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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 329, de 06/11/1997
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL



CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 1997 VI Legislatura Núm. 329



JUSTICIA E INTERIOR



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JULIO PADILLA CARBALLADA



Sesión núm. 34



celebrada el jueves, 6 de noviembre de 1997



ORDEN DEL DIA:



Comparecencia del señor presidente del Consejo General del Poder Judicial
(Delgado Barrio) para:



--Presentar la Memoria sobre el estado, funcionamiento y actividades del
Consejo y de los juzgados y tribunales de justicia, referida al año 1996.

A petición propia (Número de expediente 245/000003).




--Presentar el llamado «Libro blanco de la justicia» y, en su caso, para
su debate. A solicitud del Grupo Parlamentario Federal de Izquierda
Unida-Iniciativa per Catalunya (Número de expediente 212/000778).




--Informar sobre el contenido del «Libro blanco sobre la justicia». A
solicitud del Grupo Socialista del Congreso (Número de expediente
212/000781).




--Informar acerca de las reformas dirigidas a la mejora de la
Administración de justicia que se proponen en el «Libro blanco sobre la
justicia». A solicitud del Grupo Popular en el Congreso (Número de
expediente 212/000790).




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Se abre la sesión a las diez y quince minutos de la mañana.




El señor PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS (Trillo-Figueroa
Martínez-Conde): Señorías, buenos días.

Se abre la sesión convocada para la comparecencia del excelentísimo señor
presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo,
con el fin de presentar la memoria sobre el estado, funcionamiento y
actividades del Consejo y de los juzgados y tribunales, referida al año
1996, que fue previamente depositada en la Cámara y a la que se han
acumulado las solicitudes de comparecencia de los Grupos Parlamentarios
de Izquierda Unida, Socialista y Popular para la presentación del llamado
Libro Blanco de la justicia. La Junta de Portavoces de esta Comisión ha
considerado oportuno que el desarrollo de la sesión acumule las dos
materias en la medida de lo posible, de forma que el presidente Delgado
exponga cuanto considere conveniente en relación con la memoria de 1996
y, obviamente, continúe en su exposición con los ejes fundamentales del
libro blanco que ha elaborado su Consejo y que también desea presentar.

Antes de ceder la palabra al presidente del Consejo General del Poder
Judicial, al objeto de las presentaciones referidas, creo que es deber de
la Presidencia de la Cámara, que, desde luego, expresa el sentir de todos
los grupos parlamentarios, dar la bienvenida a la Comisión de Justicia e
Interior del Congreso al presidente del Consejo General del Poder
Judicial y a los consejeros que le acompañan, cuya presencia, además,
agradecemos de manera singular, porque, junto con su presidente, viene a
manifestar la presencia de todo el Consejo en lo que es la comparecencia
de esta Comisión que, si no es la más importante, es de las más
relevantes que pueda haber en el funcionamiento habitual de la Cámara. Es
la primera vez, además, que el presidente Javier Delgado comparece en
esta Comisión y en esa casa a tales efectos. Le reitero nuestra
bienvenida y nuestra gratitud por la prontitud, y espero que por la
eficacia, en el desenvolvimiento de la presentación de la memoria y del
libro blanco.

Sin más preámbulos, la sesión se desarrollará comenzando por la
presentación de la memoria y del libro blanco por el presidente Delgado;
a continuación, intervendrán los grupos parlamentarios formulando las
preguntas, observaciones y aclaraciones que estimen convenientes; después
tendrá lugar la contestación por parte del presidente del Consejo y,
finalmente, volverán a intervenir los grupos parlamentarios a través de
sus portavoces.

Tiene la palabra el presidente del Consejo General del Poder Judicial,
don Javier Delgado.




El señor PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL (Delgado
Barrio): Señor presidente, señores diputados, mi saludo, ante todo, a
esta Comisión de Justicia e Interior, saludo que está teñido del respeto
que naturalmente inspira la representación del pueblo en el que reside la
soberanía nacional; saludo respetuoso, pues, pero también saludo con una
gran esperanza.

Una gran parte de los aspectos más importantes de los problemas de la
justicia dependen de las decisiones del Poder Legislativo. Los problemas
de la justicia es exactamente el tema del que voy a hablar esta mañana,
porque, bajo la dicción literal del artículo 109 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, que se refiere a la memoria sobre el estado,
funcionamiento y actividades del Consejo y de los juzgados y tribunales
de justicia; bajo toda esa larga frase lo que realmente está latiendo son
los problemas de la justicia.

A la hora de hablar de los problemas de la justicia, he de destacar ante
todo que el Consejo y yo hemos tenido una preocupación especial por
conocer lo que opinan los ciudadanos de la justicia. Un juez veterano
acostumbrado a lo largo de muchos años a una determinada visión de los
problemas de la justicia, un juez veterano que la mira con los ojos de la
costumbre, corre el riesgo de que se le escapen aspectos importantes de
esos problemas. Y si nuestro Poder Judicial tiene por objeto proporcionar
tutela judicial efectiva de los derechos e intereses legítimos del
ciudadano, es claro que ese destinatario último de la prestación de la
tutela judicial tiene mucho que decir sobre los temas de la justicia.

Justamente por ello, el Consejo General del Poder Judicial encargó unas
encuestas. Tengo que señalar que el resultado ha sido francamente
desfavorable porque tales encuestas evidencian que la imagen de la
justicia ha sufrido un grave deterioro en los últimos diez años.

A la pregunta de funciona muy mal o no, o funciona bien, en el año 1987
un 28 por ciento de los ciudadanos decía que la justicia funcionaba muy
mal; después, en el año 1990, aumenta ese 28 por ciento; sigue aumentando
en los años 1992 y 1995, y hoy, en julio de 1997, es el 51 por ciento de
los ciudadanos el que opina que la justicia funciona muy mal. Ciertamente
las encuestas no tienen un valor definitivo, hay que partir de la base de
que la justicia es poco fotogénica y que tiende a salir mal en la foto.

También hay que tener en cuenta que, si en esa encuesta realizada con los
ciudadanos en general hemos salido tan mal, en otra encuesta hecha entre
los usuarios de la justicia, de julio de 1997, salíamos algo mejor, y que
unos pocos casos oscurecen la imagen general de la justicia. A pesar de
todas esas circunstancias atenuantes, lo cierto es que hoy la imagen de
la justicia no es buena, lo cual es grave en un Estado democrático de
Derecho en el que la confianza y la credibilidad en la justicia es algo
que tiene una extraordinaria importancia, como reiteradamente viene
poniendo de relieve la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos
Humanos.

De todas esas encuestas sale un auténtico pliego de cargos, un conjunto
de acusaciones que se dirigen a la justicia. Los dos cargos que tienen un
más extenso apoyo popular son la oscuridad y la lentitud. El 84 por
ciento de los ciudadanos critica que nuestras decisiones no son claras,
son oscuras, no las entienden; y un 81 por ciento de los ciudadanos nos
critica porque la justicia es extraordinariamente lenta.

Por lo que se refiere a la oscuridad tengo que recordar --los diputados
de esta Comisión de Justicia e Interior lo saben igual o mejor que yo--
que la Ley de Enjuiciamiento



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Civil, a la hora de decir cómo debe ser una sentencia, expone en su
artículo 359 que las sentencias serán claras, precisas y congruentes. Lo
primero que se le ocurrió decir al legislador decimonónico a propósito de
la sentencia es que la sentencia debía ser clara. Este es el primero de
los requisitos de la sentencia. Quizá en el siglo pasado, cuando se
hablaba de la claridad, se estaba pensando en una claridad para el
letrado, sin duda, en una claridad que permitiera luego una fácil
ejecución de la sentencia. Hoy, según una interpretación evolutiva de ese
precepto decimonónico, una interpretación conforme a la Constitución, una
interpretación que tenga en cuenta que ese derecho fundamental que se
consagra en el artículo 24 está pensado para los ciudadanos, tutela
judicial efectiva de derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, a
la pregunta de claras para quién, habría que contestar que claras para el
ciudadano. (El señor presidente de la Comisión ocupa la Presidencia.)
Este es un problema nuestro, es un problema que tenemos que resolver los
jueces con la claridad de la motivación de la sentencia. ¿Claras para
quién? Claras para los ciudadanos. No se trata, en modo alguno, de que la
sentencia pueda perder la precisión técnica-jurídica, que resulta
imprescindible, sino de que se haga un esfuerzo para que esa precisión
técnica pueda desarrollarse en términos de claridad para todos los
ciudadanos. La motivación de la sentencia es, en mi opinión, el cauce por
el que ha de discurrir la recuperación de la imagen de la justicia, de
una mayor credibilidad de la misma. En la motivación se hace ostensible
el porqué de la decisión del juez, y tengo para mí que ése es
precisamente el cauce a través del cual los jueces hemos de recuperar la
confianza en la justicia.

La segunda de las acusaciones es la de la lentitud. Es cierto de toda
certeza. Este cargo hay que reconocerlo como rigurosamente exacto. Todas
las jurisdicciones son lentas, pero, de una manera especial, la
jurisdicción contencioso-administrativa. No querría abrumarles con
cifras, porque, en definitiva, están todas en la memoria, pero sí
recogeré algunas que me parecen esenciales. El año 1996, empezó con
244.000 asuntos pendientes en la jurisdicción Contenciosa. La
jurisdicción Contenciosa, con un trabajo intenso de sus magistrados,
logró terminar 113.000 asuntos y, sin embargo, el año finalizaba con
271.000 asuntos. Es decir, después de haber terminado 113.000 asuntos, el
año acababa con 27.000 asuntos más de los que había pendientes al
iniciarse el año.

En las otras jurisdicciones el final de 1996 fue algo más afortunado y la
bolsa pendiente de asuntos mejoró, fue disminuyendo. Por ejemplo, en la
jurisdicción Civil se termina el año 1996 con algo más de 30.000 asuntos
menos; en la Penal, también, con algo más de 30.000, y la Social terminó
con 4.000 asuntos menos. Esta tendencia, que refleja el año 1996 --éstos
son datos que no vienen en la memoria porque, teniendo en cuenta el
momento en el que nos encontramos, los amplío con los datos estadísticos
del primer semestre de este año--, ha continuado en el primer semestre de
1997. Si tenemos en cuenta el número de asuntos que había el 1 de enero
de 1997 y los que hay el 30 de junio de 1997, nos encontramos con que en
los seis primeros meses de este año la jurisdicción Contenciosa aumenta
la bolsa pendiente en 19.000 asuntos. Quiérese decir que, si continuara
la tendencia que estoy señalando, este año la jurisdicción Contenciosa
terminaría con 38.000 asuntos pendientes más. Si el año pasado
conseguimos terminar el año en la jurisdicción Contenciosa con 27.000
asuntos más, no es imprevisible que este año lo terminemos con 38.000
asuntos pendientes más. En cambio, en las otras jurisdicciones en este
primer semestre ha continuado la tendencia al descenso: en la
jurisdicción Civil la bolsa ha bajado en 45.000 asuntos; en la
jurisdicción Penal la baja de la bolsa ha sido de 40.000; y en la Social,
de 11.000 asuntos. En definitiva, si comparamos la memoria del año 1996
con los datos que les ofrezco respeto del primer semestre del año 1997,
la tendencia es un aumento insistente, creciente, de asuntos pendientes
en la jurisdicción Contencioso-Administrativa y un descenso leve, pero
descenso, en las otras jurisdicciones. Sobre esta base, la reflexión que
el Consejo ha llevado a cabo sobre estos datos que están en la memoria de
1996, que he ampliado con el primer semestre de 1997, ha dado lugar a un
libro blanco que también les presento hoy.

El Consejo General del Poder Judicial, en julio de 1996, al tomar
posesión de sus cargos los vocales, no hizo una declaración de
intenciones, entendió que en las circunstancias actuales era preferible
una reflexión general sobre el estado de la justicia. Y cuando se hubiera
hecho esa reflexión general y se tuviera noticia exacta y detallada de
los problemas de la justicia, sólo entonces se podría llevar a cabo el
plan de actuación del Consejo General del Poder Judicial. El libro blanco
es, en último término, una reflexión, sí, pero con una vocación práctica
de realización y, por tanto, es un plan de actuación del Consejo General
del Poder Judicial.

Sus señorías saben perfectamente que el Consejo no es Poder Judicial, es
el órgano de gobierno del Poder Judicial, está al servicio del Poder
Judicial, nace para garantizar la independencia judicial. El Consejo
General del Poder Judicial desapodera al Poder Ejecutivo de un conjunto
de funciones que antes le correspondían: nombramientos, ascensos,
inspección y régimen disciplinario. Todas estas funciones, que no con
carácter limitativo sino ad exemplum menciona la Constitución, tienen
naturaleza ejecutiva. Todas estas funciones las desempeñó en otro tiempo
el Poder Ejecutivo y son fruto de lo que podríamos llamar una subdivisión
del poder. En una primera fase la división de poderes discurre por tres
cauces distintos y da lugar al Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial,
pero, después, ese Poder Ejecutivo se subdivide y un fragmento del
contenido de ese Poder Ejecutivo pasa a ser el contenido funcional del
Consejo General del Poder Judicial. Pero destaco que sus funciones
materialmente tienen naturaleza ejecutiva. De aquí deriva terminantemente
la aplicabilidad al Consejo del principio de eficacia, que se establece
en el artículo 103 de la Constitución. La eficacia del Consejo es
instrumental y consiste en que la tutela judicial, que el artículo 24 de
la Constitución quiere que sea efectiva, sea de verdad efectiva. La
eficacia del Consejo la veremos si se consigue que la tutela judicial sea
efectiva. Eficacia del



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Consejo, efectividad de la tutela judicial; siempre, en último término,
en beneficio de los ciudadanos a los que se realiza la prestación de la
tutela judicial.

Decía que el libro blanco viene a ser el plan de actuación del Consejo,
no pretende ser una enciclopedia universal donde estén todos los
problemas de la justicia. Había un plazo para hacer el libro blanco
porque el mandato de este Consejo es de cinco años y el libro blanco
debía ser un plan de actuación para este Consejo. En los próximos cuatro
años el Consejo está comprometido en la realización del plan de actuación
que deriva del libro blanco.

El resultado del libro blanco da lugar a soluciones que, desde el punto
de vista competencial, pueden ser clasificadas en tres grandes
categorías. Unas serán competencia del Consejo, otras del Poder
Ejecutivo, otras del Poder Legislativo. El Consejo, en cuanto a lo que
resulta ser de sus competencias, asume naturalmente el compromiso de ser
fiel a ese plan de actuación. En cuanto a las competencias del Poder
Legislativo, el Consejo tiene una preocupación especial. A la hora de
tratar estos temas que son competencia del Poder Legislativo, el Consejo
tiene una preocupación especial por poner de relieve: que no tiene
iniciativa legislativa, que no tiene la potestad constitucional, la
potestad legislativa necesaria, la potestad atribuida por el ordenamiento
jurídico; el ordenamiento jurídico no le ha atribuido potestad para poner
en marcha el procedimiento legislativo. En estos términos, el Consejo
estima que tiene una potestad de sugerencia.

Sobre la base de lo dispuesto en los artículos 109.1 y 37.2 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, la integración, la inducción, la
generalización de los contenidos de estos preceptos permiten pensar que
el Consejo tiene esa potestad de sugerencia. En la memoria y en la
relación circunstanciada de necesidades que el Consejo General del Poder
Judicial ha de poner en conocimiento tanto de las Cortes como del
Gobierno, el Consejo señala lo que estima necesario para el correcto
desempeño de las funciones que la Constitución y las leyes asignan al
Poder Judicial. Esta determinación explícita de los artículos 109.1 y
37.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial permite construir la
atribución --quizá no tan implícita pero sí bastante explícita-- de una
potestad de sugerencia. No creo que pueda verse en estas sugerencias del
Consejo una desviación de las exigencias del principio de división de
poderes. La sugerencia opera como un informe pericial y SS. SS. saben
perfectamente que el informe pericial se aprecia según las reglas de la
sana crítica, especialmente intensificada cuando, como ocurre con los
diputados, muchos de ellos tienen una larga experiencia en el terreno
jurídico o judicial.

En el ejercicio de esta potestad, el Consejo ha hecho ya algunas
sugerencias a las Cortes y al Gobierno a las que me voy a referir muy
brevemente. La primera es la de reforma del artículo 14 de la Ley de
Enjuiciamiento Criminal. El sistema en vigor hasta la entrada del nuevo
Código Penal implicaba que los jueces de lo penal conocían de las causas
por delito a los que correspondían penas no superiores a seis años. Con
la entrada en vigor de la Ley 10/1995, es decir, en mayo de 1996, el
artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal recibe una nueva
redacción que significa que los juzgados de lo penal conocen de delitos a
los que se señala una pena de hasta tres años. Voy a hacer una
observación tajante. Esta redacción nueva es la ideal, es mejor. Esta
nueva redacción significa que las penas superiores a tres años las va a
imponer un órgano colegiado. Esta es la mejor solución: por encima de los
tres años, órgano colegiado. Pero, por el momento, no resulta hacedero,
prácticamente hacedero, que esta solución pueda desarrollarse con la
rapidez que exige el proceso penal y ocurre que está disminuyendo
profundamente el trabajo de los juzgados de lo penal y, en cambio, está
aumentando tremendamente el de las audiencias provinciales. En alguna
audiencia provincial el aumento es ya de un 178 por ciento. Las
audiencias provinciales no pueden absorber este trabajo; además, este
incremento profundo de trabajo de las audiencias provinciales terminará
por inundar la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que en este momento
tiene un aumento de trabajo. En estos términos, la sugerencia del Consejo
es que transitoriamente, hasta tanto se disponga de los medios personales
necesarios, la competencia de los juzgados de lo Penal se amplíe hasta
los cinco años, superando, por consiguiente, los tres años que dice el
texto, hoy vigente, del artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Les diré que existe un auténtico clamor de las audiencias provinciales
destacando la urgencia de esta reforma, a la espera de que, cuando
tengamos los medios personales suficientes, podamos mantener la solución
que a día de hoy está vigente.

Otra sugerencia que ha hecho el Consejo se refiere a los magistrados de
las salas de lo Penal de los tribunales superiores de justicia. En la
realidad actual, con las competencias que hoy tienen las salas de lo
Civil y Penal de los tribunales superiores, el trabajo es escasísimo, la
media no llega a dos sentencias por magistrado, incluso hay magistrados
que no ponen ninguna sentencia. En estos términos, hasta tanto las salas
de lo Civil y Penal de los tribunales superiores de justicia no
incrementen sus competencias, el Conejo estima que el trabajo que
desarrollan estos magistrados podría ampliarse colaborando en otras
salas.

Actualmente el Consejo está trabajando en una nueva sugerencia relativa a
la recusación de los jueces, es decir, de los titulares de órgano
unipersonal. Ocurre que la recusación de un magistrado miembro de un
órgano colegiado se resuelve por el pleno de la Sala, en tanto que la
recusación de un juez titular de un órgano unipersonal se resuelve por
otro juez, que es precisamente el que le va a sustituir, en su caso, en
el conocimiento del asunto. Esta sugerencia está actualmente en estudio.

Y lo que sí anticipo es que es previsible que algunas de las soluciones
del libro blanco den lugar a sucesivas sugerencias de reforma
legislativa.

El libro blanco viene a ser una especie de sugerencia global o un
conjunto de sugerencias concretas y pretende ser, además, para este Poder
Legislativo un cauce para la reflexión y un punto de partida en la
búsqueda de soluciones. El libro blanco no pretende, ya he dicho, ser una
enciclopedia universal y tampoco pretende que todas sus soluciones
prosperen en sus propios términos, ni mucho menos. Ofrece un cauce para
la reflexión, enumera un conjunto



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de problemas sobre los que puede reflexionar el Poder Legislativo y,
además, ofrece soluciones que pueden servir de punto de partida, bien
para aceptarlas, bien para rechazarlas.

Este libro blanco se caracteriza por dos notas fundamentales: la extensa
participación en la elaboración y la unanimidad en el resultado. Por lo
que se refiere a la participación en el libro blanco, no es una
ocurrencia de los vocales del Consejo; ha sido comentado, ha sido
enriquecido con numerosas participaciones de muy distintos órganos o
instituciones. El Consejo elaboró una serie de cuestionarios que fueron
enviados aun amplio número de instituciones y organizaciones: el Defensor
del Pueblo, las asociaciones de jueces y fiscales y de secretarios
judiciales, colegios de abogados y procuradores, organizaciones
sindicales del personal de Justicia, consejos de gobierno de las
comunidades autónomas. Y sobre la base de los cuestionarios y de las
respuestas enviadas hubo después más de 200 entrevistas. Naturalmente,
también se han tenido muy en cuenta las aportaciones de los servicios de
inspección y estadística del Consejo General del Poder Judicial. Así
pues, ha habido una importante colaboración y, además, un resultado al
que se llega por unanimidad.

Este libro blanco lo elaboró una comisión del Consejo integrada por el
vicepresidente del Consejo que la ha presidido, Luis López Guerra,
Manuela Carmena, Elisa Vega, Angeles Huet, Francesc Caminal, Rubén
Jiménez y Ramón Sáez, con el apoyo de un magnífico equipo de letrados.

Después, el borrador del libro blanco fue discutido en varias sesiones
del pleno y fue aprobado por unanimidad. El libro blanco reflexiona
fundamentalmente, aunque no exclusivamente, sobre el tema de la lentitud
de la justicia. Una primera tentación ante la lentitud de la justicia
podría se la de aumentar el personal. Bien. A este respecto, conviene
distinguir cuidadosamente el personal judicial: jueces y magistrados, los
que toman las decisiones; y el personal auxiliar: oficiales, auxiliares y
agentes.

Por lo que se refiere al personal judicial, jueces y magistrados, sabemos
la carga de trabajo que tenemos en los juzgados y tribunales. Si
concretamos el trabajo que puede desarrollar un juez, sabremos cuántos
jueces y magistrados, cuántos órganos jurisdiccionales necesitamos. Este
es el problema de los módulos, problema discutido y problema difícil. Los
módulos pueden elaborarse con dos criterios distintos. Módulos ideales: a
la vista del conjunto de actividades que desarrolla un juez, teniendo en
cuenta la inmediación de la prueba, a la vista de todos estos datos, no
sólo de la sentencia --el juez hace otras muchas cosas distinta de la
sentencia--, cuántos asuntos puede llevar un juez. Estos serían los
módulos ideales, que tendrían trascendencia tanto a la hora de determinar
el número de órganos jurisdiccionales que necesitamos como a la hora de
establecer el trabajo exigible al juez en el terreno disciplinario, salvo
circunstancias especiales. No son estos los módulos que este libro blanco
ha elaborado. Este libro blanco ha elaborado módulos de alarma, módulos
de urgencia, es decir, precisa la carga de trabajo por encima de la cual
no es posible que un órgano jurisdiccional funcione bien; es la carga de
trabajo que un tribunal no puede soportar de ninguna manera. Son valores
provisionales y urgentes que pretenden reaccionar frente a situaciones de
sobrecarga laboral insoportable, de carga de trabajo insostenible y,
paralelamente, como consecuencia, viene a provocar la lista de
necesidades, de creaciones urgentes de órganos jurisdiccionales o de
plazas de jueces y magistrados. Teniendo en cuenta estos módulos, el
Consejo tiene elaborada la lista de creaciones imprescindibles y estas
creaciones imprescindibles, que está manejando el Consejo en colaboración
con el Ministerio de Justicia en una comisión mixta, son las que están
dando lugar a los programas de creaciones de nuevas plazas.

Hemos creído que un juzgado de primera instancia, un juzgado civil único,
no debe tener una carga de trabajo superior, por ejemplo, a los 850
asuntos contenciosos al año. En cambio, si es un juzgado de primera
instancia de instrucción creemos que los asuntos contenciosos en el orden
civil serán de 450 y, en cambio, en el orden Penal serán 2.500, etcétera.

En el libro blanco pueden ver SS. SS. el conjunto de módulos que hemos
elaborado para cada uno de los órganos jurisdiccionales.

En estos momentos, las creaciones imprescindibles alcanzan la cifra de
300 plazas de jueces y magistrados. Sólo en lo
Contencioso-Administrativo, la gran catástrofe de nuestra justicia, hacen
falta 119 magistrados; para juzgados de primera instancia e instrucción,
48; para audiencias provinciales, 40 plazas de magistrados; para juzgados
de lo Social, 28; para las salas del Orden Social, 26; para juzgados de
primera instancia, 18; para juzgados de lo Penal, 13, y para juzgados de
instrucción, 8. Son 300 plazas las que esperamos que se creen. Esto, que
ya representa una dificultad importante no sólo en el orden económico,
sino también en la disponibilidad de jueces, es una cifra engañosa. No
necesitamos 300 jueces, necesitamos 600 jueces inmediatamente, todo lo
inmediatamente que pueda ser, porque en el escalafón actual, en los
puestos de trabajo que tiene hoy la judicatura, las plazas son 3.459.

Tenemos un escalafón que prevé 3.459 plazas de jueces y magistrados pero
hay, aproximadamente, 300 plazas sin cubrir. Es decir, necesitamos 300
nuevas plazas, pero de las que ya tenemos presupuestariamente previstas
en el escalafón hay 300 plazas que no tenemos cubiertas. Esto significa
que necesitamos 600 jueces. El Consejo General del Poder Judicial aspira
a que hasta el año 2002 hayamos podido formar 800 jueces. La tarea es
difícil, pero creemos que es posible. La promoción que hay hoy en la
escuela es de 212; 25 han salido ya, los del concurso oposición, y quedan
todavía 187 plazas en la escuela. Las cifras que les estoy dando hay que
disminuirlas en 187. Actualmente se están celebrando oposiciones con 172
plazas, que también habrá que restar, con lo cual viene a ser algo más de
650 la cifra que restamos a esa general de 600. Teniendo en cuenta que el
cuerpo de opositores es amplio, más de 5.000 licenciados en Derecho,
creemos que es perfectamente posible y esperamos que para el año 2000
tengamos las plazas necesarias.

La oposición que se está celebrando ahora tiene dos dificultades
añadidas. A la dificultad tradicional propia de toda oposición hay que
añadir, por un lado, que este año



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los ejercicios son orales, lo cual representa una novedad parcial para
los opositores, y, además, que ha habido un cambio legislativo de gran
importancia que es el Código Penal. Muchos de nosotros y de SS. SS., que
sin duda han hecho alguna oposición, sabemos perfectamente lo que
significa un cambio legislativo extenso e importante.

En cuanto al personal no judicial, la solución no es el aumento sino el
mejor aprovechamiento del personal judicial existente, con una mejor
organización de la oficina judicial. El Consejo General del Poder
Judicial en el tema de la oficina judicial, sobre la que tiene un
sugestivo estudio, propone soluciones flexibles, adaptadas a las
circunstancias de cada caso.

Resumiendo --porque estoy en el momento en el que hubiera querido
terminar y voy a procurar ser muy breve--, el Consejo General del Poder
Judicial opta por mantener las secretarías con reducción de personal
porque se intensifica la creación de servicios comunes, solución ésta en
la que el Consejo tiene fe. Inciso: la técnica de estos servicios comunes
pueden servir también para resolver los problemas que se plantean entre
los juzgados de paz mediante la agrupación de secretarías, que es un
cauce que creemos debe ser intensificado. Dentro de esta oficina judicial
hay que potenciar profundamente la figura del secretario, no sólo en sus
funciones como gestor sino, también, en el terreno procesal. Creemos que
las funciones del secretario en determinadas materias, como es la
jurisdicción voluntaria y como es la ejecución de sentencias, puede ser
seriamente intensificada, aprovechando los conocimientos de esta figura
del secretario que, hoy por hoy, no se están aprovechando debidamente.

En el terreno del personal, convendría crear en esta oficina judicial
algunos puestos de trabajo con un perfil lingüístico que permitiera hacer
posible una conversación clara, que permitiera una mayor presencia de la
lengua autonómica en el mundo de la justicia. Es necesario advertir que
estas oficinas judiciales precisan de una profunda informatización.

El estudio de las distintas jurisdicciones que hace el libro blanco
permite hacer observaciones de interés y lleva a conclusiones que también
pueden resultar interesantes. La jurisdicción Civil ha comenzado este año
con más de 800.000 asuntos. La duración media del proceso civil es, en la
instancia, de once meses. Les diré que basta con que el demandado no
resida en el lugar del juicio y que haya que librar un exhorto para su
emplazamiento para que la duración previsible del proceso aumente en dos
meses; y basta que un juzgado esté vacante, sin juez, dos meses para que
la duración previsible del proceso aumente seis meses, teniendo en cuenta
el ritmo de entrada de los asuntos. La media de la apelación es de diez
meses, pero la concreta realidad de las comunidades autónomas ofrece un
resultado muy diferente. Por ejemplo, en Extremadura, la media son tres
meses; en cambio, en Madrid, son 19 meses.

La casación. La casación está convirtiéndose en un auténtico cuello de
botella. Hoy, en la Sala Primera del Tribunal Supremo la duración media
de un recurso de casación es de 30 meses. Además, cada año que pasa, la
bolsa va aumentando y la media también irá avanzando. El próximo año, por
consiguiente, el aumento será de un trimestre por año, quiere eso decir
que la duración previsible de la casación el año que viene es de 36
meses.

Llama también la atención la larga duración de la fase ejecutiva del
proceso, de la ejecución de la sentencia, que es más larga que la de la
fase declarativa, y las dificultades que hay en materia de venta forzosa
de bienes inmuebles que provocan un grave alargamiento de esta fase de
ejecución. Curiosamente, si lo que hay que vender es una finca rústica,
se tardan 13 meses y medio, y si lo que hay que vender es una finca
urbana, se tardan 17 meses y medio.

Aparte de las soluciones que propone el libro blanco, como son la
creación de plazas judiciales, la mejora de la oficina judicial y la
potenciación de la figura del secretario, que son soluciones generales,
el Consejo ofrece una mayor especialización de los juzgados y una
simplificación de los procedimientos. Dentro de los ordinarios habría
dos, uno de los cuales habría de caracterizarse por una profunda cualidad
y concentración.

En cuanto a la duración de la casación, que es un tema que naturalmente
preocupa al Consejo y especialmente a mí, de 30 meses --33 meses el año
que viene--, creemos que es algo absolutamente insostenible. La casación
debe tener un sentido unificador de doctrina; más ampliamente, de
formación de jurisprudencia. La jurisprudencia es un complemento de
expresión del ordenamiento jurídico, aclara éste y puede servir para
evitar pleitos futuros. En estos términos creemos que la casación debe
operar en aquellos casos en los que hay interés casacional. Hay interés
casacional en todas aquellas materias que alcanzan una elevada cuantía,
pero también en aquellos asuntos que, no alcanzando una cuantía elevada,
sin embargo, no tienen jurisprudencia o hay una ley nueva o hay
contradicciones entre las sentencias de las audiencias provinciales. En
estos términos, entendido así el interés casacional para asuntos de
elevada cuantía y para asuntos de cuantía mínima pero que tienen
auténtico interés casacional, porque no hay jurisprudencia, porque hay
contradicción en las soluciones de las audiencias o porque se trata de
una ley nueva, estos casos deberían dar lugar a la admisión de la
casación. En cuanto a la ejecución, hay que ofrecer alternativas a la
venta forzosa actual.

Por lo que se refiere a la jurisdicción Penal, tiene el 77 por ciento del
trabajo de la justicia, recibe al año más de 4.300.000 asuntos y las
dilaciones, en general, no son alarmantes. Cuestión urgente es la del
artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Hay otros temas importantes, algunos de gran concreción, otros de mayor
generalidad. Uno muy concreto, pero que afecta a la libertad de las
personas profundamente, son las apelaciones contra los autos de prisión,
que creemos que deberían resolverse en el plazo máximo de 15 días. El
sentido profundamente humano de esta jurisdicción nos hace llegar a la
conclusión de que debe haber oficinas de asistencia a las víctimas del
delito; creemos que debe haber una policía judicial orgánica y
funcionalmente dependiente del juez o, en su caso, del fiscal, todo ello
como medidas a medio plazo. Y, a más largo plazo, la doble



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instancia. La doble instancia no está establecida expresamente en el
artículo 24 de la Constitución, pero deriva del artículo 10.2 de la
misma, más los tratados internacionales. El artículo 10.2 es una ventana
internacional por la que nos llegan los tratados en materia de derechos
fundamentales. Por consiguiente, debe haber doble instancia, que creemos
que debería ser el cauce por el cual vendrían a tener más competencias
las salas de lo Civil y de lo Penal. Por lo demás, se apunta en el libro
blanco, sin un carácter demasiado tajante, la conveniencia de que la
instrucción le corresponda al fiscal, con medidas cautelares a cargo del
juez.

Por lo que se refiere a la Contencioso-Administrativa, yo, que soy un
magistrado de lo Contencioso, lo digo con profunda tristeza: ésta es una
jurisdicción en situación de catástrofe; el retraso mínimo para la
resolución son 30 meses. El plan de urgencia nacional necesita la
creación de 119 plazas. No insisto, porque SS. SS. conocen este tema ya
que en este momento están examinando un proyecto de ley de lo
Contencioso.

Por lo que se refiere a la jurisdicción Social, es la que mejor va. No
olvidemos, cuando digo que es la que mejor va, que tiene un procedimiento
oral y que se caracteriza por una gran especialización. No olvidemos
estos dos datos: en la instancia la duración es de 3 meses, en la
suplicación, 8 más, y en la Audiencia Nacional, 2 meses. En estos
términos es, en este momento, la que ofrece menos motivos de
preocupación.

Finalmente, quería decirles muy brevemente, en cuanto a las actividades
del Consejo General del Poder Judicial, que ya dentro de 1997 la
preocupación del Consejo va referida muy directamente a la formación de
los jueces. Se ha inaugurado este año una escuela judicial en Barcelona,
con unas magníficas instalaciones; tenemos el proyecto de crear en esa
escuela judicial un aula iberoamericana que tendría un apoyo económico
del Banco Interamericano de Desarrollo, y que habría de tener alguna
conexión con la escuela judicial de las Américas, que es un proyecto --me
acabo de enterar por una reciente visita de los presidentes de las Cortes
Supremas iberoamericanas-- que el presidente Clinton ha anunciado --yo no
lo sabía-- que se iba a crear; es decir, Estados Unidos pretende la
organización de esta escuela judicial. El Banco Interamericano de
Desarrollo ha sugerido la posibilidad de una colaboración del Consejo
General del Poder Judicial, y el Consejo, contando con los países
latinoamericanos, y subrayo, contando con los países latinoamericanos,
podría perfectamente desarrollar esa tarea de colaboración. La formación
continuada que desarrolla el Consejo hace ya años ha seguido con sus
planes, con sus conferencias y con sus jornadas.

Por último, tengo que destacar que se ha inaugurado este año 1997 el
Cendoj, el Centro de documentación judicial en San Sebastián, que con su
informatización de la jurisprudencia, bibliografía legislativa y
jurisprudencial, etcétera, va a proporcionar un importante instrumento a
los jueces para el buen desarrollo de su profesión.

Les pido perdón por mi excesivamente larga intervención.

El señor PRESIDENTE: A continuación, voy a conceder la palabra a los
portavoces de los grupos, iniciando el orden de las intervenciones
aquellos que han solicitado la comparecencia del señor presidente del
Consejo del Poder Judicial y, después, de menor a mayor, el resto de los
grupos que deseen intervenir.

El tiempo de estas intervenciones será de 15 minutos. Como quiera que
hemos acumulado tanto la presentación de la memoria como las iniciativas
presentadas por distintos grupos parlamentarios en relación con el Libro
Blanco sobre la justicia, en principio, rogaría a los señores portavoces
que hicieran uso de la palabra por no más de 20 minutos, a los efectos de
que después se pueda celebrar una segunda ronda, con arreglo a lo
previsto en el Reglamento y en la resolución de la Presidencia que regula
la comparecencia del presidente del Consejo General del Poder Judicial a
los efectos de presentar la memoria sobre el estado, funcionamiento y
actividades de la justicia.

A continuación, tiene la palabra, en nombre del Grupo Parlamentario
Federal de Izquierda Unida, el señor Castellano.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: En primer lugar, como es lógico,
quiero dar la bienvenida a esta Comisión al señor presidente del Consejo
General del Poder Judicial y presidente del Tribunal Supremo y a todos
los consejeros, agradeciéndole ya de antemano el esfuerzo que la
institución realiza para tratar, con el resto de los implicados, de ir
buscando soluciones a los problemas de la justicia.

Es evidente que esta fecha de presentación de la memoria y del libro
blanco para hablar de los problemas de la Administración de justicia, o
del servicio público de la justicia, como les gusta a algunos llamarlo,
viene enriquecida por un conjunto de esfuerzos en lo que se llama el
intento de diagnóstico: la memoria del Consejo, su libro blanco, el libro
blanco de la Fiscalía, el libro blanco de los secretarios, el reciente
informe del Defensor del Pueblo. No podemos olvidar tampoco los esfuerzos
que las asociaciones profesionales están haciendo a través de sus
publicaciones y congresos para poner el acento en cuáles son los males
que aquejan a este servicio público y han de tenerse en cuenta también
las asociaciones de usuarios que, con sentido de la responsabilidad con
la comunidad, también quieren contribuir a ello.

Nuestro grupo parlamentario ha recibido con enorme satisfacción la
afirmación del propio presidente del Gobierno, con motivo de la apertura
del año judicial, de que era la hora de la justicia. Si todos coincidimos
en los diagnósticos y todos coincidimos en la necesidad de acometer esta
tarea, es bastante inexplicable que no estemos encontrando las soluciones
que nos demanda dicha situación. Ciertamente, el diagnóstico de los
profesionales, de los que estamos implicados en este servicio público, es
bastante más benévolo que el diagnóstico de los ciudadanos. Ese
diagnóstico de los ciudadanos, aunque algunos lo quieran minimizar porque
pudiera parecer que por su falta de conocimientos técnicos no debe ser
tan valorado, para nosotros debe ser más valorado que el de los
profesionales



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porque, al fin y al cabo, son ellos los que tienen derecho a demandarnos
esa justicia que representa una tutela judicial efectiva, un juicio sin
dilaciones excesivas, en suma que haga realidad el estado social y
democrático de Derecho, del cual --y atendidas las circunstancias en que
se encuentra la Administración de justicia-- no creo que nadie se pueda
sentir satisfecho.

Agradezco, en nombre de mi grupo, la sinceridad con que está hecho el
libro blanco, la memoria y el esfuerzo que se ha realizado, y el
reconocimiento incluso de que sus defectos estadísticos, que no le son
imputables, puede conducir a una imagen distorsionada, entre otras, a esa
imagen de poder llegar a afirmar que en la primera instancia un
determinado procedimiento puede durar once meses. Algunos a lo mejor
tienen esa suerte; es evidente que la mayoría está muy lejos de poder
hacer esa afirmación. El hecho cierto es que se aprecia en la sociedad
española, en las fuerzas políticas responsables, en los profesionales, un
compromiso serio de tratar de llevar adelante ese Estado social y
democrático de Derecho.

Al hacer estas afirmaciones y dirigirnos al Consejo General del Poder
Judicial no olvidamos el viejo refrán: al César lo que es del César, y,
en consecuencia, no le vamos a pedir otras tareas que aquellas que tiene
legalmente encomendadas. No es de su competencia el promover
verificaciones legislativas, aunque coincidimos con el señor presidente
en que la potestad de sugerencia es una potestad que tiene que ser
reforzada, y no creo que nadie en el Poder Legislativo se pueda sentir
herido porque el órgano de gobierno de los jueces, que además de ser la
representación del poder judicial es un órgano profesional privilegiado,
haga llegar no sólo a esta Cámara, sino a la sociedad, todas sus
inquietudes. En consecuencia, vamos a procurar que todos nos atengamos a
tales cometidos. Repito que no le vamos a pedir al Consejo del Poder
Judicial que haga ningún esfuerzo que no sea de su competencia. Sí creo
que es inevitable tener que hacer una cierta alusión a quien comparte con
el Consejo General del Poder Judicial esta tarea cual es el Ministerio
que, al parecer --y espero que ahora, leído el libro blanco, cambie de
actitud--, llegado el momento de establecer las prioridades legislativas,
le preocupa mucho más la descontaminación de los jueces que han pasado
por la política con la reforma de la ley orgánica que otra clase de
problemas. Le preocupa mucho más, a lo mejor, la organización de la
Abogacía del Estado que los problemas que afectan a los procedimientos.

Pero confío de verdad en que conocido el libro blanco, la memoria y otro
conjunto de textos que están a disposición de todos, y que reciben antes
incluso que la oposición, cambien de criterio.

Es necesario hacer un esfuerzo en lo que se refiere a medios materiales y
humanos, pero coincidimos todos en que ese esfuerzo en medios materiales
y humanos que se ha hecho --y sería absolutamente injusto no reconocer
que se ha hecho a lo largo de estos últimos años-- no es bastante si no
acometemos profundas reformas estructurales y, desde luego, la primera de
ellas, para nuestro grupo, es la concepción de unos procesos mucho más
ágiles y eficaces que, a su vez, determinen cuál debe ser la dimensión y
la organización de la oficina judicial. Aprovechamos para decir que,
siendo absolutamente válido el esfuerzo de los servicios comunes, no nos
parece todavía suficiente y nos inclinaríamos por otro modelo de oficina
judicial que en su momento podríamos discutir, pero por la premura de
tiempo y para que intervengamos todos lo dejamos en este momento de lado.

Nos dice, señor presidente, que necesita 600 plazas de jueces y
magistrados para poder atender las necesidades más elementales, para
poder llegar a esa plantilla de 3.400 jueces y magistrados. La primera
pregunta que le hacemos es cómo con una plantilla de 3.400 ó 3.500 jueces
y magistrados puede explicarse que cerca de un 10 por ciento de la misma
esté en situación de servicios especiales. Si la profesión de juez y
magistrado se concibe para algo tan importante como es juzgar y ejecutar
lo juzgado con un carácter preeminente, sería conveniente revisar que
pueda haber la distracción --entiéndase la expresión-- de más de
trescientos y pico miembros de la carrera en algo como son los servicios
especiales y si no podrían ser atendidos por otros profesionales del
Derecho, disponiéndonos cada uno a aquello para lo cual estamos siendo
llamados.

Por cierto, hablando de que estamos siendo llamados, nos llama bastante
la atención el que cuando se hace un análisis del acceso a la carrera por
el turno libre y por el tercer y cuarto turno, a los que quieren acceder
por el tercer y cuarto turno, cuyos años de ejercicio se pretende
aumentar --posiblemente esté bien, no vamos a hacer de ello una cuestión
importante de discusión--, se les formula una pregunta que es la de que
por qué quieren ser jueces. ¿Y por qué se les pregunta que por qué
quieren ser jueces a los que tienen ocho años de ejercicio y diez y no se
les pregunta a los que llegan por primera vez a la carrera? Porque, a lo
mejor, si a los que llegan por primera vez a la oposición por el turno
libre se les preguntara por qué quieren ser jueces y se hiciera algo tan
sencillo, que está hoy en cualquier oficina de empleo, como un estudio
pura y simplemente psicológico para ver qué tienen y qué les bulle en la
cabeza, nos evitaríamos muchos disgustos. Algunos tienen la experiencia
de haber estado en la comisión disciplinaria del Consejo y pueden
reconocer que las posibles infracciones en materia de independencia o
imparcialidad se contaban con los dedos de la mano y sobraban
afortunadamente una enorme cantidad de dedos. Sin embargo, las
infracciones por no tener el meollo suficientemente amueblado son
demasiado frecuentes en la carrera judicial. Es una sugerencia, por si
acaso un test psicológico permite poner algún remedio antes de que se
produzca el daño. Esa sería posiblemente una buena medida, entre otras
cosas para que haya una equiparación con el tercer y cuarto turno, del
que no se hace una valoración en el libro blanco, pero nuestro grupo
tiene una valoración positiva. Igual que la tiene, aunque en el libro
blanco se llama la atención por esa anormal situación, de los jueces
sustitutos, que en muchos casos son ni más ni menos que lo que se puede
llamar una disimulación de costos porque no entran en la plantilla de
jueces y magistrados, pero están todos los días impartiendo justicia.

Asimismo, llama la atención que algunos de ellos se presenten a las
pruebas del tercer y cuarto turno



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y cuando llevan diez años imponiendo sentencias, que han sido objeto de
recursos, que han revocado, no se les apruebe en el correspondiente
concurso oposición, con lo cual parece que se les dice: ustedes no pueden
ser jueces, sin perjuicio de que desde hace diez años estén ustedes
impartiendo justicia e imponiendo sentencias todos los días. Lo cual
llevaría a alguno a la tentación, conocido cómo han sido despreciados sus
conocimientos, de pedir la revisión de todo lo que han hecho porque si el
propio Consejo les reconoce que no están capacitados, ¿cómo es posible
que el justiciable haya tenido que sufrir esa situación en la sentencia
respectiva?
Repito, no se puede poner en tela de juicio la independencia del Poder
Judicial y, por qué no, de la totalidad de sus miembros, porque
afortunadamente las excepciones se cuentan con los dedos de la mano.

Ahora bien, sí se puede poner en cuestión la eficacia, pero no sólo la
eficacia por la falta de medios materiales o por la desorganización de la
oficina judicial, que necesita una reconsideración, sino por aquello que
decía un predecesor en su cargo, don Antonio Hernández Gil, que lo
definió de una forma, como él solía hacerlo, muy exquisita al hablar de
determinados jueces que tenían una excesiva timidez laboral. Y, entonces,
claro, esa timidez laboral supone que cuando se asoma uno a algunos
órganos judiciales ve que están realmente empantanados, pero lo que llama
poderosamente la atención es que el responsable del empantanamiento, en
muchos casos sin hacer ni el alarde, pueda, pasado el plazo que tiene de
congelación en ese órgano de trabajo, pedir tranquilamente destino,
porque le parece poco el desastre que ha organizado en Daimiel y quiere
continuar con semejantes aptitudes, a ser posible, en Cornellá. Alguna
medida habrá de tomarse para que se valore si los antecedentes de aquel
que pide el traslado dentro del escalafón y con pleno derecho aconsejan
que vaya a producir algún estropicio en otro sitio o si no sería bueno
darle ocasión --que tal vez él la desea-- para que ponga fin a la
situación debidamente reforzado.

Pensamos en nuestro grupo que la reacción frente a las críticas que
recibe la Administración de justicia está siendo muy serena y muy sensata
y que la mayoría de los jueces y magistrados aceptan claramente que igual
que puede ser objeto de crítica la labor del legislador y la labor del
Ejecutivo, debe también serlo la labor del Poder Judicial, qué duda cabe
de que desde el punto de vista doctrinal y sociológico y con un absoluto
respeto a la persona. Por ello, no entendemos que últimamente esté
empezando a prosperar la idea no sólo de resucitar la figura del desacato
sino la de un cierto proteccionismo. Si se nos explica debidamente, no le
quepa la menor duda, señor presidente, de que apoyaremos ese
proteccionismo, si tiende efectivamente a reforzar la imagen de un poder
del Estado y no tiende a menoscabar el derecho a la crítica ni a la
libertad de expresión en todo caso.

También nos preocupa una doctrina que podría decirme S. S. que pertenece
al mundo de lo jurisdiccional, pero a veces lo jurisdiccional también se
mezcla con lo que podríamos llamar de orden funcionarial. Esta doctrina
de la recusación de jueces o magistrados, ahora que van ustedes a
estudiar unas nuevas causas de recusación, por el impacto en la opinión
pública, es una doctrina que nos preocupa, porque puede dar lugar a que
gentes mal pensadas organicen una campaña de prensa contra un juez
absolutamente honesto y respetable y que, como consecuencia de la
algarada en los medios de comunicación, vea sinceramente afectado su
prestigio. Nos gustaría saber qué piensan de esta nueva doctrina, porque
algunos habíamos entendido que las causas de recusación no es que fueran
tasadas, sino que, además, se tenían que interpretar más que
restrictivamente, ni siquiera por analogía, y tal vez a través de este
mecanismo no contribuimos de verdad a que la imagen de los jueces no sea
intocable. Bajo ningún concepto vamos a defender la intangibilidad de
ningún cargo público, pero, por lo menos, que tenga un cierto sentido de
responsabilidad frente a la ciudadanía.

Además de estudiar en el libro blanco la situación que efectivamente
soportan jueces y magistrados --y algunos hemos tenido ocasión, ¿por qué
no lo hemos de decir?, de cambiar de criterio sobre lo que pensábamos en
ciertas ocasiones, al conocer después las condiciones objetivas en que se
presta el trabajo--, valoramos el esfuerzo que se hace en el mismo por
hacer de la función de los procuradores una función que no esté tan
infrautilizada como lo está hoy y compartimos la valoración que se hace
de la necesidad de ese papel.

Nos gustaría que, llegado el momento de estudiar la función de los
abogados, el libro blanco no hubiera sido tan respetuoso, lo decimos
claramente. Nos gustaría que hubiera tenido una mayor audacia, porque es
demasiado frecuente la actuación irresponsable de algunos profesionales,
que efectivamente no se corrige por unas pretendidas comisiones
deontológicas de carácter colegial que, en la mayoría de los casos,
reaccionan con carácter corporativo. Quisiéramos que se fuera abriendo el
camino hacia un concepto de la asistencia judicial en la justicia
gratuita --y lo digo con todo el respeto hacia los profesionales que
prestan tal trabajo-- en la línea de otros países, en los que el
justiciable puede acudir a cualquier abogado que le parezca conveniente y
ese abogado está obligado a defenderle, pero, eso sí, percibe sus
emolumentos, normalmente con cargo al Estado. Se está hablando mucho de
la libre elección de médico; pues a lo mejor sería bueno empezar a hablar
de la libre elección de abogado. No estaría nada mal y quizá permitiría
que hubiera un sentido de estímulo y, sobre todo, que los grandes
despachos pudieran salir de ese marco dorado de clientela y se asomaran
un poquitín más a la realidad.

Compartimos absolutamente el deseo de que los secretarios ocupen en la
oficina judicial el papel que les corresponde, no sólo desde el punto de
vista de la gestión sino desde el punto de vista de la intervención en el
proceso. Quizá con ello contribuyamos a que esa vieja dialéctica
juez-secretario que se percibe en algunas oficinas judiciales
desaparezca, porque hay muchos secretarios con voluntad y con vocación de
juez, pero también hay demasiados jueces con vocación de secretarios, que
parece que se tienen que ocupar hasta de los permisos por embarazo. Sería
bueno que vayamos colocando a cada uno en su cometido



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y a lo mejor ganamos tiempo para que los jueces puedan estudiar, que
precisamente no es esto lo que les sobra, y cuando se habla en el libro
blanco de los horarios tampoco estaría demás que se hiciera una
referencia a que para los jueces y magistrados eso de los horarios es
algo que pueden tener como un desideratum, pero que no alcanzarán si
cumplen debidamente su función, porque raro es aquel que no tiene que
acabar el trabajo que tenía en la mesa de despacho en la mesa camilla de
la casa para ir sacando papel fuera, por utilizar una expresión coloquial
que nace del propio Consejo.

Nos sigue preocupando de forma muy seria la permanencia de los
magistrados suplentes y nos sigue preocupando porque doy por sentado que
todo magistrado que alcanza la edad de los 70 años, que me parece que es
ahora la de jubilación, lo hace en plenitud de facultades y debería gozar
del júbilo del descanso, pero, por una especial circunstancia, muchos de
ellos acaban encontrando la prórroga como magistrados suplentes, y,
obviamente, la encuentran sin pasar concurso-oposición alguno, por una
valoración muy propia del Consejo, capacidad que nadie le niega que tenga
pero que no favorece a todos y que puede dar lugar en personas mal
pensantes a que esta clase de magistrados suplentes, en el desarrollo de
su función y llamados a formar sala, en primer lugar, no sean llamados a
formar sala por turno riguroso o, en segundo lugar, tengan la mirada
demasiado puesta en el Consejo para que el año siguiente se produzca la
renovación, y como el que evita la tentación evita el peligro, sería
preferible que en el Tribunal Supremo tengamos los magistrados que nos
hacen falta y que no exista esta figura; figura que, además, puede llegar
a conducir --porque no son llamados a formar sala con carácter ocasional;
si hacemos un pequeño repaso, algunos son exactamente de
pseudoplantilla-- a que los emolumentos se disparen de forma bastante
importante.

Nos gustaría, y voy acabando, señor presidente, con su permiso y su
benevolencia, que fuéramos capaces de encontrar, sin merma del principio
de juez predeterminado por la ley, unos cauces de especialización. El
mundo jurídico es cada día más complejo y tenemos que procurar ir
avanzando en este mecanismo, pero que la especialización no pueda
suponer, como es lógico y natural, ninguna situación de privilegio dentro
de la propia función del Poder Judicial.

Nos hubiera gustado, y esto lo echamos un poco de menos, que como
consecuencia de la actividad inspectora hubiera habido una actitud un
poco más crítica con respecto a determinados juzgados y, desde luego,
compartimos que habrá que buscar un mecanismo para que no exista ese
solapamiento entre la actividad inspectora del Consejo del Poder Judicial
y la que tienen que llevar adelante los presidentes de los propios
tribunales de Justicia y de las correspondientes audiencias.

En cuanto a la actividad disciplinaria, evidentemente, no reclamamos que
figure en la memoria, bajo ningún concepto, el nombre de aquellos que son
objeto de la misma, pero sí nos gustaría que para próximas memorias se
hiciera un análisis mucho más puntual de lo que pueden ser las conductas
que son objeto de esta clase de correcciones con un mayor detalle.

Echamos en falta en la memoria de este año la relación circunstanciada de
necesidades, pero aceptamos la explicación que nos da el señor presidente
de que quizá la mejor relación circunstanciada de necesidades que se
podía confeccionar era el propio libro blanco.

También nos gustaría que fuéramos capaces, en una colaboración entre el
Consejo General del Poder Judicial y esta Cámara, de no limitar los
informes, no vinculantes pero preceptivos, que hace la sección de
informes del Consejo a los proyectos de ley y ampliarlos a las
proposiciones de ley que afecten a la competencia del Consejo cuando
éstas sean objeto de admisión a trámite. En este sentido, nos hemos
dirigido a la Presidencia de esta Comisión y a la de la Cámara y creo que
no habría ninguna dificultad para que toda proposición de ley que afecte
a la competencia del Consejo le fuera remitida una vez aceptada, porque,
por ejemplo, llama la atención que como consecuencia de la vía de la
enmienda, un proyecto de ley pueda, ni más ni menos, que tratar de
acometer el estudio de un estatuto de los miembros del Tribunal Supremo y
sobre ese estatuto de los miembros del Tribunal Supremo no haya un
pronunciamiento serio del Consejo General del Poder Judicial. Valoramos
con toda sinceridad y seriedad --y sabe S. S. que si hubiera motivo de
otras críticas se le harían sin ninguna clase de empacho-- lo que
significa el Consejo General del Poder Judicial en nuestro ordenamiento
constitucional y, dentro de sus competencias, valoramos los informes, que
son absolutamente rigurosos y muy válidos. El problema es que esta
valoración no la comparte el Ministerio y, como no la comparte el
Ministerio, aunque el informe sea bastante negativo, el proyecto viene
tal cual salió del Consejo de Ministros, sin la menor corrección.

Compartimos también que hay una infrautilización de las salas de lo Civil
y Penal de los tribunales superiores de Justicia, que debe ser corregida,
pero, puestos ya a rellenar de contenido algunos órganos
jurisdiccionales, tampoco estaría de más echar una miradita al Juzgado de
lo Penal de la Audiencia Nacional, que parece que goza de una situación
bastante cómoda. No se trata, bajo ningún concepto, de hacerle la vida
imposible a su titular, sino pura y sencillamente de darle algún otro
cometido para que no se enrutine y no pierda el hábito de trabajo, que
siempre es bueno.

Finalmente, y ya acabo de verdad --lo había prometido tantas veces que
alguna tenía que llegar--, nos hubiera gustado encontrar en el Libro
Blanco de la justicia algún capítulo sobre la responsabilidad de jueces y
magistrados. Algo deberemos hacer, pues es una asignatura pendiente; no
somos partidarios de que la responsabilidad de jueces y magistrados se
obtenga a través de la institución del jurado, pero tampoco somos
partidarios de que la responsabilidad de jueces y magistrados quede sólo
en manos de sus compañeros de carrera. Por tanto, nos habría gustado que
hubiera alguna referencia a este tema que es seriamente preocupante.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la
palabra la señora Fernández de la Vega.




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La señora FERNANDEZ DE LA VEGA SANZ: Señorías, quiero que mis primeras
palabras, en nombre propio y del Grupo Socialista, sirvan para saludar
cordialmente y dar la bienvenida al Parlamento y a esta Comisión de
Justicia e Interior al presidente del Consejo General del Poder Judicial
y del Tribunal Supremo, saludo que hacemos extensivo a los vocales del
Consejo General del Poder Judicial aquí presentes.

Señor presidente del Consejo General del Poder Judicial, mi grupo da la
máxima importancia a su comparecencia, que agradecemos, y a las
informaciones que nos ha proporcionado, imprescindibles para tener un
conocimiento más certero de los graves problemas que aquejan a la
justicia y de cuál es la política judicial que el órgano de gobierno de
los jueces impulsa y desarrolla; información que, en opinión de mi grupo,
sería conveniente y deseable que no estuviese circunscrita a esta
comparecencia, que está previsto que se realice sólo una vez al año con
motivo de la presentación de la memoria de actividades. Mi grupo, que
como todo el mundo sabe defiende el actual sistema de designación
parlamentaria del órgano de gobierno de los jueces, considera que la
relación entre el Parlamento y el Consejo como órgano de gobierno no
debería limitarse al acto unilateral de nombramiento de los vocales y
agotarse en la comparecencia del presidente, sino que la coherencia del
modelo de designación parlamentaria debería traducirse en una relación
bilateral Parlamento-Consejo que nos permitiera tener un mayor
conocimiento de cómo el órgano político que usted preside --al que estas
Cámaras, en la última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, le
han dado un importantísimo poder para gobernar la justicia-- aborda los
problemas que hoy padece la justicia en nuestro país y, sobre todo, los
problemas que padecen los ciudadanos para quienes, como usted ha
señalado, la simple mención de la palabra justicia provoca su
desaprobación. Por ello, señor presidente, al Grupo Socialista le
gustaría tenerle en esta Cámara y en esta Comisión con más frecuencia, no
sólo a usted, sino a los vocales que integran el órgano de gobierno del
Poder Judicial, lo cual nos permitiría, por una parte, valorar con mayor
certeza el grado de eficacia y acierto de la política judicial que llevan
a cabo y proponer, en su caso, las medidas oportunas para incrementarla
o, al menos, contribuir desde nuestra responsabilidad parlamentaria a
poner coto no ya al defectuoso funcionamiento sino al creciente deterioro
y falta de credibilidad de uno de los poderes básicos del Estado en una
sociedad democrática, como es el Poder Judicial. Por otra parte, una de
las ventajas que tendría esta mayor relación entre el Parlamento y el
Consejo sería evitar que, en comparecencias como las de hoy, pretendamos
abordar todo lo referido a las actividades del Consejo de un año o de un
año y medio, bien porque esté o bien porque no esté en la memoria; sobre
todo, evitaría que transmitiéramos la impresión de que le sometemos a un
tercer grado cuando viene aquí. Es evidente que las limitaciones de una
comparecencia de esta naturaleza --ya el señor presidente nos ha dicho
que disponemos de veinte minutos-- van a impedir a mi grupo plantearle
todos los problemas que nos preocupan, que son muchos. De ahí que le pida
de antemano disculpas si no soy todo lo breve que inicialmente me he
propuesto, pidiendo al mismo tiempo la benevolencia del presidente. (El
señor vicepresidente, Cárceles Nieto, ocupa la Presidencia.)
Lo primero que me gustaría es que nos dijera, señor presidente, qué opina
usted sobre esta relación Parlamento-Consejo. Ya he oído algo porque
ustedes han inaugurado una práctica, hasta ahora no ejercida, de remitir
determinados acuerdos del Consejo sobre temas concretos para conocimiento
y efectos oportunos. Usted ha mencionado especialmente el acuerdo de 10
de abril de 1997, en el que se conoce un informe sobre la repercusión que
en el funcionamiento de las audiencias provinciales ha tenido la reforma
del artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Nosotros lo hemos
leído con mucho detenimiento y hemos escuchado aquí sus explicaciones. No
las compartimos, señor presidente. No creemos, como se dice en la memoria
del Consejo General del Poder Judicial, que ésta sea una reforma
imprevista. Realmente, fue aprobada por unanimidad de esta Cámara, no
hubo ni un solo voto en contra, ni una sola enmienda. Compartimos con
usted que ésta no debe ser la situación ideal, sino que debería ser la
real. Mi grupo cree, señor presidente, que no es que haya habido una
imprevisión del legislador, sino que el Gobierno no ha dotado de los
medios adecuados para que esa reforma no originara problemas. Nosotros
presentamos una interpelación en mayo de 1996 instando al Gobierno para
que reforzase las audiencias provinciales. Tenían que haberse reforzado
ya en el año 1996 con al menos 40 ó 50 magistrados y no se hizo. También
instamos para que se reformase el recurso de casación. Usted sabe que es
necesario, con ese Código Penal, para que el Tribunal Supremo se
pronuncie sobre todos los temas, así como que existe la necesidad de
introducir la segunda instancia. No se hizo, el Gobierno no lo quiso
hacer. Entonces no es un problema del Consejo, no es un problema del
Legislativo sino del Ejecutivo, de este Gobierno, que no parece muy
preocupado por los temas de la justicia ni tampoco, evidentemente, de la
justicia penal, sino que lo que quiere es que retrocedamos en el tiempo.

Yo creo que el Consejo General del Poder Judicial tiene que decir al
Gobierno que cumpla con su cometido, que es el de dar los medios
necesarios. Lo mismo que nos remiten este acuerdo, que creo que es lo
suficientemente importante como para que haya un debate, nos han remitido
otros que también lo son, pero la simple remisión impide que tengamos un
debate o un mayor conocimiento de los problemas que a ustedes les
preocupan y que mi grupo comparte con carácter general, como los
relativos a las salas de lo Civil y de lo Penal, que evidentemente están
con una carga competencial muy escasa y que probablemente se habrían
arreglado también con esa reforma de la casación. En definitiva, lo que
le quería decir es que a mi grupo le parece muy bien esta práctica que
ustedes han inaugurado de remitirnos información, porque enriquece
nuestra posición, pero según el modelo que nosotros defendemos, sería
conveniente que viniese acompañada de una explicación sobre el debate o
de la comparecencia del o de los vocales correspondientes para que
realmente



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pudiéramos tener mayor certeza en nuestras decisiones.

Esta es la primera memoria que el Consejo en su actual composición
presenta ante la Cámara y en su introducción, lo ha dicho usted también
aquí en sus explicaciones, como elemento central de su programa de
gobierno, se anuncia la elaboración del Libro Blanco de la justicia para
que se lleve a cabo un análisis profundo sobre la situación, condiciones
de funcionamiento, carencias de los juzgados, etcétera, libro blanco que
usted nos ha presentado. Antes de entrar en ello, señor presidente, nos
gustaría que nos informara sobre alguna de las líneas de actuación de
este casi año y medio que llevan ustedes de mandato, empezando por
algunos aspectos organizativos, porque a través de la prensa --muchas
veces desde el Parlamento no tenemos otros medios de conocer lo que el
Consejo hace si no es por algún boletín de información que casualmente
nos llega a los miembros de la Comisión de Justicia y, por deducción, de
la memoria que usted nos ha remitido, no porque en ella se explicite--
observamos que ustedes han adoptado un sistema de funcionamiento interno
que potencia la actuación colegiada en la gestión de temas
competenciales, pasándose de una situación en el anterior Consejo de
vocalías delegadas unipersonales a comisiones integradas no por uno ni
por dos, sino por cinco, seis, siete y hasta ocho vocales. No me refiero,
por supuesto, a las comisiones no reglamentarias, puesto que en éstas su
composición está predeterminada en la ley, sino a todas las restantes.

Señor presidente, si traemos este tema aquí a colación es porque creemos
que el Consejo General del Poder Judicial no sólo debe acertar en la
política que impulsa, sino, además, ser eficaz, y la eficacia en la
gestión no pasa, desde luego, en nuestra opinión, por el funcionamiento
colegiado. Sabido es lo que significa muchas veces en este país formar
una comisión para algo distinto de lo consultivo; es tanto como marear la
perdiz o diluir la responsabilidad. En este sentido, creemos que se había
avanzado mucho en eficacia con el funcionamiento unipersonal de las
vocalías, sin perjuicio, evidentemente, de que las decisiones las tome
colegiadamente el órgano de gobierno. Esto nos preocupa.

Usted ha hablado de eficacia, señor presidente, y nosotros compartimos
que la eficacia del Consejo está en que la tutela judicial efectiva sea
real, pero no sólo es eso; yo creo que el Consejo tiene más
responsabilidades que hacer que esa tutela sea real y efectiva y es que
el Poder Judicial, como poder del Estado, ocupe el papel, el lugar y el
sitio que la Constitución le atribuye en el conjunto de los poderes del
Estado. Nos preocupa que la responsabilidad se diluya, sobre todo cuando
ustedes, de alguna manera --lo hemos podido comprobar en el libro
blanco--, reclaman más competencias para el Consejo que son de pura
gestión. Pues bien, desconocer que la gestión no puede ser eficaz si es
colegiada es tanto, señor presidente, como desconocer la historia de las
administraciones. Este es el motivo por el que nos gustaría que nos
explicase qué razón profunda, si la hay, les ha llevado a adoptar una
forma de funcionamiento que, en un principio, presumimos mucho menos
eficaz.

De las actividades que nos relata en su memoria, vemos con satisfacción
que se ha puesto en marcha la escuela judicial y que, en materia de
formación, se puede hablar de la consolidación de un auténtico programa
de formación continuada. No obstante, nos gustaría hacerle algunas
preguntas. En la formación inicial o selección se habla de la elaboración
del proyecto docente. Nos gustaría conocer más detalladamente, si es
posible, el contenido de este proyecto docente, porque, señor presidente,
a mi grupo le preocupa cada vez más que los jueces no sólo sepan de
leyes, no sólo dominen la técnica jurídica, sino que tengan una formación
inicial integral, humanística y no sólo memorística, que les permita
comprender la realidad social y aplicar el sentido común. En cuanto a la
formación continuada, aun cuando se habla de continuidad y consolidación,
nos sorprende, señor presidente, el recorte que hemos visto de este
concepto en el proyecto de presupuestos de 1998. Nos gustaría que nos lo
explicase, porque la verdad es que son 150 millones de pesetas menos para
formación este año. Compartimos la declaración contenida en el libro
blanco sobre la conveniencia de que quizás ha llegado el momento de que,
transcurridos siete años de actividades formativas en el modelo actual,
se defina en el reglamento de la carrera judicial como obligación
profesional del juez el mantenimiento a lo largo de toda su carrera
profesional de una adecuada capacitación para el desempeño de sus
funciones profesionales.

Especial preocupación causa al Grupo Parlamentario Socialista, señor
presidente, la inspección, es un tema eternamente pendiente. Poco podemos
deducir de la memoria en cuanto a la política de inspección del Consejo,
puesto que sólo se habla de las inspecciones practicadas; no se habla ni
de los criterios ni de los objetivos ni, en suma, de los proyectos que el
Consejo tiene. Cierto es que en el libro blanco se aborda el tema con más
amplitud y usted nos ha dicho ya que su programa empieza a partir de la
aprobación del libro blanco, en donde, desde luego, se ponen de
manifiesto con carácter genérico las actuales deficiencias y la falta de
criterio. Yo creo que es algo compartido que la inspección es el brazo
más importante del Consejo General del Poder Judicial y, señor
presidente, nos gustaría que nos dijese cómo y cuándo van a desarrollar
las previsiones o las líneas generales que sobre ella establecen en el
libro blanco, cuándo se va a inspeccionar el cumplimiento de todos y cada
uno de los deberes, en particular de los deberes procesales de los jueces
y magistrados, como, por ejemplo, el cumplimiento de la inmediación o el
cumplimiento de la motivación. Los ciudadanos, señor presidente, están
cansados de denunciar incumplimientos de esta naturaleza: que el juez no
los recibe, que declaran ante un oficial; están cansados, usted mismo lo
ha dicho, de no entender las resoluciones judiciales por falta de
motivación. Usted ha formado parte del Tribunal Constitucional y sabe
cuántos asuntos llegan allí cuyos defectos fundamentales son la falta de
motivación de las resoluciones judiciales. Pues bien, en nuestra opinión,
se trata del cumplimiento de un deber procesal del juez y es el Consejo
quien lo tiene que inspeccionar y no forma parte del contenido
jurisdiccional o con ello no se atentaría a la independencia del Poder
Judicial.




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Otro tema que también le preocupa mucho a mi grupo relacionado con la
inspección es el del horario. Supongo que el Consejo sabrá que el horario
no funciona, que los relojes no están activados, que el Ministerio de
Justicia, en año y medio, ha hecho todo lo posible por que no funcione y,
efectivamente, lo ha conseguido, cosa que no era muy difícil de lograr.

¿Qué van a hacer ustedes al respecto? ¿Han tenido algún debate? ¿Han
requerido al Ministerio para que active los relojes? ¿Cuántas personas
han sido sancionadas por el incumplimiento del horario? Porque, desde
luego, el ciudadano, señor presidente, no entiende el porqué de que cada
oficina judicial tenga un horario, que llegue y en muchas ocasiones no se
le pueda atender, con la repercusión que a su vez tiene eso en el tema de
la productividad. No se entiende por qué no se ficha en las oficinas
judiciales. Aquí le hemos preguntado a la ministra en varias ocasiones
qué pasaba con el horario y, hasta ahora, no sabemos. Lo que sí sabemos
es que el horario es un tema que no funciona y por el que, desde luego,
el Consejo se debería preocupar. Me gustaría que nos dijese qué
iniciativas va a llevar a cabo en relación con esta materia.

También nos gustaría saber qué pasa con los alardes. El portavoz de
Izquierda Unida los ha mencionado y yo creo que es un instrumento muy
importante para saber qué es lo que ocurre en los órganos judiciales.

En la inspección, señor presidente, hay mucha información. El Grupo
Socialista cree que la inspección no sólo debe ser un instrumento para
depurar responsabilidades, sino que es un instrumento básico para conocer
la realidad y proponer soluciones, pero en ocasiones ocurre que la
información que existe en la inspección no sirve para nada, y no sirve
para nada porque no está lo suficientemente tratada --a veces no pasa de
conocerla el inspector de turno--. A esta Cámara y a mi grupo les
gustaría mucho conocer la información tratada por esa inspección, porque
nos permitiría poder adoptar decisiones con mayor precisión, ver dónde se
detectan los puntos negros, saber cuáles son las principales denuncias y
cuáles son las principales soluciones que se proponen. En fin, nos
permitiría aprovechar un magnífico arsenal informativo que hoy, en
ocasiones, se muere en los pasillos de la inspección la mayoría de las
veces.

Esto enlaza con otro tema también muy importante que inquieta a mi grupo,
la estadística judicial, señor presidente. Seguimos sin avanzar en el
tema de la estadística judicial. Aquí estamos viendo ahora una memoria
que se corresponde con datos del año 1996 y estamos ya casi a principios
del año 1998. Debería hacerse un esfuerzo para que los datos se
correspondiesen más con el tiempo real y que la estadística judicial, que
todos sabemos que tampoco se corresponde a veces demasiado con la
realidad, pudiera reflejar mejor lo que hay detrás, porque no es sólo un
instrumento para el Consejo sino también para esta Cámara, es un
instrumento básico para todo el mundo. ¿Cuándo cree usted que podremos
tener una estadística judicial que se aproxime en el tiempo?
Lo mismo le podríamos decir de otro tema que nos preocupa, la materia
disciplinaria. En la memoria sólo se habla del número de denuncias, del
número de expedientes y del número de sanciones, por cierto escaso, y no
es que mi grupo tenga especial afán en emprender una carrera
disciplinaria y sancionadora, pero, como también se dice en el libro
blanco, la actividad disciplinaria es, en la mayoría de las ocasiones,
una frustración. El ciudadano percibe que nadie, absolutamente nadie,
exige responsabilidad al Poder Judicial y, señor presidente, en este país
están sucediendo cosas gravísimas en la justicia y la impresión que tiene
la ciudadanía es la de que los jueces son impunes. Mi grupo aquí le
pediría que nos explicara cuál es su política disciplinaria, que nos
concretara qué criterios de exigencia de responsabilidad están ustedes
aplicando, al margen de hacer el reglamento, como señalan en el libro
blanco que van a llevar a cabo, y, además, le haría un ruego, que ejerzan
ustedes sus competencias disciplinarias. Ejérzanlas, señor presidente,
porque ésa es la responsabilidad del Consejo General del Poder Judicial.

El espectáculo diario de algunos jueces enfrentados haciendo
declaraciones unos contra otros incumpliendo, al menos por lo que vemos
en la prensa, sus deberes básicos produce una gran alarma social, produce
desmoralización en la ciudadanía e injusticia y discriminación frente al
resto o colectivo de jueces que cumplen con su deber. Señor presidente,
mi grupo considera que no se puede permanecer en la indiferencia frente a
determinados comportamientos, y es lamentable y tal vez injusto, pero eso
es lo que llega a la ciudadanía. Echamos de menos, señor presidente, una
intervención más activa del Consejo General del Poder Judicial en los
conflictos en los que aparecen implicados jueces y magistrados. Señor
presidente, ejerzan su autoridad política, que es mucha, y también su
autoridad moral, que también lo es, para poner coto a muchos de los
desmanes que están ocurriendo en este país.

Ahora bien, si a veces salen poco, o por lo menos en la luz pública se
tiene poca presencia de lo que opina el Consejo sobre determinados
conflictos gravísimos y cuando ustedes salen a la luz pública es para
decir que no tienen instrumentos para proteger o defender la
independencia o la imparcialidad de los jueces y que lo que necesitan es
no sólo el Código Penal, sino reintroducir la figura del desacato,
comprendan que pensemos y que piense la ciudadanía que ustedes no están
ejerciendo su responsabilidad o que en el Consejo, al ejercer su
responsabilidad, priman los criterios de la corporación frente a los de
la ciudadanía, sin perjuicio de que todos, y desde luego mi grupo,
compartamos la preocupación por los ataques que personalmente sufren
algunos jueces cuando actúan o adoptan sus decisiones, conforme al sentir
de alguien específicamente, de algún medio de comunicación o de algún
grupo social de presión que no comparte la decisión que finalmente adopta
el juez, pero para esto, señor presidente, mi grupo considera que ustedes
tienen instrumentos y lo que le pide es que, por favor, los ejerzan.

Al hilo de esto nos gustaría que nos explicase cuál es su política de
comunicación, cuál es la política de información y de comunicación del
Consejo General del Poder Judicial, su política informativa, qué
criterios han adoptado en esta materia en un mundo que evidentemente está
mediatizado. Esperamos que ustedes hayan tenido algún debate



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y que hayan adoptado algún criterio, porque tiene mucha importancia saber
cuál es esa política de comunicación que tiene el Consejo General del
Poder Judicial.

Pasando a otra serie de temas, le diré, señor presidente, que el volumen
de asuntos que aparece reflejado en la memoria evidentemente nos
preocupa, especialmente en algunos órdenes jurisdiccionales; compartimos
sus apreciaciones en el Contencioso-Administrativo, que ya es histórico.

Lo mismo se puede decir en el Civil, donde vemos crecer también cifras,
sobre todo en el Tribunal Supremo. Esperemos que el proyecto de ley de lo
Contencioso-Administrativo pueda salir adelante. Tenga por seguro, señor
presidente, que mi grupo va a impulsar dentro de esta Comisión su rápida
tramitación. Es una pena que hayamos tenido que perder un año y medio
para disponer aquí de una ley que ya estaba hecha y que prácticamente es
la misma que la anterior sólo que un poco empeorada. Tenga usted por
seguro que vamos a impulsarla.

En cuanto a la Ley de Enjuiciamiento Civil compartimos, señor presidente,
las líneas contenidas en el libro blanco sobre un proceso civil basado en
los principios de inmediación, de concentración y de oralidad, en la
reducción drástica del número de procesos, en suma, en un proceso más
ágil, más barato y más sencillo con eliminación de escritos e incidentes,
en definitiva, absolutamente todo lo contrario al borrador del Ministerio
de Justicia que está circulando, que se ha realizado, al parecer, desde
una visión doctrinal, sin pensar en absoluto ni en los juzgados ni, sobre
todo, en los ciudadanos, lo que desde luego ya no nos sorprende de este
Gobierno y en concreto de este Ministerio de Justicia, al que no parece
que le preocupe mucho lo que los ciudadanos opinan de la justicia.

Apoyaremos, sin duda, señor presidente, el proceso civil que ustedes
propugnan.

Antes de hablar algo más de los temas procesales, le diré que nos
preocupan algunos datos de la memoria en cuanto al volumen de asuntos,
que tiene mucho que ver con la productividad de determinados órganos
judiciales. No puede ser que haya órganos judiciales, y ya no hablo de
las salas de lo Civil y de lo Penal de los tribunales superiores de
Justicia, que dicten al año algo menos de 24 sentencias, por muy
complicadas que sean y por mucha trascendencia que tengan, que seguro que
la tienen, pero representan menos de dos sentencias al mes, señor
presidente; eso es un disparate. Lo mismo ocurre en algunos órganos de lo
Contencioso-Administrativo, en donde sabemos, usted lo conoce muy bien,
que el volumen de asuntos es realmente impresentable y que en muchos
casos la productividad deja que desear, es muy escasa, porque se computan
a veces como sentencias a efectos de los módulos no sólo la cuantía, sino
sentencias que son repetitivas o las mismas. Desde luego, cualquiera que
conozca un poco el colectivo de la carrera judicial sabe que
evidentemente no son precisamente los magistrados que están en lo
Contencioso los que peor viven, y usted lo sabe tan bien como yo. Esto le
preocupa a mi grupo.

Este tema enlaza evidentemente con otro que ustedes abordan en el libro
blanco, el relativo a los módulos, que usted nos ha explicado, y a la
productividad, de lo que hay que destacar por lo menos como positivo lo
que atiende a tener en cuenta los aspectos cualitativos y no sólo
cuantitativos ni tampoco sólo desde el punto de vista de la calidad del
asunto sino también del cumplimiento por el juez de sus obligaciones,
porque, señor presidente, evidentemente, y ésta es una discusión que
hemos mantenido en muchas ocasiones, a veces disminuye el número de
módulos o de ponencias que tiene que dictar un magistrado que está en un
órgano colegiado, aumentando muchísimo el número de ponencias que tiene
que dictar un órgano unipersonal. Comprendo que en la segunda instancia
sobre todo hay que tener una mayor reflexión sobre los asuntos, pero en
la segunda instancia normalmente no se ve a los ciudadanos, se les ve
poco, y, en cambio, en la primera es donde se practica la inmediación;
que se tenga en cuenta el cumplimiento de las obligaciones procesales de
los jueces que están practicando o dejando de practicar la inmediación a
la hora de fijar los módulos. Me parece que ése es un tema realmente
importante. Sobre todo esto que es trascendental para la buena marcha de
la justicia, nos gustaría, señor presidente, que nos dijera cuándo van a
poner en marcha todos estos temas --usted dice que lo han aprobado en el
libro blanco--, si tienen algún calendario o qué medidas instrumentales
necesitan para ello.

Lo mismo le digo con respecto al tema de las
incompatibilidades-compatibilidades de los jueces. Aquí compartimos su
análisis y sus propuestas y esperamos que nos diga cómo y cuándo las van
a llevar a cabo. Hay un sentir mayoritario en la propia carrera judicial,
y usted lo sabe muy bien, de jueces que se dedican con muchísima
intensidad al trabajo de su juzgado y de otros que se dedican con mucha
menos intensidad. Es verdad que unas veces viene determinado por la carga
de trabajo, pero otras no. Nos parecerá muy positivo que se establezca un
sistema objetivo y que el Consejo ejerza sus competencias y para eso va a
tener nuestro apoyo.

Señor Presidente, el Grupo Parlamentario Socialista valora muy
positivamente el trabajo que ha realizado el Consejo General del Poder
Judicial en torno al diagnóstico de problemas que aquejan al servicio
público de la justicia, y el arsenal o catálogo de propuesta de
soluciones contenidas en el libro blanco que ustedes nos acaban de
presentar es, por tanto, motivo de felicitación del Grupo Socialista.

Sepa usted, señor presidente, que va a encontrar en nuestro grupo
absoluta predisposición y leal colaboración para la puesta en marcha y
desarrollo de cuantas medidas o iniciativas puedan abordarse con carácter
general. Va a contar con toda la voluntad política y con toda nuestra
disposición.

El problema, señor presidente, es otro y en él mi grupo quiere recabar
todo su apoyo --de usted como presidente del Consejo y del órgano de
gobierno que preside-- y toda su autoridad política y moral, que sabemos
que es mucha, porque, a pesar de las buenas palabras, estamos
absolutamente convencidos de que el compromiso del Gobierno del Partido
Popular con el libro blanco es nulo. Creemos que no está en absoluto
dispuesto a que el libro blanco se haga realidad, señor presidente,
sencillamente porque no es su modelo. Hasta hace poco no quería ni oír
hablar de servicio público de la justicia. Su modelo es claramente



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corporativo y desde luego no coincide con el que ustedes han aprobado,
como ha ocurrido con las asociaciones conservadoras de jueces, que
evidentemente no están a favor de ese modelo y han salido en esta ocasión
criticando el libro blanco. Aun cuando se pueda decir que se apoya
globalmente, porque no es popular decir que se está en contra, creemos
que no es así. En el primer acto político trascendente, como es el
presupuesto para 1998, no hay ni una sola partida, señor presidente, ni
una sola dotación para hacer frente a las necesidades derivadas del libro
blanco; no lo van a hacer, porque no creen en el servicio público de la
justicia; creen en un modelo corporativo en manos de las asociaciones y,
por tanto, en el fondo discrepan absolutamente. En estos momentos está
teniendo lugar en esta Cámara el debate más importante, que es el de los
presupuestos, y el presupuesto que ha presentado este año el ministerio
de Justicia no da ni para empezar, ni para mantener lo actual y, desde
luego, no da para nada del libro blanco. En la comparecencia del
secretario de Estado del Ministerio de Justicia le preguntamos que dónde
estaban las dotaciones para el libro blanco y dijo que lo estaban
pensando; que, como no se había aprobado, no lo habían previsto. Ahora
hay una oportunidad magnífica, porque estamos en trámite de enmiendas, de
que apoyen la enmienda socialista, que pide, prudentemente, no mucho,
16.000 millones, para empezar a poner esos 315 órganos que hemos
calculado, que ustedes consideran absolutamente urgentes, porque son para
aquellos puntos negros donde la carga de trabajo se ha sobrepasado. Señor
presidente, le necesitamos a usted, de usted depende. Nos gustaría que
nos dijese cuál es el grado de compromiso real y efectivo que tiene usted
del Gobierno. Es una misión del Consejo reclamar al Gobierno que su
compromiso no se traduzca sólo en palabras, sino en hechos. Vamos a estar
hasta el mes de diciembre en trámite parlamentario de presupuestos; por
tanto, si no lo han previsto, que lo prevean. Ahí vamos a ver de verdad
cuál es el grado de compromiso.

El Grupo Socialista espera también tener el apoyo de otros grupos socios
del Gobierno, que estoy convencida que comparten, aunque ahora oiremos
sus intervenciones, las líneas generales del libro blanco, para apoyar
estas reformas de la justicia. Yo les pido que apoyen en los presupuestos
el dinero necesario o suficiente para poder empezar; si no, señor
presidente, no vamos a poder sacar adelante el Libro Blanco de la
justicia. Si no ponen ustedes todo su ímpetu en solicitar al Gobierno, al
Ejecutivo y al Ministerio de Justicia que adopte medidas, será un fracaso
del Consejo del Poder Judicial.

Ya les he hablado antes de las memorias de los temas procesales, de la
Ley de Enjuiciamiento Civil, que es uno de los temas más urgentes, y de
que en general vamos a apoyar los temas que abordan ustedes en el libro
blanco, aunque evidentemente en algunos tendremos discrepancias. Hay un
tema del libro blanco en el que no estamos muy de acuerdo --por eso se lo
quiero resaltar, y quizá se pueda abrir un debate más amplio-- y es el
modelo que ustedes proponen de distribución de competencias. Y digo esto
porque creo que no está muy claro y en algunas partes del propio libro
blanco el modelo es incoherente. Parece que ustedes han intentado definir
un modelo, pero está poco elaborado, o que han intentado obtener el
consenso de todos los miembros del propio Consejo y no lo han alcanzado.

Lo que sí parece claro es que ustedes piden todo el poder para el
Consejo, todo el poder para el Soviet, desaparece el Ministerio de
Justicia y para las comunidades autónomas lo que reste, si es que resta
algo. El Grupo Parlamentario Socialista no comparte este modelo; nosotros
pensamos que es necesario un modelo compartido y que es importante una
participación en la gestión; que la gestión debe estar, en nuestro modelo
de Estado, sobre todo la gestión de los medios materiales y personales, a
cargo de las comunidades autónomas. Esto, señor presidente, mi grupo, que
es autonomista, no lo dice ahora, que parece que está de moda; ya lo
decíamos cuando se nos acusaba de que desmembrábamos el Estado, cuando
empezamos a hacer transferencias de justicia en la anterior legislatura.

Me parece que ustedes no lo tienen claro, porque hacen una distribución
de competencias muy rara. Por ejemplo, en oficina judicial, separan toda
la competencia que es del Consejo de toda responsabilidad que es de las
comunidades autónomas; y hacer esa separación lleva a un modelo que no va
a funcionar nunca. Si las comunidades autónomas tiene responsabilidades,
tendrá que haber competencias, al menos compartidas. La
corresponsabilidad en la vertiente del servicio público lleva
necesariamente, al menos a una cogestión en las competencias de ese
servicio público, y no parece que el Consejo General del Poder Judicial
sea el órgano más adecuado para impartir formación en materia de gestión.

Se habla del gestor de la oficina judicial; dice: va a formar en gestión
el Consejo. Pues vamos a estar listos como sea el Consejo el que forme en
gestión, porque no está preparado para ello, señor presidente.

En materia de personal, de los cuerpos al servicio de la Administración
de Justicia, le digo lo mismo. Ustedes dicen que son partidarios de la
integración de los cuerpos al servicio de la Administración de justicia
en la administración autonómica, menos los secretarios, pero no sé cómo
se compatibiliza eso con que las competencias en formación, selección y
progreso de esos cuerpos no sean de la administración en la que se
integran. Que se integren, pero las competencias las va a ejercer el
Consejo. Ese es un modelo, señor presidente, que no va a funcionar y
sobre el que mi grupo discrepa. No obstante, quizá no sea éste el momento
de entrar en profundidad en este tema, como en otros muchos que se
abordan en el exhaustivo estudio que nos ha traído.

Señor presidente, quiero darle las gracias, recabar de nuevo su peso
político, su autoridad política y moral, que es mucha. Nos va a hacer
mucha falta, porque nuestra confianza la ponemos en usted, ya que sabemos
que el Gobierno, después de año y medio de gestión, no va a hacer nada
para que la justicia mejore.




El señor VICEPRESIDENTE: Tiene la palabra a continuación, por el Grupo
Popular, el señor Ollero Tassara.




El señor OLLERO TASSARA: Ante todo, en nombre del Grupo Popular y en mi
propio nombre, quiero dar la



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más cordial bienvenida al señor presidente del Consejo General del Poder
Judicial, que ha venido a presentarnos la memoria de este organismo y
también a requerimiento, entre otros, de nuestro propio grupo, que tenía
interés en que nos informara acerca de las reformas dirigidas a la mejora
de la Administración de justicia que se proponen en el Libro Blanco de la
justicia.

Por nuestra parte, la petición de esa comparecencia no era sino una
respuesta a la solicitud de diálogo que el propio libro blanco encierra,
conscientes, los que lo han elaborado, de que los problemas de la
justicia van más allá, a la hora de resolverlos, del propio Poder
Judicial. La respuesta del Gobierno sobre el libro blanco ha sido
especialmente elocuente, tanto en su contenido como en el nivel político
en que se ha producido; ha sido el propio presidente del Gobierno quien
ha invitado a un pacto de Estado por la justicia y no ha dejado de
sugerir que el libro blanco, precisamente por haber sido realizado por
una instancia relativamente ajena a los partidos y en contacto con
protagonistas de los problemas de la justicia, ofrece un campo de diálogo
y de encuentro muy aprovechable. Otra cosa es que a determinados grupos
no les interese un pacto de todos por la justicia e incluso invoquen la
cortesía parlamentaria al intentar aprovechar su comparecencia para hacer
oposición. Y en ese sentido le tranquilizo. Nosotros no le vamos a pedir
a usted que nos defienda de la oposición, porque para eso ya estamos
nosotros mismos, no necesitamos al Consejo General del Poder Judicial
como aliado. Lo haremos nosotros en la medida en que podamos, de una
manera serena y sensata. Pero, al parecer, otros, para hacer oposición,
sí necesitan refuerzos, y me temo que sea verdad.

El libro blanco es una ocasión, por otra parte, de contrastar este
relevante diagnóstico sobre la situación de la justicia y sus problemas,
con las iniciativas políticas y legislativas que el Gobierno, al que este
grupo apoya, viene realizando. Sin duda también, y ése es el sentido de
nuestra petición de comparecencia, su presencia es una buena ocasión para
conocer qué medidas se van a adoptar en el ámbito de competencias del
Consejo General del Poder Judicial.

Como portavoz del Grupo Popular, me alegra constatar unas sintomáticas
coincidencias en las preocupaciones que refleja el libro blanco --damos
por bueno que la memoria, al fin y al cabo, no es sino un episodio más
dentro de un problema más general-- y la tarea que el Gobierno viene
realizando. Por ejemplo, refirámonos a una de las preocupaciones que
usted ha expuesto y que ha intentado ser instrumentalizada, de manera no
muy feliz, por lo que ahora veremos: la insuficiente dotación de medios
personales, en concreto de plazas de jueces.

En esos denostados presupuestos de 1998 --y no estamos ahora en el debate
de presupuestos, pero quizá algunos quieren trasladarlo o escenificarlo
delante de nuestros ilustres visitantes-- se contempla la creación de 114
plazas de jueces; en el año 1994, por ejemplo, fueron 27. O sea que se
van a crear más de cuatro veces más solamente en un año. Es más, esas 114
plazas equivalen a las creadas en el trienio 1994-1996. Lo digo por
alguno de los que dicen que se crean pocas. Son datos que hablan por sí
solos.

Creación de órganos judiciales unipersonales. En los denostados
presupuestos de 1998 se prevén 92; en el año 1994, se crearon 19. Se van
a crear cinco veces más. Esta cifra de 92 equivale a la suma de los cinco
últimos años en uno solo. Son datos. No hacen falta juicios de valor.

Lo mismo podríamos decir en cuanto a la preocupación por otras
cuestiones, la relativa a la informática, por ejemplo. No voy a cansar a
los presentes con datos sobre la puesta en marcha del programa Libra o
del programa Corte, aparte del existente para los fiscales, que no es
objeto de esa comparecencia. Por ejemplo, los institutos de medicina
legal, que, en la página 237 del libro blanco, se dice que son de una
necesidad inaplazable y que, sin embargo, han sido aplazados durante 11
años por el Gobierno anterior, en los denostados presupuestos de 1998 se
contempla ya la creación de cinco institutos de medicina legal. Han
tenido 14 años para crear uno, siquiera, y no hubo suerte. O sea que en
esto parece que algo se va a mejorar.

En cuanto a la preocupación por la generalización de la figura del cuarto
magistrado --página 164 del libro blanco--, antes de que termine el año
saldrá un decreto con 18 nuevas plazas, por encima de la planta judicial
prevista, para atender precisamente a las audiencias provinciales, porque
en ese decreto se crean también otras plazas. En concreto, para
audiencias provinciales, 18 nuevas plazas.

Sobre las reformas procesales, que quizá es el apartado más sustancioso
del contenido del libro blanco, nos alegra comprobar que hay una
coincidencia de diagnóstico de la prioridad de la reforma de lo
contencioso-administrativo, de la necesidad de abordar a continuación la
civil e igualmente la del proceso penal. Proceso penal que también va a
ser abordado en la medida en que ya tenemos en la Cámara un proyecto de
ley sobre vigilancia penitenciaria y en la página 241 del libro blanco se
señala la necesidad de que sean los juzgados los que asuman por completo
la ejecución de las penas, postura que comparte nuestro grupo y que no
sabemos si van a compartir otros. Nosotros sí la compartimos y nos
alegramos una vez más de esa coincidencia. O, por ejemplo, el eco que ha
tenido en el Grupo Parlamentario Popular su sugerencia sobre la reforma
del artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de forma
transitoria, para atender a la imprevisión del Gobierno anterior, que, a
diferencia de éste, que cuando plantea una ley de lo
Contencioso-Administrativo incluye ya en los presupuestos las plazas de
los juzgados de lo Contencioso-Administrativo --están incluidas 64
plazas--, aplicó, por el contrario, el socorrido principio general del
Derecho de que el que venga detrás que arree. Hizo el Código Penal y se
quedó tan tranquilo, no creó ni una sola plaza en los alabados
presupuestos entonces, que tuvo a bien enviar a esta Cámara. No ocurrirá
esto en este caso afortunadamente. Este Gobierno, no solamente prevé las
consecuencias de lo que hace, sino que se ve obligado, y lo hace con
espíritu deportivo y con entusiasmo, a subsanar lo que no previó el
Gobierno anterior. Pero para eso estamos y no nos quejamos.




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En la justicia de menores, como sabe el señor Presidente del Consejo,
existe un anteproyecto que se remitió al Consejo el 16 de julio, hace
ahora tres meses y medio. El fiscal general solicitó un mes de prórroga,
ha enviado ya el suyo el 8 de octubre y no tenemos noticias de que haya
llegado éste al Ministerio, aunque parece que llegará pronto, porque por
los periódicos ya empiezan a cundir los estudios previos, que han sido
filtrados oportunamente; por tanto, parece que está al caer.

En ese sentido nos alegra también conocer que hay una serie de
coincidencias, por ejemplo la necesidad de preservar el principio
educativo y el de intervención mínima --página 247 del libro blanco--; la
necesidad, en la misma página, de un amplio abanico de medidas,
entendiendo que el internamiento sólo debe producirse en caso de delitos
graves; descartar la acusación particular en estos casos; la
especialización de jueces y letrados; la necesidad de equipos técnicos,
y, por cierto, los denostados presupuestos de 1998 incluyen 149 plazas de
personal laboral, que van a ir, todas, a esos equipos técnicos de los
menores, porque, una vez más, en una ley nueva, el Gobierno actual sí
prevé las necesidades que de su aplicación se derivan, a diferencia de lo
que alegremente se ha hecho en gobiernos anteriores, más preocupados en
poner rótulos vistosos a sus leyes que de implementar los medios
necesarios para que no produjeran cataclismos posteriores.

Con relación a lo Contencioso-Administrativo, igualmente observamos en el
libro blanco una sintonía con el proyecto que está en esta Cámara y a
punto de entrar en el trámite de Ponencia. Por ejemplo, en la página 265
se habla de los abusos de la Administración, al no enviar los expedientes
completos, y las distorsiones que esto causa. El artículo 46 del proyecto
señala sanciones al respecto e incluso la posible intervención del
ministerio fiscal después de tres multas, así como la responsabilidad
penal, artículo 107, por incumplimiento de las sentencias. La página 196
del libro blanco alude a la conveniencia de mecanismos transaccionales,
contemplados igualmente en el artículo 75 del proyecto, que prevé un
acuerdo por conciliación con una efectividad, en relación a la ejecución
forzosa, similar a la de una sentencia. La página 266 del libro blanco
habla de la dificultad de la ejecución de las sentencias y en ese sentido
el proyecto modifica esa prerrogativa de la Administración de ser ella la
encargada de ejecutarlas, con lo cual se pondrá fin a muchos abusos;
prevé una compensación por retraso injustificado en aquellas sentencias
que lleven aparejado pago de cantidad e incluso una posible ejecución
forzosa con incremento del interés legal que habría que abonar al
perjudicado, así como un recurso contra inactividad de la Administración,
que también colaborará en este sentido. Hay un acuerdo entre el proyecto
del Gobierno y lo que dice el libro blanco en relación a la supresión del
recurso en interés de ley y en cuanto a facilitar la resolución del
recurso repetitivo, página 264 del libro blanco, contemplado en el
artículo 36.2 del proyecto, así como la posible extensión de los efectos
de una sentencia a casos idénticos, contemplada en el artículo 106.

Del proceso civil, el Gobierno, y ya se ha aludido a ello, ha querido
hacer un borrador para someterlo a un debate público, que tendrá una gran
eficacia, en la medida en que las críticas, sobre todo si se hacen con
ánimo constructivo, lo cual es más normal fuera del ámbito del debate
partidista, contribuirán, sin duda, a mejorarlo. De todas maneras, se
observan claramente coincidencias, por ejemplo, en la página 107 del
libro blanco, eliminación de procesos especiales, está contemplando en el
borrador; página 185, reducción a dos de los procesos ordinarios,
sintoniza con lo previsto en el borrador; atribución de competencia de
amparo judicial a los tribunales superiores de justicia, descargando así
en parte al Tribunal Supremo, contemplado también en el borrador;
simplificación de las subastas de bienes embargados y búsqueda de
sistemas de ejecución alternativos, igualmente el borrador contempla que
a petición de parte pueda ser persona especializada la que valore el bien
y lo realice; colaboración del deudor y de terceros, por ejemplo, a la
hora de aportar datos el demandante sobre domicilio del demandado, que
podría ahorrar esos dos meses que lleva consigo de retraso la falta de
esos datos que a veces el demandante está en condiciones de aportar.

Dilación en la ejecución de sentencias; la posibilidad, por ejemplo, de
cobrar una deuda tras la primera sentencia sin exigencia de fianza.

Otro asunto contemplado, pues el Gobierno se ha ocupado de ello, es el
del control horario. Es obligado --a veces, no-- aprovechar los debates,
cuando se está en la oposición --de eso tengo amplia experiencia-- para
criticar al Gobierno. En este caso, sin embargo, no ha habido mucha
fortuna en el objeto de crítica elegido, porque se ha dicho que el
Gobierno ha hecho todo lo posible por evitar el control horario. Según
dice el libro blanco, en la página 313, cada cual tiene su función. El
Gobierno fija unos horarios determinados, el control interno del
cumplimiento del horario es del secretario judicial --y ellos lo saben--
y la potestad disciplinaria pertenece al Consejo General del Poder
Judicial, y también lo saben los que han sido vocales del mismo. Por
tanto, el Gobierno lo que ha hecho ha sido una resolución de 5 de
diciembre de 1996 y una instrucción de 12 de junio de 1997, con lo cual,
ha cumplido. Ahora, los secretarios judiciales y el Consejo General del
Poder Judicial que asuman su función, porque el Gobierno respeta, como es
lógico, las competencias de los demás; por lo menos, éste.

Pasamos ya a los aspectos que nos interesan, respecto a lo que usted
gráficamente ha llamado plan de actuación, que supone el libro blanco,
situándonos en el ámbito de las competencias propias del Consejo General
del Poder Judicial. En efecto, en el libro blanco se contemplan unos
módulos, por ejemplo, del control del rendimiento de los jueces, pero se
nos dice también que los módulos meramente cuantitativos no son acertados
y en el fondo hay una crítica muy interesante sobre toda la filosofía de
los módulos, que emplaza, obligadamente, a un replanteamiento del
concepto mismo del módulo. Nos gustaría saber qué trabajo se va a ir
realizando y, más o menos, con qué calendario, con qué perspectivas de
que se vea realizado en la práctica. Y, en cuanto a la inspección, qué
nuevas medidas piensan abordarse en relación a esa relevante función del
Consejo General.




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Algo de lo que no se ha hablado aquí --que recuerde-- es de la
compatibilidad de la función judicial con otras tareas, de la que se
ocupa el libro blanco. Además, transmite una sensación de algo que no
sería muy complicado de arreglar, porque en otros ámbitos de la función
pública parece bastante más claramente delimitado y sería bueno que el
órgano de gobierno del Poder Judicial ejerza sus responsabilidades sin
muchos problemas y sin temer que vaya a sufrir desgaste alguno; al fin y
al cabo, gobernar siempre es desgastarse un poco, pero para eso se está
ahí. (El señor presidente ocupa la Presidencia.)
En cuanto al reglamento de tramitación de quejas y denuncias, es muy
expresivo el tratamiento que hace el libro blanco y conduce a la
necesidad de un replanteamiento práctico y de medidas o sugerencias sobre
el particular.

Muy interesante es lo relativo al régimen disciplinario. Usted ha dicho,
en frase gráfica, que la justicia hoy es poco fotogénica. Lo curioso es
que al ciudadano le da la sensación de que el problema de la justicia se
debe a que está demasiado empeñada en ser fotogénica. El ciudadano tiene
la sensación de que la justicia, que siempre aparecía con los ojos
velados, como síntoma de imparcialidad, no sé si para parecer más
vistosa, a veces se quita la venda para que se vea más su bella faz, y
tiene la sensación, según dicen ustedes, de que los jueces a veces no son
tan imparciales como deberían o, por lo menos, no lo parece. Incluso --en
sede inadecuada, como ya se ha señalado-- en resoluciones judiciales se
acaban haciendo eco de esas apariencias que deben atajarse en su ámbito,
que es la normativa correspondiente, asunto que es competencia nuestra, y
en régimen disciplinario, que, obviamente, es competencia del Consejo.

Por otra parte, parece que algunos miembros del Poder Judicial se empeñan
en exceso en salir en la foto --quizá por considerarse fotogénicos-- y
eso no tiene demasiadas buenas consecuencias, al parecer, para los
ciudadanos. Sobre eso, sin duda, tiene algo que decir el Consejo y lo ha
dicho. Lo ha dicho hasta el extremo de que recientemente ha llegado a
decir que determinadas conductas de algunos jueces les han parecido tan
graves, disciplinariamente hablando, que las han enviado al Tribunal
Supremo por si fueran constitutivas de delito. El ciudadano se ha quedado
un poco perplejo, porque, por lo visto, no son constitutivas de delito y
no se ha vuelto a saber nada más. El ciudadano espera saber algo más,
porque sean o no delito, graves eran, según decía el Consejo. Una de dos,
o se corre peligro de aplicar al Poder Judicial --que es lo que faltaba
ya-- la idea de que el que no haya cometido un delito no ha hecho nada,
bien en su actuación como político, bien al gestionar una conmemoración
centenaria, etcétera, o, lo único que se pregunta es: ¿ha habido un
delito o no ha habido delito? Si no ha habido delito, a callarse todo el
mundo. Si esto lo trasladamos al Poder Judicial, aviados estamos. Supongo
que la propuesta de desacato no será una propuesta dirigida a poder
regular la conducta de los jueces que se desacatan mutuamente, sino que
eso tendrá otro cauce y que ese cauce quedará ejemplarmente expuesto ante
los ciudadanos en un plazo razonable, sin dilaciones indebidas.

Siguiendo con estas cuestiones, en cuanto a la formación de los jueces, a
nuestro grupo le interesaría que se expresara sobre esa propuesta de
obligatoriedad y de incentivación, porque, al parecer, sectores muy
significativos de los propios jueces, asociaciones judiciales, entienden
que eso podría ser más negativo que positivo.

Por último, señor presidente, quisiera referirme a los elocuentes
silencios del libro blanco, a la parte blanca del libro blanco que es
aquella que no está en el libro; se ha quedado sin negro sobre blanco,
sino puramente blanco. Por ejemplo, las medidas sobre esa apariencia de
imparcialidad del Poder Judicial, que es, sin duda, hoy, el principal
problema para los ciudadanos. Al Gobierno y al grupo que le apoya le
preocupa mucho lo que piensan los ciudadanos y por eso uno de los
proyectos que ha enviado a esta Cámara tiene que ver con esa cuestión,
que preocupa mucho a los ciudadanos, probablemente porque son unos
ignorantes, no saben lo que es la justicia; les preocupa ver a los jueces
con escarapelas de partido y verlos trasegar del Gobierno al Parlamento,
del Parlamento al Consejo de Estado, al Consejo General del Poder
Judicial, etcétera. Esto produce situaciones de servicios especiales,
obviamente. Los servicios especiales sólo se producen en esos casos; por
tanto, esa ley contribuye a que haya menos servicios especiales. no es
muy coherente criticar esa ley y criticar a la vez que haya muchos
servicios especiales. Eso es una incoherencia y lamento que el que la ha
expresado no esté en estos momentos en la sala. Sobre eso ustedes no
dicen nada. A usted le preocupa la fotogenia, pero, a la hora de la
verdad, no se preocupa de si hay algún foco fundido. A lo mejor resulta
que sí lo hay, y mejoraría la fotogenia si ustedes sugieren algo sobre el
particular. Por ejemplo, si el modo más adecuado de elegirles a ustedes
es el actual, o si no es eso fuente de apariencia de politización. Porque
hay personas que tienen la insana costumbre de parecer que están
encantados de haberse conocido, pero ustedes, en su libro blanco, parecen
encantados de haberse desconocido. No hablan para nada de ustedes mismos,
lo cual, sin duda, es una muestra de olvido de sí, que en el ámbito
ascético resulta encomiable, pero en el ámbito político, sin embargo,
quizá sea una ocasión perdida. Podrían ustedes haber dicho algo sobre lo
que piensan de su propia labor, porque la conocen mejor que nadie. Se ha
llegado a decir por parte de una asociación judicial, que no es la
mayoritaria, que no se advierte en el libro reflexión alguna crítica
sobre la propia actividad y funcionamiento del Consejo General del Poder
Judicial. Eso afecta también, a la larga, a la fotogenia.

La referencia que hacen al jurado es brevísima y parece que eso preocupa
también a los ciudadanos y a aquellos que defendemos la institución del
jurado y la vemos en una situación notablemente precaria o, por utilizar
palabras suyas, muy poco fotogénicas, sin duda alguna. Sorprende que no
se diga ni una palabra en el libro --yo por lo menos no lo he
encontrado-- sobre el Estatuto de los magistrados del Tribunal Supremo,
porque las enmiendas que fueron presentadas por grupos de la oposición,
cuyo grado de intimidad idílica ha llegado a extremos realmente
emocionantes, sugerían incluso que desapareciera la categoría de



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magistrados del Tribunal Supremo, lo cual, si no entiendo mal, afecta a
la carrera y a su diseño, incluso a la Constitución. Y en el libro no se
dice nada de ese asunto. Alguna de las enmiendas, que han sido
oportunamente rechazadas ya por la Cámara, invadían claramente
competencias del Consejo General del Poder Judicial y el Consejo no tiene
nada que decir sobre el particular, lo cual deja estupefacto a más de
uno, porque el Consejo es el órgano de gobierno de los magistrados del
Supremo, si no entendemos mal; porque que lo entiendan mal ellos, pase,
pero que lo entienda mal el Consejo, sería preocupante.

No se dice nada tampoco sobre esas peticiones de retribuciones
peculiares, que son muy conocidas por los miembros del Consejo, como
hemos tenido ocasión de comprobar en el trámite de la ley, porque ha
habido todo tipo de contactos y, sin embargo, no aparecen en el libro
blanco, lo cual es una pena, porque supongo que es un trabajo de campo y
se podría haber aportado. No hemos encontrado nada de eso tampoco.

En cuanto al cuarto turno, hay una afirmación profunda en el libro, que
quizá por su profundidad merecería mayor desarrollo, que es la de la
página 49, que dice que la práctica ha venido a mostrar las ventajas e
inconvenientes del sistema. No se dice más. Quizá se podría abundar en
cuáles son las ventajas y cuáles los inconvenientes del sistema para
ilustrar a los ciudadanos sobre esa cuestión. Tampoco hemos encontrado
mucho sobre la acción popular, que parece que es otro asunto de cierta
preocupación hoy día. La referencia a la Audiencia Nacional es
prácticamente nula, cuando, para bien o para mal, es hoy el centro de la
polémica. Se habla de la Audiencia Nacional continuamente, porque los que
trabajan en ella salen mucho en la foto, pero, por lo visto, hay otro que
no trabaja, etcétera. Estos son asuntos que quería que nos ampliara.

Insisto, por parte de mi grupo, en el agradecimiento por el debate que
han contribuido a abrir con un trabajo hecho con seriedad y con rigor,
sin duda mejorable, como cualquier otro, y por haberse brindado a venir
aquí a responder a nuestra solicitud de comparecencia.

Quiero reiterar que nuestro grupo parlamentario nunca intentará
instrumentalizar al Consejo, que defenderemos esa trayectoria con los
argumentos más o menos apreciables que podamos manejar, pero dejaremos
que cada cual cumpla su labor.




El señor PRESIDENTE: Vamos a seguir ahora con la intervención de los
demás grupos.

Por el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria, tiene la palabra el
señor Mardones.




El señor MARDONES SEVILLA: En el mejor espíritu de cortesía, sean mis
primeras palabras de salutación y de bienvenida al señor presidente del
Consejo General del Poder Judicial --en cuya condición comparecí aquí-- y
presidente del Tribunal Supremo. Igualmente, de una manera muy especial,
doy la bienvenida a esta cada a todos los miembros de ese Consejo General
del Poder Judicial, porque, en razón del principio de legalidad, sus
nombramientos salen de las Cortes, participando en ellos tanto este
Congreso como el Senado. En cierta medida, están en su casa originaria.

Señor presidente, Coalición Canaria quiere exponer aquí una postura
eminentemente constructiva sobre los dos documentos fundamentales que nos
convocan: la memoria y el Libro Blanco de la justicia. Con este sentido
constructivo, empezaré por la memoria. En primer lugar, me congratulo de
su primera presencia aquí, con esta memoria que trae causa de un Consejo
General pasado y presente, por ser la memoria de 1996. Celebro que tenga
usted, señor presidente, el Consejo General completo en cuanto a sus
miembros. En esta Comisión vivimos, por razones políticas, la precariedad
del Consejo General anterior. Quiero rendir en este momento un recuerdo
de gratitud a su antecesor, don Pascual Sala, que presentó el año pasado
la anterior memoria en unas circunstancias harto difíciles, que se han
sobrepasado. Espero que no encuentre usted, en la composición numérica
del Consejo General, otras vacantes que las que por causa natural o por
voluntad humana se puedan producir, en aras a ese prestigio del máximo
órgano del Poder Judicial.

En el tiempo limitado del que disponemos me voy a centrar, señor
presidente, en cuanto a la memoria, en los aspectos que hacen referencia
a mi comunidad autónoma, dado que mi formación política nacionalista lo
contempla ahí. Comprendo el trabajo que han empezado a realizar los
consejeros, concretamente los dos consejeros asignados al área
territorial de justicia del archipiélago canario, a los que quiero dejar
constancia aquí de mi agradecimiento. Quisiera pedirles que el resultado
de su inspección y de sus visitas tenga una mayor extensión procedimental
y de propuestas en las próximas memorias. Digo esto porque la situación
del año pasado no tiene nada que ver con la situación actual de la
justicia en Canarias de este año; situación de precariedad, de tensión;
una situación que ustedes también denuncian en los dos volúmenes sobre
transferencias a las comunidades autónomas. Esto me sirve como primera
reflexión sobre el hecho de que las transferencias de justicia a las
comunidades autónomas merecen un tratamiento analítico singular y crítico
incluso en su memoria. Señor presidente, comparto y comprendo su pudor
cuando se han especificado las sugerencias que se pueden derivar, entre
líneas, de los informes de la propia memoria, pero el seguimiento del
desarrollo de las transferencias y de los proyectos pendientes de
elaborar en la comunidad autónoma merece un análisis mucho más amplio.

Hay que detectar previamente los problemas para que no nos encontremos,
como este año, en el archipiélago canario, con huelgas de los
funcionarios de la Administración auxiliar de justicia o con la
inviabilidad del propio edificio en las Palmas de Gran Canaria porque los
arquitectos que lo proyectaron se olvidaron del aire acondicionado, como
si aquello fuera un espacio cerrado, una sauna. Todos estos
inconvenientes dan una sensación de ineficacia y de mala imagen de la
Administración de justicia, empezando por los edificios. Eso también
tiene que ser objeto de un análisis del Consejo General del Poder
Judicial para ver la responsabilidad de los arquitectos que diseñan estos
edificios. Vemos en nuestra Comunidad Autónoma de Canarias que se siguen
manteniendo



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contenciosos con las corporaciones locales, que reclaman los edificios
antiguos en los que se administraba justicia, las sedes de los palacios
de justicia, etcétera, con lo que se da una imagen de desorientación y de
chapuza permanente y, al final, la justicia sale perjudicada.

Dicho esto, paso al análisis más concreto de la memoria. Me ha parecido
escucharle muy poco sobre el plan de urgencia. Si tenemos que poner orden
y racionalidad en la denuncia con la que usted ha empezado su
diagnóstico, con un sentido negativo que comparto porque esa autocrítica
sale de una radiografía, entendemos que el plan de urgencia debe
dirigirse en ese sentido. Le quiero hacer una observación crítica, señor
presidente. Usted ha seguido el problema, lo encaja en el plan de
urgencia, pero hace sólo una lectura cuantitativa de personal al hablar
de los módulos. El problema de los módulos es que usted se pregunta
cuántos asuntos puede atender un juez y, según la masa de asuntos que
hay, llega a la conclusión de que necesita 600 plazas, de las cuales 300
tendrían que ser de nueva creación de planta y 300 están sin cubrir. Yo
creo, señor presidente, que usted no debe quedarse solamente en una
cuestión de rendimiento laboral --vamos a llamarlo así--, de
responsabilidad física del juez y del magistrado en la resolución de
asuntos, porque, si en lo que usted entra no es en dividir la masa de
asuntos por el número de jueces, sino en reducirla por vía de la
modificación legal de los procedimientos de la justicia, de lo cual ya
hablaremos cuando pasemos al tema del libro blanco, no le harían falta a
usted tantos jueces. No se puede invocar sólo el principio laboral cuando
se está haciendo aquí algo que compartimos, que es tratar de resolver el
problema de la lentitud de la justicia. Usted ha denunciado en el
frontispicio de su intervención --y yo lo comparto plenamente-- la
lentitud de la justicia, que es causa y justificación del libro blanco.

Si hay que acelerar, ¿de qué se trata, de incluir más aceleradores o de
modificar el procedimiento de entrada de ese material? Porque no van a
resolver ustedes nada y lo inducen en la memoria cuando hablan de la
actividad jurisdiccional con la adscripción permanente de magistrados
suplentes y jueces sustitutos.

Como dicen aquí, han duplicado la actuación de los jueces sustitutos y
magistrados suplentes de los juzgados y tribunales con una doble
modalidad. El régimen de sustitución estricta merecería una amplitud de
comentarios por su parte, señor presidente, porque no sé con qué
criterios están ustedes resolviendo, si se concede esa actividad con o
sin relevo de funciones, si hay unos criterios territoriales, si se están
impartiendo unos criterios claros y contundentes a través de los
instrumentos del Consejo General del Poder Judicial para resolver esta
cuestión y, sobre todo, si se pueden compaginar cuestiones de apoyo de
unos jueces a otros y cómo se resuelve al final todo el problema de
jueces sustitutos y magistrados suplentes.

Vaya por delante, señor presidente, que este diputado que le habla es
partidario de la supresión de esta figura, porque no dice nada en mérito
de la justicia la permanente actividad, que va en aumento, de jueces
sustitutos y magistrados suplentes. No es una figura que encaje con el
procedimiento de la justicia; creo que me entiende, señor presidente.

Podrían ser figuras puramente coyunturales para salir del apuro por el
momento, pero no se puede dejar el banco pintado permanentemente, porque,
si no, la ineficacia va a ir en aumento.

Una última palabra sobre la memoria en esta exposición telegráfica. Me
parece que han tenido que hacer una adición de alcance con el tema del
tribunal del jurado, porque le han puesto al final de los finales, casi
como una addenda. Señor presidente, tanto este diputado como otros
diputados de la Cámara y los grupos que votamos la Ley Orgánica 5/1995
del jurado consideramos esta materia en su día de trascendental
importancia. En lo sucesivo, las memorias del Consejo General del Poder
Judicial deberían ser muy analíticas y extensas sobre los juicios que han
venido acaeciendo, algunos muy sonoros y que han puesto en tela de juicio
ante la opinión pública la institución del jurado, lo que ha hecho
pronunciarse a magistrados y jueces a favor o en contra. Ya ha pasado la
hora de enjuiciar académica y prácticamente esta institución. La Ley
5/1995 está ahí y el principio de legalidad obliga a acatarla. Dado que
el anterior Consejo impulsó una serie de cursos formativos de jueces y
magistrados y secretarios de justicia, le pregunto si estos cursos o
seminarios son puramente de técnica del tribunal del jurado o si van más
allá con la filosofía política que imprimió esta Cámara a este debate,
porque me da la sensación de que en esta segunda parte está fallando el
Consejo General del Poder Judicial. No se trata de técnica procedimental
del jurado, se trata de que los jueces y magistrados que les toque tener
un tribunal del jurado respeten el principio de legalidad y, además,
crean en la institución, porque mal papel puede hacer un juez o
magistrado ante el jurado si no cree en la institución y no previene
todas las advertencias cautelares y formativas que señala la actual
legislación.

Llegado a este punto, le hago una reflexión. Me gustaría, señor
presidente, que una serie de temas que vienen explicitados en la memoria
y en el libro blanco tuvieran también otros lugares de encuentro, otro
marco de debate y análisis entre el Poder Judicial y el Poder
Legislativo, para no hablar siempre con el formalismo de esta Comisión,
con la presencia de los taquígrafos y estenotipistas de las Cortes y del
«Diario de Sesiones». Tiene que ser un diálogo abierto, más franco, más
natural y más normal en el que se expongan las teorías que están en este
foro, porque, salvo las especialidades que determinados portavoces de los
grupos parlamentarios puedan tener por su carrera profesional, no podemos
hablar de técnicas. Aquí hablamos como políticos de análisis políticos,
pero no de la filosofía del Derecho ni de la aplicación técnica de la Ley
de Enjuiciamiento Criminal. Queremos hacer una lectura política, con
todas sus consecuencias, lo que tiene que llevar al final, mediante las
iniciativas legislativas adecuadas, a la corrección. Le hago esta
sugerencia porque el cuerpo de letrados ha propiciado en estas Cortes
seminarios de Derecho constitucional o parlamentario. El Consejo General
puede establecer también, de manera natural, puntos de encuentro entre
representantes de los grupos parlamentarios y del Consejo General del
Poder Judicial para, en un régimen de seminario, con plena libertad
intelectual de exposición,



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conocer las razones de unos y otros y, sobre todo, discutir abiertamente,
sin guardar los respetos que en el trámite parlamentario existen. Eso
sería muy enriquecedor y, al final, no tendría que venir aquí con
escrúpulo, aunque le entiendo y es su papel, a decir: Ahora que tenemos
el libro blanco, el Consejo tiene potestad de sugerencia legislativa y
nada más; no lo tomen a mal. Como ha dicho el señor Castellano, recibimos
hasta con alborozo intelectual y político cualquier sugerencia
legislativa. Después será rechazable o aceptable, pero es su argumento y
es un dato para el debate. Sabemos que no hay iniciativa. Hay un
ordenamiento jurídico, un principio de legalidad que dice a quiénes
corresponden las iniciativas legislativas. Pero hay iniciativas con
mayúscula e iniciativas con minúscula.

Las sugerencias legislativas son, en amplio sentido, tremendamente
positivas, sin embargo, señor presidente, tienen que tener por parte del
Consejo General una disciplina y una presentación porque alguien del
Consejo General del Poder Judicial ha salido reivindicando la figura del
delito del desacato. Si el desacato --me alegro de que el señor Ollero
haya recordado que no se recoge en la memoria-- es una sugerencia, no
creo que le traslade el silogismo que ha hecho de que eso es un informe
pericial. Me asustaría que del Consejo General del Poder Judicial saliera
un informe pericial similar a una sugerencia para rescatar la añeja y ya
olvidada figura del desacato. Vaya por delante que si le llegara a este
diputado una sugerencia por esta vía no contaría con el voto de Coalición
Canaria. Lo digo para que el que haya lanzado el globo sonda no espere
encontrar una buena acogida en nuestro grupo.

En cuanto al libro blanco, comparto, señor presidente, el principio de
que tiene que estar inspirado por la lucha contra la lentitud de la
justicia y, por tanto, en su agilización. Me congratulo de este libro
blanco, señor presidente. Es el primero. ¡Bienvenido sea! Si el Consejo
General mantiene periódicamente una reedición de libros blancos que
detecten los problemas de insuficiencia que aquí han expuesto otros
portavoces, iremos perfeccionando el documento básico de sugerencias y el
aporte de iniciativas al Congreso de los Diputados que el Consejo General
puede hacer muy atinadamente.

Ningún libro blanco del Consejo General del Poder Judicial puede ser
superado por el informe del Defensor del Pueblo y éste, en temas como la
jurisdicción Contencioso-Administrativa, está detectando una grave
situación. ¿Qué pasa con la acumulación, como sucede en Canarias, de los
juicios de faltas? ¿Qué pasa con la gran aglomeración delas diligencias
previas? No será necesario que entren ustedes a desarrollar mucho más lo
que ya está insinuado aquí, y felicito por ello a los redactores del
libro blanco. Hay que mejorar la jurisdicción Contencioso-Administrativa,
pero no dotándola de más jueces y magistrados, secretarios y salas, sino
reduciendo los aspectos procedimentales. Usted lo ha puesto en evidencia
al compararla con la jurisdicción de lo Social, donde el principio de
oralidad prevalece. A lo mejor hay que decir que en lo Penal y en lo
Contencioso-Administrativo, hasta determinados niveles, hace falta la
figura gráfica del juez norteamericano dando el mazazo, en un
procedimiento oral, dictando la sentencia en ese momento y aplicándola.

La legislación será cada vez más complicada. Ustedes han tenido ocasión
de pronunciarse en el proyecto de ley de la jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Ahí es nada con un proyecto del Gobierno que
crea un escalón más en dicha jurisdicción. Espero que ningún juez
estrella vaya a situarse en una de esas plazas, porque le daría una
tribuna de exposición pública de polémicas políticas de todo orden.

Entren sin miedo no sólo en una propuesta de aumento de personal sino de
reducción de los procedimientos, que es donde radica hoy en día una de
las causas fundamentales de este atasco que tienen ustedes.

En cuanto al informe sobre la jurisdicción Contencioso-Administrativa,
que figura en el libro blanco, lo comparto plenamente. Mi crítica sería
la de haber ido un poco más allá en las propuestas que se hagan.

Valientemente hablan de considerar la desaparición del recurso de
casación, con lo que estamos plenamente de acuerdo. Coincidimos con el
libro blanco en que no podemos seguir por esta vía. Hacen ustedes una
observación solapada sobre los juzgados centrales de lo Contencioso, de
nueva creación, en la Audiencia Nacional. Me parece que ven ustedes con
suspicacia esta figura. Cuentan con nuestro apoyo porque también nosotros
la consideramos con enorme suspicacia. Cualquier sugerencia que llegue a
esta Cámara inspirada en los principios de oralidad, inmediación y
concentración, está en la vía, señor presidente, para que se desprendan
ustedes de tanto sumario y de tanta actividad en las funciones de la
jurisdicción Contencioso-Administrativa.

¿Y qué decir de los recursos repetitivos? Quisiéramos escuchar más
sugerencias del Consejo General del Poder Judicial en cuanto a la
tramitación de los recursos repetitivos, negocio de determinados bufetes
de abogados que, como en esas norias, pasan de la jurisdicción de lo
Social a la de lo Contencioso-Administrativo, en un trámite interminable
para el ciudadano. Y no es que sean dilatorios los procesos en los
tribunales correspondientes, sino que el propio sistema entra en una
picaresca profesional de personas externas a jueces y magistrados, en el
mundo de determinados aspectos de la abogacía profesional liberal, que
ocasiona que este ir y venir de una noria de procesos entre
jurisdicciones distintas se eternice.

Termino, señor presidente, con la petición de que en las siguientes
ediciones del libro blanco entren más a fondo en algo con lo que se han
encontrado y que tienen que reseñar en las páginas finales, que es el
problema de la asunción de competencias por parte de las comunidades
autónomas. Porque si leyéramos sólo el índice del libro blanco parece que
es ajeno al título VIII de la Constitución y al Estado de las autonomías,
ya que es sólo en sus conclusiones finales sobre el gobierno de la
Administración de justicia donde esto figura.

Hagan las sugerencias que quieran, como ha hecho usted, con una acogida
muy favorable, con la propuesta de modificación del artículo 14 de la Ley
de Enjuiciamiento Criminal. Es el sentido común y la racionalización lo
que ha inspirado, prácticamente, la eficacia en el trabajo. Si el plazo
de tres años ha permitido que los juzgados de base estén ágiles, lo que
está produciendo --y coincido con su alarma, señor presidente-- el cien
por cien de los atascos



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en las audiencias provinciales, porque ustedes han dejado esta
competencia hasta tres años y luego piden socorro, súbanlo por lo menos a
cinco años porque en el tramo que hay entre delito y causa penal, entre
tres y cinco años, tal vez se puedan desprender del 7 por ciento de los
casos que están entrando en las audiencias provinciales. Debe ser una
señal de alarma para el legislador y para el Ministerio de Justicia su
pronóstico, que esto va a inundar la Sala Segunda del Tribunal, Supremo,
porque es como el procedimiento de las esclusas: el agua que empieza a
rebosar de una esclusa se traslada a la siguiente, y, en la medida en que
se traslade a la Sala Segunda del Tribunal Supremo el excedente que viene
de las audiencias provinciales, vamos hacia un horizonte muy negativo.

Me hace señas el señor presidente de la Comisión de que termine. Lo hago
con disgusto, porque esto podría ser motivo de más explicaciones, pero
con acatamiento. Quiero pedirle, más que reflexiones, la denuncia de las
disfunciones de gestión con respecto a las transferencias a las
comunidades autónomas. Tenemos que meditar y discutir este tema, porque
tienen ustedes una información analítica buena de base, pero nosotros
también la tenemos desde el punto de vista político de la defensa de los
estatutos de autonomía y de las competencias que allí existen. Lo que no
puede haber de nuevo son chapuzas, como ha ocurrido en la Comunidad
Autónoma de Canarias, que han causado una gran insatisfacción para todos:
para jueces y magistrados, para la Administración de justicia, para la
comunidad autónoma por las transferencias económicas que ha hecho el
Ministerio de Justicia y, sobre todo, para el justiciable. Esto es algo
importante. Han apuntado ustedes en sus propuestas la simplificación de
instancias y la atribución competencial a las comunidades autónomas,
temas que van a inspirar futuros capítulos de las memorias.

Vuelvo a decirle que con todas sus deficiencias, señor presidente, no
saldrá de mi boca una crítica por las omisiones. Es la primera edición
--espero que no sea la última-- y confío en seguir avanzando en este tema
de perfeccionamiento de la Administración de justicia, con todas sus
consecuencias. Al final, la simbiosis de su técnica, su ejercicio
profesional, la detección de los problemas en el funcionamiento de la
maquinaria que ustedes tienen y nuestra responsabilidad política, en esa
simbiosis de la exigencia política de lo que nosotros representamos y de
la ejecución que hace el Poder Judicial está la solución decorosa de un
Estado de Derecho democrático.

Por todo lo demás, mi felicitación, señor presidente. Deseo reiterarle el
apoyo de Coalición Canaria.




El señor PRESIDENTE: Vamos a suspender la sesión durante cinco minutos.




Se suspende la sesión.




Se reanuda la sesión.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), tiene la
palabra la señora Uría.

La señora URIA ECHEVARRIA: Señor presidente del Consejo General del Poder
Judicial, reciba usted y quienes le han acompañado la cordial acogida por
parte del Grupo Vasco en esta su primera comparecencia ante esta Comisión
para presentarnos la memoria anual y el llamado libro blanco.

Se han hecho ya muchas reflexiones por quienes me han precedido en el uso
de la palabra, pero yo también quiero trasladarle algunos aspectos, y le
rogaría que me disculpase, en nombre del grupo al que represento, si hay
coincidencia con otros ya señalados. Es en relación con el Poder Judicial
como poder y con el servicio público de la justicia.

Respecto del primer aspecto, y desde la óptica de mi grupo, fue
particularmente feliz el análisis efectuado por usted mismo en el
discurso que pronunció con ocasión de la apertura del año judicial sobre
el poder de los jueces en el Estado social y democrático de Derecho que
dibuja la Constitución. Se preguntaba usted acerca de qué ha ocurrido
para que aquí, pero también en los países aledaños, el Poder Judicial
haya pasado a primer plano de actualidad. La respuesta, centrada en la
extensión y en la intensidad de los cometidos confiados a los jueces, no
olvidaba el especial interés que suscitan algunos determinados procesos y
que han llevado a que los tribunales y su actividad sean página de
actualidad, en algunos casos con connotaciones poco edificantes para el
común de los ciudadanos, los cuales observan la manifiesta incapacidad de
la justicia para resolver en tiempo y forma los procesos en los que se
juegan su suerte personal y patrimonial. Es evidente el fuerte deterioro
que en los últimos diez años ha experimentado la imagen de la justicia y
es fácil aludir en este aspecto a la oscuridad del lenguaje, a la
lentitud enorme de los procesos y, por qué no decirlo, a la
instrumentalización de la justicia. Aquí procede un llamamiento a que los
responsables políticos pongamos de una vez coto a la utilización
partidista de los instrumentos procesales. Sería bueno que dejasen de
aparecer esas noticias de prensa, que producen intranquilidad y siembran
desconfianza, sobre la existencia de presiones poco confesables sobre la
justicia o sobre la existencia de conjuras o tramas incluso dentro del
propio Poder Judicial. Por cierto, que me gustaría conocer, si es
posible, cuál es su opinión sobre ello.

En este ambiente, desde el propio Consejo se ha hablado del posible
restablecimiento del tipo penal del desacato. A este respecto, la primera
impresión que esto produjo en la ciudadanía es la de defensa del
corporativismo y un poco, si se me permite decirlo con una expresión
popular, la idea de que el jardinero no pisa. En pocas, por no decir en
ninguna ocasión, se alude a que la situación pudiera ser paliada en algo
por y desde la propia judicatura. Sin duda, la reforma procesal, la
mejora de la formación e incluso la mejor dotación de medios son cosas
importantísimas y muy necesarias, pero quizá sea hora de la autorrevisión
del propio talante --en expresión utilizada por un ilustre jurista en
días pasados en una columna periodística--, ya que una sociedad que se
sienta respetada por sus magistrados sabrá imponer el respeto que a los
mismos se debe.




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Entrando ya en cuestiones concretas a las que se hace referencia en la
memoria y también en el libro blanco, aludiré --ya se ha hecho por
quienes me han precedido en el uso de la palabra-- a la situación de las
salas de lo Civil y de lo Penal de los tribunales superiores, ya que su
configuración actual es, a juicio de todos, poco adecuada. Resulta
ridículo leer el número de asuntos que tienen encomendados, pero tengo la
sensación de que por el sistema de parcheo se les atribuyen cometidos
nuevos. Con relación a la Ley del Jurado, se les atribuye determinados
procesos, temas menores que sugieren la idea de que es un poco el
banquillo de reserva. Creo que el propio Consejo y también los
responsables políticos debiéramos hacer alguna reflexión seria sobre
ella, aunque esto supusiese modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial,
evidentemente.

Algo parecido ocurre con las salas de gobierno de los tribunales
superiores, que, desde la óptica de mi partido, ofrecen enormes
posibilidades de poder ser un auténtico órgano de gobierno del Poder
Judicial en cada comunidad autónoma, sobre todo en las comunidades
autónomas con competencias asumidas y ya transferidas en materia de
medios personales.

No se incluye en el libro blanco --él mismo reconoce que no lo incluye--
ninguna reflexión sobre la implantación del jurado, y puesto que conozco
que existe un seguimiento puntual por parte del Consejo, fruto de una
proposición de ley aprobada en la Cámara, me gustaría, si es posible, que
nos adelantara una posible evaluación de cómo se ven desde el Consejo las
perspectivas del funcionamiento de esta institución.

Igualmente, dada la naturaleza forzosamente ambigua que tiene el libro
blanco en su conjunto para que pudiera ser consensuado, nos da la
impresión de que sí carece de modelo en lo autonómico. Parece querer
reducir las competencias de las comunidades autónomas a meras gerencias
del Consejo, cuando la apuesta en los estatutos de autonomía --sobre todo
en el que yo conozco más, en el vasco-- y en la transferencia era la
cogestión y la corresponsabilidad. Se aceptó la transferencia con la
posibilidad de hacer políticas propias, incluso políticas retributivas
propias.

El que se hable de Poder Judicial no empece, a nuestro juicio, que se
puedan adoptar las formas organizativas más modernas para la prestación
del servicio público, y tal es la pretensión de la Comunidad Autónoma
vasca en este caso, pero nos parece que está muy limitado en el modelo
que el libro blanco propone cuando alude a la oficina judicial y a las
previsiones respecto de los secretarios judiciales, en esa dualidad de
funciones procesales y funciones de gestión. Para hacer esta valoración
me remito a las diez últimas páginas del propio libro blanco, incluso no
puedo dejar de citar las dificultades que en este momento está
atravesando la mera aprobación de las plantillas de personal en el ámbito
de la Comunidad Autónoma vasca, aprobadas por su sala de gobierno.

Obtenido lo que era más complicado, el consenso de todos los sindicatos,
nos encontramos con que se nos dice que no se aprobarán desde las
instancias del Ministerio de Justicia o que, en otro caso, se recurrirán
ante los tribunales.

Me ha gustado especialmente, y se lo agradezco desde la perspectiva de un
grupo que tiene implantación sólo en una comunidad autónoma bilingüe, la
referencia que ha hecho a la utilización de lenguas distintas del español
en los procedimientos judiciales. Creo que efectivamente es necesario
articular un sistema que sea realista en la exigencia de perfiles
lingüísticos.

En el orden de los aciertos, también quiero alabar el planteamiento que
en el libro blanco se hace del orden Contencioso-Administrativo --la gran
catástrofe, en su propia expresión--, que creo que se aborda con acierto.

En este momento tenemos en tramitación en la Cámara la ley procesal, con
lo cual esperemos conseguir una plasmación adecuada. Me parece
particularmente feliz la opción que se hace por los juzgados
unipersonales, imprescindibles desde la óptica de mi grupo. Son
particularmente acertados los criterios que se esbozan para la selección
de quienes los sirvan; a ver si esto llega a ser posible.

No quiero dejar de referirme a la oportunidad y acierto de la
recomendación del Consejo, el ejercicio de la potestad de sugerencia que
ha dicho el señor presidente, en relación con la modificación del
artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que, tras la
modificación operada por el Código Penal, ha supuesto el auténtico
colapso de las audiencias provinciales y en relación con las audiencias
vascas he podido constatarlo personalmente.

Quisiera concluir mi intervención con un paralelismo en las situaciones
en relación con la intervención de quien le precedió en la presidencia
del Consejo, don Pascual Sala. En su última comparecencia ante esta
Comisión, el 26 de junio, aludió, y también los distintos grupos, a las
particulares vicisitudes y anormalidades que había travesado el Consejo.

El propio Pascual Sala decía que la institución había sufrido las
tensiones políticas que habían marcado los dos o tres últimos años en la
sociedad española. Al contrario que entonces, la imagen del actual
Consejo elegido por el acuerdo de todos los grupos en las dos Cámaras,
desde el punto de vista del grupo al que represento, ofrece la imagen
contraria, la que nosotros creemos que debe tener; un auténtico gobierno
de coalición formado por hombres y por mujeres que parecen capaces del
consenso, y eso, aunque los problemas sean muchos, nos tranquiliza.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Catalán de Convergència i Unió, tiene
la palabra el señor Silva.




El señor SILVA SANCHEZ: Agradecemos al presidente del Consejo su
presencia aquí, incluso nos felicitamos por su carácter colegial, porque
desde luego con la presencia de miembros del Consejo sí que hay un quórum
absoluto.

Querría ligar mi intervención con las últimas manifestaciones de mi
compañera del Grupo Parlamentario Vasco Margarita Uría, porque quizá lo
primero que tengamos que hacer es felicitarnos de las diferentes
circunstancias, como ya se ha dicho, en que se produce esta
comparecencia, que supone lo mismo que felicitarnos, y así hay que
entenderlo, de la actuación del Consejo General del Poder Judicial



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desde la renovación que se produjo el año pasado. Desde luego, no quiero
ser dramático, pero si pensamos en las circunstancias en las que se
produjo la comparecencia de su predecesor, con un Consejo absolutamente
bloqueado, en unos casos por causas naturales, por el fallecimiento de
uno de los vocales, y en otros por el paso de dos de los vocales al
ejercicio de funciones jurisdiccionales, por la renuncia de otros seis,
con querellas cruzadas, al menos una, entre los propios vocales del
Consejo, con propuestas de recusación, remoción, investigación, con
exclusión de un vocal en la participación de ciertos nombramientos y
decisiones de autoexclusión de otros, no cabe decir aquello de que
cualquier tiempo pasado fue mejor, sino posiblemente lo contrario; puede
que nunca el Consejo se haya encontrado en una situación como en la que
está actualmente. Ese gobierno de coalición, más bien un gobierno de
concentración, está funcionando y haciéndolo razonablemente bien,
buscando unanimidades, obviamente al precio que supone tal búsqueda.

Entiendo que los grupos parlamentarios y los partidos políticos están
actuando o realizando un importante ejercicio de responsabilidad y de
autocontrol o de autolimitación. Por lo tanto, lo primero que habría que
hacer es felicitarnos precisamente por esta situación, sobre todo si la
comparamos con la descrita anteriormente.

Lo cierto es que la situación de la Administración de la justicia, la
realidad de esas situaciones y sobre todo la apariencia no merece iguales
calificativos. Desde luego, no cabe confundir la apariencia y la
realidad. La distinción que ha puesto de manifiesto la encuesta en la
valoración por parte del usuario de la Administración de justicia y por
parte del conjunto de los ciudadanos nos pone de manifiesto que la
realidad es, desde luego, sensiblemente mejor que la que aparece ante el
común de los ciudadanos o que, por lo menos, no es tan mala como cabría
haber dicho anteriormente.

En cualquier caso, mi grupo sí quiere hacer constar que una cosa es el
funcionamiento de la Administración de justicia y otra cosa es el
funcionamiento del Pode Judicial en el seno del Estado de Derecho, porque
a veces se confunde y quizá, como algunas anécdotas últimas nos han
puesto de manifiesto, las consecuencias son tremendamente diferentes.

Cierto es que la Administración de justicia, desde el punto de vista que
se ha señalado anteriormente de la lentitud y de la claridad, no funciona
correctamente. Ahora bien, la independencia del Poder Judicial en el seno
de nuestro Estado de Derecho entendemos que no admite la más mínima
sombra de duda. Incluso, si en vez de acudir en este caso al Derecho
comparado queremos acudir a la realidad comparada para ver qué es lo que
ocurre en otros países de nuestro entorno, véase la intervención que
puede tener el Ministerio de Justicia francés en la designación de jueces
o la situación que se produce en la justicia italiana, yo creo que no
tenemos nada que envidiarles desde ese punto de vista del Estado de
Derecho. Lo digo porque a veces críticas exageradas que se formulan aquí
tienen luego sus ecos --y lo sabe muy bien también el presidente de la
Comisión de Justicia y algún otro portavoz-- en otros países que
aprovechan alguna de estas anécdotas para poner en duda la existencia en
España de un auténtico Estado de Derecho y luego sacan sus conclusiones
respecto de algunos aspectos de cooperación jurídica internacional. Me
gustaría que quedase claro.

En cualquier caso, la Administración de justicia, como decía
anteriormente, no está funcionando correctamente. Sabemos de sus
complejidades. Yo tampoco querría oponer servicio público a poder, lo
digo porque desde luego no es el mismo comportamiento el que cabe esperar
de la Administración de justicia ni la misma actuación en la jurisdicción
civil, que en el fondo se limita a resolver conflictos entre
particulares, que en la jurisdicción penal, que lo que hace es actuar el
ius punendi del Estado, o en la jurisdicción Contencioso-Administrativa,
en la que le incumbe el control de la legalidad de la Administración. En
cualquier caso, mi grupo siempre ha insistido mucho en que hay que hacer
más hincapié en esa perspectiva de la Administración de justicia como
servicio y, por lo tanto, en la posición y la existencia de auténticos
usuarios cuyos intereses obviamente hay que tutelar.

El libro blanco de la justicia le merece a mi grupo un pronunciamiento
muy favorable. Lo digo porque entendemos que se estudian y se valoran con
una dosis importante de valentía, que quizá podía no esperarse, problemas
importantes de la Administración de justicia en España. Ciertamente,
existirán lagunas. Se ha hablado de que se formulan más diagnósticos que
remedios se recetan. La verdad es que remedios existen en el libro y
bastantes, por lo que nos parece un instrumento que desde luego en el
ámbito parlamentario será de una tremenda utilidad para ir concretando
políticas de mejora de este problema en que se nos ha convertido
precisamente la Administración de la justicia. No sé si esos hados que
convierten a una institución como es la Audiencia Nacional en algo un
poco gafe en nuestro Estado se han trasladado también al libro, porque en
los índices, en lugar de Audiencia Nacional, se habla de Audiencia
Provincial; por lo tanto, cualquiera que pretenda buscar a través del
índice la Audiencia Nacional se va a encontrar con ese problema. O quizás
haya sido por no dar una entrada demasiado triunfal a una situación que
luego se despacha en muy pocas líneas, de lo que cabe entrever pura y
simplemente, después de una afirmación en favor del mantenimiento de la
Audiencia Nacional, una cierta modificación del sistema de acceso de los
magistrados a la misma. En ese sentido, mi grupo estaría totalmente de
acuerdo con el planteamiento del libro blanco, ya que es una institución
que es necesaria y que debe mantenerse, pero hay que revisar el sistema
de acceso al ejercicio de la jurisdicción en el seno de ese organismo.

Por lo demás, como tampoco querría cansar ni al señor presidente ni a los
compañeros, pasaré a efectuar ciertas valoraciones sobre algunos aspectos
del libro blanco. Por lo que hace referencia al epígrafe de jueces y
magistrados, concretamente en materia de selección, formación y
especialización --antes se hablaba de todo el poder para los soviets; no
sé si tenemos que ser también un poco kremlinólogos para entender algún
mensaje que quizá se nos quiera transmitir--, tras la lectura me ha dado
la impresión de que ni la formación ni la especialización están
funcionando correctamente,



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y no digo respecto de la organización de estos servicios sino respecto
del entusiasmo perfectamente descriptible con el que los jueces y
magistrados intentan formarse continuamente o especializarse. Quizás esta
interpretación no sea correcta, pero es lo que podemos deducir del
planteamiento que se efectúa en el libro blanco de la propuesta de
establecer como organización reglamentaria de los jueces y magistrados la
formación continua, por algunas otras experiencias que se producen en mi
propia comunidad y por el epígrafe que se refiere a la especialización,
donde se pone de manifiesto que ningún magistrado aprobó el curso de
especialización en materia civil, sólo uno lo hizo en materia penal y
siete u ocho en materia contencioso-administrativa y en materia social.

Lo que pasa es que como tampoco se dice los magistrados que pretendieron
acceder a esta especialización, se queda uno con la curiosidad o el
interés de saber qué es lo que se produjo en ese caso.

En cuanto a la selección quería también expresar aquí mi adhesión, creo
que era una de las manifestaciones que formulaba mi distinguido colega
don Pablo Castellano y que de alguna manera aparece recogida en el libro.

En el libro blanco se hace referencia a algo tan obvio y tan de sentido
común como que la incapacidad para ejercer funciones jurisdiccionales no
tiene que ser en absoluto la misma ni resolverse sobre el mismo criterio
que para el ejercicio de otras funciones jurídicas, por no hablar ya de
la pura incapacitación en materia civil. Ese es un aspecto que
seguramente debe abordarse, obviamente, con tremenda prudencia pero
también con tremenda responsabilidad. No es normal que existan personas
en la escuela judicial que se sepa que van a acabar ocasionando algún
problema, así como no es normal que en el mundo del Derecho y de las
profesiones jurídicas se sepa que hay personas que están impartiendo
justicia, de cuya capacidad para hacerlo existen dudas, o que la única
forma de que no la impartan sea proceder a la jubilación por disminución
apreciable de facultades. Aquí habría que buscar algunos sistemas más
homologables.

Tenemos también que manifestar que nos parece tremendamente provechosa
esa distinción a la que se alude en el libro blanco entre auditoría e
inspección, dejando lo que es la inspección para las circunstancias más
graves o en las que se han detectado situaciones de mayor emergencia. Los
sistemas de auditoría tendría que funcionar con carácter normal,
periódico y con una absoluta constancia, mientras que la inspección
debiera actuar o proceder ante supuestos de una mayor emergencia, porque
quizás el hecho de hacer coincidir ambas funciones se produce en demérito
tanto de lo que sería una auditoría normal como de la propia inspección.

En cuanto a la oficina judicial tenemos que decir que si bien discrepamos
en algún aspecto concreto, y lo pondremos de manifiesto, para nosotros la
homologación que se pretende de ésta con servicios de naturaleza
administrativa supone indudablemente un paso adelante. Hay un principio
que se recoge en el libro blanco cuya evidencia y necesidad de plasmación
nos puede poner de manifiesto la falta de unanimidad respecto del mismo,
pero cuando se afirma la existencia de principios organizativos válidos
aplicables a cualquier organización humana --cabría entender que sin la
excepción de los jugados y tribunales-- se dice algo que es tremendamente
sensato y en lo que todos, si no coincidimos, debiéramos hacerlo en el
futuro. Por tanto, todo lo que redunde en esa homologación con otros
servicios administrativos, desde las remisiones en el libro a la ley
30/1992, el establecimiento de módulos de trabajo y las manifestaciones
sobre los propios horarios en los servicios administrativos nos parece
que es un paso adelante en la racionalización de la oficina judicial, que
no es una emanación personal del juez ni del tribunal, sino que es una
oficina administrativa que estará a su servicio, y obviamente al servicio
del proceso y de la sentencia, pero que en modo alguno constituye una
emanación personal, como un aura que rodee a la persona del juez o del
magistrado.

También nos tenemos que felicitar de algunas de las reflexiones que se
efectúan respecto de la oficina judicial y su entorno social, porque,
señor presidente, el enfoque de la Administración de justicia desde la
perspectiva de su usuario, que unas veces va con esposas y otras sin
ellas, si algo exige es que ese usuario pueda expresarse ante el órgano
jurisdiccional en la lengua que le es propia. Eso es algo por lo que mi
grupo parlamentario, que es un grupo parlamentario nacionalista que
gobierna una comunidad autónoma y que ostenta una importantísima
representación de esa comunidad en este Congreso de los Diputados,
luchará siempre, pero no luchará porque sea un planteamiento
nacionalista, sino porque da la impresión que no hay nada más común que
el ciudadano se exprese ante la Administración en cualquiera de las
lenguas oficiales, y si además es lengua propia, con más razón. Por lo
tanto, nos felicitamos de apreciaciones que se efectúan en este capítulo.

Nos podemos congratular de sus principios generales y de algún otro
aspecto, pero hemos de decir que todo lo que no sea el reconocimiento de
ese derecho que tiene el usuario a expresarse en la lengua oficial y
propia y todo lo que no sea garantizarlo utilizando los principios del
artículo 9.3 de la Constitución, removiendo aquellos obstáculos que
dificulten o impidan el ejercicio de este derecho, nos parece que no es
una solución correcta. Señor presidente, igual que no entendemos que en
algunos momentos se haya pretendido configurar la Administración
tributaria como una Administración exenta de los principios generales de
la Administración, tampoco entendemos por qué a la Administración de
justicia se la tiene que configurar como una Administración también
exenta de estos principios. Si las leyes de normalización lingüística se
aplican tanto a la Administración periférica del Estado como a la
Administración de la comunidad autónoma, no sabemos por qué
circunstancias debe considerarse a la Administración de justicia como una
zona exenta de estas leyes que, en cualquier caso y sobre la base del
artículo 3 de la Constitución, no hacen sino desarrollar las competencias
propias de las comunidades autónomas. En estos momentos en los que, con
muchísimo acierto y eficacia, existe una escuela judicial en Barcelona,
poca excusa o dificultad existiría a juicio de mi comunidad para que una
persona, después de aprobar la oposición y de seguir durante un año un
curso en esta escuela, tratándose el catalán de una lengua romance,



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estuviese en condiciones inmediatas como juez de responder a este
principio de garantizar el ejercicio de este derecho por parte de
cualquiera de los ciudadanos de Cataluña. En cualquier caso, señor
presidente, quiero decirle que estas últimas palabras tienen obviamente
como presupuesto y como fundamento la apreciación y la felicitación por
lo que se manifiesta en este apartado del libro blanco y de
reconocimiento por lo que en el mismo se efectúa. Por tanto, entiéndase
la crítica por haberse quedado cortos, pero apreciando en lo que vale el
esfuerzo que desde el Consejo se ha efectuado en ese sentido.

Por lo demás, querríamos entrar en ese último capítulo al que han hecho
referencia también otras señorías respecto del gobierno del Poder
Judicial. Lo digo porque esta sensación esperanzadora pero agridulce a la
que hemos aludido tratándose de los derechos lingüísticos y de la
inserción de la oficina judicial en su entorno social se nos reproduce al
examinar este capítulo del gobierno del Poder Judicial. Lo decimos porque
hay aspectos que para nosotros son tremendamente importantes y los
valoramos muy favorablemente, por ejemplo, cuando se hace algo más que
hablar de la posibilidad de que el cuerpo de agentes, auxiliares,
oficiales y otros al servicio de la Administración de justicia, excepto
los secretarios, puedan perder la condición de cuerpo de carácter
nacional y que esto pueda convertirse en un elemento que garantice el
mantenimiento de las oficinas judiciales frente a la movilidad que se
produce en estos momentos, con su mejor inserción en el entorno social y,
por tanto, el conocimiento, en el caso de Cataluña, de las dos lenguas
oficiales. Desde esa perspectiva nos parece tremendamente acertado; se
nos queda corto porque la posición de la coalición a la que represento es
que los secretarios judiciales también tendrían que perder esa condición
de cuerpo de carácter nacional.

Se habla, obviamente, de la territorialización del Consejo General del
Poder Judicial, pero sobre la pura y exclusiva base de delegación de
funciones en las salas de gobierno. Mi grupo entiende que el mismo
principio de que el Consejo General del Poder Judicial sea elegido por
ambas Cámaras fundamentaría exactamente igual que en la elección del
órgano territorial del Consejo, la Sala de gobierno --si no queremos
llegar a un Consejo territorial del Poder Judicial-- también hubiese
intervención del Parlamento autonómico, que representa al pueblo de la
comunidad autónoma y en nuestro caso al pueblo de Cataluña.

La distribución de funciones que se pretende entre el Consejo General del
Poder Judicial y las administraciones de las comunidades autónomas puede
tener ciertamente algunas ventajas de simplificación, y como se reconoce
en el propio libro sería el Ministerio de Justicia el que daría
determinados apoyos a órganos judiciales no territorializados. Sin
embargo, también tengo que poner de manifiesto que esa abducción que se
pretende de los secretarios judiciales o de las funciones de gestión,
mejor dicho, hacia el Consejo General del Poder Judicial no supone que
sea ciertamente artificial. Una lectura detenida de este capítulo pone de
manifiesto que las funciones de gestión --y estamos hablando de servicios
administrativos sin oficina judicial, de servicios comunes a diversas
oficinas judiciales-- se encomiendan a los secretarios. No habría
problema, y así se recoge, en que puedan ser asumidas por jueces y
magistrados, pero da la impresión de que pueden ser asumidas por
cualquiera que no determine que exista un título de intervención de las
comunidades autónomas sobre las facultades de gestión de esos servicios.

No entendemos por qué no se ha efectuado el planteamiento de que esas
facultades de gestión puedan ser asumidas por gerentes y no por
secretarios, jueces o magistrados, pues en cualquier caso da la impresión
de que la formación que han recibido en la Escuela Judicial es para otra
cosa, porque, si no, hubiesen ido a hacer un master a ESADE o a IESE, o
algún sitio por el estilo. Creo que de lo que se trata en el fondo es de
poner una barrera a que desde los gobiernos autonómicos se pretenda
intervenir en esa gestión. Dejen a los jueces y magistrados impartiendo
justicia; si acaso, atribuyan funciones cuasi jurisdiccionales a los
secretarios, pero permitan que las facultades de gestión de estos
servicios las hagan los secretarios, teniendo esa doble función, cuasi
jurisdiccional, parajurisdiccional o hasta jurisdiccional y de gestión, o
que las realicen otras personas y permitan que en ese ámbito sí que
exista esta intervención por parte de las comunidades autónomas.

Finalmente queríamos hacer alguna referencia a los tribunales superiores
de Justicia. Sobre la base de la existencia de un derecho propio y de lo
que siempre hemos entendido, y es que estos tribunales superiores de
Justicia del artículo 152 eran para las comunidades del artículo 151, que
no iban a ser todas, porque ése era el planteamiento constitucional, es
fundamental la configuración y la identificación del Tribunal Superior de
Justicia como un tribunal de casación. No sabemos lo que ocurrirá, nos lo
imaginamos obviamente, en algunas salas de lo Civil y Penal de algunos
tribunales superiores de Justicia que seguramente tienen poco trabajo. No
creo que sea el caso del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que
tiene esta función casacional en materia civil, en materia de nuestro
derecho propio. No es la posición de mi grupo, que ha presentado las
enmiendas oportunas a la nueva ley de lo Contencioso-Administrativo, para
que quede muy claro que será el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
quien conozca de los recursos de casación para unificación de doctrina
entre sus secciones y recurso de casación en interés de ley y recurso
obviamente de casación en aquellos casos en los que la norma que se
estime infringida sea una norma emanada de la comunidad autónoma, y, por
tanto, lo manifestamos así con mucha claridad. Atribuir funciones de
apelación en materia de vigilancia penitenciaria a una sala de lo Civil o
de lo Penal no cuadra con nuestro esquema del Tribunal Superior de
Justicia como última instancia del Poder Judicial en la comunidad
autónoma, sin perjuicio de las competencias del Tribunal Supremo.




El señor PRESIDENTE: Señor Silva, le ruego concluya.




El señor SILVA SANCHEZ: Con esto, y atendiendo al amable requerimiento
del señor presidente, concluiría la



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intervención, no sin retomar el hilo inicial. Creo que el Consejo debe
sentirse felicitado y todos nos debemos felicitar por esta nueva etapa
--lleva poco más de un año-- de funcionamiento. También debemos
felicitarnos porque estoy convencido de que el libro blanco sometido a
crítica es un instrumento que será fundamental para la actuación
legislativa en esta materia, mejor en los próximos meses que no en los
próximos años. Por lo demás, quiero compartir, para terminar, la
preocupación por la situación en la que se encuentran algunos órdenes
jurisdiccionales, pero no hemos venido aquí a hablar de procedimientos
judiciales, ya lo haremos en otro momento y, por tanto, me excuso de
entrar a valorar los mismos.




El señor PRESIDENTE: Señor Delgado.




El señor PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL (Delgado
Barrio): Señor presidente, ante todo empiezo por agradecer a todos los
grupos parlamentarios su bienvenida. Este agradecimiento se extiende muy
destacadamente a la aceptación de la técnica de las sugerencias. No
significa naturalmente que se acepte el contenido de todas y cada una de
ellas, pero sí he visto que esta Comisión de Justicia admite claramente
que el Consejo las formule.

Todavía con carácter general quiero destacar que, como antes señalaba, el
libro blanco es un punto de partida para la reflexión parlamentaria. No
significa que el Consejo pretenda que todas y cada una de la soluciones
que en el libro blanco aparecen vayan a ser aceptadas en sus puros
términos. Sencillamente creemos que la representación del pueblo, en el
que reside la soberanía nacional, puede desarrollar una reflexión sobre
estas bases que será tremendamente fructífera. También todavía con
carácter general quiero añadir que varios de los diputados han
manifestado claramente su deseo de conocer en qué medida el Consejo está
comprometido con su libro blanco. Está comprometido hasta el máximo.

Hasta ahora se ha limitado a elaborarlo; a partir de ahora tendrá que ver
el catálogo concreto de soluciones que ahí están, dispersas a lo largo de
las páginas del libro, pero que se van a concretar y cuya ejecución
tendrá plazos temporales. En estos términos creo que las memorias de años
sucesivos, aparte de otros extremos a los que luego me referiré, deben
tener un capítulo destinado a comprobar y a poner de relieve en qué
medida se ha podido cumplir el plan de actuación que es ese libro blanco.

Con carácter general aún les voy a indicar que aspiro a que mi
intervención sea breve, no tanto por la hora cuanto porque el
ofrecimiento que se ha hecho por los diputados en el sentido de que el
Consejo pudiera tener una mayor colaboración con la Comisión de Justicia
es un deseo que el Consejo comparte plenamente y cree que esa
colaboración, que podría versar sobre temas monográficos, no con carácter
general, sino sobre algún tema en concreto que preocupa del libro blanco,
podría ser fructífera y esa colaboración de las Cortes Generales con ese
órgano constitucional que es el Consejo General del Poder Judicial podría
dar lugar bien a sesiones como la que ahora estamos celebrando o bien a
sesiones de tipo seminario, que también se han propuesto.

Siguiendo el orden, empiezo por el Grupo de Izquierda Unida y contesto al
señor Castellano. Sobre su referencia a que no debe descalificarse por su
falta de conocimientos técnicos la opinión de los ciudadanos,
evidentemente, el Consejo General del Poder Judicial ha dejado claro su
propósito y ha buscado las encuestas para saber lo que piensan los
ciudadanos. De ninguna manera pretende descalificar la opinión de los
mismos por su falta de conocimientos técnicos; antes al contrario, a lo
que aspira el Consejo es a que la motivación sea clara para ellos. Antes
decía: sentencias claras, dice el artículo 359 de la Ley de
Enjuiciamiento Civil. ¿Claras para quién?, decía yo. Es evidente que
después del artículo 24 de la Constitución --derechos e intereses
específicos de los ciudadanos-- la motivación debe ser clara para ellos.

Comparto plenamente la posición expuesta por el señor diputado, quien no
creo que haya puesto en duda cuáles eran los propósitos del Consejo.

Procesos más ágiles. Evidentemente ésa es la tendencia del libro, que
aspira a un proceso fundamentalmente oral, con plena inmediación y con
plena concentración, con lo cual, en definitiva, no hace más que seguir
lo que le manda el artículo 120 de la Constitución, que señala que el
procedimiento será predominantemente oral, especialmente en materia
criminal. Es cierto que el artículo 120 de la Constitución ha sido
interpretado frecuentemente en el sentido que la oralidad se refiere sólo
al proceso penal. No es eso lo que dice. Establece un principio de
predominio de la oralidad que, además, se intensifica en materia penal,
pero, en las restantes jurisdicciones hay también predominio de la
oralidad. En esta línea está plenamente de acuerdo el Consejo, que no
sólo invoca en este terreno el mandato constitucional, que ya sería
bastante, sino que tiene muy en cuenta el precedente que representa la
jurisdicción laboral. La oralidad ha dado un excelente resultado.

En cuanto a la oficina judicial, el Consejo considera los servicios
comunes como una buena solución, siempre con la flexibilidad que deriva
de: juzgado de pueblo, juzgado de capital; muchos juzgados, pocos
juzgados, etcétera. No es una solución fija y determinada rigurosamente
en todos sus términos sino flexible que pretende el Consejo que se adapte
--es, pues, una solución relativa-- a las características de los
distintos órganos jurisdiccionales.

Acceso a la carrera. ¿Por qué quieren ser jueces? ¿Por qué se pregunta a
los de segundo turno y no a los de oposición? En Nueva York, hace unos
meses, una comisión que hay dentro del Colegio de Abogados para ver quién
quiere ser juez entre los abogados nos ponía de relieve la idea de que
como un abogado gana más dinero que un juez, el Colegio de Abogados
necesitaba saber por qué aquel señor quería ser juez si iba a ganar menos
dinero que de abogado. Este es el origen de la pregunta; pregunta que no
tendría ninguna relevancia respecto del juez que prepara las oposiciones
porque, normalmente, no está ganando ningún dinero, de manera que aquí se
está sugeriendo la posibilidad de tener en cuenta ese precedente
americano que expresa una cierta desconfianza hacia el abogado que
ganando mucho



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dinero quiere ser juez ganando menos. Es una desconfianza de origen
americano.

Sustitutos y magistrados suplentes. Los sustitutos están ganando lo mismo
que los titulares. En conjunto, estamos pagando --no me refiero al
Consejo sino a los ciudadanos españoles-- alrededor de 2.300 millones de
pesetas a los sustitutos y magistrados suplentes. No llamo la atención
sobre lo que cobran los jueces de provisión temporal, porque ésos, en
cuanto cubren plaza vacante después de concurso, cobran el sueldo que en
el presupuesto estaba asignado. Quiero decir que el tema sobre el que
llamaba la atención tiene una extraordinaria relevancia. El Consejo está
profundamente preocupado por estos 2.300 millones de pesetas y aspira a
que pueda racionalizarse este gasto por la vía de las comisiones de
servicio, a ser posible sin relevación de funciones.

Necesidad de los magistrados suplentes. Nos encontramos con unos órganos
jurisdiccionales con una sobrecarga de trabajo tremenda, y está la
experiencia del magistrado que se acaba de jubilar, que nos parece que no
puede desaprovecharse. En cuanto a las reservas que manifestaba sobre
estos magistrados suplentes del Tribunal Supremo, turno por el que se les
llama, etcétera, en concreto, en el Tribunal Supremo los magistrados
suplentes están realizando el mismo trabajo que hacen los titulares
habitualmente todos los días, hacen las mismas ponencias. En cuanto a la
sala a la que aludía el señor diputado, he de decir que los magistrados
suplentes no entran en las causas especiales, en las causas de aforados,
sino que entran sólo en lo que podríamos llamar causas ordinarias. No
entran nunca en causas de procesados aforados.

Timidez laboral. En cuanto a esta expresión, que tiene toda esa finura
que tenía nuestro querido amigo Antonio Hernández Gil, tengo que decir
que el Consejo está desarrollando en la actualidad una actividad
inspectora importante en relación con la productividad. La palabra ya sé
que es horrible, pero es expresiva. En cuanto a la productividad de los
jueces, se han impuesto algunas sanciones disciplinarias importantes en
lo que va de año 1997 --no les doy las cifras de 1996 porque las tienen
en la memoria-- como, por ejemplo, dos sanciones que se han puesto de año
y medio por retraso injustificado y reiterado; una suspensión de un año
por retraso injustificado y una multa de 200.000 pesetas por la misma
cuestión. Es decir que, en lo que va de año, con carácter muy grave o
grave, se han impuesto las cuatro sanciones a las que acabo de hacer
referencia. No es que el Consejo esté en modo alguno orgulloso de su
potestad disciplinaria; la cumple con objetividad.

La crítica de la sentencia y el desacato. Yo sé que este tema es
recurrente y son varios los diputados que lo han puesto sobre la mesa.

Voy a contestar al primer diputado que lo ha formulado y ruego a los
demás que entiendan que la respuesta va dirigida a todos. El señor
diputado preguntaba si había alguna sugerencia del Congreso en este
sentido; no hay ninguna sugerencia, no se ha formulado ninguna
sugerencia.

¿Cuál es el tema sobre el que está reflexionando el Consejo?
Reflexionando. De ninguna manera se trata de resucitar el viejo delito de
desacato; de ninguna manera se trata de crear una nueva figura delictiva,
de ninguna manera; con la lista de delitos que hay en el Código Penal,
con la tipificación de delitos que se hace en el Código Penal, el Consejo
cree que basta perfectamente. No hay ni nuevo delito de desacato, ni
nueva figura de delito, ni nueva tipificación, ni nuevo nombre, nomen
iuris, de delito. No, no se trata de nada de esto. Ahora bien, el Consejo
ha visto con preocupación que la crítica de la sentencia, viable y
deseable siempre, ha dado un salto y se ha concretado en la expresa
atribución de un delito de prevaricación a jueces determinados. El
Consejo ve esto con preocupación. La libertad de expresión, la libertad
de información veraz, tiene carácter absolutamente esencial en toda
sociedad democrática, absolutamente esencial. Pero el Consejo cree, y no
pienso que haya mucho debate al respecto, que la libertad de expresión,
la libertad de información veraz, no alcanza a la calumnia. La calumnia
es la falsa imputación de un delito; creo que estamos todos de acuerdo en
que la libertad de expresión, la libertad de información veraz, no puede
amparar nunca la calumnia, que es la falsa imputación de un delito. No se
trata de resucitar el viejo desacato, no se trata de crear una nueva
figura delictiva, sino de algo mucho más concreto. Insisto, éste es un
tema sobre el que está reflexionando el Consejo.

Vayamos a un delito que ya está en el Código Penal: el delito de
calumnia; no lo vamos a inventar, está ya en el Código Penal. Vayamos a
la posibilidad de que esa calumnia tenga como sujeto pasivo un juez; no
estamos inventando nada, eso está dentro del Código Penal. Vayamos al
supuesto concreto de que la calumnia que se dirige contra el juez se
refiere precisamente a una actuación en el ejercicio de sus funciones.

Este es el supuesto de hecho que vamos a contemplar: primero, calumnia;
segundo, contra juez, sujeto pasivo del delito, y, tercero, por
actuaciones desarrolladas en el ejercicio de sus funciones. No vemos otro
tipo de calumnia, sino sólo la que está dirigida contra el juez;
podríamos ampliarlo al funcionario público en general, pero el tema que
nos preocupa es el del juez. Es una calumnia, es la falsa imputación de
un delito, va dirigida contra un juez y se refiere a actuaciones en el
ejercicio de sus funciones.

¿Qué es lo que ocurre cuando en la vida real se produce la atribución al
juez de un delito de prevaricación? El juez no denuncia nunca y me atrevo
a vaticinar que no va a denunciar tampoco en el futuro; el juez acepta
estoicamente la crítica, la crítica razonada y razonable, pero, en el
caso de la atribución del delito de prevaricación, no reacciona con la
denuncia; el juez es enemigo temperamentalmente de acudir al juzgado de
guardia para denunciar la calumnia. Hay que advertir que, si el juez
denunciara y el supuesto --siempre supuesto, claro está-- presunto
calumniador fuera parte en el proceso, la denuncia del juez estaría
generando una causa de recusación; de manera que, aparte de que
temperamentalmente el juez no tiene talante denunciante, aparte de eso,
si denunciara, estaría prefabricando, estaría integrando, estaría
constituyendo una causa de recusación. Esto por un lado.

Por otro, SS. SS. conocen perfectamente la preocupación grande del
Consejo por la imagen de la justicia; al



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Consejo le preocupa más la realidad de la justicia que su imagen, pero
también le preocupa la imagen de la justicia, cuyo valor en un Estado
democrático ha puesto reiteradamente de relieve el Tribunal Europeo de
Derechos Humanos. ¿Qué ve el ciudadano? El ciudadano ve que a un juez se
le llama prevaricador, se le dice que ha cometido un delito de
prevaricación, y no pasa nada; ni al juez le condenan por un delito de
prevaricación, ni al presunto calumniador, presunto, le condenan por un
delito de calumnia; no pasa nada. Ese argumento, ese principio, que está
latente en la vida diaria de la sociedad, y según el cual cuando el río
suena agua lleva, da lugar a que se vaya enrareciendo y oscureciendo la
figura del juez.

Pero hay más, recuerdo que el supuesto de hecho que estamos contemplando,
y para el que vale, sólo para ese supuesto de hecho, todo lo que estoy
diciendo, es el de un juez al que se atribuye un delito cometido en el
ejercicio de sus funciones. Aquí no está sólo en juego el honor del juez,
que lo está, sin duda; hay también un peligro para la credibilidad de la
justicia, que es un valor importante en una sociedad democrática. Si se
abriera proceso sobre esa supuesta --siempre supuesta-- calumnia dirigida
contra el juez por actuación cometida en el ejercicio de sus funciones,
hay exceptio veritatis, es decir, la persona denunciada como calumniadora
podría decir: es que esto es cierto y al interés público le interesa
saber si es cierto o no que el juez es un prevaricador. Pero si aquello
no era cierto, el supuesto calumniador pasaría a ser calumniador
condenado por sentencia y entonces se sabría claramente que el delito de
prevaricación no había existido.

En definitiva, sobre la base de todo esto que estoy diciendo, lo que está
contemplando el Consejo, la reflexión del Consejo, va dirigida
exclusivamente a reflexionar sobre la posibilidad de que ese delito
atribuido al juez, esa calumnia contra el juez relativa a hechos
desarrollados en el ejercicio de sus funciones, pudiera ser perseguible
de oficio o, por lo menos, a instancia del Consejo General del Poder
Judicial. Este es exactamente el tema sobre el que está reflexionando el
Consejo, que todavía no ha llegado a ninguna decisión al respecto. Pero
de lo que no se trata de ninguna manera es de resucitar un viejo delito
de desacato, ni de añadir una nueva figura delictiva, sino simplemente de
contemplar la posibilidad de que la legitimación activa de la denuncia,
que hoy sólo tiene el juez, es decir, la calumnia contra el juez, aunque
se refiera a hechos cometidos en el ejercicio de sus funciones, sólo es
perseguible con denuncia del juez; lo que se está contemplando es la
posibilidad de que, sin denuncia del juez, el ministerio fiscal, por sí o
bien a instancia del Consejo General del Poder Judicial, pudiera poner en
movimiento el proceso penal, un proceso penal caracterizado, como he
dicho, por la posibilidad de la exceptio veritatis. Esto es lo que está
pensando el Consejo General del Poder Judicial, sin que todavía haya
llegado a una conclusión.

En cuanto a la consideración como causa de recusación, la del impacto en
la opinión pública, señor diputado, yo tengo una regla fundamental, que
es la de que creo que no debo opinar nunca sobre el acierto o desacierto
de una decisión judicial. Si en algún momento dijera que una resolución
judicial me parece acertada o desacertada, estaría prefigurando el
contenido de una resolución judicial ulterior en la que, por vía de
recurso, se viera si era acertada o no la resolución judicial. Es cierto
que las decisiones en materia de recusación no son susceptibles de
recurso; sin embargo, al recurrir la sentencia, cabe invocar el tema de
la recusación.

Crítica de los abogados. Ciertamente, el libro blanco no ha querido hacer
una crítica de los abogados. Pensamos que ésa es una función que
corresponde a otros grupos. En cualquier caso, hemos visto --y lo
decimos--, en el supuesto de los abogados de turno, de justicia gratuita,
qué porcentaje de los procesados que han estado en prisión ha sido
visitado o no en la prisión y también hemos dicho qué porcentaje, en los
supuestos de que no ha existido prisión, ha tenido un contacto previo con
el abogado antes de su declaración, bien en el juzgado, bien en el juicio
oral.

Por lo que se refiere a la especialización, el libro blanco apuesta
decididamente por ella con la complejidad del ordenamiento jurídico, y
creo que S. S. está de acuerdo con esta línea
No hemos hecho una relación circunstanciada de necesidades. Es cierto. No
la hemos hecho porque creemos que va a salir más completa del libro
blanco. En concreto, aunque no está incorporada al libro blanco y los
diputados no han podido verla, sí tenemos hecha ya la relación de plazas
u órganos jurisdiccionales de necesaria creación, está clasificada por
orden de urgencia, según la situación más o menos dura de la carga de
trabajo del órgano jurisdiccional, y además se está aplicando ya en la
Comisión Mixta Consejo-Ministerio de Justicia.

Por lo demás, si las Cortes decidieran remitir al Consejo las
proposiciones de ley, el Consejo vería con extraordinaria satisfacción
que pudiera ser oído, que pudiera ser conocido su parecer respecto de los
temas que surgen en el curso de una tramitación parlamentaria, por vía de
enmienda o simplemente por proposición de ley. El Consejo vería con gran
satisfacción, repito, que en estos casos se oyera su parecer.

Señora diputada, ya he dicho en la introducción que el Consejo está de
acuerdo plenamente en la existencia de más comparecencias, que el Consejo
en su condición de órgano constitucional está plenamente dispuesto a
colaborar con el Parlamento en todo aquello que pueda redundar en
beneficio de los temas que son competencia del Consejo.

Proyecto docente. Existe con gran amplitud y con gran detalle. Si S. S.

lo quiere ver, se lo puedo mandar, bien directamente o bien a través de
la Comisión de Justicia. Como quiera. En términos generales, muy
brevemente, se trata de que en la oposición a ingreso se verifiquen los
conocimientos de índole jurídica y después, en la escuela, en el curso
teórico-práctico, se completen esos conocimientos y además, naturalmente,
se pongan en práctica los conocimientos teóricos que ya venían de la
oposición. No se trata sólo de que esos conocimientos teóricos se
apliquen luego en los juzgados, se practiquen en los juzgados, sino que
además la práctica de éstos sea discutida en la Escuela judicial
colectivamente, con objeto de que se beneficien



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unos alumnos de lo que han aprendido otros y, además, con capacidad
crítica para ver si aquellas soluciones que se están poniendo en práctica
en los juzgados son efectivamente razonables o no a juicio de los alumnos
que el día de mañana, al día siguiente, van a ser jueces independientes,
es decir, que no van a quedar vinculados por prácticas que hayan podido
aprender en los distintos juzgados.

Este año hay un recorte presupuestario en el terreno de la formación
continuada. La apuesta del Consejo a favor de la formación continuada es
completa. El Consejo está plenamente decidido a continuar y a fortalecer
esa formación. ¿Por qué tenemos este año un recorte presupuestario? Hemos
creído que podía integrarse dentro del concepto de la formación
continuada la puesta a disposición de todos los jueces, que todavía no lo
tienen, de los lectores de jurisprudencia. El Cendoj, el centro de San
Sebastián, va a tener informatizada toda la jurisprudencia y, a través de
estos lectores, los jueces van a poder tener acceso directo a la misma e
información bibliográfica. Hemos entendido que este recorte
presupuestario, que por una sola vez va a tener el plan de formación
continuada, se veía compensado claramente con esa posibilidad de tener
acceso directo al Cendoj y tener un conocimiento constante de la
bibliografía y de la jurisprudencia. Se trata de un recorte que es
estrictamente coyuntural y sólo, desde luego, para este año.

Voy a procurar ser más breve, señores diputados, no teman ustedes. Espero
ser fiel a mi promesa.

La inspección. La inspección no es sólo un órgano de control para
sancionar. Aspira a ser un órgano a través del cual el Consejo tenga
conocimiento de la realidad viva de los juzgados como instrumento de
ayuda, como instrumento de conocer disfunciones que pueden no tener que
ver nada con la potestad disciplinaria, con objeto de elaborar incluso
criterios generales para la organización de los juzgados. Fuente de
conocimiento para ayuda, para elaboración de criterios generales y no
sólo cara previa de la potestad disciplinaria.

Por lo que se refiere a la motivación de las sentencias, en la parte
inicial me he referido a la idea del Consejo. Ahora recuerdo exactamente
el matiz de su intervención; sólo tenía apuntado, motivación de las
sentencias. No resulta viable, en mi opinión, claro está, que en el tema
de la motivación de las sentencias, suficiencia o insuficiencia, el
Consejo pueda optar por la vía disciplinaria. Su señoría conoce
perfectamente cómo el Consejo tiene que tener --lo tiene y lo ha tenido
siempre-- un especial rigor consigo mismo a la hora de delimitar su
ámbito de actuación, un rigor que el Consejo tiene consigo mismo
precisamente en defensa de la independencia judicial, que se manifiesta
en todo lo relativo al ámbito jurisdiccional.

Horario. La regulación del horario no es buena. Si leemos el artículo 455
de la Ley Orgánica del Poder Judicial, podemos llegar a la conclusión de
que la jornada laboral y el horario es competencia del Ministerio de
Justicia o, en su caso, de las comunidades autónomas que han asumido
competencias en la materia. La lectura de dicho artículo 455 nos puede
llevar perfectamente a la conclusión de que el horario es competencia en
unos casos del Ministerio, todo, y en otros casos de la comunidad
autónoma, todo. Esta lectura del 455 de la Ley orgánica entra en
flagrante contradicción con el artículo 189 de la misma, que dice que el
horario es competencia del Ministerio de Justicia, oído el Consejo
General del Poder Judicial y las comunidades autónomas con competencias
en la materia; oída la comunidad autónoma competente. Según el artículo
189, pues la competencia para la fijación de la jornada y del horario
judicial ya no es de la comunidad autónoma con competencias, que ha de
ser oída, sino del Ministerio de Justicia.

Más problemas. El control, sin duda, va a ser del secretario, pero luego
está el tema de la potestad disciplinaria. Si leemos el artículo 455
podemos pensar que la competencia disciplinaria es de la comunidad
autónoma que tiene competencias en la materia. Si nos trasladamos al 464,
que está muy cerca, veremos que la competencia disciplinaria le
corresponde para determinadas acciones al juez o la Sala de gobierno;
para otras, al ministro de Justicia, y para otras, al Consejo de
Ministros, con la particularidad de que las decisiones del juez, el
presidente del Tribunal o la Sala de gobierno son recurribles ante el
Ministerio de Justicia, posibilidad ésta de recurso que, naturalmente,
resulta profundamente extraña.

Con todo este cuadro de complejas normas legales, a veces
contradictorias, no es que resulte difícil proceder a salvar la
contradicción. Saben SS. SS. que las contradicciones legales se resuelven
por dos vías distintas. La primera, la conciliación sistemática. Cuando
encontramos dos normas contradictorias, lo primero que debe hacer el
intérprete es la conciliación sistemática. Decir: en unos cuantos
supuestos de hecho, aplicamos la norma A, y en otros cuantos supuesto de
hecho, aplicamos la norma B. Salvamos las dos normas, porque el
ordenamiento jurídico quiere que todas las normas tengan eficacia y
virtualidad. Por tanto, la primera vía para resolver la contradicción
normativa es la conciliación sistemática, que consiste en distribuir los
supuestos de hecho en dos grandes categorías, aplicando en uno la
normativa A y en el otro la B. Cuando la conciliación sistemática no
resulta posible, la vía para la decisión de las contradicciones legales,
las antinomias, es la de entender que dos normas contradictorias se
anulan entre sí, se crea la laguna y entran los principios generales del
Derecho. Perdón por este excurso absolutamente imperdonable, teniendo en
cuenta la hora.

Lo que quiero decir es que ese conjunto de normas difíciles de
interpretar admite una solución que, en definitiva, por el principio de
especialidad, nos puede llevar más al artículo 189 que al 455. En
cualquier caso, el propósito decidido del Consejo en este terreno es
hacer una sugerencia a fin de llegar a una normativa terminantemente
clara. Por lo demás, están desarrollándose ya algunas inspecciones en
materia de horarios. Desde luego, la estadística está mal. Empiezo por
reconocer que la estadística que llevamos en el Consejo no es
suficientemente expresiva. Este es un problema del Consejo y que debe
resolver el Consejo.

Política disciplinaria. El parámetro de política disciplinaria es el
principio de legalidad, el principio de tipicidad, la conducta está
tipificada o no lo está. En ese terreno, la política del Consejo es la de
la pura legalidad, por el principio de tipicidad que S. S. conoce
perfectamente. Por lo



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demás, ha aludido S. S. a algún problema reciente y ha habido otra
alusión después. Le querría decir que sobre ese tema reciente hay tres
expedientes que naturalmente llevan su tiempo, porque las garantías son
las garantías. Yo comprendo que el tiempo, al resolver un expediente,
resulta perjudicial desde el punto de vista de la opinión pública, pero
las garantías de un procedimiento disciplinario deben mantenerse
constantemente.

Política informativa. Dos cauces: A, reacción frente a problemas
concretos. B, orientación de carácter general a nuestros ciudadanos, que
vayan conociendo perfectamente --que ya la van conociendo-- la posición
del juez ante el ordenamiento jurídico y ante nuestra sociedad.

Productividad. Veinticuatro sentencias al año. Francamente, yo no sé qué
caso puede ser el del juzgado con 24 sentencias en un año. Lo que sí le
digo es que si esto fuera así y no tuviera alguna causa, enfermedad,
vacante, etcétera, probablemente podría ser motivo de corrección
disciplinaria.

En el orden personal, señora diputada, tengo que decirle que no estoy
convencido de que los magistrados de lo contencioso-administrativo no
sean los que peor viven. Creo que están haciendo una gran labor, una gran
tarea; en el año 1996 han terminado 113.000 asuntos. Ya sé --los
repetidos-- que estas estadísticas pueden no ser reales, pueden no
reflejar un verdadero trabajo, por los asuntos repetidos. Frente a los
asuntos repetidos, la posición del Consejo es muy clara, hay que
desarrollar una tarea de clasificación previa, conocer exactamente cuáles
son los asuntos repetidos que hay y o bien la acumulación, que produce
malos resultados, o bien, elegir uno, que normalmente será el primero o
el más típico de todos los que se plantean, tramitarlo y resolverlo,
paralizar los demás, y después, una vez que está resuelto el
recurso-madre, aplicar, extender la fuerza de la cosa juzgada a todos los
demás recursos contencioso-administrativos que sean exactos.

Calendario del Consejo. El Consejo, una vez que haya hecho la lista de
sus sugerencias, competencias suyas o no suyas, tendrá un calendario,
que, naturalmente, será mucho más intenso para las materias que sean
competencia del propio Consejo.

En cuanto al compromiso del Gobierno con el libro blanco, le puedo decir
que el presidente del Gobierno me ha dicho que estaba absolutamente
decidido a convertir en realidad los aspectos del libro blanco que les
parezcan convincentes. Porque con el libro blanco nunca hemos pretendido
que vaya a misa todo lo que en él se dice; lo que hemos pretendido es
crear un clima de reflexión, en el que nuestras soluciones vengan a ser
punto de partida, cauce de debate o de reflexión. Yo no haría una defensa
numantina de ninguna de las soluciones que hay en el libro blanco; me
sentiría completamente satisfecho si el libro blanco sirviera para que
hubiera deliberación sobre un punto concreto y se alumbrara una solución,
que puede perfectamente no ser la del Consejo. Simplemente, si es germen
de reflexión y causa concreta de una solución, aunque no sea la nuestra,
el Consejo se sentiría plenamente satisfecho.

La distribución de competencias. Es verdaderamente un problema. Nos
encontramos con un Estado autonómico, lo cual implica una asunción de
competencias por parte de las comunidades autónomas, con una competencia
exclusiva del Estado, según el artículo 149.1.5. de la Constitución. En
estos términos, nosotros creemos que las competencias del Ministerio de
Justicia debían ser en concreto: medios personales y materiales de los
órganos jurisdiccionales de ámbito nacional, como es el Tribunal Supremo
y la Audiencia Nacional, ministerio fiscal y, muy destacadamente, la
iniciativa legislativa, que es lo que creemos que debe justificar muy
especialmente a un Ministerio de Justicia, que tiene esa función de la
iniciativa como contenido de mayor relevancia. Por lo demás, en cuanto al
reparto de competencias entre el Consejo y las comunidades autónomas,
nosotros queremos hacer alguna sugerencia en este terreno.

Señora diputada, no sé si he dejado de contestar a alguna cuestión, es
posible, pero será porque no he tomado nota.

Efectivamente, el libro blanco es un plan de actuación, en lo que al
Consejo se refiere. En lo que resulte competencia de otros poderes
constitucionales, acabo de decir que lo que hemos querido es provocar la
reflexión y el debate. Insisto en que si un problema que hayamos visto en
el libro blanco da lugar a reflexión y produce una solución para el
problema, aunque no sea la del Consejo, éste se sentiría completamente
satisfecho en ese terreno que no es de su competencia. Porque, en lo que
es competencia del Consejo, ahí fijará, con plazos, cuál va a ser su
actuación.

Módulos ideales y de urgencia. Los ideales no se han podido elaborar
todavía porque queremos que este tema sea ampliamente tratado con los
jueces y con las organizaciones judiciales, ya que preocupa mucho entre
los jueces. En cualquier caso, es un tema que se verá en el primer año
del cuatrienio que vamos a tener, si Dios quiere, para la realización del
libro blanco.

En cuanto a la inspección, ya he dicho antes que no debe verse como la
antesala de la disciplina sino, al contrario, como una fuente de
conocimiento para ayudar, para detectar deficiencias y para generar
criterios generales.

La justicia es poco fotogénica por muchas razones. La palabra justicia
abre en el alma del ciudadano un extenso y bello horizonte. Los jueces
nunca llenaremos ese extenso y bello horizonte. Y porque el ciudadano
espera tanto de la justicia, la sed de derechos del ciudadano se vuelve
hacia los jueces. Precisamente por ello Otto Bachof, en un famoso y
precioso discurso rectoral, titulado Jueces y Constitución, pone de
relieve cómo la crítica a los jueces es más dura que a otros personajes
públicos porque de ellos se espera más. De manera que esa tremenda
exigencia, esa tremenda sed del ciudadano que se pretende que calme el
juez, es algo que no vamos a calmar nunca y que, por consiguiente,
siempre seremos criticados. El que pierde el pleito va a decir que esto
no va bien y el que gana el pleito siempre pensará que tenía razón y,
además, que ha ganado muy tarde y que le ha costado mucho dinero el
abogado. De manera que tiende a salir mal en la foto. Añadamos a esto que
el juez muchas veces tiene que dictar sentencias impopulares. Le podría
citar ejemplos recientes y clásicos en nuestra historia judicial, como es
el del crimen de



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Cuenca. A mí me contaron en los años cincuenta que en Cuenca todo el
mundo esperaba la pena de muerte; afortunadamente no se impuso la pena de
muerte y al cabo de unos años apareció Grimaldos, el supuesto muerto que
estaba vivo y que había estado viviendo aquellos años en un pueblo
cercano. Aquella sentencia fue muy impopular porque no se puso la pena de
muerte. El juez está sometido al ordenamiento jurídico, tiene que
resolver de acuerdo con las exigencias del ordenamiento jurídico y, por
consiguiente, con frecuencia tiene que dictar sentencias impopulares. Esa
es su servidumbre.

Creo que la realidad de la justicia es mejor que la imagen. Yo sé que la
justicia es extraordinariamente lenta, creo que tenemos defectos
estructurales, de organización y de funcionamiento, pero, señor diputado,
tengo la convicción de que la justicia es independiente. Yo sé que ésta
no es la imagen que se está teniendo esta temporada. Sin embargo, lo que
sí le digo es que en el fondo de mi alma no tengo preocupación por la
independencia de los jueces.

Aludía S. S. al supuesto en el que el Consejo le manda unas actuaciones
al Tribunal Supremo por si fueran delito, el Tribunal Supremo dice que no
y luego no pasa nada. Antes me he referido a este problema, a propósito
de alguna otra intervención de un diputado, y ya le decía que en este
momento había tres expedientes, que yo recuerde.

Obligatoriedad de la formación. Es un tema que apenas si tiene interés,
porque son los jueces los que están deseando participar en esos cursos de
formación continuada. En mi opinión, es un deber profesional formarse
continuadamente. Ahora bien, lo que ya resulta discutible es que esa
formación continuada no la pueda uno desarrollar en su casa estudiando y
tenga que acudir a un curso, pero no es ése el problema que hoy tenemos
porque generalmente para cada curso hay muchas más peticiones que plazas
de las que podamos disponer.

Silencios del libro blanco. Vamos a hablar ahora de los silencios y no
del coronel Branble, sino del libro blanco. Elección de los vocales del
Consejo General del Poder Judicial. Este Consejo se siente con
legitimidad de origen. Ha sido elegido por el Parlamento en virtud de la
Ley Orgánica que el Tribunal Constitucional declaró constitucional. En
este sentido, esta edición del Consejo se siente con legitimidad de
origen. Sobre esta base, si este Consejo busca --como la busca-- la
legitimación del ejercicio, en mi opinión y creo que en opinión del
Consejo --prefiero hablar en primera persona del singular, aunque sea
incómodo, pero no comprometo a nadie más que a mí mismo--, le tiene que
venir por la vía de la eficacia.

Jurado, otro silencio del libro blanco. Estamos elaborando un informe, a
petición del Congreso de los Diputados, y espero que se pueda presentar
pronto. La razón de que no se haya tratado en el libro blanco es que
estamos en trance de elaboración del informe.

Estatuto de los magistrados del Tribunal Supremo. Siendo una norma que ya
está en las Cortes, el Consejo no informó de este punto concreto al ser
una enmienda ex novo, por lo que no cree necesario hacer ninguna
valoración de algo que ya está en la Cámara. Por tanto, serán las Cortes
las que decidan lo que estimen procedente.

Cuarto turno, ventajas e inconvenientes. La incorporación de juristas de
prestigio a la carrera judicial tiene la ventaja de que personas con una
formación distinta de la del juez chaval, el juez que ingresa muy joven,
pueden enriquecer el debate interno que hay siempre entre los jueces. La
cultura judicial no es sólo fruto del estudio a solas de los problemas,
sino también del intercambio de impresiones. El diálogo entre los jueces,
que es frecuente y constante, es por lo menos una fuente importante de
reflexión y a veces de adquisición de conocimientos. Inconvenientes. Creo
que los inconvenientes han venido, fundamentalmente, por la técnica de la
selección y se han salvado, en buena medida, cuando ya se ha introducido
en la vía del concurso-oposición.

En cuanto al turno de magistrados, la idea de la especialización, que es
en la que está el Consejo, como dice el libro blanco, creo que puede
aportar personas muy formadas en un determinado campo jurídico que se
incorporen a la carrera judicial.

La acción popular. Ciertamente, la acción popular es un problema. Está en
la Constitución. No se la inventó la Constitución, sino que viene del
siglo pasado, pues estaba en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Personalmente, soy partidario del mantenimiento de la acción popular,
aunque creo que puede ser objeto de alguna regulación que evite abusos.

Efectivamente, el libro blanco no ha tratado el tema de la acción
popular; podría haberlo hecho, pero no lo ha hecho. He dicho antes que no
pretendíamos hacer una enciclopedia, sino un plan de acción para cuatro
años.

En cuanto a la Audiencia Nacional, también es cierto que se dice poco. La
Audiencia Nacional es un órgano jurisdiccional de extraordinaria
importancia, que está desempeñando funciones con una alta corrección
técnica. Es cierto que hay unos cuantos casos que pueden enturbiar esa
imagen general de la Audiencia Nacional. Nosotros hemos dicho que creemos
que la provisión de las plazas no debería ser por la técnica de la pura
antigüedad, sino que tendría que cohonestarse con otros criterios, que
podrían ser el de la especialización por unas u otras vías.

Efectivamente, el libro blanco no carga el acento exclusivamente en el
aumento del número de jueces y magistrados sino que, muy concretamente,
establece criterios sobre material procesal, etcétera.

Respecto a sustitutos y suplentes, me parece que ya he dicho algo antes.

Es un tema preocupante. Nos contemplan 2.300 millones. Desde luego, la
justicia debe estar en manos de jueces de carrera, que es lo que quiere
la Constitución. Con la creación de plazas que esperamos en el plazo de
cuatro años, creemos que no desaparecerán íntegramente los jueces
sustitutos y los suplentes. Sin embargo, sí se reducirán a unos puntos
que podríamos considerar. No sé si me he dejado algo por contestar sobre
este aspecto.

Señor diputado, es cierto que las memorias deberían tener un capítulo
especial, dedicado extensamente a las comunidades autónomas que hayan
asumido competencia en la materia, y ver en qué medida se han ido
desarrollando las competencias autonómicas. Desde luego, en las memorias
futuras se incorporará un capítulo extenso, cuidadoso, en el que se
puedan ir examinando las actuaciones desarrolladas



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por las comunidades autónomas en el ejercicio de sus competencias.

Sobre el número de magistrados, procedimientos, suplentes y magistrados
sustitutos, me parece que ya he dicho que es una cuestión que nos
preocupa. Creemos que sería ideal que desapareciera --no desaparecerá
nunca, desgraciadamente--, pero sería conveniente que su número se
redujera al mínimo.

Jurado. Por las razones que ya he dicho, el dictamen ha sido solicitado
precisamente por el Congreso de los Diputados. También es cierto que las
memorias habrán de dedicar un extenso estudio en la primera temporada al
jurado. El jurado es nuevo, pero no es un elemento extraño o anómalo en
nuestro ordenamiento jurídico. El tema del jurado, por su novedad, puede
provocar, durante algunos años, algún estudio especial dentro de la
memoria. Mientras tenga ese aire de novedad, porque no es un elemento
extraño --está en la Constitución y nada de lo que hay en ella puede ser
mera retórica--, no puede quedar sin palabras, pero todos tenemos el
deber de hacerlo algo vivo.

Cursos. Efectivamente, en estos cursos de formación continuada siempre
aparece el tema del jurado, como es natural. No sólo el conocimiento de
la legalidad, sino también el conocimiento de la filosofía del jurado y
la consideración del jurado como un elemento natural dentro de nuestra
Constitución, dentro de lo que es lógico en una Constitución que traza un
Estado democrático de Derecho.

Le diré que hace tres o cuatro meses, quizá cinco, en Washington,
hablando con uno de los magistrados de la Corte Suprema, el juez Kennedy
me ponía de relieve la tremenda dificultad que supone presidir un juicio
por jurado. Me decía que realmente los jueces buenos, buenos, presidiendo
un juicio con jurado, sólo eran los que habían sido antes abogados en
ejercicio. Como SS. SS. saben, en Estados Unidos hay muchos jueces en la
Corte Suprema que antes nunca han sido jueces. Una de las sentencias más
importantes --me lo contaron y lo oí con cierto dolor-- de la Corte
Suprema norteamericana fue sobre la integración racial en las escuelas.

Pues bien, en aquel momento la Corte Suprema de Justicia la integraban
nueve jueces y ninguno de ellos había sido juez antes de acceder a ella.

Estoy de acuerdo --ya lo he dicho antes-- en que el Consejo General del
Poder Judicial, en cuanto que órgano constitucional, está dispuesto a
colaborar con esta Comisión de Justicia, bien en sesiones formalmente
constituidas como ésta, bien en un régimen de seminarios.

En cuanto al desacato, ya he precisado que no hay ninguna sugerencia, así
como cuáles eran los términos exactos del estado de la reflexión del
Consejo General del Poder Judicial.

Oralidad. Plenamente de acuerdo. Antes me he referido a la oralidad
--artículo 120 de la Constitución--, siendo la jurisdicción laboral el
ejemplo práctico de lo que dice la Constitución que es bueno.

Recursos repetitivos. También me he referido antes a ellos. Clasificación
previa y, más que acumulación, resolución de un asunto y luego extensión
de la fuerza de la cosa juzgada al resto de las sentencias.

En cuanto a las Salas de lo Civil y de lo Penal, el tratamiento
coyuntural que se hace en las sugerencias relativas tasadas es cierto que
es un parcheo. Lo que ocurre es que, en la situación de carga de trabajo
que tiene hoy la jurisdicción, el aprovechamiento de la capacidad de
trabajo de los magistrados de las Salas de lo Civil y de lo Penal es algo
inexorable. No es una solución definitiva, sino coyuntural. Cuando estas
Salas puedan tener unos cometidos como los que dice el libro blanco, que
sería la apelación contra las sentencias de las audiencias provinciales o
de otro tipo en materia foral, etcétera, como los que nos decía hace un
momento el señor diputado, cualquier solución que implique que no se está
desperdiciando la capacidad laboral de los magistrados nos parecerá
buena. Es una solución que para esta fase procesal, para esta situación
estadística, para esta situación de grado competencial de las Salas de lo
Civil y de lo Penal, nos ha parecido que era necesaria.

Las salas de gobierno son un órgano de gobierno dentro del Poder
Judicial. Mi opinión personal es que son un órgano de gobierno muy
natural; no digo que sea más natural que el Consejo, pero sí que está muy
cerca del lugar y de los problemas. En los supuestos de las comunidades
autónomas con competencias en la materia, creemos que sería oportuno y
conveniente la creación de unos órganos que estableciesen una
colaboración y una decisión conjunta de los problemas que se suscitan
dentro del territorio.

Del jurado ya he dicho algo y de las competencias autonómicas también.

Una vez que se reduce el Ministerio de Justicia, en los términos que
antes señalaba, las competencias autonómicas quedan más claramente
definidas. Asimismo, he señalado ya que era propósito del Consejo
establecer alguna sugerencia en este terreno, dada la dificultad
normativa que deriva de los textos legales a los que antes me he referido
más extensamente. No sé si querrán que añada algo más.

Las lenguas autonómicas. Nos parece conveniente que, dentro del personal
judicial, existan algunos puestos de trabajo que permitan el diálogo, la
conversación con los ciudadanos en la lengua oficial autonómica.

El tema de la lengua oficial se caracteriza por las siguientes notas.

Primera, no es deber de los jueces conocer la lengua autonómica, se puede
ser juez legítimamente sin conocerla. Segunda, la Ley Orgánica del Poder
Judicial encarga al Consejo elaborar un reglamento que determine qué
preferencia se va a tener en un concurso de traslado para poder ir a una
determinada comunidad autónoma, sabiendo la lengua oficial de dicha
comunidad autónoma. Si la ley orgánica quiere que el juez, conociendo la
lengua autonómica, tenga preferencia para actuar en una determinada
comunidad autónoma, está claro que dentro de la ley orgánica hay un
espíritu que aspira a que el juez conozca la lengua autonómica. Ese
espíritu, en mi opinión, es evidente en la propia letra de la ley.

¿Cuándo se conseguirá una plenitud de logro en ese espíritu? Depende
mucho del entorno social, del grado de conocimiento de la lengua en la
sociedad que rodea al juez y, desde luego, hace falta tiempo. Quizá haga
falta menos tiempo en Cataluña, quizá haga falta más tiempo en el País
Vasco, pero hace falta



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tiempo. Le diré que con frecuencia los abogados no formulan sus escritos
en la lengua autonómica, unas veces porque no la conocen y otras porque,
aunque la conocen, se sienten más sueltos escribiendo en castellano que
en la lengua autonómica. Varios decanos de colegios de abogados me lo han
dicho y lo que no se puede pretender es que el juez se adelante en el
conocimiento de la lengua autonómica a algo que está ocurriendo en su
entorno, y muy concretamente en los abogados que van a ese juzgado.

Por lo demás, en cuanto a cursos de lengua autonómica, el Consejo
pretende claramente la organización de cursos de las distintas lenguas
autonómicas dentro de la escuela judicial.

Su señoría ha aludido a la especialización, evidente; a la aspiración del
Consejo y a los distintos resultados --señalaba S. S.-- en unas
jurisdicciones y en otras. La tradición ha consagrado la especialización,
mediante pruebas u oposiciones o mediante distintos cauces, en lo
contencioso y en lo laboral.

Se ha referido a los malos resultados en civil y en penal. Ocurre que el
civil y el penal se considera que es la formación básica del juez. Quizá
en estas pruebas se exige un nivel muy alto en los órdenes civil y penal,
ya que se tiene en cuenta que ésas son las materias que se dan por
supuestas en el conocimiento del juez.

En relación al concepto específico de la incapacidad, desde luego ésa es
la posición del Consejo. Tengo que advertir que es un concepto que deberá
ir rodeado de todas las garantías, de una plenitud de garantías, puesto
que nunca no se podría --esa es la intención del Consejo-- poner en
riesgo la independencia judicial.

En cuanto a la inspección, me parece que ya he contestado y en cuanto a
la lengua autonómica lo acabo de hacer ahora al responder a la señora
diputada.

En lo relativo al gobierno del Poder Judicial, también me he referido a
cómo las salas de gobierno en estas comunidades autónomas con competencia
específica en la materia deberán dar lugar al establecimiento de unos
órganos de colaboración conjuntos, donde se traten los temas que afectan
esencialmente a los aspectos en los que resulta competente la comunidad
autónoma. Nada excluye la figura de los gerentes.

En cuanto a la Sala de lo Civil y Penal de Justicia en Cataluña, insisto
en que esta ampliación de la sugerencia tiene un carácter transitorio y
coyuntural, a la espera de que se llenen de competencias que resulten
naturalmente del sistema. Se trata, simplemente, de una coyuntural ayuda
por parte de unos magistrados que están trabajando muchísimo menos que
los de la Sala de al lado, de la derecha o de la izquierda.




El señor PRESIDENTE: Sus señorías serán conscientes de la hora y del
esfuerzo que el señor presidente del Consejo General del Poder Judicial
ha realizado. De manera que, en observancia de lo establecido en el
Reglamento, voy a abrir un turno muy breve y, por una sola vez y sin que
siente precedente, seré riguroso en la medida del tiempo. Así pues, por
tres minutos, voy a conceder el uso de la palabra a cada uno de los
portavoces que deseen intervenir.

Por el Grupo Federal de Izquierda Unida, tiene la palabra el señor
Castellano.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Con toda brevedad. Simplemente hago el
ruego de que por parte del Consejo General del Poder Judicial se haga
alguna reflexión también sobre un turno, entiéndase coloquialmente, que
llamaríamos el de los magistrados autonómicos. Con mucha razón ha dicho
el señor presidente que cuando se trata de magistrados suplentes se
procura que no tengan que entrar en el conocimiento de causas que afecten
a aforados.

Lamentablemente, en el llamado turno de los magistrados autonómicos se
han producido ciertas situaciones, en alguna medida, chirriantes, cuando
ha llegado a ser hasta ponente de una determinada sentencia alguien que,
procediendo de la vida política, tenía ni más ni menos que enjuiciar la
conducta de quien había sido su competidor político, lo que no parece
--sin que yo con ello quiera atribuirle a nadie falta de independencia--
que contribuya a una buena imagen. Convendría que la presencia de los
llamados magistrados autonómicos fuera objeto de alguna cautela, no
solamente para evitar esa imagen, sino para que no se entre bajo ningún
concepto en la cuotificación.

Le digo esto, señor presidente, porque se va a producir una situación en
el Tribunal Superior de Justicia de Baleares de la que yo no creo que la
justicia vaya a salir fortalecida, si acceden a la Sala de lo Civil o lo
Penal de dicho Tribunal Superior de Justicia abogados en ejercicio que
hasta hace muy poco tiempo han estado llevando la acusación o la defensa,
me da igual, de altísimos cargos públicos y que pueden aparecer de pronto
como magistrados.

Sería bueno que, parece ser, si una ley orgánica ha introducido, no con
nuestro voto, la figura de la descontaminación, con determinados
magistrados autonómicos en los que se puede presumir que hay una cierta
contaminación, si acceden a tal sala y por el citado turno, bajo ningún
concepto puedan intervenir en ningún asunto de los que previamente no es
que hayan tenido conocimiento, sino que han defendido o acusado a cargos
públicos.




El señor PRESIDENTE: La señora Fernández de la Vega, por el Grupo
Parlamentario Socialista, tiene la palabra.




La señora FERNANDEZ DE LA VEGA SANZ: También intervendré con mucha
brevedad.

Ante todo, deseo dar las gracias al presidente del Consejo por su
información y por su esfuerzo. Sabemos que, efectivamente, le hemos
tenido sometido aquí entre todos casi a un tercer grado. Lamentamos no
tener más tiempo; lo habrá para debatir, porque agradecemos su buena
disponibilidad y la del Consejo a comparecer ante esta Comisión de
Justicia.

No me da tiempo a entrar a debatir, porque entre otras cosas el
presidente ya me ha amenazado con quitarme la palabra, alguno de los
temas que usted ha tenido a bien explicarnos. Hay cosas que compartimos,
cosas en las que evidentemente estamos en discrepancia. Sí deseo
aclararle



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que, cuando mi grupo hacía alusión a la necesidad o a la conveniencia de
que se controlen desde la inspección los deberes procesales de los
jueces, no estamos sugiriendo en ningún caso que el Consejo entre a
analizar o valorar temas que afectan a la independencia que el Consejo
tiene que preservar. Cuando hablamos del tema de la motivación, sabemos
que el Consejo no puede valorar si es suficiente o insuficiente, pero sí
lo puede hacer si la hay, porque en muchas ocasiones, señor presidente,
usted lo sabe, ni siquiera existe, y es un deber procesal del juez el que
sus resoluciones sean motivadas.

No sigo hablando de otros temas, como el de horario, en el que tampoco
estamos muy de acuerdo. He de decirle que me alegra que hayan empezado a
hacer inspecciones en cuanto al horario. Creo que será positivo.

En cuanto al tema de la política disciplinaria, no le preguntábamos sobre
el principio de legalidad y tipicidad. Evidentemente, hay que cumplirlo,
y más en materia disciplinaria. Habrá otra ocasión para poder hablar de
ello y que nos diga qué criterios de aplicación, de interpretación o de
priorización establecen en la política disciplinaria. Creemos que es un
tema que preocupa a los ciudadanos.

Señor presidente, solamente le diré que el Grupo Socialista otorga la
máxima importancia a su trabajo, al del Consejo General del Poder
Judicial; que queremos conocerlo mejor; que por eso queremos que esté
aquí más presente, teniendo en cuenta la situación crítica de la justicia
en estos momentos, no sólo como poder sino también como servicio público;
que le felicitamos por el libro blanco; que mi grupo comparte ese
concepto de servicio público de la justicia porque es el modelo
precisamente del Grupo Socialista. Le hemos expresado nuestra gran
preocupación porque creemos que ése no es el modelo del Gobierno y nos
alegra que su máximo compromiso, el del Consejo, con este libro blanco
sea absoluto, como usted ha expresado en sus palabras. Nos alegramos de
que el presidente del Gobierno así se lo expresara, pero quizá no es al
presidente del Gobierno a quien hay que decírselo, sino a la ministra de
Justicia porque, señor presidente, aquí hay un hecho real. Con
independencia de lo que el Gobierno anterior haya hecho o haya dejado de
hacer, por poner un ejemplo le podría citar el Código Penal, donde había
previsiones presupuestarias, reglamentarias y de desarrollo normativo,
que no se cumplieron, Lo que sí le digo es que hay un hecho real,
reconocido por el propio Ministerio de Justicia, y es que este año, en el
presupuesto, no hay un solo duro para el libro blanco. Es verdad que
todavía no se ha acabado la tramitación presupuestaria, y esperamos que
exista esa buena voluntad de compromiso para que podamos ver hecho
realidad el que entre todos vamos a contribuir a que, finalmente, haya
una Administración de justicia al servicio de los ciudadanos.

Nada más, señor presidente. Quiero reiterarle nuestro agradecimiento y la
disposición de la mejor y más leal colaboración del Grupo Parlamentario
Socialista para poder mejorar el servicio público de la justicia.




El señor PRESIDENTE: Señor Ollero.

El señor OLLERO TASSARA: Reitero nuestro agradecimiento a todos los
miembros del Consejo General del Poder Judicial por el trabajo que hoy
aquí nos presentan, y de manera muy especial a su presidente por su
esfuerzo, a lo largo de esta sesión, por transmitirnos información.

En primer lugar, el libro blanco ya está aquí, lo tenemos y ha sido
editado. No sabía que había que sufragar su edición; yo creo que está
editado ya. No acabo de entender alguna intervención sobre la necesidad
de dinero para el libro blanco. Creo que el libro ya está pagado.

Voy a hacer, simplemente, dos apuntes muy concretos, dentro del plazo que
se me concede. Uno, sobre la importancia de la apariencia. Como usted
mismo ha citado la jurisprudencia europea, en el caso Piersack, por
ejemplo, el que se dijera que el juez concernido era un espléndido juez y
que su ejercicio era intachable, no legitimaba su problema de origen.

Indudablemente, en la medida en que este Consejo General del Poder
Judicial no reproduzca escenitas del anterior, esas escenas no podrán ser
interpretadas a la luz de su actual composición. Respecto a los
nombramientos a que da lugar (es un problema que está en la opinión
pública y que ni siquiera lo manejamos exclusivamente los políticos, sino
que es un problema de la información y de la comunicación), cada vez se
va a ir comentando quién nombró y quién no nombró. Esto es algo que está
condicionando clarísimamente la imagen de imparcialidad de los jueces y
no hay ejercicio alguno, por correcto que sea, que pueda salvar eso.

Aparte de que la sentencia del Tribunal Constitucional que usted ha
citado era una sentencia interpretativa, como muy bien sabe S. S., con
todo lo que eso lleva consigo desde el punto de vista práctico.

Por último, entendemos perfectamente que el libro no es una enciclopedia,
pero no me vale --lo digo también en honor de la sinceridad que le debo
por su intervención-- la razón esgrimida de que había un proyecto en esta
casa para no entrar en los magistrados del Tribunal Supremo, porque
también está en esta casa el proyecto de lo Contencioso y le dedican
medio libro. Me parece que esa razón no me sirve del todo.

Muchísimas gracias, de todas maneras, por su amabilidad.




El señor PRESIDENTE: Señora Uría.




La señora URIA ECHEVARRIA: Quiero cumplir con el deber de cortesía de dar
las gracias al presidente, porque yo también soy temerosa respecto del
poder disciplinario del presidente, en este caso del de la Comisión. Le
agradezco la extensión de sus explicaciones y, sobre todo, el talante con
el que las ha expresado.

Unicamente tengo que manifestarle un pequeño reproche, porque se me ha
escapado sin responder a la petición que le había hecho respecto de las
noticias aparecidas en la prensa sobre presiones inconfesables sobre
tramas de las que usted habría tenido conocimiento. Entiendo
perfectamente que considere que no es el momento oportuno de contestarme,
pero quería dejar constancia de ello.




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El señor PRESIDENTE: Señor Silva.




El señor SILVA SANCHEZ: Desde el Finisterre o finis tempus de esta
Comisión, deseo agradecer al presidente su comparecencia y manifestar que
creo que, tanto él como los miembros del Consejo, están realizando un
buen trabajo. Entiendo que, tanto el Consejo --como decía antes-- como
los grupos parlamentarios y los partidos políticos, tenemos que seguir de
esta manera porque, desde luego, la sociedad nos lo agradecerá.




El señor PRESIDENTE: Señor presidente.




El señor PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL (Delgado
Barrio): Muy brevemente --espero que esta vez sea verdad-- para
agradecerles, una vez más, sus intervenciones y poner de relieve el
absoluto talante colaborador del Consejo con esta Comisión de Justicia,
como lo evidencia el hecho de que ha asistido el pleno del Consejo
General del Poder Judicial a esta sesión.

Señor diputado, yo no sé si me he expresado mal. Cuando antes me refería
al turno no hablaba de magistrados autonómicos sino de magistrados del
Tribunal Supremo, magistrados suplentes. ¿No había quedado claro?



El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Había quedado claro, pero lo que yo
quiero es que haga usted extensiva esas cautelas al llamado turno
autonómico.




El señor PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL (Delgado
Barrio): Bien.

Sobre el desacuerdo del horario, insisto una vez más, señora diputada, en
que el Consejo General del Poder Judicial no pretende que esto vaya a
misa. Es sencillamente una puesta en marcha de un proceso de reflexión.

No creo, señor diputado, que los estatutos de los jueces y magistrados
del Tribunal Supremo puedan equipararse al tema general de la L. J. El
estatuto es absolutamente puntual y el otro es todo un conjunto
jurisdiccional que, además, está en peor situación. Si no hubiéramos
dicho nada porque había ya en la Cámara un proyecto de ley de lo
Contencioso, hubiera sido intolerable. En cuanto a la apariencia,
evidentemente, pero este Consejo aspira a que con su actuación pueda
derribarse cualquier apariencia de politización dentro del Consejo.

Señora diputada, es cierto, no había tomado nota de eso. Recuerdo
perfectamente que lo ha dicho y que no le he contestado. La conversación
que tuve con el señor Almunia es absolutamente confidencial. El señor
Almunia es el dueño de su ciencia y de sus palabras y, por consiguiente,
puede hacer declaraciones públicas indicando lo que piensa respecto de un
determinado problema, pero para mí esa información tiene carácter
confidencial. No hubo ningún dato concreto que permitiera alguna
actuación oficial mía inmediatamente. En estos términos, la conversación
es para mí plenamente confidencial, respetando, como es natural, el pleno
derecho del señor Almunia a exponer públicamente lo que a mí me ha podido
decir confidencialmente. Ese es su derecho y no el mío. Nada más, señor
diputado, estamos de acuerdo.

Quiero dar las gracias a todos los señores diputados, señor presidente,
por el trato que han tenido conmigo y con todo el Consejo General del
Poder Judicial.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor presidente del Consejo General
del Poder Judicial, por su intervención y por la largueza y bondad de la
misma.

Hago saber a los portavoces que, de acuerdo con la resolución de la
Presidencia del Congreso, de 4 de abril de 1984, terminada esta
comparecencia, los grupos pueden manifestar, en el curso de 24 horas --es
una indicación que hace la Presidencia--, si desean que se constituya la
ponencia que establece dicha resolución en relación con esta
comparecencia, para que pueda emitir después informe. Si los señores
portavoces lo estiman oportuno, pueden hacerme llegar su voluntad de
constitución de la ponencia con la designación de la persona de la
Comisión que integrará la misma. De no suceder esto en el plazo de 24
horas, a partir de este momento empiezan a transcurrir los tres días para
la formulación de propuestas de resolución a la Mesa de la Comisión.

Muchas gracias, señor presidente, señorías. Muchas gracias, señores
vocales del Consejo, por su asistencia. Se levanta la sesión.




Eran las tres y diez minutos de la tarde.