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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 639, de 10/03/1999
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 1999 VI Legislatura Núm. 639



MEDIO AMBIENTE



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JOSÉ IGNACIO LLORENS TORRES



Sesión núm. 34



celebrada el miércoles, 10 de marzo de 1999



ORDEN DEL DÍA:



Comparecencia de la señora directora general de Calidad y Evaluación
Ambiental (Carrillo Dorado) para informar sobre:



- Su posición sobre el proyecto de ampliación del muelle Fernández
Ladreda en el puerto de Ferrol y sobre el proyecto global de cierre
de la ensenada de A Malata en la misma Ría. A solicitud del Grupo
Parlamentario Mixto. (Número de expediente 212/001413) ... (Página 186221
)




- Grado de cumplimiento de la declaración de impacto ambiental que
afecta a la entrada en funcionamiento de la nueva pista del
Aeropuerto de Barajas (Madrid). Asolicitud del Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida. (Número de expediente 212/001703)
... (Página 18627)



- Actuaciones realizadas a fin de impedir que el Ministerio de
Fomento y el Ente Público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea
(AENA) incumplan los requisitos establecidos en la declaración de
impacto ambiental de Barajas, antes del funcionamiento de la nueva
torre de control y la tercera pista. Asolicitud del Grupo Socialista
del Congreso. (Número de expediente 212/001694) ... (Página 18627)



Página 18622




- Comparecencia del señor secretario general de Medio Ambiente (Muriel
Gómez) para explicar la situación de los procedimientos de declaración
de impacto ambiental, así como sobre la elaboración de la nueva
normativa. A solicitud del Grupo anterior. (Número de expediente
213/000975) ... (Página 18637)



Se abre la sesión a las diez de la mañana.




COMPARECENCIA DE LA SEÑORA DIRECTORA GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN
AMBIENTAL (CARRILLO DORADO) PARA INFORMAR SOBRE:



- SU POSICIÓN SOBRE EL PROYECTO DE AMPLIACIÓN DEL MUELLE FERNÁNDEZ
LADREDA EN EL PUERTO DE FERROL Y SOBRE EL PROYECTO GLOBAL DE CIERRE
DE LA ENSENADA DE A MALATA EN LA MISMA RÍA. A SOLICITUD DEL GRUPO
PARLAMENTARIO MIXTO. (Número de expediente 212/001413)



El señor PRESIDENTE: Señorías, da comienzo la sesión correspondiente
al día de hoy con la comparecencia de la directora general de Calidad
y Evaluación Ambiental, a quien le doy, una vez más, en nombre de la
Comisión, la bienvenida al Congreso de los Diputados.

De acuerdo con la opinión de los portavoces de los diversos grupos
políticos aquí representados, se va a producir una alteración del
orden del día. En primer lugar, vamos a debatir el punto número 3,
que se refiere al informe de la posición del Ministerio sobre el
proyecto de ampliación del muelle Fernández Ladreda en el puerto de
Ferrol y sobre el proyecto global de cierre de la ensenada de AMalata
en la misma ría.

Tiene la palabra la directora general doña M.a Dolores Carrillo
Dorado. La comparecencia ha sido solicitada por el Grupo
Parlamentario Mixto y, en concreto, por el señor Rodríguez del Bloque
Nacionalista Galego.




La señora DIRECTORAGENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN AMBIENTAL
(Carrillo Dorado): Buenos días, señorías.




Como bien dice el presidente, la comparecencia solicitada por el
Grupo Parlamentario Mixto se refiere a la información sobre el
proyecto de ampliación del muelle de Fernández Ladreda, en el puerto
de Ferrol, y sobre el proyecto global de cierre de la ensenada de A
Malata en la misma ría. Me referiré a los dos, y también a las
competencias de la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental respecto a estos proyectos, es decir, cuáles han sido las
actuaciones realizadas por la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental o la dirección general precedente,



que era la Dirección General de Información y Evaluación Ambiental.

Respecto a Fernández Ladreda, he de decir que la ampliación se
refiere al proyecto muelle de cerramiento norte en el Fernández
Ladreda. Con relación a este proyecto, la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental dictó la resolución de 21 de noviembre
de 1996, por la que se decide no someter a procedimiento reglado de
evaluación de impacto ambiental el proyecto de referencia. Es
importante recalcar esa resolución. En preguntas precedentes en
relación con este tema se mencionó que lo que nosotros decíamos es
que no había que hacer evaluación de impacto ambiental, pero no es
así. Lo que hace la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental con esa resolución es decidir no someter el proyecto a
procedimiento reglado porque pertenece a los comprendidos en el anexo
II de la Directiva del Consejo 85/337, de 27 de junio de 1985. Como
SS.SS. saben, ésta directiva comunitaria después se reconvierte en el
Real Decreto Legislativo sobre evaluación de las consecuencias sobre
el medio ambiente de proyectos públicos y privados. De acuerdo con
esa directiva y con la trasposición correspondiente, los proyectos
del anexo I eran obligatorios de ser sometidos a procedimiento
reglado de evaluación de impacto ambiental y los que estaban en el
anexo II quedaban a discreción de los Estados miembros. He de decir
también en relación con este punto que se hizo una trasposición
incorrecta de la directiva en ese real decreto legislativo cuando nos
incorporamos a la Unión Europea y que el anexo II no se traspuso
a nuestra legislación, lo cual concluyó que en nuestra legislación
tengamos única y exclusivamente un anexo i que traspone el anexo I de
la directiva, incorporando algunos proyectos del anexo II, pero
quedan los proyectos del anexo II que nunca se incorporaron.

Independientemente de esta trasposición incorrecta, siempre ha sido
práctica el que los proyectos del anexo I fueran obligadamente
sometidos a procedimiento reglado y, en cuanto a los del anexo II, se
ha estudiado la necesidad de someterlos a este procedimiento reglado.

Una vez clarificado este aspecto, del examen de este proyecto
concreto, de su análisis ambiental y también de la visita a la zona
-he de decir que siempre se realiza una visita a la zona-, se
concluyó que las obras previstas, especialmente algunas de las que se
incluían, no introducían en general modificaciones significativas en
la hidrodinámica de la zona ni en la calidad de las aguas. Esta
conclusión a la que llega el órgano ambiental se basa en la
documentación del proyecto y en el análisis ambiental que se le había
dado, incluyendo también, informes de organismos como, por ejemplo,
el Centro de Experimentación de



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Obras Públicas y el Instituto Oceanográfico. Tal como se expone en la
propia resolución antes citada, no se observó la potencial existencia
de impactos ambientales adversos significativos que necesitasen de un
proceso de evaluación de impacto ambiental reglado para determinar la
posibilidad de establecer medidas mitigadoras. Esto en cuanto a lo
que hace referencia a la ampliación del muelle.

El segundo tema que nos ocupaba en este punto de la comparecencia era
el cierre de la ensenada de AMalata. El proyecto de cierre de AMalata
incluía entre las actuaciones la colocación de un elemento regulador
del flujo mareal en la ensenada de AMalata. Este elemento regulador
posibilita el cierre parcial y voluntario de la ensenada, no
suponiendo en ningún caso -creo que esto es importante- el cierre
total y definitivo de la misma. Baste señalar que con el elemento
regulador deflactado éste quedaba por debajo del nivel del agua,
incluso en condiciones de bajamar máxima viva equinoccial.

La declaración de impacto ambiental de este proyecto data de febrero
del año 1996 y, por tanto, no fue realizada por la Dirección General
de Calidad y Evaluación Ambiental, sino, como decía, por la Dirección
General de Información y Evaluación Ambiental del antiguo Ministerio
Obras Públicas, Transporte y Medio Ambiente. La citada resolución
condicionaba la instalación de la barrera reguladora a la
presentación de un acuerdo del pleno del Ayuntamiento del Ferrol,
manifestándose a favor de la construcción, y de un informe, que era
necesario y preceptivo, del Instituto Español de Oceanografía que
fuera favorable a la parte del estudio de impacto ambiental relativa
a los efectos de la barrera. A la presentación del acuerdo del pleno
del Ayuntamiento del Ferrol y del informe del Instituto Español de
Oceanografía -hecho éste que no se ha producido hasta la fecha-, la
actual Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emitiría
una resolución señalando si las condiciones para establecer el
régimen de funcionamiento del elemento regulador incluidas por el
promotor son suficientes a los fines del control de cierre y apertura
del mismo.

Me gustaría finalmente en esta comparecencia, puntualizar uno de los
aspectos que se ha señalado, cual es el acuerdo del plenario del
Ayuntamiento del Ferrol. Por lo que se refiere al acuerdo del
plenario del Ayuntamiento de Ferrol, de fecha 24 de abril de 1998,
que prohibía cualquier tipo de relleno portuario en el espacio
portuario y aun no siendo un aspecto propio de la evaluación de
impacto ambiental, cabe señalar que el artículo 18.1 de la Ley de
Puertos del Estado y de la Marina Mercante dice textualmente -creo
que esto es importante para marcar cuáles son las actuaciones que
debe realizar el Ministerio de Medio Ambiente-: Para articular la
necesaria coordinación entre las administraciones con competencias
concurrentes sobre el espacio portuario, los planes generales y demás
instrumentos generales de ordenación urbanística deberán calificar la
zona de servicio de los puertos estatales como sistema general
portuario y no podrán incluir determinaciones que supongan una
interferencia o perturbación en el ejercicio de las competencias de
explotación portuaria. (El señor vicepresidente, Ballesteros
Morcillo, ocupa la Presidencia.)
Concluyo con esto mi exposición sobre las actuaciones que se han
desarrollado en los proyectos por parte del Ministerio de Medio
Ambiente o del antiguo MOPTMA en lo que compete a la evaluación de
impacto ambiental. Quedo a su disposición para cualquier pregunta que
quieran formular.




El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): proponente, tiene la
palabra el señor Rodríguez.




El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Para hacer una evaluación ponderada del
problema que estarnos tratando las administraciones respectivas,
concretamente aquellas encargadas de evaluar cualquier de impacto
ambiental o afectación del medio ambiente en general, deberían tener
un conocimiento muy próximo del sistema de las rías de Galicia y, de
forma muy específica, de aquella que es la más cerrada y
característica con que cuenta el país, la de Ferrol. A nadie se le
oculta que esta ría, de forma especial, es una especie de
piscifactoría natural que representa una de las pocas riquezas
estables y potencialmente aumentables con las que cuenta el país, de
competencia claramente autonómica, corno es la pesquera y, sobre
todo, la marisquera. En el caso de Ferrol este proceso no hizo más
que aumentar, a pesar del gravísimo deterioro medioambiental que
sufre la ría desde los años sesenta, sin que vaya acompañada de un
impulso industrial ni de un ascenso demográfico, sino todo lo
contrario, la población de la comarca, concretamente la de la ciudad
de Ferrol disminuye y hay un declive y un deterioro industrial
patente del Estado español. Hay que tener esto presente para saber
por qué razón estos proyectos cuentan con tanta oposición ciudadana.




De todo el proyecto al que aludió la señora directora hay una parte
que es la más preocupante porque es la que se está ejecutando: es,
efectivamente, el cierre norte de Fernández Ladreda, que representa
un relleno de más de 50.000 metros cuadrados, relleno que viene a
sumarse al de Endesa para realizar el puerto carbonero, con más de
70.000 metros cuadrados; el de Megasa con muchísimos miles de metros
cuadrados y en aumento; el del Atlántico; los que se hicieron ya para
cubrir los espacios de la ensenada de A Malata para obras de carácter
deportivo, etcétera. Ahora se añade este cierre norte de Fernández
Ladreda después del gravísimo impacto ambiental y visual que
representó el puerto carbonero. Su sola contemplación convencería
a cualquiera de que es imposible cometer en otra parte del Estado
español semejante atrocidad. Por otro lado, está totalmente
injustificado por la cantidad de espacio portuarios libres que
existen y por los que Defensa tiene prácticamente abandonados.

Por mucho que digan las administraciones interesadas, hay pruebas
contundentes de que en este caso no se sometió el proyecto a
procedimiento reglado en nombre de una directiva europea que, como se
ve, no está perfectamente bien traspuesta, aunque era prescriptivo
que determinadas obras, las que estaban en el anexo I, necesitaban la
declaración de impacto ambiental. Por otra parte, hay organizaciones
de carácter ecológico con fundamentación científica y con documentos
sobre el flujo de las mareas y de las corrientes marítimas en la zona
que demuestran que estas



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obras sí afectan claramente al flujo mareal y a la dinámica marina en
la ensenada de AMalata.

Pero es más, la ensenada de la Malata está catalogada por un informe
oficial de la Consellería de Pesca y Marisqueo como sementeira
potencial do resto da ría, es decir, lugar donde se puede sacar la
simiente natural para que se pueda aumentar el proceso de marisqueo
en el resto de la ría. Las movilizaciones sociales fueron
prácticamente unánimes y, efectivamente, el Ayuntamiento de Ferrol,
por unanimidad también, sin exclusión de ninguna fuerza política, en
abril de 1998 declaró que en el ámbito portuario no se contemplará
ningún relleno que supusiera ampliación del espacio portuario.

La declaración reglada de impacto ambiental no existe y hay
competencias concurrentes. Hay una que es brutalmente concurrente, y
aquí no se movió una ficha para que hubiese una coordinación entre
las administraciones. En concreto, en la Ley de Protección Ambiental
de la Comunidad Autónoma de Galicia, de 2 de enero de 1995, se dice
que en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia será obligatorio
el sometimiento a la evaluación de efectos ambientales de todos los
proyectos, públicos o privados, de ejecución de obras, instalaciones
o cualquier otra actividad contemplada en las diferentes
legislaciones sectoriales, tanto de la Comunidad Autónoma de Galicia
como del Estado, que precisen o prevean la necesidad de la
realización de un estudio ambiental y no estén contemplados en el
anexo del Decreto 442/1990. La autoridad portuaria en estas
competencias confluyentes aún no ha realizado el estudio especial de
los espacios portuarios y, por lo tanto, está prácticamente
impidiendo que el Ayuntamiento de Ferrol ejerza sus competencias
municipales. Según sentencias del Tribunal Supremo, por lo demás muy
discutibles, no se puede actuar sobre el borde marítimo, pero después
de transformada físicamente por obras la confluencia del mar y la
tierra, la competencia municipal sí es clara. Si el ayuntamiento, en
el avance del Plan general de ordenación municipal urbana, tiene que
saber cuáles son los usos y las afectaciones que hace la autoridad
portuaria, y ésta no realiza los estudios de servicios especiales,
difícilmente se puede llegar a un acoplamiento y a una coordinación
de todas estas competencias que afectan claramente a bienes y
a riquezas de carácter colectivo y, en este caso, a más de mil
familias.

Señora directora, yo pedí esta comparecencia porque, a pesar de que
la Administración del Estado escapó siempre del conflicto y amparó
las actuaciones de la autoridad portuaria, quiero decirles que se
está jugando con fuego. En esta zona hay más del 24 por ciento de
paro, y es un colchón fundamental el marisqueo. Usted sabe que,
además de las mareas negras, hay continuos rellenos como los que le
señalé anteriormente y que el único banco que queda activo de toda
Galicia, incluso un banco marisquero de almeja babosa del que se saca
la simiente para las zonas del sur, es el banco de As Pías. El de la
Malata, si se limpiase, todo el mundo sabe que daría trabajo a otras
300 ó 400 personas. Yo, que ya tengo 50 años, le puedo asegurar que
el deterioro medioambiental de la ría es tan espantoso que entre mi
infancia y hoy, sin proceso industrial alguno, sino con retroceso, se
ha producido lo siguiente: de haber anguilas, sollas y camarones en
las desembocaduras de los ríos,
hoy prácticamente el ecosistema es un desierto, a no ser por la
resistencia de la almeja fina y de la almeja babosa, que, como sabe
usted, son las características poblacionales de Galicia y la ría en
la que mejor se conserva. Estos rellenos -y de ahí la oposición
ciudadana y la oposición institucional- están conduciendo cuando
menos a un despropósito y a un empobrecimiento cada vez más
manifiestos.

En relación con la barrera mareal, tengo que decir que no se
construirá porque afortunadamente el ayuntamiento también tiene claro
que eso no debe ir a misa. Si tuviéramos una administración
autonómica mínimamente consciente de lo que nos estamos jugando, creo
que hubiese entrado en litigio judicial, incluso en este caso, como
lo hace en otras ocasiones, la Generalitat de Cataluña, que usted
sabe que entró en conflicto precisamente por competencias
concurrentes de la Ley de Puertos del Estado.

Y acabo con una afirmación. No hay más que ver la ría de Ferrol para
darse cuenta de que Defensa y la autoridad portuaria actúan de manera
colonial en la zona.




El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): ¿Grupos que desean
intervenir? (Pausa.)



Por el Grupo Parlamentario Popular, único grupo que desea intervenir,
tiene la palabra el señor Fariñas.




El señor FARIÑAS SOBRINO: Queremos dar la bienvenida a esta Comisión
a la directora general y agradecerle su intervención porque en buena
parte me ha evitado una intervención farragosa al hacer referencia al
expediente técnico de aprobaciones de las distintas fases de este
proyecto.




No quisiera dejar pasar esta oportunidad para decir que al hablar del
puerto de Ferrol estamos hablando de los principios de la ciudad en
sí; ciudad que se va conformando a raíz de las ventajas que para la
comarca litoral supuso la instalación en aquella costa de un puerto
importante, amén de un arsenal. Hablamos además de una difícil
situación por la que pasó Ferrol años atrás debido a una reconversión
industrial que nos ha dejado un paupérrimo entramado económico
y social, con pérdida demográfica de población, con pérdida de puestos
de trabajo y, sobre todo, con una pérdida importante en el movimiento
económico que en aquella zona supuso su principal actividad durante
muchos años, que fue la construcción naval.

El puerto lo significa hoy prácticamente todo para el futuro de la
ciudad. Esto no puede ser discutible ni en esta Comisión ni en ningún
otro foro. Ha servido durante muchos años, sigue sirviendo
actualmente, y el Grupo Parlamentario Popular está convencido de que
tiene que servir sirviendo, como correa de transmisión para el
crecimiento integral y para el desarrollo económico, social y de
empleo en nuestra comarca. Hoy el puerto está en elevadísimas cotas
de productividad. Un informe elaborado por el señor González Laxe, ex
presidente de la Xunta de Galicia del Partido Socialista durante
cinco años, un estudio serio, corrobora que el puerto de Ferrol es el
de mayor rentabilidad por metro cuadrado, aparte de ser el que mayor
crecimiento experimenta en cuanto a incremento de mercancías
portuarias.




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No se debe jugar en estos momentos con el futuro de una ciudad y de
una comarca que, insisto, están pasando por unos momentos difíciles,
aunque afortunadamente parece que empieza a levantar cabeza. Que el
puerto debe crecer, porque lo necesita, es obvio, pero es que además
nosotros, los habitantes de aquella comarca, también necesitamos el
crecimiento del puerto. No es discutible que en toda la comarca hay
multitud de empresas que dan trabajo a decenas de miles de personas
debido a la actividad que el puerto genera en sí mismo. No será el
Grupo Parlamentario Popular el que ponga trabas al desarrollo y a la
adecuación de nuestro puerto a unas exigencias que cada vez son más
grandes según las normas y las directivas comunitarias, si es que
queremos tener un puerto puntero. Si no queremos tener un puerto
puntero, también debemos decirlo claramente. Jugar a ambigüedades no
es posible en este momento. Tengo que decir que en una de estas
adecuaciones clave para el desarrollo del puerto de Ferrol, algo que
no contempla la Unión Europea en sus dictámenes es calificar al
puerto de Ferrol de inspección, de puesto fronterizo para realizar
control sanitario de productos vegetales o animales que provengan de
terceros países. Conseguir esta calificación, exige unas
instalaciones entre las que se encuentra la que actualmente es motivo
de debate en esta Comisión. Es una necesidad vital para el desarrollo
del puerto, para seguir generando puestos de trabajo y empleo directo
e inducido en las empresas de las comarcas que acceden a subcontratas
procedentes del puerto.

Ferrol no está en condiciones de rechazar absolutamente ni una sola
inversión y menos cuando estas inversiones se refieren a
instituciones, empresas que infraestructuralmente son piedra de toque
de nuestro desarrollo. Otros estudios importantes, senos y avalados
por personalidades e instituciones, tanto privadas como públicas,
señalan que el puerto llegaría a su saturación absoluta en cuanto a
superficie en el año 2001; en cuanto a líneas de atraque, en estos
momentos el puerto de Ferrol está ya saturado. Seguimos insistiendo,
con más énfasis si esto es posible, en que es absolutamente necesario
proceder al relleno que se ha citado de los 50.000 metros cuadrados
en el interior del puerto de Ferrol.

Con respecto al carbón, que es la principal actividad que el puerto
desarrolla, se ha citado aquí una factoría clave para nuestro
desarrollo, que es la siderurgia Megasa. Curiosamente vivo a escasos
metros de esta factoría y absolutamente todos los vecinos de Narón y
comarca estamos tremendamente satisfechos de que se haya procedido al
relleno de estos 90.000 metros cuadrados, porque ello ha supuesto un
incremento notabilísimo tanto de la riqueza como de los puestos de
trabajo, no sólo en Narón sino en la comarca entera y ello, repito,
por la importantísima y elevada cantidad de puestos de trabajo
inducidos que esto genera.

También es justo reconocer la existencia del convenio que firmó en
1990 el Ayuntamiento de Ferrol cuando estaba gestionado por el
Partido Socialista, por exculpar si acaso cierta parte de
responsabilidad, en el que se decía clarísimamente que, a cambio de
unas propiedades que Puertos del Estado tenía en Ferrol y que eran
cedidas para disfrute de todos los ferrolanos vía instalaciones
deportivas, entre las cuales se encuentran vanas pistas de tenis, un
campo-estadio de atletismo y el actual campo de fútbol
donde el Racing de Ferrol desarrolla su actividad deportiva en la
segunda división B -todo esto ya ha sido puesto a disposición de los
ferrolanos-, el ayuntamiento debía permitir el relleno de 126.000
metros cuadrados en el puerto de Ferrol, aunque ha incumplido su
parte del convenio. Resulta que el puerto ya no tiene intención de
rellenar estos 126.000 metros y solamente se quedará en unos
cincuenta y tantos mil, puede que llegue a 60.000 metros cuadrados.

Todavía seguimos poniendo trabas al cumplimiento de un convenio que
ha sido legalmente firmado en el año 1990.

Yo no quisiera calificar ciertas actitudes de irresponsables, pero,
desde luego, lo que afirmo es que están más cargadas de ideología y
de búsqueda de resultados electorales que de un carácter constructivo
que en estos momentos debe unir sobre todo a los que tenemos la
altísima responsabilidad de velar por los intereses generales de
todos los ferrolanos, por no decir de toda la provincia de la Coruña,
a la que representamos como diputados. Siendo naturales de esta
comarca y residentes en ella, deberíamos poner énfasis y, por lo
menos, llegar así a acuerdos y a un consenso para que no se frene de
ninguna manera el crecimiento de Ferrol.

Con ciertas actuaciones se ponen en peligro fondos Feder, que, como
todos sabemos, proceden de la Unión Europea y que, de perderlos, no
volveríamos a recuperarlos. Además, estamos poniendo también en
peligro la ejecución de algún que otro proyecto, que no por no
citarlo aquí deja de ser importante y adyacente a este mismo
proyecto, que son los paseos marítimos de A Malata, Caranza y Ribera
de Xuvia, que van absolutamente paralelos a este mismo proyecto y a
la llegada de los fondos Feder. Es verdad que se pueden juzgar las
actuaciones de las instituciones locales, pero nuestra obligación es
tener una mayor visión global del Estado y defender los intereses que
están por encima de cualquier otro interés localista.

No quisiera dejar pasar esta oportunidad para decir que el
representante del Ayuntamiento de Ferrol en la autoridad portuaria,
compañero de formación política del solicitante de esta
comparecencia, en ningún momento se ha negado a la ejecución de este
proyecto. Tengo aquí el acta de la reunión celebrada en la autoridad
portuaria, de fecha 25 de junio de 1996, en la que se recogen
clarísimamente las votaciones de todos los miembros de esa junta.

Expresamente no se niega la necesidad de ejecutar esta obra.

Como conclusión, quisiera decir que parece que poco importan los
distintos procesos legales aprobados que hay en estos momentos en la
mesa con respecto a este proyecto y que más parece interesar hacer
ruido diciendo que, efectivamente, se podría dar mayor empleo a los
mariscadores, a los cuales respeto profundamente por tener en mi
familia también personas que se dedican al noble arte del marisqueo,
pero en ningún momento puede servir de excusa para el desarrollo de
esta actividad, entre otras cosas porque todos los informes técnicos,
ya sean del Instituto Español de Oceanografía o de la propia
Consejería de Agricultura de la Xunta de Galicia, expresan claramente
que no va a sufrir ningún daño que pueda perjudicar a esta actividad.

A mí me gustaría que hoy saliese de aquí la idea de que Ferrol no
puede de ninguna manera rechazar estas inversiones.

Para terminar en tono más relajado, con respecto a las anguilas y
sollas, tengo que decir que yo vivo al lado del



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mar y de pequeño también tenía la oportunidad de mariscar. Cogíamos
cangrejos, nécoras y camarones, pero no cogíamos anguilas, porque no
había; todos sabemos que cuando llega la anguila se terminan los
crustáceos.




El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): Tiene la palabra la
señora directora general.




La señora DIRECTORAGENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN AMBIENTAL
(Carrillo Dorado): Señor presidente, como he dicho, me voy a ceñir a
los temas que son competencia de mi Dirección General. Aquí se han
hecho muchos planteamientos de tipo socioeconómico que van más allá
de la competencia concreta de esta Dirección General.




Me gustaría hacer dos comentarios sobre algunos de los temas que sí
entran en el marco de estas competencias, siendo uno de ellos la
aplicación de la legislación. Nosotros, como órgano ambiental de la
Administración central, entramos cuando el órgano sustantivo o el
promotor pertenece a la misma Administración. Como órgano ambiental
de la Administración central lo que hacemos es aplicar la legislación
nacional y esa legislación nacional, vuelvo a decir, es el real
decreto legislativo que tenemos, que proviene de una directiva
comunitaria. Las comunidades autónomas pueden tener una legislación
que aplican en el ámbito de sus competencias, pero nosotros,
aplicamos la misma legislación a todas las comunidades autónomas y a
todos los proyectos que son promovidos por promotores o cuando el
órgano sustantivo también pertenece a la Administración del Estado.

Creo que este tema es importante.

Aunque sea reiterativo porque ya lo he dicho en mi intervención, nos
hemos referido a dos proyectos: uno disponía de declaración de
impacto ambiental y sobre el otro hubo una resolución acerca de la no
necesidad de someterlo al procedimiento reglado. Esta segunda
resolución se produjo, como he dicho antes, después del análisis del
proyecto, de la evaluación del análisis ambiental, de la información
que nos había sido transmitida, de la visita d ela zona y de los
informes del Instituto Español de Oceanografía y del Cedex (Centro de
Experimentación de Obras Públicas). Con toda esta información
nosotros emitimos esa resolución. La situación de la ría tendrá una
situación histórica, pero, evidentemente, no se circunscribe a estos
proyectos. Tendrá su historia, pero no es lo que se estudia en el
marco de si es necesario o no someter a procedimiento reglado de
evaluación de impacto ambiental.

Reitero que lo que hemos hecho ha sido aplicar la legislación vigente
como órgano ambiental de la Administración del Estado. (El señor
Rodríguez Sánchez pide la palabra.)



El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): Señor Rodríguez, sólo
puede intervenir a efectos aclaratorios. Es costumbre en esta
Comisión no abrir un segundo debate. Si lo hace, sepa que se va a
reabrir un nuevo debate.




El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Quiero decirle sólo a la señora directora
general que cuando menos tendría que haber un acuerdo en que hay
concurrencia competencial,
que la pesca y marisqueo es competencia de la Xunta de
Galicia y que evidentemente la Xunta en este caso. no movió un dedo
por ejercer sus competencias en materia medioambiental, lo cual
afecta a la pesca y al marisqueo de manera sensible.

En este caso, represento a la opinión pública manifestada por la
unanimidad de las fuerzas políticas que actúan en el Ayuntamiento de
Ferrol, entre las cuales está el Partido Popular. En segundo lugar,
hay que hacer una visita al puerto de Ferrol para saber que un tercio
de los días del mes está toda la línea de atraque sin un solo barco.

Si se confunden las necesidades portuarias con poner galpones y
almacenes en el espacio portuario, esa es otra cuestión. A estas
alturas está todo el relleno de más de 70.000 metros cuadrados para
el puerto carbonero sin ser ocupado. por nada. En las propias
respuestas del Gobierno se dice que hay un polígono natural para
hacer el almacenado de las mercancías, que es el polígono Do río do
pozo.

Quiero dejar constancia porque hay una riqueza real manifiesta que
todos podemos comprobar que son las miles de personas que viven del
marisqueo y 1.600 millones para mover tierra me parecen muchos
millones. Ahora bien, si seguimos con esta política de paseos
marítimos, de movimientos de tierras, mientras que la economía real
se va empobreciendo, sería mejor que se quedaran con los fondos
Feder.




El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): Por el Grupo Popular,
tiene la palabra el señor Fariñas.




El señor FARIÑAS SOBRINO: Es verdad que echando una mirada al puerto
de Ferrol puede dar la impresión de que ciertos días sus líneas de
atraque están vacías, pero de lo que no cabe duda es que si vemos más
detenidamente el puerto de Ferrol, hay que hacer la consideración de
que el puerto es tipo tramp -el señor Rodríguez sabe perfectamente
a lo que me estoy refiriendo-, es decir, de líneas irregulares, que en
ciertos momentos está saturado y en otros libre, pero que no obedece
a la estructura de un puerto de línea regular que tiene más o menos
todos los días la misma cantidad de línea de atraque ocupada. Hay
ciertos días, por sus características de puerto tramp, que está
saturado y eso significa que hay muchísima actividad.

A lo que aspira el Grupo Parlamentario Popular es que este puerto,
aparte de acceder a otras líneas y a otro cabotaje, pueda acceder
también a unas instalaciones que le doten de un calado superior al
actual, que es de 10 metros de fondo, cosa que no tiene en este
momento y a unas líneas de atraque mayores que las actuales para que,
aparte de ese tercio que el señor Rodríguez muy alegremente dice que
está libre, podamos tener también la parte restante saturada, libre
también, pero por exceso de línea y nunca por exceso de presencia de
buques en nuestro puerto.




El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): La señora directora
general tiene la palabra.




La señora DIRECTORA GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN AMBIENTAL
(Carrillo Dorado): Poco puedo apuntar a lo dicho, puesto que los
planteamientos que se han hecho en esta segunda intervención exceden
de las competencias de mi Dirección General.




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Simplemente me reitero en lo que he expresado.




- GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL QUE
AFECTA A LA ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO DE LA NUEVA PISTA DEL AEROPUERTO
DE BARAJAS (MADRID). A SOLICITUD DEL GRUPO PARLAMENTARIO FEDERAL DE
IZQUIERDA UNIDA. (Número de expediente 212/001703)



- ACTUACIONES REALIZADAS A FIN DE IMPEDIR QUE EL MINISTERIO DE FOMENTO
Y EL ENTE PÚBLICO AEROPUERTOS ESPAÑOLES Y NAVEGACIÓN AÉREA (AENA)
INCUMPLAN LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA DECLARACIÓN DE IMPACTO
AMBIENTAL DE BARAJAS, ANTES DEL FUNCIONAMIENTO DE LA NUEVA TORRE DE
CONTROLY LA TERCERA PISTA. A SOLICITUD DEL GRUPO SOCIALISTA DEL
CONGRESO. (Número de expediente 212/001694)



El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): Vamos a continuar con
el orden del día. Por acuerdo de la Mesa se van a tratar los puntos
número 1 y 2. La comparecencia número 1703, referida al grado de
cumplimiento de la declaración de impacto ambiental de la nueva pista
del Aeropuerto de Barajas, del Grupo Federal de Izquierda Unida, y la
número 1694, sobre la nueva torre de control y la tercera pista, del
Grupo Socialista.




La señora directora general tiene la palabra.




La señora DIRECTORAGENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN AMBIENTAL
(Carrillo Dorado): La intervención que voy a hacer se refiere a estos
dos aspectos. Aunque esta comparecencia se produce con un cierto
retraso puesto que la tercera pista entró en funcionamiento en el mes
de noviembre pasado las actuaciones de la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental hasta la puesta en marcha de esa
tercera pista. Yen la segunda parte me referiré a cuál es el grado de
cumplimiento de la declaración de impacto ambiental, de abril de
1996, respecto a la puesta en marcha de esta tercera pista.

Me gustaría iniciar esta intervención poniendo de manifiesto algo que
debe quedar claro y es que, de conformidad con la legislación
comunitaria y con la legislación nacional en materia de evaluación de
impacto ambiental, el cumplimiento de las condiciones establecidas en
las declaraciones de impacto ambiental en orden a la adecuada
protección del medio ambiente es responsabilidad -y quiero que quede
claro- del órgano promotor del proyecto -en este caso, el ente
público AENA-, al que le corresponde el cumplimiento del condicionado
de la declaración de impacto ambiental. Asimismo, es conveniente
recordar que tanto el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 1302/
1986 como el artículo 25 del Real Decreto 1131/1988, establecen
claramente que corresponde a los órganos competentes por razón de la
materia el seguimiento y vigilancia del cumplimiento de la
declaración de impacto ambiental. Y
añade: Sin perjuicio de ello, el órgano ambiental podrá recabar
información de aquéllos, así como efectuar las comprobaciones
necesarias en orden a verificar el cumplimiento del condicionado. Es
importante que quede claro al principio de esta intervención que el
cumplimiento del condicionado le corresponde al promotor del proyecto
y que al órgano ambiental le corresponden la vigilancia y las
comprobaciones necesarias para verificar que ese condicionado se está
cumpliendo.

Al margen de todos estos planteamientos de tipo legal, de las
responsabilidades legales que tenemos atribuidas como Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental en tanto que órgano
ambiental del Estado en el seguimiento de estas declaraciones de
impacto ambiental, el seguimiento del cumplimiento de la declaración
de impacto ambiental de la tercera pista de Barajas ha sido y sigue
siendo una preocupación y una tarea permanente de esta Dirección
General. Tanto antes de la puesta en marcha de la tercera pista como
después ha ocupado buena parte de los recursos humanos no siempre
sobrados de los que disponemos precisamente para vigilar el
cumplimiento de esta declaración de impacto ambiental.

En esta materia esta Dirección General ha cumplido las funciones que
le atribuye la legislación vigente en materia de protección
radiológica. Atal efecto, he de decir que han sido múltiples las
actuaciones para recabar del órgano sustantivo la información
acreditativa del efectivo cumplimiento del condicionado de la
declaración de impacto ambiental. La Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental ha solicitado de manera sistemática -y escritos
tengo, algunos conmigo y otros en los archivos de mi Dirección
General- a la Dirección General de Aviación Civil la remisión de la
documentación acreditativa del cumplimiento del promotor, es decir de
AENA, de las condiciones establecidas en la declaración de impacto
ambiental, habiéndose realizado visitas oportunas a las obras por
parte de los funcionarios de esta Dirección General. Asimismo, la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ha mantenido,
además de con el promotor y Con el órgano sustantivo, es decir, con
la Dirección General de Aviación Civil, múltiples reuniones con
representantes de esta Dirección General de Aviación Civil, de la
Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes del Ministerio
de Fomento y de AENA, así como con otros organismos que, de una u
otra manera, estaban vinculados y que han tenido que intervenir o en
el cumplimiento de esa declaración de impacto ambiental; me refiero
concretamente al Centro de Experimentación de Obras Públicas (Cedex)y
al Consejo Superior de Investigaciones Científicas, es decir, el
Instituto de Acústica, con los que hemos mantenido reuniones con
objeto de comprobar el cumplimiento de esta declaración.

La documentación aportada tanto por la Dirección General de Aviación
Civil como por AENA ha sido convenientemente analizada por los
técnicos de la Dirección General a efectos de verificar si esa
documentación y las actuaciones que se estaban desarrollando iban en
la dirección de cumplir el condicionado de la declaración. He de
decir también, en aras a que dispongan de toda la información, que yo
misma me he reunido, antes de la puesta en marcha de esa tercera
pista, con representantes de los alcaldes



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de los municipios, con organizaciones y asociaciones de vecinos
afectados por esta ampliación,cuyas inquietudes han sido escuchadas
debidamente por de esta Dirección General.

Por otra parte, la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental, dentro del marco de la declaración de abril de 1996, forma
parte, junto con representantes de la Dirección General de Aviación
Civil, de la comisión de vigilancia del ruido, creada también por
esta declaración, la cual tiene atribuidas funciones relativas al
seguimiento de los impactos sonoros producidos por las aeronaves.

Esta comisión ha mantenido reuniones en las que se ha realizado un
exhaustivo seguimiento de las actuaciones llevadas a cabo para el
cumplimiento de la declaración en materia de ruido.

Como es sabido, el impacto ambiental más significativo de la
ampliación del aeropuerto de Barajas en relación con esta tercera
pista ya puesta en funcionamiento es el impacto acústico. En
consecuencia, las medidas correctoras del ruido son una parte
fundamental de las condiciones que establecía la declaración de
impacto ambiental. Entre otras medidas correctoras del ruido
producido por la operación aeroportuaria, la declaración de impacto
ambiental estableció la obligación de elaborar y aprobar, en el plazo
de un año, y de ejecutar en el plazo máximo de seis años, un plan de
aislamiento acústico contra el ruido producido por las aeronaves de
las viviendas situadas dentro de las zonas delimitadas por las
isófonas de 65 decibelios para las horas del día y de 55 decibelios
para las horas nocturnas, de acuerdo con unas especificaciones y
directrices concretas, cuya financiación corresponde al órgano
promotor, AENA, mediante al creación de un fondo.

De acuerdo con lo que establece la declaración de impacto ambiental,
la elaboración y la ejecución del plan de aislamiento acústico es,
vuelvo a decir, responsabilidad de AENA y la aprobación del mismo
correspondió a la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental, previo informe favorable de tres instituciones que también
se recogían en la declaración de impacto ambiental y a las que me he
referido anteriormente: el Instituto de acústica Torres-Quevedo, del
Consejo Superior de Investigaciones Científicas; el Cedex -Centro de
Experimentación de Obras Públicas-, y la Dirección General de
Urbanismo y Vivienda. Además del informe favorable de estas tres
instituciones, el plan de aislamiento acústico que se nos presentó
debía llevar un informe favorable de la Dirección General de Aviación
Civil. Toda esa documentación es la que se presentó a la Dirección
General, tal y como recoge la resolución que aprueba el plan de
aislamiento acústico, y se nos remitió en septiembre del año1998.

Precisamente el ejercicio de esta función asignada a la Dirección
General, aprobar el plan de aislamiento acústico, ha sido la
actuación más importante y que más dedicación nos ha exigido de todas
las llevadas a cabo en el cumplimiento de la declaración de impacto
ambiental, porque en esa condición sí había una implicación directa
de la Dirección General, en el sentido de que tenía que manifestar su
opinión y aprobar el plan de aislamiento acústico.

El análisis y la valoración por los servicios de la Dirección General
de la documentación constituida por el plan de aislamiento acústico
que había presentado AENA el 4
de septiembre de 1998, los numerosos contactos que habíamos mantenido
con los organismos técnicos implicados en la materia, con los
ayuntamientos afectados y con las asociaciones vecinales, así como
con la Dirección General de Aviación Civil y con AENAculminaron, como
bien saben, con la aprobación de ese plan de aislamiento acústico
mediante una resolución de la Dirección General de Calidad
y Evaluación Ambiental de fecha 4 de noviembre de 1998, por la que se
aprobaba el plan de aislamiento acústico. La citada resolución aprobó
el Plan estableciendo una serie de condiciones encaminadas a asegurar
el cumplimiento de la declaración de impacto ambiental. Creo que
todos ustedes conocen el contenido de esta resolución. A mí me
gustaría destacar algunos de los temas importantes porque
posiblemente era la pieza clave de todo el condicionado de esa
declaración en lo que respecta al menos a las competencias directas
de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

Como SS.SS. saben, uno de los temas que se planteaba y que nos
condujo a establecer ese condicionado había sido que los escenarios
de referencia que establecía la declaración de impacto ambiental eran
para los años 1994, 2000 y 2010, y fueron modificados en el estudio
de plan de aislamiento acústico que había presentado AENA. En este
caso, los escenarios de referencia sometidos a aprobación eran para
los años 1997, 2000 y 2010. La declaración de impacto ambiental
reconocía la posibilidad de modificación de los escenarios de
referencia, pero también establecía de forma clara cuál debía ser la
metodología para llevar a cabo la modificación de esos escenarios de
referencia. Al aprobar el plan entendimos que la metodología que se
había seguido para la modificación de esos escenarios no había sido,
de manera estricta, la que se recogía en la declaración de impacto
ambiental, lo cual nos llevó a solicitar la validación de los
resultados del modelo de simulación que había sido utilizado mediante
medidas de los sonómetros en situación real. Entendíamos que, para
poder dar el visto bueno al plan de aislamiento acústico que se nos
presentaba, con una modificación de los escenarios de referencia
respecto a lo que indicaba la declaración de impacto ambiental, que
era lo que nosotros debíamos respetar como órgano ambiental, era
necesario validar todos los estudios que se habían hecho en ese plan
que se nos presentaba para su aprobación y que era fundamental que
esa validación tuviera lugar con medidas reales, mediante sonómetros
colocados en situación real. También se había producido un elemento
importante, la modificación de las rutas, que había sido introducida
en el modelo de simulación, pero entendíamos que debía ser comprobada
con medidas directas, lo que concluyó en el condicionado de
aprobación. En el condicionado de la aprobación hay varios elementos
importantes. Por una parte, se dice que, en tanto en cuanto no se
tenga un conocimiento de la situación real, seguirán vigentes las
zonas de afección que se definían en la declaración de impacto
ambiental.

Como bien saben, esta resolución de aprobación del plan de
aislamiento acústico establece dos cosas importantes, da nuevas
funciones a la comisión de vigilancia del ruido, es decir, amplía la
participación de la comisión de vigilancia del ruido donde, además de
estar la Dirección General de Aviación Civil y la Dirección General
de Calidad



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y Evaluación Ambiental, se incorporan representantes de los
ayuntamientos afectados; también se establece un grupo de trabajo de
carácter técnico, constituido por los organismos que originalmente
tuvieron que manifestarse respecto del plan de aislamiento acústico
que se nos presentó para su aprobación, es decir el Cedex y el
Instituto de Acústica, que se incorporan a ese grupo de trabajo,
cuyas labores se recogen en la propia resolución.

He de decirles que, al día de hoy, el grupo de trabajo está operativo
y ha presentado a la comisión de vigilancia del ruido un plan de
trabajo. La resolución de aprobación del plan de aislamiento acústico
da un plazo de seis meses para que los trabajos estén finalizados.

Esos trabajos deberán estar finalizados, de acuerdo con ese
calendario, a principios del mes de mayo. Esto es lo que les puedo
contar. Quedo a su disposición para cualquier otra pregunta.

Respecto al otro tema apuntado, el cumplimiento de la declaración de
impacto ambiental original, quiero dejar claro lo que ya he dicho al
principio, que como órgano ambiental hemos realizado todas las
actuaciones que han estado en nuestra mano, dentro del marco legal
atribuido, para hacer un seguimiento del cumplimiento de esta
declaración de impacto ambiental, así como del calendario, ex decir,
cuándo tenía que estar cumplido ese condicionado. En la actualidad,
en su mayoría, las condiciones están cumplidas o en fase de
ejecución.

Me gustaría pasar brevemente por el distinto condicionado
e indicarles la situación en este momento. En relación con la condición
número l, sobre nuevos escenarios de demanda, en este momento no
tenemos ninguna información. La declaración de impacto ambiental
establece que los estudios deben estar finalizados en el plazo de
tres años, que se cumple el día 12 de abril del año 1999. Como
Dirección General, no hemos recibido del órgano promotor ninguna
información sobre este aspecto concreto, pero sí analizaremos la
documentación a la vista de lo que exige la declaración de impacto
ambiental. No es necesario leer la condición número 1, porque es
clara y meridiana en cuanto a lo que se pide al órgano promotor y a
la información que tiene que suministrar.

Otro de los temas importantes era la condición número 2.2.1.1, sobre
medidas de aislamiento acústico, que es fundamentalmente el plan de
aislamiento acústico; ya me he referido a todas las actuaciones que
se han llevado a cabo para la aprobación del plan de aislamiento
acústico que, como he dicho anteriormente, tuvo lugar con la
resolución de 4 de noviembre.

Otro de los aspectos de la declaración es la condición 2.1.2,
relativa a modificaciones de las rutas de salida. Como saben, esta
condición establece básicamente evitar el sobrevuelo a baja altura
por las poblaciones próximas al aeropuerto. La solicitud por parte de
nuestra Dirección General del cumplimiento de esta modificación de
rutas ha sido permanente. Se han aprobado nuevas rutas que están
siendo experimentadas, y nosotros, a través de la comisión de
vigilancia del ruido, estamos haciendo un seguimiento de su impacto,
al igual que lo está haciendo el grupo de trabajo que está elaborando
la medida de la posible huella afectación acústica.

Otra condición es la 2.1.3, sobre modificaciones y restricciones
a las operaciones nocturnas, que establece básicamente las limitaciones
acústicas nocturnas. Uno de los temas importantes que recoge es que
la utilización de la reversa de los motores como medio de frenado
quedará restringida entre las 23 y las 7 horas. Asimismo, la
Dirección General de Aviación Civil, de acuerdo con AENA, deberá
justificar y establecer la modificación posible de todas las rutas de
salidas nocturnas. Como saben, esto se ha cumplido, y las
restricciones para el año 2000 se realizarán en su momento. De otro
lado, se suprimirán las operaciones de salidas de aeronaves del
capítulo 2 entre las 24 y las 6 horas, y a partir del año 2000 será
entre las 23 y las 7 horas.

La condición 2.1.4 de la declaración sobre otras medidas correctoras
de ruido se refiere a las limitaciones acústicas en diversas zonas
del aeropuerto. En este sentido, el promotor debía elaborar estudios
precisos sobre mediciones de ruido y medidas correctoras para el
mismo derivado fundamentalmente de las operaciones en las áreas de
aparcamiento y también en las pruebas de motores o de tránsito
terrestre de aeronaves. A requerimiento de la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental, las zonas de pruebas de motores se
desplazaron desde una zona muy próxima a Barajas a otra en la que el
impacto acústico es absolutamente nulo, al menos para las poblaciones
afectadas por esa zona de prueba de motores.

La condición 2.2. se refiere a la financiación del planta de
aislamiento acústico, estableciendo que se debe crear un fondo de
financiación. Desde la Dirección General solicitamos por escrito a
AENA que nos definiera cuál era la provisión de fondos que se preveía
dentro de sus presupuestos para la realización del plan de
aislamiento acústico. De acuerdo con la información recibida,
AENAhizo una aportación en el año 1997 de 1.000 millones, y en el año
1998, de 2.500 millones. El presupuesto para 1999 es de 2.005
millones.

En relación con la condición 2.3, comisión de gestión del plan de
aislamiento acústico y comisión técnica, la comisión de gestión del
plan viene funcionando con participación de los ayuntamientos, en
este caso no participa la Dirección General. Por otra parte, la
comisión técnica valorará las solicitudes de subvenciones, las
informará y las elevará para su aprobación por la citada comisión de
gestión.

La condición 2.4, sobre medidas preventivas de planeamiento
territorial y urbanístico contra el ruido, establece una disminución
de la población afectada. En este caso, y sólo con carácter verbal
porque no tenemos papeles en nuestra mano, en la Dirección General
sabemos que esta condición sobre las medidas de planeamiento
territorial está en proceso de realización, precisamente para evitar
en buena medida el incremento de la población que podría estar
afectada por esta tercera pista.

En relación con la condición 2.5, sobre seguimiento, control y
vigilancia del ruido aeroportuario, y la 2.5.1, programa operativo de
seguimiento y control del ruido, AENA deberá diseñar un programa
operativo de seguimiento y control del ruido basado en una red de
medidores, lo que se está comprobando a través del grupo de trabajo y
de la comisión de vigilancia del ruido; la situación está actualmente
en revisión, en el marco de estos trabajos de la comisión de
vigilancia del ruido, y se está analizando la posibilidad



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de establecer fonómetros en situaciones distintas e incluso en
aquellas localizaciones donde las poblaciones próximas afectadas lo
soliciten.

La condición 2.5.2 se refiere a informes periódicos sobre el ruido.

AENA ha de producir trimestralmente un informe que contenga los
niveles de ruido equivalente registrados en formato alfa numérico y
gráfico, así como las situaciones pormenorizadas por aeronaves de
salida y entrada. Asimismo, AENA elaborará un informe sobre el estado
real y los avances producidos en su caso en relación con el ruido
aeroportuario y la eficacia de las medidas correctoras aplicadas.

AENA debe remitir todos estos informes a la comisión de vigilancia
del ruido y a los miembros de la comisión de gestión del plan y, en
todo caso, en la propia declaración se dice que se harán públicos.

Tal y como me informan desde la comisión de vigilancia del ruido,
estos datos se han ido suministrando a la comisión y, en ocasiones,
se han reclamado ampliaciones de esta información.

La condición 2.5.3 se refiere a la propia comisión de vigilancia del
ruido, que se creó en el marco de la declaración de impacto
ambiental, y en el marco de la resolución de 4 de noviembre, por la
cual se aprueba el plan de aislamiento acústico, se amplían sus
funciones y además se incluye a los representantes del conjunto de
ayuntamientos afectados.

El apartado 3, otras condiciones, se refiere, por una parte, a
prevención de accidentes y medidas de actuaciones en emergencia, y en
este caso se dice que se revisará el plan de emergencia interior del
aeropuerto. He de decirles que nosotros, previamente a la entrada en
funcionamiento de la tercera pista, solicitamos reiteradamente de las
autoridades de Aviación Civil que nos remitieran documentación
fehaciente de que se estaba cumpliendo este importante apartado de la
declaración de impacto ambiental. Con fecha 30 de octubre de 1998 la
Comisión de Protección Civil de la Comunidad de Madrid emitió informe
favorable sobre el plan de emergencia aeronáutica del aeropuerto.

Otros temas han sido la protección de la calidad de las aguas y del
dominio público hidráulico en lo que a contaminación de aguas se
refiere. En este caso, las condiciones sobre el tratamiento de aguas
residuales mediante depuradoras, la separadora de hidrocarburos y el
encauzamiento de arroyos se han cumplido.

Respecto al tema de los vertederos para sobrantes de tierra que se
han producido durante las obras de construcción de la tercera pista,
debía estudiarse la ubicación y debía autorizarse la idoneidad
ambiental de la situación de estos vertederos tanto por la
Confederación Hidrográfica del Tajo como por la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental. Esta condición también se ha
cumplido.

En cuanto a la condición 3.4, de recuperación ambiental e integración
paisajística, se ha redactado un proyecto de recuperación ambiental
en el marco de la recuperación de las áreas afectadas.

La condición 3.5 se refiere al seguimiento y programa de vigilancia
de la propia declaración. Deberá incluir una descripción de las
medidas relativas a las condiciones 2.1.1, 3.3 y 3.4; asimismo,
deberá incluir un informe sobre la condición 3.2 y, trimestralmente,
desde la fecha prevista de operatividad de la nueva pista, datos de
la red
de medidores de contaminación atmosférica. Esto se ha cumplido y se
están obteniendo datos sobre contaminación atmosférica, que es otra
de las solicitudes que se están haciendo por parte de ayuntamientos y
asociaciones vecinales. Próximamente se va a mantener una reunión con
los responsables del aeropuerto con objeto de aumentar y mejorar esta
red de vigilancia de la contaminación atmosférica.




La condición 3.6 se refiere a documentación adicional en relación con
la prevención de riesgos. La Dirección General de Aviación Civil
indica que remitiría antes de la adjudicación definitiva del proyecto
de construcción un escrito certificando la incorporación en la
documentación de contratación de las prescripciones que se establecen
en la declaración y un informe en relación con distintas condiciones,
las 2.1.1, 2.3, 3.3, 3.4 y 3.5, así como un análisis de la evaluación
de riesgos de los depósitos de carburante y del plan de emergencia
modificado. Esta información ha sido remitida a la Dirección General
de Calidad y Evaluación Ambiental en cumplimiento de la declaración.

Esto es un resumen de cómo estamos al día de hoy en el cumplimiento
de la declaración de impacto ambiental. Quedo a su disposición para
contestar las preguntas que quieran formularme.




El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): De acuerdo con el
orden del día, tiene la palabra la representante de Izquierda Unida,
señora Sabanés.




La señora SABANÉS NADAL: Quiero agradecer a la Mesa y a los
diferentes grupos el acuerdo de modificación del orden del día,
porque un error en mi propia percepción de la convocatoria me hizo
entender que era a las diez y media. Por tanto, pido disculpas y
agradezco a los grupos que hayan tomado este acuerdo que nos permite
realizar esta intervención. Agradezco también la presencia aquí de la
directora general.

Quiero iniciar esta intervención planteándole que, como usted es
perfectamente consciente, la decisión de ampliación de la tercera
pista tuvo una fuerte contestación, una fuerte oposición y,
finalmente, el elemento que obtuvo el mayor nivel de consenso fue que
todo el proyecto estaba fuertemente condicionado al cumplimiento de
unos requisitos cuya ejecución iba a durar varios años. Hoy nos ha
planteado una explicación sobre la situación actual y sobre los
elementos más conflictivos en el desarrollo de la declaración de
impacto ambiental y lo que ello significa. Copiando las palabras del
Defensor del Pueblo, diré que quizá sea formal o administrativamente
correcta pero, desde luego, no responde en ningún caso a la situación
actual, ni a cómo se han ido produciendo los acontecimientos de
puesta en funcionamiento de la tercera pista en el aeropuerto de
Barajas, ni a lo que para mi grupo es un elemento básico de
corrección de un proyecto conflictivo: la declaración de impacto
ambiental. Para nosotros, el órgano medioambiental tiene una enorme
importancia en el seguimiento y la vigilancia de los datos, así como
en la comprobación del cumplimiento de la normas medioambientales,
porque de su actuación va a depender que se cumpla lo que de fondo
significaba esa declaración de impacto ambiental. Creo que la
ciudadanía afectada y los municipios, teniendo



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en cuenta el esfuerzo que se ha hecho por asumir ese proyecto en las
mejores condiciones, no merecen que nos escapemos haciendo ciertas
filigranas en el análisis de la situación.

Uno de los elementos más preocupantes son los nuevos escenarios de
demanda. Usted nos ha comentado que el Ministerio de Fomento, AENA, o
a quien corresponda, no ha entregado los datos, pero yo creo que hay
una conciencia generalizada de que se ha presentado, a diestro y
siniestro, un proyecto de ampliación de Barajas con una cuarta o
quinta pista; se ha hecho en sede parlamentaria, en la ciudad de
Madrid, en la Comunidad de Madrid y en los medios de comunicación.

Donde ha sido posible se ha condicionado o se está tratando de
condicionar el propio articulado de la declaración de impacto
ambiental al que usted hacía referencia, que es de una enorme
importancia y con el que yo estoy de acuerdo. Lo que le planteábamos
al ministro era que se estaba condicionando a la opinión pública
dando por hecho que es posible hacer la ampliación de Barajas de otra
manera. Que mi grupo sepa, si bien se han manifestado instituciones
como el propio Defensor del Pueblo, Medio Ambiente no ha hecho una
declaración formal que recuerde al promotor y al Ministerio de
Fomento lo que marca la declaración de impacto ambiental, que pone
condicionantes muy claros al futuro crecimiento de Barajas. Me parece
que no es suficiente con que se diga: cuando se presenten los
estudios de localización de demanda. Creo que hay que hacer una
expresión formal, clara, de lo que dice la declaración de impacto
ambiental, de los límites y, por tanto, sobre la cuestionabilidad del
proyecto de ampliación que se ha ido presentando en todos los
escenarios posibles y que ha ido proyectándose en la medida en que ha
sido posible. Creo que esta es una parte importante.

El Ministerio de Medio Ambiente, desde noviembre de 1996, siempre se
ha manifestado en esa dirección en sus reuniones con los alcaldes y
con los afectados, y ha adquirido unos compromisos claros y
contundentes de no ampliar el aeropuerto de Barajas, de que la
ampliación se reduciría, única y exclusivamente, a una tercera pista.

Por tanto, esto es algo más que un problema administrativo, porque la
posible ampliación de Barajas o la posible modificación de los
elementos que inspiraron cierto nivel de acuerdo en la propia
declaración -en la que se introducían las condiciones y los límites
al crecimiento de Barajas- es una decisión de gran importancia social
y política. Por tanto, el Ministerio de Medio Ambiente tiene que dar
una respuesta cuando se plantea algo que, tal como lo hizo el
ministro de Fomento en sede parlamentaria, distorsiona de fondo la
declaración de impacto ambiental; es más, al ministro le gusta
cuestionarla. Nosotros pedimos una postura clara, en línea con la que
ya adoptó en su momento el Ministerio de Medio Ambiente.

Por otro lado, las medidas de aislamiento acústico son el elemento
que más critica nuestro grupo en lo que a la actuación del Ministerio
de Medio Ambiente y de la Dirección General se refiere. La resolución
del 4 de noviembre de 1998 significa, en primer lugar, avalar los
retrasos, los incumplimientos y las diferentes actuaciones que eran
responsabilidad del organismo promotor. Para nosotros estaba claro
que antes de un año a partir de la publicación de la declaración
debía elaborarse el plan de aislamiento acústico,
que tendría que aprobarse antes de la entrada en funcionamiento
de la nueva pista del aeropuerto de Barajas y que su ejecución se
tenía que llevar a cabo durante seis años. Pero lo cierto es que
desde la declaración de impacto ambiental pasan una serie de años en
blanco y que el fondo de la declaración de impacto ambiental decía lo
que quería decir, o sea, que el plan de aislamiento acústico tenía
que estar en funcionamiento antes de la puesta en marcha de la
tercera pista. Para nuestro grupo no vale que la propia resolución
marque un período de seis meses para adecuar las nuevas rutas en el
supuesto de la puesta en marcha de la tercera pista, porque la
declaración significa que ese trabajo tiene que estar realizado y
contrastado antes de su puesta en marcha. En cuanto a las
modificaciones de las rutas, que es el siguiente elemento importante,
se llega a decir por parte de la Secretaría de Estado de
Infraestructuras y Transportes que para el cálculo de las huellas de
afectación sonora incluidas en el plan de aislamiento acústico se han
tenido en cuenta las modificaciones, y que posteriormente a la puesta
en marcha de la tercera pista se admiten errores en la modificación
de las rutas establecidas.

Nos parece que el conjunto de ambas cosas significa haber validado in
extremis el día 4 de noviembre -puesto que se empeñó el ministro de
Fomento en inaugurar la pista el día 6 de noviembre- una serie de
actuaciones que se tenían que haber resuelto -teniendo en cuenta lo
que significó para todos la declaración- antes de poner en marcha la
tercera pista. Yo creo que ese era el compromiso de los ministerios,
era lo que esperaban el conjunto de afectados y eran, por lo menos
desde nuestro punto de vista, los límites que tenía que haber
establecido el Ministerio de Medio Ambiente a la hora de validar con
una resolución la puesta en marcha de la tercera pista.

Hay un tercer elemento importante que hace referencia a la prevención
de accidentes y a las medidas de emergencia. Se ha planteado también
que la Comunidad de Madrid -no recuerdo la fecha que usted nos ha
indicado- había validado el plan de emergencia. Mi grupo tiene el
acta de fecha 25 de octubre, no hemos podido obtener el acta
posterior para saber en qué términos se produce la aprobación del
plan de emergencia, pero lo que sí tenemos claro es toda la serie de
deficiencias que se observan en ese momento, 25 de octubre de 1998,
en dicho plan: no se especifican las operaciones internas ni las
especiales que se puedan desarrollar y que puedan generar riesgo; no
se indica el programa de mantenimiento de medios humanos y
materiales; no se presenta un calendario en el capítulo de
implantación; los planes de autoprotección de cada uno de los
edificios del aeropuerto han de ser informados favorablemente por el,
Ayuntamiento de Madrid; el proyecto de ampliación de los depósitos de
combustible ha de ser legalizado por la Dirección General de
Industria de la Comunidad de Madrid; el plan de evaluación de riesgos
de los depósitos de carburante ha de ser informado favorablemente
también por el Ayuntamiento de Madrid. Son una serie de deficiencias
importantes. No recuerdo la fecha que usted ha citado (La señora
Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Carrillo Dorado:
El 30 de octubre.) Esto es del 25; es imposible que esa serie de
deficiencias fueran corregidas entre el 25 y el 30 de octubre. Por
tanto, es unelemento clave y de nuevo nos encontramos haciendo de la



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declaración de impacto ambiental una vía para validar una serie de
problemas y elementos que en todo caso deberían de haber supuesto un
retraso en la inauguración de la tercera pista.

He olvidado decir que, además de ese problema de fechas, de ese plan
de emergencia, si no me equivoco, debe ser informada la población
potencialmente afectada: deberá ser informada, según la Ley de
Protección Civil, de los planes de emergencia citados. Por tanto,
tampoco había tiempo para un proceso de información sobre el
proyecto. En estas condiciones ha sido denunciado a la Fiscalía de
Medio Ambiente por la propia Federación de Asociaciones de Vecinos y
por los afectados, y se siguen denunciando los incumplimientos de la
declaración de impacto ambiental. Hay una conciencia generalizada de
que la resolución del 4 de noviembre de 1998, si bien pone algunos
límites, faltaría más, a lo que pretendía en ese momento el
Ministerio de Fomento, valida los incumplimientos de la declaración
de impacto ambiental que han venido reivindicando los diferentes
afectados, las asociaciones de vecinos y todos los ayuntamientos
afectados.

Esos son los elementos básicos en los que mi grupo quería centrar la
intervención. Queremos saber con claridad cuál es la posición del
Ministerio y de la Dirección General; queremos saber también con
claridad cuál es la proyección de los nuevos planteamientos que se
hacen para al aeropuerto de Barajas. Es necesario que se sepa que no
se han atendido ni se ha dado respuesta a los elementos contenidos en
la propia declaración. Esta es la información que mi grupo quiere hoy
recabar.

Finalmente, una pregunta. Nos ha dicho que es verdad que se están
produciendo modificaciones y restricciones en las operaciones
nocturnas. Nos gustaría saber si la Dirección General tiene
documentación acreditativa de todos los registros de las trayectorias
porque es un dato clave para poder afirmar que se ha restringido el
uso de la reversa y que se han prohibido las operaciones de salida de
aeronaves -capítulo 2- entre las 24 y las 6 horas. Si existen todos
estos registros en el Ministerio, mi grupo agradecería que nos los
hicieran llegar, porque es un tema importante para resolver la
controversia entre los que dicen que se cumple y los que sienten que
no se cumple.




El señor VICEPRESIDENTE (Ballesteros Morcillo): Para sustanciar la
solicitud de comparecencia del Grupo Socialista, tiene la palabra la
señora García-Hierro.




La señora GARCÍA-HIERRO CARABALLO: Buenos días, señora directora
general. Quiero agradecerle su comparecencia y decirle que no he
entendido como un reproche por su parte el que fuera hoy cuando
podemos debatir las consecuencias del incumplimiento de la
declaración de impacto ambiental, en relación fundamentalmente con la
puesta en funcionamiento de la tercera pista. Tenga la seguridad de
que no es responsabilidad de los grupos parlamentarios de la
oposición. Mi grupo viene solicitando desde el mes de julio de 1996
cumplida información al promotor. Coincidimos en que es claro y
notorio que la responsabilidad en el cumplimiento de la declaración
de impacto es de AENA. Venimos también reclamando información puntual
del grado de seguimiento y de control de
cada una de las medidas contempladas en la declaración a la ministra
de Medio Ambiente; tenemos reclamada desde hace más de dos años su
presencia en esta Comisión y es la primera vez que tenemos
oportunidad de que un responsable del Ministerio de Medio Ambiente
comparezca ante la misma para poder hacer un análisis del grado de
cumplimiento de la declaración. Por tanto, quiero agradecerle su
comparecencia.

Hemos recibido en dos ocasiones la respuesta de los directores
generales de AENA, aunque se una forma tardía (digo los porque hemos
sufrido tres, uno en cada momento), y en dos ocasiones la del
ministro de Fomento, una el 15 de junio de 1998, cuando, a la
pregunta de los grupos de por qué no se tenían en cuenta los aspectos
más importantes de la declaración de impacto en tiempo y en contenido
por AENA, calificó esta declaración de mera circular administrativa
que no iba a supeditar para nada los planes de AENAni del Ministerio
de Fomento.

Las referencias que ha hecho usted esta mañana son lógicas. Creo
sinceramente que como profesional, como responsable de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental, se ha preocupado por hacer
el seguimiento para que la declaración de impacto se cumpla, pero
tenemos también la impresión de que ha estado usted muy sola, poco
apoyada políticamente por el Ministerio de Medio Ambiente, y a los
hechos nos remitimos. La situación a día de hoy es que la ampliación
del aeropuerto de Barajas en una pista más -la tercera-, después de
un amplio debate social y de un amplio período de alegaciones, estaba
condicionada desde el punto de vista medioambiental por el
cumplimiento de todas y cada una de las medidas de minimización del
ruido según la declaración de impacto.

El primer punto que querernos resaltar es que el escenario del
aeropuerto se diseñaba con la previsión de que podría colapsarse,
debido al aumento de la demanda, en el año 2010 ó 2012 y que, antes
de los tres años desde la publicación de la declaración de impacto
ambiental, habrían de realizarse los estudios, informes y
declaraciones por parte de AENA, tanto desde el punto de vista
medioambiental como económico y social, para buscar las posibles
localizaciones de un segundo aeropuerto en Madrid.

El actual aeropuerto de Barajas, con la puesta en funcionamiento de
la tercera pista, 110 puede crecer más por razones urbanísticas y
medioambientales y, sobre todo, por razones de salud pública. Estamos
hablando de un problema gravísimo: el exceso de ruido proveniente de
un número altísimo de operaciones es realmente insoportable. En el
año 1991 empezó a debatirse la ampliación y el plan director fue
modificado por la sensibilidad y el empuje de una mujer, la
secretaria de Estado de Medio Ambiente, para hacer posible esta
declaración de impacto.

La resolución del 4 de noviembre, a la que haré referencia después,
coincido con la portavoz de Izquierda Unida en que se viene a salvar
la cara del ministro de Fomento para que pueda inaugurar la tercera
pista al día siguiente, porque la declaración de impacto ha sido
incumplida desde el principio. Ha sido incumplida pese a que el
ministro de Fomento y los diferentes directores generales de AENA han
caído en diferentes contradicciones. En la primera ocasión, en el mes
de mayo de 1997, el primer director general de AENAnos dijo que el
plan de aislamiento acústico estaría



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aprobado un mes después, acababa de constituirse la comisión de
gestión. Un mes después, era cesado. Posteriormente, otro director
general habló de que se preveía un plan de aislamiento para el mes de
julio. Entremedias, hay circulares del Cedes y de usted misma en las
que dejan constancia de que ese borrador de plan no se ajusta en
ninguno de sus contenidos a lo establecido por la declaración de
impacto. Hay que felicitarla porque actúa consecuentemente con las
competencias que tiene de informar previamente para que el agente
promotor no dé por válido eseplan. (El señor presidente ocupa la
Presidencia.)
El 4 de noviembre, un año después, nos encontramos con que hay que
poner en funcionamiento la tercera pista y no hay plan de
aislamiento. Surge esa resolución que deja en evidencia una vez más
al Ministerio de Fomento y a AENA. Les dice: este plan es rechazado
porque las mediciones de ruido real no se han producido; no nos
consta técnicamente que esas mediciones sean reales. Como tampoco les
consta que el nivel de afectación a la población, que disminuía en un
80 por ciento, se atuviera a la realidad. El único fin que tenía la
huella sonora dibujada por AENA al desvirtuar la realidad era excluir
a miles de afectados para minimizar el problema y ahorrar en su
presupuesto. Y hemos preguntado por ese supuesto porque sólo aparece
la cantidad inicial de 2.000 millones de pesetas. Preguntarnos por el
grado de compromisos, ya que no se puede comprometer un presupuesto
si el plan no está aprobado. A día de hoy estamos sin plan pero
tenemos la resolución de 4 de noviembre que dice que tendrá que
llevarse a cabo antes de seis meses.

Como no voy a repetir cuestiones que ya ha planteado la portavoz de
Izquierda Unida, le diré que todos los grupos en esta Cámara y
también los ciudadanos hemos tenido mucho interés desde el principio
en discutir cada unos de los puntos con sentido común y con el mayor
rigor técnico, en el Parlamento, en otros foros y a través de
diferentes iniciativas, para ver dónde estaban las dificultades. El
enorme desgaste que a veces se produce en la opinión pública lleva
a interpretar de manera maniquea a quienes defendemos que es posible
defender el desarrollo económico y social de una región o de un país
respetando la calidad de vida de sus ciudadanos, su medio ambiente y
su salud, en este caso.

Si las dificultades eran de aplicación técnica y requerían retrasos,
esos retrasos en absoluto podían suponer que, tres años después, la
tercera pista que ya estaba licitada estuviera en funcionamiento y,
sin embargo, no hubiera plan de aislamiento acústico, que se tenía
que haber aprobado un año después de la declaración y comenzado a
ejecutar en las viviendas de mayor afectación para que estuvieran
aisladas del ruido que padecían y del que iba a producir la puesta en
funcionamiento de la nueva pista. No ha sido así porque está claro
que no se trataba de cuestiones técnicas, sino de voluntad política.

El promotor, AENA, y el Ministerio de Fomento no han tenido interés
en ningún momento en cumplir la declaración de impacto ambiental en
sus dos elementos fundamentales: el plan de aislamiento y el punto
2.1 de las nuevas localizaciones. Usted no tiene los estudios, esos
estudios que hemos leído en la prensa. A veces habla de 40, a veces
de 80; se supone que esos estudios se han pagado con fondos públicos,
pues los desconocemos.

El 1 de abril termina el plazo para presentar ante el Parlamento
y ante la opinión pública los estudios que ubiquen un segundo
aeropuerto para Madrid. Las referencias que hacía hace unos días el
ministro de Fomento en la Comisión de Infraestructuras, en la que
compareció para explicarnos su voluntad e intenciones y la línea en
la que ha estado trabajando, la de ampliación del aeropuerto en dos
pistas más sin estudios previos de impacto ambiental, como dice la
declaración; el escenario en que nos movemos, en el cual la tercera
pista se encontrará colapsada en el año 2010- 2012, y el tiempo medio
de nueve años necesario para hacer un nuevo aeropuerto, todo esto
viene a dar la razón a los expertos que hicieron la declaración: de
1996 a 1999 era tiempo más que suficiente para haber hecho esos
estudios y haber buscado ubicación para el segundo aeropuerto, que
puede ser Camporreal. Si se hubieran hecho ya los estudios de impacto
ambiental y se hubiera licitado la obra con la misma celeridad con
que AENA ha llevado a cabo las demás cuestiones, llegaríamos al 2010
o al 2012 con un nuevo aeropuerto, teniendo en cuenta ese tiempo que
por término medio se emplea en la construcción de un nuevo
aeropuerto, que puso como ejemplo el señor ministro. Es decir, ni
siquiera vamos a coger nuestros propios parámetros sino que, de sus
propias palabras, extraemos la falta de sensibilidad a lo largo de
todo el tiempo hacia el medio ambiente y los ciudadanos madrileños en
el cumplimiento de una norma legal. Y esto pasa también con la
modificación de rutas, porque los aviones sobrevuelan poblaciones
a muy baja altitud. Si realmente se está cumpliendo la normativa
europea y la propia declaración, ¿por qué no se nos facilitan las
rutas? Cuando no se facilita la información ni a su Dirección
General, ni a los ayuntamientos, como aquí se ha dicho, ni a los
grupos parlamentarios es porque esa información no se corresponde con
lo que se está diciendo. Se siguen sobrevolando poblaciones y cada
vez hay más poblaciones afectadas, urbanizaciones como Arroyo del
Fresno, La Granjilla, La Moraleja, una serie de rutas que de manera
continuada, como dicen los expertos, se van modificando sin la
antelación suficiente para evitar correr riesgos de seguridad. Aquí
nadie quiere crear falso alarmismo, pero el Sepla y otras
organizaciones de pilotos se han quejado de cómo se está haciendo y
del verdadero riesgo que existe. Por otra parte, a las compañías
aéreas no se les ha obligado a cumplir las rutas, al menos nosotros
no hemos obtenido ninguna contestación al respecto aunque lo hemos
solicitado reiteradamente. ¿Se aplica algún tipo de sanción cuando se
desvían de las rutas? El director del ente dijo que las desviaciones
suponían aproximadamente el 60 por ciento, y a partir de ese momento
preguntamos cuáles eran las sanciones. La comisión de vigilancia del
ruido, como usted sabe, se ha reunido últimamente y realmente hay que
empezar por hacer las mediciones correctas y situarlas en los lugares
correctos, contando con la participación de los ayuntamientos, a los
que se está excluyendo desde el principio. Usted es su interlocutora
y sabe perfectamente que esto es así.

En cuanto al problema de la comisión técnica para recabar las
solicitudes, usted sabe que en un primer momento AENA ha rechazado
todas las solicitudes de las viviendas o equipamientos que no estaban
afectados por su huella sonora; es decir, que volvía a no enmendarla.

Si la resolución



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de 4 de noviembre dice que esa huella sonora no se corresponde con la
realidad, que hay que modificarla y que en tanto en cuanto se hacen
mediciones reales hay que tener como referencia la declaración de
impacto, ¿por qué vuelve a rechazar la resolución de 4 de noviembre?
Son miles de solicitudes.




El señor PRESIDENTE: Señora diputada, le ruego que vaya concluyendo
porque ha desbordado sobradamente el tiempo previsto.




La señora GARCÍA-HIERRO CARABALLO: Así lo haré, señor presidente,
aunque yo creo que esta mañana todos hemos superado el tiempo
previsto.

Hay miles de solicitudes. Efectivamente, ha habido una corrección, de
manera que después, cuando ya esté definida la huella sonora, se
decidirá si les corresponde o no, pero usted sabe como yo que las
aeronaves del capítulo 2, que tenían que haber sido sustituidas en el
primer año de la declaración de impacto, siguen sobrevolando y siguen
produciendo mucho ruido, que el horario para que no haya vuelos
nocturnos de 24 horas a 6 de la mañana ha comenzado ahora, cuando se
tenía que haber hecho a los seis meses de la declaración de impacto.

AENA, a través de un escrito, reconoce que sólo se puede reducir en
parte. Son más de 40 vuelos nocturnos los que los vecinos y los
ayuntamientos tienen comprobado que se producen por encima de los
niveles de ruido permitidos. Este es un problema grave sobre el que
ayer tuvo ocasión de pronunciarse el Defensor del Pueblo, que ha
recibido muchísimas quejas y últimamente más de 10.000 firmas de
vecinos afectados por la nueva huella. Francamente, ni ha habido ni
hay voluntad del órgano promotor.

Nosotros podemos respaldar su gestión personal, la suya, no la de su
ministra, que no ha comparecido ante esta Comisión para dar
explicaciones. Nosotros compartimos esto que ustedes publican. Cómo
no lo vamos a compartir si en la primera de las revistas dicen que se
va a cumplir la declaración de impacto, que no se va a ampliar el
aeropuerto y en la resolución de 4 de noviembre modifican los
planteamientos de AENA, pero la cuestión es que los hechos son
tozudos y nos encontramos con que, por encima de esos intereses
ciudadanos, de esa calidad de vida y, de esos intereses
medioambientales, hay intereses urbanísticos, hay intereses
económicos, están presionando las compañías aéreas, está Iberia
presionando, y supone un despilfarro ampliar en dos pistas más un
aeropuerto para después prometer cerrarlo dentro de 20 años. Qué
incoherencia y qué sobrados debemos estar de recursos económicos, si
es que eso es cierto, porque el sentido común nos dice que una vez
más el Ministerio de Fomento, que es el máximo responsable, nos está
intentando tomar el pelo, y perdone la expresión.




Por tanto, muchas gracias por su comparecencia, pero nos sentimos
totalmente insatisfechos por la actuación del Gobierno en esta
cuestión tan importante a lo largo de estos tres años.




El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario Popular, tiene
la palabra su portavoz, doña María Teresa de Lara.

La señora DE LARA CARBÓ: Muchas gracias, señora directora general,
por su comparecencia ante esta Comisión para hablamos de un tema de
la importancia y de la transcendencia que tiene la declaración de
impacto ambiental y sus consecuencias sobre la ingente cantidad de
madrileños que viven en el entorno del aeropuerto de Barajas, que,
como aquí han indicado las portavoces de Izquierda Unida y del Grupo
Socialista, se ven afectados en altísimo grado por la contaminación
acústica que se está produciendo.

Bien es cierto que la decisión de ampliar la tercera pista tuvo una
fuerte contestación y que se supeditó en parte al cumplimiento de la
declaración de impacto ambiental; estamos de acuerdo en ello y
creemos que no es admisible que los madrileños que viven en ese
entorno, como he indicado, soporten esa cantidad de decibelios
-excesiva, por supuesto-, con las implicaciones de diversa índole que
ello puede ocasionar a los afectados. Por cierto, creo que la señora
directora general es una de las afectadas puesto que vive en el
entorno al que nos estamos refiriendo.

Nadie puede negar que se están tomando medidas, algunas están en
prueba, otras se están llevando a cabo, y creo que se va por el buen
camino, sin embargo, queda muchísimo por hacer. Ahora bien, no
debemos confundir la actuación del Ministerio de Fomento, sea
adecuada o no, como ustedes han indicado, con la comparecencia que
aquí se ha solicitado. Aquí se ha solicitado la comparecencia de la
directora general de Calidad y Evaluación Ambiental para que nos
indique cómo está llevando a cabo su función. ¿Y cuál es su función
en este caso? Comprobar que se cumplen las medidas correctoras que se
establecen en la declaración de impacto ambiental. Por consiguiente,
yo creo que deberíamos centrarnos en esta comparecencia y en el
motivo por el cual se ha solicitado, puesto que en la Comisión de
Industria podrán comparecer el ministro de Fomento y los altos cargos
del Ministerio para hablar de los temas que aquí se han debatido;
creo que ése es el lugar adecuado y no éste.

No estoy de acuerdo con algunas de las manifestaciones que se han
hecho. Por ejemplo, la señora García-Hierro ha indicado que agradecía
a la directora general que compareciera, que ya era hora de que
alguien del Ministerio lo hiciera en esta Comisión pues se llevaba
solicitando desde hacía largo tiempo. Ahora que se han incorporado a
la Comisión la señora Narbona y la señora Urán creo que ellas podrán
corroborar que estoy en lo cierto si digo que el orden del día de las
comisiones se decide en la reunión de Mesa y Portavoces. En la última
reunión de Mesa y Portavoces se solicitaron por primera vez estas
comparecencias, que eligieron las representantes del Grupo Socialista
y del Grupo de Izquierda Unida, y ni una sola vez en los dos años que
usted ha citado se ha pedido la comparecencia ni de la ministra ni de
ningún alto cargo del Ministerio de Medio Ambiente para hablar del
aeropuerto de Barajas. Pregunten ustedes a sus portavoces, y verán
que esto es lo correcto. Hay una gran armonía en la Comisión, en las
reuniones de Mesa cada grupo elige un par de comparecencias y, aparte
de un caso concreto, como el de la semana pasada, nunca ha denegado
nadie la comparecencia.

Volviendo a la comparecencia de la directora general de Calidad y
Evaluación Ambiental, creo que ella ha venido



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para informarnos del seguimiento y vigilancia del cumplimiento de la
declaración de impacto ambiental sobre la tercera pista del
aeropuerto de Barajas, y nos ha indicado -y creo que así es
efectivamente- que ha ocupado una buena parte de los recursos humanos
de que dispone la Dirección General. En primer lugar, desearíamos que
los recursos humanos de que dispone fueran mayores porque creemos que
una de las funciones importantes que tiene su Dirección General es
vigilar el cumplimiento de las medidas correctoras de las
declaraciones de impacto sobre Barajas y de todas las declaraciones
de impacto que hace el Ministerio. Nosotros siempre hemos solicitado
más recursos humanos, tanto cuando estábamos en la oposición como
ahora, porque creemos que son necesarios para realizar una de las
funciones, importantes que tiene el Ministerio. No obstante, sabemos
que los recursos humanos son limitados y que el presupuesto es lo que
es.

Nos ha indicado que se han efectuado visitas a las obras, que han
tenido reuniones con representantes de Aviación Civil, de AENA, de
Fomento, del Cedes, con objeto de comprobar el cumplimiento de la
declaración de impacto ambiental. Nos ha dicho que se analiza la
documentación aportada por Aviación Civil, que ha habido reuniones
con los afectados y que la Dirección General está en la comisión de
vigilancia del ruido, y yo creo que la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental está cumpliendo adecuadamente su función. Otra
cosa es que el Grupo Parlamentario Popular está con los afectados por
la contaminación acústica y cree que realmente son insoportables los
niveles de contaminación que padecen y que hay que tomar las medidas
adecuadas para mitigar estos efectos.

Se ha hablado de las medidas correctoras y del aislamiento acústico
de las viviendas. Este aislamiento acústico es responsabilidad de
AENA, y nosotros apoyamos que se haga y que AENA invierta lo
necesario, como se ha comprometido, pero insisto en que esto tampoco
está dentro de las competencias que tiene la Dirección General. El
plan de aislamiento acústico, como se ha indicado aquí, se aprobó
mediante una resolución de noviembre de 1998 con una serie de
condiciones encaminadas al cumplimiento de la declaración de impacto
ambiental, función que corresponde a la Dirección General y del
Ministerio de Medio Ambiente.

Aquí se ha hecho un repaso, que no voy a repetir para no alargarme
demasiado, sobre los puntos de la declaración ambiental que se están
cumpliendo, y nosotros vernos que efectivamente se están cumpliendo
muchos de ellos, pero queda mucho camino por andar. Creernos que son
importantes las medidas de aislamiento acústico, como han indicado
todos los portavoces -quiero repetirlo-, y creemos que es esencial
que se vaya por este camino Se están modificando las rutas de salida,
y espero que dentro de poco esto sea un hecho. En el caso concreto de
las salidas nocturnas, parece ser que hay algún vuelo que se ha
colado y que ha aterrizado a una hora indebida. Nosotros esperamos
que esto se corrija, sin embargo, esto no es competencia de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

Creemos que es importante que exista la comisión de vigilancia del
ruido, como también algo sobre lo que no se ha hecho hincapié, que es
la protección de la calidad de las
aguas y del dominio público hidráulico de esta zona, con las
depuradoras y las separadoras de hidrocarburos que están en
funcionamiento. Son muy importantes los vertederos para el sobrante
de las tierras procedentes de las obras y también es importante la
recuperación ambiental y paisajística. No obstante, estoy de acuerdo
con los demás portavoces en que todo esto queda en un segundo plano
ante los enormes problemas de ruido que padecen una gran cantidad de
madrileños.

Por ello, nosotros, el Grupo Parlamentario Popular, solicitamos a la
directora general que siga cumpliendo sus funciones de seguimiento y
vigilancia de las medidas correctoras y la animamos a que, en su
papel vigilante, haga todo lo posible para que el gran número de
municipios afectados por el ruido del aeropuerto de Barajas y de la
tercera pista puedan ver mitigados sus efectos.




El señor PRESIDENTE: Para contestar a las intervenciones de los
distintos portavoces, tiene la palabra la directora general de
Calidad y Evaluación Ambiental, doña María Dolores Carrillo.




La señora DIRECTORAGENERAL DE CALIDAD Y EVALUACIÓN AMBIENTAL
(Carrillo Dorado): Agradezco a las tres portavoces, y me alegra mucho
que sean mujeres, sus intervenciones y también su felicitación por el
trabajo realizado, trabajo difícil, trabajo arduo. Yo personalmente
no quiero ponerme medallas, pero tengo que decir que me siento
satisfecha del trabajo que se ha hecho desde la Dirección General.

Hay muchas cosas sobre las que aquí se ha hablado que exceden, como
se ha dicho también, de mis competencias. Si yo tuviera otras
competencias, posiblemente haría otras cosas, pero desgraciada o
afortunadamente tengo las competencias que tengo, las que me da el
Decreto de creación del Ministerio de Medio Ambiente. Puedo compartir
planteamientos que se han hecho de forma personal, pero en mis
funciones en el Ministerio tengo que restringirme a las que son. Creo
que es importante que les diga esto.

Me gustaría hacer dos reflexiones con carácter general sobre lo que
aquí se ha dicho. Yo, que tengo la oportunidad de participar en
muchas reuniones en el marco de la Unión Europea con colegas míos de
otros países comunitarios en las que se tratan temas
medioambientales, puedo decir que evidentemente van muy por delante
de nosotros en algunos temas. Pero sí les quiero decir -y es el
sentimiento general- que la integración del medio ambiente en las
políticas sectoriales es una asignatura pendiente en España y en
otros muchos países. Como bien saben, en la Cumbre de Jefes de Estado
y de Gobierno de Cardiff se estableció un programa de trabajo y, por
primera vez en una cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno, se habló
de la importancia de integrar el medio ambiente en las políticas
sectoriales y se establecieron tres grandes políticas: la energética,
la de transporte y la de agricultura.

Tuve también la oportunidad de participar el año pasado en la primera
reunión que ha habido en el seno de la Unión Europea de un Consejo de
Ministros conjunto de Transportes y Medio Ambiente, en la que se
habló de muchos de los temas que aquí se están planteando, y lo que
quiero decir es que el problema de la integración del medio



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ambiente en las políticas sectoriales existe y que las autoridades
medioambientales tenemos que seguir haciendo grandes esfuerzos, cada
una en su sector y en su ámbito de actividad. Es una lucha en la que
tenemos que seguir y que yo, en la medida de mis responsabilidades,
sigo cada día en el Ministerio de Medio Ambiente. Como les he dicho
al principio, creo que no se me pueden pedir más responsabilidades de
las que tengo. Yo respondo en esta Comisión por lo que me compete
hacer, y lo que compete hacer a otros no es mi ámbito de actividad.

De los planteamientos que se han hecho con carácter general, para no
repetirme, ha habido dos temas fundamentales: por un lado, el plan de
aislamiento acústico y, por otro, los planteamientos respecto a la
posible futura ampliación. Vuelvo a decirles que lo que yo tengo que
hacer es vigilar el cumplimiento de la declaración de impacto
ambiental. En lo que respecta a la ampliación, como decíamos al
principio, la primera condición de la declaración de impacto
ambiental de abril de 1996 establece que en el plazo de tres años
tendrán que hacerme llegar los estudios que se han hecho en el marco
de lo que se pide en la declaración de impacto ambiental. Y cuando yo
reciba formalmente, como órgano ambiental, esos documentos, en
cumplimiento de la declaración de impacto ambiental, los analizaré.

Ustedes me dicen que se ha hablado en otros ámbitos de esta cuestión,
y yo evidentemente no puedo pronunciarme como órgano ambiental sobre
lo que se escribe en los periódicos ni sobre lo que se dice en
distintos medios. Tengo que pronunciarme sobre lo que oficialmente me
llega en cumplimiento de la declaración de impacto ambiental. Hasta
el 12 de abril tienen de plazo, y en esa fecha, si no se cumple esa
condición, yo remitiré una carta señalándoles que estoy pendiente de
que se me remita esta documentación, en cumplimiento de la
declaración de impacto ambiental. Creo que esto es importante.

No me voy a pronunciar aquí sobre la ampliación, porque además la
declaración de impacto ambiental recoge oportunamente que,
independientemente de los planes del Ministerio de Fomento, cualquier
ampliación que este Ministerio proponga sobre nuevas pistas deberá
pasar por un procedimiento reglado de evaluación de impacto
ambiental. Procedimiento reglado en el que se contemplarán no las
exigencias que ya se contemplaron en el caso de la tercera pista,
sino otras nuevas que están apareciendo, como es una cuestión en la
que yo coincido plenamente, entre otras cosas porque, como ha dicho
la portavoz del Grupo Parlamentario Popular, yo también vivo en
Barajas. Siempre digo a los que vienen a visitarme que yo también
vivo en Barajas y sufro el ruido. Esa cuestión importante para el
futuro planteamiento ambiental de la ampliación de Barajas es la
contaminación atmosférica. Ha habido muchas informaciones en la
prensa, y yo me remito a la información que me tienen que trasladar
oficialmente. En cualquier caso les digo que todo proyecto de
ampliación deberá pasar el procedimiento reglado, procedimiento que
saben no es fácil, que incluirá unos estudios sobre impacto ambiental
muy exigentes, más exigentes de los que ya existieron en su momento,
y una información pública en la que todos los afectados, incluida yo
misma, podamos manifestamos como ciudadanos sobre este proyecto. Todo
esto creo que deja claro el tema de la ampliación.

En cuanto al plan de aislamiento acústico, debo decirles que no
aprobarnos in extremis este plan de aislamiento acústico, sino que
como directora general tuve una remisión formal, por parte del
director general de Aviación Civil, en marzo de 1998, si no recuerdo
mal la fecha, de ese plan de aislamiento acústico, que yo devolví
diciendo que dicho plan no reunía las condiciones que debe cumplir de
acuerdo con la declaración de impacto ambiental. No se nos puede
decir que estamos haciendo el juego al Ministerio de Fomento porque
yo oficialmente devolví ese plan de aislamiento acústico y la
resolución que sacó la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental el 4 de noviembre tampoco es demostrativa de que estemos
haciendo el juego al Ministerio de Fomento. En ese caso fuimos muy
escrupulosos y muy respetuosos del contenido ‘de la declaración de
impacto ambiental y por eso condicionamos como lo hicimos.

Sobre el retraso en la aprobación he de decir que se produce como
consecuencia de que el plan nos llega con mucho retraso. El plan de
aislamiento acústico y la resolución de aprobación señalan cuáles han
sido esos plazos. Había un año para la remisión de ese plan por
Aviación Civil, que debería haberse producido en abril de 1997, y
nosotros oficialmente recibimos el plan, con todos los documentos que
tenían que aportamos, en septiembre de 1998, es decir con retraso de
18 meses. Personalmente -y está en los archivos- he remitido cartas
al director general de AENArecordándole que el plan de aislamiento
acústico seguía sin llegar y que nosotros teníamos que hacer nuestro
trabajo de análisis de esos documentos. No valía con que nos
remitieran el plan con todos los informes para que al día siguiente
tuvieran la aprobación; nosotros tenemos que estudiar esos informes,
informes que como en el caso del Cedex -y se dice también en la
resolución de aprobación-, no eran concluyentes. Ésa es la razón por
la que sacamos esa resolución Instando de nuevo a que hicieran
mediciones reales.

Se sigue diciendo que los temas no están cerrados. Evidentemente no
están cerrados, las rutas están cambiando pero existe una comisión de
vigilancia del ruido que con toda transparencia y también he de decir
que por presiones y por permanentes reivindicaciones de esta
dirección general, se propuso que participaran representantes
municipales. En la nueva comisión de vigilancia del ruido de la
declaración de impacto ambiental solamente y en exclusiva estaba la
Administración y en la nueva resolución aparecen ya los
representantes de los municipios afectados. Es un gran canal de
transparencia para que todos los ciudadanos sepan los trabajos que se
están haciendo y puedan canalizar sus reivindicaciones, sus
preocupaciones y los temas que quieran elevar.

Todos esos instrumentos nos dan la garantía de que las cosas se están
haciendo con rigor, con seriedad y es a lo que me comprometo, dentro
del marco de mis competencias, como siempre les digo. Aeso es a lo
que he venido al Ministerio de Medio Ambiente, y les puedo asegurar
que eso es lo que hago día tras día en ese Ministerio.

Carácter general, creo que he expuesto las grandes líneas generales,
habría tema para muchas horas, pero aquí me quedo.




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El señor PRESIDENTE: Muchísimas gracias, doña María Dolores Carrillo,
por su presencia.

Damos por finalizada entonces su comparecencia.




- COMPARECENCIA DEL SEÑOR SECRETARIO GENERAL DE MEDIO AMBIENTE
(MURIEL GÓMEZ) PARA EXPLICAR LA SITUACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE
DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL, ASÍ COMO SOBRE LA ELABORACIÓN DE LA
NUEVA NORMATIVA. A SOLICITUD DEL GRUPO SOCIALISTA DEL CONGRESO.

(Número de expediente 213/000975.)



El señor PRESIDENTE: Vamos a pasar al siguiente punto del orden del
día, que se refiere a la explicación de la situación de los
procedimientos de declaración de impacto ambiental, así como sobre la
elaboración de la nueva normativa. Esta comparecencia ha sido
solicitada por el Grupo Socialista. Había pedido la comparecencia de
la ministra de Medio Ambiente; no ha podido asistir, y es sustituida
por el secretario general de Medio Ambiente, don Juan Luis Muriel,
cuya sustitución fue aceptada en su día en la reunión de la Mesa por
el grupo que había solicitado la comparecencia.

Tenemos por tanto ocasión de dar la bienvenida una vez mas a esta
Comisión al secretario general de Medio Ambiente, don Juan Luis
Muriel, al cual ruego pase a la Mesa lo antes posible.

Tiene la palabra don Juan Luis Muriel.




El señor SECRETARIO GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (Muriel Gómez):
Agradezco al grupo solicitante la oportunidad que nos da de poder
comparecer en la Cámara y responder a todas las cuestiones que deseen
plantearnos sobre los tenias que fijan en su petición de
comparecencia.




Una vez leída la remisión que hace esta Comisión al Ministerio de
Medio Ambiente, espero responder a las peticiones que deduzco me
hacen en el epígrafe en negrita que llega con la nota de remisión y
que es básicamente la situación de los procedimientos de impacto
ambiental y el borrador o anteproyecto de la nueva ley de impacto
ambiental.

Como SS.SS. bien conocen, el real decreto de creación del Ministerio
de Medio Ambiente establece que corresponde a la Dirección General de
Calidad Ambiental, a la directora que acaba de retirarse, las tareas
de evaluación ambiental que establece la normativa básica del Estado
en la materia. Concretamente saben ustedes que esta función está
adscrita a la Subdirección General de Evaluación Ambiental y
Actuaciones Sectoriales, que entre otras tiene la función de elaborar
las propuestas de declaración de impacto ambiental, la selección de
los proyectos que deben ser sometidos al procedimiento reglado de
declaración de impacto ambiental, el seguimiento y vigilancia del
cumplimiento de las medidas correctoras establecidas en las
declaraciones y la valoración de los estudios de impacto ambiental.

El desarrollo de dichas funciones implica en la práctica la necesidad
de abordar proyectos de gran complejidad
técnica, contemplados en la actual legislación del Estado, como
son desvío de cauces de ríos, ampliaciones de aeropuertos, presas,
carreteras, trenes de alta velocidad, etcétera. Al margen de las
tareas regladas, se desarrollan otra serie de trabajos conexos, que
consumen una cantidad apreciable de tiempo y recursos asociados a
este tipo de tareas, siendo los más significativos por ejemplo, el
análisis y tramitación de las distintas quejas de la Comisión
Europea, el análisis y la emisión de certificados ambientales de
proyectos financiados por el Fondo de Cohesión y análisis de
proyectos para decidir si determinados proyectos deben ser sometidos
o no a procedimientos reglados de evaluación de impacto ambiental.

Permítanme resumirles brevemente las distintas fases del
procedimiento de evaluación de impacto ambiental. El procedimiento se
inicia con la fase de consultas previas que realiza el órgano
ambiental y si bien es cierto que estas consultas son potestativas,
salvo en el caso de la Dirección General de Conservación de la
Naturaleza, dichas consultas se realizan de forma sistemática y muy
extensiva a instituciones, asociaciones, administracioneS públicas
que puedan estar interesadas por el proyecto. Dependiendo del número
de municipios afectados por cada proyecto, se realiza un número de
consultas, que suele estar entre 40 y 80 aunque tengo que decirles
que frecuentemente superan el centenar.

Las principales tareas que se llevan a cabo en esta fase y que se
realizan en el órgano ambiental, son la revisión del documento de
consultas, el denominado memoria-resumen, y en su caso se solicita al
promotor que lo complete o lo modifique. En segundo lugar, se
seleccionan los organismos a consultar Y se les remite por correo
certificado la documentación. En tercer lugar, se analizan las
respuestas recibidas y se remiten al promotor para que las tenga en
cuenta a la hora de realizar el estudio de impacto ambiental. En el
escrito de remisión se especifican, asimismo, los principales
aspectos que debe observar el promotor de la obra.

Teniendo en cuenta esta fase de consultas, el promotor realiza el
estudio de impacto ambiental y el documento del proyecto. Entramos
así en una segunda fase del procedimiento. En algunos casos, el
órgano ambiental realiza además un seguimiento durante la elaboración
del estudio de impacto ambiental, a fin de garantizar que el
documento que se remita y se someta a información pública contenga
todos los requisitos e información necesaria. Aunque no sea
preceptiva, esta revisión previa es de especial utilidad, dado que en
muchas ocasiones se evitan modificaciones posteriores mucho más
costosas en tiempo y en dinero.

Posteriormente, y una vez realizado, el promotor remite el proyecto y
este estudio de impacto ambiental y el expediente de información
pública para que la subdirección formule la correspondiente
declaración de impacto ambiental. El órgano ambiental ha de analizar
dicha documentación previamente a la emisión de la declaración, para
definir si han sido adecuadamente estudiadas o no las distintas
afecciones ambientales que se intuían en el proyecto, esto es las
distintas alternativas, los posibles impactos sobre zonas de especial
protección de aves o las medidas compensatorias que hubiera lugar a
establecer. Las tareas a efectuar unavez recibido el expediente son
la revisión y análisis detallado



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del proyecto y del estudio de impacto ambiental. En caso de que el
estudio no haya analizado adecuadamente los impactos, habrá de
requerirse al promotor información complementaria o, si es muy
defectuosa, incluso hacer una mediación; hacer el análisis de las
alegaciones de la información pública y del informe del promotor
sobre las mismas. En muchos casos es preciso también celebrar
reuniones con el promotor, con otras administraciones o asociaciones
para aclarar determinados aspectos relacionados con el proyecto. Hay
también visitas sobre el terreno para conocer la realidad física y
afecciones del proyecto. Finalmente, se produce la formulación de la
declaración, sus condicionados y anejos.

Tal como establece el Real Decreto 1.131/1988, la declaración de
impacto, en este caso realizada por la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, determina a los solos efectos ambientales la
conveniencia o no de realizar el proyecto, y en caso afirmativo fija
las condiciones en las que debe realizarse. Una vez publicada la
declaración, es remitida al órgano de la Administración que ha de
dictar la resolución administrativa de autorización del proyecto.

Saben ustedes que si existe discrepancia entre el órgano con
competencia sustantiva y el órgano ambiental, resuelve el Consejo de
Ministros.

La última fase del procedimiento, una vez formulada la declaración de
impacto ambiental, es el seguimiento y control que ello conlleva.

Durante la fase de redacción del proyecto de construcción, se realiza
la comprobación de que los contenidos del estudio y la declaración de
impacto ambiental se reflejan adecuadamente en dicho proyecto.

Durante la ejecución de las obras se realiza la vigilancia y control
para comprobar que se cumple con lo previsto en el proyecto. Durante
la fase de funcionamiento, una vez finalizadas las obras, se analizan
los informes periódicos exigidos en algunas declaraciones de impacto
ambiental, durante los años siguientes a la puesta en servicio.

Con ello, creo haber dado respuesta brevemente a ese epígrafe de la
petición de comparecencia que afirmaba debía explicar el
procedimiento de declaración de impacto ambiental y entro ya en la
segunda parte, la explicación de cómo está el borrador de
anteproyecto de impacto ambiental.




El punto de partida en materia de legislación ambiental lo constituye
sin duda la Directiva 85/337, que como SS. SS. conocen se traspuso a
nuestro ordenamiento jurídico a través del Real Decreto legislativo
1.382/1986 de evaluación de impacto ambiental, cuyos preceptos, como
también conocen SS. SS., tienen el carácter de legislación básica
estatal, a tenor de lo dispuesto en el artículo 149.1.2.a de la
Constitución. El real decreto legislativo fue objeto de un posterior
desarrollo mediante otro Real Decreto, el 1.131/1988, de 30 de
septiembre. Es conocido que la incompleta trasposición de la
directiva del año 1985 dio lugar a la apertura de un procedimiento de
infracción que en la actualidad se encuentra en fase de dictamen
motivado. Este hecho, unido a la necesidad de trasponer la nueva
Directiva 97/11, de 3 de marzo, hacían necesario proceder a adecuar
la normativa básica española a los requerimientos y nuevas
prescripciones comunitarias.

Es cierto que este proceso de adecuación del ordenamiento jurídico ha
sufrido cierto retraso debido también a
la existencia, como conocen SS. SS., de una cuestión de
inconstitucionalidad sobre la materia. Por ello fue necesario, en su
día, posponer la tramitación de este importante anteproyecto de ley
con el fin de clarificar el marco constitucional donde nos movíamos.

Una vez que el alto tribunal ha dictado sentencia sobre esta materia,
la sentencia 13/1998. de 22 de enero, hemos reanudado la tramitación
del mencionado anteproyecto.

Antes de entrar a analizar el contenido de este borrador de
anteproyecto, quisiera insistir en algo que quizás SS. SS. consideran
obvio, y es el carácter de borrador que tiene el actual documento. En
este momento estarnos finalizando un primer proceso de consultas
escritas, y dada la importancia de esta nueva normativa querernos
poner en marcha un amplio proceso de participación con los sectores
sociales afectados. Este proceso que vamos a desarrollar a través de
diversas mesas sectoriales, quiere garantizar la participación de los
distintos sectores que tienen algo que decir, comunidades autónomas,
ONG, universidades, agentes económicos y sociales. Hay que decir
además que en estas mesas muchas veces hay distintas sensibilidades
en las comunidades autónomas dependiendo del departamento del que se
trate.

Hecha esta salvedad, el borrador de anteproyecto se estructura en
seis capítulos, veintiocho artículos, una disposición transitoria,
una adicional, otra derogatoria, tres disposiciones finales y tres
anexos. Como novedades, permítanme subrayar las siguientes. En primer
lugar introduce, como no podía ser de otra forma, las aportaciones de
la Directiva 97/11, destinadas a clarificar, completar y mejorar las
normativas relativas al procedimiento de evaluación, incorporando
además las disposiciones del Convenio sobre evaluación de impacto
ambiental en un contexto transfronterizo. Aparece por primera vez en
la legislación básica española la referencia a planes y programas y
sin duda supone una novedosa introducción en el derecho interno de la
denominada evaluación ambiental estratégica, adelantándose de esta
forma el derecho de evaluación ambiental español a la próxima
regulación comunitaria.

En estos momentos corno quizás conozcan SS. SS., existe una nueva
propuesta de directiva sobre esta cuestión, adoptada por la Comisión
en diciembre de 1996, que ya ha sido objeto de dictamen por el
Parlamento Europeo. Se amplía el número de proyectos públicos o
privados que deben someterse de forma obligatoria a la evaluación de
impacto ambiental. En efecto, se incorpora no sólo la relación de
proyectos del mismo anexo 1 de la Directiva 97/11, que como saben
pasa de nueve tipos de proyectos a veintiuno, sino que también
aparecen relacionados en el mismo aquellos otros proyectos reflejados
en el anexo 11 de la directiva, para los que se han fijado umbrales
por la Administración ambiental en virtud de lo reflejado en el
artículo 4.2 de la mencionada directiva. Se incorpora también a este
anexo 1 -como saben, los proyectos en él incluidos deben someterse a
la evaluación de impacto ambiental- aquellos otros proyectos a los
que las leyes sectoriales concretas españolas obligan a estar
sometidos a este tipo de procedimientos. Se establece que los
proyectos del anexo 11 de la directiva deberán ser sometidos a
evaluación cuando así lo decida el órgano ambiental competente una
vez realizado un pormenorizado estudio caso a caso, siguiendo por
tanto



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los criterios y las directrices establecidas en la propia Directiva
97/11. La ley introduce un régimen sancionador inexistente hasta la
fecha, clasificando las infracciones en muy graves, cuya multa iría
de 5.000.000 a 200.000.000 de pesetas; graves, de 100.000 a 5.000.000
de pesetas; y leves, de hasta 100.000 pesetas.

Por lo demás, el texto legal mantiene la característica esencial del
derecho vigente en materia de evaluación ambiental, y no es otra que
la dualidad del órgano sustantivo órgano ambiental, que supone la
separación entre la función de autorización y la función de
evaluación. La autorización final se concede por el órgano con
competencia sustantiva, mientras que la evaluación ha de ser
realizada por el órgano de la Administración que tiene la competencia
ambiental. Finalmente, el texto contempla mecanismos de participación
y colaboración de las diferentes administraciones públicas y del
público interesado en el proceso de evaluación ambiental. Éstas son
sin duda las principales líneas de este nuevo borrador de
anteproyecto, que como insistía hace un momento es un texto base de
referencia que debe ser estudiado, revisado, trabajado y modificado
en su actual redacción, con las observaciones que fundamentalmente
aporten esas mesas sectoriales a las que hacía referencia, desde las
comunidades autónomas a las organizaciones no gubernamentales, y los
diferentes departamentos ministeriales que actúan como órganos
sustantivos o promotores de proyectos.

Además de estas instituciones, el texto ha sido remitido al conjunto
de entidades representadas en el Consejo Asesor de Medio Ambiente.

En la actualidad se están analizando observaciones remitidas con el
fin de mejorar y clarificar el texto inicialmente propuesto y el
objetivo de este proceso de participación pública -no puede ser
otro-, es lograr un anteproyecto de ley consensuado y operativo que
permita una aplicación eficaz de este importante instrumento de
tutela ambiental.




El señor PRESIDENTE: En nombre del grupo solicitante de la
comparecencia, tiene la palabra su portavoz, doña Cristina Narbona.




La señora NARBONA RUIZ: Muchas gracias señor Muriel, por su presencia
en sustitución de la comparecencia solicitada a la ministra de Medio
Ambiente para el tema objeto de nuestra petición, que debo reconocer
no ha respondido, en particular en la primera parte de su exposición,
a lo que nosotros pedíamos. Yo no pedía una descripción del
procedimiento de declaración de impacto ambiental sino una valoración
de la situación de los procedimientos relativos a la normativa sobre
impacto ambiental, puesto que la situación de estos procedimientos
nos preocupa en particular a raíz de las declaraciones que el propio
secretario de Estado de Aguas y Costas hacía en una carta cuyo
contenido no ha sido en ningún momento desmentido. Ésta es la primera
vez, señor Muriel, que en esta Comisión de Medio Ambiente pedimos que
el Ministerio nos explique cómo se están realizando los trabajos
correspondientes a las declaraciones de impacto ambiental tres años
después de creado el Ministerio y también tres años después
de que la ministra asegurara en esta misma Comisión que el
procedimiento de la legislatura del Gobierno Socialista, como usted
ha señalado, había sido objeto de una queja ante la Comisión Europea
y de una amplio número de quejas en cuanto a la insatisfacción por
sus procedimientos, y se comprometiera a hacer de estas declaración
de impacto ambiental algo mucho más eficiente y satisfactorio.




Por tanto, cuando pedía la comparecencia de la ministra a la que
usted ha respondido, quería saber, y espero me lo conteste en función
de las preguntas que le voy a hacer, cómo habían evolucionado a mejor
los procedimientos de declaración de impacto ambiental, porque desde
el primer momento tuvimos la percepción de que a pesar de los
compromisos que asumía la ministra ante esta Cámara no se estaban
dando los pasos necesarios para que las declaraciones de impacto
ambiental dejaran de ser insatisfactorias.

Por ejemplo, nos llamó mucho la atención el hecho de que la
estructura del Ministerio de Medio Ambiente se convirtiera en una
sola dirección general a las dos direcciones generales hasta ese
momento existentes; a una de ellas correspondía precisamente todo el
trabajo que incumbe a la declaración de impacto ambiental y se sumó
el contenido y las tareas de la extinta Dirección General de Política
Ambiental, que entre otras cosas tenía las competencias relativas a
la política de residuos. Por tanto un contenido muy extenso, muy
problemático que hoy día se unifica en una sola dirección general y
que reduce lo que entendemos es un ámbito de decisión política de
extraordinaria envergadura. Por eso no nos puede llamar la atención
haber asistido esta mañana aquí a una intervención de la directora
general de Calidad Ambiental, que por muchos esfuerzos y buena
voluntad que ponga viene a confirmar que algo tan trascendente como
la declaración de impacto ambiental sobre la ampliación de Barajas
simplemente no se ha cumplido puesto que la tercera pista se ha
puesto en funcionamiento sin que se cumplan los requisitos que se
exigían como previos para la puesta en marcha de dicha tercera pista.

Por tanto, se rebajó el ámbito de alcance político de las
declaraciones de impacto ambiental sumando estas tareas a otras que
también son de extraordinaria importancia, como las correspondientes
a la política de residuos. Además, no se ha producido un incremento
significativo de técnicos que trabajen para analizar los estudios de
impacto ambiental y todo el conjunto de documentación que acompaña
a los procedimientos de declaración de impacto ambiental. El número de
técnicos se dobló entre 1993 y 1996 y quisiera preguntarle la
evolución del número de técnicos adscritos a la subdirección general
correspondiente entre 1996 y 1998.

Como señala en sus referencias el secretario de Estado en cuanto a
cómo está funcionando la declaración de impacto ambiental, siguen
siendo muy Insatisfactorios los plazos en que se llevan a cabo las
resoluciones correspondientes. Le voy a citar solamente dos, señor
Muriel, que llaman poderosamente la atención de las 69 que se han
producido hasta febrero del año pasado. Hay una en particular cuyo
origen se pierde en la noche de los tiempos, por lo que a la vista de
la resolución no puedo saber en quémomento se inició este trámite. Me
refiero a la variante de



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la nacional III a la altura de Perales de Tajuña, en la provincia de
Madrid, que según la resolución publicada en el Boletín Oficial del
Estado solamente se dice que el día 19 de septiembre de 1996 se dio
traslado de las respuestas de la dirección general, pero no se dice
en qué momento se remitió la memoria-resumen. Pues bien, contando a
partir del momento del traslado de las respuestas, es decir en una
fase ya relativamente avanzada del procedimiento, se tardó más de dos
años -la resolución es de 29 de octubre de 1998- en ese supuesto. En
torno a los dos años hemos encontrado numerosos casos, y por ejemplo
dos años es lo que ha tardado la resolución de la declaración de
impacto ambiental en la carretera entre San Sebastián y Santiago de
Compostela, la nacional 634, y muchas otras con las que no voy a
aburrirle puesto que supongo sabe que éste es uno de los problemas
que existen. Hay una enorme dilación en los procedimientos, pero no
es con mucho lo más grave, porque si al final de ese proceso todos se
quedaran satisfechos de los contenidos de la declaración de impacto
ambiental, podríamos decir que se ha hecho un trabajo muy difícil que
culmina de manera satisfactoria.

Sin embargo, como señala el secretario de Estado en su carta a la
directora general y como señala no solo él sino también muchas
personas expertas en esta materia, el peor efecto de una declaración
de impacto ambiental es sembrar dudas vaporosas e inconcretas,
imponer condicionamientos de futuro y dejar la duda de la legalidad
ambiental del proyecto. Por desgracia, ése es el caso más normal, por
lo menos respecto a las obras hidráulicas. En vez de cerrar un juicio
definitivo sobre las obras se abre una situación de incertidumbre que
puede prolongarse años y años con inseguridad total para los
afectados. Todo esto lleva a decir que se trata de un proceso
kafkiano del cual se desconocen incluso los efectos jurídicos que se
derivan.

Quisiera saber qué se ha hecho en la secretaría general para
perfeccionar la calidad de los estudios de impacto ambiental y todo
el conjunto de documentos que llevan a la resolución correspondiente
de la declaración de impacto ambiental. Este tema fue recurrente
durante el Gobierno socialista, la imperfección tanto de los estudios
de impacto ambiental como de la propia elaboración de la resolución
de impacto ambiental, y vemos que a tenor de lo que dice el número
dos del Ministerio seguimos en una situación muy insatisfactoria.

Además de cuántas personas se dedican en estos momentos a estas
materias dentro del Ministerio, quisiera preguntarle qué se ha hecho
en relación con las empresas que se dedican a hacer estudios de
impacto ambiental, qué exigencias de calidad o de profesionalidad se
están pidiendo, qué número de empresas tiene contrastadas en estos
momentos el Ministerio como empresas solventes. Recuerde, señor
Muriel, que el listado de empresas y las condiciones respecto de las
mismas es algo que algunas comunidades autónomas ya han regulado en
el ámbito de sus competencias y me gustaría saber si el Ministerio va
también en esa dirección.

Hay algún otro tema que quisiera preguntarle, por ejemplo qué está
pasando con la vigilancia respecto al cumplimiento de la declaración
de impacto ambiental. También ahí es donde han surgido quizá, las
quejas de mayor envergadura, porque una vez que se culmina un trámite
que parece
sigue siendo un trámite burocrático y no un trámite de verdadero
contenido ambiental, resulta que las condiciones que se imponen para
el funcionamiento futuro de la obra objeto de declaración de impacto
ambiental no se vigilan adecuadamente. Por tanto, quisiera
preguntarle qué personal está trabajando dentro del Ministerio de
Fomento, que tiene competencia de vigilancia que se añade a la
vigilancia que deben tener los órganos sustantivos, y quisiera saber
por qué el Ministerio en estos momentos no parece estar utilizando,
como se propuso cuando ya se hablaba del proyecto de integración del
Instituto Geológico Minero, al personal que en las distintas
provincias podría hacer una magnífica labor de reconocimiento
posterior del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental en
lo que se refiere a las medidas correctoras que por desgracia no se
están llevando a cabo.

Quisiera preguntarle, señor Muriel, cuántos conflictos existen en
este momento con comunidades autónomas que se quejan ante el
Ministerio de que éste permite que se lleven a cabo obras que de
acuerdo con la legislación autonómica en vigor deberían, verse
sometidas a un procedimiento previo en el ámbito autonómico de
evaluación y declaración de impacto ambiental. Me consta que existen
algunos conflictos pero quisiera saber si como secretario general
responsable de esta materia, tiene usted en estos momentos
información de cuáles son estos conflictos y de qué se está haciendo
al respecto.

También quisiera saber si mientras se aprueba la nueva legislación de
impacto ambiental en la que de acuerdo con la trasposición literal de
la directiva está previsto el establecimiento de un régimen
sancionador, el Ministerio piensa hacer algo respecto a las
declaraciones de impacto ambiental que no se cumplen, por ejemplo
Barajas. Naturalmente, el hecho de que no se haya cumplido en tiempo
y forma la declaración de impacto ambiental de Barajas, creo que ni
siquiera esa sanción máxima que prevé el borrador del anteproyecto de
ley se equipara en coste a lo que ha dejado de invertir hasta la
fecha el Ministerio de Fomento para aislar las viviendas que están
siendo objeto de ruido superior al tolerable, de acuerdo con lo que
incluso ayer señalaba en este Congreso el Defensor del Pueblo.

Quisiera saber también qué se va a hacer respecto a otra declaración
de impacto ambiental que no se ha cumplido, que es la correspondiente
a la carretera nacional VI, carretera de La Coruña, en la variante de
Guadarrama, de fecha 3 de julio de 1996, otra que no se está
cumpliendo.

Me gustaría saber si existen en este momento actuaciones previstas
para financiación en Fondo de Cohesión que carecen de declaración de
impacto ambiental o al menos de resolución de la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental eximiendo de las mismas, porque me
consta que es una de las cuestiones que ha retrasado la presentación
ante Bruselas y quisiera saber cuál es la situación actual.

También me gustaría saber qué se está haciendo con las actuaciones de
regeneración de playas, que aunque no están contempladas en la
normativa vigente en la última fase de la legislatura del Gobierno
Socialista y aunque no era obligatorio se comenzaron a hacer estudios
de impacto ambiental, precisamente porque la regeneración de playas
supone la extracción en profundidad de arenas que muchas



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veces pertenecen a ecosistemas de extraordinario valor. Pasando a la
nueva norma, la norma en que se está trabajando, me gustaría saber
por qué se imputa al hecho de esperar a la sentencia del Tribunal
Constitucional el no haber modificado durante dos años aquellos
aspectos que fueron objeto de la infracción de la Unión Europea,
porque es verdad que en aquellos aspectos donde la normativa todavía
en vigor es deficiente no hubiera sido necesario esperar a la
sentencia del Tribunal Constitucional, que por otra parte hace ya más
de un año que se ha producido y todavía estamos con un borrador en
estado de consultas, tal como señalaba esta mañana el secretario
general.

Por lo que se refiere al borrador, ya nos ha dicho que por supuesto
no es un texto definitivo, y por tanto alguna de las cosas que le voy
a señalar desde el grupo parlamentario pediríamos que se modificaran
en el texto actual porque este borrador que ha circulado y el que
hemos conocido de forma indirecta es una trasposición prácticamente
literal de la directiva 97/11 pero no aporta soluciones a algunos
problemas específicos que hemos señalado, es decir todo lo que se
corresponde con la exigencia de calidad de los estudios de impacto
ambiental o la vigilancia posterior de su cumplimiento; sobre todo
nos preocupa que en el articulado de ese borrador se establecen
medidas que pueden generar problemas en su aplicación. Por ejemplo,
en lo que se refiere al sometimiento de evaluación de impacto
ambiental de determinados planes y programas, nos encontramos con que
el texto no especifica que esa evaluación debe ser independiente de
la evaluación a que en su caso deban someterse los proyectos
concretos que compongan el plan, teniendo en cuenta -esto es
especialmente relevante- que de acuerdo con el borrador hay una
previsión de que existan criterios de exclusión para que el proyecto
que esté dentro de un plan pueda quedar ajeno a la declaración de
impacto ambiental específica. En esta parte del articulado tampoco se
establece un trámite de información y participación pública, sino
exclusivamente de consulta a aquellas administraciones públicas que
puedan verse afectadas por la ejecución de los planes y programas,
con lo cual creemos que se va en contra de lo que está defendiendo la
Comisión Europea.

Respecto a otros elementos del texto, se desaprovecha la oportunidad
prevista en el artículo 2 de la directiva que se traspone en cuanto a
establecer un procedimiento único.




El señor PRESIDENTE: Señora diputada, le ruego que vaya concluyendo.




La señora NARBONARUIZ: Estoy terminando, señor presidente.

Se pierde la oportunidad de establecer un procedimiento único para
cumplir los requisitos de esta directiva y los de la directiva
denominada IPPC. Esto creemos que debería ser corregido.

En cuanto al contenido del estudio, el texto no incorpora la
necesaria interacción de los factores a tener en cuenta que establece
la propia directiva, por tanto parece que se mantiene el texto del
artículo del Real Decreto de 1988.

Para ir terminando, nos llama la atención que se dejan fuera
proyectos que deberían someterse a la evaluación de impacto ambiental
de acuerdo con la propia directiva en
relación con las presas. En la directiva se dice específicamente que
presas y otras instalaciones destinadas a retener agua o almacenarla
permanentemente cuando ese volumen sea superior a 10 millones de
metros cúbicos; pues bien, en el texto que ustedes ahora mismo tienen
se dice que para someterse a evaluación el embalse debe tener más de
15 metros de altura pero no habla en absoluto de qué pasa con el
volumen que se establece como umbral por parte de la directiva y no
entendemos por qué se traspone en este caso no de forma literal.

En general y como ya ha sido señalado por parte de algunos de los
expertos que han analizado este texto, nos encontramos con que el
borrador no traspone adecuadamente la directiva en algunas de sus
exigencias de información pública, de contenido de los proyectos, de
razones de exclusión de los mismos y nos gustaría que estas
cuestiones se mejoraran en el trámite a que en estos momentos está
sometido el texto. Sin embargo, insistimos en que nos preocupa
todavía más que durante tres años, y a pesar del compromiso asumido
por la ministra de Medio Ambiente en esta Cámara, no se haya mejorado
en absoluto sino que hayan aparecido deficiencias continuadas en el
trabajo de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y
nos gustaría conocer las medidas que el secretario general, después
de haberse puesto de manifiesto la disconformidad del propio
secretario de Estado ha llevado o piensa llevar a cabo para mejorar
la calidad de estos procedimientos.




El señor PRESIDENTE: ¿Grupos que desean intervenir? (Pausa.)
En nombre del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, tiene
la palabra doña Presentación Urán.




La señora URÁN GONZÁLEZ: Quiero dar las gracias al señor secretario
general de Medio Ambiente por su comparecencia en sustitución de la
señora ministra y me voy a ceñir fundamentalmente a lo que es el
borrador de la ley de declaración de impacto ambiental con algunas
apreciaciones respecto al trabajo desarrollado hasta ahora con la
legislación actual. Es cierto que la legislación que en estos
momentos nos sirve para hacer las declaraciones de impacto ambiental
es insuficiente. Era necesario la trasposición de la directiva y se
está haciendo con muchísimo retraso, pero también es cierto que
además de lo ya apuntado por la portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista, desde el propio Ministerio de Medio Ambiente se están
haciendo actuaciones que no solamente contravienen las propias
declaraciones de impacto ambiental, sino que además se están haciendo
verdaderos ataques al medio ambiente. Le puedo poner un ejemplo. Hace
poco tiempo Costas ha hecho la regeneración de una playa en la
provincia de Castellón y ha acabado con plantas endémicas de la zona.

Si el Ministerio de Medio Ambiente con o sin declaración de impacto
ambiental está acabando con nuestra propia flora, imaginemos qué está
sucediendo cuándo hay que hacer el seguimiento de las declaraciones
de impacto ambiental. La anterior compareciente decía que estaba muy
satisfecha con el trabajo desarrollado por la dirección general,
podemos decir que sí se puede estar satisfecho del trabajo que se ha
hecho para seguir manteniendo la situación tal y como estaba o
empeorándola en algunas ocasiones.




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Me gustaría saber qué medidas se adoptan desde la dirección general y
desde la Secretaría General de Medio Ambiente cuando se dan
actuaciones de estas características, porque desde el propio
Ministerio se pueden hacer obras que perjudican directamente al medio
ambiente, algo excesivamente grave.

Entrando en el borrador que nos ha llegado de manera indirecta para
poder plantear esta comparecencia, puesto que está en fase de
consulta, nos gustaría que se tuvieran en cuenta algunas
apreciaciones que desde este grupo parlamentario le vamos a hacer.

Hay cosas que nos preocupan. En primer lugar, en algunos aspectos se
Hace una transposición totalmente literal de lo que es la directiva
que se va a aplicar, siendo poco ambiciosos a la hora de plantearnos
ir más allá en algunas determinaciones. Nos preocupa mucho la
posibilidad que tiene la Administración de poder excluir proyectos
que hayan sido aprobados específicamente por ley. La finalidad que se
quiere conseguir con este artículo es invalidar la ley de evaluación
de impacto ambiental que se pueda llegar a aprobar, cuando al
Gobierno le interese excluirlo. Con presentar un proyecto de ley en
esta Cámara, cualquier proyecto, independientemente del impacto
ambiental que tenga, queda excluido de la ley de evaluación de
impacto ambiental, algo grave porque pueden quedar excluidos
bastantes proyectos según el interés que pueda tener el Gobierno de
turno.

En la aplicación de esta directiva nos preocupa mucho también el
recorte que se hace a la información y a la participación de los
ciudadanos. Es el momento adecuado para que se pueda legislar de
manera suficientemente abierta y avanzada con la participación de la
ciudadanía a la hora de poder plantear sus exigencias o los defectos
que pueda tener cualquier proyecto. Como decía el secretario general,
es verdad, que se pueden producir avances, por ejemplo que por
primera vez se puedan incluir los planes y programas en una
evaluación estratégica española, pero después de leer el borrador
vemos que tampoco nos lleva a una conclusión adecuada, porque se
queda en la total y absoluta ambigüedad sin saber exactamente qué
pretenden hacer.

También queremos plantear que excluir obras en un anexo es una
arbitrariedad cuando además se hace caso por caso. En el anexo II
quedan excluidas muchas obras que tendrían la obligación de quedar
sometidas a la declaración de impacto ambiental porque se pueden
cometer grandes destrozos. Un ejemplo es el suministro de agua
potable que queda excluido en el anexo II en función de que la
Administración pueda decir si o no cuando podríamos estar hablando de
un proyecto donde se tendría que meter una tubería de grandes
dimensiones a través de un monte. La arbitrariedad de la
Administración este caso no debe quedar excluida sino todo lo
contrario, debe quedar fijada cuando existen también otra serie de
apreciaciones que no tendrían por qué estar excluidas de la
posibilidad de someterse de manera obligada a declaración de impacto
ambiental, como puede suceder con algunas instalaciones de centrales
térmicas de determinadas potencias, pues el que tenga menos potencia
no quiere decir que tenga menos impactos. Dejarlo a la arbitrariedad
de la Administración no es lo más correcto ni lo más ambicioso por
parte del ministerio de Medio Ambiente, que se supone tendría que
velar de manera más clara y eficaz por el medio ambiente.




Es muy importante que no sólo se hable del impacto directo que se
produce, sino del impacto permanente que se lleva a cabo a través de
determinadas obras. se evalúa el impacto que sufre en el momento de
hacer la obra, pero no el impacto permanente. Pongamos el caso de una
carretera. ¿A qué impacto se está sometido permanentemente con la
circulación de tráfico que va discurrir durante el tiempo de
utilización de esta carretera? Este dato está excluido en el borrador
al que hemos tenido acceso.

Nos asombra que está hasta ahora la actuación de la propia
Administración. Dentro de las sanciones que planteaba como una
novedad en el borrador, la Administración queda excluida; sólo se
habla de sancionar los proyectos privados pero no de la actuación que
están teniendo diferentes ministerios en cuanto a sus proyectos con
determinadas evaluaciones de impacto ambiental. No creo que tengan
que ser sólo las inversiones o las empresas las que tengan que estar
sometidas a sanción sino la propia Administración porque hasta ahora
está demostrado que no cumple la legislación ni las declaraciones de
impacto ambiental. Esperemos que con las consultas a que se va a
someter este borrador se tengan en cuenta las sensibilidades de
determinados colectivos que están muy preocupados con este tema y se
mejore cuando llegue a convertirse en proyecto de ley. Desde nuestro
grupo parlamentario, después de lo leído hasta ahora y del borrador
que se nos ha facilitado, tenemos que decirle que además de las
grandes deficiencias del borrador hay una actuación más grave. Parece
que en el anteproyecto lo importante es que el procedimiento de
evaluación de impacto ambiental incordie lo menos posible, y que al
final primen más los objetivos económicos que se estén planteando con
los diferentes proyectos que la defensa y el cuidado del medio
ambiente. Escucharemos las aclaraciones que nos haga el secretario
general de Medio Ambiente, esperando que de esa consultas tengamos
una verdadera declaración de impacto ambiental que prime la defensa
del medio ambiente y no los intereses económicos.




El señor PRESIDENTE: En nombre del Grupo Parlamentario Popular,su
portavoz doña María Teresa de Lara tiene la palabra.




La señora de LARA CARBÓ: Gracias al secretario general del Ministerio
del Medio Ambiente por las explicaciones que nos ha dado sobre el
primer aspecto motivo de la comparecencia, que era la situación de
los procedimientos de evaluación de impacto ambiental. Ha hecho un
informe exhaustivo de los mismos que le agradecemos enormemente, pese
a que parece no era lo que solicitaba la señora Narbona, autora de la
petición de comparecencia. Lamentamos que la señora Narbona na haya
podido explicar suficientemente en su petición de comparecencia, de
manera que el secretario general pudiera responder exactamente a lo
que ella quería y que tal vez no supo plasmar por escrito. La señora
Narbona ha dicho de forma tajante, como ella suele ser, que ha
quedado demostrado esta mañana no se ha cumplido la declaración de
impacto ambiental de la tercera pista de Barajas. Esto es muy propio
de la señora Narbona, pero ha quedado demostrado punto por punto que
se ha ido analizando todos los apartados de la declaración de impacto



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ambiental de la tercera pista, con alguna pequeña excepción en cuanto
a plazos hemos visto cómo se están cumpliendo todos los puntos de la
declaración de impacto ambiental. Luego, señora Narbona, es
precisamente lo contrario de lo que ha afirmado S.S. No entiendo sus
afirmaciones. Ha dicho también que quería un aclaración, que
esperemos se la dé el secretario general porque lo ha dicho con
contundencia, sobre las deficiencias continuadas en el trabajo de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental. Vamos a ver qué
nos contesta el secretario general; son afirmaciones bastantes serias
cuando esta mañana se ha dicho aquí lo contrario.

Respecto al anteproyecto de ley de evaluación de impacto ambiental
para adecuarla a los requerimientos comunitarios, ya se nos ha
indicado que es un borrador, pero tiene unos aspectos que merece
destacar y otros que podrán mejorarse en este proceso de
participación que se ha abierto. Rápidamente querría destacar cinco
puntos que en opinión del Grupo Parlamentario Popular son
importantes. El primero es la ampliación del número y tipo de
proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental, es un aspecto
positivo aunque seguramente habrá que hacer una relectura de la lista
de proyectos ya que nuestro grupo no entendemos por qué se habla de
someter a evaluación de impacto ambiental a parques eólicos muy
pequeños y no se considera la necesidad de las plantas de
cogeneración. Como ha dicho el secretario general esto es un borrador
y estamos en un proceso abierto.

En segundo lugar, es importante someter a evaluación de impacto
ambiental los planes y programas. Ello representa un avance
importante ya que tiene sentido una evaluación de impacto ambiental
por trozos en grandes obras e infraestructuras, y permitirá una
evaluación general de todos los impactos. Además, también se tienen
en cuenta los impactos acumulativos con otros proyectos preexistentes
en vez de analizar cada proyecto de manera aislada.

En tercer lugar, quiero destacar la importancia de solicitar la
presentación de proyectos alternativos. La documentación y el
análisis del impacto medioambiental de un proyecto no es completo si
no se contemplan alternativas, entre otras la alternativa cero, es
decir la de no hacer nada con todos sus impactos medioambientales,
económicos y sociales. En esta normativa se pone énfasis precisamente
en el análisis de todas estas alternativas.

En cuarto lugar creo que es importante permitir una amplia
participación de los afectados en la tramitación de la evaluación de
impacto.

En quinto lugar creemos que también es bueno endurecer el régimen
sancionador y disciplinario, ya que cuando no se cumple con las
obligaciones administrativas o se incumplen las medidas correctoras
indicadas y la que está obligada siempre la parte que efectúa la
obra, esto debe castigarse y sancionarse al objeto de que las medidas
correctoras que van en la declaración de impacto ambiental se
cumplan.

Sin más, destacando estas cinco medidas que creo son importantes,
tengo que decir que hay otra serie de puntos en los que
indudablemente se irán matizando ciertas cosas en este proceso de
participación que se ha abierto y esperemos que pronto tengamos en
este Congreso y podamos hablar ya de un proyecto de ley de evaluación
de impacto
ambiental, que falta nos hace para superar las deficiencias que tiene
el anterior.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor secretario general,
don Juan Luis Muriel.




El señor SECRETARIO GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (Muriel Gómez): Si me
permite, señor presidente, voy a ir a por una botella de agua, pues
tengo la boca seca.




El señor PRESIDENTE: Lo lamento. Vamos a interrumpir la sesión por
dos minutos. (Pausa).

Se reanuda la sesión dando la palabra al secretario técnico del
Ministerio de Medio Ambiente, don Juan Luis Muriel, no sin antes
pedirle disculpas -esta Presidencia toma buena nota- por la falta de
servicio.




El señor SECRETARIO GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (Muriel Gómez): Muchas
gracias, señor presidente.




La verdad es que como hombre del sur aún no me acostumbro a las
calefacciones madrileñas y me provocan bastante sed.

Llevo una mañana tremenda, primero la portavoz socialista me asciende
a secretario de Estado y ahora el querido presidente me hace
secretario general técnico. Seguiré intentando responder como
secretario general del Ministerio y desde luego dar cumplida
respuesta a SS.SS.

La señora Narbona dice primero que no he contestado a lo que usted
plantea y después me pregunta concretamente cómo se están realizando
las declaraciones de impacto ambiental. Pues conforme al
procedimiento reglado, como no podía ser de otra forma y por eso lo
expliqué. Me consta que usted lo conoce, pero creí que debía
explicárselo porque usted me preguntaba cómo estamos realizando las
declaraciones. Como no puede ser de otra forma en una Administración
pública; de acuerdo a la norma, de acuerdo a los dos reales decretos
legislativos.

Me plantea si son satisfactorias o insatisfactorias. Realmente la
satisfacción o no que podemos recibir en un momento dado unas
personas u otras es algo subjetivo, tiene distintos puntos de vista y
a veces es difícilmente evaluable; para ustedes al parecer no son
satisfactorias, para nosotros son todo lo satisfactorias que nos
permiten los recursos humanos y técnicos que tenemos y desde luego si
hay demoras, si hay plazos que no se cumplen no son achacables en
modo alguno al órgano ambiental, porque como usted bien sabe el
órgano ambiental no es el protagonista de este procedimiento, sino
que es uno más de los sujetos que participan en él junto al promotor
de la obra, el órgano sustantivo y todas las personas que participan
en el proceso de información pública. (Rumores.)



El señor PRESIDENTE: Perdone señor Muriel.

Señora Urán, le ruego que deje de hablar por teléfono.




El señor SECRETARIO GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (Muriel Gómez):
Continúo.

Somos uno más de los participantes en ese proceso y muchas veces esas
demoras, esos plazos son fases de consultas



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previas donde no responden tampoco en plazo los promotores de la
obra, o son períodos de correcciones o para completar información que
se demoran históricamente. Le pongo por caso en una de las obras -a
las que después me referiré sobre la eficacia o no de la actual
subdirección general- en la que el órgano promotor ha tardado cuatro
años en completar la información. Si ese proceso de evaluación
ambiental se demora durante cuatro años no es porque el órgano
ambiental, la dirección general no ha sido eficiente, es que para
completar la documentación el órgano promotor ha tardado cuatro años
en reunir la información completa. Con esto quiero decirle que a lo
mejor parte de esa insatisfacción que usted tiene, que desde luego no
es mía, no es producida por este órgano adscrito a la secretaría
general, sino por otros órganos de la Administración del Estado o
incluso privados a los que con tanto ardor -y me alegro mucho-
defiende la portavoz de Izquierda Unida.

No ha habido una reducción. Creo señora Narbona que aún no ha
comprendido el organigrama de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental. Los residuos no están en la Subdirección
General de Evaluación (La señora Narbona pronuncia palabras que no se
perciben); la subdirección es específica como bien sabe, y me ponía
aquí el subdirector -y lo digo como anécdota y para distender un poco
la reunión- que entre otras muchas competencias que tenía la
subdirección y que le había comentado también tenía la de responder
las preguntas parlamentarias, y se quejaba de que eran bastante
abundantes. Los residuos están en otra subdirección y no hay el menor
problema de que se mezclen. Aquí en la Subdirección General de
Evaluación sólo se llevan las evaluaciones, los certificados
ambientales para fondos de cohesión, las vías verdes y los
procedimientos de queja de la Unión Europea, pero no los residuos
como había dicho. Como ya se hadebatido el tema de Barajas, me va a
permitir que no vuelva a entrar en él. En todo caso, si S. S. tiene
interés en que yo personalmente le responda, con mucho gusto me cita,
mañana mismo si quiere, y yo comparezco y hablamos sobre Barajas,
pero creo que para eso compareció la directora general de Calidad y
Evaluación Ambiental.

Yo, a diferencia de usted, no creo que las declaraciones de impacto
ambiental tengan que tener un alcance político. Usted me dice que la
declaración de impacto ambiental no tiene un alcance político. Es que
no es el ámbito que debe tener una declaración de impacto ambiental,
debe ser esencialmente un ámbito técnico, ver si un determinado
proyecto tiene tinas afecciones ambientales, evaluarlas, ver qué
magnitud tienen y si en virtud de ello, se puede recomendar que se
haga o no se haga un determinado proyecto. Ése es el ámbito, como
digo, exclusivamente técnico y no político que deben tener las
declaraciones de impacto ambiental, porque para hacer política
podemos estar usted y yo y no los técnicos de la Subdirección General
de Evaluación Ambiental. No es ni su criterio ni el mío el que tiene
que guiar a esos técnicos de Evaluación Ambiental, sino que tienen
que ser al día de hoy los dos reales decretos legislativos, que no
están para hacer política, sino para garantizar determinadas
salvedades ambientales.

Me dice usted como timbre de gloria, y además yo se lo aplaudo, que
desde 1993 a 1996 ustedes duplicaron los técnicos que se dedicaban a
hacer este tipo de trabajo. Enhorabuena,
señora Narbona, creo que es algo importante. Pero me
reconocerá al menos que desde 1986 a 1993 tenían lo que tenían, de
1993 a 1996 ustedes lo duplicaron y ahora no sé si me pide que desde
1996 a 1998 nosotros lo volvamos a duplicar. No creo que tengamos en
esas necesidades, como a continuación trataré de justificar.

Desde que en el año 1986 se estableció el procedimiento de evaluación
ambiental en España se han presentado 654 proyectos. De ellos, se han
resuelto al día de hoy 306. Desde septiembre de 1996, año en que
entró este Gobierno, se han resuelto 70 declaraciones, no 69, como
usted me decía, y hay 40 resoluciones sobre proyectos a los que no
era necesario someterlos al proceso de evaluación de impacto
ambiental. Comprenderá usted, señora Narbona, que en estos dos años
hemos estado ampliamente por encima de la media. Realmente, usted,
coge con los decretos, puede saber cuándo se nombró a las personas
-en septiembre de 1999 hará tres años-, pero no se preocupe que
llegaremos sobradamente y cumpliremos esa cifra. De momento estamos
dentro de lo que fue también la línea del anterior Gobierno. Por lo
tanto, no creo que tenga que estar mucho más ‘insatisfecha que lo que
estuvo entonces A lo mejor, un poquito más, Siempre hay que hacer
algún fuego de artificio, pero desde luego no mucho más porque
estamos dentro de la media, como le he demostrado.

Decía usted que los procedimientos se demoran, que hay procedimientos
que este Ministerio no es capaz de resolver, no es capaz de sacar
adelante. Me va a permitir que le lea procedimientos que tienen
entrada en los años 1990 y 1991 y que en septiembre de 1996 no
estaban resueltos. Por ejemplo, el acceso oeste a Cartagena, que
entró en 1991; la prolongación de la N-II, que entró en 1990; el
salto de Jánovas, que entró en 1993; la variante de Tarazona, que
entró en 1990; la travesía AstorgaLeón- Burgos, que entra en 1990; la
presa de Gor, que entra en 1989; la presa de Yesa, que entra en 1991.

Todas ellas son obras cuyos procedimientos de impacto ambiental en
seis años no se han acabado. Amí eso también me produce
insatisfacción. No me diga que el Ministerio se demora. Al parecer
otro Ministerio anterior al de Medio Ambiente tardaba seis años en
resolver procedimientos o no los resolvía en ese tiempo.Me volverá a
dar la razón, señora Narbona, porque, conociendo los expedientes, el
órgano ambiental a veces no es el responsable, sino que hay otros
órganos, otros promotores, que a veces demoran innecesariamente las
fases de consulta o los procedimientos para completar información.

Podemos hablar cada uno lo que queramos, pero tenemos que poner las
cosas en su término justo y desde luego no utilizar dos varas de
medir. Yo creo que debemos utilizar para todos el mismo metro, a ser
posible el que está en París, en la Oficina de Pesas y Medidas.

No hay conflictos con las comunidades autónomas. Usted dice que los
tenemos. Hay dos conflictos con la Comunidad Autónoma de Andalucía y
yo creo que eso entra dentro del guión, del guión de los dos años de
gobierno de mi partido en España y los años que coinciden de gobierno
de su partido en Andalucía. Pero realmente, y se lo digo con toda
certeza, si la Junta de Andalucía conoce, y me consta que la conoce
la última sentencia del TribunalConstitucional y hace una lectura
adecuada de ella, verá



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que no tiene por qué tener conflictos de competencia con la
Administración del Estado.

Me habla también de las sanciones, que son bajas, que no le parece
adecuado el régimen sancionador que se establece en la ley.

Posiblemente a mí también me gustaría que fuera mayor, pero usted
sabe también que muchas veces las leyes no dependen de lo que a usted
o a mí nos guste, sino que necesariamente hay que entrar en un
proceso de concertación social, de diálogo con otras
administraciones. En eso estamos. Estamos con la sensación de lograr
puntos de encuentro. Muchos de los requisitos que vamos a recoger en
el nuevo texto los van a tener que aplicar comunidades autónomas. Y
es necesario contar con ellas, *insisto. Además, dentro de cada
comunidad autónoma, según sea el departamento, hay distintas
sensibilidades, con lo cual a veces es difícil llegar a puntos que
puedan ser de común acuerdo. Piense siempre, señora Narbona, que el
Ministerio de Medio Ambiente será lo más exigente posible en cuanto a
garantizar las garantías ambientales. Le digo también que no debe ser
tan malo el texto de ley cuando MÍ siquiera la Comunidad Autónoma de
Andalucía ha mandado objeciones en esa fase de consulta inicial que
hemos realizado. Sí, por cierto, cinco comunidades gobernadas por el
Partido Popular. (Rumores.)
Nosotros no eximimos proyectos de la declaración de impacto ambiental
salvo los que se recogen en ese articulado famoso del proyecto de
ley, que también citaba la portavoz de Izquierda Unida. Los gobiernos
hacen proyectos de ley, las Cámaras aprueban esas leyes y,
lógicamente, serán los representantes de la soberanía popular los que
establecerán el listón de calidad ambiental. Quiero decirle que si la
ley que presentemos en su día va a ser muy exigente será porque
hayamos alcanzado un amplio respaldo social y administrativo para
ello, un amplio respaldo del Gobierno y después un amplio respaldo de
SS.SS. Si no, no será exigente, señora diputada. Por lo mismo, eximir
o no una obra determinada dependerá de la exigencia de SS.SS., no del
interés coyuntural de un gobierno; en to caso de la voluntad de SS.

SS., que son quienes tienen capacidad para legislar. Me parece además
mucho más interesante que si hay que eximir por cualquier razón de
índole social relevante una determinada obra o un determinado
proyecto, lo observen, lo discutan y lo debatan SS.SS., con todo el
proceso que tiene para llegar a la ciudadanía, que hacerlo por otro
procedimiento, que, puede ser menos representativo. Es un tema sobre
el que vamos a trabajar pero hay que tener en cuenta que , cuando
cuando llega la hora de la realidad, de aplicar la ley el proceso de
evaluación ambiental, a veces no pueden quedar recogidas
perfectamente en un texto todas las cosas y hay que crear salvedades,
lugares de salida para determinadas situaciones. Y es mejor que eso
se haga con el respaldo, con el conocimiento y con el debate de una
Cámara legislativa que en otros ámbitos.

Me habla de la regeneración de playas y si se someten o no a
evaluación de impacto ambiental. Amí me parece muy interesante que la
regeneración de las playas se someta a evaluación de impacto
ambiental. Creo que es positivo que se haga porque cualquier obra en
la costa tiene unas consecuencias inmediatas en otro tramo de la
costa próximo a ella. Y el ejemplo del litoral español es clamoroso
en este aspecto. También hubiera sido necesario que esas declaraciones
de impacto ambiental se hubieran hecho para los paseos
marítimos, eso paseos marítimos de cemento y hormigón con que se han
llenado las costas españolas y que han tenido una grave repercusión
en nuestro litoral, han producido movilización de las dinámicas
tradicionales de flujos en la costa, que desaparezcan playas y que
aparezcan otras nuevas. Estos paseos marítimos, que afortunadamente
ya no se hacen, y sólo se están terminando los que había iniciados
también debían haberse sometido a estudio de impacto ambiental, a
evaluación de impacto ambiental y a su posterior declaración.

Señorías, estamos ante una ley, no ante el reglamento que la
concreta. Saben SS.SS. que la actual normativa del Estado es un real
decreto de 1986 y un reglamento de 1988 que lo desarrolla. En el Real
decreto de 1986 no están establecidos todos los detalles, todos los
procedimientos, todas las características, que se desarrollan
posteriormente y se completan en el reglamento de 1988. Por tanto, no
pidan que la ley contenga todo el proceso normativo desarrollado,
porque eso tiene que encajarse en el posterior reglamento que
desarrolle esa ley, como es habitual en el procedimiento jurídico
español. Las leyes, como bien saben, tienen un carácter más general.

Ya decía algún ilustre predecesor suyo en esta Cámara que le dejaran
a él hacer los reglamentos. Quizás en el reglamento, como pasó en el
de 1988, se desarrollen los criterios y directrices que, ya le digo,
señoría, que es imposible desarrollar en la ley.Me hablan de si
sometemos los planes y proyectos, de si sometemos los planes y
programas y sometemos después los proyectos, y eso es algo que no
está regulado en la ley, aunque indudablemente habrá que regularlo,
bien en esta fase de desarrollo y de consenso que se va a iniciar con
los distintos sectores sociales, o bien en la fase de desarrollo
reglamentario.

Sabe la señora Narbona que buena parte de las precauciones que hay
que aplicar hoy a los procesos de evaluación ambiental no están
recogidas en el real decreto de 1986, están recogidos en el
reglamento que lo completaba del 1988. Aveces critican que el
borrador que hay circulando sea una transcripción literal de la
directiva y otras veces me dicen que por qué no nos atenemos a la
transcripción literal de la directiva. En principio, hay una
obligación clara de adaptar a nuestro ordenamiento Jurídico la
directiva de 1985 que, como saben, está mal adaptada, y la directiva
de 1997. Incluso, nosotros al introducir los planes y programas y la
evaluación estratégica, avanzamos e incluimos también la futura
directiva que está ya vista por el Parlamento Europeo y que esperemos
que sea una realidad inmediata, la evaluación estratégica ambiental.

No hay disconformidad del secretario de Estado con el procedimiento,
como ustedes me plantean. En el Ministerio de Medio Ambiente, igual
que cualquier organismo que se precie en una sociedad plural y
democrática, hay distintos puntos de vista. A mí no me sorprende
todas las mañanas -permítame la ironía- oír al señor Borrell decir
cosas distintas a las que dice el señor Almunia, y son del mismo
partido. afortunadamente en una sociedad democrática puede haber
puntos de vista distintos. Lo importante es que se trabaje, que se
debata y se llegue a textos como este borrador, que no nos satisface
completamente ni a mi ni alsecretario de Estado, seguramente tampoco
a usted, pero



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que nos puede servir de base para alcanzar ese texto definitivo que
espero que un día próximo, antes del verano, podamos traer a esta
Cámara, para que SS.SS. legislen. Pero, sinceramente, no hay una
disconformidad de procedimientos. Esa carta que salió publicada en
algún medio de comunicación es una carta que se dirige a la directora
general de Evaluación Ambiental. Estuvimos trabajando sobre ella y
demostrarnos que algunas cosas no eran exactas, que algunos
procedimientos nuestros no eran excesivamente puntillosos, desde el
punto de vista reglamentario. De ahí salió un borrador mejor, que es
el que usted tiene. Esta es la forma habitual de trabajar en un
Ministerio donde no hay una mentalidad monolítica que diga, señores,
esto es lo que hay, y todos detrás.

Señora portavoz de Izquierda Unida, nosotros no promovemos obras que
atenten contra el medio ambiente. Nosotros, como Ministerio de Medio
Ambiente, promovemos obras que encajan en lo que es la normativa que
este Estado se ha dado a sí mismo a través de sus Cámaras, para
garantizar los procedimientos ambientales o cómo se hacen las obras
públicas. Eso, señora mía, no es atacar el medio ambiente, sino que
es lo que tenemos que hacer en un Estado democrático: acatar y
cumplir la legislación vigente. Si la legislación vigente nos parece
escasa -a mí me lo parece, creo que a usted también-, convenzamos a
los ciudadanos, convenzamos a los sectores sociales de todo tipo y
condición y hagamos una normativa ambiental más exigente. Pero me da
la sensación de que ni en el partido de la señora Narbona, ni en el
suyo ni en el mío nos van a dejar ir mucho más lejos en determinados
aspectos. Me da esa sensación. Podría poner un ejemplo, pero no se
trata de tirarnos los trastos, sino de buscar caminos de
aproximación, que es lo que intentamos con este proceso de debate de
esta ley.

Es importante conocer el marco en el que nos movemos a la hora de
hacer este borrador, y es el de la directiva de 1997. Para que
comprenda el anexo 2 del borrador, tengo que explicarle que en la
directiva se establece, en un anexo 1, aquellos planes que tienen que
someterse necesariamente a evaluación de impacto ambiental y que
tiene la ventaja de que, con respecto a la de 1985, el tipo de
proyectos pasa de nueve a 21. Además, en la normativa española hay
determinadas leyes que exigen que determinados proyectos -que no
están en estos 21- se sometan a ese trámite; también están recogidos
en nuestro anexo 1. Y la directiva europea, no el borrador establece
además, en su anexo 2 determinados proyectos para los que dice que,
si se establecen por los Estados miembros unos umbrales determinados
para ese tipo de proyectos que están en el anexo 2 de la directiva,
se pueden incorporar al anexo 1. Es una trasposición a la legislación
de cada país. Nosotros hemos aportado un buen número proyectos del
anexo 2 al anexo 1 estableciendo el correspondiente umbral. Es decir,
el anexo 1 del borrador es muchísimo más amplio que el anexo uno de
la directiva europea. Por ello debe quedarse tranquila, pues pedimos
que un mayor número de proyectos que los que se piden en Europa se
sometan obligatoriamente al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental. Porque para esos proyectos del anexo 2 la propia directiva
de 1997 establece, en el artículo 4.2, que pueden ser examinados caso
a caso y puntualmente por el órgano ambiental del Estado
miembro para ver si se someten o no a evaluación de impacto
ambiental. Es la directiva europea, no el borrador de ley, la que
establece esa potestad de que el órgano ambiental del Estado miembro
evalúe uno a uno los proyectos y decida si los somete a evaluación de
impacto ambiental o no. Nosotros podíamos haber sido muy cómodos,
podíamos haber traspuesto literalmente y haber dicho: Todo el anexo 2
de la directiva al anexo 2 del borrador. No. A los que consideramos
que existen umbrales que son tangibles y que se pueden medir,les
hemos puesto el umbral y los hemos pasado al anexo 1, de obligado
cumplimiento, y los otros, señora portavoz, los ponemos en el anexo
2, siguiendo escrupulosamente el texto del artículo 4.2 de la
directiva de 1997.

Por tanto, no es que queden a capricho o a arbitrio del Gobierno de
turno, es que lo establece así la propia directiva europea, que es la
que debernos trasponer. Y-como he dicho- hemos sido más exigentes que
la propia directiva europea. Insisto, en que junto a la lectura de
los periódicos, que es algo siempre recomendable y que es mejor hacer
a primera hora de la mañana, les recomiendo la lectura de los textos
en los que nos basamos para desarrollar las leyes. Un proyecto de
abastecimiento será sometido o no a valoración de impacto ambiental,
dependiendo de las afecciones. Tenga en cuenta que, dependiendo de
quien sea el promotor de la obra, puede estar sometido a distintas
normativas. Sabe usted que las comunidades autónomas tienen una
legislación, desarrollada para su comunidad autónoma, basada en esta
legislación básica. Hay proyectos que en la legislación básica del
Estado no están recogidos como obligatorios, pero que sí pueden
estarlo en la legislación que desarrolle la comunidad autónoma.

Anosotros, como tenemos que hacer la normativa básica, lo que nos
corresponde es trasponer la directiva y no ir mucho más allá, porque
a veces, si vamos mucho más allá, invadimos competencia de otra
Administración pública. Por ello hemos tenido que esperar a la
sentencia del Tribunal Constitucional, para que se deslindara
claramente hasta dónde llegaba la competencia del Estado y hasta
dónde llegaba la competencia de las comunidades autónomas.

Quiero decirle que si el abastecimiento del agua tiene que atravesar
dos cepas y cuatro montes, seguramente, habrá que someterlo a
valoración de impacto ambiental. Si el abastecimiento de agua no
tiene esas afecciones tendrá otro procedimiento que posiblemente no
sea el de valoración de impacto ambiental. Comprenda que estos
criterios no pueden ser homogéneos y generales para todo el
procedimiento. Así lo contempla la propia directiva europea y
establece esa posibilidad.

Como defensor de la economía de mercado, me satisface mucho que usted
se queje de que sólo sancionamos a las empresas privadas en el
régimen sancionador y no a las administraciones públicas. Como
persona particularmente sensibilizada con esa economía de mercado, y
también como miembro activo de la sociedad civil durante otro período
de mi vida, me parece que cuantas más garantías se tomen contra la
Administración por parte del ciudadano, mejor. Y fijese que le he
dicho contra la Administración. Pero parece que, en el ámbito de las
administraciones públicas, el camino entre ellas no es la sanción,
sino, lógicamente, el cumplimiento de la ley. Si no se cumple la ley



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por parte de la Administración pública, sabe usted que en un Estado
de derecho como el nuestro hay mecanismos para corregir eso, que no
siempre es la potestad de nadie, sino tinos mecanismos que garantizan
que se cumplan las normas en una sociedad civilizada. Puede que a
usted eso le haga gracia, a mí me enorgullece que haya garantías de
los ciudadanos frente a las administraciones públicas en una sociedad
de derecho. A usted le hace gracia, a mí me enorgullece. (La señora
Narbona Ruiz pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señora Narbona, usted sabe perfectamente que, en
aplicación del Reglamento, no ha lugar a debate.

Por tanto, doy por finalizada la sesión.




La señora NARBONA RUIZ: Señor presidente, pido la palabra porque el
señor Muriel ha hecho alguna afirmación que no se corresponde con mis
palabras. De acuerdo con el Reglamento , ...




El señor PRESIDENTE: Señora Narbona, sabe que si algo puede
distinguir ejercicio de esta Presidencia es precisamente la
interpretación más flexible posible del Reglamento. En este caso, no
la hay, puesto que el turno termina aquí. Por tanto, doy por
finalizada la sesión.




La señora NARBONA RUIZ: En cualquier caso, pido al secretario general
que conteste por escrito a las preguntas que le he formulado y que no
me ha contestado.

El señor PRESIDENTE: Señora Narbona. esta es tina reflexión que
conocen todos los comparecientes que han venido otras veces, por eso
esta Presidencia no ha estimado oportuno trasladarla. Es imposible
contestar a todos los planteamientos que hacen SS.SS., muchas veces,
incluso lindando un poco el objeto del punto del día, desbordándolo.

Todos ellos saben que todo lo que no pueden contestar en su
comparecencia, porque es materialmente imposible tener todos los
datos a su disposición, lo pueden facilitar por escrito.

En ese sentido, ruego al señor compareciente que aquellas preguntas
que le han sido hechas y que se ciñen al orden del día sean
contestadas.




El señor SECRETARIO GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (Muriel Gómez): Si me
lo permite, señor presidente, pediría a la señora Narbona que tenga
la amabilidad de exponérmelas por escrito; no hace falta que las
registre en esta Cámara. Me las da ahora o me las envía por fax y yo
con mucho gusto se las contesto.




El señor PRESIDENTE: Ruego a la señora Narbona que las facilite a
esta Presidencia, que a su vez se las remitirá a usted.

Se levanta la sesión.




Era la una y treinta minutos de la tarde.