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BOCG. Congreso de los Diputados, serie B, núm. 255-16, de 08/03/2000
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

VI LEGISLATURA

Serie B: PROPOSICIONES DE LEY 8 de marzo de 2000 Núm. 255-16

ÍNDICE DE LAS PUBLICACIONES

122/000226 Proposición de Ley de modificación de la Ley 14/1994, de 1

de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal (1).


BOCG CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

Iniciativa: B-255-1 de 7 de diciembre de 1998.


Toma en consideración: B-255-2 de 16 de marzo de 1999.


Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración: B-

255-3 de 23 de marzo de 1999.


Ampliación plazo de enmiendas: B-255-4 de 31 de marzo de 1999.


Ampliación plazo de enmiendas: B-255-5 de 8 de abril de 1999.


Ampliación plazo de enmiendas: B-255-6 de 14 de abril de 1999.


Ampliación plazo de enmiendas: B-255-7 de 21 de abril de 1999.


Ampliación plazo de enmiendas: B-255-8 de 28 de abril de 1999.


Iniciativa (corrección de error): B-255-9 de 7 de mayo de 1999.


Enmiendas: B-255-10 de 10 de mayo de 1999.


Índice de enmiendas al articulado: B-255-11 de 12 de mayo de 1999.


Informe de la Ponencia: B-255-12 de 21 de mayo de 1999.


Aprobación por la Comisión con competencia legislativa plena: B-255-

13 de 8 de junio de 1999.


Enmiendas del Senado: B-255-14 de 30 de junio de 1999.


Aprobación definitiva: B-255-15 de 9 de julio de 1999.


Índice de las publicaciones: B-255-16 de 8 de marzo de 2000.


DIARIO DE SESIONES

marzo de 1999.


Aprobación con competencia legislativa plena por la Comisión de

Política Social y Empleo: DS. Comisiones, núm. 704 de 26 de

mayo de 1999.


Aprobación definitiva: DS. Pleno, núm. 252 de 1 de julio de 1999.


BOE

Ley 29/1999, de 16 de julio, de Modificación de la Ley 14/1994,

de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo

temporal. (BOE núm. 170 de 17 de julio de 1999).


(1) Anteriormente denominada «Proposición de Ley sobre modificación

del artículo 11 de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se

regulan las empresas de trabajo temporal, para que se aplique a los

trabajadores de las empresas de trabajo temporal la misma

remuneración del puesto de trabajo de la empresa usuaria».