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DS. Senado, Comisiones, núm. 342, de 19/10/1998
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL



SENADO



Año 1998 VI Legislatura
Comisiones. Núm. 342



COMISION CONSTITUCIONAL



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. PEDRO AGRAMUNT
FONT DE MORA



celebrada el lunes, 19 de octubre de 1998



ORDEN DEL DIA:



Contestación del Gobierno a las siguientes preguntas:



--De doña Ana Isabel Arnáiz de las Revillas García, Portavoz del GPS en
la Comisión, sobre las repercusiones que considera el Gobierno que se
derivan de su proyecto de privatización de las televisiones regionales,
en lo relativo al artículo 20.3 de la Constitución (Número de expediente
681/000947).




--De don Félix Lavilla Martínez (GPS) sobre las garantías que ofrece el
Gobierno en relación con el acceso a las televisiones locales públicas de
los grupos políticos significativos, según reconoce el artículo 20 de la
Constitución Española (Número de expediente 681/000963).




--De doña Ana Isabel Arnáiz de las Revillas García, Portavoz del GPS en
la Comisión:



* Sobre la posición del Gobierno en relación con las medidas de
Telefónica de España, S. A., que afectan al derecho a la intimidad de las
personas (Número de expediente 681/000946).




* Sobre si considera el Gobierno que la reciente Conferencia
Audiovisual Europea, celebrada en Birmingham (Reino Unido), establece un
marco válido para los contenidos televisivos y otros aspectos del
panorama audiovisual (Número de expediente 681/001184).




Dictaminar el Proyecto de Ley de restitución o compensación a los
partidos políticos de bienes y derechos incautados en aplicación de la
normativa sobre responsabilidades políticas del período 1936-1939 (Número
de expediente 621/000097).




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Se abre la sesión a las diecisiete horas.




El señor PRESIDENTE: Señorías, se abre la sesión.

Como es preceptivo, de acuerdo con el artículo 81 del Reglamento procede
aprobar el acta de la sesión anterior de la Comisión, celebrada el pasado
16 de septiembre, que ya fue repartida a los señores portavoces en su
momento.

¿Se puede entender aprobada por asentimiento. (Pausa.) Así se declara.




CONTESTACION DEL GOBIERNO A LAS SIGUIENTES PREGUNTAS:



--DE DOÑA ANA ISABEL ARNAIZ DE LAS REVILLAS GARCIA, PORTAVOZ DEL GRUPO
PARLAMENTARIO SOCIALISTA EN LA COMISION, SOBRE LAS REPERCUSIONES QUE
CONSIDERA EL GOBIERNO QUE SE DERIVAN DE SU PROYECTO DE PRIVATIZACION DE
LAS TELEVISIONES REGIONALES, EN LO RELATIVO AL ARTICULO 20.3 DE LA
CONSTITUCION (681/000947).




El señor PRESIDENTE: Pasamos a la tramitación del orden del día,
consistente en la contestación del Gobierno a preguntas de la Senadora
Arnáiz de las Revillas y del Senador Lavilla Martínez y en dictaminar el
proyecto de ley de restitución o compensación a los partidos políticos de
bienes y derechos incautados en aplicación de la normativa sobre
responsabilidades políticas del período 1936-1939.

Como sus señorías conocen, la duración estimada para la realización de
las preguntas es hasta las dieciocho horas, momento en el que comenzará
el debate del dictamen, si se cumplen las previsiones, y estoy seguro de
que sus señorías ayudarán a la Mesa para que así sea.

Quiero agradecer la presencia en esta Comisión --creo que por primera vez
en esta Legislatura-- del señor Ministro de Fomento, don Rafael
Arias-Salgado.

De acuerdo con los precedentes, la formulación de las preguntas y
respuestas tendrá un tiempo máximo de 10 minutos, a repartir por igual
entre los intervinientes: cinco minutos para formular la pregunta y otros
cinco para la respuesta. A continuación, réplica y dúplica, si procede,
por tiempo de cinco minutos a repartir, en razón de dos minutos y medio
para ambos intervinientes.

Sin más preámbulos, pues, pasamos a la primera pregunta, de doña Ana
Isabel Arnáiz de las Revillas García, portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista en la Comisión, sobre las repercusiones que considera el
Gobierno que se derivan de su proyecto de privatización de las
televisiones regionales, en lo relativo al artículo 20.3 de la
Constitución Española.

Tiene la palabra la Senadora Arnáiz de las Revillas García para formular
la pregunta, por tiempo de cinco minutos.




La señora ARNAIZ DE LAS REVILLAS GARCIA: Muchas gracias, señor
Presidente.

Señor Ministro, bienvenido, y permítame decirle que menos mal que, por
fin, viene usted a esta Comisión.

Esta pregunta está formulada desde el mes de febrero. No conozco ninguna
cuestión política de su Departamento ni de ningún otro que pueda aguantar
semejante período de tiempo y mantener una vigencia y una actualidad.

Parece absolutamente inadecuado que el Parlamento --en este caso el
Senado-- tarde todos estos meses para que el Ministro conteste a una
simple pregunta en Comisión.

Desde febrero, en que yo presenté la pregunta, hasta la fecha han
ocurrido distintas cosas, como, por ejemplo, el contencioso en que se ha
visto envuelto el Ministerio con el Gobierno canario, a propósito de la
televisión canaria; las negociaciones y tramitaciones, que se están
llevando a cabo en el Congreso de los Diputados, de leyes afines a la
pregunta que yo le hago, y la petición que hizo mi portavoz a la Mesa del
Senado de agilizar y de dar vida a las iniciativas parlamentarias que
tuviéramos pendientes.

En todos estos procesos también ha participado el Presidente de esta
Comisión, que ha querido agilizar al máximo los trámites de ésta, y que
llegó, por lo menos, a un compromiso verbal conmigo y con los demás
portavoces de que usted comparecería antes de acabar el período de
sesiones pasado.

Nos las prometíamos muy felices, pero al final usted no vino a la
Comisión. A mí me parece que el hecho de no apreciar y no considerar al
Senado en lo que merece, al no responder a nuestra obligación, que es
controlar al Gobierno, y dilatar en el tiempo para que los temas se
enfríen, se queden viejos o pierdan actualidad, es una estrategia, que no
sólo es de usted, señor Ministro, sino de todo su Gobierno.

Por la misma razón, el Presidente Aznar se niega a que se celebre aquí el
debate de las Comunidades Autónomas. Por la misma razón, se aleja el
debate político del Senado y, por la misma razón, quiero manifestar mi
protesta a este comportamiento que tiene su Gobierno de desprecio al
Parlamento, de desprecio al Senado, retirando en este momento mi
pregunta.




El señor PRESIDENTE: Aunque ha retirado la pregunta, como ha consumido
más de tres minutos en la formulación de lo que usted ha entendido como
su derecho, también el señor Ministro, naturalmente, tiene el mismo
tiempo para decir lo que estime oportuno.




La señora ARNAIZ DE LAS REVILLAS GARCIA: Pero, señor Presidente, es una
pregunta que acabo de retirar, no existe.




El señor PRESIDENTE: Senadora Arnáiz, no le he dado la palabra.

Muchas gracias.

Tiene la palabra el señor Ministro de Fomento.




El señor MINISTRO DE FOMENTO (Arias-Salgado y Montalvo): Lamento que
retire su señoría la palabra, pero, de la misma manera que en algún caso
el transcurso del tiempo ha podido dejar fuera de lugar una pregunta no
contestada



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por el Gobierno, en el caso de la que su señoría retira no es así, ya que
por su propia naturaleza es intemporal. Se refiere a un proyecto de ley
que está en el Congreso de los Diputados y que todavía no ha sido
tramitado; por consiguiente, la pregunta está plenamente vigente. De ahí
que la urgencia con que su señoría pedía que yo compareciera antes del
verano, en estos momentos no se plantea, aunque con respecto a otras
cuestiones podría plantearse. Lamento que justamente con respecto a esta
cuestión no se plantee la urgencia porque todo el problema de la gestión
directa o indirecta de los canales autonómicos es algo que está pendiente
de debate en el Congreso de los Diputados y es justamente a lo que se
refiere su pregunta.

Por lo demás, no hay falta de consideración al Senado, señoría. Como es
lógico, yo no puedo entrar en la distribución del trabajo que se hace en
la Cámara --en este caso la Alta-- entre las distintas Comisiones, pero
mi distribución del trabajo se reparte entre las comisiones de
infraestructuras del Congreso de los Diputados y del Senado. Le diré que
todos los temas de telecomunicaciones y en aquellos en los que tiene
competencia el Ministerio de Fomento en la órbita de la televisión, van a
la Comisión de Infraestructuras, con lo cual es posible organizar una
comparecencia con una relativa regularidad. El tener que sujetarse a los
calendarios de dos Comisiones, además de a los de Pleno, plantea
dificultades adicionales, con lo cual, no me siento responsable, señoría,
de no haber comparecido inmediatamente antes de que concluyera el período
de sesiones anterior y haberlo hecho nada más haber empezado el
siguiente.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ministro.




--DE DON FELIX LAVILLA MARTINEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA,
SOBRE LAS GARANTIAS QUE OFRECE EL GOBIERNO EN RELACION CON EL ACCESO A
LAS TELEVISIONES LOCALES PUBLICAS DE LOS GRUPOS POLITICOS SIGNIFICATIVOS,
SEGUN RECONOCE EL ARTICULO 20 DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA (681/000963).




El señor PRESIDENTE: Pasamos a la siguiente pregunta del orden del día,
que es de don Félix Lavilla Martínez, sobre las garantías que ofrece el
Gobierno en relación con el acceso a las televisiones locales públicas de
los grupos políticos significativos, según reconoce el artículo 20 de la
Constitución Española.

Tiene la palabra el señor Lavilla para formular la pregunta.




La señora ARNAIZ DE LAS REVILLAS GARCIA: Señor Presidente, el señor
Lavilla no está presente. ¿Podríamos dejar su pregunta para el final?



El señor PRESIDENTE: Lo lamento mucho, señora Arnáiz, pero si el señor
Senador que tiene que realizar la pregunta no está presente en la
sesión... No sé si el señor Ministro... (El señor Ministro de Fomento,
Arias-Salgado y Montalvo: Contesto con mucho gusto.) Pero se podría
contestar en base a la pregunta realizada por escrito. Yo no puedo hacer
más.

La señora ARNAIZ DE LAS REVILLAS GARCIA: Señor Presidente, le había dicho
antes de comenzar la Comisión que el señor Lavilla había tenido un
pequeño percance con el coche en el desplazamiento de su provincia hacia
aquí, que creíamos que se había resuelto. Si su señoría puede dejar su
pregunta como la última de las de esta serie, el Senador Lavilla la
formulará personalmente y, si no, yo lo haré en su nombre.




El señor PRESIDENTE: Señora Arnáiz, haciendo gala de una predisposición
muy superior, por parte de esta Presidencia, que la de la señora Portavoz
en relación con la pregunta anterior, no tengo ningún inconveniente en
formular la pregunta en cuarto lugar y esperar a que el señor Lavilla
llegue a la sesión.




--DE DOÑA ISABEL ARNAIZ DE LAS REVILLAS GARCIA, PORTAVOZ DEL GRUPO
PARLAMENTARIO SOCIALISTA EN LA COMISION, SOBRE LA POSICION DEL GOBIERNO
EN RELACION CON LAS MEDIDAS DE TELEFONICA DE ESPAÑA, S. A., QUE AFECTAN
AL DERECHO A LA INTIMIDAD DE LAS PERSONAS (681/000946).




El señor PRESIDENTE: Por tanto, pasamos a la tercera pregunta, de doña
Ana Isabel Arnáiz de las Revillas García, Portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista en la Comisión, sobre la posición del Gobierno
en relación con las medidas de Telefónica de España, S. A., que afectan
al derecho a la intimidad de las personas.

Tiene la palabra la Senadora Arnáiz de las Revillas García, por tiempo de
cinco minutos, para formular la pregunta.




La señora ARNAIZ DE LAS REVILLAS GARCIA: Muchas gracias, señor
Presidente.

Señor Ministro, usted conoce, al igual que toda España, el texto que
aparece en las páginas amarillas de Telefónica, donde como anuncio o
inserción publicitaria figura lo siguiente: Telefónica Publicidad e
Información ha lanzado dos herramientas claves para sus acciones de
marketing directo: CODITEL, la base de datos de Telefónica Publicidad e
Información. Llega el nuevo CODITEL que, bajo el amparo de la LORTAD, es
la base de datos más fiable del mercado, que le permite llegar a un
millón y medio de negocios y a once millones de hogares, con un altísimo
nivel de actualización, segmentación y seguridad. Distribución directa,
que es el nuevo producto para llegar a todos los hogares y negocios de
España con su publicidad directa, aprovechando la distribución de las
páginas amarillas al precio aun más competitivo. Utilice las herramientas
claves, etcétera. En otro punto habla de las nuevas guías y soportes de
telefonía, publicidad e información que le ofrece



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la más amplia y detallada información sobre las actividades comerciales,
industriales y de servicios, información respaldada por la más moderna
tecnología, etcétera.

Esto seguramente lo conoce el Ministro, como también conoce que hay una
ley sobre el tratamiento informatizado de los datos de carácter personal
para evitar que los datos que las personas dan con una finalidad se
faciliten en este caso por una empresa, a quien el posible usuario ha
concedido sus datos por ser una empresa pública, que se privatiza y que
esos datos siguen en poder de un oligopolio, o un monopolio en este caso
privado, que los va a utilizar con usos exclusivamente comerciales; es
decir, unos datos que afectan a la intimidad y al derecho individual de
los usuarios, que se dan con una finalidad, se pueden comercializar, se
pueden divulgar, se pueden distribuir, con lo cual se vulneraría el
derecho de esas personas a que los datos se utilicen exclusivamente con
esa finalidad. A efectos contantes y sonantes, lo menos que ocurre es que
a cada hogar llega un montón de publicidad, de listados que han sido
vendidos --de hecho, Telefónica ha estado dando esos números si no se
decía nada en contra, telefónicamente, es decir, si no se prohibía que se
dieran los datos--, y con eso se ha comerciado sin pedir permiso,
vulnerando el espíritu de la Constitución, y yo diría que también la
letra.

Por otra parte, Telefónica pone en marcha otra serie de medidas que como
empresa pública quizás tengan un sentido, pero como empresa prestadora de
un servicio público que se privatiza no lo tiene tanto, porque el
Gobierno es el garante de velar por los valores constitucionales, y los
ciudadanos tienen el derecho de que se vele por los mismos. Eso tampoco
se produce cuando Telefónica-Móviles, al darse de baja un abonado
cualquiera e indicar que cesen en el servicio, le mantienen el servicio
gratuitamente durante una serie de meses, habiendo dado orden en contra;
le siguen enviando facturaciones, todo tipo de publicidad, aunque se haya
dado de baja, y le indican que si desea darse de baja definitivamente que
vuelva a ponerse en contacto telefónicamente. Como no lo hace así un
determinado número de usuarios, le empiezan a facturar a su cuenta
corriente unas cantidades, después de haberse dado de baja, una vez más y
con el señuelo de dejarle congelada la línea una serie de meses
gratuitamente.

La respuesta del Gobierno, señor Ministro, espero que sea una respuesta
diferente a la que yo he sufrido cuando le he preguntado por escrito qué
piensa el Gobierno de que Telefónica España, S. A., clausure el centro
andaluz de telecomunicaciones por satélite. Usted, señor Ministro, me
contesta que desde dicha fecha no existe participación estatal en la
compañía Telefónica, habiendo desaparecido por lo tanto la presencia de
representantes públicos en el Consejo de Administración de la sociedad
Telefónica de España, S. A. Es una empresa mercantil, anónima, propiedad
de sus accionistas, gestionada por su Consejo de Administración y que
responde ante la propiedad de la misma. El Gobierno ejerce respecto a
Telefónica España, S. A., las funciones y competencias reconocidas por la
ley, entre las que no se encuentran las relativas a la gestión
empresarial de esta sociedad.

Por otra parte, la figura del Delegado del Gobierno en Telefónica ha
desaparecido el 1 de enero de 1998, de acuerdo con lo establecido en la
disposición transitoria quinta de la Ley de Ordenación de las
Telecomunicaciones. Por ello es por lo que no corresponde al Gobierno
realizar valoraciones sobre las decisiones de carácter empresarial
adoptadas por Telefónica España.

¿Le parece a usted todo lo anterior una decisión de carácter empresarial?
¿Le parece que no le corresponde al Gobierno velar por el derecho de la
privacidad de los datos que los usuarios dan a las páginas amarillas sólo
para un determinado uso, o, por el contrario, le parece que ustedes
deben, como Gobierno, velar por esos derechos de los ciudadanos y
procurar que no suceda con Telefónica ni con Telefónica-Móviles lo que
está ocurriendo?
Muchas gracias, señor Ministro.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senadora Arnáiz.

Tiene la palabra el señor Ministro de Fomento para contestar a la
pregunta.




El señor MINISTRO DE FOMENTO (Arias-Salgado y Montalvo): Muchas gracias,
señor Presidente.

Señoría, yo creo que en el transcurso de su intervención ha confundido
dos cuestiones distintas. Por una parte se ha referido a la protección de
los datos a que Telefónica viene obligada, y de otro lado ha puesto como
ejemplo el reciente caso aparecido en los medios de información de
Telefónica-Móviles y de la dificultad de darse de baja en una compañía
telefónica para pasarse a otra. Son dos temas distintos y dos preguntas
distintas.

Lo que sí le puedo decir es que, en lo que afecta a las grandes compañías
no sé si se ha aprobado ya por las Cámaras --si no ha sido
definitivamente aprobada, está en estos momentos en el Congreso de los
Diputados-- la ley que regula los llamados contratos de adhesión, y que
viene por tanto a introducir una nueva normativa para evitar que, a
través de la letra pequeña, las grandes compañías y no solamente de
teléfono, sino también de seguros y las entidades financieras, obliguen a
través de la fórmula más o menos concreta del contrato de adhesión a
suscribir unas cláusulas particulares, por así decirlo, que en definitiva
vinculan de una forma excesiva a los usuarios y a los clientes en
relación con las grandes compañías, y garantizan a las grandes compañías
una patente de corso en relación con los usuarios y los consumidores. Ese
es un tema: el planteado por usted en el ámbito de lo que se refiere a la
dificultad de darse de baja de una de las compañías telefónicas.

El otro tema tiene que ver con algo que es completamente distinto: la
confidencialidad de los datos que las compañías mercantiles reciben,
especialmente cuando se trata de compañías que tienen una clientela
masiva, que se puede contar por millones y millones de usuarios. En este
terreno, señoría, las garantías las establece la ley, y esa ley la
aplican los órganos de la Administración que la ley determina y, en
última instancia, los tribunales de justicia.

A estos efectos está la Agencia de Protección de Datos, que es el órgano
encargado de velar que Telefónica y cualquier



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otra compañía que tenga información confidencial sobre las personas
garanticen la confidencialidad de los datos que se suministran. Y es
cierto que la Agencia Estatal de Protección de Datos estableció una serie
de medidas cautelares para Telefónica porque ésta venía saliéndose de la
normativa que exige esa protección.

Como consecuencia de las medidas cautelares impuestas por la Agencia de
Protección de Datos, Telefónica de España envió una nota personalizada a
todos sus abonados estableciendo su decisión de no comunicar sus datos
con ninguna finalidad comercial ni con cualquiera otra. Pero desde el
momento en que esto se ha producido, que hace ya varios meses que tuvo
lugar, ha habido una nueva norma en desarrollo de la Ley de Ordenación de
las Telecomunicaciones que impone una serie de obligaciones relacionadas
con la obligación básica de confidencialidad, no solamente a Telefónica,
sino a todos los operadores telefónicos.

El reglamento que regula el servicio universal y las obligaciones de
servicio público, en su Título V, Capítulos I, II y III, establece las
normas que los operadores de servicios de telecomunicaciones, con
carácter general, deben asegurar para garantizar la protección de los
datos personales referentes a guías de abonados, tráfico, facturación,
tarificación detallada, identificación de abonado llamante y línea
conectada, así como la cesión de datos personales para promociones
comerciales.

En lo relativo a la intimidad de las personas el reglamento contiene
estas tres disposiciones. Primero, ordena destruir los datos personales
de las comunicaciones telefónicas, una vez efectuadas, excepto aquellos
que han de ser utilizados en la posterior facturación, debiendo ser estos
datos manipulados por personal bajo las órdenes del operador. Segundo, en
lo referente a las guías de servicio, el suscriptor tiene el derecho de
manifestar que no desea figurar en las mismas. Finalmente, la cesión de
sus datos personales, a los efectos de campañas comerciales, no podrá
realizarse por la operadora sin consentimiento del interesado. Esto ahora
ya es una obligación específica de los operadores de telecomunicaciones,
que figura en el reglamento que regula el servicio universal y las
obligaciones de servicio público, en desarrollo de la Ley de Ordenación
de las Telecomunicaciones.

Por tanto, señoría, por un lado, la Agencia Estatal de Protección de
Datos es quien debe velar por la aplicación de la legislación que protege
la confidencialidad de los datos que los usuarios y consumidores
suministran a las compañías telefónicas, y, por otro lado, ya existe una
norma específica en el ámbito de las telecomunicaciones, que impone
determinadas obligaciones de confidencialidad a las compañías que prestan
servicios de telecomunicaciones.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ministro.

Para réplica, tiene la palabra la Senadora Arnáiz, por un tiempo de dos
minutos y medio.




La señora ARNAIZ DE LAS REVILLAS GARCIA: Señor Ministro, efectivamente,
lo que usted dice tiene una parte de razón, pero es incompleto, porque lo
que ha ocurrido es mucho más importante. Lo que ha ocurrido es que un
monopolio público ha pasado a ser privado, sin ningún control
democrático. Ese monopolio privado se ha dedicado a cualquier cosa menos
a favorecer a los consumidores. No vamos a hablar de las llamadas
fallidas, no vamos a hablar de las tarificaciones, no vamos a hablar de
que el 003, unilateralmente, contesta a una sola llamada y no a las tres
peticiones de información, como hacía anteriormente; no vamos a hablar de
que han quitado las oficinas de usuarios, no vamos a hablar de la
destrucción absoluta de servicios con toda impunidad, sin ningún control
por parte de nadie y sin tener un mercado elástico ni una competencia
verdadera, porque el mercado es absolutamente inelástico, porque es un
oligopolio y tiene una posición muy dominante, y porque el consumidor no
tiene ninguna defensa, ni siquiera en cuestiones de derechos
fundamentales, frente a una empresa de ese tipo.

Todo eso, señor Ministro, es un hecho, una realidad, que tiene muchos
flecos y muchos matices, pero lo más importante es por qué se produce. Se
produce porque Telefónica, con sus beneficios, se está dedicando a
comprar medios de comunicación y no está dedicándose a dar el nivel de
servicio público que se requiere, sino a tener un beneficio salvaje, para
poder hacer, a lo largo de un período de tiempo, lo siguiente: En
noviembre de 1996, impulsa la constitución de Vía Digital, con el 35 por
ciento de las acciones; en julio de 1997, se hace con el 25 por ciento y
la gestión de Antena 3 Televisión; se adueña del 49 por ciento de Gestora
Medios Audiovisuales de Fútbol y del 40 por ciento de Audiovisual Sport,
que gestiona los derechos de televisión de la Liga de Fútbol; en
septiembre de 1997, compra el 20 por ciento del grupo periodístico
«Recoletos Pearson», editor de los diarios «Marca» y «Expansión» y de las
revistas «Actualidad Económica» y «Telva», y ostenta el 33 por ciento de
«Lola Films», productora de cine español, para crear contenidos de
televisión. Telefónica ha creado más de una docena de sociedades para la
prestación de servicios de telecomunicaciones por cable, en cerca de 30
circunscripciones. La empresa que preside Juan Vilallonga, que fue
nombrado por el «Boletín Oficial del Estado» pero que ahora no responde
en el Parlamento, posee el 22,74 por ciento de la Sociedad de Satélites
Hispasat; cuenta con una licencia de cable en todas las demarcaciones;
posee el 25 por ciento de la empresa «Sofres» que realiza la medición de
audiencias televisivas; participa en los concursos de adjudicación de
emisoras de FM, actualmente en marcha en las Comunidades Autónomas a
través de sociedades como «Publicidad-3»; solicita una licencia al
Ministerio de Fomento --que naturalmente usted le concede-- para
configurar en el futuro una empresa de televisión digital terrestre
--esto ha sido noticia, en la última semana, en el Consejo de
Ministros--. Por último, para que el Presidente no tenga que ser
magnánimo y para no ponerle en un aprieto, los objetivos de Telefónica
son: la emisora Onda Cero, la Agencia de noticias «Europa Press» y «El
Mundo». Esas son las verdaderas razones por las que no tenemos un
servicio público de telefonía de calidad y por las que los derechos
fundamentales de los usuarios



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están en segundo lugar. Hacen falta mucha liquidez y muchos beneficios
para esa operación, en la que su Gobierno, y el Partido Popular están tan
encantados y tan hipotecados.

Muchas gracias, señor Ministro.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senadora Arnáiz.

A pesar de que a mí me cuesta comprender la relación de todo esto con el
derecho a la intimidad de las personas, está bien que la señora Senadora
haya podido realizar su pregunta tranquilamente; ahora, el señor Ministro
--con la misma magnanimidad-- podrá contestarle lo que estime oportuno.




El señor MINISTRO DE FOMENTO (Arias-Salgado y Montalvo): Muchas gracias,
señor Presidente.

Señoría, efectivamente, esta pregunta forma parte de la estrategia de los
grupos parlamentarios socialistas del Congreso y del Senado de organizar
una campaña contra Telefónica, que es sistemática desde hace ya muchos
meses. Muy bien, aquí estamos para contestar.

A ustedes no les entra en la cabeza que Telefónica es ahora una compañía
privada, que queda fuera del control político, y que, por consiguiente,
los órganos de la Administración tienen las competencias que tienen, que
son las que les atribuyen las leyes, y nada más. Para las demás
cuestiones, en un Estado de Derecho, están siempre los tribunales de
justicia.

De todas maneras, señoría, ya que ha planteado usted la cuestión, yo no
me resisto a contestarla. Le recomendaría a usted dos libros, simplemente
para ponerse al día de lo que está ocurriendo en el mundo. Uno se llama
«Qué será», del Director del MIT --Massachusetts Institute of
Technology-- y el otro es del señor Negroponte. En ellos se dedican unas
cuantas páginas a hablar del fenómeno multimedia. El fenómeno multimedia,
que es algo generalizado en el mundo de hoy, en los países desarrollados,
y que forma parte de la configuración de lo que se llama la sociedad de
la información, consiste en la concentración de voz, imagen e
información. Pues bien, señoría, en el mundo lo que está ocurriendo es
que los grandes grupos de telecomunicaciones están entrando en el ámbito
de los medios de comunicación social y en el ámbito de los contenidos de
los que se nutren éstos. Porque, al final, señoría, usted contratará el
teléfono en función de los servicios que le den y del ocio que le presten
a través de los distintos medios técnicos y no al revés. Hoy, todavía, el
teléfono tiene, como es lógico, una presencia dominante. ¿Por qué? Porque
el teléfono es un bien generalizado en las sociedades desarrolladas que
llega a todo el mundo. Pero, en el futuro, dada la evolución de la
técnica, no solamente en la telefonía fija, sino también en la telefonía
móvil, usted ya no va a contratar el teléfono única y exclusivamente por
la calidad del servicio que le preste, usted va a contratar el teléfono
si además le dan otra serie de servicios, que van desde la teletienda
hasta la telemedicina, la teleeducación, el fútbol, las películas y un
montón más de contenidos.

Por tanto, lo que está haciendo Telefónica, en el ámbito de su actividad
empresarial, es exactamente lo mismo que están haciendo todos los grandes
grupos de telecomunicaciones en el mundo. Lo que pasa es que ustedes van
un poco retrasados desde esta perspectiva, y yo lo lamento. Yo diría más
bien que, en su estrategia, Telefónica, está simplemente adaptándose a lo
que está ocurriendo en el mundo de hoy. Hoy no hay ninguna gran compañía
de telecomunicaciones, especialmente en aquellos países que van por
delante, que no tenga presencia en el mundo de los contenidos. Esto es lo
que viene señoría. Puede gustar o no, y ustedes lo pueden utilizar, si
quieren, para meterse con el Gobierno, cuando en realidad se meten con
Telefónica. Los millones de accionistas que hoy tiene Telefónica,
felizmente, saben muy bien lo que ustedes harían con ella si volvieran a
ganar --que Dios no lo quiera-- las elecciones.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Ministro.




--DE DOÑA ANA ISABEL ARNAIZ DE LAS REVILLAS GARCIA, PORTAVOZ DEL GRUPO
PARLAMENTARIO SOCIALISTA, SOBRE SI CONSIDERA EL GOBIERNO QUE LA RECIENTE
CONFERENCIA AUDIOVISUAL EUROPEA, CELEBRADA EN BIRMINGHAM (REINO UNIDO),
ESTABLECE UN MARCO VALIDO PARA LOS CONTENIDOS TELEVISIVOS Y OTROS
ASPECTOS DEL PANORAMA AUDIOVISUAL (681/001184).




El señor PRESIDENTE: Pasamos a la siguiente pregunta, también de doña Ana
Isabel Arnáiz de las Revillas García, portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista en la Comisión, sobre si considera el Gobierno que la reciente
Conferencia Audiovisual Europea, celebrada en Birmingham (Reino Unido),
establece un marco válido para los contenidos televisivos y otros
aspectos del panorama audiovisual.

Tiene la palabra la Senadora Arnáiz, para formular la pregunta, por un
tiempo de cinco minutos.




La señora ARNAIZ DE LAS REVILLAS GARCIA: Gracias, señor Presidente.

Verdaderamente, con todas las preguntas que tenemos en esta Comisión
ocurre lo mismo, que son de febrero de este año, con lo cual, la reciente
Conferencia de Birmingham, ¡fíjese el tiempo que hace ya que se ha
celebrado! Pero da igual, el inmovilismo del Gobierno en este aspecto
hace que sean, como usted mismo ha dicho, las preguntas eternamente
vigentes, porque eternamente se dedican a hacer otras cosas que no son
las que corresponderían a su labor de Gobierno.

En síntesis, esa Conferencia que preside un español, don Marcelino Oreja,
crea un Comité de sabios --15 sabios-- en el cual hay otro español, da un
marco estable para todas las televisiones públicas de Europa, con una
serie de criterios o una posible cohesión interna para todas



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ellas y solamente hace hincapié en dos puntos esenciales: la
transparencia y la definición de lo que es el servicio público.

Yo escucho esto, dicho por un español en Europa, y me parece que en
nuestro país cada vez nos alejamos más. Es un desiderátum como las
Bienaventuranzas, que están por ahí flotando y que no tienen nada que ver
con lo que ocurre aquí. Porque aquí la televisión ya no es telebasura, es
absolutamente una saturación publicitaria enorme, con una falta de
protección a la intimidad de los menores y unos contenidos violentos
tremendos y generalizados. No hay diferencia entre la televisión pública
y la privada en cuanto a violencia, pornografía, imagen de la mujer,
etcétera. Por tanto, los contenidos de la Cumbre de Birmingham me parecen
Bienaventuranzas.

Señor Ministro, creo que definir el servicio público debería ser algo así
como garantizar el pluralismo político, social, religioso, cultural y
lingüístico; garantizar desde el Gobierno, ya sean empresas públicas o
privadas, la dignidad de las personas, la imagen de la mujer; garantizar
la protección a la infancia y a los valores democráticos: huir de los
estereotipos violentos; garantizar el derecho a la intimidad y a la
propia imagen, la igualdad de todos ante la ley: huir de los juicios
paralelos; garantizar la libertad de empresa. Hoy en día Televisión
Española está haciendo «dumping» a las televisiones privadas, está
saturando el mercado publicitario y abaratando precios.

Yo quisiera que el señor Ministro nos dijera si todas estas leyes que
tenemos ahora mismo en el Congreso, del Consejo Superior de lo
Audiovisual --cuestión en la que el señor Ministro se diferencia del
señor Alvarez Cascos, ya que usted no quería que saliera de su
Departamento y de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones;
ahora, a lo mejor, lo negocian. Usted quería que no fuera un órgano
independiente, de extracción parlamentaria, sino dependiente del
Gobierno--, las nuevas reformas de los terceros canales y de las
televisiones regionales, así como la propia ley que usted acaba de
mencionar de la televisión por cable, nos van a permitir tener un mercado
audiovisual coherente, con una definición de lo que es servicio público y
homologable con lo que existe en Europa. ¿Nos va a permitir al mismo
tiempo tener una transparencia? Y puesto que en Bruselas ya han dado el
visto bueno para que pueda haber una financiación mixta, sin decir por
ello que se agrede al derecho de competencia de las televisiones
privadas, ¿vamos a tener también un marco financiero estable y a salir
del lío en que tenemos a las televisiones públicas? ¿Nos va a servir para
algo lo que se está diciendo en Europa, o «Spain is different» y vamos a
ser también distintos en esto? Me refiero a la socialdemocracia que está
en toda Europa, no me refería ahora a otros tiempos, sino simplemente a
los últimos resultados electorales.

Señor Ministro, me gustaría mucho que, seriamente, el Gobierno tuviera un
plan para definir lo que es servicio público, para exigirlo de las
televisiones públicas, evidentemente, y también de las privadas en
determinados niveles constitucionales; que tuviera la transparencia
suficiente para hacernos homologables con las televisiones de Europa. En
este momento no estamos así ni en financiación, ni en publicidad, ni en
cantidad de episodios violentos, ni en derecho a la intimidad, ni en
estética, ni en nada. La programación de todas las televisiones que hay
en nuestro país obedece a una competencia bastante salvaje, bastante
desordenada, que además produce un caos financiero importante que, al
final, pagamos todos los españoles, y que no contenta ni a las empresas
privadas, ni a los usuarios; parece ser que sólo es para la satisfacción
del Gobierno. A mí me gustaría que ustedes corrigieran eso.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senadora Arnáiz.

Para su contestación, tiene la palabra por cinco minutos el señor
Ministro de Fomento.




El señor MINISTRO DE FOMENTO (Arias-Salgado y Montalvo): Muchas gracias,
señor Presidente.

Señoría, no sé por dónde empezar la contestación, porque al amparo de
Birmingham ha planteado todas las posibles cuestiones que suscita el
mundo de la televisión en España y en Europa. Por tanto, tendríamos para
un debate de varias horas.

Ha empezado usted diciendo algo que, con todos los respetos, no se tiene
en pie, y es que la Conferencia de Birmingham, por el hecho de haberse
celebrado en febrero, está pasada. Estas conferencias se celebran cada
varios años y son un lugar de encuentro para hacer reflexiones en voz
alta y llegar a una serie de conclusiones allí donde hay posibilidad de
consenso y mantener vivas las discrepancias donde el consenso no ha
resultado posible. Para que vea su señoría que la Conferencia de
Birmingham no solamente no ha quedado fuera del tiempo, sino que está
plenamente vigente, le diré que los objetivos que esa Conferencia fijó
por consenso para el mundo de la televisión son los siguientes:
desarrollar una industria europea de contenidos moderna y competitiva;
evitar la fragmentación del mercado interno; crear puestos de trabajo en
Europa; garantizar la pluralidad de la propiedad; garantizar una
competencia justa y eficaz; proteger los derechos individuales a la
privacidad y a la libre expresión; proteger los derechos de propiedad
intelectual y maximizar el surtido y el acceso a la información del
consumidor individual. Estos fueron objetivos plenamente compartidos por
todos los asistentes, en una representación plural en la que estaban los
Estados miembros, los distintos sectores relacionados con el mundo de la
televisión, productores individuales, personalidades del mundo
audiovisual, etcétera. Hubo también una serie de discrepancias, pero como
su señoría no ha hecho especial énfasis en la Conferencia de Birmingham,
a pesar de que la pregunta se refiera a ello, no las voy a comentar. Sí
voy a tratar de contestar al hilo de su diversa intervención.

Este es un Gobierno con el número de escaños que tiene en el Congreso de
los Diputados. Le garantizo a su señoría que si este Gobierno tuviera una
mayoría clara en el Congreso de los Diputados, el mundo de la televisión
hubiera cambiado a fecha de hoy mucho más de lo que ya lo ha hecho.




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Le voy a demostrar que ha cambiado ya muchísimo, señoría, lo que sucede
es que las inversiones que se exigen son muy cuantiosas y, por tanto, los
procesos no pueden ser muy rápidos.

Fíjese, señoría, hasta qué punto es incoherente la situación que
heredamos. Usted sabe que la televisión en España fue declarada en el año
1980 servicio público esencial. Pues bien, el Gobierno socialista en
diciembre de 1995, retenga bien la fecha, aprobó dos leyes: la Ley de
Telecomunicaciones por Satélite y la Ley de Telecomunicaciones por Cable.

Los contenidos transmitidos por el cable continúan siendo servicio
público esencial de acuerdo con lo que disponía el Estatuto de
Radiotelevisión Española de 1980. Pero he aquí que los mismos contenidos,
exactamente el mismo paquete de programación, sin ningún tipo de
diferencia, transmitido por satélite deja de ser servicio público y se
convierte en un producto comercial común. Esa es la situación heredada,
es la incoherencia absoluta sobre la ordenación jurídica del llamado
servicio público de Radiotelevisión Española.

Lo que ha hecho este Gobierno es justamente tratar de ir poniendo orden,
al mismo tiempo que le daba la vuelta a toda la regulación de las
telecomunicaciones. Hemos introducido la televisión allí donde hemos
tenido votos para cambiar su régimen jurídico, y donde no hemos tenido
votos, nos hemos visto obligados a retirar los proyectos de ley o,
simplemente, no lo hemos intentado.

Le diré que este Gobierno tenía un programa para liberalizar las
televisiones locales, primero, las autonómicas, después, y finalmente, la
televisión de ámbito estatal. La ley de televisiones locales tuvimos que
retirarla. Quisimos liberalizar y, por tanto, huir del concepto de
servicio público, huir del concepto de concesión administrativa e
introducir simplemente el régimen de autorización, de tal manera que
cumplidos unos requisitos predeterminados por la ley, todo aquel que
pidiera una emisora de televisión local, efectivamente pudiera tenerla
sin más limitación que la utilización del espectro radioeléctrico. Este
era el programa, hoy el Gobierno no tiene votos suficientes para hacer
una liberalización completa de la televisión.

De todas maneras, hemos aprovechado las posibilidades que ofrece la
técnica, y el Plan Nacional de Televisión Digital Terrenal va a permitir
multiplicar la existencia de empresas concesionarias, todavía en régimen
de concesión porque no podemos modificar la Ley de Televisiones Privadas,
pero con tales posibilidades técnicas que, al final, aunque se mantenga
el régimen jurídico de la concesión, se introduce una liberalización de
hecho en el ámbito de la televisión terrestre.

Como la televisión por satélite ya está liberalizada porque ustedes
decretaron que ésta no era servicio público, nos queda única y
exclusivamente la televisión por cable, pero hemos organizado los
concursos, introduciendo pequeñas modificaciones en la Ley que pudimos
hacer por decreto-ley al principio de la legislatura, de tal manera que
hoy todo el territorio nacional tiene los concursos de cable resueltos y
se han formado dos grandes operadores que, naturalmente, van a prestar no
solamente servicios diversos de telecomunicaciones, sino, por supuesto,
también servicio de televisión por cable. Es decir, que, utilizando las
diversas posibilidades técnicas, hemos ido realizando la liberalización
posible en el mundo de la Televisión. De aquí a muy pocos meses, señoría,
en las grandes áreas urbanas va a estar la televisión analógica
terrestre, va a estar la televisión por cable; está ya la televisión por
satélite y dentro de muy poco tiempo habrá una televisión digital
terrestre que permitirá todo tipo de combinaciones, que ésa es la ventaja
de la digitalización, todo tipo de desconexiones locales, regionales y
estatales.

Las posibilidades que se ofrecen para ajustarse a los deseos de los
ciudadanos, por tanto, en todo lo que afecta a la programación también,
son prácticamente infinitas. ¡Fíjese usted si en 24 meses no ha cambiado
el régimen de la televisión en España!, porque este Gobierno que no ha
podido liberalizar en términos estrictos el mundo de la televisión, sí va
a cumplir el objetivo de su programa electoral. Al término de esta
legislatura habrá mucho más pluralismo empresarial informativo que el que
nosotros recogimos al principio de la legislatura.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ministro.

Para réplica y por tiempo de dos minutos y medio, tiene la palabra la
Senadora Arnáiz.




La señora ARNAIZ DE LAS REVILLAS GARCIA: Muchas gracias, señor
Presidente.

Señor Ministro, sólo me ha hablado de lo que le gusta a usted que es
liberalizar. Sé que su Gobierno es un gran representante del
ultraliberalismo y del pensamiento único en Europa, y por eso se han
quedado solos. Pero no le estaba preguntando por eso, sino por si el
Gobierno es capaz de concitar un foro de encuentro donde se defina qué es
un servicio público, para que todo el mundo, y para protección de los
ciudadanos, de los espectadores y de los derechos constitucionales de
todos nosotros, seamos capaces de saber cuáles son las reglas del juego
con que tienen que jugar las empresas al defender sus legítimos
intereses.

Le estoy preguntando qué es un servicio público y no por liberalizar.

Parece ser que lo único constitucional que a su Gobierno le merece la
pena es traer a esta Comisión la ley del fútbol, que es lo único que al
señor Alvarez Cascos le pareció de interés general. Yo le estoy
preguntando por lo que se habla en Europa.

Ya sabemos que todos los avances técnicos van a cambiar el panorama
audiovisual, pero es que ustedes están anclados en el inmovilismo más
absoluto. Al final de la legislatura pasada se comprometieron a crear un
consejo de lo audiovisual que ahora reniegan de él y se niegan a decir lo
que es un servicio público.

Le voy a poner dos ejemplos de cómo estamos de desfasados con respecto a
Europa. Estamos en un país en el que el servicio público no tiene una
legislación que lo dictamine, a diferencia de otros países. Si manejamos
diferentes aspectos, como integración, «forum», calidad de información,
etcétera, nosotros no cubrimos la inmensa mayoría de aspectos que cubren,
comparativamente, Alemania,



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Gran Bretaña, Francia e Italia. Por ejemplo, nosotros no fijamos un
estándar de calidad periodística, como legalmente es obligado para todas
las cadenas en Alemania, ni evitamos la parcialidad política ofreciendo
diversidad de opiniones, ni un suministro de programas con una garantía y
una revisión de alta calidad, como hace Gran Bretaña, o programas
regionales para minorías y para etnias, apertura a todos los grupos de
espectadores, como hace Francia, con un propósito educacional de
programas para la juventud, o un soporte a la producción de películas
autóctonas, cumplimiento de una función social, carácter de preminente
interés general, como tiene Italia, o bien un carácter completo e
imparcial de la información, opiniones todas ellas contrastadas por la
opinión contraria en los informativos, transmisiones en otras lenguas,
difusión de programas de relevante interés social, cultural e
informativo, etcétera.

En todo eso estamos a años luz de la televisión de Alemania, de Gran
Bretaña, de Francia o de Italia que es el cuadro que he esbozado porque
en dos minutos y medio que me ha concedido el Presidente no me da tiempo.

Pero, le diré, por ejemplo, que tenemos muchísimos más minutos de ocio en
nuestra programación y muchísimos menos minutos de cultura; que tenemos
un 10 por ciento de películas nacionales y un 77 por ciento de películas
americanas, en contra de toda la normativa Europea. A eso me refiero,
señor Ministro, es decir, a que no podemos aumentar y saturar la
ocupación publicitaria que ha experimentado un incremento de un 73 por
ciento desde 1995 a 1997 y sigue en progresión, saturando la publicidad y
rebajando los precios, haciendo «dumping» a las empresas privadas. ¿Es un
servicio público la publicidad? Lo único que hace bien Televisión
Española es saturar publicitariamente y eso no nos evita la inmensa deuda
que tenemos.

Por lo tanto, Ministro, yo le estaba hablando de la Cumbre de Birmingham,
no de liberalizar ni de sus leyes, que me parecen muy importantes, pero
para la Comisión de Infraestructuras, para nosotros, es más importante
esta otra.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senadora Arnáiz.

Para dúplica y por tiempo de dos minutos y medio, tiene la palabra el
señor Ministro de Fomento.




El señor MINISTRO DE FOMENTO (Arias-Salgado y Montalvo): Muchas gracias,
señor Presidente.

Efectivamente, señoría, usted me ha preguntado por la Conferencia de
Birmingham, y tiene muy poco que ver lo que ha dicho después con ella. O
sea, que por favor, puestos a hablar de cosas distintas, hablemos todos
de cosas distintas. Pero la pregunta es sobre la Conferencia de
Birmingham y ya he leído cuáles son los objetivos en los que ha habido
consenso allí.

No he contestado a todo lo que ha dicho porque su intervención, señoría,
ha sido una miscelánea y como no he tomado nota de ella, algunos temas se
me han ido.

¿Qué le voy a decir del Consejo de lo Audiovisual? Lo hemos discutido en
el Pleno del Senado en tres ocasiones en esta Legislatura. En estos
momentos, como su señoría sabe, se van a poner de acuerdo los Grupos para
hacer una proposición de ley única, con objeto de lograr una
configuración por consenso del futuro Consejo de lo Audiovisual. Eso es
lo que va a hacer el Parlamento a través de los Grupos Parlamentarios.

Siempre he dicho que mi confianza o mi fe en este tipo de consejos es
perfectamente descriptible, como diría don Eugenio d'Ors. La prueba de
ello es que el problema de la violencia, el problema de los niños, el
problema de la programación basura lo tienen todas las televisiones de
todos los países desarrollados.

El mundo que su señoría ha presentado sobre las televisiones públicas en
Europa es idílico y tiene muy poco que ver con la realidad y con las
quejas que socialmente se producen también en esos países.

Por tanto, ése es un tema que van a decidir las Cámaras y, como es
lógico, yo voy a apoyar lo que las Cámaras hagan, aplicaremos la ley y la
desarrollaremos en la medida en que corresponda hacerlo al Ministerio de
Fomento.

No tengo la más mínima pretensión de que el Consejo de lo Audiovisual
entre en la órbita del Ministerio de Fomento. Cuanto más lejos del
Ministerio de Fomento esté, le aseguro que mejor. Tenía una lógica que
estuviera en la órbita de la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones, que, señorías, es un órgano independiente, porque si
sus miembros los nombra el Gobierno, no los puede cesar. Ese es el
procedimiento de autonomía e independencia que se sigue en los países
desarrollados donde los órganos de elección parlamentaria son muy
escasos. Después, en la trayectoria --lo hemos dicho muchas veces-- de
los órganos de elección parlamentaria y de los órganos que designa al
Gobierno con mandato legalmente garantizado, el resultado final canta muy
a favor de los órganos que designa el Gobierno y en perjuicio de los
órganos de extracción parlamentaria. Pensemos en el Consejo de
Radiotelevisión que es un órgano de extracción parlamentaria y no quiero
mencionar otros. Le puedo decir que la Comisión Nacional del Mercado de
Valores la nombra el Gobierno; la Comisión del Mercado Eléctrico la
nombra el Gobierno; el Gobernador del Banco de España lo nombra el
Gobierno y la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones la nombra el
Gobierno; tienen un mandato limitado en el tiempo y, por tanto, se
independizan del Gobierno.

Ese procedimiento, al final, da en la práctica mejor resultado que otro,
y es un punto de vista que no tengo la más mínima pretensión en imponer.

Si la mayoría de los grupos parlamentarios piensan que es mejor hacer un
órgano de lo audiovisual de extracción parlamentaria, hágase un órgano de
extracción parlamentaria. Probablemente si usted sigue en política y yo
también, que no lo sé, dentro de varios años haremos aquí el balance
sobre ese Consejo de lo Audiovisual, sobre su eficacia y sobre lo que ha
supuesto, si es que llega a ser elegido por las Cámaras y no designado
por el Gobierno, aunque siempre, como es lógico, con autonomía en su
gestión y un mandato legalmente establecido que el Gobierno no puede
alterar.

El servicio público es un concepto, señoría, que está en crisis hoy en el
mundo entero y se va a otro concepto distinto que es el que incorpora la
legislación comunitaria y



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que tiene dos facetas. La primera faceta es el concepto de servicio
universal que no tiene nada que ver con el concepto de servicio público,
que es una categoría de Derecho público que tiene una elaboración
doctrinal muy precisa que recogen las leyes.

El concepto de servicio universal tiene, fundamentalmente, una finalidad
política, la de garantizar que aquello que se considera esencial en una
sociedad llegue a todos los ciudadanos de esa sociedad. Es el caso del
teléfono, del servicio universal del teléfono, y podría ser --éste es el
debate público que hay ahora en Europa y no el que usted dice-- el del
servicio universal de la televisión.

Es evidente que la televisión es un instrumento de ocio y de cultura y,
por consiguiente, es perfectamente razonable, y yo diría que plenamente
legítimo, que la televisión tiene que llegar a todos los rincones del
territorio nacional. Este servicio universal lo tiene que garantizar la
ley y lo tiene que garantizar el Estado y no el Gobierno. Por lo tanto,
naturalmente, lo tendrá que ejecutar el Gobierno, pero tiene que estar en
la ley. Transformar el régimen jurídico de la televisión es, por tanto,
pasar de servicio público a servicio universal.

En segundo lugar, para otro tipo de cuestiones que hoy sí están
involucradas en el concepto de servicio público pero que se van
desgajando de este concepto porque está en crisis, está el concepto de
las llamadas obligaciones de servicio público. Las leyes dejan libertad
al mercado, pero se entiende que hay determinadas finalidades que el
mercado podría no cumplir y que las empresas que operan en el mercado
podrían no cumplir. Lo que hace la ley, porque hay que hacerlo con una
norma con rango de ley formal, es concretar unas obligaciones de servicio
público que las empresas privadas necesariamente tienen que asumir. Para
ello se dan determinadas condiciones.

Si habiéndose definido por ley las obligaciones de servicio público
ninguna empresa privada quiere prestarlas, entonces el Estado está
legitimado para dar subvenciones. Eso es lo que hoy se va introduciendo
en la legislación comunitaria y lo que van recogiendo en sus
legislaciones los Estados miembros.

Si nosotros estamos a años luz de Europa no es, señorías, por el problema
de los contenidos, en absoluto, sino porque todavía no hemos sido capaces
de adaptar desde el punto de vista estructural lo que decidió una ley del
año 1980 y que, probablemente, tenía justificación en el año 1980, pero
que hoy, a mi juicio, no la tiene.

Señoría, al final, lo que sí le acepto es que hay dos concepciones sobre
el mundo de la televisión. A ustedes les encanta reglamentarlo todo.

Ustedes vienen a criticar una acción del Gobierno por excesivamente
intervencionista, pero después, cuando definen su proyecto, resulta que
acaban ustedes interviniendo en todo, hasta en los niveles de calidad de
los periodistas. Eso es delicadísimo y complicadísimo y yo, desde luego,
estoy muy lejos de esa posición.

Yo soy partidario de que haya un mercado libre de la televisión que no
esté regulado por el concepto de servicio público y de que la ley
garantice, sin embargo, la existencia de un servicio universal que tenga
eventualmente obligaciones de servicio público para que la televisión,
como instrumento de ocio y como instrumento cultural, esté plenamente
garantizada en todos los rincones de España. Esa es la diferencia entre
su concepción y la mía.

Muchas gracias, señor Presidente. Muchas gracias, señoría.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ministro.




--DE DON FELIX LAVILLA MARTINEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA,
SOBRE LAS GARANTIAS QUE OFRECE EL GOBIERNO EN RELACION CON EL ACCESO A
LAS TELEVISIONES LOCALES PUBLICAS DE LOS GRUPOS POLITICOS SIGNIFICATIVOS,
SEGUN RECONOCE EL ARTICULO 20 DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA (681/000963).




El señor PRESIDENTE: Pasamos a la segunda pregunta de la sesión que
formularemos ahora en cuarto lugar, de acuerdo con la buena disposición
de esta Presidencia que, por cierto, quiere advertir a la señora portavoz
del Grupo Parlamentario Socialista que la pregunta en relación a la
reciente --entre comillas-- Cumbre de Birmingham no la formuló en
febrero. En esa fecha se celebraría la Conferencia Audiovisual en
Birmingham, pero la pregunta formulada por su señoría es del día 23 de
junio de 1998, es decir, de una semana antes de finalizar el período de
sesiones, con lo cual era bastante difícil que se hubiera podido
responder a dicha pregunta en esta Comisión dentro del anterior período
de sesiones. Lo digo para hacerle ver que su intervención en este sentido
quizás haya sido ligeramente extemporánea a juicio de esta Presidencia.

Pero, en fin, es fácil equivocarse con las fechas.

Tiene la palabra para la formulación de la segunda pregunta don Félix
Lavilla Martínez, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre las garantías
que ofrece el Gobierno en relación con el acceso a las televisiones
locales públicas de los grupos políticos significativos, según reconoce
el artículo 20 de la Constitución Española.




El señor LAVILLA MARTINEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Quiero agradecerle el cambio de la pregunta debido a que esta mañana he
tenido una avería en el coche y todo se ha alterado de alguna forma,
hasta el horario. Le agradezco esto y no tanto la crítica que ha hecho la
Presidencia a nuestra portavoz. En todo caso, voy a ceñirme a la pregunta
que se formula.

Entendemos que en la sociedad actual, en nuestra democracia, existe un
vacío debido, sobre todo, al uso y abuso que realizan determinadas
instituciones en relación a las televisiones municipales por cable, dado
que no se respeta el pluralismo informativo. En este sentido, se han
planteado diversas preguntas por escrito al Gobierno y en todas ellas se
dice prácticamente que la televisión está regulada por ondas terrestres.

Se cita, por ejemplo, la Ley



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14/95, de 22 de diciembre, para hablar de la publicidad electoral, es
decir, para el tiempo electoral.

Usted, señor Ministro, ha diferenciado entre servicio público esencial y
servicio universal. Yo no sé qué es lo que tendremos que hacer nosotros.

Más que una pregunta estoy haciendo una reflexión para que conste en esta
Comisión Constitucional que tiene la obligación de velar por los derechos
constitucionales, dado que en algunas televisiones municipales
financiadas con fondos públicos toda la corte de cargos públicos del
Gobierno aparece ininterrumpidamente usando y abusando de la televisión.

Y ni siquiera el grupo municipal de la oposición, en este caso el
socialista --puede pasar a la inversa, pues conozco un caso concreto que
nos debe llevar a la reflexión--, va a poder intervenir en toda la
Legislatura nada más que una vez cada seis meses; es decir, los cargos
públicos del Gobierno pueden intervenir cuando quieran, cuando lo deseen
--además existe un teletexto para que todas las opiniones del grupo que
coincide con el Gobierno se vean reforzadas y apostilladas--, pero la
oposición municipal no tiene derecho a ningún tipo de intervención.

Este es un tema para reflexionar porque es un tema que preocupa. Se ha
denegado este derecho por escrito. Se han hecho todo tipo de cartas y no
se ha conseguido nada de nada. Como el propio Gobierno ha usado en la
provincia de Soria la televisión, yo le pregunto, señor Ministro, qué
medidas complementarias está dispuesto a tomar el Gobierno, dado que se
está usando y abusando de ese margen que existe y que los grandes
perjudicados son, de alguna forma, los ciudadanos a los que se les ha
vetado ese derecho a recibir una información plural que les permitiría
formarse una opinión libre y determinar su propio voto. Estamos hablando
de derechos muy importantes que, de alguna manera, se están viendo
alterados.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Lavilla.

Tiene la palabra para responder a la pregunta el señor Ministro de
Fomento.




El señor MINISTRO DE FOMENTO (Arias-Salgado y Montalvo): Muchas gracias,
señor Presidente. Muchas gracias, señoría.

Las televisiones locales hay que plantearlas, señoría, en los parlamentos
autonómicos como mecanismo de control y también para tener la posibilidad
de poner en marcha medidas que pudieran ser efectivas a la hora de
garantizar un acceso plural a las televisiones públicas locales.

De acuerdo con el artículo 149.1.27 de la Constitución corresponde a las
Comunidades Autónomas el desarrollo y ejecución de la normativa básica.

Este es el caso de las televisiones locales y corresponde a las
Comunidades Autónomas garantizar que el acceso plural reconocido en las
leyes se produce de manera efectiva.

El Gobierno no tiene ningún medio ni ninguna posibilidad para obligar a
los titulares de las empresas públicas de televisión local a garantizar
el acceso plural a la pantalla. No lo tenemos. Es verdad que las
obligaciones están establecidas en una ley estatal, pero el desarrollo y
la ejecución corresponden a las Comunidades Autónomas. Al Gobierno se le
puede hacer responsable si no hubiere acceso plural a los canales
públicos de la televisión estatal. Pero la falta de pluralismo, en la
medida en que exista en las televisiones autonómicas y locales, es algo
que corresponde a los gobiernos y parlamentos de las Comunidades
Autónomas porque es en ese ámbito donde está residenciada la competencia.

Por mucho que nosotros le demos vueltas no podríamos interferir en el
ámbito de una televisión local y mucho menos en los contenidos de una
televisión local en el supuesto de que esté incumpliendo la legalidad. Yo
creo que eso tiene su lugar de ubicación en las instituciones
comunitarias y, eventualmente, en los tribunales de justicia.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ministro.

Para réplica, por tiempo de dos minutos y medio, tiene la palabra el
Senador Lavilla.




El señor LAVILLA MARTINEZ: Muchas gracias, señor Ministro.

No quiero una respuesta evasiva, y sabía que me iba a plantear esta
contestación porque por escrito se deduce cierta tendencia a la evasión.

Le he dicho que el propio Gobierno está usando y abusando de esta
televisión.

Para completar un poco la exposición inicial, tengo en mi mano un
informe, del que le puedo pasar una copia, que se ha mandado desde la
Delegación territorial al citado ayuntamiento de la provincia; en dicho
informe el Grupo Parlamentario Socialista solicitaba conocer qué
normativa o dictamen existía para impedirles el acceso y la propia
Comunidad Autónoma, en este informe sin firma pero que viene fechado y
junto con el fax de la propia Junta de Castilla y León, dice: Al
contrario de lo que sucede con la televisión local por ondas terrestres,
ninguna de las normas citadas hace referencia al acceso de los grupos
políticos y sociales a la televisión difundida por medio del cable.

Continúa exponiendo esta argumentación y dice: El único derecho de acceso
gratuito de los partidos políticos a espacios de programación es a
efectos de publicidad electoral cuando se convoquen elecciones
municipales. Es decir, que desplaza la pelota al Gobierno.

Por lo tanto, estamos hablando de un tema muy importante, señor Ministro,
da lo mismo que sea un ayuntamiento de 3.000 habitantes porque las
libertades son igualmente importantes para los ciudadanos. Estamos
observando, señor Ministro, que el Gobierno le pasa la pelota a la
Comunidad Autónoma y ésta se la devuelve al Gobierno; y mientras tanto,
la televisión municipal, financiada con fondos públicos, es utilizada por
el propio Gobierno, a través del Subdelegado y de todos los Directores
Provinciales y cargos políticos de la Junta de Castilla y León, de manera
permanente por el equipo de Gobierno que, en este caso, también es del
Partido Popular, aunque puede darse a la inversa.

Yo le invito, señor Ministro, a que en las conversaciones que se
mantengan entre su Departamento y el de la Comunidad Autónoma se intente
abordar con seriedad este



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problema porque los únicos perjudicados, sea servicio universal o
servicio público, son los ciudadanos a los que se está privando de un
derecho básico como es el derecho a la información plural, así como a los
grupos políticos significativos. Es un problema que preocupa y que no se
puede desviar.

También es una llamada a esta Comisión, que es una Comisión que tiene que
garantizar que la Constitución se cumpla, porque estamos hablando de
derechos fundamentales.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Lavilla.

Señor Ministro, dispone de dos minutos y medio para contestar.




El señor MINISTRO DE FOMENTO (Arias-Salgado y Montalvo): Evidentemente,
hay un planteamiento jurídico-formal que no se le escapa a su señoría.

Cuando la Junta de Castilla y León contesta que en la televisión por
cable no rigen los mismos principios que en la televisión terrestre, o
por ondas hertzianas, y en la televisión por satélite, es porque bien
sabe su señoría que ésa es una laguna de la Ley de Telecomunicaciones por
cable.

Todas las leyes que se han hecho en materia de televisión contienen una
referencia al artículo 2 --creo recordar-- del Estatuto de
Radiotelevisión de 1980, donde se recogen los principios básicos que
deben inspirar a una televisión pública en un Estado democrático. Ese
artículo se ha ido trasladando a todas las leyes que se han hecho en
materia de telecomunicaciones por satélite, en la Ley de Televisión
Privada y en la de televisiones locales por ondas hertzianas. Sin
embargo, no se recoge en la Ley de Telecomunicaciones por cable, aunque
en una interpretación sistemática del ordenamiento jurídico cabría pensar
que esos principios están vigentes para todo tipo de televisión,
cualquiera que sea su ámbito territorial. Desde esa perspectiva, yo
coincido con su señoría.

Lo que yo le puedo decir es que en el ámbito de las televisiones
públicas, autonómicas y locales no está resuelto el problema del libre
acceso de los distintos grupos políticos a la pantalla con la objetividad
suficiente. Eso se lo reconozco, y la solución de esto dependería de los
partidos políticos, que son los que gobiernan en unas y otras Comunidades
Autónomas. No quiero hacer ahora una mención de lo que ocurre en
Andalucía con la televisión pública andaluza, porque podríamos rasgarnos
las vestiduras, pero reconozco que el tema del acceso plural a los medios
públicos de ámbito autonómico y local no está suficientemente resuelto.

Y añado que no es problema del Gobierno dar una solución, es problema de
los parlamentos regionales y de los tribunales de justicia, porque estas
competencias las tienen las Comunidades Autónomas. No hay posibilidad
legal alguna de interferir en el funcionamiento de las televisiones
locales ni en el de las televisiones autonómicas. No le dé vueltas su
señoría. Consulte a los juristas de su grupo parlamentario. No hay
posibilidad de interferir: no tiene la competencia y ésta es de derecho
público. Señoría, no es posible, no le dé más vueltas.

Tenemos que hacer lo necesario para garantizarlo en el ámbito de las
televisiones estatales, que cubren todo el territorio nacional, pero no
hay competencia atribuida para interferir en el funcionamiento de las
televisiones locales y autonómicas. Es como se lo digo. Consulte usted
jurídicamente con su grupo, porque es absurdo exigir algo al Gobierno
para lo que no tiene competencia, y mucha más exigírselo en el ámbito de
la Comisión Constitucional. Está usted exigiendo que el Gobierno se
comporte de manera contraria a la Constitución, y eso no es correcto.

Creo que hay que ser un celoso guardián de las competencias que tiene
atribuidas los distintos órganos de la Administración Pública en sus
distintos ámbitos territoriales, pero no me pida que interfiera como
Ministerio de Fomento en el campo de las televisiones locales. ¿Cómo
puedo hacer eso?, ¿me lo quiere usted decir? Dígame usted cómo se hace;
le he dicho que no tengo la competencia y usted me está empujando a que
incurra en una ilegalidad manifiesta. (La señora Arnáiz de las Revillas
García: ¡Por Dios! --Risas.) Señoría, no se ría usted porque parece
mentira que se pueda reír de pedirle al Gobierno una ilegalidad
manifiesta. Ustedes le están pidiendo al Gobierno una ilegalidad
manifiesta. (Un señor Senador del Grupo Parlamentario Socialista: Como en
televisión, dando ejemplo.) Aquí se ha planteado el tema de las
televisiones locales, y ¿quién tiene la competencia en el ámbito de estas
televisiones? Pues la Comunidad Autónoma, de acuerdo con sus Estatutos,
que son leyes orgánicas. Ejérzanse esas competencias de las Comunidades
Autónomas, eso es lo único que le puedo decir.

A mi juicio, los partidos políticos deberían llegar a un acuerdo básico
para garantizar el libre acceso de los grupos políticos a las distintas
televisiones públicas, ya sean locales, autonómicas o de ámbito estatal.

(La señora Arnáiz de las Revillas García: Ese es el marco del servicio
público, que usted considera caduco.) No, señoría, eso no tiene nada que
ver con el servicio público. No tiene nada que ver porque el servicio
público tiene un régimen jurídico administrativo distinto y no tiene nada
que ver con el libre acceso de los distintos grupos políticos y sociales,
que es un derecho que garantiza la Constitución. Cuando ese derecho se
vulnera hay que ir a los órganos competentes para evitar que se produzca
la vulneración, si se puede actuar con carácter preventivo, y con
carácter represivo en un ámbito democrático intervienen siempre los
tribunales de justicia.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Ministro.

En nombre de la Comisión le agradecemos sus cumplidas respuestas, al
igual que a los señores Senadores sus cumplidas preguntas. (El señor
Lavilla Martínez pide la palabra.)
Senador Lavilla, tiene la palabra.




El señor LAVILLA MARTINEZ: Si el señor Presidente tiene la generosidad
suficiente, me gustaría contestar al señor



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Ministro la pregunta que me ha formulado y complacerle en la duda
filosófica que ha planteado, ya que estoy convencido de que él sabe que
es obligación del Gobierno rellenar los vacíos legales.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Senador Lavilla, sabe que no le correspondía este
turno. Ha dicho lo que quería decir, me parece estupendo, y aquí podemos
dar por terminado este punto del orden del día.

Se suspende la sesión durante cinco minutos para despedir al señor
compareciente, y la reanudaremos inmediatamente. (Pausa.)



--DICTAMINAR EL PROYECTO DE LEY DE RESTITUCION O COMPENSACION A LOS
PARTIDOS POLITICOS DE BIENES Y DERECHOS INCAUTADOS EN APLICACION DE LA
NORMATIVA SOBRE RESPONSABILIDADES POLITICAS DEL PERIODO 1936-1939
(621/000097).




El señor PRESIDENTE: Señorías, continuamos la sesión.

Pasamos al siguiente punto del orden del día: dictaminar el proyecto de
ley de restitución o compensación a los partidos políticos de bienes y
derechos incautados en aplicación de la normativa sobre responsabilidades
políticas del período 1936-1939.

De acuerdo con lo visto por la Mesa y Junta de Portavoces, a efectos de
la ordenación del debate la Presidencia propone agrupar la defensa de las
enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios. ¿Hay algún
inconveniente para ello? (Pausa.)
Muchas gracias. Así lo haremos.

En primer lugar, procede la tramitación del veto presentado a este
proyecto de ley por el Grupo Parlamentario Socialista.

Para su defensa, y por un tiempo no superior a quince minutos, tiene la
palabra la Senadora Arnáiz de las Revillas.




La señora ARNAIZ DE LAS REVILLAS GARCIA: Muchas gracias, señor
Presidente.

Voy a utilizar un tiempo muy inferior a quince minutos, ya que me voy a
limitar a leer la justificación del veto que mi Grupo ha presentado.

El 18 de julio de 1936 el General Francisco Franco encabezaba una
rebelión armada contra el Gobierno legítimo y democrático de España que
daba lugar al inicio de la Guerra Civil.

Apenas dos meses más tarde, el 13 de septiembre de 1936, y por Decreto,
declaraba ilegales a los partidos y agrupaciones políticas o sociales que
integraban el Frente Popular, así como a cualesquiera otros que se
hubiesen opuesto al Golpe de Estado y defendieran la legalidad
constitucional. También por Decreto se incautaban todos los bienes
muebles e inmuebles, efectos y documentos pertenecientes a los referidos
partidos y agrupaciones, pasando todos los bienes y patrimonios de estas
organizaciones a la propiedad del Estado.

Hasta el final de la Guerra Civil, el 9 de febrero de 1939, se dictó una
ley que confirmaba y abundaba en las medidas del Decreto del 36
fundamentándolas en la responsabilidad política en la que habían
incurrido todas las organizaciones citadas.

Con el presente proyecto de ley el Gobierno del Partido Popular pretende,
supuestamente, reparar una injusticia histórica y saldar desde el Estado
esta deuda mediante la reposición de aquello que fue arrebatado o la
compensación pecuniaria por el valor de los bienes, si la restitución no
fuera posible.

El Partido Socialista Obrero Español en 1939 tenía una existencia de 55
años, contaba con una afiliación muy numerosa y una extensísima
implantación territorial en la geografía española.

Su patrimonio y bienes eran de muy diversa naturaleza, y todos ellos
fueron confiscados por parte de la dictadura de forma absolutamente
idéntica.

El presente proyecto de ley excluye con la actual redacción la devolución
de una parte sustancial de los bienes sustraídos al Partido Socialista,
como son los bienes muebles y los derechos de crédito personales, por
ejemplo, las cuentas corrientes confiscadas o la rotativa del periódico
«El Socialista».

Por otra parte, este texto carece de la transparencia necesaria para
garantizar que en los expedientes de titularidad discutible o
controvertida se apliquen unos criterios equitativos.

Dada la amplia casuística, la probable complejidad del procedimiento y el
tiempo transcurrido, debería tramitarse contando con una comisión de
expertos y con conocimiento general de las bases, el criterio y las
cuantías resultantes en los expedientes. De lo contrario se puede dar
lugar a agravios, injusticias, errores, o simplemente decisiones
arbitrarias y bilaterales amparadas en la opacidad del procedimiento que
se establece en este proyecto de ley.

También la exclusión de ciertas organizaciones invalida la presunta
intención de reparación histórica.

La falta de idoneidad de este texto queda también patente en la
parcialidad del Gobierno al no admitir ninguna de las enmiendas
sustanciales que ha presentado el Grupo Socialista en su trámite en el
Congreso.

Esta falta de voluntad de consenso impide reparar la deuda moral que
también contrajo el Estado en el período 1936-39 con el Partido
Socialista Obrero Español.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senadora Arnáiz de las Revillas.

Para turno en contra del veto presentado por el Grupo Parlamentario
Socialista, y en nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra
el Senador Uriarte.




El señor URIARTE ZULUETA: Muchas gracias, señor Presidente.

La Ponencia acordó rechazar el veto interpuesto por el Grupo Socialista,
y lo hizo con el apoyo del Grupo Popular.




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Este Grupo entendió y entiende que el veto no procede, en primer lugar,
porque no se corresponde con la naturaleza de la ley que estamos
tramitando; en segundo lugar, porque se presenta, evidentemente, de forma
tardía, y en tercer lugar, porque en todo caso carece de la suficiente
--aunque yo diría que de la más elemental-- justificación para la
retirada del proyecto.

Me voy a referir separadamente a estas tres cuestiones. En primer lugar,
ésta es una ley de restitución de los bienes incautados a determinados
partidos políticos en el período 1936-39. Por tanto, es un proyecto de
ley que trata de reparar una injusticia indudable, evidente, y no
pretende supuestamente reparar una injusticia histórica, como así se dice
en la justificación del veto.

Se puede pedir que esa reparación sea más amplia desde el punto de vista
objetivo o subjetivo. Desde el punto de vista subjetivo, me voy a
permitir recordar que durante los trece años de Gobierno del Partido
Socialista Obrero Español solamente se reparó la injusticia en la parte
relativa a los sindicatos, por la Ley de 8 de enero de 1986. Doce años
después, el Gobierno del Partido Popular pretende que esta injusticia se
repare también con los partidos políticos y nos parece que es una medida
perfectamente justa.

Por tanto, en estas condiciones se puede discutir si hay que ampliar o no
la ley y para ello están las enmiendas, pero nos parece que la
interposición de un veto significa perjudicar, una vez más, a las
personas cuya situación, en estos momentos, se trata de reparar.

En segundo lugar, el veto es tardío y pienso que es evidente. No se
presentó en el Congreso de los Diputados. En su justificación se dice que
no se hizo porque uno de los motivos del mismo era que en el Congreso de
los Diputados se rechazaron las enmiendas sustanciales del Grupo
Parlamentario Socialista. Celebro esta aclaración porque hasta ahora ha
sido imposible averiguar cuáles son las enmiendas sustanciales del Grupo
Parlamentario Socialista. Es decir, hay un montón de enmiendas, de las
cuales es imposible, repito, averiguar cuáles son las que consideran
sustanciales y cuáles no tienen este carácter. Pero es más extraño que el
veto se interponga aquí, en el Senado, en estos momentos y en esta
Comisión, porque en este Senado se ha hecho un verdadero esfuerzo por
ampliar algunas de las limitaciones contenidas en el proyecto inicial.

Hay una enmienda transaccional que fue aprobada también por la Ponencia
por la que se recoge la posibilidad de indemnizar las incautaciones de
depósitos y cuentas corrientes, que era una de las peticiones que
expresamente había formulado el Grupo Parlamentario Socialista en su
enmienda número 9, así como los derechos de arrendamiento, que no estaban
expresamente mencionados en dicha enmienda, pero sí estaban incluidos en
ella, ya que se refiere a los derechos personales.

Por último, creemos que la motivación alegada es absolutamente
insuficiente. En primer lugar, se funda en la exclusión de ciertos bienes
que alega en el texto del veto e incluye entre ellos la rotativa del
periódico «El Socialista»; se funda también en la exclusión de derechos
personales y de cuentas corrientes. Pues bien, no siempre es posible
reparar todos los daños. Existen unas limitaciones de prueba, por el
transcurso de años de acreditamiento y unas limitaciones presupuestarias
que hay que tener también en cuenta y que impiden lanzarse a determinadas
aventuras. Salvo esto, repito, la ley trata de reparar los prejuicios más
importantes y la enmienda transaccional que se ha aprobado en la Ponencia
recoge la ampliación de esos bienes cuya incautación se trata de
indemnizar, así como en gran parte las peticiones expresas del Grupo
Parlamentario Socialista, consignadas en la enmienda número 9.

Después alega también una limitación de carácter subjetivo, la exclusión
de ciertas organizaciones. Creemos que esta alegación se refiere a que el
Congreso de los Diputados rechazó la enmienda número 31 del Grupo
Parlamentario Socialista por la que se solicitaba se indemnizara también
los bienes incautados a las logias masónicas y, efectivamente, la
enmienda número 21 presentada aquí por el Grupo Parlamentario Socialista,
reproduce literalmente la enmienda número 31 del Congreso de los
Diputados.

Quisiera decir que las logias masónicas no son el objeto de esta ley. De
la misma forma que el Partido Socialista Obrero Español indemnizó
solamente a los sindicatos, nosotros tratamos de indemnizar a los
partidos. Las logias masónicas no son ni partido ni sindicatos, merecen
toda clase de respeto, podrán ser objeto de esta ley, pero no se pueden
tratar de meter con calzador en una ley que trata de indemnizar las
incautaciones de los bienes a los partidos políticos.

Quiero manifestar dos cosas. En primer lugar, tampoco la ley de 1986
sobre el Patrimonio Sindical, aprobada por el Partido Socialista Obrero
Español, incluía a las logias masónicas y, en segundo lugar, se produce
una extraña y curiosa situación. La enmienda número 31 del Congreso de
los Diputados, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, fue
rechazada unánimemente con los votos de todos los grupos políticos,
excepto el Grupo Parlamentario Socialista. Pero hubo una cosa más curiosa
todavía, y es que ésta no era la única enmienda en el Congreso que
pretendía incluir a las logias masónicas. Este fue un tema muy debatido,
porque la Diputada Rahola incluyó nada menos que cuatro enmiendas, las
números 7, 8, 9 y 12, solicitando que se indemnizara a las logias
masónicas. Curiosamente, las enmiendas de esta Diputada fueron
rechazadas, ni siquiera con el voto en contra del Grupo Parlamentario
Socialista; es decir, a éste le parecían bien sus propias enmiendas pero
las de la Diputada Rahola, que decían lo mismo que las suyas, fueron
rechazadas con su voto en contra.

Por último, una de las argumentaciones que se esgrimen es también muy
singular. Es decir, no se ha creado una comisión de expertos encargada de
intervenir en la resolución de estos expedientes y este tema tenemos que
relacionarlo con otras dos enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista,
la enmienda número 8, que se refiere a la exposición de motivos, donde
esa comisión se califica como una comisión consultiva y la enmienda
número 17, donde se llama también comisión consultiva, pero se aclara
que, a pesar de su nombre, sus informes van a tener carácter vinculante.

Pues bien, una comisión consultiva con carácter



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vinculante es algo a lo que solamente se puede recurrir en casos
absolutamente excepcionales, caso contrario, se trata de una aberración
desde el punto de vista jurídico, en la que se mezclan las facultades
informales con las facultades de resolución y que acaban conduciendo a
una situación de absoluta irresponsabilidad administrativa. Pero también
respecto a esta comisión consultiva, hay una situación muy curiosa en la
Ley del Patrimonio Sindical, de 8 de enero de 1986. Es cierto que en esta
ley, en su artículo sexto, se creaba una comisión consultiva pero hay que
señalar, primero, que en la ley citada la comisión consultiva no tenía
carácter vinculante, con lo que uno de los mayores inconvenientes de la
propuesta del Grupo Parlamentario Socialista quedaba eliminada y,
segundo, que, curiosamente, la comisión consultiva de carácter no
vinculante no intervenía para nada en la restitución de los bienes a los
sindicatos, porque la expresada ley tenía un doble carácter: en su mayor
parte, se refería al reparto del patrimonio acumulado por la Organización
Sindical y una pequeña parte, la disposición adicional cuarta, era la
única que se dedicaba a lo que se llamaba restitución del patrimonio
sindical histórico, es decir, restitución del patrimonio sindical
incautado. Pues bien, en estas materias, en la restitución de este
patrimonio sindical histórico que, obviamente, es lo más semejante y
paralelo a lo que hoy estamos debatiendo, no intervenía la comisión
consultiva para nada, ni con carácter consultivo ni con carácter
vinculante. Sencillamente, no intervenía. Y, para colmo, el Grupo
Parlamentario Socialista presenta aquí otra enmienda, la número 20, por
la que da una nueva redacción a la disposición adicional cuarta de la Ley
8 de enero de 1986 y tampoco recoge la intervención de la comisión
consultiva. Es difícil comprender por qué es necesario crear una comisión
consultiva con carácter vinculante cuando se trata de restitución de
bienes a los partidos políticos y por qué no es necesario oír a nadie
cuando se trata de la restitución del patrimonio sindical histórico.

Nada más. Reitero lo dicho. Creemos que el veto es contrario a la
naturaleza de la ley, es tardío y no está suficientemente justificado.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Uriarte.

En turno de portavoces y por el Grupo Parlamentario Mixto tiene la
palabra la Senadora De Boneta.




La señora DE BONETA Y PIEDRA: Gracias, señor Presidente.

En nombre de mi Grupo Parlamentario, tengo que manifestar que nos parece
que el proyecto de ley que hoy debatimos es insuficiente pero no
justifica, en este caso, la presentación de un veto.

Pensamos que es insuficiente porque no tiene en cuenta a una serie de
entidades o a los gobiernos autónomos que en su momento fueron
esquilmados y expoliados con estas incautaciones. Pero igualmente creemos
que es también insuficiente en relación con las organizaciones
sindicales, toda vez que esa ley a la que ha hecho referencia el Senador
Uriarte, de 8 de enero de 1986, efectivamente trata de repartir,
fundamentalmente, el patrimonio que injustamente había adquirido el
sindicato vertical franquista, y poco más. No tiene en cuenta unas
circunstancias que ahora se dan en relación a los partidos políticos y
que se refieren no sólo a esos bienes sino a los de las organizaciones
vinculadas que en este caso se contempla y se piensa que también es de
justicia que los sindicatos puedan recuperar los bienes incautados y
pertenecientes a entidades y organizaciones vinculadas a los mismos. Sin
embargo, debemos congratularnos de que avance en la reparación de una
injusticia histórica que durante muchos años ha intentado subsanar.

Por esa razón, y no gustándonos la parcialidad de este proyecto de ley,
no podemos apoyar el veto que presenta el Grupo Parlamentario Socialista,
aunque coincidamos en alguna de las cuestiones que plantean en sus
enmiendas parciales.

Esta es la posición que, en nombre del Grupo Mixto, he querido
manifestar.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senadora De Boneta.

En nombre del Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos tiene
la palabra el Senador Caballero Lasquibar.




El señor CABALLERO LASQUIBAR: Gracias, señor Presidente.

Intervengo únicamente para anunciar mi voto en contra de este veto
presentado por el Grupo Socialista. El Grupo de Senadores Nacionalistas
Vascos comparte los objetivos, contenidos y propuestas de este proyecto
de ley y entendemos que, efectivamente, estamos ante un acto de indudable
justicia reparadora. Por eso mismo nos vamos a oponer a este veto y
también anuncio --con esto agoto el turno siguiente, si me lo permite el
señor Presidente-- que nos opondremos a todas las enmiendas presentadas
por los distintos grupos, no sin antes decir que entendemos legítimas las
intenciones de ampliación de los ámbitos subjetivos y objetivos que se
pretenden con las mismas, si bien no compartimos su idoneidad al entender
que su inclusión haría imposible la materialización de los objetivos
previstos en esta ley que, insisto, compartimos en toda su extensión.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Caballero.

Por el Grupo Parlamentario de Convergència i Unió tiene la palabra el
Senador Varela i Serra.




El señor VARELA I SERRA: Gracias, Presidente.

Hago uso de la palabra simplemente para anunciar que, aunque hemos
escuchado con mucha atención las explicaciones de la portavoz del Grupo
Socialista, entendemos que no justifican el veto. Nosotros pensamos que
el proyecto de ley es mejorable quizás en algún punto pero, en su
globalidad, es positivo y, por tanto, votaremos en contra del veto.

Muchas gracias.




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El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Varela.

Por el Grupo Parlamentario Socialista tiene la palabra la Senadora
Arnáiz.




La señora ARNAIZ DE LAS REVILLAS GARCIA: Señor Presidente, dice el
portavoz del Grupo Popular que el veto es contrario a la naturaleza de la
ley, tardío y no argumentado. Si así lo considera el portavoz del Grupo
Popular tendrá que justificar por qué, porque resulta que una ley que es
para reparar un agravio y un perjuicio histórico, quien debe decir si se
consigue o no la reparación es el agraviado. Por tanto, nos corresponde a
nosotros decir si la ley es adecuada o no, no a él decir si el veto es
adecuado o no.

El momento es oportuno, puesto que ha entrado en el plazo establecido en
la Cámara, luego no está fuera de plazo, es el plazo adecuado. Parece que
las enmiendas sustanciales sí sabe su señoría cuáles son, puesto que
después de decir que se ignoran y no están bien explicadas las ha ido
enumerando una por una una. Por otra parte, la enmienda transaccional que
considera que invalidaría el veto es posterior al mismo, con lo cual, si
la enmienda transaccional que presenta el Grupo Popular es posterior al
veto ¿cómo considera que, en virtud de esa enmienda, que es la única que
recoge alguna de las enmiendas socialistas en el Congreso de los
Diputados, iba a invalidar el veto?
En cualquier caso nosotros vamos a mantener el veto para el Pleno y
consideramos razonables las posiciones de los demás grupos políticos. Lo
que pasa que esta ley es absolutamente corta, absolutamente cicatera y,
lo peor, yo me atrevería a decir que es el Partido Socialista la mayor
organización agraviada en ese momento por los decretos de 1936 y de 1939.

No es una más, ni una de las últimas, sino la mayor y la más grande, por
historia, por implantación y por bienes incautados. Al Partido Socialista
no le parece suficiente esta ley porque no ha sido, en absoluto,
negociada, consensuada ni dialogada. Por lo tanto, este veto nos parece
plenamente justificado y lo mantendremos.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senadora Arnáiz.

Por el Grupo Parlamentario Popular tiene la palabra el Senador Uriarte.




El señor URIARTE ZULUETA: Señor Presidente, creo que no merece la pena
repetir los argumentos expuestos. Difícilmente podrá afirmar la portavoz
del Grupo Socialista que no se han dado argumentos por los que no se
estima conveniente --otra cosa es que el veto sea oportuno y esté
interpuesto en plazo legal-- ni razonable admitir dicho veto. A este
Grupo le parece perfectamente lógico que el Grupo Socialista pretenda
defenderlo en el Pleno y confiamos en que allí nos ilustre con cuáles son
los argumentos por los que verdaderamente se sostiene este veto, incluso
después de haberse aprobado la enmienda transaccional que, como reconoce
la portavoz del Grupo Socialista, recoge en gran parte las pretensiones
de dicho Grupo.

El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Uriarte.

Pasamos al debate de las enmiendas presentadas por los distintos grupos
parlamentarios. (El señor Uriarte Zulueta pide la palabra.)
Puede usted intervenir, señor Uriarte.




El señor URIARTE ZULUETA: Señor Presidente, me atrevería a sugerir que se
debatieran en primer lugar las enmiendas del Grupo Socialista por una
razón de claridad, porque están íntimamente relacionadas con el tema del
veto. Creo que sería más conveniente para la comprensión de las enmiendas
que se expusieran en primer lugar. Si el Grupo Socialista no está
conforme con esto por supuesto retiro la sugerencia.




El señor PRESIDENTE: En ese caso pido criterio no sólo a la portavoz del
Grupo Socialista, sino a todos los demás portavoces, sobre la cuestión.

Tiene la palabra la Senadora De Boneta.




La señora DE BONETA Y PIEDRA: Señor Presidente, sobre esta cuestión no
hay ningún inconveniente y evidentemente usted dirige el debate, pero yo
tenía entendido que previamente a la votación de las enmiendas habría que
votar el veto.




El señor PRESIDENTE: Senadora De Boneta, en este punto podría usted tener
razón. Lo que ocurre es que tradicionalmente en la Comisión hemos hecho
siempre al final todas las votaciones por acuerdo con la Mesa y los
portavoces y hemos hablado del tema previamente al inicio de la sesión.

De cualquier modo, por mi parte, no habría ningún inconveniente, pero se
acordó antes en Mesa y portavoces que procederíamos a la votación
conjuntamente al final. Como no afecta al resultado tampoco tiene mayor
importancia.

Pasamos, pues, a la defensa de las enmiendas del Grupo Parlamentario
Socialista, números 7 a 21.

Turno a favor, tiene la palabra el Senador don Antonio García Miralles.




El señor GARCIA MIRALLES: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, me van a permitir que introduzca una pequeña nota de humor ante
la trascendencia y la gravedad del asunto. Tengo un amigo que vivía en un
pueblo que decía --y yo creo que en esta Comisión ocurre lo mismo-- que
era tan pequeñito tan pequeñito que hasta los ciegos se conocían de
vista. (Risas.) O quizás recordar algo que dijo una vez un ilustre
parlamentario, precisamente de otro ámbito distinto al mío, en un debate
importante en el Congreso de los Diputados en otros tiempos, quizás
preconstitucionales, que dijo que entre tanta polvareda perdimos a don
Beltrán. Y claro, no hay peor sordo que el que no quiere oír ni peor
ciego que el que no quiere ver. Me refiero fundamentalmente a cuál es el
origen de que hoy estemos debatiendo aquí, en los términos en que lo
estamos haciendo, una serie de enmiendas --y no voy a hacer ahora



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referencia al veto-- del Grupo Parlamentario Socialista junto con las
legítimas enmiendas de otros grupos parlamentarios.

Indudablemente, y así lo dijo nuestro portavoz en el Congreso de los
Diputados, nos felicitamos de que este debate se pueda plantear. Otra
cuestión es que estemos de acuerdo en el fondo y en la forma.

Voy a empezar por el final de la película y por cortesía parlamentaria,
sobre todo para ilustrar a sus señorías sobre una cuestión que ha
planteado el Senador Uriarte.

Efectivamente se produce en la Ponencia la inclusión --no con el voto del
Grupo Socialista, pero sí del resto de los ponentes-- de una nueva
disposición adicional, y cuando el Senador Uriarte, en representación del
Grupo Popular, pregunta qué es lo sustancial para el Partido Socialista,
podría remitirle al «Diario de Sesiones» del Congreso, a la Comisión
Constitucional, donde mi compañero Paniagua, en su primera intervención,
lo dice con toda claridad: La enmienda nuestra al artículo primero. Si en
la disposición adicional nueva, que incorpora la Ponencia, se hace
referencia al artículo primero y no lo cambiamos en el sentido que
plantea el Grupo Socialista --y que su señoría conoce muy bien-- queda
totalmente desvirtuado el brindis al sol que se quiere hacer con esta
disposición adicional, lo que ha llevado incluso al Senador Uriarte a
explicar que ello, de alguna manera, invalida el veto del Grupo
Socialista. Ni por el texto exactamente cuando habla de excepcionalmente,
ni por el tema que hace referencia al contenido de los artículos tercero
y primero que enmendamos nosotros y qué decir de esta especie de límites
o de talla de mínimos que se plantea con la cifra de 500 millones de
pesetas, por ninguna de estas razones podemos nosotros entender que las
enmiendas en conjunto que estamos defendiendo y que elevaremos al Pleno
quedan desvirtuadas. Hay algo elemental y no hace falta recurrir a ningún
tipo de especulación política. Yo creo que incluso la claridad con la que
el representante del Grupo de Senadores Nacionalistas Vascos ha expuesto
sus argumentos contra el veto no hace sino corroborar algo que
textualmente se dijo en el Congreso de los Diputados, que es que este
proyecto de ley deviene de uno de los puntos de acuerdo del pacto de
legislatura entre el Partido Popular y el Partido Nacionalista Vasco; es
decir, es algo que en ese pacto de legislatura --que yo no voy a discutir
porque me parece legítimo, como todos los pactos de legislatura-- arranca
el Partido Nacionalista Vasco al Partido Popular. Hasta tal punto me
parece así que yo creo que se pactan hasta las comas --como dice su
representante en el Congreso de los Diputados--: Es un proyecto de ley
remitido por el Gobierno, previo acuerdo de los partidos políticos, sobre
el establecimiento de los contenidos del mismo. Se habla incluso de que
es un proyecto de ley que deviene de un pacto de legislatura y de muchos
trámites previos entre dos partidos políticos, entre dos grupos
parlamentarios, en orden al establecimiento de unos contenidos recogidos
en el propio proyecto de ley.

Yo he tenido siempre la impresión, desde que mi grupo me encargó que
trabajara en este asunto, de que íbamos --y perdonen la expresión-- a
cochera, que no había nada que hacer. Es verdad que, por un lado, el
Parlamento tiene que ser compromiso y, en este caso, debería ser de
alguna manera un punto de encuentro y de consenso, pero también lo es,
por qué negarlo, un lugar donde las distintas formaciones políticas deben
exponer sus programas, sus planteamientos y clarificar ante la opinión
pública sus propias posiciones. Creo que el debate en el Pleno --y en eso
estoy de acuerdo con el Senador Uriarte-- va a permitir que cada uno
quede en su sitio y defienda con toda claridad su posición, pero que no
se nos hable aquí de diálogo porque esto es casi un contrato-tipo que ha
venido a las Cortes Generales en función de una necesaria --no lo dudo--
estabilidad parlamentaria y en función de unos determinados
acontecimientos. No es el fruto generoso de la expectativa de una nueva
transición o de una nueva restauración histórica de lo que sea, sino más
bien el resultado --como muy bien se ha dicho-- de un pacto de
legislatura, de la debilidad de un Gobierno, del bilateralismo que
funciona básicamente en esta Cámara donde, fundamentalmente, hay una
mayoría que tiene y ostenta el partido del Gobierno.

Señores del Grupo Popular, ustedes saben perfectamente qué es lo
sustancial para el Grupo Parlamentario Socialista, que nadie se llame a
engaño; lo sustancial para nosotros es que podamos hacer una ley que sea
para todos y que no acabe resultando de alguna manera una nueva exclusión
o una nueva incautación para lo que representa históricamente el Partido
Socialista.

Por estos argumentos, y muchos más que expondremos en su momento,
mantenemos nuestras enmiendas, pero además, quiero añadir que nuestro
planteamiento no va en contra de la legítima reivindicación de ninguno de
los grupos parlamentarios ni de ninguna asociación, organización o grupo
político, aunque no tenga representación en esta Cámara, porque hay que
leerse bien los decretos de incautación y las leyes correspondientes. Con
nuestro criterio tratamos de demostrar que una ley como ésta tendría que
salir por consenso y que es inconcebible que pueda salir sin el voto del
Grupo Socialista.

Nada más y muchas gracias. (Un señor Senador del Grupo Parlamentario
Socialista: ¡Muy bien! --aplausos.)



El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador García Miralles.

Pueden seguir aplaudiendo al Senador García Miralles que, como es
paisano, estaré encantado de escuchar los aplausos. (Risas.)
Para turno en contra, tiene la palabra el Senador Uriarte.




El señor URIARTE ZULUETA: Gracias, señor Presidente.

La posición del portavoz del Grupo Parlamentario Popular es
verdaderamente singular porque tiene que contestar a unas enmiendas que
no han sido expuestas.

El Senador García Miralles nos ha hablado de los ciegos que se conocen en
un pequeño pueblo, del pacto de legislatura con el Partido Nacionalista
Vasco, del veto --del que ya no estábamos hablando--, pero no hemos oído
ni una sola palabra de las enmiendas del Grupo Socialista y,



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como creo que tiene su importancia, me voy a permitir, por lo tanto,
exponer por qué creo que esas enmiendas deben ser rechazadas, aunque
lamentando el que no hayan sido justificadas y ni siquiera expuestas por
el portavoz del Grupo Socialista.

Con todas estas cautelas, tengo que decir que al artículo primero hay una
enmienda del Grupo Socialista, la número 9, que consta de tres partes. En
una de ellas se solicita que se amplíe a toda clase de bienes la
restitución, y en la que no voy a insistir más.

Quiero decir que hay otra enmienda, la número 7, en la que ya se admiten
algunas excepciones --por ejemplo, frutos y rentas-- que no se pueden
indemnizar. En lo demás me voy a remitir a lo dicho al exponer mi
oposición al veto porque no voy a detallar aquí cada uno de aquellos
puntos en los que coincida con mi exposición anterior.

En segundo lugar, la enmienda número 9 pretende que se amplíe la
indemnización a los partidos políticos por los bienes incautados a las
organizaciones vinculadas a los mismos. En el artículo primero se admite
que se indemnice a los partidos por la incautación de bienes de personas
jurídicas vinculadas a los partidos que ejerzan una actividad política.

En ese caso se entiende que puede ser muy difícil distinguir la actividad
del partido de la actividad de las personas jurídicas y se admite que la
indemnización sea percibida por el partido, pero en la enmienda número 9
se habla no solamente de las personas vinculadas y que ejerzan una
actividad política sino también las personas vinculadas a un partido
político que ejerzan una actividad benéfica, cultural, recreativa,
etcétera. Creemos que esto es excesivo y que otra cuestión será que esas
personas puedan ser objeto de indemnización si sus bienes fueron
incautados, pero eso debería ser objeto de otra materia y, de ninguna
forma, creemos que los partidos puedan pretender que se les devuelvan los
bienes que fueron incautados a organizaciones recreativas, culturales,
etcétera, aunque estuvieran vinculadas a ellos.

En tercer lugar, en la enmienda número 9 se dice que no habrá lugar a la
restitución de los partidos extinguidos con anterioridad al 1 de
diciembre de 1995 y creo que se trata de un error del Grupo Socialista
que no se ha tomado el trabajo de actualizar las enmiendas presentadas en
el Congreso; en el Congreso había una enmienda 16 que decía esto y aquí
se ha recogido en esta enmienda número 9, pero no hay lugar a ello porque
este tema está recogido en el párrafo uno del artículo tercero del
proyecto actual de la ley en virtud de una enmienda «in voce» de
Izquierda Unida en la Ponencia del Congreso. Por lo tanto, repito, la
exigencia de que los partidos no estuvieran extinguidos el 1 de diciembre
de 1995 es un puro arrastre de la enmienda presentada por el Grupo
Socialista en el Congreso y carece en este momento de toda utilidad.

El artículo segundo se refiere a la compensación pecuniaria en el caso en
que no sea posible la restitución en especie. También en esta materia nos
encontramos con dos enmiendas, las números 10 y 11, del Grupo Socialista.

En la enmienda número 10 se propone sustituir la expresión «... por el
Consejo de Ministros, a propuesta del Centro Directivo a que se refiere
el artículo sexto...» por la de «... a propuesta del órgano competente a
que se refiere el artículo sexto...» Este es otro error porque en el
artículo sexto no se habla de ningún órgano competente ni en el proyecto
ni en las enmiendas del Grupo Socialista. Evidentemente se está
refiriendo a la comisión consultiva, pero ésta no estaría regulada en
caso de ser aceptada en el artículo sexto sino en un artículo especial,
el artículo sexto bis.

Antes hemos hablado extensamente de las razones por las que creemos que
no es admisible esta omisión consultiva y, obviamente, nos remitimos a
ellas.

En lo relativo a la fecha de valoración estamos hablando de aquellos
casos en los que no es posible la restitución en especie y hay que acudir
a la restitución del valor, pues bien, según el proyecto de ley la fecha
a la que se referirá esa valoración es la de entrada en vigor de la ley,
mientras que según el Grupo Socialista será dos años después. No
comprendemos muy bien esta razón. Lo siento mucho, pero siempre hay que
acudir al precedente que representa la Ley de 8 de enero de 1986, que
establecía como fecha de la valoración la fecha de entrada en vigor de la
ley. Es cierto que ahora se trata de rectificar y de darle un plazo de
dos años, para que sea coherente con el plazo que establecemos en este
supuesto, pero por qué son necesarios dos años ahora y no lo eran en el
año 1986 es algo que nos gustaría mucho averiguar y de lo que carecemos
de toda información.

En cuanto a la enmienda número 11, del Grupo Socialista, ésta solicita
que se suprima un párrafo en el que se establece que no habrá lugar a la
compensación cuando ésta se hubiese efectuado ya, porque este hecho no se
ha producido nunca. Si no se ha producido nunca esa compensación, no
habrá lugar a aplicar este párrafo. No vemos ningún inconveniente en que
el párrafo se mantenga.

El artículo tercero se refiere a los beneficiarios de la restitución o
compensación y también a este artículo hay una enmienda del Grupo
Socialista, que no deja de ser un tanto sorprendente, puesto que propone
la supresión de su segundo párrafo. Creemos entender que lo suprimen, no
porque quieran introducir ningún cambio, sino porque técnicamente lo
consideran insuficiente, puesto que el párrafo segundo, que se trata de
suprimir, es el que establece la indemnización a los partidos por la
incautación de las personas jurídicas vinculadas a ellos. Suponemos que
el Grupo Socialista entiende que es suficiente con la referencia al
artículo primero, pero, en todo caso, hubiera sido muy conveniente que en
la justificación de la enmienda nos explicara por qué se propone la
supresión del párrafo segundo de este artículo.

Al artículo cuarto, sobre regularización jurídica, que, realmente, es
regularización registral, la enmienda 13 propone que se suprima la
referencia a los bienes inmuebles. Esto, en parte, retrotrae el tema al
aspecto que ya hemos examinado antes: ¿se debe aplicar la ley solamente a
los bienes inmuebles, o también a otros bienes? Y, por tanto, tampoco
vamos a entrar en este tema. No obstante, le recuerdo que, normalmente,
los bienes inmuebles tienen acceso al Registro de la Propiedad, por lo
menos, con mayor frecuencia y extensión que los bienes muebles y que, por



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lo tanto, la regularización registral siempre será más necesaria en
materia de bienes inmuebles que en el resto.

El artículo quinto se refiere al ejercicio de derechos y aquí también nos
encontramos con dos enmiendas del Grupo Socialista: las números 14 y 15.

La enmienda número 14 amplía el plazo para formular las peticiones de un
año a dos. No aporta ninguna justificación y no sabemos por qué lo que no
se puede hacer en un año se va a poder hacer en dos.

En cuanto a la enmienda número 15 --y lamento su complejidad, pero es que
las enmiendas presentadas por el Grupo Socialista tratan de muchos temas
muy heterogéneos y vagamente relacionados entre sí--, en primer lugar,
esta enmienda sólo exige la prueba de la titulación, al pedirse la
restitución o la compensación, cuando sea posible. Naturalmente, esto es
lo que es imposible, es decir, quien solicite la restitución o
compensación de un bien que no le es posible devolver tendrá que
demostrar la titularidad de ese bien. Otra cosa es que la pueda demostrar
por cualquier medio, no solamente por títulos, que, efectivamente, pueden
faltar y podrían hacer imposible la restitución, pero que sea por prueba
testifical, por prueba notarial, por cualquier medio de prueba, y esto
está expresamente reconocido en el artículo quinto. Pero admitir la
posibilidad de que la titularidad no sea necesario probarla nos parece
que no tiene justificación posible.

En segundo lugar, se exige en la ley la prueba de la incautación y la
enmienda número 15 se refiere a la prueba de la normativa que regula la
incautación. Naturalmente, esto es imposible. La norma está publicada en
el Boletín Oficial del Estado y lo que hay que probar es que esa norma se
aplicó, no la normativa, que, repito, no tiene absolutamente nada que
ver.

En tercer lugar, esta enmienda que estamos examinando pretende que se
imponga a todas las administraciones públicas la obligación de facilitar
el acceso a la documentación. Esta enmienda --quiero recordárselo al
Grupo Socialista, porque parecer ser que no lo ha tenido en cuenta-- fue
acogida, en parte, en el Congreso. Lo que pasa es que, lógicamente, no
impuso esa obligación a todas las administraciones públicas, porque ni el
INI, ni el Ayuntamiento de Badajoz tuvieron nada que ver con la
incautación de bienes a los partidos políticos. El único que tuvo que ver
con esto es el Estado y es al Estado al que afecta esta obligación,
expresamente contemplada en el texto de la ley.

Al artículo sexto hay otra enmienda del Grupo Socialista, pero, para no
variar, tiene tres apartados, que tienen poco que ver entre sí.

En primer lugar, nos dice que se tramitará un expediente por cada bien.

No comprendemos el objetivo de esta enmienda. Es muy lógico que un
partido político presente una petición relativa a todos, a una gran
parte, a un número considerable, o a un cierto número de bienes que le
fueron incautados. El obligarle a presentar la solicitud y a tramitar un
expediente por cada uno de los bienes que le fueron incautados nos parece
que no conduce absolutamente a nada práctico.

En segundo lugar, la enmienda dice que la duración máxima de la
tramitación de todos los expedientes tendrá que ser de un año. La verdad
sea dicha: no lo podemos aceptar. Creemos que se pueden plantear
situaciones muy complejas, que no se puedan resolver en el plazo de un
año, y, en todo caso, si se trata de imponer el plazo de un año, habría
que regular las consecuencias de su incumplimiento: silencio positivo,
silencio negativo, pero establecer el plazo de un año y arrojarlo al
viento nos parece que no conduce absolutamente a nada.

Y el tercer apartado de esta enmienda 16 trata de que se imponga al
Gobierno la obligación de informar a las Cortes Generales. No es que
veamos ningún inconveniente en la existencia de ese informe, pero tampoco
creemos que la materia lo exige. Sobre esta materia, las Cortes Generales
tendrán toda la intervención que resulte de sus facultades de control de
la acción de Gobierno.

La enmienda 17, del Grupo Socialista, pretende introducir un artículo, el
sexto bis, que es el que regula la comisión consultiva con carácter
vinculante. Nos hemos referido a él al tratar del veto, hemos aludido a
él con ocasión de otros artículos y creemos que sobra insistir sobre el
tema.

El artículo octavo trata de las exenciones tributarias y la enmienda 18,
del Grupo Socialista, pretende dar una nueva definición de las mismas.

Creemos que da una fórmula mucho más general y menos ajustada
técnicamente. Fue rechazada por todos los Grupos Parlamentarios en el
Congreso de los Diputados y creemos que no procede volver sobre ella.

En cuanto a las disposiciones adicionales, el Grupo Socialista presenta
tres enmiendas: la 19, la 20 y la 21.

La enmienda 19 es la que propone que se incluya una disposición adicional
primera, por la que se regulen los supuestos de concurrencia de
beneficios de la Ley de 1986 y de la presente y que, en el caso de que
sean varios los titulares, se establezca un reparto proporcional del bien
o de la compensación. Nos parece razonable la pretensión, lo que pasa es
que la consideramos totalmente innecesaria. Evidentemente, si los
titulares son varios, habrá que ir a un reparto del bien o de la
indemnización y creemos que no es necesario insistir sobre este punto.

La enmienda número 20 tiene un gran interés porque en ella el Grupo
Socialista propone una nueva redacción de la disposición adicional cuarta
de la Ley de 8 de enero de 1986, que es el único mínimo contenido que la
Ley de 1986 atribuía a la restitución del patrimonio sindical histórico,
porque, insisto y repito, el resto se refiere al reparto del patrimonio
sindical acumulado por la Organización Sindical. Los retoques no tienen
una gran importancia. Por coherencia con lo que se ha dicho con ocasión
de este proyecto de ley la valoración la remite a dos años después de la
entrada en vigor de la ley, pero, como he dicho anteriormente, se da la
curiosa circunstancia de que esa comisión consultiva vinculante que se
trata de exigir en este supuesto no existe en la Ley de 1986 y no aparece
en la nueva redacción que el Grupo Socialista formula para esta
disposición adicional.

Y, por último, la enmienda 21 se refiere a la restitución o compensación
de los bienes incautados a las logias masónicas y nos remitimos a lo ya
dicho también al tratar del tema.




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Por último, en cuanto a la exposición de motivos, hay dos enmiendas, la 7
y la 8, en las que tampoco nos vamos a detener.

La enmienda 7 es la que trata de establecer un concepto general. Hay que
restituir o compensar la pérdida de toda clase de bienes, con esa
excepción: salvo frutos o rentas, para lo que ya se reconoce la
imposibilidad de que se restituyan o compensen determinados bienes. La
enmienda número 8 vuelve a insistir en la creación de la comisión
consultiva, a la cual también nos hemos referido ahora y al tratar del
veto.

Por todas las razones expuestas, estimamos que procede la desestimación
de las enmiendas formuladas por el Grupo Parlamentario Socialista.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Uriarte.

Abrimos turno de portavoces.

¿Grupo Parlamentario Mixto? (Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, tiene la
palabra el Senador Caballero.




El señor CABALLERO LASQUIBAR: Gracias, señor Presidente.

Quiero tan sólo contestar a mi estimado colega del Grupo Parlamentario
Socialista.

En efecto, este proyecto de ley deriva de un pacto, no de legislatura,
sino de investidura, que ha permitido, mediante un acuerdo lícito, hacer
realidad esta ley. Ley sobre una materia compleja, de materialización
compleja, como ya ha expresado el señor Uriarte. El entendimiento ha
hecho posible --insistimos-- un acto de justicia reparadora que fue
ignorado o que no fue posible llevar a cabo, sin duda, con anteriores
gobiernos. E insisto en el acuerdo lícito, porque parece que todo acuerdo
con los partidos nacionalistas tanto vasco como catalán, siempre es
denunciable solamente por una razón aparente: que el denunciante esté o
no en la oposición.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Caballero.

¿Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió?
(Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el Senador García
Miralles.




El señor GARCIA MIRALLES: Muchas gracias, señor Presidente.

En primer lugar, voy a tratar de fijar la posición respecto a la
intervención del Senador representante del Grupo Parlamentario Popular, y
luego haré una matización al Senador Caballero.

Para resumir, diré que para nosotros lo fundamental --lo dijimos en el
Congreso de los Diputados y lo reiteramos ahora-- está en la redacción
del artículo primero, de tal manera que todo lo demás se deriva
fundamentalmente de esa concepción y de ese enfoque de la ley. Ello nos
lleva también, como es lógico, a que hayamos planteado en nuestras
enmiendas un sistema, a nuestro modo de ver menos oscuro, más claro y más
controlado por el Parlamento, para lo que puede ser el desarrollo, la
ejecución práctica de algo que afecta no sólo a los grupos políticos sino
también al conjunto de la sociedad española. En ese sentido, permítaseme
exponer un matiz que está recogido en una enmienda y que modifica en
parte nuestra posición en el Congreso. Nosotros hablamos de «hasta el
plazo máximo de dos años». ¿Por qué? Porque no queremos perjudicar el
mejor derecho que pueda tener cualquier agrupación política, cualquier
partido político, pero entendemos que, precisamente por el contenido que
nosotros creemos que debe tener el ámbito de la ley, un año quizá sea
poco tiempo. Ha preguntado el señor Uriarte que por qué un año. Podríamos
decir una semana o cinco años, pero parece que hasta dos años es un
tiempo bastante más que razonable.

Desde esa óptica hemos constatado, a lo largo --repito-- de todo el
procedimiento parlamentario, cosa que quedó evidenciada en el Congreso de
los Diputados, que esto estaba absolutamente tasado por acuerdo entre dos
grupos políticos, aunque haya habido incluso alguna incrustación de
última hora por parte de cualquier otro Grupo.

Sabe pues el Grupo Parlamentario Popular --que es el que, con su mayoría
en esta Cámara, tiene lógicamente la llave para encontrar una vía de
consenso-- que nosotros hemos estado y seguiremos estando abiertos a
cualquier posición que, respetando este mayor ámbito que queremos para la
ley, suponga de verdad una restitución histórica.

Y permítaseme hacer una matización, porque muchas veces nos inventamos el
maniqueo para luego cargárnoslo, querido colega, incluso de pasillo,
Senador Caballero. En ningún momento de mi intervención he deslegitimado
ningún pacto ni ningún acuerdo, ya sea con un grupo nacionalista o con
cualquier otro grupo. El Grupo Parlamentario Socialista ha sido muy
respetuoso con este asunto a lo largo de este procedimiento, incluso nos
hemos privado de hacer la más mínima declaración pública respecto de todo
este tipo de cuestiones (La señora Arnáiz de las Revillas García: Hasta
el momento.) hasta el momento, y queremos llevar este debate al Pleno por
razones cronológicas que a nadie se le deben escapar. Por lo tanto, ya
está bien de victimismos cuando aquí nadie lo ha planteado o cuando, si
alguna víctima puede haber debido a esta ley, no es ningún Grupo
nacionalista sino, en todo caso, el Grupo Parlamentario Socialista.

Tampoco queremos hacer victimismo. Se trata simplemente de que tenemos un
criterio diferente, de que hemos constatado en el procedimiento que
estaban cerradas unas posturas en virtud de unos acuerdos que yo no
discuto, porque pueden ser muy legítimos, pero que nos han impedido, de
verdad, introducir las mejoras que a nuestro modo de ver tenía que tener
un texto tan importante y que afectan fundamentalmente --y lo repito una
vez más-- a su artículo primero y, como consecuencia de ello, al
desarrollo posterior.

Desde ese punto de vista, podríamos haber tenido un diálogo fructífero.

Este no ha sido posible por las razones que sea. Nos queda todavía una
semana. Ojalá se produzca algún tipo de milagro, aunque creo poco en este
tipo de milagros,



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pero ya que estamos en tiempos de tener mucha esperanza para muchísimas
cosas, no la perdamos. Pero que quede bien claro, primero, que lo
sustancial para el Grupo Parlamentario Socialista está muy claramente
definido en su posición en el Congreso y posteriormente aquí en esta
reunión de la Comisión, y que nosotros no hemos satanizado ni pensamos
satanizar ningún tipo de acuerdo ni de pacto, ni en función de quienes
pactan ni en función de su propio contenido. Estamos en un debate
parlamentario que puede conducir, o a un consenso o a una escenificación
pública y legítima de la disparidad de criterios entre los dos grupos
mayoritarios de esta Cámara y del conjunto de la sociedad española. Y hay
un Grupo que legítimamente se siente postergado y, como es lógico, muy
afectado por el resultado final de este debate parlamentario y, por lo
tanto, de la aprobación definitiva de este proyecto de ley del Gobierno y
compañía.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador García Miralles.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Senador Uriarte.




El señor URIARTE ZULUETA: Señor Presidente, este Grupo parlamentario no
va hacer uso de su turno. Ha expuesto reiteradamente su posición con
respecto a las enmiendas del Grupo Parlamentario Socialista, tanto en
cuanto a las enmiendas como en cuanto a la oposición al veto, puesto que
éste, a su vez, está relacionado con las enmiendas. Creo que una tercera
exposición no serviría más que para cansar a esta Comisión, y como luego
tampoco se ha expuesto ningún argumento nuevo en defensa de las
enmiendas, creemos que nuestra intervención en este turno es innecesaria.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Uriarte.

Pasamos, a continuación, a la defensa de las enmiendas números 1 a 4, de
la Senadora De Boneta y Piedra, del Grupo Parlamentario Mixto.




La señora DE BONETA Y PIEDRA: Gracias, señor Presidente.

Debo comunicarle que, además de las enmiendas 1 a 4, voy a mencionar o a
dar por defendida la enmienda número 6, correspondiente a los Senadores
Nieto Cicuéndez y Pilar Costa, también del Grupo Parlamentario Mixto.




El señor PRESIDENTE: Muy bien, Senadora De Boneta.




La Senadora DE BONETA Y PIEDRA: Gracias de nuevo, señor Presidente.

En relación con las cuatro enmiendas que presenta esta Senadora en nombre
de Eusko Alkartasuna, debo decir lo siguiente.

Yo creo que de la anterior intervención, en relación al veto, se ha
podido deducir cuál era nuestra posición pero, no obstante, voy a
centrarme concretamente en el contenido de las enmiendas.

La enmienda número 1 pretende que, así como se contempla la devolución,
restitución o compensación a los partidos políticos de bienes y derechos
incautados en aplicación de la normativa sobre responsabilidades
políticas del período 1936-1939, se tengan en cuenta, con mucha más
razón, a los gobiernos autónomos legítimamente constituidos que sufrieron
la misma incautación y que, aunque parezca una paradoja, no han sido
compensados ni han tenido ninguna restitución desde la aprobación de la
Constitución ni de los respectivos Estatutos. En este caso me voy a
referir muy concretamente a un bien de un valor simbólico y también
material, por qué no, adquirido con fondos aportados por la Consejería de
Finanzas del Gobierno vasco a través de una sociedad interpuesta, eso sí.

Pero esto quedó bien claro en el juicio que tuvo lugar en la Corte de
Siena en el año 1943 como consecuencia del allanamiento y de la ocupación
ilegal por el Gobierno ilegítimamente constituido después de la Guerra
Civil en el año 1941, el cual quería legalizar de alguna manera su
irregular situación. Allí se veía claramente que las razones por las que
ese Gobierno español reclamaba el inmueble se debían precisamente a que
era un bien que correspondía a una Comunidad Autónoma, y en aquel caso,
al haberse borrado de un plumazo todo resquicio de Gobiernos autónomos
territoriales, o como se les quisiera llamar, el Gobierno español se
sentía heredero de dicho bien y por eso lo defendía.

En relación con esta enmienda --y esto sirve también para las demás--
quiero dejar constancia de que la Ley de febrero de 1939 no dejaba títere
con cabeza, es decir, no sólo se refería a agrupaciones sindicales y a
partidos políticos, sino que se refería a entidades, a agrupaciones, es
decir, se refería a todo hijo de vecino fuera éste privado o público. Esa
Ley arramplaba con todo supuestamente en función de un derecho de
conquista manifiestamente ilegítimo.

En todo caso, cuando se procede a restituir a las organizaciones
sindicales los bienes que ostentaba el extinto sindicato vertical
franquista --y esto enlaza con otra enmienda planteada--, se procede en
realidad a una reparación parcial puesto que no se tienen en cuenta todos
aquellos bienes que no están en poder de las organizaciones sindicales y
que pertenecen a fundaciones, a agrupaciones o a entidades vinculadas a
esas organizaciones sindicales. Queremos que en ese punto también se
tenga en cuenta esa situación.

Quiero dejar también constancia de que nuestras números 1 y 2 son
sustanciales para que se proceda a esas reparaciones concretas. En cuanto
a las números 3 y 4, en coherencia con este planteamiento filosófico y de
reclamación justa desde nuestro punto de vista, lo único que hacen es
añadir a la exposición de motivos estos aspectos, entendiendo que también
debería haberse modificado el propio título del proyecto de ley mediante
otra enmienda. En cualquier caso, creo que esto se entiende
perfectamente. Consideramos que el proyecto de ley tendría que ser mucho
más amplio para acabar con esas justas reparaciones.




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Y para que no quede ninguna duda respecto de nuestra posición, debo decir
que nos alegramos por todos aquellos partidos que podrán recuperar un
patrimonio injustamente incautado, independientemente de que esa
incautación fuese fruto de un acuerdo de investidura o de cualquier otro
tipo. Esto nos parece absolutamente lícito, e insistimos en que, en
cualquier caso, se trata de un acuerdo parcial.

Y en cuanto al caso concreto del Partido Nacionalista Vasco, creemos que
se tendría que haber tenido en cuenta la justa reparación que
correspondía a todos los ciudadanos vascos, a todos --insisto en ello--,
puesto que todos nos sentimos un poco afectados por esa incautación,
dejando aparte esas otras incautaciones individuales y colectivas. Creo
que no quedó títere con cabeza en el País Vasco, y por ello se debe tener
en cuenta esta reivindicación que planteamos en relación con el Gobierno
vasco.

Insisto también en que debe tenerse en cuenta el tratamiento que debe
darse en esta ley a los partidos políticos y a las organizaciones
sindicales, de tal forma que se complete un poquito esa insuficiente Ley
de 1986 que, aunque reparaba algo, no reparaba del todo la injusta
situación que las organizaciones sindicales tuvieron que sufrir, así como
los partidos políticos en general y también otras agrupaciones, sin
perjuicio de los problemas de índole presupuestaria a que ha hecho
alusión el Senador Uriarte Zulueta, y sin perjuicio de lo que le he
creído entender al portavoz del Grupo Popular cuando ha dicho que esto es
solamente una parte y que eso no quiere decir que se estime ilícito,
injusto o improcedente que se haga otro tipo de reclamaciones.

Para terminar, quisiera preguntar cuándo se va a dar cumplimiento a ese
otro tipo de reparaciones, y si será necesario algún otro acuerdo de
investidura, de legislatura o de la clase que se estime conveniente para
poder llegar a conseguir todas las reparaciones.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senadora De Boneta.

En turno en contra tiene la palabra el Senador Espert.




El señor ESPERT PEREZ-CABALLERO: Muchas gracias, señor Presidente.

No cabe duda de que, tanto en el veto que ha presentado el Grupo
Parlamentario Socialista --al que solamente aludo puesto que no voy a
contestar de nuevo-- como en el conjunto de enmiendas, hay un deseo de
que se amplíen los límites objetivos y subjetivos de la ley y, como muy
bien ha dicho la Senadora De Boneta, olvidó una enmienda puesto que no
sólo había que reflejar esa ampliación en la exposición de motivos sino
también en el título. Difícilmente podemos mantener el título de proyecto
de ley de restitución o compensación a los partidos políticos, si en el
fondo la Senadora De Boneta quiere que indemnicemos a todo títere o a
todo hijo de vecino que fue perjudicado, expresión que ha utilizado la
Senadora cuando se refería a aquellas leyes de incautación.

Como muy bien ha expuesto en su oposición al veto y a las enmiendas del
Grupo Socialista el Senador Uriarte, no cabe duda de que los legítimos
derechos de otras asociaciones y de otras entidades podrán ser objeto de
una ley. Incluso la subsanación de defectos, por cortedad, en que
incurrió aquella Ley que restituía o repartía el patrimonio sindical
acumulado, no cabe duda de que puede ser objeto de una modificación de
aquella Ley o de una nueva proposición de ley.

¿Pero cuánto habrá que esperar --nos pregunta la Senadora De Boneta--
para que se indemnice o para que surja el derecho a que soliciten su
indemnización estos otros perjudicados? Senadora De Boneta, hemos
esperado catorce años de gobierno socialista para aprobar una ley, fruto
de un legítimo pacto, en la que dentro de unos determinados principios
que habrá que respetar, como es la seguridad del tráfico jurídico, como
son las posibilidades presupuestarias, se intenta reparar una injusticia
histórica. Que por ello merezcamos críticas, nos parece absurdo.

Por tanto, esa obligación de ceñirnos a esa necesidad de protección de la
seguridad del tráfico jurídico y a las posibilidades presupuestarias, no
cabe duda que ha influido en que se excluyeran determinados bienes, en
que la ley se ciñera en principio a los bienes inmuebles para que luego,
en virtud de esa enmienda transaccional que se incorporó en Ponencia, se
haya ampliado a determinados derechos personales, como son los de
arrendamiento, y a los depósitos y cuentas bancarias. Es decir, que ya ha
habido una ampliación; ya se ha hecho un esfuerzo de generosidad para
reparar aquella injusticia. Pero de ahí a ampliarla a otros sujetos, a
admitir esa enmienda número 4 en la que se dice «así como otras
entidades», que en el fondo también quiere ser incluida, a través de la
enmienda número 2, en cuanto que se refiere a las organizaciones
sindicales, nos parece absurdo.

En definitiva, por lo que se refiere a las organizaciones sindicales,
éstas han sido objeto de su ley específica. Si se necesita alguna
ampliación, hágase una ley que modifique aquélla o amplíese el contenido.

Por lo que se refiere a otras entidades que no sean partidos políticos,
nos parece que no hace falta insistir más en el tema. Pero es más, es que
la enmienda número 1, en la que hace gran hincapié la Senadora De Boneta,
se refiere a Comunidades Autónomas. Y aquí no creo que la dificultad de
ubicar en esta ley a las Comunidades Autónomas devenga sólo del deseo de
constreñirla a los partidos políticos, y una Comunidad Autónoma
indudablemente no lo es, sino a que una Comunidad Autónoma es un ente de
muy distinta naturaleza a cualquier otro perjudicado. Es más, no se trató
tanto de una incautación de bienes a Comunidades Autónomas, sino de una
desaparición de las Comunidades Autónomas; un Estado que comenzaba a
descentralizarse volvió, por desgracia, a una absoluta centralización, y
los bienes de esas Comunidades Autónomas ya constituidas volvieron al
Estado.

La forma de restituir y recompensar es la venturosa Constitución de 1978,
que estableció el sistema de Comunidades Autónomas y por la que se
implantó el sistema autonómico, y de aquel descentralismo hemos vuelto a
una descentralización no sólo administrativa sino también política. A
través de unos procesos transferenciales, aquel patrimonio o bienes
públicos que pertenecían sólo al Estado



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han ido distribuyéndose a todas las Comunidades Autónomas. Ese era el
marco adecuado para hacer alguna reclamación, si queda alguna pendiente
por parte de alguna Comunidad Autónoma, pero en una nueva negociación
bilateral: Comunidad Autónoma-Estado.

La enmienda número 5 del Senador Román Clemente está retirada.




El señor PRESIDENTE: No, señor Senador.

La enmienda retirada es la número 6, y a continuación se procederá a la
defensa de la número 5.




El señor ESPERT PEREZ-CABALLERO: De la enmienda número 6 no se ha hecho
una defensa, pero por la justificación que aporta la misma debo decir que
no entiendo por qué el Gobierno tiene que tener la obligación de informar
a los partidos que sufrieron la aplicación de aquellas leyes de
incautación, ya que la defensa de los derechos de los perjudicados por la
aplicación de aquellas leyes está perfectamente prevista en el párrafo
segundo del artículo 5 al decir que el Estado facilitará el acceso a los
fondos y archivos, con preferencia y gratuidad, así como a los recintos
públicos donde pudiera hallarse la documentación en que pueda fundarse la
reclamación de los daños. Es decir, que está suficientemente garantizado
el derecho del perjudicado, que es quien tiene que iniciar el
procedimiento para tener acceso a todo tipo de pruebas.

Nada más, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Espert.

Abrimos turno de portavoces.

Por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra la Senadora De Boneta.




La señora DE BONETA Y PIEDRA: Intervendré muy brevemente, señor
Presidente.

En primer lugar quiero precisar que cuando he hablado de que la Ley de
1939 no dejó títere con cabeza, me he referido a todo tipo de títeres:
personas privadas, personas jurídicas, entidades, etcétera. Baste leer la
exposición de motivos y el contenido de la ley para darse cuenta.

Pero en este caso la reivindicación que las enmiendas de esta Senadora
plantean no se referían, por supuesto, a todos los títeres que quedaron
descabezados, sino simplemente a los que aparecen en las enmiendas
concretas que he planteado; es decir, a los Gobiernos Autónomos,
concretamente me refería al Gobierno Vasco, que 20 años después no ha
recibido por transferencia este inmueble que le pertenece, a pesar de esa
presunta nueva descentralización a la que ha hecho referencia el portavoz
del Grupo Parlamentario Popular, y a tratar de la misma manera a las
organizaciones sindicales que en este caso a los partidos políticos, para
recuperar aquellos bienes que no pudieron recuperar mediante la Ley de
1986.

En segundo lugar, en relación a la enmienda número 6, que he dado por
defendida, quiero precisar que su contenido no se refería tanto a la
obligación del Gobierno de facilitar la información necesaria, sino a que
la petición de esa información interrumpiría el plazo de prescripción.

Teniendo en cuenta la complejidad que entraña reunir la documentación
necesaria y los años que han pasado, lo que pretendía esta enmienda del
Senador Nieto Cicuéndez --si lo he entendido bien-- era que hubiera una
prolongación del plazo para la presentación de la documentación
necesaria.

Además, el Senador Nieto Cicuéndez me había hecho un encargo: aceptar una
presunta enmienda transaccional que, al parecer, iba a ofrecer el Grupo
Parlamentario Popular. Sólo quería precisar este aspecto y decir algo que
antes se me había olvidado, este mandato del Senador Nieto Cicuéndez.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senadora De Boneta.

¿Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos? (Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió,
tiene la palabra el Senador Varela.




El señor VARELA I SERRA: Gracias, señor Presidente.

Simplemente para manifestar que nos reservamos nuestra posición para el
Pleno, al igual que el Grupo Parlamentario Socialista, y que aquí nos
abstendremos.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

¿Grupo Parlamentario Socialista? (Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Senador Espert.




El señor ESPERT PEREZ-CABALLERO: Quería contestar brevemente a la
Senadora De Boneta.

Insisto en los argumentos que he expuesto. Por lo que se refiere a la
justificación que ha hecho de la enmienda del Senador Nieto Cicuéndez y
la Senadora Costa Serra, he de decirle que el plazo de un año es para
iniciar el expediente y que una vez iniciado éste ya no puede prescribir,
e incluso se podrán pedir plazos y ampliaciones según se recoja en el
desarrollo de esta ley.

Nada más, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

Pasamos a la defensa de la enmienda número 5 del Senador Román Clemente,
del Grupo Parlamentario Mixto, para lo cual tiene la palabra.




El señor ROMAN CLEMENTE: Gracias, señor Presidente.

El Senador Espert decía que la enmienda había sido retirada.

Evidentemente, la no participación en los trámites de Ponencia hace que
esta enmienda esté siendo debatida en este momento, ya que no tuvimos
oportunidad de escuchar sus razonamientos. En este caso, oiremos los
fundamentos del Grupo Parlamentario Popular y, después, nos
pronunciaremos de cara al Pleno.




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Damos por defendida la enmienda en los términos en que está redactada, y
quedo a la espera de la intervención del Grupo Parlamentario Popular.

Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Román.

Para turno en contra, tiene la palabra el Senador Espert.




El señor ESPERT PEREZ-CABALLERO: Senador Román, yo creía que se defendían
conjuntamente al no haber citado la número 5, que figuraba retirada.

Nosotros lo entendíamos así porque la disposición adicional, que se
incluyó como transacción en Ponencia, prevé en su apartado b) la posible
compensación de los beneficiarios establecidos en el artículo 3 por la
incautación fehacientemente acreditada de saldos en efectivo en cuentas y
depósitos en entidades bancarias y financieras legalmente autorizadas
para operar como tales en la fecha de la incautación, siempre que dichas
cuentas y depósitos figurasen a nombre de los beneficiarios establecidos
en el artículo 3 y la incautación fuese consecuencia de la aplicación de
la normativa a que se refiere el artículo 1.

Entendíamos que eso ya englobaba la enmienda de su señoría.

Nada más, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Espert.

Turno de portavoces.

¿Grupo Parlamentario Mixto? (Pausa.)
¿Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos? (Pausa.)
¿Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió?
(Pausa.)
¿Grupo Parlamentario Socialista? (Pausa.)
¿Grupo Parlamentario Popular? (Pausa.)
Por último, pasamos a la defensa de las enmiendas números 22, 23 y 24 del
Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, para
cuyo turno a favor tiene la palabra el Senador Varela i Serra.




El señor VARELA I SERRA: Gracias, señor Presidente.

Formulamos la enmienda número 22 para permitir que pueda acogerse a los
beneficios del artículo 3 un partido tan entrañable para Cataluña, y en
particular para Lleida, como es «Joventut Republicana de Lleida», que
estaba tramitando ante el Ministerio del Interior su reconstitución y el
reconocimiento de su continuidad histórica como partido antes del 6 de
diciembre de 1978. El hecho de que en tal fecha el Ministerio aún no
hubiese resuelto su reconstitución legal no puede privarle ahora de la
restitución o compensación económica a la que debe tener derecho por los
bienes que le fueron incautados en aplicación de la normativa sobre
responsabilidades públicas del período 1936-39.

Proponemos que el artículo 3 quede redactado de la siguiente manera: «Los
partidos políticos mencionados de forma genérica o individualizada en el
artículo 2 de la Ley de 9 de febrero de 1939 que, con anterioridad al 6
de diciembre de 1978, hubiesen solicitado formalmente su reconstitución
legal o en tal fecha hubiesen sido ya reconstituidos legalmente y siempre
que su personalidad no se haya extinguido con anterioridad al 1 de
diciembre de 1995, respecto de los bienes...» y el resto seguiría igual.

Dada la importancia que tiene ese grupo político y teniendo en cuenta que
en 1991 el mismo Ayuntamiento de Lleida hizo un convenio en el que
reconocía los derechos de este partido a su patrimonio, nosotros
esperamos de la sensibilidad del Grupo Parlamentario Popular que esta
enmienda sea aceptada.

En la enmienda número 23 proponemos una nueva disposición adicional que
hace referencia al Centro Autonomista de Dependientes del Comercio y la
Industria, el famoso CADCI. Así como Joventut Republicana fue fundada en
1901, el CADCI fue fundado en 1903. Es una entidad obrera, también
entrañable, más centrada en Barcelona aunque no únicamente, que tenía
como objeto la mejora profesional y cívica de los dependientes. El CADCI
fue un centro de creación de opinión pública catalana importantísimo.

Estaba organizado en grandes secciones: trabajo, deportes, propaganda
autonomista, etcétera, y tuvo mucha importancia para el mutualismo. De
hecho, cabe resaltar que fue la primera gran experiencia de previsión
médica en el sector profesional. Fue suprimido durante la Dictadura de
Primo de Rivera pero, con el advenimiento de la República y otra vez la
democracia, volvió a tener su esplendor, por lo que es de justicia que
ese patrimonio sea reconocido.

Este es el sentido de la disposición adicional nueva. Ante la
imposibilidad del Estado de devolver al Centro Autonomista Dependiente
del Comercio y la Industria, CADCI, los bienes inmuebles y derechos de
contenido patrimonial que le fueron incautados en aplicación de la
normativa sobre responsabilidades políticas del período 1936-1939,
compensará pecuniariamente su valor, en los mismos términos establecidos
en el artículo segundo de esta ley.

En cuanto a la número 24, es una enmienda de mejora técnica. Se propone
una disposición adicional con la siguiente redacción: «En todo lo no
previsto en esta Ley será de aplicación lo dispuesto en la Ley de
Expropiación Forzosa.»
Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Varela.

Para un turno en contra, tiene la palabra el Senador Espert.




El señor ESPERT PEREZ-CABALLERO: Muchas gracias, señor Presidente.

Señor Senador, ha tocado la sensibilidad del Grupo Parlamentario Popular
y vamos a admitir la enmienda número 22. Teniendo en cuenta que nuestra
concepción sobre la defensa de la vida no es sólo una vez producida, sino
que defendemos también el derecho del «nasciturus», también podemos
considerar partido político a este embrión. Ello no supone alteración
alguna del contenido objetivo y subjetivo de la ley.




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No así la enmienda siguiente, en la que tendría que reiterar los
argumentos que he formulado a la Senadora De Boneta en cuanto a la
ampliación subjetiva, es decir, otros sujetos perjudicados por aquellas
leyes de incautación pero que no tienen ni la definición ni el cometido
concreto que la Constitución otorga a los partidos políticos.

Por lo que se refiere a la enmienda número 24, no vamos a admitirla. En
todo caso, estudiaremos antes de la celebración del Pleno la posibilidad
de admitirla con una transacción a efectos de que esa aplicación
subsidiaria de la Ley de Expropiación Forzosa sea sólo en lo referente al
procedimiento, es decir, a los trámites, y no en cuanto al fondo, ya que
que no queremos extralimitarnos en ese deseo de circunscribir bien el
objeto de la ley.

Por último, quisiera ofrecer a todos los Grupos la posibilidad de una
enmienda transaccional «in voce» que mejora el texto de la enmienda
incorporada a la Ponencia. En cuanto al fondo, es sustituir el término
«podrá ser», que parece que deja a la potestad de alguien si han de ser o
no compensados, por «serán», iniciando el artículo en el sentido
siguiente: «Además de los bienes y derechos contemplados en el artículo
primero de esta ley, excepcionalmente, serán objeto de compensación...»
El resto quedaría igual redactado.

Existe una oscuridad en la letra a), cuando señala: «... que dicha
privación sea consecuencia de la aplicación a que se refiere...». Es más
correcto, igual que en la letra b), decir: Que dicha privación sea
consecuencia de la aplicación de las normas a las que se refiere el
artículo primero, párrafo primero. Dejando aparte el fondo que subyace en
el término «serán», que beneficia a la finalidad del proyecto de ley, las
restantes son puramente de estilo gramatical.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Senador Espert, en consecuencia con su exposición,
entiendo que aceptan la enmienda número 22, que afecta al artículo
tercero y, asimismo, proponen al resto de los Grupos dos modificaciones
concretas: a la disposición adicional nueva, incorporada por la Ponencia,
en relación con el inicio del párrafo 1., que rogaría entregaran a la
Mesa por escrito, para su constancia fehaciente --tal y como en este caso
señala el artículo--, así como la introducción de las normas en la letra
a).

Esta Presidencia quiere llamar también la atención de los señores
portavoces en el sentido de que en el inicio de la letra b),
gramaticalmente suena incorrecto el párrafo siguiente: «La incautación,
fehaciente acreditada...». Entendemos que quiere decir: «fehacientemente
acreditada». Si les parece bien a los señores portavoces podemos en este
momento incorporar esta corrección. Por lo tanto, serían tres las
modificaciones en la disposición adicional, incluyendo esta última de:
«La incautación, fehacientemente acreditada, de saldos en efectivos en
cuentas y depósitos, etcétera.»
En relación a la enmienda número 24, el Grupo Parlamentario Popular no ha
propuesto nada en la Comisión y ha manifestado que va a estudiar alguna
posible transacción para el Pleno. ¿Es correcto? (Asentimiento.)
Queda pendiente el turno de portavoces, en relación con las enmiendas del
Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió.

¿Grupo Parlamentario Mixto? (Pausa.)
¿Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos? (Pausa.)
Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió,
tiene la palabra el Senador Varela.




El señor VARELA I SERRA: Gracias, señor Presidente. Intervengo
simplemente para agradecer al Grupo Parlamentario Popular la aceptación
de la enmienda número 22 y su disposición para estudiar la número 24.

Esperamos que la número 23 pueda ser también estudiada. Nos mantendremos
en esa esperanza.

Respecto a la modificación de la disposición adicional, estamos
perfectamente de acuerdo con ella ya que entendemos que mejora realmente
el texto.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, Senador Varela.

Pregunto a los miembros de la Ponencia si están de acuerdo en la
introducción de estas tres modificaciones en la disposición adicional
nueva. Insisto, al principio del párrafo primero, «la inclusión de las
normas» en la letra a) y «fehacientemente» en la letra b), así como
incorporar al texto de la Ponencia la enmienda número 22, que ha sido
aceptada por el Grupo Parlamentario Popular.

¿Están de acuerdo los miembros de la Ponencia? (Pausa.)



El señor GARCIA MIRALLES: Estamos en desacuerdo.




El señor PRESIDENTE: Por lo tanto, por mayoría queda aceptada la
inclusión en el texto de la Ponencia de la enmienda número 22, así como
estas tres ligeras modificaciones en la disposición adicional que fue
previamente incorporada por la ponencia.

Por tanto, vamos a pasar a las votaciones.

En primer lugar, procederemos a la votación del veto presentado por el
Grupo Parlamentario Socialista. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos a favor, ocho;
en contra, dieciséis.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.

A continuación, votamos el informe de la Ponencia, en el bien entendido,
como sus señorías conocen perfectamente, de que si quedara rechazado
algún artículo pasaríamos a votar las enmiendas, y si se aprobaran los
artículos quedarían automáticamente rechazadas las enmiendas.

En primer lugar, votamos los artículos primero a noveno del informe de la
Ponencia, con la inclusión en el artículo tercero de la adición
representada por la enmienda número 22, del Grupo Parlamentario de
Convergència i Unió. (Pausa.)



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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos a favor, 15; en
contra, ocho; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

Votación de la disposición adicional nueva, según el texto del informe de
la Ponencia, con las tres modificaciones introducidas en esta sesión.

(Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos a favor, 16; en
contra, ocho.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

A continuación, pasamos a votar la disposición derogatoria y
disposiciones finales primera y segunda, así como la exposición de
motivos del texto que propone la Ponencia. (Pausa.)
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos a favor, 15; en
contra, ocho; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Queda dictaminado el proyecto de ley.

De acuerdo con el artículo 120 del Reglamento, procede designar al
presentador del dictamen ante el Pleno, para lo que pido criterio a los
señores portavoces.




El señor URIARTE ZULUETA: Nuestro Grupo Parlamentario propone que la
presentación sea realizada por el señor Presidente de la Comisión.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

Se levanta la sesión.




Eran las veinte horas.