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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 238, de 24/05/2001
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 2001 VII Legislatura Núm. 238



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NOTA INFORMATIVA: En la edición impresa de este Diario, sus páginas
aparecieron, por error, numeradas desde la 3539 a la 3566. Tal error
ha sido corregido en la presente edición electrónica.

(Vease 'DS. Congreso de los Diputados' Comisiones, núm. 285)
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ECONOMÍA Y HACIENDA



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. SANTIAGO LANZUELA MARINA



Sesión núm. 21



celebrada el jueves, 24 de mayo de 2001



Página



ORDEN DEL DÍA:



Comparecencia del señor secretario general de Política Económica y
Defensa de la Competencia (De Guindos Jurado) para informar sobre la
evolución reciente, situación actual y perspectivas de la política de
defensa de la competencia. A solicitud del Grupo Parlamentario
Popular en el Congreso. (Número de expediente 212/000478) . . .

(Página 7140)



Proposiciones no de ley:



- Relativa a la adopción de medidas para favorecer el desarrollo de
la energía solar. Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.

(Número de expediente 161/000547) . . . (Página 7157)



- Relativa a los planes de empresa de Hunosa y Mina La Camocha.

Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista. (Número de
expediente 161/000562) . . . (Página 7161)



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Se abre la sesión a las once y cinco minutos de la mañana.




El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.




Señorías, antes que nada, en nombre de la Mesa y de esta Presidencia
deseo expresar nuestro sentimiento, nuestra consternación y desde
luego nuestra repulsa más absoluta ante el último vil asesinato
producido esta mañana en el País Vasco en la persona de don Santiago
Oleaga, director financiero del El Diario Vasco.




COMPARECENCIA DEL SEÑOR SECRETARIO GENERAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y
DEFENSA DE LA COMPETENCIA (DE GUINDOS JURADO), PARA INFORMAR SOBRE LA
EVOLUCIÓN RECIENTE, SITUACIÓN ACTUAL Y PERSPECTIVAS DE LA POLÍTICA DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA, A SOLICITUD DEL GRUPO PARLAMENTARIO
POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de expediente 212/000478)



El señor PRESIDENTE: Como primer punto del orden del día figura la
comparecencia del señor secretario general de Política Económica y
Defensa de la Competencia, a quien doy la más cordial bienvenida y
cedo la palabra.




El señor SECRETARIO GENERAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y DEFENSA DE LA
COMPETENCIA (De Guindos Jurado): Muchas gracias, presidente. Buenos
días, señorías. Por supuesto, deseo unirme al dolor y a la condena
del asesinato de esta mañana.




Si ustedes me lo permiten, la comparecencia de hoy va a tratar sobre
un análisis de la política de competencia del Gobierno y haré una
serie de reflexiones sobre la implementación de la misma en el marco
del conjunto de la política económica del Gobierno. La dividiré en
cuatro partes fundamentales, esperando ajustarme a una duración
máxima de 30 a 35 minutos. En primer lugar, haré un análisis del
papel que, desde nuestro punto de vista, debe jugar la política de
competencia dentro de la política económica española, en el nuevo
contexto determinado por la incorporación de nuestro país a la unión
monetaria; en segundo lugar, haré un breve repaso de las principales
modificaciones legislativas que se han llevado a cabo en los dos
últimos años; en tercer lugar, me referiré a los proyectos de
modificación legislativa que están en marcha, tanto reales decretos
como proyectos de ley; y, en cuarto lugar haré una revisión, tanto en
el ámbito de conductas como en el de concentraciones, de las
actuaciones primordiales que se han llevado a cabo de los principales
casos, conductas, fusiones y adquisiciones, que han sido vigiladas y
analizadas por los órganos de defensa de la competencia. Finalizaré
con unas breves conclusiones.

Entrando en la primera parte de mi intervención, la consideración del
papel de la política de competencia dentro de la política económica,
simplemente quisiera recordar a SS.SS. que el marco de instrumentos
disponibles de política económica se ha visto drásticamente
modificado como consecuencia de nuestra incorporación a la unión
monetaria, que supone fundamentalmente que la política monetaria ya
es una responsabilidad del Banco Central Europeo, que fija dicha
evolución monetaria y el signo de la política monetaria en función de
las condiciones medias existentes en la zona euro. En segundo lugar,
la economía española tampoco podrá aprovechar o utilizar una
evolución del tipo de cambio nominal de la peseta, de la que era
hasta no hace mucho tiempo nuestra divisa, para ganar competitividad
nominal; por lo tanto, la única forma que habrá de ganar
competitividad será una evolución adecuada a los costes unitarios de
producción. Y, en tercer lugar, la política fiscal, como todos
ustedes conocen, también está sujeta a las premisas, a la regulación
y a los compromisos establecidos en el Pacto de Estabilidad
y Crecimiento. En esas circunstancias, lo que se pone claramente de
manifiesto, por decirlo de una forma simple, es que los instrumentos
tradicionales de regulación de la demanda agregada, los instrumentos
macroeconómicos, van a estar bastante limitados desde el punto de
vista de lo que es la disponibilidad para las autoridades nacionales
de política económica. Ello pone claramente de manifiesto y subraya
la importancia de otro tipo de instrumentos, fundamentalmente de
carácter microeconómico, que se centran en el funcionamiento de los
mercados de bienes y servicios y de los factores. Y, en ese sentido,
la política de competencia juega un papel básico y fundamental. ¿Por
qué juega un papel básico y fundamental? La política económica que ha
realizado el Gobierno en este ámbito, desde el enfoque de la oferta
se ha basado fundamentalmente en un proceso de privatización, en la
modificación de la propiedad de una serie de empresas que
anteriormente eran públicas y que, en muchas ocasiones, tenían cierto
carácter monopolístico u oligopolístico, con lo cual se ha combinado
el paso de la propiedad pública a la propiedad privada con la
introducción de competencia vía un proceso de liberalización o vía un
proceso de desregulación.

La tercera pata de este enfoque de política de oferta, cuyas dos
primeras eran la política de privatización y la de liberalización o
desregulación, es la política de competencia. Desde nuestro punto de
vista, la política de competencia puede combinar perfectamente el
funcionamiento de la política de liberalización y el de la de
privatización, en el sentido de afectar y de atacar las barreras de
entrada que existen en los mercados. Muchas veces, estas barreras de
entrada, que delimitan la capacidad de competencia de los mercados de
bienes



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y servicios, son impuestas por las instituciones del sector público
y, otras muchas, son impuestas por antiguos monopolios que,
evidentemente, parten de cuotas de mercado muy elevadas, lo que
exige, desde el punto de vista de la necesidad de introducir una
competencia potencial, que las autoridades de competencia estén
especialmente vigilantes ante la actuación de estos antiguos
monopolistas con altas cuotas de mercado, que siguen siendo bastante
elevadas en el proceso de transición a la competencia. Es aquí donde
la política de competencia engarza perfectamente con las políticas de
privatización y de liberalización y con el enfoque general de mejora
de los mercados de bienes y servicios y de los de factores
productivos, como elementos básicos para continuar mejorando la
evolución de los costes unitarios de producción de la economía
española y, en última instancia, nuestra competitividad, que es un
elemento fundamental en el seno de la moneda única. Este es el
sentido básico que se da a la estrategia de política de competencia
dentro del planteamiento general de la política económica, y a él han
respondido fundamentalmente los distintos desarrollos y esfuerzos del
Gobierno en los últimos años.

Entrando ya en las modificaciones legislativas que se han realizado
en nuestro país desde el año 1999 -las expondré muy brevemente para
no aburrirles a ustedes, que las conocen ya en su gran mayoría-,
quiero poner de manifiesto que todas ellas han ido en el sentido que
les comentaba anteriormente: la intensificación de la política de
competencia en el nuevo contexto en el que se mueve la economía
española, intentando eliminar barreras de entrada y hacer mas
contestables -en términos anglosajones- los mercados de bienes y
servicios que existen en la economía española como elemento
fundamental de competitividad.




En el Real Decreto-ley 6/1999 se hizo una modificación sustancial de
uno de los instrumentos básicos de la política de competencia: el
control de concentraciones. En 1989, la Ley de competencia española
se centraba fundamentalmente, como saben ustedes, en el análisis de
concentraciones a través de una notificación voluntaria; un sistema
copiado del francés, que no daba muchas posibilidades de actuación a
las autoridades de competencia porque la notificación de una
operación de concentración era voluntaria para las partes. Pues bien,
en el Decreto-ley 6/1999 la notificación pasa a serobligatoria;
siempre que se rebasen determinados umbrales, las empresas sujetas a
la operación de concentración tendrán que notificar obligatoriamente
al Servicio de Defensa de la Competencia dicha operación, con lo que
se desencadena el proceso de control de concentraciones. Se establece
simultáneamente la posibilidad de una consulta previa, para ver si
las empresas están sujetas a la obligación de notificación. Una de
las cosas más difíciles en el ámbito de la política de competencia es
la definición del mercado, relevante.

Como los umbrales están referidos a cuotas de mercado dentro
de estos mercados relevantes, a veces es necesario que el sector
público -el Servicio de Defensa de la Competencia, en este caso-
defina si la operación está o no sujeta a dicho control de
concentraciones, en función de su cuantía y su tamaño, para dar
certidumbre a las partes y a los operadores.Otra modificación básica
del Decreto-ley 6/1999 es la posibilidad de terminación convencional
del procedimiento de control de concentraciones.

Siguiendo cronológicamente la evolución de las modificaciones
legislativas, nos encontramos con la Ley 52/1999, que SS.SS. conocen
perfectamente -una modificación de la Ley del año 1989-, en la cual
se introduce el concepto de abuso de dependencia económica junto a la
posición de dominio, delimita la actuación de los órganos de defensa
de la competencia en materia de competencia desleal -que también es
una novedad- e introduce la posibilidad de una terminación
convencional de los expedientes sancionadores. Esta Ley 52/1999 fija
una tasa por el análisis de las operaciones de concentración
económica y contempla la posibilidad de que el Tribunal de Defensa de
la Competencia realice informes a los diferentes órganos
jurisdiccionales. Asimismo, establece la posibilidad de que el
Tribunal de Defensa de la Competencia pueda realizar de oficio
-anteriormente era a petición del Ministerio de Economía- informes
sobre ayudas al Consejo de Ministros para modificar estas actuaciones
que tengan efectos negativos, desde el punto de la situación de
rivalidad de los mercados.

En tercer lugar, y siguiendo con el orden cronológico, nos
encontramos con el Real Decreto-ley 6/2000, de 24 de junio, de
medidas urgentes de intensificación de la competencia en mercados de
bienes y servicios. Se establece otro paso más para equiparar el
control de concentraciones a la normativa más avanzada en otros
países, desde el punto de vista de competencia, como la de Estados
Unidos, Alemania o la Unión Europea. Se fija la suspensión de la
ejecución de las operaciones de concentración hasta que el
procedimiento de control de concentraciones haya tenido lugar. Existe
una posibilidad de levantamiento de esta suspensión de la ejecución
en función de las características de las operaciones: cuando se
considere a priori que no tienen un impacto excesivo en las
condiciones de competencia de los mercados. A su vez, se reducen en
el mismo decreto- ley los plazos para el análisis de las operaciones
de concentración por parte de los órganos de competencia.

Actualmente, tenemos un plazo máximo de cuatro meses; un mes, en el
Servicio de Defensa de la Competencia, para ver si el caso se remite
o no al Tribunal, dos meses para la elaboración del informe del
Tribunal de Defensa de la Competencia y un mes para que el Consejo de
Ministros tome el acuerdo definitivo en relación con la operación de
concentración, una vezelevado el informe del Tribunal de Defensa de
la Competencia.




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Anteriormente, estos plazos eran de siete meses, como ustedes saben.

Se puede considerar que el plazo actual de cuatro meses es de los más
reducidos que existen para el análisis de las operaciones de
concentración económica. Hay que tener en cuenta también que se ha
introducido la operación de suspensión de la operación; es el quid
pro quo de la modificación legislativa. Se limita la posibilidad de
ejecución de la operación, pero también se hace mucho más corta, para
dar más certidumbre a los operadores.

Por otra parte, saben ustedes que hay una serie de mercados que se
consideran estratégicos y en los cuales existen barreras de entrada
relativamente elevadas; es el caso del mercado de hidrocarburos, del
de telecomunicaciones y de energía. Pues bien, en el mismo real
decreto-ley de junio del año pasado se establece un sistema de
comunicación previa para ejercer el derecho de voto por encima del 3
por ciento en más de un operador principal; aquellos que tienen una
cuota superior al 5 por ciento, de acuerdo con el decreto-ley. Se
pretende básicamente evitar que la presencia de un operador o de un
accionista común a más de un operador principal pueda llevar, en
estos mercados de características específicas y con un carácter
estratégico para el resto de la economía, a planteamientos de
tentaciones colusorias, desde el punto de vista de la presencia en
más de un operador, independientemente de que exista o no control. No
es una cuestión de control solamente, sino también de presencia en
los mismos.

Por último, nos encontramos con el Real Decretoley 2/2001, que
recientemente convalidaron SS.SS., en el cual se especifican los
acuerdos del Consejo de Ministros que subordinan las concentraciones
a condiciones y pueden modificar las restricciones establecidas con
carácter general en las leyes sectoriales. Establece, asimismo, la
posibilidad de unas multas coercitivas como medio de ejecución
forzosa de las condiciones impuestas en los acuerdos del Consejo de
Ministros.

Hasta aquí lo que han sido las modificaciones legislativas que se han
realizado en los últimos trimestres. A continuación, me voy a referir
a los principales proyectos de modificación legislativa que están
realizando el Servicio de Defensa de la Competencia y el Ministerio
de Economía en relación con la política de competencia y con el
derecho de la competencia. En primer lugar, nos encontramos con el
proyecto de real decreto-ley de desarrollo del ámbito de control de
concentraciones. Como hemos visto anteriormente, ha habido
modificaciones importantes en este ámbito, desde el punto de vista de
la notificación y de los plazos de los procedimientos y, por tanto,
hay que ajustar el reglamento de concentraciones a la situación de la
nueva ley. Esto se está haciendo ya, el decreto está en la página web
del Ministerio de Economía, concretamente en la página web del
Servicio de Defensa de la Competencia, y en los momentos actuales
estamos
analizando las observaciones, tanto de dentro de la Administración
como de los operadores privados, de los diferentes agentes en el
ámbito de la competencia, respecto a dicho decreto, que tiene una
gran importancia, ya que a través de él se van a instrumentar tanto
la notificación como el propio procedimiento de control de
concentraciones. Me gustaría resaltar la importancia que se da en el
Servicio de Defensa de la Competencia, al igual que, como me ha
comentado en numerosas ocasiones el presidente del Tribunal de
Defensa de la Competencia, a todo lo que sea incremento de la
transparencia, incremento de la comunicación entre los órganos de
competencia y los agentes que rodean el mundo de la competencia, por
decirlo de alguna forma, incluidos los propios operadores, para los
cuales es fundamental.

Un segundo proyecto de real decreto-ley que estamos tramitando en los
momentos actuales, y que también está en la página web del Servicio
de Defensa de la Competencia, es aquel que hace referencia al
desarrollo en materia de exenciones por categorías, autorización
singular y registro de defensa de la competencia. Este decreto viene
fundamentalmente derivado de la necesidad de adaptar la normativa
española a modificaciones de los reglamentos de exención por
categorías en el ámbito comunitario. Ha habido reglamentos de
exención por categorías que han ido caducando y que se incorporaron
en el año 1992 a nuestra regulación y ha habido otros que se han ido
aprobando recientemente en el ámbito comunitario, como es, por
ejemplo, el de restricciones verticales, de tal forma que teníamos
que hacer una modificación para incorporarlo a la normativa española.

Como decía anteriormente, resulta fundamental, ya que estos
reglamentos de exención de categorías, estas autorizaciones
singulares, por decirlo de algún modo, son de aplicación inmediata en
el caso español.

Por último, como todos ustedes conocerán, tenemos el proyecto de ley
de coordinación de las competencias del Estado y las comunidades
autónomas en materia de defensa de la competencia. Ustedes conocen
que recientemente el Tribunal Constitucional emitió una sentencia en
relación con los recursos de constitucionalidad referidos a la ley de
1989, en la cual básicamente la vía central que se ponía de
manifiesto es que las comunidades autónomas tienen capacidad
ejecutiva - me parece que era la terminología exacta que utilizaba la
sentencia del Tribunal Constitucional- respecto de las conductas
limitadas a los ámbitos autonómicos. Por supuesto, volvía a resaltar
que aquellas conductas que excedieran de los ámbitos autonómicos
debían ser analizadas, debían ser valoradas, debían ser instruidas y
resueltas por los órganos de competencia de la Administración
central, tanto el Servicio como el Tribunal de Defensa de la
Competencia. En este sentido, el Gobierno ya tiene elaborado un
proyecto de ley que lo recoge en detalle y con absoluto cumplimiento
de lo establecido



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en la sentencia del Tribunal Constitucional. Dicha ley tiene tres
apartados. Un primer apartado sobre lo que son los puntos de enlace,
cuándo una conducta tiene ámbito autonómico o supraautonómico; se
definen unos criterios generales para ver cuándo una conducta se
circunscribe únicamente a un ámbito de una comunidad autónoma o
excede de la misma, lo cual es fundamental porque, en función de que
sea estrictamente autonómico o exceda del ámbito autonómico,
entenderán de las mismas órganos de competencia autonómicos o de la
Administración central. En segundo lugar, se establece un sistema -lo
cual creo que es también importante- de arbitraje para intentar
dirimir, intentar poner de acuerdo a las partes cuando surjan
problemas desde el punto de vista de lo que son los ámbitos
competenciales respecto a las conductas. Este es un elemento
importante, es una situación arbitral, pero que puede ser bastante
útil para evitar conflictos posteriores, minimizando costes de
posibles fricciones en cuanto a quién tiene o quién no tiene la
capacidad ejecutiva con respecto a una conducta. Y, en tercer lugar,
en esta ley, y a efectos de coordinar lo que son las actuaciones de
las diferentes instituciones de competencia -autonómicas y nacional-,
se creará un consejo de competencia, en el cual se pondrán en común,
se analizarán lo que debe ser la aplicación, el análisis y la
información recíproca que necesariamente se tendrá que transmitir
entre los diferentes órganos de competencia. Estas son las tres
directrices fundamentales de la ley, que, como decía antes, cumplirá
escrupulosamente lo establecido por parte nuestro Tribunal
Constitucional.

Una vez hecho este análisis de lo que han sido las modificaciones
legislativas en función de lo que es el planteamiento de política de
competencia, en el contexto de la política económica, lo que van a
ser los decretos y las modificaciones para adaptar nuestra Ley de
competencia a la sentencia del Constitucional, yo me voy a referir
brevemente, intentando ser lo menos aburrido posible, a lo que ha
sido la actuación del Servicio de Defensa de la Competencia en los
últimos trimestres, como expresión de la voluntad de la política de
competencia del Gobierno. Empezaré con uno de los elementos
fundamentales de la actuación de las autoridades de competencia, que
es el control de concentraciones, el control de las fusiones,
adquisiciones, etcétera, que se ha producido en nuestro país.

En primer lugar, lo que tengo que decir es que, como consecuencia
básicamente de la modificación de la normativa que comentaba
anteriormente, la notificación voluntaria y la notificación
obligatoria, se ha producido un salto y un incremento notable de las
operaciones de concentración económica, analizadas y valoradas por
los órganos de competencia. Por ejemplo, yo tengo estadísticas en las
que se ve cómo, del año 1990 al año 1997, la media de operaciones
notificadas en este contexto de notificación voluntaria estaba en el
entorno
de las 15, 20 operaciones. En el año 1998, todavía con el sistema de
notificación voluntaria, pero también en el ejercicio de una
vigilancia más próxima por parte del Servicio de Defensa de la
Competencia, prácticamente se dobla el número de operaciones a algo
más de 30 y, en el año 1999, se produce un salto importante como
consecuencia fundamentalmente de la entrada en vigor de la
notificación obligatoria. En ese año se producen 51 operaciones y, en
el año 2000, hemos tenido prácticamente el doble de las que tuvimos
en el año 1999, cerca de 100. El ritmo a lo largo del año 2001 va en
el mismo sentido. Se ha producido un incremento muy destacado y muy
significativo del número de operaciones notificadas. A su vez, esta
mayor actividad de notificación por parte de las empresas al Servicio
de Defensa de la Competencia también se ha visto refrendado por un
incremento del número de operaciones que se han remitido al Tribunal
de Defensa de la Competencia para su análisis y valoración. La Ley de
defensa de la competencia de 1989 señala que se deben remitir al
Tribunal de Defensa de la Competencia para su informe aquellas
operaciones que puedan tener una relevancia desde el punto de vista
de lo que son las condiciones competitivas futuras de los mercados.

Tradicionalmente, la media del año 1990 a 1997 estaba en una remisión
de unas tres, cuatro operaciones. En el año 1999, se mandaron 15; en
el año 2000, doce. Se han ido incrementando, en función de la
evolución del número de notificaciones, las operaciones remitidas al
Tribunal de Defensa de la Competencia.

A su vez, no solamente destacaría el mayor número de operaciones
analizadas, sino que lo más importante es la mayor complejidad, sin
duda, que se ha dado desde el punto de vista del análisis de las
operaciones. Todos somos conscientes de que, por una serie de
factores, el proceso -como se dice en términos anglosajones- de
consolidación empresarial está teniendo lugar, como consecuencia de
la globalización, de la entrada de la moneda única, de una serie de
circunstancias tanto macroeconómicas como microeconómicas, y este
proceso de concentración económica, que se puede considerar en muchas
ocasiones positivo, es necesario que las autoridades de Defensa de la
Competencia valoren si tiene un impacto negativo, desde el punto de
vista de lo que es el funcionamiento de los mercados, para, en última
instancia, salvaguardar el interés del consumidor. Porque la política
de competencia, al igual que ocurre prácticamente con el
planteamiento general de la política económica, desde mi punto de
vista, debe estar dirigida fundamentalmente a la salvaguarda de lo
que, en términos de teoría económica, consideramos que es el
excedente del consumidor o, en última instancia, en una terminología
más común, el bienestar del consumidor. La aplicación del control de
concentraciones muestra cómo se ha ido produciendo este número de
operaciones con una complejidad creciente de las mismas.




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Muy rápidamente, porque, si no, no cumpliré la promesa que les había
hecho inicialmente de ajustarme a la media hora, me voy a referir a
las principales operaciones de concentración analizadas y valoradas
por las instituciones de competencia en los últimos años. En el caso
del sector financiero, por primera vez en mucho tiempo, se valoran
las principales operaciones de fusión, tanto en el ámbito bancario
como en el de las cajas de ahorro. En España nunca se había analizado
una fusión bancaria. Me parece que el primer caso en el que se
analizó la fusión bancaria fue la fusión del Banco Santander con el
Central Hispano. Sin embargo, antes había habido en España fusiones
bancarias importantes, por ejemplo, la del Central con el Hispano
o la de los bancos Bilbao y Vizcaya, y nunca habían sido objeto de
análisis por parte de las autoridades de competencia. Como comentaba
anteriormente, la primera de las operaciones que se analizó fue la
del Banco Santander-Central Hispano; después y en el mismo sentido la
de los bancos Bilbao-Vizcaya-Argentaria; otra de un importe más
pequeño fue la de los bancos Herrero-Sabadell. Asimismo se analizaron
operaciones de fusión en el ámbito de las cajas de ahorro, así como
operaciones que caen en un contexto misto, como puede ser la de
Movilpago, en la cual lo que había era la creación de una empresa
concentrativa entre el Banco Bilbao-Vizcaya y Telefónica-Móviles,
dedicada a la comercialización de medios de pagos electrónicos.

En definitiva, en términos generales, no sólo se ha analizado el
impacto estrictamente desde el punto de vista de lo que han sido las
condiciones competitivas en el mercado financiero español, el mercado
bancario español. Lo que se ha hecho -tanto en el caso de BSCH como
en el del BBVA, y teniendo en cuenta que en España las instituciones
financieras tienen participaciones importantes y destacadas en otros
sectores de actividad económica relevantes- fue establecer
limitaciones desde el punto de vista de que en ocasiones surgían
solapamientos o presencias simultáneas en operadores principales de
una serie de mercados que, como comentaba anteriormente, es necesario
vigilar de cerca y donde se han centrado los esfuerzos de
liberalización del Gobierno en los últimos meses.

Otra operación importante, desde el punto de vista de lo que ha
supuesto la opinión pública y su impacto en el día a día de los
españoles, ha sido la operación de concentración de Promodes-
Carrefour. Dicha concentración ha supuesto una operación de ámbito
comunitario, en la que, aplicando una disposición del reglamento
comunitario de concentraciones, las autoridades comunitarias la
remitieron a las autoridades de competencia españolas; y ustedes
conocen que hubo un informe del Tribunal de Defensa de la
Competencia, seguido por un acuerdo del Consejo de Ministros en el
mismo sentido que el del Tribunal de Defensa de la Competencia, en el
cual se establecían unas obligaciones de desinversión que se
concretaron en un plan de
desinversiones que está a punto de culminarse, como han visto ustedes
por la prensa en los últimos días, y que supondrá, básicamente, la
desinversión en un número importante de centros comerciales por parte
de Promodes-Carrefour.

Otro de los sectores más controvertidos -como no se les escapará a
SS.SS.- ha sido el energético. Me gustaría destacar cómo en el ámbito
energético tuvimos la primera decisión de prohibición, de declarar no
procedente una operación de fusión, que fue el caso de la fusión de
las comercializadoras de Endesa y de Gas Natural en el año 1999. Por
primera vez, el Consejo de Ministros, siguiendo la recomendación del
Tribunal de Defensa de la Competencia, adoptó su recomendación en el
sentido de no realizar esta operación. Y me parece que también fue la
primera vez que el propio Tribunal recomendó bloquear una operación
de fusión. En el mismo sentido y en el ámbito energético nos
encontramos con la operación de fusión o adquisición de
Hidroeléctrica del Cantábrico por Unión Fenosa, en la que, siguiendo
la recomendación del Tribunal de Defensa de la Competencia, el
Gobierno declaró que no debía realizarse la misma. Por último,
conocen perfectamente la adquisición de Iberdrola por Endesa, en la
que, que tras los informes del Tribunal de Defensa de la Competencia
y de la Comisión Nacional de la Energía, se estableció una serie de
condiciones específicas para garantizar el funcionamiento competitivo
de este mercado.




Independientemente de lo que son las operaciones concretas, considero
que sí sería importante subrayar, muy brevemente, que la
consideración -coincidente en este caso con la Comisión Nacional de
la Energía, con la agencia sectorial de los órganos de competencia
del Gobierno- es que, en el sector energético y más concretamente en
el sector eléctrico, existen importantes barreras de entrada. Y esto
coincide y enlaza con lo que les había comentado al principio de lo
que debía ser la labor fundamental de la política de competencia. En
este mercado existen importantes barreras de entrada ya que las
interconexiones son muy reducidas. Las posibilidades de importaciones
y exportaciones de electricidad, como ustedes conocen, son
extremadamente reducidas y, a su vez, y como se ponía de manifiesto
en el informe de la Comisión Nacional de la Energía y del propio
Tribunal de Defensa de la Competencia, existen situaciones para la
instalación de operadores domésticos, como consecuencia de una serie
de diferentes problemáticas, medioambientales, de ubicación,
inherentes a la situación previa de otras centrales, que dificultan
la existencia de una competencia. Por tanto, el planteamiento del
Gobierno, tanto a través de la política de competencia como de la
política de liberalización y de regulación -y aquí volvemos a poner
de manifiesto la necesidad de una conexión entre una y otra-, es la
importancia de mantener tanto el número de operadores como la
importancia de que los operadores



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principales, que ya tienen cuotas de mercado elevadas, en este
mercado aislado y muy poco contestable ganen cuota adicional.

Entrando en el otro gran ámbito de lo que es la actuación del
Servicio de Defensa de la Competencia, nos vamos a referir al control
de las conductas restrictivas de la competencia. Básicamente, la Ley
de competencia intenta perseguir o vigilar los tipos de actuaciones
en lo que son acuerdos. Por ejemplo, todos los acuerdos de precios,
de distribución de mercados, de abusos de posición de dominio, de
competencia desleal. Por otro lado, el control de las concentraciones
y, en última instancia, tenemos otra conducta que evidentemente tiene
un efecto perverso, desde el punto de vista de la competencia, que
son las ayudas públicas. Y son tanto el propio Tribunal de Defensa de
la Competencia Nacional, para aquellas operaciones que no afecten al
comercio intracomunitario, como la Dirección General de la
Competencia de la Comisión Europea los que lo vigilan.

En lo que hace referencia a prácticas restrictivas, muy rápidamente,
y para no aburrirles, les señalaré que, durante el año 2000, se
iniciaron 127 expedientes sancionadores, por conductas restrictivas
de la competencia; 99 denuncias, porque hubo una caída del número de
denuncias en el año 2000 con respecto al año 1999, en que fueron 145;
y que las actuaciones de oficio del Servicio se centraron
fundamentalmente en sectores que se consideran estratégicos, como es
el de la banca y las telecomunicaciones. También es de destacar que,
a lo largo del año 2000, empezaron a entrar en vigor las limitaciones
que tiene el servicio para instruir los expedientes de competencia;
antes del año 1998 no existía limitación temporal, pero en la Ley de
presupuestos de 1998 se estableció una limitación máxima de 18 meses
para instruir los expedientes de defensa de la competencia y, a
partir de finales del año 1999, con la nueva Ley de defensa de la
competencia, el plazo máximo se redujo a 12 meses. Ahora estamos
empezando a recoger las limitaciones temporales desde el punto de
vista de instrucción. Por ejemplo, todos los expedientes que se
iniciaron entre junio de 1998 y 1999 hubieran caducado, pero no ha
caducado ninguno porque todos se han de alguna forma evacuado, en la
terminología administrativa, a lo largo del año 2000, y a partir de
ahora prácticamente todos los expedientes que estamos instruyendo
están sujetos a una caducidad máxima de 12 meses.

La distribución de las denuncias -y creo que es significativo- se
divide de la siguiente forma: en el sector primario, tuvimos
únicamente una denuncia; en el sector agrícola, ganadero, etcétera.

En el sector industrial, 14, y en el sector servicios, 109. Se nota
que España empieza a ser una economía más de servicios, porque en
dicho sector es donde se da la mayor parte de las denuncias. Y,
dentro del sector servicios y siguiendo un poco la estela del shock
de oferta que
supuso la subida del precio del petróleo, en el sector energético
tuvimos siete denuncias, en el mercado de producción y distribución
de energía, seis en relación a la venta de carburantes para
automoción, también tuvimos denuncias en el tema de distribución de
la producción farmacéutica, derechos de propiedad intelectual, medios
de pago, transportes, correos, telecomunicaciones etcétera. ¿Cuáles
han sido las principales contravenciones o conductas de la ley que
han motivado las denuncias y la instrucción de los expedientes?
Básicamente, tenemos 41 casos con relación al artículo 1, que se
refiere a acuerdos restrictivos; 37, al artículo 6, que es abuso de
posición dominante; y 19 con relación al artículo 7, que, como
ustedes conocen, se refiere a la competencia desleal. A su vez,
durante el año 2000 se han finalizado 166 expedientes, más de los que
se iniciaron en dicho ejercicio, con lo cual, por decirlo de alguna
forma, el número de expedientes pendientes se ha reducido. Las
salidas fueron superiores a las entradas y por tanto el número de
expedientes pendientes de instrucción se ha ido reduciendo. ¿Cómo se
han ido terminando estos expedientes? Se observa que ha habido 82
archivos, seis acumulaciones de expedientes, 27 sobreseimientos y 51
reenvíos al Tribunal de Defensa de la Competencia, de los cuales 24
corresponden a procesos de autorización singular y 27, a expedientes
sancionadores.

Como ustedes conocen, todos los actos del Servicio de Defensa de la
Competencia son recurribles ante el Tribunal de Defensa de la
Competencia, que puede ordenar -y ordena en muchas ocasiones- al
Servicio de Defensa de la Competencia que modifique su
comportamiento. En ese sentido, a lo largo del año 2000 ante el
Tribunal de Defensa de la Competencia se han emitido 63 informes
sobre recursos interpuestos por actos del Servicio de Defensa de la
Competencia, de los cuales 14 fueron desestimados, es decir, se le
dio la razón al Servicio de Defensa de la Competencia; tres fueron
estimados parcialmente por parte del Tribunal, es decir, nos dieron
la razón en parte y en parte nos la quitaron; tres fueron
desestimados en su totalidad, es decir, el Tribunal de Defensa de la
Competencia nos quitó absolutamente la razón y nos obligó a modificar
nuestro comportamiento; y 43 están pendientes todavía de resolución.

El Tribunal de Defensa de la Competencia, haciendo uso de las
facultades que le otorga el artículo 25 de la Ley de defensa de la
competencia, interesó al Servicio para la apertura de dos expedientes
nuevos, y así lo hicimos: uno, en relación con un documento de ética
comercial confeccionado por una asociación empresarial de operadores
petrolíferos y, otro, para investigar un acuerdo de precios en el
seno de Interflora. Respecto a autorizaciones singulares, se
instruyeron 24 expedientes de autorización singular a lo largo del
año 2000. En este sentido yo subrayaría como más significativo la
solicitud de autorización singular solicitada por Visa España y por
el sistema Euro 6000



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en relación con la fijación de las tasas de intercambio en las
tarjetas de crédito, que a su vez fue instada por el Tribunal de
Defensa de la Competencia. ¿Cuáles son los principales expedientes
que, en nuestra opinión, pueden ser de más utilidad para ilustrar la
actividad del Servicio de Defensa de la Competencia? En el sector
energético -comentaba anteriormente- hemos tenido bastantes
expedientes. En mayo del año pasado el Servicio de Defensa de la
Competencia remitió informes-propuesta respecto a las relaciones
verticales en el sector de petróleos (la famosa relación entre
petroleros y gasolineros), en los cuales se ponía de manifiesto una
duración excesiva de algunos contratos y la fijación de precios, por
parte de las petroleras a los gasolineros con contratos que no
justificaban dicha fijación de precios. Este expediente está en el
Tribunal de Defensa de la Competencia y yo supongo que él en muy
breve plazo (porque ellos también tienen caducidades) emitirá la
resolución final del mismo. A su vez, hemos analizado otras prácticas
en el sector de los carburantes referidas a precios predatorios, a
existencia de descuentos discriminatorios, a prácticas de acuerdo
horizontales, que también se han ido remitiendo al Tribunal de
Defensa de la Competencia.

En el sector de las telecomunicaciones (hoy sale en la prensa una
noticia al respecto), se analizó la alianza BBV-Telefónica. Era una
alianza global, sin concretar muchos aspectos de la misma, y lo que
han hecho el Servicio y el Tribunal de Defensa de la Competencia ha
sido ir valorando e instruyendo expedientes, en función de los puntos
concretos en los cuales dicha alianza sí tiene un reflejo real desde
el punto de vista de actividad económica y de potencial impacto sobre
la competencia. Así, por ejemplo, en el caso de Móvilpago, que era la
creación de una empresa conjunta con carácter concentrativo, que se
mandó al Tribunal de Defensa de la Competencia, el acuerdo de Consejo
de Ministros, recogiendo la recomendación del Tribunal, señaló la
necesidad de abrir el sistema Móvilpago a otros operadores
financieros y a otros operadores de móviles, para darle un carácter
más abierto y que no hubiera un cierre del mercado. Me gustaría
destacar cómo, en el ámbito de las telecomunicaciones, el Servicio ha
remitido también recientemente al Tribunal un expediente por posible
abuso de posición de dominio de Telefónica en el ámbito de ADSL. En
el sector de transportes hemos instruido expedientes contra Iberia
por establecimiento de un sistema de descuentos de fidelización de
clientes, sobre licitud de determinadas prácticas denunciadas contra
compañías navieras y también están en el Tribunal de Defensa de la
Competencia acuerdos en el transporte por carretera con destino y
origen en el puerto de Bilbao, donde se nos denunciaron prácticas
abusivas.

En el sector farmacéutico hemos tenido numerosos expedientes, muy
ligados a la problemática de la exportación e importación paralela
(es decir, al comercio paralelo derivado de la diferencia de precios
de los
medicamentos que existe en los diversos Estados miembros) y a la
negativa de las compañías farmacéuticas de suministrar para la
exportación a determinados distribuidores. En el ámbito de los
derechos de propiedad intelectual, el Servicio instruyó un expediente
contra Egeda, AIE y AISGE por infracción de los artículos 1 y 6, al
imponer a los hoteles tarifas abusivas por los derechos de
retransmisión televisiva en las habitaciones. Respecto a los colegios
profesionales, la actuación también ha sido bastante intensa y ha
estado ligada a la modificación legislativa y a la regulación. Como
comentaba anteriormente, las leyes de colegios profesionales
liberalizaban prácticamente todo lo que es la actuación de los
colegios profesionales y, a pesar de que la Ley era muy clara
respecto a lo que se podía hacer y lo que no se podía hacer, era
necesario que el Servicio de Defensa de la Competencia y el Tribunal
vigilaran de cerca el comportamiento de estos colegios profesionales.

Para concluir, si ustedes me lo permiten, señorías, yo volvería a
recalcar algunas de las ideas fundamentales que he intentado exponer
en esta comparecencia. La primera y fundamental es la necesidad de
una coordinación en la actuación de la política de privatización, de
la política de liberalización y de la política de competencia, porque
yo diría que son, las tres patas de la misma estrategia de la
política de oferta que, en el contexto de la unión monetaria, una
política económica moderna debe recoger. Somos absolutamente
conscientes de que esta actuación de la política de competencia, dado
que cada día afecta a más instituciones, que existe un clamor social
respecto a la aplicación de una política de competencia cada vez más
intensa y teniendo en cuenta los casos que se han ido valorando, ha
dado lugar a controversias respecto al papel de la política de
competencia. Éste siempre es controvertido; en última instancia, la
política de competencia es una intervención en el funcionamiento de
los mercados. Sin embargo, cuando me preguntan sobre estas
cuestiones, yo siempre hago referencia al análisis de los Estados
Unidos. Estados Unidos, paradigma de la economía de mercado, ya a
finales del siglo XIX estableció sus primeras leyes antimonopolio
contra el surgimiento de cárteles y de posiciones dominantes por
parte de una serie de figuras bien conocidas por todos en los Estados
Unidos. Teniendo en cuenta la economía de mercado y la necesidad de
un comportamiento más próximo a las fuerzas del mercado del sistema
económico que va teniendo lugar, simultáneamente es necesaria una
vigilancia más próxima de dichos comportamientos por parte de las
instituciones de competencia, sobre todo -vuelvo a repetir- en el
contexto que nosotros tenemos actualmente de pertenencia a una moneda
única. En ese sentido, sería un error que la política de competencia
intentara reproducir modelos de competencia perfecta en todos los
mercados. El sistema de competencia perfecta es un modelo teórico que
nos han enseñado



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a todos los economistas para demostrar cómo la economía de mercado,
en muchas ocasiones, cuando se deja a su libre albedrío, da lugar a
una asignación de los recursos más eficiente que otros sistemas
alternativos. El sistema de competencia perfecta es un modelo teórico
(no sé si alguna de SS.SS. conocen la definición concreta que nos
daban los libros de texto) por dos razones básicas: en primer lugar,
porque ningún producto es absolutamente homogéneo y, en segundo
lugar, porque ni los demandantes ni los oferentes tienen información
perfecta. Pero hay una cuestión que sí es importante, y es que se
pone de manifiesto que la política de competencia debe intentar
acercarse lo más posible a dicho modelo de mercado con un mayor
número de oferentes y de demandantes con menor poder de mercado,
desde el punto de vista de los operadores, y sobre todo estableciendo
una limitación y una reducción de las barreras de entrada. Ese es el
objetivo fundamental de la política de competencia, tal como está
siendo reconocido por los órganos de competencia y por los medios
académicos.

Nuestra función tiene que centrarse, básicamente, en hacer que no
solamente haya unas posibilidades de competencia real, sino también
en elementos muy importantes de una competencia potencial. En ese
sentido, yo estoy convencido de que la política de competencia jugará
un papel cada vez más importante y que intentará ser más valorada
como un instrumento de mejora del bienestar de los consumidores.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor secretario general.

Vamos a interrumpir la sesión durante unos minutos, para acudir a las
puertas del Congreso. (Pausa.)



El señor PRESIDENTE: Reanudamos la sesión.

Intervención de los distintos grupos parlamentarios. En primer lugar,
por el Grupo parlamentario Socialista tiene la palabra el señor Bel i
Queralt.




El señor BEL I QUERALT: Muchas gracias, al señor De Guindos por su
comparecencia. Le felicito porque me consta que en los medios
internacionales se aprecia y se valora la capacitación técnica de
nuestros servicios de defensa de la competencia. Usted sabe que nos
satisface porque deseamos que los servicios del Estado tengan
capacidad técnica. Sabe que lamentamos -después volveremos a ello-
que estos servicios magníficos y capacitados no estén integrados en
el Tribunal de Defensa de la Competencia; creemos que su función para
la política española sería mejor, pero quería expresarle esta
felicitación de entrada.

Usted nos ha relatado en el segundo punto de su intervención -me va a
permitir que deje el tema relativo a la política de la competencia
para después- una sucesión de cambios legales en materia de defensa
de
la competencia, ofreciéndonos una visión muy plástica de la
frecuencia de cambios en la regulación. Si uno añade la frecuencia de
los cambios en regulación de defensa de la competencia y la
frecuencia paralela de cambios en la regulación de los sectores
regulados, tiene esa foto, que muchas personas han criticado, incluso
instituciones como la CEOE, sobre la incertidumbre y el riesgo
regulatorio en el que se ha adentrado la economía española en los
últimos años.

Obviamente no voy a revisar uno por uno los cambios que usted ha
especificado, pero sí voy a hacer tres valoraciones sobre los
antecedentes de política de competencia. A nuestro juicio, la
política de competencia, en cuanto a diseño legislativo, ha
experimentado un retroceso en España, básicamente por tres motivos.

En primer lugar, porque se ha reducido el papel del Tribunal de
Defensa de la Competencia en la última reforma grande de la Ley en
1999. Las circunstancias económicas y los cambios en los mercados
llevan a atribuir mayor papel a los organismos de defensa de la
competencia, por ahí tiene usted un efecto, que nosotros juzgamos
positivo, en el papel de estos organismos; dicho esto, es cierto que
esta modificación legal sustrajo competencias al Tribunal situándolas
en el Servicio. Y, como usted sabe, en la medida en que el Servicio
está en el Ministerio y no está integrado en el Tribunal, no nos
satisface. En segundo lugar, en algunos aspectos se ha reducido la
publicidad y transparencia de la política de competencia en España,
pero no me malentienda. Echo en falta aquellas memorias del Tribunal
de Defensa de la Competencia que se prodigaron en la primera mitad de
la década de los noventa y que para muchos estudiosos y profesionales
de la competencia se constituyeron en verdaderos vademécum de
política reformista en España; es un ejemplo sectorial de lo que
pueden ser en Estados Unidos los informes del comité de asesores del
presidente. Teníamos eso en España, pero ha desparecido. Y relaciones
pormenorizadas como la que usted hoy nos ha hecho, aun siendo útiles,
no pueden cubrir esos huecos. La política de competencia en España
necesita organismos que, con libertad, puedan estudiar el estado de
la competencia en los diferentes sectores de la economía,
diagnosticar los problemas de competencia, proponer reformas y
suscitar debate público al respecto, que a usted, como a mí, como
personas apasionadas con el avance la competencia, seguro que nos
satisfaría. Y, en tercer lugar, desde el primero de los paquetes de
las denominadas medidas liberalizadoras del año 1996, siempre he
pensado, sin extremar, que en los paquetes de liberalización ha
habido mucha más retórica que efectos reales. Le voy a poner dos
ejemplos de 1996 y de 2000 en el sector farmacia. En el año 1996 se
anunció -para mí fue la medida paradigmática de ese decreto- la
liberalización de las farmacias. En lugar del límite de 3.500
habitantes por farmacia, se pasaba al de 2.800 habitantes por
farmacia. ¡Oh! ¡Qué bien,



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mayor posibilidad de apertura de farmacias! No se anunció tanto un
añadido en la medida, y era que en los núcleos urbanos de menos de
2.800 habitantes, donde hasta la fecha se podían abrir oficinas de
farmacia, a partir de ese decreto solo se podían abrir delegaciones
de farmacias preexistentes en la zona. Una pretendida medida
liberalizadora fue en realidad una medida de concentración y no de
efecto liberalizador. Y ya a finales de 2000, se aprobó en el último
decreto de dicho año -y fue celebrado- el establecimiento de un
descuento máximo del 10 por ciento en especialidades farmacéuticas
publicitadas (EPF); que hasta entonces no había ninguna norma legal
que les estableciera una imposibilidad de descuento. El descuento
máximo era el 10 por ciento. Nosotros en octubre visitamos diferentes
farmacias de Madrid y pudimos comprar aspirinas de una conocida marca
sin ningún descuento. Si usted hoy se da una vuelta por las
farmacias, seguramente seguirá comprando productos publicitados sin
descuentos. A nosotros este tipo de medidas nos parecen más retóricas
que reales, y mucho de esto ha habido en los últimos años. Después
volveré a hablar de los productos farmacéuticos.

Si la política ha sido esta, todo ello tiene que tener una traducción
en los resultados, que era la segunda cuestión a la que me quería
referir y que viene bien a consecuencia de las polémicas que hubo en
la cumbre de Estocolmo, porque España tiene grandes problemas de
credibilidad para predicar liberalizaciones a sus socios comunitarios
por diferentes motivos. Estos problemas ya fueron evidentes cuando el
borrador de las últimas recomendaciones de política económica de la
Comisión Europea criticaba con contundencia el control del Gobierno
español sobre los órganos de competencia. Como siempre, podemos
conocer por los medios de comunicación el borrador; el informe
definitivo pasa los filtros lógicos y las declaraciones son mucho más
matizadas. Pero es normal que se establezcan estas críticas porque la
situación de la competencia, por ejemplo, en el sector eléctrico
español es manifiestamente mejorable. Lo pusieron de manifiesto la
Comisión Nacional de la Energía, el Tribunal de Defensa de la
Competencia con sus respectivos informes a raíz de la fallida fusión
entre Endesa e Iberdrola. Le recuerdo solo una frase de una cita que
podría ser más larga. El Tribunal decía literalmente que más allá del
marco legal establecido la estructura del sector y la regulación
hacían que el grado de contestabilidad de estos mercados fuera muy
reducido; efectos reales. Y esto luego tiene su traducción, porque,
si nosotros predicamos liberalización energética en la Unión Europea,
también tenemos un problema, ya que nuestro avance en la
liberalización en elección de suministrador está por debajo de la
media europea. En España está liberalizado el 54 por ciento del
mercado; la media europea es del 66 por ciento. Claro que Francia
está por debajo, está en el 30; cumple raspando y a contrapelo las
directivas,
y sin voluntad, pero nosotros, situándonos por debajo de la
media europea, tenemos dificultad para predicar las bondades de la
política.

Por cambiar de sector, me dirigiré un momento al de las
telecomunicaciones, mencionado en primer lugar que hemos sido de los
más lentos. España ha sido uno de los últimos países en los que se ha
completado la liberalización de las telecomunicaciones. De hecho, el
último tramo significativo de la liberalización fue la apertura de
competencia en la telefonía local; entramos en 2001, en el último
momento en que, según directivas comunitarias, era posible y en el
pelotón de cola, con Portugal, Grecia e Irlanda. Esto tiene
traducción en los resultados. Telefónica celebraba hace poco -y me
parece lógico- que era el antiguo monopolio de la Unión Europea que
retenía una mayor cuota de mercado, del 91 por ciento. Comprendo que
lo hiciera porque empresarialmente es una noticia a celebrar. En
países como Alemania, Filandia y Holanda, donde todavía se retiene
presencia pública en los monopolios, la cuota de mercado del antiguo
operador se había reducido sustancialmente por debajo del 90 por
ciento. En España, no, España era el país donde el antiguo operador
tenía mayor cuota de mercado en llamadas, el 91 por ciento. Sería
demasiado pensar que sólo la bondad de la gestión de Telefónica, que
este diputado no va a valorar, podría explicar esta retención de
cuota, porque entonces uno debería considerar muy mala la gestión de
los demás operadores, en lo que este diputado tampoco va a entrar. El
escaso avance relativo de la competencia explica este tipo de
fenómenos. Esto se traduce en precios, como vemos en el IPC, porque
en España, de 1996 a 2000, cada año el IPC de comunicaciones ha
evolucionado peor -peor para los consumidores- que en la Unión
Europea, cada año. Después seguramente tendré oportunidad de darle
los datos anuales. Le diré ahora que cuando ha bajado, lo ha hecho
menos que la media y que ha habido años, como 1998, en que cuando la
media bajó, en España, subió 6 puntos. Consecuencias: sobre la base
100, 1996, el IPC de comunicaciones en España se situaba a diciembre
de 2000 en el 99,3 y la media de la Unión Europea en el 89,4, es
decir, 10 puntos más de bajada de tarifas telefónicas en la Unión
Europea. No crea que en 2001 vamos mejor. A finales de abril de 2001
la evolución del IPC en tasa anual de comunicaciones es en España del
+0,5 por ciento y en el conjunto de la Unión Europea del -4 por
ciento. Las políticas se traducen en resultados y los resultados
muchas veces no coinciden con las declaraciones cuando las políticas
son contradictorias.




Paso a mi tercer eje. Ustedes han tenido una contradicción muy fuerte
entre las políticas de privatización y las políticas de competencia.

Se ha aplicado una política de privatización a la británica -salida
rápida de monopolios públicos-, pero no se ha aplicado algúnaspecto
de dicha política como, por ejemplo, troceamiento



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de empresas de monopolio para evitar posiciones de dominio -sector
eléctrico-. Han salido rápidamente los monopolios públicos, pero han
aplicado una política industrial a la francesa. La política
industrial a la francesa ha residido, a nuestro juicio, en que
ustedes han tenido políticas cautelosas con la competencia y
generosas en la regulación para cultivar la noción de campeones
nacionales de empresas españolas que pudieran emprender aventuras
internacionales financiadas por los consumidores y por el tejido
productivo. Creemos que la política británica en completo es una
opción y la política francesa en completo es otra opción, pero
privatizar a la británica y hacer política industrial a la francesa
ha sido una contradicción que se ha traducido en los resultados. Eso
me lleva de pasada a las cuestiones sobre grandes concentraciones,
que usted también ha mencionado, en los últimos años. Con esta
política de campeones nacionales privados y los fenómenos que usted
mencionaba de la globalización y de movimientos de capitales, hemos
emprendido una cierta carrerilla para evitar la toma de posiciones en
España de compañías extranjeras. Usted sabe que en Gran Bretaña esto
no les preocupa demasiado porque ellos dicen: aquí toman y tomamos
fuera. Esa es la forma en que funciona y es un modelo coherente con
su privatización. Pero aquí nos sorprendió mucho el año pasado la
disuasión, por calificar amablemente la medida, que el Gobierno hizo
de la concentración entre Telefónica y KPN, holandesa. ¿Sabe por qué
nos sorprendió? Porque en ese momento el mercado holandés de
telecomunicaciones estaba totalmente liberalizado y había libertad
incluso en llamadas locales, y en cambio el mercado de
telecomunicaciones español no estaba totalmente liberalizado, aunque
la empresa ya era totalmente privada. Creo que privatización y
liberalización no son lo mismo. Yo creo -y este ya es el dominio de
la política de competencia- que cuando en los mercados entra
competencia, la privatización es una consecuencia funcional y todos
los gobiernos privatizan cuando en un mercado entra competencia, pero
cuando hay mercados que retienen segmentos en monopolio, la
competencia no es una consecuencia necesaria de la privatización.

Creo que aquí hemos andado con alguna confusión, lo que ha hecho que
en compañías en las que el Estado está retirando gradualmente su
posición, en mercados más liberalizados que el español, la confusión
entre privatización y liberalización -prefiero creer esto- ha
impedido operaciones que quienes tienen que opinar, que son los
analistas financieros, consideraban razonables, como la fusión entre
Telefónica y KPN.

No me voy a adentrar demasiado en el sector eléctrico, pero estamos
asistiendo a una verdadera carrera que introduce gran incertidumbre
regulatoria y que nos crea problemas serios en la Unión Europea,
donde además nos dicen, como le he mencionado anteriormente: ¿qué
predicáis, si estáis por debajo de la media en liberalización
eléctrica? Hay una gran carrera por impedir el movimiento de
capitales. Yo les pediría que se fijaran más no sólo en quién
participa en cada empresa sino también en la estructura y el avance
de liberalización del sector en cada país. Claramente ustedes verán
que en Alemania la liberalización eléctrica está mucho más avanzada
que en Francia y quizá deberían introducir esto en sus valoraciones.

Entiendo que ustedes tienen una política industrial que no coincide
en este sentido del todo con la nuestra. Nosotros seríamos más
partidarios de decir: a lo hecho, pecho, y si en España hay grandes
compañías con estructura accionarial totalmente privada, somos
partidarios de promover y priorizar las políticas de competencia.

Nosotros creemos que a las empresas extranjeras con participación
pública que entren en el mercado español la política de regulación de
sectores debería evitarles situaciones de abuso de monopolio, como
debería evitárselas también a las empresas españolas, pero poner el
acento en la regulación procompetitiva quizá dificulte la política de
campeones nacionales que creo que en algunas áreas del Gobierno ha
tenido importancia y énfasis. Si esta política en otras épocas podía
tener algún sentido, en el momento en que las empresas son totalmente
privadas, en términos de excedentes, como usted comentaba, se traduce
en transferencias de excedentes del consumidor a excedentes del
productor. No voy a entrar más en ello, pero voy a anunciarle algo en
lo que sé que voy a coincidir con usted. Vamos a tener en los
próximos meses discusiones y reflexiones sobre el sector eléctrico.

Estos días está saliendo en la prensa la necesidad de reprogramar el
marco tarifario, puesto que hay que acometer inversiones, aunque el
señor Rato nos anunció que había 36.000 megavatios previstos. Lo dijo
hace poco, ningún problema, pero ya están apareciendo opiniones en la
prensa. Tengan en cuenta que los datos nos dan la medida de las
políticas. A este diputado le satisface que las empresas privadas
tengan beneficios, porque la generación de beneficios es una buena
premisa para la creación de empleo. En este sentido, en el primer
trimestre del año 2001 el sector eléctrico español ha tenido un
aumento de beneficios del 15,4 por ciento, un punto inferior al del
conjunto de empresas del Ibex. Yo no diría que en términos
comparativos sea una evolución peor que la del resto del sector
empresarial. Si ustedes tienen esto en cuenta y actúan en
consecuencia, ahí tendrán nuestro acuerdo, porque están teniendo
presiones y nosotros simplemente desearíamos que el proceso fuera un
poco más transparente y hubiera más debate sobre todo esto.

Voy a enfocar el final de mi intervención. Si la comparecencia era
sobre políticas, resultados y contradicciones que explicaban la
discrepancia entre los resultados y la prédica, hablando de algunas
reformas que creemos necesarias usted ya ha mencionado algunas en
tramitación y yo sólo voy a citar, por ejemplo, la iniciativaque va a
aplicar la sentencia del Tribunal Constitucional



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para el ejercicio de sus competencias por parte de las comunidades
autónomas. Desde el Grupo Parlamentario Socialista valoramos el buen
grado de diálogo y conversación que hemos tenido respecto de esta
iniciativa y creemos que está bien encarada la resolución de ese
problema creado a raíz de la existencia de esta sentencia del
Constitucional. Podrá haber equilibrio entre la protección de la
defensa de la competencia y la garantía de la existencia de un
mercado único con el ejercicio por parte de las comunidades autónomas
de sus competencias. Además de las reformas que usted ha mencionado
querría sugerirle tres vías de avance. Una primera sería la
traducción inmediata de las referencias que he hecho a los sectores
que conservan regulación. La introducción de competencia debe ser
mucho más efectiva en los sectores regulados: telefonía, energía en
general (electricidad, gas), etcétera. Les proponemos un indicador.

Elaboren un indicador de media comunitaria en avance de la
competencia -por ejemplo, ahora sabemos que la liberalización del
sector eléctrico en la Unión Europea es del 66 por ciento como media-
y tomen como política no quedarse por debajo de la media en ninguno
de los sectores. Es sensato. Fíjese que no le estoy proponiendo ser
los primeros en todo, porque cada país tiene sus particularidades,
pero intentemos no estar por debajo de la media en nada, porque eso
da flexibilidad a la economía y permite contener la inflación. En
segundo lugar, son necesarios impulsos adicionales a la competencia
en sectores teóricamente liberalizados o no. No voy a hacer un
catálogo de ellos; además, señor De Guindos, seguro que en algunos,
como colegios profesionales, etcétera, coincidiríamos. Antes hemos
hablado de farmacia, de apertura de oficinas y de descuentos máximos
del 10 por ciento. Sabe usted como yo que la mejor medida para
promover competencia y reducciones de precios en especialidades
farmacéuticas publicitadas -es decir, las que no necesitan receta- es
dar libertad de distribución, liberalizar la distribución de las
entidades farmacéuticas especializadas y, por tanto, libertad de
descuento en el marco de la política antiprecios predatorios,
etcétera. ¿Están dispuestos a avanzar por esta vía en diferentes
ámbitos de la política? Es relevante. En tercer lugar, sabe que es
necesario dotar de mayores potestades y recursos al Tribunal de
Defensa de la Competencia, de forma que pueda ejercer mejor su
independencia, que en la actualidad radica básicamente en la voluntad
-y me consta que existe- de sus miembros. La independencia del
Tribunal no debe ser sólo de actitud. La estructura debe favorecer e
ir acompasada con las conductas. Sabe que deseamos que el Servicio de
Defensa de la Competencia se integre en el Tribunal manteniendo
separadas instrucción y resolución. Hace poco publicó usted un
artículo en un medio de difusión español mencionando diferentes
ejemplos. Yo comparaba antes su política industrial -la del Gobierno,
no la suya-, con la francesa, y usted, en ese
artículo, comparaba la articulación de los organismos de defensa de
la competencia en España con la francesa. Yo prefiero modelos como el
holandés o el alemán; por eso le sugiero que demos un paso en un
curso que creo que es inevitable, el de dar mayor independencia, no
sólo conductual sino estructural, y mayor potencia a organismos
independientes de defensa de la competencia; que tengan más capacidad
de tomar resoluciones, por ejemplo en concentraciones. Es cierto que
hay algunos ámbitos en las concentraciones en que las materias que
están implicadas son tan grandes que el Gobierno, como sucede en
Alemania, quizá deba retener potestades de veto o de cambio de
resolución, pero réglenlo, háganlo transparente, y cuando no haya el
concurso de esos problemas tan grandes que pueden afectar a
diferentes políticas dejen al Tribunal que decida también sobre
concentraciones. Hace años -con esto acabo- los países decidieron que
la inflación era un problema. Si la inflación era un problema, ese
problema necesitaba instituciones u organismos que hicieran de ese
problema su único problema -por tanto hay que sacar la ejecución de
la política del Gobierno, que tiene otros muchos problemas-; por eso
se crearon bancos centrales independientes. Puesto que la política la
define el Legislativo, no el Gobierno, les proponemos que la
ejecución de la política se deje con mucho mayor margen a
instituciones cuyo único objetivo sea la promoción y defensa de la
competencia, porque estoy de acuerdo con usted en que en ello nos va
gran parte del esfuerzo para flexibilizar la economía, contener la
inflación y adaptarnos mejor a este nuevo escenario en el que no
caben devaluaciones competitivas, etcétera.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència
i Unió), tiene la palabra el diputado señor Padrol.




El señor PADROL I MUNTÉ: Señor presidente, señores diputados, antes
que nada, en nombre de mi grupo parlamentario y en el mío propio
quisiera sumarme a la más enérgica condena y repulsa por el atentado
producido en el día de hoy.

Agradezco la comparecencia y la exposición del secretario general de
Política Económica y Defensa de la Competencia y deseo sumarme a la
reflexión con la que el señor De Guindos iniciaba su exposición, la
importancia decisiva que tiene para el buen funcionamiento de la
economía del país que la política de defensa de la competencia sea
ejercida con la mayor independencia, objetividad y rigor posibles. Es
cierto que en un entorno en el que ya no hay política monetaria, en
el que la política presupuestaria viene marcada por los criterios de
convergencia y más aún si finalmente acaba siendo aprobado el
proyecto de ley de estabilidad presupuestaria tal como está
configurado en la actualidad, la política de defensa de la competen
cia



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es un instrumento absolutamente clave para que la economía nacional
funcione de la manera más engrasada y con la mayor libre competencia
posible. También es cierto que si se ejerce mal, puede ser un
ejercicio de injerencia y de alteraciones en la toma de decisiones
económicas por parte de los agentes absolutamente intolerable, pero
qué duda cabe que estamos ante una manifestación de la política
económica de primer orden.

En mi intervención, aparte de esta breve introducción, haré
referencia a dos cuestiones, una de carácter general y otra de
carácter específico, al hilo de lo que ha sido su exposición. En la
de carácter general sólo señalaré que en la política de defensa de la
competencia hay que tener la vista puesta en dos líneas evolutivas ya
señaladas anteriormente, en el timing que puedan seguir en el ámbito
de defensa de la competencia y fundamentalmente de la liberalización
y de la regulación otros Estados miembros de la Unión Europea, con
otro ojo puesto, como decía antes el portavoz que ha intervenido en
nombre del Grupo Parlamentario Socialista, en el modelo de política
industrial que se quiera para nuestro país. La verdad es que el
timing de nuestros socios en la liberalización y la regulación y el
modelo de política industrial que se quiera para nuestro país van a
condicionar muy mucho este conjunto de competencias cuyo ejercicio
corresponde a usted como parte del Gobierno español.

En cuanto a las cuestiones concretas, se refieren al anunciado
proyecto de ley que dé cumplimiento al mandato de la sentencia del
Tribunal Constitucional de 11 de noviembre de 1999, que curiosamente
coincide en la fecha con la celebérrima sentencia del Tribunal
Constitucional alemán sobre flujos financieros entre länder, es una
curiosa casualidad. También querría hacer una valoración positiva de
las conversaciones, trabajos y escenarios de diálogo previo que ha
habido en la difícil tarea, y así hay que reconocerlo, de dar
cumplimiento a la sentencia del Tribunal Constitucional que otorga
competencia a las comunidades autónomas, siquiera en los ámbitos de
acuerdos prohibidos, autorizaciones singulares de acuerdos
prohibidos, abuso de posición dominante y falseamiento de la libre
competencia por actos desleales. No es una ley fácil de articular, no
existen tampoco demasiados modelos en nuestro entorno económico que
hayan seguido esta distribución de competencias de carácter
territorial -los hay, pero también son muchos aquellos casos en los
que no se produce- y lo cierto es que delimitar cuando una
determinada conducta o un acuerdo prohibido produzca sus efectos sólo
en el ámbito territorial de una comunidad autónoma no es fácil,
aunque parece ser que los trabajos van bien orientados y que
finalmente se logrará obtener un resultado satisfactorio, y la
satisfacción sólo puede venir del cumplimiento estricto a la
sentencia del Tribunal Constitucional citada anteriormente.

Querría plantear dos cuestiones al señor De Guindos antes de concluir
mi intervención. Habida cuenta de las competencias de las comunidades
autónomas, tal como queda configurado por la sentencia del Tribunal
Constitucional, puede ocurrir que un acuerdo prohibido produzca
efectos fundamentalmente en una comunidad autónoma, pero que una mera
trascendencia territorial, por pequeña que sea, sustraiga esa
competencia a la comunidad autónoma y la transfiera o, mejor, no la
transferiría, le correspondería directamente al Estado, y sabido es
que existe la posibilidad de una participación consultiva en este
ámbito. Me gustaría conocer su opinión o cuál es su valoración sobre
que esta presencia consultiva de las comunidades autónomas no se
produjera simplemente cuando así lo decidiera el Servicio de Defensa
de la Competencia del Estado, sino que hubiera la posibilidad de
establecer o tasar una serie de circunstancias en las que podría
producirse está presencia consultiva y no sólo dependiendo de una
decisión unilateral del Servicio de Defensa de la Competencia.

Quisiera saber si sería posible articular la segunda de las vías a
las que yo hacía referencia.

En segundo lugar, deseo preguntarle por los plazos. Sabido es que
estamos fuera de plazo, sobre todo atendiendo a la Ley de medidas
fiscales, administrativas y del orden social para el año 2000, que
fijaba como fecha de referencia para la entrada en vigor del proyecto
de ley el 1 de octubre del año anterior, aunque, y tuve ocasión de
decirlo así en la interpelación producida en el Pleno al
vicepresidente segundo del Gobierno, somos plenamente conscientes de
que es una ley cuya articulación es técnicamente compleja y por tanto
lo importante es que finalmente el contenido sea el correcto, pero
ello no es óbice para que le pregunte al secretario general qué
plazos estima o cuándo tiene previsto el Gobierno presentar este
proyecto de ley.

Reiterar mi agradecimiento al señor De Guindos, y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la
palabra el señor De Juan.




El señor DE JUAN I CASADEVALL: Como no podía ser menos, en nombre del
Grupo Popular, deseo manifestar la más absoluta y rotunda condena por
el brutal atentado que esta mañana, una vez más, desgraciadamente, ha
segado una vida humana.

Desde el Grupo Popular, quiero dar la más cordial bienvenida al señor
secretario general de Política Económica y Defensa de la Competencia,
en esta creo que su primera comparecencia ante esta Comisión. Quiero
que mis primeras palabras sean, señor secretario general, no sólo de
bienvenida sino además de adhesión y apoyo a la importante labor que
está desarrollando desde la responsabilidad que tiene encomendada en
el Ministerio de Economía.




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Desde 1996, por buscar un lapso político más corto desde los últimos
comicios generales, el Gobierno centrista del Partido Popular y el
grupo parlamentario que le presta su apoyo han desarrollado una
política económica, a nuestro juicio certera, basada en tres ejes
fundamentales, una política de estabilidad macroeconómica y de
estabilidad presupuestaria, que tendrá su colofón en el proyecto de
ley de estabilidad presupuestaria, que ha iniciado ya su trámite o
andadura parlamentaria en esta Cámara; una política de progresiva
reducción de la presión fiscal y singularmente de la imposición
directa, por los efectos benéficos que produce sin lugar a dudas en
el ahorro, en la inversión y en la creación de empleo, y reformas
estructurales a través de la liberalización y de la desregulación y,
en definitiva -y es lo que aquí hoy nos convoca-, de la política de
defensa de la competencia.

Qué duda cabe, señorías, de que con la trasferencia de la soberanía
monetaria a Francfort, con la transferencia de estas políticas
monetarias a las que hacía referencia el compareciente, junto con
otras políticas que a juicio de nuestro grupo -a diferencia de otros-
son singularmente importantes, como la política de estabilidad
presupuestaria, hoy cobran un singular interés las políticas
microeconómicas, las que inciden en la libre formación de precios y,
en concreto, las políticas estructurales orientadas a la
liberalización y a conseguir el correcto funcionamiento de los
mercados. Por ello, y como decía el compareciente, hay que garantizar
esa competencia y que la misma sea efectiva como objetivo
prioritario, toda vez que la competencia efectiva aumenta las
posibilidades de los consumidores, contribuye a la contención de la
inflación y asegura la inversión, el crecimiento económico y una
asignación eficiente de los recursos.

A nuestro juicio, la política de defensa de la competencia que se
está desarrollando es la acertada y mi grupo quiere manifestar aquí
su apoyo a la misma y, al mismo tiempo, su discrepancia con algunos
planteamientos que ha expuesto alguno de los portavoces que nos ha
precedido en el uso de la palabra. Alguno ha hablado incluso de
riesgo regulatorio por los cambios legislativos y, según nos ha
parecido entender, por el actual esquema institucional de defensa de
la competencia.




En cuanto a los cambios normativos, mi grupo tiene que manifestar que
es partidario del mayor grado posible de estabilidad de los
escenarios legislativos y normativos. Lo que ocurre es que no podemos
condenar al derecho de la competencia a padecer un divorcio entre la
normatividad y la normalidad. Había un jurista, que se llamaba
Hermann Heller, que afirmaba que ese divorcio no podía existir;
evidentemente, tampoco nosotros somos partidarios de ello. Queremos
decir con esto que los cambios legislativos en este terreno se
producen fundamentalmente por dos razones, primero, para mejorar el
régimen de defensa de la competencia,
para hacerla más efectiva, para conseguir esa libre concurrencia en
los mercados y, en definitiva, para hacer la política pro competencia
que ha desarrollado el Gobierno y que el Grupo Parlamentario Popular
ha apoyado siempre; y, segundo, para arreglar algún desaguisado
legislativo cometido con anterioridad, como la Ley 16/1989, de 17 de
julio, de defensa de la compentencia. En el momento en que otro
partido tenía responsabilidades de Gobierno, dicha ley incurrió en
inconstitucionalidad y provocó una sentencia del Tribunal
Constitucional que declaró diversos preceptos contrarios a la
Constitución por no respetar el orden constitucional de distribución
de competencias que establecía el llamado bloque de
constitucionalidad. Pues bien, si los cambios legislativos permiten
superar deficiencias en técnicas legislativas que existieron en el
pasado, bienvenidos sean y bienvenidos sean también los acuerdos y
diálogos para emprender la reforma legislativa que supone el proyecto
de ley de cooperación al que aludía el compareciente, que es sin duda
complejo desde el punto de vista de la técnica legislativa, sobre
todo en el diseño de esos puntos de conexión.

Se ha hablado también del marco institucional y se han hecho algunas
referencias al mismo. Creemos que el actual esquema institucional de
defensa de la competencia es homologable al de los sistemas europeos
de tutela y de protección de defensa de la competencia. Esto es de
singular trascendencia, sobre todo cuando en la Comisión Europea se
está trabajando en la elaboración de un Libro Blanco de defensa de la
competencia. Se ha hablado incluso de Alemania. En Alemania -se ha
celebrado ya algún debate parlamentario en Pleno donde se ha
suscitado esa cuestión- existe un esquema institucional muy claro,
por lo que, si aceptamos el modelo alemán, debemos hacerlo tal como
es, esto es, debemos aceptarlo en los tres niveles competenciales que
existen en el derecho alemán de la competencia, con tres grandes
órganos o complejos orgánicos, en primer lugar, el ministro federal,
que no sólo emana instrucciones sino que también tiene un control de
concentraciones; en segundo lugar, el Bundeskartellamt, que entiende
o conoce de aquellas conductas prohibidas, prácticas concertadas,
etcétera, que tipifica el artículo 1 de la Ley de defensa de la
competencia cuando el efecto colusorio que entrañan se despliega más
allá de un land, es decir, cuando afecta a diversos länder; y en
tercer lugar, obviamente, la competencia de los distintos länder
dentro de su territorio cuando el efecto colusorio prohibido por la
norma se produce dentro del territorio de un land. En ese sentido,
tal como ha manifestado el compareciente, parece que puede ir el
esquema institucional, esa ley de cooperación que debe abordar el
Gobierno para adaptarse al mandato de la sentencia del Tribunal
Constitucional.

Se ha hablado también del Servicio de Defensa de la Competencia. El
Grupo Popular cree que está desarrollando



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una importante labor técnica y, frente a otros planteamientos que se
han hecho, nosotros somos partidarios de su mantenimiento, entre
otras razones porque pensamos que el derecho de defensa de la
competencia, como todo derecho sancionador y punitivo, debe basarse
en un principio garantista fundamental, cual es la disociación
funcional entre lo que es instrucción y lo que es sanción, lo que es
la facultad de instruir y lo que es la facultad de sancionar. Se
trata de un principio que se denomina acusatorio y que tiene, según
reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo y sentencias del
Tribunal Constitucional, todas sus manifestaciones en lo que es el
derecho punitivo o el derecho sancionador, sea estrictamente penal o
administrativo- sancionador, como puede ocurrir también en el derecho
de defensa de la competencia. Si a ese Servicio de Defensa de la
Competencia le atribuimos adicionalmente la posibilidad de control
por el Tribunal de Defensa de la Competencia y el conocimiento vía
recurso de sus resoluciones, todavía le añadimos más garantías, lo
mismo que si le atribuimos la posibilidad que contempla el artículo
25 de la Ley 16/1989 de que sea el propio Tribunal de Defensa de la
Competencia el que excite ex officio o incite la actuación del propio
Servicio de Defensa de la Competencia. Por tanto, estamos ante un
modelo que ofrece todas las garantías y que comparativamente a lo que
son otros modelos propios de nuestro derecho interno, es plenamente
homologable. Pensemos en el caso de órganos similares al Tribunal de
Defensa de la Competencia, como es el Tribunal Económico-
administrativo. Evidentemente, en ambos casos no estamos hablando de
órganos independiente de carácter jurisdiccional, sino de órganos
administrativos dotados de una autonomía orgánica y funcional y que
actúan en esa fase de disociación de la instrucción y de la
resolución. Entendemos que ese modelo institucional no entraña un
riesgo regulatorio en absoluto, al contrario, le proporciona
garantías, como entendemos también que las políticas para luchar
contra la inflación son fundamentales, siendo sin duda una piedra
angular para ello, una vez perdida la política monetaria, esa
política de defensa de la competencia, que no tiene ese riesgo
regulatorio del que algunos hablan, y como entendemos que también se
lucha en ese terreno a través de la liberalización y de las
privatizaciones, que creemos han sido positivas para el buen
funcionamiento de la economía y para la creación de empleo y de
bienestar, que en definitiva son los objetivos que persigue el
Gobierno del Partido Popular.

Mi grupo quiere valorar positivamente el incremento de casos de
concentraciones empresariales analizados por los órganos de Defensa
de la Competencia. Estamos sin lugar a dudas ante el signo inequívoco
de que están cumpliendo su cometido, el cometido que tienen asignado
legalmente y que se espera para el buen funcionamiento de la
competencia, para la existencia de
esa competencia efectiva. En ese terreno, se nos suscitan algunas
cuestiones que quisiéramos someter a la consideración del secretario
general de Política Económica. En primer lugar, quisiéramos saber
cuál es el grado de seguimiento que hace el Gobierno de los informes
del Tribunal de Defensa de la Competencia. En alguna ocasión el
ministro de Economía ha dado algún dato estadístico. Queremos saber
cuál es en definitiva ese grado de cumplimiento o de apartamiento de
los informes del Tribunal de Defensa de la Competencia
y solicitaríamos ampliación de información sobre este extremo.

En segundo lugar, hay una cuestión que sin duda elcompareciente por
su conocimiento técnico podría resolver y es intentar determinar
dónde está lo cuantitativo y dónde lo cualitativo en cuanto al número
de empresas. En muchas ocasiones decimos, y efectivamente es así, que
cuantos más competidores, mejor, pero también tenemos enfrente el
reto de la globalización. Se trata de saber si hemos de sacrificar
tamaño a pluralidad de empresas o al revés; es decir, queremos saber
cuál es el punto de equilibrio, el fiel de la balanza, el justo medio
entre lo que es tamaño de las empresas y número de unidades
económicas o de agentes económicos que operan en el mercado.

En definitiva, señorías, y discrepando una vez más de alguno de los
comisionados que nos han precedido en el uso de la palabra, desde la
convicción constitucional de que quien dirige la política no es el
Legislativo, sino el Ejecutivo, porque no estamos en un régimen
asambleario sino parlamentario, y desde la convicción de que el
Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración
civil y militar y la defensa del Estado, ejerce la función ejecutiva
y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las
leyes -y el copyright no es mío, sino del artículo 97 de la
Constitución- (Risas.), desde la convicción, en definitiva de que al
Gobierno le corresponde dirigir la política y al legislativo hacer
las leyes y controlar la acción del Gobierno, quisiéramos, señor
compareciente, mostrar nuestra satisfacción por el actual nivel de
política de defensa de la competencia, exhortarle a que continúe en
la misma línea y profundizando en la defensa de la competencia y le
manifestamos todo el apoyo y colaboración del Grupo Popular.




El señor PRESIDENTE: Para la contestación a los diferentes grupos,
tiene la palabra el señor secretario general.




El señor SECRETARIO GENERAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y DEFENSA DE LA
COMPETENCIA (De Guindos Jurado): En primer lugar, me gustaría hacer
una serie de comentarios en relación con las cuestiones planteadas
por el señor Bel. Quisiera agradecer las palabras en relación con la
profesionalidad del Servicio y del Tribunal, que creo que



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no queda únicamente limitada a sus responsables, sino que la
profesionalidad del Servicio y del Tribunal es en una parte
importantísima, tal y como se reconoce sobre todo fuera de España, el
reconocimiento del trabajo, muchas veces oscuro y en situaciones de
desequilibrio en cuanto a incentivos económicos e incluso medios con
otras partes, de los funcionarios del Servicio y del Tribunal de
Defensa de la Competencia, que yo creo que son magníficos
profesionales y que siempre consideran que la labor de defensa de la
competencia de los mercados es fundamental desde el punto de vista
del interés general. Como como primera consideración, quisiera hacer
ese reconocimiento, muchas veces callado, de estos funcionarios,
instructores, asesores, personas que hacen estudios de mercado,
siempre desde el punto de vista del planteamiento del interés
general, que se reconocen en instancias comunitarias o
internacionales, como puede ser no solamente la Unión Europea, sino
también la OCDE.

En segundo lugar, S.S. comentaba una cuestión de la que también me
han hablado algunos campeones nacionales en algunos sectores, que es
la del riesgo regulatorio. Su señoría y yo compartimos la pasión por
el análisis microeconómico y macroeconómico, por la teoría económica
en general, y por eso me extrañaba un poco este tema. Evidentemente,
en los últimos años, y como consecuencia de la modificación del
entramado del instrumental de política económica, el Gobierno ha
tenido que tomar decisiones importantes en el ámbito de la política
de oferta. Hay una cuestión a la que nos tenemos que acostumbrar.

Cuando antes subían los tipos de interés, bajaban los tipos de
interés, se modificaba el déficit público, el signo de la política
fiscal, se consideraba que eran instrumentos macroeconómicos, que
después tenían un efecto individualizado sobre cada uno de los
ciudadanos de nuestro país, aunque teóricamente estaban ahí. Es
decir, parecía que el tipo de interés subía lo mismo para todos y
bajaba para todos exactamente lo mismo, lo cual, como conoce S.S., no
era exactamente igual ni sus efectos, dada la posición relativa de
los diferentes ciudadanos españoles. Pero hay una cuestión que usted
conoce perfectamente, que es que la política microeconómica, como su
propio nombre indica, afecta al funcionamiento de los mercados, y no
todos los mercados son iguales, por desgracia para nosotros. Antes
hacía referencia a la importancia de que el funcionamiento de la
política de competencia haya que graduarlo en función de las barreras
de entrada, incluso la propia política de competencia en relación con
la política de regulación debe eliminar barreras de entrada. ¿Con
esto qué quiero decir? Fundamentalmente, que la aplicación de los
instrumentos de política de competencia no puede ser exactamente la
misma en un mercado en el cual no existen barreras de entrada, en el
cual las importaciones y las exportaciones tienen un peso importante
en el mercado, en el cual existe libertad de instalación, que
en otros mercados que, como conoce perfectamente, por desgracia
todavía esas libertades y esa apertura de los mercados está mucho más
reducida. Eso obliga en muchas ocasiones a que tanto la política de
regulación como la política de competencias se fijen en esas
circunstancias específicas y en los méritos específicos de cada uno
de esos mercados. Por tanto, la política microeconómica tiene que
atender (y en este caso la política de competencia, como S.S. sabe
perfectamente, es una política macroeconómica) a esas circunstancias
de los mercados y, por desgracia, en muchas ocasiones es imposible
aplicar principios absolutamente generalizados. Esto lleva a la
necesidad de que esas actuaciones siempre sean extremadamente
transparentes como consecuencia, como comentaba anteriormente, de la
imposibilidad física de la generalización o de tener principios
generales en la aplicación de la política de competencia.

Su señoría comentaba que, en su opinión, había habido tres motivos de
retraso en los últimos años en relación con la política de
competencia y la política de regulación en primera instancia.

Consideraba que el papel del Tribunal de Defensa de la Competencia
será analizado con respecto al servicio. Yo creo que no. En la última
reforma de la ley, por ejemplo, se le dio al Tribunal de Defensa de
la Competencia la capacidad de actuar de oficio sobre las ayudas
públicas, capacidad que no tenía anteriormente. Desde nuestro punto
de vista, puede seguir teniendo la posibilidad de hacer informes y
memorias anuales. Evidentemente, el Tribunal de Defensa de la
Competencia es una institución independiente, y yo estoy de acuerdo
con usted en que en los últimos años se han producido menos, tal vez
a lo mejor porque el Gobierno ha ido reflejando los planteamientos
del Tribunal de Defensa de la Competencia en modificaciones de
regulación y dichas memorias han sido menos necesarias.

Por otro lado, hace una serie de consideraciones sobre el paquete de
junio, que no comparto. Pero en última instancia lo que le quiero
decir es que este cierto lugar común que se oye en determinados
ambientes respecto al riesgo regulatorio, yo creo que obedece
fundamentalmente a la voluntad del Gobierno de actuar siempre en
defensa del consumidor, de intentar eliminar barreras regulatorias.

Evidentemente, en un plazo de tiempo muy reducido, sobre todo si uno
ve la tendencia de la globalización y cómo se están modificando los
planteamientos desde el punto de vista de la economía internacional,
pienso que son estrictamente necesarios. Por otro lado, las cifras,
por ejemplo, de inversión directa extranjera en nuestra economía,
ponen claramente de manifiesto que esa teórica crítica del riesgo
regulatorio no existe. Simplemente hay que ver, por ejemplo, cómo en
recientes operaciones eléctricas ha habido prácticamente una guerra
de OPA en relación con una operación. Si el riesgo regulatorio fuera
tan alto como dice S.S., es evidente que no se



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hubieran pagado las cantidades que se pagaban. Lo que se está
considerando son las posibilidades de un mercado como el español.

A continuación, hacía S.S. una consideración respecto al tema de las
telecomunicaciones y su evolución en el IPC armonizado. Los datos que
nosotros tenemos del IPC armonizado no coinciden con los de S.S.,
pero posteriormente se los puedo hacer llegar. Respecto a la partida
de telecomunicaciones, con un contexto temporal suficientemente
largo, hay que tener en consideración que la liberalización de las
telecomunicaciones en España empieza más tarde, con la Ley de 1998,
mientras en otros países había empezado antes.

Por ejemplo, si se observa la situación de las fórmulas del price
gap, es decir del IPC menos equis, que se establecen para el operador
dominante en España y en otros países, se pone clarísimamente de
manifiesto que en España la X ha sido más elevada, es decir que los
precios para el operador dominante tienen que reducirse mucho más que
los de la media comunitaria.

Después S.S. hablaba de la necesidad de establecer un indicador de
liberalización. Estoy completamente de acuerdo con usted. Incluso en
el Comité de Política Económica, en el Ecofin y en los consejos
europeos, a iniciativa española, se ha elegido una serie de pequeños
indicadores que pongan de manifiesto los diferentes esfuerzos de
liberalización y de regulación que se están haciendo en los
diferentes países europeos. Pero S.S. planteaba un objetivo escaso, a
mí me gustaría ser un poco más ambicioso, porque decía: estamos en la
media. Yo creo que España no debe estar en la media; creo que España,
como consecuencia del proceso de convergencia, debe estar por encima
de la media comunitaria, desde el punto de vista de liberalización.

Por último, comparto su observación respecto a los incrementos de los
recursos en los servicios del Tribunal, que ya se está produciendo.

Si se observa la evolución de los presupuestos, creo que el
compromiso del Gobierno es claro desde el punto de vista de los
recursos.

También planteaba la cuestión de la independencia. Es un tema que va
más ligado a lo que ha sido el inicio del debate de la independencia
de estas agencias regulatorias, con la existencia del Banco Central y
la consideración de que no existe una ligazón entre inflación y
crecimiento y que es mejor que lleve el tema una entidad
independiente.

A veces me planteo si no podríamos tener un aparato que nos midiera
la independencia, podría llamarse independienzómetro, para medir lo
independientes que somos. Pero le señalaría que a veces es importante
no sólo ser independiente del Gobierno, sino también de los sectores
regulados. Es muy importante, extremadamente importante, que el
independienzómetro tuviera dos botones, por decirlo de alguna forma.

Quiero decirle que el único contraste que tenemos es el que hicieron
los agentes que rodean el entorno de la competencia
(bufetes de abogados, analistas, consultores, etcétera), con
una valoración de las diferentes instituciones de defensa de la
competencia en Europa y en el mundo. Y salían cosas curiosas, que me
gustaría comentarles, como que el Servicio de Defensa de la
Competencia era más independiente que el Tribunal de Defensa de la
Competencia, lo cual, de alguna forma, me rompía los esquemas
tradicionales en función de las críticas que se me hacen
habitualmente. El planteamiento que se hacía desde ese punto de vista
era más profesional.

De cualquier forma, de lo que estoy completamente convencido es de
que el sistema que tenemos en España pone de manifiesto, tal como se
comentaba anteriormente por el señor De Juan, que la separación entre
instrucción y resolución es vital y da garantías en procedimientos
que, en última instancia, pueden acabar imponiendo sanciones, siendo
duros e intervencionistas, y que, desde ese punto de vista, se
comparan favorablemente con los sistemas existentes en otros países.

Respecto de las dos cuestiones planteadas por el señor Padrol,
relacionadas con la colaboración entre los órganos ejecutivos de
competencia que se crearán en determinadas comunidades autónomas y
los de ámbito estatal, simplemente tengo que decirle -y él lo sabe-
que, teniendo en cuenta los textos que está viendo el Gobierno, la
coordinación y la necesidad de colaboración van a ser vitales. Esa es
la razón básica por la cual el Consejo de la Competencia, como órgano
de coordinación, como órgano de puesta en común de ideas, tiene un
papel importante. Además, sabe que en la norma se establecerán
instrumentos de relación, de comunicación, entre los diferentes
órganos con competencias -perdón por la redundancia- en el ámbito de
competencia entre las comunidades autónomas y los estamentos
nacionales.

Con respecto a los plazos, sólo le puedo indicar lo que ya sabe, que
el texto está muy avanzado y espero que en muy breve plazo se pueda
traer a esta Cámara.

El señor De Juan planteaba dos cuestiones, la primera cuál es el
grado de seguimiento de los acuerdos de Consejo de Ministros respecto
a los informes del Tribunal de Defensa de la Competencia en relación
con las operaciones de concentración. Hemos hecho un análisis de los
últimos cinco años y lo que se pone de manifiesto es que los acuerdos
del Consejo de Ministros han seguido en más de un 80 por ciento,
concretamente en un 84 por ciento, las recomendaciones del Tribunal
de Defensa de la Competencia. Si usted me permite la expresión, se ha
sido bastante fiel en las recomendaciones del Tribunal de Defensa de
la Competencia; para el Gobierno es una guía básica, la principal, en
las operaciones de concentración.

Después, comentaba una cuestión evidentemente complicada, dónde está
el equilibrio entre tamaño y número de participantes. A lo mejor esto
enlaza con elplanteamiento del análisis microeconómico, que tiene



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que ser un análisis caso a caso, pero la verdad es que no existe una
regla única. La única regla que existe es que, en los mercados en los
que no existan barreras de entrada, mercados que sean de ámbito
global, no importa tanto una cuota de mercado elevada en un mercado
doméstico específico porque ese mercado, siguiendo este feo término
anglosajón, es contestable, es expugnable, es decir, se puede abordar
por otro competidores. Por el contrario, donde por una serie de
razones existan barreras de entrada en los mercados domésticos,
necesariamente el análisis de las cuotas de mercado tiene que ser más
estricto porque se podrían producir situaciones que afectarían en
última instancia al bienestar del consumidor.




El señor PRESIDENTE: Señor Bel, quedan todavía dos proposiciones. Le
rogaría que fuera muy breve.




El señor BEL I QUERALT: Sólo para hacer cuatro consideraciones
breves.

Sobre el riesgo regulatorio, aparte de mis apreciaciones y las de los
campeones nacionales, están las de muchos articulistas en los medios
de comunicación españoles, en el Financial Times, en The Economist,
etcétera; ponga lo que quiera, pero dé la lista completa. Hay riesgo,
como ha mostrado esa especie de travesía en la jungla de los costes
de transición a la competencia y los vaivenes de tasas sobre la
telefonía UMTS. Simplemente, no es bueno; yo no dramatizo sobre sus
consecuencias, pero si estos vaivenes son evitables, mejor.

Me gusta la referencia que hace porque de hecho el Tribunal es dueño
y señor de hacer sus informes y memorias anuales. El problema es si
tiene recursos para hacerlos, y usted, como yo, pensará que algo más
de 200 y pico millones de pesetas al año para funcionar facilitarían
la vida al Tribunal, le facilitarían medios para hacer sus vademécum
reformistas. Además, antes, el Tribunal podía hacer estudios,
informes, y someterlos a opinión pública, pero desde la última
reforma de 1999 tienen que ser sometidos a autorización del Gobierno.

Eso sí ha sido un cambio de detalle importante.




Mi tercera apreciación es sobre las telecomunicaciones. Los datos de
IPC interanual de comunicaciones en los últimos cuatro años,
empezando en diciembre de 1996, son los siguientes. En diciembre de
1997, el IPC español era menos 0,3 y el de telecomunicaciones del
conjunto de la Unión era menos 0,5; en el año 1998, el IPC español de
comunicaciones fue más 6,0 y el de la UE menos 0,6; en 1999, el
español fue menos 3,2 y el de la Unión menos 5,0; en 2000, el español
fue menos 2,9 y el de la Unión menos 4,9; del año 2001 he hablado
antes. Es posible establecer una regulación price gap con una equis
alta, pero en el price gap no entran mucho los cambios en el abono,
que es donde ha habido cambios importantes.

Si estos datos no fueran suficientes, el último informe sobre
reformas estructurales de la Unión Europea compara cambios en los
precios de telecomunicaciones entre los años 1997 y 2000. En llamadas
locales, España es el segundo país en evolución al alza en precios;
sólo después de Grecia. En llamadas nacionales, dice textualmente: En
Bélgica, España, Italia y Austria, sin embargo, las llamadas
nacionales de larga distancia permanecen relativamente caras. Al
final, nos dan la evolución de los precios de las llamadas desde
Europa a Estados Unidos (usted conoce la magia de Estados Unidos) y
España es el cuarto país con menor reducción del precio. España se ha
alineado con los cuatro o cinco países con menores reducciones de
precios. El price gap es una parte, pero no es todo. Si en algunos
sectores llegáramos a la media como primer paso, lo celebraría y,
entonces, además le incitaría a ir más allá, pero déjeme no ser
moderado, sino prudente. Si todavía no estamos en la media, no quiero
ser muy exigente, sólo quiero avanzar. Fijar una media y
comprometernos a no estar por debajo de ella nos puede permitir ser
prudentes y avanzar.

Personalmente, me he sentido un poco aludido por el portavoz del
Grupo Popular en su intervención porque hablaba de algunos ponentes
anteriores, y como sólo hemos intervenido el portavoz de Convergència
i Unió y yo, y no son habituales las trifulcas entre PP y
Convergència, he entendido que se refería al otro, que soy yo. Voy a
decir dos cosas muy breves. Yo no soy tan experto como usted en
términos jurídicos, pero creo que en un sistema democrático la
política la formula el Legislativo y la dirige el Ejecutivo. La
configuración de las leyes, el marco en el que se ejecutan las
políticas, lo fija el Legislativo y lo que nosotros proponemos, al
igual que se hizo con la política monetaria, es que la ejecución de
la política de competencia se someta al principio de mínima
intervención por parte del Gobierno, porque las políticas se pueden
ejecutar aunque no las ejecute el Gobierno. Por ejemplo, hay una
ejecución de política monetaria, aunque no la ejecute el Gobierno.

Creo que esto no rompe ninguna de las consideraciones con las que
usted realmente me ha abrumado y empequeñecido.

Me ha gustado la referencia del señor De Juan al modelo alemán. Ha
dicho una cosa (sólo la voy a sacar un poquito de contexto), y es que
cuando se compra un modelo hay que comprarlo hasta el final. Es
verdad. En las discusiones que hemos tenido para la aplicación de la
sentencia del Tribunal Constitucional a las comunidades autónomas,
hemos reflejado en gran medida el modelo alemán. Nosotros vamos a
llevar hasta el final el modelo alemán, en gran medida, y vamos a
proponer también su aplicación, por ejemplo, a la incardinación entre
Servicio de Defensa de la Competencia y Tribunal, puesto que es un
modelo que nos parece de referencia y exitoso. Veremos si el Grupo
Popular, en



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el futuro, lleva hasta el final la aplicación del modelo alemán.

Respecto a la independencia de los órganos de defensa de la
competencia -y termino- y los estudios que usted ha mencionado,
quiero decirle que no es un campeón nacional, sino una institución de
reconocido prestigio y tradicionalmente influyente sobre el Gobierno,
el Instituto de Estudios Económicos, la que, en su informe de
coyuntura económica de diciembre de 2000, dice que la negociación
colectiva es clave para el crecimiento. Y en el último párrafo del
informe, cuando habla de la competencia efectiva existente en los
mercados, se dice, textualmente, lo siguiente: A este respecto, la
política de defensa de la competencia, para ser más eficaz, debe
avanzar en su independencia, lo que implica la necesidad de dotarla
de mayores recursos y avanzar en la coordinación e integración entre
los distintos niveles de la Administración, el Servicio de Defensa de
la Competencia y el Tribunal de Defensa de la Competencia.

Yo no siempre coincido con el Instituto de Estudios Económicos; en
esto y en alguna otra cosa, sí. Estaría bien que el Gobierno y el
grupo de la mayoría, que casi siempre coincide con el Instituto de
Estudios Económicos, también coincidiera en esto.




El señor PRESIDENTE: Señor De Juan.




El señor DE JUAN I CASADEVALL: Señor presidente, pido la palabra por
alusiones, en el sentido propio de la palabra.

Yo no he aludido a nadie, lo que ocurre es que, como decían los
latinos: excusatio non petita, accusatio manifesta, es decir, alguien
se ha sentido aludido, o dicho en roman paladino: el que se pica,
ajos come. Simplemente quiero precisar una cosa. El Partido
Socialista enterró hace mucho tiempo a Montesquieu y todavía no tiene
claro lo de Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Señoría, el nuestro no
es un régimen presidencialista, como el americano, no es un régimen
asambleario, como lo era el de la Francia de Robespierre, sino que es
un régimen parlamentario, luego el Gobierno propone una política y el
Parlamento elige al presidente del Gobierno y controla la acción del
mismo. Esa es la situación. Otra cosa es que algunos tengan
veleidades jacobinas, que evidentemente no nos corresponde a nosotros
analizar.




El señor PRESIDENTE: Señor secretario general.




El señor SECRETARIO GENERAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y DEFENSA DE LA
COMPETENCIA (De Guindos Jurado): En relación con la consideración que
ha hecho el señor Bel respecto al IPC armonizado de
telecomunicaciones, como él sabe perfectamente el IPC únicamente
recoge la evolución de los precios de las telecomunicaciones para las
familias, para el consumo. Por supuesto también ha
habido una evolución de precios para las empresas, que de alguna
forma también acaba siendo beneficiosa para las familias, en la
medida en que un input de producción de las empresas se ve abaratado.

Esto lo ponía de manifiesto el otro día, por otras razones distintas,
la Asociación de competidores alternativos al operador dominante en
España. Le haré llegar el cuadro -aparte del IPC armonizado- en el
cual se pone de manifiesto que en España, en los últimos tres o
cuatro años, las llamadas de teléfono están sustancialmente por
debajo de la media comunitaria. Eso se reconoce incluso en un informe
que se mandó al Consejo Europeo y que le puedo hacer llegar a S.S.

Esa era la única consideración que quería hacer.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor secretario general.




PROPOSICIONES NO DE LEY:



- RELATIVA A LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS PARA FAVORECER EL DESARROLLO DE
LA ENERGÍA SOLAR. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA.

(Número de expediente 161/000547)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto II del orden del día: Debate y
votación de proposiciones no de ley. En primer lugar, proposición no
de ley relativa a la adopción de medidas para favorecer el desarrollo
de la energía solar. Su autor es el Grupo Parlamentario Socialista.

Tiene la palabra el señor García Breva.




El señor GARCÍA BREVA: Quiero hacer una primera referencia a lo que
se contiene en el Plan de fomento de energías renovables sobre la
energía solar térmica y la energía solar fotovoltaica. En primer
lugar, el Plan de fomento establece unas ratios que voy a decir
rápidamente y que muestran la situación que tiene en España la
energía solar, bastante por debajo de la media europea.

La ratio es la siguiente: En España tenemos 8,7 metros cuadrados de
captadores solares por cada mil habitantes, cuando la media europea
se sitúa en 20 metros cuadrados. Incluso hay países como Austria, por
ejemplo, que tiene 154 metros cuadrados y Grecia hasta 196 metros
cuadrados. El objetivo que se marca el Plan de fomento de energías
renovables es conseguir en el año 2010, en España, 115 metros
cuadrados de captadores solares por cada mil habitantes.

Respecto a la energía solar térmica, el Plan de fomento establece una
serie de medidas que voy a citar rápidamente. Son medidas como
desgravaciones fiscales en el IRPF y en el impuesto de sociedades a
la inversión en activos dedicados a la producción de energías
renovables; libertad de amortización de inmovilizado



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material a los mismos efectos; el desarrollo de normativas que
regulen las instalaciones solares térmicas y la homologación de
equipos e instaladores; igualmente, se habla de desarrollar la
normativa de integración de la energía solar en los edificios
completando las lagunas del RITE y acciones ejemplarizantes de la
Administración.

En cuanto a la energía solar fotovoltaica, el Plan de fomento señala
algo que es conocido también y es que España está a la cabeza de la
fabricación de paneles solares y a la aplicación de los mismos.

Incluso veíamos hace pocos días una noticia en los periódicos de cómo
España iba a financiar la construcción de paneles solares en
Filipinas para 500.000 ciudadanos, algo que no se hace en España al
día de hoy y, sin embargo, lo vamos a hacer en Filipinas.

Entre las medidas que señala el Plan de fomento de energías
renovables para la fotovoltaica, se insiste en las mismas medidas
fiscales que se dicen respecto a la energía solar térmica:
desgravaciones fiscales en el IRPF y en el impuesto de sociedades;
que los pequeños productores de fotovoltaica no tengan que pedir
licencia fiscal ni hacer liquidaciones trimestrales del IVA; plantea
también el desarrollo de un reglamento de instalaciones fotovoltaicas
que regulen los criterios técnicos y la integración en edificios y
viviendas; desarrollar un reglamento que se ha hecho ya en el mes de
septiembre de conexión a red de las instalaciones fotovoltaicas.

Tanto para la energía solar térmica como fotovoltaica, el Plan de
fomento de energías renovables destaca como medida estructural a
aplicar la redistribución de las primas a aquellas tecnologías que
más lo requieran y señala, concretamente, la biomasa y la energía
solar como las dos tecnologías que más lo necesitan. Esto es lo que
hizo el Plan de fomento de energías renovables que está aprobado por
el Gobierno el 30 de diciembre de 1999. Incluso hay un acuerdo del
Pleno del Congreso de los Diputados, de 19 de diciembre pasado, en el
que se instaba al Gobierno a cumplir dicho plan. Al cabo de año y
medio, nuestro balance es bastante negativo. Voy a ilustrarlo
simplemente con algunas de las respuestas que el Gobierno ha dado al
Grupo Socialista sobre el desarrollo de dicho plan. Respecto a las
medidas fiscales, el Gobierno nos ha respondido por escrito que
existen ya medidas fiscales e incentivadoras, que valora
positivamente el marco actual de esas medidas fiscales y lo considera
suficiente, con lo cual no parece que vaya a desarrollar nuevas
medidas fiscales.

En cuanto a la modificación o redistribución de primas, el Gobierno
nos dice que para el año 2001 -las preguntas las hicimos el año
pasado- no se podía efectuar ninguna modificación de este tipo que
supusiera una redistribución o incremento de dichas primas, con lo
cual tampoco se va a cumplir una de las cuestiones que se planteaban.

Respecto a la integración de la energía solar en edificios, el
Gobierno nos manifiesta
que se está elaborando la reglamentación técnica relativa al diseño,
cálculo y montaje de las instalaciones de producción de agua caliente
sanitaria a partir de colectores solares planos; es decir, una
normativa que se incorporaría al RITE, pero todavía hoy no está
elaborada por el Gobierno.

La última respuesta que tenemos sobre acciones ejemplarizantes que el
Gobierno ha hecho sobre energía solar fotovoltaica, es que se
inauguró una pérgola fotovoltaica en los jardines del complejo de la
Moncloa el pasado 29 de septiembre. Esta es la única acción sobre la
fotovoltaica acción ejemplarizante de la que nos da cuenta el
Gobierno, además de citar el Real Decreto 1663/2000, de conexión de
instalaciones fotovoltaicas a la red. Quisiera hacer un comentario
sobre ese real decreto porque es la única medida que el Partido
Popular ha llevado a efecto sobre el desarrollo de la energía solar.

Ese real decreto ha llegado tarde, con dos años de retraso, y no ha
producido los resultados que se esperaba. De hecho, la conexión a red
de instalaciones fotovoltaicas no se lleva a cabo con la celeridad
esperada, dado que a 31 de diciembre del año 2000 sólo 20
instalaciones de fotovoltaica conectadas a red están cobrando las
primas legalmente establecidas. Desde el 31 de diciembre a estas
fechas es posible que esas 20 instalaciones sean 35 ó 40, pero no
mucho más.

La efectividad del decreto, hoy por hoy, está por ver, y es debido a
distintos defectos que el real decreto contiene. Concretamente, el
real decreto no tuvo en cuenta el modelo de contrato y el modelo de
factura. Según las noticias que tiene el Grupo Parlamentario
Socialista, eso es lo que hace que sea un real decreto incompleto y,
hasta que el Ministerio de Economía no lo complete con ese modelo de
contrato y con el de factura, los problemas seguirán existiendo. No
sé si esos documentos, por la desaparición del Ministerio de
Industria, estarán perdidos entre los ministerios, no sé si el
Ministerio de Economía lo tendrá, pero es un error que hace que este
real decreto sea bastante defectuoso.

Este real decreto tampoco aclara, y debía hacerlo, los costes de la
primera verificación y que las compañías distribuidoras eléctricas no
puedan añadir otros costes por otros conceptos. Aquí entramos en el
cumplimiento que han hecho las compañías eléctricas del real decreto.

Creemos que las compañías eléctricas siguen permanentemente
entorpeciendo la aplicación de los plazos para la determinación del
punto de conexión y firma del contrato, y hay un manifiesto
incumplimiento en la aplicación de los precios -cada compañía
eléctrica cobra una cantidad diferente- y las compañías eléctricas
piden documentación adicional que no está prevista en el real
decreto.

Quisiera hacer una manifestación muy concreta con respecto a una
compañía eléctrica, Endesa. Endesa no está poniendo ningún interés en
cumplir ese real decreto y quiero ponerlo de manifiesto en esta
Comisión



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porque hay un malestar entre los pequeños productores de energía
solar fotovoltaica, sobre todo los que operan en Cataluña, por la
actitud de la distribuidora Fecsa-Enher con relación a las
solicitudes de conexión de instalaciones fotovoltaicas a la red de
baja tensión; incluso, la postura de Fecsa-Enher ha sido hasta la
fecha de oposición frontal a la conexión, exigiendo pagos ilegales y
estableciendo criterios arbitrarios de conexión que no están
contemplados en la legislación, en consecuencia, situándose fuera de
la legalidad vigente.

Después de este balance, las conclusiones que podemos sacar es que
las compañías eléctricas están entorpeciendo el cumplimiento de este
real decreto y poniendo pegas al desarrollo de la energía solar, y
resulta que este real decreto es la única medida que ha tomado el
Gobierno del Partido Popular para el desarrollo de la energía solar.

Ninguna de las otras medidas que se contienen en el plan de fomento,
como he puesto de manifiesto, se han llevado a cabo, y por esa
respuesta que nos ha dado el Gobierno creemos que hay escasa voluntad
política de llevarlas a cabo, igual que hay escasa voluntad política
de impulsar una política europea común en estos temas,
fundamentalmente en el desarrollo de las energías renovables. La
energía solar afecta a un sector fundamental, como es todo el sector
de construcción de edificios, que acapara más del 30 por ciento del
consumo de energía y que tiene un potencial de ahorro energético que
se sitúa entre el 20 y el 40 por ciento, según se ha puesto de
manifiesto en el Libro Verde de la Unión Europea, que presentó
recientemente aquí la comisaria de Energía y Transportes. La política
del Partido Popular en este tema creo que está más cerca de la
política republicana del presidente Bush que de la Comisión Europea o
de las políticas que la misma está impulsando.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista propone, en primer
lugar, que se lleven a cabo las acciones y medidas previstas en el
Plan de fomento de las energías renovables, porque es un acuerdo y un
compromiso del Consejo de Ministros y de esta Cámara, ya que hay un
acuerdo, que he citado anteriormente, del Pleno del Congreso del mes
de diciembre pasado, donde se insta al Gobierno a que cumpla con ese
Plan de fomento de energías renovables.

En segundo lugar, pediría que el Gobierno se posicione ya sobre la
propuesta de directiva que la Comisión Europea ha presentado en el
mes de mayo pasado sobre desarrollo de la producción de energías
renovables. La Comisión Europea ha pedido ya a los gobiernos de la
Unión que faciliten el acceso prioritario a la red de las energías
renovables, que revisen el marco normativo, igual que plantea nuestro
Plan de fomento de energías renovables, que cree un sistema de
certificación en origen de las fuentes de energías renovables y que
se revisen los objetivos nacionales de producción
y consumo de energías renovables. El Grupo Socialista también plantea
que, a través del Gobierno, haya una regulación para poder llevar a
cabo la certificación energética de los edificios y que eso sirva
como base para futuros incentivos fiscales que animen la inversión en
energías renovables. Para ello es necesario que se acelere y se
desarrolle la normativa de integración de la energía solar en los
edificios, que se desarrolle el reglamento de instalaciones solares,
térmicas y fotovoltaicas y que se haga una redistribución de las
primas a favor de la solar térmica y la solar fotovoltaica a medio y
largo plazo.

Yo aquí quiero trasladar una propuesta que los empresarios del sector
ya están planteando -lo han hecho en los medios de comunicación y me
consta que lo han planteado al Gobierno- para simplificar el sistema
de primas a la energía solar, de manera que se unifique en 60 pesetas
kilovatio/hora, incluso hasta 120 pesetas kilovatio/hora, suprimiendo
todas las demás subvenciones. Creemos que es necesario llegar a un
acuerdo con respecto a la redistribución de primas y garantizar
también su mantenimiento a medio y largo plazo. Pensamos que el
Gobierno debe llevar a cabo la normalización de la conexión a red de
todo el régimen especial y, finalmente, el Gobierno tiene que poner
en marcha un gran plan de acciones de demostración y acciones
ejemplarizantes, especialmente en todo lo que se refiere a edificios
públicos, para fomentar el desarrollo de la energía solar. Nuestra
proposición no de ley se resume diciendo que pide al Gobierno que
cumpla sus propios compromisos, que es el Plan de fomento de energías
renovables, aprobado en el año 1999, y que ordene de una vez por
todas la política energética y más especialmente la que se refiere al
desarrollo de las energías renovables, ya que con la desaparición del
Ministerio de Industria no sólo ha desaparecido la política
industrial y energética, sino la voluntad política de desarrollarla.

Quiero terminar manifestando que hemos tenido conversaciones con el
Grupo Popular, que ha presentado una enmienda. En principio, la
enmienda era de modificación, pero hemos llegado a la conclusión de
que tenía que ser una enmienda de adición. El Grupo Popular ha
aceptado todo el contenido de nuestra proposición no de ley excepto
el punto que se refiere a la redistribución de las primas que
impulsen la mejora tecnológica de esta fuente de energía. Nosotros
estábamos dispuestos a retirar el incremento de las primas, porque la
redistribución es un concepto que se manifiesta en el plan de fomento
y con eso estaríamos de acuerdo, pero el Partido Popular nos ha
manifestado que no puede aceptar la redistribución de primas. Para el
Grupo Socialista no es aceptable esa postura, ya que la
redistribución de primas es un aspecto que está incluido en las
medidas e incentivos que se contienen en el Plan de fomento de
energías renovables que ha pedido el Gobierno y porque consideramos
que esa



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redistribución de primas es fundamental para el desarrollo de la
energía solar y para el cumplimiento de los propios objetivos que se
establecen en el Plan de fomento de energías renovables para la
energía solar térmica y para la energía solar fotovoltaica. Por eso
no podemos aceptar esa enmienda e insisto en los planteamientos de
nuestra proposición no de ley, que a lo que tiende es, en definitiva,
a conseguir otros objetivos que también se manifiestan en el Plan de
fomento de energías renovables, como es reducir nuestra dependencia
energética, cumplir nuestros compromisos en la lucha contra el cambio
climático y lograr el objetivo de que las energías renovables puedan
alcanzar hasta el 12 por ciento del consumo de energía en el año
2010.




El señor PRESIDENTE: Para la defensa de la enmienda presentada por el
Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Souvirón.




El señor SOUVIRÓN GARCÍA: Efectivamente, señor presidente, el
desarrollo de las energías alternativas en nuestro país tiene un
marco regulador que es el Plan de fomento de las energías renovables
en España, aprobado por el Consejo de Ministros el 30 de diciembre
del año 1999, que fue el resultado del acuerdo alcanzado en las
negociaciones que mantuvieron el Ministerio de Industria y Energía,
las comunidades autónomas y los representantes empresariales y
sociales encargados del desarrollo de las energías renovables. Por
tanto, el consenso de este plan es absolutamente amplio y es, sin
ninguna duda, el compromiso formalmente adquirido por el Gobierno en
forma de plan, que vio la luz en aquella fecha, que vino a dar
cumplimiento a lo previsto en la Ley del sector eléctrico del año
1997 y da respuesta a una proposición que aprobó precisamente el
Congreso de los Diputados, a instancias del Grupo Parlamentario
Popular. Como todo plan, tiene y persigue unos objetivos. Hace una
diagnóstico de la realidad sobre la que hay que implementar ese plan
y también fija unos instrumentos para la consecución de los mismos.

En lo que se refiere a los objetivos, ni en la iniciativa que se
presenta en su versión literal ni en lo que ha manifestado el
portavoz del Grupo Socialista parece que haya la más mínima
disintonía, es decir, estamos absolutamente de acuerdo, no hay
desacuerdo alguno, en la persecución de esos objetivos, tampoco en el
diagnóstico de la realidad sobre la que deben aplicarse. También en
el plan se recoge que el mercado no tiene medios suficientes para
hacer frente a los gastos cuantiosos que supone la innovación
tecnológica que lleva aparejada el aumento de la participación de las
energías renovables dentro de la cesta energética de nuestro país.

Por tanto, tampoco en cuanto al diagnóstico hay diferencias. Los
instrumentos a emplear también son compartidos. La única diferencia
que yo veo entre la posición del Grupo Parlamentario Socialista y la
del
Grupo Parlamentario Popular es en cuanto al ritmo de implementación
de estas medidas. Verdaderamente es una diferencia normal entre un
partido de la oposición y un partido que apoya al Gobierno y no hay
duda de que esos ritmos van haciendo que cada vez las energías
renovables vayan tomando una mayor posición dentro del ámbito
energético español.

Efectivamente, hay medidas fiscales en marcha, y ahí están los
incentivos en el impuesto de sociedades para aquellas empresas que
apuesten por la innovación tecnológica en materia de energías
renovables o aquellas que decidan elegir una fuente de abastecimiento
de energía que sea favorable al medio ambiente. Hay también medidas
normativas, como esa orientación clara del Gobierno a regular medidas
que favorezcan la adopción de acuerdos por parte de las pequeñas y
medianas empresas para la adopción de este tipo de energías o el real
decreto, al que se ha referido el portavoz socialista, por el que se
reguló la conexión de instalaciones fotovoltaicas a la red de baja
tensión, facilitando, desde nuestro punto de vista considerablemente,
la normalización de las instalaciones de energía renovables no sólo
por las pymes, sino también por los consumidores finales. Ahí está la
norma, nadie lo puede negar.

En cuanto a su desarrollo, nos parece que con el tiempo se irán
perfeccionando aquellas cuestiones que puedan parecer en este momento
que son imperfectas. También hay actividades que el IDAE desarrolla a
cada momento para fomentar este tipo de energías y están en marcha
numerosas inversiones para facilitar la ejemplificación en cuanto a
este tipo de medidas.

Por lo que respecta al asunto de las primas, al que se ha referido
con más detalle el portavoz socialista, nosotros decimos que no nos
parece conveniente cambiar el marco legal establecido, que se recoge
en la Ley del sector eléctrico y se concreta en el reglamento
aprobado por el Real decreto del año 1998, porque nos parece que es
un marco favorable para el desarrollo de las fuentes de energía
renovable y, en concreto, para la solar, pero sobre todo porque el
mantenimiento de estas condiciones da certidumbre y confianza a los
posibles inversores y cualquier redistribución que pudiéramos
plantear en este momento iría en contra de la seguridad necesaria
para el desarrollo de cualquier actividad, sobre todo para el
desarrollo de inversiones que precisan de un importante marco de
estabilidad. Por tanto, nos parece que la única diferencia que en
este caso separa, en cuanto al desarrollo de las energías renovables
en nuestro país, al grupo que ha presentado la iniciativa del Grupo
Popular es un problema simplemente de ritmo y creemos que los
objetivos van a ser conseguidos. En ese sentido, nosotros no hemos
querido perder esta ocasión para plantear una enmienda -que ya nos
dice el grupo proponente que no va a ser aceptada- que pretendía lo
siguiente: Que el Congreso de los Diputados inste al Gobierno a que
continúe con el



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desarrollo de las medidas previstas en el Plan de fomento de las
energías renovables para la promoción e incentivación de la energía
solar térmica y fotovoltaica, con el objeto de que se conviertan en
una fuente energética en condiciones de poder competir con otras
fuentes energéticas consiguiendo los objetivos del citado plan.

Creemos que, en el fondo, estamos proponiendo lo mismo, lo que podría
permitirnos llegar a instar conjuntamente al Gobierno para que siga
por el mismo camino, de manera que las energías renovables sigan
avanzando dentro del componente energético nacional.




El señor PRESIDENTE: Señor portavoz socialista, ¿va intervenir de
nuevo?



El señor GARCÍA BREVA: Un minuto nada más.

El tema de la redistribución de las primas es fundamental para
nosotros, lo he dicho anteriormente, y es una medida que está
contenida en el Plan de fomento de energías renovables. Me parece un
contrasentido que esa sea la única medida que el Partido Popular
excluye o no quiere incluir, porque sería estar de acuerdo con el
Plan de fomento de energías renovables excepto en la redistribución
de primas. Además, la redistribución de primas es fundamental para
conseguir los objetivos del plan y lo que debe dar seguridad a los
productores de energías renovables no es tanto la cuantía de la
prima, sino su estabilidad a medio y largo plazo. Es decir, lo que
están pidiendo los pequeños productores de energías renovables es que
se mantengan las primas durante diez años. Y esa es la batalla que
habrá que jugar no solamente aquí, sino en la Comisión Europea. (El
señor Souvirón García pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Souvirón.




El señor SOUVIRÓN GARCÍA: Señor presidente, simplemente voy a hacer
un matiz al matiz del señor García Breva. Estamos tan de acuerdo con
el Plan de fomento de las energías renovables que lo que no queremos
modificarlo, como quiere él, para crear una nueva incertidumbre.




- RELATIVA A LOS PLANES DE EMPRESA DE HUNOSA Y DE MINA LA CAMOCHA.

PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA. (Número de
expediente 161/000562)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto tercero del orden del día:
Debate y votación de la proposición no de ley relativa a los planes
de la empresa de Hunosa y de Mina La Camocha. El autor es el Grupo
Parlamentario Socialista.

Tiene la palabra el portavoz del Grupo Socialista.

El señor SUÁREZ GONZÁLEZ: Voy a defender esta proposición no de ley,
presentada por nuestro grupo parlamentario, sobre el carbón y la
industria carbonera.




Comenzaré mi intervención haciendo alguna reflexión política. En
primer lugar, el Tratado CECA, que posibilita las ayudas al carbón,
vence en diciembre del próximo año; por lo tanto, empieza a abrirse
en estos momentos un debate sobre la conveniencia de las ayudas al
carbón y las características de estas ayudas. Durante todos estos
años varias razones llevaron a los Estados miembros de la Comunidad
Económica Europea primero y de la Unión Europea después, a apostar
por ayudas a la industria carbonera; razones, en primer lugar, de
carácter energético. Era necesario apostar por el carbón para tener
una cierta seguridad en el autoabastecimiento energético, apoyando
las fuentes energéticas autóctonas y evitando por esa vía una fuerte
dependencia energética y caer en mercados cautivos.

Junto a estas razones energéticas de aseguramiento del
autoabastecimiento y de combate frente a la dependencia energética,
había también razones de carácter territorial y social por el
monocultivo industrial que se da en las zonas mineras y por las
dependencia de estas zonas mineras de la industria carbonera. Estas
razones, a nuestro entender, siguen siendo válidas hoy en día. Por lo
tanto, creemos necesario que cuando venza el actual código de ayudas
al carbón sea sustituido por un código de ayudas que siga permitiendo
la ayuda a la industria carbonera. Un régimen de ayudas sería éste,
el que nosotros entendemos que debe entrar en vigor a partir del 1 de
enero del año 2003, que permita dar continuidad a la actividad
minera. Caben diversos tipos de ayudas a la industria minera, desde
la ayuda que lo único que hace es acelerar el cierre de la industria
minera, porque es excesivamente decreciente, hasta la ayuda, similar
a la actual, que posibilite el mantenimiento de la actividad minera
por razones estratégicas, por razones energéticas y por razones
sociales y territoriales y, cómo no, del empleo minero, por ése nos
pronunciamos nosotros y por ése nos queremos pronunciar en nuestra
iniciativa. No creemos que con reflexiones como las que se pueden
apuntar en el Libro Verde de la Unión Europea, en el que más o menos
se defienden minas y mineros, se pueda apostar por el mantenimiento
de la actividad minera, por la importancia del carbón. ¿Por qué la
Unión Europea no permite a los países miembros ayudar a sus fuentes
energéticas autóctonas hasta un 15 por ciento de su consumo en
energía primaria, aunque no sean competitivas? Esta posibilidad se
plantea seriamente en la directiva europea sobre el mercado interior
de la electricidad.

Esta apuesta por continuar con un régimen de ayudas como el actual,
que asegure la viabilidad del sector minero y del empleo minero,
despeja otro de los tabúes



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en torno a la industria minera, que es el de la contaminación. Hoy en
día, en un sector como el eléctrico, hay tecnología adecuada y
suficiente y recursos financieros para acometer inversiones en los
grupos térmicos que reduzcan sustancialmente las emisiones; es más, a
partir del año 2007/2008 debe entrar en vigor el nuevo marco de la
Unión Europea en lo relativo a las emisiones permitidas. Diré más, se
dan paradojas como la actual de que, en un contexto en el que se ha
reducido la producción de carbón en nuestro país como consecuencia
del desarrollo del plan del sector minero, ha crecido
espectacularmente el carbón importado para grupos térmicos, para
generación eléctrica, y resulta que contaminar, contamina todo el
carbón y no sólo el nacional. Pero insistimos en que hoy en día hay
tecnología adecuada y recursos en un sector como éste para reducir
sustancialmente las emisiones. Por tanto, el tema contaminante
empieza a ser un tema superado a la hora de hablar de los
inconvenientes que pueda tener la industria carbonera.

Nosotros pensamos que es necesario que el Gobierno español articule,
con otros Estados miembros de la Unión Europea en los que se destinan
muchos más recursos financieros a la industria carbonera, como, por
ejemplo, en Alemania -allí se destinan cuatro veces más que en
España-, ámbitos de diálogo, de entendimiento y de fijación de
posiciones a favor de la continuidad de las ayudas al carbón en sus
términos actuales, apostando claramente por la viabilidad del sector
y no por la aceleración de su cierre.

Hecha esta primera reflexión, me gustaría hacer una segunda. En
España hay actualmente un plan del sector del carbón y desarrollo
alternativo de las comarcas mineras que vence en el año 2005. Ese
plan lo negoció hasta el 2005, aun sabiendo que el Tratado CECA - por
tanto, el código de ayudas al carbón- vencía en el año 2002. Es
necesario -éste es el segundo planteamiento que hacemos- que este
plan, y en el propio plan se dice que en el año 2005 se va a negociar
su continuidad, sea un plan a largo plazo, sea un plan con un
horizonte temporal ambicioso, un horizonte temporal que, como mínimo,
vaya al año 2012, e introduzco esta reflexión -la necesidad de seguir
apostando por planificación a largo plazo en el sector minero para
estabilizarlo- para pasar a hablar de la empresa más importante del
sector y de la que más se tiende a hablar cuando hablamos del sector
minero, es decir, de Hunosa. Esta empresa tiene que negociar antes de
que acabe este año su plan de empresa para los próximos años y ésta
es una de las razones por las que hemos presentado, junto a la
necesidad de un código de ayudas que apueste por el carbón, esta
iniciativa. Sería positivo que se empezasen a negociar ya en Hunosa
-o en la otra empresa importante, Camocha- sus planes de futuro, que
se empezase a negociar su próximo plan de empresa. Está establecido
que sea, de acuerdo con el conjunto del sector, un plan que tenga
como horizonte temporal
el año 2005. En esta empresa ha habido un mayor ajuste que en
el conjunto del sector minero. Cogiendo los parámetros de producción,
en el plan para el conjunto del sector se preveía una reducción de la
producción de un 14 por ciento entre 1997 y 2001. En Hunosa, la
reducción de producción que se está registrando a lo largo de los
1997 a 2001 es superior al 30 por ciento. En términos de empleo, en
el Plan general de la minería se preveía una reducción del empleo de
un 4 por ciento anual. En Hunosa, la disminución de empleo está
siendo, en términos medios, superior al 10 por ciento anual. En
Hunosa está habiendo una mayor reducción de la producción y del
empleo con respecto a la que se estableció en el Plan general de la
minería para el conjunto del sector. Nosotros entendemos que esta es
una primera razón para defender que el plan que hay que empezar a
negociar ya sobre Hunosa y sobre Camocha no debe tener como horizonte
temporal el año 2005, sino que debe ser más amplio no sólo por el
mayor ajuste que ha habido en la empresa, sino también porque una
empresa de estas características -una empresa región, decimos allí-
no puede estar sometida cada tres años a las incertidumbres de
definición de un nuevo plan de empresa ni a las incertidumbres sobre
su negociación. Esta empresa necesita estabilidad en términos
empresariales. Para ello es necesario apostar por planificaciones a
largo plazo y es necesario que su plan de empresa, el que hay que
negociar ya, no sea a tres años sino que tenga un horizonte temporal
mucho más amplio. Es necesario y bueno para la empresa y es bueno
también para dotar de estabilidad y para dar sosiego a la región y a
las comarcas mineras, para apostar por la diversificación de su
actividad económica y por la creación de empleo.

Entendemos que hay márgenes para hacer lo anteriormente propuesto. Si
no fue un corsé en el año 1997 el hecho de que el Tratado CECA
venciera en el año 2002 para negociar un plan en el conjunto del
sector hasta el año 2005, no debería ser barrera en estos momentos el
hecho de que haya que negociar un nuevo código de ayudas al carbón
para negociar un plan de empresa a más largo plazo. Debe haber
voluntad política de apuesta clara por la minería y, en este
contexto, por empresas como Hunosa. En consonancia con este
planteamiento -y voy acabando, señor presidente-, entendemos que
sería necesario ampliar la vigencia de los fondos mineros, los fondos
destinados al desarrollo alternativo de las comarcas mineras, a su
modernización económica, a la dotación de infraestructuras, a su
reindustrialización, a impulsar las políticas de formación
profesional, etcétera. Los procesos de reactivación económica de
estos espacios territoriales, tan dependientes de una única actividad
como es la minera, han necesitado en Europa -cojamos regiones
europeas de las características de las nuestras, las asturianas,las
de León, las de Aragón o las de otros sitios



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del país- de períodos muy largos de tiempo. Por lo tanto, es
necesario, para superar ese monocultivo industrial, dar continuidad a
los fondos mineros previendo su continuidad más allá del año 2005.

Estas propuestas las hacemos desde la autoridad que nos da haber
valorado positivamente en 1997 y 1998 el acuerdo al que se llegó
sobre el conjunto del sector con asociaciones sindicales o el acuerdo
al que se llegó sobre el futuro de Hunosa o de otras empresas. Y no
éramos la fuerza de Gobierno, sino que éramos el principal partido de
la oposición. Haberlos valorado positivamente entonces alguna
autoridad política nos da para hacer los planteamientos que hacemos
en estos momentos.

Por tanto, desde esa actitud constructiva y positiva hacemos esta
propuesta. Y la hacemos sabiendo que en las zonas mineras (en
Asturias, en León y en otras zonas), en el conjunto del país, hay un
cierto consenso en torno a los tres elementos básicos para afrontar
el futuro del sector minero. Lo hubo en el año 1997 (con ello se daba
continuidad a las políticas que se venían haciendo hasta entonces) y
debería haberlo ahora en torno a qué hay que hacer en el sector
minero. Ese consenso se basa en tres ideas. En primer lugar, la
necesidad de apostar por el sector. Hacer viable el sector nos lleva
a que son necesarias ayudas, decrecientes, cómo no, para hacer más
viables y eficientes las empresas, pero hay que hacer una apuesta por
la actividad minera, por el carbón como fuente energética propia. En
segundo lugar, la necesidad de evitar traumatismos sociales, poniendo
en marcha las prejubilaciones que a la vez mantenían las rentas en
estos espacios territoriales. Y, en tercer lugar, la necesidad de
poner en marcha políticas alternativas de diversificación económica
en estos espacios territoriales.

Por esto es por lo que nosotros entendemos que se debe seguir
apostando, en un momento en el que hay que definir el marco europeo
de ayudas al carbón y en un momento en el que se va a empezar a
negociar el plan de la empresa más importante y emblemática del
sector: Hunosa.




El señor PRESIDENTE: Para la defensa de la enmienda presentada por el
Grupo de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor Frutos.




El señor FRUTOS GRAS: Hunosa, La Camocha y el conjunto del sector
minero en Asturias están cargando desde hace tiempo con la mayor
parte de la reducción de la producción y naturalmente de la reducción
del empleo del total de España, según lo establecido en el plan 1998-
2005. Los compromisos de reindustrialización que Hunosa acepta en el
citado plan están lejos de cumplirse, muy lejos. Se hablaba de más de
20.000 millones de pesetas en inversión (son las promesas del plan) y
a fecha de abril hay más o menos 4.300 millones de pesetas
invertidos. Por
tanto está muy lejos de cumplirse. La Camocha no tiene un plan de
empresa en el sentido estricto sino un convenio que finaliza el mes
de diciembre de este año y cuenta con el marco del plan general de la
minería para cualquiera de las medidas que se tomen. Sindicatos
y empresa pactaron en 1998 un plan de empresa por el cual se iban a
producir 250.000 toneladas y se iban a mantener 560 empleos de media,
con el objetivo de que en el año 2001 hubiera una producción de
223.000 toneladas y 475 empleos. La reducción de empleo debería ser
única y exclusivamente a través de las prejubilaciones.

Según el Gobierno central, la Unión Europea obliga a que a finales de
este año haya un máximo de 183.000 toneladas de producción y 400
trabajadores. Pero, la plantilla actual es de 393 trabajadores, por
los problemas que se han generado durante todo este proceso y las
incertidumbres que hay por parte de los trabajadores, que
naturalmente se buscan la vida como pueden. El Gobierno, a pesar de
todos los resortes legales que tiene, no hace respetar a las
direcciones de las empresas los acuerdos anteriores, fundamentalmente
en materia de recolocaciones, y además el ajuste está siendo mayor y
más rápido de lo pactado en su momento. No se cumplen las medidas
tomadas, de carácter general, ni los acuerdos sindicales y
empresariales a los que se llegó. En lo que se planteaba como medidas
de reactivación del sector, se está desarrollando todo a la baja.

Por ello presentamos tres enmiendas a la proposición del Grupo
Socialista, que tratarían en primer lugar de definir o concretar en
la proposición la necesidad del cumplimiento de los acuerdos firmados
anteriormente y que son la base para posibles rectificacione, si es
necesario hacerlas porque objetivamente tengan que hacerse; o bien,
para los cambios que se tengan que introducir. Pero a partir del
cumplimiento de los acuerdos firmados anteriormente, que a nuestro
entender fueron elaborados teniendo muy en cuenta la realidad del
momento y la perspectiva que marcaban tanto la Unión Europea como
nuestras propias necesidades. Una segunda enmienda sería al punto 2,
donde se propone añadir in fine el siguiente texto: Además de esta
ampliación es necesario realizar una corrección en los desfases
sucedidos en el primer cuatrienio de aplicación de los fondos
mineros. Y una tercera enmienda, al punto 3, donde se añadiría -por
tanto, no se suprime nada de lo que ya hay en la proposición: La
continuidad de las ayudas al carbón debe perseguir el mantenimiento
del sector y del empleo que genera. Ya tendremos tiempo más adelante
de discutir si realmente el sector de la minería, dentro y fuera de
nuestro país, es tan obsoleto, tan obsoleto, que tiene que
desaparecer totalmente o bien necesitamos mantener un determinado
sector en buenas condiciones, el que en su momento se decida en
función de los intereses generales y naturalmente de los intereses de
los trabajadores, que son



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los que sufren las consecuencias en el momento que no se cumplen los
acuerdos.

Esperamos que el Grupo Socialista recoja nuestras propuestas.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la
palabra el señor Fernández Rozada.




El señor FERNÁNDEZ ROZADA: Señor presidente, voy a tomar posición, en
nombre del Grupo Parlamentario Popular, respecto de esta proposición
no de ley del Grupo Parlamentario Socialista en la que, en tres
apartados distintos, insta al Gobierno, en primer lugar, a impulsar
una negociación entre las empresas y las organizaciones sindicales;
en segundo lugar, a que, en consonancia con esa negociación y de
forma concertada con las organizaciones sindicales, se amplíe la
vigencia temporal de los fondos mineros más allá de 2005; y, en
tercer lugar, pide el impulso ante la Unión Europea para la
continuidad de las ayudas al carbón por parte de sus Estados miembros
más allá del año 2002, fecha en la que, como se ha dicho, finaliza el
vencimiento del Tratado CECA.

Quiero agradecer el tono de la intervención del portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista, don Celestino Suárez, diputado asturiano y
por lo tanto muy conocedor de la problemática de la minería. No
olvidemos que en el conjunto de la minería española tiene una
especial incidencia el tema del carbón en nuestra región asturiana,
de la que como saben SS.SS. también soy diputado. La sensibilidad por
la defensa de un sector como es el carbonero en Asturias ha sido
puesta de manifiesto tanto en los años en los que estábamos en la
oposición en el Principado de Asturias como cuando hemos estado en el
Gobierno, al igual que lo hicimos en la etapa socialista de Gobierno
en España y ahora, desde el año 1996, en la etapa en la que Aznar es
presidente del Gobierno.

Efectivamente, hay dos posturas claras, evidentes. Una es la del
Grupo Socialista en su conjunto, que durante muchos años mantuvo una
política liquidacionista del sector minero en Asturias siguiendo las
declaraciones del presidente del Gobierno, don Felipe González,
cuando al inicio de su mandato, en la década de los ochenta,
manifestó que Hunosa no podía tener más futuro y le dio una vida
aproximada de hasta el año 2000. Frente a esa actitud, nosotros hemos
luchado porque entendíamos, y así lo entendió el Gobierno de Aznar
cuando llegó, que el futuro del carbón no podía estar supeditado al
cierre, como venía ocurriendo en esos trece años de Gobierno
socialista, de pozos mineros, sin dar una salida a un sector cuya
incidencia en la economía asturiana es fundamental.

Por eso nosotros tenemos muy poco que explicar al pueblo asturiano y
al pueblo español respecto a nuestra
posición, pues es ampliamente conocida. En mi etapa como presidente
del partido en Asturias y, ahora, en la etapa de don Ovidio Sánchez
como presidente, que a la vez es senador, se ha trabajado y se viene
trabajando de verdad por conseguir planes que permitan la continuidad
de un sector que tanto juega en la economía asturiana. Por ello,
incluso el martes pasado se debatió una moción en el Senado, a
propuesta del Grupo Popular, donde nuestro presidente regional, don
Ovidio Sánchez, dejó claro el posicionamiento, y me remito al 'Diario
de Sesiones'. Además, en gran medida da satisfacción a las propuestas
del Grupo Parlamentario Socialista, aunque curiosamente, en el
Senado, el Grupo Parlamentario Socialista votó en contra de esa
moción.

Quiero referirme ahora a la primera parte de esta proposición no de
ley sobre las empresas Hunosa, primero, y La Camocha, posteriormente.

En cuanto a Hunosa, el actual plan de Hunosa y convenio colectivo
tiene una vigencia de cuatro años, 1998-2001, y cubre la primera fase
del plan de la minería 1998-2005, del carbón y desarrollo alternativo
de las comarcas mineras. Parece lógico, señorías, que el próximo plan
y convenio colectivo de Hunosa abarque los cuatro años restantes del
plan 1998-2005, de la minera y del carbón que forzosamente debe estar
encuadrado en el mismo por ser plan nacional en el marco de
referencia de todo el carbón español, incluido naturalmente el de
Hunosa. Con esta segunda fase se completaría un plan con una duración
total de ocho años y con la misma fecha de finalización que el plan
general del carbón para toda España, estimándose también que esa
duración es suficientemente amplia para diseñar un buen plan. En
cuanto a la empresa La Camocha, empresa privada, tiene un régimen
particular, tanto en ayudas como en producción y empleo, consecuencia
de haber suscrito en el pasado un contrato programa con el Estado. El
volumen de las ayudas que percibe en relación con la producción y
plantilla determinaron que la Unión Europea siga la evolución de la
empresa estableciendo de forma individualizada cuáles deben de ser
las magnitudes indicadas.

Por esas razones, no se trataría de impulsar negociaciones exclusivas
entre empresas y sindicatos, pues tanto la Unión Europea, responsable
del carbón, como las autoridades responsables a nivel nacional tienen
que decidir sobre el contenido del nuevo plan, no pudiendo por
razones obvias limitarse a aceptar lo que acuerden entre empresa y
sindicatos, pues existen temas como las ayudas, producción, empleo,
de importancia grande desde un punto de vista sectorial.

En cuanto a la segunda petición, en la que pide la vigencia temporal
de los fondos mineros más allá del 2005, el plan del carbón, firmado
por el Gobierno y los sindicatos, tiene una vigencia, como antes
decía, de ocho años, desde 1998 al 2005, lo que significa que aún no
se ha llegado a la mitad de su



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vigencia. Parece un poco prematuro que, cuando queda por aplicarse
más del 60 por ciento del plan, se aborde su ampliación temporal. En
estos momentos, la preocupación del Gobierno es que las
infraestructuras, que cuentan con una financiación del Instituto para
la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo
de las Comarcas Mineras de 205.000 millones de pesetas, cumplan con
los plazos establecidos en los convenios y que los nuevos convenios
que se firmen se orientes de manera directa a la creación de
condiciones apropiadas para un rápido desarrollo alternativo. ¿Va a
tener continuidad el plan a partir del año 2005? Esa ha sido nuestra
voluntad y ese nuestro interés, y lo hemos manifestado públicamente.

Lo mismo que hemos manifestado de forma reiterada que el Gobierno de
Aznar va a cumplir escrupulosamente lo pactado en el plan de la
minería del carbón 1998- 2005. Ahora bien, el Gobierno español tiene
firmado con sindicatos y empresarios este plan que abarca de 1998 a
2005, como acabo de decir. Este plan no ha podido ser aprobado en su
totalidad por la Comisión Europea, ya que el Tratado CECA finaliza en
julio de 2002. Por tanto, la aprobación comunitaria del plan
únicamente abarca hasta esa fecha, recibiendo las ayudas una
aprobación anual. El problema se plantea después de 2002. Según el
Tratado de la CEE, no se pueden dar ayudas sectoriales, sino de
carácter individual y en el marco de un plan de reestructuración.

España está interesada en la pervivencia del sistema de ayudas, para
lo cual las ayudas para la minería del carbón habrán de ser objeto de
esa negociación en sede comunitaria, como ha dicho el propio portavoz
socialista. Del resultado de esas negociaciones dependerá también el
planteamiento que se efectúe para períodos posteriores al año 2005.

La tercera petición que hace el Grupo Parlamentario Socialista es
impulsar ante la Unión Europea la continuación de las ayudas por
parte de sus Estados miembros más allá de 2002. Nosotros, señorías,
tenemos que decir que el Gobierno tiene la firme intención, y así lo
ha expuesto en multitud de ocasiones, de impulsar la adopción por la
Unión Europea de un nuevo régimen de ayudas al carbón más allá de
2002. Este es un compromiso del Gobierno, ya adquirido con las
cuencas mineras desde el momento en que se firmó el plan con vigencia
hasta 2005. Por tanto, durante ese tiempo no va a haber, a mi juicio,
razón alguna para preocuparse por el cumplimiento del actual plan de
la minería del carbón 1998-2005. La voluntad expresa del Gobierno me
parece que recoge, además, la aspiración legítima del Grupo
Parlamentario Socialista a preocupaarse, aunque antes, cuando pudo
hacerlo, no lo hiciera. Tuvimos que venir los populares a poner un
límite al cierre de la minería a través de un plan que ha sido
ponderado por los sindicatos y que están haciendo que Asturias note
las consecuencias
que suponen la vigencia de ese plan; fundamentalmente por
las ayudas recibidas en infraestructuras, en creación de empresas, en
becas, en subvenciones en general, que están transformando las
comarcas mineras.

Quiero terminar diciendo que ese compromiso está adquirido y el
martes pasado se aprobó una moción en el Senado, con los votos en
contra únicamente del Grupo Parlamentario Socialista, instando al
Gobierno a realizar ante las instancias comunitarias las gestiones
necesarias que posibiliten que la Unión Europea autorice un nuevo
régimen de ayudas al carbón, una vez finalizada la vigencia del
Tratado CECA, que garantice el cumplimiento del plan 1998-2005 y su
posible prolongación hasta que los efectos de las medidas de
reactivación en él contempladas puedan surtir los efectos oportunos
en cuanto a la recuperación del empleo perdido yla creación de un
nuevo tejido económico en las zonas. Señorías, yo creo que esto
debería satisfacer al grupo proponente, puesto que, con la aprobación
de esta moción y con lo aquí explicado respecto al futuro de la
minería y a lo que venimos haciendo desde que Aznar es presidente del
Gobierno, se demuestra claramente que merece la pena que en ese afán
constructivo, en ese afán por llegar a acuerdos, estemos todos
juntos, ya que la minería española jamás ha tenido en un Gobierno
como lo tiene en éste una sensibilidad que permita albergar grandes
esperanzas de poder conseguir que el empleo perdido en el sector
minero sea recuperado. Esto sólo se consigue a través de inversiones
en infraestructuras, en ayudas a la creación de empresas y en becas y
en formación para los jóvenes estudiantes. Eso es lo que realmente
contempla el plan, lo que se está cumpliendo escrupulosamente y lo
que se va a seguir cumpliendo.

Por eso, aunque no sabemos si se van a admitir las enmiendas del
Grupo de Izquierda Unida, como el Gobierno está llevando a cabo todos
y cada uno de estos puntos, no vamos a apoyar esta proposición no de
ley.




El señor PRESIDENTE: Señor Suárez.




El señor SUÁREZ GONZÁLEZ: ¿Podría repetir el Grupo Popular la última
reflexión que ha hecho?



El señor FERNÁNDEZ ROZADA: Señor presidente, lo que he dicho es que
las enmiendas de Izquierda Unida lo único que hacen, a mi juicio, es
clarificar lo que en el fondo pide el Grupo Socialista, por lo que a
nosotros no nos afectan para nada en cuanto al sentido del voto. Lo
que ocurre es que yo he intervenido sin saber si el Grupo
Parlamentario Socialista admitía o no esas enmiendas y por eso he
hecho referencia a ello, pero a nosotros ni nos va ni nos viene la
posición quevayan a adoptar.




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El señor SUÁREZ GONZÁLEZ: Las aceptamos.




El señor PRESIDENTE: Quedan aceptadas.

Pasamos a la votación de las dos proposiciones no de ley. La primera
es relativa a la adopción de medidas para favorecer el desarrollo de
la energía solar.

El Grupo Popular había presentado una enmienda, que no ha sido
aceptada, por lo cual votamos directamente la proposición no de ley.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13;
en contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Votamos la segunda proposición no de ley, con las enmiendas ya
incluidas.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 13;
en contra, 21.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.




Se levanta la sesión.




Eran las dos y veinticinco minutos de la tarde.