Ruta de navegación

Publicaciones

DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 111, de 16/06/1998
PDF





DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES



COMISIONES MIXTAS



Año 1998 VI Legislatura Núm. 111



PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS



PRESIDENCIADEL EXCMO. SR. DON JOSEPSÁNCHEZ I LLIBRE



Sesión núm. 21



celebrada el martes, 16 de junio de 1998, en el Palacio del Congreso
de los Diputados



ORDEN DELDÍA:



Debate y votación, en su caso, de las propuestas de resolución:



- Informe de fiscalización del Centro de Investigaciones
Sociológicas, ejercicios 1993, 1994 y 1995. (Núms. de expediente: S.

771/000047; C. D. 251/000051) ... (Página 2306)



- Informe de fiscalización de la Sociedad Estatal «Paradores de
Turismo de España, S. A.» ejercicios 1991, 1992, 1993 y 1994. (Núms.

de expediente: S. 771/000050; C. D. 251/000052) ... (Página 2306)



- Informe de fiscalización del Fondo Central de atenciones generales
del Ministerio de Defensa, ercicio 1994. (Núms. de expediente: S.

771/000051; C. D. 251/000053) ... (Página 2309)



Debate sobre:



- Solicitud de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal
de Cuentas de una fiscalización específica, de acuerdo con lo previsto
en la Ley 2/1982, del Tribunal de Cuentas, con el fin de



Página 2304




aclarar la gestión económica realizada por el Ayuntamiento de Alhama
de Aragón y la emisión del informe que corresponda en el período
comprendido entre el 1 de enero de 1991 y el mes de junio de 1996.

Formulada por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.

(Núms. de expediente: S. 772/000005; C. D. 253/000006) ... (Página 2310)



Comparecencia del señor presidente del Tribunal de Cuentas (Nieto de
Alba) para informar sobre los siguientes extremos:



- Informe de fiscalización de la Empresa Mixta de Servicios
Funerarios de Madrid, ejercicios 1992 y 1993. (Núms. de expediente:
S. 771/000052; C. D. 251/000054) ... (Página 2313)



- Informe de fiscalización de las obras del Polideportivo Pisuerga,
ejecutadas por el Ayuntamiento de Valladolid. (Núms. de expediente:
S. 771/000053; C. D. 251/000055) ... (Página 2323)



- Informe de fiscalización del Instituto Nacional de Fomento de la
Economía Social (INFES), ejercicio 1994. (Núms. de expediente: S.

771/000055; C. D. 251/000056) ... (Página 2329)



- Informe de fiscalización del Instituto Cervantes, ejercicios 1992,
1993 y 1994. (Núms. de expediente: S. 771/000054; C. D. 251/000057) .

.. (Página 2332)



Se abre la sesión a las diez y cinco minutos de la m añana.




DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE R ESOLUCIÓN:



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES
SOCIOLÓGICAS, EJERCICIOS 1993, 1994 Y 1995. (S. 771/000047;
C. D. 251/000051.)



El señor PRESIDENTE: Señoras y señores senadores y diputados, vamos a
dar comienzo a la sesión número 21 de la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas.

Iniciamos el debate y votación de las propuestas de resolución, en
primer lugar, respecto al informe de fiscalización del Centro de
Investigaciones Sociológicas para los ejercicios 1993, 1994 y 1995.

(El señor Carrera i Comes pide la palabra.)
Me parece que el señor don Salvador Carrera quiere hacer alguna
aportación a la Comisión.




El señor CARRERA I COMES: Nuestro grupo va a retirar algunas
enmiendas y, antes de que se proceda a su debate, señor presidente,
quisiera anunciar cuáles son a fin de que los distintos grupos no
tuvieran que pronunciarse sobre las mismas.

En cuanto a la primera sobre el Centro de Investigaciones
Sociológicas, retiramos nuestra propuesta de resolución número 3, que
corresponde a la número 5.

En cuanto a las propuestas de resolución sobre el Fondo Central de
Atenciones Generales del Ministerio de Defensa, retiramos nuestra
propuesta número 2, que corresponde a la 3 de la numeración.

El señor PRESIDENTE: Perfecto. También quiero anunciar a los señores
y señoras senadores y diputados que las votaciones no se producirán
antes de las once y media.

Tiene la palabra el diputado de Izquierda Unida don Mariano Santiso
para que pueda defender sus propuestas de resolución y fijar
posiciones sobre el resto de propuestas de resolución presentadas por
los diferentes grupos.




El señor SANTISO DELVALLE: Nuestro grupo presenta dos propuestas de
resolución a este informe, que entendemos que van en el espíritu del
propio contenido del análisis que ha hecho el Tribunal de Cuentas. La
primera intenta colaborar para solucionar uno de los problemas que
plantea el informe, el elevado gasto que puede suponer la acumulación
de fondos editoriales. Proponemos que se desarrolle una política
editorial que permita una mejor difusión de sus publicaciones,
precisamente para una optimización de estos recursos. Se hace un
esfuerzo importante por realizar las publicaciones, pero
lamentablemente, terminan muchas veces arrinconadas en los propios
almacenes del instituto. Entendemos que una política distinta de
distribución y de precios de venta asequibles permitiría evitar esta
situación. En todo caso, habrá que valorar la posibilidad de cambiar
el sistema actual.

La segunda propuesta intenta terminar con una situación que sabemos
que se da por las características peculiares de los trabajos de campo
en el terreno de la investigación. Entendemos que no es sostenible
mantener este tipo de relación laboral sin que exista un contrato
escrito. Por tanto, nuestra propuesta requiere del Gobierno que
busque las fórmulas necesarias para que ningún trabajador de la
Administración, aunque sea con carácter temporal para hacer una
encuesta u otro trabajo de este tipo, esté desprotegido, por lo que
deben buscarse soluc i ones. Éstas son las dos propuestas que
planteamos.




Página 2305




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència
i Unió), tiene la palabra el senador don Salvador Carrera.




El señor CARRERA I COMES: De la comparecencia del señor presidente
del Tribunal de Cuentas he remarcado algunas observaciones que, sin
duda, han sido la base para la presentación de las dos propuestas de
resolución que expone nuestro grupo parlamentario.

La primera de ellas se refiere a cuando el propio señor presidente
hizo referencia a que el organismo no tiene implantadas normas
escritas en las que se describan los procedimientos de trabajo a
seguir para la consecución de los objetivos que tiene encomendados en
las tareas a realizar por las personas que componen su propia
plantilla. En este sentido, pues, nuestra propuesta de resolución es
la siguiente: que se elaboren manuales de funciones y procedimientos
para mejorar el funcionamiento operativo del CIS.

En cuanto a la segunda observación que remarco, es la que hace
referencia al IVA, cuando se indica que se consulte al Ministerio de
Economía y Hacienda y, en su caso, el régimen de deducciones a
practicar. La propuesta de resolución es la siguiente: que se
consulte al Ministerio de Economía y Hacienda acerca de la sujeción
al IVA de las diferentes operaciones que realiza.

Quedaría una última propuesta de resolución, que hace referencia a la
actividad editorial, en el sentido de que se considera necesario
proceder a un análisis y, si es pertinente, a una reestructuración de
la actividad editorial y distribución de las publicaciones del
organismo, al objeto de aumentar su eficiencia.

Estas serían las propuestas de resolución que presenta nuestro grupo,
pero si le parece, señor presidente, aprovecharía el trámite para
fijar posición en cuanto al resto de propuestas presentadas por los
distintos grupos. Nuestro voto va a ser favorable a la propuesta de
resolución númer o 1, de Izquierda Unida, no vamos a apoyar la número
2, del mismo grupo parlamentario, y sí la 7 y la 8, del Grupo S ociali
sta.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la
palabra la diputada María del Carmen S ilva.




La señora SILVAREGO: Como planteábamos en la anterior sesión de la
Comisión del Tribunal de Cuentas, el CIS tuvo que adaptarse a los
cambios que se produjeron en el proceso de transformación de una
dirección general en un organismo autónomo, proceso de modernización
que comenzó con el Gobierno anterior y que tendrá que seguir
realizándose, por lo que planteamos asumir la recomendación del
Tribunal de Cuentas que aparece señalada en el punto uno y que hace
referencia a la necesidad de elaborar manuales de funciones y
procedimientos en las diferentes áreas de gestión.

Asumimos también la recomendación señalada en el informe con el
número dos, relativa al personal de la denominada red de campo.

Creemos que resolver esta situación supondrá posibilitar una mayor
eficacia del CIS y superar la situación de los trabajadores de la red
de campo, cosa que hasta ahora no se ha resuelto ni por el Gobierno
anterior
ni por el actual, debido, como se reconoce en el propio informe,
a la complejidad que entraña, por lo que planteamos la necesidad de
que se solvente y se dé una solución satisfactoria procediéndose a
regularizarla.

Por lo que se refiere a la red de campo, en la anterior sesión de la
Comisión el Grupo Popular puso como ejemplo negativo de contratación
y acceso a la función pública a la Comunidad de Madrid. En este
apartado no voy a hacer referencia a otras comunidades, como podría
ser a la gallega, o las diputaciones provinciales, referencias que sí
se podrían hacer, pero creo que no es el fin de este informe de
fiscalización. Por eso, quiero dejar patente nuestra posición
negativa a este tipo de planteamientos políticos que, no teniendo que
ver con los debates que se realizan, únicamente se utilizan como un
ataque que yo creo que no lleva a ningún parte.

Planteamos que se cumpla también con las recomendaciones que en el
punto tres señala el Tribunal de Cuentas en relación con las
operaciones que se consideran sujetas a I VA y al régimen de
deducciones a practicar, así como acentuar las consultas
correspondientes para conocer la naturaleza de los ingresos derivados
de su banco de datos.

Con respecto al punto dos de nuestras resoluciones, que están
señaladas con los números 7 y 8 en las resoluciones presentadas ante
esta Comisión, queremos destacar la importancia que el Grupo
Socialista le da a la existencia del CIS como centro de investigación
para profundizar en el conocimiento científico de la sociedad
española y su evolución. Creemos que es necesario que este organismo
autónomo profundice en esta función de investigación sociológica, por
lo que no nos parece adecuado el planteamiento del criterio de ahorro
que se propone en el punto número cuatro del informe de
fiscalización. Al contrario, planteamos que se debe aplicar el
criterio de racionalidad, que significaría no reducir las tiradas de
las diferentes publicaciones, sino optimizar la gestión y
distribución de las mismas. No estamos de acuerdo con minimizar la
distribución de las investigaciones que realiza el CIS, sino que lo
que queremos es ajustarlas al interés social. Algunas deberían ser de
gran difusión, y pongo por caso un estudio del papel de la mujer en
la sociedad, que debería tener mayor conocimiento y difusión; en
cambio, otros estudios más concretos podrían tener una distribución
más restringida o minoritaria. No es posible plantear una reducción
generalizada de las publicaciones, ya que aquellas que sean de gran
interés colectivo deberían hacerse extensibles al mayor número
posible de ciudadanos y de ciudadanas y al mayor número de sectores
sociales, porque posibilitan que, a partir del conocimiento
científico de los comportamientos, valores sociales y su evolución,
se favorezcan actitudes y toma de decisiones más cercanas a la
realidad sociológica española. Sería conveniente que el CIS prestase
atención a los planteamientos que se realizan desde el Parlamento,
desde todo el arco parlamentario y desde la sociedad en general para
programar, diseñar y realizar estudios que tuviesen interés general y
global, y así potenciar la rentabilidad social de las investigaciones
que se realizan.

Por lo que se refiere a las resoluciones presentadas por los demás
grupos parlamentarios, votaremos afirmativamente a la propuesta de
resolución número 1, presentadapor el Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida.




Página 2306




Aceptamos que es necesario darle solución a la situación laboral de
la denominada red de campo del CIS, pero nos parece que la propuesta
de resolución que se propone es excesivamente dura, ya que el propio
informe reconoce que esta situación es de difícil solución. Y
votaremos afirmativamente las tres resoluciones que plantea el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergencia i Unió).




El señor PRESIDENTE: Para fijar la posición, dado que no han
presentado propuestas de resolución, por parte del Grupo
Parlamentario Popular, tiene la palabra el diputado don Javier Gómez
Darmendrail.




El señor GÓMEZ DARMENDRAIL: Por lo que respecta a la propuesta de
resolución número 1, del Grupo de Izquierda Unida, referente a una
política editorial que permita una mejor difusión de rentabilidad
social, que sean accesibles y que evite la formación de existencias
injustificadas, incluso que valore la posibilidad de establecer otro
sistema de retribución, la vamos a votar favorablemente.

En cuanto a la número 2, estamos de acuerdo con el segundo párrafo.

En la primera línea, donde dice que se ponga fin de inmediato a una
práctica irregular, nuestro grupo entiende que no es una práctica
irregular, sino una falta de marco legal, y ya hablamos de ello en
nuestra intervención en la última sesión de la Comisión. Sí que
aceptaríamos la segunda parte, cambiando el gerundio por un
infinitivo, y quedaría de la siguiente forma: establecer
procedimientos de contratación de estos trabajadores que, respetando
la legalidad, sean acordados en el marco de la negociación con los
representantes sindicales. Esta segunda parte estamos dispuestos a
aceptarla .

Por lo que respecta a la propuesta número 3, del Grupo Parlamentario
Catalán, en la que se considera necesario elaborar manuales de
procedimientos de trabajo para mejorar el funcionamiento y la
eficacia, nos parece muy procedente y la vamos a votar
favorablemente. Asimismo, la número 4 la vamos a votar favorablemente
en lo que se refiere a las consultas al Ministerio de Economía y
Hacienda en los temas relativos al IVA. La número 6, en la que se
habla de proceder a un análisis y a una reestructuración de la
actividad editorial, también la votaremos afirmativamente. De esto
hablan algunas propuestas de resolución y, como digo, también la
votaremos favorablemente.

Por lo que respecta a las propuestas de resolución del Grupo
Socialista, vamos a votar favorablemente las dos. En la primera se
habla de que se cumplan unas recomendaciones señaladas en el informe
de fiscalización anterior y eso parece procedente. En cuanto a la
segunda, todo lo que sea, como dice la propuesta, optimizar la
gestión y distribución de las publicaciones, evidentemente nos parece
proced e nte.

Por consiguiente, con la excepción de esa parte, que espero tenga
respuesta del Grupo de Izquierda Unida, vamos a votar favorablemente
todas las propuestas de resol u ción.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el diputado don Mariano
Santiso, del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, para
responder al planteamiento que le ha hecho el portavoz del Grupo
Parlamentario Popular respecto
a la transaccional que le ha ofrecido para la propuesta de
resolución número 2.




El señor SANTISO DELVALLE: Ala vista del debate, hago una propuesta
que creo que recogería tanto lo que ha expuesto el Grupo Socialista
como el Grupo Parlamentario Popular en relación con nuestra propuesta
número 2. Se trata de un texto transaccional que suprime los
calificativos y propone soluciones y se resume en el texto siguiente
-ya lo he entregado a la Mesa-: Requerir al Gobierno para que
establezca procedimientos de contratación para el personal que
realice trabajos de campo que, respetando la legalidad, sean
acordados, en el marco de la negociación con los representantes
sindicales.




El señor PRESIDENTE: Como las votaciones serán a partir de las 11,30,
SS.SS. tienen tiempo de discutir dichos p lanteamientos.




- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LASOCIEDAD ESTATAL «PARADORES DE TURISM
O DE ESPAÑA, S. A.», EJERCICIOS 1991, 1992, 1993 Y 1994. (S. 771/
000050; C. D. 251/000052.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al segundo punto del orden del día,
referente al informe de fiscalización de la Sociedad Estatal
«Paradores de Turismo de España, S. A.», ejercicios 1991, 1992, 1993
y 1994.

Para defender las propuestas de resolución, por parte del Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el
diputado don José Luis Centella.




El señor CENTELLA GÓMEZ: Partiendo de una valoración positiva del
carácter del informe, porque entendemos que ha hecho aportaciones
interesantes, más allá de lo que venía siendo norma en anteriores
informes, mi grupo ha presentado tres propuestas, con las que
intentamos resituar el papel de los paradores partiendo de la
importancia que tienen en nuestra industria turística y de que -como
se reconoce- una mala gestión los había situado en unas condiciones
bastante deplorables, en algunos casos en el límite de su propia
continuidad.

En nuestra primera propuesta de resolución planteamos que se defina
la política comercial. En realidad, la Secretaría de Estado y la
propia sociedad de paradores ya están trabajando en este tema, pero
nosotros queremos ahondar en esta cuestión porque entendemos que los
paradores deben jugar un papel como elemento emblemático de nuestra
oferta turística, de manera que en algunas zonas sirvan para relanzar
un turismo de calidad y en otras, para complementar las ofertas
existentes. Para que eso sea posible, hay que hacer una política
comercial de precios y, sobre todo, una gestión más descentralizada.

El turismo está transferido a las comunidades autónomas casi en su
totalidad y, por tanto, es importante que la gestión de los paradores
también sea lo más descentralizada posible para poder combinar esta
transferencia en materia turística con la propia gestión de la
empresa.

En la segunda propuesta de resolución se insta al Tribunalpara que en
sus sucesivos informes continúe en la línea



Página 2307




de evaluar las decisiones de los entes que integran el sector público
en materia de gestión. La resolución quedaría como está, pero
suprimiendo la frase «en términos de coste de oportunidad».

Con nuestra tercera propuesta de resolución pretendemos que se inste
para que se refuercen las inversiones en la red de paradores. Sabemos
que hay ya un plan de inversiones y con nuestra propuesta tratamos de
incentivas lo que ya está en marcha. Queremos resaltar que no nos
parece normal que la Sociedad Estatal Paradores de Turismo de España,
S.A. se convierta en una empresa que intente espec u lar. Entendemos
que lo que tiene que hacer es, fundamentalmente, invertir en mejorar
y dar calidad al producto turístico nacional. Por eso, las
inversiones en paradores en estos momentos son importantes. Repito
una vez más que ya hay un plan de inversiones puesto en marcha por la
Secretaría de Estado de Turismo y que con nuestra propuesta tratamos
de que se continúe en esa línea, es decir, que las inversiones en
paradores sean un elemento Inés de lo que se dedica a la materia
turística.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergencia
i Unió), tiene la palabra don Salvador Carrera.




El señor CARRERA I COMES: Señor presidente, del informe se deduce,
entre otras cosas, la existencia de una estructura organizativa
inadecuada, la deficiencia en la formulación de políticas comerciales
y la carencia de instrumentos adecuados, lo que ha permitido a
nuestro grupo hacer dos propuestas de resolución en un solo texto,
que sería el siguiente: Que se proceda a una mejora sustancial del
grado de la informatización y se implante un departamento de
auditoría interna de procedimientos sistemáticos de revisión y
verificación de operaciones realizadas.

En cuanto a las propuestas de resolución presentadas por los
distintos grupos adelanto que votaremos a favor de las tres
presentadas por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida,
con la matización hecha por el propio portavoz en la propuesta de
resolución número 2, es decir, retirando la frase «en términos de
coste de oportunidad», porque se ajusta más a nuestro criterio.

Asimismo, votaremos a favor de la presentada por el Grupo
Parlamentario Popular porque también señala las carencias en materia
de informatización y la necesidad de un control interno, en línea con
nuestra propuesta de resolución.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario P opular, tiene la
palabra el diputado don Javier Iglesias G arcía.




El señor IGLESIAS GARCIA: El Grupo Parlamentario Popular, en aras a
tina mayor racionalidad del funcionamiento de Paradores de Turismo de
España, S. A., ha presentado una sola propuesta de resolución en la
que hemos pretendido aglutinar y, al mismo tiempo, corregir
importantes carencias que ponía de manifiesto el propio informe del
Tribunal de Cuentas; carencias en cuanto a la organización, como se
ha puesto de manifiesto el portavoz del Grupo Parlamentario Catalán,
y a la gestión. En cuanto a la estructura organizativa, entendemos
que debe hacerse un
esfuerzo por ejercer un control real sobre las actuaciones que se
puedan llevar a cabo por los distintos niveles gerenciales, que
permita conocer, una vez definidas, las responsabilidades de cada
empleado dentro de la organización y así evitar situaciones como las
que aparecen reflejadas en el informe del propio Tribunal.

En la propuesta de resolución presentada por el Grupo Parlamentario
Popular se propone, entre otras medidas, el llevar a cabo una
adecuada política de separación de funciones entre el personal
encargado de las actividades relativas a la contabilidad y a la
gestión y, además de señalar la necesidad de subsanar las carencias
en materia de informatización, se sugiere la implantación de un
sistema de contabilidad de costes. Parece inverosímil que una empresa
de estas características, al día de hoy no cuente con este importante
instrumento de control de la actividad, que además puede ser
utilizado como importante herramienta a la hora del proceso de toma
de decisiones por parte de la dirección de Paradores de Turismo de
España, S.A. Estoy seguro de que estas mejoras en el control interno
-que además van en la línea de la propuesta presentada por el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)-, sumadas a iniciativas
que mejoren la gestión, redundarán en una mayor transparencia
y eficiencia a la hora de hacer los próximos balances de esta sociedad
estatal en esta Comisión.

Por lo que se refiere a las propuestas presentadas por los distintos
grupos, tengo que decir que, en principio, las tres propuestas del
Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida nos parecen bien.

Simplemente, si me permite el señor portavoz, querría hacer una
pequeña matización en la propuesta de resolución número 1, en el
sentido de que se sustituya «permita el acceso a la red de Paradores
al conjunto de la población mediante una adecuada política de
precios» por «que periclita una dinamización de esta política para
conseguir mayores niveles de ocupación». El resto de la propuesta de
resolución quedaría en los mismos términos, ya que, a nuestro juicio,
no podemos establecer en qué dirección debe ir esa política. Lo que
sí podemos hacer es desear desde esta Comisión Mixta del Tribunal de
Cuentas que esta política se dinamice para conseguir mayores niveles
de ocupación.

Estamos de acuerdo con la propuesta número 2, siempre y cuando -ya lo
ha dicho el señor portavoz de Izquierda Unida- se excluya el párrafo
«en términos de coste de oportunidad». En cuanto a la propuesta
número 3, como he dicho, también estamos de acuerdo.

Respecto a la propuesta de Convergencia i Unió, que va en la misma
línea que la presentada por el Partido Popular, estamos totalmente de
acuerdo, y simplemente quisiera hacer una transaccional para no
definir en qué sentido tiene que ir el control de la actividad
económico financiera que, según la propuesta de resolución, sería a
través de un departamento de auditoría interna. Proponemos desde el
Grupo Parlamentario Popular sustituir este párrafo, diciendo que sea
a través de la implantación de los procedimientos que se estimen más
adecuados por parte de la dirección de Paradores de Turismo de
España. El resto quedaría en los mismos términos.

Con estas dos pequeñas matizaciones, estas dos transaccionales
propuestas por el Partido Popular, votaríamos a



Página 2308




favor de las propuestas de resolución presentadas por los distintos
grupos parlamentarios.




El señor PRESIDENTE: Para fijar posición sobre las propuestas de
resolución presentadas por los diferentes grupos parlamentarios, por
parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el
diputado don Julio Álvarez G ómez.




El señor ÁLVAREZ GÓMEZ: En primer lugar, querríamos abundar en que
las propuestas de resolución que formulan los distintos grupos
parlamentarios, en especial C onvergencia i Unió y el Grupo
Parlamentario Popular, no se corresponden con el discurso de fijación
de posición sobre el informe del Tribunal de Cuentas hecho en la
sesión a nterior. Bienvenido sea ese cambio de posición, que se
refleja en unas propuestas de resolución mucho más equilibradas,
mucho más ponderadas y que debieran ser más congruentes, en todo
caso, con la primera exposición que se hace del informe del Tribunal
de Cuentas.

En este sentido, a nuestro grupo le parece que, en relación con el
informe de Paradores de Turismo sobre el que se están presentando
estas propuestas de resolución, hemos sido comisionados más que para
pasar de puntillas y silenciosamente sobre lo que está bien
gestionado, sobre el análisis del control de legalidad y de
evaluación de los resultados financieros y de explotación, para
hurgar de forma un tanto enfermiza en algún surco que no ha sido
correctamente abonado. En este sentido, considerarnos que la posición
de Convergència i Unió, del señor Carrera, apunta con tintes oscuros
cuando dice que el informe no despierta una alarma significativa.

Señor Carrera, si el informe despierta alarma, ¿por qué razones le
despierta alarma? Dígalo claramente, y sobre todo arguméntelo.

El Grupo Parlamentario Popular viene reiterando su posición en esta
Comisión, en el Pleno y en las distintas comisiones, y ha seguido una
línea permanente que consiste en pensar que una buena oposición
reside en ignorar lo virtuoso, lo bueno, y en especular o sugerir
corrupciones y maquinaciones fraudulentas y concluir que todo,
absolutamente todo lo que ha estado relacionado con el Gobierno
socialista, no sólo está impregnado de desaciertos, errores e
ilegalidades, sino que además constituye un profundo desastre en sí
mismo. No es posible interpretar de otra ferina la intervención del
señor Iglesias García.

Yo le diría al señor Iglesias que no construya andamios de papel,
porque suelen venirse abajo con cierta facilidad. Tanto tiempo en la
oposición les ha podido convencer de que el Partido Popular es el
único que puede hacer las cosas bien, en especial porque son los
únicos capaces de hacer la perfección. Pellízquese, señor Iglesias,
porque llevan dos años en el Gobierno. No se lo creen…



El señor PRESIDENTE: Señor Álvarez, por favor, yo le pediría que
fijara la posición, no vayamos a abrir un debate que ya se produjo en
la anterior reunión.




El señor ÁLVAREZ GÓMEZ: Era para abundar en lo que expresaba al
principio respecto a que no hay un equilibrio entre las propuestas de
resolución que hacen el Grupo Popular y CiU y la fijación de posición
sobre el informe
del Tribunal de Cuentas. Estaba argumentando por qué razones, a
nuestro juicio, las propuestas de resolución, que vamos a votar -ya
lo anticipo- todas favorablemente, por esa ponderación que tienen, no
se corresponden en absoluto con la posición defendida en especial por
el Grupo Parlamentario Popular y en menor medida por Convergencia,
dicho sea de paso, y para evitar, en la medida de lo posible, que en
informes limpios, como el que estamos analizando y sobre el que vamos
a votar propuestas de resolución, se vuelva a producir esta falta de
coherencia entre el debate sobre el informe y las propuestas de
resolución.

Concluyendo, señor presidente, reitero que, con la transaccional que
ha presentado el Grupo Parlamentario Popular sobre la propuesta de
resolución número 1, de Izquierda Unida, la posición de nuestro grupo
va a ser votar favorablemente todas las propuestas de resolución. Es
evidente que cuando el Real Madrid gana 2-0 al Brussia ha hecho un
gran trabajo, ha hecho un gran partido. Es evidente que podría haber
ganado por 4-0 si Raúl, en el minuto 24, inicia su desmarque dos
segundos después y no incurre en fuera de juego, pero esas
perfecciones pertenecen sólo a los dioses. Aquel que pretenda que las
cosas humanas no tengan algún error bien haría en pasarse a la deidad
política y abandonar este mundo.




El señor PRESIDENTE: Corresponde ahora intervenir a los grupos
parlamentarios a los que se les han presentado enmiendas
transaccionales, y me imagino que también por alusiones querrán pedir
la palabra. Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el
diputado don Javier Iglesias García.




El señor IGLESIAS GARCÍA: Quiero manifestar mi asombro, porque el
hecho de que un grupo parlamentario haga una valoración sobre un
determinado tema referente a años pasados que no sea todo lo buena
que al Grupo Parlamentario Socialista le sugiere no significa ni
muchísimo menos que el Partido Popular pretenda introducir propuestas
de resolución que miren al pasado, sino todo lo contrario, ya que es
deseo de este grupo parlamentario, en estas propuestas de resolución
y en todas las presentadas en esta misma Comisión, mirar hacia el
futuro, que demasiado hemos padecido en el pasado. Por tanto,
permítanme que les recuerde que las propuestas de resolución del
Partido Popular suelen tener un componente constructivo y de futuro
importante, que no se contradice, vuelvo a repetir, ni muchísimo
menos, con el hecho de que se puedan hacer valoraciones en muchos
casos negativas, en otros casos no tanto. En este caso, en cuanto a
la valoración que hizo el Partido Popular de la gestión de paradores,
aun reconociendo que el informe era limpio en el sentido de que no se
ponían de manifiesto irregularidades de tipo contable, a nuestro
juicio, sí había gestiones en las que había que hacer una llamada de
atención para poner de manifiesto lo que habían constituido
situaciones de gestión no demasiado r egulares.

En todo caso, me gustaría terminar diciendo que sorprende el hecho de
que el Partido Socialista tampoco presente ninguna propuesta de
resolución en lo que, según su valoración, fue una gestión a todas
luces perfecta, y que de esta manera absolutamente desmesurada se
haya intentado



Página 2309




acusar a dos grupos parlamentarios, Convergencia i Unió y el Partido
Popular, de lo que constituye el juego parlamentario habitual y
normal, en el sentido de que conviene recordar lo que no se ha hecho
bien y conviene poner remedio, a través de las propuestas de
resolución, a esas situaciones ciertamente no deseadas, desde este
grupo parlamentario, de cara al futuro.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència
i Unió), tiene la palabra el senador don Salvador Carrera.




El señor CARRERA I COMES: Antes que nada quiero dejar constancia de
lo siguiente: hay que ser mucho más estrictos, señorías, en las
intervenciones cualquiera que sea la iniciativa que se esté
debatiendo. No podemos hacer una fijación de posición que afecta a
unas propuestas de resolución realizando valoraciones y
manifestaciones de un informe ya debatido, el cual mantengo en su
totalidad, y exijo, dentro de lo que se entiende como exigencia
parlamentaria, que las intervenciones que se vienen manteniendo sean
mucho más estrictas.

No me emplace, por tanto, señor portavoz del Grupo Socialista, a que
aclare lo que quise decir cuando manifesté que el informe de
referencia no me producía una alarma significativa . No lo voy hacer
porque no toca hacerlo y porque, además, la expresión es bien clara,
porque el informe contiene una serie de observaciones y ninguna de
las cuales produce alarma significativa.

Hay otra cuestión. El debate que se produjo y la intervención de este
portavoz en el informe de referencia es absolutamente coherente con
la única propuesta de resolución que acabamos de presentar, en la
cual venimos a pedir que haya más control interno de la gestión de
Paradores de Turismo.

En cuanto a la modificación del texto que pretende nuestra propuesta
de resolución, quiero decir que por nuestra parte no hay objeción en
que deje de hablarse de auditoría interna. Era el presidente del
Tribunal de Cuentas, en la presentación del informe, el que hacía
referencia a esta carencia dentro de la organización de control de
los Paradores de Turismo. Era interés de nuestro grupo dejar
constancia de la necesidad de un mayor control; el que sea a través
de una auditoría interna o de otro procedimiento adecuado para el
mismo, no afecta al sentido de la propuesta de resolución que
presenta nuestro grupo parlamentario. Por tanto, estamos de acuerdo
en la modificación del Grupo Parlamentario Popular. (El señor Álvarez
Gómez pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: ¿Para qué desea tomar la p alabra?



El señor ÁLVAREZ GÓMEZ: Señor presidente, si me permite, no para
entrar en el fondo de la cuestión, sino por un asunto de forma.




El señor PRESIDENTE: Pienso que está perfectamente debatido.




El señor ÁLVAREZ GÓMEZ: No voy a entrar en el fondo del debate, sino
en la cuestión que está planteando el
Grupo de Convergencia i Unió y la forma en que se está produciendo el
debate sobre el informe del Tribunal de Cuentas en esta Comisión,
cuando nos manifestamos sobre el mismo y luego en las propuesta de
resolución. Espero me conceda la palabra durante cinco segundos.




El señor PRESIDENTE: Si son cinco segundos, adel a nte.




El señor ÁLVAREZ GÓMEZ: De ninguna manera podríamos haber aludido a
la fijación de posición del Grupo de Convergencia i Unió porque, como
es sabido, no hay turno de réplica en esta Comisión cuando se evalúa
el informe del Tribunal de Cuentas. Además, como el Grupo Socialista
interviene siempre en primer lugar, no tenemos la oportunidad de
manifestarnos más que cuando se debaten las propuestas de resolución
sobre la fijación de posición de los demás grupos y, sobre todo, en
la correspondencia que pueda haber entre la fijación de posición de
los distintos grupos y sus propuestas de resolución. Si no lo podemos
hacer en este debate, no lo podríamos hacer n unca.




El señor PRESIDENTE: Señor Álvarez Gómez, sabe perfectamente que
cuando se plantean los informes de fiscalización no hay debates entre
los grupos parlamentarios, solamente hay aclaraciones, y si en alguna
ocasión algún grupo parlamentario ha querido manifestarse, esta
Presidencia siempre ha sido lo suficientemente benevolente para que
todos los grupos parlamentarios puedan plantear las cuestiones que
han creído pertinentes.

Una vez debatidas estas cuestiones, el Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida tendría que tomar posición respecto a las
transaccionales que le han planteado los grupos p arlamentarios.




El señor CENTELLA GÓMEZ: Nuestro grupo va a aceptar las propuestas
realizadas, la que nosotros hemos hecho y la que se nos han planteado
por parte del resto de los grupos. Por tanto, quedan aceptadas las
enmiendas.




El señor PRESIDENTE: Agradecería a los grupos que han planteado las
enmiendas transaccionales y a los grupos receptores que envíen a la
Mesa los textos definitivos, que serán votados dentro de media hora
aproximad a mente.




- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL FONDO C ENTRAL DE ATENCIONES GENERALES
DEL MINISTERIO DE DEFENSA, EJERCICIO 1994. (S. 771/000051; C. D. 251/
000053.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos al punto tercero del orden del día,
correspondiente al debate de las propuestas de resolución referentes
a los informes de fiscalización del Fondo Central de Actuaciones
Generales del Ministerio de Defensa durante el ejercicio 1994.

Para defender las propuestas de resolución presentadas por Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida, tiene la palabra el diputado don
Mariano Santiso.




Página 2310




El señor SANTISO DELVALLE: Dado que este organismo, como se relata en
el informe, desaparece, afortunadamente, hemos presentado una
resolución en la que venirnos a decir que, vistos los precedentes,
ojalá no exista nunca más un organismo de estas características, en
el que se pueda producir una falta de control importante sobre
cantidades bastante relevantes.

Al mismo tiempo, anuncio que apoyaremos también el resto de
proposiciones no de ley que entran en otro tipo de cuestiones, como
aclarar qué destino han tenido algunos de los anticipos, etcétera.

Consideramos que también son oportunas y las vamos a apoyar.




El señor PRESIDENTE: Para defender las propuestas de resolución
presentadas por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergencia i Unió),
tiene la palabra el senador don Salvador Carrera.




El señor CARRERA I COMES: Hemos presentado una sola propuesta de
resolución a este informe de fiscaliz a ción.

Se trata de un organismo que ha sido suprimido y el Tribunal de
Cuentas recomienda que, para el futuro, se adopten las medidas
oportunas para garantizar que la totalidad de los ingresos que se
generen se gestionen de acuerdo con las normas financieras
aplicables. Pensando en el pasado, me permito la siguiente propuesta
de resolución: que se proceda a la identificación de los anticipos
concedidos, la comprobación del destino, su justificación y
cancelación.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la
palabra el diputado don Salvador de la Encina Ortega.




El señor DE LAENCINAORTEGA: En primer lugar, quiero decir de nuevo
que consideramos que el informe de fiscalización del Tribunal de
Cuentas ha permitido constatar que las cuentas anuales fiscalizadas
expresaban la imagen fiel de la situación financiera al 31 de
diciembre de 1994, del resultado de sus operaciones para el ejercicio
terminado en dicha fecha y del resultado de la liquidación de sus
presupuestos correspondientes a ese ejercicio, todo ello de acuerdo
con los principios y criterios contables de aplicación a los
organismos autónomos del Estado.

No obstante, en relación con la representatividad del saldo de cuenta
561, así como por parte de los sistemas de control y seguimiento de
los anticipos se detectaron salvedades, pero también debemos recordar
que este organismo como consecuencia de su carácter instrumental
carecía de medios personales y materiales propios para el ejercicio
de sus funciones, de ahí que quizá pudieran haberse producido esas
salvedades que se han indicado.

Las recomendaciones que propuso el Tribunal de Cuentas consistentes
en la adopción de medidas oportunas que garantizaran en el futuro la
totalidad de los ingresos que se generaran en los distintos
organismos por parte del Ministerio de Defensa, nos ha hecho
presentar esa propuesta de resolución en la que instamos al Gobierno
a que dé cumplimiento a las recomendaciones.




Por otra parte, en cuanto a las demás propuestas, quiero decir que
apoyaremos la de CiU. Quizá sea redundante en el punto 2, pero la
vamos a votar favorablemente.

No ocurre lo mismo con la planteada por Izquierda Unida. Consideramos
que es una declaración de principios abierta que, a nuestro entender,
no encaja demasiado con el trámite en el que nos encontramos y por
eso no la vamos a a poyar.




ESI E El señor PR D NTE: Para fijar posición respecto a las
propuestas de resolución presentadas por los diferentes grupos
parlamentarios, tiene la palabra el diputado don Diego Jordano
Salinas.




El señor JORDANO SALINAS: No nos plantean excesivos problemas las
distintas propuestas que se han formulado, dada la generalidad de la
propuesta presentada por el Grupo Parlamentario Socialista. La
propuesta del Grupo Parlamentario de Convergencia i Unió creemos que
es correcta y, en la medida de lo posible, dado que el organismo ha
desaparecido, Habria que localizar los componentes que forman la
cuenta, 'otros deudores no presupuestarios' y comprobar su destino.

En cuanto a la propuesta del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida,
nos parece que nada tiene que ver con el contenido del informe. Creo
que todos estaríamos de acuerdo en rechazar un sistema administrativo
que provoque oscurantismo o irregularidades por su propio
funcionamiento, pero, en cualquier caso, parece una redacción
excesivamente dura en relación al contenido del informe del Tribunal
de Cuentas. Por ello, sin estar en contra de un principio general en
esta materia, en el que coincidiríamos, nos parece que no es adecuado
colocar esta referencia en el informe que estamos considerando, lo
que nos va a llevar a rechazar la propuesta de resolución por
considerarla inadecuada al referirse a este informe concreto de
fiscalización.




DEBATE SOBRE:



- SOLICITUD DE LA COMISIÓN MIXTA PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL
DE C UENTAS DE UNA FISCALIZACIÓN ESPECÍFICA, DE ACUERDO CON LO
PREVISTO EN LA LEY 2/1982 DEL TRIBUNAL DE C UENTAS, CON EL FIN DE
ACLARAR LA GESTIÓN ECONÓMICA REALIZADA POR EL AYUNTAMIENTO DE ALHAMA
DE ARAGÓN Y L A EMISIÓN DEL INFORME QUE CORRESP O NDA EN EL PERÍODO
COMPRENDIDO ENTRE EL1 DE ENERO DE 1991 Y EL MES DE JUNIO DE 1996.

FORMULADAPOR EL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA.

(Número de expediente Congreso 253/000006 y número de expediente
Senado 772/000005.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación al debate y votación del
punto cuarto del orden del día, relativo a la solicitud presentada
por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida para que exista
una fiscalización específica, de acuerdo con lo previsto en la Ley



Página 2311




2/1982 del Tribunal de Cuentas, con el fin de aclarar la gestión
económica realizada en el Ayuntamiento de Alhama de Aragón y la
emisión del informe que corresponda en el período comprendido entre
el 01/01/1991 y el mes de junio de 1996.

Tiene la palabra, por parte del grupo solicitante, el diputado don
José Luis Centella.




El señor CENTELLA GÓMEZ: Presentamos esta propuesta después de que el
Pleno del Ayuntamiento de Alhama de Aragón, por unanimidad, aprobase
solicitar al Tribunal de Cuentas la realización de este informe de
auditoría, es decir, que no es una propuesta del Grupo de Izquierda
Unida, ni siquiera fue este grupo el que la presentó en el Pleno, ya
que fue el grupo municipal del Partido P opular. Fue aceptada por todo
el mundo, incluso con la intervención favorable del grupo que apoya
al Gobierno que señaló en ese Pleno que por supuesto aceptaban la
propuesta, porque si no parecería que podía tener algo que e sconder.

Nosotros coincidimos con lo que planteaba el concejal del Grupo
Popular, que señalaba que el objetivo de la moción, y en este caso de
nuestra propuesta, no es abusar sino intentar aclarar la trayectoria
seguida por este ayuntamiento, en la cual nosotros creemos que pueden
existir elementos de confusión y de ocultismo, y quién mejor que el
Tribunal de Cuentas para señalar dónde estan posibles fallos o
irregularidades, si es que han existido.

Hemos traído este tema porque Alhama de Aragón es un ayuntamiento
pequeño y creemos que de esta forma mostramos que los vecinos de
ayuntamientos pequeños también pueden verse respaldados por los
informes del Tribunal de Cuentas, porque podemos dar la impresión de
que si es un tema relacionado con el Ayuntamiento de Madrid o con
otro gran municipio, que evidentemente tienen más proyección pública,
los habitantes sí pueden verse respaldados, mientras que los de un
ayuntamiento pequeño, al final, pasan al olvido.

Nosotros creemos que sería positivo que el Tribunal de Cuentas,
repito, de una forma excepcional, porque tampoco vamos a convertir en
norma lo aquí propuesto, plantease este informe de fiscalización que,
vuelvo ha decir, si lo traemos es porque así lo aprobó por unanimidad
el Pleno del Ayuntamiento, con el voto favorable del equipo de
Gobierno, que era también el equipo de Gobierno que se pretende f isca
lizar. No hay de revanchismo ni intento de utilización partidista de
este tema, sino un acuerdo unánime de todos los grupos. En ese
sentido, nosotros creemos que esta Comisión debe ratificar este
acuerdo, porque en caso contrario nos situaríamos en contra de lo
acordado por ese Ayuntamiento en Pleno.




El señor PRESIDENTE: Para fijar la posición, por parte del Grupo
Parlamentario Socialista, tiene la palabra el diputado don Fernando
Gimeno.




El señor GIMENO MARÍN: Con brevedad,voy a fijar la posición de mi
grupo, contraria a la fiscalización, por las siguientes razones.

En principio, y quiero agradecer la intervención del portavoz de
Izquierda Unida, las razones que ha dado me parece
que trastocarían uno de los principios que yo creo convenientes
a la hora de articular lo que es la fiscalización en este caso de una
institución concreta, de un pequeño ayuntamiento de mil habitantes.

Al margen de la decisión que haya tomado o no el propio ayuntamiento,
la realidad es que las normas de funcionamiento del propio Tribunal
de Cuentas, como todo el mundo sabemos, plantean los procedimientos
bajo los cuales el mismo puede intervenir en la fiscalización de una
institución, en este caso de un ayuntamiento, y son dos: una, que es
la que ha elegido el portavoz de Izquierda Unida, traerlo a esta
Comisión, que es el órgano que puede decidir que se produzca esta
fiscalización, y otra, que lo decidiera la Cámara autonómica
correspondiente de la comunidad autónoma, que es la otra vía que está
prevista en las normas de funcionamiento del Tribunal de Cuentas. Por
supuesto, existe otra no poco importante, que es la decisión del
propio Tribunal de Cuentas. Y digo no poco importante, porque este
ayuntamiento, a pesar de ser pequeñito, tiene secretario e
interventor, lo que le ha permitido remitir todas las cuentas anuales
al Tribunal de Cuentas. No es normal, ni siquiera en ayuntamientos de
estas características, que se dé ocurra ese tipo de situaciones,
aunque están obligados legalmente, pero el Tribunal de Cuentas tiene
todos los instrumentos para tomar decisiones en lo que yo sí creo que
sería conveniente pero no en lo concreto. Amí me parecería adecuado
que el Tribunal de Cuentas pudiera tomar algún día alguna decisión de
las que últimamente su presidente nos está anunciando públicamente.

Es deseo del Tribunal y del presidente que se hagan auditorías
horizontales para conocer la situación de realidades homogéneas, sin
entrar a especificar respecto a alguna institución concreta. Ami sí
me parecería adecuado que algún día, de acuerdo con el Tribunal de
Cuentas, se planteara cuál es la realidad de los municipios de mil
habitantes en cuanto a la fiscalización de las cuentas, pero para
conocer no la de uno sino la de todos los ayuntamientos. Podría ser
interesante, aunque entiendo que el Tribunal de Cuentas bastante
tiene con los planes que se está organizando por su cuenta y con las
decisiones que nosotros mismos planteamos en esta Comisión.

Ha sido una práctica hasta ahora que en los temas que afectan a
instituciones específicas, como puede ser un ayuntamiento, y
ayuntamientos pequeños, las fiscalizaciones tengan su origen en
hechos de una relevancia notoria. Nos encontramos, como bien dice el
portavoz de Izquierda Unida, con que ni siquiera tiene una relevancia
notoria, y tiene poca relevancia no porque sea un ayuntamiento
pequeño, es que siquiera la tiene en la comunidad autónoma, que podía
perfectamente haber tomado la decisión de proceder a esa
fiscalización.

Si entráramos por esta vía nos encontraríamos con que podríamos
trastocar, y no por el problema concreto del Ayuntamiento de Alhama
de Aragón, todos los planes de actuación del Tribunal de Cuentas. Al
ir introduciendo precedentes de fiscalizaciones específicas de
ayuntamientos de estas características, que son pequeñitos, que hay
miles en este país, y que además, porque lo sabemos todos, no
presentan los informes de sus cuentas al Tribunal de Cuentas, porque
muchos de ellos ni pueden (en este caso sí quepueden), yo creo que
trastocaríamos tanto los planes de trabajo



Página 2312




del Tribunal de Cuentas como las prioridades lógicas que deben
plantearse y decidirse en esta Comisión.

Esa es la única razón por la que nosotros nos opondríamos a esta
fiscalización, no porque nos preocupe en absoluto, que no nos
preocupa, como pueden imaginarse el presidente y esta Comisión.




El señor PRESIDENTE: Por parte del Grupo Parlamentario Popular, tiene
la palabra el diputado don Diego J ordano.




El señor JORDANO SALINAS: Señor presidente, yo tambien quisiera
establecer un criterio general. Creo que cuando se habla de
fiscalizaciones específicas de ayuntamientos una de las vías de
acceso de las corporaciones locales a esa fiscalización específica
son los acuerdos de esta Comisión y entre todos debemos respetar una
norma que los regule. Hoy estamos analizando una petición concreta de
un grupo parlamentario, no la petición del ayuntam i ento.

El criterio de nuestro grupo a este respecto es que, con
independencia de la programación del propio Tribunal o de otras vías
de acceso a decisiones del Tribunal, las recomendaciones que realice
esta Comisión para trabajos específicos en ayuntamientos, sea cual
sea el tamaño del ayuntamiento -para nosotros el tamaño no es un
criterio, da igual que sea pequeño o grande, a fin de cuentas estamos
hablando de ciudadanos y de gestión de dinero público, que serían los
criterios que tendrían que marcar el trabajo-, nuestro criterio
global -decía-, en ésta como en otras materias, es considerar
favorablemente los acuerdos plenarios que lleguen a esta Comisión y
no las propuestas individuales de los grupos parlamentarios sobre
fiscalización de ayuntamientos concretos o las propuestas
individuales de concejales determinados de ayuntamientos. Con este
criterio mi grupo parlamentario estará dispuesto a respaldar aquellos
acuerdos plenarios que nos lleguen solicitando que esta Comisión
inste al Tribunal para hacer un análisis determinado. Cuando no
lleguen estos acuerdos plenarios nos tenemos que atener a la propia
programación de su trabajo que realice el Tribunal respecto a
corporaciones locales.

Coincidimos, finalmente, con una parte del planteamiento del Grupo
Parlamentario Socialista respecto a la necesidad de auditorías
horizontales en las que no caiga todo el peso del esfuerzo del
Tribunal sobre un organismo concreto o un centro concreto de gestión
pública, si bien para que de verdad sea efectiva y para que de verdad
sirva para un planteamiento de futuro más que referencia al tamaño de
poblaciones nos gustaría que ese tipo de auditorías globales se
refirieran a determinados aspectos de los distintos centros públicos.

Sería muy interesante analizar, en el conjunto del territorio
español, los sistemas de contratación que se están siguiendo, sería
muy interesante analizar en todo el territorio español los sistemas
de contratación de personal laboral que se están utilizando por los
distintos entes públicos y ello nos permitiría, primero, saber si el
marco legislativo en que nos movemos es el adecuado o necesita
reforma y, segundo, tener una visión mucho más exacta de la
utilización de dinero público por las distintas entidades y
corporaciones públicas.

Esta es la razón que nos va a llevar a oponernos a la petición del
Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, con la advertencia
clara de que si el acuerdo del pleno de Ayuntamiento de Alhama de
Aragón llega a esta Comisión instando una fiscalización igual o
similar, nuestro grupo estaría dispuesto a respaldarla. (El señor Cen
tella Gómez pide la palabra)



El señor PRESIDENTE: Señor Centella.




El señor CENTELLA GÓMEZ: Señor presidente, sólo un minuto para hacer
una aclaración.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Cent e lla.




El señor CENTELLA GÓMEZ: Señor presidente, no he entendido la
intervención del portavoz del Partido Popul a r. Nosotros hemos
planteado aquí la petición del pleno del Ayuntamiento de Alhama de
Aragón. En cualquier caso, tomando nota de lo que dice el señor
Jordano, indicaremos al Ayuntamiento que lo haga llegar, pero no
sabemos si un ayuntamiento puede enviar directamente a la Comisión
una propuesta, pero así lo haremos.

Nosotros habíamos entendido que lo que traíamos era ya el acuerdo del
pleno, es más, ni siquiera el Grupo Parlamentario Federal de
Izquierda Unida era el proponente, sino el Grupo Popular.




El señor PRESIDENTE: Creo que ha quedado perfectamente aclarado por
parte del Grupo Popular.

Dado que faltan aproximadamente veinte minutos para las once y media,
vamos a suspender temporalmente la Comisión hasta dicha hora. Muchas
gracias.




Se suspende la sesión.




Se reanuda la sesión.




El señor PRESIDENTE: Señoras y señores diputados y senadores, vamos a
reanudar la sesión con la votación de las propuestas de resolución
referentes al informe de fiscalización del Centro de Investigaciones
Sociológicas para los ejercicios 1993, 1994 y 1995.

En primer lugar, votaremos conjuntamente las propuestas de resolución
números 1 y 2, presentadas por el Grupo Federal de Izquierda Unida,
incorporando a la propuesta de resolución número 2 la enmienda
transaccional presentada por el Grupo Parlamentario Popular y que ha
sido aceptada por el grupo proponente.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unan i midad.

A continuación, pasamos a la votación de las propuestas de resolución
números 3, 4 y 6, presentadas por el Grupo Parlamentario Catalán
(Convergencia i Unió), dado que la propuesta número 5 ha sido
retirada por el señor C arrera.




Página 2313




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unan i midad.

Pasamos a votar conjuntamente las propuestas de resolución números 7
y 8, presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unan i midad.

Por lo visto, existe un amplio consenso respecto al CIS.

Pasamos a la votación de las propuestas de resolución presentadas por
los diferentes grupos parlamentarios respecto al informe de
fiscalización de Paradores de Turismo de España, SA, con las
enmiendas transaccionales presentadas por los diferentes grupos
parlamentarios y que obran en poder de la Mesa.

Votamos conjuntamente las propuestas de resolución números 1, 2 y 3,
presentadas por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas por unan i midad.

A continuación, votamos la propuesta de resolución número 4,
presentada por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergencia i Unió),
incorporando la enmienda transaccional presentada por el Grupo
Parlamentario Popular.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanim i dad.

Finalmente, votamos la propuesta de resolución número 5, presentada
por el Grupo Parlamentario Popular.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanim i dad.

Pasamos a la votación de las propuestas de resolución presentadas por
los diferentes grupos parlamentarios referentes a la fiscalización
del Fondo Central de Atenciones Generales del Ministerio de Defensa
durante el ejercicio de 1994.

Inicialmente votamos la propuesta de resolución número 1, presentada
por el Grupo Federal de Izquierda Unida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
dos; en contra, 27.




El señor PRESIDENTE: Desgraciadamente se ha roto el consenso, ya que
dicha propuesta de resolución ha sido r echazada.

Votamos la propuesta de resolución número 2, del Grupo Parlamentario
Catalán (Convergencia i Unió), dado que la número 3 ha sido retirada
por el señor Carrera.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanim i dad.

Votamos la propuesta de resolución número 4, presentada por el Grupo
Parlamentario Socialista.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanim i dad.

Votamos el punto 4 del orden del día, la solicitud de fiscalización
económica en el Ayuntamiento de Alhama de Aragón, solicitud hecha por
el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
dos; en contra, 26.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la solicitud de fiscalización.

Señoras y señores diputados y senadores, vamos a suspender la sesión
temporalmente, a la espera de que venga el presidente del Tribunal de
Cuentas. (Pausa)



Se suspende la sesión.




COMPARECENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE D ELTRIBUNAL DE CUENTAS (NIETO DE A
LBA) PARA INFORMAR SOBRE LOS SIGUIENTES E XTREMOS:



- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA E MPRESA MIXTA DE SERVICIOS
FUNERARIOS DE MADRID, EJERCICIOS 1992 Y 1993. (Número expediente
Congreso 251/000054 y número expediente Senado 771/000052)



El señor PRESIDENTE: Señores senadores y diputados, vanos a reanudar
la sesión con el informe de fiscalización de la Empresa Mixta de
Servicios Funerarios de Madrid durante los ejercicios 1992 y 1993.

Damos la bienvenida al señor presidente del Tribunal de Cuentas, don
Ubaldo Nieto, que tiene la palabra.




El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE C UENTAS (Nieto de Alba): Señor
presidente, la Empresa Mixta de Servicios Funerarios de Madrid se
creó en 1996 como sociedad mixta municipal para la gestión de los
servicios funerarios, bajo el régimen jurídico de sociedad anónima



Página 2314




y con la participación minoritaria del capital privado. En 1985, el
Ayuntamiento adquirió las acciones de titularidad privada y, a partir
de esa fecha, gestionó la sociedad de manera exclusiva , que comenzó
a prestar, además, los servicios de cementerios. En el periodo
comprendido entre 1985 y 1992 se procedió a la ejecución de
inversiones por importe aproximado de 10.000 millones de pesetas,
financiadas en su totalidad con endeudamiento. El elevado incremento
de los gastos financieros, junto con otros factores, como el
establecimiento de unos precios de cesión de las unidades de
enterramiento muy inferiores a los costes reales de construcción, la
supresión en 1990 de la tarifa de conservación de cementerios, la
actuación a partir de 1990 de otras empresas funerarias en la
prestación de estos servicios y una política de personal que
resultaba gravosa para la sociedad, llevaron a que los beneficios
contables de la EMSFM disminuyesen de forma progresiva, con pérdidas
en los ejercicios 1991 y 1992 que situaron el patrimonio neto
contable con 106 millones de pesetas de saldo negativo a finales de
1992.

La fiscalización de la sociedad, realizada por el Tribunal de Cuentas
a iniciativa de las Cortes Generales, ha tenido como objetivos: la
verificación de la fiabilidad y representatividad de los estados
contables, la comprobación de que la gestión se ha realizado de
conformidad con la normativa que le es de aplicación y el análisis de
la privatización del 49 por ciento del capital de la sociedad. En el
desarrollo de la fiscalización se han puesto de manifiesto lo
siguiente: El Ayuntamiento de Madrid adoptó la decisión de privatizar
el 49 por ciento de la sociedad como ferina para reequilibrar la
situación financiera de la misma. Aunque el propósito del
Ayuntamiento parece que era el de dar opción al adjudicatario para
gestionar el servicio, en el expediente administrativo en el que se
tramitó la privatización este extremo no fije claramente
desarrollado.

En dicha tramitación se utilizaron indistintamente los preceptos
reguladores del contrato de gestión de servicios públicos y los
relativos al contrato de contenido patrimonial, fundamentándose la
competencia del Pleno para la aprobación del expediente en el
artículo 22.2.1) de la Ley 7/1985, reguladora de las bases de régimen
local, que se refiere exclusivamente a la enajenación de patrimonio,
aludiéndose a la gestión del servicio sólo para justificar el
concurso frente a la subasta, sin llevar a cabo las actuaciones que
ello implicaba: determinación de los requisitos de índole técnica de
los licitadores o fijación de los criterios de adjudicación, entre
otros.

Partiendo de que en esta tramitación deberían haberse observado los
preceptos relativos al contrato de gestión de servicios públicos, los
principales incumplimientos de procedimiento fueron los siguientes.

No constaban informes o estudios que justificasen que la
privatización constituyera la fórmula idónea para la mejor gestión de
los servicios públicos ni se fundamentó cuál era la forma más
aconsejable para la integración del capital privado; la fijación del
objeto del contrato en el pliego de condiciones no se realizó con la
claridad y precisión exigidas por el artículo 11 de la Ley de
contratos del Estado y el artículo 28 del Reglamento general de
contratos del Estado: el establecimiento de un importe orientativo
como tipo de licitación -1.470 millones de pesetas- implicó que no
quedase establecido
un importe mínimo a superar, por lo que la fijación del precio se
dejó casi exclusivamente a los licitadores; la ausencia de criterios
concretos establecidos en el pliego de condiciones que desarrollasen
las circunstancias especiales de los concursantes para poder valorar
su mejor colaboración en la gestión del servicio público encomendado
a la sociedad. En consecuencia, dada la imprecisión que ha presidido
todo el proceso de privatización, se concluye por este Tribunal la
imposibilidad de valorar cuál de las ofertas presentadas era la Inés
ventajosa.

En relación con la situación patrimonial previa a la privatización
y a la valoración económico financiera de la sociedad, cabe destacar
que, año cuando el neto patrimonial a finales de 1992 presentaba un
saldo negativo de 106 millones de pesetas, las expectativas de la
empresa a dicha fecha no podían considerarse especialmente negativas
teniendo en cuenta que las pérdidas se produjeron, no como
consecuencia de la actividad ordinaria, sino que fundamentalmente se
debieron a gastos atípicos como el coste de los funcionarios del
Ayuntamiento de Madrid, la actualización de los déficit de fondos de
pensiones y la imputación de los gastos financiaron a la cuenta de
resultados.

Aefectos de concretar el valor contable de la empresa a 31 de
diciembre de 1992, el informe considera, además, el efecto derivado
de la condonación de la deuda -por importe de 2.275 millones de
pesetas- generada desde julio de 1987 por el impago de los cargos por
los servicios prestados en los cementerios por el personal
Funcionario del Ayuntamiento, respecto de la cual las tres ofertas
presentadas en la privatización exigían su condonación sin incluirla
en la valoración de la empresa. Igualmente, se contempla el efecto de
la consideración fiscal de la compensación de la citada deuda al
contabilizarse dicha compensación como ingreso extraordinario pero no
sujeto, sin e mbargo, a tributación por el Impuesto de Sociedades,
presentándose de esta fortuna un riesgo fiscal valorado en 796
millones de pesetas. Considerando estos ajustes, el neto patrimonial
ajustado alcanzarla un saldo positivo de 1.373 millones de pesetas,
siempre en función de los criterios contables aplicados por la
sociedad y ajustados al Plan general de contabilidad.

El Tribunal también hace observar en su informe que, de haber optado
por la aplicación de otros criterios contables igualmente permitidos
por el mencionado plan, como el diferimiento de la actualización de
los déficit derivados del fondo de pensiones y la capitalización de
los gastos financieros generados por la utilización de recursos
ajenos en la financiación de las inversiones hasta su puesta en
funcionamiento, el neto patrimonial resultante se elevarla a 2.735
millones de pesetas. En este sentido también indica el informe que el
interventor general del Ayuntamiento de Madrid, en un informe previo
a la privatización, valoró dicho neto patrimonial contable en 2.241
millones de p esetas.

En relación con la adjudicación del concurso, éste se produjo a favor
de la Empresa Funespaña, S.L., cuya proposición económica ascendía
nominativamente a 4.058 millones de pesetas, aunque dicha cuantía no
correspondía a un precio cierto y cerrado, sino que era el resultado
de valoraciones de determinados pasivos de la sociedad, unos
efectivos y otros presuntos. La única contribución firme



Página 2315




contenida en la oferta consistía en la aportación de 200 millones de
pesetas para, con carácter inmediato, cubrir el neto patrimonial
negativo, por lo que la operación se realizó con una baja del 86,4
por ciento sobre el valor tipo de la licitación. De esta manera, el
pago se realizó en desacuerdo con el pliego de condiciones -cláusula
cuarta-, que exigía que el precio se abonase en la Tesorería
municipal.

Por otra parte, el contrato administrativo en que se formalizó la
operación remitía expresamente a las condiciones del pliego y de la
oferta, por lo que no quedaron suficientemente especificados todos
los derechos y obligaciones de cada una de las partes. Este hecho
tiene especial importancia debido a la falta de concreción con que
quedaron recogidas algunas obligaciones exigidas por el
adjudicatario, tales como el rescate de la participación en la
sociedad y la retribución específica por su gestión corporativa. En
este sentido, la adjudicataria solicitó una retribución por su
gestión corporativa del 20 por ciento de los beneficios netos antes
de impuestos, que, añadida a la inherente a su calidad de accionista,
supuso -como en su día advirtió el interventor general del
Ayuntamiento de Madrid que Funespaña, S.L., recibiera una retribución
del 65 por ciento de los beneficios después de impuestos. La
adjudicación -también señala el informe-se realizó con informe
desfavorable del interventor general del Ayuntamiento de M adrid.

Finalmente, cabe mencionar que la ampliación de capital que dio
origen al desembolso de Funespaña, S.L. estaba indebidamente
fundamentada, ya que, al aceptarse la condonación de la deuda por el
Ayuntamiento, la situación patrimonial de la Empresa Mixta de
Servicios Funerarios de Madrid no era negativa, resultando la
adjudicataria favorecida por la operación de compensación de dicha
deuda, si bien el interventor ha venido exigiendo que una parte de
las reservas voluntarias generadas con anterioridad a la
privatización se clasificasen con carácter de reservas no disponibles
y que el ingreso extraordinario derivado de la operación quedase
contabilizado como ingreso procedente de ejercicios anteriores, y no
como ingreso de 1993, al objeto de que no fuese considerado en la
determinación del canon de gestión a favor de la adjudicataria.

También señala el informe que, una vez vencido el plazo de
alegaciones, se ha recibido en el Tribunal escrito del alcalde-
presidente del Ayuntamiento de Madrid en el que, entre otras
cuestiones, se indica: «En base al acuerdo unánime del Pleno del
Ayuntamiento de Madrid, de 27 de junio de 1966, y una vez en vigor la
Ordenanza de 21 de marzo de 1997, deben modificarse los estatutos por
los que se rige esta sociedad, adaptándolos a la nueva legalidad, y
en consecuencia, previo cumplimiento de los requisitos legales
establecidos, la reserva de los 2.274 millones de pesetas sería
exigible por el Ayuntamiento».

Este es, en síntesis, el resumen del informe del Tribunal de Cuentas
que ustedes tienen en su poder.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo con lo previsto en el Reglamento,
corresponde a lo diferentes grupos parlamentarios formular preguntas,
pedir aclaraciones, o hacer observaciones respecto a la intervención
del presidente del Tribunal de Cuentas.

Por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el
Senador don Juan Antonio Barranco.




El señor BARRANCO GALLARDO: En primer l ugar, quiero agradecerle al
presidente del Tribunal de Cuentas, señor Nieto, su comparecencia y
las explicaciones sobre este informe de fiscalización de la Empresa
Mixta de Servicios Funerarios de Madrid.

Al inicio de su intervención, el presidente nos ha relatado
brevemente la historia de esta empresa, y nos ha contado cómo la
empresa fue teniendo problemas económicos hasta que concluyó en el
año 1991 con pérdidas.

La única cuestión que quisiera añadir sobre esa narración de la
historia de esta empresa es que el señor presidente ha omitido que
hasta el año 1989 estaba dando superávit de 6 millones de pesetas, y
hablo de superávit no de beneficios porque en una empresa que actúa,
en la práctica con régimen de monopolio y que además su actividad,
como todo el mundo conoce, consiste en los enterramientos de los
ciudadanos madrileños, me parecería inapropiado hablar de beneficios,
pero sí al menos, repito, señalar que en esos años estaba dando
superávit.

Apartir del año 1989-1990, coincidiendo con la entrada del Gobierno
en el Ayuntamiento de Madrid del Partido P opular, es cuando esta
empresa empieza a dar pérdidas, no antes, que había funcionado sin
que a los ciudadanos de Madrid hubiera que pedirles ni un solo duro
de su contribución en los impuestos para el mantenimiento de la
misma, por cierto, con precios sociales mucho más baratos que los de
ahora, concretamente un 86 por ciento menos que lo que se tiene en
este momento que pagar en esta empresa mixta.

Por tanto, la historia es muy sencilla y tan vieja como la vida
misma. A una empresa saneada, que daba superávit, por medio de una
serie de artificios contables se le hace que entre en una situación
de quiebra técnica, y después esa situación de quiebra técnica se
justifica para privatizarla en contra de los intereses de los
ciudadanos madrileños.

Sobre el informe de fiscalización que estamos examinando en el día de
hoy, como bien ha dicho el señor presidente es una iniciativa de la
Comisión Mixta CongresoSenado para las relaciones con el Tribunal de
Cuentas, y nosotros queremos centrar nuestra atención en cuatro apart
a dos.

En primer lugar, sobre la situación financiera de la empresa en la
fase previa a la privatización parcial de su capital social está
contenido en el informe en las páginas 32 y siguientes. Si bien del
balance de situación al cierre del ejercicio de 1992, fecha en que se
procede a la privatización del 49 por ciento del capital social de la
empresa funeraria, se deduce que el neto patrimonial de ésta era
negativo por 106 millones de pesetas, el neto patrimonial ajustado
era positivo por 1.373 millones de pesetas, resultantes de los
mencionados 106 millones de pesetas de saldo negativo ajustados con
la compensación de la deuda de la empresa con el Ayuntamiento de
Madrid -2.275 millones de pesetas- cuya naturaleza se especificará
más adelante, y disminuidos por el efecto de la compensación de la
deuda en el impuesto de sociedades, 796 millones de pesetas. Este
valor viene determinado en función de los criterios contables
aplicados por la sociedad y ajustados al plan general de
contabilidad. No obstante, si la empresa hubiera optado,



Página 2316




por el diferimiento de la actualización del déficit de los fondos de
pensiones -212 millones de pesetas-, y capitalizados los gastos
financieros de los recursos ajenos utilizados en la financiación de
las inversiones hasta su puesta en funcionamiento -1.150 millones de
pesetas-, criterios permitidos en los dos casos por el propio plan
general de contabilidad, el neto patrimonial resultante se elevaría a
2.735 millones de pesetas.

Sobre este particular, el propio interventor general del Ayuntamiento
de Madrid, en el informe previo a la privatización, valoró el neto
patrimonial de la sociedad en 2.214 millones de pesetas, cifra mucho
más cercana a la señalada en el párrafo inmediato anterior y que a su
vez es muy superior a la que se deduce de la obtenido por la propia
s ociedad.

En segundo lugar, voy a hablar sobre la privatización parcial del
capital de la sociedad. Afinales del ejercicio de 1992, el
Ayuntamiento de Madrid, titular hasta esa fecha del cien por cien del
capital social, acuerda la privatización del 49 por ciento de dicho
capital, y asimismo, aunque no estaba previsto en el correspondiente
pliego, de facto entregó también la gestión de los servicios
funerarios y de cementerios a la empresa Funespaña, adjudicataria de
dicha privatización, cementerios que, como ha señalado el señor
presidente, habían supuesto inversiones de miles de millones de
pesetas, que luego llegan a formar parte, lógicamente, del patrimonio
de la empresa mixta, sin que los privados hubieran aportado ni un
solo duro.

En el proceso de privatización hay que destacar, entre otras, las
siguientes deficiencias. Primero, no se tramitó el preceptivo
expediente en el que se fundamentase la necesidad o la conveniencia
del cambio de gestión de los servicios funerarios y cementerios de
gestión directa, por empresa municipal, a indirecta, a través de
empresa mixta. Segundo, no constan informes o estudios jurídicos que
justifiquen que la privatización que constituía la fórmula más idónea
para la mejor gestión de los servicios públicos frente a otras
posibles que se podían haber adoptado, como era arrendamiento de
servicios, concesión administrativa, gestión interesada o concierto.

Tercero, la fijación del objeto del contrato en el pliego no se
realizó con la claridad y precisión que exige la Ley y el Reglamento
de Contratos del Estado. Cuarto, la fijación de un importe
orientativo como tipo de licitación -1.470 millones de pesetas-
significó que la fijación del precio se dejó en manos de los
licitadores, lo que vulnera también el principio del precio exigido
en la Ley y el Reglamento de Contratos del Estado. Quinto, en el
pliego no se fijaron los criterios concretos que atendieran a la
protección y mejor satisfacción del interés público para la selección
de los posibles candidatos.

En definitiva, cabe concluir que la imprecisión que ha presidido todo
el proceso, el carácter ambiguo del pliego de condiciones, dejando
muchas cuestiones abiertas e inconcretas, la laxitud en la
determinación del objeto del contrato y la falta de precisión de los
criterios que se emplearían para valorar las ofertas -que provocó
posteriormente la presentación de proposiciones heterogéneas que
dificultaban su comparación, lo que no permite conocer si el
adjudicatario era la mejor de las tres que se presentaron-; todo eso
favoreció una de decisión no motivada de la administración
Ayuntamiento de Madrid, tanto respecto a la
adjudicación finalmente acordada como si aquélla lo hubiera sido en
favor de cualquier otro de los licitadores que en su día se
presentarón al concurso.

En tercer lugar, sobre la adjudicación a la empresa Funespaña S. L.

El Ayuntamiento de Madrid adjudicó el 49 por ciento del capital
social de la empresa funeraria, a la Funespaña, S. L., una de las
tres licitadores. Respecto a dicha adjudicación nos gustaría señalar
lo siguiente:
a) La proposición económica de Funespaña, S. L., ascendió nominalmente
a 4.058 millones de pesetas, si bien solamente se entregaron 200
millones de pesetas.

b) El pago de estos 200 millones de pesetas se realizó en la propia
empresa funeraria y no en el Ayuntamiento de Madrid, con lo que se
vulneró el pliego que exigía que dicho pago se realizase en la
Tesorería municipal.

c) La oferta Funespaña, S. L., no exigía que la dirección o gerencia
de la empresa funeraria recayera en alguna persona de su confianza.

Sin embargo, la adjudicataria solicitó y obtuvo, incomprensiblemente,
por parte del Ayuntamiento una retribución del 20 por ciento de los
beneficios antes de impuestos por su gestión corporativa, añadida la
inherente a su calidad de accionista en el 49 por ciento. Como en su
día ya advirtió el interventor general del Ayuntamiento de Madrid,
esta condición de la oferta ha determinado que Funespaña, S. L.,
reciba una retribución del 65 por ciento de los beneficios después de
impuestos, en tanto que al Ayuntamiento de Madrid le corresponde el
35 por ciento. Nos encontramos ante la situación paradójica y gravosa
para los intereses de los ciudadanos madrileños de que el 51 por
ciento de los accionistas, o la mayoría del capital social de esta
empresa, con un 51 por ciento de las acciones en propiedad del
Ayuntamiento de Madrid, solamente obtiene el 35 por ciento de los
beneficios.

d) La adjudicación se realizó con informe desfavorable del e
interventor general del Ayuntamiento de Madrid.

e) La sociedad Funespaña, S. L., se constituyó el 8 de octubre de 1990
y a la fecha de la publicación del pliego para la adjudicación del
concurso esta empresa tenía un capital social de 50 millones de
pesetas, que fue ampliado en otros 50 millones el 7 de noviembre de
1992, días antes de la adjudicación. Pese a no disponer esta empresa
de la capacidad financiera suficiente para hacer frente a la oferta
presentada, el propio Ayuntamiento de Madrid aceptó el compromiso de
la licitadora de realizar cuantos actos fuesen necesarios para
consumar la adjudicación de la oferta y poder suscribir la ampliación
de capital que se pretende.

Señor presidente, señorías, estamos ante una empresa cuyo capital
social en el año 1990, justo antes de la privatización, era de 50
millones de pesetas y ahora se están planteando su salida a Bolsa
para la cotización de sus acciones. Posiblemente éste haya sido uno
de los mayores negocios que se han visto en este país en el más
escaso tiempo que la historia conoce de los grandes negocios redondos
en los últimos anos, y además hecho con una institución pública, como
es el Ayuntamiento, y con una empresa cuyo accionariado era el 100
por ciento del pueblo madrileño. Posiblemente esta gran operación
financiera figurará dentro de poco en el Libro Guinness de los récord
de los negocios redondos hechos con el consentimiento del Ayuntamient
o de Madrid a costa de los intereses de los ciudadanos de esta v illa.




Página 2317




Cuarto, sobre otras cuestiones que contienen el informe y que me
parece importante subrayar. La empresa funeraria, a la fecha previa a
la privatización parcial de su capital social, debía al Ayuntamiento
de Madrid 2.275 millones de pesetas en concepto de gastos y suplidos
de personal funcionario del ayuntamiento que prestaba servicios en
los cementerios, como ha comentado el señor presidente en su informe
inicial. Como quiera que las tres ofertas presentadas para la
privatización parcial del capital social exigían la condonación de
esta deuda, el Ayuntamiento de Madrid aprobó una aportación municipal
extraordinaria por dicho importe. Respecto a dicha aportación nos
gustaría señalar lo siguiente: a) con independencia de que el
ayuntamiento calificase dicha aportación como extraordinaria, desde
el punto de vista económico y presupuestario se trataba de una
subvención, y desde el punto de vista jurídico-financiero de una
condonación de la deuda de forma efectiva. b) El acuerdo se realizó
sin la habilitación de los créditos necesarios, circunstancia que fue
debidamente advertida por el interventor general del Ayuntamiento de
Madrid. c) El hecho de que la compensación de la deuda se realizase
con posterioridad a la privatización permitió ofrecer una situación
patrimonial de la empresa funeraria sensiblemente más negativa que la
real, lo que pudo provocar una limitación a la concurrencia de las
ofertas. d) Esta operación, nacida una vez que Funespaña, S. L., se
había incorporado al accionariado de la sociedad supuso un beneficio
extraordinario para la empresa funeraria de 2.275 millones de pesetas
contra las arcas del ayuntamiento de la capital.

En resumidas cuentas, creemos que este informe del Tribunal de
Cuentas pone clarísimamente de manifiesto y de forma fehaciente que
la privatización de la empresa funeraria de Madrid se ha hecho con un
cúmulo de irregularidades tanto jurídicas como administrativas y
económ i cas.

En relación con la parte final de su informe, señor presidente, en la
alusión que usted ha hecho al escrito del señor alcalde, me gustaría
que nos contestara a alguna cuestión que no nos queda clara ni en el
informe ni una vez escuchada su intervención.

Primero. Esa carta, desconocida por nosotros hasta este momento,
parece ser que fue remitida al Tribunal de Cuentas y en ella había un
compromiso de exigir a la empresa el pago de los 2.275 millones de
pesetas. Nos gustaría saber en qué fecha se remitió esa carta y si
ese compromiso se ha llevado a efecto por parte del Ayuntamiento de
Madrid o por parte de su alcalde, que es el que lo contrajo en fecha
para mi indeterminada.

Segundo. Hablaba usted de que en el contenido de esa carta se aludía
a una nueva legalidad, legalidad también dudosa puesto que, como
ustedes conocerán, la ordenanza del Ayuntamiento de Madrid está
impugnada por el propio Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por
tanto, no sé a qué legalidad nueva se refiere el señor Álvarez del
Manzano en la misiva que les envió a ustedes.

Tercero. Me gustaría también, si es posible, que el señor presidente
nos aclarara en qué situación están esas cifras pendientes de
inspección tributaria que alcanzan una deuda de 431 millones de
pesetas, con el riesgo fiscal señalado en el informe del Tribunal de
796 millones de pesetas, porque nos podemos encontrar también ante la
situación absolutamente
chusca, de que el Ayuntamiento de Madrid le perdona a los
privados 2.275 millones de pesetas que luego aparecen como beneficios
y que en el pago de esos impuestos el Ayuntamiento de Madrid no
solamente deja de recibir los 2.275 millones de pesetas de
beneficios, sino que además tiene que contribuir a Hacienda con parte
de ese pago. Nos gustaría saber exactamente en qué situación está ese
riesgo fiscal que en su día señala el proyecto inicial del informe
definitivo del Tribunal de Cuentas.

Con este informe que estamos examinando en el día de hoy cabe
preguntarse si no hay responsabilidades exigibles en esta
privatización. Anosotros nos gustaría saber si, dado el cúmulo de
irregularidades en el proceso de privatización de esta empresa
municipal, no existe ninguna responsabilidad, o algún alcance
exigible a los políticos que decidieron con sus votos de mayoría
absoluta estas cuestiones que estamos analizando, teniendo en cuenta,
además, por lo que yo he leído en el informe, que la inmensa mayoría
de las alegaciones que en su día presentó el Ayuntamiento de Madrid
han sido desestimadas en relación con el anteproyecto que en su día
realizó el propio Tribunal. Por tanto, me parece aún más claro y más
nítido que se debieran exigir esas responsabilidades políticas o
administrativas al menos sobre todo este proceso que se desprende
además del propio informe del Tribunal de Cuentas.

Me gustaría también conocer la opinión del Tribunal de Cuentas sobre
si a juicio de ustedes se ha ocasionado algún perjuicio económico a
los ciudadanos de Madrid, o resulta que de todo esto que hemos
comentado y que contiene el informe al final nadie ha sido
perjudicado. Nosotros creemos que hay datos más que suficientes en
todo este proceso y en el propio informe del Tribunal de Cuentas como
para exigir esas responsabilidades y poner de manifiesto que al
pueblo de Madrid se le ha causado un grave perjuicio económico con la
privatización de esta empresa del Ayuntamiento de Madrid.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Federal de Izquierda Unida, tiene
la palabra el diputado don Mariano S antiso.




El señor SANTISO DELVALLE: La verdad es que es una situación bastante
compleja la que produce la lectura del informe y las propias
alegaciones hechas por el ayuntamiento. (El señor vicepresidente
Gimeno Marín ocupa la Presidencia.) Quisiera comenzar diciendo que
nos ha sorprendido, en el informe del Tribunal de Cuentas, la fórmula
por la cual se descarta hacer recomendaciones. Empiezo por esto
último puesto que el propio señor presidente del Tribunal de Cuentas
ha sacado conclusiones en su intervención, por ejemplo la
imposibilidad de valorar cuál era la oferta más ventajosa. Al mismo
tiempo se detectan toda una serie de incertidumbres sobres aspectos
de impuestos, sobre determinadas posibles irregularidades y, sin
embargo, el punto siete del informe se queda sólo con el titular y
desaparecen las recomendaciones. Puedo entender que no existan, sobre
todo visto el panorama tan complejo y tan desastroso, en mi opinión,
de esta operación, pero se podían haber cambiado por conclusiones. Yo
sé lo que pasa con estas cosas, y es que se pueden hacer lecturas
equivocadas. El informe



Página 2318




detecta una serie de cuestiones, las refleja, pero alguien va
a interpretar que, con esa nota que me parece un mal planteamiento,
simplemente se estiman en su totalidad las alegaciones del alcalde.

Si esto es así, la verdad es que sería preocupante y explicaré por
que.

En primer lugar, y en nuestra opinión, algunas de las alegaciones que
hace el alcalde al anteproyecto del informe del Tribunal podrían dar
lugar a la depuración de graves responsabilidades. En segundo lugar,
la empresa en ese momento, en el año 1992 no se encontraba en la
pretendida situación de quiebra y lo explicaremos. Entendemos que la
adjudicación del 49 por ciento se hizo a una sociedad manifiestamente
insolvente, con importantes irregularidades contables y sin
experiencia en la actividad en aquel momento. Al mismo tiempo,
creemos que también ha tenido unas consecuencias socialmente nefastas
para la propia ciudadanía. Estamos frente a un asunto muy delicado en
que un ayuntamiento, en este caso tan importante como el de Madrid,
ha convertido algo que debe ser un servicio al ciudadano a un coste
razonable, en un puro y duro negocio. No hay más que ver las propias
alegaciones del señor alcalde; partiendo de sus afirmaciones, que no
compartimos, de ser una empresa que tenía un déficit de más de 100
millones en aquel momento, pasa a tener unos «beneficios» -entre
comillas- de más de 3.000 millones. Partimos también de una primera
opinión, lógicamente política, de que en ningún caso se puede hacer
lo que se ha hecho con este tipo de servicio, dadas además las
circunstancias personales que tienen que afrontar los supuestos
«clientes», -entre comillas tambien- en que es difícil discutir o
buscar opciones en momento tan duros; el ayuntamiento simple
y llanamente lo ha convertido en un negocio, pero, además, como veremos
igualmente, no es un negocio para el Ayuntamiento de Madrid, sino un
negocio para una empresa privada insolvente en aquel momento.

Empezando por el escrito de alegaciones, puesto que ferina parte del
cuerpo del informe, decimos que esta teoría que defiende el
ayuntamiento de empresa mixta durante los ejercicios de 1986 a 1992
podría llevar a graves responsabilidades tributarias desde el momento
en que la memoria del ejercicio de 1990 dice que hasta el 31 de
diciembre de 1985 la sociedad ha estado sujeta al tipo impositivo
normal del Impuesto sobre Sociedades, y a partir de esta fecha, en la
que el excelentísimo Ayuntamiento de Madrid adquirió la totalidad de
las acciones, obtiene una bonificación del 99 por ciento de la cuota.

Ahora bien, como todo el mundo sabe, para acogerse a esos beneficios
fiscales hay que tener en cuenta la Ley reguladora del Impuesto sobre
Sociedades, que las excluye explícitamente cuando se exploten por el
sistema de empresa mixta o de capital íntegramente privado. También
lo dice el artículo 173 del Reglamento del Impuesto, que dice
exactamente: pero no cuando se exploten por el sistema de empresa
mixta. Por tanto, la aseveración del señor alcalde del carácter de
empresa mixta entre 1985 y 1992 podría suponer que se habría
incurrido en defraudación a la Hacienda publica, conducta tipificada
como delito en el artículo 305 del Código Penal vigente.

Entendemos que hay una posible nulidad de pleno derecho del acuerdo
de privatización parcial, porque afirmar que el saldo de cuenta de
capital o de fondos propios a 31 de diciembre de 1992 arrojaba la
suma de menos 5,6 millones
de pesetas supone reconocer la situación de quiebra legal en este
caso. Por tanto, no puede resolverse mediante las fórmulas del texto
refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, sino que, precisamente
por ser empresa mercantil de titularidad pública municipal, es de
obligado cumplimiento la ley, que entre otras cosas dice: cuando las
pérdidas excedan de la mitad del capital social, será obligatoria la
disolución de la sociedad y la corporación resolverá sobre la
continuidad y forma de prestación del servicio; o también da como
motivo de disolución la quiebra de la empresa si el servicio se
prestare en fonda de sociedad. De conformidad con estos preceptos
legales citados, lo que había que haber hecho, si fuera verdad esta
afirmación, era acordar la disolución de la empresa. El problema es
que no era cierto que la funeraria estuviera en aquel momento en q uie
bra.

En nuestra opinión, y podemos aportar datos, el resultado del examen
de las cuentas de 1992 nos da unos beneficios, antes de impuestos, de
537,2 millones de pesetas. Es d ecir, el 156 por ciento del capital
social. Lo curioso del caso es que para fijar el justiprecio
solamente Funespaña había hablado de que los estados contables
arrojaban un saldo negativo en la cuenta de fondos propios, y sobre
esa base hace la oferta de 100 pesetas por el 49 por ciento de las
acciones. En segundo lugar, Funespaña dice en su oferta que se
compromete a aportar la suma de 588 millones de pesetas para cubrir
el déficit del fondo de pensiones, con la observación de que
dependerá de la dotación que se haga en 1992. No parece razonable que
quien haya determinado como justiprecio del 49 por ciento de las
acciones 100 pesetas sea quien elabore, intervenga y decida cuáles
son esos resultados, toda vez que se pone en manos de Funespaña la
elaboración de unas cuentas de manera que podría, como así sucedió en
nuestra opinión, manipularlas para situarlas en su línea de oferta.

Es decir, es juez y parte en esta cuestión.

Sobre la valoración financiera, yo creo que es ilustrativo el informe
de la propia Intervención General del Ayuntamiento de fecha 14 de
diciembre de 1992, ocho días antes del Pleno que adjudicaría a
Funespaña el 49 por ciento de las acciones, y que en su página cinco
dice: Según los datos de la contabilidad de la empresa, de los que
dispone esta Intervención General, el patrimonio neto a 31 de
diciembre de 1992, sin tener en cuenta la valoración del fondo de
comercio, ascendería aproximadamente a 2.241 millones de pesetas,
cuyo 49 por ciento asciende a la cifra de 1.098 millones de pesetas,
importe que debería ser ingresado por Funespaña en las arcas
municipales.

Por tanto, si por la auditoría efectuada por Maxwell y Espinosa de
los Monteros y la propia Intervención General la sociedad valía entre
1.470 millones y 2.931, mínimo en ambos casos, ¿cómo es posible que
sólo 17 días después de que el interventor emitiera su preceptivo
informe se pueda aceptar por el equipo de Gobierno que el valor real
es de menos 150 millones de pesetas?
Además, alguien debería explicar por qué se le facilitaron
a Funespaña avances de unos estados contables. Es muy grave que los que
se le entregan no tienen nada que ver con los que recogen los
presupuestos de 1993 referidos a la estimación del cierre de 1992, y
nos encontramos antela evidencia de que se manejaron al menos tres
contabilidades



Página 2319




distintas referidas a una misma actividad y período en menos de cinco
meses: la que se envía a Maxwell y Espinosa y que le lleva a concluir
la cifra de 3.000 millones de pesetas, la que se entrega al
interventor general y que le permite afirmar un valor positivo del
orden de los 2.242 millones de pesetas, y la que recibe Funespaña,
con un valor de 204 pesetas, única manera de que el 49 por ciento
valga 100 pesetas.

En tercer lugar, en nuestra opinión, la adjudicación se hace a una
empresa insolvente. Eso es fácil de demostrar si analizamos las
cuentas de esa empresa antes de la adjudicación. Se le adjudica el 49
por ciento pese a no disponer de capacidad financiera suficiente para
hacer frente a la oferta presentada, y esto lo dice el propio informe
de la Intervención General del Ayuntamiento, de fecha 14 de diciembre
de 1992.

Para resumir, la situación que tenía acumulada la sociedad Funespaña
a diciembre de 1992 era, en base a sus propios balances, la
siguiente: Primero, la sociedad no disponía de inmuebles propios y la
suma bruta de los tres movilizados ascendía a 9.153.334 pesetas,
equivalentes al 18 por ciento del capital. Segundo, la plantilla
media de la empresa era de cinco administrativos. Tercero, la suma de
todos los ingresos acumulados fue de 38 millones, equivalente
a 1.592.400 pesetas mensuales, teniendo en cuenta que en 1992, año en
el que recibe la adjudicación, los ingresos totales de la sociedad
habían bajado un 29 por ciento sobre el año anterior. El resultado
antes de impuestos de esta empresa era de menos 28 millones de
pesetas, si se tiene en cuenta la regularización de ejercicios
anteriores. El cálculo acumulado real era de menos 5 millones de
pesetas. Por último, en el momento de recibir la adjudicación del 49
por ciento había perdido el 28 por ciento de ese teórico capital
social de 100 millones de pesetas.

Para intentar resumir, y a efectos económicos de la privatización
para el propio Ayuntamiento de Madrid. El Pleno del 22 de diciembre
de 1992, así como el acuerdo de la Junta General de la sociedad de 25
de enero de 1993, imponía al Consejo de Administración, como una de
sus misiones fundamentales, el control del estricto cumplimiento de
los términos de la oferta de Funespaña, que conviene reiterar era de
4.158 millones de pesetas. Pues bien, a la fecha de este informe sólo
ha desembolsado 200 millones de pesetas, de los que se han ingresado
en las arcas municipales la cantidad de 100 pesetas, en tanto que los
presupuestos han soportado un gasto por transferencias de capital de
2.274 millones aproximadamente. En consecuencia, al Ayuntamiento de
Madrid, la privatización parcial le ha supuesto la pérdida de una
cantidad equivalente: 2.274.747.545 pesetas para ser exactos, que
unido al crédito que no ha cobrado por la deuda que la empresa tenía
contraída con la corporación, supone un quebranto final de
4.549.495.190 pesetas. ¿Cómo se puede afirmar que la privatización
parcial de la empresa ha sido beneficiosa para el interés público?
¿Qué razones justifican que después de cinco años no se haya exigido
a Funespaña que a parte los 3.958 millones pendientes de cobrar?
Hay otro aspecto, en el que no vamos a profundizar porque creo que
será objeto de otro tipo de actuaciones, que es la concesión de los
cementerios sin canon. Creo que hubiera sido fundamental que el
Tribunal hubiera dedicado un
tiempo a estudiar lo que ha supuesto la concesión de los cementerios
sin canon, porque esta operación es clave para el perjuicio de los
intereses del ayuntamiento y para conocer el recibimiento injusto de
la adjudicataria. Entendemos que hay un fraude en la concesión,
porque las cuentas certificadas a 31 de diciembre de 1992, que
constan en el procedimiento seguido ante el Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, fueron deliberada e intencionadamente manipuladas
con el fin de presentar un resultado negativo para justificar un
canon de cero pesetas, y tenemos toda una serie de datos que
demuestran, en nuestra opinión, la falsedad, puesto que se ha llegado
incluso a falsear la cantidad de nichos que quedan desocupados, que
sería largo de relatar, pero que también haremos llegar al Tribunal
de Cuentas, por si tuviera a bien considerarlo a pesar de todo. Como
además tenemos tiempo hasta septiembre para presentar las
correspondientes propuestas de resolución, haremos toda una serie de
aportaciones que creemos muy interesantes para conocer la realidad de
este hecho.

En definitiva, se trata de haber privatizado innecesariamente, en
nuestra opinión, un servicio, y lo que es más grave, encarecer ese
servicio público a los ciudadanos que está suponiendo una pelea
brutal por la «captación» -entre comillas- de clientes, intentando
obtener beneficios de una actividad que no debería de tenerlos.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Por el Grupo Parlamentario
Catalán (Convergencia i Unió), tiene la palabra el senador señor
Carrera.




El señor CARRERA I COMES: Señor presidente, antes de nada, quiero
agradecer la comparecencia del presidente del Tribunal de Cuentas en
esta Comisión que se está desarrollando hoy.

La empresa se constituyó en 1966; en 1982 empiezan a s urgir graves
discrepancias, lo que hace que en 1985 el ayuntamiento adquiera la
totalidad de las acciones para volver a privatizar, en este caso el
49 por ciento de la sociedad, en 1992. Hasta aquí nada que objetar.

Pueden haber existido discrepancias, aunque no tenemos por qué
valorarlas, e incluso lo que podría ser la gestión en cuanto a la
cuenta de resultados negativos o no y sus causas, no electa al
comentario que nuestro grupo parlamentario quiere hacer en este
informe de fiscalización, que va centrado a lo que es el proceso de
privatización y sus secuelas, porque es aquí en donde, a nuestro
entender, empieza toda la nebulosa.

El acuerdo de Pleno queda dudoso, sobre si se ajustó a las normas. La
falta de definición y la ausencia de criterios explícitos impiden
valorar las ofertas existentes. La oferta final presentaba
contradicciones, con una sola concreción de 200 millones en relación
a la cifra total de 4.058, y hablando de la adjudicación, la
imprecisión y el carácter ambiguo del pliego de condiciones reafirman
la imposibilidad de esta valoración tomada de la decisión final.

Siendo la única aportación la de 200 millones, la operación se
realizó con una baja del 86,4 por ciento sobre el valor fijo de la
licitación, y en las alegaciones se argumenta que el propio Tribunal,
en una nota de pie de página, dice que la licitación realmente no
consta. La ampliación queda constatado que dio origen al desembolso
de Funespaña, S. L. y que



Página 2320




estaba indebidamente fundamentada, ya que al aceptarse la condonación
de la deuda, la situación patrimonial no era negativa, y esto queda
patente en el propio informe del interventor general del Ayuntamiento
de Madrid, el cual, además, hace informe desfavorable de la propia
adjudicación y, todo ello va situando el asunto. Finalmente, para
complicarlo más todavía, queda pendiente la revisión por parte de la
Administración tributaria, que puede tener una repercusión
patrimonial de 432 millones de pesetas referente al impuesto sobre
sociedades y algunas deudas presc r itas.

Como resumen final, buen trabajo hecho por el Tribunal de Cuentas, el
resto, sumamente complicado, por lo menos lo dejaría en este punto.

Aquí hay, además, si no me equivoco, dos recursos contencioso
administrativos planteados por la adjudicación. No obstante desearía
hacer una pregunta al señor presidente del Tribunal de Cuentas, que
hace referencia, sin duda, a la cuestión de los contenciosos
y también a la Administración tributaria, por si ha hecho la revisión,
y es un poco la línea general que se viene produciendo en otros
casos. ¿Es que una vez finalizado el informe, éste o cualquiera, se
canalizan al Tribunal de Cuentas las resoluciones que el propio
tribunal ha encontrado pendientes de determinar, en este caso, lo que
puede ser el contencioso administrativo y lo que hace referencia a la
Administración Tributaria? ¿Es que, en general, en cualquier informe,
el Tribunal de Cuentas recibe, posterior al mismo, los datos que
puedan complementar este propio informe?
Me adhiero también a las preguntas hechas por el portavoz socialista
sobre el escrito último recibido del señor alcalde del Ayuntamiento
de Madrid, dado que este es un documento del que esta Comisión no
dispone y, por consiguiente, no ha podido valorar.




El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Por el Grupo Popular, el
diputado señor Herrera tiene la pal a bra.




El señor HERRERAANTONAYA: Señor presidente, señorías, comienzo mi
intervención sobre este informe de fiscalización de la Empresa Mixta
de Servicios Funerarios de Madrid agradeciendo, como no podía ser de
otra manera, la presencia del presidente del Tribunal de Cuentas, en
nombre del Grupo Popular.

En mi exposición quisiera dejar claras algunas cuestiones, que ya lo
debieran estar hace tiempo, ya que sobre las mismas se han
pronunciado, durante los últimos cinco años, entre otros, el Tribunal
Superior de Justicia de Madrid por dos veces, el propio Pleno del
ayuntamiento o empresas auditores de reconocido prestigio, como Arthu
r A ndersen.

Como quiera que el informe que hoy debatimos señala como objetivo
básico el análisis de la gestión económicofinanciera de la empresa en
1992 y en 1993, y nuestro grupo considera que gran parte de las
medidas que se adoptaron en ese período estaban justificadas por la
situación a nterior, creo conveniente hacer un poco de historia sobre
lo que fue la evolución de la empresa.

Conviene recordar, en esa primera fase de los años 1966 a 1985, que
los resultados económicos como empresa mixta, con un 51 por ciento de
titularidad del ayuntamiento
y un 49 por ciento de titularidad privada, se pueden calific a r, como
dice el propio informe del Tribunal de Cuentas, como excelentes.

En el año 1985, con el gobierno municipal socialista en el
Ayuntamiento de Madrid, se compra la parte privada y se empieza a
gestionar de manera exclusiva la empresa por parte del ayuntamiento,
conduciéndola, de alguna manera y en tan sólo siete años, a una
situación insostenible. Desde 1985 hasta 1992 la empresa se empieza a
endeudar de una manera importante hasta llenar a un déficit acumulado
de Irnos 15.000 millones de pesetas en monto global, según dice el
informe de la empresa a la que se lo solicitó el Ayuntamiento de
Madrid, y, como se decía antes, a un patrimonio neto contable de
menos 106 millones de pesetas.

Se puede hablar de costes atípicos, como decía el presidente del
Tribunal, o de problemas económicos, como decía el señor Barranco.

Para nosotros, en este período se producen errores muy graves de
gestión, como el hecho de que la empresa asuma los servicios de
cementerios sin recibir una aportación adicional de capital, o que
asuma el pago de esos 2.200 millones de pesetas a funcionarios. En
este sentido, la primera pregunta que quiero plantear al señor
presidente del Tribunal de Cuentas en nombre de mi grupo es si es
lógico aplicar precios un 400 por ciento por debajo de los costes
reales a los costes de cementerios, como se hizo en aquella primera
etapa, o si, por el contrario, habría sido más lógico, teniendo en
cuenta la situación económica de la empresa, aplicar precios
convenientes.

Decía que el hecho de asumir, además de los servicios funerarios, los
de cementerios sin haber hecho una dotación adicional, agravó esta
situación. En definitiva, en el año 1992 se llega a una situación
insostenible, que desemboca en el Pleno del Ayuntamiento de Madrid
del 28 de julio de ese mismo año y que, tras ocho horas de reunión,
decide volver a la situación que mejor resultados había dado, es
decir, a esa situación de empresa mixta, con un 49 por ciento de
participación privada y un control por el Ayuntamiento de Madrid, con
el 51 por ciento restante. Hay que destacar que en el desarrollo de
ese Pleno todos los grupos -y resalto que es el Grupo Socialista el
que solicita aquel Pleno- coinciden en la necesidad de atajar la
solución, máxime cuando los bancos empiezan a pedir garantías al
ayuntamiento para soportar el importante nivel de endeudamiento que
sufría la empresa.

Conviene recordar aquí y ahora cuál era la propuesta alternativa a la
privatización de 49 por ciento que propuso el Gobierno municipal, el
Gobierno del Partido Popular y del CDS. La propuesta alternativa, de
Izquierda Unida, consistía en que el ayuntamiento aportara 2.600
millones de ampliación de capital y 2.200 millones de condonación de
deuda, lo que, suponía 4.800 millones de pesetas. Si tenemos en
cuenta que en el proceso definitivo esa condonación de deuda se ha
producido también, al final, el proceso alternativo que proponía
Izquierda Unida en aquel Pleno municipal habría supuesto 2.600
millones de pesetas más para las arcas del Ayuntamiento de Madrid que
el proceso de privatización definitivo.

A partir de este momento voy a entrar en lo que es el proceso de
privatización propiamente dicho y que yo calificaría de
escrupulosamente transparente.




Página 2321




Diversos portavoces, entre ellos el señor Barranco, se han referido a
que es un proceso, fundamentalmente la elaboración del pliego,
impreciso y ambiguo. Obviamente, esos dos calificativos no dejan de
ser criterios subjetivos, al contrario que irregularidad, que en
ningún momento se ha demostrado, y que sí habría sido un criterio
objetivo.

En primer lugar, se encargó una valoración previa a una empresa ajena
al Ayuntamiento de Madrid, que hizo efectivo ese informe en el que se
reconocía una deuda importante por parte de la empresa original. Por
tanto, el precio testimonial que se fijaba era de 100 pesetas, pero
no cabe duda de que se cargaba con una deuda importante que
arrastraba la empresa originaria. Se realiza el concurso público, un
concurso transparente en libertad e igualdad de condiciones para
todas las empresas que concurren al mismo, y se adjudica a la empresa
a la que antes me refería. El grupo Arthur Andersen, empresa de
reconocido prestigio -creo que nadie lo podrá cuestionar-, un año
después reconoce que es la mejor oferta de las tres posibles.

Resumo algunas de las cuestiones que iban en esa oferta. Se
respetaban todos los puestos de trabajo, algo que se ha hecho; la
empresa se hacía cargo, además de la gestión, de la deuda acumulada;
se elaboraba un plan de gestión en días, dada la urgente necesidad de
la empresa, y se cubría el neto patrimonial del que antes hablábamos,
los menos 107 millones de pesetas, con esos 200 millones. Además,
posteriormente se ha proporcionado atención gratuita a las personas
sin recursos y a los servicios derivados de la Administración de
justicia.

Con esto quiero decir que si bien es probable que en alguno de los
términos del pliego hubiera imprecisiones o ambigüedades, o incluso
en alguno de los términos de las tres ofertas, para el Grupo Popular
no cabe duda de que se adjudicó a la mejor de las tres ofertas
posibles y que, al final, este proceso ha sido positivo para el
Ayuntamiento de Madrid, como resaltaré a continuación.

La gestión de la empresa adjudicataria, de la que el 51 por ciento es
propiedad del Ayuntamiento de Madrid, viene avalada por el hecho de
que se haya conseguido la gestión de municipios importantes en
España, como Bilbao, o se haya llegado a acuerdos en otros países,
como Portugal, Chile o Hungría, para prestar este tipo de servicios
funerarios. Sin duda, eso avala el reconocimiento que la empresa se
ha ganado durante estos años de gestión. Pero además, desde el punto
de vista del ciudadano, desde el punto de vista financiero, la
operación ha sido positiva. El patrimonio del ayuntamiento ha crecido
en más de 7.000 millones de pesetas de 1992 a 1997 como fruto de esta
operación, y en dividendos, sólo en dividendos, el Ayuntamiento de
Madrid ha ingresado más de 1.000 millones de pesetas en ese mismo
período. Ysi tenemos en cuenta aspectos como el Impuesto sobre
Sociedades, esta operación ha supuesto una aportación a las arcas del
Estado de más de 3.000 millones de pesetas, mientras que en el
período anterior, de titularidad única y exclusivamente del
ayuntamiento, no había aportado una sola peseta a las arcas del
Estado por este concepto.

En definitiva, consideramos que lo que se ha producido desde hace
cinco años para acá con esta cuestión ha sido, más que un debate
sobre la gestión y más que un debate sobre este proceso, un debate
político -como todos sabemos,
fue la primera privatización que realizaba un Gobierno municipal
del Partido Popular en Madrid-, y así lo demuestra el afán por
judicializar esta privatización, algo sobre lo que se ha pronunciado
por dos veces el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por cierto,
dando la razón al ayuntamiento y a la propia empresa adjudicataria.

Dicho esto, me gustaría formular otras dos preguntas al señor
presidente del Tribunal de Cuentas. La primera, si en 1993, primer
año con la empresa privatizad, se aumentaron los servicios respecto
al año anterior, y la segunda, si el hecho de la privatización supuso
una reducción de los gastos de gestión de la empresa para el
ayuntamiento y para la propia empresa



El señor VICEPRESIDENTE (Gimeno Marín): Tiene la palabra el señor
presidente del Tribunal de Cuentas.




El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE C UENTAS (Nieto de Alba): Voy a
intentar hacer un esfuerzo de información, de mejor aclaración, de
interpretación, pero en ningún caso quisiera excederme de la función
de presentador de un informe del Tribunal de Cuentas, porque se ha
hecho referencia a otros informes y a otros documentos y si alguno de
ellos ha servido de base para el Tribunal de Cuentas este presidente
no puede entrar en los m ismos.

Dice el señor Barranco que en la narración que ha hecho esta
Presidencia ha omitido que hasta 1989 la empresa tenía superávit.

Tengo que decir que lo que presenta este presidente es lo que dice el
informe y este es un informe que se refiere a los ejercicios de 1992
y 1993, por tanto, el presidente lo ha omitido porque lo omite el
informe, si bien sí figura alguna referencia a cómo han evolucionado
los gastos financieros y los gastos de personal y esta Presidencia ha
hecho mención a ello.

En cuanto al resto de la intervención del señor Barranco, asume el
informe. Quiero aclarar dos puntos. Uno se refiere al escrito del
señor alcalde, de fecha 11 de noviembre de 1997, fecha que
interesaba, y figura en la página 46 del informe. La información que
les he dado ya está incorporada al informe. Dice que, previa
modificación de los estatutos, la reserva sería exigible por el
ayuntamiento. Esta Presidencia no puede excederse más en la posible
valoración de que esa reserva no se reparta y cualquier otra
valoración excedería el contenido del informe y que esta aclaración
sirva para quienes han preguntado sobre el tema.

En cuanto a las cifras tributarias y el riesgo fiscal, lo que se dice
en el informe es que a la fecha de cierre del mismo la Administración
tributaria no había actuado. En materia de responsabilidades, del
informe del ministerio fiscal no se deduce expresamente la existencia
de hechos supuestamente constitutivos de responsabilidad contable y
del servicio jurídico del Estado, tampoco. En alguna otra
intervención se ha hecho alusión a la configuración de la
responsabilidad contable en la Ley de funcionamiento. (El s eñor p
residente ocupa la Presidencia.) El señor Santiso hace en su
intervención una observación de tipo estético. Seguramente el ponente
habrá considerado que era preferible hacerlo así, porque las
alegaciones habrán ido a recomendaciones, y si alguien contrasta el
informe y pregunta por qué se quitan las alegaciones,ya



Página 2322




dice la razón por la que las ha quitado. No hay mucho más que decir.

Sin embargo, hay otras cuestiones que este presidente no puede entrar
a valorar, como, por ejemplo, por qué no se ha dedicado un estudio
mayor a los cementerios. Hay que tener en cuenta que el informe se
hace a petición de las Cortes, que pedían fiscalización de la gestión
económico-financiera de la Empresa Mixta, ejercicios 1992 y 1993. Por
lo tanto, el planteamiento que hace el ponente viene dado por la
petición. Yesto también vale para el tema de la valoración de las
ofertas. El informe está basado fundamentalmente en el procedimiento.

¿Qué ha hecho? En un caso, unos ajustes contables, por ejemplo, en
los 2.275 millones y la deuda tributaria; y en otro caso,
consideraciones, como haber podido incrementar los gastos financieros
a la inversión, lo cual tiene racionalidad desde el punto de vista
económico. Si usted incorpora los gastos financieros a la inversión,
dichos gastos forman parte después del coste anual que se
correlaciona con el precio y no forman parte de unos gastos
financieros que desequilibran el presupuesto del ejercicio en el que
se hayan producido. El informe del Tribunal hace estas
consideraciones, pero no puede ir más lejos ni decir que esto vale
más porque tiene gastos financieros añadidos. Las cosas valen lo que
valen y no porque tengan gastos financieros añadidos. Efectivamente,
son ciertas sus observaciones en cuanto a que la eficacia definitiva
deja un pequeño vacío en el informe, pero esto es lo que hay.

De la intervención del señor Carrera, la cuestión tributaria ya la he
tratado. Y respecto del seguimiento que hace el Tribunal en
cuestiones como pleitos de tipo económicoadministrativo, más bien es
el Tribunal el que se tiene que preocupar un poco, pero no hay un
mecanismo a través del cual esta Presidencia pudiera informar y decir
que las cosas están así.

El señor Herrera hace unas preguntas que quedarían fuera de la
consideración del informe, como si es lógico aplicar una rebaja del
400 por ciento en los precios. En la lógica económica, si hay
mecanismos mediante subvenciones u otros procedimientos para soslayar
esta deficiencia en los precios no es una pregunta que yo pueda
contestarle porque se desprende del propio informe de gestión aunque
en el mismo se señalen hechos que hablan de la política de precios y
como ésta ha influido en los resultados. Pero si es lógico o si no lo
es debe desprenderse del propio informe y no de lo que pueda decir
este presidente, que no es el gest o r. Esta seria una pregunta muy
adecuada para el gestor, pero no para el controlador, que ya pone de
manifiesto en el informe las consecuencias de la política de precios.

Yrespecto a si en 1993 se produjo un incremento de los servicios,
debo decir que no aumentaron; los gastos figuran en el mismo informe,
en la página 19, y se redujeron en un 0,3 por ciento respecto de lo
previsto. Y los beneficios fueron de 3.433 millones de pesetas. Esto
es lo que dice el informe y cualquier otra valoración corresponderá a
los electores y a quienes tienen que hacer el control externo de tipo
político y no al control externo de tipo técnico, que ya figura en el
informe.

Creo que con esto he contestado a sus señorías. (El s eñor Barranco
Gallardo pide la palabra)
El señor PRESIDENTE: Señor Barranco ¿quería la p alabra?



El señor BARRANCO GALLARDO: Si se puede buenamente, de forma muy
breve.




El señor PRESIDENTE: Usted sabe que es un turno excepcional, para
cuestiones muy precisas y muy concretas. Si usted lo aprecia de esta
forma, le concederíamos la palabra, para una cuestión precisa y
concreta, con la mayor brevedad posible.




El señor BARRANCO GALLARDO: No le voy a defraudar porque
efectivamente me voy a atener a lo que prevé el Reglamento.

En respuesta del señor presidente, que le agradezco, a las cuestiones
que le he formulado, me ha contestado que la carta del señor alcalde
lleva fecha 11 de noviembre de 1997. En su informe, en esa página 46,
que usted me ha señalado, ustedes mismos señalan que ya estaba
vencido el plazo de alegaciones. Quería saber si había habido algún
documento más, aparte de éste, que, ustedes mismos señalan, que
estaba fuera del plazo de alegaciones. Además, el final de esa carta
reseña que sería exigible por el Ayuntamiento de Madrid, sería
exigible. Lo que le pregunto al presidente del Tribunal es si esto se
ha exigido efectivamente o no, si tiene alguna información sobre un
término tan vago como el que se emplea en esta carta recibida fuera
del plazo de las alegaciones.

Por lo demás, como el señor presidente ha señalado, estoy básicamente
de acuerdo con el informe , que a mí me parece que es demoledor, pero
eso ya es un juicio de v alor. Me llama la atención que, cuando se van
incorporando al cuerpo del informe definitivo las alegaciones del
Ayuntamiento de Madrid, una vez tras otra se rechazan porque no
modifican sustancialmente los contenidos del informe que ustedes
realizan en 1997. Es más, al contrario, esas alegaciones sirven al
Tribunal para reafirmarse y fundamentar mejor su posicionamiento
inicial. De ahí mi extrañeza, puesto que las alegaciones del
ayuntamiento no han desvirtuado los hechos y, sin embargo, luego
desaparecen las conclusiones. Es la extrañeza que quería poner de
manifiesto al final de mi intervención inicial.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor presidente por si
quiere aclarar esta cuestión.




El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE C UENTAS (Nieto de Alba): La carta
y la referencia que ha hecho esta Presidencia es la que viene en el
informe que tienen ustedes. Trascender la valoración, salvo lo que
dice estrictamente la carta, no creo que sea función de esta
Presidencia; entraría en un debate que entiende que no le c orresponde
.

En cuanto al trámite de alegaciones, es el que se da en todos los
informes. El ponente ha considerado admitirlas o no y el Pleno
aceptarlas o no, pero esta Presidencia tampoco puede entrar en el
debate de las alegaciones y no tiene nada más que aclarar.




Página 2323




El señor PRESIDENTE: El diputado del Grupo Popular también querría la
palabra, haciendo uso de este turno extraordinario. Le ruego que sea
breve.




El señor HERRERAANTONAYA: Muy brevemente, aún más que el señor
Barranco.

Sólo quiero agradecer las contestaciones del presidente del Tribunal
de Cuentas y decirle que efectivamente las conclusiones se desprenden
del propio informe gestión. En este sentido, nos reiteramos en que lo
que desembocó en una situación, por decir algo, difícil de la empresa
fue la gestión realizada entre los años 1985 y 1992.

Por ultimo, consideramos bastante oportuno -no lo había dicho en el
trámite anterior- que se hayan tenido en cuenta más de cincuenta
alegaciones del Ayuntamiento de Madrid en la redacción definitiva.

Nos parece importante.




-INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS OBRAS D EL POLIDEPORTIVO PISUERGA,
EJECUTADAS POR EL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. (Número de expediente
del Congreso 251/000054 y número de expediente del Senado 771/000053.

)



El señor PRESIDENTE: A continuación, pasamos al punto número 6 del
orden del día, referente al informe de fiscalización de las obras del
Polideportivo Pisuerga, ejecutadas por el Ayuntamiento de Valladolid.

Tiene la palabra el presidente del Tribunal de Cuentas, don Ubaldo
Nieto.




El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE C UENTAS (Nieto de Alba): La
siguiente fiscalización es la relativa a las obras del Polideportivo
Pisuerga, ejecutadas por el Ayuntamiento de Valladolid.

Estas obras tienen su origen en el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento
de 1 de marzo de 1984, de aceptar el encargo de la Federación
Española de Gimnasia de organizar los campeonatos del mundial de
gimnasia rítmica, a celebrar en Valladolid del 10 al 13 de octubre de
1985, que motivó la construcción de las citadas instalaciones.

El consejo de la Fundación Municipal Deportiva del ayuntamiento del 8
de agosto de 1984 aprobó el proyecto de las obras con un presupuesto
de ejecución de 328,6 millones de pesetas y convocó el
correspondiente concurso- subasta, que se declaró desierto, en el
mismo mes. En septiembre de ese año, se acordó la contratación
directa de las obras, aprobándose modificaciones y aspectos técnicos
en los requisitos de los licitadores, y se adjudicaron las mismas por
323,9 millones de pesetas, con una baja del 1,41 por ciento. Las
obras comenzaron su ejecución al mes siguiente, con un plazo previsto
de diez meses. Acausa de las modificaciones del proyecto inicial,
obras complementarias o suministros, el importe de las obras ascendió
finalmente a 706,9 millones de pesetas, lo que supuso un incremento
del 118 por ciento. Además, como consecuencia del equipamiento del
material deportivo y pago de intereses, el importe definitivo de la
obra fue de 955,1 millones de pesetas, es decir, el 295 por ciento
superior al proyecto inicial.

La fiscalización se ha realizado a iniciativa del Tribunal de Cuentas
y tomando en consideración algunos antecedentes,
documentos e informes de que dispuso, entre ellos las
peticiones del propio ayuntamiento y de la Mesa de las Cortes de
Castilla y León, que carecen, como se sabe, de iniciativa para el
ejercicio de la función fiscalizadora. La fiscalización tuvo por
objeto el análisis de las actuaciones del ayuntamiento, realizadas
directamente o a través de la Fundación Municipal Deportiva, en
relación con la contratación de la citada obra y de su adecuación al
planteamiento urbanístico y ha visto limitada por la ausencia de
ciertos documentos relevantes, debido a un defectuoso sistema de
archivo que ha impedido el análisis completo de todos los e xpedientes
.

Entre los documentos que no constan en el expediente, cabe destacar
los siguientes: Acta de comprobación de replanteo de la obra, acta de
recepción provisional de las obras, documentación de reformados sin
repercusión económica, proyecto básico y de ejecución del
complementario de cimentación y aumento de frontón y soleras, memoria
completa de modificación de la malla espacial y documentación
acreditativa de otros gastos producidos en las obras y la
correspondiente a las fuentes de financiación.

En el procedimiento fiscalizador se han puesto de manifiesto diversas
debilidades de control interno que han afectado a distintos órganos,
tanto de la fundación como de la corporación. Son las siguientes: La
Intervención no llevó a cabo un adecuado control del cumplimiento de
las normas presupuestarias al no realizar la función fiscalizadora
tal y como exige su normativa reguladora; no hubo inspección ni
vigilancia alguna de la redacción de los diversos proyectos y de la
actuación de los directores de obras por los servicios técnicos del
departamento de Arquitectura, a pesar de que los mismos fueron
puestos a disposición de la fundación. Igualmente, la secretaría
general del ayuntamiento no emitió los informes jurídicos acerca de
las diversas fases del procedimiento contractual y sobre la
adecuación de las actuaciones realizadas a la normativa urbanística.

Esta carencia de control permitió, entre otras anomalías e
irregularidades, que se conculcaran normas y principios de carácter
presupuestario, en particular los principios de especialidad, al
aprobarse o realizarse de hecho gastos sin consignación
presupuestaria, y de anualidad presupuestaria al aplicarse a un
ejercicio gastos correspondientes a otro distinto. Igualmente, se
conculcó el procedimiento de ordenación de gastos y pagos,
realizándose pagos antes del reconocimientode la obligación o antes
de la emisión del mandamiento de pago. Se llevaron a cabo actuaciones
contrarias a la normativa reguladora de la contratación
administrativa por recurrir de forma generalizada a la contratación
directa, proceder en ocasiones a la contratación verbal y omitir la
tramitación de los expedientes de contratación o realizarlos con
importantes irregularidades, vulnerando además los principios de
concurrencia y publicidad. Así, en la contratación de la redacción
del proyecto se produjo una predeterminación del adjudicatario, como
se puso de manifiesto al no tener en cuenta el informe técnico sobre
las ofertas presentadas, considerándose una de las ofertas no
destacadas en dicho informe, que finalmente sería la adjudicataria.

Conceder un plazo muy reducido, veinte días a partir de la
adjudicación, para la presentación del proyecto redactado; y
notificar la adjudicación el mismo día que terminaba el plazo
otorgado para la presentación delp royecto.




Página 2324




En relación con la contratación del proyecto, se actuó de manera
ineficiente, con ausencia de toda planificación, aprobando un
proyecto incompleto y contrario a la normativa urbanística,
utilizando criterios inadecuados para su adjudicación, aceptando
cuantas modificaciones y contrataciones complementarias fueron
presentadas por la dirección de la obra, sin ejercer ningún control,
incurriendo en duplicidades y contradicciones. Estas modificaciones
y obras complementarias no se debieron a otras razones de interés
público, nuevas necesidades o causas técnicas imprevistas en el
momento de elaborar el proyecto inicial, sino que fueron consecuencia
de una defectuosa redacción de éste, como se pone de manifiesto,
entre otros aspectos, por el hecho de no prever los pavimentos
deportivos, imprescindibles para que el polideportivo cumpliera su
función primordial, o que no se tuvieran en cuenta las normas
internacionales para la instalación de gradas y carcasas.

Dentro de las irregularidades de la contratación de las
modificaciones y obras complementarias, cabe destacar el hecho de que
la modificación de la malla espacial no fue autorizada por la
fundación, sino simplemente negociada entre los directores de la obra
y la empresa adjudicataria, sin que se exigieran las
responsabilidades señaladas en el reglamento general de contratos del
Estado y en el pliego de cláusulas administrativas generales para la
contratación de obras del Estado, consistiendo el expediente en una
memoria incompleta, que ha dificultado el análisis de sus
repercusiones y, como se ha señalado, ha limitado la fiscalización.

Otra de las irregularidades producidas ha sido que el presidente
delegado de la fundación, careciendo de competencias, encomendó
verbalmente y sin consignación presupuestaria las modificaciones de
la cimentación, dando cuenta de ello al consejo a los cuatro meses de
su ejec u ción.

Como síntesis de lo expuesto, cabe manifestar que el ayuntamiento no
ejerció durante la ejecución de la obra ningún control ni
supervisión, pese a que se estaban produciendo modificaciones y
contrataciones complementarias que incrementaban el presupuesto
inicial, infringiendo la normativa presupuestaria, y vulneró la
normativa urbanística. La fundación, por su parte, puso de manifiesto
su incapacidad para acometer la actividad que le había sido e nca
rgada, ya que actuó de manera ineficiente, con ausencia de toda
planificación, aprobando un proyecto incompleto y contrario a la
normativa urbanística, utilizando criterios inadecuados para su
adjudicación, aceptando cuantas modificaciones y contrataciones
complementarias le fueron presentadas por la dirección de la obra,
sin ejercer ningún control e incurriendo en duplicidades y contrad i c
ciones.




El señor PRESIDENTE: Corresponde a los diferentes grupos
parlamentarios formular preguntas, pedir aclaraciones o hacer
observaciones respecto a los temas planteados por el señor
presidente.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el diputado
señor Gimeno.




El señor GIMENO MARÍN: Quiero agradecer al presidente del Tribunal de
Cuentas la presentación de este
informe de fiscalización, pero quizá nos sirva de ejemplo o paradigma
de lo que, en mi opinión, debería ser, en el plano político, algo
difícil de considerar por lo siguiente. Nos encontramos con un
informe de fiscalización decidido en el año 1995 sobre hechos que
empiezan a ocurrir en los años 1984 y 1985, que es cuando se terminan
de ejecutar las obras objeto de esta fiscalización, y me viene a la
memoria, por las conversaciones y las declaraciones públicas hechas
por el presidente del Tribunal de Cuentas, que quizás deberíamos
avanzar en la actuación del propio tribunal, a iniciativa del
tribunal y, por supuesto, porque al final una parte importante de la
responsabilidad del trabajo del tribunal corresponde a esta Cámara, a
esta Comisión, si deberíamos avanzar o no en lo que son
fiscalizaciones horizontales que permitieran tener una idea más
exacta de lo que pasa en las instituciones o en la gestión de los
gestores públicos.

Yo creo que éste es el paradigma de lo que quizás no sea una de las
prioridades más importantes de las que deben ocupar a esta Comisión,
aunque soy consciente de una cosa y la quiero dejar bien clara. Estoy
convencido de que la iniciativa y la decisión del Tribunal de Cuentas
de desarrollar esta fiscalización corresponde bastante más a la
presión, seguro -no tengo ningún tipo de dudas con los antecedentes
con los que me he intentado ilustrar antes de intervenir en esta
Comisión-, de los grupos políticos para que el tribunal tomara esta
decisión, y era obvio, porque hubo iniciativas por parte de distintas
instituciones, pero como no tenían competencias, como ha dicho muy
bien el presidente del Tribunal de Cuentas, no podían prosperar las
fiscalizaciones posibles. Yes curioso que en ese contexto, en el
Parlamento y en esta Cámara no se decidieran fiscalizaciones al
respecto. Es cierto que se pidieron por la Mesa de la Cámara de las
Cortes de Castilla y León y es cierto que el Tribunal de Cuentas, con
un criterio correcto, decide de alguna manera hacer esta
fiscalización, porque quizás en otro tipo de instancias o en otro
tipo de iniciativas no se había podido desarrollar. Nos encontramos
de golpe con una fiscalización después de tantos años, y uno se
pregunta sobre las dificultades de hacer una valoración exacta de esa
fiscalización, y también voy a preguntárselo al presidente del
Tribunal de Cuentas. Porque esta fiscalización fue denegada en
distintas ocasiones, o por lo menos en alguna, a mi me consta -lo
dice informe del tribunal-, por el propio Tribunal de Cuentas.

En cualquier caso, nos encontramos con una fiscalización que, en mi
opinión, obedece más -respetando absolutamente la autonomía y la
decisión del Tribunal de Cuentas- a la percepción y a la concepción
que a partir de 1993 presenta la valoración política de otros grupos,
en este caso concretamente el Grupo Popular. Yo creo que a partir de
1993 empiezan una serie de peticiones de informes, fiscalizaciones
y actuaciones de todo tipo, y en estos momentos nos encontramos con el
informe sobre la ejecución del polideportivo Pisuerga, por cierto,
debatido hasta la saciedad en los lugares donde sin ninguna duda
tienen mayor interés, que también es esta Cámara por supuesto, con lo
cual me temo que vamos a asistir a un intento de reproducción,
difícil por cierto, porque, después de la importancia que se ha dado
a este tema en los medios de comunicación de Castilla y León,
difícilmente va a poder ser superado en estos



Página 2325




momentos y difícilmente va a tener ese tipo de repercusión, puesto
que estamos hablando de algo ampliamente conocido, no aquí por
supuesto, en cuanto informe de fiscalización, pero sí debatido.

Tengo resúmenes de medios de comunicación al resp e cto.

Todo esto lo digo porque un informe hecho después de tanto tiempo de
desarrolladas unas obras nos presenta como mínimo dos tipos de
preguntas. Si en el año 1984 hay una decisión política tomada de
dearrollar unos campeonatos del mundo de gimnasia rítmica en un
momento determinado, yo me pregunto si la valoración de un
ayuntamiento en 1984, hecha con los instrumentos, conocimientos y
exigencias de 1995 y 1998, es la misma o no. Me preguntaría si la
valoración de la actuación, ya no sólo de esta Cámara, sino del
conjunto de instituciones, es la misma la que podríamos hacer hoy que
en 1994. En cualquier caso, ahí está la descripción objetiva de
hechos. Pero es más, yo diría que por el transcurso del tiempo que se
ha producido, también nos encontramos con que las posibles
responsabilidades, ya no digo políticas, que se habrán producido, no
sólo de este hecho, sino del conjunto de procesos electorales que se
han producido desde entonces hasta ahora. Esas responsabilidades
políticas sin ninguna duda supongo que los ciudadanos, tanto en
Valladolid como en las comunidades autónomas correspondientes, las
habrán exigido, Ymuchas de las responsabilidades son imposibles en
estos momentos en los que se efectúan determinados tipos de
fiscalizaciones. Por supuesto, esto no es ningún obstáculo para que
se pueda hacer una fiscalización como la que se ha hecho, y vuelvo a
insistir en que valoro positivamente la actuación del tribunal, pero
en cualquier caso algunas preguntas sí que se me plantean, y aunque
estoy convencido de que no tiene nada que ver, en absoluto, la
decisión tomada por el tribunal, podría tener la sensación de si en
esta fiscalización -y estoy convencido de que no es así- no se ha
pretendido de alguna manera legitimar una decisión formalmente
incorrecta por las Cortes de Castilla y León. No quiero entrar mucho
en este tema porque eso es lo que se produjo en su día y como es una
sensación, quiero adelantar que seguro que es incorrecta.

Hay un tema que me interesa considerar, aunque se ha hecho muy poca
referencia en la intervención del Tribunal de Cuentas, ya ni siquiera
por el informe en concreto, sino porque se me ha suscitado una duda
-no soy experto en temas de política municipal y mucho menos en
política urbanística-, quizá por no haber leído muchos informes de
ayuntamientos sobre las infracciones urbanísticas. De la lectura que
he hecho y de lo que he pretendido documentarme, tengo dudas sobre si
el Tribunal de Cuentas se equivoca, porque se me plantea una cuestión
general: hacer una valoración en profundidad de la legalidad o no
legalidad de un tema urbanístico. Me da la sensación de que hay que
ir con mucho cuidado cuando el Tribunal de Cuentas interviene, entre
otras razones, porque podría ocurrir -puesto que sus competencias son
muy conocidas- que incurriera en conflictos competenciales con otras
instituciones que pueden tener competencias sobre estas materias. Me
refiero en cuanto a la competencia estrictamente de la decisión
y valoración urbanística. Me consta que el informe del Tribunal de
Cuentas ha recogido algunas de las alegaciones
planteadas que le han llevado a modificar parte del informe y alguna
de las conclusiones, pero sigue intentando manifestar que existe
vulneración de la normativa urbanística y quiero hacer mi valoración
al respecto porque en mi opinión, no es así, estamos hablando de una
legislación anticuada porque acabamos de aprobar modificaciones sobre
la Ley del Suelo. Ya no existe la distinción entre suelo urbano
y suelo urbanizable, pero hasta ahora había jurisprudencia del Tribunal
Supremo que venía recogiendo el criterio de que un plan general puede
habilitar el plan general para regular determinados aspectos de la
ordenación del suelo urbano. No se ha tenido suficientemente en
cuenta para determinar que ese plan general preveía la posibilidad de
que mediante la modificación o la concreción de los estudios de
detalle se podían resolver algunos de los problemas que se plantean
en los que quizá -y a lo mejor esa es mi equivocación-no se han
tenido en cuenta estos aspectos de las consideraciones legales de la
legislación en aquel momento vigente para poder tomar una decisión y
hacer una valoración sobre si existe o no infracción urbanísticas.

En este sentido, le formulo al presidente del Tribunal: ¿ha tenido en
cuenta el Tribunal de Cuentas estos criterios para llegar a la
conclusión que ha llegado? Porque conocerá que en la aprobación
definitiva del estudio de detalle se dejaba bien claro que se
consideraron las alegaciones formuladas por la Fundación para recoger
las modificaciones que proponía para ese estudio de detalle que
estaban previstas en el Plan general de Valladolid. En éste se venía
a decir claramente que en el caso de instalaciones deportivas se
establecía la posibilidad de adaptar las determinaciones del
planteamiento a las necesidades de dichas instalaciones y como todo
el mundo sabe, en esas instalaciones se exigía para poder celebrar
los campeonatos del mundo unos determinados requisitos que estaban
previstos como modificación posible. En cualquier caso, son
apreciaciones. La pregunta que se me plantea es si el Tribunal de
Cuentas suele pronunciarse sobre cuestiones urbanísticas en todos los
informes de los ayuntamientos, porque como desconozco bastante estos
temas, se loe suscita esa duda y quiero tener unos criterios al
respecto, porque son temas complicados que pueden llevar a
discusiones y debates de interés.

En cuanto a las actuaciones y al informe que recoge el Tribunal de
Cuentas sobre el conjunto de los aspectos de la gestión, no tengo que
decir mucho más. Estoy de acuerdo con las irregularidades producidas
y manifestadas por el Tribunal de Cuentas, pero permítame decir algo
que tiene que ver con lo que he mencionado al principio: el informe
del Tribunal de Cuentas presentado hoy, 1998 se refiere a la gestión
de 1984. No sé si a alguien se le ha ocurrido reflexionar sobre la
situación de los ayuntamientos en este país en 1984 y no sé si se les
ha ocurrido plantearlo en cuanto a medios, recursos, etcétera. Eso no
justifica nada en ninguna gestión, pero he de decir algo que en las
alegaciones queda claro: los gestores a los que se les plantea una
valoración de estos informes reconocen que sin duda las decisiones
hoy se hubieran adoptado sin tanta deficiencia. En cualquier caso,
hay una cuestión que debe quedar clara: difícilmente se podría
mejorar el precio final de las infraestructuras deportivas
construidas en el polideportivo Pisuerga. No digo que se haya hecho
de forma correcta, pero tan difícilmente se podría mejorar el precio
final que la valoración



Página 2326




del inventario de bienes en 1991 del polideportivo está muy por
encima de los costes de esa infraestructura y no tiene nada que ver
para justificar ningún tipo de incorrecciones al respecto.

Son planteamientos y aclaraciones que quería hacer y estoy convencido
de que es posible que alguno de los grupos nos regale con más
información para dar por terminado un debate que ya los medios de
comunicación de la zona y el ayuntamiento han dado por agotados.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida,
tiene la palabra el señor Santiso.




El señor SANTISO DEL VALLE: Espero ser breve pero este asunto también
me hace reflexionar. Primero está el hecho de analizar hoy un informe
de situaciones que se refieren a hace más de diez años, pero hay otra
reflexión de orden político que queremos hacer. Estamos reivindicando
en todas las comunidades autónomas la existencia de sus propios
Tribunales de Cuentas, con lo cual descargaríamos de trabajo al
Tribunal de Cuentas y es una función que en el futuro, para aquellas
comunidades en las que se está aprobando la existencia de órganos,
hará más práctico, ágil y pegado a la realidad que las comunidades
autónomas tengan competencias para poder emitir y estudiar estos
informes, sobre todo, los que se refieran a la órbita municipal. Por
eso querernos que este órgano se cree en aquellas comunidades
autónomas.

En segundo lugar, echo en falta algunas conclusiones más en el
informe. Es decir, hay una parte política, el hecho de celebrarse en
aquel momento un evento deportivo en el que parece haber primado un
concepto que está muy generalizado en la cosa pública: hagamos esto
porque es muy importante, cueste lo que cueste. El problema es que
esto lleva a no seguir con rigor los procedimientos administrativos.

Siempre he defendido que la gestión tiene que ser ágil y que si los
mecanismos legales de los que está dotada la Administración no son
útiles o impiden en algunos casos la agilidad necesaria para algunos
proyectos, algunas obras, lo que hay que hacer es modificar la ley,
pero no vulnerarla, porque al final eso ha llevado en muchos casos a
que el sentido común intente agilizar los plazos de construcción en
este caso de un polideportivo, en otros casos una carretera u otro
tipo de infraestructuras. Al hilo de esto se entra en lo que llamo la
delegación de competencias y de responsabilidades. Entramos en el
tema de la confianza, entre comillas, y está claro que el
ayuntamiento no ejerce sus obligaciones, las delega a su vez en la
Fundación Municipal Deportiva que a su vez, como bien dice el
informe, carecía de la debida competencia entendida en la acepción
Inés extensa de la palabra. Esto sin querer ir a otro tipo de
insinuaciones. En todo caso, no tengo datos para hacerlas y parece
que del informe no se deducen y si así fuera deberían estar claras.

De esta serie de irregularidades que son clamorosas siempre me
preocupa más la discrecionalidad en la adjudicación de las obras, lo
que es la falta de control en esa variación que se va produciendo en
los presupuestos iniciales, es decir, la pregunta del millón: ¿hay
alguien que se ha beneficiado personalmente de esto y el Tribunal lo
ha detectado? Si no es así, hay que constatar que este tipo de cosas
no pueden suceder y no tiene ninguna justificación.

Si las normas no son suficientes para lograr la agilidad, hay que
cambiarlas.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergencia
i Unió), tiene la palabra el senador C arrera.

El señor CARRERA I COMES: Tiene razón el diputado Gimeno. Es difícil
hacer una valoración ahora de un informe de fiscalización que hace
referencia a tantos años atrás, entonces con unas circunstancias
determinantes que ocasionaron una serie de actuaciones. Pero aunque
sea a tiempo pasado, es bueno fijar la posición de este informe de
fiscalización, porque las conclusiones del informe son determinantes
tanto por lo que hace referencia a las actuaciones del ayuntamiento,
como a la propia actuación municipal deportiva. Las conclusiones
conllevan la certeza de que han existido una serie de irregularidades
-y el propio portavoz socialista lo reconocía- y yo diría que tanto
entonces, con las condiciones que fuera, como ahora, son cuestiones y
actuaciones que son inadmisibles. Como simple muestra tenemos la
falta de control y supervisión; infringir la normativa presupuestaria
incluso con sentencias de la Audiencia Territorial y el Tribunal
Supremo; la vulneración de la normativa urbanística, aunque entonces
pudiera ser distinta de la de ahora, y la negligencia de la asesoría
jurídica al no advertir de las irregularidades ni alegar la
improcedencia de cantidades reclamadas ni propiciar investigaciones.

Si a estas observaciones añadimos las que hacen referencia a las de
la fundación, como actuaciones sin la debida competencia,
conculicación de normas y principios de carácter presupuestario,
vulneración del principio de concurrencia contra actuaciones de obras
sin consignación presupuestaria, certificaciones no ejecutadas,
perjuicios por intereses de demora, gravísimas irregularidades de los
directores de obra, etcétera, como puede ser la renuncia
injustificada de la exigencia de responsabilidades, nos dan
verdaderamente un panorama que -y estoy de acuerdo con el señor
Gimeno-, aunque sea de años atrás es un panorama de una extrema
gravedad.

Señor presidente del Tribunal de Cuentas, en principio encontraba a
faltar, y lo remarco, alguna recomendación, pero como sea que ya en
otro informe usted ha dada una explicación correcta al decir que todo
no tiene por qué separarse en conclusiones y recomendaciones, sino
que puede estar incluido en estas propias conclusiones, si bien a mi
entender es mucho mejor separar lo que son las conclusiones y, a ser
posible, preferiría que hubiera siempre recomendaciones por parte del
Tribunal, aunque encontraba a faltar alguna recomendación, repita
después de la explicación dada y, sin duda, por el tiempo que ha
transcurrido, dejamos de hacer hincapié en esa necesidad.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario P opular, tiene la
palabra el senador don Juan José Unceta.




El señor UNCETAANTÓN: En primer lugar, como no podía ser menos,
quiero agradecer en nombre propio y de mi grupo la comparecencia del
presidente del Tribunal de Cuentas, don Ubaldo Nieto, y el discurso
que nos ha hecho presentando las conclusiones al informe de
fiscalización. Señor presidente voy tratar de ser lo más breve
posible,



Página 2327




dada la hora, y voy a obviar desgranar las 54 páginas del informe en
su totalidad, llenas de irregularidades, porque el informe es
conocido por todas SS.SS. y ha sido explicitado por el presidente del
Tribunal de Cuentas en un resumen que para mi es bastante completo.

Yo tengo que decir, señor presidente, que el informe de fiscalización
de las obras del polideportivo Pisuerga de la ciudad de Valladolid,
obra realizada por la corporación socialista entre 1984 y 1985, que
hoy se presenta en la Comisión con el informe aprobado por el
Tribunal de Cuentas el 25 de febrero de 1998, tristemente para quien
les habla no ha sido una sorpresa. El informe, es cierto, con
abundamiento de datos, como no podía ser menos, en base a la
documentación recibida y tratada por el Tribunal de Cuentas, viene a
confirmar la desastrosa gestión que sobre este hecho realizó el
equipo de Gobierno, comandado en aquel momento por el alcalde, señor
Rodríguez Bolaños, hoy diputado en esta Cámara, en aquellas
legislaturas y en las siguientes.

Quiero hacer constar, por la observación que ha hecho el portavoz
socialista en cuanto a que en aquellos años los ayuntamientos tenían
carencias, lo que pasó en aquella época.

En aquella legislatura y en las siguientes este tema, con sus
implicaciones, como es lógico, económicas, políticas y
administrativas, y quiero manifestarlo rotundamente, fue denunciado
desde la oposición por el Partido Popular de forma clara y manifiesta
en comisiones, en plenos e incluso en medios de comunicación . No
puedo obviar aquí y ahora que, mientras duró el mandato como alcalde-
presidente del Ayuntamiento de Valladolid de don Tomás Rodríguez
Bolados, alcanzamos a llegar más que a una documentación siempre
totalmente restringida e interesada del Grupo Socialista, y en base a
ella denunciamos gran parte de las conculcaciones de ley que hoy
denuncia en su informe el Tribunal de Cuentas.

Señor presidente, señorías, estas denuncias fueron rechazadas -luego
ya no hay ignorancia- por la sobrada en aquellos momentos mayoría
socialista en los plenos, en las comisiones y tachadas, como pueden
ver en las hemerotecas -y estoy hablando de los años 1984, 1985 y
1986- como alarmistas, catastrofistas y mentirosas. Tengo que d ecir,
además, que este senador que está en el uso de la palabra, en el año
1987 además tuvo el honor de ser concejal en la oposición y fui
tachado con estos epítetos en los medios de comunicación al plantear
la problemática que velamos sobre las actuaciones del Ayuntamiento en
aquella época en el citado polideportivo.

Hoy, tristemente, la fiscalización del Tribunal de Cuentas nos da la
razón y les prometo que me duele y lo siento. (El señor Gimeno Marín:
No puede ser). Digo que me duele y lo siento, de verdad, porque es
triste para quien les habla, hoy senador por Valladolid, que hoy
aquellas denuncias no solamente se confirmen sino que se amplíen en
el informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas, en el que se
indica claramente la vulneración y conculcación de leyes en los
procesos de contratación, de redacción de proyecto, de realización de
obra, de certificaciones y liquidación de las mismas, todo ello,
señor presidente, como un claro ejemplo de las decisiones, en
aquellos momentos presidencialistas,
que más bien recordaban tiempos tristes de épocas pasadas.

Señorías, ante la falta de rigor, incluso presupuestario, y la
confusión creada por el responsable de la corporación, permítame
señor presidente, la licencia coloquial de definir la gestión sobre
el polideportivo Pisuerga, a la vista del informe, como charco de
ranas que llevó al Ayuntamiento socialista de la época a elevar un
presupuesto de 323 millones de pesetas a 955, que, como nos ha
informado el señor presidente del Tribunal de Cuentas, supone un
incremento del 295 por ciento, eso sin poder evaluar y fiscalizar
documentación requerida por el Tribunal, que no ha sido remitida; por
lo visto hay ciertos papeles que se han convertido en documentos o
productos perecederos, como es el proyecto básico y ejecución de
cimentación que se ha solicitado, los aumentos en el frontón,
modificación de la mulla espacial y otros gastos producidos en las
obras.

Señor presidente, la mayoría de las partidas que se hicieron cuando
se concedió la obra, antes incluso de la licitación pública, fueron
concedidas libremente a dedo en contra de ofertas presentadas y
contra los informes -y lo tengo que decir- de los técnicos del propio
Ayuntamiento. De este informe de fiscalización y de los hechos
acaecidos se deduce que los vallisoletanos fingimos burlados y
engañados y que se despilfarraron los dineros publicos, como voy a
demostrar a través del informe.

Sé que lo que acabo de decir es fuerte y duro, señor presidente, pero
me duele como vallisoletano que un informe fiscalizador de gestión de
dineros públicos, tan escandaloso como el que hoy se presenta, sea
paseado ante SS.SS. en esta Comisión. Estoy francamente avergonzado,
pues el señor Rodríguez Bolados y aquel grupo municipal que gobernaba
eran también mi alcalde y mi Ayuntamiento.

Señor presidente, el informe del Tribunal de Cuentas como
fiscalizador de las obras del polideportivo Pisuerga y de la gestión
de las mismas no tiene, a mi juicio, más que una determinación y una
denominación.

Si acudimos al diccionario de la Real Academia Española, dice -sin
entrar en planteamientos jurídicos- que prevaricar es faltar uno, a
sabiendas y voluntariamente, a la obligatoriedad de la autoridad o
cargo que se desempeña. Se quebraron de forma clara y manifiesta -no
por desconocimiento, porque fueron denunciadas- y de forma reiterada
los principios de legalidad, eficiencia y economía de los recursos
que los ciudadanos de Valladolid pusieron en manos de su alcalde en
aquella época.

Como el señor presidente y SS.SS. conocen, los informes del Tribunal
de Cuentas son fiscalizadores, no tienen carácter sancionador, pero
hay pasajes del informe que llaman poderosamente la atención. Y no lo
digo con el ánimo de que haya habido intereses personales -que por
las actuaciones se pudieran deducir-, no es esa mi intención, pero
hay datos, como los que indica el Tribunal de Cuentas, en cuanto a
pagos en exceso o falta de retenciones a profesionales o comienzos de
obras sin contratación o no reclamación, etcétera, que suponen
decenas de millones que ustedes pueden sumar. Pongo un ejemplo,
documento de certificación de cimentación: 80.932.000 pesetas; orden
de liquidación: 86.701.000 pesetas, un 7,1 por ciento más que no
sabemos por qué se pagó, como otras muchas cantidadesque suponen
decenas y decenas de millones.




Página 2328




Señor presidente, señorías, este senador y mi grupo quieren hacer
constar el Tribunal de Cuentas, en la persona de su presidente, el
agradecimiento a la labor de fiscalización sobre este triste asunto
del polideportivo Pisuerga, repudiando desde todos los puntos de
vista, como ciudadano de Valladolid y político, actuaciones de este
tenor, que si se hubieran conocido a su tiempo, estoy de acuerdo con
algunos portavoces, no cabe duda que hubieran dado lugar
a responsabilidades penales y que hoy en día no lo sé. Y aun
reservando, señor presidente, señorías, las actuaciones que serán o
no oportunas en otros ámbitos de la Administración, sí quiero decir
que en base al informe que se nos ha presentado, desde esta Cámara y
desde esta Comisión, que no deja de ser política y que, además,
representa a otros compañeros y a otros políticos de este país, se
debería llegar a la conclusión de que el responsable, el alcalde, hoy
diputado en esta Cámara, presentaran su dimisión en compensación
a los ciudadanos de Valladolid por las tropelías jurídicas y
administrativas denunciadas en el informe. (El s eñor Gimeno Marín:
¡Es una barbaridad!)



El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Unceta. (El s eñor Gimeno Marín
pide la palabra.) ¿Para qué solicita la palabra el señor Gimeno?



El señor GIMENO MARÍN: Como se puede suponer, señor presidente, por
las barbaridades y sandeces que acaba de decir el portavoz del Grupo
Popular.




El señor PRESIDENTE: Señor Gimeno, tiene la palabra por un tiempo de
dos minutos.




El señor GIMENO MARÍN: Señor presidente, he estado escuchando al
portavoz del Grupo Popular y me temía algo así. Una parte importante
de su intervención rezuma un sentimiento de revanchismo inaceptable e
incomprensible políticamente, pero en cualquier caso ese debe ser su
temperamento. Ha hecho afirmaciones tan graves como hablar de
prevaricación y acusar de infracciones de tipo penal a otros
diputados de esta Cámara, sin que ni siquiera estén aquí, cosa
sorprendente. Como es lógico, no podemos aceptarlo desde este grupo
y, además, exijo que retire las palabras y las afirmaciones que ha
hecho y, si no, se atendrá también a las consecuencias, porque no
pueden consentirse afirmaciones de ese tipo.

Por lo que se refiere a todo lo demás que ha dicho, simplemente
quiero decirle que, además de no compartir parte de su intervención
-yo estoy de acuerdo con la parte del informe del Tribunal de
Cuentas-, por lo menos que asuma las responsabilidades que a él
también le corresponden y que cuando habla de 900 millones que sepa
que quizá no lo sé, él era concejal en esos momentos, cuando se
denegaban las modificaciones de créditos que dieron lugar a que los
tribunales tuvieran que decidir 146 millones de intereses como
consecuencia de decisiones que supongo que correspondían a la
oposición, porque el señor Bolados o el Grupo Socialista no siempre
tuvo la mayoría de esa corporación; estuvo en minoría.

En cualquier caso, señor presidente, pido y exijo que se retiren
algunas de las cosas que se han manifestado por el portavoz, sobre
todo las que hacen referencia a la comisión
de prevaricación y a la posibilidad de haber incurrido en delito
penal. (Los señores Unceta Antón y Jordano Salinas piden la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Pide la palabra también, aparte del senador
Unceta, el portavoz del Partido Popul a r, pero me gustaría aclarar
que este es un debate en el que se han de plantear cuestiones,
formular alegaciones o aclaraciones al informe presentado por el
presidente del Tribunal de Cuentas. Es verdad que ha habido una serie
de afirmaciones que han sido rebatidas por el portavoz del Grupo
Parlamentario Socialista y en este caso quizá le correspondería la
palabra, en primer lugar, al senador Unceta, por si quiere dar una
respuesta única y exclusivamente a la petición del portavoz del Grupo
Socialista y después le daremos la palabra el portavoz del Grupo
Parlamentario Popular.




El señor UNCETAANTÓN: Señor presidente, como he sido prácticamente
aludido quisiera contestarle al portavoz del Grupo Socialista en
cuanto a las primeras manifestaciones que ha hecho en primer término.

Revanchismo, en absoluto. Tristeza y dolor por lo que ha pasado. (El
señor Gimeno Marín: ¡Vaya por Dios!) No hay revanchismo y máxime
desde el gobierno, porque hoy gobierna el Partido Popular en
Valladolid y no comprendo cómo puede decir que hay revanchismo.

Todavía si estuviéramos en la oposición, podría utilizar la palabra
revanchismo, pero no es así.

Segundo, ha hablado de las denegaciones de crédito. Esto fue
rechazado por anulación de pleno derecho. (El s eñor Gimeno Marín hace
signos negativos.) Lo siento, si no lo conoce, no puedo más que
decírselo, pero hubo una anulación de pleno derecho por el Tribunal
Superior de Justicia.

Después tengo que decirle -para aclarárselo- que durante la época de
1984 y 1985 yo no era concejal; lo fuí a partir de 1987, por eso
conozco perfectamente todo el desarrollo y además porque era
ciudadano de Valladolid y este tema estaba constantemente en los
medios, que denuncianban las conculcaciones de ley, los contratos y
la forma en que se adjudicaba, etcétera. Lo siento, era un ciudadano
de Valladolid y tenía que informarme, porque comprenda usted que era
parte de... (Un señor Diputado: Guadalajar a .) señor Presidente, le
ruego por favor que no me interrumpan, porque es que si no, no
termino.




El señor PRESIDENTE: Rogaría a los demás diputados que le dejaran
responder y a usted, señor senador, que se atuviera a las cuestiones
que le ha planteado el señor G imeno.




El señor UNCETA ANTÓN: Creo que voy por esa l ínea.

Yo no he dicho que sea una prevaricación, lo que digo y repito es que
prevaricar, según el diccionario de la Real Academia es eso, saquen
ustedes las consecuencias. Yo no he acusado a nadie, he dicho lo que
es prevaricar. Las consecuencias las pueden sacar todos ustedes,
señorías, a través del informe, eso queda encima de la mesa.

Por lo demás, no tengo nada de que retractarme. He dicho que este
informe, si hubiera estado en su fecha y en



Página 2329




su día, lo que usted también ha propugnado, seguramente hubiera
llevado a denuncias de tipo penal. Por tanto, no creo que me haya
excedido en las apreciaciones, porque esta es una cámara política
donde puede opinar cada uno y no estoy señalando ni muchísimo menos a
nadie. Todo lo demás son presunciones.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el portavoz del Grupo
Parlamentario Popular, don Diego Jordano, me imagino que no por
alusiones.




El señor JORDANO SALINAS: Para hablar en nombre del Grupo, señor
presidente, y pedir sensatez y equilibrio en las intervenciones del
resto de los portavoces.

Un poco antes de este informe se ha visto otro referido a la gestión
de otro Ayuntamiento de distinto signo y se ha planteado por el
interviniente del Grupo Socialista que veía una trama para provocar
forzadamente una privatización de la que se generaban ingresos
multimillonarios. Incluso ha empleado la frase: el mayor negocio y en
menor tiempo que se ha podido hacer en España. Evidentemente, ese
tipo de apreciaciones son las que hace el portavoz del Grupo
Socialista respecto a esos ayuntamientos. Cuando hay otro tipo de
apreciaciones de signo contrario respecto a ayuntamientos de otro
signo guardemos equilibrio entre las distintas posiciones, no
pretendamos cargar todo sobre uno y liberar a otro. Establezcamos el
equilibrio.

Si no se establece respecto a ninguna gestión, perfecto. Si se
establece respecto a alguna, estamos hablando, como es lógico, de que
también se pueda establecer respecto a o tra.




El señor PRESIDENTE: Le corresponde ahora al presidente del Tribunal
de Cuentas aclarar y contestar todas aquellas cuestiones que le han
planteado los diferentes grupos parlamentarios.




El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE C UENTAS (Nieto de Alba): Señor
presidente, en primer l ugar, la intervención del señor Gimeno plantea
que la iniciativa, en efecto, tiene precedentes en la Mesa de las
Cortes de Castilla y León, pero como éstas no tienen competencia en
la iniciativa fiscalizadora, la iniciativa es del propio Tribunal.

Creo que se dice en el informe y yo lo he resaltado en mi
intervención. Es natural, porque el Tribunal, aun cuando estos
antecedentes puedan, a lo mejor, tener alguna interpretación o alguna
valoración política, siempre valora la conveniencia de hacer la
fiscalización.

En cuanto al tiempo transcurrido, en una consideración de tipo
general, tenemos que estar todos de acuerdo en que cuanto más tiempo
transcurra entre los hechos y su control es peor y no hace eficaz el
control ni la gestión. Ahora, el informe especifica que la falta de
documentación no puede ampararse en el tiempo transcurrido desde la
ejecución del polideportivo, sino que se debe a un defectuoso sistema
de archivo, tal y como expresamente asumió el ayuntamiento el 28 de
diciembre de 1989 cuando el expediente fue reclamado por el Tribunal
Superior de Justicia de Castilla y León.

El otro tema es si el Tribunal entra en infracciones urbanísticas. La
ley orgánica y la Ley de Contratos del Estado
dicen que en la fiscalización de los contratos se debe indicar las
infracciones legales y de todo orden que se observen en los
expedientes, y en este caso, además, faltó ese trámite de información
que prevé el artículo 1.18 del Plan general. Luego se trata de entrar
en este tema a través de la fiscalización de los contratos.

Por lo demás, las otras intervenciones veo que no plantean preguntas
concretas; hacen consideraciones muy razonables: el fin nunca
justifica los medios y, ¿qué pasa? Que para eso está el control, para
ir poniendo de manifiesto cuándo los medios deben condicionar los
fines.

El señor Carrera habla de que sería mejor separar las conclusiones de
las recomendaciones. Amí, como ponente que fui muchos años, me parece
que esto debe ser así. Es más, incluso que las recomendaciones se
pongan en el informe una vez recibidas las alegaciones, para que no
haya falta de estética.

Como ha estado latiendo el tema de las responsabilidades, conviene
aclarar que el fiscal ha pedido pieza separada por honorarios pagados
a arquitectos, por 1,1 millones de pesetas; por certificaciones de
cimentación, 8,2 millones de pesetas, y por no retención a la empresa
constructora, 2,3 millones de pesetas.

Sin embargo, el servicio Jurídico del Estado considera que están
prescritas estas responsabilidades. En un afán de información y de
aclaración, una vez más, seguramente, si no estuvieran prescritas las
responsabilidades contables, tal como está configurada la ley de
funcionamiento, serían de escasa relevancia frente al cúmulo de
irregularidades apreciadas en la realización de este proyecto, tal
como pone de manifiesto el informe de fiscalización.

Me parece que no ha habido más preguntas y no quisiera tampoco
excederme en mis apreciaciones.




- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO DE LA EC
ON O MÍA SOCIAL (INFES), EJERCICIO 1994. (Número de expediente
Congreso 251/000056 y n úmero de expediente Senado 771/000055)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación al punto del orden del
día referente al informe de fiscalización del Instituto Nacional de
Fomento de la Economía Social (Infes) relativo al ejercicio 1994.

Para esta cuestión, tiene la palabra el presidente del Tribunal de
Cuentas, don Ubaldo Nieto.




El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS(Nieto de Alba): El
Instituto de Fomento de la Economía Social, en adelante Infes, era un
organismo autónomo de carácter administrativo que se creó por la Ley
31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para 1991. Inició sus actividades en 1992 con la entrada en vigor del
Real Decreto 1836/1991, de 28 de diciembre, asumiendo las
competencias de la extinguida Dirección General de Cooperativas
y Sociedades Laborales. Fue suprimido por la disposición adicional
primera del Real Decreto 140/1997, de 31de enero, siendo asumidas sus
funciones por la Dirección General de Fomento de la Economía Social
creada



Página 2330




por este mismo Real Decreto. (El señor Vicepresidente, García Millán,
ocupa la Presidencia.)



Al Infes, como organismo gestor de la política de fomento de la
economía social, le correspondía, entre otras funciones, la
coordinación con los departamentos ministeriales que realizasen
acciones de esta naturaleza, la normalización de acuerdos y convenios
con las comunidades autónomas e instituciones nacionales, así como el
establecimiento de relaciones con organismos e instituciones
internacionales en el marco de la economía social, facilitar las
formas de financiación de las entidades integrantes de la economía
social -cooperativas, fundaciones laborales, sociedades anónimas
laborales- mediante el establecimiento, gestión, seguimiento y
control de programas de subvenciones y ayudas, y la participación en
instrumentos financieros y de cooperación empresarial. Igualmente
tenía encomendado el seguimiento de los préstamos concedidos por el
extinguido Fondo Nacional de Protección al Trabajo y de los que, tras
su extinción, se concedieran para el mismo fin con cargo al
presupuesto del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

La fiscalización del Infes se ha realizado a iniciativa del propio
Tribunal, por acuerdo del pleno del 16 de noviembre de 1995. Los
objetivos perseguidos en la fiscalización se concretan en la
comprobación de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio
1994, a fin de determinar si representan razonablemente la situación
financiera y patrimonial del organismo al 31 de diciembre de 1994,
así como los resultados de sus operaciones y la ejecución de sus
presupuestos para el año 1994; a la evaluación de los sistemas
y procedimientos de gestión y control interno y a la comprobación del
cumplimiento por el Infes de la legislación vigente en la gestión de
fondos públicos y, por último, a la evaluación de los mecanismos de
seguimiento y grado de ejecución del programa presupuestario
encomendado al I nstituto.

Los resultados más significativos de la fiscalización practicada han
sido, en primer lugar, y en relación con el ámbito de la auditoría
financiera, de la evaluación del cumplimiento de la legalidad y de
los sistemas y procedimientos de gestión y control interno, que el
balance de situación del Infes a 31 de diciembre de 1994, debido a
las importantes salvedades que afectan básicamente a las cuentas de
inmovilizado financiero y como consecuencia de ello a las de
patrimonio, principales partidas del activo y del pasivo
respectivamente, no reflejaban la imagen fiel de la situación
financiera y patrimonial a 31 de diciembre de 1994, de acuerdo con
los principios y criterios contables aplicados a los organismos
autónomos del Estado. En este sentido, el saldo del inmovilizado
financiero que figuraba en balance -9.361 millones de pesetas- a 3l
de diciembre de 1994, y que correspondía al importe pendiente de
reintegro de los préstamos que fueron concedidos por el Fondo
Nacional de Protección al Trabajo y por los que, tras su extinción,
se concedieron por el misivo fin por el Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social, no era representativo de su verdadero v alor. La
mayor parte de este saldo traspasado al organismo estaba compuesto
por cantidades no satisfechas y con vencimientos anteriores al 1 de
enero de 1992, fecha de la iniciación de las actividades del
Instituto, que se encontraban
en vía ejecutiva de cobro y correspondían a empresas inactivas.

Apesar de ello, no se habían dotado, ni el Infes dotó con
posterioridad, las correspondientes provisiones para corregir su
valoración, ni ha sido posible determinar el importe al que deberían
haber ascendido dichas provisiones por carecer el Infes de un
registro detallado de la composición del saldo del inmovilizado
financiero a 31 de diciembre de 1994.

Esta carencia ha sido consecuencia del retraso en el envío al
organismo de la documentación relativa a los préstamos y a la larga
duración del proceso de revisión de la misma. La elaboración de una
base de datos con esta información se concluyó en el ejercicio de
1995 con los saldos ajustados a 31 de diciembre del mismo año, sin
que se hayan incluido las provisiones. Por otra parte, las cuentas de
resultados, cuadro de financiación y el estado de ejecución del
presupuesto expresan razonablemente los resultados de sus
operaciones, las variaciones de su situación financiera y la
ejecución de sus presupuestos correspondientes al ejercicio 1994, con
la única salvedad, principalmente, de la ausencia de dotación de
provisiones en el ejercicio, ya comentada.

En segundo lugar, y en relación con la evaluación de los mecanismos
de seguimiento y grado de ejecución del programa presupuestario
encomendado al Instituto, el Infes carecía de la documentación
suficiente que permitiese realizar un seguimiento de la evolución en
el tiempo de las magnitudes físicas a que se refieren los
indicadores, y no contaba con un sistema o procedimiento que hiciera
posible correlacionar los citados indicadores físicos con los
recursos económicos que financiaban el programa, lo que ha impedido
que pudiera llegarse a conclusiones válidas sobre el grado de
consecución de los objetivos previstos en el programa que gestionaba,
así como sobre la evaluación de la eficiencia en el uso de los
recursos públicos afectados al logro de dichos objetivos. Por ello,
en el informe se recomienda que se establezcan sistemas de
seguimiento y procedimientos de registro del grado de avance de los
indicadores de objetivos del programa anteriormente gestionado por el
organismo, así como mecanismos de asociación entre los créditos
presupuestarios y las magnitudes a que se refieren dichos
indicadores.




El señor VICEPRESIDENTE (García Millán): Por el Grupo Parlamentario
Socialista, tiene la palabra el señor De la Encina.




El señor DE LAENCINAORTEGA: Muchas gracias señor presidente del
Tribunal de Cuentas. Del informe de fiscalización del ejercicio 1994,
del Infes he podido observar que entre los cuatro objetivos que se
marcaron se encuentra reparo a uno de ellos, que es el referido al
balance de situación financiera, que no refleja la imagen fiel de su
situación financiera patrimonial. No obstante, las alegaciones que ha
formulado la Dirección General de Fomento de la Economía Social, como
las del ex director general de dicho organismo en aquella fecha, don
Juan José Barrera Cerezal, justifican este hecho. Incluso, el ex
director general plantea que el Infes recibió de la Subdirección
General de Gestión Contable y posteriormente de la Intervención
Delegada del departamento (y no, como dice el anteproyecto



Página 2331




del informe de fiscalización, de la Intervención Delegada general de
la Administración del Estado, del IDAE) unos datos contables
insuficientemente documentados sobre las deudas del extinguido Fondo
Nacional de Protección al Trabajo.

Conocer esas circunstancias es importante para justificar más que de
sobra el reparo que he señalado. Disponer de material incompleto y
pendiente de comprobación por parte del Infes, que estuvo revisando
expedientes y construyendo una base de datos en aquellas fechas,
quizá fuera lo que dio lugar a que no se reflejara debidamente. De
ahí la salvedad que se recoge en el informe sobre su situación
financiera patrimonial.

Con objeto de aclarar algunas de las salvedades que también se
recogen en el informe, y que ha señalado el señor presidente, me
gustaría decirle que el hecho de que las cuentas del inmovilizado
material no incluyan el valor de la sede del Infes en 1994 y sí en
1995 por un importe de más de 112 millones de pesetas, al parecer es
debido a que no se contabilizó en 1994 porque la Dirección General
del Patrimonio del Estado no la autorizó.

Creo que es una justificación más que suficiente que haría decaer la
salvedad que, aunque no la ha indicado el presidente en la lectura
del informe, sí la recoge el propio i nforme.

Sólo me resta agradecer al presidente del Tribunal el informe, que
consideramos correcto en términos generales, salvo las dos pequeñas
puntualizaciones que he señalado, dejando constancia, como ya he
indicado, de que se trata de un organismo que ha sido suprimido y
cuyas funciones han sido asumidas por la Dirección General de
Fomento.




El señor VICEPRESIDENTE (García Millán): Por el Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor Santiso del Val
le.




El señor SANTISO DELVALLE: Señor presidente, nosotros haremos alguna
propuesta concreta en la próxima sesión. En todo caso, al ser un
organismo suprimido, creo que no es oportuno hacer ahora unas
reflexiones más profundas sobre si sus funciones y sus objetivos han
sido cumplidos o no, puesto que este organismo queda subsumido en la
Dirección General de Fomento de la Economía Social. De todas formas,
nos preocupa que haya unos fondos importantes que van a tener difícil
recuperación, quizá por el destino que tenían o porque a lo mejor no
se tuvieron todas las cautelas necesarias para evitar que el volumen
de préstamos no retornados no alcanzara las cifras que alcanzó.




El señor VICEPRESIDENTE (García Millán): Por el Grupo Parlamentario
Catalán (Convergencia i Unió), tiene la palabra el senador Carrera i
Comes.




El señor CARRERA i COMES: Señorías, estoy totalmente en línea con las
últimas manifestaciones del portavoz de Izquierda Unida, dado que el
hecho de que el organismo haya sido suprimido supedita de alguna
manera el análisis final, pues aunque el informe del Tribunal de
Cuentas, como ha expresado el señor presidente, indique que debido a
las importantes salvedades el balance de situación
a 31 de diciembre de 1994 no refleja la imagen fiel de su situación
financiera patrimonial, de poca cosa sirve si el o rganismo no existe.

En cambio, sí nos parecen oportunas y exigibles las dos
recomendaciones dirigidas a la Dirección General de Fomento de la
Economía Social, que ha asumido sus funciones, a saber, la que hace
referencia a que la incorporación del inmovilizado financiero se
realice mediante las correcciones y provisiones correspondientes y la
que dice que se establezca el seguimiento de los objetivos.

Nada más, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (García Millán): Por el Grupo Parlamentario
Popular, tiene la palabra don Diego J ordano.




El señor JORDANO SALINAS: Intervengo con brevedad para comentar el
informe. Estamos ante un organismo de ida y vuelta, en el que parece
que no hay que mirar muy a fondo, puesto que ya ha desaparecido. Era
un organismo que asumía competencias de una dirección general, las
ejerció durante unos pocos anos y, al final, sus funciones vuelven al
ámbito de otra dirección general; pero entendemos que sí tiene cierta
gravedad lo que se pone de manifiesto en el informe.

Si un organismo cuyo objetivo fundamental es hacer préstamos -da
igual que estos sean para ayudar a empresas, que sean a tipos de
interés muy bajos, incluso que sean con intereses simbólicos-, es
decir, un objetivo financiero, y no se puede tener en cuenta el saldo
del inmovilizado financiero puesto que no está detallado, no hay
dotaciones y no se sabe cuál es, evidentemente estamos ante un org
anismo difuso en cuanto a su funcionamiento.

Ytambién se pone de manifiesto algo que puede llamar la atención, y
es que se coloque en 1994 un saldo por el concepto de deudores por
derechos reconocidos que corresponde a transferencias corrientes del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social no realizadas en el
ejercicio. Da la impresión de que con esta dispersión de cifras y el
no compromiso por parte de los ministerios se contribuye a d ulcifica
r, si no a ocultar en parte, el déficit real que tenían estos
ministerios en ese momento. Yotra cosa que llama la atención en un
organismo de esta naturaleza, con tan poca actividad y con saldos tan
pequeños, es que mantenga un remanente de tesorería de 2.549 millones
al final del ejercicio, lo cual es inaudito. Por otra parte, es
habitual en otra serie de organismos que cuando nos presentan
informes sobre ellos, tanto el Tribunal de Cuentas como la Cuenta
General del Estado, no aparecen los enormes remanentes de tesorería.

Si no tiene sentido en organismos más operativos, mucho menos lo
tiene que un organismo de esta naturaleza mantenga ese remanente de
tesorería sin transferirlo, como está legalmente impuesto, al Estado.

En este sentido es evidente que Irán las propuestas de resolución de
nuestro grupo.

Nada más, señor presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (García Millán): Finalizadas las
intervenciones de los diferentes grupos parlamentarios para la
contestación a las preguntas y las aclaraciones



Página 2332




que estime oportunas, tiene la palabra el señor presidente del
Tribunal de Cuentas.




El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE C UENTAS (Nieto de Alba): Sólo
para aclarar al señor De la Encina que el pleno ha considerado las
alegaciones y las ha analizado, como consta en la página 8, donde se
describe el proceso de traspaso contable del inmovilizado, pero
precisamente esto sirve para fundamentar la opinión negativa sólo
respecto al balance, no respecto a la cuenta de resultados, al 31 de
diciembre de 1994.

Por lo demás, entiendo que no procede contestar ni hacer
aclaraciones, señor presidente.




- INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL INSTITUTO CERVANTES, EJERCICIOS 1992,
1993 Y 1994. (Número de expediente Congreso 251/000057 y número
expediente Senado 771/000054)



El señor VICEPRESIDENTE (García Millán): Finalizado este punto,
pasamos al punto número 8 y final del orden del día, que corresponde
al informe de fiscalización del Instituto Cervantes, ejercicios 1992,
1993 y 1994.

Para emitir el correspondiente informe, tiene la palabra el
presidente del Tribunal de Cuentas.




El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE C UENTAS (Nieto de Alba): Muchas
gracias, señor presid e nte.

El Instituto Cervantes es un ente de Derecho público adscrito al
Ministerio de Asuntos Exteriores por formar parte de la acción del
Estado en el exterior, cuyas funciones principales son la promoción
universal de la enseñanza, el estudio y el uso del idioma del
español, así como la contribución a la difusión de la cultura
española en el exterior, en coordinación con los demás órganos de la
Administración del Estado. Su sede central está en Alcalá de Henares
y dispone, además, de una red periférica en el extranjero, compuesta
inicialmente por 40 centros ubicados en 27 países.

La fiscalización del Instituto se ha realizado a iniciativa del
propio Tribunal y ha tenido por objeto la auditoría financiera de las
cuentas anuales de los ejercicios 1992, 1993 y 1994, la evaluación
del control interno, el análisis del cumplimiento de la legalidad, el
análisis de la gestión del personal y de los bienes que le fueron
traspasados a la fecha de su creación y la auditoría de gestión
desarrollada por el ente.

Como resultados más destacables de la fiscalización practicada hay
que señalar, en relación con la auditoría financiera, que las cuentas
fiscalizadas reflejan adecuadamente, para cada uno de los ejercicios
objeto de fiscalización, la situación financiera patrimonial del
Instituto, el resultado de sus operaciones y la liquidación de sus
presupuestos, excepto por un conjunto de salvedades que afectan
básicamente a las cuentas representativas de los activos fijos, así
como, con importancia menor, a distintas partidas del activo y del
pasivo circulante.

La salvedad principal, referida al inmovilizado, deriva de la falta
de registro contable de los edificios y mobiliario que fueron
traspasados al Instituto en su ley de creación.

Dichos activos estaban constituidos por 20 inmuebles propiedad del
Estado, así como por el mobiliario situado en los mismos, y otros 21
inmuebles arrendados que, hasta la fecha de constitución del ente,
dependían de diversos departamentos ministeriales. El valor de estos
inmovilizados está aún pendiente de cuantificar, aun cuando se estime
que debe alcanzar importes significativos. En este sentido, el
informe recomienda su valoración y su inclusión en los registros
contables del Instituto.

En el análisis del cumplimiento de la legalidad el aspecto más
significativo es la falta de aprobación del reglamento, hecho
previsto en la ley de creación del Instituto, y que ha supuesto
dificultades en la organización y funcionamiento del ente en los
primeros años de su andadura. En este sentido, el informe recomienda
que se apruebe en el plazo más breve posible y que aborde, entre
otros extremos, diversas carencias puestas de manifiesto en el
transcurso de la fiscalización y que básicamente se refieren al
establecimiento del régimen presupuestario y contable del Instituto,
que de forma provisional ha venido siendo regulado por orden
ministerial, a la definición del régimen fiscal por imposición
personal de los empleados del Instituto en el extranjero y a la
determinación del régimen de los centros en el exterior, de los que
la mayoría no consta que tengan definido su estatuto jurídico ante
las administraciones de los países en los que se ubican, ni declarada
en ellos las actividades que se realizan, docentes o cultural, ni los
rendimientos obtenidos por éstas.

Hasta la entrada en vigor de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas y, por tanto, durante el período
fiscalizado (1992, 1993 y 1994), el Instituto no estaba obligado por
las normas de contratación administrativa. En defecto de normas
generales, el ente elaboró normas propias que inicialmente tuvieron
una regulación mínima, ampliada a partir de 1993, hasta constituir un
campo que se estima fue suficiente para sus necesidades y que se
aplicó de manera efectiva, según se deduce del examen de expedientes
de contratación efectuado en el transcurso de la fisc a lización.

En el análisis de la gestión del personal traspasado al Instituto,
que estaba compuesto por 410 personas, que venían desempeñando tareas
diversas, algunas de ellas docentes, en centros que anteriormente
eran de titularidad de los Ministerios de Asuntos Exteriores, Trabajo
y Seguridad Social y Educación y Cultura, se ha constatado que de
ellas 249 proceden del Ministerio de Asuntos Exteriores y se
considera que no tenían relación contractual formal, por lo que
dejaron de prestar servicios al Instituto, o bien regularizaron su
situación incorporándose a su plantilla, tras superar las
correspondientes pruebas de acceso, o mediante la Normalización de
contratos de arrendamientos de servicios.

En 1992 se aprobó el catálogo de puestos de trabajos de los centros
del Instituto, incorporándose al mismo el personal que tenía relación
contractual o asimilada. No obstante, un número importante de estas
personas, aproximadamente 55, que tenían oficios tales como
camareros, etcétera, no previstos en los puestos de trabajo de
catálogo, permanecieron con sus antiguos contratos y categoría
laboral en situación de «a extinguir».




Página 2333




Las peculiaridades del personal recibido, así como el cierre de
algunos de los centros traspasados inicialmente al Instituto, han
generado un número importante de litigios de naturaleza laboral por
lo que el ente abonó, o se estima que tendrá que abonar, un importe
cercano a los 36 millones de pesetas. Además, para hacer frente a las
demandas interpuestas, el Instituto ha mantenido contratos de
asistencia jurídico-laboral, con un coste aproximado de 14 millones,
satisfechos en el transcurso del período fiscalizado.

Los edificios traspasados al Instituto, recogidos en los acuerdos del
Consejo de Ministros del 19 de julio de 1991 y de 19 de febrero de
1993, eran 32 centros culturales del Ministerio de Asuntos
Exteriores, siete Casas de España del Ministerio de Trabajo y dos
centros del Ministerio de E ducación.

En cuanto a la titularidad, 18 eran propiedad del Estado español, 21
estaban arrendados por el Ministerio de Asuntos Exteriores y dos en
situación peculiar, uno en Tánger, que procede de una donación del
Banco Exterior que no llegó a formalizarse, por lo que sigue inscrito
a nombre del banco, y el otro -Casa de España en Nueva York- figura
como de titularidad de una sociedad, debido, al parecer, a exigencias
legales.

Los acuerdos del Consejo de Ministros citados establecían que los
edificios habrían de adscribirse formalmente al Instituto. Sin
embargo, aunque éste accedió a su uso casi inmediatamente, la
adscripción por el Ministerio de Economía y Hacienda, conforme a lo
previsto en la Ley de Patrimonio del Estado, presentó diversos
retrasos e incidencias que son puestos de manifiesto en el informe.

Por otra parte, cabe señalar que las entregas de los edificios
procedentes del Ministerio de Asuntos Exteriores se hicieron sin
mediar ningún tipo de acta o cualquier otro documento descriptivo de
los inmuebles, ni de los muebles y enseres ni de los derechos y
obligaciones que se t raspasaron.

Además, el informe de la fiscalización pone de manifiesto que los
centros recibidos por el instituto no se ubicaban en todos los casos
en los lugares más adecuados para cubrir los objetivos del ente. De
hecho, 11 de los recibidos, es decir, el 28 por ciento del total, no
llegaron a funcionar o se cerraron posteriormente por inoperativos, a
pesar de lo cual el Instituto hubo de soportar diversos gastos de
personal y mantenimiento por importe aproximado de 20 millones de
pesetas en el período fiscalizado.

En cuanto a los resultados de la auditoría operativa, el análisis de
las funciones encomendadas al instituto por su ley de creación y que
están referidas a la enseñanza, el estudio y el uso del idioma
español y a la difusión de la cultura española en el exterior, han
puesto de manifiesto las siguientes deficiencias: en relación con la
función docente, hay que indicar que la mayoría de los centros que
recibió el Instituto Cervantes venían desarrollando algunas
actividades educativas, pero sin una unidad de criterio clara y
uniforme. Durante 1992, dentro del denominado «proceso de
cervantización» (adaptación de los medios recibidos a las funciones y
objetivos propios), el Instituto elaboró su propia metodología para
la enseñanza del español en los centros.

Respecto a la difusión de la cultura española en el exter i or, cabe
afirmar que hasta 1994 el Instituto careció de una
política cultural definida, ya que cada centro actuó con plena
libertad en esta materia. Apartir de dicho año comenzó una cierta
programación de actividades que, sin embargo, no consta que haya
estado formalmente coordinada, como demanda la ley de creación del
Instituto, con la de otros órganos de la Administración española que
realizan actividades análogas, por lo que no puede afirmarse que no
hayan podido existir duplicidades de medios y esfuerzos.

Por otro lado, en el informe se indica que las características del
Instituto parecen reunir alicientes importantes para hacerle receptor
de aportaciones, por patrocinio de empresas, superiores a las que ha
recibido y con las que poder financiar sus actividades culturales. En
este sentido, se recomienda una política más beligerante en la
captación de patrocinios que puedan ser una importante fuente
potencial de ingresos, habida cuenta de que los ingresos procedentes
de las actividades docentes y culturales no han cubierto como media
en el período fiscalizado el 13,35 por ciento del total de gastos de
las cuentas de resultados, por lo que se ha necesitado y recibido en
este período desde su iniciación 6.466 millones de pesetas de
subvenciones.




El señor VICEPRESIDENTE (García Millán): Por parte del Grupo
Socialista, tiene la palabra Juan Miguel Rodríguez Rodríguez.




El señor RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ: Señor presidente del Tribunal de
Cuentas, en nombre de mi grupo le reitero la bienvenida a esta
Comisión Mixta, bastante mermada dada la hora, ante la que comparece
una vez más al objeto de darnos a conocer en este momento del debate
el resultado de la fiscalización realizada por el Tribunal de Cuentas
correspondiente a la actividad económico-financiera del Instituto
Cervantes durante los ejercicios 1992, 1993 y 1994.

Como se indica al inicio del informe de fiscalización, nos
encontramos ante un ente de Derecho público, sin ánimo de lucro, de
los previstos en el artículo 6.5 del texto refundido de la Ley
General Presupuestaria, creado por Ley 7/1991, de 21 de marzo, con
personalidad jurídica propia, con capacidad de obrar para el
cumplimiento de sus fines, y cuyas actividades se ajustan al
ordenamiento jurídico privado. El Instituto Cervantes forma parte de
las instituciones que desarrollan la acción en el exterior del Estado
y está adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores por el artículo 2
de su ley. Se rige además por la normativa citada anteriormente y por
el Real Decreto 971/1992, de 21 de julio, que regula el
funcionamiento de su patronato.

Hechas estas observaciones que vienen a concretarnos la personalidad
jurídica del ente que nos ocupa y la normativa que le es de
aplicación, abordamos los objetivos básicos de la fiscalización
realizada, reflejada en el informe que hoy se nos presenta, que
constituye un documento que abunda en el detalle y que hace gala de
una adecuada ponderación, tanto en las conclusiones extraídas como en
las recomendaciones que se concretan. Vaya, pues, ante todo, nuestra
felicitación al señor presidente del Tribunal de Cuentas por la
calidad de este trabajo.

Tal como detalla el informe, las cuentas anuales del Instituto
Cervantes correspondientes a los ejercicios 1992, 1993 y 1994,
reflejan, a juicio del tribunal, la imagen fiel



Página 2334




de su situación financiero-patrimonial, de los resultados de sus
operaciones y de la liquidación de sus presupuestos correspondientes
a dichos años, con excepción del efecto de las salvedades que se
describen en el subapartado 2.2 del documento y que afectan
principalmente a la falta de registro contable de los activos que le
fueron traspasados conforme a su ley de creación, pendiente aún de
valoración, y para algunos inmuebles de su adscripción formal del
ente público. Los activos referidos son básicamente aquellos bienes
que fueron traspasados al instituto en fechas posteriores a su
constitución como ente público, según lo establecido por la
disposición adicional tercera de la Ley 7/1991, y en virtud de los
acuerdos adoptados en los Consejos de Ministros de 19 de julio de
1991 y 19 de febrero de 1993. Se trata fundamentalmente de 20
edificios en propiedad, así como del mobiliario y otros enseres
ubicados en ellos y en otros 21 inmuebles arrendados. Todos estos
bienes dependían hasta el momento de su adscripción al Instituto del
Ministerio de Asuntos Exteriores, del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social y del Ministerio de E ducación.

En relación con la situación de los bienes traspasados al instituto,
el informe concreta que hasta mediados de 1995 no se produjo la
adscripción formal ni la autorización para la subrogación en los
contratos de arrendamiento de los edificios procedentes del
Ministerio de Asuntos Exteriores y de uno de los del Ministerio de
Educación. Añade igualmente el informe que para el resto de los
inmuebles no se ha formalizado la adscripción en los términos
previstos en la Ley del Patrimonio del Estado, al no haberse
producido aún el acuerdo formal de adscripción por el Ministerio de
Economía y Hacienda, que es el competente en esta materia.

Por otra parte, el instituto no posee información para determinar el
valor de los bienes incluidos en las relaciones aprobadas por Consejo
de Ministros, con lo que pesa considerar que constituyen una parte
importante de su patrimonio, no lo registra en su balance ni procede
a dotar amortizaciones sobre ello. En consecuencia, los saldos de las
cuentas de inmovilizado material que figuran en los balances de
situación sólo registran el importe de las adquisiciones y gastos
capitalizados realizados por el instituto desde su constitución y con
cargo a sus presupuestos. Así, la cuenta de edificios y otras
construcciones recoge únicamente el coste de adquisición en 1992 de
dos edificios, uno en Burdeos y otro en Bruselas, así como el importe
de los gastos capitalizados en los distintos ejercicios por
reparaciones efectuadas en ellos, en el resto de inmuebles o
edificios adscritos y en los de su propiedad.

Coincidimos pues, en la necesidad de atender en el menor plazo
posible la propuesta en materia de gestión de inmuebles que concreta
la segunda parte de la recomendación 5.a, obviamente el cumplimiento
de esta recomendación permitirá subsanar convenientemente la
deficiencia contable recogida al inicio de las conclusiones del
informe de fiscalización que nos ocupa y que tiene sobrada
justificación -entendemos- en los hechos referidos anteriormente.

Igualmente coincidimos en la necesidad de materializar las propuestas
incluidas en las recomendaciones l.a y 2.a del documento, que se
concretan básicamente en lo siguiente: la necesidad de agilizar las
tareas para la
elaboración e implantación del manual de operaciones de la sede, así
como las de diversas operaciones de los centros aún no normalizadas;
la potenciación de la unidad de auditoría como instrumento para la
mejora del control interno del instituto así como para la supervisión
del cumplimiento por los centros de las normas ya implantadas; la
aprobación del reglamento del instituto en el plazo más breve
posible, previos los trámites exigidos por la legislación v igente.

No obstante, en relación con las tres cuestiones reseñadas,
reglamento del instituto, manual de operaciones y auditorías a que
hacen referencia ambas recomendaciones, estimamos oportuno subrayar
algunas consideraciones y conclusiones del documento. Todas ellas
abundan en la constatación de la eficiencia susceptible de mejora
pero que tal como indica el informe en su página 39 no han supuesto
errores excesivamente significativos en la cuantificación y registro
contable de los centros.

De conformidad con la disposición adicional primera de la Ley 7/1991,
de 21 de marzo, el instituto viene obligado a la aprobación de su
reglamento, que entre otros extremos debe regular su régimen
presupuestario y contable. En el periodo fiscalizado, y en defecto de
esta norma, el presupuesto y la contabilidad del ente se han ajustado
al modelo propio de los organismos autónomos comerciales, tal como
prevé la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 17 de abril
de 1991.

En relación con los sistemas de control, el instituto ha implantado
un manual de operaciones mediante el cual se regulan los
procedimientos de los centros. Dicho manual representa un instrumento
básico de gestión que ha supuesto avances significativos en esta
materia, aunque susceptible, según el informe de ampliación y
perfeccionamiento, en su implantación, especialmente en lo que atañe
a la confección y mantenimiento de inventarios y al funcionamiento de
las cajas de efectivo.

La imposibilidad, debido a las restricciones presupuestarias durante
el periodo fiscalizado, de dotar a todos los centros del instituto de
las aplicaciones informáticas adecuadas a cada caso, de acuerdo con
el plan del sistema de información encargado por el ente en 1992, ha
contribuido sin duda a la persistencia de las deficiencias
detectadas.

En lo que a la unidad de auditoría se refiere, el informe señala que
esta unidad, además de estar escasamente dotada de personal (sólo dos
personas y con un nivel jerárquico que se considera insuficiente), no
realiza las funciones que a priori se presumen en una auditoría
interna, limitando su actividad a la simple revisión documental de la
información remitida por los centros.

Por otra parte, el documento que nos ocupa extiende el cumplimiento
de la legalidad de los procedimientos de gestión por el instituto a
la Normalización de contratos de obras, suministros y servicios.

Hasta la entrada en vigor de la Ley 13/1995, de Contratos de la
administraciones públicas, el instituto no estaba obligado por la
legislación de la contratación administrativa. En su defecto, elaboró
una normativa propia aprobada por su Consejo de Administración de 16
de diciembre de 1991, ampliada a partir de 1993, hasta constituir un
cuerpo que el Tribunal estima fue suficiente para las necesidades del
ente.




Página 2335




Tras el examen de 161 contratos, tanto de obras y adquisiciones de
material inventariable como del servicio y suministros no
inventariables, el informe concluye que el instituto ha cumplido la
referida normativa en materia de contratación. Nos parece destacable,
igualmente, la conclusión favorable que la fiscalización realizada
extrae del trabajo desarrollado por el instituto con la finalidad de
depurar el considerable número de cuentas bancarias que recibió por
vía de hecho, y que gestionaban los centros traspasados, así como de
la implantación a partir de 1994 de un manual para la gestión de la
tesorería de estos últimos.

En relación con la gestión de personal y de los bienes recibidos,
subrayamos ante todo la conclusión de carácter general reflejada en
el informe.

El Tribunal considera que el modo en que se constituyó la
infraestructura material del instituto ha podido suponer una rémora
con peso específico en los primeros años de su andadura, -los del
período fiscalizado-, ya que a los pocos meses de su creación tuvo
que asumir la gestión de un aluvión de centros de procedencia
distinta con personal y problemáticas muy variadas.

Hay que señalar que el ente recibió procedente de los centros que le
fueron traspasados más de cuatrocientas personas que venían
realizando en ellos prestaciones de naturaleza laboral o de otra
índole. Ello exigió, tal como apunta el informe, esfuerzos
considerables para la regularización paulatina de la situación de
dichas personas y la integración de parte de ellas en la plantilla
del instituto, además de tener que afrontar un número considerable de
reclamaciones interpuestas por lo que consideraron que las
actuaciones del ente habían perjudicado sus derechos.

En cuanto a los edificios traspasados, además de la problemática
generada por los retrasos en la adscripción definitiva a los que ya
me he referido al comienzo de mi intervención, el informe de
fiscalización refleja algunos aspectos relevantes. En la actualidad,
solo dos de estos edificios ubicados en Nueva York y Tánger siguen
planteando problemas de titularidad jurídica, lo que justifica la
primera parte de la recomendación 5.a. Los inmuebles no radicaban en
todos los casos en lugares idóneos para la finalidad del Instituto,
de hecho, una buena parte de ellos, el 28 por ciento del total, no
han tenido utilización práctica por el ente, que pese a ello se ha
visto obligado a satisfacer diversos gastos de personal,
arrendamiento e impuestos por su mant e nimiento.

Según un estudio encargado por el ente, el número de centros que le
fueron traspasado fue notoriamente insuficiente si se compara con
otras instituciones análogas del Reino Unido, Alemania o Francia, por
lo que recomendaba la apertura del nuevo centro atendiendo un orden
fijado con base en un conjunto de criterios de selección, sin embargo
los fuertes recortes presupuestarios dejaron prácticamente sin efecto
los planes de expansión previstos por el instituto. De hecho, desde
su constitución y hasta 1996 sólo se han adquirido tres nuevos
edificios.

Por último, me referiré brevemente a aquellas consideraciones
y conclusiones del informe relacionadas con el cumplimiento de los
objetivos y funciones que fueron encomendadas al instituto. Las
funciones encomendadas al instituto por su Ley de creación
presentaban una doble vertiente de actuación, docente y cultural, que
se concretan en
la enseñanza de la lengua española en el primer caso, y en la
difusión de la cultura española e hispanoamericana, en el s egundo.

Destacamos la iniciativa del Instituto Cervantes encaminada a lograr
una unidad de criterio para la docencia del español en su centro. Con
esta finalidad, elaboró en 1992, un año después de su creación, su
metodología educativa; una norma básica para la enseñanza del idioma
contenida en el denominado diseño curricular, que comenzó a
implantarse en el año 1993. Los datos que refleja el informe sobre la
actividad docente del instituto ponen de manifiesto una evolución
claramente positiva durante el período fiscalizado, que se sintetiza
en las siguiente cifra. La concurrencia tanto a los cursos del
instituto como a los diplomas de enseñanza del español como lengua
extranjera ha seguido una tendencia creciente, pasando de un total
conjunto de 23.147 matrículas en 1992, a 28.129, en 1994. Los
beneficios resultantes de dicha actividad docente, ingresos por
derechos de matrícula menos los gastos generados por la realización
de las pruebas, han pasado de 114 millones de pesetas en 1992, a 276
millones de pesetas en 1994.

Si, como contempla el informe, a los gastos de la actividad docente,
incluida en el presupuesto comercial, se añade la repercusión de los
correspondientes al Capítulo 1, personal, y al Capítulo 2, bienes
corrientes y servicios del presupuesto administrativo, el resultado
de la actividad del instituto resultaría claramente deficitario.

Desde esta perspectiva, los ingresos procedentes de las actividades
docentes y culturales sólo han cubierto como media en el período
fiscalizado el 13,35 por ciento del total de gastos de las cuentas de
resultados, por lo que se ha necesitado y recibido subvenciones a la
explotación aportadas por el Estado en un importe conjunto de 6.466
millones.

Sin embargo, pese a analizar desde esta segunda perspectiva el
balance económico de la actividad desarrollada por el Instituto
Cervantes, entendemos que no escapa al trabajo de fiscalización
presentado, que la rentabilidad de una institución pública de esta
naturaleza no se puede evaluar en términos exclusivamente económicos.

Hecha esta matización coincidimos en la recomendación de extender a
todos los centros del instituto y de perfeccionar la reciente
implantación de la aplicación informática Matric, que permite conocer
en tiempo real las matriculas efectuadas y el número de alumnos, así
como la propuesta de integrarlos con el programa informático C ontacem
.

Mayores dificultades comportan, a nuestro entender, la consecución de
un determinado nivel de uniformidad en la actuación cultural
desarrollada por el ente y su coordinación en esta faceta con otros
órganos de la Administración. El mayor número de variables que
inciden en una programación de esta naturaleza dificultan su
concreción, los avances son más lentos y los resultados menos
tangibles. Por último, dada la proyección internacional del instituto
coincidimos en la propuesta referida a la posibilidad de profundizar
en una mayor rentabilidad económica de su función cultural,
potenciando los medios y activaciones encaminados a incrementar la
relación de patrocinadores, y con ello, la captación de recursos
obtenidos en este concepto.




Página 2336




En definitiva, señor presidente, pese a las deficiencias que ponen de
manifiesto el documento y que generalmente tienen su origen en
errores producidos en anotaciones contables, en comunicaciones
bancarias o en la imposibilidad de cuantificar algunas partidas, del
análisis pormenorizado de fiscalización de este informe constata el
elevado nivel de cumplimiento de aquellos aspectos que constituyen
los objetivos básicos de la fiscalización y que concretamos como
sigue: Las cuentas anuales del período fiscalizador rendidas por el
instituto presentan en todos sus aspectos significativos la imagen
fiel de su situación financiera y patrimonial del resultado de sus
operaciones y de la ejecución de sus presupuestos, de acuerdo con los
principios y criterios contables que le son de aplicación. La gestión
de los fondos públicos, del personal, y de los bienes que le fueron
traspasados se ha llevado a cabo desde el estricto cumplimiento de la
legislación vigente. Los procedimientos de gestión y de control
interno se han adecuado a las necesidades del ente y en la mayor
parte de los casos flan experimentado avances y mejoras sustanciales
a lo largo del período fiscalizado. Por último, el Instituto
Cervantes ha cumplido, creemos que satisfactoriamente, los objetivos
y funciones que le encomiendan sus disposiciones reguladoras. De este
informe de fiscalización no puede derivarse, una conclusión final muy
distinta de la que sostiene el Grupo Parlamentario Socialista y que
sintetizamos en la valoración positiva que otorgamos a la gestión
realizada por los responsables de este ente público durante el
período f iscalizado.




El señor VICEPRESIDENTE (García Millán): Por Izquierda Unida, tiene
la palabra el diputado Santiso del Valle.




El señor SANTISO DELVALLE: Intentando sintetizar voy a dar nuestra
opinión sobre este informe.

En primer lugar, creemos que hay que felicitar al Tribunal de Cuentas
por el tipo de informe que ha presentado. A nosotros siempre nos
gusta incidir en que los informes no deben ser solamente contables,
sino que deben tener en cuenta los objetivos de la institución que
analizan y si estos objetivos se cumplen. En este sentido creemos que
es un buen informe, puesto que cumple la función de ser
representativo de una realidad que describe bastante bien.

Ala vista de ese análisis nuestras conclusiones son sencillas. En
primer lugar, compartirnos todas las recomendaciones que plantea el
propio informe. En segundo lugar, nos hubiera gustado, como
complemento a algunos cuadros que vienen y que son muy ilustrativos,
y para que terminaran de serlo (a lo mejor es que yo no lo he
encontrado, hay un anexo 6 al que se hace referencia pero luego no se
corresponde con la información que se plantea) además de los ingresos
y gastos, junto a las matriculas de los distintos centros habría que
conocer el número de matrículas de estos centros, mas que nada por
hacer un simple cálculo y saber cuánto cuesta cada centro, su
rentabilidad económica y también su rentabilidad social, teniendo en
cuenta que hay diferentes precios de matrícula, como muy bien dice el
informe, en función de la realidad social de los distintos países,
para saber si el esfuerzo que hace el Estado español, al evaluarlo
cuantitativamente, también es significativo,
porque en el año 1993 se han aportado 3.800 millones, si no tengo mal
el dato, y aproximadamente 3.600 en 1994 que con l5.000 matriculas, a
pesar de que el dato no se puede extrapolar directamente, puesto que
hay algunos que están matriculados en distintos cursos, supone que
cada alumno aproximadamente y entre comillas, nos cuesta unas
«250.000» pesetas. Digo esto porque compartiendo nuestro grupo,
absolutamente los objetivos del instituto, vemos dos cosas: una, que
los orígenes y la asunción de distintos centros, ha provocado una
situación de transición bastante difícil y, otra, para conseguir que
no nos salga más barato invitarlos a pasar las vacaciones en España y
sacarse el diploma aquí. Es el riesgo que tiene este tipo de
institutos si no se conjuga con otras cosas que el propio informe
apunta, como es la necesidad de coordinación con el Ministerio de
Asuntos Exteriores o el Ministerio de Educación y Cultura, en el
sentido de, siendo muy loables los objetivos del centro, combinarlos
con el resto de instituciones que también se dedican, entre otras
actividades, a las mismas, por tanto hay una coordinación de
esfuerzos, tanto económicos como de dotación de personal, edificios,
etcétera. Me cabe la duda de si son necesarios tantos edificios en
propiedad, igual que se dice en el propio informe que hay algunos que
no son útiles para esa actividad y que incluso faltan datos para
conocer el coste de esos edificios, aunque son poco significativos.

Creo que son relativamente significativas del estado de la cuestión
en algunos países las propias cartas que acompañan como anexo al
informe; es decir, la falta de datos de Oslo, de Berna, de Cofia. El
más descriptivo, porque además se corresponde con otros recibidos por
otras vías, es el de Tetuán. Como la precariedad de medios era
manifiesta, en muchos de estos centros era prácticamente inexistente
el control por las propias peculiaridades y la falta de dotación
real.

El informe en sí produce una reflexión de saber, en primer lugar,
cuánto dinero queremos dedicar a este esfuerzo de extender el
español, protegerlo, y, en segundo lugar, si el medio, en este caso,
está bien enfocado. Nuestra conclusión es que deben ser retocados
seriamente, cumpliendo los objetivos que plantea el propio análisis
del Tribunal de Cuentas, insisto, buscando una eficacia entre medios
y objetivos. Si esto se hace bien, no nos importa dotarlo
presupuestariamente con más dinero -recuerdo que en algún año se
pedían 15.000 millones para este tema-, pero siempre y cuando se
corresponda realmente con la eficacia, es d ecir, que el coste final
sea asumible, salvo que sepamos que nos tiene que costar una cantidad
determinada. Creo que se entiende lo que quiero decir.

No me voy satisfecho en el sentido de que sí me gusta el informe,
creo que refleja la situación, pero me preocupa el futuro para evitar
que esto se convierta en que de vez en cuando se hagan estupendos
actos que sirven para mayor gloria de determinadas personalidades de
la cultura y de la política pero, al final, no estemos gestionando
bien los recursos para los objetivos.




El señor VICEPRESIDENTE (García Millán): Por el Partido Popular,
tiene la palabra el senador Jaime Rodríguez Gómez.




Página 2337




El señor RODRÍGUEZ GÓMEZ: Señorías, señor presidente del Tribunal de
Cuentas, muchas gracias por su presencia y por su exposición.

Hemos leído todos con detenimiento el informe de fiscalización del
Instituto Cervantes y hemos escuchado al señor presidente del
Tribunal de Cuentas su exposición. Con las conclusiones, salvedades y
recomendaciones del informe podíamos darnos todos por satisfechos
porque creo que son claras y explicativas. He leído, además, la
memoria del Instituto Cervantes de 1992-1993 y la comparecencia en el
Senado, en noviembre de 1993, del director del instituto, en las que
exponía más deseos que realidades, por lo deducido del informe.

En nombre del Partido Popular, quisiera repasar los puntos más
conflictivos. Se fiscaliza en este informe las cuentas, los
procedimientos de gestión, el cumplimiento de legalidad, los
objetivos y las funciones del instituto. El señor presidente ha dado
su definición legal y no la voy a r epetir, pero todos sabemos que el
Instituto Cervantes es algo más. Para la mayoría de los españoles que
tienen preocupaciones educativas y culturales, desde luego para mí,
debe ser el buque insignia de la enseñanza, el estudio y el uso del
castellano y demás lenguas españolas en el mundo, el portavoz de
nuestra cultura y el encargado de defenderla. Es verdad que no es el
único, pero es el más relevante, el que tiene más cerca a quienes en
el exterior aman a España y quieren conocer nuestras lenguas y
nuestra variada y rica cultura. El instituto es muy joven, y en esta
tan amplia e importante tarea todos tenemos que entender que para
cumplirla necesita la importante ayuda del Gobierno, el cariño, el
cuidado vigilante y el amor de todos los españoles, y muy
especialmente de quienes tienen encomendada su dirección y de los que
tienen por ley que ofrecer al mundo la imagen y la voz plural de
España. Sin embargo, el instituto, como ente público, tiene su propia
vida hacia dentro, desde el año 1991, y esta vida interior debe ser
acorde con lo que queremos que represente. Si en alguna institución
debe cuidarse el fondo, debe ser en esta, no hay que parec e r, hay
que ser.

El Tribunal de Cuentas ha fiscalizado, efectivamente, los años 1992,
1993 y 1994 y hubiera podido hacerlo con el año 1995 si hubiese
llegado a tiempo. ¿Y qué nos ha dicho el Tribunal en relación con las
cuentas? Que reflejan la imagen fiel de su situación con excepción de
las salved a des.

Si nos acercamos a las salvedades, vemos que el fiel de la balanza no
lo es tanto. Algo parecido a lo que sucede con la partícula
condicional restrictiva latina nisi con su expresión castellana salvo
que; a todos les ha tocado la lotería, salvo a media docena, pero
eran siete. Lo más importante de las salvedades es que el valor de
los edificios, mobiliario y enseres, que fueron traspasados en fechas
próximas a la constitución del ente, no están registrados en su
contabilidad; que el valor de los activos está pendiente de
cuantificar; que los 41 centros a adscribir al instituto no lo fueron
ni se autorizó la subrogación en los arrendamientos de MAE y MEC
hasta mediados de 1995; que el resto no tiene formalizada la
inscripción, ya que la competencia es del Ministerio de Economía y
Hacienda; que el Instituto no posee información para determinar el
valor de los bienes y no lo registra en los balances ni dispone de
amortizaciones
sobre ellos; que los elementos adquiridos no están integrados en
inventario, salvo los equipos informáticos, y que no se puede conocer
su ubicación física ni su situación; y que el balance de situación de
1994 no tiene registradas previsiones necesarias, entre otras muchas
salvedades.

Estas salvedades que suponen pequeñas cantidades para los años
1992,1993 y 1994 en unos presupuestos anuales ciertamente exiguos,
dan la sensación, cuando se las examina con detalle, de una falta de
rigor y de disciplina presupuestaria que no hacen ningún bien al
instituto y sorprende que en cantidades tan pequeñas la eficiencia no
esté asegurada. Hay una percepción de desbarajuste, de ausencia de
líneas directrices y de que, como son dineros públicos, no se les
dedica la seriedad necesaria la eficacia que sería deseable.

Si entramos en la evaluación de procedimientos de gestión
y cumplimiento de la legalidad, esa misma sensación de caos y
desbarajuste sigue viva. Efectivamente, la falta del reglamento
aprobado por Ley de 1991, que aún a la fecha del informe, como dice
éste, estaba pendiente de aprobación, ha supuesto enormes carencias
de organización y de funcionamiento. Se encargó un manual de
procedimiento, que costó 37,2 millones de pesetas, para normaliz a r,
por ejemplo, ayudas por patrocinio, becas y otras ayudas a
estudiantes, valoraciones y mantenimientos de inventarios,
funcionamiento de cajas y personal responsable de ellas, y, a la
fecha del informe, la mayoría de estas funciones de la sede carecían
de normas escritas en las que se fijara un procedimiento, lo que
supuso que los activos inventariables no estuviesen valorados en la
contabilidad y que no haya documentos originales que descubran e
identifiquen los bienes muebles.

En cuanto a la información que se ha mencionado, y pese al programa
Contacem, la mayoría de los soportes todavía siguen estando en papel.

Efectivamente, cuenta el instituto con una auditoría interna que ha
cumplido las funciones de inspección durante cierto tiempo con buenos
resultados, como se puede ver por el caso de El Cairo y el caso de
Tetuán; uno, en el que cuatro personas fueron contratadas sin
autorización y, el otro, en donde se sacaron, sin estar registrados
en contabilidad, casi 5.000.000 de pesetas. Esta auditoría interna
tiene un bajo organigrama jerárquico y en estos momentos, podemos
decir que prácticamente no f unciona.

En cuanto a las gestiones de operaciones contra la seguridad
tributaria, la gestión aparece como no adecuada a derecho y está
necesitada de un reglamento que aclare el régimen del personal y la
situación tributaria porque el Instituto, por ejemplo, ha estado
considerándose como exento del Impuesto de Sociedades, aunque sólo en
el año 1995 la ley reconoció la exención plena. Igualmente con el
IRPF, donde los trabajadores han sido considerados como empleados en
misiones diplomáticas o representantes consulares.

El señor presidente ha dicho también con claridad que los centros no
tienen definido su estatuto jurídico y el portavoz del Partido
Socialista nos ha explicado la gestión del personal. Efectivamente,
ha sido, como él ha dicho. Dadas las condiciones de su pase al
Cervantes y los cierres de centros, ha tenido problemas en estas
fechas y parece que, pese a los litigios de los años 1992, 1993 y
1994, se está regularizando la situación. Me llaman poderosamente la
atención,



Página 2338




por ejemplo, los sueldos de los directores, con ocho y once millones
de pesetas como mínimo y máximo.

Es importante también hablar sobre la gestión de inmuebles
procedentes del Ministerio de Asuntos Exteriores, del Ministerio de
Trabajo y del Ministerio de Educación y Ciencia. Hay que decir que no
fueron adscritos -ya se ha mencionado-, ni subrogado su arrendamiento
hasta 1995 y, cuando se ha hecho la subrogación, hay siete contratos
que están extinguidos. Estos centros se entregaron sin actas y sin
documento alguno. Efectivamente, las siete casas de España no están
adscritas según la Ley de Patrim o nio.

A mí me gustaría saber, señor presidente, qué quiere decir el
Tribunal cuando habla de aproximadamente 40 centros en la página dos.

Hablamos de 41 centros. Después hay unos cuantos que están cerrados.

Aproximadamente son 40 centros. Le aseguro a usted, señor presidente,
que como el Instituto ha seguido comprando, ha seguido arrendando
y ha seguido recibiendo centros, me ha resultado enormemente difícil
enterarme de cuál es la cantidad de centros que tenemos en el
Instituto Cervantes; es verdaderamente difícil porque algunos se
repiten.

Se hicieron unos estudios de viabilidad y un plan de expansión que
costó 50 millones y un estudio arquitectónico de los centros por
valor de 99 millones. Los primeros, inoportunos y prepotentes, ambos
inútiles; el tercero, aceptable y útil. De los 40 centros recibidos,
como ha dicho también el señor presidente, once no se han utilizado o
han sido cerrados.

En cuanto a la actividad docente y cultural, debo recordar que el
diseño curricular se hizo en el año 1994; el Instituto Cervantes
comenzó en el año 1991 y no ha tenido diseño curricular hasta el año
1994, hasta entonces, hubo enormes desajustes con esta situación. La
sede no ha sabido nunca el número de alumnos hasta el año 1996,
porque conocía matrículas. El convenio entre el Instituto y el
Ministerio de Educación y Cultura tiene graves disyunciones que han
creado una deuda a favor del Instituto de unos 96 millones de
pesetas. Hasta 1994 no ha habido política cultural, cada centro ha
hecho la que le ha parecido conveniente. Es cierto que se ha hecho un
gran esfuerzo en bibliotecas, pero su personal no está
suficientemente cualificado y no hay catalogación. Los objetivos del
50 por ciento del gasto asumido por ingresos este año no se han
cumplido. El señor presidente, ha explicado el procedimiento por el
que con un sensato estudio se hubiera podido llegar a un patrocinio
de empresas y entidades, y no quiero volver a r epetirlo.

Hemos hablado de lo acontecido en los años 1992, 1993 y 1994, y
aunque algunos de los defectos señalados tienen aún alguna vía, lo
sucedido con y en el Instituto Cervantes ya no podemos cambiarlo. No
es cuestión de melancolía por el bien perdido o desaprovechado, se
trata de conocer las causas para que no vuelvan a suceder estos
hechos.

Señor presidente del Tribunal de Cuentas, al Partido Popular sus
recomendaciones le parecen llenas de sensatez y de cariño hacia el
Instituto. Sólo falta que si alguna no se ha cumplido todos los que
tenemos responsabilidades nos esforcemos en que se cumplan cuanto
antes. El Partido Popular presentará las propuestas de resolución
convenientes en su momento.




El señor VICEPRESIDENTE (García Millán): Para la contestación a las
preguntas y para efectuar cuantas aclaraciones estime oportunas,
tiene la palabra el señor presidente del Tribunal de Cuentas.




El señor PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE C UENTAS (Nieto de Alba):
Realmente no hay muchas cuestiones que contestar, salvo una
aclaración, y es que el anexo 6 sí cuantifica el número de matrículas
de los que tienen actividad docente. Era una duda que le había surgid
o al señor Santiso. Puede que sea, a lo mejor, por defecto de
reprografía. En todo caso, tanto este presidente como el Tribunal
todo lo que sea completar información ya sabe que lo hacemos con
mucho gusto.

En cuanto a la duda del señor Rodríguez sobre los centros que hay
aproximadamente, esta presidencia no tiene otros datos que los que
figuran en la página 65 del informe. Hay 41 adscritos; arrendados, 12
y adquiridos tres. Si hubiera alguna necesidad de completar
información, con mucho gusto lo haríamos.

No tengo nada más que añadir.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (García Millán): Muchas gracias, señor
presidente.

Esta Comisión le reitera su agradecimiento por su comparecencia ante
ella. Aunque en estos momentos con una presencia bastante meneada,
creo que suficientemente significativa para este agradecimiento.

Se levanta la sesión.