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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 811, de 17/09/2003
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CORTES GENERALES


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


COMISIONES


Año 2003 VII Legislatura Núm. 811

ECONOMÍA Y HACIENDA

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. SANTIAGO LANZUELA MARINA

Sesión núm. 89

celebrada el miércoles, 17 de septiembre de 2003



ORDEN DEL DÍA:


Comparecencia del señor gobernador del Banco de España (Caruana Lacorte), para informar sobre:


-Las actuaciones llevadas a cabo por el Banco de España en relación con la entidad financiera Eurobank. A petición del Gobierno. (Número de expediente 212/001625.) ... (Página 25528)


-Las actuaciones llevadas a cabo recientemente por el Banco de España en relación con Eurobank del Mediterráneo, S.A., en cumplimiento de su función de supervisar, conforme a las disposiciones vigentes, la solvencia, actuación y cumplimiento
de la normativa específica de las entidades de crédito. A solcitud del Grupo Parlamentario Socialista.
(Número de expediente 212/001620.) ... (Página 25528)


Página 25528



-Las actuaciones del Banco de España en el caso Eurobank. A solicitud del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida. (Número de expediente 212/001619.) ... (Página 25528)


- Ratificación de la ponencia designada para informar el proyecto de ley de modificación y adaptación a la normativa comunitaria de la legislación de seguros privados.( Número de expediente 121/000159.) ... (Página
25553)



- Aprobación, con competencia legislativa plena, a la vista del informe elaborado por la ponencia, del proyecto de ley de modificación y adaptación a la normativa comunitaria de la legislación de seguros privados.( Número de expediente
121/000159.) ... (Página 25553)


- Ratificación de la ponencia designada para informar el proyecto de ley general tributaria.(Número de expediente 121/000155.) ... (Página 25558)


Emitir dictamen, a la vista del informe elaborado por la ponencia, sobre el proyecto de ley general tributaria. (Número de expediente 121/000155.) ... (Página 25558)


Se abre la sesión a las nueve y veinte minutos de la mañana.



COMPARECENCIA DEL SEÑOR GOBERNADOR DEL BANCO DE ESPAÑA (CARUANA LACORTE) PARA INFORMAR SOBRE:


-LAS ACTUACIONES LLEVADAS A CABO POR EL BANCO DE ESPAÑA EN RELACIÓN CON LA ENTIDAD FINANCIERA EUROBANK. A PETICIÓN DEL GOBIERNO. (Número de expediente 212/001625.)


-LAS ACTUACIONES LLEVADAS A CABO RECIENTEMENTE POR EL BANCO DE ESPAÑA EN RELACIÓN CON EUROBANK DEL MEDITERRÁNEO, S.A., EN CUMPLIMIENTO DE SU FUNCIÓN DE SUPERVISAR, CONFORME A LAS DISPOSICIONES VIGENTES, LA SOLVENCIA, ACTUACIÓN Y CUMPLIMIENTO
DE LA NORMATIVA ESPECÍFICA DE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO. A SOLICITUD DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA.
(Número de expediente 212/001620.)


-LAS ACTUACIONES DEL BANCO DE ESPAÑA EN EL CASO EUROBANK. A SOLICITUD DEL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA. (Número de expediente 212/001619.)


El señor PRESIDENTE: Señorías, buenos días. Se abre la sesión.
En el primer punto del orden del día tenemos la comparecencia del gobernador del Banco de España para informar de las actuaciones llevadas a cabo por dicho banco en relación
con la entidad financiera Eurobank.
Señor gobernador, bienvenido de nuevo a la Comisión de Economía y Hacienda. Tiene usted la palabra.



El señor GOBERNADOR DEL BANCO DE ESPAÑA (Caruana Lacorte): Señor presidente, señorías, quiero empezar la comparecencia agradeciéndoles la oportunidad que me brindan para explicar la actuación del Banco de España, en sus funciones de
supervisor bancario, en relación con Eurobank del Mediterráneo.
Ante todo, permítanme subrayar que nuestro sistema bancario goza de una inmejorable salud y de un elevado nivel de solvencia. Dentro de este contexto, la intervención de Eurobank y el
hecho de que dicha entidad se encuentre inmersa en un procedimiento de suspensión de pagos supone un episodio ocasional, puntual y aislado, que ni ha afectado ni ha puesto en peligro la estabilidad de nuestro sistema bancario.
La intervención de
Eurobank se ha producido en tiempo, tras una labor inspectora impecable, con respeto a la legalidad vigente y tratando de mitigar los posibles riesgos para los depositantes de la entidad. La decisiva intervención del Banco de España, mediante
diversas medidas que terminaron en la intervención de la entidad el pasado 25 de julio, ha atajado, a los pocos meses de su inicio y detección, una práctica que crecía a un ritmo vertiginoso y que, de no haberse intervenido a tiempo, se hubiesee
traducido en enormes perjuicios para los clientes de la entidad.
Eurobank es una pequeña entidad de crédito que proviene de la transformación en banco de la antigua Caja Hipotecaria, S.A., sociedad de crédito hipotecario, en 1989, y que ha estado
controlada desde 1996 por el grupo de quien hasta hace poco era su presidente.



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Es importante destacar que desde 1996 Eurobank ha venido presentando dificultades regulatorias, siendo objeto de estrecho seguimiento supervisor. El tipo de dificultades atravesadas por la entidad permite distinguir nítidamente diversas
etapas, siendo precisamente en la última de ellas, que comienza a finales de 2002, cuando se manifiestan las dificultades en capitalizar en banco y la entidad se embarca en la realización de una serie de actividades que son las que agravan su perfil
de riesgo y que abocarán en la intervención del pasado mes de julio.
En esta última etapa, Eurobank comienza a comercializar entre sus clientes una serie de productos bajo la denominación póliza combinada de inversión creciente que, por su
naturaleza y características, se engloba en la categoría de productos de seguros conocidos como unit linked. Me gustaría subrayar que esta categoría de productos, denominados unit linked, son de frecuente comercialización, tanto en nuestro entorno
financiero como en otros sistemas financieros. El hecho diferencial, en este caso, ha venido dado por el modo en que dichos productos fueron comercializados entre la clientela de depositantes de Eurobank y, en particular, por la falta de
transparencia sobre el tipo de producto comercializado. La supervisión detectó que, en el modo y circunstancias en que se produjo la comercialización de los productos de inversión creciente por parte de Eurobank, hubo irregularidades y
circunstancias que justificaron, entre otras razones y tras los oportunos requerimientos practicados a la entidad, la adopción de medidas sancionadoras y cautelares.
Antes de pasar revista a la última etapa de evolución de Eurobank, quisiera
también subrayar que, dadas las características de la operativa del banco, en este último período ha sido necesario mantener una estrecha colaboración con otros supervisores financieros, nacionales y extranjeros. Esta colaboración fue hecha pública
en el comunicado del Banco de España inmediatamente posterior a la intervención, en el que se manifestaba que la intervención se acordaba previa coordinación con autoridades supervisoras, en especial con la Generalidad de Cataluña y su Dirección
General de Seguros.
Me gustaría referirme ahora a un apartado sobre la última etapa de la evolución de Eurobank. Eurobank ha sido objeto de preocupación para el supervisor desde etapas tempranas. Desde hace seis años esta entidad ha sido objeto
de seguimiento especial por las unidades de supervisión. En breve me referiré en extenso a cuáles han sido dichas actuaciones. Pero es en el mero análisis de la evolución del banco en esta última etapa es donde se encuentra la clave para explicar
las medidas adoptadas y la situación presente de la entidad. Permítanme referirme a esta evolución última de Eurobank de forma sucesiva y de la forma más sucinta posible.
Es mi deber anticiparles que la complejidad operativa desarrollada por
Eurobank obliga a resumir y simplificar el análisis de los hechos y de las actuaciones realizadas por el supervisor, cuya descripción más técnica y precisa, en algunos casos todavía objeto de evaluación, se encuentra en la documentación de la
inspección y en la remitida al juez.
La última etapa, que constituye la clave y el fundamento de las actuaciones supervisoras llevadas a cabo recientemente por el Banco de España, arranca a finales del año pasado. Previamente, la entidad había
sido objeto de sanción, de amonestación pública, publicada en noviembre de 2002 y acordada por el Banco de España a consecuencia del expediente disciplinario incoado el 26 de mayo de 2000. A finales de 2002, Eurobank venía presentando insuficiencia
de recursos propios y comenzó a comercializar depósitos de alta rentabilidad que, en muchos casos, se convertían en determinados productos denominados inversión creciente.
En lo que respecta a la insuficiencia de recursos propios, el Banco de
España, en cuanto recibió los estados financieros de la entidad correspondientes a 31 de diciembre de 2002, inició, en febrero de 2003, una visita de inspección que concluyó con importantes ajustes patrimoniales que rebajaban los recursos propios a
12 millones. Quiero recalcar la importancia de este dato porque implicaba que la entidad había permanecido más de seis meses con recursos propios inferiores al mínimo legal, fijado en 18 millones de euros por el Real Decreto 1245/1995, de 14 de
julio, lo que es considerado falta muy grave por la Ley de disciplina e intervención de las entidades de crédito.
La situación de insuficiencia de recursos propios no ha sido subsanada por la entidad y ha persistido hasta el momento presente. A
resultas de la inspección girada a la entidad, el Banco de España acordó incoar expediente disciplinario a la entidad, sus administradores y director general, en mayo de 2003. Al mismo tiempo, se requirió al consejo de administración de la entidad,
responsable de su gestión, para que adoptase una serie de medidas encaminadas a lo siguiente: En primer lugar, modificar su cuenta de resultados, registrando una serie de ajustes no contabilizados. En segundo lugar, capitalizar la entidad, de
forma que contara con recursos propios no inferiores a los 18 millones establecidos por la normativa. En tercer lugar, facilitar determinada información, reiteradamente solicitada por los servicios de inspección y hasta el momento no facilitada.

En adición a lo anterior, el 21 de febrero y el 30 de abril se acordó incoar expediente sancionador al presidente de Eurobank, a varias de sus filiales y colaboradores y a la propia entidad por llevar a cabo determinadas operaciones sobre acciones
de Eurobank sin informar previamente al Banco de España o por llevarlas a cabo de forma distinta a la informada. Entre las sociedades expedientadas se encontraba Excell Life International, S.A., entidad aseguradora luxemburguesa controlada por el
presidente de Eurobank. El mismo día 30 el Banco de España se opuso a que Excell incrementase


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su participación del 14,99 por ciento en el capital de Eurobank, por falta de idoneidad.
Por lo que respecta a la comercialización de productos, durante la visita de inspección el Banco de España conoció que en las últimas semanas de 2002
la entidad había comercializado productos inversión creciente, modalidad de unit linked, productos fuera del balance del banco, donde el riesgo de la inversión es asumido por el suscriptor del producto. Estos productos habían sido emitidos por
mutuas de ámbito operativo autonómico, que aseguraban el pago de los intereses pactados y un riesgo de deceso.
En la gestión de las mutuas influía el grupo accionarial dominante.
El producto de seguro comercializado como inversión creciente
suponía la colocación entre la clientela de activos financieros de distinta índole, entre los que estaban emitidos por la sociedad luxemburguesa Excell, controlada por el presidente de Eurobank. Debo insistir de nuevo en la naturaleza normal y
regular que, con carácter general, tienen estos productos unit linked y en el hecho de que sólo en la investigación posterior, al analizar las condiciones de comercialización, se encontraron evidencias de incumplimiento del deber de transparencia
informativa con la clientela entre la que se colocaba dicho producto.
En cuanto el Banco de España tuvo conocimiento de ello, en el curso de la inspección que se había iniciado en febrero de 2003, requirió el 21 de marzo de 2003 a la entidad para
que cesara su comercialización hasta que se garantizase por la entidad que los clientes disponían de suficiente información sobre la naturaleza del producto y las características económico-patrimoniales del emisor de la inversión. En concreto, se
requirió a la entidad: a) La inclusión en la documentación inicialmente facilitada al cliente en las nuevas operaciones, así como en el contrato o póliza que éste necesariamente deba suscribir, de cláusulas que informasen, primero, sobre la
naturaleza de la inversión y destacasen que este producto no constituye un depósito bancario en Eurobank; segundo, la ausencia de compromisos o garantías adicionales por parte de Eurobank; tercero, la naturaleza de Excell Life international como
sociedad luxemburguesa, controlada mayoritariamente por el presidente de Eurobank; cuarto, información patrimonial y financiera de Excell y su grupo, y en caso de colocarse en activos financieros emitidos por otras sociedades, se propondrían
redacciones alternativas a estas mismas cláusulas. b) Para aquellos clientes que ya habían suscrito estos productos, se requería que se remitiese, de forma personalizada y con acuse de recibo, la mencionada información. c) Finalmente, se requirió
a Eurobank el establecimiento de un registro único en el banco en el que, bajo numeración secuencial, se inscribiesen estas operaciones.
Este requerimiento fue reiterado el 6 de mayo y, finalmente, el 14 de julio se conoció que, pese a las
manifestaciones de los directivos de la entidad de que se estaban cumpliendo los requerimientos del Banco de España, se había continuado la comercialización de estos productos sin cumplir los requerimientos de transparencia mencionados. Como
consecuencia de todo lo anterior, el 15 de julio se inició otra inspección a la entidad, cuyas actuaciones continúan y que, por tanto, han coincidido con los trabajos de la intervención acordada el 25 de julio pasado.
Me gustaría referirme ahora a
la situación de la entidad. El pasado 25 de julio, la comisión ejecutiva del Banco de España, a la vista de la gravedad de la situación existente en Eurobank del Mediterráneo, detectada por las sucesivas inspecciones realizadas y de forma
determinante en la iniciada a principios de año sobre estados financieros a 31 de diciembre de 2002, así como de la petición recibida del representante de la mayoría del capital social, acordó su intervención, designando a los efectos oportunos a
los correspondientes interventores, uno de los cuales fue propuesto por la Generalidad de Cataluña.
La intervención fue acordada en virtud de lo dispuesto en los artículos 31 y 32 de la Ley 26/1988, de 26 de julio, de disciplina e intervención de
las entidades de crédito. Los citados artículos señalan que la intervención de una entidad de crédito podrá llevarse a cabo cuando ésta se encuentre en una situación de excepcional gravedad que ponga en peligro la efectividad de sus recursos
propios o su estabilidad, liquidez o solvencia, contemplando que en tal situación la propia entidad puede solicitar la medida. Concurrentemente, en el proceso de adopción de la decisión de imponer una medida cautelar excepcional a Eurobank, la
mayoría de capital de la entidad informó al Banco de España de su propósito de que Eurobank renunciase a su autorización para continuar ejerciendo la actividad bancaria, y asumió por escrito el compromiso irrevocable de dicha mayoría de capital de
votar a favor de las medidas necesarias para ello en la junta general de accionistas, solicitando además la sustitución de administradores o la intervención de la entidad por el Banco de España.
Considerando los extremos concurrentes y tras una
valoración de la situación de la entidad, el Banco de España acordó la intervención del banco, sin sustitución de los administradores. Esta medida mantiene el ejercicio y la responsabilidad de la gestión en los órganos estatutarios de la entidad,
pero obliga a éstos a someter sus decisiones a los interventores, quienes no tienen capacidad activa de gestión pero sí pueden vetar los actos que los gestores pretendan llevar a cabo, si se estima que pueden perjudicar a la propia entidad o a los
depositantes.
En definitiva, el banco consideró apropiada y proporcionada la medida de intervención porque la situación en la que se encontraba Eurobank en el segundo trimestre del año no tenía parangón con la de años anteriores, que podría
calificarse como lo que en el argot financiero se conoce como huida hacia delante.



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Me gustaría resaltar los cinco elementos principales que ayudan a perfilar la decisión de adoptar, en particular, la medida de intervención. a) La opacidad informativa que últimamente mostraba el grupo accionarial dominante. b) La
importante comercialización de productos inversión creciente entre su clientela, sin la adecuada transparencia para el suscriptor. c) La derivación de recursos a Excell, empresa que se encuentra fuera del ámbito supervisor español. d) La
persistente falta de recursos propios y el déficit de capital mínimo para operar como entidad de crédito. En efecto, a 31 de diciembre de 2002 Eurobank presentó recursos propios contables positivos, pero, tras los reajustes realizados por la
inspección, se evidenció que realmente éstos estaban muy por debajo de lo requerido por la ley vigente para operar como entidad de crédito. Eurobank vio así agravada la situación presentada en años anteriores, en los que las necesidades de
capitalización fueron cubiertas con ampliaciones de capital, pero donde no se había llegado a presentar una situación tan grave como la señalada, tanto desde el punto de vista patrimonial como de la estructura de financiación e inversión del grupo
dominante o mayoritario. e) El anuncio de renuncia a la licencia bancaria y de iniciar la liquidación ordenada de la entidad. El día 24 de julio, el presidente y accionista de control de Eurobank se dirigió al Banco de España indicando
expresamente su voluntad irrevocable de renunciar a la licencia bancaria y liquidar ordenadamente la entidad, solicitando la adopción de una de las medidas cautelares a las que antes he hecho referencia. El citado anuncio, obviamente, no era sino
una constatación evidente de la situación de debilidad que atravesaba Eurobank, lo que hacía inevitable la adopción de medidas cautelares.
Por otro lado, la irrevocable decisión de liquidar ordenadamente el banco anunciada por quien controla este
último aconsejó descartar la sustitución de administradores para optar por la medida de intervención, como medio idóneo para garantizar un estricto control de las operaciones de liquidación que la entidad se proponía acometer.Como es sabido, el
accionista de control incumplió, un mes más tarde, el anuncio efectuado al supervisor al no apoyar en la junta convocada a tal efecto, el 25 de agosto, su propia propuesta de liquidación. A tal fecha, no obstante, se hallaba solicitada la
correspondiente demanda de suspensión de pagos, que sería admitida a trámite un día más tarde, el día 26 de agosto, con lo que la administración de la entidad quedó bajo la tutela de la autoridad judicial competente.
A la fecha de la intervención,
Eurobank del Mediterráneo contaba con activos totales por 240 millones de euros y depósitos de clientes por 209 millones, activos líquidos por 128 millones, cuatro oficinas, 55 empleados. Presentaba unos recursos propios contables, ajustados a 31
de diciembre de 2002, de 12 millones de euros, que, aunque inferiores a los 18 millones requeridos por la normativa en vigor para desarrollar la actividad bancaria, podrían ser suficientes para absorber los posibles quebrantos que pudieran generarse
en la liquidación ordenada de los activos y así poder satisfacer los pasivos exigibles registrados en su balance, siempre que la aparición de pasivos contingentes no contabilizados en la entidad o deterioros imprevistos en los activos no lo
impidieran.
La tarde-noche del mismo día 25 de julio, el Banco de España convocó al presidente del consejo de administración del banco y a su director general para notificarles personalmente el acuerdo de intervención, así como los motivos del
mismo. El lunes día 28, antes del inicio de las operaciones, los administradores del banco ya contaban con una comunicación de los interventores designados, en la que se les instruía sobre los procedimientos operativos a seguir durante la
intervención y en la que se les señalaba la obligación de atender, sin excusa ni demora alguna, a la petición de devolución de los depósitos a la vista, e incluso al pago anticipado de los depósitos a plazo, siempre que el clausulado de los
contratos de los mismos contemplara dicha posibilidad a favor del depositante.
El mismo día 28 de julio, primer día de la intervención, el Banco de España establece un amplio dispositivo para atender solicitudes de información que se pudieran
producir a través de la central telefónica del Banco de España. El 8 de agosto de 2003, los servicios de supervisión requirieron a la entidad una mayor diligencia en la prestación por ésta de sus servicios telefónicos y de banca por Internet, ante
las reclamaciones recibidas de numerosos clientes de Eurobank, que tenían dificultades para poder contactar con su banco.
El 13 de agosto los interventores se dirigieron por escrito al presidente del banco, con instrucción de su comunicación
urgente al consejo de administración, ante el conocimiento de la existencia de órdenes de transferencia recibidas por el banco de depositantes que no habían sido tramitadas, requiriéndole que lo hiciera inmediatamente. Asimismo, en dicho escrito se
obligaba a la entidad a deshacer todas las renovaciones automáticas de depósitos a plazos, realizadas desde la fecha de la intervención, que no contasen con autorización por escrito de los titulares de los mismos.
El consejo de administración de
Eurobank presentó el 14 de agosto de 2003 en los juzgados de Madrid demanda de declaración de suspensión de pagos que ha sido admitida a trámite por la autoridad judicial el 26 del mismo mes y que ha sido ratificada por la junta general de
accionistas el pasado 15 de septiembre, por lo que resulta efectiva la tutela judicial de la entidad establecida por la Ley de suspensión de pagos de 1922.
En el período que ha mediado desde la fecha de la intervención de la entidad, 25 de julio de
2003, hasta el cierre de ventanillas decidido por el consejo de administración, el 18 de agosto, tras presentar la demanda de declaración de suspensión de pagos, se produjo una retirada de depósitos de clientes por aproximadamente


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73 millones de euros. Dicha retirada ha reducido tales depósitos y los activos totales a 136 y 157 millones de euros, respectivamente, y los activos líquidos a 59 millones. El 20 de agosto, dos días después de que se produjese la situación
de impago de depósitos dinerarios por parte de la entidad decididas por los gestores de la misma el 18 del mes, y estando aún pendiente de admisión a trámite la demanda de suspensión de pagos en el juzgado, la comisión ejecutiva del Banco de España
adoptó el acuerdo previsto en el artículo 8.1. c) del Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, a fin de que el Fondo de Garantía de Depósitos en establecimientos de crédito pagase los importes garantizados por el mismo, 20.000 euros por
depositante de efectivo, por cuanto que Eurobank se encontraba en la imposibilidad de restituir los depósitos dinerarios a los titulares en un futuro inmediato. Según las últimas estimaciones, de los 12.800 clientes que mantienen depósitos
actualmente en la entidad, un 85 por ciento de los mismos quedarán completamente cubiertos por esta garantía. Asimismo, les informo, y lo haré posteriormente con más detalle, de que el Fondo de Garantía de Depósitos ya ha iniciado el envío de
cartas a depositantes y el comienzo de pagos de los importes garantizados.
Por último, el día 3 de septiembre de 2003, la comisión ejecutiva del Banco de España, teniendo en cuenta los importantes hechos detectados por los servicios de supervisión
del Banco de España en la última inspección de la entidad iniciada el pasado 15 de julio de 2003, coincidente desde el 25 de julio con las labores de intervención y reflejadas en las actas de 24 de julio y 2 de septiembre, acordó incoar expediente
disciplinario a don Eduardo Pascual Arxé, presidente del consejo de administración de Eurobank Mediterráneo, y a la propia entidad de Eurobank, suspendiendo provisionalmente a dicho señor como administrador de la entidad.
Asimismo, acordó trasladar
los hechos ahora conocidos a la autoridad judicial competente en el proceso de suspensión de pagos de Eurobank e informar a dicha autoridad de los acuerdos anteriores.
Entre los hechos importantes detectados por la inspección en curso destacan los
incumplimientos de requerimientos realizados por el Banco de España para preservar la transparencia informativa ante los clientes en operaciones de comercialización de productos de inversión creciente, la falta de registro contable de determinadas
operaciones de afianzamiento, la condonación de garantías recibidas a favor de Eurobank y otras irregularidades relacionadas con disposición de fondos y ventas de activos inmobiliarios. El Banco de España ha requerido a Eurobank para que incremente
sus recursos propios mediante una ampliación de capital social de 6,5 millones de euros, a fin de situar éstos por encima de los 18 millones mínimos para poder operar como banco. Ninguno de los actuales accionistas ha acudido a la suscripción de la
ampliación de capital en el ejercicio de su derecho de suscripción preferente, cuyo plazo venció el pasado 8 de septiembre. En la actualidad está abierto el plazo para que terceros interesados puedan suscribir dicha ampliación, sin que hasta el
momento el Banco de España haya recibido solicitud formal alguna de inversor para que este organismo pueda estudiar y tramitar la necesaria previa autorización que requiere cualquier adquisición de una participación de carácter significativo en
Eurobank.
Me gustaría ahora referirme más in extenso a los antecedentes y actuaciones previas a esta última etapa, que por ser la etapa más importante es a la que he dirigido la primera parte de mi intervención.
Don Eduardo Pascual es desde marzo
de 1996 el primer accionista de Eurobank del Mediterráneo, S.A. y, desde junio de este mismo año, encabeza el grupo que controla dicha entidad, ostentando su presidencia desde septiembre de 1999 hasta el 3 de septiembre pasado, fecha en que fue
suspendido provisionalmente como consejero por acuerdo de la comisión ejecutiva del Banco de España. El señor Pascual es titular directo del 33,9 por ciento de capital y accionista mayoritario de una sociedad de seguros luxemburguesa, a su vez
titular del 14,9 por ciento de Eurobank.
Adicionalmente, otro 12,2 por cien es propiedad de tres mutuas de previsión social, en cuya gestión ha venido influyendo muy significativamente el señor Pascual. El resto de capital está diversificado.

Desde 1996 Eurobank ha sido objeto de tratamiento en 29 sesiones de la comisión ejecutiva, con un elevado numero de resoluciones, 68, y de obligado cumplimiento para la entidad. Dichas resoluciones no se hacen públicas por imperativo legal de lo
dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto legislativo 1298/1986, de 28 de junio, al estar afectadas por el secreto profesional que se impone al supervisor. Además, se han realizado nueve inspecciones in situ concluidas más otra iniciada el pasado
15 de julio todavía no concluida. Los aspectos más relevantes detectados en cada una de estas inspecciones fueron los siguientes.
Primera inspección realizada a la entidad sobre la situación a 31 de marzo de 1996, coincidente con la entrada del
señor Pascual en el accionariado del banco: Concluyó con ajustes patrimoniales de 1,8 millones de euros, viniendo a situar los beneficios reales de la entidad muy próximos a cero. Además, en aquel momento la entidad contaba con recursos propios
computables de 13,7 millones de euros inferiores a los 18 necesarios. Por tanto, de acuerdo con la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 1245/1995, de 14 de julio, la existencia de nuevos socios determinó la exigencia de situar tales
recursos en una cuantía no inferior al citado límite de 18 millones de euros necesario para ejercer la actividad bancaria, según el artículo 2.b) del citado real decreto, lo que el Banco de España señaló al consejo de administración de la entidad,
ya controlado por los nuevos accionistas, por escrito de 26 de julio de 1996 y reiteró el 20 de diciembre de 1996. Tras sucesivos


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desembolsos por parte de los accionistas, se alcanzó el importe de los mencionados 18 millones de euros.
Segunda inspección. La primera visita de inspección tras la referida toma de control llevada a cabo a comienzos de 1997 se realizó
sobre los estados financieros a 31 de diciembre de 1996, y constató la existencia de una concentración de riesgos con determinado grupo equivalente al 40,3 por ciento de los recursos propios que excedía del máximo legal entonces fijado en el 40 por
ciento de dichos recursos. La misma inspección puso de manifiesto que la entidad estaba financiando la totalidad del coste de un proyecto inmobiliario gestionado por el grupo vinculado a los nuevos accionistas dominantes, siendo este riesgo el
segundo en importancia tras la concentración antes citada, con lo que Eurobank del Mediterráneo asumía todo el riesgo empresarial inherente a dicho proyecto. Mediante escrito de 7 de marzo de 1997, el Banco de España instó al consejo de
administración de la entidad para que reconsiderase su situación, tornase al sano principio de la diversificación de riesgo y distinguiese los intereses de la entidad de los del propio grupo vinculado a los nuevos accionistas dominantes.
Tercera
inspección sobre la situación a 31 de marzo de 1997. Mostró que la principal actividad del banco había pasado a ser la instrumentación de ciertas operaciones relacionadas con procesos de regulación de plantillas, básicamente consistentes en
depósitos a largo plazo, a nombre de distintos titulares, y en créditos con un dilatado calendario de disposiciones, a nombre de otros titulares, que se preveía cancelar al vencimiento, afectando en garantía los primeros. En tales operaciones, que
respondían a determinada actividad desarrollada por el grupo vinculado al señor Pascual, se detectaron numerosos e importantes defectos de formalización con potenciales repercusiones económicas para el banco. Por ello el Banco de España cursó
comunicación el 15 de octubre de 1997 por la que, además de requerir que se subsanaran determinados déficit apreciados en los fondos de cobertura y otras deficiencias, se advertía al consejo de administración de la entidad de que su actividad no
podía ser instrumental auxiliar de la del grupo vinculado a los accionistas dominantes.
Cuarta inspección, sobre la situación de 30 de junio de 1998. Mostró que las operaciones anteriormente mencionadas ya suponían el 60 por ciento de los
depósitos de los clientes y que seguían produciéndose las mismas anomalías y consecuentes posibles contingencias para la entidad señaladas en la anterior visita. Además, se estimó un déficit de cobertura de 3 millones de euros. En esta misma
inspección se detectó que la mayor parte del desembolso de las acciones suscritas por don Eduardo Pascual en la ampliación de capital mediante la que había adquirido su participación en la entidad, aprobada en 1995 para ser efectuada en efectivo y
en varios dividendos pasivos, se había llevado a cabo con fondos obtenidos poco antes del propio banco en la venta a éste de distintos inmuebles.
Adicionalmente, con independencia de otros extremos, en la inspección se detectó una gran
concentración de riesgos con determinado grupo empresarial equivalente al 56,6 de recursos propios declarados por la entidad, que excedía al máximo legal del 40 por ciento. El 16 de marzo de 1999, el Banco de España cursó escrito a la entidad
señalando la gravedad de los hechos detectados, formulando los oportunos requerimientos y advirtiendo sobre la preocupante situación de la entidad a fin de que su consejo de administración evaluase su viabilidad futura, análisis que se tendrá que
tener presente especialmente en la salvaguardia de los depósitos de los clientes.
Quinta inspección, sobre la situación a 30 de septiembre de 1999, con objeto de verificar el cumplimiento de los requerimientos anteriormente formulados. Aunque en
esta visita de inspección se pudo constatar la observancia de algunos de los requerimientos realizados con anterioridad, se observó, entre otras anomalías, un fuerte incremento de la actividad crediticia con empresas y de los riesgos dudosos,
concluyéndose la necesidad de ajustes patrimoniales por 12,4 millones de euros. Se detectó la existencia de una concentración de riesgos con dos mutualidades de previsión social, en cuya gestión influía de manera decisiva el grupo vinculado al
presidente del banco. Todo ello determinó la apertura de expediente disciplinario a la entidad, administradores y director general por acuerdo del Banco de España de 26 de mayo de 2000, con independencia de cursarse distintos requerimientos
instando a la subsanación de las irregularidades citadas. Como ya he comentado, este expediente se resolvió en el mes de noviembre de 2001 con las máximas sanciones previstas por la Ley de disciplina e intervención de las entidades de créditos para
los hechos detectados.
Sexta inspección, sobre la situación a 31 de diciembre de 2000. Mostró un alto crecimiento del crédito al consumo y de operaciones de factoring, gestionadas en condiciones que habían disparado la siniestralidad del crédito,
concluyéndose ajustes patrimoniales por 3,7 millones de euros.
También se detectó la elevada concentración de los depósitos de clientes, cuyo 49 por ciento correspondía a las mutualidades en cuya gestión influía de manera decisiva el grupo
vinculado al presidente del banco, y el inicio de una agresiva campaña de captación de depósitos mediante cuentas de alta rentabilidad. El 6 de julio de 2001 el Banco de España remitió comunicación a la entidad requiriendo la regularización de las
anomalías detectadas así como el aseguramiento de la liquidez y trasladó al consejo de administración la preocupación de su situación. El seguimiento posterior de la entidad mostró el rápido crecimiento de las captaciones mediante cuentas de
elevada remuneración y de los créditos al consumo a altos tipos de interés, por lo que el 16 de noviembre de 2001


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el Banco de España cursó escrito instando a que reconsiderasen la política de activos y pasivos desarrollada.
Séptima inspección, sobre la situación a 30 de septiembre de 2001.
Concluyó ajustes patrimoniales por 2,3 millones de euros y
además señaló que la falencia real observada en las operaciones con impagos de crédito al consumo era muy superior al nivel de cobertura que venía aplicando la entidad, equivalente al mínimo reglamentario, por lo que ésta debería evaluar con
precisión dicha falencia para ceñir a la misma tales coberturas. El día 11 de abril de 2002 el Banco de España remitió comunicación a Eurobank requiriendo la subsanación de las deficiencias detectadas en lo relativo al saneamiento de los ajustes
patrimoniales que se concretaban en esta inspección. La entidad había obviado en sus cuentas anuales estos ajustes en el ejercicio de 2001, razón por la cual se le requirió la rectificación de tales cuentas anuales para incorporar dicho
saneamiento.
Octava inspección, sobre los estados a 30 de junio de 2002. Concluyó con ajustes patrimoniales por 3,5 millones de euros y otras infracciones, entre las que destacaba la existencia de una importante inversión inmobiliaria en la que la
entidad asumía la totalidad del riesgo inherente, bajo la forma de créditos hipotecarios a favor de varios titulares. El Banco de España, el 18 de octubre de 2002, cursó escrito a la entidad con requerimientos instando a la regularización de tales
extremos así como la reconsideración de la política de activos y pasivos seguida. Por otra parte, el 26 de diciembre de 2002 la entidad informó al Banco de España del inicio de una actividad de compra de solares y desarrollo de promociones
inmobiliarias sobre éstos, que se llevaría a cabo con la colaboración de terceros pero cuyo riesgo empresarial recaería sobre la entidad. El Banco de España, una vez analizada la información recibida, el 21 de febrero de 2003 cursó comunicación
advirtiendo que tal tipo de inversiones no se correspondía con su política de captación de depósitos, basada en cuentas de alta remuneración, presumiblemente muy volátiles, y reiterando que reconsiderasen la política de activos y pasivos seguida.

Novena inspección y última terminada, que, como ya les he comentado, se refirió a los estados de 31 de diciembre de 2002. Concluyó con ajustes patrimoniales por 5,4 millones de euros, que rebajaban sus recursos propios a 12 millones, resultando así
que la entidad ha permanecido seis meses con recursos propios inferiores al mínimo legal para obtener la autorización como banco, fijado en 18 millones de euros. Además, en esta inspección se conoció que la entidad había empezado a comercializar
entre su clientela, en las últimas semanas de 2002, productos de seguros emitidos por mutuas de ámbito operativo autonómico, como ya he mencionado anteriormente. Como saben, tales extremos determinaron la apertura de expediente disciplinario a la
entidad, administradores y director general el 9 de mayo de 2003, fecha en la que además el Banco de España, como he dicho antes, requirió a aquélla la regularización de ajustes patrimoniales rectificando las cuentas anuales y el cumplimiento del
nivel de recursos propio legalmente exigible. Además, como también he indicado, el 21 de marzo, con anterioridad al fin de la inspección, el Banco de España instó a la entidad para que suspendiera la comercialización de productos de seguros antes
citados en tanto no se adoptaran las medidas de transparencia sobre la naturaleza del producto y la situación económico-patrimonial del emisor.
Finalmente, la inspección número 10 es la inspección iniciada el pasado 15 de julio, sobre la que ya he
informado.
Esta descripción de las inspecciones permite, por una parte, mostrar las diversas etapas en cuanto a la actividad por la que ha pasado la entidad y también cómo la actuación supervisora ha permitido cursar las oportunas recomendaciones y
requerimientos a la entidad para subsanar las deficiencias detectadas, subsanaciones que han sido objeto de comprobación posterior. Gracias a la actuación supervisora, inspecciones, requerimientos y su comprobación posterior, se ha logrado corregir
situaciones y prácticas que suponían riesgo para la entidad y los depositantes.
A modo de resumen, el Banco de España, en primer lugar, ha obligado a la entidad a constituir provisiones de cuantías muy elevadas necesarias para distintas coberturas
de minusvalías detectadas en diversos activos, llegando, en los últimos ejercicios, a instar a la entidad para que reformulara la cuenta de resultados previamente publicada y de esta forma aflorar pérdidas no declaradas o incrementar las
registradas. Así, las pérdidas de 1,8 millones de euros declaradas por Eurobank al cierre del ejercicio 2001 fueron elevadas por la supervisión hasta 4,1 millones y en el ejercicio 2002 se pasó de unas pérdidas inicialmente declaradas de 3,2
millones a un resultado negativo de 8,5 millones. Con estas correcciones, el Banco de España ha obligado a que los estados financieros públicos de la entidad reflejaran en todo momento imagen fiel de su situación económica y patrimonial.
En
segundo lugar, el Banco de España ha requerido reiterados reforzamientos de los recursos propios -nueve veces desde 1996- como consecuencia de lo cual Eurobank se ha visto obligado a realizar sucesivas ampliaciones de capital que han supuesto que en
los últimos cuatro años los accionistas hayan aportado más de 15 millones de euros.
En tercer lugar, el Banco de España ha instado a la entidad para que abandonara determinadas operativas por las contingencias que implicaban para la misma, que se
cancelaran concentraciones de riesgos, que no se acometieran proyectos de inversión inapropiados para la entidad o se guardaran ciertas cautela y que no se comercializara cierto tipo de productos. En mi opinión, en cada caso el cumplimiento de lo
instado ha evitado muy posiblemente situaciones


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nada deseadas o ha reducido las situaciones de riesgo indebido; concretamente el alto grado de liquidez con que contaba la entidad al ser intervenida, que antes he mencionado, responde a tales requerimientos.
En cuarto lugar, el Banco de
España ha expedientado a la entidad y a sus administradores en cuatro ocasiones: la primera, como resultado de la inspección realizada a fin de 1999, las dos siguientes consecuencia de la visita sobre estados financieros de fin de 2002 y sobre el
seguimiento practicado a la entidad; y la última por la inspección todavía no terminada el pasado 15 de julio. Así, en el mes de mayo de 2000 fue incoado un expediente a la entidad y a sus administradores por hechos relativos, entre otros, a la
actuación de la entidad, a su inversión crediticia o a su situación patrimonial, expediente que finalizó con la imposición de sanciones de multa y de amonestación pública a la entidad y de varias multas al presidente y demás administradores de la
misma; en febrero de 2003 se inició otro expediente por movimientos habidos en su accionariado sin la debida autorización preceptiva; en mayo de 2003, expediente por distintos ajustes patrimoniales y otros extremos sobre la falta de transparencia
con la clientela; y el último, el 3 de septiembre, por hechos ahora conocidos como consecuencia de la visita en curso, dando traslado de los mismos a la autoridad judicial competente en el proceso de la suspensión de pagos.
En el marco del
principio de coordinación que preside las relaciones del Banco de España con otros organismos supervisores, sus servicios de supervisión han ido informando a estos de los hechos relevantes que les pudieran afectar a medida que eran conocidos en su
labor inspectora. Las sanciones de multa que se impusieron a la entidad y a su presidente por la comisión de infracciones muy graves fueron las máximas previstas en la normativa aplicable para las infracciones detectadas. Por otra parte, la
imposición de sanciones de amonestación pública a la entidad adquiere una especial trascendencia, habida cuenta que se trata de una medida que tiene por objeto corregir la actuación de la entidad a través de una sanción que sea conocida por mercados
y clientes. El expediente de mayo de 2000 finalizó en el mes de noviembre de 2001, tras haberse ampliado, a solicitud de los expedientados, los plazos para su tramitación. Las sanciones se ejecutaron inmediatamente aunque alguna de ellas, en
particular las sanciones de amonestación pública, no se publicaron en el BOE hasta el mes de noviembre de 2002, como consecuencia de los distintos recursos interpuestos por los expedientados en la Audiencia Nacional.
Por lo que respecta a los otros
tres expedientes incoados a la entidad en el año 2003 -uno de ellos seguido contra la entidad y sus administradores, el otro contra la entidad y alguno de sus accionistas más significativos, y finalmente, como ya he indicado, el pasado 3 de
septiembre contra la entidad y don Eduardo Pascual Arxé, al que se le suspende provisionalmente en su condición de consejero y presidente de la entidad-, se encuentran actualmente en fase de tramitación, dado el marcado carácter garantista de estos
procedimientos sancionadores, que, como no puede ser menos, posibilitan la presentación de alegaciones por los interesados en distintos trámites. Quiero enfatizar que los procesos de inspección y, en su caso, sanción a una entidad financiera
requieren unos plazos que vienen determinados por el estricto respeto del marco regulatorio español de la supervisión bancaria, emanado en buena parte de las directivas comunitarias. El supervisor no sólo ha de garantizar el legítimo derecho de
defensa de las partes afectadas, sino que ha de procurar la máxima solidez del procedimiento, lo que implica respaldar con el máximo rigor documental cada una de sus actuaciones, aun a costa del lógico deseo de celeridad.
En quinto lugar, desde el
ejercicio de 1996, momento en que toma control de Eurobank del Mediterráneo el actual grupo accionarial dominante, hasta el año 2002, la trayectoria económica de la entidad se ha caracterizado, por una parte, por la incapacidad de generar recursos,
ingresos ordinarios, que permitieran compensar los crecientes costes de estructura, de manera que el margen de explotación obtenido ha sido recurrentemente negativo, y, de otra, por las crecientes necesidades de saneamientos, que en muy buena parte
los gestores sólo han registrado tras ponerse de manifiesto su pertinencia en sucesivas inspecciones del Banco de España. Ambos efectos han determinado el registro de pérdidas más significativas en los últimos años y especialmente en el ejercicio
de 2002, a medida que la entidad aumentó el volumen de sus operaciones. No obstante, el efecto de este deterioro económico era cubierto por los accionistas aportando nuevos recursos propios, merced al desembolso de dividendos pasivos o a la
suscripción de nuevas ampliaciones de capital.
Hemos asistido, por tanto, a una realidad de pérdidas cubiertas por la determinación y voluntad de los accionistas. Con carácter general, en un entorno de libre mercado, si los propietarios confían en
su proyecto y quieren seguir llevándolo a cabo no pueden encontrar objeción ni cortapisas por parte del supervisor, siempre que su actuación no colisione con la normativa aplicable y no se incurra en las faltas, situaciones objetivas, recurridas en
la Ley de disciplina e intervención de las entidades de crédito.
En sexto lugar, la presión supervisora del Banco de España ha sido constante, especialmente relevante en el presente ejercicio por la gravedad de los hechos conocidos en su primer
semestre, y se ha traducido a lo largo de estos últimos años en frecuentes actuaciones, requerimientos o inicios de expediente con el fin de que se reforzara la situación patrimonial, extremo que se ha ido cumplimentando con excepción del último
requerimiento sobre la situación de la entidad a 31 de diciembre de 2002; se reformularan las cuentas anuales ante la


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falta de registro contable de las cuentas de pérdidas y ganancias de los ajustes detectados en la visita de inspección, principalmente motivados por la necesidad de constituir provisiones en cobertura de riesgo de crédito; se abandonaran
determinadas políticas de inversión crediticia por las contingencias que implicaban para Eurobank, caracterizadas por concentraciones de riesgos o por elevado riesgo crediticio; se mantuviera un adecuado equilibrio financiero entre las
peculiaridades de los depósitos tomados por el banco, a plazo muy corto y a elevado coste y por tanto volátiles, y las inversiones realizadas con el fin de preservar la liquidez de la entidad, acciones que han situado la liquidez de la misma a
niveles muy elevados; y finalmente, que se respetara la necesidad de trasparencia informativa en la comercialización de productos entre su clientela.
Reitero que el cumplimiento de lo instado ha evitado, cuando menos, situaciones nada deseables y
en todo caso ha reducido escenarios de riesgo desproporcionado. De hecho, Eurobank del Mediterráneo contaba en el momento de la intervención con una elevada liquidez y con recursos propios contables positivos, siempre que no aparezcan pasivos
contingentes no contabilizados por la entidad. Es destacable que la mayor intensidad de la actuación del supervisor se ha producido en el presente ejercicio, momento en que se agravó la situación del banco, puesto que, de los cuatro expedientes
incoados a la entidad y los administradores de esos cuatro, tres se han iniciado en el año 2003.
Permítanme que concluya haciendo unas reflexiones finales. He querido relatarles las actuaciones de la supervisión del Banco de España en relación con
Eurobank desde 1996, con el fin de que tengan un preciso conocimiento de nuestro proceder. Espero que haya podido aclarar a SS.SS.
el alcance y el sentido de las medidas adoptadas por el Banco de España.
De su relato es perceptible el incremento
de la frecuencia de las actuaciones supervisoras y la severidad de las medidas disciplinarias adoptadas por el Banco de España, que tienen relación directa, como no puede ser de otra forma, con el ritmo de agravamiento de perfil de riesgo supervisor
del Banco a medida que se iban detectando los hechos señalados y conociendo la evolución económico patrimonial de la entidad. En definitiva, si en las primeras etapas del banco se manifiesta la dificultad de encontrar un modelo de negocio adecuado
que proporcione recurrencia a los ingresos y suficiente margen de solvencia, es en la última etapa del banco Eurobank, en este año 2003, en la que se manifiestan los factores de riesgo que he explicado en mi intervención y que hacen necesaria una
actuación que la propia norma califica de excepcional: la intervención del banco. Los tiempos de respuesta vienen marcados por los propios procedimientos y por la necesidad de actuar con base en elementos contrastados, una vez que ya se han
producido los hechos. Toda aplicación de medida excepcional del Banco de España debe ser escrupulosamente respetuosa con la letra de la ley, sin que quepa aplicar actuaciones anticipadas no previstas en la misma, pues la Administración pública, por
imperativo de legalidad, sólo puede hacer lo que la ley le permite. Ello determina que, fuera de las medidas de política financiera general y de la práctica de requerimientos prudenciales, el Banco de España no puede anticipar medidas cautelares si
no se ha producido el supuesto de hecho previsto en la norma, por más que existan indicios de que el supuesto pueda llegar a acontecer en el futuro. Todo el proceso anteriormente descrito refleja el marco de funcionamiento de los mecanismos de
supervisión del Banco de España, cuyo principal objetivo es salvaguardar la estabilidad del sistema financiero español, vigilando la solvencia y actuación de las entidades de crédito, lo que supone en definitiva la defensa de sus depositantes.
Es
reconocido que el marco regulatorio y supervisor de la banca española es muy riguroso, en el que los requerimientos mínimos de recursos propios exigidos por nuestra normativa son notablemente superiores a los establecidos en las directivas
comunitarias. Las obligaciones de provisionamiento, contra la cuenta de resultados, de las entidades son más exigentes que las establecidas en otros países de nuestro entorno, y los procedimientos de supervisión son muy intensos, con la
característica de frecuentes visitas de inspección in situ. Todo ello contribuye a que nuestro sistema financiero goce actualmente de muy elevada solvencia, con un ratio BIS del 12,4 por ciento sobre el 8 por ciento mínimo; alta rentabilidad, un
ROE del 14,1 por ciento; y gran eficiencia, como lo demuestra que los gastos de explotación supongan sólo el 58 por ciento del margen ordinario obtenido en la actividad bancaria.
Desafortunadamente, y el Banco de España es el primero en sentirlo,
esto no significa que siempre sea posible evitar totalmente y en todo momento las consecuencias de la existencia de entidades mal gestionadas o ineficientes, en cuyo caso debe actuar la propia disciplina de mercado, pero sí que el Banco de España ha
de procurar minimizar la probabilidad y los efectos de esta eventual crisis de un banco.
Han podido comprobar, con el relato pormenorizado antes expuesto, que las actuaciones supervisoras y los requerimientos realizados por el Banco de España han
mitigado decididamente los efectos negativos de la situación de Eurobank, ya que se obligó a que se recapitalizara reiteradamente, a que los administradores cambiasen su política de gestión y de inversiones hacia activos más solventes y más
líquidos, elevando considerablemente el nivel de liquidez con que ha tenido que operar el banco, y sobre todo a rectificar los estados financieros públicos, haciendo que figurasen pérdidas o elevando considerablemente las previamente publicadas, a
fin de que estos reflejasen la imagen fiel de su situación económico-patrimonial y se pudiera conocer por su clientela, por el mercado y por el público en


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general. Además de los esfuerzos comentados, para que la imagen fiel de la situación económico-patrimonial de la entidad fuera pública, el banco acordó dar publicidad a la sanción impuesto a Eurobank y a las personas que ocupaban cargos de
administración y dirección de la entidad por la comisión de infracciones graves. Dicha publicidad fue realizada en el Boletín Oficial del Estado el 6 de noviembre de 2002, una vez que el expediente disciplinario incoado por el Banco de España en
mayo de 2000 adquiriese firmeza por vía administrativa.
Eurobank es una entidad de crédito pequeña dentro de nuestro sistema financiero, que, aunque ha tenido problemas de cumplimiento en la normativa prudencial, en ningún momento ha supuesto un
riesgo sistémico alguno y cuyo potencial de salida del sistema no debe mermar la confianza en el mismo. En los sistemas financieros avanzados como el nuestro, el marco de garantías a los depositantes se basa en la existencia de fondos de garantía
de depósitos similares a los nuestros. Permítanme citarles una sentencia de la Audiencia Nacional relativa a la última crisis de un banco en España anterior a ésta, en la que se resalta que la mala gestión de una entidad bancaria tiene su directa
causa en las decisiones de sus administradores. El riesgo de una mala gestión existe y se trata de amortizar creando un fondo de garantía al efecto, pero se trata de un riesgo inevitable. La existencia de un sistema financiero solvente, rentable y
eficiente, como actualmente es el español, no elimina la posibilidad de que, a pesar de sus esfuerzos, de los esfuerzos del supervisor, alguna entidad pueda entrar en crisis. Para minimizar los efectos desestabilizadores que estas crisis
individuales puedan ocasionar, se creó en 1977 el Fondo de Garantía de Depósitos en establecimientos de crédito, que actualmente garantiza hasta 20.000 euros a cada uno de los depositantes de cualquier entidad de crédito española.
Pensar que la
existencia de un supervisor, por muy eficaz que éste sea, pueda siempre impedir la crisis de una entidad financiera por inadecuadas políticas de gestión o actuaciones irregulares no se ajusta a la realidad ni a los objetivos de los supervisores de
los países de nuestro entorno donde funciona una economía de mercado.
En cuanto al futuro que previsiblemente espera a los depositantes de Eurobank del Mediterráneo, he de indicarles que, tras percibir en breve los 20.000 euros contemplados por la
normativa vigente, aquellos depositantes, en torno a una cifra algo inferior a los dos mil, cuyo saldo supere la mencionada cantidad, pasarán a formar parte, junto con el Fondo de Garantía de Depósitos, del grupo de acreedores de la entidad por el
importe no satisfecho por éste, en espera de la correspondiente realización de activos o a resultas de lo que proceda en todo caso en el convenio que se acuerde en el proceso de la suspensión de pagos. El Fondo de Garantía de Depósitos ha remitido
cartas a 10.500 titulares, quedando por enviar cartas a algo más de dos mil titulares que tienen depósitos inferiores a seis euros, y a fecha de ayer se habían realizado pagos a 2.842 clientes, por un total de 13 millones de euros. También les
indico nuevamente que, salvo la aparición de contingencias no registradas contablemente en el balance del banco por sus administradores, el neto patrimonial contable declarado por éste podría ser suficiente para absorber las posibles pérdidas de
valoración en la realización de sus activos y así poder atender la devolución de los depósitos que actualmente figuran contabilizados en el balance del banco. Pero vuelvo a insistir en que la total satisfacción de los depósitos por parte del banco
dependerá de que no aparezcan pasivos o contingencias hasta ahora no registradas contablemente en el banco.
Una última reflexión antes de terminar. Si bien, como he indicado, el tamaño y la situación de Eurobank no han planteado en ningún momento
una situación de riesgo para el sistema financiero, sí ha presentado algunos aspectos en cuanto a su complejidad que merecen una reflexión. La operativa desarrollada por el banco en cuanto a la comercialización de productos confirma la creciente
complejidad de la supervisión financiera como consecuencia de la sofisticación de productos financieros y de seguros y la existencia de diversas legislaciones sectoriales y de jurisdicciones de diversos países. La respuesta a este tipo de
situaciones internacionales y multisectoriales es una adecuada coordinación supervisora y una mayor transparencia. El Banco de España ha impulsado la colaboración y coordinación con otros supervisores financieros a lo largo de sus actuaciones y
nuestra valoración de cómo ha funcionado esta coordinación es positiva y considero que ha permitido una respuesta temprana.
Para concluir mi intervención quisiera reiterar que la institución que represento ha detectado tempranamente la situación,
ha actuado diligentemente y ha atajado con prontitud el rápido deterioro de la entidad en esta última fase, cumpliendo con sus actuaciones su mandato legal y el ordenamiento jurídico vigente. Contribuye con ello decisivamente a la estabilidad del
sistema financiero español, a la protección de los depositantes e impulsa en todo lo necesario la cooperación de los demás supervisores financieros sectoriales.
Estos son los puntos que quería tratar en mi intervención y quedo a su entera
disposición para contestar a las preguntas que deseen formularme.
Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor gobernador.
Antes de dar el turno de palabra a los portavoces, les quiero recordar que, con el acuerdo que ustedes mismos tomaron ayer, sean lo más estrictos posible con los tiempos, para poder
tener una segunda y breve intervención cada uno de los diputados que intervengan.
En primer lugar, tiene la palabra el portavoz del Grupo Socialista, señor Cuevas.



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El señor CUEVAS DELGADO: Señor gobernador, bienvenido a esta Comisión. Ha dicho que venía a petición propia. Yo recuerdo que este Grupo Socialista había solicitado su presencia con anterioridad, y es de alabar su diligencia, una vez que
el Grupo Socialista lo había solicitado, en querer comparecer. También, previamente a esa solicitud le hicimos por escrito una petición de información y documentación, a la que lamentamos no haber tenido todavía respuesta, hubiera ayudado y
seguramente usted se podía haber ahorrado algunas de las explicaciones.
Entrando ya en materia, hay cosas muy sorprendentes, señor gobernador.
Primero, la reiteración. Yo estaba escuchándole y me estaba retrotrayendo a cuando usted comparecía con
motivo del caso Gescartera. Usted daba monótonamente las mismas explicaciones, leyendo un texto que le habían preparado, y francamente yo creo que esa no es sólo la función del gobernador del Banco de España ante una Comisión de este Parlamento.

Usted ha terminado diciendo que actuaron con celeridad. Permítame que le diga que eso no debería haberlo dicho. Es verdad que lo detectaron tempranamente, en 1999, pero la celeridad no se puede corresponder con que la actuación haya sido hace unos
días y en los términos en los que ha sido. Pero en fin, cada uno puede calificar los tiempos como quiera. Lo cierto es que usted minimiza la función del Banco de España hasta extremos francamente funcionariales. Ustedes detectan una crisis, la
siguen, la siguen, la siguen; al final les estalla la crisis pero no tiene ninguna repercusión. Sí, nos dice que el sistema financiero tiene una gran solvencia. No será gracias a la supervisión del Banco de España; será que el sistema financiero
es solvente por sí mismo. Porque ustedes no atajaron este problema cuando debían y el resultado, señor gobernador, que no lo ha dicho, es que en los últimos meses se ha asistido a una retirada de depósitos de entidades financieras que operaban en
el mismo ámbito que este banco. Eso lo podía haber evitado usted, o el Banco de España, cuando la inspección en 1998/1999 detecta esas graves irregularidades que usted ha resaltado aquí, y lo ha hecho perfectamente.
Quiero decir que ha leído
perfectamente y está muy bien, porque son múltiples. Cualquiera de ellas hubiera justificado una intervención en su momento distinta de la que ustedes han hecho. Porque no les hacían caso permanentemente, y usted mismo lo ha calificado como falta
muy grave; sorprendementemente, luego, la sanción que imponen al banco y a sus gestores es por una falta grave, que tarda muchísimo en publicarse. Es verdad que recurren, pero, señor gobernador, cuando se publica tampoco nos enteramos de quiénes
son los sancionados.
Con todo lo que me ha dicho yo estoy de acuerdo. Ha hecho una descripción y quizás no se puede poner ningún otro ejemplo de cómo se puede gestionar un banco, no ya mal, sino orientado a una cosa totalmente distinta de lo que
es el negocio bancario, que es a detraer fondos de los clientes de ese banco y que, por unas vías o por otras, que en este caso usted ha explicado correctamente, detraer dinero. Ustedes les exigían ampliación de capital, les exigían que
instituyeran un registro. No hacían nada de eso, pero es que ustedes tampoco hacían nada, con lo cual ellos seguían haciéndolo. Y cuando ya en el año 2002 por fin se publica la sanción, dice: Incoado por acuerdo de la comisión ejecutiva del Banco
de España, de fecha 26 de mayo de 2000, a Eurobank del Mediteráneo S.A. y a personas que ocupaban cargos de administración y dirección de la entidad. No sabemos quiénes son, o sea que pueden seguir operando. Los interesados que quieren saber cómo
funciona la entidad financiera, que pueden leerse el boletín para ver si en el banco tal o cual pueden poner su dinero, no lo saben. Además dice: ...de las siguientes sanciones por infracciones graves impuestas en dicha resolución que dispuso
entre otras sanciones las siguientes. Y hace un relato de sanciones.
El resultado está claro, señor gobernador. Usted podrá leer diez informes como el que ha leído, pero el resultado final es que después de su labor, la del Banco de España, una
vez más, tenemos un banco con problemas, que los depositantes del banco pierden el dinero, que hay que acudir al Fondo de Garantía. Y en todo ese proceso -además aquí intervienen también unas mutuas que complican la situación- ustedes se limitan a
una serie de negociaciones con los gestores del banco para, según ha dicho usted, salvaguardar el sistema financiero. ¡Pero si usted ha hecho todo lo contrario! ¡Si esto es una especie de Prestige financiero! Ustedes tuvieron el barco dando vueltas
por ahí, derramando fuel hasta que se hundió. Aquí llevan cuatro años paseando el banco y sabiendo todo el mundo lo que pasaba, pero no intervenían. Habla usted de la solvencia del sistema financiero. Es verdad que mucho depositante, el
ciudadano, no tiene la información suficiente. Y fíjese, después de anunciar ustedes que intervenían, todavía seguían captando depósitos. No sé si los seguían captando por eso o porque ustedes los animaban. Porque, en el comunicado que hacen el
día 25, dicen que el banco se encuentra en la actualidad en situación de alta liquidez. El banco está en alta liquidez, el Banco de España lo proclama, ¿para qué lo intervienen? Es una intervención trampa, porque tampoco lo intervienen.
Lo que sí
le reconozco es su habilidad, la de su equipo, la del Gobierno, no sé, porque yo no sé si usted o el Banco de España se creen que actúa autónomamente. Yo creo que no, por mucho que el señor Rato se haya llevado cuatro años diciendo que el Banco de
España es autónomo. Es autónomo para lo que le conviene que es para no dar ninguna explicación, pero ustedes, de autonomía, nada. Ustedes permanentemente consultan, la vigilancia es una vigilancia como la de radio-faro; no tienen ninguna
capacidad de dirección y de cumplimiento real de su función, que sería, en este caso, haber


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atajado el problema cuando era un problema pequeño, cuando tenía solución y cuando estaba perfectamente claro que los gestores de esta entidad eran personas idóneas -dicho por ustedes; nosotros no tenemos ninguna información para decirlo,
pero usted lo ha dicho- con un cúmulo de irregularidades que se repetían una y otra vez. Hay que deducir que la intención de los gestores de la entidad no era dedicarse al negocio bancario puro, sino que, además, con una serie de empresas de un
grupo de los accionistas mayoritarios, se dedicaban a detraer recursos del banco.
Eso se detectó en 1999, en el acta que ustedes hicieron y en el propio acuerdo que adoptó la comisión ejecutiva. Con ese acuerdo, con lo que se dice ahí, no es
explicable, señor Caruana, que, en el año 2003, nos esté dando estas explicaciones. Usted no debería haber dado ninguna explicación. Podía haber resuelto esta situación en 1999 o en 2000, porque el acta es de finales de 1999, 2000 ó 2001; incluso
hasta que la publicación hubiera sido por la cantidad de recursos que luego hicieron en 2002.
Ha expresado usted la filosofía de por qué ocurre esto. Usted lo sabe perfectamente, porque aquí no estamos hablando en el vacío, usted sabe
perfectamente lo que está haciendo y sabe para qué está en el Banco de España, pero tiene que tener una coartada. Y la coartada es que una entidad no se puede intervenir si no está claro desde todos los conceptos; una situación excepcional, de
gravedad, que está reflejado en el artículo 31.1. Pero el punto 2 también dice que lo dispuesto en el punto uno de ese artículo será también aplicable en aquellos casos en que, existiendo indicios fundados de que concurre la situación de
excepcional gravedad -ésta podía ser una de ellas- a que el mismo se refiere, la verdadera situación de la entidad de crédito no pueda deducirse de su contabilidad. Esto ya lo discutimos con ocasión de otros casos. Y dice que las medidas de
intervención o sustitución a que se refiere este artículo podrán adoptarse en la tramitación de un expediente sancionador o con independencia del ejercicio de la potestad sancionadora. Es decir, que ustedes, además de abrir un expediente, además de
estar pensando en la sanción, podrían haber llegado a la conclusión a la que ha llegado hoy aquí. No hay ningún elemento distinto.
En el año 2000 podía haber sustituido a la dirección de este banco.
Seguramente nos hubiéramos ahorrado muchísimos
quebraderos de cabeza. A pesar de que usted dice que el sistema financiero no está en riesgo -es verdad, no lo está-, sí se han retirado cerca de un 25 por ciento de depósitos de la banca que opera en estas condiciones, mejor dicho en las mismas
condiciones que operaba este banco. Por lo tanto, señor Caruana, usted aquí no tiene ninguna explicación.
A veces no se sabe si lo que había que intervenir es una entidad o si tendríamos que intervenir al Banco de España, porque el Gobierno no
dice nada. El Gobierno nombra a unos gestores del Banco de España. Pasa el tiempo, ustedes hacen, no hacen, viene un escándalo, ahora otro escándalo, usted viene aquí, nos da una explicación absolutamente administrativa, que nos podía haber
enviado por escrito o que podía habérnosla dado cualquier director del banco, porque ha relatado perfectamente lo que ha pasado. No sabíamos algunas de las cuestiones y usted las ha relatado, con pelos y señales. Es decir, la inspección del banco
funciona bien. Los inspectores hacen bien su trabajo. Pero ustedes no adoptan ninguna decisión en relación con su obligación, que es no sólo vigilar que el sistema financiero se cumpla con la ley, sino que esa misma ley también le dice que tienen
que proteger a los inversores, a los depositantes de una entidad bancaria, etcétera, que son los ciudadanos.
Ustedes se pasan la vida hablando de la patria, pues la patria son los ciudadanos. Por tanto, aquí en este caso la patria del sistema
financiero son los ciudadanos que concurren a las entidades de crédito, que se dicen: el Banco de España estará inspeccionando seguramente, a pesar de los rumores que hay, y dice que está bien, sale un comunicado diciendo que tiene alta liquidez.
Hay que preguntarse, ¿ustedes qué están haciendo? ¿De qué parte están? En el sistema financiero hay gente que cumple absolutamente con la ley, que se dedica al negocio bancario, que es tan digno como cualquiera, cumple con la ley y da seguridad a
los inversores, a los depositantes, pero hay también en el negocio bancario personas o entidades cuya intención no es sólo esa, y ahí es donde tienen ustedes que vigilar, y para eso tienen los instrumentos que tienen.
Señor Caruana, en este banco
había un grupo de pequeños accionistas que no estaban de acuerdo con la gestión del banco y les han ido denunciando puntualmente desde el año 1998 todo esto que usted nos relata. Es verdad que lo comprueban, pero no hacen nada para remediarlo. Es
más, es una pieza -no voy a decir de ingeniería porque en estas cosas hablar de ingeniería me parece un poco excesivo- de fontanería financiera lo que ustedes han hecho con las fechas y cómo se produce la intervención que luego no es tal
intervención. Es una intervención que se convierte en una suspensión de pagos y al final ustedes se lavan las manos; va a pagar el Fondo de Garantía y seguramente ese dinero se lo ahorrarán los que han hecho otro tipo de negocios, los que han
llevado a esta situación, y en el plazo de unos meses esto se habrá olvidado. Habrá que hacer balance de cuánto le ha costado al erario público esta situación y también cuánto le ha costado en credibilidad al sistema financiero. Señor Caruana,
después ha habido sucesivas denuncias, porque tras la inspección que ustedes hicieron, como las recomendaciones que ustedes hacían no se cumplían, siguieron una y otra vez mandándoles cartas e información y pidiéndoles que actuaran. Le recuerdo que
estos accionistas representan a más del 5 por ciento, por lo que podían haberles ustedes considerado. En la sanción hablan de personas que ocupaban cargos de administración y dirección de la entidad, además del presidente, me imagino. No sabemos


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quiénes son, pero excepto el presidente, creo que los demás gestores del banco siguen en su puesto.
En cualquier caso, señor Caruana, díganos usted qué le ha faltado, si le falta algún elemento legal, si le falta la confianza del Ministerio
de Economía, si le falta decisión, qué le ha faltado para que el Banco de España no haya atajado este problema en su momento. Dígalo usted, porque eso es lo relevante aquí. No nos cuente aquí toda la historia, infórmenos de eso por escrito, porque
lo que hay que hacer cuando uno no tiene ningún problema es venir a esta Cámara y previamente dar la información técnica por escrito de lo que ha sucedido, y decir: mire usted, a pesar de esto, hemos tardado cinco años en tomar esta decisión por
esta circunstancia, porque en la ley nos falta un extremo y no tenemos esa capacidad o por otras circunstancias. Así nos enteraremos de qué es lo que pasa, porque lo otro no es explicable, señor Caruana.
He dicho antes que aquí hay otra
complejidad, que son las mutuas. No voy a entrar en este problema porque estamos en presencia de otro supervisor, que es la Generalitat de Cataluña, que al parecer les ha seguido milimétricamente, es decir tampoco ha hecho absolutamente nada y
también ha dejado que esta situación se fuera pudriendo, por decir una palabra adecuada para estos casos, y que al final tampoco sepamos qué ocurre. Se ha publicado en la prensa que han tenido no sé cuántas conversaciones, reuniones, que se buscaba
una solución entre las partes, el Banco de España, la Generalitat, el consejero, etcétera. Me gustaría que nos dijera la fecha y el contenido de los comunicados del Banco de España al Gobierno de la Generalitat en relación con este asunto. Creo
que eso no será ningún secreto, usted nos podrá enviar esa relación de la correspondencia formal entre el Banco de España y la Generalitat de Cataluña en relación con este caso, desde que ustedes tienen conocimiento de que no solamente se están
produciendo situaciones irregulares en un banco, sino que además tienen que ver con unas mutuas que operan en Cataluña y cuya supervisión corresponde a la Generalitat de Cataluña. A lo mejor nos dice usted que falta algún elemento de coordinación,
no lo sé; a lo mejor es que quedaba muy lejos, no lo sé, aunque de verdad era una época en la que no creo que hubiera problemas de comunicación, como ahora. Por tanto, le pido por favor que no solamente no deje de responderme a eso, sino que lo
envíe a esta Cámara y a este portavoz.
El tiempo se está terminando y tengo un montón de preguntas que hacerle sobre su gestión, pero pienso que si somos un poquito más breves en este turno, a lo mejor luego el señor presidente es un poco más
benevolente, porque lo que me interesa es escucharle a usted. Termino. Por favor, díganos qué le ha impedido en este tiempo tomar decisiones correctas para que este caso no se hubiera convertido en lo que es y también dé seguridad a todos los
depositantes de ese banco que hoy están en la situación de no saber qué va a pasar con sus depósitos; dé alguna tranquilidad a estos depositantes.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), el señor Sánchez i Llibre tiene la palabra.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Señor presidente, señoras y señores diputados, en primer lugar, queremos agradecer la comparecencia del gobernador del Banco de España ante esta Comisión, ya que a través de su exposición hemos podido conocer de
primera mano cuáles han sido los acontecimientos acaecidos durante la crisis y posterior suspensión de pagos de Eurobank.
Después de escuchar atentamente su intervención, señor gobernador, pensamos que se puede llegar a la conclusión, objetivamente
hablando, de que el Banco de España ha actuado correctamente, de que el Banco de España ha actuado diligentemente, incluso me atrevería a decir, a raíz de su exposición, que el Banco de España ha actuado a tiempo, y haciendo uso de todos sus
mecanismos en todo momento con el objetivo único y principal de salvaguardar los intereses económicos de los clientes de Eurobank. A través de su intervención, podemos llegar también a la conclusión de que, a lo largo de estos últimos años, se han
puesto en marcha toda una serie de mecanismos y de instrumentos a su alcance, para que, año tras año, inspección tras inspección, Eurobank dispusiera de solvencia financiera suficiente para continuar haciendo de banco o poder ejercitar su ficha
bancaria.
Señor gobernador, partiendo de la base de que se ha actuado correctamente y utilizado todos aquellos instrumentos a su alcance para poner remedio a las irregularidades que ustedes iban detectando a lo largo de estos últimos años, y
teniendo en cuenta que, en este caso, la inspección ha ido actuando diligentemente, intentando poner encima de la mesa todas aquellas actas que permitiesen a Eurobank continuar con el flujo de dinero suficiente para poder seguir ejercitando su
función como banco, la cruda realidad es que Eurobank se encuentra en estos momentos en suspensión de pagos, la cruda y triste realidad es que existe una gran incertidumbre entre algunos clientes de Eurobank que no han podido recuperar sus depósitos
y que ven peligrar sus ahorros. Esta no deja de ser una situación muy grave para todas aquellas personas que han confiado en Eurobank, que también han confiado en el sistema financiero español, y que ahora ven que -y ojalá no sea así- pueden
peligrar sus ahorros. Muy probablemente, los ahorradores que se encuentran en esta grave situación no entenderán la intervención que yo acabo de hacer, porque pensarán que al final de todo, ellos se quedan con sus ahorros fastidiados, y que, a
pesar de que el Banco de España y el organismo supervisor han actuado diligente y correctamente, ellos -que han confiado sus ahorros a una entidad financiera que, probablemente, suponían respaldada por el Banco de España,


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lo que le daría consistencia y credibilidad haciéndola una opción financiera factible-, sin embargo, se encuentran hoy en esta grave situación. Lo que más preocupa al grupo de Convergència i Unió, después de haber implementado en esta y en
legislaturas anteriores multitud de reformas financieras importantes, que pensábamos daban seguridad al sistema financiero español, a pesar de la actuación persistente y contundente del Banco de España a lo largo de estos últimos años, es que nos
encontremos en una situación en la que varios ahorradores que confiaron en Eurobank, y aunque solamente fuera uno, vean peligrar sus ahorros. Esto es lo que, a nuestro juicio, no tendría que volver a ocurrir jamás. Nosotros pensamos que casos como
los que estamos hoy debatiendo merman y cercenan la credibilidad del sistema financiero español, así como la de sus organismos reguladores.
Yo he escuchado atentamente la cronología de todos los hechos que usted ha expuesto en su intervención ante
esta Comisión y da la impresión de que la dirección de Eurobank, desde el año 1997 hasta el año 2002, ha ido sorteando, burlando, la normativa legal, cubriendo todos aquellos ajustes que le planteaba la Inspección del Banco de España, y que, al
mismo tiempo que cubría el acta de un año determinado, inventaba o ponía en marcha nuevos productos financieros de dudosa calidad para el siguiente año para conseguir unos objetivos que, a nuestro entender y teniendo en cuenta sus manifestaciones,
no eran los de una entidad financiera normal.
Finalmente, se llega al año 2003, cuando la dirección de Eurobank agotó la ingeniería financiera a su alcance, puesta de manifiesto en los años anteriores, debido a la presión del Banco de España,
llegando a la situación que se ha llegado. Señor gobernador del Banco de España, tendríamos que intentar que esto no volviera a ocurrir jamás.
Creemos sinceramente, señor gobernador, que han finalizado hasta la fecha todas las tareas preventivas y
que, ahora, son el Banco de España y los organismos supervisores los que han de poner todos los instrumentos a su alcance para iniciar rápidamente las tareas reparadoras que permitan garantizar el cobro del cien por cien de los recursos de los
clientes que confiaron en Eurobank. En el Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió pensamos que hoy tendríamos que dar a estos ahorradores que han confiado en esta institución financiera la seguridad de que, desde el Banco de España y
desde las formaciones políticas correspondientes, queremos que todo el mundo recupere el cien por cien de los recursos que confiaron a Eurobank, ya que pensamos que, no solamente confiaron en Eurobank, sino también, y esto no lo podemos obviar,
confiaron en el sistema financiero español. En este asunto, señor gobernador, está en juego la credibilidad de los organismos reguladores y de la institución que usted preside. Ponga todos los instrumentos a su alcance, que son muchos, para
garantizar la seguridad del cobro del cien por cien de los recursos de todos los ahorradores que confiaron en dicha institución.
Usted sabe perfectamente, señor gobernador, y lo hemos demostrado a lo largo de estos últimos años, que para ello
contará con la confianza del Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió.
A raíz de su exposición, vamos a plantearle algunas preguntas que pensamos pueden ser de interés para la gente que se ha visto afectada por estas operaciones. En
primer lugar, escuchando atentamente su intervención, observamos que estos señores han ido sorteando y burlando todas las indicaciones que ustedes hacían año tras año a la dirección de Eurobank.
Me gustaría preguntarle cómo calificaría usted la
relación que ha existido hasta fechas recientes entre Eurobank y el Banco de España.
También nos gustaría que nos aclarase, aunque ya lo haya hecho en parte en su intervención, si es posible que, a través del planteamiento de la suspensión de pagos
de Eurobank y del examen de sus activos y pasivos financieros, existe una situación de suspensión de pagos, pues si uno analiza detenidamente los balances de Eurobank, parece que tiene solvencia financiera o cash suficiente para no tener que ir a
una suspensión de pagos. Nos gustaría conocer su valoración al respecto y si entiende que, a través del análisis de su situación patrimonial, se puede garantizar el cobro del cien por cien de los clientes de Eurobank. En una palabra, si, a través
de la suspensión de pagos que ha presentado en el juzgado, podemos afirmar que va a existir una satisfacción del cien por cien de los acreedores de Eurobank. También nos gustaría saber si ustedes piensan que dicha satisfacción no dependería única y
exclusivamente de la liquidación de dicha compañía, sino si vería factible la existencia de un tercero, un banco que pudiera comprar dicha institución o que fuera a la ampliación de capital con el fin de conseguir esta satisfacción del cien por cien
de los acreedores de Eurobank.
Finalmente, nos gustaría saber, teniendo en cuenta los mecanismos actuales que tiene el Banco de España, que son muchos, y los que tienen los diferentes organismos supervisores, si cree que tendríamos que darle más
instrumentos legales para que no se vuelva a producir una situación similar a la actual, si sería necesaria una actualización de la legislación, si considera que el ente regulador también puede necesitar más instrumentos que los actuales o si cree
conveniente mejorar la transparencia e información en relación con los clientes.
Hay una cuestión muy importante y es que, cuando una entidad no cotiza en Bolsa, cuando una entidad como Eurobank no está sometida a la transparencia que tienen otras
compañías que están en el mercado de valores, sería necesario incrementar la información al público en general. Si toda la información que ha aparecido en los medios de comunicación, si los depositantes o los ahorradores que han confiado en
Eurobank supieran la conexión de dicho banco con las mutuas de seguros, con las mutuas que están habilitadas en


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Luxemburgo, probablemente muchas personas no hubieran confiado sus ahorros a dicha institución. Nos llama la atención, partiendo de la base de que es una entidad que está supervisada por el Banco de España, la cantidad de publicidad de
dicha entidad financiera en los diferentes medios de comunicación. Había una publicidad constante en medios de comunicación especializados en materia económica. Me pregunto si no habría manera de controlar esta publicidad constante que hemos visto
en los medios de comunicación si el Banco de España está encima y actuando sobre ello.
Lógicamente, cuando un banco o una entidad financiera muestra una rentabilidad muy superior a la que puede ofrecer el resto del mercado, es fácilmente
comprensible que esto acabe como lo ha hecho. Nos gustaría que nos contestara esta cuestión.
Finalmente, de su intervención y de lo que hemos podido deducir de lo publicado en los diferentes medios de comunicación, entendemos que la intervención
de la entidad Eurobank se ha llevado a instancias del accionista mayoritario y de manera coordinada entre el Banco de España y la Generalitat de Catalunya. Ya sé que ha habido un intento del portavoz del Grupo Socialista de sembrar dudas y nos
gustaría que usted nos aclarara cuál ha sido la actuación del Gobierno de la Generalitat de Catalunya. Incluso ha añadido en su exposición una afirmación que yo encuentro sinceramente injusta (El señor Puigcercós i Boixassa: Atrevida), atrevida,
quizá porque ignora cuál ha sido el procedimiento y cuál ha sido la actuación de la Generalitat de Catalunya. Para que él y su formación política puedan estar tranquilos me atrevería a decirle que dentro de pocos días el consejero, Francesc Homs,
va a dar una información exhaustiva de la situación de las mutuas que están inmersas en el conglomerado de Eurobank, ya que son accionistas de dicha entidad financiera. Ya le adelanto que la actuación de la Generalitat ha sido diligente, ha estado
en coordinación con el Banco de España, ha intervenido las mutuas, como usted conoce perfectamente, y persigue el mismo objetivo que yo acabo de describir en mi intervención, que los mutualistas que han confiado sus ahorros en las mismas puedan
cobrar el cien por cien de sus imposiciones.
Termina mi intervención a la espera de que en el turno de réplica nos pueda dar contestación a los interrogantes que le he planteado.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra su portavoz, el señor Frutos.



El señor FRUTOS GRAS: La verdad es que me enternece este idilio de Convergència i Unió y el Banco de España y seguramente luego me emocionará el del Partido Popular con el Banco de España. (Risas.) Ambos grupos practican una defensa de la
política económica parecida, aunque haya diferencias importantes en otros temas.
Resumen de lo que ha explicado el señor Caruana. Reconozco que me ha mareado un poco con las fechas y las acciones, pero he llegado a unas conclusiones. El Banco de
España, si no he entendido mal, ha obligado a aflorar pérdidas; el Banco de España ha obligado a que los estados financieros de la entidad reflejaran la realidad y no escondieran partes importantes de la misma; el Banco de España ha obligado a
hacer ampliaciones de capital; el Banco de España ha obligado a renunciar a determinadas acciones reduciendo las situaciones de riesgo, y el Banco de España ha expedientado en cuatro ocasiones después de diez inspecciones durante todo este periodo.
Ha habido cartas, relaciones e inspecciones de todo tipo. Finalmente, después de todo eso, explota la burbuja -o la burbujilla porque afortunadamente no es una gran burbuja- explota de nuevo la burbujilla. Como conclusión, ha habido, a mi
entender, pasividad del Banco de España. No creo que haya habido una actuación diligente sino una actuación de oficio; en la aplicación de las normas, éstas se han visto como algo neutral, no como instrumentos verdaderos de intervención cuando las
señales marcan serios problemas. En fin, se han seguido las normas, no digo que no, pero creo que de forma rutinaria, no se han utilizado fondo.
Hay una gran tolerancia en todo lo que afecta al mercado vulnerando con ello las normas de los propios
inventores del mismo. En este caso concreto, ha pasado en el sector de banca, pero eso pasa en muchos otros sectores -electricidad, servicios públicos-, y en otros países que son líderes en el desarrollo del sistema de mercado. A mi entender el
Banco de España actúa a veces, no siempre, como un hoolligan de la política ultraliberal del Gobierno, con una tolerancia extrema hacia todo lo que represente flexibilidad en el tratamiento del mercado, una aplicación de las normas tan flexible que
muchas veces se queda en absolutamente nada en relación a los problemas que se detectan en momentos determinados.
Creo que se ha conocido la situación de forma sistemática durante una serie de años, seis o siete, y prácticamente no se ha actuado.
La norma ha sido un elemento de rutina, el seguimiento de una situación, pero no ha sido un elemento de actuación diligente, rápida, concreta y radical en algún caso. ¿Cómo es posible, por ejemplo, que una vez intervenido el banco se sigan
aceptando depósitos? En definitiva, señor Caruana, siempre pagan los platos rotos los mismos; la desgracia de los ahorradores humildes es doble, primero, porque se lo creen todo, y deben saber que duros a cuatro pesetas no se dan ni ayer ni hoy ni
mañana; segundo, porque después de creerse todo esto, lo pagan con creces o lo paga el erario público, que hace frente a una situación determinada como lo ha hecho en otras ocasiones en el pasado. La conclusión de mi grupo es que ha habido
pasividad


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y tolerancia del Banco de España, seguramente por una aceptación de carácter genérico de unas normas de funcionamiento del mercado muy flexibles que conduce de forma inexorable y cada equis tiempo a situaciones como la que estamos viviendo
en este momento concreto. Yo no sé si servirán de algo -creo que no en este momento- recomendaciones, consejos de que todo funcione mejor, etcétera, pero sí creo que esto sólo se arregla a través de la aplicación estricta de las normas, de las
leyes que ya existen y a través de nuevas leyes que pongan encima de la mesa un funcionamiento mucho más controlado día a día, con una normativa capaz de actuar de forma verdaderamente diligente y radical cuando la circunstancia lo exija. Nada más.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la palabra su portavoz, señor Azpiazu.



El señor AZPIAZU URIARTE: Buenos días, señor Caruana. Le agradezco en primer lugar sus explicaciones de esta mañana en relación con Eurobank; a mí personalmente me habría gustado hablar de otras cosas, de economía y ese tipo de
cuestiones, pero hoy toca Eurobank que desde el punto de vista político parece que tiene algún interés.
Ha dicho usted que este tema no afecta a la credibilidad ni al sistema financiero. Es verdad que Eurobank es una entidad, desde el punto de
vista económico, relativamente poco importante. Me sorprende que una entidad de estas características, que supongo no tiene que ser muy conocida en el ámbito financiero sea capaz de captar 18.000 clientes -imagino que pequeños en su gran mayoría- y
no sé cómo hace para ofrecer productos de alto riesgo. El cliente pequeño acude a ella con poco conocimiento -porque el que va con poco dinero normalmente acude con poco conocimiento-, le venden un producto de alto riesgo y luego le pillan las
manos. Esto pasó también en su día con algunos clientes de Gescartera.
Como ha dicho el señor Frutos, nadie da duros por cuatro pesetas, y cuando los productos son de alto riesgo y de mayor rentabilidad sí había que explicar a la gente que esos
productos evidentemente tienen un riesgo. Quizá el Banco de España, cuando esos productos de alto riesgo -no es un producto estándar ni normal- salen al mercado, debería, con carácter previo, analizar esos productos y poner sobre aviso a aquellos
consumidores que los vayan a comprar. No digo que no esté en los contratos este tipo de información, pero sí debería estar más claramente para que el consumidor sepa exactamente el producto que está comprando, sepa exactamente el riesgo que está
corriendo y esté dispuesto a correrlo o no; pero que lo sepa.
Nos ha dicho que ha habido nueve inspecciones y hay otra en curso en los últimos seis años. Yo sigo pensando, como decía en el tema Gescartera, cómo habiendo tantas inspecciones, cómo
habiendo detectado inspección tras inspección una irregularidad tras otra, no se ha actuado previamente de forma cautelar o poniendo algún tipo de sanción importante a Eurobank, en definitiva cómo no se ha protegido con anterioridad a los
depositantes de este banco. En ese sentido, creo que el Banco de España no ha actuado con diligencia o energía suficiente en esta materia. Ya son varias las experiencias en este sentido, cuando hay productos de alto riesgo, cuando hay una mutua
que está ubicada en Luxemburgo. Es decir, hay una serie de indicadores que al Banco de España o a cualquiera, aunque no sea muy conocedor del sistema financiero, le dan en la nariz y se da cuenta de que aquí algo puede haber. Yo no voy a sugerir
nada, pero quizás una línea de investigación que podría tener el Banco de España es que allí donde haya productos de riesgo, allí donde hay entidades que en principio no tienen solvencia suficiente, el Banco de España se anticipe y pueda ir
investigando e inspeccionando este tipo de entidades. Habría que incrementar la labor inspectora del Banco de España; a los depositarios les daría ciertas garantías cuando van a invertir en un sitio, saber que el Banco de España ha estado antes,
que ha pasado por allí y no ha visto nada raro. Eso supone cierta garantía y sensación de seguridad del sistema financiero.
Señor Caruana, como la competencia de la inspección está en este caso en el Banco de España, y supongo que también en la
Generalitat, quisiera saber cuál ha sido el papel de ésta y la coordinación que han tenido con la Generalitat en este asunto, así como si ha habido un acuerdo en ir adoptando las decisiones que se han ido tomando o si, por el contrario, el Banco de
España ha preferido demorar las inspecciones o las sanciones y ellos no. Es decir cuál ha sido la relación en ese sentido con la Generalitat.
También se ha comentado que se está ampliando la colaboración y coordinación con otros supervisores del
sistema financiero, creo que extranjeros, ha comentado. Quisiera que nos informara sobre esto, con quiénes y de qué manera están mejorando esta relación, esta capacidad de coordinación, que es importante porque siempre hablamos de Luxemburgo, de
las islas no sé qué. Ahí la coordinación es absolutamente necesaria y me gustaría que me dijera en qué sentido va esta colaboración.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra el señor Puigcercós.



El señor PUIGCERCÓS I BOIXASSA: Que quede claro de entrada que en Esquerra Republicana de Catalunya, como supongo que en otros partidos de la Cámara, reconocemos la realidad de la competencia exclusiva, traspasada en 1981, en todo lo que
concierne a las mutualidades de previsión social, de la Generalitat de Catalunya. Esto ha sido así en estos años. Desde 1981, ha habido reiteradamente diferentes litigios sobre control, fiscalización, sobre las mutualidades de previsión social;
es el caso de algunas mutualidades que al final


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trasladaban su sede social fuera de Cataluña y, a partir de ese momento, pasaban a la tutela del Ministerio de Economía. No es el caso de las mutuas que estamos hablando hoy aquí, cuya tutela y control, por tener su sede social en
Barcelona, son ejercidos por el Gobierno catalán.
Nosotros, quede claro, estamos a favor de que el Gobierno catalán tenga las atribuciones de control de las mutualidades de previsión social y entidades de seguros que tengan su sede social en
Barcelona, incluso hemos apoyado reiteradamente, con enmiendas a los diferentes proyectos de ley que se han presentado en esta Cámara, que la Generalitat tenga más control sobre todo lo que sea supervisar empresas o grupos que operan en Cataluña.
En este caso hay la sensación de que las mutuas, según su propia explicación, son un instrumento que permite canalizar flujos financieros, en este caso de particulares pero también pueden ser paquetes que en cierta manera podríamos llamar
institucionales, y hago referencia a los planes de pensiones relativos a prejubilaciones u otras situaciones de empresa. Nosotros creemos que aquí ha fallado un mecanismo de coordinación -lo decía el señor Cuevas y lo ha dicho el señor Azpiazu-
entre el Banco de España, el Ministerio de Economía y el Gobierno catalán, concretamente el departamento de Economía que dirige el señor Francesc Homs, porque aquí no ha habido automatismos; es una carencia que este diputado ha venido observando:
la falta de automatismos. Hoy día las nuevas tecnologías permiten que ciertos expedientes puedan ser automáticamente comprobados por diferentes administraciones o supervisores que actúen en el mercado. Yo espero que nos cuente cuál ha sido el
papel del Gobierno catalán, y concretamente del departamento de Economía, ante lo que son las mutualidades Norton Life, Caja Hipotecaria, que en su momento asumen el 45 por ciento de la aseguradora luxemburguesa Excell Life, que les recuerdo -y aquí
es donde creo que está el primer fallo del mecanismo, de los automatismos que tenían que crearse- fue suspendida ya para operar en España por la Dirección General de Seguros en el año 2000. Como mínimo, tenían que levantarse sospechas, incluso en
el Banco de España, y en este caso también en el departamento de Economía de la Generalitat, cuando dos mutualidades importantes, que canalizan flujos y recursos de Eurobank, participan de una sociedad luxemburguesa que en el año 2000 es suspendida
por la Dirección General de Seguros.
Usted convendrá conmigo en que, primero, da sensación de dejación al no hacerse un control más específico de esta aseguradora luxemburguesa, pero en segundo lugar, nosotros creemos que hay una sensación de
negligencia por parte de la Administración catalana en ese sentido. Estas mutuas están operando, están canalizando flujos y los controles no se producen, o peor si se producen, pues el Gobierno catalán es consciente de que está ocurriendo esta
situación y no son comunicados, no se levanta acta o no hacen las, digamos, operaciones de supervisión. ¿Ustedes tienen información de esto? ¿Ustedes, el Banco de España ha tenido contacto con el Gobierno catalán, han recibido información del
departamento de Economía de lo que se estaba haciendo, de los paquetes financieros que se estaban canalizando mediante estas mutualidades con la compañía de seguros? ¿En qué fechas? ¿Pueden ustedes ofrecernos esta información? En segundo lugar,
aquí estamos hablando de tres administraciones, de tres ámbitos, el Eurobank -es cuestión del Banco de España la inspección y la supervisión-, las mutualidades -cuestión del Gobierno de Cataluña- y Excell Life, cuestión que atañe al Gobierno de
Luxemburgo. Se trata de tres ámbitos muy diferentes y tenemos la sensación de que en este caso han fallado lo que podríamos llamar automatismos. (La señora Vicepresidenta, Riera i Reñé, ocupa la presidencia.) Tampoco entendemos, y recabamos
información, cómo el entramado que se ha producido en el entorno de Eurobank -entramado entre mutualidades, compañía de seguros luxemburguesa y diferentes empresas- las personas que forman parte de las gestoras, de las mutualidades, también forman
parte del entramado de diferentes empresas del señor Eduardo Pascual. ¿Cuál es su opinión? Estamos viendo que siempre aparecen los mismos nombres. Los mismos nombres aparecen en las gestoras de las mutualidades, en los diferentes grupos de
empresas de que forma parte el señor Eduardo Pascual y ahora también en Eurobank. Esto puede pasar, pero puede ser para bien o para mal y en este caso nos tememos que estas coincidencias son para mal.



La señora VICEPRESIDENTA (Riera i Reñé): Tiene la palabra el señor Blancas, portavoz del Grupo Popular.



El señor BLANCAS LLAMAS: Quiero comenzar agradeciendo al señor gobernador del Banco de España su comparecencia voluntaria en esta Comisión, independientemente de que también se haya pedido por grupos de la Cámara.
Asimismo, quiero
reconocerle el esfuerzo de transparencia y la profusión de datos y explicaciones que ha tenido a bien proporcionar a los miembros de la Comisión de Economía y Hacienda.
Permítanme que ahora haga una consideración que sirva de recordatorio al señor
Cuevas -dicho sea con todo respeto- porque considero que ha olvidado un poco la legislación en que se sustenta para argumentar y en la cual se apoya el Banco de España. Quiero recordarle que los sistemas de control son los establecidos en su día
por la legislación que aprobó su grupo, el Partido Socialista, y que siguen vigentes. El Banco de España es una entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que actúa con autonomía respecto de la
Administración general del Estado. Es decir, que la Ley 6/1998,


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de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración general del Estado, conocida como LOFAGE, no es de aplicación al Banco de España. Es fundamental aclarar esto, sobre todo al señor Cuevas, y también al señor Frutos, que
ha dicho que el Partido Popular tiene algo que ver. El Banco de España es parte integrante del sistema europeo de bancos centrales y está sometido a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y a los estatutos del sistema europeo de bancos
centrales, conocido como SEBC. En resumen, el Banco de España es una entidad independiente, autónoma y plural en la composición de sus órganos, sin intervención del Gobierno, que bien es verdad propone la elección de sus miembros, especialmente
técnicos cualificados en materia económica y financiera, y donde el Partido Popular no interviene para nada.
Entrando ahora en la posición del grupo que represento, tengo que decir que siempre se ha respetado el trabajo de los supervisores, su
autonomía, su capacidad de iniciativa e independencia, en contraposición con lo que aquí hemos visto, que se ha llamado Prestige financiero a este caso aislado y diminuto de la economía de mercado y del sistema financiero, pero estamos en campaña, y
como nos ha vuelto a recordar el señor Cuevas no desde hace tres días, sino desde noviembre del año pasado, con el hundimiento del famoso barco, buque insignia para el partido de la oposición. Curiosamente, en ese caso nunca se pidieron cuentas a
los responsables y aquí va a ocurrir igual. Aquí se persigue el delito genéricamente, pero no se persigue o no se quiere perseguir a los responsables. Nunca se atacó a los armadores, a las personas causantes de ese desastre ecológico y aquí
estamos en el mismo caso cuando el delito tiene unos causantes, cuando hay unos delincuentes y digo delincuentes entre comillas y con todas las reservas, ya que estamos en una situación sub judice. Vamos a ser realistas y honestos y a no aprovechar
que el Pisuerga pasa por Valladolid para agarrarnos a esta situación. La verdad, yo veo clara su actuación cuando dice que el Banco de España ha actuado con pasividad y negligencia. A la vista de lo que yo he oído y de lo que vengo oyendo a lo
largo de esta mañana, yo creo que el Banco de España ha sido diligente, eficaz y que gracias a la actuación de los supervisores la cosa no ha llegado a más. (El señor presidente ocupa la presidencia.) Dicho esto, ha quedado meridianamente claro que
el Gobierno no puede responder políticamente de las actuaciones de esta entidad financiera, ni por supuesto del Banco de España, que es un órgano independiente. El Banco de España, cuando el caso así lo requiere, recibe las explicaciones de los
supervisores o del supervisor nombrado al efecto, con la transparencia que aquí ha sido reflejada por el gobernador del Banco de España, que debe presidir todas las actuaciones de estos funcionarios.
Queremos destacar el avance que se ha producido
en los últimos años no solamente con las comparecencias del gobernador en esta Cámara, sino también con la edición de esa memoria de supervisión que se viene haciendo desde hace dos años, incluso antes de la obligatoriedad de presentación de estas
memorias, ya que como SS.SS. conocen la Ley financiera obliga a la presentación de la memoria de supervisión.
De las palabras del señor gobernador destacaría, en primer lugar, el mensaje de tranquilidad que hay que enviar a los inversores, no
solamente a los de este pequeño banco sino a los inversores en general, puesto que se trata de un caso aislado, y el sistema financiero español sigue siendo estable y fiable, a Dios gracias y gracias a los cimientos que ha establecido el Gobierno
del Partido Popular desde el año 1996. La actuación de la supervisión ha detenido la posible huida hacia adelante de estos señores, que con su ingeniería financiera y con sus connotaciones, no solamente en España, en Cataluña, sino también fuera de
nuestras fronteras, han intentado llegar a causar un daño irreparable a los inversores y ahorradores de Eurobank. Lógicamente, algunos de estos inversores, quizás cegados por la búsqueda de unos intereses más sustanciosos y rentables que los que da
la banca normal, se han visto sorprendidos y han caído en las redes de este banco que lamentablemente ha tenido que ser intervenido; pero gracias a la diligente intervención del Banco de España y a las inspecciones que ha detallado el señor
gobernador, han sido atrapados y han caído en las redes de la suspensión de pagos. También quiero decir, para aquellos que no conozcan el procedimiento mercantil que sigue a una suspensión de pagos, que esto no quiere decir que los inversores vayan
a quedar totalmente desamparados.
La suspensión de pagos, admitida por el juzgado competente de Madrid, recientemente, el día 27, dice claramente que los activos de esta entidad financiera superan a las deudas y al pasivo -como se dice fiscalmente-
presentado en los balances que acreditan y han hecho que la autoridad judicial apruebe la suspensión de pagos. Para dar tranquilidad, quiero decir -creo que así lo ha expresado el señor gobernador- que los inversores pueden recuperar 20.000 euros
-3.327.720 pesetas, para entendernos- que están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos. A este respecto, me gustaría que el gobernador nos aclarara la pequeña confusión que se ha producido sobre cuántos inversores han sido afectados,
70, 65. En la prensa cada medio publica un número, que pienso es desorbitado, y convendría aclarar cuántos inversores se han visto afectados por esta suspensión de pagos; si no he entendido mal sus palabras, parece ser que directamente van a ser
afectados solamente 2.000 inversores o ahorradores.
Por otro lado, el Eurobank, a pesar de ser un pequeño banco de escasa entidad financiera, realizaba una operativa financiera compleja, ya que afectaba tanto al dispositivo bancario autonómico,
como al nacional


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e incluso al europeo, con ramificaciones no solamente en el sector banca, sino también en el sector seguro, por cierto legalmente, porque hay que reconocer que estos unit linked o depósitos de inversión y deducción del impuesto sobre la
renta están legalmente aprobados por esta Cámara y están vigentes en la Ley 40/1998 del impuesto sobre la renta.
De la complejidad de esta operación se deduce que ha habido una coordinación y un apoyo de las administraciones autonómica y estatal a
las autoridades que han intervenido en este caso. Me gustaría que el gobernador nos explicara algo a este respecto, porque constituiría un buen aviso para futuros navegantes y para que los gestores financieros supiesen a lo que se atienen, que nos
explicase si ha habido coordinación entre las distintas administraciones implicadas en este doloroso caso.
Digo doloroso, porque realmente los dolientes, los que están sufriendo en sus carnes más que nadie son los ahorradores, los pequeños
ahorradores que de buena fe se acercaron al banco y depositaron su dinero para obtener un rendimiento quizás un marginal algo superior al conseguido en una entidad financiera normal de las que operan actualmente, a través de la opacidad de estas
inversiones, sobre las que ellos lógicamente no han sido debidamente informados, y tampoco conocían la participación de esta compañía luxemburguesa que ha citado el señor gobernador, Excell Life International. Pienso que nunca se les ha llegado a
explicar que parte del capital, creo recordar que el 30 por ciento, estaba invertido en esta compañía de seguros fuera de nuestras fronteras. Para que esta situación no se repitiese en un futuro, me gustaría que el señor gobernador nos aclarase un
poco cuál es el mensaje que se puede trasladar a estas personas, no sólo a las afectadas, sino también a todos los inversores españoles en general.
En la misma línea, hay que recordar que hoy día, con el Tratado de la Unión, estas entidades
financieras traspasan las fronteras y se interrelacionan, porque estamos en una economía de mercado y estamos en la Unión Europea. Hay que recordar que los listillos -entre comillas- como el señor Pascual se han servido de esta flexibilidad y esta
complejidad del mercado para intentar burlar la legislación bancaria con estos productos financieros sofisticados. Esto, lógicamente, ha sorprendido a las personas en principio menos conocedoras de los procedimientos bancarios y de los fondos de
inversión. Reconozco que estamos en un mundo complejo, no solamente para el pequeño inversor sino también para los gestores bancarios, y lógicamente para los inspectores supervisores del Banco de España.
Por último, para no alargar mi
intervención, sabiendo que el gobernador del Banco de España preside en estos momentos el Comité de supervisión bancaria de Basilea, quisiera preguntarle cuál es la visión que sobre este punto tienen -por decirlo coloquialmente- sus colegas
internacionales de otros bancos, y si esa nueva regulación bancaria que, según la prensa, se está estudiando -Basilea 2- va a perseguir y a tratar de frenar estas tendencias a la defraudación que se están produciendo en pequeñas entidades
financieras como Eurobank.



El señor PRESIDENTE: Señor gobernador, puede usted responder a las intervenciones de los portavoces.



El señor GOBERNADOR DEL BANCO DE ESPAÑA (Caruana Lacorte): Ha habido varias intervenciones, y en primer lugar voy a responder al portavoz del Grupo Socialista sobre el tema de la celeridad. Me ha preguntado si se ha actuado tempranamente o
si ha habido pasividad. Este es un tema muy importante y he tratado de hacer una exposición detallada de cómo ha venido actuando el Banco de España desde el principio, no desde 1999 sino desde 1996. Sin embargo he querido hacer una diferenciación
muy clara entre la situación del banco antes de lo que hemos denominado la última etapa y lo que ha sido la última etapa. En esta última etapa el banco cambia el tipo de actuación. Se ha preguntado porque no se interviene en 1999. En 1999 no se
daban las condiciones objetivas para realizar una actuación que la normativa considera excepcional, como es la intervención, sin embargo en esta ocasión sí se han dado. El Banco de España lo ha analizado y ha detectado que la situación estaba
cambiando, que estaba agravándose rápidamente y ha actuado con celeridad y tempranamente, porque hubiese sido mucho peor una actuación posterior.
Los hechos a que nos estamos refiriendo empiezan en diciembre de 2002. En la inspección que hacemos
en febrero nos damos cuenta de los varios factores que he mencionado a lo largo de mi intervención. En primer lugar la insuficiencia de recursos propios. Es verdad que la entidad ha estado a lo largo de su vida con dificultades para mantener
suficiencia de recursos propios, pero cuando realmente abrimos expediente es cuando incumple durante seis meses, que dice la norma, pues a veces se nos dice que tenemos que actuar rápidamente, y la norma dice que antes de abrir expediente -no de
actuar- tenemos que esperar seis meses. De alguna manera el Banco de España está sujeto a los procedimientos y a las normas. Es ahí, cuando se verifica que ha habido seis meses de incumplimiento de recursos propios, cuando se puede abrir el
mencionado expediente. Pero además el Banco de España es el primero que detecta estos productos de inversión creciente, que como he descrito son productos complejos, son productos de seguros (no están en el balance bancario, se contabilizan de otra
manera; no se contabilizan en el libro del banco, sino en otros libros) y es el primero que dice que ahí hay unas condiciones insuficientes en cuanto a la transparencia que se está dando. A continuación, hay una interacción con la entidad para que
cumpla los requerimientos que le ha hecho el Banco y cuando no los cumple es cuando inmediatamente el Banco de España interviene y corta esta operativa. Esto es lo que hemos hecho y esta es la


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última etapa del banco. Por tanto hemos actuado rápidamente desde que se ha llegado al conocimiento del agravamiento de la situación. He querido hacer énfasis en que durante los años anteriores el Banco de España ha venido trabajando y
enviando requerimientos que, de una u otra manera han llevado -como he mencionado- a que se capitalizase más, a que se dotasen más provisiones, y a mantener de alguna manera un elevado nivel de solvencia en el sentido regulatorio, con lo que se han
ido corrigiendo a lo largo del período. Insisto, es verdad que tenía muchas dificultades para mantener ese nivel de solvencia y que tan pronto como llegábamos con una nueva inspección nos dábamos cuenta, por ejemplo, de que no habían sido tenidas
en cuenta provisiones de riesgos crediticios y teníamos que volverlo a solicitar. ¿Son esas condiciones para intervenir un banco? Si los diputados quieren que se intervenga un banco con esas condiciones lo tendrán que decir por ley porque en estos
momentos esas no son suficientes condiciones como para intervenir un banco y si se quiere que así sea pediría que se fuese mucho más explícito. En mi opinión, si fuésemos en esa dirección es muy posible que yo tuviese que venir en muchas más
ocasiones porque el tipo de actuación que ha venido haciendo el Banco de España es una actuación que ha llevado a resolver muchísimas situaciones de bancos que en algún momento han podido pasar por algún momento de dificultad y que luego han podido
continuar perfectamente. A lo mejor con otras actuaciones de carácter muchísimo más radical y muchísimo más anticipatorio, de alguna manera se nos está pidiendo que anticipemos las intenciones, cosa que me parece realmente difícil y podríamos
truncar su futuro. Yo creo que la actuación se ha hecho pronto, se ha hecho cuando han sucedido los hechos (es difícil hacer una actuación con carácter previo a que sucedan los hechos), se ha hecho con rapidez y respetuosamente, siguiendo las
normas de acuerdo con las que tiene que actuar el Banco de España, como no puede ser menos. En ese sentido, sinceramente, creo que no es adecuado hablar de pasividad ni de falta de diligencia.
Ha habido una segunda referencia al tema de la alta
liquidez que fue mencionado en el comunicado del Banco de España. Es verdad que el Banco de España ha requerido en muchas ocasiones que el banco estuviese en una situación de mayor liquidez, y gracias a eso en el momento de la intervención Eurobank
tenía unas ratios de liquidez muy elevadas en relación con lo que es normal para una entidad financiera y eso facilitó el proceso y facilitará, en su caso -si llega-, el proceso de liquidación.
Se ha mencionado el tema de si el Banco de España ha
funcionado autónomamente. Para mí este es un tema tremendamente importante. El Banco de España es autónomo y ese es un valor extraordinario que debe ser defendido y que es un eje de las actuaciones que sigue teniendo la entidad. El Banco de
España ha actuado autónomamente y es autónomo. El objetivo de su actuación ha sido siempre la protección del depositante.
Ese es el objetivo que nos marca la norma: la estabilidad del sistema financiero y a través de esta estabilidad y de las
actuaciones de inspección la defensa del depositante. Todas las actuaciones que hemos realizado han perseguido ese objetivo. El Banco de España ha recibido varias quejas o demandas de información provenientes de los pequeños accionistas, pero en
relación con esto hay que decir varias cosas.
Primero, que a través de sus inspecciones el Banco de España ya tenía información sobre lo que estaba sucediendo en el banco. Segundo, los bancos, aparte de ser bancos, son sociedades anónimas y el
Banco de España no sustituye la legislación mercantil, de forma que la relación mercantil entre accionistas es una relación en la que el Banco de España no está autorizado ni capacitado para intervenir. En ese sentido, nosotros no hemos
intervenido. En lo que sí hemos intervenido, gracias al conocimiento que teníamos de lo que estaba pasando en el banco, es en tratar de poner los remedios a las situaciones que se estaban dando durante estos años.
Se ha hablado del Fondo de
Garantía y de los fondos públicos. El Fondo de Garantía es un fondo público pero es suministrado por el propio sector bancario, es decir que no estamos hablando de fondos que vengan del presupuesto sino que son fondos del propio sector bancario.
Por otra parte, el Fondo de Garantía pasa, junto con los depositantes que tienen depósitos por encima de 20.000 euros, a ser un acreedor dentro del balance y quedará a resultas de la situación de liquidación o concursal que se produzca. Quizás
después me detendré un poco en analizar este elemento.
Se me ha preguntado si falta algo en la ley. He tratado de contestar que la ley es una ley como debe ser: garantista de los derechos, que requiere ciertos plazos, que requiere que los hechos
sean verificados, que no estemos hablando de indicios, que precisa que los indicios puedan ser verificados por el Banco de España, lo que requiere que la inspección trabaje, que levante sus actas y que levante toda una serie de elementos con los que
tomar unas decisiones sobre la base de esos elementos que han sido comprobados y contrastados. Varios portavoces me han preguntado acerca de la colaboración con otros supervisores y me gustaría dedicarle un cierto tiempo a esta contestación.
Efectivamente, este es un caso en el que había diversas legislaciones, diversas jurisdicciones y no todas ellas pertenecían a España. Teníamos al supervisor bancario luxemburgués, al supervisor luxemburgués de seguros, a la Generalitad de Cataluña,
al Banco de España, y de manera menos directa a la Dirección General de Seguros. Todos los supervisores hemos estado cada uno dentro de su mandato, cumpliendo nuestras obligaciones, cometidos y funciones. También hay un deber de intercambio de
información y de colaboración. En mi opinión, desde ese punto de vista, este era un caso difícil


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puesto que -insisto- parte de los fondos se dirigían a Luxemburgo, y creo que la coordinación -lo he dicho al principio- ha funcionado correctamente. Creo que se han intercambiado las informaciones necesarias y pertinentes dentro de
nuestras diversas competencias -cada uno tenemos las nuestras-, y en ese sentido el Banco de España considera que el funcionamiento de esta coordinación ha sido adecuado, y por tanto estos elementos de coordinación no han impedido que se haya
proporcionado la respuesta adecuada en el momento adecuado.
Se me ha preguntado por la situación de los depositantes y de la confianza que puedan tener en el sistema financiero español. He tratado de responder a ambas preguntas a lo largo de mi
intervención, en primer lugar diciendo que el sistema financiero es un sistema solvente que tiene los mismos sistemas de garantías que tienen todos los sistemas desarrollados, es decir que tiene una buena supervisión. En mi opinión es una
supervisión al mejor nivel internacional, tanto por la regulación como por la práctica de la supervisión del Banco de España, y eso ha contribuido a la solvencia del sistema español. Pero también considero que es muy difícil que en todos los casos
se pueda evitar que una práctica demasiado arriesgada, equivocada o irregular por parte de alguna entidad de crédito lleve a la suspensión de la actividad bancaria de esa entidad. En algunas ocasiones algunos supervisores declaran explícitamente
que no es que sea difícil, es que no es su objetivo. No es su objetivo evitar que en todos los casos los bancos no lleguen a cerrarse, porque también es necesario que de vez en cuando, y por supuesto no de forma traumática, el mercado elimine
aquellos bancos que tienen unas situaciones arriesgadas excesivas. Nosotros decimos que es difícil, que nosotros hacemos nuestro trabajo y creo que lo hacemos al mejor nivel, pero que es imposible llegar a evitar que en alguna ocasión se puedan
producir este tipo de circunstancias. Se ha dicho que eso ocurre por un excesivo liberalismo o apoyo en el mercado. Me gustaría recordar que en este país hubo un momento en el que había una intervención total en los bancos y se produjo la crisis
bancaria en la que cayeron más de 50 bancos. Esa fue la situación en la que la intervención del Estado y de la Administración en el sistema bancario era la máxima. En aquel momento el banquero tenía que cumplir una serie de leyes que hacían muy
difícil el ejercicio bancario; sin embargo eso no evitó la crisis. Creo que hay ya mecanismos y normas que minimizan de manera clara el que pueda suceder este tipo de situaciones y que nuestro sistema financiero está al mejor nivel internacional,
tiene las mismas características que los mejores que hay a nivel internacional. Eso es lo que trata de hacer el Banco de España y creo sinceramente que lo hemos conseguido y estamos en el primer nivel.
Me han preguntado sobre la relación entre
Eurobank y el Banco de España.
Como he podido describir a lo largo de mi intervención, ha sido una relación difícil, oscura, complicada y marcada por un conjunto de intervenciones y de requerimientos que han sido remitidos a lo largo de todos estos
años, y que al final desafortunadamente no ha podido ser de otra manera y se ha tenido que intervenir.
Se me ha preguntado por los activos, por los pasivos y hasta qué punto se puede garantizar y dar un mensaje a los depositantes. La situación -he
tratado de describirla en mi intervención- es que en el momento de la suspensión había un neto patrimonial positivo. Dicho de otra manera, los activos cubren los pasivos, y he puesto el condicionante de que todo ello depende de que no aparezca
ningún activo o pasivo contingente adicional.
Si eso no se produjese, si no apareciese ningún activo o pasivo, contingencias que no están registradas ahora contablemente en el balance del banco, que no han sido registradas en dicho por sus
administradores, el neto patrimonial podría ser suficiente para absorber las posibles pérdidas que pueda haber en la realización de los activos a la hora de hacer la liquidación. En ese caso, en el proceso de liquidación el activo debería ser
suficiente no solamente para que cobraran aquellos que están garantizados por el fondo de garantía por estos 20.000 euros, sino el resto, incluido el Fondo de Garantía de Depósitos, que recuperaría lo que ha adelantado. Insisto que la total
satisfacción depende de que no aparezcan pasivos o contingencias que ahora no están registradas contablemente. Eso es lo que se puede decir respecto a la situación patrimonial del banco.
También se me ha preguntado, como otra solución alternativa,
en qué medida puede haber una operación de compra de la institución por parte de otra entidad. En estos momentos, en el Banco de España no hay ninguna solicitud formal de adquisición o de participación en esta ampliación de capital de Eurobank del
Mediterráneo. Ha habido alguna consulta, pero ninguna solicitud formal. Indudablemente, tan pronto como exista esa solicitud formal, si es que existe, tendría que ser analizada a la luz de la legislación vigente para ver si constituyen accionistas
idóneos, etcétera, pero insisto en que en estos momentos no la hay.
Entre las ideas que he podido percibir para que no se den este tipo de situaciones o que ocurran lo menos posible -y me parece que efectivamente es una de las direcciones- se ha
mencionado la transparencia. La transparencia es absolutamente necesaria por parte de las instituciones y también, como se ha puesto de manifiesto en este caso, en los productos que se están comercializando. Insisto que ha sido uno de los
requerimientos por parte del Banco de España en relación con los productos de inversión creciente y a la entidad se le solicitó un completo ejercicio de transparencia hacia los suscriptores de dicho tipo de productos. El otro elemento que creo es
vital y que se ha puesto de manifiesto en esta situación ha sido el de la coordinación entre supervisores, pero ya he hecho referencia a ella valorándola positivamente.



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También se ha mencionado hasta qué punto se puede hacer algo con la publicidad de rentabilidades altas. En estos momentos esa publicidad es libre, las rentabilidades no están reguladas; por tanto no es un tema de publicidad, sino de hasta
qué punto un banco puede ofrecer rentabilidades altas. Un banco puede ofrecer las rentabilidades que considere conforme a su cuenta de resultados. Precisamente el Banco de España ha actuado pidiéndole al banco que sea consecuente con esa política
de activos caros, activos que pueden ser mucho más irregulares, y que en función de eso gestione sus activos y sus pasivos. Eso es lo que el Banco de España le ha reiterado en algunas ocasiones pero, insisto, el Banco de España no gestiona las
entidades, las entidades son gestionadas por sus propios administradores y ellos son los responsables de sus actuaciones. Si deciden seguir una política de mayor riesgo, al final se puede llegar a este tipo de situaciones y el Banco de España, en
este caso, las ha cortado a la mayor brevedad posible, pero obviamente después de que se hubiera iniciado la situación.
Se me ha preguntado sobre confusión en cuanto a inversores y número de afectados. En realidad, como ya he mencionado, si
eliminamos los que van a recibir los 20.000 euros por parte de Eurobank, el número de depositantes afectados es ligeramente inferior a 2.000. Las cifras de clientes que han aparecido por parte de la entidad en muchos casos se referían a cifras de
activo, es decir aquellos que han recibido créditos y que obviamente no se ven perjudicados por esta situación.
También se me ha preguntado hasta qué punto las nuevas normas que se están haciendo a nivel internacional por parte de Basilea pueden
contribuir a que estos hechos sean menos probables. No voy a explicarlo mucho, pero sí diré que las normas están basadas en tres principios que a mí me parece que son relevantes. El primero es el de suficiencia de capital en función de los riesgos
(creo que esto es muy relevante en el caso de Eurobank), el segundo es tratar de incentivar la buena gestión de riesgos (en ello hay un papel importante de las autoridades supervisoras) y, finalmente, el tercer principio es la transparencia, que ya
lo he mencionado y creo que ha sido otra de las lecciones que se puede extraer del caso Eurobank: la importancia de la transparencia a nivel de entidad y de productos.
Se me han hecho preguntas muy concretas respecto a los elementos de
coordinación entre supervisores. Obviamente, yo no puedo decir ahora cuáles son todos los escritos que han sido intercambiados, pero sí querría decir que la valoración ha sido positiva. Tampoco voy a valorar las actuaciones que han podido hacer
los otros supervisores. Lo que yo valoro es nuestra actuación y que la relación, en la medida que era necesaria para nuestras respectivas actuaciones, ha funcionado correctamente.
He tratado de resumir, no sé si me he dejado alguna pregunta en el
tintero, pero si ha sido así estaré encantado de contestarla en el segundo turno de preguntas.
Muchas gracias.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Caruana.
Señor Cuevas, tiene la palabra.



El señor CUEVAS DELGADO: Señor Caruana, si no fuera porque estamos una vez más en presencia de un caso que afecta a personas que han confiado en una entidad financiera porque estaba supervisada por el Banco de España y han puesto su dinero
(en la mayoría de los casos pequeños ahorradores que iban a destinarlo a comprar una vivienda o a otras necesidades), si no fuera por eso, yo diría que su intervención aquí hoy es un poco patética, señor Caruana, un poco triste. ¿No ha dicho usted
que su función es dar estabilidad al sistema financiero y confianza? ¿Qué confianza está usted dando hoy al sistema financiero, si viene aquí como un probo funcionario para decir justamente lo contrario de lo que es? Dice usted: Lo que sí quiero
que quede claro es la absoluta autonomía del Banco de España y del Gobierno. Justamente, señor Caruana, lo que aquí se demuestra es que eso es totalmente falso. Lo que se demuestra es la dependencia no sólo del Banco de España (organismo con mucho
prestigio y con muchos funcionarios que estaban orgullosos de cómo funcionaba), que lo ha puesto no bajo un gobierno, sino de los intereses de un partido político. Usted personalmente viene aquí y no tiene la entereza, como máxima representación
del Banco de España, para decir otras cosas. Porque, fíjese, señor Caruana, lo sencillo que es. Dice usted: No hay elementos que lo indicaran. No podemos intervenir por sospechas. Pero si son los propios servicios del Banco de España en el año
1999, y antes el auditor que manda al Banco de España el resultado de su trabajo, los que le dicen exactamente que esa operativa, que había descrito anteriormente, hace inviable el futuro del banco y que éste carece de recursos propios suficientes y
de negocio bancario adicional para permitirle tener una viabilidad económica a medio y largo plazo. No hacía falta. No estamos aquí en una discusión académica. No quiero leerle otra vez el artículo que le permite hacer lo que usted dice que no
puede hacer. ¿Por qué no ha intervenido el banco, como se hizo con Banesto? ¿Por qué no se hacen cargo de esta entidad? ¿Por qué no dan confianza al sistema? ¿Por qué idean esa especie de fontanería para que, al final, sea una suspensión, el
presidente está suspendido, pero no, el resto del consejo sigue? Es una cosa que está clarísima, señor Caruana. Se ve que usted no puede explicar que durante cuatro años o más en esta entidad se estaban sucediendo las cuestiones que aparecen en el
informe de auditoría, en el informe que usted tendría que haber leído. Pero es que, además, hubo comunicaciones como esta -no es solamente una, esta es una de ellas- en


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las que dicen: Señores del Banco de España, como accionista me han informado de que una entidad que se llama equis compra un inmueble y se lo vende a otra entidad, y esta entidad, a su vez, se la vende al banco y en la junta le dan la
información de que el banco compra un inmueble, y este señor les dice que estas dos entidades son propiedad, tienen intereses, son de las mismas empresas del grupo de accionistas mayoritarios. Le están diciendo que el banco ha pagado cien millones
más en una operación no le digo de ingeniería porque es muy burdo, de fontanería. Se lo están diciendo. Le están diciendo que están detrayendo dinero del propio banco, el mismo que usted dice que no tiene ahora para pagar a los depositantes de ese
banco. Viene usted aquí y se pone en plan funcionario a decirnos que esto se va a arreglar. Esto la única forma de arreglarlo es que ustedes den la cara y que no se escuden y protejan más al Gobierno y al partido que lo sustenta. (El señor
Martínez-Pujalte López, pronuncia palabras que no se perciben) De paso al señor Pujalte que también lo protege.
En sus relaciones con el Gobierno de la Generalitat se demuestra claramente la connivencia porque las acciones de Gobierno se llevan tan
bien y el Banco de España colabora para que no vaya a haber un problema, en el que en este caso la Generalitat tampoco cumple con su función. Por ese puesto ha pasado el señor Mas, que fue el antecesor al señor Homs, pero luego hay otros nombres
que aparecen en la política financiera catalana. En vez de cumplir con su función, que es lo que usted orgullosamente dice que quiere hacer, resulta que no lo hace y se convierte aquí en una especie de negociador a ver cómo podemos arreglar esto y
al final el resultado es: ¿cuánto tiempo va a tardar en recuperar su dinero la gente que lo tiene colocado, a lo mejor a tres meses, en Eurobank? Sobre esto es sobre lo que usted tiene que dar explicaciones.
Esto era muy sencillo si usted hubiera
intervenido el banco, hubiera asegurado a su clientela que no había ningún problema, lo hubiera reflotado como se ha hecho en otras ocasiones y no hubiera pasado absolutamente nada. Pero este es un problema distinto. Es un problema relacionado con
sus socios de Gobierno, no los suyos, los del partido que sustenta al Gobierno, en Cataluña y también está relacionado con una mutua en Luxemburgo. Ya vamos otra vez a la misma historia anterior. Al final, siempre acabamos en un paraíso fiscal.
Le recuerdo, señor Caruana, que todavía no ha informado a la FSA inglesa del asunto Gescartera.
Quiero que lo haga, porque se lo hemos pedido por carta, de una vez.
Para nosotros, señor Caruana su intervención y su responsabilidad aquí es clara y
notoria. En condiciones normales usted tenía que asumir su responsabilidad y dejar el puesto a otro que lo hiciera mejor, porque en cinco años no han sido capaces de hacer esto. ¿Sabe por qué no lo hace? Esa es la prueba. La prueba de que usted
no es autónomo. No lo hace porque a usted le han puesto ahí para esto, para que el Banco de España no sea un organismo autónomo y podamos entrar con el Banco de España en múltiples negociaciones que no tienen nada que ver con esto, como hemos
comprobado en la ley financiera, con las cajas de ahorro, etcétera. Por cierto, señor Caruana, en sus múltiples informes que tiene que haber leído, ¿ha encontrado usted alguna vinculación o tiene algo que ver lo que aquí estamos tratando con el
asunto Bankpyme? ¿Hay alguna relación? Se lo pregunto y si quiere me lo contesta.
En definitiva, señor Caruana, nosotros vamos a seguir haciendo iniciativas para que el Gobierno asuma su responsabilidad, en este caso el haberlo nombrado a usted
como Gobernador del Banco de España. (El señor Martínez-Pujalte López: No lo ha nombrado el Gobierno) Le pido al señor presidente, por favor, que no interrumpa más el señor Pujalte y respete la democracia de este Parlamento. Es muy sencillo. No
creo que haya que ponerle una etiqueta de demócrata, que lo respete simplemente.
Señor Caruana, no será la última vez que usted tenga que comparecer sobre este tema en esta Cámara. Creo que lo que hoy usted nos ha relatado va a dar para mucho más.
Tan sólo le reitero que me envíe la documentación que le he pedido. Al hilo de esta comparecencia seguiremos pidiéndole documentación. Y, por favor, entre esa documentación que le he pedido, hoy le he hecho una pregunta verbalmente que tiene su
importancia, y no la despache frívolamente. No diga que el Banco de España ya ha tenido sus contactos y que lo ha hecho correctamente. Esa es su opinión. Yo lo que le he pedido son las fechas y las comunicaciones exactas que han mantenido con el
Gobierno de la Generalitat. Se lo pido en esta Comisión, y si hay que pedírselo por el artículo 7 lo haremos. Quiero que lo envíe y lamento que no lo tenga claro, cuando se suponía que usted venía aquí a defender su gestión y entre ella estaba eso
de que la coordinación había funcionado correctamente. Denles, no solamente usted, que ya sé que no la ha dado porque tenía que haber hecho otra cosa, una esperanza y una solución a los afectados por este caso. Nosotros la vamos a proponer.

Espero que cuando la hagamos y tenga ocasión de votarla el grupo que sustenta al Gobierno lo haga. Por lo demás, no voy a contestar a las descalificaciones y comentarios que por parte de otros grupos se han hecho en esta comparecencia. Yo no
comparezco aquí es el señor Caruana.
Siguen interpelando a alguien que lo que pide es una comparecencia y simplemente digo que los afectados merecen mayor respeto que el que ha demostrado el representante del Grupo Popular.



El señor PRESIDENTE: Por Convergència i Unió, tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: En primer lugar, quiero agradecer las contestaciones que nos ha dado el


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gobernador del Banco de España ante las preguntas que le hemos formulado.
Respecto a la primera y principal, que era la preocupación por parte de Convergència i Unió de solucionar este tema mediante los medios e instrumentos que tienen las
entidades supervisoras y, sobre todo, el Banco de España, deduzco de su intervención, a la vista de los datos que obran en su poder, que hoy podemos asegurar que los impositores podrán cobrar el cien por cien de sus recursos. Esto si no surgen
contingencias, pero hasta la fecha, sobre la base del análisis patrimonial de la situación de Eurobank, pienso que esta es una buena noticia, que también ha sido interesante escuchar en esta Comisión. Si no fuera suficiente a través del análisis o
del desarrollo de esa situación patrimonial, nosotros desde Convergència i Unió insistimos en que hay que poner todos los instrumentos a su alcance para que finalmente estos impositores puedan cobrar el cien por cien de los recursos que confiaron a
Eurobank.
Hay otra segunda cuestión fundamental sobre la que no he preguntado, pero sí lo han hecho otros interpelantes, yo diría que desde una perspectiva electoral injustificada, porque ha habido otro representante, al que luego me referiré, que
ha practicado el filibusterismo político, que es decir una cosa en Cataluña y aquí practicar otra. Lamento también estas afirmaciones, pero usted ha dado una respuesta que al menos a mí me satisface como representante de un grupo nacionalista y
también como representante del Gobierno de la Generalitat de Cataluña, sustentado por la formación que representamos aquí, Convergència i Unió. Usted ha dicho que el funcionamiento en la coordinación entre el Banco de España y la Generalitat de
Cataluña ha sido perfecto, que no hay ninguna queja al respecto. Pienso que esto es muy importante y por eso espero que estén igualmente satisfechos los representantes de Esquerra de Cataluña, que se atreven aquí a criticar al Gobierno de la
Generalitat, cuando el que comparece aquí no es el señor Homs, es el señor gobernador del Banco de España. ¿Cómo es posible que se pueda practicar el filibusterismo político de esta forma? No lo entiendo sinceramente, señor Puigcercós, será que
las encuestas les son muy favorables y ya se ven ganadores.
Probablemente, si sucediera esto igual les transferían las competencias otra vez al Banco de España, porque parece ser que no les interesa que en Cataluña la Generalitat pueda ejercer unas
competencias que, a la vista de lo sucedido, las ha ejercido correctamente. En su momento también el conseller de la Generalitat dará sus explicaciones para que todo el mundo sepa que su intervención y la actuación de la Generalitat ha ido
orientada a preservar y a garantizar los derechos de los clientes de las mutualidades. Pero, repito, nos ha satisfecho la contestación respecto al funcionamiento en cuanto a la coordinación con las diferentes entidades supervisoras. Y lamentamos
también que el señor Puigcercós haya interpelado al consejero Francesc Homs cuando aquí no está presente y no le puede contestar. No lo voy a hacer yo, yo le he contestado en líneas generales, pero entendemos que esta no es una actuación adecuada,
no es una actuación objetiva, ni es una interpelación justa, partiendo, como parte, de una formación independentista.
Respecto a las medidas futuras, en nuestra intervención hemos formulado una pregunta. El Banco de España, en teoría y sobre la
base de su explicación, ha actuado correctamente de cara a preservar los intereses de los depósitos que confiaron en Eurobank, pero la triste realidad -y así lo he manifestado en mi intervención- es que hoy Eurobank está en una situación de
suspensión de pagos y que los depositantes están ante una grave amenaza de no poder cobrar; grave amenaza que, a través de sus planteamientos, podemos decir-por lo que conocemos hoy- es previsible que puedan cobrar el cien por cien. Nosotros hemos
añadido qué es lo que tendríamos que incorporar a la actual legislación para que no ocurra lo que nos ha ocurrido en estas circunstancias, para que no vuelva a pasar lo que ha pasado con Eurobank, que habiendo, en teoría, funcionado correctamente
las entidades supervisoras, haya pasado lo que ha pasado y que hoy la gente afectada no pueda entender sus manifestaciones ni sus exposiciones.
De su intervención puedo llegar a la conclusión de que serían necesarias algunas de las cuestiones que
hemos planteado de cara a la futura legislación que se tendría que implementar. Algunas de las formulaciones de nuestro grupo (ahora que tengo a mi lado al diputado Jané tengo que decir que fue uno de los ponentes y el portavoz de Gescartera) las
planteó que el señor Jané en la comisión de Gescartera y usted parece que las ha recogido en sus respuestas, como sería la posibilidad de implementar la legislación que mejorara la transparencia e información de las entidades financieras con los
clientes. Esto probablemente ayudaría a que el cliente que invierte en una entidad financiera que no cotiza en bolsa pueda saber exactamente qué producto y qué actividades tiene dicha entidad financiera y, en definitiva, quizá sería interesante -y
así lo va a hacer el Grupo de Convergència i Unió- implementar un plus de información adicional para todas aquellas sociedades que no actúen en bolsa y sean entidades financieras abiertas al público en general.



El señor PRESIDENTE: Señor Frutos.



El señor FRUTOS GRAS: Muy brevemente, señor presidente.
No iba a intervenir, lo que pasa es que el señor Sánchez i Llibre me anima, porque finalmente le dice a usted, señor Caruana, que no haga nada, que no cambie nada, que todo va bien,
que todo ha salido perfecto y que no ha pasado nada, cosas secundarias.
Finalmente, parece que la impresión que hay que sacar de aquí es que los grupos parlamentarios del Partido Popular y de Convergència i Unió se pusieran


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de acuerdo y propusieran las reformas legislativas que el señor Caruana ha planteado que hagan los diputados porque el Banco de España actúa al margen de sus posibilidades. Pónganse de acuerdo y hágannos una propuesta relacionada con todo
lo que sucedió con Gescartera y con las propuestas que se hicieron en la comisión de Gescartera y vamos a discutir. En todo caso, en este momento concreto me reitero en las afirmaciones que he hecho antes con relación a todo el proceso que ha
seguido el caso de Eurobank.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Puigcercós.



El señor PUIGCERCÓS I BOIXASSA: Señor presidente, señoras diputadas, señores diputados, señor Caruana, no voy a entrar aquí en una dinámica de lo que ha afirmado el señor Sánchez i Llibre, pero lo que es evidente es que la pregunta que le
hacíamos desde Esquerra Republicana de Cataluña es la cronología. Ya sé que usted aquí me podrá aducir que no puede disponer de toda la cronología de las comunicaciones del Banco de España con el Gobierno catalán, que es a lo que nos referimos
aquí, concretamente al departamento de Economía y Finanzas, dirigido por el señor Francesc Homs.
Lo digo porque parece que es insultante decir el nombre, lo digo otra vez, Francesc Homs. Lo que pedimos es la cronología porque sí que es importante,
es la función y aquí hay que pedir esto, si el señor Homs se está escabullendo, retardando las comparecencias, y dar la información, porque todos sabemos que en Cataluña en estos momentos hay una situación peculiar, normal democráticamente, como es
que estamos a las puertas de la disolución del Parlamento y lo que está haciendo el señor Homs es intentar, repito, escabullirse. Creemos desde Esquerra Republicana que las competencias, cuando las tiene en este caso el Gobierno catalán, son para
ejercerlas, son para llevarlas a la práctica, son para ser diligentes y el Gobierno catalán en este caso tenemos la sensación de que no está haciendo precisamente esto.
Ni mucho menos se puede llegar a la conclusión, por las palabras que he
pronunciado, que nosotros quisiéramos que el Gobierno español, el Ministerio de Economía o el Banco de España reasumieran las competencias.
Esto lo debe pensar el Partido Popular, es decir, el socio de Convergència i Unió. Pero en este caso lo que
dice Esquerra Republicana es que las competencias son para ejercerlas y lo que es relevante en este caso es la cronología de cuándo el Gobierno catalán tiene noticia de irregularidades en Eurobank, porque aquí es donde Esquerra Republicana de
Cataluña va a pasar cuentas en Cataluña al consejero de Economía de la Generalitat catalana, en este caso el señor Francesc Homs, porque, repito, tenemos la sensación de que no ha sido lo diligente que tenía que haber sido con la información que le
llegaba desde el Banco de España.
Usted nos dice, señor Caruana, que la coordinación ha sido correcta. Si ha sido correcta la conclusión que tomaremos desde Esquerra Republicana de Cataluña será otra. Creemos que alguien ha sido lento, no ha sido
lo suficientemente diligente en Cataluña. Pero este es, repito, un tema que debatiremos en Cataluña. ¿Pero me podría usted decir cuál fue la fecha -y es posible que pueda decírnoslo- de la primera comunicación que ustedes dieron al Gobierno
catalán y al departamento de Economía de la Generalitat sobre las irregularidades de Eurobank? ¿Cuál es la fecha de la primera comunicación oficial que ustedes les dieron?


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Blancas.



El señor BLANCAS LLAMAS: Señor presidente, muy brevemente quiero agradecer al señor Caruana sus explicaciones y las respuestas a las preguntas formuladas por este portavoz. Al señor Cuevas le quiero hacer un inciso apunte. Le reiteraría
que se leyese la Ley 13/1994 donde se explicita muy claramente la autonomía del Banco de España, concretamente el artículo 24, donde se dice taxativamente que el gobernador del Banco de España será nombrado por el Rey, a propuesta del presidente del
Gobierno.
También le diría que se leyese un poco más la mecánica del pluralismo participativo de los grupos políticos en el nombramiento. Él sabrá, no es ignorante porque lleva muchos años en esta Cámara, la participación de los grupos y la
incidencia en el nombramiento del personal, en este caso cualificado, por supuesto, a propuesta del gobernador del Banco de España, llámese subgobernador y otros miembros consejeros de la comisión ejecutiva que componen el órgano máximo del Banco de
España, donde participan personas afines, cualificadas y propuestas por su grupo político.



El señor PRESIDENTE: Señor gobernador, puede cerrar el turno de intervenciones si lo desea.



El señor GOBERNADOR DEL BANCO DE ESPAÑA (Caruana Lacorte): En primer lugar, quiero repetir el mensaje de autonomía que he dicho en mi intervención anterior. En segundo lugar, respecto de los comentarios, se ha dicho, de nuevo, que por qué
no se ha intervenido en una ocasión anterior y el argumento que se ha utilizado ha sido el de la viabilidad o no viabilidad del banco y el hecho de que había una auditoría que ya reflejaba las dificultades en la viabilidad. Hay que ser conscientes,
primero, de que el Banco de España puede tener su opinión sobre la viabilidad o inviabilidad de un proyecto bancario, pero eso no son las condiciones objetivas que llevan a una intervención. Si se quisiese que esas fuesen condiciones objetivas,
tendría que ponerse de una manera más explícita en la ley. Eso no está hoy en la ley, no se puede intervenir un banco porque el Banco de España piense que es


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inviable, no se puede hacer por eso, ni siquiera porque el auditor piense que es inviable. Hay unas condiciones que tienen que cumplirse, más objetivas, y por eso en aquellos momentos no se intervino el banco porque no se daban las
condiciones y se ha intervenido tan pronto como el Banco de España ha considerado que se daban esas condiciones y creo que se ha hecho con celeridad. Quería repetir ese mensaje. No ha habido negociaciones. Nosotros hemos ido actuando.
Me han
formulado una pregunta que no acabo de entender relativa a la vinculación con Bankpyme. Bankpyme es otra entidad bancaria que yo no conozco vinculación con Eurobank y no creo que tenga nada que ver con los hechos que hemos venido relatando.
Por
supuesto, el Banco de España estará siempre dispuesto a dar toda la documentación. Sí rogaría que la petición de documentación o información adicional se haga en la forma prevista por las normas. El Banco de España estará siempre a disposición de
dar esa información.
Siento no recordar cuál es la primera fecha. No lo sé. La continuidad de las relaciones entre los supervisores hace que yo no conozca cuál es la primera fecha. Estamos hablando de supervisores que tienen una relación normal.
No sé cuál es la primera fecha. No tiene por qué ser un escrito realizado por el gobernador. Son escritos entre los directores de supervisión de las entidades y, sinceramente, no sé cuál es la primera fecha.
Para terminar, solo haré un par de
comentarios adicionales. En relación a la situación y al análisis patrimonial, hay unos ciertos elementos de precaución que he introducido al matizar cuál es la situación patrimonial del banco. Respecto a las medidas futuras y la posible
incorporación de medidas adicionales a la legislación, en ese sentido hay que hacer un análisis pausado, no al calor de una situación de crisis, sino sobre cuáles son las necesidades y sin lugar a dudas la transparencia y la coordinación son
elementos en los que conviene seguir avanzando y así se está haciendo también a nivel internacional.
Creo haber contestado a las preguntas que se me han hecho en este segundo turno. (El señor Cuevas Delgado pide la palabra.)


El señor PRESIDENTE: Señor Cuevas, por favor, los turnos han acabado.



El señor CUEVAS DELGADO: No es un turno, solicito medio minuto por la alusión de la que he sido objeto por el portavoz del Grupo Popular, muy directamente y, además, falsa.



El señor PRESIDENTE: En ese momento no estaba.



El señor CUEVAS DELGADO: Sí, claro que estaba, si ha sido ahora mismo. Ha dicho el señor portavoz que el Grupo Socialista tuvo que ver en el nombramiento del señor Caruana y ha dado a entender que incluso otros miembros del Banco de España
de nuestro grupo o de nuestra ascendencia están allí. Eso es rotundamente falso. El señor Rato se encargó de decir públicamente que eso no era así. Eso es exclusividad absoluta y completa del Partido Popular.



El señor PRESIDENTE: Yo no he escuchado lo que usted acaba de relatar, pero está aquí el señor Blancas que puede responder.



El señor BLANCAS LLAMAS: Sin entrar en polémica, quiero manifestar al señor Cuevas, veterano en estas Cortes Generales, su ignorancia legal en el procedimiento, y me lo ha demostrado, cuando realmente no sabe cómo se nombra el gobernador
del Banco de España. La alusión que le he hecho es para especificarle que él conoce perfectamente la pluralidad y la participación en esta Cámara de los partidos políticos en el nombramiento de los altos cargos. Si se quiere hacer el ignorante,
ese es su problema.
Yo creo que claramente he hablado y claramente me expresaré siempre.



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor gobernador.
Continuaremos con el orden del día cuando despidamos al señor compareciente. (Pausa.)


-RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR EL PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN Y ADAPTACIÓN A LA NORMATIVA COMUNITARIA DE LA LEGISLACIÓN DE SEGUROS PRIVADOS. (Número de expediente 121/000159)


-APROBACIÓN, CON COMPETENCIA LEGISLATIVA PLENA, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA, DEL PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN Y ADAPTACIÓN A LA NORMATIVA COMUNITARIA DE LA LEGISLACIÓN DE SEGUROS PRIVADOS. (Número de expediente
121/000159)


El señor PRESIDENTE: Continuamos la sesión atendiendo la petición hecha por el Grupo Parlamentario Socialista, de tal modo que una vez evacuadas las correspondientes consultas pasamos el punto 6.º del orden del día al 4.º y viceversa.
En
primer lugar, ¿se ratifica la ponencia designada para informar del proyecto de ley de modificación y adaptación a la normativa comunitaria de la legislación de seguros privados? (Asentimiento.) Se ratifica por asentimiento.
Pasamos a la emisión
del dictamen a la vista del informe elaborado por la ponencia sobre dicho proyecto de ley.
En primer lugar, y para la defensa de las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra su


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portavoz, señor Sánchez Garrido. (Pausa.) Tiene la palabra el portavoz de Izquierda Unida, señor Frutos.



El señor FRUTOS GRAS: Muy brevemente, señor presidente.
Nosotros mantenemos 105 enmiendas al conjunto del proyecto, que van en el siguiente sentido. En primer lugar, aclarar y mejorar las relaciones tributarias entre las distintas
administraciones públicas y en especial entre el Estado, las comunidades autónomas y los entes locales.



El señor PRESIDENTE: Perdón, señor Frutos, acabamos de decir que se han hecho unas consultas a los portavoces para cambiar el orden del día.



El señor FRUTOS GRAS: No lo he oído, señor presidente.
En esta ley doy por defendidas todas las enmiendas. (Pausa.)


El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Sánchez Garrido, para defender las enmiendas que presenta el Grupo Parlamentario Socialista a la ley de seguros privados.



El señor SÁNCHEZ GARRIDO: Señor presidente, quiero agradecer en primer lugar a la Mesa y a todos los portavoces que hayan hecho posible el cambio en el orden del día para atender otras cuestiones que para mí son realmente importantes. Mi
agradecimiento a todos.
Esta comparecencia con motivo de la defensa de las enmiendas parciales viene de la adaptación de la Ley 30/1995 a una serie de directivas comunitarias, las números 17, 13 y 83 de los años 2001, 2002 y 2003. Son relativas al
saneamiento de la liquidación de las compañías de seguros, a los requisitos de los márgenes de solvencia de las empresas de seguros distintas a los de los seguros de vida y a las del seguro de vida en concreto. Como consecuencia hemos planteado una
serie de enmiendas, cinco en total, que se refieren en parte a estos temas y otras son debidas a las variaciones que introdujo, como consecuencia de la directiva comunitaria, el Grupo Popular, lo que ha provocado que nosotros también presentemos
algunas enmiendas. Me refiero concretamente a la Ley de tráfico y seguridad vial y a otras con ella relacionadas. Me referiré brevemente a cada una de ellas con el fin de defender la posición del Grupo Parlamentario Socialista.
En primer lugar,
la enmienda número 29 al artículo primero, cuatro, es de modificación; propone una redacción nueva que me apresuro a decir que ha sido transada con las números 7 del Grupo de Coalición Canaria y 36 del Grupo Catalán (Convergència i Unió), con las
que lógicamente estamos de acuerdo. Viene a decir que los créditos de los asegurados, beneficiarios y terceros perjudicados a que se refiere la Ley de contratos de seguros gozarán de una prioridad absoluta sobre todos los demás créditos contra la
entidad aseguradora. Todo ello sin perjuicio de lo que establece el artículo 91 y la disposición adicional segunda de la Ley Concursal, con el fin de que estos créditos nunca podrán estar por encima de aquellos que tengan la consideración de
privilegio especial; pero sí tendrán una consideración que la ley les concede, que en este caso actuará como supletoria de la que antes he mencionado. Hemos llegado a un acuerdo, se planteará una transaccional que desde ahora digo que aceptamos;
por tanto, expresamos nuestra satisfacción.
A continuación hemos presentado una enmienda de modificación al artículo tercero, uno, que hace referencia a un nuevo párrafo dentro del artículo 3 de la Ley de responsabilidad civil y seguro en la
circulación de vehículos de motor, que va referido al conductor que es sorprendido cuando no lleva el seguro. En un principio nosotros nos opusimos en la enmienda a la totalidad a que el señor que va conduciendo y no tenga seguro tuviera un premio
de un 30 por ciento de reducción si pagaba en el acto. Hemos introducido una modificación en el sentido de que, si este señor no portaba en esos momentos el seguro pero demuestra que lo tiene, no tenemos ningún inconveniente en que la cuantía de la
multa se reduzca en un 30 por ciento por pronto pago. Es una forma bastante honrada de decirle a quien pueda demostrar que tiene seguro que no tenemos ningún inconveniente en que pueda tener esa reducción del 30 por ciento, siempre y cuando
acredite la vigencia del seguro.
La tercera enmienda hace referencia a la tabla sexta; la dejaré para el final porque es la más extensa, refiriéndome a continuación a la enmienda número 33, donde se propone la adición de una nueva disposición
adicional. Trata sobre los seguros de ciclomotores y motocicletas.
Pretendemos con esta enmienda que en un plazo corto el Gobierno presente a partir de la entrada en vigor de la presente ley las medidas necesarias para que los adquirentes de
ciclomotores y motocicletas puedan suscribir con las entidades aseguradoras los seguros obligatorios a precios asequibles y razonables, sobre todo estableciendo la obligatoriedad por parte de las entidades aseguradoras de suscribir estas pólizas de
seguro obligatorio de ciclomotores y motocicletas y estableciendo circunstancias especiales de precios máximos, sobre todo pensando en los jóvenes. Nos sorprende que estas llamadas que hemos hecho de forma reiterada a que el Gobierno adoptara
medidas para que las aseguradoras tomaran en consideración la falta de seguros con que se conducen actualmente los ciclomotores y motocicletas no se las tomaran un poco más en serio. No ha sido así desgraciadamente y estamos observando que cantidad
de jóvenes, fundamentalmente, circulan por nuestras carreteras sin seguro. Hay otra cosa igualmente preocupante, me estoy refiriendo a los fabricantes de este tipo de motos. Se dice en un diario de tirada nacional que el número de ciclomotores
vendidos


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en España ha caído de 335.000 a 113.000 en los últimos tres años, y dicen que es debido -también lo dice la patronal de los fabricantes de motocicletas- a tres cuestiones: una es el descenso de natalidad, que ya se deja notar entre los
usuarios del ciclomotor y sobre todo entre los jóvenes de 14 a 20 años; otra es la crisis económica; y finalmente la tercera, que es la que nos ocuparía aquí, es la decisión estratégica tomada por el grueso de los aseguradores de establecer una
póliza de precios disuasoria. Es decir, que las entidades aseguradoras no sólo no facilitan actualmente el que los jóvenes, los menos jóvenes y los mayores puedan conducir ciclomotores con seguro sino que además establecen unas pólizas disuasorias
tan altas que hacen que sea absolutamente imposible que estos muchachos, que estas personas puedan conducir estas motocicletas. Nosotros estimamos que el Gobierno debería tomar medidas para que se dictaran las normas que fueran precisas y
necesarias para que esto no volviera a ocurrir.
La enmienda número 32, que es una disposición adicional nueva, hace referencia a la actuación que se debe seguir en materia de seguros de vehículos a motor, relativa fundamentalmente a los temas de
inspección.
Nosotros hemos propugnado en todas las comparecencias del director general de Tráfico y en las comparecencias de la subsecretaria del Ministerio del Interior que los dineros que se recaudan (que son bastantes, en torno a los 15.000
millones por tasas en la Dirección General de Tráfico) fueran a parar, se invirtieran en su gran mayoría en mejorar los recursos de la Jefatura de Tráfico. Esto desgraciadamente no es así; lo cierto es que comprendemos que a lo largo de todos los
años la cantidad de accidentes, la cantidad de ciudadanos españoles y foráneos que mueren en nuestras carreteras es absolutamente increíble. Por lo que se refiere a las compañías aseguradoras, la importancia que tienen en este campo es grande,
porque se puede comprobar que una parte importante de los vehículos siniestrados no tenían seguro. Lo que nosotros pretendemos aquí es una coordinación entre la Dirección General de Tráfico y las compañías aseguradoras. Me consta el interés de las
compañías aseguradoras en colaborar de una forma activa con la Jefatura de Tráfico, dándoles todos los datos que precisen de aquellos conductores que en un momento determinado sufran un accidente o son simplemente parados por la Guardia Civil. Nos
consta que esa ayuda la quieren concretar en medios informáticos e incluso en otro tipo de medios que fueran precisos para la Dirección General de Tráfico. Pretendemos a través de esta enmienda que se lleve a cabo una colaboración más eficaz y
efectiva entre la Administración del Estado y las administraciones periféricas con UNESPA, la patronal del seguro, a fin de que se le faciliten los datos que se le pidan en un momento determinado.
La enmienda número 31 contiene la tabla sexta de
clasificaciones y valoraciones de secuelas. En la ley el Gobierno introdujo muchísimas modificaciones a esta tabla de seguros. Nosotros no podemos estar de acuerdo en absoluto -ya lo manifestamos cuando defendimos la enmienda a la totalidad- con
esas modificaciones tan importantes que se hacían en la tabla sexta. No podemos estar de acuerdo entre otras cosas porque lo que se pretendía con ello era rebajar las indemnizaciones de aquellas personas que sufren un accidente; sin embargo, no
existía ninguna contraprestación por parte de las aseguradoras o algo con lo que pudiéramos intuir que las aseguradoras hacían en favor de los asegurados, es decir, en una palabra, que las primas se pudieran reducir; esto no es así. Aprobar esta
tabla sexta, como se presentó en la ley, supondría un gran negocio, sería un negocio más importante para las compañías aseguradoras. Las aseguradoras, según ICEA, ganaron 1.323 millones de euros durante el año 2002. El negocio que se produjo tuvo
un crecimiento del 15,3 por ciento y el volumen de primas del sector se situó en 48.500 millones de euros. Concretamente en el ramo de automóviles alcanzó los 9.720 millones de euros en primas, es decir, un 9,6 por ciento más que en el año 2001.
Comprenderán ustedes que nosotros no podemos pasar por alto estos datos y permitir que las aseguradoras con este cambio en las tablas se beneficien aún más. Nos parece muy bien que ganen dinero, todo el que monta una empresa está para ganarlo, pero
hay que acomodarlo y tener una proporción con el servicio que se presta. En ningún caso la normativa comunitaria que hoy adaptamos a las leyes españolas aconseja ni se refiere a que deba aplicarse una grave reducción de las indemnizaciones.
Lo que
sí es cierto es que en esa tabla se ha reducido el número de epígrafes, en total 145; hay 199 epígrafes en los que las secuelas pierden valor, hay otros 91 epígrafes en los que las secuelas desaparecen y hay 33 epígrafes en los que las secuelas
aumentan de valor. Este es un terrible perjuicio que se ocasiona fundamentalmente a los ciudadanos y favorece de una forma bastante escandalosa al sector asegurador. Además se da una circunstancia que es importante y es que, modificando
exclusivamente la tabla sexta, si no se modifica la cuarta, que está íntimamente relacionada y es la que se refiere a complementos indemnizatorios, como daños morales, etcétera, todavía se produce una mayor pérdida de dinero. Podíamos poner
ejemplos, pero sería prolijo y cansado. No obstante, se debe hacer un esfuerzo por parte de todos con el fin de que se mantenga la tabla vigente. Si se quiere hacer un estudio completo y aparte de esta tabla sexta en relación con la tabla cuarta,
hágase. Nosotros no tenemos ningún inconveniente y pueden contar con nuestra colaboración. Es cierto, y no me gusta ocultarlo, porque sería faltar a la verdad, que el Grupo Parlamentario Popular en sus enmiendas números 26 y 27 ha modificado en
sentido positivo la tabla que venía en el anexo de la ley. He podido comprobar que hay 40 epígrafes que son iguales o que han subido, es decir, son iguales y otros 10 son superiores, lo cual lo saludamos con satisfacción; sin embargo, hay otros
epígrafes -14 en total,


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si no he contado mal- que bajan en sus puntuaciones y, consecuentemente, en sus indemnizaciones. Por tanto, no lo podemos aceptar. Nosotros aceptamos esas subidas que se han producido en esas enmiendas del Grupo Popular en relación con el
anexo de la ley, las saludamos positivamente y rechazamos las bajas que se producen, concretamente 14, y mantenemos nuestra postura en el resto de los capítulos, epígrafes, indemnizaciones de la vigente tabla sexta, contenido en la Ley 30/1995.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor Mardones.



El señor MARDONES SEVILLA: Haré una intervención muy reducida en atención a la densidad del orden del día y también porque nuestras enmiendas, que van de las números 4 a la 21, ambas inclusive, están detenidamente razonadas en su
justificación, sobre todo porque hemos hecho un exhaustivo trabajo de cotejo con las directivas comunitarias, dado que en el campo de los seguros privados se ha realizado un trabajo muy prolijo, de detalle muy fino en el ámbito financiero, hecho por
los consejos de la Unión Europea a través de sus directivas.
Comienzo anunciando, señor presidente, que retiro la enmienda número 4, para que se tenga en cuenta por los servicios de la Cámara a la hora de la votación. Por tanto, las restantes
enmiendas quedan vivas haciendo hincapié en algunas de ellas. Por ejemplo, en la enmienda número 5 proponemos una redacción nueva al artículo 16 bis de la Ley 30/1995, de ordenación y supervisión de los seguros privados, a la que nos estaremos
refiriendo permanentemente, en cuanto al importe de los créditos a favor de los trabajadores de la entidad. Ya cuando estuvimos debatiendo la Ley Concursal tuvimos en cuenta que en los créditos privilegiados, entre los que se pueden encontrar los
créditos a favor de los trabajadores de una entidad que entra en una situación de quiebra, se diera la atención legal para darles una protección jurídica suficiente en todos estos aspectos.
Igualmente diríamos de la enmienda número 7, en la que
proponemos una modificación de los créditos de los asegurados, beneficiarios y terceros perjudicados, dado que hemos mantenido siempre un criterio de evitar en las suspensiones correspondientes toda acción lesiva o de daño que se pudiera producir.
En la enmienda número 8 proponemos una supresión, porque ninguna norma nacional puede contravenir un tratado internacional que haya suscrito el Reino de España. Por tanto, carece de sentido la previsión según la cual la ejecución de la sentencia
quedará en suspenso sin perjuicio de lo que pueda preverse en los tratados internacionales, pues siempre estará el acuerdo, ratificado por las Cortes Generales del Gobierno de España. La justificación de la enmienda número 9 hace una prolija
exposición de lo que pretendemos, que es la supresión y modificación del artículo 39 bis de la ley de referencia, para detallar las situaciones de hecho deducidas de comprobaciones efectuadas por la Administración que pongan en peligro la solvencia
actual o futura de las entidades y los derechos de los asegurados por incumplimiento de las obligaciones contraídas. Aquí hacemos una amplia referencia a la directiva 73/239, a la 79/267, a la 2002/12 y a la 2002/13, cuando las autoridades de
control pueden exigir un plan de recuperación financiera describiendo su contenido. Como se puede ver, son temas de una llamativa actualidad.
Lo mismo diríamos de la enmienda número 13. Es una modificación del artículo 3. Volvemos a insistir en
la Ley 50/1980, del contrato del seguro. En el texto de dicha ley se emplea la expresión carácter lesivo, y nosotros la sustituimos por cláusulas abusivas, quedando: 'Las condiciones generales en la póliza no podrán contener en ningún caso
cláusulas abusivas.' En cuanto a la enmienda número 20, señor presidente, proponemos una disposición adicional decimoquinta, para que se tenga en cuenta la situación en la que queden exentos de la obligación de alta en el régimen especial de los
trabajadores por cuenta propia o autónomos los colegios profesionales que opten o hubieran optado por incorporarse a la mutualidad o mutua que pudiera tener establecido el correspondiente colegio profesional, siempre que la filiación a la citada
entidad fuera obligatoria para los profesionales colegiados, según la normativa colegial vigente con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley. Este caso se da en los colegios de médicos, en el área sanitaria. En la enmienda 21 nos referimos
a un problema que hemos apreciado en anteriores proyectos de ley que ha aprobado el Congreso de los Diputados, como el referido al régimen de las entidades de crédito y financieras, que ha sido objeto de debate recientemente, con las enmiendas
introducidas en el Senado con respecto a las cajas de ahorro. En conversaciones con el portavoz del Grupo Parlamentario Popular, señor Martínez-Pujalte, yo ya había dicho que era necesario prestar atención legislativa a las mutuas, porque dado el
abanico tan variopinto de mutuas que existe en muchas profesiones, es necesario dar luz legislativa, como se ha hecho con las cajas de ahorro y con las entidades de crédito. Es necesario actualizar las mutuas, para no encontrarse con situaciones
paradójicas y verdaderamente esperpénticas en las que no existe una adaptación a los principios que habían salido de la Comisión Aldana, sobre todo a los principios de transparencia en las actividades gestoras de las mutuas y de sus consejos
rectores. A esto hace referencia la justificación de la enmienda número 21 que proponemos. Con esto termino mi exposición, señor presidente.



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: El Grupo Parlamentario de Convergència i Unió ha presentado 11 enmiendas al proyecto de ley de modificación y adaptación


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a la normativa comunitaria de la legislación de seguros privados. Voy a hacer una defensa global de las mismas, ya que todas ellas van orientadas a modernizar la legislación sobre seguros privados que existe en nuestro país y a adaptar
todas aquellas normativas comunitarias necesarias para que nuestro país pueda homologar su legislación con las del resto de los países de la Unión Europea.
Hay algunos aspectos importantes que han contado inicialmente con el consenso del Grupo
Parlamentario Popular, que apoya al Gobierno, y del primer grupo de la oposición, el Grupo Socialista, como es la posibilidad de incorporar algunas enmiendas orientadas a la modificación de las tablas, de los conceptos y de las primas que han de
cobrar en un futuro los asegurados. Nos felicitamos porque el aspecto más importante está consensuado y esperamos que también obtenga el consenso de todas las fuerzas políticas del arco parlamentario. De esta forma se podría dotar de una
legislación más moderna y más europea a nuestro sector de seguros privados.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Martínez-Pujalte.



El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Señor presidente, intervendré también con brevedad.
Quiero agradecer a los grupos parlamentarios, al señor Sánchez i Llibre, al señor Mardones y al señor Sánchez Garrido, que no está presente, su esfuerzo
por llegar a acuerdos en el trámite de esta ley que permitan mejorarla respecto al texto inicial, sabiendo que estamos ante una ley de modernización del sector asegurador, dando traslado a la legislación española del marco comunitario.
España ha
aprobado una ley importante que regula el sector asegurador, que es la Ley de ordenación y supervisión del seguro privado, aprobada en diciembre del año 1995, que debía ser modificada de acuerdo con las nuevas directivas comunitarias aprobadas en el
ámbito del sector asegurador. En primer lugar, se incorpora al ordenamiento jurídico español el contenido de la Directiva de 19 de marzo de 2001, relativa al saneamiento y la liquidación de las compañías de seguros, lo cual supone la modificación
de la normativa, buscando una finalidad, que es la de conseguir un correcto funcionamiento del mercado interior, pero intentando dar mayores garantías a los ahorradores, si es seguro de vida, y a los consumidores, si es seguro de riesgo. En este
proyecto de ley también se trasponen una directiva relativa al margen de solvencia de las empresas de seguros de vida y otra relativa a los seguros distintos del de vida, que son dos directivas distintas que se dirigen también a reforzar los
márgenes de solvencia y a dar mayores garantías a los asegurados. Antes, en la comparecencia del gobernador del Banco de España, hablábamos de una compañía de Luxemburgo que, de acuerdo con la libertad en el mercado interior, vendía productos en
toda la Unión Europea, por tanto, en España, y hay también una directiva que habla de comercialización a distancia del servicio financiero. Todas estas directivas tienen como fundamento la mejora de la solvencia de las compañías y las mayores
garantías del consumidor. La apertura del mercado interior a los servicios financieros plantea a veces preguntas a los consumidores nacionales que tienen que tener una respuesta por parte de los poderes públicos europeos que asegure la garantía y
la solvencia de las compañías. En el mercado interior se pueden comercializar productos financieros desde otras partes, a los que tienen acceso ahorradores nacionales, y eso exige un marco europeo homogéneo, con garantías y transparente tanto para
los ahorradores como para los tomadores de seguros. Es importantísimo que los ahorradores, que ahora pueden contratar un seguro con una compañía luxemburguesa, holandesa o inglesa, sepan dónde tienen que acudir si tienen un problema, si esa
compañía con la que están contratando tiene márgenes de solvencia o da garantías, porque puede ocurrir que un ahorrador en seguros de vida de España esté accediendo a un producto financiero de una compañía de seguros inglesa, holandesa o
luxemburguesa y si se produce un problema en esa compañía que está supervisada por los órganos de ese país el tomador español tenga que acudir a los órganos jurisdiccionales de ese determinado país. Este proyecto de ley busca dar mayores garantías
a los tomadores dentro del contexto del mercado interior, tras una armonización comunitaria que exige los mismos márgenes de solvencia y las mismas garantías en todos los países de la Unión Europea.
Nosotros hemos presentado algunas enmiendas, en
concreto 7, de las cuales hay algunas que tienen un carácter técnico, pero hay otras que se refieren a algo a lo que el señor Sánchez Garrido ha dedicado especial atención, que son los baremos. Nosotros somos conscientes -y así lo dijimos en el
trámite del Pleno- de que la cobertura por una compañía de seguros, cuando se produce un accidente, es total, tanto para los gastos médicos como para todos los gastos de rehabilitación; hay una cobertura universal de gastos médicos y de gastos de
rehabilitación. Lo que existe desde ya hace más de 10 años es un baremo por si quedan secuelas tras todas las actuaciones médicas y de rehabilitación, baremo que sirve para estimar cuál debe ser la indemnización en esos casos. Para facilitar la
actuación de los órganos jurisdiccionales se establece una gravedad para cada lesión y se puntúa de una determinada forma. Lo que hace el baremo es establecer una horquilla para que el juez decida basándose en esa horquilla, que puede ir de unos
determinados puntos hasta otros. Como es un baremo referencial para los órganos jurisdiccionales que tiene más de 10 años y la evolución de los sistemas médicos y de rehabilitación en España ha sido ciertamente positiva -y nadie puede tener duda de
que en los últimos años ha habido gobiernos de todos los colores


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y todos ellos, así como las comunidades autónomas que tienen competencias en la materia, han actuado de manera muy positiva en la mejora de la atención sanitaria en nuestro país-, lo que se pretende es reestudiar esos baremos -comprenderán
SS.SS. que yo no soy un experto médico- de acuerdo con los informes médicos suficientes y con un carácter racional.
No tiene sentido -y perdonen el caso porque es un poco macabro- que si a una persona se le da una puntuación -el juez determina
dentro de la horquilla cuál debe ser esa puntuación- por la pérdida de un determinado miembro, pongamos un dedo, la suma de la puntuación alcanzada por la pérdida de dos dedos sea superior a la obtenida por la pérdida de toda la mano. Por eso tiene
que haber un equilibrio en los baremos. Son unos baremos sustentados en informes médicos y equilibrados. Después del Pleno que se celebró en el Congreso de los Diputados y atendiendo a lo que entonces dijo el señor Sánchez Garrido, hemos vuelto a
solicitar informes médicos. Por eso, hoy planteamos algunas enmiendas en las que, en algunos casos, volvemos a establecer puntuaciones más altas, porque nos parecen racionales. Él nos hizo esa sugerencia, nosotros hemos pedido los informes médicos
y hoy traemos una enmienda, que puede ser aprobada por todos porque mejora los baremos que figuraban en el proyecto, que va en la línea de decir: se garantizan todas las actuaciones médicas, todas las actuaciones de rehabilitación y establecemos un
baremo sustentado con informes médicos que da un instrumento a los órganos jurisdiccionales para que puedan establecer las indemnizaciones para el caso en el que se produce alguna secuela después del accidente. El señor Sánchez Garrido decía que
íbamos en una línea de mejora del proyecto, guardando el equilibrio que debía tener la operación. Hay una enmienda de Izquierda Unida que pide mantener el baremo anterior, pero, es que en el baremo actual, según los informes médicos, hay algunas
secuelas a las que corresponde subir la baremación para que tengan mayores indemnizaciones.
Según los informes que obran en mi poder, son las secuelas que más veces se producen. Es lógico que se suba el baremo de las secuelas que más se producen
en los accidentes de tráfico, que habitualmente son las derivadas de lesiones traumatológicas. Por eso se suben en el proyecto con las enmiendas del Partido Popular, pero hay otras que ahora se producen menos porque tienen mejor corrección médica.

Además de las enmiendas que hemos presentado, vamos a apoyar las que han presentado otros grupos parlamentarios. El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado cinco enmiendas de las cuales admitimos dos, una en su totalidad y otra con una
transacción. Ambas mejoran el proyecto, las garantías de los usuarios, incluso si se produce una situación de carácter concursal en la entidad aseguradora. El señor Sánchez Garrido, con otro miembro de mi grupo parlamentario, el señor Ayala,
participaron en la ponencia de la Ley concursal y han redactado un texto que hoy transaccionamos que mejora la posición de los asegurados en una situación de carácter concursal. Asimismo, apoyamos 3 enmiendas del Grupo de Coalición Canaria,
presentamos una transaccional y apoyamos varias enmiendas de Convergència i Unió que van en la línea de mejorar las garantías de los tomadores del seguro. Hay otras enmiendas que vamos a votar en contra pero que parcialmente se aceptan. Incluso
aceptamos parte de las tres enmiendas del Grupo Socialista que vamos a rechazar y aparecen incorporadas en las enmiendas que ha presentado mi grupo parlamentario.
Estamos ante una ley que proviene de una trasposición comunitaria, que va a dar mayor
solvencia a las compañías y, por tanto, mayores garantías a los tomadores de seguros. Es una ley muy adecuada y no sólo porque hayamos tenido antes la comparecencia del gobernador del Banco de España, hablando de una entidad financiera que tiene
otras compañías de seguro, que actuando en el marco comunitario han dado algún género de problemas; es una ley que da mayor protección a los consumidores. Se podría decir que podríamos haber avanzado más; siempre se puede decir eso, pero desde
luego lo que se hace es una trasposición correcta de la directiva y un avance en garantías y en protección del consumidor.



El señor PRESIDENTE: En relación con este proyecto de ley y atendiendo la petición que hace el Grupo Mixto, se dan por defendidas sus enmiendas.



-RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR EL PROYECTO DE LEY GENERAL TRIBUTARIA. (Número de expediente 121/000155)


El señor PRESIDENTE: Pasamos al siguiente punto del orden del día, relativo a la ratificación de la ponencia designada para informar el proyecto de Ley General Tributaria.
¿Se ratifica la ponencia? (Pausa.) Se ratifica por asentimiento.

Se suspende la sesión por un minuto. (Pausa.)


EMITIR DICTAMEN, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA, SOBRE EL PROYECTO DE LEY GENERAL TRIBUTARIA. (Número de expediente 121/000155)


El señor PRESIDENTE: Reanudamos la sesión.
Pasamos al siguiente punto del orden del día.
Para la defensa de sus enmiendas tiene la palabra, en primer lugar, el portavoz de Izquierda Unida, señor Frutos.



El señor FRUTOS GRAS: Voy a ser muy breve.
Defiendo en conjunto las 105 enmiendas de Izquierda Unida a través de varios puntos fundamentales. En


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primer lugar, hay que aclarar y mejorar -una serie de enmiendas van dirigidas a ello- las relaciones tributarias entre las distintas administraciones públicas y, en especial, entre el Estado y las comunidades autónomas y los entes locales,
en el sentido de que estas administraciones puedan compensar deudas fiscales de forma recíproca. La ley otorgaba esta competencia hasta ahora solamente al Estado, es decir, éste podía compensar la deuda que mantuviera con esos entes, pero no al
revés, lo cual nos parece desde cualquier punto de vista inusual e insolidario. Pretendemos también eliminar o rebajar los instrumentos que el proyecto propone para combatir el fraude. Merecería un apartado especial, en relación con lo comentado,
lo que se viene a denominar conflictos en aplicación de la norma tributaria, ya que desde nuestro punto de vista hay más instrumentos para engañar y entorpecer los trabajos de los inspectores, al tiempo que se exime de sancionar este tipo de
conductas, lo cual no parece presagiar un futuro muy loable para la Hacienda pública. En tercer lugar, una serie de enmiendas pretenden rebajar los tipos de recargo a aplicar a los sujetos pasivos, por los distintos motivos estipulados en el
proyecto, cuando éstos hayan sido originados por errores imputables a la Administración tributaria. En cuarto lugar, elevar algunos tipos de recargo para determinados tipos de conducta con el fin de que el recargo sea disuasorio y combatir de esta
forma el fraude y el no pago. Otro grupo de enmiendas persigue elevar las sanciones para determinados tipos de infracciones y conductas. En sexto lugar, se quiere mantener la redacción existente de algunos preceptos contenidos en la Ley de
derechos y garantías de los contribuyentes que en este proyecto de ley quedan desvirtuados. En séptimo lugar, pretendemos introducir medidas que intenten evitar lo que se denomina deslocalización de activos, con el objetivo de disuadir el enorme
fraude por insolvencia que sufrimos en la actualidad. En octavo lugar, como otro gran apartado, intenta mejorar la relación de los obligados tributarios con las administraciones tributarias en la información recíproca que deben mantener entre
éstos, así como, eliminar o modificar ciertos aspectos que podrían producir cierta indefensión hacia el sujeto pasivo inspeccionado.
Por tanto, mayor seguridad jurídica en cuanto a sanciones, prescripciones, plazos para recursos, para
ratificaciones de medidas adoptadas por la Administración y algunas cuestiones más. Finalmente, introducimos medidas para establecer un sistema de consultas por Internet donde se puedan ver los sujetos insolventes, los que tienen deudas con apremio
y así mejorar el sistema fiscal del IVA y los pagos a realizar por las administraciones tributarias a este tipo de sujetos.
En definitiva, en este breve resumen intentamos sintetizar las 105 enmiendas que defiende Izquierda Unida.



El señor PRESIDENTE: El Grupo de Coalición Canaria da por defendidas sus enmiendas.
Tiene la palabra el representante del Grupo Vasco (EAJ-PNV), señor Azpiazu.



El señor AZPIAZU URIARTE: Sólo quiero dar por defendidas las enmiendas. El portavoz del Grupo Popular ha comentado que nos va a aceptar una. A mí me parece bien, pero es claramente insuficiente. Me hubiera gustado que la voluntad del
Partido Popular hubiera sido la de aceptar más enmiendas, puesto que es una ley técnica y las aportaciones que hacía el Grupo Vasco eran positivas. Esperemos que, aunque no las acepte hoy, de aquí al Pleno tengamos más éxito. Hay que tomárselo a
broma porque es así. Como he dicho antes, doy por defendidas las enmiendas en sus términos.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Catalán (Convergència i Unió), tiene la palabra el señor Sánchez i Llibre.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: El Grupo Parlamentario de Convergència i Unió ha presentado al proyecto de ley general tributaria 105 enmiendas. Vamos a defender los aspectos más importantes que hacen referencia a cuestiones que afectan a las
competencias de las diferentes comunidades autónomas.
Algunas enmiendas proponen delimitar el carácter básico de dicho proyecto de ley, otras ven la necesidad de complementar las medidas normativas tendentes a la reducción de la conflictividad,
mejora de la gestión y coordinación entre las diferentes administraciones territoriales, como son el impuesto del valor añadido y el impuesto sobre transmisiones patrimoniales; así como otros aspectos que delimitan la base imponible y regulan los
intereses de demora, aspecto fundamental en esta ley que todavía no ha sido aceptado por parte del Grupo Parlamentario Popular, aunque no descartamos que desde hoy hasta que se vea este proyecto de ley en el Pleno podamos negociarlo con todos los
grupos de la Cámara, pero especialmente con el Partido Popular, para resolver algunas cuestiones que hacen referencia a la responsabilidad subsidiaria que en algunos artículos de dicha ley se pretende sea asumida por los constructores.
Voy a
referirme a aquellos aspectos que consideramos importantes. Aunque en algunos extremos todavía no hemos alcanzado un acuerdo con el Grupo Popular, debo destacar que se nos han aceptado algunos. Me referiré, en primer lugar a la enmienda 264. Para
mejorar las relaciones entre el administrado y el administrador, pretendemos en la citada enmienda incorporar aquellos supuestos que permitan la ampliación de reembolso de gastos de la Administración cuando pueda existir un conflicto entre el
administrado y el administrador. Existía un aspecto que considerábamos básico en el debate de este proyecto de ley referido al artículo 15.
Cuando exista un conflicto entre el administrado


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y el administrador es necesario clarificar los conceptos jurídicos y económicos en la aplicación de la norma tributaria. Si el artículo 15.1.b) queda tal como está redactado se va a originar una gran inseguridad jurídica que hay que
corregir. De ahí que Convergencia i Unió haya presentado esta enmienda básica e importante. Es también básica e importante la número 272, al artículo 16.2, que se refiere a la obligación de la Administración de probar el supuesto de simulación con
necesidad de un informe de la comisión consultiva. Es un aspecto fundamental para la seguridad jurídica entre el administrado y el administrador. La comisión consultiva debería estar compuesta por personas que no sean de la Agencia Tributaria,
para que en un momento determinado sea quien pueda delimitar si ha existido simulación. Si no se admitiera la citada enmienda 272, proponemos una transaccional para variar la redacción del artículo 16.2, en el sentido de que la existencia de
simulación deberá ser probada y declarada por la Administración tributaria. Este imperativo mejora sustancialmente el texto que en estos momentos está perfectamente clarificado en la Ley General Tributaria.
Hemos recibido la noticia de que una
enmienda que consideramos interesante, la número 177, va a ser aceptada por el Grupo Popular -esperamos que se haga efectiva en la votación-, en el sentido de que se van a ampliar los supuestos de reembolsos de gastos de la Administración cuando el
acto o la deuda se declare total o parcialmente improcedente por sentencia o resolución administrativa. Es un paso cualitativamente importante hacia la seguridad jurídica del administrado. Si la Inspección levanta actas, en el proceso de actas de
disconformidad, cuando ya esté en período de resolución administrativa, y el Tribunal Económico-Administrativo le da la razón al administrado, que la Administración sea la que sufrague una parte de los gastos que se han ocasionado, ya sea total o
parcialmente. No es la fórmula que desearíamos, pero es un paso importante para dar seguridad jurídica al administrado. Con la enmienda número 278 pretendemos adecuar el artículo 17 de la Ley de derechos y garantías de los contribuyentes, aspecto
en el que debe existir igualdad de criterios cuando sea aprobado el proyecto de ley.
Paso a defender la enmienda número 283. Consideramos que el grupo parlamentario que da soporte al Gobierno debería suprimir la responsabilidad subsidiaria de las
obligaciones tributarias de contratistas y subcontratistas. En el debate en ponencia el Partido Popular incorporó una enmienda que presentó su grupo parlamentario, pero con la configuración actual y con la incorporación de la enmienda citada, a
pesar de que se ha acotado un poco la responsabilidad subsidiaria, en caso de aprobarse vamos a tener problemas importantes en el futuro. Si vamos a trasladar esta responsabilidad subsidiaria de las obligaciones tributarias de contratistas y
subcontratistas en cuanto a retenciones de IVA e impuesto sobre sociedades, estamos haciendo un flaco favor a un sector económico muy importante, estamos sustituyendo la función inspectora de la Agencia Tributaria y estamos traspasando esta
responsabilidad a los agentes económicos implicados en el mismo. Pensamos que no es jurídicamente correcto y vamos a insistir en la negociación para llegar a un acuerdo en los trámites del Congreso y del Senado que restan para que finalmente este
artículo quede redactado de otra forma, ya sea aclarando que la contratación o subcontratación no se refiere a cualquier obra de un particular relacionada con la actividad económica del contribuyente, lo cual daría al precepto una fuerza expansiva
extraordinaria, o eliminando los tributos repercutidos en el ámbito de la responsabilidad, dada la imposibilidad de parcelar estos tributos, en concreto el IVA, determinando en qué medida las deudas tributarias corresponden a cada empresa principal.
Por tanto, vamos a continuar llamando la atención del Grupo Parlamentario Popular para conseguir la eliminación de dicho artículo o configurar una redacción en la que se pueda eliminar parcial o totalmente la responsabilidad subsidiaria de los
constructores y subcontratistas. También es interesante la enmienda 373, que supone la eliminación de la presunción de representación, en la que es posible que podamos encontrar puntos de acuerdo con el Partido Popular. Lo mismo sucede con la
enmienda 285, que busca el método de estimación objetiva para el cálculo de la base imponible de los impuestos.
Hay un aspecto que en el debate de totalidad nosotros ya considerábamos muy importante desde la perspectiva autonómica y desde la
perspectiva de la relación que pueda existir respecto a los tributos cedidos entre el Ministerio de Hacienda y las comunidades autónomas. Nosotros damos mucha relevancia a la enmienda número 290 que pretende ajustar técnicamente la relación a la
concurrencia del IVA y del impuesto sobre transmisiones patrimoniales con el fin de formular aspectos de previsión de mecanismos de compensación entre administraciones en este supuesto. En esta enmienda parece que vamos a coincidir con el Grupo
Parlamentario Popular y es una cuestión muy importante, para poder modernizar las relaciones entre las diferentes administraciones territoriales en coordinación con el Ministerio de Hacienda.
Asimismo consideramos muy importante la enmienda número
297 que prevé la posibilidad de que sea necesaria la comprobación de valores en estos supuestos. Mediante la enmienda 303 incorporamos a las asociaciones de discapacitados como legitimadas para formular consultas tributarias escritas. Es una
enmienda de sensibilidad, de respeto, de modernización hacia aquellos sectores con más dificultades, como pueden ser las asociaciones de discapacitados. A través de la aprobación de esta enmienda les vamos a permitir que puedan estar legitimadas
para formular consultas tributarias escritas.



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Desde la óptica de relaciones y coordinación entre el Ministerio de Hacienda y las administraciones territoriales, concretamente las comunidades autónomas, es muy importante la enmienda 310 que va dirigida y orientada a incorporar las normas
de cada tributo en las normas de las comunidades autónomas, su regulación, principios de las actuaciones y procedimientos tributarios. Me acaban de entregar una serie de enmiendas transaccionales que ha presentado el Partido Popular y parece ser
que el Partido Popular se ha hecho eco también de nuestras peticiones y propuestas en dicha enmienda y será posible llegar a un acuerdo.
Consideramos importante también la enmienda número 326, que en cierta parte fue subsumida con la enmienda 246
que el Partido Popular incorporó en ponencia, en el sentido de poder elegir el lugar de las actuaciones inspectoras en el caso de personas discapacitadas. Aquí también damos un paso más de modernidad en el trato y la relación con estas personas o
asociaciones, porque entendemos que han de gozar de un mayor soporte de las diferentes administraciones para expresar sus propuestas a las administraciones correspondientes.
Otro aspecto relevante que queremos plantear es el que se contempla en la
enmienda número 341. El declarante, el administrado, quedará exento de responsabilidad cuando la Administración no cuantifique el importe de las deudas, sanciones y responsabilidades del anterior titular. Consideramos también importante la
enmienda número 383, que va en la dirección de incluir el carácter suspensivo de la concurrencia de delito contra la Hacienda pública.
Entendemos que la enmienda 351 ha quedado subsumida, cuando hace referencia a incluir la opción del contribuyente
de solicitar la tramitación conjunta de expedientes, en la enmienda número 254, incorporada por el Partido Popular en el informe de ponencia.
Desde la perspectiva de las reclamaciones, consideramos relevante la enmienda número 355, que pretende
incluir la reclamación económico-adminsitrativa contra la resolución de rectificación de errores, y la 357, que va en la dirección de admitir que la impugnación de un acto censal no suspenda la liquidación del tributo. El mismo sentido tiene la
enmienda 384, que parece gozará también de la aprobación del Partido Popular, y pretende incluir como reclamación económico-administrativa el supuesto de sustitución.
Pero si alguna enmienda importante había, aparte de la eliminación de la
responsabilidad subsidiaria de los contratistas y subcontratistas, esta era la número 366. Era una de las enmiendas más importantes entre las que el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) presentó a este proyecto de ley general
tributaria. Así lo manifestamos al fijar la posición de nuestro grupo parlamentario en el debate de las enmiendas a la totalidad en el Pleno del Congreso de los Diputados. Venimos pretendiendo esta cuestión desde hace varias legislaturas, y
estuvimos a punto de conseguirla durante la legislatura anterior, incluyéndola en el proyecto de ley de garantías y derechos de los consumidores. El objetivo que perseguíamos no era otro que el de la posible participación de las comunidades
autónomas en los tribunales económico-adminsitrativos. Era una vieja reivindicación, un viejo planteamiento que implicaba al mismo tiempo modernidad, efectividad y reconocimiento por parte de la Administración central de aquellas competencias que
tienen las comunidades autónomas en los tributos cedidos. Partimos de la base de que las administraciones autonómicas que tienen competencias fiscales en diversos tributos cedidos quieren ser Administración única -quieren ser Administración,
quieren ser Estado-, y habíamos planteado la posibilidad de que las comunidades autónomas pudieran participar en los tribunales económico-administrativos mediante la incorporación de funcionarios o mediante la asunción por parte de las
correspondientes comunidades autónomas de las reclamaciones económico-administrativas sobre los tributos cedidos. Con esa intención hemos presentado esta enmienda, la más importante de las que ha presentado nuestro grupo parlamentario, a nuestro
juicio. Hay que decir, a continuación, que una parte importante de esta reivindicación, una parte importante de esta enmienda, ha sido recogida por el Partido Popular e incorporada en la ponencia a través de la enmienda número 260 del Partido
Popular, que nace de una buena negociación que veníamos manteniendo con el Ministerio de Hacienda desde hace tiempo. Nace también de una última negociación que mantuvimos con el representante del Partido Popular -don Fernando López-Amor- y con el
secretario de Estado de Hacienda, con el fin de sensibilizar al Grupo Parlamentario Popular y al Gobierno sobre la necesidad de que este proyecto de ley materializara, de una vez para siempre, que las comunidades autónomas con competencias sobre
tributos cedidos pudieran participar en los tribunales económico-administrativos. Esto ya es una realidad hoy porque una parte importante de esta enmienda ha sido subsumida a través de la enmienda número 260 del Grupo Popular. Pienso que es una
gran noticia para todas aquellas comunidades autónomas que en el futuro quieran desarrollar la posibilidad de participar en los tribunales económico administrativos.
La enmienda número 374 es una enmienda muy importante en la que todavía no hemos
llegado a un punto de confluencia para su aprobación en este trámite parlamentario. Esperaremos el trámite del Pleno para ver si se puede aprobar lo que propone, que es la supresión del supuesto de responsabilidad solidaria de las comunidades
autónomas o de las corporaciones locales por las deudas tributarias contraídas por las entidades de derecho público o cualesquiera instituciones asociativas de ellas dependientes o de las que resulten socio o partícipe. Nosotros entendemos que no
es justificable una norma como la prevista, que afecta a las comunidades


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autónomas y a las corporaciones locales, y más cuando no se establece la misma responsabilidad en relación con entes dependientes del Estado. Si existe la responsabilidad de la Administración autonómica respecto a la Administración central,
entendemos que si existen deudas entre la Administración central y las comunidades autónomas también pueda existir ese concepto de corresponsabilidad fiscal.
Creemos que hay tiempo para seguir negociando durante las próximas semanas las enmiendas
en las que todavía no hemos podido llegar a un acuerdo, y esperamos que en el turno de réplica del representante del Grupo Popular podamos coincidir en el análisis de aquellos aspectos en los que en teoría prácticamente estamos de acuerdo.



El señor PRESIDENTE: El Grupo Parlamentario Socialista va a dividir su tiempo en dos bloques. En primer lugar, tiene la palabra la señora De la Cruz.



La señora DE LA CRUZ VALENTÍN: Nos encontramos ante el debate de una ley importante dentro de nuestro ordenamiento jurídico y que constituye uno de los pilares fundamentales del mismo. Yo creo que debemos realizar un gran debate
parlamentario cada vez que el trámite nos lo permita, y de esta forma afronta el Grupo Parlamentario Socialista la defensa de sus enmiendas.
La Ley General Tributaria es el eje fundamental del sistema tributario español, es el segundo escalón en la
pirámide normativa después de la Constitución, sobre el cual deben girar las relaciones jurídico-tributarias entre el Estado y los contribuyentes. Es el instrumento que legitima el establecimiento y la exigencia de los tributos en sus diferentes
modalidades. Los tributos son necesarios para dotarse de bienes y servicios públicos que a los ciudadanos aisladamente les sería imposible conseguir, son la garantía de que todos ellos los disfrutarán y se beneficiarán por igual; a su vez, deben
ser justos, pero hemos de hacer constar que actualmente no lo son.
El proyecto de ley que hoy debatimos no hace sino crear más complejidad en las relaciones jurídico tributarias y sobre todo una mayor inseguridad, poniendo de relieve una
discrecionalidad administrativa que antes no se había visto. Esa discrecionalidad ha sido señalada por el Consejo de Estado en su informe en tres aspectos básicos: los conflictos en la aplicación de las normas tributarias, la regulación de las
actas de acuerdo y la revocación de los actos administrativos. Esto nos lleva a un camino sinuoso e inseguro, basado en la discrecionalidad de quien decide y quien resuelve. Ante esto cabe preguntarse, ¿qué tipo de garantías se ofrecen a los
contribuyentes, cuando se les ofrece una ley que no da cobertura de igualdad respecto a todos ellos? Es una pregunta que se debe plantear y que se debe realizar en esta Comisión, porque en definitiva esta ley va dirigida a todos y cada uno de
ellos.
Desde el Grupo Parlamentario Socialista se ha presentado un nutrido grupo de enmiendas que pretenden eliminar en todo lo posible lo anteriormente descrito, puesto que una vez rechazada la enmienda a la totalidad, que se presentó en el debate
a la totalidad del proyecto de ley, no cabe otro trámite parlamentario y de este vamos a hacer uso. A continuación, como ha dicho el señor presidente, voy a exponer las enmiendas presentadas por mi grupo a los títulos I y II. Las voy a detallar
artículo por artículo para que quede bien clara la defensa de las mismas. Enmienda al artículo 2, en la que se propone una nueva redacción del mismo y un nuevo enunciado cambiado por el de clases de tributos. Esta enmienda obedece a la
recomendación del Consejo de Estado que señala que es innecesaria la introducción del concepto de tributo, además de no ser coincidente con la jurisprudencia constitucional.
Enmienda al artículo 3.2, en la que se añade un nuevo párrafo, que es el
párrafo segundo, que dice así: Por razones de interés general podrán establecerse tributos en el ordenamiento que graven el tráfico jurídico, el consumo global o bienes de consumos específicos, así como los que pretenden preservar el medio
ambiente. Esta enmienda es de una importancia suprema, puesto que hay impuestos que se basan en el principio de capacidad económica, pero hay otros impuestos que se apoyan en el coste de los servicios o en las prestaciones. La imposición
indirecta, en sus modalidades de imposición general sobre el consumo o de imposición especial, y tras ella todos los impuestos del ordenamiento, no se adecuan al principio de capacidad, por lo que hay que buscar un criterio en el que apoyar la
existencia de estos impuestos. El uso que las personas hacen de los bienes y servicios que están a su disposición es una de las fuentes que originan hechos imponibles. La presente enmienda sólo pretende normalizar esta situación. A lo largo del
glosario de enmiendas hemos visto que hay una enmienda del Grupo Popular, que está motivada porque pretende englobar en un solo artículo los principios del sistema tributario, pero en aras a esta justificación, a nuestro parecer debería unirse a la
presentada por mi grupo, porque si pretenden un sentido de unidad de principios tributarios en la enmienda del Grupo Socialista se especifica claramente esta unidad en la aplicación de los principios tributarios, expresando claramente la imposición
indirecta como otra forma de gravar.
La enmienda al artículo 6 introduce la impugnabilidad de los reglamentos.
Consideramos que se debe mantener la actual redacción del artículo 7 de la vigente ley tributaria que es donde viene recogida. La
enmienda al artículo 7.1 establece el carácter de norma tributaria de las ordenanzas fiscales en la Administración local, lo que añadiría seguridad jurídica en la gestión de los ayuntamientos. La enmienda al artículo 8 establece que deben ser
regulados por ley tanto el establecimiento y la modificación de los recargos, como la obligación de pagar los intereses de demora; aunque tengan un carácter


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accesorio son obligaciones tributarias igualmente, según se deduce del artículo 25 del proyecto, y por tanto sería una incongruencia no incluirlas.
Se añade un nuevo artículo que llevaría el número 8 bis, con el enunciado siguiente:
Nulidad de las resoluciones que vulneran las disposiciones generales. De esta forma se mantendría la actual previsión del artículo 19 de la Ley general Tributaria y se estaría en coherencia con lo dispuesto en las leyes 30/1992 y 50/1997.
La
enmienda al artículo 10 en su párrafo primero es la referida expresamente a la entrada en vigor de las ordenanzas fiscales, puesto que dicho artículo en su redacción inicial no hacía una especificación respecto a cuando entraban en vigor las
ordenanzas fiscales, y nuestra enmienda pretende hacer una especialización respecto a ellas enmarcando que su entrada en vigor se producirá según marque la Ley de Haciendas Locales para evitar conflictos interpretativos. La enmienda al artículo 10
se refiere a los beneficios fiscales y a su revisión periódica de mantenerlos o no. Otra enmienda importantísima, ya que se pretende establecer un sistema igualitario en cuanto a la aplicación de los tributos; por tanto, deben de revisarse los
beneficios fiscales. La justificación de esta enmienda se basa en que las leyes tributarias están plagadas de excepciones, preferencias y lagunas, que hacen que hayan dejado de ser vehículos para conseguir una mayor distribución de la carga y que
sea más justa. El campo de los beneficios fiscales está plagado de estas actuaciones, que deben ser analizadas con extraordinario rigor, puesto que los contribuyentes que no se favorecen de ellas tienen que pagar mayores impuestos para compensar la
menor recaudación derivada del beneficio fiscal que consiguen otros. Si el propósito de la justicia tributaria es favorecer a todos, deberían estudiarse periódicamente los estímulos, ya que en muchas ocasiones tan sólo benefician a un grupo. La
enmienda que se propone, como he dicho anteriormente, pretende explícitamente paliar esta situación.
La enmienda al artículo 15 es igualmente muy importante. El artículo 15 lleva como título conflicto en la aplicación de la norma tributaria. A
este respecto, el Consejo de Estado hizo en su informe una reserva bastante importante. Según la exposición de motivos del proyecto de ley, con este precepto se pretende la revisión en profundidad de la regulación del fraude de ley y la
configuración de un instrumento efectivo contra el fraude sofisticado, pero resulta igualmente difícil de explicar que se impida sancionar las conductas que articulan fraudes de esta naturaleza.
Por ello se propone contemplar esta posibilidad
modificando la calificación del impuesto de conflicto a abuso. Asimismo, resulta esencial que el contribuyente pueda conocer los criterios básicos de apreciación de la existencia de abuso en la aplicación de la norma tributaria. La actual
redacción del artículo 15 del proyecto provoca una gran inseguridad jurídica, y como he dicho anteriormente el propio Consejo de Estado dice que supone un salto al vacío por lo amplio e impreciso, puesto que es muy difícil normar una figura que por
sí misma es bastante imprecisa.
Paso seguidamente al título II, dedicado a los tributos. Las enmiendas que hemos presentado al artículo 17.3 y al artículo 24 son de supresión y tratan de cuestiones técnicas.
La enmienda al artículo 26.5 se
refiere a los intereses de demora. En los casos que se practica una nueva liquidación como consecuencia de haber sido anulada otra liquidación, no parece correcto que se exija el interés de demora, que es el 25 por ciento más, como señala la actual
redacción del proyecto, pues esto supondría una penalización al derecho de los recurrentes a impugnar las liquidaciones incorrectamente practicadas. Por eso, nuestra enmienda propone que se exija el interés legal, que es de menor cuantía. Al
artículo 26.6 hemos presentado una enmienda de modificación para prever que en los supuestos que no sea obligatoria la prestación de garantía el interés exigible sea igualmente el interés legal y no el de demora, en consonancia con la enmienda
anterior.
En cuanto al artículo 28, párrafo segundo, relativo a los recargos en el periodo ejecutivo, nos referimos al tiempo que debe existir entre hacer efectivo el recargo ejecutivo, que sería del 5 por ciento. La actual redacción hace depender
la notificación de la providencia de apremio a la imposición de ese recargo, lo cual conllevaría una incertidumbre para la Administración. De este modo se introduce la exigencia de que en todo caso no haya transcurrido más de un mes desde la
finalización del periodo voluntario.
Presentamos enmienda al artículo 29.2, de modificación, respecto al principio de legalidad en el establecimiento de las obligaciones tributarias. Igualmente, hemos planteado otra al artículo 31.2, de
modificación, en donde se establece que si la devolución no se efectúa en un plazo, el interés de demora deberá calcularse desde la fecha en que finalizó el plazo de presentación de la declaración. A nuestro juicio, el administrado no tiene por qué
sufrir el retraso de gestión de la propia Administración.
La enmienda al artículo 33.1 es de carácter técnico. La enmienda al artículo 33.2 es de supresión. De acuerdo con el Consejo de Estado, es discutible el fundamento de la obligación de la
Administración tributaria de reembolsar, además del coste de las garantías, el interés legal de dicho coste, pues se estaría compensando al contribuyente por el lucro cesante. Por tanto, creemos que se debería eliminar. Al artículo 31.1 tenemos
una enmienda de modificación. En coherencia con la anterior se suprimiría el derecho al abono del interés legal. Igualmente, a dicho artículo tenemos una enmienda de adición, extendiendo los derechos a las liquidaciones provisionales de oficio,
dada su creciente importancia. En otra enmienda también a dicho artículo 34.1 se


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introduce expresamente poder obtener copia del expediente administrativo en el procedimiento de apremio.
La enmienda al artículo 35, párrafo sexto, es meramente de carácter técnico. En la enmienda al artículo 35.6 se propone añadir un
nuevo párrafo para señalar cómo se debe proceder a la hora de practicar las liquidaciones en el caso de que existan varios obligados tributarios y no se conozca la identidad de todos ellos.
Con la enmienda al artículo 36.1 proponemos que el sujeto
pasivo debe cumplir con la obligación principal y también con las accesorias, como son el recargo extemporáneo, recargos ejecutivos o los intereses de demora, porque todo forma parte de la obligación tributaria y por tanto también deben incluirse.

Al artículo 38 hemos presentado una enmienda de supresión, en coherencia con la presentada al artículo 17, párrafo tercero.
En la enmienda al artículo 43.1 se delimita la responsabilidad subsidiaria entre contratista y subcontratista al volumen
anual de operaciones que tengan entre ellos. La enmienda al artículo 46.1 se refiere a la profesión de asesor fiscal, porque a nuestro juicio no creemos que se pueda limitar la representación del administrado a un asesor fiscal. Será el
administrado quien designe libremente su representación a cualquier persona que considere capaz de representarlo. La enmienda al artículo 48, párrafo tercero, se refiere al domicilio fiscal. Queremos aclarar que en los procedimientos de oficio el
órgano correspondiente al domicilio inicial podrá seguir tramitando los mismos, pero siempre que las notificaciones se efectúen en el nuevo domicilio fiscal. En la enmienda al artículo 48.4 se reconoce expresamente como medio para poder utilizarlo
la Administración tributaria el padrón de habitantes municipal.
La enmienda al artículo 58.2 es de mejora técnica. La enmienda al artículo 68, párrafo tercero, se refiere a la interrupción de los plazos de prescripción. Se propone que de
conformidad con el principio de seguridad jurídica, se especifique que sólo interrumpen la prescripción las actuaciones de las que tenga conocimiento formalmente el obligado al pago. La enmienda al artículo 68.4 está en coherencia con la
anteriormente citada.
La enmienda al artículo 73, párrafo segundo, especifica claramente la compensación de créditos entre todas las administraciones y no sólo con el Estado, en base al principio de reciprocidad.
En la enmienda al artículo 74.1 se
introduce la modificación para que las entidades locales también puedan realizar sus créditos cuando otra Administración pública no pague sus tributos locales. Según la redacción actual sólo el Estado puede cobrar las cantidades que le adeuden las
entidades locales, lo cual es un agravio comparativo entre ambas administraciones.
Estas son, señorías, todas las enmiendas que el Grupo Parlamentario Socialista ha presentado a los títulos I y II. Se nos acaba de hacer llegar, por parte del Grupo
Parlamentario Popular, una serie de enmiendas transaccionales y otras que las aceptan tal cual estaban en la redacción.
Muchas de ellas corresponden a los títulos que acabo de defender. Desde el Grupo Parlamentario Socialista agradecemos que nos
acepten dichas enmiendas, pero hay que hacer un pequeño llamamiento porque aunque han hecho un esfuerzo por aceptarnos estas enmiendas, en muchas otras que hemos presentado a los otros títulos y que son muy importantes, de mayor calado respecto al
contenido y no sólo a la forma, a nuestro juicio deberían haber hecho un mayor esfuerzo a la hora de intentar consensuar, puesto que esta ley, como he dicho al principio de mi intervención, es de un gran calado y de gran importancia en nuestro
ordenamiento tributario y en nuestro ordenamiento jurídico.



El señor PRESIDENTE: Señor Fernández Marugán, tiene la palabra.



El señor FERNÁNDEZ MARUGÁN: Como bien dijo mi compañera, voy a defender las enmiendas a los títulos siguientes y al resto de disposiciones que forman parte de este proyecto de ley.
Señor presidente, la democracia supuso un cambio
extraordinario en el sistema tributario español en varios planos. El primero estuvo en el diseño; pasamos a un sistema de los denominados de modelo extensivo que grava la renta en el momento que se genera y en el momento en que se consume. El
siguiente plano es el del dibujo tributario; hemos pasado de un sistema centralizado de fuentes tributarias, donde la Administración central recaudaba todos los impuestos y los repartía entre el resto de las administraciones territoriales, a un
sistema de impuestos compartidos del que se exceptúa -yo creo que con buen criterio- el impuesto sobre sociedades. El tercer elemento o plano de cambio se produce en el proceso tributario, como diría Mantero; ahí el recorrido ha tenido una serie
de fases como pueden ser la declaración, la liquidación provisional, la comprobación, la liquidación definitiva o la recaudación que, de alguna manera, se han ido dejando a un lado. Hoy el centro de este proceso tributario gira en torno a la
autoliquidación, que se ha constituido en el elemento esencial y es el contribuyente el que une una parte importante de las antiguas fases, a las cuales he hecho alusión, en un acto en virtud del cual declara, calcula e ingresa y, después de haber
hecho ese acto tributario, viene la Administración y comprueba. El cuarto cambio que debería haberse producido es un cambio en la cultura administrativa, porque los tres cambios anteriores cierran el camino a una administración impermeable y abren
la puerta a una administración tributaria receptiva, capaz de fijar objetivos, de evaluar resultados y de mostrarse predispuesta a medir.
¿Por qué he hecho, señor presidente, esta diferenciación en los cuatro planos? Por una razón muy sencilla,
porque en el año 1963 la todavía vigente Ley General Tributaria se aplicaba a un sistema fiscal artesanal, a pesar de lo cual emergió destacándose en ella positivamente


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los elementos de modernidad que ha sido capaz de ir manteniendo a lo largo de más de 40 años. Y yo me pregunto: ¿el proyecto que hoy discutimos tiene estas virtudes? Yo creo que hoy ya no tenemos un sistema artesanal; hoy tenemos un
sistema fiscal de gestión de masas. Y si tenemos un sistema fiscal de gestión de masas, ¿la Administración tributaria requerida para la aplicación de ese sistema se contempla en el actual proyecto de ley? Lamentablemente, nosotros creemos que no,
que este es un proyecto de ley carente de compromisos con cualquier tipo de Administración tributaria, que es un proyecto sin cimientos, que es un proyecto donde no existe ningún modelo de gestión tributaria capaz de sostener éste o cualquier otro
sistema fiscal. Para nosotros lo que ha hecho el Gobierno es una ensoñación, no sé si incluso alguien podría decir que es hasta una ucronía. En cualquier caso, es una lástima que se haya perdido la oportunidad de articular elementos de
administración como con otros elementos que forman parte de un código tributario. Esta lástima que nosotros manifestamos en torno a esta ley la entendemos porque vivimos inmersos en un proyecto en el seno de la Unión donde tenemos que programar los
ingresos y los gastos y, para poder programar adecuadamente la marcha de los ingresos y de los gastos, hubiera sido bueno disponer de un nuevo edificio para la Administración tributaria. En cambio, nos hemos encontrado con que el Gobierno lo que
manda es un simple revoque en la fachada del viejo edificio tributario que nació en 1963. Lo dijimos y pusimos de relieve esta insuficiencia en el debate de totalidad, cuando creíamos que a la igualdad en el deber había que añadir la igualdad en la
exigencia. Y eso es fácil de entender, porque un sistema tributario puede ser valorado en función de la estructura impositiva, en función de los elementos relevantes de la deuda tributaria, pero también puede ser valorado en función de la
Administración que en cada momento se encarga de aplicarlo. Y ésta, la Administración tributaria, es una parte muy especial de la Administración pública, ya que es en ella donde se generan los recursos que van a ser los que nutran las posibilidades
de aplicación de un conjunto de políticas. Eso hace que la Administración tributaria en modo alguno sea un ente neutral y eso hace que la función de aquel tipo de persona que se dedica a ser recaudador de los tributos tenga a veces que enfrentarse
con una valoración vulnerable en el juicio de la opinión pública. La tarea del recaudador es una tarea noble pero no grata y, siendo una tarea noble pero no grata, a instituciones públicas como el Parlamento les corresponde ser capaces de dotar a
esa función inspectora y gestora de elementos positivos, para que podamos señalar que en el trabajo de la Administración tributaria se está haciendo un esfuerzo importante en aras del levantamiento de un servicio al servicio de la democracia.
Eso
nos llevaría a políticas que ayuden al cumplimiento del contribuyente normal y ordinario; nos llevaría a ser meridianamente transparentes y, desde luego, nos debería llevar a evitar que aquello que algunos no pagan debiendo hacerlo lo terminemos
pagando los demás, bien porque tenemos mayor conciencia cívica, bien porque tenemos menos posibilidades de defraudación. Eso ha dado origen a que cada vez sea más frecuente una filosofía que dice que hay que favorecer el cumplimiento voluntario de
los tributos, con la cual estamos de acuerdo. Es bueno tener leyes justas, es bueno tener bien definidos los derechos y las obligaciones, es bueno tenerlos bien definidos y que sean claros. Pero este cumplimiento voluntario tiene un correlato, el
de que hay que profundizar en el cumplimiento de la ley, que hay que perseguir al fraude, dificultando y neutralizando los mecanismos que lo hacen posible, y que, de alguna manera, hay que hacer ver a aquellos que se embarcan en actuaciones
defraudadoras que pueden ser descubiertos y castigados.
Por tanto, definir objetivos, desarrollar actividades, elaborar programas y verificar el cumplimiento de los mismos son actuaciones que cualifican una Administración tributaria de calidad. En
el lenguaje de aquellos que se dedican a la gerencia tributaria se dice que una administración de calidad es una administración capaz de definir misiones y que algunas de estas misiones son internas, las que nos llevan a analizar la propia actuación
de la Administración tributaria; y otras, dentro de ser internas, están muy vinculadas a lo que creen los ciudadanos que tenemos que ser: un ente capaz de evaluar y de controlar las consecuencias de los hechos que adoptamos.
Analizar actuaciones
tiene una importancia singular porque implica, de alguna manera, valorar el trabajo que hace la propia Administración, valorar los métodos de trabajo tratando de que sean lo menos uniformes posible, los más diversificados, los más diferenciados.
Por ejemplo, creo que todos estaríamos de acuerdo si hoy decimos que la actuación de la Administración tributaria y de la Inspección fiscal en España es costosa en las comprobaciones para los pequeños contribuyentes, costosa para el contribuyente y
costosa para la Administración. Y no se puede decir lo mismo de lo costosa que es la actuación de la Inspección tributaria para el gran contribuyente o la gran corporación, aunque sólo sea porque en estricto orden de cálculo de probabilidades estos
últimos tienen poca probabilidad de ver un día la presencia inspectora en el control de su actividad económica.
Por tanto, merece la pena que bajemos a evaluar y a valorar las consecuencias que se derivan de los actos que realiza la Administración
tributaria del Estado. Pero lo mismo que se puede decir de esta consideración microeconómica podemos decirlo de consideraciones macroeconómicas. Uno de los objetivos de la Administración tributaria es saber si es capaz de responder a los
requerimientos de recaudación que establecen las autoridades políticas, así como si es capaz de responder


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a la distribución de la carga por sectores, por territorios, por niveles de renta o por tramos de renta.
Yo me pregunto, y lo pregunto aquí delante de los miembros de la Comisión, ¿el proyecto habla de estas cosas?, ¿estas cosas se
contemplan en el proyecto? Yo tengo que decir que de estas cosas este proyecto no habla, por eso he hablado de ensoñación y de ucronía, y no habla porque lamentablemente el partido del Gobierno y el Gobierno a lo largo de los últimos años han
impedido que podamos averiguar el grado de eficacia de la Administración tributaria, el grado de eficacia en los actos propios de la Administración, en las actuaciones de liquidación que hace la propia Administración y también en los actos
rutinarios cuando la Administración se comporta a lo largo del proceso de autoliquidación como una enorme caja recaudadora. Eso se nota en algunos hechos y voy a emplear, como casi siempre, pocos números. Los actos de liquidación que lleva a cabo
la Administración tributaria en España han ido aumentando en una etapa y disminuyendo en otra. Entre 1992 -la Agencia se crea en 1991-y 1996 la recaudación obtenida por actos de liquidación pasó de ser el 2,2 -no es tanto lo que recauda la
inspección- del conjunto de ingresos tributarios al 2,8. No obstante, aquí pasó algo parecido, que dejó de crecer cuando cambió el Gobierno del Partido Socialista y en pocos años, al final de la década de los noventa, nos hemos encontrado con que
la capacidad recaudatoria de los actos de liquidación que efectúa la Agencia Tributaria de nuevo se ha reducido al 2,2 por ciento. Se ha hecho realidad algo que aprendí un día de un economista norteamericano, Lester Thurow, que decía: cuesta mucho
trabajo hacer actuaciones que contribuyan a la igualdad, pero con mucha rapidez se puede producir el envilecimiento de la actividad igualatoria. Eso se puede decir del conjunto de recursos que se obtienen por la vía de la liquidación en la
Administración tributaria del Estado, pero también se puede decir de figuras individuales donde el grado de eficacia de la gestión tributaria en España es muy deficiente, en aquellos gravámenes donde existe mayor defraudación fiscal, en el IVA.
¿Por qué? Este es un tema que tiene alguna relación y que tampoco quisiera dejar de poner en valor y en consideración en esta Comisión. La mayor parte del esfuerzo que realiza la Administración tributaria del Estado no se realiza en el IVA, se
realiza en los impuestos directos y no se realiza en los impuestos indirectos. Me he preguntado a veces si esto es justo o no y quizá no tendría ningún inconveniente en admitir que propendo a entender que es justo, pero tengo que recordar que en la
base imponible de los impuestos directos lo que hay hoy son salarios medios y salarios bajos fundamentalmente, por tanto, alguna duda me produce esa atención expresa y directa de la gestión tributaria de la Administración tributaria del Estado a los
impuestos directos y el abandono relativo que se produce en los impuestos indirectos. Porque quisiera señalar que los impuestos directos, sobre todo los que gravan la renta personal, están sometidos a una retención en origen y entonces, ¿qué
sentido tiene que el contribuyente cuyos márgenes de defraudación ya son reducidos contemple la presencia inspectora de una manera fehaciente en la comprobación de sus rentas fiscales? ¿No estaremos insistiendo en lo fácil y en lo barato? ¿No
estaremos dejando a un lado lo difícil? Porque, créame, señor presidente, evitar un fraude fiscal es lento y es caro y quizá legitime, pero estoy seguro de que levanta quejidos y es muy posible que alguien no quiera oír esos quejidos. Por tanto,
cabe la posibilidad de que estemos asistiendo a una doble injusticia, la injusticia de la desigualdad tributaria en la norma y la injusticia de la diferente aplicación de la misma. No lo digo yo, pero tengo la sensación de que hoy tenemos en España
una administración tributaria acomodada, que se limita a obtener lo que consigue a través del cumplimiento voluntario, pero que no le presta la atención debida ni al fraude fiscal ni a las actitudes y comportamientos de los contribuyentes de riesgo.
Lo ha dicho recientemente el Tribunal de Cuentas y lo han dicho los inspectores.
Por tanto, tras defender las enmiendas 167, 168, 169 y 170, poco es lo que diré de la 188. La mejor defensa de la enmienda 188 la han hecho los propios funcionarios
de Hacienda que se consideran tripulantes de un barco cuyo rumbo desconocen. Ese es el resultado del funcionamiento de la Administración tributaria en España hoy día, y va a ser todavía más grave si se aprueba el artículo de las actas de acuerdo,
frente al cual nosotros hemos establecido la enmienda 193. La motivación del artículo de las actas de acuerdo es que el Gobierno quiere evitar la incertidumbre que se produce. Yo tendría que decir que, si es que existe esa incertidumbre, la
residencia el proyecto en los contribuyentes de mayor capacidad económica. Yo me pregunto: ¿por qué tienen que ser los contribuyentes de mayor capacidad económica los destinatarios de esta modificación normativa? Creo que la regulación que se
propicia va a favorecer el mal trabajo. Creemos que la Administración tributaria no puede negociar por razones de comodidad, que el principio de legalidad la obliga a agotar todos los medios de investigación a su alcance para, de esta forma, poder
fijar y determinar de manera cierta y precisa el hecho imponible y poder asumir y cuantificar, a su vez, la magnitud de la base imponible. Se está abriendo un camino que no favorece la justicia tributaria, sino que en la práctica va a ser un
semillero de conflictos que conculcará los principios de igualdad, de objetividad, de imparcialidad, de generalidad y de seguridad jurídica entre los ciudadanos contribuyentes. El territorio que se abre con las actas de acuerdo es un territorio
abonado a un nuevo tipo de conflictos donde pueden caer los malos inspectores y los malos políticos.
Créame, señor presidente, cuando me he acercado a este texto normativo ha venido a mi memoria una


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frase de Benito Juárez que pronunció, nada más y nada menos, hace 150 años y que dice algo así: A los amigos, gracia y justicia; a los enemigos, la ley. Ese puede ser el recorrido que se produzca con esta modificación normativa. El
Tribunal de Cuentas tendrá que ver algo en este sentido y el Consejo de Estado sí se ha percatado de la diferenciación que se produce en la aplicación de la norma.
Respecto de la enmienda 220, de la revocación de los actos de aplicación de los
tributos, sólo quiero decir que la discrepancia es doble porque no se preservan los intereses de la Hacienda pública y no se produce seguridad jurídica para el contribuyente.
Alguien podía pensar que se me ha olvidado la enmienda 177 al artículo
92, que sólo pretende restaurar un inciso destinado a promover el aumento de educación tributaria entre los ciudadanos. No se me ha olvidado, no se me ha olvidado porque de alguna manera nosotros somos conscientes de que la aplicación de los
sistemas tributarios, las actitudes que adoptan los contribuyentes ante el deber de cumplir su obligación tributaria es muy importante. Hay ciudadanos en España, en cualquier sociedad, que no tienen la posibilidad de disponer de los códigos
tributarios, que no conocen las leyes fiscales, pero que cuando se acercan a las mismas les parece que son difíciles y abstrusas. Esos ciudadanos, a pesar de la dificultad con la que cuentan, son unos excelentes cumplidores de la legalidad
tributaria, cosa que es de agradecer. Es más, esos ciudadanos viven en un estado de inocencia tributaria, de virginidad tributaria, me atrevería a decir, y esos contribuyentes se escandalizan cuando ven que soportan un exceso de gravamen, se
escandalizan, como decía mi compañera, cuando observan la desigualdad que se produce con los incentivos, los privilegios y con las galanuras tributarias, y se irritan cuando comprueban que las leyes tributarias se aplican con ausencia de
imparcialidad. Por eso, en estas sociedades ha nacido, ha crecido y se ha desarrollado la creencia en amplias capas de ciudadanos que el único fin de la tributación es la recaudación. Y nosotros creemos que hay otras razones que justifican el
fundamento de los impuestos. Se produce un daño moral en la sociedad española cuando se presenta el ordenamiento tributario única y exclusivamente como un ordenamiento coactivo. Es preciso compensar esa situación poniendo de relieve que el interés
general nos debería empujar a tener un sistema tributario justo y correctamente aplicado. Hay que fortalecer la moral y la conciencia fiscal de esta sociedad, y para que ello sea posible hay que llevar a cabo una tarea de formación de la opinión
pública. Los ciudadanos han de percatarse de que la justicia tributaria no es un hecho marginal, que los impuestos son necesarios para el esclarecimiento y la prestación de los servicios e imprescindibles para la vida en un mundo civilizado. En
esa tarea educativa deberían participar todos los sujetos de la relación jurídica-tributaria. Nosotros creemos que el Gobierno quizá se haya olvidado de restaurar ese inciso que estaba en el proyecto de ley de 1995. Ese olvido, clarificador por
otra parte, es el que pretendemos restaurar con la enmienda 177.



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor López-Amor.



El señor LÓPEZ-AMOR GARCÍA: Estamos asistiendo en la Comisión de Economía al debate de las enmiendas al proyecto de ley general tributaria. Mi intervención no hubiera tenido otro cariz si no hubiera sido por algunas de las intervenciones
que se han producido a lo largo de esta mañana.
Este proyecto de ley es absolutamente necesario y viene a colocar las garantías necesarias de los ciudadanos de este país en el ámbito tributario en el lugar que deben estar, y es protegidas por
nuestro Estado de derecho. No se trata de una ley que intente únicamente hacer una revocación de la fachada del viejo edificio del sesenta y tres, con ser éste extraordinario. Lo que intenta es incorporar al proyecto de ley todas las garantías de
los contribuyentes que en normativa dispersa, en concreto con el estatuto de derechos y garantías de los contribuyentes, se aprobó el 26 de febrero de 1998.
Durante los años de gobierno del Partido Socialista en nuestro país no tuvieron tiempo de
hacer un texto alternativo a la Ley General Tributaria de 1963, y no sólo no lo hicieron sino que acometieron diferentes modificaciones parciales, todas ellas encaminadas, contrariamente a lo que ha dicho aquí su portavoz, a endurecer el marco
coactivo en el que se mueven las relaciones entre el contribuyente y el Estado, a incrementar el poder coactivo del Estado y esa inseguridad que producía a todos los ciudadanos, a todos los contribuyentes con espectáculos de todos conocidos como los
procedimientos por delito fiscal incoados contra personas muy conocidas, contra creadores de imágenes, hoy alguno de ellos fallecidos como Lola Flores o el mismo Pedro Ruiz. Por tanto, entre lo que se ha dicho aquí de forma bien intencionada por
parte del portavoz socialista y la realidad de los 14 años de gobierno socialista, no hay ningún punto de conexión. Oído en abstracto, lo que dice el portavoz del Partido Socialista incluso puede ser suscrito o participado por cualquiera que lo
esté oyendo, pero conociendo la teoría aquí expuesta y la praxis empírica durante 14 años, la realidad es que no tiene ningún sentido.
Creo que no les gusta la ley precisamente porque no la hicieron ellos y porque además su deber como partido de la
oposición es oponerse a ella.
Decir que esta ley no tiene más que un único afán recaudatorio creo que es un argumento de carácter absolutamente reduccionista, puesto que el partido del Gobierno ha demostrado que incluso reduciendo los tipos
impositivos y haciendo la política más garantista del contribuyente que se haya practicado nunca en este país se ha incrementado la recaudación de forma sustancial y además no ha hecho


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falta cubrir esos desequilibrios fiscales, esos desequilibrios presupuestarios en los que estábamos instalados desde el año 1982 hasta el año 1996.
Por tanto, creo que este es un proyecto de ley necesario, un proyecto de ley que pone al día
toda la normativa, todo el corpus jurídico-tributario y que incorpora lo mejor de nuestro sistema tributario a un texto sistematizador que tiene un cierto ánimo codificador que, repito, creo que es absolutamente necesario y entiendo que es oportuno
decir que sirve para abrochar el conjunto de nuestro sistema tributario.
En el trámite parlamentario esta ley se ha enriquecido de forma sustancial y es intención de nuestro grupo parlamentario votar a favor casi del 20 por ciento de las enmiendas
al articulado. En el texto de la ponencia ya se han incorporado todas las enmiendas del Partido Popular que evidentemente voy a dar por defendidas, puesto que la motivación de las mismas hace innecesario extenderse en ellas. Pero sí quería hacer
mención exclusivamente de un par de ellas, en concreto de la enmienda incorporada ya al proyecto de ley al artículo 43.1.f), en el que se habla de la responsabilidad subsidiaria de los contratistas. Creo que esta enmienda no ha quedado de la forma
más adecuada y es posible que se pueda introducir alguna modificación en el trámite parlamentario del Senado, con lo que se pueda enriquecer un poquito más. A juicio de este grupo parlamentario la responsabilidad subsidiaria de los contratistas es
un tema de absoluta importancia al que hay que darle un par de vueltas más, aunque de momento ya se haya mejorado de forma sustancial, por lo que entendemos que tal como hemos presentado la enmienda el Grupo Popular debe votar a favor. Hay que
estudiar el conjunto del sistema jurídico español para poder, si se quiere, eliminar la gravedad de esta responsabilidad subsidiaria ya que, tal como ha quedado, nos parece un poco exagerada. Quiero decir que evidentemente aquí hay coincidencia con
otros grupos parlamentarios, pero al Grupo Parlamentario Popular no le satisface la enmienda tal como ha quedado incorporada al proyecto de ley y seguramente en el Senado habrá que modificar algunos aspectos de la redacción dada al artículo 43.1.f).

También quiero mencionar un tema que es importante, que es la incorporación de una disposición adicional decimotercera absolutamente nueva y que consiste básicamente en la posibilidad de que las comunidades autónomas puedan nombrar funcionarios en
los tribunales económico-administrativos. Esta es una vieja aspiración de alguna comunidad autónoma y en especial de un diputado que quiero mencionar aquí expresamente, el señor Sánchez i Llibre, que creo que ha conseguido que la enmienda sea
presentada por el Grupo Popular e incorporar con ella parte de sus desvelos y parte de sus intenciones que con carácter permanente se han manifestado en esta Cámara para que los tribunales económicos regionales puedan tener funcionarios provenientes
de la comunidad autónoma respectiva. Creo que esta es una medida muy importante, es un gran avance en eso que algunos llaman corresponsabilidad fiscal y también es un avance importante en la creación de Estado, como el mismo señor Sánchez i Llibre
ha dicho.
Una vez dicho esto, quiero expresar que el Partido Popular piensa votar favorablemente una enmienda del PNV, diez de Izquierda Unida, dos de Coalición Canaria, trece del PSOE , diecisiete de Convergència i Unió y una del Bloque
Nacionalista Galego. Por tanto, esto es demostrativo de la voluntad que ha tenido el Grupo Parlamentario Popular durante la tramitación de este proyecto, aceptando todas las enmiendas que sirvieran para enriquecer el proyecto de ley remitido por el
Gobierno. Se ha sido ampliamente generoso con todos los grupos políticos y todas aquellas enmiendas que tienen sentido y encaje dentro del bloque de legalidad tributario previsto en esta ley, van a ser aceptadas por nuestro grupo parlamentario.



El señor PRESIDENTE: Finalmente, vamos a proceder a la ordenación de las enmiendas para someterlas a votación. Ruego a SS.SS. que no salgan de la sala. (Pausa.)


El señor PRESIDENTE: Vamos a votar, en primer lugar, el proyecto de ley de modificación y adaptación de la normativa de seguros. Haremos una pequeñísima interrupción para pasar a los portavoces la fotocopia de las enmiendas de la ley
tributaria, que son bastante complejas.
Votamos la enmienda número 8 del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; en contra, uno.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmienda número 10.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 35.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Enmienda número 12.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmienda número 13.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 34.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



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Enmienda número 15.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 34.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Enmienda número 16.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 34.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Enmienda número 17.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 13; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Votamos la enmienda número 18.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 21; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Enmienda número 20.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 21; abstenciones, 14.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Enmienda número 21.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 21; abstenciones, 14.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Resto de enmiendas del Grupo de Coalición Canaria.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 21; abstenciones, 14.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Enmiendas números 2 y 3 del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 21; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Enmienda número 37 del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió).



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; abstenciones, 14.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmienda número 44.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; abstenciones, 14.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmiendas números 47, 50 y 51.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; abstenciones, 14.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.
Enmienda número 48.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 21; abstenciones, 13.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Enmienda número 52.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 21; abstenciones, 13.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Enmienda número 53.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 21; abstenciones, 13.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Enmiendas números 45 y 54.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; abstenciones, 14.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.
Resto de las enmiendas.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 21; abstenciones, 14.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Pasamos a la enmienda número 30 del Grupo Parlamentario Socialista.



Efectuada la votación, dijo


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El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.
Resto de enmiendas del Grupo Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 21; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Enmienda número 22 del Grupo Popular.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmienda número 23.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Enmiendas números 24 y 25.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.
Votamos las enmiendas números 26 y 27.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, 14.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.
Enmienda número 28.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Votamos ahora la enmienda transaccional a las números 7, 36 y 29.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 36; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Votamos el informe de la ponencia.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; abstenciones, 14.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.
Votamos la exposición de motivos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; abstenciones, 14.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Iniciamos la votación del proyecto de ley general tributaria.
Enmiendas del Grupo Mixto correspondientes al señor Rodríguez Sánchez.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 21; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Hago un paréntesis para decir que la 387 de este grupo de enmiendas se ha incorporado al informe de la ponencia.
Enmiendas 121, 122, 123, 124 y 125 de Coalición Canaria.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 31.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Enmienda número 127.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Enmiendas 128, 129, 130, 131.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 31.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Enmienda número 4 del Grupo Vasco.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12; en contra, 21; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos la enmienda número 6, que coincide con la 285.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 34; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
¿Podemos votar conjuntamente las enmiendas 7, 8, 10, 11 y 13? (Asentimiento.) Votamos las enmiendas citadas.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 21.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



El señor MARDONES SEVILLA: Señor presidente, al final del bloque de las enmiendas de Coalición Canaria no he podido oír desde aquí si el señor presidente se refería a dos transaccionales que no se votaban, que pasaban a votarse como
transaccionales.



El señor PRESIDENTE: Se votarán después.



El señor MARDONES SEVILLA: O sea que quedan para la votación final de transaccionales. De acuerdo, señor presidente.



El señor PRESIDENTE: Pasamos al bloque de enmiendas de Izquierda Unida.
En primer lugar votamos la enmienda 42, que coincide con la 278, y la 43, que coincide con la 153, del Grupo Socialista. ¿Se pueden votar conjuntamente?
(Asentimiento.) Las votamos conjuntamente.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.
Se nos había pedido que votáramos separadamente, y yo a mi vez pregunto si se pueden votar conjuntamente las enmiendas 68, 74, 98 y 112.
(Asentimiento.)


Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.
Teniendo en cuenta que las enmiendas transaccionales se votan aparte, nos quedan el resto de las enmiendas de Izquierda Unida, que votamos a continuación.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 11; en contra, 22; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Entramos en las votaciones correspondientes al bloque de enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), que es de los más complicados que he visto, pero vamos a intentar
conseguirlo.
Excluimos, de entrada, como transaccionales las enmiendas 324, 339, 340, 355 y 373 para que no haya ninguna duda. La 266 también es transaccional.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Señor presidente retiramos la enmienda número 366, ya que está subsumida por la 260, del Partido Popular, que se aceptó en la ponencia. Por tanto, no es necesario que se vote en la Comisión.



El señor PRESIDENTE: Muy bien. Votamos la enmienda número 263.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 31; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Pregunto a los señores portavoces si es posible votar conjuntamente las enmiendas números 264, 265, 267, 268, 269, 270, 271 y 272, hasta la 275 bis). ¿Es posible votarlas conjuntamente? (Pausa.)
Señor Frutos, si quiere que separemos alguna, estamos a tiempo.
Todas van siguiendo el orden, excepto una transaccional, la 266. El resto van una tras otra hasta la 275 bis)


El señor FRUTOS GRAS: Pero, ¿a partir de cual?


El señor PRESIDENTE: De la 264 a la 275 bis). (Pausa.) Ya teníamos apuntado cómo lo quería usted, y hay cuatro bloques al menos.
Lo hacemos como usted ha pedido.
En primer lugar votamos las enmiendas 264 y 265.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 31.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos la enmienda 267.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 31; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos las enmiendas 269 y 270.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 32.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos conjuntamente las enmiendas 271 y 272.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 31; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos el grupo de las enmiendas 274, 275 y 275 bis)


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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 31; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos la enmienda 277.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 32.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos la enmienda 280.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14: en contra, 21.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos conjuntamente las enmiendas 282, 283 y 284.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 31.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos la enmienda 286.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 21.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos la enmienda 287.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres, en contra, 31.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Enmienda 288.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres, en contra, 31.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Enmienda 289.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14; en contra, 21.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Pasamos ahora a votar conjuntamente las enmiendas 290, 295, 297, 303 y 326.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24; en contra, 10; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.
Vamos a votar la enmienda 292.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 21; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos la enmienda 294.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 21; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Vamos a votar la enmienda 296.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 21; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos la enmienda número 300.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 21; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos la enmienda 304.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres, en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos la enmienda 309.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13; en contra, 21; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos las enmiendas 312 a 319, ambas incluidas y conjuntamente.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos conjuntamente la 320 y la 321.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos la 323.



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos la enmienda 325.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, cuatro; en contra, 29.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.



El señor LÓPEZ-AMOR GARCÍA: A estas alturas de la votación, querría saber qué pasa con las enmiendas 278 y 285, que creo que no las hemos votado, aunque coinciden con la 42, de Izquierda Unida, y con la 6 del Grupo Vasco.



El señor PRESIDENTE: Sí, se han votado antes porque coincidían. De todas formas, lo habíamos puesto por escrito, ya que coinciden.
Votamos la enmienda 327.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos las enmiendas 328 a la 332, ambas inclusive, conjuntamente.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos, en contra, 31.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos la enmienda 333.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos la enmienda 334.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12; en contra, 21; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos conjuntamente las enmiendas 337 y 338.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos la enmienda 341.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres; en contra, 30.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos la enmienda 344.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos la enmienda 345.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 31.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos conjuntamente las enmiendas 347 y 348.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 31.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos las enmiendas 349 y 350.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
La enmienda 351 ya está aceptada en ponencia.
Votamos la enmienda 354.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos conjuntamente las enmiendas 358 y 359.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos la enmienda número 363.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos la enmienda 364.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra; 31.



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El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos conjuntamente las enmiendas 367, 368 y 369.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos la enmienda 371.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 30; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos la enmienda 372.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 30.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Votamos conjuntamente las enmiendas 374 y 375.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, dos; en contra, 29; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Votamos la enmienda 383 que no hemos votado antes.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23; en contra, nueve; abstenciones, una.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Resto de las enmiendas de Convergència i Unió.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, tres, en contra, 29.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.



El señor SÁNCHEZ I LLIBRE: Querría saber si la enmienda 278 se ha votado.



El señor PRESIDENTE: Coincide con la 42 de Izquierda Unida.



El señor MARTÍNEZ-PUJALTE LÓPEZ: Se ha votado favorablemente.



El señor PRESIDENTE: Votamos ahora las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista 134, 136, 146, 153, 155, 172, 175, 182, 189 y 190, excluyendo las enmiendas transaccionales 132, 135 y 160.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.
Votamos la enmienda 176.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 18; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Resto de enmiendas del Grupo Socialista.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 10; en contra, 18; abstenciones, dos.



El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.
Las transaccionales las votamos en bloque.



Efectuada la votación, dijo


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unanimidad.
Vamos a votar el informe de la ponencia.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 10.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.
Exposición de motivos.



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20; en contra, 10.



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.
Se levanta la sesión.
Eran las tres y treinta minutos de la tarde.