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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 786, de 27/10/1999
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 1999 VI Legislatura Núm. 786



NO PERMANENTE PARA LA VALORACIÓN DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS POR EL
PACTO DE TOLEDO



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. RAMÓN AGUIRRE RODRÍGUEZ



Sesión núm. 2



celebrada el miércoles, 27 de octubre de 1999



ORDEN DEL DÍA:



Celebración de las siguientes comparecencias:



- Del señor secretario de Estado para la Seguridad Social (Aparicio
Pérez). A solicitud de los Grupos Parlamentarios de Coalición Canaria
(Número de expediente 212/002330), Vasco-PNV (Número de expediente
212/002337), Socialista (Número de expediente 212/002345), Catalán de
Convergència i Unió (Número de expediente 212/002348), Federal de
Izquierda Unida (Número de expediente 212/002357), Popular en el
Congreso (Número de expediente 212/002361) y Mixto (Número de
expediente 212/002393) ... (Página 23294)



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- Del señor director general de la Tesorería General de la Seguridad
Social (Gómez-Pomar Rodríguez). A solicitud de los Grupos
Parlamentarios de Coalición Canaria (Número de expediente 212/
002332), Vasco-PNV (Número de expediente 212/002338), Catalán de
Convergència i Unió (Número de expediente 212/002352), Popular en el
Congreso (Número de expediente 212/002366) y Mixto (Número de
expedicnte 212/002395) ... (Página 23330)



- De la señora directora general del INSS (Martín Mendizábal). A
solicitud de los Grupos Parlamentarios de Coalición Canaria (Número
de expediente 212/002335), Catalán de Convergencia i Unió (Número de
expediente 212/002351), Federal de Izquierda Unida (Número de
expediente 212/002358), Popular en el Congreso (Número de expediente
212/002368) y Mixto (Número de expediente 212/002394) ... (Página 23345)



Se abre la sesión a las once de la mañana.




CELEBRACIÓN DE LAS SIGUIENTES COMPARECENCIAS:



- DEL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO PARA LA SEGURIDAD SOCIAL (APARICIO
PÉREZ).

A SOLICITUD DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DE COALICIÓN CANARIA (Número
de expediente 212/002330), VASCO-PNV (Número de expediente 212/
002337), SOCIALISTA (Número de expediente 212/002345), CATALÁN
(CONVERGÈNCIA I UNIÓ) (Número de expediente 212/002348), IZQUIERDA
UNIDA (Número de expediente 212/002357), POPULAR (Número de
expediente 212/002361) Y MIXTO (Número de expediente 212/002393).




El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión de la comisión no permanente
para la valoración de los resultados obtenidos por el Pacto de Toledo
y, como acordó en su momento la Mesa, la sesión de hoy tendrá por
objeto las comparecencias del secretario de Estado para la Seguridad
Social, del director general de la Tesorería de la Seguridad Social,
y de la directora general del INSS.

Sin más preámbulos, agradeciendo la presencia de don Juan Carlos
Aparicio, veterano en esta casa y viejo compañero y dándole la
bienvenida, le cedemos la palabra para que haga una breve exposición,
o amplia, como él tenga por conveniente, a los efectos de situar la
cuestión del debate y posteriormente daremos la palabra a los
diferentes grupos, en el bien entendido de que, por razones de
agenda, si SS..SS., como me han expresado verbalmente, no tienen
inconveniente, la primera intervención sería la del Grupo de
Convergència i Unió.

Muchas gracias y cedo la palabra al secretario de Estado para la
Seguridad Social.




El señor SECRETARIO DE ESTADO PARA LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio
Pérez): Muchas gracias, señor presidente.

Tal vez las primeras palabras sean de obligada gratitud al afecto
expresado en la presentación. A los efectos organizativos quiero
anunciar que mi intervención no va a ser
tan breve como sería mi deseo, en este caso. Para que puedan hacer su
organización de agenda vital, entiendo que va a ser amplia; como
amplia necesariamente fue la elaboración del informe de la ponencia
que en su día dio lugar al llamado Pacto de Toledo, proporcionalmente
amplia será la valoración que en este momento se realice.

Para comenzar, recordando palabras de hace cinco años, en esa calidad
citada de diputado del Congreso, y con ocasión del debate sobre el
informe elaborado por la ponencia que entonces se constituyó, tuve
ocasión de pronunciar unas palabras que -y entiendo que seguro sabrán
perdonar SS.SS. que me cite- me gustaría repetir para abrir esta
comparecencia. Decía entonces que era necesario fortalecer un sistema
público de protección social que es imprescindible para el
crecimiento armónico de nuestra sociedad, un sistema que pronto
cumplirá 100 años y que constituye una de las señas de identidad de
cualquier nación que quiera ser considerada avanzada y justa. En
estos casi 100 años hemos encontrado aciertos y errores, luces y
sombras, pero con una misma dirección y objetivo, como es la búsqueda
de una protección social estable. Estamos ante un acuerdo de carácter
político -eso sí- basado en un rigor técnico propio del Parlamento,
que busca, antes que nada, fortalecer el actual sistema desde unas
premisas de mantenimiento y mejora de los niveles ya existentes de
protección, y que pretende alcanzar los equilibrios financieros
necesarios para su propio funcionamiento sin convertirse en un
obstáculo para el conjunto de nuestro desarrollo social y económico.

Es obvio que la protección social no debe sacrificarse en aras de un
desarrollo económico abstracto, sin beneficios reales para todos los
ciudadanos, y es también obvio que no sería creíble una protección
social sólida sin el necesario respaldo de una economía sana y, antes
que nada, generadora de empleo.

Hoy tengo la ocasión de reiterar estas palabras que mantienen -creo-
toda su actualidad, y en las que sigo creyendo, ante esta Comisión no
permanente creada en el seno del Congreso de los Diputados en virtud
de una proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario
Popular y aprobada por el Pleno de la Cámara, Comisión a la que se
encomienda precisamente valorar los resultados obtenidos por la
aplicación de las recomendaciones del Pacto de Toledo.

Pues bien, un análisis serio y riguroso de la situación actual del
sistema de Seguridad Social y de la aplicación de



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las recomendaciones recogidas en el Pacto de Toledo exige,
inequívocamente, un análisis de la situación de partida. Para conocer
con exactitud dónde nos encontramos resulta necesario recordar cuál
era la situación de partida o, lo que es lo mismo, la situación que
motivó que el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)
presentara la proposición no de ley por la que se crea la ponencia en
el seno de la Comisión de Presupuestos con la finalidad de elaborar
un informe donde se analizaran los problemas estructurales del
sistema de Seguridad Social y se indicasen las principales reformas
que deberían acometerse en los próximos años para garantizar la
viabilidad del sistema público de pensiones y evitar mayores déficit
públicos en el presupuesto del Estado.

Como ya se hace constar en el documento entregado a la Comisión, era
la segunda vez que este grupo planteaba dicha iniciativa, rechazada
inicialmente por el grupo parlamentario mayoritario de la Cámara en
aquellos momentos. La exposición de motivos que la acompañaba era
suficientemente explícita a la hora de concretar la preocupante
situación por la que atravesaba nuestro sistema de Seguridad Social.

Decía literalmente: Desde hace dos años el presupuesto de la
Seguridad Social registra crecientes déficit, a pesar de las
elevaciones de los tipos de cotización y de las medidas aplicadas
durante los últimos ejercicios con la finalidad de trasladar a las
empresas los costes de las prestaciones que hasta la fecha venía
cubriendo la Seguridad Social. Esta situación es particularmente
grave en el caso de determinados regímenes de la Seguridad Social que
se encuentran en situación de quiebra, evitada únicamente gracias a
la absorción de sus déficit desde el régimen general. Estoy citando
palabras literales de los textos entonces manejados.

Se decía: La actual recesión económica ha agravado esta situación al
generar una caída de la actividad económica y, en consecuencia, de
cotizaciones a la Seguridad Social, por un lado, y de mayores
necesidades de prestaciones, por otro. Estas problemáticas
coyunturales y a corto plazo de la evolución presupuestaria actual de
la Seguridad Social se agravarán con las problemáticas que pueden
desencadenarse a medio y largo plazo a causa del envejecimiento de la
población española, a causa del aumento del paro y a causa de la
estructura financiera del sistema de Seguridad Social español,
fundamentado en un régimen de reparto.

Por tanto, las decisiones que deberán adoptarse en ese sentido no son
coyunturales sino de importante trascendencia, puesto que afectan a
aspectos fundamentales del sistema de pensiones y, por consiguiente,
deberían adoptarse sobre la base de una reflexión realizada en el
ámbito del Congreso de los Diputados.

Esta descripción de la situación de partida, como SS.SS. conocen y
recordarán, no fue objeto de censura durante el debate de la
proposición no de ley en el Pleno del Congreso, lo que pone de
manifiesto la unanimidad existente entre los grupos parlamentarios en
torno a la crítica situación por la que atravesaba nuestro sistema de
Seguridad Social.

Tampoco fue objeto de censura la fundamentación esgrimida por el
grupo proponente ante el Pleno del Congreso en defensa de la toma en
consideración de esta iniciativa, presentada -me estoy refiriendo al
«Diario de
Sesiones del Congreso»- el 15 de febrero de 1994, y a la que me
referiré a continuación.

En dicha exposición, el Grupo Parlamentario Catalán incidía en la
situación general de déficit económico-financiero de la Seguridad
Social, compensada mediante transferencias del Estado, y en este
sentido se constataba que en el año 1977 las transferencias del
Estado destinadas a financiar la Seguridad Social equivalían a un 3,6
por ciento de los ingresos de la Seguridad Social, entonces, mientras
que en 1994 representaban casi un 35 por ciento. Por tanto, a lo
largo de estos años ha ido evolucionando la aportación del Estado a
la Seguridad Social, como mecanismo para poder cubrir la incapacidad
económica y financiera de los ingresos, con cargo estrictamente a los
recursos de la Seguridad Social para poder atender las prestaciones
que ésta debía entregar a los ciudadanos que tenían derecho a ellas.

Se daba por segura, además, la evolución creciente del déficit de la
Seguridad Social si no se adoptaban medidas específicas que pudieran
reconducir esta situación.

Dejando al margen la evolución demográfica en España, uno de los
factores más preocupantes era el del crecimiento del gasto por encima
de las posibilidades del sistema de Seguridad Social. Así se ponía de
manifiesto que en un sistema de reparto, como es el que rige en estos
momentos la Seguridad Social, en 1980 los gastos en concepto de
pensiones equivalían al 61 por ciento de los ingresos por
cotizaciones, mientras que en 1993 este porcentaje ya había aumentado
hasta un 85 por ciento. Yun reciente estudio - de entonces- del
Ministerio de Asuntos Sociales, titulado La tercera edad en España,
necesidades y demandas, en su página 139 y siguientes indicaba que
antes de terminar la década de los noventa la totalidad de los
ingresos por cotizaciones no sería capaz de financiar ni siquiera los
gastos previsibles para pensiones, teniendo en consecuencia que
incrementar todavía más las aportaciones del Estado a la Seguridad
Social. Dicho análisis fue expresamente compartido por el grupo
parlamentario que mayoritariamente sustentaba al Gobierno, así como
por el resto de los grupos parlamentarios de la Cámara.

Al margen de estas aportaciones del Estado a los presupuestos de la
Seguridad Social, entre los que se encuentran los préstamos para
financiar las obligaciones del Insalud anteriores al 31 de diciembre
de 1991, 280.000 millones en 1992 y 140.000 millones en 1993 y 1994,
y para posibilitar el equilibrio presupuestario, 345.000 millones en
1994 y 444.000 millones en 1995, también debe traerse a colación la
financiación adicional del sistema a través de pólizas de crédito
concertada con el Banco de España, desde 1990, e incluso la necesidad
de establecer una línea de crédito abierta con Argentaria desde 1992.

Una vez recogido el sentir unánime de las distintas fuerzas
políticas, no puedo dejar de referirme expresamente a la situación
que personalmente encontré cuando tuve la oportunidad de hacerme
cargo de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, situación
que escuetamente se recoge también en el informe presentado a la
Comisión. En dicho informe se hace constar, y esa fue la realidad,
que uno de los primeros retos a los que tuvo que hacer frente el
nuevo Gobierno fue el de la propia situación financiera en que se
encontraba el sistema, que si bien puede no ser considerada



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como de quiebra en el sentido mercantil estricto, sí era mucho más
difícil que aquella que se traslucía de la información que el
Gobierno saliente suministraba a las Cámaras.

La ejecución del presupuesto para 1996 se encontró con una serie de
desequilibrios presupuestarios como consecuencia básicamente de la
falta de aprobación del proyecto de presupuestos para 1996, que dio
lugar, tal como establece el artículo 56 de la Ley General
Presupuestaria, a la prórroga automática de los presupuestos del
ejercicio anterior, es decir, a la prórroga del presupuesto para
1995, de una insuficiente realización del presupuesto de 1995 y de la
limitación impuesta por el artículo 8 del Real Decreto-ley 1/1996, de
19 de enero, a la disponibilidad del préstamo equilibrador que
disponía el sistema para 1995.

Sobre el primero de los aspectos, el de prórroga automática y la no
previsión en el Real Decreto-ley 1/1996, creo que es bueno recordar
que dicha prórroga dio lugar a la aprobación de ese real decreto.

Ahora bien, en el citado real decreto-ley no se preveía financiación
alguna para una serie de gastos ineludibles y claramente previsibles
al comienzo de cada ejercicio económico, como son los derivados de la
revalorización de las pensiones, de la consolidación de dicha
revalorización, del impacto sobre el complemento a mínimos, de las
prestaciones no contributivas y de las prestaciones por hijo a cargo,
así como el incremento en las retribuciones del personal que presta
sus servicios en la Seguridad Social. Desglosando estos conceptos,
nos encontramos con las siguientes insuficiencias presupuestarias:
por el concepto de revalorización de pensiones, 54.000 millones de
pesetas; para la obligada consolidación de dicha revalorización,
52.000 millones de pesetas. Aeste respecto cabe recordar que en 1996
las pensiones se revalorizaron un 4,4 por ciento, correspondiendo el
3,5 por ciento al incremento previsto para el IPC y el 0,9 a
compensar la desviación de la revalorización del año 1995. Además en
ese año hubo de abonarse, en el mes de enero, una paga adicional
compensatoria por la desviación del IPC previsto para 1995. Para
financiar los complementos a mínimos, adicionalmente eran necesarios
otros 15.000 millones de pesetas; para financiar las prestaciones no
contributivas, más de 12.000 millones de pesetas; para hacer frente
al pago de las prestaciones por hijo a cargo, más de 6.500 millones
de pesetas. Esta falta de financiación, no prevista en 1996 para
hacer frente a estos conceptos, supuso por tanto unos menores
recursos por importe de 141.400 millones de pesetas.

Por otra parte, los créditos prorrogados para gastos de personal
tampoco previeron una financiación adicional para hacer frente al
incremento del 3,5 por ciento en las retribuciones del personal al
servicio de la Seguridad Social. Al margen incluso de esta falta de
financiación no prevista en la prorroga presupuestaria, la Seguridad
Social tuvo que atender durante 1996 otros incrementos de gasto
adicionales no previstos en los créditos prorrogados, pero también
fácilmente previsibles, como eran el incremento en el número de
pensiones, el efecto sustitución y el incremento del gasto previsible
en su evolución en las prestaciones por incapacidad temporal.

Del presupuesto de 1995 y su insuficiente realización creo necesario
destacar, en primer lugar, que el incremento
del gasto para 1996 respecto a 1995, a financiar con recursos
propios, partía de una insuficiente realización de este presupuesto.

Así, las cuotas recaudadas en 1996, respecto a las presupuestadas en
1995, se incrementaron sólo en un 2,82 por ciento, debido a una
insuficiente realización del presupuesto anterior. En dicho año, las
cuotas recaudadas fueron de 6 billones 381.100 millones, frente a las
presupuestadas, que eran de 6 billones 629.164 millones. Es decir, en
la prórroga del presupuesto de 1995 ya se partía de un déficit en
cuotas recaudadas de 238.064 millones. Así pues, el presupuesto
prorrogado, es decir, el presupuesto para 1995, parte de unas
previsiones que no pudieron cumplirse en ese año y que, por tanto,
vistos los problemas de los que se partía, difícilmente podrían
cumplirse en el ejercicio de 1996. Baste señalar que la liquidación
definitiva del ejercicio 1995 confirmó las estimaciones efectuadas,
siendo el desfase de 86.000 millones de pesetas.

El tercer elemento determinante de la situación en la que nos
encontramos era la limitación del préstamo equilibrador que concedió
el Estado a la Seguridad Social en 1995. A pesar de la falta de
previsión para la financiación de ciertos gastos anteriormente
señalados, a través del Real Decreto-ley 1/1996, se limitó la
disponibilidad del préstamo del Estado destinado a proporcionar
cobertura adecuada a las obligaciones de la Seguridad Social y
posibilitar el equilibrio presupuestario de la misma. La Ley 41/1994,
de Presupuestos para 1995, establecía la disponibilidad de un
préstamo equilibrador para el año 1995 por importe de 444.344
millones de pesetas. Como consecuencia de la prórroga automática de
los presupuestos, este préstamo debió haberse prorrogado al menos en
igual cuantía, sin embargo, el Real Decreto-ley 1/1996 estableció la
reducción del préstamo inicial, limitándolo a 276.500 millones de
pesetas. Ello significaba, lisa y llanamente, que, para 1996, el
préstamo equilibrador que concedía el Estado al presupuesto de la
Seguridad Social se redujo en 167.844 millones de pesetas. Amodo de
resumen, cabe destacar que las insuficiencias presupuestarias de 1996
alcanzaron la cifra de 527.000 millones de pesetas, debidas a la
imprevisión de determinados gastos ineludibles y a la infundada
limitación del préstamo equilibrador, sumada a la también infundada
estimación al alza de los posibles ingresos.

Con objeto de paliar esta falta de previsión y de rigor
presupuestario, ya manifestado en 1995, el Gobierno se vio en la
obligación de adoptar medidas urgentes que garantizaran la
continuidad, durante 1996, del marco de protección social dispensado
por el sistema. Así, una de las medidas adoptadas fue la derogación
del artículo 8 del Real Decreto-ley 1/1996, precepto por el que se
limitaba la disposición sobre el crédito concedido por el Estado para
la financiación de las obligaciones de la Seguridad Social, a través
del Real Decreto-ley 17/1996, de 22 de noviembre. Dicho precepto,
como ya se ha dejado constancia, planteaba dificultades de
financiación de las obligaciones de la Seguridad Social que este
Parlamento ratificó mediante convalidación establecida. Como
consecuencia de ello se amplió el crédito concedido por el Estado
hasta su importe inicial, que ascendía a 444.344 millones de pesetas.

Asimismo se amplió la póliza suscrita con Argentaria desde 90.000
millones a 175.000 millones, y a su vez se aplazó el ingreso del
importe correspondiente a un trimestre



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del IRPF, lo que supuso disponer de una tesorería adicional de unos
100.000 millones de pesetas.

En cuarto lugar, hubo otros problemas que se pusieron de manifiesto,
y fueron los relativos a la gestión recaudatoria, la evolución
desfavorable de los procesos de incapacidad temporal y la morosidad,
más preocupante, si cabe, cuando procede del sector público. Así, las
medidas de reforma de la gestión recaudatoria, principalmente en vía
ejecutiva, contenidas en la Ley 42/1994, no fueron plenamente
desarrolladas ni en el ejercicio de 1995 ni el de 1996, dando lugar a
una minoración de la recaudación por vía ejecutiva y a través de la
actuación inspectora. Las modificaciones introducidas por la Ley 42/
1994, de 30 de diciembre, en materia de acción protectora, fusión de
las prestaciones de incapacidad laboral transitoria e invalidez
provisional en la incapacidad temporal y configuración de la
maternidad como prestación específica, tampoco consiguieron los
efectos que se esperaban. La reducción del proceso de incapacidad
temporal fue insuficiente y el incremento del número de procesos de
invalidez permanente fue excesivo, como consecuencia del también
insuficiente control sanitario.

Por aquellas fechas, la deuda del sector público de la que se partía
ascendía a 267.989.561. La financiación de la sanidad por el sistema
de la Seguridad Social, en el período 1989-1996, supuso la aportación
de 4 billones 853.000 millones de pesetas, en tanto que recibió
préstamos del Estado por valor de 1 billón 626.000 millones, clave
para la comprensión del tan manido asunto de los préstamos.

Frente a esta situación, el nuevo Gobierno adoptó un plan de
actuación dirigido a garantizar la viabilidad del sistema con tres
líneas fundamentales: el desarrollo urgente de las previsiones
contenidas en el Pacto de Toledo, como vehículo para mantener el
equilibrio financiero del sistema; el establecimiento y aplicación de
un plan de medidas contra el fraude y la utilización indebida del
sistema, así como de lucha contra la morosidad, en línea con las
propias recomendaciones del pacto, todo ello desde la más estricta
política de austeridad en los gastos corrientes e inversiones reales.

Desde un principio, y así se recoge en el informe de la ponencia
parlamentaria y en el «Diario de Sesiones» del Congreso, todos los
grupos parlamentarios, y yo mismo, como representante en aquella
ocasión del sentir del Grupo Parlamentario Popular, fuimos
conscientes de que el desarrollo y aplicación de las recomendaciones
del llamado Pacto de Toledo requerían del mayor consenso posible,
también con los agentes sociales. La aplicación efectiva de las
recomendaciones del pacto no podía llevarse a cabo a espaldas del
conjunto de la sociedad. Así, como ya es conocido, en cumplimiento
del compromiso asumido por el nuevo Gobierno se constituyó el 18 de
junio de 1996, bajo la presidencia de la Secretaría de Estado de la
Seguridad Social, la mesa tripartita sobre el sistema de protección
social, como expresión del diálogo social, en la que han estado
representadas las organizaciones sindicales y empresariales, además
del Gobierno. El proceso negociador culminó con un acuerdo sobre
consolidación y racionalización del sistema de Seguridad Social, cuyo
contenido, es de resaltar, fue valorado positivamente por la ponencia
redactora del Pacto de Toledo y llevado a la Ley 24/1997,
de 15 de julio. Desde ese momento, toda la actividad desplegada por
el Gobierno en esta materia ha estado dirigida al desarrollo de los
compromisos asumidos al suscribir el Pacto de Toledo y el acuerdo con
los agentes sociales, así como al cumplimiento de la propia legalidad
vigente.

Una vez expuesta y recordada la situación económicofinanciera
existente en el momento de aprobarse la proposición no de ley
presentada por el Grupo Parlamentario Catalán y la existente en abril
de 1996, entraré a desgranar sucintamente los resultados obtenidos
hasta la fecha, transcurridos tres años desde el inicio de la
aplicación de las recomendaciones del Pacto de Toledo, en el bien
entendido de que el propio pacto no tiene un plazo de caducidad ni
establece plazos para su cumplimiento.

La primera de las recomendaciones sería la relativa a separación y
clarificación de las fuentes de financiación. Creo que es bueno que
se repita literalmente su contenido antes de entrar en cualquier
evaluación: La financiación de las prestaciones de naturaleza
contributiva dependerá básicamente de las cotizaciones sociales y la
financiación de las prestaciones no contributivas y universales,
sanidad y servicios sociales, entre otras, exclusivamente de la
imposición general. (Subrayo el término básicamente relacionado con
la financiación de las prestaciones de naturaleza contributiva). La
ponencia recomienda al Gobierno que se adopten las medidas necesarias
para profundizar progresivamente en la dirección de la separación de
fuentes de financiación, según la naturaleza de la protección,
iniciada a partir de 1989 hasta su culminación efectiva en el menor
plazo posible, quedando claramente delimitados, dentro del modelo de
protección, el sistema contributivo y no contributivo. Las
cotizaciones sociales deberán ser suficientes para la cobertura de
las prestaciones contributivas, para lo cual se efectuarán las
previsiones necesarias para garantizar el equilibrio presente y
futuro de esta parte del sistema de la Seguridad Social. Las
aportaciones del presupuesto del Estado deberán ser suficientes para
garantizar las prestaciones no contributivas, la sanidad, los
servicios sociales y las prestaciones familiares. Asimismo, la
fiscalidad general debe hacer frente a la bonificación en las
cotizaciones de contratos dirigidos a grupos de especial dificultad
en la búsqueda de empleo, así como aquellas actuaciones que, en
materia de anticipación de la edad ordinaria de jubilación o de ayuda
a sectores productivos, pudieran producir distorsiones en el normal
equilibrio del sistema. En el caso de que el cumplimiento de estos
objetivos requiera la adecuación del actual sistema fiscal, se
incidirá en aquellas figuras impositivas de menor repercusión en la
capacidad competitiva y generadora de empleo de la economía, sin
excluir que se pueda contemplar la aplicación de una contribución
universal sobre todas las rentas.

Pues bien En aplicación de esta recomendación, el acuerdo sobre
consolidación y racionalización del sistema de Seguridad Social viene
a decir que la acción protectora en su modalidad universal se
financiará mediante aportaciones del Estado, mientras que las
prestaciones contributivas deberán ser financiadas básicamente con
cargo a las cotizaciones de las personas obligadas, además del
importe de las cantidades recaudadas en concepto de recargos,
sanciones u otras de naturaleza análoga, así como los frutos, rentas,
intereses y cualquier otro producto de los recursos patrimoniales de
la Seguridad Social.




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A los efectos anteriores -dice la ley-, tienen naturaleza
contributiva las prestaciones económicas de la Seguridad Social con
las excepciones que luego se señalan. La totalidad de las
prestaciones derivadas de las contingencias de accidentes de trabajo
y enfermedades y los gastos de gestión correspondientes a las
prestaciones señaladas anteriormente, así como los gastos de
funcionamiento de los servicios correspondientes a las funciones de
afiliación, recaudación y gestión económica, financiera y patrimonio.

Dentro del sistema de protección social, tienen naturaleza no
contributiva las prestaciones y servicios de asistencia sanitaria y
las correspondientes a los servicios sociales, salvo que se deriven
de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, las pensiones
no contributivas por invalidez y jubilación y las prestaciones que se
conceden en concepto de complementos a mínimos de las pensiones
contributivas de la Seguridad Social, así como las prestaciones
familiares por hijo a cargo.

Igualmente, se estima preciso promover la modificación del texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social, de forma que se
incorpore un mandato para que, de modo gradual, se separen las
fuentes de financiación poniendo como límite la ley de presupuestos
para el año 2000. Durante este período transitorio, se mantendrá la
financiación parcial con cargo a cotizaciones de las prestaciones
y servicios de naturaleza no contributiva en proporción decreciente y
con el ritmo más rápido que sea factible a tenor de la evolución
económica, del empleo como factor determinante del nivel de ingresos
y de las propias magnitudes del sistema de Seguridad Social. El
contenido de este acuerdo fue recogido en la Ley 24/1997, que
permitió dar eficacia jurídica a estos compromisos.

Llegados a este punto, quiero recordar las palabras de otro ilustre
diputado del Grupo Parlamentario Socialista, don Alejandro Cercas,
pronunciadas ante el Pleno del Congreso con ocasión del debate del
informe elaborado por la ponencia, cuyo desarrollo debe valorar esta
Comisión.

El señor Cercas decía que la reforma del sistema de financiación en
su conjunto es ciertamente una tarea de gran complejidad, que va a
exigir prudencia, rigor y un tiempo dilatado en la implementación de
sus medidas. Pero el punto de llegada no puede ser otro que separar
las fuentes de financiación, según la naturaleza de los beneficios
que otorgan cada uno de los pilares y responsabilizar a la fiscalidad
general de la financiación de las prestaciones universales.

Sin embargo -decía el señor Cercas-, advertimos en el dictamen que,
sólo si las figuras actuales o alguna otra que se sugiere pudieran
hacerse cargo de estas atenciones, podríamos situarnos en un
horizonte de una hipotética y moderada rebaja de cotizaciones. Decía
(y esto forma parte también del núcleo duro del acuerdo que
suscribimos); cualquier promesa o decisión que no respete el doble
requerimiento de mantener la suficiencia de la financiación del
sistema de pensiones y no incrementar el déficit público se situaría
en clarísima contradicción con contenidos fundamentales del acuerdo
de Toledo, pues esto significaría una grave agresión, así como poner
en riesgo la pervivencia del sistema de pensiones, o poner en riesgo
los objetivos de reducción del déficit, o simultáneamente poner en
riesgo ambas funcionalidades y ambos objetivos. Pero si se
acompaña explícitamente con la pretensión de rebajar obligaciones
tributarias, estaríamos, además de ante un incumplimiento, ante una
milagrosa fórmula para cuadrar los círculos. Palabras que me parecen
cargadas de sensatez y de prudencia y que pronunció entonces don
Alejandro Cercas.

Pues parece que los círculos han cuadrado. Ala vista de estas
manifestaciones, me centraré en desgranar las medidas adoptadas para
mejorar la financiación del sistema, aclarando y separando sus
fuentes de recursos.

Por lo que a la financiación de la existencia sanitaria prestada por
el Insalud se refiere, podemos comprobar cómo de forma paulatina se
han ido reduciendo las aportaciones de cotizaciones sociales, y ya en
1999 se financian íntegramente a cargo de las transferencias del
Estado los presupuestos de la Seguridad Social.

Las aportaciones del Estado al presupuesto del sistema para financiar
la asistencia sanitaria prestada por el Insalud en 1995 representaban
el 78,3 por ciento del total de la financiación de esta prestación.

En 1996, representaban el 82,6 y se han ido incrementando año a año,
pasando de 3 billones 272.000 millones en 1997, 91,8 por ciento del
total de financiación, a 3 billones 636.000 en 1998, el 95,3 por
ciento. Paralelamente, la financiación a cargo de cotizaciones
sociales ha ido descendiendo, de modo que si en 1995 representaba el
19,87 por ciento del total de financiación, en 1996 descendió al
14,73 por ciento, en 1997 al 5,61 por ciento y en 1998 al 2,69 por
ciento.

En 1999 el importe de las transferencias del Estado al Insalud para
financiar la asistencia sanitaria ascienden ya a 3 billones 986.000
millones de pesetas, 98,4 por ciento del total del presupuesto de
esta entidad, desapareciendo toda aportación procedente de
cotizaciones sociales para financiar la asistencia sanitaria.

Por otra parte, y a través de la disposición transitoria sexta de la
Ley 66/1997, de 30 de diciembre, se trapasa la separación de fuentes
de financiación también al ámbito de las empresas colaboradoras en la
gestión de la prestación de asistencia sanitaria derivada de
enfermedad común y accidente no laboral.

A tal efecto, se suspende la posibilidad de conceder nuevas
autorizaciones para colaborar en esa modalidad hasta que se culmine
el proceso de separación de fuentes de financiación entre el Sistema
Nacional de Salud y el Sistema de Seguridad Social, no obstante, las
empresas autorizadas con anterioridad al 1 de enero de 1998 seguirían
colaborando en la gestión, si bien la compensación económica que
tienen derecho a percibir por la prestación de asistencia sanitaria
será financiada por el Estado, método en todo caso más justo y
racional que con cargo a cuotas.

Continuando en la evolución de este proceso llegamos al proyecto de
ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000 que, como
no podía ser de otra forma, no contempla ya ninguna partida en
concepto de cotizaciones sociales dirigidas a la financiación de la
asistencia sanitaria dispensada por el Insalud, y además viene a
completar el proceso de clarificación y separación de las fuentes de
financiación, concluyendo el período transitorio que establecía la
propia Ley 24/1997. De esta forma, no sólo las prestaciones
sanitarias gestionadas por el Insalud serán financiadas íntegramente
a cargo de las transferencias del Estado al presupuesto de la
Seguridad Social, sino también



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los servicios sociales gestionados por el Inserso y la
correspondiente a las asignaciones económicas de la Seguridad Social
por hijo a cargo, de carácter universal, asumidas anteriormente con
cargo a los recursos propios del sistema. Estas incorporaciones
financieras comportan aportaciones del Estado por importe de 214.658
millones de pesetas, 171.426 dirigidos a financiar servicios sociales
y 43.000 a financiar la protección familiar. Con esto se culmina el
proceso de separación de fuentes de financiación, con la salvedad de
los complementos a mínimos, mientras no se establezca definitivamente
su naturaleza a lo largo del ejercicio venidero, conforme dispone la
propia Ley de consolidación y racionalización del Sistema de
Seguridad Social.

El acuerdo sobre consolidación y racionalización del sistema de
Seguridad Social, valorado positivamente por la ponencia redactora
del Pacto de Toledo, debo insistir en este punto, también se refería
expresamente a los complementos a mínimos, y en los siguientes
términos: las prestaciones complementarias de las pensiones
contributivas, cuando éstas no alcancen la cuantía que en cada
momento se fije como pensión mínima del sistema, tendrán naturaleza
no contributiva, y transcurridos cuatro años desde la firma del
presente acuerdo se analizará la ubicación de los complementos a
mínimos dentro del sistema de financiación.

Así se recoge en la propia ley de consolidación, en la que además se
recoge, en consonancia con lo anterior, que, hasta que no se
establezca definitivamente la naturaleza de los complementos a
mínimos de las pensiones de la Seguridad Social, estos serán
financiados en los términos en que se determine por la
correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada
ejercicio económico, artículo 1, apartado 2, de la ley precitada, y
así se ha venido haciendo, siguiendo el ritmo marcado en todo momento
por estas leyes. No creo que sea necesario recordar que, aunque el
proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado es elaborado por
el Gobierno, es el Parlamento el que lo aprueba definitivamente.

Pero traer a colación los términos en que se pronuncia el Pacto de
Toledo sobre los complementos a mínimos. Si acudimos al texto de las
recomendaciones, no existe ninguna que expresamente se refiera a los
complementos a mínimos, ni siquiera la primera, que es la relativa a
la separación y clarificación de las fuentes de financiación del
sistema. En este sentido señala que: las aportaciones del presupuesto
del Estado deberán ser suficientes para garantizar las prestaciones
no contributivas, la sanidad, los servicios sociales y las
prestaciones familiares. Punto. No es, por tanto, el Pacto de Toledo
el que recomienda que los complementos a mínimos sean financiados con
cargo a la fiscalidad general. Es más, en el apartado 8 del informe
de la ponencia, y bajo la rúbrica Líneas de actuación y reformas
necesarias, se recoge literalmente lo siguiente: En suma, la ponencia
aboga por hacer viable financieramente el actual modelo de Seguridad
Social y continuar avanzando en su perfeccionamiento y su
consolidación a través de la articulación de un sistema público de
prestaciones económicas que comprenda, como modalidades de
protección, una modalidad contributiva de prestaciones económicas de
carácter público y obligatorio, que constituye el núcleo esencial del
sistema. Através de esta modalidad se proporcionan
rentas de sustitución por razones de edad, incapacidad
o muerte, en proporción al esfuerzo de cotización efectuado. Esta
modalidad, la contributiva, contempla la existencia de unas cuantías
mínimas de pensión con importes superiores a las pensiones no
contributivas para aquellos pensionistas que no alancen el nivel de
las mismas y carezcan de recursos. Continua diciendo: La financiación
de esta modalidad debe realizarse básicamente con cotizaciones
sociales a través de un sistema de reparto. Y subrayo básicamente con
cotizaciones sociales.

Insisto, éste es el tenor del informe elaborado por la ponencia para
el análisis de los problemas estructurales del sistema de la
Seguridad Social y de las principales reformas que deberán
acometerse. Ello quiere decir que la calificación de los complementos
a mínimos como prestación de naturaleza no contributiva no parte del
Pacto de Toledo ni está incluida en sus recomendaciones, sino que
parte del acuerdo alcanzado con los agentes sociales, y ello con
carácter provisional, dada la dificultad, que a nadie se le escapa, y
de ahí las diferentes posturas existentes, para determinar con rigor
la naturaleza jurídica de la que deben participar estos complementos.

Debido a ello, se optó por otorgarles una naturaleza provisional a
resultas de un debate más en profundidad sobre la materia y la propia
evolución del sistema.

Las distintas opiniones sobre la naturaleza de estos complementos
pueden resumirse en dos: o bien son prestaciones no contributivas
porque no guardan proporcionalidad con el esfuerzo de contribución
realizado ni depende del mismo, o bien son contributivas dado que
sólo pueden percibirse por los pensionistas del sistema de esta
modalidad. Ambas posturas son respetables y encuentran sus razones y
fundamentos, de ahí que se optara, como ya he manifestado, por un
pronunciamiento provisional. Anadie se le escapa que si esta materia
no revistiera problema alguno ya se hubiera acometido su resolución,
ya que este proceso de clarificación y separación de fuentes
financieras de alguna forma se inicia en 1989, hace diez años, y
desde un primer momento se opta por separar las fuentes de
financiación de forma que las aportaciones del Estado se dirijan a
financiar prestaciones inequívocamente no contributivas y
universales. De hecho, desde 1989 las aportaciones del Estado para
financiar los complementos a mínimos no han hecho sino disminuir.

Este debate, como se desprende del texto del acuerdo, debería abrirse
transcurridos cuatro años desde la firma del acuerdo, debate en el
que se analizaría la ubicación de los complementos a mínimos dentro
del sistema de financiación. Firmado el acuerdo el 9 de octubre de
1996 no tendría que ser sino hasta el 9 de octubre del año 2000
cuando correspondería fijar definitivamente esta ubicación, y
conforme a la ley de consolidación hasta ese momento los complementos
a mínimos se financiarán en los términos en que se determine por la
correspondiente ley de Presupuestos Generales del Estado para cada
ejercicio económico.

En ese sentido, nada puede reprocharse a este Gobierno que, dentro
del plazo transitorio establecido en la ley de consolidación, ha
presentado un proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2000 que concluye el proceso de separación de fuentes
llevado por el Gobierno con prudencia, rigor y de forma progresiva,
vamos, tal y como lo indicaba el diputado señor Cercas.




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La segunda de las recomendaciones es la relativa a la constitución de
reservas, y se refiere en los siguientes términos: el sistema
contributivo debe presentar presupuestos equilibrados; el sistema de
pensiones precisa de la constitución de reservas que atenúen los
efectos de los ciclos económicos. Por ello, en su caso, los
excedentes que pudieran existir en los ejercicios presupuestarios de
los momentos de bonanza económica deberían ser utilizados para
constituir con títulos públicos, adquiridos en mercados oficiales,
fondos de equilibrio que permitan actuar en los momentos bajos del
ciclo sin acudir a incrementos de cotizaciones.

El desarrollo del contenido de esta recomendación, el acuerdo sobre
consolidación y racionalización del sistema de Seguridad Social,
presentó la siguiente redacción: Desde que se ponga en marcha el
nuevo modelo de financiación al que se refiere el presente acuerdo
hasta la total separación de fuentes, como máximo en el año 2000, se
irá dotando el fondo de reserva con los excedentes de cotizaciones
sociales que puedan resultar de la liquidación de los presupuestos de
la Seguridad Social, con la finalidad de atender a las necesidades
futuras del sistema. El ritmo de constitución del fondo de reserva
será acomodado al de la separación de las fuentes de financiación. En
el año 2000 se estimará la suficiencia del fondo de reserva en
función de los correspondientes cálculos económicos y demográficos.

Este compromiso se articula en la ley de consolidación dando nueva
redacción al apartado 1 del artículo 91 del texto refundido, que
queda redactado de la siguiente manera: Con cargo a los excedentes de
cotizaciones sociales que puedan resultar de la liquidación de los
presupuestos de la Seguridad Social de cada ejercicio económico, se
dotará el correspondiente fondo de reserva, con la finalidad de
atender las necesidades futuras del sistema. El Gobierno, a propuesta
conjunta de los ministros de Trabajo y Asuntos Sociales y de Economía
y Hacienda, determinará la materialización financiera de dichas
reservas.

Hasta aquí la literalidad de los acuerdos parlamentarios y sociales,
así como su plasmación jurídica, cuyo desarrollo ha de analizarse a
la luz de la situación de partida que he desgranado al comienzo de mi
intervención, y la situación de partida no podía ser calificada de
halagüeña. Ninguno de los indicadores de la salud financiera del
sistema en octubre de 1996, fecha de la firma del acuerdo social,
permitía garantizar la existencia de excedentes en el año 2000.

Apesar de ello, y convencido de la bondad de las recomendaciones del
Pacto de Toledo, y de que una política de austeridad y de
racionalización del sistema nos llevaría a su estabilidad, el
Gobierno asumió el compromiso de constituir este fondo de reserva, y
será durante el ejercicio próximo cuando pueda materializarse este
fondo con una dotación inicial de 60.000 millones de pesetas. Así, en
un momento en el que la ejecución del presupuesto del sistema permite
cumplir holgadamente con el objetivo de déficit marcado para este
año, 0,10 por ciento del producto interior bruto, frente al 0,72 por
ciento de 1995, de forma que las previsiones apuntan incluso por
debajo de un 0,05 por ciento del PIB, la situación financiera del
sistema permite presentar unos presupuestos equilibrados, en los que
se concluye el proceso de separación de fuentes de financiación, y en
los que el objetivo ya no es alcanzar un déficit cero, sino generar
excedentes, un superávit que permitirá
acometer la constitución del fondo de reserva en el año 2000, y ello
aun cuando no se ha cerrado definitivamente el debate en torno a la
naturaleza del complemento a mínimos y de su financiación.

Llegados a este punto, quiero hacer unos breves comentarios al cuadro
comparativo distribuido por un grupo parlamentario mayoritario de la
oposición de esta Cámara al concluir la comparecencia del ministro de
Trabajo y Asuntos Sociales ante esta Comisión y que hace referencia a
unos hipotéticos excedentes de cotizaciones sociales en el período
1990 a 2000.

Analizado el contenido de ese cuadro, es evidente que se están
comparando magnitudes no homogéneas y utilizando datos parciales, de
modo que los resultados plasmados son erróneos, y ello por lo
siguiente. En primer lugar, porque las cotizaciones sociales tenidas
en cuenta cada año son las totales del sistema, incluyendo las
correspondientes a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedad
profesional y, sin embargo, a la hora de computar los gastos, no se
tienen en cuenta prestaciones que estas entidades financian también
con cotizaciones sociales, ya que éstas son su única fuente de
recursos, como, por ejemplo, la asistencia sanitaria, los servicios
sociales, gastos de administración y transferencia para el pago de
pensiones al INSS en forma de capitales-coste, incapacidad
permanente, muerte y supervivencia. Por tanto, habida cuenta del
sistema financiero establecido para estas entidades colaboradoras de
la Seguridad Social, la inclusión de las mutuas en una comparación
como la pretendida distorsiona el resultado al obtenerse un excedente
ficticio de las cotizaciones percibidas por ellas.

Por otra parte, la determinación de un posible excedente de
cotizaciones tomando en consideración únicamente el gasto en
prestaciones económicas no deja de ser absolutamente ficticio en un
intervalo temporal como el analizado, en la medida en que no se toman
en consideración otros gastos que han sido efectuados, efectivamente,
a cargo de las cotizaciones sociales, en virtud de las normas
vigentes en cada momento, alguno de los cuales, a la luz de lo
dispuesto en la ley de consolidación, debe continuar financiándose
con cotizaciones.

En el caso, por ejemplo, de las aportaciones anuales de cuotas para
la financiación de la asistencia sanitaria del Insalud establecidas
en las sucesivas leyes de Presupuestos Generales del Estado para cada
ejercicio, mantenidas hasta 1998, totalizan en el período considerado
4 billones 728.000 millones de pesetas. También han de tenerse en
cuenta las prestaciones sociales dispensadas por el Inserso que, de
conformidad con la ley de consolidación, han de ser consideradas como
contributivas cuando se derivan de accidentes de trabajo; la
asistencia sanitaria y los servicios sociales gestionados por el
Instituto Social de la Marina, en los que concurre la misma
circunstancia, los gastos derivados de la gestión de prestaciones y
los de funcionamiento de los servicios correspondientes a las
funciones de afiliación, recaudación y gestión económico-financiera y
patrimonial, que tienen naturaleza contributiva conforme a la ley de
consolidación.

Puede concluirse, por tanto, que el análisis comparativo efectuado en
el cuadro de referencia es parcial, inexacto y conduce a un resultado
claramente erróneo.




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La tercera de las recomendaciones habla de la mejora de las bases.

Continuando con este análisis, saben SS.SS. que tiene el siguiente
tenor literal: las bases de cotización deberán coincidir en todos los
grupos plenamente con los salarios reales, con aplicación gradual de
un único tope máximo de cotización para todas las categorías
laborales, que fija el techo de aseguramiento del sistema público de
protección. El acuerdo social, en su apartado d), bajo la rúbrica de
modificaciones en la estructura de cotización a la Seguridad Social,
concreta el contenido de esta recomendación en los siguientes
términos: En función de lo previsto en el Pacto de Toledo, en cuanto
al acercamiento de la cotización a salarios reales, el Gobierno se
compromete a que las modificaciones en la estructura de grupos de
cotización sea gradual durante la vigencia del presente acuerdo,
continuando así el proceso iniciado en 1990 y adecuándolo al estado
en que se encuentre la separación de las fuentes de financiación del
sistema de la Seguridad Social. A tal fin, se procurará que se
produzca el menor impacto posible en los costes empresariales por
razones de competitividad y de mantenimiento y de creación del
empleo. Como complemento de ello, se acuerda que el tope máximo de
cotización se incremente en función del IPC previsto, pero
acompasando la evolución de su importe al tope de cobertura que de
modo estable se establezca en su momento como máximo dentro del
sistema público de pensiones. Para la fijación del tope de cobertura
al que se refiere el Pacto de Toledo se tendrá en cuenta, en todo
caso, el mantenimiento del equilibrio financiero, delimitándose así
el nivel de renta de sustitución que como máximo puede alcanzarse por
esta vía. Por otra parte, y con el objetivo de favorecer, con las
garantías adecuadas de protección social y no discriminación, a
quienes acceden al mercado de trabajo a través de las modalidades no
ordinarias de contratación, la Comisión permanente promoverá en el
plazo de un año las iniciativas normativas correspondientes,
atendiendo en especial a los criterios de contributividad que se
contemplan en este mismo acuerdo.

Por su parte, la Ley 24/1997 prevé la aplicación gradual de esta
mejora en los siguientes términos: De conformidad con las previsiones
del apartado 1 del artículo 110 de esta ley -se refiere,
naturalmente, a la Ley General de la Seguridad Social-, los importes
de las bases máximas de cotización por contingencias comunes
aplicables a las distintas categorías profesionales deberán coincidir
con la cuantía del tope máximo de la base de cotización prevista en
el citado apartado. Atal efecto, continuando el proceso iniciado en
el ejercicio 1997, se procederá a la aproximación de las cuantías de
las bases máximas de cotización de los grupos 5 al 11, ambos
inclusive, en los términos que establezca la correspondiente ley de
Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio económico, de
modo que en el año 2002 se alcance la equiparación de los importes de
las bases máximas de cotización de los indicados grupos con la
cuantía del tope máximo. Esta medida, además de incrementar la
recaudación de cuotas, supone una mejora de la protección para los
trabajadores incluidos en estas categorías profesionales al generarse
unas prestaciones de mayor cuantía más en consonancia con las rentas
salariales a las que sustituyen, evitándose que trabajadores con
igual salario y distinta categoría profesional tengan distintas
prestaciones
o efectúen distintas aportaciones al sistema, a pesar de tener
la misma capacidad adquisitiva.

Este proceso de mejora de las bases máximas de cotización se ha
venido respetando y desarrollando escrupulosamente a través de las
sucesivas leyes de Presupuestos Generales del Estado, de modo que, si
bien las bases máximas correspondientes a los grupos 1 a 4 se han
venido elevando en función del índice de precios al consumo, como se
indicaba en el acuerdo social, las bases máximas de cotización
correspondientes a los grupos 5 al 11 han experimentado un incremento
adicional hasta alcanzar el 7,2 por ciento. El efecto económico de la
medida se traduce hasta la fecha en una mayor recaudación, de 15.836
millones en el año 1997, 27.422 en 1998 y 36.322 en 1999. En el
ejercicio próximo se obtendrá un incremento en la recaudación de
cuotas de unos 4.300 millones de pesetas a los que hay que sumar el
incremento diferido correspondiente a los años anteriores. El número
de trabajadores afectados ha sido el 4,42 por ciento.

Por otra parte, y en relación también con esta materia de mejora de
las bases y, en general, para procurar su acercamiento a los salarios
reales, la Ley 13/1997, de Medidas fiscales, administrativas y de
orden social para 1998, introduce determinadas modificaciones en
orden a la racionalización y clarificación de los conceptos excluidos
de la base de cotización, acomodándolo a lo previsto en materia de
rendimientos de trabajo personal por el ordenamiento tributario. Se
trataba de esta forma de evitar la existencia de percepciones que,
teniendo naturaleza salarial, aparecían excluidas de la base de
cotización a la Seguridad Social. Al margen de esta mejora de las
bases de cotización, y quizá de forma algo asistemática, el acuerdo
sobre consolidación se refiere en este apartado a una serie de
iniciativas a abordar con la finalidad de favorecer, con las
garantías adecuadas de protección social y no discriminación, a
quienes acceden al mercado de trabajo a través de las modalidades no
ordinarias de contratación, atendiendo en especial a los criterios de
contributividad que se contemplan en el propio acuerdo.

En desarrollo de estas previsiones, debo referirme a distintos
momentos y medidas adoptadas. Desde el propio Gobierno se propició el
diálogo entre los interlocutores sociales con el objetivo de promover
una reforma laboral dirigida principalmente a la creación de empleo
estable y a superar los defectos y lagunas de la realizada en 1994.

Los acuerdos alcanzados por los agentes sociales, y principalmente
los recogidos en el acuerdo interconfederal para la estabilidad en el
empleo, fueron íntegramente asumidos por Gobierno y Parlamento
plasmándose normativamente.

Desde el ámbito de la Seguridad Social, el apoyo a la reforma tuvo su
traducción en los incentivos al empleo estable a través de
bonificaciones en las cotizaciones sociales, más intensas en las
contrataciones que se formalizaron a favor de colectivos de menor
integración en el mercado laboral. También en el ámbito fiscal se
diseñaron importantes incentivos a la extensión y consolidación de la
nueva contratación indefinida. La reforma supuso, además, importantes
mejoras para determinados colectivos de trabajadores. Así, el
contrato de formación resultante de esta reforma vio mejorada la
acción protectora dispensada porel sistema de Seguridad Social,
haciéndose efectivo el derecho



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a la prestación económica de incapacidad temporal derivada de riesgos
comunes. También los trabajadores contratados a tiempo parcial, con
jornadas inferiores a doce horas a la semana o cuarenta y ocho al
mes, han visto mejorada la protección que les ofrecía el sistema de
Seguridad Social.

Frente a la situación anterior, en que los trabajadores sujetos a las
contrataciones indicadas estaban limitados en el acceso a la
protección social -los contratos para la formación o aprendizaje
carecían de protección por incapacidad temporal, mientras que los
contratados a tiempo parcial, cuando la prestación de servicios era
reducida, no tenían derecho a las pensiones derivadas de
contingencias comunes ni a la incapacidad temporal-, la normativa
aprobada en el año 1998 ha supuesto una ampliación del ámbito de
cobertura de tales trabajadores, puesto que pasan a tener el mismo
nivel de protección social que el resto de los trabajadores por
cuenta ajena. La medida anterior ha supuesto que un colectivo de
aproximadamente 326.000 trabajadores se hayan beneficiado de la
mejora de la acción protectora en los términos indicados.

Posteriormente, avanzando en esta línea de trabajo y diálogo social,
se hacía necesario seguir actuando sobre el mercado de trabajo a fin
de continuar el proceso de creación de empleo y de consolidación,
mejora y perfeccionamiento de nuestro sistema de Seguridad Social. En
este sentido y con esta finalidad, el primer plan de acción para el
empleo, presentado por el Gobierno de la nación ante la Unión Europea
y que ha merecido las felicitaciones de las instituciones europeas,
desarrollaba los criterios establecidos por la cumbre de Luxemburgo y
concretaba medidas para el ejercicio correspondiente a 1998 a
desarrollar en el marco del diálogo social e institucional. Una de
las líneas que inspiraban este plan es la de impulsar una regulación
adecuada del trabajo a tiempo parcial estable, sobre la base de su
carácter voluntario y no discriminatorio, para posibilitar la
adecuación entre la vida personal o familiar y la vida profesional y
para ofrecer el marco adecuado a una mejor ordenación del tiempo de
trabajo en la sociedad española. Con ello, además se estaría
integrando en el ordenamiento jurídico nacional la directiva de 15 de
diciembre de 1997 sobre contrato a tiempo parcial voluntario, que
cuenta con el pleno apoyo de las organizaciones interprofesionales de
carácter general, como la Confederación Europea de Sindicatos y la
Unice, al tratarse de una necesidad del mercado de trabajo en Europa.

La política de apoyo y fomento del contrato a tiempo parcial estable
debía llevar aparejada la regulación de un marco adecuado de
protección social, con pleno respeto a los principios que rigen
nuestro sistema y a las recomendaciones del Pacto de Toledo.

Resultaba del todo imprescindible poner fin a la inseguridad jurídica
en que se desenvolvía la protección social aparejada en esta forma de
contratación, adaptándola a la realidad social. El importante papel a
desempeñar al respecto por parte de los agentes sociales y su
voluntad de cooperar en el cumplimiento de estos objetivos es
incuestionable. El diálogo social se inició una vez más a través de
las tres mesas bilaterales abiertas entre Gobierno y agentes
sociales: la mesa de tiempo parcial estable, la de medidas e
incentivos para reforzar la estabilidad y la creación de empleo y, la
última, la mesa de
políticas activas y pasivas. Junto a ellas, cobraba especial
relevancia la labor a desarrollar por la Comisión permanente de
seguimiento del acuerdo sobre consolidación y racionalización del
sistema de Seguridad Social, que fue la encargada de diseñar las
líneas básicas de la protección social a dispensar a los trabajadores
contratados a tiempo parcial, cuyo marco laboral no parecía
ciertamente idóneo.

El 13 de noviembre de 1998 la mesa sobre tratamiento global del
trabajo a tiempo parcial, integrada por los representantes del
Gobierno y de las organizaciones sindicales, suscribieron el acuerdo
sobre trabajo a tiempo parcial y fomento de su estabilidad, en el que
se aglutinarían los resultados de las rondas negociadoras mantenidas
en las tres mesas anteriormente citadas. El nuevo modelo de
protección social diseñado en el acuerdo presenta tres objetivos
generales: primero, facilitar el acceso efectivo a las prestaciones;
segundo, mantener el principio de contributividad; y, tercero,
adecuar el principio de proporcionalidad. Sin duda, este acuerdo,
posteriormente plasmado en la correspondiente disposición legal,
constituye una mejora sustancial de los niveles de protección social
dispensados por nuestro sistema de Seguridad Social, poniendo fin a
una de las problemáticas que de forma más reiterada han venido
surgiendo en los últimos años. Además del incremento de la protección
social prevista en el Real Decreto 489/1998, la legislación adoptada,
en cumplimiento del acuerdo sobre el contrato a tiempo parcial y
fomento de su estabilidad, ha implicado una muy sustancial mejora en
el acceso a la protección social por parte de los trabajadores a
tiempo parcial. En este ámbito, no sólo debía tenerse en cuenta el
principio de paridad en el acceso a la protección social de los
trabajadores a tiempo parcial en relación con los trabajadores a
tiempo completo, puesto que ese principio de igualdad podía ser un
principio formal sin concreción real, sino que se tenían en cuenta
las peculiaridades y características específicas que concurren en el
contrato a tiempo parcial. Se trata, en consecuencia, y siguiendo la
doctrina del Tribunal Constitucional, de establecer medidas de
equiparación activa a quienes se encuentran en situación diferente.

Todo ello se concreta en el Real Decreto-ley 15/1998, de 27 de
noviembre, así como en el Real Decreto 144/1999, a través de los
cuales, y en el estricto ámbito de la Seguridad Social, se establecen
los siguientes mecanismos: el principio de igualdad selectiva del
trabajador a tiempo parcial, con relación al trabajador a tiempo
completo; la consideración, como cotizado a la Seguridad Social y,
por tanto, con plena efectividad en orden a las prestaciones del
tiempo correspondiente a los períodos de descanso semanal, festivos y
domingos; la prohibición de efectuar horas extraordinarias,
sustituyendo las mismas por horas complementarias, las cuales, frente
a lo que sucede con las primeras, no sólo son objeto de cotización a
la Seguridad Social, sino que también esas cotizaciones tienen plena
efectividad para el acceso y el cálculo de las prestaciones; el
establecimiento de coeficientes multiplicadores de los períodos
realmente cotizados respecto de aquellas prestaciones de Seguridad
Social cuyo acceso queda condicionado a la acreditación de amplios
períodos de cotización.

En este sentido, y para el acceso a las pensiones de jubilación y de
incapacidad permanente derivada de enfermedad



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común, los períodos realmente cotizados se incrementan en un 50 por
ciento, incremento que no sólo es válido para la acreditación del
período mínimo exigido en el acceso a la pensión sino también, en su
caso, para la determinación de la cuantía de la prestación
respectiva.

También en el ámbito del acuerdo sobre el contrato a tiempo parcial
se han adoptado nuevos mecanismos dirigidos a la jubilación parcial,
ligada al contrato de relevo, figuras ambas que son objeto de
especial consideración en la recomendación décima del Pacto de
Toledo, a la que me referiré posteriormente. Por último, también
podrían encuadrarse aquí las mejoras efectuadas en el régimen
jurídico de las empresas de trabajo temporal y de las mejoras en las
relaciones laborales de los trabajadores que acceden al mercado de
trabajo a través de estas empresas.

La cuarta recomendación del Pacto de Toledo se refiere a la
financiación de los regímenes especiales en los siguientes términos:
modificar, en lo posible, la situación actual bajo el criterio de que
a igualdad de acción protectora debe ser también semejante la
aportación contributiva. El acuerdo sobre pensiones se pronuncia en
el siguiente sentido: las condiciones que disfrutan algunos regímenes
especiales rompen parcialmente el grado de solidaridad y la equidad
dentro del sistema de Seguridad Social, obligando al resto a un
esfuerzo superior.

Varias son las medidas adoptadas al respecto, así, en la Ley 65/1997,
de 30 de diciembre, en su artículo 89.6.2 se establecía una nueva
fórmula para la determinación de las bases de cotización de los
trabajadores incluidos en los grupos segundo y tercero del régimen
especial del mar, siendo especialmente significativa la modificación
que afectaba al grupo segundo, en la que se buscó, a través del
establecimiento de bases tarifadas, el equilibrio entre una base
cercana a los salarios realmente percibidos por los trabajadores y el
principio de solidaridad. La aplicación práctica de esta medida ha
permitido constatar un importante incremento en la recaudación de
cuotas de este régimen especial. También se establece como base de
cotización del régimen especial de empleados de hogar y de
trabajadores por cuenta ajena del régimen especial agrario las que
anualmente se fijan por la ley de Presupuestos Generales del Estado,
rompiendo con la situación anterior, en la que se hacían coincidir
respectivamente con la base de cotización del grupo décimo del
régimen general y con las bases mínimas que para su categoría
profesional se correspondieran con las fijadas para dicho régimen.

Con carácter general, se ha seguido una política de crecimiento de
las bases mínimas de los regímenes especiales de autónomos, agrarios
y hogar, por encima de la evolución marcada por el índice de precios
al consumo, con el objetivo de potenciar el principio de
contributividad y equidad, de modo que dichas bases mínimas generen
pensiones mínimas, ya que dichos regímenes son precisamente los que
generan la mayor parte de pensiones con cuantías inferiores a las
mínimas. Así, por ejemplo, para el año 2000, el proyecto de
presupuestos prevé un crecimiento de dichas bases mínimas de un 2,5
por ciento, un 0,5 por ciento por encima del índice de precios al
consumo previsto, e inferior incluso al crecimiento de las bases
medias del régimen general.

La quinta recomendación se refiere a la mejora de los mecanismos de
recaudación y lucha contra la economía irregular. La ponencia
recomendaba entonces proseguir los esfuerzos de mejora de los
mecanismos de la recaudación de las cotizaciones que posibiliten la
reducción de la morosidad. También entendía la ponencia que se debe
incentivar el trabajo regular y luchar de forma decidida contra la
economía sumergida, permitiendo que aflore el empleo oculto existente
en nuestra sociedad.

Pues bien; son muchas y muy variadas las medidas adoptadas por este
Gobierno encaminadas a mejorar los mecanismos de recaudación de
cuotas y, por tanto, a reducir la morosidad. Así, por ejemplo, se han
incrementado los recursos humanos en las unidades de recaudación
ejecutiva mediante contratación de funcionarios interinos y
reasignación de efectivos procedentes de otras áreas de gestión. Se
ha creado la Unidad de Recaudación Ejecutiva Nacional para atender a
una serie de necesidades no cubiertas suficientemente con la
estructura existente, en la que la gestión recaudatoria en vía de
apremio estaba circunscrita a ámbitos territoriales en los que los
recaudadores ejecutivos ejercían sus competencias con exclusividad a
todos los demás. Se ha procedido a la mejora y sistematización de la
información sobre localización de posibles bienes y derechos de
deudores mediante acuerdos con la Agencia Estatal de Administración
Tributaria y las haciendas forales, así como con la Dirección General
de Tráfico y otros organismos públicos. Se ha procedido también a la
realización de los bienes procedentes de embargo mediante subastas a
través de empresas públicas especializadas en esta actividad, y se ha
establecido un procedimiento de deducción que permita retener, a
favor de la Seguridad Social, los importes adeudados a la misma por
las administraciones públicas, cubriendo así una evidente carencia
previa, cuya motivación política desconozco.

Se ha reconocido a la Tesorería General de la Seguridad Social la
posibilidad de adoptar medidas cautelares frente a los morosos en
aquellos casos en que sea previsible que de otro modo no podría
haberse satisfecho una determinada deuda. Se ha venido potenciando el
sistema de remisión electrónica de datos. Así, entre otras medidas,
se ha establecido la obligatoriedad de su uso para aquellas empresas
que tengan autorizada la gestión centralizada, que tengan un número
determinado de trabajadores o que disfruten del algún beneficio en la
cotización, tales como bonificaciones o reducciones de cuotas, y se
han vinculado al porcentaje del premio de gestión que perciben los
profesionales colegiados a través de las mutuas de accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales. Asimismo, se han simplificado
los modelos de cotización para empresas con un único trabajador. Se
ha llegado a acuerdos con todas las comunidades autónomas y firmado
convenios de regularización de deuda con todas ellas, a excepción de
Andalucía, pendiente de suscribir. Se ha limitado la posibilidad de
obtener reducciones, bonificaciones o cualquier otro beneficio de las
cuotas a aquellas empresas que se encuentran al corriente en el pago
de las mismas. Se ha establecido un único procedimiento para que la
Tesorería General de la Seguridad Social pueda reclamar directamente
las deudas por cuotas de trabajadores dados de alta, haya o no
presentación de



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documentos de cotización sin intervención, en este caso, de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Yasí podría seguir describiendo medidas y más medidas adoptadas en el
curso de estos últimos años. Todas ellas han provocado que la
morosidad evolucione muy favorablemente, de forma que el índice de
morosidad homogéneo, el indicador clásico de la Seguridad Social, se
sitúe a junio de 1999 en el 2,79, frente al 5,52 medido en iguales
términos en 1996. En 1994, este índice era del 5,66, pasando al 2,90
en 1995, pero como consecuencia del cambio en los criterios
contables. Así, si en 1996 los derechos reconocidos netos del
ejercicio ascendían a siete billones 23.000 millones de pesetas,
y los derechos reconocidos pendientes de cobro se situaron en 387.426
millones, a 30 de junio del presente año estas cifras eran de cuatro
billones 106.000 millones y 114.614 millones, respectivamente. La
concreta evolución experimentada por este índice es la siguiente:
5,52 en 1996, 5,42 en 1997, 3,48 en 1998 y 2,79 a 30 de junio de
1999.

Si nos centramos en el ámbito del sector público, podemos observar
cómo la deuda en su conjunto se ha visto reducida en 170.000 millones
de pesetas respecto a la situación existente en diciembre de 1995.

Ahora bien, de forma desagregada este esfuerzo no se reparte por
igual entre las distintas administraciones públicas. Así, mientras en
la Administración se ha reducido o regularizado una deuda por importe
de más de 60.000 millones de pesetas y las administraciones
autonómicas han regularizado por completo su situación a través de
convenios de pago, en la Administración local la resistencia a
regularizar esta deuda está siendo más preocupante al mantenerse los
niveles de deuda, en términos globales, alrededor de los 82.000
millones de pesetas. No obstante, el 85 por ciento de la deuda global
se concentra en 56 ayuntamientos, que mantienen deudas individuales
mayores de 250 millones, destacando algunas corporaciones locales de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, donde se ubican 17 de los 22
ayuntamientos de España con deuda superior a los 1.000 millones de
pesetas.

De la deuda actual del sector público, 98.000 millones, 82.000
millones corresponden a los ayuntamientos. Quiero destacar que se
encuentran en procedimiento de deducción 71.500 millones de pesetas.

En cuanto al sector privado, podemos observar una favorable evolución
de la deuda en vía voluntaria, que ha bajado desde los 477.500
millones en diciembre de 1995 a 322.000 millones en agosto de 1999;
sin embargo, se ha incrementado la deuda en vía ejecutiva en 313.000
millones de pesetas en el mismo período. Ahora bien, tomando como
punto de referencia diciembre de 1996, y tras las medidas adoptadas
al respecto, puede observarse cómo la deuda global ha disminuido,
pasando de un billón 733.000 millones a un billón 655.000 millones de
pesetas. Llegados a este punto, conviene recordar que en la Cámara
Alta se ha creado una ponencia encargada de estudiar la situación de
esta deuda, así como las posibles soluciones para abordar su
regularización.

En el ámbito de la denominada economía sumergida, la actuación de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social se dirige hacia la lucha
contra las conductas que implican una disminución de las cotizaciones
sociales y, para llevarla a cabo, se efectúa sobre la siguientes
situaciones de fraude
o de ocultación. Empresas no inscritas en la Seguridad Social,
para las que prestan servicios trabajadores a los que no se ha dado
de alta en el sistema de Seguridad Social. Empresas que,
encontrándose inscritas en la Seguridad Social, no dan de alta a
todos los trabajadores que prestan sus servicios en ellas. Empresas
deudoras que desaparecen y se inscriben con denominación distinta,
como si se tratara de otra nueva que no tuviera relación con la
desaparecida. Empresas que no reconocen la deuda que mantienen con la
Seguridad Social por las cuotas devengadas por los trabajadores a su
servicio; en este caso, incumplen la obligación de presentar
boletines de cotización. Empresas que efectúan una cotización
deficiente por los trabajadores al cotizar por bases inferiores a las
reales o por tipos inferiores a los debidos. Empresas que se acogen a
subvenciones o bonificaciones del contrato de trabajo a las que no
tienen derecho. Y, por último, trabajadores beneficiarios de
prestaciones sociales que compatibilizan indebidamente su percepción
con un trabajo por cuenta propia o ajena.

Como consecuencia de su actuación en el ámbito indicado, la
Inspección de Trabajo procede a extender las correspondientes actas
de infracción por falta de afiliación y de alta de los trabajadores y
por extinción de prestaciones sociales o propuestas de baja en la
percepción de prestaciones sociales. Asimismo, extiende actas de
liquidación por falta de cotización como consecuencia de la falta de
afiliación o alta, por diferencias en las bases y tipos de cotización
y propuestas de liquidación.

Otro tipo de resultados derivados de la acción inspectora en el
ámbito de la economía sumergida es el inducir a las empresas a
comunicar el alta de los trabajadores en el sistema de la Seguridad
Social, que sin la referida actuación no se hubiera producido, y la
emisión de informes para derivar la responsabilidad de una empresa
deudora a otra empresa responsable, solidaria o subsidiaria, de esa
misma deuda.

Centrándonos ya en la actividad desarrollada por la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social en el campo de la economía sumergida desde
mayo de 1996 a mayo de 1999, el análisis de los resultados obtenidos
se puede calificar de positivo, como puede observarse a la vista de
los datos que a continuación voy a exponer y que constan en los
distintos cuadros estadísticos facilitados ya a la Comisión, incluido
el dato correspondiente a 1995. Se incluyen también los resultados
obtenidos en el período mayo 1999-agosto 1999, con el fin de tener
una visión de la evolución de la acción inspectora, en los próximos
meses.

En materia de Seguridad Social, y por lo que a ausencia de afiliación
y alta de trabajadores se refiere, la detección de este tipo de
fraude por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se efectúa
fundamentalmente mediante visitas a los centros de trabajo y los
resultados, esquemáticamente, son los siguientes. Número de altas
provocado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el
período mayo 1996-agosto 1999, 163.290 trabajadores, manteniéndose
unos crecimientos interanuales de alrededor del 10 por ciento. El
importe de las sanciones impuestas por falta de afiliación o alta
supera los 2.000 millones de pesetas anuales. Como puede observarse a
la vista de los datos facilitados a la Comisión, los resultados
referentes a las altas derivadas de la acción inspectora aumentan año
tras año en losperíodos considerados, lo que pone de manifiesto que
en



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esta materia la actuación de la Inspección se ha intensificado
significativamente en estos supuestos de fraude.

En cuanto al número de expedientes liquidatorios por falta de
afiliación o alta, falta de cotización, diferencias y derivación de
responsabilidad, los resultados anuales indican una clara
intensificación de la actuación inspectora. Acumulados estos
resultados, resultaría que el número de expedientes liquidatorios
tramitados en el período mayo 1996-agosto 1999 es de 307.801 y el
importe de dichos expedientes alcanza la suma de 352.000 millones de
pesetas. El número de trabajadores afectados por estos expedientes
era de cuatro millones 143.000. Estas cifras referentes a los
expedientes liquidatorios abarcan los resultados obtenidos por la
Inspección en el control de los siguientes conceptos: falta de
cotización derivada de falta de afiliación o de alta; diferencias
entre bases y tipos de cotización declarados por las empresas y los
que legalmente debiera haber declarado a la Seguridad Social; por no
reconocimiento de las deudas contraídas con la Seguridad Social
derivadas de las cuotas devengadas por los trabajadores en alta; por
sucesión fraudulenta de empresas, derivando la responsabilidad de las
deudas contraídas con la Seguridad Social, y por minorar de forma
ficticia la deuda que las empresas han ido acumulando con la
Seguridad Social.

No obstante, a efectos de economía sumergida nos interesan los cuatro
primeros tipos de expedientes. En este ámbito, los datos son los
siguientes. En cuanto al importe de expedientes liquidatorios
extendidos por falta de cotización derivada de ausencia de alta de
los trabajadores en el sistema de Seguridad Social, la acción
inspectora, en el período mayo 1998-abril 1999, se ha incrementado
respecto a lo obtenido por este mismo concepto en el período mayo
1995-abril 1996, a pesar de producirse un descenso en los períodos
intermedios. El importe acumulado en ese período, mayo 1996-agosto
1999, alcanza ya la cifra de 52.628 millones de pesetas.

Los resultados obtenidos por la Inspección en la detección de fraude
de aquellas empresas que cotizan por cantidades menores a las que
legalmente están obligadas a hacerlo o en las que se cotiza por tipos
inferiores a los debidos se pueden calificar de muy positivos. El
importe acumulado reclamado en estos expedientes desde mayo de 1996
es de 126.000 millones de pesetas. Por lo que se refiere al importe
de los expedientes liquidatorios por falta de cotización al no
reconocer las deudas contraídas por los trabajadores en alta en la
actividad, la Inspección ha permitido reclamar 87.000 millones de
pesetas desde mayo de 1996. Por último, en relación con la sucesión
fraudulenta de empresas, hay que señalar que, con el fin de recuperar
las deudas contraídas con la Seguridad Social por empresas que
desaparecieron en su día del tráfico jurídico y que posteriormente
han vuelto a surgir con una nueva denominación, pero manteniendo la
misma actividad, domicilio, trabajadores, etcétera, a partir del año
1997 se ha intensificado la actividad inspectora en la detección de
estas actuaciones, lo que ha supuesto que en el período mayo 1997-
agosto 1999 se reclamaran 52.430 millones de pesetas por este
concepto.

En materia de prestaciones sociales, la potenciación de estas
actuaciones deriva de una mayor coordinación entre entidades gestoras
y la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social, tanto en materia de prestaciones por desempleo, subsidio de
incapacidad temporal y pensiones de invalidez y jubilaciones, como de
contratos bonificados y subvenciones. Los resultados son los
siguientes. El número detectado de prestaciones por desempleo
percibidas indebidamente desde mayo de 1996 asciende a 29.353,
mientras que el número de pensiones de incapacidad y jubilación
percibidas indebidamente asciende a 2.803.

En cuanto a las actuaciones realizadas y los resultados obtenidos en
materia de fraude en la obtención de beneficios para la contratación,
control que se inicia en 1997, los resultados acumulados son los
siguientes. El número de contratos incentivados revisados por la
Inspección desde mayo de 1997 asciende a 65.470. Las situaciones de
fraude descubiertas representan una percepción indebida en concepto
de bonificaciones o subvenciones de 2.023 millones de pesetas.

Junto a esto, una de las mejores muestras de que el conjunto de las
medidas adoptadas por este Gobierno favorecen la afloración de la
economía sumergida es la propia evolución de la afiliación de la
Seguridad Social, del número de afiliados ocupados, que crece por
encima del ritmo marcado por la economía nacional y de la creación de
empleo. A 21 de octubre de 1999 el número de afiliados ocupados
alcanzaba la cifra de 14.610.234, 793.940 más que a 31 de diciembre
de 1998, con un crecimiento relativo del 5,75 por ciento. Volviendo
hacia atrás en el tiempo, podemos recordar las cifras a 31 de
diciembre de 1994, que fueron 12.109.602, con un crecimiento del 1,62
por ciento, o a 31 de diciembre de 1995, que ascendieron a
12.300.791, con un crecimiento del 1,58 por ciento. A mayo de 1996 el
número de afiliados ocupados alcanzaba la cifra de 12.507.719, por lo
que, comparando esta cifra con el último dato a 1999, representa un
crecimiento de más de dos millones de personas en poco más de tres
años. Si 1996 se cierra con un incremento del 1,92 por ciento, en
1997 se crecía al 3,95 por ciento y en 1998 al 6,04 por ciento. Creo
que las cifras son por sí solas suficientemente elocuentes, por lo
que sobra todo comentario al respecto.

La sexta recomendación se refiere a la simplificación e integración
de regímenes especiales. Volviendo a este texto, la recomendación
sexta tiene el siguiente contenido. La experiencia nos demuestra que
existen ciertas disfunciones en cada uno de los regímenes especiales
que se apartan de los fines para los que fueron creados. Por ello, y
desde la previsión legal existente de unificación de la estructura
del sistema, la ponencia recomienda que se continúe en este proceso,
reduciendo de manera gradual el número de los regímenes actualmente
existentes y logrando la plena homogeneización del sistema público de
pensiones, de manera que a medio o largo plazo todos los trabajadores
y empleados queden encuadrados o bien en el régimen de trabajadores
por cuenta ajena o bien en el régimen de trabajadores por cuenta
propia, contemplando no obstante las peculiaridades específicas y
objetivas de los colectivos encuadrados en los sectores marítimo-
pesquero y de la minería del carbón, así como de los trabajadores
eventuales del campo.

También el acuerdo de pensiones se refería a los regímenes especiales
de la siguiente manera. Las condiciones que disfrutan algunos
regímenes especiales rompen parcialmente



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el grado de solidaridad y de equidad dentro del sistema de la
Seguridad Social, obligando al resto a un esfuerzo superior y en
consecuencia se considera necesario efectuar aquellos estudios y
análisis que permitan evaluar las repercusiones que la aplicación de
las recomendaciones correspondientes del Pacto de Toledo tendrían
para ciertos colectivos y proceder de manera gradual a aproximar sus
cotizaciones y prestaciones, de manera que, teniendo en cuenta los
niveles de empleo, converjan hacia los dos regímenes de trabajadores
por cuenta propia y por cuenta ajena a los que se refiere el citado
Pacto y en los términos expresados en el mismo.

Al respecto cabe traer aquí a colación el conjunto de medidas
expuestas cuando me he referido al desarrollo de la recomendación
tercera, así como la medida prevista en el proyecto de Ley de medidas
fiscales, administrativas y del orden social para el año 2000 en
relación con el encuadramiento en el régimen general de los
trabajadores dedicados a operaciones de manipulado, empaquetado,
envasado y comercialización de plátanos, abandonando así muchos de
ellos el régimen especial agrario.

Anadie se le escapa que se trata de una de las recomendaciones menos
desarrollada, principalmente por la dificultad que la misma entraña y
sus previsibles consecuencias sobre la competitividad de las
empresas, especialmente en el sector agrario. No obstante, en
cumplimiento de lo previsto en la disposición adicional primera de la
Ley 24, el Gobierno presentó ante la Comisión de Política Social y
Empleo del Congreso un estudio técnico y económico sobre la situación
del régimen especial de los trabajadores autónomos en comparación con
el régimen general. En dicho estudio, como ya conocen SS.SS., venía a
concluirse que después del proceso de homogeneización llevado a cabo
en los últimos años, las diferencias que persisten entre ambos
regímenes son escasas y consecuencia obligada de las propias
características del trabajo por cuenta propia. La menor protección de
que en algunos casos pueden disfrutar los trabajadores autónomos
incluidos en el régimen especial de los trabajadores autónomos frente
a los trabajadores incluidos en el régimen general deriva, sobre
todo, de su menor esfuerzo contributivo. Para mitigar este efecto es
por lo que en los últimos ejercicios económicos la base mínima de
cotización de dicho régimen especial ha experimentado una subida
superior a la aplicada con carácter general, si bien muy inferior a
la experimentada en legislaturas anteriores.

La séptima recomendación se refiere a la integración de la gestión
interna y administrativa del sistema, reafirmar la eficacia gestora
del sistema a través de una mayor integración orgánica de las
funciones de afiliación, recaudación y gestión de prestaciones que
faciliten nuevos avances en este ámbito. En consonancia con este
tenor literal, en 1996 se modificó la estructura orgánica del INSS y
de la Tesorería General de la Seguridad Social y se adscribieron los
recursos económicos y la titularidad del patrimonio del Instituto
Social de la Marina a la Tesorería General de la Seguridad Social. En
1997 se procedió a la integración de la oficina de gestión de
prestaciones económicas y sociales del síndrome tóxico en la
estructura del Instituto Nacional de la Seguridad Social. En 1998 se
adaptó la estructura de la Intervención General de la Seguridad
Social, tanto a nivel central como periférico, a las
necesidades actuales y a sus funciones desarrolladas, y en ese mismo
año se produjo la integración orgánica de la Gerencia de Informática
de la Seguridad Social en la Tesorería General de la Seguridad
Social, desapareciendo como servicio común, pero manteniendo sus
funciones. Y se suprime la Comisión para el estudio de las cuentas y
balances de la Seguridad Social creada en 1987, con objeto de
permitir a la Intervención General de la Seguridad Social el pleno
desarrollo de sus competencias relativas a la dirección de la
contabilidad del sistema. También puedo hacer referencia al proyecto
de real decreto por el que se regula el reglamento orgánico de los
servicios jurídicos de la Administración de la Seguridad Social,
actualmente en trámite, por el que se desarrollan las previsiones de
la Ley de asistencia jurídica al Estado e instituciones públicas,
entre cuyas finalidades está la de mejorar la gestión de este ámbito
administrativo en defensa de los intereses de la propia
Administración y de los ciudadanos.

Quiero destacar que son muchas otras las medidas que para la mejora
de la gestión han venido siendo adoptadas a lo largo de esta
legislatura, si bien la integración de la misma en el modo marcado
por el propio Pacto de Toledo no ha constituido una de las
prioridades de este Gobierno ni por consiguiente de esta Secretaría
de Estado, embarcada en el objetivo de sanear financieramente el
sistema como primer paso para garantizar su pervivencia futura.

Con respecto a la octava recomendación, referida a la evolución de
las cotizaciones, la ponencia hace suya las recomendaciones obtenidas
en el libro blanco de Delors, relativas a la reducción de las
cotizaciones sociales como elemento dinamizador del empleo, con
prioridad en los trabajos de baja cualificación y en los sectores más
intensivos en mano de obra. En esta línea, la ponencia estima que la
aplicación de estas recomendaciones requiere que quede condicionada
al mantenimiento del equilibrio financiero del sistema contributivo y
que no ponga dificultades adicionales al equilibrio de las cuentas
públicas. El acuerdo social de 1996 no se pronunciaba al respecto,
siendo este precisamente el motivo por el cual la patronal, las
organizaciones empresariales, se apartaron del mismo en el último
momento. El desarrollo de esta recomendación, como es evidente, a la
vista de la situación de partida en la que se encontraba el sistema,
no podía venir dada por la reducción de las cotizaciones sociales, ya
que ello hubiera supuesto unos menores recursos que llegaban al
sistema en un momento en que su situación económica y financiera no
permitía muchas alegrías. Y ya el propio Pacto señalaba que la
aplicación de esta recomendación quedaba condicionada al
mantenimiento del equilibrio financiero del sistema contributivo y a
que no pusiera dificultades adicionales el equilibrio de las cuentas
públicas.

Ahora bien, manteniendo los ingresos del sistema, sí se ha venido
reduciendo la carga social que representan las cotizaciones sociales
a través de la figura de las bonificaciones al empleo estable, ya sea
a tiempo parcial o a tiempo completo. Así, por ejemplo, las
cotizaciones de los empleadores por contingencias comunes crecerán en
el año 2000 un 6,5 por ciento, como consecuencia del efecto derivado
de las bonificaciones, ya que de otro modo dicho crecimiento
alcanzaría el 7,1 por ciento. En 1999 este crecimiento



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fue de un 3,01 y de otro modo hubiera supuesto el 6,4 por ciento. De
esta forma, los ingresos por bonificaciones en el año 2000 se prevé
que se sitúen en 285.159 millones, mientras que en 1999 alcanzarán la
cifra de 290.570 millones y en 1998 se presupuestaron 102.439
millones. Junto a esto, como ya es sabido, el proyecto de
presupuestos para el año 2000 prevé una reducción del tipo de
cotización por desempleo del 0,25 por ciento por lo que a los
contratos indefinidos se refiere, aplicable a los contratos vigentes
y a los que se formalicen durante el ejercicio, medida que afectará a
unos seis millones de trabajadores y cuyo coste asciende a unos
40.000 millones de pesetas.

En cuanto a la recomendación novena, la ponencia proponía el
reforzamiento de los principios de equidad y del carácter
contributivo del sistema. Decía que a partir de 1996 las prestaciones
deberían guardar una mayor proporcionalidad con el esfuerzo de
cotización realizado y que se deberían evitar situaciones de falta de
equidad en el reconocimiento a las mismas. Es preciso -decía la
ponencia- , por tanto, que las técnicas de cálculo de las pensiones
contributivas permitan en el futuro y de forma progresiva que quienes
realizan sin gran esfuerzo la cotización alcancen prestaciones
equivalentes. La ponencia estimaba pertinente el mantenimiento de un
tope máximo de prestación al sistema público de la Seguridad Social
en la línea expuesta anteriormente de una mayor proporcionalidad con
el esfuerzo contributivo.

El acuerdo social sobre pensiones concretaba las líneas de actuación
necesarias para desarrollar esta recomendación y lo hacía en los
siguientes términos. Las partes asumen el criterio establecido por el
Pacto de Toledo en relación con la potenciación del principio de
contributividad y por ello se comprometen a buscar su incremento de
forma progresiva, aumentando hasta 15 el número de años utilizados
para el cálculo de la pensión. Coincidiendo con el anterior objetivo,
se consideraba conveniente modificar el porcentaje a aplicar en la
base reguladora en función de los años acreditados como cotizados. El
alcance de estos cambios debe ser modulado en función de la mejora en
el funcionamiento del mercado de trabajo, afectado actualmente por
una notable falta de estabilidad.

En este sentido, y siguiendo el actual método de actualización de las
bases, el incremento progresivo, hasta alcanzar los 15 años, para
calcular la base reguladora, se aplicará de año en año, hasta el
2001, valorándose entonces los efectos de esta medida y
estableciéndose, en consecuencia, el ritmo de aplicación para los
años restantes.

Por otra parte, a efectos del período de carencia cualificada, en
1997 se exigirá tener cotizados dos años dentro de los últimos diez,
y a partir de 1998 dos años dentro de los últimos quince. Asimismo,
las partes coinciden en la conveniencia de modificar el cálculo del
porcentaje a aplicar a la base reguladora, en función de los años de
cotización acreditados, siendo necesario acomodar el ritmo y alcance
de los cambios en función de la mejoría de la situación en el mercado
de trabajo, afectado en la actualidad por la referida falta de
estabilidad.

Para ello el porcentaje a aplicar en los primeros 15 años equivaldrá
a un 50 por ciento, incrementándose hasta un 80 por ciento y un cien
por cien a los 25 y 30 años de cotización,
respectivamente. El paso de los años cotizados dentro de cada
tramo tendrá idéntico valor.

Estos criterios orientadores quedaron perfectamente recogidos en los
artículos 4, 5 y 6 de la Ley de consolidación. Las medidas que se han
introducido para conseguir este reforzamiento de los principios de
equidad y contributividad son los siguientes: una ampliación del
período de cotización para determinar la base reguladora de la
pensión de jubilación; frente a la situación anterior en la que el
parámetro indicado, base reguladora, se calculaba en función del
promedio de las bases de cotización de los ocho años anteriores al
momento en que se causaba la jubilación, la base reguladora pasa a
calcularse con el promedio de las bases de cotización
correspondientes a los últimos 15 años anteriores a la jubilación.

No obstante, y teniendo en cuenta el principio de gradualidad
y prudencia que caracteriza toda la aplicación de la Ley 24, el
tránsito se realiza de forma progresiva, de tal manera que será en el
año 2002 cuando sean 15 años los tenidos en cuenta.

Esta nueva regla de cálculo de la pensión de jubilación permite
eliminar o reducir toda una serie de efectos negativos
y disfuncionalidades que presentaba la fórmula anterior, ya que no
perjudica, o al menos no lo hace con la intensidad de la norma
anterior, el nivel de protección social de las personas que en los
últimos años de su situación cotizante sufren una pérdida importante
de rentas. Es el caso, por ejemplo, de las personas que antes de la
jubilación pasan por un período de percepción del subsidio de
desempleo, en el cual la cotización se efectúa por la base mínima. En
estos casos, al afectar a un promedio de un mayor número de bases de
cotización en la determinación de la base reguladora, se tienen en
cuenta no sólo las cotizaciones por base mínima sino también otras
correspondientes a salarios reales, logrando así una mayor
proporcionalidad entre las contribuciones realizadas y las
prestaciones a percibir. Produce una mayor equidad por cuanto el
nivel de la cuantía de la pensión ya no depende, al menos con la
intensidad con que lo hacía en la fórmula anterior, de los momentos
temporales que en las distintas bases de cotización estuviesen
situadas. Produce una mayor coordinación con otros regímenes públicos
de protección social, en los que el promedio de las bases de
cotización para la determinación de la base reguladora de la pensión
de jubilación se sitúa en un espacio temporal más amplio que los
últimos ocho años. Por ejemplo, es claro en las clases pasivas, en
las que es tomada en cuenta toda la vida del trabajador.

Por último, puede suponer una incentivación a la cotización, puesto
que a efectos de la cuantía de la pensión de jubilación tienen
importancia esencial todas las cotizaciones efectuadas y no sólo las
correspondientes a los últimos ocho años.

La modificación del porcentaje aplicable a la base reguladora para
determinar la cuantía de la pensión de jubilación también ha tenido
importancia. En la ley citada, con el objetivo de alcanzar mayores
grados de contribución, proporcionalidad y equidad se modificó el
porcentaje a aplicar sobre la base reguladora a efectos de la pensión
de jubilación. Esa medida, como se ha indicado, ha supuesto unamayor
dosis de contributividad y proporcionalidad, con un



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mayor efecto en las nuevas altas de pensión correspondientes a los
regímenes especiales, frente a la incidencia en los trabajadores por
cuenta ajena, respecto a los cuales el número de altas en las que se
acredita un número de años de cotización igual o superior a los 25
alcanza a cerca del 80 por ciento.

Junto a estas medidas, cabe recordar otras, algunas ya apuntadas
anteriormente, como son el acceso a la totalidad de la protección
social de los trabajadores para la formación y a tiempo parcial
reducido, con 326.000 beneficiarios de esta medida, modificando
también la cotización correspondiente. La mejora de la protección
social de los trabajadores a tiempo parcial, facilitando su acceso
efectivo a la misma. Y otras nuevas como la modificación de la forma
de determinación del importe de las pagas extraordinarias de las
pensiones, estableciéndose su cuantía en función del número de
mensualidades que el interesado hubiera estado como pensionista en
los seis meses precedentes.

En este apartado también debo hacer referencia a otra medida que
refuerza los principios de equidad y contributividad, como es la
contenida en el artículo 7 de la Ley 24, relativa a las jubilaciones
anticipadas y sobre la cual el acuerdo alcanzado con las
organizaciones sindicales establecía los siguientes criterios
orientadores: A quienes se vean forzados a acceder a la situación de
jubilación por razón de pérdida de empleo, por reestructuraciones o
reconversiones sectoriales, por crisis de empresa o como consecuencia
de la extensión del subsidio asistencial por desempleo, se les
mantendrán las actuales condiciones para esta prestación.

Si la evolución del empleo o del sistema público de Pensiones así lo
aconsejan, podrán adoptarse aquellas medidas que resulten adecuadas
para preservar el equilibrio financiero de la Seguridad Social, entre
ellas el establecimiento de cotizaciones específicas. En los
supuestos a que se refiere el párrafo primero de este apartado, por
razones de contributividad, les será de aplicación un coeficiente
reductor del 7 por ciento, a partir de los 40 años de cotización.

Como ya he dicho, así se recoge en la Ley de consolidación,
estableciéndose la diferenciación entre jubilaciones anticipadas de
carácter voluntario, contra las que se pronuncia el Pacto de Toledo,
y aquéllas que nada tienen que ver con la voluntad del trabajador,
supuesto en el cual, por estrictas razones de contributividad, al
haber cotizado 40 ó más años al sistema, así como de equidad, se
modifica un coeficiente reductor general de un mínimo del 8 por
ciento al 7 por ciento por cada año en que se adelanta la edad
ordinaria de jubilación.

La décima de las recomendaciones se refiere a la edad de jubilación.

Hago gracia a SS.SS. de la lectura literal de la misma, pero en el
sentido de su desarrollo Gobierno y sindicatos plasmaron en un
acuerdo las siguientes consideraciones: en función de las tendencias
que se registran en la Unión Europea es deseable favorecer la
permanencia de los afiliados al sistema de Seguridad Social como
cotizantes. En consecuencia, es criterio de las partes firmantes que
la Comisión Permanente, en el plazo máximo de un año, y con carácter
preferente, aborde el análisis y proponga las medidas más adecuadas
para desincentivar las jubilaciones anticipadas de carácter
voluntario y, conforme a la recomendación
décima del Pacto de Toledo, aquellas medidas que sean
positivas para el empleo.

Al respecto, el artículo 12 de la Ley 24 contemplaba la posibilidad
de que, previa consulta con las organizaciones sindicales y
asociaciones empresariales más representativas, se establecieran
desgravaciones o deducciones de cuotas en aquellos supuestos en los
que el trabajador opte por permanecer en activo una vez alcanzada la
edad de 65 años, con suspensión proporcional del percibo de la
pensión.

A pesar de estas previsiones, justo es reconocer que no han sido
desarrolladas. Esta materia, por su directa incidencia sobre el
sistema de pensiones, requiere los más grandes acuerdos sociales y
políticos. No obstante, sí ha de tenerse en cuenta que en el ámbito
de la Función pública se ha permitido que aquellos funcionarios que
deseen continuar prestando servicios más allá de los 65 años puedan
hacerlo, fijándose la edad máxima en los 70.

Sin embargo, sí se han tomado medidas en relación con el contrato de
relevo o, lo que es lo mismo, en torno al acceso gradual a la
situación de jubilación. De esta forma, en el ámbito del acuerdo
sobre el contrato a tiempo parcial, se han adoptado nuevos mecanismos
dirigidos a la jubilación parcial, ligada al contrato de relevo, con
el objetivo básico de lograr esa mayor flexibilidad y gradualidad en
el tránsito desde la vida laboral a la jubilación.

Era tradicional la insistencia en que una de las causas que frenaban
el éxito de la figura de la jubilación parcial residía en la
regulación poco flexible, adoptada el año 1984, ya que la rigidez en
varios de sus aspectos esenciales que dan acceso a la pensión,
reducción de la jornada, etcétera, podía suponer un freno a que los
trabajadores pudieran demandar esa jubilación o a que las empresas
fueran propicias a incentivar dicho acogimiento.

Por ello, y en la normativa recientemente aprobada, Real Decreto-ley
15/1998 y Real Decreto 144/1999, se han flexibilizado sustancialmente
los requisitos y condicionantes en la jubilación parcial en el
sentido siguiente: primero, ampliar la edad en la que un trabajador
puede acogerse a la jubilación parcial, que se sitúa en los 60 años,
frente a los 62 anteriores; flexibilizar el tiempo de jornada, en el
sentido de reducirla para el trabajador que solicita la jubilación
parcial, pues frente a una reducción rígida del 50 por ciento la
nueva normativa establece un amplio margen entre un mínimo del 30 y
un máximo del 77 por ciento. De igual modo se flexibiliza las
condiciones que deben concurrir en la persona desempleada, ya que
simultáneamente al pase a la jubilación parcial por parte de un
trabajador ha de ser contratada mediante un contrato de relevo;
frente a la situación anterior en la que el trabajador a contratar
debía ocupar necesariamente el mismo puesto de trabajo que el
jubilado parcial, en la nueva regulación el puesto de trabajo a
ocupar está referido al grupo profesional o a la categoría
equivalente.

De igual modo y frente a la rigidez anterior, de que el jubilado
parcial y el relevista no podían coincidir en el mismo horario de
trabajo, ya que se efectuaba una aplicación rígida de la jornada, por
lo que el relevista debía efectuar su prestación de servicios en el
horario dejado por el jubilado, la nueva regulación posibilita que
ambos, jubilado parcial y relevista, puedan coincidir en el mismo
horariode trabajo, con lo que, además, se propicia que el primero



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pueda traspasar sus experiencias al relevista. Esta nueva regulación
del contrato de relevo está encontrando mucha mayor aceptación
precisamente por su flexibilidad, siguiendo la línea marcada por el
Pacto de Toledo, tal como hemos visto.

La recomendación undécima se refiere al mantenimiento del poder
adquisitivo de las pensiones. Las partes firmantes del acuerdo social
sobre pensiones, como no podía ser de otra manera, coincidieron en
que es preciso garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo de
las pensiones. Así, el acuerdo dice literalmente que para ello es
criterio de las partes que debe establecerse legalmente la
revalorización automática de las pensiones en función del índice de
precios al consumo previsto para cada año y, en consecuencia, aplicar
cuando proceda la oportuna cláusula de revisión, a ejercicio
económico vencido, en el supuesto de que el índice de precios al
consumo previsto para dicho año fuese inferior al que efectivamente
se haya producido. En todo caso, dicha cláusula se acomodará a lo
previsto en la recomendación undécima del Pacto de Toledo, debiendo
ser objeto de atento seguimiento los efectos que de su aplicación se
sigan para el sistema de Seguridad Social. El texto de la
recomendación, que no precisa análisis especialmente detallados,
sugiere que se garantice el poder adquisitivo de las pensiones de la
Seguridad Social, que la revalorización sea automática, que esa
revalorización se efectúe en función de cómo haya evolucionado el
IPC, que se establezcan fórmulas estables de revalorización (por lo
que hay que entender que el Congreso de los Diputados no es
partidario de que las condiciones de revalorización se apliquen año
tras año, sin una regulación clara y con vigencia permanente) y, por
último, que en la fórmula de revalorización se apliquen los criterios
seguidos en la revalorización para 1995, contenida en la Ley 41/1994.

En atención a todo lo expuesto, la Ley 24/1997, en su artículo 11,
recogía por primera vez la revalorización automática de todas las
pensiones, incluidas las pensiones mínimas, en función de la
evolución del índice de precios al consumo, y el abono de las
diferencias resultantes, como consecuencia de posibles desviaciones
en las previsiones iniciales, en una paga única. El apartado relativo
a la absorción de diferencias fue derogado posteriormente, lo que
permite que los pensionistas puedan ir consolidando incrementos
situados por encima del índice de precios al consumo real. Apartir de
la entrada en vigor de la Ley 24/1997, y por primera vez en norma con
rango de ley, se preveía qué pensiones son objeto de revalorización:
todas las pensiones del sistema de la Seguridad Social, cualquiera
que sea su naturaleza y clase, y con independencia de la fecha y la
legislación conforme a las cuales se causaron, y cuándo se van a
revalorizar: el 1 de enero de cada ejercicio económico. ¿Cómo se van
a revalorizar? En función de la variación del índice de precios al
consumo, previendo las consecuencias de que la evolución del IPC
considerado en la revalorización sea distinto al realmente producido
en cada ejercicio económico.

En el supuesto de que el índice de precios al consumo real sea
superior al practicado inicialmente en la revalorización del
ejercicio, los pensionistas tendrán derecho a que en la
revalorización del ejercicio siguiente se considere la desviación
producida. Asimismo, percibirán, dentro del
primer trimestre de ese ejercicio y en un pago único, la diferencia
entre el importe anual de la pensión percibida en el ejercicio
anterior y la que le hubiese correspondido de haberse revalorizado en
dicho ejercicio su pensión conforme a la evolución real del índice de
precios al consumo. Con ello, los pensionistas tienen garantizado en
todo momento el mantenimiento íntegro del poder adquisitivo de sus
pensiones. Por el contrario, si el índice de precios al consumo real
de un ejercicio fuese inferior al practicado inicialmente en la
revalorización, los pensionistas no sólo mantienen el poder de compra
de sus pensiones, sino que mejoran el mismo. Esta situación se ha
producido en los tres últimos ejercicios, en los que los importes de
las pensiones de la Seguridad Social han ganado 1,6 puntos de poder
adquisitivo. La ganancia del poder adquisitivo de las pensiones ha
supuesto un aumento de renta de los pensionistas de 307.365 millones
de pesetas en tres años, que individualmente representa una media de
39.000 pesetas por pensionista contributivo y de 23.300 por
pensionista no contributivo.

Además de la ganancia de poder adquisitivo de las pensiones derivada
de la distinta evolución del índice de precios al consumo y de los
incrementos de revalorización, hay que tener en cuenta la incidencia
de la aplicación de la nueva tabla de retenciones del impuesto sobre
la renta de las personas físicas, como consecuencia de la nueva ley
de dicho impuesto, que ha supuesto para el conjunto de las pensiones
contributivas del sistema de la Seguridad Social un incremento en la
cantidad líquida a percibir próximo a los 64.000 millones de pesetas.

En el documento entregado a la Comisión se recogen distintos cuadros
en los que se pone de manifiesto este efecto. No obstante, aún
embarcado en el objetivo prioritario de garantizar la pervivencia
futura del sistema de Seguridad Social, de darle continuidad en un
futuro corto y a medio y largo plazo, el Gobierno nunca se ha
apartado de la posibilidad de mejorar en su importe las pensiones más
bajas, una vez que la situación económica y financiera del sistema lo
permitiera. En este sentido, como ya se ha dicho ante esta Comisión,
el 3 de marzo de 1999, Gobierno y sindicatos, en el seno de la
Comisión de seguimiento del acuerdo sobre consolidación
y racionalización del sistema de Seguridad Social, expresaron su deseo
de que el crecimiento de la protección social forme parte de las
prioridades de gasto en los momentos de mejor evolución económica,
conciliando el principio de sostenibilidad futura del sistema con los
elementos de solidaridad y contributividad que el Pacto de Toledo
reafirma, con especial atención a los segmentos de la población con
menor cuantía relativa de prestaciones. Así, en un momento en que la
ejecución del presupuesto del sistema permite, como decía, cumplir
holgadamente con el objetivo de déficit marcado para este año, ese
0,10 por ciento del PIB, que puede ser finalmente revisado por debajo
incluso del 0,05 por ciento, y en este momento en que la separación
de fuentes de financiación está a punto de completarse y en el que se
prevé acometer la constitución del fondo de reserva, es posible
continuar mejorando e incrementando las pensiones más bajas, dentro
de las posibilidades del sistema, y respetando en todo momento su
equilibrio financiero como garantía de la viabilidad futura, objetivo
último del Pacto de Toledo.




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Estas mejoras se han materializado a través de un acuerdo sobre
revalorización de las pensiones mínimas del sistema de la Seguridad
Social para el año 2000, en el que por unanimidad de sus integrantes
se propone al Gobierno, y a los partidos políticos integrantes del
Pacto de Toledo, la revalorización de las pensiones mínimas del
sistema, tanto las de carácter contributivo como no contributivo,
para el año 2000. En dicho acuerdo se ha consensuado una notable
subida de las cuantías mínimas del sistema, que en las pensiones
contributivas van desde las 23.100 pesetas anuales para pensiones
SOVI, a las 101.570 pesetas anuales para pensiones de viudedad de
titulares menores de 60 años con cargas familiares, y a las 42.000
pesetas anuales para el mayor número de pensionistas que perciben
pensión mínima, representado ello unos porcentajes de subida desde el
4 al 16 por ciento y un 5,5 por ciento de subida media
aproximadamente. Asimismo, las pensiones no contributivas, en el caso
de un solo beneficiario, subirán 32.200 pesetas anuales, lo que
representa un porcentaje de subida de más del 6 por ciento.

Por otra parte, las cuantías de las pensiones contributivas
familiares de jubilación del titular con 65 años o más se equipararán
por fin al salario mínimo interprofesional bruto previsto para el año
2000, con un acercamiento proporcional y significativo del resto de
las pensiones mínimas. La pensión básica queda así, insisto,
equiparada al salario mínimo interprofesional. Con ello se viene a
dar cumplimiento a las propuestas contenidas en las recomendaciones
novena, undécima y duodécima del Pacto de Toledo, así como a las
líneas directrices del acuerdo de consolidación y racionalización del
sistema de la Seguridad Social, en orden a reforzar los principios de
contributividad y equidad que informan el sistema de Seguridad
Social, no sólo manteniendo el poder adquisitivo de las pensiones,
sino mejorando las más bajas, según las disponibilidades económicas
de dicho sistema. El contenido del acuerdo ha encontrado el oportuno
reflejo en el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado,
del ejercicio 2000, con un coste adicional, que se deriva de la
revalorización ordinaria de las pensiones, de 61.000 millones de
pesetas. Puede concluirse por tanto que en el desarrollo de esta
recomendación no sólo se ha mantenido el poder adquisitivo de las
pensiones, sino que los pensionistas pueden disfrutar de ganancias
adicionales, incrementando su poder de compra por encima de la
evolución de los precios.

En relación al reforzamiento del principio de solidaridad, que es el
contenido básico de la recomendación duodécima del Pacto de Toledo
-hago gracia a SS.SS. de la lectura íntegra del mismo-, el acuerdo
social tomó plena conciencia de esta recomendación, plasmando los
siguientes contenidos en relación a orfandad, buscando la ampliación
de forma gradual del limite de edad para la percepción de las
pensiones de orfandad, cualquiera que sea la naturaleza legal de la
afiliación, a los 21 años, con excepción del supuesto en que no
sobreviva ninguno de los padres, en cuyo caso el límite legal será de
23 años. Se llevarán a cabo aquellas modificaciones legales que
resulten precisas para asegurar a estos efectos la igualdad de
derechos, con independencia de cuál sea la naturaleza legal de la
afiliación.

En el caso de la viudedad, el objetivo era incrementar las pensiones
de viudedad en aquellos casos en los que esta
prestación constituya garantía de supervivencia, con atención al
nivel de renta del beneficiario y cargas familiares, con prioridad en
las pensiones mínimas de viudedad de los menores de 60 años, para
equiparar su cuantía con las pensiones mínimas que el sistema otorga
a los viudos o viudas mayores de 60 años, lo que se realizará de
forma gradual en función de las disponibilidades económicas del
sistema de la Seguridad Social. Se decía que las medidas referidas
a los anteriores epígrafes tendrán completa aplicación el año 2000.

En relación a la maternidad, las partes firmantes del acuerdo social
consideraban relevante introducir medidas en el ámbito de la
protección social relativas a la natalidad, en razón a que el
incremento de la misma comportaría efectos positivos para el propio
sistema de Seguridad Social. De esta manera continuaría el proceso
iniciado mediante la Ley 42/1994, y se pedía que la Comisión
Permanente promoviera iniciativas y medidas que favorezcan la
consecución de los objetivos antes mencionados. Estas previsiones
también fueron recogidas en la Ley de consolidación, en sus artículos
9 y 10, por lo que a la mejora de las pensiones de viudedad y
orfandad se refiere. Entre las medidas adoptadas cabe destacar las
siguientes: primero, la equiparación de las cuantías de las pensiones
mínimas de viudedad con beneficiarios menores de 60 años y cargas
familiares a los importes de esta clase de pensiones para
beneficiarios con edades comprendidas entre los 60 y los 64 años. La
Ley 24/1997 incorporó en la Ley General de Seguridad Social una nueva
disposición adicional mediante la que se prevé que en un período de
tres años, que finaliza en el ejercicio 2000, las pensiones para
beneficiarios con menos de 60 años tuviesen igual importe a las
cuantías de las pensiones para beneficiarios con edades entre 60 y 64
años, cuando respecto a los menores de 60 años los beneficiarios
tuvieran menores ingresos y cargas familiares. Desde 1998, las
pensiones mínimas de viudedad de menores de 60 años se han
incrementado en mayor proporción que el resto de las pensiones
mínimas, con la finalidad de que en el año 2000 se produjese, como se
va a producir, la citada equiparación. La equiparación de las
pensiones mínimas indicadas en los términos señalados supone que
estos pensionistas van a percibir en el conjunto de los tres años un
importe superior a 303.380 pesetas/año.

En segundo lugar, como he citado, se trataba de ampliar el límite de
edad para percibir pensiones de orfandad y las pensiones en favor de
nietos y hermanos del fallecido. La Ley 24 modificó la redacción del
artículo 175 de la Ley general de la seguridad social, elevando la
edad de percepción de las pensiones de orfandad hasta los 21 años, ó
23, en el año de orfandad absoluta, cuando el beneficiario no trabaje
o cuando, realizando una actividad lucrativa, los ingresos anuales
obtenidos de la misma no superasen el 75 por ciento de la cuantía
anual del salario mínimo interprofesional, condición esta última
incorporada por la Ley 66/1997, de medidas fiscales, administrativas
y de orden social.

A su vez, el Real Decreto 4/1998, de revalorización de las pensiones
de la Seguridad Social, modificando la Orden ministerial de 13 de
febrero de 1967, extendió la ampliación del límite de edad para poder
ser beneficiario de las pensiones en favor de hermanos y nietos del
fallecido en



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los mismos términos que los señalados para los huérfanos. La
ampliación del límite de edad se efectuó, como otros aspectos de
mejora contenidos en la Ley 24, en términos de progresividad en tres
ejercicios.

Por efecto de la medida anterior, se han beneficiado de la ampliación
del límite de edad un total de 39.653 personas, entre huérfanos y
perceptores de pensiones en favor de nietos y hermanos del fallecido.

Las dos medidas anteriores han supuesto para la Seguridad Social un
coste aproximado de unos 35.000 millones de pesetas.

Un tercer objetivo es el establecimiento de la posibilidad de que
puedan causarse pensiones de muerte y supervivencia, aunque el
trabajador fallecido en el momento de su muerte no se encontrase en
alta o en situación de asimilación al alta en Seguridad Social.

La Ley 66, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y
de orden social, abrió por primer vez en la legislación de la
Seguridad Social la posibilidad de que se pudieran causar
prestaciones de muerte y supervivencia, aunque el trabajador
fallecido en el momento de su fallecimiento no se encontrase respecto
a la Seguridad Social en una situación de alta, o de asimilación de
alta con el único requisito de que hubiese completado un período de
cotización de 15 años, requisito establecido por la Ley 50/1998, que
redujo a 15 años el período de cotización inicialmente exigido de 22.

Con esta medida se repara una situación de injusticia y agravio
comparativo existente en la legislación de Seguridad Social, cual era
la imposibilidad de que se pudieran causar pensiones de muerte y
supervivencia sin que el causante estuviese en alta, cuando esta
posibilidad existía desde el año 1985, respecto a las pensiones de
jubilación y de incapacidad permanente en los grados de incapacidad
absoluta y de gran invalidez.

Al tiempo, la medida era coherente con la aplicación de los
principios en que se asienta la Seguridad Social, que refleja el
propio Pacto de Toledo, puesto que no dejaba de ser desproporcionado,
inequitativo y contrario a la contributividad que una persona no
pudiese dejar prestaciones en favor de sus familiares, habiendo
acreditado largos períodos de cotización por el simple hecho de que
en el momento del fallecimiento no se encontrase de alta en la
Seguridad Social. De otra parte, se da la coherencia al sistema de
pensiones, pues todas ellas podrían causarse, aunque el causante no
estuviese en alta en el momento del hecho causante, siempre que se
acreditase un período de cotización de 15 años.

Desde la entrada en vigor de la Ley 66/1997, la medida anterior ha
implicado que se hayan incorporado como nuevos pensionistas, en el
caso de viudedad, 1.561 personas; en el caso de la orfandad, 586, y
pensionistas de otras clases de prestaciones, 25. La reducción del
período de carencia, de 22 a 15 años, ha supuesto en el año 1999,
respecto a 1998, un incremento del 175,63 y del 261 por ciento de
nuevas prestaciones de viudedad y orfandad derivadas de no alta,
respectivamente.

Como medida de reforzamiento del principio de solidaridad, también
debemos traer a colación nuevamente la revalorización adicional de
pensiones mínimas ya contemplada en el proyecto de Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2000. Otra
manifestación del principio
de solidaridad podemos encontrarla en la modificación de la normativa
sobre devolución en las cantidades indebidamente percibidas por
complementos a mínimos en los supuestos de menores ingresos.

Mediante Real Decreto 2664/1998, de 11 de diciembre, se ha permitido
que los pensionistas de menores ingresos, no superiores a 1.500.000
pesetas al año, puedan devolver las cantidades indebidamente
percibidas en un plazo que puede exceder de los cinco años, a fin de
que la cuantía de lo descontado en la pensión no superase en ningún
caso el 5 por ciento de la pensión. Con esta medida se establece un
trato más favorable para los pensionistas indicados, de modo que sin
afectar a los legítimos intereses de la Seguridad Social, en orden a
reintegrarse de las cantidades indebidamente percibidas, el
pensionista no vea alterado fuertemente el importe de la pensión que
constituye su elemento básico de subsistencia.

También debo referirme aquí a las medidas adoptadas para favorecer la
conciliación de la vida familiar y profesional, así como la
equiparación de la filiación adoptiva a la natural a los efectos del
percibo de las prestaciones por maternidad. Así, un primer paso fue
el de equiparar la duración de las prestaciones por maternidad, en
caso de adopción de menores de hasta nueve meses, con la prevista
para el caso de filiación biológica, 16 semanas.

A través de la ley para promover la consideración de la vida laboral
y familiar de las personas trabajadoras, recientemente aprobada en el
Parlamento, son muchas las medidas que se adoptan al respecto. En
primer lugar, se amplía la protección por maternidad a los supuestos
de acogimiento preadoptivo y permanente. Se amplía el límite de edad
del adoptado para acceder a esta prestación desde los cinco a los
seis años y se establece su duración en 16 semanas para todos los
casos. Se establece la posibilidad de que el padre pueda participar
del cuidado del hijo durante un mayor lapso de tiempo y se crea
además una nueva prestación de Seguridad Social en protección de la
mujer embarazada y del feto.

Por último, quiero hacer una breve referencia a la regulación de la
responsabilidad empresarial en orden a las prestaciones. Como ya se
ha dicho, se trata de un aspecto contemplado en el Pacto de Toledo,
que no ha sido desarrollado, pero también es cierto que se trata de
una materia pendiente de reglamentación desde 1966, cuya normativa ha
sido llenada por la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Desde un primer momento, también durante los últimos tres años, los
criterios asentados por el alto tribunal son los que vienen
aplicándose. Por cierto, el proyecto del real decreto elaborado
durante el Gobierno anterior se limitaba a recoger dichos criterios.

Por lo tanto, el efecto sobre el sistema de Seguridad Social con o
sin reglamentación ha sido el mismo, cargando sobre el sistema en
último término la mayor parte de esta responsabilidad empresarial.

Como bien se hace constar en el Pacto de Toledo, la regulación de las
responsabilidad en orden a las prestaciones ha de adecuarse a la
realidad actual y a las características del modelo presente de la
Seguridad Social, y ello no necesariamente ha de pasar por consolidar
los criterios jurisprudenciales existentes.

La recomendación decimotercera se refiere a la mejora de la gestión.

La ponencia manifiesta la necesidad de adoptar



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medidas destinadas a mejorar la gestión de las prestaciones por
incapacidad temporal y por invalidez, al objeto -dice literalmente-
de frenar las causas de fraude dentro del sistema público en el
acceso y permanencia de las prestaciones. Entre dichas medidas,
tendrán prioridad el establecimiento de un calendario y de los medios
humanos necesarios para el control de dicha incapacidad desde el
mismo sistema y profundizar en la participación y corresponsabilidad
social en la gestión, control y vigilancia de estas prestaciones.

El desarrollo previsto en el acuerdo social responde a los siguientes
términos: la regulación de las pensiones de gran invalidez e
incapacidad permanente absoluta se mantendrá como hasta ahora. El
reconocimiento de las pensiones por incapacidad permanente en sus
distintos grados se efectuará en función de una lista en la que se
fije la graduación correspondiente, que será aprobada por vía
reglamentaria previo informe del Consejo General del Instituto
Nacional de la Seguridad Social. Esta medida tiene como finalidad
introducir la necesaria seguridad jurídica tanto por el sistema de
Seguridad Social como para los beneficiarios. Al tiempo de regularse
la lista a la que se refiere el párrafo anterior, se determinará lo
que proceda en cuanto a la normativa aplicable sobre prestación
económica para la incapacidad permanente y parcial. El reconocimiento
y mantenimiento de las pensiones por incapacidad permanente deberá
ser coherente con el fin para el que fueron previstas, consistentes
en compensar la pérdida de rentas del trabajo por causa de la
incapacidad sobrevenida.

Pedía la Comisión que en el plazo de un año se concluyese el estudio
de las medidas y posibles desarrollos legislativos a adoptar en
cuanto al régimen de incompatibilidades entre las pensiones por
incapacidad permanente y la percepción de retribuciones por
actividades laborales o profesionales. Para dicha regulación se
debería tener en cuenta el listado mencionado en el anterior
apartado.

Con objeto de introducir la necesaria transparencia en la estructura
de pensiones del sistema de Seguridad Social y para tener presentes
tendencias que se registran en el marco de la Unión Europea y en
nuestro propio país, se considera conveniente modificar el texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social, para que la
pensión por incapacidad permanente pase a denominarse a partir de los
65 años pensión de jubilación, pues sin duda, como recordarán SS.SS.,
se trata de un cambio meramente estadístico que ha permitido dotar
también de mayor transparencia y comprensión a nuestros cuadros de
pensionistas y nuestras cifras estadísticas.

Con el fin de asegurar la adecuación de la prestación a la realidad
de la situación de incapacidad permanente, se considera oportuno
establecer programas especiales de actuación de los equipos de
valoración de incapacidades, conocidos como EVI, respecto de aquellas
modalidades de incapacidad, regímenes y ámbitos geográficos en los
que se estime que puede existir una evolución anómala respecto
a previsiones y estudios realizados al efecto.

En cumplimiento de estos compromisos asumidos en ambos textos, la ley
de consolidación recogía en su artículo 8 aquellas medidas que
precisaban de una formulación jurídica, a la vez que se ha ido
adoptando gradualmente aquellas
medidas de mejora de la gestión que en cada caso se hacía
necesario.

Esta recomendación sugiere que es necesario mantener y proseguir las
mejoras obtenidas en la agilidad de la gestión y en la atención a los
ciudadanos, así como establecer medidas de control del derecho a las
prestaciones que garanticen que la acción protectora del sistema de
Seguridad Social se destina a cubrir las situaciones que las normas
legales prevén para aquellas personas que cumplen los requisitos y
condiciones reglamentariamente determinados. El desarrollo de la
misma se ha regido en base a dos premisas fundamentales: dar
cobertura inmediata a las situaciones contempladas en la normativa
vigente y garantizar que las prestaciones económicas se perciban por
sus legítimos destinatarios. Por ello, y por la insolidaridad social
que supone la cobertura con fondos públicos de situaciones de
necesidad que no se corresponden con las previstas legalmente, debe
concederse una especial importancia a evitar y corregir estas
situaciones. Hay un importante bloque de medidas de mejora de la
gestión en el ámbito de las prestaciones por incapacidad temporal,
que son a las que a continuación me refiero.

En relación a esta prestación por incapacidad temporal, cuyo objeto
es proporcionar rentas de sustitución del salario que deja de
percibir el trabajador durante la ausencia al trabajo por enfermedad
o accidente, se detectan en 1996 importantes desviaciones tanto en la
evolución del gasto como en los indicadores de gestión, número de
procesos y duración media, donde se constatan importantes diferencias
tanto a nivel territorial como sectorial.

En este sentido baste indicar que en 1996 un colectivo de 3,6
millones de trabajadores, aquellos que reciben el pago directo, esto
es, trabajadores sin relación laboral, absorbía el 54 por ciento del
gasto, frente al otro colectivo, integrado por 6,9 millones de
trabajadores, que tan sólo generaba el 46 por ciento del gasto.

Ante esta situación se abordan una serie de iniciativas tendentes a
corregir las desviaciones detectadas y a racionalizar de esta forma
la protección por incapacidad temporal, iniciativas que se concretan
en las siguientes líneas de actuación. Primero, en una mayor
coordinación con los servicios públicos de salud. Dado que la
competencia para la expedición de las bajas médicas y el seguimiento
semanal de la situación de incapacidad corresponde normalmente a los
servicios públicos de salud, se suscriben convenios bilaterales, de
conformidad con la disposición adicional undécima de la Ley General
de la Seguridad Social, y en virtud del acuerdo del Consejo de
Ministros de 5 de julio de 1996, convenios que a partir de enero de
1998 quedan derogados como consecuencia del acuerdo global de
financiación sanitaria que a partir de esa fecha rige en todo el
territorio nacional, excepto en el País Vasco y Navarra, en que
continúan vigentes los anteriores acuerdos. Fruto de esta
colaboración se han revisado por los servicios públicos de salud, a
instancias del Instituto Nacional de Seguridad Social, en los
ejercicios de 1997 y 1998, un total de 93.332 procesos de incapacidad
temporal, detectando situaciones irregulares en el 42,7 por ciento de
los casos. Durante el año 1999, hasta el mes de agosto, se han
revisado 42.820 procesos, de los cuales se han detectado situaciones
irregularesen el 44,16 por ciento de los casos. De los procesos



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revisados, en el 58,78 por ciento de los casos dieron lugar a la
extinción de los procesos, bien por alta médica, aproximadamente el
50 por ciento, bien por propuesta de pase a la situación de
incapacidad permanente, 8,5 por ciento.

Otras iniciativas tendentes a corregir las desviaciones detectadas,
que corresponden a actuaciones propias del INSS en materia de
seguimiento de la incapacidad temporal, serían las que desde 1997 se
están realizando en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, al
que se le atribuye la facultad de realizar reconocimientos médicos
sobre trabajadores en situación de incapacidad temporal y emitir, en
su caso, propuestas de alta al servicio público de salud, o altas, de
conformidad con el artículo 78 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre,
de medidas fiscales, administrativas y de orden social, con el Real
Decreto 575/1997, de 18 de abril, y con el Real Decreto 1117/1998, de
5 de junio.

Como resultado de estas actuaciones, en 1997 y en 1998 se han
revisado 435.576 situaciones de baja laboral, de las que 72.344
fueron alta automática; por tanto, se han realizado 363.223
reconocimientos médicos, confirmándose la situación de baja en el
69,47 por ciento de los casos, mientras que en el 30,53 por ciento
restante se propuso el alta.

Durante el año 1999, hasta el mes de agosto inclusive, se han
revisado 191.809 situaciones de baja laboral, de las que 42.920
fueron de alta automática, realizándose 152.675 reconocimientos
médicos en los que en un 80,11 por ciento de los casos se ha
confirmado la situación de baja, y en el 19,89 por ciento restante se
propuso o se emitió el alta.

Cabe poner de manifiesto el alto grado de coincidencia entre el
Instituto Nacional de Seguridad Social y los servicios públicos de
salud, ya que del total de propuestas de alta emitidas por el INSS
(Instituto Nacional de Seguridad Social) el 80,85 por ciento son
confirmadas por el servicio público de salud correspondiente. Como
resultado de estas actuaciones se extinguieron el 88,8 por ciento de
los procesos revisados, un 73,54 por ciento por alta médica y el
15,26 por ciento por propuesta de pase a situación de incapacidad
permanente. Otra de las iniciativas abordadas se concreta en el
desarrollo de campañas informativas por parte del Ministerio de
Trabajo y Asuntos Sociales dirigidas a la opinión pública. ¿Cuáles
son los resultados globales obtenidos en materia de mejora de la
gestión de la incapacidad temporal? Este conjunto de actuaciones ha
determinado que el número de procesos en pago directo, que en
diciembre de 1996 se cifraba en 199.767, se haya reducido a 114.656
en agosto de 1999. Del mismo modo, la duración media de los procesos
ha experimentado una disminución de 67 días, pasando de 193 días en
diciembre de 1996 a 126 días en agosto de 1999, cifra que aún se
considera inadecuada si se tiene en cuenta que la duración media de
los procesos de incapacidad temporal en pago delegado (modalidad de
pago que engloba a los trabajadores con relación laboral en vigor) se
sitúa en 34 días. No obstante, se puede apreciar una muy
significativa reducción en el número de perceptores de incapacidad
temporal si se compara agosto de 1999 con diciembre de 1996, lo que
se traduce en una reducción porcentual del 42,61 por ciento, y todo
ello a pesar de haberse producido una muy deseable expansión en el
número de potenciales beneficiarios.

Otro de los indicadores de la buena marcha de la gestión en relación
al número de procesos, es el que relaciona el número de procesos por
cada mil afiliados, indicador que ha ido descendiendo paulatinamente,
como también ha ido descendiendo la duración media de los procesos.

Esta reducción es mayor en el llamado territorio Insalud que en el
correspondiente a las comunidades autónomas con competencias en
materia de gestión de asistencia sanitaria.

Ala vista de los datos se puede apreciar una muy significativa
reducción en la duración media de los procesos por incapacidad
temporal en pago directo si se compara agosto de 1999 con diciembre
de 1996, que se traduce en una reducción porcentual del 34,72 por
ciento. Esta evolución positiva de los indicadores de gestión, fruto
de las iniciativas desarrolladas por el Instituto Nacional de
Seguridad Social, ha tenido su traducción directa en la evolución del
gasto en esta prestación de esta entidad gestora, de forma que la
tendencia al alza que se venía produciendo hasta 1996 sin causa
justificada se invierte a partir de 1997, produciéndose en este
ejercicio un menor gasto del 12,66 por ciento respecto a 1996, y del
14,96 por ciento en 1998 respecto al anterior ejercicio, sin que esta
mejora haya venido acompañada de una reducción en la cuantía de la
prestación a cargo del INSS. Todo ello representa una mejora en la
gestión de la incapacidad temporal cifrada en torno a unos 130.000
millones de pesetas. Por otra parte es interesante señalar la
extensión de la protección por incapacidad temporal a colectivos que
carecían de ella, como es el caso de los trabajadores con contrato
para la formación y contrato a tiempo parcial reducido.

En relación con el trámite de expedientes de incapacidad temporal en
pago directo, se significa que los resultados obtenidos en este
período han sido muy positivos, obteniéndose unos tiempos medios de
trámite de cuatro días al haberse reducido el tiempo medio de gestión
en otros cuatro días si comparamos diciembre de 1996 con agosto de
1999. Al mismo tiempo cabe apreciar una reducción muy significativa
en el número de expedientes pendientes de resolución en agosto de
1999, del orden de 4.172, con respecto a los existentes a 31 de
diciembre de 1996, que fueron 9.294.

Por lo que se refiere a las mejoras de gestión en el ámbito de las
prestaciones por incapacidad permanente, con carácter general desde
1996 viene aplicándose el nuevo procedimiento para la calificación de
la incapacidad permanente, que tiene como rasgo más significativo el
que todas las fases del procedimiento son desarrolladas por las
direcciones provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad
Social. Esto ha significado un importante esfuerzo por parte de las
unidades administrativas al haber asumido un apreciable incremento en
las cargas de trabajo como consecuencia de las nuevas funciones
encomendadas, si bien se vienen realizando las nuevas tareas de tal
manera que dicho esfuerzo se ha traducido en una considerable
reducción del tiempo de reconocimiento de estas prestaciones, y todo
ello sin merma de la seguridad jurídica de los beneficiarios.

Se han constituido, como sin duda saben SS.SS., nuevos EVI (equipos
de valoración de incapacidades): en el año 1996 en Alicante,
Castellón, Córdoba, Granada, Jaén, Málaga, Las Palmas, Sevilla,
Valencia y Melilla; en el



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año 1997 en Ceuta, Navarra y Pontevedra; en el año 1998 en Coruña,
Almería, Lugo, Orense y Vizcaya; y actualmente ya se han constituido,
están en pleno funcionamiento, equipos de valoración de incapacidades
en 43 direcciones provinciales; también se han ampliado las
dotaciones de facultativos en las unidades médicas del INSS. En el
período inicial de implantación del nuevo procedimiento, octubre
a diciembre de 1995, se constituyeron equipos de valoración de
incapacidades en 25 direcciones provinciales. El principal problema
radicaba en que la dotación de las unidades médicas del Instituto
Nacional de la Seguridad Social de esas 25 provincias era muy escasa,
pues en diciembre de 1995 esta entidad gestora contaba tan sólo con
una plantilla de 53 facultativos para hacer frente a las situaciones
ya descritas. Esta circunstancia determinó que se marcaran como
objetivos, no sólo la constitución de equipos de valoración de
incapacidades en el resto de las provincias, sino también y
fundamentalmente la adecuada dotación de sus unidades médicas. En
este sentido, si en 1996 se contaba con 113 facultativos, actualmente
su número es de 389. El esfuerzo de gestión llevado a cabo en este
ámbito ha permitido que en agosto de este mismo año el tiempo medio
de trámite de los expedientes de incapacidad permanente sea de 84
días, lo que representa una reducción de 41 días respecto al de 1996,
que era de 125 días, incidiendo así de forma favorable en la
evolución de la duración media de los procesos de incapacidad
temporal.

También se ha llevado a cabo la suscripción de conciertos con los
servicios médicos de salud y mutuas de accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales para la realización de pruebas
complementarias. En 1996 se suscribieron conciertos con la Asociación
de Mutuas de Accidentes de Trabajo -AMAT-, con el Insalud y con los
servicios de salud de las comunidades autónomas de Andalucía,
Canarias y Navarra, y en 1997 con el Servicio de Salud de la
Comunidad Autónoma Valenciana. Todo ello ha dado como resultado una
importante mejora obtenida en el tiempo medio real de trámite de las
prestaciones por incapacidad permanente, que se ha reducido en 41
días respecto de 1996 al alcanzarse un resultado de 84 días en agosto
de 1999. Únicamente quiero mencionar que estas prestaciones tienen un
mayor tiempo de trámite ya que es necesario efectuar reconocimiento
médico a los interesados, así como cumplir el trámite de audiencia
para posibles alegaciones de los mismos. Amodo de síntesis, me
gustaría destacar que esta mejora de gestión ha determinado una
importante reducción en el volumen de expedientes pendientes de
resolución al final de agosto de 1999 -un 60 por ciento- con relación
al ejercicio de 1996.

Por último, quiero hacer constar que, como resultado de los acuerdos
de financiación sanitaria, se ha reducido el coste medio por afiliado
en todas las comunidades autónomas y en el territorio Insalud. De
enero a diciembre de 1998, se ha reducido el 7,68 por ciento del
gasto dentro del territorio Insalud; en la Comunidad Autónoma de
Andalucía, el 22,65 por ciento; en la Comunidad Autónoma de Canarias
el 15,52 por ciento; en la comunidad autónoma catalana el 7,71 por
ciento; en la Comunidad Autónoma de Galicia el 9,85 por ciento, y en
la Comunidad Autónoma Valenciana el 20,65 por ciento; también ha
disminuido en Navarra y en el País Vasco, donde no se ha firmado el
acuerdo,
pero en menor medida, en torno al 3,3 por ciento. Durante 1999 se
ha mantenido esta tónica, aunque de modo irregular; a junio de 1999,
la reducción del coste por afiliado sobre la alcanzada en 1997 es la
siguiente: dentro del territorio Insalud, el 0,56 por ciento, con una
ligera subida sobre 1998; en la Comunidad Autónoma de Andalucía un
28,64 por ciento; en la Comunidad Autónoma de Canarias el 11,71 por
ciento, aunque también sube sobre 1998; en la Comunidad Autónoma de
Cataluña el 12,37 por ciento; en la Comunidad Autónoma de Galicia el
5,58 por ciento y en la Comunidad Autónoma Valenciana el 16,89 por
ciento; también ha disminuido en Navarra y en el País Vasco, donde no
se ha firmado el acuerdo, en un 8,19 por ciento, en el caso del País
Vasco, y 3,87 en Navarra.

En atención a la recomendación decimocuarta del Pacto de Toledo, que
es la que se refiere a los sistemas complementarios, entiendo -sin
perjuicio de lo que puedan preguntar SS.SS.- que puede ser atendida y
entendida desde la Secretaría de Estado y Economía, que es quien han
pilotado esta actuación.

Con ello entraríamos en la última de las recomendaciones, la
decimoquinta, que se refiere al análisis y seguimientos de la
evolución del sistema. Hago gracia a SS.SS. de la lectura literal de
la misma y en el documento entregado a la Comisión constan las
comparecencias de este secretario de Estado ante la ponencia con el
objeto de informarles sobre el acuerdo sobre consolidación y
racionalización del sistema de Seguridad Social, a las que deberían
sumarse las muchas comparecencias del titular de departamento con las
de otros miembros del Gobierno, incluso las mías propias, con objeto
de firmar sobre medidas concretas o de desarrollo del Pacto de
Toledo. Aeste respecto, les reitero personalmente mi permanente
disponibilidad hacia estas Cámaras.

A modo de conclusiones, una vez ofrecido este resumen cuya longitud
tal vez me obliga a pedir excusas a SS.SS., quiero traer nuevamente a
colación la cita con la que iniciaba esta comparecencia, si bien de
modo muy parcial. Estamos, decía hace años, ante un acuerdo de
carácter político, eso sí, basado en un rigor técnico propio del
Parlamento, que busca antes que nada fortalecer el actual sistema
desde unas premisas de mantenimiento y mejora de los niveles ya
existentes de protección y que pretende alcanzar los equilibrios
financieros necesarios para su propio funcionamiento sin convertirse
en un obstáculo para el conjunto de nuestro desarrollo social y
económico.

A lo largo de mi exposición he tenido ocasión de referirme a mejoras
sustanciales de los niveles de protección existentes antes del inicio
del desarrollo del Pacto de Toledo. Como ejemplos, hay que destacar
la mejora de la protección de los trabajadores contratados para la
formación y a tiempo parcial, las contenidas en las sucesivas leyes
de acompañamiento -como la posibilidad de causar pensiones de muerte
y supervivencia desde una situación de no alta-, las contenidas en la
Ley de consolidación en relación con viudas y huérfanos, la
revalorización adicional de pensiones para el año 2000 y,
recientemente, el conjunto de medidas recogidas en la Ley de
conciliación de la vida familiar y laboral de las personas
trabajadoras. También podríamos referirnos a la incorporación al
sistema de nuevoscolectivos antes excluidos.




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Es evidente que en el desarrollo de las recomendaciones del Pacto de
Toledo ha tenido cabida una mejora de la protección dispensada por el
sistema de Seguridad Social. Cabe preguntarse, sin embargo, cuál es
el grado de salud alcanzado por nuestro sistema tras estos tres
últimos años, debiendo resaltar que los esfuerzos presupuestarios y
de gestión y el conjunto de medidas adoptadas dirigidas a procurar el
saneamiento financiero del sistema han dado muy buenos frutos. El
saneamiento financiero del sistema es el principal objetivo del Pacto
de Toledo y de este Gobierno como garantía de su consolidación y
pervivencia. Si tenemos en cuenta el déficit presupuestario del
sistema, como todas SS.SS. conocen, esta magnitud no puede haber
tenido una evolución más favorable: en 1995, este déficit alcanzaba
el 0,72 por ciento del producto interior bruto; 1996 ya se cerraba
con una décima menos -el 0,62 por ciento-; en 1997 el déficit
descendía al 0,23 para llegar a 1998, que cerraba con el 0,11 por
ciento sobre el producto interior bruto. El déficit presupuestario
previsto para el presente ejercicio era del 0,10. Actualmente, y ante
el magnífico curso de la ejecución presupuestaria, las previsiones
apuntarían al 0,05 por ciento pudiendo incluso caer por debajo de
esta cifra.

El proyecto de presupuestos para el año 2000 prevé un déficit cero e
incluso excedentes por importe de 90.000 millones de pesetas, que
permitirán, como ya he explicitado, constituir el fondo de reserva
previsto en el Pacto de Toledo. Desaparecen, por tanto, por
innecesarios, los préstamos del Estado a la Seguridad Social, tanto
el previsto para cubrir desfases de tesorería, fijado en 1999 en
210.000 millones de pesetas, como el préstamo de equilibrio que
ascendía a 88.100 millones de pesetas. Además, desde 1997 no se acude
a la financiación ajena a los Presupuestos Generales del Estado,
léase líneas de crédito o pólizas del Banco de España. Desde ese
ejercicio, los préstamos del Estado al sistema se han venido
reduciendo sistemáticamente hasta desaparecer en el ejercicio
venidero. Así, en 1997 nos encontrábamos con dos préstamos del
Estado, uno para garantizar el equilibrio presupuestario por importe
de 155.612 millones de pesetas, y otro para cubrir desfases de
tesorería por importe de 350.000 millones de pesetas. En 1998 se
redujo el importe del primero a 125.443 y se mantuvo el segundo. En
1999 el préstamo equilibrador se reduce a 88.100 millones mientras
que el segundo baja hasta 210.000 millones de pesetas, de las cuales
no se ha dispuesto de una sola peseta. Quiero recordar que esta forma
de financiación no ha sido un invento de este Gobierno, que a este
respecto ha seguido la senda ya marcada; pero sí ha sido un logro de
este Gobierno conseguir su paulatina reducción hasta llegar a su
desaparición. Por otra parte, durante esta legislatura se ha
experimentado un importante avance en la delimitación del concepto de
devengo mediante una aproximación entre los recursos generados en
términos de caja y derechos reconocidos en la forma exigida por
Europa. Así, los derechos reconocidos pendientes de cobro se han ido
presupuestando a la baja año tras año sin que, evidentemente, pueda
pretenderse su absoluta desaparición. Dejando al margen el año 1995,
por su evidente falta de rigor presupuestario, y el año 1996 por ser
un ejercicio con presupuesto prorrogado, los derechos reconocidos en
vía ejecutiva en 1997 alcanzaron la suma
de 577.453 millones de pesetas; en 1998 se redujeron a 392.000; en
1999 se presupuestan 330.000 y en el proyecto de presupuestos para el
año 2000 se recoge un importe de 190.000 millones de pesetas
continuando en la línea de adecuación a las más estrictas exigencias
de los criterios derivados de la entrada en vigor del sistema europeo
contable SECO 95.

Todo ello, unido a que finaliza el período de separación de las
fuentes de financiación en el año 2000 y a la posibilidad de dotar
inicialmente un fondo de reserva, permite concluir que la situación
financiera del sistema ha evolucionado muy favorablemente en un
escaso margen de tres años, por lo que debemos felicitarnos y podemos
llevar un mensaje de tranquilidad a nuestros ciudadanos; digo
felicitarnos todos cuantos suscribimos el Pacto de Toledo. No
obstante, el mantenimiento del equilibrio financiero del sistema es
una tarea que no tiene un plazo de conclusión, que no podemos
considerar alcanzada por tiempo indefinido; hay que trabajar en ella
con rigor y seriedad día a día, ya que, al igual que una política de
austeridad, rigor y seguimiento presupuestario ha dado muy buenos
frutos en breve plazo, yo diría que en un tiempo récord, es evidente
que una política falta se seriedad y rigor puede echar a perder estos
resultados en un margen temporal aún más breve.

De esta forma, puede comprobarse fehacientemente cómo ha sido posible
conciliar la austeridad y el rigor en el gasto con una política de
saneamiento financiero, con una evidente mejora de la aportación
social dispensada por el sistema. Por primera vez en mucho tiempo, se
tiene la oportunidad de presentar unos presupuestos con déficit
decrecientes hasta llegar a un déficit cero o, mejor dicho, al
superávit, a la vez que se ha asistido a incrementos generalizados de
protección social abandonando esa senda de victimismo que nos llevaba
año tras año a permanentes recortes o a expectativas de recortes en
la protección social. Todo ello dentro de una política económica y de
empleo acertada, que ha ido permitiendo un incremento generalizado
del número de afiliados ocupados. La relación afiliados ocupados/
pensionistas también ha ido creciendo paulatinamente, de modo que si
en 1994 se situaba en 2,12 para descender en 1995 al 2,07 y al 2,06
en 1996, desde entonces ha experimentado crecimientos moderados que
la sitúan en esta fecha en 2,21.

Partiendo de todos los datos que he ido exponiendo, podemos
preguntarnos cuáles son los problemas estructurales en la Seguridad
Social y dónde están, ya que no parece que se manifiesten en este
momento.

Señorías, la Seguridad Social, nuestro sistema de protección social
es un problema de Estado, ya que esta institución no sólo afecta o
interesa a los actuales pensionistas, no sólo viene a proteger a sus
actuales beneficiarios, como se ha pretendido hacer creer por motivos
demagógicos o electoralistas, sino que el sistema de Seguridad Social
también ha de gestionarse pensando en los casi 15 millones de
trabajadores actuales, en los jóvenes que se van incorporando al
mercado de trabajo o que se incorporen de futuro; ellos también deben
ver protegidos sus intereses y su bienestar a través de la Seguridad
Social y, por tanto, también a ellos les interesa. Y convendrán
conmigo en que los problemas de Estado han de ser tratados desde el
más amplio consenso político y social, al que este Gobierno siempre
ha



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estado y está abierto. Este Gobierno, que es serio y que vela por los
intereses generales -no quiero decir con ello que otros no lo
fueran-, va a seguir buscando el consenso; ahora bien, ello no le
impedirá seguir adoptando soluciones cuando este consenso no llegue,
puesto que la sociedad no nos perdonaría, ni tampoco nosotros
deberíamos hacerlo por una razón partidista, que los legisladores
sean inoperantes en la adopción de las medidas necesarias en defensa
de nuestro sistema de Seguridad Social.




La señora VICEPRESIDENTA (López i Chamosa): Terminada la intervención
del señor Aparicio, espero que hayamos quedado bien informados sobre
todos y cada uno de estos temas.

Vamos a empezar las intervenciones que, tal y como habíamos hablado
al principio, iniciará la representante de Convergència i Unió, doña
Carmen Laura Gil, que tiene la palabra.




La señora GIL I MIRÓ: Doy las gracias a los distintos portavoces y
miembros de la Mesa por permitir que mi grupo tome la palabra en
primer lugar. Obligaciones parlamentarias diversas me obligan a
hacerlo también en sustitución de nuestro portavoz Carlos Campuzano.

Gracias, señor secretario, por su comparecencia. De los datos de su
extensa y prolija lectura, que supongo que en esta parte de la
comparecencia tendrá usted ocasión de comentar, nosotros fijamos
nuestra atención en el desarrollo de la recomendación cuarta del
Pacto de Toledo, el subsistema de los trabajadores autónomos, que
para nosotros conforma un tejido muy diverso que asegura una parte
importante de la sostenibilidad y del crecimiento del sistema
socioeconómico del país en su conjunto.

No es un fenómeno propio, ya lo sabemos, de este Estado, ya que desde
los inicios de los 80 ha tenido lugar en gran parte de los países de
la Unión Europea un fuerte aumento en el número de trabajadores
autónomos. Es un colectivo que conforma un grupo social heterogéneo,
con un repunte generalizado actual de la tercialización o
subcontratación, un grupo que no se encuadra tampoco en todos sus
extremos en el significado cultural económico de la relación
cotización-prestación.

Es relevante el alto valor del colectivo como una expresión del afán
de superación profesional y personal del individuo y que trasciende a
través de diversos escenarios hasta llegar a conformar micros y
pequeñas empresas, que es una de las bases definitorias del progreso
de la sociedad europea y española. Recordamos al respecto que la
relación entre trabajadores autónomos y trabajadores que están
afiliados al régimen general es del 25,6, que es muy importante. Nos
parece de interés mostrar nuestra preocupación por los cortos avances
que en el proceso de desarrollo y aplicación de las recomendaciones
del Pacto de Toledo han sido hechos por su Gobierno al respecto y que
usted ya ha mencionado. Simplemente se han incrementado las bases
mínimas de cotización en tasas ligeramente superiores al incremento
producido en las bases correspondientes al régimen general. Sin duda,
son grandes las dificultades para hacer algo más, pero también son
diversas las actuaciones posibles que el Gobierno podría llevar a
cabo o proponer para fortalecer aquel tejido. Se debería establecer
una mayor seguridad en la relación persona trabajo, incluir quizá la
modalidad de trabajo autónomo a tiempo parcial, homogeneizar las
prestaciones y asistencia a los trabajadores y eliminar trabas
también para la autoocupación o la autoempresa.

Nosotros diríamos que se debería incluir la protección por lesiones
permanentes o invalidantes, permitir la concesión de indemnizaciones
a tanto alzado en los casos de fallecimiento del causante derivado de
riesgos profesionales, tener derecho a la prestación económica por
hijo a cargo, incluir en las prestaciones la incapacidad permanente
parcial, en los de incapacidad permanente total permitir la
posibilidad de elevar en un 20 por ciento el porcentaje aplicable
sobre la base reguladora del 55 al 75 por ciento en los casos de
causantes mayores de 55 años, y en el caso de incapacidad permanente
total, cuando se opte por la sustitución de la pensión por
indemnización a tanto alzado, elevar el número máximo de
mensualidades a que puede ascender dicha indemnización desde las 40
mensualidades actualmente vigentes hasta las 84 mensualidades que
puede alcanzar en el régimen general.

Sabemos, repito, de las dificultades existentes. El carácter mixto
del cotizante autónomo, que a su vez es trabajador no asalariado y es
autoempresario, obliga a su Gobierno y también a esta Comisión a
emplear la imaginación para crear nuevos escenarios en los que se
asegure la existencia de este colectivo tradicional, se subsanen las
diferencias en su protección social y se pacten los niveles de
cotizaciones. Para ello es ineludible expandir una nueva cultura que
entiende que cada persona ocupada es responsable del coste de su
Seguridad Social y, a la vez, desbrozar de obstáculos la creación de
autoocupación y autoempresa y emplear medidas para la superación y
mejora de su eficiencia con planes de formación tecnológica adecuados
a determinadas profesiones y ocupaciones.

Nos preocupa el escenario futuro del Estado del bienestar y el
impacto y situación en él del grupo de trabajadores autónomos. Dada
la estructura compleja de los diversos profesionales no es posible
hallar una solución universal, ya que el abanico de ingresos es
irregular y distinto. En algún caso el menor número o cuantía de las
prestaciones de la Seguridad Social podrá compensarse con la tasa de
ahorro individual. En otros casos, en un número considerablemente
importante, los ingresos no van a permitir aquel ahorro o previsión y
las bajas cotizaciones no van a posibilitar la confianza en la
protección futura. (El señor presidente ocupa la Presidencia.)
Recordemos que el 95 por ciento del total de trabajadores afiliados
autónomos cotiza por la base mínima. Entre los menores de 35 años el
porcentaje es del 99,4 por ciento y el grupo de trabajadores entre
los 55 y 65 años alcanza de cotización de base mínima el 84 por
ciento. Estos datos son suficientemente elocuentes para predecir que
la desigualdad económica y los futuros pensionistas, de acuerdo con
el origen de afiliación al régimen general o específico, será -y ya
es sin duda- un factor predominante en el grado que pueda existir de
malestar o desazón social, ya que es evidente la correlación
existente entre mayor edad y mayor pesimismo hacia el futuro.

Los datos del informe del Ministerio de diciembre de 1997 nos indican
la desigualdad. Una pensión media de



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jubilación por el régimen general es de 120.663 pesetas; la pensión
por el régimen especial de autónomos es de 72.296; la de incapacidad,
de 101.512 y la de autónomos, 63.169. Es preocupante y lacerante para
la conciencia social y política que hoy el 25 por ciento de las
personas que viven bajo el llamado umbral de la pobreza sean personas
jubiladas. Hacemos hincapié en que las viudas o viudos de
trabajadores autónomos en su caso, perciben una pensión inferior o
igual al umbral llamado de la pobreza, menos de 42.800 pesetas
persona y mes. Estos datos ya citados, de diciembre de 1997, así lo
indican y, por lo tanto, se encuentran en situación técnica de
pobreza.

De seguir mañana la situación de hoy en cuanto a diferencias de
cotización y diferentes prestaciones entre los regímenes general y de
autónomos, es evidente que la pobreza se puede extender a capaz
sociales de personas mayores de 65 años y a viudas o viudos con el
consiguiente deterioro de la cohesión social. Es un hecho que el 20
por ciento de las familias españolas, dos de cada diez para hacerlo
más relevante, se encuentran situadas debajo del nivel de la pobreza.

Son aquéllas, ya sabemos, cuya renta media es un 32 por ciento
inferior a aquella línea. El escenario de hoy es que las clases
pasivas, entre ellas los mayores de 65 años, perciben rentas
inferiores a las activas, los ex trabajadores autónomos rentas
inferiores a los ex afiliados al régimen general, de lo que se deduce
la posible relación con la situación de pobreza de algunos
subcolectivos del grupo de trabajadores autónomos. No tenemos ningún
dato al respecto. Por ello, señor secretario de Estado, deseamos
saber si nos es posible conocer de manera detallada la composición
social del colectivo y la evolución de cada segmento profesional o de
tipo de ocupación, ya que del estudio técnico a que usted ha hecho
referencia, y yo también, de marzo de 1998, no es posible deducir
tales datos, importantes y fundamentales para iniciar el estudio de
propuestas diversas para la posible homogeneización del régimen
especial y general. También deseamos saber si han estudiado posibles
líneas de desarrollo futuro.

Mi grupo cree firmemente que la primera iniciativa estratégica e
ineludible que debe diseñar el Gobierno para convertir en permanente
el bienestar general de hoy es el de la información general y
asunción por la sociedad en su conjunto, en especial del colectivo de
trabajadores autónomos, de que la garantía de la protección futura es
el esfuerzo de la misma cotización. No puede olvidarse que en una
política de ataque al desempleo y de creación de trabajo el sector
autónomo es el antídoto para el paro estructural; no significa sólo
mayor crecimiento y mayor riqueza colectiva sino que también
significa satisfacción personal y laboral del individuo, motor de
creación de redes de solidaridad y cohesión social y comportamientos
de libertad en el mercado de trabajo. De ahí nuestro interés, y
esperamos que el de su Gobierno, por el desarrollo de la
recomendación cuarta del Pacto de Toledo.




El señor PRESIDENTE: Para consumir el turno correspondiente al Grupo
Socialista, tiene la palabra el señor Gimeno.




El señor GIMENO MARÍN: Por supuesto, he de agradecer, por cortesía,
la presencia del señor Aparicio en esta
Cámara, que yo creo que hoy ha conseguido igualar todo el tiempo de
intervención de la anterior legislatura. Yo creo que si era su
objetivo, lo ha conseguido.

Después de haber escuchado al ministro en la segunda parte de su
intervención el anterior día, sinceramente se lo digo, yo pensaba que
hoy su comparecencia iba a ser otra cosa, que iba a haber otras
novedades, pero lamentablemente no ha podido ser. En sus dos horas de
intervención me hubiera gustado escuchar esas novedades que sin
ninguna duda necesitarían de dos horas e incluso de más tiempo,
novedades para cumplir el objetivo que yo creo que tiene esta
comisión, que es fundamentalmente hablar del futuro y que el Gobierno
presente propuestas a los grupos que estamos manifestando
permanentemente voluntad de articular acuerdos necesarios para hablar
de la estabilidad futura del sistema de pensiones de este país y de
la Seguridad Social. Sin embargo, usted no ha traído ninguna
propuesta concreta y le puedo asegurar que el Gobierno tiene mucha
responsabilidad en ello. No sé si es que espera presentar propuestas
e iniciativas más adelante. Sinceramente, la única novedad que yo he
encontrado hoy es el trato laudatorio a mi compañero señor Cercas,
que se lo agradezco, ya que no siempre es así; espero que no le
perjudique luego ese trato el portavoz del Grupo Popular, que es muy
dado a ello cuando le cita.

Por supuesto que estoy de acuerdo, cómo no voy a estarlo, con las
recomendaciones del Pacto de Toledo y con todo lo que nos ha dicho,
si además nos ha dicho lo mismo que nos dijo el otro día el ministro,
al que los distintos grupos le contestamos que si venían aquí a
hablar de lo bien que lo han hecho, de lo mal que estaba la cosa y
que todo es maravilloso y no dicen nada de qué tenemos que hacer para
el futuro, no sé qué hacemos aquí. Ésa es la situación. Por supuesto
que ya discutimos y vamos a seguir discutiendo.

No comparto algunas de las afirmaciones que hace, ni siquiera el
análisis que se ha venido haciendo, pero no creo que ése sea el
problema. Necesitamos saber, porque es lo que precisa la sociedad
española. En estos días aparecen declaraciones, por ejemplo, en las
que un asesor del ministro de Economía dice que la subida de las
pensiones mínimas costará 1,5 billones hasta el año 2020. Eso dice un
asesor del ministro de Economía, no alto funcionario. Y en su informe
dicen que la subida de las pensiones costará - supongo que en ese
escenario de tiempo económico- 1,2 billones; los 300.000 millones de
crecimiento de pensiones que establecen ustedes. Ya tenemos 2,7
billones.

Usted ha venido aquí, ha dicho lo maravillosamente bien que ha
crecido el conjunto de todas las prestaciones del sistema y qué cosas
tan buenas hemos hecho, de lo cual yo me alegro mucho. ¿Cómo no me
voy a alegrar? Pero, ¿qué significa eso de cara al futuro? ¿Es verdad
o no lo que se está diciendo? Porque nos preocupa mucho el futuro. La
Comisión del Pacto de Toledo tiene que pensar en las previsiones
financieras del sistema y nosotros ya les dijimos que las pensiones
mínimas las financiaran ustedes con los presupuestos del Estado y no
han querido por el momento. Amí me parece bien, pero plantéenos qué
escenarios financieros y económicos tenemos de cara al futuro, si
esas cosas que dicen ustedes en su informe y las que dice ahora este
señor son verdad o no, porque, si son verdad, resulta



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que ya sabemos que el producto de los cinco años que llevan ustedes
es una situación financiera de futuro peor que la de ahora, salvo que
las medidas que ustedes hayan adoptado durante este tiempo hayan
significado un ahorro mayor que los 2,7 billones o más que por el
momento nos han costado todas las medidas que se han adoptado este
año. Estoy hablando del futuro y no de ahora, porque ya le digo que,
aunque me importa analizar el presente, lo que más me importa es
analizar el futuro.

Queremos saber de cara al futuro aspectos ya de siempre, antiguos,
porque nos encontramos con una situación que yo creo que define el
problema. Hay aspectos nuevos en el problema de la Seguridad Social
que no están definidos sólo en el Pacto de Toledo, porque la
velocidad de la evolución social es de tal envergadura que hay
situaciones y espacios nuevos. Estamos en un momento no sólo en este
país, sino en todos los países, en que se combinan aspectos antiguos
con aspectos nuevos y cuando aún estamos resolviendo los problemas
antiguos nos encontramos con que hay que dar previsiones de futuro en
relación con problemas nuevos. ¿Que tienen que ver con algunas de las
afirmaciones que se hacen en el Pacto de Toledo y en las
recomendaciones? Sin duda alguna relación tienen, pero ustedes -y
todos nosotros también- tendrán que hacer el esfuerzo de buscar y
explorar formas para resolver el problema, los problemas de futuro,
los problemas del 2020 o los escenarios que ustedes tengan, que no sé
cuales son. ¿Tienen ustedes unos escenarios de tiempo para plantear
soluciones o no los tienen? Habrá que plantearse para qué escenarios
de tiempo estamos haciendo previsiones al día de hoy, en el año 2000,
cuál es el escenario de tiempo en el que el Gobierno se plantea las
previsiones de futuro, porque, si no, ¿sobre qué estamos trabajando?
Esto no es un problema nuevo cuando todo el mundo estamos pensando en
el hecho de que la incorporación de las nuevas tecnologías está
introduciendo tales cambios en la sociedad que nos plantea un
problema serio, que el incremento de las productividades en
determinados sectores es enorme y, sin embargo, en otros sectores
dicho incremento es imposible, como la atención a personas mayores
que estamos citando todos, llenándonos la boca con ello. Quien tiene
que atender a una persona mayor forzosamente tiene que ser alguien
con mayor o menor productividad, pero que esté encima de ella. ¿Qué
hacemos con estas personas? ¿Les disminuimos o no les disminuimos las
cotizaciones a la Seguridad Social y les mantenemos o no les
mantenemos las prestaciones para el futuro? Porque si eso lo hacemos
ahora, no le digo ni para mañana ni para hoy ni para pasado ni para
el 2000 o el 2005, pero si nos atrevemos a avanzar en esa línea,
tendremos que decir cómo vamos a financiarlo. ¿O tendremos que pensar
en que sectores en que el incremento de la productividad va a ser
excepcionalmente enorme tendrán que aportar de otra forma a la
Seguridad Social para afrontar los gastos que tenemos en la misma?
Éstos son problemas de futuro, problemas de futuro que ni siquiera
son iguales a los que había hace cinco años, pero ustedes no dicen
nada y se limitan a venir aquí con las recomendaciones del Pacto y a
decir lo bien que lo han hecho. Pues vale, muy bien, discutimos de lo
antiguo, pero no avanzamos para nada en lo que yo creo es el objetivo
fundamental
de esta Comisión. Y hablando de lo antiguo, que también es
un problema de futuro, ¿unificamos o no las clases pasivas con el
resto de los sistemas? Éste es un problema antiguo, se lo aseguro, un
problema de cuando nosotros estábamos en el Gobierno. ¿Las unificamos
o no? Si las recomendaciones dicen que unifiquemos, hagámoslo. ¿Qué
vamos a hacer en el futuro con el sistema agrario especial? Ya sé que
este problema existe desde hace tiempo, cómo no lo voy a saber.

¿Sigue financiando el régimen general todos los demás sistemas
especiales de la Seguridad Social? Pues si lo queremos resolver,
preséntennos un escenario para resolverlo. Si nosotros estamos de
acuerdo con la resolución y ustedes también, píntennos un escenario
de tiempo. Yo sé que no se puede hacer en un día ni en un año ni en
dos ni en tres, pero plantéennos un escenario de por dónde van
ustedes, porque, si no, ya sabemos que no van por ningún sitio y las
cosas se quedan como estaban. Ésta es la impresión que a veces tengo,
todo sigue igual. Ahora, como la economía va mucho mejor, las cosas
están mucho mejor, ya lo sé, aunque tengamos más préstamos con
ustedes del Estado a la Seguridad Social que antes, porque usted nos
ha empezado a decir lo mal que estaba la Seguridad Social y yo le
vuelvo a decir lo mismo que le dije al ministro: ni estaba en quiebra
entonces ni lo está ahora. Evidentemente, el escenario de futuro era
tan problemático entonces, hace cinco años, como ahora, eso es lo que
le quiero decir, salvo que la economía vaya a ir bien siempre para
toda la vida. Pero, aún así, si los datos económicos que hoy aparecen
en los medios de comunicación fueran ciertos, cualquier economista y
técnico especialista en las materias sabe que habría problemas. ¿Por
qué? Porque las productividades están bajando, según los datos
estadísticos, de una forma brutal. Yo no me lo creo, como tampoco los
expertos se lo creen. Hay un crecimiento económico, pero el
crecimiento de la población ocupada y de los afiliados a la Seguridad
Social es tan alto, tan alto, que está bajando la productividad.

Nadie se lo cree, porque todo el mundo dice que en los ajustes de los
cambios estadísticos que se están efectuando algo habrá que no sea
exactamente así de real. Toda la población ocupada, que hoy tenemos
de más, y de lo que nos alegramos todos, son pensionistas de futuro.

¿A esos con qué los financiaremos? ¿Con mucha más población ocupada o
tenemos un límite? Esos son los problemas que hay que resolver, por
eso le digo -lo decía el otro día, y no aclaré mucho más- que los
problemas de productividad en el sistema son fundamentales para el
futuro. Para el corto plazo, cuanta más población ocupada menos
problemas y más felices.

Me plantea usted unas cosas tales como que si el Estado aportara más
a la Seguridad Social podrían tener ustedes más fondos de reserva.

Eso ya lo sabemos, no es un descubrimiento. Pero no hace falta que
utilice los papeles que les doy a los periodistas porque los saco de
sus fuentes, mi fuente es usted, señor Aparicio. Además, le tengo que
decir que hay bastante información y que es muy interesante.

Cuando hablo de excedente, en el sentido que usted me cita en un
cuadro, me refiero a que las cotizaciones contributivas siempre han
sido más que las prestaciones contributivas. Eso es normal, eso no es
decir nada. Es tan obvio que lo sabe todo el mundo, pero es tan obvio
que era demasiadosencillo plantear como principio la separación de



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fuentes. ¿Que hay problemas para hacerlo del todo? Fíjese si hay
problemas para hacerlo del todo que alguna de las cosas que le he
dicho antes podría entrar en contradicción en el tiempo futuro, ni
siquiera en el tiempo actual, porque ahora ni siquiera hay
contradicciones. Quería escuchar eso del Gobierno. Lo que me preocupa
es que han venido los dos responsables principales en la materia y no
me han hablado nada de eso. Esta tarde vienen otros dos, pero yo me
temo que están en un nivel más bajo que ustedes, ustedes sí que
tenían la valoración política del futuro. Los que vienen por la tarde
son más técnicos, me parece muy bien, ¿cómo no voy a estar encantado
de poder hablar y de tener los datos que en ocho tomos nos han
facilitado? Pero no venga a decirme que todo ha mejorado tanto para
que se entere todo el mundo. De acuerdo. Ha mejorado todo tanto en
las prestaciones y en todo, pero no sé cuál es la solvencia futura
del sistema. Sólo es posible la solvencia futura del sistema si todas
esas mejoras se aportan de los Presupuestos Generales del Estado,
porque no es posible pensar que la mayor parte de ellas en un futuro
van a ser financiadas con cotizaciones. Que usted me diga a estas
alturas que las cotizaciones disminuyen porque quitamos las
bonificaciones es tela marinera, señor Aparicio. ¿Cómo me puede
plantear el tema?
Si quiere hablar de cotizaciones, le pregunto si van o no van a
cumplir aquello que decían de que la fiscalidad general debe hacer
frente a las bonificaciones en las cotizaciones. Eso lo dice la
recomendación primera del Pacto de Toledo, que nadie cita porque
dicen que esto tiene que ver con otra cosa. Sin embargo, usted sí que
me cita estas cosas. ¿Las cotizaciones no las han disminuido ustedes?
No critico que lo hagan o no lo hagan, yo le digo: plantéeme el
escenario de futuro para saber dónde nos movemos o adónde vamos. Me
viene al pelo por los datos que han salido estos días con relación a
los accidentes. ¿Qué van a hacer ustedes para que disminuyan las
pensiones por accidentes, que no afectan para casi nada al sistema de
futuro de la financiación de la Seguridad Social, que eso ya lo sé?
Usted que ha estado hablando de cómo disminuyen todas las
prestaciones, dígame cómo van a disminuir las pensiones por
accidentes mortales en este país, puesto que la Seguridad Social es
generosísima con las mutuas de la Seguridad Social para que no haya
accidentes? Dígame también qué gestiones va a hacer para evitarlo,
porque, desde luego, por ahora, la cosa va fatal, cada vez que
aparece un dato estadístico es fatal.

Sinceramente, o hablamos de futuro o si quiere podemos hablar de las
15 recomendaciones, y le puedo asegurar que en 7 u 8 estoy totalmente
en desacuerdo con usted. Usted ha dicho que lo ha hecho bastante bien
y yo le diría que lo ha hecho bastante mal, pero no voy a entrar en
ese debate porque si no me paso dos horas. Yo hoy tenía intención de
dejar bien claro lo que le estoy diciendo y sinceramente creía que
usted venía para hablar de cuestiones de futuro. No sé si lo hará
otro día, pero es que usted ya no está en las comparecencias futuras
y hay una lista que para qué. Ya sé que pueden estar abiertas, pero
me defraudaría mucho que nos quedáramos donde, me da la sensación,
quieren ustedes que nos quedemos; serán ustedes los que quieran y, si
están en eso, como le dije el otro día al señor ministro, ya
discutiremos. Yo puedo discutir mucho, le
puedo discutir que, respecto a la riqueza del país, ustedes han
dismiuido los gastos sociales y también los gastos de Seguridad
Social. Si quiere, discutimos de eso, usted me lo pone de una manera
y yo se lo pongo de otra, pero creo que ese no era el objetivo de
esta Comisión. El objetivo de esta Comisión es que analicemos hacia
dónde tenemos que ir e intentemos ponernos de acuerdo desde nuestras
distintas posiciones y, así, dar mayor solidez al sistema, pues el
que ustedes estén diciendo todo el día que va bien no quiere decir
que resuelvan los problemas de futuro del sistema.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo del PNV, tiene la palabra don Jon
Zabalía. (Rumores.)
Veo que me hacen señas SS.SS. respecto al orden de intervención. Esta
Presidencia, al igual que ocurrió en el debate de la anterior sesión,
considera que el primero en intervenir tiene que ser el Grupo
Socialista por ser el grupo mayoritario de la oposición de la Cámara
y, después, deben intervenir de menor a mayor hasta llegar a la
intervención del Grupo Popular. En esta ocasión, hemos dado la
palabra al Grupo de Convergència i Unió por atender el requerimiento
que se ha hecho por su portavoz a todos los grupos. Por esa razón,
siguiendo el orden de la sesión anterior, tiene la palabra don Jon
Zabalía.




El señor ZABALÍALEZAMIZ: Quiero dar la bienvenida al secretario de
Estado y agradecer su información.

Previamente, si me lo permite el señor presidente, quisiera tratar
algunas cuestiones de orden con ánimo constructivo para los trabajos
de esta Comisión.

Agradecería que las convocatorias pudieran adelantarse a los
comisionados que no tenemos participación en la Mesa, por cuanto
algunas veces son muy precipitadas la notificación de la
comparecencia y la comparecencia, con lo cual los que somos de
provincias tenemos verdaderos problemas para poder preparar las
intervenciones. Le agradecería que, si es posible, en la misma sesión
de comparecencia se anunciara la siguiente o, en todo caso, a través
de algún medio, telegrama o algún otro, se agilizara el conocimiento
de la próxima convocatoria y de quiénes van a comparecer. Como no
hemos establecido un calendario de comparecencias, estamos siempre
pendientes de esa comunicación.

No sé si mi aportación puede ser válida o no, ya le digo que es con
ánimo constructivo exclusivamente, pero creo que habría que agilizar
las comparecencias. Por ejemplo, en la de hoy, el secretario de
Estado ha leído un documento durante tres horas, documento que, por
cierto, ya tenían los medios de comunicación. En esas tres horas, el
secretario de Estado ha tenido que hacer un esfuerzo enorme al leer
el documento, nosotros no tenemos capacidad de estar escuchando tres
horas, con lo cual muchas de las cuestiones que tenemos preparadas
han podido ser contestadas, incluso los propios taquígrafos están
trabajando tres horas en un documento que ya está elaborado. ¿Qué
quiero decir con esto? Lo que quiero decir es que, siendo
perfectamente compatible la claridad con la eficacia, lo lógico en
esta situación hubiera sido que se hubiese mandado este documento y
que nosotros hubiésemos hecho algunas precisiones que el secretario
de Estado podía haber contestado, y nos hubiésemos evitado estar
todos tres



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horas escuchando algo que, al final, no es eficaz para la marcha de
la Comisión. Con todos los respetos, señor presidente, me permito
proponer que, en estas cuestiones, sobre todo en las comparecencias
de la Administración, se envíen estos informes previamente a las
intervenciones - además, así se pidió-, porque esto agilizaría la
labor de la Comisión, teniendo en cuenta todas las comparecencias que
hay pendientes. Lo propongo por si le parece al señor presidente que
esto pueda redundar en la mejor marcha de los trabajos de la
Comisión.




El señor PRESIDENTE: Señor Zabalía, por no confundir los trámites de
su intervención y de sus peticiones, quiero decirle desde la
Presidencia que un buen político de provincias se merece eso y mucho
más. Y ya que estamos calificándonos como políticos de capital y
políticos de provincia, como usted y yo somos de provincia, tenga por
seguro que desde esta Presidencia les vamos a tener puntualmente
informados a usted y a todos los portavoces que no forman parte de la
Mesa.

Respecto a la segunda de sus consideraciones, quiero hacerle una
primera precisión. En efecto, sí se pidió el informe previo para el
caso de la comparecencia del ministro, pero en la Comisión que ordenó
los trabajos no se pidió -o no quedó reflejado- el informe previo a
la comparecencia del resto de los miembros de la Administración. Cosa
distinta es que ahora se tome en consideración la petición que usted
nos formula y que decidamos sobre ella.

Segunda precisión. Ya sé que aquí es su percepción frente a mi
palabra, y como sé que su intervención ha sido claramente
constructiva, en el mismo tono le digo que el documento que ha leído
el secretario de Estado ha sido entregado a los medios de
comunicación al inicio de esta sesión, no con anticipo de unos
minutos, ni de unas horas, ni de unos días. Por tanto, nadie ha
tenido una posición de ventaja, digámoslo así, entre comillas y con
afecto.

Tercera precisión: son dos horas y diez minutos, no tres horas.

(Risas.) Lo digo porque habría que rebajar la dimensión. Otra cosa es
que a usted le hayan parecido tres, como dice doña Laura Gil i Miró.

(El señor Zabalía Lezamiz: Me han parecido cuatro.)
Le han parecido cuatro. Bien, intentaremos en la medida de lo posible
ser ágiles. Comprendo que cuando hay tantas cosas que decir, se digan
de esta forma. El señor secretario de Estado ha elegido esta fórmula;
tampoco se lehabía dado opción a que eligiera otra. Por tanto, creo
que estamos cumpliendo escrupulosamente con los acuerdos de trabajo
que hemos tomado.

Tiene la palabra a los efectos que considere oportunos.




El señor ZABALÍA LEZAMIZ: Creo que ya está dicho todo a este respecto
y tampoco merece la pena volver sobre ello, lo vamos a dejar ahí.

Respecto a la presencia del secretario de Estado, nuestro grupo
parlamentario quiere establecer una cuestión previa al análisis del
cumplimiento del Pacto de Toledo y de las propuestas que podamos
hacer para el futuro del sistema. Entre los objetivos que se ha
marcado esta Comisión está desde luego que se prevea cómo va a ser el
futuro del sistema público de la Seguridad Social, en base, como se
decía en sus objetivos, a su estabilidad, sostenibilidad e
igualdad básica de sus prestaciones. Teniendo en cuenta que en estos
ámbitos existe un reparto de competencias entre el Estado y las
comunidades autónomas reconocido en la Constitución y en los
estatutos de autonomía, estimamos que, previamente a la realización
de un estudio y análisis sobre el futuro del sistema, se debería
contemplar una realidad propia de un Estado plurinacional distinto al
modelo preconstitucional de Estado que existía cuando se estableció
el sistema. Son dos situaciones diferentes. Desde ese punto de vista,
no encuentro nada, ni tampoco hasta ahora ha contestado el Gobierno,
sobre cómo contempla esta situación. El sistema de la Seguridad
Social nació en un Estado distinto del de ahora: no había comunidades
autónomas con competencias, pero ahora sí. Por tanto, si esa
situación tiene una serie de componentes como son el cumplimiento de
la legalidad vigente, es decir, la Constitución y el Estatuto, ¿cómo
se contempla desde el Gobierno esa nueva situación?, ¿va a ser igual
la estructuración del sistema de la Seguridad Social? Esto es lo que
todavía no he oído por parte del Gobierno.

No estoy diciendo que me expliquen el tema de la famosa unidad de
caja. Podemos entrar en un debate monográfico y podríamos estar dos
horas, tres, cuatro o las que quiera. Estoy hablando de una situación
real de un Estado que tenía una configuración y ahora tiene otra, de
un sistema que estaba diseñado y regulado en aquella situación y que
ha ido evolucionando pero con la misma estructura del sistema. Este
es un aspecto que nos gustaría conocer, como cuestión previa.

Quisiera hacerle algunas preguntas, independientemente de que en
parte hayan podido ser aclaradas, que tienen importancia desde
nuestro punto de vista, por lo que le rogaría nos contestara, aunque
las voy a hacer esquemáticamente porque lo importante es el hecho
fundamental de la pregunta. Por ejemplo, hablando de la separación de
fuentes de financiación, ya se ha hablado de la asistencia sanitaria,
pero aparte de lo que es la financiación de la asistencia sanitaria,
nos gustaría saber si se va a rectificar la tendencia a separar la
asistencia sanitaria del objeto de la Seguridad Social institucional
¿Se va a resolver o no esa independencia gestora, presupuestaria y
normativa de la sanidad?
En segundo lugar, y con respecto al desempleo, ¿se va a mantener como
en el presente o, por el contrario, se va a someter -y, en ese caso,
en qué plazo- a las reglas económico- financieras generales
propuestas en el Pacto de Toledo e incorporadas para el resto de las
prestaciones en la Ley de consolidación del sistema del año 1997?
Respecto a la jubilación anticipada, otro de los temas que ya se ha
comentado, pedimos una mayor precisión ¿Cómo y cuándo se va a regular
ese problema, que además el ministro ha calificado de grave, de las
jubilaciones anticipadas y, en términos generales, el de la
determinación de la edad de jubilación? Son dos cuestiones que se han
comentado, pero estamos pendientes de que pueda haber un acuerdo
entre el Gobierno y los sindicatos, con lo cual entiendo que el
Gobierno a veces no pueda dar su opinión definitiva, pero queremos
saber cuál es la postura del Gobierno.

Hay otro tema que hemos comentado desde mi grupo parlamentario que
también tiene una cierta importancia



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-lo hemos dicho en diversas ocasiones-, la pensión de viudedad.

¿Cuándo va a revisarse de modo sistemático y completo la pensión de
viudedad, de forma que se pueda dar solución -en el círculo, por
ejemplo, de las parejas de hecho- a los problemas consecuencia de la
fragmentación de la pensión en los casos de causantes divorciados
o separados? Nos gustaría saber qué opina el Gobierno acerca de toda
esa problemática.

Sobre la incapacidad, nos gustaría también saber qué criterios tiene
establecidos o piensa establecer el Gobierno para la regulación de la
compatibilidad de la pensión por incapacidad permanente con otros
ingresos de los inválidos.

Con respecto a las prestaciones familiares, quisiéramos saber si se
va a reformar y en qué plazo el régimen de las prestaciones
familiares para darle mayor semejanza con el que rige en los países
europeos más significativos, y me refiero a mayores cuantías,
ampliación del número de beneficiarios, instauración de servicios
sociales apropiados, más amplia duración de las ayudas...

Con respecto al fondo de reserva, que ya se ha comentado también, hay
cuestiones que nos gustaría precisar. Primero, el fondo de reserva
que se ha establecido en los Presupuestos Generales del Estado es una
cantidad que está basada en una previsión, en la previsión que, según
los presupuestos, puede dar al final del ejercicio el superávit del
sistema contributivo de la Seguridad Social. Por tanto, creamos un
fondo con un dinero establecido previamente, es decir, un fondo fijo,
en base a un resultado previsible. Yo creo que lo que habría que
saber al final, independientemente de que se cumpla o no ese
equilibrio del sistema, que podría en cierto modo trastocar al final
el fondo, es si van a sobrar o va a haber un superávit de 60.000
millones. Sería conveniente además saber para el futuro si ese fondo
de reserva para prestaciones contributivas se va a constituir con
cantidades anuales que pueda establecer el Gobierno arbitrariamente,
como en principio pueden ser estas, o por el contrario va a ser el
resultado matemático de restar a los ingresos por cuotas de cada año
el importe de los gastos de gestión y en prestaciones. ¿Cuál va a ser
la fórmula que se va a utilizar por parte del Gobierno para la
creación de ese fondo de reserva?
Con respecto al cumplimiento cabal del Pacto de Toledo, habría varias
cuestiones que quisiéramos preguntar al secretario de Estado. En el
tema de la gestión quisiéramos saber cuándo se va a instalar la
integración de funciones gestoras, las asistenciales y económico-
financieras sobre todo, que el Pacto reclama y si esa unificación
depende de la eliminación por absorción de algunas entidades gestoras
y de servicios comunes, si se va a constituir una entidad gestora
única dotada de suficiente autonomía y de la conveniente capacidad
autoorganizatoria. Es decir, quisiéramos saber algo más sobre los
proyectos en el ámbito de la gestión, que ya estaban establecidos en
el Pacto de Toledo y que, desde nuestro punto de vista, no se han
cumplido.

Tampoco se han cumplido con respecto a lo que señalaba el Pacto en
los regímenes especiales y no sabemos cuáles han sido -o, por lo
menos, quisiéramos conocerlo más a fondo- las razones que han
impedido hasta ahora la supresión de los regímenes especiales que se
establecen en el Pacto, si se va a decidir la inclusión del régimen
especial de clases pasivas del Estado en el sistema institucional de
la Seguridad Social, cuál es la estructura final prevista para el
sistema, qué regímenes van a mantenerse y cuáles van a desaparecer y
en qué plazo se hará efectiva.

Con respecto al complemento de mínimos, que ha sido otro de los temas
que ha señalado el secretario de Estado, nos gustaría saber al final
cuáles van a prevalecer en las dos propuestas que existen. Por una
parte, como se ha dicho, los suplementos por mínimos de pensión no
pertenecen al Pacto de Toledo, sin embargo, tienen la calificación de
prestaciones no contributivas; por otra parte, el acuerdo social
entre el Gobierno y sindicatos establece otra forma de entender las
prestaciones, o en este caso los suplementos por mínimos. ¿Cuál de
las dos cuestiones son las que el Gobierno al final va a establecer:
las prestaciones no contributivas o los acuerdos que tiene con los
sindicatos?
En cuanto a la revalorización de las pensiones, hay un aspecto que
también quisiéramos señalar, y es que una previsible devaluación o
contrarrevalorización de las pensiones, en caso de que la evolución
del índice de precios al consumo sea inferior a la prevista, es
también una propuesta del acuerdo social y no del Pacto de Toledo. En
principio, el Pacto de Toledo parece más dispuesto a favorecer la
evolución de las pensiones en función de criterios más acordes con
los superiores niveles de vida de la sociedad. ¿Por cuál de los dos
criterios se inclina el Gobierno?
Finalmente, me gustaría hacer referencia al desarrollo del punto
decimocuarto del Pacto de Toledo, que en este caso no se le ha dado
excesiva importancia, y que en el informe queda recogido casi
centrándolo más bien en el Decreto de externalización que se va a
poner en marcha y que en alguna medida recoge aspectos que estaban
aprobados en este Parlamento por la proposición no de ley que aprobó
el informe de la subcomisión de los sistemas complementarios de
previsión social, al cual se le ha dado un desarrollo a través de
medidas legislativas, como fueron la Ley 50/1998, del 30 de
diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, es
decir, la ley de acompañamiento del año anterior, la Ley 40/1998, del
9 de diciembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas
y de las normas tributarias, y ahora el reglamento. Estas han sido las
vías por las que se han ido desarrollando esos acuerdos del sistema
complementario de la previsión social, pero todavía quedan muchos
aspectos por desarrollar que tienen un componente fiscal.

Indudablemente, me puede decir el secretario de Estado que está
dentro del ámbito del Ministerio de Economía y Hacienda, con lo cual
yo le quiero preguntar cómo se van a desarrollar todas las medidas
que, a través de esta Comisión, tienen relación con el sistema de la
Seguridad Social, que tiene un componente laboral y económico, porque
muchos problemas vienen por el interés a veces contrapuesto entre los
departamentos ministeriales Trabajo y Economía Este es un problema
importante, porque además no hay una única decisión gubernamental
para el desarrollo de las medidas, sino que tienen que desarrollarse
a través de dos ministerios, a veces con intereses contrapuestos. Una
cosa es valorar las medidas desde el ámbito laboral y social y otra
desde el ámbito presupuestario y tributario, y eso creemos desde mi
grupo parlamentario que es un obstáculo importante al establecimiento
de medidas y al desarrollo de las mismas en el ámbito del sistema de
la Seguridad Social. Por eso me



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refiero a que gran parte de los acuerdos de desarrollo del punto
décimocuarto del Pacto de Toledo están sin cumplir, porque tienen un
componente que es tributario y fiscal, pero desde nuestro punto de
vista eso no tendría que ser un impedimento, ni tendría el Parlamento
que tratar con diversos ministerios para el cumplimiento de este
aspecto. Si es el Pacto de Toledo y es el Parlamento el que ha tomado
el acuerdo, debe ser el Gobierno, independientemente del Ministerio
al que corresponda, el que debe dar solución al mismo, y desde luego
eso no es lo que está ocurriendo. Hay muchos aspectos, tanto en lo
referente a los planes como a los fondos de pensiones, de las
prestaciones en los que no se ha recogido todavía la singularidad, la
separación de la parte que es la contribución al plan y la
rentabilidad financiera. Tampoco se ha llevado a efecto el
tratamiento de las prestaciones de fallecimiento del partícipe, que
deben ser principalmente tratadas dentro del impuesto sobre
sucesiones y donaciones. Quedan muchas conclusiones sin recoger con
respecto a las mutualidades de previsión social; quedan sin recogerse
propuestas como la reducción en la base imponible regular, como el
hecho de la supresión de los límites cuantitativos de las
prestaciones, también lo que se refiere al seguro, con respecto a la
recomendación que estimaba la elevación de la reducción de la base
imponible del impuesto sobre sucesiones en un millón y medio. No se
ha recogido al final otro de los aspectos en materia de mutualidades
que en principio tendría que estar recogido en el decreto de
externalización, como es la consideración como una simple modalidad
de contrato de seguro, lo que se está haciendo y no como un vehículo
específico y diferenciado. Estábamos hablando en todo momento de que
en la previsión social complementaria existen claramente tres
instrumentos. Eso no se recoge en el decreto de externalización.

Y como eso, hay otras muchas más cosas que, por no extenderme, no voy a
decir. Pero usted me va a decir: eso está dentro del ámbito fiscal.

Señor secretario de Estado, independientemente de que esté en el
ámbito fiscal, éste es el punto 14 del Pacto de Toledo, que ahora
estamos tratando dentro del Ministerio de Trabajo. Por tanto, aunque
ésta es una de las cuestiones que de alguna forma el Gobierno tendría
que solucionar internamente, a nosotros aquí se nos tiene que dar una
solución a estos aspectos. Esto es parte de los compromisos
establecidos en su día y que no han sido cumplidos, que es lo que en
principio queríamos poner en cuestión.

De momento, por mi parte no tendría más cuestiones que plantearle.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo de Izquierda Unida, tiene la
palabra el señor Vaquero.




El señor VAQUERO DELPOZO: Yo creo que la prolijidad de la
intervención del secretario de Estado, que realmente implica un
recuento de todos los datos y de todas las medidas que se han ido
adoptando a lo largo de todos estos años, no debe impedir a esta
Comisión, a estos portavoces de los distintos grupos parlamentarios y
a la opinión pública en general, ver el bosque. Ami me parece que son
árboles que van uno detrás de otro, pero si los cogemos todos en su
conjunto al final podemos perder la perspectiva global de cómo se
están aplicando las medidas del Pacto de
Toledo. Por tanto, desde el mecanismo expansivo de datos, desde esa
diástole a la que se nos ha sometido a lo largo de dos horas y diez
minutos, me van a permitir ir justo al movimiento contrario, a una
especie de sístole, en la que se comprima al final todo y se dé,
quizá de una forma demasiado reducida, una visión al menos parcial,
personal de lo que para nosotros ha sido la aplicación del Pacto de
Toledo, incluso admitiendo que todos los datos que se nos han
aportado aquí son reales y no tenemos nada que objetarles. Porque es
verdad que hay que agradecer al secretario de Estado la claridad a la
hora de decir que efectivamente el objetivo del Gobierno, y él añadía
del Pacto de Toledo, era el saneamiento del sistema. Creo que sí, que
efectivamente ése ha sido el punto de vista del Gobierno a la hora de
aplicar el Pacto de Toledo: el saneamiento del sistema.

Obviamente también añadía que había habido mejoras sustanciales, pero
cuando uno intenta asir con sus manos las mejoras tan sustanciales de
las prestaciones, etcétera, se le escapan por entre los dedos,
porque, desde nuestro punto de vista, no han sido tan sustanciales,
ni mucho menos, las mejoras que se han producido, sobre todo si
miramos cuál ha sido el conjunto del gasto que han significado
respecto al volumen global de las prestaciones.

Yo creo que, sinceramente, se ha puesto mucho más el acento en la
aplicación del Pacto de Toledo en lo que ha sido el saneamiento
financiero, la reproducción, por tanto, de las medidas de forma muy
ordenada y muy cabal, una tras otra, en función de ese acuerdo que se
produjo en su día con los sindicatos, pero, obviamente, el aspecto de
la mejora de las pensiones, de las prestaciones en general ha quedado
en un segundo plano. La prueba de ello (se lo decía el otro día al
ministro con muchísimo respeto) ha sido la posición del Ministerio
respecto de la reivindicación de la mejora de la cuantía de las
pensiones que se ha producido desde el verano hacia aquí, en torno al
verano, desde que se les ocurrió a dos presidentes de comunidades
autónomas plantear que efectivamente la cuantía de las pensiones era
insuficiente, que con pensiones de veintitantas mil, treintaitantas
mil, cuarentaitantas mil pesetas, cincuenta mil pesetas, menores del
salario mínimo interprofesional, los pensionistas no pueden vivir;
ésa es la realidad. Ese punto de vista no estaba previsto en la
aplicación del Pacto de Toledo porque no era la prioridad. Yo
agradezco la sinceridad del secretario de Estado hoy aquí. Se lo
agradezco porque, efectivamente, alumbra mucho cuál ha sido el
criterio de aplicación del Pacto de Toledo. ¿Qué es lo que se ha
hecho? Supeditándose a los objetivos globales del Gobierno, que
ciertamente no son el incremento del gasto, ni mucho menos, del gasto
del Estado en general y, por tanto, de la Seguridad Social en
particular se ha ido, eso sí, separando las fuentes, etcétera, pero
con una interpretación también. Por ejemplo, hoy todavía se pone en
tela de juicio si los seiscientos, seiscientos y pico mil millones de
pesetas de los complementos a mínimos son o no no contributivas;
porque si son no contributivas tendrán que ser financiadas con cargo
a la imposición general, ¿verdad? Eso lo dice la Ley reformadora; ahí
existe una contradicción enorme. No en vano el secretario de Estado
ha utilizado buena parte de las dos horas y diez minutos en intentar
desgranar el porqué no existe esa contadicción.




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Me parece interpretar que hoy aquí el secretario de Estado ha
intentado hacernos a todos el cuerpo, para entendernos, de que eso de
los complementos a mínimos finalmente no va a estar financiado con
cargo a la imposición general, sino que más bien van a seguir siendo
las cotizaciones sociales las que carguen con la misión de la
financiación de esos complementos a mínimos, 600.000 millones de
pesetas. Pero es que aparte de eso también hay otros 300.000 millones
de pesetas de cotizaciones sociales que van a modificar de una u otra
forma la variable del empleo por la vía de las bonificaciones de la
contratación, y, por tanto, diríamos, hacia los empresarios.

Obviamente, al final son unos 900.000 millones de pesetas los que,
desde nuestro de vista, son el déficit que tiene el Estado todavía
con el sistema de la Seguridad Social de forma estructural. Es decir,
si realmente se pretendiera hacer una separación de fuentes, el
Estado tendría que aportar, al menos, casi un billón de pesetas más
en estos momentos, porque de alguna forma está detrayendo, de lo que
son cotizaciones sociales, ese dinero para cuestiones que no deberían
financiarse con él. Mientras tanto, nos permitimos el lujo de reducir
la cobertura de los parados o de congelarla en mínimos, incluso de
reducir la cuantía y reducir en un 0,25 por ciento las cotizaciones
al desempleo de los empresarios, aplicando directamente la
recomendación número 8, en unas condiciones que transgreden el
contenido de dicha recomendación. Con todos los respetos, no estamos
todavía en condiciones para poder adoptar esa medida ya que no se ha
saneado todavía el sistema convenientemente.

En cualquier caso, se está hablando de futuro, porque, si se aplica
así el Pacto de Toledo, al final estaremos previendo un futuro, y ya
3,7 millones de activos lo están haciendo por su cuenta y riesgo.

Como eso pertenece a otro Ministerio, aquí no se habla de la
recomendación número 14, pero también existe en el Pacto de Toledo.

En función de cómo preveamos los activos de este país para el futuro,
estaremos suscribiendo planes y fondos de pensiones. No se prevé que
la cuantía de las pensiones en el futuro sea suficiente, al margen de
que esto sea aderezado o no con incentivaciones fiscales respecto a
esos planes y fondos de pensiones; dicho sea de paso, los estudios
apuntan a que la razón por la que se suscriben planes y fondos de
pensiones complementarios privados no son esas incentivaciones
fiscales, sino que más bien hay una cierta percepción de que la
cuantía de las pensiones se está reduciendo respecto a la función
sustitutoria de las rentas de activo y, por tanto, la gente busca una
cuantía suficiente para poder mantener poder adquisitivo de las
rentas sustitutorias, que son las pensiones, respecto a su período de
permanencia en activo en el mercado de trabajo.

Creo que éste es el futuro del que se nos está hablando hoy, con la
aplicación regresiva del Pacto de Toledo que está adoptando el
Gobierno. Con 900.000 millones de pesetas más se podría incrementar
la cuantía de las pensiones y hacer que esos 2,6 millones de
pensionistas que todavía no perciben, después del acuerdo último con
los sindicatos, una pensión equiparable al salario mínimo
interprofesional, pudieran hacerlo; eso al menos se puede hacer.

Obviamente, se ha preferido seguir manteniendo una separación de
fuentes imperfecta, que a nosotros se nos antoja no ya insuficiente
sino regresiva. Parece ser que
hoy se confirma que va a anclarse en esa interpretación regresiva
para el futuro. Además se podría también prever el futuro en la
variable del empleo. El otro día lo decía el representante de
Convergència i Unió, y se nos han facilitado datos suficientes como
para entender que, haciendo las proyecciones a futuro, la población,
no ya la activa sino la autóctona en general en el Estado español,
según estos datos y estas proyecciones, se verá reducida en términos
sustanciales del 2010 al 2020. En función de esto tendremos que
prever que el empleo suficiente para poder mantener la financiación
del sistema de pensiones tendrá que recabar las aportaciones
solidarias de muchos inmigrantes, y ojalá todos los españoles y
españolas veamos que no nos restan nada, sino que nos suman (ese es
un elemento importante para evitar peligros políticos de futuro);
pero para ello nosotros tendremos que prever también que el Estado no
congela, sino que incrementa sustancialmente los servicios sociales,
que es una de las partidas en la que se nos dice que todo ello está a
cargo del Estado, pero está reduciéndose; en estos presupuestos los
servicios sociales se reducen. ¿Cómo se va a prever que la variable
del empleo evoluciona favorablemente? ¿Qué tipo de acogida se les va
a dar a la inmigrantes, por ejemplo? Y no hablemos de otros aspectos,
como la integración de la tercera y de la cuarta edad. Estos son los
aspectos que a nosotros, señor Aparicio, nos preocupan, sobre todo
después del triunfalismo con el que se nos ha presentado el balance
de la aplicación del Pacto de Toledo. Con todos los respetos, creo
que no es el triunfalismo más adecuado, porque han pasado cuatro años
y a lo mejor al principio esos datos se habrían celebrado como un
gran éxito, pero en estos cuatro años hemos constatado que se ha
hecho esta aplicación del Pacto de Toledo y que, además, ha habido un
crecimiento económico que hubiera permitido hacer otro tipo de
aplicación de él. Por tanto, obviamente, ¿dónde está la alegría con
la que tenemos que acoger esa aplicación del Pacto de Toledo? ¿Qué es
lo que fundamenta esa alegría en función de la cual tenemos que
recibir como un éxito de todos, tal como se nos decía al principio,
los datos del balance de la aplicación del Pacto de Toledo? Yo creo
que nada. Creo que hemos perdido cuatro años para hacer lo que
teníamos que haber hecho, que era que el Estado hubiera invertido sus
prioridades en cierto sentido para que ahora no tuviéramos que estar
dudando de si los complementos a mínimos todavía son o no
prestaciones no contributivas. Me parece un balance sinceramente
cicatero, como corresponde a las prioridades del Gobierno.

No quiero cansar más a SS.SS. porque a estas horas de la tarde espero
que su resumen no dure otras dos horas y pico porque no nos lo
aguantarían nuestros estómagos. Estas cuestiones son las que debemos
debatir, y es por donde habrá que orientar estas nuevas sesiones del
Pacto de Toledo. O qué vamos a hacer, ¿constatar que el Gobierno lo
ha hecho muy bien, que nosotros no estamos de acuerdo porque somos la
oposición y ya está? No, habrá que hablar de futuro y, por tanto,
habrá que hablar de cómo se hace de verdad y en condiciones, en un
crecimiento económico que entra en un círculo virtuoso, la separación
de fuentes y las restantes recomendaciones de este Pacto de Toledo.




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Con todos los respetos, señor secretario de Estado -y con esto
termino-, su forma de sanear, de priorizar el Pacto de Toledo, de
interpretar regresivamente el Pacto de Toledo hipoteca el futuro del
bienestar en España, sobre todo cara a unos segmentos de la población
que cada vez están más distanciados de los estándares medios de
bienestar. Por tanto, obviamente, nosotros entendemos que se deben
rectificar los tiros de su interpretación o esperemos que en las
próximas elecciones venga otro gobierno que así lo haga, que
rectifique esta forma de interpretar el Pacto de Toledo que entre
todos alumbramos, unos con más sacrificio y otros con menos. Sabe
usted que a nosotros nos ha costado mucho sacrificio mantenernos en
estas recomendaciones, pero obviamente nos mantenemos y nos sentimos
orgullosos de ello; en cualquier caso, no aprobamos que su deriva sea
para justificar en cierto sentido ese saneamiento congelador,
hipotecador del bienestar para el futuro de muchos trabajadores y
trabajadoras, de muchos pensionistas, de muchos ciudadanos y
ciudadanas.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor
Camps.




El señor CAMPS DEVESA: Como la mayoría de portavoces, quiero que mis
primeras palabras sean de agradecimiento por su presencia, señor
secretario de Estado, una vez más, a pesar de algunos augurios no
cumplidos, y permítame que le felicite por lo pormenorizado de su
exposición. Mi grupo no se cansa de hablar de Seguridad Social, lo
cual no alarme a nadie porque ello no quiere decir que vaya a
utilizar un tiempo parecido al del secretario de Estado en la
intervención que me corresponde, pero les reitero que nos gusta
hablar de Seguridad Social. Tal vez haya otros grupos a los que les
guste hablar menos, pero no utilizaré el verbo de forma tan flamígera
como lo han hecho otros portavoces, porque la verdad es que su
intervención, señor secretario de Estado, a mí me lleva más a la
serena reflexión que al ardor parlamentario. De todas maneras lo
entiendo justificado en el caso de algunos portavoces, que más que
otra cosa lo que hacen es intentar defender gestiones de gobiernos
pasados que a mi grupo le importan bien poco. A nosotros hablar de
épocas pasadas, de gobiernos pasados, señor secretario de Estado, nos
produce en todo caso melancolía, por no hablar de pena o tristeza, si
nos referimos a la Seguridad Social. No nos anima en exceso, y como
no es mi carácter ni mi talante prefiero referirme a su exposición, a
la situación de la Seguridad Social a partir del año 1995, que es la
que verdaderamente nos interesa porque lo que ocurriera antes, que
todos ya lo sabemos y a lo que hay que referirse ineludiblemente
cuando se hacen ciertos balances, a los efectos de lo que nos ocupa
ahora, a mi grupo le preocupa más bien poco, por no decir nada. Pero
no por ello equivocamos cuál es nuestro planteamiento y nuestra
posición en esta Comisión y cuál debe ser la suya, señor secretario
de Estado. Usted y el resto de comparecientes, sean o no de la
Administración, vienen aquí a decirnos principalmente cómo estamos y
qué problemas pueden atisbar en el futuro. No creo que vengan aquí
los representantes de la Administración a que se les exijan medidas
determinadas de disposición inmediata, como he oído a algún portavoz,
a no ser que algún grupo parlamentario
piense que siempre va a estar usted en el Gobierno o siempre el
Partido Popular va a ser Gobierno; nosotros, desde luego, no. Tenemos
muy claro que democracia es alternancia y, aunque algunos parece ser
que pueden estar acostumbrados a lo contrario, lo que viene a hacer
usted aquí no es a recibir exigencias como si siempre fuese el que
las fuera a llevar a la práctica. Por eso, como sabemos que usted no
es el último compareciente sino el segundo, lo que hacemos en nuestra
intervención es una serie de reflexiones, señor secretario de Estado,
sobre las cuestiones que usted ha manejado, intentando ver hacia
dónde vamos, que obligatoria y necesariamente tiene que pasar por
saber dónde estamos, que era el sentido máximo de la intervención que
ha tenido usted hoy. Porque para hablar de medidas cautas de este
Gobierno en materia de Seguridad Social ya están los presupuestos en
esta Cámara, cuyo debate iniciamos esta misma semana, y que son
bastante públicos y transparentes para saber cuáles son las medidas
de Seguridad Social que este Gobierno ha adoptado en los últimos
tiempos. Ypermítame que le diga, señor secretario de Estado, que el
que usted repita cosas que ya dijo el ministro a mí me parece lógico,
puesto que son del mismo partido, del mismo Gobierno y pertenecen al
mismo Ministerio. A lo mejor eran otros los que estaban acostumbrados
a que gente del mismo partido, del mismo Gobierno y pertenecientes al
mismo Ministerio llegaran aquí y dijeran cosas distintas. Nosotros,
no, y lo vemos muy razonable. E incluso nos quejamos de que las cosas
a veces se digan dos veces, pero parece que algunos, incluso
diciéndolas dos veces, no llegan a enterarse bien de lo que estamos
hablando, lo cual tampoco es harto preocupante porque también oímos
de otros grupos dos cosas completamente distintas en función del
compareciente o de la semana en que nos encontramos.

Sin ir más lejos, hace una semana el principal grupo de la oposición
de esta Cámara nos decía que aquí veníamos a hablar del cumplimiento
del Pacto de Toledo, de lo que se había hecho y que no querían oír
hablar absolutamente de ninguna otra cosa. Ha pasado una semana,
llega usted, señor secretario de Estado, hace una pormenorizadísima
exposición del cumplimiento o del desarrollo del Pacto de Toledo y
nos dicen que aquí no venimos ni mucho menos a eso, sino justamente a
hablar de opciones de futuro (que sí que venimos a hablar de eso,
entre otras cosas, y de otras muchas más de las que por supuesto esos
grupos no han dicho absolutamente nada), pero que lo que usted ha
hecho no era lo que debía hacer. Hace una semana pensaban justamente
todo lo contrario. Y de lo que no hay duda, señor secretario de
Estado, es que estos debates que estamos teniendo constituyen a
juicio de mi grupo una reflexión muy importante, no sólo en relación
con la evolución del desarrollo de las recomendaciones del Pacto
suscrito en el año 1995, sino también con el diseño de nuevas
orientaciones, teniendo como telón de fondo las necesidades futuras
que pueda tener nuestro sistema.

En ese sentido se trata de ir avanzando conjuntamente en la medida de
lo posible para dar respuesta a los nuevos retos a los que se
enfrenta y se enfrentará nuestra sociedad, ello sin perder de vista
en ningún momento el equilibrio financiero del sistema de la
Seguridad Social, objetivo yafelizmente alcanzado y que debemos
perpetuar. Reconducir



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el debate sobre nuestro sistema de la Seguridad Social a su escenario
natural, el Pacto de Toledo, que es lo que está intentando hacer mi
grupo, nos pareció algo tan importante que por eso justamente fuimos
el grupo que presentó la proposición no de ley en este Parlamento,
que fue votada conjuntamente por todos los grupos de esta Cámara,
para que precisamente hoy pudiésemos estar en esta Comisión
debatiendo con usted, señor secretario de Estado, acerca de estas
cuestiones. Por tanto, a juicio de mi grupo parlamentario debemos
felicitarnos todos y hacer también extensiva la felicitación a usted,
señor secretario de Estado, por encontrarnos hoy aquí y por el inicio
de una nueva etapa de reflexión y estudio, que con toda seguridad el
Grupo Popular, tal y como ocurrió en el pasado, cree que dará muy
buenos frutos, de los que se han beneficiado y se beneficiarán las
generaciones presentes y futuras de nuestra sociedad.

Señor secretario de Estado, a mi grupo le gusta iniciar estas
intervenciones con una reflexión sobre la filosofía que subyace en el
Pacto de Toledo, entendiendo éste siempre como el marco más idóneo
para avanzar en el tema de la protección social y de su continua
adaptación a los constantes cambios a través de la vía del consenso.

De ahí la necesidad y el acierto que supuso en su día traer esta
materia tan importante a sede parlamentaria, para que las medidas que
necesariamente se vayan adoptando en esta área tan cambiante y de tan
amplias repercusiones sociales cuenten con el respaldo y consenso a
ser posible de todas las fuerzas políticas, que son la representación
de la sociedad española.

Con perspectivas simplistas y sin miras de futuro se puede caer en la
tentación de asumir posturas rígidas en el desarrollo del Pacto de
Toledo, exigiendo, como hemos oído a algunos grupos, para seguir
hablando de manera consensuada de la protección social, el desarrollo
total y rígido de todos sus postulados, algunos de los cuales (no
hace falta ser muy listo para darse cuenta de ello) con la
perspectiva de los años requieren de adaptación ante la panorámica
que la sociedad de hoy nos ofrece, distinta a la de hace tiempo. Ésta
es una materia que a juicio de mi grupo parlamentario no se puede
introducir en compartimentos estancos, porque evoluciona
continuamente y ésta justamente es la principal esencia del Pacto de
Toledo, estar siempre a la altura de lo que la realidad demanda,
ofreciendo soluciones que gocen de un amplio respaldo político y
social.

En esta filosofía, señor secretario, podríamos concluir que sólo hay
un Pacto de Toledo, que no nos cansamos de manifestarlo desde el
Partido Popular, que está permanentemente vigente, que no es
inmovilista ni se agota en el tiempo. Sus orientaciones ni son
terminantes ni son rígidas, son la pauta por la que se debe seguir
avanzando con la suficiente capacidad de flexibilizar sus previsiones
a medida que las circunstancias así lo aconsejen.

El señor secretario de Estado ha hecho un repaso de las medidas que
se han venido adoptando durante esta última legislatura, siempre, a
nuestro juicio, en el camino marcado por las recomendaciones del
Pacto de Toledo suscrito en 1995. Ha hecho un resumen del que
difícilmente se puede discrepar, porque me parece que eran datos y
hechos bastante objetivos, pero ello, señorías, sólo debe ser la
primera fase imprescindible para abrir el debate. Debemos constatar
necesariamente de dónde partimos para saber hacia dónde nos
dirigimos, y ese camino estará inevitablemente determinado por los
nuevos retos a que las circunstancias sociales nos conducen y a los
que de forma seria y responsable debemos dar respuestas
satisfactorias. En este sentido, por supuesto que las previsiones
iniciales del Pacto de Toledo en materia social pueden alterarse
significativamente con el paso del tiempo. Esto es justamente lo que
ha ocurrido, lo ha dicho usted, señor secretario de Estado. La buena
evolución de la economía española -insisto, de la economía española,
no de la economía mundial ni de la economía europea, que iban
bastante peor-, gracias a la acción del Gobierno, al que usted
pertenece, y junto con las políticas desarrolladas por su propio
departamento han permitido el saneamiento financiero de la Seguridad
Social, lo que ha permitido que se hayan hecho unos presupuestos para
el año 2000 que pasarán a la historia, pese a quien pese, como unos
presupuestos de marcado tinte social y - por qué no decirlo- como los
presupuestos más solidarios de la historia de la democracia española.

Es cierto, señor secretario de Estado, que este escenario es
radicalmente distinto al del año 1995. Si en aquellos momentos el
debate en torno a la Seguridad Social se centraba en la debilidad del
sistema, pues existían fundadas dudas sobre su perdurabilidad e
incluso se llegó a hablar -como ya se ha dicho y recordado-, no por
parte de nuestro grupo, de quiebra de la Seguridad Social, hoy esta
goza de una inmejorable salud. Por ello, señor presidente, nos
preocupan mucho algunas afirmaciones que hemos oído hoy en esta
Comisión. Nos preocupa que el principal grupo de oposición de esta
Cámara diga -creo que lo he anotado textualmente y si no el «Diario
de Sesiones» me dará o me quitará la razón- que el escenario de
futuro en el que nos encontramos ahora es tan problemático como el de
hace cinco años. Manifestaciones como esa nos llenan de preocupación
y de incertidumbre, porque ¿ello quiere decir que hoy estamos también
como hace cinco años, con dudas sobre si se podrían pagar las
pensiones en este país? No. El debate ha cambiado mucho desde hace
cinco años hasta este momento. Hoy ya nadie duda de que se puedan
pagar las pensiones de este país, porque si dudáramos de ello, como
ocurría hace cinco años, ¿cómo puede ser alguien tan irresponsable de
pedir a la vez que se suban las prestaciones constantemente en
nuestro sistema de Seguridad Social? Estamos casi seguros de que no
hay sido más que un lapsus del principal partido de la oposición,
pero sería bueno que lo aclararan, porque frases como esa sólo pueden
llevar a la incertidumbre de nuestros mayores, que es lo último que
busca cualquier grupo parlamentario con representación en esta
Comisión.

En estos momentos el debate se está abriendo en unos términos
totalmente diferentes a los del año 1995, aunque algunos no lo crean,
y la Seguridad Social a corto plazo está garantizada. Por tanto,
nuestra preocupación ahora debe ser aprovechar estos momentos para
iniciar otro debate, quizás de más altura, que pretenda alcanzar a
nuestro juicio grandes metas, adelantándonos a necesidades de
protección futuras, no sólo a medio sino también a largo plazo, y
ello dejando al margen situaciones partidarias ycontroversias que
deberíamos dar ya por finalizadas.




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Como ya dijimos la semana pasada, ante la comparecencia del señor
ministro, nuestra sociedad demanda de sus representantes políticos
posiciones serias, responsables y de altas miras. Hoy, además de
reflexionar y evaluar lo ya conseguido desde 1995, tenemos la
responsabilidad de empezar a plantear y estudiar lo que va a ocurrir
con nuestra Seguridad Social, pero sabiendo desde dónde partimos,
señor secretario de Estado. Es una responsabilidad que no es suya,
que no es de un Gobierno; es una responsabilidad de los distintos
grupos políticos que estamos en esta Comisión. Cuando tengamos los
conocimientos, el análisis o las descripciones que cada uno
entendamos necesaria podremos empezar a ver cuáles son las
aportaciones que en el futuro queremos para nuestro sistema de
Seguridad Social. Creo que es el sentimiento que tenemos todos,
porque de hecho tampoco he oído a ningún grupo parlamentario que nos
hable de opciones de futuro que ellos entienden que deberían estar ya
en el debate de esta Comisión. (El señor Gimeno Marín: Que hable el
Gobierno.) He oído hablar de la preocupación, que mi grupo también
tiene, en el sentido de que, evidentemente, hemos de sentar las bases
para poder hablar de futuro, pero no he escuchado en modo alguno
cuáles son las opciones de futuro de ningún otro grupo, porque no
podría ser de otra manera, porque no debe ser así y porque quienes se
la piden al Gobierno de la nación me parece que le hacen un flaco
favor a la representatividad parlamentaria, a los partidos a los que
pertenecen e incluso, llevándolo al extremo, al propio sistema
parlamentario de la democracia española. (El señor Gimeno Marín:
¡Toma castaña!) En efecto, ¡toma castaña!, porque no le alegraría más
a nadie que a nosotros seguir siendo Gobierno -y si me permiten las
expresiones que utilizan otros- in saecula saeculorum, pero parece
ser que lecciones de democracia hemos tomado más que algunos, al
menos en esta materia.

Termino, señor presidente, manifestando que tras la exposición del
señor secretario de Estado la satisfacción como miembro del Partido
Popular y como portavoz de mi grupo parlamentario por los buenos
resultados obtenidos hasta el momento en el desarrollo del Pacto de
Toledo es prácticamente plena. Globalmente, a nuestro juicio, el
balance es muy positivo, porque los principales objetivos se han
conseguido e incluso en algunos aspectos, teniendo en cuenta la buena
marcha de la economía, los resultados han sido mejores de lo
esperado. Por ello, no creemos que haya, ni los vaticinamos,
catástrofes ni desastres. No queremos llevar intranquilidad ni
incertidumbre a nuestros mayores ni a nadie, porque creemos, al revés
que otros grupos, parece ser, que hoy estamos en condiciones de
seguir andando el camino ya iniciado hace cinco años, principalmente
en beneficio de nuestros pensionistas de hoy y de los que aspiramos a
serlo algún día.




El señor PRESIDENTE: Para un turno de contestación a los grupos
parlamentarios que han intervenido, tiene la palabra el señor
secretario de Estado, don Juan Carlos Aparicio.




El señor SECRETARIO DE ESTADO PARA LA SEGURIDAD SOCIAL (Aparicio
Pérez): Intervendré tratando de seguir el mismo orden de las
intervenciones.

Lamento que no esté en este momento la señora Gil i Miró, pero me
gustaría decirle que naturalmente entiendo que su grupo parlamentario
tenga una especial sensibilidad y preocupación por los trabajadores
autónomos. Desde mi propia experiencia de gobierno tengo que decir
que son bastantes los grupos que mantienen no sé si más interés pero
desde luego sí tanto como el grupo de la señora Gil i Miró respecto a
los trabajadores autónomos. Insisto, creo que es una preocupación de
todos los grupos. Difícilmente puede olvidarse que estamos hablando
de un régimen de trabajadores autónomos de más de dos millones y
medio de afiliados al sistema de Seguridad Social.

Sin embargo, no me gustaría que en esta materia -y ha sido una
cuestión posteriormente citada por otros intervinientes- nos
alejáramos de lo que es algo muy sencillo y fácil de comprender en el
Pacto de Toledo. Tiene que haber dos regímenes distintos. Lo que
define el Pacto de Toledo son básicamente dos grandes y distintos
status, el de trabajadores por cuenta propia y el de trabajadores por
cuentas ajena. En ningún momento ha planteado el Pacto de Toledo,
y espero que esto no sea una forma elíptica de revisión, que debe haber
una absoluta homogeneidad entre el régimen general y el régimen de
autónomos. ¿Cuáles son las características que aparecen como más
obvias? En primer lugar, la capacidad de elección de bases de
cotización, que es una gran prerrogativa que tienen sin duda los
trabajadores por cuenta propia y de la que carecen de modo absoluto
los trabajadores del régimen general o trabajadores por cuenta ajena.

A partir de ahí, creo que también han quedado acreditadas las
diferencias básicas. Se citaba el ejemplo de las prestaciones, pero
no se ha querido, y entiendo que con buen criterio, citar cuáles son
las cotizaciones que se corresponden a esas prestaciones que
finalmente se obtienen del sistema, pero claro que existen
diferencias. Lo inquietante sería que no existiese la adecuada
proporción, y hoy ciertamente se va corrigiendo esa proporción.

Espero que algunas de las fórmulas que se han sugerido sean fórmulas
que se propongan de un manera más concreta y que nos permitan
entender algunas de las dificultades que hoy debemos poner de
manifiesto. Por ejemplo, hablaba del trabajo a tiempo parcial en el
sector de autónomos, y me parece sin duda alguna atractivo, pero
estoy seguro de que tampoco se le oculta a la señora Gil i Miró, como
a ninguno de los miembros de esta Comisión, las dificultades de
simple seguimiento de la veracidad de este tipo de situaciones. No
quiero decir con ello que estemos descartando su posible aplicación o
implementación, sino que creo que requieren una más profunda
reflexión e, insisto, afortunadamente son muchos los grupos que
manifiestan su interés, yo diría que en igual o mayor cuantía, que el
que hoy se ha plasmado sobre este tema.

Ciertamente me alegra, por dejarlo claro, que desde el Grupo de
Convergència i Unió sólo se haya entendido como insuficiente el
desarrollo de esta recomendación concreta, la cuarta.

Al señor Gimeno tengo que decirle que coincido, como no podía ser de
otra manera, con el portavoz del Grupo Popular. No es novedoso que
haya una plena coincidencia entre el ministro y el secretario de
Estado; creo que lo novedoso sería que hubiese severas discrepancias.

Tal vez sí sería novedoso poder hablar hoy de unos presupuestos de la
Seguridad Social, los correspondientes al año 1999 y los



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presentados para el año 2000, en los que sí es absolutamente novedosa
la existencia de un superávit. Me parece que ese es un hecho positivo
y como otros muchos de los hechos que he tratado de poner de
manifiesto a lo largo de la mañana, debe congratularnos a todos los
que suscribimos el Pacto de Toledo. Lo que en ningún momento ha
habido en el ánimo de este secretario de Estado es la intención de
monopolizar o de exclusivizar los excelentes resultados que el Pacto
de Toledo ha tenido para el sistema de Seguridad Social español, y
aquí lo voy a reiterar unas cuantas veces. Creo que todos los que en
su día hicimos una apuesta de diagnóstico y una apuesta de
tratamiento en nuestro sistema hemos visto cómo eso ha resultado
finalmente positivo para el sistema. Creo que de eso no debemos
arrepentirnos ni lamentarnos nadie. Perdónenme si a lo mejor no he
sabido decirlo con la suficiente contundencia, tal vez en demérito de
la longitud de la primera intervención, pero se lo repito ahora con
la máxima contundencia, los buenos resultados del sistema de
Seguridad Social son resultados colegiados y colegiables, en la
medida en que obedecen a una línea de trabajo marcada por el propio
Pacto de Toledo.

Desde el Grupo Socialista y por parte del señor Gimeno, se me piden
escenarios de futuro. Le voy a decir una cosa muy simple. Sabe él,
porque estuvo también presente en los trabajos, que no hemos variado
los propios escenarios que manejaba el Pacto de Toledo, que seguirmos
manejando los mismos escenarios, que alcanzan cómodamente los años
2020 y 2025. No piense que ha habido en el ánimo del Gobierno, y
espero que tampoco en el de ningún grupo de oposición, el deseo de
cercenar los escenarios que entonces se daban como escenarios
macroeconómicos.

Qué podemos constatar hoy. Podemos constatar que los resultados
reales, tanto en creación de riqueza como en creación de empleo, son,
afortunada y felizmente, muy superiores a las iniciales previsiones
macroeconómicas del Pacto de Toledo. Tampoco en esto debemos
encontrar ningún motivo de lamento, antes bien de satisfacción
general. Si España está siendo capaz de crear más riqueza y más
empleo de los previstos y de hacer crecer de manera perfectamente
armónica su protección social, estaremos ante una circunstancia
nuevamente positiva, y no creo que haya necesidad de innovar sobre
esos supuestos o sobre esas apuestas macroeconómicas.

Capacidades proféticas, afortunadamente tengo escasas, alguna más que
los que suponían que mi comparecencia con motivo del proyecto de
Presupuestos Generales del Estado del año anterior era la última que
realizaba como secretario de Estado; alguna más que los que hacían
semejante predicción creo tener, porque, entre otras cosas, quien
hacía esas predicciones no está hoy en esta sala y también era
miembro de la Comisión. Con ello, quiero decir que no he venido a
esta sala a profetizar cuáles han de ser las evoluciones económicas.

Vengo a decir que es perfectametne demostrable ahora ya -no es una
hipótesis- que España puede crecer más que los países de su entorno
en su economía y en empleo y, frente a muchos países de su entorno
que lo que están planteando son medidas claramente regresivas y de
recortes sociales, ampliar la protección social. Lo ha hecho en más
de 300.000 personas si nos remitimos a colectivos que hoy parecen muy
olvidados, pero que han estado presentes, espero, en la atención de
sus señorias.

Cito dos ejemplos claros, los llamados contratos basura, que
felizmente hoy no existen en nuestro mercado laboral, y una mucho
mejor protección del trabajo a tiempo parcial, que creo que es una
herramienta de futuro; ítem más puede afirmarse de ciertas categorías
de viudedad y de orfandad. Sobre esto, voy a intentar ser lo más
sintético posible, pero creo que eso es bueno, sobre todo para todos
los que en su día manifestamos, y hoy reiteramos, nuestra convicción
de que esta es la línea correcta de trabajo.

También quiero dejar muy clara una cosa. A lo que viene el Gobierno,
al menos este secretario de Estado, es a demostrar que sus
actuaciones se han atenido a lo que eran las recomendaciones del
Pacto de Toledo, no a suplir a SS. SS. a la hora de decir si
mantienen o no su convicción en el Pacto de Toledo y de decir si debe
ser ampliado o reducido. Le aseguro que esa no es en principio una
labor directa del Gobierno; sería una absorción directa por el
Gobierno de las capacidades legislativas y de iniciativa
parlamentaria. Si queremos ser respetuosos con lo que nació en el
Parlamento, está siendo vigilado y seguido por el Parlamento y debe
ser permanentemente actualizado por el Parlamento, el Gobierno debe
colaborar, debe tener la iniciativa desde sus propias
responsabilidades, pero también debe entender que existe la
separación de poderes.

Hablaba de prejubilaciones y de un tema bien concreto como es la
siniestralidad. Con todo el afecto y con el respeto y la simpatía que
me merece el portavoz, quiero decirle que, afortunadamente, en
materia de siniestralidad, España no está ya en las situaciones tan
complicadas que vivió cuando recibía amonestaciones desde la Unión
Europea por no adaptar ni siquiera su normativa y legislación a esos
criterios europeos. Hoy tenemos sin duda alguna un problema muy
grave; basta compararnos con nosotros mismos para saber que tenemos
un gravísimo problema en la siniestralidad laboral, pero le puedo
garantizar que este problema no se va a resolver por el simple
traslado de responsabilidad, ni de unos agentes sociales a otros ni
de los agentes sociales al Gobierno ni del Gobierno a otras fuerzas
políticas. No se va a resolver el problema de siniestralidad laboral
en España hasta que no entendamos que es un problema del conjunto de
la sociedad, en el que pueden hacer mucho todos y cada uno de los
protagonistas, por supuesto el Gobierno el primero -tampoco hay
ningún deseo de eludir responsabilidad-, el resto de administraciones
con competnecia en materia en prevención de riesgos, desde luego -y
algunas de ellas plenamente competentes-, los agentes sociales, tanto
empresarios como sindicatos, también. No creo que el camino sea
simplemente eludir la responsabilidad o la cuota de responsabilidad
que cada uno tiene. Me gustaría que en este tema, por su
trascendencia y porque si algo no es mensurable en términos
económicos es la vida humana, se llegase a un punto de encuentro o
que se hiciese de él una cuestión de Estado antes que una cuestión de
pura confrontación o de puro sentido partidario.

Me decía también el señor Gimeno si es mejor o peor que el
crecimiento del gasto social en estos últimos años haya sido
armónico, porque para mí ha sido armónico con el crecimiento de la
riqueza, del producto interior bruto. Creo que si algo da garantías
de que no va a ser necesario recurrir a recortes, recurrir a medidas
drásticas, a medidas no deseadas por la sociedad, es que esté
creciendo moderamente



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en las épocas de expansión, porque esa es la garantía de que, exista
una recesión económica o exista un ciclo adverso, seguirá siendo
soportable. Le aseguro que si crece más de lo que debe -perdone
porque la figura es cruel pero de actualidad-, si uno se eleva por
encima de la altura razonable -y alguno bien lo ha hecho-, corre el
riesgo de superar un determinado umbral y no poder descender con vida
de dicha altura. Y lo digo porque esa es un poco la pauta que ha de
seguirse. Ha de crecer armónicamente en las épocas de mejor evolución
económica, para saber que va a ser soportable y sostenible en los
momentos de adversidad -me parece que esa es la línea correcta y así
lo entendieron también los agentes sociales-, siempre y cuando, como
aquí ha sucedido, crezca. Lo que hubiese sido intolerable es que no
hubiese crecido el gasto social. Bien es cierto que antes de crecer
más -que también lo ha hecho-, este Gobierno se preguntó si se podía
crecer mejor, si se podía racionalizar, que es la segunda parte de
esta preocupación. No basta con que, como ha sucedido, el gasto
social sea creciente, sino que debe ser más racional, que es el
segundo concepto que creo que subyacía en el Pacto de Toledo; y el
tercero es que sea consolidable, que tenga futuro.

Perdonen por la brevedad, pero aquí también me gustaría, de alguna
manera, compensar a SS.SS. de lo que han podido ser excesos en la
primera parte. Ciertamente es la primera vez que me riñen por exceso
de información. Gustosamente acepto ese tipo de reconvenciones; más
vale que sea por exceso que por defecto o hacer bueno aquello de que
lo que abunda no daña.

Señor Zabalía, hay aspectos en los que me cuesta entrar, no por una
falta de simpatía o de sintonía con muchos de los planteamientos que
usted ha expresado ahora y en otros momentos; pero en lo que yo no
puedo entrar es en lo que no está en el Pacto de Toledo. Me dice
usted si hubiese sido deseable -antes he hablado de unas simulaciones
o ficciones-, yo no sé cómo hubiese sido el Pacto de Toledo de haber
prosperado algunas enmiendas que hasta el último instante de su
elaboración estuvieron vivas. Estaríamos ante otro Pacto de Toledo y
tal vez se me pudiese exigir que hubiese atendido aquellas
posiciones, sin duda ambiciosas desde el punto de vista nacionalista
y que, desde luego, diseñaban otros modelos de gestión, especialmente
de gestión territorial, pero no están, y voy a concluir de esa manera
simple. Parafraseando a Cortázar -no sé lo que no pudo ser y se quedó
como perdido en una nebulosa-, no sé lo que pudo ser aquello que no
fue y se quedó perdido en una nebulosa. Le contesto así porque yo esa
discusión no la veo.

Asimismo, le digo que de la Constitución española sé que reconoció la
larga y buena tradición de haciendas territoriales, forales y locales
que existía en España. Están acreditadas constitucionalmente y no
deben plantear ningún problema. Por eso me parece que es muy poco
acertada esa comparación o analogía según la cual algunos dicen: ya
que hay haciendas locales, territoriales y provinciales, tendrá que
haber seguridades sociales locales, territoriales y provinciales. Eso
ya lo conocíamos, -felizmente también, en Seguridad Social espero que
el 30 de enero del año próximo podamos celebrar un centenario de
gestión-, pero también quiero dejar bien claro que no sé cómo hubiese
sido una Seguridad Social diseñada de otra manera o este Pacto de
Toledo articulado de otra forma en el ámbito autonómico.

Me atengo al que estrictamente existe y, desde luego, no creo
que deban hacerse tan sistemáticamente algunas traslaciones desde el
ámbito de las haciendas y de la pura recaudación.

Me habla de un tema que me inquieta mucho -y sabe que aquí quiero ser
respetuoso-: las jubilaciones anticipadas o el hecho cierto de que
España, frente a una edad teórica de 65 años, se mueve en una edad
práctica o estadística de apenas 63. Creo que todos podemos
contribuir a que eso sea lo deseable, que coincidan la edad
estadística y la edad normal. ¿Para qué? Precisamente para tener que
evitar medidas que supongo que ni su grupo ni el mío desean, que
supondrían la alteración de las cifras clave del sistema, y entre las
cifras clave está esa edad de 65 años, que yo creo que es un gran
logro que podamos y debamos mantener. Yo le pido, tanto a usted como
al resto de miembros de esta Comisión, que cada vez que haya una
ocasión de ver si se puede trabajar en esa dirección, nos pongamos en
la correcta, que es intentar que esos 65 años sea la edad normal y
habitual de jubilación de los españoles. ¿Por qué? Porque, sin duda
alguna, estamos ante una expectativa de vida muy superior a aquella
que tenían los españoles cuando se instaron precisamente los 65 años.

Yo creo que entre nuestras obligaciones como políticos también está
la de hablar con cordura, y hablar con cordura significa que difícil,
por no decir imposible, es conciliar carreras cada vez más cortas de
cotización con carreras cada vez más largas de período de disfrute de
prestaciones y pensiones. Creo que también está al alcance de nuestra
racionalidad o de nuestro criterio de responsabilidad.

Me planteaba casos concretos. La pensión de viudedad tampoco figura y
se podía haber citado. En el Pacto de Toledo se dice exclusivamente
que hasta que se abran esos debates, que probablemente son debates
interesantes y arduos, sobre cómo debe ser en el futuro, lo que había
que hacer era atender, mediante una carga de solidaridad intensa,
esas situaciones que a todos nos parecían más inquietantes: menor de
60 años, pensión como única o principal fuente de riqueza y además
cargas familiares. Afortunada y felizmente, hemos completado un ciclo
en el que los incrementos de este tipo de pensiones han sido muy
superiores, claramente distintos y mayores que los de los demás. No
hemos resuelto la cuestión de manera definitiva. Si usted me pregunta
si debe haber un debate sobre pensiones, le contesto que sí. ¿Qué es
lo que ha sucedido hasta la fecha? Que únicamente alguno de los
agentes sociales se ha atrevido -y utilizo el término atrevido- a
fijar claramente su posición de futuro. Espero que no entremos en ese
juego, normal pero poco deseable, de a ver quién habla primero. Si
somos capaces de reconstruir el clima de diálogo y de discreción que
presidió el anterior Pacto de Toledo, también podremos hablar todos a
la vez, sin entrar en ese extraño juego de ver quién habla primero y
a ése descalificarle todos los demás. Espero que, por analogía con lo
anterior, seamos capaces de actuar con aquel mismo ánimo.

Voy muy deprisa. Le aclaro una duda que considero importante. Está
claro que el fondo de reserva debe constituirse con cargo a los
excedentes que pudieran producirse en el ámbito contributivo. Siempre
hemos de trabajar sobre previsión, porque los presupuestos son antes
que nada unapura previsión. ¿Qué es lo que también debe quedar claro?



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En ninguno de los textos hasta ahora manejados, ni en el Pacto de
Toledo ni en el Acuerdo Social ni en la ley, hay obligación ninguna
de agotar los posibles excedentes a un sólo fin; se dice que con
cargo a esos excedentes, no con cargo a la totalidad de los
excedentes. Si lo que le inquieta, señor Zabalía, es que si se
constituye el fondo de reserva se agoten o se apuren otras vías de
actuación de la Seguridad Social, también deseables, esté tranquilo,
porque no se agotan ni se apuran, ni en este futuro ejercicio del año
2000 ni en otros. Siempre habrá posibilidad de actuar -espero- en los
distintos frentes o en los distintos flancos que integran la acción
de la Seguridad Social, pero no se trata de agotarlos en una sola
medida.

En cuanto a los regímenes especiales, perdone que vuelva a lo que
antes señalaba. No me gustaría que se confunda la idea de que, aquí,
al final, todo tiene que acabar en un régimen único, que no es
deseable ni en democracia ni en Seguridad Social. De hecho, permítame
que recree un poco la historia. Es un documento de todos, también
mío, tan mío como del propio Partido Nacionalista Vasco, pero la
desagregación de especiales especificidades, de que tenían que
figurar los trabajadores del mar y los agrarios, etcétera, ese
especial énfasis en que había que hacer una apelación especial a los
regímenes más especiales dentro de lo especial, fue una aportación de
su compañero y hoy miembro del Consejo General del Poder Judicial,
señor Olabarría, que reconozco positiva. Le diré que mi ánimo no es
flamígero en esta materia.

Su intuición no le ha fallado, señor Zabalía. Me pregunta por la
recomendación decimocuarta. Va a tener ocasión de asistir a una
comparecencia del señor Montoro, espero que más amena, más ligera e
incluso más pedagógica que la mía, y estoy seguro de que le va a
poder preguntar cuantas materias considere oportunas. No lo vea como
un argumento elusivo mío. Estoy intentando ser respetuoso con un
acuerdo de este Parlamento, que decidió crear un documento propio de
consenso de desarrollo de esta pieza, al menos integrado por varias
de las fuerzas políticas que hoy están en esta Comisión, que
decidieron dotarse de un marco también de diálogo, derivado.

Perdónenme la analogía matemática poco afortunada, pero estaríamos en
una segunda derivada del marco parlamentario propio y, lógicamente,
con una tutela administrativa correspondiente a la Secretaría de
Estado de Economía.

Intento concluir. Señor Vaquero, no soy dado a las figuras
cardiológicas que usted utilizaba. Créame que el saneamiento del
sistema como prioridad absoluta no era cuestión personal, ni siquiera
del grupo parlamentario; era de todos los que firmamos el Pacto de
Toledo, porque, por ser tal vez grosero pero breve, si no arreglamos
el coche no cabe preguntar adónde nos vamos. La prioridad era sanear
el sistema de Seguridad Social antes de hacernos esas preguntas,
entre existenciales y futuristas, sobre qué vamos a hacer a
continuación. Primero vamos a ver si somos capaces de tener nuestro
sistema de Seguridad Social con esos mínimos de solvencia que
permitan hablar de futuro, y, una vez saneado, claro que debemos
preguntarnos hacia dónde vamos, pero no olvidemos que hace poco
tiempo parecía que el vehículo tenía pocas posibilidades de avanzar,
incluso parece que tenía posibilidades de retroceder.




No soy dado a hacer preguntas a SS.SS., porque creo que es muy mala
costumbre, pero sí que voy ha formular una pregunta con carácter
abstracto y general: (El señor Gimeno Marín: Se la contestamos.)
Naturalmente, está en su derecho. ¿Dónde ha recortado protecciones
este Gobierno del Partido Popular? Alguien podrá decir que las
ampliaciones de protección son menos importantes de lo que debieran
ser, pero hasta ahora la nómina, feliz y afortunadamente, es una
nómina de ampliaciones. Alguien dirá: podría haber sido mucho más.

Hombre, todo a la vez cuesta hacerlo, pero -no por ser reiterativo,
que no es cuestión- creo que el catálogo ha sido de ampliaciones y
difícilmente podrá hablarse de una medida que haya sido restrictiva o
de recorte; es prácticamente imposible.

El complemento a mínimos es una cuestión en la que me voy a detener
sólo lo imprescindible. He tratado de demostrar mediante los
documentos que no hay una obligación directa desde el Pacto de Toledo
de situar el complemento a mínimos directamente en el ámbito no
contributivo, precisamente en ese básicamente. También he tratado de
demostrar que me parecen muy respetables las dos tesis, la de
aquellos que dicen que el complemento a mínimos sólo lo perciben
quienes están ya en el sistema contributivo, y en consecuencia ha de
ser financiado con cuotas, y la otra gran línea teórica de quiénes
dicen que si algo hace el complemento a mínimos es romper la
proporcionalidad que debe existir entre lo cotizado y lo que uno va a
percibir. Eso lo situaría en el ámbito contrario. Ese es el ánimo y
yo aquí quiero ser respetuoso no sólo con los teoréticos, sino
también con la ley que ha aprobado este Parlamento y que ubica ese
debate y las decisiones definitivas a partir del año 2000. Yo no
quiero ir ni más allá ni más acá de lo que el Parlamento acordó como
prudente o razonable.




Me plantea dos cuestiones en las que yo creo rotundamente. Para mí no
es progresista mantener la Seguridad Social en un estado de déficit
permanente, incluso agrandando el diferencial entre ingresos y
gastos, porque eso significa que antes o después va a tener severas
dificultades. Tampoco sé decir si es enormemente progresista producir
el saneamiento financiero. Desde luego, no me parece regresivo sanear
el sistema de Seguridad Social español. Tengo que decirle que creo
que una de las claves en las que podemos entendernos en el futuro es
colegiar, insisto, lo que son unos buenos resultados, porque además
ese es el mérito; el mérito es que estamos hablando de una situación
de Seguridad Social francamente mejor, más saludable, desde el punto
de vista financiero y de equidad, que la que teníamos hace unos años,
y eso, insisto, gracias a la existencia del marco de acuerdo
político, enriquecido además con acuerdos sociales ulteriores.

Finalmente, señor Camps, creo que hoy podemos abordar debates de
futuro con mayor tranquilidad, sin duda ninguna, que lo podíamos
hacer en debates que eran de pura emergencia, de pura subsistencia
del sistema hace escasamente tres años. Ha dicho algo que creo que es
muy importante y es que la buena marcha de la economía española no es
un hecho casual. Predecible es que en los primeros días del mes de
agosto haya un eclipse de sol visible en determinadas zonas, pero no
eran en este caso previsible, al menos por muchos de los miembros de
esta Comisión, que



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pudiéramos hallarnos ante un sistema tan saneado o tan fortalecido y
esto no obedece a ninguna casualidad; esto obedece a una causalidad,
que son las políticas económicas que creo que han dado buenos
resultados. Se ha sabido iniciar ese proceso mediante la creación de
riqueza, su traducción eficiente a empleo y su traslación con
especial intensidad al sistema de Seguridad Social por doble vía:
primero, por incremento importantísimo del número de afiliados, más
de dos millones, como se ha citado, y, segundo, permitiendo que
España haya crecido de una manera enérgica en gasto social, y
mejorando los conceptos, que es lo importante y a lo que al final
tenemos que atenernos; mejorando conceptos como contributividad y
como solidaridad. La última expresión de solidaridad creo que ha sido
inequívoca en el acuerdo alcanzado sobre mejora de las pensiones de
mínima cuantía. Lo inquietante sería que nos hubiésemos alejado en
las cifras o en los conceptos y creo que hoy tanto en cifras como en
conceptos estamos más cerca, no digo al final, pero sí más cerca de
los objetivos que nos marcamos allá por abril de 1995. Ciertamente,
esta última afirmación, como todas las que se van a producir en esta
Cámara, son subjetivas, pero permítanme que les diga que en este caso
parezca una subjetividad que cuenta con el aval de otras
subjetividades políticas y, ciertamente, de bastante subjetividad
social, que también la deseo.

Muchas gracias, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Aparicio.

Con esta intervención damos por concluida la sesión relativa a la
mañana de hoy. No queremos suspenderla sin anticipar a todos los
miembros de la Comisión, inclusive a los medios de comunicación, que
habrá nueva sesión de esta Comisión el próximo 2 de noviembre para
atender las comparecencias del secretario de Estado de Presupuestos,
del director general de Costes y Pensiones Públicas, del secretario
general de Empleo y del director general del Inem.

Se suspende la sesión, que se reanudará aproximadamente a las cuatro
y media de la tarde.

Muchas gracias, señorías.




Eran las tres de la tarde.




Se reanuda la sesión a las cuatro y treinta y cinco minutos de la
tarde.




- DEL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL (GÓMEZ-POMAR RODRÍGUEZ). A SOLICITUD DEL GRUPO PARLAMENTARIO
DE COALICIÓN CANARIA(Número de expediente 212/002332), DEL GRUPO
PARLAMENTARIO VASCO (EAJ-PNV) (Número de expediente 212/002338), DEL
GRUPO PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIAI UNIÓ) (Número de
expediente 212/002352), GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR (Número de
expediente 212/002366) Y DELGRUPO PARLAMENTARIO MIXTO (Número de
expediente 212/002395).

El señor PRESIDENTE: Señorías, vamos a reanudar la sesión
correspondiente a la Comisión no permanente de la valoración de
resultados obtenidos por el Pacto de Toledo, celebrada el 27 de
octubre de 1999, con el objeto de atender las diversas comparecencias
solicitadas por los grupos de la Cámara.

En este sentido, corresponde recibir y dar la bienvenida al director
general de la Tesorería General de la Seguridad Social, don Julio
Gómez-Pomar, a quien cedemos la palabra para que fije la posición
respecto al tema que nos ocupa. Posteriormente, la cederíamos a los
portavoces de los grupos solicitantes.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL (Gómez-Pomar Rodríguez): Muchas gracias, presidente. Buenas
tardes.

Como director de la Tesorería, comparezco gustoso en esta Comisión no
permanente para la valoración de los resultados obtenidos en las
recomendaciones del Pacto de Toledo. Intentaré no ser excesivamente
prolijo, aunque por la propia naturaleza de mi función y de mi
responsabilidad administrativa, las referencias necesariamente
tendrán que ver con datos y con información de cómo ha venido
evolucionando la ejecución de aquellas recomendaciones del Pacto de
Toledo que tienen una traducción más directa en la gestión del
servicio común que me corresponde dirigir.

Del conjunto de recomendaciones que afectan más directamente a la
Tesorería, me voy a referir a la primera: separación de fuentes; a la
segunda, constitución de reservas; y a la quinta, mejora de los
mecanismos de recaudación, como aquellas que tienen mayor
trascendencia, porque el propio presupuesto de ingresos de la
Tesorería y las medidas de organización o de gestión tienen un mayor
reflejo en las mismas. En último término, haré también alguna
referencia a la recomendación séptima, de integración de la gestión.

En relación con la recomendación primera, la separación de fuentes,
trataré de no incidir en aspectos que la comparecencia del secretario
de Estado esta mañana ha cubierto con gran precisión en muchas de las
cifras. Debe destacarse la forma en la que en el presupuesto de
ingresos se ha venido cumpliendo esta recomendación en cuanto a
aportación plena de financiación de los Presupuestos Generales del
Estado para la sanidad y para los servicios sociales. Así, desde 1996
a 1999, se ha ido produciendo una progresiva retirada de las
cotizaciones en la financiación de la sanidad, que ha pasado de
519.492 millones, que suponía esta aportación de cotizaciones a la
financiación sanitaria, a una aportación nula, es decir, a una total
financiación con cargo a las transferencias del Estado para el año
1999. En términos porcentuales, en 1996 esta contribución de las
cotizaciones era prácticamente del 16 por ciento (el 15,9) y de un
cero por ciento, como señalaba, en el ejercicio 1999. En términos
similares cabe referirse a la financiación de los servicios sociales,
si bien aquí ha sido en el proyecto de presupuestos para el año 2000
donde se lleva a cabo la aplicación de la separación de fuentes en
prestaciones familiares y servicios sociales. La comparecencia de
esta mañana del secretario de Estado ha hecho suficiente incidencia
en este aspecto, así como en la financiación del complemento



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de mínimos y en las distintas cuestiones que sobre el mismo se
suscitan. En cualquier caso, estaré muy gustoso en facilitar
cualquier ampliación o dato que se requiera.

Otro aspecto que es oportuno comentar en relación con la separación y
clarificación de las fuentes de financiación es el proceso de
evolución del déficit de la Seguridad Social, no tanto en sí mismo,
sino desde el punto de vista de lo que es el funcionamiento de la
tesorería por el impacto que ha tenido a la hora de reducir las
necesidades de financiación del sistema. El paulatino proceso de
reducción del déficit del sistema de Seguridad Social, que, como se
ha indicado, pasa de un 0,72 por ciento, en el año 1995, a un
proyecto de presupuestos para el año 2000 con un superávit del 0,1
por ciento, ha supuesto en términos de tesorería, de necesidades de
financiación, una paulatina mejora de la necesidad del sistema de
utilizar el mecanismo de la financiación de préstamos. Asimismo, un
tipo de financiación que pudiéramos denominar menos ortodoxa y del
que se había hecho uso en algunos ejercicios, se ha podido ordenar
gracias a esta evolución del déficit y, por tanto, de la necesidad de
financiación.

Es oportuno hablar aquí de algunos aspectos diferenciados. En primer
lugar, en relación con la situación de las deudas con las que se
encontraba el sistema, conviene destacar que, en el año 1996,
quedaron pendientes de ingresar para hacer frente a las necesidades
de financiación del sistema dos trimestres del impuesto sobre la
renta de las personas físicas por valor de 74.490 y 85.126 millones
de pesetas. Además, había una utilización, por valor de 175.000
millones de pesetas, de una póliza de crédito sindicada con las
principales entidades financieras. En el año 1997, se reduce la
utilización de esta póliza de crédito, por valor de 70.000 millones
de pesetas, y se puede hacer frente al pago del primer trimestre del
año 1996, que quedó aplazado. En el año 1998, se repuso al nivel de
utilización de la póliza los 105.000 millones de pesetas, que estaban
hasta esta fecha en su nivel de utilización. Finalmente, en el año
1999, se puede atender también el pago del tercer trimestre del año
1996, que quedó pendiente, como se ha indicado.

Es importante destacar estos aspectos porque al proceso de reducción
en la utilización de préstamos -al que luego haré referencia- habría
que añadir esta devolución de cantidades pendientes del impuesto
sobre la renta de las personas físicas, así como esta póliza que,
utilizada en el nivel en el que se venía haciendo, constituye en
técnica financiera lo que se llama un endeudamiento permanente,
aunque se trate de una póliza que se va renovando ejercicio tras
ejercicio.

Esta evolución del déficit en términos presupuestarios, que, como
decía, ha mejorado considerablemente la necesidad de financiación del
sistema, se ha visto marcada en el ejercicio de 1998, pero
especialmente en el de 1999, y en la previsión para el año 2000. Ya
se ha señalado que de 1997 a 1998, el préstamo para el equilibrio
presupuestario pasa de los 155.000 a 125.000 millones, en términos
redondos. Para el año 1999, este préstamo de equilibrio, y por lo
tanto nivelador del déficit, se reduce a 88.100 millones de pesetas,
con el dato significativo ya reseñado de que, hasta la fecha no ha
sido necesario utilizar el préstamo monetario por valor de 210.000
millones de pesetas y se prevé que no se utilizará en todo el
ejercicio 1999. Para el año 2000, al
presentarse un ejercicio que arroja un superávit, es evidente que no
hace falta un préstamo de equilibrio presupuestario, y tampoco hará
falta un préstamo monetario; es más, la capacidad aquí de generación
de recursos del sistema transformará esta necesidad de financiación
que ha venido soportando el sistema en una capacidad de financiación
que permitirá constituir el fondo de reserva que aparece en el
presupuesto, y al que posteriormente me referiré, por importe de
60.000 millones de pesetas.

Conviene también destacar, en relación con la financiación vía
préstamos del sistema, que para el presupuesto del año 2000 se hará
frente a la primera anualidad de amortización del principal de un
préstamo del Banco de España del año 1994, cuyos intereses se han
venido atendiendo desde 1995, pero en el próximo ejercicio deberá
empezar a amortizarse el principal por valor de 12.805 millones de
pesetas. Esta es básicamente la evolución de la necesidad de
financiación del sistema en función del comportamiento que ha tenido
el déficit y su paulatina reducción en la Seguridad Social.

La segunda recomendación, la constitución de reservas -por darles
algún detalle adicional al que se ha presentado en la comparecencia
de esta mañana- es conocida, son los 60.000 millones de pesetas.

Quizá convenga aclarar que dicha cantidad figura en el anteproyecto
de gastos y dotaciones del presupuesto de la Tesorería General de la
Seguridad Social dentro del programa de gestión financiera y en el
capítulo 8, de activos financieros, bajo la denominación de dotación
al fondo de reserva. La materialización de dicho fondo, así como la
suscripción de los títulos públicos, tal y como establece la
correspondiente recomendación, requerirá el acuerdo del Consejo de
Ministros. En la medida en la que se produzca el citado acuerdo del
Consejo de Ministros, que dé instrucciones a la Tesorería para la
materialización o para cualquier otra gestión, se irá produciendo la
gestión del fondo de reserva.

La recomendación quinta se refiere sintéticamente a la mejora de los
mecanismos de recaudación y a las actuaciones en materia de lucha
contra el fraude y en relación con la morosidad. Yo voy a dar aquí
alguna información respecto a cómo ha venido evolucionando la
recaudación en vía voluntaria en los distintos ejercicios
presupuestarios, así como en vía ejecutiva. Los datos más
significativos que cabe ofrecer en este punto, en primer término,
comparando el ejercicio de 1997 con el de 1996, es el relativo a cómo
las cotizaciones de los trabajadores ocupados han crecido en un 6,4
por ciento. Si comparamos el ejercicio de 1998 con el de 1997, esta
cifra se elevaría al 8,83 por ciento. Si nos referimos a la total
cotización, en términos de derechos reconocidos, las cifras de 1997
sobre las de 1996, serían del 5,89 por ciento y las de 1998 sobre las
de 1997, del 6,05. Si mirásemos esta evolución no en términos de
derechos reconocidos sino de caja -y me interesa poner un especial
énfasis en este aspecto-, las tasas de crecimiento son todavía
superiores, es decir, el crecimiento 1997 sobre 1996 es del 6,05 por
ciento, y el de 1998 sobre 1997, del 7,88 por ciento. En definitiva,
se trata de tasas de crecimiento sucesivamente crecientes, -si se
permite la expresión- de 1998 sobre 1997, en relación con las de 1997
sobre 1996. Y también, cuestión que ha sido a veces puesta de
manifiesto, en perfecta consistencia con el crecimiento de la afi
liación



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y el crecimiento medio de los salarios en convenio. El presupuesto sí
refleja una consistencia en el buen crecimiento que ha tenido la
afiliación puesta en relación con los crecimientos pactados en los
convenios, tomados éstos en sus valores promedios.

En cuanto a la recaudación en vía ejecutiva, el comportamiento que ha
tenido el sistema -en gran medida debido a las medidas que se han
venido introduciendo, a las que haré referencia en un momento
posterior- ha sido francamente satisfactorio. La posición en la que
se encontraba la recaudación ejecutiva en el año 1996 es la de
ofrecer una tasa de crecimiento negativa del 7,73 por ciento respecto
a la que se obtuvo en el año 1995. Se pusieron en marcha toda una
serie de medidas -en parte ha hecho referencia a ellas en su
comparecencia el secretario de Estado-, como son los acuerdos de
intercambios de información con la Agencia Tributaria, diputaciones
forales, etcétera -a las que, como digo, haré referencia con mayor
detalle en un momento posterior-, que permitieron, ya en 1997
respecto de 1996, incrementar la recaudación en casi un 16 por ciento
(un 15,84 por ciento). En 1998 sobre 1997 dicho incremento se sitúa
en el 4,57 por ciento. Estoy dando información que incorpora la
recaudación por unidades de recaudación ejecutiva, incluyendo también
la recaudación en vía ejecutiva que se hace por cuenta del Inem. Esto
porcentualmente representa una cantidad mucho menor pero, en términos
de tasas, ofrece este crecimiento.

Si comparamos la situación actual, fin de septiembre del año 1999,
respecto de fin de septiembre del año 1998, la tasa de crecimiento
está siendo del 9,52 por ciento. Este dato es particularmente
significativo si lo ponemos en conexión con que el comportamiento de
la recaudación ordinaria, en vía voluntaria, está siendo francamente
satisfactorio a lo largo de 1999, así como lo fue en 1998. Por otra
parte, como se ha señalado, el reconocimiento de derechos o el papel
que pasa a la vía ejecutiva es decreciente a lo largo de estos
ejercicios. Por resumir estas tres anotaciones, tendríamos que la
recaudación ejecutiva está creciendo, aun cuando lo está haciendo la
vía voluntaria, y está decreciendo el número de títulos a cobrar que
pasan a ser recaudados por las unidades de recaudación ejecutiva.

Otro indicador de cómo ha venido funcionando la gestión recaudatoria
sería el inducido por el comportamiento de la afiliación. Aquí
tampoco me extenderé en los datos puesto que ya han sido puestos de
manifiesto en la comparecencia de esta mañana, pero sí quiero
manifestar que estamos, a finales del año 1999, en una cifra de casi
14,5 millones de afiliados, con un crecimiento, en los últimos 12
meses, por encima de los 700.000, en todo el período que estamos
considerando por encima de los 2 millones y con unas tasas de
crecimiento francamente satisfactorias que ponen de manifiesto dos
hechos que, en mi opinión, conviene anotar: en primer lugar, que se
está creciendo por encima de lo que lo está haciendo el propio
crecimiento de la economía y, de una manera u otra, esto refleja un
afloramiento de la economía sumergida o, si se quiere, de
regularización de las condiciones de trabajo; y, en segundo lugar,
que la relación empleo-crecimiento económico está mostrando unos
signos de una mayor sensibilidad del empleo respecto a la propia
evolución económica. Son dos datos cuya constatación, desde el punto
de vista de la afiliación,
trascienden a lo que es la propia recaudación del sistema de
Seguridad Social; son dos notas francamente positivas que está
ofreciendo el comportamiento de la economía.




Otro índice que es relevante destacar a la hora de enjuiciar cómo
están comportándose la gestión recaudatoria y las finanzas de la
Seguridad Social en este período comprendido por la puesta en marcha
de las recomendaciones del Pacto de Toledo es el llamado índice de
morosidad, que pone de manifiesto en qué medida hay una mayor calidad
en los derechos reconocidos y mejora la eficacia de la recaudación
del sistema. Se ha señalado esta mañana, pero permítanme recordarles
que, de un índice del 5,52 por ciento en el año 1996, estamos, a
finales del mes de junio del año 1999, en un índice del 2,8 por
ciento. Esta relación de derechos pendientes de cobro respecto del
total de derechos voluntaria y ejecutiva en el sistema, está
mostrando una evolución francamente positiva.

Presentaba también el secretario de Estado, en su comparecencia ante
esta Comisión esta mañana, la evolución de los derechos reconocidos,
dato sobre el que merece la pena incidir desde un doble punto de
vista. En primer lugar, porque la reducción en estos derechos
reconocidos en vía ejecutiva pone de manifiesto que la calidad de los
títulos a cobrar que pasan a las unidades de recaudación ejecutiva
son cada vez de una mejor condición y, por tanto, están permitiendo
una gestión de cobro más eficaz. En segundo lugar, porque en la tan
discutida y controvertida cuestión de la aproximación de los
criterios caja y devengo, es especialmente relevante que enfrentemos
un ejercicio para el año 2000 con una previsión de derechos
reconocidos pendientes de cobro de tan sólo 190.000 millones de
pesetas, frente a los 540.000 que había en el año 1997, o a los más
de 500.000 en el año 1996. Este es el mejor indicador de que la
aproximación caja-devengo y la recomendaciones SEC 1995 no van a
suponer, en ningún caso, una gestión presupuestaria distinta de la
que se ha venido realizando hasta el momento.

Otro aspecto significativo en la aplicación de las recomendaciones,
que dio origen también al acuerdo de Consejo de Ministro que ponía en
marcha el plan de lucha contra el fraude y la morosidad, ha sido la
regularización de las cuentas del sector público, en concreto, la
regularización de cuentas de Administración central, Administración
autonómica y Administración local. Se ha señalado esta mañana, pero
permítanme que insista en este aspecto porque el trabajo y la gestión
que se ha realizado en este campo ha sido especialmente significativa
y ha requerido una enorme involucración por parte de todo el personal
que está trabajando para la Tesorería de la Seguridad Social. Fruto
de las gestiones de cobro y de la regularización de cuentas, se ha
podido pasar de una deuda del sector público, en el año 1995, de
267.990 millones de pesetas, a una cantidad, en agosto de 1999, de
98.133 millones de pesetas, dejando a cero la deuda de las
administraciones de las comunidades autónomas, reduciendo en más de
60.000 millones de pesetas la deuda de la Administración central y
manteniendo tan sólo, o reduciéndola en una pequeña medida, la deuda
de las administraciones locales. Se ha insistido y se han dado cifras
de la composición geográfica y cuantitativa deesta deuda de la
Administración local. Las herramientas



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que hay a disposición de la Tesorería han mejorado, con ocasión de
alguna de las autorizaciones legislativas contenidas en las leyes de
acompañamiento, que han permitido aumentar los porcentajes de
deducción sobre la participación en los ingresos del Estado en las
administraciones locales, pero, ciertamente, es un campo donde se
muestra una resistencia localizada en determinados ayuntamientos de
cara a la regularización de deudas con la Seguridad Social. No quiero
dejar de resaltar una reducción, en 1999, respecto de 1995, de un
63,38 por ciento en la posición deudora que mostraba este gran
conglomerado de agentes hace tan sólo cuatro años.

Las medidas que en el orden normativo han permitido ir abordando este
proceso de regularización de deudas en el sector público han sido,
como avanzaba en primer lugar, la Ley de medidas fiscales,
administrativas y de orden social, para el año 1997, que permitió
ampliar el procedimiento de deducción a las comunidades autónomas y
también un posterior desarrollo reglamentario, traducido en una
modificiación del reglamento general de recaudación, que
posibilitaba, repito, la aplicación de este procedimiento a las
comunidades autónomas. Es cierto -haré también referencia a ello
posteriormente- que no ha sido necesario aplicar el procedimiento de
deducción a ninguna de las comunidades autónomas y ha sido la fórmula
del convenio, del pacto, entre la Tesorería de la Seguridad Social y
estas administraciones lo que ha permitido la puesta al día en su
posición financiera. Así, con el Gobierno canario, en diciembre de
1997, se firmó un acuerdo para la regularización de su deuda y
también con la misma fecha se estableció un sistema, denominado de
relación contable, que va a permitir una mejor gestión en las
relaciones financieras entre esta comunidad autónoma y la Seguridad
Social. En mayo de 1998 se firma un convenio para regularización de
deudas con la Generalitat de Cataluña; en julio de 1998, con la
Comunidad de Madrid; en diciembre de 1998, con la Comunidad
Valenciana; en 1998, con la Junta de Galicia; en 1999 se amplía la
relación contable con el Gobierno canario; en marzo de 1999, con la
Junta de Andalucía, y de esta forma se pone término a este proceso de
regularización de las deudas con las comunidades autónomas.

Señalaba anteriormente, en relación con la regularización de deudas
de la Administración local, que la Ley de presupuestos para el año
1999 ha permitido aumentar los porcentajes de deducción sobre la
participación en los ingresos del Estado, lo que ha significado
recuperar parte de la deuda, pero éste sigue siendo un mecanismo
insuficiente para abordar esta cuestión. Este tema -se ha señalado
también esta mañana pero no quiero dejar de insistir en él- está
siendo objeto de análisis en la otra Cámara, en el Senado, en la
Comisión de estudio sobre la deuda institucional, donde se han puesto
de manifiesto los aspectos de deuda en determinadas instituciones del
sector público, corporaciones locales, así como del sector privado,
que se ha convenido en llamar deuda histórica o de una más difícil
regularización.

Pasando ya al examen de la evolución del endeudamiento del sector
privado, el último dato que me gustaría poner de manifiesto es que
mientras que desde 1995 a 1997, y en una tendencia que así venía, el
stock de deuda del sector privado, a final de cada ejercicio,
mostraba un comportamiento
creciente, es decir, cada vez había una mayor deuda de las
empresas con la Tesorería de la Seguridad Social, en 1998 por primera
vez se invierte esa tendencia y se pasa de un stock de deuda de un
billón 552.000 millones, en 1997, a un billón 398.000 millones en
1998, y, en agosto de 1999, a un billón 333.000 millones; es decir,
en el año 1998 por primera vez se reducen las cantidades que el
sector privado adeuda a la Seguridad Social, y nuestra previsión es
que para el año 1999 esa cantidad se reduzca en mayor medida en que
lo hizo en el ejercicio anterior.

Para concluir, quisiera poner de manifiesto todas aquellas medidas en
cuanto a gestión y aquellas modificaciones normativas que, en mi
opinión, han hecho posible en parte este comportamiento de la
evolución que se ha descrito en la recaudación voluntaria, en la
recaudación ejecutiva y en la regularización de deudas del sector
público. Es cierto que ha habido una evolución económica
satisfactoria, fruto de las medidas que se han venido adoptando en
este ámbito de actuación, pero no es menos cierto que hay una gran
cantidad de medidas en gestión y modificaciones normativas que han
tenido una influencia directa e inmediata en el comportamiento de las
finanzas de la Seguridad Social.

Una primera medida, que afecta tanto al orden de gestión como al de
control, ha sido la generalización y plena extensión del sistema de
remisión electrónica de datos. La remisión electrónica de datos, como
ya se conoce, permite que los movimientos de altas, bajas y
variaciones en la afiliación, así como el suministro del documento
TC-2, de la relación de trabajadores como documento de cotización, se
haga por procedimientos electrónicos. Esto no sólo supone una mejora
en la calidad de la base de datos y de la información de la que se
dispone, sino también la posibilidad de efectuar controles y cruces
sistemáticos que permitan conocer si se está produciendo una correcta
y adecuada cotización. Así, el control automático del Inem de las
bonificaciones aplicadas por las empresas en la contratación de
colectivos susceptibles de obtener dichas bonificaciones es algo que
se puede llevar a cabo en la medida en la que exista disponibilidad
de esta información con carácter inmediato, tal y como posibilita el
sistema RED; el control, como se está haciendo por parte de la
Tesorería, de la obligatoriedad de cotización de los trabajadores
afiliados mediante el cruce automático entre la información de
cotización contenida en los documentos TC-2 y la información de
trabajadores dados de alta en cada número patronal o código de cuenta
de cotización; la detección de la existencia de las posibles
diferencias entre importes abonados por las empresas en las entidades
financieras, a través del documento TC-1, y la que resulta del
detalle de las relaciones nominales de trabajadores en el sistema TC-
2.

Como es conocido, la Ley 50/1998 para el ejercicio en curso ha
establecido la obligatoriedad, para aquellas empresas de más de cien
trabajadores y para todas aquellas que disfruten de bonificaciones,
reducciones, etcétera, de suministrar la información por remisión
electrónica de datos. Las normas de desarrollo han establecido un
calendario progresivo y gradual de aplicación de esta medida, pero la
realidad es que la generalización e implantación de este sistema
hacen inoperante la necesidad de aplicar de una forma compulsiva esta
norma, porque prácticamente latotalidad de empresas de más de cien
trabajadores están ya



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en el sistema de remisión electrónica de datos. Piensen ustedes que
en el ejercicio 1996 había líneas de TC-2 -por ser preciso en el
concepto técnico- por un número de 488.244, que se recibían
electrónicamente, y en el mes de agosto de este año estamos en
7.334.235. Si ponemos en conexión esta cifra con los 10.484.000
afiliados vemos que el grado de implantación del sistema en todos
estos años ha sido extraordinariamente positivo. Cualquier control,
cualquier cruce de información que pretenda llevarse en tiempo real
pasa necesariamente por una utilización de información con un
carácter inmediato, como la que permite la remisión electrónica de
datos.

Ha habido otras medidas de gestión que se han comentado y que
redundan en la simplificación y en la mejora de la gestión: el
documento TC-2 normalizado, el documento TC-2 abreviado, pero no me
voy a extender en estas cuestiones.




Otro hecho de particular relevancia, entrando en el ámbito de las
medidas adoptadas en la recaudación ejecutiva, ha sido, en primer
lugar, la creación de la unidad de recaudación ejecutiva nacional,
medida que ha posibilitado el desarrollo de planes centralizados como
el control de las cantidades adeudadas y localizadas en fondos de
inversión, que le ha permitido a la Tesorería el cobro de 4.360
millones de pesetas y ahora, como ya se ha puesto de manifiesto, la
puesta en marcha de un plan de actuaciones de embargo sobre
automóviles para todos aquellos que tengan deudas en vía ejecutiva
con la Seguridad Social. Sí quisiera hacer referencia -porque ello ha
supuesto un esfuerzo ciertamente con frutos- a estos acuerdos que se
han venido adoptando para posibilitar una mejora de la recaudación en
vía ejecutiva. Con la Agencia Estatal de Administración Tributaria se
firmó, en febrero de 1997, un acuerdo de colaboración que ha
permitido disponer en todas las unidades de recaudación ejecutiva de
terminales conectadas a sus bases de datos para acceder a información
tributaria relevante para el cobro de deudas. Con las haciendas
forales también se han firmado acuerdos con Vizcaya, Navarra,
Guipúzcoa y Álava, todos en 1997. También se ha establecido un
sistema de deducción para las devoluciones del IVA, para aquellos
acreedores de estas devoluciones que tuvieran deudas con la Seguridad
Social y de retención en los pagos que realice el Tesoro para todos
aquellos que mantuvieran también deudas con la Seguridad Social. A
condición de reciprocidad, la Seguridad Social retiene en los pagos
que ordena a terceros aquellas deudas de naturaleza tributaria que la
Agencia Tributaria le pone de manifiesto. Se firmó también un acuerdo
con la Dirección General de Tráfico para las actuaciones sobre
vehículos, como la que anteriormente se ha señalado. También se han
establecido acuerdos con las entidades financieras para proceder de
manera sistemática a los embargos centralizados de cuentas de los
deudores. No voy a extenderme en otras medidas de menor entidad que
se han venido adoptando a lo largo de todo este tiempo y que han dado
importantes frutos en la gestión.

Quisiera concluir haciendo una breve referencia, en la medida en que
afecta a la tesorería de la Seguridad Social, a la recomendación
séptima de integración de la gestión, aunque ya hayan sido puestas de
manifiesto, de alguna manera, en la sesión de esta mañana. Son el
traslado de la
gestión y la titularidad del patrimonio del Instituto Social de la
Marina a la Tesorería de la Seguridad Social y la adscripción de la
Gerencia de Informática de la Seguridad Social a la Tesorería .

Piensen que la Tesorería es un servicio común que presta, si se
quiere, servicios de carácter financiero y de control de la gestión a
todo el sistema y que se entendió que lo podría extender a otro
común, como es la prestación de servicios informáticos a todo el
sistema. La evaluación de la integración de esta adscripción de la
Gerencia de Informática en la valoración que se hace desde la
Tesorería, ha sido francamente satisfactoria.

Con esta referencia concluyo. Confío en no haber sido excesivamente
tedioso en esta comunicación, pero, al mismo tiempo, espero no haber
dejado de exponre ningún aspecto que en mi opinión era significativo
a la hora de valorar lo que entiendo yo que es un contenido estricto
del motivo de la comparecencia, que es hacer un fiel reflejo de en
qué medida se han venido cumpliendo aquellas recomendaciones del
Pacto de Toledo que afectan a la Tesorería de la Seguridad Social,
que han tenido una posterior traducción en la ley de racionalización,
en los acuerdos que se han adoptado posteriormente por el Consejo de
Ministros o en los pactos que se han alcanzado con los agentes
sociales.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el
señor Gimeno.




El señor GIMENO MARÍN: Muchas gracias por la comparecencia del
responsable de Tesorería, que lleva todo el día escuchando las
intervenciones del secretario de Estado y de los parlamentarios,
entre otras cosas para conocer todos los aspectos y matices del
debate y que no haya excesivas contradicciones. Creo que algunas de
las cuestiones han sido interesantes. Lo que sí le voy a pedir es una
referencia más concreta respecto a la evolución en los distintos años
de algunas cosas que ha dicho. Me parece que estarán en el «Diario de
Sesiones», pero nos permitiría tener una información más exacta. Me
refiero, tanto al endeudamiento de la Seguridad Social , como a la
morosidad, a todos los datos que se han venido dando a lo largo de
los años y que son de enorme interés. Nos hemos pasado cuatro años
discutiendo si la Seguridad Social tenía o no préstamos y resulta que
sí los tenía, cosa que era obvia y que todo el mundo sabía; no era
ninguna novedad.

Una pregunta que a lo mejor no tiene que ver con el tema, pero que es
de interés y que le afecta directamente; quizá debería haberse
preguntado en las comparecencias de presupuestos. ¿Va a haber
modificaciones sustanciales para el próximo ejercicio en la
presentación de las cuentas de la Seguridad Social, en el supuesto de
que se aprobara la ley de medidas que ha llegado al Parlamento? He
visto en la ley de medidas, y supongo que usted lo conoce mejor que
yo, lo que significa que las modificaciones se introdujeran en la Ley
General Presupuestaria respecto a la cuenta del Estado que se va a
presentar a la Cámara. Quiero saber si va a haber modificaciones en
lo que hasta ahora se venía presentando. Lo digo porque hay datos que
son de enorme interés y no sé si hay alguna modificación. Simplemente
se lo pido por curiosidad, porque seguro que me va a ilustrar mucho
más.




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Seguro que ha dicho ya algunas cosas pero es posible que, por la hora
o por llevar tanto tiempo aquí, nos hayamos despistado un poco. Es
evidente que la situación económica ha mejorado mucho en los datos
macroeconómicos, pero la situación individual de las personas es otro
problema. Hay unos que mejoran más y otros que mejoran menos. De los
dos últimos años, de 1998, los empresarios y los expertos dicen que
es un excelente ejercicio económico, y 1999 no va a ser tan
excelente, pero digamos que hemos tenido unos ejercicios bastante
interesantes. Sin embargo, nadie apuesta por que el ejercicio 2000
sea mejor que los anteriores. No digo que vaya a ser malo -ya son
cuestiones de análisis y de previsiones que no voy a entrar a debatir
porque no es la cuestión-, pero todos oímos y leemos en los medios de
comunicación que en las entidades de crédito, cuando mejora la
economía, disminuye la morosidad, disminuyen los fondos. Mejora todo
y hay menos deudas. Por las afirmaciones que ha hecho, supongo que
ese efecto se produce también en la Seguridad Social.

En las última cuentas de los balances de la Seguridad Social que nos
acaban de remitir acompañando a los presupuestos para el año 2000, me
parece que es en la de 1998, si mal no recuerdo, tanto de todas las
gestoras, como de la Tesorería, hay cuestiones que los que no somos
muy expertos no acabamos de entender en profundidad, por la
tecnología presupuestaria que se emplea cuando se habla de déficit
presupuestario o déficit de otro tipo. No lo entendemos muy bien y
creemos que es importante clarificarlas. El presidente de la Comisión
se sonríe. Lo importante es que lo entendamos todos, no sólo los que
lo entendemos. Ese es el objetivo. Por ejemplo, qué significa que de
1997 a 1998, en el balance de la contabilidad, los acreedores a largo
plazo hayan crecido más de 400.000 millones y que los acreedores
a corto plazo, también en ese ejercicio, hayan crecido aproximadamente
300.000 millones. Ya nos ha explicado algunas de las cuestiones. Nos
ha explicado los préstamos de la Seguridad Social y cómo ha habido
que financiar, sin ningún tipo de alarma, a la Seguridad Social
porque no es suficiente con las cotizaciones y con las transferencias
previstas en los presupuestos. Afortunadamente en esto es en lo que
más insisten desde el Gobierno en los últimos tiempos. No me refiero
a la Tesorería, me refiero al ministro y al secretario de Estado. En
los últimos tiempos insisten mucho, y por fin el año que viene, y nos
alegramos todos, hay superávit para la Seguridad Social.

No le he oído citar los préstamos de Tesorería, por ejemplo, que
también existen, y que yo sepa no se devuelven nunca . No sé si a
partir de ahora se van a devolver. No se sabe si son préstamos de
Tesorería o qué son. En la información contable que nos han mandado
del balance de la Seguridad Social del año 1998 aparecen como
préstamos con el Estado alrededor de 2,7 billones. Unos corresponden
a estos ejercicios a los que hemos hecho referencia y otros a otros
ejercicios. La pregunta que le voy hacer no la hago para intentar
buscar comparaciones entre ejercicios, cosa a la que es muy dado el
portavoz del Grupo Parlamentario Popular. No nos vamos a entretener
nosotros en eso. Simplemente quiero plantearla para tener una
explicación más profunda. Con una situación económica mejor, con
cotizaciones mejores ¿cómo es posible que, en todo lo que es la
historia de la Seguridad Social, y lo pregunto, insisto, sin
intención malévola, sino para intentar ver qué es lo que está pasando
en el sistema, en la evolución y en la maduración del propio sistema,
ahora tengamos que tener más préstamos que los que había antes? Me
refiero a épocas que económicamente no han sido ninguna maravilla. Si
analizamos toda la historia de la Seguridad Social, la situación
todavía sería mucho más sorprendente. Porque en la crisis económica
que ha existido en este país en los años ochenta en las dos fases,
tanto en la época de crecimiento como en la de no crecimiento, no
había tanta necesidad de préstamos. ¿A qué se debía? El sistema va
teniendo su evolución. A pesar de que ahora estamos en ciclos
económicos altos, aparentemente lo son menos que en el año 2000,
porque parece que es el primer ejercicio en el cual, por fin, no
vamos a tener necesidad de acudir a los préstamos del Estado para
hacer frente a los déficit reales, en términos que nos entendamos
todos, no en términos de derechos y toda esa jerga que utilizamos los
que hablamos de presupuestos. ¿Cómo es posible que ocurran ese tipo
de fenómenos?
Yo, cuando analizo el balance de 1997 y 1998 de la Seguridad Social,
como los balances de cualquier empresa, veo que el volumen de
deudores -no tengo el desglose del sector privado y el sector
público, pero posiblemente las cifras son parecidas- en 1998 en el
activo de la Seguridad Social, aunque prácticamente es parecido, es
menor que en 1997. Esto es una tendencia. Sin embargo, me llama la
atención que en 1998 las provisiones son mucho más altas que en 1997.

Se supone que son previsiones para impagados y cosas de este estilo.

Son 200.000 millones más en 1998 que en 1997. No sé cuál será la
tendencia en 1999 o la evolución, porque no conozco los balances de
este ejercicio. Sólo sé un dato que me parece de enorme interés, y es
que la Seguridad Social no va a necesitar, parece ser, el préstamo de
equilibrio financiero, o como se llame, que ponemos todos los años en
algún artículo de esos raros -no sé si es el 12, el 13 ó el 10- de la
Ley de presupuestos del Estado. Y este año, por supuesto, no habrá
esos famosos préstamos de caja, que no son de caja. Ami lo que me
gustaría conocer en estos momentos es cuál es la realidad de todos
los préstamos privados y públicos de la Seguridad Social. Los del
Estado ya sé que son 2,7, en 1998, no sé en 1999. Parece ser, por los
datos y lo que acaba de decir, que no van a incrementarse, lo cual es
interesante. ¿Cuáles son todos los préstamos? ¿Por qué? Porque si no
no se entiende todo lo que hemos estado discutiendo durante estos
cuatro años. Y vuelvo a decir que la situación ni era de quiebra ni
de cosas por el estilo, lo cual no quiere decir que no hubiera
problemas de liquidez y más dificultades para pagar. Yseguro que
usted sabe las dificultades que había para pagar ahora y antes.

Ahora, evidentemente, hay más liquidez, es mejor, hay menos deudores,
pero es lógico, lo mismo ocurre a los bancos, que ahora les va todo
mejor y no tienen tantos problemas. En cualquier caso, sería
interesante conocer los préstamos de Tesorería, porque yo he oído
toda su intervención y creo que no los ha mencionado. No sé cuál es
ni siquiera el concepto contable o jurídico presupuestario a la hora
de considerarlos o no considerarlos. Sólo sé que los préstamos de
caja se deberían devolver, pero también sé que no se devuelven porque
figuran en la relación de la contabilidad de la Seguridad Social.




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No sé si le debo hacer a usted la siguiente pregunta, porque quizá
nos corresponda más a nosotros o al Estado. Nosotros venimos
insistiendo hace tiempo en por qué no todos estos préstamos se los
ponemos al Estado y no a la Seguridad Social. Es una pregunta
técnica. Yo creo que no incide ni en un caso ni en el otro, sobre el
déficit público. Si incidiera sobre el déficit público, entendería
que figurara en la Seguridad Social y no en el Estado. De cualquier
forma, no introduciría ninguna modificación en los conceptos de
déficit de la Unión Europea en que estamos hablando. Lo digo porque
nosotros siempre hemos dicho, posiblemente no sea más que una
consideración política, que contablemente los préstamos los tenga el
Estado o que los tenga la Seguridad Social. A mí personalmente me
gusta más que los tenga el Estado. Pongámoselos al Estado de una vez,
porque esos préstamos evidentemente existen y no van a dejar de
existir.

Otra pregunta le querría hacer y no estoy buscando contradicciones,
pero es muy difícil desligarse de la posición del propio Gobierno y
del propio Ministerio siendo el tesorero de la Seguridad Social. Lo
digo porque sería mucho más interesante para esta Comisión que
tuviéramos unas discusiones más fluidas, que nos permitieran a todos
tener una mayor idea. ¿Tiene alguna previsión de lo que deberían ser
los fondos de reserva? Yo tengo dudas, y se lo planteo muy
ingenuamente y sin ningún tipo de intención. Amí me dicen los
expertos que nos asesoran a nosotros que hay países en los que hay un
fondo de reserva que consiste en la nómina de un mes, y hay otros
países en que hay previstos fondos de reserva mucho más altos.

Supongo que la nomina de un mes de la Seguridad Social se refiere al
conjunto de las pensiones, con lo cual estamos hablando de fondos de
reserva altos, pero en parte a mi me parecen bajos. Ya digo que ésas
son mis propias dudas y mis propias lagunas en todo este tipo de
consideraciones. La nómina de la Seguridad Social de las pensiones de
un mes son más de 600.000 millones, supongo, porque si estamos
pagando ocho billones de pensiones, lo dividimos entre 14 y sale una
cifra bastante respetable. Sin embargo, cuando veo los préstamos de
la Seguridad Social en los dos últimos años, que son años muy buenos,
me da la impresión de que un fondo de reserva de esa cuantía fuera
insuficiente. ¿Hay alguna idea prevista o estudiada técnicamente de
lo que debería ser un horizonte de fondo de reserva en su cuantía
total? No digo en un año, ni en dos ni en tres. Digo si hay una
previsión de lo que podría contribuir a que en los ciclos económicos,
tanto hacia arriba como hacia abajo, tuviérmaos una mayor
tranquilidad, para que incluso nosotros luego podamos hacer
propuestas en una dirección concreta. ¿Hasta dónde debemos llegar en
la constitución de esos fondos de reserva?
Hay un apartado en el informe -no sé si lo presenta el ministro o es
de la Seguridad Social- que dice: Si las desviaciones de inflación de
este año... ¿En qué medida pueden afectar al fondo de reserva que
tenemos? Porque los presupuestos, que yo sepa, ustedes los hacen a
mitad de año, aunque luego se terminan presentando en la Cámara hacia
septiembre más o menos. Desviación de inflación se va a producir. Eso
va a tener una repercusión importante. Yo no sé cuánto supondrá seis
o siete décimas en la nómina de los pensionistas de la Seguridad
Social, pero debe ser
una cifra respetable. Me gustaría saber si influye o no influye en el
fondo de reserva que tiene previsto el Gobierno 60.000 millones. En
el documento dicen que sí, pero también es cierto que es una
previsión. Por tanto, si es una previsión, no pasa nada. Porque me da
la impresión que en los dos últimos ejercicios ha habido más ingresos
de los que estaban presupuestados, pero no sé tampoco datos exactos.

¿Este año va a haber más ingresos que los presupuestados como
derechos posibles de la Seguridad Social? Me parece que sí, porque he
visto los datos del año anterior y he visto que había un crecimiento
bastante importante respecto a lo propuesto. En ese contexto, me
gustaría tener una información más real de cuál es la tendencia y
cuál es la evolución.

Tengo una duda que me gustaría que me aclarara. Últimamente yo hablo
mucho de las mutuas, quizás porque me toca también hablar de
seguridad e higiene, de salud laboral y de todo este tipo de
cuestiones. Supongo que usted, o la Seguridad Social, tiene más
información que los demás, porque sé que la Intervención ha trabajado
bastante sobre este tema para tener un conocimiento más exacto de la
realidad de las mutuas de la Seguridad Social. ¿Existen o no existen
excedentes en las mutuas? Al margen de esos excedentes normales que
estaban previstos tradicionalmente. Las mutuas, en sus nuevas
actividades -porque las mutuas ya no son sólo de accidentes en el
sentido tradicional e histórico, ahora ya gestionan en parte
incapacidad laboral, tenemos la vertiente de la prevención de los
accidentes y la vertiente del aseguramiento de los accidentes-, en el
conjunto de las actuaciones, porque siguen siendo Seguridad Social
sin ningún tipo de dudas, ¿tienen excedentes o no tienen? ¿Cómo está
evolucionando la situación? Esto lo digo por una razón muy simple, la
Seguridad Social está transfiriendo a las mutuas para la prevención
de accidentes cifras bastante importantes, unos veintitantos mil
millones que yo sepa. En este sentido, le pediría también una
opinión: ¿cree usted que deberían figurar como servicios sociales en
las transferencias que se mueven dentro de la Seguridad Social?
Porque poner como servicios sociales 20.000 millones, cuando la
Seguridad Social tiene tan poco dinero para servicios sociales, me
parece que es un tema a considerar. A mi me parece que es poco,
posiblemente sea mucho, 20.000 millones para las mutuas para la
prevención de accidentes de fondos de servicios sociales.

Los mismos datos que le estoy pidiendo para los préstamos, de todo
tipo, de entidades privadas, del Banco de España, del Estado, me
gustaría que nos lo aclarara respecto de lo que es la evolución de la
morosidad en los años que le parezca que puedan tener interés. Desde
ese punto de vista, me alegro mucho de que vaya mejorando la gestión
para la recaudación, por supuesto así lo deseo, y estoy convencido de
que van a seguir en esa dirección. Ahí no tengo ningún tipo de dudas.

Si el sector público ha mejorado bastante, es una buena noticia. El
sector privado mejora en parte por la situación de la economía, pero
espero que esa tendencia en la mejora de la gestión nos permita ver,
por lo menos en las partes que gestiona la Seguridad Social, una
valoración más importante, porque desde luego, en mi opinión, cuando
se sigue comparando con otros sectores, la gestión parece positiva
desde este punto de vista.




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El señor PRESIDENTE: La sonrisa de esta Presidencia no era más que
para corresponder a ese parlamento sarcástico más propio de un
castizo que de un maño. No era otra cosa.

Señor Vaquero, por Izquierda Unida.




El señor VAQUERO DEL POZO: Tiene una ventaja, o un inconveniente,
según se mire, esto de intervenir después de alguien que ha escuchado
la intervención del compareciente: parte de las cosas que iba a
preguntarle las ha preguntado ya el compañero del Grupo Socialista
que me ha precedido.

En concreto, yo tengo la misma curiosidad que él respecto a cómo
quedan los préstamos y a si es posible o si sería conveniente -el lo
ha dicho con otras palabras, yo lo digo directamente- que por parte
del legislador se procediese a una cancelación de los préstamos de la
Seguridad Social y se derivasen como deuda al Estado, que propiamente
es quien debería tenerlo en función de que, a partir de 1990, hay una
ley de no contributivas y a partir de 1995 hay un acuerdo de que se
proceda a financiar básicamente las contributivas con cotizaciones y
exclusivamente las no contributivas con imposición general; hay una
dinámica en función de la cual parece injusto que se cargue a la
Seguridad Social unas deudas que no son suyas. Ya sabemos que la
gradualidad es el principio de aplicación de toda esta nueva
filosofía pero, en cualquier caso, para evitar que se siga hablando
de agujeros financieros de la Seguridad Social, de déficit, etcétera,
que pueden despistar a la opinión púiblica y pueden desalentar
respecto a la solvencia de una institución tan querida y tan
necesasria para los ciudadanos de este país en general, quizá seria
conveniente cancelar estos préstamos, que dejasen de pender sobre la
cabeza de la Seguridad Social como una espada de Damocles, cuando en
realidad de quien deben pender es de la financiación del Estado en
general, que, como el papel negro sobre blanco, lo soporta todo o,
por lo menos, soporta más en crédito que la Seguridad Social. En ese
sentido, me gusaría saber qué pinión tiene, sobre todo de cara a
conocer cómo están realmente los préstamos a día de hoy.

Respecto a la composicion de las reservas, tengo curiosidad por saber
si comparativamente las reservas deben ser más o deben ser menos y
qué parte del superávit previsto -no sé si es correcto hablar de
superávit- es el que sirve ahora para dotar esos 60.000 millones del
fondo de reserva que se prevé en estos presupuestos por primera vez.

Si hay un porcentaje, se conocerá en definitiva cuál es la filosofía
de fondo, la medida que utiliza el Gobierno en función de la
prudencia, porque es la primera vez que se hace esto. Es normal que
se tenga que tener una cierta prudencia y al mismo tiempo cierto
arrojo político a la hora de establecer la cuantía concreta. En
cualquier caso, nos gustaría saber, para tener un dato de contraste,
qué parte de superávit se va a habilitar para esta cuestión y cómo se
va a gestionar, si va a ser un mero apunte contable o se va a
invertir en determinado tipo de títulos o de instrumentos
financieros. En definitiva, cuáles son las previsiones respecto a
esto. Se ha hablado solamente de que se constituye el fondo de
reserva, pero ¿eso que va a ser? Queremos conocerlo exactamente.

Tercera cuestión que me gustaría que comentase. Se observa que aflora
la economía sumergida. Como es lógico,
debe preocupar mucho este asunto a todos en general por las
previsiones de futuro que se deben hacer. No olvidemos que no estamos
haciendo solamente un balance de la aplicación del Pacto de Toledo,
sino que también intentaremos poner las bases -ya no va a dar tiempo
en esta legislatura- de algunos criterios de actuación para el
futuro. No solamente interesa saber cuál es la economía sumergida que
está aflorando realmente -qué porcentaje, en qué cuantía, etcétera-,
sino también la que queda por emerger. Existe todavía una cuantía
suficiente como para que entendamos que no debe ser solamente la
deriva sobrevenida la que vaya haciendo emerger la economía, sino que
más bien se habiliten medidas. No solamente medidas informáticas o de
coordinación de las administraciones, que son encomiables y un paso
adelante sin duda alguna. No tengo ningún inconveniente en saludarlas
así; al contrario, me satisface enormemente que haya medidas
concretas que dan fruto. Quiero decir que, aparte de campañas de las
Inspección de Trabajo en determinados momentos, no he oído que haya
habido actuaciones -quizá a través de la prensa, y esta mañana parece
que lo refería también el secretario de Estado de una forma un tanto
incidental- estructuralemente definidas de engarce y coordinación de
mayores dotaciones de recursos en la Administración laboral, en
concreto en la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social. ¿Hay
medidas de este tipo? ¿Se prevé que serían necesarias en función de
que los índices de economía sumergida siguen siendo todavía muy
elevados? ¿Qué se conoce de estos temas? Sin duda alguna sería muy
descriptivo que los gestores desconocieran todos estos datos; sería
alarmante que no se conocieran porque significaría que estamos ante
una asunción de medidas indirectas para atajar este tema pero no para
acometerlo sustantivamente y de frente. No sé si me he explicado, a
estas horas de la tarde uno está un poco más torpe.

La cuarta cuestión es que nos parece enteder, por los datos que nos
da usted, que las deudas de las administraciones públicas bajan y
bajan sustantivamente. Esta mañana me ha parecido entender al
secretario de Estado que todavía queda alguna deuda de la Comunidad
Autónoma andaluza. Esta tarde usted nos dice que no hay deudas de
ninguna comunidad autónoma y esta mañana me parecía entender al
secretario de Estado otra cosa, o a lo mejor le he entendido mal.

Quiero que me despeje esa duda; por mi procedencia, tengo esa
curiosidad morbosa. En cualquier caso, bajan las deudas de las
administraciones públicas en general, sobre todo las de las
comunidades autónomas. Quedan todavía los ayuntamientos; parece no
digo que justificable pero sí lógico, en la medida en que los
ayuntamientos tienen muchos más servicios de proximidad, de
inmediatez respecto a las necesidades perentorias de los ciudadanos y
muchos menos recursos comparativamente -al menos así es, desde
nuestro punto de vista-, y eso genera dificultades de tesorería en la
inmensa mayoría de los municipios españoles. Lo paga la Seguridad
Social que no tendría que pagarlo.

Nos parece que los índices de reducción de la morosidad en el
capítulo de los empresarios siguen siendo todavía muy bajos,
comparados con los que se han logrado con las administraciones
públicas. Por supuesto, hemos saludadoen esta misma Cámara, y hoy lo
hacemos también, la eficacia



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que van teniendo los instrumentos de que se ha dotado la Seguridad
Social, no en esta legislatura, no con este Gobierno, sino también
con gobiernos anteriores, las URE, etcétera. Es una impresión que
tenemos y que nos gustaría que nos contrastase usted con datos, si es
posible. Si hay algunas expectativas de incrementar las medidas que
respecto a este capítulo pudieran reducir la morosidad de los
empresarios. Porque, yo entiendo que el índice de morosidad al que se
refería usted antes incluye los dos tipos de deuda, el derivado del
sector privado y el del sector público. El que se reduzca mucho en
las administraciones públicas también incide, aunque no es la misma
cuantía, de forma relativamente mayor en la reducción del índice
final de morosidad y, por tanto, ahí se ve encubierta la realidad de
que persiste todavía relativamente fuerte la morosidad de los
empresarios.

La gestión del patrimonio, que es competencia de la Tesorería General
de la Seguridad Social. ¿Cómo está este tema? Está bien, seguro,
señor presidente, está muy bien, pero, en cualquier caso, algún
problemilla hay. A mí me consta que hay algún problemilla incluso en
vía jurisdiccional, creo. Nos gustaría que nos dijese qué se está
haciendo.

Primero, se habló una vez de alguna empresa pública que gestionase
este tema. ¿Esto está así o no? ¿Cómo está realizándose eso? Segundo,
¿cuánto patrimonio se ha vendido? ¿En qué cuantía? ¿Qué importe?
¿Cuántos inmuebles, si son inmuebles? Tercero, ¿cuánto se ha cedido?
¿A quiénes? ¿Por qué causas? ¿A qué precio? ¿El precio es más bajo
que el que señalaban informes anteriores o no? No me estoy refiriendo
solamente a esos tres inmuebles en concreto, sino a algunos otros
más, en general. Si tengo que hacer alguna pregunta, la haré de forma
escrita, pero, en cualquier caso, en general, cómo está este tema.

Porque creo que es necesario que la opinión pública conozca y esté
pacificada, diríamos, la transparencia de cómo se gestiona el
patrimonio de la Seguridad Social.

Por último, qué medidas se han adoptado o se van a adoptar para
evitar el oligopolio de los subasteros. Este es un tema cuya
incidencia a nivel de calle, respecto al crédito de las instituciones
públicas y en general de la Seguridad Social, aunque no sólo de la
Seguridad Social, y más en la medida en que efectivamente están
siendo más eficaces las medidas de recaudación ejecutiva, como es
lógico, genera un estado de opinión que conviene que conozcamos todos
y su comparecencia hoy creo que es una ocasión muy buena, para ello,
porque sin duda alguna, aunque, de las recomendaciones del Pacto de
Toledo, las de la gestión no han sido las que se han desarrollado
más, la vida sigue y se ha gestionado. Vaya si se ha gestionado.

Insisto en que conviene que nosotros sepamos todo esto, si
eventualmente hay que discutir sobre qué se va a hacer para en el
futuro desarrollar mejor estas recomendaciones del Pacto de Toledo
que hablan de la gestión.




El señor PRESIDENTE: Señor Vaquero, le agradezco por doble razón su
intervención, porque por primera vez en estos días de trabajo de la
Comisión esta Presidencia observa una intervención que va
aproximándose, va acomodándose a la naturaleza de los trabajos que
debe tener esta Comisión, que es interrogar al compareciente,
abandonando la posibilidad, las tentaciones de hacer valoraciones y
discursos políticos. Y veo que usted hoy nos acaba de dar el primer
ejemplo. Eso me hace pensar que a lo mejor hay algunos compañeros de
Comisión que inclusive no tendrían inconveniente en irse pareciendo a
usted, en cuanto a la estructura de las intervenciones, y con esa
esperanza trabajo, que en el futuro otros compañeros vayan imitando
lo bueno. No quiero decir más y creo que está dicho todo.

Tiene su turno de palabra el Grupo Popular, y en su nombre el
portavoz en esta Comisión, don Gerardo Camps.




El señor CAMPS DEVESA: Recojo el guante que ha lanzado la Presidencia
e intentaré seguir el ejemplo del señor Vaquero, pero la Presidencia
entenderá, seguro, que desde mi grupo tengamos muchos menos
interrogantes sobre las manifestaciones del señor director general de
la Tesorería. Pensamos que no ha caído en contradicciones con la
intervención del señor secretario general de la Seguridad Social. Si
se me permite, señor presidente, por la trayectoria personal y
profesional de don Julio Gómez Pomar, creo que conocida ampliamente
por muchos de los que hoy estamos en esta Comisión, era difícil que
lo hiciera, no por no seguir su comparecencia, que a mí me parece
hasta algo natural, sino simplemente porque, conocedor como es de la
realidad de nuestra Seguridad Social desde hace mucho tiempo, era
difícil que dijera nada que pudiera faltar a la realidad.

Mi grupo, señor director general, ha entendido su discurso dividido
en tres claros fragmentos, si se me permite, o bloques: separación de
fuentes de financiación, con las reservas como un añadido; la mejora
de los mecanismos de recaudación y las medidas de gestión dentro de
ellas y modificaciones normativas. Entendemos que es muy importante
para esta Comisión y, tal vez, permítaseme, señor presidente, le
echemos en falta algunos grupos en esta tarde de trabajo, pasar de
las musas al teatro y es muy importante que en estas cuestiones
oigamos la voz de quienes tienen que -en este caso, el máximo
responsable- ejecutar muchas de las decisiones que se contienen
primero en unas recomendaciones, que de las recomendaciones pasan a
la ley y que han sido motivo también de acuerdo entre interlocutores
sociales o agentes sociales, pero que muchas veces se han visto
llamadas al fracaso porque, cuando ha llegado su ejecución práctica,
nos hemos encontrado con que era prácticamente imposible llevar a
cabo lo que muchas veces se decidía en otras sedes. Por ello, mi
grupo valora enormemente su intervención, señor director general, y
que tengamos que hacer una serie de matizaciones o reflexiones
respecto de la misma.

En cuanto a la separación y calificación de fuentes, donde no
queremos incidir, porque creemos que esta mañana ya ha sido
exhaustiva tanto la comparecencia como el debate, tenemos que decir
que nos llevan a la tranquilidad algunos de los datos expresados por
usted, señor director general. Ha hablado de 519.000 millones de
aportación a la sanidad, en un momento determinado; ahora cero. Ha
hablado del presupuesto para el año que viene, donde más de 200.000
millones de lo que eran la financiación de los servicios sociales
desaparecen. Ytodo eso nos parece enormemente importante, más cuando
hay algunos que a veces están preocupados y dicen que 2.000 millones
de campañas de información aparezcan o desaparezcan para atender



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no sé qué. No sé qué, no; sí que sabemos qué, pero en este caso voy a
soslayar lo que sería mi impresión sobre el qué. (El señor Gimeno
Marín: El señor Rato.)



El señor CAMPS DEVESA: Cuando hablamos de cientos de miles de
millones...




El señor PRESIDENTE: Un momento, señor Camps.

Señor Gimeno, el señor Camps ha atendido en silencio y con respeto la
intervención de su grupo. Yo le agradecería que usted hiciera lo
propio. En todo caso, tome nota de lo que considere oportuno matizar
en su nueva intervención.




Gracias, señor Gimeno.




El señor CAMPS DEVESA: Gracias, señor presidente.

Decía que nos parecen altamente significativas e importantes las
explicaciones del director general por las cifras que se barajaban.

Siempre estábamos hablando de cientos de miles de millones y del
esfuerzo que ello supone para un presupuesto. Porque, al final, para
un presupuesto un millón es un millón y queda bien claro dónde se
destinan o dejan de destinarse determinadas cuantías o determinados
emolumentos.

La evolución del déficit del saneamiento financiero y la utilización
de préstamos, cuestión muy recurrente para algunos grupos de esta
Cámara, mi grupo no puede más que valorarlo positivamente. Ha dicho
una verdad que nos parece a nosotros insoslayable: la reducción de la
necesidad de financiación va en función del propio déficit de la
Seguridad Social y, evidentemente, la necesidad luego crea que se
tengan que habilitar préstamos para cubrirla. Para este año ha dicho
esta mañana el propio secretario de Estado que el préstamo habilitado
para el déficit no se iba a utilizar, que no se estaba utilizando, y
que el déficit de la Seguridad Social -préstamo de nivelación- iba a
quedar no en el 0,1 sino en 0,05, incluso inferior. Nos llena de
satisfacción escuchar esto y sobre todo nos llena de tranquilidad,
porque al final la conclusión es que el presupuesto -en el que usted,
señor director general, tiene parte- que se presenta en estas Cámaras
es consistente, es un presupuesto en el que las cifras que
presentamos son las que al final vamos a conocer tras la posterior
ejecución, porque me ha dado la impresión, tras oír a otros grupos
parlamentarios, de que su comparecencia era más presupuestaria que
una comparecencia marcada en los límites en los que ha querido estar.

Le han preguntado sobre datos de 1997 y de 1998, sobre datos
presupuestarios, etcétera. Este año no ha tenido ocasión de
comparecer en el propio trámite presupuestario y algunos grupos han
querido convertir esta comparecencia en eso, cuestión muy distinta de
la que debería ser, a juicio de mi grupo, porque foros tiene esta
Cámara para debatir de lo que hay que debatir y no era justamente
éste en el que nos teníamos que encontrar. Cuestión muy distinta es
hablar de dónde nos encontramos, para saber, con los pies en el suelo
-porque con los pies en el suelo comparece usted, señor director
general, como otros directores generales-, cuáles son las
posibilidades que realmente tenemos de conocer la situación de la
Seguridad Social a pie de calle, si se me permite la expresión, para
posteriormente saber qué modificaciones, qué evoluciones,
qué análisis o qué recomendaciones tendremos que modificar en esta
nueva etapa del Pacto de Toledo.

Ha hablado usted, señor director general, en la que sería su tercera
parte del discurso, de la mejora de los mecanismos de recaudación y
ha hablado de la evolución de la recaudación en vía voluntaria, en
vía ejecutiva, de la filiación, del índice de morosidad, de los
derechos reconocidos, de la deuda del sector público, del sector
privado, de la evolución de los aplazamientos. Ninguno de esos datos
que usted ha dado era peor que los que teníamos hace cuatro o cinco
años. Le reitero que a mi grupo parlamentario -se lo he dicho esta
mañana al secretario de Estado, habrá tenido usted ocasión de
escucharlo- no le parece que sea importante cómo nos encontrábamos
hace cinco años, lo que nos parece realmente importante es cómo nos
encontramos ahora. Pero evidentemente tenemos que hacer una
manifestación en tono positivo de que las cifras hayan mejorado de
entonces a ahora. Cuando se nos dice que la evolución de la
recaudación en vía voluntaria -he tomado los datos a vuelapluma- es
francamente satisfactoria en 1998 y en 1999; que el reconocimiento de
los derechos también ha mejorado a lo largo de estos últimos
ejercicios de manera decreciente, en función de cómo aumenta la
recaudación; que la evolución de la filiación es la que es (y no voy
a dar ninguna cifra, creo que son conocidas por todos, para que no
digan que hago propaganda partidista de no sé qué tipo, porque es un
dato plenamente objetivo), que además (es una cuestión dicha por
usted que merece una especial valoración) la evolución de la
filiación crece por encima de la economía, que puede suponer,
evidentemente, afloración de empleo sumergido pero, sobre todo, una
mejor sensibilidad del empleo respecto al crecimiento económico,
y ese es un dato muy importante para los trabajos de esta Comisión; si
a ello le añadimos la evolución de los índices de morosidad
económica, la mejora de la eficacia de recaudación del sistema, que
donde antes había -creo recordar- 500.000 millones de derechos
reconocidos hay ahora 190.000 millones (he estado a punto de perderme
en la hojarasca de los derechos devengados, como algún que otro
portavoz; menos mal que he reconocido a tiempo mi error) y que el año
1998 es el primero en el que hemos invertido la que era tendencia
histórica de mayor deuda del sector privado, a mi grupo le llena de
satisfacción saber que esa gestión ha sido posible en los últimos
tiempos - creo que a mi grupo y a todos los grupos- y que nos coloca
en una buena situación de partida para analizar cuál debe ser el
futuro de nuestra Seguridad Social. A veces tenemos la impresión,
señor presidente, de que los trece años y medio de Gobierno
socialista fueron de coyuntura económica negativa, porque siempre
dicen que los beneficios que se han conseguido -le han preguntado y
nosotros también le preguntamos, señor director general- son en
función de la coyuntura positiva y que, por tanto, la Seguridad
Social va bien. Por ello, mi grupo deduce rápidamente que si la
Seguridad Social estaba como estaba en el año 1995, tendrían que
haber sido trece años de evolución económica absolutamente negativa
para llegar a aquellos extremos. No lo sé, tal vez hasta debiera
aclararlo, más que usted mismo, algún otro portavoz. Creo que no, que
de los datos económicos que todos conocemos se deduce que desde el
año 1982 al año 1993 hubo años de ciclo económico altamente



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positivo que hubieran permitido que se le hagan a usted pregunta como
se le debieron hacer a otros responsables en su momento y que la
Seguridad Social a lo mejor no hubiera estado en el estado en que se
encontraba cuando nosotros la recibimos, porque no fueron trece años
de período económico bajista, que dirían unos, por no decir no
alcista, que dirían otros.

Señor director general, las dudas de mi grupo son muchas menos, los
interrogantes también, pero no podemos dejar de incidir en algunos
extremos importantes, porque es un debate que se ha producido en esta
Cámara durante mucho tiempo. Los préstamos a la Seguridad Social.

Aveces nos preguntamos cómo no va a haber préstamos a la Seguridad
Social o cómo no ha tenido que haber préstamos a la Seguridad Social
hasta este último presupuesto. Tal vez sería bueno, señor director
general, que aclarara cuándo se inventaron -permítame la expresión-
los préstamos a la Seguridad Social, los préstamos de todo tipo,
porque en este caso no vamos a hablar solamente de los préstamos del
Estado a la Seguridad Social. También tal vez sería bueno -he dicho
esta mañana que a mi grupo no le gusta hablar del pasado en esta
Comisión- que habláramos de los tipos de préstamos a la Seguridad
Social, de los préstamos del Banco de España a la Seguridad Social o
de los préstamos de las entidades privadas a la Seguridad Social.

Alguien nos ha dicho que las entidades financieras estaban
relativamente bien con el Gobierno del partido al que represento. Yo
digo: estarían relativamente mejor cuando prestaban dinero a la
Seguridad Social, no sé a qué intereses, pero seguro que el director
general nos puede especificar a qué intereses prestaban las entidades
financieras dinero a la Seguridad Socia, que, por cierto, creo que en
parte ha devuelto este Gobierno. También -y lo ha dicho el director
general, porque está en los préstamos de este año- los derechos
pasivos han pasado de 8.000 a 12.800 millones, porque creo que se
está devolviendo, y las palabras textuales han sido: «el principal de
algunos de los préstamos». Señor presidente, la Seguridad Social
nosotros la aceptamos no a beneficio de inventario -y perdóneme el
término jurídico, porque tal vez me pierda por mi propia formación-,
sino como herederos universales y, qué remedio, tenemos que pagar los
préstamos y las deudas que otros dejaron.

Me llama mucho la atención que esta mañana estaban preocupados por el
futuro de nuestra Seguridad Social a años vista, y quien esta mañana
estaba preocupado por ello -la semana pasada no, esta mañana-, esta
tarde vuelve a estar preocupado únicamente del año 1997-1998, incluso
si me apura digo que no han dicho nada del año 1999. No sé si esos
cambios de opinión van en función de la mañana, la tarde, la semana
en la que nos encontremos, de cómo se encuentre el portavoz de algún
grupo; no lo sé. Desde luego, hay una cosa que sí sé, señor
presidente, que prefiero al portavoz de la tarde que al portavoz de
la mañana, porque he de reconocer que ha sido mucho más riguroso,
menos demagógico y más consecuente.

Sentado el tema de los préstamos -y estoy seguro de que el señor
director general sabrá dar cumplida respuesta al mismo-, tal vez esta
tarde deberíamos menos de presupuestos y haber hablado más de futuro,
pero hay quien rápidamente ha cambiado de opinión. Hablar de futuro
es
hablar de mejora de prestaciones, es hablar de fondos de reserva y ha
hecho alguna referencia, señor director general, que para nuestro
grupo es un hito histórico. Alguien ha dicho que hay países donde el
fondo de reserva se nutre con lo que sería una mensualidad de las
prestaciones a pagar, pero también hay países donde no hay fondo de
reserva y me parece muy positivo que en este país, que era de los que
no tenían fondo de reserva durante muchos años y bajo muchos
gobiernos, hoy exista ya una previsión presupuestaria para un fondo
de reserva.

Acabo ya, señor presidente, pero no puedo dejar de hablar de este
tema porque me parece importante, permítamelo, porque el señor
director general deberá dar también respuesta a ello y porque alguna
manifestación se ha hecho al respecto dentro de su intervención.

Algunos hablan del dinero que se transfiere a las mutuas, y les ha
faltado añadir lo de patronales -a veces aún se les escapa-, de
accidentes de trabajo, que es un primer paso de privatización de
nuestro sistema de Seguridad Social. Llevo mucho tiempo hablando de
mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la
Seguridad Social, ya que soy diputado desde el año 1993, y entonces y
ahora se llaman igual. Conozco las modificaciones que se hicieron en
ese campo desde entonces, por cierto, son las que hoy se están
llevando a cabo. No ha habido otras, que yo recuerde. Alo mejor me
pierde mi memoria, pero el señor director general lo podrá decir, y
son modificaciones lo que a todos sus gastos se refiere que vienen de
modificaciones legislativas tomadas, que yo recuerde, por anteriores
responsables. Recuerdo una ley de acompañamiento, cuando el tema de
la IT por enfermedad común, de la que no fue responsable este
Gobierno, y también recuerdo la aprobación de una ley de prevención
de riesgos laborales, donde las mutuas asumían una importantísima
función en capacidad preventiva. Si me apuran SS.SS., recuerdo hasta
una enmienda del Grupo de Izquierda Unida en la que se pedía que
obligatoriamente fueran las mutuas de accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales de la Seguridad Social los servicios de
prevención de todas las pequeñas y medianas empresas, para no caer en
el mercantilismo de que se pudieran crear sociedades que pudieran
prestar los servicios, porque las mutuas eran las más preparadas para
ello. Hoy tengo que asombrarme cuando se denosta la función de las
mutuas y la capacidad presupuestaria que se les está dando en estos
últimos números por parte de algunos portavoces parlamentarios. Lo
voy a resumir con una frase. No voy a entrar en ese debate, señor
presidente, pero me parece que todo dinero, señor director general,
gastado en prevención de accidentes y bien gestionado, sea quien sea
quien lo haga, es un dinero bien gastado, y a mi grupo le preocupan
mucho en este momento los índices de siniestralidad laboral de
nuestro país. Nosotros tendemos una mano, porque todos los grupos
deberíamos estar ahí cogidos unos con otros, no echándonos las manos
al cuello, sino más bien hombro con hombro, para poder arreglar la
situación en la que ahora mismo nos encontramos. Por eso, señor
director general, hemos valorado muy positivamente su comparecencia,
porque los aspectos de la misma nos permiten defender las acciones
concretas que pueden tomarse con nuestras decisiones.




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No se ha hecho mención, pero quiero finalizar haciéndolo yo, a la
remisión electrónica de datos, a la simplificación documental, al TC-
2 normalizado, Al TC-2 abreviado, a la creación de la unidad de
recaudación ejecutiva nacional, al acuerdo de colaboración con otros
organismos y a otras modificacioens normativas. Nos parecen de
especial importancia porque, al final, plasman decisiones, que pueden
parecer más o menos grandilocuentes, que tomamos en esta Cámara y que
son las que de verdad llegan a nuestros conciudadanos. Por ello,señor
director general, no sé si mis preguntas han sido muchas o si mis
reflexiones han sido en exceso extensas, pero tenga la seguridad de
que mi grupo valora mucho las palabras que ha pronunciado y las
tendremos en cuenta en las próximas recomendaciones para el Pacto de
Toledo.




El señor GIMENO MARÍN: Señor presidente, pido la palabra para una
cuestión de orden. Ha habido en la última intervención alegaciones
muy directas al contenido de mis afirmaciones anteriores, no entiendo
por qué, pero en cualquier caso, supongo que el presidente de la
Comisión las ha oído. No querría mezclar la contestación del director
general de la Tesorería con la contestación al señor Camps.




El señor PRESIDENTE: Como S.S. prefiera. Es evidente que se han
producido menciones a fragmentos de su intervención. Esta Presidencia
preferiría que usted ocupara su turno.




El señor GIMENO MARÍN: No voy a hablar después.




El señor PRESIDENTE: Entonces, tiene un turno de palabra para
contestar a esas alegaciones, en el bien entendido que el portavoz
del Grupo Popular tendrá el correspondiente.




El señor GIMENO MARÍN: El portavoz del Grupo Popular siempre tiene la
tentación de contestar, se diga lo que se diga, al portavoz del Grupo
Socialista. Él mismo dice que le ha gustado mucho más lo que he dicho
esta tarde que lo que he dicho esta mañana, pero no ha parado de
emprenderla conmigo, señor presidente. (Risas.)
Yo distingo lo que es una intervención más técnica de lo que es una
intervención más política. Para mí no es lo mismo que comparezca el
ministro y el secretario de Estado de la Seguridad Social que
comparezca el director general de la Tesorería o la directora general
del INSS o el director general de cualquier otro tipo de organismo.

Todavía tengo esas diferencias para plantear. En cualquier caso, mi
intervención ha tenido que ver con la del director general de la
Tesorería, y él es el que ha hecho referencia a los préstamos, a las
deudas, a la mejora de la situación de los morosos, deudores,
etcétera. Simplemente quería clarificar eso.

Parece que le preocupa mucho en estos momentos al Grupo Popular si
por la tarde hablo o no del futuro. Le puedo asegurar que me sigue
interesando mucho políticamente el futuro y cómo lo quiere abordar el
Gobierno. En este caso, estábamos en otro tema y en otro debate, por
lo menos así lo he deducido yo de la intervención del director
general de la Tesorería.




El señor PRESIDENTE: Tenga presente que en su intervención ha habido
una mezcla de argumentos de carácter técnico interpretados en clave
política, pero estamos en una Cámara política y no se le puede
escapar que será siempre contestado, así es el debate.

Tiene la palabra para contestar, en un brevísimo turno de palabra,
señor Camps, a las dos menciones que ha hecho el portavoz del Grupo
Socialista. Le agradecería que empleara el mismo tono.




El señor CAMPS DEVESA: Si he sido mal interpretado, ruego excusas,
pero creo no se puede ir más allá en mi intervención. Este grupo ha
valorado muy positivamente la intervención del portavoz del Grupo
Socialista de esta tarde, pero ha habido una comparación con la
intervención de esta mañana. Ha explicado el señor portavoz el porqué
de sus diferencias de intervención en virtud del compareciente que la
efectuara, y nosotros vamos a obviar la calificación que ello nos
merece, pero nos llena de tranquilidad que cuando esta mañana se
hablaba de que la situación de hoy era tan problemática como la de
hace cinco años, lo cual creaba incertidumbre e intranquilidad en
nuestros mayores y en muchos millones más de españoles, esta tarde el
tono de la intervención haya sido otro y así lo haya podido realzar
en mi primer turno de palabra y lo siga realzando en este segundo,
dejando a disposición del señor director general las cuestiones sobre
préstamos, etcétera, que estoy seguro tendrán cumplida respuesta. En
ese sentido, quiero matizar mi primera intervención respecto al
portavoz de Grupo Socialista.




El señor PRESIDENTE: Para contestar a las preguntas y afirmaciones
formuladas por los grupos parlamentarios que han intervenido en el
turno anterior, tiene la palabra el señor Gómez-Pomar.




El señor DIRECTOR GENERAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL (Gómez-Pomar Rodríguez): Intentaré contestar puntualmente
a todas las cuestiones, si bien les anuncio que hay algunas que escapan
un poco de mi ámbito de competencias y algunas en las que
suministraré posteriormmente la información que puntualmente se ha
pedido, porque me resultaría complicado establecer un detalle
exhaustivo de las mismas en el plazo y en los tiempos de esta
intervención.

Comenzando por la primera cuestión, se ha hecho una referencia a las
modificaciones que pueda haber en cuanto a la rendición de cuentas y
a la formación de la cuenta general del Estado. Esta no va a ser la
tónica de contestación en absoluto a las demás preguntas, pero sí es
cierto que este es un tema que me resulta un poco más alejado de mi
conocimiento, es más propio de la Intervención General de Seguridad
Social o de la Intervención General de la Administración del Estado,
y desconozco qué aspectos en el proyecto de ley que se ha presentado
puedan afectar a la formación de la cuenta general.

Hay otras dos cuestiones que se refieren al comportamiento de la
cifra de la rúbrica de balance relativa a los acreedores a largo y
corto plazo y al comportamiento, también dentro del activo, de los
deudores. Analizaré el contenido de estas cuentas y sus importes y, a
través del presidente



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de la Comisión, lo haré llegar puntualmente, porque en este momento
no tengo el desglose de las cifras del balance.

Se ha pedido información, y además opinión, respecto a la situación
de los préstamos, en lo que a la evolución de la Seguridad Social se
refiere. Yo aquí me permitiría hacer varias consideraciones. Hay una
primera que me parece importante porque es una cuestión que surge
muchas veces, el stock de préstamos, la cifra que figura en el
balance con los préstamos, porque, aunque a mí me parece
aparentemente sencilla lo cierto es que, por la lectura de los medios
de comunicación y viendo cómo se recoge en las informaciones, creo
que induce mucha veces a confusión. La idea es sencilla y de alguna
manera se ha dicho. La necesidad de obtener financiación, sea ésta
-luego entraré en ello-, vía préstamo, o por cualquier otra vía, está
íntimamente relacionada con la forma en la que se comporta el
déficit, y por lo tanto, con el comportamiento de los ingresos y de
los gastos presupuestarios. En la medida en que se produce una
paulatina reducción del déficit hay una menor necesidad de
financiación y, por lo tanto -luego hablaremos de la forma de
financiación-, una menor necesidad de préstamos. De una manera muy
simplificada, diría que en un año hace falta cinco, en el año
siguiente hace falta tres, en el año siguiente hace falta uno y en el
año siguiente hace falta cero. Pero si yo miro el balance tengo que
sumar cinco más tres más uno más cero. Yo creo que uno debe mirar,
sobre todo cuando se está hablando de cómo ha venido evolucionando la
Seguridad Social y hacia dónde camina la Seguridad Social, dónde nos
encontramos de cara a la solvencia futura del sistema, no tanto a la
suma del cinco más tres más uno más cero, sino al perfil que va
mostrando esta financiación que se está produciendo. Creo que es un
dato importante, lo cual tampoco supone obviar que al final en el
balance hay una cifra de préstamos, a cuya exigibiliddad se ha hecho
referencia.

Un segundo punto es mi opinión sobre cuál debería de ser la forma de
financiación de la Seguridad Social, y también se ha hecho referencia
a desde cuándo se viene produciendo esta financiación. Yo creo que
aquí no voy a decir nada nuevo en el sentido de que no sea algo que
no venga diciendo el Tribunal de Cuentas desde hace ocho, nueve o
diez años. Es más oportuno financiar la Seguridad Social por la vía
de transferencias que por la vía de préstamos. Pero miremos el
conjunto de las cosas -y esto tiene también que ver también con la
exigibilidad-: la gravedad de que la financiación venga por uno o por
otro camino se reduce cuando estamos hablando de agentes que tienen
que ver mucho el uno con el otro, es decir, que frente a una posición
deudora de alguien hay una posición acreedora de alguien que no es
muy distinto de aquel que es deudor. Por lo tanto, yo creo que es más
oportuno financiar las cosas mediante transferencias que hacerlo
mediante préstamos, pero tampoco creo que sea de una extraordinaria
gravedad el que sea transferencia o que sea préstamo. ¿Qué es lo que
ha sucedido? Voy a ser muy estricto, desde el punto de vista técnico,
en mis afirmaciones. Que la forma de financiarse que ha venido
teniendo la Seguridad Social desde el año 1992 ha sido la vía de los
préstamos, y por lo tanto, no siendo ésta la manera más ortodoxa de
financiarse, la manera de enfrentar la posición financiera
es: intentemos acabar con los préstamos. Pero no se puede hacer de
la noche a la mañana. En los años 1997, 1998 y 1999 se ha producido
una reducción muy significativa de los préstamos, y si el presupuesto
del año 2000 se cumple (y yo tengo la impresión de que el presupuesto
del año 2000 se va a cumplir ortodoxamente), entregaremos una
Seguridad Social en el año 2000 que no tendrá ya una financiación vía
préstamos, y por lo tanto estaremos en condiciones de que cualquier
decisión ortodoxa que se quiera tomar sea posible, habida cuenta del
presupuesto que se deja para el año 2000. Estas serían las
reflexiones que me cabría hacer respecto a la financiación vía
préstamos.




Exigibilidad. Aquí no voy a hablar de impresiones, sino de exigencias
normativas. La primera exigencia con la que se encuentra la Tesorería
en el año 2000 es la de hacer frente al reembolso del principal de un
préstamo del Banco de España del año 1994. Desde entonces se venían
pagando intereses a razón de 8.351 millones, se venían atendiendo
todos los años, se empieza a pagar el principal en el año 2000,
12.805 millones de pesetas, y hasta que no lleguemos al año 2004
técnicamente no se puede decir que no haya ningún préstamo que se
haya desatendido en el pago de sus obligaciones. Podremos hacer
conjeturas y podremos hacer análisis de conveniencia, de oportunidad,
pero desde un punto de vista jurídico estricto, la Tesorería está
atendiendo todos los préstamos que jurídicamente le son exigibles en
su pago, préstamos que, como digo, traen causa, como no podía ser de
otra manera en una dinámica y en una gestión continuada, de
ejercicios anteriores.

Yo no quisiera entrar demasiado en la forma, en la conceptualización
o en la categoría de estos préstamos. Cierto es que cuando uno mira
hacia el pasado ve préstamos que no tienen un reflejo tan claro como
el que ha venido teniendo en los últimos años, es decir, la Tesorería
en los últimos ejercicios ha tenido muy claramente un préstamo de
nivelación del déficit inicial y luego, además, un préstamo de
equilibrio monetario para atender la diferencia entre los derechos
reconocidos y el criterio de caja. Si uno se retrotrae a ejercicios
anteriores, se encuentra con fórmulas de préstamo conceptualmente más
difíciles de entender. La mecánica de los préstamos de saneamiento
del Insalud en los años 1992, 1993, 1994, etcétera, son préstamos más
difíciles de conceptualizar o de entender desde el punto de vista de
su ortodoxia. Resumiendo, ya he hecho consideraciones respecto a la
vía transferencias y préstamos. Y en cuanto al pago puntual de los
mismos, a fecha de hoy, la Tesorería está atendiendo aquello que le
resulta jurídicamente exigible.

Se ha hecho otra consideración sobre las provisiones y el incremento
de las provisiones por créditos dudosos que contiene el balance de la
Seguridad Social en el año 1998, señalando que se ha producido un
incremento sobre ejercicios anteriores y el que pueda tener; todavía
no está cerrado el balance, como no puede ser de otra manera, del año
1999. Aquí también cabe hacer las siguientes consideraciones. En
primer lugar (a ello sí he hecho referencia en la exposición), el
hecho de que cada vez haya menos derechos reconocidos mientras que la
recaudación ejecutiva crece significa aritméticamente que el
saneamiento de las cuentaspendientes de cobro es mejor del que venía
siendo; esto es



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pura comparación de una cosa con otra. No obstante, es cierto que se
ha querido -y en esto también ha habido recomendaciones del Tribunal
de Cuentas- aumentar las provisiones que se venían dotando, y con
este carácter se aumentan las de 1998 y se aumentarán las de 1999. Se
ha pasado de una fórmula de dotación de las provisiones que era el 50
por ciento de los créditos pendientes, a una fórmula que dota un 25
por ciento para los créditos que se generan en ese ejercicio, un 50
por ciento para aquellos que tienen un año de antigüedad, un 75
cuando hay dos años de antigüedad y un cien por cien a partir del
tercer año de antigüedad. Esto significa que, aunque de hecho se
cobran cantidades más allá de tres y de cuatro años, se está siendo
muy escrupuloso en provisionar altamente los créditos en los que
potencialmente exista un riesgo de cobro. Por tanto, este incremento
en las provisiones responde a una política de prudencia y también a
hacer caso de recomendaciones que el propio Tribunal de Cuentas ha
venido haciendo.

Previsión del fondo de reserva, dotación y su nivel. Aquí también hay
unas cuestiones sobre las que me cuesta dar un criterio concluyente.

Creo que, por su propia naturaleza, un fondo es un stock que hay que
ir alimentando a lo largo de una serie de ejercicios, como ocurre con
un fondo de amortización o con una reserva de cualquier otra
naturaleza. Por tanto, no tendría sentido que se dotase en un solo
ejercicio la cantidad que idealmente se considerase, sino que se
establece un calendario que lo vaya alimentando.

Hablar aquí de cuál es el nivel que técnicamente debiera tener el
fondo de reserva es una cuestión no demasiado ajustada porque, por la
propia naturaleza del sistema y del funcionamiento de reparto, tiene
esa naturaleza de previsión de una masa que puede hacer frente cuando
haya un ciclo que cambie su tónica, pero no deberíamos ir a la idea
de constituir una reserva que actuarialmente pudiera hacer frente a
determinados cálculos. No creo que ésta debiera ser -y doy una
opinión desde un terreno más técnico, que no de otra naturaleza- una
reserva constituida de tal suerte que pudiera hacer frente a no sé
qué pagos actuariales en un determinado futuro. Por tanto, cuanto más
alto sea, mejor y más deseable, porque indicará que los gastos
corrientes no están consumiendo la totalidad de los ingresos
y permiten dotar una reserva para cualquier futuro. Ahora bien, yo no
me atrevería a dar, bajo estas premisas, una cifra ideal de lo que
debiera ser el fondo de reserva. Ciertamente, el que nos encontremos,
después de años complicados de gestión, con un ejercicio donde uno
prevea que va a liquidar más ingresos de los gastos que va a tener,
para un responsable de una institución que lo que mueve son recursos
financieros es una satisfacción y una luz de cara a lo que pueda
suceder en el futuro, pero no me atrevería a opinar nada sobre el
nivel exacto o deseable.

Se ha comentado también en qué medida desviaciones de inflación
pueden afectar al fondo de reserva y, por ende, a todo lo que es la
previsión presupuestaria. Por conectarlo con la pregunta del fondo de
reserva, creo que el presupuesto para el año 2000 presenta un
superávit no financiero, una comparación de ingresos y gastos, que
más que excede lo que es la dotación del fondo de reserva; es decir,
hay una holgura en la previsión de liquidación de los ingresos no
financieros comparados con los gastos no financieros. En
consecuencia, es un presupuesto que tiene un
mayor margen que lo que los requerimientos del crédito inicial del
fondo de reserva le está pidiendo. No sé cuál va a ser la desviación
de inflación; cuáles van a ser los requerimientos que se puedan
producir, pero, a fecha de hoy y a presupuesto inicialmente
presentado, hay un mayor exceso en la previsión de liquidación sobre
lo que es el contenido estricto de la dotación del fondo de reserva.

Hay otra cuestión que se refiere al funcionamiento de las mutuas, a
los excedentes de las mutuas, etcétera. Hay un punto al que se ha
hecho referencia, la Ley del año 1994 (y doy las referencias de
memoria, porque afectan a decisiones en materia de la gestión de la
incapacidad temporal que yo financieramente veo, y aunque sus medidas
de gestión las vi durante un determinado tiempo, ya no lo hago) que,
al permitir el aseguramiento de la incapacidad temporal por
enfermedad común a través de las mutuas, está produciendo un trasvase
creciente de recursos a las mutuas y éstas están obteniendo unos
resultados positivos en base a esta gestión. Yaquí añado el siguiente
punto: creo que estas son buenas noticias para el sistema, porque el
sistema consolida en su información y en sus resultados lo que es la
gestión de las mutuas. Las mutuas están probando que en materia de
control de la incapacidad temporal están consiguiendo unos períodos
de duración que están francamente mucho más ajustados que en las
posiciones de lo que es el gasto por pago directo. Y no quiero entrar
en aspectos que no son de mi competencia, pero esas buenas cuentas de
las mutuas son un buen resultado para el sistema. Todo lo que sea
inversión en previsión de accidentes -y esto está previsto en la
norma y financieramente en los presupuestos monetarios de la
Tesorería- y también es una opinión, va en la dirección correcta y en
el sentido lógico de que la inversión en prevención es una inversión
buena, habida cuenta del comportamiento que tienen los accidentes de
trabajo y su alta correlación con el ciclo y el comportamiento
económico. Esta es una medida que a la Tesorería le cuesta dinero.

Tenemos que meter ahí dinero y hay un tesorero ahí que está previsto.

Yo creo, en un sentido que trasciende de lo que es la posición de
director de la Tesorería, que es una política correcta y acertada,
habida cuenta de la situación de accidentes.

Hay otra serie de preguntas a las que se ha referido también el
diputado de Izquierda Unida, como la cancelación de préstamos y el
fondo de reserva, que en parte ya he contestado. Sobre la idea de
cómo se va a gestionar el fondo de reserva, que es la primera
pregunta que tengo identificada, tengo que decir que aquí, por el
momento, la única referencia que tenemos es la referencia normativa
de que hay que materializar esa reserva, que esa materialización se
producirá en títulos públicos y, por tanto, la idea que hay en la
Tesorería de la Seguridad Social es que habrá un consumo del crédito
y una compra material de títulos públicos. Por tanto, físicamente se
verá, por decirlo de una manera gráfica, una materialización. Es
decir, no se trata de ningún tipo de apunte o dotación contable, sino
que materialmente existirá, en los plazos y en la forma que decida el
Gobierno, a través de los acuerdos del Consejo de Ministros y tal
y como prevé la ley, una concreción de estos fondos.

Respecto al crecimiento de la afiliación por encima del crecimiento
de la economía y la medición de la economía sumergida, vuelvo a
entrar en un tema que es complicado



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cuando se quiere medir, tanto desde el punto de vista de Seguridad
Social, como desde el punto de vista fiscal o tributario. Si sirve el
símil, no hablaré de un pozo de petróleo porque parece que esto tiene
otra connotación, piensen en un pozo de agua donde uno mete el cubo y
va sacando cosas, pero nunca sabe exactamente cuál es la dimensión de
agua que existe dentro de este pozo porque es complicado de saber. La
realidad es que se está sacando mucha más agua del pozo de la que se
ha venido sacando, y este comportamiento en el crecimiento de la
afiliación se localiza mucho en el sector de la construcción y
territorialmente en los momentos de más presión y de más demanda y en
algún otro sector tradicionalmente resistente alafloramiento. Se ve
que el cambio en la tendencia es de muchísima más afloración de
economía, me imagino, porque también en la economía sumergida se
toman decisiones económicas, y yo creo que hoy día es menos costoso
de lo que era antes aflorar empleo, regularizar la situación y
cotizar por alguien, sobre todo si puede acogerse a bonificaciones o
a reducciones de algún tipo.

Situación de la deuda de Andalucía. En el mes de marzo del año 1999
se firmó el acuerdo de liquidación de deuda con la Comunidad Autónoma
andaluza, que contenía varias piezas. Muy simplificadamente, la
primera era el pago del principal mediante la compensación de las
cantidades que había que liquidar por concepto de gestión de
incapacidad temporal que contenían los acuerdos de financiación; esto
se produjo. Hay una cuestión pendiente, que es la regularización de
los recargos de apremio, que en criterio de la Tesorería de la
Seguridad Social son exigibles a las comunidades autónomas. Aquí se
buscó un proceso en el que primero había que regularizar todos esos
recargos y luego llevarlos a un aplazamiento y esperar que existiese,
sobre el mecanismo de lanzar alguna reclamación contra los mismos, un
pronunciamiento en el orden judicial para determinar esto. A la fecha
de hoy está prácticamente determinada la cantidad que se adeuda por
recargos, porque ha sido un proceso extraordinariamente tedioso y
complicado ir consejería por consejería y provincia por provincia
hasta que se ha determinado. Yo tengo confianza en la voluntad de la
comunidad autónoma para cerrar y conciliar definitivamente el importe
de los recargos, y que finalmente exista un pronunciamiento judicial
que establezca si otras administraciones deben o no recargos con
anterioridad a 1998, fecha en la que la ley de acompañamiento o la
ley de presupuestos -perdón por la imprecisión-, establece que ya no
serán exigibles recargos de apremio a otras administraciones
públicas, lo cual -y aquí doy una opinión personal- me parece que es
una decisión sensata de la norma, pero este es el punto en el que
estamos. Hay que entender que es un acuerdo que está en vías de su
cumplimiento, pero que nada hace prever que no se cumpla en los
términos en los que se pactó.

Evolución de la deuda del sector público y si el sector público es
más cumplidor o menos que el sector privado. La realidad es que la
reducción de la deuda del sector público ha sido muy grande, pero
aquí me permitiría decir que el punto de partida que había era
demasiado elevado; las administraciones públicas, por un lado, y los
que debieran reclamar a éstas, por otro, no se tomaron un gran
interés, ni los unos ni los otros, en que se pagaran las cantidades y
que
las cuentas estuviesen en su sitio, y ha habido que hacer una labor
importante de depuración y determinación de esa deuda y,
posteriormente, de regulación. Esto en el sector privado teóricamente
no pasa. Si una empresa que tiene a sus trabajadores dados de alta
deja de pagar, se emite una reclamación de deuda y si no la atiende
se le embarga; cuando hablamos de una Administración pública, si no
paga se emite una reclamación de deuda, pero si no paga, no paga, y
en este punto es en el que nos quedamos, salvo que tenga recursos del
presupuesto del Estado a los que acudir y se pueda aplicar o no una
deducción. La vía ha sido intentar no acudir a las deducciones con
comunidades autónomas, y todas ellas han respondido con un buen deseo
de regularizar y dejar la cosas en su sitio.

Gestión de patrimonio. Aquí se han manifestado varias cuestiones,
algunas sobre temas de cesiones, precios, política de ventas y demás.

Desde que yo tengo responsabilidad en la Tesorería se ha hecho un
gran hincapié en que todo lo que sea la gestión de patrimonio tenga
la mayor transparencia posible y las cosas se hagan con la más
absoluta claridad. Yo creo que hasta la fecha, del conocimiento que
uno tiene de la gestión, todo lo que se ha venido realizando es bien
conocido públicamente y creo que además encaminado en la dirección en
la que había que hacer las cosas.

Empiezo por las ventas de patrimonio. ¿Qué parte del patrimonio es el
que se ha venido vendiendo? En primer lugar, hemos vendido aquellos
inmuebles ocupados por inquilinos y respecto de los que la función de
la Tesorería no era otra que la de intentar cobrar los recibos de
alquiler de cada uno de los arrendatarios, atender el pago de los
porteros, atender cuando se desconchaban las fachadas, en fin, una
política que no es propia ni lógica de la Tesorería. Por tanto, lo
primero que se ha sacado a la venta han sido aquellos inmuebles
ocupados por inquilinos y afortunadamente en el 99 por ciento de los
casos han sido los propios inquilinos quienes, organizados en
comunidades de bienes, han pujado en pública subasta y se han
adjudicado estos edificios, lo cual nos resuelve dos problemas: uno,
nos quitamos algo que no constituye el objeto de nuestro negocio, si
sirve esa expresión; y, dos, los propios inquilinos han pasado a su
condición de propietarios, lo cual creo que es algo correcto. También
se han vendido terrenos y granjas, como la granja Florencia, con lo
que después de muchos años de estar en el patrimonio de la Seguridad
Social, puede pasar a otra Administración pública que la destine al
uso y a la explotación por los agricultores de la zona, motivo por el
cual me parece que hemos cubierto muchas finalidades deseables.

En la gestión de patrimonio las ventas se han hecho por nuestros
propios medios, es decir, se han convocado públicas subastas, se han
celebrado en los locales de la Tesorería y esta es la política que se
ha seguido. No ha sido así en relación con la subasta de bienes
embargados. Los bienes embargados son aquellos que todavía no están
en nuestro patrimonio, tenemos un derecho sobre los mismos y para
resarcirnos de una deuda los podemos sacar a subasta. Aquí hemos
acudido a una empresa pública, a Segipsa, para que organizara las
subastas. Ha ido organizando subastas a lo largo de esos ejercicios,
acumulándolas y dotándolas de la mayor publicidad posible al objeto
de atender a otra de la



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cuestiones que estaba en las preocupaciones de S.S. y en las mías
propias, que es intentar romper la mecánica de subastas poco
publicitadas, en pequeñas provincias y que puedan dar lugar a
prácticas no deseables de adjudicación de los bienes. Se han hecho
subastas importantes, publicitadas, y yo creo que esto ha ido
rompiendo un poco, en la medida en la que se puede, estas prácticas
de personas más organizadas que puedan concurrir a la adquisición de
estos bienes.

A modo de resumen y habiendo querido contestar a todas las preguntas,
confío -y en esto hago una consideración de futuro- en que el
presupuesto de la Seguridad Social para el año 2000 marque un cambio
con un panorama radicalmente distinto; se presenta un presupuesto con
superávit y por tanto, con la política de reducción y de contención
del déficit y de la necesidad de financiación, se cierra con un
ejercicio que va a permitir por primera vez la acumulación de
recursos para hacer frente a las obligaciones que se le puedan
presentar a la Tesorería en el futuro.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Gómez Pomar, y sin más
asuntos que tratar le despedimos, agradeciéndole la extensión de sus
intervenciones.




- DE LA SEÑORA DIRECTORA GENERAL DEL INSS (MARTÍN MENDIZÁBAL). A
SOLICITUD DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS DE COALICIÓN CANARIA (Número
de expediente 212/002335), CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ) (Número de
expediente 212/002351), FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA (Número de
expediente 212/002358), POPULAR (Número de expediente 212/002368) Y
MIXTO (Número de expediente 212/002394).




El señor PRESIDENTE: Señorías, vamos a iniciar la última
comparecencia correspondiente a la orden del día de la sesión número
4 de esta Comisión. De acuerdo con la petición de los grupos de
Coalición Canaria, Convergència i Unió, Izquierda Unida, Popular y
Mixto, comparece ante la Comisión doña María Eugenia Martín
Mendizábal, directora general del INSS, a quien para hacer la
exposición y fijar los términos del motivo de su comparecencia le
cedemos la palabra.




La señora DIRECTORA GENERAL DEL INSS (Martín Mendizábal): En primer
lugar, quiero agradecer a esta Comisión la invitación para estar
presente en esta ronda de comparecencias con objeto de poder exponer
cómo han incidido las recomendaciones del Pacto en la gestión que
tiene encomendada el Instituto Nacional de la Seguridad Social, así
como las iniciativas y medidas que se han ido adoptando en dicho
organismo al objeto de llevar a buen término todas las
recomendaciones, que en definitiva suponen una mejora de la propia
gestión dirigida a lograr la máxima efectividad en el ejercicio por
parte de los ciudadanos de sus legítimos derechos a las prestaciones
económicas de la Seguridad Social .

Es cierto que en muchas ocasiones los temas de organización y gestión
no suelen originar grandes debates públicos. Sin embargo, los ámbitos
de gestión deben tener
importancia en cuanto a que una gestión racional, eficaz y eficiente
constituye una premisa indispensable para que la legislación y los
derechos sociales sean una realidad práctica para los ciudadanos, con
calidad en los servicios prestados, y para el mantenimiento del coste
de gestión en unos límites razonables.

El ordenamiento de la Seguridad Social atribuye al INSS la
competencia en el ámbito de la gestión de las prestaciones económicas
contributivas, con la excepción del régimen especial del mar. Dentro
de este ámbito de actuación, en relación con las recomendaciones del
Pacto de Toledo, las medidas que se han llevado a cabo tienen tres
ejes fundamentales. Por una parte, se adoptan los procedimientos
y los medios que hagan posible el ejercicio de esos derechos de
prestaciones económicas acercando esa gestión al ciudadano,
simplificando los procedimientos y reduciendo los tiempos de
tramitación. Un segundo eje es en cuanto al desarrollo y
perfeccionamiento de la gestión en orden a hacer posible una atención
al ciudadano, personal, próxima y cercana, tendente, al mismo tiempo,
a conocer sus inquietudes y sus intereses, con el fin de que exista
una reorientación permanente de las actividades de la entidad para
adaptarlas a las necesidades que manifiestan estos ciudadanos. En una
organización moderna y por supuesto en una organización pública no
sólo se demanda gestionar con eficacia y con calidad sus servicios y
con eficiencia sus recursos, sino que también se orienta y facilita
el ejercicio de los derechos y de las obligaciones. Se pretende, por
tanto, que el INSS no sea un mero espectador en su gestión y, en
definitiva, que pase de ser una administración pasiva a una
administración activa. El tercer eje está directamente relacionado
con la recomendación decimotercera del Pacto de Toledo, en cuanto a
la adopción de las medidas que eviten o eliminen el uso indebido de
la protección, con el objetivo de que los derechos de protección
social vayan en favor de quienes se encuentran en la situación que la
propia ley determina o prevé.

Antes de indicar cuáles son estas medidas, muy brevemente, voy a dar
unas cifras en cuanto a la realidad gestora del momento actual. En
cuanto a pensiones tenemos más de siete millones y medio, más de
500.000 nuevas solicitudes de pensiones en el área nacional, más de
71.000 en el área internacional, más de 600.000 solicitudes de
subsidios, todo ello con una plantilla superior a 13.500 personas que
prestan servicios para la entidad. Como decía, la recomendación
decimotercera, por un lado, sugiere la necesidad de mantener las
mejoras sostenidas en la gestión y atención al ciudadano, y, por
otro, el establecimiento de medidas de control de las prestaciones
que garanticen que la acción protectora se destina a dar cobertura a
esas situaciones que la norma regula garantizando que las pensiones
o los subsidios se perciben por sus legítimos destinatarios.

En el marco de esta recomendación las medidas son, por una parte, de
mejora en la gestión y en el reconocimiento de las prestaciones
económicas. Gracias al establecimiento y perfeccionamiento de
procedimientos de gestión, basados fundamentalmente en un gran uso de
nuevas tecnologías y en la simplificación de los procedimientos, los
tiempos de trámite de las actuaciones económicas han experimentado
una sensible reducción. Se puede decir que en la pensión de
jubilación el tiempo real de trámite actualmente



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es de 14 días y en las prestaciones de muerte y supervivencia estamos
en 10 días. En ambos casos se ha producido una reducción de los
tiempos de trámite. Esta mejora de gestión, por otra parte, es
necesario valorarla en un contexto de una mayor complejidad de la
misma gestión, como consecuencia de la aplicación de determinadas
medidas adoptadas por las leyes aprobadas, de mejora de prestaciones
de muerte y superviviencia, que pueden sintetizarse en las
siguientes. Por un lado, está el proceso de equiparación de las
pensiones mínimas de viudedad para beneficiarios con menos de 60 años
y con cargas familiares, para que en un período que ya conocemos de
tres años sus cuantías se hayan equiparado a los beneficiarios con
edades comprendidas entre 60 y 64 años, que ha dado lugar a que tales
personas en el conjunto de estos tres años (1998, 1999 y 2000) vayan
a percibir una mejora de protección cifrada en más de 300.000 pesetas
por cada pensionista. Luego está el proceso de gestión en cuanto a
una mejora de la revalorización de las pensiones mínimas, cuya
regulación se encuentra recogida en la futura ley de Presupuestos
Generales del Estado. Hay una gestión más compleja en cuanto al
incremento de los límites de edad para poder percibir las pensiones
de orfandad o las pensiones en favor de familiares, situando estos
límites en 21 ó 23 años, frente a los 18 anteriores, lo que ha
supuesto que más de 40.000 personas se hayan beneficiado de estas
prestaciones. Además, está la posibilidad de que se puedan generar
prestaciones o pensiones de muerte o supervivencia desde una
situación de no alta, cuando el fallecido necesitaba un determinado
período de cotización. Todo ello ha determinado, en un marco de mayor
complejidad, una importante reducción en cuanto a los volúmenes de
expedientes pendientes de resolución, que se cifra en un 63 por
ciento para las prestaciones de jubilación y en un 50 por ciento para
las prestaciones de viudedad y orfandad. Igualmente , cuando hablamos
de subsidios se ha producido una reducción de los tiempos de trámite,
en particular de la protección familiar, que ha pasado desde los
quince a los seis días utilizados en el momento actual. Esta mejora
ha sido más significativa en el área internacional, dado que en la
pensión de jubilación se ha alcanzado un tiempo medio de trámite de
15 días, frente a los 39 registrados en 1996, y de 14 días en las
prestaciones de muerte y supervivencia, frente a los 32 igualmente
registrados en el año 1996.

En el ámbito de la incapacidad temporal, la propia recomendación
decimotercera constataba las importantes desviaciones que se
producían en esta prestación. El INSS, en el marco de la propia Ley
General de la Seguridad Social y del acuerdo del Consejo de Ministros
de 1996, ha ido adoptando un conjunto de medidas tendentes a corregir
esas desviaciones, con la única finalidad de que la prestación de
incapacidad temporal sea una prestación que perciba el trabajador
cuando ve interrumpidos sus ingresos o rentas a causa de la
incapacidad que le imposibilita acudir al trabajo a proseguir su
actividad. Entre estas medidas, voy a citar los grupos más
esenciales. Por una parte, hay una mayor coordinación con los
servicios de salud, dado que se han suscrito acuerdos en el marco de
la disposición adicional decimoprimera de la Ley General de la
Seguridad Social. Fruto de esta colaboración podemos decir que los
servicios de salud han revisado más de 136.000 supuestos, detectándose
situaciones irregulares en más del 43 por ciento de los casos.

Por otra parte, está la expedición de las propuestas de altas o altas
médicas por parte de las unidades médicas del INSS, en cumplimiento
de las modificaciones legales aprobadas en los años 1997 y 1998. Como
consecuencia de estas actuaciones, el INSS ha revisado más de 500.000
procesos -este dato es a la fecha actual, a septiembre-, dándose la
situación de que en un 20 por ciento de los casos los trabajadores
acudían con un alta expedida a la citación del reconocimiento médico.

Por otra parte, del total de reconocimientos médicos practicados, en
un 70 por ciento se confirmó la situación de baja, mientras que en el
30 por ciento restante se formuló propuesta de alta o alta médica,
siendo confirmada esta alta o esta extinción de la incapacidad
temporal en más del 80 por ciento de los casos por los servicios de
salud. Por tanto, podemos decir que en más de un 40 por ciento de los
supuestos existía, a juicio del médico, una situación que no se
correspondía con una incapacidad que imposibilitase al trabajador la
realización de su trabajo o actividad.

Igualmente, se han suscrito convenios bilaterales con cinco servicios
de salud y con el Instituto Nacional de la Salud, en el marco del
acuerdo de financiación sanitaria de noviembre de 1997. Como
consecuencia de todo este cúmulo de actuaciones y de medidas, el
número de procesos en la modalidad de pago directo, que en 1997
estaba en cerca de 200.000, actualmente está en 114.000, y la
duración media pasa de 193 días en 1996 a 123 días actualmente, en el
mes de septiembre. En esta evolución de la IT puede comprobarse que
el número de procesos por cada 1000 afiliados, que es otro de los
parámetros habitualmente utilizados, es de 13, cuando hace cuatro
ejercicios era de 19. Todas estas medidas y esta evolución que acabo
de recoger han tenido también su traducción directa en la evolución
del gasto de esta prestación, en la que la tendencia al alza se
observa que se corta en el ejercicio 1996 y, sin embargo, se
invierte, originándose en 1997 un descenso del 12,66 y en 1998 del
14,96, y previsiblemente, si no hay ninguna desviación importante,
que no lo espero, en 1999 se producirá una disminución del 9 por
ciento. Esto representa una mejora en la gestión de la IT gestionada
por el INSS en torno a los 130.000 millones, si nos referimos al
ejercicio 1998, y 167.000, si nos referimos al ejercicio 1999. Todo
ello además está acompañado de una serie de medidas, con las que se
ha posibilitado el acceso a la prestación de IT de nuevos colectivos.

Me estoy refiriendo a los trabajadores con contratos para la
formación y a los trabajadores que realizan la jornada a tiempo
parcial reducida, en el marco del nuevo contrato a tiempo parcial.

Entre ambos colectivos podemos cifrar en más de 320.000 el número de
potenciales beneficiarios de estas prestaciones.

El ámbito de la incapacidad permanente, otra de las cuestiones que
abordaba la recomendación decimotercera, se relaciona con la
prestación económica de incapacidad permanente, poniéndose especial
énfasis en la adopción de medidas que al tiempo que permitiesen
mejorar la gestión de la prestación, por otra parte evitasen
situaciones irregulares en el acceso o en la permanencia en la misma.

Con carácter general, en los últimos años se ha desarrollado y puesto
en práctica el nuevo procedimiento de reconocimientode la prestación,
incorporado al ordenamiento jurídico



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en 1995 y que se basa fundamentalmente en que todas las fases del
procedimiento se residencian en el Instituto Nacional de la Seguridad
Social y que, por tanto, si bien podemos decir que ha tenido un
efecto positivo, sin embargo ha hecho más compleja la gestión de esta
prestación. Para ello se han adoptado un conjunto de medidas, como
son la dotación efectiva de los equipos de evaluación de
incapacidades, aparte de incrementarse las existentes, que da lugar a
que actualmente tengamos 389 facultativos. Por otra parte, también
hay que decir que se ha producido una reducción de los tiempos de
trámite de esta prestación, que actualmente se encuentra en 84 días,
frente a los 125 que requerían en el año 1996. También ha sido
importante la suscripción de conciertos con los servicios de salud y
las mutuas, en orden a la realización de las pruebas médicas
complementarias y en el marco del real decreto aprobado en 1995.

Otras actuaciones en materia de gestión se han realizado en medidas
dirigidas a una mejora, y me voy a referir concretamente al
seguimiento de los complementos por mínimos y a las mejoras en la
gestión de la protección familiar. La legislación de la Seguridad
Social, como sabemos, establece el derecho a que los pensionistas
contributivos cuya pensión, calculada con sus cotizaciones, no
alcance una determinada cuantía, perciban estos complementos, si bien
el reconocimiento de estos es incompatible con la percepción de unos
ingresos que fijan anualmente las leyes de presupuestos. Desde el
ejercicio 1997, en coordinación con la Agencia Estatal Tributaria y
con las diputaciones forales en su caso, se han efectuado actuaciones
de seguimiento, en orden a poner en relación el límite de rentas
previsto en las correspondientes leyes de presupuestos con las
declaraciones que tales personas habían realizado de sus ingresos en
estas administraciones tributarias. Podemos decir que las actuaciones
de control han permitido que dejen de abonarse tales complementos a
los pensionistas que percibían rentas superiores a las que se
indicaban anualmente. Esto ha representado en un primer ejercicio un
3 por ciento del total de perceptores por complementos a mínimos,
mientras que el último dato de gestión de 1999 refleja un 0,74,
habiéndose traducido en una reclamación de la deuda conjunta para los
tres ejercicios, 1997, 1998 y 1999, de 57.000 millones de pesetas.

También quisiera resaltar que este proceso de control en la
percepción de complementos a mínimos se ha llevado a cabo desde luego
con la absoluta garantía de los derechos de los ciudadanos, lo que ha
supuesto también un coste en esa gestión, en cuanto que tras detectar
una situación irregular por lo que llamamos el cruce informático, se
pone en conocimiento del interesado para que aporte y alegue lo que
estime oportuno. Posteriormente, se procede a un estudio
individualizado y pormenorizado de la situación de los ingresos del
pensionista, para después darle el trámite correspondiente de
audiencia para que de nuevo pueda efectuar las alegaciones que
considere oportunas, así como que en su caso manifieste la modalidad
de pago de las cantidades indebidamente percibidas.

En cuanto a la gestión de la prestación de protección familiar,
igualmente, conforme a su regulación del año 1991, se prevé que para
su percepción los beneficiarios no superen un determinado límite de
ingresos e igualmente se ha
efectuado un seguimiento periódico de los perceptores de estas
prestaciones mediante el cruce con los ingresos o rentas en función
de los datos de que disponía la Administración tributaria.

Aunque sea muy brevemente, quisiera referirme a dos aspectos que para
el INSS son muy importantes: por una parte, la atención la ciudadano
y, por otra, la utilización masiva e intensiva de sistemas
informáticos.

En cuanto a la atención al ciudadano, siempre ha sido un objetivo del
INSS facilitar a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos. Junto a
un mayor avance y profundización en lo que llamamos el modelo Caiss
-modelo de centros de atención e información de la Seguridad Social-,
que ha requerido una serie de esfuerzos a esta entidad gestora, se
han introducido mecanismos como los sistemas automatizados de espera
que nos permiten una gestión más próxima. Con estos sistemas
informáticos conocemos cuál es el número de clientes atendidos, los
tiempos de espera, el tiempo promedio, etcétera. Sin embargo,
entendíamos que debíamos saber también quiénes eran las personas que
demandan nuestros servicios, qué nos pedían y, en definitiva, cuáles
eran sus expectativas. Creíamos que era necesario, pues, mejorar la
gestión en el sentido de si el ciudadano estaba satisfecho y si
estábamos dando respuesta a sus expectativas. Para lograr esto
necesitábamos disponer de unos instrumentos de evaluación que nos
ofrecieran el resultado de la gestión. Es cierto que desde 1990 se
puso en marcha un sistema de evaluación de la calidad. Sin embargo,
nos parecía que debía ser perfeccionado, porque nos daba una
valoración parcial. Para ello, implantamos un sistema que cumple
cuatro características: nos da la calidad a controlar como la
diferencia entre lo que el ciudadano espera y lo que recibe; vincula
las deficiencias con las deficiencias internas y nos orienta en
cuanto a las causas que las provocan; nos exige considerar las
expectativas de los ciudadanos de una forma cambiante, es decir, una
readaptación constante; por último, permite la participación del
personal, tanto el directivo como el de primera línea de atención al
ciudadano, la del personal directivo, en cuanto que puede tener una
percepción errónea de lo que el usuario desea, y la del personal de
primera línea porque puede que no sea el más adecuado en ese momento
para realizar el servicio requerido. Tras la adaptación, se requirió
la determinación de cuáles eran los colectivos de ciudadanos que
acudían a nuestros servicios y hemos diferenciado tres grandes
grupos: los demandantes de información general, los nuevos
perceptores de prestaciones y los pensionistas. Una vez diferenciados
los colectivos, era preciso saber las expectativas que tenían; por
tanto, se hicieron encuestas, entrevistas y cuestionarios. Puedo
decir que los resultados obtenidos han permitido cumplir con las
expectativas de los ciudadanos.

Quisiera hacer una referencia a las nuevas tecnologías informáticas
introducidas. Se ha implantado el registro de prestaciones sociales
públicas, que constituye un instrumento absolutamente necesario para
una adecuada coordinación con los distintos organismos y entidades
que gestionan prestaciones sociales públicas, de forma que un
suministro de actualización permanente de todos los datos a través de
una base de datos nos permite situarnos en tiempo real y regularizar
las distintas prestaciones en lo que se



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refiere al límite máximo de percepción, a la concurrencia de
pensiones, a complementos a mínimos o a cualquier otro dato que pueda
incidir sobre el derecho y la cuantía de la pensión.

Partiendo de cero se ha implantado en estos tres años la base de
datos de incapacidad temporal, que tiene tres partes: la base de
datos de incapacidad temporal propiamente dicha, que nos viene dada
por la información que nos da el solicitante de la prestación, la del
servicio de salud y la procedente de la empresa. Esta base de datos
tiene a su vez dos aspectos importantes como tal, como instrumento
básico para gestionar y tomar medidas y como instrumento de gestión
en sentido estricto: en cuanto al pago directo, nos permite el
tratamiento y la resolución de expedientes de forma automatizada y,
en cuanto al pago delegado, nos permite el abono correcto de la
prestación en este régimen.

Por último, hay un nuevo sistema para la transmisión automática del
alta por asistencia sanitaria en el mismo momento de producirse el
reconocimiento de la pensión. Se basa en la interrelación de los
datos de los pensionistas del INSS con los de afiliación y cotización
dependientes de la Tesorería General, de forma que en el momento que
se reconoce la pensión se produce automáticamente el alta en los
sistemas informáticos que contienen los datos relativos a las
diferentes situaciones sobre asistencia sanitaria.

Podemos decir que gracias a estas medidas -y no quisiera olvidar la
dedicación de los empleados del INSS-, se han alcanzado los tres
objetivos a que me refería al principio: facilitar el ejercicio de
los legítimos derechos de los ciudadanos, acercar la gestión al
ciudadano y efectuar el control del acceso y mantenimiento del
derecho a las prestaciones, de modo que, sin merma de la protección,
se procure que las prestaciones vayan en favor de quienes se
encuentran en la situación legalmente protegida.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Martínez Mendizábal.

Para consumir un turno en nombre del Grupo Parlamentario Socialista,
tiene la palabra doña Isabel López.




La señora LÓPEZ I CHAMOSA: Aunque mi grupo no había solicitado esta
comparecencia, vamos a intervenir por dos razones, para agradecerle
su presencia aquí y sus explicaciones y para darle al señor Camps
motivos para su intervención posterior y para que lleve cuenta de mis
contradicciones futuras en esta Comisión, así estará más entretenido.




Estamos hablando de un tema muy interesante. El señor Camps decía
esta mañana que quería hablar del futuro de la Seguridad Social. Yo
también quiero hablar del futuro de la Seguridad Social, pero para
que una cosa tenga futuro, siempre hay que saber de dónde venimos y
dónde estamos para luego saber lo que queremos; si no hacemos ese
análisis, nos perdemos. Si sólo nos dedicamos a gestionar el
presente, nunca llegaremos al futuro, porque no tendremos previsión
ninguna.

Me gustaría hacer algunas afirmaciones. Creo que la Seguridad Social
está bien gestionada. Quisiera preguntarle por qué los gastos de
gestión del INSS son muy inferiores a los de las mutuas de accidentes
de trabajo. Me gustaría que me dijera cuáles son unos y otros en
porcentaje.

Sería deseable que las mutuas bajaran sus costes de gestión para
dedicarse a la política de prevención de los accidentes de trabajo.

Le hago esta pregunta porque me gustaría que quedase como conclusión
-aunque estemos muy al principio- que el sistema público de pensiones
está bien gestionado y es más rentable que cualquier otra gestión
privada con fines lucrativos. Me gustaría dejar fijado este concepto
como primera premisa de mi intervención.

Quisiera hablar de la recomendación número diez, que tiene tres
objetivos: articular mecanismos de jubilación flexibles, facilitar la
prolongación voluntaria de la vida activa y mantener los sistemas de
jubilación anticipada ligados a contratos de relevo y de sustitución.

En cuanto al sistema de jubilación anticipada ligada a los contratos
de relevo, quisiera que nos dijera si es un contrato que ha tenido
muchas utilizaciones, cuáles y cómo. Me gustaría también saber qué
medidas se han ido tomando en estos tres apartados y los costes.

Cuando hablamos de jubilaciones anticipadas -hace poco hemos tenido
un debate nacional sobre las prejubilaciones, los costes, etcétera-,
nos gustaría saber quién paga todo esto. ¿Las jubilaciones
anticipadas cuestan a lo largo de la trayectoria -supongo que habría
que hablar de medias- más que una jubilación normal? ¿En qué momento
dejan de ser más caras que una jubilación normal? Porque, en función
de si son más caras o no, habría que tomar una serie de medidas para
prever, si lo son, de dónde podemos sacar ese dinero, y si no lo son,
si son más baratas que las jubilaciones, a lo mejor en una
determinada edad habría que reembolsarles más porcentaje a los
jubilados anticipadamente, que es una de las reivindicaciones que las
prejubilaciones tienen en estos momentos. Me gustaría saber si han
hecho algún estudio o si han tomado alguna medida sobre la
prolongación voluntaria de la actividad o si en este apartado no se
ha hecho nada.

Por otra parte, me gustaría hacer una pregunta. Hemos retocado las
pensiones de viudedad en los últimos tiempos para hacer un tramo más,
de 60 años con cargas familiares y las que no tienen cargas
familiares. A mí me gustaría saber si esta medida es más beneficiosa
y si ha habido en volumen de solicitudes que justifique medidas como
éstas, para ver si en el futuro se han de mantener o se han de
cambiar.




Como persona que está aquí -puesto que nosotros somos el Legislativo
y usted nos lo ha explicado bien; desde mi punto de vista, ha sido
incluso una comparecencia mejor enfocada que otras, por lo menos te
enteras de cómo funciona esto, las mujeres en el fondo somos más
concretas y vamos directo a los temas-, me gustaría saber qué
recomendaciones le haría usted al Legislativo para introducir en el
Pacto de Toledo para hacer más eficaz el funcionamiento de la
Seguridad Social y del INSS.

Para ser también concreta, quiero terminar preguntándole, por una
cuestión. Cuando hablamos de bonificaciones de las cuotas de la
Seguridad Social en los contratos, ¿Se hacen las aportaciones del
Estado en su totalidad las que corresponden a estas bonificaciones?
¿Podría decirme en qué cantidades?



El señor PRESIDENTE: Por el Grupo de Izquierda Unida, tiene la
palabra el señor Vaquero.




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El señor VAQUERO DEL POZO: Quiero sumarme a la felicitación por la
exposición de la directora general del INSS y por los datos que nos
ha aportado. Siempre es interesante el conocimiento de la gestión de
las prestaciones. Me voy a ceñir, prácticamente, al papel de la
recomendación número 13 y a las medidas que se han adoptado. Iré
directamente a reproducir el método que antes he utilizado con el
director general de la Tesorería, pero tengo que hacer un cierto
circunloquio que inmediatamente se reducirá a una serie de preguntas.

Uno tiene la impresión de que la gestión de las incapacidades se ha
usado como una especie de cuenta reductora del volumen total del
gasto, junto con el desempleo. Es muy sintomático el que en el
librito amarillo de los Presupuestos Generales del Estado del año
2000 aparezcan juntos los dos capítulos que no tienen nada que ver,
precisamente como elemento que reduce y frena el gasto global en
función de la reducción de cada uno de esos capítulos.

Tenemos las cifras de resultados respecto a las incapacidades, y otra
serie de medidas que hemos visto a lo largo de la legislatura, que
han sido muy polémicas (recuerdo que hemos tratado tres o cuatro
veces en esta Cámara el cobro indebido de los complementos a mínimos,
que supuso una cierta alarma social en la medida en que había cartas
a muchos pensionistas reclamándoles que devolvieran las cantidades,
que se personaran para presentar declaraciones de la renta,
etcétera), junto a una progresiva remisión de la gestión de las
contingencias comunes hacia las mutuas, pese a que tenemos la
sospecha no cuantificada de que efectivamente las mutuas tienen una
gestión más cara -por decirlo rápido- que la gestión normal de los
instrumentos más propiamente públicos, más funcionariales -no digo
que las mutuas no sean gestión pública-, que son los del INSS; todo
esto podría ser razonable, podría no significar más que aplicar
directamente la recomendación número 13, pero se trata de evitar que
el dinero público vaya a unos fines que no tienen por qué servir, que
sean unas supuestas situaciones fraudulentas. Si se trata de
perseguir el fraude, estaríamos de acuerdo. Junto a esto se ve un
cierto celo en la reducción del gasto a través de interpretaciones
como la de la circular 3/1998, en la que a pensionistas o titulares
de futuras pensiones de incapacidad permanente que, según la
situación anterior a la circular podrían haber tenido una cuantía de
la pensión, pero que después, en función de la interpretación
restrictiva del hecho causante al no retrotraerse las cotizaciones al
último mes que estuvo obligado a cotizar (porque hay una serie de
supuestos en los que el futuro pensionista no está obligado
a cotizar, así como hay una serie de regímenes, tales como el régimen
agrario por cuenta propia, las empleadas de hogar y el régimen de
autónomos, que tienen supuestos en los que no están obligados a
cotizar) y negárseles el mecanismo de la integración de lagunas tiene
que computárseles los últimos meses de ese período que no están
obligados a cotizar como cotización cero, al final resulta que la
cuantía de la pensión es menor.

Evidentemente, cuando se juntan todos esos elementos dispersos que he
mencionado, entonces podríamos estar ante la tentación de interpretar
-como así lo hacemos ciertamente y caemos en esa tentación- que ya no
se trata sólo de evitar el fraude, sino de aplicar criterios
economicistas
de persecución del incremento del gasto, o mecanismos para ir
reduciendo el gasto caiga quien caiga, y eso nos parece una pasada.

Una vez constatado esto y hecho este preludio, queremos preguntar
directamente. ¿Cuántas contingencias comunes gestionan ya las mutuas?
¿Qué previsiones de futuro hay y qué costes? Al mismo tiempo, si
puede cuantificar el nivel de asesoramiento o decisión que han tenido
estos mecanismos sobre los equipos de evaluación a la hora del
control de las incapacidades. Nos gustaría saber si es posible
cuantificar que la coordinación con las mutuas del INSS ha podido
generar en los EVI -equipos de valoración de incapacidad- unos
efectos concretos de restricción del gasto y de evitar esas
situaciones, irregulares, fraudulentas o como se quieran llamar.

En segundo lugar, queremos preguntar si existe voluntad de revisar la
circular número 3, en función de la cual hay pensionistas con cero
pesetas de pensión. Es un dato impresionantemente curioso de
previsión de la Seguridad Social: hay pensionistas que, a efectos de
viajes del Imserso, se les reconoce la pensión, pero como no tienen
integración de laguna se les da cero pesetas de pensión de por vida.

Repito que nos gustaría saber si se tiene voluntad de revisar esta
circular que, desde el punto de vista de Izquierda Unida, es una
pasada, con todos los respetos.

En tercer lugar, ¿qué balance se puede hacer respecto a las
experiencias que ha habido de coordinación con los servicios de salud
de las comunidades autónomas incentivados con partidas millonarias,
como, por ejemplo, el año pasado en los presupuestos de 42.400
millones de pesetas, respecto al control de la incapacidad? ¿Qué
balance existe? Si han sido rentables, estas partidas, si no lo han
sido en qué se han empleado y si se tiene algún balance de este tipo.

Un último tema que no tiene nada que ver con las incapacidades se
refiere a la externalización de los costes queríamos saber si se han
producido en la gestión del Instituto Nacional de la Seguridad Social
externalización de costes en determinados segmentos de servicios
concretos, tales como de telefonía, etcétera, con qué coste y con qué
motivos. En principio, a uno no se le antoja por qué de repente el
servicio de la centralita telefónica de determinada institución de la
Seguridad Social pueda derivarse a la gestión privada de una empresa
en función de un concierto. No sé si eso se ha producido también en
el INSS. Se me ha olvidado preguntárselo antes al director general de
la Tesorería, pero, en cualquier caso, nos gustaría conocer si en el
INSS se ha producido le rogaría que nos contestase dónde ha sido, con
qué costes, etcétera.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor
Camps.




El señor CAMPS DEVESA: Como no podía ser de otra manera quiero darle
las gracias, señora directora general, por su información.

Yo voy a ser extremadamente breve en mi intervención, aunque levante
algún rumor de incredulidad al respecto, y SS.SS. podrán observarlo
al finalizar la misma, pero no quiero dejar de valorar la información
que nos ha dado, pegada al terreno, para lo que son los trabajos de
esta



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Comisión, por lo que ha supuesto de resolución de problemas con los
que nos hemos encontrado en la gestión diaria de nuestra Seguridad
Social y, sobre todo, porque puede servir de base para la resolución
de problemas que podemos encontrarnos en un futuro.

Su intervención -y por ello la valoramos positivamente, señora
directora general- ha abundado en que cualquier decisión en materia
de Seguridad Social es enormemente compleja cuando se tiene que
llevar a la práctica, cuando se ha de aplicar, pero, a la vez, es
enormemente cercana a los ciudadanos, que son, al final, los últimos
receptores de la misma. Ese espíritu que ha impregnado toda su
intervención lo hemos apuntado con letras mayúsculas desde mi grupo
parlamentario.

Quiero tranquilizar también al presidente de la Comisión, no va a
haber controversia alguna con el principal grupo de oposición de esta
Cámara, a pesar de haber sido abundantemente citado incluso al inicio
de su intervención por la que ha sido su portavoz, porque estoy
enormemente de acuerdo con sus manifestaciones, hecho que tengo que
hacer constar. Hay que saber en esta materia de dónde venimos, por
duro que ello nos parezca, sobre todo desde antes del año 1996. ¡Por
supuesto que hay que saber dónde estamos! Creo que llevamos en ello
todo el día y me alegra que esta última reflexión del Grupo
Socialista coincida con la que nosotros hemos empezado haciendo esta
misma mañana. Y, sobre todo, estamos de acuerdo en que tenemos que
ver hacia dónde vamos, que es justamente lo que hemos de decidir en
esta Comisión, pero creo que no en la tarde de hoy, porque -y
permítame una reflexión- no hay futuro sino desde un presente y
cuanto mejor sea ese presente seguro que estamos en mejores
condiciones de afrontar el futuro cualquiera que sea el que
pergeñemos.

Señora directora general, no le voy a hacer preguntas de control
parlamentario, creo que no es el trámite ni es el momento, ni tampoco
voy a abrir debates que ya han sido efectuados en esta Cámara con
anterioridad. Estoy seguro, de que va a contestar a las que le han
hecho otros grupos y ello contribuirá al acervo de esta Comisión.

Estoy también seguro de que sus respuestas les tranquilizarán e
incluso en algún caso les ilustrarán sobre dónde estamos, porque de
dónde venimos no hay duda de que otros lo saben mejor que usted e
incluso que algunos parlamentarios de esta Cámara. Espero que, al
menos, les ilustre usted respecto de la situación en la que nos
encontramos ahora, porque -y acabo con ello, señor presidente- hacia
dónde vamos, después de las intervenciones de los distintos grupos
parlamentarios, estará S.S. segura de que como ciudadana de este país
-que también lo es, aparte del cargo que ocupa- está en buenas manos
en esta Comisión para saber que las recomendaciones que adoptaremos
en su momento conducirán a un mejor sistema de futuro de la Seguridad
Social.




El señor PRESIDENTE: Para responder a las cuestiones y valoraciones
formuladas por los grupos parlamentarios en el anterior turno, tiene
la palabra la señora Martín Mendizábal.




La señora DIRECTORA GENERAL DEL INSS (Martín Mendizábal): Procuraré
contestar el mayor número de cuestiones, si bien a aquellas que se
refieren al ámbito
de mi competencia, no a otras, entre otras cosas porque seguro que no
daría los datos exactamente. Lo que sí puedo decir es que el coste de
gestión del INSS es del 0,7 por ciento, por tanto, por cada cien
pesetas menos de una peseta. No sé cuál es el coste de gestión de las
mutuas, eso lo sabrá la Dirección General de ordenación. Aquí
introduzco un elemento que no es absolutamente comparable de forma
homogénea. El INSS sólo tiene gestión administrativa con 389 médicos
porque su actividad fundamental no es la sanitaria y, sin embargo,
las mutuas tienen otra serie de aspectos más sanitarios, con lo cual
cualquier comparación debe hacerse en términos homogéneos.

En cuanto a la jubilación parcial, me ha preguntado si sé cuánto se
ha utilizado. Puedo decir que desde el INSS todavía no es
significativo el número de pensiones de jubilación que, procedentes
de esta nueva regulación, han llegado. Son pocas, pero sólo puedo
hablar de jubilados al amparo de esta nueva normativa. En cuanto al
número de contratos realizados, los datos más propios los tendrá el
Inem.

Por lo que se refiere a las jubilaciones anticipadas, desde el punto
de vista del INSS, lo que llamamos jubilación en sentido estricto
evidentemente es más barato 22 años a un 60 por ciento que 17 años a
un cien por cien. Sin embargo, esta no es una valoración rigurosa. Si
sólo valoramos la jubilación desde el punto de vista de Seguridad
Social-INSS, llegaríamos a una conclusión, pero a eso hay que
añadirle que habitualmente, por no decir mayoritariamente, proceden
de situaciones de desempleo y hay que incluir el coste de la
prestación de desempleo. Por tanto, sería desde los 52 años
desempleo, más lo que es el coste de jubilación con el tiempo de
permanencia en esta situación.




En cuanto a la prolongación de la actividad, el secretario de Estado
ha respondido esta mañana en el sentido de que, por una parte a los
funcionarios ya se les ha permitido permanecer en la situación de
activo más de los 65 años y, por otra, lo que se ha hecho con la
jubilación parcial y el nuevo contrato de relevo se posibilita que
ese pase de la vida activa a pasiva, laboralmente hablando, se
produzca de forma paulatina y progresiva, flexibilizando los
requisitos para este contrato. Como ha señalado el secretario de
Estado, -y no pretendo reproducir sus manifestaciones-, es digno de
significar las novedades en relación con la edad en que se puede
realizar, al tiempo de la duración de la jornada, a realizar la
jornada de forma sucesiva, a la categoría profesional, etcétera.

Respecto a la viudedad de personas con derecho a mínimos menores de
sesenta años y con cargas familiares, hasta la actualidad se han
beneficiado de esta medida más de quince mil personas, lo que supone
más de un 6 por ciento del total de personas viudas menores de
sesenta años. Ha merecido la pena, aunque esta medida lleva una
gestión más compleja por lo que se refiere a las personas que con
cargas familiares y menores de sesenta años, tengan unos mínimos
iguales a las personas viudas con sesenta años.

Me ha preguntado S.S. sobre bonificaciones, pero no le puedo
contestar. No sé si la Tesorería sabrá cuántas se pagan, pero al INSS
le llega la cotización completa en su base de cotización y, por
tanto, íntegra y se toma y determina el cálculo de las prestaciones.




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En cuanto a las recomendaciones que me han pedido, preferiría aplicar
las que ustedes me digan. Trataré siempre de gestionar de la mejor
forma posible toda recomendación que se convierta en norma, pero no
tengo que hacer ninguna.

Sobre la recomendación decimotercera, ya hemos hablado de los
mínimos. Esa alarma era infundada, a no ser que fuera porque
anteriormente no se había hecho este control, porque, como ya he
dicho, estábamos hablando del 3 por ciento de las personas que
perciben complemento a mínimos. Ya hemos comentado en otras ocasiones
que lo único que se hizo fue aplicar la legalidad y lo primero que
tiene que hacer una administración es aplicar la norma y no actuar de
forma discrecional. En este aspecto, me parece importante -lo ha
citado esta mañana el secretario de Estado- el decreto que regula la
devolución de las cantidades adeudadas a la Seguridad Social. Para
aquellas personas que vinieron a peor fortuna -por decirlo
gráficamente- en el momento en que se les reclama la cantidad, se
establece una forma de devolución extraordinaria, fuera de la
regulación general, donde se prevé que lo máximo que tengan que
devolver es un 5 por ciento de la pensión.

Se ha hablado del volumen que está gestionando las mutuas. La norma
de que las mutuas estén en contingencias comunes viene de 1995 y yo
no puedo decir lo que gestionan las mutuas, sino el INSS, más de 8
millones 400.000 afiliados al sistema de la Seguridad Social en
materia de incapacidad temporal.

En cuanto a la circular 3/1998, creo que S.S. se estaba refiriendo a
lo que se llama la retroactividad de la base reguladora. La Ley 24/
1997 regula para la prestación de jubilación cómo se calcula la base
reguladora, e indica de forma expresa que se tomarán las bases desde
el mes inmediato al hecho causante. Lo único que se hace en esta
circular es adoptar el mismo criterio para la prestación de
incapacidad permanente por un aspecto básico, porque se daba la
circunstancia anómala de que aquellas personas que estuvieran
cotizando bien a un subsidio mayor de 52 años, bien por un convenio
especial, resultaban perjudicadas respecto de aquella que preferían
no trabajar o no cotizar por la vía del convenio especial, lo cual
nos parecía contrario a
la proporcionalidad y a la equidad. De hecho, las nuevas altas de la
pensión de jubilación, la pensión media, se ha visto incrementada en
un 6 por ciento, con lo cual quiero creer que esta medida no tiene
una incidencia en la cuantía de las pensiones. Desde luego nadie se
ha quedado sin derecho a pensión por el cálculo de esta nueva
fórmula.

Por lo que se refiere a las mutuas y a la coordinación con el INSS,
ha realizado acuerdos de pruebas complementarias, de tal forma que
cuando en el reconocimiento de una prestación de incapacidad
permanente se requieren nuevas pruebas médicas para mejor constatar y
objetivar las lesiones y, por tanto, el menoscabo de un trabajador,
se le envía al servicio de salud o a las mutua o mutuas con las que
se tiene concierto para estas pruebas. Estos son los conciertos
directos que se han hecho con las mutuas de accidentes de trabajo y
sólo con los tiempos de trámite que he reflejado, se observa que han
dado un buen resultado.

Respecto a los convenios con las comunidades autónomas en el marco
del acuerdo de financiación sanitaria, tiene que tener una valoración
positiva en general en cuanto que ha permitido que los propios
servicios de salud participen en mayor medida de la incapacidad
temporal, de ese control que tienen de forma semanal; que se
impliquen en esas bajas, en esos partes de confirmación, en esas
altas médicas. Como estamos hablando de una prestación contributiva,
es positivo todo lo que se haga en relación con una prestación que
tiene dos ámbitos muy claros, uno sanitario y otro más
administrativo, todo lo que signifique una mayor coordinación entre
el aspecto sanitario de los servicios de salud y el aspecto más
gestor del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Tengo que
añadir que el INSS no ha externalizado ningún servicio.




El señor PRESIDENTE: Formuladas así las respuestas de la directora
general del INSS, le agradecemos su intervención ante esta Comisión y
las aclaraciones que ha realizado.

Sin más asuntos que tratar, levantamos la sesión.