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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 748, de 22/09/1999
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 1999 VI Legislatura Núm. 748



MEDIO AMBIENTE



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JOSÉ IGNACIO LLORENS TORRES



Sesión núm. 40



celebrada el miércoles, 22 de septiembre de 1999



ORDEN DEL DÍA:



Ratificación de la ponencia designada para informar el proyecto de
ley de modificación de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.

(Número de expediente 121/000171) ... (Página 21998)



Emitir dictamen, a la vista del informe elaborado por la ponencia,
sobre el proyecto de ley de modificación de la Ley 29/1985, de 2 de
agosto, de Aguas. (Número de expediente 121/000171) ... (Página 21998)



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Se abre la sesión a las diez y treinta y cinco minutos de la mañana.




- RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR EL PROYECTO DE
LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 29/1985, DE 2 DE AGOSTO, DE AGUAS.

(Número de expediente 121/000171)



El señor PRESIDENTE: Señoras y señores diputados, comienza la sesión
correspondiente al día de hoy, en la que se va a tratar la reforma de
la Ley de Aguas 25/1985, de 2 de agosto.

En primer lugar, se somete a todas las señorías aquí presentes la
ratificación de la ponencia correspondiente al proyecto que nos
ocupa. ¿Están de acuerdo, señorías? (Pausa.) Queda aprobado por
asentimiento. (El señor Mardones Sevilla pide la palabra.)
Señor Mardones, tiene la palabra.




El señor MARDONES SEVILLA: Señor presidente, quería advertir a la
Presidencia que sustituyo en este trámite de Comisión a mi compañero
de grupo, don Paulino Rivero, que había sido ponente en esta ley.




- EMITIR DICTAMEN, A LAVISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA,
SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 29/1985, DE 2 DE
AGOSTO, DE AGUAS. (Número de expediente 121/000171)



El señor PRESIDENTE: Tal y como ha comentado la Presidencia a los
portavoces de los diversos grupos parlamentarios, el debate se va a
ordenar dividiéndolo en dos grupos. Del artículo 1 al artículo 60 los
diversos grupos parlamentarios, de menor a mayor, van a plantear su
posición en una sola intervención, y del artículo 60 hasta el final
se hará de igual forma.

En cuanto a las votaciones, tendrán lugar no antes de la una y media,
por lo que si el debate termina antes suspenderíamos la sesión y, si
no, se celebrarían las votaciones, tal y como han planteado los
portavoces de los diversos grupos parlamentarios, votando las
enmiendas de los diversos grupos.

Para empezar, de menor a mayor, tiene la palabra el portavoz del
Grupo Mixto, señor Rodríguez, por un tiempo máximo de diez minutos.




El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: En coherencia con la enmienda a la
totalidad presentada por el Bloque Nacionalista Galego al proyecto de
reforma de la Ley 2/1985 se formulan ahora las siguientes enmiendas
parciales, orientadas a variar lo que es el carácter centralista y
privatizador de esta ley y a mejorar algunas deficiencias técnicas
del proyecto.

En primer lugar, hablaremos del protagonismo de las comunidades
autónomas, en especial de aquellas que, como Galicia, presentan en
materia hidráulica una problemática peculiar, distinta de la de otros
territorios del Estado español. La vigente Ley estatal de Aguas, y
así lo ha reconocido el Tribunal Constitucional español en su
sentencia
227/1988, al partir del principio de unidad de gestión de cada cuenca
hidrográfica y de encomendar al Estado la ordenación y gestión de
aquellas que discurran por el territorio de más de una comunidad
autónoma, no ha aplicado, sin más, la Constitución española de 1978,
sino que ha recogido una de entre las posibles opciones
constitucionalmente admisibles. En realidad, el artículo 148.1.10 de
la Constitución Española no parte de un criterio territorial sino del
criterio del interés autonómico correspondiente a la hora de fijar
las competencias autonómicas posibles en materia hidráulica. Por
ello, el BNG postula que la ordenación y gestión de las aguas
continentales, superficiales y subterráneas que circulan por el
territorio gallego han de corresponder a la Administración
autonómica, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones
jurídico-internacionales, que afectarían en todo caso a la cuenca del
río Miño; cumplimiento que puede corresponder también a la Comunidad
Autónoma de Galicia, de acuerdo con su Estatuto.

Apartir de estas consideraciones de fondo proponemos las siguientes
enmiendas al articulado. En concreto al artículo 15 pedimos que se
supriman las letras d) y c) y en el artículo 16 pedimos la adición de
una nueva letra c), de forma que se diga claramente que dentro de las
competencias que hayan asumido estatutariamente y sin perjuicio del
informe perceptivo de las comunidades autónomas limítrofes será
competencia autonómica el otorgamiento de concesiones
y autorizaciones referentes a los bienes integrantes del dominio
público hidráulico situados en su territorio. También en esta
dirección y en el artículo 22 pedimos la supresión de las letras a) y
b) y en el artículo 23 la supresión del apartado tercero.

Igualmente, el Bloque Nacionalista Galego considera que en la
determinación del dominio público hidráulico se desconoce la realidad
hidrológica de Galicia, cuyo territorio está surcado por infinidad de
corrientes de agua, más que el conjunto del resto del Estado español,
pareciendo excesiva y desproporcionada una regulación como la de los
artículos 5 y 6 de la ley vigente, que establece una serie de
limitaciones que no distinguen, salvo en lo que se refiere a las
corrientes fluviales, según cuál sea el caudal de la corriente. Por
ello proponemos la adición de un nuevo apartado segundo al artículo
6, pasando el actual a integrar el apartado primero en el que se
disponga: En el caso de corrientes de caudal anual medio inferior a
0,2 metros cúbicos por segundo, no serán de aplicación las
limitaciones relacionadas en el apartado anterior, sin perjuicio de
las potestades de policía, demanial y ambiental.

Por otra parte, tanto la ley vigente como el proyecto incurren en
numerosos excesos competenciales. A corregirlos, restituyendo a las
comunidades autónomas unas competencias estatutariamente asumidas en
materia hidráulica, se dirigen las siguientes enmiendas. En concreto
se pide que se mantenga el artículo 44 de la Ley de Aguas en su
redacción y, en coherencia con la enmienda anterior, se propone una
redacción alternativa para el artículo 115, pero ya correspondería a
la segunda parte y, por tanto, no entro en ello.

Nosotros hacemos mucho hincapié en esa cuestión competencial así como
en la defensa del carácter público de las aguas continentales, para
lo cual proponemos la supresión del artículo 56 bis del proyecto. Los
sindicatos



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agrarios señalaron con su voto particular en relación al informe del
Consejo Económico y Social que la Administración renuncia al papel
esencial que le corresponde como ordenadora y gestora del dominio
público hidráulico, en especial si se repara en el artículo que cité,
que no establece prelación alguna entre los usos del agua. Así las
cosas, parece difícil negar la evidencia de que no siempre los usos
impuestos por el mercado son los óptimos desde un punto de vista
social, sino que, al contrario, muy frecuentemente suelen ser los
pésimos desde este punto de vista.




El señor PRESIDENTE: Recuerdo a los representantes del Grupo Mixto
que tienen que dividir el tiempo en sus turnos. No veo al señor Saura
para defender sus enmiendas; supongo que se incorporará a la segunda
parte del debate.

Tiene ahora la palabra el señor Chiquillo, al que le quedan cinco
minutos.




El señor CHIQUILLO BARBER: Intervengo en nombre de Unión Valenciana,
pero también en representación de los diputados del Grupo
Parlamentario Mixto ausentes hoy y que tienen diversas enmiendas, que
doy por defendidas en este momento. Me refiero al resto de las
enmiendas de los diputados integrados en el Grupo Parlamentario Mixto
En este primer capítulo de debate, hasta el artículo 60, intervengo
en nombre de Unión Valenciana para defender algunas cuestiones, que
entendemos que son manifiestamente mejorables en la propuesta de
modificación que ha traído al Congreso de los Diputados por el
acuerdo del Consejo de Ministros respecto a la modificación de la Ley
de Aguas. Se trata de las enmiendas numeradas de la 25 a la 32 y
brevemente voy a esbozar los motivos de estas modificaciones que
proponemos al proyecto de ley de reforma de la Ley de Aguas.

La primera de estas enmiendas, la número 25, va dirigida al artículo
25 y en ella solicitamos una mayor participación de los usuarios en
las juntas de gobierno de las confederaciones hidrográficas. La
intención de nuestro planteamiento va en orden a que las juntas de
gobierno sean realmente participativas y respondan más plenamente
a los principios de un Estado democrático y participativo, por lo que
debería incrementarse el número de representantes de los usuarios a
la mitad más uno del número total de miembros que las integran. Por
eso, en esta propuesta número 25 al artículo 25, en la letra c)
exigimos que corresponderá a la representación de los usuarios al
menos la mitad más uno del número total de vocales que la integran.

La enmienda número 26, dirigida al artículo 26, es referente a las
juntas de gobierno de las confederaciones hidrográficas y solicitamos
que las funciones de esas juntas de gobierno sean ejercitadas de
conformidad con el principio de transparencia. En este sentido se
debe dar cumplimiento a la ansiada aspiración de los regantes de
conocer con detalle los presupuestos generales de los organismos de
cuenca, así como la liquidación de los mismos. También deberían
aprobarse los presupuestos por una mayoría cualificada, para que los
votos de los usuarios, que son los que en gran parte contribuyen a
los gastos de
la confederación, resulten decisivos. Por eso, entre las competencias
de esas juntas de gobierno solicitamos, en esta letra a), que se
involucren los usuarios en las cuestiones que más directamente les
influyen.

La enmienda número 27 va dirigida al artículo 27 de este proyecto de
ley y va referida a los presidentes de las confederaciones
hidrográficas. Nosotros entendemos que tienen que ser nombrados y
cesados por el Consejo de Ministros, indudablemente, con la
participación del Ministerio de Medio Ambiente, pero que tendría que
salir la propuesta de una terna presentada por la asamblea de
usuarios, que, repito, son los que deben involucrarse en la toma de
decisiones de las cuestiones que más directamente les afectan.

La enmienda número 28 va dirigida al artículo 44, apartado 2, y en
ella solicitamos que también tengan la calificación de obra
hidráulica de interés general unas determinadas obras, como es la
modernización de regadíos. Por eso incluimos las obras de
abastecimiento, potabilización, desalación y modernización, cuyo
coste económico tenga una relevancia estratégica en la gestión
integral de cada una de las cuencas hidrográficas, porque pensamos
que es importante que estas obras tengan la consideración y la
posibilidad de ser calificadas de obras hidráulicas de interés
general.

La enmienda número 29 es de adición -sería nueva- a la propuesta
cuadragésimo tercera y se refiere al artículo 46 apartado 4, y en
ella incluimos que las obras de modernización que conlleven un ahorro
o mejora de las estructuras agrarias podrán suponer la constitución
de una servidumbre forzosa de acueducto, sin que los titulares de
predios sirvientes puedan oponerse basados en que las fincas
dominantes ya disponen de agua a través de cauces que se pretenden
sustituir total o parcialmente.

La enmienda número 30, también de adición -nueva- es referente a la
propuesta cuadragésimo cuarta, al artículo 47, respecto a la
propiedad de los cauces de las comunidades de regantes. Tiene que
aclararse dicho tema y debería añadirse un segundo párrafo en el
sentido de extender la presunción prevista en el apartado anterior en
favor de la comunidad de regantes y que quedara claramente
explicitado. Pensamos que, como establece el artículo 47, en toda
acequia o acueducto, el cauce, los cajeros y los márgenes deben ser
considerados como parte integrante de la heredad o edificio a que
vayan destinadas las aguas o, en caso de evacuación, de los que
procedieran. El segundo punto del artículo 47 dispone que se
entenderán propiedad de la comunidad de regantes cuando esta exista.

Queremos que se contemple expresamente así en el articulado de esta
nueva ley que hoy inicia su camino parlamentario después de la
ponencia.

La enmienda número 31, al punto decimosexto, referida al artículo 53,
apartado 1, añade un apartado 4. Solicitamos que en la comisión de
desembalses del organismo de cuenca se involucren los usuarios, y que
las juntas de explotación lo hagan en las modificaciones sobre los
sistemas de control efectivo de los caudales, matizaciones que
entendemos que son importantes para la adecuada gestión de las
comisiones de desembalse y el control de los acuerdos de dichas
comisiones. Lo mismo diríamos de las juntas de explotación de los
organismos de cuenca respecto a sus



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ámbitos territoriales y los sistemas de control efectivo de caudales.

La última enmienda correspondiente a esta primera parte del debate,
que abarca hasta el artículo 60, sería la número 32, al artículo 56
bis, apartado 7, en la que proponemos una modificación respecto a las
cesiones entre usuarios de agua para riego. En el contrato de
identificación expresa de los predios no sólo se deberá establecer
con claridad el titular del agua y los predios que el cedente
renuncia a regar, sino que también debe establecerse de manera clara
y expresa qué se compromete a regar con menor dotación, lo que podía
traer consigo un ahorro de agua, para que quedara clarificado en esa
cesión de agua no sólo lo que renuncia a regar sino también lo que se
compromete a regar con menor dotación e intensidad, para que pudiera
haber un contrato que permitiera que un tercero -el adquirente-
pudiera tener claro ese caudal cedido para poder dar una dotación de
agua a los predios que se beneficiarían de esa cesión.

Ese es el conjunto de enmiendas que mantiene Unión Valenciana en el
primer bloque del debate de hoy; pediríamos también que además de las
dos enmiendas que restan para el segundo, pudieran plantearse algunas
enmiendas transaccionales a las enmiendas presentadas por Unión
Valenciana, de la 25 a la 32.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria,
tiene la palabra don Luis Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: A este primer bloque solamente tenemos
viva una enmienda, la número 41, al apartado decimosexto, artículo
53, de la Ley 29/1985, de Aguas, que tratamos de reformar con este
proyecto. Es una enmienda de adición y en ella proponemos un párrafo
que tenga en cuenta la peculiaridad de un fenómeno que se está
produciendo. Esta enmienda está formulada desde la óptica de la
problemática canaria, pero puede ser perfectamente extrapolable a los
organismos de cuenca del territorio peninsular.

Es obvio que Canarias se rige por una legislación de aguas propia y
específica de la comunidad en razón de su orografía y de la
naturaleza de sus recursos hidráulicos. Por ejemplo, en relación a
este artículo decimosexto, los ríos, dada su inexistencia, no son
cuestión. En cambio, hablaríamos de los acuíferos subterráneos.

Nuestra enmienda -esto se lo quiero hacer llegar con todo
conocimiento de causa al Grupo Parlamentario Popular y a su portavoz-
va en el sentido de que nos encontramos frente a un nuevo recurso del
cual no existe prácticamente régimen de explotación, que es la
potabilizadora de agua de mar. Canarias, ante la escasez de recursos
hidráulicos, ha tenido que dirigirse hacia los recursos más
inmediatos, como la depuración de aguas residuales, que tiene una
serie de restricciones tremendas en el campo humano, de
abastecimiento público y agrícola, ya que existen determinados
productos cuya exportación podía verse imposibilitada por el riego
con dichas aguas. Debido a esto, se abre la dinámica en la que
estamos inmersos en este momento, que es la de las potabilizadoras.

Una potabilizadora no tiene régimen de explotación, trabaja en un
horario determinado. El problema surge con
el régimen de usos. Ese agua que sale de ahí ¿para qué se utiliza con
prioridad? Entendemos que el régimen de explotación -y ese es el
motivo de nuestra enmienda- que se ha venido utilizando por los
organismos de cuenca es habitualmente el del agua embalsada en los
embalses de los ríos o en los acuíferos subterráneos. Junto a esto,
proponemos el establecimiento de una disposición final, porque el
régimen de explotación está en cabecera, pero es el usuario quien se
encuentra con el último recurso hidráulico que tiene que aplicar. En
el número 4 de este mismo artículo se habla de las comunidades de
usuarios y curiosamente se habla del uso privativo. Si no
establecemos un régimen de usos, el uso privativo puede dar lugar a
ambigüedades o a inseguridad jurídica. Nuestra enmienda, que es de
adición y no modifica para nada el texto restante del proyecto que
nos viene de la ponencia, propone que el régimen de explotación se
adecuará al carácter de recurso natural del agua como bien escaso,
estableciendo un régimen de usos, que dé preferencia, en primer
lugar, al uso humano y, en segundo lugar, al uso agrícola. En
Canarias hemos establecido este sistema con las potabilizadoras de
agua de mar, a través de los cabildos insulares, ante la presión de
la demanda de agua para abastecimiento público, a veces exorbitante,
y de los precios que puede pagar el sector hotelero o el sector
turístico, abastecimiento que desglosamos del de uso humano y le
damos una prioridad, por generación de producto interior bruto y de
valor añadido. En segundo lugar, está el abastecimiento de
poblaciones normal, humano; en tercer lugar, el uso agrícola y,
finalmente el uso industrial. Entendemos que esta enmienda es
coherente con la propia declaración de principios que inspira la
exposición de motivos de este proyecto de ley, cuando define el valor
del agua como recurso natural escaso. Si la ley preconiza en su
preámbulo y en su justificación el valor del agua como recurso
natural escaso, creemos que es oportuno establecer un régimen de uso.




El señor PRESIDENTE: Si todos los grupos están de acuerdo, daríamos
la palabra, por un tiempo máximo de cinco minutos, al diputado del
Partido Aragonés Regionalista, para la defensa de sus enmiendas. ¿Hay
algún inconveniente? (Denegaciones.)
Tiene la palabra el señor Serrano, por un tiempo máximo de cinco
minutos.




El señor SERRANO VINUÉ: Intervengo para defender las enmiendas del
Partido Aragonés, que, a diferencia de lo que pasa en la Cámara Alta,
en el Senado, necesitan de la firma de su grupo parlamentario para
poder ser tramitadas y, en su caso, defendidas. No obstante, se lo
agradezco, porque la cuestión que nos ocupa es bastante importante y,
sobre todo, las diferencias, tanto programáticas como de
planteamiento, entre el Partido Aragonés y el Partido Popular son lo
suficientemente importantes y de fondo como para que quede bien clara
la posición de mi partido, contraria a esta modificación de la Ley de
Aguas, que lo único que posibilita es ampliar y abrir el mercado del
agua a los trasvases y que sólo puedan utilizar el agua aquellos que
la puedan pagar.

En este primer bloque hemos presentado veinte enmiendas,
independientemente de las aportaciones que



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hemos hecho antes de la propia tramitación de la ley y en diversas
conversaciones con el Ministerio, algunas de tal envergadura que han
permitido una corrección de errores, hasta el punto de que el propio
Ministerio tenía la previsión de ceder caudales, cuando lo único que
se puede ceder son los derechos de uso, que son cosas diferentes. En
ese sentido, la aportación del PAR ha sido fundamental e interesante.

Me gustaría centrarme exclusivamente en lo que es el artículo 56 y en
las enmiendas 284, 285, 287 y 292. En la enmienda 284 pedimos la
supresión del artículo 56 bis, entendiendo que la introducción de tal
artículo supone un ataque al concepto y al principio básico de
dominio público hidráulico. A nuestro juicio, con esta reforma de la
Ley de Aguas el Gobierno del Partido Popular da por finiquitado el
concepto de dominio público hidráulico del agua, que creemos que es
importante.

En la enmienda 285, cuando hablamos de que los concesionarios
o titulares de derechos privativos de carácter consuntivo no puedan
ceder sus derechos, lo que intentamos evitar es que los contratos de
cesión sirvan para fomentar operaciones especulativas, dicho
claramente. Si desaparece el fin para el cual se otorga la concesión
no puede cederse el agua, en caso contrario, el particular se
apropiaría de la concesión.

En la enmienda 287, cuando el Partido Aragonés plantea que los
contratos de cesión sólo podrán tener lugar para aprovechamientos
dentro de la misma cuenca hidrográfica y si tuviera más tiempo
tendría posibilidad de extenderme no con argumentos políticos sino
con argumentos jurídicos, simplemente quiero decir que respecto al
principio de legalidad las transferencias de caudales entre distintas
cuencas sólo pueden ser aprobadas por ley del Plan hidrológico
nacional, según el artículo 44 de la Ley de Aguas, y en su
formalización se deben respetar posibles derechos de terceros.

A partir de ahí, y para terminar, dada la generosidad de la
Presidencia y del Grupo Parlamentario Popular, nuestra enmienda 292
plantea la supresión del apartado 14 del artículo 56 bis, en el
sentido de que para la autorización del uso de infraestructuras que
interconecten territorios de distintos planes hidrológicos, los
contratos de cesión tendrán que ser a través y por autorización del
director general de Obras Hidráulicas. Entendemos que supone también
una flagrante infracción del artículo 44 de la Ley de Aguas.

Podríamos decir más, pero lo que sinceramente quiero dejar claro es
nuestro más rotundo rechazo a esta reforma del agua, entendiendo que
para el caso concreto de Aragón lo que aquí se pretende y lo que se
va a conseguir es acrecentar los desequilibrios interterritoriales y
sobre todo, repito -lo he dicho anteriormente-, que sólo puedan pagar
el agua aquellos que tengan dinero para pagarla.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Vasco (PNV), para la
defensa de sus enmiendas, tiene la palabra el señor González de
Txabarri.




El señor GONZÁLEZ DE TXABARRI MIRANDA: Acumularé en este turno la
defensa de nuestras enmiendas, porque de las siete que presentó a
este proyecto de ley el Grupo Parlamentario Vasco se mantienen vivas
seis en este momento, una vez que hemos aceptado que la enmienda
número 5 se incorpore al informe de la ponencia, y de las seis
restantes cinco hacen referencia a preceptos anteriores al artículo
60 de la ley; la última enmienda, la número 11, que hace referencia
al artículo 71, deviene también del mismo razonamiento que aquel en
que se sustentan las enmiendas anteriores. Por todo ello, señor
presidente, como he intentado indicar, en este primer turno voy a
procurar justificar estas enmiendas que en general se basan como
parte nuclear en la posición que mantuvo el Grupo Parlamentario Vasco
sobre la legislación vigente sobre aguas, que cree que se sostiene en
la propuesta de modificación que se realiza ahora por parte del
Gobierno y que en lo que es el cuerpo doctrinal quedó claramente
expuesta en la pasada década cuando el Gobierno vasco acudió al
Tribunal Constitucional en el convencimiento de que la Ley de Aguas
en aquel momento -insisto en que esta ley en nuestra opinión, en lo
que se refiere al tema competencial sigue fallando del mismo pie-,
por estar respaldada por una interpretación del bloque de
constitucionalidad en lo que se refiere al reparto competencial
Estado-comunidades autónomas, en nuestra opinión estaba
inequívocamente escorada a favor de soluciones centralistas. No es
ahora el momento oportuno de fijar nuestra postura en relación con la
posición que hace una década dio el Tribunal Constitucional. Sí es
cierto, y creemos que es oportuno denotarlo ahora, que nos
encontramos ante demasiadas posiciones tendentes a conservar la mayor
parte de las opciones hechas por el legislador estatal por parte de
este Tribunal y que en nuestra opinión se hacen verdaderos encajes de
bolillos, ciertamente forzados de la realidad que se esconde tras los
dictados constitucionales de materias, en este caso en relación al
agua y a los recursos hídricos.

Desde nuestro punto de vista el proyecto de ley -y a esto vienen las
enmiendas que mantenemos vivas como grupo parlamentario-
indudablemente en su redacción competencial sigue escorado hacia la
senda marcada en estos procesos interpretativos del régimen
competencial con resultados y redacciones que el Grupo Parlamentario
Vasco no comparte y a los que achaca estas cinco objeciones que
entendemos que sería razonable matizar. Nos preguntamos, señor
presidente, hasta qué punto resulta razonable seguir pretendiendo
hacer valer que todo el complejo mundo que gira en torno al recurso
hidráulico deriva de una proyección o de una visión patrimonializada
del dominio público que en el fondo es lo que le otorga al Estado
patente de corso para desempeñar gran parte del papel ejecutivo que
se reserva y guarda en este proyecto de ley. Desde luego, si esa
pregunta se analiza en relación con la realidad de interdependencias
medioambientales, urbanísticas, económicas, agrarias, etcétera, que
hoy corresponden en el plano ejecutivo a las comunidades autónomas,
el resultado debe parecernos cuando menos sorprendente por las
disfuncionalidades que provoca y por la ineficacia que deriva de un
reparto competencial establecido en esos términos.




Como consecuencia y corolario de este planteamiento competencial
queda, en nuestra opinión, todo un complejo entramado en manos de la
Administración del Estado frente a un mero potencial de competencias
autonómicas, ciertamente complicadas de identificar una vez
establecida la premisa mayor, porque si ya es difícil que la
naturaleza



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haya trazado una cuenca intracomunitaria, después vendrá la
proyección intensa de la protección del dominio hidráulico que
justificará la competencia del Estado, y si no al final del túnel
quedará el uso del concepto del interés general que desgraciadamente
se interpreta sin ningún rubor frente a un supuesto interés
autonómico.

Como quiera que entrar en ese debate nos obligaría a solicitar y
requerir una revisión exhaustiva de toda la Ley de Aguas en otro
sentido, algo que en este momento y desde nuestra posición resultaría
ciertamente quimérico e inútil, simplemente mantenemos estas seis
enmiendas al proyecto de ley que inciden precisamente sobre aquellos
aspectos que nos resultan más llamativos y que vienen a constatar que
vemos bastante improbable que con este panorama organizativo de
competencias se pueda llegar a ser eficaz en el ejercicio de las
responsabilidades que atañen a los poderes públicos respecto al
recurso hidráulico, básicamente en cuanto a conciliar los intereses
particulares en pro de un uso eficiente de dicho bien.

En nuestra opinión, y en términos generales, consideramos positivos
los cambios de regulación para promover una mayor flexibilización del
régimen concesional. Seguramente los extremos más sensibles sobre el
nuevo régimen de cesión de derechos que se pretende establecer
estarán en el potencial de que se susciten mercados del agua y usos
especulativos del mismo. En nuestra opinión, ninguna de tales
amenazas estarán bien fundadas siempre y cuando existan garantías de
una tutela administrativa correcta, y por ello insistimos en lo
importante que es establecer un marco de competencias que evite
disfuncionalidaes y que derive en ineficacia administrativa. Desde
este punto de vista, tan sólo nos cabe advertir que ello dependerá en
gran medida del funcionamiento de las organizaciones administrativas
encargadas de la supervisión de los procesos y, dado este complejo
reparto competencial existente y sancionado, de que verdaderamente
funcionen los mecanismos de colaboración y cooperación entre las
distintas administraciones públicas.

Por otra parte, también podemos considerar positivamente un concepto
de obra hidráulica que reconocemos indudable como categoría
específica de la obra pública y que requería de esta concreción. Sin
embargo, nos parece un tanto absurda la manipulación a la que se ha
llegado con el concepto de obra pública hidráulica de interés
general. En nuestra opinión, lo de menos, señor presidente, es que su
declaración se lleve a cabo por real decreto, porque ciertamente lo
único que conseguimos es provocar actuaciones por vía de reales
decretos-leyes sin demasiada o ninguna justificación. No creemos que
el problema derive de esa catalogación. En nuestra opinión la
cuestión está en que alcancemos un mecanismo equilibrado para el
manejo de dicho concepto porque el proyecto de ley que analizamos ha
pegado tal bandazo que a nuestro juicio le llevaría al Estado a tomar
una decisión sin ningún tipo de contrapartida, esto es, sin ningún
tipo de garantía hacia la necesidad de que exista realmente una
colaboración eficaz entre administraciones, así como sin garantía
alguna de respeto a las competencias autonómicas. Es por eso que
mantenemos vivas las enmiendas números 6 a 11 presentadas por el
Grupo Parlamentario Vasco.

En el trámite de ponencia, el Grupo Parlamentario Popular anunció -y
hoy las ha repartido a todos los grupos parlamentarios- enmiendas
transaccionales a las números 6, 8, 9, 10 y 11, que entendemos
avanzan en el sentido de las propuestas formuladas por el Grupo
Parlamentario Vasco. En consecuencia, señor presidente, anuncio que
este grupo parlamentario va a aceptar las transaccionales que propone
el Grupo Parlamentario Popular, que SS.SS. tienen por escrito, y que
mantendrá viva la enmienda número 7 porque entendemos que el informe
previo que se solicita en el artículo 23, aunque no sea vinculante de
un organismo incardinado en la propia Administración el Estado, es
exigido en el proyecto de ley como requisito previo para el ejercicio
de las competencias propias de las comunidades autónomas,
constituyendo, en nuestra opinión, un condicionante indefinido de
dicho ejercicio competencial autonómico, es decir que se solicita por
parte de la Administración General del Estado ese informe, que además
no es vinculante, pero si no existe y no está claramente recogido, la
Administración del Estado cuenta con un recurso para poder
neutralizar las actuaciones que las comunidades autónomas puedan
presentar en relación a este tema.

Entendemos, además, que es una materia que está repetidamente
establecida por el Tribunal Constitucional en sentencias del año
1989, dos del 1996 y otra de 1998, que están en la justificación de
la enmienda, que consideran y declaran contrario al sistema de
distribución de competencias este tipo de previsiones, porque
condicionan las competencias autonómicas sin que exista para ello
cobertura en competencia estatal alguna. Aunque en los papeles que el
letrado ha repartido a los grupos parlamentarios se indica que el
Grupo Parlamentario Vasco retira esta enmienda, quiero manifestar a
SS.SS., señor presidente, que no es así, que el Grupo Parlamentario
Vasco mantiene viva la enmienda número 7.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias por su aclaración, porque
precisamente la Presidencia tiene constancia de que su grupo aceptaba
retirar la enmienda número 7 y no es así, la mantiene el PNV.

Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), tiene la
palabra el señor Sedó.




El señor SEDÓ I MARSAL: Yo también quería hacer una sola
intervención, pero me parece que será mucho más fácil y breve
intervenir ahora respecto al primer bloque al que sólo tenemos una
enmienda, enmienda que hace referencia a la consideración de obras
hidráulicas de interés general, a la temática competencial, y que ha
sido presentada una de estilo parecido -la número 8- por el Partido
Nacionalista Vasco, a las cuales se ha presentado, a su vez, una
enmienda transaccional por parte del Grupo Popular, transacción que
nuestro grupo va a aceptar y, por lo tanto, en su momento nosotros
retiraremos la enmienda número 267.

Simplemente intervengo para hacer constar ya en este primer bloque
que, prosperando la transaccional que ha sido presentada
conjuntamente con la enmienda número 8 del Partido Nacionalista
Vasco, nosotros retiraremos la enmienda número 267.




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La defensa de las seis restantes enmiendas la haré en el segundo
bloque.




El señor PRESIDENTE: Perdón, señor Sedó, son cinco.




El señor SEDÓ I MARSAL: Son cinco porque hay una que está aceptada en
ponencia, sobre la cual tendré que hacer una intervención también.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo, señor Sedó.

Por el Grupo Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra su
portavoz, don Pedro Ríos.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Voy a intentar defender el bloque de
enmiendas que va dirigido a la primera parte del debate, desde la
enmienda número 64 a la enmienda número 128.

La verdad es que nos encontramos con una situación compleja a la hora
de hacer las enmiendas concretas al articulado de la ley. Por un
lado, creo que esta ley está mal colocada en el trámite y en el
debate. El Gobierno anuncia un gran debate nacional sobre el agua a
través del Libro Blanco del agua y que, con posterioridad, se
tramitaría el plan hidrológico. Ahora bien, el Gobierno ha puesto en
marcha, a través de la ley que acompaña o amaña los presupuestos,
unas modificaciones de la Ley de Aguas que ahora intenta culminar con
esta tramitación. Por tanto, es una ley que debería de haberse hecho
después de haberse discutido el Libro Blanco del agua, después de
haberse hecho el plan hidrológico nacional, no antes. ¿Por qué?
Porque esta ley lo que hace es dislocar los objetivos que la Ley de
Aguas marcaba para esta planificación hidrológica, añadiendo dos
grandes filosofías.

La primera de estas filosofías es la que voy a discutir en este
bloque, que es la introducción de un mercado de concesiones más o
menos controlado, que facilita la respuesta al problema filosófico
que el Gobierno dice y anuncia de la política de ahorro, la gestión
de la demanda y todo lo demás, que se establezca una compra y venta
de concesiones en función del uso que se haga del agua. Pero lo peor
que tiene esta ley, que la culminamos hoy aquí, es lo tan anunciado.

¿Cómo iba a hacer el Gobierno esto? Pues a través del diálogo, a
través del encuentro, del consenso con todas las fuerzas políticas.

Pues han tenido poco tiempo. Ni en la fase del anteproyecto este
grupo ha sido consultado, orientado e informado, ni en la fase de
discusión de las enmiendas vamos a tener un tránsito suficiente,
parece ser que vamos a transar una enmienda de Izquierda Unida de las
111 que hemos presentado. Por tanto, el diálogo no sé con quién lo
han hecho ni para qué, pero desde luego esta ley no es fruto del
consenso ni del diálogo. ¿Qué hemos pretendido con las enmiendas?
Hemos puesto encima de la mesa dos grandes reflexiones: una, las
enmiendas que nosotros proponemos al texto que el Gobierno quiere
ofrecer, a la modificación de la Ley de Aguas que el Gobierno quiere
hacer. Hemos presentado a esa filosofía de modificación de la Ley de
Aguas una serie de enmiendas y hemos introducido -porque hemos
querido trabajar la Ley de Aguas y hacer aportaciones a este debate,
a este consenso nacional al que se nos invitaba-
las apreciaciones, las percepciones a través de enmiendas concretas
de lo que modificaríamos de la antigua Ley de Aguas del año 1985, lo
que desde la Ley del año 1985, que fue un paso adelante importante en
la ordenación, en la previsión, en la planificación y en la
denominación del agua, creíamos que podía ser mejorado. Por eso hemos
presentado una batería de enmiendas que va dirigida a la antigua Ley
de Aguas y no al proyecto del Gobierno. ¿Qué pretendíamos modificar
con las enmiendas que hemos introducido? Fundamentalmente cuatro
cosas: una, definir y concretar bien lo que entendemos nosotros que
es la propiedad, quién es el titular del agua, quién administra esa
titularidad y a quién corresponde esa gestión. Para nosotros, el
titular es la sociedad, por tanto, el agua es un bien social.

Segundo, como la sociedad en general difícilmente puede ejercer esa
titularidad, la ejerce bajo un carácter jurídico, que es el dominio
público hidráulico, que se resiente bastante de las propuestas que el
Gobierno nos ha hecho. En tercer lugar, quien administra ese dominio
público hidráulico es el Estado y las demás administraciones
públicas. ¿Qué filosofía queremos introducir? Un sistema de gestión
unitaria de todos los recursos que deben incluirse en el dominio
público.

El segundo bloque de enmiendas que nosotros hemos presentado a esta
ley antigua se refiere a precisar la definición de los márgenes que
debería de establecerse en relación a lo que era la previsión inicial
del año 1985. Las enmiendas números 68, 69 y 70 pretenden buscar
fórmulas para proteger los márgenes, dar trámite de audiencia a la
hora de las actuaciones que se hayan podido producir ahí y precisar y
delimitar cuál es el volumen de esos márgenes. ¿Por qué? Porque hoy
nos estamos encontrando, dentro de nuestra propia discusión, con que
hay una invasión permanente y poco respeto a lo que son los márgenes.

También establecemos una serie de enmiendas para modificar, ampliar y
precisar el funcionamiento de las confederaciones. Creemos que éstas
deben ser un instrumento público y no solamente para hacer obra
hidráulica, así como un instrumento de participación. Lo que
intentamos con nuestro bloque de enmiendas es añadir una serie de
precisiones, de participación, de articulación para que dentro de
ellas el funcionamiento sea más abierto, menos presidencialista,
porque hoy las confederaciones tienen un instrumento fundamentalmente
presidencialista.

Hay otro bloque de enmiendas dirigido a precisar los contenidos que
deberían recogerse en el Plan hidrológico de cuenca, como deberían
elaborarse y articularse los planes de cuenca; cuáles deberían ser
los contenidos -enmienda 107 al artículo 43, introduciendo un
artículo 43 bis-, la filosofía y la orientación del Plan hidrológico
nacional, y por último, lo que regula la propia ley con los artículos
109, 110 y 111, una mejora en el trámite contenido en dicho plan y la
filosofía que debería encarar. Es verdad que introducimos una
enmienda, que para nosotros es importante, como es establecer lo que
se ha dicho en filosofía que es un mal menor, las transferencias de
recursos: limitar, precisar en qué condiciones, de qué manera se
debería actuar cuando haya que actuar, porque al final esa es la
discusión de fondo, y establecemos unas mínimas garantías, una serie
de bases acerca de cómo y cuándo se deben de producir esas
transferencias.




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Dicho esto, que son nuestras aportaciones a lo que podríamos llamar
«antigua Ley de Aguas», me gustaría ceñirme a la discusión de la
propuesta del Gobierno. Yvoy a empezar por la parte final, la
introducción de lo que se viene en denominar el mercado del agua a
través de esa adición del artículo 56 bis que propone el Gobierno y
al que nosotros tenemos presentada una batería de enmiendas tanto al
artículo décimoctavo (artículo 56 bis), como al décimonoveno, que
pretende modificar los apartados 7 y 8 del artículo 57 de la vigente
Ley de Aguas, así como al que modifica el artículo 58 (a través de
una enmienda que se ha admitido en ponencia, no a través del texto
que traía el proyecto) y al vigésimo, donde modifican los artículos
59 y 60 de la propia Ley de Aguas. ¿Cuál es la filosofía con que
nosotros lo afrontamos? Hemos tenido algo así como tres
planteamientos a la hora de enmendar. El primero es la totalidad, la
mayor. No estamos de acuerdo con la articulación de una venta de
concesiones fuera de lo que debe de ser una regulación más rigurosa,
más estable. ¿Por qué? Porque provocará tensiones dentro de la
distribución y la prioridad sectorial que se establece en el uso del
agua, llamémosle, en primer lugar, prioridad establecida con
abastecimiento; en segundo lugar, agricultura; en tercer lugar,
industria; en cuarto lugar, ocio. Se sustituye porque hoy las
fronteras son muy complicadas de establecer. Les voy a poner un
ejemplo: abastecimiento es prioritario, pero dentro del
abastecimiento está todo el funcionamiento de jardines generales y
jardines particulares, ahí hay un gasto que se ha incrementado
muchísimo en los últimos tiempos con relación a lo que había hace 20
años.

En segundo lugar, un uso de abastecimiento a una ciudad con un
conjunto turístico significa también los complementos que lleva ese
uso turístico. Hay hoy ordenaciones urbanísticas que son complejos de
viviendas unidos a ofertas turísticas de ocio que son altos
consumidores de agua, por denominar así todos los complejos que han
aparecido en la costa mediterránea ligados al golf u otro uso de
deportes, y eso está como prioridad de abastecimiento, porque se
suministra desde el abastecimiento, no desde otra realidad.

Por tanto, la modificación del mercado del agua, la venta de
concesiones sin establecer unas garantías mínimas con la realidad
actual puede provocar que se deriven aguas que hoy tienen una
prioridad hacia otras que no son tan prioritarias, por ejemplo, regar
lechugas y tomates cuesta un volumen de agua y un precio a pagar para
poder obtenerlo en la venta de lechugas y tomates, pero para otro
ocio que tiene prioridad sobre él lo puede pagar más caro. Fíjense
que he puesto ejemplos de gran rendimiento y que hoy pueden pagar
agua a precio alto. Hoy una explotación de hortalizas puede pagar un
consumo de agua a precio alto; se está pagando entre 10 y 80 pesetas,
por ser prudente en la fórmula que se está estableciendo. Por tanto,
no solventa nada y añade un vicio.

Pero es que, además, entre la distribución se puede provocar un
tránsito de agua a nivel territorial por muchas garantías que dicen
que se han puesto. No es verdad. ¿Por qué? Porque se modifican
sustantivamente las confederaciones -otro bloque al que me referiré
después- con el funcionamiento, decisión y el instrumento que son
estas confederaciones, que al final se pueden privatizar y pueden
privatizar la función principal, que es administrar los recursos
hidráulicos básicos y hacer la obra hidráulica para poder
garantizarlos. Por tanto, si se generan empresas para poder actuar
sobre ellas y la decisión de la confederación es cambiada
sustantivamente, estaremos facilitando que hoy puedan aparecer
complicaciones de índole territorial a la solución de estas
concesiones.

Se nos ha dicho que esto no tiene ningún problema; que estamos
exagerando; que hay un mercado de agua controlado. Miren ustedes, hoy
tenemos hasta mercados negros, y si esto sirve para aflorar esos
mercados y la situación, yo no tendría ningún problema para
racionalizar, pero conforme está puesto aquí, no. Le voy a poner un
ejemplo de algo dicho hasta la saciedad por todos los comparecientes:
las concesiones se podrán dar. Lo explicaban aquí con una
tranquilidad manifiesta: si no voy a regar este año y me sobra agua,
se la puedo dar a otro agricultor, vendérsela para que él pueda
regar, es decir, se traslada la concesión de manera temporal. Y
pregunto yo: ¿Y la temporalidad para regar este año es de 45, 50, 60
ó 75 años? Porque si la vende usted deja de ser agricultor. Hay que
poner un tiempo. No se trata de que yo este año no plante y ceda la
hortaliza al frutal o al arbolado. No se trata de eso, que lo
aceptaría todo el mundo porque ya se está produciendo hoy, incluso
con la distribución de las comunidades de regantes. Lo que se produce
aquí es una venta de concesión. No estoy inventándome nada, señor
presidente, señorías. Se han comprado concesiones de pozos concretos
de explotación que han cambiado sustantivamente. Y se han comprado
a los propios productores que antes cultivaban determinadas
plantaciones. Han cambiado sustantivamente, han puesto una
explotación de alto estánding que lleva al lado otro tipo de
promoción.

Se ha producido, repito, un cambio sustantivo y nosotros no
compartimos esa filosofía. Hemos presentado una enmienda de supresión
con la 120. Por si acaso no es válida, una propuesta de Izquierda
Unida, la enmienda 121, con lo que sustituimos esa propuesta que hace
el Gobierno. Por si ninguna de las dos se tuviera en cuenta, hemos
presentado otras cuatro enmiendas precisas, concretas: la enmienda
118, que suprime los apartados del 1 al 10 que propone el Gobierno;
la 119, al apartado 12, y hemos introducido las modificaciones al
artículo 57 a través de las enmiendas 122 y 123. ¿Qué es lo que
estamos estableciendo? Estamos definiendo que la filosofía a la hora
de orientar la política de aguas pase primero por una planificación
de nuestros propios recursos y después por una serie de medidas que
no estarían dentro de esta reforma de la Ley de Aguas.

También hemos presentado una serie de enmiendas dirigidas a mejorar
la propuesta del Gobierno, señor presidente. Por ejemplo, ¿cuál es la
razón de que la desalación de agua del mar y la reutilización (o agua
que esté depurada) no entre dentro del conjunto del dominio público?
Dicen que es una actividad privada, el mar está ahí, que desalen,
después veremos cómo lo introducimos en cada uno de los sitios. No
compartimos eso. Lo que proponemos es que entre dentro de ese dominio
público.

Introducimos modificaciones con nuestras enmiendas 74 y 75 a la
propuesta del artículo 13 bis del Gobierno. Como he dicho antes,
modificamos sustantivamente los



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organismos de cuenca; introducimos una serie de modificaciones para
hacer más estable la participación de las comunidades autónomas
dentro del órgano de cuenca, enmienda 89, las entidades locales y
organizaciones sociales, a través de la enmienda 90, y cambiamos
sustantivamente las competencias de lo que hoy es la junta de
gobierno a través de las enmiendas 94 y 95. Fíjense -esta es la
filosofía de nuestras enmiendas a la actuación- que se trasladan
competencias actuales de la junta de gobierno al presidente del
organismo de cuenca. Es decir, se fortalece el presidencialismo del
organismo de cuenca (por cierto, que se nombra de la manera que se
nombra). Además, no se plantea bien la posibilidad sobre explotación
de acuíferos, que hoy día es uno de los problemas fundamentales que
tiene nuestro país, la realidad de unas personas que lo conocen y
dominan, que es el Instituto Geominero. Nosotros creemos que debe
usarse más ese instituto, que lo conoce, que lo ha estudiado y que
puede aportarnos infinidad de soluciones para lo que es hoy el
agotamiento de los acuíferos por su sobreexplotación, como la
posibilidad de regeneración.

Señor presidente, muchas son las enmiendas que hemos presentado a la
participación de los usuarios a través de la asamblea de usuarios,
añadir competencias al artículo 34 del proyecto del Gobierno, la
definición de obra hidráulica de interés general, etcétera. Nosotros
consideramos que hay que precisar más la definición que aquí se da,
porque al final, aunque sea de interés general, queda fuera de las
manos del administrador general, es decir, del interés público. Se
declara de interés general pero se pone en manos privadas para poder
actuar; por tanto, se deja fuera cualquier posibilidad de
racionalizar lo que ha sido una gran declaración.

En suma, señor presidente, no sólo la ley es manifiestamente
mejorable, sino que debe ser consensuable. Es malo para el país y
para los que estamos demandando una racionalidad en el tema del agua
que se vaya a una reforma de la Ley de 1985 sin el consenso
suficiente. Se me puede decir que en 1985 también se hizo una reforma
sin el consenso de toda la Cámara, incluido el grupo que yo podía
representar entonces, de acuerdo, pero si entonces demandábamos que
se articulara un mayor consenso hagámoslo ahora, y fíjese que he
partido de defender la Ley de 1985, sin haberla apoyado entonces en
su conjunto, porque yo creo que fue un paso adelante. Lo que estamos
haciendo hoy es una chapuza y un paso atrás.




El señor PRESIDENTE: Tiene ahora la palabra para la defensa de sus
posiciones, en nombre del Grupo Parlamentario Socialista, don Víctor
Morlán.




El señor MORLÁN GRACIA: Empezamos hoy en público, porque la sesión de
ponencia fue una sesión más restringida, en la que no se adoptaron
especiales acuerdos, sino que solamente se puso de manifiesto la
aceptación de algunas enmiendas y alguna oferta de transacción que me
imagino que se consumará en el día de hoy; empezamos hoy, decía, el
debate de una reforma no querida, que implica un paso atrás en la
configuración del uso y gestión del agua en España y que, aunque
desde nuestro punto de vista -hay que decirlo-introduce algunos
elementos positivos
que quedan reflejados en nuestra posición respecto a alguno de los
artículos que figuran en la misma, en lo que es el centro de la
reforma de la propia ley nos produce el rechazo más absoluto.

A los primeros sesenta artículos en que se divide el debate de este
proyecto de ley hemos introducido una serie de enmiendas, de las
noventa que en conjunto hemos formulado a la reforma de la ley, que
hacen referencia a aspectos que consideramos sustanciales en el
proyecto, y hay que utilizar este proyecto para consolidarlos y
fortalecerlos. Hay algunas que son de aclaración conceptual pero que
tienen una indudable incidencia, como puede ser la que hace
referencia a un artículo no modificado por el propio proyecto, que es
el artículo uno, cuando habla de las aguas superficiales y de las
aguas subterráneas. Entendemos que el término «renovables», que
figuraba en el texto de la Ley de 1985, en este momento es
inadecuado, sería bueno suprimirlo, y la verdad es que no entendemos
por qué razón, al menos en los primeros pasos que se han dado en este
debate en ponencia, esta supresión no es aceptada por el Grupo
Parlamentario Popular, el grupo que apoya al Gobierno.

Tenemos también una serie de enmiendas que tienen que ver con el
reforzamiento del dominio público hidráulico. Si estamos en una
situación algo especial en este mundo globalizado que nos rodea, en
el que se plantea el mercado como uno de los signos elementales de su
estructura -y en este caso concreto de la reforma de la Ley de Aguas
es uno de los aspectos que hay que destacar y al que luego haré
referencia-, es lógico que los poderes públicos tiendan a proteger
este dominio público hidráulico porque es un bien de uso público, un
bien general, un bien de interés de todos los ciudadanos, y por tanto
entendemos que las enmiendas que vayan encaminadas en esa dirección,
dentro de esta reforma no querida, debieran ser aceptadas por el
grupo que apoya al Gobierno, porque no creo que sea ninguna
barbaridad.

Cuando en nuestra enmienda número 183 queremos dejar perfectamente
claro el carácter de dominio público de las aguas procedentes de la
desalación, y no estamos hablando de la actividad, sino de las aguas
procedentes de esa actividad, creo que no es ninguna barbaridad
entender que forma parte del dominio público hidráulico, y sin
embargo no se acepta como tal por parte del Grupo Popular. Cuando
hablamos en la enmienda 185 de mejorar el dominio público hidráulico
mediante el control a través de un informe por parte de las
comunidades y ayuntamientos sobre los planes que se vayan planteando,
porque al fin y al cabo la competencia en ordenaciones del territorio
la tienen estas instituciones, tampoco pensamos que sea ningún tipo
de barbaridad, o cuando en la enmienda 188 tratamos de incluir la
referencia a las zonas inundables, tal y como figuraba en el texto de
la actual ley, porque me parece muy bien que se contemplen las
avenidas, pero ¿por qué razón hay que exluir las zonas inundables? No
se ha dado ninguna muestra de que dentro del dominio público
hidráulico tengamos una inquietud especial por esas zonas, que es
donde a veces ocurren algunas de las desgracias que han pasado en
España en los últimos tiempos, e indudablemente sacar la zona del
dominio público hidráulico no es la mejor forma de intentar
solucionar los problemas que se derivan



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del uso de esas zonas inundables para otro tipo de actividades. Por
ello entendemos que incorporarlas al dominio público hidráulico y
protegerlas, además de ser una garantía para las mismas, también es
una preocupación ambiental que existe en nuestras enmiendas y que nos
gustaría que fuera aceptada por el propio Gobierno, que desde el
principio la ha demostrado con la creación de un ministerio de medio
ambiente que en otro momento habrá que juzgar su eficacia, pero que
en este caso concreto tenía que haberla puesto de manifiesto a la
hora de hacer esta reforma que se plantea de la ley.

Hacemos también referencia, en nuestra enmienda 189, a las aguas
procedentes de desalación, y sigo hablando de la protección de
dominio público hidráulico porque es uno de los aspectos
fundamentales de nuestras enmiendas, y sigo diciendo que estas aguas
tienen que ser sometidas, tal y como planteamos en la enmienda, a lo
que dice la ley sobre utilización del dominio público hidráulico. La
actividad de desalación requiere una autorización administrativa,
y eso es lógico, pero entendemos que el uso del agua desalada, que es
otro de los conceptos, tiene que exigir una concesión administrativa,
y lo que planteamos es que, si ambas decisiones administrativas
proceden de diversos organismos, lo que hay que hacer es establecer
la necesidad de un expediente administrativo único, con la finalidad
de agilizar y flexibilizar el tratamiento de un proceso ciertamente
complejo y que no tiene por qué afectar de manera perjudicial a los
usuarios o a los que están deseando el uso de esas aguas procedentes
de desalación.

Nosotros también hacemos una referencia específica al reforzamiento
de las confederaciones hidrográficas. Entendemos que es incompresible
que ustedes no quieran regular en este proyecto de ley las sociedades
de agua. No se puede alegar que están ya reguladas por una ley
presupuestaria y que, por tanto, no tiene nada que ver. No, las
sociedades de agua van a gestionar -o quieren que se gestione, que
todavía no se ha gestionado casi nada-, según criterios o
indicaciones del propio Gobierno, gran parte de la obra hidráulica
que se va a hacer en este país, y esa obra hidráulica no puede tener
un carácter meramente presupuestario, esa gestión tiene que estar
involucrada en el marco normativo que establece la Ley de Aguas y,
por tanto, en el marco normativo que introduce esta reforma de dicha
ley. Lo que planteamos es que, si se dice, de boquilla, que las
confederaciones hidrográficas van a ser potenciadas y fomentadas y
que la legislatura próxima, si es que ganan, van a hacer todo lo
posible para que tengan los medios materiales y personales
suficientes, anticipemos un poco ese proceso. Si quieren ustedes que
funcionen las sociedades de agua, no nos gustan pero habrá que
hacerlas funcionar, ya que se han creado, pero no se carguen las
confederaciones, porque están haciendo un flaco servicio a la
preservación y conservación de la gestión del agua en nuestro país.

Lo que sí es cierto es que reformulamos en nuestras enmiendas una
nueva estructura de las confederaciones, en la que introducimos una
comisión permanente entre la figura del presidente y de la junta de
gobierno, además del consejo del agua de la cuenca, con la que
pretendemos que exista una gestión más eficaz de la propia
confederación y menos presidencialista, en la que haya una
representación de diversos sectores dentro de esa junta y de esa
comisión
permanente, que proceden de la junta de gobierno y que están
representados también en ella, como es lógico, y que pretendemos que
sean los que de alguna manera marquen la pauta del funcionamiento de
la confederación.

Incorporamos en nuestras enmiendas un aspecto fundamental, y es que
antes de la aprobación definitiva de los planes hidrológicos, en base
a esa preocupación medioambiental que creo que compartimos con el
Gobierno y que el Gobierno se anticipaba a la hora de constituir el
Ministerio del Medio Ambiente, se produzca una evaluación del impacto
ambiental que van a producir esos planes hidrológicos. Con esa
evaluación nos damos perfecta cuenta de cuáles son las consecuencias
que va a tener el desarrollo de esos planes y las medidas correctoras
que va a haber que establecer en su ejecución, con el fin de que el
deterioro medioambiental no sea el que en muchas ocasiones se ha
producido.

Entramos en lo que es el nudo gordiano de este proyecto de ley: el
mercado del agua, que unos dicen que no hay y otros decimos que sí
hay. ¿Por qué decimos que hay? Voy a hablar un poco del artículo 56
bis y luego defenderé el texto de nuestras enmiendas, porque
entendemos que se da la misma solución al problema al que se quiere
dar salida, siempre y cuando se pretenda eso, que yo creo que no, a
la vista del mal trance que van a llevar nuestras enmiendas.

Lo que hace el artículo 56 bis es decir que una persona que es
titular de una concesión puede ceder sus derechos a otra a cambio de
un precio. Eso en el derecho civil español se llama contrato de
compraventa. Pero aquí es más grave porque alguien está cediendo unos
derechos que no son suyos. Yo compro mi coche y lo puedo vender
cuando me dé la gana, pero yo tengo una concesión de agua, de derecho
y gestión de su uso, y no es mi agua, es el agua como un bien
público, cuyo uso se me cede para que durante un tiempo lo pueda
ejercitar y pueda atender las necesidades que figuran en la concesión
para regadío, para abastecimiento o para cualquier otra de las
actividades que figuran en la relación de usos del agua de la Ley de
Aguas. No vale que me digan que existe una garantía en virtud de la
cual ese contrato, una vez firmado por las dos partes, sin más
requisito va a la confederación para que ésta conteste en el plazo de
uno o dos meses. Por cierto, organismo de cuenca o confederación que
ustedes están debilitando de mala manera en los últimos tiempos y
que, por lo que veo, van a seguir en la misma línea. Lo curioso es
que mientras estas dos personas firman el convenio cuando les viene
en gana, como quieren y al precio que quieren, a la confederación se
le exige, no que diga si o no, sino que si dice no lo tiene que decir
perfectamente razonado. Lo que tiene que razonar perfectamente es el
sí, no el no. ¿Quién està defendiendo aquí el interés público? ¿Quién
está defendiendo que la gestión de un bien público se lleve a cabo
con las debidas garantías? Tendrá que ser la confederación la que
justifique el sí, no la que justifique el no.

Se me puede decir que este artículo elimina que haya determinados
grupos que accedan a obtener más concesiones de las que tienen, y
para eso en el artículo se dice: «Los concesionarios o titulares de
derechos de usos privativos de carácter no consuntivo no podrán ceder
sus derechos para usos que no tengan tal consideración». Yo soy
abogado, y muchos de los que están aquí también lo son, y sabemos



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perfectamente que cuando cogemos este artículo, le damos la vuelta y
nos vamos al punto 12, nos encontramos que dice: «Cuando razones de
interés general lo justifiquen, el Ministerio de Medio Ambiente podrá
autorizar, con carácter excepcional, cesiones de derechos de uso del
agua que no respeten las normas sobre prelación de usos...». De esto
se puede hacer una interpretación laxa, porque quien tiene el derecho
de usos privativos de carácter no consultivo, a lo mejor no podrá
cederlos, pero nadie le impide adquirirlos.

Si vamos analizando el conjunto del artículo, nos damos cuenta de que
esas famosas condiciones que la ministra ha defendido, de manera tan
destacada en muchos sitios, no son tales, porque existe una falta de
garantía inicial por parte de la Administración, que es la que tiene
que tutelar cualquier tipo de cesión de derechos de uso, y una
definición muy clara de que hay un contrato de compraventa. Desde el
momento que hay un contrato de compraventa estamos en un mercado,
cuando alguien entiende que el agua es un producto de mercado, me
tendrá que explicar si no es un uso privado del agua. No veo nada
claro que las cosas no sean así. Nosotros rechazamos este artículo 56
bis, además con la anécdota que plantean sobre la constitución de
centros de intercambio de derecho de uso del agua mediante un real
decreto, un principio general excesivamente genérico. ¿Qué
pretendemos nosotros? Nuestra propuesta alternativa al artículo 56
bis tiene que ver con lo que en principio parece que es la intención
a la hora de plantear este precepto: en situaciones excepcionales; me
gustaría que fuera así, que se comprenden no sólo las necesidades de
sequía, sino que se comprenda la protección de acuíferos, necesidad,
urgencia o situaciones excepcionales y zonas con escasez manifiesta
de recursos debidamente justificada, es decir, hemos abierto el
abanico de posibilidades en que se puede utilizar la cesión de
derechos de agua que viene recogida en la ley actual.

En las conversaciones que tuvimos con el Gobierno nosotros dijimos:
no modifiquen la ley sino que modifiquen y desarrollen el reglamento
y flexibilicen y agilicen el trámite administrativo de esta cesión de
derechos que se puede plantear de acuerdo con la Ley de Aguas
vigente. Pero eso no lo quisieron y dijeron que era bueno modificar
el texto...




El señor PRESIDENTE: Perdone, señor Morlán, le ruego vaya concluyendo
porque su tiempo ha sido rebasado con creces.




El señor MORLAN GRACIA: Acabo en un minuto.

Lo que nosotros planteamos es ampliar las posibilidades de
utilización del proyecto de ley en cuanto a la cesión de derechos de
uso, no sólo a sequías extraordinarias, sino a esos otros aspectos a
los que he hecho referencia anteriormente.




Además de regular un banco público de recursos hídricos como una
entidad pública empresarial acogida a la Lofage, hay una cosa que sí
me apetece destacar, y con ella termino, señor presidente, porque ha
sido objeto de interpretación, malévola sin duda, por parte de
algunos portavoces del Partido Popular. Dicen que nosotros estamos
abanderando los trasvases con nuestro texto. Me gustaría que
las cosas se leyeran tal como se deben leer, es decir, poniendo los
ojos sobre el papel y analizando letra por letra el contenido del
mismo. Nosotros estamos diciendo que si hay infraestructura de
transferencias, que esas infraestructuras de transferencias, esos
tubillos de conducción del agua de una cuenca a otra que puedan
existir, como ya existen en algunos casos, como en el trasvase Tajo-
Segura que viene en la ley, una vez hecha la infraestructura, una vez
hecho el tubo del trasvase del agua de un sitio a otro, de
interconexión de cuencas, que se haga por real decreto. No hay ningún
problema. El problema está en hacer o no esa interconexión de cuenca,
pero una vez hecha, repito, si hay que intentar por otros medios que
haya agua en todas partes y que los elementos de solidaridad
funcionen, habrá que aprovechar las que existan, pero para eso hace
falta que existan esas infraestructuras. Nosotros, con nuestra
enmienda, en ningún momento planteamos la legalización o la
instauración de infraestructuras hidráulicas con interconexión de
cuencas a través de un real decreto. Eso es falso y quien lo quiera
interpretar así lo único que tiene es mala fe respecto a la
elaboración de nuestras enmiendas.

Nada más, señor presidente. Doy por defendidas las enmiendas que
figuran en estos sesenta primeros artículos. Me gustaría que el
Partido Popular reflexionara más seriamente sobre el contenido de las
mismas y aceptara aquellas que implican el fortalecimiento de algunos
aspectos fundamentales de este proyecto de ley.




El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario Popular,
¿intervendrá un único portavoz?



La señora DE LARA CARBÓ: Intervendremos dos portavoces.




El señor PRESIDENTE: Por un tiempo máximo de diez minutos que la
Presidencia está interpretando con cierta flexibilidad, sobre todo
con los grupos que presentan muchas enmiendas, tiene la palabra doña
María Teresa de Lara, tiempo máximo de diez minutos que se reparte
con el otro portavoz.




La señora DE LARA CARBÓ: Señorías, estamos ya en la recta final del
debate sobre la modificación del proyecto de ley de aguas y, en
contra de algunas de las aseveraciones que se han vertido aquí esta
mañana, sí podemos afirmar que la modificación del proyecto de ley de
aguas pretende ser un instrumento que resuelva los problemas de
gestión del agua que están planteados.

Por una parte, se trata de dotarnos de nuevos recursos hídricos,
acudiendo a nuevas técnicas como la desalación y la reutilización y,
por otra, de incentivar políticas de ahorro del recurso. El proyecto
de ley pretende resolver la insuficiencia del régimen legal de la
desalación y la reutilización, la escasa relevancia de incentivos
normativos para una política de ahorro en el consumo, el vacío legal
respecto a la obra pública hidráulica, la escasa autonomía de
decisión que se reserva a los usuarios respecto a la gestión del
recurso, el grave problema de nuestras aguas subterráneas
sobreexplotadas, desconocidas en gran medida, contaminadas y en
muchos casos sin sistemas de gestión eficaz, la falta de coordinación
entre las distintas administraciones y la necesidad



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de impulsar el deslinde del dominio público hidráulico. (El señor
vicepresidente, Ballesteros Morcillo, ocupa la Presidencia.)
Se han vertido aquí muchísimas afirmaciones con las que no podemos
estar de acuerdo. Por ejemplo, el señor Rodríguez, del Grupo Mixto,
ha expresado el carácter centralista y la falta de protagonismo de
las comunidades autónomas en este proyecto de ley, cuestión
absolutamente falsa porque una de las banderas del Grupo
Parlamentario Popular y del Gobierno de la nación es un respeto
absoluto a las competencias autonómicas que se manifiesta no
solamente en este proyecto, sino en todos los proyectos de ley y en
todas las intervenciones y acciones del Gobierno. También se ha
puesto en duda el carácter público de las aguas, argumento repetido
por varios portavoces, lo cual, señorías, no tiene ningún sentido,
dado que el proyecto de ley respeto profundamente la tutela pública
sobre el agua como recurso natural hasta el punto de declararlo
dominio público, sólo permitir su uso en virtud de autorización y
concesión, establecer nuevos preceptos de protección ambiental y una
amplia facultad de policía a favor de la Administración. Creo que a
estas alturas no podemos seguir hablando de que se pone fin al domino
público hidráulico porque es absolutamente falso.

Comprendo que los grupos parlamentarios defiendan sus enmiendas y
cada uno tenga una visión, visión que, por supuesto, hay que respetar
aunque no aceptemos; lo que no es de recibo es verter falsedades y
decir que yo digo cosas inciertas, ya que siempre quedará algo. Con
esta actitud el Grupo Parlamentario Popular no está de acuerdo, sí
respeta otras opiniones, pero no acepta mentir constantemente para
que siempre quede algo por ahí.

Se ha hablado aquí de introducir un mercado del agua, mencionado por
varios grupos. Respeto profundamente la consideración que tienen de
lo que es un mercado del agua, pero aquí no hay ningún mercado del
agua y SS.SS. lo saben perfectamente. Aquí lo que hay es una
flexibilización del régimen concesional con el objeto de hacerlo más
ágil y con el objetivo fundamental, que aquí no se ha mencionado, de
ahorrar agua. Porque curiosamente, señorías, aquí nadie ha dicho que
en la Ley de Aguas del año 1985 no había ni una sola medida para
ahorrar agua y, por supuesto, en ninguna de las propuestas que han
presentado los distintos grupos parlamentarios. Ni el Grupo
Socialista ni el Grupo de Izquierda Unida ni el Grupo Mixto han
presentado ninguna medida tendente a ahorrar agua. Por consiguiente,
seamos serios y veamos que no hay mercado del agua, hay una
flexibilización del régimen concesional con un objetivo claro del
Gobierno, especialmente importante en esta incipiente sequía, que es
el ahorro de agua.

El representante del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida ha dicho
que querían un mejor funcionamiento de las confederaciones
hidrográficas, pero el funcionamiento que ellos proponen es crear un
órgano, que llaman consejo general, al que atribuye, entre otras
funciones, la elección del presidente del organismo de cuenca. Esta
propuesta -y creo que el señor Ríos lo sabe perfectamente- no es
admisible por cuanto desnaturalizaría la participación de los
usuarios en el gobierno real de la confederación a través de la junta
de gobierno.

En cuanto a la elección del presidente del organismo de cuenca por
este consejo general, ya sabe que a diferencia del nombramiento por
el Consejo de Ministros, no es aceptable, porque las confederaciones
hidrográficas son organismos autónomos de la Administración general
del Estado y sus presidentes son altos cargos de la misma.

El señor Morlán ha insistido en que hay que reforzar el dominio
público hidráulico. Creo que no hay que reforzarlo, está
completamente reforzado. El agua es un bien de domino público
hidráulico, tal y como establece el proyecto de ley y, por
consiguiente, reforzar lo que ya está establecido no creemos que
tenga demasiado sentido.

Respecto a la desalación del agua del mar, en la que S.S. ha podido
ver en el proyecto de ley cuestiones confusas, lo único que hace la
ley es que no separa aguas públicas de aguas privadas, sino la
aplicación del régimen jurídico del domino público marítimo-terrestre
del régimen jurídico del dominio público hidráulico. ¿Qué es lo que
se puede hacer libremente? Se puede hacer libremente la actividad
industrial de desalación. Se aplica hasta este punto del proceso la
protección prevista en la Ley de Costas para el régimen jurídico del
dominio público marítimo-terrestre y a partir de otro momento la
protección de la Ley de Aguas para el régimen jurídico del dominio
público hidráulico. Si el señor Morlán es abogado, como ha indicado,
seguramente ya se habrá percatado de la diferencia que se establece.

Se ha referido S.S. de nuevo a las confederaciones y las sociedades
estatales. Seguramente ustedes saben y conocen perfectamente que las
confederaciones se han creado con ámbito territorial coincidente con
las sociedades estatales. El presidente de la confederación es el
presidente de la sociedad estatal y la sociedades son promotoras de
la construcción y explotación de unas obras que ha decidido la
confederación y su plan hidrológico de cuenca.

Tampoco estamos de acuerdo con crear este nuevo órgano que ha
indicado el portavoz del Grupo Socialista llamado comisión
permanente, en la estructura de gobierno de las confederaciones, ya
que eliminaría en gran medida el carácter participativo de la actual
junta de gobierno, reduciendo la presencia de los usuarios en la
gestión de las confederaciones.

La administración hidráulica, señorías, con el contrato de cesión
sigue marcando las grandes líneas directrices que son aquellas que se
vinculan a un interés general en materia de aguas, es decir, decide
qué aguas se usan, dónde se usan y para qué se usan.

Finalmente y como última aclaración, el que tiene una concesión no
vende el agua; el que tiene una concesión lo que transmite es el
derecho a utilizar ese agua. Es un matiz que ustedes conocen
perfectamente y sobre el que tampoco vamos a insistir.




El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): En una segunda
intervención, por el Grupo Popular tiene la palabra el señor Pintado.




El señor PINTADO BARBANOJ: Con cierta brevedad empezaré diciendo que
la reforma que ha planteado el Gobierno sobre la Ley de Aguas se ha
visto claramente en su propia composición que no tira por tierra la
ley anterior de 1985. Ahora bien, la reforma de esta ley trata de com
plementar



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una serie de lagunas jurídicas que se han visto en la aplicación de
la ley durante sus catorce años de vigencia. En definitiva, es una
ley que pretende permitir en este caso una política de ahorro, una
política que tenga mayor sensibilidad con el tema medioambiental, una
política que regule las obras hidráulicas que nos han causado graves
problemas durante estos últimos años en su aplicación jurídica a la
hora de establecer los regímenes oportunos en cada una de ellas y
también la reforma de esta ley permitirá establecer una política de
ahorro a través de la reutilización de aguas residuales y a través de
la propia desalación.

Alguno de los portavoces ha vertido alguna incorrección al referirse
a la incorporación de la desalación de aguas y decir que no forma
parte del dominio público hidráulico. Les recordaría que en el
artículo 12, e) aparece una referencia explícita para que se tengan
en cuenta las aguas desaladas dentro del dominio público hidráulico y
a partir de ahí funcionarán con el régimen actual que ya establecía
la anterior ley.

Desde el punto de vista del ahorro del agua, lógicamente la
obligatoriedad de los sistemas de medición que la ley actual va a
imponer a todos los usuarios del agua no es una cuestión originaria
de este Gobierno, porque me gustaría recordar a todas aquellas
comunidades autónomas que están desarrollando reglamentos, órdenes o
decretos a la hora de transformar, de poner en marcha medidas de
mejora de las superficies agrarias, cómo en uno de los apartados que
aparece en la totalidad de estas normativas elaboradas por las
comunidades autónomas aparece la obligatoriedad de establecer
sistemas de medición, con todo ello lo único que hace la ley es
adecuar una necesidad de la que los propios ususarios se han estado
dando cuenta y que, en definitiva, repercute directísimamente sobre
un bien que es un uso racional, un uso integral del agua, cuyo
aprovechamiento debe ser lo más eficaz posible.

También quiero indicar, tal y como decía el portavoz del Grupo
Socialista, que para ellos el nudo gordiano de esta ley es el
artículo 56 bis en cuanto que ellos tratan de integrar y de imponer
una serie de conceptos que calen fácilmente ante la opinión pública
al decir que es un mercado del agua. No será un mercado del agua
porque el agua no se vende, el agua no tiene precio, esta ley no pone
ningún precio al metro cúbico ni al litro de agua, única y
exclusivamente deja a las partes con unas cautelas para que la
Administración pueda poner unos máximos a los precios, para crear un
instrumento positivo, un instrumento incentivador de ahorro de agua.

En definitiva, consideramos que tiene suficientes cautelas el
proyecto de ley para que no se produzca ningún abuso ni especulación
con los usos del agua. Habrá que recordar, y se ha dicho por activa
y por pasiva, que la práctica de estos sistemas, no es la panacea para
solucionar los problemas hidráulicos de nuestro país, que es la
panacea para solucionar grandes dificultades que giran en torno a la
materia hidráulica, pero va a solucionar, y nos vamos a dar cuenta de
ello, cómo en épocas de sequía se puede aplicar este mecanismo que va
a tener una eficacia probada.

Daré un dato referido a un mecanismo muy parecido que existe en el
Estado de California en Estados Unidos donde se ha tenido que aplicar
en alguna ocasión estos tipos de cesiones de contratos y donde las
operaciones de este
tipo no han llegado prácticamente al 4 por ciento del volumen total
del agua, aunque sí que han solucionado problemas en cuanto al
abastecimiento de municipios puesto que ha habido otros
concesionarios que han podido ceder sus derechos.

Con relación a los usos agrarios, que es el mayor consumidor, como
todo el mundo conoce, me parece que esta es una medida que va a poner
a prueba la capacidad de aplicar nuevas tecnologías por parte del
sector agrario para que, con menos agua de la que está consumiendo,
se pueda dedicar también el agua sobrante a esas otras zonas que
estarían en estos casos con una dotación menor de la que realmente
necesitan para sacar adelante sus cultivos.

En definitiva, en esta primera parte de nuestra exposición queremos
recalcar y hacer especial referencia a lo que supone esta política de
ahorro de agua por estos mecanismos que el Gobierno crea a través de
la reforma de la Ley de Aguas.




El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): Vamos a recordar a
los grupos que quieran pedir votación separada que preparen y ordenen
por escrito la petición que vayan a hacer a la Mesa para un mejor
control de dichas votaciones al final de la sesión.

Vamos a continuar con el segundo bloque.

El señor Chiquillo, por parte del Grupo Parlamentario Mixto, tiene la
palabra.




El señor CHIQUILLO BARBER: En primer lugar, intervengo para dar por
defendidas las enmiendas de otros diputados integrados en el Grupo
Parlamentario Mixto, ausentes en la sesión de hoy, presentadas a esta
segunda parte del debate que ordena la discusión y debate de los
artículos 60 hasta el final del proyecto de ley de modificación de la
Ley de Aguas.

Intervengo en nombre de Unión Valenciana para defender en un segundo
turno las enmiendas referidas a los artículos 60 hasta el final y que
voy a detallar una por una. La primera de ellas es la número 33, en
la que hay un ofrecimiento de transacción por parte del Grupo
Parlamentario Popular referido al último párrafo, del apartado 2, del
artículo 74, de la Ley de Aguas, que es acertado y que consiste en
incluir las expresiones: de acuerdo con la costumbre del
procedimiento propio de los mismos, garantizando los derechos de
audiencia y defensa de los denunciados. Esta enmienda número 33, al
artículo 74, es la que hace referencia a la vigencia, plenitud y
garantía de los derechos del principio de legalidad de los jurados de
riego para dirimir cualquier tipo de conflicto o controversia que se
pueda originar. Se ha presentado esa enmienda transaccional a un
apartado en concreto de este artículo 74, pero mantenemos la enmienda
33, que modifica los apartados 3 y 4 y que profundiza en este
principio de legalidad para que se guarden y se hagan guardar los
derechos de los usuarios en cualquier tipo de conflicto que pudiera
suscitarse en el uso del agua, en las conductas por parte de los
regantes en torno a ese principio de legalidad que se ha de preservar
y que es la intención última no sólo del apartado 2 de mi enmienda,
sino también del 3 y del 4 de este artículo 74. Aceptamos esa
transacción ofrecida al artículo 74, apartado 2, pero mantenemos el
resto de enmiendas, a los apartados 3 y 4.




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La enmienda número 34 hace referencia a la propuesta del proyecto
presentado por el Gobierno al artículo 76, apartado 4, en el que
solicitamos que se añada un nuevo epígrafe d), que es el que hace
referencia a las atribuciones de la junta de gobierno de las
comunidades de usuarios. Entendemos que concedida la vía
administrativa de apremio a las comunidades de regantes, como se
recoge en el artículo 76.4 de la Ley de Aguas, debería autorizarse a
la junta de gobierno con un número apartado d), para que se designen
los cargos que componen la Mesa de Subastas y adapte la aplicación
del reglamento general de recaudación previsto para la Administración
estatal a la estructura y funcionamiento de las comunidades de
regantes. Sería importante esa designación de cargos, que compondrían
esa Mesa de Subasta y adapte la aplicación del reglamento general de
recaudación previsto por la Administración general del Estado a la
estructura y funcionamiento de las comunidades de regantes.

La enmienda número 35, al punto vigésimo noveno, pretende una nueva
redacción del párrafo 4 del artículo 92, dándole un contenido de
adición, que consistiría en el literal: En concreto, cuando el
vertido se produzca en cauces privados, acequias, etcétera, será
necesaria la autorización del titular de las mismas. Pensamos que es
un derecho que no puede hurtársele al propietario, al titular que
tiene que dar esa autorización.

Las enmiendas 36 y 37, al artículo 101 del proyecto de ley, una al
apartado 2 y otra de adición nueva relativa a un nuevo apartado
número 6, se refieren a la reutilización de aguas. Nuestra propuesta
de modificación de ese artículo 101.2, enmienda 36, alude a que
debiera aparecer la expresión: la reutilización de las aguas
depuradas, en lugar de la expresión que aparece en el texto del
proyecto de ley que habla de la reutilización de las aguas
procedentes de un aprovechamiento. Pensamos que es más afortunada la
expresión: la reutilización de aguas depuradas, porque -y esa es la
justificación- la reutilización de las escorrentías contribuye a la
mejor utilización del agua concedida. La enmienda número 37, es una
propuesta de adición de un nuevo apartado 5 del artículo 101. Este
artículo no se refiere a la reutilización de aguas de retorno por las
comunidades de regantes dentro de su zona regable en tanto las aguas
no hayan salido del sistema de explotación de recursos. Esa
aclaración es importante y por eso creemos que esta propuesta de
adición al artículo 101.6 debe aparecer en el articulado de la ley de
forma concisa y expresa.

La enmienda número 38 es de supresión del punto trigésimo sexto,
apartados 2 y 6 del artículo 106. Pensamos que es importante en lo
referente al régimen económico financiero. Es fundamental que tanto
en el artículo 106.2, tarifas de utilización, como en el artículo
106.6, factor corrector de los cánones, se contemplen estas
apreciaciones, ya que entendemos deben suprimirse de este artículo
106 las consideraciones sobre posibles modificaciones del régimen
económico financiero vigente. La justificación está en que el
presupuesto de las confederaciones hidrográficas se cubre en su
totalidad por los usuarios, por lo que en virtud del apartado 2 de
este artículo 106 supondría duplicar una parte de los pagos
efectuados por los mismos. En lo referente al apartado 6, la
aplicación de una tarifa con penalizaciones resultaría de todo punto
injusta, al menos que se
cuantificasen los flujos de retorno que se devuelven al propio
sistema implicado. En todo caso, los planes hidrológicos contienen
suficientes medidas para conseguir el ahorro del agua; el problema
del excesivo consumo es la infraestructura y su solución es la
modernización de los regadíos y no la política tributaria. Por tanto,
han de hacerse los esfuerzos necesarios hacia la modernización de
regadíos y no tener un afán excesivamente recaudatorio. Mantenemos
esta enmienda y avalamos su planteamiento y su justificación en unas
consideraciones sobre las posibles modificaciones del régimen
económico financiero vigente. En primer lugar, el caudal ecológico
debe tener el mismo tratamiento que el coeficiente reductor que se
aplica por laminación de avenidas y, en segundo lugar, en las
situaciones excepcionales de sequía extraordinaria, como la que ahora
nos afecta -contempladas en el artículo 56 de la Ley de Aguas-, debe
eximirse a los beneficiarios del pago del canon o la tarifa precisa
porque, al no haber agua, no han podido beneficiarse de la obra. En
todo caso, su pago deberá hacerse en proporción al agua suministrada
y verdaderamente utilizada para el consumo agrario o humano que pueda
verse afectado por esta sequía extraordinaria que se está sufriendo y
cuyas consecuencias no pueden ocultarse.

En la enmienda número 39 proponemos que se contemple la figura de las
comunidades generales. El Grupo Parlamentario Popular nos ha hecho
saber que ofrecen una enmienda transaccional y nosotros la aceptamos
en los términos en los que se nos plantea.

Por último, en la enmienda número 40 solicitamos la inclusión de una
nueva disposición adicional quinta, que diga: Se entenderán incluidos
en el catálogo de aprovechamiento de aguas privadas todos los
aprovechamientos de aguas calificadas como privadas existentes con
anterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Aguas de 1985 y que
no se hubiesen inscrito en el registro de aprovechamiento de aguas
privadas. Pensamos que esta enmienda es importante porque, con la
inclusión de esta disposición adicional, se solucionaría la
problemática existente y la inseguridad que se causa a los
propietarios de los miles de pozos que en la actualidad no se
encuentran inscritos. Con la inclusión de este párrafo se puede
solucionar este problema y se corregiría una clara situación de
inseguridad que se vive hasta el día de hoy. Por lo tanto, esta
reforma de la Ley de Aguas podría contemplar este planteamiento que
Unión Valenciana hace hoy llegar aquí, porque lo hacen los
agricultores, los usuarios y aquellos que aprovechan un agua privada,
mediante el que se podrían inscribir y legalizar, con lo que se daría
seguridad jurídica a una demanda que desde el año 1985 se viene
haciendo al Ministerio por parte de diversos sectores y usuarios de
concesiones de agua. Apelamos a ese sentido de responsabilidad por
parte del Gobierno y esperamos que se admita esta enmienda número 40,
porque cubriría un déficit, atendería una demanda y daría
satisfacción a una inseguridad jurídica que no beneficia a nadie.




El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): Muchas gracias, señor
Chiquillo. En relación con la enmienda número 39, la Presidencia no
le ha entendido si aceptaba o no la transaccional del Grupo
Parlamentario Popular.




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El señor CHIQUILLO BARBER: Aceptamos las transaccionales, tanto a la
enmienda 33 como a la enmienda 39, pero eso no excluye que en la
enmienda 33 mantengamos los apartados que planteamos en una enmienda
a los artículos 74.3 y 74.4. Aceptamos la transaccional a la enmienda
33 en relación con el artículo 74.2, pero mantenemos el resto de la
enmienda 33 y aceptamos la transaccional a la enmienda 39
íntegramente; por lo tanto, ya no quedará más por votar en esa
enmienda número 39.




El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): Muchas gracias, señor
Chiquillo, así queda recogido.

Para la defensa de las enmiendas del Grupo Parlamentario de Coalición
Canaria, tiene la palabra el señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Comienzo diciendo que la enmienda número
42, que estaba dirigida al apartado vigésimo octavo del proyecto que
remite el Gobierno, que afecta al artículo 90.2, ha sido aceptada en
el trámite de ponencia y, por tanto, no hay causa para su
mantenimiento.

La enmienda número 43, que era una enmienda de supresión y estaba
dirigida al apartado vigésimo noveno, que afecta al artículo 92.1, la
retiro en este momento, señor presidente, al haberla contrastado con
el articulado subsiguiente en relación con las autorizaciones
administrativas para los vertidos, ya que quedan suficientemente
objetivadas con el trabajo que se ha realizado en la ponencia.

Mantengo la enmienda número 44, de adición, dirigida al precepto
trigésimo quinto, que afecta al artículo 105.3. Nosotros proponemos,
señor presidente, que al final del punto 3 de este artículo 105 se
añada la frase: así como por la mayor calidad ambiental del medio
físico en que se vierte. ¿Por qué planteamos esta enmienda? El
principio inspirador de la ley debemos entenderlo como un valor
total, es decir, no se puede valorar solamente la negatividad de un
vertido. Lo que trata de corregir la ley se efectúa en un escenario
en el que hay un binomio de factores, y uno de ellos es el producto
vertido. El proyecto de ley señala una serie de restricciones y de
valoraciones objetivas para establecer la negatividad del producto
vertido, pero he hablado de un binomio, que a mi juicio es
interactivo. El otro factor de ese binomio es el escenario ecológico
o medioambiental donde se produce el vertido. A los efectos de este
proyecto del Gobierno y como bien hace su articulado, podemos valorar
el vertido fijándonos en aspectos cualitativos y cuantitativos. En
cuanto a los aspectos cualitativos, qué componentes, químicos o
físicos, puede contener ese producto vertido -lo que llamaríamos el
vertido en la ley- y que sería necesario eliminar con las técnicas
físico-químicas pertinentes; después, el aspecto cuantitativo, porque
no es lo mismo un vertido, con las mismas condiciones organolépticas,
de 10 metros cúbicos que de 500.000 ó de un millón de metros cúbicos.

Además hay otra legislación, por ejemplo, en el Ministerio de Obras
Públicas y en el Ministerio de Medio Ambiente, sobre el impacto
ecológico. Señorías, cada proyecto de obra civil -de infraestructura,
un puente, un edificio-, siendo el mismo como tal proyecto en el
estudio del arquitecto o del ingeniero que lo ha diseñado, cuando se
coloca como obra física realizada en su escenario medioambiental,
ocasiona un impacto diferente.

Fijémonos que siendo el mismo proyecto, con la misma cantidad
de cemento o de hierro -un puerto, una estación de ferrocarril, una
carretera o un edificio-, hay que valorar el impacto ambiental; está
en nuestra legislación fundamental. Sírvanos de ejemplo el lamentable
y reciente de la presa de Aznalcóllar en cuanto al efecto del impacto
ambiental de un vertido. No es lo mismo un vertido de ese producto al
lado de un parque nacional, de un espacio natural protegido que en
una zona desértica y esteparia donde su impacto ambiental es
distinto. Con nuestra enmienda se perfecciona el régimen disuasorio
que tiene que tener esta ley. Todo el que haga un vertido, aparte de
las condiciones organolépticas del producto, aunque esté lo más
depurado posible, debe saber que el impacto depende de dónde se
produzca el vertido, y esto es lo que nosotros llamamos el pago por
el impacto ambiental que eso causa. No es lo mismo un vertido en
aguas marinas con fuertes corrientes submarinas, donde no hay una
gran cantidad de fauna piscícola, que un vertido donde hay caladeros
de pesca, zonas de marisqueo o zonas de pesca costera, donde su
impacto es verdaderamente catastrófico y demoledor, frente al mismo
producto, pero vertido en otro escenario ecológico. Nosotros queremos
plantear aquí lo que en otra legislación, de los ministerios
correspondientes y de las comunidades autónomas, se llama impacto
ambiental. Afortunadamente, por la legislación de que disponemos, hoy
no se realiza en España un proyecto de obra pública, de
infraestructura, sin que tenga que aportarse un informe relativo al
impacto ambiental, porque el efecto que produce esa carretera o ese
puente es totalmente distinto si se realiza en un sitio o en otro.

Por eso, nosotros proponemos que el canon sea más elevado si el
vertido se realiza en espacios de alto valor ambiental. El proyecto
del Gobierno, en su artículo 105, solamente valora y cuantifica el
canon de control de vertidos en razón del precio unitario de ese
producto que se vierte, y ahí es donde pone, digamos, la sanción.

Oiga, usted tiene que pagar un canon de control de vertidos en razón
de las calidades organoeléctricas que tiene ese producto vertido,
pero se olvida del escenario donde se hace el vertido, y esto es lo
que trata, razonablemente y con sentido común, de considerar nuestra
enmienda. (Rumores.)



El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): Señor Mardones,
perdone. Señorías, vamos a guardar un poquito de silencio para que la
presidencia pueda escuchar al señor Mardones. Continúe.




El señor MARDONES SEVILLA: Se lo agradezco, señor presidente, porque
ya ni me oía. Muchas gracias.

La enmienda número 45, que estaba dirigida al párrafo 3 del artículo
105, la retiramos, señor presidente.




Solamente ya me queda defender de estas cuatro enmiendas, habiendo
retirado dos, la segunda de las que mantenemos para este debate, que
es la enmienda número 46, donde proponemos en el apartado trigésimo
quinto correspondiente al artículo 105.6 de la Ley que modificamos
del año 1985, introducir en su apartado 6 -respeto todo el texto que
trae el proyecto- una advertencia porprincipio de seguridad jurídica,
mediante la frase en la línea



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tercera después de donde dice que se refiere al artículo 92, coma:
con independencia de la sanción que corresponda. Es importante que el
infractor tenga el pleno conocimiento de que aunque el organismo de
cuenca liquidara con ellos el canon de control de vertidos por los
ejercicios no prescritos, como aquí se trata de una infracción tiene
que estar evidenciado literalmente en el texto: con independencia de
la sanción que corresponda.

Es decir, el que ha efectuado este vertido ha cometido una
infracción, y sin perjuicio de la aplicación del canon, por el
principio sancionador, que es el principio que hace que esta ley
tenga unos efectos de ejemplaridad y disuasorios, tiene que saber
que, aunque le pague al organismo de cuenca, el canon que le aplique
tiene que satisfacer y pagar la sanción correspondiente por la
infracción que ha cometido. De eso no debe quedar ninguna duda cuando
traten de aplicar las autoridades administrativas este artículo 105
en su apartado 6. Porque fijémonos que el propio enunciado de este
apartado 6 dice: Cuando se compruebe la existencia de un vertido,
cuyo responsable carezca de la autorización administrativa a que se
refiere el artículo 92... ¡Cómo!, ¿que usted no tiene autorización
administrativa? Usted acaba de incurrir en una falta administrativa y
para eso se fija la correspondiente sanción de acuerdo con lo que
estab lezcan en sus respectivos reglamentos las organizaciones y la
estructura que va a regular esto con los organismos de cuenca. Aparte
de eso le haré a usted la liquidación de canon de vertido como si
hubiera ya dispuesto de la correspondiente autorización
administrativa.

Señor presidente, este artículo está regulando el supuesto de un
vertido ilegal, de una ilegalidad contra la Ley de Aguas, y, por
tanto, ese hecho ya de por sí inicia un proceso sancionador que hay
que satisfacer, aparte de lo que ya se deriva del ordenamiento normal
de inexcusable exigencia de una autorización de la cual se deriva el
derecho de devengar un canon.




El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): Señor Mardones,
entendemos que le quedan las enmiendas números 41, 44 y 46, por haber
retirado la 43 y 45.




El señor MARDONES SEVILLA: Exactamente, la 41 que venía del bloque
anterior y, por tanto, como ha dicho bien el señor presidente, se
mantienen para su debate y votación las números 41, 44 y la 46.




El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): Continuando la
sistemática seguida en el bloque anterior, vamos a darle la palabra
al señor Serrano, aunque sea un turno posterior, en nombre del Grupo
Popular.




El señor SERRANO VINUÉ: En todo caso, aunque siendo del Grupo
Parlamentario Popular, hablaré exclusivamente, y habida cuenta de la
imposibilidad de acercar alguna postura y admitir estas enmiendas, en
nombre del Partido Aragonés.

En este segundo bloque, a partir del artículo número 60, tenemos tres
enmiendas planteadas desde el Partido Aragonés y van a permitir que
por lo escaso del tiempo haga incidencia exclusivamente en la
enmienda número 276. Entiendo que esta enmienda tiene un calado y un
contenido
especialmente social en la medida que lo único que se propone es la
ejecución de una serie de planes de restitución territorial en
aquellas zonas afectadas por la construcción de obras hidráulicas
estimadas en un 10 por ciento del coste total. Cuando uno por el bien
social, por interés general inunda pueblos, cuando uno por el interés
social y por el bien general inunda valles y se aprovechan otros
territorios, es de justicia que al menos a los afectados, a los
territorios inundados de alguna manera se les compense, si cabe, en
parte, porque jamás se podrán compensar los daños que se sufren, para
tener una disponibilidad de fondos que permita, entre otras
cuestiones, no solamente restituir, sino intentar recuperar su nivel,
su pulso social.

Desde el Alto Aragón, donde se es especialmente sensible a este tipo
de situaciones, desde Aragón donde se soporta el coste social por la
construcción de embalses, la construcción de grandes pantanos,
queremos y deseamos que parte de ese beneficio general, también parte
de ese coste, además del aprovechamiento íntegro de esos caudales en
Aragón, parte de esas inversiones se queden en el lugar donde están
ubicadas estas obras. Por eso nos gustaría apelar a la sensibilidad
social de esta Cámara, de esta Comisión en la medida que esta
enmienda fuera aceptada.

Porque se puede llegar a la situación paradójica -y aquí si me
permite uniría lo que supone esta enmienda del Partido Aragonés con
la enmienda número 271de Convergència i Unió, más la transaccional,
donde se plantean las obras del Delta del Ebro, los ingresos
provenientes del canon y dónde va a ir este canon- de que son unos
territorios los que se inundan, son unos territorios en los que se
hacen obras hidráulicas, son otros los territorios que se aprovechan
de estos caudales, de estas regulaciones, son estos territorios como
en el caso concreto del Delta del Ebro y el caso concreto del
minitrasvase, que en lo que afecta al sur de Tarragona son
sobredimensionados estos trasvases, estamos hablando de los 125
hectómetros que se aprobaron y los caudales sobrantes de estos
caudales - valga la redundancia- concesionales sirven para venderlos,
para obtener recursos que van destinados exclusivamente para esa
zona. En todo caso, si hay recursos, si hay ingresos, tendrían que
ser destinados a toda la cuenca y no solamente a las obras de mejora,
sino a las zonas que son afectadas, porque son realmente las que
están pagando con su esfuerzo y con su sacrificio el futuro y el
beneficio de otros. (El señor presidente ocupa la Presidencia).

Creemos, repito, que por dignidad y por cuestiones sociales esta
enmienda, aunque un 10 por ciento es una cifra casi simbólica, no
solamente bíblica, sino simbólica, es lo mínimo que se puede hacer
por respeto a esos ciudadanos, a esos españoles y en este caso a esos
aragoneses que han visto cómo han tenido que coger sus maletas para
marcharse a trabajar allá donde el agua ha ido.




El señor PRESIDENTE: Señor Serrano, ¿podría aclararnos si acepta la
transaccional a la enmienda 286, porque parece ser que no se ha
manifestado al respecto?



El señor SERRANO VINUÉ: Simplemente para que no digan que no
aceptamos nada y sobre todo para que en la estadística aparezca que
de las veintitrés enmiendas que presentó el PAR en su día dos han
sido aceptadas, que han



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sido las números 297 y 298, que fueron incorporadas en ponencia, y
que también aceptamos la transaccional. Es a efectos estadísticos
para decir que algo se acepta.




El señor PRESIDENTE: Tengo entendido que el señor Sedó ya había
acumulado en su turno anterior su intervención. (Pausa.) ¿Quiere la
palabra)? (Asentimiento.) Señor Sedó, su turno.




El señor SEDÓ I MARSAL: Sí, señor presidente, por rapidez y para que
fuera más cómodo para los servicios de la Cámara, quería dejar
anulada una enmienda que teníamos al primer bloque y que ha quedado
resuelta con la transacción.




En este momento me toca hablar de seis enmiendas, aunque una tiene un
condicionante y las voy a seguir por orden. A la enmienda número 268,
que hace referencia a temas medioambientales, se nos ha ofrecido una
enmienda transaccional por el Grupo Popular que vamos a aceptar y,
por tanto, la enmienda número 268 la retiramos porque viene
compensada por la transacción que se nos ofrece.

La enmienda número 269 la vamos a mantener para votación porque queda
pendiente de una posible transacción que en este momento todavía no
está resuelta y esperemos que de aquí al Pleno podamos llegar a unos
acuerdos. Es una enmienda que quiere evitar que exista una doble
imposición en las cuencas intercomunitarias y la dejamos pendiente de
votación.

Como ven, estoy haciendo una intervención totalmente práctica. No
entro en un discurso político, porque desde hace tiempo mi grupo
prefiere discutir los temas concretamente, sin grandes debates. De
todas formas, ahora lo debatimos, esta tarde habrá nuevo debate, la
semana que viene también lo habrá el martes; o sea, habrá un continuo
debate sobre el agua. Ynos resulta más positivo trabajar de una
manera técnica y no dar grandes explicaciones sobre de la
problemática del agua.

Ala enmienda 271 -dejo la 270 para luego- también tenemos una
enmienda transaccional, que nos presentó el Grupo Parlamentario
Popular en la ponencia. Nosotros aquel día no la aceptamos, pero ha
habido unas correcciones, en una nueva transacción entregada a los
distintos grupos. Como esta segunda transacción está de acuerdo con
lo que nosotros pretendíamos, la aceptamos y retiraremos la enmienda
271 en su momento. Las enmiendas 272 y 273 las retiro en este
momento.

La enmienda 270 fue aceptada en ponencia, pero tengo que hacer una
observación, La enmienda que se acepta en ponencia se refiere al
artículo 116.1. En el proyecto de ley vemos que este apartado 1 tiene
una redacción con un párrafo final que empieza: «En dicha
intervención quedará sustituida» y acaba en «situaciones de
emergencia». Este es el texto del proyecto. En la enmienda no figura
este párrafo y cuando se recoge en el informe de la ponencia se
menciona el texto de la enmienda y además este párrafo. Ha habido un
error en la transcripción y hay que corregirlo. Fue aceptado el texto
de la enmiedad y todo el párrafo que empieza con «En dicha
intervención» quedará sustituido hasta «situaciones de emergencia».

Esto es lo que quiero hacer constar respecto de esta enmienda que fue
aceptada en ponencia. Se refiere al artículo 116.1
El señor PRESIDENTE: Señor Sedó, ¿usted hace referencia al artículo
116?



El señor SEDÓ I MARSAL: Lo repito, señor presidente. En el artículo
116 del proyecto, el texto del último párrafo que empieza por «En
dicha intervención» y termina por «emergencia». Mi grupo tiene una
enmienda que corrige la primera parte de este texto y además elimina
esto. La enmienda fue aprobada, pero al pasarlo al informe de la
ponencia se ha añadido el párrafo que no debería estar. Esta es la
corrección.




El señor PRESIDENTE: Señora de Lara.




La señora DE LARA CARBÓ: Quiero hacer una aclaración. Se aceptaba la
enmienda del grupo de Convergència i Unió y, por consiguiente, en el
informe de la ponencia hay un párrafo que sobra.




El señor PRESIDENTE: Hay que suprimir la segunda parte a la que hacía
referencia el señor Sedó.




El señor SEDÓ I MARSAL: Eso es lo que estoy diciendo, señor
presidente. Ha sido un lapsus.




El señor PRESIDENTE: Está muy claro, señor Sedó. Muchas gracias. Lo
que hay que hacer es corregirlo.




El señor SEDÓ I MARSAL: Simplemente una corrección técnica.




El señor PRESIDENTE: Así se hará señor Sedó.




El señor SEDÓ I MARSAL: Sólo me queda decir que retiramos las
enmiendas 272 y 273, con lo que me quedará para votación la 269.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo, señor Sedó.

En nombre del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene
la palabra el señor Ríos.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Voy a intentar defender, con cinco grandes
propuestas de enmienda al proyecto del Gobierno y, como decía antes,
con algunas aportaciones de la Ley de Aguas que el Gobierno no ha
trasladado, desde la enmienda 129 hasta la enmienda 175, que son las
que aún nos quedan por defender.

La verdad es que cuando discutimos sobre las enmiendas y no entramos
en ellas una por una, cuando vemos su ubicación y por qué se
rechazan, entramos en una dialéctica mala. Por ejemplo, antes se ha
dicho que hablamos mucho y proponemos poco. La portavoz del Grupo
Popular ha perdido una gran oportunidad de callarse. Tiene una
posibilidad: nuestra enmienda 150, al artículo 102, regula toda una
serie de programas dirigidos al ahorro, la eficiencia y la mejora de
la calidad de los recursos. Lo que pasa es que en el Ministerio le
han dicho que no se puede admitir ninguna enmienda y entonces yo
entiendo que se diga que no se propone. Pero no es así; nosotros
hemos propuesto cómo se deben determinar las ayudas para la
implantación y modificación de tecnología y procesos de instalación
de



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equipos modernos que ahorren y disminuyan el uso y el consumo de
agua; hemos propuesto ayudas para la potabilización de aguas y la
depuración de aguas residuales, y para que los procesos se haga en
mejores condiciones; para ayudar a la investigación en esa materia;
para realizar plantaciones forestales, y para los organismos
competentes en cada caso. Hay enmiendas dirigidas a concretar lo que
poníamos en la exposición de motivos. El drama es que el Gobierno,
que en la exposición de motivos habla de esto, no propone nada en el
texto de la ley. Eso sí es verdad. Lo digo porque, a la hora de la
retórica, les queda bien la argumentación, pero luego es complicado
poder llevarlo al articulado.

Voy a empezar por el meollo del bloque que nos queda. En la primera
parte, nuestras enmiendas están en relación con las concesiones.

Nosotros hemos añadido y hemos hecho modificaciones a la ley
fundamentalmente para regular, primero, qué condiciones se necesitan
para la transmisión total o parcial de esa concesión; segundo, la
posibilidad de que haya una evaluación de la propia Administración,
porque, si la Administración hubiera evaluado cómo han funcionado
estas concesiones, hoy sabríamos que muchas de ellas llevan tiempo
sin ser explotadas y ahora pueden ser, como ustedes han dicho,
vendidas, pero sin fijar precio. Eso es una cosa fabulosa; eso de
vender sin fijar precio es una forma de vender y contratar un tanto
rara. Además, se trataría de que las concesiones que no estén bien
explotadas pudieran ser revisadas; no se establece esa posibilidad de
revisión. Y, tercero, declararlas caducadas. Nosotros proponemos que
haya la posibilidad de declarar caducadas algunas de esas
concesiones. Yo les puedo asegurar que muchas de ellas, que datan de
hace mucho tiempo, no están siendo utilizadas y hoy pueden entrar en
el circuito de ser cedidas de forma voluntaria previo pago de un
dinero, aunque no se fije precio, que es lo que ha dicho la portavoz
del Grupo Popular. Nosotros, en nuestras enmiendas 129 a 132, fijamos
una forma de regular el funcionamiento de las concesiones.

En segundo lugar, tenemos un bloque de enmiendas dedicadas a las
aguas subterráneas, cómo se debe actuar en el estudio e investigación
de esas aguas subterráneas y por qué pensamos que tienen que pasar a
ser incorporadas, integradas en el dominio público hidráulico, para
garantizar que, cuando hablamos de agua y de planificación
hidrológica o de actuación hidrológica, hablamos de todos los
recursos, partiendo de una misma filosofía. Hoy eso no está
incorporado.

Otro bloque de enmiendas va dirigido a todo lo que ustedes denominan
en su propuesta comunidades de usuarios. Nosotros queremos enmendar
las propuestas del Gobierno para dotar de mayor capacidad, de mayor
virtualidad, de mayor realidad a esas comunidades de usuarios. El
centro de la discusión es lo que ustedes plantean como reforma del
título VIII de esta ley, la declaración de obras de interés general,
artículos 114, 115, 116, 117, 118 y 119. Anosotros esto sólo no nos
gusta, sino que la regulan mal y además lo hacen con una filosofía
que abrieron en un momento determinado en la ley de acompañamiento,
donde introdujeron la figura de la transferencia de las concesiones:
¿Cómo se declara una obra de interés general? ¿En qué condiciones?
¿Quién lo puede declarar? ¿Qué
requisitos deben cumplir esas obras que declaramos de interés general
y cómo se ejecutan? Añaden ustedes una filosofía que va unida a la
modificación de las confederaciones y a la introducción de unas
sociedades que administran estas obras hidráulicas de interés general
que nos lleva a ser muy poco receptivos con esa reforma. Hablan de
obras hidráulicas de carácter público y de carácter privado; abren la
mano para la ejecución de esas obras al interés privado, ligado a la
explotación de los servicios. Aquí habría que añadir dos cosas: las
obras dedicadas a depurar aguas y las obras dedicadas a la
reutilización de esas aguas depuradas, y sobre todo y más importante
las obras que están dirigidas a la regulación de las distintas
actuaciones, que pueden ir ligadas a esta decisión de interés
general.

Pensamos que hay que ser más escrupulosos. Por eso proponemos un
texto diferente respecto de lo que son obras hidráulicas de interés
general, que debe aprobar como tales el Consejo de Ministros, e
introducimos unos requisitos para poder ser declaradas: el trámite de
audiencia de las comunidades y de los organismos de cuenca y los
trámites que deben tener una vez declaradas esas obras hidráulicas de
interés general a la hora de realizarse. Y con un marco. El marco que
nosotros establecemos como norma legal es el plan hidrológico o las
leyes que aprueben su revisión en las obras de almacenamiento,
distribución o utilización de las aguas.

La regulación propuesta por el Ministerio no ha sido modificada en el
trámite, sólo se ha modificado un poquitín en la propuesta que ha
hecho el Gobierno en interés de algunos grupos en el artículo 116.

Han añadido, además de las obras de interés general, las obras y
actuaciones hidráulicas de ámbito supramunicipal que puedan estar
incluidas en la planificación hidrológica, dejando abierto si es la
de cuenca o la general. Amplían un poco esas obras hidráulicas de
interés general. Pero es la única modificación en este bloque.

Nos gustaría añadir dos matizaciones con dos enmiendas. Una, si va a
haber o no evaluación de impacto ambiental de manera global en la
planificación de todas estas obras de interés general, y dos, si se
pueden ejecutar estas obras -como dice el artículo 118- o no en
función de esa declaración de impacto ambiental. Tenemos una enmienda
concreta, la 160, que propone añadir en el artículo 118 que no se
ejecutará una obra si la declaración de impacto ambiental es
negativa. ¿Por qué proponemos esto, que puede parecer que se da de
cajón? Pues no se da de cajón. Las obras se ponen en marcha antes de
la evaluación de impacto ambiental, incluso hay evaluación de impacto
ambiental que llega cuando están desarrollándose las obras. Puedo dar
nombre y apellidos de obras concretas que se están haciendo sin
evaluación de impacto ambiental (El señor Pintado Barbanoj: Nombre y
apellidos.) Sí, sí, con nombre y apellidos. Tengo una lista de 14 ó
15, no una o dos, que ustedes declararon en verano en un decreto para
tramitación parlamentaria. Y recogían alguna, por cierto, que ya está
incluso terminada. Nosotros proponemos que haya la obligación de que
toda obra hidráulica de interés general que se introduzca en la
planificación hidrológica de cuenca o general tenga una evaluación
particular y global del efecto conjunto. ¿Por qué? Porque mala
planificación hidrológica es la que no recoge una previsión de evalua
ción



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de impacto ambiental en su efecto conjunto, no en cada obra y en cada
actuación concreta que se pueda hacer. Y debemos entender dentro de
la planificación hidrológica no sólo lo que actualmente está sino
también todas las actuaciones que hay para trasladar los dos grandes
recursos nuevos que la técnica ha introducido, que son las aguas
desaladas, que se incluyen en la distribución de la red hidrológica
para un sinfín de vertientes, sean de abastecimiento o sean de
producción agrícola, y las aguas depuradas para reutilización.

Nosotros pedmos esta garantía a esa previsión puesto que, si no,
estaremos haciendo una declaración muy bonita en el papel pero poco
concretada a lo que es la actuación dentro de la propia
Administración.

Ahora, señor presidente, voy a defender la enmienda 145, la 153, y la
147. Pretendemos prohibir cualquier vertido hasta que se resuelva el
expediente correspondiente. ¿Por qué? Porque aquí parece que hay
concesiones y autorización para que se vierta, concesiones o multas
en función de que se ceda el vertido, o vertido ilegal que se hace
sin que haya control ni concesión. Nosotros queremos poner orden a lo
que es la actuación para autorizar los vertidos con carácter muy
reducido y muy estricto. Tampoco puede darse el hecho que se está
dando en la actualidad, que se están haciendo vertidos de facto antes
de que se haya producido la concesión o la autorización, máxime
cuando los vertidos antiguamente tenían un carácter más orgánico
y hoy se producen vertidos cuyo carácter no es orgánico. Estamos hartos
de ver cómo los cursos de las aguas se llenan de peces flotando, de
aguas pestilentes o de aguas contaminadas de manera permanente.

Queremos evitar e impedir eso.

Al otro bloque de enmiendas, que van dirigidas a la depuración y
reutilización, nosotros le damos un carácter importante. ¿Por qué?
Porque pensamos, primero, que las aguas depuradas deben volver y
retornar al dominio público hidráulico, y, segundo, que la
reutilización debe necesitar una concesión administrativa distinta de
la que había en origen. ¿Qué está pasando en la actualidad? Que un
agua que va a ser depurada en fase de lo que es su aprovechamiento
original, una vez depurada, se eleva a sitios distintos para
actividades distintas y para producción totalmente distinta. La
reutilización pone en circulación volúmenes determinados del recurso
que no entra en el control de la propia planificación hidrológica.

Por último, señor presidente, está el tema de las tasas, de los
cánones, de los precios que derivan de la Ley de Aguas, que han
funcionado bien en lo que es el uso de determinadas infraestructuras
y han funcionado muy mal en cuanto a su evolución histórica. Alguno
de ellos. De los cuatro que funcionan en la actualidad, tres de ellos
funcionan mal, tanto en lo que se debe a la propia Administración
a la hora de recaudarlo o de pagarlo, como a la eficacia para la que
nacieron. Nosotros proponemos la modificación sustantiva de esos
cánones que actúan sobre el vertido, sobre el uso de la
infraestructura y queremos añadir una figura finalista a lo que es la
restauración de lo dañado. Porque, al final se puede cobrar una
cuantía o un canon determinado que luego no revierte en el daño que
se ha podido causar. Es verdad que estos cánones se pusieron en
marcha como una forma de financiar la actuación hidrológica, pero en
realidad es insignificante para lo que es el costo real de toda la
actuación hidrológica.

En suma, señor presidente, el grupo mayoritario tiene encima de la
mesa 111 posibilidades de modificar el texto que el Gobierno ha
podido dialogar o consensuar con este grupo la propuesta que el
Gobierno ha hecho, en este tramo de las enmiendas 129 a la 175. Estoy
convencido de que con la transacción que se nos propone a la enmienda
140 se da un paso importantísimo, de gigante, en el diálogo, pero ese
diálogo no es ni iniciar la primera palabra, y en el balbuceo hay un
tránsito muy importante a lo que es el uso del lenguaje en un primer
diálogo de familia, luego en el diálogo escolar, e inclusive después,
en la conversación y en las tertulias, que es mucho más amplio, que
de mayores podemos realizar.




El señor PRESIDENTE: Señor Ríos, ¿ha aceptado la transaccional?



El señor RÍOS MARTÍNEZ: Sí, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

En el Grupo Parlamentario Socialista se dividen los tiempos. En
primer lugar, interviene don Victor Morlán.




El señor MORLÁN GRACIA: Voy a hacer una breve intervención sobre la
parte que me corresponde en este proyecto de ley. Del resto hablará
mi compañero señor Pérez de Tudela.

Esta primera intervención de la segunda parte hace referencia a todo
lo que está relacionado con las concesiones y a un aspecto que, bajo
nuestro punto de vista, está cojo en este proyecto que es la defensa
y protección del dominio público hidraúlico. De ahí que nuestras
enmiendas, que modifican aspectos del propio texto de la reforma,
como pueden ser la 225, la 226, la 227 y 228, hagan referencia al
primero de los aspectos y que la enmienda correspondiente a la
preservación del dominio público hidráulico sea una modificación del
actual texto de la Ley de Aguas en su artículo número 84.

Nosotros, señorías, estamos observando que esta defensa de las
enmiendas, que no debate, porque el tono de la réplica de los
portavoces del Grupo Popular ha sido bastante bajo, suave, ya que no
han querido entrar en el cuerpo a cuerpo, no nos parece que sea la
fórmula más adecuada para intentar buscar fórmulas de entendimiento
entre los diversos grupos políticos y hacer que salga una ley que de
verdad satisfaga el consenso hidráulico que tenía que haber en este
país. Mal camino se inicia cuando la ley se está planteando de esta
manera, aunque se acepten algunas enmiendas de escaso contenido o se
estudien con detenimiento las transaccionales que se proponen.

Me voy a referir a las disposiciones adicionales que entendemos que
se deberían incorporar al texto del proyecto de ley. Decimos esto en
el sentido de quitar la duda que tiene la señora De Lara en cuanto a
nuestra preocupación o no por las medidas de ahorro. Si no se ha
leído el conjunto de las enmiendas nuestra al texto del proyecto de
ley; si no ha pensado en cómo muchas de esas enmiendas suponían en sí
llevar a cabo políticas de ahorro en el futuro, no tengo más que
lamentarlo. Yhay algunas enmiendas que me gustaría



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pormenorizar porque son importantes para que esas medidas se puedan
producir.

Cuando nosotros decimos en nuestra enmienda 263, en una nueva
disposición adicional, que el Gobierno de la nación debiera presentar
en este Congreso de los Diputados en el plazo de tres meses un
programa para la aplicación de lo previsto en el apartado 2 del
artículo 63 de la Ley de Aguas, así como la actualización de las
inscripciones en el registro de aguas y el inventario de
aprovechamientos, partimos de una cosa: mal se puede ir a políticas
de ahorro, si no se conoce exactamente qué es lo que hay que ahorrar.

Porque los datos sobre el volumen que significan los aprovechamientos
no se han contemplado ni están catalogados en ningún sitio. Cuando
pedimos un programa para la elaboración de una cartografía de riesgos
de zonas inundables así como para el deslinde del dominio público
hidráulico en los tramos de mayor urgencia por problemas de riesgo u
ocupación, entendemos que también estamos hablando de ver de qué
manera conocemos cuál es la situación de nuestros ríos y cauces y de
qué manera se pueden atajar los problemas que tengan que ver con
políticas de ahorro. Cuando hablamos también de un plan nacional para
proceder, de acuerdo con las comunidades autónomas y los
ayuntamientos, a la adecuación de las conducciones urbanas de
abastecimiento y saneamiento, conforme a la normativa comunitaria
aplicable, estamos diciendo a los ayuntamientos y a las comunidades
autónomas que hagan el favor de mejorar sus infraestructuras de
conducción y abastecimiento de agua a poblaciones. ¿Con qué
finalidad? Con la finalidad de evitar que existan pérdidas. Y eso,
indudablemente, va encaminado a políticas de ahorro.

Estamos hablando, señor presidente, de una serie de medidas que
indudablemente colaboran en lo que parece que todo el mundo estamos
defendiendo: las políticas de ahorro. Esas políticas de ahorro no
tienen que ver solamente con el tema de la medición, que es bueno y
que se ha planteado en la primera parte de la exposición de las
enmiendas, sino que tienen que ver con otro tipo de medidas que van
encaminadas a ver cuál es la situación del agua en nuestro país y de
qué manera se está utilizando.

Nosotros también decimos que hay que conocer cuáles son las zonas
húmedas que existen en todos los municipios de España o, por ser más
exactos, en aquellos de una población superior a 100 habitantes. Eso
nos permite conocer y evaluar perfectamente cuál es el volumen de
agua que existe en nuestro país, que tampoco se conoce. Ahora se me
dirá, como suele ocurrir de vez en cuando, que por qué no lo hicimos
en 14 años. Cada quien asume su responsabilidad en el momento que le
toca. Nosotros hicimos unas cosas que permiten hacer lo que se
debería hacer en estos momentos, y a ustedes les corresponde hacer
otras, y esas otras tienen que ver con ir perfeccionando todos
aquellos mecanismos que supongan mejorar la gestión del recurso de
agua y mejorar el comportamiento de su gestión, a efectos de que la
calidad de vida de los ciudadanos y la atención de los servicios y de
las necesidades que existen en nuestro país para diversos usos del
agua se pueda garantizar. Por ello, pediría atención al Grupo
Parlamentario Popular, y todavía nos queda el trámite del Pleno del
Congreso y el trámite del Senado, que casi seguro que me dice que las
van a estudiar con mucho cariño, pero luego ese
cariño debe ser mañanero y por la tarde desaparece. Creo que debe
haber una mejor y profunda reflexión para conseguir en lo que queda
de tramitación un mayor consenso en política de aguas, lo que
supondría quitar piedras y problemas en un futuro consenso hidráulico
que tendrá que producirse, quiérase o no, en ese magno documento que
es el plan hidrológico nacional.

Dando por defendidas, señor Presidente, las enmiendas que no he
podido comentar en esta breve exposición, planteo al Grupo
Parlamentario Popular que haga el favor de hacer un esfuerzo mayor
del que ha hecho hasta ahora. Y cedo la palabra a mi compañero para
que haga la defensa de las enmiendas que tenemos al resto del
proyecto de ley.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Pérez de Tudela.




El señor PÉREZ DE TUDELA MOLINA: Me gustaría empezar reconociendo la
bondad, la buena voluntad y la esperanza de mi compañero en cuanto a
las posibles resoluciones. No es tanta la mía.

Voy a especificar en qué consisten las 25 enmiendas, que corresponden
a los títulos V, VI y VIII. El Grupo Socialista, como otros grupos,
ha hecho un esfuerzo de concreción en cuanto a la mejora de la ley de
1985. Hay que reconocer que tenía algunas partes en las que al pasar
el tiempo se tenían que mejorar. También a la propuesta que hace el
Gobierno, porque se producen lagunas importantes que se deberían
salvar, especialmente desde el punto de vista de los aspectos
medioambientales. Pero lo que ha presidido el trámite de esta ley es
la prisa, una prisa que no entiendo que sea para otra cosa que para
decir que han cumplido. Después de constituido el mercado del agua,
aunque digan que no, ha quedado sensiblemente aclarado cuál es el
resultado y parece que les da igual. El resto de los grupos ha
demostrado lo que les importa en cuanto a la aceptación y discusión
de las enmiendas. Esa es la verdad.

En esos capítulos hay siete grandes apartados, en los que se recoge
la protección del dominio público, los vertidos, la rotulización en
la depuración, los humedales, el régimen económico, las
infraestructuras y sanciones y la regulación de las obras
hidráulicas. En el artículo 84, y en aras a la brevedad y a que tanto
interés hay en que esto circule lo más rápidamente posible, se trata
de sentar las bases de un mejor entendimiento y disposición de
recursos para conseguir los objetivos de protección del dominio
público. Esa es la pretensión y el interés, y lo referiríamos al
primer apartado que he anunciado. En cuanto al segundo y tercer
apartado, con nuestra propuesta se garantiza mejor la protección
y una mayor claridad, aspecto, el de la claridad, que debería presidir
la redacción de todas las leyes y de esta especialmente. En el
apartado cuatro, el de los humedales, la propuesta socialista
enriquece la ley de 1985, introduciendo el concepto de sostenibilidad
y recuperación de las zonas húmedas, cosa que no se reconoce en la
propuesta del Gobierno. También se plantea la aprobación de un plan
estratégico nacional de conservación y uso sostenible de esas zonas
húmedas. En el apartado quinto, de régimen económico, proponemos una
redacción que evite la arbitrariedad y garantice, atendiendo a las
competencias de las comunidades autónomas, la adecuada financiación
del



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suministro en alta y depuración de los abastecimientos de la
población.

En cuanto al apartado siete, la propuesta socialista trata de evitar
el batiburrillo que nos propone el Gobierno y dejar muy claro lo que
son obras hidráulicas, cuándo son públicas y cuándo de interés
general. Interesa concretar, en el artículo 115 de este apartado, las
obras que son competencia de la Administración general del Estado y
quién debe y puede gestionarlas. En el artículo 117 hay un aspecto
importante, no consideramos prudente la aplicación del silencio
positivo en ese caso. En el 118, se trata de concretar la sujeción a
la legislación sectorial y a la de evaluación ambiental. En el 119,
planteamos la aprobación de los proyectos de obras hidráulicas de
interés general que deben llevar implícita la declaración de utilidad
pública. En el 120, introducimos la figura del proyecto de
restitución territorial para la reordenación de actividades y la
restauración del medio natural afectado como consecuencia de la
realización de la obra. En el 122, proponemos establecer el régimen
de financiación de las obras de interés general. En el artículo 123
se establecen los mecanismos que nos permitan velar por la seguridad
de las infraestructuras hidráulicas con el fin de evitar la
producción de daños. En el 124, se establece la posibilidad de
constituir empresas de infraestructuras dependientes de los
organismos de cuenca.

Déjeme añadir, en cuanto a las obras hidráulicas, que, en cualquier
caso, las obras hidráulicas de interés general deben ser aprobadas
por ley para no sustraer el control del Parlamento.

Estas son propuestas positivas para una mejora de la ley que
continuamos poniendo sobre la mesa para ver si es de interés
considerarlas en lo que queda de trámite parlamentario por parte del
Grupo Parlamentario Popular. Así entenderíamos que existe la voluntad
de mejorar la ley y no simplemente un trámite de trágala para que sea
aprobada.




El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene
la palabra su portavoz, doña María Teresa de Lara.




La señora DE LARA CARBÓ: Como la vez anterior, el señor Pintado y yo
vamos a dividirnos el tiempo que tiene el Grupo Parlamentario
Popular.

Nadie ha destacado la importancia que en el proyecto de ley tiene la
sensibilidad medioambiental que muestran diversos puntos del proyecto
de ley que presenta el Gobierno. En ellos se articular mecanismos
jurídicos que garantizan el buen estado ecológico de los bienes que
integran el dominio público hidráulico. Se garantizan a través de
diversos instrumentos, como una nueva regulación de la autorización
de vertidos para que estas autorizaciones puedan constituir un
instrumento eficaz en la lucha contra la contaminación de las aguas
continentales, o la regulación de los caudales ecológicos como
restricción general a todos los sistemas de explotación. Creo que
éstos son puntos importantes del proyecto de ley que aquí no se han
mencionado. Por primera vez, habrá un mecanismo legal para que no sea
más rentable mantener los vertidos en la alegalidad que entrar en el
sistema de autorización controlado con objetivos de calidad, y un
mecanismo progresivo acorde con la directiva comunitaria que va a
aportar fondos para
que la Administración pueda gestionar eficazmente la protección del
dominio público hidráulico. Son dos puntos que merecen destacarse de
este proyecto de ley y de los cuales no se ha hablado. Se ha hablado
de enmiendas que tienden a mejorar el canon de vertido, pero en el
mejor de los casos no hacen más que reproducir los textos del
proyecto de ley y, en otro, creemos que va a ser más eficaz la norma
que queda establecida en el proyecto.

Antes de que intervenga mi compañero, quería decir que aquí se ha
vuelto a faltar a la verdad. Ha dicho el señor Ríos que hay que
incorporar las aguas subterráneas al dominio público hidráulico; no
hay que incorporarlas porque están incorporadas, señor Ríos. Me
permitirá usted que le lea los artículos 1.2 y 2 textualmente, como
vienen en el proyecto de ley. Después de la lectura, usted me
indicará si hay que incorporarlas o no al dominio público hidráulico.

El artículo 1.2 dice: Las aguas continentales superficiales así como
las subterráneas, integradas todas ellas en el ciclo hidrológico,
constituyen un recurso unitario subordinado al interés general que
forma parte del dominio público estatal como dominio público
hidráulico. El artículo 2 dice: Constituye el dominio público
hidráulico del Estado (aparte de una serie de numeraciones) los
acuíferos subterráneos, a los efectos de los actos de disposición o
de afección de recursos hidráulicos. Y luego introduce las aguas
desaladas. Por consiguiente, creo que a usted le queda muy bien decir
que protege las aguas subterráneas pero me parece que en la ley
quedan perfectamente protegidas como dominio público hidráulico.

También ha hablado usted de la necesidad de controlar los vertidos.

Nosotros compartimos absolutamente su inquietud, y prueba evidente de
que compartimos su inquietud es que, por primera vez aparece una
regulación de los vertidos en el proyecto de ley. Finalmente ha
hablado usted, por no alargarme demasiado, de obras que se declaran
de interés general y que se hacen sin evaluación de impacto
ambiental. Nos ha mencionado un catálogo de 14 obras que se
declararon de interés general hace un año y, sin la declaración de
impacto ambiental, ha dicho usted que están finalizadas. Aparte de
demostrar esto una eficacia enorme del Gobierno, una rapidez
impresionante, yo le solicitaría que nos diera usted la lista de esas
14 obras de interés general que están finalizadas y que no tienen
declaración de impacto ambiental. (El señor Ríos Martínez: Están en
el decreto.) Se lo agradecería mucho.

Al señor Morlán y al señor Pérez de Tudela quería indicarles que sus
disposiciones adicionales, lo que ellos llaman las medidas que
aportan para el ahorro de agua, digamos que no hablan más de lo que
ya está haciendo el Gobierno, porque supongo que el señor Pérez de
Tudela, ya que el señor Morlán no está aquí... (El señor Morlán
Gracia: Sí estoy, es que estaba haciendo una consulta.)
Perdón, señor Morlán.




El señor PRESIDENTE: Un momento, señora De Lara.

Ruego a las señoras y señores diputados que mantengan silencio, que
respeten las intervenciones de los distintos portavoces y que no
mantengan diálogos entre sí.

Puede proseguir, señora De Lara.




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La señora DE LARACARBÓ: Solamente quería decir que estamos de acuerdo
en la necesidad del deslinde del dominio público hidráulico, y prueba
evidente de que estamos de acuerdo es que este año se están
contratando masivamente, por primera vez en la historia hidráulica de
España, 3.000 kilómetros de deslinde. No hace falta ponerlo en la ley
porque esto es una prioridad para el Ministerio de Medio Ambiente y
estamos en ello.

En cuanto a su proposición, como medida de ahorro de agua, de
arreglar las conducciones urbanas quiero decirle, señor Morlán, que
un plan de modernización de las conducciones creo que es algo
meritorio pero la ley es un texto que debe tener contenido normativo
de derechos y obligaciones. Hacer leyes diciendo que se hará un plan
es una mala técnica legislativa, aparte de que las conducciones
urbanas, como usted sabe, no son competencia del Ministerio de Medio
Ambiente, aunque creo que sí es competencia colaborar en que esas
conducciones se arreglen, pero no creo que el texto de la ley sea el
lugar adecuado para hacerlo.

El señor Pérez de Tudela ha hablado de los humedales y querría
indicarle que existe un plan nacional de humedales. Creo que su lugar
es aquél. En cuanto al tema de evaluación de impacto ambiental a que
usted se ha referido, nosotros también creemos en la necesidad de la
evaluación de impacto ambiental de los planes hidrológicos, pero creo
que no procede incluirlo en la Ley de Aguas ya que la ley reguladora
de impacto ambiental, que está en fase de adaptación a la nueva
normativa comunitaria, es su lugar adecuado.

Finalmente, quería indicar que he echado de menos hoy que defiendan
ustedes la enmienda 266, en la que derogan las sociedades estatales o
las normas que regulan las sociedades estatales. No sé si es porque
ustedes van a retirar la enmienda o porque realmente no tienen
motivos para mantenerla. Respecto a las observaciones del letrado de
la Comisión, nuestro grupo acepta las observaciones a los artículos
44.4, 56 bis.3 y 90 y no acepta las observaciones a los artículos
23.3, 51.6, 56 bis.8 y 56 bis.11. No sé si es el momento adecuado
para decirlo. (El señor Ríos Martínez pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Ríos.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Muy brevemente, señor presidente.




Lo que es normal, lo que es costumbre, es que cuando hay un consenso
en función de la aportación que el letrado hace al trámite, al no
haber un nuevo trámite de enmiendas, debe introducirse, pero no se
deben establecer mayorías y minorías a la hora de discutir esas
aportaciones. Por tanto, yo rogaría a la Presidencia que, cuando
llegáramos al final del debate y se hubiesen defendido todas las
enmiendas, usted pidiera la opinión de los grupos para ver qué
aportaciones hechas por el letrado introducimos. Si hay consenso, no
tenemos ningún problema; si no hay consenso, nosotros sí tenemos
problema en que se introduzca nada, porque no hay un trámite
privilegiado especial de enmiendas.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo, así será.

Tiene la palabra el señor Pintado.




El señor PINTADO BARBANOJ: Con la mayor brevedad posible, diré
respecto a este bloque de enmiendas referidos a los artículos 60
hasta el final que hacen especial incidencia en la consideración
medioambiental de los derechos del uso del agua. El nuevo artículo 90
refuerza el análisis del impacto ambiental en la tramitación de los
expedientes de autorizaciones y concesiones y el artículo 118 lo hace
respecto a la posible afección de nuevas obras hidráulicas. Se
introduce también el criterio de las mejoras técnicas disponibles en
combinación con los objetivos de calidad establecidos para cada tramo
de río, cuestión que supone una novedad respecto a la actual
situación sobre el desarrollo de los tramos de los ríos. Estas
reformas pretenden adaptarse a la normativa de la Unión Europea.

Sobre el régimen económico-financiero consideramos que no se modifica
conceptualmente, ya que salvo en medidas del canon de vertidos, se
introducen las siguientes modificaciones. Pagarán el canon de
ocupación los concesionarios que estaban exentos hasta el presente,
con nuevo artículo 104.1, y se habilita al Gobierno para fijar los
valores unitarios de cada tipo de bienes, según el nuevo párrafo
segundo del artículo 104.2. La gestión y recaudación de cánones y
tarifas se transfiere desde las confederaciones hidrográficas a la
Administración Tributaria del Estado, cuestión novedosa que pretende
paliar uno de los problemas que han salido durante las intervenciones
de los anteriores portavoces en cuanto a la gestión nula
prácticamente en la recaudación de muchos de estos tipos de cánones,
tanto para la regulación del artículo 104.3, como del 105.3 y del
106.6, y el importe recaudado será puesto a disposición de la
confederación hidrográfica correspondiente. El canon de vertido se
cobrará a todos los vertidos existentes, siempre que sean
legalizables, de otro modo no será de aplicación. En combinación con
los artículos 92 y 93.3 sí permitirá la aplicación de los principios
de que quien contamina paga y quien descontamina cobra. Se prevé la
existencia de una tasa por los servicios que las confederaciones
hidrográficas prestan a los beneficiarios de su gestión, al margen de
que no estén obligados a pagar el canon de regulación. Sobre el tema
de la regulación de las obras hidráulicas, tema fundamental e
importante, equipara el régimen jurídico de las obras hidráulicas con
el resto de las obras públicas y se evita la contradicción que
existía hasta el momento entre los artículos 40, 43 y 44 de la
vigente Ley de Aguas. A tal efecto la declaración de interés general
se hará por acuerdo del Consejo de Ministros y las obras hidráulicas
se remiten a los planes hidrológicos de cuenca y no al Plan
hidrológico nacional, tal y como recoge el nuevo artículo 44. La
definición de obra hidráulica se establece en el nuevo artículo 114,
así como sus características, en el artículo 115, y, al mismo tiempo,
se regulan las relaciones competenciales urbanísticas de las
administraciones territoriales y las del Estado en materia de obras
hidráulicas y de interés general conforme a estos principios. Tendrá
lugar la audiencia de las comunidades autónomas para declaración de
interés. No estarán sometidas a licencia urbanística, artículo 116.1,
ni se podrá proceder a la suspensión por los órganos urbanísticos. Se
recoge la colaboración entre las administraciones públicas. La
iniciativa de la obra hidráulica corresponderá al Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, si se trata de atender a nuevos



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regadíos; a los particulares si su finalidad es atender a intereses
económicos privados, y en todo caso al Ministerio de Medio Ambiente,
particularmente si tiene como objeto proteger y conservar la calidad
y la disponibilidad de las aguas para atender los derechos de usos
existentes.

Haciendo referencia explícita y de forma rápida a varias de las
enmiendas que se han presentado, con relación a la enmienda número
296, del señor Serrano, sobre a los planes de restitución
territorial, he de decirle que en el artículo 119.4 del proyecto de
ley viene explícitamente recogido por ley, cuestión a la que hasta la
fecha no se hacía absolutamente ninguna referencia en normativa
legislativa ni en ninguna reglamentación por parte del Ministerio. En
cuanto a supeditar que tiene que ser un 10 por ciento o mayor el
total dedicado a los planes de restitución, como muestra pondré un
embalse bien conocido para todos aquellos que procedemos de la tierra
aragonesa, como es el embalse de Santa Liestra, que con una
licitación aproximadamente entre 16 y 17.000 millones de pesetas de
obra total en cuanto a la ejecución de la misma, el proyecto de
restitución aprobado se dota de un presupuesto de 4.200 millones de
pesetas, con lo cual estaríamos hablando ya de un importe
aproximadamente del 25 por ciento sobre el total de la obra. El Grupo
Popular y el Gobierno del Partido Popular en este caso ha recogido
las demandas históricas de los municipios afectados y por primera vez
se puede hablar en la Cámara, en el Congreso de los Diputados, de que
hay una reforma legislativa que va a tener una trascendencia
importantísima a la hora de adecuar el equilibrio territorial, con el
que estamos totalmente de acuerdo, después de haber afectado por la
construcción de un embalse en ciertas zonas.

El señor Morlán, del Grupo Socialista, hablaba de consenso político.

El consenso político se ha ofrecido por parte del Gobierno, o por
parte del Grupo Popular, pero hay que decirle al señor Morlán que
aproximadamente el 65 por ciento de las enmiendas que han formulado
constan de borradores de nuestros anteproyectos presentados o
estudiados por parte del propio Gobierno y que en la mayoría de los
casos no modifican prácticamente para nada los fines que persigue el
mismo, salvo que en algunos casos por cuestiones técnicas son más
farragosos o difícilmente inteligibles. También quiero decirle que
este proyecto de ley, como han intentado defender con sus enmiendas,
no sólo se refiere al tema de política de ahorro, son políticas de
ahorro y políticas también de calidad de las aguas, que son dos
parámetros que tienen que ir totalmente unidos y que en definitiva
harán que tengamos un recurso de calidad y en cantidad.

Cuando habla de que no se conocen los volúmenes de las aguas que hay
en nuestro país le haría una referencia clarísima. La Ley de Aguas no
tiene que hablar de los volúmenes, no es una ley donde se tenga que
tipificar qué volúmenes de agua discurren por nuestros ríos y cuál es
la aportación de nuestros ríos. Para eso están los planes de cuenca,
aprobados también por el Gobierno en esta legislatura, donde se ve
con toda claridad los potenciales de agua, tanto los que se están
usando en estos momentos como el que se puede utilizar derivado de
las distintas regulaciones.

También quiero decirle que, según su costumbre, ha mezclado churras
con merinas al hablar de la política de
ahorro en el plano sectorial. Quiero decirle que, independientemente
de lo que sea la propia Ley de Aguas, que tiene una aplicación
directa y competencial por parte del Ministerio de Medio Ambiente,
hay otros ministerios que, en el ámbito de sus competencias, en su
política sectorial -me estoy refiriendo específicamente al Ministerio
de Agricultura-, en coordinación con las comunidades autónomas,
llevan programas de modernización de los regadíos que persiguen una
mejor utilización del recurso y en definitiva un mejor ahorro.




El señor PRESIDENTE: Esta Presidencia quería comentar a los
portavoces de los diversos grupos parlamentarios cuál es su posición
respecto a las observaciones del Grupo Parlamentario Popular a las
sugerencias del letrado de la Comisión en relación con el proyecto de
ley de modificación de la Ley de Aguas. Según la posición del Grupo
Parlamentario Popular, expresada a través de su portavoz doña Teresa
de Lara, se aceptan las observaciones del letrado a los artículos
44.4, 56 bis, 3, y 90 y no se aceptan las realizadas a los artículos
23.3, 51.6, 56 bis, números 8 y 11. Esta Presidencia entiende que si
todos los grupos manifiestan su consenso con la posición del Grupo
Parlamentario Popular, se podrían incorporar estas observaciones al
informe de la ponencia; si no, no procede su votación porque deberían
ser objeto de la enmienda correspondiente.




Tiene la palabra el señor Morlán para expresar la posición de su
grupo.




El señor MORLÁN GRACIA: Entendemos que las observaciones del letrado
son de carácter eminentemente técnico y conceptual, que para nada
afectan a la estructura de la ley. La verdad es que nos gustaría que
fueran aceptadas todas, porque creo que han sido hechas desde la
perspectiva de la buena voluntad y de la buena comprensión de un
proyecto de ley que entendemos que tiene que estar lo más claro
posible. Desde esa perspectiva, veríamos favorablemente que todas
fueran aceptadas; si no lo son, plantearía que el que no esté de
acuerdo con alguna de ellas que las enmiende en otros trámites y que
las plantee en el Senado. Entendemos que no ofrece ninguna dificultad
especial que sean todas aceptadas.




El señor PRESIDENTE: Señor Ríos.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Señor presidente, podemos hacer selección de
temas y no habría ningún problema de haberlo hablado antes.

(Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Señor Chiquillo, les ruego se mantengan en
silencio.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Entiendo que la nota del letrado de la
Comisión viene a proponernos la adecuación mejor en la redacción, no
en los contenidos, al tempus legal y a la forma de redactar el cuerpo
legal. Yo las he leído y estudiado todas y me parece que el informe
del letrado puede incorporarse íntegramente, como un todo, porque no
modifica en nada lo que propone el proyecto de ley. No



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tengo ningún problema. Ahora, como no es tradicional ver aceptadas
unas aportaciones y otras no, si alguien pone pegas, el trámite que
sugería el portavoz del Grupo Socialista puede ser una fórmula.

Personalmente, veo aceptables las sugerencias, porque su objetivo es
arreglar en el cuerpo legal la redacción de los textos que se nos han
propuesto. Para mí, todas ellas tienen el mismo carácter y las puedo
aceptar.




El señor PRESIDENTE: Esta Presidencia entiende que no hay consenso,
porque el portavoz del Grupo Socialista se ha manifestado en distinto
sentido al de su señoría.

Señor Sedó.




El señor SEDÓ I MARSAL: Señor presidente, esto tiene que resolverse
vía enmiendas del Senado, de los grupos que las quieran presentar. Al
no ser una resolución de carácter técnico, como lo son en general, se
absorbe directamente, pero en el momento que no hay consenso, toma el
carácter no de corrección técnica sino de enmienda. Por tanto,
valorando positivamente la nota que ha hecho el letrado, creo que
debería tramitarse por vía de enmiendas.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo, señor Sedó.

Señora De Lara.




La señora DE LARA CARBÓ: Nosotros aceptamos también las observaciones
del letrado. Ahora bien, son observaciones del letrado; por tanto no
son aspectos puramente técnicos sino que en algunos puntos son
cuestiones interpretativas. Por consiguiente, mantenemos la postura
de nuestro grupo de no aceptar algunas observaciones, como he
indicado antes.




El señor PRESIDENTE: En todo caso, señora De Lara, esto será objeto
de las correspondientes iniciativas en el trámite posterior, ya que
no existe consenso de todos los grupos parlamentarios, que era lo que
proponía esta Presidencia.




Señoras y señores diputados, rogaría a los portavoces de los diversos
grupos parlamentarios que tal y como ya ha hecho el portavoz de
Izquierda Unida, faciliten a la Presidencia las votaciones que van a
proponer por separado, porque eso facilitaría el desarrollo de las
mismas.

Les comunico a todos ustedes que se interrumpe la sesión por un
período máximo de diez minutos, porque se ha dicho que las votaciones
no tendrían lugar antes de la una y media, pero pueden ser un poco
más tarde, y es el tiempo que se estima necesario para ordenarlas.

Dentro de diez minutos se procederá al inicio de las votaciones.

Ahora se interrumpe la sesión.




Se suspende la sesión.




Se reanuda la sesión.




El señor PRESIDENTE: Reugo a los portavoces de los diversos grupos
parlamentarios que comuniquen las sustituciones.

En nombre del Grupo Parlamentario Mixto están los dos diputados
presentes. En nombre del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria se
ha producido la sustitución comunicada antes de don Luis Mardones por
don Paulino Rivero. En nombre del Grupo Parlamentario Vasco (PNV), no
hay sustitución; está el señor González de Txabarri. ¿En nombre del
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió)?



El señor SEDÓ I MARSAL: Señor presidente, la señora Mercè Amorós
sustituye al señor Recoder.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Sedó. ¿En nombre del Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida?



La señora URÁN GONZÁLEZ: Señor presidente, el señor Ríos sustituye al
señor Santiso.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Urán. ¿En nombre del Grupo
Parlamentario Socialista?



El señor MORLÁN GRACIA: Señor presidente, don José Blanco sustituye a
doña Carmen Marón y doña Carmen Alborch sustituye a don Javier
Paniagua.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Morlán. ¿En nombre del Grupo
Parlamentario Popular?



El señor MARTÍNEZ IZQUIERDO: Don Manuel González sustituye a don
Eduardo Contreras, don José Alarcón Molina a doña Teófila Martínez,
doña Isabel Díez de la Lastra a don Juan José Ortiz, don Pedro
Cantarero a don Cristóbal Pons y don Neftalí Isasi a doña Lucita
Villar.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Martínez.

Vamos a proceder ahora al inicio de las votaciones. Señoras y señores
diputados, dado el número de votaciones separadas que han pedido los
diversos grupos parlamentarios, les ruego faciliten al máximo los
trabajos en las votaciones y colaboren con esta Presidencia, de lo
que estoy seguro.

Vamos a proceder primero a las votaciones respecto a las enmiendas,
luego las votaciones de las enmiendas transaccionales y finalmente la
votación del articulado; y vamos a proceder por los bloques de
enmiendas que han presentado los diversos grupos, en orden de menos a
más.

Por el Grupo Parlamentario Mixto, votación separada de la enmienda
número 12.




La señora DE LARA CARBÓ: ¿Puede decir de quién es la enmienda número
12, por favor? (La señora Urán González: Es la del señor Rodríguez.)



El señor PRESIDENTE: Lo acabo de decir. ¿No tienen ustedes los
papeles, señores portavoces? Deberían tenerlos.

Enmienda número 12, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto.




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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
cinco; en contra, 35; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada la enmienda número 12,
presentada por el Grupo Parlamentario Mixto.

Vamos a proceder ahora a la votación correspondiente al segundo
bloque presentado por el Grupo Parlamentario Mixto, que son las
enmiendas números 18, 20, 29, 47, 48, 50, 51, 52, 55, 58, 59 y 62.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19;
en contra, 21; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado el bloque antes citado.

Vamos a proceder a la votación del tercer bloque de enmiendas del
Grupo Mixto. Son las números 13, 14, 15, 16, 17, 19, 23, 25, 27, 30,
31, 32, 34, 35, 38, 39, 40, 53 y 54.




La señora DE LARA CARBÓ: Perdón, señor presidente. La enmienda número
39, del Grupo Mixto, Unión Valenciana, es una transaccional y usted
ha dicho que se votaban las enmiendas. Con los números 33 y 39 hay
dos transaccionales.




El señor PRESIDENTE: La número 33 no se ha leído, y tiene razón la
portavoz del Grupo Parlamentario Popular, la 39 está retirada porque
es objeto de una transaccional, por lo que se entienden citadas todas
las que anteriormente he dicho y se someten a votación.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
tres; en contra, 35; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado este bloque de enmiendas.

Siguiente bloque, enmiendas números 21 y 22.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
dos; en contra, 24; abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas las enmiendas.

Siguiente bloque del Grupo Mixto. Enmiendas números 24, 26, 28, 33,
36, 37, 49 y 60.




La señora DE LARACARBÓ: Señor presidente, la 33 es una transaccional.




El señor PRESIDENTE: Tal como ha apuntado la portavoz del Grupo
Parlamentario Popular, a la que hay que agradecer especialmente su
colaboración, la número 33 se entiende retirada porque ha sido objeto
de una transaccional, por lo que se procede a la votación de las
enmiendas 24, 26...




El señor CHIQUILLO BARBER: De la enmienda 33, formulada por Unión
Valenciana, se mantiene la votación
al artículo 74.3 y 74.4, porque la transaccional es al punto 2.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: O se admite la transacción o no se admite.




El señor CHIQUILLO BARBER: Se ha hecho la transaccional a un apartado
de la enmienda.




El señor PRESIDENTE: Señor Chiquillo, tiene usted que pronunciarse
acerca de si acepta o no en bloque la transaccional.




El señor CHIQUILLO BARBER: Se acepta.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo. Entonces queda excluida de este
bloque y luego se someterá a votación en las transaccionales.

Así pues, el bloque objeto de votación son las enmiendas números 24,
26, 28, 36, 37, 49, 60, 61 y 63.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
tres; en contra, 20; abstenciones, 18.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.

Siguiente bloque. Enmiendas números 56 y 57.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17;
en contra, 21; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Vamos a proceder ahora a las votaciones por separado en dos bloques,
de las enmiendas presentadas por Coalición Canaria.

Enmiendas números 44 y 46.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17;
en contra, 21; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.

Votamos la enmienda número 41.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
tres; en contra, 38.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Siguiente bloque. Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario
Vasco (PNV). Hay una sola enmienda viva que es la número 7.

Procedemos a su votación.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
seis; en contra, 14; abstenciones, 17.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Queda viva la enmienda 269, del Grupo Parlamentario Catalán
(Convergència i Unió). Se somete a votación.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
cinco; en contra, 32; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.




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Señor diputado, le ruego recuerde que no está permitido fumar en esta
comisión.

Enmiendas del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida. Primer
bloque, enmiendas números 65, 66, 71, 83, 84, 85, 88, 90, 94, 98,
105, 109, 113, 117, 118, 119, 120, 123, 124, 125, 126, 130, 131, 132,
133, 134, 135, 136, 137, 138, 144, 148, 149, 167, 173 y 174.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19;
en contra, 20; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.

Segundo bloque, integrado por las enmiendas números 68; 78; 81; 89;
91; 93; 96; 97; 100; 101; 108; 110; 111; 128; 129; 143; 146; 147;
159; 160; 161; 162; 163; 166; y 172.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
tres; en contra, 36; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado este bloque.




Siguiente bloque integrado por el resto de enmiendas.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
tres; en contra, 22; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.

Enmiendas del Grupo Parlamentario Popular.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Es la primera vez que el Grupo Popular
presente enmiendas y las vota en contra.




El señor PRESIDENTE: En realidad las enmiendas han sido presentadas,
como SS.SS. saben, por el ilustre representante del Partido Aragonés
Regionalista, señor Serrano, perteneciente al Grupo Parlamentario
Popular.

Primer bloque, enmiendas números 274; 276; 281; 282; 283; 290; y 293.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17;
en contra, 23; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado.

Enmienda número 280.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
dos; en contra, 38; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Enmienda número 294.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
dos; en contra, 34; abstenciones, cinco.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Siguiente bloque, integrado por las enmiendas números 286; 287; 288;
y 289.




La señora DE LARA CARBÓ: Señor presidente, a la 286 hay una
transaccional.




El señor PRESIDENTE: Ruego disculpen estos pequeños errores.

La 286 ha sido objeto de transacción. Las enmiendas que se someten a
votación en este bloque son las números 287; 288; y 289.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
dos; en contra, 23; abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

El siguiente bloque que se somete a votación, son las enmiendas
números 275, 284, 291, 292, 296 y 298.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 19;
en contra, 21; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmienda número 285.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
cinco; en contra, 21; abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Se ha procedido, pues, a la votación de este bloque de enmiendas.




El señor MORLÁN GRACIA: Señor presidente, en este bloque de enmiendas
del PAR, creo que faltan las números 277, 278, 279 y 295.




El señor PRESIDENTE: Tiene razón, señor Morlán, la última enmienda
que se ha votado es la 285. Ha faltado someter a votación el último
bloque.

Sometemos a votación el último bloque de enmiendas presentado por el
señor Serrano, integrado por las enmiendas números 277, 278, 279, 295
y 297.




La señora DE LARACARBÓ: Señor presidente, pedimos votación separada
de la 297.




El señor PRESIDENTE: Sometemos a votación las enmiendas números 277,
278, 279 y 295.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17;
en contra, 20; abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Sometemos a votación la enmienda número 297.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 37;
abstenciones, cuatro.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada la enmienda número 297.

Sometemos a votación el primer bloque de enmiendas presentadas por el
Grupo Socialista, integrado por las enmiendas números 179, 190, 197,
198, 199, 201, 204, 226, 246, 247, 249, 255, 261 y 264.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 14;
en contra, 22; abstenciones, cinco.




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El señor PRESIDENTE: Queda rechazado este bloque de enmiendas.




La señora DE LARA CARBÓ: Solicitamos votación separada de las
enmiendas 184 y 223.




El señor PRESIDENTE: De acuerdo.

Vamos a someter a votación las enmiendas números 207 y 245.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18;
en contra, 21; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Votamos las enmiendas números 184 y 223.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 40;
abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas las enmiendas 189 y 223.

Votamos las restantes enmiendas presentadas por el Grupo Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 18;
en contra, 21; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazado este bloque de enmiendas.

Vamos a proceder a continuación a la votación de las enmiendas
transaccionales.




La señora DE LARA CARBÓ: Señor presidente, hay dos enmiendas del
Grupo Parlamentario Popular que hay que votar, son las 297 y 298.




El señor PRESIDENTE: Señora De Lara, estas dos enmiendas se han
sometido a votación y se han enumerado. Le recuerdo, señora De Lara,
que S.S. ha solicitado votación separada de la enmienda 297 y ha sido
aprobada. La enmienda 298 ha sido enumerada y votada en el bloque
anterior. (El señor Sedó i Marsal pide la palabra.)
Señor Sedó.




El señor SEDÓ I MARSAL: Las enmiendas aceptadas en ponencia, ¿se
votan a aquí? Alguna de estas enmiendas estaba aceptada en ponencia,
¿quedan dentro del bloque del texto que vamos a votar a continuación?
(Rumores.)
Señor presidente, no tengo inconveniente en que no se vote y que se
deje en el texto ya aceptado como informe de la ponencia.




El señor PRESIDENTE: Exactamente, eso es lo que va a ocurrir.




El señor SEDÓ I MARSAL: Más lógico hubiese sido que las enmiendas
directas del Partido Popular que estuvieran incorporadas a la
ponencia no se hubiesen votado.




El señor PRESIDENTE: Señor Sedó, como viene siendo habitual, quedan
incorporadas al informe de la ponencia y se votan finalmente.




El señor SEDÓ I MARSAL: Si se votan finalmente y están incorporadas
al informe de la ponencia se votarán con el texto, pero no ahora como
se solicita.




El señor PRESIDENTE: ¿A qué enmienda se refiere S.S. en concreto?



El señor SEDÓ I MARSAL: Ala 270.




El señor PRESIDENTE: La enmienda 270 no se ha votado.




El señor SEDÓ I MARSAL: Ya sé que no se ha votado. Se aprobó en
ponencia, las enmiendas del Grupo Popular también se aprobaron en
ponencia, y por tanto no tienen que votarse separadamente ya. (El
señor Pintado Barbanoj pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Pintado.




El señor PINTADO BARBANOJ: Señor presidente, creo que ha habido un
error a la hora de plantear la votación de estas dos últimas
enmiendas. Es cierto que la 297 estaba incorporada en el informe de
la ponencia; sin embargo la 298 no aparece en el informe de la
ponencia, y era la última que se ha registrado en el día de hoy. (El
señor Ríos Martínez pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Ríos.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Señor presidente, con independencia de que la
ponencia haya incorporado y votemos el dictamen después, no ocurre
nada si se ha votado en Comisión y han sido admitidas esas dos
enmiendas ya que lo mayor abunda lo menor. Lo digo por no volver
hacia atrás, porque lo que solicita el señor Sedó es que no se dieran
por votadas porque ya figuran en el informe de la ponencia. Como
están votadas por la Comisión, cuando se emita el dictamen las
enmiendas que incorporó la ponencia formarán parte del dictamen de la
Comisión.




El señor PRESIDENTE: La enmienda número 298 ha estado incorporada a
un bloque que se ha sometido a votación. Se ha rechazado. Por lo
tanto se entiende rechazada.




La señora LARA CARBÓ: Señor presidente, creo que no se puede
presentar un bloque con enmiendas del PAR y del Partido Popular. No
lo veo normal. (Rumores.) En un mismo bloque no pueden presentarse,
señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Señora De Lara, usted ha tenido oportunidad de
pedir votación separada en su momento y no lo ha hecho.

Señor Ríos.




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El señor RÍOS MARTÍNEZ: Señor presidente, las cuestiones sometidas a
votación en la Comisión y votadas son asunto zanjado en Comisión. Hay
trámite en el Pleno para que se solventen los errores que cada grupo
haya tenido. No hay un grupo parlamentario que se llame PAR; hay un
grupo parlamentario que se llama PP.




El señor PRESIDENTE: No obstante, en sucesivos trámites
parlamentarios se puede corregir cualquier lapsus que se haya podido
cometer aquí.

Vamos a someter ahora a votación las enmiendas transaccionales. Hay
un primer bloque integrado por las enmiendas 286, 39, 6, 9 y 271,
cuyo texto conocen sus señorías.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22;
en contra, cinco; abstenciones, 14.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas estas enmiendas.

Enmienda número 10, del Partido Nacionalista Vasco.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 22;
en contra, cuatro; abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Bloque integrado por las enmiendas 33, 140, 5, 11 y 268.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobado por unanimidad.




Bloque integrado por las enmiendas números 8 y 267.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 23;
en contra, 17; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado.

Resto de transaccionales.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 25;
abstenciones, 16.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado el resto de las enmiendas
transaccionales.

Vamos a proceder a la votación del texto del proyecto de ley según el
informe de la ponencia. (El señor Sedó i Marsal pide la palabra.)
Señor Sedó.




El señor SEDÓ I MARSAL: Usted dice según el informe de la ponencia,
pero ha de ser con la corrección que se tiene que hacer en la
enmienda 270.




El señor PRESIDENTE: Queda constancia de la observación del señor
Sedó.

Se ha pedido votación separada por tres bloques. El primero está
integrado por los preceptos primero, segundo, tercero, cuarto,
quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno, decimotercero, decimoquinto,
6, decimosexto,1, decimoctavo, vigesimo, 2, vigésimo primero,
vigésimo tercero, vigésimo séptimo, trigésimo tercero, trigésimo
cuarto, cuadragésimo primero, artículos 114, 115, 116, 117,
exposición de motivos.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21;
en contra; 19; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado este primer bloque.

Segundo bloque, integrado por los preceptos undécimo, duodécimo,
decimocuarto, decimonoveno, vigésimo segundo, vigésimo quinto,
vigésimo sexto, 3, vigésimo noveno, trigésimo, trigésimo quinto, 4,
trigésimo octavo, cuadragésimo primero, artículos 118, 119, 120,
cuadragésimo segundo, disposición adicional segunda.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 21;
en contra, cinco; abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado este segundo bloque.

Tercer bloque, integrado por los preceptos décimo, décimoquinto, 4,
decimosexto, 4, decimoséptimo, vigésimo, 4, vigésimo cuarto, vigésimo
sexto, 2, vigésimo octavo, trigésimo primero, trigésimo segundo,
trigésimo quinto, 1, 2, 3, 5, 6, y 7, trigésimo sexto, trigésimo
séptimo, trigésimo noveno, cuadragésimo, disposición adicional
primera, disposición adicional cuarta, disposición transitoria y
disposición final.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 39;
abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado este tercer bloque.

Señoras y señores diputados, muchísimas gracias por su colaboración.

Se levanta la sesión.




Eran las dos y veinticinco minutos de la tarde.




Corrección de errores.-En el «Diario de Sesiones» número 723,
correspondiente a la sesión celebrada por esta Comisión el lunes, 28
de junio de 1999, figura en la portada como número de sesión la 38,
cuando realmente se trataba de la sesión 39 de la Comisión de Medio