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BOCG. Congreso de los Diputados, serie B, núm. 60-1, de 25/11/2016
cve: BOCG-12-B-60-1 PDF



BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES


CONGRESO DE LOS DIPUTADOS


XII LEGISLATURA


Serie B: PROPOSICIONES DE LEY


25 de noviembre de 2016


Núm. 60-1



PROPOSICIÓN DE REFORMA DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO


410/000004 Proposición de reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados por la que se modifica el artículo 46.1.


Presentada por los Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista, Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, Ciudadanos, de Esquerra Republicana, Vasco (EAJ-PNV) y Mixto.


La Mesa de la Cámara, en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia.


(410) Proposición de reforma del Reglamento del Congreso.


Autor: Grupos Parlamentarios Popular en el Congreso, Socialista, Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, Ciudadanos, de Esquerra Republicana, Vasco (EAJ-PNV) y Mixto.


Proposición de reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados por la que se modifica el artículo 46.1.


Acuerdo:


1. Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los meros efectos de su conocimiento, publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y notificar a los autores de la iniciativa.


2. En cuanto a la solicitud de tramitación por el procedimiento de urgencia y en lectura única trasladar a la Junta de Portavoces.


En ejecución de dicho acuerdo se ordena la publicación de conformidad con el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.


Palacio del Congreso de los Diputados, 22 de noviembre de 2016.-P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.


A la Mesa del Congreso


Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes se dirigen a esa Mesa para presentar la siguiente Proposición de reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados por la que se modifica el artículo 46.1. Asimismo, se solicita que se tramite
por el procedimiento de urgencia y en lectura única, al amparo del artículo 93 y el artículo 150 del presente Reglamento del Congreso de los Diputados.


Palacio del Congreso de los Diputados, 18 de noviembre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.-Antonio Hernando Vera, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.-Íñigo Errejón
Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.-Juan Carlos Girauta Vidal, Portavoz del Grupo Parlamentario Ciudadanos.-Joan Tardà i Coma, Portavoz del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana.-Aitor
Esteban Bravo, Portavoz del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV).-Francesc Homs Molist, Portavoz del Grupo Parlamentario Mixto.



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PROPOSICIÓN DE REFORMA DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS POR LA QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO 46.1


Exposición de motivos


Tras la investidura del Presidente del Gobierno, don Mariano Rajoy Brey, y la conformación de su Gobierno, cuya estructura ha sido aprobada por Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, corresponde a la Cámara proceder a la adaptación de las
Comisiones Permanentes Legislativas, lo que exige la reforma del artículo 46.1 del Reglamento del Congreso.


Sobre esta base se formula la siguiente Propuesta de Reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados, por la que se modifica el artículo 46.1.


Artículo único.


El artículo 46.1 del Reglamento del Congreso de los Diputados quedará redactado en los siguientes términos:


'Artículo 46.


1. Son Comisiones Permanentes Legislativas las siguientes:


1. Constitucional.


2. Comisión de Asuntos Exteriores.


3. Comisión de Justicia.


4. Comisión de Interior.


5. Comisión de Defensa.


6. Comisión de Economía, Industria y Competitividad.


7. Comisión de Hacienda y Función Pública.


8. Comisión de Presupuestos.


9. Comisión de Fomento.


10. Comisión de Educación y Deporte.


11. Comisión de Empleo y Seguridad Social.


12. Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital.


13. Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.


14. Comisión de Sanidad y Servicios Sociales.


15. Comisión de Cooperación Internacional para el Desarrollo.


16. Comisión de Cultura.


17. Comisión de Igualdad.'


Disposición final primera.


La Mesa del Congreso de los Diputados adoptará las disposiciones necesarias a efectos de trasladar los asuntos pendientes a las Comisiones que resulten competentes por razón de la materia a consecuencia de la entrada en vigor de esta
reforma.


Disposición final segunda.


La presente modificación del Reglamento del Congreso de los Diputados entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.


También se publicará en el 'Boletín Oficial del Estado'.