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Notas de prensa

El Pleno aprueba iniciar la tramitación de la proposición de Ley Orgánica para la reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso

24/11/2022
- A través de esta modificación se elimina del Código Penal el capítulo referido al delito de sedición y se modifica el capítulo relativo a los desórdenes públicos



Una vez tomada en consideración, que fue votada según el procedimiento de votación pública por llamamiento, la iniciativa comienza ahora su tramitación parlamentaria. 

El texto, presentado por los grupos Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, propone modificar el Código Penal en los capítulos referentes a las estafas, la administración desleal, la alteración de precios en concursos y subastas públicas, delito de sedición y en materia de desórdenes públicos, entre otros asuntos. 

También se incluye como delito contra la integridad moral a quienes oculten el paradero del cadáver de una persona, y se introduce cambios en la Ley Orgánica de Represión del Contrabando, en lo relativo a las armas de doble uso.

Modificación de los delitos en materia de desórdenes públicos

La proposición de ley suprime el Capítulo I del Título XXII del Código Penal, referente al delito de sedición. Asimismo, modifica el Capítulo III, relativo a los desórdenes públicos. En este sentido, introduce como actos castigados con penas de prisión de seis meses a tres años los que, "actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación" sobre las personas o las cosas, obstaculicen las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas, o invadan instalaciones o edificios.

Asimismo, se establece una modalidad agravada de desórdenes públicos en los casos que se cometan por una multitud "cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público".

Delitos sobre estafas o alteración de precios

El texto también introduce modificaciones en el Código Penal en materia de estafas. Entre los cambios incluidos, se establecen una serie de casos concretos que se castigarán con una pena de entre seis meses y tres años, entre ellos quienes consigan una transferencia no consentida "obstaculizando o interfiriendo indebidamente en el funcionamiento de un sistema de información" o quienes utilicen "de forma fraudulenta tarjetas de crédito o débito" o cualquier otro instrumento de pago. 

En este sentido, también se modifican artículos relativos a la falsificación de tarjetas de crédito y débito, para incluir como delito la falsificación de cualquier instrumento de pago distinto al efectivo, así como en materia de administración desleal. 

En los casos de alteración de precios en concursos y subastas públicas, quedarán exentos de responsabilidad criminal los directores, administradores o gerentes que cooperen "con la autoridad de la competencia que lleve el caso". Esta exención se obtendrá también, entre otros supuestos, en aquellos casos en los cooperen en relación con la delitos de alteración de precios de productos de primera necesidad. 

Delitos contra la integridad moral y sobre contrabando

Además, la norma modifica el artículo 173 del Código Penal para introducir dentro de los delitos contra la integridad moral a quienes "teniendo conocimiento del paradero del cadáver de una persona, oculten de modo reiterado tal información a los familiares o allegados de la misma". 

El texto modifica también la Ley Orgánica de Represión del Contrabando e incluye el material de defensa, o de material o productos y tecnologías de doble uso, cuyo contrabando será castigado "con la pena inferior en uno o dos grados a lo que corresponde a este delito".

Las modificaciones recogidas en esta proposición de ley trasponen al ordenamiento jurídico español, tal y como señala la norma en su exposición de motivos, entre otras, la Directiva (UE) 2019/713 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la lucha contra el fraude y la falsificación de medios de pago distintos del efectivo y por la que se sustituye la Decisión Marco 2001/413/JAI del Consejo. Además, se perfecciona la transposición de la Directiva 2014/57/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre las sanciones penales aplicables al abuso de mercado. 

Tramitación parlamentaria

Una vez superado este primer examen parlamentario el texto será remitido a la comisión competente y se abrirá el plazo de presentación de enmiendas que, tal y como subraya el artículo 126.5 del Reglamento del Congreso, podrán ser a la totalidad de texto alternativo o al articulado. En caso de presentarse enmiendas a la totalidad, el texto deberá superar el debate de totalidad ante el Pleno. Posteriormente, la iniciativa continuará en su caso su tramitación en ponencia y comisión.

Al tratarse de una proposición de ley orgánica, de acuerdo con lo expuesto en el artículo 131 del Reglamento, tras su paso por la comisión, el texto resultante deberá ser elevado al Pleno del Congreso donde requerirá de la mayoría absoluta de la Cámara en una votación final de conjunto antes de ser remitido al Senado.