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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 613, de 10/02/1999
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 1999 VI Legislatura Núm. 613



DEFENSA



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. ALEJANDRO MUÑOZ-ALONSO Y LEDO



Sesión núm. 35 celebrada el miércoles, 10 de febrero de 1999



ORDEN DEL DÍA:



- Ratificación de la Ponencia designada para informar el proyecto
de ley de régimen del personal de las Fuerzas Armadas. (Número de
expediente 121/000138) ... (Página 17858)



Emitir dictamen, a la vista del informe elaborado por la Ponencia,
sobre el proyecto de ley de régimen del personal de las Fuerzas
Armadas. (Número de expediente 121/000138) ... (Página 17858)



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Se abre la sesión a las diez y treinta y cinco minutos de la mañana.




- RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA DESIGNADA PARA INFORMAR ELPROYECTO DE
LEY DE RÉGIMEN DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (NÚMERO DE
EXPEDIENTE 121/000138).




El señor PRESIDENTE: Señorías, vamos a dar comienzo a la sesión de la
Comisión de Defensa que, como saben, tiene dos puntos en el orden del
día.

En primer lugar, ratificación de la ponencia designada para informar
el proyecto de ley de régimen del personal de las Fuerzas Armadas.

¿Queda ratificada la ponencia? (Pausa.) Por asentimiento queda
ratificada la ponencia.




EMITIR DICTAMEN, A LA VISTA DEL INFORME ELABORADO POR LA PONENCIA
SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE RÉGIMEN DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS
ARMADAS (NÚMERO DE EXPEDIENTE 121/000138).




El señor PRESIDENTE: El segundo punto del orden del día es el debate
sobre el dictamen del proyecto de ley de régimen del personal de las
Fuerzas Armadas. Consultados los portavoces, hemos acordado hacer un
único turno de intervenciones. La Presidencia será muy generosa con
la administración del tiempo dada la importancia y la complejidad de
la ley. En principio, fijaremos la hora de las votaciones a la una y
media.

A partir de este momento haremos la intervención de los grupos, de
menor a mayor, como es habitual, como digo, con una disposición
generosa del tiempo para que los grupos lo administren. Con esto
quiero decir también que si un grupo quiere que intervenga dos
ponentes, la Presidencia no tiene ningún inconveniente en que se
repartan entre ellos.

Todos los señores comisionados conocen que el Pleno de la Cámara
celebrado ayer aprobó la avocación al Pleno sobre la deliberación y
votación final de este proyecto de ley. Creo que eso también debe
estar presente en los debates de esta mañana. Sería conveniente que
los grupos administraran los dos debates que tienen a la vista para
no repetir argumentaciones que no sean absolutamente necesarias
e imprescindibles y por una mayor economía del tiempo y de nuestros
propios trabajos. ¿Algún grupo quiere hacer alguna puntualización
sobre la organización de este debate? (Pausa.) Iniciamos los debates.

En primer lugar, por el Grupo Parlamentario Mixto, tiene la palabra
el señor Rodríguez.




El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Señor presidente, la intervención del
Bloque Nacionalista Galego estará basada fundamentalmente en aclarar
a esta Comisión cuál fue el sentido de las enmiendas presentadas por
nuestro grupo político y, en todo caso, en hacer una muy ligera
aproximación a enmiendas de otros grupos parlamentarios, teniendo en
cuenta que ayer a última hora tuvimos acceso al informe de la
ponencia y que hay muchísimas cuestiones, sobre todo en lo referente
al tratamiento con equidad y justifica de los derechos adquiridos o
de los legítimos intereses
de cada uno de los sectores que conforman las Fuerzas Armadas,
que fueron contempladas en enmiendas que presentaron los distintos
grupos políticos. La última valoración, por tanto, la más matizada,
la dejaremos para otros procesos de debate y de votación, más
concretamente para el plenario.

Dicho esto, me gustaría desmenuzar algunas cuestiones de forma
particular, ya que no son pocas enmiendas las que hemos presentado y
debo sacar una serie de conclusiones. Empezaré por la relativa al
articulado. En esta cuestión fue preocupación del Bloque Nacionalista
Galego intentar eliminar de la ley la consolidación que se hace de la
Guardia Civil como un cuerpo con carácter militar. El Bloque
Nacionalista Galego estima que es una ocasión de oro para que el
instituto armado forme parte pura y llanamente de los cuerpos de
seguridad del Estado, con especialización en algunas funciones clave
que, por lo demás, de forma perfilada e iniciática hoy está
perfectamente situado; solamente habría que pensar, por ejemplo, en
las funciones que desempeñan en el control de todas las cuestiones
referidas al tráfico.

Cuestión más problemática y que abarca al carácter ideológico-
político de la ley, sobre la que sería interesante tener un debate
para ver qué esfuerzos se están haciendo para una auténtica
democratización del Estado español, es la referida al artículo 3, a
la jura de bandera. Desde un punto de vista estrictamente democrático
y laico, sorprende que se explicite una forma de juramento que se
debería realizar por vía reglamentaria. Si figura en la ley cualquier
gobierno tendría que modificarla si quisiera hacer otra formulación
a tener en cuenta y valorar siempre en los momentos políticos más
oportunos.

La redacción del artículo tiene unas connotaciones irracionales que
no dejan de ser sorprendentes al inicio del siglo XXI. No vamos a
hablar ya de que sería interesante que se suprimiese todo juramento,
incluso respecto de los funcionarios o personas que ocupamos cargos
públicos. Bastaría una promesa de respeto y acatamiento de la
legalidad que nos hemos proporcionado democráticamente. Resulta más
extraño que haya fórmulas referidas al honor o a un concepto de
patria poco laico, poco desacralizado y curioso en un momento de
transnacionalización en el que España está participando no sólo
activa, sino entusiásticamente. Por si esto no fuese poco, nos parece
escolar y propio de ideologías no democráticas hablar de premiar,
despreciar, castigar o incluso de España como algo personalizado y no
como una entidad política de carácter administrativo, institucional o
político, que no casa de forma fácil con la expresión de que España
os lo premie o que os lo castigue. No es un artículo nada laico sino
sacralizado, muy impropio de un régimen democrático y, desde luego
-no porque nosotros participemos de ese entusiasmo
transnacionalizador-, nada acorde con los actuales procesos de unión
europea. En definitiva, nosotros diríamos que es muy poco militar.

Hay un artículo, concretamente el número 4, que habla de los
militares de complemento y de los que tengan tres años de servicio
para que se promocionen internamente sin pérdida de los derechos
adquiridos, de la categoría militar, antigüedad en el empleo y
posibilidades que tienen para el acceso a la enseñanza militar, que
está relacionado conotras muchas propuestas que aparecen vinculadas
al problema



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de ciertos sectores de las Fuerzas Armadas que han desempeñado
servicios y que deberían ser integrados de forma no discriminatoria
en las actuales escalas que la ley posibilita; es decir, trata de
facilitar la promoción de aquellos que ya han prestado servicios con
equidad y justicia. En este sentido, la ponencia ha realizado un
trabajo encomiable que nosotros no vamos a negar.

Entramos ahora en las disposiciones, tanto transitorias como finales,
para acabar nuestra intervención. Celebramos que la ponencia haya
tenido la sensibilidad de que el pase a la reserva sea, sin
excepción, para todos los que están en el mismo escalón de oficiales
o suboficiales a los cincuenta y ocho años, es decir, para las
escalas declaradas a extinguir. De esta manera se aparta toda sombra
de discriminación derivada de las formas de acceso y, por tanto, toda
connotación clasista, hecho que es de agradecer y que nosotros
valoramos muy positivamente. No es cuestión de que ahora intentemos
torpedear a las personas que accedieron a unos puestos de trabajo por
unas vías que fueron legales en su tiempo. Adelanto nuestros
parabienes al trabajo de la ponencia. En la disposición transitoria
decimotercera se vuelve a remarcar el carácter militar de la Guardia
Civil con el que nosotros no estamos de acuerdo.

Finalmente, hay un gran bloque referido al problema de los servicios
religiosos en las Fuerzas Armadas sobre el que el Bloque Nacionalista
Galego no quiere silenciar su discrepancia, porque existe el artículo
16 de la Constitución que debería haberse tenido en cuenta de forma
más fehaciente en la ley. Señorías, el artículo 16 de la Constitución
dice que ninguna confesión tendrá carácter estatal. Permítanme que
les diga que con la disposición final segunda, en todos sus
apartados, se está posibilitando que haya una religión, la católica,
que tenga un carácter estatal por lo menos en cuento a los servicios
de asistencia a las Fuerzas Armadas. Cuando se habla de prestar
servicios de asistencia religiosa con carácter permanente y no
temporal se está consolidando el papel de funcionario y el carácter
castrense. Por otra parte, la Iglesia católica no debería aceptar
este maridaje con las Fuerzas Armadas. Por eso proponemos la
supresión de la disposición final segunda en todos sus apartados,
porque queda claro que hay pruebas de acceso, la homologación del
régimen con las Fuerzas Armadas, la consideración de funcionarios del
Estado, los honorarios similares a los de las Fuerzas Armadas y un
régimen disciplinario híbrido entre el de los funcionarios del
Estado, de la Administración civil, y el de los de la Administración
militar. Aquí se está consolidando un Estado confesional en un sector
particularizado, unas relaciones privilegiadas con la Iglesia
católica conforme al espíritu de los concordatos que hemos vivido en
otros tiempos pasados y seguramente de los acuerdos con la Santa Sede
en 1979. Cuestión distinta, que no hemos enmendado, es respetar los
derechos adquiridos, las situaciones de hecho que tienen hoy
consolidadas con toda la legitimidad y la legalidad del mundo los
elementos de la Iglesia católica que dependen del arzobispo
castrense.

Acabo ya, señor presidente. Existe una disposición final cuarta que
posibilita que grupos civiles juren bandera teóricamente en nombre de
la defensa de España, cuestión que hoy es muy problemática porque
estamos integrados en la OTAN y en la Unión Europea, hecho que puede
conllevar
en momentos políticos críticos el amparo de grupos paramilitares.

Nosotros no vemos con agrado la difusión de ideologías militaristas
en la sociedad, una cierta desprofesionalización de las Fuerzas
Armadas. Piensen ustedes que también todos podríamos jurar servir con
entusiasmo o rigor a los servicios de sanidad o de educación,
educando a nuestros hijos debidamente o incluso haciendo horas extras
para cuidar a nuestros enfermos familiares. Esta no es la manera de
integrar a las Fuerzas Armadas en la sociedad, será con una parte de
la sociedad, que casi aseguro no va a ser la que más respete los
criterios democráticos.

En la ponencia, las disposiciones transitorias han tenido un gran
acierto al integrar en la promoción interna a los oficiales
procedentes de las escalas de complemento de reserva naval, que
nosotros alabamos. No sé, porque no nos dio tiempo a estudiarlo con
rigor, cómo queda el problema de los cabos primeros para establecer
una relación permanente vinculada a lo que se contempla en el
artículo 97. Nuestra enmienda pretende que se diga no sólo doce a
treinta y cinco años de edad, sino y/o treinta y cinco años de edad,
como reclaman muchos afectados. Sería conveniente que este sector no
quedase desamparado frente a otros en los que se ha hecho una labor
de justicia muy meritoria. Hay que tener en cuenta a estas personas
que llevan muchos años prestando estas funciones para que no queden
alegremente fuera de los servicios militares a una edad aún
relativamente joven. Se les puede exigir todo tipo de prueba o de
cualificación para que mejoren su funcionamiento, pero pensamos que
la ponencia en este caso debió perfeccionar más el carácter
proteccionista de la ley. Por otro lado, celebramos que los
suboficiales de infantería de marina con título de diplomado
universitario se vean integrados en la escala de oficiales.

Respecto de los demás grupos parlamentarios apoyaremos casi todas las
enmiendas presentadas por Convergència i Unió, por el Partido
Nacionalista Vasco, por nuestros compañeros de Iniciativa per
Catalunya, la inmensa mayoría de las de Izquierda Unida e
intentaremos con la ayuda de los respectivos grupos parlamentarios,
matizadamente, analizar las múltiples enmiendas que se mantengan
vivas del Grupo Parlamentario Socialista, del de Coalición Canaria
y del Grupo Parlamentario Popular encaminadas a mejorar el status
laboral y a integrar en las Fuerzas Armadas a aquellos sectores que
puedan verse perjudicados por la ley o no suficientemente amparados.




El señor PRESIDENTE: La señora Rivadulla tiene la palabra.




La señora RIVADULLA GRACIA: Intervengo en nombre de Iniciativa per
Catalunya-Els Verds y Nueva Izquierda para decir, en primer lugar,
que comparto plenamente el preámbulo de la ponencia en cuanto al buen
ambiente y la voluntad de llegar a enmiendas transaccionales que
pudiesen recoger los distintos puntos de vista. En las cuestiones
sustanciales no se ha podido alcanzar un acuerdo total porque aquí
hay grupos que tenemos concepciones muy distintas de lo que debe ser
el Ejército profesional de nuestro país. Vaya por delante mi
reconocimiento al buen ambiente que se ha vivido en todo momento en
la ponencia. A pesar de que no pude asistir a todas sus sesiones,



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me sentí cómoda porque en las que fui, como digo, hubo un buen
ambiente de diálogo.

En relación a las enmiendas que se han aceptado de nuestro grupo,
algunas hacen referencia a la situación de los objetores de
conciencia cuando se declara la situación de reservistas. Pensamos
que se ha avanzado, pero nos hubiésemos quedado más tranquilos si se
hubiese aceptado plenamente la enmienda número 169 en la que
señalábamos que la declaración de objeción de conciencia excluirá al
que la efectúa de la condición de reservista. De esta manera nos
hubiésemos ahorrado referencias a distintos artículos en los que
parece que queda claro, pero no se expresa con la claridad que recoge
la enmienda 169.

Queremos mostrar nuestra satisfacción porque algo se ha avanzado en
la situación de los reservistas. En un artículo de la Ley se habla de
que se les reservará el puesto de trabajo que desempeñaban antes de
la incorporación, pero nada se dice de su promoción profesional.

Nosotros no teníamos una enmienda en la que se señalábamos claramente
que se mantendrán los derechos de formación profesional en la
empresa. Ha habido una transaccional del Partido Popular en la que se
dice que no se verán perjudicados, lo cual es un avance y lo
aceptamos. Por otra parte, hay una serie de enmiendas basadas en la
preservación o defensa de los derechos del colectivo. Uno de ellos es
el derecho de asociación, que debe amparar a los efectivos de las
Fuerzas Armadas y que todavía no recoge nuestra normativa. En la
enmienda 172 señalamos que se debería redactar una nueva adicional
por la que se instara al Gobierno a remitir a las Cortes, en el plazo
de un año, un proyecto de Ley de modificación de las reales
ordenanzas y de la Ley orgánica reguladora de los criterios básicos
de la defensa nacional que revisara todos los derechos y deberes de
los miembros de las Fuerzas Armadas y, muy especialmente, el derecho
de asociación.

En relación con la libertad religiosa, que señalaba mi compañero del
Bloque Nacionalista Galego, quiero manifestar que también tenemos una
enmienda a la disposición final segunda en la que decimos que se
garantiza la asistencia religiosa a los miembros de las Fuerzas
Armadas, pero no de la forma actual en que prácticamente es
obligatorio, sino a aquellos que expresamente lo soliciten.

Hay otro asunto que nos preocupa y que nos va a preocupar más en el
futuro. Tendrán ocasión de verlo porque tenemos previstas unas
iniciativas en esta Comisión, relacionado con el papel de la mujer en
las Fuerzas Armadas. Se está produciendo un cambio cualitativo en el
Ejército, hay una demanda muy importante de mujeres que están
solicitando el acceso a la tropa y marinería profesional y pensamos
que todavía nuestras Fuerzas Armadas no están preparadas para acoger
a las mujeres en condiciones de igualdad y de confortabilidad. La
enmienda 159, sin proponer ninguna discriminación que lleve a
conceder las plazas de forma no justa, propone unas pruebas físicas
diferentes en función del sexo del aspirante, pruebas que tendrían
como finalidad equiparar en lo posible por sexos el porcentaje de
admitidos y admitidas respecto del total de aspirantes. Ahora nos
encontramos con un número muy importante de aspirantes mujeres y, sin
embargo, son muy pocas las seleccionadas. En un ejército donde ha de
primar la tecnología y no la fuerza, esos
factores han de tenerse en cuenta y las mujeres tenemos unas
habilidades que la Fuerzas Armadas deberían tener la oportunidad de
disfrutar. Nos preocupa también la seguridad jurídica, y por eso
hemos presentado varias enmiendas, una de ellas en relación con el
sistema de incompatibilidades. En el proyecto de Ley se establece que
se hará de forma reglamentaria, pero nosotros pensamos que deben
plasmarse concretamente en esta Ley.

En relación con la asignación de destinos, creemos que la asignación
de los puestos de libre designación corresponde al Ministerio de
Defensa, que no puede delegar esta competencia. En cuanto a la
publicidad sobre los destinos de libre designación, estimamos que
todos ellos deben otorgarse con la previa publicación de la vacante
correspondiente. Aunque parezca mentira, la Ley no lo contempla.

Respecto a las plantillas orgánicas, consideramos que deberían ser
publicadas en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa». No
estamos de acuerdo con lo que prevé el artículo 6 en relación con la
regulación de las funciones y competencias de los subsecretarios.

Nosotros pensamos que debe ser regulado a través de decretos, porque,
si no, para cualquier modificación que se produzca en el futuro nos
veríamos obligados cambian la Ley. En este momento la Subsecretaría
de Defensa está regulada por el Real Decreto 1883/1996 y creemos que
así debe seguir.

Supongo que todos los Diputados y Diputadas de esta Comisión habrán
recibido infinidad de cartas de cabos primero y de colegios
profesionales de ingenieros y arquitectos técnicos en la que se
señala que, de quedar el proyecto de ley en su redacción actual, se
verían perjudicados gravemente en su situación profesional. En
relación concreta con los cabos militares de empleo, la situación
afectaría a 1.500 cabos primeros. Todas las cartas que nos han
dirigido señalan que llevan muchos años trabajando que han realizado
todos los cursos y que están en condiciones inmejorables de seguir
prestando servicios en las Fuerzas Armadas. De cumplirse las
previsiones del proyecto de ley se verían abocados al desempleo.

Teniendo en cuenta que es una formación muy específica, su edad, como
digo, esas personas irían al paro, razón por la que hemos presentado
una enmienda. No obstante, aquí, in voice, quiero a su vez enmendarla
señalando que los cabos primeros militares de empleo de la categoría
de tropa y marinería profesional que a la entrada en vigor de esta
Ley hayan alcanzado doce o más años de servicio activo en las Fuerzas
Armadas y hayan cumplido treinta y cinco o más años de edad, este es
el punto que enmendamos «y hayan cumplido treinta y cinco o más años
de edad», adquieren a partir de dicha fecha, si así lo solicitan, la
relación de servicio de carácter permanente con las Fuerzas Armadas
prevista en el artículo 97. Reglamentariamente se determinará su
régimen de ascenso al empleo inmediatamente superior, regulado en el
artículo 47 de la presente Ley. Señorías, quiero encarecer de forma
muy intensa que podamos recoger, aunque sea enmendada, esta petición
de los cabos militares de empleo. Pensamos que no estamos en
situación de abocar al paro a 1.500 personas que llevan años dando
sus mejores trabajos y esfuerzos a las Fuerzas Armadas.




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En relación con las cartas que nos han enviado los colegios
profesionales de arquitectos e ingenieros técnicos, hemos presentado
diferentes enmiendas en las que se hacía referencia a escalas
superiores o escalas técnicas. La motivación de dichas enmiendas es
que la Ley 12/1986, atribuyó a los ingenieros técnicos y arquitectos
técnicos las máximas competencias profesionales en el ámbito de su
especialidad, incluyendo la redacción de proyectos, la dirección de
industria y la explotación de proyectos. Se les equiparó así a los
ingenieros y arquitectos en el ejercicio general de la profesión, así
sucede en la actividad diaria de dichos profesionales. En
consecuencia, los ingenieros técnicos y arquitectos técnicos deben
compartir en las Fuerzas Armadas la misma escala que los ingenieros y
arquitectos de segundo ciclo. Ya digo que son varios los artículos de
la Ley en los que se hace referencia a este tema y todos ellos han
sido enmendados.

Sin restar importancia a lo que hasta ahora he venido señalando, lo
sustancial para nosotros es el modelo que esta ley establece en
cuanto a la dimensión de las Fuerzas Armadas y al plazo para que
nuestro país disfrute de un ejército profesional. En reiteradas
ocasiones, en proposiciones no de ley y en iniciativas parlamentarias
que ya se han debatido en el Congreso de los Diputados y en Senado,
nos hemos pronunciado por un modelo de ejército radicalmente
diferente al que aquí se establece. En cuanto a la dimensión, el
proyecto de Ley remitido por el Gobierno y el informe de la ponencia
fijan un número de efectivos de tropa y marinería profesional que
está en una banda entre 102.000 y 120.000 miembros y nosotros
pensamos que 50.000 serían suficientes. En relación a las plantillas
de oficiales generales, el texto contempla 64 y nosotros proponemos
30 oficiales generales; para puestos orgánicos en los distintos
cuerpos de las Fuerzas Armadas, el proyecto recoge 201 y nosotros
estimamos que 130... Un miembro de la Mesa está haciendo la señal del
haraquiri. Quisiera decirle que hay países que han podido hacer esta
drástica reducción, como Canadá, en donde se ha producido una
modificación muy sustancial de las Fuerzas Armadas con la
participación del conjunto de la sociedad. Nosotros hemos
desaprovechado esta modificación para hacer un Estado más moderno y
acorde con nuestros requerimientos de defensa, con nuestro producto
interior bruto y con las necesidades de nuestro país. En relación con
la plantilla máxima de cuadros de mando, se contemplan 48.000, pero
nosotros reducimos la cifra a 30.000. Aunque estamos debatiendo este
punto en Comisión, tendremos ocasión de hacerlo en Pleno, donde
forzosamente me extenderé más sobre el modelo que sobre las
anteriores enmiendas a las que he aludido.

En relación con el plazo -disposición adicional primera-, señalamos
que la prestación del servicio militar finalizará antes del 31 de
diciembre del año 2000. No somos inconscientes, sabemos que tenemos
que relacionar el citado plazo con la dimensión que queremos dar al
ejército. Con un número de efectivos mucho menor, se podría tener
instalado el ejército profesional en enero del año 2001.

Para acabar, señorías, en relación con la Guardia Civil, en varias
enmiendas formulamos que el Gobierno, en el plazo de un año, envíe a
las Cortes un proyecto de modificación
del régimen de personal de la Guardia Civil en el que se
establezca el carácter no militar del cuerpo. En relación con las
enmiendas de los demás grupos, Iniciativa per Catalunya-Els Verds y
Nueva Izquierda en esta Comisión las va a analizar y en Pleno
manifestaremos nuestra intención de voto porque la habremos podido
estudiar con más intensidad.




El señor PRESIDENTE: Le agradecería que hiciese llegar a la Mesa la
enmienda a su enmienda que ha leído.

Por el Grupo de Coalición Canaria, tiene la palabra el señor
Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Cuando me enfrenté con el proyecto de ley
que mandaba el Gobierno sobre el régimen de personal de las Fuerzas
Armadas, a la hora de diseñar las enmiendas y buscar la justificación
tuve la duda entre optar por la fórmula cómoda y rápida de decir que
era una mejora técnica o cualquier cosa parecida o ir a una
profundización en argumentos jurídicos de derecho, opinables por
supuesto, para aportar las razones de fundamento o de base. Opté por
esta segunda fórmula, pese a ser más elaborada, de mayor trabajo,
para que tanto el grupo que sustenta el Gobierno, el Grupo Popular,
como los redactores del Ministerio de Defensa del proyecto de ley
pudieran conocer de antemano los argumentos jurídicos que albergaban
mis enmiendas, No he venido a improvisar. Quiero dejar constancia
justificada, para evitar cualquier suposición de frivolidad o de
improvisación en la redacción de los argumentos, que voy a retirar
algunas enmiendas en Comisión después de un análisis y de unas
convicciones. Quiero dejar claro que en ponencia, gracias a la
tremenda amabilidad del señor presidente y a su carácter flexible,
los resultados prácticos para mi grupo han sido de una parquedad tal
que me llevan al mantenimiento de las enmiendas fundamentales. Como
en el informe que he recibido de la ponencia se habla de enmiendas
aceptadas, para que tome nota el señor letrado yo voy a
relacionarlas. Acepto las enmiendas números 23 al artículo 15.1, 36
al artículo 61.1, 41 al artículo 105 b), 43 al artículo 130.1 y 65
a la disposición final cuarta. Aparecen después unas enmiendas
transaccionales -no sé con qué grupo- que voy a citar aquí. Acepto
las enmiendas denominadas transaccionales -entre comillas- que dice
el informe de la ponencia que serían los números 39 al artículo 69.2,
40 al artículo 100.2, transaccionada a su vez con una del Partido
Socialista Obrero Español. Acepto igualmente la transaccional a la
número 62 que estaba dirigida a la disposición transitoria nueva. Se
ha hecho por la ponencia un trabajo de síntesis con las enmiendas del
Partido Popular, de Izquierda Unida, del Bloque Nacionalista Galego y
del Partido Socialista Obrero Español. Igualmente acepto el texto que
ha redactado el letrado, al que quiero felicitar por la labor de
síntesis que ha hecho. Por ello las enmiendas números 49 y 64 de
Coalición Canaria dirigidas al artículo 150 y a la disposición
transitoria quinta quedarían retiradas. Lo que no puedo aceptar es la
transaccional a nuestra enmienda número 50 al artículo 151.1 y a otra
del Partido Nacionalista Vasco. No, es una desvirtuación total del
principio que planteamos ahí de base constitucional en cuantoal
asociacionismo. Por tanto, mantengo para votación y



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para su defensa previa la enmienda número 50 que aparece como
transaccionada en el informe de la ponencia. El Grupo Parlamentario
Popular puede presentar en el Pleno una enmienda transaccional,
estando este diputado dispuesto a llegar a un consenso.

Se trata de un gesto de aproximación por parte de Coalición Canaria a
este importantísimo texto que va a regular nada más y nada menos que
la profesionalidad de nuestras Fuerzas Armadas y que tiene su origen
en el dictamen de la Comisión Mixta Congreso-Senado. En aquel
entonces se llegó a acuerdos de consenso que lamentablemente después
no hemos visto reflejados en el preámbulo de la ley, cuando hablamos
de derechos constitucionales del asociacionismo, ni en el articulado.

Mi grupo, a través de este diputado que habla, contrajo en la
Comisión Mixta Congreso- Senado el compromiso de no romper un
principio de consenso sobre el modelo de Fuerzas Armadas, igual que
hicimos en época del Gobierno socialista cuando se debatió el modelo
mixto: mitad profesional, mitad de levas obligatorio.




Pues bien, al analizar las enmiendas números 25, 26, 27, 28, 31, 57 y
59 puede ocurrir que tal vez se introduzca una ruptura de ese
consenso en cuanto al modelo de Fuerzas Armadas, basado en la
estructura de sus cuerpos y escalas de militares de carrera.

Comenzando por la número 25 al artículo 22, de cuerpos y escalas de
los militares de carrera, al introducir una cuarta escala que yo
llamo escala superior técnica de oficiales, estaría en verdad
rompiendo el modelo de un ejército estructurado en tres escalas, como
se señala en el artículo 22 del texto del proyecto del Gobierno
cuando habla solamente de la escala superior de oficiales, de la
escala de oficiales y de la escala de suboficiales. La verdad es que,
de aceptarse nuestras enmiendas números 25, 26, 27, 28, 31, 57 y 59,
que he citado, estaríamos introduciendo una cuarta escala, la escala
técnica de oficiales, que afectaría fundamentalmente a los titulados
universitarios. Por tanto, señor presidente, en esa línea de mantener
ese consenso estructural y con más razones que ahora añadiré para
pedir al Grupo Popular que haya reciprocidad, retiro en este trámite
las enmiendas que he citado, que van dirigidas a la creación de esa
cuarta escala. Si el señor letrado quiere que se lo reitere, retiro
las enmiendas números 25, 26, 27, 28, 31, 57 y 59, todas ellas, como
digo, referidas a la inclusión de una cuarta escala que yo denominaba
superior técnica de oficiales.

Por otro lado, la redacción de las enmiendas presentadas al capítulo
I del título IV, donde figuran los epígrafes con los nombres de los
cuerpos en que van a estar estructuradas nuestras Fuerzas Armadas,
rompería curiosamente la línea de simplicidad genérica de nombres
tradicionales en nuestras Fuerzas Armadas: Cuerpo general de la
armada, del Ejército de Tierra, cuerpo de intendencia, cuerpo de
especialistas del Ejército de Tierra, cuerpo de infantería de marina,
de intendencia, de ingenieros, etcétera. Ahí se dirigían nuestras
enmiendas números 29 y 30, a crear una segunda denominación
totalmente improcedente e inoportuna como, por ejemplo, en el
artículo 40, el cuerpo militar de intervención y auditorías. El
cuerpo debe seguirse llamando cuerpo militar de intervención. La
palabra auditorías introduce una confusión, porque los jurídico-
militares son los auditores. En ese caso iba a haber
aquí dos auditores, unos auditores jurídicos y unos auditores de
cuentas. Esto lo traía aquí como una reflexión para que el Grupo
Parlamentario Popular y el Ministerio de Defensa no introduzcan
rupturas tradicionales en la denominación de cuerpos ni agravios
comparativos con los facultativos de título universitario que forman
parte de esos cuerpos. Me refiero concretamente a nuestra enmienda
número 30 al artículo 41, que crea el cuerpo militar de sanidad
y psicología. Señor presidente, en este caso los psicólogos son
sanitarios y quedan englobados en el cuerpo militar de sanidad, como
lo están ahora. No han levantado su voz los licenciados, los médicos,
farmacéuticos, veterinarios, odontólogos ni los que se relacionan en
el propio artículo 41, incluidos los especialistas de enfermería o
enfermeros, nombre junto al ATS de honda tradición en las Fuerzas
Armadas de todos los ejércitos; incluso hasta los heridos en combate
no gritan ATS, sino enfermero. (Risas.) Por tanto, me parece un
agravio comparativo respecto de los licenciados y doctores en
medicina, farmacia y veterinaria y odontología que se trate de
incluir aquí a los psicólogos. Los convenios de Ginebra hacen una
distinción entre el combatiente normal y el que forma parte de los
cuerpos de sanidad, pero los psicólogos no están en este caso
considerados como sanitarios porque preparan al soldado para el
combate: no lo curan, lo preparan para motivarle en el combate, como
el psicólogo de un equipo de fútbol. De la misma manera que yo he
retirado las enmiendas que hacen referencia a todo ese tema, pediría
que se diera también por retirada esta cuestión porque va a suponer
un agravio.

Continúo, señor presidente, con el tema de la retirada. Como no es
preocupación de este diputado tratar de arreglar el orden de
responsabilidades, dentro del Ministerio de Defensa, entre el
subsecretario y los jefes de los Estados Mayores, tanto de la Defensa
como de los tres ejércitos -Tierra, Mar y Aire-, voy a retirar las
enmiendas números 16, 19, 21 y 46 que hacían referencia a las
competencias interrelacionadas. En unas enmiendas yo quitaba
competencias al subsecretario frente a los jefes de los estados
mayores y en otras era al revés, reducía competencias de los jefes de
los estados mayores y se las atribuía al subsecretario. Pero como se
ha entendido al final que es un problema de régimen interno, que sea
el ministro quien armonice las competencias sobre personal entre el
subsecretario del departamento y los jefes de Estado Mayor a las que
se hace referencia en la ley. Así que, señor letrado, reitero que
retiro, porque no quiero meterme a arreglar los temas de personal, ya
que supongo que ellos tendrán más luces e inteligencia -lo someto a
la decisión armonizadora y equilibradora del ministro-, las enmiendas
que he mencionado, números 16, 19, 21 y 46, que se refieren a las
competencias del subsecretario y de los jefes de los Estados Mayores.

Continúo con varias enmiendas que voy a defender muy rápidamente,
porque, por ser mantenidas, irán, señor presidente, al debate más en
profundidad del Pleno, ya que, como usted nos ha recordado, ayer
acordamos la avocación para el máximo órgano de la Cámara. Pues bien,
voy a mantener la enmienda número 15, dirigida a la figura del
presidente del Gobierno. Aquí abro una línea de oferta transaccional
al Grupo Parlamentario Popular. Considero oportuno que un artículo
singularizado haga referencia a la figura



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del presidente del Gobierno, intercalándola entre la genérica de
competencias del Consejo de Ministros que refleja el proyecto de ley
y la enmienda del ministro de Defensa. Parece lógico que entre el
Gobierno y el ministro de Defensa haya una figura señera a la que ni
siquiera se hace aquí referencia -y es la línea que ofrezco para una
posible enmienda transaccional-, que es la del presidente del
Gobierno, que está reconocida de una manera expresa nada más y nada
menos que en una ley orgánica, la Ley 6 de 1980, que regula los
criterios básicos de la defensa nacional y de la organización
militar, en la Ley 1 de 1984, que la reforma, y además en la Ley 50,
del Gobierno, que aprobamos hace escasamente un año y pico, en 1997.

Nosotros pretendemos que al menos se haga alguna invocación a esta
figura, aunque el ministro de Defensa actúe como delegado del
Presidente del Gobierno en materias de defensa. Pues si actúa como
delegado, dígase.

Yo comprendo que se puede decir que mi enmienda, en sentido literal y
para incluir en un artículo singular, tiene carácter reiterativo de
lo que dice la Ley orgánica 6 de 1980 o la Ley 50 de 1997, del
Gobierno. Creo que debe hacerse esa referencia para que adquieran
legitimidad en esta ley las competencias que el ministro de Defensa
ejerce por delegación del presidente del Gobierno. Si no, estaríamos
ante una laguna de armonización entre las potestades del Gobierno y
las del ministro de Defensa.

Muy rápidamente, señor presidente, defiendo lo que he llamado el
bloque constitucional de enmiendas que vamos a mantener para su
defensa en el Pleno, que están comprendidas en los números 13 y 14 de
la exposición de motivos y las números 50, 51, 52, 61 y 66 del
articulado, que giran como epicentro fundamental del debate
dialéctico con la enmienda número 61, que es la que solicita el
reconocimiento expreso y tácito del derecho de asociación a los
militares, el derecho constitucional de asociación, en razón del
artículo 22 de la Constitución española. Voy a mantener estas
enmiendas para el debate de Pleno. En el Pleno que debatimos la Ley
de régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas defendí una enmienda
similar, para que se reconociera fundamentalmente este principio
constitucional que regula los derechos y libertades, dado que el
redactor del Gobierno sigue invocando las reales ordenanzas como si
fueran una norma de rango superior a la Constitución española en
estos aspectos. En el artículo 151, del título XII de este proyecto
de ley, de derechos y deberes de los militares profesionales, vuelve
a invocar las reales ordenanzas, que no son más que una norma moral.

Sirva esto para abreviar, señor presidente, porque son conocidas las
intervenciones sobre la Ley de régimen disciplinario que he citado
respecto a la defensa del derecho de asociación.

He dejado para el final, de una manera muy singular, el anuncio de
que retiro la enmienda número 56 de la disposición adicional primera,
referida a la carrera militar de Su Alteza Real el Príncipe de
Asturias. Cuando redacté esta enmienda acudí al asesoramiento de
prestigiosos juristas del ámbito constitucional, de jurídicos
militares a los que sometí a consulta el texto y al análisis del
derecho comparado que tienen otras casas reales de las monarquías
europeas occidentales, en el marco en el que se incardina el Estado
del Reino de España. Ello me llevó a respetar el texto en el primer
párrafo del Gobierno, pese a considerarlo
ambiguo y precario para regular la carrera del heredero de la
Corona de España al simple rango de un decreto y no de una ley. Mi
enmienda pretendía elevar a rango de ley el protocolo que corresponde
a Su Alteza Real el Príncipe de Asturias como heredero de la Corona.

Entiendo que el proyecto del Gobierno viene a solucionar una
situación contradictoria del actual heredero de la Corona, don Felipe
de Borbón y Grecia, ya que al haber estado sometido desde su salida
de las academias militares a un empleo militar, que ha ido de acuerdo
con sus promociones, llegamos a la escenificación tan curiosa de que
en la actualidad, como capitán que es del cuerpo general de las armas
-porque eso es lo que se ve en su bocamanga de tres estrellas-,
teniente de navío y capitán del cuerpo general del Ejército del Aire,
pasa revista a compañías de honores con un general o un almirante dos
metros por detrás de él en el protocolo debido. Habría que normalizar
y armonizar su rango porque él no es un militar que vaya con el
empleo militar, cuando la ley, además, curiosamente, en su artículo
12, al regular el empleo militar de Su Majestad el Rey, lo describe
claramente como capitán general de los Ejércitos. Lo que no puede
ocurrir es que el sucesor de la Corona tenga acceso de una manera tan
llamativa en el empleo en que se encuentre, al máximo de capitán
general de los ejércitos españoles. A esto tendía mi enmienda, señor
presidente, y lo quiero dejar aquí claro porque he dicho que la
retiro. Pero como no improvisé con su justificación, tampoco quiero
improvisar vergonzantemente en su retirada. Lo hago para evitar aquí
un debate que afecte al heredero de la Corona, por considerarlo este
diputado improcedente y porque no es su marco. Lo hago por lealtad y
respeto a la Corona de España, a la que los que tenemos cargo público
hemos jurado lealtad en la figura de Su Majestad el Rey, y extiendo
esa lealtad al heredero de la Corona.

Mi enmienda pretendía buscar una simetría del rango del Príncipe
heredero con el grado y el empleo, porque la regla profesional de
empleo a empleo hay que situarla aquí en la excepcionalidad, y no
quería dejar esa excepcionalidad al albur del capricho de un gobierno
de turno con un decreto del Ministerio de Defensa, sino con la máxima
dignidad que merece la personificación y la institución de la Corona.

Por esa línea de respeto y de lealtad, como motivos de justificación
de este argumento, señor presidente, retiro esta enmienda número 56.

Y con esto, señor presidente, termina mi intervención en este trámite
de Comisión, dando por mantenidas las restantes enmiendas al
articulado, que no he citado y que son de conocimiento de la
Presidencia de esta Comisión.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Catalán (Convergència
i Unió), tiene la palabra el señor Campuzano.




El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Como han manifestado los portavoces que
hasta ahora han intervenido, y como destaca el informe de la
ponencia, es evidente que el proyecto de ley, en esta fase de
discusión en la Comisión, nos llega modificado, y modificado en
sentido positivo, respecto al texto que en su día el Gobierno envió a
laCámara. Es evidente que esto es así como resultado de la



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voluntad de consenso que ha tenido el Gobierno en esta materia, muy
específicamente el Grupo Parlamentario Popular, y también,
lógicamente, los grupos que han participado en los trabajos de la
ponencia. Es importante que hagamos constar estos cambios positivos y
esta actitud que ha permitido que hoy el texto llegue modificado en
buen sentido. Me uno a las palabras del señor Mardones al destacar la
labor del señor presidente, que ha sabido jugar un papel
institucional en el trabajo de esta ponencia y de esta Comisión.

Hechas estas consideraciones y sin entrar en el fondo del proyecto de
ley, porque el debate de la próxima semana en el Pleno de la Cámara
nos permitirá abordar las cuestiones políticas importantes, quiero
recordar sólo que, teniendo en cuenta el sentido último del proyecto
de ley, éste no sería el nombre más adecuado para titular esta ley.

Es la ley de la profesionalización de las Fuerzas Armadas. Es la ley
que da cumplimiento a aquello que aprobó el Congreso en su dictamen
sobre la profesionalización de las Fuerzas Armadas. Es la ley que da
contenido jurídico a una decisión de relevancia política evidente,
como es el fin del servicio militar en el Estado español y la puesta
en marcha de un nuevo modelo de Fuerzas Armadas fundamentado en la
profesionalidad. Al mismo tiempo, es una ley que tiene una lógica
respecto a lo establecido en la Ley 17/1989, en lo que hace
referencia al régimen del personal de las Fuerzas Armadas. Por tanto,
es una ley de innovación y de transformación, pero sigue una
coherencia con una ley que ha estado vigente en esta materia en los
últimos diez años.

Dicho esto, el Grupo Parlamentario Catalán, respecto al conjunto de
sus enmiendas presentadas en este trámite, lógicamente se encuentra
satisfecho porque todas ellas, con excepción de una, han sido o bien
aceptadas en su libertad o bien han sido transaccionadas son el
conjunto de los grupos parlamentarios que participaban en los
trabajos de la ponencia.

Los ejes que han mantenido nuestra posición en este debate son los
siguientes. En primer lugar, en coherencia con aquello que
defendíamos en el debate de la Comisión mixta, defender un
contingente lo más ajustado posible a las necesidades y a las
posibilidades del Estado español en esta materia. El texto inicial
situaba una horquilla en un máximo de 120.000 efectivos de tropa y
marinería y además marcaba la necesidad de que, a través de las
fórmulas presupuestarias correspondientes, llegásemos a ese objetivo.

En segundo lugar, la aceptación de las enmiendas 137 y 144 de
Convergència i Unió nos sitúan este tope máximo en 120.000, no crean
la obligación de llegar a la cifra de 120.000 efectivos en el año
2002, abren el contingente a la horquilla tal como estaba previsto en
el dictamen de la Comisión y, por tanto, van a facilitar que el
Gobierno esté en condiciones a finales o mediados del año 2000 de
anunciar el avance del fin del servicio militar obligatorio. El
propio proyecto de ley, tal como el Gobierno lo presentó en su día,
abre la posibilidad legal de que el Gobierno acorte este período de
transición. Entendemos que las enmiendas aceptadas dan un margen real
y efectivo para que se produzca este avance, y ésta enlaza con otra
de las proposiciones que Convergència i Unió ha mantenido en toda
esta discusión, que es la necesidad de que el calendario también sea
lo más ajustado posible. A nuestro entender, estas
enmiendas van a provocar este avance y es evidente que nos sentimos
plenamente satisfechos.

En tercer lugar, hay una serie de enmiendas que han reforzado el
ámbito de derechos, libertades y deberes de los militares y de los
ciudadanos en esta materia. La aceptación de la enmienda 139 es para
clarificar la cuestión del resarcimiento para aquellos militares que
abandonen su condición de tal. Hay una mayor claridad en la
regulación del tratamiento automatizado de datos en lo que hace
referencia a las reservas obligatorias. La regulación expresa en el
artículo propio de la objeción de conciencia, reconocida de manera
automática, a nuestro entender, normaliza este derecho para los
reservistas obligatorios. La enmienda 147 crea la necesidad de que el
Gobierno aborde un paralelo al proceso de profesionalización de las
Fuerzas Armadas una nueva regulación del ámbito de los derechos y
deberes de los militares.

Nosotros entendemos que hoy las reales ordenanzas han cubierto
perfectamente el papel que en 1978-1979 se les había asignado, han
servido para dar coherencia a este proceso de avance hacia la
normalización plena de las Fuerzas Armadas en una sociedad
democrática. Es evidente que nos tenemos que plantear la adaptación
de esa normativa a un nuevo marco no tan sólo jurídico sino también
cultural, político y sociológico, pero entendemos que en este momento
la prioridad es poner en marcha el proceso de profesionalización. En
estos próximos meses este Gobierno, o los sucesivos en la próxima
legislatura, deberán afrontar esta cuestión. La ley marca esta
necesidad y recoge esa idea de fondo de adaptación del ámbito de
derechos y deberes a una nueva configuración. Para nosotros este
marco resuelve el debate que de manera coherente Coalición Canaria
viene planteando a lo largo de estos últimos meses sobre la
normalización del derecho de asociación, hoy ya reconocido; de hecho,
no hay un problema de asociación de los militares, seguramente hay un
debate sobre qué modelo de asociacionismo se debe establecer dentro
de las Fuerzas Armadas. En ese marco de la reflexión de la nueva
normativa de derechos y deberes es donde encontraremos esta solución
que es evidente que necesitamos.

Finalmente, este proyecto de ley recoge y reconoce el carácter plural
de España en materia de cultura, que para nosotros es importante y
emblemático. El hecho de que la ponencia haya aceptado una enmienda
al artículo 70, que incorpora por primera vez que en los planes y
estudios para el acceso a la condición de militar se contemple
específicamente la pluralidad cultural de España, demuestra la
capacidad de empezar también a transformar una concepción de España
demasiadas veces centrada en una concepción unicultural y
unilingüística. Tiene un carácter emblemático que en una ley de estas
características se haya asumido este concepto novedoso, importante y
adaptado a los nuevos tiempos.

Por tanto, nos sentimos satisfechos en aquello que hace referencia a
nuestras enmiendas, a la capacidad que ha tenido la incorporación de
las mismas por parte de la ponencia y específicamente por parte del
Gobierno y del Grupo Popular, así como su portavoz señor Fernández de
Mesa.

El trabajo de la ponencia ha resultado algunas cuestiones
importantes. Seguramente no hemos resuelto al cien



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por cien las necesidades que los diversos colectivos profesionales
nos han planteado, pero creo que se ha hecho muchísima cirugía
delicada en un colectivo profesional que durante demasiado tiempo ha
vivido en un cierto nivel de confusión en el ámbito normativo que se
debe aplicar. Se crea un ámbito normativo nuevo que supera algunas
injusticias y las condiciones suficientes para que dentro de un
tiempo, que no va a ser corto, podamos definitivamente normalizar
situaciones complicadas y de difícil regulación desde hace más de 20
años.

Esta Comisión de hoy creo que va a dar luz verde a un texto que
sienta bases para futuras reformas en las Fuerzas Armadas en materia
de personal.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Federal de Izquierda Unida, tiene
la palabra el señor Ríos.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Voy a intervenir para defender las 110
enmiendas que presentamos, aunque cinco de ellas han sido ya
recogidas e incorporadas por la ponencia. Nuestra aportación a la
mejora del texto del informe de la ponencia son estas cinco enmiendas
que han sido dirigidas a facilitar el ascenso, a pesar de que hubiese
cambios de escala, a que la prisión preventiva no fuese entendida
como condena firme, a marcar un tiempo para la excedencia especial, a
facilitar el ingreso a los grupos con una titulación adecuada y, por
último, poner un edad para el pase a la reserva de todas las personas
que integran las Fuerzas Armadas.

En el trabajo de esta Comisión no he participado, he venido a
sustituir a la persona que lo hacía. Voy a defender nuestras
enmiendas y permítanme que no haga referencia a lo que no he podido
vivir, como es el trabajo que ha sido intermediador por parte de la
Presidencia y la buena labor que hayan hecho los ponentes de los
distintos grupos para aceptar y transar. Lógicamente, si se lee uno
el informe de la ponencia, ha sido fructífero porque hay muchas
incorporadas.




Fundamentalmente nosotros creíamos que la ley del régimen del
personal de las Fuerzas Armadas debería de abordar dos cosas: una, la
modernización de nuestras Fuerzas Armadas, y dos, un proceso de
profesionalización lo más corto posible, pero haciéndolo partiendo de
la realidad que teníamos.

No hemos querido, por tanto, reiterar en el debate de esta ley algo
que podríamos haber hecho en la parte primera de la misma, en el
título preliminar y en la exposición de motivos a los artículos
generales, como es el modelo al que obedecen, una ley que regula cómo
acceder, cómo componer, cuál es el volumen de los efectivos, las
escalas y los distintos sistemas de promoción, lógicamente obedece a
un modelo, y no lo hemos querido presentar a través de enmiendas
porque entendíamos que era un debate en el que nosotros habíamos
perdido esa batalla, ya que se había optado por otro diseño. Nosotros
hemos defendido siempre un modelo de ejército más reducido, no de
120.000, sino un máximo de 80.000 efectivos; un modelo de ejército
diferente en cuanto a su papel y su protagonismo en la política
internacional y en la política de seguridad, con un concepto de
seguridad diferente, y un modelo que funcione en la realidad actual a
nivel internacional y no excesivamente
fijado en la herencia de la guerra fría, que ya ni es fría ni es
guerra, está más bien situada en otros tiempos.

Voy a intentar defender las enmiendas en seis grandes bloques, que
han representado el objetivo de Izquierda Unida, porque
fundamentalmente nosotros hemos perseguido una cierta homologación
del personal militar a la función pública en general. Si hoy
trabajábamos con la función pública en general nos encontraríamos con
cuatro grandes grupos que tienen nítidamente establecida cuál es la
titulación para su acceso, como el concurso-oposición, la promoción
interna, etc. Uno de los paquetes importantes de nuestras enmiendas
ha ido dirigido precisamente a intentar esa homologación,
estableciendo tres grandes bloques: la escala de oficiales, la escala
de suboficiales y la de tropa.

Lo cierto es que el proyecto de ley no hace ese trabajo, e incluso,
después del trámite de ponencia, deja una excesiva relación
compartimentada. Fíjese que solamente en lo que es la escala de
oficiales hay como tres grandes grupos y uno que se ha introducido
después, que es la escala oficial de técnicos. No se ha ido en esta
modernización a un paso importante, que es el personal que tiene la
función pública y el que tiene la función pública militar, intentando
acercar esas dos distancias. Se han dado pasos, pero no el que
nosotros proponíamos.

En cuanto al volumen de efectivos y escalas, donde se establece
incluso el número máximo que debe haber de generales o toda la
distribución, se mantiene un modelo de ejército excesivamente pesado
en cuanto a mandos. Yo llevo en el Congreso desde el año 1993 y desde
entonces hemos pasado de 52.000 mandos militares a 49.000
aproximadamente que puede haber hoy, pero el modelo que tenemos ahora
mismo es un oficial por dos o tres soldados, mucho oficial para tan
poco número de soldados, luego veremos cómo se ejecutan las órdenes
de cada uno de los distintos mandos.

Creemos que el modelo que se establece no resuelve la promoción, el
cumplimiento de los principios de equidad y de elección con total
transparencia no ha quedado suficientemente claro, sobre todo en el
tema de la promoción a empleo y los propios destinos. Esa situación,
junto con el tratamiento de los militares de complemento, nos ha
llevado a mantener otro gran bloque de nuestras enmiendas.

Nosotros no entendemos que los militares de complemento deban estar
incorporados en el esquema de profesionales del ejército. En el
proyecto sí, ya que los militares de complemento forman parte de los
cuadros operativos y de las unidades operativas. Sería bueno que si
esto es así, cuando se habla del volumen máximo de 49.000 mandos del
ejército se dijese cuáles iban a ser de complemento y cuáles no, y
así podríamos ir estableciendo cuál es la situación.

Se dice, para defender este criterio, que es un modelo europeo; que
por ejemplo, el modelo alemán lo tiene, y también el americano.

Fíjense que utilizando el americano, el que hoy manda las fuerzas
armadas en Estados Unidos, el señor Powell, entró por la escala de
complemento y es el máximo mando militar. En este modelo no podrá
producirse. Si queremos producir sistemas vamos a hacerlo pero de
verdad en su propia actuación.

En todo caso, lo cierto es que el diseño que se ha establecido aquí a
nosotros no nos satisface tal como ha quedado.




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Esas cinco enmiendas que se han transado no son suficientes para un
cambio sustantivo en cuanto a la propuesta que viene; no nos gustan
las pequeñas reminiscencias que quedan dentro del proyecto de ley,
que obedecen a la situación típica española, pero que se podía
solventar en un esfuerzo de modernización; no nos gusta la relación
de la Guardia Civil dentro de la estructura militar, ni por su
origen, porque nació para eso, ni por las posibilidades que tienen.

Ello no quiere decir que no pueda haber una estrecha y buena relación
entre la actuación de la Guardia Civil y la propia acción de las
Fuerzas Armadas, pero lógicamente la dependencia podía ser civil; no
nos gusta el peso excesivo de lo que es un origen nuestro que podía
ser modernizado, y es una relación más laica dentro de nuestro propio
ejército. El peso de una de las concepciones religiosas de la iglesia
católica nos puede llevar a complicaciones. Un ejemplo: el 30 por 100
de los españoles que vive en Melilla son de origen bereber, incluso
hablan el tamahek y tienen otra religión. ¿Podrán ser militares de
nuestro ejército profesional? ¿O cómo vivirán esto que se pone aquí?
Hay una precisión excesivamente grande, que yo creo que es típica del
reglamento -antes han hecho referencia algunos portavoces-, como es
el tema del juramento ¿cómo se hará el acto del juramento? ¿Juráis
por Dios y prometéis? Yo no sé si eso es típico de una ley, no sé si
en las demás leyes está así, pero yo lo veo regular.

La otra deficiencia, antes de pasar al último bloque de nuestras
limitaciones, se refiere a las escalas maltratadas o a las escalas
que no se integran bien en esta medida. Contentar a todos es muy
difícil, yo lo sé, pero se podía haber buscado caminos. Los otros dos
grandes elementos que no quedan bien son esta referencia que se hace
al tema de la reserva y de los reservistas sin tener solventada una
ley de movilización nacional, por la que se viene clamando desde hace
bastante tiempo; una ley que regule cómo va a funcionar esa
movilización nacional, cuáles son los reservistas, cómo funcionan, en
qué casos y quién aprueba esa movilización nacional, con qué acción,
es decir, no queda bien solventado. Ello no impide que haya después
esa ley y, por tanto, se pueda tener una referencia en esa propia
ley.

Por último, el tema del asociacionismo militar. No sé por qué es tan
pacta esta ley en esa posibilidad. Ahora que otros grupos han
defendido nuestra plena presencia en la experiencia de los países
OTAN, ¿por qué no cogemos la experiencia del asociacionismo militar
en Alemania, en Francia, en Bélgica, países OTAN que lo tienen
regulado? El último ejemplo lo tenemos en Portugal, que acaba de
aprobar una ley de asociacionismo militar. Aquí somos todavía como
muy incipientes en la manera de entenderlo. Nacemos en este proceso
de modernización y de profesionalización con unas limitaciones, o con
una falta de impulso. Yo sé que todos los cambios llevan su tiempo,
todo tiene su tratamiento en el tiempo y a lo mejor dentro de diez
años estamos en otra situación diferente y las cosas no deben ser
embridar por sistema un procedimiento, pero creemos que se podía
haber avanzado un poco en esa posibilidad, que además es típica de
cualquier ejército moderno con el que afortunadamente se relacionan
nuestras Fuerzas Armadas en su trabajo cotidiano.




Termino esta intervención con la defensa de las 105 enmiendas que
quedan. En el debate plenario se argumentará, con mayor fuerza por
parte del compañero que defiende este proyecto, lo que son los
motivos y las justificaciones que constan en los textos que ustedes
disponen y que está publicados en el correspondiente boletín, pero me
gustaría hacer una relación de lo que pudiéramos llamar el bloque no
bien resuelto, las situaciones no bien resueltas, o las escalas que,
a través de nuestras enmiendas 271 a 293, pretendemos defender.

La disposición transitoria tercera, en los puntos uno y dos, sigue
manteniendo una situación injusta que no respeta derechos adquiridos
ni las normas originales que regulaban las escalas declaradas a
extinguir por la Ley 17/1989, y como dicha ley no sólo las extingue
sino que las congela. No se ha tenido en cuenta, además, una de
nuestras enmiendas en el debate de ponencia -en el debate de Comisión
aún no lo sé, veremos en todo caso, en el debate plenario- que añadía
que para el ascenso al último empleo de cada escala se exigirá el
tiempo mínimo que en su día determinó la normativa de creación de las
mismas adoptándose las medidas oportunas para su ejecución. Por ello,
quedan en mala situación las promociones enteras que se quedarán sin
ascender o completar la carrera militar que les proporcionaba su
normativa de creación. Tampoco se soluciona la complicada situación
creada por la Ley 17/1989 y las diferentes sentencias estimatorias de
lo Contencioso que han modificado el escalafón y han puesto en
evidencia lo arbitrario de alguna situación en materia de ascenso.

La disposición adicional sexta, tal como queda, mantiene el mismo
defecto que la anterior, ya que en su redacción no soluciona en
ningún caso el problema planteado por una proposición no de ley, que
aprobó este Congreso en el año 1996, que intentaba resolver la
situación anómala en que se encontraban las tres últimas promociones
del antiguo cuerpo de suboficiales. Si la solución está en dar un
margen de diez años más a los otros diez años que este colectivo
lleva ya esperando a que se solucione dicha situación, nos
encontramos con que la mayoría de los componentes de esas promociones
pasarán a la reserva por edad antes de que se lleve a cabo el ascenso
tan ansiado por su parte; sobre todo los componentes de la última
promoción, que suman el 60 por ciento de los afectados. No existe
diferencia entre lo estipulado en la Ley 17/1989 y lo redactado en
esta ley, que nosotros pretendíamos se redujera a tres años.

Parte de nuestras enmiendas pretendían que se reconociera el tiempo
de servicios efectivos y el de mando y función en empleo de teniente
y que cualquier escala, una vez finalizado el curso de aptitud para
el primer empleo, ascendiera automáticamente a dicho empleo; por
consiguiente, parecería lógico que se le exigiera unos tiempos
mínimos para el ascenso. Este caso no es el de estas tres promociones
que realizaron el curso en los años 1988 y 1990. El proyecto de ley
olvida también que en el Ejército de Tierra se convocaron en un
momento determinado cursos de oficial -en el Ejército del Aire, a los
brigadas- y no se les permitió hacer ese curso a algunos de los que
ya estaban, a pesar de que el mismo llegó a estar programado. No
tener este curso ha sido el argumento esgrimido por los tribunales
para desestimar la solicitud de ascenso a teniente de los
suboficiales del Ejército de Tierra; ese curso que sirvió además



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para que fueran ascendidos inmediatamente a subteniente. En este
proyecto de ley que sale de la subcomisión, se olvida a los
suboficiales del Ejército del Aire que fueron discriminados respecto
a los del Ejército de Tierra.

La ley que sale de la ponencia añade un perjuicio con la redacción
del apartado tres de la disposición adicional sexta. En este punto se
contempla el ascenso a teniente, al pasar a la reserva a petición
propia, para todos los suboficiales que ascendieron a sargento con
anterioridad al 1.o de enero de 1976; pero sólo de las escalas que
fueron declaradas a extinguir en la disposición adicional sexta de la
Ley 17/1989, algunas de las cuales nunca tuvieron la posibilidad de
ascender a oficial. En todo caso, por justicia y equidad deberían
tener esa oportunidad.

Por otro lado, con fecha 1 de enero de 1999 debería estar cumplida la
Ley 14/1993 de plantillas, que por cierto se ha ido incumpliendo año
tras año, y no se han solventado los problemas derivados de ella. En
esta misma ley se dice, por ejemplo, que debería haber 1.500 personas
entre suboficiales mayores y subtenientes del Ejército del Aire el 1.

o de septiembre de 1999; eso no se ha producido, al aplicar el Real
Decreto de plantillas de julio de 1998 y de 1999.

Otra situación que queda mal tratada en la disposición adicional
quinta es el personal del servicio de psicología de las Fuerzas
Armadas, que está formado por oficiales superiores y oficiales y
suboficiales. Los suboficiales, al igual que las otras dos escalas,
son licenciados en psicología; otros son diplomados en psicología
militar y llevan mucho tiempo destinados a este servicio; sin embargo
no se les facilita la incorporación a estas escalas superiores.

Por último, dos situaciones concretas y a las que se ha hecho
referencia antes, que consideramos podrían tener un tratamiento mejor
y que sin embargo han resultado empeoradas con la admisión de la
enmienda 121. La primera es la que concierne a los cabos primero.

Consideramos que debería producirse una modificación del pase a
reserva al que están condenados más de 1.500 cabos primeros y eso se
solventaría con alguna de las enmiendas que aquí se han defendido,
poniendo que los cabos primero que superen los 12 años de servicio o
los 35 de edad puedan mantenerse dentro de los efectos de esta ley.

La verdad es que esta ley les perjudica respecto al Real Decreto 984/
1992, en el que estaban mejor tratados que en la regulación que se
nos propone.

La segunda situación a que me refería es la de los suboficiales
procedentes de la escala de complemento; consideramos que el texto
debería facilitar que los suboficiales pertenecientes al cuerpo de
Infantería de Marina, a los que para poder acceder a la condición de
militar se les exigió estar en posesión de un título equivalente a la
diplomatura universitaria, pudieran estar integrados en las escalas
de oficiales del cuerpo al que pertenecen.

En suma, puede parecer una lista de agravios o de soluciones mal
resueltas, pero lo lógico es que una ley que se elabora con voluntad
de pervivencia en el tiempo tenga un trato que permita al Ejército
que tenemos ahora, a los profesionales que tenemos, dar el salto a la
realidad por el camino de un Ejército más profesional, que tiene que
cumplir unos papeles diferentes en una etapa esperemos que de paz y
distensión y no de tensión.

Nada más, señor presidente. Espero haber argumentado suficientemente
nuestras enmiendas.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Socialista, tiene la palabra, en
primer lugar, el señor Moragues.




El señor MORAGUES GOMILA: Antes de entrar en la defensa de las
enmiendas, me gustaría dar los números de las que retiramos en este
momento del debate. Me refiero a las enmiendas números 294, 304, 311,
316, 318, 342, 358, 362, 363, 364, 365, 366, 368, 380, 382 y 386.

Asimismo damos por retiradas enmiendas que han sido transadas a lo
largo del debate de la ponencia, que son las siguientes: 301, 302,
321, 322, 323, 324, 326, 332, 333, 335, 339, 341, 343, 345, 356, 357,
361 y 383.

Aestas enmiendas que retiramos hay que añadir las que se nos han
aceptado, que no voy a repetir porque ya están incorporadas, salvo
que el señor letrado quiera que se las indique también. Han sido
aceptadas, y por tanto introducidas en el texto de la ponencia las
enmiendas 297 y 305. La 312 se nos aceptó en la ponencia, pero he
visto con cierta sorpresa que no ha sido objeto de tratamiento en el
informe de la ponencia. Hace referencia al título del cuerpo de
sanidad y psicología; a la supresión de la denominación psicología al
cuerpo de sanidad. Esto fue aceptado en ponencia, pero, al menos en
el informe, que tiene este portavoz, aún figura el nombre completo.

(El señor Fernández de Mesa Díaz del Río afirma que se ha suprimido
la denominación y muestra al señor Moragues Gomila la copia del
dictamen.) Yo he trabajado con un informe distinto; efectivamente, en
el que tiene el señor Fernández de Mesa ha desaparecido.

Sigo, señor Presidente. Las otras enmiendas que entendemos aceptadas
son los números 320, 325, 331, 334, 336, 337, 338, 359, 360, 367, 376
y 385. Dicho esto, por parte del Grupo Socialista vamos a intervenir
dos portavoces. Será una intervención mucho más ceñida a las
enmiendas, puesto que dejaremos las valoraciones globales más
políticas para el debate en Pleno de la próxima semana.

Para empezar, queremos sumarnos al reconocimiento del trabajo de la
ponencia. Por su actitud, podemos felicitar al grupo que apoya al
Gobierno y creo que también debemos felicitarnos los grupos de la
oposición por nuestra constancia y nuestra capacidad dialéctica, que
ha hecho posible la modificación del texto del proyecto de Ley. En
suma, señor Presidente, queremos expresar nuestra satisfacción porque
este es un proyecto de Ley que entendemos ha sido mejorado en el
trámite de la ponencia. Ha sido una Ley especialmente complicada,
entre artículos y disposiciones son más de 200 y casi 400 enmiendas,
lo que ha dado lugar a que el debate en ponencia haya sido muy
prolijo.

El Grupo Socialista ha presentado un conjunto de enmiendas
básicamente ceñido a cuatro cuestiones. Una serie de enmiendas están
relacionadas con la plantilla y composición de las Fuerzas Armadas y
el régimen transitorio, otras están dirigidas al tema de la enseñanza
militar, otro grupo se refiere a las escalas de complemento y otras
van dirigidas a la creación de una inspección de bases y
acuartelamientos, además de un conjunto de enmiendas referidas a
otras cuestiones de carácter menor o más específico



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que a lo largo de nuestra intervención vamos a defender esta mañana.

El Grupo Socialista entiende que este proyecto de Ley era necesario.

El cambio introducido en el modelo de Fuerzas Armadas conlleva un
ejército profesional, un ejército más reducido, más operativo, con
una importante incorporación de mujeres, etcétera y creo que era
necesario plantearlo como lo ha hecho el Gobierno, una nueva Ley
referida a la regulación de las relaciones del personal de las
Fuerzas Armadas. Por tanto, en esta primera cuestión el Grupo
Socialista mantiene una coincidencia de intereses con el Grupo
Popular.

Debo decir también que el Grupo Socialista no se ha sentido muy
cómodo en relación con algunos aspectos, sobre todo hay algo que no
compartimos, que seguramente no es muy importante, pero digo que no
nos sentimos demasiado cómodos porque no compartimos la sensación de
retroceso en las competencias que el estamento civil del Ministerio
de Defensa creo que se recoge en este proyecto de ley. Es verdad que
no son muchos los retrocesos ni muy importantes, pero junto con el
avance de la presencia militar en el organigrama político del
Ministerio, no puede menos que preocuparnos y, por supuesto, no lo
compartimos. Como he dicho antes, no es una crítica seguramente muy
importante, pero nos preocupa este retroceso del estamento civil y de
las competencias civiles en el organigrama de Defensa, como vamos a
ver a continuación. Precisamente voy a empezar a defender tres
enmiendas, la 306, la 347 y la 354, que hacen referencia a este
retroceso de competencias del Ministerio en favor del estamento
militar, en favor de los jefes del Estado Mayor correspondientes.

El artículo 17, apartado 2, hace referencia a la concesión de empleos
con carácter honorífico. Hasta este momento, la legislación asignaba
este cometido al ministro de Defensa y a partir de la aprobación de
esta Ley la concesión de empleos de carácter honorífico es una
competencia exclusiva de los Jefes de Estado de Mayor, lo que no nos
parece bien por lo que he dicho antes.

Nuestra enmienda 347 al artículo 117, apartado 2, párrafo segundo,
hace referencia a que las propuestas de clasificación para el ascenso
por selección deben devolverse al Ministerio de Defensa y no ser
contempladas, como en el proyecto actual, como competencia de los
Jefes de Estado Mayor. Nuestra enmienda 354, al artículo 130,
apartado 2, párrafo segundo, hace referencia a la misma cuestión,
aunque con un agravante, que son las limitaciones que se introducen
para ocupar determinados destinos. La competencia estaba asignada
hasta este momento al Ministerio de Defensa y a partir de la
aprobación de esta Ley va a ser competencia exclusiva de la Jemad. En
definitiva, creo que es una muestra clara de la situación actual y
nos preocupa, no la compartimos y creemos que la situación que ha
habido hasta el momento sufre cierto retroceso. Ha sido muy difícil
el camino que se ha recorrido desde la transición democrática hasta
este momento para recolocar a los estamentos militares y civiles,
para repartir el trabajo de los estamentos civiles y militares en un
aspecto como la defensa, y aunque no sea muy preocupante no nos gusta
que se retroceda de alguna forma en este aspecto, porque como he
dicho ha sido una labor difícil, una labor ardua de muchos años para
hacer un
reparto que nos parece más lógico en las competencias de las
estructuras del Ministerio.

Señor Presidente, sigo con la defensa de la enmienda 295, que hace
referencia a la condición militar de la Guardia Civil. Nos parece que
hay una ligera contradicción, lo que nos causa cierta sorpresa, entre
los artículos 1 y 2 del proyecto de Ley. El artículo 1 define
claramente que la Guardia Civil es una institución de naturaleza
militar y dice que sus miembros tienen la condición de militar; en
cambio, el artículo 2, cuando define quienes son militares
profesionales por parte de esta Ley, no se incluye a la Guardia
Civil. Nosotros creemos que esto es un error y que debe rectificarse
esto, lo que a nuestro entender dejaría las cosas más clarificadas.

Las enmiendas 299 y 300 hacen referencia al artículo 10, apartado 3,
y hablan de las funciones de mando de los militares. Entendemos que
queda más clara cuál es la función de mando y quién debe ejercitar el
mando en el texto de las enmiendas que nosotros hemos presentado, y
por tanto las vamos a mantener para su votación y debate en el Pleno.

La enmienda 303, al artículo 13, apartado 4, hace referencia al pase
a la situación de retiro de los Jefes de Estado Mayor de los
Ejércitos. El proyecto de Ley introduce una excepcionalidad en cuanto
al pase al retiro de los militares que llegan a desempeñar el puesto
de Jefes de Estado Mayor que nosotros no compartimos. No nos parece
lógico que un Jefe de Estado Mayor, cuando cesa en su cargo, que
puede pasar a la reserva o al retiro en función de su edad,
forzosamente, porque esta Ley lo consagra así, tenga que quedarse
seis años más en reserva especial dirigiendo o siendo miembro de la
real y militar Orden de San Hermenegildo. No nos parece lógico, es
una argumentación que hemos mantenido en ponencia y no se nos ha dado
ninguna explicación que nos parezca razonable, por lo que vamos a
mantener nuestra enmienda.

La enmienda 317 es una enmienda al artículo 48 y habla de los
cometidos profesionales de los militares de tropa y marinería. Se
trataría de incluir en el apartado primero la palabra exclusivamente
en los cometidos profesionales de tropa y marinería. Es cierto que
los cometidos profesionales son exclusivamente militares y se puede
decir que ésta es una enmienda obvia, por tanto, reiterativa y que no
es necesario colocarla en el texto de la Ley. Pero queremos recordar
a las señoras y señores Diputados que ha habido multitud de casos, y
un montón de cuestiones planteadas incluso ante las jurisdicciones
correspondientes, de actividades que se han obligado a hacer a los
soldados, a la clase de tropa y marinería, que son soldados
profesionales en este caso y que no tienen nada que ver con los
cometidos militares. Entendemos que esta palabra no modifica en
absoluto en ningún sentido, pero que refuerza la idea de los
cometidos profesionales de la clase de tropa y marinería, debería
introducirse en el texto del proyecto, porque define mucho más
claramente que las funciones de los militares profesionales de tropa
y marinería, debería introducirse en el texto del proyecto, porque
define mucho más claramente que las funciones de los militares
profesionales de tropa y marinería deben ser exclusivamente
militares. Los soldados no están para desempeñar funciones de
carácter particular de ninguno de los mandos, y desgraciadamente



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a lo largo de los años hemos visto cómo muchas veces, por lo menos,
en algunas ocasiones, se ha podido producir. Esto daría menos
posibilidad de interpretaciones amplias -entre comillas la expresión
amplias- que a veces se ha dado a los cometidos militares de los
soldados y de la tropa profesional.

Con la enmienda 344, que hace referencia al artículo 105, apartado c)
bis nuevo, el Grupo Socialista quiereintroducir que en las normas
generales para las evaluaciones a las que deben ser sometidos todos
los militares profesionales, además de todos los requisitos o de toda
la documentación que en este mismo artículo se desarrolla, el
historial militar, la información complementaria y la que a
iniciativa propia pueda presentarse, las certificaciones a las que se
refiere la Ley orgánica del régimen disciplinario y cualquier otro
informe complementario, se tengan en cuenta también las evaluaciones
anteriores. No entendemos por qué desaparece de la anterior norma
legal a ésta la posibilidad de tener como documentación necesaria
para estas evaluaciones las evaluaciones anteriores. Las evaluaciones
se repiten periódicamente en todos los estamentos militares y parece
lógico que también se tenga en cuenta cuál ha sido la evaluación
merecida por los militares que están sometidos en este caso a la
evaluación concreta de un momento determinado. Entendemos que esto
también facilita o mejora la capacidad de la evaluación que deben
hacer los mandos correspondientes.

La enmienda 346, al artículo 108, hace referencia a las evaluaciones
extraordinarias para determinar si existe insuficiencia de
condiciones psicofísicas. La conclusión que se saca de la lectura de
artículo 108 es que una vez se haya evaluado y determinado que existe
cierta insuficiencia de condiciones psicofísicas, repito, la
conclusión inmediata y única es el pase a retiro. Nosotros entendemos
que ésta es una conclusión excesivamente drástica. Entendemos que
antes de pasar al retiro es posible que una persona afectada por esta
insuficiencia de condiciones psicofísicas pueda ser objeto de pase a
la reserva. Éste es el espíritu de nuestra enmienda. Nuestra enmienda
dice que estamos de acuerdo en que se pase al retiro en los casos
graves de insuficiencias psicofísicas pero que se introduzca la
posibilidad de que en casos más leves también puedan ser pasados a la
situación de reserva. Piénsese que la situación de retiro es una
situación incompatible con cualquier otro trabajo o desempeño
profesional, que el profesional inmerso en esta insuficiencia
o evaluado insuficientemente por estas condiciones podría encontrarse
problemas de carácter laboral inmediatamente después de esta
evaluación y de su pase al retiro.

Las enmiendas 351, 352 y 353, a los artículos 124, 125 y 126, hacen
referencia a la misma cuestión, y propone que el ascenso a cabo, a
cabo primero y a cabo mayor de la clase tropa y marinería, se haga
por un mismo sistema, que es el de concurso. Entedemos que en cada
una de las distintas especialidades de los grados de cabo, cabo
primero y cabo mayor la ley contempla un sistema distinto de acceso a
los mismos, y nos parece un tanto exagerado. Pensamos que la
posibilidad de acceder al empleo correspondiente de cabo, cabo
primero y cabo mayor puede hacerse por un único sistema, que nosotros
proponemos que sea el de concurso, que permite hacer el mismo tipo de
selección que en cualquiera de los otros casos contemplados por el
proyecto de ley.

Englobando algunas enmiendas en los temas que voy a tratar, intentaré
hacerlo con un poco más de rapidez. En cuestiones de plantillas, en
cuestiones de modelo de Ejército, hemos presentado y mantenemos las
enmiendas 307, 348, 375 y 384. El Grupo Socialista discrepa del
modelo de ejército, de efectivos y del régimen transitorio que
contempla la ley, y lo hace en coherencia con la postura que ha
mantenido durante el debate de la ponencia conjunta Senado- Congreso,
en la que como saben ustedes el Grupo Socialista no apoyó las
conclusiones a que llegó aquella ponencia, que fijaban un determinado
número de efectivos, de cuadros de mando y de tropa profesional, un
determinado régimen transitorio, que repito no fue objeto de acuerdo
del Grupo Socialista y que mantiene su posición en estas enmiendas.

Tampoco el Grupo Socialista mantiene un acuerdo con el Grupo Popular
y con el Gobierno en cuanto a las cuestiones referentes a las
plantillas y de fijar los números tanto de generales como de
coroneles, tal y como viene planteado en esta ley. El Grupo
Socialista piensa que todo lo que signifique números de empleos, de
categorías, de grados, etcétera, debe ser traspasado a una ley
general de plantillas, que nos permitiría en este caso poder votar
favorablemente. Si se mantiene, como nos tememos, que se configure en
esta ley, si se configura en el proyecto de ley un determinado número
de generales y de coroneles, concretamente lo mismo que de clase de
tropa y marinería, el Grupo Socialista deberá votar en contra.

Es cierto que otros países (y aquí ha sido comentado por algunos
otros intervinientes a lo largo de la mañana, y se ha puesto como
modelo Canadá) han sido capaces de hacer una ordenación y una
organización distinta del ejército y una reducción drástica tanto de
efectivos como de recursos económicos; esto es cierto. Sin embargo,
querría decir en honor de la verdad que este país, España, también ha
sido capaz de hacer esta reducción. Creo que no podemos irnos de la
reunión de esta Comisión en la mañana de hoy con la idea de que no se
han hecho esfuerzos considerables para la reducción de los efectivos
militares. Quiero recordar que el año 1982 el Ejército español tenia
380.000 efectivos y que en estos momentos estamos hablando de
180.000; es decir que a lo largo de poco más de 15 años, a lo largo
de 17 años se ha reducido el ejército el 50 por 100 en efectivos y
clase de tropa y casi el 20 por 100 en efectivos de cuadros de mando.

Es un reconocimiento que quiero hacer explícito, porque quiero
recordar que todas las reconversiones deben hacerse de forma
paulatina, con medidas que atemperen sus consecuencias etcétera, pero
pocos sectores de nuestro país han sufrido una reconversión como el
militar. Pocos sectores profesionales de este país pueden presentar
un cambio tan importante y en un plazo de tiempo que creo es
relativamente breve. Si el año 1982 hubiésemos planteado esta
reconversión no se la hubiera creído absolutamente nadie de este
país. La verdad es que 17 años después hemos hecho una reconversión
importante y quiero que quede constancia clara por parte de nuestro
grupo de la labor efectuada y que se continúa efectuando. Esto sí
tiene el reconocimiento y el apoyo del Grupo Socialista.

En cuanto a la enseñanza, mantenemos vivas exclusivamente dos
enmiendas de un conjunto importante. El Grupo



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Socialista había presentado alrededor de veinticinco enmiendas sobre
la enseñanza y quiero explicar el agradecimiento que tiene el Grupo
Socialista hacia la capacidad de flexibilizar posturas que han
mantenido el Gobierno y el Grupo Popular. La verdad es que mantenemos
solamente dos porque han sido aceptadas, algunas literalmente y otras
de forma transaccional, por el Grupo Parlamentario Popular.

Las dos enmiendas que mantenemos son las 319 y la 329. La enmienda
número 319 propone que exista una posibilidad de evaluaciones
externas en la calidad de la enseñanza. Una preocupación que se
deriva de este proyecto de ley, como ya lo era en la legislación
anterior, es ir hacia una homologación de los sistemas educativos
militares con los del sistema general. Nuestra enmienda persigue que
esta homologación sea absoluta, que se produzca posibilitando también
las evaluaciones externas por instrucciones de carácter académico
para que puedan medir en un momento determinado las enseñanzas de
carácter general, no las estrictamente militares que deban ser
evaluadas por el profesorado militar porque son los mayores
especialistas como no puede ser de otro modo. Esto no ha sido
considerado por el Grupo Popular, pero insistimos en la bondad de la
enmienda.

En cuanto a la enmieda 329, proponíamos como una de las cuestiones
importantes de la enseñanza militar mantener los valores
constitucionales. Todos los grupos coincidíamos en que era necesario
y de alguna manera se ha mantenido en el proyecto, sin embargo, el
Grupo Popular ha preferido incluir la enmienda que ya ha sido objeto
de comentario por parte del portavoz de Convergència i Unió, la gran
aportación que se ha producido en este aspecto es reconocer la
pluralidad cultural de España.

Entendíamos que nuestra propuesta que hablaba de los valores
constitucionales incluía la pluralidad cultural de España porque esta
pluralidad está contemplada, como todos sabemos, por la Constitución
y nos parecía que consideraba más globalmente todos los valores
constitucionales que deben formar parte de la formación militar. La
verdad es que ha sido considerado y vamos a votar favorablemente la
enmienda de Convergència i Unió. Nos parece que limita, aunque
explica a la vez los valores constitucionales a los cuales se quiere
dar realce en esta enmienda.

Para terminar con el tema de la enseñanza, éste había sido uno de los
apartados a los que habíamos presentado más enmiendas y de los que
más satisfechos nos encontramos en su resultado. Habíamos intentado
profundizar en la vía que la ley anterior abría de crear órganos
colectivos en cuanto a la dirección de las instituciones formativas
militares. La posibilidad de crear órganos asesores, órganos
participativos tanto académicos como participativos social y
académicamente hablando, ha sido considerado favorablemente por el
Grupo Popular y por el Ministerio y queremos felicitarnos, primero,
como ya he dicho antes, por nuestra insistencia en esta cuestión y
porque al final el resultado ha sido digno del empeño.

Esto abre una forma distinta de entender la formación cultural y abre
vías de diálogo y colaboración de la sociedad civil con la militar,
si se puede utilizar esta expresión, señor presidente. Como he dicho,
quiero dejar clara nuestra satisfacción tanto por el empeño del Grupo
Socialista como
por el esfuerzo que ha hecho el Grupo Popular para aceptarnos estas
enmiendas.

Para terminar, señor presidente, quiero hablar de tres cuestiones
relacionadas con las disposiciones adicionales que hacen referencia a
colectivos afectados por la ley que estamos discutiendo, como también
se ha recordado por algún portavoz, ya que hemos sido bombardeados,
utilizando un símil guerrero, con escritos, llamadas y reuniones,
a lo largo de la tramitación parlamentaria.

Las enmiendas que mantenemos vivas hacen referencia a tres de estos
colectivos. La 369 hace referencia a la disposición adicional cuarta
y se refiere a la integración de suboficiales de infantería de Marina
que en su momento y para formar parte del colectivo de complemento de
la entonces infantería de Marina, tuvieron que presentar como
requisito académico una titulación de carácter superior. Esta ley
podía haber solucionado definitivamente este problema. Es una
reivindicación que se lleva arrastrado desde hace tiempo, que en la
ley anterior no se aceptó, aunque el Grupo Socialista entiende que
dada la magnitud de problema, por ser un pequeño colectivo y quedar
pocos militares en activo en estos momentos, se podría cerrar
definitivamente esta cuestión.

Las enmiendas 371, 372 y 377 hacen referencia a la integración en el
cuerpo de sanidad de los psicólogos militares. Estas enmiendas se
refieren a tres de los colectivos que forman parte del servicio de
psicólogos del ejército. La número 371 hace referencia a los
militares de complemento y esta ley no acepta su integración directa
que proponía el Grupo Socialista. Mi grupo comparte con el Grupo
Popular que los oficiales de empleo hasta la aprobación de esta ley,
a partir de ahora de complemento, para integrarse a las escalas deben
seguir el procedimiento previsto en la ley: la promoción interna y el
acceso a las enseñanzas militares correspondientes para el grado,
para el empleo a los que deben complementarlo.

No obstante, en este caso concreto la creación de una nueva
especialidad en el cuerpo de sanidad permitió dar un tratamiento
diferente y hay precedentes en este aspecto en otras creaciones de
cuerpos en las que ha habido integraciones directas. Quiero
recordarles, señores diputados, que en el servicio de psicología de
las Fuerzas Armadas casi el 75 por 100 de sus cuadros de mando son
oficiales de empleo. Como contempla la ley en estos momentos, en el
desempeño de estas funciones podemos encontrarnos con que a partir de
la aprobación de esta ley todos estos puestos que se están ejerciendo
por oficiales de empleo, puedan ser ocupados por oficiales que
teniendo la titulación necesaria pero no habiendo desempeñado nunca
ninguna función en los servicios de psicología, puedan pedir su
adscripción a esta nueva especialidad del cuerpo de sanidad, con lo
cual puede darse el caso, y si no se introducen medidas correctoras
es muy posible que se dé, de que la nueva especialidad esté cubierta
por militares que tienen la titulación, pero no tienen experiencia en
psicología militar, y en cambio el 75 por 100 de militares de empleo,
muchos de ellos con más de diez años de presencia en el servicio de
psicología de las Fuerzas Armadas, queden en la calle. No entiende el
Grupo Socialista que este sea un negocio, entre comillas, muy
favorable a los intereses de las Fuerzas Armadas. Nosotros creemos
que los psicólogos militares han demostrado



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un buen nivel profesional y que la creación de esta nueva
especialidad en el cuerpo de sanidad que les permite su integración
de manera distinta de la prevista en la ley para todos los oficiales
de empleo o complemento, debería ser tratada con especial atención
porque las consecuencias negativas, que ningún grupo quiere pero que
se pueden dar, pueden y deben evitarse.

Las enmiendas 372 y 377 abundan en esta cuestión, pero para
colectivos distintos. Una hace referencia a los suboficiales; hay un
número muy pequeño de suboficiales que en estos momentos están
adscritos a los servicios de psicología militar, con titulación
superior, aunque para desempeñar el cargo que en estos momentos están
realizando en la categoría de suboficiales no se requería la
titulación que tienen. Creo que la tramitación de esta ley es un
magnífico momento para recolocar las cosas en su sitio. Si estos
suboficiales son psicólogos y están desempeñando trabajos de
psicología, démosles, señores diputados, la categoría que el
desempeño de sus funciones reclama. Son psicólogos y desempeñan
trabajos de psicología, démosles, pues, el empleo de oficial superior
que la ley contempla. Esta es la intención de esta enmienda.

La enmienda número 377 hace referencia a la posibilidad de integrar
en la nueva especialidad de psicología del cuerpo de sanidad a los
miembros de la Guardia Civil. Los cabos primero y cabos de la Guardia
Civil que están desempeñando en estos momentos funciones de
psicología militar en la Guardia Civil deben poder integrarse en un
cuerpo común. Si la sanidad es un cuerpo común que atiende las
necesidades de la Guardia Civil, la psicología, que es una
especialidad de sanidad y, por tanto, cuerpo común, también debe
atender las necesidades de ayuda psicológica que requiera la Guardia
Civil. No entendemos por qué razón en este cuerpo la especialidad de
sanidad será menos común que el resto de especialidades que conforman
el cuerpo común de sanidad. No lo entendemos excesivamente bien.

La tercera cuestión a la que quería referirme, señor presidente, es
nuestra enmienda 373, relativa a la integración de los cabos primeros
de empleo. Todos los grupos han hecho referencia, no voy a extenderme
excesivamente a la reivindicación de los cabos primeros de empleo y a
su situación, cuyos contratos pueden ser rescindidos en los próximos
meses. Los ejércitos no pueden prescindir de la experiencia de buenos
profesionales -muchos de ellos superan los doce o quince años de
buena profesionalidad-, porque la evaluación de su labor profesional
ha hecho posible la criba que introduce de forma desaforada este
proyecto. Nosotros defenderemos hasta el último momento la
posibilidad de una integración especial para los cabos primeros en el
nuevo modelo de ejército profesional, porque, como ustedes saben muy
bien, se abre la posibilidad de establecer puestos permanentes para
la clase de tropa y marinería.

Finalmente, señor presidente, queremos sumarnos a la defensa de la
enmienda 288 a la disposición transitoria tercera, punto segundo, del
Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida, que hace referencia a
la posibilidad de ascensos de la escala auxiliar que esta ley no ha
contemplado. Es cierto que se puede resolver el problema que plantea
esta escala en concreto a través de los futuros decretos que
desarrollen las plantillas de las Fuerzas Armadas, pero esta era una
buena ocasión para que este colectivo de la escala auxiliar, que ha
sido perjudicado en muchas ocasiones por la aplicación de normativa,
incluso por sentencias contradictorias por las jurisdicciones
militares correspondientes, viera recogidas sus pretensiones.

Entendemos que el problema se va a solucionar en esta ley sino en los
sucesivos desarrollos normativos y reglamentarios, pero queremos que
conste nuestra postura favorable a la aprobación de la enmienda del
Grupo Parlamentario Federal de Izquierda Unida.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Sanjuán.




El señor SANJUÁN DE LAROCHA: Señoras y señores diputados, intervengo
para continuar la exposición del Grupo Socialista ahora a través de
mi persona, de mi voz y mi palabra.

Cuando el Grupo Socialista se enfrenta a este proyecto de ley lo hace
desde una triple perspectiva. En primer lugar, había una Ley anterior
de la función militar, la Ley 17/1989, que todo el mundo reconoce los
avances sustanciales que significó respeto del estamento militar y de
las Fuerzas Armadas. Desde esta perspectiva, se vio la necesidad de
seguir los procesos contenidos en esa ley y de tener en cuenta -y esa
concepción ha estado presente en el Grupo Socialista- la estabilidad
del colectivo de funcionarios que integra estamento tan importante
como son las Fuerzas Armadas. En segundo lugar, era necesario adaptar
las Fuerzas Armadas a una nueva realidad, a la plena
profesionalización de las Fuerzas Armadas. Y pongo el énfasis en la
expresión plena profesionalización, porque nuestras Fuerzas Armadas
han sido siempre, en una gran medida, profesionales, los militares de
carrera. El tercer parámetro era la necesidad de seguir avanzando en
el proceso de modernización de nuestras Fuerzas Armadas. Hay quien
puede pensar que la plena profesionalidad de las Fuerzas Armadas
significa en sí mismo un factor de modernización, pero hay Fuerzas
Armadas profesionales que, en absoluto, están modernizadas. Nuestra
vigilancia, nuestro cuidado y nuestro deseo es que esta ley
signifique avances en el proceso de modernización de nuestras Fuerzas
Armadas, proceso que, a su vez, significa también un avance en su
democratización, en su dependencia de la autoridad civil.

Todas nuestras enmiendas han ido encaminadas en este triple proceso.

No hemos presentado ninguna enmienda de totalidad porque queremos la
estabilidad. Todas las enmiendas han ido dirigidas a la adaptación,
queremos que se realice la plena profesionalización en un sentido de
avances democráticos y de modernización de nuestras Fuerzas Armadas.

Evidentemente se han dado muchos pasos en esa modernización, han sido
muchas las enmiendas que la ponencia ha aceptado de los diferentes
grupos, aunque hay algunas que quedan pendientes y que expresan lo
que los grupos defenderemos en cuanto a nuestro modelo de ejército
profesional. Mantuvimos nuestra posición en ponencia, con la
colaboración de nuestro portavoz, el compañero Pedro Moya, y lo ha
hecho ahora mi compañero de grupo. No obstante, voy a insistir en
algunos aspectos que,



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a mi juicio, significan todavía no avances en ese proceso de
modernización de nuestras Fuerzas Armadas -a algunos de ellos ya se
han referido anteriores intervinientes-, como la jura de bandera,
tema que se introduce por primera vez en esta ley. Se contemplaba ya
en una ley especial del año 1980. La Ley 17/1989, que se deroga,
hacía referencia a esa ley que recogía el juramento a la bandera,
pero ahora lo introducimos en este texto legal sin ningún avance,
pues significa el mantenimiento estricto de la fórmula establecida en
la citada Ley de 1980. Si estamos en un Estado laico, que debe
profundizar en los valores del laicismo -que son valores-, hay que
quitar la referencia a Dios; mantener, si se quiere, la mención a la
conciencia y al honor, valores tan queridos desde la perspectiva de
las Fuerzas Armadas, pero quitar la referencia a Dios y también a
aquellas fórmulas antiguas como, por ejemplo, aquella: Si así lo
hacéis que os alaben y, si no, que os desprecien, fórmulas
periclitadas, propias de otras épocas y respecto de las cuales
podríamos sencillamente pasar.

Otro aspecto de la ley. La Ley 17/1989 creó lo que se denominó
cuerpos comunes en las Fuerzas Armadas; un avance sustancial e
importantísimo. Quiero recordar a todo el mundo que anteriormente
había tres cuerpos de sanidad (los de tierra, mar y aire), un cuerpo
jurídico y un cuerpo de interventores para cada ejército. En la Ley
17/1989 se unifican estos cuerpos, estableciéndose también respecto
del cuerpo de intendencia ya que, en la intendencia o en la
logística, no vemos qué diferencias puede haber en unos cuerpos o
ejércitos respecto de otros. Este avance en la intendencia
significaba homologarla, desde el punto de vista de la enseñanza, a
la educación civil; los intendentes tenían que ser todos economistas
y, a través de una oposición, se integrarían en un cuerpo de
intendencia y pasarían después a recibir su formación específica
militar en una academia. Pues bien, aquí hay un retroceso. No se
lleva a cabo un avance espectacular, naturalmente muy costoso, desde
la perspectiva del esfuerzo que hay que hacer con relación a los
diferentes colectivos de convencimiento, que es hacer un cuerpo
común. Nosotros no hemos enmendado en ese sentido; sabemos lo que
cuestan las cosas, dejémoslo para más adelante. No hemos enmendado
para hacer un cuerpo común, pero naturalmente sí presentamos
enmiendas para que por lo menos nos quedemos como estamos. Si no
avanzamos, quedémonos como estamos, porque no nos quedamos como
estamos. Los cuerpos de intendencia, ahora, volverán a ingresar en la
academia militar y harán una carrera militar exactamente igual que un
infante de marina o que un aviador que tiene que llevar cazas de
guerra. La ponencia ha hecho un esfuerzo y se ha logrado un leve
avance en el sentido de que se puede ingresar a través de las dos
vías: como intendentes de pata negra -todos sabemos lo que eso
significa en el ejército-, los que ingresan en la academia, en el
West Point, y aquellos que vienen de la vida civil siendo
economistas, que hacen su oposición como tales, que sólo van a estar
seis u ocho meses en la academia militar y que, a lo menos, se
considera que tienen una formación menor.

Hablaré brevemente y pondrá énfasis en una serie de enmiendas
presentadas por mi grupo que significaron avances y que han sido
aceptadas, en los temas de enseñanza, como así ha puesto de
manifiesto mi compañero, pero
ahora me referiré a los retrocesos que el Grupo Parlamentario Popular
y el propio Gobierno deben reconsiderar. En primer lugar, me referiré
a las situaciones administrativas (artículos 141 y 142). En el
artículo 142, por ir a lo positivo, se establece la excedencia de
carácter voluntario para los cargos electos, que ya venía de la Ley
17/1989, una excedencia voluntaria para toda aquella persona que
quería presentarse a unas elecciones u ostentar un cargo público
considerablemente peor que lo que puede significar en cualquier
funcionario de carácter civil puesto que no perfeccionaba ningún
criterio de antigüedad ni trienios, ni servía ese tiempo a efectos de
clases pasivas. Esto se corrige ahora. Anosotros nos parece bien que,
en cierta medida, se homologue la situación de los funcionarios
militares a la de los funcionarios civiles, ma non troppo; no nos
pasemos en la homologación y queramos ahora avanzar más allá, e
incluso dar carácter retroactivo. Se corrigen las situaciones
marcadas por la Ley 17/1989 y no nos parece mal que se haga, pero
búsquese la percha adecuada y el momento adecuado. La percha adecuada
es la presentación de una enmienda, que no existe, y el momento
adecuado tiene que ser en el Senado para realizar esa corrección.

En lo que desde luego no estamos de acuerdo es en que esa
homologación se produzca en el artículo 141 -hay correcciones
también- y que los que puedan ser miembros de un gobierno, ministros
militares, etcétera, pasen ahora a una situación de servicios
especiales. Mientras que un electo tiene que ir a una excedencia
voluntaria, una persona designada para un cargo político de vital
importancia como puede ser ministro, secretario de Estado o
subsecretario, pasa a la situación de servicios especiales, que tiene
la singularidad respecto de cualquier funcionario de las Fuerzas
Armadas de que puede seguir su carrera; es decir, que perfecciona
antigüedad, que cumple condiciones que puede ascender..., con lo que
se podría dar la paradoja -evidentemente corregida a través de
enmiendas en ponencia- de que una persona que, siendo comandante,
fuera nombrada subsecretario a los 35 años estuviera 12 años en el
cargo y, al término de dicho tiempo, volviera de coronel. Se ha
corregido esto en el sentido de que sólo pueda producirse un ascenso,
pero ello es suficientemente importante puesto que, cuando desee
dejarlo, habrá ascendido un puesto, cumple sus condiciones y sigue su
carrera militar, yo no diría igual que los demás, sino mejor que los
demás porque, si ha sido subsecretario o ministro, quién le va a
impedir después que ascienda a general o a coronel. No nos parece en
absoluto pertinente que una persona que pertenece a las Fuerzas
Armadas pueda hacer carrera militar fuera de las fuerzas armadas. La
condición de funcionario de las Fuerzas Armadas tiene una especial
singularidad que a su vez exige la singularidad de que, si quiera
hacer carrera militar, permanezca en las Fuerzas Armadas. Desde ese
punto de vista, todos aquellos que sean nombrados para desempeñar
puestos o cargos en organismos públicos dependientes o vinculados a
la Administración pública que estén asimilados en rango
administrativo a altos cargos, todos aquellos que sean miembros del
Gobierno o de los órganos de gobierno de comunidades autónomas,
ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, o altos cargos de las citadas
instituciones de las administraciones públicas deben ir a la
situación de excedencia voluntaria, como recogía la Ley 17/1989, y no
pasar



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a una situación de excedencia especial que puede originar serios
problemas en las Fuerzas Armadas, así como situaciones de agravio
comparativo evidentes.

Quiero tratar dos aspectos que, a mi juicio, son importantes y que
tienen que ver con la carrera militar y con la adaptación de esta ley
a un proceso de profesionalización plena de las Fuerzas Armadas; dos
aspectos concomitantes y relacionados. Uno es la duración de la
carrera militar (enmienda 355, presentada por el Grupo Socialista) y
otro el tema de los militares de complemento. La ley dice que la
carrera militar se compone, de un lado, de los militares permanente,
los que son de carrera, y de otro, de aquellos que tienen una
adscripción de carácter temporal, los militares de complemento y la
clase de tropa y marinería.

No se ha entendido -puesto que nuestras enmiendas no han sido
aceptadas en lo relativo a los militares de complemento- que el
militar de complemento tiene que ser uno de los ejes fundamentales
sobre el que tiene que basarse un ejército profesional, porque el
militar de complemento se define aquí como aquel que complementa los
cuadros de mando. ¿Me quieren ustedes decir qué cuadros de mando
complementa un militar de complemento que sólo puede ser alférez o
teniente? Eso es todo lo que le permitimos a un militar de
complemento. No digamos que complementa los cuadros de mando, digamos
que puede complementar los cuadros de alférez y de teniente, porque
no puede ser ni capitán, ni comandante, ni teniente coronel. Para eso
tenemos la escala de complemento de oficiales, y no debe de ser así.

Fíjense ustedes en que, alabando la Ley 17/1989 en lo que ha
significado de rejuvenecimiento de las Fuerzas Armadas, la exposición
de motivos de esta ley hace referencia a que, como consecuencia del
rejuvenecimiento, se carga las clases pasivas y que la reserva sigue
pesando sobre el presupuesto del Ministerio de Defensa. Pues bien, no
van a conseguir nada, va a seguir pesando siempre sobre el Ministerio
de Defensa una reserva muy abundante si no dotamos a las Fuerzas
Armadas de unos militares de complemento que, desde una perspectiva
de presencia temporal, complementen realmente los cuadros de mando y
estén en las Fuerzas Armadas 3, 12, 16 ó 20 años, con lo cual no
añadiríamos al presupuesto del Ministerio de Defensa más carga de
personal.

Hay otro elemento a añadir en este proceso de modernización. Estamos
en un ejército profesional que necesita la mayor permeabilidad con la
sociedad civil. Esa permeabilidad con la sociedad civil sólo la vamos
a conseguir si abrimos la posibilidad de que este ejército no sólo
esté dirigido por militares de carrera que entran en sus academias y
terminan su vida militar cuando pasan 33 años -34 según el proyecto
de ley-, sino también por militares de la sociedad civil que, una vez
finalizadas sus carreras e las universidades, quieren permanecer
durante un tiempo en los cuerpos jurídicos, de sanidad, de
intervención, de mandos, como ingenieros, etcétera, para adquirir
experiencia profesional en las Fuerzas Armadas durante un período de
tiempo y que después salen nuevamente a la vida civil. Esto no se
consigue a través del proyecto de ley. Es más, esa adscripción de que
sólo puede ser alférez y teniente significa claramente que es un
complemento pequeñito para un momento concreto y determinado de un
estudio de plantillas de las Fuerzas Armadas.

Termino ya con el tema de la duración, que tampoco significa avance
en la modernización. Yo diría que avance e la modernización es
rejuvenecer a las Fuerzas Armadas. Se hizo un esfuerzo considerable
en nuestras Fuerzas Armadas desde la perspectiva de su
rejuvenecimiento en la Ley 17/1989 y se ha mantenido durante todo
este período. Naturalmente, rejuvenecimiento significa coste para la
personas que cesan como funcionarios, en este caso de las Fuerzas
Armadas, pero significa también coste económico desde una perspectiva
presupuestaria para aquellas personas que tienen que retirarse. La
Ley 17/1989 había establecido que la duración de una carrera militar
era de 58 ó 32 años. A los 58 años todo el mundo pasaba a la reserva,
exceptuando aquellos que eran oficiales generales, cuyas edades de
pasea la reserva eran superiores; no pase a retiro, pase a una
situación de reserva que significaba un ligero costo económico para
la persona que pasaba a la reserva. Esto lo corrige la ley, lo cual
nos parece bien, en el sentido de que van a seguir cobrando sus
emolumentos en toda su integridad, pero establece ya que el pase a la
reserva sea a los 61 años y no a los 58. Eso no es rejuvenecer, eso,
se ponga uno como se ponga, es envejecer. Yo tenía menos años cuando
tenía 58 que en la actualidad; he envejecido, desde luego no me he
rejuvenecido. Pero es que el proyecto de ley en la exposición de
motivos habla de que eso es rejuvenecer lo cual es ya rizar el rizo
de lo que es la política mediática a veces del Partido Popular.

Creemos sinceramente que se ha mejorado el proyecto porque de 34 años
se ha bajado a 33. Hay que corregir los efectos económicos como hace
el proyecto de ley, pero sin que el pase a la reserva tenga que ser a
los 61 años, puede seguir siéndolo a los 51 y que las personas que
están en la reserva desde los 58 a los 61 años, como el siguiente
pase a la reserva que se establece ahora, perciban una cantidad menor
de la que en estos momentos perciben. Corrijamos eso, rejuvenezcamos
de verdad el ejército y reconozcamos el aspecto positivo de conservar
las mismas retribuciones del personal que cuando estaban en servicio
activo cuando signifique una reconversión, como de hecho sucede
cuando una persona tiene que pasar de los 58 años a la reserva pero
tengamos en cuenta que estamos en un ejército profesional y que la
clase de tropa y marinería y todos los restantes empleos pasan a la
reserva a los 56 años. También la tropa y marinería permanente.

¿Quieren decirme, de verdad, qué clase de tropa y marinería puede ser
con 55 ó 56 años? ¿Vemos correteando por los campos a soldados
profesionales con esa edad? Este país, con un producto interior bruto
que va creciendo de manera importante, si quiere tener unas Fuerzas
Armadas como corresponde a la entidad de España, puede permitirse
sinceramente unas edades de pase a la reserva, también para el
personal de clase de tropa y marinería permanente, algo inferiores a
esos 56 años.

Termino ya con una reflexión que se realiza en la enmienda 357 a lo
que denominábamos inspección de bases y acuartelamientos. La citada
enmienda significa la creación de un nuevo capítulo en el sentido de
que esa disciplina mal entendida que puede existir en un ejército
profesional no se dé y pueda tener corrección, y por eso se creaba lo
que denominábamos la inspección general de bases y acuartelamientos
que tenía que atender cualquier queja que pudiera haber en un
acuartelamiento, tal como



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denomina la propia enmienda. Tenemos que reconocer el esfuerzo
realizado con corrección en este tema por el Partido Popular y por el
Gobierno, el Ministerio de Defensa, al establecer que esta inspección
general que se pretendía crear pase a ser una parte de la inspección
existente en el Ministerio de Defensa, que naturalmente tiene que ser
potenciada. Yo creo que el propio subsecretario de Defensa, del cual
depende la Inspección General de Servicios, debe de ser consciente de
la necesidad de esto.

Se ha introducido también el artículo 161, que hace referencia
específica, recogiendo gran arte de nuestra enmienda, a las quejas
que pueden presentar los oficiales, o los soldados y marineros, el
tratamiento que se les puede dar y cómo llegan las mismas, en su caso
y en su momento, a la Inspección General, que tiene facultades para
inspeccionar con carácter general y en todo momento cualquier base o
acuartelamiento. Pero quisiéramos, y pediríamos un último esfuerzo
por parte del Ministerio de Defensa y por parte del Grupo
Parlamentario Popular, que esta Inspección General, cuando realice
inspecciones en bases y acuartelamientos, dé cuenta una vez al año a
la Comisión de Defensa del Congreso de ello y de los aspectos que se
hayan puesto de manifiesto.

Estos son todos los temas que queríamos tratar en este momento.

Agradezco, como han hecho los demás grupos, la colaboración de la
Presidencia en el trabajo de la ponencia y pido al Grupo
Parlamentario Popular que siga haciendo esfuerzos en el camino de
acercar posiciones, posiciones que no tienen otro sentido ni otra
finalidad que seguir avanzando en la modernización de nuestras
Fuerzas Armadas.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor
Fernández de Mesa.




El señor FERNÁNDEZ DE MESA DÍAZ DEL RÍO: Señorías, el Grupo
Parlamentario Popular quiere empezar esta intervención -después de
más de sesenta horas de trabajo en la ponencia sobre lo que fue el
dictamen de la plena profesionalización de las Fuerzas Armadas y más
de treinta y dos horas de debate de esta ley- agradeciendo, como ha
hecho el resto de los grupos políticos, al presidente de la Comisión
de Defensa el esfuerzo que ha realizado para coordinar estos
trabajos, sin tener obligación. Se puso al frente para que pudiéramos
llevar a buen término este importante trabajo, trabajo que hemos
desarrollado durante tanto tiempo. Queremos agradecer también, como
seguramente lo harán todos los grupos políticos, el trabajo realizado
por el letrado de la Comisión, con su atinado informe inicial
recogiendo el espíritu de todos los ponentes que hemos participado en
esta ponencia, así como el de los servicios de la Cámara que
puntualmente, y a pesar de la cantidad de cambios que introducíamos
en un brevísimo espacio de tiempo, realizaban un esfuerzo importante
para que tuviéramos los textos completamente modificados con la mayor
brevedad posible y pudiéramos continuar trabajando al día siguiente.

Dicho lo anterior, el Grupo Parlamentario Popular está agradecido a
todos los grupos políticos, sobre todo a aquellos con los que hemos
participado en tantas horas de ponencia, Coalición Canaria,
Convergència i Unió, Partido
Socialista y Partido Popular, para tratar, mediante el diálogo y con
un talante permanentemente abierto, de conseguir acercamientos en
posiciones en principio divergentes y tener una ley con el mayor
consenso posible. Estoy satisfecho del espíritu que ha rodeado los
trabajos de esta ponencia y reconozco los esfuerzos que han realizado
todos los grupos políticos. Quiero hacer una primera precisión: que
no sólo hemos valorado las enmiendas que se han presentado, sino que,
como muy bien recoge el informe de la ponencia, con enmiendas
presentadas por grupos políticos que no estaban presentes e la
ponencia y con cuestiones que no estaban enmendadas por ningún grupo
político y que podrían mejorarse con una redacción nueva, hemos
realizado un esfuerzo importantísimo de diálogo permanente, de
trabajo constante, para, entre todos, conseguir una ley como esta,
que introduzca los elementos que a todos nos unen, olvidando aquellos
que nos separan de una manera más radical.

Este esfuerzo es importante y no sólo esta Cámara, sino las propias
Fuerzas Armadas y la propia sociedad española deben conocerlo,
porque, cansados ya de dar imágenes permanentes de separación, de
división, también es bueno resaltar cuando hay acuerdos y cuando se
llega, en determinados momentos, en cuestiones difíciles, a alcanzar
importantes soluciones para sacar adelante una ley como ésta. El
primer comentario que hay que realizar es el beneficio que supone
para la voluntad de todos los grupos políticos de sacar adelante esta
ley que no se hubiera presentado ninguna enmienda a la totalidad de
este proyecto.

El Grupo Parlamentario Popular también ha presentado enmiendas a este
texto, pero no voy a hacer referencia a ellas porque, ya en el
trámite de ponencia, hemos retirado algunas, otras han sido
transacciones y otras han sido aceptadas. Lo que sí quiero es hacer
algún tipo de puntualización en aquellas enmiendas en las que se
entiende que ha habido falta de flexibilidad por parte de este grupo
parlamentario. Voy a dar un dato. Se han incorporado más de 175
nuevos aspectos o modificaciones que no estaban contemplados, en
parte o en su globabilidad, en la ley inicial presentada.

Entrando en lo que han sido las intervenciones de los grupos
políticos, a los que yo agradezco en este momento su talante
constructivo y la posición diferenciada que ha venido manteniendo,
quiero dejar claro por lo menos algunos aspectos. Por ejemplo, ante
la intervención del Bloque Nacionalista Galego, que tan alejado,
diametralmente opuesto puedo decir, se encuentra de los
planteamientos que en esta materia puede formular el Grupo
Parlamentario Popular o el Gobierno, en relación con el carácter
militar de la Guardia Civil al que se ha referido, ya ha entrado en
esta Cámara un proyecto de ley del régimen de la Guardia Civil, en el
que podremos discutir los aspectos que queramos que en él se
reflejen, que no tienen porqué estar en una ley que va a ser del
régimen del personal militar. Y sobre una de las cuestiones a las que
se ha referido, el tema religioso, le diré que en la disposición
transitoria número 13, que él también ha citado, se hace mención de
todas las confecciones que en este momento tienen acuerdos con el
Estado español. Nos referimos a la asistencia religiosa y están
recogidos otras religiones que no sean la católica, como puede ser la
evangélica, los judíos o los musulmanes.




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Queda perfectamente recogido en el proyecto de ley que estamos
debatiendo.

También plantea el Bloque Nacionalista Galego que no saben cómo
quedan los cabos en lo relativo a los 35 años de edad, a su acceso o
no acceso. Y quiero hacer una aclaración para todos los grupos que
han incidido en esta cuestión. La fórmula que ha establecido este
proyecto de ley para recuperar a estos cabos o marineros de la Armada
o del Ejército de Tierra es bien clara. Con aplicación de la ley que
está actualmente en vigor, a partir de esta fecha todos estos
profesionales tendrían que abandonar las Fuerzas Armadas. Así de
claro. Y lo que hace este proyecto de ley es eliminar el límite de
edad para el acceso de estos cabos de los diferentes ejércitos
mediante la promoción interna; se les da, por la disposición
adicional segunda, en su punto quinto, hasta el 30 de diciembre del
año 2002, es decir, tres años y medio más de los que les
correspondería en este momento, sin límite de edad, para realizar la
promoción interna, para lo que no se les contabilizarán, como dice la
ley actual, los tiempos de permanencia en los destinos que han tenido
hasta este momento. Y todo ello tendrán que hacerlo, si
voluntariamente lo quieren -y yo estoy convencido de que así será- a
los dos meses, como muy tarde, de la entrada en vigor de la presente
ley.

La señora Rivadulla habla del buen clima, sin duda recogido en el
informe de la ponencia, que ha reinado en los debates que se han
mantenido. Tengo que decirle que se han producido avances
importantísimos en todos los temas que ha tocado, en la objeción de
conciencia, en el tema de los reservistas y en el derecho de
asociación. Se ha avanzado en gran medida en las cuestiones
planteadas no sólo en sus enmiendas, sino después de los debates y de
las conversaciones mantenidas con el señor Mardones, representante
del Grupo de Coalición Canaria. Ha habido un cambio cualitativo,
aunque no se pueda reflejar, en cuanto a la mujer. No sólo en cuanto
a las condiciones de comodidad, sino también a su integración en un
capítulo diferenciado. Se han realizado cambios importantes, como he
dicho, en materia de los cabos primero. Hemos hecho un importante
ajuste a las peticiones de otros grupos parlamentarios en cuanto a la
inclusión de los ingenieros técnicos en las escalas de oficiales y no
en una escala media, que desde nuestro punto de vista era peyorativo
y no se ajustaba realmente a lo que es la tradición en los ejércitos
occidentales, las escalas de oficiales, suboficiales, tropa y
marinería. Hay un artículo específico de atención a la familia que
recoge situaciones especiales de la mujer.

Y lo que sí llama poderosamente la atención -y creo que es lo que
tiene sentido de la intervención de la señora Rivadulla-, con todo el
respeto que puede merecer del Grupo Parlamentario Popular, como no
puede ser de otra forma, es que es un ejército completamente distinto
al actual. El ejército que plantea el Grupo Parlamentario de
Iniciativa por Catalunya-Els Verds es un ejército más reducido, un
ejército con no tantas competencias y un ejército en el que sobra
gente. Pero nos pide que integremos de manera completa a todos los
suboficiales, a todos los cabos, a todos los de la escala auxiliar;
nos dice que incrementemos subliminalmente el presupuesto de Defensa
para acomodar de una manera definitiva la plena integración en las
Fuerzas Armadas de la mujer y que avancemos en la
modernización. En todo eso estamos de acuerdo, pero no sabemos cómo
se puede compatibilizar la reducción de los presupuestos con el
avance en todas las cuestiones que se plantean, incluida la reducción
de los efectos. Sin embargo, quiero decirle que también en eso, en
este proyecto de ley, que ha tenido un respaldo importante de todos
los grupos políticos, aportaciones importantísimas, sobre todo, desde
el punto de vista del Grupo Parlamentario Popular, en el apoyo de
Convergència i Unió y de Coalición Canaria, pero también del Grupo
Parlamentario Socialista, se ha mejorado, sin ninguna duda, el texto
inicial que empezamos a debatir.

Coalición Canaria ha presentado una serie de enmiendas y yo tengo que
agradecer el talante constructivo y la generosidad del señor
Mardones, representante del Grupo de Coalición Canaria, a la hora de
entender las posiciones del Grupo Parlamentario Popular al
transaccionar determinadas cuestiones, incluso aquellas en las que en
un momento determinado, por estar ocupado en otras comisiones del
Congreso, no pudo participar el señor Mardones. Hemos seguido
tratando las enmiendas y hemos conseguido muchas veces que, con todas
las enmiendas presentadas por todos los grupos políticos, se pudiera
realizar una auténtica redacción de consenso o por lo menos de común
acuerdo.

Señor Mardones, le agradezco que haya retirado algunas enmiendas.

Alguna, por ejemplo la referida al Cuerpo de Sanidad Militar, ha sido
aceptada. Es una enmienda que concuerda con las presentadas por otros
grupos políticos. Decía el señor Mardones, con una argumentación
ratificada y sobre todo respaldada por los hechos, que dentro del
Cuerpo de Sanidad Militar no sólo habría psicólogos, a partir de la
entrada en vigor de esta ley, sino también veterinarios,
farmacéuticos, ATS y un largo etcétera de especialidades. Todo ello
hace entender a este grupo parlamentario, como no puede ser de otra
forma, que ese cuerpo vuelva a su tradicional denominación de Cuerpo
Militar de Sanidad.

Agradecemos, como he dicho, las enmiendas que ha retirado, señor
Mardones, y como grupo parlamentario que sustenta al Gobierno, voy a
referirme a la enmienda relacionada con el presidente del Gobierno.

Como muy bien dice, sus competencias están en la Ley de criterios
básicos de la Defensa, la Ley 6/1980, en la Ley reformada 1/1984 o en
la Ley 50/1997, del Gobierno. Quiero decirle que en este apartado
podemos seguir trabajando para encontrar una fórmula que sea capaz de
recoger las inquietudes del señor Mardones en el texto definitivo y
yo me ofrezco, a partir de este momento, para tratar de buscar algún
camino en el que se puedan introducir tales inquietudes, que nos
parecen lógicas. Si entendíamos que no debían estar recogidas en esta
ley era simple y llanamente porque pensábamos que el mando del
personal directo, es decir, donde deberían estar recogidos al más
alto nivel los criterios de personal, en este propio texto, se
establecían bien en el Gobierno bien en el ministro de Defensa. En
todo caso, el Grupo Parlamentario Popular está totalmente abierto y
dispuesto a continuar hablando durante estos días para tratar de
introducir, en el punto primero o en el segundo, la cuestión referida
al presidente del Gobierno, teniendo en cuenta, como no puede ser de
otra forma, lo que la Ley de criterios básicos de la Defensa, la Ley
6/1980, establece en sus apartados.




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Señor Mardones, aunque usted no se dé por satisfecho con los
artículos 13, 14, 50, 51, 52, 61 y 66, y las enmiendas presentadas
relativas al derecho de asociación, lo que usted ha llamado bloque
constitucional, yo tengo que decirle que, si se han producido avances
importantes, ha sido debido precisamente a las enmiendas que usted ha
presentado y al respaldo y al entendimiento que hemos recibido por
parte de Convergència i Unió y del propio Partido Socialista Obrero
Español. Nosotros entendemos que se han dado pasos importantísimos al
crear esos consejos asesores, que, aunque no recogen las reales
ordenanzas, tan constitucionales y tan debatidas en etapa
constitucional, como puede ser la propia Constitución, dejan
perfectamente claro que se aceptan todas las asociaciones y todas las
inquietudes de asociacionismo que puedan tener los militares, excepto
aquellas que se refieren a asociaciones de carácter reivindicativo o
sindicales. En este sentido, y hacía una crítica importante el Grupo
de Izquierda Unida, todos podemos ceñirnos en este momento
simplemente a lo que puede ser el derecho de reivindicación o de
asociación sindicada de los soldados o de los marineros que vayan a
ser profesionales, pero nos olvidamos de que esta ley, que es una ley
de conjunto, también sería una ley para la sindicación o la
reivindicación de oficiales o de oficiales generales. Habría que
poner en una balanza, estando de acuerdo con lo que hace el resto de
los países occidentales, si sólo pensamos en los niveles más bajos de
lo que puede ser el estamento militar actualmente o si se nos ha
ocurrido pensar lo que podrían ser asociaciones de carácter
reivindicativo o de corte sindical a niveles mucho más altos de lo
que se plantea en este momento. Hay que tener en cuenta una cuestión
muy clara y es que si hay alguien que es el único estamento legítimo
depositario de las armas en España es precisamente el estamento
militar. Sin avanzar con demasiada profusión en estos aspectos,
aunque sí se podrán regular en futuras leyes, como queda recogido en
el texto que estamos analizando, no estaría de más tener muy presente
y muy en cuenta estos últimos 20 años de democracia y echar un
vistazo a lo que ha sido la historia de España, por no irnos muy
allá, en el siglo XIX, por ejemplo.

Por tanto, con todas las reticencias que se puedan presentar al texto
que al final hemos tratado de consensuar en cuanto al asociacionismo,
que no recoge como tal pero sí con los consejeros asesores, yo creo
que se da un paso importantísimo en esta materia, un paso lo
suficientemente importante como para que se reglamenten más adelante
cuestiones más importantes. Yo agradezco el entendimiento de los
esfuerzos que hacemos, sobre todo teniendo en cuenta que no se para
aquí, sino que puede seguir revisándose más adelante. Aunque se
mantengan para el Pleno las enmiendas presentadas por Coalición
Canaria, quiero que entienda, en este caso concreto el portavoz de
Coalición Canaria de manera muy personal, que en gran parte se han
producido avances gracias a las aportaciones que ha podido realizar
desde sus enmiendas, aunque no hayan sido aceptadas en su
literalidad.

Agradezco también, y debemos hacer una mención específica, la
retirada de otras enmiendas que afectaban a la carrera militar de su
Alteza Real el Príncipe de Asturias. Estoy completamente seguro,
puedo decirlo, de que la enmienda del señor Mardones no la ha movido
otra cuestión
que su espíritu constitucional y su concepto del Estado. Por
esos mismos motivos, hoy la retira. Sin ninguna duda, pretendía
completar o mejorar un texto inicial que a todas luces para quienes
hemos debatido era suficiente para lo que en este momento se
pretendía plasmar en una Ley tan limitativa como es la que se refiere
exclusivamente al personal militar profesional.

El Grupo Parlamentario Popular agradece de una manera especial al
Grupo de Convergència i Unió su colaboración y su nivel de aportación
permanente a la hora de la redacción del proyecto de ley y sobre todo
a la hora del cierre de las enmiendas que han posibilitado alcanzar
un consenso muy amplio. Criticaba -si se puede llamar así- el señor
Campuzano el título de la Ley del régimen del personal de las Fuerzas
Armadas. Nosotros entendemos que se llama así y que no ha lugar a lo
que decía la Ley 17/1989 del régimen del personal militar profesional
de las Fuerzas Armadas porque todo el personal es personal militar
profesional a partir de la entrada en vigor de esta Ley. Sería una
redundancia volver a hablar del régimen del personal profesional
cuando el cien por cien lo que buscamos es que sean militares.

Agradezco la intervención del señor Campuzano, al margen de sus
aportaciones y de sus enmiendas, porque se ha logrado un nivel
suficientemente importante de entendimiento, probablemente sin
precedentes, entre un grupo nacionalista del corte de Convergència i
Unió y un grupo como el Partido Popular, a la hora de recoger todas
las enmiendas presentadas y sobre todo a la hora del planteamiento de
determinados aspectos. Se pone de manifiesto una generosidad
especial.

Quiero referirme a la intervención del señor Ríos, representante de
Izquierda Unida, y agradecer su sinceridad, porque si hay algo claro
es la coherencia mantenida y sostenida en el tiempo por Izquierda
Unida en la defensa de un modelo de Fuerzas Armadas que es público y
notorio que es diametralmente opuesto a lo que defiende en este caso
concreto el Grupo Parlamentario Popular. Y, sin embargo, se han hecho
importantísimos avances gracias a ese talante dialogante manifestado
por los portavoces de los grupos políticos para tratar de alcanzar
allí donde podíamos coincidir importantes avances desde algunos
puntos de vista. Por ejemplo, en enmiendas que se referían a
cuestiones como la de los Cabos primero, la de los subtenientes, la
de la escala auxiliar, que no cierra absolutamente a nadie la
posibilidad de mantenerse en las Fuerzas Armadas, si bien hay que ser
consecuente a la hora de aplicar esa reducción que el Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida plantea permanentemente de los
efectivos militares, esa reducción importante que está contemplada en
general en los términos de la Ley, para quienes pretendamos que se
incorporen de manera definitiva sin ninguna otra cuestión más que la
entrada lisa y llana, sin ningún tipo de cuestión de las que han
tenido que realizar aquellos que para ser permanentes hoy en día han
tenido que pasar por determinados cursos de capacitación, de
adaptación o incluso por procesos de promoción interna. Las opciones
se han dado a todo el mundo. Lo que sucede es que unos han sido
capaces de superarlas y otros no. Aquellos que no las han superado,
en este momento, con la Ley en vigor, deberían abandonar las Fuerzas
Armadas. Precisamente por las aportaciones detodos los grupos
políticos se les busca una solución y esa



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solución es decirles que no se tienen que ir ya, que pueden firmar un
compromiso hasta el 30 de diciembre del año 2002, es decir, tres años
y medio más. Y durante esos tres años ustedes pueden reordenar su
carrera militar; no se van a la calle como diría la Ley actual, sino
que ustedes pueden continuar en el seno de las Fuerzas Armadas.

¿Cómo? Bien, mediante promoción interna, bien, mediante al acceso a
las escalas de suboficiales o, bien, realizando los cursos de
capacitación que se determinen y con una cuestión muy importante que
usted ha mencionado y que recoge la Ley: Sin límite de edad. El
límite ya no son los 35 años, no importa que tenga 40 y, lo que es
más importante, sin tener en cuenta las convocatorias que haya
perdido o, incluso, los años de servicio que tenga en el ejército.




Hacía una referencia muy importante -que en principio pudiera no
haberse tomado muy en serio-, que un soldado que entrara como soldado
o como marinero pudiera llegar a ser un Colin Powell de las Fuerzas
Armadas norteamericanas. Pero también se recoge. Porque precisamente
para aquellos militares profesionales que, siendo soldados, marineros
o cabos, quieran incorporarse a la escala de Suboficiales mediante
promoción interna, no se tendrá en cuenta el período de tiempo de
permanencia en las academias durante el tiempo en que se estén
preparando. Es decir, que los treinta y dos años de servicio, o los
treinta y tres que se establecen en la Ley, no contarían en aquellos
en los que ellos se estén preparando para ser suboficiales u
oficiales, con lo cual no importaría que este señor pudiera llegar a
la categoría de general, llegado el momento, con más de los años que
establece la Ley para los que ingresan en la escala de oficiales o en
la escala de suboficiales. De tal manera que quien hoy a los
cincuenta y cinco años, como muy tarde, no haya alcanzado el grado de
general de brigada ya no podrá ascender nunca. Si lo podrán hacer
aquéllos que hayan accedido de otras escalas, por ejemplo, desde
tropa, marinería o suboficiales, en la época futura. Y ése es el
sentir que se ha querido recoger aquí. Lo cómodo, lo bonito y
probablemente lo más deseado por todos sería incorporar a todo el
mundo sin más, pero se crearían agravios comparativos con aquéllos
que han tenido que pasar una oposición para permanecer donde están.

Lo que es realmente positivo, también desde el punto de vista
presupuestario, es acogerse a unos principios de solidaridad con los
que han tenido que promocionar y a unos principios de equidad a la
hora de seleccionar a ese personal.

Probablemente no cubramos todas las aspiraciones y todas las
expectativas planteadas por la señora Rivadulla o por el Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida, pero lo que sí está claro
es que se ha avanzado de una manera importante en cuanto al principio
que tenía la Ley actual, que es el de todo el mundo a la calle, y las
posibilidades que se abran serán no sólo para los Cabos primero sino
también para la escala de suboficiales que ha mencionado el señor
Ríos esta mañana. Porque para ellos, que la Ley establece, tal y como
está actualmente, que no podrán ascender absolutamente a nada, este
texto consensuado establece que, si se retiran, podrán ascender a
Tenientes; y no sólo podrán ascender a Tenientes, sino que, caso de
ascender a Tenientes, mantendrán el sueldo que mejor les convenga. Es
decir, el Subteniente que con ocasión del pase
a la reserva ascienda a la categoría de Teniente pasará a cobrar el
sueldo mayor de los dos que le corresponderían; si el de Teniente o
el de Alférez fuera más bajo que el de Subteniente con su antigüedad
y con todos los trienios que le corresponden, seguiría cobrando el de
Subteniente. Se ha producido un avance importante. También se
establecen unos plazos de tres años y medio para que puedan continuar
en la carrera y puedan ascender, con ocasión de vacante, en la
carrera militar en la que están incardinados, sin eliminar, sino
potenciando, el proceso de promoción interna. Hemos querido mantener
unos criterios equilibrados para todas las escalas o para todos los
grupos, de forma que no suponga un incremento importantísimo, en el
seno de las Fuerzas Armadas, que desequilibre las plantillas y que,
por otro lado, recoja unas ciertas aspiraciones de unos militares que
en este momento tendrían la espalda de Damocles encima, porque con la
Ley en vigor tendrían que abandonar las Fuerzas Armadas. Creo que en
ese sentido se han dado pasos y se han producido avances importantes,
recogiendo el sentir general de todos los grupos políticos de la
Cámara, no sólo de los que hemos participado de una manera más activa
en la ponencia, sino de aquéllos que han presentado también opciones
o enmiendas al texto que hoy estamos debatiendo.

En cuanto a la Guardia Civil, quiero decirle, señor Ríos, que se ha
presentado ya un nuevo texto sobre la Ley de la Guardia Civil y que,
por tanto, podremos debatir y profundizar en todo lo que hemos
querido separar de lo que es la Ley del Régimen del Personal Militar,
precisamente por eso, porque queremos diferenciar claramente lo que
son los profesionales militares de lo que es la Guardia Civil. Yo
creo que no queda ninguna escala mal tratada. Probablemente, no
quedan bien todas, pero lo que sí se ha hecho es una cuestión clara:
La simplificación y sintetización de lo que existía. Hemos dejado una
escala de oficiales, sin atender si son oficiales con titulación
superior o de grado medio; una escala de suboficiales y una escala
que será la de tropa y marinería. Yen cuanto al apartado de
reservismo que se abre en esta Ley -todos hemos hablado de ese tema-,
habrá una primera reserva, que estará integrada por los militares
profesionales que estén en esa situación; una segunda reserva, para
los retirados menores de una edad, y una tercera reserva, que será la
del llamamiento genérico en un momento determinado.

Me he referido al tema del asociacionismo militar, al que también ha
planteado observaciones el Grupo Federal de Izquierda Unida. En ese
sentido me remito a las palabras que he dicho para agradecer al señor
Mardones su comprensión y, sobre todo, que conozca cuáles han sido
los avances que se han producido a la hora de dar pasos importantes
en esta materia.

En cuanto al peso de la iglesia católica, señor Ríos, tengo que
decirle que están recogidas todas las religiones, que las diferentes
confesiones están contempladas en los concordatos del Estado y me he
referido antes a ellas con exactitud al decir que están firmados con
la iglesia evangélica, con las representaciones judías y musulmanas,
las islámicas, y que ello está recogido en la medida en que tienen un
peso real en la actual composición de las Fuerzas Armadas, lo cual es
innegable.




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Se reconoce el derecho de asistencia religiosa de todas las
confesiones que tienen concordato con el Estado español y se declaran
a extinguir las escalas de los cuerpos eclesiásticos -en el caso
concreto de la Armada-, manteniendo lo que decía la Ley 17/1989, con
un avance producido en el año 1989 en relación con esta línea. De
manera que se mantiene la escala a extinguir y se sustentan y amplían
aquellas que tienen nuevos concordatos con el Estado español.




En definitiva, lo que se plantea desde el punto de vista del Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida, lo que nos separa, es esa
concepción que se tiene de unas Fuerzas Armadas de corte
completamente diferenciado de las del Grupo Parlamentario Popular, y
ese debate se ha planteado en cantidad de iniciativas con ocasión
presupuestaria, con ocasión de debates de modelos de las Fuerzas
Armadas en muchas ocasiones. El modelo es diametralmente opuesto,
aunque hemos hecho esfuerzos importantes para tratar de concitar todo
tipo de cuestiones. Hemos acercado posturas a iniciativas que ha
presentado el Grupo Izquierda Unida. Unas se han aceptado, a las que
usted se ha referido, otras probablemente no hubieran sido aceptadas.

El debate producido en el seno de la ponencia, aunque no estuvieron
presentes, ha conducido a defensas realizadas por el Grupo Socialista
de determinadas enmiendas presentadas por ustedes; a habido un
acercamiento de posiciones que ha llevado a la introducción en el
texto de cuestiones que ustedes planteaban, probablemente no en su
titularidad, pero sí en su espíritu. Se ha producido un acercamiento
razonable dentro de lo que cabía esperar de dos partidos que difieren
diametralmente en su modelo de Fuerzas Armadas.

En todo caso, vuelvo a significar el espíritu constructivo y de
diálogo abierto y permanente que han mantenido todos los grupos
políticos, incluido el de Izquierda Unida.

Respecto a las enmiendas planteadas por el Grupo Socialista, el Grupo
Popular agradece los esfuerzos que ha realizado para tratar de
alcanzar el más amplio consenso en esta Ley. Hay que tener clara
aquella intervención inicial en la primera comparecencia que se
produjo para acometer en la Comisión Mista Congreso-Senado la plena
profesionalización de las Fuerzas Armadas. Hay que tener claras las
palabras recogidas por el portavoz del Grupo Socialista en la
Comisión de Defensa, el señor Moya, que hablaba de las diferencias
que separaban al Partido Popular del Partido Socialista y las remitía
a tres aspectos concretos: Que el número de efectivos no fuera
120.000 de manera rígida; que no se mantuvieran los plazos
establecidos con rigidez porque podrían producirse avances al
reducirlas y también se han producido avances en cuanto a nivel
presupuestario.

Tengo que decir con toda claridad que los grupos parlamentarios
firmantes de ese texto inicial, Convergència i Unió, sobre todo, y el
Partido Popular, han llegado a acuerdos que están reflejados también
en este texto, porque de aquella cifra rígida a la que se refería el
señor Moya de 120.000 profesionales, a través de una enmienda
presentada por Convergència i Unió, se ha establecido que el número
de efectivos de soldados marineros podrá ser entre 102.000 y 120.000
profesionales.

En cuanto a los períodos o plazos de transición para conseguir la
plena profesionalización de las Fuerzas Armadas,
también se ha producido un avance sustantivo en este camino,
puesto que el texto recoge que se producirá en el tiempo más breve
posible, instando al Gobierno a que tome buena nota de esto que se
plantea; es decir, se insta al Gobierno a que ese período transitorio
dure el menor tiempo posible. Yo estoy convencido de que todos los
esfuerzos del Gobierno van encaminados a que ese período se reduzca
lo más posible.

Entrando directamente en las intervenciones que han tenido
diferenciadas el señor Moragues y el señor Sanjuán (a los que
agradezco su talante abierto a la hora de dialogar en la ponencia
porque tiene que quedar perfectamente claro que ha existido por parte
de todos los grupos políticos, tanto en lo que se refiere a la
separación de plantillas, su composición, la enseñanza militar, como
las escalas de complemento), tengo que decir al señor Moragues que se
han producido algunas cuestiones que en modo alguno, en cuanto a
competencias del estamento civil, han supuesto ningún retroceso.

Ustedes se refería a las enmiendas 306, 347 y 354 en la concesión de
empleos de carácter honorífico o la clasificación y la selección que
sólo correspondía a los jefes de Estado Mayor, que no es lo que dice
el texto de la ponencia, señor Moragues. En concreto, el artículo
17.2 -voy a leerlo en su literalidad- dice: en atención a los méritos
excepcionales o circunstancias especiales, el Consejo de Ministros, a
propuesta del ministro de Defensa, podrá conceder con carácter
honorífico al militar profesional que haya pasado a retiro el empleo
inmediato superior y los empleos con carácter honorífico y también
podrán concederse a título póstumo. Eso es lo que dice la ley. No se
dejan en favor de los jefes del Estado Mayor, sino que será el
Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Defensa. En el
punto segundo se deja al informe preceptivo y a la iniciativa de los
jefes de Estado Mayor la propuesta que se pueda realizar al ministro,
pero no excluye en modo alguno al ministro de Defensa para poder
realizar este tipo de peticiones.

En el artículo 117, en el apartado 2, en cuanto a la clasificación de
selección, se habla de que existirán evaluaciones para seleccionar a
los asistentes a los cursos de capacitación en el desempeño de los
cometidos en la categoría de oficiales generales y en los empleos de
teniente coronel de las escalas de oficiales y de suboficial mayor,
en el número que será fijado previamente por el ministro de Defensa.

Hemos incorporado la petición que había hecho el Grupo Parlamentario
Socialista de que no se dejara simplemente a criterio de los jefes de
Estado Mayor.

En cualquier caso, vuelvo a reiterar la predisposición del Grupo
Parlamentario Popular a seguir hablando de estas cuestiones y a
seguir planteando cuestiones que puedan mejorar o incluso ampliar la
ley. Aunque no está reflejado así, había quedado en el espíritu de la
ponencia que, al referirse a las limitaciones que se establecen en el
artículo 130, los destinos correspondientes a los militares de empleo
de las categorías de oficiales generales, etcétera, podrán ser de
libre designación, concurso de méritos o provisión por antigüedad.

Eso es lo que ha quedado recogido en el último texto, y simplemente
aquellos que tengan un carácter muy específico, como puede ser el de
ayudantes o el de cargos de confianza de los ministros o de
determinadosgenerales, puedan ser de libre designación.




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En cuanto a la condición de militar de la Guardia Civil, reitero lo
que he dicho en anteriores ocasiones con la entrada en el Congreso de
la ley específica para regular este cuerpo. Creo que se produce un
avance importante en el artículo 10, en cuanto a la función de mando
y lo que es el mando, porque se separa de una manera clara lo que es
función de mando, que es lo que tienen todos los oficiales y todos
los suboficiales de las Fuerzas Armadas, y los que ejercen
directamente el mando, que son los que pertenecen a los cuerpos
generales de los tres ejércitos y a infantería de marina. En el
artículo 13, apartado 4, señor Moragues, no sólo no se mejora la Ley
17/1989, donde todos los oficiales generales y tenientes generales
pasaban a una situación de segunda reserva de por vida, sino que se
establece como tiempo máximo el de seis años.

Antes, en la Ley 17/1989, se producía un pase a la segunda reserva,
en la que se mantenía a todos los oficiales generales, a todos los
tenientes generales de los tres ejércitos y en este caso concreto se
limita a seis años y su pase a la reserva.

Ha hablado de las evaluaciones. Desde mi punto de vista, no hay que
obligar a que todas las evaluaciones se tengan en cuenta cuando han
pasado varios años. Nos estamos poniendo en el caso hipotético de que
la evaluación sea positiva, pero si es negativa no tiene por qué
permanecer en la hoja de servicios una evaluación negativa realizada
hace 20 años en la carrera militar de un profesional. Por eso se deja
abierto en el apartado b) la posibilidad de que él aporte las pruebas
o las evaluaciones que estime convenientes para su carrera militar.

Ese es el sentido de no recoger en todas las evaluaciones que se
realicen las anteriores, manteniendo el criterio que han propuesto
todos los grupos políticos de que una nota negativa en un expediente
15 ó 20 años antes no se tuviera en cuenta a la hora de calificar a
cualquier militar profesional 20 años después, porque probablemente
la nota esté olvidada y no tenga que constar en ninguna evaluación.

Sin embargo, queda recogido en la ley, porque es el espíritu que se
le querido dar, que cualquier militar si considera oportuno que debe
aportar esas evaluaciones porque le van a beneficiar, lo haga; si
considera que le van a perjudicar, tiene en su mano la decisión de no
aportarlas porque no las considere oportunas. Yo creo que ese era el
espíritu general que nosotros habíamos dicho para que las notas
negativas no se tuvieran permanentemente en cuenta a la hora de
realizar estas cuestiones.

No quisiera dejar de contestar, de ampliar y sobre todo incidir en un
aspecto muy importante que el señor Moragues ha mencionado hoy, que
es reconocer el esfuerzo realizado por las Fuerzas Armadas en la
reducción de personal en los últimos 15 años. Si se tiene en cuenta
la reducción planteada por el Grupo Parlamentario Socialista a la ley
del año 1991. Efectivamente, pasamos a una reducción del 50 por
ciento en el número de efectivos de tropa y marinería y a un 20 por
ciento de reducción en cuanto a cuadros y mandos. Si de la horquilla
aplicamos el nivel más alto, nos vamos a una reducción de más del 65
por ciento en cuanto a tropa y marinería y superamos casi el 30 por
ciento en cuadros de mando. Pero no se quiere apuntar este grupo
parlamentario la titularidad de esa evolución positiva, sino que en
ello influye la Ley 17/1989, cuyo espíritu conservamos y mantenemos
en el preámbulo de la ley y en la que
nos basamos para seguir evolucionando y desarrollando, como decía el
señor Sanjuán, la actual ley del régimen de personal militar de las
Fuerzas Armadas. Yo creo que es importante realizar esta afirmación
porque hay que reconocer el esfuerzo que se produce en este sentido
concreto.

Quiero decir, señor Moragues, en relación con la integración al
cuerpo de militar de sanidad -ya no de psicólogos- de todos los
psicólogos, fueran de las escalas superiores, de las escalas de grado
medio anteriores o suboficiales, pero también quiero decirle una
cosa, señor Moragues, y probablemente usted haya sido testigo de que
así ha sido planteado, y es que si en un principio cabía la duda de
si aquellos que eran licenciados en psicología se podían integrar
directamente en las escalas de oficiales, lo podrán hacer, pero ahora
lo que se pretende es que aquellos que tienen esas ventajas no sólo
las mantengan, sino que se haga algún tipo de trámite que perjudique
a quienes en escalas superiores traten de integrarse en la escala de
sanidad. También le digo, señor Moragues, que seguimos abiertos al
diálogo en este aspecto. No está cerrado, este no es el fin de esta
ponencia, sino que es un trámite más, y en ese sentido le digo que
seguimos abiertos a esta cuestión y a seguir discutiendo no el cuerpo
de sanidad militar, sino a la posibilidad de que pueda haber
psicólogos que exijan que por lo menos haya dos años de experiencia
en el campo de la psicología militar. Seguimos abiertos a ello. Es
algo que no doy por cerrado y podemos seguir avanzando en estas
cuestiones. Yo creo que no se ha hecho un importantísimo avance en
estas cuestiones que se han venido planteando.

Me voy a referir, aunque sólo sea de manera muy rápida, a la
intervención del señor Sanjuán, que ha sido probablemente el más
crítico con determinados aspectos de los que se han planteado en esta
ley, que yo lo entiendo, porque hay aspectos que hay que criticar con
mayor contundencia, sobre todo cuando se separan del modelo de
Fuerzas Armadas que propugnan determinados partidos políticos. Pero
hay algunas cuestiones en las que yo no estoy de acuerdo.

Señor Sanjuán, el texto inicial del Gobierno planteaba el que pudiera
volver exclusivamente a ingresarse en el Cuerpo de Intendencia a
través de la carrera militar. Ustedes han mantenido en su enmienda
que debería hacerse el método tradicional del ingreso en las escalas
de los cuerpos comunes de intendencia en este caso concreto. Pues
bien, yo creo que ha habido una oferta razonable de acercamiento,
aunque probablemente no sea la que recoja exacta y exclusivamente la
propuesta suya ni tampoco la nuestra. Por tanto, ha habido
probablemente un nivel de consenso y acercamiento lo suficientemente
importante como para que en este texto se puedan introducir las dos
formas de ingreso. Usted conoce perfectamente lo que nosotros
habíamos propuesto, que era simplemente el ingreso directo en las
academias militares en la escala de intendencia, ustedes proponían
que se mantuviera el modelo anterior y se ha llegado a un entente que
es lo suficientemente importante como para que se pueda ver por lo
menos una voluntad de acercamiento entre los grupos políticos.

Yo creo que se produzcan retrocesos desde el punto de vista de los
cuerpos comunes. Yo creo que si ahí ha habido algún problema con la
creación de los cuerpos comunes de la Defensa, y sobre todo con el
Cuerpo de Sanidad Militar,



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ha sido precisamente por la diferenciación que existía entre unos y
otros, militares que, no siendo especialistas en determinadas
cuestiones, ocupaban destino que después era de difícil solución el
que pudieran, por ejemplo, desembarcar en alta mar y no estuvieran
capacitados para realizar algún tipo de intervención porque no era
esa su especialidad. Yo creo que se puede seguir avanzando en todo
esto, pero lo cierto es que son cuestiones que han venido pasando.

Entiendo que pueda haber algún planteamiento en este sentido que
pueda representar algún retroceso en relación con los avances que
ustedes habían planteado con las escalas de complemento, porque
realmente si desaparecen las escalas de complemento en algún momento
y en alguna ley, es en la Ley 17/1989, sancionada por el Gobierno y
aprobada por las Cortes, a propuesta del Grupo Parlamentario
Socialista, que suspendía las escalas de complemento, las hacía
desaparecer, las convirtió en escalas medias o en escalas de
militares de empleo temporales. Nosotros hemos querido rescatar la
figura del militar de complemento como eje fundamental del nuevo
ejército, exactamente por los mismos criterios que tiene en este
momento el Grupo Parlamentario Socialista, pero no es cierto que, al
limitar la edad a tenientes o alféreces, no puedan seguir llegando a
capitanes, a comandantes, a tenientes coroneles, porque aquellos que
quieran seguir tendrán siempre la puerta abierta a través de la
promoción interna. Y no nos vamos a seguir cargando los presupuestos
militares de personal ni de plantillas porque precisamente algo que
no estableció la Ley 17/1989 y que hizo crecer de una manera
descomunal la pirámide de los cuadros de mando, la pirámide de los
oficiales, que fue no tener en cuenta con los incrementos o con los
decrementos que se pudieran producir con el retiro el número de
accesos, nosotros lo regulamos en esta ley con una enmienda que hemos
presentado, limitando en el tiempo entre el 50 y 70 por ciento de los
retiros el número de alumnos que puedan entrar en las academias
militares, que es un elemento racionalizador muy importante de la
reducción que todos pretendemos de los cuadros de mando.

En cuanto a la duración en el avance del rejuvenecimiento, no se va a
producir ningún problema en ese sentido, señor Sanjuán. El Grupo
Parlamentario Popular plantea que en lugar de a los 32 años, como
consecuencia de los bachilleratos, se produzca a los 33 años en lugar
de a los 34 años, plantea que esa situación que en este momento se
está dando en oficiales, suboficiales de 53 años, 54 años, y que se
va a seguir dando en el futuro que no hayan alcanzado los grados más
altos de sus respectivas escalas se siga produciendo a los 33 años de
servicio, con lo cual no es cierto que hayamos incrementado a los 61
años la edad de retiro porque todo aquel que no haya alcanzado el
grado más alto -el de oficial general, el de suboficial mayor, el de
teniente coronel, etcétera-, de sus escalas a los 33 años de servicio
dejará de tener destinos de mando y pasará directamente a lo que es
la situación de reserva que se produciría a los 68 años.

Sin embargo, hemos introducido un criterio de equilibrio y, sobre
todo, de justicia para que los oficiales de los cuerpos generales de
los tres Ejércitos y de Infantería de Marina tengan las mismas
ventajas que los de los cuerpos comunes de la Defensa. Esto creo que
es muy importante. No tenía ningún sentido que un jurídico militar,
que un
interventor, que un médico, que un veterinario, que un farmacéutico,
se retirara a los 61 años y los de los cuerpos generales de los tres
Ejércitos e Infantería de Marina tuvieran el castigo de tener que
avanzar en tres o cuatro años esa situación. Por tanto, creo que se
introducen unos elementos muy importantes de racionalización y de
justicia con unos funcionarios que en estos momentos están cobrando
por debajo de lo que cobra la Función pública en general. Porque como
todos saben, y no hay más que verlo en los presupuestos generales,
están peor pagados, aunque se hayan producido avances importantísimos
en los últimos años.

Voy a hacer mención a unas enmiendas transaccionales que hoy mismo,
como consecuencia del último debate en la ponencia que tuvo lugar el
jueves y viernes pasado, ofrecemos al Grupo Socialista una vez
consensuado con nuestros socios parlamentarios. La primera enmienda
transaccional se refiere a la doble vía de los cuerpos de
intendencia, para lo cual solicitamos la benevolencia -si se puede
llamar de esta forma- hacia esta postura por parte del Grupo
Socialista. Entendemos su posición, simplemente queremos que
entiendan la nuestra. Entendemos la posición del Grupo Socialista en
el sentido de querer mantener exclusivamente lo que su ley decía en
relación con los cuerpos de intendencia. El Grupo Popular mantenía en
la ley su exclusividad para el ingreso directo en las academias
militares; la transacción que el Grupo Popular ofrece en este momento
es la posibilidad de que se contemple lo requerido por el Grupo
Socialista y que se permita también lo que el Grupo Popular pretende.

Por tanto, lo único que pido es un esfuerzo más, en este caso de
benevolencia, si se puede llamar de alguna forma, para que el Grupo
Socialista entienda el avance que ha supuesto la postura inicial del
Partido Popular, la transaccional que se ofrece, y de la generosidad
manifestada por el Grupo Socialista a lo largo de toda la ponencia,
esperamos que entienda la posición que ahora planteamos.

Del debate del otro día en relación con los cargos del Gobierno y
habiéndolo dejado abierto, el Grupo Popular también quiere ofrecer
una enmienda transaccional al Grupo Socialista porque entendemos las
razones que allí ha planteado. Las hemos madurado, las hemos debatido
internamente y entendemos que se puede hacer una oferta de mayor
aproximación todavía que se puede hacer una oferta de mayor
aproximación todavía y como tal, la enmienda transaccional que se le
ofrece, tienen ustedes razón -y nosotros lo aceptamos- en que los
ministros, secretarios de Estado e incluimos a los delegados de
Gobierno o miembros de los consejos de gobierno de las comunidades
autónomas, incluidas las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla,
tengan que estar en la misma situación en la que se encuentran los
cargos electos por votación popular. Que estén en la misma situación
que estamos los diputados nacionales, los diputados autonómicos, los
concejales, tenientes de alcaldes o alcaldes de las corporaciones
municipales. Por eso ofrecemos la enmienda transaccional al artículo
142.1.a) bis.

Sin embargo, señor Sanjuán, ¿por qué establecemos que los miembros de
las instituciones de la Unión Europea, organizaciones internacionales
y subsecretarios no tenga que ser así? Porque el Grupo Popular, de
acuerdo con la ley del Gobierno, de acuerdo con la Ley de la Función
Pública



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en vigor, entendemos que el subsecretario es el nivel más alto de la
carrera administrativa y no sólo lo entendemos, sino que lo hemos
aplicado. No existe ningún subsecretario que en este momento no sea
miembro de la carrera administrativa, funcionario del Estado, de la
máxima cualificación. Por ello, entendiendo que ministros,
secretarios de Estado, delegados de Gobierno o miembros de consejo de
gobierno de las comunidades autónomas estén en la situación de
excedencia voluntaria, no así en los cargos de subdirectores
generales, de asesores de los gabinetes de ministro -y quede muy
claro- tampoco de aquellos directores generales que, como militares,
estén desempeñando funciones en el caso exclusivo del Ministerio de
Defensa.

Aquellos directores generales que lo sean en el Ministerio de Defensa
no perderán su condición de militar. Pero también tengo que decirle,
señor Sanjuán, que un subsecretario que esté en situación de
servicios especiales perfecciona trienios, perfecciona antigüedad,
perfecciona haberes pasivos, pero en modo alguno asciende ni tiene
derecho a ningún ascenso por el tiempo que ha permanecido en esa
situación, por la Ley de la Función Pública no puede. De manera que
no nos encontraríamos ante la situación de que un subsecretario,
después de cuatro años de ejercicio de la responsabilidad de
subsecretario, se viera ascendido a coronel o a general por los años
de servicio, no computan para el ascenso, simplemente computan desde
el punto de vista de los haberes pasivos.

También ha quedado claro en la redacción final que no tenía -tampoco
era el espíritu de la ponencia- efectos retroactivos económicos sobre
los militares que se encontraran en la situación de excedencia el
caso de los trienios y quiero decir que aquí se produce una justicia
igualitaria entre los funcionarios civiles y los militares. Todos
aquellos que hayan tenido que pedir la situación de excedencia
voluntaria para incorporarse a un cargo de concejal, de alcalde, de
diputado autonómico o de diputado nacional, independientemente de que
no pueda perfeccionar su ascenso, sí puede tener derecho, como los
funcionarios civiles del Estado, a perfeccionar sus trienios, su
antigüedad, de cara a los haberes pasivos en relación con su
jubilación; que no tenga carácter retroactivo, pero que sí pueda
tenerlo desde el momento de entrada en vigor de la ley, lo mismo que
todos los funcionarios civiles y aquí no hay ningún caso particular,
eso lo hemos debatido. Aquí se trata de hacer justicia con unos
militares marginados históricamente de determinados beneficios de la
Función pública y que puedan estar en igualdad de condiciones en
aquello que les beneficia y que no perjudica en modo alguno a la
institución pública ni, por supuesto, a la institución militar.

Por último, y dentro de las enmiendas transaccionales presentadas,
tengo que agradecer sinceramente el esfuerzo realizado por el Grupo
Parlamentario Socialista en la inspección de bases y, entiendo el
espíritu final de lo que se pretende, que haya una inspección de
bases y acuartelamientos que no esté colgada de la percha de los
cuarteles generales, sino de la Subsecretaría del Ministerio de
Defensa, hemos realizado diferentes enmiendas transaccionales, que
hemos corregido en tres o cuatro ocasiones, y que, incluyendo que se
configurarán de la forma que reglamentariamente
se determine, podría ser aceptada por el Grupo
Parlamentario Socialista.

Termino reiterando el agradecimiento a todos los grupos políticos por
el esfuerzo que han realizado en este importante proyecto y repito
que el Grupo Parlamentario Popular continúa abierto al diálogo para
tratar de seguir acercando posiciones en una ley que entendemos
fundamental para las Fuerzas Armadas, interesante y fundamental para
el Estado, sobre todo de cara a ese ejército del siglo XXI, que todos
hemos concluido que sea un ejército profesional.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Campuzano.




El señor CAMPUZANO I CANAD»S: Dos cuestiones de orden, señor
presidente: anunciar la retirada de la enmienda 140 del Grupo
Parlamentario Catalán (Convergència i Unió) y dar por defendidas las
enmiendas del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: En primer lugar, a la vista del último
informe hecho por la ponencia, que me ha pasado el portavoz del Grupo
Parlamentario Popular, retiro, por haber sido recogida ya en el
texto, la enmienda número 30, que era la referida al cuerpo de
sanidad y de psicología. Se ha suprimido la palabra «psicología», que
era lo que proponía mi enmienda.

El debate sobre esto será en el próximo Pleno, donde se debatirán las
dos observaciones que ha hecho a mis enmiendas el portavoz del Grupo
Parlamentario Popular, enmiendas referentes al bloque constitucional
de las asociaciones. Quiero reiterarle aquí, por si tiene que
encontrar una fórmula en el Pleno del Congreso o en el Senado, que yo
no estoy planteando asociacionismo reivindicativo, sino
asociacionismo constitucional y a lo que me pregunta no le puedo dar
respuesta, pero si piensa que hay que restringir a los militares un
derecho constitucional...




El señor PRESIDENTE: Señor Mardones, le agradecería que no entráramos
nuevamente en el fondo. Vamos a los efectos formales, ya que entiendo
que esto está suficientemente debatido.




El señor MARDONES SEVILLA: Entonces, mantengo para su votación estas
cuestiones. Únicamente le digo, por cortesía, que le agradezco su
reconocimiento por retirar las enmiendas que se refieren al cuerpo
técnico de especialistas de ingeniería así como las que se refieren a
las relaciones entre el subsecretario y los JEME. Lo he hecho por
consideración a los argumentos que el Grupo Parlamentario Popular me
ha hecho llegar a través de su portavoz.

Con respecto a la enmienda número 56, sobre la situación del
Príncipe, no me debe ningún agradecimiento porque no la he retirado
ni por consideración al señor ministro de Defensa ni al Grupo
Parlamentario Popular, sino porrespeto y lealtad a la Corona y para
eliminar dicha situación,



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porque sigo manteniendo mis reservas al texto del Gobierno.




El señor PRESIDENTE: Señora Rivadulla.




La señora RIVADULLA GRACIA: Señor presidente, anuncio que retiro la
enmienda número 168, de Iniciativa por Catalunya-Els Verds y Nueva
Izquierda.




El señor PRESIDENTE: Señor Rodríguez.




El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Señor presidente, intervengo para retirar
la enmienda número 1, del Bloque Nacionalista Galego, que se refiere
a las escalas declaradas a extinguir en cuanto a la edad del pase a
la reserva, y para pedir que, si es posible, en nuestra enmienda
número 11, que mantenemos, se refleje y/o en la redacción del texto.

(El señor Fernández de Mesa Díaz del Río pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: ¿Sí, señor Fernández de Mesa?



El señor FERNÁNDEZ DE MESA DÍAZ DEL RÍO: Solicito una suspensión de
dos minutos para ordenar las votaciones.




El señor PRESIDENTE: Sí, suspendemos la sesión por unos minutos para
que organicen su propia estrategia de votación, que ya les anticipo
que vamos a efectuar votando en bloque las enmiendas de cada grupo
parlamentario -algunos grupos han pedido ya votación separada de
algunas de esas enmiendas-; en segundo lugar votaremos las
transaccionales que acaba de presentar el portavoz del Grupo
Parlamentario Popular; votaremos después los artículos que no tienen
ninguna enmienda, según el informe o porque han sido aceptadas e
incorporadas, y finalmente votaremos el resto de los artículos del
informe. (El señor Mardones Sevilla pide la palabra.)
Señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: Quiero dejar constancia de que el
representante del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV) me he hecho
llegar la petición de que se den por defendidas sus enmiendas en este
trámite para la votación consecuente y que se agrupen en dos bloques.

Por una parte las números 69, 70, 71, 72, 98, 99, 100, 103 y 104 y,
por otra, las números 73 a 97, ambas inclusive, la 101 y la 102, del
Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).




El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.




Señor Fernández de Mesa, aparte de suspender un par de minutos a
sesión para organizar las votaciones, entiendo que las enmiendas
transaccionales que ya figuran en el texto de la Ley y que han
provocado la retirada de determinadas enmiendas, son aceptadas, están
en el texto y ya no se votan porque forman parte del informe.

Se suspende la sesión por tiempo de dos minutos. (Pausa.)
El señor PRESIDENTE: Señorías, vamos a proceder a las votaciones.

Como les he anticipado, votaremos las enmiendas de cada uno de los
grupos parlamentarios agrupadas en bloques.

En primer lugar, enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto (señor
Rodríguez).




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
cinco; en contra, 17; abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Enmiendas del Grupo Parlamentario Mixto (señora Rivadulla), agrupadas
en dos bloques.

En primer lugar, la número 178.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16;
en contra, 20; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Restantes enmiendas de la señora Rivadulla.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
cinco; en contra, 20; abstenciones, 12.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Pasamos a votar las enmiendas del Grupo Parlamentario de Coalición
Canaria, agrupadas también en dos bloques.




En primer lugar, enmiendas números 21 a 28, 43, 55 y 59.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
uno; en contra, 23; abstenciones, 13.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Resto de las enmiendas de Coalición Canaria.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
cuatro; en contra, 20; abstenciones, 13.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Pasamos a votar las enmiendas del Grupo Vasco (EAJPNV).




En primer lugar, las números 69, 70, 71, 72, 98, 99, 100, 103 y 104.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
seis; en contra, 20; abstenciones, 11.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Resto de las enmiendas del Grupo Vasco (EAJ-PNV).




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
cinco; en contra, 17; abstenciones, 15.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Pasamos ahora a las enmiendas del Grupo Federal de Izquierda Unida.

En primer lugar, las números 278 y 288.




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Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17;
en contra, 20.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Resto de las enmiendas de Izquierda Unida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor,
cinco; en contra, 20; abstenciones, 12.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Pasamos a votar las enmiendas del Grupo Socialista.

En primer lugar, las números 295 y la 384.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 12;
en contra, 23; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Resto de las enmiendas del Grupo Socialista.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17;
en contra, 20.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Pasamos ahora a votar las transaccionales presentadas en el debate
por el Grupo Popular que, recuerdo, hacen referencia a los artículos
55.1, 64.2, 64.3, 141.1.d), 142.a) bis, 142.8 primer párrafo, y 142.8
segundo párrafo, a la letra a) del apartado 5 del artículo 66, al
segundo párrafo del artículo y a la disposición transitoria sexta,
apartado 2. ¿Alguna aclaración? (Pausa.)
Señor Ríos.




El señor RÍOS MARTÍNEZ: Pido que se vote separadamente la
transaccional que se ofrece a la letra a), apartado 5, del artículo
66, sobre los militares de complemento. El resto se puede votar
conjuntamente.

Lo que me gustaría, señor presidente, es conocer las enmiendas que se
transan porque, como no se hace referencia ya a aquel artículo, por
si se han retirado. Es solamente un problema formal.




El señor PRESIDENTE: Señor Campuzano.




El señor CAMPUZANO I CANADÉS: Solicitamos votación separada de la
transacción a la disposición transitoria sexta, apartado 2. La última
que quedó, señor presidente.




El señor PRESIDENTE: Señor Sanjuán.




El señor SANJUÁN DE LA ROCHA: Pedimos votación separada de los
artículos 55.1, 64.3 y 41.1.d).

Todas las demás pueden votarse conjuntamente.




El señor PRESIDENTE: Vamos a proceder a la votación de estas
enmiendas transaccionales.

En primer lugar, la relativa al artículo 66.5.a).




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35;
abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Votamos ahora la disposición transitoria sexta, apartado 2.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 34;
en contra, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Ahora votamos las transaccionales relativas al 55.1, 64.3 y 141.1.d).




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 24;
en contra, 11; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Resto de las enmiendas transaccionales presentadas y aludidas en el
debate.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 35;
abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.

Pasamos ahora, señorías, a votar los artículos del informe de la
ponencia que no tienen enmiendas, que son los que enumero a
continuación: 5, 9, 11, 12, 14, 15, 23 a 25, 44, 46, 47, 49, 54, 56,
57, 59 a 62, 67, 72 a 75, 77 a 80, 82, 87, 93 a 97, 99, 101 a 104,
106, 107, 110, 117, 121, 127, 129, 133 a 135, 137, 139, 144, 150,
155, 156, 158, 161, 163, 164 a 168, 171 a 174, 176, 180, 183 y 184;
disposiciones adicionales primera y séptima a novena; disposiciones
transitorias cuarta, séptima a novena, duodécima, decimocuarta,
decimoquinta, decimoséptima, decimonovena y vigesimoprimera;
disposiciones finales tercera y séptima.

Señor Sanjuán.




El señor SANJUÁN DE LAROCHA: ¿La disposición adicional tercera se va
a someter a votación en este momento?



El señor PRESIDENTE: No, he dicho: disposición adicional primera y
séptima a novena. Por tanto, la tercera no está incluida.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 31;
en contra, tres; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

Pasamos a votar, a continuación, el resto de los artículos del
informe en tres bloques. En primer lugar los artículos 17.1, 84, 138,
153 y la disposición transitoria tercera.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 34;
abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

Segundo bloque formado por los artículos 18, 21, 43, 55, 64, 66.5,
92, 116, 122, 123, 124, 125, 126, 141, 145.2.b), disposición
adicional quinta, disposición adicional décima, disposición
transitoria segunda, apartados 2, 3 y 4, disposición transitoria
quinta, apartado 3, y disposición transitoria decimoctava.




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Señor Moya.




El señor MOYAMILANÉS: Ha mencionado la disposición adicional quinta,
pero sólo el apartado 3.




El señor PRESIDENTE: Queda claro: disposición adicional quinta,
apartado 3.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20;
en contra, 17.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

El tercer bloque se refiere a los artículos 2.1, 10, 19, 48 y 130,
apartado 2.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 20;
abstenciones, 17.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

Resto de los artículos del informe, incluido tanto el articulado como
las disposiciones y el preámbulo, si ningún grupo quiere que se vote
aparte.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 31;
en contra, tres; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Quedan aprobados.

Señorías, hemos acabado las votaciones y el debate de este proyecto
de ley.

Muchas gracias a todos.

Se levanta la sesión.




Eran las dos y treinta minutos de la tarde.