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DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 75, de 11/11/1997
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DIARIO DE SESIONES DE LAS



CORTES GENERALES



COMISIONES MIXTAS



Año 1997 VI Legislatura Núm. 75



PARA EL ESTUDIO DEL PROBLEMA
DE LAS DROGAS



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JUAN MORANO MASA



Sesión núm. 10



celebrada el martes, 11 de noviembre de 1997,
en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DIA:



Comparecencia del señor presidente de la Asociación Española de Banca
(Leal Maldonado), para informar sobre la aplicación de la Ley 19/1993, de
28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de
capitales, con referencia al papel de las entidades financieras. A
solicitud del Grupo Parlamentario Socialista del Congreso (Número de
expediente Congreso 219/000240 y número de expediente Senado 715/000159)
(Página 1510)



Comparecencia del señor director general de Instituciones Penitenciarias
(Yuste Castillejos), para informar sobre la política de atención a los
drogodependientes en el interior de las prisiones. A solicitud del Grupo
Parlamentario Socialista del Congreso (Número de expediente Congreso
212/000595 y número de expediente Senado 713/000441) (Página 1519)



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Se abre la sesión a las once cuarenta y cinco minutos de la mañana.




--COMPARECENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE BANCA
(LEAL MALDONADO), PARA INFORMAR SOBRE LA APLICACION DE LA LEY 19/1993, DE
28 DE DICIEMBRE, SOBRE DETERMINADAS MEDIDAS DE PREVENCION DEL BLANQUEO DE
CAPITALES, CON REFERENCIA AL PAPEL DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS. A
SOLICITUD DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA DEL CONGRESO (Número de
expediente del Congreso 219/000240 y número de expediente del Senado
715/000159).




El señor PRESIDENTE: Vamos a iniciar la sesión.

Empezamos por el primer punto del orden del día, que es la comparecencia
de don José Luis Leal Maldonado, presidente de la Asociación Española de
Banca, para informar sobre la aplicación de la Ley 19/1993, de 28 de
diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de
capitales, con referencia al papel de las entidades financieras. La
comparecencia se realiza a petición del Grupo Parlamentario Socialista.

Damos la bienvenida a don José Luis Leal Maldonado y le agradecemos su
presencia en esta Comisión.

Tiene la palabra.




El señor PRESIDENTE DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE BANCA (Leal Maldonado):
Comparezco hoy ante esta Comisión para hablar de la colaboración de la
Asociación Española de Banca privada y de los bancos en la prevención del
blanqueo de capitales.

Siete años han pasado ya desde que los bancos españoles, bajo la
coordinación e impulso de la Asociación Española de Banca, decidieron
establecer mecanismos de colaboración estrecha y sistemática con las
autoridades en materia de prevención y lucha contra el blanqueo de
capitales ligado al narcotráfico, incorporándose así en un momento muy
temprano al amplio movimiento internacional que por entonces estaba en
sus inicios.

En abril de 1990, el Consejo General de la Asociación Española de Banca
manifestó la completa solidaridad de la banca española con el empeño en
evitar el blanqueo de dinero procedente del crimen organizado,
narcotráfico y terrorismo, y se adhirió formal y expresamente a las
reglas y principios de la Declaración de Basilea, adoptada un poco antes
en dicha ciudad helvética por las autoridades de supervisión bancaria del
llamado grupo de los Diez. Aceptó sin reserva alguna el compromiso de
cooperar con las autoridades encargadas de la represión de los expresados
delitos. Tales reglas y principios fueron inmediatamente difundidos entre
los bancos, subrayando la AEB el carácter vinculante de la adhesión para
los mismos. De modo simultáneo, la Confederación Española de Cajas de
Ahorro decidió igualmente adherirse a la Declaración de Basilea. Con
ello, la práctica totalidad del sistema financiero español quedaba
formalmente comprometido a colaborar activamente en esta materia.

En julio del mismo año, 1990, la AEB y la CECA elaboraron conjuntamente
unas normas concretas de actuación y de ética profesional específicamente
diseñadas para hacer frente al problema del blanqueo del dinero
procedente del narcotráfico. Tales normas fueron difundidas con gran
amplitud entre el personal de las entidades de crédito. Se basaban en la
Declaración de Basilea, desarrollándola, y fueron adoptadas también con
expresa manifestación de su carácter vinculante. Pensadas no sólo para la
parte de las organizaciones bancarias situadas en España, sino también
para las sucursales y filiales en el extranjero, las normas se referían
detalladamente, en cuatro apartados sucesivos, a los siguientes extremos:
Primero, al deber de identificar a todos los clientes hasta el punto de
prohibir la realización de cualquier operación significativa con clientes
que no justificaran su identidad. Las normas precisaban la documentación
a solicitar en cada caso, así como la extensión del deber de
identificación a las personas que actuaran en nombre de sociedades o, en
general, personas jurídicas o entidades de cualquier tipo. Asimismo, las
entidades deberían adoptar medidas razonables para identificar al titular
real de las transacciones cuando existiera la impresión de que el titular
formal fuera un fiduciario o persona interpuesta. Igualmente se llamaba
la atención de manera especial en relación con las denominadas cuentas
espontáneas.

Segundo, al deber de desarrollar las actividades bancarias de conformidad
con rigurosas reglas deontológicas y respetando las leyes y reglamentos
que afecten a las transacciones. En este punto se recogía la obligación
de abstenerse de participar en operación alguna respecto de la que
existieran sospechas de relación con el blanqueo de dinero procedente del
crimen organizado así como la de prestar atención especial a determinadas
operaciones, entre ellas las que tuvieran que ver con paraísos fiscales y
las que implicaran movimientos de billetes o títulos al portador.

Tercero, al deber de cooperar con las autoridades, facilitándoles cuanta
información requirieran, con arreglo a las leyes relacionadas con la
represión del crimen organizado con la mayor diligencia, y designando un
directivo de rango adecuado como interlocutor habitual con las mismas. En
este punto se recogía ya el deber de no comunicar a los clientes la
circunstancia de que las autoridades hubieran solicitado información de
sus operaciones en relación con investigaciones sobre crimen organizado.

Y, por último, cuarto, a los deberes de desarrollar cursos y planes de
formación con el fin de propiciar el cumplimiento efectivo de las normas
y de establecer sistemas y procedimientos de control interno, incluyendo
la verificación de tal cumplimiento efectivo en los programas de
auditoría interna. Asimismo, partiendo de la experiencia de los propios
bancos, de las conclusiones de los grupos de expertos que habían
estudiado el problema a nivel internacional y de las recomendaciones de
las autoridades, fueron remitidas en 1991 a todos los bancos relaciones
de operaciones sospechosas, facilitando así la labor de detección de
transacciones vinculadas al fenómeno del blanqueo.




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Con el fin de comprobar el grado de cumplimiento de las normas se
remitieron desde la Asociación cuestionarios detallados a los bancos. Las
respuestas a dichos cuestionarios revelaron un buen grado de
cumplimiento. Por citar algunas cifras, pueden ser ilustrativas las
siguientes, correspondientes al año 1993: Se rechazaron, por falta de
identificación, 504 operaciones y 215, por sospecha de relación con
narcotráfico. El número de casos en los que se suministró información a
las autoridades a requerimiento de las mismas fue de 856; por iniciativa
propia, 89. Se cancelaron 67 cuentas con clientes sospechosos. Se
impartieron casi 4.000 cursos al personal, participando en ellos casi
60.000 empleados, y se realizaron 2.700 auditorías internas sobre estos
temas.

A mediados de 1994, el GAFI, en el marco de sus análisis regulares sobre
la situación de diversos países miembros, emitió un informe de evaluación
sobre la situación de España en materia de prevención y represión del
blanqueo de capitales. En él se trataba de modo especial, reconociéndolo
sin reservas, del buen grado de colaboración prestada en este ámbito por
los bancos y demás entidades de crédito españolas. Así, se elogiaba la
iniciativa de 1990, la adhesión a la Declaración de Basilea, citándose el
alto grado de cumplimiento contrastado por las respuestas a los
cuestionarios periódicamente remitidos a los bancos desde la Asociación,
en los puntos 23 y 24 del informe. En particular, se comentaba muy
positivamente el esfuerzo realizado por el sector en materia de control
interno y de formación, en el punto 43. Se afirmaba también que los
bancos españoles estaban activamente preparados para colaborar en la
aplicación de la nueva legislación, en el punto 44.

Permítaseme para concluir con esta referencia al informe del GAFI --Grupo
de Acción Financiera Internacional--, reproducir literalmente la
conclusión del mismo que más afecta al sector bancario. Cito: La
impresión general que produce la evaluación de España es el deseo de las
autoridades y del sector bancario de cumplir las normas internacionales
en lo referente al blanqueamiento del dinero, especialmente las
recomendaciones del GAFI. Fin de la cita.

De todos modos, la colaboración bancaria en la prevención y lucha contra
el blanqueo tuvo, en esta primera fase, un carácter no sólo voluntario,
sino, en cierto sentido, impregnado de voluntarismo. No se contaba con el
adecuado respaldo legal, lo que daba lugar a una zona de inseguridad
jurídica para los empleados y directivos del sector bancario.

Si algo caracteriza las relaciones entre los bancos y sus clientes es la
medida en que están presididas por el principio de confianza, y
fácilmente se comprende que una actitud de colaboración activa en este
ámbito, en la detección y comunicación de operaciones sospechosas,
meramente sospechosas, se situaba, a falta de un claro respaldo legal, en
un terreno incierto, desde el punto de vista jurídico y de las posibles
responsabilidades que pudiera originar. Esta reflexión hace, si me
permiten, más meritorio aún el esfuerzo desarrollado por los bancos con
anterioridad a la nueva legislación, cuya promulgación afortunadamente no
se hizo esperar mucho.

La legislación española de prevención del blanqueo de capitales,
integrada por la Ley 19/1993 y por su reglamento, aprobado por el Real
Decreto 925/1995, fue fruto tanto de esta inquietud, compartida con las
autoridades, por la regularización y fortalecimiento de un sistema de
colaboración cualificada de las entidades financieras como sobre todo de
la aprobación en 1991 de la Directiva de la Comunidad Europea 91/308/CEE.

Dentro del marco de la directiva, la legislación española, constituida
por la Ley 19/1993 y por su reglamento, optó por soluciones específicas.

En general, he de manifestar que en la elaboración de estas disposiciones
se tuvieron en cuenta las posiciones defendidas en su momento por la AEB.

Tales posiciones y soluciones legales fueron, en resumen, las siguientes:
En primer lugar, pleno apoyo a su aprobación. Los bancos y sus gentes,
como parte de la sociedad que son, siempre han compartido la
extraordinaria alarma que producen actividades delictivas como el
narcotráfico o el terrorismo y han estimado plenamente justificada la
existencia de mecanismos y deberes especiales de colaboración. Y desde
1990, como ya he apuntado, los bancos españoles deseaban contar con una
legislación que respaldara suficientemente un alto nivel de colaboración
en la lucha contra el blanqueo de capitales y, en particular, que
respaldara las comunicaciones por propia iniciativa de operaciones en las
que pudieran concurrir indicios de blanqueo.

En cuanto al ámbito subjetivo, la Asociación sostuvo, y ésta fue la tesis
que prosperó, que la legislación de prevención de blanqueo debería
referirse no sólo a todo tipo de entidades relacionadas con el mundo
financiero, algo exigido por la directiva, sino también a otras
actividades particularmente susceptibles de ser utilizadas para el
blanqueo de capitales, posibilidad meramente prevista en la directiva. La
ley extendió su propio ámbito de aplicación de modo expreso a sujetos que
no eran entidades financieras y previó que el reglamento ampliara la
lista a otras, atendiendo --cito-- a la utilización habitual de billetes
u otros instrumentos al portador como medio de cobro, al alto valor
unitario de los objetos o servicios ofrecidos, al emplazamiento de los
establecimientos o a otras circunstancias relevantes. Fin de la cita. Al
amparo de esta previsión, el reglamento se refirió específicamente
también a las actividades relacionadas con el comercio de joyas, piedras
y metales preciosos, a las actividades relacionadas con el comercio de
objetos de arte y antigüedades y a las actividades de inversión
filatélita y numismática.

En el ámbito objetivo, la postura de la Asociación fue que la legislación
de prevención de blanqueo se refiriera únicamente al relacionado con el
narcotráfico y el terrorismo, ya que esta legislación presenta un cierto
carácter excepcional y la dispersión de objetivos tiende siempre a restar
eficacia. La solución legal fue, en este sentido, también muy razonable:
la ley se aplica sólo al blanqueo ligado al narcotráfico, al terrorismo y
a la delincuencia organizada.

Para la comunicación por sospecha o reporte insistemático, la directiva
europea no imponía a los Estados miembros el establecimiento de
mecanismos de reporte insistemático,



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es decir, del deber de las entidades financieras y demás sujetos
obligados de comunicar periódicamente todas y cada una de las operaciones
que reunieran determinadas características objetivas, al modo del sistema
implantado en los Estados Unidos. Sin incluir esta posibilidad, la
directiva se limitaba a imponer un deber de comunicación a las
autoridades responsables de aquellas operaciones en las que se apreciaran
indicios de relación con el blanqueo de capitales. La AEB manifestó su
preferencia por que la nueva legislación impusiera sólo, como en Francia,
el deber de comunicar las operaciones que presentaran tales indicios; en
primer lugar, por entender que allí donde se ha establecido el reporting
sistemático sus resultados han sido más bien decepcionantes; en segundo
lugar, por considerar que su existencia tiende a relajar y relegar el
deber de comunicación por sospecha.

El reglamento de la ley estableció un sistema intermedio con el reporting
mensual al servicio ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo
de Capitales, aunque referido a un número limitado de operaciones,
básicamente operaciones con efectivo por más de cinco millones de pesetas
y operaciones relacionadas con paraísos fiscales.

En cuanto al órgano de comunicación, desde el primer momento se dio
especial importancia a la conveniencia de que la relación entre el
servicio ejecutivo y cada banco, en particular en todo lo relativo a la
comunicación de operaciones, se produjera a través de un canal u órgano
único en cada entidad o grupo de entidades. No se consideraba acertado,
por múltiples razones, que la ley optara por un sistema difuso en el que
cualquier empleado de cualquier entidad financiera pudiera o incluso
debiera comunicar operaciones sospechosas al servicio.

El sistema finalmente establecido resulta muy razonable al garantizar un
tratamiento profesional uniforme y en régimen de confidencialidad para el
empleado. Las comunicaciones han de hacerse a través del órgano de
comunicación y control interno con que debe contar cada entidad, órgano
que tiene la obligación de acusar recibo al empleado del que proceda la
información, de informarle del curso dado a ésta y de adoptar las medidas
precisas para mantener la confidencialidad sobre su identidad. En
definitiva, el sistema implantado se basa, al margen del reparto
insistemático mensual, en la detección por los empleados, con la ayuda en
su caso de los sistemas objetivos de alarma que el banco tiene
establecidos, de operaciones en las que concurren indicios de vinculación
con el blanqueo de capitales. Los empleados correspondientes tienen el
deber de comunicar tales operaciones al órgano interno de comunicación
del banco, que, analizadas las circunstancias del caso, cursa la
pertinente comunicación al servicio ejecutivo, informando al empleado de
la decisión adoptada.

La impresión que se tiene en la AEB sobre los efectos y la aplicación de
la nueva legislación, transcurridos ya dos años desde que en 1995 se vio
completada con el reglamento, es claramente positiva. No se trata de
incurrir en triunfalismos; está claro que la materia es difícil y
problemática y que por mucho que se haga siempre quedará un trecho por
recorrer.

El sistema ha funcionado razonablemente y ha constituido un avance nada
desdeñable en la prevención del blanqueo. Con independencia de
consideraciones cuantitativas, tenemos el convencimiento de que el
sistema financiero se está utilizando cada vez menos, mucho menos, para
blanquear fondos procedentes de la delincuencia organizada, afirmación
que se ve respaldada por la constatación de que parece haber aumentado
bastante el trasiego de billetes por las fronteras y la utilización, como
vía de blanqueo, de sectores ajenos al financiero, o al menos al bancario
tradicional. Esta tendencia es apreciada en gran número de países en los
que se cuenta con una legislación similar a la española. Así se recoge en
el último informe del GAFI. En el segundo párrafo del informe se dice lo
siguiente --cito--: La tendencia más importante que se ha observado ha
sido la utilización creciente por parte de los blanqueadores de dinero de
instituciones financieras no bancarias, concretamente las oficinas de
cambio, los negocios de giro y las profesiones no financieras. Fin de la
cita. Más adelante, en el párrafo 16, se vuelve sobre la tendencia a la
utilización por los blanqueadores de dinero de instituciones no
bancarias, añadiendo que esta tendencia --cito-- se cree que es el
reflejo del aumento del grado de cumplimiento por parte de los bancos de
las medidas antiblanqueo. Fin de la cita. En el párrafo 73,
correspondiente a las conclusiones del apartado que se refiere a las
tipologías de blanqueo del citado informe, puede leerse --cito-- lo
siguiente: La tendencia más reseñable es el continuo incremento de la
utilización por los blanqueadores de dinero de instituciones financieras
no bancarias y de empresas o profesiones no financieras, lo que se estima
refleja el creciente nivel de aplicación por los bancos de las medidas
antiblanqueo. Fin de la cita. En nuestra opinión, que creemos comparte
plenamente el servicio ejecutivo de la Comisión de Prevención del
Blanqueo de Capitales, la tendencia es particularmente marcada en nuestro
país.

Según datos del servicio ejecutivo, las cifras de 1996 pueden resumirse
como sigue: Hubo 745 comunicaciones de operaciones sospechosas, 670 de
las cuales procedieron de sujetos obligados y las 75 restantes derivaron
de la colaboración internacional, de la policía o de otros organismos. El
incremento de las comunicaciones por sospecha realizadas por sujetos
obligados fue muy importante con respecto a 1995, año en el que hubo 163,
aunque hay que recordar que el reglamento se publicó a principios de
julio de 1995. De 670 comunicaciones, correspondieron a bancos 384, a
cajas, 209, y a cooperativas de crédito, 11.

Hasta noviembre de 1996 la media de operaciones comunicadas por los
bancos en virtud del deber de reporting sistemático era de alrededor de
2.000 operaciones por mes. Durante 1996 llegaron a su conclusión 412
expedientes derivados de comunicaciones por sospecha, 58 asuntos fueron
remitidos a la Fiscalía Antidroga y 54, a la Fiscalía Anticorrupción. En
1997, el número de comunicaciones, especialmente por sospecha, ha seguido
a buen ritmo. Según datos que nos ha facilitado el servicio ejecutivo,
con el que nos mantenemos en estrecha relación, durante los nueve
primeros meses, hasta el 30 de septiembre,



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se han comunicado un total de 545 operaciones por sujetos obligados, de
las cuales 313 han sido comunicadas por los bancos.

El número de operaciones incluidas en la información mensual remitida por
los bancos ha sido durante 1997, con datos hasta agosto, notablemente
superior al de 1996, situándose como media en alrededor de 3.000
operaciones por mes. Este incremento obedece fundamentalmente a la
inclusión en el reporting sistemático de nuevas operaciones en régimen de
colaboración voluntaria, a lo que enseguida me referiré, que ha
compensado sobradamente la mayor depuración técnica de las operaciones
sujetas obligatoriamente a reporting mensual.

La colaboración entre los bancos y el servicio ejecutivo es realmente
intensa y fluida, consecuencia de una doble actitud muy positiva. De un
lado, la actitud del servicio, que desde la AEB agradecemos mucho, ha
sido de confianza en los bancos; de otro, por parte bancaria, la
disposición a colaborar está siendo total, como no podía ser menos
tratándose de entidades bien organizadas y acostumbradas a cumplir
estrictamente la ley y, hay que reconocerlo, dado el importante riesgo o
factor de imagen ligado al fenómeno del blanqueo. También, de manera muy
especial, porque los bancos y sus empleados son parte de la sociedad, de
una sociedad extremadamente sensibilizada con la lacra del narcotráfico.

Tal colaboración ha ido más allá de la impuesta por la ley. Botón de
muestra de ello ha sido el diseño, de común acuerdo con el servicio, de
los soportes informáticos en los que se remiten las operaciones objeto de
reporting sistemático mensual, la organización de reuniones periódicas de
responsables bancarios en la materia con los directivos del servicio --el
día 17 de noviembre tendrá lugar la próxima; la última se celebró en
julio pasado, con asistencia de 40 responsables de las principales
entidades financieras-- o el traslado habitual a los bancos asociados de
recomendaciones o criterios a seguir de acuerdo con el servicio.

Esa mayor colaboración con respecto a lo legalmente previsto se ha
manifestado de modo particular en la realización, de acuerdo con el
servicio, de determinadas experiencias piloto, como la que está teniendo
lugar desde hace un año consistente en monetorizar las operaciones de
cambio de moneda, pesetas por dólares o por otras divisas, que tienen
lugar en determinadas oficinas seleccionadas, experiencia que ha
permitido detectar ciertas organizaciones que, en pequeñas operaciones
reiteradas, cambian grandes sumas en breves períodos. Asimismo,
recientemente los grandes bancos se han comprometido a remitir
mensualmente al servicio ejecutivo en soporte magnético los datos
suministrados hoy en soporte papel, los llamados modelos B1 y B3, sobre
entradas y salidas de fondos en efectivo del territorio nacional y sobre
pagos y cobros en efectivo entre residentes y no residentes. A su vez, la
asociación ha solicitado de los restantes bancos que hagan lo propio,
facilitando tales datos en disquete al servicio ejecutivo, que considera
importante una mayor manejabilidad de esta información. Aunque algunos
bancos venían ya remitiendo en disquete esta información, se ha convenido
con el servicio que sea precisamente este mes de noviembre el mes en el
que se inicie de modo generalizado este tipo de colaboración voluntaria.

En cuanto a las actividades de formación, nuestra legislación, como la
Declaración de Basilea y tantos documentos del GAFI, insiste de modo
especial en el capítulo de la formación. Es necesario que los empleados
de los bancos conozcan bien el alcance de los deberes de colaboración y
estén debidamente instruidos sobre cómo proceder y cómo detectar
operaciones sospechosas.

El esfuerzo realizado por los bancos españoles ha sido muy notable. Sólo
para los grandes bancos, los costes que ha podido suponer la formación en
materia de prevención del blanqueo, desde la entrada en vigor del
reglamento de 1995, supera los 1.000 millones de pesetas. Las actuaciones
de formación a través de cursos específicos han llegado a la práctica
totalidad de las plantillas, con especial atención a aquellos que ejercen
actividades más sensibles o próximas a los posibles cauces del blanqueo.

Las actividades de formación, por lo demás, han adoptado diversas
manifestaciones, entre las que destaco la difusión entre los empleados de
normas internas y circulares de obligado cumplimiento, la difusión entre
los mismos de documentación orientada específicamente a la formación en
materia de prevención del blanqueo, la edición y difusión de vídeos y de
otro material informativo y la celebración de cursos y seminarios
internos y asistencia a cursos externos.

La AEB ha impulsado y sigue impulsando la colaboración intensa con las
autoridades responsables de la lucha contra el blanqueo y, en general, la
efectiva aplicación del sistema. A tal fin, en el seno de la Asociación
se producen periódicamente tres tipos de reuniones. El primer tipo, las
que denominaremos grupo interno, integrado por los responsables en la
materia de los seis mayores bancos españoles coordinados por el
responsable interno de la Asociación, se suele celebrar una reunión al
mes, la última tuvo lugar el pasado día 28 de octubre. En segundo lugar,
están las del grupo amplio, a las que asisten representantes de alrededor
de 20 bancos y otras tantas cajas de ahorros y cooperativas de crédito,
reuniones en las que ha solido tomar parte el director del servicio
ejecutivo y, en ocasiones, el fiscal especial antidroga. En 1996 se
celebraron tres reuniones y ya han tenido lugar dos a lo largo de este
año. A este tipo de reunión pertenece la que va a celebrarse en la AEB el
próximo lunes 17. Estas reuniones constituyen una magnífica oportunidad
para coordinar actuaciones y procedimientos. En tercer lugar, están las
reuniones del grupo de alto nivel, de periodicidad trimestral. Asisten a
ellas, bajo la coordinación informal del presidente de la AEB, dos
secretarios de Estado, el secretario de Estado para la Seguridad y el
delegado del Plan Nacional sobre Drogas, el director general de
Inspección del Banco de España, el director del servicio ejecutivo, el
director general de la CECA, dos consejeros delegados de grandes bancos,
dos de grandes cajas de ahorro y el secretario general de la AEB. Estas
reuniones están siendo realmente importantes tanto para mantener esa
tensión en la colaboración a la que antes me refería como para generar un
clima de confianza y franca colaboración entre el Gobierno y el sistema
financiero en el ámbito de la prevención del blanqueo.




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Como probablemente saben ustedes, en el próximo mes de febrero nuestro
país será de nuevo evaluado por el GAFI, esta vez con la mira puesta en
cómo ha funcionado el sistema legal de colaboración implantado a raíz de
la directiva comunitaria de 1992. En la Asociación consideramos de gran
relevancia que el resultado de tal evaluación sea satisfactorio, dada la
importancia en términos de imagen y prestigio internacional que ello
puede tener no sólo para nuestro sistema bancario sino para España como
país. Por tal razón, hemos resuelto colaborar con el máximo interés en la
medida de nuestras posibilidades. Así, por ejemplo, la pasada semana
remitimos desde la Asociación a todos los bancos asociados un
cuestionario recabando información sobre diversos aspectos de lo hecho
durante 1996 y 1997, especialmente en el terreno de la formación de
empleados, a la que tanta importancia se da en los textos internacionales
sobre lucha contra el blanqueo, en el ámbito de los sistemas de control
interno y en materia de colaboraciones prestadas directamente a juzgados
y fiscalías. Se trata de incorporar esta información, junto con la que
nos facilita el servicio ejecutivo sobre el cumplimiento de los deberes
de comunicación de operaciones, a una memoria o documento relativo a la
aplicación por los bancos de la normativa sobre prevención del blanqueo
desde su entrada en vigor.

En definitiva, la lucha contra el blanqueo de capitales procedentes del
narcotráfico, del terrorismo o de la delincuencia organizada es un empeño
difícil en el que es preciso organizar y movilizar de manera permanente
el esfuerzo de más de un centenar de miles de empleados plenamente
motivados para ello. Estamos convencidos de que en España, sobre todo
desde el sistema financiero, y en particular desde el sector bancario, se
ha hecho y se está haciendo un más que notable esfuerzo. En la AEB
confiamos en que ello vuelva a ser reconocido por el GAFI con ocasión del
inminente proceso de evaluación al que me he referido.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra la portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista, que es quien pidió la comparecencia, doña Carmen Romero.




La señora ROMERO LOPEZ: Gracias, señor Leal, por su comparecencia ante
esta Cámara, especialmente por la dificultad del abordaje de un tema que
para todos es difícil. Es por eso por lo que queremos especialmente darle
las gracias y compartir las dificultades que supone entrar en un problema
de esta naturaleza.

No quiero hacer introducción alguna porque me parece que a estas alturas
ya son de sobra conocidas las repercusiones que provoca este movimiento
de capitales en el mundo y en nuestro país, y los negocios de gran
rentabilidad que se mueven alrededor de este fenómeno.

Es cierto, como usted ha dicho, que el GAFI, en sus sucesivos informes, y
sobre todo en el primero que hizo la Directiva para el seguimiento de la
aplicación de esta legislación, señalaba a algunas instituciones que no
eran financieras, como las casas de cambio, y que también eran
susceptibles de ser utilizadas para este blanqueo, sobre todo el
procedente del narcotráfico. Todos somos conscientes de que hay algunos
otros sujetos obligados, que por eso precisamente están en la ley, y que
están siendo utilizados para blanquear capitales, pero conoce, señor
Leal, que en la memoria del Servicio Ejecutivo se dice que la vía más
habitual para blanquear dinero siguen siendo las instituciones
financieras.

No queremos aquí establecer algunas comparaciones que se han hecho en
otras legislaturas con motivo del número de expedientes o el número de
comunicaciones que, afortunadamente, van llegando al Servicio Ejecutivo,
porque para nosotros es una muestra de colaboración. El hecho de que
existan 412 expedientes significa que ha habido una colaboración por
parte de las instituciones financieras ante el Servicio Ejecutivo. Lo
digo porque en las anteriores legislaturas siempre que había un decomiso
importante de droga era porque aumentaba el tráfico de estupefacientes.

No vamos a hacer esa comparación. El hecho de que exista este número de
expedientes y de comunicaciones no tiene por qué hacernos pensar que está
habiendo una utilización del servicio financiero para este fenómeno; no
vamos a hacer esa demagogia irresponsable ni mucho menos. Pensamos que
las instituciones financieras están colaborando, y la muestra es que va
aumentando ese tipo de colaboración y ese tipo de expedientes.

No comparto totalmente la afirmación que ha hecho acerca de que se están
utilizando menos las instituciones financieras para el blanqueo del
dinero procedente de la delincuencia organizada. Como sabe, señor Leal,
el tercer supuesto de la ley es el supuesto de actividades delictivas que
proceden de bandas o grupos organizados. Actividades delictivas pueden
ser las de contrabando, pueden ser las evasiones fiscales, los fraudes a
la Agencia Tributaria, etcétera. La prueba es que, de esos 412
expedientes que han ido al Servicio Ejecutivo, 58 han ido a la Fiscalía
especial de la droga, pero 54 han ido a la Fiscalía especial de la
represión por delitos económicos; es decir, casi el mismo número ha ido a
la Fiscalía especial para la represión de los delitos económicos. Si
además uno tiene la curiosidad de hacer una valoración de la tipología de
casos que el Servicio Ejecutivo ha escogido, uno comprende la importancia
que tienen también estas actividades delictivas que no están directamente
vinculadas al narcotráfico pero que la amparan. Como sabe S. S., la
mezcla de lícitos y de ilícitos es algo frecuente en este tipo de
operaciones. Por tanto, creo que todas las precauciones y todos los
trabajos que la institución financiera pueda realizar en ese sentido son
pocos a la hora de enfrentarse a un problema de esta naturaleza. Según la
Interpol, son 70 billones al año los que se mueven por estos tráficos, y
el GAFI, ante las comunicaciones de los países miembros, no ha sabido
cuantificar a qué cantidad podría ascender en el mundo. Es, por tanto,
uno de los problemas más importantes que hoy tienen planteados todos los
países.

Conocemos todas las actividades que están haciendo las instituciones
financieras, derivadas de la ley y las normas internas que se han
establecido, la formación de personal, etcétera, pero hay algunas zonas
que son más sensibles y yo le pediría que hubiera actuaciones especiales
en



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ellas. Antes de pasar a ese tema quisiera decirle que, precisamente
porque el tercer supuesto de la ley es el de las actividades delictivas
relacionadas con bandas o grupos organizados, no forzosamente criminales,
me extraña que, por ejemplo, un cuaderno hecho por el Banco de Santander
sobre prevención del blanqueo de dinero señale simplemente el de origen
criminal, cuando en realidad el tercer supuesto de la ley no señala ese
dinero de origen criminal. Es decir, que si los bancos establecen algunos
procedimientos para informar a sus profesionales de que tienen que tener
un cuidado especial en el tráfico de estos ilícitos, yo creo que esto no
está bien reflejado. No sé si tendrían que hacer ustedes alguna alusión a
determinadas instituciones financieras para que no hablaran solamente de
dinero de origen criminal, sino de aquellos supuestos que contempla la
legislación, sobre todo el supuesto tercero, porque éste incluye todas
aquellas actividades que proceden de bandas o grupos organizados y, a mi
entender, quizá no está expresado en este folleto.

Nosotros sabemos que los requisitos que la ley impone los suelen salvar
los delincuentes. Así lo ha visto también el primer informe de la
directiva en la que se hace el seguimiento de esta legislación, cuando
dice que probablemente habría que estudiar algunos requisitos mayores
para la identificación de los clientes, sobre todo en las operaciones a
distancia, con toda la flexibilidad que sea necesaria, porque el gran
problema, como sabe, es el de las transacciones electrónicas
internacionales, que por su volumen y por su carácter instantáneo hace
muy difícil ese seguimiento, a pesar de que el Servicio Ejecutivo
expresamente habla de algunos expedientes que se han abierto, y los más
importantes se producen en esas transacciones internacionales. Es decir,
es frecuente la falsificación de datos de identificación y, como sabe, el
uso de sociedades pantalla o de sociedades instrumentales que simulan
operaciones de importación y exportación que no existen. Eso, unido a la
mezcla de los lícitos o con los ilícitos, provoca una complejidad
extraordinaria en el problema y nos hace no estar satisfechos con la
situación actual, al margen de que comprendamos que la actuación de las
instituciones financieras hasta este momento ha sido de colaboración, y
la prueba es que existe esa fluidez y esos grupos de trabajo, pero usted
conoce que la complejidad y la dificultad son grandes y precisamente por
ello es por lo que hemos pedido su comparecencia.

Afortunadamente no estamos en un país en el que todavía no se haya
aplicado una legislación de esta naturaleza, en el que los sistemas
bancarios sean embrionarios, en los que no exista personal preparado.

Estamos en un país diferente, en un país que ha suscrito la declaración
de Basilea, que es firmante del GAFI y que ha sido de los primeros que lo
ha incorporado a su legislación. Pero, a pesar de eso, comprenda, señor
Leal, que yo soy diputada por una circunscripción limítrofe con un
paraíso fiscal, reconocido dentro de la lista de paraísos fiscales que
los bancos suministran, donde existe mucho paro, donde existe droga y
donde, según la información que tengo, parece que el número de bancos no
es anormal, es decir, que podríamos pensar que es el que se relaciona con
el número de habitantes. Sin embargo, el primer y segundo puesto en
captación de pasivos de toda Andalucía lo tienen los bancos que están en
el Campo de Gibraltar. Esa es una cifra significativa y es la razón por
la que yo le pediría que intensificaran las acciones de formación al
personal.

Hay otro punto que es interesante que conozcamos y que probablemente las
instituciones financieras también tengan que abordar en un futuro. Usted
sabe que los bancos exigen unos límites en la captación de pasivos y que
los sueldos de los trabajadores, en parte, están condicionados a ese
incremento, ya que, según la información que tengo, puede haber algunos
pluses de productividad, etcétera, que vayan en función de dicho
incremento de pasivos. En algunas zonas difíciles o sensibles eso es un
riesgo, y probablemente habrá que tomar algún tipo de medidas en esas
zonas estableciendo algunas que vayan ligadas más a la calidad del
producto que al repetido incremento del pasivo.

Comprendo que son temas difíciles, pero si se los planteo es porque soy
diputada por una provincia que tiene especial sensibilidad ante ese tema.

Por eso, con toda la buena voluntad que pueda derivarse de contribuir a
que la aplicación de la ley sea la mejor y a que las instituciones
financieras continúen por esa senda de colaboración, que es la única que
nos puede permitir que podamos ir abordando este problema, es por lo que
quisiera pedirle en adelante la misma fluidez en la información que hemos
tenido hasta este momento para acertar en nuestra tarea y, al mismo
tiempo, que transmitiera nuestra preocupación ante la AEB y las
instituciones financieras sobre estos problemas que hemos detectado.




El señor PRESIDENTE: Para contestar, tiene la palabra el señor Leal.




El señor PRESIDENTE DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE BANCA (Leal Maldonado):
La preocupación por el narcotráfico y por el blanqueo del dinero
procedente del narcotráfico es algo que compartimos, y desde las
instituciones financieras intentamos, por todos los medios, poner los
frenos y los obstáculos necesarios para que eso no se produzca.

Citaba antes el informe del GAFI, informe previo a la directiva europea,
en el cual se decía que había otros caminos por los cuales se podía
blanquear el dinero procedente del narcotráfico. La diferencia entre esos
primeros informes y los últimos es que en los últimos se dice que la
tendencia a blanquear por otros sistemas aumenta porque precisamente las
instituciones financieras tradicionales tienen unos mecanismos de defensa
mucho más importantes de los que tenían hace tiempo, es decir, que hay
una mejora clara que se reconoce permanentemente.

Ha planteado otra cuestión importante en cuanto al ámbito de la ley, el
tercer punto, el de la delincuencia organizada, y citaba el folleto de un
banco. Me parece que el caso que cita va más a favor de la vigilancia que
en los propios términos de la ley, en la que se habla de delincuencia
organizada, mientras que en este folleto se habla de dinero de origen
criminal o delictivo, es decir, es más amplio, aunque



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no esté organizado en banda. Esta es la interpretación que nosotros le
damos.

En cuanto a identificación a distancia, es una cuestión compleja. Como
sabe S. S., todas las transacciones, todos los envíos que llegan a España
desde fuera, que llegan a un banco, vienen necesariamente identificados
por uno y otro sistema, y justamente lo que las entidades financieras
hacen es que prestan atención especial a los movimientos de fondos que
vienen de paraísos fiscales. Efectivamente, siempre se puede hacer más,
pero en este aspecto las transferencias vienen identificadas con alguien
que las envía. La cuestión está en que puede haber sociedades que envían
desde un paraíso fiscal o desde otro país que actúe aparentemente en la
legalidad y que en realidad sirva de tapadera a operaciones de
blanqueamiento de dinero del narcotráfico. Ahí el procedimiento de
actuación es siempre la sospecha por el tipo de operación o la manera en
que se produce. En esto, los bancos tienen auditorías, hacen simulaciones
por ordenador y todo lo que se puede hacer en este camino. Es probable
que con el desarrollo de Internet los problemas aumenten, pero en la
medida que vayan aumentando iremos haciéndolos frente de la mejor manera
que podamos, ya que, como le decía antes, nos preocupa de manera muy
fundamental.

Respecto a los bancos o sucursales financieras de bancos y cajas que
están en territorio sensible, la vigilancia es mayor por parte de las
entidades, como es muy lógico. Y en cuanto a la zona a la que usted se
refería, el número de sucursales que hay en ella no solamente no es la
media nacional, sino que es la mitad, y además no ha variado, incluso ha
descendido.

El problema que usted plantea en cuanto a la evolución del pasivo, yo no
tengo esas cifras, estas cifras son de cada banco y nosotros no podemos
entrar en la organización comercial de los bancos. Me sorprende lo que
dice, pero en cualquier caso es un dato, repito, del que yo no dispongo.

Referente a los incentivos por mejorar o por captar el pasivo, el sistema
de los bancos es un sistema muy diversificado; algunos tienen un método
por el que puede haber primas por captación de pasivo, pero hay también
muchos otros incentivos. Lo que sí le puedo decir es que la preocupación
ahora mismo de los bancos no está tanto en el pasivo como en el activo,
según usted muy bien señalaba, en la calidad del activo y en la
posibilidad de tener clientes estables, esto es lo que buscan los bancos,
y no clientes de un día, mucho más en zonas peligrosas, porque justamente
estos clientes de un día son los que potencialmente pueden producir los
problemas.

Hablaba en mi exposición de las llamadas cuentas espontáneas, que son
cuentas de personas que aparecen por un banco sin que nadie las presente.

Actualmente, lo que nuestras normas dicen es que estas cuentas hay que
verificar de donde vienen, el domicilio de las personas que las abre y
eventualmente hay que darle en mano el talonario, si se llegara a la
conclusión de que, efectivamente, es una persona solvente, una persona
honorable. Se lo digo para su tranquilidad.

En resumen, hacemos todos los esfuerzos que podemos justamente para
limitar la posibilidad de utilización del sistema financiero por parte de
blanqueadores de dinero procedente del narcotráfico.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i
Unió), tiene la palabra el senador Cardona i Vila.




El señor CARDONA I VILA: En primer lugar, en nombre de nuestro grupo
hemos de agradecer la comparecencia en esta Comisión de don José Luis
Leal Maldonado, presidente de la Asociación Española de Banca, y además
su información sobre la aplicación de la ley relativa a determinadas
medidas de prevención en el blanqueo de capitales, con especial
referencia al papel de las entidades financieras.

También hemos de decir que esta ley daba cumplimiento a una directiva
comunitaria de junio de 1991, y despertó grandes expectativas para una
mayor y una mejor receptividad en la lucha contra el narcotráfico. De
hecho había una gran confianza en que las entidades financieras
comunicarían aquellas operaciones en las que se pudiera sospechar y se
pudiera intuir el blanqueo de dinero procedente del tráfico de drogas.

Hay que recordar que, si bien la ley es del 28 de diciembre de 1993, el
reglamento, en cierta forma, se dilató bastante su aprobación y su
publicación, de forma y manera que es de 9 de junio de 1995. Pero además
ha habido otras cuestiones a finales de 1995 que no han beneficiado la
puesta en marcha de las expectativas contenidas en la ley.

La ley y su reglamento correspondiente contemplan la creación de la
comisión de la prevención de blanqueo de dinero y además del comité
permanente, que no se ha creado hasta este año 1997 concretamente. Así
nos hacía saber el propio fiscal jefe, en su comparecencia de hace
aproximadamente un año, concretamente del 29 de octubre de 1996, que no
había tenido lugar ninguna reunión.

Sea por lo que fuere, lo cierto es que esta ley y el reglamento
consiguiente, aunque sea pronto, por lo que hemos dicho, para hacer un
balance serio y riguroso de su aplicación de la misma, las expectativas
que se despertaron con su publicación no parece que se hayan cumplido.

Si hemos de hacer caso de las cifras, se han dado unas cantidades que no
hemos entendido bien, porque, según lo expuesto en la comparecencia del
señor Montoro en mayo ante esta Comisión, se hablaba de 58 expedientes
remitidos a la Fiscalía especial en el año 1996, que se habían
multiplicado por diez en relación a los del año 1995. También se ha
hablado aquí, si no hemos entendido mal, por parte del señor Leal, de 700
comunicaciones. Hemos de entender que, después del filtraje, y remitidos
a la fiscalía después del paso por la comisión que prevé la ley y el
reglamento, han pasado a ser 58 concretamente. Eso da una idea de que,
por las razones que sean --digo que parece tan sólo porque no disponemos
de los datos contrastados--, hay una cierta insatisfacción en la
aplicación práctica de la ley y el reglamento subsiguiente.

Por ello, señor presidente, señorías, yo me atrevería a someter a la
consideración del presidente de la Asociación



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Española de Banca una reflexión que hacía el fiscal jefe en su
comparecencia de hace un año, y es que tal vez la salida sea por parte
del Legislativo, pero de todas formas es cuestión de saber la opinión
autorizada del propio presidente.

Existen dos criterios respecto a las operaciones que hay que comunicar.

Por una parte, el criterio europeo, que consiste en dejar a la
discrecionalidad de las entidades financieras las operaciones sospechosas
a comunicar. Por otra parte, el sistema americano, por el contrario,
consiste en que hay una serie de operaciones que hay que comunicar,
parezcan o no sospechosas de blanqueo de dinero, como el transporte
físico de cantidades importantes o de ingresos, o también si se realiza
una transferencia de una cantidad de dinero procedente de lo que se
conoce como paraíso fiscal. Como usted sabe perfectamente, se optó por un
sistema mixto en el que se establece que las entidades financieras
comuniquen aquellas operaciones que presenten indicios o bien la certeza
de blanqueo de capitales. Es decir, sólo cuando se estimen indicios o la
certeza hay que comunicarlo. En otro caso, no haría falta la
comunicación. El reglamento que lo desarrolla establece dos clases de
operaciones en las que sí es necesaria la comunicación: cuando se trata
de transporte físico y cuando se trata de operaciones procedentes de
paraísos fiscales. Pero en el artículo posterior dice que la obligación
de comunicación a que se refiere el apartado anterior no será de
aplicación cuando, por tratarse de operaciones relativas a clientes
habituales y respecto de los sujetos obligados, se conozca
suficientemente la licitud de las actividades. Es decir, hay que
comunicar operaciones y hacerlo en relación a terceras personas, pero si
se trata de un cliente y es conocido, no hay que comunicarlo. Recuerdo la
frase del fiscal que decía en aquel momento: con la sacrosanta figura del
cliente hemos topado. Y él apuntaba --no lo denunciaba, ni muchísimo
menos aseguraba-- que ése podía ser uno de los agujeros por los cuales la
operatividad de la ley y del reglamento correspondiente no tuvieran la
efectividad que hubiera podido parecer en un primer momento. Por ello,
ruego al señor presidente de la Banca, si lo cree conveniente, que nos dé
su opinión al respecto como causa de una menor operatividad y efectividad
en la aplicación de la ley y del reglamento correspondiente. Lo hago
desde el convencimiento total y absoluto de que su aportación sincera va
en favor de la lucha contra ese blanqueo de capitales procedentes del
narcotráfico, que, repetimos, una vez más, representa una lacra social en
nuestro tiempo.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Leal.




El señor PRESIDENTE DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE BANCA (Leal Maldonado):
Creo que todos compartimos este punto de vista. Se trata de una materia
compleja en la que siempre queda algo por hacer, aun habiendo hecho
mucho. Nuestra impresión es que la ley y el reglamento están funcionando
bien y que nuestro sistema es bastante razonable, hasta el punto de que
nos lo están copiando, tal cual, en algunos países latinoamericanos.

Los bancos comunican cuando hay sospecha de una operación que es dudosa.

En lo que llevamos de año, estas operaciones ascienden a 545, de las
cuales los bancos han realizado 313 y las cajas de ahorro 178, y están en
aumento respecto del año anterior. Estas operaciones unas veces llegan a
buen término y otras no; es decir, unas veces hay algo detrás y otras no
hay nada, porque se trata de sospechas. La impresión que tenemos es que
el resultado es bueno, y lo que nos dicen los organismos encargados de la
represión del narcotráfico es que están satisfechos.

El reporting sistemático, independientemente de que las operaciones sean
sospechosas o no, a un organismos que es el que se encarga después de
filtrarlas (esto es lo que se hace en Estados Unidos; como saben, no se
hace en Europa, sólo en España), tiene el inconveniente de que puede
sumergir a la entidad con una información que luego no es capaz de
procesar. Por ejemplo, de enero a agosto estamos en 20.000 operaciones de
reporting sistemático obligatorio, a las cuales se tienen que añadir casi
otras tantas de comunicaciones voluntarias, con lo cual estamos en 30.000
operaciones de comunicación voluntaria ligadas a operaciones más
pequeñas, porque por ellas se llega a veces a detectar redes organizadas
que tienen mucha más importancia que la pequeña operación que se
comunica.

El criterio para el llamado reporting obligatorio es el de operaciones de
movimiento de dinero físico de más de cinco millones de pesetas u
operaciones con paraísos fiscales. Del movimiento del dinero físico se
excluye a los llamados clientes habituales. ¿Quiénes son estos clientes?
Personas a las que se conoce porque son clientes de los bancos desde hace
mucho tiempo. ¿De quién se trata muy específicamente? Prácticamente de
los supermercados, que son los que todos los días o una o dos veces por
semana llevan dinero a los bancos. No parece razonable enviar al servicio
ejecutivo las operaciones de estos clientes, que son los que en general
están exceptuados.

Por lo que se refiere a las alusiones del fiscal, estas alusiones
--porque me he leído las actas del Congreso-- se produjeron en una
comparecencia que tuvo lugar el 29 de octubre del año pasado, si no
recuerdo mal. Dio la casualidad que esa misma tarde teníamos una reunión
con el fiscal especial antidroga, persona por la que siempre hemos tenido
cariño, aprecio y respeto, porque entiendo que lo ha hecho bien. Ya no
está. Como sabe muy bien S. S., dejó este puesto. En dicha reunión le
explicamos lo que pasaba, sencillamente que el llamado sacrosanto cliente
era pura y simplemente el supermercado de la esquina. No sólo lo
reconoció en nuestra reunión, sino que al día siguiente, en una emisión
de radio, así lo dijo. Por tanto, si tiene alguna intranquilidad sobre
este punto, puede disiparla plenamente. Tenemos que llegar a un
equilibrio para que la información que estamos suministrando, y que
suministraremos en el futuro, al servicio ejecutivo del Banco de España
sea lo más operativa posible, justamente para no inundarles, porque eso
sería descargar nuestra vigilancia a cambio de algo que hace
automáticamente el ordenador. Esa es una vía que no seguimos ni vamos a
seguir. Vamos a depurar esas operaciones, y de hecho las estamos
depurando, de tal manera que el número de operaciones de reporting en el



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futuro se quede más o menos en el que hay ahora, precisamente por este
movimiento. Pero lo haremos de acuerdo con el servicio ejecutivo. Lo que
queremos es facilitarle al servicio ejecutivo una información que sea la
mejor y la más operativa para que proceda en esta materia. Este es
nuestro punto de vista sobre el problema que suscitaba, que entiendo está
absolutamente solventando.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el portavoz del Grupo Parlamentario
Popular, el senador don Jesús María Ruiz-Ayúcar Alonso.




El señor RUIZ-AYUCAR ALONSO: Muchas gracias, señor Leal Maldonado, por su
comparecencia ante esta Comisión Mixta, y al mismo tiempo quiero darle la
bienvenida. Valoro muy positivamente la información que nos ha
proporcionado sobre este asunto, que me ha parecido amplia y casi
exhaustiva, aunque le formularé algunas preguntas al final de mi breve
intervención.

El dinero es la causa por la que funciona todo el asunto del
narcotráfico, es la causa fundamental y esencial de que el mundo tenga
este enorme problema de la droga, que estamos seguros, señor presidente,
no existiría si no fuese por el negocio tan grande que supone la venta y
el tráfico de droga. Y no son precisamente los pequeños traficantes
--esos camellos callejeros que van vendiendo pequeñas cantidades-- los
que causan el problema, aunque sea muy grande la responsabilidad de todas
estas personas, de estos pequeños delincuentes que, en definitiva, son
grandes delincuentes por el problema que ocasionan. Los grandes problemas
surgen, se elaboran y se ejecutan en todas aquellas operaciones en que se
realiza una compra o una venta muy voluminosa de drogas. Quienes han de
transportarlas lo han de hacer mediante una empresa distribuidora casi
perfecta, porque tienen que tener unos intermediarios para poder
trasladar ese dinero conseguido a través de la droga. Una vez puesta la
droga en el mercado callejero, son los pequeños camellos --como decía
anteriormente-- los que almacenan pequeñas cantidades que van a parar
posteriormente al distribuidor medio y, a continuación, a manos del gran
capo. A partir de la recepción del dinero por el gran capo del
narcotráfico es cuando comienza, precisamente, la acción de legalizar ese
dinero tan copioso y cuando se necesitan esos grandes intermediarios para
que tenga lugar el blanqueo de dinero. No siempre es fácil, y por ello
estos grandes personajes, entre comillas, necesitan encontrar enlaces en
los distintos ambientes financieros. Usted ha citado algunos, como son
las oficinas de cambio, las filatelias, incluso --yo no sé si he
entendido mal-- las grandes superficies. A partir de aquí empieza el
problema para blanquear ese dinero. Hay oficinas que se dedican
exclusivamente al blanqueo de dinero mediante la percepción de unas
grandes comisiones, a sacar dinero del país y a trasbasarlo a algún
paraíso fiscal, actividad esta que representa lógicamente un lucrativo
negocio al que es casi siempre o a veces muy difícil negarse porque
proporciona unas ganancias ingentes de dinero. Para evitar todas estas
actividades se han establecido dos ámbitos de actuación: por un lado, el
llamado represivo, mediante la aplicación de normas penales que están en
vigencia; y un segundo aspecto de carácter preventivo, con el objeto de
evitar que ninguna actividad económica se utilice como pasarela, como
correa de transmisión o como cobijo para aquellos dineros procedentes de
la ilegalidad y que puedan servir como medio para blanquear caudales de
dinero. Afortunadamente, el sentido del deber y de la obligación están
haciendo que muchas de las entidades económicas mencionadas, bancos,
oficinas financieras y de todo tipo, estén comprendiendo la importancia
de su colaboración y cada vez sean más las informaciones que proceden de
las entidades bancarias indicando las sospechas de ciertos dineros que
llegan a sus cajas. Por supuesto, cuando emerge a la luz este tipo de
dinero, suscita en los financieros una situación difícil, una situación
embarazosa, pues se ha de tomar la espinosa decisión de tener que
comunicar la sospechosa procedencia de un dinero que les puede producir a
las entidades financieras --como digo-- importantes beneficios. Como
decía en su última comparecencia el secretario de Estado de Economía, si
no se comunicase sería subvertir las bases mismas de la sanidad y de la
consolidación de nuestro sistema financiero. Digo que es enojosa su
situación porque el hecho de denunciar a un cliente --o por lo menos de
dar a conocer el nombre de la entidad o de la persona sospechosa--
siempre es desagradable, aunque lógicamente la entidad bancaria o
financiera esté legal y absolutamente obligada a comunicarlo.

Voy a terminar mi intervención formulándole cuatro preguntas cuyas
respuestas creo que es interesante conocer para esta Comisión. La primera
es si usted considera que son suficientes las medidas legales existentes
para evitar que el blanqueo de dinero se lleve a efecto o si se deberían
endurecer o ampliar estas normas. Otra pregunta es si opina que deberían
--como decía ahora mismo-- endurecerse las medidas sancionadoras sobre
las personas o sociedades financieras encontradas responsables o
culpables por colaborar con los narcotraficantes para el blanqueo de
capitales. En tercer lugar, si estima que se deberían conocer
públicamente los nombres de las entidades que han participado en el
blanqueo de capitales, puesto que lógicamente han cometido un delito, o
si se debería actuar con la discreción adecuada para evitar un daño al
resto de los clientes que nada tienen que ver con este asunto y que
podrían perder confianza en esa entidad bancaria. Y, por último, si
entiende que las entidades financieras y bancarias están colaborando en
este asunto del blanqueo de dinero, como cabría esperar de ellas, de
conformidad con la legislación existente. Estoy seguro que en la
respuesta a esta última pregunta va a ser absolutamente afirmativo, pero
siempre podría aclarar o añadir alguna idea más al respecto.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Leal Maldonado.




El señor PRESIDENTE DE LA ASOCIACION ESPAÑOLA DE BANCA (Leal Maldonado):
Antes de contestarle a sus preguntas, déjeme referirme al problema que
usted planteaba sobre el dilema que, eventualmente, puede representar
para algún responsable bancario o para algún



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empleado de una institución financiera el comunicar una sospecha de un
cliente del que se piensa que tiene un dinero que procede del
narcotráfico. No hay absolutamente ningún dilema y ningún segundo de
duda, se comunica inmediatamente. Nosotros hemos hecho muchos cursos de
formación justamente para eso, y no tenga la más mínima duda sobre la
ausencia de dilema de ningún tipo. Se denuncia y punto; bueno, en
realidad, se comunica la sospecha al órgano interno del banco que
controla este asunto y que, inmediatamente después, lo pasa al servicio
ejecutivo que, a su vez, instruye las diligencias que quiera. No hay
absolutamente ningún problema en ese sentido, ningún dilema ni nada; se
comunica inmediatamente y está todo nuestro personal entrenado para ello.

Hacía una pregunta concreta en cuanto a la suficiencia de las medidas. Mi
impresión es que las medidas que están actualmente en vigor para el
sistema financiero son, de momento, suficientes. Antes planteaba la
diputada el problema de la identificación a distancia. Efectivamente,
tendremos probablemente problemas en el futuro si se desarrolla --como
parece que se va a desarrollar-- Internet y otros métodos de
transacciones por vías informáticas, pero de una manera muy amplia habrá
que estudiar más y probablemente haya que aplicar algún otro tipo de
medidas adicionales en cuanto a identificación u otros mecanismos. De
momento, las medidas que se aplican al sistema financiero mi impresión es
que son suficientes y que, además, están funcionando en esas dos
vertientes.

En cuanto a las medidas sancionadoras, no tenemos absolutamente ningún
reparo; es decir, me parece muy bien que haya sanciones para aquellos que
colaboran con el narcotráfico. Cuando ha habido instituciones que han
colaborado con el narcotráfico y ello ha sido conocido, no es que se haya
dicho públicamente, es que se han cerrado. Hubo un caso fuera de España,
el del BCCI, como muy bien sabe. Se tuvieron sospechas de que colaboraban
con el narcotráfico, hubo problemas legales de intervención porque este
banco no tenía la sede donde tenía la mayor parte de sus operaciones (la
sede estaba en Luxemburgo y las operaciones estaban en Inglaterra), pero
el Banco de Inglaterra tomó la decisión de cerrarlo y se cerró; y también
se cerró en España, donde tenía unas cuantas sucursales, a pesar de que
en España nunca hubo evidencia de que hubieran realizado operaciones en
relación con el narcotráfico. Le digo todo esto para que sepa que, desde
luego, estamos de acuerdo con que se sancione a cualquier institución que
colabore con el narcotráfico y en que se haga pública la sanción; no hay
absolutamente ningún problema en ello.

En cuanto a si los bancos están colaborando, yo, francamente, creo que
sí, y las cifras que he dado así lo demuestran.




El señor PRESIDENTE: Agradecemos a don José Luis Leal Maldonado,
presidente de la Asociación Española de la Banca, su comparecencia y su
brillante disertación.

Suspendemos la sesión durante cinco minutos.




Se suspende la sesión.

Se reanuda la sesión.




--COMPARECENCIA DEL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE INSTITUCIONES
PENITENCIARIAS (YUSTE CASTILLEJOS), PARA INFORMAR SOBRE LA POLITICA DE
ATENCION A LOS DROGODEPENDIENTES EN EL INTERIOR DE LAS PRISIONES. A
SOLICITUD DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA DEL CONGRESO (Número de
expediente del Congreso 212/000595 y número de expediente del Senado
713/000441).




El señor PRESIDENTE: Reanudamos la sesión.

El segundo punto del orden del día es la comparecencia del director
general de Instituciones Penitenciarias, para informar sobre la política
de atención a los drogodependientes en el interior de las prisiones, a
petición del Grupo Parlamentario Socialista.

Tiene la palabra el señor director general de Instituciones
Penitenciarias, a quien damos la bienvenida.




El señor DIRECTOR GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS (Yuste
Castillejos): Señor presidente, señorías, la Administración penitenciaria
encuentra al enfermo drogodependiente una vez que la incidencia de estas
circunstancias sopesadas en la sentencia no han permitido eximirle de la
pena, ni hacerle acreedor de una medida sustitutiva que evite su ingreso
en prisión. Esta premisa, cargada de consecuencias, confiere un carácter
paliativo a toda la intervención administrativa con este tipo de
internos, que vamos a examinar a continuación.

Los drogodependientes que ingresan en prisión se caracterizan por
presentar problemas multifactoriales de carácter educativo, cultural,
formativo, psicológico, etcétera. Un porcentaje significativo de los
drogodependientes viene definido por su condición de policonsumidor de
diferentes sustancias, el uso en el consumo de la vía parenteral en algún
momento de su historia y el comienzo del consumo, básicamente de heroína,
como droga principal, antes de los 19 años. La presencia de patologías
asociadas al consumo, como infección por el virus de inmunodeficiencia
humana, hepatitis y tuberculosis, entre otras, condicionan en gran medida
las propuestas de intervención y su priorización en estos casos.

Los estudios realizados por la Administración penitenciaria en los
últimos años constatan que el 54,2 de las personas que ingresan en
prisión son drogodependientes; el 30,7 consume heroína y cocaína en el
momento de su ingreso, el 12,2 consume heroína, el 3,4 consume cocaína y
sólo el 7,8 por ciento son abstinentes en el último mes, es decir,
drogodependientes que no consumen en el momento de su ingreso. En cuanto
a la frecuencia de consumo, el 40,8 de las personas que ingresan en
prisión está consumiendo heroína y/o cocaína al menos una vez al día.

Resumiendo, vemos que se nos presenta la heroína como la droga de mayor
importancia, según el número de personas y su frecuencia de consumo, y
que el mismo va



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unido en muchas ocasiones al de la cocaína. Por ello, la heroína adquiere
la condición de droga principal, uniendo su consumo al de la cocaína en
un importante número de individuos. En concreto, hay un grupo de
consumidores de las dos sustancias varias veces al día y el 33,5 de los
drogodependientes tiene estas características a su ingreso en prisión. La
cocaína se presenta también como una droga principal de consumo, sin ir
unida a la heroína, en un grupo reducido de individuos.

Pasaríamos a analizar ahora los objetivos de los programas de
intervención en el interior de los centros penitenciarios. La exigencia
de ofertar tratamientos adecuados a las necesidades reales de los
internos, en concordancia con lo establecido en el ordenamiento
constitucional y legislativo, establece como objetivos fundamentales:
Primero, la reducción de los daños y de los riesgos asociados al consumo.

En este sentido, se desarrollan actividades orientadas a evitar el
fallecimiento por sobredosis, a evitar el incremento del deterioro
físico, a controlar los trastornos de la salud, a disminuir la progresión
de la infección por VIH y a modificar los hábitos de consumo. En este
objetivo tiene especial relevancia el desarrollo normalizado de
intervenciones sanitarias con metadona, de prevención y de educación para
la salud.

Un segundo objetivo vendría dado por la normalización de los programas
orientados a la abstinencia, interviniendo en la consecución de períodos
prolongados que configuren una ruptura con la dependencia.

Un tercer objetivo sería el de optimizar la coordinación con los centros
de tratamiento comunitario, efectuando la derivación de internos
drogodependientes a dispositivos comunitarios para la continuación del
tratamiento o para el cumplimiento de la condena.

En cada centro penitenciario está constituido un grupo de atención al
drogodependiente; es el marco operativo en el que participan miembros del
equipo técnico penitenciario y miembros de las instituciones y
asociaciones para la coordinación, supervisión y ejecución de las
actuaciones en el ámbito del tratamiento de drogodependientes. Las
actuaciones están definidas por su carácter de programa para la
consecución de objetivos a corto, medio y largo plazo. En el 80 por
ciento de los centros penitenciarios, los planes regionales sobre drogas
o los planes municipales destinan profesionales para el desarrollo de
este tipo de programas.

Es evidente el papel, cada vez más activo, que en toda esta estrategia de
intervención tienen las organizaciones no gubernamentales. En concreto,
las dedicadas al apoyo y tratamiento de los drogodependientes. Esta
presencia ha merecido un capítulo propio, el séptimo del título II, en el
nuevo reglamento y la Administración penitenciaria se encuentra
permanentemente abierta a incrementar las vías de diálogo y colaboración,
tanto en intervenciones puntuales como a través de la formalización de
convenios de colaboración. En la mayoría de las comunidades autónomas la
conexión con los recursos comunitarios a través de los planes autonómicos
o planes municipales es eficaz y fluida.

Las organizaciones no gubernamentales que intervienen en las actividades
de los programas de drogodependencia, como son los supuestos de
prevención, de tratamiento con metadona, de desintoxicación, de
deshabituación y de derivación a recursos comunitarios, obtienen
subvención para las actuaciones, a través de diversas instituciones, como
son los planes nacionales, autonómicos y municipales sobre drogas, y el
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales por medio de la asignación del
0,5 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. La evolución del
porcentaje de participación de asignación en este impuesto, destinado a
drogodependientes, muestra un notable incremento. Así, en 1994
correspondió un 20,2 por ciento, frente al 41,1 asignado en 1997.

Cuarenta organizaciones no gubernamentales y otras entidades están
interviniendo con población drogodependiente en prisión, siendo el
Proyecto Hombre y Cruz Roja los que participan en mayor número de
establecimientos. Los programas de drogodependencia con la población
reclusa se desarrollan en todos los centros, en diferentes niveles de
intervención: prevención, metadona, desintoxicación, deshabituación y
reincorporación social, con las particularidades que ahora veremos.

Prevención. En los programas preventivos y de educación sanitaria se
trata de trabajar la motivación y ofrecer al sujeto información básica
sobre aspectos sanitarios, jurídicos y sociales ligados al consumo de
drogas. Se realizan actividades individuales y grupales, con el fin de
obtener cambios favorables en relación a los hábitos y prácticas de
riesgo asociados al consumo y a las relaciones sexuales. En los últimos
años se ha producido un incremento del número de usuarios, pasando de
15.795, en 1996, frente a los 14.208 atendidos en 1995. En cuanto a la
sobredosis, se insiste en informar al drogodependiente, de forma
comprensible, del peligro de la intoxicación aguda, de la sobredosis en
el caso de consumo asociado de varias sustancias y en el caso de la
administración de dosis altas. La intervención sanitaria comprende todos
aquellos contenidos que se relacionan con la promoción de la salud, las
prácticas de riesgo y enfermar, las condiciones higiénicas, las
patologías asociadas al consumo de drogas por vía parenteral, con
actuaciones específicas que se traducen en vacunaciones contra la gripe,
hepatitis B, el programa de tuberculosis y el control y seguimiento de la
patología derivada del consumo, como sida y enfermedades de transmisión
sexual.

El tratamiento con metadona se demuestra eficaz para un determinado grupo
de internos drogodependientes, quienes, al menos en una etapa de su
proceso, necesitan este tratamiento y obtienen beneficios terapéuticos
por su condición de consumidor activo, ser VIH positivo o padecer un
deterioro importante. Una de las prioridades de esta dirección general es
el desarrollo normalizado de los tratamientos con metadona dentro del
marco establecido en el Plan Nacional sobre Drogas, iniciando los mismos
en aquellos internos que lo precisen y continuándolos con los que
ingresan en el centro ya en tratamiento, procedentes de libertad o como
consecuencia de un traslado desde otro establecimiento. Durante 1996, se
incrementó el número de centros que desarrollan este tipo de
tratamientos, extendiéndose al 80 por ciento de los mismos. Durante ese
año, la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, en
colaboración con los planes autonómicos, realizó



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un estudio sobre programas de mantenimiento con metadona en los centros
penitenciarios en respuesta a la petición de la Comisión interautonómica
en su sesión de octubre de 1996.

Los tratamientos con metadona en el ámbito penitenciario de nuestro país
han sido notablemente impulsados y en 1997 están ya instalados en el 96
por ciento de los establecimientos. También han recibido tratamiento con
metadona 6.606 internos drogodependientes durante 1996, lo que ha
supuesto, en relación a 1995, que se haya triplicado el número de
pacientes atendidos. En noviembre de 1996, la prevalencia de internos en
tratamiento con metadona era del 4,34 por ciento del total de la
población reclusa, lo que supone que diariamente estaban recibiendo el
fármaco 1.600 internos, aproximadamente. En la actualidad, lo reciben el
6,66 por ciento, es decir, diariamente 2.500 personas. En tan corto
período de tiempo, vemos la progresión y generalización de este tipo de
tratamientos, sin precedentes en el medio comunitario, con importantes
beneficios para la salud individual y colectiva.

En estos momentos se está desarrollando un programa piloto de intercambio
de jeringuillas en el centro penitenciario de Bilbao, con el fin de
reducir los riesgos de contagio y de transmisión de VIH derivados del
consumo por vía endovenosa, como alternativa para determinados
drogodependientes que no admiten su inclusión en programas de tratamiento
con metadona. Una vez realizada la evaluación de los resultados,
estaremos en disposición de determinar las estrategias a seguir en el
desarrollo de este tipo de programas en le medio penitenciario y su
posible extrapolación a otros centros penitenciarios.

Los programas de desintoxicación se ofertan a todos los sujetos que a su
entrada en prisión son diagnosticados como drogodependientes y han de ser
aceptados voluntariamente. Consiste en la disminución de las
consecuencias físicas y psíquicas ligadas al síndrome de abstinencia
agudo como consecuencia de la interrupción en el consumo. En los últimos
años se han incrementado las intervenciones desintoxicadoras. Así, en
1995, se atendió a 4.542 usuarios y, en 1996, a 5.691.

La deshabituación trata de conseguir períodos de abstinencia prolongada y
de ayudar al drogrodependiente a adquirir los instrumentos psicológicos y
sociocomportamentales que le posibiliten una adecuada estabilidad
personal y social fuera del mundo del uso de los tóxicos. Se complementa,
de acuerdo con las necesidades, con la utilización de antagonistas,
opiáceos, como la naltrexona, y con actividades laborales, de ocio y
físico-deportivas.

En las intervenciones de deshabituación ambulatoria, las actuaciones se
desarrollan dentro de un programa específico, conviviendo el interno
asistido con el resto de la población en un módolo o galería y utilizando
los recursos generales del centro; talleres, aulas de formación,
etcétera. Durante 1996, se ha incluido a 3.525 internos
drogodependientes, 971, con el antagonista naltrexona como apoyo a la
deshabituación. Cuando la deshabituación es en espacio terapéutico
específico, se proporciona al drogodependiente una atención intensiva,
horario de media jornada o jornada completa, y frecuente, una asistencia
diaria, contando para ello con na estructura propia del programa, como
aulas educativas, psicoterapia, talleres, etcétera, y apoyándose en otras
estructuras del centro de uso más general, como los talleres o el
polideportivo. Abarcan las actuaciones tipo centro de día, cuando el
interno vuelve a su módulo o galería a pernoctar, y tipo módulo
terapéutico cuando pernoctan en la unidad y por tanto están separados del
resto de la población. Se establecen intervenciones de deshabituación en
módulo terapéutico en los centros de Badajoz, Cáceres 2, Las Palmas de
Gran Canaria, Lugo-Monterroso, Madrid 4, Navalcarnero, Tenerife, Topas,
Valencia-cumplimiento, Valencia-preventivos y Villabona.

Durante 1996, han recibido tratamiento en módulo terapéutico 1.045
internos drogodependientes, 150 de ellos con el antagonista naltrexona
como apoyo a la deshabituación, lo que supone un incremento respecto a
otros años. A fin de no cargarles con cifras, si a alguno de ustedes le
interesan, luego se las haría llegar. Está previsto el desarrollo de esta
modalidad de intervención en el centro de Madrid 5, Soto del Real,
proyecto que responde al plan de medidas para luchar contra la droga,
aprobado en el Consejo de Ministros de 24 de enero de 1996. Entre las
acciones prioritarias de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional
sobre Drogas se incluyen los programas dirigidos a drogodependientes con
problemas jurídico-penales, como es el caso al que he hecho referencia.

La financiación de este proyecto se lleva a cabo a través del 0,5 y de la
ley del fondo. La Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre
Drogas ha colaborado en el diseño técnico de este proyecto, en el cual se
establece un itinerario terapéutico dinámico y flexible, ajustándose al
perfil de cada usuario. Consta de programas de información y formación,
programa de prevención, programa de mantenimiento con metadona, programa
libre de drogas en régimen de comunidad terapéutica. Para este proyecto
se han destinado en el presente año 50 millones de pesetas. Actualmente,
se está trabajando con 38 internos distribuidos en tres grupos
terapéuticos y para el seguimiento de dicho proyecto se creará una
comisión formada por personal penitenciario, personal de la delegación y
de la organización no gubernamental Proyecto Hombre, que es la que
colabora también en la génesis y desarrollo de este proyecto, cuyo
objetivo sería su posterior estudio para ver la viabilidad de su
implantación en otros centros.

Se trabaja en la deshabituación con internos drogodependientes bajo el
modelo de centro de día en Avila, Burgos, Cáceres I, Huelva, Jaén, León,
Madrid-hombres, Nanclares de la Oca y Orense, en los que han recibido
tratamiento 515 pacientes, 38 de ellos con el antagonista naltrexona como
apoyo a deshabituación.

Los programas de incorporación social de desarrollan por medio de la
aplicación de los artículos del reglamento penitenciario que permiten el
acceso, periódico o definitivo, de los drogodependientes a los recursos
comunitarios de tratamiento, en función básicamente de la evolución
terapéutica, como son el régimen de semilibertad para internos en tercer
grado, las salidas programadas para la realización de actividades
específicas de tratamiento, las salidas regulares de penados en segundo
grado a una institución



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exterior, los permisos de salida, el cumplimiento de la pena en
institución extrapenitenciaria. También con el fin de no cargarles con
cifras, si alguno de ustedes tiene interés en conocer los datos
cuantificados de cada una de estas modalidades, se los facilitaría.

Con el mismo objetivo de continuar los tratamientos en los pacientes que
acceden a la sociedad, se establece la conexión con los recursos
precisos, en el caso de drogodependientes, en el momento de alcanzar la
libertad provisional, condicional o definitiva.

En 1996 se produjo un notable incremento de los drogodependientes
derivados, al haber tenido lugar 1.123 derivaciones para continuar el
tratamiento en centros ambulatorios, 456, en centros de día, y 395, en
comunidades terapéuticas, siendo un total de 1.974 los internos
drogodependientes derivados a recursos comunitarios.

Para la necesaria coordinación en el desarrollo de las intervenciones
entre los servicios centrales de la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias y los centros penitenciarios, se establecen, lógicamente,
reuniones permanentes de trabajo con los responsables periféricos.

Durante los años 1996 y 1997 se han potenciado las relaciones entre los
planes autonómicos sobre drogodependencias y la Dirección General de
Instituciones Penitenciarias, estimulando la coordinación necesaria para
el desarrollo de los programas de drogodependencia, y se han conseguido
las siguientes actuaciones: acreditación administrativa de los centros
penitenciarios de Castilla-La Mancha y Galicia, para el desarrollo de
actividades de prescripción y dispensación de tratamientos con
sustitutivos opiáceos y para el desarrollo del programa de intercambio de
jeringuillas al que he hecho referencia y en el que han colaborado
también el Servicio Vasco de Salud --Osakidetza-- y la Consejería de
Justicia del Gobierno vasco, así como numerosos contactos con
responsables de otras comunidades autónomas.

La estimación del gasto para 1997 en atención a los drogodependientes en
centros penitenciarios es de 1.179 millones de pesetas, restando por
incluir algunas aportaciones, como las subvenciones obtenidas por
organizaciones no gubernamentales e instituciones que intervengan en los
centros convocadas por los planes nacionales.

En definitiva, la superación de la drogodependencia como premisa
indispensable a la hora de hablar seriamente de la recuperación del
recluso toxicómano requiere un tratamiento globalizador e integrado, que
obliga a la Administración penitenciaria a desarrollar todas sus
potencialidades internas, para que, haciendo frente a la obvia limitación
de recursos, y en sintonía con la política global desarrollada por las
administraciones públicas en el marco del Plan Nacional sobre Drogas,
ejerza y defina una política de intervención con drogodependientes
privados de libertad que descienda a los aspectos más concretos de una
población en la que, al hecho desestructurador y despersonalizador de su
adicción, se une la profunda limitación que, como persona, representa su
pérdida de libertad y su condición de marginalidad.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, que es quien
ha promovido la comparecencia, tiene la palabra su portavoz, el senador
don Octavio Granado Martínez.




El señor GRANADO MARTINEZ: Quisiera dar las gracias al señor Yuste por
sus explicaciones, que han sido exhaustivas acerca de todos los programas
que desde la dirección general se impulsan para la atención a los penados
drogodependientes en el ámbito de su responsabilidad. Podemos incluso
completar la información del señor Yuste con los datos de la memoria del
Plan Nacional de Drogas publicada por el delegado del Gobierno la semana
pasada y que ya está en poder de todos los grupos parlamentarios. Las
cifras no coinciden, pero quizás sea un problema de la recopilación de
los datos estadísticos, que, como es lógico, en el caso de la memoria son
algo anteriores a los de la comparecencia del señor Yuste.

Quería comentarle cuál es nuestra valoración general sobre la marcha de
los programas de atención a los drogodependientes en el ámbito de la
delincuencia que de los datos del señor Yuste y de los datos contenidos
en la memoria del plan nacional puede derivarse.

Hay un hecho fundamental y es que existe una continuidad de programas,
que nosotros consideramos de forma positiva, y que la marcha general de
los internos, tanto de aquellos sometidos a programas ambulatorios dentro
de las instituciones como de los derivados a centros de día o a centros
ambulatorios, refleja un progreso, un progreso adecuado, que es el que se
ha venido manteniendo en los años anteriores. En ese sentido, no cabe
ninguna objeción. Sí hay una cierta preocupación en nuestro grupo porque,
de los datos de la memoria y de los que ha dado el señor Yuste, aparecen
dos tendencias muy claras en estos momentos. En primer lugar, una
tendencia a la reducción de personas que están en programas alternativos
a la privación de libertad o derivados a instituciones ajenas a la propia
situación penitenciaria. Este progreso, que se ve en todos los programas,
no se contempla por ejemplo en la deriva hacia centros de internamiento,
a comunidades terapéuticas. En 1995, 456 personas fueron derivadas --la
fuente es la memoria del Plan nacional--; en 1996, usted nos ha hablado
de 395. Es decir, al parecer existe una cierta tendencia a disminuir la
posibilidad de que haya personas que pasen de ser internos en
instituciones penitenciarias a internos en instituciones de atención a
drogodependientes; se prefiere que estos internos sigan estando bajo la
tutela de instituciones penitenciarias y acudan a tratamiento a centros
ambulatorios o a centros de día.

Esta misma tendencia se observa en un dato que nos parece
extraordinariamente sorprendente --está la memoria del plan nacional-- y
es que han disminuido las personas que están en programas alternativos a
la privación de libertad entre 1995 y 1996 en España: han pasado de 2.386
a 2.131. Y nos llama la atención porque a finales de 1995 se aprueba el
nuevo Código Penal, que eleva sustancialmente las posibilidades de
suspensión de la ejecución de la pena, incrementa el número de años,
disminuye los requisitos. De alguna manera, parecía razonable pensar que
fueran muchas más las personas que estuvieran en programas alternativos a
la privación de libertad y, por contra, son



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menos. También lo son las personas que han sido usuarias de programas en
comisarías y juzgados, donde el detenido, todavía no juzgado, todavía no
penado, es informado y es derivado hacia los recursos de tratamiento.

Aquí la merma sí es importante porque se pasa de algo más de 1.000 a
8.000, aunque hay algunas comunidades autónomas que no han hecho
notificación al Plan nacional en los dos años.

De todos estos datos parece entreverse que existe una cierta tendencia de
la institución penitenciaria a recuperar el tratamiento de los
drogodependientes condenados o de los drogodependientes detenidos dentro
de la institución, en vez de hacerlo fuera. Pero ¿cómo se hace? Se hace
fundamentalmente, y es el hecho más relevante que aparece en la
exposición del señor Yuste, a través del impacto enorme que han tenido
los programas de sustitutivos opiáceos, de la metadona fundamentalmente.

Se ha multiplicado por tres en un año. 1996 va a ser el primer año, desde
la puesta en marcha del Plan Nacional sobre Drogas, en el que las
personas en tratamiento con sustitutivos van a ser más que las sometidas
a programas libres de drogas.

Esto a nosotros nos parece una situación complicada. Seguimos pensando
que el tratamiento de la drogodependencia debe personalizarse y que debe
estar más en función de las necesidades del drogodependiente que de su
situación jurídico-penal. En este sentido, nos llama la atención que en
instituciones penitenciarias haya más personas en tratamiento de metadona
que en programas libres de drogas, cuando en la población general no es
así y, a nuestro juicio, no debería serlo. Existe enorme grado de
desarrollo del programa de la metadona; acabaremos en el año 1997 con
10.000 personas que hayan pasado por tratamientos de metadona en
instituciones penitenciarias y esto trae problemas.

Las conclusiones del estudio al que ha hecho referencia el señor Yuste
Castillejo sobre los programas de mantenimiento con metadona en centros
penitenciarios hacen hincapié especialmente en la necesidad de
introducirlos dentro de un enfoque multifacético y de conducirlos a
través de equipos mixtos de intervención compuestos por personal
penitenciario y extrapenitenciario. Sin embargo, en la mayoría de los
casos los programas con metadona están sometidos únicamente a la
intervención de profesionales dentro del medio penitenciario y están
basados en la pura y simple dispensación.

Yo he comprobado --esto se lo tengo que agradecer al señor Yuste y nos
parece una línea de trabajo coherente y razonable-- cómo en el programa
del 0,5 se ha subvencionado a organizaciones no gubernamentales para que
desarrollen una labor complementaria a la mera dispensación de metadona y
hagan algo que nos parece importante, que es la preparación de su salida,
porque estas personas que están en programas de metadona en instituciones
penitenciarias a veces se encuentran en situaciones realmente dramáticas
cuando salen de la institución. En estos momentos en Madrid, por ejemplo,
hay un problema porque las personas que están saliendo de las prisiones
de Madrid no se incorporan automáticamente a los programas de
dispensación de metadona que prestan el Ayuntamiento y la Comunidad de
Madrid, sino que entran en lista de espera. Así nos encontramos con una
persona que lleva un año y medio consumiendo metadona en una institución
penitenciaria, y al salir se le provoca un síndrome de abstinencia porque
no se le incorpora automáticamente a los programas con dispensación de
metadona que se realizan fuera de la institución penitenciaria. Sería
urgente que la Dirección General llegara a un convenio con todos los
planes regionales de drogodependencias para garantizar el mantenimiento y
la continuidad del tratamiento, porque, de lo contrario, se generan
situaciones tremendamente complicadas. A veces las instituciones
extrapenitenciarias se quejan y dicen que si tienen que atender a las
personas que llegan de la institución penitenciaria se colapsaría su
capacidad de atender nuevas demandas fuera de la institución.

Estamos hablando de magnitudes realmente importantes. En términos de
comparación, cabría decir que del incremento que han sufrido los
programas con metadona en España en el año 1996, una de cada tres
personas --el incremento general es aproximadamente de 14.000-- ha
iniciado sus programas en una institución penitenciaria. Son 4.000 los
que han iniciado sus programas en una institución penitenciaria y 8.000 ó
9.000, aproximadamente, los que lo han iniciado fuera de una institución
penitenciaria.

Este crecimiento especial que han tenido los programas con metadona
plantea otros problemas, además de si se está dando este enfoque
multifacético que hace que un programa de mantenimiento con sustitutivos
opiáceos (porque la metadona es un alcaloide sintético del opio) nos
produzca problemas asociados. Me explico. En el año 1996 ha habido un
cierto repunte, que no me gustaría exagerar, de los fallecimientos por
sobredosis dentro de las instituciones penitenciarias. ¿Sabe el señor
Yuste cuántas de las personas que han fallecido por sobredosis en el año
1996 en España estaban en programas de mantenimiento con metadona? Para
ser exactos, le diré que son 37, que no es una cifra especialmente grave.

Es una tasa del 0,46 por mil, tasa razonable y similar a la de los países
de nuestro entorno, y no quiero hacer sobre este tema ninguna demagogia.

¿Saben S. S. cuántas había? Algunas. ¿Esto de qué es indicador? De que
con la metadona dentro de las cárceles pasa lo mismo que con la metadona
fuera de las cárceles, y es que hay un porcentaje importante de personas
en mantenimiento con metadona que tienen consumos esporádicos de otras
drogas ilegales, con el problema añadido de que el consumo de metadona se
hace a veces en unas dosis altas para compensar la adicción a la heroína
o a otras sustancias, generándose una mayor tolerancia del sujeto; es
decir, el sujeto se está acostumbrando a consumir mayores cantidades de
sustancia para alcanzar el mismo efecto. Y a veces, como efecto perverso
de los programas con metadona, cuando las personas consumen a la vez
heroína y metadona necesitan consumir más heroína, produciéndose
problemas de sobredosis o, en general, de autoadministración.

A nosotros nos parece necesario reconducir esta situación, para no acabar
generando una dualidad enorme de los programas de tratamiento en donde
las personas que tengan más problemas de tipo social o jurídico-penal van
más a la metadona y las personas que tienen la suerte, fundamentalmente



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por medios económicos, de no tener problemas jurídico-penales o de
administración de la sustancia, van más hacia programas libres de drogas.

No nos gustaría una sociedad en la que las alternativas para los
drogodependientes estén más en función de otras circunstancias sociales
que de sus propias necesidades como drogodependientes. Nos gustaría que
se empezara a reflexionar en serio sobre si este crecimiento espectacular
de la metadona es la mejor de las soluciones posibles; si los programas
con metadona no deben complementarse, sino que debe intentarse que esos
programas con mantenimiento se vaya disminuyendo progresivamente la
dosis, como está en el espíritu de las normas, aunque por desgracia no es
frecuente que así se produzca; si este enfoque multifacético, que
preconizaba este grupo de trabajo de la Delegación del Gobierno en los
planes autonómicos, se va a profundizar --ya he dicho que hemos visto con
satisfacción cómo en el 0,5 se ha permitido la entrada a organizaciones
no gubernamentales para complementar los programas con metadona--, y si
no podemos ofrecer otras alternativas. Nosotros apoyamos los programas de
intercambio de jeringuillas. Nos gustaría que hubiera programas de
intercambios de jeringuillas en alguna prisión que no fuera solamente la
del País Vasco, y que las comunidades autónomas y la propia Dirección
General se comprometieran a programas de esa naturaleza. A veces, la
sustitución de la heroína por la metadona no es sino una pura y simple
sustitución de una droga ilegal por una droga legal, no resuelve el
problema del individuo y, a lo mejor, es posible trabajar en programas
libres de droga con población a la que se está dando en estos momentos
como salida fundamental el introducirse en un programa con metadona.

Nos gustaría que hubiera más derivaciones a comunidades terapéuticas.

Pensamos que las comunidades terapéuticas están sufriendo un movimiento
pendular. En el comienzo de los años ochenta tuvieron un crecimiento
espectacular por la falta de otros recursos ambulatorios, y en estos
momentos están teniendo una pérdida de peso que no es comprensible. Para
personas en la institución penitenciaria es muy razonable que se puedan
derivar a comunidades terapéuticas.

Nos gustaría que hubiera un mayor número de personas en programas
alternativos a la privación de libertad. Aunque no es éste el objeto de
la comparecencia de hoy, debemos manifestar que no encontramos ninguna
explicación a que, aprobado el nuevo Código Penal, esos programas no
reciban más personas. Creo que esto sería bueno para la institución
penitenciaria porque permitiría que el tratamiento que en muchos casos
debe recibir la institución penitenciaria fuera en mejores condiciones.

Para terminar --quiero darle las gracias, señor presidente, por su
benevolencia--, voy a hacer una referencia concreta a un anuncio
realizado por el delegado del Gobierno para el Plan nacional sobre drogas
sobre la puesta en marcha en Soto del Real de un módulo de atención a
drogodependientes, a cargo exclusivamente de una organización no
gubernamental --lo anunció así--, que era el Proyecto Hombre. Desde
nuestro punto de vista, sin entrar a cuestionar la eficacia terapéutica
de las modalidades de tratamiento que practica el Proyecto Hombre, este
tipo de experiencia ha sido realizado en España y no de una manera
satisfactoria. La Generalitat de Catalunya puso en marcha en la prisión
Modelo un módulo gestionado por una organización no gubernamental en
exclusiva. A nosotros nos gustan mucho más otras experiencias de la
propia Dirección General de Instituciones Penitenciarias, en donde existe
una colaboración de organizaciones no gubernamentales y del personal de
la propia institución. Nos parece que esto es lo más razonable. No
sabemos si este anuncio realizado por el delegado del Gobierno ha sido
mal traducido a los medios de comunicación y lo que se ha querido decir
es que se iban a poner en marcha experiencias de colaboración de las ONG
con el propio personal de las instituciones penitenciarias, en cuyo caso
estaríamos de acuerdo. Nos gustaría más que fueran sociedades de
profesionales porque éstas abordan a veces mejor los problemas de los
internos que las organizaciones no gubernamentales, que hacen programas
de tipo más educativo familiarista, que son menos indicados en el caso de
los internos de instituciones penitenciarias. Como el anuncio del
delegado del Gobierno fue formulado de esa manera, sin ninguna
matización, nos quedaba esa preocupación, por lo que nos gustaría que el
señor Yuste nos comentara en qué estado se encuentra en estos momentos la
presumible creación de un módulo de atención a drogodependientes en Soto
del Real, si va a ser sólo a cargo de esta ONG o en colaboración mixta
entre la ONG y el propio personal de instituciones penitenciarias.

Para concluir, quiero señalar que todas estas cuestiones son de matiz;
que, tanto de las palabras del señor Yuste, como de los datos ofrecidos
por la memoria, se observa un progreso en los indicadores de tratamiento
de los internos drogodependientes y que algunas cifras, como es el
porcentaje de fallecidos, tienen que ser objeto de reflexión. Quiero que
quede expresa constancia en el «Diario de Sesiones» de que no quiero
hacer sobre este tema ninguna demagogia, sino simplemente manifestar mi
preocupación.

Por parte de nuestro grupo, es motivo de preocupación el crecimiento
exponencial que están sufriendo los programas con metadona, que no es
simplemente un crecimiento geográfico, no es que se hayan incorporado más
centros --que también-- a dar metadona, sino que en los centros que lo
daban cada vez hay un mayor número de internos que se acogen a estos
programas. A nosotros nos gustaría que estos programas se redimensionaran
y en ningún caso hicieran imposibles programas libres de drogas, dentro o
fuera de las instituciones penitenciarias, con las medidas cautelares que
fueran necesarias.




El señor PRESIDENTE: Señor Yuste.




El señor DIRECTOR GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS (Yuste
Castillejos): En principio, quiero agradecer las premisas sobre las que
ha partido el señor Granados en cuanto a valorar como positivo el que se
dé una evolución que no se ha producido en un tema como es el tratamiento
de los drogodependientes, el que no haya habido ruptura traumática. Es
conveniente



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y oportuno insistir en lo que se ha hecho de positivo y tranquilizar en
la medida en que va a ser la actitud futura.

Por entrar en cuestiones puntuales, respecto a su pronunciamiento de que
se potencien los programas alternativos que suponen un sustitutivo de la
pena privativa de libertad, poco puedo hacer yo como director general
porque, como sabe S. S., es una decisión judicial. He empezado la
intervención diciendo que el carácter paliativo que tiene la
Administración penitenciaria se produce cuando recibimos al interno, cuya
circunstancia no ha servido para evitar esa pena privativa de libertad.

Yo estoy de acuerdo en que se potencien ese tipo de medidas porque están
en el espíritu del Código Penal, porque recogen también el espíritu del
vigente reglamento que, como conoce muy bien S. S., es coetáneo del
Código Penal y porque, en definitiva, hasta por un interés egoísta,
reduciría nuestro volumen de población.

En cuanto a la diversificación de los programas, dice S. S. que
dificultan que se haga un uso más generoso de las comunidades
terapéuticas. Creo que tiene una explicación en ese nuevo marco
normativo. Frente a la posibilidad de cumplir el tercer grado en una
unidad terapéutica, con el nuevo reglamento penitenciario se han abierto
posibilidades de excarcelaciones temporales para recibir atención en
centros de día. Hay que buscar esa cifra en el equilibrio que supone la
concesión del tercer grado como un mecanismo que tiene que valorar la
peligrosidad de la persona recluida con otras modalidades que permiten
también el tratamiento en centros de día. Si sumara las derivaciones más
las salidas por esa vía, vería S. S. que se ha producido un incremento
notable, que es mayor si tenemos en cuenta la reducción de la población
penitenciaria que se produjo en el año 1996 y que incluso se ha mantenido
en referencia al año 1995.

En cuanto a la utilización o potenciación de módulos libres de drogas
frente al tratamiento con metadona, responden a dos premisas diferentes.

El tratamiento con metadona es un elemento reductor del daño y no se
potencia nunca como finalidad. El módulo libre de drogas es la decisión
idónea, pero hay que tener en cuenta que, dadas las características del
recluso, muchas veces incluso su propia voluntad, no puede asumir un
compromiso tan contundente como el que es necesario para recuperar su
drogodependencia en un medio cerrado. Entendemos que el ajustar a las
necesidades de cada persona las ofertas en este momento, con un marco
normativo más imaginativo --si me permite--, nos permite hacer un traje a
medida y ofertar a cada persona la posibilidad de tratar su
drogodependencia en función de su propia voluntad.

Muchas veces el propio individuo no es capaz de soportar las
restricciones que se producen en estos módulos libres de droga.

Con respecto a las disfunciones que pueden tener los programas de
metadona cuando se produce la excarcelación, conocerá también --porque
veo que ha estudiado los datos de la memoria-- que en el centro
penitenciario Madrid 1, en Carabanchel, se continúa dispensando
tratamiento a personas en libertad condicional para evitar introducirlas
en ese síndrome de abstinencia que podría generar su recaída en el
delito. Es, evidentemente, una solución coyuntural, pero evidencia la
voluntad de la Administración de no abandonar al recluso drogodependiente
--al enfermo recluso, como preferimos llamarlo-- a su suerte y salir
incluso de sus competencias para hacer frente a esa coyuntura.

Tampoco podemos ser responsables de los colapsos que se generen en la
infraestructura ajena a la Administración, pero sí preocuparnos de que,
al menos los internos que pasan una época en la institución
penitenciaria, tengan ese tratamiento que mejore sus carencias; en
definitiva, el perfil al que yo he pretendido referirme cuando hablaba de
la desestructuración personal anudada a la pérdida de libertad, sin que
la Administración compense de alguna manera esa carencia poniendo un
especial interés en eliminar una causa en muchos casos determinante de la
delincuencia, como es la drogodependencia.

Por lo que se refiere a la posible polémica que pueda generarse sobre si
la metadona es o no conveniente, es la línea por la que ha optado la
Unión Europea, que trae un beneficio evidente a mi juicio, que es el no
deterioro que puede generarse en un medio cerrado, donde el acceso a la
droga es mucho más restringido, por la droga en mal estado y por todos
los problemas que conlleva el aspecto negociado y el tráfico en estas
substancias.

Conozco el dato de las 37 personas que fallecieron en el año 1996 por
sobredosis. Ha hecho S. S. referencia a los que estaban en programas de
metadona. En este momento no sé exactamente la cifra, pero sí se que el
35 por ciento de esas 37 personas murieron fuera de los centros con
ocasión de salidas de permiso, como bien conoce S. S. por los datos de la
memoria. Parece obvio que nuestra limitación a la hora de evitar la
recaída del interno es mucho más intensa cuando tenemos mayor control
sobre él, pero si no queremos hacer un uso extensivo de la
responsabilidad objetiva tampoco puede imputarse razonablemente si una
vez que accede a un régimen de semilibertad previsto legalmente opta por
mezclar tóxicos o intoxicarse por unas sobredosis.

En cuanto a los programas de jeringuillas, creemos en ellos. De hecho, lo
hemos puesto en marcha en Basauri y los datos de evaluación son
razonablemente positivos, de tal manera que nos va a permitir
extrapolarlos a otros centros. Parece razonable también que se haga
teniendo en cuenta las dificultades añadidas que el reparto de
jeringuillas puede suponer en un centro penitenciario.

Respecto al proyecto de Soto del Real --yo creo que me he referido a
él--, no es lógicamente un proyecto desligado de la Administración
penitenciaria, como no podía ser de otra manera, ni queda al albedrío de
una organización no gubernamental. Nosotros ya colaboramos con Proyecto
Hombre, con Punto Omega, con Cruz Roja, con un número importante de
organizaciones no gubernamentales, 40 en concreto, con las que llevamos
fórmulas de colaboración muy flexibles y, en algunos casos, con un mayor
o menor peso de la actividad administrativa. En el caso de Soto del Real
la sección de los internos, que ya se ha realizado, está hecha por los
responsables de la Administración penitenciaria, parte de financiación es
del Plan nacional de



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drogas y parte de la Administración penitenciaria, y la colaboración con
el Proyecto Hombre en esa experiencia no significa ni un monopolio ni un
privilegio, por llamarlo de alguna forma. Es evidente que se trata de una
organización con una solvencia acreditada en el tratamiento de
drogodependientes y su participación pretende enriquecer, que no
monopolizar, la experiencia de Soto del Real.

No sé si me dejo algún punto por responder. Quiero tranquilizarle en
cuanto a que ese proyecto es similar al que se lleva desde hace años en
el módulo II de Villabona, con excelentes resultados, o al que hay en
Navalcarnero, y en donde los puntos de contacto con las organizaciones no
gubernamentales pretenden hacer realidad las previsiones reglamentarias
de propiciar en este tema una coparticipación con la sociedad en un
problema que no puede ni debe quedar sólo en manos de la Administración
penitenciaria.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el senador Cardona, en nombre de
Convergència i Unió.




El señor CARDONA I VILA: Intervendré con cierta brevedad.

Queremos agradecer, en primer lugar, la comparecencia del director
general de Instituciones Penitenciarias, no sólo por la misma, sino
también por su exposición.

Quisiera hacer una reflexión, hacerme eco de una información y,
finalmente, realizar una pregunta. En primer lugar, hay que hacer
hincapié, aunque parezca reiterativo por ser demasiado conocido --a veces
no tenemos en cuenta lo demasiado conocido-- en todos los problemas que
conlleva la droga en el interior de los centros penitenciarios. Hay que
repetirlo una vez más, aunque sólo sea para incidir en esa mala
conciencia social que, en su conjunto, nos afecta a todos.

Cuántas veces nos habremos referido a los altos porcentajes de actos
delictivos que motivan el ingreso en prisión originados, directa o
indirectamente, por problemas de droga, no sólo el tráfico sino también
el consumo; tantas que parece que nos hemos inmunizado y no le damos la
importancia que requiere, por sabido, siendo por ello necesario
constatarlo nuevamente. Es más, hemos tomado conciencia colectiva, con
cierta --diría-- frivolidad, de que los jóvenes con problemas de consumo
de drogas si inevitablemente tienen que ingresar en centros
penitenciarios no sólo no reducirán su problema, sino que lo más probable
--y así lo aceptamos de una forma, lamentablemente, natural-- es que lo
aumenten. Aún es peor pensar en la posibilidad de que por las
circunstancias ambientales, por las connotaciones naturales en esas
situaciones, el joven interno no usuario de droga pueda convertirse en un
drogodependiente. No está de más recordar la importancia del tema en esta
cuestión, porque a la privación de libertad que significa el ingreso en
estas instituciones se añade un efecto pernicioso para el interno que
hace --si se me permite la expresión-- que sea peor el remedio que la
enfermedad.

Dicho esto, que es lo que desgraciadamente suele ocurrir con mayor o
menor frecuencia, tampoco sería positivo cargar demasiado las tintas y no
dar alguna pincelada de las posibilidades de rehabilitación de las
instituciones penitenciarias. Señor presidente, señorías, señor director
general de Instituciones Penitenciarias, permítanme referirme a una
información bien reciente de un medio de comunicación de la prensa local
de Lleida, concretamente de anteayer, del domingo, que con el título de
«Un preso rehabilitado con el arte», señalaba que dicho preso cumplía
condena en el centro penitenciario de Lleida por un delito contra la
salud pública, precisamente por tráfico de drogas. Pasar las horas en la
cárcel cuesta mucho --decía-- pero ha sabido sacarles provecho
desarrollando su vena artística. En este sentido, hace unas creaciones
con hierro que se acumulan en el taller de soldadura de la prisión y se
ha convertido en el decorador de los pasillos del centro, en el marchante
de sus propias obras, de forma que sus principales clientes son ahora los
funcionarios y los internos de la prisión, pero ya tiene planes para
cuando salga en libertad, planes que pasan por montar su negocio haciendo
aquello que realmente le gusta, es decir, esculturas de hierro con su
toque personal. Le gustaba el dinero fácil --se dice en el subtítulo-- y
eso le llevó a traficar con droga. La cárcel le ha cambiado y ayudado a
despertar su vena artística. Cuando salga tiene planes para montar un
negocio, como decíamos, y vivir de sus obras, pero siempre recordará el
ruido de las puertas --termina así la información-- que se cierran a su
espalda. Su educador decía que éste es un claro ejemplo de interno
rehabilitado. Ese podría ser también un buen ejemplo que nos reconforte
para seguir en esta ingrata lucha contra la droga y la vertiente
rehabilitadora de las instituciones penitenciarias. Bien es cierto que no
se trata de un caso de consumo de drogas.

Dicho lo anterior, quisiera poner en conocimiento de la Comisión las
actuaciones que se han llevado a cabo en Cataluña, puesto que, como
recordarán, no sólo tenemos transferidas las competencias sobre droga,
sino también en instituciones penitenciarias. En este sentido, se han
llevado a cabo cinco grandes programas sobre la base de dos premisas
previas: que las actuaciones en las cárceles se han de hacer desde la
propia prisión pero con el soporte y la ayuda exterior, y que se ha de
intentar que no se ingrese en prisión a estos enfermos si no es
inexcusablemente necesario, preceptiva y legalmente, con el objetivo de
que tengan igualdad de oportunidades en el mantenimiento y preservación
de su salud, para no añadir a la privación de libertad la indefensión en
el control y preservación de su salud, lo que representaría un previo
agravio comparativo, el otro es consecuencia de la sentencia.

Los cinco grandes programas son los siguientes. Un primer programa para
motivar la recuperación y rehabilitación de esos posibles usuarios de
drogas. Un segundo programa, libre de drogas en centros especializados,
concretamente en dos, Can Brians y Cuatro Caminos, donde se lleva a cabo
un programa especial. Un tercer programa especial en cárceles más
complejas, al que hacía referencia anteriormente el portavoz socialista,
en instituciones de difícil control, como es la Modelo de Barcelona, que
se llama de atención en unas galerías determinadas. Un cuarto programa
que hace referencia al mantenimiento con metadona, con niveles en otras
instituciones penitenciarias.




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Finalmente, un quinto programa, cuando se llega a la aplicación del
tercer grado, procurando conectarlo con la red de instituciones de lucha
contra las drogodependencias, con el objetivo de facilitar el acceso a
esa red y ponerlos a disposición de la misma. Esto es lo que se hace,
repito, en Cataluña.

Para terminar, señorías, además de reiterar el agradecimiento por la
comparecencia y exposición del director general de Instituciones
Penitenciarias, quiero hacerle concretamente una pregunta. El director
general ha hecho referencia a que hay programas de reparto de
jeringuillas dentro de instituciones penitenciaras, lo que expresa que se
da por supuesto que se administran drogas, es decir, que dentro de la
cárcel, primero, entra droga y, después, se puede traficar; las dos cosas
a la vez. En este sentido, pediría su opinión en cuanto a si no sería
positivo hacer programas controlados de administración de drogas, por
equipos especializados y multidisciplinares, con aquellos internos
enfermos que no pueden llegar, por las razones que fueren, al programa
libre de drogas, con el objetivo de reducir el daño en ellos.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor director general.




El señor DIRECTOR GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS (Yuste
Castillejos): Señor presidente, en principio, empezaría por hacer la
reflexión, que comparto absolutamente como premisa filosófica, de que no
puede anudarse el cumplimiento de la condena a la privación de libertad
con un daño a la salud. Creo que esa filosofía es la que impregna todo el
esfuerzo sanitario que desde hace años se viene haciendo en materia
penitenciaria y es reconocido por instituciones como la del Defensor del
Pueblo, jueces de vigilancia y todas las instituciones de control.

Respecto a los programas que se llevan a cabo en Cataluña, que es la
única comunidad que tiene asumidas las competencias penitenciarias,
nosotros mantenemos una relación muy fluida con el director general de
Rehabilitación y Servicios Penitenciarios catalanes, don Ignasi García y
Clavell, y compartimos también en algunos casos aspectos de formación y
las premisas de intervención son my similares a las que hemos expuesto
aquí. Quizá el volumen de reclusos que dependen de la Administración
penitenciaria catalana y la proximidad de los centros al centro directivo
--por llamarlo de alguna manera-- da una mayor agilidad en el control y
en las iniciativas que toma la Dirección General.

Creo, sin embargo --y entro ya a responder a su pregunta--, que la
existencia de droga en los centros es un hecho que nadie puede negar.

Sería absurdo e incluso inmoral hacerlo. En cualquiera. De todas formas,
la cantidad que circula es limitada y se consigue decomisar por las
actividades de control de los funcionarios. En cuanto al reparto de
jeringuillas que, como he dicho anteriormente, es una experiencia piloto
que se ha llevado a cabo en un centro concreto del País Vasco, no
pretende erradicar el consumo de drogas cuando se produce, sino
únicamente disminuir el efecto que puede tener de transmisión de
enfermedades como, por ejemplo, el virus de inmunodeficiencia humana o la
hepatitis, por el uso de jeringuillas, y no adicionar al eventual tráfico
de sustancias tóxicas también el de las jeringuillas, que se produce en
algunos de esos casos. Es un problema de equilibrio. El hecho de que sea
un programa piloto pretende ponderar los aspectos positivos, que los
tiene y son los que he enumerado, con aquellos otros que pueden incidir
en la conflictividad mayor del centro o en un uso mercantil de las
jeringuillas que se reciben. No obstante, creo que es una experiencia
interesante que se ha realizado en otros centros a nivel internacional.




El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene la
palabra el senador don Pedro Martín Iglesias.




El señor MARTIN IGLESIAS: En nombre del Grupo Parlamentario Popular
quiero, en primer lugar, dar la bienvenida a esta Comisión al director
general de Instituciones Penitenciaras, don Angel Yuste, y agradecerle su
comparecencia doblemente, primero, porque esta nueva comparecencia nos
indica, efectivamente, esa gran sensibilidad que viene demostrando acerca
de estos reclusos enfermos drogodependientes y, segundo, porque está
facilitando --como no puede ser de otra manera-- la acción de control del
Gobierno.

Podemos felicitarnos --y felicito nuevamente al director general-- porque
hoy estamos hablando todos de enfermos drogodependientes cuando nos
estamos refiriendo a este tipo de reclusos. Hoy estamos hablando más de
reinserción que de penalización y esto, a mi juicio, es un paso muy
importante. Personalmente, como médico, me parece que es un gran avance.

Se ha dicho, y lo ha dicho el director general, que la Administración
penitenciaria se encuentra al enfermo drogodependiente una vez que la
incidencia de estas circunstancias sopesadas en la sentencia no han
permitido eximirle de la pena ni hacerle acreedor de una medida
sustitutiva que evite su ingreso en prisión.

Se ha hablado también de la situación cultural, educativa, sociológica,
del consumo de cocaína, de heroína, y se han dado unos datos estadísticos
de las enfermedades que tienen o pueden tener este tipo de enfermos
drogodependientes. En base a esto, quería hacerle una serie de preguntas,
con el fin de agilizar un poco los trámites. Se puede estar de acuerdo o
no, como aquí se ha puesto de manifiesto, sobre la reducción del daño con
antagonistas, con opiáceos o con alcaloides sintéticos del opio, en este
caso con la metadona. Desde luego, a mí no me parece que se pueda
demonizar, como yo he podido percibir aquí, el uso de la metadona,
aunque, lógicamente, tampoco es una varita mágica que pueda paliar total
y absolutamente los efectos secundarios del consumo de drogas, en eso
estoy total y absolutamente de acuerdo. Pero no podemos olvidar que si el
uso de la metadona produce efectos positivos, yo entiendo que se tiene
que utilizar. Desgraciadamente, en otras circunstancias --y hablo como
profesional de la medicina--, aun a sabiendas de que hay determinados
procesos que no



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se curan instantáneamente con los tratamientos habituales, también se
utilizan tratamientos paliativos, para reducir, para disminuir en gran
medida esa sintomatología clínica. Por eso yo quería preguntarle lo
siguiente: ¿cómo han evolucionado los programas de metadona, tanto en el
número de centros en que se dispensa como en el número de beneficiarios?
¿Cuál es su experiencia sobre el uso de metadona en los enfermos reclusos
drogodependientes? ¿Cuál es la participación comunitaria, el apoyo en su
financiación?
También soy consciente de que las medidas alternativas a la prisión para
toxicómanos condenados, según determina el Código Penal, se están
cumpliendo por parte de la Administración penitenciaria en lo que
disponen los fallos condenatorios de jueces y tribunales competentes,
realizando un esfuerzo para coordinar los servicios sociales
penitenciarios y aprovechando a su vez los recursos que ofertan
ayuntamientos, comunidades autónomas y otro tipo de instituciones, dando
mucha importancia, yo diría que muchísima, a las medidas alternativas a
la prisión para delincuentes toxicómanos, según determina el citado
Código. En base a esto, yo quería preguntarle: ¿cuántas derivaciones se
han realizado para tratamiento ambulatorio? ¿Cuántos reclusos enfermos
drogodependientes se han beneficiado de los diferentes programas?
Para terminar, me gustaría hacer una reflexión. Yo quisiera saber su
parecer en cuanto a las medidas alternativas a la prisión, ya que para
unos es la posibilidad de salir de ese círculo vicioso que entraña la
droga y la cárcel y, para otros, es simple y llanamente la posibilidad de
eludir la prisión. Esto sin olvidar la tercera vía de acceso a la medida
alternativa: por excarcelación en el tercer grado, acogiéndose a ese
artículo 57 de la ley penitenciaria.

¿Han realizado --y esto lo enlazo con algo que han venido insinuando los
distintos portavoces que me han precedido en el uso de la palabra--
ustedes estudios encaminados a analizar las causas por las cuales estos
enfermos drogodependientes se acogen a las medidas alternativas?



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor director general.




El señor DIRECTOR GENERAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS (Yuste
Castillejos): Respecto a la valoración sobre los programas de metadona,
creo que a nivel doctrinal, investigador, desde el punto de vista
criminológico, están acreditados como un instrumento que disminuye dos
cosas: en primer lugar, la ansiedad que siempre genera un medio cerrado
cuando se ingresa (el medio penitenciario es un medio, lógicamente,
agresivo para el individuo) y yo creo que los programas de sustitutivos,
sean de la naturaleza que sean, permiten eliminar esa ansiedad y afrontar
el proceso rehabilitador con una mayor libertad y, desde otro punto de
vista, los programas van dirigidos a disminuir el daño que conlleva el
acceder a las sustancias tóxicas también en un medio con una dificultad
añadida, por llamarlo de alguna forma, frente al mercado de
estupefacientes que puede producirse en el exterior de las cárceles.

Nosotros somos partidarios del uso de los programas de metadona, como
programas reductores del daño, complementados con otra serie de medidas
que posibiliten una progresión en ese mecanismo de recuperación del
enfermo drogodependiente. El programa de deshabituación pasaría a ocupar
una primera fase que le permitiera elegir con mayor libertad y, a partir
de ahí, podría acceder a programas-módulo libres de droga o a cualquier
otra alternativa de las que he hecho referencia.

En cuanto a los datos concretos de la evolución de los programas de
metadona, han pasado, desde el año 1996 en que había un 80 por ciento, a
un 97 por ciento en el número de establecimientos en los que se dispensa.

Durante 1996 han recibido tratamiento con metadona 6.606 internos, lo que
supone que se ha triplicado el número de los pacientes atendidos en 1995,
y en este momento se está tratando a 2.500 internos diarios con esta
modalidad.

Es una experiencia que no es una panacea y no podemos echar las campanas
al vuelo en un problema de consecuencias tan dramáticas como la
drogodependencia, pero creemos que ha disminuido el nivel de
conflictividad en los centros en los que se aplica metadona y se ha
producido también una reducción de determinados incidentes directamente
ligados a la distribución de drogas en los centros penitenciarios. No me
voy refiriendo sólo a las drogas, sino a cualquier otro tipo de pastilla
o fármaco que pueda tener un efecto alucinógeno.

La participación comunitaria es evidente. Ya he hecho referencia al
esfuerzo realizado por financiar, con cargo al 0,5 del IRPF, nuevos
proyectos de ONG y de instituciones para participar en el medio
penitenciario, y eso evidencia también una tendencia que está recogida en
el reglamento penitenciario: la de hacer partícipe a la sociedad de la
recuperación de los toxicómanos.

En cuanto a las derivaciones que puedan producirse por los sustitutivos
que prevé el nuevo Código Penal, por si se trata de una medida que
permita eludir la pena y hurtar el efecto de prevención general que pueda
tener para el resto de las personas que delinquen, o si es un instrumento
adecuado para conseguir un tratamiento específico para una forma de
delincuencia también específica, es una discusión zanjada por el Código
Penal que, como norma emanada de la voluntad de los españoles, nos obliga
a aplicarlas, si quiere desde la convicción de que los jueces a la hora
de ponderar las circunstancias de la comisión del delito darán una salida
adecuada por la aplicación de esos sustitutivos. Su independencia no
permite condicionarlas desde ninguna óptica administrativa y el tiempo
dará la verdadera dimensión del alcance de estas medidas, quizá en este
momento oscurecidas por la legislación transitoria, a caballo, que se ha
producido en el uso de los beneficios penitenciarios, según que sea una
fórmula de cumplimiento por el antiguo Código Penal o por el nuevo.

Sí creo que son medidas que nos homologan a los sistemas punitivos
europeos y en ese sentido el esfuerzo que pueda hacer la Administración
en algunos casos, como gestora de este tipo de recursos para aplicar las
decisiones



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judiciales, va a ser siempre una actitud de disponibilidad y con el
carácter instrumental que tiene esta Administración para conseguir los
fines constitucionales que tienen tanto las penas como las medidas de
seguridad.

Como colofón, únicamente quisiera hacer referencia --que también la hacía
en la intervención-- a lo que nosotros entendemos que no puede romper el
ingreso en prisión, es decir, no puede suponer sumar, al efecto siempre
desestructurador que tiene la drogodependencia, una dificultad añadida
por la imposibilidad de acceder a mecanismos para la recuperación del
recluido.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias a don Angel Yuste Castillejos,
director general de Instituciones Penitenciarias, por su comparecencia
ante la Comisión, en nombre de la misma, y por su brillante disertación.

Se levanta la sesión.




Eran las dos y treinta minutos de la tarde.