Ruta de navegación

Publicaciones

DS. Cortes Generales, Comisiones Mixtas, núm. 172, de 28/02/2023
cve: DSCG-14-CM-172 PDF



DIARIO DE SESIONES DE LAS CORTES GENERALES


COMISIONES MIXTAS


Año 2023 XIV LEGISLATURA Núm. 172

PARA LAS RELACIONES CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS

PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. SANTOS CERDÁN LEÓN

Sesión núm. 19

celebrada el martes,

28 de febrero de 2023

en el Palacio del Congreso de los Diputados



ORDEN DEL DÍA:


Debate y votación de las propuestas de resolución:


Bloque I:


- Informe de fiscalización de las actuaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y del Consejo de Seguridad Nuclear para la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados con la energía. (Número
de expediente del Congreso de los Diputados 251/000071 y número de expediente del Senado 771/000073) ... (Página3)


- Informe de fiscalización de las actuaciones desarrolladas por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y por el Ministerio para la Transición Ecológica en relación con el cambio climático, ejercicio 2018.
(Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000118 y número de expediente del Senado 771/000118) ... (Página3)


Bloque II:


- Moción relativa a la financiación, la actividad económico-financiera y el control de las formaciones políticas y de las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellas. (Número de expediente del Congreso de los Diputados
251/000123 y número de expediente del Senado 773/000010) ... (Página4)


- Informe de fiscalización de las medidas adoptadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria en materia de comercio electrónico, ejercicios 2016, 2017 y 2018. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000054 y
número de expediente del Senado 771/000055) ... (Página4)



Página 2





Bloque III:


- Informe de fiscalización de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, ejercicio 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000114 y número de expediente del Senado 771/000114) ... (Página5)


- Informe de fiscalización de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ejercicio 2018. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000119 y número de expediente del Senado 771/000119) ... href='#(Página5)'>(Página5)


- Informe de fiscalización de la Fundación del Teatro Real, FSP, ejercicios 2018 y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000121 y número de expediente del Senado 771/000123) ... (Página6)


Comparecencia de la señora presidenta del Tribunal de Cuentas (Chicano Jávega), para informar sobre los siguientes extremos:


Bloque-I:


- Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000140 y número de expediente del Senado 771/000138) ... (Página7)


- Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000141 y número de expediente del Senado 771/000139) ... (Página7)


- Informe Anual de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000142 y número de expediente del Senado 771/000140) ... (Página7)


- Informe Anual de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000143 y número de expediente del Senado 771/000141) ... (Página7)


- Informe Anual de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000144 y número de expediente del Senado 771/000142) ... (Página7)


- Informe Anual de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000145 y número de expediente del Senado 771/000143) ... (Página7)


- Informe Anual de la Ciudad Autónoma de Melilla, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000146 y número de expediente del Senado 771/000144) ... (Página7)


Bloque-II:


- Informe de fiscalización de Fond-ICO Global, FCR, ejercicios 2018 y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000138 y número de expediente del Senado 771/000136) ... (Página18)


- Informe de fiscalización de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, FSP, ejercicios 2018 y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000155 y número de expediente del Senado 771/000153) ... href='#(Página18)'>(Página18)


- Informe de fiscalización de la Agencia Estatal de Investigación, ejercicio 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000161 y número de expediente del Senado 771/000162) ... (Página18)



Página 3





Bloque-III:


- Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en el informe de fiscalización sobre la gestión y control de las prestaciones abonadas por el Fondo de Garantía Salarial, ejercicio 2013. (Número de expediente del
Congreso de los Diputados 251/000147 y número de expediente del Senado 771/000149)? ... (Página30)


- Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones realizadas por el Tribunal de Cuentas en el 'Informe de fiscalización sobre las medidas de gestión y control adoptadas por las Comunidades Autónomas para la adecuada aplicación
de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia'. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000165 y número de expediente del Senado 771/000161) ...
(Página30)


Se abre la sesión a las diez de la mañana.


DEBATE Y VOTACIÓN DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN:


BLOQUE I:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA Y DEL CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE RELACIONADOS CON LA ENERGÍA. (Número
de Expediente del Congreso de los Diputados 251/000071 y número de expediente del Senado 771/000073).


El señor PRESIDENTE: Buenos días. Se abre la sesión.


Comenzamos con las votaciones de lo debatido en la anterior sesión de la Comisión. Empezamos con la votación del bloque I: Informe de fiscalización de las actuaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y del Consejo
de Seguridad Nuclear para la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados con la energía.


Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario VOX, de la 1 a la 5.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 29.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Resoluciones presentadas por el Grupo Socialista, la número 6.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la propuesta de resolución número 7, del Grupo Parlamentario Popular.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES DESARROLLADAS POR EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE Y POR EL MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA EN RELACIÓN CON EL CAMBIO CLIMÁTICO, EJERCICIO 2018.
(Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000118 y número de expediente del Senado 771/000118).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe de fiscalización de las actuaciones desarrolladas por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y por el Ministerio de Transición Ecológica en relación con
el cambio climático, ejercicio 2018.


Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario VOX, de la 1 a la 9.



Página 4





Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 3; en contra, 29.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos la propuesta de resolución número 10, del Grupo Parlamentario Socialista.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 17; en contra, 15.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos las propuestas de resolución números 11 y 12.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 29; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Pasamos a votar las del Grupo Parlamentario Popular, la número 13.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


BLOQUE II:


- MOCIÓN RELATIVA A LA FINANCIACIÓN, LA ACTIVIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA Y EL CONTROL DE LAS FORMACIONES POLÍTICAS Y DE LAS FUNDACIONES Y DEMÁS ENTIDADES VINCULADAS O DEPENDIENTES DE ELLAS. (Número de expediente del Congreso de los Diputados
251/000123 y número de expediente del Senado 773/000010).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al bloque 2.


Votación correspondiente a la moción relativa a la financiación, la actividad económico-financiera y el control de las formaciones políticas y de las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellas.


Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario Popular. Votamos la número 3.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 12; en contra, 20.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la número 4.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las números 1, 2 y 5.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 12; en contra, 17; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS POR LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA EN MATERIA DE COMERCIO ELECTRÓNICO, EJERCICIOS 2016, 2017 Y 2018. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000054 y
número de expediente del Senado 771/000055).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe de fiscalización de las medidas adoptadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria en materia de comercio electrónico, ejercicios 2016, 2017 y 2018. Resoluciones
presentadas por el Grupo Parlamentario VOX, de la 1 a la 5.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 15; en contra, 17.



Página 5





El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Socialista, de la 6 a la 10.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 29; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos las resoluciones presentadas del Grupo Parlamentario Popular. Votamos de la 11 a la 14.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 31.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos la número 15.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


BLOQUE III:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL MENÉNDEZ PELAYO, EJERCICIO 2017. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000114 y número de expediente del Senado 771/000114).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al bloque III. Votación correspondiente al informe de fiscalización de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, ejercicio 2017.


Resoluciones presentadas por el Grupo Parlamentario VOX. Votamos la número 1.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 3; en contra, 29.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las números 2 a 6.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Socialista, de la 7 a la 9.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 29; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Popular, de la 10 a la 15.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 32.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA AGENCIA NACIONAL DE EVALUACIÓN DE LA CALIDAD Y ACREDITACIÓN, EJERCICIO 2018. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000119 y número de expediente del Senado 771/000119).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe de fiscalización de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ejercicio 2018.


Propuestas de resolución presentadas por el Grupo Parlamentario VOX, de la 1 a la 8.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos las del Grupo Parlamentario Socialista, de la 9 a la 12.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 29; abstenciones, 3.



Página 6





El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos las resoluciones presentadas por el Grupo Parlamentario Popular, de la 13 a la 19.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 32.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos la número 20.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA FUNDACIÓN DEL TEATRO REAL, FSP, EJERCICIOS 2018 Y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000121 y número de expediente del Senado 771/000123).


El señor PRESIDENTE: Votación correspondiente al informe de fiscalización de la Fundación del Teatro Real, ejercicios 2018 y 2019.


Resoluciones presentadas por el Grupo Parlamentario VOX. Votamos las números 1 y 2.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 3; en contra, 29.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos de la 3 a la 8.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Votamos de la 9 a la 12.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 3; en contra, 29.


El señor PRESIDENTE: Quedan rechazadas.


Del Grupo Parlamentario Socialista, votamos de la 13 a la 15.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 29; abstenciones, 3.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Votamos las resoluciones del Grupo Parlamentario Popular. Votamos la número 16.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos la número 17.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 32.


El señor PRESIDENTE: Queda aprobada.


Votamos la número 18.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 15; en contra, 17.


El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.


Votamos las números 19 y 20.


Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: a favor, 32.


El señor PRESIDENTE: Quedan aprobadas.


Hemos terminado las votaciones. (Pausa).



Página 7





COMPARECENCIA DE LA SEÑORA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (CHICANO JÁVEGA), PARA INFORMAR SOBRE LOS SIGUIENTES EXTREMOS:


BLOQUE-I:


- INFORME ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000140 y número de expediente del Senado 771/000138).


- INFORME ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000141 y número de expediente del Senado 771/000139).


- INFORME ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000142 y número de expediente del Senado 771/000140).


- INFORME ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000143 y número de expediente del Senado 771/000141).


- INFORME ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000144 y número de expediente del Senado 771/000142).


- INFORME ANUAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000145 y número de expediente del Senado 771/000143).


- INFORME ANUAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000146 y número de expediente del Senado 771/000144).


El señor PRESIDENTE: Reanudamos la sesión.


Damos la bienvenida a la señora presidenta del Tribunal de Cuentas, que comparece para informar sobre los extremos que figuran en el punto 2.º del orden del día y que están repartidos en tres bloques. Debate correspondiente al Bloque I,
informe anual de la Comunidad Autónoma de Cantabria -a petición de la presidenta, los va a exponer todos conjuntamente-, también el informe anual de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la
Comunidad Autónoma de La Rioja, de la Región de Murcia, de la Ciudad Autónoma de Ceuta y de la Ciudad Autónoma de Melilla, todos ellos del ejercicio 2019.


Tiene la palabra la señora presidenta.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente.


Me he permitido proponerles una presentación conjunta por no hacer muy tediosa la exposición, ya que hay muchísimas partes comunes. Luego, lo que sí hago al final es una diferenciación de peculiaridades por cada una de las comunidades
autónomas.


Estábamos esperando -y lo siento y pido disculpas si es que nosotros tenemos algo que decir en esto-, porque me sabe mal que no vieran los gráficos por dos razones: primero, porque creo que aclaran y, segundo, porque es el trabajo de mis
colaboradores y no me gusta que se quede en el ordenador sin que pueda ser útil.


Como saben, estos son informes que se aprobaron en enero de 2022. Son siete fiscalizaciones que tienen carácter integral y que son de las que se realizan por mandato legal. Se presentan los informes a los que ha hecho alusión el
presidente, que tienen como objetivos: verificar la rendición de cuentas de las entidades que componen el sector público de las comunidades autónomas o de las ciudades autónomas; determinar si las cuentas rendidas se presentan de acuerdo con
principios y normas definidos en la normativa aplicable; analizar también los procedimientos de control interno y los mecanismos de supervisión de las comunidades autónomas sobre las entidades dependientes del sector público;



Página 8





comprobar si se han seguido los procedimientos establecidos en materia de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto; evaluar la sujeción de la gestión de los recursos públicos a la normativa aplicable, con especial atención
a sanidad y educación, salvo Ceuta y Melilla, que no tienen transferencia personal; morosidad de la deuda comercial, endeudamiento y subvenciones; contrastar las actuaciones de planificación llevadas a cabo por las administraciones fiscalizadas
para contribuir a la sostenibilidad ambiental; analizar las planificaciones estratégicas y su seguimiento, con especial atención a las áreas de subvenciones, gasto sanitario, gasto en centros residenciales para personas mayores e igualdad;
verificar la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible; y analizar la aplicación de los recursos provenientes de las dotaciones de los fondos de compensación territorial, con excepción de La Rioja, que no recibe fondos de
compensación territorial; así como el seguimiento de las recomendaciones que se formularon en otros ejercicios como resultado de informes anteriores, y verificar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de igualdad y transparencia.


En cuanto a los resultados, y por lo que se refiere a las entidades que integran el sector público de cada una de las comunidades autónomas y sociedades autónomas, La Rioja no coincide con la distribución establecida en el Sistema Europeo de
Cuentas, lo que provoca diferencias en cuanto al número de entidades incluidas en la ley de presupuestos y en las integradas en la cuenta general.


Se siguen observando en la Comunidad Autónoma de Murcia diferencias entre el número de entidades en las leyes de presupuestos, en la cuenta general y en los planes de control financiero de la Intervención, como consecuencia de una regulación
heterogénea y fragmentada del sector público de la región.


Extremadura ha modificado su ley de hacienda pública para salvar ese tipo de discrepancias. No obstante, se ha observado que sigue sin adecuarse la naturaleza jurídica de la entidad Agencia Extremeña de la Energía, que adopta la forma de
asociación, lo que es incompatible con la condición de medio propio.


En cuanto a la rendición de cuentas, se ha visto afectada, en general, por la situación generada por la pandemia. Las cuentas generales se rindieron en plazo en relación con la ampliación de los plazos prevista en el decreto, excepto en la
región de Ceuta, que fue aprobada y rendida después incluso de la ampliación del real decreto ley de adopción de medidas urgentes. Por lo general, las cuentas respetan las normas que les son de aplicación en materia de contenido y estructura, con
algunas deficiencias puntuales. La estructura de la cuenta general de la Comunidad de Cantabria no responde a lo dispuesto en su propia normativa de aplicación, porque no se presentan de forma agregada o consolidada todas las cuentas que deberían
conformarla.


Con respecto a las cuentas anuales individuales, en general, se han rendido respetando normas, plazos, estructuras y contenidos, aunque también hay defectos y retrasos en algunas de ellas, y se identifican algunas entidades dependientes que
no han adecuado su contabilidad al plan contable que les resulta de aplicación, y aquellas que incumplen la obligación de rendición de cuentas, aunque esto generalmente se da en entidades que están en liquidación o sin actividad; algunos consorcios
en Castilla-La Mancha, algunos organismos en Extremadura, o en Murcia, otros tres consorcios. Por otro lado, a pesar de lo que se instó en las resoluciones de la Comisión Mixta de 8 de abril de 2014 y 30 de octubre de 2017, la Junta de Extremadura
sigue sin aprobar modificaciones normativas dirigidas a reducir el plazo de la cuenta, que continúa establecido el 31 de octubre.


En cuanto al control interno, los informes recogen los resultados de la actividad que se atribuye a las respectivas intervenciones generales. Como se recogió en informes anteriores, las ciudades de Ceuta y Melilla no tienen separadas
debidamente las funciones de control y las funciones de contabilidad. En Ceuta, se mantiene la ausencia de controles financieros y de eficacia. En Ceuta y Melilla los puestos de interventor y secretario de la ciudad, como ha pasado en otras
ocasiones a las que hemos hecho referencia, son desempeñados de manera accidental por funcionarios que carecen de habilitación nacional.


En general, las cuentas anuales de la Administración General y de las entidades del respectivo sector público, se presentaron de acuerdo con los principios y normas contables definidos en los planes de contabilidad. Algunas observaciones al
respecto están en relación con la gestión presupuestaria. Alguna incidencia está referida a incumplimientos del principio de anualidad presupuestaria en las comunidades y ciudades autónomas, a problemas de financiación de algunas de las
modificaciones presupuestarias o a la habitualidad en el uso de la figura del reconocimiento extrajudicial de crédito en la ciudad de Melilla. También se han observado insuficiencias presupuestarias que son recurrentes en Cantabria y Extremadura.



Página 9





En materia contable, las incidencias están relacionadas fundamentalmente con contabilización de patrimonio, inmovilizado, endeudamiento de los acreedores pendientes de aplicar al presupuesto o de los derechos pendientes de cobro, por lo que
afecta a la representatividad de las cifras del balance. También hay algunas deficiencias relacionadas con la falta de registro de determinados gastos e ingresos, con incidencia, en tal caso, en el resultado presupuestario y en el resultado
económico-patrimonial. Algunas memorias se presentan con omisiones de información que son subsanables.


En cuanto al remanente de tesorería, hay que decir que fue negativo en las comunidades autónomas de Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura y La Rioja; todas presentaban inexactitudes en la cuantificación del remanente. La más
significativa es la Región de Murcia, donde, como en dos ejercicios anteriores, se liquidó el ejercicio con signo positivo de 728 millones de euros, si bien su importe no reflejaba la situación financiera a corto plazo de la Administración de la
región, encontrándose sobrevalorado en al menos 1955 millones, como consecuencia de la falta de registro de obligaciones por transferencias para cubrir el déficit acumulado del Servicio Murciano de Salud.


En relación con la financiación del sector público empresarial de Cantabria y de la Ciudad Autónoma de Melilla, se ha observado un decrecimiento en las transferencias de la Administración autonómica como fuente de financiación; situación
que se hace acorde con lo que se les pidió por la resolución de la Comisión Mixta de 17 de diciembre de 2020 de hacer avanzar el porcentaje de ingresos del sector público empresarial autonómico, que depende de su propia actividad. También hay
deficiencias en el sector público empresarial y fundacional en Cantabria, en Castilla-La Mancha y en Melilla, en los que existen entidades en las que no se han establecido modelos de organización y gestión para prevenir los riesgos derivados de la
aplicación del artículo 31 bis del Código Penal, relativo a los sistemas de compliance.


En lo relativo al análisis del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja y Murcia han incumplido los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Cantabria, Castilla-La Mancha y Extremadura, también el objetivo de déficit. Y, en relación con la regla de gasto, ha sido incumplida por Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia y la Ciudad Autónoma de Ceuta. A pesar de los
incumplimientos, conviene recordar que la aprobación de los correspondientes planes económico-financieros se ha visto afectada por la suspensión de la aplicación de las reglas fiscales para los años 2020 y 2021, como consecuencia de la situación
derivada de la pandemia.


Entrando en el análisis de la gestión económico-financiera, a finales del ejercicio 2019, se había superado el periodo medio de pago a proveedores de treinta días en todas las comunidades autónomas, destacando algunas de ellas por periodos
mucho más largos, pero, en general, estaba incumplido en parte. En la parte relativa a la gestión de personal, todos los informes ponen de relieve la existencia de deficiencias en los procesos de selección y de contratación: faltas de
autorizaciones preceptivas, informes o prolongaciones excesivas de comisiones de servicio, etcétera. En Cantabria, Extremadura, La Rioja y Ceuta, la gestión de personal se caracteriza por su alta temporalidad. También se han detectado incidencias
en la gestión de la política retributiva en Murcia, Melilla y Ceuta, donde existen entidades que siguen realizando abonos, incumpliendo las previsiones normativas relativas a horas extraordinarias, a incrementos retributivos por servicios
extraordinarios y a premios por jubilaciones anticipadas. En el caso de Castilla-La Mancha y Murcia, existen sentencias del Tribunal Constitucional por las que se declaran la inconstitucionalidad y nulidad de las disposiciones autonómicas para la
recuperación de los conceptos retributivos dejados de percibir en los años 2013 y 2014.


En el apartado de subvenciones, los informes relativos a las comunidades autónomas recogen deficiencias generalizadas en la publicidad realizada sobre la base de datos de subvenciones nacionales y regionales. En relación con los planes
estratégicos de subvenciones, se han observado deficiencias en la mayoría de las administraciones fiscalizadas. Cantabria, Castilla-La Mancha y Melilla presentan deficiencias en sus planes en las partes de seguimiento y control, y Extremadura
carece de un desarrollo normativo de los planes estratégicos de subvenciones y de un proceso de seguimiento, y los controles del plan se ven afectados por la falta de conexión entre los sistemas de gestión de subvenciones y de recaudación. Y,
finalmente, destaca que la normativa autonómica de Castilla-La Mancha no prevé la remisión anual al Tribunal de Cuentas del informe de seguimiento de los expedientes de reintegro y sancionadores derivados del ejercicio del control financiero.


Sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la mayoría de los informes analizan los instrumentos de implementación que desarrollan las entidades que hemos fiscalizado, destacando que Murcia, La Rioja y Ceuta no tienen ningún instrumento de
planificación.



Página 10





En el área de sanidad se ofrece en general un análisis sobre aspectos organizativos y de gestión, y se observa, también en general, una recurrente situación deficitaria de las dotaciones presupuestarias respecto del gasto realmente
incurrido, siendo la más significativa la situación deficitaria del servicio murciano, con un déficit global acumulado, a 31 de diciembre de 2019, de casi 1950 millones de euros.


En relación con la educación no universitaria, se analiza el gasto de ese tipo de enseñanzas, aspectos significativos de gestión económica, la evaluación y control del servicio educativo y los resultados del rendimiento. Es de señalar que
se mantienen pendientes de desarrollo reglamentario aspectos de las leyes de educación autonómicas de Cantabria y Extremadura.


Los informes también analizan las áreas de servicios sociales y atención a las personas mayores, incluyendo una evaluación operativa de la eficiencia de algunos servicios sociales. Entre los indicadores empleados para hacer el análisis está
la cuantificación del número de centros residenciales de propiedad pública y los concertados; listas de espera o número de plazas cuantificables por habitante, según los criterios de la Organización Mundial de la Salud. Entre los principales
resultados, se observa que Extremadura, La Rioja, Murcia y Ceuta carecían de un plan estratégico de servicios sociales y de planes sectoriales de atención residencial a personas mayores. En La Rioja y Murcia no hay elaborado un mapa de servicios
sociales y en Castilla-La Mancha el plan estratégico no se ha llegado a ultimar. El plan estratégico remitido por Cantabria carece de líneas de actuación dedicadas al alojamiento residencial de mayores, y el informe de la Ciudad Autónoma de Melilla
recoge deficiencias en la ejecución de las competencias delegadas en materia de servicios sociales.


Del análisis realizado de la aplicación de los recursos provenientes del Fondo de Compensación Interterritorial, las deficiencias se relacionan, en general, con el seguimiento del grado de avance o de ejecución de los proyectos, por ejemplo,
la imposibilidad de seguir el avance debido a deficiencias en la definición de proyectos, la incorrecta aplicación de fondos a nuevas inversiones o la sustitución sistemática de sus proyectos.


En lo relacionado con el seguimiento de las recomendaciones, los informes reflejan un grado de implementación heterogéneo entre las comunidades y las ciudades autónomas, si bien, con carácter general, ha sido reducida. En Cantabria,
Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja, Ceuta y Melilla la mayoría de las recomendaciones todavía no se han implantado, la mayor parte están en curso de implantación, pero en Murcia se aprecian avances en el cumplimiento de las recomendaciones
relativas a la materia sanitaria.


Con respecto a las recomendaciones que se incluyeron en la resolución de esta Comisión Mixta en febrero de 2019, se puede señalar que Castilla-La Mancha no ha constituido los registros públicos de infractores en materia de evaluación
ambiental y de montes, y en Melilla tampoco se ha avanzado en cuanto a la eficacia y eficiencia demandadas de la Administración catastral, ni en el establecimiento de medidas rigurosas para que la liquidación presupuestaria recoja la totalidad de
obligaciones y derechos devengados en el ejercicio para fomentar el cumplimiento del principio de anualidad presupuestaria.


En cuanto a las recomendaciones comunes que se dan para todas las comunidades autónomas, están las relativas a las cuentas generales que deberían integrar las cuentas de todos los entes del sector público territorial, ofreciendo una visión
consolidada de la actividad económico-financiera de los entes correspondientes del sector público. Respecto a las memorias, deberían realizarse las adaptaciones necesarias para incluir en ellas toda la información necesaria para conocer la
situación financiera de la Administración autonómica y también la conexión automática de diferentes sistemas de información, tales como los de inventario o los sistemas de información contable. También deberían regular la obligación de remitir al
Tribunal de Cuentas de forma anual un informe sobre el seguimiento de los expedientes de reintegro y sancionadores derivados del ejercicio de control financiero y promover el desarrollo reglamentario de aspectos pendientes en las respectivas leyes
de educación, así como potenciar el papel coordinador de las consejerías de educación, reforzar la revisión y control económico de los centros docentes públicos y concertados, potenciar la efectividad de los diferentes instrumentos de control,
coordinación o sanción previstos en la legislación medioambiental y potenciar las tareas para la implementación y seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.


Como recomendaciones específicas para la Comunidad Autónoma de Cantabria, está implantar mejoras en la contabilidad de los gastos con financiación afectada, articular mecanismos para ejercitar el control de las cuentas restringidas de
ingresos y regularizar y depurar los derechos reconocidos pendientes de cobro, que en algunos casos estarán prescritos.



Página 11





En cuanto a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, las recomendaciones son elaborar un informe relativo al cumplimiento por las fundaciones, empresas y consorcios de las obligaciones de carácter económico-financiero para presentarlo
junto con sus cuentas anuales, y adoptar las medidas oportunas de fomento de las energías renovables e incentivación del ahorro de energía y eficiencia energética.


En relación con Extremadura, que junto con Murcia me parece que son las más numerosas, se recomienda adelantar el plazo de rendición de cuentas a 31 de julio, no mantenerlo a 31 de octubre; regular la obligación de integrar en las cuentas
anuales información sobre el cumplimiento de las obligaciones económico-financieras que asumen las entidades por su pertenencia al sector público; desarrollar reglamentariamente un registro de cuentas y estructura de los planes estratégicos de
subvenciones; desarrollar un sistema de gastos con financiación afectada e integrado en el sistema contable; migración de la Asociación Extremeña de Energía a la forma jurídica de consorcio; depurar la deuda registrada como acreedores por
operaciones pendientes de aplicación al presupuesto en concepto de IBI; proceder a la revisión sistemática de los deudores presupuestarios y prever la obligatoriedad de emisión de informes por parte de las consejerías competentes sobre la
adecuación de los programas de gasto a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Además, el Servicio Extremeño de Salud debería licitar nuevos contratos para prestación de servicios con medios ajenos, eliminando la prórroga
sistemática de los actuales. La Consejería de Hacienda y Administración Pública debería instrumentar un convenio -o cualquier otro instrumento jurídico- que regule las condiciones de uso y explotación por parte de la empresa Gestión de bienes de
Extremadura S.A. de los activos turísticos que constituyen su actividad. Y la Secretaría General de Administración pública de Extremadura debería incluir en sus planes de actuación el seguimiento de los resultados obtenidos en la medición del
cumplimiento de las obligaciones en materia de publicidad activa de las entidades del sector público autonómico que se realizó en 2018.


En cuanto a las recomendaciones específicas para la Comunidad Autónoma de La Rioja está regular los criterios de pertenencia de las entidades al sector público autonómico. La Dirección General de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos
debería promover la celebración de la junta de gobierno del Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja para decidir sobre su adscripción autonómica o al sector público local, y la Consejería de Hacienda tendría que dotarse de una aplicación
informática que permitiera la obtención de datos históricos sobre saldos de deudores y acreedores. A la Intervención se le sugiere definir criterios y establecer cálculos oportunos para determinar, en cada ejercicio, los saldos deudores de dudoso
cobro; realizar una adecuada planificación presupuestaria que haga posible atender, sin dificultad, las necesidades de gastos previstos para el ejercicio corriente. La Dirección General de Control Presupuestario debería elaborar instrucciones para
la normalización y ampliación del contenido de los estados presupuestarios de las sociedades, fundaciones y resto de entidades autonómicas. La Consejería de Hacienda debería dictar instrucciones y procedimientos para las entidades con competencias
en la formación, valoración y actualización del inventario patrimonial, y la Dirección General de Cooperación y Agenda 2030 deberían realizar análisis para relacionar los objetivos de desarrollo con los planes y programas estratégicos existentes.
Igualmente, se debería formalizar un contrato-programa entre la Consejería de Salud y la gerencia del organismo autónomo Servicio Riojano de Salud, en el que se regulase la prestación del servicio de asistencia sanitaria por este último a través de
sus servicios y unidades. También la Consejería de Salud debería regular las funciones de inspección de la sanidad para implantar un sistema de evaluación objetivo. La Consejería de Hacienda y Administración Pública debería registrar en un
programa presupuestario específico la ejecución de las medidas en materia de igualdad efectiva de hombres y mujeres e incluir los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el diseño de la próxima estrategia de desarrollo regional.


Respecto a la Región de Murcia, el Gobierno regional debería presentar a la Asamblea un proyecto que aborde una reforma y actualización del marco normativo de la Administración autonómica en materia económica y presupuestaria de forma que se
dé cumplimiento a los principios de estabilidad financiera, sostenibilidad de las finanzas regionales o transparencia de las cuentas públicas. Asimismo, efectuar una revisión y evaluación exhaustiva de los procedimientos implantados por las
diferentes unidades gestoras del Servicio Murciano de Salud que conduzcan al cumplimiento de su normativa y a la mejora de los sistemas de control interno de la unidad; redimensionar la plantilla del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento
de la Región de Murcia y realizar una planificación de las guardias; impulsar las acciones que permitan la disolución y liquidación del Consorcio Año Jubilar 2010, Consorcio Marina de Cope,



Página 12





Consorcios para construcción y financiación de una piscina climatizada en los municipios de Alguazas y Cieza; adecuar el régimen jurídico del Servicio Murciano de Salud al régimen jurídico de entidades públicas empresariales conforme a la
Ley 7/2004; elaborar un plan de atención residencial a personas mayores; y, en la Consejería de Empresa y la Dirección de Industria, elaborar un plan estratégico en materia de eficiencia energética.


Las recomendaciones específicas para la Ciudad de Ceuta están relacionadas con la elaboración de manuales de procedimiento y normas de organización y funcionamiento en las áreas de intervención y contabilidad; elaborar y aprobar una
relación de puestos de trabajo y confeccionar un registro de personal; proceder a la liquidación y extinción del Patronato de Viviendas San Daniel; regular unos mecanismos de revisión, control y cruce de los estados contables de la Administración
general de la ciudad y sus entidades dependientes, intercambiando información y conciliando saldos; elaborar la documentación pertinente sobre el impacto de género en la definición presupuestaria de las políticas públicas; un plan estratégico de
servicios sociales y un plan sectorial de atención residencial a personas mayores.


En cuanto a Melilla, se recomienda establecer una adecuada separación de funciones de la unidad de Intervención General con las unidades de gestión; aplicar de forma más estricta el procedimiento administrativo que se detalla en las bases
de ejecución del presupuesto del ejercicio; limitar la utilización de la figura del reconocimiento extrajudicial de crédito; establecer mejoras en el plan de disposición de fondos para cumplir su función de instrumentación de planificación de la
tesorería; concluir la unificación del inventario de bienes; ultimar las actuaciones de coordinación de los servicios y patrimonio en contabilidad; y elaborar los presupuestos con mayor rigor para evitar el elevado importe de las modificaciones.


Como ven, es tedioso, pero muy resumido. Ya he terminado con el primer bloque.


El señor PRESIDENTE: Gracias, presidenta.


A continuación, para fijar posición y formular las preguntas que estime oportunas, tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario VOX, la señora Cañizares.


La señora CAÑIZARES PACHECO: Gracias, presidente.


Buenos días, señora presidenta, bienvenida. Muchísimas gracias por su exposición. Felicidades por su trabajo a usted y a todos sus colaboradores.


Se cansarán ustedes de escucharme decir que las políticas no se miden por las intenciones, sino por los resultados. Creo que esto es igualmente aplicable a la gestión de las administraciones públicas. Desgraciadamente, los ciudadanos
acaban por acostumbrarse a la propaganda de los representantes públicos, que pregonan o promocionan objetivos y causas loables, aunque luego no suelen hacer una rendición de cuentas públicamente, ni tampoco del nivel de incumplimiento de normas y
procedimientos. Pregonan intenciones y no resultados. Yo soy un poco escéptica en esto, menos visceral, más analítica -quizá porque soy de Ciencias- y prefiero evaluar los resultados. Para muestra un botón.


Perfectamente, podría reproducir mi intervención del 18 de mayo de 2021 en esta Comisión, en la que analizábamos idénticos informes para las mismas comunidades autónomas, sin embargo, para los ejercicios 2017-2018. Grosso modo, nos
encontramos con que en los informes del Tribunal de Cuentas aparecen similares recomendaciones que se vienen incumpliendo en muchos casos año tras año. Es decir, los miembros del Tribunal de Cuentas van cambiando, ustedes cambian, pero el resultado
de su trabajo, sin embargo, viene siendo el mismo, y produce una sensación de amargura ver que su esfuerzo de poco sirve, pues las recomendaciones del tribunal que usted hoy preside, en la mayoría de los casos, siguen sin cumplirse. Por supuesto,
como hice entonces, me quiero detener en un informe concreto: el de la cuenta general de Castilla-La Mancha del año 2019, en donde en las últimas legislaturas gobierna el PSOE con el señor Page a la cabeza. Creo que es una gran oportunidad para
llamar a las cosas por su nombre. Unas cuentas con un fondo de maniobra negativo en 2500 millones de euros, un patrimonio neto negativo de 14 210 millones de euros, riesgo para atender pagos a corto plazo de la comunidad autónoma e incumplimiento
del objetivo de déficit. Incumplimientos significativos relativos a los principios de legalidad, eficiencia y economía de la gestión de los recursos públicos. Superan la cuantía prevista para los gastos de personal en sus presupuestos, por
ejemplo, el GEACAM, Infraestructuras del Agua, Sodicaman, el Ente Público de Radiotelevisión de Castilla-La Mancha, presentando deficiencias en el procedimiento de modificación de dotaciones presupuestarias. El periodo medio de pago de la comunidad
autónoma no se adecua a los treinta días legales y el GEACAM, por ejemplo, supera los 110.



Página 13





Dado que el PSOE lleva meses hablando de la sanidad pública, voy a utilizar su informe, señora presidenta, si me lo permite, para ver el modelo sanitario socialista, que es lamentable. Miren, aunque la Ley de Ordenación Sanitaria de
Castilla-La Mancha establece que el plan de salud es el instrumento de planificación estratégica, dirección y ordenación del sistema sanitario, esta comunidad autónoma no cuenta con un plan de estas características. Tampoco se acredita evaluación
del Plan Director de Atención a la Cronicidad. Casi el 28 % de las plazas cubiertas de la plantilla del SESCAM, el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, al cierre de 2019, lo son mediante personal interino. Los procesos para la cobertura de las
plazas incluidas en las ofertas de empleo público del SESCAM de los años 2017 y 2018 a 30 de mayo de 2021 seguían en curso, con diversas convocatorias realizadas a lo largo de 2020, y con una previsión de no estar adjudicadas hasta 2022 lo que,
desde un punto de vista de la gestión eficaz de los recursos humanos, es absolutamente contradictorio; es decir, tener pendiente de resolver la adjudicación de plazas que se consideraron ya necesarias hace años y, simultáneamente, incrementar la
interinidad y la temporalidad. Esto es, permítanme el ejemplo, como querer abolir la prostitución e irse, al mismo tiempo, de lupanares. Exactamente igual.


Continúo. Del total de las contrataciones temporales, solo un 3,6 % aparecen catalogadas como de cobertura urgente. Debemos subrayar también la existencia de 1306 plazas no ocupadas de la plantilla, nombramientos de personal en promoción
interna afectados por el riesgo de consolidar de hecho estas situaciones. La ratio de personal de enfermería en atención primaria por mil habitantes observa un notable descenso, pasando a situarse por debajo de la media nacional. De los treinta y
tres nuevos convenios singulares de vinculación que se suscribieron en 2019, seis en territorio de otra comunidad autónoma, sin especificar las causas excepcionales de esa celebración. En relación con dichos convenios, diversos controles
financieros ponen de manifiesto deficiencias. Para la subsanación de las mismas se aprueban protocolos después de mitad de año; o sea, en el mes de agosto. La gestión, por ejemplo, del equipamiento sanitario tecnológico de las diferentes unidades
del SESCAM se lleva a cabo de manera descentralizada, con un sistema que presenta importantes deficiencias, sin que se haya procedido a su actualización y mantenimiento. En la tasa de pacientes en espera de intervención quirúrgica por mil
habitantes, los tiempos medios de espera y el porcentaje de pacientes con más de seis meses para dichas intervenciones en Castilla-La Mancha superan los tiempos medios del conjunto de servicios de salud de las comunidades autónomas. A la reducción
de las listas de espera quirúrgica contribuye que se han derivado pacientes a los centros privados en más de un 16 %. El plan regional de los servicios de urgencias, que debería incluir tiempos máximos de atención en urgencias, no había sido
elaborado al final de 2020, servicio este en el que la satisfacción de los ciudadanos disminuyó bastante. No se llega a solventar la heterogeneidad en la identificación de pacientes en los hospitales de la comunidad autónoma al no existir un número
de historia clínica homogeneizado, y la ratio de pacientes-médico por día y paciente-enfermería por día, ambas en atención primaria, empeoran.


En la próxima sesión seguiremos hablando de la educación, de toda.


Muchas gracias, señora presidenta. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: A continuación, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Suárez Lamata.


El señor SUÁREZ LAMATA: Muchas gracias, señor presidente.


Señora presidenta, gracias por la exposición de los informes. Al final, resumir más de mil folios en veinte minutos no es una cuestión sencilla. Evidentemente, todos los informes contienen un gran número de cuestiones o problemas y, claro,
dado el tiempo, uno puede tener la tentación de centrarse en alguno muy concreto o hacer reflexiones de carácter general, que es lo que voy a intentar hacerle.


Yo empiezo por decir que no soy tan pesimista como la señora Cañizares, y fundamentalmente me refiero a las recomendaciones. Cuando uno hace una estadística del cumplimiento de recomendaciones -yo la he hecho- puede apreciar, usted lo
decía, que, con carácter general, hay un nivel más que aceptable de cumplimiento de recomendaciones. Luego quiere decirse que, al final, el trabajo del Tribunal de Cuentas sirve para algo. Es verdad que disiento con usted en una comunidad, La
Rioja. Le pregunto, aunque supongo que no tiene la respuesta: ocho no cumplidas, una cumplida y tres en estado de cumplimiento no es ni mucho menos la media del resto de comunidades. Ignoro los motivos. Ya lo hemos discutido más de una vez,
ojalá ustedes tuvieran algún mecanismo, ya no digo de imponerlas, pero sí al menos de requerir o de preguntar por qué no se produce ese cumplimiento. Esta es una de esas cuestiones que tiene pendiente de resolver este Parlamento. Más allá del
resultado presupuestario, del



Página 14





remanente de tesorería, los resultados económicos en unas comunidades son más negativos que en otras, pero, al final, lo que subyace bajo de todo esto es un problema de financiación de las comunidades autónomas, que es otra cuestión que
tendrá que resolver la Cámara.


También quiero decir que me llaman la atención algunas cosas. Yo supongo que, al final, todos estos informes tienen las mismas directrices técnicas y el modelo formato es básicamente el mismo. Pero yo comparo, porque es inevitable
comparar, y observo -aunque es una cuestión estrictamente mía, evidentemente susceptible de comentario, que seguro que usted lo hará- que hay un informe, el de Murcia, que evidencia que no se ha implementado la medida de supervisión que corresponde
al artículo 81.2 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Que sepamos, en La Rioja tampoco. Sin embargo, en el informe de La Rioja no se dice absolutamente nada, cuando sí queda reflejado en el informe de la Comunidad Autónoma de
Murcia. ¿Por qué se resalta -me refiero a la terminología, a la gramática, a la construcción- el resultado presupuestario de Murcia, que desciende de 208 millones a 26, en positivo y, sin embargo, creo recordar que con una frasecita, pasa
desapercibido el de La Rioja, que es de menos 52 a menos 30? Que yo sepa, es bastante más grave tener un resultado presupuestario negativo, porque quiere decir que tus ingresos no dan suficiente para poder hacer frente a los gastos. Insisto, son
cuestiones menores, pero que me llaman la atención. Si usted lee el punto 15 de las conclusiones de Murcia y el 14 de La Rioja, verá que hay un problema de un remanente de tesorería negativo en La Rioja y que se despacha con una frase completamente
aséptica, como en el resto de los informes. Es una cuestión de valoración de los que lean el informe -al final, uno sabe o debería de saber lo que es un remanente de tesorería negativo-, pero en el de Murcia hay una serie de calificativos, que,
insisto, me llaman la atención. Lo dejo ahí; tampoco me parece especialmente grave.


Pero hay más cuestiones. La segunda se deduce de todos los informes, aunque es verdad que últimamente, en los de la última aprobación en el Tribunal, aparece ya con más evidencia. Según el artículo 9 de la ley de Tribunal de Cuentas, como
usted sabe perfectamente, las fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas -dice- se referirán a la actividad económico-financiera, los principios de legalidad, eficiencia, economía, transparencia, sostenibilidad ambiental e igualdad. Pero en estos
informes, insisto, los que vienen después, ya es evidente que algo pasa, porque se hace una evaluación de las políticas públicas, que no de los recursos utilizados para esas políticas públicas. Se lo digo fundamentalmente porque se está produciendo
una duplicidad, porque la AIReF también evalúa políticas públicas, y el coste no es precisamente barato, sino que las externaliza todas. Entonces, que el órgano máximo de fiscalización de este país, en el que rigen los principios de eficiencia y
economía, esté produciendo duplicidades, créame, a mí me llama la atención. Eso no debería ser. Además, también me cuestiono por qué principio absorbe o ejerce el tribunal esa competencia. Al final, el tribunal se rige por el principio de
competencia y, por lo tanto, utilizar el principio de vinculación negativa, es decir, todo lo que la ley no me prohíbe.. A mí me sorprende. Supongo que usted me podrá explicar esta cuestión.


Hay también una cuestión vinculada a los OCEX de las comunidades autónomas. Evidentemente, no está en los informes, pero voy a preguntarle. Créame, me ha llegado desde varias comunidades autónomas: desde Navarra, desde Cataluña, desde el
País Vasco. El año pasado, desde el departamento VI -está vinculado con las duplicidades- llegó una comunicación en la que se anunciaba a los OCEX, a los órganos de control externo de las comunidades autónomas, que se iba a proceder a fiscalizar
contratos, cuentas generales, etcétera, en definitiva, lo que los OCEX hacen de ejercicios cerrados, es decir, cuando ya se ha tramitado todo el expediente, que es tanto como decir: La sentencia ha concluido. A mí me gustaría que aclarase si eso
se ha paralizado. Hasta este momento, hasta hace poco, había una compenetración, una coordinación, mejorable seguro...


El señor PRESIDENTE: Tiene que ir terminando, señor Suárez.


El señor SUÁREZ LAMATA: Acabo ya.


..., entre los OCEX y el Tribunal de Cuentas, pero ahora da la sensación -por lo que me llega y por otras cuestiones, por otro tipo de fiscalizaciones, agendas digitales, fondos europeos- no diré de que se ha producido una ruptura, pero
cuando menos de que ya no hay esa buena sintonía. Como el presidente ya me ha llamado la atención, termino.


Nada más y muchas gracias, señora presidenta. (Aplausos).



Página 15





El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Suárez.


No le llamaba la atención, simplemente le he comunicado que le faltaba poco. Se había pasado ya dos minutos. Era por eso, no era una llamada de atención.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor García.


El señor GARCÍA GÓMEZ: Gracias, señor presidente.


Señora presidenta del Tribunal de Cuentas, bienvenida y muchas gracias por su exposición y por su trabajo. Quiero expresar mis felicitaciones al personal del Tribunal de Cuentas, como siempre. No es fácil resumir en tan poco tiempo los
informes anuales de las comunidades autónomas de Murcia, La Rioja, Cantabria, Extremadura, Castilla-La Mancha y las ciudades autónomas del ejercicio 2019. Por tanto, muchísimas gracias.


El Grupo Socialista es bastante más optimista que algunos otros grupos con el Estado autonómico. Igual que decíamos en el año 2021, cuando analizábamos los ejercicios de 2017 y 2018, nosotros sí creemos que los resultados son aceptables y
que las comunidades autónomas poco a poco van mejorando y van implementando las recomendaciones del Tribunal de Cuentas. De hecho, se recoge en los informes que muchas de ellas están en trámite de implementación. Por tanto, lejos de dar una visión
negativa de las comunidades autónomas -especialmente de estas cinco que no tienen órganos de control externo y cuya fiscalización, por lo tanto, hace el Tribunal de Cuentas-, nosotros somos bastante positivos en el análisis de los informes, sabiendo
que hay dificultades en las comunidades que tienen que ir superando y sabiendo que se han tomado algunas decisiones con posterioridad al año 2019 que van a mejorar muchas de las recomendaciones que aquí están suscritas. Por ejemplo, todas las
comunidades autónomas tienen un alto grado de temporalidad entre los empleados públicos. Hemos tomado medidas a nivel nacional y se han tomado medidas en las comunidades autónomas para reducir la alta tasa de temporalidad. También es verdad que el
año 2019 era el año de finalización de legislatura, y es verdad que las comunidades autónomas, todas las comunidades autónomas, estas cinco y el resto de las comunidades -estas cinco, además, tienen una diversidad de gobiernos de colores distintos-,
han tenido un grado de cumplimiento escaso de la estabilidad presupuestaria porque el último año de la legislatura siempre aprietan para cerrar las inversiones y terminar los gastos comprometidos, y ese es un comportamiento generalizado.


Ahora bien, sí es verdad que se observa que hay un grado incipiente de empezar a evaluar en las políticas públicas de las comunidades autónomas los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y eso es positivo. También es verdad que es una materia
nueva y, por tanto, las comunidades autónomas lo van incorporando a su evaluación de políticas públicas, unas más que otras, desgraciadamente, aquí sí, vinculado con el compromiso político de cada uno de los gobiernos y de cada uno de los partidos
que sustentan al Gobierno, pero es una obligación para todas ellas hacer una evaluación de las políticas públicas en el cumplimiento de los Objetivo de Desarrollo Sostenible.


Me ha sorprendido la intervención de la señora Cañizares, portavoz de VOX, al hablar solo de Castilla-La Mancha. No sé si es que tendrá algún interés en el último domingo de mayo, que creo que hay elecciones en varias comunidades autónomas,
o bien está haciendo méritos para ser candidata o la han designado candidata, porque, si tuviera que coger algún ejemplo, hay un ejemplo mucho mejor, que es el informe de la Comunidad de la Región de Murcia, donde hubiera tenido una pléyade de
información mucho más detallada sobre cómo no hacer en sanidad y en educación. Debe ser que tiene algún interés, pero yo le recomiendo que lea las 229 páginas del informe de la comunidad de la Región de Murcia. Y luego está ese ánimo de poner en
entredicho la gestión de los gobiernos de estas comunidades autónomas, diciendo que tienen intenciones, pero no evalúan resultados, y que los dirigentes políticos de estas cinco comunidades autónomas hacen mucha propaganda, cuando hay un
vicepresidente en la Comunidad de Castilla y León, que no evaluamos aquí porque tiene órganos de control externos, que no tiene ninguna competencia y que lo único que hace son declaraciones públicas. La verdad es que el nivel de coherencia es
sustantivo en la intervención de la señora Cañizares.


Pero volviendo a lo que nos interesa, que eso no nos interesa mucho -la falta de coherencia de la señora Cañizares-, lo que sí pone de manifiesto el informe, como ya lo ponían de manifiesto los informes de los años 2017 y 2018, es que ha
habido una falta de financiación importante en políticas públicas como la sanidad y la educación, que tiene que ver con no haber podido actualizar el sistema de financiación pública, pero también tiene que ver con las políticas desarrolladas desde
el Gobierno de España. El presupuesto del Estado de 2019 era un presupuesto prorrogado. Fuimos a elecciones y hubo repetición de elecciones. Por tanto, el Gobierno de España no pudo poner en marcha las políticas que ha puesto con



Página 16





posterioridad, en las que durante estos cinco últimos años, de 2018 a 2023, se han incorporado 178 743 millones de fondos públicos al sistema de financiación de las comunidades autónomas, lo que ha permitido afrontar situaciones de extremada
gravedad, como la pandemia o la guerra de Ucrania, de una manera mucho más solvente para mantener los estándares de la sanidad pública y de la educación pública en las comunidades autónomas. Por ejemplo, cuando estudiemos el informe del ejercicio
2023 de estas comunidades autónomas, se notará claramente la apuesta por la atención primaria que incorporan los presupuestos generales del Estado. Por tanto, es verdad que fueron presupuestos prorrogados, es verdad que el Gobierno no pudo
desplegar nuevos recursos públicos para la sanidad y la educación, pero es verdad que en años posteriores hemos demostrado que, aunque no se ha renovado el sistema de financiación autonómica, las políticas públicas desarrolladas por el Gobierno de
coalición, fundamentalmente a partir del año 2020, han puesto remedio a la falta de recursos en la sanidad pública y en la educación.


Por tanto, coincidimos con muchas de las recomendaciones que el tribunal hace, y así lo pondremos en nuestras propuestas, que votaremos la semana que viene. Nosotros sí creemos que las comunidades autónomas hacen un trabajo importante, las
cinco comunidades autónomas y las dos ciudades autónomas que hemos analizado en estos informes, que van mejorando en la evaluación de las políticas públicas y en la gestión de los fondos públicos y que, por tanto, merece la pena seguir apostando por
un Estado español con el Título VIII más reluciente que nunca.


Muchas gracias, presidente. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor García.


A continuación, tiene la palabra la señora presidenta.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente.


La señora Cañizares no está, pero ha expuesto una situación que se documenta fundamentalmente en nuestros informes, con lo cual a mí me deja tranquila, porque significa que nuestros informes atienden a las realidades legislativas -eso es lo
cierto- sea donde sea. Lo que no tenemos nunca es la posibilidad de posicionarnos sobre la cualidad o sobre la bondad de lo que existe. Lo que existe es así porque ustedes lo han decidido en las Cámaras, y nosotros lo que hacemos es ver que esto
se adecue o no a la ley, a las normas, y que se pueda ser más o menos eficaz. Como ella se dice analítica porque es de ciencias, sensu contrario, yo tendría que ser visceral porque soy de letras, que lo soy; sin embargo, también soy analítica por
profesión, y creo que todas las situaciones están analizadas bajo las lupas que corresponde, que son las aplicaciones de la ley. En cuanto a los defectos que haya en los sistemas, si es que consideran que los sistemas no son los adecuados o que son
desastrosos, perdónenme que les diga, como siempre, que son responsabilidad de ustedes, en las Cámaras,. Nosotros siempre actuamos sobre la aplicación de las normas que tenemos en el BOE.


Yo tampoco soy tan pesimista como la señora Cañizares con el funcionamiento de las comunidades autónomas, porque creo que, aunque en los informes se repitan muchas de las incidencias, cada vez baja un poco el tono, de algunas de ellas por lo
menos. A mí me preocupan más las comunidades autónomas que no tienen órgano de control externo. Digo que me preocupan más por sus asambleas, porque no sé cómo en las asambleas utilizan, ni si lo utilizan o les es útil, el trabajo del Tribunal de
Cuentas para hacer lo que es nuestro trabajo, que es el apoyo técnico a la Cámara. En las otras sí que lo sé, porque tienen sus órganos de control externo, los presidentes de las comunidades autónomas van a sus asambleas, explican sus informes y
hacen lo mismo que hacemos nosotros aquí, pero a su nivel autonómico. Me preocupa más, pero también les digo que se hace un seguimiento exhaustivo. Si en algunos momentos parece que hay una incidencia más incisiva sobre algún punto que sobre otro,
posiblemente sea porque son distintas manos, porque los informes los hacen distintas manos, o porque se hace una evaluación en conjunto de las deficiencias. Si tiene menos, igual se pone más énfasis en alguna que en otra. No digo que esté bien ni
que esté mal, pero seguramente esto no lo ha hecho el mismo auditor; los informes de las comunidades autónomas los hacen diferentes auditores. Es cierto que supondría quizá un trabajo a realizar que los órganos colegiados del tribunal en
determinadas apreciaciones tuvieran el mismo nivel, por atender a lo que decía el señor Suárez Lamata.


Lo mismo: Los problemas que se causan son problemas de financiación. Nosotros ahí no podemos entrar y no entramos. Lo que de alguna manera me congratula es que al señor Suárez Lamata le preocupe mucho la organización de la casa, en lo que
se refiere a si entramos o no entramos en evaluación de



Página 17





políticas públicas, cuando hay otro órgano que lo hace y, entonces, quizás estemos trabajando no exactamente en la línea del principio de eficacia. Yo tengo que decirle que nosotros nos lo hemos planteado mucho al hacer los estudios
estratégicos. No solamente la AIReF -que es un órgano, como ustedes saben, dependiente, no es un órgano independiente como el Tribunal de Cuentas- puede hacer el análisis previo a la ejecución de los presupuestos y, en algunos casos, el posterior.
Normalmente lo hace por encargo fuera, normalmente lo hace a demanda, no como cumplimiento de la ley. Lo que realmente nos hemos planteado es que, por la incrementada complejidad de nuestros sistemas y de los temas que tratamos, somos bastantes los
organismos que estamos mirando sobre una misma realidad, pero miramos sobre una misma realidad en tiempos distintos, con objetivos diferentes, con diferentes técnicas de acercamiento a los análisis. Yo creo que ninguno de los informes que se puedan
haber hecho sobran, todos son útiles desde algún punto de vista. Esa es nuestra opinión; no solo mía, sino del pleno, porque hemos reflexionado expresamente sobre este caso y también sobre otro que le comentaré y hemos hecho el mapa de relaciones
tangenciales o no tangenciales con organismos que se dedican al control del presupuesto público.


También conocerá que en la propia ley de evaluación de políticas públicas que acaban de aprobar en la Cámara se nos reconocen exactamente las competencias en esa materia. Es más, se da un paso adelante en la modificación de la ley orgánica,
el artículo 15, porque ni siquiera se atiene a sostenibilidad medioambiental, sino a sostenibilidad en general. ¿Qué es lo que pasa? Que realmente la evaluación de políticas públicas no es más que una técnica de auditoría, y nosotros la tenemos
incorporada en las operativas. ¿Qué pasaba? Decían el otro día: Qué pocas operativas hacen. Pues precisamente era porque las técnicas las teníamos poco incorporadas. Ahora lo que estamos haciendo es cualificar al personal para que tenga
técnicas de auditoría. ¿Por qué? Porque es verdad que parece que lo lógico es que nosotros seamos capaces de dar esa respuesta. Ustedes gastan este dinero y este es el resultado de lo que querían hacer. Pues bueno, parece que a lo mejor
necesitaban menos o, para abordar tanto, necesitaban más. Yo no creo que haya ninguna colisión. Y le voy a decir una cosa. Personalmente, no me sentí muy cómoda con la creación del organismo de contratación, pero es que el tribunal había
renunciado a hacer el examen de contratación. En el Tribunal de Cuentas había y hay obligación de hacer un informe de contratación, que se dejó de hacer por voluntad del Tribunal de Cuentas hace unos años. Claro, cualquier espacio vacío -desde
luego, el de control- por pura física tiende a llenarse. Entonces, si faltaba un informe como el que hubo en su momento, ha aparecido otro organismo; organismo que también es dependiente, porque los únicos que tenemos la calidad de independientes,
aunque ustedes no se lo crean, somos nosotros -y ustedes, por cierto, son los que más se deberían creer que somos independientes-, independientemente de nosotros mismos. Es decir, nuestros funcionarios son independientes; cada uno piensa lo que
piensa, pero es que pensar lo que piense cada uno no le hace dependiente de nada, simplemente es su vida, como su religión, como su forma de matrimonio, como doscientas cosas. A la hora de aplicar el trabajo, a nosotros no nos da órdenes el
Ministerio de Hacienda, no nos da órdenes el ministerio de nada, solo debemos rendirles a ustedes el resultado de nuestro trabajo. Por eso yo creo en los organismos que se han creado con posterioridad para satisfacer algunos aspectos de la
complejidad y de la denominación. Por ejemplo, me parece que muchas veces hablamos de lo mismo con nombres diferentes, y a veces pasa lo contrario, que le damos el mismo nombre a cosas distintas. Entonces, yo creo que todo eso requiere una visión
un poco superadora de lo que es: entras en mi competencia o no entras en mi competencia. Deberíamos tener todos la visión de que al final lo que pretendemos es que el recurso público se utilice como se debe utilizar, que se destine a lo que se
tiene que destinar, a lo que ustedes han decidido que se debe destinar -que nosotros ahí no tenemos nada que decir-, y que todos los ojos estén sobre ese objetivo; ninguno sobra. Y si alguna vez duplicamos algún análisis o si alguna vez no
coincidimos en algún análisis, tampoco es malo, es como debe ser.


En cuanto a las comunidades autónomas, usted se ha referido a un episodio muy concreto. Fue una carta que envió el consejero de comunidades autónomas al principio del mandato a las comunidades autónomas y que las alarmó, porque -nosotros
llegamos a esta conclusión- no se había entendido bien. Él quería conocer la realidad de algunas situaciones y, como acababa de llegar, se dirigió directamente a los presidentes de OCEX, que se alarmaron pensando que hacíamos una nueva
fiscalización sobre temas que ellos habían fiscalizado. Ese tema se ha aclarado suficientemente en muchos ámbitos, y me sorprende que usted entienda -es su percepción, y en contra de una percepción personal, hay poco que decir- que no trabajamos de
consuno con las comunidades autónomas. Creo que nunca como ahora hemos



Página 18





trabajado tan de consuno con las comunidades autónomas. De momento, estamos haciendo convenios prácticamente con todas -les diré que la que ahora suele no firmar los convenios es Andalucía- en todo tipo de plataformas de rendición de
cuentas, de programas de fiscalización o en la formación. Estamos trabajando juntos en la formación muchísimo y con bastantes buenos resultados. Es más, le diré que hasta hace dos años Cataluña y País Vasco no venían a las reuniones con el
Tribunal de Cuentas. Hoy están incorporados todos los que tienen órgano de control externo, todos, también Cataluña y el País Vasco, todos. Entonces, quizá sea una percepción por esa información que usted tiene, pero le aseguro que en absoluto es
así, incluso le animo a que hable con los presidentes de las comunidades autónomas, de todas ellas -no digo ya de una o de otra, sino de cualquiera de las comunidades autónomas que tienen órgano de control-, y se lo podrán decir. Nunca son las
relaciones perfectas, como no lo son en ningún ámbito de la vida, pero creo que son muy buenas, muy provechosas y, además, con una tendencia a ser mejores, porque se están involucrando hasta en actividades internacionales que abordamos desde el
Tribunal de Cuentas.


Quiero dar las gracias al representante del Partido Socialista por cualificar nuestro trabajo. Estoy de acuerdo con él en que nuestro modelo territorial está funcionando, y lo está haciendo como todos los gestores de bienes públicos, con
dificultades, con muchas leyes, con muchas directivas, con muchas imposiciones jurídicas que nos vienen incluso de fuera, y todo eso tiene que irse acomodando y hacer un estado armónico. Es complicado, pero yo creo que lo estamos haciendo, aunque
con dificultades y con algunas cosas mal. Hablo desde el punto de vista del Tribunal de Cuentas, no hablo desde el punto de vista de ninguna otra institución, porque no me corresponde a mí.


De todas maneras, si el señor Suárez Lamata quisiera alguna aclaración más sobre este aspecto, yo estaré dispuesta -no sé si toca turno o no toca turno- a aclarar lo que les parezca.


Por mi parte, he terminado, presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, presidenta.


BLOQUE-II:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE FOND-ICO GLOBAL, FCR, EJERCICIOS 2018 Y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000138 y número de expediente del Senado 771/000136).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA FUNDACIÓN ESTATAL PARA LA FORMACIÓN EN EL EMPLEO, FSP, EJERCICIOS 2018 Y 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000155 y número de expediente del Senado 771/000153).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN, EJERCICIO 2019. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000161 y número de expediente del Senado 771/000162).


El señor PRESIDENTE: Pasamos al debate correspondiente al bloque II: Informe de fiscalización de Fond-ICO Global FCR, de los ejercicios 2018 y 2019; informe de fiscalización de la Fundación estatal para la formación en el empleo, FSP,
ejercicios 2018 y 2019, e informe de fiscalización de la Agencia Estatal de Investigación, ejercicio 2019.


Tiene la palabra la señora presidenta del Tribunal de Cuentas.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente.


Empezamos por el informe de fiscalización del Fond-ICO Global. Este informe se aprobó en enero del 2022 a iniciativa del Tribunal de Cuentas. El ámbito subjetivo lo constituye el Fond-ICO Global, que es un fondo de capital riesgo creado en
2013 que se financia con la emisión de participaciones que se suscriben y desembolsan por el ICO, gozando el ICO de la condición de partícipe único del fondo.


El objetivo principal del fondo es generar valor para su partícipe mediante la toma de participaciones en otras entidades de capital riesgo autorizadas en España o en entidades extranjeras que estén domiciliadas en algunos de los Estados
miembros de la OCDE. El fondo debe invertir prioritariamente en entidades que tengan un efecto económico y empleo para España; digamos que ese es el objetivo del Fond-ICO. El propósito es, por tanto, realizar inversiones indirectas en empresas
que tengan potencial



Página 19





para la generación de flujos de caja y proyectos viables de puesta en marcha, crecimiento y expansión nacional e internacional.


El ámbito objetivo se extiende a la actividad económica financiera que desarrolla Fond-ICO y a los sistemas de gestión que se establecen por Axis Participaciones Empresariales, en cuanto que es la sociedad gestora del fondo y una sociedad
anónima mercantil estatal participada íntegramente por el ICO. El ámbito temporal han sido los ejercicios 2018 y 2019. Y es una fiscalización integral, en la que se ha comprobado si las cuentas reflejan adecuadamente la imagen fiel, si se ha
verificado el cumplimiento de la normativa a la que está sometida la gestión económico-financiera del fondo, si se han evaluado los sistemas de gestión establecidos por Axis para las inversiones que realiza Fond-ICO y si se ha comprobado el
cumplimiento de la normativa sobre igualdad y transparencia.


Las principales conclusiones han sido las siguientes. En cuanto a la representatividad de las cuentas, cabe señalar que las cuentas anuales de Fond-ICO de los ejercicios 2018 y 2019 representan fielmente en todos sus aspectos la situación
financiera del fondo a 31 de diciembre de los dos ejercicios fiscalizados. En cuanto al cumplimiento de la normativa relacionada con la ley orgánica de igualdad efectiva en lo referente a la composición de representación de órganos colegiados y
comités constituidos en el seno de la sociedad gestora, se ha cumplido la representación equilibrada entre hombres y mujeres. La ley de transparencia no es aplicable a los fondos de capital riesgo que carecen de personalidad jurídica. No obstante,
la ley de entidades de capital riesgo tiene algunas disposiciones en materia de transparencia que han sido cumplidas por el fondo.


Con relación al análisis de los sistemas de gestión que establece Axis para las inversiones realizadas por el fondo, cabe destacar, en primer lugar, que, respecto a los compromisos de inversión de ICO en el Fond-ICO por importe de 2000
millones a 31 de diciembre de 2019, se habían desembolsado 756 millones a medida que el fondo iba necesitando tesorería. A su vez, se ha transferido al ICO toda la tesorería, por un importe total de 216 millones de euros, que procede de las
distribuciones que los fondos realizan a Fond-ICO en concepto de reembolsos, de pago de dividendos, de prima de suscripción, etcétera. A 31 de diciembre de 2019, el consejo de administración de Axis había lanzado doce convocatorias para seleccionar
un total de noventa y siete fondos, en los que estaba previsto que Fond-ICO invertiría un importe máximo de 2700 millones de euros. Una vez seleccionados los candidatos por el comité de valoración de Axis, el consejo de administración aprobó la
participación en noventa y dos fondos, en los que, como máximo, se podrían asumir compromisos por un importe total de 1912 millones de euros. De estos noventa y dos fondos, se había formalizado el compromiso de inversión con cincuenta y nueve,
mientras que con quince se había cancelado el compromiso -no se llegó a formalizar acuerdo de suscripción-, con cinco la inversión se había desinvertido y el resto estaba pendiente de formalizar el compromiso. Fond-ICO a finales de diciembre de
2019 aún podía adjudicar compromisos en otra convocatoria, con un importe total de 467 millones. Concordante con lo anterior, en julio de 2020 se lanzó la decimotercera convocatoria, con un importe de 430 millones, de manera que en esa fecha el
patrimonio del fondo se había adjudicado casi en su totalidad, aunque después se produjo una ampliación del compromiso del ICO de 2000 a 2500 millones de euros.


El procedimiento de valoración de las ofertas de las distintas modalidades de fondos en todas las convocatorias que se han analizado se ajustó a lo regulado en las respectivas bases, en las que se establece, primero, la capacidad que se
exige a cada participante para intervenir en el proceso de selección -esto es, los requisitos mínimos-, y, en segundo lugar, la fase de cuantificación de las ofertas que cualificaron. En el informe habrán visto que se señala que las normas para
evaluar que los candidatos están cualificados para gestionar los fondos para los que se solicitaba la inversión son adecuadas y suficientes. Asimismo, se considera que los criterios incluidos en las tablas de valoración son idóneos para valorar las
ofertas, aunque ya verán que en las recomendaciones se ha propuesto alguna mejora del proceso. Las bases de cada una de las convocatorias regulaban de manera pormenorizada las condiciones que deben de cumplir los fondos para que Fond-ICO formalice
un acuerdo de suscripción, relativas a un proceso de due diligence operativo y legal, realizado por dos sociedades externas, de manera que Axis se ha cerciorado de la veracidad de la documentación y de los datos incluidos en la oferta y se ha
asegurado de que se han incorporado determinadas cláusulas en el reglamento de los fondos. Otra de las condiciones es la relativa al tamaño alcanzado por el fondo respecto del tamaño objetivo. Estas condiciones se han cumplido satisfactoriamente
en todos los fondos analizados.


En todos los acuerdos de suscripción analizados se han incluido cláusulas que vinculan el compromiso de Fond-ICO con el tamaño del fondo, conforme al porcentaje de participación y el importe



Página 20





máximo de la inversión aprobados por el consejo de administración. Asimismo, en las side letters, las cartas accesorias que acompañan a los acuerdos de suscripción, las sociedades gestoras se han comprometido y han garantizado a Fond-ICO el
cumplimiento de determinados requisitos durante todos los años de duración de los fondos. Y en todos los fondos analizados el compromiso de inversión de Fond-ICO durante el periodo de suscripción se ha ido ajustando a los términos recogidos en el
acuerdo de suscripción. En todos los fondos se han analizado el cumplimiento de lo regulado en las bases de la convocatoria respecto al plazo para que el fondo realice un cierre con un determinado tamaño, los requisitos que deben cumplir los fondos
una vez que se ha producido su cierre definitivo, el modelo en el que se han solicitado a Fond-ICO los desembolsos y comunicado los reembolsos y las distribuciones temporales y la remisión en un plazo de los informes trimestrales de los fondos según
un determinado modelo; también el envío de las cuentas anuales auditadas, aunque es cierto que la remisión no se ha producido en el plazo máximo exigible, 150 días. Los reglamentos de cuatro de los fondos analizados regulaban que los partícipes
que se incorporasen después del primer cierre deberían pagar a los partícipes antiguos una prima de suscripción, siendo la sociedad gestora la intermedia del cobro y el pago entre los partícipes. Para los importes cobrados por Fond-ICO por este
concepto, 322 000 euros, se ha verificado que eran los que le correspondían, a través de la documentación que se ha remitido por entidades gestoras.


Por último, el informe incluye algunas recomendaciones dirigidas a Axis, a la entidad gestora, que tratan de subsanar algunas deficiencias que hemos ido observando a lo largo del informe, entre las que se puede destacar que Axis debería
plantearse la conveniencia de revisar las tablas de evaluación incluidas en las bases en las convocatorias, de tal manera que los criterios que no se cumplen o cuyo cumplimiento sea muy limitado no se valoren con una puntuación mínima, sino con
cero. Además, sería conveniente que se aprobaran unas normas internas que regulasen de manera pormenorizada todas las reglas que aplica el comité de valoración para asignar la puntuación de cada uno de los criterios incluidos en las tablas de
evaluación.


Creo que esto es lo fundamental de este informe. Tengo que decir que, independientemente de cuáles sean los resultados para el objetivo común, el funcionamiento del fondo y de la gestora es, para lo que vemos a veces, muy aceptable.


Paso al segundo informe de este bloque, que es el informe de fiscalización de la Fundación para la Formación en el Empleo. Este informe se aprobó en mayo de 2022 y se realiza a iniciativa del Tribunal de Cuentas. El ámbito subjetivo lo
constituye la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo -FUNDAE-, perteneciente al sector público, que tiene como fines esenciales la mejora de la formación profesional de los recursos humanos en las empresas, la adaptación de los
trabajadores y de las empresas a la evolución de la sociedad basada en el conocimiento y la contribución a asegurar la formación a lo largo de toda la vida.


La fundación actúa como entidad colaboradora y de apoyo técnico del Servicio Público de Empleo Estatal, el SEPE, en materia de formación profesional, si bien el ámbito subjetivo lo constituye exclusivamente la gestión económico-financiera de
la FUNDAE y se circunscribe a las actuaciones, normas y procedimientos que debe aplicar la fundación para cumplir sus fines. Quedan excluidos del ámbito objetivo los fondos públicos que para la financiación del sistema de formación para el empleo
son gestionados por el SEPE.


En cuanto al ámbito temporal, el periodo fiscalizado comprende los ejercicios 2018 y 2019. Es también una fiscalización integral, en la que se ha comprobado si las cuentas anuales representan adecuadamente la imagen fiel; se ha verificado
el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a la gestión económico-financiera; se han evaluado los sistemas y procedimientos establecidos por la fundación, así como sus actividades en cuanto a su sometimiento a los
principios de buena gestión, eficacia, eficiencia y economía, e igualmente se ha comprobado el cumplimiento de la normativa sobre igualdad y transparencia.


Las principales conclusiones son, en cuanto a la representatividad de las cuentas, que las cuentas de la fundación representan fielmente la situación financiera y patrimonial de la entidad. Los ingresos más significativos se corresponden
con las transferencias recibidas con cargo al presupuesto del SEPE para la financiación de los gastos de funcionamiento en su plan de actividades, con un importe de 39 millones de euros, aproximadamente, tanto para 2018 como para 2019, y para la
financiación de inversiones, por importe de 353 y 176 000 euros en 2018 y 2019, respectivamente. Reiteradamente se ha venido produciendo en los últimos años una diferencia entre los importes de la financiación otorgada por el SEPE



Página 21





para gastos de funcionamiento e inversión de la fundación y la cantidad finalmente justificada e imputada a resultados, cuyo importe es reintegrado al SEPE. Esta circunstancia tuvo un volumen cuantitativamente superior a partir de 2017, en
el que estaba prevista la constitución y consecuente financiación de las estructuras paritarias sociales.


En relación con el cumplimiento de la normativa, durante el periodo fiscalizado no se constituyeron las estructuras paritarias sociales previstas en la normativa, continuando ejerciendo sus funciones las comisiones paritarias sectoriales,
que, como saben ustedes, no tienen idénticas funciones. La FUNDAE y el SEPE suscribieron en febrero de 2013 un convenio de colaboración cuyo objeto era instrumentar la colaboración y el apoyo técnico que la fundación prestaba al SEPE. La duración
del convenio se estableció por cuatro años prorrogables, pudiéndose modificar por mutuo acuerdo; sin embargo, no consta ninguna modificación ni ninguna regulación diferente, y tampoco se modificó con la aprobación de la Ley del Régimen Jurídico del
Sector Público, que incluyó modificaciones importantes, fundamentalmente sobre los convenios.


La FUNDAE no realizó la auditoría de sus sistemas de información, a la que estaba obligada de acuerdo con el Real Decreto por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad; no tenía designado un delegado de protección de datos, y
tampoco disponía de un procedimiento formal que estableciera en qué caso un sistema de información trataba unos datos personales. En materia de igualdad, no ha desarrollado un plan de igualdad y tampoco ha implementado medidas para garantizar la
transferencia salarial. En la página web incluye toda la documentación que le es requerida por la ley de transparencia.


En cuanto al análisis de las actividades desarrolladas y de los sistemas y procedimientos utilizados por la fundación, la evaluación de la eficacia de la FUNDAE se ha realizado mediante análisis del grado de consecución de sus objetivos
propios definidos en los planes de actuación, definición que no era excesivamente clara. La FUNDAE, por su parte, tampoco disponía de indicadores definidos para evaluar directamente la eficiencia de la gestión o, al menos, efectuar comparaciones
interanuales. Los análisis de eficacia y de eficiencia referidos a la actividad de apoyo al diálogo social y el impulso de la formación profesional permiten concluir que los informes y propuestas al SEPE no cuentan con un procedimiento específico
que defina responsables, documentación, plazos y trazabilidad de los sitios más relevantes. Respecto a la actividad de promover, desarrollar y extender las iniciativas de formación -la más relevante-, puede afirmarse que el plazo de comprobación de
las bonificaciones aplicadas por las empresas resulta elevado, porque daba lugar a la exigencia de un gran número de entidades deudoras, y que los procedimientos y procesos de revisión de la documentación justificativa se dilatan en el tiempo,
prolongándose a lo largo de cuatro años. Es una conclusión a la que es sencillo llegar.


Respecto a la actividad de anticipación de necesidades formativas y reconocimiento de las competencias adquiridas en el marco de evaluación permanente prevista en la normativa, no consta que FUNDAE haya justificado la idoneidad de la puesta
en marcha de nuevas iniciativas de formación ni tampoco ha realizado un análisis sistemático de las conclusiones y recomendaciones obtenidas de la evaluación que permitiese proponer mejoras en el sistema. Con relación a la actividad de consolidar a
la fundación como referente institucional e internacional del sistema de formación para el empleo, la entidad no disponía formalmente de un plan estratégico ni de actividades coordinadas para consolidar a la FUNDAE como institución de referencia del
sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral. El objetivo principal de la actividad de apoyar técnicamente e impulsar el papel de las estructuras paritarias sectoriales radicaba, fundamentalmente, en que se constituyeran
estas estructuras paritarias, hecho que no se ha cumplido, puesto que durante todo el periodo fiscalizado no se ha constituido ninguna y hasta la fecha de emisión del informe solamente se ha creado una.


Por último, hay que destacar que se incluyen seis recomendaciones dirigidas a la FUNDAE, entre las que se puede destacar que incorpore a su proceso de planificación de actividades la definición de indicadores que le permitan cuantificar
objetivos previstos y medir su grado de realización; también debería promover, en el marco de sus competencias, la constitución de las estructuras paritarias sectoriales, e impulsar definitivamente actuaciones encaminadas a la elaboración del plan
de igualdad. Esto en cuanto al segundo de los informes.


El tercero de los informes de este bloque II es el de fiscalización de la Agencia Estatal de Investigación. Este informe también se aprobó en julio, se realiza a iniciativa del Tribunal de Cuentas y el ámbito subjetivo lo constituye la
Agencia Española de Investigación, que se creó en 2015 y que estaba adscrita en el



Página 22





periodo fiscalizado al entonces Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. La agencia tiene como función principal la gestión de los programas o instrumentos que les sean asignados por el Plan Estatal de Investigación Científica y
Técnica, instrumento que permite la ejecución de políticas públicas de la Administración General del Estado de fomento y coordinación de las actividades de I+D+i.


El ámbito objetivo está comprendido por la gestión económico-financiera derivada del ejercicio de las competencias de la agencia. La fiscalización de los gastos incluye gestión de subvenciones y de recursos humanos, de contratación,
convenios, encargos a medios propios y gastos por prestación de servicios de colaboradores. En materia de ingresos se examinaron los procedentes de transferencias del Estado, de la Unión Europea y de reintegros de subvenciones y los derivados de
prestaciones de servicios que realiza la propia entidad. El ámbito temporal, como ya les he dicho, está circunscrito al año 2019. De nuevo, es una fiscalización integral y se ha comprobado si la gestión económica de la agencia se ha reflejado
adecuadamente en su sistema contable, así como la fiabilidad de las cuentas rendidas. Se ha analizado el sistema de control interno, se ha verificado el cumplimiento de la normativa a la que está sometida la gestión de la entidad, se han analizado
las prescripciones en materia de igualdad y transparencia y se ha analizado la eficacia y eficiencia de la gestión.


Las principales conclusiones de la fiscalización son que la actividad de la agencia y sus relaciones con la Administración deben regularse con un contrato plurianual de gestión, que en este momento no se ha aprobado. En relación con los
estados financieros, y en opinión del tribunal, las cuentas de la agencia correspondientes a 2019 reflejan fielmente la situación de los aspectos significativos. Los créditos definitivos de la entidad en 2019 ascendieron a 686 millones de euros,
que se distribuyeron en dos programas presupuestarios, uno de fomento y coordinación de la investigación científica y técnica y, otro, de transferencias internas. Las obligaciones reconocidas ascendieron a 586 millones de euros, con un grado de
ejecución del 85 %, correspondiendo la práctica totalidad al capítulo de transferencias de capital. Los derechos reconocidos netos fueron de 704 millones de euros y el 90 % de los derechos reconocidos fueron las transferencias de capital
procedentes del ministerio de adscripción y del FEDER.


Respecto del control interno se destaca que la agencia dispone de planes anuales de acción y de informes de actuación sobre su cumplimiento, no tiene planes plurianuales propios. También se observa que el control interno presenta
debilidades o deficiencias en algunas de las áreas de gestión examinadas, como, por ejemplo, en la gestión de inventario, gestión de tesorería o la externalización excesiva de determinadas funciones de evaluación, a la que después me referiré un
poco más.


En cuanto a gestión de ayudas, las subvenciones gestionadas por la agencia se rigen por lo establecido en la Ley General de Subvenciones y se conceden en un régimen de concurrencia competitiva. En su mayoría son beneficiarios organismos y
entidades pertenecientes al sector público. El tribunal ha analizado de manera especial la eficacia en la actividad de revisión de la justificación económica de las ayudas, a partir de las bases de datos aportados por la agencia. A junio de 2021,
el importe revisado y aceptado por la entidad como justificante de las ayudas concedidas solo suponía el 28 % del importe financiable. El gasto financiable pendiente de validación correspondía a ayudas con plazos de justificación entre 2014 y 2020,
y ascendía a casi 3 millones de euros. El 19 % de esta cantidad correspondía a ayudas de 2014 a 2017 y el 81 % restante a los ejercicios de 2018 a 2020. Estos datos ponen de manifiesto una muy baja eficacia de la actividad de revisión de las
cuentas justificativas.


Se han examinado muestras de convocatorias de subvenciones, solicitantes seleccionados y justificación de subvenciones y se han detectado retrasos considerables, tanto en la presentación de la justificación por los beneficiarios como en la
comprobación por la agencia de la documentación presentada y en la tramitación de los consiguientes requerimientos de subsanación o expedientes de reintegro. En todo caso, no se han detectado supuestos de prescripción del derecho a la reclamación
de cantidades indebidamente justificadas. Hay algunas deficiencias, no obstante, en la muestra de expedientes de cuentas justificativas, como presentación de gastos no elegibles o no admisibles o por importe inferior al requerido o al pago de
subvenciones, sin los que los beneficiarios hubieran presentado la documentación justificativa de alguna anualidad previa.


También se destaca que la agencia ha incumplido la prohibición establecida en la Ley General de Subvenciones de realizar el pago de subvenciones a beneficiarios y deudores por resolución de procedencia de reintegro. El tribunal ha estimado
que, en caso de entidades del sector público que reciben ayudas de forma recurrente, todo el complejo sistema -que yo creo que abarca cualquier tipo de subvención- dificulta el cumplimiento por la entidad de la referida regla, porque, a la vez,
están compatibilizando la gestión de los organismos beneficiarios; es decir, que esa justificación tan prolija que



Página 23





se exige a todos en el ámbito público tiene la dificultad añadida de que tienen que hacer la justificación coincidiendo con el ejercicio de su actividad ordinaria.


En cuanto a la gestión de los recursos humanos, es muy relevante el número de plazas vacantes, un 32 % del total. Y sobre el colectivo de funcionarios cabe sacar el peso relativo de los puestos asignados a los niveles 28 y 30. Se destaca
porque no se da en ninguna agencia, pero entiendo que igual en esta es absolutamente razonable por el objeto. En materia de contratación y encargos a medios propios, se destaca que estaban vigentes sesenta y seis contratos, de los que cincuenta y
uno pertenecían a la categoría de contratos de servicio y quince a contratos de suministros. El procedimiento más utilizado ha sido el contrato menor, si bien el mayor importe ha sido a contratos adjudicados por procedimiento abierto. Se ha
analizado un encargo realizado a TRAGSATEC y, en relación con el mismo, se concluye que la agencia podría estar incurriendo en la práctica puesta en cuestión en la moción del Tribunal de Cuentas, de 22 de diciembre de 2016, al recurrir a la
encomienda, dado que la carencia de medios que alega la agencia tiene un carácter estructural, produciéndose desde su creación, y por ser las actividades encomendadas a TRAGSATEC, en este caso, propias y habituales de la agencia, con lo cual, puede
implicar, en algún caso, el ejercicio de autoridad por personas a las que no corresponde.


En relación con los gastos por servicios de colaboradores, en 2019 la agencia pagó 13 172 indemnizaciones por importe de 6 millones de euros. Los colaboradores continuos, que son 335, percibieron 2 millones de euros, mientras que los no
continuos, que son 12 000, supusieron 4 millones de euros. La relación continuada está referida a tareas de elaboración, gestión, seguimiento y evaluación de programas, que son las que realizan los colaboradores continuos, y la concurrencia de
reuniones o evaluación de actuaciones de investigación son las que se realizan por los que se denominan colaboradores no continuos o expertos.


En cuanto a los ingresos, el 90 % de los derechos reconocidos netos del ejercicio fiscalizado corresponden a transferencias de capital, que proceden o bien del Ministerio de Ciencia o bien de la Unión Europea, la mayor parte de estos de los
fondos FEDER. Por los conceptos de reintegro de subvenciones, intereses de demora y recargos de apremio se han reconocido en la agencia derechos por importe de 46 millones de euros. Los ingresos por prestación de servicios se contabilizaron en
otros precios públicos y en otros ingresos procedentes de la prestación de servicios; en el primero, por importe de 967 millones de euros, por evaluaciones científico-técnicas, que realiza la agencia para otras entidades; y en el otro concepto,
los que son por prestación de servicios, se reconocieron derechos por importe de 251 millones de euros por servicios prestados en ejecución de convenios que formaliza la agencia con otras entidades.


Se destaca el número superior de mujeres con respecto a hombres del personal, aunque tengo que decir que todos son funcionarios, es decir, que el acceso es por oposición, y de los 191, el 36 % eran hombres y el 64 %, mujeres. Se ha
verificado el cumplimiento de los requisitos de publicidad activa, aunque se han observado algunas omisiones de información en su página web en materia de contratación y presupuestos, si bien se puede acceder a los datos a través de las plataformas
de contratación y del portal de transparencia.


El informe contiene seis recomendaciones dirigidas a mejorar la gestión económico-financiera de la entidad. La primera está dirigida a la agencia y a los ministerios de Ciencia e Innovación, Política Territorial y de Hacienda y Función
Pública, a quienes se recomienda la elaboración y aprobación del contrato plurianual de gestión, y las otras cinco se dirigen exclusivamente a la agencia, en las que se recomienda el seguimiento de la eficacia en el cumplimiento de objetivos, la
posibilidad de unificar algunas de las convocatorias, la implementación de herramientas informáticas que permitan una gestión integral de las ayudas y la obtención de informes sobre la situación.


Por mi parte, presidente, he terminado el bloque II.


El señor PRESIDENTE: Gracias, presidenta.


A continuación, para fijar posición y formular las preguntas que estimen oportunas, tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario VOX, el señor Aizcorbe.


El señor AIZCORBE TORRA: Muchas gracias, señor presidente.


Muchas gracias por su exposición, señora presidenta del Tribunal de Cuentas. Vaya por delante que, en relación con el último punto del que ha hablado, sobre la Agencia Estatal de Investigación, he de manifestar cierta sorpresa y cierta
preocupación por algunas de las conclusiones. Concretamente, sin perjuicio de las dificultades en los medios materiales que ha manifestado, de las herramientas informáticas, que parece ser que es común a algunas instituciones, la Agencia Estatal de
Investigación no dispone de



Página 24





información sobre la situación de las ayudas vigentes al cierre del ejercicio fiscalizado; las bases de datos y ayudas presentaban numerosos errores; no se garantiza previamente que el pago de los beneficiarios no tenga pendientes
justificaciones o reintegros, tal como ha manifestado; se producen demoras importantes en la revisión de la justificación de las subvenciones, y la Agencia Estatal de Investigación no contabiliza el derecho previo al cobro de todas las resoluciones
de reintegro.


Así, a bote pronto, es un alud de cuestiones, de conclusiones que llaman la atención, sobre todo porque en 2019 -que, como antes ha dicho el portavoz del Grupo Socialista, era un año de transición de presupuestos- hay un remanente de
tesorería que se incrementa de forma sustancial en un 66 %, con lo cual alcanza en ese año los 228 128 640 euros, sobre la base de que dicha agencia recibe de forma recurrente más ingresos por transferencias para la concesión de subvenciones que
fueron muy superiores a los que finalmente abonó. Con lo cual, simplemente quiero mostrar mi sorpresa ante dichas conclusiones y también por qué la necesidad de ese remanente de tesorería -que considero alto- si después, de forma reiterada, con los
ingresos que aparecen por transferencias, en dicha agencia no se conceden subvenciones por el mismo importe.


En relación con la FUNDAE -y muy brevemente-, discreparé, por supuesto, con el anterior compañero diputado y portavoz socialista en relación a que resplandece el Estado de las autonomías, concretamente el título VIII. Hacía mención a un
compañero mío del Gobierno de Castilla y León -en concreto, al vicepresidente- sobre sus atribuciones o competencias, pero yo no hablaré de compañeros suyos, no se preocupe, no es ni mi talante ni mi forma ni mi estilo y menos en este escenario,
pero voy a criticar, aprovechando el punto de la fundación, algunos de los conceptos del Estado de las autonomías. Si no recuerdo mal, el patronato de dicha fundación está presidido por el secretario del Ministerio de Trabajo y las decisiones se
toman por el 51 %, por la mayoría simple, que coincide con el 51 % que tiene la Administración General del Estado, que es quien copa el patronato, con lo cual, al fin y al cabo se produce una extraña división de poderes en dicho patronato, donde
quienes tienen la voz cantante principalmente son el Ministerio de Trabajo -con todas las dificultades y los convenios que hay con el SEPE, sobre todo a nivel informático y que se han conocido últimamente- y las comunidades autónomas.


En este sentido, a raíz del fraude que se descubrió con los directivos del FORCEM en su momento y con las modificaciones que ha habido con posterioridad, sobre la base de lo que ha comentado usted de una de las funciones del Tribunal de
Cuentas, que es la evaluación de políticas públicas, surge la permanente duda sobre el posible fraude que se produce en los cursos de formación y si realmente las empresas tienen conocimiento suficiente de la posibilidad de dichos cursos de
formación, si todo el mundo es consciente de que dicha bonificación no es más ni menos que devolución de algo que han pagado las empresas, que ha sido, posiblemente, menos salario a los trabajadores. No sé si llevamos mucho tiempo con estos cursos
formativos, pero nos gustaría saber si vamos por buen camino en las composiciones, antes de la fundación tripartita y ahora de la FUNDAE.


Además, en cuanto a las conclusiones sobre si la fundación se ha consolidado como referente institucional, se dice textualmente que la entidad no disponía formalmente de un plan estratégico y de actividades coordinadas para consolidar a la
FUNDAE como institución de referencia del sistema de formación profesional de empleo. Esta carencia incrementa el riesgo de adoptar soluciones ineficaces y gestionar recursos de forma ineficiente. También se dice que la FUNDAE no disponía de
objetivos indicadores definitivos para medir el grado de realización de esta actividad y extraer conclusiones que permitieran valorar los resultados alcanzados en términos de eficacia y de eficiencia. Así que, si cogemos en este cóctel la falta de
eficacia y eficiencia, o al menos de valores que nos permitan medirlos, más la sombra de los posibles fraudes -no se le escapará a la señora presidenta que siguen flotando en el ambiente ya desde el FORCEM y la fundación tripartita- no sabemos si el
método que se está utilizando ahora es realmente el más eficaz, atendiendo a la cantidad de disposiciones, normas, leyes y directivas que usted misma ha comentado antes y en las que estamos sumidos el Estado español y todas las comunidades autónomas


Muchas gracias, señor presidente.


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Aizcorbe.


A continuación, por el Grupo Parlamentario Popular, tiene la palabra el señor Galicia.


El señor GALICIA JARAMILLO: Gracias, presidente.


Buenos días, señorías. Gracias, señora presidenta del Tribunal de Cuentas, por su presencia, al igual que al resto del equipo, y por la información e informes que nos trasladan. Me corresponde hablar



Página 25





de tres informes. Es muy difícil en poquito tiempo hacer referencia a cada uno de ellos; por tanto, si me permite, aunque cambie un poquito el orden, voy a empezar por la FUNDAE, para continuar posteriormente con el segundo informe
referente a la agencia estatal y el poquito tiempo que me quede con relación al fondo ICO.


Empiezo con la FUNDAE. Estamos hablando de una fundación estatal que colabora y asiste técnicamente al SEPE, donde indudablemente, y así lo pone en el informe, no debemos confundir el objeto de este informe, que son esos cursos de formación
a desempleados cuya gestión es de las comunidades autónomas, y aquí estamos hablando de los cursos de formación a ocupados, que es precisamente la FUNDAE la que los lleva a cabo. Usted hace referencia a seis recomendaciones que vamos a hacer
nuestras, pero, de esas seis recomendaciones, voy a hacer hincapié en una que creo que es realmente importante y es que no se han constituido las EPS, dicho claramente, las estructuras paritarias sectoriales. Creo que es una recomendación
importante para que se constituyan, porque seguimos funcionando con las CPS, es decir, con las comisiones paritarias sectoriales, que son las que actualmente se regulan en el estatuto.


¿Qué ocurre? Lo traslado, y por eso quiero hacer incidencia en esa recomendación: parece ser que las CPS, aunque tienen en cierto modo similares funciones, el ámbito de actuación no es igual, ya que es mayor el ámbito de las EPS que el de
las CPS, de tal forma que está repercutiendo negativamente en el funcionamiento de la FUNDAE. Y eso es lo que ha hecho que, por ejemplo, no haya habido propuestas que se trasladen al SEPE referidas a la actualización y revisión de cualificaciones
profesionales y certificados de profesionalidad, al estar dicha actividad vinculada a las EPS que no se han constituido, por eso digo que es necesario constituir estas EPS.


Igualmente, ha influido negativamente en trasladar mejoras al SEPE -se incide nuevamente- para mejorar el sistema de formación profesional para el empleo, cuya actuación no se hizo, o al menos no se hizo en la forma establecida por el
sistema de formación profesional para el empleo, al igual que también por el mismo motivo no consta que la fundación haya colaborado con el SEPE en la función de comprobación de si los tutores formadores que impartieron formación a través de las
plataformas virtuales cumplían las prescripciones normativas en los certificados de profesionalidad; esta es una de las recomendaciones. También es cierto que nos ha llamado poderosamente la atención leer que, en el periodo fiscalizado, la FUNDAE
no realizó la auditoría de los sistemas de información a la que estaría obligada por el real decreto por el que se regula el esquema nacional de seguridad en el ámbito de la Administración electrónica; supongo que de ahí esa recomendación número
seis a la que hace su informe referencia con relación a la seguridad. Y, por último, la recomendación de elaborar un nuevo plan de igualdad y mejorar el cumplimiento de la normativa en materia de igualdad, que me parece que es un tema que no
solamente en esta fundación, sino en otros muchos organismos e incluso administraciones, está sobre la mesa y que normalmente es bastante recurrente. Por lo tanto, con relación a FUNDAE, hacemos nuestras las recomendaciones, las seis, incidiendo en
la recomendación a la que he hecho referencia en el modo y forma que he manifestado.


Con relación al informe de la Agencia Estatal de Investigación del ejercicio 2019, estamos haciendo referencia a una agencia que sufraga los gastos de actividades de investigación científica y técnica realizada por otros sujetos. Hay
diecisiete, si no me equivoco, convocatorias de subvenciones, donde se observan deficiencias. Se observan deficiencias, concretamente, referidas a los criterios establecidos para valorar las solicitudes de los beneficiarios, demasiado genéricos;
deficiencias en el sentido de que, en algún caso, se omitió la indicación de los plazos para resolver, deficiencia que entendemos que es importante; en otros se ha exigido a los candidatos requisitos más estrictos de lo indicado y de lo que
establecen las bases reguladoras; o, incluso, deficiencias en cuanto a retrasos en la presentación de justificaciones por los beneficiarios. Estas son algunas de las recomendaciones. Nos preocupa enormemente también, en este sentido, todo lo
referido a la transparencia para mejorar, ampliar y dar mayor difusión a los resultados de la investigación financiada, a lo que también hace usted referencia. Volvemos a hablar del mismo tema: el principio de igualdad. Hay cierto desequilibrio
también en este organismo. Digo lo mismo, es un tema bastante general y no sé qué opinión tendrá este tribunal con relación al cumplimiento de este principio de igualdad, con relación a los organismos de la Administración.


Nos preocupa el incumplimiento de lo establecido en la Ley General de Subvenciones de realizar pago de subvenciones a beneficiarios deudores por resolución de reintegros, así como la asunción de costes de algunos servicios en algún convenio
con cargo al presupuesto, pese a que la orden que lo regula no



Página 26





contempla ninguna excepción. Usted ha hecho referencia a encargos a empresas, a TRAGSATEC, me parece, de actividades propias y habituales. Es decir, se recurre a la externalización. En relación a la gestión de las ayudas, se observaron
también, y se observan, bastantes debilidades que influyen negativamente en su eficacia. Estamos hablando de las herramientas informáticas, de expedientes que están en papel, que hace que todo sea menos eficaz; así como la imposibilidad de ofrecer
información sobre la situación de las ayudas vigentes a una fecha determinada. Hay numerosos errores en las bases de datos, posibilidad de abonar subvenciones con otras ayudas pendientes de justificar, demora en la revisión de la justificación.


Dicho esto, junto con la falta de adecuación del presupuesto por programas y la omisión de objetivos como la reducción de plazos son las recomendaciones que hacemos nuestras. Las damos por reproducidas y las ponemos de manifiesto porque nos
preocupan enormemente. Sí que me gustaría, a lo mejor, que nos aclarara un poquito la primera recomendación referente a que el Tribunal de Cuentas recomienda a la agencia y al Ministerio de Ciencia e Innovación la elaboración y aprobación del
contrato plurianual de gestión previsto en el artículo 20 del Estatuto y en el artículo 108 de la Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público. Ya en el tiempo que me queda...


El señor PRESIDENTE: Tiene que ir terminado, se ha excedido dos minutos y medio ya.


El señor GALICIA JARAMILLO: Ya termino.


Con relación al ICO, sencillamente, damos por reproducidas las recomendaciones. Si me permite, sin entrar en más, diría que si es cierto que hay algún titular donde el Tribunal de Cuentas hace referencia al ICO, en general, sobre que hay
muchas veces deficiencias de control e impagos para los próximos años. Sabemos que estamos hablando de una institución más general, y lo que es objeto, en este caso, es otro organismo intermediario, pero, aunque está refiriéndose al 2020,
¿repercutirían esas faltas de garantías en el ICO con relación a los ejercicios 2018 y 2019 en el sentido de que, por falta de garantías, no se cobre la totalidad del dinero? Sabemos que son condiciones distintas y, a lo mejor, el ICO solo pone el
50 %. Es lo que quiero dejar reflejado.


Asumimos las recomendaciones con relación al ICO.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


A continuación, tiene la palabra, por el Grupo Parlamentario Socialista, el señor Sancho.


El señor SANCHO GUARDIA: Gracias, presidente.


Bienvenida y buenos días, señora Chicano, a usted y a todo el equipo que le acompaña. Una vez más, nuestro grupo parlamentario quiere agradecerle y reconocer el trabajo que realizan, en este caso, en estos tres informes que tratamos de
forma conjunta que tienen un ámbito temporal similar, aunque, evidentemente, el ámbito objetivo y subjetivo son muy diferentes. Por eso voy a intentar, brevemente, tratarlos de forma separada, como usted ha hecho.


Respecto del Fond-ICO, sí que compartimos con usted que su funcionamiento, en general, es aceptable, porque, evidentemente, nos parece muy positivo que las cuentas anuales reflejen y presenten fielmente en todos sus aspectos significativos
la situación financiera del fondo, excepto por una salvedad que ustedes reflejan: no se pudo obtener, en su momento, evidencia suficiente en la valoración de las inversiones en las entidades de capital riesgo, ya que aún estaban en trámites de
auditar o de aprobar las cuentas anuales, en aquel momento, en muchos de los fondos en los que participaba. Cuestión que después, a la hora de realizar el informe, ya se resolvió, por lo que se pudo recalcular el valor y se revisó, incluso, el
valor razonable obtenido, en este caso, por Axis, que es su sociedad gestora. Pero sí que nos llama aquí la atención que, a pesar del incumplimiento, no se tiene constancia, y usted hacía una breve mención, de que se haya penalizado este retraso,
como estaba previsto. No sé si usted nos puede aportar más información de lo que ha ocurrido posteriormente, porque, a pesar del ámbito temporal del informe, sí que ustedes dicen en él que han analizado hechos anteriores y también posteriores.


Sobre el cumplimiento de la legalidad, nos parece positivo que se cumpla todo lo que regula la ley también en todo lo que significan los planes de igualdad y en materia de transparencia e información. Nos parece positivo que en todos los
fondos analizados se haya verificado el cumplimiento de lo regulado en las bases de las convocatorias, pero también ha manifestado que hay determinadas incidencias o debilidades, digamos que menores, en cuanto a valoración, asignación de
puntuaciones, procesos, que



Página 27





deben corregirse para un mejor funcionamiento. Hay una que nos parece más importante. Nosotros consideramos que es más importante que se revisen las comisiones que han cobrado sus gestores para tener un mayor control sobre los importes
abonados por este concepto. Aquí me gustaría volver a repetir la pregunta que le he hecho anteriormente: ¿es conocedora de si, a posteriori, esta revisión se ha efectuado?


Respecto del informe de fiscalización de la FUNDAE, en principio, también las cuentas anuales presentan fielmente la imagen fiel de su situación financiera y patrimonial, pero ustedes han detectado ya un problema reiterado significativo, que
aquí también se ha comentado, que es la desviación entre los importes de la financiación otorgada por el SEPE para gastos de funcionamiento y, después, la cantidad justificada en cuanto a los reintegros al SEPE. Nosotros creemos que, tal y como
ustedes dicen, es por la no creación de las estructuras paritarias sectoriales, pero no solo. Yo he leído sus recomendaciones y, desde la experiencia, no sé si con las recomendaciones que ustedes hacen se puede resolver esto. Creo que es algo más
arduo, más difícil. No sé si ustedes podrían sugerir alguna medida que fuera más eficaz, un poco más allá de las recomendaciones. No sé si estoy pidiendo mucho. Tal como le decía, desde la experiencia, lo veo, en principio, harto difícil.


Por lo que se refiere al cumplimiento de la legalidad, aquí sí que hay distintos grados de cumplimiento, porque hay, evidentemente, problemas como la falta de constitución, que decía anteriormente, de las estructuras paritarias. Eso llevó a
incumplir plazos. Todo lo que son los planes de actuación, sí se elaboraron y se incumplieron, pero empieza a haber determinados problemas en cuanto al desarrollo del convenio que suscribieron la FUNDAE y el SEPE. Nos parece imprescindible, y lo
compartimos con ustedes, que la FUNDAE tiene que adaptar sus procedimientos y actuaciones a la guía técnica de referencia y, más importante aún, entiendo que debe modificar, junto con el SEPE, todo lo que es la regulación de las actuaciones para
mejorar su eficacia por el problema que decía antes en cuanto a la concesión de anticipos a los beneficiarios de las subvenciones o, por ejemplo, a los plazos de justificación de las actividades.


También nos parece importante y, en este caso, positivo, que exista un plan de igualdad aunque, evidentemente, no se haya desarrollado ni concluido adecuadamente. Creo que esto es mejorable y debe hacerse de forma más o menos inminente, y
también nos parece destacable que, si bien existe un plan director de seguridad, existan debilidades en su cumplimiento y deben proponerse medidas para su subsanación. Sobre estos dos planes, el de igualdad y el de seguridad, también quiero
preguntarle si ustedes tienen más información respecto a avances o solución de deficiencias o hay que esperar a posteriores informes.


Por último, respecto al informe de fiscalización de la Agencia Estatal de Investigación, este es el informe que presenta, por decirlo suavemente, más claroscuros porque, si bien se rindieron cuentas dentro del plazo legal y las cuentas
reflejaban fielmente todos los aspectos significativos de su situación, se observan bastantes salvedades por su parte. Al final, no sé si la más llamativa puede ser, como se ha comentado también, que al final del ejercicio fiscalizado quedaba
pendiente de cobro el 50 % de las transferencias del ministerio y, al mismo tiempo, la tendencia alcista de los remanentes desde el año 2017. A nosotros nos llama la atención en cuanto a la eficacia del funcionamiento de la agencia.


Por otra parte, la agencia cumple las funciones de control, salvo el control de eficacia, y nos preocupa también que el control interno tenga debilidades, y hacen mención expresa al recurso habitual a la externalización de las funciones de
evaluación. También de forma especial quiero destacar la especial incidencia en la actividad de revisión de la justificación económica de las ayudas que usted decía, y dicen en su informe, con un resultado de muy baja eficacia, siendo muy llamativo
el número de reclamaciones de reintegros de ayudas no justificadas convenientemente. Se aduce que puede ser por un tema de medios de personal que ha devenido en estructural, y también se ha hablado de las distintas encomiendas de gestión, en este
caso, a TRAGSA.


Si tuviera que concluir con un resumen sobre la fiscalización de la agencia, entendería que hay demasiadas debilidades, muchas, que nos preocupan. Si tuviéramos que priorizar, ¿por dónde empezaría usted, señora Chicano? ¿Cuál le parece más
importante: las de personal, las de medios, las de revisión de procedimientos y procesos? Son tantas que, a nosotros, acometerlas todas a la vez nos parece, como decía anteriormente, una tarea muy ardua. Con esto concluyo.


Gracias, presidente. (Aplausos).



Página 28





El señor PRESIDENTE: Muchas gracias.


Tiene la palabra la señora presidenta del Tribunal de Cuentas.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente.


Gracias a todos porque les reconozco conocedores exhaustivamente de los informes y, de alguna manera, copartícipes de las opiniones del Tribunal de Cuentas, en la mayoría de los casos. A nosotros también nos sorprenden muchas veces algunos
hallazgos, sobre todo, cuando son repetidos contra la Agencia Estatal de Investigación que decía el señor Aizcorbe. Y relacionado con lo último que ha dicho el señor Sancho de que de todas las recomendaciones cuáles podrían contribuir mejor a que
se fueran resolviendo problemas en la agencia, cada una tiene su importancia en su ámbito porque, si no, no haríamos más que una. Pero si usted me pregunta ahora mismo por una, yo le diría que se suscribiera el contrato-programa, porque es el que
delimita el marco de actuación de la agencia con el ministerio y en el que se pueden tratar incluso el resto de los temas, incluso desde el que se puede acceder a la reducción del déficit estructural de personal, etcétera. Tengo que decirle que en
casi todos los organismos que se dedican a investigación se da la coincidencia de que encontramos un número importante de deficiencias en la gestión. Puede ser que tengan causa en que les falta esa especie de marco de actuación claro de lo que
dependen del órgano materno, digamos, quien los tutela, y exactamente cuáles son sus funciones. Eso, unido a otro tema que vale para este informe y para otro informe, que es el tema de la gestión de subvenciones.


El tema de la gestión de subvenciones es un tema complicadísimo y verán que en todos nuestros informes se repiten casi las mismas recomendaciones. Siempre hay problemas de elección de beneficiarios, siempre hay problemas de plazos en la
justificación de las alegaciones, siempre hay problemas de plazo en el reintegro. Cuando esto se repite tanto, nosotros siempre tenemos la sospecha de que a la norma le pasa algo; si no, no sería tan reincidente y afectaría a todo el que gestiona
subvenciones. En su momento, nosotros teníamos preparada una moción relativa a la gestión de subvenciones en el Tribunal de Cuentas hace quizá ocho años, una cosa así. Justo enseguida se publicó la Ley de Subvenciones. Es evidente que la Ley de
Subvenciones, aunque estos todavía no estaban muy próximos a la publicación y quizá no han recibido todo el efecto que pretendía la Ley de Subvenciones, se siguen produciendo muchísimos requisitos, con lo cual, es posible, y ese es un estudio que
hacemos nosotros, que es el que da lugar a mociones, que lo haremos, ahí miraremos cuáles son los puntos flacos de la Ley de Subvenciones. Es cierto que es absolutamente reiterativo en cualquier gestión de subvenciones, en el ámbito que sea. Quizá
hay que diferenciar entre subvenciones a entes públicos, subvenciones a particulares, subvenciones competitivas, no lo sé, habrá que verlo despacio, pero eso sí que requiere una atención especial por parte del tribunal. Porque, por otra parte,
entre nuestras funciones sí que está, cuando somos tan repetitivos en las incidencias negativas del cumplimiento de la norma, buscar en la norma a ver qué pasa.


Por supuesto, cuando le he dicho lo del contrato-programa -y voy mezclando las contestaciones porque se mezclan los temas-, en las alegaciones que hizo la agencia, apuntaba en ese momento a que estaban en la elaboración del
contrato-programa. Esperemos que eso pase pronto y se resuelvan muchos de los problemas. No tenemos más información que la que damos en los informes y no hacemos un seguimiento posterior diario porque sería absolutamente imposible, se nos
desbordaría de todo punto, por eso es importante el seguimiento de recomendaciones. Dejamos pasar un tiempo prudente porque cada recomendación requiere un tiempo de implantación, algunas devienen, que es lo que ha pasado, por ejemplo, en algunas
que decía el señor Suárez Lamata, que se ha ido, como el de La Rioja, que no les son aplicables por legislaciones que van surgiendo. Entonces ¿no cumplirá? No, no, es que ya no le es de aplicación porque le ha cambiado la legislación. Entonces,
nosotros sí tendríamos más posibilidad si llamáramos directamente, pero nosotros terminamos una fiscalización que se corresponde con una de las del programa y pasamos a la siguiente, hasta que pasa el tiempo, para hacer seguimiento de
recomendaciones que antes no se hacía de todos y ahora sí que se va procurando hacer de todos los programas o, al menos, por años.


El control interno, que ha mejorado mucho en la agencia, para ellos es muy importante porque les agiliza mucho la gestión. Entonces, yo realmente no sé cómo resolveríamos todos los contratos de la agencia, pero me parece que tendría que ser
a través del contrato-programa, y ahí meter todas las deficiencias que nos hemos encontrado, que son muchas.



Página 29





En cuanto a los excedentes o al remanente de tesorería, por ejemplo, en FUNDAE, o aquí, o donde se produzca se devuelve al órgano, o sea, no es un excedente que se quedan, para nada. Es una parte no ejecutada que, además, se corresponde con
esos años en los que se han ejecutado muy poco los presupuestos, pero se han ejecutado poco, sobre todo, en estos temas de subvenciones, etcétera. Lo que sí hace es reintegrar el remanente de tesorería, con lo cual ahí no es aconsejable, pues lo
aconsejable es que se imputen los programas. En cuanto a que el patronato de Fundae está copado por la Administración General del Estado, diré que no es SEPE y que parte de las materias están en comunidades autónomas; la otra parte son comunidades
autónomas y otros representantes.


Le voy a decir una cosa. En cuanto a que haya más sospecha de corrupción que la que se puede deducir de lo que se pone en los informes, nosotros nunca deducimos sospecha de corrupción, porque sin ninguna duda lo pondríamos en conocimiento
de la Fiscalía. Es más, hay algunas veces que las irregularidades son objeto de responsabilidad contable y se sustancian como tal. El siguiente paso si hay un delito de corrupción, aparte de que no somos el organismo antifraude que tendría que
hacerlo, tendría que ser ponerlo en conocimiento. Dese cuenta de que nosotros no tenemos los medios de investigación que tienen la Guardia Civil ni la Agencia Tributaria, con lo cual estamos en las misiones que estamos, adecuadas a los medios que
tenemos. Para esa otra cosa están otros organismos. No me pronuncio sobre si eso está bien, mal o regular, es así, esto es lo que hay. Eso lo hacen otros organismos.


Penalidades. No somos conscientes de que se haya producido ninguna penalidad por el tema de las auditorías fuera de tiempo. Lo que sí es verdad, como usted ha visto y yo he dicho también, es que se han incorporado las valoraciones
posteriores porque cuando auditábamos ya teníamos las auditorías de las empresas. Estoy muy de acuerdo con el señor Galicia, que se ha manifestado de acuerdo con las recomendaciones; estoy de acuerdo en que haya puesto un poco el foco en las
estructuras paritarias. Esto es importante porque condiciona muchísimo el propio trabajo de la Fundae e incluso la propia distribución de fondos, que, como han visto, no se han gastado, porque realmente siguen funcionando las comisiones paritarias
sectoriales que, aunque tengan competencias en materia de formación, no son las que tienen las estructuras sociales, porque ellos fundamentalmente tienen competencias en materia de convenios, y además las comisiones paritarias sectoriales tienen una
normativa y las estructuras paritarias tienen otra normativa, con lo cual lo esencial es que se constituyan las estructuras paritarias de una vez. Supongo que eso resuelve parte del problema.


Me parece importante el tema de la igualdad, y me preguntaba si me parece que se está cumpliendo en general en la Administración. Me parece que es un tema fundamental, pero ni más fundamental que otros ni menos. Es un tema que regula y que
exige la ley, y en la elaboración de los planes es una exigencia para todos los organismos públicos. Usted conocerá que nosotros, incluso antes de la modificación, antes de que la ley de 2015 incorporara como vector de análisis la igualdad,
habíamos incorporado en las directrices técnicas de las fiscalizaciones el hacer el estudio de la igualdad. Le diré que todas estas cosas que se incorporan a la actividad del tribunal tienen un proceso, primero, que es casi intuitivo, porque cada
fiscalización y cada materia requieren una técnica y un método de análisis. Entonces, cuando a los funcionarios del Tribunal de Cuentas los pones delante de una ley que nunca han analizado como objeto de análisis en sus fiscalizaciones, hay que
hacer un periodo de formación, etcétera. Le digo con eso que yo, con cierto orgullo, pienso que en el tribunal hemos sido muy visionarios y muy cumplidores de la ley. También le digo que, aunque muchos organismos públicos cuenten con plan de
igualdad, otra cosa es la efectividad en el cumplimiento del plan de igualdad, y ahí posiblemente no se estén cumpliendo tan a rajatabla las prescripciones individuales del propio plan de igualdad como la propia constitución del plan de igualdad.
Eso daría lugar a conversaciones de mucho tipo, porque eso requiere algunas infraestructuras en las que en muchos sitios y desde muchos ámbitos, incluso políticos, es muy difícil avanzar. Pero le diré que nosotros, afortunadamente, hemos detectado
-ha tenido ocasión de verlo en algún otro informe- temas de brecha salarial que surgen en algún organismo.


Se me ha dicho que había cierto desequilibrio porque han visto que había muchas más mujeres que hombres, pero, señor Aizcorbe, son funcionarias, acceden por oposición, ahí sí que no hay nada que decir. Otra cosa es dónde lleguen luego, si
llegan a ser todas presidentas de la agencia de evaluación o no, igual que hay muchas más juezas que jueces, pero muy pocas presidentas del Tribunal Supremo. Pero en la oposición no hay nada que decir, es un tema de mérito y capacidad, y estos son
funcionarios de la agencia, son 191 funcionarios, y si hay un 69 % de mujeres es porque han hecho la oposición y la han



Página 30





superado muchas más mujeres que hombres. Nosotros nos fijamos donde ya no es el criterio de mérito y capacidad: composición de tribunales, comisiones de cualquier tipo, consejos de administración... Ahí sí pedimos que la composición sea
equilibrada, pero en el número de funcionarios y funcionarias no podemos decir nada. Por otra parte, me parece bien que no podamos decir nada en eso, porque ahí funcionan el mérito y la capacidad.


Me he dejado miles de cosas seguramente. Si queda alguna pendiente -por ejemplo, del señor Sancho, que me ha hecho muchas preguntas-, le agradecería que nos hiciera llegar a través de la Mesa una nota y le respondemos sin ningún problema,
como a cualquiera de ustedes, por supuesto, también.


BLOQUE-III:


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES INCLUIDAS EN EL INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LAS PRESTACIONES ABONADAS POR EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, EJERCICIO 2013. (Número de expediente del
Congreso de los Diputados 251/000147 y número de expediente del Senado 771/000149).


- INFORME DE FISCALIZACIÓN DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES REALIZADAS POR EL TRIBUNAL DE CUENTAS EN EL 'INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LAS MEDIDAS DE GESTIÓN Y CONTROL ADOPTADAS POR LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA LA ADECUADA APLICACIÓN
DE LA LEY 39/2006, DE 14 DE DICIEMBRE, DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA'. (Número de expediente del Congreso de los Diputados 251/000165 y número de expediente del Senado 771/000161).


El señor PRESIDENTE: Queda un tercer bloque. Debate correspondiente a la fiscalización del seguimiento de las recomendaciones incluidas en el informe de fiscalización sobre la gestión y control de las prestaciones abonadas por el Fondo de
Garantía Salarial, ejercicio 2013, e informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones realizadas por el Tribunal de Cuentas en el informe de fiscalización sobre las medidas de gestión y control adoptadas por las comunidades autónomas
para la adecuada aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.


Tiene la palabra la señora presidenta.


La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente. El primero de ellos, que es el referido a FOGASA, es un informe que se aprobó en febrero de 2022 a iniciativa del tribunal. El ámbito subjetivo lo
constituye el FOGASA, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social, que garantiza a los trabajadores la percepción de salarios, así como las indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral pendientes de pago
a causa de insolvencia o procedimiento concursal. El ámbito objetivo está constituido por las recomendaciones que se incluyeron en el informe sobre la gestión y control de las prestaciones que abona el fondo correspondiente al ejercicio 2013, que
aprobamos en 2014, e incluye el seguimiento del cumplimiento de lo instado al Gobierno por la Comisión mixta mediante la resolución de 10 de octubre de 2017 relativa a dicho informe.


El ámbito temporal abarca desde 2014, fecha en la que se había aprobado el otro informe, a 2020, y los resultados de la fiscalización, estructurados con base en las recomendaciones, son los siguientes. La primera recomendación de aquel
informe estaba dirigida al Ministerio de Empleo y se refería a la necesidad de estudiar la viabilidad financiera del organismo ante la extinción de la principal fuente de financiación, la extinción de los títulos de deuda pública. Esta
recomendación digamos que se considera cumplida, porque la extinción de los títulos de deuda pública no ha supuesto un riesgo para la financiación de FOGASA.


La segunda recomendación estaba dirigida también al Ministerio de Empleo, y se refería a la modificación del Real Decreto sobre Organización y Funcionamiento del FOGASA, para adecuarlo a la realidad de la gestión de las prestaciones de
garantía salarial. Esta recomendación, sin embargo, no se considera cumplida. Esta recomendación, en su momento, establecía que el ministerio debería impulsar la modificación. El informe para formular esta recomendación se basó en que el decreto
al que hacía referencia establece el plazo de tres meses para la resolución de los expedientes de prestaciones, que



Página 31





nunca cumplió el organismo; en que regula insuficientemente la devolución de las cantidades satisfechas por aquel; en que no contempla el procedimiento para la obtención de información del Fondo de Garantía Salarial a través del informe a
las bases de datos de afiliación y recaudación de la Tesorería. Por tanto, en aquella recomendación entendíamos que el decreto no se adecuaba a los cambios organizativos que van afectando al organismo. Y esta recomendación no se considera
cumplida.


La recomendación número 3, que está dirigida ya al FOGASA, está referida a la insuficiencia de recursos humanos, y sí se considera cumplida puesto que en la actualidad los recursos están equilibrados con el volumen de la gestión.


La recomendación número 4 se dirige al FOGASA y se refiere a la creación de la unidad de coordinación de las actuaciones de los letrados y letradas en las unidades administrativas periféricas. Esta recomendación la consideramos en trámite,
en curso de cumplimiento, porque el FOGASA sí que ha tomado parcialmente medidas que, si no han resuelto todos los temas fundamentalmente, la entidad no ha dado por finalizadas las actuaciones a ese respecto.


La recomendación número 5, también dirigida al FOGASA, estaba referida a la comunicación a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de los rendimientos del trabajo que se deriven del reconocimiento de una relación laboral en
sentencia judicial y a la necesidad de remitir a esta agencia las deudas por subrogación existentes en cada ejercicio para realizar su cobro en vía ejecutiva. Esta recomendación está parcialmente cumplida dado que el FOGASA está realizando
gestiones para remitir a la agencia la información de los deudores, y a partir de 2019 remite las deudas por pagos indebidos de prestaciones para su cobro en vía ejecutiva. Y respecto a la parte de la recomendación relativa a la remisión de
información sobre presuntos rendimientos de trabajo que se deriven del reconocimiento de una relación laboral en sentencia judicial, esta no se considera cumplida.


La recomendación número 6, también dirigida al FOGASA, se refiere a la realización de las actuaciones oportunas para llevar a cabo la desafectación de bienes del inventario. También se considera cumplida parcialmente. El FOGASA ha creado
el servicio de patrimonio en el año 2017, que desde luego será la vía por la que se resolverá el tema en el que encontramos deficiencias y se hizo una recomendación.


La recomendación número 7, otra dirigida al FOGASA, se refiere a la necesidad de modificar el modelo de solicitud de prestaciones de garantía salarial, de modo que sea obligatorio que el trabajador haga constar si ha percibido o no
prestaciones de incapacidad temporal para los mismos meses en los que se licita el pago del salario. Esta recomendación se considera cumplida. Este modelo de solicitud fue modificado en el sentido indicado por la recomendación por una resolución
de noviembre de 2020 de la Secretaría General del FOGASA.


La recomendación número 8 estaba referida a la necesidad de aprobar y publicar periódicamente indicadores relativos al número de expedientes pendientes de instrucción, de revisión, de aprobación y de pago, tiempo medio de resolución de
expedientes, etcétera. Esta recomendación se considera parcialmente cumplida. Tanto en la página del FOGASA como en el portal de transparencia se publican estadísticas mensuales relativas a las prestaciones de garantía salarial abonadas y también
las memorias de actividades del FOGASA incluyen actuaciones judiciales realizadas en cada ejercicio, número de expedientes, etcétera.


La recomendación número 9 se dirige al FOGASA y se refiere a la necesidad de contar con información relativa a las empresas declaradas en concurso de acreedores. Se considera que la parte de la recomendación relativa a la necesidad de
disponer de información de todos los concursos resulta no aplicable, mientras que la parte de la recomendación que se refiere a la necesidad de disponer de una aplicación informática de gestión centralizada de los concursos y de un manual de
procedimiento no ha sido cumplida.


En cuanto al grado de cumplimiento de lo instado al Gobierno por la Comisión mixta, que le instó a tomar las medidas necesarias para garantizar el cobro de las indemnizaciones en tiempo razonable, dado que se han solventado disfunciones
relativas a la aplicación del silencio administrativo positivo, se considera que el acuerdo de la Comisión mixta ha sido cumplido. Y, en segundo lugar, la Comisión mixta instó también al Gobierno a tomar las medidas oportunas para evitar atrasos en
la resolución y cobro de las prestaciones. El acuerdo de la Comisión mixta ha sido cumplido sustancialmente toda vez que el plazo de resolución de los expedientes ha disminuido significativamente. En tercer lugar, la Comisión mixta instó al
Gobierno a dotar al FOGASA de la plantilla necesaria para hacer frente a una gestión eficiente, en especial a aumentar la plantilla de letrados y letradas del organismo. Este acuerdo no se considera cumplido teniendo en cuenta que el problema de
escasez estructural de letrados sigue vigente y, a la vista



Página 32





de la edad de los letrados y letradas, es un problema que irá en aumento porque muy buena parte de ellos están próximos a la jubilación. Por último, la Comisión mixta instó al Gobierno a cumplir las recomendaciones del Tribunal de Cuentas,
que son estas a las que me he ido refiriendo.


Como resumen global y por dar cifras, de un total de nueve recomendaciones, tres han sido cumplidas; tres están parcialmente cumplidas; una está en curso; otra tiene dos partes diferenciadas, una se considera no aplicable y la otra
incumplida, y la otra ha sido incumplida. Digamos que no es de los peores resultados que nos encontramos en cuanto al tema del cumplimiento de recomendaciones.


Para concluir, este informe vuelve a incluir cinco recomendaciones, tres de ellas dirigidas al Ministerio de Trabajo -para que impulse la modificación del real decreto, para que aumente la plantilla de letrados y para que impulse las
modificaciones normativas oportunas para evitar supuestos en los que se produce una evidente desproporción entre el importe de los salarios de tramitación y el periodo previamente trabajado- y dos dirigidas al FOGASA, para que realice actuaciones
oportunas tendentes a mejorar el funcionamiento de su aplicación informática, ODISEO-WEB, y proceda a publicar periódicamente todo tipo de indicadores y datos relativos al ejercicio de sus funciones para dar estricto cumplimiento al principio de
transparencia.


La otra fiscalización se refiere al informe de seguimiento de las recomendaciones sobre las medidas de gestión adoptadas por las comunidades autónomas para la adecuada aplicación de la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a las Personas en Situación de Dependencia. Este informe se aprobó en julio de 2022. El ámbito subjetivo está constituido por las comunidades autónomas y en el ámbito objetivo las actuaciones se han dirigido a analizar el grado de
cumplimiento de las recomendaciones que formula el tribunal en el informe sobre la gestión y control de las medidas adoptadas por las comunidades autónomas para la aplicación de la Ley 39, aprobado por el pleno de mayo del año 2014, y en la
correspondiente resolución de la Comisión mixta sobre este mismo tema. El ámbito temporal se refiere al ejercicio 2008. Esta fiscalización es horizontal -es el mismo tema en todas las comunidades autónomas- y de seguimiento de las recomendaciones,
como saben.


Se ha desarrollado de forma coordinada entre el Tribunal de Cuentas y los órganos de control externo. En concreto, han participado en su correspondiente ámbito territorial un total de nueve órganos de control externo. Por si tienen
curiosidad, esto funciona de la siguiente manera: en el Tribunal de Cuentas hay una comisión de seguimiento con las comunidades autónomas y tenemos reuniones periódicas, dos anuales, y se plantean determinados temas para trabajarlos en conjunto en
todas las comunidades autónomas; después a las comunidades autónomas o bien les parece estupendo y se apuntan a la fiscalización, o bien no lo consideran oportuno, o bien han hecho un trabajo previo o están pendientes de hacer un trabajo posterior.
En esta en concreto, un total de nueve OCEX, que son muchos, estuvieron de acuerdo en hacer una fiscalización conjunta. Y sobre las que no estuvieron de acuerdo, el Tribunal de Cuentas llevó a cabo las verificaciones de las otras cinco que no
cuentan con OCEX, así como las que no estuvieron dispuestas a hacer la fiscalización, que eran Andalucía, Islas Baleares y Cataluña.


Las nueve recomendaciones que se hicieron en el informe que se analiza son las siguientes. Respecto a la primera recomendación, que era sistematizar la normativa existente mediante la incorporación de los criterios acordados en el Consejo
Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, se concluye que no resulta aplicable a una comunidad autónoma, que es Navarra, porque la medida estaba implantada con anterioridad. Ha sido cumplida
total o sustancialmente por tres comunidades autónomas, que son Aragón, Madrid y País Vasco, y cumplida parcialmente por las trece restantes. Las actuaciones realizadas han puesto de manifiesto que la falta de actualización de la ley de dependencia
por parte del Estado al objeto de adaptar el procedimiento de dependencia a las sucesivas reformas en la legislación estatal en materia de procedimiento administrativo común, junto con el hecho de que las controversias en materia de dependencia se
resuelven en la jurisdicción contencioso-administrativa, que es mucho más lenta, y no en la jurisdicción social, ha provocado limitaciones para el ejercicio del derecho subjetivo de dependencia.


En relación con el seguimiento de la recomendación número dos, referida a adoptar las medidas necesarias para cumplir el plazo máximo de seis meses para resolver el procedimiento de dependencia, únicamente se considera cumplida en cuatro
comunidades autónomas, que son: Castilla y León, Madrid, Comunidad Foral de Navarra y País Vasco. Como efecto derivado del retraso en la tramitación de los expedientes, ha resultado que un número significativo de solicitantes fallecidos tras seis
meses desde la presentación de su solicitud no contaban con la correspondiente resolución de reconocimiento, situación



Página 33





que en mayor medida ha afectado a Andalucía, Cataluña y Extremadura, de las fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas.


Con respecto al seguimiento de la recomendación número tres, relativa a la necesidad de que las comunidades autónomas adopten las medidas necesarias para la permanente y puntual actualización del sistema de información del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia, no resulta aplicable a Asturias, porque no existe un sistema informático diferente al sistema -no hay dificultades de interoperabilidad entre esta herramienta y una eventual aplicación propia-. Ha sido
cumplida sustancialmente en tres comunidades autónomas: Aragón, País Vasco y Comunidad Valenciana. Parcialmente, en tres comunidades autónomas: Galicia, Madrid y Comunidad Foral de Navarra. Y no ha sido cumplida en el resto de las comunidades
autónomas.


En cuanto al seguimiento de la recomendación número cuatro, relativa a que todo usuario del sistema disponga de un número de identificación personal único y exclusivo, ha sido cumplida total o sustancialmente por doce comunidades autónomas.
Se considera cumplida parcialmente en dos comunidades autónomas y no cumplida en dos comunidades autónomas, que son Aragón y Asturias. Esta recomendación no resulta aplicable, porque estaba implantada con anterioridad, en la Comunidad Foral de
Navarra.


En relación con el seguimiento de la recomendación número cinco, relativa a la promoción de las disposiciones normativas necesarias para determinar la capacidad económica de los beneficiarios del sistema de dependencia, en relación con las
ocho comunidades autónomas fiscalizadas directamente por el tribunal, esta recomendación se ha considerado no aplicable debido a criterios jurisprudenciales habidos con posterioridad. Y respecto de las actuaciones llevadas a cabo por los
respectivos OCEX, se ha considerado cumplida en cuatro comunidades autónomas, cumplida parcialmente en el Principado de Asturias y en la Comunidad Foral de Navarra, y no cumplida en tres comunidades autónomas.


Con respecto al seguimiento de la recomendación seis, relativa a la necesidad de que las comunidades autónomas dispongan de programas presupuestarios que recojan en exclusiva los gastos relacionados con la dependencia y de métodos de
contabilidad analítica que permitan el adecuado cumplimiento de la obligación de certificar mensualmente a la Administración General del Estado el coste de sistema de dependencia y las cuantías, se ha considerado cumplida en su totalidad por el País
Vasco. Parcialmente, en ocho comunidades autónomas: Andalucía, Cantabria, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Región de Murcia, La Rioja y Canarias. Y no cumplida en ocho: Baleares, Aragón, Asturias, Castilla y León, Galicia, Madrid,
Navarra y Comunidad Valenciana.


En cuanto al seguimiento de la recomendación siete, relativa al establecimiento de un sistema para la formación de expedientes electrónicos en aplicación de la Ley 11/2007, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos,
esta recomendación se encuentra en curso de ser cumplida parcialmente en la mayoría de las comunidades autónomas, y cumplida completamente en cinco: Castilla y León, Principado de Asturias, Galicia, Comunidad Foral de Navarra y Comunidad
Valenciana.


Respecto al seguimiento de la número ocho, relativa al control de los supuestos de cesación del derecho a percibir las prestaciones, así como sobre la incoación de los expedientes de reintegro en los casos de abonos indebidos, se considera
cumplida total o sustancialmente en tres comunidades autónomas: Castilla y León, País Vasco y Comunidad Valenciana, y parcialmente en el resto.


Por último, en relación con el seguimiento de la recomendación número nueve, relativa a intensificar las actuaciones y programas formativos dirigidos a los cuidadores no profesionales, se considera que ha sido cumplida parcialmente o se
encuentra en curso en la mayoría de las comunidades autónomas -en once de ellas-, considerándose no cumplía en cinco: Región de Murcia, Canarias, Castilla y León, Madrid y Comunidad Foral de Navarra. No es aplicable a la comunidad del País Vasco,
porque son competencia municipal las actuaciones en materia de información, orientación y formación para cuidadores no profesionales, y no de las diputaciones forales.


Para finalizar, dada la actualización de la vigente normativa de dependencia y la carencia de regulación que recoja la problemática específica y las cuestiones puestas de manifiesto en el informe, se incluyen nuevas recomendaciones: cinco
dirigidas al Gobierno -en su caso, a las Cortes Generales- y cuatro dirigidas a los órganos de gobierno de las comunidades autónomas y, en su caso, a los correspondientes parlamentos o asambleas legislativas. Entre las recomendaciones dirigidas al
Gobierno, y en su caso a las Cortes Generales, destacan las siguientes. La necesidad de acometer la actualización de la ley de dependencia al objeto de adaptar el procedimiento de dependencia a las reformas en la legislación estatal en materia de
procedimiento administrativo común. El que las controversias en materia de dependencia se



Página 34





residencien, una vez finalizada la vía administrativa, en la jurisdicción social, en detrimento de la jurisdicción contencioso-administrativa que es ahora y que conlleva un excesivo plazo de resolución de los recursos. Posibilitar la
compensación o retención en la fuente de las pensiones económicas públicas para hacer frente a las deudas producidas por impagos provenientes del sistema de dependencia mediante la modificación del artículo 44 de la Ley General de la Seguridad
Social. Promover los cambios necesarios para dotar de mayor seguridad jurídica la efectividad del derecho subjetivo de dependencia, y flexibilizar el sistema de financiación finalista previsto en el desarrollo normativo de la ley de dependencia.
En cuanto a los órganos de gobierno de las comunidades autónomas, y en su caso los correspondientes parlamentos, se recomienda que se analicen las causas específicas que impiden que se cumpla con el plazo de seis meses entre la fecha de entrada de
una solicitud y la de resolución de reconocimiento de la prestación de dependencia, agilizar la implantación de la tarjeta social digital, realizar una actualización de las normas reguladoras del copago ajustándolas a la jurisprudencia sobrevenida a
este respecto y acometer mejoras en los sistemas.


Por mi parte he terminado y quedo a la espera de lo que ustedes quieran preguntar.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias a la señora presidenta.


A continuación, por el Grupo Parlamentario VOX, tiene la palabra el señor Sáez.


El señor SÁEZ ALONSO-MUÑUMER: Gracias, señor presidente.


Bienvenida, señora presidenta. Como siempre, la felicito, así como a todo el equipo del Tribunal de Cuentas, por su trabajo y por la claridad de los informes presentados.


Tratamos en este bloque dos informes. El primero es referente al seguimiento de las recomendaciones del informe del año 2013, sobre la gestión del Fondo de Garantía Salarial. Nos llama la atención, como ha expuesto usted en su
presentación, que de nueve recomendaciones tan solo se han cumplido tres y otras tres se han cumplido parcialmente. Y me gustaría incidir en una recomendación que se mantiene, como es la de solucionar la insuficiencia de recursos humanos. Se
mantiene y ahora se plantea de otra forma: se recomienda aumentar la plantilla de letrados y letradas para ejercer de forma eficiente las tareas que tienen encomendadas. Entiendo perfectamente que esta recomendación dirigida al Ministerio de
Trabajo tiene todo el sentido del mundo a la vista de la situación actual de la economía española. Una situación en la que vemos que se han disparado el número de procesos concursales e insolvencias empresariales; que hay más pagos del FOGASA que
proceden de insolvencias que concursos de acreedores, lo que indica que muchas empresas optan directamente por el cierre; que la disolución de empresas batió récords en España en el año 2022, con un total de 26 207 cierres, lo que supone un 10,1 %
más que el año anterior, y la cifra más alta de cierres de sociedades mercantiles desde el inicio de la serie estadística en el año 2000; que España, en el último trimestre del año 2022, se situó en el tercer lugar de la Unión Europea en
destrucción de compañías; que la crisis y la inflación han mermado el ahorro de empresas y familias y que, por tanto, aumentarán los procesos concursales y las insolvencias empresariales.


El segundo informe se refiere al seguimiento de las recomendaciones a las comunidades autónomas en el ámbito de la dependencia. Nos preocupan las conclusiones siguientes. La primera, que los tiempos de resolución de las reclamaciones sean
tan elevados. Es absolutamente inaceptable que en Cantabria se tarde 690 días, en Extremadura 450 y en Andalucía 451 en resolver reclamaciones en vía jurisdiccional. Segunda, que en ninguna comunidad se hayan establecido criterios de preferencia
en la tramitación de las solicitudes para casos que pudieran requerir una mayor celeridad en el procedimiento. Tercera, que cumplir el plazo máximo de seis meses para resolver el procedimiento de dependencia no sea la práctica habitual. Y, cuarta,
que en las ocho comunidades autónomas fiscalizadas, a excepción de Cataluña, se haya incrementado el plazo medio de resolución con respecto al año 2013.


Es importante, cuando hablamos de dependencia, que tengamos en cuenta que España se encuentra muy lejos de los países del norte de Europa en cuanto al porcentaje del PIB dedicado a los cuidados de larga duración o dependencia. También está
muy lejos de los países del norte de Europa cuando hablamos de la proporción de su gasto sanitario en dependencia; existen enormes diferencias en las inversiones en dependencia por persona y año entre comunidades autónomas, que son una muestra más
de la existencia de españoles de primera y de segunda categoría. Hablamos de que esta inversión en el País Vasco es 3,8 veces superior a la de Galicia y 4,2 veces superior a la de Canarias. A propósito, nuestro reconocimiento a la gestión
realizada por el Gobierno de la Junta de Castilla y León, a pesar de los continuos ataques y descalificaciones.


Compartimos las recomendaciones hechas y queremos hacer hincapié en dos comentarios realizados por el tribunal: que el excesivo plazo de resolución de los recursos presentados es contrario al principio



Página 35





de justicia procesal, y más considerando la vulnerabilidad del colectivo protegido; y, segundo, la necesidad de que se analicen las causas específicas que impiden cumplir con el plazo de seis meses entre la fecha de entrada de la solicitud
y la de resolución del reconocimiento de la prestación de dependencia.


Muchas gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señor Sáez.


A continuación, por el Grupo Popular, tiene la palabra el señor Hernando.


El señor HERNANDO GARCÍA: Muchas gracias, señor presidente.


Me uno a la felicitación hacia el trabajo desarrollado por la señora presidenta del Tribunal de Cuentas y su equipo, que se mueve en elevados estándares de solvencia y de objetividad. Lo cierto es que los dos informes de este bloque son
extraordinariamente útiles en la medida en que son informes de fiscalización del seguimiento y del cumplimiento de recomendaciones de informes previos; o lo que es lo mismo, permiten marcar tendencias, y lo cierto es que las tendencias que marcan
estos informes, sobre todo el relacionado con la atención a la dependencia, es una tendencia que se mantiene, como mencionaremos posteriormente.


Nos interesa principalmente este informe, precisamente el del sistema de atención a la dependencia y la aplicación de la Ley 39/2006 por las comunidades autónomas, en torno al cual podemos destacar que el informe de 2014, lo mismo que la
resolución de la Comisión Mixta de 2017, y desafortunadamente también el informe que hoy tratamos, permiten deducir con crudeza una realidad que ya veníamos percibiendo, y es que el sistema de atención a la dependencia -sin perjuicio de ser, sin
duda, una idea feliz y necesaria en su momento- fue concebido y regulado por la Ley 39/2006 de manera muy precipitada, en contradicción además con las conclusiones que se habían alcanzado tras un largo estudio en el Libro Blanco de la Dependencia de
2004; y presenta deficiencias estructurales y de raíz que se traducen en graves carencias operativas, procedimentales, de gestión y contables. No entramos siquiera a hablar del inmenso problema de la supuesta cofinanciación al 50 %
Estado-comunidades autónomas, que ningún plan de choque del Gobierno ha sido capaz de paliar, de manera que la financiación autonómica también hoy, al igual que en la fecha del informe, triplica básicamente a la inversión estatal, en un ejemplo
-entendemos que insuperable- de la tesis tramposa del 'yo invito y tú pagas', sobre la que muchas comunidades autónomas, por cierto, ya formularon sus objeciones en su momento. Tampoco entramos siquiera en el fracaso de la ley respecto a las
previsiones normativas acerca del modelo elegido, que inicialmente era de servicios por encima de prestaciones económicas, pero que se ha visto volteado en no pocos territorios, no sabemos si por verdadera voluntad o simplemente por pereza.


En todo caso, nos resulta muy paradójico que la Ley 39/2006 haya sido aprobada al amparo del título competencial que regula el 149.1.1ª de la Constitución, es decir: regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos
los españoles en el ejercicio de sus derechos, porque lo cierto es que ha generado una enorme desigualdad sobre la base de abandonar la aplicación efectiva de la ley al pairo de la muy variable y muy diversa capacidad de gestión y voluntad política
de cada una de las comunidades autónomas, dando lugar a la yuxtaposición de modelos en ocasiones contradictorios, y a decisiones en algún caso incluso arbitrarias, como ocurre, por ejemplo, con el silencio administrativo, tal y como el informe se
encarga de poner de manifiesto.


Lo cierto es que la desigualdad territorial, la conformación del derecho subjetivo individual que consagra la Ley 39/2006 para las personas dependientes se patentiza en la falta de homogeneidad del catálogo cartera de servicios. Esta es una
de las principales conclusiones -creemos que fundamental- del informe. En efecto, el punto decimotercero de las conclusiones señala, y leo: El derecho subjetivo del beneficiario deriva del contenido de las prestaciones de dependencia establecidas
en los catálogos de cada comunidad autónoma. A esto añadimos nosotros que, sobre todo y especialmente, la desigualdad deriva de la distinción muy marcada entre los modelos de atención de unas y otras comunidades autónomas, que es lo que constata la
verdadera diferencia de trato, tanto en lo que se refiere a la calidad del servicio como a la eficiencia social de los fondos que se aplican para su sostenimiento. Y es este concepto de eficiencia social, que lógicamente escapa de las posibilidades
del informe, el que debería preocuparnos mucho más que cualquier otro. Hay comunidades autónomas que optan por priorizar las prestaciones económicas para atención o para cuidado en el entorno familiar y hay comunidades autónomas que optan por
priorizar otra clase de servicios prestacionales. La pregunta es: ¿cuál es el euro mejor invertido en términos de satisfacción de las necesidades del dependiente? Pues bien, las opiniones son diversas, cada comunidad autónoma defenderá su propio
modelo, pero la mera necesidad de tener que plantear esta pregunta ya revela, más que cualquier otro dato, la profunda falta de equidad territorial del sistema.



Página 36





En relación precisamente con la eficiencia del sistema, vamos a citar un dato que trasciende el horizonte temporal del informe, que es del 31 de diciembre de 2021, el dato es del SISAAD y, como digo, lo que nos interesa son las tendencias.
Por ejemplo, se constata que mi comunidad autónoma, que es Castilla y León, tiene un nivel de gasto per cápita en dependencia muy equivalente, muy semejante, a otras comunidades autónomas como, por ejemplo, Cataluña o La Rioja; sin embargo,
mientras que en Castilla y León el porcentaje de dependientes no atendidos no alcanza ni siquiera la cifra técnica del 2 %, esta cifra se eleva más allá del 30 % en Cataluña y en La Rioja. Por lo tanto, ¿se puede defender, a la vista de este dato
del SISAAD, que cada euro que destina Castilla y León a la dependencia rinde más que, por ejemplo, en La Rioja o en Cataluña? Pues aparentemente podríamos decir que sí.


El informe, en todo caso, pone de manifiesto también que la variación de los datos entre las distintas comunidades autónomas es tan enorme, tan enorme, que los porcentajes o los promedios nacionales terminan por no decir nada. Un claro
ejemplo es precisamente el del tiempo de espera del dependiente solicitante, porque realmente hay muy pocas comunidades que se muevan en el parámetro medio. Hay algunas que están muy por encima y hay algunas que están muy por debajo. A la misma
fecha, 31 de diciembre de 2021, siguiendo la tendencia que ya puso de manifiesto su informe en 2018: 117 días en Castilla y León, 580 días en Cataluña y 943 días en Canarias. En suma, entendemos que el fallo del sistema se patentiza y creemos que
el informe es muy revelador, aunque no lo diga expresamente, en la imposición de un marco muy líquido, que da lugar a una aplicación inarmónica y desajustada según el territorio.


Respecto a las recomendaciones del informe previo, se comprueba que el nivel de cumplimiento es variable y básicamente fracasado. Pero resulta especialmente sangrante el fracaso en cuanto a los periodos de espera y a la falta de
coordinación con el sistema de información del IMSERSO. En cuanto a los tiempos de espera, lo inaceptable es que, según indica el informe - y este es un dato muy importante-, el problema ya no es presupuestario, de financiación, como ocurría al
principio; el problema ahora es de falta de organización y de mala gestión, con el resultado de que en la misma fecha -reitero-, y extendiendo la tendencia de 31 de enero de 2021, había 320 000 personas en lista de espera, de las cuales, 193 000 se
encontraban en lo que llamamos el limbo de la dependencia, es decir, ya tienen reconocida la dependencia, pero aún no han percibido ninguna prestación; 46 300 habían fallecido sin alcanzar la prestación. Por supuesto, compartimos las
recomendaciones del informe, aunque, a nuestro juicio -y lo decimos, por supuesto, desde el respeto-, deberían incidir también en la necesidad de armonizar no solamente la ley con los procedimientos, sino de armonizar precisamente el sistema a
través de los modelos de atención y establecer procedimientos o modelos que sean válidos para valorar la eficiencia y la eficacia, tanto económica como social, de los fondos aplicados a la dependencia en cada comunidad autónoma.


En cuanto al segundo informe, relacionado con el FOGASA, en este caso las conclusiones son mucho más alentadoras. Evidentemente, el nivel de cumplimiento de las recomendaciones del informe previo de 2013 es bastante más elevado y, sobre
todo, lo que se constata es que se cumplen recomendaciones especialmente importantes, como las relacionadas con la viabilidad financiera del organismo, que nos parecen importantísimas, y las relacionadas con los plazos de cobro de las
indemnizaciones.


El señor PRESIDENTE: Tiene que ir terminando, señor Hernando.


El señor HERNANDO GARCÍA: Sí, señor presidente, termino ya.


Respecto a la financiación del FOGASA, aparentemente, está garantizada con fondos de dotación propios y específicos. Nos preocupa, sin embargo, la posibilidad -que también apunta el informe- de que este sistema de dotación se ponga en
entredicho como consecuencia de la finalización de las prórrogas de los ERTE o de los malos resultados macro en materia de empleo.


Por lo demás, asumimos sin ambages las recomendaciones incorporadas a este informe.


Muchas gracias, señor presidente. Gracias, señora presidenta. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: A continuación, por el Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra el señor Muñoz.


El señor MUÑOZ CUENCA: Muchas gracias, presidente.


Nuestro grupo, presidenta, también se suma al reconocimiento del buen trabajo de fiscalización que han realizado usted y su grupo. Permítame que, apoyándome en los datos, haga algunas valoraciones.


En relación con la fiscalización del FOGASA, quisiera destacar tres cuestiones. Por un lado, lo que tiene que ver con las prestaciones abonadas. En la página 14 del informe se recoge que el importe de las



Página 37





prestaciones abonadas disminuyó un 55,98 % en el ejercicio 2020 con respecto al ejercicio 2016; y el número de beneficiarios se redujo un 56 % para el mismo periodo. Por tanto, los datos nos demuestran que en la anterior crisis el Partido
Popular dejó tirados a los trabajadores, que su reforma laboral provocó todo un éxodo de trabajadores a las oficinas del paro, mientras que las medidas del Gobierno progresista han conllevado que los trabajadores pudieran continuar de alta en la
empresa cobrando los ERTE. Es decir, frente al 'sálvese quien pueda' del Partido Popular, el 'no dejar a nadie atrás' del Partido Socialista.


Sobre la viabilidad financiera del FOGASA, en el informe se recomendaba al ministerio dejar de financiarlo mediante la venta de títulos de deuda pública. Pues bien, según se recoge en el gráfico 3, en 2013, cuando gobernaba el Partido
Popular, el 46 % de la financiación del FOGASA procedía de la venta de deuda pública y solo el 37 % de las cotizaciones sociales. En 2018, con el Gobierno de Pedro Sánchez, las cotizaciones sociales soportan el 71 % del gasto; en 2019, el 82 %; y
en 2020, alcanzan el 84 %. En conclusión, mientras el Partido Popular endeudaba el FOGASA, el Gobierno progresista hace frente al pago de indemnizaciones con las cotizaciones sociales.


Con respecto a la recomendación sobre la insuficiencia de recursos humanos, hay que decir que, según contempla el gráfico 4, el Partido Popular dejó el FOGASA con solo 358 trabajadores como consecuencia de esa asfixiante tasa de reposición
cero. Sin embargo, en 2020, con este Gobierno, se ha aumentado a 448 trabajadores, 90 trabajadores más.


Con respecto al informe de fiscalización de las medidas adoptadas por la comunidad autónoma en relación con la ley de la dependencia, en la página 112, en el apartado de conclusiones, cuando aborda el tema de la financiación, en el informe
pone textualmente: Esto, unido a la supresión de la financiación estatal del nivel acordado, a través de las sucesivas leyes de presupuestos generales del Estado, ha provocado un desplazamiento de las cargas financieras en el sostenimiento del
sistema hacia las comunidades autónomas. Pero, señoría, ¿a qué presupuesto se refiere el informe? Y ¿cuándo se dejaron de hacer esas aportaciones complementarias del nivel acordado? Curiosamente, la supresión de la financiación acordada y
complementaria no se realizó durante los siete años de Gobierno de Mariano Rajoy, y, mira por dónde, siendo secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad el señor Moreno Bonilla. Además, el señor Moreno Bonilla no solo dejó ese hachazo en
la financiación de la ley de la dependencia, sino que, además, eliminó la financiación del convenio especial para cuidadores no profesionales de atención a familiares con dependencia.


Pero volvamos al informe. En la página 112 se dice: A consecuencia de esta falta de actualización del sistema, se ha comprobado que las comunidades autónomas emplean una gran cantidad de recursos en atender los requerimientos de la actual
normativa de desarrollo de la ley de la dependencia, los cuales son detraídos de la adecuada gestión en la atención a la dependencia. Dicho en otras palabras, la deslealtad del Gobierno del Partido Popular con la ley de la dependencia provocó que
las comunidades autónomas tuvieran que hacerse cargo de financiar más de lo que les correspondía, lo que afectó, lógicamente, a la calidad en la atención a las personas dependientes. Y es que los datos están ahí: en el presupuesto de 2011, el
Gobierno socialista destinó 1591 millones de euros a la dependencia; en 2016, el Gobierno del Partido Popular solo destinó 1190 millones a la dependencia; y con la llegada al Gobierno de Pedro Sánchez se aumentó, en 2022, a 2629 millones de euros;
y con un récord histórico en 2023: 3522 millones de euros. Por tanto, se mejora la atención a la dependencia aumentando el presupuesto, no recortando.


Y para terminar, con respecto a la recomendación 2, sobre el tiempo de espera, en el cuadro 7 se puede comprobar que en todas las comunidades, excepto Cataluña, ha empeorado; lógico, teniendo en cuenta la falta de financiación del Gobierno
del Partido Popular. En mi comunidad, en Andalucía -por cierto, felicidades a los andaluces, que hoy celebramos el Día de Andalucía-, según los datos de la propia consejería de servicios sociales de Andalucía, al cierre del ejercicio 2022, la lista
de espera para ser atendido en la prestación de la dependencia es de 84 100 personas, es decir, 5800 más que en 2021; y la espera media para ser atendido en Andalucía, desde que se registra la solicitud, asciende a 543 días; es decir, sigue
aumentando. Se podría concluir diciendo que la falta de financiación del Partido Popular dificultó gravemente cumplir los compromisos de resolución de seis meses, prestar un servicio de calidad o reducir las listas de espera.


Muchas gracias. (Aplausos).


El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Muñoz.


A continuación, tiene la palabra la señora presidenta.



Página 38





La señora PRESIDENTA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS (Chicano Jávega): Gracias, presidente.


Simplemente quiero agradecerles todas las reflexiones. Nadie ha puesto en cuestión ninguno de los apartados de los informes que hemos presentado. Todos han manifestado la validez y la eficacia de los informes de seguimiento de las
recomendaciones. Este es el primer paso para seguir en sus funciones de control. Y, desde luego, si en algunos de los temas que hemos tratado -lo digo siempre- consideran que es necesaria una mayor profundización o algún dato más, a través de su
Comisión Mixta pueden pedirlo al tribunal sin ningún problema.


Afortunadamente, con el tema de la ley de dependencia yo soy más optimista que el señor Hernando, teniendo en cuenta que es una ley joven. A usted le parece que es muy apresurada, pero, desde mi punto de vista, no había nada antes; se ha
tardado muchísimo en tener una ley de dependencia. Entonces, confío tanto en ustedes que creo que pondrán en marcha todos los mecanismos que hagan que el sistema llegue a todos los sitios donde tiene que llegar para que se resuelvan todos los
problemas que la ley pretende resolver.


Feliz día a los andaluces y hasta la próxima vez.


Gracias.


El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora presidenta.


Quiero agradecerle, cómo no, la exposición de los temas que hemos tratado hoy.


Y, sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión.


Era la una y veinticinco minutos de la tarde.