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DS. Senado, Pleno, núm. 79, de 24/03/1998
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL



SENADO



Año 1998 VI Legislatura
Núm. 79



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JUAN IGNACIO BARRERO VALVERDE



Sesión del Pleno



celebrada el martes, 24 de marzo de 1998



ORDEN DEL DIA:



Primero



Lectura y aprobación, si procede, de las Actas de las sesiones
anteriores, celebradas los pasados días 10 y 11 de marzo de 1998.




Segundo



Mociones:



--Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado, por la que se insta al
Gobierno, de acuerdo con las distintas Comunidades Autónomas, a la
elaboración, a la mayor brevedad posible, de una ley básica que enmarque
los servicios sociales en el conjunto del Estado, respetando las
competencias transferidas en esta medida a dichas Comunidades Autónomas
(publicada en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Senado, Serie
I, número 415, de fecha 23 de marzo de 1998) (Número de expediente
662/000114).




--Del Grupo Parlamentario Socialista, por la que se insta al Gobierno a
ratificar la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias,
hecha en Estrasburgo el día 5 de noviembre de 1992, con una declaración
relativa a su aplicación a las lenguas minoritarias reconocidas como
oficiales en España (publicada en el «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Senado, Serie I, número 415, de fecha 23 de marzo de 1998)
(Número de expediente 662/000113).




Página 3560




Tercero



Conocimiento por el Pleno de tratados y convenios internacionales
remitidos por el Congreso de los Diputados:



--Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se
establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados
miembros, por una parte, y la Federación de Rusia, por otra, hecho en
Bruselas el 21 de mayo de 1997. SE TRAMITA POR EL PROCEDIMIENTO DE
URGENCIA (publicado en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales»,
Senado, Serie IV, número 149, de fecha 6 de marzo de 1998) (Número de
expediente S. 610/000149) (Número de expediente C. D. 110/000149).




--Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se
establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados
miembros, por una parte, y la República de Moldova, por otra, hecho en
Bruselas el 15 de mayo de 1997. SE TRAMITA POR EL PROCEDIMIENTO DE
URGENCIA (publicado en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales»,
Senado, Serie IV, número 150, de fecha 6 de marzo de 1998) (Número de
expediente S. 610/000150) (Número de expediente C. D. 110/000150).




--Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se
establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados
miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, hecho en Bruselas el 14 de
abril de 1997. SE TRAMITA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA (publicado en
el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Senado, Serie IV, número
151, de fecha 6 de marzo de 1998) (Número de expediente S. 610/000151)
(Número de expediente C. D. 110/000151).




Cuarto



Dictámenes de comisiones sobre proyectos y proposiciones de ley remitidos
por el Congreso de los Diputados:



--De la Comisión de Economía y Hacienda en relación con el Proyecto de
Ley por la que se modifica la Ley 37/1992, de 28 de diciembre del
Impuesto sobre el Valor Añadido (procedente del Real Decreto-Ley 14/1997,
de 29 de agosto). SE TRAMITA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA (publicado
en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Senado, Serie II, número
72, de fecha 23 de marzo de 1998) (Número de expediente S. 621/000072)
(Número de expediente C. D. 121/000081).




SUMARIO
Se abre la sesión a las dieciséis horas y cinco minutos.




Lectura y aprobación, si procede, de las Actas de las sesiones
anteriores, celebradas los pasados días 10 y 11 de marzo de 1998.




Se aprueban las Actas.




MOCIONES (Página 3562)



Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado, por la que se insta al
Gobierno, de acuerdo con las distintas Comunidades Autónomas, a la
elaboración, a la mayor brevedad posible, de una ley básica que enmarque
los servicios sociales en el conjunto del Estado, respetando las
competencias transferidas en esta medida a dichas Comunidades Autónomas
(Página 3562)



El señor Mancha Cadenas defiende la moción. El señor Gatzagaetxebarría
Bastida defiende una enmienda del Grupo de Senadores Nacionalistas
Vascos. El señor Ríos Pérez defiende una enmienda del Grupo Mixto. El
señor Mancha Cadenas expone la situación de su Grupo Parlamentario
respecto de ambas mociones. En turno de portavoces, hacen uso de la
palabra los señores Ríos Pérez, por el Grupo Mixto; Gatzagaetxebarría
Bastida, por el Grupo de Senadores Nacionalistas Vascos, y Cardona i
Vila, por el Grupo Catalán en el Senado de Convergència i Unió, así como
la señora Barenys i Martorell, por el Grupo Socialista, y el señor Mancha
Cadenas, por el Grupo Popular.




Se aprueba la moción del Grupo Popular, según el texto de una propuesta
de modificación firmada por todos los Grupos Parlamentarios, excepto el
Socialista, por 132 votos a favor, 87 en contra y 6 abstenciones.




--Del Grupo Parlamentario Socialista, por la que se insta al Gobierno a
ratificar la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias,
hecha en Estrasburgo el día 5 de noviembre de 1992, con una declaración
relativa a su aplicación a las lenguas minoritarias reconocidas como
oficiales en España (Página 3569)



Página 3561




La señora Virgili i Rodón defiende la moción. El señor González Pons
renuncia a la defensa de la enmienda del Grupo Popular y se suma a una
propuesta de modificación, firmada por todos los Grupos Parlamentarios.

En turno de portavoces, hacen uso de la palabra la señora De Boneta y
Piedra, por el Grupo Mixto, y los señores Bolinaga Bengoa, por el Grupo
de Senadores Nacionalistas Vascos; Varela i Serra, por el Grupo Catalán
en el Senado de Convergència i Unió; Armet i Coma, por el Grupo
Socialista, y González Pons, por el Grupo Popular.




Se aprueba la moción del Grupo Socialista, según el texto de la propuesta
de modificación, por asentimiento de la Cámara.




CONOCIMIENTO POR EL PLENO DE TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
REMITIDOS POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS (Página 3578)



--Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se
establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados
miembros, por una parte, y la Federación de Rusia, por otra, hecho en
Bruselas el 21 de mayo de 1997. SE TRAMITA POR EL PROCEDIMIENTO DE
URGENCIA (Página 3578)



No habiéndose consumido turnos a favor, en contra ni de portavoces, se
aprueba por asentimiento y se autoriza al Gobierno a prestar su
consentimiento para obligarse.




--Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se
establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados
miembros, por una parte, y la República de Moldova, por otra, hecho en
Bruselas el 15 de mayo de 1997. SE TRAMITA POR EL PROCEDIMIENTO DE
URGENCIA (Página 3578)



No habiéndose consumido turnos a favor, en contra ni de portavoces, se
aprueba por asentimiento y se autoriza al Gobierno a prestar su
consentimiento para obligarse.




--Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se
establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados
miembros, por una parte, y Ucrania, por otra, hecho en Bruselas el 14 de
abril de 1997. SE TRAMITA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA (Página 3578)



No habiéndose consumido turnos a favor, en contra ni de portavoces, se
aprueba por asentimiento y se autoriza al Gobierno a prestar su
consentimiento para obligarse.




DICTAMENES DE COMISIONES SOBRE PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY REMITIDOS
POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS (Página 3578)



--De la Comisión de Economía y Hacienda en relación con el Proyecto de
Ley por la que se modifica la Ley 37/1992, de 28 de diciembre del
Impuesto sobre el Valor Añadido (procedente del Real Decreto-Ley 14/1997,
de 29 de agosto). SE TRAMITA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA (Página 3578)



El señor Soravilla Fernández, Presidente de la Comisión, presenta el
dictamen.




No se produce debate de totalidad.




Comienza el debate del articulado.




El señor Nieto Cicuéndez, del Grupo Mixto, defiende las enmiendas números
1 a 3. El señor Gangoiti Llaguno defiende la enmienda número 7, del Grupo
de Senadores Nacionalistas Vascos. El señor Cambra i Sánchez defiende las
enmiendas números 10 a 12, del Grupo Catalán en el Senado de Convergència
i Unió. El señor Novo Muñoz defiende las enmiendas números 4 a 6, del
Grupo Socialista. El señor Blancas Llamas consume un turno en contra. En
turno de portavoces, hacen uso de la palabra los señores Nieto Cicuéndez,
por el Grupo Mixto; Gangoiti Llaguno, por el Grupo de Senadores
Nacionalistas Vascos; Cambra i Sánchez, por el Grupo Catalán en el Senado
de Convergència i Unió; Novo Muñoz, por el Grupo Socialista, y Blancas
Llamas, por el Grupo Popular.




Se procede a votar.




Se rechaza la enmienda número 2, del Grupo Mixto, por 88 votos a favor,
134 en contra y 7 abstenciones.




Se rechazan las enmiendas números 1 y 3, del Grupo Mixto, por 4 votos a
favor, 133 en contra y 91 abstenciones.




Se rechaza la enmienda número 7, del Grupo de Senadores Nacionalistas
Vascos, por 18 votos a favor, 122 en contra y 89 abstenciones.




Se rechaza la enmienda número 11, del Grupo Catalán en el Senado de
Convergència i Unió, por 136 votos a favor, 1 en contra y 90
abstenciones.




Página 3562




Se rechazan las enmiendas números 10 y 12, del Grupo Catalán en el Senado
de Convergència i Unió, por 16 votos a favor, 199 en contra y 90
abstenciones.




Se rechazan las enmiendas números 4 a 6, del Grupo Socialista, por 89
votos a favor, 138 en contra y 2 abstenciones.




Se aprueba el apartado seis del artículo único del dictamen por 139 votos
a favor, 88 en contra y 2 abstenciones.




Se aprueba la disposición transitoria primera del dictamen por 140 votos
a favor y 88 en contra.




Se aprueban los restantes preceptos del texto del dictamen por 140 votos
a favor, 4 en contra y 85 abstenciones.




El señor Presidente comunica a la Cámara el traslado de las enmiendas
aprobadas por el Senado al Congreso de los Diputados.




Se levanta la sesión a las diecinueve horas y cinco minutos.




Se abre la sesión a las dieciséis horas y cinco minutos.




E señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Señorías, se abre la sesión.




--LECTURA Y APROBACION, SI PROCEDE, DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES
ANTERIORES, CELEBRADAS LOS PASADOS DIAS 10 Y 11 DE MARZO DE 1998.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Señorías, entramos en el punto
primero del orden del día, lectura y aprobación, si procede, de las actas
de las sesiones anteriores, celebradas los pasados días 10 y 11 de marzo
de 1998.

Supongo que después de una atenta y meditada lectura de las Actas, sus
señorías las pueden dar por aprobadas. ¿Es así? (Pausa.) Muchas gracias.

Así constará para la Historia.




MOCIONES:



--DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO POR LA QUE SE INSTA AL
GOBIERNO, DE ACUERDO CON LAS DISTINTAS COMUNIDADES AUTONOMAS, A LA
ELABORACION, A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE, DE UNA LEY BASICA QUE ENMARQUE
LOS SERVICIOS SOCIALES EN EL CONJUNTO DEL ESTADO, RESPETANDO LAS
COMPETENCIAS TRANSFERIDAS EN ESTA MEDIDA A DICHAS COMUNIDADES AUTONOMAS
(662/000114).




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Entramos en el debate del segundo
punto del orden del día, mociones, y la primera que vamos a tratar es la
que presenta el Grupo Parlamentario Popular en el Senado, por la que se
insta al Gobierno, de acuerdo con las distintas Comunidades Autónomas, a
la elaboración, a la mayor brevedad posible, de una ley básica que
enmarque los servicios sociales en el conjunto del Estado, respetando las
competencias transferidas en esta medida a dichas Comunidades Autónomas.

Tiene la palabra para su defensa el Senador Mancha.




El señor MANCHA CADENAS: Con la venia de la Presidencia, señoras y
señores Senadores, el Grupo Parlamentario Popular presenta una moción
ante esta Cámara que pretende completar un espacio normativo. Se trata
--claro está-- de una iniciativa sin estrías, que procura no hacer
ruidos, que tiene como única finalidad acotar un territorio que, tal vez,
requiriese un complemento legal.

Esta propuesta responde al sentir de un amplio sector de ciudadanos,
Organizaciones no Gubernamentales y profesionales, que aspiran a tener
ese marco común, al igual que lo poseen otros sectores.

Esta posible ley satisfaría la necesidad actual de regular unos mínimos
derechos y deberes básicos en materia de servicios sociales, necesidad
que tuvo en cuenta el legislador al dar a luz la Ley Orgánica 9/1992, de
23 de diciembre, de transferencia de competencias a las Comunidades
Autónomas, cuando estableció que la determinación de las prestaciones del
sistema y los requisitos para establecer la condición de beneficiario se
realizará por la normativa estatal, y que el Estado podrá establecer
planes generales de necesidades, programas y servicios y, en su caso,
reservarse la creación y gestión de centros de ámbito estatal o la
gestión de planes de este mismo ámbito.

Parece importante destacar que una ley formulada en términos generalistas
permitiría la concesión uniforme de los servicios e, igualmente,
desarrollar, mediante la conferencia sectorial, la elaboración y
definición de un catálogo de prestaciones de servicios sociales básicos y
especializadas.

Si la norma prospera estamos convencidos, señorías, de que se evitarían
los riesgos actuales de diferenciación, se podría evitar la traba a la
libre elección de residencia de los ciudadanos beneficiarios de centros
de servicios sociales, se facilitaría la colaboración técnica entre
Comunidades Autónomas y la Administración General del Estado, supondría
un apoyo técnico importante para la coordinación sociosanitaria y para
definir, lógicamente, el espacio sociosanitario, pudiendo ser también
--así lo creemos-- un instrumento eficaz de racionalización de la gestión
y el gasto.

Al inicio de mi intervención indicaba que esta iniciativa reclamaba un
amplio consenso no sólo de los grupos parlamentarios,



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sino esencialmente de las Comunidades Autónomas. Se trata de impulsar un
movimiento consensuado que enmarque los servicios sociales, no sólo
respetando sino recabando de las Comunidades Autónomas su experiencia y
parecer sobre esta parcela, que entraña una sensibilidad palpable.

Y el soporte constitucional se encuentra en determinados mandatos, donde
se compromete a los poderes públicos a la promoción de las condiciones
para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que
se integra sean reales y efectivos, así como el cumplimiento de objetivos
que hagan posible el progreso social y económico.

Desde esta óptica que nos describe la Ley Orgánica 9/1992, la nueva
regulación que proponemos no viene a cubrir un posible vacío que debe ser
completado con la participación de las Comunidades Autónomas. Eso es lo
que establece la ya referida norma en su artículo 16 cuando se refiere a
las competencias sobre la gestión de las prestaciones y servicios
sociales del sistema de Seguridad Social.

Y es que, señorías, la solidaridad es uno de los valores inspiradores de
cualquier acción política. La responsabilidad de todas las
administraciones es luchar de forma decidida y sin titubeos contra
cualquier manifestación de marginación social. El principio de igualdad
de oportunidades queda vacío de contenido si una persona o colectivo se
encuentra por debajo de un nivel de vida suficiente sustentado en la
dignidad humana.

Pensamos que el poder de los gobiernos no debe ser un fin en sí mismo,
sino la posibilidad de ir transformando la sociedad para conseguir esa
igualdad de oportunidades y esa solidaridad que nunca puede ser entendida
como una concesión graciosa. Es responsabilidad de todos reconducir esa
situación angustiosa por medio de la solidaridad, porque el individuo
aislado carece de la fuerza suficiente para defender sus justos
intereses.

Esa solidaridad se manifiesta en tres dimensiones: la primera se traduce
en la Seguridad Social, que va más allá de las pensiones y de la
asistencia sanitaria y que alcanza la protección contra las situaciones
de infortunio o marginalidad. La segunda se encamina a cuestionarnos
socialmente en el sentido de que todos dispongamos de los instrumentos de
compensación que permitan esa igualdad de oportunidades, y la tercera nos
conduce a avanzar en la consecución del pleno empleo sin soflamas
demagógicas u objetivos inalcanzables.

Señorías, el campo de la actuación, el estadio o el escenario donde se
converge en un ensamblaje perfecto con las Comunidades Autónomas supone
el reconocimiento de actuaciones desde la solidaridad que, en términos
comunitarios, van desde la atención a la familia y de las unidades de
convivencia alternativas a la promoción del bienestar de la infancia, de
la adolescencia y la juventud, que proponen desde el bienestar en la
vejez al bienestar de las personas con deficiencias físicas, psíquicas o
sensoriales y que se dirigen desde la prevención de todo tipo de
drogodependencia a la promoción y desarrollo integral de las comunidades
rurales y urbanas.

Esa solidaridad concertada de que hablamos debe, asimismo, ampliar su
campo de colaboración a otros segmentos de la población que, por sus
condiciones o circunstancias, necesitan de una atención específica, como
son las minorías étnicas y los grupos con conductas disociales, para
incidir en la prevención y tratamiento social de la delincuencia y la
reinserción de los ex reclusos.

Todo este tratamiento, volvemos a repetir, sólo es posible con la
coordinación de actuaciones y programas entre las distintas
Administraciones públicas, con respeto absoluto a las áreas
competenciales y en concordancia con los sectores de la iniciativa
social.

Quisiera, señorías, dejar meridianamente claro que de lo que aquí se
trata no es de intervencionismo sino, al contrario, de completar todo un
territorio, el de la solidaridad, que debe ser contemplado en su
globalidad y que conduzca a la regulación de los servicios sociales del
Estado respetando, como no podía ser de otra manera, las competencias
transferidas y asumidas por las Comunidades Autónomas.

Sin cansar a sus señorías, les diré que para conocer la realidad actual
de los servicios sociales es preciso conocer su proceso de configuración
histórica. Los denominados servicios sociales se han gestado en el seno
de diferentes sistemas de protección pública: un sistema sería el
diferenciado de la Seguridad Social y otro partiría desde la beneficencia
y la denominada asistencia social.

En este proceso podemos distinguir tres escenas: la primera corresponde
al nacimiento y desarrollo de los servicios sociales y tiene su apoyo
legal en la Ley 193/1963, de Bases de la Seguridad Social. La segunda
tiene orígenes más lejanos: la Ley General de Beneficencia de 20 de junio
de 1849 y su reglamento aprobado por Real Decreto de 14 de mayo de 1852
son las primeras referencias legislativas en materia de lo que con el
tiempo se denomina la asistencia social. Su evolución fue unida
indefectiblemente al momento histórico por el que se atravesaba. Y la
tercera se inicia con la promulgación de la Constitución Española de
1978. Las Comunidades Autónomas asumen las competencias exclusivas en
materia de asistencia social. No cabe la menor duda de que, a partir de
ese momento, se puede hablar de nacimiento de unos nuevos sistemas de
protección social, de carácter universal y diferentes del sistema de la
Seguridad Social.

Esta actividad legislativa se inicia con la Ley 6/1982, de 20 de mayo,
sobre Servicios Sociales en el País Vasco, generalizándose al resto de
las Comunidades Autónomas. Con esta legislación de servicios sociales se
ha creado una infraestructura jurídica que va a permitir, por un lado,
que las Comunidades Autónomas legislen en esta materia, antes denominada
asistencia social, ahora servicios sociales generales dirigidos a sus
ciudadanos, sobre las que tienen competencia, y, por otro, la creación de
normas por parte de las Comunidades Autónomas, que genera un derecho a
los servicios sociales respecto al cual el derecho estatal juega un papel
supletorio.

Con respecto a este proceso de traspasos, la Ley Orgánica 9/1992, de 23
de diciembre, de Transferencias de Competencias a las Comunidades
Autónomas, recoge principios reconocidos por la jurisprudencia
constitucional



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relativa a programas estatales y concuerda con el artículo 149.17ª de la
Constitución española, expresiva de la competencia del Estado en materia
de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.

Termino, señor Presidente. El desarrollo de esta Ley aconseja ahora, con
el mayor respeto al campo competencial de las Comunidades Autónomas, la
revisión de la normativa estatal reguladora de los requisitos básicos de
los distintos servicios sociales de la Seguridad Social, a los efectos de
comprobar si reúne los requisitos exigidos por la normativa estatal
básica y, en su caso, la elaboración de una normativa adecuada.

En su consecuencia, señorías, se trata de complementar y cumplimentar un
mandato constitucional, soportándose en la Norma de 1992, y no pretende
ni puede pretender ir más allá de la elaboración de una norma básica que
enmarque los servicios sociales del Estado, y todo ello, como he repetido
a lo largo de la intervención, respetando las competencias transferidas y
asumidas por las Comunidades Autónomas en esta materia.

Muchas gracias, señor Presidente. (Aplausos en los escaños del Grupo
Parlamentario Popular.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Mancha.

A esta moción se han presentado diversas enmiendas. Una de ellas es la
presentada por el Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos.

Tiene la palabra el Senador Gatzagaetxebarría.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Muchas gracias, señor Presidente.

Efectivamente, mi Grupo parlamentario había presentado una enmienda a la
totalidad, llamémosla así políticamente, al contenido de la parte
resolutiva de la moción presentada por el Grupo Parlamentario Popular
porque, en definitiva, se ignoraban totalmente las competencias de las
Comunidades Autónomas en la materia.

No obstante, creo que a la Mesa se le ha suministrado, o está a punto de
hacerse en breves momentos, una enmienda transaccional, que vamos a
firmar los grupos parlamentarios que suponen la mayoría en la Cámara, en
virtud de la cual la resolución política que se vaya a aprobar se ajuste,
como no podía ser de otra manera, a los servicios sociales que tiene la
Administración Central, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en la
materia, y de ninguna manera a la elaboración de una ley básica.

En este sentido, está el discurso que el Senador Mancha ha realizado, que
es un planteamiento con el que nosotros no coincidimos políticamente,
pero que luego en su parte resolutiva va a ser corregido --está siendo ya
corregido en estos momentos-- a través de la enmienda transaccional, en
virtud de la cual la resolución parlamentaria se dirige exclusivamente a
la Administración Central en relación a sus propios servicios sociales y
nada más, ya que los demás servicios sociales son de la exclusiva
competencia de las Comunidades Autónomas.

Así lo ha querido esta Cámara, así lo quiso el constituyente y así lo han
querido los estatuyentes, redactores de los diferentes estatutos de
autonomía, que son los que disciplinan y conforman el bloque de la
constitucionalidad. Es decir, la Constitución y los estatutos de
autonomía disciplinan y prevén expresamente la materia de servicios
sociales. El artículo 148.1.20ª de la Constitución se refiere a que la
materia de asistencia social es de competencia exclusiva de las
Comunidades Autónomas. Pero no siendo ello suficiente, diferentes
estatutos de autonomía --prácticamente todos, incluido el de Ceuta y
Melilla-- atribuyen esta competencia constitucional a las Comunidades
Autónomas, como son la asistencia y los servicios sociales, con todo lo
que ello abarca: tercera edad, infancia, ayuda a domicilio, protección
del menor, etcétera.

Por tanto, yo pienso que es un planteamiento corregido políticamente el
que en la enmienda transaccional se realiza de acotar la resolución
política, la directriz política que aquí se va a aprobar a lo que son
exclusivamente los servicios que gestiona en este momento el Instituto de
Migraciones y Servicios Sociales del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, el IMSERSO. Ese es el terreno políticamente acotado correcto.

En definitiva, de alguna manera se centra y se corrige la pretensión
inicial de hacer una ley básica con la que se correría el riesgo de ir a
un concepto no utilizado habitualmente que es el que regula el artículo
150.3 de la Constitución, yendo a una LOAPA social, a la ley de
armonización de estrategias, de modelos políticos, de competencias de las
Comunidades Autónomas. Esta cuestión que el Partido Socialista Obrero
Español no acometió en sus trece años de gobierno, ahora, si se abordara,
creemos que sería peligrosísimo tal y como estaba redactada la parte
resolutiva de la moción.

No podemos olvidar, señor Presidente, que en un Estado de las autonomías,
en un Estado con poder político descentralizado la autonomía supone
capacidad de decisión, capacidad de hacer políticas propias, políticas
propias de acuerdo con ese bloque constitucional en el que se pueden
modular unas determinadas orientaciones políticas, unas determinadas
filosofías, y eso supone diferencia. Porque, como ha dicho el Tribunal
Constitucional, no todos los ciudadanos del Estado en todas las partes
del Estado tienen la misma posición ante el ordenamiento jurídico. Un
ciudadano de Albacete o uno de La Rioja no tiene la misma posición en el
ordenamiento jurídico de servicios sociales en La Rioja que en Albacete,
porque los riojanos, con su gobierno y con sus competencias, han podido
elaborar una normativa sobre servicios sociales en materia de residencias
de ancianos más progresistas, más avanzada, más acorde con el Estado de
bienestar que lo que se ha podido realizar en Castilla-La Mancha. Esa es
la esencia del Estado de las autonomías; la autonomía supone capacidad de
decisión, capacidad de realizar políticas propias y, en definitiva, de
poder realizar planteamientos y regulaciones distintas. Por tanto, esa
manifestación reconocida por el Tribunal Constitucional de que caben
posiciones jurídicas distintas de los ciudadanos en el territorio del
Estado en el ordenamiento jurídico es clara: en el País Vasco el salario
social tiene un nivel contributivo y en el caso de Extremadura o en el
caso de Cantabria tiene otro nivel contributivo. Eso es fruto de que
estamos en un Estado autonómico, en



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un Estado «sui generis», en un Estado en el que las autonomías tienen
poder político, tienen capacidad de legislar, tienen capacidad de normar
y capacidad de dictar disposiciones que vinculan a la relación
administrado-Administración, y eso origina que la posición jurídica ante
la Administración, ante el ordenamiento jurídico sea distinta. Ante esa
disparidad, ésa es la esencia del Estado de las autonomías, y ante ella
no cabe legislación básica. La legislación básica únicamente cabe cuando
el bloque de la constitucionalidad, la Constitución tiene título
competencial específico en la materia, entiéndase, en este caso,
Seguridad Social. Efectivamente, sobre Seguridad Social, lo ha dicho el
señor Mancha, hay un título competencial específico que funciona a través
del esquema bases-desarrollo, bases Estado, desarrollo y ejecución
Comunidades Autónomas, pero no todas sino aquellas que tiene esa
previsión estatutaria. En ese aspecto se ha realizado la legislación
normal de la Seguridad Social, la Ley de Integración y Consolidación del
sistema público de Seguridad Social, pero también hay una cuestión
colateral que es la relativa a la Ley Reguladora de las Prestaciones no
Contributivas, que no es materia de asistencia social, sino que se
incardina en el título de Seguridad Social; y, como tal, esta Cámara, los
poderes centrales del Estado tienen competencia legislativa y tienen
también competencia de desarrollo y de ejecución en la medida en que no
se hayan producido los traspasos correspondientes a las Comunidades
Autónomas.

No ocurre lo mismo en la asistencia social donde no hay título
específico. Si analizamos los artículos 148 y 149 de la Constitución no
hay soporte competencial, legitimación pública alguna para iniciar una
actividad política, legislativa por parte de los poderes centrales del
Estado legislativos o administrativos en esta materia de asistencia
social. No hay soporte que legitime tal actuación.

Por tanto, creemos que se ha producido una corrección importante, un
enderezamiento de la posición política del Grupo Parlamentario Popular en
la medida en que se presenta una enmienda transaccional donde limita la
elaboración de una normativa a los servicios sociales de su competencia
exclusivamente: a la gestión de las residencias que tenga, a unos viajes
del IMSERSO; todo lo demás ya está normado por parte de las Comunidades
Autónomas que son las titulares de la competencia.

En ese sentido vamos a apoyar la enmienda transaccional.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador
Gatzagaetxebarría.

Hay también una enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Mixto.

Para su defensa tiene la palabra el Senador don Victoriano Ríos.




El señor RIOS PEREZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, a la entrada en este momento en el hemiciclo he visto que se ha
rectificado la moción presentada por el Grupo Parlamentario Popular y hay
una tendencia a llegar a un acuerdo de toda la Cámara con respecto al
texto, porque tal y como venía era una situación un poco ambigua y
extraña. Sin embargo, sí quiero hacer una puntualización: en los
Presupuestos Generales del Estado para 1998 la Comunidad Autónoma de
Canarias tiene asignadas para los servicios sociales asumidos 2.087
pesetas por habitante y año; Andalucía, 2.400; Valencia, 2.600; Madrid,
2.800; Cataluña, 2.500, y otras Comunidades como Castilla y León, Aragón
y Navarra tienen asignadas cada una de ellas cinco mil. Por tanto, se
planteaba una circunstancia anómala en una ley de bases sobre este tema,
en relación, además, con unas situaciones transferidas y no referidas a
la exclusividad que tenían algunos de los estatutos de autonomía. La
rectificación del Grupo Parlamentario Popular ha sido buena, y
suscribimos la enmienda transaccional.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Ríos.

En nombre del Grupo proponente de la moción, y para dar respuesta a las
diversas posiciones, tiene la palabra el Senador don Jesús Mancha.




El Senador MANCHA CADENAS: Gracias, Presidente.

Este Senador quiere entender, señor Presidente, que existe una propuesta
de transacción que, según el parecer de algunos Grupos Parlamentarios,
puede modificar el texto de la moción presentada. Creo entender, señor
Presidente, que están en el momento procesal de firmar una transaccional
y, en consecuencia, me voy a dirigir exclusivamente, con su autorización,
a los portavoces del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas
Vascos y del Grupo Parlamentario Mixto en relación con las enmiendas que
han presentado.

Si durante el transcurso del debate se produjese algún tipo de
modificación y se firmase una enmienda transaccional, este Grupo
Parlamentario no sólo lo agradecería sino que se alegraría.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Señoría, ha llegado a esta Mesa
un texto firmado por el Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas
Vascos, del que ahora se está intentando hacer copias para entregárselo a
los demás grupos. Seguramente es sobre esta enmienda sobre la que usted
tiene el derecho de hacer propuestas, sobre todo avalado por otro Grupo,
y sobre la cual debería posicionarse.




El señor MANCHA CADENAS: Señor Presidente, debe quedar meridianamente
claro, debe estar en el ánimo de todos los Senadores que el Grupo
Parlamentario Popular jamás intentaría mover ni una sola pared de una
Comunidad Autónoma en sus competencias. Nunca haría ruido en una materia
tan históricamente esencial como son las atribuciones que tienen
concedidas y asumidas y las competencias que llevan a cabo, pero también
tienen que entenderme



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sus señorías cuando intento explicar que al Estado le corresponden
atribuciones que tiene «per se» y, por consiguiente, de lo que se trata
hoy --y por esa transaccional caminamos-- es de instar al Estado a que,
con un respeto absoluto, sin invadir ni bordear y ni siquiera tocar lo
que son las competencias de las Comunidades Autónomas, haga realidad las
atribuciones que la propia Constitución le ha conferido.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, señoría.

Debo comunicar a la Cámara que la enmienda está firmada por todos los
Grupos excepto por el Grupo Parlamentario Socialista. ¿Turno de
portavoces? (Pausa.)
¿Grupo Parlamentario Mixto? (Pausa.)
Tiene la palabra el Senador Victoriano Ríos.




El señor RIOS PEREZ: Gracias, señor Presidente.

Señorías, después de haber oído al portavoz del Grupo Parlamentario
Popular empiezo a pensar si quizá el Grupo Parlamentario Mixto no debió
haber firmado esa enmienda transaccional, pero como ya la hemos firmado,
la aceptamos. Sin embargo, me daba la impresión de que el señor portavoz
no se ha enterado bien de cuáles son los términos de esa transaccional y
el modo en que, tanto el Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas
Vascos, como el Grupo Parlamentario Mixto y el Grupo Parlamentario
Catalán en el Senado de Convergència i Unió han aceptado esa
transaccional.

Muchas gracias, señor Presidente. (El señor Gatzagaetxebarría Bastida
pide la palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Gracias, señoría.

Tiene la palabra el señor Gatzagaetxebarría Bastida por el Grupo de
Senadores Nacionalistas Vascos.




El señor GATZAGAETXEBARRIA BASTIDA: Gracias, señor Presidente.

He pedido la palabra para indicar que la enmienda de nuestro grupo
parlamentario decae al haberse presentado la enmienda transaccional
firmada por todos los grupos; es decir, está retirada. Lo digo a efectos
de conocimiento parlamentario y para que el portavoz del Grupo
Parlamentario Popular tuviera constancia de que no es objeto de debate,
sino que es objeto de debate la enmienda suministrada a la Cámara, y
manifestamos nuestra felicitación por haberse corregido políticamente esa
grave distorsión de querer elaborar una ley básica en esta materia cuando
no se tiene título competencial al respecto.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador
Gatzagaetxebarría.

Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió,
tiene la palabra el Senador Jaume Cardona.

El señor CARDONA I VILA: Muchas gracias, señor Presidente.

Quiero fijar la posición de nuestro grupo desde el propio escaño y,
además, con cierta brevedad. Nosotros hemos de confirmar lo que ha dicho
el portavoz del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos; la
presentación de esta moción por parte del Grupo Parlamentario Popular en
los términos en que lo hacía, de pedir al Gobierno un proyecto de ley o
una ley básica que enmarque los servicios sociales en el conjunto del
Estado es de todo punto inaceptable porque, evidentemente, vulnera la
distribución competencial del bloque institucional.

En este sentido, hemos de manifestar que el Título VIII de la
Constitución, en su Capítulo Tercero, que afecta a las Comunidades
Autónomas, y en su artículo 18 se refiere a la asunción de competencias
por parte de éstas, y una de esas competencias, en su apartado 20, es la
de la asistencia social. Ahora bien, el artículo 149 de la Constitución
se refiere a las competencias exclusivas del Estado, y en ningún caso
está la de la asistencia social, por lo que haremos referencia al
artículo 150 de la Constitución, en sus tres números. Así, el número 1 se
refiere a la capacidad legislativa de las Comunidades Autónomas derivada
de competencias propias del Estado. En su número 2 hace referencia a la
delegación o transferencia de competencias del Estado a las Comunidades
Autónomas --no hace mucho que hemos tenido ocasión de aprobar una ley en
esta Cámara, precisamente la de Tráfico, de la Generalitat de Cataluña--;
y el número 3 habla de armonizar las disposiciones normativas de las
Comunidades Autónomas, de manera que el Estado podrá dictar leyes que
establezcan los principios necesarios para armonizar las disposiciones
normativas de las Comunidades Autónomas, aun en el caso de materias
atribuidas a la competencia de éstas, cuando así lo exija el interés
general. Corresponde a las Cortes Generales --en este caso se entiende
que por mayoría absoluta de cada Cámara-- la apreciación de esta
necesidad.

Presumíamos nosotros o podíamos presumir que se quisiera hacer uso de
este artículo 150.3 de la Constitución, y por eso decíamos que nos
parecería totalmente inaceptable, puesto que el Estatuto de Autonomía de
Cataluña, en su artículo 9, que se refiere a las competencias exclusivas
de la Generalitat, dice que tiene competencia exclusiva sobre las
siguientes materias, y en su número 20 se refiere a la asistencia social.

Por tanto, era una vulneración total y absoluta de la distribución
competencial del bloque constitucional.

En la exposición de motivos se hace referencia, en el último párrafo, a
la protección, y dice que se extiende de forma desigual a lo largo de los
distintos territorios del Estado, con diferente extensión de recursos,
distintos requisitos de obtención y desigual atención profesional.

Efectivamente, hay una distribución, una protección desigual de recursos,
y a ello hacía referencia el Senador Ríos cuando ha hablado de los
presupuestos aprobados en el último ejercicio. En la valoración de la
gestión transferida por el Imserso, en pesetas por habitante, hacía
referencia a que en el número 16 está la Comunidad Autónoma de Canarias,
con



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2.087 pesetas por habitante, mientras que Castilla y León tenía una
distribución de 5.634 pesetas por habitante.

En este sentido, en absoluto se cumple esta uniformidad o este intento de
igualar los distintos territorios, por lo menos en lo que se refiere a la
valoración de esos servicios de asistencia social. Lo que sí tenemos que
decir es que el mismo interés que se ha podido tener en cuanto a la
igualación reglamentaria o normativa debería haber existido en esta
distribución de recursos, porque, es más, ni siquiera cumple uno de los
objetivos prioritarios que se firmó en el acuerdo de investidura y
gobernabilidad, objetivos prioritarios que en materia de financiación
autonómica se cifraban en la autonomía financiera de las Comunidades
Autónomas y en la solidaridad entre las diferentes nacionalidades y
regiones, la cual se materializaría en la igualación de los servicios
esenciales a todos los ciudadanos, cualquiera que fuera su lugar de
residencia, y valorando, eso sí, las diferencias de coste en prestación
de servicios y el diferente grado de desarrollo.

Es evidente que la escala que hemos mencionado anteriormente se refiere a
las Comunidades Autónomas que tienen una peor valoración, valga la
expresión, que son aquellas a las que, en un principio, se les hizo la
transferencia de servicios sociales, mientras que en las Comunidades
mejor compensadas la valoración en pesetas por habitante es tres veces
superior a la mínima, que es Canarias, correspondiendo la máxima a
Castilla y León.

En consecuencia, repetimos que nos parece inaceptable el texto que se nos
presenta. Estábamos más de acuerdo con la enmienda presentada por el
Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos que con esta
enmienda transaccional. Aquélla nos parecía que tenía un texto más claro
en el respeto a este reparto de competencias al establecer que esta ley
que solicitamos al Gobierno sea únicamente de aplicación en las
Comunidades Autónomas que no dispongan de competencia exclusiva en
materia de asistencia y servicios sociales, porque puede ser que
competencias establecidas en algún Estatuto de Autonomía de forma
exclusiva se conviertan en unas competencias compartidas, lo que desde
nuestro punto de vista sería totalmente inaceptable.

Finalmente, se ha llegado a un texto transaccional que a pesar de lo
señalado y en aras al consenso nuestro grupo apoyará, razón por la que lo
ha firmado, pero con todas las cautelas que he intentado plasmar en esta
intervención, que ha sido más larga de lo previsto.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Cardona.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la Senadora Rosa
Barenys.




La señora BARENYS I MARTORELL: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, el Grupo Parlamentario Socialista quiere manifestar su sorpresa
ante la presentación de esta moción por el Grupo Parlamentario Popular,
sorpresa porque encomendar al Gobierno desde el grupo que le da soporte
el desarrollo de una ley básica hace pensar que hay poco entendimiento
entre el grupo mayoritario de esta Cámara y el Gobierno, ya que éste,
lógicamente, si lo cree oportuno, tiene la suficiente capacidad para
presentar en la Cámara una ley básica de servicios sociales. Y digo
sorpresa porque al presentar este tipo de iniciativa ustedes deberían
tener presente el complejo entramado competencial en esta materia.

Si, en realidad, la fórmula que elige el Gobierno para impulsar esta
iniciativa es una moción en el Senado, buscando una previa complicidad
con los grupos de esta Cámara, deberían haber hecho dos cosas: primero,
un balance de situación del desarrollo de la red básica de servicios
sociales que justificara la necesidad de esta ley. Segundo, tener
establecido un acuerdo con las Comunidades Autónomas sobre las
características de este tipo de proyecto.

Para el Grupo Socialista no es aceptable desde ningún punto de vista la
simplicidad política con que ustedes, señores de la mayoría, plantean
esta iniciativa. El debate sobre si el Estado puede o no legislar es un
debate viejo, antiguo, desde el inicio de la democracia en este país y
desde la promulgación de la Constitución. Ustedes saben --o lo han
dicho-- que la vía del artículo 151 da unas determinadas competencias
exclusivas a las Comunidades Autónomas en materia de servicios sociales y
que, igualmente, las Comunidades Autónomas del 143 también asumen las
competencias de ejecución en legislación del Estado en materia de gestión
de las prestaciones y servicios sociales del IMSERSO, haciendo la
salvedad a que el Senador Mancha se ha referido en su intervención, la
salvedad del artículo 149.12.17ª de la Constitución, que reserva al
Estado la legislación básica y el régimen económico de la Seguridad
Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las
Comunidades Autónomas. Pero esto quiere decir, señor Senador, que el
Gobierno puede legislar en estas competencias que en estos momentos son
residuales, porque el gran paquete del competencias en servicios sociales
ha sido traspasado a las Comunidades Autónomas.

El entramado del sistema público de servicios sociales en nuestro país es
mucho más complejo que el sistema sanitario y que el sistema educativo y,
como consecuencia, es necesario un encaje entre las Comunidades Autónomas
y las administraciones locales, encaje que se establece por las
diecisiete leyes autonómicas y por la Ley de Bases de Régimen Local.

Saben que los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes tienen
competencia exclusiva también en el desarrollo de la red básica de
servicios sociales, así como las diputaciones de forma complementaria y
subsidiaria.

Y para avanzar en un sistema más homogéneo, a partir de esta concurrencia
de complementariedad y de competencias, en 1988 el Gobierno del Estado,
entonces el Gobierno socialista, recurrió a un sistema novedoso, que
podríamos llamar de ingeniería normativa, que conjugaba la legislación
estatal con la legislación autonómica y con la legislación local, y
aprobó en el mismo año el Plan concertado de prestaciones básicas,
mediante la fórmula de convenio administrativo, que tenía y tiene como
objetivo articular la cooperación económica y técnica entre la
Administración



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Central y las Comunidades Autónomas, para, a su vez, impulsar la
colaboración con las entidades locales, con un objetivo fundamental:
crear la actual red básica de servicios sociales. El objetivo de 1988
está plenamente vigente: atender las diversas necesidades sociales de la
familia, de la infancia, de los colectivos de personas con discapacidad
en todo el territorio mediante unas prestaciones homogéneas para
favorecer la igualdad de oportunidades y, en consecuencia, el desarrollo
de los derechos individuales y colectivos.

Es cierto, señor Senador, que la diversidad del país exige medidas de
reequilibrio especialmente cuando se observa y se compara la situación
rural y la situación urbana. Por ello, el Gobierno tiene una importante
función que desarrollar. Pero ¿cree usted que esta ley de bases de
servicios sociales que encomienda al Gobierno podrá encontrar este
equilibrio en las desigualdades sociales y territoriales? Nosotros
discutimos esto cuando teníamos responsabilidades de Gobierno y optamos
por potenciar y favorecer el marco competencial de las Comunidades
Autónomas impulsando esta nueva vía que es el Plan concertado de
prestaciones básicas de servicios sociales, pactado en la conferencia
sectorial de servicios sociales, cosa que ustedes no han hecho al
presentar esta iniciativa de elaborar una ley básica de servicios
sociales; un Plan concertado de servicios sociales que se complementa con
el Plan Gerontológico, con el Plan Gitano, con el Plan para personas
discapacitadas 1997-2002, etcétera.

Este es nuestro debate. Pero les pedimos a ustedes que, si en realidad
están tan interesados en buscar esta armonía de prestaciones en todo el
territorio de las Comunidades Autónomas, aparte de una ley, que veremos
en realidad de qué nos va a servir --la discutiremos cuando ustedes la
presenten a la Cámara correspondiente--, les pedimos que digan a su
Gobierno que dote adecuadamente el Plan concertado de prestaciones
básicas, porque es una vía indudable para favorecer este desarrollo
equitativo de las prestaciones de servicios sociales, que, a la larga,
van a favorecer que las desigualdades se superen en cada uno de los
sectores, de los territorios, de los municipios donde aún existen.

El Grupo Parlamentario Socialista ha leído el texto de la enmienda
transaccional que ustedes van a proponer a debate dentro de un momento
pero, señor Senador, no acabamos de entenderla precisamente porque en su
intervención ha hablado de la generalización de la red básica de
servicios sociales, y las competencias que le quedan al Estado por el
artículo 149.1.17.ª son competencias residuales de servicios sociales de
la Seguridad Social, y, a partir de aquí, usted no puede generalizar,
mediante una ley de bases, la armonización de lo que tienen que ser las
prestaciones y servicios en cada una de las Comunidades Autónomas. Por
ello, señores del grupo mayoritario, el Grupo Parlamentario Socialista no
va a apoyar esta moción, presenten ustedes el texto, y cuando lo tengamos
en la mano decidiremos qué es lo más oportuno.

Gracias, señor Presidente; gracias, señorías.

El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senadora Barenys.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Senador Mancha.




El señor MANCHA CADENAS: Muchas gracias, señor Presidente.

Intervengo con suma brevedad, como no podía ser de otra manera.

Quiero agradecer a los grupos parlamentarios que entre todos hayamos
confeccionado un texto que es una propuesta de modificación al que, con
el permiso de la Presidencia, doy lectura y que va en el sentido de que
el Senado inste al Gobierno a la elaboración, a la mayor brevedad
posible, de un proyecto de ley que enmarque los servicios sociales que
presta la Administración General del Estado en su ámbito competencial,
respetando las competencias propias de las Comunidades Autónomas en esta
materia, competencias, como bien ha dicho la portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista, residuales, y con respeto, como no podía ser de
otra manera, al paquete competencial de las Comunidades Autónomas.

Por eso queremos mostrar nuestro agradecimiento. Es extraordinariamente
enriquecedor consensuar una moción si hay posibilidades de hacerlo, y
esto es lo que pretende siempre el Grupo Parlamentario Popular. Pero
quería hacer una matización con muchísimo respeto a la señora portavoz
del Grupo Parlamentario Socialista: la propuesta inicial ha sido
modificada por una enmienda de varios grupos parlamentarios, y esa
génesis, ese cambio, esa transformación ha debido tenerla en cuenta.

Señora portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, tomo nota para
hacerle llegar a mi Gobierno todo lo que ustedes durante catorce años no
fueron capaces de hacer, lo que no cumplimentaron como debían haber
hecho. Miran ustedes con recelo una propuesta que, insisto, ha sido
modificada en positivo para lograr el consenso de todas las partes, que
seguimos manteniendo que las Comunidades Autónomas tienen, y la
Constitución claramente lo define, prácticamente todas las competencias
en servicios sociales, pero que no sería engañoso ni dañino que la
Administración del Estado, en la parte residual que le corresponde,
también pudiese administrar su parcela.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Mancha.

Vamos a someter a votación la moción que ha presentado el Grupo
Parlamentario Popular en el Senado por la que se insta al Gobierno, de
acuerdo con las distintas Comunidades Autónomas, a la elaboración, a la
mayor brevedad posible, de una ley básica que enmarque los servicios
sociales en el conjunto del Estado respetando las competencias
transferidas en esta medida a dichas Comunidades Autónomas. En el texto
de la moción se ha introducido la enmienda transaccional firmada por los
Grupos Parlamentarios Popular, Catalán en el Senado de Convergència i



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Unió, Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos y Grupo
Mixto.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 225; a
favor, 132; en contra, 87; abstenciones, seis.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Queda aprobada.




--DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A
RATIFICAR LA CARTA EUROPEA DE LAS LENGUAS REGIONALES O MINORITARIAS,
HECHA EN ESTRASBURGO EL DIA 5 DE NOVIEMBRE DE 1992, CON UNA DECLARACION
RELATIVA A SU APLICACION A LAS LENGUAS MINORITARIAS RECONOCIDAS COMO
OFICIALES EN ESPAÑA (662/000113).




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): A continuación, vamos a someter a
la consideración de sus señorías la moción que presenta el Grupo
Parlamentario Socialista por la que se insta al Gobierno a ratificar la
Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, hecha en
Estrasburgo el día 5 de noviembre de 1992, con una declaración relativa a
su aplicación a las lenguas minoritarias reconocidas como oficiales en
España. (Rumores.)
Pido a sus señorías que procuren que el hemiciclo esté en condiciones de
sustanciar esta moción. (Rumores.) Pido a sus señorías que, si tienen que
hablar, salgan cuanto antes del hemiciclo. (Rumores.--Pausa.)
La Senadora Virgili puede subir a la tribuna. (Pausa.)
Tiene usted la palabra, señoría.




La señora VIRGILI I RODON: Gracias, señor Presidente.

Señorías, tengo el honor de presentar ante ustedes una moción sobre las
lenguas minoritarias de España, moción que, estoy segura, encontrará en
esta Cámara --la Cámara de las Autonomías-- el máximo interés y
sensibilidad, y me atrevo a esperar que, también por ello, encontrará una
buena y unánime acogida por parte de los distintos grupos parlamentarios.

Permítanme comenzar haciendo un poco de historia. La Declaración de los
Derechos Humanos, de la que este año celebramos el L aniversario,
contiene en su artículo 2.º la primera proclamación solemne de la
igualdad de los ciudadanos ante la ley sin discriminación por la lengua.

(Rumores.) Esta idea, recogida en la Convención de la UNESCO de 1960, en
el Pacto de las Naciones Unidas de 1966 y en la Conferencia de Helsinki
de 1975, hace que en todos ellos se declare el derecho a las lenguas
minoritarias y que se condene su discriminación.

El Parlamento Europeo y el Consejo de Europa han manifestado
reiteradamente la necesidad de una política de recuperación y
preservación de las lenguas, pero fue una primera declaración explícita,
que tuvo lugar en el año 1981 --precisamente gracias a la intervención de
un Senador socialista español, Alexandre Cirici i Pellicer-- la que hizo
que se llegara a una resolución en función de la cual se adoptaron cuatro
acuerdos: primero, la adecuación de la toponimia a la lengua del
territorio; segundo, la adopción progresiva de las lenguas en la
educación; tercero, ayuda pública de uso de las lenguas tanto en la
enseñanza superior como en las «mass-media», y, cuarto, reconocimiento
oficial --cooficialidad-- de las lenguas en sus territorios. (Rumores.)
Se continuaron las reuniones a este respecto, y tomó el relevo el
parlamentario Lluís María de Puig --también socialista-- después de la
muerte de Alexandre Cirici.

Finalmente, en el año 1984, se tomó en Estrasburgo el acuerdo de comenzar
la redacción de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias
a que hoy nos referimos...




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Señoría, espere un momento, por
favor.

Pido a sus señorías el máximo silencio posible. Estamos tratando un tema
muy importante. Pido la atención de la Cámara para poder escuchar las
palabras de la señora Senadora.

Muchas gracias.




La señora VIRGILI I RODON: En 1984 se decidió empezar la redacción de la
Carta, pero ésta no fue concluida hasta 1988, año en que fue aprobada. El
objeto y el sujeto de la Carta son las lenguas minoritarias, que tienen
unos derechos que proteger y que constituyen una riqueza cultural a
conservar, partiendo dicha Carta del principio de que la convivencia
entre las lenguas es posible, es necesaria y es deseable.

Una vez aprobada por la asamblea, siguió un largo proceso hasta que el
día 5 de noviembre de 1992 la Carta fue aprobada definitivamente en el
Consejo de Ministros con doce firmas: la de España y las de Austria,
Chipre, Dinamarca, Finlandia, Alemania, Hungría, Liechtenstein,
Luxemburgo, Malta, Países Bajos y Noruega. Posteriormente, han sido
muchos más los países que la han firmado, pero España la firmó con los
que acabo de mencionar el mismo día de su aprobación.

La Carta es una convención internacional que debe ser previamente firmada
y posteriormente ratificada por los Estados, los cuales sólo se
comprometen a su cumplimiento cuando la ratifican, pero al mismo tiempo
la Carta sólo es válida, aunque esté aprobada, cuando ha sido ratificada
por cinco Estados. Noruega fue el primer país que la ratificó con fecha
10 de noviembre de 1993; Finlandia lo hizo el día 9 de noviembre de 1994;
Hungría el 26 de abril de 1995; Croacia, el quinto Estado, el 5 de
noviembre de 1997, y el Estado que la ha firmado últimamente ha sido
Suiza, que lo hizo el 23 de diciembre de 1997. Estos son los datos con
fecha de hace dos días. No creo que en este corto espacio de tiempo haya
habido ninguna otra nueva ratificación.

Como resultado de estas ratificaciones, la Carta ha entrado en vigor el
día 1.º de marzo de este año. Evidentemente,



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no podíamos encontrar una fecha más oportuna para traer esta moción al
Senado.

Pero permítanme explicar brevemente el porqué de esa fecha, el motivo por
el que entra en vigor precisamente el día 1.º de marzo de 1998. La propia
Carta establece en el artículo 19.1 que entrará en vigor el primer día
del mes siguiente a la expiración de un período de tres meses después de
la fecha en que cinco Estados miembros del Consejo de Europa la hayan
ratificado.

Pues bien, como el quinto Estado que la ratificó, Croacia, lo hizo en
noviembre de 1997, ello quiere decir que han transcurrido los tres meses,
con lo cual el día 1.º de marzo la Carta ha entrado en vigor. No es, por
tanto, ni lógico ni conveniente que España, que fue el principal promotor
de la Carta, que fue uno de los primeros países en firmarla, demore ni un
momento más su ratificación. Tenemos la obligación moral de que, del
mismo modo que fuimos de los primeros en firmarla, seamos también de los
primeros en aplicarla.

Como ya he dicho, la Carta adopta la forma jurídica de una convención
internacional y consta de cinco partes bien diferenciadas, con un total
de veintitrés artículos. La primera parte, de disposiciones generales,
contiene el concepto de lengua regional o minoritaria y las modalidades y
compromisos de ratificación.

La segunda --que sólo comprende el artículo 7--, se refiere a objetivos y
principios, y en ella se enuncia el reconocimiento de la lengua como una
riqueza cultural, el respeto al área geográfica de las lenguas y la
necesidad de fomentarlas, tanto en su territorio como en acciones
transfronterizas.

La parte tercera, que es la más extensa --al abarcar del artículo 8 al
14--, cita una serie de medidas para fomentar el empleo de las lenguas en
la vida pública y enuncia unos compromisos concretos que pueden adoptarse
en distintos niveles, y total o parcialmente, según el grado de
implantación de la lengua y su reconocimiento legal. La Carta es, pues,
un menú del que debe seleccionarse una serie de compromisos
complementarios o alternativos, que se refieren, en sus distintos
apartados, a la enseñanza, la justicia, las autoridades administrativas y
servicios públicos, los medios de comunicación, las actividades y
servicios culturales, la vida económica y social, y los intercambios
transfronterizos.

La parte cuarta es la relativa a la aplicación de la Carta y,
concretamente, a los mecanismos de control del cumplimiento por parte de
los Estados, a los informes periódicos que éstos deben realizar y al
estudio de los mismos por la Secretaría General del Consejo de Europa.

Y la parte final, referente a las disposiciones finales, comprende
simplemente la ratificación.

Por tanto, se trata de un documento muy complejo, muy completo y muy
elaborado, que permite su adaptación a las distintas situaciones de los
diferentes países de Europa. Por ello, en esta moción no proponemos
simplemente que se ratifique la Carta, sino, además, que se haga al nivel
a que debe ratificarse, así como los compromisos concretos que deben
adquirirse, porque pedir simplemente que se ratifique la Carta supondría
un compromiso demasiado ambiguo.

Hemos dicho que la situación en los países de Europa es distinta. Veamos
ahora cuál es la situación en España en cuanto a los temas objeto de esta
Carta.

La Constitución Española, en su artículo 3, reconoce positivamente la
diversidad lingüística de España y deja a los estatutos de autonomía de
las Comunidades Autónomas una primera regulación. Los estatutos del País
Vasco, Cataluña, Galicia, la Comunidad Valenciana, Navarra y las Islas
Baleares reconocen otra lengua oficial además del castellano, una lengua
propia de su Comunidad. Además, los Estatutos de Cataluña, Asturias y
Aragón reconocen otras lenguas minoritarias que, sin ser declaradas
oficiales, son objeto de una especial protección.

España es, pues, uno de los países más avanzados en el reconocimiento y
potenciación de las lenguas minoritarias. Por ello, no es de extrañar que
fuéramos de los primeros en promover y firmar la Carta.

Un Estado ratifica la Carta cuando se compromete a aplicar un conjunto de
medidas en favor del uso de estas lenguas. Evidentemente, no era prudente
que España asumiera estos compromisos hasta que las Comunidades
Autónomas, a través de sus estatutos de autonomía y leyes de
normalización, hubieran adoptado esos compromisos y el Tribunal
Constitucional resolviera los recursos que le habían sido elevados, lo
que ocurrió --al menos, por lo que respecta a la Ley de normalización del
catalán-- en diciembre de 1994. El Gobierno socialista terminó su mandato
en marzo de 1996, pero las Cortes, a las que la ratificación debía ser
elevada, fueron disueltas en diciembre de 1995. Por ello, no fue posible
y oportuna la ratificación, ya que se necesitaba un detallado estudio de
la legislación.

El 7 de marzo de 1995, el Senador Bolinaga presentó en esta Cámara una
pregunta oral pidiendo la ratificación de la Carta y, el 10 de mayo, una
moción en este mismo sentido. El Ministro de Asuntos Exteriores del
Gobierno socialista manifestó que estaba plenamente de acuerdo con la
ratificación, pero que en aquel momento no era urgente, ya que sólo la
habían ratificado dos países, Noruega y Finlandia, y, por tanto, la Carta
aún no estaba en vigor. El partido del Gobierno se manifestó en el mismo
sentido durante el debate de la moción, existiendo la conformidad de
todos los grupos parlamentarios en cuanto a que era positiva la firma de
la ratificación. Sin embargo, en la votación no hubo unanimidad al
abstenerse el Grupo Popular y parte del Grupo Mixto ya que no se aceptó
una enmienda sobre la denominación de las lenguas. Sin embargo, el Grupo
Popular manifestó que estaba plenamente de acuerdo con el contenido de
esa moción.

También hubo un total acuerdo en el debate del año 1995, respecto a que
España era uno de los países más avanzados de Europa en cuanto a la
potenciación de las lenguas minoritarias y que debía seguir manteniendo
el liderazgo en la promulgación, firma y ratificación de esta Carta.

Hoy, cuando el actual Gobierno lleva casi dos años en el ejercicio de sus
funciones, las circunstancias de la urgencia han cambiado. La Carta acaba
de entrar en vigor el primero de marzo y, si no queremos perder el
liderazgo, debemos ratificarla cuanto antes.




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En una primera etapa del desarrollo autonómico, el Gobierno de la Nación
dejó el lógico protagonismo a las Comunidades Autónomas en la protección
y fomento de las lenguas minoritarias, velando porque las iniciativas
legislativas se mantuvieran dentro de los cauces constitucionales. Pero
ello no debe hacernos olvidar que el Gobierno de la Nación tiene también
una responsabilidad y un compromiso activo y positivo con todas las
lenguas de España y, con ello, el mandato constitucional es claro y
explícito, ya que el artículo 3.3 dice: «La riqueza de las distintas
modalidades lingüísticas en España es un patrimonio cultural que será
objeto de especial respeto y protección.» Es decir, las lenguas de España
son una riqueza cultural, no sólo para las Comunidades Autónomas que la
tienen como propia, sino para toda España, para todos los españoles.

Hoy, el Grupo Parlamentario Socialista, al proponer que se ratifique la
Carta, insta al Gobierno, al Estado, a que asuma esta responsabilidad
activa y positiva pensando que este compromiso es fundamental para una
plena, eficaz y armónica normalización lingüística de España, ya que
muchas cuestiones que afectan a esta normalización superan las
competencias de las Comunidades Autónomas. Este es el caso de la
Administración periférica del Estado, de la justicia, de los medios de
comunicación y servicios de ámbito estatal y de las relaciones
internacionales. Todo ello, exige un compromiso de Estado, que es lo que
hoy solicitamos.

La ratificación se propone para las lenguas que son reconocidas como
oficiales por los Estatutos de Autonomía de las Comunidades que las
tienen como propias: País Vasco, Cataluña, Galicia, Comunidad Valenciana,
Navarra y las Islas Baleares. Existen otras lenguas minoritarias, que no
son declaradas oficiales, pero que serán objeto de protección, como es el
caso del aranés en Cataluña, el bable en Asturias y las lenguas y
modalidades lingüísticas propias de Aragón. En el desarrollo posterior se
nombran estas lenguas, que son el catalán y el aragonés, también llamada
fabla o navarro-aragonés en el diccionario de la Real Academia. Pero sólo
Cataluña ha desarrollado en su Ley de normalización una regulación para
el aranés diciendo que es lengua propia del Valle de Arán, que la
toponimia tiene como forma oficial la aranesa, que se garantizará la
enseñanza y que será utilizado en los medios de comunicación. En cambio,
ni las Cortes de Aragón ni la Junta General del Principado de Asturias lo
han hecho, a pesar de que han promulgado muchas disposiciones en favor de
estas lenguas, pero las Cortes de Aragón se comprometieron el 6 de
noviembre de 1997 a presentar un proyecto de ley cuanto antes y la Junta
General del Principado de Asturias ha nombrado una Comisión que lo está
estudiando.

Por todo ello, teniendo en cuenta la competencia de las Comunidades
Autónomas, el Estado aún no puede asumir ningún compromiso para estas
lenguas, pero como la Carta, una vez ratificada, permite una ampliación,
puede hacerse en el caso de estas lenguas, una vez llegado el caso. El
Gobierno puede, quizás, instar a las respectivas Comunidades Autónomas a
que si lo consideran oportuno desarrollen su legislación lingüística, de
acuerdo con el contenido de esta Carta.

Como ya he dicho, en la moción no sólo pedimos que se ratifique la Carta,
sino que se haga de una forma concreta, que consiste en responder a una
serie de temas que yo voy a exponer brevemente.

Para desarrollar la propuesta que les voy a explicar ha sido necesario
que realizáramos un detallado estudio de la legislación vigente en
materia lingüística en las Comunidades Autónomas y quiero resaltar la
ayuda inestimable que hemos encontrado en los servicios de la Cámara,
principalmente en los de biblioteca y documentación. Sin ellos, hubiera
sido imposible presentarles este trabajo y quiero manifestarles desde
aquí mi agradecimiento por su disponibilidad y mi admiración por su
extraordinaria eficacia.

Enmeraré a continuación brevemente alguno de los detalles de los
artículos que se proponen, aunque no dispongo de mucho tiempo. Ustedes ya
disponen en el Boletín de la Cámara de la redacción exacta de toda la
ratificación.

Como es de suponer, ni la parte primera ni la cuarta ni la quinta exigen
ninguna ratificación concreta.

El artículo 7, que se refiere a principios generales, es aceptado.

En el artículo 8 se garantiza el uso de la lengua en los distintos
niveles de enseñanza. Esto ya está garantizado por los Estatutos de
Autonomía, pero en la Carta de Europa se insiste también en que el Estado
debe asegurar la enseñanza de la historia y la cultura de las que las
lenguas son expresiones y, evidentemente, éste es un tema oportuno.

El artículo 9, que se refiere a la justicia, es muy importante, porque
las competencias del Estado son decisivas en estos aspectos y regula el
uso de las lenguas en los procedimientos civiles, penales y
administrativos.

El artículo 10 se refiere a la utilización de las lenguas en los
servicios públicos y en relación con las autoridades administrativas,
derecho que no puede ser regulado por las Comunidades Autónomas.

El artículo 11 se refiere a los medios de comunicación. Es evidente que
la mayoría de las Comunidades Autónomas poseen estos medios con lengua
propia, pero es importante el compromiso del Estado de garantizar la
libertad de recepción directa de las emisiones de radio y televisión
entre países y comunidades con distinta o semejante lengua, sin más
límites que la seguridad pública y la prevención de la delincuencia.

El artículo 12, actividades y servicios culturales, compromete al Estado
a asegurar la presencia de las lenguas minoritarias en la política
cultural del Estado en el exterior.

El artículo 13, de la vida económica y social, es un ejemplo muy claro de
cómo, sin ninguna medida coercitiva, simplemente prohibiendo prohibir,
puede influirse de una manera eficaz y sin crear conflicto en sectores
estratégicos de la actividad privada.

El artículo 14, de los intercambios transfronterizos, compromete al
Estado a establecer y aplicar acuerdos bilaterales o multilaterales para
favorecer los intercambios culturales y educativos entre Comunidades de
diferentes Estados que hablen la misma o semejante lengua.




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Como comprobarán su señorías, muchos de los compromisos que contiene la
Carta están garantizados por nuestro ordenamiento jurídico, pero otros
muy interesantes no lo están aún. Sobre todo, ratificar esta Carta es un
paso más para explicitar nuestro compromiso constitucional con las
lenguas de España, con el Estado de las Autonomías.

La Carta no es una panacea, pero sí es un buen instrumento para terminar
con la falsa idea de la guerra de las lenguas y hacer posible una
convivencia justa y creativa entre todas ellas. Es, asimismo, una
excelente oportunidad de mostrar a los Estados del Consejo de Europa los
avances que en España han realizado los gobiernos democráticos en materia
de derechos lingüísticos. Esto será, sin duda, un acicate y un ejemplo
para países menos avanzados que el nuestro y contribuiremos con ello a la
construcción de una Europa más rica culturalmente y también más
democrática.

Esta fue una opinión conjunta de todos los grupos parlamentarios en el
debate que se celebró en mayo de 1995 y espero que esta unanimidad se
mantenga hoy y permita que todos apoyemos esta moción.

Muchas gracias. (Aplausos.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senadora Virgili.

A esta moción se ha presentado una enmienda, en primer momento, por parte
del Grupo Popular. También hay una propuesta de modificación firmada por
todos los grupos.

Pregunto al portavoz del Grupo Popular de qué manera quiere sustanciar su
posicionamiento.

Tiene la palabra el Senador González Pons.




El señor GONZALEZ PONS: Gracias, señor Presidente.

Sumándonos a la última referencia de la Senadora Virgili respecto de la
unanimidad, puesto que suscribimos esa enmienda transaccional,
consideramos innecesario hacer turno de defensa de nuestra enmienda.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Señoría.

Pasamos, por tanto, a turno de portavoces.

Por el Grupo Mixto, tiene la palabra la Senadora De Boneta y Piedra.




La señora DE BONETA Y PIEDRA: Gracias, señor Presidente.

Señorías, presentada esta moción por la Senadora Virgili en toda su
extensión, ya que incluso nos ha dado a conocer y reconocer la génesis de
la Carta a la que hace referencia así como las distintas partes, creo que
deberíamos comenzar en este momento diciendo que bien está lo que bien
acaba, porque ciertamente en mayo de 1995 esta Cámara aprobó ya una
moción, a instancias del Senador Bolinaga, que instaba al Gobierno a la
ratificación de esta Carta Europea, como también ha comentado la Senadora
Virgili. Hubo unanimidad entonces y, como bien ha explicado la señora
Senadora, el Gobierno entendió que, en aquel momento, no era urgente. Han
pasado tres años y ahora se reconoce no sólo la existencia de una
iniciativa hoy aquí, sino que hubo una iniciativa anterior que fue
apoyada en su momento.

La parte tercera de la Carta se concreta en los artículos 8 a 14, como
también se ha señalado, en los cuales estamos pidiendo, estamos
exigiendo, estamos instando al Gobierno del Estado a que se adhiera,
puesto que en esta Carta se contemplan una serie de opciones. Teniendo en
cuenta la situación lingüística de las lenguas minoritarias en los
distintos Estados, éstos pueden adoptar una u otra decisión o unas u
otras opciones en estos artículo 8 a 14, que, como bien se ha dicho,
expresan las medidas que para fomentar el empleo de las lenguas
regionales o minoritarias en la vida pública deben adoptarse en los
Estados firmantes.

En la enseñanza ya se han señalado las opciones a las que nos adherimos
en preescolar, en primaria, en secundaria, en profesional, en la
universitaria y en la enseñanza de adultos, opciones que no creo
necesario reiterar.

Lo referente a justicia se recoge en el artículo 9. Yo creo que es
importante insistir en que firmar esta Carta significa poder comparecer,
testificar y aportar pruebas ante los tribunales, entre otras cuestiones,
en los idiomas reconocidos como lenguas propias en las nacionalidades y
regiones del Estado; hacer valer cualquier documento e incluso hacer que
los textos legislativos importantes sean traducidos a las lenguas
minoritarias y lo mismo en los servicios públicos y en cuanto a las
autoridades administrativas (artículo 10) o en los medios de
comunicación.

Yo estimo que este último asunto es muy importante --viene recogido en el
artículo 11-- porque se refiere al fomento y la existencia de una emisora
de radio y de un canal de televisión, la formación de periodistas en las
lenguas propias de las distintas nacionalidades y, sobre todo, plantea la
libertad de recepción directa de las emisoras de radio y televisión en
los países vecinos con una lengua idéntica o parecida a la lengua
regional o minoritaria, así como el compromiso de no oponerse a la
transmisión en idénticas condiciones al país vecino de las emisiones que
se produzcan en el país que tiene la misma lengua o parecida.

Yo pienso que también es importante el planteamiento que se hace en
materia cultural en edición, en traducción, en doblaje, en financiación
de servicios de traducción y de investigación terminológica, artículo 12,
y lo relativo a la vida económica y social, que viene reflejado en el
artículo 13.

El artículo 14 es importante, al menos para la lengua vasca, ya que, como
todos saben, se habla en el conjunto de Euskalherria, que está enclavada
en una zona transfronterizo, y se habla en parte del Estado español y en
parte del Estado francés, y es importante porque se incita a aplicar esos
acuerdos bilaterales y multilaterales que vinculan a los Estados en que
se habla la misma lengua de manera idéntica o parecida, y todo ello en
beneficio de las lenguas regionales o minoritarias. También se pretende
facilitar y promover la cooperación a través de las fronteras, tal como



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indica el punto b del artículo 14, que no creo necesario leer en su
totalidad, puesto que todos ustedes disponen de estos artículos.

Yo quisiera hacer referencia a una cuestión que a mí me parece importante
y vital para este acuerdo al que felizmente hemos llegado con esta
enmienda transaccional, que insta al Gobierno a que respetando las
competencias de las Comunidades Autónomas en materia de lengua propia,
ratifique la Carta Europea de las lenguas regionales o minoritarias,
hechas en Estrasburgo, etcétera.

Es necesario manifestar desde esta tribuna --así se lo pido al resto de
los grupos parlamentarios-- que todo lo que hemos precisado y el trabajo
que se ha planteado por la Senadora Virgili, en nombre del Grupo
Parlamentario Socialista, en relación a los puntos concretos de la Carta,
se hará por parte del Estado español sin plantear ninguna de las reservas
establecidas en el artículo 7, número 2 a 5, que de acuerdo con el
artículo 21 de la misma Carta podrían ser planteadas por los Estados
firmantes de la ratificación, aceptación, aprobación o adhesión de la
misma.

Nosotros decimos que ninguno de estos puntos 2, 3, 4 ó 5 deben ser
tenidos en cuenta por parte del Estado español y en este sentido
ofrecemos nuestro voto favorable, puesto que la firma de la Carta
quedaría en papel mojado si después de aprobarla se pudieran manifestar
algunas de las reservas planteadas --como digo-- en el artículo 7, número
2, 3, 4 y 5.

Por lo tanto, yo, como miembro del Grupo Parlamentario Mixto, quiero que
nos felicitemos por esta unanimidad en bien de estas lenguas regionales o
minoritarias que son patrimonio cultural de toda la humanidad, y no
solamente de los países que tienen la satisfacción de poderlas utilizar y
tenerlas como propias y que las tienen legalizadas dentro del
ordenamiento jurídico, como es en el caso de las que se citan como
reconocidas en los Estatutos de Autonomía. También quiero decir que el
sentido de esta aprobación viene directamente relacionado con que no se
hayan planteado las reservas establecidas en el artículo 7, al que he
hecho referencia.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, señoría.

Por el Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, tiene la
palabra el Senador Bolinaga Bengoa.




El señor BOLINAGA BENGOA: Muchas gracias, señor Presidente.

Antes de nada debo reconocer toda la sensibilidad, carga emotiva de buena
voluntad y eficaz entrega de la Senadora Virgili en referencia al tema de
hoy.

También debo expresarle mi agradecimiento personal y mi felicitación, así
como la de los de mi Grupo, por su exposición y su atenta referencia a
nuestras iniciativas parlamentarias del 7 de marzo y 10 de mayo de 1995,
respectivamente, referentes ambas al objetivo sustancial de esta moción
de hoy que no es otro que instar al Gobierno a la ratificación de la
Carta Europea de las Lenguas Regionales y Minoritarias, aprobada
unánimemente en su día por la Asamblea parlamentaria del Consejo de
Europa, de la que este Senador se honra en ser miembro.

Como no puede ser de otra manera, acogemos con agrado el significado
mismo de esta iniciativa, aunque a decir verdad no exentos de
preocupación por ciertos conceptos que se esgrimen en la exposición de
motivos, más que nada por el momento de su presentación, según
intentaremos explicarnos sin más razón que la que pueda derivarse de la
honestidad parlamentaria.

Acogemos con agrado esta moción porque nuestro interés y sentimiento, así
como los motivos sustanciados en el mensaje de ayer, siguen siendo hoy
aquellos mismos que están registrados en los respectivos «Diarios de
Sesiones», a cuyos contenidos en su integridad nos remitimos, siendo,
evidentemente, circunstancia que nos dispensa de reiterar hoy los mismos
argumentos e idénticas razones que expusimos paladinamente en el
transcurso de aquellos debates. Por tanto, ni que decir tiene, señorías,
que nuestro Grupo ha de apoyar --y ha de hacerlo con fervor-- el objetivo
final de la presente moción, incluyendo la enmienda transada, si bien, a
nuestro juicio, esta moción nos vuelve a llegar al Senado, a este foro,
con cierta pérdida del vigor de la oportunidad del momento y de la
eficacia que le fue exigible en una situación de especial compromiso para
fijar, ante el Consejo de Europa y sus países componentes, una muy
deseable y muy aconsejada pauta de comportamiento.

Este último criterio es el que nos obliga a introducirnos en el capítulo
de nuestras preocupaciones, que emanan ciertamente desde una percepción
personal pero también desde una perspectiva parlamentaria que no puede
obviarse.

Preocupación, señorías, por el hecho de que el Gobierno que había en
aquellas fechas no convirtiera en realidad el mandato imperativo de esta
Cámara, en clara disconformidad con lo acordado mayoritariamente a través
de la aprobación de nuestra moción de 10 de mayo de 1995, por la que
debía ratificar la Carta Europea de Lenguas en su total y más positiva
integridad.

Preocupación también por la actitud, negativa en la práctica, de un
Gobierno democrático, que no me atrevo a clasificar en el marco de la
mala voluntad, pero sí, de algún modo, en el de la desidia o la
negligencia y, sobre todo, en el marco de una falta muy grave de respeto
a una debatida y solemne decisión de este Senado. Esta actitud negativa
nos llevó y nos lleva a preguntarnos para qué sirve este Senado y para
qué servimos los Senadores, más todo el trabajo y coste económico que
conlleva esta institución, si un Gobierno democrático hace tabla rasa de
sus decisiones democráticamente acordadas por mayoría.

Preocupación, cómo no, cuando en la exposición de motivos de esta moción
socialista se ofrece una tentativa, a nuestro entender nada lógica y nada
convincente, para justificar, también a nuestro entender, lo
injustificable de la actitud que denunciamos, manifestando que, a decir
del Gobierno socialista, entonces no era urgente la ratificación porque
la Carta no estaba aún en vigor, siendo así que el argumento básico y
fundamental de aquella decisión parlamentaria se sustentaba precisamente
en la urgencia de la ratificación a fin de impeler la entrada en vigor de
la Carta,



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para lo que se precisaba además de las dos ratificaciones ya existentes,
tres ratificaciones más para completar el total de las cinco exigidas
para su entrada en vigor.

Preocupación, asimismo, cuando se nos dice que no parecía prudente que
España asumiera entonces el compromiso de la ratificación, cuando en
realidad el «status» lingüístico y demás derechos inherentes en el Estado
eran y son hoy cualificadamente superiores a las condiciones que pregona
y asume la Carta Europea que, dado su carácter de convenio internacional,
se atiene a factores mínimos de aceptación de compromiso y de aplicación
práctica.

Preocupación cuando se nos requiere diciendo que ya es hora de que el
Gobierno del Estado asuma un compromiso activo con la ratificación, como
si en aquel entonces no lo fuera, cuando la hora propiamente dicha,
señorías, no ha dejado de sonar desde la ya lejana fecha del 5 de
noviembre de 1992, data en que quedó abierta para firme ratificación la
tantas veces repetida Carta y, por añadidura, resonó su hora con intensa
repercusión en esta misma Cámara el 7 de marzo y el 10 de mayo de 1995,
sin que fuera escuchada por el Gobierno de entonces.

También supone una preocupación, señorías, cuando se nos alega como causa
la disolución de las Cámaras a finales de 1995, que en realidad fue a
principios de 1996, siendo así que dicha disolución no creó obstáculos
para ratificar el Convenio Marco de protección de las minorías, gestado
el 1 de febrero de 1995 y aprobado en este Senado el 14 de junio de 1995,
que son fechas significativamente posteriores a los documentos anteriores
expresados; documentos ambos que no se entienden, por añadidura, el uno
sin el otro. Ante esta diferencia en el tratamiento y solución de dos
temas afines, uno se pregunta por qué, y la verdad es que no encuentra
una sola respuesta válida.

Preocupación, señorías, porque en definitiva una actitud tan
incomprensible para nosotros y para este Senador nos ha hecho reiterar
hoy un planteamiento análogo y un debate de similares características,
que en nada o en muy poco enriquecen el curso parlamentario de este
Senado, dejando a salvo, eso sí, cómo no, la buena intención final
descrita en la moción. En pocas palabras, señor Presidente, señorías, que
el Gobierno y los proponentes socialistas de esta moción tuvieron en sus
manos, servida en bandeja, la posibilidad de ratificar, en su momento más
oportuno y urgente, la Carta Europea de las Lenguas Regionales o
Minoritarias, desaprovechándola, lamentablemente a nuestro entender, y
sin necesidad de crear hoy, a estas fechas, esta nueva situación, siempre
incierta y arriesgada, en que la moción propuesta por los señores
socialistas pueda ser aprobada o no por esta Cámara, aunque sí va a serlo
gracias a la enmienda que ha sido transaccionada por todos los grupos de
esta Cámara.

Para terminar, señor Presidente, señorías, reiteramos nuestro anunciado
voto favorable a la moción, que remeda en sustancia la nuestra citada, de
fecha 10 de mayo de 1995, la cual, señorías, fue honrada con el voto
mayoritario de esta Cámara y, en concreto, por el Grupo Socialista. Es un
dato a tener muy en cuenta y digno de ser agradecido.

El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Señoría, vaya concluyendo.




El señor BOLINAGA BENGOA: Termino, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias.




El señor BOLINAGA BENGOA: Nuestro voto va a tener un carácter netamente
positivo, por pura coherencia con nuestras actuaciones, y porque sigue
viva en nosotros la misma fortaleza de sentimientos e intenciones de
siempre sobre el particular, además de toda una larga serie de otras
razones íntimas o públicas que son sobradamente conocidas, y también, por
qué no decirlo, debidamente respetadas por todas sus señorías presentes
en esta Cámara.

En todo caso, señor Presidente, señorías --y doy por finalizada mi
intervención--, apoyamos el texto de la moción, pero siempre dejando
constancia firme de que no admitiremos merma alguna del «status»
lingüístico actualmente existente en cada Comunidad Autónoma y muy
concretamente en Euskadi.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Bolinaga.

Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió,
tiene la palabra el Senador Varela i Serra.




El señor VARELA I SERRA: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, en nombre de nuestro grupo también aplaudimos y agradecemos la
iniciativa de la Senadora Virgili, que ha explicado con toda
exhaustividad. Nuestro grupo no puede hacer otra cosa que estar
totalmente de acuerdo con lo que se nos propone y hago mías todas las
palabras que en su día, en el año 1995, dijo el Senador Vallvé, nuestro
antecesor en esta Cámara, en defensa de esta moción que hoy vamos a
aprobar. Por tanto, le felicito por esta iniciativa que esperemos que con
el apoyo de todos los grupos parlamentarios pueda prosperar.

También hago mías las preocupaciones del señor Bolinaga. Realmente no
entendemos cómo una propuesta que se aprobó por unanimidad en el Senado
en el año 1995 no fue ratificada por el Gobierno. La Senadora Virgili ha
dicho que ahora entrará en vigor, pero si hubiera sido ratificada por el
Gobierno de entonces lo hubiera hecho antes. Si España la hubiera
ratificado en 1995, en 1996 en Europa ya hubieran figurado los cinco
países que se requerían para que se aprobara. Por tanto, este retraso del
anterior Gobierno ha motivado la entrada en vigor de la Carta que hoy
aprobaremos con un par de años de retraso. Más que mirar hacia atrás hay
que mirar hacia adelante y mostrar nuestra preocupación para que no
vuelva a ocurrir lo mismo; es decir, que un acuerdo del Senado quede en
papel mojado. Fue frustrante que esta iniciativa quedase en papel mojado
en el año 1995 y deseamos que esto no vuelva a suceder en



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el año 1998, lo cual encarecemos vivamente al Grupo Parlamentario
Popular.

Ayer en la Comisión de Cultura no me costó reconocer, y lo hice con
satisfacción, que con este Gobierno en el Instituto Cervantes había mucha
más sensibilidad hacia las clases de catalán en el extranjero que con el
Gobierno anterior y me gustará reconocer en el futuro que en este punto
concreto también hay más sensibilidad práctica, no teórica, en esta
cuestión.

Por tanto, aplaudimos la iniciativa, mostramos nuestra preocupación, y
esperamos que no quede en papel mojado.

Aparte de la iniciativa del señor Vallvé, que he mencionado antes porque
siempre estamos para dar apoyo a estas cuestiones, en esta legislatura
nuestro Grupo presentó en la Comisión de Cultura una pregunta al Gobierno
sobre esta misma cuestión, concretamente en abril de 1997, con el fin de
saber cuándo se produciría la ratificación de esta Carta. Es decir,
nuestro Grupo siente vivamente esta preocupación por la no ratificación
por el Estado español de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o
Minoritarias y, por eso, nos place que hoy demos este paso adelante.

Cuando preguntaba qué pasaba con esta ratificación, aludí a unas palabras
de Su Majestad el Rey en el acto de la entrega del Premio Cervantes,
cuando decía: la lengua es también, y aun diría que en primer término,
una realidad social y un patrimonio cultural, constantemente enriquecida
por las aportaciones de cuantos la hablan, quienes, a su vez, reciben de
ella el don más precioso, el de ampliar ilimitadamente nuestro horizonte
vital y la capacidad de expresarlo.

La lengua es algo muy importante para nuestra identidad. Así, suscribo la
alusión que ha hecho la Senadora Virgili sobre que la ratificación por
parte del Gobierno del Estado de esta Carta sería una magnífica noticia
coincidente con la conmemoración del aniversario de los Derechos Humanos,
porque no hay nada más intrínsecamente humano que la propia lengua y el
derecho a poder hablarla.

Hoy se da un gran paso si otra vez aprobamos esta iniciativa, que será
más firme cuando se lleve a cabo la ratificación. También suscribo --y
aprovecho mi intervención para insistir a todos los líderes políticos que
estamos aquí en que creamos opinión-- que, como ha dicho la Senadora
Virgili, lo que se expresa en la Carta, afortunadamente, ya está
legalmente reconocido en el Estado español y para Europa somos un ejemplo
de respeto a las minorías lingüísticas.

En cuanto al listado que se adjunta a la Carta, la Senadora Virgili ha
dicho que es una especie de recordatorio de lo que se puede y se debe
hacer por parte de los respectivos gobernantes, un aspecto para mí muy
importante de lo que hoy aprobaremos. No sólo es importante el marco,
sino también el listado de acciones concretas que se deben llevar a cabo
para proteger y fomentar las lenguas, y, como ella también ha dicho, para
acabar con la guerra de las lenguas, para acabar con la confrontación y
buscar siempre caminos de colaboración, porque todos los gobernantes y
todos los políticos tenemos la obligación de hacer comprender a todos los
pueblos de España que se usan las lenguas no con ánimo de fastidiar o
para crear polémicas, sino porque se han aprendido con la misma
naturalidad con que se aprende a conocer el color del cielo o los sonidos
de los pájaros; con esa misma naturalidad hemos aprendido las lenguas y,
por eso, las debemos respetar y proteger. Por eso también me parece muy
importante que se recuerde este listado y que se lleve a la práctica por
parte de los diferentes responsables políticos.

Por tanto, pienso que, en principio, hemos de ser optimistas, que este
segundo paso no será en balde, que el Gobierno Popular tendrá mayor
sensibilidad que el Gobierno anterior y que en este año 1998,
conmemorativo de los Derechos Humanos, podríamos tener --repito-- esta
magnífica noticia de la ratificación de esta Carta, lo que sería
extraordinario.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Varela.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el Senador don
Lluís Armet.




El señor ARMET I COMA: Señor Presidente, señoras y señores Senadores,
subo a esta tribuna con una gran emoción, entusiasmo y sentimiento de
unanimidad ante un tema para el que ha costado mucho conseguirla, porque,
sí, se habló en esta Cámara del tema de la Carta, pero no se llegó a una
resolución por unanimidad. Y en nuestro país, los temas importantes, los
temas institucionales, de gran sensibilidad, de calado profundo en cuanto
a emotividad, avanzan si existe un acuerdo, el más unánime posible; en
este caso, unanimidad de toda la Cámara. Y es así cuando realmente los
pasos son seguros, firmes y crean situaciones de futuro y circunstancias
positivas para todos. Dicho de otra forma, el Senado es Cámara de
control, pero debe ser también Cámara de impulso al Gobierno para que
haya determinadas actuaciones. En este caso, el impulso es colectivo,
toda la Cámara, de forma unánime, da al Gobierno las orientaciones
precisas.

No es una moción en la que se expresan voluntades genéricas, sino
voluntades específicas, y aquí viene la distinción en relación al tema
que se abordó en su momento en esta Cámara. Existe un trabajo de una
Senadora, que ha hecho una exposición exhaustiva de todo el proceso, que,
con un equipo de trabajo, durante meses va estableciendo el análisis
profundo de toda la legislación, empezando por la Constitución y
continuando con los Estatutos y con la desarrollada por cada Comunidad
Autónoma, para ver a qué podíamos acogernos. Cuál fue nuestra gran
sorpresa al ver que en nuestro país hemos evolucionado muy positivamente,
que estamos como país de cabecera, muy avanzado. Curiosamente, algunos
aspectos de la Carta Europea --lo digo por alguna intervención que ha
habido-- no estaban recogidos en nuestras disposiciones porque se
refieren a la relación transfronteriza cuando existe una lengua común,
especialmente en los temas de medios de comunicación, lo que abre unas
perspectivas muy positivas de cara al futuro. El amparo europeo a las
lenguas minoritarias establecerá algún aspecto de impulso adicional al
desarrollo que ha hecho nuestro país en la Constitución, en los Estatutos
y en las leyes de desarrollo.




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Los temas que quedan pendientes de lenguas minoritarias, al no existir
regulación específica que las impulse y las sitúe como tales, no los
desarrollamos en esta moción, y creo que esto es importantísimo porque,
por primera vez, el tema de la lengua no lo tratamos desde la perspectiva
nominalista, sino desde la perspectiva de reconocimiento jurídico, que es
la orientación más inteligente, y superando cualquier tipo de
hipersensibilidad, malos entendidos o planteamientos indocumentados desde
el punto de vista cultural o científico, como hemos oído en esta Cámara.

Me gustaría mostrar mi satisfacción y recordar las responsabilidades de
cada uno. Nuestro Grupo Parlamentario ha seguido este tema desde el
primer momento. El Senador don Alexandre Cirici i Pellicer y el Diputado
don Lluís María de Puig estuvieron permanentemente en el Consejo de
Europa luchando por esta Carta, porque sabían que era un tema importante,
que sólo con tesón, con capacidad de iniciativa y de trabajo, y desde la
perspectiva de la sensibilidad de las lenguas en Europa, podía abordarse
con toda su extensión. Después de largos años se obtienen resultados y
los Gobiernos lo han de ratificar. El Gobierno socialista dijo que lo
haría, por una razón muy sencilla, porque estaban pendientes recursos del
Tribunal Constitucional. Nosotros empezamos a trabajar en ese tema hace
un año, todo el mundo podía trabajar en él. En este caso sé que ha habido
preocupación, se han presentado preguntas, ha habido impulso y se ha
trabajado para señalar cuáles son los aspectos que hay que potenciar o
qué apartados en concreto debe ratificar el propio Gobierno.

No diré que por primera vez, pero sí que en pocas ocasiones se verá una
moción que insta al Gobierno a una actitud y le indica el carácter de
dicha actitud --lógicamente, desde un punto de vista indicativo--, porque
detrás de este análisis hay un trabajo y un estudio en profundidad que
puede avalar esta alternativa.

Me gustaría decir con cierta rotundidad y satisfacción que el que se haya
planteado esta Cámara con el carácter de territorial debe servir
precisamente para encontrar puntos comunes de desarrollo de la diversidad
territorial de España, en este caso de la diversidad de lenguas de
España, teniendo claramente el imperativo constitucional como elemento de
orientación central, porque tenemos una Constitución que ampara las
distintas lenguas que hay en todo el Estado español, y tenemos la
obligación de defenderlas, de impulsarlas y de estimularlas, y no desde
cada una de las Comunidades Autónomas, sino desde el conjunto, lo cual
quiere decir que cuando nos situamos en esta lógica, estamos dando a
nuestra Cámara el pleno sentido de representación territorial, en este
caso, señores Senadores, Cámara de sensibilidad territorial en el más
hondo aprecio por lo que representan las lenguas en España.

Para acabar, quiero mostrar muy sintéticamente nuestra satisfacción por
la unanimidad, satisfacción porque esto significa impulso y obligación al
Gobierno en cuanto a la ratificación, y decir que estamos convencidos de
que esta moción impulsará al Gobierno a hacer lo que deba hacer. Estamos
interesados por los planteamientos adicionales y por las críticas que se
hayan podido introducir aquí y quiero decir, modestamente, que este tema
lo hemos trabajado en profundidad. Y también quiero mostrar mi
satisfacción porque el triunfo no es de nadie, es de todos, es de esta
Cámara y, que en última instancia, la política no se acaba con controles,
con denuncias judiciales, con acosos y derribos, sino que empieza siempre
por saltos adelante, por voluntades de afirmación cualitativa, y hoy
hemos hecho uso de ello.

Gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Armet.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Senador González
Pons.




El señor GONZALEZ PONS: Muchas gracias, señor Presidente.

Señoras y señores Senadores, quisiera empezar, en primer lugar,
felicitándonos por el tono constructivo e ilusionado del debate y, sobre
todo, por el consenso que hemos alcanzado. Es cierto que ésta es una
iniciativa que lleva trabajándose en esta Cámara mucho tiempo, años, pero
también lo es que nunca como ahora una iniciativa a este respecto ha
gozado de un consenso tan amplio.

Esto demuestra, señorías, dos cosas, primera, que, a veces, el transcurso
del tiempo sirve para clarificar los espacios en los cuales se puede
alcanzar un acuerdo, que dejar transcurrir el tiempo y dejar reposar los
asuntos políticos muchas veces facilita la consecución de lugares de
encuentro; y segunda, que cuando hay voluntad de acuerdo político tarde o
temprano el acuerdo político termina por llegar.

En el debate que se produjo en la pasada legislatura se dejó sentado, en
reiteradas ocasiones, por unas partes y por otras, la posibilidad de que
la voluntad de acuerdo político no existiera. Hoy podemos decir con
satisfacción, con tranquilidad y con alegría que aquella voluntad de
acuerdo político era real porque nos ha traído el consenso del que hoy
disfrutamos.

En aquel debate de la pasada legislatura, varias veces citado, decía el
Senador Agramunt Font de Mora que en política, a veces, lo bueno es no
obviar lo que es obvio para evitar malas interpretaciones. El texto que
hoy suscribimos todos los grupos políticos tiene, precisamente, aquella
virtud que reclamaba el Senador Agramunt: no obvia lo obvio y es
satisfactorio, por eso, para todos, porque es un texto que no permite las
malas interpretaciones.

Me parece obligado mencionar que el consenso que hemos alcanzado lo hemos
logrado gracias al trabajo individual y de grupo. Por ello, voy a hacer
tres reconocimientos circunscritos al ámbito interno de esta Cámara. En
primer lugar, es necesario mencionar en esta intervención al Senador
Bolinaga. Su trabajo a lo largo de los años relacionado con esta
ratificación tiene muchísimo que ver con el resultado finalmente
obtenido. Estoy de acuerdo, Senador Bolinaga, en que la moción que fue
aprobada la pasada Legislatura debía haber producido su efecto. Se lo
digo yo que pertenezco al Grupo parlamentario que en la pasada
legislatura se abstuvo. Sin embargo, me alegro de que no produjera su
efecto y de que lo pueda producir hoy esta moción



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que nos incuye y nos representa a todos. Vaya por delante nuestro
reconocimiento a su tarea.

Quiero mostrar mi reconocimiento también al Grupo Parlamentario Popular,
cuya enmienda de la pasada Legislatura nos ha permitido hoy encontrar un
punto de diálogo, de consenso, y elaborar un texto que en este momento ya
es de todos.

Por último, permítanme que haga una referencia específica a la Senadora
Virgili. Lleva meses trabajando en este asunto. Lleva meses tejiendo el
consenso que hoy se ha logrado. Me consta. Lo sé. Quiero poner de
manifiesto que mi Grupo Parlamentario reconoce que la Senadora Virgili
tiene mucho que ver en lo que hoy estamos logrando.

Señorías, se ha dicho ya casi todo respecto de esta ratificación. Me
queda muy poco que añadir. Diré simplemente, aunque pueda sorprender, que
la ratificación por España de la Carta Europea es muy importante, pese a
que no añade prácticamente nada nuevo a la protección de la que gozan las
llamadas lenguas minoritarias en nuestro país. No añade prácticamente
nada nuevo, primero, porque no hay protección mayor que la que otorgan la
Constitución y los distintos estatutos de autonomía, normas de
autogobierno democráticamente elaboradas por el pueblo español; y,
segundo, porque yo creo que las lenguas estatutarias no son propiamente
lenguas minoritarias y no deberíamos darles ese tratamiento. Señorías,
son lenguas cooficiales en sus Comunidades Autónomas, y son lenguas
respecto de las que todos tenemos la aspiración de que sean equivalentes
al castellano, cuando menos, en el ámbito de sus Comunidades Autónomas.

Digo que prácticamente no añade nada nuevo en cuanto se refiere a la
protección de nuestro patrimonio lingüístico, y que, sin embargo,
constituye un acuerdo importante. ¿Por qué es un acuerdo importante? Por
dos motivos. Primero, porque coloca a España a la cabeza de los Estados
europeos que defienden las culturas y las lenguas minoritarias. En los
últimos veinte años nosotros hemos hecho un esfuerzo muy grande de
comprensión, de respeto e integración, y ya va siendo hora de que todos
los tratados y acuerdos internacionales que pretendan fomentar aquellos
valores que nosotros hemos construido y que hemos permitido que estén
vigentes en nuestra sociedad tengan a España por primer país firmante y
tengan a España por Estado dispuesto a dejar patente su ejemplo y a
prestar su colaboración a cualquier otro Estado que pueda necesitarlos.

Pero también digo que es un acuerdo importante y trascendente --pese a
que no añade gran cosa a la protección de que disfruta nuestro patrimonio
lingüístico-- porque este acuerdo de hoy, que obliga al Gobierno a
ratificar una Carta de protección de lenguas minoritarias, nos permite
que el Estado español, que el Estado que representa a todos los
españoles, tenga un gesto realmente comprometido con unas lenguas que,
con demasiada frecuencia, se tienen como «cosa de las Autonomías», se
tienen como patrimonio de algunos pocos que las disfrutan en las
Comunidades Autónomas, obviándose con demasiada frecuencia que son «cosa»
de todos.

Hoy, pidiéndole al Estado español que ratifique una Carta internacional
de protección de las lenguas minoritarias, incluidas las lenguas que
pudieran ser minoritarias en el ámbito de España, le estamos diciendo al
Gobierno que todas las lenguas que se hablan en España merecen la
atención y el cuidado no sólo de las Comunidades Autónomas, sino también
del Estado español, porque todas las lenguas forman parte del patrimonio
cultural español y ninguna de ellas admite la amnesia del Estado, ninguna
admite la amnesia del todo respecto de la parte.

Señorías, la comunicación constituye el primer derecho social del ser
humano. El ser humano, para poder socializarse necesita, en primer lugar,
comunicarse; y para poder comunicarse necesita pactar un sistema de
signos, necesita pactar una lengua. No existe pacto, no existe
entendimiento entre dos personas que no parta de un acuerdo previo
respecto de los signos que serán utilizados para comprenderse. Por eso,
en la raíz del contrato social que sustenta toda sociedad democrática
existe siempre un acuerdo anterior, un acuerdo que crea una lengua común
que permite el diálogo suficiente entre los seres humanos para poder
acordar ese contrato social constitutivo de una comunidad.

Es esto lo que hace a las lenguas tan importantes para los pueblos: el
ser elementos constitutivos de la propia naturaleza de las comunidades
humanas. Esta constatación, sin embargo, ha llevado históricamente a dos
tipos de errores fatales. El primero, y lo tenemos bien reciente y en
nuestro propio Continente, a la identificación exclusiva de un pueblo con
una comunidad de hablantes con exclusión de cualquier hablante de otra
lengua distinta de la que configura ese pueblo. El segundo, a la
tentación de utilizar el idioma como instrumento de dominación, como
instrumento de poder de otros pueblos menores, de otros pueblos más
débiles o de otros pueblos simplemente sometidos.

En España, más que menos, hemos pasado por ambas situaciones, pero
podemos decir con satisfacción que las hemos superado. Sin embargo, fruto
de nuestra experiencia histórica, todavía es frecuente sentir que alguien
piensa que porque se permite la reutilización de las lenguas españolas
históricas se está perdiendo poder por alguna parte del territorio;
todavía es frecuente sentir que algún grupo minoritario tiene la
tentación de subvertir el dominio lingüístico imponiendo otra dictadura
de signo distinto pero tan excluyente hacia los usuarios de una lengua
como pudo ser otra anterior.

Por eso, es importante reforzar la idea de que todas las lenguas que se
hablan en España son patrimonio de España, son cosa del Estado español.

Eso es lo que hace que hoy le pidamos al Gobierno que, en defensa de las
lenguas que se hablan en nuestra patria, ratifique una Carta de defensa
de culturas y lenguas minoritarias.

Voy terminando, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Debería hacerlo cuanto antes,
señoría.




El señor GONZALEZ PONS: Sí, señor Presidente.

Si me permite la intimidad, les diré que mis abuelos sólo hablaban
valenciano. Se conocieron y se enamoraron en valenciano; se casaron en
valenciano; trabajaron en valenciano,



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y en valenciano desarrollaron toda su vida. Mis padres, también. Pero a
mí, en el colegio, no sólo no me enseñaron el valenciano, sino que
fomentaron la burla respecto de los compañeros que lo hablaban.

Sin embargo, el paso que ha dado España en estos últimos veinte años hará
que mis hijos entiendan a mis abuelos, pero también me entiendan a mí.

Muchas gracias. (Aplausos desde los escaños del Grupo Parlamentario
Popular.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, señor Senador.

Propongo a sus señorías que se apruebe por asentimiento el texto de la
moción, incluida, como es lógico, la propuesta de modificación presentada
por todos lo grupos. (Pausa.)
Así queda aprobada. Muchas gracias. (El señor Vicepresidente, Aguilar
Belda, ocupa la Presidencia.)



CONOCIMIENTO POR EL PLENO DE TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
REMITIDOS POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.




--PROTOCOLO DEL ACUERDO DE COLABORACION Y COOPERACION POR EL QUE SE
ESTABLECE UNA COLABORACION ENTRE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Y SUS ESTADOS
MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y LA FEDERACION DE RUSIA, POR OTRA, HECHO EN
BRUSELAS EL 21 DE MAYO DE 1997 (S. 610/000149) (C. D. 110/000149).




El señor VICEPRESIDENTE (Aguilar Belda): Pasamos al punto tercero del
orden del día: Conocimiento por el Pleno de tratados y convenios
internacionales remitidos por el Congreso de los Diputados.

En primer lugar, Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación por
el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus
Estados miembros, por una parte, y la Federación de Rusia, por otra,
hecho en Bruselas el 21 de mayo de 1997. Se tramita por el procedimiento
de urgencia. Se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes
Generales, Senado, Serie IV, número 149, de fecha 6 de marzo de 1998.

No se han presentado propuestas en relación con este Protocolo.

¿Turno a favor? (Pausa.)
¿Turno en contra? (Pausa.)
¿Turno de portavoces? (Pausa.)
¿Se puede aprobar por asentimiento? (Pausa.)
Así se aprueba.




--PROTOCOLO DEL ACUERDO DE COLABORACION Y COOPERACION POR EL QUE SE
ESTABLECE UNA COLABORACION ENTRE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Y SUS ESTADOS
MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y LA REPUBLICA DE MOLDOVA, POR OTRA, HECHO EN
BRUSELAS EL 15 DE MAYO DE 1997 (S. 610/000150) (C. D. 110/000150).




El señor VICEPRESIDENTE (Aguilar Belda): Protocolo del Acuerdo de
Colaboración y Cooperación por el que se establece una colaboración entre
las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la
República de Moldova, por otra, hecho en Bruselas el 15 de mayo de 1997.

Igualmente, se tramita por el procedimiento de urgencia. Ha sido
publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, Senado, Serie
IV, número 150, de fecha 6 de marzo de 1998.

Tampoco se han presentado propuestas en relación con este Protocolo.

¿Turno a favor? (Pausa.)
¿Turno en contra? (Pausa.)
¿Turno de portavoces? (Pausa.)
¿Se puede aprobar por asentimiento? (Pausa.)
Así se aprueba.




--PROTOCOLO DEL ACUERDO DE COLABORACION Y COOPERACION POR EL QUE SE
ESTABLECE UNA COLABORACION ENTRE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Y SUS ESTADOS
MIEMBROS, POR UNA PARTE, Y UCRANIA, POR OTRA, HECHO EN BRUSELAS EL 14 DE
ABRIL DE 1997 (S. 610/000151) (C. D. 110/000151).




El señor VICEPRESIDENTE (Aguilar Belda): Protocolo del Acuerdo de
Colaboración y Cooperación por el que se establece una colaboración entre
las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Ucrania
por otra, hecho en Bruselas el 14 de abril de 1997. Asimismo, se ha
tramitado por el procedimiento de urgencia. Ha sido publicado en el
Boletín Oficial de las Cortes Generales, Senado, Serie IV, número 151, de
fecha 6 de marzo de 1998.

En este caso, tampoco se han presentado propuestas.

¿Turno a favor? (Pausa.)
¿Turno en contra? (Pausa.)
¿Turno de portavoces? (Pausa.)
¿Se puede aprobar por asentimiento? (Pausa.)
Así se aprueba, y se autoriza en este acto a que el Gobierno pueda
prestar su consentimiento para obligarse por medio del Protocolo del
Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se establece una
colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por
una parte, y Ucrania, por otra, hecho en Bruselas el 14 de abril de 1997.




DICTAMENES DE COMISIONES SOBRE PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY REMITIDOS
POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS:



--DE LA COMISION DE ECONOMIA Y HACIENDA EN RELACION CON EL PROYECTO DE
LEY POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY



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37/1992, DE 28 DE DICIEMBRE, DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (S.

621/000072) (C. D. 121/000081).




El señor VICEPRESIDENTE (Aguilar Belda): Pasamos al punto cuarto del
orden de día: Dictámenes de Comisiones sobre proyectos y proposiciones de
ley remitidos por el Congreso de los Diputados.

Dictamen de la Comisión de Economía y Hacienda en relación con el
proyecto de ley por la que se modifica la Ley 37/1992, de 28 de
diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, procedente del Real
Decreto-ley 14/1977, de 29 de agosto. Se tramita por el procedimiento de
urgencia. Se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales,
Senado, Serie II, número 72, de fecha 23 de marzo de 1998.

Para la presentación del dictamen, tiene la palabra el Senador Soravilla,
Presidente de la Comisión.




El señor SORAVILLA FERNANDEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, en nombre de la Comisión de Economía y Hacienda, me cabe el
honor de presentar el proyecto de ley que se va a debatir a continuación,
por el que se modifica la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor
Añadido, procedente, como se ha dicho, del Real Decreto-ley 14/1997.

Dicho proyecto tuvo su entrada en esta Cámara el pasado 6 de marzo, y fue
enviado el mismo día por la Mesa del Senado a la Comisión de Economía y
Hacienda para su debate, con la aplicación del procedimiento de urgencia.

Este proyecto modifica esencialmente cuatro aspectos de la Ley. Por una
parte, aspectos de la telecomunicación sobre los criterios de
localización de los servicios, otros referidos al procedimiento especial
para la recuperación de este impuesto por los agentes de aduanas, previo
cumplimiento de determinados requisitos, y la modificación de las normas
de liquidación de algunas operaciones de abandono del régimen de depósito
distinto del aduanero, que se supone que facilitaría la aplicación del
impuesto y reduciría costes financieros.

Por último, propone la aplicación del tipo reducido al transporte de
viajeros, tanto terrestre como marítimo y aéreo, lo que, en definitiva,
también supone la rebaja del precio del uso de las autopistas a partir de
la entrada en vigor del Real Decreto de referencia.

Al finalizar el plazo reglamentario se registraron 20 enmiendas. La
Ponencia, con el voto favorable de los representantes del Grupo
Parlamentario Popular, acordó incorporar una de las enmiendas con una
modificación del texto y, asimismo, incorporó el resto de sus enmiendas
con el apoyo de sus representantes y el del Grupo Parlamentario Catalán
en el Senado de Convergència i Unió, que en ese trámite retiró una de las
enmiendas que presentaba por entender que quedaba incorporada con la
aceptación de otra del Grupo Parlamentario Popular.

La Comisión dictaminó este proyecto el pasado 18 de marzo, aprobando el
texto del informe que proponía la Ponencia por mayoría.

Muchas gracias.

El señor VICEPRESIDENTE (Aguilar Belda): Muchas gracias, señor Soravilla.

Pasamos al debate de totalidad, donde cabe un turno a favor y uno en
contra.

¿Turno a favor? (Pausa.)
¿Turno en contra? (Pausa.)
¿Turno de portavoces? (Pausa.)
Pasamos al debate del articulado de la ley: Artículo único, disposición
adicional, disposiciones transitorias primera a sexta, disposición
derogatoria y preámbulo.

Hay un voto particular de los señores Román Clemente y Nieto Cicuéndez.

Para la defensa de las enmiendas números 1 a 3, tiene la palabra el
Senador Nieto.




El señor NIETO CICUENDEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, voy a defender las tres enmiendas haciendo previamente una
pequeña consideración, que no es otra que constatar, una vez más, que
siempre que se trata de cuestiones de tipo impositivo el Gobierno y el
Grupo Parlamentario Popular que lo sustenta tienden a ser más permisivos
en la rebaja de los impuestos con las grandes empresas y, sin embargo,
aumenta los de los usuarios, es decir, los de la inmensa mayoría, que
podían ser beneficiarios de estas medidas. En ese marco están situadas
las tres enmiendas que planteamos, por lo que voy a defenderlas muy
brevemente.

La primera enmienda pretende que se clarifique de qué forma se reembolsan
las importaciones, así como todos los factores que intervienen en ellas.

En cuanto a la enmienda número 2, no entendemos por qué se plantean
rebajas fiscales a las autopistas, cuando ya en los Presupuestos
Generales del Estado están contemplados los gastos que esto supone y lo
que se tendría que abonar. Entenderíamos que hubiese rebaja si los
importes para sufragar los impuestos aumentaran porque los dueños de las
autopistas tuvieran más gastos fiscales. De no ser así, no entendemos
que, estando ya consignado en los Presupuestos Generales del Estado, se
plantee hacer una rebaja.

Por último, en la enmienda número 3, que es el meollo del tema, nosotros
planteamos que si se van a rebajar los impuestos a los dueños de las
autopistas, deberíamos de apostar por utilizar esta coyuntura para
potenciar todo lo que supone el transporte colectivo de viajeros y, por
tanto, no gravar el IVA ni a los viajeros ni a los equipajes que éstos
transportan. Con ello, estimularíamos la movilidad, el turismo, el
transporte colectivo, etcétera, no se produciría un gran daño a la
Hacienda pública y se facilitaría, de alguna manera, una disposición
impositiva para favorecer a la inmensa mayoría.

Esto, indudablemente, no está en contra de ninguna directiva europea
puesto que la gravación del IVa a los viajeros varía de unos países a
otros. Hay países que están en cero, otros en el seis y algunos en el
diez por ciento. Por tanto, es una voluntad política. Creemos que sería
importante para nuestro país, dada la gran movilidad que se produce entre
las Islas e igualmente serviría para estimular el turismo tanto interior
como exterior. En resumen, pedimos



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que se contemple una rebaja del IVA para los viajeros y los equipajes que
transportan.

Nada más. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Aguilar Belda): Gracias, Senador Nieto.

Pasamos al voto particular número 1, del Grupo Parlamentario de Senadores
Nacionalistas Vascos, que se corresponde con la enmienda número 7.

Para su defensa, tiene la palabra el Senador Gangoiti.




El señor GANGOITI LLAGUNO: Muchas gracias, señor Presidente.

Tras la incorporación al texto de la ponencia de nuestra enmienda número
8 --apreciamos el esfuerzo que se hizo para incorporarla-- mantenemos
para el Pleno única y exclusivamente una enmienda de adición, la número
7, que se refiere a la problemática que se presenta a los comerciantes
minoristas. Nosotros pretendemos que los comerciantes minoristas que el
pasado año hubieran aplicado el régimen especial de determinación
proporcional de las bases imponibles, puedan seguir haciéndolo
transitoriamente durante este año.

¿Por qué? Porque la nueva redacción de la Ley del IVA, publicada en el
BOE el 31 de diciembre del pasado año en base a la Ley de Acompañamiento,
ha supuesto que todos aquellos comerciantes que durante el pasado año
hayan tenido un volumen de operaciones superior a cien millones de
pesetas --y son muchos-- queden excluidos del régimen especial de
determinación proporcional de las bases imponibles a partir del 1.º de
enero del presente año.

Esto produce dos problemas graves: Un problema informático que, a la vez,
trae un problema inducido, y es un problema de costos. Porque, señorías,
para poder aplicar el régimen general es preciso conocer el tipo de IVA
correspondiente a cada uno de los diferentes artículos que son objeto de
venta al por menor. Teniendo en cuenta que las ventas se realizan con
IVA, incluida la disparidad de tipos existentes y el considerable volumen
de operaciones que se realiza diariamente a través de esos comercios, es
necesario implantar nuevos sistemas informáticos que permitan calcular de
forma automática el IVA a tal efecto.

La implantación de estos sistemas informáticos ha de hacerse en todos y
cada uno de los puntos de venta, por lo que serán necesarios varios
meses. Pero es que, además, hay un problema informático añadido, como
decía anteriormente, y es la inminente aplicación del Euro, lo cual hará
necesario, en todo caso, modificar en un breve plazo de tiempo los
sistemas informáticos. Teniendo en cuenta que en estos momentos no están
establecidos los parámetros de la conversión monetaria definitiva
respecto al Euro, cualquier modificación en los métodos a realizar
significaría una duplicación de los sistemas informáticos. Ello traería
consigo un coste doble.

Por tanto, con esta enmienda proponemos que la introducción de los dos
sistemas informáticos que van a ser necesarios, por las razones que he
explicado, se hagan simultáneamente. Nosotros, señorías, creemos que es
una enmienda terriblemente racional, que pretende ahorrar costes a los
comercios minoristas y, por eso, la mantenemos para este Pleno.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Aguilar Belda): Gracias, Senador Gangoiti.

Voto particular número 2, del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i Unió, correspondiente a las enmiendas números 10 a 12.

Para su defensa, tiene la palabra el Senador Cambra.




El señor CAMBRA I SANCHEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, brevemente voy a defender las tres enmiendas que mi Grupo
mantiene vivas para este trámite del Pleno y voy hacer un breve
comentario sobre el proyecto de ley que nos ocupa esta tarde en esta
Cámara.

El origen de este proyecto de ley es un compromiso que se adquirió a
través de la Ley de Medidas que acompañaba a los presupuestos de 1997 por
impulso de una enmienda presentada por mi Grupo, a través de la cual el
Gobierno se comprometía a rebajar, antes de septiembre de 1997, el peaje
de las autopistas en un porcentaje no inferior, si no recuerdo mal, al 8
por ciento. El Gobierno optó, mediante un Real decreto, por llevar a cabo
este compromiso aplicando a las autopistas el IVA reducido del 7 por
ciento. De hecho, esto es lo que se ratifica en este proyecto de ley
modificando éste, entre otros aspectos de la Ley del IVA.

Entendemos que esto es positivo porque, en contra de lo que se ha dicho
en esta tribuna y en otros momentos del debate de este proyecto de ley en
el Congreso de los Diputados o en Comisión, los destinatarios de este
beneficio son los ciudadanos que utilizan las infraestructuras y no las
compañías que tienen las concesiones, por cuanto a quien se repercute
finalmente el IVA es al ciudadano que utiliza la autopista.

Además, con ello se consigue una mayor equidad en la aplicación de la
imposición indirecta y también se evita que se aporten más recursos de
los que se están aportando normalmente con la autorización de las
autopistas, a diferencia de otras infraestructuras del transporte. Por
consiguiente, con esta medida se reequilibra de alguna forma la
aportación de recursos y la inversión global en las infraestructuras de
transportes en el Estado.

Entrando en la defensa de las enmiendas, nuestra enmienda número 10 tiene
por objeto asimilar determinadas operaciones previas al inicio de la
actividad empresarial a las específicamente ligadas a este hecho, por
cuanto entendemos que se debe generar un derecho a deducción del IVA
soportado en estas operaciones previas. Con ello, además, adecuaremos
nuestra legislación a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las
Comunidades Europeas, que ha establecido que deben considerarse incluidas
dentro del concepto de actividad económica las actividades preparatorias
tales como adquisición demedios de producción, realización de estudios de
viabilidad o, en general, cualquier tipo de actividad que dé lugar a
operaciones imponibles en la etapa previa a la iniciación de una
actividad empresarial.




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(El señor Vicepresidente, Rigol i Roig, ocupa la Presidencia.)
En lo que hace referencia a la enmienda número 11, esperamos que sea la
percha a través de la cual la mayoría de los grupos de la Cámara firmemos
una transacción para rectificar lo que, a nuestro entender, perjudicaba
el texto del proyecto de ley, que es una enmienda que se introdujo en el
trámite de Ponencia por el Grupo Parlamentario Popular como texto
alternativo a la enmienda número 15 que había presentado el mismo Grupo.

Creemos que la transacción a partir de la enmienda número 11 que mi Grupo
mantiene viva mejorará el texto y espero que llegue a la Mesa dentro de
algunos minutos.

Por último, la enmienda número 12 en el fondo es plenamente coincidente
con la número 7 del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas
Vascos, que ha defendido hace unos instantes desde esta tribuna el
Senador Gangoiti. Me adhiero plenamente a los argumentos que ha utilizado
en su defensa, por cuanto creemos que a aquellos comerciantes minoristas
que se han visto afectados por la exclusión del régimen especial de
determinación proporcional por el hecho de haber superado los cien
millones de facturación en el año 1997, se les crea una serie de
problemas operativos derivados de la complejidad que representa tener que
fijar los precios de venta a los distintos tipos de IVA que están
afectados. Por ello, a través de esta nueva disposición transitoria
solicitamos ese período de transitoriedad de un año para que puedan
adaptarse a esta nueva situación.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Cambra.

Para defender el voto particular número 4 del Grupo Parlamentario
Socialista, tiene la palabra el Senador Novo Muñoz.




El señor NOVO MUÑOZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Voy a defender las tres enmiendas que mantenemos vivas desde los primeros
trámites, en base a nuestra petición de supresión del apartado 6 del
artículo único que tiene como referencia el apartado 2 del artículo 91 de
la Ley del IVA. Las otras dos enmiendas son por pura coherencia con la
supresión que pretendemos.

El preámbulo de la Directiva 92/77 dice que las fronteras fiscales para
la creación efectiva del mercado interior representan un obstáculo y, por
tanto, es necesario una base uniforme del impuesto o por lo menos una
aproximación de algunos tipos de gravamen para evitar distorsiones del
mercado.

En 1992 este preámbulo de la Directiva, a través de la Ley del IVA, se
incorporó en el artículo 91, donde se contemplaba un tipo reducido de IVA
en lo referido al transporte de viajeros y sus equipajes con una
redacción adecuada.

Como decía el Senador Cambra en su intervención, a raíz de la Ley de
Acompañamiento para 1997 se adquiere el compromiso de la reducción del
peaje en las autopistas con un mínimo del 8 o del 7 por ciento, fijando
un plazo al Gobierno para establecerlo antes de septiembre del año 1997.

Se publica un Real Decreto-ley en el cual se homologa, por decirlo de
alguna manera, a este tipo reducido de IVA de los transportes de viajeros
y sus equipajes el peaje de las autopistas. Este Real Decreto se
convalida y da lugar posteriormente a este proyecto de ley que hoy
estamos discutiendo.

Ya mantuvimos en su momento y lo seguimos manteniendo que nos parece
ilegal, de acuerdo a la normativa comunitaria, la utilización de tipos
reducidos de IVA para los peajes de autopistas. Lo manifestamos en los
trámites de la convalidación de la Ley en el Congreso e incluso, hace
unos días, en la propia Comisión.

Como decía el Senador Llamas, no podemos entrar en discusiones jurídicas
porque están bastante agotadas, pero también es cierto que los argumentos
del Partido Popular y del Gobierno para la implantación de este tipo
reducido del IVA no nos convencen, y no deben convencer tampoco a la
Comisión porque ha iniciado un procedimiento sancionador.

La verdad es que este procedimiento sancionador tendrá una resolución, y
a través de los argumentos por ahora escuchados no parece que nos vayan a
llevar a una resolución favorable a nuestra norma.

Aprobar una norma con un cierto grado de incertidumbre --en nuestro caso
de certeza; por eso lo defendemos-- sobre su ilegalidad nos parece poco
adecuado. Y no nos vale, Senador Llamas, el argumento de que algunos
otros países ya lo tienen, porque eso no es estrictamente riguroso. Esos
otros países ya disfrutaban de esa situación antes del año 1992, fecha de
la Directiva.

Pero ¿puede entenderse, como quizá dijo el Senador Cambra en su
intervención anterior, que podemos estar en contra de una reducción del
peaje en la utilización de las autopistas? No; no estamos en contra de
esa reducción. De hecho, si fuera tan simple la fórmula, se habría
utilizado antes. Tiempo hubo desde 1992 hasta septiembre o noviembre de
1997. Lo que ocurre es que este método no es el que nosotros compartimos
ni tampoco el que parece que nos dan como alternativa: la vía
subvencionadora, que tampoco nos gusta. Nosotros entendemos que hay otras
vías para conseguir el mismo objetivo, que pasan por el estudio de los
balances de las empresas concesionarias, por el estudio de sus cuentas de
resultados, que nos indicarían, por ejemplo, que están teniendo un
crecimiento importante en la utilización y, por lo tanto, en la
facturación; nos indicarían que los costes estructurales de estas
empresas concesionarias tienen cada día un menor peso, son más reducidos,
y los costes de personal, también. Y cómo no, podríamos hablar de algo
que nos va tan bien como la reducción de tipos, pues los costes y las
cargas financieras de esas empresas también se han visto reducidos.

No pretendemos incautarnos de ningún derecho; no. Lo que está claro es
que, al igual que se negocia con otros sectores para conseguir algunos
objetivos de reducción de costes, en este caso creemos que se debe hacer
lo mismo. Sus señorías convendrán conmigo en que las circunstancias
actuales no son las del momento concesional en ninguna



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de estas concesiones administrativas de las autopistas. Por lo tanto,
debería negociarse por la vía de que no sólo tuviera un beneficio para el
ciudadano, sino que no supusiera un coste para los ingresos de la
Hacienda Pública a través del IVA. Por consiguiente, estamos
rigurosamente en contra, porque creemos que la medida es absolutamente
ilegal.

Permítame una reflexión final, que es un poco repetitiva respecto a la
que manifestamos cuando vimos en esta Cámara las leyes de acompañamiento
de los años 1997 y 1998. Nos parece que existe apresuramiento en muchas
de las enmiendas que se presentan, tanto en este caso como en algún otro
en el que tratamos leyes de orden tributario. A última hora, con poco
tiempo, sin gran reflexión, se incorporan por la ponencia --lícita y
legalmente, como es evidente--, a través de las mayorías
correspondientes, modificaciones no muy sustanciales, pero que afectan a
determinados aspectos impositivos. Yo creo que se están haciendo con
excesiva alegría, con poca reflexión, y yo diría que la inseguridad
jurídica que ocasionan es grande. Nosotros seguimos diciendo que no se
puede modificar un aspecto impositivo en una ley de acompañamiento para
modificarlo tres meses después, como se hace ahora, a mediados o a
finales de marzo, con esas prisas que produce la incorporación de
enmiendas en el trámite del Senado.

Repito que nosotros defendemos --y en este acto las doy por
defendidas--nuestras tres enmiendas a la modificación de la Ley del IVA.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Novo
Muñoz.

Para turno en contra, tiene la palabra el Senador Blancas Llamas.




El señor BLANCAS LLAMAS: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, comenzaré la réplica a las enmiendas presentadas por los
distintos grupos parlamentarios manifestando, en primer lugar, nuestra
posición en contra de la postura expresada en esta Cámara por el Senador
Nieto, del Grupo Parlamentario Mixto, debido a los siguientes motivos.

En cuanto a su enmienda número 1, relativa a la disposición adicional
única y referente a los agentes de aduanas, quisiera manifestar que esta
normativa trata de dar cumplimiento a la disposición decimonovena de la
Ley 13/1996, de Acompañamiento a la Ley de Presupuestos Generales del
Estado para 1997.

Ustedes propugnan que se arbitre la fórmula del artículo 80 de la Ley de
IVA para recuperar el IVA en casos como suspensiones de pago y de
imposible cobro por parte de las personas que lo hayan satisfecho. En
este caso, los agentes de aduanas tienen un procedimiento especial, y
digo especial porque ellos pagan en nombre del importador, y tratan de
repercutir el IVA que han soportado en nombre del importador a la persona
sujeto pasivo que pueda deducírselo. En esta Ley de lo que se trata
simplemente es de que, si en el plazo de un año estas personas no han
podido reembolsar este IVA, puedan, previa justificación de que no lo han
recuperado, deducírselo ellos, ya que el sujeto pasivo, como usted sabe,
en última instancia es el importador.

En cuanto a la enmienda número 2, permítame que aplace su respuesta para
unirla a las enmiendas números 4, 5 y 6, del Grupo Socialista, porque en
síntesis tratan de lo mismo. Le contesto, por tanto, a la enmienda número
3, en la que usted solicita que se aplique el IVA reducido al transporte
de viajeros. Para mí --permítame que se lo diga con todos los respetos--
es una incongruencia que usted se oponga al IVA reducido que aplicamos
ahora al peaje por el uso de autopistas y concesiones viarias y ahora
diga que el IVA debe reducirse al 4 por ciento. Esto supondría un
descalabro presupuestario. No podrá ser aceptada su enmienda porque lo
que solicita es el IVA suprarreducido, no el reducido, y eso es inviable
a efectos presupuestarios.

Contesto ahora a su enmienda número 2, y las números 4, 5 y 6 del Grupo
Socialista, que en el fondo se refieren a lo mismo. Se trata de suprimir
del artículo único el apartado 6, que concretamente afecta al artículo 91
de la Ley de IVA, en su apartado número 2, punto primero. Y, en este
caso, asimilar el uso o utilización de las autopistas y la vías que han
sido, previa concesión, favorecidas para su explotación, y reducir el IVA
ordinario, del 16 al 7 por ciento, consideramos que es un cumplimiento
normativo dado en la Disposición Adicional Vigésima de la citada Ley
13/1996, de Acompañamiento a los Presupuestos.

Permítame decirle, señor Novo, como le comentaba en la Comisión de
Economía, que no podemos aceptar esta supresión en cuanto que, en primer
lugar, consideramos que no es una ilegalidad, como aquí se ha dicho desde
esta tribuna, sino que es una aplicación del derecho interno de nuestra
Nación que, dando cumplimiento a ese mandato, ha regulado mediante ese
Real Decreto-Ley 14/1997 la modificación de la Ley del IVA, la Ley
37/1992. En síntesis, hemos cumplido un mandato, ha cumplido el Gobierno
un mandato, presentado antes del 1.º de septiembre el Real Decreto
convalidado en el Congreso y tramitado en este momento como proyecto de
ley.

Quiero justificar por qué considero que no es ilegal. Es una normativa
nacional, interna, que puede entrar en colisión con alguna normativa
europea, concretamente con la VI Directiva del IVA comunitario, pero bien
es cierto que no somos ni la oveja negra ni la nación que va
contracorriente, puesto que como sus señorías saben hay nueve naciones
del ámbito comunitario que aplican el IVA reducido; o sea, que están
aplicando el 7 por ciento a la utilización del transporte de viajeros y
equipajes --y lo subrayo, no mercancías--, y en este caso --y ya lo
señalaba en la Comisión-- sólo tres países, Italia, Portugal y Suecia,
aplican el IVA ordinario para este tipo de situaciones tributarias.

Es cierto, Senador Novo, que se ha recibido una observación de la
Comisión Europea sobre este particular, pero no es menos cierto que
España tiene argumentos jurídicos



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para rebatir la observación que se ha hecho a nuestro Ministerio de
Economía y Hacienda.

Por otro lado, la opinión que el Grupo Parlamentario Popular sustenta es
que reducir el IVA en la utilización y asimilarlo al transporte de
viajeros no supone más que dar agilidad, darle fluidez a este flujo de
personas que nos vienen de Europa y, a su vez, permitir que, en síntesis,
el usuario de estas autopistas y vías sea el único beneficiario directo.

Y digo el único porque realmente había dos soluciones: una, la
subvención, como señalaba la disposición vigésima, antes citada, o
reducir el IVA, y creo que se optó por la menos traumática: la reducción
del tipo impositivo, puesto que ya son conocidas las reiteradas
sentencias del Tribunal Supremo en cuanto a las modificaciones o
subvenciones a los concesionarios de vías y autopistas. Por eso digo que,
en síntesis, beneficia al usuario y nunca al empresario, como se ha
apuntado en esta Cámara.

Respecto a la enmienda número 7, del Grupo Parlamentario de Senadores
Nacionalistas Vascos, sin acritud, y con todo respeto, manifestamos
nuestra disconformidad, puesto que propugnan una disposición transitoria
al régimen especial de la determinación de bases imponibles para los
minoristas que durante el ejercicio de 1997 hayan superado los cien
millones de pesetas. Quiero decirles al Senador Gangoiti y al Grupo
Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos que la Ley 66/1997 se
aprobó, y que fue publicada a finales del año pasado y entró en vigor el
día 1.º de enero, pero no es menos cierto que desde el verano pasado el
Grupo Parlamentario Popular y el Gobierno han estado advirtiendo que
aquellas empresas que superasen los cien millones de pesetas pasarían a
determinar sus rendimientos por el régimen de estimación directa. Por
tanto, a nadie le ha cogido por sorpresa.

Por otro lado, no hay que olvidar que la Ley 66/1997 de Medidas Fiscales,
Administrativas y de Orden Social se publicó en el Congreso, tuvo una
amplia divulgación, y en ella ya se manifestaba claramente la intención
del Gobierno de que este tipo de empresas pasasen a tributar por
estimación directa. Comprendo que el hecho de que haya que informatizar e
igualar los precios supone una dificultad, pero, permítame decirle que,
hoy día, con la informática es fácil adaptar este tipo de IVA soportado
al IVA que se va a repercutir. (El señor Presidente ocupa la
Presidencia.)
Creo que con estas manifestaciones quedan contestadas tanto la enmienda
número 7 del Grupo de Senadores Nacionalistas Vascos como la número 12
del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió,
porque en síntesis pretenden lo mismo.

En cuanto a la enmienda número 10, del Grupo Parlamentario Catalán en el
Senado de Convergència i Unió, he de contestarle exactamente lo mismo que
en Comisión. Ustedes solicitan una disposición complementaria a este
artículo 111 para aceptar por parte de la Agencia Estatal Tributaria el
IVA soportado por las empresas que van a iniciar un ejercicio económico
en las actividades donde lo hayan sufragado, considerando iniciadas las
actividades empresariales cuando comience la realización habitual de las
entregas de bienes o prestaciones de servicios que constituyan el objeto
de la actividad empresarial o profesional, pero puede ser deducido sin
ninguna problemática.

Le agradezco la información que nos ha dado sobre las sentencias de los
tribunales europeos, pero es reiterada la doctrina de la Dirección
General de Tributos e, inclusive, de los tribunales
económicos-administrativos, que establece que es perfectamente asumible
el IVA soportado en las operaciones previas al ejercicio de la actividad
económica.

En cuanto a la enmienda número 11, le agradezco la aceptación de la
enmienda transaccional que se ha suscrito en estos momentos por tres
grupos, porque así se ha podido coordinar la enmienda que ellos
propiciaban, la número 11, con la número 15, que en su día se modificó en
el trámite de la Comisión de Economía y Hacienda.

En síntesis y para que sus señorías tengan conocimiento de lo que
significa esta enmienda, creo que positiva y beneficiosa para todos los
agricultores, el IVA de las subvenciones vinculadas al precio podrá ser
deducido en las segundas transmisiones. Asimismo, en el apartado segundo
del artículo 104 de la Ley se expresa claramente que las subvenciones no
vinculadas al precio, como son todas las recibidas a través del FEOGA, no
afectarán en absoluto a la prorrata del IVA. Por tanto, creo que con esta
interpretación y aplicación de la normativa salen beneficiados todos los
agricultores.

Finalmente, quisiera decirles que este Real Decreto, hoy proyecto de ley,
no se refiere únicamente al tema de las autopistas, sino que es algo más.

Porque, al amparo del desarrollo de esta Ley, se ha pretendido adecuar la
normativa comunitaria a los efectos de localizar el sujeto pasivo y la
realización del hecho imposible --sin ser vinculante la decisión de la
Comisión de la Unión Europea-- con el objeto de que el IVA le corresponda
al emisor cuando el receptor no sea empresario profesional. Por el
contrario, cuando el destinatario de las telecomunicaciones sea un
empresario profesional, el IVA se devengará en destino. Creo que esto
significa armonizar nuestra normativa interna, artículo 70 de la Ley del
IVA, con la normativa comunitaria.

Por otro lado, ha habido una adaptación al criterio europeo referida a la
tributación del transporte de viajeros que, como sus señorías saben,
tributa al 7 por ciento. Hasta la fecha, en España el transporte
terrestre de viajeros tributaba al 7 por ciento, pero con las
modificaciones que se introducen a través de este proyecto de ley se ha
equiparado este aspecto de los transportes marítimos y aéreo con aquél,
con lo cual creo que se beneficia a todos los usuarios de las distintas
ramas del transporte, teniendo en cuenta, como antes se ha dicho, que se
rebaja del 16 al 7 por ciento la tasa para los usuarios de las
autopistas, siempre y cuando se circule en motocicleta o en turismos
ligeros. Pero no voy a entrar en definiciones porque ya ha quedado claro
que de esta reducción del IVA no se beneficiarán los vehículos
industriales o pesados, como son, por ejemplo,



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los camiones, es decir, que el transporte de mercancías no será
favorecido por esta normativa.

En resumen, creo que la reforma de la Ley del IVA que se ha efectuado con
este Real Decreto ha sido beneficiosa, no para algunos en particular,
sino para todos en general. Por supuesto, también se ha simplificado el
régimen de los depósitos aduaneros, arbitrándose una fórmula mucho más
sencilla y coherente con la normativa comunitaria.

Por lo que respecta a este ponente, creo que ha quedado suficientemente
claro que esta ley viene a adaptar nuestra normativa al entorno
comunitario en el que nos encontramos.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias.

En turno de Portavoces, por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la
palabra el Senador Nieto.




El señor NIETO CICUENDEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Sólo quiero manifestar que no hay ninguna incoherencia, hay una apuesta
por el transporte colectivo: el avión, el tren, etcétera. No es el coche,
ni la autopista lo que hay que primar. Esta ley tendrá otros aspectos,
pero lo que fundamentalmente le preocupa son las autopistas y,
lógicamente, estamos en desacuerdo.

Por último manifestamos nuestro apoyo a la enmienda del Grupo
Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos que queda viva y a las
enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista.

Nada más, muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Nieto.

Por el Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, tiene la
palabra el Senador Gangoiti.




El señor GANGOITI LLAGUNO: Muchas gracias, señor Presidente.

Sólo quier expresar nuestro apoyo a este proyecto de ley porque
globalmente lo consideramos positivo. Como he dicho al principio,
consideramos la enmienda que se incorporó en Ponencia, y quiero dejar
constancia de nuestra frustración porque no ha sido aprobada la única
enmienda que hemos mantenido para el Pleno.

De todas formas, aunque es difícil, espero que de aquí a fin de año
podamos encontrar una solución. Nosotros estamos abiertos a todo y espero
que también el Gobierno del Partido Popular.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Gangoiti.

Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió,
tiene la palabra el Senador Cambra.




El señor CAMBRA I SANCHEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Intervengo brevemente para agradecer las explicaciones que ha dado el
Senador Blancas a nuestras enmiendas.

Creemos que la transacción que se ha hecho sobre la enmienda 11 mejora el
texto que salió de la Comisión y esperamos que resuelva el problema de
los agricultores afectados por las subvenciones del FEOGA y el que se
generaba a través del texto inicial de la Ley de Acompañamiento referente
a la regla de la prorrata.

Por lo que hace referencia a la enmienda número 10, ya que él me ha
repetido el argumento dado en Comisión, también yo le reitero que,
estando de acuerdo en el fondo, como lo está, según él ha manifestado, la
Administración Tributaria, seguimos pensando que sería mejor incorporarlo
al texto legal y no estar pendientes de aplicar la doctrina de la
Dirección General de Tributos.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Cambra.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Novo.




El señor NOVO MUÑOZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Quiero hacer alguna puntualización al Senador del Grupo Parlamentario
Popular. No criticamos el cumplimiento de la Ley de Acompañamiento del
año 1997, Dios nos libre, lo que criticamos es la forma de conseguir los
objetivos. En eso es en lo que no estamos de acuerdo, obviamente.

Por otro lado, seguimos pensando que los argumentos jurídicos con los que
esperan defenderse en Comisión, y si acaso en tribunales, son débiles y
que podemos tener una resolución negativa. Eso es lo que nos hace
mantener nuestra postura.

En tercer lugar, quiero recordarle que no salió, por lo menos desde esta
tribuna, aunque le habrá traicionado el subconsciente, ningún comentario
por mi parte en relación con que esto fuera en beneficio de las empresas,
desde ese prisma tan usual que nos quieren achacar. Al margen de que es
posible que estas medidas las beneficien por las consecuencias positivas
que puede tener para su negocio la del tipo reducido del IVA en la
utilización de las autopistas, yo no hice ninguna manifestación en contra
de que eso fuera en beneficio de las grandes empresas concesionarias.

Repito, en cuanto a demanda las pueden mejorar. Evidentemente, la
reducción del IVA va en beneficio de los que pagan peaje, que son, en
general, los ciudadanos, pero también va en perjuicio de las arcas
públicas; esto parece evidente. En definitiva, esta reducción puede
redundar en una mayor utilización de las autopistas, lo cual beneficia
sustancialmente a las empresas concesionarias. Por lo tanto, seguimos
creyendo que la mejor fórmula hubiera sido una negociación cordial y
adecuada porque había elementos para ella. Había elementos para bajar los
precios de los peajes porque las circunstancias de la concesión
administrativa no son las mismas hoy; cambiaron sustancialmente.

Por otra parte, le dije en Comisión que era posible que tuviéramos alguna
iniciativa que condujera a la reducción de peajes en determinadas
circunstancias. Eso demostrará que estamos a favor. Por otro lado,
también es posible que



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pidamos explicaciones a través de alguna de las enmiendas planteadas.

Para terminar, quiero decir que nuestro voto va a ser favorable a la
enmienda número 2 de Izquierda Unida. Votaremos en contra de la parte del
texto enmendada por nosotros y nos abstendremos en la restante.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Novo.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Senador Blancas.




El señor BLANCAS LLAMAS: Muchas gracias, señor Presidente.

Muy brevemente quiero agradecer el tono y la cordialidad con que se ha
llevado este debate.

Voy a puntualizarle al Senador Novo algunos puntos porque puede que, al
unificar la enmienda número 2 del Grupo Parlamentario Mixto con la
enmienda número 5 del Grupo Parlamentario Socialista, se haya dado por
aludido. En efecto, yo no le he oído decir nada en contra de la empresa.

Mis palabras se referían al Senador Nieto Cicuéndez, que ha manifestado
que beneficiamos siempre a la empresa en contra del más débil. Sus
manifestaciones no son acordes con lo expresado en la Ley ni por este
Senador porque se trata de beneficiar al usuario. El usuario es el que va
a utilizar la autopista. El usuario es el que usa el coche. Circulan 20
millones de coches, por nuestra geografía, por nuestra piel de toro, lo
cual quiere decir que no estamos beneficiando a una persona o a un grupo
de presión, sino a millones de españoles. Quiero que así lo entienda.

Por otro lado, quiero decirle al Senador Novo que la asimilación es, como
ya le decía en Comisión, compleja, que la interpretación jurídica es
compleja. La utilización de la autopista para el transporte de viajeros
es una figura jurídica compleja. Estoy con usted, pero no es menos cierto
que en el IVA se dan muchas figuras complejas. El, que conoce el IVA,
sabe perfectamente que se dan figuras de autoconsumo, de autofacturas, de
autocontratación que, lógicamente, están en entredicho. No obstante,
quiero tranquilizarle diciéndole que el Gobierno de la nación ha sido
escrupuloso dando cumplimiento al Real Decreto 14/97 porque se trata,
nada más y nada menos, que de cumplir el imperativo legal de la Ley de
Acompañamiento 13/96.

Por otro lado, si ha habido un colisión entre la normativa interna y la
comunitaria, yo pienso que los expertos juristas son hábiles y pueden
llegar a un acuerdo, independientemente de que el Ministerio de Economía
y Hacienda no haya hecho comentarios a esta observación que ha hecho la
Comisión Europea relativa al IVA.

En síntesis, reitero lo dicho. Agradezco a todos los grupos el tono
empleado en sus manifestaciones y el buen desarrollo del debate. Quiero,
además, decirles que este Real Decreto-Ley pretende introducir a nuestra
nación dentro del contexto en el que estamos ahora mismo que no es otro
que el de la Unión Europea.

Nada más y muchas gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Blancas.

Terminado el debate vamos a llamar para votación. (Pausa.)
Señorías, en primer lugar vamos a votar la enmienda número 2 de los
Senadores Nieto Cicuéndez y Román Clemente.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 229; a
favor, 88; en contra, 134; abstenciones, siete.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmiendas números 1 y 3 también de los Senadores Nieto Cicuéndez y Román
Clemente.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 228; a
favor, cuatro; en contra, 133; abstenciones, 91.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votamos la enmienda número 7, correspondiente al Grupo Parlamentario de
Senadores Nacionalistas Vascos.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 229; a
favor, 18; en contra, 122; abstenciones, 89.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

La enmienda número 11, del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i Unió, sostiene una transaccional que vamos a votar en
primer término.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 227; a
favor, 136; en contra, uno; abstenciones, 90.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Enmiendas números 10 y 12, del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado
de Convergència i Unió.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 225; a
favor, 16; en contra, 119; abstenciones, 90.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas números 4 a 6, ambas inclusive, del Grupo Parlamentario
Socialista.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 229; a
favor, 89; en contra, 138; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

A continuación, votamos el artículo único, la disposición adicional, las
disposiciones transitorias primera a sexta, la disposición derogatoria, y
el preámbulo, según el texto del dictamen. (El señor Rojo García pide la
palabra.) Tiene la palabra, señoría.




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El señor ROJO GARCIA: Gracias, señor Presidente.

Pedimos votación separada del apartado seis del artículo único, y de la
disposición transitoria primera.




El señor PRESIDENTE: Por tanto, votamos, en primer lugar, el apartado
seis del artículo único.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 229; a
favor, 139; en contra, 88; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Votamos la disposición transitoria primera.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 228; a
favor, 140; en contra, 88.

El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Votamos el resto del texto.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 229; a
favor, 140; en contra, cuatro; abstenciones, 85.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Tal y como dispone el artículo 90 de la Constitución, se dará traslado de
las enmiendas aprobadas por el Senado al Congreso de los Diputados, para
que éste se pronuncie sobre las mismas en forma previa a la sanción del
texto definitivo por Su Majestad el Rey.

Se levanta la sesión hasta mañana a las diez.




Eran las diecinueve horas y cinco minutos.