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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 671, de 13/04/1999
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 1999 VI Legislatura Núm. 671



ECONOMÍA, COMERCIO Y HACIENDA



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. FERNANDO FERNÁNDEZ DE TROCONIZ MARCOS



Sesión núm. 68



celebrada el martes, 13 de abril de 1999



ORDEN DEL DÍA:



Preguntas:



- Del señor Martínez Sanjuán (Grupo Socialista del Congreso), sobre
partidas presupuestarias con cargo a las que piensa asumir el pago de
la sentencia del caso de la colza. (Número de expediente 181/002308)
... (Página 19454)



- Del mismo señor diputado, sobre incidencia de la ejecución de la
sentencia del caso de la colza sobre el cumplimiento del plan de
estabilidad. (Número de expediente 181/002309) ... (Página 19454)



- Del mismo señor diputado, sobre gasto que será necesario realizar
para cumplir la sentencia del caso de la colza. (Número de expediente
181/002310) ... (Página 19454)



Proposiciones no de ley:



- Sobre modificación del artículo 79, apartado 9, de la ley de medidas
fiscales, administrativas y del orden social del Estado para 1999,
ampliando la reducción de hasta un 80 por 100 en la cuota del Impuesto
de Actividades Económicas a todos aquellos comercios o empresas de
servicios abiertos



Página 19454




al público que se encuentren ubicados en vías públicas afectadas por
obras durante un tiempo superior a los tres meses. Presentada por el
Grupo Parlamentario Mixto. (Número de expediente 161/001338) ...

(Página 19459)



- Por la que se insta al Gobierno a ampliar a las explotaciones de
cítricos situadas en las comarcas del Baix Ebre y Montsiá (Tarragona)
la reducción del índice de rendimiento neto en el IRPF debido a la
incidencia del virus de la tristeza. Presentada por el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència y Unió). (Número de expediente
161/001403) ... (Página 19463)



- Relativa a estudios sobre financiación local de determinados
municipios. Presentada por el Grupo Socialista del Congreso. (Número
de expediente 161/001422) ... (Página 19466)



- Sobre medidas en relación con las actividades de sociedades
instrumentales radicales en Gibraltar. Presentada por el Grupo
anterior. (Número de expediente 161/001425) ... (Página 19468)



- Sobre actuaciones del Gobierno en relación con los planes de
segregación de «Telefónica, S. A.» y los efectos sobre su plantilla.

Presentada por el Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.

(Número de expediente 161/001431) ... (Página 19473)



Debate y votación de las siguientes solicitudes de creación de
Subcomisiones y Ponencias:



- En el seno de la Comisión de Economía, Comercio y Hacienda, de una
Subcomisión de análisis y estudio de la problemática de la profesión
de auditor de cuentas y su actividad. Formulada por los Grupos
parlamentarios Populares, Socialista, Izquierda Unida, Catalán
(Convergència y Unió), Vasco (EAJ-PNV), Coalición Canaria y Mixto.

(Número de expediente 158/000046) ... (Página 19476)



Se abre la sesión a las diez y treinta y cinco minutos.




PREGUNTAS:



- DEL SEÑOR MARTÍNEZ SANJUÁN (GRUPO SOCIALISTA DEL CONGRESO) SOBRE
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS CON CARGO A LAS QUE SE PIENSA ASUMIR EL PAGO
DE LA SENTENCIA DEL CASO DE LA COLZA. (Número de expediente 181/
002308).




- DEL SEÑOR MARTÍNEZ SANJUÁN (GRUPO SOCIALISTA DEL CONGRESO) SOBRE
INCIDENCIA DE LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA DEL CASO DE LA COLZA SOBRE
EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE ESTABILIDAD. (Número de expediente 181/
002309).




- DEL SEÑOR MARTÍNEZ SANJUÁN (GRUPO SOCIALISTA DEL CONGRESO) SOBRE
GASTO QUE SERÁ NECESARIO REALIZAR PARA CUMPLIR LA SENTENCIA DEL CASO
DE LA COLZA. (Número de expediente 181/002310).




El señor PRESIDENTE: Señores y señoras diputados, buenos días. Señor
secretario de Estado de Presupuestos, buenos días.

Hoy completamos el elenco de los diferentes altos cargos del
Ministerio de Economía y Hacienda que han pasado
por esta Comisión puesto, que yo recuerde, nunca había venido aquí
el señor secretario de Estado de Presupuestos, don José Folgado.

Para contestar una tanda de preguntas que realizar el diputado don
Ángel Martínez Sanjuán, del Grupo Socialista, directamente, vamos a
proceder a este trámite del orden del día.

Señor Martínez Sanjuán, tiene usted la palabra para formular las
preguntas, y le agradecería, si es posible, que las agrupe ya que, al
parecer, tienen un contenido homogéneo, en teoría, si no, hágalo
usted como evidentemente tenga por conveniente. Tiene usted la
palabra.




El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: Las formularé conjuntamente, como S. S. me
sugiere.

Buenos días, señor Folgado. Hemos coincidido en la Comisión de
Presupuestos, pero en esta Comisión, efectivamente, como decía el
presidente, no habíamos coincidido.

He hecho tres preguntas que van concatenadas, o por lo menos tienen
la misma razón de ser.

El pasado 18 de marzo el Pleno del Congreso, como bien conocer todas
SS.SS. así como el secretario de Estado, convalidó el Real Decreto-
ley 3/1999, de 26 de febrero, sobre el pago de indemnizaciones
derivadas de las sentencias de la Sala Segunda del Tribunal Supremo,
de echa 26 de septiembre de 1997. Quizá en aquel Pleno hubo una pizca
de demagogia en algunas intervenciones y poca claridad desde el punto
de vista económico y presupuestario. Se entró más a discutir las
razones de fondo que llevaban a la convalización y presentación de
este real decreto. Quizásen esta Comisión de Economía queramos, como
grupo parlamentario,



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conocer algo más de las mecánica de los efectos, de las consecuencias
de la decisión, primero judicial, de la Sala Segunda del Tribunal
Supremo, y de la adoptada por el Gobierno con la presentación del
real decreto-ley, convalidado por nuestro grupo parlamentario y por
todos los demás, como no podía ser de otra forma, por cuento estamos
absolutamente de acuerdo, primero, con la ejecución de la sentencia
y, segundo, con la agilidad de la medida, en principio tomada por el
Gobierno y convalidada por estas Cortes, para resolver de una forma
definitiva un grave problema que afecta a miles y miles de ciudadanos
que en un momento determinado de su vida sufrieron gravemente las
consecuencias de este problema doloroso de la colza que fue el
síndrome tóxico.

Queremos, como dijimos en el Pleno del Congreso de los Diputados,
agilidad, eficacia, transparencia en la resolución de este problema;
que se pague cuanto antes, cueste lo que cuese. Aprovechando la
presencia del Gobierno en la persona del Secretario de Estado de
Presupuestos en esta Comisión, quisiéramos tener alguna información
respecto a la mecánica, al alcance, al procedimiento y a las
consecuencias de la decisión económica adoptada con el real decreto-
ley convalidado por el Pleno del Congreso, como decía anteriormente.

El real decreto no fija, como quizá no puede ser de otra forma, ni
con cargo a qué partidas o cual puede ser el montante final del
desarrollo de la ejecución de la sentencia de 1997 del Tribunal
Supremo. El ministro de Economía habló en el Pleno del 18 de marzo,
cuando presentó el real decreto para su convalidación, de la
imposibilidad de conocer la cuantía final del crédito y los ritimos a
los que se vaya a producir el pago de las indemnizaciones por el
síndrome tóxico, y desde luego lo que sí decía era que no afectará
a la sostenibilidad presupuestaria.

Cuando estamos hablando de la ejecución de esta sentencia tan
importante, a nosotros nos preocupa relativamente poco la
sostenibilidad presupuestaria; primero, porque hay que hacerlo;
segundo, es de justicia; y tercero, porque es necesario solucionar de
una forma definitiva este problema.

Es verdad que el Gobierno adoptó el criterio de la presentación del
real decreto-ley con un sistema de pagos a cuenta que parece -no
porque lo dijera el ministro, sino el portavoz del Grupo
Parlamentario Popular- que lo que se pretendía al final de cada año
era regularidad las cuentas de los pagos adelantados a través de la
tramitación de un crédito extraordinario. Es algo que no está en el
real decretoley y quisiéramos saber si definitivamente éste va a ser
el procedimiento final de la ejecución de esta sentencia y del
mecanismo aprobado en el real decreto-ley. Es decir, si en función de
los pagos adelantados por la tesorería, a partir de las cantidades
abonadas a los afectados en el mes de noviembre se va a tramitar
todos los años, mientras dure el pago de las sentencias, y si se va a
habilitar un crédito extraordinario. Parecer que esto puede ser así,
no porque lo dijera el ministro, sino quizá porque lo dijo el
portavoz del Grupo Parlamentario Popular; me imagino que estaría en
lo cierto. Éste es un dato que quiero conocer, señor Folgado, porque
esto ya me despejaría una de las dudas, una de las preguntas que
quería hacerle: si efectivamente el pago de las indemnizaciones por
las sentencias del Tribunal
Supremo a los afectados por el síndrome tóxico, y que va a generar un
mayor gasto no presupuestado en el ejercicio 1999 (no sé si se podrá
producir en los ejercicios siguientes), va a ser compensado por un
menor gasto en el ejercicio presupuestario de las cuentas aprobadas
por este Congreso a lo largo de 1999 sobre las cantidades que se
abonen ya en el ejercicio 1999 o, en definitiva, y en todos los
casos, si el mecanismo adoptado por el Gobierno es la tramitación de
créditos extraordinarios que aumenten el nivel de disponibilidad de
gastos, aprobado por el Congreso de los Diputados en este caso en el
año 1999 y, posteriormente, en los años siguientes.

Una pregunta me puede llevar a la respuesta de la otra, pero quisiera
que el secretario de Estado me contestara concretamente.




Será usted consciente de que hubo un debate en el Pleno del Congreso
de los Diputados respecto al procedimiento, a si era mejor el crédito
extraordinario, ampliable o no ampliable, o el real decreto-ley que
fue el que en definitiva aprobó el Gobierno y este Congreso
convalidó. Si efectivamente hubiese sido un crédito extraordinario,
está claro que entre la documentación que como parlamentarios,
hubiésemos recibido todos hubiese estado una memoria económica que
justificara el alcance, el contenido del crédito extraordinario que
se establecía. Al no ser un crédito extraordinario, sino un real
decreto legislativo, efectivamente, este elemento puede ser
importante a efectos no políticos, sino informativos, y
consecuentemente, en función de los datos se podrá ver qué incidencia
puede tener en temas tan relevantes como el cumplimiento del plan de
estabilidad y de los equilibrios presupuestarios presentados por el
Gobierno en el último programa de estabilidad, así como las
consecuencias. Le decía que si hubiese habido un crédito
extraordinario, hubiésemos tenido una memoria económica. Es verdad
que lo único que conocemos es que puede haber el orden del 20.000
afectados. No sabemos exactamente cuántos son. No sabemos exactamente
de qué monto estamos hablando. Pero yo creo que el Gobierno ya de
tener datos más o menos orientativos respecto a cuál es el volumen
total del que podemos estar hablando en el momento de la resolución
final del problema. Ya sé que no puede ajustar al céntimo, pero
quizás en estos momentos, señor Folgado, nos bastaría saber una
cantidad orientativa. Según los datos el propio Gobierno imagino que
habrá ido trabajando y acercando una posición sobre cuál es el
volumen del problema del que estamos hablando y cuáles pueden ser las
consecuencias presupuestarias en función de los ritmos posibles de
pagos en la ejecución de la sentencia.

Por eso quisiéramos conocer, señor Folgado, con cargo a qué partidas
presupuestarias va, en el caso hipotético de que se cargaran
concretamente a un ejercicio y a un determinado Ministerio, o, por el
contrario, si efectivamente estamos hablando de un crédito
extraordinario, cómo se piensa establecer el desarrollo de la
ejecución de la sentencia y del real decreto-ley, que no fue
explicado con toda su profundidad en el Pleno.

El real decreto-ley, señor Folgado, también establece que sobre los
montos totales indemnizatorios, consecuencia de las sentencias
individuales, habrá que descontar las cantidades adelantadas respecto
a los afectados en función de las cantidades que a lo largo de los
años han podido



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venir establecidas. Es decir, posiblemente estemos hablando no de un
monto total indemnizatorio, sino de un saldo. Qusiéramos saber
exactamente también cuánto se ha pagado o se ha adelantado -eso
posiblemente, señor Folgado, lo tendrá a los afectados por el
síndrome tóxico -que, consecuentamente, podrán ser descontadas- y en
qué medida con relación a las indemnizaciones finales.

Me imagino que, si es un crédito extraordinario regularizado cada año
tramitado cada ejercicio presupuestario, irá definitivamente a nueva
deuda pública, deuda especial o deuda adicional, sobre las cantidades
autorizadas por el Congreso de los Diputados, en función del artículo
correspondiente a la Ley de presupuestos. Quisiéramos saber
efectivamente, si esto va a ser así, cómo se va a tramitar, de qué
manera.

Ypor último, señor presidente, señor secretario de Estado,
quisiéramos conocer en este momento, dado que el ministro de Economía
en el Pleno del Congreso del día 18 de marzo ya decía que en los
próximos días se van a empezar a abonar a los afectados alguna
cantidad, y si esto les puede dar ya alguna luez respecto a cuál
puede ser la dinámica, la ejecución, el procedimiento, el monto final
del dinero del que estamos hablando.

Señor Folgado, como le decía al principio de mi intervención,
a nosotros no nos preocupa que la ejecución de esta sentencia con todas
sus consecuencias pueda afectar más, menos o regular al programa de
estabilidad, pero quisiéramos saber en qué medida el Gobierno ha
hecho cálculos y cómo puede afectar a la ejecución del programa de
estabilidad en su variable de déficit público, tema absolutamente
importante, máxime además cuando es el último Consejo de Ministros el
Gobierno también ha adoptado una decisión que nosotros compartimos,
que es la indemnización de otro drama social, como es el terrorismo;
también se dará una cantidad, en principio no prevista en los
Presupuestos Generales del Estado de 1999. Así ha sucedido con el
abono de las cantidades de las indemnizaciones por el síndrome
tóxico, ya conocidas desde el año 1997. Bien podía haber sido
establecido una cantidad orientativa desde el propio presupuesto del
año 1999, porque han tenido todo el año 1998 fundamentalmente para
poder estimar ya una cantidad que podría haber sido incorporada a los
presupuestos del año 1999; cuando el Gobierno no lo ha decidido así,
sus razones tendrá. En definitiva, quisiéramos saber exactamente,
señor Folgado, la respuesta a estas preguntas que yo le he hecho, y
que lógicamente van concatenadasunas con otras, como consecuencia de
la aprobación del real decreto-ley.




El señor PRESIDENTE: Para contestar las preguntas formuladas tiene la
palabra el señor secretario de Estado de Presupuestos.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE PRESUPUESTOS Y GASTOS (Folgado
Blanco): Quiero decirles en primer lugar a sus SS.SS. que es para mí
un honor comparecer en esta Comisión que, en efecto, señor
presidente, es la primera, y por supuesto que con mucho gusto
asistiré cuantas veces SS.SS. lo estimen oportuno.

Comparezco para un tema sin duda muy importante y muy urgente. Era
preciso hacer justicia un asunto que se
inició hace ya muchos años, 18. Es de justicia, es de urgente
necesidad atender desde luego esas situaciones. Un Gobierno
democrático, un Gobierno como éste que tiene la sensibilidad que debe
de tener para con todos los temas que son realmente de importancia
social, lo está demostrando, y así lo mostró con el real decreto-ley
de 26 de febrero del presente año, una vez que ya tenía conocimiento
de la firmeza de la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo
sobre el pago de las indemnizaciones a los efectados por el síndrome
tóxico.

En ese real decreto-ley, y para evitar precisamente demoras, lo que
se hace es establecer ya el procedimiento más ágil (sin menoscabo,
naturalmente, de los controles adecuados) para poder hacer frente
inmediatamente al resultado de los autos que van surgiendo de la
Audiencia Nacional, autos que son individualizados, que establecen
las cuantías pertinentes. Se estableció un mecanismos de anticipio de
tesorería, se estableció un sistema en el cual se fijan ya los
órganos más adecuados, precisamente para ganar en agilidad: por un
lado, la oficina de gestión de las prestaciones económicas y sociales
del síndrome tóxico, que es la que centraliza toda la información, y
la Dirección General del Tesoro, por otro lado, que es el órgano
pagador del Estado. Se evita de esta manera establecer ningún tipo de
órganos específicos distintos, particulares o diferenciados, lo cual
obligaría a una transacción de documentación y, en definitiva, a una
demora. Esta norma no precisa desarrollo, lo cual facilita el
proceso. Pero eso, como decía anteriormente, es sin menoscabo del
control y de la transparencia; se establece en el artículo 2, segundo
párrafo, la necesidad de la fiscalización, que no es la requerida en
un crédito extraordinario en el que tiene que establecerse un sistema
procedimental para comprobar que existe crédito suficiente y
adecuado, de comprobación de los datos para ver que son correctos,
que se ajustan a las sentencias. Se establece la necesidad de dar
cuenta mensual al Parlamento y la obligatoriedad de aplicar a
presupuesto en cada ejercicio con la información, los datos que
tengamos hasta 30 de noviembre. Eso no quiere decir que no vaya
directamente en contabilidad nacional a la aplicación, a gasto y
saldo presupuestario de todos los datos que se tengan hasta 31 de
diciembre; simplemente estamos hablando a efectos de contabilidad
presupuestaria.

Por lo tanto, agilidad, control y transparencia eran las
características básicas que tenían que definir ese real decreto- ley,
y creemos que las reúne de manera adecuada. Naturalmente, es un
procedimiento excepcional, habilitado perfectamente por el artículo
43.1 de la Ley General Presupuestaria, que permite -porque es para
asumir las obligaciones derivadas de sentencia firme- establecer
todos los mecanismos para pagar con agilidad. Desde luego, es
imposible aventurar una cifra concreta cuando estamos hablando de
miles de afectados que pueden recurrir importes y calificaciones; hay
que hacer una determinación individualizada. Éstas son las
características básicas que reúne este real decreto-ley. Desde luego,
tenga la completa seguridad S.S. de que estamos ante una situación en
la cual el hecho de atender con rapidez unas exigencias derivadas de
una necesidad social, y además de unas sentencias, se realiza sin



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menoscabo, naturalmente, de todo el rigor, todo el control y toda la
transparencia.

La sostenibilidad presupuestaria nos preocupa, señoría, a todos. Me
ha extrañado que diga que no preocupa la sostenibilidad
presupuestaria. Nos preocupa en cualquier caso; lo que sucede es que
la acción del Gobierno lo que lleva a cabo es una política económica
en la que compagine el atender naturalmente todas las necesidades
sociales, los objetivos que se establecen de política social y
económica y, al mismo tiempo, el cumplimiento de unos objetivos de
sostenibilidad presupuestaria.

En principio sería incluso hasta una frivolidad dar cifras que no se
conocen en absoluto; creo que lo más importante aquí es pagar, pagar
con agilidad, pagar los importes debido, una vez descontados,
naturalmente, los importes abonados, y establecer los sistemas
adecuados de control al mismo tiempo que se paga con agilidad para
que no haya ningún tipo de problema desde el punto de vista contable
y presupuestario.

Creo que éstos son los puntos fundamentales que quería resaltar en
este instante.




El señor PRESIDENTE: Señor Martínez Sanjuán.




El señor MARTÍNEZ SANJUÁN: En mi primera intervención creo que ha
quedado absolutamente claro cuál era el ánimo de mi grupo
parlamentario y el mío propio al formular las preguntas. No se trata
tanto, ni mucho menos, como quedó demostrado en el debate del Pleno
del Congreso, de discutir en términos políticos, porque en dichos
términos este grupo parlamentario y todos los demás de la Cámara, con
el voto favorable a la convalidación del real decreto, dimos, todos,
no solamente el Gobierno, un ejemplo de sensibilidad, de coherencia,
un ejemplo de responsabilidad y de aceptar la fórmula presentada por
el Gobierno, aunque puede tener sus discusiones desde el punto de
visa de tramitación presupuestaria. Se podía haber elegido este
sistema u otro. Pero tengo que reconocer, señor Folgado, que me deja
en cierto modo como estaba antes de formular las preguntas.

Yo no quiero saber exactamente si son 325.427 millones de pesetas,
sino de qué estamos hablando y en qué medida, lógicamente, porque es
una decisión, no ya del Gobierno, sino de este Congreso de los
Diputados y de todos los partidos políticos que lo integramos, que
hemos adoptado en el ejercicio democrático de nuestra responsabilidad
política. Luego, nos sentimos corresponsables, lo mismo que el
Gobierno, en la tramitación y en la incidencia que pueda tener en el
programa de estabilidad, en las cuentas públicas. Cuando estamos
hablando de resolver un problema social, le tengo que repetir, señor
Folgado, que una o dos décimas de déficit en relación con el PIB nos
preocupan poco; pero una cosa es que nos preocupe poco y otra que
nuestra obligación política y como parlamentarios sea la de
acercarnos de una forma inteligente y aproximada a la realidad del
problema.

A lo largo de estos últimos años, cuando se ha venido hablando del
programa de estabilidad, cuanto se estaba preparando su modificación
por parte de algunos altos cargos del Gobiernos se han citado
cantidades respecto a la ejecución de esta sentencia (que estaba,
como definitivamente
está, sobre la mesa y sobre las cuentas públicas), respecto a un
volumen determinado. Yo no sé -y se lo digo sinceramente, señor
Folgado- qué grado de realidad con el problema tienen respecto a
400.000, 500.000 millones de pesetas; no lo sé. Simplemente
quisiéramos tener una aproximación. Le parecerá lógico al señor
Folgado que queramos preguntarle al Gobierno de qué estamos hablando
en función de los datos que más o menos ha tenido que venir
estableciendo el Gobierno.

Señor Folgado, yo no me puedo creer que la Secretaría de Estado de
Presupuestos no haya hecho una aproximación econométrica,
cuantitativa, orientativa más o menos. De la misma manera, señor
Folgado, cuando el Gobierno acaba de aprobar -no sé si es real
decreto-ley o real decreto- la indemnización para las víctimas del
terrorismo ha hecho una aproximación en torno a 45.000 millones de
pesetas. Por cierto, no sé si lo va a hacer con cláusulas de
adaptación del valor de la peseta a los momentos actuales o al de
cuando se produjo el problema; me imagino que en este tema del que
estamos hablando, del problema de la colza, algo tiene que tener
hecho el Gobierno. Entiéndame, señor Folgado, que cuando le hago
estas preguntas no van con un ánimo de meterle el dedo en el ojo, en
absoluto. No es la filosofía ni de este grupo parlamentario ni de
este diputado que le habla. Se trata de establecer un mínimo
conocimiento de la realidad del problema que afecta a miles y miles
de ciudadanos. Yo me sé si de los equis miles que sean todos van a
tener derecho o no van a tenerlo, si las sentencias individualizadas
se van a comportar de una forma o de otra. Pero desde luego, señor
Folgado, le pido una contestación más exacta en cuanto al problema
del que estamos hablando. ¿Estamos hablando de 400.000 millones de
pesetas? habría que descontar un volumen que ya han tenido que pagar
los diferentes gobiernos y que S.S. tiene que conocer. ¿De cuánto
estamos hablando más o menos? ¿cuál puede ser el ritmo estimado por
parte del Gobierno? Habrá hecho una previsión, un calendario, una
adaptación, unas hipótesis de trabajo para ver cómo y en cuánto
tiempo se puede producir el pago de la mayor parte de las sentencias.

¿En qué medidas va a afectar esto al programa de estabilidad en
función de las cantidades orientativas que ha venido estableciendo?
Eso es lo que yo le he preguntado, señor Folgado, y yo entiendo que
usted me conteste así. En parte le puedo entender, pero comprenderá
que no me quede satisfecho con la respuesta que me ha dado. No me
puedo sentir satisfecho; mi grupo parlamentario quisiera conocer algo
más respecto a cómo va a evolucionar esto; si ustedes tiene previsto
pagarlo básicamente entre 1999 y 2000, porque creen la ejecución de
la sentencia se va a producir a un ritmo determinado; si está ya la
documentación suficientemente preparada porque cuando se produzcan
estas sentencias individualizadas todo el mundo va a ir a la
ventanilla del síndrome tóxico y va a solicitar los adelantos por
parte el Tesoro. Porque, como le decía anteriormente, señor Folgado,
el ministro el día 18 de marzo dijo: En este sentido quiero anunciar
a la Cámara que ya se están tramitando las primeras órdenes de pago y
que éstas se realizarán durante la próxima semana. Es decir, que si
hacemos caso a las palabras del ministro, ya se han tenido que pagar
cantidades a los primeros afectados. Eso les puede dar a ustedes,



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señor Folgado, una estimación, pequeña, pero por lo menos una
aproximación al problema.

Yo le veo que sonríe, señor Folgado, pero como comprenderá le tengo
que formular esas preguntas, aunque con su respuesta me he quedado
exactamente igual que como estaba antes. Lo que me acaba de decir el
señor Folgado ya lo dijo el señor ministro en el Pleno: No sabemos,
es una aproximación a un problema; no sabemos a qué ritmo se va
a producir; o sabemos el monto global... Pero yo no me creo, señor
Folgado, que ustedes no hayan elaborado un modelo por lo menos
orientativo o de aproximación a la realidad del problema. Lo que le
estoy pidiendo, señor Folgado, es que nos lo cuente, para sentirnos
en cierta medida cómplices también de la información que usted tiene
con una decisión que este grupo parlamentario, lo mismo que los
demás, ha asumido democráticamente. No lo estamos haciendo, señor
Folgado, para cogerle por la puerta de atrás; queremos conocer la
realidad del problema. A nosotros nos preocupa de estabilidad, lo
hemos dicho muchas veces. No le vamos a decir que nos preocupa más
allá de lo necesario. Es verdad que cuando se presentó el programa de
estabilidad había un doble escenario con un crecimiento determinado
(3,8 por ciento para el año 1999 y un ritmo de crecimiento estimado
para los próximos años superior al que se está produciendo). Todo
eso, señor Folgado, va a tener incidencias en temas tan importantes
como el cómputo de déficit con relación a la variable PIB en función
de la evolución que estamos teniendo en estos momentos y que,
lógicamente, va a afectar de una manera o de otra al programa de
estabilidad. ¿De cuánto estamos hablando: de medio punto de PIB, de
una décima de punto de PIB, de 0,2? ¿Se va a prorratear en los
diferentes años, en los próximos dos o tres años básicamente a un
ritmo de una décima de PIB? Estos no van a ser problemas especiales,
a la vista además de las excedencias con las que usted ejecuta el
presupuesto y que nos cuenta comparecencia tras comparecencia. No
tiene que estar preocupado si las cosas van tan bien.

Queremos saber, señor Folgado -y con esto termino- de qué estamos
hablando, qué monto estamos estimando. Como le decía anteriormente,
se ha oído a cargos importantes del Gobierno hablar de un problema de
medio billón de pesetas, de 400.000 de pesetas, y estamos ya hablando
de cifras realmente importantes. Esto, tramitado en un año o en dos
puede suponer realmente una parte importante del déficit público, que
se va a incrementar con relación al PIB y que puede tener alguna
incidencia sobre el programa de estabilidad. Espero que no sea
importante, pero le vuelvo a formular las mismas preguntas, aunque me
da la sensación, señor Folgado (y ya no tendré turno de réplica), de
que me va a contestar más o menos como lo ha hecho en la primera
intervención.




El señor PRESIDENTE: Señor Folgado:



El señor SECRETARIO DE ESTADO DE PRESUPUESTOS Y GASTOS (Folgado
Blanco): Como sabe su señoría, la sentencia establece las cuantías
concretas para las indemnizaciones de acuerdo con las distintas
situaciones de los afectados. Su señoría sabe también que tiene que
producirse una determinación individualizada para cada
uno de ellos. Eso provoca que sea absolutamente imposible -y desde
luego los servicios técnicos del Ministerio de Economía y Hacienda no
están en disposición de hacerlo- poder dar ningún tipo de cifra
concreta. Me ha extrañado que su señoría, por un lado, diga que no le
preocupa la cuantía concreta y, por otro, sí parece que le preocupa y
ha insistido sobremanera en eso.

De lo que estamos hablando me parece que no es de adelantar la cifra
exacta, que no es posible saber, desde el momento en que tiene que
haber una determinación individualizada. En cada uno de los autos que
tienen que ir desde la Audiencia Nacional a la oficina del síndrome
tóxico. No es posible adelantar una cifra global, porque entre otras
cosas tampoco sabemos el ritmo al que se van a producir los distintos
autos. Yo le puedo decir que hasta el día de ayer, por ejemplo, ya ha
entrado en el Tesoro enviados por la oficina 14 autos por un importe
de 261.194.733 pesetas. Eso se lo digo con todo detalle. Es más en el
propio real decreto-ley decimos que mensualmente daremos notificación
al Parlamento de la cifra exacta. Sabemos también que están entrando
autos con periodicidad, prácticamente diaria, en la oficina del
síndrome, la cual, como es obvio, y supongo que lo entenderá su
señoría como normal, tiene que hacer las comprobaciones pertinentes,
las comprobaciones normales de que los datos de las personas, de que
las cuantías se ajustan a lo que dictamina la sentencia
individualizada, y además descontar, naturalmente, lo que corresponda
a lo ya abonado. Este proceso no lleva mucho tiempo, pero es obvio
que exige unos días; están entrando. Por esto hemos decidido que
mensualmente vamos a dar cuenta al Parlamento. No sabemos a qué ritmo
van a entrar. Yo le doy las cifras hasta ayer, y desde luego
mensualmente irán entrando en el Parlamento.

Esto es distinto a lo que hemos decidido en relación con las víctimas
del terrorismo. Lo que hemos decidido es no esperar a que haya una
sentencia individualizada de cada uno de los afectados, de los mil
fallecidos y también de muchos centenares de afectados por distintas
contingencias. Si se hubiera procedida de la misma manera hace años
con las víctimas del síndrome tóxico que ahora con las víctimas del
terrorismo, el Gobierno habría determinado, como nosotros lo estamos
haciendo (con arreglo a una serie de baremos, sin esperar a la
sentencia), unas indemnizaciones, repito, sin esperar a la sentencia.

El procedimiento es distinto. Y desde luego, en este sentido,
entendemos que ágil. Pero, dado que tenemos por medio unas sentencias
y que tiene que haber una determinación individualizada de la
Audiencia Nacional, entienda S.S. que no tiene ningún sentido que
aventuremos cifras que no dependen de nosotros, sino de un proceso.

¿Qué depende de nosotros? Que a medida que se va produciendo cada uno
de los autos que llegan a la oficina se tramite con celeridad. Y eso
sí que lo estamos garantizando. Éste es el primer punto, que creo que
está perfectamente claro en el real decreto-ley. Segundo punto: su
incidencia en déficit. Como sabe muy bien S.S., y a así lo ha dicho,
naturalmente hay que aplicar a presupuesto lo que es la cuenta
provisional, digamos, que se estableció en el real decreto-ley, en el
artículo 1.o (pagos pendientes de aplicación; indemnizaciones
afectados síndrome tóxico; sentencia 895/1997). Bien, con arreglo a
esa



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cuenta se va haciendo los anticipos de tesorería, con celeridad. Lo
estamos haciendo ya, y se seguirá dando cuenta.

Luego vienen dos aspectos fundamentales. Por un lado, lo que es
contabilidad presupuestaria, por lo tanto, aplicación a presupuesto.

Ya le respondo a su señoría que se va a sacar un real decreto-ley
para aplicar a presupuestos, naturalmente, las cuantías
correspondientes por el importe que se sepa. Por eso se estableció
hasta 30 de noviembre, para poder aplicarlo perfectamente a
presupuesto, sin problema ninguno, por las cuantías que sepamos. Eso
no quiere decir -y es la otra cuestión- que a déficit vayan sólo los
pagos que se hayan realizado hasta 30 de noviembre. Adéficit en
términos de contabilidad nacional van todos los pagos que se realicen
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, porque así lo exige
Eurostat y la contabilidad nacional, por supuesto. La contabilidad
nacional exige que las cuantías a efectos de gastos y de saldo
presupuestario san todas aquellas que se devenguen en el ejercicio, y
aquí el devengo es por el pago que se realice no hasta 30 de
noviembre, sino hasta 31 de diciembre. Y naturalmente eso es así; no
hay problema ninguno. Hay claridad, hay transparencia, hay desde
luego no sabemos. Si S.S. lo sabe, díganoslo, pero desde luego está
claro que nosotros no lo sabemos, dado que va en función de la
determinación individualizada por la Audiencia Nacional. No es un
procedimiento como el de víctimas del terrorismo en el que se ha
tratado de no esperar a cada una de las sentencias (que podrían
demorarse muchos años) que pueda haber en relación con cada una de
las víctimas del terrorismo. Pero aquí ya ha habido, se ha agotado
todo el proceso judicial. Estamos ante un hecho en el cual la
Audiencia Nacional nos irá diciendo cada cifra. Todo lo demás son
especulaciones, y me parece que el Gobierno no debe,
responsablemente, actuar por la vía de especulaciones diciendo qué
ritmo va a existir en la determinación definitiva de las cantidades
individuales que dicten los autos que van de la Audiencia Nacional a
la oficina del síndrome, la cual luego lo remite a la Dirección
General del Tesoro.

La partida con cargo a la cual va a ir en la contabilidad
presupuestaria es la sección presupuestaria 31, Gastos de diversos
Ministerios, y el programa: Imprevistos y funciones no clasificadas.

Con cargo a esa partida se irán aplicando a presupuesto las cuantías
correspondientes a cada uno de los ejercicio. Tampoco sabemos,
naturalmente, cuánto va a ser en este ejercicio, cuánto va a ser en
el próximo, cuánto va a ser en el siguiente, o si va a ser la mayoría
en éste y residualmente en el otro. Es imposible poder determinarlos.

He querido entender de la intervención de S.S. que lo realmente
importante no era eso; que lo realmente importante no es el posible
morbo de una cifra que no sabemos; lo importante es -lo sabemos,
¿verdad?- hacer justicia a algo que ha lleva pendiente 18 años.

Creo, presidente, que éstos eran los aspectos más importantes a
resaltar.

En cuanto a la cuantía he podido decir lo que hay hasta hoy. Sabemos
que están entrando actualmente autos en la oficina del síndrome,
bastante más de esos 14 que ya están tramitados. Pero eso está
cambiando cada momento, cada día, y me parece que lo pertinente es
que se suministre la información mensual, lo que nos irá diciendo, a
lo largo de los meses, cuánto va a corresponder a este ejercicio.

Lo relativo a las partidas presupuestarias está dicho.

En cuanto a la incidencia en el Plan de estabilidad, S.S. ha
resaltado que lo importante no era el tema de si iba a representar
una o dos décimas (aunque por otro lado también solicitaba
información sobre si iba a ser una o dos décimas); eso lo sabremos en
cada uno de los ejercicios. Y tampoco sabemos, el ejercicio
presupuestario, en la vertiente presupuestaria de ingresos, ya que es
un ejercicio de estimación. Vamos a ver cómo evoluciona a lo largo
del ejercicio. Acerca de los gastos, veremos los que van surgiendo
(ahora víctimas del terrorismo y tenemos el de la colza). Ya veremos
cómo encajan todas las cifras, aunque pienso que eso no sea en estos
momentos lo más relevante. Tal como se está ejecutando el
presupuesto, entendemos razonablemente que se va a cumplir, pero
naturalmente hay una incógnita que se tendrá que despejar a lo largo
de los meses siguientes en cuanto a lo que puede representar la
cuantía de las indemnizaciones del síndrome tóxico.

Lo que sí sabemos, claro, es que no estamos hablando de algo que
representa un déficit estructural, que me parece que es lo más
relevante, sino de algo excepcional, no recurrente, que se produce en
un momento determinado y que nada tiene que ver con una política
presupuestaria que desde el punto de vista estructural quiere ser
conducida hacia el equilibrio presupuestario, incluso con algo de
déficit en el 2002, tal como reza en el programa de estabilidad.

Naturalmente, no cambiamos la filosofía que encierra el programa de
estabilidad, para nada. Pero entendemos que no es cuestión ahora de
hacer modelos econométricos sobre en qué medida las indemnizaciones,
los pagos que se vayan realizando van a afectar al programa de
estabilidad. Yo puedo decirle que el Gobierno, en su caso, adoptaría
las medidas correspondientes para que la política presupuestaria
fuera coherente con los objetivos de política económica establecidos.

Todo lo demás me parece que sería entrar en un escenario de puras
conjeturas, que no creemos que sea oportuno, porque lo más importante
es pagar, pagar con agilidad, que se establezcan los controles
adecuados, que se haga justicia de una vez y, en definitiva, que se
aplique a presupuesto y en contabilidad nacional las cuantías que
vayan resultando de la aplicación de las sentencias.




El señor PRESIDENTE: Concluido este punto del orden del día,
suspendemos brevemente la Comisión, a los efectos de que el señor
secretario de Estado pueda no desalojar sino salir de la sala.

Posteriormente continuaremos con las proposiciones no de ley.

Suspendemos, por consiguiente, la sesión, por inconmensurable tiempo
de antemano. (Pausa.)



PROPOSICIÓN NO DE LEY:



- SOBRE MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 79, APARTADO 9 DE LA LEY DE MEDIDAS
FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DEL ORDEN SOCIALDELESTADO PARA1995,
AMPLIANDO LA REDUCCIÓN DE HASTA UN 80% EN LA CUOTA DEL IMPUESTO DE
ACTIVIDADES ECONÓMICAS A TODOS AQUELLOS COMERCIOS O EMPRESAS DE
SERVICIOS ABIERTOS AL PÚBLICO QUE SE ENCUENTREN UBICADOS



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EN VÍAS PÚBLICAS AFECTADAS POR OBRAS DURANTE UN TIEMPO SUPERIOR A LOS
TRES MESES. PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO MIXTO. (Número de
expediente 161/001338)



El señor PRESIDENTE: Reanudamos la sesión.

Si les parece a ustedes las votaciones las celebraremos al final de
la discusión de las diferentes proposiciones no de ley. Yo calculo
que aproximadamente podremos realizarlas a partir de la una y media.

Si a la una y media no hubiéramos concluido todavía el debate,
lógicamente se pospondría la votación hasta la hora en que
concluyera, y en el supuesto de que hubiese ya concluido,
suspenderíamos la sesión hasta esa hora: trece treinta horas, doce
treinta en Canarias; una y media, doce y media en Canarias.

Y si les parece a ustedes también, como un señor portavoz me ha
solicitado que pospongamos para el último punto de las proposiciones
no de ley el relativo a las actividades de sociedades instrumentales
radicadas en Gibraltar, este punto número 7, lo dejaremos como último
punto del orden del día, para poder celebrar con la suficiente
asiduidad la discusión correspondiente.

Ya sin más, pasamos al debate de la primera de las proposiciones no
de ley, relativa a la modificación del artículo 79, apartado 9 de la
Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social del
Estado para 1995, ampliando la reducción de hasta un 80% en la cuota
del impuesto de actividades económicas a todos aquellos comercios o
empresas de servicios abiertos al público que se encuentran ubicados
en vías públicas afectadas por obras durante un tiempo superior a los
tres meses -señor Chiquillo, ponga comas-, formulada por el Grupo
Mixto, siendo su autor el señor Chiquillo, para cuya defensa tiene la
palabra.




El señor CHIQUILLO BARBER: En primer lugar quiero exponer que hay un
error en la redacción de la propuesta, de acuerdo con la proposición
no de ley; donde dice artículo 79, debe decir artículo 76, apartado 9
de esa Ley. Ha sido un error mecanográfico a la hora de la redacción,
además de la omisión de alguna que otra coma que ha provocado la
manifestación del presidente, que entiendo y comprendo perfectamente.

Pasando al debate de la proposición, Unión Valenciana presentó en su
día esta iniciativa después de celebrarse en diversos ayuntamientos
del Estado español y en algunos de la Comunidad Valenciana -de los
que ha tenido constancia el diputado que les habla- sus debates
presupuestarios y la aprobación de sus ordenanzas fiscales, y en
concreto la regulación del impuesto de actividades económicas.

Unión Valenciana presenta esta iniciativa que pretende con espíritu
constructivo estimular el pequeño comercio, e intentar aliviar alguna
de las cargas que está sufriendo en los últimos años, aligerando la
fiscalidad que sobre él se produce por diversos conceptos (IVA,
IRPF), en este caso por el impuesto de actividades económicas.

El motivo de esta iniciativa es que en la gran mayoría de las grandes
ciudades del Estado español se están ejecutando obras públicas por
diversas administraciones (central, autonómica, locales), con fondos
de la Unión Europea, etcétera, para saneamiento integral en lugares
donde tienen
problemáticas de saneamiento y de aguas, de alumbrado, de
infraestructura viaria, de acceso viarios a ciudades, obras de
ferrocarriles (ferrocarril metropolitano, como es el caso concreto de
la ciudad de Valencia) o infraestructuras ferroviarias, obras
públicas, en general, de diversa índole que afectan a los núcleos
urbanos de nuestras ciudades.

Lo que nosotros pretendemos con esta iniciativa - poniendo como
ejemplo la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de actividades
económicas, en el caso concreto del Ayuntamiento de Valencia, aunque
es extrapolable a otras ciudades del Estado español- es resaltar que
hay una cierta poblemática por cuanto en virtud del ordenamiento
jurídico de las leyes del IAE a nivel estatal se contemplan unas
bonificaciones que son comunes a unas determinadas divisiones a las
que se les aplica el impuesto de actividades económicas por unas
determinadas actividades, comercios o establecimientos. Como digo,
éstos pueden beneficiarse en su momento de una posible bonificación
de hasta el 80 por ciento de la cuota del impuesto de actividades
económicas al tributar por diversos conceptos esas actividades
clasificadas en una u otra división de ese impuesto de actividades
económicas. Ello genera unas claras discrepancias entre comercios
porque, estando radicados en la misma calle en la que hay otra obra
pública en ejecución que se alarga por más de tres meses, algunos de
ellos pueden acogerse a esa bonificación del 80 por ciento. Pero a
veces un comercio que está al lado del que se beneficia de esa
bonificación no tiene el mismo trato por no estar incluido, por no
estar calificado en esa misma división, tal y como establece la Ley
de medidas fiscales.

La ordenanza fiscal reguladora del IAE en el Ayuntamiento de Valencia
-pongo por ejemplo el Ayuntamiento de Valencia porque ha tratado este
tema y ha aprobado una iniciativa en la línea de la proposición que
ahora estamos defendiendo- recoge la posibilidad de aplicar una
reducción de hasta el 80 por ciento en la cuota del impuesto a los
sujetos pasivos que tributen por actividades clasificadas en la
división sexta de las tarifas del impuesto de actividades económicas
-que es la competencia estatal, epígrafes que empiezan por 6, dentro
de la sección 1- en compensación por la pérdida de ventas de los
comercios, provocadas por obras públicas que realice la
Administración en una vía pública y cuya duración sea superior a los
3 meses. La potestad municipal de aplicar esta bonificación deriva de
la Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social del
Estado para 1995, aparecida en el BOE, que textualmente dice: Cuando
se realicen obras en la vía pública que tengan duración superior a
tres meses y afecten a los locales clasificados en la división sexta
de las tarifas que tributen por cuota municipal -remarco el dato-,
los sujetos pasivos podrán solicitar al ayuntamiento correspondiente
una reducción de hasta el 80 por ciento de la cuota, el cual
concederá en su caso atendiendo el grado de afectación de los locales
por dichas obras. El problema reside en que los establecimientos que
tributan en la división sexta son únicamente los comercios al por
mayor y al por menor de venta de productos y se refiere también a
locales de restauración y hospedaje y establecimientos de
reparaciones, mientras otras actividades profesionales, totalmente
equiparables a los comercios, por cuanto realizan una venta de
servicios directamente a las personas, sufriendo también



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una pérdida de ventas al estar en calles afectadas por obras de larga
duración, se clasifican en otros epígrafes, no pudiéndose beneficiar
de la reducción o bonificación mencionada en el impuesto, tal y como
he citado anteriormente. Es el caso de todos los establecimientos
dedicados a suministrar servicios dirigidos al cuidado y atención
personal y del hogar, que realizan ventas in situ y ven reducidas sus
ventas cuando se dificulta la accesibilidad al local, ya que hoy en
día han cambiado los hábitos de compra y consumo, no existiendo una
clientela fiel, sino que los individuos acuden a los establecimientos
llevados más por la comodidad de acceso, la facilidad de aparcamiento
y la accesibilidad en vehículo propio. Es el caso de las actividades
incluidas en la agrupación 97 de la sección 1 del impuesto de
actividades económicas, como lavanderías y tintorerías; grupo 971,
peluquerías e institutos de belleza; grupo 972, establecimientos
fotográficos, retratos, revelado y servicio de fotocopias; grupo 973,
otros servicios personales; grupo 979, que incluye, entre otros, los
establecimientos de adiestramiento y atención de animales domésticos
o servicios de pompas fúnebres. Por la mismas razones también deben
incluirse como beneficiarios de la reducción las actividades
incluidas en la agrupación 87 de la división octava, de la sección
segunda, y que son expendedores de loterías, apuestas deportivas y
otros juegos de azar pertenecientes o no a la red del Organismo
Nacional de Loterías y Apuestas del Estado.

Por lo tanto, lo que nosotros pretendemos es evitar lo que es una
clara discriminación, porque esta bonificación del IAE que se
contempla en la legislación estatal y que recogen las ordenanzas
fiscales reguladoras de dicho impuesto de cada una de las ciudades y
pueblos de la geografía estatal, incluye a determinados comercios, y,
en igualdad de condiciones, radicándose las actividades comerciales
en la misma calle afectada por una obra pública de larga duración y
siendo igualmente perjudicados, como incluso se ha reconocido en
diversas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
Valenciana, comercios como peluquerías o despachos de loterías quedan
privados de esa posibilidad de beneficiarse de esa bonificación. Lo
que solicitamos con esta propuesta es que esa bonificación se amplíe
a todas las actividades profesionales efectivamente afectadas por la
realización de obras en la vía pública, es decir, que no se aplique
en función del epígrafe por el que se tributa, sino entendiendo por
actividades afectadas tanto las dedicadas a la venta de productos
físicos como al suministro de servicios destinados al cuidado
personal o para el hogar, donde sea relevante la presencia directa de
los potenciales clientes en el local de negocio. Éste es el sentido
que pretendemos dar a nuestra iniciativa, para que ningún tipo de
establecimiento abierto al ciudadano pueda quedar descolgado y
privado de esa posibilidad de beneficiarse de la bonificación del
IAE. En ese caso incluiríamos tanto las administraciones de loterías
como peluquerías, gabinetes de estética y negocios de fotografía. Lo
que solicitamos es que se haga una lectura flexible de esta demanda y
que en esta línea se tenga en consideración esta proposición no de
ley, para que se amplíe la reducción a todos aquellos comercios o
empresas de servicios abiertos al público que se encuentran ubicados
en vías públicas afectadas por obras durante un tiempo superior a los
tres
meses. Consideramos que la extensión de esa bonificación tributaria
del 80 por ciento aliviaría las cargas de muchos comercios de muchas
calles de ciudades que sufren esas obras de larga duración y se haría
justicia al aliviarse las cargas de fiscalidad que están recayendo
sobre el pequeño comercio en los últimos años por esa continua
actividad de ejecución de obra pública.

Solicito de los grupos parlamentarios el apoyo a esta iniciativa,
teniendo en consideración esta demanda, que lo único que pretende es
aliviar, aunque sea modestamente, las cargas fiscales a diversos
comerciantes y que se dé un empujón y un estímulo y se le alivie la
carga fiscal al pequeño comercio en nuestras ciudades.




El señor PRESIDENTE: No han sido presentadas enmiendas a esta
proposición no de ley. Pasamos, por consiguiente, al turno de
fijación de posición. ¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por parte del Grupo Socialista, tiene la palabra el señor Álvarez
Gómez.




El señor ÁLVAREZ GÓMEZ: El Grupo Parlamentario Socialista quiere
dejar patente la preocupación por los problemas que se les ocasiona
con ocasión de las obras públicas, en especial cuando estas paralizan
prácticamente la actividad económica de una zona o de una calle. Por
lo tanto, nosotros consideramos que es preciso mostrar un gesto de
preocupación ante un problema que ya se ha detectado hace algún
tiempo y al que esta proposición no de ley presentada por Unión
Valenciana trata de dar una solución. No obstante, nosotros queremos
dejar muy claro una vez más nuestra disconformidad con la política
fiscal de este Gobierno y queremos dejar patente que insistiremos en
que la equidad es la columna vertebral del sistema fiscal español, en
que hay que impedir -y queremos hacerlo- que la equidad siga
retrocediendo merced a las decisiones de este Gobierno; para ello
estaremos siempre en primera línea. Queremos añadir que, más allá de
este gesto que podemos hacer con la aprobación o votación de esta
proposición no de ley, no se resuelven planamente todos los problemas
que tiene planteados el pequeño comercio, pero, como decía al
principio, queremos hacer ese gesto y lo vamos a hacer.

Desde nuestro punto de vista la solución que se propone es neutral
para quienes están en el régimen de estimación directa en el impuesto
sobre la renta de las personas físicas y en el impuesto sobre el
valor añadido, que suelen ser los empresarios con cierta capacidad
económica y de gestión, por cuanto el IAE es un impuesto a cuenta del
IRPF y de sociedades, pero para los pequeños comerciantes, para
aquellos que suelen estar en el sistema de módulos del IRPF y del
impuesto sobre el valor añadido, la proposición que se plantea puede
suponer un alivio y sobre todo la sintonía con un problema que viene
padeciendo, aunque su resolución se nos antoja mucho más compleja de
la que aquí se plantea. Por lo tanto vamos a hacer ese gesto de
solidaridad con aquellos que menos capacidad económica tienen, con
aquellos que tienen más dificultades en momentos precisos, sabiendo
que hay algunos que, ante la misma situación, se encuentran en
ventaja, es decir, aquellos empresarios o aquellos comerciantes que
estén en régimen



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de estimación directa, si no votáramos afirmativamente esta
proposición no de ley, estarían en situación ventajosa respecto de
aquellos comerciantes más pequeños, que están en el sistema de
módulos, en el impuesto sobre la renta de las personas físicas o en
el impuesto sobre el valor añadido.

Por lo tanto, queremos reiterar nuestro compromiso una vez más con la
equidad, con el principio de capacidad de pago que debe presidir el
sistema fiscal español y además debemos facilitar, aunque sea de una
manera gestual, una vez más que, se profundice en la autonomía
financiera y fiscal de los propios ayuntamientos para que estos
puedan regular la carga fiscal en relación con los ciudadanos sobre
los que gobierna.

Por todas estas consideraciones, el Grupo Socialista va a apoyar esta
proposición no de ley presentada por Unión Valenciana y con ello
finalizo mi intervención, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Por parte del Grupo Popular, tiene la palabra el
señor Gómez Darmendrail.




El señor GÓMEZ DARMENDRAIL: La proposición que nos ocupa pretende que
se modifique la legislación para que en el caso de que nos realicen
obras en las vías públicas por una duración superior a 3 meses pueda
aplicarse un reducción de hasta el 80 por ciento de la cuota del IAE
a determinadas actividades profesionales equiparables a los comercios
ubicados en dichas vías públicas. En la actualidad esta reducción en
la cuota podrán solicitarla a los ayuntamientos los sujetos pasivos
que desarrollan alguna de las actividades siguientes: comercio,
restaurantes, hospedajes y reparaciones; y los ayuntamientos la
concederán, en su caso, atendiendo al grado en que los locales sean
afectados por las obras.

Como saben muy bien SS.SS. el IAE es un impuesto local que grava el
mero ejercicio de actividades económicas, empresariales y
profesionales en territorio nacional, con independencia de que se
realicen y no en un local determinado. Para atender que lo que
plantea la proposición no de ley es de difícil realización sería
conveniente quizá dedicar un minuto para recordar cómo se calcula
este impuesto. Sabe SS.SS. que la cuota tributaria del IAE es el
resultado de aplicar los distintos elementos que intervienen en su
cálculo. Tenemos por un lado lo que es la cuota de tarifa. Saben SS.

SS. que existen de varias clases, atendiendo al territorio al que
facultan para el ejercicio de actividad. Tenemos por otro las cuotas
mínimas municipales, cuyo pago permite, en el caso de actividades
empresariales, ejercitar la actividad únicamente en el término
municipal en que dicho ejercicio se verifique. Tenemos asimismo las
cuotas provinciales, cuyo ámbito territorial es la provincia de que
se trate, y sobre esta cuota ya no se puede aplicar coeficiente
municipal, el índice de situación, ni de recargo provincial. Luego
tenemos las cuotas nacionales; su pago faculta para ejercer su
actividad en todo el territorio nacional, sin pagar cuota provincial
ni mínima provincial, y sobre esta cuota no se puede aplicar el
coeficiente municipal, el índice de situación ni el recargo
provincial. También está el coeficiente municipal. Las cuotas mínimas
municipales, no las provinciales ni las nacionales fijadas en
las tarifas, pueden ser incrementadas o disminuidas por los
ayuntamientos mediante la aplicación de un coeficiente único para las
actividades ejercidas en sus correspondientes términos municipales, y
saben SS.SS. que oscilan en función de la población de dicho
municipio. Tenemos, por otra parte, el índice de situación que los
ayuntamientos pueden aplicar, además del coeficiente municipal,
basado en las categorías de las calles donde estén situados los
locales donde se ejercite la actividad económica, en caso de que
exista local. Además, hay que señalar que con carácter voluntario las
diputaciones provinciales, los consejos insulares de Baleares, los
cabildos insulares de Canarias y las comunidades autónomas
uniprovinciales pueden establecer una recargo provincial sobre el
IAE. Su cuantía es del 40 por ciento y se aplica sobre el recargo
municipal, pero no sobre las cuotas provinciales y nacionales.

Hecho este pequeño recordatorio de lo que es el impuesto de
actividades económicas, paso ya, señor presidente, a manifestar la
postura de mi grupo parlamentario en relación con esta proposición no
de ley, y quiero hacer una observación inicia. Ya el señor Chiquillo
ha corregido el artículo 79 por el 76, pero se sigue refiriendo a la
Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social del
Estado para 1995, es decir, esté hablando de la Ley 42/1994, que
trata sobre el Fondo de Garantía de Depósitos, y en realidad lo que
se quiere modificar es el artículo 76, uno, 9.o, 2.a, de la Ley 41/
1994, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para
1995.

Hecha esta observación inicial, que dejo aparcada, volveremos a lo
que es la proposición no de ley. La proposición no de ley, como ya
dije al principio, pretende extender la posibilidad de aplicar la
reducción del 80 por 100 del impuesto de actividades económicas a
determinadas actividades, cuando se realicen obras por un período
superior a 3 meses en la vía pública donde esté situado el negocio.

En concreto, estas actividades a las que se pretende extender el
beneficio parece que son las incluidas en la agrupación 87 de la
sección segunda, referida a los profesionales relacionados con
loterías, apuestas y demás juegos de suerte, envite y azar, y a los
servicios recogidos en la agrupación 97, de la sección primera,
referida a servicios personales, entre los que se encuentran las
lavanderías, tintorerías, salones de peluquerías e institutos de
belleza, servicios fotográficos, etcétera, porque a ellas se refiere
en la exposición de motivos. Sin embargo, la proposición no de ley
solicita que el beneficio fiscal debería extenderse a todos aquellos
comercios o empresas de servicios abiertos al público que se
encuentren ubicados en vías públicas afectadas por obras durante un
tiempo superior de 3 meses. Tratar de extender esta reducción a todas
las actividades que prestan servicios en primera línea de calle y
cuyas ventas pueden verse afectadas por obras prolongadas en la vía
pública donde se encuentra sito el local de negocio puede ser y es
una iniciativa razonable. Lo que ya no lo es tanto, a juicio de
nuestro grupo, es utilizar al efecto la vía de una reducción en la
cuota del impuesto, por cuento ello supondría una importante
distorsión de su estructura interna y mecanismos de aplicación.

Si nos ceñimos exclusivamente a las actividades enunciadas en la
exposición de motivos, nos encontramos con la siguiente situación.

Las cuotas correspondientes a la



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agrupación 87 son todas ellas de carácter municipal. Sin embargo, en
la agrupación 97 ya existen algunas cuotas nacionales y esto también
ocurre en otras agrupaciones del impuesto que contienen actividades
comerciales que se pueden encontrar en la situación planteada. Esto
señorías, plantearía problemas, en caso de que se aceptara la
propuesta, en la aplicación del impuesto, ya que la reducción del 80
por ciento existente en la actualidad se refiere exclusivamente
a actividades que tengan cuotas mínimas municipales. La dificultad en
la aplicación de la reducción en el caso de cuotas provinciales o
nacionales sería muy grande. Piénsese, por ejemplo, que si por el
ejercicio de una actividad se está pagando una cuota provincial o
nacional, es decir, que faculta para ejercerla en toda la provincia o
en todo el territorio nacional ante el hecho de que en uno de los
municipios donde se encuentra uno de los locales comerciales donde se
realiza la actividad existan obras que afectan a la calle donde este
local se encuentra situado, señorías, no existiría mecanismos para
poder reducir la cuota nacional. El mecanismo del impuesto no lo
prevé, y además sería de una gran complicación determinarlo. Y este
es el primer argumento para rechazar la proposición no de ley: las
dificultades técnicas en la aplicación de la propuesta, así como la
distorsión en la estructura interna del impuesto.

Existe, y con esto termino, señor presidente, además otro
condicionante que no hay que olvidar, necesario para poder aprobar
esta proposición no de ley, y es la obligación que el Estado tendrá
que compensar a los ayuntamientos por el beneficio fiscal
establecido. Recuerden SS.SS. el artículo 9 de la Ley 39/1988,
reguladora de las haciendas locales. No parece lógico que sea el
Estado el que tengan que compensar la pérdida de cuota de mercado de
determinados negocios, provocada directamente por determinadas
actuaciones de los ayuntamientos, en este caso las obras en vías
públicas. Por ello, y sin rechazar el argumento de que se debe, de
alguna manera, compensar a los comercios situados en vías públicas
afectadas por obras por la pérdida de ventas, no debe hacerse en
ningún caso por la vía de la rebaja del IAE. Esta compensación
debería hacerse en todo caso por parte del ayuntamiento, y el camino
podría ser por la vía de políticas sectoriales y la concesión de
subvenciones o ayudas financieras. No obstante, señorías, quiero
dejar constancia aquí en el Partido Popular se está estudiando una
modificación de este impuesto y espero que se tengan en cuenta todas
estas circunstancias para favorecer al pequeño y mediano comercio y
procurar un tratamiento equitativo, que es uno de los objetivos
prioritarios de este Gobierno.




- POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A AMPLIAR ALAS EXPLOTACIONES DE
CÍTRICOS SITUADAS EN LAS COMARCAS DEL BAIX EBRE Y MONTSIÁ (TARRAGONA)
LA REDUCCIÓN DEL ÍNDICE DE RENDIMIENTO NETO EN EL IRPF DEBIDO A LA
INCIDENCIA DEL VIRUS DE LA TRISTEZA. PRESENTADA POR EL GRUPO
PARLAMENTARIO CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ) (Número de expediente
161/001403).




El señor PRESIDENTE: Pasamos a la siguiente proposición no de ley,
por la que se insta al Gobierno a ampliar a las explotaciones de
cítricos situadas en las comarcas del Baix Ebre y Montsiá (Tarragona)
la reducción del índice de rendimiento neto en el IRPF debido a la
incidencia del virus de la tristeza. Presentada por el Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), para cuya defensa, así
como de la enmienda presentada al respecto, tiene la palabra por
parte de este grupo, la señora Solsona.




La señora SOLSONAI PIÑOL: El virus de la tristeza, desde su
introducción en los años sesenta, ha tenido altos y bajos en su
repercusión en las plantaciones de cítricos. En los últimos diez años
ha aumentado progresivamente los índices de árboles afectados y e
concreto desde hace cinco años el incremento ha sido de una
mortalidad de árboles muy elevada en ciertas zonas. Actualmente la
superficie que ocupan las plantaciones citrícolas de las comarcas del
Baix Ebre y del Montsiá es de 7.000 hectáreas, un 65 por ciento de
mandarinas y un 35 por ciento de naranjas, de las cuales, unas 4.000
hectáreas tiene todavía el pie amargo, el citrus aurantiumn, y por lo
tanto son susceptibles de ser afectadas por el virus de la tristeza.

Las variedades más afectadas son las naranjas NAVELy NAVELINAy la
mandarinas NULES y FINA, que dentro de las comarcas del Baix Ebre y
Montsiá representan más del 80 por ciento de la producción citrícola.

Sin embargo, aunque en la actualidad algunas plantaciones se
encuentran en un proceso de reconversión que se basa en la
utilización de las plantas con un pie tolerante a la tristeza, aún
hay muchas con pie amargo sensibles a esta enfermedad, lo cual
condiciona gravemente la viabilidad de este tipo de producción en las
comarcas más meridionales de Cataluña.

Las normas reguladoras del régimen de estimación objetiva en los
supuestos sobre la renta de las personas físicas posibilitan al
Ministerio de Economía y Hacienda la autorización de reducir por
circunstancias excepcionales el índice de rendimiento neto en el IRPF
a productos, personas o empresas que se vean afectadas especialmente
con carácter extraordinario. Uno de los ejemplos más recientes del
uso de esta posibilidad en el sector agrario es el índice de
rendimiento neto a los cítricos de una parte de la Comunidad
Valenciana. El Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió,
sin discutir la necesidad de implementar esta medida, que le parece
necesaria y justa, sí que disiente de la delimitación del ámbito
territorial en la que esta reducción del índice de rendimiento puede
se aplicada, puesto que en la citada orden ministerial no se
incluyeron las explotaciones de cítricos situadas en las comarcas del
Baix Ebre y Montsià, ambas pertenecientes a la provincia de
Tarragona, a pesar de ser fronterizas con comarcas de la provincia de
Castellón, en cuyos municipios sí que es de aplicación esta
reducción, y de tener más del 65 por ciento de la superficie
destinada a este tipo de plantaciones afectadas también por el virus
de la tristeza.

Por todo ello, y al objeto de evitar la aparición de agravios
comparativos, el Grupo Parlamentario Catalán de Convergència i Unió
ha presentado esta proposición no de ley a fin de que esa reducción
se aplique a las comarcas del Baix Ebre y de Montsià.




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El señor PRESIDENTE: Se ha presentado una enmienda por parte del
Grupo Popular, para cuya defensa tiene la palabra el señor Ricomá.




El señor RICOMÁ DE CASTELLARNAU: Señor Presidente, ante el más que
posible consenso que intuimos que se va a producir en relación a este
tema, y también dado mi carácter más de miembro de Comisión de
Agricultura que de Comisión de Economía, me va a permitir un poquito
de licencia de que mi intervención tenga unos matices más de
definición del problema, para que después lleguemos todos
conjuntamente al objetivo económico, sobre lo que como he dicho
seguro que encontramos un acuerdo.

La proposición no de ley que nos presenta el Grupo Catalán de
Convergència i Unió viene en gran parte fundamentada por el agravio
comparativo derivado de la aplicación para la Comunidad Valenciana de
una medida de apoyo fiscal, concretamente la reducción del índice de
rendimiento neto en el IRPF para compensar en las explotaciones de
cítricos los efectos de la virosis de la tristeza, y de su
inaplicación para las comarcas vecinas, limítrofes del sur de
Tarragona, concretamente el Baix Ebre y Montsiá. Si actualmente esto
es así, es justo precisar que en ningún caso esta atención ofrecida
para el problema en Valencia y el olvido de la misma para Tarragona
se ha producido voluntaria o caprichosamente. El motivo no es otro
sino las características propias de la virosis, de la tristeza de los
naranjos, por un lado, y las dimensiones territoriales del problema,
por otro.

Efectivamente, primero hay que señalar que las explotaciones de
cítricos en Valencia, y me refiere tan sólo a la naranja y la
mandarina, pues el limón no es susceptible de ser contagiado por esta
enfermedad, se acerca a las 175.000 hectáreas, mientras que en
Cataluña, que concentra casi toda su producción, como he dicho, en el
Baix Ebre y el Montsiá, la extensión de estos cultivos se aproxima a
las 8.000 hectáreas, por tanto, hay de entrada un gran diferencial en
la magnitud del problema. A esta cuestión de tamaño hay que añadir
también que la enfermedad es introducida desde California apareciendo
los primeros focos en la Comunidad Valenciana hace ya, como creo que
se ha dicho, casi 40 años, comunidad en la que ya se viene estudiando
este problema mediante el estudio cartográfico de la presencia de la
misma desde el año 1970; por tanto, también hay mucho tiempo de
ventaja en la atención y en el estudio del problema. Pero al factor
experiencia hay que sumar también el hecho de que la virosis puede
manifestarse de tres formas diferentes en los árboles. La primera,
conocida como de colapso rápido, provoca la muerte de los árboles en
apenas dos semanas, si bien es un comportamiento afortunadamente poco
frecuente en España; la segunda forma de manifestarse la enfermedad,
la llamada de decaimiento lento, provoca, como su nombre indica, una
progresiva y lenta degradación del árbol, aunque puede vivir
infectado durante varios años; y, finalmente, está la fórmula
asintomática, es decir, la infección de los árboles sin que esto
provoque ninguna manifestación externa en ninguna parte de los
mismos. Esta última modalidad probablemente provocará que la
sintomatología de los naranjos tarraconenses apareciese mucho más
tarde que en los valencianos, llegándose incluso a creer popularmente
por
los agricultores de la zona que sus cítricos eran inmunes a la
virosis, al quedar la margen de la proliferación de la misma que
sufrían los frutales valencianos. Si estas circunstancias pueden
haber provocado este retraso de atención hacia el problema de
Tarragona, lo cierto es que actualmente ha quedado tristemente
confirmada la presencia de la tristeza en sus cítricos, el propio
informe del MAPA, del Ministerio de Agricultura, elaborado a petición
del Senado a propuesta del Grupo Popular, así lo confirma, de igual
manera que también lo hacen los estudios confeccionados por la
Generalitat, y ello hacer que solicitar la reducción del índice del
rendimiento del IRPF tenga todo el sentido común del mundo y se
convierta en un acto de justicia y coherencia en relación a lo
acordado por la Comunidad Valenciana.

Tarragona y Castellón, son provincias de dos comunidades autónomas
diferentes pero con unas comarcas limítrofes, la comarca litoral
norte en Castellón y el Baix Ebre y Montsiá en Tarragona, que
comportan una cuadro prácticamente idéntico en relación al virtud de
la tristeza, circunstancia que provoca que no sea extraño ver que una
misma explotación de cítricos se disperse a ambos lados del río
Sénia, ocupando terrenos en Vinaroz, provincia de Castellón, y
Alcanar, provincia de Tarragona, viendo curiosamente su propietario
cómo actualmente sólo una parte de ella (la que está en zona
valenciana) puede beneficiarse de la reducción del índice del
rendimiento neto del IRPF. Otro dato interesante a saber es que
precisamente el municipio de Alcanar cuenta con 1.200 hectáreas de
cítricos, pero sus agricultores cultivan más de 5.000 hectáreas en
los municipios vecinos de la provincia de Castellón. Es decir, la
misma actividad realizada por la misma persona, con la única
diferencia de unos cientos de metros de territorio por medio, se ve
sometida a tratamientos fiscales diferenciados.




Tampoco podemos olvidar que los cítricos representan la tercera parte
de renta agraria de las comarcas en cuestión y que lamentablemente la
última cosecha de 1998 señala una caída de la producción de ambas
comarcas, situándose esta en un porcentaje de 15,91 por ciento, que
es superior incluso al que ha sufrido la Comunidad Valenciana, que se
ha situado en un 14,80 por ciento, merma de la producción que sin
duda obedece a varios factores: la dinámica propia, tras una buena
temporada anterior, en razón del carácter alternante de los cultivos;
también una irregular evolución de los mismos como consecuencia de
las condiciones climáticas, con deficiencia en el cuajado de los
frutos, y por los desprendimientos generalizados, pero mera o caída
de producción que recoge sin duda la incidencia de los efectos del
virus de la tristeza. Por todo ello, coincidimos con la idea que se
desprende de la iniciativa presentada por el Grupo de Convergència i
Unió, que no es otra sino la reducción del índice del rendimiento
neto en el IRPF, pero hemos presentado una enmienda que obra en poder
de todos los grupos y que coincide prácticamente en su integridad con
la autoenmienda que ha hecho el Grupo de Convergència i Unió, por
tanto, ya que este grupo ha sido el proponente, vamos a respetar
también su enmienda, de signo idéntico a la nuestra, y damos por
válido el texto que ha propuesta la señora diputada del Grupo de
Convergència i Unió.




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El señor PRESIDENTE: ¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por parte del Grupo Socialista, tiene la palabra la señora Aroz.




La señora AROZ IBÁÑEZ: Voy a fijar la posición del Grupo
Parlamentario Socialista sobre esta proposición no de ley de
Convergència i Unió por la que se propone la reducción del índice del
rendimiento neto en el impuesto sobre la renta de las personas
físicas a las explotaciones de cítricos del Baix Ebre y Montsiá en
Tarragona, consecuencia de la incidencia del virus de la tristeza.

Empezaré por recordar, señorías, que el 21 de abril de 1998 los votos
de Convergència i Unió y del Grupo Popular rechazaron una moción del
Grupo Parlamentario Socialista en el Senado en la que se proponía un
conjunto de medidas para afrontar y paliar los efectos del virus de
la tristeza en las explotaciones agrarias de cítricos. Entre las
medidas que se propusieron en ese momento se encontraba la que hoy
estamos debatiendo: la reducción del rendimiento neto impugnado en el
impuesto de la renta, en el sistema de índices, signos y módulos,
para ajustar -y era razonable- el impuesto a las pérdidas producidas
como consecuencia de la reducción de la producción y de la pérdida de
calidad de la misma que esta enfermedad o esta plaga conlleva para
las producciones agrarias, concretamente, como se ha dicho, para las
naranjas y las mandarinas, ya que los limones no están afectados, y
ello en base a lo previsto en la legislación vigente en relación a
situaciones excepcionales que puedan afectar a sectores económicos o
zonas determinadas. Debo decir que no era la primera propuesta
socialista para afrontar este grave problema que afecta a los
cítricos españoles desde hace ya tiempo. El 12 de junio de 1997 ya
había sido rechazada también otra propuesta con diversas medidas en
esa dirección.

Los argumentos que se utilizaron, coincidentes, por parte del Grupo
de Convergència i Unió y del Partido Popular, para justificar el voto
en contra fueron que de ninguna manera podía hablarse de situación
grave o excepcional en el sector, y adicionalmente, lo que es grave
también desde nuestro punto de vista, Convergència i Unió consideró
que a pesar de que las medidas que proponía el Grupo Socialista
beneficiaban a las explotaciones catalanas del Baix Ebre y Montsiá,
debían recharzarse porque invadían competencias autonómicas.

El senador por Tarragona y alcalde de Amposta, el señor Joan Roch,
llegó a afirmar textualmente: estas iniciativas afectan a
competencias traspasadas a las comunidades autónomas, y nosotros, a
pesar de que en el sur de Cataluña hay problemas con la virosis,
tenemos la obligación de aguantar nuestra vela.

Señorías, ¿Por qué hablaba ya entonces, en 1997 y en 1998, el Grupo
Socialista de situación grave, que hoy se ha confirmado con los datos
y con las exposiciones precedentes? Pues, señorías, debo recordar los
datos de que ya se disponía en aquellos debates de 1997 y 1998. Con
datos de 1997, la superficie afectada por la enfermedad, por la
virosis, era de 74.000 hectáreas en el conjunto de España: el 35 por
ciento de los naranjos y el 45 por 100 de los mandarinos, y por orden
de comunidades afectadas, en primer lugar, la Comunidad Valenciana,
seguida de Cataluña,
Baleares, Murcia y Andalucía. Dada la evolución de la plaga que se
iba a producir, ya se hacía una estimación de nueva infección de
30.000 hectáreas en la perspectiva del año 1999 y 2000, que
desgraciadamente se ha confirmado: 12.000 nuevas hectáreas afectadas
en los naranjos y 18.000 hectáreas en los mandarinos. En cuanto a la
incidencia en la producción, porque es una plaga que afecta
directamente y tiene una incidencia de caída de la producción y en la
calidad de los productos, de acuerdo con esa misma estimación -y
estamos hablando de datos gubernamentales; hay que tener en cuenta
que las estimaciones que hacían las organizaciones agrarias eran muy
superiores-, la disminución prevista en cuatro años era de más de
200.000 toneladas de naranjas y 400.000 toneladas de mandarinas y
unas pérdidas sólo en la producción de 20.000 millones de pesetas,
sin contar la incidencia en puestos de trabajo y otras consecuencias.

Con estos datos que se manejaron en los debates en el Senado, se
afirmaba por parte de los grupos de Convergència i Unió y del Partido
Popular que no cabía considerar el virus de la tristeza como una
circunstancia excepcional a la hora de determinar los rendimientos de
las explotaciones afectadas y se votaba en contra de la propuesta del
Grupo Socialista. Esto era el 21 de abril de 1998.

Afortunadamente, menos de un mes más tarde, el Gobierno corrige a su
grupo, al Grupo Popular en el Senado, y a través de una orden del
Ministerio de Economía y Hacienda, del 11 de mayo de 1998, se reduce
el índice de rendimiento neto aplicable en 1997 a los cítricos de una
gran parte de la Comunidad Valenciana. Cataluña, que era la segunda
comunidad afectada, se queda al margen. ¿Y por qué se queda al
margen? Pues es de considerar que atendiendo a la posición tan
tajantemente expresada por el Grupo de Convergència i Unió en el
Senado, en la que se defendía que cada palo aguante su vela y le toca
al Gobierno de la Generalitat aguantar el problema de los cítricos
del sur de Tarragona. Afortunadamente y después de esa corrección del
Gobierno a su grupo, hoy asistimos también a una segunda parte de la
misma, a una rectificación por parte del Grupo de Convergència i Unió
de la posición mantenida por su grupo en el Senado, y, por tanto, nos
congratulamos, pero es también el momento para que el Grupo
Socialista diga alto y claro que nuestras propuestas de 1997 y 1998
para afrontar los problemas del virus de la tristeza en explotaciones
agrarias eran oportunas, necesarias, ajustadas y respetuosas desde el
punto de vista competencial. Es el momento también, señorías, porque
en política hay que dar explicaciones para que el Grupo de
Convergència i Unió explique, no a nosotros, sino a los agricultores
catalanes, a los pagésos del Baix Ebre y el Montsiá, por qué lo que
hace un año era innecesario e invadía competencias autonómicas hoy es
una medida justa y necesaria, como se afirma en la proposición.

Por nuestra parte, señorías, bienvenida sea en todo caso esta
proposición, bienvenido sea el cambio de actitud de Convergència i
Unió si sirve para ayudar a paliar los perjuicios de esta grave
plaga. El Grupo Socialista votará favorablemente esta propuesta.




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El señor PRESIDENTE: Señora Solsona, ¿acepta o rechaza la enmienda
que le ha formulado el Grupo Parlamentario Popular?



La señora SOLSONA I PIÑOL: Sí, aceptamos y hemos llegado a una
transaccional que creo obra ya en poder de la Mesa.




El señor PRESIDENTE: Efectivamente, obra en poder de la mesa. ¿Tienen
conocimiento los demás grupos de esta transaccional? (Asentimiento.)
De acuerdo.




- RELATIVA A ESTUDIOS SOBRE FINANCIACIÓN LOCAL DE DETERMINADOS
MUNICIPIOS. PRESENTADA POR EL GRUPO SOCIALISTA DEL CONGRESO. (Número
de expediente 161/001422)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a la siguiente proposición no de ley,
relativa a estudios sobre financiación local de determinados
municipios, cuyo autos es el Grupo Socialista del Congreso y para
cuya defensa tiene la palabra el señor Morlán.




El señor MORLÁN GRACIA: Señorías, defiendo en este acto la
proposición no de ley firmada por mi compañero de grupo don Juan
Alberto Belloch, que no podía asistir a este trámite, y que hace
referencia a la modificación de la disposición adicional
vigesimoséptima de la Ley de acompañamiento, 50 /1998, de 30 de
diciembre, en la que se plantea que el Ministerio de Economía
elaborará un estudio sobre las disfunciones de financiación local de
aquellos municipios cuyo territorio esté ocupado en más de dos
tercios por terrenos o instalaciones de titularidad pública no
municipal, como pueden ser instalaciones militares o parques
naturales, y que por lo tanto están exentos del pago de impuestos
locales. Todo ello es de acuerdo con lo que dice dicha norma, con la
finalidad de determinar la posible adopción de medidas compensatorias
en la próxima reforma de la Ley reguladora de las haciendas locales.

Pretende mi grupo con esta proposición no de ley dar solución a una
situación de agravio comparativo que se produce entre unas y otras
poblaciones que tienen en su término municipal terrenos o
instalaciones de titularidad pública no municipal, que están exentas
de impuestos locales y la única diferencia entre unas y otras
poblaciones está en que las instalaciones ocupen más de las dos
terceras partes del terreno de titularidad pública no municipal.

Como es lógico, es una norma que pretendemos que se redacte y que
afecte al conjunto de poblaciones que se encuentran en unas
situaciones determinadas, como son las que se especifican en la
proposición no de ley, pero indudablemente parte de un supuesto
concreto, como es el que existe en la ciudad de Zaragoza. La ciudad
de Zaragoza tiene en su suelo urbano una serie de instalaciones
militares que ocupan más de 30.000 hectáreas del término municipal
y hacen referencia, por especificarlo de forma concreta, por ejemplo,
al campo de maniobras de San Gregorio, junto al que está la Academia
General Militar; están las instalaciones del Centro de Instrucción de
Reclutas, que alberga distintos regimientos del Ejército de Tierra, y
solamente estas
instalaciones ya ocupan del entorno de las 30.000 hectáreas. Se halla
igualmente el cuartel de pontoneros de Monzalbarba, dentro también
del término municipal de Zaragoza, que ocupa 48 hectáreas; el cuartel
de automóviles de Casetas, próximo a Zaragoza, que ocupa 7,8
hectáreas; la base militar del aeropuerto de Zaragoza, que ocupa
2.300 hectáreas; el cuartel de Valdespartera, que ocupa 340
hectáreas, y el cuartel de San Alberto, que ocupa 12,5 hectáreas. Si
ustedes sumas todas estas cantidades, se pueden dar perfecta cuenta
de que en esta ciudad concretamente, en la ciudad de Zaragoza, hay
suficiente terreno dentro del término municipal como para que su
consideración como instalación militar importante y exenta de
impuestos locales tenga una repercusión en las arcas municipales, y
si a través de la disposición adicional vigesimoséptima de la Ley 50/
1998 se planteaba que había casos excepcionales a tener en cuanta, en
los que la extensión de los terrenos hacía necesario un estudio para
ver de qué manera se podía compensar la exención de impuestos locales
que tenían respecto a los ayuntamientos, entendemos nosotros que
casos como el de Zaragoza, que existen en nuestro país, debieran ser
también objeto de estudio para buscar una salida similar a aquellos
otros caos que vienen tipificados por la propia norma, cuando hace
referencia a que sean más de dos tercios los terrenos de titularidad
pública que se hallen afectados.

Entendemos que es una situación de agravio, que debiera de ser
superada por el propio Gobierno, porque al fin y al cabo se trata
solamente de llevar a cabo la realización de un simple estudio; es
decir, no decimos que haya una dotación de recursos específicos para
esta situación, ni que se establezca ningún volumen determinado de
estos recursos ni criterios de compensación; estamos planteando que
la misma norma que está establecida en la Ley 50/1998 sea la que se
aplique a otro tipo de situaciones como la que puede hacer referencia
a la ciudad de Zaragoza. Por ello, como se trata de un simple
estudio, se trata de hacer una simple enumeración y análisis de la
situación de ciudades similares a la que existe en Zaragoza, nosotros
entendemos que la pretensión que formulamos en esta proposición no de
ley es razonable y justa y no tiene ninguna incidencia especial en lo
que son los recursos que tiene que disponer el Gobierno para
compensar estas exenciones del pago de impuestos locales, hasta que
este estudio no esté hecho y hasta que a partir de ese momento se vea
de qué manera se compensa a este tipo de ayuntamientos.

Por ello, señor presidente y señorías, y acabo en este momento,
entendemos que es una proposición no de ley que puede ser
perfectamente aceptada por el Grupo Popular y por otros grupos
políticos, y no solamente afecta a una ciudad, como puede ser la de
Zaragoza, que por cierto está regida por ediles del Grupo Popular,
sino que afecta a otro tipo de ciudades o pueblos, que también se
encuentran en situaciones similares, en los que la incidencia de los
terrenos o instalaciones de titularidad pública no municipal es
importante en el volumen de sus recursos para gestionar otro tipo de
servicios. Por ello, entendemos que nuestra pretensión es lógica,
justa y razonables, y esperamos que así sea aceptada por el resto de
los grupos.




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El señor PRESIDENTE: ¿Grupos que desean fijar su posición? (Pausa.)
Por parte del Grupo Popular, tiene la palabra el señor Cámara.




El señor CÁMARA RODRÍGUEZ-VALENZUELA: Nuestro Grupo, ante la
proposición no de ley presentada por el Grupo Socialista, desde
luego, leyendo lo que es el encabezamiento o la propia exposición de
motivos, tiene que decir que está al cien por cien de acuerdo con lo
que dice, pero después, intentando ver cuál era el contenido
imperativo de la proposición no de ley, que es lo que se espera de
una propuesta de la oposición al Gobierno, es decir, qué contenido
impone o dónde está el contenido imperativo de la proposición no de
ley, he de decir que encontramos dificultades para ver el valor
añadido de la proposición no de ley con respecto a la disposición
adicional vigesimoséptima de la Ley de acompañamiento. Quiero decir
que establece mayor carácter imperativo o mayor carga imperativa la
Ley de acompañamiento sobre la situación de ayuntamientos, como al
que hacía referencia al señor Morlán, de Zaragoza, que la propia
proposición no de ley del Grupo Socialista. ¿Por qué? Si se hace un
simple ejercicio casi de cotejo de letras de lo que decía la
disposición adicional vigesimoséptima de la Ley de acompañamiento,
tal y como quedó en su redacción definitiva después del trámite del
Senado, se observa que en la proposición no de ley presentada por el
Grupo Socialista no se somete a plazo el contenido de este estudio;
sin embargo, en la disposición adicional se establece el plazo de un
año, durante todo el año 1999, es decir, durante la vigencia de la
Ley de acompañamiento. Por lo tanto, en este punto es más imperativa
y más exigente para el Gobierno la citada disposición, lo que debiera
ser contemplado con mayor satisfacción por parte del Grupo
Socialista.

Además hay algún otro dato. Por ejemplo, cuando se refiere a qué tipo
de municipios, que parece que es donde está el escollo de la
disposición adicional vigesimoséptima, por parte del Grupo
Socialista, la disposición adicional habla de los dos tercios, y,
fíjense, la proposición del Grupo Socialista se refiere a tamaño
significativo. Nuestro grupo se pregunta: ¿al Partido Socialista dos
tercios le parecen que es tamaño significativo, poco significativo,
muy significativo, razonablemente significativo? Esto es como una
encuesta- test, es decir, coloque la cruz donde corresponda. No
sabemos, llegados a este punto, si al Grupo Socialista le parece que
dos tercios es tamaño significativo o no es significativo, porque,
por lo que aparece en la proposición no de ley, se refiere a tamaño
significativo, y obviamente dos tercios está haciendo una referencia
a un tamaño significativo.

Después, por seguir con el cotejo de letras, cuando se refiere a qué
tipo de disfunciones se produce en el ámbito de estas corporaciones
donde hay instalaciones a las que se refería el señor Morlán, de
carácter militar o de parques naturales, se refieren a disfunciones
fiscales. Según nuestro entendimiento, y creo que también lo ha
puesto de manifiesto hoy en la interpretación que hace de su propia
proposición no de ley el Grupo Socialista, son algo más que
disfunciones fiscales las que se producen en esos municipios, y somos
muy conscientes de ellas, porque la disposición adicional
vigesimoséptima se refiere en estos estrictos términos
de disfunciones financieras, no sólo fiscales. Por lo tanto,
son de mayor ámbito aquellas a las que hace referencia el informe que
las que hace referencia la proposición no de ley.

Después, siguiendo con este pequeño ejercicio, la proposición no de
ley presentada por el Grupo Socialista habla de riesgos de población.

A mí me van a permitir que esto me sugiera alguna duda de
interpretación, sobre a qué se refiere. Es decir, ¿está relacionado
con riesgos económicos, riesgos financieros, riesgos físicos, riesgos
relacionados con la existencia de una base militar cerca de una
población de gran tamaño como la de Zaragoza porque en la exposición
de motivos de la proposición no de ley y en la intervención del señor
Morlán sólo ha hecho referencia a Zaragoza. Es decir, se refiere a un
ámbito que a mí me da la sensación que rebasa la competencia a la que
venía referida la Ley de acompañamiento, pero en todo caso esto es
algo que quedó sin aclarar. En cuanto al desarrollo urbanístico, al
que también entendemos que puede causar alguna dificultad de tipo
financiero, tampoco se ha hecho referencia exacta a qué se refiere,
aunque obviamente se refiere a la ocupación en gran medida por parte
de instalaciones militares en el término municipal de Zaragoza. Es
obvio que eso dificulta el desarrollo urbanístico, pero también es
obvio que el propio término municipal de Zaragoza tiene una extensión
que quizá permita otro tipo de desarrollo, salvo que lo que se quiera
es acabar diciendo que debiera de replantearse la ubicación de
algunas de las instalaciones militares en el término municipal, cosa
que tampoco se ha planteado en el día de hoy. Por último, se habla de
las medidas compensatorias en los mismos términos que establece la
disposición adicional vigesimoséptima.

Como conclusión quiero decir que no hemos encontrado, a pesar de
estar de acuerdo en el fondo, cuál es el valor que propone, o sea, el
valor imperativo adicional que pueda existir en la proposición del
Grupo Socialista, por lo que creemos que sinceramente que para
cumplir el objetivo propuesto, en el que estamos de acuerdo tanto el
Grupo Popular como el Grupo Socialista, bastaba la disposición
adicional vigesimoséptima. Podría yo avanzar en otro tipo de
discurso, que posiblemente fuera el que motivara la presentación de
la proposición no de ley, por su reiterada relación al Ayuntamiento
de Zaragoza porque quiero recordarque tampoco es tanto el tiempo que
ha transcurrido desde la celebración del debate de la Ley de
acompañamiento, y en aquella ocasión el Grupo Socialista no presentó
enmienda, cuando las circunstancias que se producen son obviamente
las mismas hoy y hace tres meses, y sí que la hubo por parte de
Convergència i Unió, que sí hacía referencia a algunos ayuntamientos
distintos del de Zaragoza, el de San Fernando en Cádiz y algún otro
ayuntamiento que ahora mismo no recuerdo, pero obviamente se estaba
refiriendo a la problemática general, a la que sí hizo al final
referencia el señor Morlán. Por lo tanto, señor Morlán, obviamente
compartimos el fondo de la cuestión, pero está ya solucionado o al
menos están puestas las bases objetivas para que la solución se
produzca en los mismos términos que como mínimo solicita el Grupo
Socialista. Quiero insistir en que según nuestra opinión lo que dice
la disposición adicional vigesimoséptima es más certero, porque exige
más de laacción del Ejecutivo de lo que lo hace la propia propuesta



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del Grupo Socialista. Por lo tanto, nuestro grupos se queda con la
disposición adicional vigesimoséptima y por eso votará en contra de
la proposición del Grupo Socialista.




- SOBRE MEDIDAS EN RELACIÓN CON LAS ACTIVIDADES DE SOCIEDADES
INSTRUMENTALES RADICADAS EN GIBRALTAR.

PRESENTADA POR EL GRUPO SOCIALISTA DEL CONGRESO (Número de expediente
161/001425)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a la siguiente proposición no de ley. En
la medida en que veo que están presentes todos los portavoces que van
a proceder a la discusión del siguiente punto del día, si les parece,
no alteramos este sino que seguimos con el que estaba en principio
previsto. Por consiguiente, pasamos a la proposición no de ley que
viene en el orden del día con el número 7, relativa a medidas en
relación con las actividades de sociedades instrumentales radicadas
en Gibraltar, cuyo autor es el Grupo Parlamentario Socialista del
Congreso y para cuya defensa tiene la palabra la señora Romero.




La señora ROMERO LÓPEZ: Suena extraño en esta Comisión un debate que
tiene una vertiente penal muy importante y cuya discusión en este
ámbito se circunscribe a la eficacia de los sistemas preventivos y
sancionadores derivados de la Ley sobre determinados medidas de
prevención del blanqueo de capitales en España y de la aplicación en
otros países de las distintas directivas de la Unión Europea, así
como de los mecanismos en general puestos en marcha para la lucha
contra el narcotráfico y las bandas organizadas, que son quienes
suelen utilizar el blanqueo de capitales para aflorar sus ganancias.

Las sociedades instrumentales, sociedades pantalla o sociedades
offshore, porque tienen muchas denominaciones, son el mecanismos de
los paraísos fiscales que han funcionado siempre con la
confidencialidad de los datos, con el secreto bancario y con la
opacidad de las operaciones. Gibraltar no ha sido diferente. En su
economía ocupan un lugar muy importante. Es más, incluso recientes
declaraciones de su gobernador, el señor Caruana, y del líder de la
oposición hacen referencia a reafirmar la vocación de ampliar su
capacidad como centros financieros. En algunas ocasiones se ha
llegado a hablar de 30.000 sociedades instrumentales, 45.000, 60.000,
son las cifras que se utilizan, aunque no tenemos datos para saber
exactamente cuántas son; podrían ser más. Lo cierto es que tanto
periódicos ingleses como incluso en España la revista VISA, sociedad
emisora de tarjetas, están anunciado este tipo de sociedades. Se
constituyen por teléfono en muchos casos, la identidad no se
cuestiona y pueden durar a veces lo que dura una operación.

En el Grupo de Acción Financiera Internacional, que lo constituyen
numerosos países de las sociedades que están preocupadas por este
tema, existe un grupo de expertos ya para estos centros
extraterritoriales que tienen hoy otra dimensión que no tenían y que
pueden hacer inútiles las legislaciones sobre blanqueo. El riesgo es
que estos centros financieros se han convertido ya de hecho, y pueden
seguir ampliando sus actuaciones, en el refugio de este dinero
sucio y amenazan, por lo tanto, de ineficacia a todas estas
legislaciones nacionales y directivas que existen sobre esta materia.

Los fondos además suelen deslizarse por estos centros financieros y
hacen más difícil su persecución.

El Presidente del Gobierno, en su reciente viaje este fin de semana
al Reino Unido, ha dicho que sobre el asunto de Gibraltar es mucho
mejor no hablar y afrontar los temas. Yo tengo que decir aquí que
desde que este Gobierno existe la práctica ha sido exactamente la
contraria. Ha habido muchísimas declaraciones; desde el subdelegado
de Gobierno en la provincia de Cádiz, por la que soy diputada, hasta
la diputada Martínez, el diputado Ramos, del Grupo Popular, o el
propio ministro Matutes han hablado de estas sociedades
instrumentales y han hablado expresamente de negar eficacia a sus
actos jurídicos, pero hasta este momento no ha habido ninguna
actuación ni de esa naturaleza, ni de ninguna otra que permita hacer
pensar que el Gobierno tiene la voluntad de actuar.

Nosotros pensamos, y en este sentido va nuestra proposición no de
ley, que en primer lugar el Parlamento, el Congreso de los Diputados,
tiene el derecho a recabar información sobre lo que está sucediendo
con estas sociedades instrumentales. Por eso en el primer punto
pedimos que el Gobierno elabore un informe, que se presente al
Congreso de los Diputados, sobre las actuaciones en España de estas
sociedades instrumentales, las llamadas exempt companies, más que
cualquier otra variante que puedan presentar las mismas. En segundo
lugar, pedimos que se adopten las medidas específicas en la Comisión
de prevención del blanqueo de capitales, que es el organismo que se
creó por la Ley de prevención del blanqueo de capitales, y que en las
instancias administrativas correspondientes se adopten las medidas
que en numerosas ocasiones el Partido Popular y el Gobierno han ido
proponiendo. Entonces, el segundo punto pretende exactamente que
aclaren lo que están diciendo que van a hacer. El tercer punto de
nuestra proposición no de ley insta al Gobierno para que en el seno
del Grupo de Acción Financiera Internacional se cree un grupo de
expertos para el seguimiento específico de estas actividades. España
y el Reino Unido pueden hacer mucho, en el seno del GAFI y en el seno
del grupo Egmont, que es en la Unión Europea el organismo encargado
también de hacer el seguimiento del blanqueo de capitales. La
proposición no de ley insta, por lo tanto, a que se cree este grupo y
a que se vaya directamente al meollo de lo que está provocando en
estos momentos ese blanqueo de capitales, que no es otra ocas que la
ausencia de información sobre los socios reales de estas sociedades y
de la posibilidad de identificar a quienes forman parte de las
mismas. Es algo complejo, en el sentido en el que todos los paraísos
fiscales han trabajado siempre sobre la dimensión de la
confidencialidad, pero esta no puede ser de ninguna manera el
santuario de todo ese dinero procedente del narcotráfico y de otras
actividades; no digamos la posición que está adoptando Suiza y otros
países que quieren honorabilidad para su territorio. Elaborar un
registro, por tanto, de estas sociedades instrumentales y que este
registro además sea conocido por parte de ambos países (tanto de
España como del Reino Unido) es una obligación ya inminente, porque
es la única manera de conocer el efecto de estas sociedades y quiénes
son los socios que participan en las mismas.




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Evidentemente que no es fácil; el ministro de Asuntos Exteriores dijo
en unas declaraciones que el Gobierno británico no tenía pruebas
sobre el blanqueo de capitales que se estaban produciendo en
Gibraltar, pero no basta con que el presidente del Gobierno hable de
operaciones policiales, porque las operaciones policiales no son
suficientes. Como muy bien saben SS.SS., en los Estados de derecho se
necesitan además sentencias judiciales y la posibilidad de poner en
marcha esos sistemas preventivos. Luego el registro es un primer paso
sustancial para que España y el Reino Unido puedan colaborar. ¿Que me
pueden decir que no existen organismos bilaterales en el seno del
GAFI? Pueden no existir pero se pueden crear puesto que existe ya un
grupo de expertos para estudiar estos centros extraterritoriales; se
pueden crear. Desde luego, no será del agrado del Reino Unido tener
que reconocer que un territorio dependiente puede ser cuestionado,
mirado con lugar e incluso estar sujeto a la revisión y análisis de
ese registro, pero imaginamos nosotros que las reuniones oficiales
que se hacen, incluso en el caso de que sean reuniones familiares,
tienen que dar algún fruto y ser capaces de presionar al Reino Unido
para que ese registro exista y puedan conocer los componentes y los
efectos de estas sociedades instrumentales. Para nosotros es
sustancial conoce la situación de estas sociedades instrumentales,
sus efectos en España y que se les haga un seguimiento en el seno del
GAFI. Fíjense, nosotros tenemos la convicción de que es mucho más
eficaz hacer eso que no insultar a un territorio de 30.000
habitantes, como desgraciadamente tuvimos ocasión de escuchar al
presidente del Gobierno cuando dijo que Gibraltar era un nido del
narcotráfico, declaraciones no muy afortunadas e impropias, cuando
realmente lo que se pretende es que exista una cooperación, que
exista una mejora entre las relaciones entre ambos territorios.

Nosotros creemos que si en lugar de ser 30.000 habitantes hubieran
sido 30 millones, desde luego esas declaraciones no habrían existido,
por lo tanto, pensamos que han sido gratuitas y que han sido
vejatorias, pero sobre todo no han sido el camino para enfocar una
problemática tan difícil como es el blanqueo de capitales procedente
del narcotráfico.

No damos credibilidad a las acciones que pueda haber emprendido el
Gobierno, porque hasta este momento no se han visto; no es una
prioridad de este Gobierno la lucha contra el blanqueo de capitales.

Los temas pendiente del anterior Gobierno, entre ellos la
modificación de la Ley de control de cambios, fueron objeto de un
grupo de trabajo en el seno de la Comisión de prevención del blanqueo
de capitales, y no han tenido hasta ese momento ningún resultado ni
en el Parlamento ni en ninguna acción decidida por parte del
Gobierno, están sin resolver. El servicio ejecutivo de la Comisión de
prevención del blanqueo de capitales es actualmente un desastre en lo
que la información se refiere. No son capaces de interpretar la
información que está llegando en un momento en el que todos los
países están adaptando mecanismos extraordinarios de aquí al 2002
para afrontar lo que significará la conversión de las monedas
nacionales en el euro. No existe de momento más que una sanción
derivada de esa Ley de prevención de blanqueo de capitales, lo cual
hace pensar que o bien todos los sujetos obligados de la ley están
colaborando perfectamente o, lo que nosotros hemos constatados, la
mayoría de los
sujetos obligados ni siquiera tienen conocimiento de que esa ley
existe.

El organismo internacional GAFI está actuando no solamente con
instituciones financieras u organismos tradicionales que puedan se
sujetos obligados de esta legislación, está ya actuando con
profesiones liberales, está actuando ya con las nuevas tecnologías y
está actuando en otros ámbitos. Nosotros estamos todavía a años luz,
pero nos bastaría con que hubiera una voluntad por parte del Grupo
Popular para aceptar esta proposición no de ley. Eso significaría que
pueden hacer realidad lo que su presidente del Gobierno y el Gobierno
hasta ese momento no han hecho. Hasta este momento lo único que se ha
hecho es hablar y no afrontar. Si esta proposición no de ley es
aceptada, podríamos pensar que se están decidiendo a actuar y no sólo
a hablar como coartada para no actuar.




El señor PRESIDENTE: El Grupo Popular ha presentado una enmienda a
esta proposición no de ley, para cuya defensa tiene la palabra el
señor Milián.




El señor MILIÁN MESTRE: Amí me gustaría empezar la defensa de nuestra
enmienda diciéndole a la señor Romero, con todo el afecto y respeto
que se merece, que una cosa es el fondo de la cuestión y otra
distinta son las formalidades, explicitadas o no, de cómo se está
tratando el tema.

Respecto al fondo de la cuestión, pocas cosas vamos a discutirle por
entender que ciertamente, haya un nido o no de traficantes, lo que
está claro es que en Gribraltar están operando de una forma muy
irregular ciertos negocios de blanqueo y demás, y por otra parte el
Gobierno no está inactivo, no muchísimo menos, como después yo podré
demostrarle. Lo que pasa es que a veces ciertas actitudes en ciertos
momentos obedecen a las coyunturas en que se dicen ciertas
afirmaciones, y al menos los que estudiamos escolástica sabemos muy
bien que cuando alguien dice algo hay que circunscribirlo en su
ámbito y en un momento determinado ocurrieron ciertas cosas muy
graves por parte de Gibraltar, como fue el tema de la pesca, que
motivaron las declaraciones del jefe del Gobierno a las que ha
aludido la señora Romero. Eran cosas muy graves; que las autoridades
de la colonia intentaran negociar directamente con ciudadanos
españoles me parece a mí que es un tema harto ilegal, harto ilegítimo
y desde luego que era vejatorio para el Gobierno y para el Estado
español. En consecuencia yo quisiera dejar en este matiz esa
afirmación. Dicho lo cual, a mí me gustaría, señor Romero, que usted
considerara que estamos totalmente de acuerdo en que la persecución
del narcotráfico o del blanqueo tiene que hacerse sin fronteras y con
ley hasta sus últimas consecuencias, si no recuerdo mal, el año 1993,
de la cual se ha hecho uso en repetidas ocasiones, como ya se ha
demostrado en operaciones muy concretas que se han llevado a cabo,
pero de alguna manera se está reestructurando toda una formulación
nueva de aplicación de esta persecución del narcotráfico y la
ilegalidad en el blanqueo del dinero, dada la complejidad del
problema, y mucho más la capciosa manera con que operan ciertos
señores o ciertos grupos a través de sociedades offshore o cuando
ellos mismos tienen mucho cuidado en volver opacas sus actuaciones.

Por lo tanto, a



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veces se tarda años en descubrir la genuina autoría de estos
procedimientos.

En función de eso, yo quisiera aclarar, en primer lugar que por
nuestra parte la valoración de la proposición es positiva, es decir,
no vamos a oponernos: queremos simplemente rectificar algunos matices
para que realmente se dé un acuerdo entre la voluntad que usted
plantea y la realidad de lo que se está haciendo en este momento en
el seno del Gobierno. Por lo tanto, la posibilidad de limitar las
actuaciones de España de las exempt companies, compañías offshore o
exentas, o como quiera llamárseles, radicadas en Gibraltar se viene
estudiando desde hace algún tiempo en el seno del grupo de trabajo
del Ministerio del Economía y Hacienda constituido el afecto
coordinado por la Inspección General de Servicios. Esta acción se
contiene incluso dentro del paquete de medidas de aplicación
inmediata.




¿Fechas en que esto se ha venido realizando? Mire usted, la primera
reunión tiene lugar el 11 de febrero pasado y es convocada en al
Vicepresidencia del Gobierno, a petición del Ministro de Asuntos
Exteriores. Se ha celebrado reuniones de trabajo los días 19 y 24 de
febrero, en la que se ha analizado las problemáticas suscitadas y las
posibles medidas a adoptar, y de las que sale un primer acarreo de
materiales en un llamado borrador del informe sobre la problemática
suscitada en Gribraltar. El día 15 de marzo se ha celebrado una nueva
reunión de centros más directamente afectados para tomar medidas
paliativas, que ya estaban contenidas en este primer borrador. Estas
reuniones han tenido efecto entre los siguientes departamentos que
han participado en las mismas: Inspección General del Ministerio de
Economía y Hacienda, Dirección General del Tesoro y Política
Financiera, Dirección General de Política Comercial e Inversiones
Exteriores, Dirección General de Turismo, Secretaría General Técnica,
EAT Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, Dirección General
de Seguros, Dirección General de Tributos, servicio ejecutivo de la
Comisión de prevención del blanqueo de capitales e infracciones
monetarias del Banco de España, Departamento de Internacional, Banco
de España Area de balanza de pagos, EAT Departamento de Inspección
Financiera y Tributaria, Dirección General de Política Económica y
Defensa de la Competencia, Dirección General de Política de la
Pequeña y Mediana Empresa, Dirección General de Análisis y
Programación Presupuestaria, etcétera.

Todo esto, como usted verá forma un contingente de trabajo, una task
force, que está afrontando buen pare de lo que usted está planteando
en esta proposición no de ley. Por esa razón nosotros entendemos que
el primer punto de su proposición es aceptable, aunque la adopción de
esta limitación entendemos que requeriría su plasmación en una norma
de rango legal sobre la cual ya existe, como le digo, un primer
borrador, que tendría que ser introducida en una ley ordinaria a
través de una memoria o una concreción específica en la Ley de 1993,
que ustedes ya plantearon. Por lo tanto, hay una primera parte ya
inducida en la buena dirección para llegar a textos legales que
permitan una acción coordinada de todos los departamentos del Estado
a los que afecta una singladura de esta naturaleza.

La segunda de las acciones que plantea la proposición, y que se
refiere a la intensificación de la actuación de la Comisión de
prevención de blanqueo de capitales sobre las sociedades antes
mencionadas, se encuentra recogida igualmente en los trabajos que se
están recibiendo en esta Comisión a la que yo me he referido y es una
medida que entendemos que ya está operativa. La Dirección General de
Política Comercial e Inversiones Exteriores ya está recopilando los
datos necesarios de dichas sociedades al objeto de ofercerlos al
servicio ejecutivo de la Comisión para el seguimiento específico de
sus actividades.

Si no recuerdo mal, entre los materiales que yo he podido reunir, el
Departamento de Inspección, mediante el análisis de los datos en su
poder, ya ha identificado en una primera aproximación 8.466
sociedades gribraltareñas que han tenido alguna actividad en España,
siquiera sea mínima; de las mismas, sólo 84 han sido contribuyentes
por el impuesto de sociedades. Por lo tanto, fíjese usted que tenemos
ya las primeras catalogaciones. Usted ha dicho que no se tienen
todavía datos. Pues mire usted, el primer dato: 8.466 sociedades
gibraltareñas que han tenido alguna actividad en España.

Se dispone evidentemente de otros datos; por ejemplo, hay unas
primeras líneas de actuación que han podido identificar 4.068 fincas
susceptibles de ser investigadas, con un valor de mercado de 88.000
millones de pesetas, así como otros movimientos de divisas por
importe medio anual de 5.068 millones de pesetas, transacciones con
Gibraltar por un importe medio anual de 4.384 millones, así como
otras cuentas corrientes en España con saldos por importe de 15.676
millones de pesetas. Es decir, se está trabajando ya con prioridad
absoluta en un plan de inspección de no residentes, justamente para
buscar todas estas situaciones opacas o instituciones y organismos
societarios offshore e impedir que hagan lo que están haciendo.

Entre las medidas normativas se está estudiando la restricción a la
actuación válida en España de las sociedades residentes en Gibraltar
para ver de qué manera, a través de la Dirección General de Registros
y Notariado, se puede cohibir o evitar que se produzcan contratos
fraudulentos y limitar de esta manera el curso legal de sus
movimientos en nuestro país. Hay un intento de estudio en este
momento, y digo un intento de estudio porque a mí no me ha llegado
más que la propuesta que en este momento se está formalizando, pero
que todavía no está específicamente plasmada, de una modificación de
la Ley del impuesto sobre la renta para los no residentes, a fin de
concretar todavía más estas cautelas. Finalmente, hay medidas de
evaluación del Grupo de Acción Financiera Internacional, GAFI, de la
OCDE, de la actuación de Gibraltar en relación con la normativa
internacional sobre blanqueo de capitales. Sobre esto yo le puedo
asegurar que por lo menos hay constancia, aparte de lo que la prensa
ha publicado, de dos operaciones perfectamente delimitadas,
perfectamente controladas y perfectamente estudiadas y, por tanto,
acometidas, como es la llamada operación Mezquita, que empieza en el
año 1994 y se termina en el año 1995, por lo tanto, ustedes
participaron activamente en este trabajo, y la operación Pantera, que
es una operación posterior en la cual se acometieron nada menos que
la captación de 70.000 kilogramos de hachís, que hubieran supuesto
para los que operan Gibraltar unos



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7.700 millones de ingresos. Es decir, estamos en una fase en la cual
todo lo que usted ha propuesto ciertamente se está llevando a cabo de
una forma yo diría que discreta pero seria, para llegar realmente a
aplicar en toda su amplitud tanto la ley que ustedes propiciaron en
el año 1993 como la mejora en algunos aspectos de tipo operativo o
práctico.

En tercer lugar, la proposición, que plantea la creación de un grupo
de expertos que usted pretende que sea bilateral entre España y el
Reino Unido dentro del GAFI para el seguimiento de estas actividades,
usted sabe, y yo lo he comentado anteriormente, que en este punto
resulta un tanto equívoca, no ambigua por su voluntad, sino ambigua
por las circunstancias en que se mueve, puesto que en este momento el
GAFI es un organismo compuesto por 30 países que estudian globalmente
(y, por tanto, es mucho más completa la información que reciben al
ser globalizada y, no parcializada de forma bilateral) los
movimientos de capital sospechoso y sobre todo lo que es blanqueo
procedente del narcotráfico, toda esta información pasa a la OCDE de
la que dependen, la cual da público conocimiento a los Estados y a la
opinión pública. Este tema ya se afrontó en una pregunta
parlamentaria, contestada en este mismo sentido por el Ministerio de
Asuntos Exteriores. Otra cosa sería hacer un grupo de trabajo para la
identificación de los llamados territorios no cooperante con los
postulados del GAFI, en el que se están analizando los criterios que
han de emplearse para posteriormente obtener la lista de territorios
que se benefician de tales criterios, en los que con seguridad
aparecerá, suponemos, el territorio de Gibraltar. Es decir, una cosa
es que nosotros estudiemos bilateralmente, cosa que parece ser que se
percibe con cierta dificultad en función de razones políticas o
diplomáticas, y otra muy distinta que se busque un grupo de trabajo
para identificar cuáles son los territorios no cooperantes, que en
definitiva todo el mundo sabe más o menos por dónde pueden ir.

En este sentido, se está estudiando la forma de que el problema del
blanqueo de dinero relacionado con Gibraltar se aborde a nivel de la
Unión Europea, toda vez que las directrices europeas e
internacionales a las que hace referencia no se han traducido con
iniciativas por parte de ningún país para eliminar los paraísos
fiscales donde se blanquean los capitales producto de la actividad
conflictiva. En el GAFI ya está constituido un grupo de trabajo para
evaluar países y territorios (y éste es un concepto que nosotros
evidentemente queremos excluir del caso de Gibraltar, el de países y
territorios, porque entendemos que en todo caso sería un pequeño
territorio, una colina) que no colaboran suficientemente en la lucha
el blanqueo, como S.S. sabe perfectamente y como nosotros estamos
aceptando en este planteamiento. Ahora, la dificultad está -y por eso
en nuestra enmienda al tercer punto lo queremos obviar- en razones yo
no sé si políticas o diplomáticas, pero que dificultarán en todo caso
el trabajo que en el seno del GAFI se está haciendo de una forma
global para atender de verdad toda esa compleja madeja de datos
informativos que, como usted comprenderá, no aparecen a la luz del
día ni en las páginas de los periódicos, sino que obedecen muchas
veces a arriesgadas investigaciones con ciertos componentes de
peligro.

En consecuencia, señora Romero, nuestra enmienda es una enmienda de
modificación que aceptaría el primer punto: Presentar un informe al
Congreso de los Diputados sobre las declaraciones en España de dichas
sociedades instrumentales, las llamadas exempt companies. En el
segundo punto nosotros le propondríamos una modificación en virtud de
la información que acabo de facilitar, que es seguir llevando a cabo
actuaciones específicas a través de los sistemas preventivos
establecidos en la legislación española que impidan en nuestro país
el blanqueo de capitales procedentes de tráficos ilícitos de dichas
sociedades radicadas en Gibraltar; por tanto, está muy claro que
nuestra indicación va específicamente a Gibraltar y su Campo, que es
donde realmente S.S. tiene preocupación por lo que ocurre y por los
abusos existentes, y el tercer punto simple y llanamente lo
suprimiríamos, en función de los argumentos que le he dado sobre el
grupo GAFI y de las dificultades que existen en este caso por nuestra
parte para hacer un equipo o un task force de tipo bilateral.

Esta es nuestra propuesta y espero que ustedes la consideren, de
manera que podamos llegar todos a consensuar lo que es un buen
interés por su parte y manifiesto interés por la nuestra en la lucha
contra algo grave, algo alarmante y para lo cual hay que trabajar sin
cuartel, noche y día, y sin descanso.




El señor PRESIDENTE: ¿Algún grupo desea fijar su posición? (Pausa.)
Señora Romero, a efectos de aceptar o no la enmienda.




La señora ROMERO LÓPEZ: Entiendo que el primer punto de la
proposición no de ley es idéntico en la enmienda del Grupo Popular,
por lo tanto, aquí no habría problema. En cuanto al segundo punto,
donde la proposición dice «adoptar actuaciones específicas», y la
enmienda del Grupo Popular dice «seguir llevando a cabo actuaciones
específicas», yo querría fijar mi posición, porque en realidad todas
las actuaciones derivadas de la anterior legislación son actuaciones
que por supuesto se están llevando a cabo, porque son el resultado y
el desarrollo de la legislación del Gobierno socialista. Si existe un
plan de actuaciones o un plan de medidas o un borrador o previsiones
del Gobierno para actuar de una manera diferente o de una manera más
concreta, yo le pediría a la Mesa de esta Comisión que solicite del
Gobierno ese informe, ese plan de medidas, ese borrador que se pueda
estar haciendo sobre la problemática de Gibraltar, para que no sea
sólo un informe utilizado por el Grupo Popular, que no creo que
quiera ser de ninguna manera el destinatario único de ese informe,
sino que entiendo que querrá compartir con el resto de los grupos
parlamentarios. Por lo tanto, solicito a la Mesa que pida ese informe
que el Ministerio de Hacienda pueda estar elaborando sobre las
medidas para Gibraltar y que ponga este documento a disposición de
todos los grupos parlamentarios.




En definitiva, cualquier medida que pueda hacerse en este nuevo
ámbito supone iniciar una serie de actuaciones nuevas que hasta ahora
no se han llevado a efecto; por lo tanto, yo le pediría al portavoz
del Grupo Popular que aceptara una transaccionar y donde dice «seguir
llevando a cabo», que dijera «llevar a cabo actuaciones específicas
en



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las instancias administrativas correspondientes en el seno de la
Comisión de prevención blanqueo de capitales», y el final es igual
porque el texto no variaría. Es decir, la enmienda transaccionar
diría: «llevar a cabo actuaciones específicas en las instancias
administrativas correspondientes en el seno de la Comisión de
prevención de blanqueo de capitales». Ese sería el texto de la
enmienda transaccional que le proponemos al Grupo Popular, porque
entiendo que las medidas nuevas no son todavía operativas. Por lo
tanto, en primer lugar, tendríamos el derecho a conocer cuáles son
esas medidas y, en segundo lugar, a hacer un seguimiento tanto en el
Parlamento como en los ámbitos provinciales o donde sea necesario.

Esta sería la enmienda transaccional que le planteo al segundo punto.

Y en cuanto al tercer punto, entiendo las razones que pueda esgrimir
el diputado del Partido Popular, pero desde luego suponen muy poca
capacidad del Gobierno de España para presionar al Reino Unido,
porque evidentemente, aunque no hayan existido grupos bilaterales, se
pueden constituir tanto en el GAFI, el organismo internacional, como
en el grupo Egmont, que es el organismo de la Unión Europea. Existe
ya un grupo de expertos; cuando habla de que lo que se puede hacer es
trabajar con los territorios no cooperantes, eso existe ya y de hecho
el informe del GAFI del año 1998, en sus puntos 19 a 26, analiza
exactamente cuál es la situación en los centros extraterritoriales,
que son los territorios no cooperantes. Pero no es suficiente que se
hagan investigaciones generales. Nosotros estamos pidiendo un paso
más; nosotros estamos pidiendo que exista un registro de esas
sociedades que sea conocido tanto por el Reino Unido como por España.

Ypara eso es necesario que exista ese grupo bilateral. Ya existe un
grupo de trabajo bilateral al margen de esos organismos
internacionales, por cierto, que no funciona, porque ese grupo se
creó en nuestra etapa, en la etapa de nuestro Gobierno, y la primera
reunión se celebró en Sevilla con la presencia de representantes
ingleses y de representantes de nuestro Gobierno. No ha tenido
continuidad ese grupo bilateral de trabajo; por eso, porque ese grupo
bilateral no existe actualmente, porque los organismo internacionales
ya existen para las cuestiones generales, nuestra propuesta es que
exista ese órgano bilateral de España y del Reino Unido en el seno
del GAFI. Tengo que insistir en que desgraciadamente sólo la poca
capacidad de nuestro Gobierno para presionar al Reino Unido es la
razón para que este grupo de expertos no pueda crearse y no podamos
hacer el seguimiento de las actuaciones de dichas sociedades. Si esto
no se produce así, tendrán que explicarlo de manera más contundente.




El señor PRESIDENTE: Lamento comunicarle que esta Mesa no puede
recabar ningún tipo de información al Gobierno, y más aún si está en
elaboración, porque, de acuerdo con el artículo 7 del Reglamento,
debe la señora diputada, si lo tiene a través del Presidente del
Congreso de los Diputados, recabar esta información de Gobierno.

Señor Milián, a los efectos de aceptar o no la transacción formulada.




El señor MILIÁN MESTRE: Señora Romero, en cuanto al primer punto no
ha lugar a ninguna duda, hay coincidencia completa. En el segundo
punto, me parece
que hay una cierta redundancia. Aceptamos desde luego la
transaccional, pero yo pregunto si no es redundante cuando usted
habla de llevar a cabo las actuaciones específicas en las instancias
administrativas correspondientes, y después añade: en el seno de la
Comisión de prevención de blanqueo de capitales. Yo entiendo que
puede haber algún organismo muy superior a ése, mucho más amplio,
como a lo mejor puede ser este grupo de trabajo del que tenemos
conocimiento y que funciona en el Ministerio de Economía y Hacienda,
que a lo mejor restaría eficacia a la operación. Por eso yo no
concretaría; usted habla de la Comisión de prevención de blanqueo de
capitales, yo lo dejaría en las instancias administrativas
correspondientes, porque dejamos más ámbito operativo. A mí me parece
que hay una cierta redundancia y es una concreción a lo mejor
inoperante o que dificultaría la operatividad; simplemente lo
propongo, y si a usted le parece bien, lo consensuamos del todo y se
liquida aceptando por nuestra parte completamente la transaccional. Y
en el tercer punto, yo insisto en los argumentos, porque a veces las
cosas que se quieren hacer no siempre se hacen de la mejor manera
posible, cuando una persona intenta abrir una brecha no lo puede
conseguir como quiere. Pesoa tiene una frase inmortal que dice: «me
pasé 20 años esperando ante un muro a que abrieran la puerta y a los
20 años me enteré de que no había puerta en el muro». En Gibraltar
nos pasa un poco lo mismo. Llevamos, 20, 40 esperando resolver
problemas que todo el mundo sabe que existen, pero nadie abre la
puerta de ese muro porque al parecer hasta ahora en ese muro puerta
no ha existido. ¿Cuál es el problema? Nosotros tenemos una larga
tradición de la época anterior, de toda la época en que ustedes -yo
no quiero adjetivar negativamente- pudieron hacerlo brillantemente en
estos intentos de buscar soluciones al problema de Gibraltar, pero
los resultados son que en 10 ó 12 años no se pudo resolver ese
problema, y por supuesto nosotros en 3 ó 4 años todavía no hemos
resuelto ese problema. No es tan fácil arreglar las cosas de esta
manera. Ahora, sería sorprendente que nos ocurriera como a Pesoa, que
nos encontráramos al final con que no existe puerta y estuviéramos
tocando un muro que no se abre nunca. Yese muro, en todo caso, sería
Gran Bretaña, no tenga usted la menor duda. Por eso, yo entiendo que
nosotros tenemos que reafirmarmos en este planteamiento de no
aceptación. En este caso, como no es óbice para que lleguemos a una
votación diferenciada de los dos primeros, ya aceptada la
transaccional, pues que se vote separadamente el primero y segundo
del tercero.




El señor PRESIDENTE: Ha concluido el debate de esta proposición no de
ley.




La señora ROMERO LÓPEZ: Señor presidente, creo que tendría que hacer
una matización a la nueva propuesta que ha hecho, el señor Milián.




El señor PRESIDENTE: No ha hecho ninguna nueva propuesta, ha aceptado
su transacción.




El señor MILIÁN MESTRE: Sí, pero le pido que elimine una redundancia.




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El señor PRESIDENTE: Señor Milián, vamos a suspender el debate en
este punto, continuando con la siguiente proposición no de ley, y
luego ustedes pónganse de acuerdo definitivamente sobre el texto que
se va a someter a votación.




- SOBRE ACTUACIONES DEL GOBIERNO EN RELACIÓN CON LOS PLANES DE
SEGREGACIÓN DE TELEFÓNICA, S. A. Y LOS EFECTOS SOBRE SU PLANTILLA,
PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE IZQUIERDA UNIDA.

(Número de expediente 161/001431.)



El señor PRESIDENTE: Pasamos a continuación a la siguiente
proposición no de ley, formulada por el Grupo Federal de Izquierda
Unida, sobre las actuaciones del Gobierno en relación con los planes
de segregación de Telefónica, S. A. y los efectos sobre su plantilla,
para cuya defensa tiene la palabra la señora Aramburu.




La señora ARAMBURU DEL RÍO: La proposición no de ley que presento hoy
para su debate y -espero- para su aprobación trata, como ustedes
saben, sobre los planes de segregación de Telefónica y los efectos
sobre su plantilla. Hay tres datos con los que voy a prologar mi
intervención, breve intervención, y que entiendo dan amplia solvencia
a la iniciativa que voy a defender, si es que hay condiciones en la
sala. (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Señora Aramburu, por supuesto hay condiciones en
la sala. Señor Cámara, si va a discutir algo con la señora Romero,
les ruego que abandonen la sala a los efectos de que se pueda
escuchar adecudamente la dicción de la señora Aramburu.

Señora Aramburu, prosiga, por favor.




La señora ARAMBURU DEL RÍO: Decía que había tres datos con los que
iba a prologar mi intervención, y que entiendo dan amplia solvencia a
la iniciativa que voy a defender.

El primer elemento sería recordar que Telefónica ha obtenido 217.000
millones de beneficios netos en 1998, con una previsión de aumento
del 25 por ciento, estimativos; el segundo elemento sería recordar,
igualmente, que Telefónica tiene concedidas 20 millones de horas en
el período del 1999 a 2001 y, en tercer lugar, y también a modo de
epígrafe para dar solidez a lo que pretendo decir, sería tener
presnte que los trabajadores de Telefónica se han movilizado
ampliamente y con una gran rotundidad por un pacto de garantía, por
la no externalización, por el mantenimiento de los puestos de
trabajo, por un plan de empleo con garantías de futuro y por un
servicio público, universal y de calidad.

Dicho esto, quisiera confirmar cómo el desarrollo del proceso de
liberalización del sector de las telecomunicaciones y sus
consecuencias avala las tesis críticas, insisto, las tesis críticas
que sobre el mismo ha mantenido Izquierda Unida desde los comienzos,
ya que pensábamos y pensamos que nos estamos refiriendo a un sector
estratégico, punta de lanza en el desarrollo y cabezal de la economía
y
en la economía al tener fuertes implicaciones en todas las instancias
sociales, culturales, políticas y económicas.

Señorías, la empresa Telefónica, como ustedes saben, a través del
escrito dirigido al secretario general de Telecomunicaciones del
Ministerio de Fomento, inició el 25 de junio del pasado año un
expediente autorizatorio previo para transmitir el conjunto de
elementos patrimoniales de la rama de la actividad telefónica básica
vocal a una filial de nueva creación denominada Telefónica Sociedad
Operadora de Servicios de Telecomunicaciones en España, Sociedad
Anónima, y quedarse con todas las acciones que se reciban a cambio de
la mencionada aportación patrimonial; autorización que se concedió
mediante resolución por parte del secretario general de
Comunicaciones y por la cual los sindicatos han interpuesto recurso
contenciosoadministrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid. Desde luego, desde nuestro punto de vista, el trámite de este
expediente ha estado sujeto a una serie de vicios que nos debe hacer
poner bajo sospecha al menos el procedimiento realizado, al entender
que puede infringir nuestro ordenamiento jurídico, así como que puede
poner en peligro el puesto de trabajo de cientos de trabajadores de
la empresa Telefónica, S. A.

Estos vicios se podrían resumir en los siguientes: primero, la
insuficiente documentación aportada por Telefónica, S. A. para
solicitar el expediente; segundo, la reorganización estructural que
se está llevando a cabo en el holding en un sector estratégico y
además sin un plan estratégico de la entidad, y ello unido al proceso
de adaptación y de adecuación del régimen jurídico de Telefónica a la
reciente Ley General de Telecomunicaciones; tercero, la no aportación
de informacion contable y financiera suficiente a través de cuentas
separadas y auditadas externamente que permiten evaluar la incidencia
de los estados financieros del grupo de la sociedad filial, pudiendo
suponer esta omisión un incumplimiento flagrante de las obligaciones
que Telefónica tiene con el Estado, dado el contrato existente entre
ambas partes.

Adicionalmente, señorías, a los probables vicios reseñados, se podría
argumentar en contra de la citada operación, el que no ofrece
garantía suficiente para la estabilidad de los empleos afectos a
aquellas actividades que serían objeto de la escisión, y que no
debería realizarse la escisión de actividades correspondientes a la
telefonía vocal, sin que se hubiera producido un proceso de
adaptación y adecuación al nuevo régimen jurídico derivado de la Ley
general de telecomunicaciones. Estos hechos nos hacen pensar que lo
que realmente persigue esta operación es lograr un vaciamiento de los
mecamismos de control público en un sector que, aunque liberalizado,
es estratégico para la economía nacional y entra en el ámbito de la
prestación de servicios de interés general, así como el régimen
autorizado y establecido al amparo de la Ley 5/1995, de 23 de marzo,
sobre el régimen jurídico de enajenación de participaciones públicas
en determinadas empresas, a lo cual obviamente nos oponemos; insisto,
nos oponemos.

El 30 de septiembre de 1998, y siguiendo la política de un salto
adelante, Telefónica, sin información documental alguna, comunica a
sus trabajadores el acuerdo de su consejo de administración en
relación a las transferencias a la nueva compañía filial de las
participadas -Cabinas Telefónicas,



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Cabitel, Teleinformática y Comunicaciones (Teleico),
Telecomunicaciones Marítimas, Metasa y Utilitel Comunicaciones-, y
ante la operación ex novo en el expediente de nuevas segregaciones de
Telefónica, los representantes de los trabajadores solicitaron los
nuevos documentos y justificaciones, denegándoles el Ministerio de
Fomento el acceso a la documentación.

Por todo lo dicho, ustedes comprenderán que mi fuerza política,
Izquierda Unida, esté obligada a presentar la proposición no de ley
que vemos hoy en esta sesión de la Comisión. Tiene dos puntos
centrales de carácter estructural y de una gran envergadura política,
con dificultades para aceptar además las enmiendas que incorpora el
Grupo Socialista, porque entendemos que sitúan en otro discurso
y consolidan la posición que nosotros estamos cuestionando. Por tanto,
haríamos un emplazamiento a que se reconsidere y a votar
mayoritariamente esta proposición, que solamente introduce dos
elementos: evitar el proceso de segregación pretendido por la empresa
Telefónica, en primera instancia y, en segunda instancia que, con
independencia de que se realice o no el proceso de segregación, no se
pueda llevar a cabo recorte de plantilla alguno en la empresa
Telefónica ni en sus filiales y, en su caso, salvo el que se derive
de los acuerdos que la empresa alcance con los sindicatos.




El señor PRESIDENTE: Por parte del Grupo Socialista ha sido
presentada una enmienda a esta proposición no de ley, para cuya
defensa tiene la palabra la señora Pozuelo.




La señora POZUELO MEÑO: Como bien ha dicho la ponente, el pasado día
18 de noviembre, la Dirección General de Comunicaciones dictó una
resolución autorizando a la compañía Telefónica a la segregación de
las actividades de telefonía vocal a una filial de reciente creación:
Telefónica Sociedad Operadora, S. A., mediante la aportación de todo
el conjunto de elementos personales y patrimoniales que integraban
dicha rama de actividad en la empresa matriz. Además, en el
transcurso del desarrollo del expediente de autorización, la compañía
Telefónica solicitó al Ministerio la ampliación del mismo, y que se
le concediera autorización para transferir a esta misma compañía
filial la totalidad de las participaciones accionariales de las que
aquélla era titular, correspondiente a varias de las sociedades
filiales que desarrollan su actividad en el sector de las
telecomunicaciones en España: Cabitel, Temasa, Telico y Utilitel,
completándose así el proyecto de la compañía Telefónica de
reorganizar sus actividades y unidades de negocio.

Sin duda, la decisión de mayor importancia y trascendencia es la
segregación de la actividad de telefonía vocal básica, la principal
actividad de Telefónica, pues se viene a configurar este servicio
como una actividad gerencial, patrimonial y jurídica nueva e
independiente dentro del grupo, y porque afecta a actividades que
entran dentro del servicio univeral para el conjunto del territorio
español, conceptuada como servicio público de interés general y
sometida a las obligaciones derivadas del contrato vigente con el
Estado aprobado en 1992 entre Telefónica y el propio Estado.

Sin embargo, y a pesar de la trascendencia del asunto, el Ministerio
de Fomento ha hecho dejación absoluta de sus obligaciones de
salvaguarda de los intereses públicos, y de manera sorprendente y
escandalosa -desde el punto de vista de nuestro grupo parlalmentario-
ha instruido y aprobado un expediente de autorización de
segregaciones patrimoniales que no reúne los más mínimos requisitos
exigibles en cuanto a información, documentación aportada por la
empresa y garantías económicas y jurídicas de la viabilidad y de la
supervivencia de este nuevo modelo empresarial, con los consiguientes
riesgos para el conjunto de los trabajadores de estas sociedades.

Y ello, en primer lugar porque no se ha comprobado fehacientemente la
incidencia de la segregación en los estados financieros del grupo y
de sus nuevas sociedades filiales. No se ha pedido a Telefónica que
aporte información contable y financiera a través de cuentas
separadas y auditadas externamente de las actividades que pretendía
segregar, a fin de poder evaluar su incidencia en la viabilidad de la
propia actividad de la telefonía básica autónomamente considerada y
que afecta a un servicio universal de telecomunicaciones considerado
como un servicio público.

En segundo lugar, porque no se ha exigido a Telefónica la elaboración
de un plan a medio y largo plazo en relación con este servicio básico
y universal para el conjunto del territorio, que contemple y
garantice el cumplimiento de sus obligaciones, la mejora de las
infraestructuras, la calidad de los servicios y la extensión de los
mismos, en el nuevo contexto de liberalización que ha permitido la
incorporación de otros operadores que prestan estos servicios, lo que
sin duda tendrá repercusiones en la actividad económica y financiera
de la nueva sociedad creada.

En tercer lugar, porque no se ha exigido a Telefónica garantía de que
sus nuevas filiales en el futuro, con sus nuevas funciones asumidas,
cumplan con los procedimientos legales de autorizaciones requeridos
hasta ahora a Telefónica para la enajenación de activos. Por lo
tanto, se ha consentido con un vacío legal sobre la exigencia de
estos controles en un sector que, aunque liberalizado, es estratégico
para la economía nacional y entra en el ámbito de la prestación de
servicios de interés general.

Y, en cuarto lugar, no se ha pedido a la empresa matriz que
garantice, tras la reorganización societaria, la estabilidad de los
empleos afectados por aquellas actividades que iban a ser objeto de
escisión, ni que garantice los derechos individuales y colectivos de
sus trabajadores; ni tan siquiera un estudio sobre la incidencia que
esta reorganización empresarial iba a tener sobre el conjunto de las
plantillas de personal. La total ausencia de información presentada
por Telefónica en relación con el personal produce inseguridad
e indefensión en los trabajadores de estas sociedades.

El Grupo Parlamentario Socialista considera que el Gobierno debe
resolver las irregularidades puestas de manifiesto con la mayor
brevedad posible, porque debe ser el principal garante de la
legalidad y de la seguridad jurídica y económica. Es imprescindible
que la empresa Telefónica presente la auditoría externa y las cuentas
separadas en relación con las distintas unidades de negocio
correspondientes a la última anualidad sobre las actividades objeto
de segregación, de conformidad con el contrato a la que está obligada
vigente con el Estado.




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Del mismo modo, es necesario que el Gobierno exija a Telefónica el
desarrollo del proceso de adaptación y adecuación al nuevo régimen
jurídico derivado de la Ley general de telecomunicaciones, sin el que
no debería haberse realizado la autorización de segregación.

La enmienda que ha presentado el Grupo Socialista recoge en cuatro
puntos las bases imprescindibles que garanticen la transparencia de
las operaciones que se han autorizado, las obligaciones del principal
operador del servicio universal de telefonía básica, la transparencia
del coste y financiación que se imputará a la prestación de dicho
servicio, en orden a una correcta política tarifaria, lso derechos e
intereses del personal de Telefónica y la garantía de neutralidad de
esta reorganización patrimonial en el marco de la competencia con
otros operadores de telecomunicaciones en España.

Consideramos, además, que la Dirección General de Comunicaciones o la
autoridad competnete que corresponda debe emitir un informe sobre la
segregación de la telefonía básica y del conjunto de actividades de
telecomunicaciones en el mercado nacional -la segregación a una nueva
entidad mercantil no sujeta al Real Decreto 8/1997-, informe que no
existe en el expediente de autorización porque no ha sido considerado
necesario por el Ministerio de Fomento.

En definitiva, señorías, el Grupo Socialista lo que pide al Gobierno
es que garantice la transparecencia, la legalidad y la neutralidad de
la operación de segregación patrimonial de las actividades de
telefonías básica, que garantice el cumplimiento de sus obligaciones
de servicio público en todo el territorio nacional, que garantice el
mantenimiento en la nueva estructura del grupo del régimen de
autorización previa para la posible enajenación de activos en las
nuevas sociedades, y que garantice la continuidad de los derechos
individuales y colectivos de las plantillas de Telefónica y de las
nuevas sociedades creadas.




El señor PRESIDENTE: ¿Algún grupo desea explicar su posición?
Por parte del Grupo Popular, tiene la palabra la señora Díez de la
Lastra. Pero antes de que comience a hablar, ruego a los señores
diputados que guarden silencio, señor Sánchez Lliure. (Pausa). Puede
usted comenzar, señora Díez de la Lastra.




La señora DÍEZ DE LA LASTRA BARBADILLO: Pero el señor Alcaraz, en
nombre del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida y defendido
por la señor Aramburu, se presenta una proposición no de ley sobre
las actuaciones del Gobierno en relación con los planes de
segregación de Telefónica y los efectos sobre su plantilla. Dicha
proposición no de ley se refiere a la creación por parte de
Telefónica, S.A. de una filial denominada Telefónica Sociedad
Operadora de Servicios de Telecomunicaciones en España, de la que
Telefónica sería único accionista ya la que pretende transmitir el
conjunto de elementos patrimoniales de la rama de actividad de
telefonía básica vocal.

Para ello ha obtenido la autorización, mediante resolución de la
Secretaría General de Comunidades, tal como exige el Real Decreto 8/
1997, resolución que ha sido recurrida, como bien se ha dicho, en
contencioso-administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por los
sindicatos, quienes de esta forma han iniciado ya la vía judicial en
relación con este tema. La citada proposición no de ley pretende que
el Congreso de los Diputados inste al Gobierno que realice cuantas
gestiones y acciones estén en su mano para evitar el proceso de
segregación pretendido por Telefónica y que, con independencia de que
se realice o no este proceso de segregación, no se puede llevar a
cabo recorte de plantilla alguno ni en sus filiales, en su caso,
salvo el que se derive de los acuerdos que la empresa alcance con los
sindicatos.

Para determinar su proposición del Grupo de Izquierda Unida aduce dos
tipos de motivación: uno de carácter general y otro que se refiere de
forma específica a esta segregación concreta. Con carácter general,
el señor Alcaraz en su proposición no de ley argumenta la postura
crítica -por no denominarla oposición manifiesta que Izquierda Unida
mantiene frente a la liberalización de las telecomunicaciones, sector
que considera estratégico con implicaciones económicas, sociales,
culturales y políticas.

Por lo que se refiere a esta segregación concreta, afirma que el
trámite de este expediente ha estado sujeto a una serie de vicios que
pone bajo sospecha el procedimiento realizado y puede poner en
peligro cientos de puestos de trabajo de Telefónica, S.A. Los vicios
citados los resume en: insuficiente documentación aportada por
Telefónica en su solicitud; que la reorganización estructural del
holding de Telefónica se lleva a cabo en un sector estratégico sin un
plan estratégico, y que esto coincide con la adaptación y adecuación
del régimen jurídico de Telefónica a la Ley general de
telecomunicaciones; y la no aportación de información contable, y a
través de cuentas separadas y auditadas exactamente, que permita
evaluar la incidencia en los estados financieros del grupo de la
sociedad filial, lo que considera como un posible incumplimiento de
las obligaciones de Telefónica con el Estado.

A partir de esos argumentos se insinúan en la motivación de la
proposición no de ley unas intenciones por parte de la empresa
respecto al vaciamiento de los mecanismos de control público, que al
mismo tiempo afirman como pensamientos del redactor de la repetida
proposición, sin más fundamento que sus propias presunciones.

Ante esta proposición no de ley, la postura del Grupo Popular viene
definida por el resultado del análisis que de los argumentos de
Izquierda Unida se haga. Aeste respecto cabe un doble examen: el que
se realice de su argumento general, y el que se efectúe en relación
con los que el proponente llama vicios de expediente.

Por lo que se refiere al argumento de carácter general, es conocida
de sobre la postura de Izquierda Unida, mantenida desde el principio,
de oposición plena a la participación de España en la Unión Europea,
y especialmente a las exigencias del Tratado de Maastrich y sus
consecuencias, que pasan por la supresión de monopolios estatales y
de todo tipo, así como a la liberalización plena del mercado sin
excepciones.

En el caso concreto de las telecomunicaciones, ha supuesto dos
actuaciones específicas del Estado: en primer lugar, una ampliación
significativa del número de licencias en materia de telefonía, algo
ya producido por las concedidas a Retevisión, y Uni 2, así como las de
telefonía móvil



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(Airtel, Amena, además de MoviStar y MoviLine); en segundo lugar, y
para garantizar la libre competencia en el mercado de las
telecomunicaciones la necesidad de privatizar al 100 por cien la
compañía Telefónica, privatización realizada con el máximo de
garantías, aseguradas pro medios legales, que incluye la llamada
golden share o acción de oro para evitar actuaciones peligrosas para
el cumplimiento del contrato Telefónica-Estado.

En este sentido el Partido Popular, al igual que los partidos que
representan a la gran mayoría de los ciudadanos, ha estado es
desacuerdo con la postura defendida por Izquierda Unida y a favor de
lo que supone apostar claramente por la integración en la Unión
Europea y la liberalización del mercado. Esta postura viene
respaldada por la muy importante evolución tecnológica del sector y
la cada vez más creciente globalización del mundo de las
comunicaciones, que en nuestra opinión deja fuera del tipo actual la
postura defendida por Izquierda Unida; pero sobre todo y de forma
evidente, es la postura de la inmensa mayoría de los españoles,
manifestada en sucesivas encuestas y elecciones que se benefician a
diario por la llegada de la libre competencia al mundo del teléfono,
tanto en sus precios como en la calidad y cantidad de sus servicios.

Si esta es la actitud del Grupo Popular en lo que se refiere al que
hemos dado en llamar argumento general del proponente, su posición
frente a los argumentos aducidos para instar la intervención del
Gobierno, anulando la resolución que aprueba la segregación
cuestionada, viene determinada por dos circunstancias. La primera se
refiere al hecho de que hoy Telefónica, S.A. es una empresa
totalmente privada que desarrolla su actividad en plena competencia
con otras de igual naturaleza, tanto en el mercado nacional como en
el multinacional. La segunda se refiere a la circunstancia de que su
especial relación con el Estado viene regulada por la Ley 5/1995 y el
Real Decreto 8/1997, además, de por la Ley 30/1992, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento
Administrativo Común. Por otro lado, el Estatuto de los Trabajadores
garantiza el cumplimiento de los derechos de éstos en su relación con
Telefónica y la Constitución ampara los derechos de todos ellos,
incluido el de la presentación de inocencia en sus actuaciones.

Por último, y a la vista de estas dos premisas, cabe hacer un breve
resumen cronológico de los acontecimientos previos a la proposición
no de ley: Telefónica, S.A. solicita de la Secretaría General de
Comunicaciones autorización para segregar una parte de su actividad a
una filial de la que sería único dueño y a la que dota de todos los
medios necesarios. El secretario general de Telecomunicaciones, en
uso de sus facultades, adopta la decisión de aprobar dicha
segregación. Los sindicatos, ostentando la representación de los
trabajadores, estén en desacuerdo con la solicitud y la decisión,
hacen uso de las facultades que les reconoce el artículo 31.2 de la
Ley 30/1992 y recurren la resolución del secretario general de
Comunicaciones ante el Tribunal Superior de Justicia competente, por
la vía adecuada, que no es otra que la del contencioso-
administrativo. Al día de hoy no ha recaído sentencia al respecto.

Vistos los hechos descritos, habría motivos suficientes para oponerse
a esta proposición no de ley. Lamentablemente, el proponente ha
incluido en su propuesta una
serie de juicios de valor, insinuaciones y afirmaciones no
fundamentadas que nos empujan a ampliar las razones de nuestra
oposición, que pasan: por el hecho de que Telefónica, S.A. es hoy una
sociedad que se cotiza en las bolsas más exigentes del mundo,
incluida la de Nueva York; en la Bolsa española forma parte del grupo
de 35 sociedades que forman el índice IBEX, a las que la Comisión
Nacional del Mercado de Valores presta especial atención; está
sometida además al control del Tribunal de Defensa de la Competencia
y de la Comisión del Mercado de Comunicaciones, quienes la han
sancionado cuando se ha desviado de las ramas reguladoras;
recientemente ha recibido el premio otorgado por la prensa económica
a la sociedad más transparente de las cotizadas en la Bolsa española.

En las circunstancias descritas, afirmar que carece de plan
estratégico y de la adecuada información contable y financiera
auditada externamente es algo que puede ser calificado cuando menos
de imprudente. Por todo ello el Grupo Popular se va a oponer a esta
proposición no de ley del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida.




El señor PRESIDENTE: Señora Aramburu, a los efectos de determinar si
acepta o no la enmienda formulada por el Grupo Socialista.




La señora ARAMBURU DELRÍO: Comentaba al inicio de la intervención, e
incluso previamente había hablado con la portavoz del Grupo
Socialista, la posibilidad de transaccionarlo. NO ha sido posible.

Pediríamos, por tanto, votación separada, para incorporar, si así le
parece al Grupo Socialista, el punto 4, pero no como sustitución,
sino como adición. Estos serían los términos de la afectación.




El señor PRESIDENTE: Señora Aramburu, a efectos de concretar los
términos de la votación, usted lo que sugiere entonces es unir la
transaccional a la del Grupo Socialista, de forma y manera que el
punto número 4 de la enmienda se añadiese al texto literal de su
proposición no de ley. ¿Es así? (Asentimiento.)
Señora Pozuelo, ¿acepta usted la transacción formulada?



La señora POZUELO MEÑO: No, señor presidente, no aceptamos.




El señor PRESIDENTE: Señor Romero, ¿están ustedes ya en trance de
poder facilitar a la Mesa si han llegado a un acuerdo o no?



La señora ROMERO LÓPEZ: Lo tiene la Mesa, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Suspendemos por tres minutos (Pausa.)



DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS SIGUIENTES SOLICITUDES DE CREACIÓN DE
SUBCOMISIONES Y PONENCIAS:



- EN EL SENO DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, COMERCIO Y HACIENDA, DE UNA
SUBCOMISIÓN DE ANÁLISIS Y ESTUDIO DE



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LA PROBLEMÁTICA DE LA PROFESIÓN DE AUDITOR DE CUENTAS Y SU ACTIVIDAD,
FORMULADA POR LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR, SOCIALISTA, IZQUIERDA
UNIDA, CATALÁN (CONVERGÈNCIA I UNIÓ), VASCO (EAJ-PNV), COALICIÓN
CANARIA Y MIXTO. (Número de expediente 158/000046.)



El señor PRESIDENTE: ¿Desea algún grupo parlamentario fijar su
posición en relación a la creación, dentro del seno de esta Comisión,
de una subcomisión de análisis y estudio de la problemática de la
profesión de auditor de cuentas y su actividad, que ha sido formulada
por los Grupos Parlamentarios Popular, Socialista, Izquierda Unida,
Catalán (Convergència i Unió), Vasco (EAJ-PNV), Coalición Canaria y
Mixto. Sugeriría a las señoras y señores diputados que el plazo de
duración de la Comisión pasase de ser de cuatro a seis meses, que es
el máximo previsto en principio supletoriamente por la resolución de
la Presidencia de la Cámara que aprueba y regula la creación de
subcomisiones, a los efectos de evitar posibles peticiones de
prórroga al Pleno. ¿Están ustedes de acuerdo? (Pausa.) Entonces, en
principio, lo que someteríamos a votación es que el plazo de duración
de esta subcomisión fuera de seis meses, en vez de cuatro.

Dicho lo cual pasamos a la votación de los puntos comprendidos en el
orden del día de hoy.

En primer lugar, procederemos a la votación de la proposición no de
ley sobre modificación del artículo 76, apartado 9, de la Ley de
Presupuestos General del Estado para 1995, ampliando la reducción de
hasta un 80 por ciento en la cuota del impuesto de actividades
económicas a todos aquellos comercios o empresas de servicios
abiertos al público que se encuentren ubicados en vías públicas
afectadas por obras durante un tiempo superior a los tres meses.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16;
en contra, 22.




El señor PRESIDENTE: Queda, por consiguiente, rechazada la
proposición no de ley.

Proposición no de ley por la que insta al Gobierno a ampliar a las
explotaciones de cítricos situadas en las comarcas del Baix Ebre i
Montsiá (Tarragona) la reduccióndel índice de rendimiento neto del
IRPF debido a la incidencia del virus de la tristeza, de acuerdo con
la enmienda transaccional que ha sido formulada por el Grupo
Parlamentario Popular ya aceptada por el grupo proponente.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda, por consiguiente, aprobada por
unanimidad.

Proposición no de ley relativa a estudios sobre financiación local de
determinados municipios.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16;
en contra, 22.

El señor PRESIDENTE: Queda, por consiguiente, rechazada la
proposición no de ley.

Proposición no de ley sobre medidas en relación con las actividades
de sociedades instrumentales radicadas en Gibraltar, de acuerdo sus
dos primeros puntos con la enmienda transaccional formulada por el
Grupo Popular y aceptada por el grupo proponente. Votamos, en primer
lugar, los dos primeros puntos de la proposición no de ley,
procediendo a continuación a votar el tercer punto de esta
proposición no de ley.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados por unanimidad los dos primeros
puntos de la proposición no de ley en los términos señalados.

Apartado número tres.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15;
en contra, 22; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda, por consiguiente, rechazado el punto
tercero de la proposición no de ley.

Proposición no de ley sobre actuaciones del Gobierno en relación con
los planes de segregación de Telefónica, S.A. y los efectos sobre su
plantilla.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado; votos a favor, 15;
en contra, 22; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda, por consiguiente, rechazada la
proposición no de ley.

Pasamos a continuación a la votación de la creación de una
subcomisión, en el seno de esta Comisión, de análisis y estudio de la
problemática de la profesión de auditor de cuentas y su actividad, de
acuerdo con la modificación que ha sido introducida.




Efectuada la votación, dijo



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad la creación de
esta Subcomisión.

Antes de levantar la sesión, convoca a los señores Martínez- Pujalte,
Hernández Moltó, Zabalía, Martínez Sanjuán y Gómez, Darmendrail para
que se reúnan con la Presidencia.




Se levanta la sesión.




Era la una y cuarenta minutos de la tarde.




Nota.-El presente «Diario de Sesiones», de la Comisión de Economía,
Comercio y Hacienda, del martes, 13 de abril de 1999, no guarda la
relación cronológica habitual, con el fin de no retrasar la
publicación de los «Diarios de Sesiones» ya elaborados.