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DS. Congreso de los Diputados, Comisiones, núm. 246, de 04/06/1997
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CORTES GENERALES



DIARIO DE SESIONES DEL



CONGRESO DE LOS DIPUTADOS



COMISIONES



Año 1997 VI Legislatura Núm. 246



JUSTICIA E INTERIOR



PRESIDENTE: DON JULIO PADILLA CARBALLADA



Sesión núm. 26



celebrada el miércoles, 4 de junio de 1997



ORDEN DEL DIA:



Proposiciones no de ley:



--Relativa a la reglamentación del Instituto Nacional de Toxicología.

Presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso. (Número de
expediente 161/000463) (Página 7086)



--Relativa al establecimiento de los criterios de valoración de los
antecedentes del conductor infractor para la graduación de las sanciones
previstas en la Ley. Presentada por el Grupo Socialista del Congreso.

(Número de expediente 161/000445) (Página 7088)



Comparecencia del señor Secretario de Estado de Hacienda (Costa Climent)
para informar sobre los sucesos que tuvieron lugar en Tarifa (Cádiz), el
día 5 de febrero de 1997, en el curso de una operación contra el
narcotráfico y el contrabando, entre miembros de la Guardia Civil y del
Servicio de Vigilancia Aduanera (SVA). A solicitud del Grupo Socialista
del Congreso. (Número de expediente 212/000477) (Página 7092)



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Se abre la sesión a las diez y cinco minutos de la mañana.




PROPOSICIONES NO DE LEY:



--RELATIVA A LA REGLAMENTACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE TOXICOLOGIA.

PRESENTADA POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL CONGRESO. (Número de
expediente 161/000463.)



El señor PRESIDENTE: Se abre la sesión.

El primer punto del orden del día es la proposición no de ley relativa a
la reglamentación del Instituto Nacional de Toxicología, formulada por el
Grupo Parlamentario Popular.

Para la defensa de dicha proposición, tiene la palabra la señora Cava de
Llano.




La señora CAVA DE LLANO Y CARRIO: Señor Presidente, nuestra proposición
no de ley insta al Gobierno a que proceda a publicar en el más breve
plazo el reglamento del Instituto Nacional de Toxicología. Como todos
ustedes saben, el Instituto Nacional de Toxicología ha venido prestando
su valiosa colaboración a la Administración de justicia desde hace más de
cien años. En 1887 comenzaron ya a funcionar en España los laboratorios
de medicina legal que se habían creado por real decreto de 11 de julio de
1886. En 1911 se cambia el nombre de los laboratorios de medicina legal
por el de Instituto de Análisis Químico y Toxicológico, mediante real
decreto de 28 de abril de 1911. En 1935 se transforma el Instituto
Nacional de Toxicología, con sus tres departamentos de Madrid, Barcelona
y Sevilla, por decreto de 10 de julio. En 1967 se actualiza la
reglamentación y se reorganiza el Instituto Nacional de Toxicología,
conservando sus tres departamentos, que cubren todo el territorio
nacional, por decreto de 13 de julio de 1967. En 1982 y 1983 se reforma
el decreto de 1967 para hacer una adecuación más administrativa que
técnica, mediante Real Decreto 3.061/1982, de 15 de octubre, y Real
Decreto 833/1983, de 25 de marzo. En 1987 se aprueban las normas de
preparación y remisión de muestras de análisis al Instituto mediante
orden ministerial de 30 de junio de 1987.

El libro VI de la Ley Orgánica del Poder Judicial trata del personal al
servicio de la Administración de justicia. El título IV de dicho libro VI
se refiere a los médicos forenses y demás personal al servicio de la
Administración de justicia, siendo concretamente el artículo 505 de la
referida Ley el que define el Instituto Nacional de Toxicología como
órgano adscrito al Ministerio de Justicia, cuya misión es auxiliar a la
Administración de justicia. Sus funciones técnicas tendrá carácter
independiente y emite sus informes de acuerdo con las reglas de
investigación científica que estime adecuadas. Establece el citado
precepto de la Ley Orgánica del Poder Judicial como funciones del
Instituto de Toxicología la de emitir los informes y dictámenes que
soliciten las autoridades judiciales del ministerio fiscal y practicar
los análisis e investigaciones toxicológicas que sean ordenadas por los
médicos forenses y las autoridades judiciales o gubernativas o del
ministerio fiscal. La regulación y reorganización vigente relativa al
Instituto de Toxicología data del decreto del 13 de julio de 1967. La
necesidad de reforma de esta norma se hizo patente con la promulgación de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, que supuso un hito fundamental en la
reforma de la medicina forense.

Fundamentamos esta iniciativa parlamentaria en la necesidad de adecuar la
estructura y las funciones del Instituto de Toxicología a los avances
científicos y a sus responsabilidades progresivamente crecientes, así
como en la conveniencia de regular las relaciones entre el Instituto de
Toxicología y los institutos de medicina legal, consecuencia, como he
dicho, de la reciente reforma de la medicina forense, a los efectos de
conseguir una actuación coordinada, facilitando con ello el mejor
desarrollo de sus funciones.

El reglamento que solicitamos se va a enmarcar dentro de un conjunto de
disposiciones como el Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, por el que
se aprueba el reglamento orgánico del Cuerpo de médicos forenses, y el
Real Decreto 386/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el reglamento
de los institutos de medicina legal, que pretenden reformar la medicina
forense en su conjunto. Nuestro propósito es fundamentalmente la
regulación de las relaciones entre el Instituto de Toxicología y los
institutos de medicina legal, con la finalidad de conseguir la mayor
colaboración entre ambos órganos, colaboración que haga posible lograr la
coordinación necesaria en las actuaciones periciales que se realizan para
la administración de justicia, contribuyendo, en suma, al mejor
funcionamiento de la misma. Esta circunstancia, unida a los avances
producidos en el campo de la investigación toxicológica y la relevancia
cada vez mayor de las funciones del Instituto de Toxicología, hace
imprescindible la elaboración de esta norma, que permite la adaptación
del Instituto al momento actual y especialmente al nuevo entorno derivado
de la citada reforma global de la medicina forense.

Entendemos que las novedades principales que deben introducirse en la
nueva regulación del Instituto de Toxicología deben ser las siguientes.

Primera, configurar el Instituto de Toxicología como centro de referencia
en sus relaciones con los institutos de medicina legal, así como con
otros organismos nacionales y extranjeros, en materia de análisis
toxicológicos. Segunda, regular las relaciones entre el Instituto de
Toxicología y los de medicina legal a través de sus respectivos
directores. En este sentido, quedarán establecidos los objetivos a los
que se encaminan dichas relaciones que no son otros que lograr la
coordinación entre los distintos laboratorios forenses, consiguiendo la
unidad de criterio necesaria en los distintos análisis realizados, todo
ello en aras de garantizar la máxima calidad pericial. Tercera,
profundizar en el proceso de apertura del ámbito de actuación del
Instituto de Toxicología, al posibilitar que éste pueda realizar los
análisis e investigaciones requeridos por organismos y empresas públicas
en cuestiones que afecten al interés general, así como los solicitados



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por particulares en el curso de los procesos judiciales, previéndose en
estos casos el percibo del coste de los servicios. Y, cuarta, establecer
una nueva estructura del Instituto de Toxicología, integrada por tres
departamentos territoriales y una delegación, configurándose ésta como
una sede desplazada de un departamento por razones geográficas y
operativas.

Por último, deberá preverse que en el Instituto de Toxicología se puedan
prestar servicios por parte de facultativos de dicho Instituto, médicos
forenses, diplomados universitarios en enfermería o ayudantes técnicos
sanitarios, técnicos especialistas y auxiliares de laboratorio, todo ello
de acuerdo con lo establecido en el artículo 506 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, recogiéndose el principio de
movilidad del citado personal entre el Instituto de Toxicología y los
institutos de medicina legal.

Por todo ello, señorías, solicito su voto afirmativo a esta proposición
no de ley por la que se insta al Gobierno a que publique, en el más breve
plazo, el reglamento del Instituto Nacional de Toxicología.




El señor PRESIDENTE: ¿Grupos que desean intervenir? Por el Grupo
Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya, tiene la
palabra el señor Castellano.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Hemos de lamentar que la intervención
que acaba de desarrollarse, bien fundamentada y completa, no venga como
exposición de motivos o no conste en el texto. La proposición no de ley
se limita a decir que se proceda a publicar en el más breve plazo el
reglamento del Instituto Nacional de Toxicología y esto no dice nada; yo
creo que lo lógico sería decir que se proceda a redactar el reglamento
con arreglo a esos criterios y contemplando todas y cada una de esas
características que ha expuesto S. S., con lo que el texto quedaría
bastante más completo. En todo caso, nosotros vamos a apoyar que
efectivamente se proceda a redactar, a desarrollar cuanto antes por el
Gobierno, con arreglo a los criterios que se han expuesto y que figurarán
en el «Diario de Sesiones», ese reglamento del Instituto Nacional de
Toxicología, para el mejor cumplimiento de sus obligaciones por parte del
Poder Judicial.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Socialista, tiene la palabra el señor
Iñiguez.




El señor IÑIGUEZ MOLINA: Esta mañana tenemos una misión bastante
satisfactoria, porque vamos a votar a favor de la proposición no de ley
del Grupo Popular por dos razones fundamentales. Por una parte, tengo que
decir que esta situación es un tanto especial porque, como explicaremos,
esta proposición no de ley supone una censura al Gobierno, al Ministerio
de Justicia, en cuanto reconoce la atonía, la falta de actividad de este
Ministerio de Justicia, lo que ha obligado al grupo que lo apoya a
protestar para pedir que publique el reglamento del Instituto de
Toxicología. La proposición no de ley dice que se proceda a publicar en
el más breve plazo posible el reglamento del Instituto Nacional de
Toxicología; no dice que se proceda a aprobar ni a redactar, sino a
publicar, y esto es cierto, porque en el ministerio se tramitó
conjuntamente la reforma de la medicina forense y esta reforma se
establecía sobre tres pilares fundamentales: el reglamento orgánico de
médicos forenses, que se aprobó por un real decreto de 23 de febrero, el
reglamento orgánico del Instituto de Medicina Legal y el reglamento del
Instituto Nacional de Toxicología. Estos tres reglamentos completaban la
reforma de la medicina legal hecha por la Ley Orgánica 16/1994, de
modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sus artículos 498
a 508, que establecía un nuevo sistema que venía a sustituir al de la
anterior Ley de Enjuiciamiento Criminal, por una parte, y, al mismo
tiempo, al de la anterior Ley Orgánica del Poder Judicial.

Este reglamento estaba redactado, como conoce perfectamente la
interviniente, puesto que las palabras de su intervención están sacadas
tanto de la memoria justificativa del proyecto como del preámbulo de
dicho proyecto. Por tanto, no vamos a insistir en esto; consideramos que
no se pide que se redacte ni se apruebe un reglamento, sino que se
publique el que ya estaba redactado y que se envió el 11 de enero de 1996
a informe del Consejo General del Poder Judicial, que lo redactó con
fecha 21 de febrero --fue cuando lo aprobó el pleno-- y consta en
publicaciones del Consejo General. Posteriormente pasó a informe del
Consejo de Estado, pero las decisiones del 3 de marzo de 1996 y el cambio
de Gobierno determinaron que el Partido Socialista, que estaba en el
poder, no pudiese completar esta reforma de la medicina forense. Faltaba
esto y, como se ve, el Grupo Popular no pide una nueva redacción, ya que
todo lo que ha dicho está en el texto del proyecto y de la memoria, sino
la publicación urgente. Estimamos que el ministerio ha tenido más de un
año para haberlo hecho, que sólo tenía que sacarlo del cajón, aprobarlo
por real decreto y mandarlo al Boletín Oficial del Estado, puesto que
estaba desarrollado en la misma línea que lo anterior, ya que, como digo,
los tres reglamentos que he mencionado son un conjunto. Con esto se
completa la actuación en materia de medicina legal, que supone una ayuda
imprescindible para la Administración de justicia en vía penal. Todo esto
que se podía haber hecho no se ha podido hacer porque el Ministerio de
Justicia ha tenido una carga mucho más importante. Ha tenido la carga de
tener que destituir en el mismo mes al Fiscal Jefe de la Audiencia
Nacional; de pasar cinco o seis meses esperando para poder sustituirle
por otro con todo lo que sabemos y con el deterioro que ha producido a la
Administración de Justicia y a las instituciones fundamentales del
Estado, como es la institución de la Fiscalía del Estado. Al mismo
tiempo, el desarrollo legislativo no se ha preocupado de hacer muchas
leyes, ha hecho muy pocas. No ha cumplido hasta ahora su promesa de
elaborar la ley de la jurisdicción contencioso-administrativa, que no ha
entrado en esta Cámara, ni tampoco otras leyes, proyectos que estaban
prácticamente confeccionados por el anterior Gobierno, como la ley de
enjuiciamiento civil. Están diciendo que llegarán, pero no ha venido
ninguna de ellas. No podemos decir que la actividad legislativa haya sido
muy brillante ni, sobre todo, muy importante. Si efectivamente



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no se han preocupado mucho de enviar leyes de importancia, de esas que
habían anunciado en el debate de investidura y en su programa electoral,
menos se van a preocupar de publicar reglamentos, como éste, que está
totalmente terminado y no falta más que firmarlo y enviarlo al Boletín
Oficial del Estado. Por eso es satisfactorio para nosotros que el Grupo
Popular, que apoya al Gobierno, reconozca, aunque sea tácticamente, el
mal funcionamiento del Ministerio de Justicia. Nos satisface que esta
labor que se había iniciado con la modificación de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, de 8 de noviembre de 1994, culmine con este reglamento en
cuanto a la medicina legal, con el que se termina este trípode. Son tres
reglamentos y faltaba éste, que, por razones de tiempo, no ha podido ser
culminado.

Creo que es importante el texto del proyecto non natus y que recoge todo
lo que nos ha dicho nuestra compañera. Yo quisiera únicamente decir que
nosotros estemos de acuerdo en que se publique cuanto antes ese proyecto
que ya está redactado y aprobado por los órganos técnicos del Ministerio
y por los dos órganos importantes que tenían que dar su dictamen, como
son el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo de Estado. Tiene
todos los requisitos; vamos a desarrollarlo, vamos a publicarlo y vamos a
culminar la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Por tanto, nosotros vamos a votar a favor de esta proposición.




El señor PRESIDENTE: Quisiera poner de relieve a la Comisión que el texto
de lo que sería la estricta proposición no de ley es nada más la
expresión: Proceda a publicar en el más breve plazo el reglamento del
Instituto Nacional de Toxicología. Parece que la proposición no de ley
estaría mejor configurada si se incorporase como elemento de la misma la
breve fundamentación que figuraba en la del grupo proponente. Si la
Comisión estima pertinente que eso fuera así, al votarse la proposición
se incorporaría esa fundamentación. (Pausa.) Se entiende que la Comisión,
por asentimiento, considera que debe incorporarse esa fundamentación, que
está integrada por los tres párrafos que eran fundamentos, eliminado el
grupo proponente y sustituido por el Congreso de los Diputados.

Procederemos a la votación de esta proposición no de ley al final del
debate de las siguientes, como ya se había indicado a los portavoces.




--RELATIVA AL ESTABLECIMIENTO DE LOS CRITERIOS DE VALORACION DE LOS
ANTECEDENTES DEL CONDUCTOR INFRACTOR PARA LA GRADUACION DE LAS SANCIONES
PREVISTAS EN LA LEY. PRESENTADA POR EL GRUPO SOCIALISTA DEL CONGRESO.

(Número de expediente 161/000445.)



El señor PRESIDENTE: El siguiente punto del orden del día es la
proposición no de ley relativa al establecimiento de los criterios de
valoración de los antecedentes del conductor infractor para la graduación
de las sanciones previstas en la ley, del Grupo Socialista del Congreso.

Par la defensa de la misma tiene la palabra el señor Pérez Solano.




El señor PEREZ SOLANO: La proposición no de ley que el Grupo
Parlamentario Socialista somete a la consideración de SS. SS. esta
mañana, y que esperamos merezca su aprobación, pretende requerir al
Gobierno para que proceda al establecimiento reglamentario de los
criterios de valoración de los antecedentes del infractor para la
graduación de las sanciones previstas en la Ley sobre el Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, de 1990.

Como se indica en la exposición de motivos de la proposición, la
necesidad de que el Gobierno promulgue el reglamento que se requiere
viene exigido por la provisión que en este sentido establece el artículo
69 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Vial --en adelante diremos sólo ley de tráfico-- aprobado por Real
Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

Como establece dicho artículo 69, las sanciones previstas en esta Ley se
graduarán en atención a la gravedad y trascendencia del hecho, a los
antecedentes del infractor y al peligro potencial creado. Para graduar
las sanciones en razón a los antecedentes del infractor se establecerán
reglamentariamente los criterios de valoración de los mencionados
antecedentes. Fin de la cita literal del precepto.

En todos los Estados de Derecho la potestad sancionadora de la
Administración se conforma en torno a una serie de principios de
cumplimiento obligatorio para que la actuación administrativa no devenga
en injusta y arbitraria. Los principios de legalidad, tipicidad,
presunción de inocencia, información, defensa, responsabilidad,
proporcionalidad e interdicción de la analogía forman parte del acervo
legislativo de los ordenamientos jurídicos democráticos. Estos
principios, naturalmente, también están incorporados a la legislación
española y en concreto lo están en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sin
embargo, en la Ley de tráfico no está plenamente desarrollado el
principio de proporcionalidad en punto a valorar los antecedentes del
infractor para graduar las sanciones junto a otros elementos como la
gravedad y trascendencia del hecho y el peligro potencial creado. En la
actualidad no se valoran los antecedentes del conductor a la hora de
establecer la sanción. Este déficit de regulación acaso no preocupe
demasiado a la Administración --a cualquier Administración, me adelanto a
decir--, pero es importante para los ciudadanos que desean que las
manifestaciones de la potestad sancionadora de la Administración no sean
desmedidas, desproporcionadas ni injustas.

Es cierto que la regulación reglamentaria de los antecedentes del
conductor que solicitamos no tenía una previsión temporal de ejecución en
la propia Ley, sin duda una laguna de la ley de 1990, pero es conveniente
y adecuado su cumplimiento en un tiempo razonable, que puede ser el que
decimos de tres meses en la proposición no de ley u otro plazo superior,
que estaríamos dispuestos a aceptar si así se nos propone a través de la
correspondiente enmienda.




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Este principio de proporcionalidad, que está sin desarrollar en la Ley de
tráfico, está incorporado, como les decía, en el artículo 131 de la Ley
de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y del Procedimiento
Administrativo Común y desarrollado por una amplia jurisprudencia del
Tribunal Supremo que ha recogido el cuerpo doctrinal de sentencias del
Tribunal Constitucional. Valga por todas, para no hacer larga la cita, la
sentencia del Tribunal Supremo de 31 de diciembre de 1988, que determina
la necesidad de modular los resultados sancionatorios de acuerdo con las
circunstancias concurrentes al decir --cito literalmente--: Los criterios
penales de la individualización de la pena que atienden a la gravedad de
los hechos como elemento de prevención general y a la personalidad del
autor como regla de prevención especial han de ser tenidos en cuenta
también en el terreno de las sanciones administrativas, por la vía del
principio de proporcionalidad que ha de inspirar siempre la actuación de
las potestades de la Administración.

Señorías, para no prolongar mi intervención, pienso que con estos breves
razonamientos les habré convencido y, en atención a ello, les solicito el
voto favorable a la proposición no de ley.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo de Izquierda Unida-Iniciativa per
Catalunya, tiene la palabra el señor Castellano.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Queremos utilizar el turno de fijación
de posiciones compartiendo, desde la primera frase hasta la última, la
intervención del portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, cargada de
razones y de sensatez, y queriendo simplemente añadir a ella una
situación que se está poniendo de manifiesto como no deseable al no
haberse hecho este desarrollo reglamentario. Hay una especie de
automatismo en cuanto a la aceptación de las sanciones por parte de los
agentes denunciantes, que en muchos casos resultan absolutamente
desmesuradas, y luego hay una realidad, y es la de que es tal cúmulo de
recursos que pesan sobre las correspondientes jefaturas provinciales de
tráfico que el recurso de muchísimos conductores ante estas jefaturas
para que se revise la denuncia presentada casi permite su equiparación al
famoso recurso de reforma de nuestra Ley de Enjuiciamiento Penal, del que
parece que hay muy pocos profesionales que puedan atribuirse el mérito de
haber conseguido que haya prosperado ni una sola vez a lo largo de toda
su vida. Se produce, además, que, cuando llega el recurso en alzada ante
la dirección general, en el mejor de los casos se tarde tanto tiempo en
resolver que uno se puede encontrar con la sorpresa de que pueda haber
prescrito o en el peor de los casos se acaba confirmando, y esto no tiene
ninguna sensatez, porque, como decía el portavoz del Grupo Parlamentario
Socialista, estamos hablando de una auténtica pena. La privación en
muchos casos del permiso de conducción es una auténtica pena y se tiene
que contemplar, se tiene que personalizar y concretar cuáles son esas
circunstancias en las que se haya podido cometer la infracción y que
puedan, atendiendo el historial del conductor, poner de manifiesto si
existe una situación de peligrosidad.

Todavía hay una situación mucho más grave, y es la profunda contradicción
de que en la jurisdicción penal ordinaria, en supuestos a lo mejor de
delitos de imprudencia, incluso con resultado de muerte, en los que no se
aprecia un determinado dolo muy específico, se acaba imponiendo a lo
mejor una sanción de retirada del carnet de conducir por dos o tres
meses, y ahí está la sorpresa del ciudadano que no habiéndose visto
inmerso en un incidente de tal tamaño acaba teniendo la misma sanción.

Para no atentar a la intimidad y el honor de las personas, no quiero
poner el ejemplo con nombres y apellidos, pero ustedes recordarán que una
popular artista, en un cruce con la calle Velázquez, tuvo una colisión en
la que se produjo incluso una muerte y la sanción fue dos meses de
suspensión del carnet de conducir. Fíjense ustedes cómo puede entender
eso cualquier otro conductor que tenga la misma sanción por el hecho
simple de haber circulado a velocidad que se considere excesiva por un
sitio que se llame zona urbana, siendo a lo mejor esa llamada zona urbana
pura y simplemente un conjunto de una alquería, una venta y una
gasolinera; por circular por ella a una determinada velocidad se le
impone una sanción de 50.000 pesetas de multa con retirada del carnet de
conducir por dos meses. Esto está exigiendo una racionalización,
racionalización que tiene que venir de la mano del reglamento que se
reclama por parte del grupo proponente de esta proposición.

En consecuencia, nosotros, como es lógico, la vamos a apoyar y creemos
que el resto de los grupos deben unirse a este apoyo para que vayamos
aumentando cada vez más unos criterios de seguridad jurídica y unos
criterios importantísimos de elusión de toda tentación de automatismo y
de concreción en lo que de verdad suponen circunstancias de auténtico
peligro de la seguridad vial, que en otros muchos casos no se dan.




El señor PRESIDENTE: Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra
el señor Seco.




El señor SECO GORDILO: Intervengo para fijar la posición del Grupo
Parlamentario Popular en relación con la proposición no de ley del Grupo
Socialista por la que se insta al Gobierno para que en el plazo de tres
meses desarrolle reglamentariamente lo relativo a los criterios de
valoración de antecedentes del infractor para la graduación de las
sanciones previstas en la Ley, y debo comenzar señalando, para
tranquilidad tanto del grupo proponente como del representante del Grupo
Parlamentario Federal de Izquierda Unida, señor Castellano, que el Grupo
Parlamentario Popular no es ajeno a la idea de que es conveniente,
urgente, si me apuran, desarrollar reglamentariamente todo lo relativo a
las infracciones, sanciones y medidas cautelares derivadas de la Ley de
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Partiendo de esta premisa, debemos señalar, no obstante, que el plazo de
tres meses que, a nuestro entender, se constituye en el punto central de
la proposición no de ley que presenta el Grupo Parlamentario Socialista
es inviable



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en nuestras actuales circunstancias, porque la disposición transitoria
del texto articulado de la Ley de tráfico prevé el desarrollo
reglamentario de esta disposición legal, desarrollo en el que deben
distinguirse una serie de fases en función del grado de desarrollo
reglamentario de la Ley. Hasta este momento podemos recordar que han sido
objeto de desarrollo y están vigentes tanto el reglamento del Consejo
Superior de Tráfico, aprobado en 1991 y modificado al año siguiente, como
el reglamento general de circulación, de 17 de enero de 1992, el
reglamento del procedimiento sancionador, el reglamento de vehículos
históricos y el recientemente aprobado por el Consejo de Ministros,
reglamento general de conductores. En este mismo orden de desarrollo de
la Ley de Tráfico se encuentra en fase avanzada, pero previa al informe
del Consejo de Estado, el reglamento general de vehículos, en relación
con el cual debemos señalar que está pendiente además de un informe de la
Comisión Europea, que no se caracteriza precisamente por su celeridad y
que, por tanto, va a imprimir un notable retraso en el desarrollo del
reglamento general de vehículos. Y faltan por desarrollar, en virtud de
las previsiones contenidas en la Ley de tráfico, al menos otros tres
reglamentos: el de publicidad, el de usos excepcionales de la vía y el de
infracciones, sanciones y medidas cautelares, que sería el que recogería
toda la materia contemplada en esta proposición no de ley.

Sin embargo, el orden de desarrollo reglamentario de la Ley de seguridad
vial no es caprichoso y en las actuales circunstancias resulta imposible
el desarrollo reglamentario del artículo 69.1 en lo relativo a la
gradación de las circunstancias que influyen en la determinación o en la
de las sanciones previstas en la Ley. Así lo dijo el Consejo de Estado,
que este reglamento debía ser el último en desarrollarse, si no recuerdo
mal, en el informe al reglamento general de circulación. Y debe ser el
último a desarrollar, entiende el Grupo Parlamentario Popular, no por
capricho, no por una indeseable injerencia del Consejo de Estado en las
competencias del Gobierno de desarrollo reglamentario de las normas
jurídicas, sino simplemente por un orden lógico de actuación. La Ley de
seguridad vial y todos los reglamentos que tienen que desarrollarla
prevén conductas que serán tipificadas como infracciones y que
consecuentemente deberán dar lugar a la imposición de las
correspondientes sanciones. Si se hubiera aprobado el reglamento de
infracciones, sanciones y medidas cautelares inmediatamente después del
reglamento general de circulación, ahora habría que haber aprobado otro
después del reglamento general de conductores, habría que aprobar otro o
modificarlo después del reglamento de vehículos, etcétera. El orden
lógico de las cosas exige que el reglamento de infracciones, sanciones y
medidas cautelares sea el último, precisamente para poder recoger en su
seno todas las conductas sancionables y merecedoras de sanción.

Sin embargo, hay un detalle en la proposición no de ley del Grupo
Parlamentario Socialista que, aparte de que llama poderosamente la
atención, debemos comentar para manifestar nuestra disconformidad con él.

Se hace referencia en ella a que la ausencia de regulación o de
desarrollo de los antecedentes como elemento de gradación de las
sanciones afecta a la seguridad jurídica de los administrados y debemos
manifestar nuestra disconformidad con esta materia porque, desde la
aprobación del reglamento general de circulación, existe, como normativa
interna del Ministerio del Interior y de la Dirección General de Tráfico,
una relación codificada de infracciones al reglamento general de
circulación, que, repito, está en vigor desde el año 1992, que constituye
norma de obligado cumplimiento dentro de la Dirección General de Tráfico
para la agrupación de tráfico de la Guardia Civil y que al mismo tiempo
ha sido facilitada a todos los cuerpos de Policía local a título
orientativo, por si quieren aplicarla, a todos aquellos jueces y
magistrados que la han pedido a fin de tener un elemento para determinar
la gradación de las sanciones a imponer como consecuencia de las
infracciones cometidas a la Ley. Por tanto, entendemos que no se puede
hablar de inseguridad jurídica, porque esta relación codificada de
infracciones, que existe, repito, desde el año 1992 significa, ni más ni
menos, que la aplicación uniforme de la ley y que la ley se va a aplicar
a todos por igual.

La ausencia de referencias en esta relación codificada de infracciones al
tema de los antecedentes del conductor infractor viene determinada
precisamente en la previsión de desarrollo reglamentario, si bien tenemos
que señalar que hoy en día los antecedentes como elemento de gradación de
las sanciones se aplica en un único caso: cuando el conductor ha sido
privado de su permiso de conducir y es pillado in fraganti conduciendo
bajo esta sanción. Es el único supuesto en que se aplica.

Por otra parte, tenemos que recordar que la Ley de tráfico se aprobó en
el año 1990 y desde entonces existe la previsión y la urgencia, por así
decirlo, de desarrollo reglamentario. Sin embargo, hasta el año 1997 no
se ha acordado el Grupo Socialista de que también la gradación de las
sanciones debe de ser objeto de desarrollo reglamentario. Por nuestra
parte se ha intentado, y a ello ha hecho referencia el portavoz del Grupo
Socialista, una enmienda de transacción, por todas las razones que hemos
expuesto y la dificultad o la imposibilidad de fijar un plazo para el
desarrollo de este reglamento de infracciones, sanciones y medidas
cautelares, que dejara abierta la posibilidad y sirviera, más que para
otra cosa, como recordatorio al Gobierno de la necesidad de este
desarrollo reglamentario.

Por todas estas razones, el Grupo Parlamentario Popular votará en contra
de la proposición no de ley presentada por el Grupo Socialista. (El señor
Pérez Solano pide la palabra.)



El señor PRESIDENTE: Señor Pérez Solano.




El señor PEREZ SOLANO: Si procede reglamentariamente, señor Presidente,
quería hacer uso de la palabra por breve tiempo.




El señor PRESIDENTE: Tiene la palabra, pero brevemente.




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El señor PEREZ SOLANO: Ya nos temíamos, señor Presidente, que el Grupo
Socialista iba a ser convocado por parte del señor Seco al capítulo de
culpas por no haberlo desarrollado desde 1990, pero, cuando transcurra el
tiempo, ya iremos superando ese tipo de reproche.

Creo que las argumentaciones que ha realizado el señor Seco se han
parapetado todas en el burladero del formalismo, se han refugiado en el
dictamen del Consejo de Estado que, a propósito de emitir dictamen sobre
otros aspectos también pendientes de desarrollo reglamentario de la Ley
de tráfico, ha respondido, en alguno de sus informes, que el desarrollo
lógico reglamentario sería, en este aspecto que contempla la proposición
no de ley, en último lugar.

Quiero decir al señor Seco que yo pienso que todavía la soberanía popular
reside en la Cámara y que el Consejo de Estado podrá hacer observaciones
técnicas respecto de la gradación en el tiempo del desarrollo
reglamentario, pero no puede sustituir la voluntad del Gobierno de que
desarrolle reglamentariamente, en el tiempo autónomo e independiente que
decida en su acción de Gobierno, aspectos importantes. Consideramos que
es muy importante que esto se desarrolle, porque si no, no se está
aplicando el principio de proporcionalidad, que es fundamental para la
seguridad jurídica del ciudadano, pues, como decía el señor Castellano,
es cierto que, como prevé la ley, las sanciones leves se pueden multar
hasta con 15.000 pesetas, las graves, hasta 50.000, etcétera. Verán SS.

SS. que en las multas de tráfico no existe jamás ningún tipo de
ponderación por parte de la Administración, no establece, a la vista de
las circunstancias, un grado mínimo de la sanción, por ejemplo, sino que
siempre tiende, con independencia de las circunstancias que hayan
concurrido en la comisión de la infracción, a establecer el grado máximo.

Por consiguiente, regulando los antecedentes del conductor, por la
personalización que debe tener la potestad sancionadora de la
Administración, entendemos que haríamos un bien a la seguridad jurídica y
un beneficio a los ciudadanos conductores de nuestro país.




El señor PRESIDENTE: Señor Seco.




El señor SECO GORDILLO: Muy brevemente, voy a puntualizar simplemente
algunas de las afirmaciones que ha hecho el señor Pérez Solano.

Siento que no haya recogido mi intervención en toda su integridad, porque
precisamente comencé diciendo que el Grupo Parlamentario Popular es
favorable al desarrollo reglamentario del artículo 69.2 de la Ley de
tráfico. El problema es que -- en eso he tratado de basar mi
intervención-- es imposible hacerlo en tres meses, por las razones que he
expuesto y en las que no voy a insistir.

En la referencia al plazo transcurrido desde la aprobación de la Ley,
creo que me he limitado a hacer una simple constatación de hechos, sin
valorarlos. La Ley se aprobó en 1990 y ya es casualidad que hasta 1997 no
se hayan acordado, pero no quiero entrar a valorarlo.

Por último, efectivamente la soberanía popular reside en esta Cámara, que
es la única que puede dictar las leyes, pero quiero recordar al señor
Pérez Solano que la potestad reglamentaria de desarrollo de las mismas
reside en el Gobierno y no en esta Cámara. Por tanto, el Consejo de
Estado, que además es una institución independiente, no ha cometido
ningún tipo de injerencia, sino simplemente ha recomendado un desarrollo
lógico de la ley, que además se ajusta a la lógica y al sentido común,
que parece que sigue siendo el menos común de los sentidos.




El señor PRESIDENTE: Habíamos indicado que la votación probablemente se
produciría a las once; son las once menos diez. Vamos a suspender la
sesión hasta las 11,30, pero si los señores portavoces presentes
consideran que se puede proceder en este momento a la votación,
evitaríamos tener que volver a reanudar la sesión a las once horas.




El señor BELLOCH JULBE: Por parte del Grupo Parlamentario Socialista no
hay inconveniente.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Por parte del Grupo Parlamentario de
Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya no hay inconveniente.




El señor SILVA SANCHEZ: De nuestro grupo faltan algunos compañeros, que
están en otras comisiones.




El señor PRESIDENTE: ¿Suspendemos la sesión hasta las once o prefieren
SS. SS. que a las once y veinticinco se proceda a la votación? Lo que sea
mejor para SS. SS. (Pausa.)
Entonces, se suspende la sesión hasta las once. (Pausa.)



El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión y pido a los señores portavoces
que comuniquen a la Mesa si hay alguna sustitución para la votación.

(Pausa.)
Señorías, procedemos a la votación de la proposición no de ley relativa a
la reglamentación del Instituto Nacional de Toxicología.




Efectuada la votación, dijo:



El señor PRESIDENTE: Queda aprobada por unanimidad.

Proposición no de ley relativa al establecimiento de los criterios de
valoración de los antecedentes del conductor infractor para la gradación
de las sanciones previstas en la ley.




Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 16; en
contra, 19.




El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.

Vamos a suspender la sesión hasta las once y treinta.




Se suspende la sesión.




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Se reanuda la sesión.




COMPARECENCIA DEL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA (COSTA CLIMENT)
PARA INFORMAR SOBRE LOS SUCESOS QUE TUVIERON LUGAR EN TARIFA (CADIZ), EL
DIA 5 DE FEBRERO DE 1997, EN EL CURSO DE UNA OPERACION CONTRA EL
NARCOTRAFICO Y EL CONTRABANDO, ENTRE MIEMBROS DE LA GUARDIA CIVIL Y DEL
SERVICIO DE VIGILANCIA ADUANERA (SVA). A SOLICITUD DEL GRUPO SOCIALISTA
DEL CONGRESO. (Número de expediente 212/000477.)



El señor PRESIDENTE: Señorías, reanudamos la sesión con el último punto
del orden del día, que es la comparecencia del Secretario de Estado de
Hacienda para informar sobe los sucesos que tuvieron lugar en Tarifa, el
día 5 de febrero de 1997, en el curso de una operación contra el
narcotráfico y el contrabando, entre miembros de la Guardia Civil y del
Servicio de Vigilancia Aduanera.

Para la primera intervención, que con arreglo al reglamento corresponde
al señor Secretario de Estado de Hacienda, tiene la palabra.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA (Costa Climent): En primer
lugar, quiero manifestar a las señoras y señores diputados miembros de la
Comisión mis disculpas por no haber podido comparecer el pasado día 23 de
abril. Recibí la comunicación de Presidencia del Gobierno el día 21 y el
día 23 me resultaba imposible comparecer ante la Comisión; lo comuniqué
el mismo día 21, solicitando que en la medida de lo posible se pospusiera
a partir del día 30 de abril y creo que ése fue el acuerdo al que llegó
la Mesa de la Comisión. Por tanto, reitero mis disculpas. Yo lo comuniqué
con la mayor diligencia posible cuando recibí la citación y me resultó
imposible comparecer el día 23; rogaría a las señoras y señores diputados
que no lo tuvieran en consideración. (El señor Vicepresidente, Cárceles
Nieto, ocupa la Presidencia.)
Quiero exponer los hechos tal y como le constan a este secretario de
Estado en función de los informes que le han sido remitidos.

Encontrándose de servicio el helicóptero del Servicio de Vigilancia
Aduanera por la zona del Estrecho de Gibraltar cuando eran,
aproximadamente, las 20,30 horas del día 5 de febrero, el helicóptero
detecta en la pantalla del radar un eco que navega sin luces a unas seis
millas al sur de Tarifa, por lo que, resultando sospechoso, procede a su
seguimiento al mismo tiempo que da aviso al patrullero HJ8, que se
encontraba próximo al lugar para que se incorpore al seguimiento del
objetivo y ponga en alerta a los funcionarios terrestres que en ese
momento pudieran encontrarse de servicio cerca del lugar.

Pocos minutos después, el patrullero HJ8 tiene ya controlado el objetivo
junto con el helicóptero y observan que el mismo navega hacia la costa
española, doblando la punta de Tarifa. Poco después de doblar la punta de
Tarifa, el objetivo pone rumbo hacia la playa de Los Lances en la zona
cercana al campo de fútbol de Tarifa. Cuando eran aproximadamente las
21,30 horas el objetivo se encuentra ya muy próximo a la costa, por lo
que ante la inminencia de un posible alijo de sustancias de contrabando,
se decide por todo el operativo de este servicio intervenir para
abordarlo. En ese momento, mientras desde el mar se acercan el
helicóptero y el patrullero HJ8, quien con las señales acústicas y
luminosas reglamentarias da orden de parada a lo que resultaría ser una
embarcación tipo patera, por tierra entran en acción cuatro vehículos con
siete funcionarios que se acercan con celeridad a la zona, teniendo los
funcionarios que abandonar los vehículos justo antes de llegar a la
playa, y proceden a pie a partir de ese momento.

Desde el helicóptero, que llega en primer lugar hasta la patera, se
observa cómo ya prácticamente en la orilla sus tripulantes, después de
arrojar una serie de bultos al agua, abandonan la embarcación e intentan
huir, lográndolo en un primer momento tres de los tripulantes, ya que los
otros cuatro fueron detenidos antes de salir del agua por los
funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera que llegaron al sitio
del alijo. Dos de los contrabandistas que habían huido juntos hacia una
zona son detenidos momentos después por el observador del helicóptero y
uno de los funcionarios de tierra que venían persiguiéndolos desde la
propia playa.

Mientras tanto, los funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera que
llegan al sitio del alijo, junto con los de la embarcación auxiliar del
patrullero HJ8, proceden a reflotar la patera en la que se encontraban
siete bultos de los habitualmente utilizados para el transporte de resina
de hachís, procediendo uno de los marineros a trasladar la misma hasta el
patrullero HJ8, que había quedado a unos 20 metros de la zona, a la vez
que van sacando del agua seis bultos más, que quedan depositados en la
orilla junto a los cuatro detenidos en un primer momento.

A partir de ese momento, llega un grupo de guardias civiles a la zona, y
al percatarse de la presencia del operativo del Servicio de Vigilancia
Aduanera, toman contacto con ellos. Como ustedes saben, se produce un
lamentable suceso en el que existe intercambio de palabras, existe algún
forcejeo en el que se discute la capacidad para efectuar la aprehensión
de los detenidos y también para la aprehensión de los alijos de hachís
que finalmente se calma. La situación se normaliza y existe un compromiso
por parte del jefe del Servicio provincial de Vigilancia Aduanera de
contactar con posterioridad con el jefe de la Guardia Civil para resolver
cualquier problema.

A partir de ese momento, quiero manifestar una serie de consideraciones
que son importantes a los efectos de esta Comisión. En primer lugar,
actuaciones de los funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera de
estas características se producen con muchísima frecuencia. Si analizamos
todas las operaciones de estas características realizadas por
funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera a lo largo de los
últimos meses, vemos que es un servicio habitual de los que vienen
desarrollándose por el Servicio de Vigilancia Aduanera. Al mismo tiempo,
quiero manifestar



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que con carácter general no se habían venido produciendo conflictos,
aunque es cierto que en esa misma zona y con un mes de antelación se
produce un pequeño conflicto que no tiene más incidencia debido a la
falta de coordinación. Es cierto que en el pasado, de hecho entre los
años 1992 y 1995, se producen una serie de conflictos en la zona de
Andalucía por falta de coordinación entre los efectivos del Servicio de
Vigilancia Aduanera y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado,
totalizándose un número de 22 conflictos a lo largo de ese período en el
área de Andalucía.

Las señoras y señores diputados coincidirán en que es necesaria una mayor
coordinación en el área de las actuaciones de los cuerpos y servicios que
se dedican a actuaciones en materia de lucha contra el contrabando. En
cualquier caso, antes de continuar mi intervención quiero manifestar, en
primer lugar, que hay una investigación interna efectuada en el ámbito
del Servicio de Vigilancia Aduanera, investigación que se pone en marcha
el día 6 de febrero en la que se solicitan informes al jefe provincial y
la remisión de cualquier constancia de cómo se desarrollaron los
acontecimientos. Una vez analizados los hechos descritos en el informe
imágenes contenidas en el vídeo en el que se constata la situación, se
consideró que no había motivo para exigir responsabilidades a
funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera ni, por consiguiente,
para la apertura de expediente disciplinaria de ningún tipo.

Quiero manifestar asimismo que existe plena constancia judicial de los
hechos descritos y de los acontecimientos acaecidos esa noche. De hecho,
el jefe provincial del Servicio de Vigilancia Aduanera redactó el
oportuno atestado judicial, que fue cursado al juzgado de instrucción de
Algeciras, poniendo a disposición de la justicia a los detenidos y la
mercancía incautada, todo ello en el ejercicio de las competencias que a
dicho órgano concede la Ley de Contrabando. Si de los hechos donde
figuran los incidentes producidos que fueron puestos en conocimiento de
la autoridad judicial, se hubiera derivado alguna responsabilidad o
alguna irregularidad en la actuación de los funcionarios del Servicio de
Vigilancia Aduanera o de los miembros de la Guardia Civil, es evidente
que dicha autoridad habría efectuado las actuaciones correspondientes
para depurar cualquier responsabilidad, sin que a esta fecha exista
constancia alguna de que por parte de los juzgados de Algeciras ni del
ministerio fiscal se haya abierto investigación alguna en relación a los
hechos relatados.

Quisiera manifestar a las señoras y señores diputados las medidas que el
Gobierno está adoptando en materia de coordinación, para evitar que este
tipo de situaciones puedan producirse en el futuro. En primer lugar,
siguiendo la recomendación del Consejo de la Unión Europea en su
resolución de 29 de noviembre de 1996, relativa al establecimiento de
acuerdos entre policía y aduanas, se tienen ultimados y sólo pendientes
de ser suscritos por los Ministerios de Economía y Hacienda e Interior
dos protocolos de coordinación para la represión del tráfico ilícito de
drogas y la lucha contra el contrabando de tabaco. Estos protocolos
contemplan un mayor peso en la coordinación en materia de tráfico de
estupefacientes para el Ministerio del Interior a través del Plan
Nacional sobre Drogas, y un mayor protagonismo en materia de coordinación
por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a través del
departamento de Aduanas, cuando se trata de coordinar las actuaciones de
los cuerpos y servicios operativos en relación con el contrabando de
tabaco. Estos protocolos contemplan diferentes aspectos en los que la
coordinación es necesaria como cuestiones relacionadas a entregas
vigiladas, peticiones de auxilio y colaboración a otras fuerzas
operativas, supuestos en los que puedan producirse investigaciones
conjuntas, la política de análisis y seguimiento de información, la
política de estrategia conjunta, la política de medios de comunicación,
la custodia y reseña de detenidos, la circulación de drogas a través de
recintos aduaneros, así como otras cuestiones.

En la misma línea quiero manifestar que la decisión número 210/97 de la
Comisión Europea, del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo
encomiendan la dirección, coordinación y persecución del fraude aduanero
y de contrabando al Comité de política aduanera, comité constituido por
los directores generales de Aduanas e Impuestos Especiales de los Estados
miembros. Este Comité fue constituido el pasado mes de marzo y creó un
grupo de trabajo para la adopción de medidas comunitarias de lucha contra
el contrabando de tabaco. Bajo la dirección de la Secretaría de Estado de
Hacienda se va a poner en práctica en España un plan especial en materia
de lucha contra el contrabando de tabaco que, entre otras medidas, recoge
la realización del protocolo de coordinación a que he hecho referencia,
de los distintos cuerpos o servicios implicados en la lucha contra este
tráfico ilícito.

Todas las señoras y señores diputados conocen que la competencia para
reprimir o para investigar en materia de contrabando y de tráfico ilícito
aduanero corresponde a la aduana y es ella la que en el marco de la Unión
Europea coordina las actuaciones de los cuerpos y servicios operativos
con competencias en materia de investigación, persecución o represión del
contrabando.

Finalmente, a fin de reforzar la coordinación en la lucha contra el
contrabando de estupefacientes, se ha producido recientemente la
promulgación del Real Decreto 364/1997, de 14 de marzo, por el que se
modifica la estructura y funciones de determinados órganos colegiados del
Ministerio del Interior en materia de lucha contra el tráfico de drogas,
por el que se crea el Consejo asesor de lucha contra el tráfico de drogas
y el blanqueo de capitales, del que forma parte, como novedad, el
director del Servicio de Vigilancia Aduanera. En la misma línea, como
ustedes saben, se ha puesto en funcionamiento recientemente la Oficina
central nacional de estupefacientes, órgano de coordinación en el que
están representadas tanto las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
como el Servicio de Vigilancia Aduanera.

Todos somos conscientes de que en el pasado se han producido distorsiones
en la coordinación de los cuerpos y servicios encargados de la lucha
contra el contrabando. Creo que la responsabilidad exige impulsar con
todos los esfuerzos posibles medidas de coordinación para evitar que en
el futuro puedan repetirse situaciones de esas características.




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El magnífico trabajo que están desarrollando los funcionarios del
Servicio de Vigilancia Aduanera, desde la perspectiva de la Secretaría de
Estado de Hacienda, por supuesto exige prestarles el mayor apoyo y
atención posibles.

Quiero destacar que a lo largo de los primeros cuatro meses de 1997, por
ejemplo, en materia de aprehensión de cajetillas de tabaco de contrabando
han sido descubiertas y aprehendidas 120.250.000 cajetillas, cuando en
los cuatro primeros meses del año 1996 la aprehensión fue de 9.121.000
cajetillas. El Servicio de Vigilancia Aduanera está realizando un
extraordinario trabajo en materia de lucha contra el contrabando de
tabaco. Creo que en estos momentos lo importante es sumar la aportación
de todos los cuerpos y servicios involucrados, en eso coincidirán todas
las señoras y señores diputados miembros de esta Comisión, y el objetivo
del Gobierno es trabajar en esa línea.

A lo largo de los últimos meses, y como consecuencia de este incidente,
se mantuvieron reuniones entre el Vicepresidente del Gobierno para
Asuntos Económicos y el Ministro del Interior en las que se empezaron a
sentar las bases de los protocolos a que he hecho referencia, que están
cerrados y única y exclusivamente están pendientes de su firma. Dichos
protocolos esperamos sirvan para mejorar la coordinación entre todas las
fuerzas y servicios que puedan participar en materia de lucha contra el
contrabando.




El señor VICEPRESIDENTE (Cárceles Nieto): ¿Grupos que desean intervenir?
(Pausa.)
Comenzamos por el Grupo que ha solicitado la comparecencia. En nombre del
Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Perales
Pizarro.




El señor PERALES PIZARRO: Gracias, señor secretario de Estado, por su
comparecencia.

Como no podía ser de otra forma, por supuesto no tenemos más remedio que
admitir su explicación por la incomparecencia cuando estaba previsto que
lo hiciera, pero no cabe duda de que en aquella ocasión nos quedamos con
deseos de oír su explicación cuando compareció el señor López
Valdivielso, Director General de la Guardia Civil, porque hubiera sido
más clarificador oír ambas explicaciones y poder delimitar luego con
mayor claridad cuáles son las responsabilidades políticas que se pueden
derivar de lo que aconteció esa noche en las playas de Tarifa.

Sus explicaciones no nos satisfacen porque son claramente contradictorias
si las comparamos con las que realizó el señor Director General de la
Guardia Civil. Sin duda, usted y sus asesores --como todos los portavoces
que estamos aquí-- habrán tenido la prudencia de conocer las
explicaciones del señor Director General de la Guardia Civil, habrán
tenido la curiosidad de conocer las explicaciones que dio el señor
Director General de la Guardia Civil, y habrán podido observar que
difieren bastante de las que usted acaba de dar.

Eso nos anima a seguir insistiendo en este asunto. A nosotros no nos
parece razonable que ustedes den explicaciones completamente distintas;
quizá fuera razonable que pudiéramos conocer la opinión de ambas
autoridades cuando comparecen en la Comisión. Nada más lejos de nuestra
intención, desde luego, que cargar las tintas para responsabilizar a un
cuerpo o a otro, ni muchísimo menos; nosotros defendemos la eficacia del
SVA, no podía ser de otra manera, pero también defendemos la eficacia de
la Guardia Civil, y no se trata de dar o quitar la razón a uno de los
cuerpos, todo lo contrario, queremos sencillamente que ustedes, como
responsables del Gobierno, nos expliquen las medidas que tienen previsto
adoptar para que no se repitan esos acontecimientos.

No tiene nada que ver una explicación con la otra. El relato que hacía el
Director General de la Guardia Civil del hecho en sí que usted ha
explicado era que hacia las 21 horas el capitán de la Guardia Civil
observó a través de los visores nocturnos cómo un helicóptero volaba por
encima de la isla de las Palomas sin alumbrado, sin señales luminosas.

Usted acaba de decir que llevaba las señales luminosas encendidas; es
decir, en la comparecencia a uno de los dos le ha fallado la observación,
o llevaba luces y estaba indicando su posición o no la estaba indicando.

En un momento dado el helicóptero hizo una señal luminosa con un
proyector a una embarcación que estaba mar adentro, que fue contestada a
su vez por otra señal luminosa que partió de esa embarcación que estaba
mar adentro. Cuando uno oye esto del Director General de la Guardia Civil
no sabe si se está refiriendo a El Trueno Azul, aquella serie de
televisión que era un helicóptero extraordinario, o es que los presuntos
delincuentes disponían de una flotilla aeronaval y se comunicaban entre
ellos. Usted acaba de contar un relato menos completo, pero claramente
contradictorio con el del señor Director General de la Guardia Civil.

El Director General de la Guardia Civil admitió que se recibieron en el
COS de Cádiz y de Algeciras sendas denuncias anónimas y que en función de
esas denuncias anónimas ellos establecieron un sistema de vigilancia en
la playa. La pregunta es de cajón. ¿Cómo es posible que en el sistema de
coordinación de la provincia de Cádiz se reciban dos denuncias anónimas y
la Guardia Civil que establece el operativo, según el Director General de
dicho Cuerpo, no advierta de esa operación al SVA que opera en la zona?
¿Qué explicación puede encontrar cualquier observador, al margen de las
señoras y señores diputados que aquí nos encontramos? ¿Cómo es posible
que el servicio de la Guardia Civil que, según su Director General monta
el operativo de vigilancia, no advierta al SVA que opera en la zona de
que para el día 5 hay previsto un desembarco de droga en las playas de
Tarifa? Lo que sucedió indica un problema grave de coordinación. Es
verdad que no es la primera vez que sucede, sí es la primera vez que
revistió la gravedad que usted acaba de relatar, rebajando un poco la
gravedad, pero es verdad, repito, que no es la primera vez que sucede. Ha
habido otros problemas, pero nunca con la virulencia, la gravedad y
probablemente nunca tampoco con un documento como el vídeo al que usted
ha hecho mención.

El Director General de la Guardia Civil hizo un relato claramente
acusatorio contra el SVA. Si cualquiera de los presentes hace la lectura
de la intervención del Director General de la Guardia Civil, comprobará
que fue un relato



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claramente acusatorio, injustamente acusatorio, cuando en realidad los
errores de coordinación deben ser exigidos, única y exclusivamente, a los
responsables políticos del Gobierno en Andalucía; es decir, al Delegado
del Gobierno, señor Torres Hurtado, y al Gobernador Civil de Cádiz, señor
Hermida, que son los responsables de la coordinación de los Cuerpos y
Fuerzas de Seguridad del Estado.

Por tanto, a nosotros nos parece que ustedes yerran con la explicación
que dan, porque como diputados del primer partido de la oposición nos
interesa que ustedes nos digan, en primer lugar, quién asume la
responsabilidad. ¿Es que nadie asume la responsabilidad de ese error en
la coordinación? ¿Qué responsable político asume ese error de
coordinación y la responsabilidad de los enfrentamientos a que dio lugar?
En segundo lugar, nos parece sorprendente que aquí usted con más
prudencia, pero el anterior compareciente de forma mucho más imprudente,
acuse a otro Cuerpo y Fuerza de Seguridad del Estado, sea o no sea
auxiliar.

Señor Secretario de Estado, creo que será razonable y bueno que se tomen
las medidas necesarias para que no vuelva a suceder el espectáculo de
repartirse el alijo de drogas y repartirse los detenidos, que es como se
solventó el enfrentamiento físico. Porque hubo enfrentamiento físico. Yo
no sé si usted lo ha mencionado, creo que no; usted ha dicho que hubo
forcejeo e intercambio de palabras. Hubo enfrentamiento físico, repito,
se enfrentaron físicamente miembros del instituto armado y miembros del
SVA; incluso en el vídeo se pude observar con claridad que alguna persona
no hace uso afortunadamente pero hace ademán de manejar el arma
reglamentaria. Y ustedes tienen esa responsabilidad; que eso pasara antes
no les exculpa de su responsabilidad y menos a ustedes que son
genuinamente mejores, como parece evidente. Eso no les exculpa de
responsabilidad, repito.

Por tanto, señor Secretario de Estado, mis preguntas son las siguientes:
el señor director general acusó directamente a los funcionarios del SVA
de no cumplir la orden del gobernador civil de Cádiz de que la operación
y las diligencias deberían quedar en manos de la Guardia Civil; está
escrito en esta intervención. Acusó a los funcionarios de no hacerlo.

¿Han tomado ustedes medidas disciplinarias contra los funcionarios del
SVA que incumplieron la orden del gobernador civil, que es la primera
autoridad en la coordinación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado? En segundo lugar, el delegado --decía el Director General de la
Guardia Civil--, director de la Agencia Tributaria de Cádiz ya no está en
su puesto, decía este señor, no sé si por estas razones o por otras. Le
pregunto: ¿se dio orden de cesar a este funcionario en relación con el
asunto de Tarifa, como se insinuó abiertamente y como está escrito en el
documento que tenemos del Director General de la Guardia Civil?
Por parte del Ministro de Interior se ha hablado, y también por el
Director General de la Guardia Civil, de que se estaba elaborando un solo
protocolo. Parecía que era un protocolo singular, que no era una
derivación de la legislación comunitaria, como usted acaba de explicar;
la singularidad de la explicación estaba en que era una acción tomada
expresamente para coordinar al SVA y al Ministerio del Interior. Yo
quería que usted nos contara si ese protocolo es singular o es la
derivación de esa legislación que usted ha mencionado hace un momento.

Señor Secretario de Estado, usted tendrá consciencia, me consta que la
tiene, de que hay problemas de cobertura jurídica del SVA. Hay decisiones
importantes en la Junta de Jueces de Cantabria, de la Audiencia
Provincial de Orense, de otras instancias judiciales donde se pone en
cuestión la capacidad que usted acaba de admitir de la aduana y de los
funcionarios de aduana a los que, según usted, corresponde la represión y
la investigación del contrabando. Hay problemas de cobertura jurídica
derivados de la Ley Orgánica 12/1995, que el Grupo Popular también votó
y, por tanto, no entendemos cuál es la acusación que se hace siempre
contra esa ley si contó también con su apoyo.

Y, por último, señor Secretario de Estado, es cierto que usted no es el
responsable de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, sus
responsabilidades son otras, pero estamos seriamente preocupados con el
problema de coordinación en la provincia de Cádiz y en Andalucía en
general. Desgraciadamente, no es una excepción lo que estamos analizando
hoy, el enfrentamiento violento entre la Guardia Civil y el SVA. La
prensa de Cádiz, el lunes día 2 de junio de 1997, también el domingo 1,
se hacía eco de un enfrentamiento entre la Guardia Civil y la Policía
Nacional por un alijo de droga de doscientos kilos. No es sólo un
problema entre el SVA y la Guardia Civil. Esto es del día 2 de junio, y
el día 31 de mayo en Jerez, en el peaje de la autopista Sevilla-Cádiz, se
produce un enfrentamiento gravísimo, afortunadamente menos grave que el
que nos ocupa, entre miembros de la Guardia Civil y del Cuerpo Nacional
de Policía, ante el estupor de los presuntos delincuentes y ante la
sorpresa de todos los que estaban próximos y los que trabajaban en el
peaje de la autopista; se produce, repito, un enfrentamiento, menos grave
que el que nos ocupa, pero un enfrentamiento desgraciado y en el que es
necesario tomar medidas.

El problema ni siquiera es como se dice por parte de las autoridades, del
señor Valdivielso, que los socialistas legislaron mal y que tienen la
culpa, como no podía ser de otra manera, los socialistas, porque las
disposiciones que adoptaron eran contradictorias y confusas. ¿Hay
confusión, quizá, también de coordinación entre la Política Nacional y la
Guardia Civil cuando se producen enfrentamientos? Es un caso similar, hay
una denuncia y no existe coordinación alguna; al parecer, la denuncia se
recibe en la Policía Nacional y en la Guardia Civil y no hay nadie por
encima de la Guardia Civil y no hay nadie por encima de la Policía
Nacional que tenga el sentido común de coordinarles, sino que ambos
cuerpos montan dispositivos paralelos y los dos, también al parecer,
llegan en el mismo momento a detener a los presuntos delincuentes. No hay
nadie, repito, ningún responsable político, que sea capaz de coordinar
los dos dispositivos.

Y no es sólo con el SVA, lo digo para su descargo, porque el problema no
es del SVA; el problema es que el responsable



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político de la coordinación en Cádiz, cesado, no sé si de derecho pero sí
de facto...




El señor VICEPRESIDENTE (Cárceles Nieto): Vaya terminando, señor Perales.




El señor PERALES PIZARRO: Termino en un segundo. ...sobre todo, el
delegado del Gobierno en Andalucía, señor Torres Hurtado, que es el
primer responsable de eso, se ocupa de otras tareas y de otras
actividades distintas a la de coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado. Se ocupa de criticar a la Junta de Andalucía, se
ocupa de hacer de portavoz del Partido Popular y no se ocupa de lo que en
realidad le corresponde y para lo que el Gobierno ha creado esa
responsabilidad, para que se ocupe de reprimir el contrabando y reprimir
el delito, que es la tarea primordial que en este caso tiene el señor
delegado del Gobierno.




El señor VICEPRESIDENTE (Cárceles Nieto): Por el Grupo de Izquierda
Unida, tiene la palabra el señor Castellano.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Nuestro grupo da la bienvenida al
señor Costa y le agradece la información que nos ha proporcionado sobre
el incidente que ha motivado la solicitud de comparecencia de S. S. por
parte del Grupo Socialista del Congreso.

No es ésta la primera vez que en esta Comisión de Justicia e Interior, y
nos tememos, sin querer ser agoreros, que no será la última, se ponen de
manifiesto, no ya contradicciones, que en alguna medida podrían ser
perfectamente digeribles, sino incidentes absolutamente lamentables. A mí
me gustaría para una próxima ocasión poder traer a SS. SS., para adornar
la intervención, el conjunto de organismos que se crean cada mañana en
esta materia y al que parece ser que ahora se añade una oficina central;
planes nacionales, delegados, subdelegados, equipos de trabajo... Y la
verdad es que sinceramente eso no está evitando que, por un exceso de
celo entre unos y otros, se produzcan estas situaciones. Si fuera sólo
por un exceso de celo, en alguna medida nos felicitaríamos, porque
pensaríamos que tenemos un conjunto de servidores del Estado que están
deseosos de cumplir con sus obligaciones y que se emulan recíprocamente.

El problema es que hay una absoluta falta no ya de coordinación, sino de
delimitación de lo que son todas y cada una de las competencias.

El señor Perales ha hecho referencia a determinadas resoluciones de
algunos órganos jurisdiccionales. Sabe S. S. la frecuencia con la que en
determinadas plazas del Mediterráneo, en las que se producen esta clase
de actuaciones, se encuentran los jueces sorprendidos con la petición de
que el Servicio de Vigilancia Aduanera quiera ni más ni menos que por
parte de los jueces se le dé una orden de registro y entrada en un barco,
cuando, por mucho que quieran, y vaya por delante todo mi respeto hacia
el Servicio de Vigilancia Aduanera, no son Policía judicial. Son unos
funcionarios del Ministerio de Hacienda con una labor absolutamente
encomiable, y debemos agradecérselo, pero no tienen el carácter más que,
en todo caso, de una Fuerza auxiliar de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado.

¿Por qué está ocurriendo todo esto? ¿Es que pervive todavía un sistema de
primas como consecuencia de las aprehensiones que puede dar lugar a esta
motivación tan celosa? ¿O es que hay una auténtica competitividad, no ya
entre los cuerpos y servicios, sino, sinceramente, entre los
departamentos ministeriales, que, por muchos protocolos que se firmen por
arriba, de carácter burocrático, no acaban de verse en la realidad y
acaban dando lugar a toda esta clase de incidentes? Y, sinceramente, no
trato de exigir ninguna clase de responsabilidades políticas, porque
todos, estemos en el Gobierno o en la oposición, sentimos una especial
vergüenza ajena cuando los medios de comunicación nos trasladan que pueda
haber servidores del Estado, repito, que están ni más ni menos que
protagonizando incidentes de esta clase. Habría que tener una absoluta
falta de sensibilidad para no sentirse afectado por el espectáculo que se
da ante los ciudadanos.

Yo creo que lo que hace falta es una reflexión muy seria sobre este
particular y a lo mejor en ella sería conveniente que el Ministerio de
Hacienda, si estamos hablando en una subcomisión de esta Cámara de un
determinado modelo policial, aceptara seriamente que le puede
corresponder un determinado papel en lo que podríamos llamar la represión
del contrabando, pero que, llegando el momento de poner en práctica lo
que se llama la exigencia de responsabilidades penales, eso le
corresponde a la Policía judicial y a los juzgados. Me ha llamado
poderosamente la atención que usted hable de un atestado judicial elevado
por los miembros del Servicio de Vigilancia Aduanera. Los atestados los
hace la policía gubernativa, que depende del Ministerio de Interior. Lo
que podrán hacer será un informe que sirva de base para una denuncia pero
que hay que encauzar lógicamente a través de quien hay que encauzarla.

Yo sé que es inevitable que en el Servicio de Vigilancia Aduanera, por
las condiciones de su trabajo y por sus propios cometidos, no haya una
cierta predisposición a querer equipararse con las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado, hasta el extremo de que haya polémicas incluso
acerca de la posibilidad de portar armas y de alguna otra clase de
reivindicaciones de las que hemos oído hablar. Pero, por muy legítimas
que sean, en cuanto a los planteamientos de unos servidores del Estado,
repito, que quieren desarrollar su trabajo, es obligado que el Gobierno,
porque entre otras cosas está para eso, ponga un poco de orden en este
tema, para que no se vuelva a producir. Y yo le repito, señor Secretario
de Estado, que esto no se resuelve con la hipercreación de organismos de
todo tipo, que podrán llevar aparejados todo un conjunto de honores y
rangos para los que se sitúen en ellos, aparte de las correspondientes
dietas. Este es un problema de sentido común, es un problema de
racionalización. Lamentablemente, este incidente no es aislado, no es más
que otro exponente más de un suceso que hoy ha ocurrido en Tarifa, pero
que cualquiera de los que tenemos experiencia en otra zona le podríamos
decir a usted dónde ha vuelto a ocurrir. Yo no quiero cargar las tintas,
pero pida usted a su propio Servicio



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de Vigilancia Aduanera que le pase informe de lo ocurrido el pasado
viernes en el puerto de Palma de Mallorca como consecuencia de la
aprehensión de un determinado buque y le explicarán que si no se llegó,
dicho en el lenguaje coloquial, a las manos, desde luego sí se llegó a
una situación absolutamente kafkiana. Y era que un cuerpo y un servicio
de seguridad estaban anhelantes delante de la puerta del señor juez de
guardia viendo quién ganaba por la mano al otro para llevarse una
determinada orden de entrada y registro en un buque. Esto, aunque se lo
ofrezco como un exponente, es el pan nuestro de cada día.

Sinceramente, ha llegado el momento de ponerse a la labor, y no firmando
protocolos ni creando nuevos organismos, sino dando una formación
suficientemente seria y responsable a todos y cada uno de los que
intervienen, para que, entre otras cosas, nos eviten el bochorno y el
espectáculo.




El señor VICEPRESIDENTE (Cárceles Nieto): Me había pedido la palabra, por
el Grupo de Convergència i Unió, el señor Silva, pero, al estar ausente
de la sala, entendemos que decae su petición.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Gil Lázaro.




El señor GIL LAZARO: Con toda la brevedad, quiero comenzar agradeciendo
al señor Secretario de Estado su presencia ante esta Cámara y, desde
luego, desde la perspectiva de nuestro grupo, damos plenamente por buenas
las explicaciones que nos ha ofrecido en relación con su forzada ausencia
de la sesión anterior.

Entendemos que este asunto objeto de la comparecencia de hoy está
concluido en sí, en cuanto al incidente concreto de Tarifa. Ante esta
Cámara ha comparecido el señor Ministro de Interior, a requerimiento de
este grupo parlamentario, el Director General de la Guardia Civil, hoy el
Secretario de Estado de Hacienda, ambos a requerimiento de otros grupos,
y se ha podido completar un análisis no sólo del incidente en sí de
Tarifa, sino una reflexión mucho más global sobre lo que hay que hacer y,
en concreto, aquello que este Gobierno ha puesto en marcha para evitar,
insisto, la reiteración de un incidente de esta naturaleza.

Quisiéramos insistir en que, desde la perspectiva de nuestro grupo, es un
enfoque erróneo tratar de sectorializar esta cuestión estableciendo una
polémica que no se da, ni desde la perspectiva del Grupo Parlamentario
Popular ni de la del Gobierno, entre el Servicio de Vigilancia Aduanera y
la Guardia Civil en orden a responsabilidades concretas en este asunto.

Es legítimo, como es natural y queremos subrayarlo, que cualquier grupo
pueda hacer la interpretación que considere adecuada de las
intervenciones de cualquier compareciente ante esta Cámara. Pero por lo
mismo también lo es que el Grupo Parlamentario Popular señale que no
encuentra contradicción entre las explicaciones dadas hoy por el
Secretario de Estado de Hacienda y las ofrecidas en su momento por el
Director General de la Guardia Civil, en el bien entendido de que en este
caso el orden de citación de los comparecientes no altera el producto,
porque éste al final es la voluntad de uno y de otro de afrontar la
verdadera dimensión de fondo del problema y no de cargar las tintas
sectorialmente sobre nadie. Creemos que lo importante no es el incidente
en sí sino, desde luego, las medidas que, como consecuencia del mismo, ha
adoptado el Gobierno para intentar que este tipo de incidentes no vuelva
a reiterarse. Al decir que lo importante no es el incidente en sí no
estamos queriendo decir, en modo alguno, que el incidente no fuera
indeseable en cuanto que hubiera sido deseable, evidentemente, que no se
hubiera producido.

El Ministro de Interior, el Director General de la Guardia Civil y hoy el
Secretario de Estado de Hacienda han podido bosquejar las medidas, el
conjunto de principios básicamente que el Gobierno ha puesto en práctica
para dar una resolución estructural a este tipo de incidentes, intentando
que no vuelvan a repetirse, fundamentalmente asentado en tres principios:
un principio de cooperación, un principio de coordinación y una voluntad
adecuada de limitación de las funciones y servicio de cada una de las
administraciones actuantes.

Quiero insistir, para que no se malinterprete mi intervención ni mi
valoración, en que, desde luego, desde la perspectiva de este grupo y de
la del Gobierno, hubiera sido deseable que este incidente no se hubiera
producido. Pero, permítanme que diga, y entiéndanlo, porque no quiero
decirlo con voluntad alguna imputatoria sino meramente evocativa o
descriptiva, que durante mucho tiempo no se adoptaron las medidas
estructurales adecuadas para evitar este tipo de incidentes y, sin
embargo, ahora esos instrumentos se han concluido.

Se ha dicho por parte de algún digno representante de un grupo
parlamentario que el hecho de que haya sucedido este incidente y que
sucedieran antaño incidentes de esta naturaleza no es culpa de las
responsabilidades actuales. Nosotros queremos volver a recordar una
definición de principio que hemos venido reiterando ante esta Cámara con
ocasión de hechos de distinta naturaleza que se han venido produciendo.

Este Gobierno no va a excusar sus responsabilidades cuando esas
responsabilidades existan ni las va a derivar hacia terceros, pero si
entendemos que la afirmación, el hecho de que esto sucediera antaño, no
excusa las responsabilidades actuales, y debiera permitir al menos
matizar muchas cosas y matizar algunos discursos. A propósito, y puesto
que se ha hecho una invocación al sentido común, nos parece que esa
referencia a la matización de discursos y de análisis es también, sin
lugar a duda, una referencia de sentido común.

Voy a finalizar señalando algo que ha puesto de manifiesto el señor
Secretario de Estado, que puso en su día de manifiesto el Director
General de la Guardia Civil, también el Ministro de Interior, que yo
estoy seguro que está en el ánimo de todos los grupos parlamentarios,
desde luego en el nuestro y que queremos reiterar hoy aquí: la necesidad
de destacar la entrega y la profesionalidad, tanto de los miembros del
Servicio de Vigilancia Aduanera como de los miembros de la Guardia Civil,
en el cumplimiento de sus misiones. Prefiero inclinarme, sin lugar a
duda, en virtud también de lo dicho por algún portavoz de algún grupo
parlamentario, a la consideración de que



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cuando se ha podido producir este tipo de incidentes ha mediado mucho más
un positivo exceso de celo que cualquier otra consideración no tan
transparente como pudiera ser ésa. En todo caso, lo que importa es que
los excesos de celo no puedan llegar a provocar situaciones indeseables y
que este Gobierno ha bosquejado los instrumentos precisos para que estas
situaciones no vuelvan a reiterarse o, en todo caso, para que ante
situaciones de este estilo exista un marco previo y claro que permita,
desde esos principios de cooperación, coordinación y delimitación de
funciones, saber integrar cuáles son los cometidos propios de cada uno,
bien del Servicio de Vigilancia Aduanera, bien de la Guardia Civil, en
este tipo de misiones.

Ha dicho el señor Secretario de Estado, y nosotros compartimos esa
afirmación plenamente, que la única conclusión posible es la necesidad de
sumar los esfuerzos de unos y otros para poder definir una estructura
operativa suficiente, ágil y eficaz en la prevención de las actividades
ilícitas de contrabando. Yo creo que ésa es la mejor conclusión que se
puede extraer de este incidente. Se ha dicho también por parte de algún
portavoz de algún grupo parlamentario, y nos parece igualmente una
invocación positiva e interesante, que es necesario, a partir de esto,
ahondar en una reflexión de futuro en orden precisamente a poder
perfeccionar los instrumentos que en este momento el Gobierno ha querido
poner en práctica para evitar la reiteración de este tipo de incidentes.

Vamos a tener ocasión de poder ahondar en esa reflexión de futuro, no
solamente en el trabajo ordinario de esta Comisión, sino en el marco
específico de la Subcomisión creada al efecto para el estudio y la
reforma, en su caso, del modelo policial. Prefiero, y ése es el tono que
quiere emplear el Grupo Parlamentario Popular en este acto como
conclusión, desde nuestro punto de vista, del ya reiterado incidente de
Tarifa, entender que las posiciones que unos u otros grupos
parlamentarios hemos podido --insisto-- legítimamente adoptar sobre este
asunto tienen al final un nexo y un compromiso común, que es precisamente
trabajar todos juntos en pro de lograr los mejores instrumentos en orden
a que este tipo de situaciones no se vuelva a reiterar.

No es bueno, no sería satisfactorio, no sería esencialmente útil, que la
única conclusión de este asunto fuera un empeño por definir quién tiene
la culpa. Creo que es mucho más positivo, y así lo cree el Grupo
Parlamentario Popular, que la conclusión que todos podamos suscribir en
este asunto, no intentando establecer quién cometió más errores, los
errores de antaño o los errores de hoy, es que todos podemos, desde
nuestras posiciones, trabajar juntos para establecer precisamente esa
mejor estructura operativa en la que el Servicio de Vigilancia Aduanera y
las Fuerzas de la Guardia Civil tienen una misión que es trascendental y
que solamente se puede vertebrar desde esos principios de cooperación y
coordinación.




El señor VICEPRESIDENTE (Cárceles Nieto): El señor Silva había pedido la
palabra y por estar ausente había decaído su petición. No obstante, si
los grupos parlamentarios no tienen inconveniente, en este turno podría
intervenir el señor Silva. (Pausa.)
El señor SILVA SANCHEZ: Muchas gracias, señor Presidente, por su
comprensión y por la de los restantes grupos con las situaciones
complicadas de trabajo de los grupos pequeños. No querría cansar al
compareciente ni a SS. SS. y por ello, además de agradecerle su
comparecencia, sólo le formularía una pregunta. ¿Entiende, señor
Secretario de Estado, que estas dificultades que se producen a veces y
que se han producido en ocasiones anteriores reiteradamente entre las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y el Servicio de Vigilancia
Aduanera tienen su solución pura y exclusivamente a través de mecanismos
de coordinación o, por el contrario, habría que ir a una modificación de
la reciente Ley Orgánica de Represión del Contrabando, atribuyendo al
Servicio de Vigilancia Aduanera el carácter de Policía judicial y, por lo
tanto, reconociéndoles no ya como unos puros auxiliares, sino
atribuyéndoles las mismas competencias que a las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado? He llegado muy al final de la intervención de mi
estimado compañero, el señor Gil Lázaro, y no sé si ha hecho referencia a
esta posibilidad a través de la subcomisión que va a tratar del modelo
policial, pero me gustaría que nos manifestara el señor Secretario de
Estado su opinión, en el sentido de si las necesidades son pura y
simplemente de coordinación o si requieren una modificación legislativa
un poco más audaz.




El señor VICEPRESIDENTE (Cárceles Nieto): Tiene la palabra el señor
Secretario de Estado de Hacienda.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA (Costa Climent): Muchísimas
gracias a los representantes de los grupos parlamentarios por su
intervención y por las inquietudes que han manifestado, a las que voy a
intentar responder de la manera más concreta y concisa posible.

En primer lugar, se me ha manifestado que mi intervención ha sido
contradictoria con la que efectuó en su día el Director General de la
Guardia Civil. En mi intervención me he limitado a detallar hechos desde
la perspectiva de cuáles han sido las actuaciones de los funcionarios del
Servicio de Vigilancia Aduanera. Creo que ésa es mi responsabilidad y lo
que se esperaba de la Comisión. Se ha llegado a concretar esa
contradicción sobre la base de si el helicóptero llevaba señales
luminosas o no y si yo lo he manifestado o no. Yo lo que he manifestado
es que aproximadamente a las 21.30 horas, cuando el objetivo se
encontraba muy próximo a la costa, en ese momento, desde el mar se
acercan el helicóptero y el patrullero HJ8, que con las señales acústicas
y luminosas reglamentarias da orden de parada. Eso es lo que he
manifestado en mi intervención y ésos son los hechos que constan a la
Dirección de la Agencia tributaria con relación a los acontecimientos que
son objeto de esta comparecencia.

Me han solicitado que explique las medidas. He hecho referencia a las
medidas que está adoptando el Gobierno, las medidas que considera que son
suficientes y adecuadas para garantizar evitar en el futuro este tipo de
situaciones. La coordinación y establecimiento de unas reglas del juego
en materia de coordinación es una medida imprescindible.




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El hecho cierto es que en los últimos años, y antes he hecho referencia a
las situaciones de conflictos que se produjeron en la misma zona de
Andalucía de 1992 a 1995, se produjeron conflictos y, por lo tanto, se ha
constatado la necesidad de que exista una mayor coordinación entre los
cuerpos y servicios que se dedican a la lucha contra el contrabando. El
Gobierno cree, por ello, que es necesario establecer ese protocolo de
reglas del juego. No es una cuestión de si es un protocolo o son dos, lo
que es obvio es que hay dos tipos de actuaciones ilícitas a las que hay
que enfrentarse; una en materia de contrabando de tabaco y otra en
materia de narcotráfico. Con independencia de que el narcotráfico o la
introducción ilícita de sustancias tóxicas pueda tener la consideración
de ilícito desde el punto de vista tributario y también desde el punto de
vista del contrabando, obviamente es una situación que tiene unas
peculiaridades radicalmente distintas a las que pueda tener el
contrabando de tabaco. Por tanto, pueden ser uno o dos protocolos o un
protocolo con dos ámbitos de actuación o de atención preferente, uno es
la coordinación en materia de contrabando de tabaco y otro la
coordinación en materia de narcotráfico. Respecto a la coordinación en
materia de contrabando de tabaco, en la medida en que no estamos hablando
de un delito contra la salud pública, estamos hablando de un ilícito
tributario y un ilícito, en su caso, desde el punto de vista penal,
teniendo en cuenta que la aduana es la encargada de la aplicación
efectiva del sistema tributario aduanero, tiene unas labores de
coordinación específicas de los cuerpos y servicios operativos. La
necesidad de poner en marcha un protocolo que establezca y delimite con
precisión cuáles son las reglas del juego es algo evidente. Se me puede
decir que no es necesario, se me puede decir que es imprescindible otro
tipo de actuaciones, desde luego cualquier sugerencia, recomendación o
indicación que las señoras y señores Diputados, miembros de esta
Comisión, tengan a bien plantear para mejorar esa coordinación el
Gobierno la va a asumir, como no puede ser de otra forma. Además, una
cuestión de estas características en que la inquietud de los
funcionarios, la inquietud de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado por desarrollar un trabajo con la eficacia con que lo vienen
desarrollando, con el tesón y con el celo profesional con que lo vienen
desarrollando, nos exige a todos un ejercicio de responsabilidad, no hay
que pensar en las situaciones negativas, sino valorar las situaciones
positivas e intentar dar una solución para esos problemas de coordinación
que puedan haberse puesto de manifiesto en el pasado o que se pongan de
manifiesto en el futuro. No creo que sea una cuestión de
responsabilidades constatar unos hechos. Es responsabilidad del Gobierno
trabajar para evitar que se produzcan esos hechos, igual que fue
responsabilidad de anteriores gobiernos trabajar para evitar que se
produjeran esos hechos. En ocasiones, los acontecimientos negativos nos
tienen que permitir efectuar un juicio, un análisis de la situación
riguroso y con prudencia, de manera pausada, para reflexionar sobre
cuáles son las medidas que es necesario adoptar.

Se ha manifestado que el director general de la Guardia Civil acusó a los
funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera de incumplir una orden
del gobernador civil. No voy a discutir aquí las competencias de los
gobernadores civiles en lo que pueda ser la coordinación y la dirección
de funcionarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, no
voy a entrar en esa cuestión, lo que sí quiero manifestar es que en la
investigación interna del Servicio de Vigilancia Aduanera, de la que
tengo conocimiento, no se constató la existencia directa de una orden del
gobernador civil. En cualquier caso, como he dicho antes, y es lo que me
parece importante, existe constancia judicial de todos los hechos
descritos. Si de esos hechos puestos en conocimiento de la autoridad
judicial se hubiera derivado alguna responsabilidad en la actuación de
los funcionarios del servicio, es evidente que corresponde a dicha
autoridad depurar todas las responsabilidades que pudieran haberse
producido, sin que hasta la fecha exista constancia alguna en la
Dirección de la Agencia Tributaria sobre esa situación.

Me ha planteado cuál es el motivo por el que el delegado de la Agencia
Tributaria en Cádiz no se encuentra en estos momentos ejerciendo sus
responsabilidades. Está en Canarias. Como es obvio, la dirección de la
Agencia toma decisiones de reorganización o decisiones de movilidad de
las responsabilidades que están asumiendo los funcionarios, y se ha
tomado una decisión que es la de que continúe desarrollando
responsabilidades dentro de la Agencia Tributaria pero en otro ámbito
territorial distinto. A esa situación no hay que darle mayor importancia.

Se me ha plantado también si el Servicio de Vigilancia Aduanera carece o
no de cobertura jurídica en lo que pueda ser el ejercicio de sus
actuaciones. Quiero manifestarles, señoras y señores diputados, que la
disposición adicional primera de la Ley orgánica de represión del
contrabando determina que las autoridades, funcionarios y fuerzas a
quienes está encomendada la persecución y el descubrimiento del
contrabando continuarán desempeñando sus cometidos con los derechos y
facultades que para la investigación, persecución y represión de esas
conductas han venido ostentando desde su creación. El Servicio de
Vigilancia Aduanera en la investigación, persecución y represión de los
delitos de contrabando actuará en coordinación con las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad del Estado y tendrá a todos los efectos legales carácter de
colaborador de los mismos. Es conveniente tomar en consideración el
contenido de la disposición adicional primera de la Ley orgánica del
contrabando. Además, se afirma que con relación al servicio continuarán
desempeñando sus cometidos. Por tanto, de alguna manera se está
manteniendo el status jurídico de sus funcionarios no sólo para
investigar y perseguir conductas de contrabando, sino también para poder
efectuar otras actuaciones. Además, de la afirmación de que el Servicio
de Vigilancia Aduanera tendrá a todos los efectos legales el carácter
colaborador de los mismos también hay que extraer sus consecuencias.

Todos ustedes saben que existe la instrucción 1/96, de la Dirección
General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dictada a
inicios de 1996, en la que se concreta, dentro del marco de la Ley
orgánica de contrabando, las funciones que se le atribuyen y que debe
desarrollar el Servicio de Vigilancia Aduanera. Tampoco voy a hacer
referencia



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a si existen o no muchas y con carácter mayoritario resoluciones
judiciales en las que se puede reconocer al servicio el carácter de
policía judicial dentro del marco de sus competencias ni autos concretos.

No creo que sea ésa la cuestión. Existe un marco legal, existe una
instrucción que regula el funcionamiento del Servicio de Vigilancia
Aduanera. Lo que quiero manifestarles también es que la dirección del
ministerio ha estado en contacto con la Dirección General del Servicio
Jurídico del Estado con el objeto de que haya una mayor explicitación de
cuál es el contenido que en su opinión puede dársele a las funciones que
debe desarrollar el Servicio de Vigilancia Aduanera. Es cierto que hubo
una cierta descoordinación o conflicto de interpretaciones, a principios
de 1996, en lo que órganos distintos podían entender. Si me refiero a
cuál es el contenido del dictamen del Servicio Jurídico del Estado es
conveniente tomar en consideración algunas circunstancias. En primer
lugar, todos ustedes saben que no es vinculante. En segundo lugar, no
figuró petición de informe a la Agencia Tributaria como parte afectada,
en la medida en que se estaba refiriendo a una instrucción interna de la
Agencia Tributaria. En cualquier caso, como les he manifestado, la
dirección del ministerio se uso en contacto con el Servicio Jurídico del
Estado y se nos manifestó por el propio director que no compartía
íntegramente las conclusiones de ese dictamen, sin prejuzgar ninguna
conclusión definitiva de que podía ser necesaria la emisión de un nuevo
informe. En cualquier caso, parecía conveniente, antes de proceder a la
emisión de ese informe, que se concretaran unos protocolos de
coordinación entre las distintas fuerzas, cuerpos y servicios que tienen
competencias o que desarrollan acciones en materia de contrabando.

En las intervenciones se ha manifestado con carácter general la necesidad
de efectuar serias reflexiones en todo este tipo de cuestiones. Yo no
creo que unos conflictos de estas características sean el pan nuestro de
cada día, utilizando la expresión del señor Castellano con todo el cariño
del mundo. Hay muchos ejemplos, en las mismas áreas, donde se puede haber
producido este conflicto de un trabajo muy coordinado en que han
intervenido la Guardia Civil y funcionarios del Servicio de Vigilancia
Aduanera y donde no se han puesto de manifiesto, en ningún momento,
tensiones ni contradicciones de ningún tipo. Es cierto que hay otras
casos y otros supuestos en los que sí ha habido tensiones, pero yo no me
atrevería a afirmar que ésa es la situación mayoritaria. Desde luego,
cuando entra en conflicto el ejercicio de las competencias por parte de
funcionarios o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
en ocasiones es posible que se produzca este tipo de situaciones. Creo
que ésa sería la reflexión: valorar el contenido de las reglas del juego
en materia de coordinación, y si las señoras y señores diputados en su
momento no las consideran suficientes plantear otro tipo de medidas,
porque creo que en cuestiones de estas características en que todos
coincidimos en el objetivo, es decir, mucha más eficacia en la lucha
contra el contrabando de tabaco o en la lucha contra el narcotráfico,
creo que se trata de sumar esfuerzos y de sumar aportaciones. Desde
luego, el Gobierno debe tomar en consideración --y está dispuesto a
hacerlo-- cualquier iniciativa o inquietud que se pueda plantear, como es
obvio, desde esta Cámara porque es su responsabilidad.




El señor VICEPRESIDENTE (Cárceles Nieto): ¿Grupos que van a intervenir?
Por el Grupo Socialista tiene la palabra el señor Perales Pizarro.




El señor PERALES PIZARRO: Muchas gracias de nuevo al señor Secretario de
Estado.

Nuestra intención no es, en modo alguno, volver a la carga en el tema de
las contradicciones entre una comparecencia y otra, pero tampoco podemos
aceptar que no hemos dicho la verdad en la primera intervención. Hay
contradicciones gravísimas y lamentables. Repito que no queremos cargar
sobre eso pero desgraciadamente las hay. Su tono es más moderado que el
del anterior interviniente sobre este asunto. El anterior interviniente
--leo textualmente-- dijo: Aquí hay una instrucción de la Dirección
General de la Agencia Tributaria que excede claramente de lo que
establece la propia ley, y así lo dice además la Dirección General del
Servicio Jurídico del Estado, a quien se pide un dictamen al respecto. El
Director General de la Guardia Civil --que primero se equivoca-- dice que
el Director de la Agencia Tributaria de Algeciras ya no está en su
puesto. Cuando se le dice si se han exigido responsabilidades sobre los
funcionarios él nos dice que este señor --que usted dice que está en
Canarias-- ya no está. Dice: No tengo competencias respecto a los
funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera, pero sí le puedo decir
que según mis informaciones el administrador de la aduana de Algeciras ya
no está en su puesto, no sé si por estas razones o por otras. Luego
rectifica y dice que es el director de la Agencia Tributaria en la
provincia de Cádiz. Repito que no es nuestra intención volver a insistir
en este tema, pero nos parece que hay contradicciones lamentables. No
tenemos ningún interés en pedir nuevas comparecencias, no queremos
hacerlo, ni mucho menos. Estimamos suficiente la explicación. En todo
caso, como usted mismo dice, los jueces establecerán las
responsabilidades, si es que hay responsabilidades que establecer. Hay
una o varias denuncias ante los jueces y éstos establecerán, en cualquier
caso, si hay alguna responsabilidad en este sentido.

Queremos que el Gobierno adopte medidas y no sabemos todavía cuáles.

Algún portavoz ha dicho que el Gobierno ha manifestado la voluntad de
poner en marcha una serie de medidas que el ministro llamó protocolo, el
Director General de la Guardia Civil dijo que era un protocolo y que
excusaba explicar ninguna línea porque no le correspondía, y usted nos
anuncia una serie de medidas que en este momento nos tendrá que excusar
que valoremos o no su eficacia porque no estamos en condiciones de
hacerlo. Por tanto, lo que el Gobierno ha hecho hasta ahora ha sido
manifestar una voluntad y una descripción de generalidades y de
principios de aceptación universal. ¿Quién no va a aceptar aquí el
principio de la cooperación? Sería absurdo que alguien lo pusiera en
duda. Por tanto, hasta ahora lo que tenemos son generalidades y, desde
luego,



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una manifestación de buena voluntad que nosotros vamos a aceptar.

Respecto a la delimitación de responsabilidades, nosotros no queremos que
se nos mida con varas distintas. Estamos dispuestos a aceptar que es un
exceso de celo ahora, pero ¿por qué antes era una irresponsabilidad y un
desastre del Gobierno anterior, cuando se pudieron producir
acontecimientos de menor gravedad que éste? ¿Por qué ahora es un exceso
de celo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y antes, cuando
gobernaban los socialistas, era una irresponsabilidad, un desastre y un
ejemplo de la corrupción que había en todos los ámbitos de poder? ¿Pero
cómo es posible que ahora sea un exceso de celo y antes fuera un ejemplo
magno de corrupción política y de irresponsabilidad en el ejercicio del
poder? Vamos a ponernos de acuerdo y a medir de la misma manera uno y
otro acontecimiento. Parece más razonable eso que lo otro.

Señor Presidente, nosotros somos muy modestos y no tenemos propuestas
excepcionales para solucionar los problemas. Confiamos más en el sentido
común, en el ejercicio político a pie de obra, en estar encima de los
problemas y de las dificultades, en armarse de paciencia y, desde luego,
en ponerse a la tarea de coordinar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
del Estado. Les animamos a que terminen el protocolo o los protocolos.

Pero le vuelvo a insistir en lo mismo de antes, pues no es sólo el
problema del SVA. El día 31 de mayo se produjo un enfrentamiento en
Jerez, en un peaje de la autopista Sevilla-Cádiz, entre la Guardia Civil
y la Policía Nacional por un alijo de droga de 200 kilos. En esta ocasión
no es necesario ningún protocolo. El protocolo está para delimitar las
competencias de un cuerpo, del SVA, y para desarrollar legislaciones
comunitarias, pero en este caso se supone que no hay ninguna necesidad de
mayor aproximación legal y de coordinación, y se ha producido un
acontecimiento de similares características. En cualquier caso,
terminamos esta intervención como la anterior. Usted no es el
responsable, pero como autoridad importante del Gobierno le rogamos --así
como a los portavoces de otros grupos-- que instruya a la dirección
política de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la provincia
de Cádiz y en Andalucía para que extremen la coordinación. La provincia
de Cádiz no es la capital mundial del narcotráfico, como decían algunos
portavoces del Partido Popular en la oposición, no es la capital mundial
del delito ni del narcotráfico, como se decía, pero instruyan a sus
responsables políticos para que extremen la coordinación, para que se
apliquen a la tarea y actúen con sentido común y no se vuelva a producir
lo mismo que el 31 de mayo, que de nuevo la Policía y la Guardia Civil
tengan operativos completamente distintos para aprehender un alijo de
droga. ¿Por qué no se ponen de acuerdo, que parece lo más sensato?



El señor VICEPRESIDENTE (Cárceles Nieto): Tiene la palabra el señor
Castellano.




El señor CASTELLANO CARDALLIAGUET: Sería faltar a la más elemental
cortesía no dar las gracias al Secretario de Estado por sus posteriores
explicaciones. Solamente subsiste una pregunta, que a lo mejor ya está
más que contestada, incluso, por qué no, puede que hasta esté ya reglado.

La pregunta que le quiero hacer es si permanece vivo el sistema de
premios, según la valoración de los alijos, para aquellos que participan
en la aprehensión; me gustaría saber si permanece vivo ese sistema.




El señor VICEPRESIDENTE (Cárceles Nieto): Tiene la palabra el señor Gil
Lázaro.




El señor GIL LAZARO: Señor Presidente, en primer lugar, por una cuestión
de forma, quiero transmitir al señor Secretario de Estado para que así
conste en el «Diario de Sesiones» --y lo hago muy gustosamente-- el
encargo del Grupo Parlamentario Catalán de excusar su ausencia en este
segundo turno por tener que atender a otras citas parlamentarias.

Básicamente quería señalar como reflexión última que entendemos que en el
clima de serenidad y de voluntad de trabajo en común que se ha puesto de
manifiesto en esta sesión, por parte de todos los grupos, contando además
con el ofrecimiento que nos ha hecho el propio Secretario de Estado en
orden a la consideración de cualquier tipo de sugerencias que pudieran
emanar de esta Cámara, es precisamente en ese clima donde mejor debemos
encontrarnos todos para abordar las soluciones de futuro que se estimen
más pertinentes. Desde luego, el Grupo Parlamentario Popular tiene muy
claro cuáles son las medidas, entre otras cosas porque no son unas meras
declaraciones de principio sino porque, como anunció también el señor
Ministro del Interior, se trata de unos instrumentos que en este momento
están prácticamente concluidos y que tan sólo están pendientes de la
firma correspondiente. Creo que todos los portavoces tienen la seguridad
de que desde este grupo parlamentario, en toda la tramitación de lo que
ha sido ante esta Cámara lo que podríamos denominar el incidente de
Tarifa, no ha habido ni imputaciones gruesas a nadie ni la evolución de
ningún género de concepto desde la vertiente, repito, de este grupo
parlamentario, porque, insistimos, queremos movernos en esa búsqueda del
diálogo, del acuerdo y del trabajo en común.

Simplemente quiero señalar que desde la perspectiva de mi grupo
guardábamos para esta segunda intervención una conclusión que nos parece
obvia y de justicia y que el señor Secretario de Estado nos ha anticipado
y no por ello nosotros queremos dejar de reiterarla. Ciertamente, aunque
se haya producido un incidente como el de Tarifa, aunque hubiera sido
deseable que no se hubiera producido, lo cierto es --y ese incidente no
debe nublar la visión y la consideración general de este orden de
servicios-- que en la generalidad de los casos, como bien señalaba el
señor Secretario de Estado, se aprecia una encomiable profesionalidad,
colaboración y trabajo en común entre los miembros del servicio de
vigilancia aduanera y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado,
especialmente la Guardia Civil. Que ojalá no se hubiera producido ese
incidente es una valoración que todos compartimos, pero ese incidente no
debe dejar traslucir una consideración general,



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que es la que ha hecho el señor Secretario de Estado de Hacienda y que
nosotros desde el Grupo Parlamentario Popular queremos reiterar en este
acto.




El señor VICEPRESIDENTE (Cárceles Nieto): Tiene la palabra el señor
Secretario de Estado de Hacienda.




El señor SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA (Costa Climent): Vuelvo a
agradecer a los representantes de los grupos parlamentarios sus palabras
y el tono y contenido de sus intervenciones.

El señor Perales, representante del Grupo Parlamentario Socialista,
tampoco me ha hecho grandes manifestaciones sobre las que yo pueda
hacerle consideraciones adicionales a las que he hecho con carácter
previo. Me ha dicho que mi tono es más moderado que el de otros
comparecientes. Mi tono es el que es y siempre es el mismo y usted lo
sabe, y además de moderado también soy modesto, en la misma línea que
usted ha apuntado. Quiero manifestarle que mi intervención se ha limitado
a asumir mi responsabilidad, que es explicar los hechos tal y como
ocurrieron por parte de los funcionarios del Servicio de Vigilancia
Aduanera y qué medidas está adoptando el Gobierno. Creo que le he
concretado el contenido de esas medidas. Le he dicho que es necesario una
mayor coordinación, le he dicho que ya se han acordado las reglas del
juego del contenido de esa coordinación, le he dicho en qué casos
concretos se van a establecer reglas en materia de coordinación y, por
supuesto, que esta Cámara tendrá conocimiento exhaustivo y cumplido del
contenido de los acuerdos que se firmen entre el Ministerio del Interior
y el Ministerio de Economía y Hacienda, sin lugar a dudas.

También agradezco al representante de Izquierda Unida el tono y el
contenido de su última intervención. Me ha hecho una pregunta muy
concreta que antes no le he contestado. Le ruego que me disculpe. No
permanece vivo este sistema de retribuciones. Le puedo contestar por
escrito desde qué fecha y en qué momento se suprime.

En cualquier caso, quiero manifestar que en cuanto el Gobierno tuvo
conocimiento de los hechos convocó una reunión entre representantes del
Ministerio de Economía y Hacienda y el Ministerio del Interior, a la que
acudieron ambos ministros, los secretarios de Estado y algunas otras
personas, y la reflexión que ha hecho el Gobierno es que cuando se
producen situaciones de estas características lo que hay que hacer es
intentar responder con prontitud y con celeridad y poner en marcha
medidas. Creo que las medidas que se van a poner en marcha van a
contribuir a mejorar la coordinación y a evitar conflictos. Veremos si
son suficientes o no, pero en cualquier caso van a tener una aportación
positiva clarísima desde la perspectiva del Gobierno. En estos momentos
no existen esas reglas de coordinación, no existe explicitado ese marco
de colaboración, y lo que es obvio es que parece necesario a la vista de
la historia y de los precedentes que puedan haberse producido en el
pasado.




El señor VICEPRESIDENTE (Cárceles Nieto): Muchas gracias, señor
Secretario de Estado de Hacienda.

Señorías, sustanciada la comparecencia del señor Secretario de Estado de
Hacienda y sin tener más asuntos que tratar, se levanta la sesión.




Era la una de la tarde.