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Notas de prensa

La Comisión de Interior elabora y envía al Pleno el Dictamen del Proyecto de Ley Orgánica de protección de datos personales tratados en casos de infracciones y sanciones penales

07/04/2021
La Comisión de Interior ha aprobado este miércoles, 7 de abril, el Dictamen del Proyecto de Ley Orgánica de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, con 28 votos a favor, 1 en contra y 7 abstenciones. Este texto incluye el informe de la Ponencia y las enmiendas acordadas en Comisión. 

Una vez celebrado este debate en Comisión, el Pleno verá el Dictamen y las enmiendas al articulado no incorporadas y que los grupos parlamentarios decidan mantener vivas para someterlas de nuevo a debate y votación. Al tratarse de una Ley Orgánica, el texto se someterá a una votación final de conjunto que requerirá de mayoría absoluta para su aprobación. Si la obtiene, el Proyecto de Ley pasará al Senado, donde seguirá el procedimiento de debate en ponencia, comisión y Pleno. La Cámara Alta puede aprobar el texto en sus términos, presentar enmiendas o proponer un veto. En el caso de los dos últimos supuestos, la iniciativa tendrá que regresar al Congreso de los Diputados. 

Durante el debate en Comisión, se han aprobado dos enmiendas transaccionales: la primera al artículo 2 sobre la enmienda 65 del grupo Ciudadanos y, la segunda, una enmienda transaccional al artículo 8 sobre la enmienda 16 del BNG, formación integrada en el Grupo Plural.

Protección de datos personales de las personas físicas

El objeto de esta ley orgánica es establecer "las normas relativas a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos de carácter personal por parte de las autoridades competentes, con fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, incluidas la protección y prevención frente a las amenazas contra la seguridad pública".

Según esta normativa, los datos personales serán tratados de forma lícita y leal; recogidos con fines determinados, explícitos y legítimos; adecuados, pertinentes y no excesivos. Asimismo, se conservarán de forma que permitan identificar al interesado durante un período no superior al necesario para los fines para los que son tratados, entre otros principios.

El texto también recoge las autoridades públicas con competencias encomendadas legalmente para el tratamiento de datos personales: las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; las Administraciones Penitenciarias, la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera de la Agencia Estatal de Administración Tributaria;  el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias; y la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo. También se considerarán competentes las Autoridades judiciales del orden jurisdiccional penal y el Ministerio Fiscal.