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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 124, de 24/11/1998
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DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES



COMISIONES MIXTAS



Año 1998 VI Legislatura Núm. 124 PARA EL ESTUDIO DEL PROBLEMA DE LAS
DROGAS



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JUAN MORANO MASA



Sesión núm. 21



celebrada el martes, 24 de noviembre de 1998, en el Palacio del
Senado



ORDEN DEL DÍA:



Comparecencia del Presidente del Consejo General del Notariado, don
Antonio Fernández-Golfín Aparicio, para que explique la colaboración
de los notarios con las medidas contempladas en la Ley 19/1993, de 28
de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo
de capitales, a petición del Grupo Parlamentario Socialista. (Núm. de
expediente: S. 715/000214; C.D. 219/000373.) ... (Página 2596)



Proposiciones no de ley:



- Por la que se insta al Gobierno a que impulse la creación de una
Mesa de Acuerdos en materia de drogodependencias, presentada por el
Grupo Parlamentario Catalán-CIU. (Núm. de expediente:
S. 663/000047; C.D. 161/001087.) ... (Página 2607)



- Relativa a la elaboración de un plan integral de prevención y lucha
contra la drogodependencia en las zonas de la Comunidad de Madrid más
afectadas por este problema, presentada por el Grupo Parlamentario
Socialista. (Núm. de expediente: S.663/000049; C.D. 161/001206.)
... (Página 2607)



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Se abre la sesión a las diez horas y diez minutos.




El señor PRESIDENTE: Señoras y señores Senadores y Diputados, vamos a
iniciar la sesión.




- COMPARECENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL
NOTARIADO PARA QUE EXPLIQUE LA COLABORACIÓN DE LOS NOTARIOS CON LAS
MEDIDAS CONTEMPLADAS EN LA LEY 19/1993, DE 28 DE DICIEMBRE, SOBRE
DETERMINADAS MEDIDAS DE PREVENCION DEL BLANQUEO DE CAPITALES, A
PETICIÓN DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA. (S. 715/000214;
CD. 219/000373.)



El señor PRESIDENTE: El primer punto del orden del día es la
comparecencia del Presidente del Consejo General del Notariado, don
Antonio Fernández-Golfín Aparicio, para que explique la colaboración
de los notarios con las medidas contempladas en la Ley 19/1993, de 28
de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo
de capitales, a instancias del Grupo Parlamentario Socialista.

Bienvenido a la Comisión, don Antonio FernándezGolfín Aparicio. Tiene
usted la palabra.




EL señor PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL NOTARIADO (Fernández-
Golfín Aparicio): Muchas gracias, señor Presidente.




Buenos días, señor Presidente, señorías, ante todo quiero
trasladarles que es un honor para mí, como Presidente del Consejo
General del Notariado, tener la oportunidad de comparecer ante sus
señorías para ofrecer la posición del Notariado español en un
problema tan candente como es el de las drogas, en su manifestación
económica de blanqueo de dinero procedente del tráfico de drogas,
problema que nos afecta a todos y en cuya erradicación todos debemos
estar llamados a colaborar.

Por tanto, vaya por delante la absoluta disponibilidad del Notariado
español para aportar nuestro granito de arena, grande o pequeño, en
la búsqueda de soluciones eficaces. Y empleo con toda precisión la
expresión medidas eficaces porque sólo desde la eficacia podrá
ponerse coto a esta lacra social. Ya sé que encontrar medidas
eficaces es un problema harto difícil, pero no dudo de que la
sensibilidad de sus señorías permitirá avanzar en este camino.

Conviene adelantar, ante todo, cómo la Ley 19/1993, de 28 de
diciembre, con su Reglamento de 9 de junio de 1995, es la respuesta
del ordenamiento español a la Directiva 91/308 de la C.E., que
contiene una definición del blanqueo de capitales mucho más amplia
que la ley española. La Directiva se refiere en términos amplios a
capitales procedentes de una actividad ilícita, mientras que la ley
española en su artículo 1 limita tales actividades ilícitas a los
supuestos de tráfico de drogas, actividades terroristas y actividades
realizadas por bandas organizadas. Parece, pues, que la ley española
es más restrictiva
que la directiva a la hora de calificar las actividades ilícitas que
generan un blanqueo de dinero.

A este respecto resulta revelador el programa de acción relativo a la
criminalidad organizada, adoptado por el Consejo, el día 28 de abril
de 1997, en respuesta a una determinación absoluta de luchar contra
tal criminalidad, puesta de manifiesto en el Consejo Europeo
celebrado en Dublín, los días 13 y 14 de diciembre de 1996. En dicho
programa de acción se pone de relieve cómo el motor principal de la
criminalidad organizada es la búsqueda de provechos financieros, lo
que conduce a este tipo de delincuencia a la búsqueda, a su vez, de
un conjunto de campos de actividad cada vez más amplios, en los
cuales aprecian la posibilidad de lograr resultados económicos.

Campos e infracciones que provocan, a su vez, en tales personas la
necesidad de blanquear sus resultados económicos. Ello explica que
otras legislaciones, como la belga de 11 de enero de 1993, con
ocasión de la transposición de la misma directiva, hayan optado por
una definición mucho más amplia de las actividades delictivas,
incluyendo el tráfico clandestino de mano de obra, la trata de
blancas, la explotación de la prostitución, el tráfico ilegal de
órganos y el fraude fiscal grave y organizado.

No es ésta la situación en España, donde la transposición de la
directiva se ha limitado a las tres actividades ilícitas indicadas:
narcotráfico, terrorismo y bandas organizadas, trasladando a otros
ámbitos, básicamente al Código Penal, otro tipo de actividades que,
al margen de su tipicidad penal propia, generan asimismo situaciones
de blanqueo de dinero.

La Ley 19/1993 considera sujetos obligados fundamentalmente a las
entidades financieras y asimiladas en sentido amplio, así como otras
entidades no financieras pero que, sin embargo, podríamos considerar
vulnerables, como son los casinos, las promotoras inmobiliarias, las
entidades que manejan habitualmente cantidades en metálico o en
títulos al portador.

Sin embargo, quisiera señalarles que, aunque los notarios no seamos
sujetos obligados, en el sentido estricto del término, sino
colaboradores, como tendremos ocasión de analizar después, la
finalidad esencial de las obligaciones que la ley impone a los
sujetos obligados quedan en gran parte satisfechas ampliamente desde
la función notarial, aun no siendo los notarios sujetos obligados. Y
es que la preocupación central de la ley, como lo es la de la
Directiva de 1991, es la mayor transparencia, esto es, la
erradicación de la clandestinidad u opacidad, en cuanto la misma
dificulta en grado sumo la lucha contra este tipo de actividades
ilícitas. Así, exige en primer término la identificación de los
clientes. Pues bien, no hay actividad notarial alguna que se efectúe
sin identificación de los otorgantes y comparecientes. La fe de
conocimiento que se impone al notario en su actuación exige, bien el
conocimiento personal por el notario, bien su identificación, a
través de los documentos especialmente previstos para ello, que
-recordemos- en España son: el documento nacional de identidad o el
pasaporte para los ciudadanos españoles, y la tarjeta de residencia,
el pasaporte o la tarjeta oficial de identidad para los ciudadanos no
españoles.




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La expresión de los documentos personales de identificación y su
transcripción -el número- debe constar y consta en toda escritura
pública. Junto a ello, la expresión circunstanciada en los documentos
notariales de la actuación representativa en nombre y por cuenta de
terceros, con clara identificación de estos últimos, da cumplimiento
a la obligación que al respecto se impone a las entidades obligadas.

Una segunda obligación que impone la ley a las entidades obligadas es
la de conservar durante un mínimo de cinco años los documentos que
acrediten la realización de operaciones. No hace falta que recuerde a
sus señorías que el protocolo notarial conserva íntegramente los
documentos originales. La operación misma cubre de esta forma, con
gran superioridad, tal exigencia, sin olvidar además que los
protocolos son propiedad del Estado, que el notario es mero
conservador de ellos, y que todos los protocolos notariales se
integran en un archivo que permite rescatar y reproducir con gran
agilidad actos y contratos realizados no ya hace decenas sino,
incluso, centenas de años.

A estas dos exigencias -identificación y conservación- hay que añadir
una tercera: la obligación del notario de dar fe pública con arreglo
a las leyes. Así lo establece la Ley Orgánica del Notariado desde
1862 y lo recuerda el artículo 145 del Reglamento notarial, que
después de establecer la obligatoriedad de prestar la función
pública, señala que no obstante el notario no sólo deberá excusar su
ministerio, sino negar su autorización cuando, a su juicio, el acto o
contrato sea en todo o en parte contrario a las leyes, a la moral o a
las buenas costumbres. Quizá alguien se sonría al oír estas
expresiones: moral y buenas costumbres, pero tengo la certeza de que
el equilibrio que el Notariado ha mantenido siempre entre lo legal y
lo lícito ha contribuido poderosamente a la credibilidad social de la
actuación notarial. Traducido al tema que nos ocupa, resulta claro
que el notario rechazará o denegará su actuación en cualquier caso en
el que tenga la certidumbre de que el documento que se le solicita
contenga un acto ilegal, bien entendido que tan función notarial es
autorizar una escritura como rechazar su autorización.

Junto a estos puntos de contacto de la función notarial, con lo que
podríamos llamar obligaciones impuestas a los sujetos obligados,
quisiera hacer referencia brevemente al notario como colaborador de
la Administración. Es conocido que la función notarial guarda un
exquisito equilibrio entre lo público y lo privado. Es cierto que el
notario es percibido por la sociedad civil como un profesional que
ejerce su función en régimen de libertad e independencia: instala su
propio despacho, contrata directamente su personal, actúa en su
trabajo diario con independencia funcional, asume su propia
responsabilidad por sus actos sin que ésta se traslade al Estado, y
percibe sus honorarios directamente de quien reclama sus servicios.

Pero junto a esa apariencia profesional se incardina un rígido
estatuto público, desde la selección e investidura por el Estado a la
demarcación, la obligatoriedad de su función, la exigencia de
imparcialidad, el control de legalidad, la fijación por el Estado de
sus propios honorarios, la jubilación forzosa, etcétera. Pues
bien, de este rígido estatuto público se deriva un especial deber de
colaboración con las Administraciones públicas, deber que excede de
lo que pudiera ser un mero código deontológico para convertirse en un
deber reglamentario.

En la documentación que previamente he facilitado a esta Comisión se
relacionan todas las obligaciones de información que los notarios
hemos de facilitar a las Administraciones Públicas; obligaciones que
serían incomprensibles desde una óptica puramente profesional de
nuestra función y a las que hay que añadir las que se deriven de
providencias acordadas por la Administración de Justicia, tanto en el
ámbito penal como en el ámbito civil.

En ciertos ámbitos se ha cuestionado la contradicción entre el
carácter secreto del protocolo -secreto por disposición legal, no
como manifestación del secreto profesional- y el interés legítimo de
las Administraciones públicas de obtener información del contenido de
nuestros protocolos. No voy a cansar a sus señorías sobre esta
cuestión, ya que me he permitido aportar a esta Comisión la última
circular del año 1996, en materia de expedición de copias a
requerimiento de la Administración tributaria, dado que en dicha
circular se analiza la contradicción entre el secreto de protocolo y
la colaboración con la Administración. Únicamente quería trasladar a
sus señorías el convencimiento de los notarios españoles de que esa
específica obligación de colaboración e información es consecuencia
del estatuto público de la función anterior y, desde ese punto de
vista, se aparta de las obligaciones de colaboración predicables de
otras profesiones liberales en sentido estricto.

La Ley 19/1993 prevé un régimen de colaboración claramente aplicable
al notario. Toda autoridad y funcionario, incluidos los de arancel,
que descubra hechos que puedan constituir indicio o prueba de
blanqueo procedente de las actividades señaladas en la Ley deberá
informar de ello al Servicio Ejecutivo. Excluye únicamente aquellas
materias muy concretas en las que se mantiene el secreto del
protocolo. Podríamos afirmar que entre la obligación de información a
la Administración tributaria y las obligaciones de información
derivadas de esta Ley, prácticamente el único secreto de protocolo
-por llamarlo de alguna forma- se refiere a los testamentos cerrados
y al reconocimiento de hijos no matrimoniales.

Por su parte, el artículo 27, del Decreto de 1995, mantiene
prácticamente en sus términos tal obligación, añadiendo expresamente,
como funcionarios especialmente obligados, a los registradores de la
propiedad y mercantiles, a los notarios y a los corredores de
comercio.

Ya en el informe que emitió el Consejo General del Notariado el día 9
de abril de 1994, en relación con el proyecto de Reglamento, se ponía
de relieve la inconcreción que suponía tener noticia de hechos frente
a la referencia legal de descubrir hechos. El decreto se hizo eco de
esta sugerencia, y en su versión definitiva señala que la obligación
de información se ciñe al supuesto de que se descubran hechos que
puedan constituir indicio o prueba de blanqueo de capitales.

Descubrir hechos es tener certeza de ellos, pero esa certeza debe ir
acompañada de una valoración subjetiva de que tales hechos ciertos



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puedan constituir indicio o prueba de blanqueo de capitales, y aquí
es donde empiezan las dificultades. Dificultad, en primer término
porque tanto la Directiva de 1991, como la Ley española de 1993 se
están refiriendo básicamente a operaciones financieras que, en la
mayoría de los casos, son ajenas a la actividad notarial, bien porque
no se documentan notarialmente, bien porque constituyen un
antecedente o una consecuencia al margen de la función notarial. Me
explicaré con algún ejemplo.

Cuando una persona física o jurídica constituye una sociedad de
capitales, a la escritura queda unida una certificación bancaria
acreditativa del ingreso de capital suscrito y desembolsado en una
cuenta corriente abierta a nombre de la sociedad que se va a
constituir. Lo mismo ocurrirá en el caso de una ampliación de
capital. Acreditado por certificación bancaria el desembolso, la
procedencia del dinero, la forma concreta en que se ha efectuado -si
es un talón al portador, si es una transferencia, si es dinero en
metálico- queda fuera, no ya sólo del control, sino del conocimiento
del notario. Cuando una persona física o jurídica adquiere un
inmueble en precio cierto y determinado que el vendedor declara haber
recibido a su satisfacción, ¿cómo puede el notario conocer, en el
ejercicio de su función, en qué forma concreta se ha hecho el pago?
En tales ejemplos y en muchos más que podría ofrecer a sus señorías,
el notario desconoce el medio de pago utilizado, y lo que es más
importante, desconoce la procedencia del dinero invertido o
utilizado. Porque aquí de lo que se trata es de hechos que permitan
deducir indicios o pruebas racionales del blanqueo de dinero
procedente de actividades ilícitas y, obviamente, éstas jamás se le
ponen de manifiesto al notario, lo mismo que tampoco se le pondrán de
manifiesto a ninguna entidad financiera. Por ello, desde hace tiempo
venimos reclamando al Servicio Ejecutivo del Banco de España el
señalamiento de operaciones que, de manera objetiva y al margen de
cualquier valoración subjetiva, deban ser objeto de comunicación,
porque no ha de olvidarse, y así lo ha puesto de relieve el Programa
de acción aprobado por el Consejo el 28 de abril de 1997, que la
lucha contra la criminalidad debe utilizar siempre medios legítimos,
respetando los principios de un Estado de Derecho. ¿Qué actuaciones
concretas ha realizado el Notariado, tanto en el ámbito interno como
en el ámbito internacional? Básicamente, tratar de concienciar a los
notarios y de aclarar la forma concreta de actuación. Así, el 15 de
marzo de 1997 aprobó y difundió la circular que obra entre la
documentación facilitada a sus señorías. Ha mantenido contactos con
el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de
Capitales, dependiente del Banco de España. Ha vuelto a aprobar y a
difundir una nueva circular, de fecha 17 de octubre de 1998, que obra
también entre la documentación facilitada a sus señorías, y mantiene
su disponibilidad para colaborar con el Servicio y para introducir
cualquier sugerencia que mejore la eficacia en la lucha contra el
blanqueo de capitales.

Sin embargo, no puedo trasladar a sus señorías el número y el alcance
de las informaciones que hayan
podido facilitar al Servicio los notarios, ya que éstas, por su
carácter absolutamente confidencial, son dirigidas directamente por
los notarios, sin que quede constancia de ellas ni en los colegios
notariales ni en el Consejo General del Notariado.

En el ámbito internacional, y es sabido que con independencia de la
Directiva de 10 de junio de 1991, el Consejo de Europa adoptó el 28
de abril de 1997 un programa de acción relativo a la criminalidad
organizada. De dicho programa de acción me interesa destacar aquí
ciertas declaraciones e iniciativas. Entre las declaraciones está el
reconocimiento explícito de que la lucha contra la criminalidad es
esencial para que Europa pueda constituir un espacio de libertad, de
seguridad y de justicia, y de que tal lucha debe ser rigurosa, pero
utilizando siempre medios legítimos y respetando plenamente los
principios de un Estado de Derecho, de la democracia y de los
derechos del hombre, aun sin perder de vista que la protección de
tales valores es precisamente la razón de ser de la lucha contra la
criminalidad organizada.

Entre las iniciativas, hay unas generales y otras de detalle. Entre
las generales quisiera destacar dos. Primero, la necesidad de
desarrollar una cooperación más estrecha a nivel nacional entre los
servicios fiscales y las autoridades de represión. Segundo, la
conveniencia de estudiar y elaborar a nivel europeo normas
encaminadas a evitar que las profesiones liberales y otras
especialmente expuestas a las influencias de la criminalidad
organizada sean implicadas en esta forma de criminalidad o sean
utilizadas por los delincuentes.

Entre las iniciativas concretas, me interesa también destacar dos. La
primera, que los Estados miembros se esfuercen, en lo que se refiere
a las personas jurídicas, por reunir información sobre las personas
físicas participantes en la creación o dirección de dichas personas
jurídicas, así como sobre su financiación. A este respecto conviene
destacar que en España este dato es ya una realidad, por un lado,
debido a las obligaciones de información que a los notarios se les
impone y, por otro, a causa de la publicidad, en el sentido de no
clandestinidad, con que operan tales personas jurídicas como
consecuencia de su inscripción en registros públicos.

La segunda medida o iniciativa concreta era la adopción de medidas
encaminadas a proteger ciertas profesiones vulnerables frente a las
influencias de la criminalidad organizada, y señala expresamente que
un estudio debería proponer medidas específicas, incluso una acción
legislativa, para evitar que los notarios, los abogados, los
contables y los auditores de cuentas sean utilizados -explotados,
dice el programa- por la criminalidad organizada, y para asegurar que
las organizaciones profesionales se asocien al establecimiento y
aplicación de códigos de conducta a nivel europeo. Respecto a esta
segunda iniciativa concreta, el Secretario General de la Comisión
Europea se dirigió, el 25 de marzo de 1998, a diferentes asociaciones
profesionales solicitando su colaboración. Entre tales asociaciones
se encuentra la Conferencia de Notarios de la Unión Europea y la
Comisión de Asuntos de la Unión Europea, esta última dependiente de
la Unión Internacional del Notariado Latino. Respondiendo a tal
iniciativa se celebraron conversaciones y



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reuniones en los meses de junio y octubre de 1998. Como conclusión de
estas reuniones, se propuso, por los funcionarios de la Comisión, la
posibilidad de redactar y suscribir por las diversas profesiones
vulnerables una declaración o compromiso en relación con estas
actividades. Dicha declaración, que figura también entre la
documentación que he facilitado a sus señorías, va a ser objeto de
estudio y previsible aprobación por la Conferencia de Notariados de
la Unión Europea en la reunión que tendrá lugar en Roma los días 27 y
28 de este mismo mes, o sea dentro de tres días, con objeto de dar
respuesta a la Comisión Europea en el plazo marcado por el programa
de acción.

No quisiera acabar mi intervención ante sus señorías sin efectuar
unas consideraciones finales que puedan ser objeto de análisis por
esta Comisión.

Primero, destacar, como ha hecho el Consejo en su programa de acción,
la estrecha relación entre actividades delictivas y blanqueo de
dinero. De ahí que insista en la necesidad de desarrollar una
cooperación más estrecha a nivel nacional entre los servicios
fiscales y las autoridades de represión. La utilización de datos ya
conocidos por la Administración tributaria permitirá, sin duda, hacer
más eficaz la lucha contra el blanqueo de dinero, así como la
información que los notarios ya facilitan.

Segundo, la unificación de las informaciones facilitadas por los
notarios. Nuestro Consejo lleva sugiriendo y reclamando desde hace
varios años tal unificación, que no sólo permitiría aliviar la
organización de nuestros despachos, sino también obtener un valor
añadido de tal información a través de procedimientos de agregación y
compatibilidad de datos. Ello implicará una modificación concreta del
Reglamento Notarial en materia de índices, modificaciones que han
sido propuestas y reclamadas ya desde el año 1996 a la Dirección
General de los Registros y del Notariado. El tratamiento informático
de tal información permitirá sin duda una mayor eficacia.




Tercero, valorar la conveniencia de que los titulares de claves
públicas en redes informáticas sean identificados indubitadamente con
carácter previo a la autorización de acceso y utilización de tales
redes.

Cuarto, valorar la conveniencia de que en todos los documentos
contractuales, y en concreto en las escrituras públicas, se
identifiquen o consignen, a partir de ciertas cantidades, los medios
de pago utilizados, incluso con incorporación de los documentos
acreditativos pertinentes.

Quinto, valorar la conveniencia de que el precio consignado en las
escrituras públicas sea considerado como el único a tener en cuenta
en las relaciones contractuales, fomentando de esta forma la
transparencia de dichas relaciones.

Sexto, valorar la conveniencia de mantener, como hace el actual
Reglamento de Inversiones Extranjeras, la intervención del Notariado
español cuando se trate de inversiones extranjeras en España, tal y
como ocurre prácticamente en todos los países de la Unión Europea. La
falta de competencia del Estado español sobre los notarios
extranjeros impediría que pudiera imponerles las obligaciones de
información y colaboración en materia
de inversiones. No hay que olvidar que los estudios realizados
ponen de manifiesto la frecuencia con que las operaciones de blanqueo
se canalizan a través de sociedades instrumentales o fiduciarias
residentes en países extranjeros o en paraísos fiscales.

Séptimo, eventualmente, si la utilización de los datos ya
suministrados por los notarios a la Administración tributaria no se
considera oportuna, hay que elaborar un listado de supuestos
objetivos cuya comunicación por los notarios ha de ser obligatoria.

Doy por terminada mi intervención. Estoy a su disposición para
hacerles cualquier aclaración que deseen.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Presidente del Consejo
General del Notariado.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la Diputada
doña Carmen Romero.




La señora ROMERO LÓPEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Doy las gracias también al Presidente del Consejo General del
Notariado, señor Fernández-Golfín, por comparecer hoy aquí. Lamento
decirle que la información que me ha suministrado me llegó ayer
mismo. Por lo tanto, no he podido tener acceso a la documentación.

Siento decirle al Presidente de la Mesa que ya es habitual que este
Grupo Parlamentario no disponga de documentación para que los
parlamentarios podamos realizar nuestras intervenciones en esta
Comisión y es muy importante que podamos tenerla antes de realizar
nuestra tarea de control habitual.

No quiero volver a insistir en ello, señor Presidente de la Mesa,
porque tengo constancia de que en esta ocasión se ha cursado al
interviniente la petición y, probablemente, el interviniente no haya
podido facilitar la información, a pesar de que no es la primera vez
que hemos solicitado su comparecencia, ya que en otras ocasiones en
que se ha requerido su presencia no ha sido posible. Pensamos que
puede haber tenido razones muy graves para que no hayamos podido
disponer de esta información hasta justamente el día antes de contar
con su presencia. Por lo tanto, voy a intervenir con los datos que
tengo disponibles.

Señor Fernández-Golfín, usted conoce la circunscripción por la que
soy Diputada, que es la provincia de Cádiz. Mi Grupo tuvo la
tentación de pedir aquí la comparecencia del Presidente del Consejo
de Cádiz y de Málaga porque estas provincias son las que
fundamentalmente preocupan a esta Diputada y porque pensábamos que la
información que podría suministrarnos sería muy precisa. La razón por
la que hemos pedido su comparecencia o por la que hemos requerido su
presencia aquí es porque el tema tiene suficiente enjundia como para
hacerlo.

Ha dicho que la Directiva es el marco de toda nuestra actuación. No
olvidemos que estamos hablando de dinero sucio, no de dinero negro,
de dinero procedente de tráficos ilícitos. Ésa es la razón por la
cual la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales pide la
colaboración de los sujetos obligados. Algunos sujetos obligados son
entidadesfinancieras, empresas y funcionarios de arancel.




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Usted ha empezado su intervención diciendo que la Directiva es,
quizá, más exigente que la propia legislación española. Ha dicho que
la legislación española, que nuestra Ley de Prevención de Blanqueo
del año 1993, es restrictiva. Yo quisiera decirle que si la ley que
aprobamos se cumpliera, probablemente en estos momentos no nos
estaríamos viendo en estas circunstancias pocos años después de haber
sido aprobado su Reglamento en 1995. Con los supuestos que tenemos,
si la ley se cumpliera, no estaríamos viviendo las circunstancias que
vivimos.

Es evidente que siempre hay posibilidad de ampliar los sujetos
obligados. Ésa ha sido la tentación de algún grupo parlamentario.

Anuestro Grupo le parece, pese a que internacionalmente se está
hablando de involucrar a despachos de abogados y a profesionales que
puedan tener alguna relación con estos tráficos ilícitos, que los
sujetos obligados han de cumplir la ley. Asimismo, debemos investigar
hasta qué grado se conoce esta legislación y, como la ignorancia no
exime de su cumplimiento, cuántas informaciones se están
transmitiendo al Servicio Ejecutivo.

Por otra parte, he de decirle que el marco no es solamente la
Directiva. Está nuestra propia Ley de 1993 y su Reglamento, donde
dice que se considerará funcionarios especialmente obligados a este
deber de colaboración a los registradores de la propiedad y
mercantil, notarios y corredores de comercio colegiados, quienes
deberán informar por escrito al Servicio Ejecutivo de los actos y
contratos sobre los que tengan conocimiento en el ejercicio de su
función registral o federativa a los efectos de lo dispuesto en el
apartado anterior. Es decir, tienen el deber de informar por escrito
al Servicio Ejecutivo de los actos y contratos de que tengan
conocimiento.

Esta Ley, que como sabe muy bien prevé el blanqueo de capitales,
funciona siempre en el terreno de los indicios. Ése es el fundamento
de la Ley porque persigue un objetivo que une a todos los países y no
sólo a los de la Unión Europea.

El informe del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), del
año 1997, que usted conoce, porque por su relevancia implica a la
profesión de los notarios y también a agentes inmobiliarios,
registradores de la propiedad, a las entidades financieras u oficinas
de cambio y, en general, a todos los sujetos obligados que contempla
nuestra ley y a algunos más que nuestra ley no ha contemplado, pero
que se están cuestionando ahora mismo en otros países, tiene como
objetivo específico las profesiones no financieras. En años
anteriores se había puesto el énfasis en entidades financieras y en
algunas otras empresas que pudieran estar trabajando con dinero en
metálico. Pero el informe del año 1997, que es el único del que se
dispone, hace especial hincapié en las profesiones no financieras.

Déjeme que le diga que hay muchos países en los que,
desgraciadamente, se dan bastantes casos de notarios vinculados a
esta actividad ilícita. Ésa ha sido la razón por la que se han
realizado actuaciones muy concretas en distintos países que han
contado con la colaboración, cada vez más estrecha, de las
autoridades públicas con las organizaciones del Notariado.

La actuación de los notarios que más preocupa a la hora de hablar del
dinero sucio son las cesiones inmobiliarias
y otras transacciones importantes, la constitución de
sociedades, sobre todo, las sociedades pantalla, las sociedades
ficticias, las sociedades instrumentales o como se las quiera llamar.

Normalmente son actividades susceptibles de blanqueo de dinero
procedente de tráficos ilícitos.

Usted ha comentado en su intervención que no hay ninguna actuación
que no se haya identificado. Éste es el objetivo fundamental de la
ley. Los sujetos obligados tienen que identificar quiénes son los
sujetos que hacen cualquier tipo de operación. Evidentemente, la
exigencia del documento nacional de identidad, del pasaporte o la
conservación de documentos y protocolos es algo que se da por sabido.

Se sabe por añadidura que las actuaciones tienen que conllevar esa
identificación. Pero usted sabe que eso no es suficiente y que cuando
se trabaja con indicios hay que identificar a los sujetos que pueden
estar blanqueando el dinero sucio. Ese equilibrio del que habla entre
lo legal y lo ilícito se está quebrando, desgraciadamente.




En cuanto al requerimiento que se hace al Servicio Ejecutivo de unos
indicadores objetivos para que el Notariado pueda tener un marco que
le garantice una seguridad, evidentemente, en ese terreno se puede
avanzar y se puede reclamar al Servicio Ejecutivo. Pero tengo que
decirle que el Partido Popular lleva ya tres años gobernando, lo que
significa que el Servicio Ejecutivo podría haber hecho ya un marco de
actuación, podría haber mostrado ya cuáles son esos indicadores
objetivos de los que habla el Consejo General del Notariado para que
hubiera un terreno en el que los notarios pudieran tener esa
seguridad que reclaman.

En relación con ese marco que podría reclamarse, hay países, por
ejemplo, los Países Bajos, en los que las organizaciones notariales
han publicado una lista de indicadores, con lo cual, cuando las
verificaciones no son satisfactorias, los notarios deben rehusar sus
servicios. Es decir, que al margen de que exista o no ese marco que
el Servicio Ejecutivo puede prestar, la organización del Notariado
tiene la responsabilidad de establecer unos indicadores que faciliten
a los notarios de un modo práctico esas señales, esos indicios por
medio de los cuales los notarios puedan llegar a sospechar que se
están produciendo operaciones de esa naturaleza y, de ser así,
tendrán que comunicárselo por escrito al Servicio Ejecutivo.

En cualquier caso, hay que decir que no les exime de esa
responsabilidad el hecho de que el Servicio Ejecutivo no haya
establecido aún ese marco -y a este respecto quiero dejar constancia
de nuestra mayor disconformidad con el Gobierno del PP, ya que
todavía no ha puesto en marcha ese marco de actuación para este
sujeto obligado- y, desde luego, como Colegio profesional, tampoco es
comprensible que no hayan avanzado ya por su cuenta en el camino de
esos indicadores tan imprescindibles para detectar y denunciar estas
operaciones.

Ha comentado usted también que no puede suministrarnos datos debido a
que no queda constancia de ello en el Consejo General del Notariado.

Supongo que las comunicaciones que se le hacen al Servicio Ejecutivo
son directas, es decir, vía notario, y que, por tanto, tendríamos



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que hacerle también directamente al Servicio Ejecutivo nuestra
petición para obtener respuesta a algunas de nuestras preguntas,
pero, evidentemente, como Grupo Parlamentario hoy necesitamos tener
constancia a través de usted de cuántas son las notificaciones que
por escrito se le han hecho al Servicio Ejecutivo y a través de qué
órganos. Me dice usted que ahora mismo esto lo está haciendo
individualmente cada notario y que debe se así por motivos de secreto
profesional. Ésa es una apreciación que usted ha hecho, pero no sé
hasta qué punto eso se compadece con el espíritu o con la letra del
Reglamento. Si es así, le pediremos al Servicio Ejecutivo que nos
transmita las notificaciones que por escrito han hecho los notarios
de España en relación con esta materia. Querríamos conocer cuántas
operaciones ha habido que puedan ser susceptibles de blanqueo de
capitales procedentes del tráfico de drogas y qué actuaciones ha
tenido el Servicio Ejecutivo a partir de esas notificaciones por
escrito, notificaciones éstas que significan la puesta en marcha de
todo un dispositivo de investigación, de fiscalía, etcétera.

Se nos dice que es necesario unificar la información, su tratamiento
informático, etcétera, pero la información que nosotros necesitamos
se refiere concretamente al tráfico de drogas. El resto de la
información es posible que interese mucho a otras Comisiones, y no lo
dudo, pero usted está hoy aquí porque estamos hablando del tráfico de
drogas y no de otras operaciones que puedan ser fiscalmente opacas o
que puedan tener algo que ver con dinero negro procedente de fraude
al fisco. Repito que esto no despierta nuestro interés en esta
Comisión. Además, usted conoce perfectamente que, dado que la
legislación que estamos manejando es de choque, es dura, nosotros nos
estamos moviendo en otro ámbito distinto.

Por tanto, la unificación de la información nos parece bien, pero
también creemos que atiborrar de información al Consejo General del
Notariado tal vez pudiera resultar muy interesante para Hacienda,
pero probablemente sería perjudicial para la cuestión que nos
preocupa, el tráfico de drogas, ya que en este sentido lo que
interesa sobre todo es ir al grano, lo cual significa conocer
exactamente qué operaciones son sospechosas de delito para
denunciarlas inmediatamente a la fiscalía.

Quería decirle que yo soy Diputada por una provincia fronteriza con
un paraíso fiscal, y lo que más nos preocupa allí son las operaciones
que están haciendo en esa zona algunas sociedades radicadas en ese
paraíso fiscal. Voy a formularle una serie de preguntas en relación
con esta materia.

Desearía saber si está informado o si conoce por razón de su cargo la
inscripción en las notarias y en los registros de la propiedad del
Campo de Gibraltar de escrituras públicas que contemplan negocios de
transmisión de bienes inmuebles y en las que la parte adquirente es
una sociedad gibraltareña representada por un apoderado que
habitualmente no coincide con ningún accionista de la misma sociedad.

Quisiera saber también si está informado de que estas sociedades no
están sujetas por razón de su nacionalidad -dicho entre comillas, son
sociedades del paraíso fiscal- a ningún tipo de control mercantil,
fiscal o societario. No sé si conoce, también por razón de su cargo,
que los estatutos de estas sociedades
no casan con la actual legislación mercantil de nuestro país ni
en concreto con el Reglamento del Registro Mercantil vigente. Tampoco
sé si está informado de que una gran parte de los bienes inmuebles
transmitidos ante notario con residencia en el Campo de Gibraltar,
especialmente en La Línea y en San Roque pero en general en toda la
provincia -como ahora le demostraré a través de una respuesta que he
recibido del Gobierno-, han sido adquiridos por estas sociedades
gibraltareñas. ¿Le ha sido puesto de manifiesto que estas sociedades
gibraltareñas suelen ser de reciente constitución? (Usted conocerá
por razón de su cargo -y lo he dicho en esta misma Comisión otras
veces- que para constituir una sociedad en Gibraltar basta con
publicar por muy poco dinero un anuncio en Londres en «The
Economist». Estas sociedades se constituyen, pero su duración a veces
no llega a ser siquiera de un día.)
También desearía saber una serie de cosas: si algún notario o
registrador de la zona le han hecho saber sus sospechas de que en
realidad esas sociedades son compañías instrumentales o ficticias
tras las cuales se ocultan personas y capitales de dudosa
procedencia. Si ha recibido algún informe, queja o comentario a ese
respecto por parte de los profesionales de esa zona. Si existe en la
Dirección General de Registros denegación de la inscripción de un
título adquisitivo por falta de capacidad legal de la sociedad
gibraltareña compradora o por sospecha sobre la génesis de la
inversión que ésta realiza. Si existe o está en estudio alguna medida
que contemple las anomalías o las especialidades del Campo de
Gibraltar en relación con el tráfico de drogas.

Nos ha explicado usted cómo colabora con esas circulares desde la
atalaya que supone el conocimiento inmediato de los negocios
jurídicos públicamente instrumentalizados y registrados. Quisiéramos
saber si además de esas circulares que usted ha transmitido existe
alguna otra medida que nos pueda llevar a pensar que están en marcha
esos indicadores que reclamamos. Quisiera preguntarle también si
además de esas circulares se ha cursado alguna otra instrucción
especial que tuviera por objeto impulsar el celo y la vigilancia de
los notarios y de los registradores de cara a que no se produzcan
abusos en la instrumentación de negocios jurídicos por medio de
sociedades que de hecho responden a un burdo sistema de camuflaje de
personas y de capitales muchas veces relacionado con el narcotráfico.

No quiero traer a colación la cantidad de recortes de prensa que
tengo sobre dinero negro y en los que se puede leer: «boom» de la
vivienda; el Campo de Gibraltar: Narcotraficantes de la comarca lavan
dinero por temor al euro... Es muchísima la literatura que hay a este
respecto. Sólo quiero mostrarle la última literatura oficial, que es
la que más me preocupa.

En respuesta parlamentaria del Gobierno a esta Diputada se me dijeron
una serie de cosas. Las inversiones en inmuebles, procedentes de
sociedades extranjeras radicadas el 90 por ciento en el Campo de
Gibraltar, en Cádiz y en Málaga en 1996, último período de Gobierno
Socialista, fueron de 3.223 millones de pesetas y de 11.783 millones
de pesetas, respectivamente. Fíjense, en el año1997 las inversiones
en inmuebles de estas sociedades



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extranjeras han pasado a ser de 21.821 millones de pesetas en Málaga
y de 6.766 millones de pesetas en la provincia de Cádiz. Es decir, se
ha duplicado la cifra en un año, lo que esconde algo. Todo el mundo
lo sabe, señor Fernández-Golfín. Me acaba de comentar al entrar en la
sala que también ha sido notario en la provincia de Cádiz. Sabe que
ahora mismo esto está siendo un escándalo y que el Notariado está
bajo sospecha.

Usted tiene ahora mismo la responsabilidad de transmitir a los
miembros del Notariado la preocupación del Grupo Parlamentario y,
desde luego, las exigencias del cumplimiento de la Ley, porque el
tema del que estamos hablando no es de fiscalidad, de opacidad, que
pueda tratarse en otra Comisión, sino que ocasiona muchas víctimas,
muchos jóvenes y aún sigue ocurriendo. Además, ustedes también pueden
estar siendo fedatarios de un dinero procedente de droga.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Romero.

Tiene la palabra el señor Fernández-Golfín.




El señor PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL NOTARIADO (Fernández-
Golfín Aparicio): Muchas gracias, señor Presidente.

Ante todo, quiero dar una explicación a su señoría. Realmente le ha
llegado tarde la información porque el viernes fue cuando se me
sugirió la conveniencia de enviar previamente algún tipo de
información, y yo no sabía que era costumbre o que era positivo
hacerlo. La hice llegar, por tanto, el mismo lunes, y es la razón por
la que su señoría, evidentemente, no ha tenido noticia de ello.

En segundo lugar, no ha habido ningún escapismo por parte de este
presidente de no comparecer ante esta Comisión. Simplemente tuve
noticia por parte del Ministerio de Justicia de que se había
solicitado mi comparecencia y que quedaba a la espera de que se me
concretase, lo cual coincidió con mi presencia en el Congreso
Internacional del Notariado Latino, en Buenos Aires, razón por la que
no pude asistir y se pospuso a este momento.

En cuanto a la intervención en sí misma, yo quisiera tratar varias
cuestiones. En primer lugar, efectivamente, no es lo mismo el
problema de la droga que el de la opacidad fiscal. Es totalmente
cierto. Pero sí es verdad que el origen ilícito de determinados
capitales procedentes de la droga generan la necesidad de un
blanqueo, que realmente es la exteriorización pública de una génesis
ilícita de ese dinero. Quiere decir que el blanqueo aparece
precisamente como el instrumento, posiblemente más útil, de detectar
esa posible ilicitud de fondos.

Cuando yo hablo de una mayor vinculación entre las informaciones
fiscales y las del Servicio Ejecutivo es precisamente porque un
blanqueo de dinero puede ser síntoma de que efectivamente procede de
una actividad ilícita.

Cuando yo le hablo de esa mayor colaboración se lo digo desde una
situación de conocimiento real. Si su señoría repasa todas las
informaciones que facilitamos los
notarios, verá cómo se está facilitando a la Administración
tributaria en materia de transmisiones patrimoniales, por ejemplo,
toda la información relativa a las ventas que se están produciendo;
en materia societaria, de activos financieros, todas las
transmisiones de acciones que se están realizando; en materia de
inversiones extranjeras, todas las que se están produciendo en
España.

Voy a poner un ejemplo real. Si una persona compra un inmueble por
400 millones de pesetas, yo, como notario, no sé si esta persona
tiene un patrimonio preexistente que justifica la posibilidad de
hacer esa inversión. Pero si el notario está comunicando a la
Administración tributaria que una persona determinada ha hecho una
inversión de 400 millones de pesetas, ésta sí que tiene medios
suficientes para comprobar si esa persona tiene una capacidad
económica para adquirir esa cantidad, y si realmente no la tiene
-información que, evidentemente, los notarios no poseemos-, sí puede
hacer una llamada de atención sobre que hay una persona que ha
realizado una inversión de 400 millones de pesetas y su situación
patrimonial preexistente no justifica de dónde procede esa cantidad.

Esta circunstancia no puede ser conocida por el notario, es
imposible, es imposible, de verdad.

Me habla de las sociedades gibraltareñas, y ya sé lo que ocurre, pero
éstas están válidamente constituidas en Gibraltar, con arreglo a la
Ley inglesa, y pueden realizar inversiones en España, de acuerdo con
las normas sobre control de inversiones extranjeras. Todas estas
inversiones se declaran específicamente a la Dirección General de
Transacciones Exteriores. Son informaciones que conoce perfectamente
la Administración.

Ya sé que es distinto el problema de la droga y el de la opacidad
fiscal, ya sé que aquí se está persiguiendo el tema del dinero
procedente de la droga, y comparto la preocupación con usted, pero lo
que le quiero decir es que -además lo ha puesto de relieve el
Programa de Acción del Consejo Europeo-, precisamente, una mayor
interconexión entre datos fiscales y organismos de represión
permitirá ayudar a detectar esas situaciones. Evidentemente, una
ruptura absoluta entre la información que dispone la Administración
tributaria y la que dispone el Servicio Ejecutivo del Banco de España
es perniciosa. ¿Por qué? Porque no permite enlazar esos dos elementos
de la situación.

También me habla de que hay determinados notariados, en Europa sobre
todo, que pueden estar implicados en ese tipo de actividades. Quizá
haya un matiz que exigiría un estudio más detallado de cuál es el
tipo de actuación que hace el notario español. Éste jamás es
fiduciario de sus clientes, jamás percibe el dinero de una
compraventa para entregárselo al vendedor. No ocurre lo mismo, por
ejemplo, en Francia, donde el notario percibe el importe del dinero
y, una vez realizada la inscripción pública, hace entrega de él al
vendedor. Posiblemente ocurre algo parecido en Holanda, en Bélgica,
en Luxemburgo, donde es cierto que los notarios actúan en ocasiones
como fiduciarios y administradores de patrimonio, cosa que no existe
en España. Realmente la actuación del notario español es mucho más
estricta, en cuanto a su capacidad, a su definición como funcionario
público, de intervenir en el negocio y jamás lo hace como fiduciario



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o como administrador de patrimonios ajenos, cosa que sí ocurre en el
caso de Francia, en cuanto a los precios de las compraventas, en el
caso de Luxemburgo y de Holanda. Es posible que en esas
circunstancias en que el notario, por la propia definición de su
función, está legitimado para actuar como administrador de
patrimonios o como fiduciario, pueda ocurrir que en algunos casos
incurra en manejar fondos de dudosa procedencia, cosa que no ocurre
en España.

Con esto no pretendo echar balones fuera, sino que considere que la
comunicación que debe realiza el notario español se produce, bien por
la simple sospecha de decir: me huele mal algo y lo voy a comunicar,
bien sobre la base de unos criterios objetivos, respecto a lo que
estamos en contacto con el Servicio Ejecutivo del Banco de España,
solicitando su ayuda para detectar cuáles son los supuestos en que
con mayor frecuencia se está produciendo esta situación. Esos
supuestos han sido incluidos en la última circular que hemos
facilitado a los notarios, precisamente para ayudarles a detectar
esos supuestos de irregularidades.

Situaciones que alguna vez nos ha comunicado el Banco de España: se
constituyen 17 sociedades de carácter instrumental en muy poco
espacio de tiempo. Normalmente no se constituyen ante el mismo
notario, normalmente hay una secuencia y un notario autoriza una,
otro autoriza otra, otro otra... Es muy difícil para un notario decir
individualmente: ¡Hombre, qué casualidad, me ha constituido 17
sociedades un mismo bufete!
Tercero. No estamos hablando aquí de opacidad fiscal, estamos
hablando del dinero procedente de la droga. Este matiz hace muy
difícil es muchos casos, si se constituye una sociedad instrumental,
pensar que se tiene algún indicio para pensar que es para blanquear
un dinero procedente de la droga. ¿Tengo algún indicio para pensarlo,
o puedo pensar que realmente hay un problema de elusión fiscal o de
utilización de medios lícitos para evadir una determinada
tributación? Si yo llego a la conclusión de que es una triquiñuela
jurídica para eludir una situación fiscal, evidentemente no estoy en
el campo de la Ley de 1993. Muchas veces la motivación última o el
origen último del dinero es muy difícil de detectar, y, como le he
dicho ya, gran parte de estas inversiones proceden de sociedades
extranjeras válidamente constituidas que operan en España y respecto
de las cuales todas las inversiones extranjeras son declaradas al
Registro, y le voy a poner un ejemplo. Hace tres años recibimos un
requerimiento en relación con unas mafias rusas que operaban en
Levante; realmente todas las operaciones de esas mafias rusas estaban
declaradas a Transacciones Exteriores, y habían llegado a inventar en
alguna ocasión hasta el certificado bancario del desembolso.

Por eso no es que estemos tratando de escurrir el bulto. Lo que
decimos es: vamos a definir unas situaciones que objetivamente pueden
ser «riesgo de» y ésas vamos a declararlas. Y, segundo, de verdad,
entendemos que una mayor vinculación entre la información tributaria
y la información del Servicio puede ser útil.

Gracias.

El señor PRESIDENTE: Gracias (La señora Romero López pide la
palabra.)
Señora Romero, tiene la palabra por un minuto.




La señora ROMERO LÓPEZ: Solamente un minuto para decirle que la
sensación que tiene esta Diputada es que lo de escurrir el bulto
-usted ha usado la expresión, yo no la hubiera querido usar- viene
muy a cuento con su intervención, porque no me ha dado respuesta a
por qué razón en un año se han duplicado las inversiones. Un Consejo
General del Notariado tiene que tener una explicación a eso, en años,
además, en los que se está produciendo a todas luces un blanqueo cuya
procedencia no se sabe si es de opacidad fiscal o de droga.

Ustedes no pueden escudarse en la Administración tributaria. Por
supuesto que si la Administración tributaria tiene información se la
podría facilitar, y por eso nosotros estamos a favor de que tanto la
Administración tributaria como el Servicio Ejecutivo les faciliten un
marco de actuación, pero eso no les exime del cumplimiento de la Ley;
eso no puede hacer que ustedes miren para otro lado. Ustedes saben
cuándo una finca rústica está sobrevalorada y cuándo, por la zona en
la que está esa finca rústica, puede pensarse que hay un dinero que
puede ser procedente de la droga.

Vamos a hacer la pregunta al Servicio Ejecutivo, a ver cuántas
notificaciones ha habido por escrito. Si no hay notificaciones por
escrito, esto es un escándalo, señor Fernández-Golfín, es un
escándalo en la provincia por la que soy Diputada. Y para que todo el
Notariado no esté bajo sospecha, sino solamente alguno de los
notarios, más vale que colaboremos entre todos, porque es preferible
que haya un notario que sea el preferido por los narcotraficantes
a que todo el Notariado de la provincia de Cádiz esté bajo sospecha,
puesto que entonces son las instituciones y son las leyes. Y si
hacemos leyes de prevención y leyes buscando la colaboración es
precisamente para que las instituciones y las leyes prevalezcan sobre
algunos que, escudándose en su profesión o escudándose en algunos
negocios, facilitan ese tráfico indigno, facilitan esa lacra, su
extensión y la muerte de tantos jóvenes.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Romero. ¿Señor Fernández-Golfín?
(Pausa.)
La siguiente intervención es la del Senador por Convergència i Unió,
don Jaume Cardona i Vila.




El señor CARDONA I VILA: Muchas gracias, señor Presidente.

Agradezco la comparecencia y la exposición del Presidente del Consejo
General del Notariado, don Antonio Fernández-Golfín Aparicio.

Quiero someter a su consideración una pregunta. A la luz de la
experiencia profesional que tiene, tanto la suya propia como la de
sus compañeros, en relación con este problema, mi pregunta es si
existen instrumentos legales suficientes o si hay un vacío legal en
nuestro ordenamiento jurídico actual.

La lucha contra el blanqueo de capitales es difícil porque hay mucho
dinero de por medio y, por lo tanto, es



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factible que busquen la manera de despistarlo o de dificultar su
búsqueda porque, como se ha dicho, además, de negro es un dinero
sucio.

Le han preguntado si con la ley de blanqueo actual y su desarrollo
reglamentario consecuente es suficiente. En cualquier caso me ha
parecido entender que es la Administración tributaria la que más
podría hacer si contara con unos inspectores con conocimientos
suficientes sobre esta problemática. La pregunta concreta sería en
caso de que exista algún vacío en el ordenamiento jurídico, si
nosotros podemos hacer algo a fin de remediarlo y complementarlo,
pues tal vez la lucha fundamental en el problema de la droga empiece
por saber dónde se blanquea el dinero -me parece haber entendido que
también el señor Fernández-Golfín ha hecho referencia a ello-, lo
cual muchas veces sirve para llegar al fondo de las grandes mafias.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador.

Señor Fernández-Golfín, tiene la palabra.




El señor PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL NOTARIADO (Fernández-
Golfín Aparicio): Su señoría me pregunta si existen instrumentos
suficientes. En cuanto al aspecto económico de la delincuencia
organizada siempre da la sensación de que la legislación va por
detrás y que llega un momento en que son mucho más hábiles los hijos
de las tinieblas que los hijos de la luz, efectivamente. ¿Puede haber
mejoras? Sí, y yo he apuntado algunas que entiendo que pueden ser
razonables.

No pienso que la Administración tributaria tenga que tener unos
inspectores especiales para ello, no. Simplemente hablo de la
posibilidad de utilizar toda la información que tiene, no de añadir
más información, porque la misma permitirá posiblemente sacar
conclusiones.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra doña M.ª Luisa
Cava de Llano.




La señora CAVA DE LLANO Y CARRIO: Gracias, señor Presidente.

En nombre de mi Grupo, el Grupo Parlamentario Popular, quiero
agradecer al Presidente del Consejo General del Notariado, don
Antonio Fernández-Golfín Aparicio, su presencia en esta Comisión, que
si bien no se ha producido a petición de mi Grupo Parlamentario, la
vamos a aprovechar para que nos matice algunas dudas que nos han
quedado una vez oída su explicación.

Desde luego, señor Fernández-Golfín, yo no le voy a reñir ni a echar
ninguna reprimenda, en absoluto. Yo entiendo que si hay algún notario
que no cumple con su profesión y algún miembro de esta Cámara tiene
conocimiento de ello su obligación es denunciarlo, pero no hacer una
denuncia extensiva o globalizada a todo el Notariado, porque no me
parece oportuno.

Otra cosa es que pidamos una mayor colaboración, al igual que se la
solicitamos a otros colectivos que pueden
tener una relación directa o indirecta con un problema tan grave como
es el blanqueo de capitales o todo lo que proviene del narcotráfico,
aunque, insisto, eso no supone una crítica generalizada a ninguno de
ellos.

Todos sabemos que los delitos de tráfico de drogas están relacionados
con el blanqueo de capitales por la sencilla razón de que el dinero
que procede ilícitamente del tráfico de drogas debe ser introducido
en los circuitos económicos, comerciales y financieros para dotarlo
de una apariencia de legalidad. Por ello, cuando se elaboró la Ley
sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales se
establecieron una serie de normas para prevenir y, sobre todo, para
dificultar la utilización del sistema financiero y de otros sectores
de la actividad económica con el objeto de blanquear capitales.

Usted nos ha manifestado que la citada ley no ha sido tan generosa,
en cuanto a su ámbito de aplicación se refiere, como la Directiva de
la cual trae causa. Efectivamente, nuestra ley se ciñe exclusivamente
a tres tipos de actividades delictivas, como son el tráfico de
drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas; las relacionadas
con bandas armadas, organizaciones o grupos terroristas, y las
realizadas por dichas bandas o grupos organizados, mientras que la
Directiva era más amplia e incluía otros casos, como la adquisición,
tenencia o utilización de bienes sabiendo que provienen de la
actividad delictiva. Quizá esto se deba a que estas conductas ya
están tipificadas en los artículos 298 y siguientes del Código Penal.

En cualquier caso, quisiera conocer su parecer sobre este particular,
es decir, si cree que cuando se elaboró la Ley sobre determinadas
medidas de prevención del blanqueo de capitales nos quedamos cortos y
hubiera sido preferible ampliar su ámbito de aplicación.

Se ha dicho también que la citada ley no hace una mención expresa de
los notarios, como así ocurre. Sin embargo, en su artículo 16 se
establece un régimen de colaboración que se sobreentiende que también
afecta a los notarios, si bien es cierto que esa deficiencia se
subsanó en el Reglamento, al regular los deberes de colaboración en
los artículos 27 a 32. Concretamente, el artículo 27 indica que como
funcionarios especialmente obligados a este deber de colaboración se
considerará a los de los Registros de la Propiedad y Mercantil,
notarios y corredores de comercio, quienes están obligados a informar
por escrito al servicio ejecutivo de todos los actos y contratos de
que tengan conocimiento en el ejercicio de su función registral o
fedataria a los efectos de lo dispuesto en la ley.

Por otro lado, y en lo que se refiere al ámbito europeo, parece ser
que el Grupo de Acción Financiera Internacional, el GAFI, tiene un
interés especial en la inclusión de ciertos profesionales liberales
que actúan como gestores de negocios ajenos o intermediarios, como
pueden ser los abogados, y también se está planteando la inclusión de
los notarios. Sin embargo, creo que esa medida no nos afecta en gran
medida ya que, como he dicho, ustedes ya están incluidos en el
Reglamento que desarrolla la ley sobre blanqueo de capitales.

Ha hablado usted de que existe un repertorio de obligaciones
tributarias y de información a cargo de los notarios, como son las
relacionadas con el Impuesto sobre



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Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, el
Impuesto de Sociedades y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Y me
gustaría hacer una pequeña crítica a este respecto, aunque no se
trata de una reprimenda, como ya he indicado al principio de mi
intervención, por el simple hecho de que eso incluso ha sido
reconocido por el Notariado. Y ello lo demuestran las circulares 1/
1997 y 4/1998 que se refieren a este tema.

En este sentido, quisiera que quedara muy claro que la portavoz del
Grupo Parlamentario Socialista -que lógicamente aprovecha cualquier
oportunidad para disparar un cañonazo contra el Gobierno del Partido
Popular- ha manifestado que en tres años de Gobierno no ha habido
ningún indicador importante por parte del servicio ejecutivo. Pero
eso no es así. Creo que la señora Romero no ha leído las circulares
1/1997 y 4/1998, porque en la circular 1/1997 se hace mención expresa
a que el servicio ejecutivo ha indicado al Notariado como posibles
operaciones a comunicar, las siguientes: la constitución de numerosas
sociedades en los mismos días por las mismas personas; la
constitución de sociedades por personas o entidades no residentes con
características especiales de procedencia, nacionalidad, estatus u
otras; las ampliaciones y suscripciones de capital en efectivo por
importes considerables en relación con el reducido papel inicial,
singularmente, si las nuevas suscripciones proceden de paraísos
fiscales; el nombramiento de administrador único con carácter
simultáneo en numerosas sociedades; la adquisición de bienes con pago
en efectivo por importes considerables, y las operaciones de sucesiva
transmisión del mismo bien en el mismo día con un aumento sustancial
del precio en la segunda transmisión.

Y tan grande es el interés por notificar a los notarios y sus
posibles colaboradores los indicadores que pueden ayudar en la lucha
contra el blanqueo de capitales, que con la circular 4/1998 -que el
Consejo General del Notariado envía a todos los colegiados- el
servicio ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de
Capitales e Infracciones Monetarias les comunica a ustedes algunos
nuevos para que puedan luchar con mayor conocimiento en operaciones
que puedan ser sospechosas.

Paso a citar esos indicadores, porque parece ser que hay algún
Diputado en esta Cámara que no ha leído las circulares y acusa al
Gobierno del Partido Popular de su desinterés sobre este tema, aunque
todo es atribuible a la ignorancia de esas personas y no al
desinterés del Gobierno. Se trata de los siguientes. Operaciones de
importe elevado realizadas por entidades con capital muy escaso y
adquisiciones de bienes en efectivo. Socios o administradores
exóticos, esto es, de países de riesgo o de paraísos fiscales, u
otras personas aparentemente no idóneas, como pueden ser empleadas de
hogar o personas sin oficio conocido que generalmente no son
residentes. Numerosas sociedades constituidas en la misma fecha por
la misma o el mismo grupo de personas. Sociedades constituidas con
capital en efectivo con domicilios de mera correspondencia y/o con
socios y/o administradores sin responsabilidad. Sociedades
instrumentales de gestorías y despachos jurídicos o fiscales para la
constitución
de otras sociedades en cuanto a las constituidas por aquéllas.

Constitución de sociedades anónimas y limitadas y la posterior venta
inmediata de las acciones y participaciones a terceras personas.

Doble transmisión de bienes con diferencia muy sensible entre el
precio de la primera y la segunda transmisión. Apoderamientos de no
residentes a no residentes, o de residentes a no residentes,
o diversas personas físicas y jurídicas sin aparente relación entre sí
a favor de un tercero generalmente no residente. Promociones e
inversiones inmobiliarias con fondos procedentes de paraísos fiscales
o de países de riesgo. Y, por último, la utilización como socios,
administradores o inversores de sociedades constituidas en paraísos
fiscales en régimen de «trust».

Quizá me haya hecho pesada con la enumeración de estas operaciones,
pero creo que era justo después de la crítica que se ha efectuado del
servicio ejecutivo.

Para finalizar, señor Fernández-Golfín, nos ha hecho usted seis
peticiones, según creo recordar, en aras a una mayor colaboración y
una mejor ayuda en la lucha contra el blanqueo de capitales, lucha
que todos mantenemos. Las he recogido a vuelapluma, pero tendré
ocasión de estudiarlas con mayor detenimiento cuando se publiquen en
el «Diario de Sesiones». En cualquier caso, puede tener la certeza de
que mi Grupo Parlamentario las examinará con todo detenimiento, se
hará eco de las mismas, y dialogará con ustedes para que exista una
mejor colaboración en este tema, porque la lucha contra el blanqueo
de capitales nos afecta a todos y mi Grupo está convencido de la
buena disposición del Notariado para ayudarnos en esta tarea.

Muchas gracias, señor Presidente. (La señora Romero López pide la
palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señoría, en primer lugar, voy a dar la palabra
al señor Fernández-Golfín.




El señor PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL NOTARIADO (Fernández-
Golfín Aparicio): Muchas gracias, señor Presidente.

Señoría, no tengo la impresión de que usted haya transmitido el
mensaje de que todo el Notariado esté bajo sospecha. Todos
participamos de la enorme preocupación existente por el blanqueo de
dinero y, efectivamente, trataremos de colaborar en lo posible.

Me gustaría transmitir a sus señorías que el notario es un
colaborador nato de la administración. Si realmente se aprecia un
defecto de colaboración en unos profesionales que somos unos
colaboradores natos, tengan sus señorías el convencimiento de que es
debido a que muchas veces nos es muy difícil conseguir hacer efectiva
y eficaz esa colaboración. Muchas de las sugerencias del Servicio de
Blanqueo del Banco de España nos sirven como una ilustración.

Nosotros hemos solicitado esa reunión con los inspectores del Banco
de España para decir: ayúdennos a detectar cuál es el tipo de
operación donde se puede poner de relieve una situación irregular.

Pero no siempre se producen todas esas relaciones; todos conocemos
esos despachos, bufetes de abogados, bufetes de auditores, que quizá
constituyen tres o cuatro sociedadescon una finalidad muy concreta:
son muchas las sociedades



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que se forman para acudir a un concurso público, son sociedades que
se crean inicialmente en un bufete de abogados y que después generan
una transmisión de acciones, etcétera; es decir, la constitución de
una pluralidad de sociedades no siempre tiene que ver con una
actividad ilícita, y no sólo ilícita en cuanto a blanqueo de dinero
en general, sino específicamente en cuanto a blanqueo procedente de
drogas. No tiene nada que ver. No siempre el hecho de que se nombre
administrador a una persona física o jurídica residente en el
extranjero tiene que dar lugar a una prevención especial. Muchas
veces no ocurre así.

Los contactos que estamos teniendo con el Servicio de Blanqueo del
Banco de España tienen como finalidad que éste nos ilustre, para que
seamos capaces de detectar las situaciones más habituales de riesgo.

Y en muchos casos en los cuales hemos podido detectar un blanqueo de
dinero procedente de este tipo de actividades, se producían algunas
de las circunstancias de la relación que nos facilita el Servicio del
Banco de España. Estas circunstancias se han recogido en la circular
con objeto de alertar a los notarios y advertirles para que en el
caso de que se encuentren con algo, sospechen. Ayúdennos a sospechar
objetivamente, no a sospechar subjetivamente, que es muy difícil.

Por tanto, quiero transmitirle que cuando el notario, que es un
colaborador nato de la administración desde hace muchísimos años, da
la sensación, como en este caso concreto, de que no colabora, piensen
sus señorías que no es por voluntad de no hacerlo sino por la propia
dificultad de esa colaboración.

Este es un dato a matizar. Ese planteamiento se produjo con todos los
notarios europeos que están, en general, en la misma situación. Todos
están reclamando a sus autoridades datos, supuestos objetivos en los
que tengan la obligación de notificar. No quieren que se les deje en
la pura subjetividad. Incluso se ha planteado -y me parece que no
alteraría gravemente la situación- la posibilidad de convertir a los
notarios, al igual que a los auditores, en entidades obligadas. Esto
ya se está estudiando e incluso dentro del programa de acción de la
Comunidad se está proyectando establecerlo -no sé si ya se ha
establecido-; existía un proyecto de ley en Bélgica para que el
notario o los auditores de cuentas en lugar de ser colaboradores
pasaran a ser sujetos obligados. Perfecto. Pero habrá que definir en
qué supuestos se produce el paso de colaborador a sujeto obligado. El
problema, efectivamente, es definir los supuestos en que se produce
porque el notario no tiene por qué conocer que ha habido una
inversión como consecuencia de un blanqueo de dinero procedente de la
droga. A lo largo de mi vida profesional, jamás un cliente me ha
dicho que han introducido doscientos kilos de cocaína, que cuenta con
2.000 millones de pesetas y que va a efectuar una inversión. Me
parece que no se lo dirá a nadie.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

Tiene la palabra, por alusiones exclusivamente, la señora Romero. Le
rogaría brevedad.




La señora ROMERO LÓPEZ: Gracias, señor Presidente.

La Diputada del Grupo Parlamentario Popular ha aprovechado su tiempo
no para responder al compareciente sino para responder a esta
Diputada. Por tanto, me corresponde el turno para contestar a esas
alusiones.

No he sido yo quien ha hablado en esta intervención de los
indicadores. En todo caso, el ignorante puede haber sido, según la
Diputada del Grupo Parlamantario Popular, el propio señor Fernández-
Golfín, porque ha sido él quien se ha referido a los indicadores y
precisamente a la carencia de ese marco normativo que reclama.

Probablemente, la Diputada del Grupo Parlamentario Popular ha tenido
la información antes que yo.

Me gustaría decirle al señor Fernández-Golfín que, a pesar de no
tener esos indicadores, estos no pueden ser un escudo. Por ello, le
he dicho al principio que, al margen de que exista ese marco que
proporcione la propia administración, el Consejo General del
Notariado tiene la obligación de establecer sus propios índices
porque esta legislación no sirve para que se conozca que el dinero
procede de la droga, sino para que se sospeche. Como le he dicho,
concretamente en Cádiz, el notariado se encuentra bajo sospecha. Y se
lo tengo que volver a repetir, porque es así y ustedes no pueden
escurrir el bulto a una legislación que está hecha sobre la base del
indicio y no sobre la base del conocimiento. Tienen que profundizar
en ese campo y si no es así, seguirán estando bajo sospecha. Trabajen
los indicadores como les parezca. Si el Grupo Parlamantario Popular
colabora, la sociedad se lo agradecerá, pero lo que nos interesa no
son los indicadores, sino los resultados, las inversiones que se
producen, así como el tráfico que se está generando.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la señora Cava de Llano.




La señora CAVA DE LLANO Y CARRIO: Gracias, señor Presidente.

Intervengo simplemente para decir al señor Fernández- Golfín que yo
no considero que sea un ignorante. Ha explicado muy claramente cuáles
son los indicadores. Y quiero decir a la señora Romero que,
efectivamente, el Grupo Parlamentario Popular colaborará, como
supongo también lo hará el Grupo Parlamentario Socialista. Además,
quiero aclararle que la documentación se me entregó ayer a las ocho
de la tarde, no sé a qué hora se la entregarían a usted.

Nada más. Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Cava de Llano.

Si me lo permite, le comunico que la información se repartió a la
misma hora a todo el mundo, en el momento en que se recibió.

Quiero agradecer al Presidente del Consejo General del Notariado, don
Antonio Fernández-Golfín Aparicio, su disertación y su comparecencia
en esta Comisión, donde siempre será bien recibido.

Muchas gracias. (Pausa.)



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- PROPOSICIÓN NO DE LEY POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A QUE IMPULSE
LA CREACIÓN DE UNA MESA DE ACUERDOS EN MATERIA DE DROGODEPENDENCIAS,
PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN EN EL SENADO DE
CONVERGÈNCIA Y UNIÓ. (S. 663/000047; C.D.

161/001087.)



El señor PRESIDENTE: El segundo punto es la proposición no de ley por
la que se insta al Gobierno a que impulse la creación de una mesa de
acuerdos en materia de drogodependencias, planteada por el Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió.

Al parecer, el Grupo Parlamentario Socialista desea posponer el
tercer punto del orden del día, que es la proposición relativa a la
elaboración de un plan integral de prevención y lucha contra la
drogodependencia en las zonas de la Comunidad de Madrid más afectadas
por este problema, para una sesión posterior. ¿Están de acuerdo,
señorías? (Pausa.) En ese caso, queda pospuesto el tercer punto del
orden del día.

En consecuencia, vamos a pasar a tratar el segundo punto.

Tiene la palabra el Senador Cardona.




El señor CARDONA I VILA: Muchas gracias, señor Presidente.

Como introducción de esta proposición bastaría con leer la exposición
de motivos, porque evidentemente existe una gran preocupación social
por el problema de la droga. Es un problema muy complejo que ha ido
evolucionando y que, como veíamos ayer en Ponencia, ha ido
superándonos ya que, como decía el Presidente del Notariado, la
legislación y nosotros como legisladores vamos siempre por detrás de
lo que la sociedad nos demanda. Es normal que los traficantes y
consumidores de sustancias ilícitas que crean dependencia
evolucionen, ya que detrás hay un verdadero montaje que les
proporciona grandes beneficios. En este sentido, nosotros tenemos que
estar ojo avizor para ver qué es lo que podemos hacer.

El objetivo fundamental de la presentación de esta proposición no de
ley es conseguir de hecho un verdadero acuerdo o pacto político de
todos los partidos en aquellos puntos en los que estamos de acuerdo.

Es decir, buscar un máximo común denominador en aquellos temas que no
son objeto de discusión, porque tenemos muchos lugares de encuentro y
muchas condiciones para lograrlo. Existe una Comisión Mixta Congreso-
Senado y una ponencia que ahora elaborará, si procede, un nuevo plan
nacional de lucha contra la droga, pero en cualquier caso habrá unos
puntos determinados sobre los que los partidos políticos con
representación parlamentaria no puedan discutir. Busquemos estos
puntos, ya que desde nuestro punto de vista conseguiremos un efecto
pedagógico fundamental de cara a la sociedad, porque hay temas que no
son objeto de debate ni de diferencias entre las distintas opciones
políticas. Seguro que unos querrán o querremos llegar más allá, pero
en cualquier caso todos estaríamos de acuerdo en estos puntos
determinados, sean los que sean, que no son objeto de debate.




En cuanto al modus operandi tenemos como ejemplo la experiencia de
Cataluña. Después de unas reuniones previas de expertos, a las que se
convocó a los representantes de todos los partidos políticos, se
alcanzaron unos acuerdos y se presentó una proposición no de ley
firmada por los portavoces de todos los partidos. Estos puntos eran
muy importantes, no eran de mínimos, sino sustanciales, y constan en
la proposición no de ley que se presentó al Parlamento de Cataluña,
firmada por todos los grupos políticos. Por ejemplo, entre ellos
figura favorecer la práctica del ejercicio de responsabilización
desde la participación social; potenciar la coordinación de planes de
prevención de las drogodependencias; no apoyar desde ninguna fuerza
política movimientos de carácter reactivo en torno a las
drogodependencias. Me refiero a los conflictos, que no se generan,
pero sí se potencian con el apoyo de algunas fuerzas políticas en
función de que se esté en el Gobierno o en la oposición. De eso
tenemos experiencia en todos los territorios y en todos los ámbito,
desde el Gobierno, desde la oposición, desde todo el espacio
político, derecha, izquierda, centro, o donde se quiera ubicar. Velar
para que las organizaciones de drogodependientes rehabilitados
solamente realicen tareas de intervención en el marco de programas
terapéuticos dirigidos a profesionales; no aceptar ninguna publicidad
destinada a estimular el uso de ningún tipo de drogas; incorporar
conocimientos de drogodependencias en los planes de estudios, y
algunos más. Figuran doce puntos en la parte expositiva de la
proposición no de ley, firmada por todos los grupos políticos, y en
la parte dispositiva de dicha proposición se pretendía suscribir esta
tabla de acuerdos.

Al preparar esta proposición no de ley quisimos dejarla más abierta,
es decir, hacer un ejercicio para saber en qué puntos estábamos de
acuerdo y crear una mesa sobre unas bases preconcebidas. Por ello,
solicitamos que la Comisión Mixta inste al Gobierno para que impulse
o promueva la creación de una mesa de acuerdos constituida por todas
las fuerzas políticas con representación parlamentaria. ¿Con qué
finalidad? Alcanzar una política consensuada en materia de
drogodependencias donde queden establecidos unos principios objetivos
sobre prevención, tratamiento, etcétera, en definitiva, unas líneas
de actuación. Tenemos que dar un paso más, tanto cuantitativo como
cualitativo, en el sentido de conseguir una mesa de acuerdos sobre
estos problemas de drogas, similar a las ya existentes en materia de
terrorismo, porque son cuestiones en las que todas las fuerzas
políticas y todos los grupos parlamentarios estaremos de acuerdo. Se
trata de buscar una base, unos puntos determinados consensuados
unánimemente, que no sean nunca más objeto de discusión en ningún
foro parlamentario. Se podrán hacer matizaciones sobre la forma de
actuar, pero los principios estarán sentados con una finalidad clara:
la lucha contra el problema del consumo de drogas desde todas las
fuerzas políticas, desde todos los partidos políticos, sin ninguna
distinción de doctrina o cualquier otro tipo de diferencias.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Cardona.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra la Senadora
Arribas Esteve.




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La señora ARRIBAS ESTEVE: Muchas gracias, señor Presidente.

Voy a expresar la posición del Grupo Parlamentario Socialista
respecto a esta proposición no de ley que ha presentado el Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió. Nos parece
que esta iniciativa parlamentaria tendría que haber llegado a esta
Comisión a propuesta de todos los grupos parlamentarios, con el
consenso de todas las fuerzas políticas, tal como se hizo en
Cataluña. Quizás el afán de protagonismo del Grupo Parlamentario
Catalán en el Senado de Convergència i Unió les ha llevado a
presentar esta propuesta unilateralmente.




Por otra parte, en Cataluña era necesaria la constitución de una mesa
de acuerdos, ya que en el Parlamento de Cataluña no existe ninguna
Comisión específica donde coordinar la materia, cosa que no ocurre a
nivel del Estado, ya que existe esta Comisión Mixta donde estamos
representados todos los grupos parlamentarios y en la que pueden
comparecer expertos en el tema para asesorar e informar. Además,
desde abril, mes en que se constituyó una ponencia para elaborar un
nuevo plan sobre drogas, tenemos un foro idóneo para coordinar y
consensuar sobre la materia.

A lo largo de estos años, desde que se constituyó esta Comisión
Mixta, si algo se ha puesto de manifiesto en múltiples ocasiones ha
sido la existencia de un consenso social e institucional respecto a
la necesidad de actuar de un modo coherente y eficaz en este ámbito.

Ha sido indispensable la implicación de las distintas
Administraciones, conjuntamente con la iniciativa social, para
definir las líneas básicas de actuación en materia de
drogodependencias. Corresponde al Plan Nacional sobre Drogas impulsar
una política coherente y coordinada siguiendo las recomendaciones de
esta Comisión Mixta, en la que ya estamos representados todos los
grupos parlamentarios. Al final de la V Legislatura se aprobó por
unanimidad el informe sobre drogas que esta Comisión elaboró y el
propio Delegado de Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas ha
manifestado en diferentes ocasiones que es una de sus pautas a
seguir. Aparte existe una comisión técnica interautonómica, y ya
desde el año 1996 se acordó por unanimidad la creación de una
ponencia técnica dirigida a establecer los criterios básicos de
homologación que deberán regir las actuaciones en el conjunto del
Estado.

De todas formas, daremos nuestro apoyo a esta moción, pero será
necesario definir el conjunto de estrategias para una intervención
adecuada a los objetivos que defina esta mesa de acuerdos entre todos
los partidos políticos. Se trata de establecer la metodología de
trabajo, los objetivos que pretende, la población a la que van
dirigidos y los medios adecuados para la ejecución, dejando bien
claro que las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus
competencias, deben estimar en cada caso la oportunidad y
aplicabilidad de las propuestas.

Consideramos que los planes, nacional, autonómicos y locales, deben
ofrecer una adecuada vertebración y tendrán que tener en cuenta los
acuerdos que consensúen las distintas fuerzas políticas de esta mesa.

Es necesario que el desarrollo de los contenidos y la metodología del
trabajo
se decidan por consenso, así como definir los principios de
coordinación interinstitucional, descentralización, responsabilidad,
autonomía en la gestión, y participación activa de las diferentes
ONGs.

Sin duda, el intento de resolver los conflictos ocasionados por el
abuso de drogas y el deseo de posibilitar la mejora de la capacidad
de los individuos y de los grupos para hacer frente a las
dificultades, agudizadas por la existencia de drogas, nos llevan a
votar favorablemente esta proposición. Además, es bueno coordinar las
actuaciones encaminadas a enriquecer las posibilidades de desarrollar
estilos de vida positivos, saludables y autónomos. Tenemos que buscar
el consenso sobre estas líneas a seguir y procurar que esta mesa de
acuerdos no se quede en una mera declaración de principios, sino en
compromisos asumidos por todas las fuerzas políticas.

Nada más y muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senadora Arribas.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra la señora Seller
Roca de Togores.




La señora SELLER ROCA DE TOGORES: Muchas gracias, señor Presidente.

Intervengo en nombre del Grupo Parlamentario Popular en relación a la
proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario de
Convergència i Unió, relativa a la creación de una mesa de acuerdos
en materia de drogodependencias.




Tal como se expresa en dicha iniciativa, el problema de la droga es
sin duda uno de los retos más importantes a los que debe hacer frente
toda la sociedad. Por ello, tratándose de un problema que rebasa los
ámbitos sanitarios, jurídicos y de orden público, exige el máximo
consenso de todas las fuerzas políticas, buscando puntos de encuentro
que sirvan de referencia común.

La proposición no de ley centra su atención en la creación de una
mesa de acuerdos cuyos antecedentes se encuentran en la ya
constituida en el Parlamento catalán, ofreciendo sin duda gran
interés, ya que sus objetivos giran alrededor de un marco
importantísimo en el que se incluyen la infancia y la adolescencia,
ejes fundamentales del futuro; un futuro en el que todos somos
copartícipes y también corresponsables y donde las fórmulas
preventivas e informativas deben conjugarse necesariamente con la
participación y la concienciación social desde las premisas básicas y
comunes.

Ciertamente, tanto desde el Gobierno de la nación, a través de esta
Comisión mixta, en la que ya sentamos las bases hoy vigentes en
materia de droga, de diciembre de 1995, como desde las Comunidades
Autónomas se ha realizado un notable esfuerzo. Algunas comunidades,
como la valenciana, han combinado campañas preventivas con
limitaciones de consumo de alcohol en la vía pública, con excelentes
resultados, ya que desde su implantación normativa el pasado año se
ha detectado un descenso significativo en el consumo de alcohol que
afecta a nuestros jóvenes. Esta misma Comunidad ha introducido
programas de prevención en el ámbito escolar y fue la primera que
exigió la inclusión de mensajesde advertencia sobre el peligro del
abuso de alcohol en la



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publicidad de las bebidas alcohólicas. Con todo, el problema se
resiste a desaparecer, a pesar de los esfuerzos realizados en todos
los ámbitos legales, sanitarios, informativos, formativos y a pesar
de la creación de estructuras de investigación. Por ello, desde esta
Comisión Mixta, se constituyó una ponencia, el pasado mes de abril,
que va a elaborar un informe sobre las líneas básicas para la
formulación de un nuevo plan nacional de drogas.

Señorías, la droga sigue atentando principalmente contra nuestros
jóvenes, con consecuencias lamentables, por lo que es necesario aunar
esfuerzos y seguir trabajando.

Por todo ello, mi grupo parlamentario va a votar a favor de esta
proposición no de ley, entendiendo que debe darse un consenso entre
todas las fuerzas sociales y políticas en esta materia; comprendiendo
también que el fenómeno de las drogas es altamente cambiante y que
los poderes públicos tienen que ir modificando necesariamente sus
objetivos a la vez que dicho fenómeno se transforma. Igualmente, la
creación de la mesa de acuerdos es, a criterio de mi grupo
parlamentario, positiva, como lo fue la propuesta del Grupo Popular
en el Parlamento catalán, para que se establezcan y se plasmen, de
forma consensuada entre todos los grupos parlamentarios, los acuerdos
necesarios que nos permitan abordar de forma eficaz la lucha contra
las drogas, desde el seno de esta Comisión Mixta y desde este nuevo
órgano, sin solapamiento alguno, a fin de evitar innecesarias
duplicidades, definiendo naturalmente estrategias conjuntas y claras
en el desarrollo de su contenido.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Seller.

Tiene la palabra el Senador Cardona.




El señor CARDONA I VILA: Muchas gracias, señor Presidente.

Intervengo brevemente para contestar a la Senadora Arribas, portavoz
del Grupo Socialista.

Recuerdo aquello de: como pasa agua, nos bañamos aunque haga frío.

Aquí no ha habido afán de protagonismo; en absoluto. El ejemplo que
tenemos en Cataluña es diferente. Allí se trabajó durante dos años,
se llegó al acuerdo en 1994 y se presentó en 1996 ó 1997. Aquí lo que
tenemos que hacer todos los partidos firmantes es proponer en el seno
de esta Comisión Mixta aquellos puntos en los que estemos de acuerdo.

Nosotros habíamos preparado esta proposición no de ley, siguiendo el
ejemplo de lo que se había hecho en Cataluña, con doce puntos en la
parte expositiva y suscribiendo en la dispositiva la integridad de lo
realizado en Cataluña. Por respeto a la autonomía de cada grupo
político, aunque sean los mismos partidos allí que aquí, hemos
preferido presentarlo de esta forma y si surgía otra vía más factible
apoyarla. Se trata sólo de buscar la forma de ponerlo en marcha. Por
ello al tiempo de presentar la proposición no de ley, pedimos la
comparecencia del doctor Colom para que nos explicara cómo se había
hecho allí para poder hacerlo aquí.

Se ha hecho referencia al informe; el informe no es igual. En la
proposición nosotros proponemos determinar
cuáles son los puntos en los que todos estamos de acuerdo,
mientras que en el informe es evidente que hay unas enmiendas que se
aprueban por mayoría, y después todos asumimos el informe, pero no
son unos puntos en los que todos estemos de acuerdo, es muy
diferente. Esa mesa de acuerdo, si somos capaces de conseguirlo,
puede ir más allá y tiene que ser más ambiciosa. En definitiva,
dependerá de la capacidad del Gobierno, o de la delegación del
Gobierno en este caso, para llevarlo a cabo.

Por otra parte, estamos totalmente de acuerdo en que esto no debe
quedar en una mera declaración de intenciones, sino que tiene que ser
un compromiso. Por eso decía yo que hay cosas en las que es muy
difícil que nos pongamos de acuerdo, pero si lo hacemos daremos un
gran paso. Si todos los grupos políticos, a nivel de Cortes
Generales, firmamos cosas como no apoyar desde ninguna fuerza
política movimientos de carácter reactivo en torno a los
drogodependientes, y es uno de los puntos en los que estamos de
acuerdo, se lo podríamos echar en cara si algún partido tuviera la
tentación de utilizarlo. En cualquier caso, se ha hecho alguna
referencia en los pasillos, a cambiar o no del texto aquella parte de
la proposición que dice «con representación parlamentaria». A
nosotros nos da lo mismo que sean todos los partidos políticos, más
grandes o más pequeños. Nosotros decíamos con representación
parlamentaria, refiriéndonos a los partidos políticos, porque tiene
que ser un compromiso de todos los partidos políticos y no de los
grupos parlamentarios. Este era el objetivo de la redacción: todas
las fuerzas políticas con representación parlamentaria, porque puede
haber partidos políticos que en este momento no tengan representación
parlamentaria y que a lo mejor la tenían hace unos meses, ejemplo
claro de ello tenemos en el Congreso de los Diputados.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Cardona.

Tiene la palabra la señora Arribas.




La señora ARRIBAS ESTEVE: No quiero entrar en polémica. Mis alusiones
únicamente se referían a que nos parecía mejor la metodología
utilizada en el Parlamento de Cataluña, donde la proposición no de
ley llegó firmada por todos los portavoces de todas las fuerzas
políticas allí representadas. Estamos totalmente de acuerdo.

Manifiesto nuestra buena voluntad y predisposición para llegar a un
consenso en materia de drogas. Por eso he dicho antes que nuestro
Grupo votará favorablemente esta moción y que retiramos la enmienda
que presentamos anteriormente. En esto también estamos de acuerdo con
el Senador Cardona. Instamos al Gobierno a consensuar esta política
única en materia de drogas entre todas las fuerzas políticas. Como
también hemos manifestado antes, los grupos parlamentarios tenemos
los foros adecuados para consensuar cuestiones, como es esta Comisión
Mixta para el Estudio del Problema de las Drogas.

Gracias.




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El señor PRESIDENTE: Gracias, Senadora. ¿Alguien más quiere
intervenir?
Tiene la palabra el Senador Cardona.




El señor CARDONA I VILA: Gracias.

No tenemos ningún inconveniente en que sea firmada por todos los
grupos políticos. Este es el espíritu que anida en el fondo de la
cuestión.




El señor PRESIDENTE: Entonces queda como estaba, ¿o no? (Pausa.)
Tiene la palabra su señoría.




El señor CARDONA I VILA: He dicho que, aunque para nosotros daba lo
mismo, finalmente no se quitaba.




El señor PRESIDENTE: Gracias.

Entonces, ¿la proposición no de ley queda como está? (Pausa.)
¿Estamos de acuerdo todos? (Pausa.)



El señor CARDONA I VILA: Estamos de acuerdo en que quede como está, y
si, desde el punto de vista administrativo, puede ser firmada por
todos los grupos, no tenemos ningún inconveniente; todo lo contrario.

He querido expresar que no se había hecho de esta forma porque no se
habían dado los acuerdos previos que sí habían tenido lugar en
Cataluña -no era otra la cuestión-, y que aquí, cuando proceda,
porque habremos llegado a estos acuerdos, los firmaremos todos, ya
que será un acuerdo de todos los grupos. Esta era simplemente la
metodología.




El señor PRESIDENTE: Gracias.

Tiene la palabra la portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, la
Diputada Calleja de Pablo.




La señora CALLEJA DE PABLO: Muchas gracias.

Deseo intervenir simplemente por una cuestión de orden, para
aclararnos un poco respecto a lo que vamos a votar o a entender
aprobado.

Pienso que el Senador hace la oferta, y no sé si es
reglamentariamente posible. Por tanto, tal vez tengamos que pedir el
asesoramiento del señor letrado respecto a que sea una proposición no
de ley que insta al Gobierno y que sea suscrita por los portavoces de
todos los grupos. No sé si es posible transformar la iniciativa de un
Grupo en una iniciativa de todos los grupos aquí representados. Si la
respuesta fuera positiva aceptaríamos la invitación que nos hace el
Senador.

Gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias.

Está claro, porque dice que la Comisión Mixta, en su conjunto, es la
que propone, es la que insta a que se promueva. Para que no haya
ninguna duda, vuelvo a repetir la proposición no de ley.

La Comisión Mista para el estudio del problema de las Drogas insta al
Gobierno a que promueva e impulse la creación de una mesa de
acuerdos, la cual deberá estar constituida por el conjunto de todas
las fuerzas políticas con representación parlamentaria, con la
finalidad de alcanzar una política consensuada en materia de
drogodependencias en donde queden establecidos los principios
objetivos, así como las correspondientes líneas de actuación que
deben llevarse a cabo para hacer frente al uso indebido de las
drogas. ¿Están todas sus señorías de acuerdo? (Asentimiento.) ¿Se
aprueba por asentimiento? (Pausa.)
Queda aprobada.

Se levanta la sesión.




Eran las doce horas y cinco minutos.