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DS. Senado, Comisiones, núm. 471, de 16/02/2023
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COMISIÓN DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL


PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. MANUEL ESCARDA ESCARDA


Sesión celebrada el jueves, 16 de febrero de 2023


ORDEN DEL DÍA






Ratificación de la Ponencia




Proyecto de Ley de los Mercados de Valores y de
los Servicios de Inversión.


621/000081
Banco Central Europeo; institución
pública; mercado financiero; política de inversión; política económica;
reglamentación de inversiones; sociedad de inversión; transposición de la
legislación comunitaria


GOBIERNO






Dictaminar




Proyecto de Ley de los Mercados de Valores y de
los Servicios de Inversión.


621/000081
Banco Central Europeo; institución
pública; mercado financiero; política de inversión; política económica;
reglamentación de inversiones; sociedad de inversión; transposición de la
legislación comunitaria


GOBIERNO




Se abre la sesión a las trece horas y cinco minutos.


El señor PRESIDENTE: Buenos días. Se abre la sesión.


En primer lugar, procede la aprobación del acta de la sesión
anterior, que todos ha recibido por correo electrónico. ¿Se puede aprobar
por asentimiento? (Asentimiento). Queda aprobada.


En segundo lugar, doy la bienvenida al senador don Manuel Mirás
Franqueira, que sustituye a don Francisco Blanco. Bienvenido.






RATIFICACIÓN DE LA PONENCIA





PROYECTO DE LEY DE LOS MERCADOS DE VALORES Y
DE LOS SERVICIOS DE INVERSIÓN.


621/000081

GOBIERNO


El señor presidente lee el título que figura en el
orden del día.


El señor PRESIDENTE: De conformidad con el acuerdo
de la Mesa del Senado de 11 de febrero de 2020, procede ratificar la
ponencia de este proyecto de ley con la siguiente composición: doña
Esther Basilia del Brío González, por el Grupo Parlamentario Popular; don
Joaquín Vicente Egea Serrano, por el Grupo Parlamentario Democrático; don
Xoaquín María Fernández Leiceaga, por el Grupo Parlamentario Socialista;
don Pau Furriol Fornells, por el Grupo Parlamentario de Esquerra
Republicana-EH Bildu; doña Ruth Goñi Sarries, por el Grupo Parlamentario
Mixto; don Imanol Landa Jáuregui, por el Grupo Parlamentario Vasco; don
Koldo Martínez Urionabarrenetxea, por el Grupo Parlamentario de Izquierda
Confederal; don Josep Maria Matamala Alsina, por el Grupo Parlamentario
Nacionalista; doña María del Carmen Mínguez Sierra, por el Grupo
Parlamentario Socialista; don Pablo Pérez Coronado, por el Grupo
Parlamentario Popular, y don Santiago Pérez García, por el Grupo
Parlamentario Socialista.


¿Está de acuerdo la comisión? (Asentimiento). Queda
ratificada la ponencia del proyecto de ley.









DICTAMINAR





PROYECTO DE LEY DE LOS MERCADOS DE VALORES Y
DE LOS SERVICIOS DE INVERSIÓN.


621/000081

GOBIERNO


El señor presidente lee el título que figura en el
orden del día.


El señor PRESIDENTE: A este proyecto de ley se han
presentado diez enmiendas, que se distribuyen de la siguiente forma:
enmiendas números 1 a 7, del Grupo Parlamentario Popular en el Senado, y
enmiendas números 8 a 10, del Grupo Parlamentario Socialista, de las que
la número 8 ha sido retirada por su autor.


La ponencia designada en relación con este proyecto
de ley ha emitido un informe en el día de hoy con la incorporación de la
enmienda número 9 y la inclusión de algunas modificaciones técnicas.
Antes de votar, concretaremos los términos exactos de estas
modificaciones.


Pasamos al debate de las enmiendas. Para su
defensa, por orden de menor a mayor, por un tiempo de diez minutos, en
primer lugar, tiene la palabra el señor Pérez Coronado, del Grupo
Parlamentario Popular.


El señor PÉREZ CORONADO: Muchas gracias,
presidente.


Señorías, este grupo parlamentario ha presentado un
total de siete enmiendas que mantenemos vivas en la comisión y que sí
tienen que ver con el texto que estamos debatiendo, a diferencia de su
enmienda, con la que estamos de acuerdo en el fondo, pero no tanto con
las formas aplicadas para introducir esta modificación legislativa que
afecta al IRPF y no a la ley de los mercados de valores que estamos
debatiendo. Es verdad que se ha incorporado en ponencia la enmienda
número 9 y se ha retirado la número 10 del Grupo Socialista, por lo
tanto, creo que si hay un debate sobre enmiendas es el que aporta el
Grupo Parlamentario Popular.


Esta ley para nosotros es muy importante porque
busca adaptar nuestros mercados de valores, nuestros mercados
financieros, al marco normativo europeo. Es importante esta ley, sobre
todo, para la financiación, para la capitalización de nuestras empresas,
y también para regular los mercados en los que operan nuestras empresas.
También son muy importantes en esta ley los aspectos que se relacionan
con la protección al inversor y, sobre todo, de aquellos que confían en
obtener rentabilidad a través de los mercados financieros y no con otro
tipo de rentabilidades y productos de inversión. Nosotros consideramos
que también es muy importante ya no solo para la captación de
financiación de empresas, sino para que las empresas consigan
financiación por otras vías distintas al clásico crédito financiero. Por
eso, a pesar de que los grupos parlamentarios no hayan aportado ninguna
enmienda en relación con esta ley, creo que debemos tenerla muy en
consideración porque estamos hablando de algo muy importante: la
capitalización de nuestras empresas y la protección al inversor.


Nosotros, con estas siete enmiendas, hemos buscado
fundamentalmente una mayor homogeneidad de nuestro texto con las
directivas europeas y con la normativa MiFID II, llegar más allá en el
texto para que nuestras empresas, a la hora de buscar esta financiación a
través de los mercados, no encuentren impedimentos, tal y como marcan las
directivas europeas, porque consideramos que existen algunos puntos en
los que nuestros mercados de valores, nuestras empresas y nuestros
inversores van a encontrar claras desventajas en la aplicación de esta
ley.


En la enmienda número 2 pedimos la supresión del
apartado 1 del artículo 53, que afecta a los centros de negociación. En
él se pide algo que no se pide en el resto de la normativa europea, algo
que no exige MiFID II, y es que los centros de negociación que operen en
España tengan un régimen disciplinario y sancionador propio. Esto, desde
luego, es inasumible para los centros de negociación, sobre todo porque
supondría un mayor coste para estos ellos. Además, en España ya existe un
organismo que realiza esta función de supervisión, la CNMV. Por lo tanto,
se estaría duplicando la función de la CNMV, exigiendo a los centros de
negociación un cometido que no se pide en ninguno de los países europeos
e incrementando sus costes. Y ya sabemos, si se incrementan los coste al
centro de negociación, quién va a ser el último pagador de ese
incremento: el inversor o la empresa. Por lo tanto, les invitamos a que
tengan en cuenta esta enmienda número 2 que pide la supresión del
apartado 1 del artículo 53, porque es muy importante sobre todo para la
competitividad de nuestros centros de negociación y de los que operan en
nuestro país.


También con el objetivo de asimilar nuestro texto
legal a los textos legales europeos y a las directivas europeas, pedimos
la modificación de la disposición adicional primera cuarta de la
Ley 35/2003. Proponemos que sea la CNMV y no el Ministerio de Economía la
que desarrolle el carácter técnico de esta disposición, que establece,
básicamente, que las instituciones de inversión colectiva tengan la
posibilidad de hacer préstamos de valores pignorando sus activos, algo
que en el resto de los países se permite, pero en España, al no haber
realizado el ministerio este desarrollo técnico, ahora mismo las
instituciones de inversión colectiva no pueden hacer lo que marca el
artículo. Ya está regulado y lo único que hace falta es ese desarrollo
técnico. Y tiene que hacerlo —de ahí la enmienda— la CNMV,
primero, por lógica y, segundo, porque el ministerio no ha sacado
adelante el desarrollo técnico de este préstamo de valores para las
instituciones de inversión colectiva. Esto, para que lo entiendan, está
afectando a la rentabilidad de las instituciones de inversión colectiva,
desde hacer cobertura u otro tipo de inversión a través de otros
instrumentos. En España, estas instituciones de inversión colectiva
—hablamos, por ejemplo, de los fondos de inversión— no pueden
realizar esa operativa porque no se ha hecho este desarrollo técnico y
pedimos que se haga para que nuestros fondos de inversión o los fondos de
inversión que operan en España no jueguen con desventaja respecto a otras
instituciones de inversión colectiva que operan en otros países. Creo que
es de sentido común, sobre todo, por la rentabilidad e incluso por la
liquidez del propio mercado. Es lo que estamos buscando con esta enmienda
también muy importante.


Nuestra enmienda 4 pretende solventar un problema
que existe con los colocadores de emisiones en los mercados. Ahora mismo,
si el texto sale adelante tal y como está redactado, la comisión de
colocación no sería una comisión, sería un incentivo, y esto genera
problemas, fundamentalmente a las entidades financieras, por no ser una
comisión de colocación. Es muy importante resolver esto porque, si no, el
abanico de colocadores de emisiones en el mercado se reduciría, lo que
afectaría sobre todo a aquellas empresas que quieren hacer emisiones,
tanto de renta variable o acciones como de renta fija. Pensamos que es
fundamental que esta comisión de colocación sea una comisión como tal y
no un incentivo, porque desincentivaría, nunca mejor dicho, a los
colocadores como emisores de títulos. Cuando hablamos de una emisión de
títulos, estamos hablando de una búsqueda de financiación por parte de
las empresas para costear proyectos. Por lo tanto, se vería mermado el
mercado de colocación en España.


Luego tenemos la enmienda 5, que creo que también
es muy importante, porque pretende igualar la regulación del cobro de
incentivos asimilándolo a nuestros socios europeos. Volvemos con el tema
de los incentivos. Creo que es muy importante hacer una revisión al texto
en ese sentido, ya que nuestra enmienda sí incluye una lista cerrada de
incentivos. Nosotros consideramos que es muy importante que exista una
lista abierta de incentivos que atienda a la propia directiva, que ya los
marca, es decir, nosotros no somos los que tenemos que marcar la lista
cerrada; nosotros no tenemos que poner todavía más puertas a ese cobro de
incentivos que ya recoge la directiva europea y con la enmienda buscamos
asimilar nuestro modelo al modelo que se está aplicando en el resto de
los países.


También es importante la enmienda 3, porque
pretende lograr una mayor protección de los inversores. Estamos hablando
de un texto que es importante para las empresas que buscan financiación,
pero también para los inversores que buscan una forma de rentabilidad
confiando en nuevos proyectos. En este caso, la enmienda 3 afecta al
artículo 64, porque esa protección a los inversores solo está establecida
en la ley para los mercados regulados, pero no para los sistemas
multilaterales y para aquellos inversores que están trabajando con otros
sistemas organizados de contratación. Por eso, creemos fundamental
aprobar esta enmienda por tratar algo tan importante como la protección
al inversor.


El señor PRESIDENTE: Tiene un minuto, señoría.


El señor PÉREZ CORONADO: Termino con la enmienda 6,
que busca una mayor flexibilidad a la hora de excluir los instrumentos
financieros, sobre todo porque ahora, según esta ley, si hay un
instrumento financiero vinculado o derivado vinculado y se suspende el
instrumento financiero al que está vinculado, el instrumento financiero
vinculado también se suspendería. Creemos que es necesario dar mayor
flexibilidad para la suspensión de ese instrumento financiero derivado
vinculado y que el hecho de que el instrumento financiero se suspenda no
implique de forma automática la suspensión del vinculado.


Son enmiendas que profundizan en la esencia de la
ley y buscan la protección del inversor, la capitalización de las
empresas, un mejor funcionamiento de los centros de negociación y, sobre
todo, la homologación de nuestra normativa a la de otros países.
Pretenden, en definitiva, que nuestras empresas y mercados no tengan esos
problemas que hemos detectado en la ley y que perjudicarían tanto a
inversores como a empresas y a centros de negociación.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Coronado.


Para la defensa las enmiendas números 9 y 10, del
Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Fernández.


El señor FERNÁNDEZ LEICEAGA: Gracias, señor
presidente.


La enmienda número 9 ya está incorporada al informe
de la ponencia.


Voy a hacer una referencia muy breve a la enmienda
número 10. Creo que está muy claro de lo que se trata. Ha dicho también
el portavoz del Grupo Popular que ellos están de acuerdo con el fondo. Se
trata de que aquellas mujeres que durante los años de más afección de la
pandemia, los años 2020, 2021 y 2022, pasaron a encontrarse en situación
de desempleo como consecuencia de haber quedado suspendido el contrato de
trabajo o en situación de inactividad productiva con un contrato fijo
discontinuo, e igual para los autónomos, tengan derecho a practicar la
deducción por maternidad. Yo entiendo las reservas que manifiesta el
Grupo Popular, pero también pediría la benevolencia de todos los miembros
de la comisión, atendiendo al fondo del asunto, que yo creo que todos
vamos a compartir. Esta puede ser una ocasión para dar solución a un
problema como este, que se venía arrastrando y que se solucionaría si lo
aprobásemos en el Pleno del Senado, y posteriormente en el Pleno del
Congreso —al incorporar una enmienda ya tiene que volver— en
las próximas semanas.


El señor PRESIDENTE: Gracias, senador
Fernández.


En turno en contra, tiene la palabra el senador
Fernández, por tiempo de diez minutos.


El señor FERNÁNDEZ LEICEAGA: Muchas gracias.


Espero ser bastante más breve que antes. En todo
caso quisiera decir que seguramente repetiremos esta discusión en Pleno;
allí podremos hacerlo con más detalle.


Tengo que decir que yo comparto buena parte de las
reflexiones iniciales del portavoz del Grupo Popular. Esta ley tiene
varios objetivos, y uno de ellos es justamente trasponer a nuestro
ordenamiento jurídico varias directivas europeas que nos afectan y
respecto de las que incluso llevamos ya cierta demora en relación con el
plazo establecido en las propias directivas y, por tanto, esto es
razonable. Hay un segundo objetivo, que es buscar un equilibrio entre la
protección de los inversores, como se decía antes, sobre todo de los
inversores minoristas no profesionales que, cada vez en mayor medida, son
protagonistas del funcionamiento de los mercados de valores y otros
servicios de inversión, y de la eficiencia, de la garantía de que las
empresas de inversión y otras pueden funcionar en buenas condiciones. Yo
creo que la ley ha hecho un gran esfuerzo, entre otras cosas, porque ha
tenido el concurso de múltiples brazos; no solo de los Gobierno, sino de
los organismos asociados, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
y otros. El propio Consejo de Estado ha hecho muchas aportaciones que han
sido tenidas en cuenta a la hora de elaborar la ley, o incluso alguna
comunidad autónoma, singularmente la catalana, que ha hecho observaciones
en el ámbito de sus competencias, que también se han tenido en cuenta y
han permitido mejorar esta ley. Creo que todos, incluso el propio Consejo
de Estado, nos dicen que la ley mejora sustancialmente el ordenamiento
jurídico anterior, entre otras cosas, porque reduce la carga
reglamentaria que venía acompañando a esta normativa, y la configura más
como una ley marco que permitirá a continuación, con más flexibilidad,
con más dinamismo, ajustarse. Y yo creo que esto es importante a la hora
de entender por qué no vamos a poder apoyar algunas de las enmiendas que
se proponen; por lo menos en este momento. Cinco de ellas han sido
debatidas en el Congreso y no han tenido el apoyo suficiente.


En todo caso, por ejemplo, en relación con la
primera, podría suponer que a una parte de los valores negociables se le
aplicara una normativa distinta al resto, y creemos que esto rompe un
poco la sistematicidad de la ley en cuanto al tratamiento de los valores
negociables. Y, además, se hace de forma indeterminada, dejando al albur
de las leyes sectoriales cómo va a ocurrir esto. Por tanto, no nos parece
que sea lo más adecuado.


La segunda enmienda quiere reducir el peso sobre
los centros de negociación en relación con las actividades de supervisión
y disciplinarias. Yo tengo que decir que no comparto que esto no esté en
el MiFID II. De hecho creo que la solución que se da nos aparta demasiado
de lo que dice el artículo 18.2.5 del MiFID II. Lo único que hace es
concretarlo. Y, en este sentido, creo que es un desarrollo bastante
adecuado de lo que establece la normativa europea.


En cuanto a la tercera enmienda, me da la impresión
de que la solución que se practica rompe ese cierto equilibrio entre la
protección de los inversores minoristas y la facilidad para el
funcionamiento de las empresas. Creemos que a lo largo de la tramitación
la posición de la Comisión Nacional del Mercado de Valores ha sido muy
firme en cuanto a la protección de los inversores minoristas.


La enmienda número 4 —y algo parecido podría
decirse de la enmienda 5 en relación con la lista abierta o
cerrada—, la lista cerrada de supuestos entendemos que defiende
mejor los intereses de los inversores minoristas y, además, da más
seguridad jurídica. En todo caso, pensemos que es cerrada hasta que la
Comisión Nacional del Mercado de Valores la abre, porque va a ser esta la
que a lo largo del tiempo vaya estableciendo los distintos supuestos. Por
tanto, es una lista cerrada en un momento dado, pero abierta a lo largo
del tiempo, con lo cual yo creo que es un poco innecesaria esa solución
que propone el Grupo Popular.


En relación con la enmienda 5, yo creo que, al
contrario, si se atiende a lo que dice la Autoridad Europea de Valores
—se puede ver en su página web un sistema de preguntas y
respuestas—, se establece que todos los servicios de inversión
están sujetos al régimen de incentivos, por lo que excluir lo relativo al
servicio de colocación, como pretende la enmienda, chocaría con lo que
establece la propia autoridad europea.


Y en cuanto a la enmienda número 6, de nuevo hay
que partir de lo que opina la Comisión Nacional del Mercado de Valores,
que establece esa obligación de suspender o excluir cuando proceda al
instrumento financiero adecuado.


Por tanto, no vamos a apoyar las enmiendas. En todo
caso, de aquí al Pleno seguiremos hablando.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Fernández.


Pasamos al turno de portavoces. Con este lío de
sustituciones, parece que faltan tres, la votación se realizará dentro de
unos veinte minutos.


Por el Grupo Parlamentario Nacionalista en el
Senado Junts per Catalunya-Coalición Canaria/Partido Nacionalista
Canario, tiene la palabra el senador Cervera Pinart.


El señor CERVERA PINART: No voy a hacer uso de la
palabra. Sustituyo al senador Matamala.


El señor PRESIDENTE: Gracias.


Por el Grupo Parlamentario Vasco, tiene la palabra
el señor Landa Jáuregui.


El señor LANDA JÁUREGUI: Buenos días. Tampoco voy a
hacer uso de la palabra. Vengo en sustitución del senador
Uribe-Etxebarria.


El señor PRESIDENTE: Gracias.


Por el Grupo Parlamentario de Esquerra
Republicana-Euskal Herria Bildu, tiene la palabra el senador Furriol
Fornells.


El señor FURRIOL FORNELLS: Gracias. Intervendré muy
brevemente.


Esquerra Republicana votó a favor en el Congreso,
por lo que ya avanzo que, por coherencia, ahora votaremos también a
favor. Nos hemos centrado básicamente en la defensa de la competencia de
las comunidades autónomas y de los inversores, entendidos como usuarios o
consumidores de servicios de inversión. Por cierto, tengo entendido que
se va a tramitar un anteproyecto sobre este tema, y también defenderemos
a inversores y competencias, pues entendemos que las competencias de
defensa del consumidor ya son de las comunidades autónomas, por lo menos
de la catalana y de la vasca; y porque, en definitiva, el inversor no es
más que un tipo, una categoría de consumidor. En todo caso, en este tema
hemos centrado las enmiendas.


Como todos saben, tocaba actualizar la ley. En
definitiva, se han incorporado directivas y se ha actualizado el texto
del año 2015, que ya se había actualizado en diversas ocasiones. Más que
una nueva ley viene a ser un nuevo texto refundido.


Y lamentamos nuevamente el trámite de urgencia, que
siempre es un inconveniente para realizar adecuadamente nuestra función,
pero en leyes como esta, de una gran complejidad, muy técnicas y muy
largas, hubiese sido necesario no ya el trámite ordinario, sino un
trámite más largo de lo habitual, porque quedan muchas cosas en el
tintero. La ley está cargada de errores gramaticales, incongruencias y
vacíos que se hubiesen podido arreglar si hubiésemos contado con más
tiempo. La letrada ha hecho un gran trabajo en cuanto a calidad y
cantidad, aportando cosas, pero hay otras que no deberían ser objeto del
Senado. Son errores que vienen ya del proyecto. No es que haya una
incongruencia con una enmienda aprobada en el Congreso; son errores de
bulto, de base, y no dar más tiempo al Senado es un desprecio a la
función de esta Cámara.


Nada más. Gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Popular,
tiene la palabra la señora Del Brío.


La señora DEL BRÍO GONZÁLEZ: Muchas gracias,
presidente. Buenos días a todos.


El Grupo Parlamentario Popular quiere expresar, en
primer lugar, su agradecimiento por el trabajo de la letrada y al
conjunto de la ponencia en la evaluación de la ley por los debates y las
ideas aportadas. Estoy de acuerdo con el portavoz socialista en que es
preferible dejar el debate hasta el Pleno y, sobre todo, ver si durante
este tiempo el Grupo Socialista acepta alguna de nuestras enmiendas
vivas. Con la gran defensa hecha por el senador Pérez Coronado ha quedado
clara cuál es nuestra posición, y creemos que nuestras enmiendas son
necesarias para mejorar un texto que, aunque ya se había trabajado en el
Congreso, siempre más ojos ven más cosas, yo creo que hay potencial para
la mejora.


El Grupo Parlamentario Popular siempre ha tenido
clara la necesidad de apoyar a nuestros mercados de valores y al conjunto
de agentes económicos involucrados en la inversión financiera, y de hecho
lo hemos demostrado trayendo muchas enmiendas que se han registrado en
esta comisión, que tristemente todavía no se han defendido. Y animo una
vez más al presidente a que convoque una sesión en la que podamos
defender las enmiendas, en las que precisamente insistimos en algunos
apartados que trata de recoger la ley, pero que, al final, no han quedado
del todo regulados. Porque todos somos muy conscientes del enorme cambio
que se está produciendo y que se va a seguir produciendo en los mercados
financieros, no solo en lo relacionado con la digitalización, sino con
muchos otros aspectos. Eso da lugar a la necesidad de que la ley se
adapte a unos mercados mucho más modernos, pero que al mismo tiempo no
cierre la competencia, que se busque un equilibrio exacto entre la
protección al inversor y el derecho a ofrecer productos que se están
ofreciendo en Europa y que nosotros, con ese tratamiento excesivo de
superar el rigor respecto a lo establecido en la Unión Europea, estamos
perdiendo. Creo que es un campo de juego también para nuestros mercados y
para nuestras empresas, porque, al final, será, no solo donde el pequeño
accionista trata de obtener esa rentabilidad que ha estado tan perdida en
estos tiempos de COVID y de depresión económica, sino que, además, es
donde las empresas necesitan una fuente adicional de financiación.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Del Brío.


Por el Grupo Socialista, tiene la palabra la señora
Mínguez.


La señora MÍNGUEZ SIERRA: Gracias, presidente.
Buenas tardes a todas y a todos.


Me uno al agradecimiento del Grupo Parlamentario
Popular por la labor realizada por la letrada de esta comisión.


El proyecto de ley del mercado de valores y los
servicios de inversión no solo traspone numerosas directivas europeas,
sino que también incorpora reglamentos europeos, de forma que tenemos en
una sola regulación acceso a todo el marco legislativo. Ello aporta
seguridad jurídica en un mercado donde la inseguridad es muy negativa.
Este proyecto de ley resuelve el desvío de competitividad de las empresas
españolas de servicios de inversión con respecto a sus competidores
europeos. Y tal como se introduce en el preámbulo de la ley, la normativa
reguladora es uno de los factores determinantes en la consecución de unos
mercados financieros estables, transparentes y eficientes que garantizan
los más elevados estándares de protección a la clientela de servicios
financieros y a los ahorradores. En definitiva, este proyecto de ley
aporta claridad y transparencia.


Ante los desafíos que tenemos con los procesos
digitalizadores tenemos que incorporar normativa europea, tal como se
contempla en este proyecto de ley, y también hay que dar un impulso a la
financiación de las empresas, aumentando la protección de los inversores,
como se ha dicho aquí antes, especialmente, como también se ha
mencionado, a los minoritarios. El proyecto de ley de los mercados de
valores y de los servicios de inversión mejora la financiación y la
capitalización de las empresas españolas, simplificando los procesos
administrativos y facilitando las inversiones. Por ello nosotros apoyamos
y vamos a favor de este proyecto de ley.


Nada más y muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señora Mínguez.


Vamos a dar un tiempo de cinco minutos para que
todos los grupos se puedan ir incorporando; en cinco minutos votamos.
(Pausa).


El señor PRESIDENTE: Continuamos con la
votación.


A partir de ahora, ruego que nadie entre ni salga
durante este proceso.


Al existir informe de la ponencia, este será
sometido seguidamente a votación con las modificaciones producidas, en su
caso, durante el debate previo que ha habido. Si fuera aprobado, se
entenderá que quedan rechazadas todas las enmiendas no incorporadas.


Procede aprobar este informe en los siguientes
términos: La ponencia ha acordado aprobar como informe el texto remitido
por el Congreso de los Diputados con la incorporación de la enmienda
número 9 y una propuesta de corrección técnica, con número de
referencia 169505. Asimismo, con el voto en contra del Grupo
Parlamentario de Esquerra Republicana-EH Bildu y la abstención del Grupo
Parlamentario Vasco en el Senado, ha acordado introducir la propuesta de
corrección técnica referida al artículo 245 y a la disposición final
undécima.


Comienza la votación. (Pausa).


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado:
votos a favor, 27.


El señor PRESIDENTE: Queda, por tanto, aprobado por
unanimidad el informe de la ponencia.


Los senadores que habiendo defendido enmiendas
discrepen del acuerdo por no haberles aceptado la comisión sus enmiendas
podrán presentar votos particulares y defenderlos ante el Pleno. En caso
de introducirse cualquier modificación, los senadores podrán convertir en
enmienda y, en su caso, en voto particular el texto anterior del proyecto
de ley. La presentación de los votos particulares se deberá hacer no más
tarde del día siguiente a aquel en que termine la deliberación en
comisión, a través de la aplicación de votos particulares, durante 24
horas a partir de ahora.


En consecuencia, queda dictaminado por la Comisión
de Asuntos Económicos y Transformación Digital el Proyecto de Ley de los
mercados de valores y de los servicios de inversión.


Por último, se designa al miembro de la comisión
que llevará a cabo la presentación de este dictamen ante el Pleno del
Senado, que, como es habitual, seré yo como presidente de la
comisión.


Sin más, se levanta la sesión.


Eran las trece horas y cuarenta y cinco
minutos.