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Notes de Premsa
El Congreso envía al Senado la Proposición de Ley de reconocimiento y protección integral a las víctimas del terrorismo
El Pleno del Congreso ha aprobado, este jueves 14 de julio, el Dictamen de la Comisión de Interior sobre la Proposición de Ley de reconocimiento y protección integral a las víctimas del terrorismo. Tras rechazarse todas las enmiendas defendidas por los grupos, se ha procedido a la votación de conjunto, por tener la iniciativa carácter orgánico. El texto ha salido adelante con 339 votos a favor y una abstención.
La iniciativa establece que debe perseguirse la reparación moral, política y jurídica de las víctimas, expresión a su vez de la solidaridad debida con ella y sus familias, atendiendo al daño sufrido y a su mejor y más pronta recuperación. Todo el articulado está impregnado con la idea novedosa de que las víctimas del terrorismo son víctimas de violaciones de derechos humanos. Tesis que refuerza el status normativo de la víctima.
La principal innovación del texto se encuentra en la unificación de las prestaciones que hasta el momento han venido reguladas de manera diferenciada en las leyes anteriores, a la vez que se ha incrementado su importe. Además, se mantiene el principio de asunción por parte del Estado del abono de las indemnizaciones fijadas en sentencia firme en concepto de responsabilidad civil señalando una cuantía específica para los supuesto de fallecimiento, gran invalidad, invalidez en sus diferentes grados y lesiones no invalidantes, de manera que todas las víctimas tengan garantizado un mismo trato indemnizatorio, evitando con ello posibles diferencias de trato económico antes situaciones iguales. Asimismo, se ha regulado expresamente el sistema indemnizatorio para los supuestos de ayudas excepcionales por daños sufridos en el extranjero.
Por otra parte, la futura ley contempla su aplicación retroactiva a todos los actos acaecidos a partir del 1 de enero de 1960 y abre su aplicación retroactiva para quienes en aplicación de la legislación anterior hayan podido recibir en concepto de ayudas o indemnizaciones cuantías inferiores a las que la futura ley establece.
Finalmente, la prohibición de que en los lugares públicos se haga ostentación mediante símbolos, monumentos escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas o de exaltación o enaltecimiento individual o colectivo del terrorismo o de los terroristas, se complementa con otras medidas de respeto que se incorporan en relación con el tratamiento que los medios de comunicación hagan de las imágenes de personas y familias.