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Fondo de Remanentes Presupuestarios de las Cortes Generales

Como reflejo de la autonomía financiera de las Cortes Generales reconocida en el artículo 72.1 de la Constitución, éstas disponen del denominado Fondo de Remanentes Presupuestarios de las Cortes Generales, que coexiste con los respectivos Fondos de Remanentes del Congreso de los Diputados y del Senado.

Los criterios para la disposición de los remanentes de Cortes Generales son análogos a los que rigen la disposición de los Fondos de Remanentes Presupuestarios de cada una de las Cámaras, si bien en este caso corresponde a las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado o a ambas conjuntamente reunidas la aprobación de los gastos, previo informe razonado del Interventor de Cortes Generales, según establece la regla duodécima de las Normas de contracción de obligaciones, ordenación y fiscalización del gasto y ordenación de pagos, aprobadas por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en su reunión conjunta de 26 de enero de 1982.

La cuantía de los remanentes dependerá en cada momento de los gastos que, de conformidad con los mencionados criterios, vayan siendo ejecutados con cargo al mismo, así como de las cantidades que se incorporen, de procedencia diversa.

Así, con ocasión de la aprobación de la liquidación del presupuesto de Cortes Generales, las Mesas de ambas Cámaras reunidas conjuntamente acuerdan la incorporación al Fondo de Remanentes de las Cortes Generales del saldo definitivamente no comprometido, así como los ingresos extrapresupuestarios obtenidos por las Cámaras y los intereses devengados por las correspondientes cuentas bancarias.

Del mismo modo, al aprobar la liquidación del Presupuesto de la Junta Electoral Central, las Mesas incorporan el sobrante del ejercicio a la cuenta del Fondo de Remanentes Presupuestarios de las Cortes Generales, junto con los ingresos financieros generados por las cuentas bancarias y los ingresos derivados de expedientes sancionadores.

Asimismo, al aprobar la liquidación del Presupuesto del Defensor del Pueblo las Mesas incorporan el remanente del ejercicio al Fondo de Remanentes de las Cortes Generales, al que igualmente se adicionan los ingresos financieros correspondientes. A fecha 31 de enero de 2023, fecha de cierre del ejercicio 2022, la cuantía disponible del Fondo de Remanentes Presupuestarios de las Cortes Generales era de 85.032.326,15 euros