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Notas de prensa

La Comisión de Educación aprueba el Proyecto de Ley por el que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y lo envía al Pleno

05/03/2024

El dictamen incluye el informe de la ponencia y las enmiendas aprobadas en comisión. En concreto, se han aprobado las enmiendas nº98, 207, 211, 216, 227, 335, 338 y 342 y cuatro correcciones técnicas de los letrados. 

Este proyecto de ley tiene por objeto la regulación de las enseñanzas artísticas superiores, de sus centros, de su profesorado, así como el establecimiento de los derechos y deberes del estudiantado. Asimismo, se establecen determinados aspectos relativos a la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales a las que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

En concreto, la norma se estructura en un título preliminar, tres títulos, referidos, respectivamente, a las enseñanzas artísticas superiores, la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales y la función pública docente, nueve disposiciones adicionales, siete disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y seis disposiciones finales.

Entre las novedades, el texto incluye, entre otros asuntos, nuevos preceptos que prevén el establecimiento de los criterios básicos a los que deberán adecuarse los procedimientos de admisión a los centros públicos que impartan las enseñanzas artísticas. 

Además, se reconoce expresamente la autonomía de los centros, tanto privados como públicos, con relación a diferentes aspectos, señalándose a continuación las competencias que tendrán los centros públicos en el ejercicio de dicha autonomía. 

Asimismo, si bien se autoriza a las administraciones a regular los órganos colegiados de gobierno y participación, se establece que entre estos necesariamente deberá figurar el Consejo de Centro, que se crea en este proyecto de ley, y el Claustro. Las competencias de ambos órganos se definen en los artículos siguientes del texto y también se recoge por primera vez una regulación específica de la dirección, cuyas atribuciones necesariamente deben adecuarse también al mayor grado de autonomía previsto para las instituciones en las que desempeñarán su cargo, y se establece un procedimiento de selección que, si bien se asemeja al previsto con carácter general en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, incorpora aspectos específicamente relacionados con estas enseñanzas entre los méritos que deberán ser valorados.

Becas y ayudas al estudio

Este proyecto de ley recoge el reconocimiento del derecho del estudiantado de enseñanzas artísticas superiores a acceder en las mismas condiciones que el universitario al sistema de becas y ayudas al estudio.

Según esta iniciativa, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas, podrá establecer, por sí mismo o en colaboración con otras entidades, premios y concursos de carácter estatal destinados a estudiantes, docentes o centros de enseñanzas artísticas. Y, además, se podrá reconocer y premiar la labor didáctica o de investigación de docentes y centros, facilitando la difusión de los trabajos o experiencias que han merecido dicho reconocimiento por su calidad.

Por otra parte, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes establecerá Premios Nacionales de Fin de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores, en los términos que se determine reglamentariamente. Asimismo, establecerá, por sí mismo o en colaboración con las comunidades autónomas, otros premios específicos para el estudiantado de enseñanzas artísticas superiores que valoren su especial rendimiento en los ámbitos propios de dichas enseñanzas.

En otro sentido, también dedica un capítulo al estudiantado, que "representa también un hito importante en la nueva regulación de las enseñanzas artísticas, ya que se definen por primera vez los derechos y deberes específicos de quienes cursan estas enseñanzas en línea con los principios adoptados en materia de educación superior como consecuencia del proceso de Bolonia". 

Al mismo tiempo, se dedica una sección a la igualdad de trato y oportunidades, en la que se encomienda a las administraciones educativas y a las direcciones de los centros la prevención de cualquier forma de discriminación y la adopción de medidas orientadas a fomentar la accesibilidad e inclusividad de los espacios y de las enseñanzas que impartan. Entre las novedades de esta sección destaca el reconocimiento del derecho del estudiantado de enseñanzas artísticas superiores a acceder en las mismas condiciones que el universitario al sistema de becas y ayudas al estudio.

Investigación

Esta iniciativa legislativa recoge la investigación como "una función esencial de las enseñanzas artísticas superiores y deberá abarcar todos los ámbitos de conocimiento, ya sean científicos, tecnológicos, humanísticos, artísticos o culturales". Así, se impulsarán estructuras de investigación y de transferencia del conocimiento.

En este sentido, según recoge el texto, el Gobierno, en colaboración con las comunidades autónomas, promoverá la relación entre la investigación de los centros de enseñanzas artísticas superiores, las necesidades sociales y culturales y el sistema productivo. A tal fin, se impulsarán iniciativas para compartir, difundir y divulgar los resultados de esa investigación, en colaboración con otros centros españoles, europeos e internacionales, así como la colaboración entre los equipos de investigación de Conservatorios y Escuelas Superiores, como de Universidades. 

Por otra parte, se incentivará la promoción de proyectos científicos con perspectiva de género, la paridad de género en los equipos de investigación, así como mecanismos que faciliten la promoción de un mayor número de mujeres investigadoras principales.

Asimismo, los centros de Enseñanzas Artísticas Superiores podrán acceder a las líneas de financiación europea, estatal y autonómica de programas de investigación I+D a través de sus correspondientes organismos.

Tramitación parlamentaria

El proyecto de ley fue admitido a trámite por la Mesa del Congreso en enero de 2024 y remitido a la Comisión de Educación, Formación Profesional y Deportes para su aprobación con competencia legislativa plena. No obstante, el Pleno acordó su avocación a Pleno, por lo que este debatirá y votará el dictamen y aquellas enmiendas que los grupos mantengan vivas.

La ponencia designada por la comisión elaboró el informe, que fue elevado a comisión, dando esta hoy el visto bueno al mismo. Asimismo, la comisión aprobó ocho enmiendas transaccionales que, sumado al informe de la ponencia, conforman el dictamen de la comisión.

El texto aprobado por el Pleno será remitido al Senado para continuar su trámite parlamentario. La Cámara Alta podrá aprobar el texto en sus términos, incluir enmiendas o acordar un veto. En el caso de los dos últimos supuestos, la iniciativa regresará al Congreso de los Diputados para la celebración de un último debate para su aprobación definitiva.