proposición, que lo soluciona muy mal técnicamente.Nuestra propuesta será la de un voto afirmativo
a ese problema de fondo, ese compromiso con el desarrollo del Estado autonómico, aunque


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quizá cause algún disgusto precisamente al grupo proponente. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor López Garrido.



En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Matador.



La señora MATADOR DE MATOS: Gracias, señora presidenta. Señorías, en este turno de fijación de posición, en nombre del Grupo Parlamentario Popular, adelanto que no apoyaremos la proposición de ley que trae el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió) para su toma en consideración, que pretende la modificación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional en lo referente a los artículos 71 y 72, proponiendo una modificación de los requisitos con el objeto de ampliar la
legitimación activa para la interposición del conflicto negativo de competencias por los órganos ejecutivos superiores de las comunidades autónomas frente al Estado. Especialmente -y luego abundaré en ello- hace mención en aquellos supuestos de
requerimiento formulados con motivo de la falta de realización de los traspasos de servicios del Estado a las comunidades autónomas. Por tanto, nos encontramos aquí con una proposición de ley que tiene dos partes susceptibles de un tratamiento
diferenciado. Por un lado tenemos la que conlleva la ampliación del ámbito subjetivo de aplicación del conflicto negativo a las comunidades autónomas frente al Estado. Bien es cierto que del contenido de la proposición de ley se puede apreciar un
objetivo de equilibrar la posición procesal de las comunidades autónomas respecto al Gobierno para poder plantear ante el Tribunal Constitucional no sólo conflictos positivos de competencias, sino también conflictos negativos; legitimación de la
que carecen en la actual legislación. Frente a esa equidad procesal de la que se habla en la exposición de motivos, mi grupo parlamentario quiere destacar que en el vigente sistema de conflictos diseñado por el legislador en la Ley Orgánica del
Tribunal Constitucional, además de diferenciarse entre conflictos positivos y negativos de competencia entre el Estado y las comunidades autónomas, también se ha configurado de forma diferente la legitimación activa del Estado y las comunidades
autónomas con relación al planteamiento de los mismos. Mientras los positivos, como ya se ha dicho aquí por todos los portavoces, pueden suscitarse tanto por el Gobierno como por las comunidades autónomas, para los negativos sólo ostentan
legitimación activa el Gobierno y las personas físicas y jurídicas, reconociéndose sólo a las comunidades autónomas la condición de sujeto pasivo. Esto pone de manifiesto que con el conflicto negativo, a diferencia del conflicto positivo en el que
se plantea una situación de apreciación de la extensión competencial que vulnera el orden constitucional y estatutario de distribución de competencias, lo que se persigue es la defensa del interés general, que las comunidades autónomas asuman y
ejerzan las competencias que les han sido atribuidas en sus estatutos de autonomía o en las correspondientes leyes orgánicas de transferencia o delegación, conforme a lo señalado en el artículo 71 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. Por
tanto, esta naturaleza peculiar del conflicto negativo de competencias es la que hace que la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional contemple el reconocimiento de una competencia general del Gobierno para velar por el ejercicio de competencias que
las comunidades autónomas han asumido. Por tanto, como decía el portavoz del Grupo Parlamentario Vasco, aquí no hay simetría, hay asimetría, porque es el Estado el que transfiere a las comunidades autónomas. A mayor abundamiento, esta
configuración diferente de la posición procesal Estado-comunidad autónoma, que también se contempla en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, la podemos ver en el conflicto positivo. Si bien tanto comunidades autónomas como Estado tienen
legitimación activa para su interposición, sólo el Gobierno puede plantear el requerimiento previo de incompetencia del artículo 62 y sólo él puede invocar el artículo 161.2 de la Constitución y solicitar la suspensión de la disposición o el acto
requerido.



Tras esa equidad procesal de la que he hablado en la primera parte de mi intervención que se nos quiere hacer ver que se persigue, la cuestión más relevante es la que deriva en la proposición de ley del intento de delimitación objetiva del
contenido cuando se dice en el texto de la proposición de ley que hoy debatimos: Cuando éste, el Gobierno, impida con su inactividad que dichas comunidades autónomas puedan ejercer sus propias competencias y especialmente en el supuesto de que el
Estado no proceda a realizar las transferencias de servicios cuyas competencias corresponden a las comunidades autónomas. Lo que se está pretendiendo con esta regulación es trasladar al Tribunal Constitucional la decisión de determinar si procede
llevar a cabo determinados traspasos a una comunidad autónoma que ésta considera pendientes, forzando en consecuencia al Estado a realizarlo. Se parte de un desenfoque inicial, y es que la omisión de un traspaso de servicios no constituye un
problema que afecte al orden constitucional y estatutario de distribución de competencias, y así lo ha declarado reiteradamente el Tribunal Constitucional. Mi grupo quiere señalar que no es de recibo que tras una etapa en la que con carácter
general se ha culminado el proceso de traspaso a las comunidades autónomas, aunque el señor López Garrido no le guste tal y como ha dejado plasmado aquí, se pretenda una utilización instrumental del Tribunal Constitucional para conseguir un nuevo
mecanismo de


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atención a permanentes reivindicaciones de nuevos traspasos que resultan inadmisibles. Por tanto, como he señalado anteriormente, se parte de un presupuesto que no se ajusta a la realidad; es decir, el proceso de transferencias de
servicios desde la Administración general del Estado a las comunidades autónomas no es unilateral dirigido por el Estado y dependiendo únicamente de su voluntad. Está la sentencia de 5 agosto de 1983, entre otras, que señala la naturaleza jurídica
de los traspasos de bienes y servicios. Todos sabemos que en ella se dice que los procesos de transferencias de servicios son negociados entre el Estado y las comunidades autónomas, en los que ambas partes participan en igualdad de condiciones y
que se cierran cuando se produce un acuerdo respecto de los servicios a traspasar y de su coste efectivo. Este acuerdo -dice la sentencia- se formaliza en una comisión mixta Estado-comunidad autónoma, que es un órgano paritario cuyas decisiones
requieren del consentimiento tanto del Estado como de la comunidad autónoma. Los estatutos reconocen a estas comisiones facultades de autonormación para regular su propia actividad y funcionamiento, fijándose ciertos criterios a los que se han de
ajustar los traspasos. Resultado de esta habilitación -sigue diciendo la sentencia- son los reales decretos aprobados por el Gobierno a propuesta de tales comisiones, por los que se establecen las normas de traspaso de servicios así como las normas
de funcionamiento de las propias comisiones.



Existe -repito- una reserva competencial a favor de las comisiones mixtas para regular los traspasos de servicios a las comunidades autónomas, y los reales decretos son el instrumento jurídico por el que se aprueban los acuerdos de las
comisiones mixtas. No cabe que, a través de un conflicto constitucional, pueda obligarse a la formalización de un acuerdo entre instancias territoriales diferenciadas, o a que una de las partes, en este caso el Estado -como se pretende en la
proposición de ley-, llegue a una concertación. La solución que se propone en la proposición de ley es contraria a los principios de negociación y acuerdo entre las partes que han inspirado el sistema de transferencia de competencias desde su
comienzo hasta la fecha. Además -ya lo apuntó el portavoz de Coalición Canaria-, el Tribunal Constitucional lo ha manifestado en distintas sentencias, entre las que cabe destacar la 156/1990 que en su fundamento jurídico primero -leo textualmente-
ha señalado respecto a la configuración del sistema de conflictos en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que con la configuración legal de este cauce procesal se pretende vedar el acceso al Tribunal Constitucional de pretensiones que hayan
sido desatendidas por razones no competenciales o por controversias que, aun siendo de naturaleza competencial, no son propias de la jurisdicción del Tribunal Constitucional. La simple presencia de cuestiones estrictamente fácticas, o incluso
jurídicas en alguna medida, vinculadas con el sistema de distribución de competencias, no permite transformar un conflicto de competencias aparente en una verdadera controversia competencial susceptible de resolución por el cauce prevenido en el
artículo 68 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.



Según la argumentación legal y jurisprudencial que se ha expuesto, reitero que nuestro voto a la proposición de ley presentada será negativo.



Gracias, señora presidenta. Gracias, señorías. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Señorías, les ruego que ocupen sus escaños.



Sometemos a votación la toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) orgánica de modificación de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 288; a favor, 125; en contra, 162; abstenciones, una.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada la toma en consideración.



PROPOSICIONES NO DE LEY.



- DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO, SOBRE MODIFICACIÓN DE LA LEY 12/1995, DE 11 DE MAYO, DE INCOMPATIBILIDADES DE LOS MIEMBROS DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN Y DE LOS ALTOS CARGOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, MODIFICADA
POR LA LEY 14/2000, DE 29 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIAL, ASÍ COMO LA LEY ORGÁNICA 5/1985, DE 19 DE JUNIO, DEL RÉGIMEN ELECTORAL GENERAL, MODIFICADA POR LEYES ORGÁNICAS 1/1987, DE 2 DE ABRIL, 8/1991, DE 15 DE
MARZO, 6/1992, DE 2 DE NOVIEMBRE, 13/1994, DE 30 DE MARZO, 3/1995, DE 23 DE MARZO, 1/1997, DE 30 DE MAYO, 3/1998, DE 15 DE JUNIO Y 8/1999, DE 21 DE ABRIL. (Número de expediente 162/000495.)


La señora PRESIDENTA: Punto II del orden del día: Proposiciones no de ley.



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En primer lugar, proposición no de ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre modificación de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la nación y de los altos cargos de la
Administración general del Estado, modificada por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, así como la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, modificada por las leyes
orgánicas 1/1987, de 2 de abril; 8/1991, de 15 de marzo; 6/1992, de 2 de noviembre; 13/1994, de 30 de marzo; 3/1995, de 23 de marzo; 1/1997, de 30 de mayo; 3/1998, de 15 de junio y 8/1999, de 21 de abril.



Para la presentación y defensa de la iniciativa, tiene la palabra el señor De Juan. (Rumores.) Señorías, ruego guarden silencio y abandonen el hemiciclo u ocupen los escaños, por favor. (Pausa.)


Adelante, señor De Juan


El señor JUAN I CASADEVALL: Muchas gracias, señora presidenta.



Señora presidenta, señoras y señores diputados, señorías, el Grupo Parlamentario Popular trae hoy a debate una iniciativa no legislativa que pretende instar al Gobierno de la nación a que considere... (Rumores.)


La señora PRESIDENTA: Un momento, señor De Juan. (Pausa.)


Señorías, ruego que aquellos diputados que vayan a abandonar el hemiciclo lo hagan en silencio al objeto de que podamos continuar con el debate.
(Pausa.)


Adelante, señor De Juan.



El señor DE JUAN I CASADEVALL: Muchas gracias, señora presidenta.



Decía que mi grupo parlamentario trae hoy a esta Cámara una iniciativa no legislativa que pretende instar al Gobierno de la nación a que contemple y considere la posibilidad de remitir a esta Cámara un proyecto de ley que incorpore las
mejoras y modificaciones que eventualmente estime pertinentes sobre el régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la nación, altos cargos de la Administración general del Estado y diputados y senadores, de suerte que: primero,
los altos cargos, con ocasión de su toma de posesión, declaren en el registro constituido en la Dirección General de la inspección, simplificación y calidad de los servicios las actividades desempeñadas en los dos años precedentes a la fecha de toma
de posesión; segundo, los altos cargos comuniquen, en todo caso, en el registro correspondiente, con ocasión de la toma de posesión y cese y de la forma más completa y exhaustiva, las posibles variaciones que hubieran experimentado en su
declaración del impuesto sobre el patrimonio respecto a la última declaración tributaria presentada; y, tercero, los diputados y senadores manifiesten en sus declaraciones de actividades las desempeñadas en empresas o sociedades en las que hubieran
participado en los dos años inmediatamente anteriores a la adquisición de la condición plena de diputado o senador, estableciendo en su caso el régimen de inhibición correspondiente.



Como SS.SS. conocen, la normativa de incompatibilidades pretende garantizar la independencia e imparcialidad en el ejercicio de sus funciones por parte de los cargos públicos y por ende intenta garantizar el correcto funcionamiento de la
Administración pública. No en balde el artículo 103 de la Constitución dispone que la Administración pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al derecho. Hablando de derecho, hay una conocida teoría del derecho que sostiene que las normas jurídicas son mero trasunto de un conflicto jurídico concebido como un conflicto de
intereses. Las normas jurídicas ponderan esos intereses en conflicto y garantizan un interés prevalente, que es el interés jurídicamente protegido. Desde esa perspectiva puede afirmarse que el derecho de incompatibilidades nace para dar una
adecuada respuesta al conflicto de intereses, a la colisión entre el interés público y los intereses particulares; nace para garantizar en todo momento la prevalencia del interés público, su no sacrificio a los intereses privados y la prevalencia
del principio de lealtad al servicio público que incumbe al servidor público en el ejercicio de sus responsabilidades.
A este planteamiento, señorías, se contrae la primitiva Ley de incompatibilidades, la Ley 25/83, cuya ineficacia para controlar a
los altos cargos en las épocas de Gobierno del Partido Socialista motivó una modificación legislativa con la Ley 12/95, actualmente en vigor, Ley de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la nación y altos cargos de la Administración
general del Estado. En esta ley, señorías, se consagra el principio de incompatibilidad absoluta con cualquier actividad, pública o privada, retribuida o no, y se consiente tan solo el ejercicio de aquellas actividades que no comprometan o
menoscaben la imparcialidad y la dedicación absoluta que corresponde a los altos cargos en el ejercicio de sus funciones.



Gestionados por la Inspección General de Servicios, la ley creó un registro de actividades en el que habrían de declararse las actividades de los altos cargos, actividades que desempeñaran, así como las que eventualmente desempeñen al cese
de sus funciones; se creó también un registro de bienes y derechos patrimoniales en el que tendrán que declarar los bienes y derechos patrimoniales que poseen, los valores y activos financieros


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y participaciones societarias cuya titularidad les corresponda. Por último, la ley se acompaña también de un completo régimen de incompatibilidades que tiende a garantizar o velar por la independencia e imparcialidad que incumbe a los altos
cargos desde la perspectiva sancionadora y, por tanto, a velar por el cumplimiento efectivo de dicha normativa; normativa, la que glosamos, de la Ley de 1995, que fue completada posteriormente con las leyes 50/1997 y 14/2000, que introdujeron
diversas mejoras técnicas en materia de incompatibilidades.



Señorías, con esta iniciativa mi grupo quiere renovar su inequívoco compromiso con la transparencia en la gestión pública y para ello propone que los altos cargos, diputados y senadores, al tomar posesión declaren sus actividades
desarrolladas en los dos años inmediatamente anteriores a dicha toma de posesión y que los altos cargos comuniquen, con ocasión de su toma de posesión o cese, de la forma más exhaustiva y completa posible las variaciones que eventualmente hubiere
experimentado su patrimonio respecto a la última declaración del impuesto sobre el patrimonio de las personas físicas. Se trata, en definitiva, señorías, de perfeccionar el régimen de comunicación de actividades y declaraciones del impuesto sobre
el patrimonio que actualmente incumbe a los altos cargos para que su situación personal y patrimonial tenga mayor transparencia, si cabe.



Señora presidenta, mi grupo es un grupo que cumple lo que pacta.
Necesariamente no tendría que ser este un activo político pero, habida cuenta que hay algunos grupos que no suelen cumplir lo que pactan, sí lo es en estos tiempos; incluso
me atrevería a decir que mi grupo cumple lo que pacta y pacta lo que cumple, y si en esta ocasión no ha podido ser así ha sido porque el Partido Socialista, que incumple lo que pacta y pacta lo que incumple, no ha querido acumular las proposiciones
no de ley objeto de debate pese a que ambas proposiciones, tanto ésta como la que vamos a debatir dentro de un momento, tienen una identidad sustancial.
Una vez más entendemos, señorías, que el Partido Socialista tiene más interés en arañar algún
titular de prensa que en ejercer una oposición seria y constructiva, y una vez más se imponen sus propias necesidades de discurso como recurso, en definitiva, para esconder lo que vemos constantemente en esta Cámara, que es su absoluta falta de
proyecto.



Mi grupo, fiel a su voluntad de diálogo, ha hablado sobre esta proposición no de ley con Coalición Canaria y con Convergència i Unió. En particular, Convergència i Unió ha presentado una enmienda que mi grupo va a votar favorablemente,
siempre y cuando se acepte la transaccional que en este momento obra en la Mesa de esta Cámara, que entendemos que es positiva por cuanto incide en que esta materia de incompatibilidades debe de regularse por consenso y debe modificarse y ampliarse
el texto de la enmienda presentada por CiU haciendo referencia a los técnicos de la Administración pública y de los organismos reguladores en general.



Concluyo ya, señora presidenta, haciendo una última apelación, aunque me temo que infructuosa, al sentido de la responsabilidad del Partido Socialista, diciéndole que si realmente lo que defiende es una mejora de las incompatibilidades se
sume a la proposición del grupo mayoritario de la Cámara, que se refiere no sólo a las incompatibilidades de los altos cargos de la Administración, sino también de los diputados y senadores, que, por cierto, brillan por su ausencia en su texto. Si,
por el contrario, lo que pretende el Partido Socialista, como nos tememos, es erosionar al Gobierno y labrarse algún titular de prensa, nos van a permitir, señorías, que eso se produzca sin la complicidad parlamentaria de nuestro grupo.



Nada más y muchas gracias, señora presidenta. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor De Juan.



Para la defensa de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), señor Silva.



El señor SILVA SÁNCHEZ: Muchas gracias, señora presidenta.



En primer lugar, debemos lamentar que tengamos que tener dos debates separados de lo que debiera ser un debate conjunto; ya es la tradición de los últimos plenos. Ruego a los dos grupos mayoritarios que en algún momento se pongan de
acuerdo y podamos hacer un debate conjunto tanto sobre este tema como sobre otros que se han producido en plenos anteriores, sensatamente, concentradamente, y que los grupos que no somos los autores de las proposiciones no de ley no nos veamos
sometidos a subir aquí o desde el escaño a reiterar el discurso por dos veces, y que conste que esta afirmación no tiene nada que ver con que hoy tengamos un partido de fútbol importante, porque esto es más serio o debiera ser más serio que aquello.



Señorías, en el debate sobre el estado de la Nación de 1994 se aprobó -creo recordar que por unanimidad- una propuesta de resolución, la número 92, que instaba al Gobierno a promover una reforma de la legislación sobre incompatibilidades de
altos cargos perfeccionando el régimen sancionador por el incumplimiento de las obligaciones de declarar en el registro de intereses correspondiente a actividades y bienes patrimoniales y reforzando las funciones de control de la inspección general
de servicios de la Administración pública. Esta obligación, además, señalaba que se extenderá a los bienes patrimoniales de todos los altos


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cargos y se citaba en aquella resolución de 1994 un importante número de ellos, estableciéndose además el deber de declarar todas las actividades que generen ingresos, así como todos los bienes patrimoniales del cargo público, las sociedades
de administración del patrimonio familiar, las sociedades instrumentales y cuantas sean participadas por aquéllas, de la misma manera que se indicaba que en el registro de intereses se incluiría además en cada ejercicio copia de las declaraciones de
renta y patrimonio y que todas estas declaraciones deberían realizarse en los tres meses siguientes al nombramiento. Esa fue la propuesta de resolución que se aprobó en el debate sobre el estado de la Nación de 1994. Precisamente en cumplimiento
de esa propuesta de resolución se debatió y aprobó en este Congreso la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la nación y de los altos cargos de la Administración General del Estado.



Convergència i Unió ha afirmado reiteradamente una valoración positiva de esta Ley de incompatibilidades y también una valoración positiva del grado de aplicación que se está haciendo de ella, ciertamente, con una finalidad tan importante,
la del régimen de incompatibilidades, como es la de preservar el interés general, así como garantizar el rigor y la transparencia en la gestión de los intereses públicos. En dos sesiones de la Comisión de Régimen de las Administraciones Públicas
celebradas en los últimos doce meses, la de 22 de mayo de 2001 y la de 18 de diciembre de 2001, el portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) en dicha Comisión, el diputado Jordi Jané, pudo efectuar estas manifestaciones: ¿Se
opone o se opondría el Grupo Parlamentario Catalán a estudiar una reforma de la Ley de incompatibilidades? Señorías, por principios, no; no es un planteamiento en el que nos encontremos cerrados, pero tenemos muy claro cuáles han de ser los
principios y las características del estudio o de la promoción de una modificación de esa Ley de incompatibilidades.



En primer lugar, el consenso. El consenso que presidió la Ley de 1995 debiera obtenerse en cualquier planteamiento de modificación de la Ley de incompatibilidades. En segundo lugar, si se entra en esa reforma de la Ley de
incompatibilidades, nos gustaría que esa promoción respondiese a unos principios de objetividad, de serenidad y de coherencia, esto es, no efectuarla con prisas, no efectuar tampoco una reforma legislativa ad casum o ad hominem, como pudiera ser
quizá la situación que se pretende en el día de hoy y, en cualquier caso, queremos una reforma legislativa, si se efectuase, con vocación de estabilidad, una reforma legislativa que permitiese su continuidad con alteraciones de mayorías/minorías
parlamentarias, gobiernos y oposiciones. Entendimos que ésa era la reforma legislativa de 1995, y de ahí que la valoración que hemos hecho de su vigencia y de su aplicación haya sido positiva; de ahí estos principios a los que he aludido de
consenso, de objetividad, de serenidad, de coherencia y de estabilidad, como señalaba; de ahí que establezcamos en este primer apartado de la enmienda que formulamos al Grupo Parlamentario Popular los principios que debieran regir esa reforma.



Señorías, mi grupo parlamentario tiene muy presente también que introducir modificaciones en legislación de incompatibilidades a golpe, en algunos casos, de presión de la opinión pública o no suficientemente maduradas, nos proporciona la
situación que algunas de SS.SS. han podido contemplar también en la Comisión del Estatuto de los Diputados; unas situaciones de incoherencia absoluta -me van a perdonar- ante el hecho de que un diputado pueda dar clase y cobrar la correspondiente
retribución en una universidad privada pero no en una universidad pública, que un diputado que sea concejal y responsable de urbanismo de su municipio no pueda presidir la sociedad municipal de urbanismo pero si se gestiona a través de un patronato
lo pueda hacer, o que pueda o no percibir una retribución en función de si la forma -no el fondo- es retributivo o indemnizatorio.
Las reformas efectuadas de esta manera sirven de bien poco, no introducen más que elementos de incoherencia y, por lo
tanto, de injusticia y deben solventarse.



Hay un segundo aspecto en el que enmendamos la proposición no de ley del Grupo Parlamentario Popular y es aquello que concierne a los diputados.
Creo que nos hubiese permitido tener un debate interesante sobre la condición del diputado.
Señorías, el diputado ejerce una función pública pero no es un funcionario sino un representante del pueblo, un cotitular de la soberanía nacional, no es un funcionario legislativo. Por lo tanto, entendemos sinceramente que no es correcto pretender
trasladar incompatibilidades de altos cargos o de miembros del Gobierno a los diputados. No es correcto pretender limitar la libertad del diputado haciendo planteamientos de inhibición. Si algo garantiza la Constitución, señorías, en el artículo
67.2 cuando veda el mandato imperativo es la libertad absoluta del diputado. Ciertamente, también el artículo 70 establece un régimen de incompatibilidades, pero es un régimen que pretende dos cosas: garantizar una dedicación suficiente del
diputado a su función y que no se beneficia en su actividad privada de la condición de diputado, pero como diputado puede hacer absolutamente todo y cualquier limitación que se pretenda trasladar a un diputado es una limitación que se pretende
trasladar al ciudadano, que son todos, en virtud de ese principio de la soberanía popular. Por lo tanto, no estamos de acuerdo con esos planteamientos, como decía anteriormente, inhibitorios porque, además, ¿quién debe inhibirse, una persona que
los dos


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años anteriores ha ocupado un cargo en una empresa o entidad? ¿Y que ocurre con aquel que ha trabajado para una empresa o entidad? ¿Un profesor de universidad diputado tiene que inhibirse en la Ley Orgánica de Universidades? ¿Un miembro
de un sindicato no puede ser miembro de la Comisión de Política Social y Empleo? ¿Un abogado puede debatir la Ley de Enjuiciamiento Civil? Señorías, no convirtamos en demérito lo que son méritos porque, como decía un novelista europeo del siglo
XIX, no haber hecho nada en la vida es un mérito, pero conviene no abusar de él.
Señorías, no intentemos potenciar o convertir en una prioridad traer al Congreso de los Diputados personas sin pasado porque si sólo traemos a personas sin pasado,
creo que la institución tendrá poco presente y poco futuro. Lo que necesitan, si acaso, las Cámaras es una mayor conexión con la ciudadanía, una mayor conexión con la realidad social, un trasvase de personas con mucha mayor facilidad de la sociedad
a la institución y de la institución a la sociedad y, simultáneamente, pertenecer y ser miembros de esa sociedad y de esa institución. De ahí que hayamos hecho ese planteamiento de apartar de la proposición no de ley las referencias a la condición
de diputado.



Finalmente, en nuestra enmienda tenemos un apartado de carácter positivo porque entendemos que en este apartado existe ya un consenso suficiente e importante, como se pudo manifestar en el Pleno del Congreso, en el debate realizado el 15 de
noviembre del año pasado. Nosotros lo hemos referido fundamentalmente a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, aunque posiblemente pueda ampliarse a otros ámbitos, y decíamos que aquellas personas que hayan pertenecido o hayan ocupado cargos
en estos órganos de supervisión no pueden, sin un período de moratoria, pasar a ocupar cargos en las empresas o en las entidades supervisadas.



Ese es el planteamiento, señorías, de la enmienda de Convergència i Unió.
Como decía anteriormente, no estamos en contra de plantearnos una reforma, pero debe ser una reforma desde el consenso y objetiva y no ad casum, no ad hominem. Debe
ser una reforma coherente y estable, salvando las diferencias que existen entre los diputados y los altos cargos y avanzando en aquellos aspectos en los que se ha producido consenso en esta Cámara.



Muchas gracias, señora presidenta. Muchas gracias, señorías.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Silva.



¿Grupos que desean fijar posición? (Pausa.)


Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señora presidenta.



Mi grupo va a votar favorablemente esta proposición no de ley que nos ha planteado aquí el Grupo Parlamentario Popular.



En cuanto a sus tres apartados, no tenemos nada que objetar a los apartados 1 y 2, pero queremos hacer también partícipe de nuestra creencia -en identidad con lo que acaba de expresar el portavoz del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència
i Unió), señor Silva- con respecto al apartado número 3, al hablar de una incompatibilidad de altos cargos de la Administración pública, es decir, del Gobierno, que es quien tiene el Poder Ejecutivo y que por tanto tendría que tener -como tiene de
hecho y de derecho- una serie de limitaciones, de incompatibilidades, con inhibiciones en la toma de decisiones que van dirigidas a toda persona física o jurídica de la que es destinataria la acción administrativa, pero no se ve tan claramente la
capacidad de inhibición del diputado y del senador, del parlamentario, en actos que puedan venir desde atrás.
Coincidimos plenamente con lo que ha dicho el señor Silva porque nos parece que no solamente está en la lógica constitucional sino también
en el sentido común, sobre todo cuando estamos tratando al Parlamento como casa de la ejecución de unos principios constitucionales que nos competen en la elaboración de las leyes. Las leyes son la suma de una serie de voluntades, de ideologías y
de inteligencias. Inteligencias tanto de quienes hacen las propuestas, proposiciones o proyectos de ley y de inteligencias de quienes las tienen que enmendar, votar, aprobar y, después, exigir su cumplimiento. No podemos estar exigiéndoles a los
diputados y senadores una especie de curriculum cero o de curriculum del fracaso, de curriculum de no haber podido ser nada anteriormente a su condición de diputado o senador. Estos curriculum vienen a ennoblecer -perfectamente acondicionados a la
ley- cualquiera de las actividades, de las más modestas a las más académicas. Porque sería -él ha puesto algunos ejemplos- como si a todo aquel diputado o senador que tiene por la Ley de incompatibilidades autorizada por las Cámaras una
compatibilidad y que estuviera ejerciendo una profesión colegiada o sindicada se le prohibiera el ejercicio y, por tanto, se le obligara a inhibirse en el debate y votación de cualquier ley que tuviera como ámbito los colegios profesionales o los
sindicatos. Verdaderamente sería un absurdo que nadie estaría dispuesto a suscribir, salvo en un proceso paranoico de las incompatibilidades de los parlamentarios. Por tanto, con respecto a este tercer punto, nos remitimos a lo que afortunadamente
va a introducir la enmienda del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), que tan bien ha defendido el señor Silva y que como ha dicho el portavoz del grupo proponente de la iniciativa original, el Grupo Parlamentario Popular, va a ser
admitida.



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El apartado 1 de la enmienda transaccional, que nosotros vamos a apoyar, está fundamentado en la sensatez, en la prudencia de buscar el consenso de todas las fuerzas parlamentarias para hacer cualquier modificación de forma y de fondo de las
incompatibilidades, sobre todo, para evitar estar aquí legislando a salto de mata o a sobresalto de incidencia, y para evitar que cada vez que haya una incidencia llamativa estemos intentando dar una vuelta de tuerca más a la Ley de
incompatibilidades buscando nuevas figuras de incompatiblidad. Así no se puede seguir porque hace falta un sustrato de seguridad jurídica para todas las personas que legislatura tras legislatura -de la que no solamente sale una Cámara sino también
un Gobierno para regir la nación- tienen que asentar su seguridad personal, y ésta tiene que estar basada en la seguridad jurídica. Por tanto, en cuestión de incompatibilidades, tiene que haber consenso, reuniones previas, aceptación de todas las
fuerzas parlamentarias para ir verdaderamente a lo fundamental y no caer continuamente en lo anecdótico cuando se trata de una cuestión de incompatibilidades.



En cuanto al segundo punto de esta enmienda transaccional que ha sido aceptada, se extiende no solamente a lo que era una incompatibilidad para las personas que habían estado actuando específicamente en la Comisión Nacional del Mercado de
Valores -ya se vió aquí con el caso Gescartera-, sino a las otras administraciones públicas y a los organismos reguladores de las distintas comisiones que hay, tanto del mercado de valores como de telecomunicaciones como de la energía, para que esos
procesos de transferencia de personas queden claros y perfectamente regulados, porque es la manera de tener el principio de seguridad política y administrativa en la adecuación de esas personas a una Ley de incompatibilidades, para que no haya
ninguna sombra de sospecha de que se toman soluciones o decisiones con un beneficio partidista, lo que sería incompatible con nuestro Estado democrático. Por eso, aceptando esta enmienda transaccional, mi grupo va a votar a favor de la proposición
no de ley del Grupo Parlamentario Popular con la adición de la enmienda del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



Nada más y muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Mardones.



Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), señor Erkoreka.



El señor ERKOREKA GERVASIO: Gracias, señora presidenta.



He de comenzar mi intervención expresando la sorpresa de mi grupo, no ya por el contenido de esta proposición no de ley que debatimos, sino por el hecho de que el Grupo Parlamentario Popular se decida a presentar una proposición no de ley
instando al Gobierno a que remita a la Cámara un proyecto de ley reformando la actual Ley de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración general del Estado. Sorpresa, porque el debate que hoy nos da
cita ante el Pleno de la Cámara ha sido un motivo de preocupación constante en el seno de la Comisión de Régimen de las Administraciones Públicas en todo lo que llevamos de legislatura. Y la postura oficial que tanto el Gobierno como el Grupo
Parlamentario Popular han venido manteniendo en las numerosas ocasiones en las que hemos debatido sobre el alcance, el contenido, sobre las posibles lagunas y defectos de la Ley de incompatibilidades, así como sobre los eventuales y posibles
defectos o limitaciones en su aplicación, ha sido la de que la Ley 12/1995 es impecable, que no necesita absolutamente ninguna reforma, ningún reajuste ni modificación y que, además, se aplica con rigor y puntualidad. En todas estas ocasiones se ha
defendido sistemáticamente por parte del Gobierno y del Grupo Popular que no puede reprochársele nada a la ley, ni desde el punto de vista de sus contenidos ni desde la perspectiva de la aplicación de la que es objeto.
Sin embargo, este ha sido un
criterio que no ha sido compartido por el conjunto de los grupos de la Cámara y, al parecer, tampoco lo ha sido por instancias más relevantes como, por ejemplo, el propio fiscal Anticorrupción. De hecho, hace algo más de un año, en la sesión de la
Comisión de Régimen de las Administraciones Públicas de 21 de marzo de 2001, el fiscal Anticorrupción hacía unas preocupantes y gravísimas declaraciones en las que llegaba a afirmar literalmente: algo falla en las estructuras de la Administración
pública cuando nos vemos obligados a actuar a través de las noticias que se publican en los medios de comunicación. También denunciaba -y vuelvo a citar textualmente- la existencia de una losa, un pacto de silencio en aquellos servicios de
inspección de la Administración pública cuyo contenido es detectar casos de corrupción, que dejan mucho que desear. Pues bien, al hilo de estas declaraciones que yo consideraba muy graves y que deben ser motivo de preocupación, apunté que habían
transcurrido seis años desde la entrada en vigor de la Ley de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración general del Estado -hoy ya son siete, porque de esto ha transcurrido algo más de un año- y que
parecía conveniente iniciar un proceso de evaluación de la ley. A tal efecto propuse constituir en el seno de la Comisión una subcomisión, que podría -decía en mi intervención- integrar tanto a miembros de la propia Comisión como a representantes
del Ministerio de Administraciones Públicas, que evaluase, con arreglo a las metodologías propias de la ciencia de la legislación, cuatro aspectos de la ley en vigor. Primero, que evaluase


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si los objetivos propuestos en la ley son suficientemente ambiciosos o no.
El tiempo pasa y las mediciones sociales, la sensibilidad social con respecto a la ética que deben respetar los responsables públicos evoluciona con el tiempo y
queríamos evaluar si los objetivos planteados en la ley son suficientemente ambiciosos o no después de seis años de su entrada en vigor. Segundo, si los objetivos propuestos por la ley se alcanzan o no. Tercero, y muy importante, si en caso de
existir una disociación entre los objetivos de la ley y los realmente conseguidos esta disociación tiene su origen en deficiencias de la parte dispositiva y articulada de la propia ley, en su caso, en limitaciones en su proceso de aplicación. Y
cuarto, que identificáramos qué deficiencias tiene la parte dispositiva de la ley y qué limitaciones existen o pueden existir en su proceso de aplicación, y que sobre la base de este proceso de evaluación iniciáramos un proceso de análisis y de
estudio para formular, en su caso, las reformas que fueren necesarias -si alguna fuere necesaria- en la ley en vigor. Bien, pues esta propuesta bien intencionada y yo creo que oportuna, porque traía causa de unas declaraciones graves y
preocupantes, insisto, del fiscal Anticorrupción y que pretendía introducir, además, el uso de técnicas de evaluación normativa -tan necesitadas, por cierto, en un ámbito en el que parecían planteársele problemas-, contó con el apoyo de algún grupo
parlamentario en el seno de la Comisión, pero contó con la rotunda oposición tanto del Gobierno como del Grupo Popular, que dijeron que aquí no había nada que cambiar, nada que evaluar, nada que analizar y, por supuesto, nada que reformar ni en la
ley ni en el proceso de aplicación. De ahí nuestra sorpresa -inevitable sorpresa- cuando poco más de un año después el propio Grupo Parlamentario Popular presenta una proposición no de ley de estas características, habida cuenta que desde aquella
fecha, desde el 21 de marzo de 2001, hasta el momento presente se ha desarrollado la actividad de la Comisión de investigación del caso Gescartera, de cuyos trabajos se han obtenido resultados importantes en punto a la identificación de posibles
nuevos supuestos de incompatibilidad que no estaban previstos en la legislación en vigor. De ahí nuestra sorpresa, insisto, no ya por el contenido de la proposición no de ley, sino por el hecho mismo de que el Grupo Parlamentario Popular presente
esta proposición con este contenido y sobre un tema relativo a la cuestión de las incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración del Estado.



¿Qué decir con respecto al contenido concreto de la proposición no de ley? Nos parece que es raquítica, es insuficiente, carece de ambición y además se centra en cuestiones que para nada son las nucleares, las fundamentales, que tienen que
ver con los reales problemas planteados en esta materia. Además, quiere desviar la atención planteando una limitación a la actividad de los parlamentarios que nos sitúa en otro orden de problemas y consideraciones, para lo cual habría que abrir un
debate nuevo, distinto, con nuevos aspectos y contenidos, como acertadamente ha puesto de manifiesto el portavoz del Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió. Por todo ello, el voto del Grupo Parlamentario Vasco será contrario a la
proposición no de ley.



Nada más y muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Erkoreka.



Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, señor Rejón.



El señor REJÓN GIEB: Señora presidenta, señorías, señoras y señores del partido que soporta al Gobierno, pase, porque es legítimo y aquí ya cabe casi todo, que ustedes practiquen una especie de filibusterismo parlamentario que era habitual
que se realizara desde la oposición, pero un filibusterismo parlamentario desde el partido que soporta al Gobierno es, cuanto menos, un contradiós, como se dice en Andalucía. Pase, señoras y señores del partido que soporta al Gobierno, que ustedes,
ante las situaciones y los hechos acaecidos desde marzo de 2001 a marzo de 2002, se hayan visto obligados a darse un lavado de cara, pero es que lo que nos han traído aquí no ha pasado de quitarse las legañas, señorías.
(Risas.) Pase, señoras y
señores del partido que soporta al Gobierno, que ustedes hayan hecho todo el ruido del mundo para luego llegar al parto de los montes y parir un ratón, pero lo que no se puede pasar, señorías, es que el ratón no pase de ser un aborto ratonero.
(Risas.) Me voy a explicar. ¿Por qué es un aborto ratonero? Porque ustedes, en ese marasmo que tienen de confusión de Gobierno con el Parlamento, Parlamento con la Administración, Administración con el Estado, Estado-España, para terminar
confundiendo la Secretaría de Estado de Hacienda con la caja B de los bancos, en esta especie de confusión que ustedes tienen han planteado ustedes algo que para mí, como diputado de esta Cámara, es humillante. Ustedes pueden plantear lo que
quieran, y me parece muy bien, sobre la incompatibilidad de los diputados y diputadas, y diez veces más de lo que ustedes quieran, diez veces más. Y todo lo que luego planteamos, los diez puntos que planteamos para los altos cargos, si ustedes
quieren y tiene encaje constitucional, pónganlo también para diputados y senadores. Pero lo que no es de recibo -porque la forma es muy importante en democracia- es que ustedes digan en su proposición no de ley que sea el Gobierno de la nación el
que traiga una ley donde se diga que los diputados y senadores se tienen que inhibir en sus cargos.
Eso, señorías, es de reglamento de parlamento y el Gobierno no tiene por qué entrar en


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el reglamento de un parlamento. Formalmente hubiera sido mucho más correcto decir que se insta al Gobierno de la nación a los puntos 1 y 2 y que se demanda de los grupos parlamentarios que en la pretendida reforma del Reglamento se
introduzca el punto número 3. No hay ningún problema con el punto número 3, independientemente de que pueda coincidir con la intervención del señor Silva, pero otra cosa son las cuestiones formales, lo de que: Y encima que ahora diga el Gobierno
lo que tienen que hacer los diputados. Yo esperaba que alguien hubiera salvado la autonomía de la Cámara, pero como no es así quede por lo menos esto dicho.



Nada más. Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Rejón.



Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Martínez Sanjuán.



El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: Muchas gracias, señora presidenta.



Señor De Juan, si tuviera que felicitarle por algo sería porque es su santo, no por la maravillosa proposición no de ley que acaba de defender; una proposición no de ley con la que da la sensación de que quieren aliviar su mala conciencia y
que presentan tarde y a rastras, después de conocer la que presentamos los demás grupos parlamentarios; una proposición no de ley incoherente con lo que ustedes decían hace cuatro días, como decía el señor Erkoreka hace un momento, inconsistente,
porque mezclan churras con merinas, altos cargos con diputados no se sabe muy bien para qué, y desde luego incompleta, muy incompleta, porque para quedar medianamente bien con su conciencia han presentado una cosita para decir que a ustedes también
les preocupan las incompatibilidades de altos cargos y que quieren reformar la Ley 12/1995.



La verdad es que cuando me enteré de que el Grupo Parlamentario Popular había presentado una iniciativa dije: Es una más, una más de las que nos tiene acostumbrados el Grupo Parlamentario Popular. Si los grupos parlamentarios dicen que nos
vamos a presentar como acusación particular en uno u otro caso, el Partido Popular también; si los grupos parlamentarios presentamos una modificación legislativa o instamos al Gobierno a hacerlo, el Partido Popular también. No nos acuse, señor De
Juan, de que no queramos cumplir no se sabe qué; no nos quieran utilizar porque ni ustedes ni nadie va a utilizar a mi grupo parlamentario con una mala proposición de ley para aliviar su mala conciencia. Presentan una proposición no de ley
oportunista para no quedarse solos en este debate social, no sólo político, que hay en el conjunto de la sociedad como consecuencia de los permanentes escándalos, entre comillas, que se van conociendo de gente vinculada a la Administración pública e
incluso al Gobierno, haciendo que endurecen el régimen de incompatibilidades de altos cargos.



Su proposición, señor De Juan, no tiene ningún valor; no tiene valor político ni jurídico ni real, visto lo que ustedes quieren hacer.
Contiene únicamente algunas medidas de carácter formal que no afectan en absoluto al sistema material de
incompatibilidades de altos cargos.
Además, en esta proposición no de ley no sólo instan ustedes al Gobierno, sino que instan al Gobierno a que considere la necesidad. Esto es una rimbombancia para no decir nada, para no mojarse, pero encima no se
sabe muy bien por qué -ustedes lo sabrán- van a terminar aceptando una enmienda de Convergència i Unió que descafeína mucho más el tímido intento que ustedes hacían de cambiar la ley. Si aprueban, como van a aprobar -usted lo ha dicho-, la enmienda
que ha propuesto el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), realmente no quedan sujetos a nada. No es ya que el Gobierno inste a estudiar la modificación, es que queda todo en agua de borrajas. Es decir, lo que ustedes decían de tomar
una medida no estaba mal, pero si quieren realmente asumir que nadie que se haya podido dedicar a no se sabe qué actividades luego ocupe determinados cargos en dos años, aprueben la nuestra, que habla de cinco años. ¿Es que cuando ponen los dos
años están poniendo nombres propios a algunos que parece que incluso tienen problemas con la justicia porque, curiosamente, hace cinco años se dedicaban a otras cosas por las que están siendo investigados, concretamente el señor Rodríguez-Ponga?


La segunda medida es el reconocimiento de un error; de un error que ustedes cambiaron en la Ley de acompañamiento a pesar de que se lo dijimos y que ha ido en la dirección contraria al conocimiento de los auténticos patrimonios de los altos
cargos. No caigan en la hipocresía cuando quieren cambiar porque dicen que la Ley de acompañamiento simplificó algunos aspectos para su cumplimiento sin perder por ello un ápice de la eficacia. Perdió parte de la eficacia porque se cambió el
sistema de declaración de los patrimonios de los altos cargos. Estas dos medidas mejor formuladas están en la proposición no de ley que firmamos cuatro grupos parlamentarios y que luego defenderemos. Así que, señor De Juan, señores del Partido
Popular, ¿cómo van a proponer ustedes modificaciones que endurezcan el régimen de incompatibilidades si todas las interpretaciones que han hecho en estos años van siempre a beneficio de las personas que están en el ojo del huracán o que parece que
tienen problemas en el cumplimiento de la Ley de incompatibilidades de altos cargos? Ustedes pueden ser oportunistas presentando esta proposición no de ley, pero no son incoherentes con lo que realmente están haciendo en el cumplimiento de la Ley
de incompatibilidades de altos cargos.



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En conclusión, señores del Partido Popular, si lo que quieren es darse golpes en el pecho con esta proposición no de ley o quieren limpiar su conciencia, allá ustedes con lo que votan. Desde luego mi grupo parlamentario no se va a prestar a
ello apoyando esta proposición no de ley porque, como decía al principio, es incoherente, inconsistente y muy incompleta.



Muchas gracias. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Martínez Sanjuán.



Señor De Juan, a los solos efectos de indicar la aceptación o rechazo de la enmienda que ha sido presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



El señor DE JUAN I CASADEVALL: Señora presidenta, a esos solos efectos, aceptamos la enmienda en la medida en que creemos que se acepta nuestra transacción.



La señora PRESIDENTA: Gracias, señor De Juan.



Señor Silva, entiendo que como autor de la enmienda acepta la transacción propuesta por el Grupo Popular.



El señor SILVA SÁNCHEZ: Sí, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Silva.



Sometemos a votación la proposición no de ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre modificación de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la nación y de los altos cargos de la
Administración general del Estado, modificada por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, así como la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, modificada por las leyes
orgánicas 1/1987, de 2 de abril, 8/1991, de 15 de marzo, 6/1992, de 2 de noviembre, 13/1994, de 30 de marzo, 3/1995, de 23 de marzo, 1/1997, de 30 de mayo, 3/1998, de 15 de junio, y 8/1999, de 21 de abril, en los términos derivados del propio debate
y de la enmienda transaccional que ha sido pactada entre los grupos proponente y enmendante.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 287; a favor, 173; en contra, 112; abstenciones, dos.



La señora PRESIDENTA: Queda aprobada.



- DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS SOCIALISTA, FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA, VASCO (EAJ-PNV) Y MIXTO, SOBRE RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES DE LOS MIEMBROS DEL GOBIERNO Y DE LOS ALTOS CARGOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO. (Número de
expediente 162/000471.)


La señora PRESIDENTA: Proposición no de ley, de los grupos parlamentarios Socialista, Federal de Izquierda, Vasco (PNV) y Mixto, sobre el régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración
general del Estado. En primer lugar, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Martínez Sanjuán. (Rumores.)


Señorías, ruego guarden silencio y abandonen el hemiciclo quienes lo vayan hacer. (Pausa.)


Adelante, señor Martínez Sanjuán.



El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: Muchas gracias, señora presidenta.



Vamos a hablar en serio de las incompatibilidades (Rumores.), de la ley, de su cumplimiento y de los cambios que es necesario hacer. El objeto número nueve de la Comisión de investigación sobre Gescartera pretendía analizar y evaluar el
cumplimiento del régimen de incompatibilidades. Lo curioso fue que el informe de la mayoría, tras conocer por el informe del Ministerio de Administraciones Públicas que el señor Ramallo no había incurrido en incompatibilidad alguna como ex alto
cargo, no propuso como mejora la revisión de la Ley 12/1995, de incompatibilidades de altos cargos. Tampoco lo juzgó necesario en su momento el ministro señor Posada, que acaba de abandonar el hemiciclo, cuando en la Comisión de Administraciones
Públicas el día 18 de diciembre nos decía lo siguiente: En opinión del Gobierno y en particular del ministro que les habla, no necesita urgentes modificaciones la Ley de incompatibilidades de altos cargos. No era lo que pensaba la mayor parte de
los grupos que estábamos en contra de las conclusiones del informe de Gescartera. Ni lo pensamos entonces ni lo pensamos ahora los grupos parlamentarios que hemos presentado la proposición no de ley, ya que con la actual ley aprobada por todos, es
verdad, en el año 1995, pero sobre todo con la interpretación que de la misma está haciendo el Gobierno actual, sin ningún rubor hemos conocido a lo largo de este tiempo el caso de directores generales que contratan desde su empresa con entidades
públicas; responsables de obras hidráulicas que van a constructoras que hacen presas que anteriormente habían decidido posiblemente ellos; un ex director general de patrimonio que privatiza Tabacalera y ocupa luego su presidencia


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-ya no se llama Tabacalera sino Altadis-; un ministro de agricultura que parece que tenía y tiene intereses directos o indirectos en el mundo agroganadero y toma decisiones que podrían afectar al mismo. Con la aplicación de esta ley vemos
que un ex ministro como el señor Arias-Salgado, que desde el Consejo de Ministros conoce y posiblemente opina sobre las fusiones de los hiper, ocupa luego la presidencia del mayor grupo empresarial en materia de hipermercados y continúa negociando
con el Gobierno; que el señor Ramallo, al dejar la Comisión Nacional del Mercado de Valores, monta una notaría a la que van no sólo las personas de Gescartera sino que actúa sobre acciones, fondos, etcétera; o que la señora Pilar Valiente nos dé a
conocer un patrimonio tan escasamente valorado, como es de dominio público. Hemos conocido en este tiempo, señores del Partido Popular, que aunque no nos den los datos al Parlamento parece que, eso sí, indirectamente hay empresas del señor
vicepresidente del Gobierno y ministro de Economía que reciben créditos y contratan con las administraciones públicas. También conocemos el caso del actual secretario de Estado de Hacienda, señor Rodríguez-Ponga, que parece que se dedicaba a
cuestiones que tienen que ver bastante con decisiones que ahora tiene que asumir o tomar desde la Secretaría de Estado. Así, señores diputados, todo se interpreta como legal en función bien de la actual legislación, bien de la interpretación que
debido posiblemente a las circunstancias interpretables de la ley se están haciendo por parte del Gobierno.



Coincidirán conmigo todas las señoras y señores diputados que es un escándalo lo que se conoce y lo que se bendice desde el Ministerio de Administraciones Públicas, que parece hoy más un blanqueo de prácticas y conciencias. ¿Y por qué pasa
esto? ¿Por qué se están permitiendo estas prácticas? Posiblemente porque el Ministerio de Administraciones Públicas, encargado de conocer, seguir y aplicar la Ley de incompatibilidades, la aplica de manera muy generosa para los intereses privados
de los altos cargos, forzando y retorciendo no sólo el articulado sino su auténtico espíritu, porque quizás el grupo conservador, el Gobierno tiene la idea preconcebida -ya lo dijo entonces- de que el sistema actual es rígido. Les recuerdo dos
interpretaciones muy recientes del ministerio, concretamente las del señor Ramallo y el señor Rato. Del primero lo excusa en base a una interpretación muy peculiar de que la actividad notarial, como función pública que es, no está sujeta
posteriormente a la aplicación de la Ley de incompatibilidades, sin tener en cuenta lo que hay de privado, de búsqueda de competencia y de búsqueda de clientes desde un despacho como el de cualquier notario. O la interpretación de las
participaciones, eso sí, indirectas del vicepresidente del Gobierno cuando sus empresas contratan con determinadas administraciones públicas. En el fondo lo que subyace con la actual interpretación es la concepción de no creer en la prevalencia de
los intereses públicos sobre los privados. Esto hace, señores del Gobierno, señores del Partido Popular, que haya decenas de casos en los que ministros se tienen que inhibir respecto a temas sobre los que tienen que tomar decisiones, y eso que
conocemos algunos, posiblemente no todos, porque entre otras cosas no existe un registro donde se diga expresamente sobre qué temas y qué personas se han inhibido en el acto de su actividad política, bien como ministros, como secretarios de Estado o
como personas que les afecta la Ley de altos cargos. Así que los informes que se están haciendo desde la Dirección General del Ministerio de Administraciones Públicas bajo la dependencia orgánica de un secretario de Estado, posteriormente de un
ministro, de un gobierno y de un partido, se hacen posiblemente a la carta porque no se controlan los documentos, no se investiga, se actúa como una especie de cajón depositario donde se ponen las declaraciones que nadie se dedica a investigar sino
sólo cuando se conocen, bien desde los medios de comunicación o desde cualquier otra comisión de investigación, determinadas circunstancias no previstas.



Como no queremos convertirnos en cómplices de un paripé interpretativo, presentamos una proposición no de ley para restablecer la línea que posiblemente con la interpretación que está haciendo el Gobierno de no separación de intereses
privados y públicos se está haciendo de la Ley 12/1995, de incompatibilidades. Tenemos la sensación, señores del Partido Popular, de que hoy se está haciendo una especie de defensa desde dentro de una empresa y mañana desde una dirección general o
una secretaría de Estado; mañana desde una comisión nacional y posteriormente cuando se sale desde un despacho privado donde se resuelven las cuestiones que se habían favorecido estando anteriormente en el organismo público. Esto tiene que acabar,
y si hay problemas de interpretación cambiemos la ley.
¿Por qué queremos cambiar la Ley de incompatibilidades de altos cargos? Porque hoy no funciona la ley o se está haciendo una interpretación a beneficio de parte por quien tiene que asumir la
responsabilidad que marca dicha ley. No puede ser que se investiguen determinadas circunstancias sólo cuando salta un escándalo equis en un determinado medio de comunicación. Si hay lagunas, como pensamos que existen, tenemos que cambiar la Ley de
incompatibilidades de altos cargos. Por eso cuatro grupos parlamentarios presentamos esta proposición no de ley, para que el Gobierno asuma la responsabilidad de presentar un proyecto que vaya ampliando el objeto y la aplicación de la ley a todos
los altos cargos de órganos reguladores y puestos directivos. No puede ser que el ex secretario general de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el señor


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Alonso Ureba, que tuvo que presentar informes que afectaban a un tema importantísimo del futuro de Telefónica, sobre las guerras de poder que hubo y sobre las stock options, esté sentado hoy ocupando precisamente el cargo de secretario
general de Telefónica y que la Ley de incompatibilidades de altos cargos no le haya ni rozado porque posiblemente no podía hacerlo. Si está pasando esto, hay que adaptar la ley a la realidad de los casos que se producen. Al cesar como altos cargos
se tiene que obligar a determinadas personas a inhibirse si tienen que entender de temas que conocieron en el ejercicio político. No puede ser que se produzcan los casos que se han conocido en este Parlamento; el del señor Ramallo, por ejemplo,
que monta una notaría y resulta que le van casi todos los clientes cuyos expedientes pasaron por sus manos cuando estaba de vicepresidente de la CNMV. No se puede plantear una situación por la que determinados altos cargos siguen manteniendo su
propia cartera, sus propios intereses económicos, sin saber dónde terminan los intereses privados y empiezan los públicos. Hay que obligar a ampliar la transparencia de la información a este Parlamento. No fue un acto asumido en términos positivos
cuando aprobamos las conclusiones de la Comisión sobre Gescartera. Hay que mejorar la transparencia, hay que clarificar los problemas de los regalos que se han venido conociendo en los últimos años. Tenemos que crear un organismo con carácter
político que asuma realmente el compromiso y el funcionamiento de la Ley de incompatibilidades. Tenemos que asumir que la sociedad necesita hoy transparencia y eficacia en el control de la defensa de los valores públicos y del interés general, para
que no se sigan produciendo continuos choques de intereses entre lo privado y lo público. Si ustedes quieren realmente mejorar la Ley de incompatibilidades, aprueben la proposición no de ley que hemos presentado cuatro grupos parlamentarios y que
yo defiendo en primer lugar.



Muchas gracias. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Martínez Sanjuán.



Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor Rejón.



El señor REJÓN GIEB: Señora presidenta, señorías, sin perjuicio de otras normas estatales y de las comunidades autónomas, la principal norma que en materia de incompatibilidades de miembros del Gobierno y de altos cargos de la
Administración está en este momento vigente es la Ley 12/1995. Su texto no es malo, señorías. De hecho, es una norma muy similar a las que rigen en otros Estados de la Unión Europea. El principal problema de esta norma, como el de otras muchas,
es su deficiente aplicación efectiva. El texto es bueno, dentro de lo que cabe, pero el Gobierno y sus altos cargos tienen más capacidad para violarlo que la oposición parlamentaria y los medios de comunicación para conseguir que se respete en
todos los casos. Ya con el Gobierno del Partido Socialista asistimos a diversos episodios de violación evidente del régimen de incompatibilidades. El PP, lejos de acabar con esta lacra para la democracia, ha seguido por la misma senda que pudo
iniciar el PSOE y sin que medien denuncias de la prensa ha llegado a un nivel de violación de la Ley 12/1995 mucho mayor que el de otra época. Sea como fuere, señorías, es necesario recordar las principales disposiciones de aquella ley de 1995:
Dedicación absoluta al cargo público; imposibilidad de ocupar simultáneamente altos cargos públicos y empleos privados; imposibilidad de percibir retribución pública y privada a la vez; imposibilidad de poseer más del 10 por ciento de acciones de
empresas que contraten habitualmente con las administraciones públicas; obligación de inhibirse en asuntos en que los altos cargos públicos tengan un interés personal; obligación del alto cargo de abstenerse, durante dos años después de su cese,
de realizar actividades privadas que tengan relación con su anterior ocupación en la Administración y esta obligación de abstención lleva aparejado el derecho al cobro de buena parte del sueldo del alto cargo durante esos dos años; obligación de
los altos cargos de realizar una declaración de actividades, intereses, bienes y derechos antes de ser nombrados, y a los efectos de custodiar estas declaraciones se creó un registro específico en el Ministerio de Administraciones Públicas.



Para entender el núcleo o el nudo del problema, ¿cuál es la razón de ser última en la legislación de incompatibilidades de altos cargos de la Administración del Estado en un Estado de derecho democrático? Sin duda hay que entender que el
régimen de incompatibilidades es uno de los elementos centrales de las democracias representativas europeas. Si la soberanía popular se vehicula a través de la representación parlamentaria, si el Gobierno depende de la confianza parlamentaria y
está sometido al control parlamentario, es obvio que tanto los parlamentarios como los miembros del Gobierno y los altos cargos deben ser capaces de presentar una hoja de incompatibilidades inmaculada a la opinión pública. En este trance, señorías,
nos jugamos buena parte de la legitimidad de las instituciones públicas y de las instituciones democráticas. No hay legitimidad democrática real cuando los que deben ser servidores de la cosa pública -en este caso ministros y altos cargos del
Gobierno- toman decisiones políticas sobre ámbitos en los que tienen, han tenido o algunos sabiéndolo ya van a tener intereses privados.
Democracia avanzada -como dice nuestro preámbulo constitucional- no existe a nuestro juicio cuando se está
generalizando,


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como se está haciendo, un modelo de alto cargo de la Función pública, que en líneas generales se define por: primero, alto cargo reclutado entre los directivos de las grandes empresas y consultoras españolas, de multinacionales con la
excusa de que el mejor Gobierno y la mejor Administración posible es la integrada por los expertos. Segundo, estos expertos de la empresa privada desempeñan sus cargos con un claro conflicto de intereses entre su antiguo empleo privado y su nuevo
cargo público. Tercero, se toman decisiones políticas teniendo en cuenta sus intereses en un sector económico del que forman parte y dejando de lado el interés general. Cuarto, usan el cargo político como trampolín para su futuro empleo privado en
ese mismo sector una vez hayan cesado en su cargo público, todo ello -algunos casos que no voy a repetir se han citado ya desde esta tribuna- sin esperar los dos años preceptivos.



En este contexto el Gobierno del Partido Popular tiene varios problemas graves en materia de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración pública. Un primer problema es la forma en que entran muchos de sus altos cargos,
ministros incluidos. Un segundo problema es el escaso nivel de inspección y sanción de conductas reprobables de evidente incompatibilidad. Es significativo, señorías, que la obligación de declarar no sea siempre respetada o que algunos altos
cargos declaren, pero lo hagan fragmentariamente cuando no falsamente o que cuando son detectadas irregularidades, lejos de subsanarse se tapen. La realidad en este campo es dura y desagradable; no se resuelve con la mera mención a la Dirección
General de Inspección de los Servicios de Administraciones Públicas. Todos sabemos que esta dirección nada puede contra un problema del calado del que estamos tratando. Finalmente, señorías, el Gobierno Aznar tiene dificultades severas en relación
a la forma en que muchos altos cargos dejan la Administración pública. Todos conocemos las obligaciones impuestas por la ya mencionada Ley 12/1995 de no participar en empresas o trabajar en el mismo sector en el que se ha sido alto cargo durante
dos años después de haber sido cesado. Pues bien, todos somos también conscientes de que esta obligación no se cumple prácticamente en ningún caso.



Izquierda Unida rechaza este modelo de alto cargo tipo PP, que consiste en hacer pasar por la Administración pública a ejecutivos o empresarios que gestionan intereses públicos en evidente colisión con sus intereses privados: no declaran
estos últimos, lo hacen fragmentariamente, no son inspeccionados y finalmente vuelven de forma inmediata a la empresa privada a utilizar sus contactos en la Administración a favor de sus nuevas empresas. Esta situación es especialmente triste si
tenemos en cuenta que la Ley ya citada, sin ser perfecta sí es un instrumento legislativo medianamente bueno para preservar la pureza de las decisiones públicas, contiene garantías y obligaciones que deben ser cumplidas y que si fueran cumplidas
procurarían unos altos cargos al servicio de la res pública y no al servicio de su propio beneficio o de su empresa privada.



No estamos hablando, señorías, a humo de pajas, pues los ejemplos de comportamientos reprobables son conocidos por todos ustedes: el señor Benigno Blanco, ayer asesor de Iberdrola y secretario de infraestructuras; Arias Cañete,
agricultura, ganadería, con intereses familiares y personales y ministro del ramo; señor Carlos Escartín, ayer director general de obras hidráulicas, hoy directivo de ACS, implicado en la trama de adjudicación de las obras del Plan Hidrológico;
añadir al señor Giménez-Reyna, el señor Luis Ramallo, y la perla, hasta ahora, el señor Rodríguez-Ponga.



Por eso nosotros, aunque reconocemos -y reconocía en la primera parte de la intervención- que el texto no es malo, al mismo nivel que otras administraciones del ámbito europeo, decíamos que se está produciendo un forzamiento, una lectura,
una práctica torticera de ella, pero no por este Gobierno sino por el que sin duda a lo mejor fuera, porque aquí no estamos hablando de buenos y malos y de maniqueismo, estamos hablando de unas prácticas, de unas realidades concretas y es por eso
que cuatro grupos parlamentarios, a la vista de la experiencia de la andadura, aun reconociendo que el texto es bueno, decimos: corríjase en estos elementos, refuércese en estos elementos toda vez que de la entrada en pista, de la entrada en prueba
o del desarrollo en determinados momentos de esta ley se ha comprobado que es conveniente reforzarla en esos temas.
Por eso, nosotros lo hemos planteado insistiendo en el máximo celo en el control del cumplimiento de las obligaciones existentes y
ojalá vayan aumentando en el sentido de control y en el sentido de pureza y transparencia que para los altos cargos de la Administración se deducen de la actual Ley de 1995 y de aquellas que en su mejoramiento se produjeran después.



Desde Izquierda Unida exigimos al ministro de Administraciones Públicas simple y llanamente que aplique y haga cumplir, mientras estén vigentes éstas, todas y cada una de las medidas que se contemplan en la Ley de 1995, ni más ni menos le
pedimos que cumpla la Ley y que devuelva la legitimidad y la dignidad al ejercicio de los cargos públicos, dignidad y legitimidad que se está perdiendo como consecuencia del Gobierno y de sus prácticas de gobierno.



Acabo con una advertencia final, pidiéndoles de verdad, señorías, que respalden esta iniciativa, y si no la aprueban, para qué vamos a engañarnos, en aquello que acaban ustedes de aprobar de que los grupos parlamentarios nos sentemos y
busquemos el consenso en una de estas cuestiones, busquemos el consenso entiendo


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que no solamente para las medidas que ustedes plantean, las tres primeras, en su primitiva o primigenia iniciativa, sino que busquemos el consenso también en muchas que son fuera de tiempo, extemporáneas en el sentido de que lo mismo da
aplicarlas a este Gobierno o a los que vinieran en un momento determinado, les pido que tengan ustedes en cuenta las diez medidas propuestas por los distintos grupos parlamentarios.



Decía que acabo con una advertencia final. Esta situación por la que empresarios y ejecutivos privados pasan por la política para servirse de ella y no para servir en ella produce dos efectos muy perniciosos: en primer lugar crea una
sensación de impunidad, el alto cargo sabe que puede eludir el articulado de la Ley 12/1995 y que nada le va a pasar. No me extiendo demasiado en los efectos de la sensación de impunidad, que como ustedes saben es madre de todos los tipos de
desmadre. En segundo y último lugar, deteriora muy gravemente la legitimidad social de las instituciones democráticas, erosiona la fe y la confianza de la ciudadanía en los gobernantes, y eso es quizá uno de los peores servicios que en cualquier
momento y en cualquier tiempo puede rendir un Gobierno al bien común.



Nada más. Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Rejón.



Para defensa de la proposición no de ley, por el Grupo Parlamentario Vasco (PNV) tiene la palabra el señor Erkoreka.



El señor ERKOREKA GERVASIO: Gracias, señora presidenta.



Señorías, es preciso reconocer que los numerosos debates que durante esta legislatura hemos tenido en diferentes comisiones de esta Cámara, fundamentalmente en la Comisión de Régimen de las Administraciones Públicas y en la Comisión de
Gescartera, en relación con el régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, han sido fecundos e instructivos porque nos han servido para descubrir muchas cosas. Nos han
servido, por ejemplo, para descubrir que tenemos el Registro Mercantil menos fiable de Europa, porque cada vez que un asiento registral daba fe de que algún alto cargo de los sujetos a incompatibilidad absoluta para el desempeño de cualquier otro
puesto, público o privado, ejerce simultáneamente como presidente, como consejero o como administrador de alguna empresa privada, hemos descubierto que la culpa es siempre e indefectiblemente del Registro Mercantil porque no recoge adecuada y
fielmente la realidad de las cosas, por mucho que el ordenamiento jurídico revista sus asientos con la presunción de veracidad; el ordenamiento jurídico dirá lo que quiera, pero cuando se descubre efectivamente que un alto cargo de los
absolutamente incompatibles al mismo tiempo está en activo como presidente, como administrador o como consejero de una empresa privada, la culpa es del Registro Mercantil que no recoge la realidad de las cosas.



Nos ha servido también para descubrir que la Administración general del Estado es ágil y es generosa. Es ágil porque cuando alguien denuncia algún caso de incompatibilidad y no resulta posible, no resulta razonable o no parece oportuno
echarle las culpas al Registro Mercantil, el Gobierno destituye fulminantemente al alto cargo en cuestión, normalmente por razones personales o aduciendo motivos profesionales o familiares. Y es generosa porque a veces -y se ha dado el caso- al así
cesado se le otorga alguna condecoración, como si el incumplimiento de la normativa de incompatibilidades fuera motivo u ocasión para un reconocimiento público.



Nos ha servido para descubrir también que la normativa vigente en la materia ofrece lagunas, ofrece deficiencias que es preciso corregir. La proposición no de ley que hoy presentamos conjuntamente con otros grupos de la Cámara tiene como
propósito enderezar estas deficiencias, tiene como objetivo cubrir estas lagunas que efectivamente hemos ido descubriendo, fundamentalmente en el último año, en los contenidos y en la aplicación de la Ley de incompatibilidades de los miembros del
Gobierno y de los altos cargos de la Administración general del Estado actualmente en vigor.



Las medidas que se proponen se pueden agrupar en seis bloques. En primer lugar se propone ampliar el ámbito de aplicación material y subjetivo de la Ley de incompatibilidades vigente. El material, porque evidentemente la Ley de
incompatibilidades, que data del año 1995, requiere una actualización que le permita acomodarse a la tipología de entes públicos actualmente vigente, porque por la fecha en que fue aprobada la Ley de incompatibilidades sólo incluye en su ámbito
material de aplicación dos categorías genéricas: la Administración general del Estado por un lado y las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la misma, a las que se añade nominativa e individualizadamente una serie de entes
singulares, como el Ente Público Radiotelevisión Española, el Consejo de Seguridad Nuclear, las entidades gestoras de la Seguridad Social, etcétera. Pero es que en 1997, dos años después de la entrada en vigor de la Ley de incompatibilidades, la
LOFAGE supone una innovación en la regulación de los entes públicos y confrontando hoy el tipo de entes públicos que se crean con esta ley, con la Ley de organización y funcionamiento de la Administración general del Estado y los que aparecen
recogidos


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en la Ley de incompatibilidades, se ve claramente que quedan excluidas algunas entidades, algunos entes públicos importantes que es preciso incluir también en el ámbito material de aplicación de la Ley.



Ese propósito persiguen los puntos 1, 2 y 3 de la proposición no de ley que suscribimos. También es preciso ampliar el ámbito de aplicación subjetivo -junto al material también el subjetivo-, porque en el caso de los organismos reguladores
y de supervisión, que han adquirido una extraordinaria importancia en los últimos tiempos y probablemente la seguirán adquiriendo en los próximos años, el régimen de incompatibilidades ha de afectar también, además de a los máximos responsables de
este tipo de organismos, a los puestos directivos de primer nivel, cualquier que sea su régimen jurídico, laboral o estatutario, que de todo hay, que de todo permite el vigente marco de entes públicos.



El segundo objetivo consiste en ampliar los supuestos de incompatibilidad recogidos en la normativa actual. Por poner un ejemplo, una hipótesis probable a efectos de simplificar, podrá discutirse si con arreglo a la ley vigente resulta
lícito o no que un ex alto cargo que ejerce como notario, preste sus servicios de fedatario público a empresas y en relación con materias que han pertenecido al ámbito de competencias mientras ejerció como alto cargo. Si este supuesto es legal, es
preciso modificar la Ley de incompatibilidades para que no lo sea, porque evidentemente es un caso en el que la incompatibilidad tiene que ser clara y manifiesta. Este fin es el que persigue el punto 4 de la proposición.



La proposición incorpora la prohibición de poseer participaciones superiores al 10 por ciento en empresas que reciban subvenciones del sector público, punto 6, y se prohibe recibir regalos significativos en los términos que se recogen en el
punto 10 de la proposición.



En tercer lugar, la proposición persigue clarificar algunas previsiones de la ley para evitar que sean formalmente cumplidas, pero defraudando su sentido y finalidad. En este sentido, el punto 6 establece que la prohibición de poseer
participaciones superiores al 10 por ciento en empresas que tengan conciertos o contratos de cualquier naturaleza con el sector público se haga extensiva no sólo a los cónyuges del alto cargo, lo cual ya está expresamente recogido en la Ley vigente,
sino también a las parejas de hecho, especificando que la posesión no sólo resulta ilegal cuando se produce de forma directa sino también cuando tiene lugar de modo indirecto a través de intermediarios, cosa que ocurre con extraordinaria frecuencia
y que hoy por hoy conforma un supuesto excluido del ámbito de las incompatibilidades.



En cuarto lugar, se propone reforzar los mecanismos de control establecidos para garantizar el adecuado cumplimiento de la normativa de incompatibilidades. A este fin se orientan los puntos 7 y 8, relativos respectivamente al control de
valores, activos financieros y participaciones societarias de los altos cargos y a la obligación formal de efectuar las declaraciones de actividades y de bienes y derechos patrimoniales. El punto 10 contempla la creación de un registro en cada
departamento ministerial u organismo para dejar constancia de los regalos de relevancia de carácter institucional que hayan sido objeto de recepción en este tipo de organismos. Es fundamental el punto 13, que propone la creación de un organismo no
inserto en la línea jerárquica, sino revestido de un estatus de autonomía funcional para el control del régimen de incompatibilidades.



La inspección general de servicios funciona, pero a nuestro juicio de modo insuficiente. En demasiadas ocasiones tiene una actitud pasiva. Sus actuaciones de oficio si no son inexistentes son muy parcas, muy pocas y muy remolonas, y es
preciso que el control de la normativa de incompatibilidades recaiga en un organismo más activo, con iniciativa propia y que pueda emprender un control real y efectivo de la normativa de compatibilidades sin las hipotecas, sin las limitaciones que
resultan de una inserción del organismo en la línea jerárquica de la Administración pública, lo cual evidentemente limita su actuación.



En quinto lugar se propone incrementar la transparencia sobre los mecanismos de control establecidos. A este fin responde el punto 9, que amplia el acceso al registro de bienes y derechos, a las comisiones de investigación parlamentaria y a
otros órganos.



El sexto objetivo persigue reforzar el régimen sancionador, que en el momento actual a nuestro juicio es extremadamente blando, y curiosamente no contempla ni el cese del alto cargo por incumplimiento.



Todos estos puntos van a contribuir a reforzar el régimen de incompatibilidades, a hacerlo más adecuado, más actualizado, más en consonancia con las necesidades actuales, con la necesidad de una estructura administrativa donde tienden a
adquirir progresiva y creciente importancia los organismos de carácter independiente y regulador, que requieren una actuación absolutamente impecable desde el punto de vista de la objetividad y de la imparcialidad; en definitiva creemos que
contribuirá eficazmente a mejorar la imagen del sector público, que por desgracia en los últimos tiempos buena falta le hace.



Nada más y muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Gracias, señor Erkoreka.



Para defensa de la proposición no de ley, tiene la palabra el señor Puigcercós, del Grupo Parlamentario Mixto.



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El señor PUIGCERCÓS I BOIXASSA: Gracias, señora presidenta.



Señoras diputadas, señores diputados, en el debate de investidura, recuerdo perfectamente que este diputado, desde esta tribuna replicó al partido del Gobierno el decreto sobre horarios comerciales. El decreto de horarios comerciales fue un
decreto que pareció a la carta de las grandes superficies comerciales, de los grandes distribuidores, era uno de los objetivos del lobby de presión de las grandes superficies comerciales (ANGED) que presionaba sistemáticamente para poder abrir los
sábados y domingos. La presión se ejercía desde hacía mucho tiempo y al final lo consiguieron: un decreto de horarios comerciales hecho por el Gobierno que permitía, en definitiva, esta liberalización -entre comillas-. La pregunta que nos
hacíamos en ese momento es si era ajena esta decisión del Gobierno a que el presidente institucional de Carrefour era Rafael Arias-Salgado, ex ministro de Fomento. Esta era la pregunta que nos hacíamos en esta tribuna.



Nos podríamos preguntar también desde esta tribuna, si el hecho de que la alegría con que el Gobierno ha supervisado la fusión de los dos grupos franceses de distribución, Carrefour y Promodès, aquí llamados Pryca y Continente, una alegría
que ha hecho que incluso sea más alegre que como se ha hecho en Francia. Ustedes saben que el Gobierno francés, la Administración francesa promovió la fusión de los dos grupos para evitar que un grupo extranjero, no francés en este caso, hiciera
una OPA hostil a estos dos grupos. Así pues, resulta que el Gobierno francés que promueve la fusión, pone unas condiciones durísimas a Carrefour y a Promodès, al nuevo grupo Carrefour, para que no puedan tener un dominio de mercado en la
distribución comercial en Francia. En el Estado español todo es diferente. Se les permite abrir nuevos centros; se les permite enajenar a la carta, a diferencia de como ha hecho el ente regulador en Francia, y la pregunta era si esto era ajeno al
hecho de que el señor don Rafael Arias-Salgado presidía institucionalmente el grupo Carrefour.



La misma pregunta nos la podríamos hacer con otro personaje, que los miembros de la Comisión Gescartera, la Comisión de Investigación parlamentaria de Gescartera y el caso Gescartera o bien llamado caso Comisión del Mercado de Valores, que
es el nombre real que tenía esta Comisión de Investigación, sobre el caso del señor don Antonio Alonso Ureba -se ha dicho ya por parte del Grupo Parlamentario Socialista-, una persona clave en la Comisión del Mercado de Valores, clave en el consejo,
clave pues dirigía el departamento jurídico, clave no solo en el caso Gescartera sino en dos expedientes que tuvieron final en la Comisión del Mercado de Valores: un expediente al señor don Juan Villalonga, presidente en ese momento de Telefónica,
y otro expediente al señor don César Alierta, presidente actual de Telefónica, cuando presidía Tabacalera. Ahora curiosamente el señor Alonso Ureba es secretario del consejo de administración del grupo Telefónica. Creo que son dos ejemplos, el
caso Arias-Salgado y el caso Alonso Ureba, que ilustran que han cambiado las cosas y que la ley que se negoció en 1995, ya no sirve.



El proceso de privatización del sector público (a alguien le podría dar una sensación de saqueo del sector público del Estado) ha creado nuevas situaciones; ha planteado situaciones irregulares, situaciones de alegalidad, así lo digo,
porque ustedes me dirán que es una situación que está fuera de la ley, son alegales ciertas incompatibilidades, es legal que determinadas personas puedan tomar decisiones y luego pasen a formar parte de esta empresa privada o no privada, que son
términos dudosos, porque no sabemos si Telefónica hoy es una empresa privada o no es privada, como se ve incluso por parte de la presidencia de este Congreso un término laxo, como hemos podido ver estos días.



En definitiva, nosotros consideramos que ha pasado el tiempo, ha cambiado la situación y hay que endurecer el régimen de incompatibilidades de altos cargos. Hay que endurecerlo también porque el proceso de fusión de los grandes grupos
económicos, los grandes grupos de la construcción que básicamente son claves en la construcción y fomento de la obra pública, se han visto determinadas personas, determinados apellidos que nos dan sensación de consanguinidad en algunos consejos de
administración de grandes grupos que al final acaben siendo financieras y que perciben grandes concesiones y grandes convenios con empresas públicas o incluso con ministerios.



Por estas razones nosotros consideramos fundamental endurecer, clarificar la ley, y sobre todo establecer la línea entre las dos orillas. Luego podemos incluso bajar a niveles más pedestres. Fijémonos en cómo algunos inspectores de
Hacienda trabajan como buenos funcionarios, ejercitan como buenos servidores de lo público y toman una experiencia con la que luego cambian de orilla y pasan al sector privado. Todo es legal, nadie lo duda, pero resulta que cuando estas personas
vuelven al sector público y recuperan su posición en el sector público hay unas complicidades. Cuando uno estudiaba ciencias políticas le hablaban en términos de politología norteamericana de la importancia de la agenda. Uno que era principiante,
creía que la agenda era el calendario que le imponían. No, la agenda era el listín telefónico que uno se lleva de determinados cargos públicos y que luego utiliza en definitiva y tira de la agenda y de los teléfonos.
Esto sirve para tráfico de
influencias y sirve para condicionar decisiones públicas que tendrían que ser transparentes y claras.



Las propuestas que hemos hecho los diferentes grupos de la oposición, pues no en vano los grupos que


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hemos firmado esta proposición no de ley fuimos los grupos que pedimos más transparencia en la Comisión de investigación parlamentaria de Gescartera o Comisión Nacional del Mercado de Valores, quieren profundizar en esta sensación de
transparencia. No la hay en estos momentos. Lo público y lo privado se mezcla en ambas direcciones. No sé si podremos hablar de un caso Rodríguez-Ponga, merece la presunción de inocencia, evidentemente, pero la sensación existente es que el
camino es inverso. Servidores de lo público pasan a trabajar para el sector privado y toman decisiones legítimamente, pero luego hacen el camino de vuelta a importantes cargos de lo público, a altos cargos del Estado, en este caso un secretario de
Estado de Hacienda que también hace su agenda y su listín telefónico en el sector privado. Esto es lo preocupante. Me viene a la cabeza cuando el señor Aznar dijo al principio de esta legislatura -incluso creo que fue en el fragor de la campaña
electoral- que el Partido Popular era un partido incompatible con la corrupción porque era un partido liberal.
Parecía alentador. Decía: nosotros no intervenimos en la economía y por eso nunca vamos a ser un partido que sea propenso a la
corrupción. Creo que no hace falta intervenir como Estado. Hay facetas, hay ámbitos entre lo público y lo privado que se mezclan. Hay zonas difusas y hay zonas opacas donde parece que con el actual marco legislativo y con el actual marco jurídico
el Partido Popular y algunos de sus cargos -que han sido nombrados por este Gobierno- nadan perfectamente en esta ambigüedad.



Podríamos decir muchos nombres. Podríamos defender la presunción de inocencia de muchos altos cargos y su competencia -claro que sí-, pero hay una sensación generalizada -y lo decía al principio de mi intervención-, debido a la
privatización de grupos públicos, de que aquí los intereses privados de determinados grupos -rememorando al escritor ampurdanés, Josep Pla-, de conocidos, saludados y amigos del Gobierno han tenido el beneficio de este mar ambiguo, de este mar que
nada entre lo público y lo privado. Entre la orilla pública y la orilla privada tiene que haber aguas transparentes y no creo que clarificar o depurar esta agua sea la voluntad de este Gobierno y del partido que le apoya. Todo lo contrario, creo
que la proposición no de ley que hemos debatido anteriormente no es precisamente un favor a la transparencia de estas aguas entre la orilla de lo público y la orilla de lo privado.



Muchas gracias, señoras diputadas, señores diputados.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Puigcercós.



Para defensa de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Silva.



El señor SILVA SÁNCHEZ: Muchas gracias, señora presidenta.



Buena parte de la defensa de mi enmienda pude hacerla en la medida que la enmienda es idéntica a la proposición no de ley del Grupo Parlamentario Popular. No se trata ahora de reiterar argumentos. Ya he manifestado a SS.SS. que mi grupo
parlamentario hace una valoración positiva de la Ley de 11 de mayo de 1995 y de su aplicación y está abierto a estudiar una reforma sobre la base del consenso, objetividad y estabilidad, como señalaba.



Buena parte del debate de hoy estaba ya anticipado en el debate de 15 de noviembre del año 2001, de la misma manera que muchas de las propuestas que se contienen en la proposición no de ley suscritas por varios grupos son las que también
estos mismos grupos -al menos, el Grupo Parlamentario Mixto, el Grupo de Izquierda Unida y el Grupo Parlamentario Socialista- trajeron a debate en el Pleno aquel 15 de noviembre. Por tanto, la posición de mi grupo tampoco puede ser diferente a la
que ostentó en aquellos momentos.



Para acabar, simplemente quiero hacer dos referencias. En primer lugar, que precisamente en la proposición no de ley anterior, a través de una enmienda del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), se ha aprobado requerir al
Gobierno a realizar una modificación cual es la prohibición de que las personas que han prestado servicios como técnicos en las administraciones públicas o en los organismos reguladores puedan, sin que medie periodo de suspensión o de carencia,
pasar a prestar sus servicios en entidades sobre las que ese técnico haya ejercido competencias de supervisión y control. Esto es algo a lo que se han referido las señorías que han defendido la proposición no de ley que hoy estamos debatiendo. De
ahí que no quiera acabar mi intervención sin hacer mías unas palabras que, el 27 de abril de 1995, el diputado socialista, José María Mohedano, utilizaba al debatir la Ley de incompatibilidades.
Precisamente durante la discusión de ese importante
proyecto de ley decía: Nos hemos alejado del debate a cara de perro, que es incompatible con el diálogo y con la democracia. Creo que hemos cumplido con uno de los secretos de la democracia que es la voluntad del compromiso permanente.



Desde luego, esa es la voluntad de mi grupo, buscar ese compromiso permanente y rehuir de los debates a cara de perro.



Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Silva.



¿Turno de fijación de posiciones? (Pausa.)


Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor De Juan.



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El señor DE JUAN I CASADEVALL: Muchas gracias, señora presidenta.



Señoras y señores diputados, voy a intervenir muy brevemente. Decía el clásico que los hombres tienden a creerse lo que les conviene. La verdad es que hoy, señor Martínez Sanjuán, le he visto muy creído de sí mismo.
No sé si le conviene o
no, supongo que usted le conviene a sí mismo, lo que no sé es si le conviene a su partido. No sé si ese debate que usted hace le conviene a su partido. No sé si le conviene, porque si los hombres tienden a creerse lo que les conviene, también
tienden a no creerse lo que no les conviene. Entonces, alguien dice que hay una incompatibilidad. Señorías, mi grupo considera que la gran incompatibilidad que existe en este país es la incompatibilidad que se ha instalado entre el Partido
Socialista y la sociedad española. Esto, señorías, quedó claro el pasado 12 de marzo de 2000. Basta con que se asomen a cualquier encuesta electoral para que se den cuenta de que ese veredicto de incompatibilidad sigue vigente. La verdad es que,
señorías, no nos causa extrañeza alguna, antes al contrario, porque el episodio parlamentario de hoy es una buena prueba, ya que se han negado a acumular dos puntos del orden del día con un contenido y un objeto similar. La verdad es que mi grupo
ignoraba que el Partido Socialista estuviera tan falto de ideas y tan escaso de planteamientos. Por eso, nos tememos, señorías, que han decidido sustituir su falta de ideas y de planteamientos por una estrategia parlamentaria confusa y errática que
les lleva a no permitir la acumulación o a oponerse a la acumulación de dos puntos del orden del día con un objeto muy similar. Me pregunto si esto conviene a los ciudadanos o les conviene a ustedes mismos.



Mi grupo podría decir muchas cosas sobre su proposición no de ley. Podría decir que la actual Ley 12/1995 -su Ley de incompatibilidades- incorpora un régimen de incompatibilidades muy completo. Podría decirles que prevé la obligación de
los altos cargos de efectuar una declaración de actividades, de bienes y de derechos, tanto en el nombramiento como en el cese; de efectuar declaraciones de bienes y derechos anualmente; de efectuar comunicaciones de cualquier alteración de su
actividad y de las alteraciones que se produzcan después del cese del alto cargo. Les podría recordar que la Ley de incompatibilidades -la ley que ustedes hicieron y que no se han leído para presentar el texto que hoy debatimos- establece la
obligación de los altos cargos que hubiesen intervenido con anterioridad a su cargo en la Administración de inhibirse de aquellos asuntos en que hubiesen intervenido o en aquellas empresas o sociedades en cuya dirección, asesoramiento o
administración hubiesen tenido una intervención por sí mismos, su cónyuge o sus parientes dentro del segundo grado. Podríamos recordarles también que esa ley que ustedes no se han leído -que usted no se ha leído, señor Martínez Sanjuán, para
redactar el texto que hoy debatimos- prevé que los altos cargos con competencias en el control y gestión de valores y activos financieros han de encomendar la gestión y administración de sus valores a una entidad financiera o que los altos cargos no
pueden tener, por sí o a través de su cónyuge o hijos dependientes, participaciones superiores al 10 por ciento de las empresas que tengan un concierto con entes del sector público; o que los altos cargos, en los dos años posteriores a su cese, no
pueden realizar actividades privadas relacionadas con los expedientes en que hayan intervenido. Podríamos decir todo eso que regula la ley vigente y que, en parte, coincide con algo que ustedes proponen. Podríamos hacerlo e, incluso, plantear aquí
un debate jurídico sereno sobre la proposición que ustedes han presentado y, probablemente, señorías, ganaríamos ese debate jurídico, porque muchas de las cosas que están proponiendo ustedes se encuentran ya en la legislación vigente. Ustedes, que
tienen un excesivo interés en los titulares de prensa y no en debatir las cuestiones que interesan a los ciudadanos, no se han molestado siquiera en mirarla, por ejemplo, en lo que se refiere a la sujeción de los altos cargos o los presidentes de
organismos reguladores al régimen de incompatibilidades o en la aceptación de regalos significativos, para los que se propone nada menos que la creación de un registro en cada ministerio. Digo yo que se habrán leído el Código Penal antes de
presentar esa disposición, porque a lo mejor lo que están proponiendo aquí está en el Código Penal.



En fin, señorías, podríamos plantear ese debate jurídico y no lo vamos a hacer, porque, francamente, señor Martínez Sanjuán, usted en ese combate es un sparring poco preparado en la materia. (Rumores.) Y también porque creo sinceramente,
señor Sanjuán, que no es objeto de esta Cámara entrar en debates jurídicos, como tampoco lo es ruborizar al señor Martínez Sanjuán. Nos limitaremos a decirle, señoría, que antes de presentar una iniciativa se lea bien la legislación vigente, porque
si no puede perder esos debates jurídicos.



Señora presidenta, podríamos plantear un interesante debate político sobre la contribución del Partido Socialista al desarrollo del derecho de las incompatibilidades. Como ustedes saben, esa contribución fue decisiva. Su Ley de
incompatibilidades del año 1983 fue marcadamente insuficiente para dar una respuesta adecuada a las múltiples tropelías que florecieron durante todo su mandato y que tuvieron como protagonistas significados a altos cargos del Partido Socialista.
(La señora Mendizábal Gorostiaga pronuncia palabras que no se perciben.) Sí, señorías, sí. Precisamente por eso, en el debate sobre el estado de la Nación, señorías, al calor de escándalos como Rubio, Roldán o fondos reservados, fue esta Cámara la
que emplazó al Gobierno a que presentara un proyecto de ley de


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incompatibilidades y así nace la Ley de incompatibilidades que ustedes no se han leído para redactar su texto. Podríamos plantear ese debate político, señorías, pero no vamos a hacerlo, porque a estas alturas los ciudadanos saben que
ustedes no son dueños, sino rehenes de ese discurso.
Y los ciudadanos saben, señorías, que la línea que separa al Partido Popular del Partido Socialista sigue siendo la que separa la congruencia de la incongruencia.



Señora presidenta, apurando temas y tiempos, mi grupo podría denunciar aquí también una estrategia de oportunidad de la oposición al pretender presentar su texto como pretexto para abrir otros debates, debates que ya se celebraron en esta
Cámara, que incluso tuvieron por objeto alguna comisión de investigación. No vamos a abrir tampoco esos debates.
Entendemos que ustedes pueden perfectamente subir a esta tribuna y lanzar diatribas y soflamas contra el Gobierno, pero eso no es ser
una oposición seria y constructiva. Gobernar exige saber, como decía un estadista, de dónde se viene, a dónde se va y qué es lo que se pretende. Lo que vemos, señorías, es que ustedes ni saben lo uno ni saben dónde están ni muchísimo menos saben
en realidad qué es lo que pretenden. Señorías, creo -y basta con ver su ejecutoria- que intentar entender hoy la política del Partido Socialista es tanto como naufragar en un mar de contradicciones y solo le pido, señor Martínez Sanjuán, que en ese
naufragio salven el sentido común. Y ese, señorias, es el debate: cómo salvar el sentido común del Partido Socialista. Nosotros lo hemos intentado y hemos planteado, señorías, una proposición no de ley para que se instara, por consenso, esa
modificación del régimen de incompatibilidades y ustedes no lo han secundado. (Rumores.)


Concluyo ya, señora presidenta, diciendo que pedimos seriedad para los temas serios y reflexivo sosiego para analizar las modificaciones legales que deban abordarse desde el más elemental principio de templanza y de prudencia y desde el
debate sereno y constructivo que en esta materia, siempre en todas sus intervenciones, ha defendido el Ministerio de Administraciones Públicas. Decía al principio que los hombres tienden a creerse lo que les conviene y eso es lo que le pasa hoy al
Partido Socialista, pero su problema, señorías, no es de conveniencia, sino de credibilidad.



Nada más. (Aplausos.)


La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Gracias, señor De Juan. (El señor Martinez Sanjuán pide la palabra.)


Señor Martínez Sanjuán, a los únicos efectos de aceptación o rechazo de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)


El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: Señora presidenta, es una proposición no de ley que, a pesar de lo que haya dicho el señor De Juan, la hemos firmado cuatro grupos parlamentarios. Solamente por una mínima delicadeza democrática, mis compañeros
de grupos parlamentarios debieran de opinar.
Pero tal y como ha sido el debate, como diría mi amigo Mohedano al señor Silva, no podríamos aceptar esta enmienda que ha presentado porque, entre otras cosas, no coincidimos con ella y, además, ya la
han aprobado anteriormente no con nuestros votos.



Muchas gracias.



La señora VICEPRESIDENTA (Mariscal de Gante Mirón): Muchas gracias, señor Martínez Sanjuán.



Se le ha dado, en primer lugar, la palabra a S.S. porque se ha seguido el mismo turno de intervención. Evidentemente, el resto de los grupos también tendrán que pronunciarse acerca de la aceptación o no de la enmienda presentada.



Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, señor Rejón.
(Pausa.) ¿Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV)? (Pausa.) ¿Grupo Parlamentario Mixto? (Pausa.-La señora presidenta ocupa la presidencia.)


La señora PRESIDENTA: Señorías, sometemos a votación la proposición no de ley de los grupos parlamentarios Socialista, Federal de Izquierda Unida, Vasco (EAJ-PNV) y Mixto, sobre régimen de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y
de los altos cargos de la Administración general del Estado. Se vota en sus propios términos, al haber sido rechazada la enmienda.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 287; a favor, 113; en contra, 174.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES URGENTES.



- DEL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO, SOBRE MEDIDAS QUE EL GOBIERNO Y LOS CORRESPONDIENTES ÓRGANOS SUPERVISORES HAN ADOPTADO O TIENEN PREVISTO ADOPTAR RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES FINANCIERAS RELACIONADAS CON EL BBVA, SA. (Número de
expediente 173/000126.)


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La señora PRESIDENTA: Punto III. Mociones consecuencia de interpelaciones urgentes.



Antes de iniciar el debate de las mociones, pongo en conocimiento de la Cámara que se procederá a la votación sucesiva de las tres mociones una vez finalizado el debate de la última. (Aplausos.-Risas.)


Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Mixto, sobre medidas que el Gobierno y los correspondientes órganos supervisores han adoptado o tienen previsto adoptar respecto de las irregularidades financieras
relacionadas con el BBVA, S.A.



Para la presentación y defensa de la misma, tiene la palabra el señor Saura.



El señor SAURA LAPORTA: Gracias, señora presidenta.



Señoras y señores diputados, paso a defender, en nombre de Iniciativa per Catalunya-Els Verds, la moción consecuencia de la interpelación sobre el caso BBVA que formulé la semana anterior. Evidentemente este caso va dar mucho que hablar, el
jueves mismo vamos a continuar hablando, pero creo que hay algunas cuestiones que requieren ya una toma de decisiones por parte del Gobierno. En ese sentido la moción consta de cuatro puntos. El primero, y uno de los más importantes es que el
Congreso, esta Cámara, inste al Gobierno a cesar inmediatamente al secretario de Estado de Hacienda y actual presidente de la Agencia Tributaria, señor Rodríguez-Ponga. Es un cese que se tenía que haber producido hace días.
Le dije al señor Rato
que me sorprendía que el señor Rodríguez-Ponga ni hubiera dimitido ni hubiera sido cesado. Pero hoy, después de conocerse que el señor Rodríguez-Ponga aparece en la lista de imputados de la Fiscalía Anticorrupción, que el fiscal general del Estado
ha dado el visto bueno a esta imputación y que, estén ustedes convencidos, seguro que dentro de pocas horas va a ser imputado formalmente, es absolutamente imprescindible, por higiene democrática, que el señor Rodríguez-Ponga sea cesado. La
situación política del secretario de Estado de Hacienda del Estado español, la situación política del presidente de la Agencia Tributaria del Estado español es insostenible, pero también lo es la del Gobierno que mantiene la continuidad de esta
responsabilidad. Dijo hace pocos días el señor Rodríguez-Ponga: Aunque me imputen no voy a dimitir.
Pues bien, la continuidad del señor Rodríguez-Ponga supone no sólo una degradación para el Gobierno sino una degradación para el conjunto de la
Hacienda pública, una degradación que el Gobierno del Partido Popular ha impulsado desde 1997 con la falsa denuncia de la amnistía fiscal o con el tema de Gescartera.



Señoras y señores diputados, ¿cómo es posible mantener al frente de la Secretaría de Estado de Hacienda y al frente de la Agencia Tributaria a una persona que aparece como imputado en la lista de la Fiscalía Anticorrupción bajo sospecha de
graves acusaciones en lo que es uno de los mayores escándalos financieros del Estado español desde la democracia? ¿Cómo es posible, qué autoridad moral va a tener mañana el secretario de Estado de Hacienda para dirigirse al conjunto de los
ciudadanos diciéndoles que paguen el impuesto sobre la renta de las personas físicas? ¿Qué más ha de ocurrir, qué más se ha de saber para que el Gobierno tome medidas?


Estos días he leído con atención algunas intervenciones de dignos portavoces del Partido Popular cuando estaban en la oposición. Creo que sería bueno que los diputados y diputadas del Partido Popular las leyeran, porque detrás de esas
intervenciones que están escritas en el 'Diario de Sesiones' hay unos criterios éticos de demanda de responsabilidades políticas, que si se disminuyen mucho, si se dividen por 10, el resultado, si se aplica al caso del señor Rodríguez-Ponga, es su
inmediato cese. No tiene absolutamente nada que ver la actitud que mantiene hoy el Gobierno y el grupo mayoritario con lo que fueron exigencias del Partido Popular cuando estaba en la oposición. Hoy nadie en el Estado español, señores del Partido
Popular, puede entender que aún el señor Rodríguez-Ponga siga siendo secretario de Estado, no lo puede entender nadie y, lo que es más grave, es posible que en los próximos días la posición que ustedes mantienen hasta hoy roce el ridículo.



El otro día en la interpelación le dije al señor Rato que había una serie de circunstancias que aconsejaban la dimisión o el cese del señor Rodríguez-Ponga, aceptando y respetando todo el principio de presunción de inocencia. Le decía, y
digo aquí hoy, que no parece ni lógico ni razonable, ni sensato, ni transparente, ni serio, que aquella persona que asesoró al Banco Bilbao Vizcaya, que hoy está imputado en la lista que remite la Fiscalía Anticorrupción, vaya a ser la persona
responsable desde Hacienda y desde la Agencia Tributaria de desentrañar las prácticas irregulares del BBVA. Esto no lo puede entender nadie ni, señoras y señores, estoy seguro, las personas del Partido Popular. Es imposible pensar que aquella
persona que está imputada, que ha sido asesor del banco BBVA, hoy al frente de la Agencia Tributaria, va a desentrañar las irregularidades. El señor Rato dijo: Señor Saura, usted ya sabe que las actas de inspección las hacen los inspectores
-alguien de aquí ahora se ha reído-. Pero evidentemente el trabajo, que no va a ser corto, porque no estamos delante de un procedimiento judicial de 48 horas, va a ser largo, va a requerir no sólo inspección sino coordinación con otras entidades
supervisoras, coordinación con la Administración judicial, va a requerir dirigir políticamente esto. ¿Esto quién lo va a hacer? Porque el señor Rato me dijo: Esto es muy fácil; además, el señor


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Rodríguez-Ponga se inhibirá. Yo le dije: Fantástico. En el tema que va a ocupar una gran atención de la Agencia Tributaria en los próximos años el presidente se va a inhibir. El principal tema que seguro que durante dos o tres años va a
estar en el centro de la investigación de la Agencia Tributaria y ha de estar en el centro de la preocupación de la Secretaría de Estado de Hacienda no va a tener capitán porque el capitán se tiene que inhibir precisamente por sus implicaciones, y
seguro que dentro de 48 horas, porque va a ser imputado formalmente.



Por tanto, señoras y señores diputados, ustedes deben cesarlo, y deben hacerlo además por otras razones que son responsabilidades del Gobierno.
Yo dije la semana pasada, e insisto hoy, que ustedes han de cambiar el perfil de los secretarios
de Estado de Hacienda que nombran, es un perfil que, a nuestro entender, evidentemente hoy no está regulado en la Ley de incompatibilidades. Hace un momento ustedes han rechazado una proposición no de ley en la que desde diversos grupos de la
oposición reclamábamos precisamente un mayor control de incompatibilidades. Pero, señoras y señores diputados del Partido Popular, ¿quién puede estar de acuerdo en que una persona que esté al servicio de grandes entidades financieras o de grupos
empresariales, se llame REPSOL, o se llame BBVA, que está litigando con la Administración pública en beneficios fiscales, pase de un día para otro de defender los intereses privados a los intereses públicos?


La señora PRESIDENTA: Señor Saura, muchas gracias. Su tiempo ha concluido.



El señor SAURA LAPORTA: Un segundo, señora presidenta.



Después de los intereses públicos los intereses privados.



Por todas estas razones, y muchas otras que no he podido desarrollar, señoras y señores diputados, deben ustedes cesar al señor Rodríguez-Ponga y deben aprobar los puntos 2 y 3 de nuestra moción, que son simplemente la transcripción literal
de las recomendaciones que el señor fiscal Anticorrupción hizo en octubre del año 2000 en el Senado y que no han sido recogidas por el Gobierno.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Saura. Su tiempo ha concluido.



Para la defensa de las enmiendas, por parte del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Muchas gracias, señora presidenta.



Señoras y señores diputados, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) ha presentado una enmienda a la moción defendida por el representante del Grupo Parlamentario Mixto, señor Saura, en la que existen importantes puntos de
coincidencia en el fondo y en la forma, básicamente en los puntos dos, tres y cuatro de la moción, ya que desde nuestra perspectiva política y desde el planteamiento en el que va dirigida nuestra enmienda, cumple los mismos objetivos.



Consideramos que nuestra enmienda va en dirección similar a la moción presentada por el señor Saura en el sentido de que exista una mayor coordinación entre las diferentes instituciones y administraciones para hacer más efectiva la lucha
contra el fraude y concretamente para intentar prevenir el blanqueo de capitales. Proponemos una serie de cuestiones que pretenden reforzar aquellos mecanismos que afecten a los movimientos de capitales en los países que tienen la consideración de
paraísos fiscales. Proponemos que se puedan adoptar las medidas necesarias para mejorar la coordinación entre el Banco de España, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Comisión de
Blanqueo de Capitales para evitar que se puedan producir hechos como los mencionados por el señor Saura.
También instamos al Gobierno para que se establezcan normas que permitan una absoluta vigilancia cuando se constituyen depósitos o fondos de
entidades cuyo domicilio fiscal tenga la consideración de paraíso fiscal.
Proponemos que se incremente la vigilancia y el control sobre determinadas entidades financieras que con sus prácticas hayan contribuido a la constitución de entidades
domiciliadas en paraísos fiscales. En resumen, presentamos esta enmienda para reforzar los mecanismos fiscales y legales que eviten el movimiento de capitales en los paraísos fiscales, así como para prevenir al máximo el blanqueo de capitales e
intentar reforzar una lucha más efectiva contra el fraude.



En lo que no estamos de acuerdo, señor Saura, y donde no existe coincidencia ni en el fondo ni en la forma, sino que existe discrepancia, es en el punto primero de su moción, en el que piden el cese del secretario de Hacienda, señor
Rodríguez-Ponga, no sólo por su incompatibilidad con su profesión anterior, sino por los hechos acaecidos en la fecha de hoy, en los que ha habido una imputación por parte del ministerio fiscal hacia esta persona. La posición del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) en este caso va a ser la que siempre ha caracterizado a nuestro grupo, que es la de la prudencia. ¿En qué sentido? En primer lugar, porque desde Convergència i Unió creemos que hemos de ser prudentes a
la espera de que la justicia se pronuncie, y concretamente de que se pronuncie el señor Garzón en la dirección o no del ministerio fiscal. En segundo lugar, porque también en esta ocasión, como en otras anteriores, queremos reforzar el principio de
presunción de inocencia y por descontado la del señor


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Rodríguez-Ponga en esta cuestión. Y en tercer lugar, porque manifiesto lo que ya dijimos en nuestra intervención en la última reunión de la Comisión de Economía, nos gustaría muchísimo que el señor Rodríguez-Ponga no tuviera ninguna
responsabilidad en esta cuestión, básicamente por las experiencias negativas que todos tenemos presentes y que han ocurrido recientemente, y teniendo en cuenta que hay unas próximas reformas tributarias que se han de iniciar en esta Cámara, así como
también la próxima campaña de la renta que vamos a comenzar inmediatamente. En función de dicha resolución judicial, nuestro grupo parlamentario va a esperar también a ver cuáles son los planteamientos de la persona afectada en este caso, así como
también cuáles son los planteamientos del ministerio correspondiente.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Sánchez i Llibre. Su tiempo ha concluido.



Para la defensa de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Souvirón.



El señor SOUVIRÓN GARCÍA: Gracias, señora presidenta.



Señoras y señores diputados, señor Saura, vaya por delante que el Grupo Popular tiene una doctrina clara y terminante sobre el tipo de asuntos que hoy estamos debatiendo aquí, y es que se investigue hasta el final, que cada cual asuma las
responsabilidades que se deriven de su actuación, y esto sin ningún matiz. Ahora bien, que el Grupo Parlamentario Popular esté activamente comprometido con la limpieza de la vida política no quiere decir que hoy vayamos a hacer el juego con nuestro
voto a quienes, antes de conocer la verdad y sin ni siquiera preocuparse por saber cuál es, les preocupa pedir apresuradamente responsabilidades políticas al Gobierno, sin tener más argumentos que aquellas sospechas que dice tener y que no logra
fundamentar. Tampoco vamos a hacer hoy el juego desde el Grupo Parlamentario Popular a quienes pretenden encontrar rápidamente una víctima expiatoria -si pertenece a la Administración actual, mejor- con la que endosar al Gobierno del año 2002
responsabilidades que son del Gobierno del año 1987. Porque eso sí que está claro, señorías, no hay ninguna duda de que los hechos se produjeron en esa fecha, tiene fecha conocida, el año 1987, y la responsabilidad política, de haberla, debe estar
en quienes pudieron y debieron haber evitado que el dinero que ahora sabemos que ha aparecido depositado en las cuentas de la isla de Jersey saliera de nuestro circuito financiero.



Por tanto, desde nuestro punto de vista lo más razonable es dejar que las instituciones hagan su trabajo, que las instituciones con competencia actúen sobre el asunto y nos ofrezcan conclusiones sobre las que podamos fundar con rigor nuestra
posición definitiva, sin perjuicio de que en los debates parlamentarios que podamos tener y que sería deseable que sirvieran para mejorar lo que los hechos nos demuestren como mejorable, actuemos en esa dirección. Ese es el afán constructivo que
lleva a nuestro grupo a plantear una enmienda de modificación a la moción del señor Saura, intentando afinar aún más los instrumentos para luchar contra el fraude fiscal en paraísos fiscales. Yo sí le voy a dedicar tiempo al asunto, porque nos
parece lo más sustancial de su iniciativa, aunque no haya merecido más que dos segundos en su intervención.



En lo que se refiere a la petición del apartado segundo sobre que los profesionales tengan que poner en conocimiento de la Administración tributaria aquellos negocios o hechos en los que hayan participado y por los que tengan conocimiento de
inversiones en paraísos fiscales, ese asunto ya aparece regulado en le artículo 111 de la vigente Ley General Tributaria. Por tanto, difícilmente podemos instar al Gobierno a que haga algo que ya aparece legalmente establecido. Además, el Plan
parcial de control tributario del departamento de Inspección Financiera y Tributaria, contenido en la Resolución 2/2002, de 22 de enero, de la Dirección General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria -verá que le identifico
perfectamente el asunto-, por la que se aprueban las directrices generales del Plan general de control tributario para 2002, establece como área de riesgo fiscal de atención prioritaria el control de determinadas transacciones comerciales o
financieras en el exterior, efectuadas preferentemente desde o hacia distintos países de la Unión Europea, y en particular paraísos fiscales, con el fin de eludir la tributación que correspondería al verdadero titular de las mismas. Por otro lado,
en el marco de coordinación de las actuaciones contra el blanqueo de capitales que se desarrollan en la Unión Europea, se ha aprobado recientemente -en concreto, el 4 de diciembre de 2001- una directiva que viene a mejorar una anterior relativa a la
prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales, donde se recogen las obligaciones de información a que quedan sometidos los profesionales de la asesoría, tanto fiscal como financiera, al objeto de prevenir el
blanqueo de capitales. Como verá, todo está inventado, señor Saura.



En cuanto al punto tercero, también está recogido en el artículo 11 de la Ley General Tributaria, si bien proponemos a través de nuestra enmienda una modificación de la Ley General Tributaria, precisamente para actuar con mayor eficacia. En
definitiva, señora Saura, presentamos una iniciativa que pretende construir, que pretende solucionar los problemas y mejorar la situación actual. No estamos para hacer juicios rápidos de


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los que lo primero que parece interesar es el resultado, sea o no real, por encima de la mejora de las situaciones. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Souvirón.



¿Grupos que desean fijar posición? (Pausa.)


Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor Alcaraz.



El señor ALCARAZ MASATS: Señora presidenta, nosotros vamos a votar positivamente la moción que ha presentado y ha argumentado el señor Saura. Nos parece una argumentación que cae por su peso en cuanto a los términos que ha utilizado y
teniendo en cuenta la coincidencia con el tiempo que vivimos, especialmente en lo que se refiere al señor Rodríguez-Ponga, pero también en lo que se refiere a otros puntos. Si este señor va a ser imputado y ha dicho que se va a defender -tiene que
hacerlo y está en su derecho-, ¿cómo se puede defender a partir de ahora este señor desde la Secretaría de Estado de Hacienda y siendo el presidente de la Agencia Tributaria? No logramos entenderlo. No logramos entender que este señor mantenga el
cargo y se dirija a toda la sociedad española a través de su defensa desde la Agencia Tributaria y desde la Secretaría de Estado de Hacienda; no se entiende esto. ¿Por qué el Partido Popular lo entendía en la oposición? ¿Por qué entendía que una
cosa es el tiempo legal -penal o civil- y otra cosa es el tiempo político? ¿Por qué entendía entonces el Partido Popular que el tiempo político no puede esperar, que hay que pedir la dimisión y, si esta no se produce, proceder de inmediato a la
destitución fulminante, como es preciso hacer en este caso? ¿Por qué no se entiende ahora?


La mayoría absoluta no nos debe conducir a pensar que se puede mantener cualquier tipo de posición y que la razón depende del número de votos. Lo ha dicho también el señor Saura. El otro día, el ministro dio la explicación aquí, en el
Pleno, de que este señor, en función de su pasado y porque estaba contaminado -no lo dijo así- se iba a inhibir en este asunto cuando llegase al término al que sin duda va a llegar a nivel judicial o político. Pero, ¿cómo puede inhibirse el
presidente de la Agencia Tributaria en un tema como este, que tendrá enorme importancia? ¿Por qué va a ser de enorme importancia? Porque el sistema financiero en este país está de tal manera que habrá que arreglarlo; habrá que intentar regularlo
y organizarlo. El presidente del BBVA, señor Ybarra, ha llegado a decir -o, por lo menos, así lo ha publicado el señor Pedro J. Ramírez, director de El Mundo- que cómo se puede entender que una entidad como esta se pueda dirigir sin un fondo de
reptiles. Eso quiere decir que una entidad como esta son también el resto de las entidades bancarias de este país; por lo menos, esa es la prolongación lógica que se puede hacer de la apreciación que ha hecho el señor Ybarra y que nadie ha
contestado.



Por tanto, habrá que seguir investigando esta situación, habrá que investigar también, señorías, la permisividad que sin duda ha existido en este país para el afloramiento del dinero negro con motivo de la instauración del euro. Ha habido
permisividad, tanta permisividad que incluso doña Pilar Giménez-Reyna, creo recordar, en un momento determinado anota en el dietario cuando le comunica don Enrique, su hermano, que están allí para investigar Gescartera y que está pendiente el tema
del dinero negro, que el señor Giménez-Reyna dice: ocuparos de la investigación y olvidaros del dinero negro. Es decir, aparece como una política de manga ancha, de permisividad que después se traduce en la propia actuación del señor
Rodríguez-Ponga y en el apoyo y el sustento que en este momento le está dando el Grupo Popular.



Creo que corresponde que el Grupo Popular anuncie la petición de este cese; corresponde por higiene democrática. Ustedes en estos momentos quizá no lo entiendan, pero cuando dentro de una hora posiblemente sea imputado por el juez que va a
incoar el expediente, no tendrán ningún tipo de argumentación. ¿Qué van a decir, que se mantenga en el cargo para desde allí organizar su defensa? ¿La defensa del presidente de la Agencia Tributaria en el momento en que además se les está pidiendo
a los ciudadanos que sean leales con sus deberes fiscales?


Por esta serie de motivos, señora presidenta, y por otros que expondremos pasado mañana a la hora de defender la creación de la Comisión de investigación, nosotros vamos a apoyar la moción que ha presentado el señor Saura.



Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Alcaraz.



Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Cuevas.



El señor CUEVAS DELGADO: Gracias, señora presidenta.



Menos mal que el representante del Partido Popular ha dicho que todo esto es un montaje, que no hay absolutamente nada de qué preocuparse y que, por tanto, son problemas del Grupo Socialista que lo único que quiere es erosionar al Gobierno.
No les voy a dar ninguna recomendación, tan sólo les voy a leer algo que está en los teletipos de hoy: La Fiscalía Anticorrupción ha pedido al juez de la Audiencia Nacional que tome declaración como imputado al secretario de Estado de Hacienda,
Estanislao Rodríguez-Ponga, ante los indicios de que pudo haber ideado, preparado y elaborado


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un manual de productos financieros para defraudar a Hacienda; también habría contribuido a determinar y a rentabilizar fiscalmente las consecuencias de las inversiones realizadas por el BBV en el Banco Mercantil Probursa de México,
operación en la que el banco pudo colaborar en el lavado de dinero procedente del narcotráfico.



Yo creo, señorías, que esto es extremadamente grave, que ustedes debían tomárselo de otra forma y que la mayoría absoluta no les autoriza a degradar esta Cámara. Aquí se ha presentado una moción en la que se pide, entre otras cosas, que es
imprescindible de una vez por todas que ustedes clarifiquen la situación del secretario de Estado. Me parece que no se puede responder como lo han hecho desde esa mayoría absoluta. Vamos a editar un manual de lo que ustedes dijeron cuando estaban
en la oposición. No tengo tiempo para repetirles la cantidad de cosas que han dicho de los gobiernos socialistas, desde su presidente, hoy ausente, hasta todo el banco azul y muchos diputados que están aquí y otros que no están. Se lo vamos a
decir uno por uno porque creo que ustedes lo tienen que recordar. Creo que, como diputados, ustedes tienen la dignidad necesaria y suficiente -y creo en ella- para comprender que aquello que dijeron lo tendrían que practicar hoy y tendrían que
hacerlo cesando al señor Rodríguez-Ponga e investigando, además, por qué el ministro que lo nombró ha nombrado a dos secretarios de Estado con las mismas características, con los mismos problemas y que han seguido haciendo lo mismo uno detrás de
otro. Eso se lo tendrían que tomar en serio y tienen que tomarse en serio también -hemos hablado mucho de lo que es y significa en estos momentos la corrupción en este país- la corrupción que protagonizan desde determinadas áreas de la
Administración, corrupción que se practica confundiendo lo público con lo privado y que tiene que ver con muchas de las transacciones y de los problemas que hemos visto tanto en el caso Gescartera como en la crisis del BBVA.



Nosotros hemos puesto el principal acento en reclamar esa Comisión de investigación para que este Parlamento pudiera conocer si de alguna forma se ha torcido la voluntad del consejo de administración de ese banco y con qué instrumentos se ha
hecho, porque nos parece inexplicable que esto haya sucedido y fíjense que lo hemos dicho desde la responsabilidad que no tienen ustedes, porque hoy ese banco, uno de los grandes bancos de este país, tiene problemas nada menos que con un país donde
cotiza y también puede tener problemas en Sudamérica. Y ustedes no han tenido el más mínimo reparo, porque si eso se confirma -y ustedes deberían constituir esa Comisión de investigación para aclararlo-, si eso ha sido así, el que haya sido
responsable lo tiene que pagar, porque tiene que responder ante este país, porque no pueden responder ni el sistema financiero ni el sistema bancario ni siquiera este Congreso de los Diputados, y ustedes con su mayoría absoluta y con su negativa a
hacer lo que decían cuando estaban en la oposición están degradando este Parlamento, como lo degradan cuando el señor Rato no dice cuáles son las garantías de sus créditos; como lo degradan cuando el fiscal general del Estado resulta que protege a
un ministro sentado en ese banco, el señor Piqué, e impide que los tribunales conozcan qué hizo en el caso Ercros.
Eso es la democracia y ustedes no la practican, y al no practicarla están haciendo posible que los ciudadanos de este país tengan lo
que en su día dijo su presidente del Gobierno, el señor Aznar. El señor Aznar en su día dijo algo muy significativo en relación con la credibilidad de los ciudadanos, dijo que si no se investigaba a fondo, si no era posible conocer lo que se hacía
en este Parlamento, los ciudadanos no creerían en la democracia. Esa frase la comparto y es verdad, pero hoy la tienen que practicar ustedes. Nosotros cumplimos, constituimos una Comisión con el caso Banesto, que desde luego no tenía ni las
características ni el alcance de este tremendo escándalo. Por eso les digo y les pido que recapaciten, que dejen de decir que el problema lo estamos creando artificialmente, que lean por lo menos los teletipos y que digan sí a esa Comisión de
investigación.



Muchas gracias. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Cuevas.



Señor Saura, a los efectos de indicar la aceptación o rechazo de las enmiendas presentadas.



El señor SAURA LAPORTA: Gracias, señora presidenta.



En la medida en que en la moción que he presentado hay dos puntos que son literales de las recomendaciones de la Fiscalía Anticorrupción y otro, que es la petición de cese y la necesidad de coordinación de las administraciones, las enmiendas
en ningún caso lo mejoran, sino que, en todo caso, lo diluyen, no acepto las dos enmiendas presentadas.



La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Saura.



- DEL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA, SOBRE EL BALANCE DE LAS REFORMAS FISCALES REALIZADAS, EN ESPECIAL LA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS, ASÍ COMO SOBRE LA PRÓXIMA REFORMA IMPOSITIVA ANUNCIADA. (Número
de expediente 173/000127.)


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La señora PRESIDENTA: Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, sobre el balance de las reformas fiscales realizadas, en especial la del impuesto sobre la renta de las personas físicas,
así como sobre la próxima reforma impositiva anunciada.



Para la presentación y defensa de la misma, tiene la palabra el señor Frutos.



El señor FRUTOS GRAS: Muchas gracias, señora presidenta.



La moción es simplemente una reiteración de los argumentos que dimos ya en la interpelación, que intenta conocer los resultados de la reforma fiscal del año 1998 para evitar algo que todo gobierno tiene tendencia a hacer, que es la
propaganda en relación a la política que hace, una realidad virtual que luego no se corresponde con la realidad, o se da una información sesgada de los resultados de la reforma. Quisiéramos -no los conocemos y no los vamos a conocer- saber quiénes
son los verdaderos beneficiarios de esta reforma de 1998 y en qué cantidad. En definitiva, conocer los efectos que la reforma de 1998 tuvo en el conjunto de los afectados, en sentido positivo, en sentido regular, en sentido negativo.



El segundo punto se refiere a la necesidad de priorizar la lucha contra el fraude antes de aplicar más reducciones en el sistema impositivo, por tanto de reducir la progresividad y la justicia social del sistema impositivo. Las rebajas en
el sistema impositivo que se han producido hasta este momento, a nuestro entender, no han disminuido el fraude fiscal que se está produciendo en nuestro país de forma significativa.
Puede haber dientes de sierra hacia abajo o hacia arriba, pero no
hay una disminución significativa del fraude fiscal.



En tercer lugar, en la próxima reforma del IRPF nosotros planteamos una serie de alternativas. En primer lugar, que no aumente la discriminación sino la progresividad fiscal; quien tenga más recursos que pague más, que contribuya más al
funcionamiento del conjunto de la sociedad, a las inversiones públicas necesarias para que esta sociedad sea cada vez más justa y dinámica, desde el punto de vista económico y social; que no aumenten los beneficios fiscales del capital y de las
plusvalías; que represente, en definitiva, más justicia impositiva, con la suficiente recaudación para financiar el gasto público. Que luego no se diga por cada uno de los ministerios afectados cuando se plantean en este Parlamento, o fuera de él,
una serie de políticas en beneficio de sectores importantes de la sociedad, muchas veces sectores sociales débiles, que no hay más dinero. ¿De dónde sale el dinero? El dinero tiene que salir de donde está y tiene que salir fundamentalmente de los
que tienen más dinero para poder contribuir a financiar derechos sociales de la ciudadanía en un país desarrollado y en un país democrático. En definitiva, hay que gravar la renta global, el cómputo global, al tipo que le corresponda, como parte de
esta justicia social.



Hay una serie de medidas que planteamos en el terreno más individual, más particular, que afectan a las personas, como es rechazar el concepto de mínimo familiar, que la realidad personal y familiar se tenga en cuenta en la cuota.



No voy a extenderme más. Pensamos que la moción en su conjunto hace frente a dos elementos esenciales: una información verídica de lo que ha ocurrido con la reforma anterior para empezar a abordar luego, con una serie de conocimientos, la
próxima reforma, naturalmente polemizar sobre cada uno de los aspectos que cada partido político, y en concreto el Gobierno, proponga en esta reforma e intentar saber desde la exactitud qué es lo que conviene más en este momento al país.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Frutos.



Para la defensa de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor García Breva.



El señor GARCÍA BREVA: Señora presidenta, señorías, voy a defender la enmienda de sustitución que el Grupo Socialista ha presentado a esta moción de Izquierda Unida y voy a comenzar recordando lo que la pasada semana dijo aquí el ministro
de Administraciones Públicas cuando cifraba los beneficios de la vigente reforma fiscal en la creación de empleo y de nuevas empresas. Sin embargo, lo cierto es que hoy esa valoración suena más a ciencia-ficción, ya que con la reforma fiscal el
paro en el mes de marzo de este año está creciendo al 4,4 por ciento cuando en marzo del año pasado disminuía al 3 por ciento; también en marzo de este año la contratación está decreciendo a un 10 por ciento con relación a marzo del año pasado;
los costes laborales están creciendo cinco décimas más que en la Unión Europea; la productividad española en el año 2001 es la más baja de la Unión Europea; ha caído el beneficio de nuestras empresas, pero ha caído sobre todo la creación de nuevas
sociedades en un 5 por ciento en el año 2001 y el año pasado cayó también el ahorro de las familias españolas, que ha alcanzando 2,7 puntos del PIB. Esto es más importante teniendo en cuenta que la reforma fiscal del Gobierno pretendía justamente
lo contrario.



¿Para qué ha servido, pues, la reforma fiscal del Partido Popular? Para incrementar las desigualdades entre las rentas más altas y las más bajas, y las rentas del trabajo con relación a las rentas de capital. El 10 por ciento de los
contribuyentes que tienen las rentas más elevadas


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se han beneficiado en un 35 por ciento de la reducción total del IRPF y el 10 por ciento de las rentas más bajas apenas se han beneficiado de un 0,4 por ciento de esa reducción total. A la vez, las rentas del trabajo tributan 30 puntos más
que las rentas de capital y esta diferencia es profundamente discriminatoria y sólo alienta a aquellos contribuyentes que eluden el pago del impuesto a través de sociedades fantasmas.



La reforma fiscal del Partido Popular no ha beneficiado a todos por igual, por ello es injusta, ya que con esa reforma la renta disponible de las rentas más bajas se ha incrementado en apenas un 1 por ciento, mientras que la renta disponible
de las rentas más altas se ha incrementado en un 16 por ciento. Tampoco esa reforma ha supuesto ninguna ayuda a las familias, ya que no solamente no han ahorrado, como he dicho anteriormente, sino que se han incrementado sus cargas fiscales y
económicas. Sólo hay que recordar lo que ha supuesto el incremento de lo que las familias tienen que dedicar de sus ingresos a vivienda o la no deflactación de la tarifa, que ha supuesto para los contribuyentes casi más de medio de billón de
pesetas, más la subida de impuestos especiales y tasas, que son otra muestra del incremento de la presión fiscal injusta e indiscriminada.



Ahora el Partido Popular nos acaba de presentar su tercera reforma fiscal, y creemos que va a seguir reduciendo de forma sustancial la tributación de las rentas de capital. Las rentas de capital van a tributar de manera menos progresiva que
las rentas de trabajo y la diferencia de tributación de las rentas de capital a medio y largo plazo y del trabajo suponen un trato desigual a contribuyentes que tienen iguales cuantías de renta pero de diferente naturaleza.



Tampoco creemos que esa reforma vaya a tener efecto en el empleo. El propio Gobierno ha afirmado que sólo se prevé que se creen 74.000 empleos a través de esta tercera reforma, ya que no se bonifica fiscalmente lo suficiente ni la vivienda
ni la movilidad laboral, y la reforma laboral que en paralelo han presentado sólo va a reducir costes a las empresas y al Estado.



El Grupo Socialista ha presentado esta enmienda de sustitución precisamente para atajar estos factores críticos a los que he aludido anteriormente. Nosotros en nuestra enmienda estamos planteando una equiparación de las rentas de capital
con las rentas de trabajo. Creemos que se debe estimular más el ahorro a largo plazo, evitar la elusión de la imposición sobre la renta mediante el uso de sociedades interpuestas, estimular la inversión productiva y restaurar la deducción por
vivienda en alquiler. Se debe impulsar la política de apoyo a las familias, alcanzando también a aquellas que quedan fuera de la imposición de la renta por su reducido nivel de ingresos.



Finalmente, creemos que también se debe aumentar la eficacia en la lucha contra el fraude fiscal. Esta es la enmienda que proponemos para contribuir a que esa desigualdad entre las rentas de capital y de trabajo y entre los contribuyentes
se corrija en esta futura reforma fiscal.



Nada más y muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor García Breva.



Para la defensa de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, señor Rodríguez.



El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Gracias, señora presidenta.



El Bloque Nacionalista Galego presenta tres enmiendas de adición. La primera de ellas va destinada a clarificar que cuando se tome cualquier decisión que afecte a tributos, total o parcialmente cedidos a las comunidades autónomas, se lleve
a debate y a aprobación previa en el seno del Consejo de Política Fiscal y Financiera. Estoy pensando, por ejemplo, en el caso del IRPF, todo lo que pueda afectar a la base imponible y, al mismo tiempo, y consecuentemente, que se cuantifique el
impacto recaudatorio de las modificaciones fiscales sobre los ingresos de cada una de las comunidades autónomas, porque habría que habilitar las oportunas compensaciones para que la reducción previsible de ingresos que se derive de la modificación
fiscal que apruebe el Gobierno no las afecte negativamente precisamente en su financiación.



La segunda enmienda de adición hace referencia al tema de la vivienda. Por un lado, penalizando la tenencia de viviendas desocupadas por parte de los propietarios y, por otra parte, como había hasta el año 1998, favoreciendo a los
arrendatarios de vivienda habitual con menores niveles de renta.



En tercer lugar, un tema repetido en este Congreso de los Diputados, sería mejorar el tratamiento fiscal de la investigación científica y técnica, declarando exentas las rentas procedentes de becas y ayudas al estudio percibidas por
investigadores, que todos sabemos que no guardan una vinculación laboral, lo cual ya es de por sí bastante precario como para que aún tengan que hacer la declaración del IRPF.



Nada más y muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Rodríguez.



¿Grupos que desean fijar posición? (Pausa.)


Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Muchas gracias, señora presidenta.



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Señoras y señores diputados, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) no va a votar favorablemente la moción presentada por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida y defendida por el señor Frutos.
Aunque la respetamos,
no la compartimos, como bien saben SS.SS. y especialmente el señor Frutos.



Los planteamientos fiscales del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) van en una dirección diferente a la apuntada por el señor Frutos, y por este motivo nos va a resultar muy difícil poderla votar favorablemente.



Como SS.SS. saben, y el señor Frutos también, el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) participó muy directamente en la reforma fiscal del IRPF del año 1998, ya que estábamos convencidos de la necesidad de reducir la presión
fiscal individual que padecían los ciudadanos españoles, concretamente las personas físicas. También estábamos convencidos de que la reforma del año 1998 produciría efectos positivos sobre la actividad global de la economía, como así se ha puesto
de manifiesto en estos últimos años.



Transcurridos prácticamente cinco años de esta última reforma fiscal, consolidado el impuesto como más simple, más eficiente y más equitativo, pensamos, desde el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), que ahora es el momento de
impulsar una reducción de tipos impositivos y de la presión fiscal directa de las personas físicas y de las familias, a través de una nueva reforma fiscal del impuesto sobre la renta de las personas físicas y que, seguramente, abordaremos a lo largo
de 2002, para que pueda entrar en vigor a principios del año 2003.



Después de los resultados favorables de la anterior reforma y de la que debe abordarse a lo largo de este período de sesiones, al objeto de que pueda ser efectiva a principios del año 2003, entendemos que deberían priorizarse de manera
preferente algunos ámbitos, que me imagino, señorías, que tendremos tiempo suficiente de poderlos debatir a lo largo de este período de sesiones y del que iniciaremos a partir del mes de septiembre próximo.



Desde el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) intentaremos presentar enmiendas con aportaciones positivas que vayan dirigidas a mejorar sensiblemente el tratamiento fiscal de las familias, de manera especial de aquellas familias
en que los dos cónyuges trabajen, así como también de familias con hijos menores y, especialmente, los que se encuentran comprendidos entre los cero y tres años y de aquellas que conviven con personas mayores.



Estaremos de acuerdo, y así lo hemos manifestado basándonos en los planteamientos que ha hecho nuestro grupo parlamentario de la lectura rápida del anteproyecto del impuesto sobre la renta de las personas físicas, aprobada en el Consejo de
Ministros de la semana pasada, en tramitar iniciativas parlamentarias en las que se debe conceder un tratamiento fiscal más favorable para todas aquellas personas con discapacidad y para las familias con las que conviven.



Asimismo, intentaremos mejorar aún más todas aquellas tributaciones que vayan orientadas a los autónomos, a los pequeños empresarios, a las microempresas y a los emprendedores. También vamos a intentar llegar a acuerdos, como hicimos el año
1998, con el Gobierno, a fin de poder fomentar iniciativas que favorezcan la neutralidad del ahorro, así como también todos aquellos aspectos que mejoren el ahorro a largo plazo.



Vamos a plantear todas aquellas cuestiones, que hemos podido debatir a lo largo de estos dos años de legislatura, que vayan dirigidas a impulsar una fiscalidad directa más positiva, basándonos en el mercado de alquiler de viviendas y que
puedan afectar a nuestros jóvenes trabajadores.



Muchas gracias, señoras y señores diputados, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Sánchez i Llibre.



Por el Grupo Parlamentario Popular, señor Ortiz.



El señor ORTIZ GONZÁLEZ: Muchas gracias, señora presidenta.



Con la brevedad obligada reglamentariamente, es decir, con los cinco minutos de que dispongo, quiero empezar mi intervención con una afirmación inicial -por otra parte obvia, y que a un avezado parlamentario como el señor Frutos no se le
oculta-, y es que, después de que el Gobierno haya aprobado en el último Consejo de Ministros el anteproyecto de la nueva reforma fiscal -que ya deja de ser una reforma anunciada y se convierte en una reforma incoada y en trámite-, mi posición va a
ser contraria a la aprobación de la moción. Pero no por cualesquiera razones, sino por un conjunto de argumentos que se podrían sintetizar en dos. En primer término, por desacuerdo radical con la fundamentación de la moción, y en segundo término
por discrepancia sustancial con sus principios, objetivos y criterios básicos inspiradores.



En cuanto a la fundamentación, si por ella entendemos los argumentos, las razones y los datos que se aportaron por el señor Frutos en la interpelación de la semana pasada -del día 17 de abril-, no podemos estar de acuerdo. Después de
confusas manifestaciones sobre la presión fiscal en España y su evolución, que fueron certeramente contestadas por el ministro de Administraciones Públicas en representación del Gobierno, y después de hacer alguna afirmación tan pintoresca y
demagógica, señor Frutos, como asociar las reformas fiscales en los países del mundo a lo que


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él llamó la rebelión de los ricos, insistió en que no hay datos y vuelve a hacerlo en la primera propuesta de su moción. ¿No hay datos después de las múltiples manifestaciones del ministro de Hacienda? ¿No hay datos después de las
publicaciones en los medios de comunicación? En todo caso, a S.S. y a los demás grupos enmendantes -con los que, naturalmente, tampoco compartimos sus puntos de vista- les recomiendo la lectura de un documento denominado: Evaluación de los
efectos de la reforma del IRPF en la Ley 40/1998, editado por el Instituto de Estudios Fiscales y publicado el pasado 12 de marzo. Es un análisis riguroso donde puede encontrar argumentos serios respecto al impacto de la reforma de 1998, respecto a
esos casi 1,8 billones de pesetas de ahorro para los contribuyentes, lo que pone en evidencia lo poco certero y lo poco adecuado de sus afirmaciones en el sentido de que la reforma de 1998 fue innecesaria, inoportuna, injusta y regresiva. La
reforma de 1998 provocó un aumento de la renta disponible de todos los españoles -esto es innegable- y en particular de los receptores de rendimientos del trabajo y del colectivo de los pensionistas. Además, se consiguió un aumento muy claro de la
progresividad del impuesto.



Pasando al texto de la moción, en cuyo análisis no puedo entrar pormenorizadamente, manifiesto nuestra discrepancia sustancial con los principios que la inspiran. Comprenda, señor Frutos, que después de la referencia al Consejo de Ministros
no estemos de acuerdo con los planteamientos de la moción.



Ya me he referido a los datos, pero los objetivos que persigue nuestra reforma en el marco de la política económica de convergencia real y pleno empleo son: bajar los impuestos a todos los contribuyentes, con una rebaja media del 11 por
ciento, que se cuantifica en términos estimados en el 38 por ciento, 18 por ciento, 10 por ciento ó 6 por ciento -según el nivel de renta-, lo que pone en evidencia que se practica la progresividad, porque significa que paguen más los que más tienen
y menos los que tienen menos; tener un impacto recaudatorio acotado y menor que en la reforma anterior; favorecer a los más necesitados, principalmente a las mujeres trabajadoras con hijos, a los discapacitados y, fundamentalmente, a los mayores;
y dar un impulso importante al empleo y al ahorro. Se espera que la reforma fiscal comporte -ella sola- 0,5 puntos de crecimiento de PIB y la creación de 65.000 puestos de trabajo.
En definitiva, estos son nuestros objetivos y las propuestas; los
suyos los conocemos, porque probablemente algunos están incorporados en nuestra propuestas y los otros son claramente incompatibles.



En resumen, señor Frutos, al votar en contra de su moción -así como de las enmiendas, suponiendo que su grupo las asuma-, mi grupo apoya al Gobierno y con ello al empleo, al ahorro y a la creación de puestos de trabajo.



Muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Ortiz.



Señor Frutos, a los efectos de indicar la aceptación o rechazo de las enmiendas presentadas.



El señor FRUTOS GRAS: Gracias, señora presidenta.



La enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista no la vamos a aceptar porque es de sustitución. En todo caso, sólo la podríamos aceptar si la presentaran en otra moción consecuencia de interpelación o bien si en el debate de la
próxima reforma fiscal se proponen el conjunto de medidas que hay en esta enmienda. Sin embargo, aceptamos las tres enmiendas que propone el señor Rodríguez, en nombre del Bloque Nacionalista Galego.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Frutos.



- DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA, RELATIVA A LOS CRITERIOS SOBRE LOS QUE EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO TIENE PREVISTO ACTUALIZAR LA NORMATIVA QUE REGULA LA PUBLICIDAD Y PROMOCIÓN DE LOS MEDICAMENTOS DE USO HUMANO. (Número de
expediente 173/000128.)


La señora PRESIDENTA: Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a los criterios sobre los que el Ministerio de Sanidad y Consumo tiene previsto actualizar la normativa que regula la publicidad
y promoción de los medicamentos de uso humano.



Para la presentación y defensa de la misma, tiene la palabra la señora Valentín.



La señora VALENTÍN NAVARRO: Gracias, señora presidenta.



Señorías, la semana pasada el Grupo Parlamentario Socialista interpelaba a la señora ministra para que nos explicara qué criterios tenía pensado actualizar de la normativa que regula la promoción y publicidad de los medicamentos, así como
cuáles habían sido las razones para que en dos años todavía no hubiera hecho el trabajo a la que ella misma se comprometió en el año 2000. Concretamente, le planteamos una serie de interrogantes que a la señora ministra no le pareció bien
contestarnos.
Desde cuál era la causa de este incumplimiento


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hasta cuál era la cifra actualizada -porque el Ministerio de Sanidad y Consumo tiene los datos- de las inversiones de la industria farmacéutica en promoción y publicidad de los medicamentos. Queremos la cifra actualizada, porque no nos
podemos quedar con los 350.000 millones de pesetas que ya invertía la industria farmacéutica en el año 2000. Le preguntamos si el Gobierno tenía previsto limitar la cuantía de los gastos de publicidad y promoción que luego repercuten en el precio
final del medicamento y le planteábamos qué posición tiene el Gobierno de España en relación con la nueva directiva de la Unión Europa, que prevé que los laboratorios puedan dar información directa a los ciudadanos de los medicamentos que consumen.



Pues bien, grosso modo estos interrogantes que se le plantearon por el Grupo Parlamentario Socialista no fueron contestados, porque la señora ministra debió considerar que no estaba aquí para dar explicaciones, a pesar de que era una
interpelación. Pero no contestar a las preguntas no quiere decir que el problema no exista; existe y además es preocupante.
En el presupuesto del año 2000, el capítulo de farmacia es el que más crece de todo el presupuesto sanitario, un 9,24 por
ciento. Además, si nos vamos a la atención primaria, de todo el dinero que se destina a este nivel asistencial de salud, el 60,19 por ciento lo absorbe la partida destinada al gasto farmacéutico.



Por todo ello y porque existe preocupación entre los profesionales sanitarios, revistas científicas, medios de comunicación, ciudadanos e, incluso, en la industria farmacéutica por la dejadez del ministerio y por no haber cumplido con el
compromiso que la propia ministra se impuso (ella misma estableció el plazo de cuatro meses para regular la promoción y publicidad de los medicamentos, que terminó, como SS.SS saben, en octubre del año 2000), desde el Grupo Socialista hemos
presentado una moción estableciendo una serie de criterios sobre los cuales consideramos que se debe regular el dinero que la industria farmacéutica destina a la promoción de medicamentos, y ello por una razón muy sencilla: los medicamentos son
bienes esenciales, la factura farmacéutica pública se paga con dinero de todos los españoles y esta partida que la industria destina a la promoción y a la publicidad encarece el precio del medicamento y repercute sobre su precio final. Por estos
motivos hemos presentado una moción consecuencia de la interpelación de la semana pasada, en la que decimos que, en coordinación y colaboración con las comunidades autónomas, el Gobierno de España ha de actualizar, de una vez por todas, la normativa
que regula la publicidad y la promoción de los medicamentos y ha de poner los recursos económicos necesarios para que se puedan adoptar aquellas medidas que eviten la interferencia de la industria farmacéutica en las políticas públicas de uso
racional del medicamento.



Señorías, no es de recibo que la señora ministra (me gustaría que estuviera presente en el debate de hoy por si le pudiéramos aportar algo que le oriente un poco en la elaboración de este tipo de regulaciones desde su ministerio) ponga como
excusa que Europa está intentando modificar la directiva que regula la publicidad y promoción de los medicamentos. ¿Por qué no es de recibo? Porque en el año 2000, cuando la señora Villalobos se comprometió en esta tribuna a regular esta faceta en
el plazo de cuatro meses, Europa ya estaba trabajando en esta modificación de la directiva. Por lo tanto, eso no es excusa.



Hemos intentado aportar una serie de medidas de prohibición absoluta para que los prescriptores o dispensadores de medicamentos no puedan recibir ningún tipo de regalo; es decir, la modificación del artículo 18 del Real Decreto 1416 del año
1994, en el sentido de restringir la famosa hospitalidad de la industria farmacéutica en los eventos de carácter científico. Se hacen una serie de propuestas sobre qué ha de entenderse por una reunión de carácter científico, qué requisitos tiene
que reunir la publicidad documental o qué requisitos tiene que reunir la publicidad que se destina al público. Pedimos mayor dotación para la formación del personal sanitario, que los centros del Sistema Nacional de Salud dispongan de conexión
gratuita a Internet, para que la formación también se pueda hacer a través de este tipo de herramientas. Establecemos que se prohiba que los centros sanitarios públicos se conviertan en espacios publicitarios para los laboratorios o que se limite
la cuantía de los gastos que la industria destina a publicidad y la repercusión que luego tiene en el coste de los medicamentos.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Valentín, su tiempo ha concluido.



La señora VALENTÍN NAVARRO: Termino, señora presidenta. Incluso, sometemos a la consideración del Consejo interterritorial que se prevea la posibilidad de actuar sobre aquellas industrias farmacéuticas que están incumpliendo de manera
permanente la normativa sobre la publicidad. ¿Para qué? Para que esos medicamentos no se encuentren incluidos en la financiación pública. Son algunas de las medidas que pueden servir a la señora ministra...



La señora PRESIDENTA: Señora Valentín, muchas gracias, su tiempo ha concluido. Sabe que el tiempo de las interpelaciones es estricto. Muchas gracias, señora Valentín. (Aplausos.)


Para la defensa de las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), señora Riera.



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La señora RIERA I BEN: Gracias, señora presidenta.



Tal y como ha defendido la señora Valentín, la moción del Grupo Socialista insta al Gobierno a modificar los artículos 17 y 18 del Real Decreto 1416/1994, que promovió en su día la ministra de Sanidad doña Ángeles Amador, y a desarrollar una
serie de aspectos que también contempla el real decreto. Es cierto, señora Valentín, que a pesar de que el real decreto que ahora proponen modificar en los artículos mencionados se promulgó -y cito textualmente- dentro del marco definido por la
legislación nacional y la comunitaria y que en su elaboración se recabó el parecer de los sectores afectados en un amplio trámite de audiencia, en nuestra opinión, y también en opinión de su grupo, transcurridos ocho años desde la promulgación del
real decreto se hace necesario actualizar, incluso más allá de estos artículos, el mismo. Lo que ocurre, señorías, es que mi grupo cree que en esta materia los planteamientos aislados en la Unión Europea no tienen sentido. Es más, incluso opinamos
que podrían ser desencadenantes de efectos no deseados por nadie, y estoy segura que tampoco por el Grupo Socialista.



Es evidente que fomentar el uso racional del medicamento y la contención del gasto, dentro de lo posible, debe hacerse en un contexto racional y razonable, implicando siempre -tal y como procura hacer el real decreto que ahora se quiere
modificar- a todos los sectores implicados. Los árboles, en este caso léase las malas prácticas de algunos, no deben impedirnos ver el bosque, o sea, el entorno en el que nos movemos. Mi grupo opina que lo más acertado es aprovechar la presidencia
europea que ostenta España para dar un impulso definitivo a esta modificación y a esta legislación europea.



Comentaba la señora Valentín que no tiene sentido que la señora ministra, en la réplica a la interpelación, se excuse en la Unión Europea cuando ella misma en el año 2000 había dicho que incentivaría este cambio.
Permítame que, sin negar la
principal -consta en el 'Diario de Sesiones'-, yo opine que lo que no tiene sentido es que la ministra fuese por libre al margen de Europa. Me parece más sensato que reconduzca la situación ahora que puede y debe, porque por algo ostentamos la
presidencia, y modifiquen aquellas directivas que en el marco europeo tienen trascendencia, y mucha, en este tema. Estoy convencida, señora Valentín, que todos los grupos de esta Cámara, incluido el Grupo que apoya al Gobierno, estamos preocupados
por ciertas malas prácticas que algunos sectores llevan a cabo y es indiscutible que no fomentan el uso racional del medicamento. Pero nuestro grupo, al igual que el suyo, sabe que poner todo en la misma bandeja no sería correcto y que en estos
temas hay que hilar muy fino. Pensamos, con toda sinceridad, que la enmienda que nosotros proponemos, si el Grupo Socialista tuviese a bien aceptarla, no niega la principal -lo que ustedes proponen-, simplemente la sitúa en un contexto que a
nosotros nos parece más razonable y más operativo.



Solicito al grupo proponente que acepte nuestra enmienda porque creo que con ella podríamos llegar a un consenso que no debería ser un brindis al sol, sino que por parte del Gobierno y del grupo que lo sustenta, debería ser un firme
compromiso de cumplir con lo que la propia ministra dijo aquí en sede parlamentaria.



Nada más y muchas gracias.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Riera.



¿Grupos que desean fijar posición? (Pausa.) En primer lugar, por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señora presidenta. Voy a ser muy breve.



Esta moción, consecuencia de interpelación, que ha presentado la portavoz del Grupo Parlamentario Socialista tiene un fondo de racionalidad y de sentido común en la medida en que hoy en día los medios de comunicación, fundamentalmente la
televisión, que es donde más cargan la mano las empresas de publicidad para una serie de medicamentos, y la publicidad en sí misma, los sectores profesionales, médicos o farmacéuticos están evidenciando que la legislación española, el Decreto 1416
del año 1994 está en gran medida obsoleto, y es necesario dar ese principio de seguridad jurídica a todo usuario, público en general y sectores profesionales. Ahora bien, la iniciativa que trae el Grupo Parlamentario Socialista, de aprobarse así,
literalmente, aportaría una serie de elementos distorsionadores, de confusión, en primer lugar, porque hoy día en una televisión sin fronteras el problema no es solamente español, sino que está afectando a los países que están en las mismas
intercomunicaciones mediáticas que existen en este momento. Problemas similares se han evidenciado en debates parlamentarios en Alemania, en Bélgica, en Italia, en el Reino Unido, que están recibiendo presiones de determinados sectores para
normalizarlo. Ahora bien, tenemos que poner de acuerdo a una serie de sectores implicados, desde los productores hasta los usuarios, los que tienen que hacer las recetas y los medios de publicidad, que también tienen que recoger este mensaje, y
habrá que someterlos a la lógica de los acontecimientos, el imperativo legal a que está sometida España: las directivas de la Unión Europea. Este asunto debe regularse para todo el espacio en que circula libremente la publicidad de los
medicamentos, como es la Unión Europea, ajustándonos a sus directivas, concretamente a la 2309 del año 1993, de la Comunidad Económica Europea, hoy en día Unión Europea, que debe servir de factor regulador.



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Mi grupo ha recibido con satisfacción la enmienda que ha presentado el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) porque no se mete en un largo catálogo de ejercicios imperativos sobre lo que debe ser la publicidad de los medicamentos
de uso humano, como hace la iniciativa socialista, que, como digo, sólo supondría complicar más el problema. Esa solución no dejaría de hacer obsoleto el Decreto 1416. El Gobierno tendrá que sacar un nuevo decreto, mientras la enmienda del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) en un sentido de prudente racionalidad remite a una solución de actualización utilizando la directiva comunitaria. Lo que no podemos hacer en estos momentos es inventarnos una regulación de todo el
mercado del medicamento, que estaría condenada al fracaso por muy exhaustiva que fuera la relación o índice de imperativos, de exigencias que se pudieran plasmar en ese documento. Nos complicaríamos tremendamente la relación con los otros países
que tienen el mismo problema. Debemos hace aquí lo que estamos haciendo en otras cuestiones: someternos a la norma europea, porque, si no, no coincidirían los distintos los calibres con que tiene que garantizarse al ciudadano un bien común como es
la publicidad clara del medicamento. Por esta razón, si se acepta la enmienda del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), nosotros votaríamos favorablemente la moción, porque entra en el fondo sin complicarnos con aportaciones, que por
muy respetuosos que seamos con ellas no van a solucionar el problema si no están dentro de unos parámetros, como plantea la enmienda del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), que -repito- sería la que nosotros apoyaríamos.
Vuelvo a
decir, coincidiendo con la portavoz del grupo enmendante, que estamos de acuerdo en el fondo y en que la legislación que nos rige tiene una serie de deficiencias, el tiempo la ha dejado obsoleta.



Nada más. Muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señor Mardones.



Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra la señora Uría.



La señora URÍA ETXEBARRÍA: Gracias, señora presidenta.



Señorías, el Grupo Parlamentario Vasco da la enhorabuena a la proponente y a su grupo parlamentario por traer a la Cámara esta iniciativa que se refiere al eterno tema en el que es más fácil hablar de tendencias que de soluciones concretas.
La lucha por la contención del gasto farmacéutico ha de ser una constante en las políticas en esta materia, pero siendo realistas la verdad es que jamás decrecerá, simplemente hay que tener como tendencia -repito- la contención razonable. Por eso
mi formación política fue muy crítica y muy reacia cuando se aprobó el Real Decreto-ley 5/2000, de medidas urgentes de contención del gasto farmacéutico público y de racionalización, aunque en principio pueda parecer un contrasentido, porque
creíamos que esta norma no tenía nada de sanitario sino que simplemente hacía un intento de recorte en nada vinculado al uso racional del medicamento; en definitiva, ningún fin sanitario. Sí se decía como recomendación en el mismo que habría la
urgente necesidad -urgencia que el Gobierno no se ha tomado la molestia de cumplir- de revisar la regulación de determinadas formas de promoción farmacéutica ante prescriptores y dispensadores, porque uno de los elementos que más inciden en el
crecimiento del gasto farmacéutico es el estímulo de la demanda, que sin duda se propicia a través de importantes inversiones promocionales de las empresas farmacéuticas y también, por qué no decirlo, de variadas regalías, dicho sea con todos los
respetos a quienes las dan y a quienes las aceptan, pero que todos conocemos que en este ámbito existen.



El gasto farmacéutico nos ha dado un susto a todos, a unos más que a otros debo decir. El País Vasco no es la comunidad peor tratada y por eso -repito- está bien traída en este momento la iniciativa que se presenta desde el Grupo
Parlamentario Socialista, que parte de la idea de que si se rebaja la publicidad, si se controla el sistema de promoción de los medicamentos el gasto será menor -es uno de los factores que inciden, por supuesto no lo son todos, pero sí es un factor-
y desde nuestra perspectiva recoge sustancialmente lo que ya se había hecho en el ámbito estatal en la Comisión de gestión del Sistema Nacional de Salud, que trabajaba con carácter técnico sobre esta materia entre octubre y diciembre del año 2000,
en las siete comunidades autónomas que entonces tenían competencias asumidas más el propio ministerio, el propio Insalud.
De las conclusiones de esta comisión técnica, que -repito- en gran medida se parecen a las hoy traídas como moción por el
Grupo Parlamentario Socialista, luego nada se supo, por lo menos nada de lo que mi formación política haya tenido noticia que ha resultado como plasmación del ministerio.



Hay una única cuestión que nos gustaría que no estuviera pero no lo hemos enmendado; sin embargo, no me resisto a hacérselo saber a la Cámara, y es que se haga depender la mayor dotación presupuestaria del grupo de programas de subvención
con la formación del personal sanitario. Nos parece que suponer que la industria farmacéutica suple déficit de formación es una ficción, señorías. Todos sabemos que existe este tipo de compensaciones. Ahí están contratos variados con estas
industrias, sin embargo, dentro de una moción de este estilo no debiéramos darlo por supuesto, no debiéramos vincular promoción de medicamento con formación, y


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nos hubiera gustado que no figurase. Nos parece que es un asunto duro como tema e incluso puede prestarse a determinadas opiniones contrarias a lo que estoy manifestando por parte de determinados colectivos. Lo cierto es señorías que el
sueldo de los visitadores médicos lo pagamos entre todos a escote y que lo que ganan en receta oficial lo estamos pagando todos de nuestros impuestos, con todo el respeto por esta dignísima profesión en la que sin duda todos tenemos conocidos
excelentes que también son excelentes profesionales. El dato está ahí y debía exponerlo.



En el ámbito vasco, señorías, se tomó la solución, como en tantas otras cosas que manifestamos ante esta Cámara, después de lo que se estudió en el órgano central del Sistema Nacional de Salud por esta comisión técnica, de elaborar una
instrucción; la 5/2000 de las elaboradas por el director general de Osakidetza está dirigida a todos los centros que dependen del ámbito vasco en el que se regula la visita médica de los y las delegados/delegadas de los laboratorios farmacéuticos a
las organizaciones de los servicios sanitarios de Osakidetza, cuyo contenido está quizá literariamente mejor plasmado -si me permiten esta querencia por lo propio-, pero que en gran medida contiene los principios que parecen en la moción que el
Grupo Parlamentario Socialista nos ha presentado. Repito, lo hace de acuerdo con lo que es el entorno normativo de la regulación en lo que es Osakidetza, pero también teniendo en cuenta el marco legislativo en el que en modo alguno olvidamos que
nos encontramos en Europa y que la llamada a respetar sus directivas que hacía la señora Riera es desde luego una evidencia.



Al considerar que mi tiempo ha concluido, simplemente quiero reiterar la buena idea de la presentación en este momento de la moción y anuncio que el Grupo Vasco la va a votar a favor.



Muchas gracias, señora presidenta.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Uría.



Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, señora Castro.



La señora CASTRO FONSECA: Muchas gracias, presidenta.



Intervengo en nombre de mi grupo, el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, para anunciar que vamos a votar a favor de esta iniciativa del Grupo Socialista sobre actualización de la normativa que regula la publicidad y la promoción
de medicamentos de uso humano, porque es una inquietud de mi Grupo que se ha plasmado en iniciativas concretas y porque, más allá de debates que puedan tener su punto de racionalidad, es un tema que ha de preocupar a esta Cámara. Señorías, no es
porque lo diga Izquierda Unida ni tampoco otros grupos de la oposición de la Cámara, sino porque lo dicen los informes de la Sociedad Española de Administración Sanitaria; se plantea ya desde hace tiempo como objetivos optimizar los recursos y la
gestión de los servicios sanitarios. El Partido Popular ha venido anunciando que éste también era su objetivo, tenemos que decir desde aquí que con escaso éxito, si es que realmente lo era. No lo han conseguido ustedes y estamos muy lejos, yo
diría que cada vez más, del objetivo, porque entre estos recursos está el gasto farmacéutico. Hay que tener claro que, si los recursos económicos de los que dispone la sanidad pública son limitados, lo que se dedica en exceso a una determinada
prestación va necesariamente en detrimento de otras.
Este es precisamente el caso del gasto farmacéutico, que en España, como bien saben SS.SS., es de los más altos de Europa.



La falta de una política farmacéutica clara y acertada durante años ha conducido a esta situación en la que existe un raquítico mercado de genéricos, un vademécum de los más amplios de Europa, copias farmacológicas de distintos precios e
inexistencia total y absoluta de economía sanitaria. Todo esto se traduce en un gasto farmacéutico alarmante y preocupante superior al 30 por ciento del presupuesto sanitario público. Por otra parte, no hay constancia de que el incremento del
gasto farmacéutico vaya parejo con un aumento equivalente al menos en efectividad. Nuestro gasto farmacéutico per cápita es elevado mientras que el precio medio de los medicamentos en este país es bajo. ¿Esto qué nos indica? Que el nivel de
prescripciones se sitúa en nuestro país muy por encima del de otros países de nuestro entorno, lo cual nos tendría que hacer pensar en aquella otra moción que recientemente trajo mi grupo parlamentario a esta Cámara sobre la importancia que el
Partido Popular le da a la sanidad pública y, por ende, al modelo de atención primaria y al modelo de prevención, porque todo esto está interrelacionado. Como datos significativos pongo encima de la mesa un aumento anual del gasto farmacéutico en
torno al 10 por ciento, muy superior por cierto al de otras partidas sanitarias. ¿Por qué no hablar de los datos del gasto farmacéutico, que en el año 1999 se estimaba cercano a 1,5 billones de pesetas, es decir, casi el 2 por ciento del producto
interior bruto de este país?


En esta Cámara hemos debatido hasta la saciedad, al menos en los dos últimos años en los que yo me siento en los escaños del Grupo de Izquierda Unida, y hemos aprobado varios planes de actuación, llamados integrales, para el control del
gasto farmacéutico sin que se hayan desarrollado o sin que hayan sido eficaces; el último, señorías, en diciembre de 2000. Por cierto, quien entonces, señora Riera y señor Mardones, planteaba la urgencia, quien vino a esta Cámara diciendo que esto
había que sacarlo adelante ya, fue la ministra de


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Sanidad, señora Villalobos. Lo que está pidiendo la oposición es que cumpla lo que prometió aquí; desde luego nosotros sabemos que Europa existe, la tenemos un gran respeto y podemos compartir cuestiones de fondo, pero fue la ministra la
que vino a decirnos que esto era la salvación, o esto o nada. Pues bien, la salvación no ha llegado y el sistema sanitario español sigue adoleciendo, señoras y señores del Partido Popular, de medidas de motivación e incentivación para conseguir un
mayor ahorro. Más motivación, más información y más educación sobre la prescripción y sus costes. La racionalización del gasto forma parte de los deberes éticos del médico o de la médica, y no hay nada más ético que incentivar la eficiencia.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias, señora Castro, su tiempo ha concluido.



La señora CASTRO FONSECA: Señora presidenta, únicamente quiero decir que nos parece oportuna la moción, aunque tendría más cosas que manifestar, y vamos a votarla a favor.



La señora PRESIDENTA: Muchas gracias.



Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Castillo.



El señor CASTILLO JAÉN: Gracias, señora presidenta. Señorías, manifiesto el voto contrario de nuestro grupo a la moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista sin entrar en el fondo, porque, como S.S.
intuye, en el fondo estamos
de acuerdo todos los grupos. ¿Cómo no va a estar de acuerdo el Gobierno, si el cambio propuesto fue del Decreto 5/2000 del Gobierno? Nuestra posición en contra es fundamentalmente por un tema de inoportunidad, como se ha mencionado esta noche. El
Decreto 5/2000 en su artículo 5 obliga al Gobierno a modificar el Real Decreto 1416/94, en sus artículos 17 y 18, referentes a la publicidad de los medicamentos de uso humano. Tras esa obligación, el ministerio se puso a la tarea de efectuar un
proyecto de decreto que modificara el anterior, tal como se había comprometido la ministra. En ello está trabajando el Gobierno, cuando desde la Comisión Europea se observa que las conclusiones del 47.º Simposio Farmacéutico Europeo dicen que sería
conveniente hacer una transformación europea de dicha legislación. La Comisión Europea recoge esas conclusiones y, cómo no, en su obligación hace una propuesta de modificación de dicha legislación. Esa propuesta, en la que están incluidos el
Gobierno y el ministro de Sanidad, intuye que la Directiva 28/1992, que regula la publicidad en medicamentos, iba a ser cambiada. Una posición lógica de un gobierno razonable y sensato es ralentizar todos los trabajos y no sacar una legislación
nacional que colisione con la europea. A mi grupo le parece una postura razonable, sensata, llena de congruencia y que nosotros apoyamos con fuerza, por lo que creemos inoportuno traer esta moción.



Le voy a recordar a la representante del Grupo Socialista que hay antecedentes en este Parlamento desde 1990. La Ley del medicamento de 1994 obligaba al Partido Socialista a poner en marcha el decreto de 1990 (1990-1994). En aquel momento
tardó cuatro años, seis meses y cinco días el Gobierno del Partido Socialista en sacar esta directiva. ¿Usted viene a reñirnos porque estamos tardando 17 meses, por ser sensatos? Me congratulo de que usted nos regañe por eso, de que exija al Grupo
Popular y al Partido Popular mucho más de lo que ustedes fueron capaces de exigirse. Me congratulo, señoría, porque siempre se le debe exigir más al mejor.



Gracias, señora presidenta. (Aplausos.)


La señora PRESIDENTA: Gracias, señor Castillo.



Señora Valentín, a los solos efectos de indicar la aceptación o rechazo de las enmiendas presentadas por parte del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



La señora VALENTÍN NAVARRO: Gracias, señora presidenta.



Señora Riera, si aceptáramos la enmienda de Convergència i Unió, estaríamos dándole...



La señora PRESIDENTA: Señora Valentín, perdone. El turno es estrictamente para decir sí o no a la aceptación o rechazo, no para argumentar el porqué rechaza la enmienda. Ha de decir si la acepta o la rechaza, señora Valentín, única y
exclusivamente.



La señora VALENTÍN NAVARRO: Señora presidenta, no podemos sancionar el incumplimiento de la ministra después de dos años; por tanto, tenemos que rechazar la enmienda de Convergència i Unió, porque el Grupo Parlamentario Socialista no está
dispuesto a pasarlo por alto.



La señora PRESIDENTA: Gracias, señora Valentín.



Señorías, iniciamos la votación. En primer lugar, moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Mixto, sobre medidas que el Gobierno y los correspondientes órganos supervisores han adoptado o tienen previsto adoptar
respecto de las irregularidades financieras relacionadas con el BBVA, S.A., que se somete a votación en sus propios términos.



Comienza la votación. (Pausa.)


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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 263; a favor, 94; en contra, 169.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, sobre el balance de las reformas fiscales realizadas, en especial la del impuesto sobre la renta de las personas físicas, así como sobre la
próxima reforma impositiva anunciada, que se somete a votación con la incorporación de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, que ha sido aceptada.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 264; a favor, 13; en contra, 170; abstenciones, 81.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Moción consecuencia de interpelación urgente del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a los criterios sobre los que el Ministerio de Sanidad y Consumo tiene previsto actualizar la normativa que regula la publicidad y promoción de los
medicamentos de uso humano, que se somete a votación en sus propios términos.



Comienza la votación. (Pausa.)


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 264; a favor, 94; en contra, 170.



La señora PRESIDENTA: Queda rechazada.



Se suspende la sesión, que se reanudará mañana a las cuatro de la tarde.



Eran las diez y treinta minutos de la noche.