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Notas de prensa
El Pleno aprueba y envía al Senado el Proyecto de Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario
11/05/2023
El Proyecto de Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario ha sido aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados. De esta manera, el texto aprobado en la sesión de hoy, 27 de abril, se remite al Senado, donde continuará su tramitación parlamentaria.
El texto aprobado hoy en la Cámara Baja incluye el dictamen de la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación y las enmiendas 121, 157 y 193 que se han mantenido vivas para su debate en Pleno.
La iniciativa tiene por objeto "la prevención y reducción de las pérdidas y desperdicio de alimentos" por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria, estableciendo una jerarquía de prioridades de solución y dando respuesta "al objetivo sobre producción y consumo responsables de la Agenda 2030".
También tiene como fines, entre otros, disminuir las pérdidas y el desperdicio de los alimentos "promoviendo la economía circular", y sensibilizar e informar a los agentes de producción, transformación, distribución, hostelería, restauración, personas consumidoras y ciudadanía en general.
Desperdicio alimentario
La normativa, que consta de 19 artículos estructurados en seis capítulos, tiene como fin específico de la ley "reducir la generación de residuos alimentarios" en la producción alimentaria, en la venta minorista y otros tipos de distribución de alimentos, en restaurantes y servicios de comidas, así como en los hogares, "de forma que se logre" una reducción del 50 por ciento de los residuos alimentarios per cápita en el plano de la venta minorista y del consumo, y una reducción del 20 por ciento "de las pérdidas de alimentos a lo largo de las cadenas de producción y suministro para 2030, respecto a 2020".
De esta forma, según recoge el texto dictaminado hoy, esta normativa se encuentra en consonancia con la Estrategia de la Granja a la Mesa, que tiene entre sus metas revisar la legislación referente a las fechas de duración mínima, caducidad y consumo, en colaboración con las instituciones europeas.
Agentes de la cadena alimentaria
El texto define como agentes de la cadena alimentaria a los operadores pertenecientes al sector primario, incluyendo cooperativas y demás entidades asociativas, entidades o empresas de elaboración, fabricación o distribución de alimentos, comercios al por menor, empresas del sector de la hostelería o la restauración y otros proveedores de servicios alimentarios, de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro que prestan servicios de distribución de alimentos donados, tales como los bancos de alimentos, y las administraciones. También las "entidades del tercer sector de acción social".
Los agentes deberán velar por prevenir la generación de pérdidas y desperdicio alimentario. Para ello, el proyecto de ley establece una "jerarquía de prioridades de actuación": en primer lugar la prevención mediante la donación de alimentos o su transformación, entre otras medidas; y en segundo lugar se procederá al reciclado para la producción de compost.
Por otro lado, el texto establece como "buenas prácticas" de estos agentes "disponer de infraestructuras adecuadas" para favorecer que se minimicen las pérdidas y el desperdicio alimentario, incentivar la venta de productos con fecha de consumo preferente o de caducidad próxima y promover el consumo de los productos de temporada y proximidad. También se señalan como buenas prácticas la divulgación relativa a una mejor planificación de los menús, la compra sostenible, la cocina de reaprovechamiento, la correcta interpretación de las fechas de caducidad y de consumo preferente y el reciclaje.
Dictamen de la comisión e informe de la ponencia
Sobre el proyecto de ley y las enmiendas presentadas, se elaboró el informe de la ponencia, que introdujo un total de 32 enmiendas, una corrección técnica y una enmienda transaccional.
Entre las modificaciones, se introduce un nuevo apartado en el artículo 1 en el que se detallan las "estrategias para la consecución de los fines de la ley". Entre ellas, sensibilizar e informar a los agentes de la cadena alimentaria y ciudadanía en general, fomentar la donación de alimentos garantizando la seguridad alimentaria, promover la recuperación de los excedentes alimentarios y favorecer la investigación e innovación en el ámbito de la prevención y reducción de las pérdidas y desperdicio alimentario.
Además, el texto remitido por la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación incorpora nueve nuevas obligaciones para las administraciones públicas entre ellas las de promover la creación de nuevos negocios "para la canalización de excedentes alimentarios" y que revaloricen los excedentes alimentarios "siguiendo la estrategia de economía circular", promover la creación de redes público-privadas que faciliten la coordinación en la prevención de excedente y además apoyar en la investigación para encontrar soluciones tecnológicas además contar con estudios que "permitan conocer la magnitud del problema" de los desperdicios. También contempla como obligación para las instituciones públicas el de coordinar las iniciativas legislativas ya existentes en esta materia para que puedan desarrollarse con posterioridad a la publicación de la presente ley.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se encargará de medir y analizar el desperdicio alimentario. Otra de las incorporaciones al texto en su paso por ponencia y comisión es la obligación de este departamento de publicar "al menos" de forma anual los datos de medición del desperdicio y además, "fomentará la colaboración" entre los agentes para cumplir los objetivos previstos. De la misma manera, en el marco del Plan Estratégico de prevención y reducción de las pérdidas y desperdicio alimentario las comunidades autónomas elaborarán instrumentos de programación de medidas para el cumplimiento de los objetivos de la ley, "en diálogo con las administraciones locales".
Tramitación parlamentaria
El proyecto de ley fue admitido a trámite por la Mesa del Congreso en junio de 2022 y remitido a la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación para su aprobación con competencia legislativa plena. No obstante, el Pleno acordó a solicitud del Grupo Republicano la avocación a Pleno, por lo que este ha debatido y votado hoy el dictamen y aquellas enmiendas que los grupos mantuvieron vivas.
La Cámara Alta dispondría de un plazo de dos meses para aprobar la norma en los mismos términos que el Congreso, oponer su veto o introducir enmiendas al texto, según regula el artículo 90 de la Constitución. Si el Senado introdujese modificaciones al texto, éste debería volver al Congreso para que la Cámara Baja se pronunciara sobre las mismas. En caso de dar luz verde al texto aprobado por la Cámara Baja, la ley estaría lista para su publicación en el BOE y entrada en vigor.