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DS. Senado, Pleno, núm. 86, de 13/09/1995
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Año 1995 V Legislatura
Núm. 86



CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL
SENADO



PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. JUAN JOSE LABORDA MARTIN
Sesión del Pleno
celebrada el miércoles, 13 de septiembre de 1995



ORDEN DEL DIA:
Dictámenes de Comisiones sobre proyectos y proposiciones de ley remitidos
por el Congreso de los Diputados:
--De la Comisión de Educación y Cultura en relación con el Proyecto de
ley de incorporación al Derecho español de la Directiva 93/98/CEE del
Consejo, de 29 de octubre de 1993, relativa a la armonización del plazo
de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines. Se
tramita por el procedimiento de urgencia (publicado en el «Boletín
Oficial de las Cortes Generales», Senado, Serie II, número 84, de fecha
11 de septiembre de 1995). (Número de expediente S. 621/000084.) (Número
de expediente C. D. 121/000096.)
--De la Comisión de Educación y Cultura en relación con el Proyecto de
ley de incorporación al Derecho español de la Directiva 93/83/CEE del
Consejo, de 27 de septiembre de 1993, sobre coordinación de determinadas
disposiciones relativas a los derechos de autor y derechos afines a los
derechos de autor en el ámbito de la radiodifusión vía satélite y de la
distribución por cable. Se tramita por el procedimiento de urgencia
(publicado en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Senado, Serie
II, número 85, de fecha 11 de septiembre de 1995). (Número de expediente
S. 621/000085.) (Número de expediente C. D. 121/000097.)
Mociones:
--Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado, por la que el Senado
insta al Gobierno a que las viviendas militares habitadas por viudas del
personal del Ministerio de Defensa sean consideradas siempre como
viviendas sociales y, por tanto, les sea de aplicación las reducciones
establecidas en el artículo cuarto de la Orden Ministerial 126/1993, de
28 de diciembre (publicada en el «Boletín Oficial de las Cortes
Generales», Senado, Serie I, número 313, de fecha 11 de septiembre de
1995). (Número de expediente 662/000155.)



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--Del Grupo Parlamentario Socialista, por la que se insta al Gobierno a
que, en coordinación con las distintas Comunidades Autónomas afectadas
por el fenómeno de la desertización, acelere el Plan de Reforestación,
finalice el Programa Nacional sobre el Clima, apruebe el Plan Hidrológico
Nacional, intensifique las ayudas y la inversión en Investigación y
Desarrollo (I+D) e inicie los estudios precisos para avanzar hacia una
legislación común y básica sobre el Patrimonio Natural, responsabilizando
a todos de su conservación (publicada en el «Boletín Oficial de las
Cortes Generales», Senado, Serie I, número 313, de fecha 11 de septiembre
de 1995). (Número de expediente 662/000153.)



SUMARIO



Se reanuda la sesión a las diez horas y diez minutos.




DICTAMENES DE COMISIONES SOBRE PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY REMITIDOS
POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS. (Página 4439)



De la Comisión de Educación y Cultura en relación con el Proyecto de ley
de incorporación al Derecho español de la Directiva 93/98/CEE del
Consejo, de 29 de octubre de 1993, relativa a la armonización del plazo
de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines. Se
tramita por el procedimiento de urgencia. (Página 4439)



El señor Herranz Martínez presenta el dictamen.




No se produce debate de totalidad.




Comienza el debate del articulado.




El señor Soravilla Fernández defiende las enmiendas números 6 a 10, 14,
15, 18, 20, 28, 30, 33 a 35 y 37, del Grupo Popular. El señor Iglesias
Marcelo consume un turno en contra. En turno de portavoces, hacen uso de
la palabra los señores Iglesias Marcelo, por el Grupo Socialista, y
Soravilla Fernández, por el Grupo Popular.




Se procede a votar.




Se rechazan las enmiendas números 6 a 10, 14, 15, 18, 20, 28, 33 a 35 y
37, del Grupo Popular, por 110 votos a favor, 118 en contra y 6
abstenciones.




Se aprueba la enmienda número 30, del Grupo Popular, por 217 votos a
favor, 15 en contra y 2 abstenciones.




El señor Martínez Sevilla hace constar que ha habido error por parte de
los miembros del Grupo Mixto en ésta y la anterior votación.




Se aprueba el proyecto de ley, según el texto del dictamen, con una leve
modificación en la Exposición de Motivos, relativa al número de artículos
que componen la norma, por 125 votos a favor y 109 en contra.




El señor Presidente comunica a la Cámara el traslado de las enmiendas
aprobadas por el Senado al Congreso de los Diputados.




De la Comisión de Educación y Cultura en relación con el Proyecto de ley
de incorporación al Derecho español de la Directiva 93/83/CEE del
Consejo, de 27 de septiembre de 1993, sobre coordinación de determinadas
disposiciones relativas a los derechos de autor y derechos afines a los
derechos de autor en el ámbito de la radiodifusión vía satélite y de la
distribución por cable. Se tramita por el procedimiento de urgencia.

(Página 4445)



El señor Herranz Martínez presenta el dictamen.




No se produce debate de totalidad.




Comienza el debate del articulado.




El señor Vallvé i Navarro defiende las enmiendas números 1 y 2, del Grupo
Catalán en el Senado de Convergència i Unió. El señor Soravilla Fernández
defiende las enmiendas números 10 a 36 y 38 a 41, del Grupo Popular. El
señor Iglesias Marcelo consume un turno en contra. En turno de
portavoces, hacen uso de la palabra los señores Vallvé i Navarro, por el
Grupo Catalán en el Senado de Convergència i Unió, Iglesias Marcelo, por
el Grupo Socialista, y Soravilla Fernández, por el Grupo Popular.




Se procede a votar.




Se rechazan las enmiendas números 1 y 2, del Grupo Catalán en el Senado
de Convergència i Unió, por 19 votos a favor, 213 en contra y 1
abstención.




Se rechazan las enmiendas números 10 a 36 y 38 a 40, del Grupo Popular,
por 108 votos a favor, 118 en contra y 6 abstenciones.




Página 4439




Se aprueba la enmienda número 41, del Grupo Popular, por 126 votos a
favor, 105 en contra y 3 abstenciones.




Se aprueba el texto del dictamen, con la modificación introducida, por
127 votos a favor y 106 en contra.




El señor Presidente comunica a la Cámara el traslado de las enmiendas
aprobadas por el Senado al Congreso de los Diputados.




MOCIONES. (Página 4454)



Del Grupo Parlamentario Popular en el Senado, por la que el Senado insta
al Gobierno a que las viviendas militares habitadas por viudas del
personal del Ministerio de Defensa sean consideradas siempre como
viviendas sociales y, por tanto, les sean de aplicación las reducciones
establecidas en el artículo cuarto de la Orden Ministerial 126/1993, de
28 de diciembre. (Página 4454)



El señor Lobo Asenjo defiende la moción. El señor Díez González consume
un turno en contra. En turno de portavoces, hacen uso de la palabra los
señores Díez González, por el Grupo Socialista, y Lobo Asenjo, por el
Grupo Popular. El señor Díez González interviene de nuevo en virtud del
artículo 87.




Se rechaza la moción del Grupo Popular por 109 votos a favor, 117 en
contra y una abstención.




Del Grupo Parlamentario Socialista, por la que se insta al Gobierno a
que, en coordinación con las distintas Comunidades Autónomas afectadas
por el fenómeno de la desertización, acelere el Plan de Reforestación
finalice el Programa Nacional sobre el Clima apruebe el Plan Hidrológico
Nacional, intensifique las ayudas y la inversión en Investigación y
Desarrollo (I+D) e inicie los estudios precisos para avanzar hacia una
legislación común y básica sobre el Patrimonio Natural, responsabilizando
a todos de su conservación. (Página 4458)



El señor Gallego López defiende la moción. La señora de Lara Carbó
defiende las enmiendas presentadas a esta moción por el Grupo Popular. El
señor Gallego López expone la posición de su Grupo respecto de dichas
enmiendas. En turno de portavoces, hacen uso de la palabra los señores
Sanz Cebrián, por el Grupo de Senadores Nacionalistas Vascos; Beguer i
Oliveres, por el Grupo Catalán en el Senado de Convergència i Unió, y
Gallego López, por el Grupo Socialista, así como la señora de Lara Carbó,
por el Grupo Popular.




Se aprueba la moción del Grupo Socialista, con las modificaciones
introducidas, por asentimiento de la Cámara.




Se levanta la sesión a las trece horas y cuarenta y cinco minutos.




Se reanuda la sesión a las diez horas y diez minutos.




El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión.




DICTAMENES DE COMISIONES SOBRE PROYECTOS Y PROPOSICIONES DE LEY REMITIDOS
POR EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS:



--DE LA COMISION DE EDUCACION Y CULTURA EN RELACION CON EL PROYECTO DE
LEY DE INCORPORACION AL DERECHO ESPAÑOL DE LA DIRECTIVA 93/98/CEE DEL
CONSEJO, DE 29 DE OCTUBRE DE 1993, RELATIVA A LA ARMONIZACION DEL PLAZO
DE PROTECCION DEL DERECHO DE AUTOR Y DE DETERMINADOS DERECHOS AFINES. (S.

621/000084) (C. D. 121/000096.)



El señor PRESIDENTE: Punto sexto del orden del día: Dictamen de la
Comisión de Educación y Cultura en relación con el Proyecto de ley de
incorporación al Derecho español de la Directiva 93/98 del Consejo, de 29
de octubre de 1993, relativa a la armonización del plazo de protección
del derecho de autor y de determinados derechos afines. Está publicado en
los boletines correspondientes con fecha 11 de septiembre y, como sabe la
Cámara, se está tramitando por el procedimiento de urgencia.

El Presidente de la Comisión tendrá la bondad de indicarme si,
efectivamente, algún miembro de la misma va a hacer la presentación del
dictamen. (Pausa.)
El Senador don Juan Pablo Herranz Martínez tiene la palabra.




El señor HERRANZ MARTINEZ: Señor Presidente, señorías, el proyecto de ley
que a continuación vamos a debatir trata de incorporar al Derecho español
la Directiva comunitaria 93/98 del Consejo, de 29 de octubre de 1993,
relativa a la armonización del plazo de protección del derecho de autor y
de determinados derechos afines.

El proyecto tuvo entrada en esta Cámara el día 10 de julio del corriente
procedente del Congreso de los Diputados y, declarado por el
procedimiento de urgencia en su tramitación, fue remitido a la Comisión
de Educación y Cultura, terminando el plazo de presentación de enmiendas
el día 4 de este mismo mes.

A este proyecto de ley se han presentado 37 enmiendas, cinco del Grupo
Parlamentario Socialista y 32 del Grupo Parlamentario Popular, de las que
han sido aprobadas 27



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en la Comisión de Educación y Cultura en la sesión del día 7 del mes de
septiembre. Estas enmiendas han quedado incorporadas al texto del
dictamen, permaneciendo el resto como votos particulares para su debate
en este Pleno.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Estaremos en condiciones de abrir a continuación un debate de totalidad,
si es que los grupos deciden intervenir. (Pausa.) Si no es así, entramos
directamente en el debate de las enmiendas al dictamen, y en este sentido
correspondería, en primer lugar, la defensa del voto particular al Grupo
Parlamentario Popular. Es el voto particular número 1, que comprende un
conjunto de enmiendas.

El Senado Soravilla tiene la palabra para exponer la posición de su
Grupo.




El señor SORAVILLA FERNANDEZ: Gracias, señor Presidente.

No voy a insistir más de lo preciso en reiterar el desacuerdo de mi Grupo
con el procedimiento que se ha elegido por parte del Gobierno y también
en la defensa del Grupo Parlamentario Socialista para la incorporación de
estas directivas, como dije para las dos anteriores, al ordenamiento
jurídico interno.

Entonces dijimos, y decimos ahora, que no llegamos a descalificar el
método --y la prueba es que hemos presentado enmiendas--, aunque pensamos
que hubiera sido preferible el procedimiento de modificaciones parciales
de la Ley de Propiedad Intelectual, en lugar de estas leyes autónomas
que, a la vista de los criterios con que se redactan, en primer lugar, y
de las consecuencias prácticas, después, podemos afirmar que producen un
conjunto de contradicciones, distorsiones y ambigüedades que atentan
contra la seguridad jurídica y han terminado por obligar a la esterilidad
de una doble tarea, que es la de armonizarnos con el conjunto europeo,
pero también la de armonizarnos a nosotros mismos mediante un texto
refundido anunciado por el Ministerio de Cultura y ya aplazado por tres
veces. Un texto refundido que añade mayores inconvenientes, porque, en
lugar de que sea el legislador el que fije los criterios y los conceptos,
va a ser el Ejecutivo el que termine por legislar en materia tan
delicada. Al fin y al cabo, va a ser el Ejecutivo el que decida, buceando
en las oscuridades y contradicciones de estas directivas, dudosamente
concordantes con nuestra propia Ley de Propiedad Intelectual, y el que va
a optar por uno u otro concepto, por una u otra protección, hurtándonos a
nosotros, que somos los verdaderos responsables, la decisión final.

Yo dije, y repito, que ese amplio margen de discrecionalidad al Ejecutivo
supone no tanto una invasión en nuestras competencias como una dejación
de funciones por nuestra parte y una irresponsabilidad clara y grave
frente a nuestros propios electores. Y yo pido esta reflexión responsable
a sus señorías antes de decidir su voto y, desde luego, solicitarlo
favorable para las enmiendas que en este sentido hemos presentado.

A continuación voy a pasar a defender estas enmiendas.

Nuestras enmiendas --y hablo en términos generales-- tienen un doble
carácter: el de la resignación, por supuesto, al método utilizado y el
del esfuerzo, dentro de este método que no nos gusta, por contribuir a
que los contenidos, los conceptos y la terminología sean los más precisos
posible y los más cercanos a nuestra Ley de Propiedad Intelectual,
precisamente para facilitar ese texto refundido y eliminar esas
discrecionalidades en el futuro texto que parece ya inevitable.

Hice en Comisión una defensa por bloques de nuestras enmiendas, 32 en
total entonces, y las distribuí en tres conjuntos que podrían definirse
como uno de enmiendas de carácter conceptual, otro de enmiendas de
supresión, que tenían, desde luego, más bien un carácter de técnica
legislativa, y, por último, el bloque de las enmiendas de corrección de
estilo.

Yo podría alabar al Grupo Parlamentario Socialista por su generosidad al
votarnos favorablemente la mitad de esas enmiendas en Comisión, si no
fuera porque esa mitad precisamente correspondía a ese último bloque que
era simplemente de corrección de estilo. Desde luego, tienen mi
agradecimiento como castellanoparlante porque han contribuido a que no se
atente contra la gramática, pero no puedo manifestarles otro
agradecimiento si no es el tono del debate.

Cabría pensar que un debate terminológico resulta baladí a estas alturas,
pero detrás, y en el fondo, diría mejor, de cada palabra hay un concepto
con un matiz y su propia seña de identidad. Así que es, por tanto, un
debate mucho más profundo, y esto que, sin duda, todas sus señorías
entienden, no me cabe duda de que nuestros compañeros catalanes y vascos
lo perciben con una mayor sensibilidad porque practican a diario esa
defensa, a veces exagerada, de sus hermosas lenguas, y yo lo admiro y,
además, lo comprendo, desde mi español, porque la palabra es mucho más
que una descripción: es el modo y el matiz de identidad con que se ven
las cosas. Yo apelo a sus señorías para que conservemos nuestras formas y
terminologías castizas --en el sentido orteguiano y unamuniano-- en este
ámbito jurídico en el que somos pioneros en Europa --como decía yo desde
mis señas de identidad madrileñas-- porque gracias al sainete y a la
zarzuela se empezaron a proteger estos derechos.

Señorías, no caigamos en ser europeístas en lugar de ser europeos. Europa
se construye por aportación, no por imitación. Y aquí tenemos mucho que
aportar. Para nosotros, los llamados derechos de autor y determinados
derechos afines tienen su expresión en derechos de propiedad intelectual
o, en su caso, derechos de autor y otros derechos de propiedad
intelectual. Si ésa es la terminología de nuestra Ley, que se llama de
Propiedad Intelectual, ¿por qué recurrir al extranjerismo sin necesidad?
Este sentido tienen nuestras enmiendas números 6 a 10, 20, 33, 35 y 37.

Se me argumentará --porque ya se argumentó-- que el idioma es algo
abierto, que la terminología actual del texto es comprensible y que se
pretende unificar términos en el espacio europeo. Yo contestaré que el
idioma es abierto en su uso común. Por desgracia, en ese uso común se
empobrece de matices y se inunda de barbarismos. Desde luego,



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nosotros no somos la Real Academia, pero nuestra obligación es preservar
y conservar un lenguaje culto. Desde luego, no imponerlo en la calle pero
sí mantenerlo limpio en nuestras leyes para que con la pureza de
conceptos, la pureza gramatical y la sintáctica otorguemos la máxima
seguridad jurídica frente al mínimo de interpretación. La terminología es
comprensible, sin duda. Pero también es comprensible, señorías, el
«pichinglis» y todos reconocemos que no tiene mucho que ver con el idioma
de Shakespeare. Y sobre ese esperanto jurídico que el texto y los
argumentos socialistas defienden, yo les voy a proponer un ejemplo, en
forma de anécdota personal, que demuestra cuál es el espíritu de uno de
los países de la Unión a este respecto. Sabrán sus señorías que la lengua
inglesa se caracteriza por unos gruesos diccionarios que responden a que
cada concepto se puede expresar con una palabra de raíz sajona u otra
similar de raíz latina. Pues bien, el consejo de oro que siempre nos
daban en el colegio británico para hablar un buen inglés era elegir
siempre la de raíz sajona. Es decir, evitar en lo posible lo que ellos
consideran, incluso ahora, un extranjerismo innecesario. Y eso es lo
mismo que hacen con sus instituciones, como yo recordaba en la Comisión.

Es decir, señorías, lo que venimos a pedir es, simplemente, un poco de
esto: el mínimo de casticismo que podamos aportar y conservar.

Doy por defendidas en los propios términos en los que se justifican las
enmiendas de supresión números 34 y 18, así como la número 19, que
presenta una alternativa si la anterior no fuera aceptada.




El señor PRESIDENTE: Perdone un instante, Senador Soravilla.

Rogaría a sus señorías que hicieran un esfuerzo por guardar silencio.

Muchas gracias.




El señor SORAVILLA FERNANDEZ: Gracias, señor Presidente.

Me detendré brevemente en la enmienda número 28, al artículo 4.4, no sólo
por la importancia terminológica, sino porque fuimos requeridos
expresamente para afinar su precisión en el trámite desde el Congreso de
los Diputados y, desde luego, al paso que vamos haremos caso omiso de esa
petición y vamos a terminar remitiéndolo en los mismos términos que les
parecían insatisfactorios.

Tengo aquí la referencia de la Comisión en el Congreso, y el Diputado
señor Clotas decía: que los Senadores encuentren alguna fórmula para
clarificarlo. Y también: sería deseable que hubiera una mayor
especificación. Desde luego, la refundición de las leyes tendrá que dejar
muy claro lo que se entiende por emisión, transmisión, etcétera,
etcétera. Es decir, hemos sido requeridos en varias ocasiones --también
la Diputada García Alcañiz-- en este tema. Creo que si sus señorías no se
toman esto en serio, si no reflexionamos sobre ello, va a quedar igual y,
al final, será el refundidor el que termine por optar por los términos.

Nuestra propuesta en esta enmienda número 28 al artículo 4.4 recoge por
completo el espíritu y la letra de la Directiva, ya que, con la redacción
actual, quedarían fuera de esta Ley las compañías de difusión por cable,
lo que no está previsto en dicha Directiva. Por eso añadimos el inciso de
la Directiva que se suprimió en el Congreso --creo que más bien por un
lapsus-- y sustituimos el término «entidades de radiodifusión» por
«entidades de difusión», que incluye tanto a las inalámbricas como a las
alámbricas. Por otra parte, sustituimos el concepto «distribución» por el
de «difusión por cable». En este tema insistiré más en la próxima
Directiva. Por último, nos referimos a los programas como el objeto sobre
el que recaen los derechos de explotación de estas entidades de difusión,
de modo que no haya confusión entre lo que es la pura operación técnica
de emisión o transmisión de una señal con el contenido, que es el
verdadero objeto de la explotación.

Con esto, señorías, doy por concluida la defensa de todas nuestras
enmiendas, no sin antes volver a solicitar de sus señorías una cuidadosa
reflexión para que voten favorablemente todo esto que parece baladí en
los aspectos estrictamente terminológicos pero que tiene una enorme
importancia si, al final, vamos a encontrarnos con un texto refundido del
que, de alguna manera, no vamos a ser responsables pero vamos a tener
todas las responsabilidades.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Tengo que hacerle una consulta, Senador Soravilla.

Su señoría ha hecho referencia a la enmienda número 19. ¿Es así? (Pausa.)
La enmienda número 19 no se mantuvo como voto particular. Gracias.

Tiene la palabra el Senador Iglesias Marcelo.




El señor IGLESIAS MARCELO: Muchas gracias, señor Presidente.

Consumo un turno en contra de las enmiendas defendidas por el Portavoz
del Grupo Parlamentario Popular que no será un turno de oposición a la
enmienda número 30, cuya aceptación propondré a mi Grupo y al Pleno de la
Cámara con una pequeña modificación de un error material que esa enmienda
contiene, puesto que la referencia al artículo 1 es incorrecta y debe
decir artículo 2, y un turno de oposición al resto de las enmiendas que
presenta el Grupo Parlamentario Popular.

Me referiré muy de pasada a un grupo de enmiendas que yo denominaré las
enmiendas de las lamentaciones, porque son enmiendas que se han
presentado, que se han aceptado, que mejoran el texto en la redacción de
la Ley y que, después de ser incorporadas al texto del dictamen, dan
origen, primero, a una defensa razonable --por eso son aceptadas-- y,
además, dan origen a una lamentación, con lo cual se les saca provecho
doble en el debate parlamentario: primero, en la incorporación y luego,
en la lamentación, porque se admiten determinadas enmiendas y no otras.

Es razonable que otras no se admitan porque lo que tienen son cuestiones
de fondo.

Hay un grupo de enmiendas, de la número 6 a la 10, la 20, 33, 35 y 37,
que reiterativamente defiende el Grupo Parlamentario Popular respecto de
un cambio terminológico que nos parece importante en el contenido de esta
Ley y de otras leyes que son concomitantes con ésta. En vez de hablar de
derechos afines como dice la Directiva y propone el proyecto de ley,
quieren que se hable genéricamente



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de derechos de propiedad intelectual. Y cuando se refiere a derechos
afines prefieren que se hable de otros derechos de propiedad intelectual.

Para ello argumentan que estamos utilizando una incorporación más o menos
extranjerizante de términos poco usuales dentro de nuestra lengua.

Señoría, los términos que proponemos están redactados en buen castellano.

Sus palabras están contenidas en el Diccionario de la Real Academia de la
Lengua y las mismas tienen una interpretación correcta, absolutamente
clara e inequívoca con arreglo a significaciones y a sentido. Por lo
tanto, no existe aquí ningún ejemplo de barbarismos, galicismos o
extranjerismos incorporados a la Ley. Se trata de otras palabras en buen
castellano que dicen lo mismo que quiere decir el Grupo Parlamentario
Popular.

Nuestra posición en este tema es absolutamente clara. Derechos de
propiedad intelectual: mencionan el conjunto global de los derechos que
acerca de la producción, etcétera, corresponde a autores, intérpretes,
ejecutantes, grabadores, emisoras de radiodifusión, etcétera. Es una
denominación de carácter global que incluye dos denominaciones
específicas diferentes de dos grupos de derechos que no son iguales, que
no tienen por qué serlo y que no tienen que confundirse: los derechos de
autor --dejando de lado los derechos morales, que, naturalmente, no son
objeto de esta ley, en la que hablamos de derechos de explotación
económica pero, como digo, no de derechos morales, que constituyen un
recinto que nuestra Ley de Propiedad Intelectual define con toda
claridad, que nosotros no tratamos y además exceptuamos en el artículo 1
de la ley que estamos debatiendo--, y los que se derivan de los derechos
de autor, que reciben la denominación acuñada, utilizada y aceptada en el
ámbito comunitario, y que parece razonable, de derechos afines,
comprendiéndose en éstos los derechos de los artistas, de los
intérpretes, de los ejecutantes, de los grabadores de grabaciones
audiovisuales, de las emisoras de radiodifusión que lanzan emisiones con
contenidos de ese tipo.

Todo ese conjunto de derechos no son iguales a los derechos de autor,
penden de éstos y tienen un reconocimiento específicamente diferente.

Recuerdo a sus señorías que para los derechos de autor reconocemos una
duración después de la muerte o fallecimiento de los autores de 70 años y
para los derechos afines, diferentes de esos derechos, reconocemos una
duración de 50 años. Por tanto, estamos reconociendo implícitamente que
se trata de derechos diferentes y no entiendo la razón por la cual a ese
conjunto de derechos --que es un grupo dentro del gran grupo de los
derechos de propiedad intelectual-- no podemos denominarlo de forma
homogénea a todo el ámbito jurídico comunitario como los derechos afines.

Nuestra posición es la de mantener esa terminología que hace que
cualquier tipo de conflictos potenciales por interpretaciones diferentes
en otros Estados de la Unión Europea disminuya notablemente. Porque no
olvidemos el objetivo fundamental de esta Directiva, de la siguiente, y
de las que ya hemos aprobado: intentar crear un espacio jurídico común
que, protegiendo determinados bienes fundamentales, la libertad de
difusión, etcétera, reduzca el número de conflictos que, por
interpretaciones diversas de legislaciones no coincidentes, pueden
plantearse en el ámbito de la Unión Europea. Por tanto, nos opondremos a
la modificación de esos términos, ya que creemos que la incorporación del
de «derechos afines», siendo respetuoso con nuestra lengua, define con
toda exactitud y lógica lo que queremos decir.

Respecto del resto de las enmiendas, aparte de la que vamos a votar
favorablemente, me referiré brevemente a algunas de ellas. Por ejemplo,
con la enmienda número 14 el Grupo Popular pide que en el artículo 2,
apartado 4, sustituyamos la expresión: ... versiones que se hagan
accesibles al público, por otra que se refiere a la divulgación al
público de esas obras. Ya expusimos una razón importante, que me parece
que el Grupo Popular no ha recogido, puesto que la divulgación, según la
definición de la Ley de Propiedad Intelectual, se refiere a la primera
comunicación al público de una determinada obra, mientras que en este
caso queremos reconocer el derecho de los autores que son identificados
como tales dentro de una obra que inicialmente era colectiva, que son
identificados como autores de partes identificables de esa obra
colectiva, con protección de sus derechos de autor independientemente del
momento en que la identificación se produzca, es decir, en la primera
divulgación --lo que propiamente es divulgación--, en la segunda, en la
tercera, o en la cuarta. En cualquier caso, esos derechos de autor deben
ser reconocidos y protegidos, cosa que sería prácticamente imposible si
admitiéramos la enmienda del Grupo Parlamentario Popular.

La modificación que se pide del artículo 2.4 nos parece que introduce más
confusión que claridad porque exigiría una interpretación, ya que se hace
una alusión a la obra colectiva cuando los autores de sus partes son
identificados y se introduce un inciso relativo a cuando esa obra no
constituya una creación unitaria aunque las partes guarden entre sí
alguna relación. Esto se puede entender en lenguaje común y corriente de
manera fácil, pero seguramente a nivel jurídico obligaría a tareas de
interpretación acerca de cuándo una obra es una creación unitaria y si la
relación que guardan entre sí las partes determina una creación unitaria,
o no. Es decir, el texto del proyecto de ley contendría una ambigüedad,
mientras que el actual es absolutamente claro, no ofrece ninguna duda, ni
exige ningún tipo de interpretación de la jurisprudencia y, por tanto,
somos partidarios de mantener el texto en sus justos términos.

En cuanto a la intención de incluir el término «entidades de difusión» en
lugar del de «entidades de radiodifusión», con una referencia a los
programas y una especificación del carácter alámbrico o inalámbrico de
emisiones vía satélite o de distribución por cable, respecto de la
denominación «entidades de difusión» creemos que hay una denominación
acuñada que es válida, vigente y utilizable, tanto a nivel interno, como
en el de la Unión Europea y no entendemos las ventajas de sustituirla por
la de «entidades de difusión». Les recuerdo que el artículo 20 de la Ley
de Propiedad Intelectual encierra una definición muy clara de lo que son
emisiones y transmisiones. La emisión apunta siempre hacia una operación
que se hace por vía inalámbrica y la transmisión, según la definición de
la Ley, artículo



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20, apartado 2, apunta siempre hacia el carácter alámbrico de la
distribución o de la difusión de contenidos y programas. Por tanto, para
no crear más confusiones deberíamos respetar esas diferencias en espera
de que en el futuro nuevas aportaciones de carácter técnico nos obliguen
a replantear esa cuestión terminológica.

Por último, me referiré a la enmienda 34 que ha presentado el Grupo
Parlamentario Popular en el sentido de suprimir la disposición adicional
primera, referente a la exclusión del ámbito de aplicación de la ley de
determinados contenidos del Convenio de Berna. Diré solamente que la
argumentación que presenta el Grupo Parlamentario Popular es
contradictoria en sus propios términos, porque esa disposición adicional,
excluyendo del ámbito de aplicación de esta ley determinados supuestos
contenidos en el Convenio de Berna, declara que el contenido del citado
Convenio en cuanto a obra cinematográfica se refiere es intocable desde
el punto de vista del contenido legislativo de la ley que estamos
debatiendo. El contenido de un convenio internacional debe estar sujeto a
las normas de modificación y de denuncia que el propio convenio incluye.

Por tanto, en este texto nosotros declaramos que nadie puede interpretar
que, con arreglo a esta ley, los derechos económicos reconocidos en el
Convenio de Berna puedan ser puestos en litigio ante los tribunales, y
señalamos expresamente que esos derechos económicos reconocidos en el
Convenio de Berna no se pueden modificar por el contenido del proyecto de
ley que estamos debatiendo. Las propias normas del Convenio de Berna
establecen cómo se modificaría y denunciaría ese Convenio en el caso de
que alguno de los firmantes estimara oportuno hacerlo.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

Abrimos turno de portavoces. ¿Grupo Mixto? (Pausa.) ¿Grupo de Coalición
Canaria? (Pausa.) ¿Grupo de Senadores Nacionalistas Vascos? (Pausa.)
¿Grupo de Convergència y Unió? (Pausa.) Por el Grupo Parlamentario
Socialista, tiene la palabra el Senador Iglesias.




El señor IGLESIAS MARCELO: Muchas gracias, señor Presidente.

Naturalmente, no reiteraré nada de lo que acabo de decir desde la
tribuna. Estamos en un turno de portavoces, que es un acto parlamentario
diferente, por lo que intentaré hacer de esta intervención un acto
parlamentario diferente del que acabo de llevar a cabo ante sus señorías
fijando la posición política de mi Grupo ante el tema que estamos
debatiendo. Esa posición política tiene varios elementos. Primero,
afirmamos la pertinencia del modo de trasposición que el Gobierno, con el
informe favorable del Consejo de Estado, hace respecto del modo de
incorporar la normativa comunitaria a nuestra legislación mediante una
ley autónoma, aunque la posición que su señoría ha defendido de hacer
rectificaciones sucesivas sobre la Ley de Propiedad Intelectual sería
también un modo de trasposición conveniente. (El señor Vicepresidente,
Rigol i Roig, ocupa la Presidencia.) Nuestro Grupo no puede aceptar que
en este momento estemos realizando ningún tipo de dejación de funciones
al remitir a un texto refundido, antes del día 30 de junio del año
próximo, la posibilidad de armonizar todas las modificaciones que a
través de cuatro directivas --con las dos de hoy-- van a hacerse de la
Ley de Propiedad Intelectual. Porque, ¿qué es lo que estamos haciendo
aquí? ¿Qué estamos debatiendo? ¿Qué vamos a votar? ¿Qué decisiones
estamos tomando? Tomamos decisiones, votamos, decidimos con legitimidad
parlamentaria, con arreglo al resultado de la votación de la Cámara,
cualquiera que sea el resultado de esa votación; estamos tomando
decisiones legítimas y, por lo tanto, de ninguna manera podemos decir que
hacemos una dejación de nuestras responsabilidades legislativas; de
ninguna manera puedo aceptar ese argumento. ¿Puedo aceptar que el otro
modo de trasposición fuera correcto? Lo es, lo digo claramente. El que
utilizamos también lo es, lo digo claramente. Cada uno tiene sus ventajas
y sus inconvenientes. No creo que merezca la pena insistir más sobre
ello.

Ante la cuestión terminológica, la posición de nuestro Grupo es mantener
los términos de la trasposición de la Directiva, los términos que la
propia Directiva incluye con meridiana claridad, que no violan ninguna
norma ni terminología de nuestra lengua y que supone una adaptación
progresiva a los términos que van a estar vigentes en la legislación de
15 Estados miembros de la Unión Europea, porque entre los conflictos que
plantea el lenguaje común, el lenguaje técnico y el lenguaje jurídico,
dejando de lado las ambigüedades del lenguaje común --que, como ya hemos
señalado, contiene muchas contradicciones e imprecisiones--, el lenguaje
técnico evoluciona a su propio ritmo, con arreglo a los resultados que
obtiene la investigación y el progreso científico y tecnológico, pero en
cuanto al lenguaje jurídico estamos obligados a acuñar con todo rigor una
terminología que permita que en la Unión Europea los conflictos y los
derechos que queremos proteger se defiendan efectivamente y se reduzca el
número de conflictos potenciales por el uso de términos absolutamente
diferentes.

Por lo tanto, nosotros somos partidarios de trasponer efectivamente la
legislación efectiva de esas directivas comunitarias, incorporando la
legislación comunitaria a la propia legislación, teniendo en cuenta que
la inmensa mayoría de los contenidos de las directivas comunitarias no
son contenidos disponibles, sino que son contenidos de obligado
cumplimiento dentro de la normativa española y, por tanto, acerca de los
cuales nuestro margen de decisión es extraordinariamente estrecho, salvo
cuando las directivas expresamente reconocen la posibilidad de que los
Estados miembros adopten una decisión u otra entre varias posibles, cosa
que, como sus señorías saben, ocurre en muy reducidas ocasiones.

En consecuencia, nosotros somos partidarios de hacer una efectiva
trasposición y no lo que resultaría de las propuestas del Grupo Popular,
que en realidad no sería una trasposición de la Directiva, sino algo así
como una transfiguración de la Directiva, porque después de incorporar
las enmiendas de concepto y terminológicas no sabemos exactamente lo que
incorporamos al Derecho español, si es



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el Derecho comunitario o una interpretación muy peculiar. Trasponer, sí;
transformar, no. Esa es nuestra posición.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Iglesias.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Senador
Soravilla.




El señor SORAVILLA FERNANDEZ: Gracias, señor Presidente.

Con el mismo tono, yo, como el Senador Iglesias, adoptaré también aquí
una actitud diferente referida simplemente a la postura política y al
sentido de nuestro voto, no sin antes, por una parte, agradecer que hayan
anunciado que van a votar favorablemente nuestra enmienda número 30 y,
por supuesto, lamentar que se opongan al resto de ellas.

Nosotros, desde el punto de vista político, no estamos de acuerdo con el
método. Otra cosa es que hayamos aceptado llegar a ese método, y la
prueba está en que hemos presentado enmiendas y, además, haciendo un
esfuerzo y pensando que con carácter constructivo. Ahora bien, lo que ya
nos parece mucho más insostenible es que, después de hacer nosotros este
esfuerzo, nos encontremos con una barrera de intransigencia absolutamente
en casi todos los conceptos que planteamos, a excepción de aquellos que,
efectivamente, se refieren al aspecto gramatical y alguna que otra cosa
suelta. De todas formas, no tengo más remedio que hacer también algún
pequeño análisis --quizá en la próxima Directiva lo podamos hacer más
ampliamente-- sobre el aspecto que el Senador Iglesias hablaba de las
trasposiciones.

En primer lugar, no siempre el Grupo Socialista ha mantenido ese criterio
porque, efectivamente, ha habido trasposiciones en las que ha
transformado no sólo alguna parte de la directiva, sino también nuestro
propio ordenamiento interno. Es decir, que incluso llegar a la conclusión
en el caso que nos ocupa de que la Directiva europea es de obligado
cumplimiento hasta en los considerandos --como creo recordar que ocurre
en la otra--, me parece excesivo. Es verdad que las Directivas europeas
en algunas ocasiones se bifurcan y dan opciones a los Estados según el
propio ordenamiento. En este caso, y precisamente en este tema, ya hemos
visto que entre esas opciones el Grupo Socialista se ha decantado
justamente por la opción contraria a la que figuraba en la Ley de
Propiedad Intelectual; de ahí vienen las contradicciones y de ahí viene
el que luego el refundidor del texto tenga que optar --porque el
legislador ha dado dos opciones completamente distintas-- por una y será
el que decida. Y yo pido a sus señorías que voten nuestras enmiendas a
favor precisamente porque somos nosotros los que deberíamos decidir, y no
el que refunda. Esta es la idea. Nosotros identificamos la idea de
trasponer, como su señoría dice --que es un verbo que no me gusta nada--,
con la idea de armonizar, y armonizar tiene más bien el sentido de
adaptar; es decir, a partir de lo que hay, adaptémonos a lo que hay en
los otros lugares, pero no trasponer como una mera caída en cascada todo
lo que viene desde Bruselas.

Por último no voy a abrir otra vez el debate sobre la divulgación y
radiodifusión. Ya me doy cuenta de que sus señorías no entienden los
aspectos estrictamente terminológicos y conceptuales y no lo van a
entender; es muy difícil que yo se los pueda hacer comprender en tan
breve espacio de tiempo. Han tenido tiempo para poder leer, buscar en el
diccionario y darse cuenta de que estamos más en lo cierto, pero, desde
luego, renuncio a la intención. Ahora bien, con estos criterios, lo que
verdaderamente estamos haciendo --si es que nuestras enmiendas no salen
adelante-- es una dejación de funciones a favor del refundidor en el
Legislativo, que va a hacer una ley de propiedad intelectual que va a
figurar como texto refundido pero que va a ser completamente nueva.

Nosotros no estamos de acuerdo con eso y, en consecuencia, anuncio ya que
el sentido de nuestro voto --que en Comisión lo reservamos de alguna
manera absteniéndonos en la votación del dictamen del proyecto--, si las
enmiendas no salen adelante, será radicalmente negativo.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol y Roig): Muchas gracias, Senador
Soravilla. (El señor Presidente ocupa la Presidencia.)



El señor PRESIDENTE: Vamos a someter a votación las enmiendas
comprendidas en el voto particular número 1, del Grupo Parlamentario
Popular. Del transcurso del debate se desprende que la enmienda número 30
tiene que someterse a votación separadamente. Por lo tanto, en una
primera votación vamos a someter a la consideración de la Cámara las
enmiendas del Grupo Parlamentario Popular números 6, 7, 8, 9, 10, 14, 15,
18, 20, 28, 33, 34, 35, y 37.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 227; a
favor, 104; en contra, 115; abstenciones, ocho.




El señor PRESIDENTE: El resultado de la votación, tal y como me ha sido
comunicado, puesto que hay un fallo en la pantalla, ha sido: 227 votos
emitidos; 104 a favor; 115 en contra, ocho abstenciones. Por lo tanto,
quedan rechazadas.

Vamos a someter a votación la enmienda número 30. (El señor García Correa
pide la palabra.)
Tiene la palabra su señoría.




El señor GARCIA CORREA: Señor Presidente, en esta primera votación a mi
compañero de escaño y a mí no nos ha funcionado el aparato. Hemos
insistido mucho votando que no, pero nada. (Risas.)



El señor PRESIDENTE: Esta votación queda anulada porque me indican
algunos miembros del Grupo Parlamentario Popular que tampoco les ha
funcionado «el sistema de votación». (Risas.)
Se suspende la sesión por cinco minutos porque yo también tengo problemas
con la pantalla. (Risas. Pausa.)



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El señor PRESIDENTE: Se reanuda la sesión.

Sometemos a votación las enmiendas del Grupo Parlamentario Popular antes
referidas, es decir, las que comprende el voto particular número 1, con
excepción de la número 30.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 234; a
favor, 110; en contra, 118; abstenciones, seis.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas. (El señor Luis Calvo pide la
palabra.)
Tiene su señoría la palabra.




El señor LUIS CALVO: Sigue sin funcionar, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Creo que en este caso su señoría se ha equivocado
con la tecla. (Risas.) Vamos a probarlo a continuación, aunque ya no se
repite la votación.

Sometemos a votación la enmienda número 30. Ruego a sus señorías que
tengan cierto cuidado a la hora de emitir el voto. Vamos a hacer una
verificación para ver si efectivamente el sistema funciona correctamente
o no.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 234; a
favor, 217; en contra, 15; abstenciones, dos.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada. (El señor Martínez Sevilla pide la
palabra.)
Senador Martínez Sevilla, ¿solicita la palabra por alguna cuestión de
orden?



El señor MARTINEZ SEVILLA: Sí, señor Presidente, para comunicar que ha
habido un error por parte de los miembros del Grupo Mixto en la primera
votación al entender que volvíamos a repetir la votación de la enmienda
número 30. Es un error nuestro, sólo para que conste en Acta.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

Vamos a someter a votación el dictamen, con las modificaciones
introducidas. En primer lugar, vamos a conocer el criterio de la Cámara
en relación con los artículos 1 a 7, disposiciones adicionales primera y
segunda, disposición derogatoria, disposiciones finales primera y
segunda, y vamos a someter a votación posteriormente el texto de la
exposición de motivos, que, a juicio de esta Presidencia, tendría que
experimentar una pequeña modificación, puesto que en el preámbulo o
exposición de motivos se dice que la Ley consta de nueve artículos y ya
no es así. Si todos los grupos parlamentarios están de acuerdo en que se
entiende que al votar la exposición de motivos incorporaríamos esa
congruencia, podemos hacer la votación en un solo acto. (Asentimiento.)
Sometemos, por lo tanto, a votación la integridad del texto del dictamen,
con la modificación congruente con el número de artículos que finalmente
tiene este proyecto.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 234; a
favor, 125; en contra, 109.




El señor PRESIDENTE: Queda, por lo tanto, aprobado.

Tal y como dispone el artículo 90 de la Constitución, se dará traslado de
las enmiendas aprobadas por el Senado al Congreso de los Diputados para
que éste se pronuncie sobre las mismas en forma previa a la sanción del
texto definitivo por Su Majestad el Rey.

Gracias.




--DE LA COMISION DE EDUCACION Y CULTURA EN RELACION CON EL PROYECTO DE
LEY DE INCORPORACION AL DERECHO ESPAÑOL DE LA DIRECTIVA 93/83/CEE DEL
CONSEJO, DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 1993, SOBRE COORDINACION DE DETERMINADAS
DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS DERECHOS DE AUTOR Y DERECHOS AFINES A LOS
DERECHOS DE AUTOR EN EL AMBITO DE LA RADIODIFUSION VIA SATELITE Y DE LA
DISTRIBUCION POR CABLE. (S. 621/000085) (C. D. 121/000097.)



El señor PRESIDENTE: Dictamen de la Comisión de Educación y Cultura en
relación con el proyecto de ley de incorporación al Derecho español de la
Directiva 93/83/ CEE del Consejo, de 27 de septiembre de 1993, sobre
coordinación de determinadas disposiciones relativas a los derechos de
autor y derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la
radiodifusión vía satélite y de la distribución por cable. Se tramita por
el procedimiento de urgencia.

Para la presentación del dictamen, tiene la palabra el Senador Herranz.




El señor HERRANZ MARTINEZ: Señor Presidente, señorías, el proyecto de ley
que ahora debatimos también trata de incorporar al Derecho español otra
Directiva comunitaria del Consejo, en este caso la 93/83, de 27 de
septiembre de 1993, sobre coordinación de determinadas disposiciones
relativas a los derechos de autor y derechos afines a los derechos de
autor en el ámbito de la radiodifusión vía satélite y de la distribución
por cable.

Este proyecto de ley tuvo su entrada en esta Cámara el 10 de julio del
corriente, habiéndose tramitado por el procedimiento de urgencia. La
Comisión de Educación y Cultura, en su sesión del día 7 de este mismo
mes, debatió las 41 enmiendas presentadas por los distintos grupos
parlamentarios: dos enmiendas del Grupo Parlamentario de Convergència i
Unió, siete del Grupo Parlamentario Socialista y 32 del Grupo
Parlamentario Popular, de las que han sido aprobadas ocho, que se han
incorporado al texto del



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dictamen, quedando las restantes como votos particulares para su debate
en este Pleno.

Espero que la aprobación de este proyecto de ley contribuya a eliminar
los obstáculos a la libre circulación de servicios con la armonización y
coordinación de las disposiciones legales reglamentarias y
administrativas relativas al acceso y ejercicio de las actividades no
asalariadas.

Gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señoría.

De acuerdo con el procedimiento de debate que hemos elegido para el
anterior proyecto, desprendo que podemos entrar directamente en la
defensa de los votos particulares.

El Grupo Parlamentario de Convergència i Unió mantiene en este texto el
voto particular número 1, enmiendas 1 y 2.

Pasa su defensa, tiene la palabra el Senador Vallvé.




El señor VALLVE I NAVARRO: Con la venia del señor Presidente.

Señorías, en aras de la brevedad, voy a consumir el turno de portavoz y
el de defensa de las enmiendas.

La presente ley no debiera despertar excesivo debate, máxime cuando se
trata sólo de incorporar al Derecho español la Directiva 93/1983, del
Consejo de la Unión Europea. En suma, podía quedar en simple traducción
con las adecuaciones necesarias para hacerla congruente con el Derecho
estatal preexistente. El Derecho estatal español preexistente es, entre
otros, l'Estatut de Autonomía de Catalunya, aprobado por Ley Orgánica
4/1979, de 18 de diciembre, y debo decirlo, por innecesario, la propia
Constitución del Reino de España. Es, pues, natural que al transponer, al
incorporar la referida Directiva se constate la necesidad de hacer
concordar la nueva Ley, como mínimo, con l'Estatut de Autonomía de
Catalunya y con todos aquellos otros Estatutos de Autonomía que contengan
la transferencia de competencias que se dirán.

Parece, pues, normal que el Grupo de Convergència i Unió, coalición
nacionalista, pretenda, sin exigir a sus señorías especiales esfuerzos de
imaginación, que se incorpore al proyecto en su disposición adicional
segunda, disposición que, como ustedes saben, prevé crear por el
Ministerio de Cultura la Comisión mediadora y arbitral. En dicha
disposición adicional segunda debería hacerse referencia a que las
Comunidades Autónomas --las que sean, todas sería lo deseable-- que
tengan reconocidas competencias de ejecución en materia de propiedad
intelectual puedan crear, y éste es el objeto de la enmienda, sus
comisiones de mediación y arbitraje.

En la segunda de las enmiendas, acorde con la que acabo de exponerles, se
interesa que las Comunidades Autónomas con competencias de ejecución en
materia de propiedad intelectual ejerzan las funciones de los artículos
132, 134 y 144 que la Ley de Propiedad Intelectual atribuye al Ministerio
de Cultura, funciones todas ellas de ejecución.

En Comisión observé algo que me preocupó: el Grupo Parlamentario
Socialista votaba negativamente las enmiendas del Grupo Parlamentario
Popular, y éste se abstenía en las enmiendas propuestas por el Grupo
Parlamentario Socialista, pero ¡oh, sorpresa!, mis amigos del Grupo
Parlamentario Popular coincidieron con su voto negativo ante las
enmiendas del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i
Unió con el Grupo Parlamentario Socialista. Esta diferencia de trato me
alarmó, máxime cuando únicamente el Senador señor Iglesias Marcelo, buen
amigo, portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, dio explicación a su
voto negativo. Parece ser que existe un viejo contencioso ante el
Tribunal Constitucional en el que se pretende dirimir si la Generalitat
de Catalunya, nuestro Gobierno nacional, tiene o no competencias en
materia de ejecución de propiedad intelectual. Me libraré muy mucho, por
respeto al Tribunal y a las sabias enseñanzas de Montesquieu, de
prejuzgar la cuestión, pero precisamente porque el Legislativo es
diferente e independiente del Poder Judicial, recordaré a sus señorías
que l'Estatut de Autonomía de Catalunya, aprobado como Ley Orgánica en el
lejano 1974 por las Cortes Generales del Reino y sancionada por Su
Majestad el Rey, en su artículo 11.º, apartado 3, relaciona como
competencia de la Generalitat de Catalunya la ejecución de la legislación
del Estado en materia de propiedad intelectual e industrial. Recomiendo a
sus señorías la lectura, cuanto menos, de los quince primeros artículos
de l'Estatut de Catalunya, y a buen seguro nos ahorraríamos muchas de las
discusiones parlamentarias que mi Grupo, Convergència i Unió, plantea
ante esta Cámara.

Esta Casa editó un magnífico libro que recoge todos los Estatutos de
Autonomía del Estado, y si el Senado publicó los textos de los Estatutos
debe ser porque la Mesa del Senado consideró acorde con su naturaleza que
sus preclaros miembros tuviésemos como textos de cabecera, junto a la
Constitución del Reino de España, los Estatutos de Autonomía como segunda
ley vertebradora de la vida política del Estado.

Este debate, por lo que en sí tiene de debate autonómico, de
reivindicación del respeto a la Constitución y a los Estatutos de
Autonomía, tiene en el Senado su foro idóneo, el perfecto. Si el Senado
es la Cámara de representación territorial, si una buena parte de sus
miembros vienen designados por los Parlamentos autonómicos, parece que
sea el mejor público, el más interesado, para que una enmienda --que, no
se olvide, tiene que beneficiar a todas las Autonomías-- prospere con el
asentimiento gozoso y unánime de sus miembros. ¿Cómo pueden los Senadores
de representación autonómica, sean del Grupo Popular o del Grupo
Socialista, entre los cuales se encuentran los Senadores del Partit dels
Socialistes de Catalunya, no entender nuestra enmienda? No me esforzaré
con los Senadores del Grupo Parlamentario de Nacionalistas Vascos, ni con
los del Grupo Parlamentario de Coalición Canaria del Senado, ni con los
del Grupo Parlamentario Mixto; su talante nacionalistas está fuera de
duda. ¿Cómo quieren sus señorías que esté persuadido del talante
autonómico de esta Cámara si en cada ocasión en que se tratan temas
autonómicos se produce una sintonía difícil de entender entre los grupos
mayoritarios?
Recuerdo con cariño que el Senador emérito don Juan Van-Halen Acedo,
Presidente ahora del Parlamento de la



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Comunidad Autónoma de Madrid, hombre preocupado por la cultura y que ha
traído por el camino de la amargura a la señora Ministra del ramo,
Senador que fue por la Autonomía de Madrid, es decir, autonomista
convencido, es de suponer, se lamentaba en un debate de esta Cámara,
hablando del Plan de Museos, de que con las transferencias de Cultura
sólo quedaban, y lo decía con pena, siete u ocho museos de titularidad
estatal por estar todos los demás transferidos a las Comunidades
Autónomas. En esta contradicción del Senador Van-Halen, Senador
autonómico y hombre preocupado por el centralismo del Estado, incurren
frecuentemente los grupos mayoritarios, y hoy así se evidencia.

En suma, señorías, y para acabar: señor Iglesias Marcelo, entre juristas,
la redacción de la enmienda es condicional, yo diría que incluso
suspensiva, y se refiere a las Comunidades Autónomas que tengan
reconocidas competencias de ejecución de la legislación de propiedad
intelectual. Si el Tribunal Constitucional, Dios lo quiera, concediese la
razón a la Generalitat de Catalunya, como cabe esperar, la enmienda
tendría sus efectos, y si la resolución judicial fuese adversa, no creo
que sea así, el beneficio de la enmienda sería para las demás Comunidades
Autónomas o, a lo sumo, quedaría sin destinatario. No se causa, pues,
ningún perjuicio. No es una mala praxis legislativa. El argumento de
quienes se oponen a nuestra enmienda no es consistente frente a la carga
política de nuestro argumento. Convoco a los Senadores que realmente
estén convencidos de la realidad autonómica del Estado para que emitan su
voto favorable a nuestra enmienda.

Nada más, señor Presidente, muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Senador
Soravilla.




El señor SORAVILLA FERNANDEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

No voy a insistir, naturalmente, en los aspectos de método y
terminológicos concretos con los que ya hemos mostrado nuestro desacuerdo
en la Directiva anterior. Resignados, hemos seguido presentando enmiendas
a los aspectos terminológicos, y lo que es evidente es que aquellos
argumentos valen en esta ocasión para esta Directiva, para esta
armonización que pretendemos, y no voy a martillear a sus señorías con
más repeticiones. Pero, además de aquellos elementos terminológicos hay,
en la presente incorporación, otros aspectos de ese carácter a los que yo
me voy a referir porque nos parecen de considerable importancia, sobre
todo, como he dicho, a la luz del futuro texto refundido.

Antes de comenzar la defensa propiamente dicha de nuestras enmiendas, me
van a permitir sus señorías que haga alguna referencia al trámite de
Comisión.

De las treinta y dos enmiendas que presentó mi Grupo a este proyecto de
ley, sólo una, la número 37, tuvo la fortuna de ser votada favorablemente
por el Grupo Parlamentario Socialista y, en consecuencia, incorporada al
dictamen. Creo que ni en los mejores momentos de la prepotencia del Grupo
Parlamentario Socialista había ocurrido una cosa semejante: aceptar sólo
una que, desde luego, agradezco que se haya aceptado porque nos demuestra
que compartimos con el Grupo Parlamentario Socialista, al menos, un celo
gramatical, porque la enmienda se limitaba a solicitar la colocación de
una coma, y el argumento global, de tipo general para rechazar las
restantes enmiendas, creo que podría resumirlo en un respeto al texto
íntegro y literal remitido desde Bruselas.

El respeto llegaba -- como creo que he mencionado antes-- hasta los
considerandos, respeto total y absoluto. En Comisión también lo dije,
pero vuelvo a repetirlo, no podemos decir que como en las Escrituras no
se haya movido una tilde; hemos movido una tilde, pero ese respeto
reverencial a la integridad y a la literalidad de un texto --también,
repito, el argumento de la Comisión-- me recuerdan inevitablemente al mal
llamado integrismo islámico y a la intangibilidad del texto coránico, y
así Bruselas se nos convierte en La Meca y un humilde funcionario
traductor y euroburócrata en el Arcángel San Gabriel dictándole el texto
al Profeta. Y no es que ya sea la sacralización de la palabra, es que es
la dogmatización de su contenido con el consiguiente peligro, parece ser,
de excomunicarnos de la comunión de fieles europeos que yo ya me atrevo a
calificar no de europeos, sino de europeístas, europeizantes, por eso de
la fe del converso.

Señorías, dicho en estos términos resulta cómico, pero con sus votos lo
convierten en dramático, porque ha habido otras ocasiones --me refiero a
las dos Directivas anteriores-- que el Grupo Parlamentario Socialista ha
aprovechado para introducir torcidas modificaciones a la Ley de Propiedad
Intelectual, y entonces no tuvieron empacho en desvirtuar el texto, hoy
sí, y yo me pregunto por qué.

Señorías --y en esto quizá haga una pequeña evocación al último turno del
Senador Iglesias--, lo que se nos solicita desde Bruselas no es otra cosa
que la armonización de nuestro ordenamiento interno con los del resto de
los países de la Unión a partir de unas determinadas pautas, por seguir
ya en el lenguaje cuasi musical que estamos utilizando de la Directiva.

La Directiva es la pauta y lo que hay que hacer es armonizar. Ahora
resulta que a sus señorías les da por entender que armonizar quiere decir
exactamente copiar o aceptar íntegra y servilmente un texto olvidado
cuanto de propio tenemos. Esto me trae a la mente también --porque su
señoría lo ha utilizado-- el término «homologar», «homologación», y
cuando en mi condición de portavoz de Defensa lo oigo en boca del
Gobierno, referido al material, tampoco lo entienden como una adecuación
de nuestros productos a unas normas internacionales, sino sencillamente a
comprar en el exterior esos mismos productos en detrimento de nuestra
propia producción y con el consiguiente empobrecimiento. Es decir, al
final nos empobrecemos, y en esto también nos estamos empobreciendo.

Yo recomiendo vivamente a las señorías que así sigan opinando sobre el
uso de estos términos que acudan con más frecuencia, como pedía el
Senador Iglesias, al Diccionario de la Lengua, pero que acudan también al
etimológico de don Roque Barcia, un ilustre cantonalista cartagenero,



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y sobre todo creo que a lo que deben acudir es al uso de la razón y del
sentido común. Hablaba de que todos estos términos que venimos utilizando
están en el diccionario; naturalmente, si estamos hablando de un giro
idiomático es evidente que viene en el diccionario. Los galicismos
algunos están admitidos, barbarismos no, por su propia condición, pero
naturalmente que todas y cada una de las palabras están en el
diccionario, señoría.

Yo le recuerdo, además, algunos préstamos que ya hemos recibido en la
historia, por ejemplo, los de aquellos ilustrados y afrancesados que
aceptaron aquellas ideas que venían entonces del continente europeo, pero
no renunciaban al casticismo; le recuerdo Goya, le recuerdo Jovellanos. Y
no vamos a irnos más atrás a las influencias italianas en el Renacimiento
o en el Barroco; le recuerdo Garcilaso, le recuerdo Quevedo. Y ya,
trayéndonoslo más al ámbito puro legislativo, le voy a traer el Código de
Napoleón, ¿y es que acaso se nota la influencia en ese preciso y conciso
castellano con que los legisladores españoles decimonónicos lo
trasladaron a nuestros textos?
Ruego a sus señorías que repasen esas leyes, esos preámbulos, esas
magníficas exposiciones de motivos que son casi literarias y comprueben
lo que es realmente una traducción castiza de verdad, releyendo, por
ejemplo, el «Hamlet» de Sakespeare en la pluma de Leandro Fernández de
Moratín, o las traducciones de don Marcelino Menéndez Pelayo; hagan ese
ejercicio porque van a terminar por convenir con nosotros en el mismo
propósito de nuestras enmiendas, y creo que las votarán al final
afirmativamente. Además de las que se refieren a la ya conocida propuesta
de sustituir los términos «derecho de autor y derechos afines» por
«derechos de propiedad intelectual», los artistas e intérpretes tienen
otra categoría distinta y cuando hablamos de derechos afines nosotros
decimos «otros derechos», no confundimos; otros, «alter» en latín, otros
también.

Las enmiendas que se refieren a esta propuesta de sustitución son las
números 11, 13, 20, 26, 29, y de modo tangencial las números 23, 27, 38,
39, así como la número 36, que se presenta como alternativa por si no
prosperara la de supresión de la disposición adicional primera número 35,
y la número 33 que está en idéntica condición respecto a la número 32 en
un conjunto que propone, a nuestro juicio, mejoras técnicas en las
números 17, 34, 40, o que incorporan, como parece lógico, a los
productores de grabaciones audiovisuales. En un principio creíamos que
era simplemente un olvido, pero nos encontramos con que son
voluntariamente excluidos, porque cuando no están mencionados están
excluidos --lo que no está no está y, en consecuencia, se excluye--,
según el argumento del Grupo Parlamentario Socialista, por respeto a esa
literalidad a la que nos somete esta Directiva frente a una protección
que nos parece que es debida. Nos estamos refiriendo a las enmiendas
números 18, 19 y 24.

Creemos, por otra parte, que mejoramos técnicamente el texto mediante la
supresión de determinados números de algunos artículos, como la número
25, al punto 2 del artículo 4, la número 30, al punto 3 del artículo 6,
la número 31 como enmienda alternativa, y las que ya he defendido números
35 y 36. Pero aquí lo que importa son aquellas que tienen también un
carácter terminológico y que se presentan con carácter general. La número
10, que se refiere a todo el proyecto de ley y que, posteriormente, se
desglosa en las números 12, 14, 15, 16, 21, 22 y 28, a la que me voy a
referir más detenidamente; y la número 41, referida al Título I de este
proyecto en su conjunto.

Respecto a la número 10 y concordantes, preferimos --como proponemos-- el
término «difusión» al de «distribución por cable» en cuanto que de este
modo creemos que distinguiríamos con meridiana nitidez ambos conceptos en
el futuro texto refundido, dejando de esa manera el término
«distribución» en su actual acepción en nuestra vigente Ley de Propiedad
Intelectual con su correspondiente definición en el artículo 19 y
referido a ejemplares, y el de «difusión» a estos ámbitos que son
distintos y, además, concretos.

Con la enmienda número 28, además de buscar esta precisión terminológica
en el artículo 5.2, preferimos «transmisión» a «retransmisión», siguiendo
el artículo 20.2.d de la Ley de Propiedad Intelectual, y sustituimos
«programas de televisión o de radiodifusión» por «programas de televisión
o de radio» por cuanto la radiodifusión comprende tanto las emisiones de
televisión como las de radio.

Por otra parte, suprimimos la referencia «desde otro Estado miembro de la
Unión Europea», puesto que estamos en un ámbito de definiciones, y a
efectos de la definición es completamente indiferente el lugar desde el
que se realice.

Por último, la enmienda número 41 pretende modificar, a lo largo de todo
el Título I, la expresión «comunicación al público vía satélite» por la
de «emisión vía satélite». Creemos que éste es un modo de poner en
consonancia los rótulos de los artículos con sus contenidos, y, aunque es
verdad que la radiodifusión vía satélite es una forma de comunicación
pública, parece mejor utilizar el concepto específico. El articulado, en
sus rótulos y en contenidos, se refiere siempre a emisión y luego,
paradójicamente, la definición del artículo 1.b) se hace sobre el
concepto comunicación al público, lo que, de alguna manera, podría
inducir a confusiones o dudas puesto que en todas las ocasiones, incluso
en la propia definición, como digo, emitir se refiere al acto de
introducir la señal y no a la actividad completa de la radiodifusión vía
satélite, que ya es compleja en sí misma y que, como todo acto de
comunicación, queda desglosada en las tres fases, que son, precisamente
en el caso que nos ocupa, de emisión, de transmisión y de recepción de
una señal.

Con sinceridad, creemos que estas distinciones son de la mayor
importancia en aras de la claridad y de la fijación o del comienzo de
fijación de conceptos para distinguir, sobre todo en el caso que nos
ocupa, el acto, que es lo que nos interesa en este momento, de la
actividad, y de esa manera, también, marcar de una forma clara y
terminante una línea ya conceptual y terminológica que llegue al texto
refundido y que oriente las decisiones del refundidor que a nosotros, por
supuesto, no nos gustan.

Por último, agradezco la atención de sus señorías y solicito el voto
favorable para las enmiendas que he defendido en nombre de mi Grupo.




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El señor PRESIDENTE: Gracias, Senador Soravilla.

Para turno en contra, tiene la palabra su señoría.




El señor IGLESIAS MARCELO: Gracias, señor Presidente.

En primer lugar, haré una referencia a las enmiendas del Grupo
Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió, números 1 y 2.

La número 1 pretende introducir una modificación en la disposición
adicional segunda. Propone una nueva redacción del artículo 143 de la Ley
de Propiedad Intelectual. La número 2 introduce una nueva disposición
adicional añadiendo un nuevo artículo, el 144 bis, a la Ley de Propiedad
Intelectual.

Debo decir al portavoz del Grupo Parlamentario que la convicción
autonomista inspira el trabajo político de nuestro Grupo y del Gobierno
socialista.

En esa convicción autonomista sus señorías nos encontrarán siempre. Otra
cosa es que de ese argumento de convicción y creencia autonomista
deduzcan sus señorías la obligación de coincidir en el final de los
debates parlamentarios sobre los distintos puntos que están puestos sobre
la mesa de la discusión. La exigencia de que coincidamos en el final del
proceso de debate, aunque partamos de principios similares --no diré que
iguales, pero sí similares--, es una conclusión ilegítima, es una
conclusión excesiva. Nadie puede tachar de antiautonomista a un grupo
político que en una determinada materia pueda defender una cierta
posición. Debo decir que comparto en gran medida los argumentos que su
señoría ha expuesto en la tribuna. Y le diré que me anima, quizás, una
ingenua pretensión de darle algún argumento que pueda servirle, no para
que cambie el sentido de su posición, sino más bien para que no lo haga,
porque el mismo argumento por el que pienso probarle que no debe
modificar su posición me va a servir a mí para defender la mía. Espero,
por lo tanto, que su señoría sea sensible al argumento que le voy a
exponer.

Primera parte. El artículo 143 de la Ley de Propiedad Intelectual debe
ser modificado. Es evidente. La Directiva incluye una nueva función.

Junto a la función arbitral que le reconoce la Ley de Propiedad
Intelectual hay que reconocerle una función de mediación que no está
reconocida en la Ley, y como se exige que haya una función de mediación
en los conflictos, porque se pide que haya diversidad de mediaciones para
la resolución de los conflictos de autorización de distribución por
cable, etcétera, es evidente que el artículo 143 debe ser modificación en
el sentido, justamente, en que el proyecto de ley lo presenta.

La modificación que su señoría propone del artículo 143, además de
reconocer la función de mediación, además de reconocer una nueva
distribución competencial, es, de momento, una modificación no necesaria,
y no es necesaria porque sabe que existe ahora mismo una discusión de
carácter constitucional ante el órgano encargado de velar por la
constitucionalidad de una determinada interpretación, que las Cortes
Generales defendieron en su momento, de un determinado ejercicio de las
competencias autonómicas en materia de derechos de la Comisión de
Arbitraje y de Mediación, o en otro tipo de cuestiones relativas a
derechos de autor, y determinadas Comunidades Autónomas --entre ellas la
suya, la Generalitat de Catalunya-- estiman que tienen competencias en la
materia. Hay pues pendiente una sentencia del Tribunal Constitucional.

Por lo tanto, estando pendiente de una resolución que debe considerarse
como una resolución definitiva, no es necesario introducir en este
momento esa modificación. Pero, además, esa modificación no es
conveniente. Es una modificación inconveniente en cualquiera de los
sentidos en que esa modificación pudiera producirse; inconveniente para
sus señorías; inconveniente para el Gobierno y para el Grupo que lo
sustenta. Porque si introdujéramos la modificación que su señoría quiere
meter en la Ley, reconociendo el carácter territorial y competencial de
la autonomía de esas competencias, de esos ejercicios, de esas tareas
ejecutivas, como sus señorías defienden, y la sentencia del Tribunal
Constitucional fuera contraria a esa tesis, el Gobierno estaría obligado
a modificar dos veces su posición, diciendo ahora lo contrario de lo que
decía cuando se aprobó el texto objeto de la impugnación y, pasado
mañana, cuando el Tribunal Constitucional diga que no tiene razón el
contencioso y hubiese que volver a la posición original. Nos veríamos
obligados a modificar dos veces nuestra posición, lo cual es,
evidentemente, una inconveniencia. Pero lo mismo sucedería en el caso de
que su señoría no defendiera ni mantuviera sus enmiendas en este Pleno.

Al retirarlas --cosa que no le recomiendo ni le voy a pedir-- estaría
reconociendo que la posición inicial del Gobierno es correcta,
modificando ahora su posición y, pasado mañana, en el caso de que el alto
tribunal le concediera la razón, tendría que volver a modificar su
postura. Demasiadas modificaciones, demasiados cambios de posición. Y ya
sabe su señoría aquello de que, en tiempos de tribulación, lo mejor es no
hacer mudanza. Por eso creo que su señoría debe mantener sus enmiendas,
por eso creo que nosotros debemos mantener nuestra posición. Y le indico
con toda claridad, con absoluta e inequívoca claridad, que cuando se
produzca el fallo del Tribunal Constitucional, en el caso de que sea a
favor de las tesis que sostiene la Generalitat, inmediatamente,
adaptaremos toda la legislación al reconocimiento de esas competencias, y
no habrá ningún tipo de reticencia, de reserva ni de recelo en ese
reconocimiento. Cuente con ello. Por lo tanto, la polémica planteada en
sus propios términos conviene que se mantenga en esos mismos términos
para que la sentencia del Tribunal Constitucional nos obligue a todos a
cambiar lo menos posible nuestras posiciones. Es por eso por lo que yo
mantengo la posición de nuestro Grupo de votar en contra de sus
posiciones.

En cuanto a la intervención del portavoz del Grupo Parlamentario Popular,
como siempre apasionada y llena de citas, haré dos observaciones de
carácter general. Me habla de la prepotencia del Gobierno socialista al
no admitir más que una sola coma en el trámite de Comisión en la
Directiva que nos ocupa. Yo le diré que es lógico que se argumente de esa
manera. La otra Directiva que acabamos de aprobar sufrió en el Congreso
de los Diputados numerosas modificaciones a partir de enmiendas de su
Grupo, y en este trámite parlamentario del Senado ha recibido también
numerosísimas modificaciones. De tal manera que en el



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texto que sale hoy de esa Cámara hay una parte importante de contribución
y de aportaciones de su Grupo a esa Directiva, incluso algunas --y tengo
que recordárselo-- en las que su Grupo pide que vuelvan a modificarse las
posiciones que mantuvo hace muy poco y que se aceptaron en el Congreso de
los Diputados, lo cual no me parece mal. Pero en ese caso no ha habido
ninguna posición de prepotencia. El espíritu de la prepotencia es un
espíritu invasor, es un espíritu extensivo. Si no somos prepotentes en
unas ocasiones --su señoría opina que lo somos en otras--, ¿no
encontraría más razonable encontrar otro argumento para exponer o
explicar nuestras posiciones? ¿No será que lo que sus señorías dicen
respecto de la primera Directiva nos parece mucho más razonable, y por
eso lo aceptamos, que lo que dice acerca de esta otra Directiva, en la
que, por cierto, hay muchas menos rectificaciones respecto del lenguaje?
Yo creo que salvo la famosa coma, no hay ninguna enmienda de su señoría
que toque a ese tema. Por lo tanto, no creo que pueda argumentarse que
exista prepotencia.

La segunda observación general es que su señoría hace un alegato de
carácter cultural en el que nos remite continuamente a referencias
extraordinariamente valiosas de los ilustrados, de Jovellanos, de una
larga tradición cultural en la que, sin duda, podríamos encontrar
argumentos a favor de todas las posiciones. Creo que este debate
deberíamos --yo, por lo menos, así lo hago-- mantenerlo en un sentido más
modesto, ya que se trata de la trasposición de una norma comunitaria a
nuestra legislación, y sin negar la trascendencia ni el alcance de las
enmiendas que su Grupo político ha defendido en esta tribuna --insisto
que sin negarlo, ya que no se me ocurre decir que sean enmiendas
irrelevantes, entiendo que no podré decirlo nunca, incluso algunas son de
largo alcance--, naturalmente debe aceptar que tengamos posiciones
diferentes respecto de las concepciones políticas sobre un tema
determinado. Sin necesidad de tener que recurrir a un argumento de
referencias culturales insistentes, persistentes, etcétera, que le da un
aire muy ilustrado al discurso político, debemos ir al fondo del tema
para ver efectivamente si lo que estamos haciendo es correcto o no.

Por tanto, me limitaré a mencionar nuestra posición respecto de las
enmiendas de su Grupo. Hay una respecto a los derechos afines que ya
hemos discutido y no voy a repetir los argumentos; otra en la que su
Grupo pide que se cambie la denominación «distribución por cable» por
«difusión por cable». Desde un punto de vista aséptico y neutral estaría
bien de las dos maneras, no parece que haya grandes diferencias entre
ambas denominaciones, a no ser que no recordemos que la terminología que
utiliza la Directiva es estrictamente ésa y que además la primera parte
de la misma que intentamos armonizar --como dice su señoría-- o trasponer
--palabra que no le gusta-- incluye una definición formal de carácter
jurídico de lo que se entiende por distribución por cable. Por lo tanto,
esa definición, que no es simplemente una definición de carácter lógico,
sino de alcance jurídico, que define derechos, obligaciones,
posibilidades de recursos, reclamaciones, etcétera, es una definición
formalmente incluida al principio de la Directiva. El cambio de ese
término obligaría a introducir una nueva definición que no sabemos si
sería o no coincidente con la definición de la Directiva, y por lo tanto
más que armonizar, armonizaría en la disonancia, pero no en la
consonancia; armonizaría en la diferencia; armonizaría en la separación;
armonizaría en la discrepancia. En conclusión, no sabemos si esa tarea de
trasposición que su señoría propone sería realmente positiva o no.

Respecto a enmiendas concretas, muchas de ellas a la Exposición de
Motivos, hay algunas donde el objetivo de su Grupo es sustituir una
referencia específica a un determinado grupo de derechos por una
referencia genérica y universal a los derechos de propiedad intelectual.

No alcanzamos a entender exactamente qué significa la sustitución que su
señoría propone, porque se trata de la Exposición de Motivos que no tiene
carácter dispositivo sino que lo que hace es definir el marco en el que
la Directiva plantea su filosofía política. La Directiva se refiere
exclusivamente a derechos de autor y no incluye los otros derechos de
propiedad intelectual, utilizando la terminología que su señoría utiliza
frecuentemente, y no sabemos qué significa que los derechos de autor sean
sustituidos por una referencia general a todos los derechos de propiedad
intelectual; no sabemos si lo que su señoría quiere decir es que los
derechos de autor y los otros derechos son todos iguales bajo el epígrafe
general, bajo la categoría universal o, por el contrario, lo que hace es
utilizar un término ambiguo que encuadra al más restringido, pero sin
ninguna pretensión de extender ningún tipo de derechos de protección
iguales a los derechos de autor a los demás derechos. Me estoy refiriendo
a la enmienda número 13, al segundo guión del párrafo 1º de la Exposición
de Motivos. No entendemos muy bien el alcance de esa sustitución que en
la Directiva está expresamente mencionado como referido únicamente a la
expresión de derechos de autor. Lo mismo que en la Exposición de motivos,
párrafo 2.º, donde se habla del ámbito de los derechos de propiedad
intelectual como una determinación del párrafo, cuando nosotros
entendemos que una no determinación del párrafo deja mucho más clara la
interpretación del sentido que se está dando porque, a nuestro juicio, en
ese párrafo no se debe excluir nada, ni debe ser considerado igual
aquello que de ninguna manera puede ser considerado así, ni igualamos
indebidamente, ni excluimos ninguna posible acepción sin hacer ninguna
precisión. Por lo tanto, la expresión que su señoría quiere introducir
podría interpretarse en el sentido de que entiende que todos los derechos
de propiedad intelectual son de la misma naturaleza, son iguales,
susceptibles de un orden o grado de protección idénticos, cuando su
señoría sabe que estamos hablando de grados de protección semejantes,
análogos, pero no iguales. Los derechos que se engendran alrededor del
gran tema de la creación artística o de la creación intelectual, la
creación literaria, estando todos ellos pendientes del concepto nuclear
de la autoría, que es el concepto central, sin embargo no tienen la misma
naturaleza ni el mismo alcance. Por lo tanto, no deberíamos igualar, ni
confundir aquello que en la Directiva y en nuestro concepto no debe ser
incluido.

Hace su señoría una referencia a los productores de grabaciones
audiovisuales, intentando introducir en el conjunto



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enumerado a aquellos que tienen derecho a un determinado tipo de
protección. En el fondo tiene su señoría razón, pero hay que decir con
claridad que la Directiva no por olvido, sino de un modo deliberado,
excluye a los productores de grabaciones audiovisuales del conjunto de la
enumeración de aquellos sujetos, artistas, intérpretes, ejecutantes,
etcétera, que reciben un determinado tipo de protección.

La propuesta que su señoría hace en su enmienda número 18 y en alguna
posterior es una innovación respecto del contenido de la Directiva que
obligaría, sin ninguna duda, a retocar de nuevo el ámbito de la
interpretación comunitaria para ver si efectivamente los productores de
grabaciones audiovisuales deben recibir una protección igual a la que
contiene este proyecto de ley o una protección diferente. Con lo cual,
esa inclusión en ver de armonizar, armoniza, de nuevo, en la disonancia;
armoniza en la diferencia; armoniza en la discrepancia. Y nosotros
creemos que entrar en ese tipo de operación legislativa tiene más
desventajas que ventajas, y por eso mantenemos nuestra posición.

En cuanto a la supresión del artículo 4.2 que sus señorías proponen, le
diré que la Directiva contiene, expresada claramente, la necesidad de una
norma que regule el tema de las coproducciones. El texto de la Directiva
regula el tema de las coproducciones. Me dirá su señoría que esa norma
aparece en un considerando y es cierto, aparece en el considerando número
19, pero puesto que establece la obligación de regular con una norma
clara el tema de las coproducciones, no entiendo por qué no podemos
introducir en la Directiva una regulación clara del tema de las
coproducciones ya que, aunque no aparezca en el cuerpo dispositivo de la
Directiva, aparece entre los considerandos como una obligación. Así lo
hacemos.

En cuanto a su enmienda número 28, aparte de reiterar el tema de la
distribución y la difusión por cable, introduce algo que me produce una
cierta curiosidad. En lugar de la palabra «retransmisión» la enmienda
solicita que se introduzca la palabra «transmisión» cuando seguramente
éste es uno de los pocos lugares de la Directiva comunitaria en que la
palabra «retransmisión» tiene su pleno sentido, tiene rigurosamente la
acepción que corresponde, es decir, volver a transmitir lo que ya ha sido
objeto de una transmisión primaria, original, por vez primera. Por tanto,
no ayudamos nada a comprender lo que se quiere decir suprimiendo la
palabra «retransmisión», que es la única vez que aparece en la Directiva,
sustituyéndola por la palabra «transmisión», quitando así la precisión
terminológica que en este caso considero rigurosamente exacta. Se habla
de retransmisión en el sentido propio y ajustado de la palabra.

En la enmienda número 30 se pide la supresión del artículo 6.3 referente
a la renuncia a ejercer los derechos para distribución por cable a título
individual. Efectivamente, la Directiva no obliga sino que abre una
posibilidad, da una opción. Pero, sobre todo, hay algo que nos parece
importante: no debería romperse el principio general de la distribución,
de la gestión colectiva de los derechos, para los cuales, como saben, la
Directiva no contempla más que una excepción, la de las entidades de
radiodifusión no obligadas a someter la defensa de sus derechos por la
vía de la gestión colectiva.

En su enmienda número 32 su señoría quiere introducir la palabra
«emisión» junto a «transmisión». Le haré una simple observación. Nos
encontramos en un Título que regula sólo la distribución por cable. Por
tanto, hablando de distribución por cable con arreglo a la terminología
--que nos parece acertada-- de la Ley de Propiedad Intelectual, la
distribución por cable hace siempre referencia al concepto de
transmisión, mientras que el concepto de emisión hace referencia a una
emisión inalámbrica. Por tanto, consideramos que un Título referido
especialmente a la distribución por cable la palabra «emisión»
introduciría el germen de una confusión puesto que la palabra «emisión»
apunta a otro tipo de operaciones que no utilizan el cable como medio de
distribución de cualquier señal.

En algunas otras enmiendas sus señorías quieren introducir una referencia
al Tratado constitutivo de la Unión Europea que no consideramos ociosa
por lo que no nos oponemos radicalmente a ello. Es evidente que la
referencia al Tratado constitutivo de la Unión Europea es obligada en
todos los textos legales que se vayan aprobando, pero nos parece
innecesario hacer en ese precepto una expresa mención a dicho Tratado. Y
es que si el argumento vale, ¿por qué no vale también para las otras
cuestiones en que estamos trasponiendo legislación comunitaria a la
española teniendo siempre como fondo el Tratado constitutivo de la Unión
Europea? Siempre es vigente la referencia a ese Tratado. Por tanto,
parece dudoso que en un caso determinado tengamos que mencionarlo
mientras que, sin embargo, en otros casos omitamos cualquier tipo de
referencia al mismo.

Quieren también modificar la disposición derogatoria haciendo una
especial referencia a la derogación de un precepto muy especial junto a
una derogación genérica. Nosotros seríamos partidarios de mencionar todo
lo que se deroga, sea más importante, menos importante o poco importante,
pero todo igualmente afectado por la norma derogatoria o, por el
contrario, no mencionar nada y dejar que en el texto refundido se derogue
definitivamente aquello que deba serlo.

Por último, voy a referirme a la enmienda número 41, que intenta
modificar la expresión «comunicación al público vía satélite» por la
expresión «emisión vía satélite» en todo el texto del Título I de la
Directiva y del proyecto de ley que estamos intentando trasponer.

Le diré que la expresión que quieren modificar figura literalmente en la
Directiva, por lo que no parece que vayamos a añadir ninguna claridad al
sustituir una expresión muy clara, con vigencia dentro de nuestro propio
ordenamiento --anterior al ordenamiento comunitario, es evidente--, por
una expresión que introduce un determinado tipo de ambigüedad.

Les diré también que si alguien tuviera la tentación de querer sacar de
esa sustitución algún tipo de interpretación favorable a otros
contenciosos que en otros momentos se han discutido en esta Cámara
pensando que con ello se vuelven a replantear cuestiones que ya están
resueltas legislativamente, sería una interpretación extraordinariamente



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complicada, no ajustada a sus propios términos, y es que, en todo caso
aquí no estamos hablando de cualquier tipo de comunicación al público
universalmente considerado, sino sólo de la comunicación al público que
podría generarse vía satélite. Por tanto, cualquier interpretación
extensiva de esa modificación respecto de su consecuencia ulterior en
otros problemas ya resueltos sería una interpretación que considero no
tendría fundamento de ninguna clase y cuyo tránsito legal considero sería
extraordinariamente dudoso.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Gracias.

¿Señores Senadores que deseen intervenir en el debate en turno de
portavoces? (Pausa.)
Por el Grupo de Convergència i Unió, tiene la palabra el Senador Vallvé.




El señor VALLVE I NAVARRO: Con la venia del señor Presidente.

Quisiera decirle al Senador Iglesias Marcelo que le trasluce el aura de
catedrático de Filosofía. Creo que el tratamiento más elogioso que los
alemanes pueden darle a un hombre del Trivium es el de Profesor,
condición que yo le reconozco.

De todas maneras, aunque usted pretendía convencerme por la vía del
silogismo, no me ha convencido. Puede que se deba a que pesa en mi modo
de entender las cosas mi condición de nacionalista. De todos modos, la
interpretación que ustedes hacen para oponerse a nuestra enmienda es
restrictiva. Yo reitero mis argumentos.

También quiero decirle al señor Iglesias que el día que el Tribunal
Constitucional resuelva el recurso --favorablemente a buen seguro--,
seamos su señoría y yo miembros o no de esta Alta Cámara, pediré su
concurso personal para que, a mi cargo, podamos celebrar el éxito de mi
propuesta.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el Senador
Iglesias.




El señor IGLESIAS MARCELO: Muchas gracias, señor Presidente.

Agradezco las palabras del Senador Vallvé. Naturalmente, aceptaré muy
complacido esa invitación para celebrar el final de esa discusión
constitucional, que será gratamente celebrada cualquiera que sea el
pronunciamiento del alto Tribunal. Si coincide con sus posiciones también
será gratamente celebrada.

Quisiera señalar muy brevemente las posiciones políticas de nuestro Grupo
respecto del tema que en este momento nos ocupa.

En primer lugar diré que nuestro Grupo es partidario de ofrecer un apoyo
a la interpretación política de la Directiva que estamos intentando
trasponer, cuyo objetivo esencial no deberíamos perder de vista a causa
de la discusión de si estamos adaptando o no nuestra legislación, si
estamos o no armonizando nuestra legislación con la comunitaria, si nos
aproximamos o no a la legislación comunitaria o si mantenemos
determinados reductos específicos de nuestra legislación. Porque, en
definitiva, ¿de qué se trata en esta Directiva? ¿Cuál es el sentido
último de la Directiva que estamos discutiendo? Garantizar la libre
circulación y la sujeción a las reglas del mercado y de la competencia de
los productos de propiedad intelectual que se distribuyan, en este caso,
vía satélite o por cable, innovaciones técnicas que implican dificultades
jurídicas importantes en su aplicación en el ámbito de los Estados
miembros de la Unión Europea. La distribución vía satélite y la
distribución por cable tienen dificultades especiales. Por lo tanto,
garantizar la libertad de la difusión de estos productos de la creación
intelectual es el objetivo fundamental de la Directiva, así como
intervenir en el caso de conflicto, para que esos conflictos tengan una
solución más favorable, la más favorable posible, en cuanto a la difusión
universal sin trabas y sin obstáculos de estos productos.

El segundo aspecto de nuestra posición es mantener la transposición
dentro del marco global de la legislación comunitaria, de tal manera que
existiendo una armonización, dice su señoría --una transposición
correcta, según nuestra interpretación de la Directiva--, ese campo de
unidad jurídica quede tan claro que los conflictos por la defensa de los
derechos o por los obstáculos a la difusión de determinados productos de
la creación intelectual se disminuyan hasta hacer un ámbito europeo de
difusión de la creación y de la cultura. Ese es el objetivo y a ese
sentido responde nuestra posición política.

También nuestra posición política es no entrar en este momento en la
discusión competencial que suscita Convergència i Unió; mantener abierto
el paréntesis de la resolución del alto Tribunal y esperar a que su
pronunciamiento cierre definitivamente la cuestión.

Por lo tanto --y con esto termino, señor Presidente--, tengo que señalar
nuestra negativa a dar paso a una Directiva totalmente distinta de lo que
es la propuesta de la Directiva comunitaria, caso al que llegaríamos si
se incorporaran las enmiendas del Grupo Parlamentario Popular, cuyo voto
negativo anuncio en este momento, porque en ese caso no podríamos hablar
de transposición, sino tan sólo de la interpretación española, según la
versión de sus señorías, absolutamente legítima, de la legislación
comunitaria. Nosotros creemos que debe haber una legislación comunitaria
muy sólida, muy rigurosa para poder proteger derechos que van a circular
con libertad sobre el territorio de quince Estados miembros. Ese es el
sentido de nuestra posición política y en consecuencia con ello
actuaremos.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.

Tiene la palabra el Senador Soravilla.




El señor SORAVILLA FERNANDEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Lo que nos propone su señoría en su primera intervención es que la
segunda lectura de esta Cámara parece completamente innecesaria. Dice:
como en la otra Cámara se



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aprobaron cosas, ya han sacado bastante de sus enmiendas. Yo sigo
pensando que esta Cámara tiene su propia identidad, que aquí debemos
seguir trabajando y así, además, nos lo requirió el Congreso de los
Diputados en un determinado momento y no estamos cumpliéndolo.

Es verdad que matizamos. Su señoría dice que no le parece mal. A mí no me
extraña, porque su señoría no es que matice, sino que cambia de criterio
cada dos por tres. Nosotros simplemente cambiamos matices en el aspecto
terminológico, precisamente para afinar más la terminología y conseguir
unos conceptos más claros, para fijarlos de alguna manera, por lo menos
empezar a fijarlos.

Naturalmente, señoría, yo acepto posiciones diferentes. Lo que no me
puede decir su señoría es que yo utilizo unos argumentos fuera de lugar,
que hablo de la coma, etcétera. No. Lo que estoy reconociendo es lo que
estoy reconociendo. Lo que yo no puedo aceptar son argumentos como los
suyos, que son endebles, en los cuales su señoría reconoce, incluso, la
propia prepotencia de su Grupo. Nos dice que el texto ni siquiera tiene
errores gramaticales, pero que han aceptado el único error gramatical, y
es que faltaba una coma, porque en lo demás no van a entrar. Esto es lo
que me ha venido a decir su señoría; es, en definitiva, lo que ha dicho
y, además, lo reconoce de alguna manera. Yo creo que insiste en el mismo
argumento que su señoría propone, y que yo espero que todas sus señorías
lo hayan escuchado y lo hayan comprendido como yo, es un integrismo
textual que sólo tiene parangón con los textos coránicos. Lo que dice la
directiva es un «dixit», es ex cátedra; es que no hay posibilidad alguna
de modificarlo; es que ni siquiera podemos tener el casticismo de nuestra
propia palabra; es que como lo dice la Directiva, no podemos cambiarlo;
es que como excluye la Directiva, yo tengo que excluir. Señorías, lo que
nos piden es armonizar, no una transcripción literal de la Directiva. Si
no, ya lo tendríamos hecho desde Bruselas y tendríamos que hacer una
adecuación de nuestras propias formas jurídicas a una estructura formal
que nos viene dictada por un traductor, ni siquiera por un legislador, de
Bruselas. Lo que pedimos únicamente es la modificación de la
terminología, para que se adecue mejor a la terminología de nuestra
propia ley, que es lo que nos piden que adaptemos.

Ha hablado de la exposición de motivos, de nuestras enmiendas. Dice que
tiene carácter dispositivo. Si fuera de Bruselas, también tendrían los
considerandos de la Directiva carácter obligatorio. Entonces, ¡imagínese
todo lo que tiene aquí! Yo renuncio a seguir polemizando sobre su
confusión, no la mía; sobre determinados conceptos, como propiedad
intelectual, retransmisión, emisión, radiodifusión. No lo entienden sus
señorías. Yo renuncio a explicárselo. Le ruego, en todo caso, que
convoquemos un foro, en el que haya un cursillo, donde quizá entendamos
esos términos.

Nosotros, señoría, pretendemos armonizar. En principio, la armonía
consiste en tres tonos. Nosotros pretendemos armonizar el tono interno
con el tono externo y crear un tono común, la armonía. Su señoría dice
que armonizamos en la disonancia. No se equivoque su señoría. Permítame
--yo sé que le molesta por lo que ha dicho-- que haga alguna cita. No
estamos en la dodecafonía de Arnold SchÜnberg, ni en la de Anton Webern.

Prefiero la armonía del maestro Bretón, porque por eso soy madrileño.

Preferimos esa armonía y ésa es la que nosotros pretendemos. Sus señorías
se van por las armonías de Centroeuropa, quizá más francesas, pero
nosotros preferimos la armonía más clásica, que es adecuarnos a lo que
tenemos. Además, en definitiva, ustedes utilizan ese término de una
manera bastante particular, porque cuando les conviene un considerando,
resulta que es obligatorio incluirlo y se aprovecha la Directiva para
incluirlo y cuando no les interesa, se suprime y aquí no pasa nada. Es
decir, el argumento que utilizan no tiene valor alguno, porque no tiene
ningún elemento de continuidad en sus distintas posiciones.

Por último, nosotros estamos buscando esa precisión terminológica. Su
señoría me habla y hace toda una serie de consideraciones en torno al
cambio de emisión que nosotros pedimos, por el que aparece, que es de
comunicación al público, y le tengo que decir que cuando hace todas esas
consideraciones, no sé por qué las hace. Yo no he hecho ninguna defensa
más que la del aspecto terminológico del acto de introducir la señal.

Cuando usted lo hace, «excusatio non petita», ya sabe cómo acaba.

Le recuerdo, y termino con la posición política y estricta de mi Grupo,
que para nosotros estos aspectos terminológicos tienen un carácter muy
trascendente. Como consecuencia de todo ello, y ante la posición que de
momento se muestra, si nuestras enmiendas no prosperan, como en el
proyecto anterior, votaremos no al texto de este proyecto.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Vamos a someter a votación, en primer lugar, las
enmiendas números 1 y 2 del Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de
Convergència i Unió, que someto a la consideración de la Cámara.

Se inicia la Votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 233; a
favor, 19; en contra, 213; abstenciones, una.




El señor PRESIDENTE: Quedan, por tanto, rechazadas.

Voto particular número 2 del Grupo Parlamentario Popular, correspondiente
a las enmiendas números 10 a 36 y 38 a 41. ¿Pueden votarse agrupadamente?
(El señor Galindo Santana pide la palabra.)
Senador Galindo, tiene su señoría la palabra.




El señor GALINDO SANTANA: Gracias, señor Presidente. Solicito votación
separada de la enmienda número 41, si es posible.

Muchas gracias.




El señor PRESIDENTE: Gracias. De acuerdo.

Sometemos a votación las enmiendas antes citadas, del Grupo Parlamentario
Popular, que están comprendidas en



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el voto particular número 2, excepto la número 41, que votaremos
posteriormente.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 232; a
favor, 108; en contra, 118; abstenciones, seis.




El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.

Se somete a votación la enmienda número 41.

Se inicia la votación (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 234; a
favor, 126; en contra, 105; abstenciones, tres.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.

Vamos a someter a votación, con la modificación incorporada, el texto del
dictamen, que, si no hay objeción, se puede someter conjuntamente en una
única votación. ¿Es así? (Pausa.) Sometemos el texto del dictamen a
votación.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 233; a
favor, 127; en contra, 106.




El señor PRESIDENTE: Queda aprobado, y, tal como dispone el artículo 90
de la Constitución, se dará traslado de las enmiendas aprobadas por el
Senado al Congreso de los Diputados para que éste se pronuncie sobre las
mismas en forma previa a la sanción del texto definitivo por Su Majestad
el Rey.

Punto séptimo del orden del día: Mociones:



--DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO POR LA QUE EL SENADO INSTA
AL GOBIERNO A QUE LAS VIVIENDAS MILITARES HABITADAS POR VIUDAS DEL
PERSONAL DEL MINISTERIO DE DEFENSA SEAN CONSIDERADAS SIEMPRE COMO
VIVIENDAS SOCIALES Y, POR TANTO, LES SEAN DE APLICACION LAS REDUCCIONES
ESTABLECIDAS EN EL ARTICULO CUARTO DE LA ORDEN MINISTERIAL 126/1993, DE
28 DE DICIEMBRE. (662/000155.)



El señor PRESIDENTE: En primer lugar, el Grupo Parlamentario Popular
defenderá su moción por la que el Senado insta al Gobierno a que las
viviendas militares habitadas por viudas del personal del Ministerio de
Defensa sean consideradas como viviendas sociales.

Para la defensa de la misma, tiene la palabra el Senador Lobo.




El señor LOBO ASENJO: Muchas gracias, señor Presidente.

Una vez más, señorías, el Grupo Parlamentario Popular quiere traer a su
consideración una iniciativa parlamentaria en el ánimo de que se atenúen,
se aminoren, los negativos efectos del índice social que en la familia
militar han tenido desde su promulgación tanto el Real-Decreto 1.751/90,
de 20 de diciembre, que creaba el Instituto para la Vivienda de las
Fuerzas Armadas, conocido como Invifas y que suprime los Patronatos de
Casas Militares de los tres Ejércitos, así como otras disposiciones que
para su concreta aplicación han ido dictándose en el transcurso del
tiempo.

No podemos olvidar, señorías, como he manifestado desde esta tribuna en
otras ocasiones, que este conjunto de disposiciones constituye la
normativa legal de carácter militar más recurrida de la historia, dado
que la misma está plagada en su contenido de múltiples injusticias,
lagunas y contradicciones para ser una normativa con tan gran
trascendencia para un importante número de familias, lo que ha obligado a
mi Grupo Parlamentario a presentar, de forma sistemática y reiterada,
denuncias tanto en esta Cámara como en el Congreso de los Diputados,
habiéndose presentado varias proposiciones de ley, no de ley, mociones y
hasta una treintena larga de cuestiones relacionadas con la misma, como
ésta que hoy sometemos a la consideración de sus señorías y que no es más
que otra muestra de que el citado Real-Decreto y disposiciones
concordantes no contemplaron debidamente las repercusiones sociales,
económicas y hasta humanitarias que iban a originar en el amplísimo
colectivo de los que supuestamente deberían haber sido sus beneficiarios
y, de forma especial, en lo que a política de rentas se refiere, política
sobre la que, por cierto, recae la sospecha de ser una gran operación
inmobiliaria encubierta.

Y quizá sería cita obligatoria para abordar el tema de esta moción
recordar a sus señorías el artículo 47 de nuestra Constitución, que,
entre otras cosas, dice que los poderes públicos establecerán las normas
pertinentes, y subrayo aquí lo de pertinentes por ser éste un
calificativo que no casa nada bien con el Real-Decreto 1.751 para hacer
efectivo el derecho a la vivienda e impedir la especulación, en este caso
la del parque de viviendas militares, que en España superan las 44.000 y
que son las que ahora mismo se encuentran habitadas por militares en
activo, personal civil al servicio de las Fuerzas Armadas y por
causahabientes con derecho a pensión: viudas, hijos, retirados, etcétera.

Por lo que creo sinceramente, cree mi Grupo, que es positiva una política
de clarificación de las situaciones y de corrección o subsanación de
injusticias como las que hoy pretende mi Grupo Parlamentario con la
presentación de esta iniciativa.

Y es que, señorías, aunque el Real-Decreto 1.751/90 dice en sus
disposiciones primera, segunda y quinta que las viudas y retirados del
personal del Ministerio de Defensa que al publicarse dicha disposición
estén ocupando viviendas podrán mantener su uso hasta su fallecimiento,
en la práctica, señorías, se hace que la realidad del espíritu del
legislador quede burlada al no poderse cumplir, dado que, por un lado,
los alquileres o cánones de uso que anualmente se fijan por Orden
Ministerial suben más que las pensiones de viudedad de los inquilinos. Es
difícilmente explicable que



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con pensiones de viudedad que oscilan entre las 50.000 y las 125.000
pesetas, la mayoría alrededor de las 100.000 pesetas, puedan pagarse
cánones o rentas de 50.000, 60.000 y hasta 70.000 pesetas, cuando,
además, la subida de estos cánones en los últimos cuatro años han dejado
convertidos en auténticos pigmeos el IPC anual y las subidas salariales y
de clases pasivas, lo que está abocando a la indigencia y al desahucio de
las viudas de los empleados militares más modestos, cuya ya de por sí
exigua pensión no necesitaba de tan brutales recortes a su poder
adquisitivo. Y, por otra parte, señorías, el artículo 4.º de la Orden
Ministerial 126/93, de 28 de diciembre, que fija nuevos cánones de uso de
viviendas militares y que ya fue objeto de otra moción por parte de mi
Grupo, determina que las compensaciones sustitutorias de las viudas y
retirados que ocupen viviendas anteriormente clasificadas de carácter
social, abonarán respectivamente el 40 por ciento y el 60 por ciento de
la cuantía del canon de uso que les corresponda.

Mi Grupo, independientemente de mantener que estos porcentajes para
viudas y retirados se deberían aplicar con carácter general, ya que antes
de la entrada en vigor del Real-Decreto 1.751 no estaban clasificadas las
viviendas y debe tenerse en cuenta que en dicha disposición se definen
como viviendas de tipo logístico aquellas cuyo uso se cede a título
oneroso al personal de carrera en servicio activo, requisitos que no se
cumplen en el caso de las viviendas alquiladas con anterioridad a la
entrada en vigor del Real-Decreto y ocupadas por viudas y retirados. Como
digo, independientemente de esto, pensamos que las viudas y retirados
ocupan pisos que se construyeron como viviendas de protección oficial al
amparo de una política de protección familiar y con unos fondos
presupuestarios especialmente asignados para la realización de dicha
política que llevaban a cabo los desaparecidos patronatos de casas
militares, suprimidos, como hemos dicho, al crearse el Invifas. Resulta
entonces que se ha recurrido al, llamémosle así, subterfugio de calificar
como viviendas de apoyo logístico las que habitan --que, como se dice
siempre, fueron viviendas de protección oficial-- a fin de poder subir
los alquileres o canon de uso muy por encima de sus posibilidades y de lo
que han subido las pensiones, por lo que resultará sencillo la práctica
el desahucio si se produce el retraso en el abono de los cánones durante
tres meses seguidos. Y las reducciones del párrafo tercero, a las que
antes he aludido, sólo son de aplicación a las viviendas sociales, que en
la práctica apenas existen ya que la casi totalidad están calificadas de
apoyo logístico y habitadas en estos momentos por viudas, hecho que ha
venido a suponer que las rentas o cánones se hayan multiplicado y
supongan en algunos casos cerca del 50 por ciento de sus pensiones, con
independencia del grave perjuicio que se está causando a este personal y,
de forma muy especial, a las viudas del personal de las Fuerzas Armadas.

Creemos que es injusto sustraer a la protección oficial unas viviendas
construidas y asignadas al personal destinatario de dichos beneficios,
sin olvidar que, aparte de la legalidad o ilegalidad de la norma, está el
aspecto ético y social de privar o imponer un gran sacrificio a quienes
están en peor situación para afrontarla con sus escasos medios, por lo
que estimamos que las viviendas deben ser sociales, como lo fueron
siempre, y serles de aplicación las reducciones establecidas en el
párrafo tercero.

Pero es que, además, señorías, y por si todo esto fuera poco, el pasado
23 de marzo la Audiencia Nacional ha dictado una setencia en la que se
declara nula de pleno derecho la resolución 56/1992, de julio, del
Secretario de Estado de Administración Militar, que calificaba como de
apoyo logístico determinadas viviendas militares, sentencia que,
naturalmente, tiene diversas y muy graves consecuencias y, entre otras,
tal y como he dicho antes, que el Ministerio de Defensa ha calificado
como de apoyo logístico prácticamente a todas las viviendas militares de
España por medio de nueve resoluciones, todas idénticas a la ahora
declarada nula por el Tribunal Constitucional, resoluciones que, como
sabemos, también han sido recurridas, lo que nos está haciendo pensar que
todas, tarde o temprano, tendrán el mismo resultado. Es decir, todas las
viviendas dejarán de ser de apoyo logístico, y si no lo son no se podrán
cobrar los cánones abusivos que se han fijado y se podrá exigir al
Invifas la devolución de los indebidamente cobrados desde 1991, todo lo
cual va a hacer que el programa de casas militares del Ministerio de
Defensa que afecta a esas 44.000 viviendas a que antes me refería pueda
sufrir un interminable retraso, o no realizarse nunca.

Por todo ello, señorías, dado que pensamos que nuestra moción y los
argumentos que la sostienen son justos y razonables y vienen a intentar
subsanar --si es que finalmente consigo convencer a sus señorías-- una de
las múltiples injusticias contenidas en la normativa en vigor en materia
de viviendas de nuestras Fuerzas Armadas, proponemos su aprobación y que
esta Cámara inste al Gobierno de la nación a que tome las medias
oportunas para que las viviendas militares habitadas por viudas del
personal del Ministerio de Defensa --y subrayo, de todo el personal del
Ministerio de Defensa-- sean consideradas siempre como viviendas sociales
y, por tanto, les sea de aplicación las reducciones establecidas en el
artículo cuarto de la Orden Ministerial 126/1993, de 28 de diciembre.




El señor PRESIDENTE: Gracias, señoría.

Para turno en contra, tiene la palabra el Senador Díez González.




El señor DIEZ GONZALEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, paso a contestar, para oponerme, a la moción que acaba de
presentar el Senador Lobo, del Grupo Popular. A tenor de la argumentación
que hemos oído, la moción nos parece confusa, ya que establece algunos
criterios con los que no estamos de acuerdo y que vamos a tratar de
debatir.

La política de vivienda está recogida --como se ha dicho-- en el Real
Decreto 1.751, que determina el régimen de adjudicación, uso y desalojo
de viviendas militares y establece la existencia de viviendas militares
de apoyo logístico de uso militar para los profesionales de las Fuerzas
Armadas que, por mor de su profesión, precisan vivir cerca de la unidad a
la que han sido destinados y desarrollar así



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su función profesional. Por eso se establece un parque de viviendas
denominado logístico.

No obstante, como ya se ha dicho, la situación de hecho en lo que se
refiere a la ocupación de dicho parque de viviendas logístico por los
profesionales de las Fuerzas Armadas era diferente por el funcionamiento
de los patronatos de viviendas de cada uno de los Ejércitos --del Aire,
de Tierra y la Armada--, un funcionamiento absolutamente autónomo, por no
decir autárquico, que no establecía cánones de homologación y, por tanto,
había militares retirados, jubilados y viudas que estaban utilizando
estas viviendas. Pero esa situación se ha tenido en cuenta en este
Decreto, autorizándose la permanencia en dichas viviendas, tanto de las
viudas de los militares, como de los retirados, y reconociéndose
transitoriamente esas situaciones y derechos que tenían esos ciudadanos.

Y no solamente se reconocían entonces, sino que se siguen reconociendo en
este momento.

Se decía que anualmente se fija un canon de uso de esas viviendas, que ha
de ser abonado por los usuarios de las mismas. En este sentido, no estoy
de acuerdo con los cánones de uso a que se ha referido el portavoz del
Grupo Parlamentario Popular, porque creo que ha exagerado
deliberadamente. Por eso he dicho que la moción nos parece confusa, que
trata de confundir la opinión de los Senadores y a la opinión pública,
por supuesto.

Este canon se determina siguiendo una serie de criterios. El primero, muy
importante, consiste en valorar, atendiendo al entorno correspondiente y
a la igualdad de condiciones, el precio de esas viviendas en el mercado
de alquiler. Pero, fíjense, para estas viviendas no se establece el
precio del mercado de alquiler de la localidad, sino la mitad,
atendiendo, insisto, al entorno y sus características. Además, se tiene
en cuenta la superficie, dotación, ubicación y el empleo de quien vaya a
utilizarla; y en el caso de las viudas, lógicamente, la pensión que les
haya podido corresponder. Por tanto, hay unos criterios de racionalidad y
de homologación lo suficientemente claros, que antes no teníamos. (El
señor Vicepresidente, Ortí Bordás, ocupa la Presidencia.)
El canon debe ser satisfecho por todos los usuarios. Obviamente, hay que
atenerse a la disposición transitoria quinta del Real Decreto a que hacía
referencia, que se aplica de forma progresiva en los últimos ocho años,
de tal manera que en este momento no se está aplicando a todas la viudas
la totalidad del canon en este momento vigente en cada caso. Es más,
quiero recordar a la Cámara --y a su señoría, porque no lo ha citado--
que en los tres últimos años --1993, 1994 y 1995-- se ha producido una
congelación de los cánones de uso debido a que durante los años 1993 y
1994 hubo una congelación de salarios. No así en 1995; sin embargo, estos
cánones siguen manteniéndose congelados. Creo que esto es importante y
hay que tenerlo en cuenta.

Hablando también del canon y las referencias que ha hecho su señoría a
las sentencias de los tribunales, debo recordarle que hay numerosas
sentencias del Tribunal Supremo que aceptan y ratifican los criterios
establecidos en el Decreto de referencia.

¿Cómo se accedía a las viviendas militares antes del Decreto por el que
se creó el Instituto de la Vivienda de las Fuerzas Armadas? Creo que con
este Decreto se ha roto con una serie de privilegios anacrónicos que,
como ya he dicho, existían a través de los patronatos y que se reflejaban
en el establecimiento de cinco niveles de viviendas en función de cinco
niveles de empleo, desde el de cabos primero, hasta los de generales o
almirantes. Es decir, en función de los empleos se establecían los
niveles --no de altura, sino de calidad-- de las viviendas, su
superficie, sus dotaciones, la ubicación, etcétera. Esos privilegios que
yo califico de anacrónicos y que se debían (??) al funcionamiento de los
patronatos han desaparecido con el Invifas.

Voy a poner un ejemplo al respecto. Hace unos meses se han inaugurado en
San Fernando unas 200 viviendas, aproximadamente, de nueva creación, en
dos bloques. Uno, de cien viviendas, exactamente iguales, que se ha
designado para suboficiales de la Armada; y otro, de otras cien
viviendas, exactamente iguales que las primeras, para oficiales de la
Armada. Esto demuestra precisamente uno de los criterios a los que he
hecho referencia, es decir, que en este momento no se aplican
privilegios, y existe una igualdad --como reflejo de lo que queremos,
unas Fuerzas Armadas modernas--, que se demuestra en el caso de las
viviendas militares, pero manteniendo todos esos derechos adquiridos a
los que me he referido de las viudas y los retirados que ocupan viviendas
con anterioridad a la aprobación del Decreto y al funcionamiento de estas
normas.

Por tanto, están salvaguardados totalmente esos derechos sociales y, por
supuesto, los cánones de uso son mucho más bajos que los que indicaba su
señoría. Voy a citar algunos ejemplos al respecto. Así, en viviendas de
Burgos, Bilbao, La Coruña, San Sebastián o Pamplona, los oficiales en
activo en este momento tienen un canon de uso básico de 25.150 pesetas;
los suboficiales, de 17.750 pesetas, y los cabos primero, de 12.500
pesetas. En Valladolid, los oficiales pagan 21.500 pesetas como importe
base; los suboficiales, 16.850 pesetas, y los cabos primero, 11.600
pesetas. Hay que reducir el canon de uso de las viudas, que de forma
progresiva y en ocho años tienen que estar al nivel de estas cantidades
máximas.

En definitiva, el Grupo Parlamentario Socialista cree que con la moción
del Grupo Parlamentario Popular no se trata de solucionar este problema,
que han calificado de grave, sino que quieren resolver con carácter
general un problema particular y, a nuestro juicio, agravando
injustamente a colectivos muy importantes. De esta manera beneficiaríamos
más a los ocupantes de las mejores viviendas, es decir, a las que mejor
dotación y más superficie tienen, que coinciden además --por lo que le he
explicado anteriormente-- con aquellas viudas o aquellos empleos que
tienen dotaciones económicas más altas.

Por lo tanto, creemos que con esta moción introducimos elementos de
discriminación objetiva no admisibles en un planteamiento de conjunto, y
alteraría el correcto funcionamiento del Instituto de la Vivienda de las
Fuerzas Armadas que, a nuestro juicio, racionaliza objetivamente y regula
la necesidad de viviendas para los activos de las Fuerzas Armadas,
manteniendo también unos derechos adquiridos



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--llamémoslos de esta manera-- para aquellos usuarios, aquellas viudas,
aquellos retirados que en el momento de la aparición del Decreto estaban
utilizando estas viviendas y, desde luego, con un razonamiento de
justicia yo creo que elocuente.

Hablando claro, señorías, de aprobarse la moción beneficiaríamos más a
los ocupantes de las mejores viviendas, es decir, las de mayor superficie
y mejores dotaciones que, además, en la inmensa mayoría de los casos sus
titulares devengan las pensiones más altas por mor del empleo de sus
esposos en este caso. Por lo tanto, creemos que esta moción no aporta
nada nuevo, sino que introduce confusión y, sobre todo, introduce un
proceso de injusticia en la aplicación de algo que desde la justicia
social su señoría quería defender y aplicar.

Nada más, señor Presidente. Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortí Bordás): Gracias, Senador Díez González.

Abrimos un turno de portavoces. ¿Grupos que deseen hacer uso de la
palabra? (Pausa.)
Tiene la palabra el señor Díez González.




El señor DIEZ GONZALEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Quiero ratificarme desde el Grupo Socialista en la posición que
anteriormente he defendido en la tribuna y, desde luego, deseo proponer a
la Cámara el voto contrario a esta moción.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortí Bordás): Gracias, señoría.

Por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el Senador Lobo.




El señor LOBO ASENJO: Gracias, señor Presidente.

Quizá la exposición de nuestra moción haya sido confusa, pero lo que sí
está claro es que el Grupo Socialista no ha respondido en absoluto al
«petitum» de la misma, que no es otro que el que las viviendas militares
habitadas por viudas del personal del Ministerio de Defensa sean
consideradas siempre como viviendas sociales.

Subo a esta tribuna en este turno para pedir al Grupo Socialista que, una
vez más, acierten cuando rectifican, y que en este caso rectifiquen
porque, de lo contrario, va a quedar claro que ustedes no nos dan su
apoyo a esta moción porque no resulta del agrado del Ministerio de
Defensa ni del Invifas; ellos sabrán por qué. Yo quiero creer simplemente
que es sólo porque es claramente contraria a la, a nuestro juicio,
equivocada política de viviendas militares y de rentas y uso de las
mismas.

Con esta política, señorías --usted lo sabe muy bien--, ustedes han
permitido --al no querer reconocer los fallos del Real Decreto 1.751 y
otras normas-- que se califiquen viviendas sociales, que siempre han sido
sociales, como viviendas de apoyo logístico exactamente en número de
29.029 --es capicúa, que casualidad--, y que son más viviendas --también
es una casualidad-- que los cuadros de mando del actual miniejército
español.

Asimismo, ustedes son responsables de que hayan subido los alquileres de
estas viviendas, pese a lo que usted dice --usted lo sabe muy bien--, de
una forma abusiva. Y aunque se establezca que viudas y retirados --como
usted decía-- tengan unas reducciones del 60 y del 40 por ciento de canon
de uso, usted sabe perfectamente --y por eso nuestra moción-- que este
aparente beneficio es prácticamente inalcanzable por las dos
circunstancias que yo he apuntado: porque, dadas las continuas subidas,
el canon que pagan no les va a permitir pagar su renta y porque, además,
como todas las viviendas son de apoyo logístico y ninguna es de apoyo
social prácticamente no se pueden acoger a este beneficio. Y esto no es
confundir a la opinión pública ni a los Senadores, señor Díez, como no es
confundirles el que «algo tendrá el agua cuando la bendicen» --yo diría
mejor que cuando la maldicen--, cuando sobre todas estas cuestiones se
han presentado más de 1.000 recursos, y usted lo sabe muy bien. No se
puede dejar de considerar que desde 1990 a 1995 el recibo del canon para
los contratos anteriores al Real Decreto 1.751 --que usted decía que les
había dejado tan bien parados-- se ha incrementado casi el 200 por
ciento. Y no es confundir a la opinión pública que todo esto --está en la
calle-- ha dado origen a un clima de intranquilidad y de protesta
--incluidas multitudinarias manifestaciones públicas en la calle--
protagonizadas por asociaciones de vecinos donde se ubican viviendas
militares, y esto ha ocurrido tanto en Madrid como en otros lugares de la
geografía.

Ustedes con su actitud, señor Portavoz del Grupo Socialista, son
responsables de que se sigan pagando cánones de compensación --y usted lo
sabe muy bien-- a militares que no debían percibirlo, porque en las
plazas a donde son destinados existen multitud de viviendas vacías. Y
esto, señor Díez, no es más que el fruto y el éxito de su Real Decreto y
de sus posturas en esta Cámara.

He hablado también de trato discriminatorio. Ustedes y el Gobierno
Socialista son los que han originado, no una, sino múltiples situaciones
de discriminación y de diferencias de trato entre el personal militar. Yo
le podría citar aquí las diferencias que ustedes han sentado entre
civiles al servicio de las Fuerzas Armadas y Militares --precisamente en
el uso de viviendas-- entre mandos superiores y oficiales, entre
reservistas y activos. ¿O no han causado una grave discriminación entre
estos dos colectivos, entre anteriores ocupantes y posteriores ocupantes
al Real Decreto 1.751, en los de primer destino --que también tuvimos
aquí otra moción que me parece presentó el Grupo de Coalición Canaria-- y
entre los sucesivos destinos? Y ahora estamos ante el caso sangrante de
las viviendas logísticas y de las viviendas sociales. Y nosotros no
venimos aquí a pedir ningún privilegio, sino que venimos a pedir una
restitución. Si las viviendas que ocupaban antes eran sociales, si se
construyeron como viviendas sociales y de protección oficial, que vuelvan
a serlo y que dejen de ser de apoyo logístico que, desde luego, es un
calificativo militar que para nada le va a una viuda, aunque lo sea de un
integrante de las Fuerzas Armadas. Y, desde luego, lo que



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pedimos es que puedan acogerse plenamente a un beneficio que, en
justicia, creemos que les corresponde.

Nada más y muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortí Bordás): Muchas gracias, señor Lobo. (El
señor Díez González pide la palabra.) ¿En base a qué pide la palabra,
señor Díez González?



El señor DIEZ GONZALEZ: Por el artículo 87, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortí Bordás): Se dará cuenta su señoría del
peligro que ambos corremos, porque si el señor Lobo pide también la
palabra por el artículo 87 tendríamos que dársela.




El señor DIEZ GONZALEZ: Es para hacerle una observación al señor Lobo,
que yo creo que ha tenido una confusión.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortí Bordás): Nos arriesgaremos, señor Díez
González. Tiene la palabra por tiempo de tres minutos.




El señor DIEZ GONZALEZ: Muchas gracias, señor Presidente.




Emplearé muchísimo menos tiempo. Unicamente deseo recordarle al señor
Lobo que la definición de vivienda social anterior al Decreto por el que
se constituye el Instituto de las Viviendas Sociales se mantiene en este
momento, y no solamente esa definición, sino la ocupación de esas
viviendas por las viudas y los jubilados que en aquel momento las
ocupaban y, en su caso, con la reducción del canon al 40 y al 60 por
ciento.

Nada más y muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Ortí Bordás): Muchas gracias, señor Díez
González. (El señor Vicepresidente, Rigol i Roig, ocupa la Presidencia.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Vamos a someter a votación la
moción presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado por la
que el Senado insta al Gobierno a que las viviendas militares habitadas
por viudas del personal del Ministerio de Defensa sean consideradas
siempre como viviendas sociales y, por tanto, les sea de aplicación las
reducciones establecidas en el artículo cuarto de la Orden Ministerial
126/1993, de 28 de diciembre.

Se inicia la votación. (Pausa.)



Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: Votos emitidos, 227; a
favor, 109; en contra, 117; abstenciones, una.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Queda, por tanto, rechazado el
texto de la moción.




--DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA POR LA QUE SE INSTA AL GOBIERNO A
QUE, EN COORDINACION CON LAS DISTINTAS COMUNIDADES AUTONOMAS AFECTADAS
POR EL FENOMENO DE LA DESERTIZACION, ACELERE EL PLAN DE REFORESTACION,
FINALICE EL PROGRAMA NACIONAL SOBRE EL CLIMA, APRUEBE EL PLAN HIDROLOGICO
NACIONAL, INTENSIFIQUE LAS AYUDAS Y LA INVERSION EN INVESTIGACION Y
DESARROLLO (I+D) E INICIE LOS ESTUDIOS PRECISOS PARA AVANZAR HACIA UNA
LEGISLACION COMUN Y BASICA SOBRE EL PATRIMONIO NATURAL, RESPONSABILIZANDO
A TODOS DE SU CONSERVACION. (662/000153.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Pasamos a continuación a la
siguiente moción, del Grupo Parlamentario Socialista, por la que se insta
al Gobierno a que, en coordinación con las distintas Comunidades
Autónomas afectadas por el fenómeno de la desertización, acelere el Plan
de Reforestación, finalice el Programa Nacional sobre el Clima, apruebe
el Plan Hidrológico Nacional, intensifique las ayudas y la inversión en
investigación y desarrollo (I+D) e inicie los estudios precisos para
avanzar hacia una legislación común y básica sobre el patrimonio natural,
responsabilizando a todos en su conservación.

Para su defensa tiene la palabra el Senador Gallego
López.




El señor GALLEGO LOPEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Señorías, durante los últimos años, en España y también en todo el ámbito
mediterráneo la sequíaa, los incendios forestales y los innumerables
casos de inundación están sacudiendo la conciencia ciudadana y
preocupando a los estudiosos, no quedándose sólo en sus causas y en sus
consecuencias inmediatas, sino profundizando en la serie de concausas que
producen estos fenómenos y en las consecuencias acumulativas que se
reflejan en factores de riesgo y en situaciones de degradación ambiental.

Expresiones como cambio climático, destrucción de la capa de ozono,
calentamiento de la tierra, desertización y desertificación cobran carta
de naturaleza en ámbitos cada vez más amplios porque repercuten en la
calidad de vida de las personas y tienen una fuerte incidencia
socioeconómica y, por ende, política. Esta Cámara no puede ser ajena a
esa preocupación y de hecho no lo es, ya que esta misma tarde se
constituye en el Senado una Comisión especial para el estudio del cambio
climático.

Creemos que la moción que presenta el Grupo Parlamentario Socialista ante
el Pleno para su debate y aprobación es oportuna en estos momentos y
además quiere ser realista. Esta moción se va a centrar en el fenómeno de
la desertificación que afecta a gran parte de nuestro país y que supone
una degradación de recursos vitales para la subsistencia como son el
suelo y la vegetación; degradación que es en muchos casos el eslabón de
una cadena anclada



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en otros elementos como el agua, la agricultura, la presión demográfica y
sus repercusiones en la vida de las personas y en la economía. Y es
oportuna porque en los últimos tiempos los datos recopilados por
especialistas en la materia están haciendo sonar la voz de alarma sobre
la dimensión del problema de la desertificación.

En un reciente curso en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en
la primera semana de agosto de este mismo año se han expuesto algunas de
las últimas investigaciones que en este campo se han realizado. Se ha
hablado allí de la sequía, de la desertificación en la biodiversidad de
la Europa meridional, de los cambios climáticos y usos del suelo, de la
sensibilidad del suelo que se degrada ante esos cambios climáticos, de la
vulnerabilidad de la zona sur de Europa, destacando un estudio sobre la
sequía como riesgo de desertificación para las tierras mediterráneas del
que es autor el profesor López Bermúdez de la Universidad de Murcia. En
noticias muy recientes, en la prensa de anteayer, día 11 de septiembre,
los científicos confirman el calentamiento de la tierra debido a la
acción del hombre, cosa que ha podido ser detectada de una manera
objetiva. Y en un nuevo informe del Panel Intergubernamental sobre el
Cambio Climático, convocado por la Organización Mundial de Meteorología,
se demuestra que las temperaturas medias globales han aumentado y
proyectando hacia el futuro ese aumento va a ser mayor. Por primera vez
también se demuestra científicamente la influencia de la actividad humana
en este aumento de las temperaturas.

Pero además nuestra moción quiere ser realista evitando las estridencias
que un malentendido catastrofismo pudiera añadir a una situación grave.

Por eso queremos señalar lo que supone el deterioro de los suelos y la
vegetación en España y reconocer que es un fenómeno no exclusivo de
nuestro país ni de todos nuestros territorios.

Las Naciones Unidas a través de sus programas para el medio ambiente
--PNUMA--, la Conferencia sobre Desarrollo y Medio Ambiente de Río de
Janeiro de 1992, y la llamada Agenda 21 de las Naciones Unidas consideran
a la desertificación como uno de los problemas ambientales más gravés del
mundo y es la acción del hombre la que va aumentando determinados
problemas en los ecosistemas terrestres lo que hace que disminuya la
fertilidad y la productividad de la tierra. Una tierra improductiva,
claro está, expulsa de su medio al hombre y ésa es nuestra preocupación.

Fue en junio de 1994 cuando en París, en la sede de la Unesco, se aprobó
el marco jurídico por el que se abordan acciones a nivel local, regional
y nacional con el criterio de que la desertificación es un problema cuya
magnitud extiende sus límites por todo el planeta aunque tiene especial
incidencia en determinadas zonas. Por eso se elaboraron en esa convención
internacional de lucha contra la desertificación cuatro anexos
específicos para Africa, Asia, América Latina y Caribe y el Mediterráneo
norte. En este último anexo se reconoce que en España, que tiene casi el
50 por ciento de su superficie afectada por la erosión del suelo, un 15
por ciento de la misma va adquiriendo características de desierto, y no
es feliz expresión decir que el desierto avanza, sino que la tierra se va
quedando cada vez más estéril. Son áreas de Castilla-La Mancha, de
Andalucía, de la Comunidad valenciana, de Murcia, algunas extensiones del
valle del Ebro las que han sido incluidas a nivel europeo como zonas de
alto riesgo de desertificación.

El programa Medalus, Mediterranean Desertification and Land Use, cuya
segunda fase ya está en desarrollo, en el primer período 1991-1994 hizo
unos estudios que concluían en que la desertificación ha sido una
constante histórica en las áreas mediterráneas y, por ende, en España y
que los fenómenos naturales, como sequías e inundaciones en territorios
diversos que tienen un paisaje característico, han compartido su
influencia en la degradación con la acción humana, con actividades
agrícolas no adecuadas, con movimientos de tierra que en algunos casos
podemos llamar salvajes.

Por iniciativa del Gobierno español también, el proyecto Lucdeme, Lucha
contra la Desertización en el Mediterráneo, atiende a las recomendaciones
de la conferencia que en Nairobi, en 1977, hicieron las Naciones Unidas
sobre desertificación para hacer un estudio de la vertiente mediterránea
española, proponiendo medidas muy concretas de lucha contra la
desertificación. Ello dio lugar a que se creara también una Subdirección
General de control de la erosión y desarrollo forestal en el Ministerio
de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente.

Asimismo, la primera conferencia regional sobre desertificación en el
Mediterráneo norte, que se ha celebrado en Almería en la última semana
del mes de junio de este mismo año con representación de diversos países,
de organizaciones intergubernamentales de la Comisión de las Comunidades
Europeas y de organizaciones no gubernamentales y otras instituciones, ha
intentado armonizar todos los contenidos y prioridades para llevar a cabo
lo que se podría llamar un plan nacional contra la desertización en el
sentido de coordinar todas las actividades surgidas en la aplicación de
los convenios que existen a nivel europeo y mundial, como aquellos que se
relacionan con el cambio climático, y el convenio sobre la biodiversidad.

Hay, por tanto, una serie de datos y de iniciativas que han confluido en
concretar las causas que hacen que el problema en España sea acuciante:
desde las características climatológicas y edafológicas de determinados
suelos en la España mediterránea hasta que desde tiempo inmemorial el
hombre ha luchado contra la tierra para sacarle sus frutos y esa lucha no
siempre ha sido leal ni sensata; en estos últimos tiempos a veces menos
leal y sensata porque hay técnicas agrícolas y otras actividades
productivas, como la industria, que inciden en agresiones a la tierra, a
la vegetación y al agua.

En resumen, podemos decir que en las áreas donde se detectan los mayores
índices de degradación del suelo y de la expansión de la desertización
confluyen los procesos naturales ya citados de sequía, lluvias
torrenciales, altas temperaturas, evaporación, etcétera, y otros que
resultan de la intervención del hombre, como las roturaciones y
movimientos de las tierras, las desviaciones de cauces, la salinización
de las aguas subterráneas por un uso inadecuado, el uso de productos
fitosanitarios y fertilizantes incontrolados,



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los incendios forestales, etcétera, desembocando todo ello en que
desaparece la vegetación y se reduce la materia orgánica de los suelos,
que no se comportan naturalmente al verse afectados por reacciones
químicas extrañas, produciéndose su deterioro y en muchos casos una
transformación no deseada.

Pero hay más, y es que en el caso concreto de la agricultura se ha
producido un salto cualitativo, que en la producción agrícola española,
sobre todo la ubicada en las zonas de riesgo de desertificación, ya no se
produce sólo para cubrir las necesidades de una población autóctona
ubicada en el entorno de las zonas productivas, sino para un amplio
mercado europeo casi en exclusividad, que exige acelerar el rendimiento
de las tierras, ganando tiempo en los cultivos y dejando exhaustos los
suelos para conseguir la ventaja competitiva de producir más temprano,
más barato y con mayor calidad. Ello ha llevado a prácticas agrícolas
inadecuadas, siendo el monocultivo el más frecuente, y utilizando suelos
que nunca fueron agrícolas ni son apropiados y que, además, se abandonan
una vez explotados, habiendo modificado su configuración física y su
composición química, que los hace estériles.

Por otro lado, para esas prácticas agrícolas, como dije antes, se
necesitan unos riegos que muchas veces salinizan las tierras y esquilman
los acuíferos subterráneos. Si a todo esto unimos la presión de la
población sobre espacios no agrícolas pero aún dotados de masa vegetal
que desemboca en necesidades de urbanizar determinadas zonas de monte o
de ribera y los descuidos más o menos intencionados de los causantes de
incendios forestales, tenemos un amplio abanico de causas y efectos del
evidente proceso de desertificación que sufre gran parte de España, con
un efecto demográfico, ya que produce una emigración de la población
rural empobrecida hacia las ciudades, creando otra serie de problemas.

Ya he anticipado antes que, además de oportuna, esta moción quería ser
realista, por eso, después de reconocer la gravedad del problema y
describir someramente algunas de las causas y sus efectos, hay que
reconocer que existen diversos niveles de intensidad de este problema,
pues su gravedad puede variar de unas zonas a otras, y, por otro lado,
hay que reconocer también que, además de los estudios, informes,
acuerdos, etcétera, de los organismos internacionales y nacionales, hay
actuaciones concretas de nuestro Gobierno que inciden directamente en
frenar el proceso de pérdida de la capacidad productiva de los suelos, en
luchar, en definitiva, contra la desertificación: desde la ampliación de
la red de espacios naturales protegidos, con las dificultades conocidas y
algún recurso que hay por ahí para la aprobación de algunos de los
últimos propuestos, hasta un plan de reforestación ambicioso que no está
encontrando la colaboración adecuada en algunas Comunidades Autónomas y
entes locales, así como particulares que no aceptan que sus tierras sean
ocupadas por árboles, lo que daría además empleo y renta a los
agricultores.

Existe, por otra parte, un plan nacional de restauración
hidrológico-forestal y de control de la erosión con fines muy concretos,
como la recuperación de la cubierta vegetal, habiendo partidas dotadas en
los Presupuestos Generales del Estado para estos trabajos. En definitiva,
lo que se persigue es frenar, mejorar y restaurar el medio ambiente
deteriorado por años de actuaciones inadecuadas. También el Plan Director
de Infraestructuras, tanto en los capítulos dedicados a los recursos
hídricos, como a medio ambiente, propone medidas de actuación con su
valoración económica prevista.

Sin embargo, creemos que, siendo el problema uno, hay una cierta
dispersión en las medidas que se toman y en los organismos que las
ofrecen. Ello es debido, por un lado, a las diferentes responsabilidades
que tienen distribuidas distintos ministerios, pues la desertificación es
un asunto de Agricultura, pero también de Medio Ambiente o, incluso, de
Obras Públicas, y, además, hay proyectos europeos, como el Plan Leader,
otras ayudas dedicadas a determinados tipos de barbecho o al secano. Por
otra parte, están las competencias transferidas a las Comunidades
Autónomas que están afectadas en sus territorios por el problema de la
desertificación, y, a su vez, estas competencias están distribuidas en
diversas consejerías y departamentos.

Por eso, nos gustaría encontrar un hilo conductor que tuviera unos
cimientos muy sólidos y una estructura que vertebrara actuaciones
encaminadas a un mismo objetivo. Ya que está detectado el problema de la
desertificación, localizadas sus áreas y conocidas sus causas, tomemos
coordinadamente las medidas necesarias para detener el proceso e iniciar
el camino de la recuperación de suelos y vegetación, por un lado, así
como la de dar a cada suelo el uso compatible con sus características,
desarrollando una especie de pedagogía de cara a los usuarios de esos
recursos.

Por eso, entre nuestras propuestas, como marco general insisto en la
coordinación entre los distintos organismos, entre los ministerios y
éstos con las Comunidades Autónomas, al igual que todos con la Unión
Europea y con los programas de la Naciones Unidas. Quizás el instrumento
pudiera ser el de convenios de acción conjunta. En ese aspecto, en el
primer punto de nuestras propuestas va el acelerar el Plan de
Reforestación, porque existe un Plan Nacional de restauración
hidrológico-forestal y control de la erosión, con actuaciones encaminadas
a la conservación de la cubierta vegetal protectora en el marco de los
programas que cuentan con aportaciones presupuestarias de la Unión
Europea, pero creemos que deben incrementarse los convenios de
colaboración a tal efecto, implicando también a las Comunidades
Autónomas, a los entes locales e, incluso, a los particulares.

Hay, además, un Plan de intensificación del programa de protección de la
cubierta vegetal que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y
las Comunidades Autónomas llevan a cabo en el marco de los convenios de
hidrología. La sequía, sabemos, ha ralentizado la realización de estos
programas, por eso creemos que ahora que se está modificando a nivel
europeo la norma reguladora del mismo, en la dirección de revisar las
primas de mantenimiento y las primas de compensación de rentas, entre
otras, se podría acelerar el cumplimiento de los plazos previstos



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para los que haya aprobados fondos de la Unión Europea.

Hay también otras posibilidades de ayuda y de actuación en este campo
desde el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social dentro del Plan de
Empleo Rural, donde se habla de propiciar la inserción laboral de
desempleados del medio rural en actuaciones agroforestales; hay otras
resoluciones de la Dirección General del INEM, de mayo de 1994, donde se
contemplan las actuaciones sobre el medio ambiente tendentes a conservar
e incrementar el patrimonio natural: están los programas de las
escuelas-taller y casas de oficio sobre actividades de carácter público
relacionadas con la recuperación del patrimonio natural, etcétera.

Debemos aprovechar los mecanismos existentes y debemos reiterar
machaconamente el criterio de coordinación y el aumento de las partidas
presupuestarias correspondientes, porque conseguirán los objetivos de
emplear mano de obra desempleada y conservar y reparar el entorno natural
con su recuperación en el aumento de las rentas del sector.

En segundo lugar, proponemos que se finalice el Programa Nacional sobre
el Clima. Sabemos que se presentó un documento elaborado por expertos en
el plenario de la Comisión Nacional del Clima que aún no se ha aprobado,
aunque no tuvo ninguna objeción. Por ello, creemos que puede ser su
aprobación un documento eficaz para que se puedan realizar las acciones
oportunas que proporcionen mecanismos de control, corrección y
recuperación de actividades industriales, agrícolas, etcétera, que puedan
incidir en el clima y en su modificación.

Pedimos, instamos al Gobierno, en tercer lugar, a la aprobación del Plan
Hidrológico Nacional. ¿Qué vamos a decir en esta Cámara que ya no se haya
dicho del Plan Hidrológico Nacional? Reiteramos una vez más la necesidad
del debate sobre el anteproyecto existente del Plan Hidrológico Nacional.

Sabemos que los retrasos que han supuesto iniciativas parlamentarias,
como la aprobación conjuntamente de un Plan Nacional de Regadío, que en
las próximas semanas entrará en el Parlamento pues está prácticamente
acabado, hacen que se retrase este debate. Sabemos también, y ayer tarde
se recordaba aquí, de aquella otra iniciativa en esta Cámara, que se
aprobó con los votos en contra del Grupo Parlamentario Socialista, en la
cual se apoyaba que los planes de cuencas hidrográficas fueran aprobados
antes que el Plan Hidrológico Nacional. El Grupo Parlamentario Socialista
era consciente de que eso era retrasar el debate del Plan Hidrológico
Nacional, ya que su criterio era que no había por qué anticipar los
planes de cuencas si se tenían ya las directrices de las cuencas. Está
pasando lo que tenía que pasar: algunas cuencas encuentran dificultades
en aprobar el plan correspondiente, sobre todo algunas cuencas
intracomunitarias, dificultades que no dependen de las características ni
de los datos que se poseen. El equilibrio hídrico es imprescindible para
el mantenimiento de suelos y vegetación, es imprescindible para la lucha
contra la desertificación.

En cuarto lugar, proponemos en la moción que se intensifiquen las ayudas
y la inversión en Investigación más Desarrollo (I+D) para implantar
técnicas de cultivo menos agresivas, porque sabemos que existe
investigación sobre este campo; diversas universidades españolas tienen
encargos de los organismos oficiales o sus propios departamentos están
«motu proprio» realizando estudios sobre el tema. El CEBAS y el Consejo
Superior de Investigaciones Científicas en su conjunto están trabajando
en este mismo aspecto. La comunidad científica, por tanto, está
cumpliendo sus objetivos, está cumpliendo su papel de desvelar la
situación haciendo los diagnósticos oportunos y abriendo caminos de
solución. Sin embargo, este campo de investigación, que ha de ser
permanente para detectar cualquier alteración y para evaluar los efectos
de las medidas que, en su caso, se tomen, deben ser más apoyado para que
presupuestariamente tenga la holgura suficiente. Es en este último
aspecto donde pueden darse interpretaciones que podíamos llamar
demagógicas, cuando se habla de implantar técnicas de cultivo menos
agresivas, cuando no se trata de volver a cultivos de antaño ni de
impedir algunas transformaciones de regadíos, ni de rebajar las
conquistas que en el campo de las nuevas tecnologías agrícolas se han
hecho, ni los niveles de la producción. Cuando pedimos que se implanten
técnicas de cultivo menos agresivas de lo que se trata es de que no se
aumenten de una manera suicida las superficies dedicadas a cultivos
intensivos en terrenos inadecuados, sino que, teniendo en cuenta el marco
de referencia de la Política Agraria Comunitaria (PAC), se ofrezcan otras
salidas al agricultor, salidas que sean palpables para que el agricultor
haga suya esa actuación alternativa, por eso ha de ser incentivada, y los
programas y planes existentes deben ser explicados, financiados y luego
aplicados. Ya sabemos que existen programas de desarrollo sostenible y
medidas de apoyo a la agricultura compatibles con el medio ambiente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Señoría, debería terminar.




El señor GALLEGO LOPEZ: Finalmente --y termino, señor Presidente--, en el
punto quinto instamos a que se inicien los estudios precisos para avanzar
hacia una legislación básica y actualizada sobre el patrimonio natural,
responsabilizando a todos de su conservación. Existe legislación pero
creemos que se podía tomar como ejemplo la legislación existente sobre el
Patrimonio Histórico-Artístico, porque para muchos propietarios es una
carga el monte que poseen, el bosque que poseen, la charca que hay en sus
tierras o la salina, pero también tienen la obligación de participar en
la conservación del entorno y en la participación del medio ambiente. Por
eso pedimos una legislación básica, si se quiere, más concreta, que
ataque directamente estos problemas.

Por tanto --y termino, señor Presidente; gracias por su benevolencia--,
actuando coordinadamente sobre el suelo, la vegetación y el agua podremos
influir ayudando a la naturaleza y podremos luchar contra la
desertificación. Para conseguir estos fines, solicitamos que sea aprobada
esta moción en esta Cámara, ante cuyo Pleno la presenta el Grupo
Parlamentario Socialista.

Muchas gracias, señorías; muchas gracias, señor Presidente.




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El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, Senador Gallego
López.

Para la defensa de las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario
Popular, tiene la palabra la Senadora doña Teresa de Lara.




La señora DE LARA CARBO: Gracias, señor Presidente.

Señorías, al iniciar mi primera intervención como Senadora, representando
a una amplia mayoría de los votantes de la circunscripción electoral de
Madrid, quiero significar ante sus señorías el honor que supone para mí
esa representación que me ha traído a esta Cámara y mi compromiso de
aportar mi trabajo parlamentario, según mis posibilidades, a tratar de
conseguir que los problemas y carencias de nuestro país se resuelvan.

Ocupo esta tribuna por primera vez, y quiero saludar con este motivo muy
cordialmente a todas sus señorías, en este común ánimo de servicio al
ciudadano. Es para mí muy grato que esta inicial intervención mía se
refiera a un tema que me ha interesado desde hace años, como es el de la
desertización y el cambio climático. He leído con atención la moción
presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, a cuyos puntos el Grupo
Parlamentario Popular ha presentado enmiendas.

Permítanme, señorías, que antes de pasar a la defensa de cada una de esas
enmiendas exprese una opinión global sobre la moción que nos ocupa. En
primer lugar, manifiesto mi coincidencia con la alarma del Grupo
Parlamentario Socialista respecto al problema de la desertización y sus
principales causas, reflejadas en la exposición de motivos de la moción y
por el representante socialista que me ha precedido en el uso de la
palabra. En definitiva, ese preámbulo no hace más que recoger la
preocupación de diversos organismos internacionales como la FAO o la
Unesco por el fenómeno desertizador. En efecto, la deforestación, la
sequía, las lluvias torrenciales, la sobreexplotación agrícola, los
cultivos inadecuados y los incendios son causa de la creciente
desertización, que es un fenómeno a escala mundial.

Pero, aparte de lo expuesto anteriormente, no puedo estar de acuerdo con
el preámbulo de la moción en la autocomplacencia que supone afirmar que
el Gobierno socialista ha arbitrado las medidas para cumplir el programa
de gobierno ofrecido a los votantes en las últimas elecciones generales.

El argumento más firme que demuestra el incumplimiento del programa
electoral socialista es la propia moción que hoy debatimos en esta
Cámara.

Los cinco puntos que componen la moción están recogidos en gran media al
pie de la letra de ese programa electoral socialista de 1993 y de sus
programas anteriores. Si se hubiera cumplido ese programa, como nos decía
el Senador, ahora el Grupo Parlamentario Socialista en el Senado no
tendría que pedirnos el voto para que esta Cámara instase al Gobierno
para atajar las causas de la desertización. Es evidente que el Gobierno
socialista no ha cumplido lo que prometió, y ahora se nos trae al Senado
esta moción para que instemos su cumplimiento. Veamos brevemente cada uno
de sus puntos.

En lo que se refiere al Plan de Reforestación, en el primer año de
vigencia del programa las Administraciones han incumplido tanto en
volumen de inversión prevista como en superficie forestada. El
cumplimiento del Plan de Reforestación de tierras agrarias en 1994 fue
inferior al 10 por ciento, ya que de las 154.000 hectáreas aprobadas sólo
se replantaron 14.427 hectáreas. Los retrasos de 1994 pueden ocasionar
que la Unión Europea reduzca las ayudas para reforestación. Por cierto,
al hablar de reforestación querría indicar al Senador socialista que este
plan de lucha contra la erosión del que nos ha hablado no está todavía
aprobado, sí existe un mapa de erosión, pero no existe un plan de lucha
contra la erosión que esté aprobado por el Gobierno.

El segundo punto, el Programa Nacional sobre el Clima, debía aprobarse,
según la Secretaria de Estado de Medio Ambiente, antes de la Cumbre de
Berlín sobre el Convenio de Cambio Climático, y debía recoger medidas
concretas para frenar el cambio climático y paliar sus efectos. En lugar
de estas medidas, el Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio
Ambiente, señor Borrell, defendió, ante el Pleno de la citada Cumbre --y
repito textualmente--, la realidad incuestionable de que nuestra
contribución per cápita a las emisiones de dióxido de carbono es
significativamente menos que la de los países más industrializados de la
Unión Europea. Es decir, traducido el texto significa que los españoles
podemos seguir contaminando, podemos seguir incrementando nuestras
emisiones de dióxido de carbono. Estas fueron las palabras del señor
Borrell.

En cuanto al Plan Hidrológico Nacional, tras trece años de Gobierno
socialista el Plan Hidrológico brilla por su ausencia y el abastecimiento
de ocho millones de personas puede quedar comprometido. La inexistencia
de los planes hidrológicos de cuenca y de la planificación agraria
retrasarán todavía más el tan necesario Plan Hidrológico, pero que quede
claro que nuestro Grupo ha manifestado en reiteradas ocasiones que no
puede existir un Plan Hidrológico si previamente no existen los planes
hidrológicos de las cuencas de los ríos españoles.

Respecto al cuarto punto de la moción, la inversión en Investigación y
Desarrollo para implantar técnicas agrícolas menos agresivas, es evidente
que queda mucho camino por recorrer, ya que parece que actualmente se
está haciendo todo lo contrario, y también es evidente que es urgente
proceder a la modernización de los sistemas de riego para ahorrar agua.

En el quinto punto de la moción, aparte de solicitar una legislación
común y básica sobre el Patrimonio Natural, que ya existe, se hace una
referencia a que esa legislación contenga disposiciones similares a las
que contienen las leyes que protegen el Patrimonio Histórico-Artístico.

Ello nos resulta singularmente audaz, ya que, como sus señorías saben
bien, la Ley del Patrimonio Histórico-Artístico Español, que ha cumplido
diez años, probablemente sea el texto legal que más se incumple, debido a
que ni siquiera se han abordado los reglamentos sectoriales que se
contemplan en ella. No pueden ustedes, señorías socialistas,



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utilizar aquella Ley como espejo de futuros cumplimientos.

Señor Presidente, señorías, el Grupo Parlamentario Popular ha presentado
cinco enmiendas, una referida a cada punto de la moción; me referiré
brevemente a su contenido.

La enmienda número 1 pretende simplemente evitar la confusión y vaguedad
de la descripción que se hace en el texto de la moción para acelerar el
Plan de Reforestación, con lo que sí estamos de acuerdo, dejando al
Gobierno la decisión de las medidas a aplicar. Creemos más operativo que
el punto 1 diga solamente: «acelere el Plan de Reforestación».

La enmienda número 2 sustituye al punto 2 de la moción y, a mi juicio,
consigue concretarlo y aclarar la intención que le supongo, y digo que le
supongo porque referirse a un Programa Nacional sobre el Clima resulta
bastante confuso; en todo caso, sería sobre el cambio climático y, en
todo caso, se trataría de afrontar las medidas precisas para prevenir los
posibles efectos de este cambio climático, disminuyendo los gases que
contribuyen a incrementar el efecto invernadero. De todas formas, esta
enmienda es de tipo semántico, creemos que el Programa Nacional sobre el
Clima no nos dice nada respecto a lo que en realidad quiere incluir este
Programa.

La enmienda número 3 sencillamente pone el asunto en su lugar. No se
trata de que se apruebe el Plan Hidrológico Nacional sin más, ya que
existe un acuerdo, amparado por dos votaciones unánimes en el Congreso de
los Diputados, para que el Gobierno remita el Plan Hidrológico Nacional y
el Plan Agrario de Regadíos junto con los planes de cuenca al Parlamento.

No podemos instar al Gobierno en esta moción a que apruebe el Plan
Hidrológico Nacional, ya que debe ser debatido en las Cámaras. Debemos
instar al Gobierno, sencillamente, a que remita el Plan de acuerdo con el
propio compromiso parlamentario votado también por el Grupo Parlamentario
Socialista en el Congreso de los Diputados.

La enmienda número 4 añade al punto de la moción socialista aspectos que,
a nuestro juicio, resultan indispensables, referidos al consumo Nacional
del agua en los cultivos. La época de sequía que estamos afrontando
requiere todas las medidas que favorezcan el ahorro de este bien escaso,
por lo que no creo sea necesario insistir en el sentido de esta enmienda.

Finalmente, la enmienda número 5 sustituye el texto del quinto punto de
la moción, ya que en dicho texto socialista se pide una legislación común
y básica sobre el Patrimonio Natural y esa legislación ya existe; se
trata de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de Espacios
Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. Existe, además, una Ley de
Vías Pecuarias, recientemente aprobada, y existirá la ley forestal,
actualmente en fase de debate parlamentario, cuando sea aprobada. ¿O es
que los espacios naturales, las vías pecuarias y los montes no
constituyen nuestro patrimonio natural? Por ello, en la enmienda se
solicita sencillamente que se modifique la referida Ley 4/1989, de 27 de
marzo, en los aspectos que fueron declarados inconstitucionales por
sentencia de 27 de junio de 1995, y se trasponga, además, la Directiva
92/43, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats
naturales y de la fauna y flora silvestres. Señorías, en resumen, no hay
que avanzar sobre una legislación común y básica sobre el Patrimonio
Natural, como pide la moción, sino enmendar los yerros advertidos en la
legislación vigente.

Señor Presidente, señorías, mi Grupo Parlamentario estima que esta moción
del Grupo Parlamentario Socialista para que el Gobierno --por cierto, ya
minoritariamente-- cumpla su programa electoral se enriquecería con las
enmiendas presentadas y que acabo de defender. En todo caso, quiero dejar
muy clara la preocupación del Grupo Parlamentario Popular por la causa y
los efectos de la desertización y por la necesidad de medidas urgentes
para paliarla. En todo caso, resulta relevante que esta Cámara haya
decidido ya afrontar los problemas derivados del cambio climático al
aprobar la constitución de una Comisión sobre este importante tema.

Muchas gracias, señor Presidente. (Aplausos en los escaños del Grupo
Parlamentario Popular.)



El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias.

Para posicionarse sobre las enmiendas presentadas, tiene la palabra el
senador Gallego López.




El señor GALLEGO LOPEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

Antes de nada, tengo que decir que a este Grupo Parlamentario Socialista
han llegado las enmiendas unos minutos antes del debate de la moción, con
lo cual nos ha sido difícil el poder ofrecer alguna enmienda
transaccional o llegar a algunos acuerdos sobre ellas.

De todos modos, como creemos que la cuestión es lo suficientemente
importante, como creemos que trasciende determinadas posturas que
podríamos llamar partidistas y como creemos que lo que abunda no daña,
habría que decir algunas cosas como réplica a la intervención que ha
tenido la portavoz del Grupo Parlamentario Popular. Pero centrándome en
las enmiendas, estaríamos dispuestos a aceptar, en aras de que se aunaran
los esfuerzos en la lucha contra la desertificación y de que se aprobara
esta moción, la enmienda que propone el Grupo Parlamentario Popular, que
se refiere al apartado primero, pero no suprimiendo el párrafo que
comienza: «aumentando los programas...» hasta el final, sino modificando
la redacción de una parte de ese punto. Quedaría claro que de lo que se
trata es de que confluyan, de que se coordinen todos los organismos que
tratan sobre este asunto para una acción más eficaz. Porque parece ser
que se había entendido que lo que se quería era que todo pasara a
depender del Ministerio de Agricultura, y no era así. En ese aspecto, se
aceptaría la enmienda.

La segunda enmienda es relativa a la redacción. Parece ser que el Grupo
Parlamentario Popular aceptaría la redacción primitiva que hablaba del
programa sobre el clima.

Respecto de la tercera, no habría problema en añadir que se remitiera
para su debate el Plan Hidrológico Nacional



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junto al Plan de Regadío. Es un acuerdo que existe en el Congreso de los
Diputados, y no añade mucho a lo que proponía el Grupo Parlamentario
Socialista, sino que lo ilustra.

En cuanto a la enmienda 4, que propone que se añada: «..., colectivos que
demandan menos cantidad de agua y tecnologías de riego tendentes al
ahorro de agua.», aunque se sale un poco del tema de la agricultura
ecológica o de las técnicas alternativas a la tradicional, también
coadyuva a la lucha contra la desertificación y el ahorro del agua, y la
podríamos admitir.

Respecto del punto 5, estaríamos dispuestos a retirarlo de nuestra moción
si el Grupo Parlamentario Popular accede también a la retirada de su
enmienda.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias.

Si no lo he entendido mal, ahora será entregado un texto alternativo a la
primera enmienda que ha presentado el Grupo Parlamentario Popular.

(Pausa.) El texto es el siguiente:
Los portavoces de los grupos firmantes, al amparo de la norma de la
Presidencia para la tramitación de mociones presentan la siguiente
propuesta de modificación.

Uno. En el apartado 1, sustituir la preposición «con», del último
párrafo, por la conjunción copulativa «y». Dos. suprimir en su integridad
el párrafo 5 de la moción.

Esto se incorporaría al texto de la moción. Sobre la segunda enmienda
presentada, se me ha escapado cuál es el posicionamiento, y pediría, por
favor, al Senador Gallego, que me la precisase de nuevo, incluso desde el
escaño.




El señor GALLEGO LOPEZ: Con el permiso del señor Presidente.

Es una cuestión de redacción. En vez de hablar de elaborar el programa
nacional de prevención de los posibles efectos del cambio climático que
propone el Grupo Parlamentario Popular, se trata simplemente de dejarlo
como figura en el texto primitivo de la moción.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Es decir, que no se aceptaría la
segunda enmienda. En cambio, sí se acepta el texto de las dos siguientes
enmiendas y se retira la enmienda referente al punto 5 de la moción,
suprimiéndose así dicho párrafo.

Dicho esto, pasamos al turno de portavoces.

Por el Grupo Parlamentario de Senadores Nacionalistas Vascos, tiene la
palabra su portavoz, don Ricardo Sanz Cebrián.




El señor SANZ CEBRIAN: Gracias, señor Presidente.

Con suma brevedad y desde el escaño, deseo, en primer lugar, dar la
bienvenida a los nuevos Senadores y Senadoras y agradecer las palabras de
la Senadora interviniente del Grupo Parlamentario Popular como muestra de
cortesía parlamentaria.

En segundo lugar, quiero expresar que compartimos la preocupación de los
autores de la moción por los problemas relacionados con el medio
ambiente, con el cambio climático, con la desertización y la erosión.

Asimismo, tenemos que decir que, en cuanto a la redacción de la moción,
hemos detectado algunas incorrecciones gramaticales que pueden tener
también sus consecuencias políticas. Así, cuando se dice que se insta al
Senado a que, en coordinación con las distintas Comunidades Autónomas
afectadas por el fenómeno de la desertización, se tomen determinadas
actuaciones, estas actuaciones afectan también a Comunidades Autónomas
que no están afectadas por el fenómeno de la desertización, por lo cual
rogamos que, en primer lugar, esa labor de coordinación sea auténtica
cooperación, y que lo sea con todas la Comunidades Autónomas --insisto--,
porque las materias que se enuncian a continuación afectan a todas las
Comunidades Autónomas del Estado.

Por último, deseo decir, en cuanto a la aprobación del Plan Hidrológico
Nacional que compartimos el criterio de la enmienda presentada por el
Grupo Parlamentario Popular de que se debe tratar, no de una aprobación,
sino de una remisión a las Cortes para su tramitación como una ley
ordinaria.

Las reticencias que teníamos respecto a la elaboración de una legislación
básica y común para todas las Comunidades Autónomas en materia de
protección del Patrimonio Natural han sido despejadas mediante la
supresión del punto 5 de la moción, por lo cual nos congratulamos, de la
misma forma que nos alegramos por el esfuerzo realizado por todos los
grupos políticos para llegar a un consenso a uña de caballo, lo cual no
habría tenido que ser así si la Mesa hubiera actuado, según nuestro
parecer --y lo decimos con el debido respeto--, con mayor diligencia.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Gracias.

Por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió,
tiene la palabra el Senador Vicent Beguer.




El señor BEGUER I OLIVERES: Muchas gracias, señor Presidente.

Nuestro Grupo, evidentemente, es consciente, como los demás grupos de
esta Cámara, de la problemática de la desertificación en buena parte del
territorio español y, por tanto, cualquier medida o conjunto de medidas
que puedan tomarse en la línea de resolver este grave problema lo vamos a
apoyar, como es lógico. Es por ello por lo que la moción socialista nos
parecía correcta, amplia y bien preparada en términos generales, si bien
en algunos puntos, especialmente el 5, creíamos que debían meditarse de
un modo especial. Por ello es por lo que estamos de acuerdo en que este
punto sea retirado en nombre del consenso.

Por otra parte, las enmiendas que ha presentado el Grupo Parlamentario
Popular, si bien hemos tenido poco tiempo para estudiarlas porque se nos
han entregado muy poco antes de entrar a debatir esta moción, nos parece
también que, en su globalidad, mejoran, completan el texto y lo hacen más
adecuado a la situación de algunos de los planteamientos que se formulan,
de un modo especial en el



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apartado 3, que hace referencia al Plan Hidrológico Nacional, así como en
el punto 4 respecto a las técnicas agrícolas. Es por ello por lo que
desearíamos muy vivamente que se pudiera llegar a este consenso, que
creemos que se va a alcanzar, para que se apruebe la moción con este
conjunto de medidas que entendemos que son muy positivas.

Muchas gracias.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, señoría.

Por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el Senador
Gallego López.




El señor GALLEGO LOPEZ: Muchas gracias, señor Presidente.

A mí me ha preocupado la intervención de la portavoz del Grupo
Parlamentario Popular en lo que se refería a la crítica del programa
electoral del Partido Socialista, y me ha agradado muchísimo su
ofrecimiento en esta su primera intervención en la Cámara de
colaboración, que espero que sea eficaz y cordial, como deben ser todas
las colaboraciones, sobre todo en las cuestiones que afectan al conjunto
de España.

Pero yo tengo que contestar a la Senadora que no ha habido un fracaso en
la política medioambiental del Partido Socialista, que no ha habido un
fracaso en los planes de reforestación, que no ha habido un fracaso en
ninguna de las actuaciones que se refieren a la conservación de la
naturaleza, ni concretamente a la lucha contra la desertificación. todo
lo contrario. Como he dicho, esta Moción es oportuna y es realista. Es
oportuna porque estamos muy satisfechos de lo que se viene haciendo, de
lo que se ha hecho, de cómo se está desarrollando. Es realista porque
tampoco queremos pedir peras al olmo, no queremos pedir lo que no se
puede conseguir; lo que pedimos es más eficacia, por eso hablábamos de
coordinación entre los distintos organismos; lo que pedimos es que se
apliquen los conocimientos científicos que existen, y he hablado de que
la comunidad científica nos ha aportado datos suficientes para ello, y
que se apliquen y que se reflejen en partidas presupuestarias
suficientes, aumentando las que ya existen porque eso va a solucionar
muchas problemas. Puede solucionar problemas en algún aspecto de la mano
de obra desempleada que se puede aplicar a estas tareas y en otro aspecto
pueden aumentar la renta de los agricultores en muchos casos.

Por lo tanto, señora portavoz del Grupo Popular, nosotros creemos que
todas las medidas que ha tomado el Gobierno Socialista en estos años han
ido evidentemente en una dirección única de lucha contra la
desertificación y de protección de la naturaleza, y cuando se han tomado
medidas concretas que han afectado a intereses en comunidades que han
estado gobernadas por los socialistas hemos tenido problemas. Recuérdese,
cuando se ha querido ampliar la red de los espacios protegidos, las
dificultades que ha puesto su Grupo que gobierna en Asturias o que
gobierna en Baleares, porque este Gobierno, este Partido ha asumido la
responsabilidad de la conservación de lo que tenemos y la responsabilidad
y el compromiso de recuperar lo que está deteriorado.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, señoría.

Por el Grupo Popular, tiene la palabra la Senadora doña Teresa de Lara.




La señora DE LARA CARBO: Muchas gracias, señor Presidente.

En primer lugar, yo querría aclarar que lamento que los portavoces de los
distintos Grupos no hayan recibido las enmiendas a tiempo, pero que quede
constancia aquí y en el «Diario de Sesiones» de que nuestro Grupo las
presentó ayer en tiempo y forma.

En segundo lugar, quería aclarar al Senador del Grupo Socialista que yo
no he criticado el programa socialista de medio ambiente. Yo me he
limitado a indicar que lo que se pide en la Moción son justamente una
serie de puntos del programa socialista que no se han cumplido --yo no he
entrado a analizar el programa socialista--; puntos que con algunas
modificaciones nuestro Partido está completamente de acuerdo. Creemos que
con las modificaciones que he expresado en mis enmiendas hay que llegar
entre todos los Grupos a un consenso para procurar que este fenómeno
desertizador no nos vaya invadiendo y ponerle trabas.

Es por ello por lo que nuestro Grupo acepta la modificación que se ha
hecho en la enmienda número 1 y la acepta tal como queda; retira la
segunda enmienda, que en su defensa ya dije que era de carácter
semántico, aunque insisto en que el programa nacional del clima en sí no
tiene mucho sentido, que tendría más sentido «programa nacional sobre la
prevención de los efectos del cambio climático».

La tercera y cuarta enmiendas han sido aceptadas por su Grupo, y como el
Grupo proponente retira el punto quinto, nuestro Grupo también retira la
enmienda que corresponde a ese punto.

Muchas gracias, señor Presidente.




El señor VICEPRESIDENTE (Rigol i Roig): Muchas gracias, señoría.

Vamos a proceder a la votación. Pregunto a los distintos portavoces si el
texto de esta Moción con las enmiendas correspondientes que han sido
aceptadas a lo largo del debate es susceptible de ser aprobado por
asentimiento. (Pausa.) Si así es, así constará y, por lo tanto, el texto
de la Moción queda aprobado por asentimiento.

Quiero recordar a las señorías que forman parte de la Comisión
Constitucional y de Comunidades Autónomas que inmediatamente va a
reunirse esta Comisión conjunta en la Sala Internacional situada debajo
de donde ahora mismo estamos.

Se levanta la sesión.




Eran las trece horas y cuarenta y cinco minutos.