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BOCG. Congreso de los Diputados, serie D, núm. 481, de 23/11/2010
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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


IX LEGISLATURA


Serie D: GENERAL


23 de noviembre de 2010


Núm. 481



ÍNDICE


Composición y organización de la Cámara


Pleno


051/000002 Composición del Pleno. Altas y bajas ... (Página 6)


Grupos Parlamentarios


010/000008 Composición de los Grupos Parlamentarios. Altas y bajas ...
(Página 6)


Junta de Portavoces


031/000007 Composición de la Junta de Portavoces. Altas y bajas ...
(Página 6)


Comisiones, Subcomisiones y Ponencias


041/000011 Baja de don Joan Herrera Torres y designación de doña María Nuria Buenaventura Puig como Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds en la Comisión de Economía y Hacienda
... (Página 7)


041/000012 Baja de don Joan Herrera Torres y designación de doña María Nuria Buenaventura Puig como Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds en la Comisión de Presupuestos ...
(Página 7)


Personal


299/000003 Personal eventual como Asistente para la atención de los señores Diputados de los Grupos Parlamentarios del Congreso. Nombramiento ... (Página 7)


Control de la acción del Gobierno


Proposiciones no de Ley


Comisión de Asuntos Exteriores


161/001989 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, sobre el reconocimiento de la República Árabe Saharaui Democrática ...
href='#(Página7)'>(Página 7)


Página 2



Comisión de Interior


161/001988 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), relativa a la incorporación de todas las policías integrales del Estado español al sistema de Schengen ... (Página 8)


Comisión de Fomento


161/001986 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, sobre el Taller Central de Reparación de RENFE en Valladolid ... (Página 9)


Comisión de Trabajo e Inmigración


161/001990 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congressobre la racionalización de horarios ... (Página 10)


Comisión de Industria, Turismo y Comercio


161/001987 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la necesidad de asegurar la carga de trabajo en los astilleros públicos de Navantia de la Ría de Ferrol (A Coruña) ...
(Página
11)



Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca


161/001984 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, relativa a los daños provocados por el temporal 'Becky' en la costa de Galicia, en concreto en A Coruña y Lugo ... (Página 11)


Comisión de Cultura


161/001983 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, sobre el traslado al Museo Municipal de Xàtiva (Valencia) de las piezas del Patrimonio Nacional
del convento de las Clarisas que se encuentran en la Colegiata de la Seu ... (Página 12)


Comisión no permanente sobre Seguridad Vial y Prevención de Accidentes de Tráfico


161/001985 Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), relativa a la implantación efectiva de la 'Señal V-23' ... (Página 13)


Mociones consecuencia de interpelaciones


Urgentes


173/000178 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, sobre el papel que el Gobierno está desempeñando respecto a la dramática
situación que padece el Sahara Occidental ...
(Página 14)


173/000179 Moción consecuencia de interpelación urgente presentada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso relativa a las medidas que adoptará el Gobierno ante el rápido incremento de los índices de pobreza en España ... href='#(Página16)'>(Página 16)


Preguntas para respuesta oral


Comisión de Asuntos Exteriores


181/003140 Pregunta formulada por el Diputado don Gustavo Manuel de Arístegui San Román (GP), sobre empleo por el Embajador de España en Kenia del dinero transferido por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a su legación en
gestiones relacionadas con el secuestro y la posterior liberación del pesquero Alakrana ... (Página 17)


Página 3



181/003141 Pregunta formulada por el Diputado don Gustavo Manuel de Arístegui San Román (GP), sobre relación existente de la transferencia inmediata de 500.000 euros a favor de la Embajada de España en Kenia ordenada el día 12/11/2009 con el
anuncio realizado por distintas fuentes somalíes del pago de un rescate por la liberación del pesquero Alakrana ... (Página 17)


181/003142 Pregunta formulada por el Diputado don Gustavo Manuel de Arístegui San Román (GP), sobre relación existente de la transferencia inmediata de 500.000 euros a favor de la Embajada de España en Kenia ordenada el día 12/11/2009 con el
secuestro y la posterior liberación del pesquero Alakrana el día 17/11/2009 ... (Página 17)


181/003143 Pregunta formulada por el Diputado don Gustavo Manuel de Arístegui San Román (GP), sobre conocimiento por el 'Gabinete de Crisis' que, con participación de la Ministra de Defensa, el Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación
y la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, coordinó las operaciones durante el secuestro del Alakrana, de la transferencia inmediata de 500.000 euros a favor de la Embajada de España en Kenia ordenada el día 12/11/2009
... (Página 18)


181/003144 Pregunta formulada por el Diputado don Gustavo Manuel de Arístegui San Román (GP), sobre razón que justifica la necesidad de inmediatez en la transferencia de 500.000 euros a la Embajada de España en Kenia el día 12/11/2009 ...
(Página 18)


181/003145 Pregunta formulada por el Diputado don Gustavo Manuel de Arístegui San Román (GP), sobre justificación del destino de los 500.000 euros transferidos a la Embajada de España en Kenia por orden de la Subsecretaría del Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación el día 12/11/2009 ... (Página 18)


181/003147 Pregunta formulada por el Diputado don Gustavo Manuel de Arístegui San Román (GP), sobre razones que justifican la transferencia inmediata de 500.000 euros a favor de la Embajada de España en Kenia ordenada el día 12/11/2009 ...
(Página 18)


181/003171 Pregunta formulada por el Diputado don Herick Manuel Campos Arteseros (GS), sobre valoración de la puesta en marcha y desarrollo de los trabajos y funcionamiento de la Casa del Mediterráneo ... (Página
18)



Comisión de Justicia


181/003137 Pregunta formulada por el Diputado don Vicente Ferrer Roselló (GP), sobre fecha de inicio de las obras de construcción del nuevo Juzgado de Almagro (Ciudad Real) ... (Página 18)


Comisión de Interior


181/003135 Pregunta formulada por el Diputado don Aurelio Romero Girón (GP), sobre construcción de la Comisaría de Policía de Jerez (Cádiz) ...
(Página 19)


181/003136 Pregunta formulada por el Diputado don Ignacio Cosidó Gutiérrez (GP), sobre motivos por los que se tardó tres años en identificar a una mujer fallecida cuya desaparición había sido denunciada por su familia ... href='#(Página19)'>(Página 19)


Comisión de Defensa


181/003138 Pregunta formulada por el Diputado don Gustavo Manuel de Arístegui San Román (GP), sobre mantenimiento por la Ministra de Defensa de su afirmación de que 'hay que seguir el rastro del dinero de todos los pagos' efectuados como
rescates a piratas o terroristas ... (Página 19)


181/003139 Pregunta formulada por el Diputado don Gustavo Manuel de Arístegui San Román (GP), sobre conocimiento por la Ministra de Defensa de la transferencia inmediata de 500.000 euros a favor de la Embajada de España en Kenia ordenada el
día 12/11/2009 ... (Página 19)


Página 4



Comisión de Economía y Hacienda


181/003133 Pregunta formulada por el Diputado don Aurelio Romero Girón (GP), sobre fecha prevista para elaborar una nueva ponencia de valores catastrales en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz) ... (Página
19)



181/003134 Pregunta formulada por el Diputado don Aurelio Romero Girón (GP), sobre medidas para contener el descenso del número de empresas en la provincia de Cádiz ... (Página 20)


Comisión de Educación y Deporte


181/003169 Pregunta formulada por el Diputado don Daniel Méndez Guillén (GS), sobre objetivos marcados por UNICEF-España y el Consejo Superior de Deportes en el convenio de colaboración firmado entre ambas entidades ...
href='#(Página20)'>(Página 20)


181/003170 Pregunta formulada por el Diputado don Daniel Méndez Guillén (GS), sobre objetivos que pretenden alcanzar el Ministerio de Educación y el Consejo Superior de Deportes con la puesta en marcha del 'Marco Nacional del Deporte en Edad
Escolar' ... (Página 20)


Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca


181/003172 Pregunta formulada por la Diputada doña M.ª Olaia Fernández Davila (GMx), sobre posición del Gobierno en relación a la propuesta de la UE de avanzar en el diseño de mercados de futuros para el sector lácteo ... href='#(Página20)'>(Página 20)


Preguntas para respuesta escrita


Relación de preguntas para respuesta escrita que pasan a tramitarse como preguntas para respuesta oral en la Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca ... (Página 20)


Relación de preguntas para respuesta escrita que pasan a tramitarse como preguntas para respuesta oral en la Comisión de Política Territorial ...
(Página 21)


Competencias en relación con otros órganos e instituciones


Tribunal Constitucional


233/000020 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 5163/2008, planteada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz, en relación al artículo 57.2 del Código Penal, según la
redacción dada por la Ley Orgánica 15/2003, por posible vulneración de los artículos 1, 10.1, 19.1, 24.1, 25.1 y 32 de la Constitución ... (Página 22)


233/000085 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 3213/2009, planteada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Valencia, en relación con el artículo 57.2 del Código Penal, según la
redacción dada por la Ley Orgánica 15/2003, por posible vulneración de los artículos 1.1, 10.1, 18.1, 24.1 y 25.1 de la Constitución ... (Página 22)


233/000147 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 9853/2006, planteada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Huesca, en relación con los artículos 57.2 y 171.4, 5 y 6 del Código Penal,
según la redacción dada, respectivamente, por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, y por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los artículos 1,
9, 10, 14, 15, 17, 18, 24, 25 y 39 de la Constitución ... (Página 23)


Página 5



233/000148 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 9130/2007, planteada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Córdoba, en relación con el artículo 153.1 del Código Penal,
en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración del artículo 14; y el artículo 57.2 del Código Penal en la redacción dada por la Ley
Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por posible vulneración del artículo 8.1 CEDH, en relación con los artículos 10.1 y 2, 18.1 y 39.1 de la Constitución ... (Página 24)


233/000150 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 7790/2007, planteada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres, en el Juicio Rápido número 467/2006, en relación con el artículo
57.2 del Código Penal, por posible vulneración de los artículos 1.1, 10.1, 14, 24.2, 25.1 y 39.1 de la Constitución ...
(Página 25)


233/000151 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 7728/2005, planteada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, en relación con el artículo 57.2 del Código Penal, en
la redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por posible vulneración de los artículos 1.1, 9.3, 10.1, 18.1, 24.1, 25.1 y 2, 39 y 49 de la Constitución ...
(Página 25)


233/000152 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 4976/2005, planteada por el Juzgado de lo Penal número 20 de Madrid, en relación con el artículo 57.2 del Código Penal, por posible
vulneración de los artículos 1.1, 10.1, 9.3, 24.2 y 25.1 de la Constitución ... (Página 26)


233/000153 Encabezamiento y fallo de la Sentencia dictada en la cuestión de inconstitucionalidad número 9201/2006, planteada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Huesca, en relación con el artículo 57.2 del Código Penal, según redacción
dada por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, y artículo 153.1, 3 y 4 del Código Penal, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, por posible vulneración de los artículos 1, 9, 10, 14, 15, 17, 18, 24, 25 y 39 de la
Constitución ... (Página 27)


Comunidades Autónomas


093/000027 Convenio de colaboración con el Gobierno de Aragón para la difusión de las emisiones de los canales de televisión de titularidad pública en los territorios respectivos ... (Página 27)


Otros textos


Declaraciones institucionales


140/000034 Declaración institucional en homenaje a la memoria de Ernest Lluch en el décimo aniversario de su asesinato ... (Página 31)


Página 6



COMPOSICIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CÁMARA


De conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de los cambios habidos en la composición de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



PLENO


051/000002


A) Relación por orden alfabético de señores Diputados que han adquirido la plena condición de Diputado.



Baja:


COSTA CLIMENT, Juan 08-11-2010


Alta:


MURRIA CLIMENT, Carlos Daniel 15-11-2010


B) Relación de Diputados que han presentado su credencial, por circunscripciones.



Castellón:


MURRIA CLIMENT, Carlos Daniel PP


C) Relación de Diputados por orden de presentación de credenciales.



Nombre: MURRIA CLIMENT, Carlos Daniel.



Circunscripción: Castellón.



Número: 399.



Fecha: 15 de noviembre de 2010.



Formación electoral: PP.



GRUPOS PARLAMENTARIOS


010/000008


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso (010/000004)


Número de miembros al 16 de noviembre de 2010: 153


,Baja:


COSTA CLIMENT, Juan 08-11-2010


Alta:


MURRIA CLIMENT, Carlos Daniel 15-11-2010


JUNTA DE PORTAVOCES


031/000007


Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds (031/000004)


MES;TITULAR;SUSTITUTO


Septiembre 2010 a 31 enero 2011;LLAMAZARES TRIGO, Gaspar;Ridao i Martín, Joan


1 febrero 2011 a 31 agosto 2011;Ridao i Martín, Joan;Buenaventura Puig, María Nuria


1 septiembre 2011 a febrero 2012;LLAMAZARES TRIGO, Gaspar;Ridao i Martín, Joan


Página 7



COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS


041/000011


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la designación por el Grupo Parlamentario de Esquerra
Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, con fecha 29 de octubre de 2010, de doña María Nuria Buenaventura Puig como Portavoz de dicho Grupo en la Comisión de Economía y Hacienda. Dicho cargo estaba vacante desde el pasado día 28
de octubre de 2010 como consecuencia de la renuncia al Acta de Diputado de don Joan Herrera Torres.



Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



041/000012


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento del Congreso de los Diputados, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la designación por el Grupo Parlamentario de Esquerra
Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, con fecha 29 de octubre de 2010, de doña María Nuria Buenaventura Puig como Portavoz de dicho Grupo en la Comisión de Presupuestos. Dicho cargo estaba vacante desde el pasado día 28 de
octubre de 2010 como consecuencia de la renuncia al Acta de Diputado de don Joan Herrera Torres.



Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



PERSONAL


041/000003


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Estatuto del Personal de las Cortes Generales, con fecha 10 de noviembre de 2010 el Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados ha tenido a bien nombrar a doña Tatiana
Rodríguez Manzano, a propuesta del Excmo. Sr. don Eduardo Madina Muñoz, con efectos de 11 de noviembre de 2010 y con carácter de personal eventual, para el cargo de Asistente para la atención de los señores Diputados del Grupo Parlamentario
Socialista.



Al amparo de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación en la Sección Congreso de los Diputados del BOCG.



Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



CONTROL DE LA ACCIÓN DEL GOBIERNO


PROPOSICIONES NO DE LEY


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 194 del Reglamento, las siguientes Proposiciones no de Ley y considerando que solicitan el debate de las iniciativas en Comisión,
disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican, dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



Comisión de Asuntos Exteriores


161/001989


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, a iniciativa del diputado Joan Tardà i Coma, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara,
presenta la siguiente Proposición no de ley sobre el reconocimiento de la República Árabe Saharaui Democrática, para su debate en Comisión de Asuntos Exteriores.



Exposición de motivos


El Estado español comenzó su colonización sobre el Sahara en 1884, proclamando un protectorado en la


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costa de Saguia el Hamra. Mediante los acuerdos de 1900, 1904 y 1912 definirá las fronteras de las tierras colonizadas con Francia, la potencia dominante en la zona al tener bajo control Marruecos, Argelia y Mauritania. A pesar de ello, la
ocupación efectiva de todo el territorio saharaui no será hasta 1936.



La entrada de España en las Naciones Unidas en 1955 comportará la aceptación de los principios de descolonización establecidos. No obstante, el Estado español irá dilatando el proceso hasta que en 1965 es invitado a iniciar los trámites de
descolonización y las partes reconocen el derecho de autodeterminación.



El camino hacia la independencia se establece por fases, siendo la primera de ellas un proceso de autonomía que debía culminar en el referéndum para la autodeterminación en 1975. En este período, se produce una movilización del pueblo
saharaui, que será cruelmente reprimida por las fuerzas de ocupación españolas. Será en este contexto cuando se crea el Frente por la Liberación de Saguia el Hamra y Río de Oro, conocido como Frente Polisario, en 1973.



En mayo de 1975, una Comisión de Encuesta de la ONU visita los territorios saharauis, comprobando los deseos de independencia y el miedo a las ansias anexionistas de Marruecos y Mauritania. Dichos temores se verán confirmados en noviembre
de 1975, cuando se produce la invasión mauritana y la 'Marcha verde' marroquí acompañada de crueles bombardeos aéreos contra la población civil cuando intentaba huir.



El 14 de noviembre de 1975, en los últimos días del dictador español Franco, se firman los Acuerdos Tripartitos de Madrid, según los cuales, el territorio del Sahara Occidental es repartido entre Marruecos y Mauritania. Estos acuerdos serán
posteriormente modificados de facto cuando, en agosto de 1979, Mauritania firma un Acuerdo de paz con el Frente Polisario y se retira de los territorios ocupados, que serán anexionados entonces por Marruecos.



Como consecuencia de los Acuerdos de Madrid, España abandona definitivamente el Sahara el 26 de febrero de 1976. El día siguiente, el 27 de febrero, el Frente Polisario proclama la constitución de la República Árabe Saharaui Democrática,
reconocida por la OUA y por diferentes Estados.



Los 175.000 saharauis huidos después de la invasión mauritano-marroquí se establecen como refugiados en la zona desértica e inhóspita de Hamada, en la región argelina de Tindouf, que se ha convertido en un enorme campo de refugiados desde
hace más de 30 años. Las personas refugiadas sobreviven gracias a la cooperación internacional y a la estructura político-social creada y gestionada por el Frente Polisario.



El pueblo saharaui permanece esperando la celebración del referéndum en un proceso dilatado deliberadamente por Marruecos y ante la pasividad de una comunidad internacional que no quiere alterar los equilibrios estratégicos regionales.



El Estado español tiene una responsabilidad histórica y una deuda moral con la población saharaui y la RASD confía en el papel protagonista que debe desarrollar en el proceso hacia la independencia saharaui.



Tres décadas más tarde de la descolonización española y de la creación de la RASD es hora que el Estado español asuma sus responsabilidades. Y especialmente en un momento en que la represión marroquí se acentúa y la paciencia saharaui se
agota.



Por todo ello se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a:


1. Reconocer oficial e internacionalmente a la República Árabe Saharaui Democrática.



2. Establecer relaciones bilaterales horizontales con la República Árabe Saharaui Democrática.



3. Fomentar la colaboración con la RASD en las necesidades básicas de la población saharaui.



4. Insistir en las instancias internacionales oportunas, en la urgencia de resolver la situación anómala de los territorios saharauis.



5. Subordinar los acuerdos con el Estado marroquí a garantizar el cumplimiento de las resoluciones de Naciones Unidas respecto al Sahara, especialmente la celebración del referéndum, y de los derechos humanos con la población saharaui.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de noviembre de 2010.-Joan Tardà i Coma, Diputado.-Joan Ridao i Martín, Portavoz del Grupo Parlamentario Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



Comisión de Interior


161/001988


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposicion no de Ley relativa a la incorporación de todas las
policías integrales del Estado Español al Sistema de Schengen, para su debate en la Comisión de Interior.



Exposición de motivos


Existen en el Estado español diversos Cuerpos de Policía de carácter integral, con competencias plenas en el ámbito de la seguridad ciudadana y la protección


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civil, y legalmente habilitadas para desempeñar funciones de policía judicial, seguridad vial y todas las demás que corresponden al Cuerpo Nacional de Policía o a la Guardia Civil.



En la actualidad estos Cuerpos Policiales, particularmente la Ertzaintza y los Mossos d'Esquadra, ven notoriamente mermada sus posibilidades de actuación y, por ende, la eficacia del servicio policial que prestan, al no disponer directamente
de la información dimanante de las estructuras policiales transnacionales europeas y, de manera especial, del Sistema Schengen creado en 1985 y ratificado por el Estado español el 25 de junio de 1991.



En consecuencia, se presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para hacer posible la incorporación directa de todas las policías integrales del Estado.español a las estructuras organizativas y a la información dimanantes
del Sistema Schengen, vigente en el Estado español tras su ratificación por las Cortes el 25 de junio de 1991, en todo lo atinente a su ámbito de competencias funcional y territorial.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de noviembre de 2010.-Josu Iñaki Erkoreka Gervasio, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).



Comisión de Fomento


161/001986


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley sobre el Taller Central de
Reparación de RENFE en Valladolid, para su debate en la Comisión de Fomento.



Exposición de motivos


En Valladolid está causando una gran preocupación la decisión que ha adoptado RENFE y el Gobierno socialista de España en relación a la clasificación de los talleres de RENFE como categoría Al, en vez de con la máxima categoría, así como la
incertidumbre en cuanto a los plazos de ejecución de los nuevos talleres y el retraso en la ejecución de los accesos a los mismos. Ello ha motivado que desde distintas instituciones públicas y políticas se esté reclamando al Gobierno de la Nación
la máxima clasificación para los actuales talleres de RENFE de Valladolid y el cumplimiento de los plazos previstos para la puesta en marcha de los nuevos talleres, así como de sus accesos.



Los talleres de RENFE de Valladolid tienen una importancia estratégica no sólo por el empleo que generan, más de ochocientos trabajadores, entre puestos directos e indirectos, sino también porque constituyen uno de los talleres ferroviarios
más importantes de España, junto con el de Villaverde de Madrid, Vilanova i la Geltrú y Málaga. No sólo es el que más empleo genera sino que también es el taller más polivalente y versátil de España. En él se realizan los trabajos tecnológicamente
más complejos, las grandes reparaciones, además de la fabricación de material diverso, incluido el de alta velocidad. Por ello, es inexplicable que, en el Acuerdo de Desarrollo Profesional de RENFE, no haya sido clasificado dentro de la máxima
categoría 'A'.



Esa decisión está generando gran inquietud, pues no es la primera vez que un Gobierno socialista perjudica los intereses de Valladolid o la excluye de las apuestas ferroviarias. Así, durante los Gobiernos de Felipe González se abandonaron
la variante de Guadarrama para la Alta Velocidad y los proyectos de integración del ferrocarril a su paso por la ciudad.



Hubo que esperar al Gobierno del Partido Popular para poner a Valladolid en el mapa de la Alta Velocidad y avanzar en el proyecto de integración ferroviaria urbana, con la toma de decisiones como el soterramiento del ferrocarril y el
traslado de los talleres. De nuevo, con un Gobierno socialista, los intereses de Valladolid se ven perjudicados: retrasos en la ejecución de los proyectos, desvío de carga de trabajo de los talleres de Valladolid a otros talleres, revocación del
compromiso del Gobierno de establecer el Centro Regulador de Alta Velocidad en Valladolid o, últimamente, la decisión de dejar los talleres de Valladolid fuera de la máxima categoría.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso formula la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Clasificar el Taller Central de RENFE de Valladolid con la máxima categoría 'A', prevista en el Acuerdo de Desarrollo Profesional de RENFE Operadora, aprobado en marzo de 2010.



2. Mantener la carga de trabajo actual y futura, así como la totalidad del empleo directo e indirecto que hoy existe en el Taller Central de Reparación de RENFE de Valladolid.



A tal fin, RENFE, en el marco de su Plan Estratégico 2010-2012, aprobará un proyecto industrial que garantice el empleo y la actividad del TCR de Valladolid dentro de la nueva División Industrial INTEGRIA.



3. Garantizar la ejecución del proyecto de los nuevos talleres (futura Base de Mantenimiento Integral) de RENFE de Valladolid y de sus accesos en el plazo previsto


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de 26 meses que concluye en el último trimestre de 2011.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de noviembre de 2010.-Ana Torme Pardo, Diputada.-María Soraya Sáenz de Santamaría, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Comisión de Trabajo e Inmigración


161/001990


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente Proposición no de Ley sobre la racionalización de
horarios, para su debate en la Comisión de Trabajo e Inmigración.



Exposición de motivos


En España los horarios laborales son difíciles de compatibilizar con la vida familiar y personal. Nuestros horarios, por lo general, son más rígidos que los del resto de países de la Unión Europea.



La percepción de falta de tiempo y las dificultades de poder distribuir de una forma racional el tiempo de trabajo merma considerablemente la calidad de vida de las personas. Los trabajadores disponen de menos tiempo del deseado para la
satisfacción de sus necesidades familiares y personales.



Está probado que unas buenas prácticas en materia de conciliación repercuten en la mejora de la calidad de vida de las personas, y que ésta revierte positivamente en las empresas.



Actualmente, en nuestro país está muy extendida la cultura del 'presentismo', es decir, una cultura empresarial que valora la permanencia en el puesto de trabajo más allá de la hora de salida. Sin embargo, dedicar más horas al trabajo no es
sinónimo de una mayor productividad.



Algunos estudios coinciden en que la producción de los trabajadores disminuye considerablemente a partir de las 6 horas trabajadas, pero a pesar de ello se sigue trabajando más horas de las establecidas.



Se ha demostrado que la flexibilidad horaria es una de las mejores vías para motivar a los empleados, siendo a su vez de las medidas más efectivas para favorecer la conciliación de la vida laborar y familiar.



También es cierto que la flexibilidad laboral debe ajustarse a las necesidades de las empresas. La distribución de los tiempos de trabajo, por tanto, deberá ser diferente en cada empresa, de acuerdo con sus características.



De nada sirve que en los últimos años haya habido una entrada masiva de mujeres en el mercado laboral, si luego no van a poder permanecer en él, por tener horarios incompatibles con la vida familiar. Por otro lado, hace falta fomentar la
corresponsabilidad en las tareas del hogar.



Desde el Grupo Parlamentario Popular consideramos fundamental que cada vez haya una mayor flexibilidad en los horarios de trabajo con el fin de aportar una mayor calidad de vida a los trabajadores, y que a su vez revierta de forma positiva
en las empresas.



Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente


Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a promover la flexibilidad horaria, a través de las siguientes medidas:


- Promover que en los convenios colectivos se dé prioridad a las políticas de conciliación de la vida familiar y laboral.



- Crear incentivos para que las empresas promuevan planes propios de usos del tiempo de trabajo.



- Fomentar las nuevas formas de organización de trabajo (teletrabajo, contrato a tiempo parcial, jornada continua, semana laboral comprimida...).



- Avanzar en la adecuación de los horarios laborales, escolares, comerciales, administrativos, de ocio, televisión y transporte, en atención a las necesidades de las personas.



- Promover la realización de actividades en los centros escolares más allá de la educación reglada, ofreciendo actividades de educación en tiempo libre infantil, tanto por la mañana, antes del inicio del horario escolar, como por la tarde al
finalizar la jornada, y durante el periodo de vacaciones escolares.



- Fomentar que las personas dispongan de una bolsa de horas cuya duración podrá ser establecida a través de la negociación colectiva, con el fin de hacer frente a asuntos familiares o personales.



- Promover la cobertura de la educación infantil (0-3 años), en particular en las zonas más desfavorecidas. Incentivar a las empresas que creen sus propias guarderías.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 2010.-Alfonso Alonso Aranegui, Diputado.-María Soraya Sáenz de Santamaría, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



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Comisión de Industria, Turismo y Comercio


161/001987


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado Francisco Xesús Jorquera Caselas (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición no de Ley
relativa a la necesidad de asegurar la carga de trabajo en los astilleros públicos de Navantia de la Ría de Ferrol, para su debate en Comisión.



Exposición de motivos


La inquietud sobre el futuro de los astilleros que Navantia tiene en la Ría de Ferrol, Ferrol y Fene, va en aumento a medida que estos centros van terminando su carga de trabajo y no reciben nuevos pedidos. La falta de carga de trabajo a
medio plazo ha sembrado la preocupación en los astilleros, también en las empresas auxiliares cuya actividad depende de la actividad de estos astilleros, una preocupante situación que el mismo Presidente de Navantia ha reconocido públicamente.



Los astilleros de la Ría de Ferrol tan sólo cuentan con carga de trabajo hasta el año 2012. Actualmente, trabajan en la finalización de la fragata 'Cristóbal Colón', en la última de las fragatas contratadas con Noruega cuya botadura podría
adelantarse al año próximo, y en la construcción de las partes de los LHD para Australia.



De hecho, los astilleros de la Ría de Ferrol han pasado a ser los que menos carga de trabajo tienen dentro del Grupo Navantia. La factoría de Cádiz tiene asegurada su actividad hasta el año 2015, al igual que el centro de Cartagena.



La ausencia de actividad futura afecta asimismo a todas las empresas auxiliares cuyos trabajadores llevan tiempo alertando sobre las negras perspectivas futuras y movilizándose en demanda de carga de trabajo que garantice la actividad de los
astilleros y de las auxiliares. De lo contrario, nos enfrentamos a la pérdida masiva de empleos en un sector industrial estratégico como es el naval.



La falta de expectativas ha llevado ya a los trabajadores de empresas auxiliares a movilizarse y manifestar en las calles de Ferrol los problemas por los que atraviesan, temiendo el inicio de despidos masivos.
Recuerdan la pronta
finalización de las obras contratadas y la ausencia de nuevos contratos que llevarán a la falta de ocupación con la consiguiente pérdida de puestos de trabajo.



Urge, por tanto, la implicación de las administraciones central, autonómica y local para que no se cumplan los peores augurios y Ferrol no se vea obligado a revivir los durísimos efectos de otra reconversión naval que supondría un ataque
frontal a su economía.



Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


- Elaborar e impulsar un Plan de Trabajo para la negociación de carteras de pedidos para los astilleros públicos.



- Dicho Plan tendrá entre sus objetivos asegurar carga de trabajo para los astilleros del Grupo Navantia en la Ría de Ferrol que garanticen el mantenimiento de los puestos de trabajo directos e indirectos abriendo el mercado a la
construcción naval civil.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 2010.-Francisco Xesús Jorquera Caselas, Diputado.-M.ª Olaia Fernández Davila, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca


161/001984


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Diputado Francisco Xesús Jorquera Caselas (BNG), al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposicion no de ley,
relativa a los cuantiosos daños provocados por el temporal 'Becky' en la costa de Galicia, en concreto en A Coruña y Lugo, para su debate en Comisión.



Exposición de motivos


El temporal conocido como 'Becky', provocado por una gran borrasca que se tradujo en fuertes precipitaciones y ráfagas de viento que llegaron hasta los 129 km/h, ha provocado importantes daños materiales y también humanos, con la muerte de
dos personas en el mar, durante las jornadas del 8 y 9 de noviembre. Sus efectos se han dejado sentir especialmente en la costa de A Coruña y Lugo.



Las consecuencias de este temporal se han notado especialmente en las zonas de costa, con olas de más de 12 metros de altitud, razón por la que la flota se mantuvo amarrada.



El fuerte oleaje motivó los mayores destrozos materiales, con imágenes que se han recogido en todos los medios de comunicación. Son numerosos los daños registrados en los puertos, en los paseos marítimos, en el mobiliario urbano de las
poblaciones costeras coruñesas y lucenses que se encuentran situadas en dominio público marítimo terrestre, así como en los accesos a muchas playas.



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En el caso de A Coruña, hay que lamentar la desaparición de una persona en Baldaio (Carballo), aficionado a la pesca. En cuanto a los daños materiales, son numerosos los efectos en las infraestructuras portuarias del puerto exterior de A
Coruña, en construcción, y en puertos como el de Caión, Cariño, Espasante, Bares o Santa Mariña, así como los destrozos producidos en los paseos marítimos de muchas poblaciones costeras, como Malpica, o en las infraestructuras de playas como Razo.



Especialmente significativa es la destrucción de buena parte del paseo marítimo de la ciudad de A Coruña. Olas de más de 12 metros acabaron con 162 metros de la balaustrada del paseo marítimo coruñés. Es así, que una primera estimación de
los daños sitúa el coste de la destrucción de dicho paseo en más de 80.000 euros.



En cuanto a la costa de Lugo, la denominada ciclogénesis explosiva 'Becky' también mostró sus efectos destructivos en las infraestructuras portuarias y en los paseos marítimos en el dominio público marítimo terrestre. Sin olvidar que se
cobró la vida de un marinero jubilado.



Merece destacarse el impacto en buena parte de las infraestructuras ejecutadas por la Dirección General de Costas en diversas localidades del litoral de Lugo.



Aunque todavía es pronto para que los ayuntamientos afectados realicen una valoración de los daños ocasionados en los paseos marítimos cuyo mantenimiento no está transferido, es preciso mencionar los destrozos causados en la localidad de
Rinlo (Concello de Ribadeo) ya que su paseo resultó totalmente destrozado, de igual modo sucedió con las áreas de Llas-Peizas y Areoura (Concello de Foz), en el Paseo da Marosa (Concello de Burela), o en las dotaciones existentes en las playas del
Concello de Viveiro, concretamente en Area, Covas y Sacido. Es decir, casi 20 km de sendas construidas en el dominio público marítimo terrestre que se vieron afectadas y que han quedado en un estado impracticable, así como determinadas
instalaciones de ocio que también dependen del departamento de Costas.



En cuanto a los daños producidos en los arenales de Lugo, hay que destacar las playas de A Rapadoira y Pampillosa en Foz, la playa de as Catedrais en Ribadeo, Area en Viveiro, Torno en Cervo, Arealonga en Barreiros o A Marosa en Burela.



Gravemente afectados se han visto los puertos de San Cibrao, de O Vicedo, Celeiro, Burela, entre otros muchos.



Precisamente, es la segunda ocasión en este año en que la costa de A Mariña se ve afectada por temporales de gran virulencia, que en la anterior ocasión llevaron al Consejo de Ministros a aprobar ayudas para reparar los efectos, que a estas
alturas el Ministerio de Medio Ambiente todavía no ha procedido a desarrollar.



Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


Aprobar, en colaboración con los ayuntamientos afectados de la costa de A Coruña y Lugo, una línea de ayudas para que puedan hacer frente a la reparación de los cuantiosos daños materiales provocados por el temporal en infraestructuras
portuarias, paseos marítimos y playas, cuyas consecuencias materiales no pueden asumir en un periodo de merma de sus ingresos por el contexto de crisis económica.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de noviembre de 2010.-Francisco Xesús Jorquera Caselas, Diputado.-M.ª Olaia Fernández Davila, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



Comisión de Cultura


161/001983


A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds presenta la siguiente Proposición no de ley sobre el traslado al Museo Municipal de
Xàtiva de las piezas del Patrimonio Nacional del convento de las Clarisas que en la actualidad se encuentran en la Colegiata de la Seu, para su debate en la Comisión de Cultura.



En el año 1325 murió doña Saurina de Entenza, viuda de Roger de Lauria, almirante de Aragón y Sicilia, disponiendo en su testamento que a sus expensas se edificase en Xátiva un Monasterio para religiosas clarisas, del cual quedaba
constituida patrona, y que en el templo fuese labrado un sepulcro en el cual se enterrase su cuerpo.



A su vez, el síndico de la ciudad de Xàtiva solicitó al rey Jaime II de Aragón la gracia de esta fundación monástica y el monarca expidió Decreto de 1 de enero de 1325 autorizándola y asignando una limosna para su fundación. Así pues, se
compraron terrenos junto a los muros norte de la ciudad.



El Monasterio, fundado extramuros de Xàtiva en 1325, sufrió a mediados del siglo XIV muchas calamidades. Por causa de la guerra de la Unión hubieron de abandonar temporalmente el convento. El edificio quedó casi arruinado en 1348. Tres
años más tarde, la ciudad de Xátiva recompuso el Monasterio que definitivamente fue derribado con motivo de la guerra de los dos Pedros, en 1359, y la comunidad se


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alojó algún tiempo en una casa particular hasta que en 1364 se le autorizó a trasladarse a un nuevo monasterio intramuros.



Con motivo de la guerra de Sucesión en 1707, las monjas se trasladaron a Valencia acompañadas de mucha gente y de una guardia de caballeros. Y aquí estuvo la comunidad durante ocho años hasta que quedó reedificada y repoblada la nueva
ciudad de San Felipe.



La expulsión de los moriscos acontecida a principios del XVII, la extinción de los señoríos jurisdiccionales y la desamortización de Mendizábal supusieron la ruina de la comunidad, que tuvo que vivir de limosnas.



Con el advenimiento de la República la comunidad estaba ya completamente arruinada. El Ayuntamiento, cumpliendo órdenes del gobierno de Azaña, formalizó acta de incautación de los conventos de Xátiva previo inventario de sus bienes. El
comité revolucionario ordenó el derribo de este edificio, efectuándolo en parte.



En dicho contexto y durante tres meses el cronista de la ciudad Carlos Sarthou y otros colaboradores salvaron todo el patrimonio y lo trasladaron al Museo municipal. En 1937 una parte de las piezas es llevada a la Ermita de Sant Feliu de
Xátiva por el poeta Chocomeli. En 1940 la mayoría de las obras regresan a manos de las Clarisas y el Museo devuelve las piezas, pero una parte de ellas, la que estaba en Sant Feliu, permanece en la ermita, que reabre en 1946. Los tesoros quedan
ocultos en una estancia precintada y sin acceso. En 1966 se cercioran de que las piezas siguen allí.



En 1973 se crea una comisión formada por el académico Francisco Lozano (delegado de Bellas Artes en Valencia del Ministerio de Cultura), el director del Museo de Prehistoria de Valencia, Domingo Fletcher, y la catedrática de la Universitat
de Valencia, Carme Aranegui. Los tres, ante la presencia de las autoridades municipales, desprecintan la habitación y hacen inventario de las piezas pasando a ser éstas Patrimonio Nacional.
Las piezas son mieleros, cántaros y candiles de
alfarería, un mortero medieval de piedra, un plato de cerámica de Alcora de 1740, un frutero también de Alcora de la época de Carlos IV, un plato de pisa dorada del siglo XVIII y otro azul de la misma época, y bordados de estilos barroco y rococó.



Finalmente, el depósito de este patrimonio -cabe interpretar que por la influencia del abad de la colegiata de Xátiva- se realiza en la Colegiata de la Seu y no en el museo municipal.



Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a tomar las medidas oportunas para que las piezas del Patrimonio Nacional del convento de las Clarisas que en la actualidad se encuentran en la Colegiata de la Seu, pasen a ser custodiadas en
el Museo Municipal de Xàtiva.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de noviembre de 2010.-Nuria Buenaventura Puig, Diputada.-Gaspar Llamazares Trigo, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



Comisión no Permanente sobre Seguridad Vial y Prevención de Accidentes de Tráfico


161/001985


A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV), al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposicion no de ley, relativa a la implantacion efectiva de la
'señal V-23', para su debate en la Comisión no Permanente de Seguridad Vial y Prevención de Accidentes de Tráfico.



Exposición de motivos


Desde 1958, tras la firma en Naciones Unidas del Acuerdo sobre la 'Uniformidad en las Prescripciones Técnicas de los Vehículos', la División de Transporte de la Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas (UNECE, en inglés) ha venido
desarrollando todo un acervo reglamentario que ha supuesto, y continúa siendo, clave para contribuir a paliar, en gran medida, los daños medioambientales achacables al transporte (de personas y mercancías) por carretera, así como reducir la
siniestralidad derivada de los accidentes de tráfico.



Por su parte, en aras a simplificar todo el trámite legislativo en la Unión Europea (UE), las Instituciones (Consejo, Parlamento y Comisión) acordaron transponer (de facto) todos estos reglamentos de Naciones Unidas a Directivas de la UE.
En este sentido, la Comisión Europea publicó en el Diario Oficial de la Unión (serie L, n.º 157/14, de 19 de junio de 2007), la Directiva 2007/35/EC por la que se insta a todos los países miembros a adaptar su legislación y subsecuentes provisiones
administrativas con el fin de cumplir con el Reglamento UNECE 48, y sus modificaciones, sobre 'instalación de luces y señales en los vehículos'.
En España, el cumplimiento de este mandato se ha llevado a cabo mediante la publicación de la Orden
PRE/52/2010, de 21 de enero de 2010, por la que se modifican los anexos II, IX, XI, XII y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.



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De las modificaciones efectuadas mediante la orden en cuestión, cabe destacar la incorporación obligatoria de un 'contorno retrorreflectante' (señal V-23) en determinados vehículos destinados al transporte de mercancías; en particular, los
vehículos de más de 7,5 toneladas y más de 6 metros de longitud. Dicha señal encuentra su justificación en la mejora de la visibilidad y percepción de este tipo de vehículos durante la noche (o en condiciones de visibilidad reducida), por parte de
los demás usuarios de la vía. De esta manera, se contribuye a disminuir el número de accidentes de tráfico en los que se ven envueltos los llamados 'vehículos pesados'.



La eficacia de esta medida ha quedado suficientemente acreditada en diferentes estudios, donde se ha demostrado tanto la disminución en el número de accidentes de tráfico (en el que se veían envueltos los vehículos con 'marcado de contorno')
como la reducción de la severidad y mortalidad derivada de los mismos.



Entre los estudios llevados a cabo, cabe destacar el realizado por el TÜV Rheinland Group, por mandato de la Comisión. Europea (European Commission, Directorate General for Energy and Transport, Directorate E - Inland Transport Road
Safety), publicado con fecha 22 de diciembre de 2004. En sus conclusiones se destaca que: Si se marcasen con la señal V-23 (Reglamento UNECE-104) todos los vehículos de más de 3,5 toneladas, podrían evitarse anualmente (en la Europa de los 15,
fecha en la que se realizó el estudio) 165 muertos, 857 heridos graves y 1.836 heridos leves; siendo los beneficios económicos resultantes superiores a los 350 millones de €. O lo que es lo mismo, de forma aproximada: 'Por cada euro invertido en
la medida se recuperan 2 euros, por mejora de la seguridad vial'.



Habida cuenta del positivo impacto que tiene esta medida sobre la seguridad vial, así como el valor del retorno de la inversión correspondiente, otros países de la Unión Europea, como Italia y Rumania, han modificado su legislación para que
este tipo de señal sea obligatoria, no sólo para nuevas matriculaciones, sino para todo el parque de vehículos existente. Más allá del territorio de la UE, países como Estados Unidos han implantado esta medida hace ya varios años.



En síntesis, a tenor de las conclusiones de los estudios disponibles y de la situación actual (relativa a su grado de implantación en terceros países), puede afirmarse que: La señal V-23 es una medida eficaz de seguridad vial. Se trata, en
consecuencia, de una medida de: Bajo coste (por término medio, instalar la señal en un vehículo pesado dedicado al transporte de mercancías costaría alrededor de 400 euros), alta eficacia (resultados evidentes sobre la mejora de la seguridad vial)
y un notable retorno de la inversión (el doble de lo invertido).



Sin embargo, en España, la transposición de la Directiva 2007/35/EC no parece haber considerado la efectividad, antes aludida, de esta manifiesta medida de seguridad vial. Así, en la Orden PRE/52/2010, de 21 de enero de 2010, se establece
que: La señal V-23 será obligatoria para los vehículos de más de 7,5 toneladas y más de 6 metros de longitud que se matriculen a partir del 10 de julio de 2011, siendo su instalación voluntaria (a partir de esta fecha) para matriculaciones
anteriores, y para cualquier otro vehículo exceptuando los dedicados al transporte de pasajeros que posean menos de 9 plazas (incluyendo al conductor).



Proposición no de Ley


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, antes de tres meses, modifique la Orden PRE/52/2010, de 21 de enero de 2010, por la que se revisan los anexos II, IX, XI, XII y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, con el fin de que, además de su mandato actual:


1. Exija la obligatoriedad de la señal V-23, para todos los vehículos de más de 7,5 toneladas y más de 6 metros de longitud que se matriculen a partir del 10 de julio de 2013; dos años después de la entrada en vigor de la obligación
actual.



2. Exija la obligatoriedad de la señal V-23 para todas las furgonetas de reparto, a partir de 10 de julio de 2011, al tratarse de un vehículo que suele operar de noche, o en horarios de iluminación reducida, y cuyos accidentes de tráfico
muestran una tendencia creciente.



3. Y, finalmente, exija la obligatoriedad de la señal V-23 en los vehículos (de más de 9 plazas, incluido el conductor) destinados al transporte escolar, a partir de 10 de julio de 2011. Para los demás vehículos de transporte interurbano
de personas (con más de 9 plazas, incluido el conductor), dicha obligatoriedad será efectiva a partir de 10 de julio de 2013.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 10 de noviembre de 2010.-Josu Iñaki Erkoreka Gervasio, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).



MOCIONES CONSECUENCIA DE INTERPELACIONES


Urgentes


173/000178


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(173) Moción consecuencia de interpelación urgente.



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Autor: Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



Moción consecuencia de interpelación urgente sobre el papel que el Gobierno está desempeñando respecto a la dramática situación que padece el Sahara Occidental.



Acuerdo:


Calificarla de congruente con la interpelación en que se funda, conforme al artículo 184 del Reglamento, incluir en el orden del día de la primera sesión plenaria que se celebre, informando de ello a la Junta de Portavoces, trasladar el
acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario ER-IU-ICV presenta la siguiente Moción consecuencia de interpelación urgente sobre el papel que el Gobierno de España está desempeñando respecto a la dramática
situación que padece el Sáhara Occidental (núm. expte. 172/000217), para su debate en el Pleno de la Cámara.



El pasado 8 de noviembre el ejército marroquí intervino salvajemente en la ciudad de Al Aaiún para desalojar el campamento de Agdaym Izik, conocido como campamento de la dignidad. Lo que empezó como una manifestación pacífica de los
ciudadanos saharauis para evidenciar que sus ciudades y pueblos están totalmente tomados por los marroquíes en lo relativo al trabajo, al comercio, la vivienda y los servicios -privando a los saharauis de dichos derechos a pesar del expolio
permanente de los recursos naturales-- ha acabado como ellos mismos temían, en una masacre.
La represión ha continuado en los días siguientes al desmantelamiento del campamento en las calles de Al Aaiún, donde el ejército y la gendarmería ha
registrado algunos barrios de la capital del Sáhara Occidental casa por casa, con detenciones indiscriminadas y relacionando infundadamente a los activistas con grupos terroristas.



Las noticias muestran inequívocamente la gravedad de los hechos, la existencia de víctimas mortales y la violencia del ejército marroquí. A pesar de ello, existe un elemento de opacidad en las comunicaciones oficiales que se agrava por la
prohibición de Marruecos de acceso a la prensa a la zona de los enfrentamientos. Sería injusto no condenar una agresión porque el agresor esconda los hechos.



Este grave episodio del reciente desmantelamiento del campamento de la dignidad debe ser denunciado por su gravedad. Pero no se puede desvincular del conflicto del Sáhara Occidental en su conjunto. El conflicto tiene su origen en 1975
cuando tras la Marcha Verde de ocupación del Sáhara por Marruecos, España firmó un acuerdo tripartito con los Estados marroquí y mauritano por el que España renunciaba al Sáhara y cedía su administración a Mauritania y a Marruecos. Este acuerdo es
ilegal según derecho internacional, según Naciones Unidas los 'acuerdos de Madrid' no afectaron a la condición internacional del Sáhara Occidental como territorio no autónomo.



La ONU lleva intentando desde hace años que se celebre un referéndum por la autodeterminación del pueblo saharaui, de acuerdo con el derecho internacional. Por ello estableció la Misión de Naciones Unidas para el referendo en el Sáhara
Occidental (MINURSO), promovió procesos de paz como los conocidos Plan Baker I y II, y se han aprobado infinidad de resoluciones en el Consejo de Seguridad: 1359 (2001), 1394 (2002), 1429 (2002), 1495 (2003), 1754 (2007), 1783 (2007), 1813 (2008),
1871 (2009), 1920 (2010), entre otras. En todas ellas se reconoce el derecho inalienable a la autodeterminación del Sáhara Occidental.



Mientras, el Estado marroquí ha dinamitado todos los procesos negociadores y ha continuado ocupando sus territorios, torturando y marginando a los saharauis, expulsándoles de su tierra y explotando sus recursos de manera ilegal. Ante estos
incumplimientos flagrantes del los Derechos Humanos y la legalidad internacional por parte del Reino de Marruecos, la actitud de España en un conflicto iniciado por sus decisiones erróneas en el proceso de descolonización ha sido la pasividad.
Durante todo este tiempo todos los gobiernos democráticos han dado la espalda al pueblo saharaui, incluso después de las falsas promesas, eludiendo la evidente responsabilidad en el conflicto y priorizando los acuerdos con Marruecos, especialmente
en materia pesquera y comercial, que la resolución de un conflicto que desestabiliza no sólo al Sáhara sino también al conjunto del norte de África.



Por todo ello se presenta la siguiente


Moción consecuencia de interpelación urgente


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:


1. Condenar el desalojo violento del pasado 8 de noviembre del campamento de Agdaym Izik y la represión posterior hacia los activistas saharauis en Al Aaiún por parte del Reino de Marruecos.



2. Denunciar la violación sistemática de los derechos humanos en los territorios del Sahara Occidental ocupados por parte del Reino de Marruecos.



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3. Intensificar y profundizar las relaciones con el Frente Polisario, legítimo representante del pueblo saharaui.



4. Coordinar las acciones necesarias con el fin de culminar el proceso de descolonización del Sahara Occidental, a través de la convocatoria de un referéndum de autodeterminación que incluya la independencia, de acuerdo con la legalidad
internacional y las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU.



5. Reconocer formalmente a la República Árabe Saharaui Democrática e impulsar el reconocimiento internacional de la misma.



6. Presionar a la Unión Europea para el cese de los acuerdos pesqueros con Marruecos y que deje de ser partícipe de la explotación ilegal de sus recursos.



7. Que el gobierno promueva y reclame la creación de una comisión internacional de interposición bajo mandato de la UE.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 2010.-Nuria Buenaventura Puig, Diputada.-Gaspar Llamazares Trigo, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds.



173/000179


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(173) Moción consecuencia de interpelación urgente.



Autor: Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



Moción consecuencia de interpelación urgente al Gobierno relativa a las medidas que adoptará ante el rápido incremento de los índices de pobreza en España.



Acuerdo:


Calificarla de congruente con la interpelación en que se funda, conforme al artículo 184 del Reglamento, incluir en el orden del día de la primera sesión plenaria que se celebre, informando de ello a la Junta de Portavoces, trasladar el
acuerdo al Gobierno y al Grupo proponente, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



A la Mesa del Congreso de los Diputados


El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo184 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente Moción consecuencia de interpelación urgente al Gobierno relativa a las medidas
que adoptará el Gobierno ante el rápido incremento de los índices de pobreza en España.



Exposición de motivos


La grave situación de crisis económica y de desempleo en nuestro país ha contribuido a aumentar la tasa de pobreza relativa. Hemos pasado de tener una tasa de 19,6% en 2008 a tener una tasa del 20,8% en 2010.



Según Caritas, más de 9 millones de españoles viven bajo el umbral de la pobreza, en torno a un millón más que hace dos años (estudio 'El primer impacto de la crisis en la cohesión social en España 2007-2009', elaborado por la Fundación
Foessa).



Tres de cada diez españoles llegan a fin de mes con mucha dificultad. El 7,7% de los hogares tiene retrasos en los pagos a la hora de abonar gastos relacionados con la vivienda principal. Este porcentaje ha pasado del 4,7% de hogares en
2005 al 7,7% en 2010. Además el 36,7% de los hogares afirma que no tiene capacidad para afrontar gastos imprevistos, con un aumento de 2,7 puntos respecto a 2009, según datos de la última Encuesta de Condiciones de Vida publicada por el INE.



También cabe señalar que 800.000 personas han sido atendidas en 2009 por Caritas, el doble que en 2007. Por el contrario, el Gobierno en estos presupuestos ha reducido las ayudas públicas para la protección social. Y los ayuntamientos
derivan a esta institución el 58% de las personas que piden ayuda.



El perfil de nuevos pobres que acude a Caritas son personas entre 20 y 40 años que han tenido trabajos dignos y ahora se encuentran en situación de desempleo y no pueden afrontar el pago de sus facturas, también acuden familias jóvenes con
hijos pequeños, mujeres solas con cargas familiares e inmigrantes. Muchas de estas personas pensaron que 'nunca tendrían que acudir a Caritas' y, sin embargo, lo han tenido que hacer.



Desde el Grupo Parlamentario Popular consideramos preocupante que haya 4 millones y medio de desempleados en nuestro país y que se haya incrementado tan rápidamente la tasa de pobreza relativa.



Como consecuencia de la interpelación presentada por este Grupo se formula la siguiente


Moción


'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las siguientes medidas:


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1. Aprobar un nuevo Plan de Inclusión Social para el periodo 2011-2013 que contenga objetivos reales y medidas eficaces para reducir la exclusión social y la pobreza en nuestro país.



2. Apoyar a entidades sociales y organizaciones sin ánimo de lucro que ayuden y acojan personas sin recursos o con escasos recursos.



3. Apoyar en la medida de lo posible a los servicios sociales de los Ayuntamientos para que puedan atender a personas excluidas y en situación de pobreza.



4. Restablecer las prestaciones por hijo a cargo para menores de tres años en la cuantía de 500 euros anuales, recortadas con la aprobación del Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la
reducción del déficit público, tal y como se aprobó en la resolución del pasado mes de julio en el Debate de Estado de la Nación.'


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 2010.-María Soraya Sáenz de Santamaría, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.



PREGUNTAS PARA RESPUESTA ORAL


La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy ha acordado admitir a trámite, conforme al artículo 189 del Reglamento, las siguientes preguntas orales al Gobierno en Comisión, disponer su conocimiento por las Comisiones que se indican,
dando traslado al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



Comisión de Asuntos Exteriores


181/003140


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Asuntos Exteriores


Diputado don Gustavo de Arístegui San Román


Texto:


¿Empleó el Embajador de España en Kenia, Nicolás Martín Cinto, el dinero transferido por el Ministerio de Exteriores y de Cooperación a su legación en gestiones relacionadas con el secuestro y la posterior liberación del pesquero Alakrana?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de noviembre de 2010.-Gustavo de Arístegui San Román, Diputado.



181/003141


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Asuntos Exteriores


Diputado don Gustavo de Arístegui San Román


Texto:


¿Tiene alguna relación la transferencia inmediata de 500.000 € a favor de la Embajada de España en Kenia ordenada el día 12 de noviembre del 2009, con el anuncio realizado por distintas fuentes somalíes del pago de un rescate por la
liberación del pesquero Alakrana?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de noviembre de 2010.-Gustavo de Arístegui San Román, Diputado.



181/003142


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Asuntos Exteriores


Diputado don Gustavo de Arístegui San Román


Texto:


¿Tiene alguna relación la transferencia inmediata de 500.000 € a favor de la Embajada de España en Kenia ordenada el día 12 de noviembre del 2009 con el secuestro y la posterior liberación del pesquero Alakrana el día 17 de ese mismo mes?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de noviembre de 2010.-Gustavo de Arístegui San Román, Diputado.



Página 18



181/003143


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Asuntos Exteriores


Diputado don Gustavo de Arístegui San Román


Texto:


¿Conocía el 'Gabinete de Crisis' que, con participación de la Ministra de Defensa, el Ministro de Exteriores y Cooperación y la Vicepresidenta Primera del Gobierno, coordinó las operaciones durante el secuestro del Alakrana, la transferencia
inmediata de 500.000 € a favor de la Embajada de España en Kenia ordenada el día 12 de noviembre del 2009?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de noviembre de 2010.-Gustavo de Arístegui San Román, Diputado.



181/003144


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Asuntos Exteriores


Diputado don Gustavo de Arístegui San Román


Texto:


¿Cuál es la razón que justifica la necesidad de inmediatez en la transferencia de 500.000 € a la Embajada de España en Kenia el día 12 de noviembre del 2009?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de noviembre de 2010.-Gustavo de Arístegui San Román, Diputado.



181/003145


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Asuntos Exteriores


Diputado don Gustavo de Arístegui San Román


Texto:


¿Ha sido oportunamente justificado el destino de los 500.000 € transferidos a la Embajada de España en Kenia por orden de la Subsecretaria del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación el día 12 de noviembre del 2009?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de noviembre de 2010.-Gustavo de Arístegui San Román, Diputado.



181/003147


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Asuntos Exteriores


Diputado don Gustavo de Arístegui San Román


Texto:


¿Cuáles son las razones que justifican la transferencia inmediata de 500.000 € a favor de la Embajada de España en Kenia ordenada el día 12 de noviembre del 2009?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de noviembre de 2010.-Gustavo de Arístegui San Román, Diputado.



181/003171


Grupo Parlamentario Socialista


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Asuntos Exteriores


Diputado don Herick Campos Arteseros


Texto:


¿Cómo valora el Gobierno de España la puesta en marcha y desarrollo de los trabajos y funcionamiento de la Casa del Mediterráneo?


Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de septiembre de 2010.-Herick Campos Arteseros, Diputado.



Comisión de Justicia


181/003137


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Justicia


Página 19



Diputado don Vicente Ferrer Roselló


Texto:


¿Cuándo tiene previsto el Ministerio dar inicio a las obras de construcción del nuevo Juzgado de Almagro?


Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de octubre de 2010.-Vicente Ferrer Roselló, Diputado.



Comisión de Interior


181/003135


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Interior


Diputado don Aurelio Romero Girón


Texto:


¿Es consciente el Gobierno que al no existir cantidades consignadas en los Presupuestos Generales del Estado del 2011 para la construcción de la Comisaría de Policía de Jerez, pasarán dos legislaturas sin que se cumplan las promesas
efectuadas de que se ejecutarían las obras citadas?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de octubre de 2010.-Aurelio Romero Girón, Diputado.



181/003136


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Interior


Diputado don Ignacio Cosidó Gutiérrez


Texto:


¿Por qué tardó el Ministerio del Interior tres años en identificar a una mujer fallecida, cuya desaparición había sido denunciada por su familia?


Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de octubre de 2010.-Ignacio Cosidó Gutiérrez, Diputado.



Comisión de Defensa


181/003138


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Defensa


Diputado don Gustavo de Arístegui San Román


Texto:


¿Sigue manteniendo la Ministra de Defensa que 'hay que seguir el rastro del dinero de todos los pagos' efectuados como rescates a piratas o terroristas?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de noviembre de 2010.-Gustavo de Arístegui San Román, Diputado.



181/003139


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Defensa


Diputado don Gustavo de Arístegui San Román


Texto:


¿Conocía la Sra. Ministra de Defensa la transferencia inmediata de 500.000 € a favor de la Embajada de España en Kenia ordenada el día 12 de noviembre del 2009?


Palacio del Congreso de los Diputados, 2 de noviembre de 2010.-Gustavo de Arístegui San Román, Diputado.



Comisión de Economía y Hacienda


181/003133


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Economía y Hacienda


Diputado don Aurelio Romero Girón


Página 20



Texto:


¿Cuándo se procederá a elaborar una nueva ponencia de valores catastrales en el municipio de Jerez de la Frontera?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de octubre de 2010.-Aurelio Romero Girón, Diputado.



181/003134


Grupo Parlamentario Popular en el Congreso


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Economía y Hacienda


Diputado don Aurelio Romero Girón


Texto:


¿Qué medidas piensa adoptar el Gobierno para que no siga el descenso alarmante del número de empresas en la provincia de Cádiz?


Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de octubre de 2010.-Aurelio Romero Girón, Diputado.



Comisión de Educación y Deporte


181/003169


Grupo Parlamentario Socialista


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Educación y Deporte


Diputado don Daniel Méndez Guillén


Texto:


¿Qué objetivos se han marcado UNICEF-España y el Consejo Superior de Deportes en el convenio de colaboración firmado entre ambas entidades?


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2010.-Daniel Méndez Guillén, Diputado.



181/003170


Grupo Parlamentario Socialista


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Educación y Deporte


Diputado don Daniel Méndez Guillén


Texto:


¿Qué objetivos pretenden alcanzar el Ministerio de Educación y el Consejo Superior de Deportes con la puesta en marcha del 'Marco Nacional del Deporte en Edad Escolar'?


Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de octubre de 2010.-Daniel Méndez Guillén, Diputado.



Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca


181/003172


Grupo Parlamentario Mixto-BNG


Pregunta con respuesta oral en la Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca


Diputada doña M.ª Olaia Fernández Davila


Texto:


¿Cuál es la posición del Gobierno en relación a la propuesta de la UE de avanzar en el diseño de mercados de futuros para el sector lácteo?


Palacio del Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 2010.-M.ª Olaia Fernández Davila, Diputada.



PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA


La Presidencia de la Cámara, a solicitud de su autora, ha acordado tener por convertidas en preguntas con respuesta oral en Comisión y trasladar, a los efectos del artículo 190.2 del Reglamento, a la Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y
Pesca, las preguntas al Gobierno con respuesta escrita que a continuación se relacionan, así como comunicarlo a dicha Comisión, al Gobierno y a la Sra. Diputada preguntante y su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



Página 21



RELACIÓN DE PREGUNTAS


Núm. expte.: 184/089290.



Núm. registro: 134724.



Autor iniciativa: Lara Carbó, María Teresa de (GP).



Objeto iniciativa: Proyectos del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local del año 2009 dedicados a reforestación.



Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 444, de 16 de septiembre de 2010, pág. 339.



Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/003176.



Núm. expte.: 184/089291.



Núm. registro: 134725.



Autor iniciativa: Lara Carbó, María Teresa de (GP).



Objeto iniciativa: Proyectos del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local del año 2010 dedicados a reforestación.



Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 444, de 16 de septiembre de 2010, pág. 340.



Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/003177.



La Presidencia de la Cámara, a solicitud de su autora, ha acordado tener por convertidas en preguntas con respuesta oral en Comisión y trasladar, a los efectos del artículo 190.2 del Reglamento, a la Comisión de Política Territorial, las
preguntas al Gobierno con respuesta escrita que a continuación se relacionan, así como comunicarlo a dicha Comisión, al Gobierno y a la Sra. Diputada preguntante y su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



RELACIÓN DE PREGUNTAS


Núm. expte.: 184/089287.



Núm. registro: 134721.



Autor iniciativa: Lara Carbó, María Teresa de (GP).



Objeto iniciativa: Porcentaje de las actuaciones del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local del año 2010 que suponen una inversión productiva.



Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 444, de 16 de septiembre de 2010, pág. 339.



Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/003173.



Núm. expte.: 184/089288.



Núm. registro: 134722.



Autor iniciativa: Lara Carbó, María Teresa de (GP).



Objeto iniciativa: Porcentaje de las actuaciones del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local del año 2009 que suponen innovación tecnológica.



Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 444, de 16 de septiembre de 2010, pág. 339.



Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/003174.



Núm. expte.: 184/089289.



Núm. registro: 134723.



Autor iniciativa: Lara Carbó, María Teresa de (GP).



Objeto iniciativa: Porcentaje de las actuaciones del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local del año 2010 que suponen innovación tecnológica.



Publicación: 'BOCG. Congreso de los Diputados', serie D, núm. 444, de 16 de septiembre de 2010, pág. 339.



Nuevo número asignado a la iniciativa tras la conversión: 181/003175.



Página 22



COMPETENCIAS EN RELACIÓN CON OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES


TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


233/000020


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(233) Cuestión de inconstitucionalidad.



Autor: Tribunal Constitucional.



Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 5163/2008, planteada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz, en relación al artículo 57.2 del Código Penal, según redacción dada por
la Ley Orgánica 15/2003, por posible vulneración de los artículos 1, 10.1, 19.1, 24.1, 25.1 y 32 de la Constitución española.



Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo,
don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5163-2008, planteada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz, respecto del art.
57.2 del Código Penal. Han intervenido el Abogado del Estado y el Fiscal General del Estado.
Ha sido Ponente la Magistrada doña Elisa Pérez Vera, quien expresa el parecer del Tribunal.



[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Desestimar la presente cuestión de inconstitucionalidad.



Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.



Dada en Madrid, a 3 de noviembre de 2010.



233/000085


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(233) Cuestión de inconstitucionalidad.



Autor: Tribunal Constitucional.



Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 3213/2009, planteada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Valencia, en relación con el artículo 57.2 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley
Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por posible vulneración de los artículos 1.1, 10.1, 18.1, 24.1 y 25.1 de la Constitución española.



Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín


Página 23



Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la sentencia.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo,
don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 3213-2009, planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 4 de Valencia, en relación con el art. 57.2 CP.
Han intervenido y formulado alegaciones el Abogado del Estado y el Fiscal General del
Estado. Ha sido Ponente la Magistrada doña Elisa Pérez Vera, quien expresa el parecer del Tribunal.



[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


1. Inadmitir, por incumplimiento de las condiciones procesales exigidas por los arts. 163 CE y 35 LOTC, la presente cuestión de inconstitucionalidad en lo que se refiere a la posible vulneración de los arts. 9.1 y 3, 14, 25.2, 32.1 y 39.1
CE.



2. Desestimar la presente cuestión de inconstitucionalidad en todo lo demás.



Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.



Dada en Madrid, a 3 de noviembre de 2010.



233/000147


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(233) Cuestión de inconstitucionalidad.



Autor: Tribunal Constitucional.



Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 9853/2006, planteada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Huesca, en relación con el artículo 57.2 y 171.4, 5 y 6 del Código Penal, en la redacción
dada, respectivamente, por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, y por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los artículos 1, 9, 10, 14, 15, 17,
18, 24, 25 y 39 de la Constitución española, así como votos particulares formulados a la misma.



Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo,
don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 9.853-2006, planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de


Página 24



Huesca en relación con los arts. 57.2 y 171.4, 5 y 6 del Código Penal, en la redacción dada, respectivamente, por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, y por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección
Integral contra la Violencia de Género. Han intervenido el Abogado del Estado, en la representación que ostenta y el Fiscal General del Estado. Ha sido Ponente la Magistrada doña Elisa Pérez Vera, quien expresa el parecer del Tribunal.



[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


1.º Inadmitir parcialmente la presente cuestión de inconstitucionalidad respecto del párrafo segundo del apartado 4 y de los apartados 5 y 6 en su integridad, todos ellos del art.171 CP.



2.º Desestimar en todo lo demás la presente cuestión de inconstitucionalidad.



Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.



Dada en Madrid, a 26 de octubre de 2010.



233/000148


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(233) Cuestión de inconstitucionalidad.



Autor: Tribunal Constitucional.



Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 9130/2007, planteada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Córdoba, en relación con el artículo 153.1 del Código Penal, en la redacción
dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración del artículo 14; y el artículo 57.2 del Código Penal en la redacción dada por la Ley Orgánica 15/2003, de
25 de noviembre, por posible, por posible vulneración del artículo 8.1 CEDH, en relación con los artículos 10.1 y 2, 18.1 y 39.1 de la Constitución, así como votos particulares formulados a la misma.



Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo,
don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 9130-2007, planteada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. 1 de Córdoba respecto del art.
153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, y
del art. 57.2 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por posible vulneración, el primero, del art. 14 CE, y, el segundo, del art. 8.1 CEDH, en relación con los arts. 10.1 y 2, 18.1 y 39.1 CE. Han
intervenido el Abogado del Estado, en la representación que ostenta, y el Fiscal General del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Pablo Pérez Tremps, quien expresa el parecer del Tribunal.



[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Desestimar la presente cuestión de inconstitucionalidad


Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.



Dada en Madrid, a 26 de octubre de 2010.



Página 25



233/000150


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(233) Cuestión de inconstitucionalidad.



Autor: Tribunal Constitucional.



Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 7790/2007, planteada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Cáceres, en el Juicio Rápido número 467/2006, en relación con el artículo 57.2 del Código
Penal, por posible vulneración de los artículos 1.1, 10.1, 14, 24.2, 25.1 y 39.1 de la Constitución.



Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo,
don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm.7790-2007, planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de los de Cáceres en relación con el art. 57.2 del Código Penal. Han intervenido y formulado alegaciones el Abogado del Estado y el Fiscal
General del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Guillermo Jiménez Sánchez, quien expresa el parecer del Tribunal.



[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Desestimar la presente cuestión de inconstitucionalidad.



Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.



Dada en Madrid, a 3 de noviembre de 2010.



233/000151


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(233) Cuestión de inconstitucionalidad.



Autor: Tribunal Constitucional.



Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 7728/2005, planteada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, en relación con el artículo 57.2 del Código Penal, en la redacción dada
al mismo por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por posible vulneración de los artículos 1.1, 9.3, 10.1, 18.1, 24.1, 25.1 y 2, 39 y 49 de la Constitución.



Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo,
don Jorge


Página 26



Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 7728-2005, planteada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, respecto del art.
57.2 del Código Penal. Han intervenido el Abogado del Estado y el Fiscal General del Estado.
Ha sido Ponente el Magistrado don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, quien expresa el parecer del Tribunal.



[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


1. Inadmitir, por incumplimiento de las condiciones procesales exigidas por los arts. 163 CE y 35 LOTC, la presente cuestión de inconstitucionalidad en lo que se refiere a la posible vulneración de los arts. 25.2 y 39.1 CE.



2. Desestimar la presente cuestión de inconstitucionalidad en todo lo demás.



Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.



Dada en Madrid, a 3 de noviembre de 2010.



233/000152


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(233) Cuestión de inconstitucionalidad.



Autor: Tribunal Constitucional.



Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 4976/2005, planteada por el Juzgado de lo Penal número 20 de Madrid, en relación con el artículo 57.2 del Código Penal, por posible vulneración de los
artículos 1.1, 10.1, 9.3, 24.2 y 25.1 de la Constitución.



Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo,
don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4976-2005, planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 20 de los de Madrid, en relación con el art.
57.2 del Código Penal. Han intervenido y formulado alegaciones el Abogado del Estado y el
Fiscal General del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Pablo Pérez Tremps, quien expresa el parecer del Tribunal.



[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


Desestimar la presente cuestión de inconstitucionalidad.



Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.



Dada en Madrid, a 3 de noviembre de 2010.



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233/000153


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(233) Cuestión de inconstitucionalidad.



Autor: Tribunal Constitucional.



Sentencia dictada por el citado Tribunal en la cuestión de inconstitucionalidad número 9201/2006, planteada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Huesca, en relación con el artículo 57.2 del Código Penal, según redacción dada por la Ley
Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, y artículo 153.1, 3 y 4 del Código Penal, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, por posible vulneración de los artículos 1, 9, 10, 14, 15, 17, 18, 24, 25 y 39 de la Constitución
española.



Acuerdo:


Tomar conocimiento y trasladar a la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y a la Asesoría Jurídica de la Secretaría General, así como publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el encabezamiento y el fallo de la
sentencia.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por doña María Emilia Casas Baamonde, Presidenta, don Guillermo Jiménez Sánchez, don Vicente Conde Martín de Hijas, don Javier Delgado Barrio, doña Elisa Pérez Vera, don Eugeni Gay Montalvo,
don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, don Ramón Rodríguez Arribas, don Pascual Sala Sánchez, don Manuel Aragón Reyes y don Pablo Pérez Tremps, Magistrados, ha pronunciado


EN NOMBRE DEL REY


la siguiente


SENTENCIA


En la cuestión de inconstitucionalidad núm. 9201-2006, promovida por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Huesca, en relación con el art. 57.2 del Código Penal (en la redacción dada por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre) por posible
vulneración de los arts. 1, 9, 10, 17, 18, 24, 25 y 39 CE; así como en relación con el art. 153.1, 3 y 4 del Código Penal (en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre) por posible vulneración de los arts. 1, 9, 10, 14,
15, 17, 24, 25 y 39 CE.
Han intervenido el Fiscal General del Estado y el Abogado del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, quien expresa el parecer del Tribunal.



[...]


FALLO


En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación Española,


Ha decidido


1.º Inadmitir la cuestión de inconstitucionalidad núm. 9201-2006 en relación con los apartados 3 y 4 del art. 153 CP (en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre).



2.º Desestimarla en todo lo demás.



Publíquese esta Sentencia en el 'Boletín Oficial del Estado'.



Dada en Madrid, a 3 de noviembre de 2010.



COMUNIDADES AUTÓNOMAS


093/000027


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.



(93) Convenios entre Comunidades Autónomas.



Autor: Comunidad Autónoma de Cataluña-Gobierno.



Convenio de colaboración con el Gobierno de Aragón para la difusión de las emisiones de los canales de televisión de titularidad pública en los territorios respectivos.



Acuerdo:


Trasladar a la Comisión Constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 166.1 del Reglamento de la Cámara, así como comunicar al Senado y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, poniéndolo en conocimiento de la
Presidencia de la


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Comunidad Autónoma Cataluña y del Parlamento de la citada Comunidad Autónoma.



En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.



CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA Y EL GOBIERNO DE ARAGÓN PARA LA DIFUSIÓN DE LAS EMISIONES DE LOS CANALES DE TELEVISIÓN DE TITULARIDAD PÚBLICA EN LOS TERRITORIOS RESPECTIVOS


En Arenys de Lledó, a 13 de octubre de 2010


REUNIDOS


Por una, parte, D. Joan Manuel Tresserras Gaju, consejero de Cultura y Medios de Comunicación de la Generalitat de Catalunya.



Por la otra, D. Javier Velasco Rodríguez, consejero de Presidencia del Gobierno de Aragón.



ACTÚAN


El primero, en nombre y representación de la Generalitat de Catalunya, de conformidad con las atribuciones que le confiere el artículo 10 b) de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalitat y del Gobierno y
autorizado al efecto por acuerdo del Gobierno de la Generalitat de 21 de septiembre de 2010


El segundo, en nombre y representación del Gobierno de Aragón, de conformidad con las atribuciones que le confiere el artículo 10.2 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, y facultado para este acto por
Acuerdo de 7 de septiembre de 2010 del Gobierno de Aragón.



EXPONEN


I. La Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, dispone en su artículo 40.3, que la emisión del' servicio público de comunicación audiovisual por ondas hertzianas terrestres de una Comunidad o Ciudad Autónoma en
otra limítrofe y con afinidades lingüísticas y culturales podrá ser efectuada siempre que así lo acuerden mediante convenio y exista reciprocidad.



II. El Gobierno de la Generalitat de Catalunya es titular de la gestión directa de los canales de televisión explotados mediante la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales, en los términos de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la
comunicación audiovisual de Catalunya y de la Ley 11/2007, de 11 de octubre, de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales.



III. El Gobierno de Aragón es titular de la gestión directa de los canales de televisión explotados mediante la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, en los términos de la precitada Ley 7/2010 y del Real Decreto 944/2005, de 29 de
julio, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre.



En concreto, al Departamento de Presidencia le corresponde la ejecución de las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de servicios de contenido audiovisual, en virtud del artículo 1.b) del Decreto 224/2007, de
18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, de Estructura Orgánica del Departamento de Presidencia. Por ello, a este Departamento está adscrita la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, como entidad de derecho público, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 3.2 del Decreto de 6 de julio de 2007, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, en consonancia con lo previsto en él artículo 3 de la Ley aragonesa 8/1987, de 15 de abril, de creación, organización y control parlamentario
de la citada Corporación.



IV. Dados los vínculos históricos, culturales y lingüísticos entre Catalunya y algunas zonas limítrofes de la Comunidad Autónoma de Aragón, el gobierno de la Generalitat de Catalunya está interesado en garantizar en dichas zonas la
recepción de la programación de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales, en los términos del artículo 26.3 de la precitada Ley 22/2005, de 29 de diciembre.



V. De conformidad con la Ley 10/2009, de 22 de diciembre, de uso, protección y promoción de las lenguas propias de Aragón, el catalán es lengua propia original e histórica de la Comunidad Autónoma de Aragón, por lo que sus ciudadanos y
ciudadanas tienen reconocido, en los supuestos establecidos en dicha Ley, el derecho lingüístico a recibir, en dicha lengua, programaciones de radio, televisión y otros medios de comunicación social.



VI. Asimismo, el Gobierno de Aragón está interesado en asegurar la recepción de la programación de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión en las zonas de influencia de los centros emisores que utiliza actualmente en Catalunya.



VII. Por las razones indicadas, es voluntad de las partes establecer un marco de cooperación que permita asegurar la continuidad y regularidad de las emisiones de cada una de las Comunidades firmantes en la otra, hasta


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ahora dependientes de los desbordamientos de la señal respectiva. A tal efecto, el cese de las emisiones analógicas, permite adoptar las medidas oportunas para garantizar la recepción, por el sistema de la Televisión Digital Terrestre, de
los canales de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales en los territorios de la Comunidad Autónoma de Aragón antes mencionados y de la programación de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión en las zonas de influencia de los centros
emisores de los que dispone en el territorio de Catalunya.



VIII. Tal acuerdo es factible utilizando al efecto las frecuencias asignadas a ambas partes y así lo ha confirmado el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que es conocedor de la voluntad de. las partes de suscribir el presente
convenio.



Por todo ello, acordamos suscribir este convenio, con sujeción a las presentes


CLÁUSULAS


Primera. Objeto.



Es objeto de este convenio hacer efectiva la difusión de las emisiones de los canales de televisión de titularidad de la Generalitat de Catalunya en la Comunidad Autónoma de Aragón y de los canales de titularidad del Gobierno de Aragón en el
territorio de Catalunya.



Segunda. Compromisos de la Generalitat de Catalunya.



La Generalitat de Catalunya adquiere los compromisos siguientes:


1. Asumir la financiación de los costes de adquisición de los equipos necesarios para la difusión de las emisiones de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales desde los centros emisores de la Comunidad Autónoma de Aragón incluidos en
el Anexo del presente convenio, así como los de ingeniería y transporte de la señal desde Catalunya hasta los centros emisores de Aragón que se utilicen con dicha finalidad, compromiso que llevará a cabo bien directamente o a través de cualquiera de
sus entes o empresas públicas.



2. Facilitar, en la medida de sus competencias, la difusión de los programas y contenidos, de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión, en las zonas del territorio de Catalunya comprendidas en las de cobertura de los centros emisores
de Alpicat y Montcaro.



Tercera. Compromisos del Gobierno de Aragón.



El Gobierno de Aragón adquiere los compromisos siguientes:


1. Adquirir e instalar los equipos necesarios para lograr la difusión de las emisiones de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales desde los centros emisores de la Comunidad Autónoma de Aragón que se indican en el apartado 1 de la
cláusula anterior. Así mismo asumirá los gastos corrientes derivados del mantenimiento de esos equipos, compromiso que llevará a cabo, bien directamente o a través de cualquiera de sus entes o empresas públicas.



2. Adoptar las medidas necesarias para la difusión de la programación de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión en las zonas de cobertura de los centros emisores a los que se refiere el apartado 2 de la cláusula anterior.



3. Facilitar, en la medida de sus competencias, la difusión de los programas y contenidos, de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales, desde los centros emisores aragoneses indicados en el apartado 1 de la cláusula anterior, así
como desde los centros de Alpicat y Montcaro.



Cuarta. Desarrollo del convenio.



La implementación de los acuerdos que son objeto del presente convenio se llevará a cabo, en sus aspectos técnicos y económicos, por la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales y por la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión en sus
respectivos ámbitos de actuación. A tal efecto, ambas corporaciones suscribirán un convenio de desarrollo que contendrá los términos de la colaboración económica y técnica de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales en la puesta en
funcionamiento de las instalaciones necesarias para garantizar la difusión de la programación de la misma desde los centros emisores a los que se refiere el presente convenio.



Quinta. Planificación de frecuencias.



Las partes firmantes del presente convenio dirigirán al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio una propuesta de planificación de las frecuencias necesarias para dar cumplimiento a los objetivos del mismo.



Sexta. Comisión de Seguimiento y Comisión Técnica.



1. Los gobiernos firmantes crean una Comisión mixta de Seguimiento con el objeto de resolver las cuestiones que puedan derivarse de la interpretación y aplicación del mismo. La Comisión deberá reunirse, como mínimo, una vez al año y
siempre que una de las partes lo reclame por escrito con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.



2. La Comisión mixta de Seguimiento está integrada por los siguientes miembros:


a) Por parte de la Generalitat de Catalunya:


- La persona titular del departamento competente en materia de medios de comunicación o persona a quien designe.



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- El/la director/a general competente en materia de medios de comunicación.



- El/la presidente de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales o persona a quien designe:


b) Por parte del Gobierno de Aragón:


- La persona titular del departamento competente en materia de medios de comunicación o persona a quien designe.



- El/la director/a general competente en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.



- El/la presidente de la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión o persona a quien designe.



3. El convenio de desarrollo citado en la cláusula cuarta deberá incluir la creación de una Comisión Técnica, integrada por igual número de miembros de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales y de la Corporación Aragonesa de Radio y
Televisión, con la finalidad de resolver los problemas técnicos que se deriven de la ejecución del mismo.



4. Mediante acuerdo expreso de la Comisión de Seguimiento, el presente Convenio podrá ampliarse en sus ámbitos de cobertura, así como extenderse a la difusión de los servicios de las radios públicas autonómicas de ambas corporaciones.



Séptima. Entrada en vigor, vigencia y resolución.



El presente convenio entra en vigor 60 días después de la comunicación a las Cortes Generales y tiene una vigencia de cuatro años, prorrogable por anualidades sucesivas tácitamente. No obstante lo anterior, el Convenio podrá resolverse por
las partes, mediante denuncia efectuada con una antelación mínima de tres meses, previo informe de la Comisión mixta de seguimiento contemplada en la cláusula anterior.



Octava. Solución de controversias.



Las cuestiones litigiosas que no puedan resolverse en la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula sexta se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa.



Y en prueba de conformidad, se extiende y se firma este convenio en duplicado ejemplar y en sus versiones catalana y castellana, dando ambas fe de su contenido.



ANEXO


Centros emisores de la Comunidad Autónoma de Aragón desde los que se realizará la difusión de las emisiones de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales


Comarca;Centro


Bajo Aragón / Baix Aragó;Aguaviva;Cañada de Verich, la;Cerollera, la;Mezquín


Bajo Cinca / Baix Cinca;Fraga;Mequinenza


Cinca Medio;Monzón


Litera, La / Llitera, La;Albelda;Azanuy;Baldellou;Camporrells ;Peralta de la Sal;San Esteban de Litera


Matarraña / Matarranya;Beceite ;Fuentespalda;Peñarroya de Tastavins;Portellada, la ;Torre de Arcas;Valderrobres


La Ribagorza / La Ribagorça ;Betesa;Biascas de Obarra ;Calvera;Castigaléu;Cornudella;Espés;Ginasté. Viñal;Neril;Pilzán.
Benabarre;Puebla de Roda, la;Puente de Montañana;Rivera de Vall;Sopeira;Tolva;Viacamp


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OTROS TEXTOS


DECLARACIONES INSTITUCIONALES


140/000034


El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha aprobado, por asentimiento, la siguiente declaración institucional en homenaje a la memoria de Ernest Lluch en el décimo aniversario de su asesinato.



'El próximo domingo 21 de noviembre se cumplen diez años del asesinato de don Ernest Lluch, Diputado en esta Cámara durante cuatro legislaturas y Ministro del Gobierno de España. Han sido diez años sin Ernest Lluch, diez años sin poder
compartir y gozar de su inteligencia, de su humanidad y de su carácter abierto y polifacético.



El terrorismo criminal y miserable de ETA nos lo arrebató cuando volvía de impartir una de sus clases de historia de las doctrinas económicas en la Universidad de Barcelona. Más allá de sus responsabilidades políticas e institucionales, la
trayectoria vital de Ernest Lluch fue rica y diversa: intelectual, profesor, economista, comunicador y divulgador, rector universitario, articulista, apasionado del fútbol o de la recuperación de nuestro patrimonio musical.



Quienes cobarde y vilmente le arrebataron la vida lo hicieron porque por encima de todo Ernest Lluch fue un demócrata comprometido con el presente y el futuro de nuestro país a través del diálogo, la palabra y el razonamiento. Ernest Lluch
tuvo el valor de defender la libertad de todos como única garantía de que el entendimiento de unos no se impusiera sobre el de los otros.



Al recordarle rendimos homenaje a su memoria y a la de todos aquellos que con su determinación y valentía han puesto y ponen su vida al servicio de una sociedad de mujeres y hombres libres.'


Lo que se publica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.



Palacio del Congreso de los Diputados, 17 de noviembre de 2010.-P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Manuel Alba Navarro.